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UNIVERSIDAD NACIONAL “SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO” Aprobado mediante la R.C.U.Nº339-2016 -UNASAM 2016 HUARAZ - PERU

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UNIVERSIDAD NACIONAL

“SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO”

Aprobado mediante la R.C.U.Nº339-2016 -UNASAM

2016

HUARAZ - PERU

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 2

Dr. JULIO POTERICO G. HUAMAYALLY

RECTOR

Dr. ESMELIN NIQUIN ALAYO

VICERRECTOR ACADÉMICO

DR. JOSE RAMIREZ MALDONADO

VICERRECTOR DE INVESTIGACION

MG. RAYMUNDO CAMONES CARRILLO

JEFE DE LA OFICINA DE PLANIFICACION Y

PRESUPUESTO

MG. CARMEN R. AZABACHE ARQUINIO

DIRECTORA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL

AL. YEMIMA ANA ORTEGA Maguiña

APOYO LOGISTICO

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ÍNDICE PRESENTACIÓN ............................................................................................................................. 4

CAPITULO I .................................................................................................................................... 5

GENERALIDADES .......................................................................................................................... 5

1.1. NATURALEZA ...................................................................................................................... 5

1.2. OBJETIVO ............................................................................................................................ 5

1.3. FINALIDAD ........................................................................................................................... 5

1.4. ALCANCE ............................................................................................................................ 5

1.5. BASE LEGAL ....................................................................................................................... 5

CAPÍTULO II ....................................................................................................................... 7

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES A NIVEL DE CARGOS .................................................................... 7

ÓRGANOS DE LÍNEA ...................................................................................................................... 7

FACULTAD DE CIENCIAS ............................................................................................................... 9

FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS...................................................... 61

FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS ......................................................................................... 102

FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL .............................................................................................. 146

FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA. ........................................ 189

FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE .................................................................................. 221

FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD ............................................................................ 260

FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO ........................................................................... 296

FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS ........................................................................................... 330

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS .................................................................... 369

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y COMUNICACIÓN ...................................... 399

ESCUELA DE POST GRADO ....................................................................................................... 442

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PRESENTACIÓN

El Manual de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo,

es un documento técnico normativo y de gestión que permite el conocimiento integral de la organización en los

diferentes cargos estructurales de los niveles organizacionales de la Entidad.

Este documento normativo describe con claridad las funciones específicas, responsabilidades,

líneas de autoridad y el perfil requerido para cada uno de los cargos estructurales de las diferentes Unidades

Estructurales, establecidas en el Organigrama General de la UNASAM. También establece las interrelaciones

formales necesarias para lograr un eficiente funcionamiento con la debida contribución del personal de nuestra

Institución a la mejora de la calidad de nuestro servicio.

El MOF de la UNASAM, ha sido elaborado dentro del marco legal que establece la Constitución

Política, la Ley Universitaria vigente, Ley Nº30220, el Estatuto de la UNASAM y está acorde al Reglamento General,

Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante la R.C.U, Nº así como el Cuadro Analítico de Personal

CAP- Provisional de la UNASAM, aprobado mediante la R.C.U:Nº

El presente Manual de Organización y Funciones ha sido elaborado en la Dirección de Desarrollo

Institucional de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, con el aporte de todas las Dependencias de la

UNASAM y la implementación y aplicación es tarea de toda la Comunidad Universitaria de la UNASAM.

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CAPITULO I

GENERALIDADES

1.1. NATURALEZA

El Manual de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo, es un Documento normativo que describe las funciones específicas a nivel de cargo, estructura orgánica y funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), tenido como base la asignación de cargos considerados en el Cuadro Analítico de Personal (CAP-Provisional). Así mismo determina las líneas de autoridad, responsabilidad, coordinación y requisitos mínimos de los cargos.

1.2. OBJETIVO

El Manual de Organización y Funciones (MOF) de la UNASAM, tiene por objetivo:

Determinar las funciones de los cargos comprendidos en la estructura orgánica, y considerados en el

Cuadro Analítico de Personal -CAP- Provisional, de Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayolo”.

Precisar las interrelaciones entre los niveles jerárquicos y funcionales

1.3. FINALIDAD

Dar a conocer a la Comunidad Universitaria, en forma clara y definida la organización, líneas de

autoridad, responsabilidad, funciones, actividades y tareas del personal de la Universidad Nacional

“Santiago Antúnez de Mayolo”

Permitir que el personal conozca con claridad las funciones y atribuciones del cargo que se le ha

asignado.

Facilitar el proceso de inducción de personal, relativo al conocimiento de las funciones asignadas al

cargo, en los casos de ingreso o desplazamiento.

1.4. ALCANCE

El ámbito de aplicación del presente manual comprende al personal Directivo, Docente y Administrativo, en

las diferentes modalidades y que laboran en las distintas dependencias de la Universidad Nacional “Santiago

Antúnez de Mayolo”.

1.5. BASE LEGAL

Las normas que sustentan la formulación del presente Manual son:

Constitución Política del Perú

Ley Universitaria vigente Nº 30220

Estatuto de la UNASAM aprobado mediante Resolución de Asamblea Estatutaria Nº 001-2015-

UNASAM, AE. de fecha 22 de enero de 2015 y sus modificatorias.

Reglamento General de la UNASAM, aprobado mediante la Resolución RCU. Nº 399 -2015-UNASM.

Reglamento de Organización y funciones (ROF), aprobado mediante la R.C.U. Nº 068-2016-UNASAM.

Cuadro Analítico de Personal – CAP Provisional, aprobado mediante la R.C.U.Nº 241-2016-UNASAM.

Ley Nº 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.

Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo.

Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información.

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Ley Nº 28740 – SINEACE, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la

Calidad Educativa.

Resolución del Consejo Directivo N° 007-2015-Sunedu/Cd, “Reglamento del procedimiento de

licenciamiento para universidades públicas o privadas con autorización provisional o definitiva”

Decreto Legislativo Nº 276, Ley de la Carrera Administrativa.

Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado mediante D.S. Nº 05-90- PCM.

Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil.

D.L Nº 1057, que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios.

Reglamento de la Contratación Administrativa de Servicios aprobado mediante el D.S. N°075-2008-PCM

y sus modificatorias.

Ley del Código de Ética de la Función Pública LEY Nº 27815

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CAPÍTULO II

DESCRIPCIÓN DE

FUNCIONES A NIVEL DE

CARGOS

ÓRGANOS DE LÍNEA

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FACULTAD DE CIENCIAS

1. GENERALIDADES

1.1. DE LA FACULTAD

La Facultad de Ciencias es la unidad de organización, formación académica, profesional y de gestión

(Artículo22° del Estatuto de la UNASAM y Artículo 19° del Reglamento General), propiciando la investigación

y la responsabilidad social y extensión universitaria. Es responsable de elaborar el currículo, coordinar los

planes de estudio para la obtención del Grado Académico Bachiller y Título Profesional de sus estudiantes.

1.2. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS

1. Planificar, organizar y ejecutar su Sistema Académico y Administrativo, orientado a la excelencia.

2. Formar académicos con competencias y capacidades estandarizadas a nivel nacional e internacional, para desarrollar la ciencia.

3. Formar profesionales con competencias y capacidades estandarizadas a nivel nacional e internacional, para la realidad.

4. Gestionar el proceso de formación académica y profesional.

5. Promover y desarrollar la investigación científica y tecnológica, como medio de conocimiento de la realidad, de la solución de problemas, producción de conocimientos y satisfacción de necesidades de conocimiento.

6. Proponer a través de las Dirección de las Escuelas Profesionales, el desarrollo de Programas de Educación a Distancia en las especialidades que se establezcan, previamente acordadas en Consejo de Facultad. Esta propuesta se rige en base a lo dispuesto en la Ley Universitaria N°30220

7. Promover y desarrollar la formación científica mediante la gestión de programas de actualización, perfeccionamiento y especialización.

8. Garantizar la calidad académica del egresado.

9. Concientizar la responsabilidad social en el cuidado del medio ambiente.

10. Otras funciones que le asigne la Ley y el Estatuto.

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2. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS

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2.1. ESTRUCTURA ORGÁNICA

La Facultad de Ciencias para su mejor funcionamiento, organiza sus actividades según la siguiente estructura orgánica ÓRGANO DE GOBIERNO

Consejo de Facultad ÓRGANO DE DIRECCIÓN:

Decanato

ÓRGANO DE APOYO ACADÉMICO Departamentos Académicos:

Departamento Académico de Ciencias y Tecnología de Alimentos Departamento Académico de Ingeniería Industrial

Unidades de Servicio Académico:

Unidad de Calidad Académica Unidad de Gabinete Pedagógico Unidad de Biblioteca Especializada Unidad de Centro de Computo Unidad de Grados y Títulos Unidad de Post Grado Unidad de Laboratorio

Unidades de Administrativas:

Unidad Administrativa Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios Unidad de Secretaría General

ÓRGANOS DE LÍNEA

Escuela Profesional de Ingeniería de Industrias Alimentarias Escuela Profesional de Ingeniería Industrial

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2.2. Cuadro Orgánico De Cargos: Para el cumplimiento de funciones de la Facultad de Ciencias cuenta

con los siguientes cargos:

N° DE

ORDEN

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD

ORGÁNICA/CARGO CÓDIGO TOTAL N° CAP

DECANATO

1 Decano 532-06-1-RE 1 404

2 Secretaria 532-06-1-AP 1 405

UNIDAD ADMINISTRATIVA

3 Asistente administrativo 532-06-1-AP 1 406

4 Operador de limpieza 532-06-1-AP 1 407

5 Operador de limpieza 532-06-1-AP 1 408

6 Operador de conducción vehicular 532-06-1-AP 1 409

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL 1

7 Jefe la Unidad de Responsabilidad Social 532-06-1-RE 1 410

UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

8 Jefe de la Unidad de Calidad Académica 532-06-1-RE 1 411

UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

9 Jefe de la Unidad de Grados y Títulos 532-06-1-RE 1 412

UNIDAD DE POS GRADO

10 Jefe de la Unidad de Pos Grado 532-06-1-RE 1 413

UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

11 Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada 532-06-1-RE 1 414

12 Asistente de biblioteca 532-06-1-AP 1 415

CENTRO DE CÓMPUTO

13 Jefe de la Unidad de Centro de Cómputo 532-06-1-RE 1 416

14 Asistente del centro de cómputo 532-06-1-AP 1 417

GABINETE PEDAGÓGICO

15 Jefe de la Unidad de Gabinete Pedagógico 532-06-1-RE 1 418

LABORATORIO DE BIOLOGÍA

16 Jefe del Laboratorio de Biología 532-06-1-RE 1 419

17 Analista del Laboratorio de Biología 532-06-1-AP 2 420-421

LABORATORIO DE FÍSICA

18 Jefe del Laboratorio de Física 532-06-1-RE 1 422

19 Asistente de Laboratorio de Física 532-06-1-AP 2 423

LABORATORIO DE QUÍMICA

20 Jefe del Laboratorio de Química 532-06-1-RE 1 424

21 Asistente de Laboratorio de Química 532-06-1-AP 1 425

22 Asistente de Laboratorio de Química 532-06-1-AP 2 426-427

UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

23 Jefe de la Unidad de Investigación 532-06-1-RE 1 428

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS

BÁSICAS

24 Director del Departamento de Ciencias Básicas 532-06-1-RE 1 429

25 Secretaria 532-06-1-AP 1 430

N° DE

ORDEN

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD

ORGÁNICA/CARGO TOTAL N° CAP

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26

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

MATEMÁTICAS

Director del Departamento de Matemáticas

532-06-1-RE 1 431

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

ESTADÍSTICA Y SISTEMAS

27 Director del Departamento Académico de

Estadística y Sistemas 532-06-1-RE 1 432

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

INGENIERÍA DE SISTEMAS Y

TELECOMUNICACIONES

28 Director del Departamento Académico de

Sistemas y Telecomunicaciones 532-06-1-RE 1 433

ESCUELA PROFESIONAL DE MATEMÁTICAS

29 Director de la Escuela profesional de

Matemáticas 532-06-1-RE 1 434

30 Secretaria de las escuelas profesionales 532-06-1-AP 1 435

ESCUELA PROFESIONAL DE ESTADÍSTICA

E INFORMÁTICA

31 Director de la Escuela profesional de Estadística

e Informática 532-06-1-RE 1 436

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE

SISTEMAS E INFORMÁTICA

32 Director de la Escuela profesional de Ingeniería

de Sistemas e Informática 532-06-1-RE 1 437

ESCUELA PROFESIONAL DE

BIOTECNOLOGÍA

33 Director de la Escuela profesional de

Biotecnología 532-06-1-RE 1 438

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE

TELECOMUNICACIONES Y REDES

34 Director de la Escuela profesional de Ingeniería

de Telecomunicaciones y Redes 532-06-1-RE 1 439

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

36 Jefe de la Unidad de Producción de Bienes y

Prestación de Servicios 1

TOTAL 36

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3. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGO

3.1. DECANATO

El decanato es un Órgano de Dirección y la máxima autoridad de gobierno de la Facultad, dirige la Gestión

académica y administrativa, representa a la Facultad ante el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria

conforme lo dispone la Ley Universitaria N° 30220.

3.2. CARGO: DECANO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DECANO

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 404 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Convocar, dirigir y presidir las sesiones del Consejo de Facultad y representar a la Facultad ante

el Consejo y Asamblea Universitaria con voz y voto, de acuerdo a lo que establece la Ley

Universitaria.

2) Dirigir administrativamente la Facultad, autorizar los gastos y controlar la ejecución del

presupuesto de la Facultad.

3) Dirigir académicamente la Facultad, en coordinación con los Directores de los Departamentos

Académicos, de las Escuelas Profesionales y Unidades de Postgrado.

4) Designar a los Directores de las Escuelas Profesionales, Instituto de Investigación y las Unidades

de Postgrado y proponer la ratificación ante el Consejo de Facultad.

5) Aprobar los reglamentos de la Facultad. sobre las responsabilidades de docentes y estudiantes,

así como los regímenes de estudios, evaluación, promoción y sanciones dentro de las normas

establecidas en la Ley Universitaria y el Estatuto de la UNASAM.

6) Proponer al Consejo de Facultad, sanciones a los docentes, estudiantes y personal

administrativo de apoyo que incurran en faltas conforme lo señala la Ley Universitaria N° 30220

y el Estatuto de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo.

7) Presentar al Consejo de Facultad, para su aprobación, el plan anual de funcionamiento y

desarrollo de la Facultad y su Informe de Gestión.

8) Cumplir y hacer cumplir los planes de desarrollo y funcionamiento de la Facultad.

9) Proponer al Rector el proyecto de presupuesto anual de la Facultad y dirigir la ejecución.

10) Informar al Rector y a los Órganos de Gobierno, sobre la gestión de la Facultad y presentar su Memoria Anual al Consejo de Facultad.

11) Refrendar conjuntamente con el Rector y el Secretario General de la Universidad, los Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, certificados y menciones que se otorguen, en la Facultad.

12) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo de Facultad, Consejo Universitario, Asamblea

Universitaria, la Ley Universitaria, el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad, el

Reglamento de la Facultad y otras normas vigentes de la Universidad.

13) Realizar las demás funciones, afines al cargo que señala el Estatuto, el Reglamento General de

la Universidad y el Manual de Organización y funciones de la Universidad.

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14) Otras funciones que le asigne el Rector y el Vicerrectorado Académico.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) El Decano es el representante de la Facultad, tiene la más alta jerarquía y es responsable del

cumplimiento académico y administrativo de la Facultad.

2) Dirige el Consejo de Facultad, e implementa sus acuerdos y/o actos administrativos.

3) Coordina las actividades académicas con el Vicerrector Académico y las actividades de

investigación con el Vicerrector de Investigación.

4) Ejerce autoridad sobre los Órganos de Apoyo, Órganos de Servicios Académicos y

Administrativos y los Órganos de Línea de la Facultad de Ciencias.

5) El Decano responde ante el Consejo de Facultad, sobre el cumplimiento de la misión de la

Facultad y las funciones asignadas.

6) Es responsable de la buena marcha académica y administrativa de la Facultad, para ello delega

funciones y coordina con los responsables de los diversos Órganos que conforman la Facultad,

así como con los diferentes Órganos de la Universidad, conforme lo establece la ley.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser ciudadano en ejercicio.

2) Ser docente en la categoría de principal en el Perú o en el extranjero, con no menos de tres (3)

años en la categoría.

3) Tener grado de Doctor o Maestro en su especialidad, el mismo que debe haber sido obtenido

con estudios presenciales. Entiéndase por especialidad la rama de la ciencia o del conocimiento

a la cual se dedica el docente.

4) No haber sido condenado por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada.

5) No estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitución y despido.

6) No estar consignado en el registro de deudores alimentarios morosos, ni tener pendiente de

pago una reparación civil impuesta por una condena ya cumplida.

7) Otros establecidos en el Estatuto de la Universidad y la Ley Universitaria N° 30220.

3.3. CARGO: SECRETARIA DEL DECANO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA DEL DECANATO

CÓDIGO: 532-06-1-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: AP 405 2016

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A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Recibir, redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de

administración pública.

2) Organizar, y controlar el trámite documentario y el archivo del Decanato de la Facultad de

Ciencias.

3) Organizar y coordinar las audiencias, atenciones, reuniones y certámenes; y preparar la

agenda con la documentación respectiva.

4) Organizar el control y seguimiento de los expedientes preparando periódicamente los

informes de situación.

5) Administrar la documentación clasificada y prestar apoyo secretarial especializado, utilizando

sistemas informáticos.

6) Organizar, coordinar y supervisar las labores de apoyo administrativo que realicen otras

secretarias de la Facultad.

7) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de la Facultad de Ciencias a las instancias que

les corresponde según la naturaleza de los mismos.

8) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de la Facultad de Ciencias.

9) Atender las llamadas telefónicas, brindando información a los usuarios que están en línea, en

forma concisa, breve y amable.

10) cuidando la seguridad y presentación de los aparatos telefónicos.

11) Orientar a los usuarios sobre las gestiones y situaciones de los diversos expedientes

12) Velar por la conservación y mantenimiento de los documentos, equipos y mobiliario que le han

sido asignados.

13) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ciencias, dentro de su

competencia.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de Ciencias.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la custodia del patrimonio y documentación de su dependencia.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores administrativas y secretariales por un periodo mínimo de tres años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia

en la ejecución de acciones de apoyo administrativo y/o secretarial.

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3.4. UNIDAD DE SECRETARÍA GENERAL

La Unidad de Secretaria General de la Facultad de Ciencias tiene por finalidad la gestión de documentos de

las diversas unidades orgánicas de la Facultad de Ciencias, de aspecto académico y administrativo.

3.5. CARGO: SECRETARIO DE LA FACULTAD

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-SECRETARÍA GENERAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIO DE FACULTAD.

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Preparar la agenda de las sesiones del Consejo de Facultad con la documentación sustentatoria para su aprobación.

2) Llevar actualizados, los libros de actas de sesiones de Consejo de Facultad, procesando los acuerdos tomados.

3) Emitir resoluciones, reglamentos, documentos oficiales emanados del Consejo de Facultad y/o encargados por el Decano.

4) Elaborar los proyectos de Resolución de los acuerdos adoptados en Consejo de Facultad y el Decanato.

5) Actuar como Secretario en las reuniones de Consejo de Facultad y del Decano. 6) Colaborar con el Decano en las acciones de coordinación con las comisiones. 7) Refrendar los documentos oficiales de la Facultad conjuntamente con el Decano, actuando como

fedatario de la Facultad. 8) Derivar bajo responsabilidad a las instancias superiores los expedientes de graduación y

titulación aprobados por el Consejo de Facultad. 9) Realiza las funciones afines al cargo que el asigne el Decano de la Facultad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

1) Depende directamente del Decano de la Facultad

2) Es responsables de las funciones establecidas en el ROF y MOF, relacionadas a su

competencia.

3) Es responsable de la custodia y el cuidado de la documentación, equipos, infraestructura que

le son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

3.6. UNIDAD ADMINISTRATIVA

La Unidad Administrativa, es la encargada de programar, organizar y dirigir las actividades administrativas de

la Facultad., así como dirigir, supervisar y controlar las acciones administrativas en las diversas áreas de

personal, economía, servicios generales, mantenimiento y trámites diversos de la Facultad de Ciencias. Son

funciones de la Unidad Administrativa:

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1) Organizar y efectuar el manejo de los recursos económicos, financieros de la Facultad.

2) Elaborar y evaluar la ejecución del plan operativo de la Facultad.

3) Controlar la asistencia y permanencia del personal administrativos de la Facultad.

4) Organizar y ejecutar el mantenimiento, la conservación y seguridad de los ambientes de la facultad.

5) Programar y formular el presupuesto y cuadro de necesidades de la Facultad.

3.4 CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

CÓDIGO: 532-06-1-ES

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-ES 406 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación, elaboración y evaluación del Plan Operativo Institucional de la

Facultad de Ciencias, en coordinación con las demás unidades académicas y administrativas de

la Facultad, así como la Oficina General de Planificación y Presupuesto.

2) Organizar, dirigir, supervisar y controlar el manejo de los recursos humanos, económico

financieros y materiales de la Facultad de Ciencias.

3) Planificar, dirigir y controlar las actividades administrativas, así como los requerimientos de

materiales y recursos humanos y financieros de acuerdo a las necesidades en coordinación con

el Decano de la Facultad y las demás dependencias de la Facultad.

4) Organizar y coordinar la ejecución de los servicios de seguridad, mantenimiento, conservación

y limpieza de bienes y de los ambientes académicos y administrativos.

5) Elaborar la programación y formulación del presupuesto y del cuadro de necesidades

mensualizado de su Facultad, en coordinación con la Oficina General de Abastecimientos y

Servicios Auxiliares. considerando las necesidades de cada dependencia de la Facultad.

6) Realizar el seguimiento continuo y la ejecución de la programación contenida en el cuadro de

necesidades y en el plan operativo de la Facultad de Ciencias, cumpliendo con la evaluación

trimestral exigida.

7) Realizar el control de la asistencia y permanencia del personal administrativo y evaluar el

desempeño del personal a su cargo, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos y

con la Unidad de Servicios Auxiliares.

8) Mantener actualizados los instrumentos de gestión de la Facultad, en coordinación con la

Dirección de Desarrollo Institucional.

9) Mantener actualizados el registro de entradas y salidas de los bienes y materiales del almacén

de la Facultad.

10) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ciencias.

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B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias.

2) Coordina con las diversas dependencias de la Facultad sobre temas relacionados a su

competencia.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la documentación que se genere en la

Unidad Administrativa. .

4) Es responsable del manejo adecuado de los recursos económicos, financieros y materiales de

la Facultad.

5) Ejerce autoridad sobre el personal administrativo nombrado y contratado de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la especialidad.

2) Experiencia en la conducción de sistemas administrativos en el sector público y conducción de

personal.

3) Capacitación en informática y sistemas administrativos.

3.5 CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Ejecutar las actividades de limpieza diaria de los pasadizos, baños, escaleras, aulas,

laboratorios, biblioteca, centros de cómputo y oficinas así como realizar labores de limpieza,

gasfitería, electricidad de mantenimiento de los ambientes de la Facultad de Ciencias.

