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8/17/2019 2016 - Ejecución de La Pena, Trabajo Completo
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UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR
FACULTAD MULTIDISCIPLINARIA DE OCCIDENTE
DEPARTAMENTO DE CIENCIAS JURÍDICAS
“JUZGADO SEGUNDO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA Y
EJECUCIÓN DE LA PENA”
MATERIA: EJECUCIÓN DE LA PENA Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
LIC. RAFAEL ANTONIO GÁLVEZ LÓPEZ
INTEGRANTES:
LÓPEZ MORALES, MARLON EDUARDO LM122!
"UEZADA VANEGAS, GEOVANNIE ALE#ANDER "V12$
%ILLIAM ERNESTO UMA&A 'ONILLA U'11$
SANTA ANA, ( DE A'RIL DE 21)
1
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ÍNDICE
I Introducción………………………………………………………………………..…..3II Justificación………………………………………………………………………...….4
III Objetivos……………………………………………………………………………….5
1. Marco conceptuali. Conceptos generales……………………………….……………………………
ii. Organis!os ad!inistrativos " judiciales…………….…………………….……#
iii. $el interno% los beneficios " las penas……………..……………………..……1&'. Marco (istórico
i. )istoria general de los ju*gados de vigilancia…………….……………..……1
ii. )istoria de los ju*gados de vigilancia en +l ,alvador……………….…..……1-
3. Marco teóricoi. Organigra!a del Ju*gado ,egundo de igilancia…….……………………….1/
ii. Jurisdicción del Ju*gado ,egundo de igilancia………….……………..….…1#
iii. 0uncionarios " e!pleados pblicos………………………………………...….1#iv. $eficiencias del Ju*gado ,egundo de igilancia……………………………...'4
v. Organis!os 2ue colaboran con el Ju*gado ,egundo de igilancia……….…...'5
4. Marco legali. spectos generales……………………………………………………………..33
ii. tribuciones del jue* de vigilancia…………………………………………….34 +n cuanto a las reglas de conducta………………..……………………35
+n cuenta a los beneficios………………………….…………………..3
+n cuanto a las salidas alternas al proceso penal………………………3/
+n cuanto a la sustitución de las penas privativas de libertad……….…3#
+n cuanto a las penas no privativas de libertad………….……………..4&I Conclusiones………………………………………………………………………..….4'
ibliografa………………………………………………………………………….…43
INTRODUCCIÓN
6a realidad de +l ,alvador en cuanto a !ateria penitenciaria es un te!a de
actualidad " relevancia para los diferentes sectores de la sociedad. 7eali*ar un trabajo de
investigación en concreto al Ju*gado ,egundo de igilancia 8enitenciaria " +jecución de la
8ena co!ien*a entonces a denotar i!portancia para un grupo de estudiantes " a todo a2uel
2
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2ue su !ente curiosa le lleve a desentra9ar las verdades de nuestro siste!a judicial "
ad!inistrativo en el :rea penitenciaria.
+l presente trabajo de investigación se desarrolla to!ando en cuenta principios de
redacción " avan*ando en for!a lógica " siste!:tica. +s as 2ue de una !anera did:ctica "
co!o conoci!ientos previos se encuentra en pri!era instancia un !arco conceptual
conteniendo conceptos de ndole judicial " penitenciaria. 6uego el lector podr: apreciar el
!arco (istórico en dos sentidos% general " especfico. ;na ve* conociendo esta infor!ación
se presenta lo 2ue es el !arco teórico " el !arco legal 2ue se co!ple!entan !utua!ente%
donde se e
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encargados de velar por los derec(os de los internos " de la protección de sus derec(os
funda!entales para evitar la arbitrariedad en los Centros 8enales. +ste organis!o judicial
trabaja en colaboración con instituciones " organis!os ad!inistrativos " judiciales% los
cuales proporcionan los trata!ientos necesarios con el objetivo de una readaptación social
en un siste!a penitenciario de naturale*a progresiva.
OBJETIVO GENERAL
4
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• Co!prender a!plia!ente el funciona!iento del Ju*gado ,egundo de igilancia
8enitenciaria " +jecución de la 8ena% respecto a al rol de los funcionarios 2ue laboran en
este organis!o judicial.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
• Conocer los !ecanis!os de trata!iento 2ue se i!ple!enta para la
readaptación de los internos " las fases del siste!a penitenciario 2ue es de
naturale*a progresiva.
• $eter!inar las for!alidades " re2uisitos 2ue deben cu!plirse para
2ue un interno opte a un beneficio de libertad condicional " sus variantes " de
suspensión condicional del procedi!iento o de ejecución de la pena.
MARCO CONCEPTUAL
CONCEPTOS GENERALES
Juzgado
5
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Conjunto de jueces 2ue concurren a dictar una sentencia. =ribunal unipersonal o de
un solo jue*. =>r!ino jurisdiccional del !is!o. Oficina o despac(o donde acta
per!anente!ente. Judicatura u oficio de jue*.
=ribunal de un solo jue*. =>r!ino o territorio de su jurisdicción. 6ocal en 2ue el jue* ejerce su función.
Vigilania
Cuidado% celo " diligencia 2ue se pone o (a de ponerse en las cosas " asuntos de la
propia incu!bencia. ,ervicio pblico destinado a velar por deter!inadas instituciones%
personas " cosas. 8ena consistente en so!eter a una persona% absuelta o 2ue (a cu!plido "a
su condena% al cuidado de la autoridad% a fin de observar su co!porta!iento en sociedad "
proceder a asegurar su persona en caso de conducta irregular.
Cuidado% celo " diligencia 2ue se pone o (a de ponerse en las cosas " asuntos de la
propia incu!bencia. ,ervicio pblico destinado a velar por deter!inadas instituciones%
personas " cosas. 8ena consistente en so!eter a una persona% absuelta o 2ue (a cu!plido "a
su condena% al cuidado de la autoridad% a fin de poder observar su co!porta!iento en
sociedad " proceder: asegurarla o detenerla en caso de conducta irregular.
P!ni"!nia#ia
Institución definida en el $iccionario de la cade!ia co!o estableci!iento
penitenciario en 2ue sufren sus condenas los penados% sujetos a un r>gi!en 2ue%
(aci>ndoles e
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sentencia o fallo de jue* o tribunal co!petenteA co!o cuando se to!an los bienes del
deudor !oroso para satisfacer a los acreedores !ediante dic(a orden judicial. plicación de
la pena de la pena de !uerte.
