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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 1 PERIODICO OFICIAL TOMO CXL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 de Enero de 2003 NUM. 09 SUMARIO R. AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, N. L. ACUERDO DELEGATORIO DE FACULTADES DIRIGIDO AL C. DIRECTOR DE TRÁNSITO, A LOS C. OFICIALES DE TRÁNSITO DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y VIALIDAD DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA; N.L................................................................................................................... 3 R. AYUNTAMIENTO DE SALINAS VICTORIA, N. L. RESUMEN DE LA MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2002................................................. 4 AVISOS JUDICIALES Y GENERALES.................................................................................... 5-40 BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2002 de EMPRESAS DE DISTRIBUCIÓN INTELIGENTE, S.A. DE C.V. 1ª. Publicación de 3 Solicitadas.................................................................. 5 FE DE ERRATAS de SIMEPPRODESO (Sistema Metropolitano de Procesamiento de Desechos Sólidos........................................................................................................................................................ 6 CONVENIO DE FUSIÓN de CREDIDECO REGIOMONTANA, S.A. DE C.V............................................ 7-10 CONVENIO DE FUSIÓN de INMOBILIARIA DELTA, S.A. DE C.V........................................................... 11-14 AVISO DE FUSIÓN DE LAS SOCIEDADES DE GAS MARVIC, S.A. Y MERCANTIL GARCÍA MARVIC, S.A. DE C.V................................................................................................................................ 15-16

009 POE XCONTENIDO 15 DE ENERO DE 2003 · Licenciado en Administración a cursarse en ocho tetramestres modalidad escolarizada y de Licenciado en Mercadotecnia, Licenciado en Ciencias

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 1

PERIODICO OFICIAL

TOMO CXL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 de Enero de 2003 NUM. 09

SUMARIO

R. AYUNTAMIENTO DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA, N. L. ACUERDO DELEGATORIO DE FACULTADES DIRIGIDO AL C. DIRECTOR DE TRÁNSITO, A LOS C. OFICIALES DE TRÁNSITO DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y VIALIDAD DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA; N.L................................................................................................................... 3

R. AYUNTAMIENTO DE SALINAS VICTORIA, N. L. RESUMEN DE LA MODIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS PARA EL PERÍODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2002................................................. 4 AVISOS JUDICIALES Y GENERALES.................................................................................... 5-40 BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2002 de EMPRESAS DE DISTRIBUCIÓN INTELIGENTE, S.A. DE C.V. 1ª. Publicación de 3 Solicitadas.................................................................. 5 FE DE ERRATAS de SIMEPPRODESO (Sistema Metropolitano de Procesamiento de Desechos Sólidos........................................................................................................................................................ 6 CONVENIO DE FUSIÓN de CREDIDECO REGIOMONTANA, S.A. DE C.V............................................ 7-10 CONVENIO DE FUSIÓN de INMOBILIARIA DELTA, S.A. DE C.V........................................................... 11-14 AVISO DE FUSIÓN DE LAS SOCIEDADES DE GAS MARVIC, S.A. Y MERCANTIL GARCÍA MARVIC, S.A. DE C.V................................................................................................................................ 15-16

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 2 BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2002 de MERCANTIL GARCÍA MARVIC, S.A.......... 17 ACUERDO DE FUSIÓN de VILLA REAL FOMENTO ECUESTRE, S.A. DE C.V..................................... 18-19 ACUERDO DE FUSIÓN de FINCAS Y PROPIEDADES, S.A. DE C.V...................................................... 20-21 ACUERDO DE FUSIÓN de INMOBILIARIA MAYBRE, S.A. DE C.V......................................................... 22-23 SEGUNDA CONVOCATORIA.- El Administrador Único de la empresa Inmobiliaria e Ingeniería Técnica, S.A. de C.V., invita en segunda convocatoria a los accionistas de la misma.............................. 24 AVISO DE FUSIÓN de WEYERHAEUSER DE MÉXICO, S.A. DE C.V.; WILLAMETTE DE MÉXICO, S.A. DE C.V. Y WILLAMETTE INDUSTRIES NORTHAMERICA, S.A. DE C.V......................................... 25-28 DICTAMEN TÉCNICO Y RESOLUCIÓN.- Se autoriza para impartir estudios de: Contador Público y Auditor y Licenciado en Administración a cursarse en ocho tetramestres modalidad escolarizada y de Licenciado en Mercadotecnia, Licenciado en Ciencias Jurídicas, Licenciado en Comercio Internacional y Licenciado en Pedagogía a la Institución Educativa denominada UNIVERSIDAD ATENEO DE MONTERREY............................................................................................................................................. 29-34 JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL Monterrey, N.L., 1er. EDICTO número de expediente 0554/2002........................................................................................ 35 JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL Monterrey, N.L., 1er. EDICTO expediente judicial número 131/2002. JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL Monterrey, N.L., 1er. EDICTO número de expediente judicial 370/2002................ 36 JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL Monterrey, N.L., 1er. EDICTO expediente número 1181/2002. JUZGADO SEXTO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL Monterrey, N.L., 1er. EDICTO expediente judicial número 950/02......................... 37 JUZGADO SEXTO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL Monterrey, N.L., 1er. EDICTO número de expediente 814/02. JUZGADO NOVENO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL Monterrey, N.L., 1er. EDICTO expediente número 1281/2002............................... 38 JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL Monterrey, N.L., 2º EDICTO expediente número 370/2002. JUZGADO TERCERO MENOR LETRADO Monterrey, N.L., 2º EDICTO EXPEDIENTE NÚMERO 1935/2001........................................................................................... 39 JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL Monterrey, N.L., 3er. EDICTO expediente número 2356/2001. JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL Monterrey, N.L., 3er. EDICTO Expediente Judicial número 844/2002.................... 40

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 3

ACUERDO DELEGATORIO DE FACULTADES. AL C. DIRECTOR DE TRÁNSITO, A LOS C. OFICIALES DE TRÁNSITO DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y VIALIDAD DE DE SAN PEDRO GARZA GARCÍA; N.L. PRESENTE.- Con la finalidad de reducir los trámites administrativos de la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal y de la Secretaría de Seguridad Pública y Vialidad, y que los mismos se realicen en forma pronta y expedita, para mejorar la administración, información y recaudación de las sanciones de multa por infracciones al Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de San Pedro Garza García; N.L. y en relación a lo establecido por el Artículo 137 del citado Reglamento, mediante el presente y con fundamento en los artículos 1, 78, fracciones I, y VII, 79, fracciones II, III, VII y VIII, 80 y 81 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León, artículos 1, 4, 14, 15, 16, 23, fracción II, 26, fracción I, puntos 1 y 2, y artículo 38 del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de San Pedro Garza García; N.L., artículos 5, 8, primer párrafo y fracciones II y III y 9 de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Nuevo León en vigor, se les DELEGAN y conceden las facultades para cobrar las sanciones de multa que se impongan por Ustedes a los conductores de vehículos que incurran en infracción al Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de San Pedro, Garza García; N.L. y que, en el momento de levantamiento de la infracción e imposición de la multa, el infractor opte por realizar el pago de la sanción, mediante el proceso o instrumento de pago previamente autorizado; en el ejercicio de las facultades anteriores se deberá realizar un reporte diario de las infracciones pagadas y entregarlo conjuntamente con los comprobantes de ingreso al jefe inmediato y/o a la responsable de cajas recaudadoras de esta Secretaría, adscrita en las oficinas de la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal. Notifíquese .- Así lo acuerda y firma el suscrito Secretario de Finanzas y Tesorero Municipal de San Pedro, Garza García; N.L. Ing. MIGUEL MONTAÑO ARCE. El presente acuerdo surtirá efectos a partir de este día y por tiempo indefinido, hasta nuevo acuerdo. Cúmplase. San Pedro, Garza García; N.L. a 13 de Enero del año 2003.

A T E N T A M E N T E .

EL C. SECRETARIO DE FINANZAS Y TESORERO MUNICIPAL DE SAN PEDRO, GARZA GARCÍA; NUEVO LEÓN.