2) Operar equipos de limpieza para el cumplimiento de sus labores.

3) Orientar el ingreso y salida de personas de la Facultad de Ciencias.

4) Realizar acciones de traslado y acomodo de bienes, insumos, muebles y otros.

5) Contribuir al orden y seguridad de los ambientes de la Facultad.

6) Controlar y custodiar los ambientes, equipos, materiales y otros bienes de la facultad, así

también velar por su mantenimiento.

7) Realizar Arreglos y conservación de los jardines y/o áreas verdes de la Facultad.

8) Apoyo en contribuir en la vigilancia y seguridad interna de los pabellones, oficinas y ambientes

de la Facultad.

9) Notificar sobre hechos o incidentes ocasionados dentro de la Facultad, a su jefe inmediato.

10) Realizar los requerimientos de materiales necesarios para desarrollar su labor.

11) Las demás que le asigne su jefe inmediato, dentro de su competencia.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS

UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO:

OPERADOR DE LIMPIEZA

CÓDIGO 532-06-1-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN:SP- AP 407-408 2016

MOF-UNASAM

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 20

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente del Jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares de la DASA.

2) No ejerce autoridad sobre personal.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Instrucción secundaria completa.

2) Buena disposición para el trabajo

3) Experiencia en labores similares

Alternativa:

Poseer una combinación equivalente de formación primaria y experiencia.

3.6 CARGO: OPERADOR DE CONDUCCIÓN VEHICULAR (CHOFER)

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: OPERADOR DE CONDUCCIÓN VEHICULAR

CÓDIGO 532-06-1-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 409 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO:

1) Conducir la unidad vehicular asignada a la Facultad.

2) Traslado de personal universitario o estudiantes de ser requerido, con la debida autorización del

jefe inmediato.

3) Revisar y evaluar el buen estado de los sistemas de dirección, suspensión, refrigeración,

combustión y lubricación del vehículo a su cargo, antes, durante y después de las comisiones

efectuadas.

4) Verificar el buen estado de las llantas, batería, frenos y otros accesorios del vehículo a su cargo,

antes, durante y después de las comisiones efectuadas.

5) Atender y dar solución a los desperfectos básicos de funcionamiento, mecánica y electricidad

automotriz de los vehículos, para mantener la seguridad de las personas y del vehículo

6) Proponer la adquisición sobre los repuestos, equipos a adquirir en caso necesario y relacionado

al uso.

7) Cumplir con las normas de tránsito velando por la seguridad de las personas que ocupen el

vehículo así como el buen estado del mismo. En caso de incumplimiento del reglamento hacerse

cargo de las multas derivadas

8) Mantener al día las planillas de control de kilometrajes, uso del combustible, así como las fechas

de mantenimiento del vehículo.

9) Portar los documentos de identificación que sustenten su calidad de conductor, el propósito de

su viaje y la situación legal del vehículo.

10) Otras funciones que le asignen en el ámbito de su competencia.

MOF-UNASAM

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 21

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares de la DASA.

2) No ejerce autoridad sobre ningún servidor.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados para el cumplimiento de sus funciones.

4) Es responsable del mantenimiento y cuidado del vehículo asignado a su persona.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Instrucción secundaria.

2) Brevete profesional o de vehículos menores, según corresponda.

3) Experiencia en cargos similares ya sea en la actividad pública o privada.

4) Conocimientos básicos de mecánica y electricidad automotriz.

5) Poseer las condiciones físicas, actitud moral y de cooperación y habilidades propias para el cargo.

3.7 UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

La Unidad de Responsabilidad Social es el Órgano de línea de las facultades que contribuye al desarrollo

sostenible para el bienestar de la sociedad y compromiso con toda la comunidad universitaria. Sus funciones

específicas son:

3.8. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-UNIDAD DE RESPONSABILIDAD

SOCIAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 410 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Sensibilizar a todos los integrantes de la Facultad de Ciencias sobre la importancia de una

conducta responsable y comprometida con la sociedad y el medio ambiente.

2) Organizar y promover la participación de todos los integrantes de la Facultad de Ciencias en

diferentes actividades de carácter social y medioambiental.

3) Fomentar el uso responsable de los recursos y el compromiso social la Facultad de Ciencias.

4) Promover y desarrollar eventos que fomenten la formación humana y profesional, la creación de

nuevos conocimientos y transferencia social de los mismos y la relación de la Facultad de

Ciencias con el resto de actores sociales, evaluando Impactos: educativos, cognitivos,

epistemológicos, sociales, que influyen en los factores económicos, políticos, sociales y

culturales y por ende en el desarrollo de la entidad.

5) Dirigir, coordinar, difundir, hacer seguimiento y evaluar las acciones y los mecanismos que

fomenten y den cuenta de la contribución socialmente responsable de la Facultad de Ciencias.

MOF-UNASAM

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 22

6) Capacitar a los docentes de la Facultad de Ciencias en el enfoque de la Responsabilidad Social

Universitaria y promover en las especialidades el Aprendizaje Basado en Proyectos

de carácter social.

7) Otras funciones que le asigne el Decano, según su competencia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias, coordina sus actividades con las escuelas y

departamentos académicos de la Facultad y con la Oficina General de Responsabilidad Social

Universitaria.

2) Es responsable de que las acciones y actividades de responsabilidad social en la Facultad, se

realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente de la Facultad de Ciencias.

3.9. UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

La Unidad de Calidad es el órgano de línea encargado de establecer y ejecutar las normas para la

autoevaluación, el mejoramiento continuo de la calidad académica, así como planificar, dirigir, supervisar y

evaluar los procesos de autoevaluación de la Facultad tendentes a una acreditación continua.

3.10. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO:

JEFE DE UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 411 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Generar conciencia entre los miembros de la Facultad de Ciencias sobre las ventajas de la

autoevaluación con fines de acreditación y en relación a la cultura de la calidad.

2) Planificar, dirigir, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar los procesos de autoevaluación en la

Facultad.

3) Coordinar con la Comisión Central de Autoevaluación y Acreditación de la Universidad.

4) Formula su Plan Táctico y Presupuesto Anual operativo.

5) Sensibilizar y fomentar la importancia del auto evaluación y acreditación como mecanismos que

permiten el mejoramiento continuo de la calidad.

6) Presentar trimestralmente un informe de gestión.

MOF-UNASAM

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 23

7) Recibir, revisar y remitir los informes a los Comités Internos de Autoevaluación con fines de

acreditación, de acuerdo al cronograma que establezca la Oficina General de Calidad

Universitaria de la UNASAM

8) Otras funciones que le sean encargadas por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias, coordina sus actividades con las escuelas y

departamentos académicos de la Facultad y con la Oficina General Calidad Universitaria

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes a la calidad académica en la Facultad,

se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ciencias.

2) Tener experiencia en labores de acreditación.

3.11. UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

La Unidad de Grados y Títulos es el Órgano de línea de la Facultad encargado de programar y conducir de

acuerdo a reglamento, el proceso de graduación y titulación en las carreras profesionales que conduce la

Facultad, para el mejor cumplimiento de su misión, mantiene relaciones de coordinación con las Escuelas

Profesionales, la Secretaría General y Departamentos académicos.

3.12. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 412 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Proponer al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación del Consejo Universitario, el

reglamento de procedimiento de los trámites de graduación y titulación en la Facultad.

2) Revisión, actualización y propuesta del Reglamento de otorgamiento de grados académicos y la

obtención del título profesional en sus diversas modalidades de titulación así como diplomados

y de segunda especialización al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación por el

Consejo Universitario.

3) Verificar bajo responsabilidad, la conformidad de los expedientes para la obtención del Grado

Académico de Bachiller o Título Profesional que otorgue la Facultad.

4) Programar, organizar y controlar las actividades relacionadas con el proceso de graduación y

titulación.

5) Difundir el Reglamento de graduación y titulación así como el Reglamento de Procedimientos

sobre graduación y titulación, entre los alumnos y egresados de la Facultad.

MOF-UNASAM

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 24

6) Solicitar a las Escuelas Profesionales la conformación de las comisiones dictaminadoras de

expedientes de graduación y/o titulación así como la designación de jurados dictaminadores de

Planes de Tesis para titulación profesional o jurados examinadores para las otras modalidades

de titulación profesional previstas en el Reglamento.

7) Tener actualizado el padrón de graduados y titulados manteniendo una relación permanente

para recoger iniciativas que propongan programas de capacitación y actualización profesional.

8) Administrar los expedientes de graduación y titulación que mantengan informados a los

interesados sobre el estado de su gestión así como organizar y mantener al día el archivo de la

documentación sobre graduación y titulación.

9) Otras funciones de su competencia que le sean asignados por el Consejo de Facultad o por el

Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y AUTORIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias, coordina sus actividades con las escuelas y

departamentos académicos de la Facultad y con la Secretaría General de la UNASAM.

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes al proceso de titulación y grados

académicos en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ciencias.

3.13. UNIDAD DE POST GRADO

La Unidad de Posgrado es la organización académica y administrativa encargada de integrar las actividades de Post grado de la Facultad y gestionar los estudios o programas de formación continua que conducen a títulos de segunda especialización, diplomados y cursos que conlleven a certificaciones con nota aprobatoria.

3.14. CARGO: DIRECTOR DE LA UNIDAD DE POST GRADO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS UNIDAD DE POST GRADO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA UNIDAD DE POST GRADO

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 413 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Establece el diseño curricular a seguir para cada uno de los programas de formación continua:

cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros,

aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

2) Convocar y presidir el Comité Directivo de la Unidad de Post Grado.

3) Formula el Proyecto de Desarrollo Académico Administrativo de la Unidad, así como sus

respectivos presupuestos.

4) Formula el Reglamento Académico de la Unidad y las Directivas que norman el inicio, desarrollo

MOF-UNASAM

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 25

y finalización del periodo lectivo de los cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías,

doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la

normatividad existente para el caso.

5) Propone los docentes especialistas para la atención de los programas de formación continua,

cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros,

aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

6) Supervisa la aplicación de las normas académicas respecto a la aplicación del diseño curricular

utilizado por cada uno de los programas de formación continua.

7) Supervisa y hace el seguimiento al desempeño de los docentes que laboran en la unidad de Post

grado.

8) Proponer a los Jurados de Proyectos de Tesis y de la sustentación de tesis de acuerdo a su

especialidad.

9) Elabora y publica el informe semestral de su gestión.

10) Elabora el reglamento interno de la Unidad de Post Grado.

11) Otras establecidas en el Reglamento Interno de la unidad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y AUTORIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad, coordina sus actividades con los directores de las escuelas

y departamentos académicos de la Facultad.

2) Coordina sus actividades con el Director de la Escuela de Post Grado de la UNASAM y con los

directores de las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad con grado de Maestro o Doctor.

3.15. UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

La Unidad de la Biblioteca Especializada es un órgano de apoyo académico de la Facultad encargada de velar

por la conservación y atención de requerimientos de consulta bibliográfica de docentes y estudiantes de la

Facultad. Ofrece los servicios de lectura en sala de referencia, así como de préstamo a domicilio.

Está a cargo de un profesional administrativo.

1) Catalogar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la facultad

2) Programar y organizar las actividades y establecer las medidas correctivas procedimientos para el

buen funcionamiento de la Biblioteca Especializada.

3) Registrar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la Facultad.

4) Ofrecer los servicio de lectura en sala de referencia y así como de préstamo a domicilio.

5) Contar con el inventario de biblioteca y velar por su conservación.

6) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y anual

de las áreas que comprende.

7) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los

recursos bibliográficos de la biblioteca especializada.

8) Atender con eficiencia en los horarios establecidos, con el personal necesario.

MOF-UNASAM

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3.16. CARGO: JEFE DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Programar y dirigir las actividades propias de la Oficina de Biblioteca Especializada.

2) Dirigir y coordinar la formulación de documentos técnicos normativos para la correcta atención

en la Biblioteca Especializada.

3) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención.

4) Evaluar las actividades programadas y determinar las medidas correctivas para el buen

funcionamiento de la Biblioteca Especializada.

5) Formular el Plan y Presupuesto de la Biblioteca Especializada.

6) Formular la relación de material bibliográfico (libros, revistas, boletines, proyectos y tesis), de

acuerdo a las necesidades de la Facultad

7) Dirigir el procesamiento técnico bibliográfico de la colección bibliográfica y de los servicios.

8) Implementar políticas y procedimientos adecuados para capacitar al personal de Biblioteca.

9) Sugerir los horarios de trabajo del personal a su cargo de acuerdo a los requerimientos del

servicio.

10) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y

anual de las áreas que comprende.

11) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los

recursos bibliográficos de la biblioteca especializada.

12) Presentar anualmente el presupuesto de la biblioteca especializada.

13) Las demás funciones que le asigne el Decano, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende de la Decanatura de Ciencias y es responsable ante él.

2) Ejerce autoridad, mando y supervisión sobre el personal asignado a la Unidad de Biblioteca

Especializada.

3) Es responsable de que la biblioteca especializada preste el mejor servicio a la Comunidad

Universitaria de la Facultad de Ciencias

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Personal nombrado con especialidad en Bibliotecología o bibliotecario con estudios en el área.

2) Alguna experiencia en la conducción de personal.

3) Conocimientos sobre administración e informática.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 414 2016

MOF-UNASAM

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3.17. CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

CÓDIGO 532-06-1-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 415 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO:

1) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación, catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca especializada.

2) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca.

3) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones.

4) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas).

5) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva.

6) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca.

7) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior sobre cualquier anomalía.

8) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico.

9) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones y novedades de interés al usuario.

10) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos, ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada.

11) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan el servicio a la Biblioteca.

12) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación, presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en uso, ubicados en repositorio

13) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca.

14) Otras que le asigne su jefe inmediato.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de cumplir en forma eficiente y oportuna las funciones señaladas en el

Reglamento de Organización y Funciones, el Manual de Organización y Funciones, y demás

disposiciones legales vigentes que norman su actividad. No ejerce autoridad.

MOF-UNASAM

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 28

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Estudios Universitarios en el área o Técnico con estudios relacionados al área.

2) Especialización y/o capacitación en Bibliotecología.

3) Capacitación o Especialización en computación e informática.

4) Conocimiento de sistemas administrativos.

5) Experiencia de dos años en actividades universitarias.

6) Trato cordial.

7) Habilidad analítica.

8) Orientación al usuario.

3.18. UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

La Unidad de Centro de Cómputo es un Órgano de Apoyo de la Facultad, encargado de prestar servicios a

los requerimientos académicos e informáticos de la Facultad. Sus funciones son:

1) Prestar servicio de cómputo para el desarrollo de los cursos regulares de las carreras profesionales

ofrecidas por la Facultad.

2) Brindar soporte informático a los proyectos de investigación autorizados y crear las condiciones

necesarias para el uso de las redes informáticas y de comunicaciones en el proceso de enseñanza-

aprendizaje.

3) Ofrecer soporte técnico para el desarrollo de cursos, programas y otras actividades de capacitación

extracurricular que proyecte la Facultad a través de la instancia competente.

4) Proponer y ejecutar programas de enseñanza y capacitación especializada.

5) Facilitar el uso y préstamo de equipos, en actividades de la Facultad, previamente autorizados por el

Consejo de Facultad.

6) Coordinar permanentemente con la Oficina General de Tecnología de Información Sistemas y

Estadística, con conocimiento del Decano el adecuado estado de conservación de los equipos del

centro de cómputo de La Facultad.

7) Elaborar el presupuesto del Centro de Cómputo para su presentación al Consejo de Facultad.

8) Otras funciones que le sean encomendadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

3.19. CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 416 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Promover, difundir y aplicar adecuadamente las tecnologías de información en la Facultad

acuerdo a las políticas informáticas del Estado.

2) Impartir control sobre los bienes y equipos asignados a la oficina, y velar por su correcto uso.

3) Formular políticas y lineamientos que rijan de manera óptima el uso del Centro de Cómputo.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 29

4) Aprobar informes y proyectos afines a las tecnologías de información y comunicación.

5) Proponer herramientas de gestión para la mejora de las tecnologías a través de estrategias,

enfoques modelos que apoyen los procesos de mejora de la Facultad.

6) Formular y evaluar el plan de mantenimiento preventivo y concurrente del hardware.

7) Velar por la conservación del inventario del hardware y software.

8) Proponer y documentar las buenas prácticas aplicadas en el uso del recurso tecnológico.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad.

2) Ejerce mando sobre el personal administrativo nombrado o contratado del Centro de Cómputo.

3) Es responsable de la organización, elaboración de gestiones, presupuesto, mantenimiento y

capacitaciones.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Personal administrativo con estudios en el área. 2) Conocimiento y experiencia en el manejo de las TIC´s 3) Conocimiento de las normas y políticas de gobierno electrónico 4) Alguna experiencia en la conducción de personal

3.20. CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación y ejecución del horario de las clases prácticas de los cursos que

requieren el uso del Centro de Cómputo.

2) Controlar el uso adecuado del hardware y software de la Facultad por los alumnos, docentes y

personal administrativo, organizando y ejecutando acciones de seguridad, control de inventario,

conservación y mantenimiento.

3) Mantener en buen estado y cuidado respectivo de los equipos informáticos y seguridad del

Centro de Cómputo y del hardware& software de las aulas.

4) Recopilar y consolidar la información necesaria para el buen funcionamiento de los sistemas

administrativos conducentes a garantizar el desarrollo de las actividades académicas.

5) Apoyar en tareas del mantenimiento de la página web de la Facultad.

6) Efectuar acciones de mantenimiento del hardware y software del Centro de Cómputo y de las

oficinas administrativas.

7) Garantizar el uso de aplicativos y antivirus solo con licencia acorde a los cursos que se imparten

en la Facultad.

8) Elaboración de requerimientos de equipos, materiales, herramientas e insumos para el

mantenimiento de los equipos.

9) Controlar y registrar el movimiento de activos informáticos y telemáticos del Centro de Cómputo.

10) Controlar las actividades de inspección de servicios de mantenimiento de los equipos

informáticos de los laboratorios y demás oficinas y/o unidades de la Facultad.

11) Orientar el uso adecuado de los equipos a los usuarios de la Facultad.

12) Cumplir otras funciones que le asigne el jefe de la oficina, en el ámbito de su competencia.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO 532-06-1-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 417 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 30

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe del Centro de Cómputo.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la organización, ejecución, control y mantenimiento de los servicios y

equipos del Centro de Cómputo.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Técnico Profesional en Computación e Informática con especialidad.

2) Experiencia en el Servicio de administración de Centros de Cómputo, soporte informático,

telemático y audiovisual.

3) Conocimiento y experiencia en la administración de servidores.

4) Capacitación en actividades de administración de Centros de Cómputo y mantenimiento de

equipos informáticos y telemáticos

5) Orientación a los usuarios con trato cordial y amabilidad.

Alternativa:

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria que incluyan materias relacionadas

con el área y experiencia en actividades informáticas y tecnológicas.

3.21. GABINETE PEDAGÓGICO.

La Unidad de Gabinete Pedagógico, es el órgano de Línea de la Facultad de Ciencias encargado de ofrecer

información, asesoramiento y orientación para prevenir y resolver dificultades que afecten la gestión

académica, en especial, anticiparse a los problemas que pueden suscitarse.

3.22. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Asesorar sobre los criterios pedagógicos, líneas de aprendizaje y desarrollo de estrategias a

implementar en la puesta en marcha del proyecto educativo de la Facultad de Ciencias.

2) Acompañar el proceso educativo aportando todo elemento técnico-pedagógico que confiera

calidad al aprendizaje.

3) Colaborar con la realización de los programas de estudio, de la planificación de las tareas

académicas y en la conformación de los Curriculum docentes.

4) Sugerir los ajustes necesarios en la metodología de formación pedagógica de los docentes, en

la planificación y evaluación del aprendizaje.

5) Diseñar y participar en la evaluación institucional y en propuestas formativas de los docentes

6) Realizar encuestas estudiantiles y organizar el programa de tutorías.

7) Otras funciones según su competencia.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS GABINETE PEDAGÓGICO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

CÓDIGO 532-06-1-EJ

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-EJ 418 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 31

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de Ciencias.

2) Coordina sus actividades con los directores de las escuelas y departamentos académicos, con las

autoridades académicas de la UNASAM.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ciencias.

2) Tener conocimiento de temas relacionados a la función a desempeñar.

3.23. LABORATORIO DE BIOLOGÍA

El Laboratorio de Biología es una unidad de soporte académico y de investigación, en los temas de

biología y afines. En el aspecto académico apoyan con la realización de prácticas de los diversos

cursos de las ciencias biológicas, programados en las distintas facultades. En el aspecto de

investigación se presta apoyo a los diversos investigadores en temas de la bio logía y afines.

3.24. CARGO: JEFE DEL LABORATORIO DE BIOLOGÍA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Coordinar con el Jefe del Departamento Académico de Ciencias Básicas para la elaboración de

los horarios de prácticas de los cursos que tiene a cargo el área de Biología del Departamento

Académico de Ciencias Básicas.

2) Supervisar la labor de los técnicos del Laboratorio de Biología y coordinar acciones conjuntas para

el cuidado, mantenimiento, necesidades, etc. del Laboratorio.

3) Coordinar con los docentes sobre las necesidades de equipos, materiales y reactivos para las

diversas prácticas de Laboratorio que tengan a cargo.

4) Hacer el Plan Operativo Institucional (POI) del Laboratorio de Biología

5) Coordinar con la Oficina de Abastecimiento y Almacén para la compra y verificación de los equipos,

materiales y reactivos comprados como producto del requerimiento anual considerado en el POI.

6) Velar por el normal funcionamiento del Laboratorio de Biología, haciendo coordinaciones con las

diversas Oficinas y Direcciones de la UNASAM.

7) Coordinar y autorizar a los docentes que harán uso del Laboratorio de la Biología en trabajos de

investigación.

8) Autorizar las prácticas pre-profesionales a estudiantes de las diversas escuelas profesionales de

la UNASAM y otras Universidades.

9) Promover la difusión de las Investigaciones realizadas en el Laboratorio de Biología, para contribuir

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-LABORATORIO DE BIOLOGÍA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL LABORATORIO DE BIOLOGÍA

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 419 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 32

con la visibilidad de la UNASAM.

10) Atender las diversas solicitudes de información sobre el Laboratorio de Biología que demande la

gestión de las diversas Oficinas de la UNASAM.

11) Coordinar con los jefes de Laboratorio y docentes en los casos de urgencias o imprevistos de

suspensión de labores administrativas para evitar pérdidas de labor académica y evaluar la

reprogramación de la clase de laboratorio.

12) Otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ciencias.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias.

2) Tiene autoridad sobre el personal técnico asignado al laboratorio.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Laboratorio de Biología.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente del área de Biología.

2) Estar adscrito al Departamento Académico de Ciencias Básicas.

