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Anisakiasis Anisakiasis como zoonosis de interés para la salud pública: agente causal, epidemiología, prevención y control. La anisakiasis humana es un problema de salud pública cuya incid está aumentando en los últimos años, como demuestran diversos estudio entre ellos los del Centro Nacional de Epidemiología y del Comité Cie la Agencia Española de Seguridad Alimentaria. Este aumento po debido a una mayor infestación del pescado capturado en todos los mar consumido en España, a mejoras en el diagnóstico de la enfermedad gra al progreso de nuestro sistema sanitario y a la multiplicación de la de comer pescado crudo o poco cocinado. El problema es, pues, complejo y afecta a toda la cadena aliment desde la pesca hasta el consumo final, así como al sistema sanitario. solución exige un planteamiento integral, desde la introducción de me las fases de extracción y elaboración hasta el perfeccionamie intervenciones médicas. En este contexto, las medidas preventi esenciales y entre ellas la congelación del pescado a consumir en cru adecuada cocción del pescado cocinado se han revelado muy eficaces. E medidas no excluyen trabajar en otros ámbitos de la cadena alimentari particularmente en el sector primario, ni informar a los consumidores necesidad de prevenir esta parasitosis en el hogar. En conjunto, la enfermedad recibe el nombre de anisakidosi anisaquiosis; si la parasitación implicalos géneros Anisakis , Pseudoterranova y Contracaecum , las denominaciones correctas son, respectivamente, anisakiosis (anisaquiosis), pseudoterranovosis y contracecosis 1.- Agente causal: La familia Anisakidae , incluye nematodos redondos, de cuerpo no segmentado, preferentemente parásitos de peces capaces de prod problemas clínicos en los humanos como consecuencia del consumo pescado parasitado. En el género Anisakis se incluye A. simplex y, de menor interés por la frecuencia de su implicación, A. physeteris . A. simplex se considera un complejo, al que se acostumbra a referir APHALA VII 1 de 14

06.04 Anisakiasis

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Anisakiasis como zoonosis de inters para la salud pblica: agente causal, epidemiologa, prevencin y control.La anisakiasis humana es un problema de salud pblica cuya incidencia est aumentando en los ltimos aos, como demuestran diversos estudios, entre ellos los del Centro Nacional de Epidemiologa y del Comit Cientfico de la Agencia Espaola de Seguridad Alimentaria. Este aumento podra ser debido a una mayor infestacin del pescado capturado en todos los mares y consumido en Espaa, a mejoras en el diagnstico de la enfermedad gracias al progreso de nuestro sistema sanitario y a la multiplicacin de la costumbre de comer pescado crudo o poco cocinado. El problema es, pues, complejo y afecta a toda la cadena alimentaria desde la pesca hasta el consumo final, as como al sistema sanitario. Su solucin exige un planteamiento integral, desde la introduccin de mejoras en las fases de extraccin y elaboracin hasta el perfeccionamiento de las intervenciones mdicas. En este contexto, las medidas preventivas son esenciales y entre ellas la congelacin del pescado a consumir en crudo y la adecuada coccin del pescado cocinado se han revelado muy eficaces. Estas medidas no excluyen trabajar en otros mbitos de la cadena alimentaria, particularmente en el sector primario, ni informar a los consumidores de la necesidad de prevenir esta parasitosis en el hogar.

En conjunto, la enfermedad recibe el nombre de anisakidosis o anisaquiosis; si la parasitacin implica los gneros Anisakis, Pseudoterranova y Contracaecum, las denominaciones correctas son, respectivamente, anisakiosis (anisaquiosis), pseudoterranovosis y contracecosis

1.- Agente causal: La familia Anisakidae, incluye nematodos redondos, de cuerpo no segmentado, preferentemente parsitos de peces capaces de producir problemas clnicos en los humanos como consecuencia del consumo de pescado parasitado. En el gnero Anisakis se incluye A. simplex y, de menor inters por la frecuencia de su implicacin, A. physeteris. A. simplex se considera un complejo, al que se acostumbra a referir comoAPHALA VII 1 de 14

