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DIPLOMADO EN ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO Convenio Uniminuto – HSE Consultores SAS Módulo 1 – Trabajo en Alturas Unidad temática A1-1.1 – Marco Legal y Normativo. Docente: Ing. Industrial. E.S.O Alexander Mesa R. Página 1 INTRODUCCION Imagen: Propiedad HSE Consultores La caída de trabajadores de altura es un accidente laboral, por lo general muy grave o fatal, que ocurre en diferentes sectores productivos, y en distintas circunstancias, cuando el trabajador accede o se retira del puesto de trabajo o bien cuando está realizando su tarea. Las situaciones de peligro pueden tener su origen en la falta de resistencia de la superficie de trabajo o en la inestabilidad de estructuras o plataformas de trabajo. Asimismo, el trabajador puede estar expuesto a ser empujado por un objeto que se mueve, o a un tropiezo con cierto obstáculo o a un resbalón, que hace que ocurra la caída. También, la caída puede producirse a un pozo o zanja que se ha cavado en el suelo.

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TAREAS CRITICA

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DIPLOMADO EN ACTIVIDADES DE ALTO RIESGO Convenio Uniminuto – HSE Consultores SAS

Módulo 1 – Trabajo en Alturas

Unidad temática A1-1.1 – Marco Legal y Normativo.

Docente: Ing. Industrial. E.S.O Alexander Mesa R.

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INTRODUCCION

Imagen: Propiedad HSE Consultores

La caída de trabajadores de altura es un accidente laboral, por lo general muy grave o fatal, que ocurre en diferentes sectores productivos, y en distintas circunstancias, cuando el trabajador accede o se retira del puesto de trabajo o bien cuando está realizando su tarea. Las situaciones de peligro pueden tener su origen en la falta de resistencia de la superficie de trabajo o en la inestabilidad de estructuras o plataformas de trabajo. Asimismo, el trabajador puede estar expuesto a ser empujado por un objeto que se mueve, o a un tropiezo con cierto obstáculo o a un resbalón, que hace que ocurra la caída. También, la caída puede producirse a un pozo o zanja que se ha cavado en el suelo.

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Dada la gravedad de las consecuencias que tiene una caída, para la integridad física y la salud del trabajador, es necesario que el empleador adopte las medidas de control del riesgo, ya sea en la fase de proyecto o diseño de los métodos de trabajo para excluir aquellas tareas o situaciones que tengan riesgo de caída, o bien, cuando esto no es posible, mediante el uso de protección colectiva. Si las medidas de control descritas anteriormente, son inaplicables o insuficientes para la seguridad del trabajador, se debe recurrir al uso de un sistema personal para la detención de la caída. Este módulo orientara al estudiante sobre el entorno legislativo y técnico para la prevención y protección contra las caídas en el trabajo en alturas.

1. TRABAJO EN ALTURAS.

Según OSHA1 1926.501 (b), Trabajo en alturas en el sector construcción se considerará aquel en el que existe riesgo de caída cuando un trabajador realiza una tarea sobre una superficie horizontal o vertical emplazada a 1,8 metros o más de altura por encima del nivel más bajo o donde una caída de menor altura pueda causar una lesión grave.

Para Colombia según lo establecido en la resolución 1409 de 2012 establece que se deben

implementar medidas de control para gestionar los riesgos asociados en todas las

actividades en las que exista riesgo de caer 1.5 metros o más sobre un nivel inferior.

Imagen tomada de: http://www.construdata.com/BancoMedios/Imagenes/seis_cosas_que_debe_saber_sobre_el_trabajo_en_a

lturas342x232inicial.jpg

1 OSHA, Occupational Safety & Health Administration. Son las siglas de la Administración de la Seguridad y

la Salud Ocupacional de los Estados Unidos.

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HISTORIA

Los trabajos en altura siempre han estado presentes durante el desarrollo de las

actividades humanas, ya sea por motivos religiosos, políticos, económicos o militares.

Como ejemplo podemos mencionar las imponentes obras arquitectónicas construidas en

diferentes culturas, como la egipcia, maya, inca o azteca, romana, babilónica, griega.

