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Impacto fiscal de las Inversiones del sector eléctrico en el exterior Octubre 26 de 2011

13 inversiones electrico-enexterior

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Efectos fiscales de las inversiones del sector eléctrico en el exteriorDra. Myriam Gutiérrez, Socia de Impuestos – KPMG

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Page 1: 13 inversiones electrico-enexterior

Impacto fiscal de las

Inversiones del sector

eléctrico en el exterior

Octubre 26 de 2011

Page 2: 13 inversiones electrico-enexterior

Aspectos preliminares

Myriam Stella Gutierrez A.

Octubre 26 de 2011

Page 3: 13 inversiones electrico-enexterior

Las inversiones del sector en el exterior

Las inversiones de capital colombiano en el exterior

Se consideran como inversión de capital colombiano en el exterior la vinculación a empresas en

el extranjero de activos generados en Colombia y que pueden revestir las modalidades de

aportes directos de capital en divisas, bienes tangibles, servicios, reinversiones o

capitalizaciones de utilidades, la adquisición de acciones y el establecimiento de sucursales o

agenciasen el exterior

Desde el año 2010 el Banco de la Republica ha reportado un fuerte incremento de las

inversiones en el exterior en los sectores de electricidad, petróleo, tarjetas de crédito y bancos.

Entre otras razones que justifican este incremento, tenemos:

• Los menores impuestos corporativos de países del extranjero

• La posibilidad de diversificar cada vez más el riesgo fuera de las fronteras de los ya

saturados mercados locales

• La apreciación del peso contra el dólar desde el 2007, que permite que las adquisiciones

en dólares sean más baratas en términos de moneda colombiana.

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Page 4: 13 inversiones electrico-enexterior

El fenómeno de la doble tributación

Normalmente cuando se presentan exportaciones de capital , surgen fenómenos de doble

imposición internacional, al concurrir sobre un mismo sujeto los principios de la fuente o

territorialidad que pretende gravar las rentas que se producen dentro de un territorio vs. la regla

de la residencia o domicilio fiscal del sujeto que privilegia a los Estados para gravar a sus

nacionales sobre sus rentas de fuente nacional y extranjera.

La doble tributación internacional implica que el mismo ingreso es gravado en dos o más

países, al concurrir los siguientes elementos:

• Identidad o impuestos comparables

• Identidad del período

• Identidad del sujeto pasivo

Adicionalmente debe evaluarse la doble imposición económica que se presenta cuando las

utilidades generadas por una entidad es gravada con el impuesto corporativo en un país y

nuevamente a nivel de los accionistas en el otro país

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Cual de los dos países debe renunciar a sus derecho de gravar el ingreso?

Las inversiones del sector en el exterior

Page 5: 13 inversiones electrico-enexterior

Los Estados buscan mecanismos para evitar/minimizar la doble tributación mediante medidas internas o

bilaterales, así

Unilaterales

• Exención de las rentas

• La deducción total o parcial

• Descuento tributario o crédito de los impuestos pagados en el exterior (“Tax Credit”)

• Descuentos por impuestos exonerados (Tax sparing)

• Descuentos por inversiones en el exterior

Bilaterales

• Tratados Internacionales

• Acuerdo ejecutivos

El objetivo es de evitar/minimizar la doble tributación

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Las inversiones del sector en el exterior

Page 6: 13 inversiones electrico-enexterior

Medidas Internas para evitar la doble imposición fiscal

Myriam Stella Gutierrez A.

Octubre 26 de 2011

Page 7: 13 inversiones electrico-enexterior

Tax credit

Bajo este mecanismo los países exportadores de inversión conceden al contribuyente un

descuento equivalente a los impuestos que pague en el exterior por la realización de rentas

fuera del país, contra las rentas internas o domesticas.

Es el método más común y normalmente esta limitado al monto del impuesto nacional que le

corresponde a la renta extranjera.