+n !ateria !ercantil o civil podra referirse a la e
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+sta figura constitu"e la piedra angular en la !ateriali*ación del principio del
control judicial en el :!bito penitenciario salvadore9o. +s decir% es el principal vigilante de
2ue el principio de legalidad se (aga realidad en la fase de ejecución de la pena i!puesta en
sentencia fir!e por los órganos judiciales establecidos en la le"% as co!o 2ue la situación
del detenido provisional responda a esa e (asta la procla!ación de ,al co!o
pri!ero de sus re"es. +n la antigua Castilla% jueces se lla!aron los caudillos 2ue la
gobernaron luego de la >poca de sus condes.
+n sentido a!plio ll:!ese as todo !ie!bro integrante del 8oder Judicial%
encargado de ju*gar los asuntos so!etidos a su jurisdicción. =ales !agistrados est:n
obligados al cu!pli!iento de su función de acuerdo con la Constitución " las le"es% con las
responsabilidades 2ue a2u>lla " >stas deter!inan.
+n sentido restringido% suele deno!inarse jue* 2uien acta unipersonal!ente% a
diferencia de los 2ue actan colegiada!ente " 2ue suelen lla!arse !inistros% vocales%
ca!aristas o !agistrados. +s corriente 2ue los jueces acten dentro de un fuero
deter!inado Bcivil% penal% contencioso ad!inistrativo% laboral% !ilitar. +n el fuero civil%
suele lla!:rselos jueces de pri!era instancia% " en el fuero penal% jueces de instrucción
cuando su !isión consiste en investigar el delito tra!itando el su!ario% " de sentencia
cuando su !isión% propia!ente ju*gadora% es la de dictar sentencia en el plenario. 6as
resoluciones de los jueces% salvo las e
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ORGANISMOS ADMINISTRATIVOS ) JUDICIALES
Con&!$o C#i*inol%gio Naional
+s el ente encargado de deter!inar las diversas clases de trata!iento aplicablesegn los casos individuali*ados 2ue los Consejos Cri!inológicos 7egionales so!etan a su
consideración.
Con&!$o C#i*inol%gio R!gional
+s el ente encargado de desarrollar un trata!iento especfico a cada interno
!ediante la aplicación de las fases del r>gi!en progresivo a partir del plan general del
Consejo Cri!inológico Dacional.
E+ui'o T,nio C#i*inol%gio
+s un conjunto de profesionales " especialistas encargados del trata!iento
penitenciario% ejerci>ndolo individual!ente sobre el interno% con el fin de anular o
!odificar los factores negativos de su personalidad " darle una for!ación general idónea
para apartarlo de la reincidencia " lograr su readaptación a la vida social.
+s el Organis!o d!inistrativo de aplicación de la 6e" 8enitenciaria confor!ado
por un abogado% un psicólogo% un 6icenciado en =rabajo ,ocial " un 6icenciado en
Ciencias de la +ducación% 2ue se encargan entre otras funciones 2ue le se9ala la 6e"
8enitenciaria% de aplicar !>todos cientficos con la finalidad principal de !odificar la
conducta de los internos% facilit:ndoles el ca!ino para alcan*ar lo 2ue se buscaE la
reinserción social.
Di#!i%n G!n!#al d! C!n"#o& P!nal!&
+s la institución 2ue 8roporciona al condenado condiciones favorables 2ue per!itan
su readaptación social a trav>s de su desarrollo personal% procurando la prevención de los
delitos " garanti*ando la adecuada custodia de los detenidos provisionales.
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E&u!la P!ni"!nia#ia
6a +scuela 8enitenciaria tiene co!o finalidad dotar al siste!a penitenciario de
personal calificado% !ediante la selección " capacitación de personal% en base a criterios
t>cnicos actuali*ados% en !ateria de organi*ación e intervención penitenciaria% dise9o "aplicación de progra!as de readaptación integral% !ejora!iento del cli!a social "
pro!oción de los derec(os (u!anos en el ,iste!a 8enitenciario. B7egla!ento @eneral de
6a 6e" 8enitenciaria rt. 4/.
DEL INTERNO- LOS BENEFICIOS ) LAS PENAS
In"!#no
8ersona 2ue cu!ple condena en un estableci!iento penitenciario o es decir !:s
a!plia!ente 2ue son% Flos (o!bres " !ujeres% !a"ores de diecioc(o a9os% 2ue se
encuentran guardando prisión en un estableci!iento penitenciario% co!o consecuencia de
(aber sido encontrados culpables de co!eter algn delito !ediante un juicio previo.
B!n!.iio& P!ni"!nia#io&/
,e puede deter!inar 2ue son !ecanis!os o instru!entos jurdicos utili*ados por
ra*ones (u!anitarias o de conveniencia social% 2ue sirven para evitar o reducir la aplicación
de la pena de prisión% !ediante lo suspensión o interrupción de la ejecución de la !is!a%
por un deter!inado periodo de prueba% 2ue pueden ser aplicados por lo autoridad judicial
co!petente a favor de las personas condenadas a cu!plir una pena de prisión% sie!pre 2ue
se renan deter!inados re2uisitos " se cu!plan deter!inadas condiciones establecidas
previa!ente en la le" de !anera clara " e
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personas. Cuenta o c:lculo. +l có!puto del tie!po a los efectos legales tiene e
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+s un instru!ento procesal 2ue detiene el ejercicio de la acción penal a favor de un
sujeto i!putado por la co!isión de un ilcito% 2uien se so!ete% durante un pla*o% a una
prueba en la cual deber: cu!plir satisfactoria!ente con ciertas " deter!inadas obligaciones
legales e instrucciones 2ue le i!parta el tribunal para el caso concreto% a cu"o t>r!ino se
declara e
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+n +l ,alvador esta potestad es conferida al jue* igilancia 8enitenciaria% en
consonancia con lo dispuesto ta!bi>n en el rt. 3- de la le" penitenciaria% +l rt. /4 8n.
7ecoge ' supuestos distintosE la suspensión de la ejecución en curso de la pena de prisión "%
en segundo lugar% la suspensión del inicio de la ejecución de dic(a pena% sie!pre con la
li!itación objetiva por ra*ones de poltica cri!inal de 2ue (a de tratarse de penas de
prisión 2ue sean inferiores tres a9os% la cuestión est: sobre la 2ue (a" 2ue (acer especial
(incapi>% "a 2ue los preceptos anteriores% dedicados a la sustitución " suspensión de la
pena% to!aban co!o referencia para su aplicación la pena de (asta tres a9os de prisión% por
lo 2ue la pena de tres a9os entraban en su :!bito de aplicación% lo 2ue a2u no sucede.