ING. MIGUEL MONTAÑO ARCE

RUBRICA.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 4

R. AYUNTAMIENTO DE SALINAS VICTORIA, N.L. RESUMEN DE LA MODIFICACION DEL PRESUPUESTO DE

EGRESOS PARA EL PERIODO COMPRENDIDO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2002

ADMINISTRACION PUBLICA

11,589,902.34

SERVICIOS COMUNITARIOS

1,932,379.77

DESARROLLO SOCIAL

3,066,573.17

SEGURIDAD PUBLICA Y TRANSITO

0.00

MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE ACTIVOS

2,724,898.09

ADQUISICIONES

126,948.39

DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA

700,085.68

FONDO DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL

4,437,719.03

FONDO DE FORTALECIMIENTO MUNICIPAL

3,409,238.46

GASTOS FINANCIEROS

573,729.79

OTROS

4,995,710.96

TOTAL DE EGRESOS

33,557,185.68

DR. HUMBERTO A. DE LA GARZA MIRANDA LIC. ROBERTO GARZA TAMEZ PRESIDENTE MUNICIPAL

RÚBRICA SECRETARIO DEL R. AYUNTAMIENTO RÚBRICA

LIC. GILBERTO TREVIÑO LOZANO LIC. REYNALDO CANALES MORALES TESORERO MUNICIPAL SINDICO PRIMERO DEL AYUNTAMIENTO

RÚBRICA RÚBRICA

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 5 EMPRESAS DE DISTRIBUCION INTELIGENTE, S.A DE C.V BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2002 (Balance final de Liquidación) Total Activos Bancos 0 Total de Activos 0 Pasivos Total de Pasivos 0 Capital Capital Social Desarrollo Empresarial Regiomontano, S.A. de C.V. 0 Consorcio Corporativo Regiomontano, S.A. de C.V. 0 Total de Capital 0 Total Pasivo Capital 0 (*) Lo anterior se extiende en terminos del articulo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles Rodrigo Amaya Calvillo

Liquidador RÚBRICA

Empresas de Distribución Inteligente, S.A. de C.V. Rio Sena No. 500 pte. Col Del Valle, Garza Garcia, N.L.

Orden No. 59.-15-29-12

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 6

FE DE ERRATAS EL DIA 08 DE ENERO DE 2003 SE PÚBLICÓ EN LA SECCIÓN LOCAL PAGINA 4 “B” LAS LICITACIONES PÚBLICAS No. 48064001-001-03 DE SERVICIO DE COMEDOR INDUSTRIAL Y No. 48064001-002-03 DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAL, EN LA QUE DICE “EN OBSERVANCIA A LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS EN SU ARTICULO 134, Y DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, SE CONVOCA A LOS INTERESADOS EN PARTICIPAR EN LA(S) LICITACIÓN(ES) PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE COMEDOR INDUSTRIAL Y SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAL DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTE” Y DEBE DECIR “EL GOBIERNO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, A TRAVÉS DE LA (EL) SISTEMA METROPOLITANO DE PROCESAMIENTO DE DESECHOS SÓLIDOS DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, EN CUMPLIMIENTO CON LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 5, 21, 23, 25 Y 26 Y DEMÁS RELATIVOS A LA LEY DE ADQUISICIONES, ENAJENACIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, EN CONCORDANCIA CON LA LEY DE EGRESOS, CONVOCA A PERSONAS FÍSICAS Y MORALES A PARTCIPAR EN EL (LOS) SIGUIENTE(S) CONCURSO(S): SERVICIO DE COMEDOR INDUSTRIAL Y SERVICIO DE VIGILANCIA. DICE “LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL” Y DEBE DECIR “LICITACIÓN PÚBLICA ESTATAL”. DICE “NO PODRAN PARTICIPAR LAS PERSONAS QUE SE ENCUENTREN EN LOS SUPUESTOS DEL ARTÍCULO 50 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO” Y DEBE DECIR “ DECLARACIÓN BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS DEL ARTÍCULO 34 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ENAJENACIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN”. Y SE OMITIÓ LOS REQUISITOS QUE LOS INTERESADOS DEBERÁN ANEXAR EN LA PROPUESTA TÉCNICA: 1. RECIBO DE PAGO DE LA COMPRA DE LAS BASES DE DICHA CONVOCATORIA. 2. REGISTRO VIGENTE (O EN TRÁMITE) EN EL PADRÓN DE PROVEEDORES DE GOBIERNO DEL ESTADO. 3. ESCRITURA PÚBLICA CONSTITUTIVA, SUS MODIFICACIONES Y PODER RATIFICADO ANTE NOTARIO PÚBLICO CON

FACULTADES PARA ACTOS DE ADMINISTRACIÓN, CON EL CUAL ACREDITE LA PERSONALIDAD QUE OSTENTA EL REPRESENTANTE DE LA EMPRESA, PARA PARTICIPAR EN EL CONCURSO E IDENTIFICACION OFICIAL CON FOTOGRAFÍA..

4. DOCUMENTACION QUE COMPRUEBE EL CAPITAL MÍNIMO REQUERIDO, QUE DEBERÁ ACREDITARSE CON LA DECLARACIÓN CORRESPONDIENTE AL ÚLTIMO EJERCICIO FISCAL DE 2002.

MONTERREY, N. L., A 15 DE ENERO DE 2003

ING. CARLOS G. SEGOVIA GARCIA DIRECTOR GENERAL

Rúbrica

Orden No. 58.-15

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 7

CONVENIO DE FUSIÓN que celebran por una parte, el Lic. Ricardo Canales Pahissa, en su calidad de delegado de la Asamblea Extraordinaria de Accionistas de CREDIDECO REGIOMONTANA, S. A. de C. V., celebrada a las 9:00 horas del 22 de agosto de 2002; por otra parte, el Lic. Jesús Alberto Ibarra Mata, en su calidad de delegado de la Asamblea Extraordinaria de Accionistas de CREDIDECO DEL NORTE, S.A. DE C.V., celebrada a las 14:00 horas del 23 de agosto de 2002, sujetándolo a las siguientes declaraciones y cláusulas:

D E C L A R A C I Ó N

ÚNICA. Manifiestan los comparecientes que mediante las asambleas referidas se acordó lo siguiente:

a) Fusionar las sociedades mediante incorporación, para que subsista CREDIDECO REGIOMONTANA, S. A. de C. V., y se extinga la sociedad CREDIDECO DEL NORTE, S.A. DE C.V.

b) Celebrar el presente convenio de fusión, sujetándolo a las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA. OBJETO. CREDIDECO REGIOMONTANA, S. A. de C. V. por una parte como fusionante, y por la otra

CREDIDECO DEL NORTE, S.A. DE C.V., como fusionada, se fusionan por incorporación, subsistiendo la primera de ellas con su denominación original, y extinguiéndose la segunda.

SEGUNDA. MOMENTO DE LA FUSIÓN

Esta fusión surtirá efectos tres meses después al momento en que se inscriba este convenio en el Registro Público de Comercio.

TERCERA. PATRIMONIO DE LA FUSIONADA

En el momento en que surta efectos la fusión, CREDIDECO REGIOMONTANA, S. A. de C. V., asumirá a título universal y de manera incondicional los bienes, derechos y obligaciones de CREDIDECO DEL NORTE, S.A. DE C.V.

CUARTA. EXTINCIÓN DEL PASIVO DE LA FUSIONADA.

No obstante que las fusionadas, no tienen ningún pasivo, CREDIDECO REGIOMONTANAS. A. de C. V., asumirá en el momento en que surta efectos la fusión, cualquier adeudo queesa fecha llegare a tener la primera.

Orden No.-38.-15 Orden No.-39.-15

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 8

QUINTA. CAPITAL SOCIAL.

En el momento en que surta efectos la fusión, CREDIDECO REGIOMONTANA, S. A. de C. V., aumentará su capital social y sus accionistas celebrarán las asambleas correspondientes.

SEXTA. ACCIONES. En virtud de que existe identidad de accionistas y de porcentajes accionarios en tales sociedades; y de que las acciones representativas del capital social de las mismas no tienen expresión de valor nominal, no se realizará intercambio de acciones y, consecuentemente, el nuevo capital social de CREDIDECO REGIOMONTANA, S. A. de C. V., será representado por sus mismas acciones y sus mismos títulos.

SÉPTIMA. DECLARACIONES FISCALES.

CREDIDECO REGIOMONTANA, S. A. de C. V., se obliga a presentar las declaraciones de impuestos del ejercicio e informativas que en los términos establecidos por las leyes fiscales correspondan a la fusionada, correspondientes al ejercicio que termina por esta fusión.

OCTAVA. PUBLICACIÓN Las partes publicarán este convenio y sus balances en el Periódico Oficial del Estado del domicilio de las sociedades.

24 de agosto de 2002.

LIC. RICARDO CANALES PAHISSA CREDIDECO REGIOMONTANA, S. A. de C. V

RÚBRICA.

LIC. JESUS A. IBARRA MATA CREDIDECO DEL NORTE, S.A. DE C.V.

RÚBRICA.