3.25. CARGO: ANALISTA DEL LABORATORIO DE BIOLOGÍA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Permanecer en el Laboratorio de Biología durante su turno, salvo situaciones de trámites o

situaciones de urgencias/emergencias. La ausencia se deberá coordinar con el Jefe de

Laboratorio y docentes que tienen programadas las Prácticas de Laboratorio, para evitar

interferencia de la actividad académica.

2) Atender con la entrega de los equipos, materiales y reactivos a los docentes adscritos al área de

Biología del DACB-FC para el desarrollo de las actividades académicas programadas. La

atención se hará de acuerdo a los requerimientos solicitados por el docente siempre y cuando

se cuente con lo solicitado.

3) Informar al Jefe de laboratorio de Biología sobre la infraestructura, equipamiento, materiales y

reactivos que se encuentran en mal estado, que se están agotando o que no se cuenta, para

que sean considerados en el cuadro de requerimiento y/o planes de mantenimiento de la

UNASAM.

4) Velar por el mantenimiento de los equipos y materiales de Laboratorio, mediante la limpieza y

ordenamiento de los mismos.

5) Llenar todos los días las ocurrencias en su turno e informar con prontitud las incidencias al Jefe

de Laboratorio para tomar acciones correspondientes.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-LABORATORIO DE BIOLOGÍA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: TÉCNICO DEL LABORATORIO DE BIOLOGIA

CÓDIGO 532-06-1-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: AP 420-421 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 33

6) Apoyar en la gestión de la Jefatura del Laboratorio mediante la presentación de información

solicitada, y tramitación de documentos.

7) Verificar en el Libro de deudas para sellar los formatos de no adeudo de los egresados de la

UNASAM.

8) Actuar con prontitud en casos emergencias durante las prácticas de Laboratorio, con una actitud

colaborativa en todo momento.

9) Atender a los docentes, y estudiantes que se encuentran haciendo trabajos de investigación

previa coordinación con el Jefe del Laboratorio y el docente responsable de la Investigación.

10) Otras que le asigne el Jefe del Laboratorio de Biología.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe del Laboratorio.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable que las prácticas de los diversos cursos se efectúen de manera eficiente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Conocimiento sobre las áreas académicas a las que se dedica el laboratorio.

2) Capacitación permanente.

3) Conocimiento de primeros auxilios y normas de seguridad.

3.26. LABORATORIO DE FÍSICA

El Laboratorio de Física es una unidad de soporte académico y de investigación, en los temas de física y afines.

En el aspecto académico apoyan con la realización de prácticas de los diversos cursos de las ciencias físicas,

programados en las distintas facultades. En el aspecto de investigación se presta apoyo a los diversos

investigadores en temas de la física y afines.

3.27. CARGO: JEFE DEL LABORATORIO DE FÍSICA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Dirigir y coordinar la utilización de los recursos para las prácticas del laboratorio de Física.

2) Formular las actividades propias del laboratorio de Física.

3) Dirigir y coordinar la formulación de guías de servicios y otros documentos técnicos normativos para la correcta utilización de los equipos de laboratorio de Física.

4) Evaluar las actividades del laboratorio de Física y determinar las medidas correctivas para el buen funcionamiento de la misma.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-LABORATORIO DE FÍSICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL LABORATORIO DE FÍSICA

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 422 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 34

5) Asesorar y orientar sobre asunto relacionados al laboratorio de Física.

6) Formular el Plan Operativo del Laboratorio.

7) Formular los requerimientos necesarios del laboratorio de Física.

8) Otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ciencias.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias.

2) Tiene autoridad sobre el personal técnico asignado al laboratorio.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Laboratorio de Física.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente del área de Física.

2) Estar adscrito al Departamento Académico de Ciencias Básicas.

3.28. CARGO: ASISTENTE DEL LABORATORIO DE FÍSICA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Preparar las soluciones de reactivos y equipos según la práctica programada en el Laboratorio de Física.

2) Apoyar técnicamente durante las prácticas programadas.

3) Evaluar la eficiencia de los equipos e instrumental utilizado.

4) Coordinar y controlar las funciones que desarrollan los equipos del trabajo.

5) Calcular las necesidades de reactivos y equipos necesarios en las prácticas de Laboratorio.

6) Realizar otras funciones dentro de su competencia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe del Laboratorio de Física.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable que las prácticas de los diversos cursos se efectúen de manera eficiente.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-LABORATORIO DE FÍSICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DEL LABORATORIO DE FÍSICA.

CÓDIGO 532-06-1-AP

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: AP 423 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 35

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Titulo no universitario de un Centro de Estudios Técnicos Superiores relacionado con la especialidad

2) Experiencia en labores relacionadas al manejo de un laboratorio de física y en el manejo de instrumental de laboratorio.

3.29. LABORATORIO DE QUÍMICA

El Laboratorio de Química es la unidad de apoyo académico, que contribuye a la preparación académica

y científica de los estudiantes de la UNASAM, es la encargada de coordinar y ejecutar actividades prácticas

que refuercen los conocimientos teóricos impartidos en los diferentes cursos del área de química así como el

apoyo en el desarrollo de la investigación básica y aplicada de docentes de la universidad.

3.30. CARGO: JEFE DEL LABORATORIO DE QUÍMICA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Programar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades del laboratorio.

2) Elaborar el Cuadro de Necesidades y el Plan Operativo Institucional del Laboratorio de Química de acuerdo a los pedidos que hicieran llegar los docentes de la sección y técnicos del laboratorio y elevarlo a la Oficina General de Economía y Abastecimiento de la UNASAM.

3) Informar anualmente al Jefe de la Unidad de Soporte Académico, sobre las labores realizadas en el Laboratorio de Química.

4) Supervisar la labor de los auxiliares del laboratorio e informar a la oficina de Personal con copia al Decano en caso de incumplimiento.

5) Supervisar la labor encomendada a los ayudantes de laboratorio e informar a la Oficina de Economía y Abastecimientos con copia al Decano en caso de incumplimiento.

6) Revisar periódicamente los materiales y equipos que se encuentren en el Laboratorio de Química, notificando inmediatamente a las instancias respectivas, en caso de observar algún deterioro, desperfecto o falta de alguno de ellos.

7) Solicitar a la Oficina de Patrimonio la baja de los materiales y equipos que ya estén obsoletos y no operativos, previo informe de los auxiliares del Laboratorio.

8) Firmar las Pecosas de materiales, reactivos y equipos que ingresen al Laboratorio de Química y ordenar el recojo de los bienes e insumos. El jefe de Laboratorio es responsable del recojo de materiales y reactivos que no cumplan con las especificaciones solicitadas.

9) Mantener actualizado el inventario de equipos, materiales y reactivos existentes en el Laboratorio, en coordinación con los auxiliares de Laboratorio a fin de solicitar a tiempo los insumos necesarios para el normal funcionamiento de las actividades académicas

10) Coordinar y proponer el cuadro de necesidades del Laboratorio.

11) Coordinar la programación del uso del Laboratorio.

12) Coordinar con el personal docente las necesidades de reactivos materiales y equipos necesarios

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-LABORATORIO DE QUÍMICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL LABORATORIO DE QUÍMICA

CÓDIGO 532-06-1-RE N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 424 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 36

para la ejecución de las prácticas de laboratorio.

13) Supervisar el uso racional de los equipos materiales y reactivos etc.

14) Autorizar el uso de los ambientes de los laboratorios para la realización de trabajos de investigación.

15) Realizar las demás funciones afines al cargo que le asigne el Decano de la Facultad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias.

2) Tiene autoridad sobre el personal técnico asignado al Laboratorio.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Laboratorio de Química.

C. REQUISITOS MINIMOS:

1) Ser docente ordinario del área de Química.

2) Estar adscrito al Departamento Académico de Ciencias Básicas.

3.31. CARGO: ASISTENTE DEL LABORATORIO DE QUÍMICA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Administrar y velar por el buen uso y mantenimiento de los equipos y herramientas del

Laboratorio.

2) Antes del inicio de cada ciclo académico, los auxiliares deben renovar las soluciones para

mantenerlos en stock; revisar y renovar el etiquetado de los frascos con los reactivos, efectuar

la limpieza de los equipos y materiales.

3) Informar al Jefe del Laboratorio sobre los equipos que requieran mantenimiento y/o reparación

especializada.

4) Preparar los equipos, materiales y reactivos para las prácticas correspondientes con

anticipación, de acuerdo a las indicaciones especificadas en la Guía de Prácticas

correspondiente y/o del docente y prestar apoyo en las prácticas de laboratorio.

5) Llevar el control de gastos de los insumos y reactivos químicos, en especial de los controlados.

6) Dar mantenimiento de rutina y limpieza a los equipos y materiales del Laboratorio, durante y

después de las prácticas.

7) Mantener limpio y ordenado el laboratorio durante y al final de su turno.

8) Asegurarse de la existencia de reactivos y que los equipos y materiales que proporcione para

las prácticas, estén en buen estado y funcionamiento.

9) Controlar y revisar el buen uso de los reactivos, equipos y materiales requeridos por los

alumnos durante las prácticas.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS LABORATORIO DE QUÍMICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DE LABORATORIO DE QUÍMICA

CÓDIGO 532-06-1-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: AP 425-427 2016

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 37

10) Llenar diariamente el libro de registro de ocurrencias debidamente foliado y fedateado donde

registrará el deterioro o pérdida de los instrumentos y/o materiales a su cargo, mencionando el

motivo o circunstancias en que se produjo el deterioro o pérdida, anotando la fecha, el nombre

del alumno o alumnos responsables, el curso, la escuela profesional, el material afectado y el

nombre del docente de práctica; informando este hecho al jefe de la Unidad de Control

Patrimonial.

11) Mantener actualizado la relación de deudores (alumnos, docentes, etc).

12) Mantener actualizado el inventario de materiales, equipos y reactivos por ingreso o deterioro

de los mismos.

13) Informar al Jefe de Laboratorio sobre los equipos, materiales y reactivos que serán necesarios

tramitar para su adquisición en el ciclo académico siguiente.

14) Llevar el control del uso de los bienes del laboratorio e informar de inmediato la pérdida o

deterioro de alguno de ellos.

15) Las demás funciones que asignadas por el Jefe del Laboratorio

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe del Laboratorio de Química.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable que las prácticas de los diversos cursos se efectúen de manera eficiente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Titulo no universitario de un Centro de Estudios Técnicos Superiores relacionado con la especialidad

2) Experiencia en labores relacionadas al manejo de un laboratorio de química y en el manejo de instrumental de laboratorio.

ALTERNATIVA:

Estudios Universitarios relacionados con la especialidad o secundaria completa con capacitación en el

área.

Experiencia en labores de apoyo en laboratorio.

3.32. UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

La Unidad de Investigación está encargada de integrar las actividades de investigación de la Facultad de

Ciencias, es la encargada de diseñar, ejecutar, monitorear y evaluar los Proyectos de Investigación difundiendo

sus resultados; así como establecer las líneas de investigación y crear los Centros, Círculos e Institutos de

Investigación, según las necesidades e intereses de la Facultad. Están dirigidas por un Docente Ordinario

designado por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad por un periodo máximo de dos años.

A. FUNCIONES DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

1) Promover el desarrollo científico y tecnológico de los docentes y estudiantes para garantizar la participación efectiva en el proceso del desarrollo regional y nacional.

2) Propiciar la elaboración de investigaciones en las líneas y áreas de su competencia, dentro del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 38

3) Fomentar y estimular actividades científicas para la capacitación de sus docentes y estudiantes.

4) Evaluar los proyectos de investigación, y proponerlos al Consejo de Facultad quien los aprobará en un plazo no mayor de quince (15) días y tramitarlo ante la Dirección General de Investigación (DGI).

5) Evaluar trimestralmente la ejecución de los proyectos de investigación informando a la Dirección General de Investigación, al finalizar cada trimestre.

6) Administrar los bienes y equipos que son adquiridos para el desarrollo de los proyectos de investigación subvencionados por canon, sobrecanon y regalías.

7) Realizar la difusión de las investigaciones desarrolladas por los docentes y estudiantes de las facultades.

8) Promover la publicación de una revista académica especializada y gestionar su indización.

9) Revisar y dar certitud de la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio será sancionado con una normatividad específica).

B. FUNCIONES DEL COMITÉ DE INVESTIGACIÓN:

1) Revisar y evaluar la pertinencia e impacto de los trabajos de investigación presentados por los docentes investigadores.

2) Revisar y dar certitud la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio es sancionado).

3) Proponer la aprobación de los proyectos de investigación e informes finales de investigación de los docentes al Consejo de Facultad, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos por el Consejo de Investigación y las normas correspondientes.

4) Evaluar trimestralmente el desarrollo de los proyectos de investigación e informar, a través del Director a las instancias pertinentes.

5) Apoyar las actividades de capacitación y otros eventos académico-científicos organizados por la Unidad de Investigación, la Dirección General de Investigación y el Vicerrectorado de Investigación.

6) Apoyar la difusión virtual de las investigaciones desarrolladas en la Unidad de investigación; así como a nivel institucional y de otras universidades del país y del mundo.

7) Colaborar con la edición y publicación de la revista científica de la Facultad.

8) Aprobar la Memoria Anual de investigación de la Unidad.

3.33. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Formular y ejecutar el plan de actividades de la Unidad de Investigación que forma parte del plan operativo y del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

2) Formular y coordinar políticas, áreas, líneas y programas de investigación de la Facultad, tanto para los docentes, como para estudiantes y graduados.

3) Hacer el seguimiento de los proyectos de investigación de la Facultad. 4) Solicitar al Vicerrectorado de Investigación, la evaluación y auspicio o financiamiento por la

UNASAM de los proyectos de investigación que muestren impacto, presentados por los docentes y sus semilleros aprobados por las unidades de investigación.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 428 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 39

5) Elaborar directivas que normen la operatividad de la Unidad de Investigación. 6) Promover la formulación de proyectos de investigación interdisciplinarios que contribuyan al

desarrollo institucional, regional, nacional e internacional. 7) Presidir el Comité de Investigación de la Facultad. 8) Participar como miembro del Consejo de Investigación de la UNASAM. 9) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Comité de Investigación y Consejo de Investigación, así

como dispositivos emanados de la Dirección General de Investigación. 10) Promocionar la investigación científica y tecnológica. 11) Recepcionar y presentar al Comité de Investigación los trabajos de investigación de los docentes

investigadores. 12) Elevar al Consejo de Facultad los trabajos de investigación aprobados por el Comité de

Investigación para su ratificación. 13) Administrar y mantener el sistema de información de investigación. 14) Promover la publicación de los trabajos de investigación en los medios especializados.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias.

2) Coordina sus actividades con la Oficina General de Investigación, el Vice Rectorado de Investigación, la Unidad de Responsabilidad Social y con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario a tiempo completo o a dedicación exclusiva de la Facultad

2) Tener grado de Maestro o Doctor.

DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS

3.34. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS

El Departamento Académico de Ciencias es una unidad de servicio académico de la Facultad de Ciencias,

que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad de estudiar, investigar y actualizar contenidos

curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos o materias, a requerimiento de

las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de Matemáticas, Biología, Física y Química.

3.35. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE CIENCIAS BÁSICAS

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al Consejo de Facultad, la asignación de personal nombrado y

contratado del Departamento de Ciencias Básicas.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos

pertinentes.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 429 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

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4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su

aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su aplicación

y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de Ciencias.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento Académico de Ciencias Básicas.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento de Ciencias Básicas.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento de Ciencias Básicas.

3.36. CARGO: SECRETARIA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO

CÓDIGO N° DEL CAP

FECHA

532-06-1-AP EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 430 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de los Departamentos Académicos de Ciencias Básicas, Estadística e Informática, Matemáticas e Ingeniería de sistemas y Telecomunicaciones a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de los Departamentos Académicos de Ciencias Básicas, Estadística e Informática, Matemáticas e Ingeniería de sistemas y Telecomunicaciones.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y presentación de los aparatos telefónicos.

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 41

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres de los Departamentos Académicos de Ciencias Básicas, Estadística e Informática, Matemáticas e Ingeniería de sistemas y Telecomunicaciones

6) Atender a los docentes de la Facultad de Ciencias y de otras Facultades que prestan su apoyo, dando las facilidades que el caso amerita.

7) Manejo adecuado de las asistencias de los docentes, con ética y valores, de acuerdo a lo normado por la Dirección de Recurso Humanos.

8) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: la Carga Académica, por docente.

9) Recepcionar, archivar y custodiar los Sílabos de cada curso por Semestre Académico.

10) Actualización constante de los archivos de las asistencias de los estudiantes, entregados por los docentes.

11) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de los Departamentos Académicos de Ciencias Básicas, Estadística e Informática, Matemáticas e Ingeniería de sistemas y Telecomunicaciones.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente de los Jefes de los Departamentos Académicos.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos y

de la custodia de los mismos.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la

ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.37. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE MATEMÁTICAS

El Departamento Académico de Matemáticas es una unidad de servicio académico de la Facultad de Ciencias,

que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad de estudiar, investigar y actualizar contenidos

curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos o materias, a requerimiento de

las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de Matemáticas y afines.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 42

3.38. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE MATEMÁTICAS

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al Consejo de Facultad, la asignación de personal nombrado y contratado del Departamento de Matemáticas

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de Ciencias.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento Académico de Matemáticas.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento de Matemáticas.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento de Matemáticas.

3.39. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ESTADÍSTICA Y SISTEMAS

El Departamento Académico de Estadística es una unidad de servicio académico de la Facultad de Ciencias,

que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad de estudiar, investigar y actualizar contenidos

curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos o materias, a requerimiento de

las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de Estadística y Sistemas.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE MATEMÁTICAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 431 2016

MOF-UNASAM

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3.40. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICA

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al consejo de Facultad, la asignación de personal nombrado y

contratado del Departamento.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos

pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su

aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su

aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los

contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y

estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca

virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de Ciencias

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento Académico de Estadística y Sistemas.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento Académico de Estadística.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento de Estadística y Sistemas.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ESTADÍSTICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ESTADÍSTICA

CÓDIGO 532-06-1-RE N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 432 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 44

3.41. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA DE SISTEMAS Y TELECOMUNICACIONES

El Departamento Académico de Ingeniería de Sistemas y Telecomunicaciones es una unidad de servicio

académico de la Facultad de Ciencias, que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad de estudiar,

investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos

o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de Sistemas

y Telecomunicaciones.

3.42. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA DE SISTEMAS Y TELECOMUNICACIONES

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al Consejo de Facultad de Ciencias, la asignación de personal

nombrado y contratado del Departamento de Ingeniería de Sistemas y Telecomunicaciones.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos

pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su

aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su

aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los

contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y

estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca

virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de Ciencias.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento Académico de Ingeniería de Sistemas y Telecomunicaciones.

3) Es responsable del buen funcionamiento de su departamento académico.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS –DEPARTAMENTO DE ING. DE SISTEMAS Y TELECOMUNICACIONES

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ING. DE SISTEMAS Y TELECOMUNICACIONES

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 433 2016

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C. REQUISITOS MINIMOS:

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento de Ingeniería de Sistemas y Telecomunicaciones.

3.43. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE MATEMÁTICA

La Dirección de la Escuela Profesional de Matemática está encargada del diseño y actualización curricular

permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la formación, capacitación

pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

A. FUNCIONES GENERALES:

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional.

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional.

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la Formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

3.44. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE MATEMÁTICA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-EP MATEMÁTICAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE

MATEMÁTICA

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 434 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional y, cuando sea requerido, asiste al Consejo de Facultad con

voz pero sin voto.

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios

específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de

Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula

de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos y

criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al

cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los

estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de

Estudios en la carrera profesional

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 46

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional

promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias

del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y

reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros,

supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela

Profesional.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la indicada

asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los

estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del

ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y

científico de la Escuela Profesional.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo

de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren

los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación

con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como

las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grao de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados, convalidaciones,

etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado

a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los

estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de

la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes,

para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como

autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales,

artísticos y deportivos.

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30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido

en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias y del Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional de

Matemática.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas en

la Escuela Profesional de Matemática.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela

Profesional a su cargo

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades a

académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad de

mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de

Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que

contribuyan a su desarrollo profesional

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para cada

año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Matemática.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de Matemática, por un período máximo de dos (02) años.

3.45. CARGO: SECRETARIA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-ESCUELAS PROFESIONALES

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA DE LAS ESCUELAS PROFESIONALES

CÓDIGO 532-06-1-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 435 2016

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A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos oficiales de acuerdo a la normas de

administración pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de las escuelas profesionales de la Facultad

Ciencias a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de las escuelas profesionales.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y

presentación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres que le fueron asignados

6) Atención a estudiantes y padres de familia de la Escuela Profesional, a través del SIGA

7) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: Horarios, por ciclos, por aulas

y por docente, matrícula, rectificación de matrícula, validación de matrícula, Impresión de actas

parciales y finales, consolidados de notas, reporte curricular integral (RCI).

8) Ayuda a los estudiantes con el ingreso al sistema mediante la asignación de una contraseña,

entrega de constancias del tercio superior, constancia de estudios, la emisión de certificados,

informes técnicos para la obtención del grado de bachiller, emisión de constancia de egreso

simple, carta de presentación para la realización de prácticas pre profesionales, llenado de

constancias de egreso, actualización de los registros del libro de egresos, elaboración del rol de

exámenes parciales y finales, recepción y sellado de sílabos previa coordinación con el Director

de Escuela.

9) Apoya al docente con la entrega de la nómina de estudiantes por curso.

10) Actualización constante de los archivo de sílabos, pre actas parciales y finales,

11) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de las escuelas profesionales.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente de los Jefes de los Departamentos académicos.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos y de la custodia de los mismos.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (2) tres años de experiencia

en la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

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3.46. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA

La Dirección de la Escuela Profesional de Estadística e Informática está encargada del diseño y

actualización curricular permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la

formación, capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional

correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

A. FUNCIONES GENERALES:

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional de Estadística e Informática

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

3.47. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE ESTADISTICA E INFORMÁTICA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-EP DE INGENIERÍA DE ESTADÍSTICA Y SISTEMAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE ESTADISTICA E INFORMÁTICA

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 436 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional de Estadística e Informática y, cuando sea requerido,

asiste al Consejo de Facultad con voz pero sin voto.

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios

específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de

Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula

de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos

y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al

cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los

estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de

Estudios en la carrera profesional.

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional

promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 50

del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y

reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros,

supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela

Profesional.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la

indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los

estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del

ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y

científico de la Escuela Profesional.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo

de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren

los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación

con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como

las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grao de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados,

convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado

a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los

estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa

de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes,

para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su

competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como

autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales,

artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 51

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido

en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias y del Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional

de Estadística e Informática.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas

en la Escuela Profesional de Estadística e Informática.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela

Profesional a su cargo.

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades

a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad

de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de

Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que

contribuyan a su desarrollo profesional.

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para

cada año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Estadística e Informática.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de

Estadística e Informática., por un período máximo de dos (02) años.