Imagen tomada de: http://sobrehistoria.com/wp-content/uploads/2010/07/las-piramides-de-egipto-600x335.jpg

Con la aparición de los grandes centros urbanos, los escaladores europeos empezaron a

realizar trabajos de mantenimiento y limpieza en medios urbanos con el sistema de rappel

y con equipo derivado del alpinismo y la espeleología. Empezaron a profesionalizarse y

elaborar sistemas de trabajo en condiciones diferentes a las deportivas, los principales

fabricantes desarrollan equipo especializado para los trabajos verticales como arneses,

cascos y cuerdas.

El trabajo en alturas, se ha realizado a través de la historia en el mundo de una manera

que en su inicio no presentaba mayores parámetros de seguridad. El trabajo se hacía bajo

el concepto del sentido común, que suele ser el menos común de los sentidos y se veía

reflejado en accidentes, que cuando ocurren al caerse de altura, generalmente se

convierten en accidentes fatales. Son muy pocos los que pueden “contar el cuento”

después de un accidente ocasionado al caer de alturas sin un sistema de protección.

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Lunch atop a Skycraper2, o Almuerzo sobre un rascacielos.

Fotografía Charles C. Ebbets 1932

Con el tiempo se crean técnicas y normas de formación y capacitación de los técnicos que

realizan estos trabajos así como especificaciones sobre el tipo de equipo que se debe

utilizar para trabajar en vertical.

Es así que se crean asociaciones en Europa y Estados Unidos que rigen los procedimientos

de seguridad que se deben de aplicar así como la normatividad y certificación a las

empresas y técnicos que realizan trabajos verticales. Colombia tiene sus antecedentes

regulatorios en año 1979 y posteriormente de manera relevante en el año 2008 como

analizaremos más adelante.

2 “Lunch atop a Skyscraper” es una famosa fotografía tomada durante la construcción del Edificio RCA en el

piso 69 del Rockefeller Center de Nueva York, Estados Unidos en septiembre de 1932. La fotografía muestra a once trabajadores de la construcción almorzando, sentados en una viga con los pies colgando a unos 256 metros de altura (840 pies) sobre las calles de Nueva York. Los trabajadores no tienen ningún sistema de seguridad ni arnés, por lo que la foto es un fiel reflejo de la situación laboral en Estados Unidos durante la Gran Depresión , cuando la gente estaba dispuesta a aceptar cualquier trabajo por precario que fuera.

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Observe el video adjunto que muestra cómo se realizaban las labores en los años 30 en la

construcción de los grandes rascacielos en New York.

2. NORMATIVIDAD LEGAL NACIONAL

Estados Unidos en los años 70 promulga normas de salud y seguridad para los sectores

construcción e industria entre otros, los cuales han sido base fundamental en la

elaboración de nuestras normas colombianas. En nuestro país aparece los primeros

lineamientos de seguridad en el desarrollo de trabajo en alturas en el año 1979 con la

publicación de la resolución 2400 más conocida como estatuto de Seguridad Industrial y la

resolución 2413 del mismo año conocida como reglamento de higiene y seguridad para la

industria de la construcción, donde las actividades de altura no denota en ese momento

gran relevancia y las medidas para controlar los riesgos de esta son en ese momento muy

básicas y generales.

Años después y como consecuencia de las estadísticas nacionales, que muestran el trabajo

en alturas en los primeros lugares como el causante de muerte e invalidez en el trabajo. El

Ministerio de la protección en el 2008, publicada la Resolución 3673 por la cual se

establece el reglamento técnico de trabajo seguro en alturas, actualmente derogada y

modificada por la resolución 1409 de 2012 del ministerio de trabajo, por la cual se

establece el Reglamento de seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas.

A continuación se presenta la evolución normativa colombiana de trabajo seguro en

alturas, la mayoría de estas normas se encuentran derogadas por la Resolución 1409 de

2012 que es actualmente quien se encuentra vigente y que a la fecha ha tenido 2

modificaciones, que son la resolución 1903 de 2013 y la resolución 3368 de 2014.

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Normatividad Fecha Emisor Tema Resolución 2400 22/05/1979 Ministerio de

Trabajo Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo.