Aunque el mecanismo evita la doble imposición implica que si se pagan menos impuestos en el

exterior se presenta una mayor tributación en el país de residencia o exportador de la inversión,

con lo cual se hacen nugatorios los beneficios o exenciones de las legislaciones de los países

receptores de inversión.

El sistema del tax credit fue introducido en nuestra legislación por el Decreto Legislativo 2053 de

1974, en los siguientes términos:

“Los contribuyentes nacionales que perciban rentas de fuente extranjera sujetas al impuesto

sobre la renta en el país de origen, tienen derecho a descontar del monto del impuesto

colombiano sobre la renta el pagado en el extranjero sobre esas mismas rentas, siempre

que el descuento no exceda del monto del impuesto que deba pagar aquí el contribuyente,

por esas mismas rentas.”

Medidas internas:

Descuento tributario por impuestos pagados en el exterior

6

Page 8: 13 inversiones electrico-enexterior

Colombia

(tasa 33%)País X

(tasa 25%)

Efecto fiscal en país X

Monto del ingreso 1.000

Impuesto retenido (25%) 250

Giro neto 750

Efecto en Colombia

Monto del ingreso 1.000

Costo/deducciones 900

Utilidad contable y fiscal 100

Impuesto (33%) 33

Descuento tributario (33)

Impuesto no acreditado 217

Contribuyente

nacional presta

servicios en el país X

Meidas internas

Aplicación del descuento directo

Descuento directo sobre rentas de fuente extranjera

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Page 9: 13 inversiones electrico-enexterior

Colombia

(tasa 33%)

País X

Utilidad en país X

Monto del ingreso 1.000

Costos y deducciones 700

Utilidad antes de impuestos 300

Impuesto 30% 90

Utilidad distribuible 210

Impuesto sobre dividendos 5% 10,5

Neto a favor de matriz Col. 199,5

Efecto en Colombia

Dividendos decretados 210

Impuesto (33%) 69,3

Descuento tributario (10,5)

Valor a pagar 58,8

Medidas internas

Aplicación del descuento directo

Descuento directo sobre dividendos

199,5

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Page 10: 13 inversiones electrico-enexterior

Ley 1430 de 2010

• Amplió el descuento a los extranjeros personas naturales con 5 años o más de

residencia continua o discontinua en el país que perciban rentas de fuente extranjera.

• El impuesto sobre la renta pagado en el exterior, podrá ser tratado como descuento en el

año gravable en el cual se haya realizado el pago o en cualquiera de los cuatro (4)

periodos gravables siguientes sin perjuicio de lo previsto en el artículo 259 del Estatuto

Tributario.

• Si se trata de un impuesto directo sobre dividendos el contribuyente deberá probar el

pago en cada jurisdicción aportando certificado fiscal del pago del impuesto expedido

por la autoridad tributaria respectiva o en su defecto con prueba idónea

Medidas internas:

Aplicación del descuento directo

9

Page 11: 13 inversiones electrico-enexterior

• Aplica únicamente sobre las rentas de fuente

extranjera, con lo cual servicios prestados desde

o en Colombia quedan sujetos a un doble

impuesto (centros de servicios, servicios

profesionales)

• La norma no regula los fenómenos derivados del

uso de nueva tecnología (Internet, satélites,

telecomunicaciones, servicios de call center etc.)

• No se señala el mecanismo de determinación o

depuración de la renta sujeta a impuesto en

Colombia.

• El crédito fiscal sólo opera por el impuesto

pagado, lo cual riñe con la regla de causación

del ingreso.