3.48. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE SISTEMAS E INFORMÁTICA

La Dirección de la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas e Informática está encargada del diseño

y actualización curricular permanente de una carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la

formación, capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional

correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 52

Funciones Generales:

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas e Informática.

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional de Ingeniería de Sistemas e Informática.

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la Formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

3.49. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE SISTEMAS E INFORMÁTICA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA DE SISTEMAS E INFORMÁTICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE SISTEMAS E INFORMÁTICA

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 437 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas e Informática cuando sea

requerido, asiste al Consejo de Facultad con voz pero sin voto

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios

específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de

Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula

de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos

y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al

cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los

estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de

Estudios en la carrera profesional.

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional

promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias

del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y

reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros,

supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela

Profesional Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas e Informática

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la

indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los

estudiantes.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 53

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del

ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y

científico de la Escuela Profesional.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo

de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren

los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación

con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como

las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grao de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados,

convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado

a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los

estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa

de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes,

para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su

competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como

autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales,

artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido

en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de ciencias y del Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional

de Ingeniería de Sistemas.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 54

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente.

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas

en la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela

Profesional a su cargo.

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades

a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad

de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de

Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que

contribuyan a su desarrollo profesional.

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para

cada año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Ingeniería de Sistemas..

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de

Ingeniería de Sistemas., por un período máximo de dos (02) años.

3.50. DIRECCIÓN DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE BIOTECNOLOGÍA

La Dirección de la Escuela Profesional de Biotecnología está encargada del diseño y actualización

curricular permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la formación,

capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional

correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata

FUNCIONES GENERALES:

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional de Biotecnología.

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional.

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la Formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 55

3.51. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA DE BIOTECNOLOGÍA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-ESCUELA PROFESIONAL DE

BIOTECNOLOGÍA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA DE BIOTECNOLOGÍA

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 438 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional de Biotecnología, cuando sea requerido, asiste al Consejo

de Facultad con voz pero sin voto.

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios

específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de

Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula

de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos

y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al

cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los

estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de

Estudios en la carrera profesional.

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional

promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias

del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y

reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros, supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela Profesional.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y científico de la Escuela Profesional.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren los syllabus correspondientes.

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16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grao de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados, convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes, para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales, artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Ciencias y del Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional

de Biotecnología.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas

en la Escuela Profesional de Biotecnología.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela

Profesional a su cargo.

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades

a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad

de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

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9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de

Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que

contribuyan a su desarrollo profesional.

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para

cada año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Biotecnología.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de

Biotecnología., por un período máximo de dos (02) años.

3.52. DIRECCIÓN DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE TELECOMUNICACIONES Y REDES

La Dirección de la Escuela Profesional de Ingeniería de Telecomunicaciones y Redes está encargada del

diseño y actualización curricular permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación

para la formación, capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título

profesional correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

A. FUNCIONES GENERALES:

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional de Biotecnología

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la Formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad

3.53. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA DE INGENIERÍA DE TELECOMUNICACIONES Y REDES

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS-ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE TELECOMUNICACIONES Y REDES

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA DE INGENIERÍA DE TELECOMUNICACIONES Y REDES.

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 439 2016

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A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional y, cuando sea requerido, asiste al Consejo de Facultad

con voz pero sin voto.

2) Formular y ejecutar la política de desarrollo de la actividad académica, de Investigación y de

responsabilidad social universitaria, en coordinación con las unidades respectivas, dando cuenta

al Decano.

3) Participar en la elaboración del presupuesto anual de la Facultad.

4) Supervisar la aplicación de normas académicas y directivas que se implementen a nivel de la

Universidad y de las unidades académicas.

5) Evaluar y aprobar los sílabos de acuerdo al diseño curricular.

6) Proponer al Consejo de Facultad el plan curricular elaborado por las comisiones de docentes

7) Proponer semestral o anualmente al Consejo de Facultad el número de vacantes de la escuela

para el examen de admisión.

8) Resolver en primera instancia los problemas académicos de los estudiantes.

9) Evaluar las solicitudes de traslado interno de acuerdo al reglamento de traslados internos.

10) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como

autorizar el desarrollo de éstos según su reglamento.

11) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales,

artísticos y deportivos.

12) Integrar la Comisión de Autoevaluación y Acreditación de la Carrera Profesional.

13) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

14) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido

en el sílabo y reglamento específico.

15) Otras que se le asignen de acuerdo a las normas.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias.

2) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas

en la Escuela Profesional de Biotecnología.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente principal con grado de doctor en la especialidad.

2) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de

Biotecnología, por un período máximo de dos (02) años.

3.54. UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

La Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios, es el órgano de línea de la Facultad de Ciencias

encargado de promover, programar, coordinar y organizar acciones que permitan producir bienes y prestar

servicios a toda la comunidad Universitaria y la sociedad.

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3.55. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Elabora el reglamento interno del Centro.

2) Fomenta la formación de unidades de producción de bienes y prestación de servicios, de

acuerdo a la especialidad de las escuelas profesionales de la Facultad.

3) Realiza convenios con otras instituciones de similar actividad, para implementar nuevas

líneas en la prestación de servicios.

4) Otras funciones que le sean encargadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente de la decanatura

2) Es responsable de las actividades que se generen estén enmarcadas en el reglamento interno

y las normas administrativas de la UNASAM, y normas nacionales.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS-UNIDAD DE PROD. BIENES Y PREST. DE

SERVICIOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN

DE SERVICIOS

CÓDIGO

532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE

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UNIVERSIDAD NACIONAL

“SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO”

Aprobado mediante la R.C.U.Nº339 -2016 -UNASAM

2016

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FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

1.1. DE LA FACULTAD

La Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias, es la unidad de organización, formación académica, profesional y de gestión (Artículo22° del Estatuto de la UNASAM y Artículo 19° del Reglamento General), propiciando la investigación y la responsabilidad social y extensión universitaria. Es responsable de elaborar el currículo, coordinar los planes de estudio para la obtención del Grado Académico Bachiller y Título Profesional de sus estudiantes.

1.2. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

1) Planificar, organizar y ejecutar su Sistema Académico y Administrativo, orientado a la excelencia.

2) Formar profesionales académicos con competencias y capacidades estandarizadas a nivel nacional e internacional, para desarrollar las ciencias de la tecnología de alimentos y de la ingeniería industrial, acordes a las exigencias actuales.

3) Gestionar el proceso de formación académica y profesional del pregrado.

4) Promover y desarrollar la investigación científica y tecnológica, como medio de conocimiento de la realidad, de la solución de problemas, producción de conocimientos y satisfacción de necesidades de conocimiento.

5) Proponer a través de las Dirección de las Escuelas Profesionales, el desarrollo de Programas de Educación a Distancia en las especialidades que se establezcan, previamente acordadas en Consejo de Facultad. Esta propuesta se rige en base a lo dispuesto en la Ley Universitaria N°30220

6) Promover y desarrollar la formación científica mediante la gestión de programas de actualización, perfeccionamiento y especialización.

7) Garantizar la calidad académica del egresado.

8) Concientizar en el aspecto de responsabilidad social procurando una gestión socialmente responsable en la formación académica y pedagógica, de los estudiantes, propiciando experiencias vivenciales, iniciativas interdisciplinarias e interinstitucionales, definiendo la ética profesional de cada disciplina y su rol social. en la formación de los estudiantes de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

9) Lograr un comportamiento organizacional, con prácticas de valores y normas de convivencia éticas y conducta ecológica, por parte de todos los integrantes de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias: docentes, personal administrativo y estudiantes, para lograr el desarrollo sostenible de nuestra Universidad.

10) Brindar servicios docentes a las Escuelas Académico Profesionales y Unidades de Post Grado.

11) Velar por el cumplimiento de las normas legales vigentes, así como de los acuerdos y resoluciones emanadas de los órganos superiores de la Universidad y los de la propia Facultad.

12) Promover la capacitación y entrenamiento en tecnología educativa orientada a mejorar la enseñanza de las especialidades que imparte la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

13) Otras funciones que le asigne la Ley Universitaria y el Estatuto.

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2. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

UNIVERSIDAD NACIONAL "SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO" (U.N.A.S.A.M.)

UNIDAD DE SECRETARIA

GENERAL

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA

INDUSTRIAL

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA DE

INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD

SOCIAL

UNIDAD DE INVESTIGACION

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES

Y PREST. DE SERVICIOS

UNIDADADMINISTRATIVA

UNIDAD DE POST GRADO

COMISIONESPERMANTES

COMISIONES TRANSITORIAS

UNIDADES DE SERVICIOS ACADEMICOS

UNIDAD DE CENTRO DE COMPUTO

UNIDAD DE BIBLIOTECA

ESPECIALIZADA

UNIDAD DE GRADOS Y TITULOS

UNIDAD DE GABINETE

PEDAGOGICO

UNIDAD DE LABORATORIOS

UNIDAD DE CALIDAD ACADEMICA

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIA Y

TECNOLOGIA DE

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

INGENIERIA INDUSTRIAL

DEPARTAMENTOS ACADEMICOS

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2.1. ESTRUCTURA ORGÁNICA

La Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias para su mejor funcionamiento, organiza sus actividades según la siguiente estructura orgánica ÓRGANO DE GOBIERNO

Consejo de Facultad ÓRGANO DE DIRECCIÓN:

Decanato

ÓRGANO DE APOYO ACADÉMICO Académicos:

Departamento Académico de Ciencias y Tecnología de Alimentos Departamento Académico de Ingeniería Industrial

Unidades de Servicio Académico:

Unidad de Calidad Académica Unidad de Gabinete Pedagógico Unidad de Biblioteca Especializada Unidad de Centro de Computo Unidad de Grados y Títulos Unidad de Post Grado Unidad de Laboratorio

Unidades de Administrativas:

Unidad Administrativa Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios Unidad de Secretaría General

ÓRGANOS DE LÍNEA

Escuela Profesional de Ingeniería de Industrias Alimentarias Escuela Profesional de Ingeniería Industrial

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3.7. Cuadro Orgánico De Cargos: Para el cumplimiento de funciones de la Facultad de Ingeniería de

Industrias Alimentarias cuenta con los siguientes cargos:

N° DE ORDEN

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA /CARGO

CÓDIGO TOTAL N° CAP

DECANATO

1 Decano 532-06-2-RE 1 584

2 Secretaria 532-06-2-AP 1 585

UNIDAD ADMINISTRATIVA

3 Asistente administrativo 532-06-2-AP 1 586

4 Operador de limpieza 532-06-2-AP 2 587-588

5 Operador de conducción vehicular 532-06-2-AP 1 589

6 UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

Jefe la Unidad de Responsabilidad Social 532-06-2-RE 1 590 UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

7 Jefe de la Unidad de Calidad Académica 532-06-2-RE 1 591 UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

8 Jefe de la Unidad de Grados y Títulos 532-06-2-RE 1 592 UNIDAD DE POS GRADO

9 Jefe de la Unidad de Pos Grado 532-06-2-RE 1 593 UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

10 Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada 532-06-2-RE 1 594

11 Asistente de biblioteca 532-06-2-AP 1 595

UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

12 Jefe de la Unidad de Centro de Cómputo 532-06-2-RE 1 596

13 Asistente del centro de cómputo 532-06-2-AP 1 597

GABINETE PEDAGÓGICO

14 Jefe de la Unidad de Gabinete Pedagógico 532-06-2-RE 1 598 LABORATORIOS ACADEMICOS

15 Jefe del Laboratorio Académicos 532-06-2-RE 1 599

16 Especialista en Laboratorios 532-06-2-ES 1 600

17 Especialista en Laboratorios 532-06-2-ES 1 601

LABORATORIOS ESPECIALIZADOS

18 Jefe de los Laboratorios Especializados 532-06-2-RE 1 602

19 Especialista en Laboratorio 2 603-604

UNIDAD DE INVESTIGACIÓN 532-06-2-ES

20 Jefe de la Unidad de Investigación 532-06-2-RE 1 605

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA DE ALIMENTOS

21 Director del Departamento Académico 532-06-2-RE 1 606

22 Secretaria 532-06-2-AP 1 607

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERIA INDUSTRIAL

23 Director del Departamento Académico 532-06-2-RE 1 608

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24 25

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS Director de Escuela

532-06-2-RE 1 609

Secretaria de las escuelas profesionales 532-06-2-AP 1 610

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA INDUSTRIAL

26 Director de Escuela 532-06-2-RE 1 611

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

1 28

Jefe de la Unidad de Producción de Bienes y Prestación de

Servicios

TOTAL

30

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3. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGO

3.1. DECANATO

El decanato es un Órgano de Dirección y la máxima autoridad de gobierno de la Facultad, representa a la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias, dirige la gestión académica y administrativa, representa a la Facultad ante el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria conforme lo dispone la Ley Universitaria N° 30220.

3.2. CARGO: DECANO

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DECANO

CÓDIGO 532-06-2-RE N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 584 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Convocar, dirigir y presidir las sesiones del Consejo de Facultad y representar a la Facultad ante el Consejo y Asamblea Universitaria con voz y voto, de acuerdo a lo que establece la Ley Universitaria.

2) Dirigir administrativamente la Facultad, autorizar los gastos y controlar la ejecución del presupuesto de la Facultad.

3) Dirigir académicamente la Facultad, en coordinación con los Directores de los Departamentos Académicos, de las Escuelas Profesionales y Unidades de Postgrado.

4) Designar a los Directores de las Escuelas Profesionales, Instituto de Investigación y las Unidades de Postgrado y proponer la ratificación ante el Consejo de Facultad.

5) Aprobar los reglamentos de la Facultad. sobre las responsabilidades de docentes y estudiantes, así como los regímenes de estudios, evaluación, promoción y sanciones dentro de las normas establecidas en la Ley Universitaria y el Estatuto de la UNASAM.

6) Proponer al Consejo de Facultad, sanciones a los docentes, estudiantes y personal administrativo de apoyo que incurran en faltas conforme lo señala la Ley Universitaria N° 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo.

7) Presentar al Consejo de Facultad, para su aprobación, el plan anual de funcionamiento y desarrollo de la Facultad y su Informe de Gestión.

8) Cumplir y hacer cumplir los planes de desarrollo y funcionamiento de la Facultad.

9) Proponer al Rector el proyecto de presupuesto anual de la Facultad y dirigir la ejecución.

10) Informar al Rector y a los Órganos de Gobierno, sobre la gestión de la Facultad y presentar su Memoria Anual al Consejo de Facultad.

11) Refrendar conjuntamente con el Rector y el Secretario General de la Universidad, los Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, certificados y menciones que se otorguen, en la Facultad.

12) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo de Facultad, Consejo Universitario, Asamblea Universitaria, la Ley Universitaria, el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad, el Reglamento de la Facultad y otras normas vigentes de la Universidad.

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13) Realizar las demás funciones, afines al cargo que señala el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad y el Manual de Organización y funciones de la Universidad.

14) Otras funciones que le asigne el Rector y el Vicerrectorado Académico.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) El Decano es el representante de la Facultad, tiene la más alta jerarquía y es responsable del cumplimiento académico y administrativo de la Facultad.

2) Dirige el Consejo de Facultad, e implementa sus acuerdos y/o actos administrativos.

3) Coordina las actividades académicas con el Vicerrector Académico y las actividades de investigación con el Vicerrector de Investigación.

4) Ejerce autoridad sobre los Órganos de Apoyo, Órganos de Servicios Académicos y Administrativos y los Órganos de Línea de la Facultad de Industrias Alimentarias

5) El Decano responde ante el Consejo de Facultad, sobre el cumplimiento de la misión de la Facultad y las funciones asignadas.

6) Es responsable de la buena marcha académica y administrativa de la Facultad, para ello delega funciones y coordina con los responsables de los diversos Órganos que conforman la Facultad, así como con los diferentes Órganos de la Universidad, conforme lo establece la ley.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser ciudadano en ejercicio.

2) Ser docente en la categoría de principal en el Perú o en el extranjero, con no menos de tres (3) años en la categoría.

3) Tener grado de Doctor o Maestro en su especialidad, el mismo que debe haber sido obtenido con estudios presenciales. Entiéndase por especialidad la rama de la ciencia o del conocimiento a la cual se dedica el docente.

4) No haber sido condenado por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada.

5) No estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitución y despido.

6) No estar consignado en el registro de deudores alimentarios morosos, ni tener pendiente de pago una reparación civil impuesta por una condena ya cumplida.

7) Otros establecidos en el Estatuto de la Universidad y la Ley Universitaria N° 30220.

3.3. CARGO: SECRETARIA DEL DECANO

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA DEL DECANO

CÓDIGO: 532-06-2-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 585 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Recibir, redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Organizar, y controlar el trámite documentario y el archivo del Decanato de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias

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3) Organizar y coordinar las audiencias, atenciones, reuniones y certámenes; y preparar la agenda con la documentación respectiva.

4) Organizar el control y seguimiento de los expedientes preparando periódicamente los informes de situación.

5) Administrar la documentación clasificada y prestar apoyo secretarial especializado, utilizando sistemas informáticos.

6) Organizar, coordinar y supervisar las labores de apoyo administrativo que realicen otras secretarias de la Facultad.

7) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

8) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

9) Atender las llamadas telefónicas, brindando información a los usuarios que están en línea, en forma concisa, breve y amable.

10) Orientar a los usuarios sobre las gestiones y situaciones de los diversos expedientes

11) Velar por la conservación y mantenimiento de los documentos, equipos y mobiliario que le han sido asignados.

12) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la custodia del patrimonio y documentación de su dependencia.

C. REQUISITOS MÍNIM0S: 1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores secretariales por un periodo mínimo de tres años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.4. UNIDAD DE SECRETARÍA GENERAL

La Unidad de Secretaria General de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias tiene por finalidad la gestión de documentos de las diversas unidades orgánicas de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias, de aspecto académico y administrativo.

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3.5. CARGO: SECRETARIO DE CONSEJO DE FACULTAD

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIO DE CONSEJO DE FACULTAD

CÓDIGO 532-06-2-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Preparar la agenda de las sesiones del Consejo de Facultad con la documentación sustentatoria para su aprobación.

2) Llevar actualizados, los libros de actas de sesiones de Consejo de Facultad, procesando los acuerdos tomados.

3) Emitir resoluciones, reglamentos, documentos oficiales emanados del Consejo de Facultad y/o encargados por el Decano.

4) Elaborar los proyectos de Resolución de los acuerdos adoptados en Consejo de Facultad y el Decanato.

5) Actuar como Secretario en las reuniones de Consejo de Facultad y del Decano. 6) Colaborar con el Decano en las acciones de coordinación con las comisiones. 7) Refrendar los documentos oficiales de la Facultad conjuntamente con el Decano, actuando como

fedatario de la Facultad. 8) Tramitar bajo responsabilidad a las instancias superiores los expedientes de graduación y

titulación aprobados por el Consejo de Facultad. 9) Realiza las funciones afines al cargo que el asigne el Decano de la Facultad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

1) Depende directamente del Decano de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

2) Es responsables de las funciones establecidas en el ROF y MOF, relacionadas a su

competencia.

3) Es responsable de la custodia y el cuidado de la documentación, equipos, infraestructura que le

son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

3.6. UNIDAD ADMINISTRATIVA

La Unidad Administrativa, es el órgano de apoyo administrativo, encargada de programar, organizar y dirigir las actividades administrativas de la Facultad., así como dirigir, supervisar y controlar las acciones administrativas en las diversas áreas de personal, economía, servicios generales, mantenimiento y trámites diversos de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias. Son funciones de la Unidad Administrativa:

6) Organizar y efectuar el manejo de los recursos económicos, financieros de la Facultad.

7) Elaborar y evaluar la ejecución del plan operativo de la Facultad.

8) Controlar la asistencia y permanencia del personal administrativos de la Facultad.

9) Organizar y ejecutar el mantenimiento, la conservación y seguridad de los ambientes de la Facultad.

10) Formular y programar el presupuesto y el cuadro de necesidades de la Facultad.

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3.7. CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación, elaboración y evaluación del Plan Operativo Institucional de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias, en coordinación con las demás unidades académicas y administrativas de la Facultad, así como la Oficina General de Planificación y Presupuesto.

2) Organizar, dirigir, supervisar y controlar el manejo de los recursos humanos, económico financieros y materiales de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

3) Planificar, dirigir y controlar las actividades administrativas, así como los requerimientos de materiales y recursos humanos y financieros de acuerdo a las necesidades en coordinación con el Decano de la Facultad y las demás dependencias de la Facultad

4) Organizar y coordinar la ejecución de los servicios de seguridad, mantenimiento, conservación y limpieza de bienes y de los ambientes académicos y administrativos.

5) Elaborar la programación y formulación del presupuesto y del cuadro de necesidades mensualizado de su Facultad, en coordinación con la Oficina General de Abastecimientos y Servicios Auxiliares. considerando las necesidades de cada dependencia de la Facultad.

6) Realizar el seguimiento continuo y la ejecución de la programación contenida en el cuadro de necesidades y en el plan operativo de la Facultad de Industrias Alimentarias, cumpliendo con la evaluación trimestral exigida.

7) Realizar el control de la asistencia y permanencia del personal administrativo y evaluar el desempeño del personal a su cargo, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos y con la Unidad de Servicios Auxiliares.

8) Mantener actualizados los instrumentos de gestión de la Facultad, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Institucional.

9) Mantener actualizados el registro de entradas y salidas de los bienes y materiales del almacén de la Facultad.

10) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias

2) Coordina con las diversas dependencias de la Facultad sobre temas relacionados a su competencia.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la documentación que se genere en la Unidad Administrativa. .

4) Es responsable del manejo adecuado de los recursos económicos, financieros y materiales de la Facultad.

5) Ejerce autoridad sobre el personal administrativo nombrado y contratado de la Facultad.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

CÓDIGO: 532-06-2-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 586 2016

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C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la especialidad.

2) Experiencia en la conducción de sistemas administrativos en el sector público y conducción de personal.

3) Capacitación en informática y sistemas administrativos.

3.8. CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS -

UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO:

OPERADOR DE LIMPIEZA

CÓDIGO 532-06-2-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN:SP- AP 587-588 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Ejecutar las actividades de limpieza diaria de los pasadizos, baños, escaleras, aulas, laboratorios, biblioteca, centros de cómputo y oficinas así como realizar labores de limpieza, gasfitería, electricidad de mantenimiento de los ambientes de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias

2) Operar equipos de limpieza para el cumplimiento de sus labores.

3) Orientar el ingreso y salida de personas de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias

4) Realizar acciones de traslado y acomodo de bienes, insumos, muebles y otros.

5) Contribuir al orden y seguridad de los ambientes de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias

6) Controlar y custodiar los ambientes, equipos, materiales y otros bienes de la Facultad, así también velar por su mantenimiento.

7) Realizar arreglos y conservación de los jardines y/o áreas verdes de la Facultad. 8) Apoyo en contribuir en la vigilancia y seguridad interna de los pabellones, oficinas y ambientes

de la Facultad. 9) Notificar sobre hechos o incidentes ocasionados dentro de la Facultad, a su jefe inmediato. 10) Realizar los requerimientos de materiales necesarios para desarrollar su labor. 11) Las demás que le asigne su jefe inmediato, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

4) Depende directamente del Jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares de la DASA.