T#a0a$o d! u"ilidad P30lia
+s una alternativa a la pena de prisión. ,e considera 2ue la !otivación econó!ica es
la !:s predo!inante para la i!ple!entación de esta !edida alterna a la pena privativa de
libertad% debido funda!ental!ente por la falta de necesidad o productiva de la pena. Gue el
sujeto penado realice un trabajo de utilidad pblica en lugar de ingresar a un centro
penitenciario% no significa o representa ningn costo de tipo econó!ico para el +stado% "
por el contrario al reali*ar las tareas 2ue le son enco!endadas en la institución receptora de
dic(a prestación de trabajo en jornadas se!anales% les per!ite una reducción de los costos
por la reali*ación de dic(as actividades sin usar personal de la institución reduciendo el
costo por (ora (o!bre en la reali*ación de la !is!a.
+s innegable% ade!:s% 2ue esta pena per!ite 2ue el individuo no pierda la
continuidad de su vida fa!iliar " social% "a 2ue sola!ente la dis!inu"eA no la eli!ina. ,e
trata 2ue el individuo beneficie a la co!unidad en su tie!po libre.
M!dida& d! &!gu#idad
+n derec(o penal% son a2uellas sanciones co!ple!entarias o sustitutivas de
las penas% 2ue el jue* puede i!poner con efectos preventivos a a2u>l sujeto 2ue co!ete un
injusto B(ec(o tpico " antijurdicoA pero% 2ue de acuerdo con la teora del delito% al ser
ini!putable no puede ser culpado por un defecto en su culpabilidad. +sta persona es
susceptible de recibir una !edida de seguridad para evitar nuevos injustos. ,in e!bargo%
13
https://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_penalhttps://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_penalhttps://es.wikipedia.org/wiki/Penahttps://es.wikipedia.org/wiki/Penahttps://es.wikipedia.org/wiki/Tipicidadhttps://es.wikipedia.org/wiki/Tipicidadhttps://es.wikipedia.org/wiki/Antijuridicidadhttps://es.wikipedia.org/wiki/Teor%C3%ADa_del_delitohttps://es.wikipedia.org/wiki/Teor%C3%ADa_del_delitohttps://es.wikipedia.org/wiki/Culpabilidadhttps://es.wikipedia.org/wiki/Culpabilidadhttps://es.wikipedia.org/wiki/Penahttps://es.wikipedia.org/wiki/Tipicidadhttps://es.wikipedia.org/wiki/Antijuridicidadhttps://es.wikipedia.org/wiki/Teor%C3%ADa_del_delitohttps://es.wikipedia.org/wiki/Culpabilidadhttps://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_penal
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6a regulación de esta pena es% cabal!ente% el objeto de la 6e" penitenciaria en cu"o
rt. 3- se establecen% entre otras% las co!petencias del Jue* de igilancia 8enitenciaria "
+jecución de la 8ena en relación con esta pena.
8or ello el Código 8enal se li!ita a la definición de la 8ena. +stablece ta!bi>n Brt.4/% la regla de conversión " abono en das de 8risión los pasados en detención provisionalE
da por da% los pri!eros seis !esesA dos das de prisión porcada uno pasado en detención
8rovisional% si esta se prolonga de seis !eses a un a9oA " tres% si la detención se prolonga
!:s de un a9o.
P!na d! A##!&"o d! Fin d! S!*ana
Corresponde al Jue* de igilancia 8enitenciaria " +jecución de la 8ena decretar el
cu!pli!iento ininterru!pido de la pena en el caso de tres ausencias injustificadas% es decir%
2ue el penado no se presente a cu!plir durante tres fines de se!ana% consecutivos o
alternos. Conviene advertir 2ue% en tal (ipótesis% la pena se convierte en la de prisión.
P!na& A!&o#ia&
6a 2ue por declaración legal% aun cuando se esta. $e
ese concepto discrepa Capitant% 2ue entiende co!o pena accesoria la 2ue aco!pa9a de
pleno derec(o a otra sin necesidad de ser pronunciada por el jue*A " agrega 2ue el legislador
suele confundirla con la pena co!ple!entaria.
6a función controladora del Jue* de igilancia 8enitenciaria " +jecución de la 8ena
respecto de estas penas es difcil definir% por cuanto la ejecución se agota por el (ec(o de
poner la sentencia de condena " conoci!iento de los distintos registros pblicos
se9alada!ente% el registro penal% se refiere al artculo 11' del C.8% de las entidades
profesionales " de las fuer*as de seguridad locales o estatales% lo nico 2ue cabe decir es
2ue el Jue* de igilancia 8enitenciaria " +jecución de la 8ena puede ordenar
investigaciones sobre el desarrollo del cu!pli!iento de tales penas% bien de oficio% bien por
denuncia.
MARCO 4ISTÓRICO15
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4ISTORIA GENERAL DE LOS JU5GADOS DE VIGILANCIA
Co!o es conocido el derec(o penitenciario es una parte del derec(o penal ejecutivo%
lo cual se refiere a 2ue es la ra!a del $erec(o 2ue se ocupa de la ejecución de las penas
" !edidas de seguridad privativas de libertad o de derec(os. ,urge co!o disciplina jurdicaautóno!a a principios del siglo HH.
8ero no estaban reguladas las co!petencias del jue* de vigilancia penitenciaria
co!o tal si no 2ue estas se aplicaban de acuerdo a las le"es penales e
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=OMO D 335% del 13 de !a"o de 1##-% esta le" constitu"e el pilar b:sico del derec(o
penitenciario salvadore9o% "a 2ue anterior!ente no se regulaba tan especfica!ente el
cu!pli!iento de la pena del interno sino 2ue se 2uedaba con la sentencia del jue* " no se
(ablaba de co!o el delincuente cu!plira su pena o co!o seria controlada el cu!pli!iento
de esta fue (asta la vigencia de la le" en la cual se regula tal circunstancia para contribuir a
la reinserción de los internos a la sociedad " as evitar la reincidencia.
8ara lo cual la le" crea lo 2ue son los organis!os de apo"o a los ju*gados de
vigilancia penitenciaria en los cuales se encuentran el $eparta!ento de 8rueba " 6ibertad
sistida el cual se encarga especfica!ente del control de las penas no privativas de
libertad. 8ero ta!bi>n la integran otros organis!os ad!inistrativos co!o lo sonE el Consejo
Cri!inológico 7egional los cuales est:n for!ados por cri!inólogos% abogados%
profesionales en trabajo social " en ciencias de la educación.