Resolución 2413 22/05/1979 Ministerio de Trabajo

Por la cual se dicta el Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción

Resolución 3673 26/09/2008 Ministerio de la protección Social

Por la cual se establece el Reglamento técnico para trabajo seguro en alturas.

Resolución 736 13/03/2009 Ministerio de la protección Social

Por la cual se modifica la resolución 3673 de 2008 y se dictan otras disposiciones.

Resolución 1486 14/06/2009 Dirección General SENA

Se establecen los lineamientos para el cumplimiento de la resolución 736 de 2009.

Resolución 1938 16/07/2009 Dirección General SENA

Por la cual se modifica el artículo 1 de la resolución 1486 de 2009

Circular 070 13/112009 Ministerio de la protección Social

Sobre procedimientos e instrucciones para trabajo en alturas.

Resolución 2291 22/06/2010 Ministerio de Trabajo

Por la cual se amplía el plazo establecido en el artículo 4 de la resolución 736 de 2009 y se dictan otras disposiciones.

Resolución 1409 23/07/2012 Ministerio de Trabajo

Por la cual se establece el reglamento de seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas.

Resolución 2578 28/12/2012 Dirección General SENA

Por la cual se establecen lineamientos para el cumplimiento de la resolución 1409 y se dictan otras disposiciones.

Resolución 1903 07/06/2013 Ministerio de Trabajo

Por la cual se modifica el numeral 5º del artículo 10 y el parágrafo 4º del artículo 11 de la Resolución 1409 de 2012 y se dictan otras disposiciones.

Resolución 3368 12/08/2014 Ministerio de Trabajo

Por el cual se modifica parcialmente la Resolución 1409 de 2012 y se dictan otras disposiciones, relacionadas con los requisitos para los aspirantes a entrenadores en trabajo seguro en alturas

* Se encuentran en vigencia la resolución 1409 de 2012 y las siguientes, las anteriores fueron

derogadas total o parcialmente.

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3. NORMATIVIDAD INTERNACIONAL

Cada país cuenta con sus propias regulaciones establecidos por sus gobiernos y que

comúnmente son de obligatorio cumplimiento. Es de destacar a nivel internacional

algunas de las normativas más reconocidas, entre ellas las establecidas por OSHA de los

Estados Unidos, cuyas iniciales hacen referencia a la “Occupational Safety & Health

Administration” que sería como nuestro equivalente al Ministerio de Trabajo quien ha publicado

desde los años 70 los CFR o “Code of Federal Regulations” adjunto encontrara en su material de

estudio la publicación 3173 donde encontrara información detallada sobre esta organización.

www.osha.gov

Entre las normas publicadas por OSHA frente al tema trabajo en alturas se destacan:

Regulaciones OSHA para la construcción (29 CFR PARTE 1926)

Subparte E 1926.104 Establece algunos requisitos para el equipo de protección personal: Cinturones, línea de vida y línea de vida con amortiguador de impacto

Subparte E 1926.105 Redes

Subparte L 1926.450 - 454

Los andamios.

Subparte M 1926.500 Trata la protección contra caídas en su totalidad, y explica cuándo y dónde se requieren los sistemas de protección contra caídas y para qué actividades de construcción son. También define los requisitos relacionados con los componentes de los sistemas. Ámbito, aplicación y definiciones

Subparte M 1926.501 Obligación de tener protección contra caídas

Subparte M 1926.502 Criterios y prácticas relacionados con los sistemas de protección contra caídas

Subparte M 1926.503 Requisitos de capacitación

Subparte R 1926.760 - 761

La R trata cuestiones relacionadas con la erección de estructuras de acero.

subparte X 1926.1053 Las escaleras

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Regulaciones OSHA para la industria en general (29 CFR PARTE 1910)

Subparte D Menciona algunos requisitos específicos asociados con la protección contra caídas en relación con las superficies de trabajo y para caminar

1910.27(d)(5) Escaleras fijas – Dispositivos para escaleras

1910.28(j)(4) Requisitos para andamios – sillas volantes

Subparte F 1910.66

Protección contra caídas en relación con las plataformas motorizadas, canastillas elevadoras individuales y plataformas de trabajo montadas en vehículos. Plataformas motorizadas para mantenimiento de edificios

1910.66 Apéndice C

Sistemas personales de detención de caídas

Subparte J Controles del ambiente en general, en donde se refiere a espacios confinados.