5) No ejerce autoridad sobre personal.

6) Es responsable de los bienes que le son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Instrucción secundaria completa.

2) Buena disposición para el trabajo

3) Experiencia en labores similares.

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ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación primaria y experiencia.

3.9. CARGO: OPERADOR DE CONDUCCIÓN VEHICULAR (CHOFER)

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO:

1) Conducir la unidad vehicular asignada a la Facultad.

2) Traslado de personal universitario o estudiantes de ser requerido, con la debida autorización del jefe inmediato.

3) Revisar y evaluar el buen estado de los sistemas de dirección, suspensión, refrigeración, combustión y lubricación del vehículo a su cargo, antes, durante y después de las comisiones efectuadas.

4) Verificar el buen estado de las llantas, batería, frenos y otros accesorios del vehículo a su cargo, antes, durante y después de las comisiones efectuadas.

5) Atender y dar solución a los desperfectos básicos de funcionamiento, mecánica y electricidad automotriz de los vehículos, para mantener la seguridad de las personas y del vehículo.

6) Proponer la adquisición sobre los repuestos, equipos a adquirir en caso necesario y relacionado al uso.

7) Cumplir con las normas de tránsito velando por la seguridad de las personas que ocupen el vehículo así como el buen estado del mismo. En caso de incumplimiento del reglamento de tránsito hacerse cargo de las multas derivadas.

8) Mantener al día las planillas de control de kilometrajes, uso del combustible, así como las fechas de mantenimiento del vehículo.

9) Portar los documentos de identificación que sustenten su calidad de conductor, el propósito de su viaje y la situación legal del vehículo.

10) Otras funciones que le asignen en el ámbito de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares de la DASA.

2) No ejerce autoridad sobre ningún servidor.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados para el cumplimiento de sus funciones.

4) Es responsable del mantenimiento y cuidado del vehículo asignado a su persona.

C. REQUISITOS MÍNIM0S: 1) Instrucción secundaria.

2) Brevete profesional o de vehículos menores, según corresponda.

3) Experiencia en cargos similares ya sea en la actividad pública o privada.

4) Conocimientos básicos de mecánica y electricidad automotriz.

5) Poseer las condiciones físicas, actitud moral y de cooperación y habilidades propias para el cargo.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: OPERADOR DE CONDUCCIÓN VEHICULAR

CÓDIGO 532-06-2-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 589 2016

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3.10. UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

La Unidad de Responsabilidad Social es el Órgano de línea de las facultades que contribuye al desarrollo sostenible y al bienestar de la sociedad y compromiso con toda la comunidad universitaria. Sus funciones específicas son:

3.11. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Sensibilizar a todos los integrantes de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias sobre la importancia de una conducta responsable y comprometida con la sociedad y el medio ambiente.

2) Organizar y promover la participación de todos los integrantes de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias en diferentes actividades de carácter social y medioambiental.

3) Fomentar el uso responsable de los recursos y el compromiso social la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

4) Promover y desarrollar eventos que fomenten la formación humana y profesional, la creación de nuevos conocimientos y transferencia social de los mismos y la relación de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias con el resto de actores sociales, evaluando Impactos: educativos., cognitivos, epistemológicos, sociales, que influyen en los factores económicos, políticos, sociales y culturales y por ende en el desarrollo de la entidad.

5) Dirigir, coordinar, difundir, hacer seguimiento y evaluar las acciones y los mecanismos que fomenten y den cuenta de la contribución socialmente responsable de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

6) Capacitar a los docentes de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias en el enfoque de la Responsabilidad Social Universitaria y promover en las especialidades el Aprendizaje Basado en Proyectos de carácter social.

7) Otras funciones que le asigne el Decano, según su competencia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias, coordina sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la Oficina General de Responsabilidad Social Universitaria.

2) Es responsable de que las acciones y actividades de responsabilidad social en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

CÓDIGO 532-06-2-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 590 2016

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3.12. UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

La Unidad de Calidad es el órgano de apoyo académico, encargado de establecer y ejecutar las normas para la autoevaluación, el mejoramiento continuo de la calidad académica, así como planificar, dirigir, supervisar y evaluar los procesos de autoevaluación de la Facultad tendentes a una acreditación continua.

3.13. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Generar conciencia entre los miembros de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias sobre las ventajas de la autoevaluación con fines de acreditación y en relación a la cultura de la calidad.

2) Planificar, dirigir, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar los procesos de autoevaluación en la Facultad.

3) Coordinar con la Comisión Central de Autoevaluación y Acreditación de la Universidad. 4) Formula su Plan Táctico y Presupuesto Anual operativo. 5) Sensibilizar y fomentar la importancia del auto evaluación y acreditación como mecanismos que

permiten el mejoramiento continuo de la calidad. 6) Presentar trimestralmente un informe de gestión. 7) Recibir, revisar y remitir los informes a los Comités Internos de Autoevaluación con fines de

acreditación, de acuerdo al cronograma que establezca la Oficina General de Calidad Universitaria de la UNASAM

8) Otras funciones que le sean encargadas por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias, coordinar sus actividades con las Escuelas y Departamentos Académicos de la Facultad y con la Oficina General Calidad Universitaria.

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes a la calidad académica en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

2) Tener experiencia en labores de acreditación.

3.14. UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

La Unidad de Grados y Títulos es el Órgano de línea de la Facultad encargado de programar y conducir de acuerdo a reglamento, el proceso de graduación y titulación en las carreras profesionales que conduce la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias, para el mejor cumplimiento de su misión, mantiene relaciones de coordinación con las Escuelas Profesionales, la Secretaría General y Departamentos académicos.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

CÓDIGO 532-06-2-RE N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 591 2016

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3.15. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS

ALIMENTARIAS UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

CÓDIGO 532-06-2-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 592 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Proponer al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación del Consejo Universitario, el reglamento de procedimiento de los trámites de graduación y titulación en la Facultad.

2) Revisión, actualización y propuesta del Reglamento de otorgamiento de grados académicos y la obtención del título profesional en sus diversas modalidades de titulación así como diplomados y de segunda especialización al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación por el Consejo Universitario.

3) Verificar bajo responsabilidad, la conformidad de los expedientes para la obtención del Grado Académico de Bachiller o Título Profesional que otorgue la Facultad.

4) Programar, organizar y controlar las actividades relacionadas con el proceso de graduación y titulación.

5) Difundir el Reglamento de graduación y titulación así como el Reglamento de Procedimientos sobre graduación y titulación, entre los alumnos y egresados de la Facultad.

6) Solicitar a las Escuelas Profesionales la conformación de las comisiones dictaminadoras de expedientes de graduación y/o titulación así como la designación de jurados dictaminadores de Planes de Tesis para titulación profesional o jurados examinadores para las otras modalidades de titulación profesional previstas en el Reglamento.

7) Tener actualizado el padrón de graduados y titulados manteniendo una relación permanente para recoger iniciativas que propongan programas de capacitación y actualización profesional.

8) Administrar los expedientes de graduación y titulación que mantengan informados a los interesados sobre el estado de su gestión así como organizar y mantener al día el archivo de la documentación sobre graduación y titulación.

9) Otras funciones de su competencia que le sean asignados por el Consejo de Facultad o por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y AUTORIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias, coordina sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la Secretaría General de la UNASAM.

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes al proceso de titulación y grados académicos en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

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3.16. UNIDAD DE POST GRADO

La Escuela de Posgrado de la UNASAM es la Unidad Académica encargada de brindar estudios especializados propendiendo a la formación de investigadores y profesionales del más alto nivel académico conducente a la obtención de maestrías y doctorados. Tiene carácter autofinanciado.

3.17. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE POST GRADO

DEPENDENCIA

FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

UNIDAD DE POST GRADO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE POST GRADO

CÓDIGO 532-06-2-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 593 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Establece el diseño curricular a seguir para cada uno de los programas de formación continua: cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

2) Convocar y presidir el Comité Directivo de la Unidad de Post Grado.

3) Formula el Proyecto de Desarrollo Académico Administrativo de la Unidad, así como sus respectivos presupuestos.

4) Formula el Reglamento Académico de la Unidad y las Directivas que norman el inicio, desarrollo y finalización del periodo lectivo de los cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

5) Propone los docentes especialistas para la atención de los programas de formación continua, cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

6) Supervisa la aplicación de las normas académicas respecto a la aplicación del diseño curricular utilizado por cada uno de los programas de formación continua.

7) Supervisa y hace el seguimiento al desempeño de los docentes que laboran en la unidad de Post grado.

8) Proponer a los Jurados de Proyectos de Tesis y de la sustentación de tesis de acuerdo a su especialidad.

9) Elabora y publica el informe semestral de su gestión.

10) Elabora el reglamento interno de la Unidad de Post Grado.

11) Otras establecidas en el Reglamento Interno de la unidad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y AUTORIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad, coordina sus actividades con los directores de las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

2) Coordina sus actividades con el Director de la Escuela de Post Grado de la UNASAM y con los directores de las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad con grado de Maestro o Doctor.

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3.18. UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

La Unidad de la Biblioteca Especializada es un Órgano de línea de las Facultades encargada de velar por la conservación y atención de requerimientos de consulta bibliográfica de docentes y estudiantes de la Facultad. Ofrece los servicios de lectura en sala de referencia, así como de préstamo a domicilio.

1) Catalogar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la Facultad

2) Programar y organizar las actividades y establecer los procedimientos para el buen funcionamiento de la Biblioteca Especializada.

3) Registrar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la Facultad.

4) Ofrecer los servicio de lectura en sala de referencia y así como de préstamo a domicilio.

5) Contar con el inventario de biblioteca y velar por su conservación.

6) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y anual de las áreas que comprende.

7) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los recursos bibliográficos de la biblioteca especializada.

8) Atender con eficiencia en los horarios establecidos, con el personal necesario.

3.19. CARGO: JEFE DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Programar y dirigir las actividades propias de la Oficina de Biblioteca Especializada. 2) Dirigir y coordinar la formulación de documentos técnicos normativos para la correcta atención

en la Biblioteca Especializada. 3) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención. 4) Evaluar las actividades programadas y determinar las medidas correctivas para el buen

funcionamiento de la Biblioteca Especializada. 5) Formular el Plan y Presupuesto de la Biblioteca Especializada. 6) Formular la relación de material bibliográfico (libros, revistas, boletines, proyectos y tesis), de

acuerdo a las necesidades de la Facultad. 7) Dirigir el procesamiento técnico bibliográfico de la colección bibliográfica y de los servicios. 8) Implementar políticas y procedimientos adecuados para capacitar al personal de Biblioteca. 9) Sugerir los horarios de trabajo del personal a su cargo de acuerdo a los requerimientos del

servicio. 10) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y

anual de las áreas que comprende. 11) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los

recursos bibliográficos de la biblioteca especializada. 12) Presentar anualmente el presupuesto de la biblioteca especializada. 13) Las demás funciones que le asigne el Decano, dentro de su competencia.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

CÓDIGO 532-06-2-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 594 2016

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B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende de la Decanatura de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias y es responsable ante él.

2) Ejerce autoridad, mando y supervisión sobre el personal asignado a la Unidad de Biblioteca Especializada.

3) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación, catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca especializada.

4) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca. 5) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones. 6) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y

documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas). 7) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva. 8) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su

devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca. 9) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención. 10) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior

sobre cualquier anomalía. 11) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico. 12) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones

y novedades de interés al usuario. 13) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos,

ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada. 14) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan

el servicio a la Biblioteca. 15) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación,

presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en uso, ubicados en repositorio

16) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca. 17) Otras que le asigne su jefe inmediato.

C. REQUISITOS:

1) Personal nombrado con especialidad en Bibliotecología o bibliotecario con estudios en el área.

2) Alguna experiencia en la conducción de personal.

3) Conocimientos sobre administración e informática.

3.20. CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

CÓDIGO 532-06-2-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 595 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO:

1) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación, catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca especializada.

2) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca.

3) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones.

4) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas).

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5) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva.

6) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca.

7) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior sobre cualquier anomalía.

8) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico.

9) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones y novedades de interés al usuario.

10) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos, ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada.

11) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan el servicio a la Biblioteca.

12) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación, presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en uso, ubicados en repositorio

13) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca.

14) Otras que le asigne su jefe inmediato.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de cumplir en forma eficiente y oportuna las funciones señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones, el Manual de Organización y Funciones, y demás disposiciones legales vigentes que norman su actividad. No ejerce autoridad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Estudios Universitarios en el área o Técnico con estudios y experiencia relacionados al área.

2) Especialización y/o capacitación en Bibliotecología.

3) Capacitación o Especialización en computación e informática.

4) Conocimiento de sistemas administrativos.

5) Experiencia de dos años en actividades universitarias.

6) Trato cordial.

7) Habilidad analítica.

8) Orientación al usuario.

3.21. UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

La Unidad de Centro de Cómputo es un Órgano de línea de las Facultades, encargado de prestar servicios a los requerimientos académicos e informáticos de la Facultad.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 80

Sus funciones son:

1) Prestar servicio de cómputo para el desarrollo de los cursos regulares de las carreras profesionales ofrecidas por la Facultad.

2) Brindar soporte informático a los proyectos de investigación autorizados y crear las condiciones necesarias para el uso de las redes informáticas y de comunicaciones en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

3) Ofrecer soporte técnico para el desarrollo de cursos, programas y otras actividades de capacitación extracurricular que proyecte la Facultad a través de la instancia competente.

4) Proponer y ejecutar programas de enseñanza y capacitación especializada.

5) Facilitar el uso y préstamo de equipos, en actividades de la Facultad, previamente autorizados por el Consejo de Facultad.

6) Coordinar permanentemente con la Oficina General de Tecnología de Información Sistemas y Estadística, con conocimiento del Decano el adecuado estado de conservación de los equipos del centro de cómputo de La Facultad.

7) Elaborar el presupuesto del Centro de Cómputo para su presentación al Consejo de Facultad.

8) Otras funciones que le sean encomendadas por el Consejo de Facultad o por el Decano

3.22. CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Promover, difundir y aplicar adecuadamente las tecnologías de información en la Facultad

acuerdo a las políticas informáticas del Estado.

2) Impartir control sobre los bienes y equipos asignados a la oficina, y velar por su correcto uso.

3) Formular políticas y lineamientos que rijan de manera óptima el uso del Centro de Cómputo.

4) Aprobar informes y proyectos afines a las tecnologías de información y comunicación.

5) Proponer herramientas de gestión para la mejora de las tecnologías a través de estrategias,

enfoques modelos que apoyen los procesos de mejora de la Facultad.

6) Formular y evaluar el plan de mantenimiento preventivo y concurrente del hardware.

7) Velar por la conservación del inventario del hardware y software.

8) Proponer y documentar las buenas prácticas aplicadas en el uso del recurso tecnológico.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad.

2) Ejerce mando sobre el personal administrativo nombrado o contratado del Centro de Cómputo.

3) Es responsable de la organización, elaboración de gestiones, presupuesto, mantenimiento y

capacitaciones.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO 532-06-2-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 596 2016

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C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Personal administrativo con estudios en el área.

2) Conocimiento y experiencia en el manejo de las TIC´s.

3) Conocimiento de las normas y políticas de gobierno electrónico.

4) Alguna experiencia en la conducción de personal.

3.23. CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación y ejecución del horario de las clases prácticas de los cursos que requieren el uso del Centro de Cómputo.

2) Controlar el uso adecuado del hardware y software de la Facultad por los alumnos, docentes y personal administrativo, organizando y ejecutando acciones de seguridad, control de inventario, conservación y mantenimiento.

3) Mantener en buen estado y cuidado respectivo de los equipos informáticos y seguridad del Centro de Cómputo y del hardware& software de las aulas.

4) Recopilar y consolidar la información necesaria para el buen funcionamiento de los sistemas administrativos conducentes a garantizar el desarrollo de las actividades académicas.

5) Apoyar en tareas del mantenimiento de la página web de la Facultad. 6) Efectuar acciones de mantenimiento del hardware y software del Centro de Cómputo y de las

oficinas administrativas. 7) Garantizar el uso de aplicativos y antivirus solo con licencia acorde a los cursos que se imparten

en la Facultad. 8) Elaboración de requerimientos de equipos, materiales, herramientas e insumos para el

mantenimiento de los equipos. 9) Controlar y registrar el movimiento de activos informáticos y telemáticos del Centro de Cómputo. 10) Controlar las actividades de inspección de servicios de mantenimiento de los equipos

informáticos de los laboratorios y demás oficinas y/o unidades de la Facultad. 11) Orientar el uso adecuado de los equipos a los usuarios de la Facultad. 12) Cumplir otras funciones que le asigne el jefe de la oficina, en el ámbito de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe del Centro de Cómputo. 2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador. 3) Es responsable de la organización, ejecución, control y mantenimiento de los servicios y equipos

del Centro de Cómputo.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Técnico Profesional en Computación e Informática con especialidad. 2) Experiencia en el Servicio de administración de Centros de Cómputo, soporte informático,

telemático y audiovisual. 3) Conocimiento y experiencia en la administración de servidores.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO 532-06-2-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 597 2016

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4) Capacitación en actividades de administración de Centros de Cómputo y mantenimiento de equipos informáticos y telemáticos

5) Orientación al usuario. 6) Trato cordial a los usuarios.

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria que incluyan materias relacionadas con el área y experiencia en actividades informáticas y tecnológicas.

3.24. GABINETE PEDAGÓGICO

La Unidad de Gabinete Pedagógico, es el órgano de Línea de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias, encargado de ofrecer información, asesoramiento y orientación para prevenir y resolver dificultades que afecten la gestión académica, en especial, anticiparse a los problemas que pueden suscitarse.

3.25. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Asesorar sobre los criterios pedagógicos, líneas de aprendizaje y desarrollo de estrategias a implementar en la puesta en marcha del proyecto educativo de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

2) Acompañar el proceso educativo aportando todo elemento técnico-pedagógico que confiera calidad al aprendizaje.

3) Colaborar con la realización de los programas de estudio, de la planificación de las tareas académicas y en la conformación de los Curriculum docentes.

4) Sugerir los ajustes necesarios en la metodología de formación pedagógica de los docentes, en la planificación y evaluación del aprendizaje.

5) Diseñar y participar en la evaluación institucional y en propuestas formativas de los docentes.

6) Realizar encuestas estudiantiles y organizar el programa de tutorías.

7) Otras funciones según su competencia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano.

2) Coordina sus actividades con los directores de las escuelas y departamentos académicos, con las autoridades académicas de la UNASAM.

C. REQUISITOS MÍMINOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

2) Tener conocimiento de temas relacionados a la función a desempeñar.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

CÓDIGO 532-06-2-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 598 2016

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3.26. LABORATORIOS ACADÉMICOS

Los laboratorios académicos conforman una unidad de soporte académico que contribuye a la preparación académica y científica de los estudiantes de la UNASAM, es la encargada de coordinar y ejecutar actividades prácticas que refuercen los conocimientos teóricos impartidos en los diferentes cursos del área de Industrias Alimentarias, así como el apoyo a los diversos investigadores en temas de alimentos y afines.

Los Laboratorios Académicos es una unidad de soporte académico y de investigación, en los temas relacionados al ámbito; En lo académico los ejercicios del Laboratorio se utilizan como herramientas de enseñanza para afirmar los conocimientos adquiridos en el proceso enseñanza –aprendizaje, programados en las distintas Facultades que en su Curricula hayan considerado cursos relacionados a esta área. En el Aspecto de Investigación el trabajo práctico en laboratorio proporciona la experimentación y el descubrimiento, el uso de laboratorios requiere de tiempo adicional al de una clase convencional, para descubrir y aprender de los propios errores, de acuerdo con su uso y resultados finales.

3.27. CARGO: JEFE DE LOS LABORATORIOS ACADÉMICOS

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Coordinar con el Jefe del Departamento Académico Ciencia y Tecnología de Alimentos para la elaboración de los horarios de prácticas de los cursos que tiene a cargo del Departamento Académico de Ciencia y tecnología de Alimentos.

2) Supervisar la labor de los técnicos de los Laboratorios académicos y coordinar acciones conjuntas para el cuidado, mantenimiento, necesidades, etc. del Laboratorio.

3) Coordinar con los docentes sobre las necesidades de equipos, materiales y reactivos para las diversas prácticas de Laboratorio que tengan a cargo.

4) Hacer el Plan Operativo Institucional (POI) de los Laboratorios académicos

5) Coordinar con la Oficina de Abastecimiento y Almacén para la compra y verificación de los equipos, materiales y reactivos comprados como producto del requerimiento anual considerado en el POI.

6) Velar por el normal funcionamiento de los Laboratorios académicos, haciendo coordinaciones con las diversas Oficinas y Direcciones de la UNASAM.

7) Autorizar las prácticas pre-profesionales a estudiantes de las diversas escuelas profesionales de la UNASAM y otras Universidades.

8) Promover la difusión de las Investigaciones realizadas en los Laboratorios Académicos, para contribuir con la visibilidad de la UNASAM.

9) Atender las diversas solicitudes de información sobre los Laboratorios académicos que demande la gestión de las diversas Oficinas de la UNASAM.

10) Dirigir y coordinar la utilización de los recursos para las prácticas en los Laboratorios Académicos.

11) Formular las actividades propias de los Laboratorios Académicos.

12) Dirigir y coordinar la formulación de guías de servicios y otros documentos técnicos normativos para la correcta utilización de todos los equipos de los Laboratorios Académicos.

13) Evaluar las actividades de los Laboratorios Académicos y determinar las medidas correctivas para el buen funcionamiento de la misma.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS UNIDAD LABORATORIOS ACADÉMICOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL LABORATORIO ACADÉMICO

CÓDIGO 532-06-2-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-RE 599 2016

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14) Asesorar y orientar sobre asuntos relacionados a los Laboratorios Académicos.

15) Otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

2) Tiene autoridad sobre el personal técnico asignado al Laboratorio.

3) Es responsable del buen funcionamiento de los Laboratorios Académicos.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario del área de Industrias Alimentarias.

2) Estar adscrito al Departamento Académico de Ciencia y Tecnología de Alimentos.

3.28. CARGO: ESPECIALISTA EN LABORATORIO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Permanecer en los Laboratorios Académicos durante su turno, salvo situaciones de trámites o situaciones de urgencias/emergencias. La ausencia se deberá coordinar con el Jefe de Laboratorio y docentes que tienen programadas las Prácticas de Laboratorio, para evitar interferencia de la actividad académica.

2) Atender con la entrega de los equipos, materiales y reactivos a los docentes adscritos al área de FIIA del Departamento académico de Ciencia y tecnología de Alimentos para el desarrollo de las actividades académicas programadas. La atención se hará de acuerdo a los requerimientos solicitados por el docente siempre y cuando se cuente con lo solicitado.