8or ello la le" fue creada con el objetivo de corregir a los delincuentes% educarlos "
for!ales (:bitos de trabajo procurando su readaptación " prevenir los delitos por esta ra*ón
estos organis!os ad!inistrativos juegan un papel !u" i!portante en el r>gi!en
penitenciario "a 2ue son vigilantes de 2ue los internos cu!plan con sus condenas " a las
ve* proporcion:ndoles progra!as de educación " trabajo teniendo la oportunidad de
aplicar a la obtención de beneficios por su buena conducta en la cual pueden acortar su
pena.
a la ve* 2ue se buscan !ecanis!os para su reinserción en la sociedad ta!bi>n se
busca la protección de sus derec(os funda!entales conferidos por la !is!a constitución "a
2ue a pesar de estar recluidos en la prisión siguen siendo personas (u!anas " por ello
!erecen un trato adecuado en su circunstancia para !ini!i*ar los efectos nocivos del
encierro carcelario " evitar la reincidencia.
MARCO TEÓRICO
17
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ORGANIGRAMA DEL JU5GADO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA )EJECUCION DE LA PENA
JURISDICCION DEL JU5GADO SEGUNDO DE VIGILANCIA
18
JUEZ
Lic. Mario César Ar uello
EC!E"A!#$
)#CAL A*C!#"$ *E)E+$!C$LA,$!A*$!
+$"#)#CA*$!
A-E+"E *E$!*E+A+ZA
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EN RA5ÓN DEL TERRITORIO
6a jurisdicción del ju*gado segundo de vigilancia penitenciaria " ejecución de la
pena de ,anta na sufrió una !odificación en el a9o '&14 en la cual se estableció 2ue el
segundo de vigilancia penitenciaria " ejecución de la pena de ,anta na le corresponderanla 8enitenciaria de Occidente " el Centro 8enal de Metap:n en los casos 2ue provengan los
ju*gados de instrucción " ju*gados de pa* de la *ona occidental.
EN RA5ÓN DE LA MATERIA
+l ju*gado segundo de vigilancia penitenciaria " ejecución de la pena de ,anta na
es !ateria penal ejecutiva "a 2ue es el ente encargado de controlar el cu!pli!iento de las
penas de los internos en los centros penales 2ue le corresponden a este ju*gado.
FUNCIONARIOS ) EMPLEADOS P6BLICOS
JUE5
ellos les corresponde vigilar " garanti*ar el estricto cu!pli!iento de las nor!as
2ue regulan la ejecución de las penas " !edidas de seguridad. 6es corresponde asi !is!o
vigilar " garanti*ar el respeto de los derec(os de toda persona !ientras se !antengan
privados de la libertad por cual2uier causa.
$e acuerdo a las atribuciones 2ue la le" le confiere al jue* de vigilancia
penitenciaria pode!os !encionar las 2ue establece el artculo 3- de la 6e" 8enitenciaria
2ue re*a de la siguiente !aneraE
1 Controlar la ejecución de las penas " de las !edidas de seguridadA' cordar el beneficio de libertad condicional% " revocarlo en los casos 2ue procedaA
3 7esolver acerca de la fijación% !odificación o suspensión de las !edidas de
seguridad de acuerdo con lo establecido por el Código 8enalA4 =ra!itar " resolver el incidente de re(abilitación de los condenados por delito% salvo
los contenidos en los ordinales 1K% 3K% 4K " 5K del rt. -5 de la Constitución de la
7epblicaA
5 8racticar el có!puto de las penasA
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tra!itar " resolver las 2uejas o incidentes a 2ue se refieren los arts. 45 " 4 de esta
le"A- Otorgar o denegar la suspensión e
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,e puede considerar 2ue la figura del jue* de vigilancia penitenciario juega un doble
papel 2ue encierra en realidad su co!petencia el pri!ero constitu"e el organis!o t>cnico
apropiado e independiente del ejecutivo 2ue vigila la adecuada observancia al principio de
legalidad en la ejecución de las penas " las restricciones te!porales de libertad 2ue sufren
las personas procesadas " en segundo se convierte en un visor per!anente de la actividad
penitenciaria garanti*ando la efectiva protección de los derec(os funda!entales de los
interno.
• SECRETARIO
6os secretarios son aun podr:n
practicarse por el ,ecretario Dotificador% " en !ateria penal% las citaciones de
testigos " jurados podr:n ade!:s verificarse por el Citador del =ribunal.
rt. -#. lo dispuesto en el inciso pri!ero del artculo -4 ta!bi>n es aplicable a los
notificadores " citadoresnotificadores de los ju*gados de pri!era instancia " a los
secretarios notificadores de los ju*gados de pa*.
COLABORADOSRES
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8ara ser colaborador del ju*gado se deben cu!plir las !is!as cualidades de un jue*
en las cuales tene!os cu:les ser:n las obligaciones 2ue estos deber:n cu!plir en su cargo
las cuales son establecidas por el artculo #' 2ue sonE
rt. #'. ,on obligaciones de los Colaboradores JurdicosE1)acer en los procesos la relación de los (ec(osA
' $ar cuenta al tribunal% antes de (acer la relación% de lo siguienteE
a. $e todo vicio u o!isión substancial 2ue notaren en los procesosA
b. $e las infracciones de los =ribunales% Jueces% funcionarios " partes 2ue (an
intervenidoA
3 )acer los estudios " trabajos 2ue les enco!iende el =ribunalA
4 @uardar secreto en todos los asuntos relacionados con su cargo.
FISCAL ADSCRITO
Co!o "a es conocido de for!a gen>rica la función de los fiscales es principal!ente
la acusación en la bs2ueda de 2ue el delincuente sea castigado por el acto delictuoso 2ue
(a"a co!etido en los cuales el fiscal es el encargado de recabar toda a2uella prueba 2ue sea
necesaria para 2ue este sea condenado por su acción pero especfica!ente en este caso
refiri>ndonos al fiscal adscrito al ju*gado segundo de vigilancia penitenciaria " ejecución
de la pena la caracterstica es la !is!a con la diferencia en 2ue este va a acusar en relación
a los internos cuando estos aplican sobre beneficios por su buena conducta pero el fiscal en
este caso se pronuncia cuando (a" ano!alas 2ue i!piden 2ue este pueda optar por un
beneficio de estos "a sea para cual2uiera de los casos establecidos por el código penal en
los cuales pode!os !encionar libertad condicional% libertad condicional anticipada " otras
a las cuales el interno 2uiera aplicar " si el fiscal se percata de estas ano!alas por los
infor!es proporcionados por los e2uipos t>cnicos cri!inológicos el fiscal adscrito puede
interponerse a 2ue se otorgue estos beneficios.