Ley 1430 de 2010 Situaciones sin resolver en la aplicación del descuento directo

• No es claro si se pueden compensar las

diferentes tarifas aplicadas en el exterior

sobre la totalidad de las rentas extranjeras

(canasta para Estados Unidos o México)

• No se establece como se acredita el pago

cuando son rentas diferentes de dividendos

• Aunque se permite el carry forward del

descuento por 4 años las últimas

modificaciones internacionales prevén

también el carry back del descuento

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Medidas internas:

Aplicación del descuento directo

Page 12: 13 inversiones electrico-enexterior

Descuento Indirecto

Pretende mitigar la doble imposición económica internacional que se presenta en materia de

dividendos cuando se gravan la utilidad a nivel corporativo y a nivel del accionista sobre la misma

base

Es importante distinguir el impuesto indirecto o subyacente sobre el impuesto retenido al accionista al

momento del giro que es considerado como un descuento directo

Utilidades Comerciales 100.000

Impuesto corporativo en el exterior 35% (35.000)

Utilidad neta 65.000

Dividendo a favor de la matriz colombiana 65.000

Impuesto retenido al giro 10% (6.500)

Monto neto recibido 58.500

Impuesto indirecto o

subyacente

Impuesto directo

Medidas internas

Descuento Indirecto

11

Page 13: 13 inversiones electrico-enexterior

Aplicación del descuento indirecto

La legislaciones permiten tomar como tax credit

el impuesto indirecto o subyacente pagado por la

subsidiaria extranjera .

Para la aplicación de este descuento la utilidad

neta o distribuida a las matrices se utiliza el

sistema de la base bruta (gross up) es decir que

se incrementa el ingreso percibido del exterior

con el impuesto indirecto o subyacente.

Requisitos:

• El crédito se limita al monto del impuesto que

le correspondería pagar a la matriz.

• Se exige una participación societaria mínima

• Procede sobre entidades poseídas.

directamente o indirectamente hasta un limite

de hasta el 6 nivel corporativo..

• Algunos países exigen la atribución de gastos

a los dividendos.

Medidas internas

Descuento Indirecto

Utilidades de la Subsidiaria

Utilidad antes de impuestos 10.000

Impuesto (20%) 2.000

Utilidad a girar a la matriz 8.000

Retención dividendos 5% 400

Neto a girar a la matriz 7.600

Situación Matriz Mexicana

Dividendos recibidos 7.600

Más: créditos fiscales 2.400

Ingreso gravable bruto 10.000

Impuesto 28% 2.800

Créditos fiscales 2.400

Saldo a pagar 400

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Page 14: 13 inversiones electrico-enexterior

Desde el año 1995 nuestra legislación reconoce

sobre los dividendos un descuento tributario

indirecto, equivalente al monto de multiplicar el

dividendo por la tarifa del impuesto de renta a que

estuvo sometida la utilidad en cabeza de la sociedad

emisora, sin embargo sólo se reconocía con países

con los cuales Colombia tuviere suscrito un acuerdo

de integración.

A partir de la Ley1111 de 2006 el descuento se

aplica sobre todos los dividendos provenientes del

exterior pero se mantuvo la forma de cálculo y sólo a

un nivel.

Colombia

País A 30%

Dividendos

Descuento tributario indirecto por impuestos pagados en el exterior

País A

Utilidad antes de impuesto 1.000

Impuesto 30% 300

Dividendo decretado 700

Descuento indirecto Colombia

Rentas de fuente extranjera 700

Impuesto 33% 231

Descuento indirecto 210

Valor a pagar 21

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Medidas internas

Descuento Indirecto

Page 15: 13 inversiones electrico-enexterior

Extendió la aplicación de los descuentos indirectos

por inversiones en el exterior al permitirlo no solo

por el impuesto que ha afectado la utilidad

decretada a favor del contribuyente colombiano;

sino por los impuestos que afecten los dividendos

que a su turno perciban las sociedades extranjeras

vinculadas, con los siguientes requisitos:

• Se exige una inversión directa e indirecta de

mínimo el 15% en las sociedades extranjeras

• El descuento tributario no puede exceder el

impuesto de renta colombiano sobre los

dividendos recibidos

• El impuesto sobre la renta pagado en el exterior

podrá ser tratado como descuento en el año de

su pago o en los 4 períodos gravables

siguientes.