1910.146 Espacios confinados para los que se requiere permiso

Subparte R 1910.268

Trata cuestiones relacionadas con industrias especiales. Telecomunicaciones

1910.269 Generación, transmisión y distribución de energía eléctrica

4. NORMATIVIDAD TECNICA

Una importante preocupación es la de contar equipos que brinden la seguridad necesaria

al usuario final, por ello a nivel mundial diferentes instituciones han publicado normas

técnicas que se han convertido en una exigencia legal.

En nuestro país, la resolución 1409 establece la obligatoriedad en el uso de equipos y

sistemas de acceso certificados bajo normas nacionales y en su ausencia se acogerán

normas internacionales.

A continuación se presentan algunas de las normas técnicas más reconocidas

internacionalmente, iniciando con las normas colombianas.

ICONTEC – INSTITUTO COLOMBIANO DE NORMAS TECNICAS.

www.icontec.org

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El Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC), es el Organismo Nacional

de Normalización de Colombia. Entre sus labores se destaca la creación de normas técnicas y la

certificación de normas de calidad para empresas y actividades profesionales. ICONTEC es el

representante de la Organización Internacional para la Estandarización (ISO), en Colombia.

ICONTEC ha publicado a la fecha normas referentes a andamios y cinturones arneses, y en

el 2014 se publicó una norma que encamina los centros de entrenamiento a cumplir

estándares de calidad en el proceso de formación.

Algunas normas publicadas en Icontec datan de los años 80, y no se adaptan a los

requerimientos actuales de seguridad, es por tal motivo que deben ser tenidas como

referencia ya que normas internacionales como ANSI, EN, BS entre muchas otras, brindan

una mayor confiabilidad al usuario.

Normas Técnicas Colombianas (NTC) publicadas.

NTC 1641 Higiene y seguridad. Andamios. Definiciones y clasificación

NTC 1642 Higiene y seguridad. Adnamios. Requisitos generales de seguridad

NTC 1735 Higiene y Seguridad. Andamios tubulares. Requisitos de seguirdad

NTC 2234 Higiene y Seguridad. Anmdamos colgantes. Clasificación, dimensiones y usos.

NTC 2021 Normas para el uso de cinturones arneses.

NTC 2037 Requisitos de seguridad para sistemas, subsistemas y componentes personales de detención de caídas. (2010)

NTC 6072 Centros de formación y entrenamiento en protección contra caídas para trabajo en alturas, requisitos. (2014)

ANSI – AMERICAN NATIONAL STANDARDS INSTITUTE

http://ansi.org

El Instituto Nacional Estadounidense de Estándares (ANSI, por sus siglas en inglés: American National Standards Institute) es una organización sin ánimo de lucro que supervisa el desarrollo de estándares para productos, servicios, procesos y sistemas en los Estados Unidos. ANSI es miembro de la Organización Internacional para la Estandarización (ISO) y de la Comisión Electrotécnica Internacional (International Electrotechnical Commission, IEC). La organización también coordina

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estándares del país estadounidense con estándares internacionales, de tal modo que los productos de dicho país puedan usarse en otras partes del mundo.

¿Qué es la norma ANSI Z359.1?

La norma ANSI Z359.1, “Requisitos de Seguridad de la Norma Norteamericana para Sistemas Personales, Subsistemas y Componentes de Protección Anticaídas” se publicó originalmente en 1992 y se modificó en 1999 (sólo cambios editoriales). El propósito de esta norma era regular la variedad de equipo que estaba siendo elaborado en el rápidamente creciente campo de la protección anticaídas, siendo esta una de las más importantes dentro de un grupo de normas relacionadas publicadas y otras en desarrollo.

Normas de la Serie ANSI Z359 publicadas

Z359.0 Definiciones y terminología usadas en protección contra caídas y detención de caídas

Z359.1 Requerimientos de seguridad usados para sistemas de detención de caídas, subsistemas y componentes.