3) Informar al Jefe de los Laboratorios Académicos sobre la infraestructura, equipamiento, materiales, Insumos y reactivos que se encuentran en mal estado, que se están agotando o que no se cuenta, para que sean considerados en el cuadro de requerimiento y/o planes de mantenimiento de la UNASAM.

4) Velar por el mantenimiento de los equipos y materiales de Laboratorio, mediante la limpieza y ordenamiento de los mismos.

5) Llenar todos los días las ocurrencias en su turno e informar con prontitud las incidencias al Jefe de Laboratorio para tomar acciones correspondientes.

6) Apoyar en la gestión de la Jefatura del Laboratorio mediante la presentación de información solicitada, y tramitación de documentos.

7) Actuar con prontitud en casos emergencias durante las prácticas de Laboratorio, con una actitud colaborativa en todo momento.

8) Atender a los docentes, y estudiantes que se encuentran haciendo trabajos de investigación previa coordinación con el Jefe del Laboratorio y el docente responsable de la Investigación.

9) Preparar los equipos según la práctica programada en los Laboratorios Académicos.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS-LABORATORIOS ACADÉMICOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ESPECIALISTA EN LABORATORIO

CÓDIGO 532-06-2-ES

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-ES 600-601 2016

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10) Apoyar técnicamente durante las prácticas programadas.

11) Evaluar la eficiencia de los equipos e instrumental utilizado.

12) Coordinar y controlar las funciones que desarrollan los equipos del trabajo.

13) Calcular las necesidades y requerimientos en las prácticas de Laboratorio.

14) Realizar otras funciones dentro de su competencia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe del Laboratorio.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable que las prácticas de los diversos cursos se efectúen de manera eficiente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Conocimiento sobre las áreas académicas a las que se dedica el Laboratorio.

2) Capacitación permanente.

3) Conocimiento de Ofimática básica e inglés básico.

4) Conocimiento de primeros auxilios y normas de seguridad.

3.29. LABORATORIOS ESPECIALIZADOS

Los Laboratorios especializados conforman una unidad de soporte en Investigación y desarrollo, así como de apoyo académico en el desarrollo de los laboratorios programados en los diferentes cursos académicos para reforzar el conocimiento de los estudiantes y aportaren sus prácticas pre profesionales.

Los Laboratorios Especializados son una Unidad de Soporte Académico y de Investigación en los temas de diagnósticos de los distintos procesos con precisión científica por medio de la tecnología y recursos más avanzados y actualizados. En el aspecto académico apoya con la realización de prácticas de los diversos cursos de la tecnología de alimentos y la ingeniería industrial, programados en las Facultades que en su Curricula hayan considerado cursos relacionados a esta área. En el aspecto de investigación presta apoyo a las diversas investigaciones en temas de procesos, desarrollando y adoptando nuevas tecnologías para el proceso de elaboración de alimentos, formula nuevos productos alimenticios, valora y mejora el poder nutritivo de los alimentos.

3.30. CARGO: JEFE DE LABORATORIOS ESPECIALIZADOS

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS-LABORATORIOS ESPECIALIZADOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL LABORATORIO ESPECIALIZADO

CÓDIGO 532-06-2-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-RE 602 2016

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A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Planificar, Programar, organizar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar, las actividades de los Laboratorios Especializados.

2) Elaborar el Cuadro de Necesidades y el Plan Operativo Institucional de los Laboratorios especializados de acuerdo a las necesidades que demanden, así como los requerimientos que hicieran llegar los docentes de la sección y especialistas del Laboratorio y elevarlo a la Oficina General de Economía y Abastecimiento de la UNASAM.

3) Informar anualmente al Jefe de la Unidad de Investigación y de apoyo académico, sobre las labores realizadas en los Laboratorios Especializados.

4) Supervisar la labor de los especialistas del Laboratorio e informar a la oficina de Personal con copia al Decano en caso de incumplimiento.

5) Solicitar y organizar la elaboración de los planes y programas pertinentes que los Laboratorios Especializados demandan; Plan de Higiene y Saneamiento, Plan de Buenas prácticas de Manufactura, Plan HACCP según líneas de producción, Plan de mantenimiento de Infraestructura, Equipos y maquinarias, Plan de seguridad y Salud Ocupacional, Plan de Adecuación de Manejo Ambiental (Plan de Residuos Sólidos y Líquidos), entre otros.

6) Revisar periódicamente según Plan de Mantenimiento, la infraestructura, los materiales, equipos y maquinarias que se encuentren en el Laboratorio Especializado, notificando inmediatamente a las instancias respectivas, en caso de observar algún deterioro, desperfecto o falta de alguno de ellos.

7) Solicitar a la Oficina de Patrimonio la baja de los materiales, equipos y maquinarias que ya estén obsoletos y no operativos, previo informe de los especialistas del laboratorio.

8) Firmar las Pecosas de equipos, maquinarias, materiales, insumos y reactivos que ingresen al Laboratorio Especializado. El jefe de Laboratorio Especializado es responsable, del recojo de equipos, materiales, insumos y reactivos que no cumplan con las especificaciones solicitadas.

9) Mantener actualizado el inventario de equipos, maquinarias, materiales, insumos y reactivos existentes en el Laboratorio, en coordinación con los especialistas de Laboratorio a fin de solicitar a tiempo los requerimientos necesarios para el normal funcionamiento de las actividades.

10) Coordinar y proponer el cuadro de necesidades de los laboratorios Especializados.

11) Elaborar y coordinar la Programación de uso de los Laboratorios Especializados

12) Coordinar con el personal docente las necesidades de reactivos materiales y equipos necesarios para el apoyo en la ejecución de las prácticas de laboratorio, las actividades de investigación y producción de nuevos productos.

13) Supervisar el uso racional de los equipos materiales, insumos y reactivos etc.

14) Autorizar el uso de los ambientes de los laboratorios Especializados, para la realización de trabajos de investigación, desarrollo y proyección social.

15) Organizar equipos de colaboración con los alumnos de la Facultad según las necesidades y Plan de Funcionamiento de los Laboratorios Especializados con cada una de sus Plantas Pilotos (Cereales y Panificación, Frutas y Hortalizas, Lácteos y derivados, Carnes y derivados).

16) Otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe de la Unidad de Investigación y en coordinación del Decano de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

2) Tiene autoridad sobre el personal asignado a los Laboratorios Especializados.

3) Es responsable del buen funcionamiento de los Laboratorio Especializados.

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C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Industrias Alimentarias / Ingeniería Industrial o personal Administrativo con perfil de Licenciado en Administración.

2) Conocimiento sobre las áreas especializadas a las que se dedica el Laboratorio. 3) Capacitación permanente. 4) Conocimiento de Ofimática básica e Inglés Básico. 5) Conocimiento de primeros auxilios y normas de seguridad

3.31. CARGO: ESPECIALISTA EN LABORATORIO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Apoyar técnicamente durante el desarrollo de las operaciones programadas.

2) Evaluar la eficiencia de los equipos e instrumental utilizado.

3) Coordinar y controlar las funciones que desarrollan los equipos del trabajo, así como de la indumentaria correspondiente de los colaboradores.

4) Mantener un estricto control, verificación y archivo del llenado de todos los Registros respectivos según los diferentes Planes establecidos, en el desarrollo de los procesos operativos.

5) Informar al Jefe del Laboratorio sobre el requerimiento de mantenimiento de infraestructura, los equipos y maquinarias que requieran mantenimiento y/o reparación especializada, según el Plan de Mantenimiento respectivo.

6) Verificar, controlar y apoyar en las actividades de limpieza, desinfección y control de vectores según la frecuencia establecida del Plan de Higiene y Saneamiento y registrar los resultados.

7) Mantener un estricto control en todos los procesos, sobre todo en el almacenamiento de materias primas, insumos, materiales, envases y productos elaborados, terminados, para garantizar su integridad y evitar los peligros de contaminación.

8) Mantener estricto control de las condiciones ambientales (humedad relativa y temperatura) de las diversas áreas que lo necesiten.

9) Controlar el uso correcto de materiales y productos de limpieza y desinfección autorizados, así como controlar la disposición final de los residuos sólidos según el plan respectivo.

10) Permanecer en los Laboratorios Especializados durante su turno, salvo situaciones de trámites o situaciones de urgencias/emergencias. La ausencia se deberá coordinar con el Jefe de los Laboratorios y docentes que tienen programadas las Prácticas de Laboratorios, para evitar interferencia de la actividad académica.

11) Informar al Jefe de los Laboratorios Especializados sobre la infraestructura, equipamiento, materiales, insumos y reactivos que se encuentran en mal estado, que se están agotando o que no se cuenta, para que sean considerados en el cuadro de requerimiento y/o planes de mantenimiento de la UNASAM.

12) Llenar todos los días las ocurrencias en su turno e informar con prontitud las incidencias al Jefe de Laboratorio para tomar acciones correspondientes.

13) Otras que le asigne el Jefe de los Laboratorios Especializados.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS-LABORATORIOS ESPECIALIZADOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ESPECIALISTA EN LABORATORIO ESPECIALIZADO

CÓDIGO 532-06-2-ES

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-ES 603-604 2016

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B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe de los Laboratorios.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de las prácticas de los diversos cursos y que se efectúen de manera eficiente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Título no universitario de un Centro de Estudios Técnicos Superiores relacionado con la especialidad.

2) Conocimiento de ofimática básica e Inglés Básico.

3) Experiencia en labores relacionadas al manejo de un laboratorio Especializado y en el manejo de instrumentos y equipos de Laboratorio.

4) Conocimiento sobre las áreas especializadas a las que se dedican los Laboratorios.

5) Capacitación permanente.

6) Conocimiento de primeros auxilios y normas de seguridad.

ALTERNATIVA:

Estudios Universitarios relacionados con la especialidad de Industrias Alimentarias

Experiencia en labores de apoyo en Laboratorio.

3.32. UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

La Unidad de Investigación está encargada de integrar las actividades de investigación de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias, es la encargada de diseñar, ejecutar, monitorear y evaluar los Proyectos de Investigación difundiendo sus resultados; así como establecer las líneas de investigación y crear los Centros, Círculos e Institutos de Investigación, según las necesidades e intereses de la Facultad. Están dirigidas por un Docente Ordinario designado por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad por un periodo máximo de dos años.

A. FUNCIONES DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

1) Promover el desarrollo científico y tecnológico de los docentes y estudiantes para garantizar la participación efectiva en el proceso del desarrollo regional y nacional.

2) Propiciar la elaboración de investigaciones en las líneas y áreas de su competencia, dentro del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

3) Fomentar y estimular actividades científicas para la capacitación de sus docentes y estudiantes.

4) Evaluar los proyectos de investigación, y proponerlos al Consejo de Facultad quien los aprobará en un plazo no mayor de quince (15) días y tramitarlo ante la Dirección General de Investigación (DGI).

5) Evaluar trimestralmente la ejecución de los proyectos de investigación informando a la DGI al finalizar cada trimestre.

6) Administrar los bienes y equipos que son adquiridos para el desarrollo de los proyectos de investigación subvencionados por canon, sobrecanon y regalías.

7) Realizar la difusión de las investigaciones desarrolladas por los docentes y estudiantes de las Facultades.

8) Promover la publicación de una revista académica especializada y gestionar su indización.

9) Revisar y dar certitud de la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio será sancionado con una normatividad específica).

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B. FUNCIONES DEL COMITÉ DE INVESTIGACIÓN:

1) Revisar y evaluar la pertinencia e impacto de los trabajos de investigación presentados por los docentes investigadores.

2) Revisar y dar certitud la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio es sancionado).

3) Proponer la aprobación de los proyectos de investigación e informes finales de investigación de los docentes al Consejo de Facultad, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos por el Consejo de Investigación y las normas correspondientes.

4) Evaluar trimestralmente el desarrollo de los proyectos de investigación e informar, a través del Director a las instancias pertinentes.

5) Apoyar las actividades de capacitación y otros eventos académico-científicos organizados por la Unidad de Investigación, la Dirección General de Investigación y el Vicerrectorado de Investigación.

6) Apoyar la difusión virtual de las investigaciones desarrolladas en la Unidad de investigación; así como a nivel institucional y de otras universidades del país y del mundo.

7) Colaborar con la edición y publicación de la revista científica de la Facultad.

8) Aprobar la Memoria Anual de investigación de la Unidad.

3.33. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Formular y ejecutar el plan de actividades de la Unidad de Investigación que forma parte del plan operativo y del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

2) Formular y coordinar políticas, áreas, líneas y programas de investigación de la Facultad, tanto para los docentes, como para estudiantes y graduados.

3) Hacer el seguimiento de los proyectos de investigación de la Facultad. 4) Solicitar al Vicerrectorado de Investigación, la evaluación y auspicio o financiamiento por la

UNASAM de los proyectos de investigación que muestren impacto, presentados por los docentes y sus semilleros aprobados por las unidades de investigación.

5) Elaborar directivas que normen la operatividad de la Unidad de Investigación. 6) Promover la formulación de proyectos de investigación interdisciplinarios que contribuyan al

desarrollo institucional, regional, nacional e internacional. 7) Presidir el Comité de Investigación de la Facultad. 8) Participar como miembro del Consejo de Investigación de la UNASAM. 9) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Comité de Investigación y Consejo de Investigación, así

como dispositivos emanados de la Dirección General de Investigación. 10) Promocionar la investigación científica y tecnológica. 11) Recepcionar y presentar al Comité de Investigación los trabajos de investigación de los docentes

investigadores. 12) Elevar al Consejo de Facultad los trabajos de investigación aprobados por el Comité de

Investigación para su ratificación. 13) Administrar y mantener el sistema de información de investigación. 14) Promover la publicación de los trabajos de investigación en los medios especializados.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 605 2016

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B. LINEAS DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

2) Coordina sus actividades con la Oficina General de Investigación, el Vice Rectorado de Investigación, la Unidad de Responsabilidad Social y con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario a tiempo completo o a dedicación exclusiva de la Facultad

2) Tener grado de Maestro o Doctor.

DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS DE LA FACULTAD DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

3.34. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE ALIMENTOS

El Departamento Académico de Ciencia y Tecnología de Alimentos, es una unidad de servicio académico de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias, que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad de estudiar, investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de Ciencia Tecnología de Alimentos.

3.35. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE ALIMENTOS

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al consejo de Facultad, la asignación de personal docente nombrado y contratado del Departamento de Ciencia y Tecnología de Alimentos.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras Facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS

ALIMENTARIAS -DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA DE ALIMENTOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADEMICO

CÓDIGO 532-06-2-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 606 2016

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9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento Académico de Ciencia y Tecnología de Alimentos.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento de Ciencia y Tecnología de Alimentos.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento de Ciencia y Tecnología de Alimentos.

3.36. CARGO: SECRETARIA

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS-DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA

CÓDIGO 532-06-2-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 607 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de los Departamentos Académicos de Ciencia y Tecnología de Alimentos y de Ingeniería Industrial a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de los Departamentos Académicos de Ciencia y Tecnología de Alimentos y de Ingeniería Industrial.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y presentación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres de los Departamentos Académicos de Ciencia y Tecnología de Alimentos y de Ingeniería Industrial.

6) Atender a los docentes de la Facultad de Ingeniería Industrias Alimentarias y de otras Facultades que prestan su apoyo, dando las facilidades que el caso amerita.

7) Manejo adecuado de las asistencias de los docentes, con ética y valores, de acuerdo a lo normado por la Dirección de Recurso Humanos.

8) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: la Carga Académica, por docente.

9) Recepcionar, archivar y custodiar los Sílabos de cada curso por Semestre Académico.

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10) Actualización constante de los archivos de las asistencias de los estudiantes, entregados por los docentes.

11) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de los Departamentos Académicos de Ciencia y Tecnología de Alimentos e Ingeniería Industrial.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente de los Jefes de los Departamentos académicos.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos y de la custodia de los mismos.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva. 2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint. 3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.37. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA INDUSTRIAL

El Departamento Académico de Ingeniería Industrial es una unidad de servicio académico de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias, que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad de estudiar, investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de Ingeniería Industrial.

3.38. DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA INDUSTRIAL

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al consejo de Facultad, la asignación de personal nombrado y contratado del Departamento de Ingeniería Industrial.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras Facultades de la UNASAM.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA INDUSTRIAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO

CÓDIGO 532-06-2-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 608 2016

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6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento Académico de Ingeniería Industrial.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento de Ingeniería Industrial.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor.

2) Ser docente adscrito al Departamento de Ingeniería Industrial.

3.39. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS: 3.40.

La Dirección de la Escuela Profesional de Ingeniería de Industrias Alimentarias está encargada del diseño y actualización curricular permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la formación, capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

A. FUNCIONES GENERALES:

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la Formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

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3.41. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS

ALIMENTARIAS-ESCUELA PROFESIONAL DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INDUSTRIAS

ALIMENTARIAS

CÓDIGO 532-06-2-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 609 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional y, cuando sea requerido, asiste al Consejo de Facultad con voz pero sin voto

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de Estudios en la carrera profesional

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros, supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela Profesional de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y científico de la Escuela Profesional de Ingeniería de Industrias Alimentarías.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación con el Departamento Académico.

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18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grado de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados, convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes, para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales, artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería Industrias Alimentarias y del Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente.

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas en la Escuela Profesional de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela Profesional a su cargo.

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que contribuyan a su desarrollo profesional.

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para cada año.

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11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

5) Ser docente principal.

6) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

7) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Ingeniería de Industrias Alimentarias.

8) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de Ingeniería de Industrias Alimentarias, por un período máximo de dos (02) años.

3.42. CARGO: SECRETARIA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos oficiales de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de las escuelas profesionales de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarías a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de las escuelas profesionales.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y presentación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres que le fueron asignados

6) Atención a estudiantes y padres de familia de la Escuela Profesional, a través del SIGA

7) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: Horarios, por ciclos, por aulas y por docente, matrícula, rectificación de matrícula, validación de matrícula, Impresión de actas parciales y finales, consolidados de notas, reporte curricular integral (RCI).

8) Ayuda a los estudiantes con el ingreso al sistema mediante la asignación de una contraseña, entrega de constancias del tercio superior, constancia de estudios, la emisión de certificados, informes técnicos para la obtención del grado de bachiller, emisión de constancia de egreso simple, carta de presentación para la realización de prácticas pre profesionales, llenado de constancias de egreso, actualización de los registros del libro de egresos, elaboración del rol de exámenes parciales y finales, recepción y sellado de sílabos previa coordinación con el Director de Escuela.

9) Apoya al docente con la entrega de la nómina de estudiantes por curso.

10) Actualización constante de los archivo de sílabos, pre actas parciales y finales,

11) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de las escuelas profesionales.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS-

ESCUELAS PROFESIONALES

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA DE LAS ESCUELAS PROFESIONALES

CÓDIGO 532-06-2-AP N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 610 2016

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B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente de los Jefes de los Departamentos académicos.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos y de la custodia de los mismos.

C. REQUISITOS MÍNIM0S: 1) Título de Secretaria Ejecutiva. 2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint. 3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.43. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE INGENIERIA INDUSTRIAL

La Dirección de la Escuela Profesional de Ingeniería Industrial está encargada del diseño y actualización

curricular permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la formación,

capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional

correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

A. FUNCIONES GENERALES:

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional de Ingeniería Industrial

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

3.44. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA INDUSTRIAL

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS-

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA INDUSTRIAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA

INDUSTRIAL

CÓDIGO 532-06-2-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 611 2016

MOF-UNASAM

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A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional de Ingeniería Industrial y, cuando sea requerido, asiste al

Consejo de Facultad con voz pero sin voto.

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios

específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de

Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula

de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos

y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al

cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los

estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de

Estudios en la carrera profesional.

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional

promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias

del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y

reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros,

supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela

Profesional.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la

indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los

estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del

ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y

científico de la Escuela Profesional.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo

de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren

los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación

con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como

las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grao de Bachiller y el Título de Licenciado.

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20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados,

convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado

a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los

estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa

de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes,

para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su

competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como

autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales,

artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido

en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad y del Consejo de Facultad de Ingeniería de Industrias

Alimentarias.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional

de Ingeniería Industrial.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas

en la Escuela Profesional de Ingeniería Industrial.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela

Profesional a su cargo.

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades

a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad

de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de

Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que

contribuyan a su desarrollo profesional.

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10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para

cada semestre académico.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Ingeniería Industrial.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de

Ingeniería Industrial, por un período máximo de dos (02) años.

3.45. UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

La Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios, es el órgano de línea de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias encargado de promover, programar, coordinar y organizar acciones que permitan producir bienes y prestar servicios a toda la comunidad Universitaria y la sociedad.

3.46. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS

1) Elabora el reglamento interno del Centro. 2) Fomenta la formación de unidades de producción de bienes y prestación de servicios, de

acuerdo a la especialidad de las escuelas profesionales de la Facultad. 3) Realiza convenios con otras instituciones de similar actividad, para implementar nuevas

líneas en la prestación de servicios. 4) Otras funciones que le sean encargadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD: 1) Depende directamente de la decanatura. 2) Es responsable de las actividades que se generen estén enmarcadas en el reglamento interno

y las normas administrativas de la UNASAM, y normas nacionales.

C. REQUISITOS MÍNIMOS: 1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERIA DE INDUSTRIAS ALIMENTARIAS-

UNIDAD DE PROD. BIENES Y PREST. DE SERVICIOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

CÓDIGO 532-06-2-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

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UNIVERSIDAD NACIONAL

“SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO”

Aprobado mediante la R.C.U.Nº339-2016 -UNASAM

2016

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FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS

1.1. DE LA FACULTAD

La Facultad de Ciencias Agrarias, es la unidad de organización, formación académica, profesional y de gestión (Artículo22° del Estatuto de la UNASAM y Artículo 19° del Reglamento General), propiciando la investigación y la responsabilidad social y extensión universitaria. Es responsable de elaborar el currículo, coordinar los planes de estudio para la obtención del Grado Académico Bachiller y Título Profesional de sus estudiantes.

1.2. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS

1) Planificar, organizar y ejecutar su Sistema Académico y Administrativo, orientado a la excelencia.

2) Formar profesionales académicos con competencias y capacidades estandarizadas a nivel nacional e internacional, para desarrollar las ciencias Agrarias y de la Agronomía, acordes a las exigencias actuales.

3) Gestionar el proceso de formación académica y profesional del pregrado.

4) Promover y desarrollar la investigación científica y tecnológica, como medio de conocimiento de la realidad, de la solución de problemas, producción de conocimientos y satisfacción de necesidades de conocimiento.

5) Proponer a través de las Dirección de las Escuelas Profesionales, el desarrollo de Programas de Educación a Distancia en las especialidades que se establezcan, previamente acordadas en Consejo de Facultad. Esta propuesta se rige en base a lo dispuesto en la Ley Universitaria N°30220

6) Promover y desarrollar la formación científica mediante la gestión de programas de actualización, perfeccionamiento y especialización.

7) Garantizar la calidad académica del egresado.