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 9

Credideco del Norte, S.A. De C.V. Balance General al 31 de Agosto de 2002

Expresados en pesos de poder adquisitivo al 27 de Agosto de 2002

ACTIVO PASIVO Y CAPITAL CONTABLE

Circulante Pasivo a Corto Plazo Efectivo y Valores (468) Cuentas por Pagar Cuentas por Cobrar 779,579 Impuestos por Pagar Inventarios ____4,172 Otras Cuentas por Cobrar Pasivo Largo Plazo Cuentas por Cobrar L.P. 1,026,849 Cuentas por Pagar L.P 1,026,849 TOTAL PASIVO

Ingresos Diferidos a Futuro 1,013,632 Inversiones y Otros CAPITAL CONTABLE

Propiedad, Planta y Equipo 273,140 Capital Social 183,778 Activo Diferido Neto _____-_____ Resultados de Ejercicios Anteriores (70,091) 273,140 Resultado del Ejercicio (54,970) Exceso o Insuficiencia en la Act´n del Capital contable (23,291) TOTAL CAPITAL CONTABLE 35,426

TOTAL ACTIVO 2,083,272 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 2,083,272

Rúbrica C.P. HILARIO FLORES BRECEDA

Contralor Ced. Prof. No 2478105

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 10

Credideco Regiomontana, S.A. De C.V. Balance General al 31 de Agosto de 2002

Expresados en pesos de poder adquisitivo al 27 de Agosto de 2002

ACTIVO PASIVO Y CAPITAL CONTABLE Circulante Pasivo a Corto Plazo Efectivo y Valores 5,604 Cuentas por Pagar 1,666,008 Cuentas por Cobrar 10,978,291 Impuestos por Pagar 8,605 Inventarios __426,055 1,674,613 11,409,950 Otras Cuentas por Cobrar Pasivo Largo Plazo Cuentas por Cobrar L.P. 11,226,916 Cuentas por Pagar L.P. 6,669,246 11,226,916 6,669,246 TOTAL PASIVO 8,343,859 Ingresos Diferidos a 14,431,926 Inversiones y Otros CAPITAL CONTABLE Propiedad, Planta y Equipo Capital Social 103,845 Activo Diferido Neto _3,173,124 Resultados de Ejercicios Anterio 3,762,335 3,173,124 Resultado del Ejercicio 576,878 Exceso o Insuficiencia en la Act´n del Capital contable (1,408,853) TOTAL CAPITAL CONTABLE 3,034,205 __________ ____________

TOTAL ACTIVO 25,809,990_ TOTAL PASIVO Y CAPITAL 25,809,990

Rúbrica C.P. HILARIO FLORES BRECEDA

Contralor Ced. Prof. No 2478105

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 11

CONVENIO DE FUSIÓN que celebran por una parte, el Lic. Ricardo Canales Pahissa, en su calidad de delegado de la Asamblea Extraordinaria de Accionistas de INMOBILIARIA DELTA, S.A. DE C.V., celebrada a las 13:00 horas del 27 de agosto de 2002; por otra parte, el Lic. Jesús Alberto Ibarra Mata, en su calidad de delegado de la Asamblea Extraordinaria de Accionistas de INMOBILIARIA DECO DE TAMAULIPAS, S.A. DE C.V., celebrada a las 14:00 horas del 28 de agosto de 2002, sujetándolo a las siguientes declaraciones y cláusulas:

D E C L A R A C I Ó N

ÚNICA. Manifiestan los comparecientes que mediante las asambleas referidas se acordó lo siguiente:

c) Fusionar las sociedades mediante incorporación, para que subsista INMOBILIARIA DELTA, S. A. de C. V., y se extinga la sociedad INMOBILIARIA DECO DE TAMAULIPAS, S.A. DE C.V.

d) Celebrar el presente convenio de fusión, sujetándolo a las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA. OBJETO. INMOBILIARIA DELTA, S. A. de C. V. por una parte como fusionante, y por la otra INMOBILIARIA

DECO DE TAMAULIPAS, S.A. DE C.V., como fusionada, se fusionan por incorporación, subsistiendo la primera de ellas con su denominación original, y extinguiéndose la segunda.

SEGUNDA. MOMENTO DE LA FUSIÓN

Esta fusión surtirá efectos tres meses después al momento en que se inscriba este convenio en el Registro Público de Comercio.

TERCERA. PATRIMONIO DE LA FUSIONADA

En el momento en que surta efectos la fusión, INMOBILIARIA DELTA, S. A. de C. V., asumirá a título universal y de manera incondicional los bienes, derechos y obligaciones de INMOBILIARIA DECO DE TAMAULIPAS, S.A. DE C.V.

CUARTA. EXTINCIÓN DEL PASIVO DE LA FUSIONADA.

No obstante que las fusionadas, no tienen ningún pasivo, INMOBILIARIA DELTA, S. A. de C. V., asumen el momento en que surta efectos la fusión, cualquier adeudo que a esa fecha llegare a tener la primera

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 12 QUINTA. CAPITAL SOCIAL. En el momento en que surta efectos la fusión, INMOBILIARIA DELTA, S. A. de C. V., aumentará su

capital social y sus accionistas celebrarán las asambleas correspondientes.

SEXTA. ACCIONES. En virtud de que existe identidad de accionistas y de porcentajes accionarios en tales sociedades; y de que las acciones representativas del capital social de las mismas no tienen expresión de valor nominal, no se realizará intercambio de acciones y, consecuentemente, el nuevo capital social de INMOBILIARIA DELTA, S. A. de C. V., será representado por sus mismas acciones y sus mismos títulos.

SÉPTIMA. DECLARACIONES FISCALES.

INMOBILIARIA DELTA, S. A. de C. V., se obliga a presentar las declaraciones de impuestos del ejercicio e informativas que en los términos establecidos por las leyes fiscales correspondan a la fusionada, correspondientes al ejercicio que termina por esta fusión.

OCTAVA. PUBLICACIÓN Las partes publicarán este convenio y sus balances en el Periódico Oficial del Estado del domicilio de las sociedades.

28 de agosto de 2002.

Rúbrica Rúbrica

LIC. RICARDO CANALES PAHISSA INMOBILIARIA DELTA, S.A. DE C.V.

RÚBRICA

LIC. JESUS A. IBARRA MATA INMOBILIARIA DECO DE TAMAULIPAS, S.A. DE C.V

RÚBRICA .

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 13

Inmobiliaria Deco de Tamaulipas, S.A. De C.V. Balance General al 31 de Agosto de 2002

Expresados en pesos de poder adquisitivo al 27 de Agosto de 2002

ACTIVO PASIVO Y CAPITAL CONTABLE Circulante Pasivo a Corto Plazo 932,527 Efectivo y Valores 2,455 Cuentas por Pagar (111,181) Cuentas por Cobrar 6,169,282 Impuestos por Pagar 821,346 Inventarios _______--_ 6,171,737 Otras Cuentas por Cobrar Pasivo Largo Plazo Cuentas por Cobrar L.P. 2,486,549_ Cuentas por Pagar L.P. 4,927,581 2,486,549 4,927,581 TOTAL PASIVO 5,748,927 Ingresos Diferidos a Futuro 1,143,556 Inversiones y Otros CAPITAL CONTABLE Propiedad, Planta y Equipo 971,742 Capital Social 2,156,777 Activo Diferido Neto _____4,000_ Resultados de Ejercicios Anteriores 873,974 975,742 Resultado del Ejercicio 440,856 Exceso o Insuficiencia en la Act´n del Capital contable (730,062) TOTAL CAPITAL CONTABL 2,741,545 __________ ____________ TOTAL ACTIVO 9,634,028_ TOTAL PASIVO Y CAPITAL 9,634,028

C.P. HILARIO FLORES BRECEDA

Contralor Rúbrica

Ced. Prof. No 2478105

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 14

Inmobiliaria Delta, S.A. De C.V. Balance General al 31 de Agosto de 2002

Expresados en pesos de poder adquisitivo al 27 de Agosto de 2002

ACTIVO PASIVO Y CAPITAL CONTABLE Circulante Pasivo a Corto Plazo Efectivo y Valores 2,25 Cuentas por Pagar 3,376,264 Cuentas por Cobrar 24,064,679 Impuestos por Pagar 650,350 Inventarios _______--_ 4,026,614 24,066,932 Otras Cuentas por Cobrar Pasivo Largo Plazo Cuentas por Cobrar L.P. 43,205,062 Cuentas por Pagar 34,800,440 34,800,440 TOTAL PASIVO 38,827,054 Ingresos Diferidos 8,014,071 Inversiones y Otros CAPITAL CONTABLE Propiedad, Planta y Equipo 3,524,959 Capital Social 17,716,677 Activo Diferido Neto _____-_____ Resultados de Ejercicios Anteriores 32,466,268 3,524,959 Resultado del Ejercicio 2,015,558 Exceso o Insuficiencia en la Act´n del Capital contable (28,242,675) TOTAL CAPITAL CONTABLE 23,955,828 __________ ____________ TOTAL ACTIVO 70,796,953 TOTAL PASIVO Y CAPITAL 70,796,953_

C.P. HILARIO FLORES BRECEDA

Contralor Rúbrica

Ced. Prof. No 2478105

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 15

AVISO DE FUSION DE LAS SOCIEDADES DE GAS MAR VIC, S.A. Y MERCANTIL GARCÍA MARVIC, S.A. DE C.V. En cumplimiento a lo ordenado por el artículo 223de la Ley General de Sociedades Mercantiles y de los acuerdos tomados en las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas celebradas los días 18 y 19 de Noviembre de 1998 - mil novecientos noventa y ocho, acuerdos ratificados en Asambleas de fecha 15- quince y 22- veintidós de Noviembre de¡ 2002- dos mil dos, en las cuales se aprobó el Convenio de Fusión entre GAS MARVIC, S.A., como Sociedad Fusionada, subsistente y actuante y MERCANTIL GARCÍA MARVIC, S.A. DE C.V. como Sociedad Fusionada y a extinguirse, por lo que se hace del conocimiento de todos los interesados que la fusión de las empresas mencionadas se efectuará mediante las cifras que aparecen en el Balance de MERCANTIL GARCÍA MARVIC, S.A. DE C.V. fechado el 31 - treinta y uno de Diciembre del 2002- dos mil dos, siendo las bases esenciales de la fusión las siguientes :

1.- La empresa MERCANTIL GARCÍA MARVIC, S.A. DE C.V. en carácter de fusionada y a extinguirse cede y traspasa sin reserva ni limitación alguna a favor de GAS MARVIC, S. A. su patrimonio Social contenido en el inventario presentado en la Asamblea General Extraordinaria que aprobó la fusión y en el Balance y Estados Financieros que aparecen al 31- treinta y uno de Diciembre del 2002 - dos mil dos.