Otra circunstancia 2ue se podra dar " el fiscal adscrito podra denunciar es cuando
"a el interno go*a de un beneficio " en deter!inado !o!ento el fiscal se percata 2ue este
est: incu!pliendo con las reglas establecidas para el beneficio obtenido co!o eje!plo si el
interno go*a de la libertad condicional anticipada " el fiscal se da cuenta 2ue este est:
22
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consu!iendo drogas la cual es una pro(ibición para poder go*ar de este beneficio por ende
el fiscal lo acusa para 2ue le sea revocado el beneficio " el interno cu!pla su pena en el
centro penitenciario por (aber incu!plido las reglas para poder tener dic(o beneficio.
Co!o nos pode!os dar cuenta la función del fiscal es si!ilar a la función de for!agen>rica de los fiscales solo 2ue estos se ocupan especfica!ente de los casos 2ue se tratan
de los internos en los ju*gados penitenciarios "a 2ue ellos tienen un :rea especfica.
DEFENSOR ADSCRITO
+n el caso del defensor adscrito es total!ente lo contrario a lo 2ue nos referi!os al
fiscal "a 2ue este busca 2ue se protejan los derec(os funda!entales del interno " pueda as
optar por los beneficios acordados en la le" una ve* el interno pueda aplicar a ellos
cu!pliendo los re2uisitos as establecidos de acuerdo a los infor!es proporcionados por los
e2uipos t>cnicos cri!inológicos " revisando 2ue este cu!pla con todo se (ace del
conoci!iento del consejo cri!inológico regional el cual verificara 2ue cu!pla con los
re2ueri!ientos establecidos (ar: del conoci!iento del jue* para 2ue este (aga la valoración
si lo otorga o lo deniega .
+n base a un eje!plo del supuesto 2ue el jue* lo (a"a otorgado " este co!ience a
go*ar del beneficio sie!pre refiri>ndonos a la libertad condicional al cabo de un tie!po elfiscal alude 2ue este a incu!plido con las reglas para poder go*ar de este la función aca del
defensor es desvirtuar 2ue eso sea cierto para as evitar la revocación del beneficio por lo
cual debe de presentar todos los !edios de prueba a favor del interno "a 2ue su función es
velar por 2ue los derec(os de este no sean vulnerados .
Co!o nos pode!os dar cuenta las funciones son las !is!as las de un defensor pero
co!o sie!pre en!arcare!os estos defensores adscritos los ju*gados de vigilancia
penitenciaria " ejecución de la pena est:n enfocados especfica!ente a la defensa de losderec(os de los internos 2ue en su !o!ento cu!plen con los re2uisitos para aplicar a los
beneficios otorgados por la le".
DEFICIENCIAS DEL JU5GADO SEGUNDO DE VIGILANCIA
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+l auge delincuencial " los beneficios legales 2ue establece el nuevo Código
8rocesal 8enal% para 2uienes (an co!etido delitos !enores% tienen al borde del colapso a
los Ju*gados de igilancia 8enitenciaria del pas.
estos tribunales% son referidos los procesados por delitos considerados deNbagatelaN% co!o (urtos% conducción te!eraria% pe2ue9os robos% violencia intrafa!iliar%
a!ena*as% portación ilegal de ar!as de fuego% entre otros. diario% la 8olica captura entre
15& " '&& personas% sobre todo por delitos !enores. +n estos casos% los acusados en la
pri!era audiencia% aceptan los cargos 2ue les i!putan " el jue* de 8a* les i!pone una pena
de entre dos " tres a9os de prisión% 2ue se vuelve e
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6a de!anda de trabajo en los Ju*gados de igilancia 8enitenciaria obligó a la
sa!blea 6egislativa% a pro!ulgar un decreto 2ue sustitu"e los Ju*gados de =r:nsito del
pas% para convertirlos en Ju*gados de igilancia 8enitenciaria.
FALTA DE PERSONAL ADMINISTRATIVO
+sto es una consecuencia de la saturación de procesos 2ue se encuentra en tr:!ite
en los ju*gados de vigilancia penitenciaria " ejecución de la pena "a 2ue los ju*gados
nor!al!ente solo cuentan con un jue* un secretario " seis colaboradores 2ue estos
especial!ente son los encargados de la tra!itación " facilitarle as el trabajo al jue* pero
por la situación actual es necesario au!entar el personal ad!inistrativo para solventar esta
situación pero esto se enfrenta al proble!a !:s grande de el pas 2ue es la parte econó!ica
"a 2ue para la i!ple!entación de !:s personal en esta :rea es necesario au!enta el costo
de la planilla de trabajadores de la C,J para lo cual !uc(as veces no es posible por la falta
de fondos del estado por lo cual estas instituciones deben reali*ar su trabajo con el personal
2ue se tenga a la !ano esperando !:s adelante se pueda presupuestar para au!entar el
personal " as agili*ar los tr:!ites pendientes en esta institución
ORGANISMOS 7UE COLABORAN CON EL JU5GADO
SEGUNDO DE VIGILANCIA
I1 DEPARTAMENTO DE PRUEBA ) LIBERTAD ASISTIDA 8DPLA9
+n el artculo 3# de la 6e" 8enitenciaria conte!pla la creación del
departa!ento de prueba " libertad asistida% 2ue tendr: co!o funciones b:sicas la vigilancia
" control de las reglas de conducta i!puestas en todos los sustitutivos de la pena de prisión
!edidas de seguridad% penas alternativas. =a!bi>n el $eparta!ento de 8rueba " 6ibertad
sistida cuenta con un progra!a de intervención con la co!unidad% para 2ue se propicie elcu!pli!iento de pena en libertad.
,iendo as el $eparta!ento de prueba " libertad asistida establece su visiónE con la
i!ple!entación de un progra!a co!unitario de intervención " prevención de car:cter
psicosocial " educativo% co!o una e
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de las co!unidades con el apo"o de los sectores sociales " su !isión en la siguiente for!a
ser el !edio 2ue propicie un segui!iento siste!ati*ado de las condiciones i!puestas a
todos a2uello beneficiarios constitutivos de la pena de prisión " !edidas de seguridad as
ta!bi>n en las penal alternativas a la prisión.