Z359.2 Requerimientos mínimos para administrar un programa de protección contra caídas y detención de caídas

Z359.3 Requerimientos de seguridad para el posicionamiento y los sistemas de transito restringido

Z359.4 Requerimientos de seguridad para maniobras de rescate sistemas de autorescate, subsistemas y componentes.

Z359.5 Requisitos de seguridad para los sistemas personales de detención de caídas

Z359.6 Requisitos de seguridad y especificaciones para los sistemas personales de detención de caídas

Z359.7 Requisitos para terceros y autocertificación de los sistemas personales de detención de caídas

Z359.8 Programa administrado de protección contra caídas

Z359.11 Requisitos para el arnés de cuerpo entero del sistema personal de detención de caídas

Z359.12 Requisitos de seguridad para los componentes de conexión de los sistemas Personales de detención de caídas

Z359.13 Requisitos de seguridad para las cuerdas de seguridad y amortiguadores De impacto de los sistemas personales de detención de caídas

Z359.14 Requisitos de seguridad para dispositivos autorretráctiles de los sistemas personales de detención de caídas

Z359.15 Requisitos de seguridad para las cuerdas salvavidas verticales de los sistemas personales de detención de caídas

Z359.16 Requisitos de seguridad y especificaciones para los detenedores de caídas de Los sistemas personales de detención de caídas

Z359.17 Requisitos de seguridad para las cuerdas salvavidas horizontales de los sistemas personales de detención de caídas

Z359.18 Requisitos de seguridad para los componentes de anclaje de los sistemas personales de detención de caídas

A 10.8 Andamios

A 10.11 - 1989 Red para personal y escombro para construcción y operaciones

A10.14-1991 Requerimientos de sistemas personales para detención de caídas, subsistemas y componentes para la industria en General. (Reemplazada por la A10.32 – 2004)

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ANSI A10.32-2004 Estándar nacional americano para operaciones de construcción y demolición. Requisitos de seguridad para cinturones, arneses, eslingas y líneas de vida

A 14.3 - 1992 Dispositivos para escalera

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CEN - COMITÉ EUROPEO DE NORMALIZACION

https://www.cen.eu

El Comité Europeo de Normalización (CEN), en francés Comité Européen de Normalisation, es una organización no lucrativa privada cuya misión es fomentar la economía europea en el negocio global, el bienestar de ciudadanos europeos y el medio ambiente proporcionando una infraestructura eficiente a las partes interesadas para el desarrollo, el mantenimiento y la distribución de sistemas estándares coherentes y de especificaciones.

La normalización es un proceso voluntario mediante el que se desarrollan especificaciones técnicas basadas en el consenso entre todas las partes interesadas (la industria, incluidas las pequeñas y medianas empresas -pymes-, consumidores, sindicatos, ONG medioambientales, autoridades públicas, etc.). La normalización es llevada a cabo por organismos independientes de normalización, que actúan a escala nacional, europea e internacional.

Aunque el uso de normas es voluntario, la Unión Europea viene haciendo un uso creciente de ellas, desde mediados de los 80, en apoyo a sus políticas y su legislación.

Una norma EN armonizada es una especificación técnica, de carácter no obligatorio (salvo que en alguna disposición legal se prescriba el obligado cumplimiento de alguna de ellas), que ha sido aprobada por un Organismo Europeo de Normalización (CEN, CENELEC, etc.), elaborada bajo un mandato de la Comisión Europea y publicado en el D.O.C.E. de acuerdo con lo establecido en la Directiva 83/189/CEE

Estas normas armonizadas tienen en España, habitualmente la codificación UNE-EN.

Cuando una norma nacional que recoja una norma armonizada satisfaga uno o varios requisitos esenciales de seguridad, la máquina o componente de seguridad que se haya fabricado con arreglo a esta norma se presumirá conforme a los requisitos esenciales a que se refiere dicha norma. Si la norma se refiere a una máquina completa, la norma daría presunción de conformidad a la máquina que se fabricara conforme a ella.