2.- La empresa GAS MARVIC, S.A. recibe todo el patrimonio 'Social de MERCANTIL GARCÍA MARVIC, S.A. DE C.V., contenido en el inventario, balance y último estado financiero de fecha 31-treinta y uno de Diciembre del 2002- dos mil dos obligándose a cubrir en forma incondicional todas las deudas y cumplir todas las obligaciones que aparezcan contraídas por la empresa fusionada hasta el 31-treinta y uno de Diciembre del 2002 - dos mil dos.

3.- Al asumir GAS MARVIC, S.A. la responsabilidad de cumplir todas las deudas, créditos y obligaciones de MERCANTIL GARCÍA MARVIC, S.A. DE C.V., la fusión de las Sociedades surtirá efectos inmediatos después de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad la protocolización de las Asambleas que aprobaron la fusión de Sociedades, por lo que no hay lugar a establecer ni publicar sistema alguno para extinguir el pasivo de la fusionada por haber sido absorbido en su totalidad por la fusionante.

4.- Aprobada la fusión de las Sociedades por las Asambleas Extraordinarias de Accionistas respectivas, queda cancelada y revocada toda representación legal así como los Poderes que hubiere otorgado MERCANTIL GARCÍA MARVIC, S.A. DE C.V. y se procederá desde luego a cancelar las acciones emitidas al constituirse las que se hubieran expedido con motivo de los aumentos de capital que se hubieren pactado.

Orden No.- 43-15

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5.- Aprobada la fusión de las Sociedades, queda subsistente y activa únicamente GAS MAPVIC, S.A. debiendo iniciarse los trámites que correspondan para la liquidación y extinción de MERCANTIL GARCÍA MARVIC, S. A. DE C.V. ante las Autoridades Regístrales y Hacendarías.

6.- Aprobada la fusión se acordó la publicación de la misma en el Periódico Oficial de¡ Estado, así como de¡ último balance y estado financiero de MERCANTIL GARCÍA MARVIC, S.A. DE C.V., no efectuándose publicación de balance o estado financiero de GAS MARVIC, S.A. por encontrarse operando en ceros, y no existir ejercicio social alguno que pueda reportarse en Asamblea Ordinaria o Extraordinaria.

Para los efectos de la publicación de la fusión de las Sociedades y la protocolización de las Asambleas correspondientes se comisiona a NORMA HILDA GARCÍA PEREZ para que acuda ante la oficina Pública que edita el Periódico Oficial de¡ Estado y ante el Fedatario Público para protocolizar en Escritura Pública las constancias que corresponden.

La presente comunicación se formula en cumplimiento a lo ordenado por los artículos 223 y 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

China, N.L. a de Diciembre del año 2002

GM MARVIC, S.A.

Fusionante

FELIPE DE JESUS GARCÍA CANTU

Gerente General

RÚBRICA

MERCANTIL GARCIA MARVRCS.A. DE C. V.

Fusionada

NORMA HILDA GARCIA PEREZ

Administrador Unico

RÚBRICA

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C.P. DARIELA V. GUERRERO CH.4PA, M.A. CED. PROF. 1429676

MERCANTIL GARCIA MARVIC, S.A. BALANCE GENERAL AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2002 ACTIVOS CIRCULANTE BANCOS 804,031.00 CLIENTES 619,000.00 INVENTARIO 45,000.00 TOTAL DE A. CIRCULANTE 1,468,031.00

FIJO INMUEBLES 1,548,000.00 DEPRECIACION ACUMULADA 415,000.00 EQUIPO DE TRANSPORTE 854,000.00 MUEBLES Y ENSERES 42,000.00 MAQUINARIA Y EQUIPO 398,000.00 OBRAS EN CONSTRUCCION 554,000.00 TOTAL DE ACTIVO FIJO 2,981,000.00

4,449,031.00 P A S 1 V 0 S CIRCULANTE PROVEDORES 615,641.00 ACREEDORES BANCARIOS - 615,641.00 TOTAL PASIVO CIR.

CAPITAL CONTABLE

CAPITAL SOCIAL 60,000.00

APORTACIONES DE CAPITAL 940,000.00

AP. PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL 600,000.00

RESULTADO DE EJ. ANTERIORES 1,540,142.00

UTILIDAD DEL EJERCICIO 693,248.00

TOTAL DE CAPITAL 3,833,390.00

PASIVO MAS CAPITAL 4,449,031.00

SRITA. NORMA HILDA GARCIA PEREZ SR. FELIPE DE JESUS GARCIA

RÚBRICA RÚBRICA

MERCANTIL GARCIA MARVIC S.A.

C.P. DARIELA V. GUERRERO CHAPA , M.A.

RUBRICA

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VILLA REAL FOMENTO ECUESTRE, S.A. DE C.V. ACUERDO DE FUSION

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publican los acuerdos adoptados en la asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., de fecha 28 de Diciembre del 2002, correspondientes a la aprobación de la fusión de la misma como fusionante, con las empresas Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., como fusionadas. De igual manera, se publica el balance general de Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., que sirvió de base para la autorización de la fusión señalada.

Los acuerdos que contienen las bases conforme a los cuales se deberá ejecutar la fusión decretada, son los siguientes:

1). Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., será la empresa fusionante o que subsiste e Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., serán las empresas fusionadas o que se extinguen, por lo cual los estatutos sociales de la primera, serán los que rijan las relaciones de los accionistas en lo sucesivo, continuando vigentes también, los poderes otorgados por la misma. 2). El balance general de la empresa Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., referido al día 30 de Noviembre del 2002, servirá como base para la fusión decretada, el cual se deberá publicar en el periódico oficial del estado. Además, para el efecto indicado, también se tomarán como base los balances generales de Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., referidos al 27 de Diciembre del 2002. 3). La fusión surtirá sus efectos el día 28 de Diciembre del 2002, sin perjuicio de que posteriormente se inscriba la escritura pública que contenga la protocolización de las asambleas de las empresas que se fusionan, ya que los acreedores de las mismas han dado su conformidad y no tienen inconveniente alguno para que se realice la fusión indicada. 4). La negociación Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., será causahabiente a título universal de Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V. 5). El patrimonio de Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., se incorporarán al patrimonio de Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V. Por lo mismo, todos los activos de Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V. deberán trasmitirse y pasarán a ser propiedad de Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V. 6). Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., adquirirá el pasivo, obligaciones y responsabilidades de Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V. Dichos pasivos, obligaciones y responsabilidades, deberán ser cumplidos puntualmente por Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V. en las fechas pactadas para ese efecto. 7). Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., incrementará su capital suscrito y pagado a la suma de $2’965,600.00. 8). A los accionistas de las empresas fusionadas Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., se les entregarán a cambio de sus acciones que actualmente tienen, otras tantas equivalentes en número y valor nominal, representativas del nuevo capital social de Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., en el concepto de que a los actuales accionistas de las empresas fusionadas Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., se les entregarán acciones de la serie “B”, representativas de la parte variable del capital social de Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V. Orden No.-46.-15 Orden No.-47.-15

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BALANCE GENERAL VILLA REAL FOMENTO ECUESTRE, S.A. DE C.V.

Noviembre 30, 2002 (Cifras en Pesos)

ACTIVO $ 2’329,073

___________ PASIVO Y CAPITAL TOTAL PASIVO $ 169,354 ____________ TOTAL CAPITAL CONTABLE $ 2’159,719 ___________ TOTAL PASIVO Y CAPITAL $ 2’329,073 ===========

Monterrey, N.L. a 28 de Diciembre del 2002

C.P. JULIO CESAR VILLARREAL GUAJARDO Administrador Unico y Delegado Especial.

Rúbrica.