PROCEDIMIENTO CON EL 7UE SE ATIENDE AL ASISTIDO O
BENEFICIARIO EN EL DEPARTAMENO DE PRUEBA ) LIBERTAD ASISTIDA
+n este procedi!iento se distinguen cuatro !o!entos.
A9 FASE DE INGRESO
+l trabajo 2ue ingrese al $86 ser: por !edio de su receptor% este recibir: el oficio
" la certificación 2ue re!itan los diferentes jueces corroborando su legalidad a notar lo
correspondiente% Bdado por recibo% etc. en un libro de entrada " llenara la car:tula.
8osterior!ente re!itir: al asistido a los inspectores " asistentes de prueba para 2ue
lo atiendan en un orden correlativo de atención de casos% 2ue previa!ente (abr: establecido
el inspector de prueba Jefe.
B9 FASE DE ESTUDIO ) DIAGNOSTICO
+n fase tiene su inicio a partir de la de!anda de la autoridad judicial finali*a con el
estableci!iento de intervención 2ue garantice el segui!iento de las !edidas i!puestas " al
!is!o tie!po ofre*ca un apo"o " soporte para evitar la reincidencia.
COMPONENTES DE ESTA FASE
,e reali*a por !edio de entrevista individual al beneficiario o penado cu!ple el
objetivo de establecer un for!al acerca!iento con el usuario " recopilar infor!ación inicial
del sujeto en relación con su trabajo% fa!ilia% parte ofendida co!unidad.
$urante la entrevista se le infor!a de sus deberes " obligaciones% las consecuencias
de su incu!pli!iento " la co!petencia del $86 en el proceso 2ue se inicia. 6o anterior se
reali*ara a trav>s de los instru!entos conte!plados en el protocolo individuali*ado de
intervención.
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+l encargado del caso asu!ir: la tarea de recolección de infor!ación " el
estableci!iento de un prediagnostico a efecto de poder co!ple!entar la infor!ación
obtenida el encargado del caso podr: llevar a cabo las siguientes accionesE
• +ntrevistas con fa!iliares• +ntrevistas con colaterales
• Observaciones directas
• +laboración de tesis
• 8etición de pruebas !>dica o analtica
;na ve* efectuada la evaluación 8re diagnostica se llevara a cabo una reunión de
e2uipo integrada por el $86D% en la cual se discutir: " se consensuara el diagnostico final
" el plan de intervención 2ue deber: seguir el asistido. +sta reunión !ultidisciplinaria de
trabajo de casos ser: presidida por el inspector de prueba re!iti>ndose al Jue* de igilancia
8enitenciaria de los acuerdos " los planes de trabajo de cada uno de los asistidos.
C9 FASE DE SEGIMIENTO
+sta fase tiene por objeto el segui!iento de las condiciones i!puestas " de las
penas alternativas. +l segui!iento podr: llevarlo a cabo bajo dos diferentes !odelos
co!ple!entarios entre a!bos.
• Modelo de supervisión
• Modelo de intervención
MODELO D: SUPERVISIÓN
+l !odelo de supervisión se caracteri*a por ser un siste!a de segui!iento
siste!ati*ado% !ediante el cual se supervisa el proceso de ejecución de las condiciones
i!puestas% en los sustitutivos de la pena de prisión% !edidas de seguridad " penas
alternativas a la prisión% involucrando a la autoridad jurisdiccional " a la co!unidad. +ste
!odelo se llevara a cabo !ediante los siguientes pasosE coordinación en las co!unales
Bco!unicación telefónica% escrita " entrevista coordinación con patrono% fa!ilia% victi!a%
+ntrevistas en !edio controlado% ,iste!a de apo"o dado por analtica de dopaje.
Investigación de ca!po. B0a!iliares% laborales instituciones a la victi!a
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coordinación con instituciones @uberna!entales " no @uberna!entales% para la atención de
proble!a especficos% segn las :reas vulnerables. Blco(olis!o% carencia de vivienda%
terapia 8sicológica concretas del asistido.
MODELO DE INTERVENCIÓN
$entro del !odelo de intervención se van (a establecer todos los sub progra!as
especifico con recursos propios del $eparta!ento de 8rueba " 6ibertad sistida. +stos sub
progra!as se elaboraran con el fin de intervenir sobre los asistidos 2ue presenten
proble!:ticas especificas de las cuales el $86 considera conveniente intervenir bien por
su envergadura% bien por su especificidad% bien por la carencia en la red de recursos
co!unitarios. +ste apartado (a de ser refleci!o
tercero 2ue aluden a la asistencia letrada " a 2ue los beneficios penitenciarios tienen
derec(o Bentre ellos la libertad condicional ordinaria " anticipada co!o los principalesdeber:n ser resueltas por las autoridades ad!inistrativas " judiciales en el !arco de
criterios t>cnico cientfico por otra parte el $86 tal co!o lo e
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pri!er inciso% esta entidad estar: al ,ervicio de los Jueces de igilancia 8enitenciaria " de
ejecución de la 8ena " del Control de conducta en los casos de suspensión condicional de la
ejecución de la
PENA EN CUAL7UIERA DE SUS FORMAS ) DE LASALTERNATIVAS A LA PENA DE LIBERTAD
+n otro orden% en cuanto a la colaboración con los Jueces igilancia no (a"
proble!a sin e!bargo Fel control de las reglas 2ue (abla la le"% si bien es cierto 2ue el
$86 es la nica institución 2ue tiene un real protagonista en la labor !ultidisciplinaria
individuali*an segui!iento a diversos asistidos tanto para a2uellos 2ue no (an estado en
prisión co!o a los 2ue se les i!pone !edidas de seguridad alternativas a la prisión o los
2ue vienen de prisión tal control estricto de fiscali*ación o vigilancia directa las '4 (oras
del da es algo tópico desde el punto de vista i!posible lo 2ue ac: se efecta B$86 es un
segui!iento para cada caso diferente por tener cada condena o asistido una condición
especial !u" diferente segn palabras del director o jefe se les ense9a a co!portarse asu!ir
responsabilidades sobre todo 2ue !uestren solidaridad convicción " 2uerer ca!biar de
ellos depende el progreso.
D9 FASE DE CIERRE
6a fase o siste!a de cierre se lleva a cabo co!o consecuencia de (aber concluido su
periodo de prueba o pena i!puesta esta fase se caracteri*a por2ue en ella se efecta la
valori*ación " evaluación de todas las intervenciones reali*adas con el asistido.
Infor!ación 2ue se trasladara !ediante el infor!e al Jue* de igilancia 8enitenciaria en el
!o!ento oportuno.