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A. simplex sensu lato (s.l.), que incluye A. simplex sensu stricto (s.s) (A. simplex B), A. pegreffi (A. simplex A) y A. simplex C. Aunque no se dispone de mucha informacin al respecto, parece que por su abundancia en el hemisferio norte, A. simplex (s.s.) es la especie ms importante desde el punto de vista sanitario. 1.1. Antgenos (alergenos) de Anisakis: Las L3 y L4 de A. simplex incluyen muchos componentes antignicos con capacidad para inducir una respuesta inmune por parte del hospedador parasitado, aunque su grado de adaptacin evolutiva hace que la variabilidad sea la norma habitual, tanto en dependencia del parsito como del hospedador. Desde el punto de vista estructural y funcional A. simplex agrupa tres tipos de antgenos: 1. Antgenos Somticos. Son los antgenos ms abundantes con un peso molecular entre 13-150 kDa. Algunas de estas protenas presentan reactividad cruzada con otros ascridos. Estos antgenos se obtienen por homogeneizacin de las larvas enteras y contienen todas las protenas solubles del parsito. Slo resultan funcionales despus de la muerte y degradacin histoltica del parsito. 2. Antgeno ES (de excrecin-secrecin). Son molculas procedentes del propio parsito y que se liberan al medio durante la infeccin. Se sintetizan en dos estructuras corporales, la glndula esofgica dorsal o las clulas secretoras del tracto digestivo, las cuales constituyen la mayor fuente de enzimas histolticas (con actividad proteoltica e hialuronidasa). Estas molculas ayudan al parsito a penetrar en la mucosa gstrica y pueden degranular mastocitos en ratones sensibilizados. Los anticuerpos frente a estos antgenos son los primeros en aparecer. 3. Antgenos de Superficie. Corresponden a molculas expresadas en la cutcula del parsito, que tambin se encuentran en otros nematodos. Este antgeno se expresa cuando ha tenido lugar la ecdisis, es decir, la transicin interlarvaria (de L3 a L4). Aunque se ha sugerido que son menos antignicas y especficas que los antgenos ES y somticos, se ha demostrado en estudios recientes que son fuente de muchas protenas reconocidas por los anticuerpos del ratn infectado. Posiblemente estas molculas juegan un papel importante en el desarrollo de un estmulo crnico, como en el caso de los granulomas.

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2. Epidemiologa: 2.1.- Ciclo biolgico: El parsito adulto suele encontrarse en el estmago de gran variedad de mamferos marinos que actan como hospedadores definitivos, en particular cetceos (delfines, ballenas, marsopas, orcas, narvales, cachalotes, etc.) y ms raramente pinnpedos (focas, leones marinos, morsas, etc.). Los huevos del parsito, no embrionados, acceden al agua de mar envueltos en las heces y en este medio tiene lugar su desarrollo embrionario que necesita de dos mudas (L1 a L2 y L2 a L3), las cuales se producen dentro del huevo y, ya en forma de L3, se liberan al medio despus de la eclosin. Las L3 pueden sobrevivir en el agua no ms de 1 semana a 24C y hasta 14 semanas a una temperatura de 4-10C. Para que el ciclo contine han de ser ingeridas por un hospedador intermediario, bien directamente (en el caso de eufsidos, un tipo de pequeos crustceos) o indirectamente a travs de un coppodo que acta como un hospedador de transporte (o paratnico) que sirven como alimento a los crustceos. En los crustceos, las L3 pierden su vaina cuticular y completan su desarrollo en el hemocele. Los crustceos eufsidos o los coppodos sirven de alimento de peces telesteos (principalmente) y cefalpodos, a los que pasan las L3 y se comportan como nuevos hospedadores paratnicos de esta fase. Una vez ingeridas, en el caso de los calamares por ejemplo, las L3 se implantan en la pared externa del estmago o en la musculatura del manto, mientras que en los peces telesteos forman espirales bajo el tejido conectivo del hgado y otras vsceras, sin descartar su integracin en la musculatura esqueltica o movindose libremente en la cavidad corporal. Entre las numerosas especies de peces y cefalpodos en las que se han descrito parasitaciones por la L3 de A. simplex, algunas son de importancia comercial como el arenque, la sardina, el boquern, el bacalao, el salmn, la merluza, el abadejo, el rape, el bonito, la caballa, el rodaballo, la bacaladilla, el besugo, la gallineta, la brtola, el calamar, etc., con ndices de parasitacin importantes, que en algunos casos llegan al 30% o ms El hombre es un hospedador ocasional, debido a la ingestin de pescados contaminados. En l la larva L3 no puede completar su cicloAPHALA VII 3 de 14