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FINCAS Y PROPIEDADES, S.A. DE C.V. ACUERDO DE FUSION

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publican los acuerdos adoptados en la asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., de fecha 28 de Diciembre del 2002, correspondientes a la aprobación de la fusión de la misma como fusionada, con la empresa Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V., también como fusionada y Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V. como fusionante. De igual manera, se publica el balance general de Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., que sirvió de base para la autorización de la fusión señalada. Los acuerdos que contienen las bases conforme a las cuales se deberá ejecutar la fusión decretada, son las siguientes:

1). Fincas y Propiedades, S.A. de C.V. e Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V., serán las empresas fusionadas o que desaparecen y Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., será la empresa fusionante o que subsiste, por lo cual los estatutos sociales de la última, serán los que rijan las relaciones de los accionistas en lo sucesivo, continuando vigentes también, los poderes otorgados por la misma. 2). El balance general de la empresa Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., referido al día 27 de Diciembre del 2002, servirá como base para la fusión decretada, el cual se deberá publicar en el periódico oficial del estado. Además, para el efecto indicado, también se tomarán como base los balances generales de Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., referidos al 27 de Diciembre y 30 de Noviembre del 2002, respectivamente. 3). La fusión, surtirá sus efectos el día 28 de Diciembre del 2002, sin perjuicio de que posteriormente se inscriba la escritura pública que contenga la protocolización de las asambleas de las empresas que se fusionan, ya que los acreedores de las mismas han dado su conformidad y no tienen inconveniente alguno para que se realice la fusión indicada. 4). La negociación Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., será causahabiente a título universal de Fincas y Propiedades, S.A. de C.V. e Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. 5). El patrimonio de Fincas y Propiedades, S.A. de C.V. e Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. se incorporarán al patrimonio de Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V. Por lo mismo, todos los activos de Fincas y Propiedades, S.A. de C.V. e Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V., deberán trasmitirse y pasarán a ser propiedad de Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V. 6). Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., adquirirá el pasivo, obligaciones y responsabilidades de Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., e Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. Dichos pasivos, obligaciones y responsabilidades, deberán ser cumplidos puntualmente por Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V. en las fechas pactadas para ese efecto. 7). Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., contará con un capital suscrito y pagado por la suma de $2’965,600.00. 8). A los accionistas de las empresas fusionadas Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., se les entregará a cambio de sus acciones que actualmente tienen, otras tantas equivalentes en número y valor nominal, representativas del nuevo capital social de Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., en el concepto de que a los actuales accionistas de las empresas fusionadas Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., se les entregarán acciones de la serie “B”, representativas de la parte variable del capital social de Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V.

Orden No.-48-15 Orden No.-49-15

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BALANCE GENERAL FINCAS Y PROPIEDADES, S.A. DE C.V.

Diciembre 27, 2002 (Cifras en Pesos)

ACTIVO

TOTAL ACTIVO $ 455,000 ___________ PASIVO Y CAPITAL TOTAL PASIVO $ 184,800 ____________ TOTAL CAPITAL CONTABLE $ 270,200 ___________ TOTAL PASIVO Y CAPITAL $ 455,000 ===========

Monterrey, N.L. a 28 de Diciembre del 2002

C.P. JULIO CESAR VILLARREAL GUAJARDO Presidente y Delegado Especial.

Rúbrica.

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INMOBILIARIA MAYBRE, S.A. DE C.V. ACUERDO DE FUSION

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publican los acuerdos adoptados en la asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V., de fecha 28 de Diciembre del 2002, correspondientes a la aprobación de la fusión de la misma como fusionada, con la empresa Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., también como fusionada y Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V. como fusionante. De igual manera, se publica el balance general de Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V., que sirvió de base para la autorización de la fusión señalada. Los acuerdos que contienen las bases conforme a las cuales se deberá ejecutar la fusión decretada, son las siguientes:

1). Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., serán las empresas fusionadas o que desaparecen y Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., será la empresa fusionante o que subsiste, por lo cual los estatutos sociales de la última, serán los que rijan las relaciones de los accionistas en lo sucesivo, continuando vigentes también, los poderes otorgados por la misma. 2). El balance general de la empresa Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V., referido al día 27 de Diciembre del 2002, servirá como base para la fusión decretada, el cual se deberá publicar en el periódico oficial del estado. Además, para el efecto indicado, también se tomarán como base los balances generales de Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., referidos al 30 de Noviembre y 27 de Diciembre del 2002, respectivamente. 3). La fusión surtirá sus efectos el día 28 de Diciembre del 2002, sin perjuicio de que posteriormente se inscriba la escritura pública que contenga la protocolización de las asambleas de las empresas que se fusionan, ya que los acreedores de las mismas han dado su conformidad y no tienen inconveniente alguno para que se realice la fusión indicada. 4). La negociación Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., será causahabiente a título universal de Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V. 5). El patrimonio de Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., se incorporarán al patrimonio de Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V. Por lo mismo, todos los activos de Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., deberán trasmitirse y pasarán a ser propiedad de Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V. 6). Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., adquirirá el pasivo, obligaciones y responsabilidades de Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V. Dichos pasivos, obligaciones y responsabilidades, deberán ser cumplidos puntualmente por Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V. en las fechas pactadas para ese efecto. 7). Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., contará con un capital social suscrito y pagado por la suma de $2’965,600.00. 8). A los accionistas de las empresas fusionadas Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., se les entregará a cambio de sus acciones que actualmente tienen, otras tantas equivalentes en número y valor nominal, representativas del nuevo capital social de Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V., en el concepto de que a los actuales accionistas de las empresas fusionadas Inmobiliaria Maybre, S.A. de C.V. y Fincas y Propiedades, S.A. de C.V., se les entregarán acciones de la serie “B”, representativas de la parte variable del capital social de Villa Real Fomento Ecuestre, S.A. de C.V.

Orden No.-50-15 Orden No.-51-15

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BALANCE GENERAL INMOBILIARIA MAYBRE, S.A. DE C.V.

Diciembre 27, 2002 (Cifras en Pesos)

ACTIVO

TOTAL ACTIVO $ 2’291,090 ___________ PASIVO Y CAPITAL TOTAL PASIVO $ 864,910 ____________ TOTAL CAPITAL CONTABLE $ 1’426,180 ___________ TOTAL PASIVO Y CAPITAL $ 2’291,090 ===========

Monterrey, N.L. a 28 de Diciembre del 2002

C.P. JULIO CESAR VILLARREAL GUAJARDO Presidente y Delegado Especial.

Rúbrica.

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SEGUNDA CONVOCATORIA.

En cumplimiento a lo establecido por la Ley General de Sociedades Mercantiles, para el caso de que no fuere posible la celebración de la Asamblea General Ordinaria programada en primera convocatoria para las nueve horas del día 30 de enero de 2003; el Administrador Unico de la empresa Inmobiliaria e Ingeniería Técnica, S.A. de C.V., invita en segunda convocatoria a los accionistas de la misma, a dicha Asamblea que en su caso, deberá tener verificativo a las nueve horas del día 5 de febrero de 2003, en sus oficinas ubicadas en la calle Paseo de las Palmas 3708, Colonia Del Paseo Residencial de esta ciudad, conforme al siguiente,

ORDEN DEL DIA.

1.- Lectura y aprobación en su caso, de los balances y estados de pérdidas y ganancias correspondientes a los ejercicios sociales del 6 de febrero al 31 de diciembre de 1998; del 1º. de enero al 31 de diciembre de 1999; del 1º. de enero al 31 de diciembre de 2000; del 1º. de enero al 31 de diciembre de 2001; y del 1º. de enero al 31 de diciembre de 2002. 2.- Propuesta y decisión sobre trasmisión de acciones entre los mismos socios. 3.- Nombramiento de Administrador Unico. 4.- Revocación de poderes y designación de nuevos mandatarios, con las facultades que determinen los socios. 5.- Designación de delegado especial para que ocurra ante Notario Público a protocolizar el acta que se levante en la presente asamblea y otorgue los poderes que acuerden los socios en la misma. 6.- Redacción y en su caso, aprobación del acta correspondiente.

Monterrey, N.L., a 13 de enero de 2003. El Administrador Unico.

Lic. Rodolfo Rodríguez Enríquez.

Rúbrica

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WEYERHAEUSER DE MEXICO, S.A. DE C.V.; WILLAMETTE DE MEXICO, S.A. DE C.V. Y WILLAMETTE INDUSTRIES NORTHAMERICA, S.A. DE C.V.