Colombia

País A

País B

15%

15%

Dividendos

Dividendos

Ley 1430 de 2010 Modificaciones al Impuesto Indirecto

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100%

Medidas internas

Descuento Indirecto

Page 16: 13 inversiones electrico-enexterior

• Para la aplicación de este descuento la

utilidad neta o distribuida a una matriz

colombiana sólo se adiciona con el impuesto o

retención aplicada al momento del giro (no

utiliza la base plena sino un gross up parcial)

• El descuento indirecto se reconoce hasta los

niveles en que se logre acreditar el 15%

indirecto de Colombia.

• El impuesto se limita al monto del impuesto

que le corresponde pagar sobre esas mismas

rentas en el país (33%)

• Si la matriz se encuentra tributando sobre

renta presuntiva, es procedente el descuento,

sin embargo el impuesto después de los

descuentos debe ser mínimo el 75% del

impuesto por el sistema presunto.

Aplicación del descuento indirecto en Colombia

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Colombia

País A

País B

15%

15%

Dividendos100%

Dividendos

Medidas internas

Descuento Indirecto

Page 17: 13 inversiones electrico-enexterior

Aplicación del descuento indirecto en Colombia

Subsidiaria A - México

Utilidad antes de impuestos 10.000

Dividendos recibidos de B 3.250

Utilidad antes de impuesto 13.250

Más: Gross up 1.750

Utilidad antes de impuestos 15.000

Impuesto a cargo 4.200

Descuento 1.750

Impuesto a pagar 2.450

Dividendo a la Matriz Colombiana 10.800

Situación Matriz Colombiana

Dividendos recibidos 10.800

Impuesto 33% 3.564

Créditos fiscales

Directo 0

De primera categoría

10.800 x 28% = 3.024, se limita al

pagado en México

2.450

De segunda categoría

3.250 x 35% = 1.137,5*, se limita

hasta el impuesto a cargo

1.114

Valor a pagar 0

Subsidiaria B - Argentina

Utilidad antes de impuestos 5.000

Impuesto (35%) 1.750

Dividendo a la matriz mexicana 3.250

• El descuento no aplicado de $23,5 se podrá

aplicar en los 4 años siguientes

• La utilidad global fue de 15.000 con impuestos

en el exterior de 4.200, (tarifa efectiva del 28%)

bajo la metodología se aplican descuentos solo

por 3.587 pero no se paga el impuesto pleno en

Colombia del 33%ahorro de 750)

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Medidas internas

Descuento Indirecto

Page 18: 13 inversiones electrico-enexterior

Colombia

País X

(28%)

País Y

(43%)

$570$720

Medidas internas

Descuento Indirecto

Determinación del impuesto individual o permite canasta

Utilidades País X

Ingresos 10.000

Costos y deducciones (9.000)

Utilidad antes de impuestos 1.000

Impuesto 28% 280

Utilidad neta a girar 720

Utilidades País Y

Ingresos 10.000

Costos y deducciones (9.000)

Utilidad antes de impuestos 1.000

Impuesto 43% 430

Utilidad neta a girar 570

Nuestra legislación no regula la compensación

entre las dos tasas sobre las rentas totales de

fuente extranjera

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Page 19: 13 inversiones electrico-enexterior

La aplicación del descuento indirecto se efectúa con un gross up parcial

No se establece la acumulación de las rentas por dividendos , así que bajo el supuesto que

no puede haber una aplicación cedular por tipo de dividendos se deben agrupar pero se

debería definir si sería por país, por actividad, por categoría.

Cuando los dividendos se someten a una tarifa superior del 33%, el exceso que no se aplica

por la limitación en el año al impuesto que le corresponde en Colombia, deberían poderse

trasladar para ser aplicado en los 4 años siguientes tal como sucede en otras legislaciones

La aplicación del descuento se puede efectuar aun cuando no existan rentas de fuente

extranjera en el ejercicio.