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vital. El contagio y la transmisin de A. simplex y de la anisaquidosis correspondiente se asocia al consumo de pescado crudo o ligeramente curado o condimentado. Son hbitos alimentarios que se corresponden sobre todo con culturas orientales, como sucede en Japn, pero tambin en otros lugares. De este modo el consumo de sushi o de sashimi en el caso del Japn, de arenques salados o escabechados en el de Holanda, de gravlax en Noruega, Finlandia o Suecia, de boquerones en vinagre en Espaa, de lomi-lomi en Hawai o de ceviche en varios pases de Amrica latina, se atribuye habitualmente como causa probada de contagio. En ocasiones tambin se han considerado los moluscos (mejilln, ostra) y crustceos (langosta, cigala) como posibles transmisores, aunque no ha podido confirmarse.

2.2.- Aspectos clnicos y diagnsticos El hombre se contagia cuando consume pescado crudo o insuficientemente cocinado, parasitado con L3. Pueden encontrarse L3 en el tracto gastrointestinal humano, en el que incluso se han descrito L4 y formas de transicin L3 a L4, lo que prueba que aunque no se trata de un hospedador definitivo ideal, si permite que, en condiciones adecuadas, contine el desarrollo larvario. En contraste con otras infecciones por nematodos, la enfermedad puede deberse a un solo parsito, aunque se han descrito infestaciones masivas. Los sntomas se desarrollan como resultado de una reaccin inflamatoria, cuando la cabeza de la larva se adhiere o penetra en la mucosa del tubo digestivo. Las manifestaciones clnicas dependern de la zona del tubo digestivo donde se localice la larva y del tipo de reaccin a que de lugar. El sitio de localizacin ms frecuente es el estmago o, tambin, el intestino.APHALA VII 4 de 14

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La anisaquiosis gstrica se caracteriza por dolor abdominal de tipo clico, localizado en epigastrio, que puede acompaarse de nuseas, vmitos y, si tambin afecta al intestino delgado, de alteraciones del ritmo intestinal. En este caso, el diagnstico puede confirmarse mediante endoscopia, con visualizacin del parsito, cuya extraccin har desaparecer los sntomas. Cuando el proceso presenta un curso crnico, la formacin de abscesos o granulomas gstricos o intestinales puede simular cuadros de pseudoobstruccin intestinal, apendicitis aguda o episodios de enfermedad inflamatoria intestinal. Se han descrito cuadros extradigestivos en relacin con la penetracin de la larva a travs de la pared del tubo digestivo y su migracin a pulmn, hgado u otros rganos. La larva de A. simplex puede producir tambin una reaccin alrgica de tipo inmediato, mediada por IgE, dando lugar a manifestaciones sistmicas que van desde la urticaria o angioedema hasta el choque anafilctica. Se han descrito casos de enfermedad ocupacional (asma y conjuntivitis) por sensibilizacin a A. simplex, as como dermatitis de contacto y artralgias tras la exposicin al parsito. En la historia clnica de estos pacientes es caracterstico el antecedente prximo (minutos u horas) de la ingestin de pescado fresco o poco cocinado; asimismo, refieren buena tolerancia en varias ocasiones al pescado aparentemente implicado. Algunos pacientes presentan un cuadro mixto de urticaria y/o angioedema (sntomas alrgicos) acompaado de clnica abdominal (epigastralgia, vmitos, etc.), que se ha descrito como anisaquiosis gastroalrgica. En esta situacin los sntomas digestivos suelen preceder a los de estirpe alrgica, con una latencia media respecto a la ingestin del pescado parasitado de 3 horas y 5 horas, respectivamente. El hemograma suele permanecer dentro de los parmetros establecidos como normales, aunque la frmula leucocitaria puede mostrar leucocitosis con neutrofilia y eosinofilia no muy intensa, observndose en algunos casos un aumento posterior de la cifra de eosinfilos a partir de las 24 horas del inicio del cuadro clnico. Las determinaciones bioqumicas no suelen verse alteradas, salvo que sean secundarias a complicaciones del tipo pseudo-obstruccin (vmitos de repeticin).APHALA VII 5 de 14