8) Concientizar en el aspecto de responsabilidad social procurando una gestión socialmente responsable en la formación académica y pedagógica, de los estudiantes, propiciando experiencias vivenciales, iniciativas interdisciplinarias e interinstitucionales, definiendo la ética profesional de cada disciplina y su rol social. en la formación de los estudiantes de la Facultad de Ciencias Agrarias.

9) Lograr un comportamiento organizacional, con prácticas de valores y normas de convivencia éticas y conducta ecológica, por parte de todos los integrantes de la Facultad de Ciencias Agrarias: docentes, personal administrativo y estudiantes, para lograr el desarrollo sostenible de nuestra Universidad.

10) Brindar servicios docentes a las Escuelas Académico Profesionales y Unidades de Post Grado.

11) Velar por el cumplimiento de las normas legales vigentes, así como de los acuerdos y resoluciones emanadas de los órganos superiores de la Universidad y los de la propia Facultad.

12) Promover la capacitación y entrenamiento en tecnología educativa orientada a mejorar la enseñanza de las especialidades que imparte la Facultad de Ciencias Agrarias.

13) Otras funciones que le asigne la Ley Universitaria y el Estatuto.

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2. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS

UNIVERSIDAD NACIONAL "SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO" (U.N.A.S.A.M.)

UNIDAD DE SECRETARIA

GENERAL

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA

AGRICOLA

ESCUELA PROFESIONAL DE AGRONOMIA

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD

SOCIAL

UNIDAD DE INVESTIGACION

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES

Y PREST. DE SERVICIOS

UNIDADADMINISTRATIVA

UNIDAD DE POST GRADO

COMISIONESPERMANTES

COMISIONES TRANSITORIAS

UNIDADES DE SERVICIOS ACADEMICOS

UNIDAD DE CENTRO DE COMPUTO

UNIDAD DE BIBLIOTECA

UNIVERSITARIA

UNIDAD DE GRADOS Y TITULOS

UNIDAD DE GABINETE

PEDAGOGICO

UNIDAD DE LABORATORIOS

UNIDAD DE CALIDAD ACADEMICA

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

AGRONOMIA

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

INGENIERIA AGRICOLA

DEPARTAMENTOS ACADEMICOS

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2.1. ESTRUCTURA ORGÁNICA

La Facultad de Ciencias Agrarias para su mejor funcionamiento, organiza sus actividades según la siguiente estructura orgánica ÓRGANO DE GOBIERNO

Consejo de Facultad ÓRGANO DE DIRECCIÓN:

Decanato

ÓRGANO DE APOYO ACADÉMICO Departamentos Académicos:

Departamento Académico de Agronomía. Departamento Académico de Ingeniería Agrícola.

Unidades de Servicio Académico:

Unidad de Calidad Académica Unidad de Centro de cómputo Unidad de Biblioteca Universitaria Unidad de Grados y Títulos Unidad de Gabinete pedagógico. Unidad de Post Grado Unidad de Laboratorios

Unidades de Administrativas:

Unidad Administrativa Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios Unidad de Secretaría General

ÓRGANOS DE LÍNEA

Escuela Profesional de Ingeniería Agrícola. Escuela Profesional de Agronomía Unidad de Responsabilidad Social Unidad de Investigación

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2.2. Cuadro Orgánico De Cargos: Para el cumplimiento de funciones de la facultad de ciencias Agrarias

cuenta con los siguientes cargos:

N° DE ORDEN

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA/CARGO

CÓDIGO TOTAL N° CAP

DECANATO

1 Decano 532-06-3-RE 1 721

2 Secretaria 532-06-3-AP 1 722

UNIDAD ADMINISTRATIVA

3 Asistente administrativo 532-06-3-AP 1 723

4 Operador de limpieza 532-06-3-AP 2 724-725

5 Operador de conducción vehicular 532-06-3-AP 1 726

6 UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

Jefe la Unidad de Responsabilidad Social 532-06-3-RE 1 727 UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

7 Jefe de la Unidad de Calidad Académica 532-06-3-RE 1 728 UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

8 Jefe de la Unidad de Grados y Títulos 532-06-3-RE 1 729 UNIDAD DE POS GRADO

9 Jefe de la Unidad de Pos Grado 532-06-3-RE 1 730 UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

10 Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada 532-06-3-RE 1 731

11 Asistente de biblioteca 532-06-3-AP 1 732

CENTRO DE CÓMPUTO

12 Jefe de la Unidad de Centro de Cómputo 532-06-3-RE 1 733

13 Asistente del centro de Cómputo 532-06-3-AP 1 734

GABINETE PEDAGÓGICO

14 Jefe de la Unidad de Gabinete Pedagógico 532-06-3-RE 1 735

LABORATORIOS DE FITOPATOLOGIA VEGETAL

15 Jefe del Laboratorio 532-06-3-RE 1 736

LABORATORIO INVITRO

16 Jefe del Laboratorio 532-06-3-RE 1 737

17 Especialista en Laboratorio Invitro 532-06-3-ES 1 738

18 Asistente en Laboratorio Invitro 532-06-3-AP 1 739

LABORATORIO DE ANALISIS DE SUELOS

19 Jefe de Laboratorio 532-06-3-RE 1 740

20 Asistente en Laboratorio de Suelos 532-06-3-AP 1 741

LABORATORIO DE FISIOLOGÍA VEGETAL

21 Jefe de Laboratorio 532-06-3-RE 1 742

LABORATORIO DE ENTOMOLOGÍA

22 Jefe de Laboratorio 532-06-3-RE 1 743

UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

23 Jefe de la Unidad de Investigación 532-06-3-RE 1 744

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE AGRONOMÍA

24 Director del Departamento Académico 532-06-3-RE 1 745

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25 Secretaria 532-06-3-AP 1 746

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERIA AGRÍCOLA

26 Director del Departamento Académico 532-06-3-RE 1 747

ESCUELA PROFESIONAL DE AGRONOMÍA

27 Director de la Escuela profesional de Agronomía 532-06-3-RE 1 748

28 Secretaria de las escuelas profesionales 532-06-3-AP 1 749

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA AGRÍCOLA

29 Director de la Escuela 532-06-3-RE 1 750

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

31 Jefe de la Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios

1

TOTAL 30

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3. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGOS

3.1. DECANATO

El decanato es un Órgano de Dirección y la máxima autoridad de gobierno de la Facultad, dirige la Gestión académica y administrativa, representa a la Facultad ante el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria conforme lo dispone la Ley Universitaria N° 30220.

3.2. CARGO: DECANO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DECANO

CÓDIGO 532-06-3-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 721 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS: 1) Convocar, dirigir y presidir las sesiones del Consejo de Facultad y representar a la Facultad ante

el Consejo y Asamblea Universitaria con voz y voto, de acuerdo a lo que establece la Ley Universitaria.

2) Dirigir administrativamente la Facultad, autorizar los gastos y controlar la ejecución del presupuesto de la Facultad.

3) Dirigir académicamente la Facultad, en coordinación con los Directores de los Departamentos Académicos, de las Escuelas Profesionales y Unidades de Postgrado.

4) Designar a los Directores de las Escuelas Profesionales, Instituto de Investigación y las Unidades de Postgrado y proponer la ratificación ante el Consejo de Facultad.

5) Aprobar los reglamentos de la Facultad. sobre las responsabilidades de docentes y estudiantes, así como los regímenes de estudios, evaluación, promoción y sanciones dentro de las normas establecidas en la Ley Universitaria y el Estatuto de la UNASAM.

6) Proponer al Consejo de Facultad, sanciones a los docentes, estudiantes y personal administrativo de apoyo que incurran en faltas conforme lo señala la Ley Universitaria N° 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo.

7) Presentar al Consejo de Facultad, para su aprobación, el plan anual de funcionamiento y desarrollo de la Facultad y su Informe de Gestión.

8) Cumplir y hacer cumplir los planes de desarrollo y funcionamiento de la Facultad.

9) Proponer al Rector el proyecto de presupuesto anual de la Facultad y dirigir la ejecución.

10) Informar al Rector y a los Órganos de Gobierno, sobre la gestión de la Facultad y presentar su Memoria Anual al Consejo de Facultad.

11) Refrendar conjuntamente con el Rector y el Secretario General de la Universidad, los Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, certificados y menciones que se otorguen, en la Facultad.

12) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo de Facultad, Consejo Universitario, Asamblea Universitaria, la Ley Universitaria, el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad, el Reglamento de la Facultad y otras normas vigentes de la Universidad.

13) Realizar las demás funciones, afines al cargo que señala el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad y el Manual de Organización y funciones de la Universidad.

14) Otras funciones que le asigne el Rector y el Vicerrectorado Académico.

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B. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) El Decano es el representante de la Facultad, tiene la más alta jerarquía y es responsable del cumplimiento académico y administrativo de la Facultad.

2) Dirige el Consejo de Facultad, e implementa sus acuerdos y/o actos administrativos.

3) Coordina las actividades académicas con el Vicerrector Académico y las actividades de investigación con el Vicerrector de Investigación.

4) Ejerce autoridad sobre los Órganos de Apoyo, Órganos de Servicios Académicos y Administrativos y los Órganos de Línea de la Facultad de Ciencias Agrarias.

5) El Decano responde ante el Consejo de Facultad, sobre el cumplimiento de la misión de la Facultad y las funciones asignadas.

6) Es responsable de la buena marcha académica y administrativa de la Facultad, para ello delega funciones y coordina con los responsables de los diversos Órganos que conforman la Facultad, así como con los diferentes Órganos de la Universidad, conforme lo establece la ley.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser ciudadano en ejercicio.

2) Ser docente en la categoría de principal en el Perú o en el extranjero, con no menos de tres (3) años en la categoría.

3) Tener grado de Doctor o Maestro en su especialidad, el mismo que debe haber sido obtenido con estudios presenciales. Entiéndase por especialidad la rama de la ciencia o del conocimiento a la cual se dedica el docente.

4) No haber sido condenado por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada.

5) No estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitución y despido.

6) No estar consignado en el registro de deudores alimentarios morosos, ni tener pendiente de pago una reparación civil impuesta por una condena ya cumplida.

7) Otros establecidos en el Estatuto de la Universidad y la Ley Universitaria N° 30220.

3.3. CARGO: SECRETARIA DEL DECANO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Recibir, redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Organizar, y controlar el trámite documentario y el archivo del Decanato de la Facultad de Ciencias Agrarias.

3) Organizar y coordinar las audiencias, atenciones, reuniones y certámenes; y preparar la agenda con la documentación respectiva.

4) Organizar el control y seguimiento de los expedientes preparando periódicamente los informes de situación.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA DEL DECANATO

CÓDIGO: 532-06-3-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 722 2016

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5) Administrar la documentación clasificada y prestar apoyo secretarial especializado, utilizando sistemas informáticos.

6) Organizar, coordinar y supervisar las labores de apoyo administrativo que realicen otras secretarias de la Facultad.

7) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de la Facultad de Ciencias Agrarias a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

8) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de la Facultad de Ciencias Agrarias.

9) Atender las llamadas telefónicas, brindando información a los usuarios que están en línea, en forma concisa, breve y amable.

10) Orientar a los usuarios sobre las gestiones y situaciones de los diversos expedientes

11) Velar por la conservación y mantenimiento de los documentos, equipos y mobiliario que le han sido asignados.

12) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la custodia de los bienes y documentación de su dependencia.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva. 2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint. 3) Experiencia en labores secretariales por un periodo mínimo de tres años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.4. CARGO: SECRETARIO DE CONSEJO DE FACULTAD

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Preparar la agenda de las sesiones del Consejo de Facultad con la documentación sustentatoria

para su aprobación. 2) Llevar actualizados, los libros de actas de sesiones de Consejo de Facultad, procesando los

acuerdos tomados. 3) Emitir resoluciones, reglamentos, documentos oficiales emanados del Consejo de Facultad y/o

encargados por el Decano. 4) Elaborar los proyectos de Resolución de los acuerdos adoptados en Consejo de Facultad y el

Decanato. 5) Actuar como Secretario en las reuniones de Consejo de Facultad y del Decano.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIO DE CONSEJO DE FACULTAD

CÓDIGO 532-06-2-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

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6) Colaborar con el Decano en las acciones de coordinación con las comisiones. 7) Refrendar los documentos oficiales de la Facultad conjuntamente con el Decano, actuando como

fedatario de la Facultad. 8) Tramitar bajo responsabilidad a las instancias superiores los expedientes de graduación y

titulación aprobados por el Consejo de Facultad. 9) Realiza las funciones afines al cargo que el asigne el Decano de la Facultad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente del decano de la facultad de Ciencias Agrarias.

2) Es responsables de las funciones establecidas en el ROF y MOF, relacionadas a su

competencia.

3) Es responsable de la custodia y el cuidado de la documentación, equipos, infraestructura que

le son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

3.5. UNIDAD ADMINISTRATIVA

La Unidad Administrativa, es la encargada de programar, organizar y dirigir las actividades administrativas de la Facultad, así como dirigir, supervisar y controlar las acciones administrativas en las diversas áreas de personal, economía, servicios generales, mantenimiento y trámites diversos de la Facultad de Ciencias Agrarias. Son funciones de la Unidad Administrativa

1) Organizar y efectuar el manejo de los recursos económicos, financieros de acuerdo a las necesidades de la Facultad.

2) Elaborar y evaluar la ejecución del plan operativo de la Facultad.

3) Controlar la asistencia de los docentes y administrativos de la Facultad.

4) Organizar y ejecutar el mantenimiento, la conservación y seguridad de los ambientes de la facultad.

5) Formular y programar el presupuesto y el cuadro de necesidades de la Facultad.

3.6. CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

CÓDIGO: 532-06-3-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 723 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación, elaboración y evaluación del Plan Operativo Institucional de la Facultad de Ciencias Agrarias, en coordinación con las demás unidades académicas y administrativas de la Facultad, así como la Oficina General de Planificación y Presupuesto.

2) Organizar, dirigir, supervisar y controlar el manejo de los recursos humanos, económico financieros y materiales de la Facultad de Ciencias Agrarias.

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3) Planificar, dirigir y controlar las actividades administrativas, así como los requerimientos de materiales y recursos humanos y financieros de acuerdo a las necesidades en coordinación con el Decano de la Facultad y las demás dependencias de la Facultad.

4) Organizar y coordinar la ejecución de los servicios de seguridad, mantenimiento, conservación y

limpieza de bienes y de los ambientes académicos y administrativos.

5) Elaborar la programación del cuadro de necesidades mensualizado de su Facultad, en coordinación con la Oficina General de Abastecimientos y Servicios Auxiliares. considerando las necesidades de cada dependencia de la Facultad.

6) Realizar el seguimiento continuo y la ejecución de la programación contenida en el cuadro de necesidades y en el plan operativo de la Facultad de Ciencias Agrarias, cumpliendo con la evaluación trimestral exigida.

7) Realizar el control de la asistencia y permanencia del personal administrativo y evaluar el desempeño del personal a su cargo, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos y con la Unidad de Servicios Auxiliares.

8) Mantener actualizados los instrumentos de gestión de la Facultad, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Institucional.

9) Mantener actualizados el registro de entradas y salidas de los bienes y materiales del almacén de la Facultad.

10) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias.

2) Coordina con las diversas dependencias de la Facultad sobre temas relacionados a su competencia.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la documentación que se genere en la Unidad Administrativa. .

4) Es responsable del manejo adecuado de los recursos económicos, financieros y materiales de la Facultad.

5) Ejerce autoridad sobre el personal administrativo nombrado y contratado de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la especialidad.

2) Experiencia en la conducción de sistemas administrativos y conducción de personal.

3) Capacitación en informática y sistemas administrativos.

3.7. CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

CÓDIGO 532-06-3-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN:SP- AP 724-725 2016

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A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Ejecutar las actividades de limpieza diaria de los pasadizos, baños, escaleras, aulas, laboratorios, biblioteca, centros de cómputo y oficinas así como realizar labores de mantenimiento de los ambientes de la Facultad de Ciencias Agrarias.

2) Operar equipos de limpieza para el cumplimiento de sus labores.

3) Orientar el ingreso y salida de personas de la Facultad de Ciencias Agrarias.

4) Realizar acciones de traslado y acomodo de bienes, insumos, muebles y otros.

5) Contribuir al orden y seguridad de los ambientes de la Facultad.

6) Controlar y custodiar los ambientes, equipos, materiales y otros bienes de la facultad, así también velar por su mantenimiento.

7) Arreglar y conservar los jardines y/o áreas verdes de la Facultad. 8) Vigilancia constante de los pabellones, oficinas y ambientes de la Facultad. 9) Notificar sobre hechos o incidentes ocasionados dentro de la Facultad, a su jefe inmediato. 10) Realizar los requerimientos de materiales necesarios para desarrollar su labor. 11) Las demás que le asigne su jefe inmediato, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares de la DASA.

2) No ejerce autoridad sobre el personal

3) Es responsable de los bienes que le son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Instrucción secundaria completa.

2) Buena disposición para el trabajo.

3) Experiencia en labores similares.

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación primaria y experiencia.

3.8. OPERADOR DE CONDUCCIÓN VEHICULAR (CHOFER)

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO:

1) Conducir la unidad vehicular asignada a la Facultad.

2) Traslado de personal universitario o estudiantes de ser requerido, con la debida autorización del jefe inmediato.

3) Revisar y evaluar el buen estado de los sistemas de dirección, suspensión, refrigeración, combustión y lubricación del vehículo a su cargo, antes, durante y después de las comisiones efectuadas.

4) Verificar el buen estado de las llantas, batería, frenos y otros accesorios del vehículo a su cargo, antes, durante y después de las comisiones efectuadas.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS -UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: OPERADOR DE CONDUCCIÓN VEHICULAR

CÓDIGO 532-06-3-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 726 2016

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5) Atender y dar solución a los desperfectos básicos de funcionamiento, mecánica y electricidad automotriz de los vehículos, para mantener la seguridad de las personas y del vehículo

6) Proponer la adquisición sobre los repuestos, equipos a adquirir en caso necesario y relacionado al uso.

7) Cumplir con las normas de tránsito velando por la seguridad de las personas que ocupen el vehículo así como el buen estado del mismo. En caso de incumplimiento del reglamento de tránsito hacerse cargo de las multas derivadas

8) Mantener al día las planillas de control de kilometrajes, uso del combustible, así como las fechas de mantenimiento del vehículo.

9) Portar los documentos de identificación que sustenten su calidad de conductor, el propósito de su viaje y la situación legal del vehículo.

10) Otras funciones que le asignen en el ámbito de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares de la DASA.

2) No ejerce autoridad sobre ningún servidor.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados para el cumplimiento de sus funciones.

4) Es responsable del mantenimiento y cuidado del vehículo asignado a su persona.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Instrucción secundaria.

2) Brevete profesional o de vehículos menores, según corresponda.

3) Experiencia en cargos similares ya sea en la actividad pública o privada.

4) Conocimientos básicos de mecánica y electricidad automotriz.

5) Poseer las condiciones físicas, actitud moral y de cooperación y habilidades propias para el cargo.

3.9. UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

La Unidad de Responsabilidad Social es el Órgano de línea de las facultades que contribuye al desarrollo sostenible y al bienestar de la sociedad y compromiso con toda la comunidad universitaria. Sus funciones específicas son:

3.10. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

CÓDIGO 532-06-3-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 727 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Sensibilizar a todos los integrantes de la Facultad de Ciencias Agrarias sobre la importancia de una conducta responsable y comprometida con la sociedad y el medio ambiente.

2) Organizar y promover la participación de todos los integrantes de la Facultad de Ciencias Agrarias en diferentes actividades de carácter social y medioambiental.

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3) Fomentar el uso responsable de los recursos y el compromiso social de la Facultad de Ciencias Agrarias.

4) Promover y desarrollar eventos que fomenten la formación humana y profesional, la creación de nuevos conocimientos y transferencia social de los mismos y la relación de la Facultad de Ciencias Agrarias con el resto de actores sociales, evaluando Impactos: educativos, cognitivos, epistemológicos, sociales, que influyen en los factores económicos, políticos, sociales y culturales y por ende en el desarrollo de la entidad.

5) Dirigir, coordinar, difundir, hacer seguimiento y evaluar las acciones y los mecanismos que fomenten y den cuenta de la contribución socialmente responsable de la Facultad de Ciencias Agrarias.

6) Capacitar a los docentes de la Facultad de Ciencias Agrarias en el enfoque de la Responsabilidad Social Universitaria y promover en las especialidades el Aprendizaje Basado en Proyectos de carácter social.

7) Otras funciones que le asigne el Decano, según su competencia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias, coordina sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la Oficina General de Responsabilidad Social Universitaria.

2) Es responsable de que las acciones y actividades de responsabilidad social en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente de la Facultad de Ciencias Agrarias.

3.11. UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

La Unidad de Calidad es el órgano de línea encargado de establecer y ejecutar las normas para la autoevaluación, el mejoramiento continuo de la calidad académica, así como planificar, dirigir, supervisar y evaluar los procesos de autoevaluación de la Facultad tendentes a una acreditación continua.

3.12. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Generar conciencia entre los miembros de la Facultad de Ciencias Agrarias sobre las ventajas de la autoevaluación con fines de acreditación y en relación a la cultura de la calidad.

2) Planificar, dirigir, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar los procesos de autoevaluación en la Facultad.

3) Coordinar con la Comisión Central de Autoevaluación y Acreditación de la Universidad.

4) Formula su Plan Táctico y Presupuesto Anual operativo.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS -UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

CÓDIGO 532-06-3-RE

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EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 728 2016

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5) Sensibilizar y fomentar la importancia del auto evaluación y acreditación como mecanismos que permiten el mejoramiento continuo de la calidad.

6) Presentar trimestralmente un informe de gestión.

7) Recibir, revisar y remitir los informes a los Comités Internos de Autoevaluación con fines de acreditación, de acuerdo al cronograma que establezca la Oficina General de Calidad Universitaria de la UNASAM.

8) Otras funciones que le sean encargadas por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias, coordinar sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la Oficina General de Calidad Universitaria.

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes a la calidad académica en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ciencias Agrarias.

2) Tener experiencia en labores de acreditación.

3.13. UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

La Unidad de Grados y Títulos es el Órgano de línea de la Facultad encargado de programar y conducir de acuerdo a reglamento, el proceso de graduación y titulación en las carreras profesionales que conduce la Facultad, para el mejor cumplimiento de su misión, mantiene relaciones de coordinación con las Escuelas Profesionales, la Secretaría General y Departamentos académicos.

3.14. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

CÓDIGO 532-06-3-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 729 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Proponer al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación del Consejo Universitario, el reglamento de procedimiento de los trámites de graduación y titulación en la Facultad.

2) Revisión, actualización y propuesta del Reglamento de otorgamiento de grados académicos y la obtención del título profesional en sus diversas modalidades de titulación así como diplomados y de segunda especialización al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación por el Consejo Universitario.

3) Verificar bajo responsabilidad, la conformidad de los expedientes para la obtención del Grado Académico de Bachiller o Título Profesional que otorgue la Facultad.

4) Programar, organizar y controlar las actividades relacionadas con el proceso de graduación y titulación.

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5) Difundir el Reglamento de graduación y titulación así como el Reglamento de Procedimientos sobre graduación y titulación, entre los alumnos y egresados de la Facultad.