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NORMAS UNE – EN ESPAÑA - EUROPA

UNE EN 341:97 Equipos de protección individual contra caída de alturas. Dispositivos de descenso

UNE EN 353-2:02 Equipos de protección individual contra caídas de altura. Parte 2: dispositivos anticaídas deslizantes con línea de anclaje flexible.

UNE EN 354:02 Equipos de protección individual contra caídas de altura. Elementos de amarre.

UNE-EN 355-2002 Equipos de protección individual contra caídas de altura. Absorbedores de energía.

UNE-EN 358-2000 Equipo de protección individual para sujeción en posición de trabajo y prevención de caídas de altura. Cinturones para sujeción y retención y componentes de amarre de sujeción

UNE-EN 360-2002 Equipos de protección individual contra caídas de altura. Dispositivos anticaídas retráctiles.

UNE-EN 361-2002 Equipos de protección individual contra caídas de altura. Arneses anti caídas.

UNE-EN 362-2005 Equipos de protección individual contra caídas de altura. Conectores.

UNE EN 363:02 Equipos de protección individual contra la caída de altura. Sistemas anticaídas

UNE EN 364:93 + AC:94

Equipos de protección individual contra la caída de altura. Métodos de ensayo

UNE-EN 365-2005 Equipos de protección individual contra las caídas de altura. Requisitos generales para instrucciones de uso, mantenimiento, revisión periódica, reparación marcado y embalaje.

UNE-EN 795-1997 Protección contra caídas de altura. Dispositivos de anclaje. Requisitos y ensayos.

UNE-EN 795-A-1-2001

(1ª Revisión de la anterior) Protección contra caídas de altura. Dispositivos de anclaje. Requisitos y ensayos.

UNE EN 813:97 Equipos de protección individual para la prevención de las caídas de altura. Arneses de asiento.

UNE-EN 12841:2007

Equipos de protección individual contra caídas. Sistemas de acceso mediante cuerda. Dispositivos de regulación de cuerda.

UNE EN 1868:97 Equipos de protección individual contra caídas de altura. Lista de términos equivalentes.

UNE EN 1891:1999 ERRATUM UNE EN 1891:2000

Equipos de protección individual para la prevención de caídas desde una altura. Cuerdas Trenzadas con fundas, semiestáticas

UNE EN 1496: 2007 Equipos de protección individual contra caídas. Dispositivos de salvamento mediante izado

UNE-EN 13921:2007

Equipos de protección individual. Principios ergonómicos

UNE-EN 565:2007 Equipos de alpinismo y escalada. Cintas. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.

UNE-EN 566-2007 Equipos de alpinismo y escalada. Anillos de cinta. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.

UNE-EN 567-1997 Equipos de alpinismo y escalada. Bloqueadores. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.

UNE-EN 959-1997 Equipos de alpinismo y escalada. Anclajes para rocas. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.

UNE –EN 701:1996 Código de colores para la identificación de cuerdas y cordeles

UNE-EN 12278:1998

Equipos de alpinismo y escalada. Poleas. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo

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OTRAS NORMAS

BRITISH STANDARS

BS EN 341:1993

PPE - Descender devices

Escape or rescue device, for controlled descent at a limited velocity

BS EN 353-1:2002

PPE - Guided type fall arresters (on a rail)

Vertical travelling device locking onto a rail as result of a fall

BS EN 353-2:2002

PPE - Guided type fall arresters (on a rope/cable)

Vertical travelling device working on a wire cable or a rope, locking in a fall e.g. ClimbLatch

BS EN 354:2002

PPE - Lanyards Fall arrest lanyards

BS EN 355:2002

PPE - energy absorbers

Lanyard shock absorbers and tear web sections

BS EN 358:2000

PPE - Work positioning systems

A combination of components to make up a system e.g. pole strap, NOT to be used for fall arrest

BS EN 360:2002

PPE - Retractable type

Inertia reel blocks (NOT retractable 2.4m car seat belt style lanyards), previously called “fall arrest blocks”

BS EN 361:2002

PPE - Full body harnesses

Full body support harness (NOT a belt)