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2.3.- Distribucin y alimentos responsables: La infectacin por A. simplex presenta distribucin mundial y afecta al pescado crudo o poco cocinado. La anisaquiosis es un problema sanitario especialmente importante en aquellos pases con elevado consumo de pescado. Es en Japn, por razones obvias (consumo de pescado crudo), donde se contabilizan ms del 95% del total de casos denunciados en el mundo. En su conjunto, la cifra de casos descrita en EE.UU. y Europa se puede considerar discreta (alrededor de 50 casos en EE.UU. y unos 600 en Europa) aunque en el viejo continente la casustica se concentra en algunos pases concretos como Holanda, Alemania, Francia o Espaa con una tendencia que se considera creciente, entre otras razones, por el mejor conocimiento de la enfermedad por parte de los mdicos y la disponibilidad de mejores instrumentos para llevar a cabo el diagnstico (por ejemplo la toma de muestras por endoscopia), as como por el desarrollo creciente de una metodologa de laboratorio cada vez ms sensible y especfica, sin olvidar la globalizacin del suministro de alimentos. En Espaa los primeros casos notificados de anisaquiosis y alergia debidos a A. simplex se refirieron en 1991 y 1995. No se dispone de estudios epidemiolgicos acerca de la frecuencia de A. simplex con capacidad infectiva en muestras amplias de productos ya preparados para el consumo, pero parece razonable que vare con el tipo de pescado y los modos de preparacin del mismo. En nuestro pas, seguramente por el mtodo de preparacin, la mayor parte de los casos se relacionan con el consumo de boquerones aliados con vinagre y aceite y, menos, en el caso de sardinas aliadasAPHALA VII 6 de 14

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con limn, merluza y otros pescados insuficientemente cocinados.

En adultos espaoles, segmento de edad ms afectado, la prevalencia de sensibilizacin a A. simplex vara del 6% al 56% segn los diversos estudios. La gran variacin en los resultados posiblemente se explica, en parte, por diferencias metodolgicas entre los estudios y la zona geogrfica de los mismos. Por ltimo, tampoco se dispone de anlisis de los cuadros clnicos derivados de la exposicin a Anisakis a partir de la explotacin sistemtica de los registros de Atencin de Primaria o del Conjunto Mnimo Bsico de datos al Alta Hospitalaria.

3.- MEDIDAS PARA LA REDUCCIN DEL RIESGO ASOCIADO CON ANISAKIS: Prevencin y control 3.1.- Prevencin Las medidas de prevencin que pueden establecerse a fin de reducir el riesgo asociado a Anisakis son bien conocidas y salvo excepciones de fcil aplicacin. Dichas medidas deben contemplarse en la totalidad de los eslabones de la cadena alimentaria, desde la produccin primaria hasta el propio consumidor, e incluyen por supuesto las propias medidas tomadas por la administracin tendentes a controlar el cumplimiento de la legislacin vigente y de educacin sanitaria.

Qu debera hacerse hasta el consumidor?