No se establece si a los dividendos se les deben imputar costos y deducciones

Se debe establecer un mecanismo para contrarestar el efecto generado entre el dividendo

recibido y la utilidad por el método de participación

Que pasa cuando la utilidad es susceptible a más de una tarifa (Ej. primeros $50.000 x 15%,

próximos $25.000 x 25%, y exceso a tarifa de 33%)

Ley 1430 de 2010 Situaciones sin resolver en la aplicación del descuento directo

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Medidas internas

Descuento Indirecto

Page 20: 13 inversiones electrico-enexterior

Medidas bilaterales para evitar la doble imposición

fiscal

Myriam Stella Gutierrez A.

Octubre 26 de 2011

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Medidas bilaterales

Pacto Andino

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Regla general

Independientemente de la nacionalidad o domicilio de las personas, las rentas de cualquier

naturaleza, sólo serán gravables en el País Miembro en el que tales rentas tengan su fuente

productora, los demás Países Miembros deberán considerarlas como exoneradas, para los efectos

de la correspondiente determinación del impuesto a la renta o sobre el patrimonio

Dividendos

Los dividendos y participaciones sólo serán gravables por el País Miembro donde estuviere

domiciliada la empresa que los distribuye, El País Miembro del domicilio de la empresa o persona

receptora o beneficiaria de los dividendos o participaciones, no podrá gravarlos en cabeza de la

sociedad receptora o inversionista, ni tampoco en cabeza de quienes a su vez sean accionistas o

socios de la empresa receptora o inversionista.

Ganancias de capital

Las ganancias de capital provenientes de títulos, acciones y otros valores, que sólo serán gravables

por el País Miembro en cuyo territorio se hubieren emitido.

Perú, Ecuador y Bolivia

Page 22: 13 inversiones electrico-enexterior

Medidas bilaterales

CDI gravamen sobre dividendos y ganancias de capital

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España Chile

Dividendos Pueden someterse a imposición en el

estado que los paga pero no pueden

exceder del

5% del v/r bruto de los dividendos

0% Si el beneficiario efectivo posee

menos del 20% del capital de la

sociedad que los paga

Pueden someterse a imposición en el estado

que los paga pero no pueden exceder del

7% del v/r bruto de los dividendos

0% Si el beneficiario efectivo posee menos

del 25% del capital de la sociedad que

los paga

No limitan la aplicación del impuesto adicional

a pagar en Chile

Ganancias

de Capital

Pueden gravarse la venta de

acciones si su valor se deriva directa

o indirectamente en más de un 50%

de bienes inmuebles situados en el

otro Estado contratante.

En su defecto las ganancias sólo se

gravarán en el Estado de residencia

del enajenante.

Ibidem

O si el vendedor ha poseído en cualquier

momento dentro de un período de 12 meses

precedentes a la enajenación, directa o

indirectamente derechos o acciones en un

20% o más del capital.

Tarifa máxima 17%

Page 23: 13 inversiones electrico-enexterior

Acciones colombianas

Dividendos:

• Ingreso No gravado: Los

dividendos que pagaron

impuesto en la sociedad

emisora

• 33% sobre los dividendos

gravados

Venta de acciones:

• Ingreso no gravado: La venta

que no supere el 10% de las

acciones en circulación.

Efecto en la declaración anual de renta del inversionista colombiano

Acciones peruanas

• 4.1% Sobre los dividendos

pagados por una sociedad

peruana

• Se declaran como renta exenta.

• El impuesto pagado en Perú no

puede tomarse ni como gasto ni

como descuento tributario.

• 5% de retención sobre la

ganancia

• La operación es exonerada del

impuesto

• El impuesto no puede tomarse

ni como gasto ni como

descuento tributario.

Acciones chilenas

• Retención del 35% menos

20% sobre dividendos de

sociedades chilenas

• El impuesto es descuento

tributario directo o indirecto si

se cumplen los requisitos

• La venta de acciones con

presencia bursátil en chile no

pagan impuesto.

• Ingreso no gravado: La venta

que no supere el 10% de las

acciones en circulación.

No pagan impuesto en ninguno

de los dos países

Medidas bilaterales

Operaciones a través de MILA

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