TIPOS DE INFORMES
Infor!es de valoración diagnostica tiene co!o finalidad% bas:ndose en la detención
de la proble!:tica propia del asistido% el dise9o de un progra!a de trabajo 2ue facilite al
!is!o su proceso de integración social !ediante la orientación o solución de sus situación%
el cual se (ar: del conoci!iento del jue* respectivo para su aprobación.
• In.o#*!& d! &!gui*i!n"o
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,u finalidad es (acer del conoci!iento del Jue* las incidencias 2ue !odifi2uen el
trabajo con el asistido sean estas positivas o negativas para 2ue dic(os funcionarios to!en
la decisión correspondiente.
• In.o#*! d! .inalizai%n
consiste en la evaluación " valoración (ec(a por el profesional 2ue (a dado
segui!iento al caso de los resultados de la intervención en el asistido o la finali*ación del
periodo de prueba correspondiente a la ejecución de la pena no privativa de libertad.
II. CONSEJO CRIMINOLÓGICO REGIONAL OCCIDENTAL
+ste organis!o constitu"e una base t>cnica profesional con lo 2ue funda!entan los
infor!es para darles convicción suficiente a los jueces de vigilancia " ejecución de la pena
para conceder o denegar la libertad condicional.
8ara conocer !:s de las facultades o funciones de este consejo pode!os observar el
artculo 31 de la le" penitenciaria en la cual se establecen de for!a detallada sus funciones.
8ara lo cual se puede !encionar 2ue por ello es 2ue este organis!o to!a !uc(o
protagonis!o en la decisión del jue* de conceder la libertad condicional pero esto no 2uiere
decir 2ue estos dict:!enes 2ue e!iten los consejos cri!inológicos sean vinculantes lo 2ue
2uiere decir 2ue no influ"en en la decisión del jue* solo le sirven co!o una referencia "a
2ue no e!ite su fallo funda!ent:ndolo en esta clase de dict:!enes.
=a!bi>n estos organis!os (an to!ado !a"or protagonis!o en controlar el r>gi!en
penitenciario la clasificación de los internos " clasificación de centros penales esta función
ta!bi>n la pode!os encontrar en el articulo antes !encionado "a 2ue debido a esta función
puede vigilar en este sentido toda evolución conductual del interno " del siste!a !is!o por
ello por precepto legal lo regula co!o co!petencia especifica el artculo 1&4 de la 6.8 2ue
re*a de la siguiente !aneraE
=odo infor!e elaborado por el consejo cri!inológico regional 2ue decida la
ubicación inicial del interno o su avance o retroceso dentro de las fases del r>gi!en
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penitenciario deber: ser agregado al ecnicos son los 2ue tienen contacto directo con cada recluso%
por ello son el !edio idóneo de de!andas 2ue for!ula la población penitenciaria ade!:s
de tener las peticiones " 2uejas debe proponer al consejo cri!inológico las soluciones 2ue
considere idóneas para la solución de las !is!as.
+l e2uipo t>cnico evala los objetivos alcan*ados en la ejecución de los progra!as
de trata!iento. +ste órgano en a2uellos centros donde e
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+cnicos cri!inológicos 2ue la dirección general de centros
penales decida. a cada e2uipo se le se9alar: el o los centros penitenciarios 2ue atender:n% a
propuesta del consejo cri!inológico nacional.
MARCO LEGAL
ASPECTOS GENERALES
6a actividad judicial en el :!bito ad!inistrativopenitenciario inevitable!ente debe
ser desarrollada dentro de un !arco jurdico penitenciario. +s por ello 2ue en +l ,alvador la
legislación sustantiva de aplicación general es la 6e" 8enitenciaria. +n ella est:n
contenidos principios% derec(os " obligaciones de los internos% beneficios 2ue pueden ser
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otorgados a los internos% especifica los órganos ad!inistrativos " los órganos judiciales de
aplicación de esta le".
+n el artculo 33 el legislador (a nu!erado% no de for!a tagi!en penitenciario progresivo lo cual debe ser un conoci!iento previo
para co!prender algunas ra*ones por las 2ue al interno se le otorga algn beneficio
respecto a su libertad fsica en relación a una pena privativa o restrictiva de libertad.
6a 6e" 8enitenciaria nu!era las fases del r>gi!en penitenciario en el artculo #5E
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1 0ase de adaptaciónA
' 0ase ordinariaA3 0ase de confian*aA "%
4 0ase de readaptación.
ATRIBUCIONES DEL JUE5 DE VIGILANCIA
6as atribuciones 2ue la 6e" 8enitenciaria otorga a este tipo de jueces se encuentra
en el artculo 3-% pero es de aclarar 2ue no son las nicas atribuciones de un jue* de
vigilancia% pues co!o ju*gador es la persona encargada de aplicar el principio de legalidad
" garanti*ar los derec(os constitucionales de los internos. s 2ue estas atribuciones son
generales " en ocasiones son especficas o !:s concretas 2ue otras. 6a advertencia es a no
li!itar al jue* de vigilancia e
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# Controlar el cu!pli!iento de las condiciones o reglas de conducta i!puestas en la
suspensión condicional del procedi!iento penal% " tra!itar los incidentes 2ue se
susciten de confor!idad con las nor!as del Código 8rocesal 8enal Bnu!. 1'.
EN CUANTO A LAS REGLAS DE CONDUCTA
6as condiciones o reglas de conducta 2ue el Jue* ,egundo de vigilancia podr:
i!poner a un beneficiario son las establecidas en el artculo -# del Código 8enal en el caso
de la suspensión condicional de la ejecución de la pena BC8n. rt. -- " -/ " la libertad
condicional BC8n. rt. /5% / " /-E
1 Co!en*ar " finali*ar la escolaridad pri!ariaA
' bstenerse de concurrir a deter!inados lugaresA3 bstenerse del consu!o de cual2uier droga o del abuso de bebidas
alco(ólicasA "%4 Cual2uiera otra 2ue fuese aconsejable confor!e a las particulares
circunstancias del caso.
el rtculo '5 del Código 8rocesal 8enal en el caso de la suspensión condicional
del procedi!iento BC8r. 8n. rt. '4.
EN CUANTO A LOS BENEFICIOS
• La Li0!#"ad ondiional
6a libertad condicional se concibe co!o un beneficio penitenciario cu"a concesión
depende de criterios objetivos " subjetivos% so!etidos por tanto a valoración. +l (aber
cul!inado deter!inado perodo de cu!pli!iento " el estado de satisfacción de las
obligaciones civiles dina!i*antes del delito son pr:ctica!ente aspectos 2ue no van !:s all:
de una co!probación !aterial% !ientras 2ue la acreditación de si el interno (a observado
buena conducta es una noción 2ue debe entenderse co!o algo !:s 2ue le (ec(o de carecer
de sanciones.