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a) Produccin primaria: - Evitar faenar en determinadas reas, capturar determinadas especies o determinadas talla de una especie (en algunos casos se ha descrito una cierta relacin entre grado de parasitacin y tamao del pez). - Controlar el impacto de la actividad humana en la incidencia de la enfermedad, por ejemplo no arrojando al mar las vsceras infestadas del parsito.(por ejemplo en el pescado procedente de acuicultura alimentado exclusivamente con pienso la incidencia de la enfermedad es nula.) b) Durante la captura y manipulacin a bordo: - Es imprescindible que el tiempo transcurrido entre la captura y la evisceracin sea mnimo, dado que la presencia de larvas de anisakis en el msculo del pescado se debe a la migracin postmortem. - El mayor nmero de larvas se suele detectar en la musculatura hipoaxial denominada comnmente ventresca o ijada (masas musculares que delimitan la cavidad abdominal del pez), por lo que su eliminacin en aquellas especies ms frecuentemente infestadas contribuye a disminuir el riesgo. - La congelacin rpida que se lleva a cabo en los buques, es el mtodo ms eficaz para inactivar las larvas. c) En la lonja o manipulacin en tierra: - Si no se ha llevado a cabo la evisceracin y lavado de la cavidad abdominal en el buque deber hacerse lo ms rpidamente posible, al igual que si es posible la retirada de la musculatura hipoaxial, lo que no es posible en determinadas especies que se comercializan enteras o bien por tener como resultado perdidas de 15% de peso. - Examinar visualmente el pescado eviscerado, cavidad abdominal, hgado y lechazas. Aun llevando a cabo todas estas operaciones no podramos eliminar completamente el riesgo por ello es necesario que en aquellos productos que van a consumirse crudos o poco cocinados o procesados se sometan a congelacin como paso previo. d) Industrializacin:

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- La legislacin vigente establece que el pescado que se vaya a consumir crudo o prcticamente crudo deber CONGELARSE a una temperatura igual o inferior a -20C en la totalidad del producto y mantenerse a esta temperatura durante al menos 24 horas. Este tratamiento es tambin obligatorio para productos procedentes de determinadas especies como el arenque, la caballa el espadn y el salmn salvaje del atlntico o el pacifico, ahumados en fro (es decir cuando la temperatura de ahumado en el interior de la pieza no sobrepasa los 60C), y para aquellos en escabeche o salados cuando el proceso no baste para destruir las larvas.

e) Consumo A nivel de los consumidores y dado que no se usan sistemas rpidos de congelacin, sino equipos domsticos la extrapolacin de los tiempos y temperaturas debe tener en cuenta la capacidad de congelacin de dichos equipos y as por ejemplo un frigorfico de tres o cuatro estrellas que alcanza temperaturas de -18C o 24C respectivamente se recomienda una congelacin durante al menos 48 horas o ms.

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Otros tratamientos: Existen y se utilizan otros tratamientos con distinta eficacia frente a la viabilidad de las larvas de anisakis, tales como: tratamiento trmico: las larvas de anisakis son sensibles al calor, lo que significa que los productos cocinados completamente es decir hervidos, fritos o pasterizados son seguros e inactivan al parsito. El cocinado a la plancha o al microondas lo son menos dado que, por ejemplo en el microondas la transmisin del calor se hace por conduccin por lo que en las zonas donde no acta el microondas la eficacia depender nicamente de la temperatura-tiempo que se alcance y del espesor de la pieza. la salazn: aunque anisakis es sensible a la sal se necesitan elevadas concentraciones durante un periodo prolongado para inactivar las larvas. ahumado debe ser combinado con la congelacin previa a temperaturas de -18C o 24C respectivamente durante al menos 48 horas o ms. otros tratamientos industriales como la irradiacin o las altas presiones, tambin son eficaces pero no se consideran en la industria pesquera. Control La administracin sanitaria en el marco del desarrollo de los PROGRAMAS DE SALUD PBLICA, lleva a cabo las correspondientes medidas tendentes a reducir al mnimo los riesgos sanitarios inherentes a la anisakiosis, controlando el cumplimiento a niveles de Comunidades autnomas y administraciones locales en algunos casos de la legislacin vigente y realizando aquellas labores de educacin sanitaria precisas, con la participacin en el mbito de sus competencias de otras administraciones pblicas Las actuaciones realizadas se enmarcan en un PROGRAMA DE CONTROL DE RIESGOS EN ESTABLECIMIENTOS ALIMENTARIOS que comprende: 1.- La inspeccin de las industrias de transformacin, elaboracin y almacenamiento de productos de la pesca, durante las cuales seAPHALA VII 10 de 14