BS EN 362:2004

PPE - Connectors Karabiners / Carabiners, hooks and other connectors

BS EN 363: 2002

PPE - Fall arrest systems

A system combination e.g. a harness together with a lanyard and an energy absorber

BS EN 364:1993

PPE - Test methods Detail of test methods to be carried out in the laboratories of an accredited test house, to confirm the products compliance with the requirements of the standard

BS EN 365:2004

PPE - General requirements

Instructions for marking products with user instructions inspection periods and retesting

BS EN 795:1997

Protection against falls from a height

Anchor Devices – requirements and testing

BS 7883: 2005

Code of practice for the design, selection, installation, use and maintenance of anchor devices conforming to BS EN 795

http://www.nfpa.org

La NFPA (National Fire Protection Association) es una organización establecida en Estados Unidos, encargada de crear y mantener las normas y requisitos mínimos para la prevención contra incendio, capacitación, instalación y uso de medios de protección contra incendio, utilizados tanto por bomberos, como por el personal encargado de la seguridad. Sus estándares conocidos como National Fire Codes recomiendan las prácticas seguras desarrolladas por personal experto en el control de incendios. Una de sus normas

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más reconocidas en el ámbito de alturas es la: NFPA 1983: Standard on Life Safety Rope and Equipment for Emergency Services.

NORMAS OTROS PAISES

Aunque de menor relevancia internacional, existen normas en algunos países como:

CHILE

NCh998.Of1999 Andamios - Requisitos generales de seguridad

NCh1258/1.Of1997 Equipos de protección personal para trabajos con riesgo de caída - Parte 1: Requisitos y marcado

NCh1258/2.Of1997 Equipo de protección personal para trabajos con riesgo de caída - Parte 2: Ensayos

NCh2458.Of1999 Construcción - Seguridad - Sistemas de protección para trabajos en altura - Requisitos generales

ARGENTINA

IRAM 3605-2 de 1997

Dispositivo de seguridad individual para protección de personas en caídas de altura. Métodos de ensayo

CANADA CSA Z259.1-1995 Cinturones y línea de vida con amortiguador de impacto.

CSA Z259.2.1-1998 Detenedores de caídas, línea de vidas verticales y rieles.

CSA Z259.2.2-1998 Dispositivos auto-retractiles para caídas personales, sistemas de detención

CSA Z259.2.3-1999 Dispositivos de control de descenso

CSA Z259.3-1978 Cinturones de seguridad

CSA Z259.10- 2012 Arneses de cuerpo completo

Z259.11-1992 Amortiguador de impacto para sistemas personales de detención de caídas

Z259.12-2001 Componentes de conexión

Z259.14-2001 Escalamiento de postes de madera

NUEVA ZELANDA

AS/NZS 1891.4 de 2000

Sistemas y equipos de detención de caída

JAPON

JIS T 8165 de 1987 Cinturones de seguridad

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5. NORMA DE COMPENTENCIA LABORAL

www.sena.edu.co

La competencia laboral es la capacidad real que tiene una persona para aplicar

conocimientos, habilidades y destrezas, valores y comportamientos, en el desempeño

laboral, en diferentes contextos.

El SENA ha venido desarrollando estándares reconocidos por el sector productivo, que

describen los resultados que un trabajador debe lograr en su desempeño; los contextos en

que éste ocurre, los conocimientos que debe aplicar y las evidencias que debe presentar

para demostrar su competencia. Las normas son la base fundamental para la

modernización de la oferta educativa y para el desarrollo de los correspondientes

programas de certificación.

Trabajo en alturas tiene la Norma de Competencia Laboral NCL Alturas 230101093 Versión

2 “Controlar los riesgos de trabajo en alturas de acuerdo a la tarea a realizar, actividad

económica y normativa vigente”

Un trabajador que tenga las competencias acorde a la norma en mención puede solicitar

La certificación de la Competencia Laboral, siendo este es el reconocimiento que hace un

organismo certificador acreditado, a un trabajador porque hace bien su trabajo al cumplir

con los requisitos establecidos por los expertos en una norma de competencia laboral,

confirmando con ello la capacidad que tiene para desempeñarse en diferentes funciones y

contexto laborales.