+vidente!ente el conte
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beneficio. 6a 6e" 8enitenciaria en el artculo 51 el “podr"$% caso contrario sera “el condenado deer"$% lo
2ue i!plica una obligación o un !andato jurdico. s 2ue pri!era!ente% es voluntario.
Dingn interno puede ser obligado a so!eterse a un progra!a o recibir un beneficio.
6a facultad de otorgar este beneficio es e
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1 Gue se refiera a un delito con pena de prisión BC8n. rt. /5 inc. 1A
' Gue el interno (a"a cu!plido al !enos% dos terceras partes de la condena i!puesta
Bnu!. 1A
3 Gue el infor!e del Consejo Cri!inológico 7egional Occidental por !edio de sus
e2uipos t>cnicos cri!inológicos sea positivo o favorable% en el cual se afir!e 2ue elinterno no !antiene un alto grado de peligrosidad o peligro. Do especifica otra
circunstancia% !:s 2ue una buena conducta acreditada Bnu!. ' " 3A "4 ,i e
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' $esarrollar actividades laborales% culturales% ocupacionales o de otra ndole. +sto
i!plica% no solo 2ue la conducta del interno debe ser buena% sino 2ue participe de las
actividades en el Centro 8enal en el 2ue est: recluido% 2ue est> involucrado en
talleres de aprendi*aje " si es posible% (a"a obtenido certificados de educación.
EN CUANTO A LAS SALIDAS ALTERNAS AL PROCESO PENAL
La &u&'!n&i%n ondiional d!l '#o!di*i!n"o
Do esta!os en su!a interesados respecto a los re2uisitos for!ales para 2ue el jue*
de pa* otorgue la suspensión condicional del procedi!iento% pero de !anera so!era%
podran nu!erarse a partir del artculo '4 del Código 8rocesal 8enalE
1 6as partes solicitan la suspensiónA' +l i!putado est: de acuerdo con so!eterse a dic(a suspensiónA
3 +l i!putado debe ad!itir los (ec(os 2ue se le i!putanA "%
4 +l i!putado (a"a reparado los da9os causado por el delito o asu!a
for!al!ente la obligación de repararlos.
6o relevante en esta sección es la intervención del jue* de vigilancia. $e nuevo% en
un caso concreto% el Jue* ,egundo de igilancia se encarga de vigilar el cu!pli!iento de
las condiciones "Po las reglas de conducta 2ue se le i!ponen al i!putado. +ste control lo
reali*a en colaboración con el $eparta!ento de 8rueba " 6ibertad sistida B68n. rt. 3#.
+s de aclarar 2ue no esta!os ante un condenado o interno% sino ante un procesado al
cual se le (a suspendido su proceso penal " (a llegado a tener la calidad de asistido. +s as
2ue el asistido se so!ete a la vigilancia del tribunal " del $86% co!pro!etido en cu!plir
ciertas condiciones 2ue restringen su actividad personal " a cu!plir ciertas reglas de
conducta por un perodo de prueba 2ue no ser: inferior a un a9o ni superior a cuatro B8r. 8n.
rt. '5% pero se podr: a!pliar (asta cinco a9os B8r. 8n. rt. '.
EN CUANTO A LA SUSTITUCIÓN DE LAS PENAS PRIVATIVAS DE
LIBERTAD
+sta suspensión es una institución jurdica " en esencia% va dirigida% no al delito
!is!o% sino a la pena i!puesta al condenado. +sta institución se basa en el argu!ento 2ue
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el cu!pli!iento de la pena es innecesaria% por lo 2ue el sujeto es so!etido a un perodo de
prueba " al cu!pli!iento de las condiciones 2ue el jue* le i!ponga.
Su&'!n&i%n ondiional d! la !$!ui%n d! la '!na
+sta!os ante un condenado al 2ue se le (a dictado sentencia definitiva " (a
2uedado fir!e. 8ero 2ue la pena i!puesta no supera los tres a9os de prisión. +l Código
8enal en el artculo -- establece los re2uisitos 2ue deben concurrir para 2ue se otorgue este
beneficio. $e una for!a did:ctica se nu!eran de la siguiente !aneraE
1 6a pena i!puesta no debe e
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1 rresto de fin de se!anaA
' =rabajo de ;tilidad pblicaA o%3 Multa.
6o anterior es la regla general% pero e
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CONCLUSIONES
Co!o resultado de la investigación presentada del Ju*gado ,egundo de igilancia
8enitenciaria " +jecución de ,ana na% es posible concluir 2ue dic(o ju*gado ejerce un rol
i!portante dentro del órgano judicial " el siste!a penitenciario los cuales se conjuntan para
darle segui!iento al interno en su proceso de resociali*ación% conjunt:ndose con entidades
del siste!a penitenciario los cuales la la" penitenciaria los (a deter!inado co!o lo es el
Consejo cri!inológico Dacional% el consejo cri!inológico 7egional % +2uipos =>cnicos
Cri!inológico " +scuela 8enitenciaria su relación entre estos es !u" i!portante para el
progreso del interno.
6o 2ue se encarga especfica!ente el Ju*gado ,egundo de igilancia 8enitenciaria
" +jecución de ,anta na controlar las 8enas " Medidas de ,eguridad% acordar beneficios
co!o la libertad condicional " este lo puede revocar a la !is!a ve*% re(abilitación de
condenados% practicar có!putos de penas% declarar la eis nu!erales.
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,u creación " organi*ación esta regula en la 6e" Org:nica JudicialA +s as 2ue
pode!os concluir 2ue los Ju*gados de vigilancia segn su jurisdicción son de !uc(a
i!portancia para vigilar a los internos en su proceso de cu!pli!iento de la pena " !edidas
de seguridad as esta pueda ejecutarse confor!e co!o la le" lo deter!ina.
BIBLIOGRAFÍA
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o Código 8enal Q +l ,alvador
o Código 8rocesal 8enal Q +l ,alvador
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o 7egla!ento @eneral de la 6e" 8enitenciaria Q +l ,alvador
Diiona#io&o $iccionario Jurdico Q @uiller!o Cabanellas de =orres
o $iccionario de la 6engua +spa9ola Q 7eal cade!ia +spa9ola% vig>si!a segunda
edición