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verifica que los establecimientos llevan a cabo aquellas medidas preventivas tales como: - Rpida evisceracin y retirada del proceso de elaboracin del pescado parasitado - El control visual de los productos de la pesca - El tratamiento previo de congelacin de la materia prima, acorde a lo establecido en la legislacin vigente. 2. La inspeccin de establecimientos de comercio minorista de productos de la pesca, durante las cuales se controla que dichos establecimientos procedan igualmente al control visual para la deteccin de parsitos retirando de la venta los productos parasitados. 3.- La inspeccin de los establecimientos de restauracin colectiva y platos preparados, durante las cuales se controla: la adopcin de las medidas preventivas de control visual de materia prima - correcto cocinado del pescado fresco (60C al menos 10 minutos) y se verificar que los operadores econmicos, incluidos los de restauracin colectiva, han realizado la congelacin, en la totalidad del producto, a una temperatura igual o inferior, a -20 C durante un periodo mnimo de 24 horas, o a -35 C durante un periodo mnimo de 15 horas en caso de manipular los productos de la pesca enumerados en los apartados del punto 4.2. No hace falta que los operadores de empresas alimentarias lleven a cabo el tratamiento por congelacin anteriormente mencionado en aquellos productos de la pesca: 1. Que procedan de capturas salvajes a condicin de que los datos epidemiolgicos disponibles demuestren la ausencia, en tal o cual caladero, de parsitos que entraen un riesgo para la salud, y de que as lo autoricen las autoridades competentes. 2. Que procedan de la acuicultura, criados a partir de embriones y alimentados exclusivamente con una dieta libre de parsitos viables que entraen un riesgo para la salud y siempre que hayan sido criados exclusivamente en un entorno libre de parsitos viables, o que el operador de la empresa alimentaria haya comprobado, mediante procedimientos aprobados por la autoridad competente, la ausencia en ellos de parsitos viables que entraen un riesgo para la salud. Legislacin:Actuaciones de este tipo para la prevencin de parasitosis estn previstas desde hace tiempo en la normativa comunitaria. Primero en la DirectivaAPHALA VII 11 de 14

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91/493/CEE del Consejo, de 22 de julio de 1991, por la que se fijan las normas sanitarias aplicables a la produccin y a la puesta en el mercado de los productos pesqueros y despus, en la Decisin 93/140/CEE de la Comisin, de 19 de enero de 1993, por la que se establecen las modalidades de control visual para detectar parsitos en los productos de la pesca, disposiciones actualmente derogadas. La normativa vigente relevante es el Reglamento CE) n 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas especficas de higiene de los alimentos de origen animal. Este reglamento prev la obligacin de congelar los productos de la pesca para consumir crudos o prcticamente crudos, incluso en el comercio al por menor (que abarca a los establecimientos que sirven comida), matizada en el caso de ahumados, escabeches y salazones. Por su parte el Reglamento (CE) n 2074/2005 de la Comisin, de 5 de diciembre de 2005, establece normas detalladas que recaen sobre los operadores de empresas alimentarias relativas a las inspecciones visuales para detectar parsitos en los productos de la pesca. El Real Decreto 1420/2006, de 1 de diciembre, sobre prevencin de la parasitosis por anisakis en productos de la pesca suministrados por establecimientos que sirven comida a los consumidores finales o a colectividades indica: Artculo 1. Obligacin de garantizar la congelacin. Los titulares de los establecimientos que sirven comida a los consumidores finales o a colectividades (bares, restaurantes, cafeteras, hoteles, hospitales, colegios, residencias, comedores de empresas, empresas de catering y similares) estn obligados a garantizar que los productos de la pesca para consumir en crudo o prcticamente en crudo han sido previamente congelados a una temperatura igual o inferior a -20 C en la totalidad del producto, durante un perodo de al menos 24 horas; este tratamiento se aplicar al producto en bruto o al producto acabado. Tambin les ser aplicable la misma obligacin de garanta cuando se trate de productos de la pesca que han sido sometidos a un proceso de ahumado en fro en el que la temperatura central del producto no ha sobrepasado los 60 C y pertenezcan a las especies siguientes: arenque, caballa, espadn y salmn (salvaje) del Atlntico o del Pacfico. Igualmente estarn obligados a garantizar la congelacin en las mismas condiciones si se trata de productos de la pesca en escabeche o salados, cuando este proceso no baste para destruir las larvas de los nematodos. La Agencia Espaola de Seguridad Alimentaria establecer y difundir los criterios tcnicos necesarios para determinar en estos casos si es necesaria o no la congelacinAPHALA VII 12 de 14