AVISO DE FUSION

Conforme a lo dispuesto por los artículos 222, 223, 224 y 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, el suscrito Gerardo Iñigo Heras, en mi calidad de delegado especial de las asambleas de socios de Weyerhaeuser de México, S.A. de C.V., Willamette de México, S.A. de C.V. y Willamette Industries Northamerica, S.A: de C.V., hago constar para todos los efectos legales a que haya lugar que en cada una de las asambleas de socios de Weyerhaeuser de México, S.A. de C.V. Willamette de México, S.A. de C.V. y Willamette Industries Northamerica, S.A: de C.V., celebradas el 8 de enero de 2003, se resolvió aprobar la fusión de Weyerhaeuser de México, S.A. de C.V. como sociedad fusionante y por la otra parte Willamette de México, S.A. de C.V. y Willamette Industries Northamerica, S.A: de C.V. como sociedades fusionadas conforme al siguiente: UNO.- Las partes del presente convienen en fusionarse de conformidad con los términos y condiciones de este Convenio. La fusión y los términos y condiciones del presente Convenio han sido previamente aprobados mediante las correspondientes Asambleas Extraordinarias de Accionistas celebradas con anterioridad a la firma de este convenio. DOS.- Queda expresamente convenido que en la fusión, WEYERHAEUSER será la entidad fusionante y que WILLAMETTE Y WILLAMETTE INDUSTRIES serán las entidades fusionadas. Consecuentemente, WEYERHAEUSER subsistirá y WILLAMETTE y WILLAMETTE INDUSTRIES dejarán de existir. TRES Como consecuencia de la fusión, todos los activos, pasivos y en general, todo el patrimonio de WILLAMETTE y WILLAMETTE INDUSTRIES, sin ninguna reserva o limitación, serán transmitidos y pasarán a WEYERHAEUSER en la fecha en que la fusión surta efectos. Como Anexo “1” al presente convenio se adjunta una lista de los activos y pasivos de WILLAMETTE y WILLAMETTE INDUSTRIES. Consecuentemente los activos y pasivos de WILLAMETTE y WILLAMETTE INDUSTRIES se consolidarán en los activos y pasivos de WEYERHAEUSER. CUATRO.- Las partes convienen expresamente en que la fusión se efectuará tomando en cuenta los valores establecidos en los libros y registros de WILLAMETTE y WILLAMETTE INDUSTRIES según el balance que se adjunta al presente convenio como Anexo “2”. Una vez efectuada la fusión, las acciones representativas del capital social de WILLAMETTE y WILLAMETTE INDUSTRIES serán canceladas. CINCO.-Como resultado de la fusión, WEYERHAEUSER aumentará su capital social en la cantidad de $984’267,924.00 (novecientos ochenta y cuatro millones doscientos sesenta y siete mil novecientos veinticuatro pesos 00/100 moneda nacional). SEIS.-Las resoluciones para llevar a cabo la fusión adoptadas por los Accionistas de WILLAMETTE, WILLAMETTE INDUSTRIES y WEYERHAEUSER, así como los balances de WILLAMETTE, WILLAMETTE INDUSTRIES y WEYERHAEUSER deberán ser publicados en el Periódico Oficial del domicilio de cada una de dichas sociedades. SIETE.-La fusión tendrá efectos entre las partes a partir de la firma de este Convenio de Fusión. La fusión tendrá efectos frente a terceros en la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio correspondiente al domicilio de cada una de las sociedades previas publicaciones efectuadas en términos de la Cláusula Sexta anterior. Para tal efecto WILLAMETTE, WILLAMETTE INDUSTRIES y WEYERHAEUSER ya han obtenido el consentimiento de sus respectivos acreedores, o bien, respecto de aquéllos acreedores que no otorgaron su consentimiento, WILLAMETTE, WILLAMETTE INDUSTRIES y WEYERHAEUSER han acordado el pago inmediato de las deudas pagaderas a dichos acreedores, previa solicitud de pago de los mismos, reconociendo para tal efecto dichos adeudos como vencidos y exigibles.

México, D.F., a 8 de enero de 2003 Delegado de las Asambleas de Accionistas

Gerardo Iñigo Heras

RÚBRICA

Orden No.-.55-15 Orden No.-.56-15

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 26 Weyerhaeuser de Mexico Sa de CV Balance General al 30 de Noviembre 2002 Pesos ACTIVOS Activo Circulante 127,865,463 Efectivo en Bancos 16,007,185 Cuentas por Cobrar 56,710,105 Reserva para Clientes -3,700,013 Inventario de Rollos 38,336,608 Inventario de Producto Terminado 7,083,130 Inventario de Refacciones 2,023,862 Otras Materias primas 2,960,961 Impuestos a favor 8,443,625 Activos Fijos 175,184,081 Edificio 91,921,885 Maquinaria y Equipo 146,000,662 Depreciacion Acumulada -62,738,465 Otros Activos 1,412,207 Activos Diferidos 1,412,207 TOTAL ACTIVO 304,461,751 PASIVOS -237,671,159 Cuentas por Pagar terceros -10,014,068 Otras Provisiones -2,599,648 Impuestos por Pagar -29,782 Cuentas por Pagar Intercompañias -225,027,661 CAPITAL CONTABLE -66,790,592 Capital Social Fijo -50,000 Capital Variable -233,220,000 Perdidas Acumuladas 150,645,975 Perdidas del Ejercicio 15,833,433

Romeo de J. Ramírez Leal Representante Legal

Rúbrica

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 27 Willamette de Mexico SA de CV Balance General al 30 de Noviembre 2002 Pesos ACTIVOS Activo Circulante 493,899,450 Efectivo en Bancos 55,195,232 Cuentas por Cobrar 190,148,045 Reserva para Clientes Inventario de Rollos 78,575,833 Inventario de Producto Terminado 14,595,003 Inventario de Refacciones Cuentas por cobrar a Afiliadas 121,698,356 Impuestos a favor 33,686,981 Activos Fijos 504,530,551 Terrenos 24,765,644 Edificios, Maquinaria y Equipo 751,331,176 Depreciacion Acumulada -271,566,269 Otros Activos 18,182,915 Inversiones por cuenta de terceros 18,165,837 Otros activos 17,078 TOTAL ACTIVO 1,016,612,916 PASIVOS -217,013,717 Cuentas por Pagar terceros -53,560,692 Otras Provisiones -12,169,692 Impuestos por Pagar -46,366,760 Obligaciones Laborales -18,598,640 Impuestos Diferidos -86,317,933 CAPITAL CONTABLE -799,599,199 Capital Social Fijo -50,000 Capital Variable -614,830,693 Utilidades Acumuladas -139,017,481 Resultado por Tenencia de Activos no Monetarios 17,925,956 Utilidad del Ejercicio -63,626,981 0

Romeo de J. Ramírez Leal Representante Legal

Rúbrica

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 28 Willamette Industries NorthAmerica SA de CV Balance General al 30 de Noviembre 2002 Pesos ACTIVOS Activo Circulante 20,550 Efectivo en Bancos 17,795 Cuentas por Cobrar 0 Reserva para Clientes 0 Inventario de Rollos 0 Inventario de Producto Terminado 0 Inventario de Refacciones 0 Otras Materias primas 0 Impuestos a favor 2,755 Activos Fijos 0 Edificio 0 Maquinaria y Equipo 0 Depreciacion Acumulada 0 Otros Activos 920,135,622 Inversion en Acciones 783,305,496 Participacion en Resultados Afiliadas 136,830,126 TOTAL ACTIVO 920,156,172 PASIVOS -53,411 Cuentas por Pagar terceros 0 Otras Provisiones 0 Impuestos por Pagar 0 Cuentas por Pagar Intercompañias -53,411 CAPITAL CONTABLE -920,102,761 Capital Social Fijo -50,000 Capital Variable -750,947,625 Utilidades Acumuladas -91,852,236 Resultado por Tenencia de Activos no Monetarios -19,757,008 Perdidas del Ejercicio -57,495,892

Romeo de J. Ramírez Leal Representante Legal

Rúbrica 0

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 29 Orden No.- 57.-15

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 30

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 31

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 32

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 34

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 35

PRIMER EDICTO

A LA C. LAURA VERONICA TOBON ALVAREZ. DOMICILIO IGNORADO.- En fecha 31-treinta y uno de Julio del año 2002-dos mil dos, se radicó en el Juzgado Décimo Tercero de lo Civil del Primer Distrito Judicial en el Estado, bajo el número de expediente 0554/2002 el JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL promovido por ADRIANA DEL CARMEN GARCIA TREVIÑO en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de BANCO DEL ATLANTICO, S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE en contra de LAURA VERONICA TOBON ALVAREZ mediante edictos que deberán publicarse por 3-tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en el Periódico El Porvenir que se edita en esta ciudad y en el Boletín Judicial del Estado, requiriéndosele sobre el inmediato pago de la cantidad de 185,105.35 (CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO CINCO PUNTO TREINTA Y CINCO UNIDADES DE INVERSION) o su equivalente en moneda nacional, según el valor de conversión que para cada unidad de inversión publique el Banco Nacional de México en el Diario Oficial de la Federación, al día en que se verifique el pago, el cual al día 16-dieciseis de abril de 2001-dos mil uno equivale a la cantidad de $548,017.54 (QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL DIECISIETE PESOS 54/100 M.N.), que reclama la parte actora como suerte principal y demás accesorios que se refiere el actor en su escrito inicial de demanda, y en caso de no hacerlo así se señalen bienes para embargo susceptibles de secuestro que basten a garantizar las prestaciones reclamadas y en caso de no ejercitar tal derecho pasará a la parte actora. Asimismo se le emplaza para que dentro del término de 5-cinco días ocurra al local de este Juzgado a hacer paga llana de lo adeudado o a oponerse a la ejecución decretada en su contra si para ello tuviere excepciones legales que hacer valer. En la inteligencia de que la notificación hecha de esta manera surtirá sus efectos a los 10-diez días contados a partir de su última publicación, quedando las copias de la demanda y documentos acompañados a la misma, a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, para su instrucción. Asimismo se previene a la parte demandada a fin de que señale domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones en esta ciudad de Monterrey, Nuevo León, apercibido de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal se le hará en los términos previstos en el artículo 1069 del Código de Comercio.- DOY FE.- Monterrey, Nuevo León a 27-veintisiete de agosto de 2002-dos mil dos.- DOY FE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - -

EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO

LIC. CARLOS CHARLES MANZANO RUBRICA

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 36

PRIMER EDICTO Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Juzgado Quinto de lo Civil del Primer Distrito Judicial en elEstado.- Monterrey N.L..- En el Juzgado Quinto de lo Civil del Primer Distrito Judicialen el Estado, por auto de fecha 13-trece de Noviembre delaño 2002-dos mil dos, dentro de los autos del expedientejudicial número 131/2002 relativo al JUICIO ORDINARIOCIVIL que promueve FRANCISCO SOLIS HERNANDEZ YOTRA y FRANCISCO JEAGER TIFFERT Y OTRO, seordenó emplazar a la parte demandada FRANCISCOJEAGER TIFFERT, CLEOTILDE GARZA ZAMBRANO YOLGA GARZA AMATTO, por medio de edictos que sepublicarán por 3-tres veces consecutivas en el PeriódicoOficial del Estado y en el Periódico el Porvenir que se editaen ésta ciudad; así como en el Boletín Judicial del Estado,emplazamiento que surtirá sus efectos a partir de los 10-diez días contados desde el día siguiente al que se haga laúltima publicación de los edictos ordenados,concediéndoles a la parte demandada, de conformidad conlo dispuesto en el artículo 639 del citado OrdenamientoProcesal en vigor, un término de 9-nueve días a fin de queocurran al local de éste juzgado a producir su contestación,debiéndose prevenirle a la parte demandada para queseñalen domicilio dentro del ámbito territorial quecomprende el primer distrito judicial en el estado, para losefectos de oír y recibir notificaciones, con el apercibimientode que encaso de no hacerlo así, las posterioresnotificaciones que deban hacérseles, aún las de carácterpersonal se les harán conforme a las reglas que no seanpersonales, lo anterior de conformidad con lo dispuesto porel artículo 69 del Código de Procedimientos Civiles en vigor.En la inteligencia de que las copias de traslado de ley,quedan a su disposición en la Secretaría de éste Juzgado.-Doy Fe

C. SECRETARIO DEL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL PRIMER

DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO.- DOY FE

LIC. SERGIO RODRIGUEZ BORJA. RUBRICA.

Orden No.- 52.- 15- 17- 20

PRIMER EDICTO Al margen un sello que dice: Estados UnidosMexicanos.- Juzgado Décimo Tercero de lo Civil delPrimer Distrito Judicial en el Estado.- MonterreyN.L..- A LOS C.C. ARGIMIRO ORTIZ LOPEZ Y FLOR DEMARIA BARREIRO FLORES DE ORTIZ.- En fecha 24-veinticuatro de mayo de 2002-dos mildos, se radico en el Juzgado décimo Tercero de locivil del Primer Distrito Judicial del Estado, bajo elnúmero de expediente judicial 370/2002 lasDILIGENCIAS DE JURISDICCION VOLUNTARIA SOBRENOTIFICACION JUDICIAL promovidas por ADRIANA DELCARMEN GARCIA TREVIÑO en su caracter deApoderada general para Pleitos y Cobranzas de BANCODEL ATLANTICO, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCIONDE BANCA MULTIPLE respecto de los señoresARGIMIRO ORTIZ LOPEZ Y FLOR DE MARIABARREIRO FLORES DE ORTIZ mediante edictos quedeberán de publicarse por 03-tres veces consecutivos enel Periódico Oficial del Estado que se edita en estaCiudad, así como en el Periódico el Porvenir y en elBoletin Judicial que edita el H. Tribunal Superior deJusticia en el Estado, debiéndose hacer del conocimientode los notificados de los puntos precisados por lapromovente en su escrito de demanda. En la inteligenciade que la notificación hecha de esta manera surtira susefectos a los 10-diez días contados a partir de su últimapublicación, quedando las copias de la demanda ydocumentos acompañados a la misma, a su disposiciónen la Secretaría de este juzgado, para su instrucción.Monterrey, Nuevo León a 08-ocho de enero de 2003-dosmil tres.- DOY FE.

C. SECRETARIO DEL JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL DEL

PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO.

LIC. CARLOS CHARLES MANZANO RÚBRICA

Orden No.- 45.- 15- 17- 20

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 37

PRIMER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos .- Juzgado Segundo de lo Familiar.- Monterrey, N.L. A LA C. MIRIAM ELIZABETH MARQUEZ MACIAS .- CON DOMICILO IGNORADO.- Con domicilio ignorado.- Con fecha 7-siete de noviembre del 2002-dos mil dos, se admitió a tramite el expediente numero 1181/ 2002, relativo al juicio ordinario civil sobre divorcio necesario promovido por HÉCTOR DANIEL CHAPA CHAPA en contra de MIRIAM ELIZABETH MARQUEZ MACIAS, ordenándose emplazar a la parte por medio de edictos que se publicaran por tres veces consecutivas en el periódico Oficial del Estado, Boletín Judicial y en el periódico El Porvenir que edita esta ciudad, para que dentro del termino de 9-nueve días ocurra a producir su contestación, en la inteligencia de que la notificación surtirá sus efectos a los diez días siguientes a la ultima publicación del edicto que se ordena, quedando en la Secretaría del juzgado las copias simples de la demanda y demás documentos para su instrucción. Así pues, prevéngase a la parte demandada a fin de que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en cualquiera de los Municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina del Estado de Nuevo León, en la inteligencia de que en caso de no cumplir con lo anterior las demás notificaciones de carácter personal se realizaran por medio de la tabla de estrados que se leva en este juzgado, lo anterior conforme a lo dispuesto por los artículos 68 y 73 del código adjetivo de la materia.- DOY FE.- Monterrey, Nuevo León a 12 de noviembre del 2002.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

LA C. SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO FAMILIAR.

LIC. MARIBEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ. RUBRICA.-

Orden No.- 60.- 15- 17- 20

PRIMER EDICTO

Al margen un sello que dice: estados Unidos Mexicanos.- Juzgado sexto de lo Familiar.-Monterrey, N.L. AL C:ANTONIO QUIROZ GARCIA. CON DOMICILIO: IGNORADO. En fecha 14-catorce de Noviembre del año 2002- dos mil dos, dentro de los autos que integran el expediente judicial número 950/02 relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO promovido por MYRIAM LETICIA GARZA DIAZ en contra de ANTONIO QUIROZ GARCIA se ordenó que se emplace a la parte reo por medio de edictos que se publiquen por tres veces consecutivas, en el Periódico El Porvenir, en el Boletín Judicial y Periódico Oficial del Estado, todos que se editan en la Entidad, para que dentro del improrrogable término de 9-nueve días ocurra a producir su contestación y a oponer las exepciones y defensas legales que tuviere que hacer valer.- Quedando a su disposición en la Secretaría de éste Juzgado, copias simples del escrito de demanda,, interrogatorio y demás documentos acompañados, para que se imponga de ellos.- Previniéndosele de igual forma, para el fecto de que señale domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones, en cualesquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, Nuevo León; apercibiéndosele de que en el supuesto de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le efectuarán por medio de instructivo que se fije en los estrados de éste Juzgado; acorde a lo establecido por el numeral 68 del Ordenamiento Procesal antes invocado. En la inteligencia de que la notificación realizada de ésta manera empezará a surtir efectos a los 10- diez días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del edicto ordenado; de conformidad con lo preconizado por el numeral 73 de la Ley Adjetiva de la Materia.-Notifíquese Personalmente al Demandado.Monterrey, Nuevo León a 28 de Noviembre del año 2002.

C. SECRETARIO DEL JUZGADO SEXTO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO

JUDICIAL EN EL ESTADO. LIC. JOSE ALFREDO CAVAZOS LOPEZ.

RUBRICA.

Orden No.- 61.-15- 17- 20

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 38

PRIMER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos .- Juzgado Sexto de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado.- Monterrey, N.L..- A LOS C.C. ARMANDO, JUAN Y BACILISA DEAPELLIDOS FLORES RUIZ CON DOMICILIOIGNORADO. En fecha 30-treinta de Octubre del año 2002-dos mildos, en este Juzgado Sexto de lo Familiar del PrimerDistrito Judicial en el Estado, se admitió a tramite elJuicio Sucesorio de Intestado a bienes de CECILIOFLORES ROSALES radicado bajo el número deexpediente 814/02; ahora bien y en virtud de haberseacreditado por la denunciante el desconocimiento delparadero de los señores ARMANDO, JUAN YBACILISA de apellidos FLORES RUIZ, se ordenóhacerles del conocimiento la tramitación del presenteprocedimiento, por medio de edictos que se publiquenpor tres veces consecutivas, en el Periódico ElPorvenir; en el Boletín Judicial del Estado y PeriódicoOficial del Estado, todos que se editan en la Entidad. –Monterrey , Nuevo León a 02-dos de Diciembre delaño 2002-dos mil dos.