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Artculo 5. Plan de control sanitario de la anisakiasis. La Agencia Espaola de Seguridad Alimentaria, en colaboracin con las Administraciones pblicas y los sectores privados y organizaciones y entidades concernidos, establecer un plan nacional de control de la parasitosis por anisakis en toda la cadena alimentaria. En particular, dicho plan incluir actuaciones de informacin a los consumidores y de formacin del personal de los establecimientos afectados. Reglamento (UE) no 1276/2011 de la Comisin, de 8 de diciembre de 2011, que modifica el anexo III del Reglamento (CE) no 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente al tratamiento para matar parsitos viables en los productos de la pesca destinados al consumo humano (1) (DOUE N L 327, 09/12/11) ANEXO En el anexo III, seccin VIII, captulo III, del Reglamento (CE) n o 853/2004, la parte D se sustituye por el texto siguiente: D. REQUISITOS SOBRE LOS PARSITOS 1. Los operadores de empresas alimentarias que pongan en el mercado los siguientes productos de la pesca derivados de pescados o moluscos cefalpodos: a) productos de la pesca consumidos crudos, o b) productos de la pesca escabechados, en salazn o sometidos a cualquier otro tratamiento si este es insuficiente para matar el parsito viable deben garantizar que la materia prima o el producto acabado son sometidos a tratamiento por congelacin para matar los parsitos viables que entraan un riesgo para la salud del consumidor. 2. Los parsitos distintos de los trematodos deben someterse a un tratamiento por congelacin, en la totalidad del producto, a una temperatura igual o inferior a a) 20 C durante un perodo mnimo de 24 horas, o b) 35 C durante un perodo mnimo de 15 horas. 3. No hace falta que los operadores de empresas alimentarias lleven a cabo el tratamiento por congelacin mencionado en el punto 1 en aquellos productos de la pesca: a) que hayan sido sometidos o vayan a ser sometidos antes de su consumo a un tratamiento trmico que mate el parsito viable. En el caso de los parsitos distintos de los trematodos, el producto debe ser calentado a una temperatura interior mnima de 60 C durante un minuto como mnimo; b) que hayan sido sometidos a congelacin durante suficiente tiempo como para matar los parsitos viables; c) que procedan de capturas salvajes a condicin de que: i) los datos epidemiolgicos disponibles demuestren la ausencia, en tal o cual caladero, de parsitos que entraen un riesgo para la salud,APHALA VII 13 de 14

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ii) y de que as lo autoricen las autoridades competentes; d) que procedan de la acuicultura, criados a partir de embriones y alimentados exclusivamente con una dieta libre de parsitos viables que entraen un riesgo para la salud y siempre que se cumpla uno de los requisitos siguientes: i) que hayan sido criados exclusivamente en un entorno libre de parsitos viables, o ii) que el operador de la empresa alimentaria haya comprobado, mediante procedimientos aprobados por la autoridad competente, la ausencia en ellos de parsitos viables que entraen un riesgo para la salud. 4. a) En el momento de su puesta en el mercado, salvo cuando se suministren al consumidor final, los productos de la pesca mencionados en el punto 1 deben ir acompaados de un documento del operador de la empresa alimentaria que haya sometido los productos a congelacin, en el que se especifique el tipo de proceso al que han sido sometidos dichos productos. b) Antes de poner en el mercado los productos de la pesca mencionados en el punto 3, letras c) y d), que no hayan sido sometidos a congelacin o que no vayan a ser sometidos antes de su consumo a ningn tratamiento que mate los parsitos viables que entraan un riesgo para la salud, el operador de la empresa alimentaria debe garantizar que los productos de la pesca proceden de un caladero o de una piscifactora que rene las condiciones concretas que se especifican en el punto 3, letras c) o d). De ello se puede informar en el documento comercial o en cualquier otro soporte informativo que acompae a los productos de la pesca..

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