C. SECRETARIO DEL JUZGADO SEXTO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO

LIC. JOSÉ RÚBEN MELÉNDEZ ORDAZ Rubrica.

Orden No.- 42.-15- 17- 20

PRIMER EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- juzgado Noveno de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado.- Monterrey, N.L. AL C. MARIA DE JESUS RICO MONTAÑO, Domicilio: Ignorado. Por auto de fecha 29- veintinueve de Octubre del 2002- dos mil dos, dentro de los autos del expediente número 1281/2002, se admitió a trámite en el Juzgado Noveno de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, el JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO promovido por ISMAEL LOERA GOMEZ, en contra de MARIA DE JESÚS RICO MONTAÑO, ordenándose emplazar a la demandada señora MARIA DE JESÚS RICO MONTAÑO, por medio de edictos que se publicarán por 3- Tres veces consecutivas en el Periódico Oficial, Boletín Judicial y Periódico el Porvenir, los cuales se editan en esta Entidad, a fin de que acuda dentro del término de 9- Nueve días ocurra al local de este Juzgado a producir su contestación a la demanda y a oponer las excepciones y defensas de su intención si las tuviere. Aclaración hecha de que la notificación realizada así surtirá sus efectos a los 10- diez días contados desde el siguiente al de la última publicación del edicto que se ordena, quedando en la Secretaría del Juzgado a disposición de la parte reo. Las copias de translado de la demanda, interrogatorio y documentos acompañados debidamente sellados y rubricados por la Secretaría de este Juzgado para su debida instrucción. Por otra parte, acorde con lo preceptuado por el artículo 68 del Código Adjetivo Civil, se previene a la parte demandada fin de que señale domicilio para el efecto de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina Nuevo León, que conforman el Primer Distrito Judicial del Estado en el cual la suscrita Juez ejerce su jurisdicción, apercibida de que de no hacerlo las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de los estrados de este Juzgado. DOY FE.- Monterrey, Nuevo León a 4 de Noviembre del 2002.

EL C. PRIMER SECRETARIO DEL JUZGADO NOVENO DE LO FAMILIAR DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL EN

EL ESTADO LIC. HECTOR ANTONIO GARCIA JUÁREZ.

RUBRICA. Orden No.- 42.-15- 17- 20

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 39

SEGUNDO EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados UnidosMexicanos.- Juzgado Segundo de lo Familiar delPrimer Distrito Judicial.- Monterrey, N.L. Orden No. 22.-13-15-17

SEGUNDO EDICTO

Al margen un sello que dice: Estados UnidMexicanos.- Juzgado Tercero Menor LetradMonterrey, N. L.- A LOS C.C. ROBERTO CANTU ORTIZ Y LUDIVINELIZONDO JARAMILLO CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD. EN FECHA 10-DIEZ DE SEPTIEMBRE DEL 2001-DOS MUNO, SE RADICO EN ESTE JUZGADO TERCERMENOR LETRADO EN MONTERREY, NUEVO LEOBAJO EL EXPEDIENTE NUMERO 1935/2001 RELATIVAL JUICIO EJECUTIVO CIVIL PROMOVIDO EN CONTRA POR EL LICENCIADO CAMILO VILLARREALVAREZ, EN SU CARÁCTER DE APODERADJURIDICO GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS PATRIMONIO DE LA VIVIENDA GRUPO INDUSTRIAL AY MEDIANTE AUTO DE FECHA 13-TRECE DE AGOSTDEL AÑO 2001-DOS MIL UNO, SE ORDENO NOTIFICAREMPLAZAR A LOS DEMANDADOS POR MEDIO EDICTOS LOS CUALES DEBERAN DE PUBLICARSE POTRES VECES CONSECUTIVAS EN EL PERIODICOFICIAL, PERIODICO EL PORVENIR Y BOLETJUDICIAL, EMPLAZNADOSELE PARA QUE EN UTERMINO DE 3-TRES DIAS OCURRAN ANTE ESAUTORIDAD A FIN DE DAR CONTESTACION A DEMANDA INSTAURADA EN SU CONTRA, EN INTELIGENCIA DE QUE EL EMPLAZAMIENTO HECHO ESTA MANERA SURTIRA SUS EFECTOS A LOS DIDIAS CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE ULTIMA PUBLICACION SI EL NOTIFICADO NCOMAPRECIERA SE LE HARAN LAS DEMNOTIFICACIONES QUE SEAN PERSONALES POMEDIO DE INSTRUCTIVOEN LOS TERMINOS DULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 69 DEL CODIGO PROEDIMIENTOS CIVILES EN EL ESTADO, FIJÁNDODICHO INSTRUCTIVO EN LA TABLA DE AVISOS DJUZGADO O TRIBUNAL. DOY FE.MONTERREY, NUEVLEON A 21-VEINTIUNO DE AGOSTO DEL 2002-DOS MDOS. RUBRICAS

EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO MENOR LETRADO DE MONTERREY, NUEVO LEON.

LIC. GABRIEL MANUEL VAZQUEZ LOPEZ

RUBRICA.

1

Orden No. 23.-13-15-17

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PERIODICO OFICIAL Monterrey, Nuevo León, Miércoles 15 Enero de 2003 PAGINA 40

TERCER EDICTO Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Segundo de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado.- Monterrey, N.L.-

AL C. ISMAEL HERVERT BAUTISTA. DOMICILIO IGNORADO. Con fecha 26-veintiséis de junio del año 2002-dos mil dos, se ordenó dentro de los autos del expediente numero 2356/2001, relativo al juicio ordinario civil sobre divorcio necesario que promueve EDNA ELIZABETH CANO PONCE en contra de ISMAEL HERVERT BAUTISTA, emplazar a la parte demandada señor HERVERT BAUTISTA por medio de edictos que se publicarán por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, Boletín Judicial y en el Periódico El Porvenir que se edita en esta ciudad, para que dentro del término de 9-nueve días ocurra a producir su contestación, en la inteligencia de que la notificación surtirá sus efectos a los 10-diez días siguientes a la última publicación del edicto que se ordena, quedando en la Secretaría del Juzgado las copias simples de la demanda y demás documentos para su instrucción.- Así pues prevéngase a la parte demandada a fin de que señale domicilio para oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás delos Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, en la inteligencia de que en caso de no cumplir con lo anterior las demás notificaciones de carácter personal se le realizarán por medio de la tabla de estados que se lleva en este Juzgado, ello de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 68 del Código Adjetivo de la materia.- DOY FE.- Monterrey, Nuevo León a 16 de Diciembre de 2002.

C. PRIMER SECRETARIO DEL JUZGADO. LIC. CLAUDIA VERÓNICA MEDELLÍN GONZALEZ.

RÚBRICA Orden No. 20.-10-13-15

TERCER EDICTO Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Juzgado Segundo de lo Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado.- Monterrey, N.L.- A LA C. MARTHA ELENA CANTU DOMENECH.- DOMICILIO IGNORADO.- Con fecha 8-ocho de Mayo del 2002-dos mil dos, se radicó en este Juzgado Tercero de lo familiar el Expediente Judicial número 844/2002, formado con motivo del JUICIO ORDINARIO CIVIL SOBRE DIVORCIO NECESARIO promovido por LUIS MARTIN ALVAREZ MELGAR en contra de USTED; admitiéndose a trámite el citado Juicio, mediante auto de fecha 26-veintiseis de Noviembre del 2002-dos mil dos, ordenándose en el mismo la publicación de un edicto por tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial, Boletín Judicial como en el Periódico El Porvenir que se editan en ésta Ciudad, emplazándose por éste conducto a la parte demandada para que dentro del término de 9-nueve días ocurra éste Juzgado a producir su contestación y a oponer las excepciones de su intención si las tuviere. En la inteligencia de que el emplazamiento hecho en ésta forma comenzará a surtir sus efectos a los diez días contados a partir de la última publicación del edicto ordenado. Aclaración hecha de que las copias simples de la demanda y documentos acompañados quedan en la Secretaría de éste Juzgado a disposición del demandado para que se imponga de ellos. Así mismo se apercibe a la parte reo a fín de que en los términos del artículo 68 del Código Procesal Civil en vigor, señale domicilio para oír y recibir notificaciones dentro del presente juicio, ya que en caso de no hacerlo así, conforme al artículo 73 de ése Cuerto Legal, las subsecuentes notificaciones de carácter personal, se le harán por medio de los Estrados de éste Juzgado.- Doy fe.- Monterrey, N.L., a 29 de Noviembre del 2002.

C. SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE LO FAMILIAR

LIC. FERNANDO CRUZ RADA RUBRICA

Orden No. 21.-10-13-15