6) Solicitar a las Escuelas Profesionales la conformación de las comisiones dictaminadoras de expedientes de graduación y/o titulación así como la designación de jurados dictaminadores de Planes de Tesis para titulación profesional o jurados examinadores para las otras modalidades de titulación profesional previstas en el Reglamento.

7) Tener actualizado el padrón de graduados y titulados manteniendo una relación permanente para recoger iniciativas que propongan programas de capacitación y actualización profesional.

8) Administrar los expedientes de graduación y titulación que mantengan informados a los interesados sobre el estado de su gestión así como organizar y mantener al día el archivo de la documentación sobre graduación y titulación.

9) Otras funciones de su competencia que le sean asignados por el Consejo de Facultad o por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y AUTORIDAD.

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias, coordina sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la Secretaría General de la UNASAM.

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes al proceso de titulación y grados académicos en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ciencias Agrarias.

3.15. UNIDAD DE POST GRADO

La Escuela de Post grado de la UNASAM es la Unidad Académica encargada de brindar estudios especializados propendiendo a la formación de investigadores y profesionales del más alto nivel académico conducente a la obtención de maestrías y doctorados. Tiene carácter autofinanciado.

3.16. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE POST GRADO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Establece el diseño curricular a seguir para cada uno de los programas de formación continua: cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

2) Convocar y presidir el Comité Directivo de la Unidad de Post Grado.

3) Formula el Proyecto de Desarrollo Académico Administrativo de la Unidad, así como sus respectivos presupuestos.

4) Formula el Reglamento Académico de la Unidad y las Directivas que norman el inicio, desarrollo y finalización del periodo lectivo de los cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías,

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-UNIDAD DE POST GRADO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE POS GRADO

CÓDIGO 532-06-3-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 730 2016

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doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

5) Propone los docentes especialistas para la atención de los programas de formación continua, cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

6) Supervisa la aplicación de las normas académicas respecto a la aplicación del diseño curricular utilizado por cada uno de los programas de formación continua.

7) Supervisa y hace el seguimiento al desempeño de los docentes que laboran en la unidad de Post grado.

8) Proponer a los Jurados de Proyectos de Tesis y de la sustentación de tesis de acuerdo a su especialidad.

9) Elabora y publica el informe semestral de su gestión.

10) Elabora el reglamento interno de la Unidad de Post Grado.

11) Otras establecidas en el Reglamento Interno de la unidad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y AUTORIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad, coordina sus actividades con los directores de las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

2) Coordina sus actividades con el Director de la Escuela de Post Grado de la UNASAM y con los directores de las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad con grado de Maestro o Doctor.

3.17. UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

La Unidad de la Biblioteca Especializada es un Órgano de línea de las facultades encargada de velar por la conservación y atención de requerimientos de consulta bibliográfica de docentes y estudiantes de la Facultad. Ofrece los servicios de lectura en sala de referencia, así como de préstamo a domicilio.

1) Catalogar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la facultad.

2) Programar y organizar las actividades y establecer las medidas correctivas para el buen funcionamiento de la Biblioteca Especializada.

3) Registrar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la Facultad

4) Ofrecer los servicio de lectura en sala de referencia y así como de préstamo a domicilio

5) Contar con el inventario de biblioteca y velar por su conservación.

6) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y anual de las áreas que comprende.

7) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los recursos bibliográficos de la biblioteca especializada.

8) Atender con eficiencia en los horarios establecidos, con el personal necesario.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 118

3.18. CARGO: JEFE DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Programar y dirigir las actividades propias de la Oficina de Biblioteca Especializada. 2) Dirigir y coordinar la formulación de documentos técnicos normativos para la correcta atención

en la Biblioteca Especializada. 3) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención. 4) Evaluar las actividades programadas y determinar las medidas correctivas para el buen

funcionamiento de la Biblioteca Especializada. 5) Formular el Plan y Presupuesto de la Biblioteca Especializada. 6) Formular la relación de material bibliográfico (libros, revistas, boletines, proyectos y tesis), de

acuerdo a las necesidades de la Facultad 7) Dirigir el procesamiento técnico bibliográfico de la colección bibliográfica y de los servicios. 8) Implementar políticas y procedimientos adecuados para capacitar al personal de Biblioteca. 9) Sugerir los horarios de trabajo del personal a su cargo de acuerdo a los requerimientos del

servicio. 10) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y

anual de las áreas que comprende. 11) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los

recursos bibliográficos de la biblioteca especializada. 12) Presentar anualmente el presupuesto de la biblioteca especializada. 13) Las demás funciones que le asigne el Decano, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende de la Decanatura de la Facultad de Ciencias Agrarias y es responsable ante él. 2) Ejerce autoridad, mando y supervisión sobre el personal asignado a la Unidad de Biblioteca

Especializada. 3) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación,

catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca especializada. 4) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca. 5) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones. 6) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y

documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas). 7) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva. 8) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su

devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca. 9) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención. 10) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior sobre

cualquier anomalía. 11) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico. 12) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones

y novedades de interés al usuario. 13) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos,

ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada. 14) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan

el servicio a la Biblioteca.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

CÓDIGO 532-06-3-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 731 2016

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15) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación, presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en uso, ubicados en repositorio.

16) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca. 17) Otras que le asigne su jefe inmediato.

C. REQUISITOS 1) Personal nombrado con especialidad en Bibliotecología o bibliotecario con estudios en el área.

2) Alguna experiencia en la conducción de personal.

3) Conocimientos sobre administración e informática.

3.19. CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS -UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

CÓDIGO 532-06-3-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 732 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO:

1) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación, catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca especializada.

2) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca.

3) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones.

4) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas).

5) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva.

6) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca.

7) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior sobre cualquier anomalía.

8) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico.

9) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones y novedades de interés al usuario.

10) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos, ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada.

11) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan el servicio a la Biblioteca.

12) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación, presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en uso, ubicados en repositorio.

13) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca.

14) Otras que le asigne su jefe inmediato.

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B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de cumplir en forma eficiente y oportuna las funciones señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones, el Manual de Organización y Funciones, y demás disposiciones legales vigentes que norman su actividad. No ejerce autoridad.

C. REQUISITOS MINIMOS:

1) Estudios Universitarios que incluyan materias relacionados con el área.

2) Especialización y/o capacitación en Bibliotecología.

3) Capacitación o Especialización en computación e informática.

4) Conocimiento de sistemas administrativos.

5) Experiencia de dos años en actividades universitarias.

6) Trato cordial.

7) Habilidad analítica.

8) Orientación al usuario.

3.20. UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

La Unidad de Centro de Cómputo es un Órgano de línea de las facultades, encargado de prestar servicios a los requerimientos académicos e informáticos de la Facultad.

Sus funciones son:

1) Prestar servicio de cómputo para el desarrollo de los cursos regulares de las carreras profesionales ofrecidas por la Facultad.

2) Brindar soporte informático a los proyectos de investigación autorizados y crear las condiciones necesarias para el uso de las redes informáticas y de comunicaciones en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

3) Ofrecer soporte técnico para el desarrollo de cursos, programas y otras actividades de capacitación extracurricular que proyecte la Facultad a través de la instancia competente.

4) Proponer y ejecutar programas de enseñanza y capacitación especializada.

5) Facilitar el uso y préstamo de equipos, en actividades de la Facultad, previamente autorizados por el Consejo de Facultad.

6) Coordinar permanentemente con la Oficina General de Tecnología de Información Sistemas y Estadística, con conocimiento del Decano el adecuado estado de conservación de los equipos del centro de cómputo de La Facultad.

7) Elaborar el presupuesto del Centro de Cómputo para su presentación al Consejo de Facultad.

8) Otras funciones que le sean encomendadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

3.21. CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS -UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO 532-06-3-RE

N° DEL CAP

FECHA

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CLASIFICACIÓN: RE 733 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Promover, difundir y aplicar adecuadamente las tecnologías de información en la Facultad

acuerdo a las políticas informáticas del Estado.

2) Impartir control sobre los bienes y equipos asignados a la oficina, y velar por su correcto uso.

3) Formular políticas y lineamientos que rijan de manera óptima el uso del Centro de Cómputo.

4) Aprobar informes y proyectos afines a las tecnologías de información y comunicación.

5) Proponer herramientas de gestión para la mejora de las tecnologías a través de estrategias,

enfoques modelos que apoyen los procesos de mejora de la Facultad.

6) Formular y evaluar el plan de mantenimiento preventivo y concurrente del hardware.

7) Velar por la conservación del inventario del hardware y software.

8) Proponer y documentar las buenas prácticas aplicadas en el uso del recurso tecnológico.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias.

2) Ejerce mando sobre el personal administrativo nombrado o contratado del Centro de Cómputo.

3) Es responsable de la organización, elaboración de gestiones, presupuesto, mantenimiento y

capacitaciones.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Personal administrativo con estudios en el área.

2) Conocimiento y experiencia en el manejo de las TIC´s

3) Conocimiento de las normas y políticas de gobierno electrónico

4) Alguna experiencia en la conducción de personal.

3.22. CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación y ejecución del horario de las clases prácticas de los cursos que requieren el uso del Centro de Cómputo.

2) Controlar el uso adecuado del hardware y software de la Facultad por los alumnos, docentes y personal administrativo, organizando y ejecutando acciones de seguridad, control de inventario, conservación y mantenimiento.

3) Mantener en buen estado y cuidado respectivo de los equipos informáticos y seguridad del Centro de Cómputo y del hardware& software de las aulas.

4) Recopilar y consolidar la información necesaria para el buen funcionamiento de los sistemas administrativos conducentes a garantizar el desarrollo de las actividades académicas.

5) Apoyar en tareas del mantenimiento de la página web de la Facultad. 6) Efectuar acciones de mantenimiento del hardware y software del Centro de Cómputo y de las

oficinas administrativas.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO 532-06-3-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 734 2016

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7) Garantizar el uso de aplicativos y antivirus solo con licencia acorde a los cursos que se imparten en la Facultad.

8) Elaboración de requerimientos de equipos, materiales, herramientas e insumos para el mantenimiento de los equipos.

9) Controlar y registrar el movimiento de activos informáticos y telemáticos del Centro de Cómputo. 10) Controlar las actividades de inspección de servicios de mantenimiento de los equipos informáticos

de los laboratorios y demás oficinas y/o unidades de la Facultad. 11) Orientar el uso adecuado de los equipos a los usuarios de la Facultad. 12) Cumplir otras funciones que le asigne el jefe de la oficina, en el ámbito de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe del Centro de Cómputo.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la organización, ejecución, control y mantenimiento de los servicios y equipos del Centro de Cómputo.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Técnico Profesional en Computación e Informática con especialidad. 2) Experiencia en el Servicio de administración de Centros de Cómputo, soporte informático,

telemático y audiovisual. 3) Conocimiento y experiencia en la administración de servidores. 4) Capacitación en actividades de administración de Centros de Cómputo y mantenimiento de

equipos informáticos y telemáticos 5) Orientación al usuario. 6) Trato cordial a los usuarios.

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria que incluyan materias relacionadas con el área y experiencia en actividades informáticas y tecnológicas.

3.23. UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

La Unidad de Gabinete Pedagógico, es el órgano de Línea de la Facultad de Ciencias Agrarias, encargado de ofrecer información, asesoramiento y orientación para prevenir y resolver dificultades que afecten la gestión académica, en especial, anticiparse a los problemas que pueden suscitarse.

3.24. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS -GABINETE PEDAGÓGICO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

CÓDIGO 532-06-2-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 735 2016

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

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A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Asesorar sobre los criterios pedagógicos, líneas de aprendizaje y desarrollo de estrategias a implementar en la puesta en marcha del proyecto educativo de la Facultad de Ciencias Agrarias.

2) Acompañar el proceso educativo aportando todo elemento técnico-pedagógico que confiera calidad al aprendizaje.

3) Colaborar con la realización de los programas de estudio, de la planificación de las tareas académicas y en la conformación de los Curriculum docentes.

4) Sugerir los ajustes necesarios en la metodología de formación pedagógica de los docentes, en la planificación y evaluación del aprendizaje.

5) Diseñar y participar en la evaluación institucional y en propuestas formativas de los docentes

6) Realizar encuestas estudiantiles y organizar el programa de tutorías.

7) Otras funciones según su competencia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y RESPONSABILIDAD

1) Depende del Decano.

2) Coordina sus actividades con los directores de las escuelas y departamentos académicos, con las autoridades académicas de la UNASAM.

C. REQUISITOS MÍMINOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ciencias Agrarias.

2) Tener conocimiento de temas relacionados a la función a desempeñar.

3.25. LABORATORIOS DE FITOPATOLOGÍA VEGETAL

Responsable del análisis de material vegetal, suelo, agua y biol dentro de la actividad agrícola con la finalidad de identificar los principales agentes fitopatógenos que influyen en la producción nacional; estos análisis se realizan por medio de metodologías en constante actualización como morfología, morfometría, aislamiento en medios de cultivo y biología molecular, los mismos están enmarcados en normas nacionales e internacionales de calidad.

3.26. CARGO: JEFE DEL LABORATORIO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Coordinar con el Jefe los jefes de Departamentos Académicos y Direcciones de Escuela de la Facultad de Ciencias Agrarias para la elaboración de los horarios de prácticas de los cursos que tiene a cargo.

2) Coordinar con la Oficina de Abastecimiento y Almacén para la compra y verificación de los equipos, materiales, insumos naturales, fertilizantes y otras necesidades como requerimiento anual considerado en el POI.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-LABORATORIOS DE FITOPATOLOGÍA VEGETAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL LABORATORIO

CÓDIGO 532-06-3-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 736 2016

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 124

3) Velar por el normal funcionamiento del Laboratorio, haciendo coordinaciones con las diversas Oficinas y Direcciones de la UNASAM.

4) Autorizar las prácticas pre-profesionales a estudiantes de las diversas escuelas profesionales de la UNASAM y otras Universidades.

5) Promover la difusión de las Investigaciones realizadas en el Laboratorio de Fitopatología Vegetal, para contribuir con la visibilidad de la UNASAM.

6) Atender las diversas solicitudes de información sobre el Laboratorio de Fitopatología Vegetal que demande la gestión de las diversas Oficinas de la UNASAM.

7) Brindar capacitación mediante prácticas pre-profesionales a los alumnos de la Facultad y otras instituciones de la Región.

8) Capacitar con charlas a las instituciones y agricultores de nuestra Región en el manejo de enfermedades de plantas.

9) Ejecución de prácticas de los cursos de Fitopatología vegetal, diagnósticos y otros estudios.

10) Elaboración de Informes de los estudios realizados durante las prácticas en el Laboratorio de Fitopatología Vegetal.

11) Prevenir niveles de contaminación y conocer normas de seguridad.

12) Realizar trabajos de investigación.

13) Evaluar las actividades de los Laboratorios de Fitopatología Vegetal y determinar las medidas correctivas para el buen funcionamiento de la misma.

14) Otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias.

2) Es responsable del buen funcionamiento de los Laboratorios de Fitopatología Vegetal.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario del área de Ciencias Agrarias.

2) Estar adscrito a la Facultad de Ciencias Agrarias.

3.27. LABORATORIO INVITRO

Incluye diferentes técnicas destinadas a multiplicar, entre otros, material vegetal o animal. El cultivo de tejidos vegetales consiste en tomar una porción de la planta (explanto) y proporcionarle artificialmente un medio de cultivo nutritivo esterilizado, que permita regenerar una o muchas plantas.

3.28. CARGO: JEFE DE LABORATORIO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-LABORATORIO INVITRO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL LABORATORIO

CÓDIGO 532-06-3-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 737 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 125

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Mantener el Laboratorio de propagación de plantas tiene el propósito de adecuar con todo lo necesario para desarrollar las técnicas de micro propagación, desde equipos, materiales y reactivos.

2) Capacitar con charlas a las instituciones y agricultores de nuestra Región en el manejo de plántulas In Vitro y semilla pre- básica de papa.

3) Asesorar y ejecutar trabajos de investigación para la obtención del título profesional. 4) Realizar trabajos de investigación. 5) Producir plántulas In Vitro de variedades comerciales de papa y otras especies vegetales 6) Apoyar en la parte académica con el desarrollo de las prácticas de los cursos de

Biotecnología Agrícola, Fito mejoramiento y otros de afinidad al área. 7) Coordinar con el Jefe los jefes de Departamentos Académicos y Direcciones de Escuela de la

Facultad de Ciencias Agrarias para la elaboración de los horarios de prácticas de los cursos que tiene a cargo el área de Laboratorio Invitro de la Facultad de Ciencias Agrarias.

8) Capacitar con charlas a las instituciones y agricultores de nuestra Región en el manejo de plántulas In Vitro y semilla pre- básica de papa.

9) Supervisar la labor del personal del Laboratorio Invitro y coordinar acciones conjuntas para el cuidado, mantenimiento, necesidades, etc.

10) Coordinar con los docentes sobre las necesidades de equipos, materiales y reactivos para las diversas prácticas de Laboratorio que tengan a cargo.

11) Hacer el Plan Operativo Institucional (POI) del Laboratorio Invitro. 12) Velar por el normal funcionamiento del Laboratorio, haciendo coordinaciones con las diversas

Oficinas y Direcciones de la UNASAM. 13) Autorizar las prácticas pre-profesionales a estudiantes de las diversas escuelas profesionales de

la UNASAM y otras Universidades. 14) Promover la difusión de las Investigaciones realizadas en el Laboratorio Invitro, para contribuir con

la visibilidad de la UNASAM. 15) Atender las diversas solicitudes de información sobre el Laboratorio Invitro que demande la

gestión de las diversas Oficinas de la UNASAM. 16) Evaluar las actividades del Laboratorio Invitro y determinar las medidas correctivas para el buen

funcionamiento de la misma. 17) Otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

1) Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias.

2) Tiene autoridad sobre el personal técnico asignado al laboratorio.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Laboratorio Invitro.

C. REQUISITOS MÍNIMOS.

1) Ser docente del área de Biología 2) Estar adscrito al Departamento Académico de Agronomía o Ingeniería Agrícola.

3.29. CARGO: ESPECIALISTA EN LABORATORIO INVITRO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-LABORATORIOS INVITRO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ESPECIALISTA EN LABORATORIO

CÓDIGO 532-06-3-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 738 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 126

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Preparación y cultivo de tejidos para la producción de semillas libres de todo tipo de patógenos. 2) Mantenimiento de stock de materia prima, cultivos invitro, insumos y materiales para las

prácticas. 3) Apoyar técnicamente durante las prácticas programadas. 4) Coordinar y controlar las funciones que desarrollan los equipos del trabajo. 5) Calcular las necesidades y requerimientos en las prácticas de laboratorio. 6) Llevar a cabo los ensayos siguiendo los protocolos y diseños de estudios establecidos con el Jefe

de Laboratorio. 7) Prepara el material y los equipamientos para llevar a cabo los ensayos y hacer las calibraciones

diarias necesarias. 8) Realizar otras funciones dentro de su competencia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del jefe del Laboratorio.

2) Tiene autoridad sobre el asistente de Laboratorio Invitro.

3) Es responsable que las prácticas de los diversos cursos se efectúen de manera Eficiente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Conocimiento sobre las áreas a las que se dedica el Laboratorio.

2) Capacitación permanente.

3) Conocimiento básico sobre higiene y seguridad industrial (Laboratorio de Cultivación invitro, y normas de seguridad.

3.30. CARGO: ASISTENTE EN LABORATORIO INVITRO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Preparar los equipos según la práctica programada en el Laboratorio Invitro. 2) Apoyar técnicamente durante las prácticas programadas. 3) Evaluar la eficiencia de los equipos e instrumental utilizado. 4) Coordinar y controlar las funciones que desarrollan los equipos del trabajo. 5) Mantener todos los materiales e instrumentos del laboratorio debidamente 6) Esterilizados y los ambientes prestos al desarrollo de las prácticas en el Laboratorio invitro. 7) Realizar otras funciones dentro de su competencia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del especialista en Laboratorio Invitro.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable que las prácticas de los diversos cursos se desarrollen de manera Eficiente.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-LABORATORIOS INVITRO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE EN LABORATORIO INVITRO

CÓDIGO 532-06-3-AP N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 739 2016

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 127

C. REQUISITOS MÍNIMOS.

1) Conocimiento sobre las áreas a las que se dedica el Laboratorio.

2) Capacitación permanente.

3) Conocimiento de primeros auxilios y normas de seguridad.

3.31. LABORATORIO DE ANÁLISIS DE SUELOS Y AGUAS

Los análisis de suelos son la parte esencial sobre la que se basa cualquier programa de manejo agronómico en una producción agrícola. Entre los aspectos que vamos a conocer con este tipo de análisis, la eficacia de los análisis de suelos dependerá en gran medida de la representatividad del mismo.

3.32. CARGO: JEFE DE LABORATORIO DE SUELOS Y AGUAS

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Coordinar con los Jefes de los Departamentos Académicos de Agronomía e Ingeniería Agrícola para la elaboración de los horarios de prácticas de los cursos que tienen a cargo en el Laboratorio de Análisis de suelos.

2) Elaboración de Informes de ensayos realizados durante las prácticas en el Laboratorio de Análisis de Suelos.

3) Capacitar en el manejo u operatividad de los equipos a los alumnos de la Facultad de Ciencias Agrarias.

4) Supervisar la labor del Asistente del Laboratorio de Análisis de Suelos, y coordinar acciones conjuntas para el cuidado, mantenimiento y necesidades del Laboratorio.

5) Coordinar con los docentes sobre las necesidades de equipos y materiales para las diversas prácticas de Laboratorio que tengan a cargo.

6) Hacer el Plan Operativo Institucional (POI) del Laboratorio de Análisis de Suelos.

7) Velar por el normal funcionamiento del Laboratorio de Análisis de Suelos, haciendo coordinaciones con las diversas Oficinas y Direcciones de la UNASAM.

8) Autorizar las prácticas pre-profesionales a estudiantes de las diversas escuelas profesionales de la UNASAM y otras Universidades.

9) Promover la difusión de las Investigaciones realizadas en el Laboratorio de Análisis de Suelos, para contribuir con la visibilidad de la UNASAM.

10) Atender las diversas solicitudes de información sobre el Laboratorio de Análisis de Suelos que demande la gestión de las diversas Oficinas de la UNASAM.

11) Coordinar con los jefes de Laboratorio y docentes en los casos de urgencias o imprevistos de suspensión de labores administrativas para evitar pérdidas de labor académica y evaluar la reprogramación de la clase de laboratorio.

12) Otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-LABORATORIO DE ANÁLISIS DE SUELOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL LABORATORIO

CÓDIGO 532-06-3-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 740 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 128

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias.

2) Tiene autoridad sobre el personal técnico asignado al Laboratorio.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Laboratorio de Análisis de Suelos.

C. REQUISITOS MINIMOS

1) Ser docente del área de Ingeniería.

2) Estar adscrito al Departamento Académico de Agronomía o Ingeniería Agrícola.

3.33. CARGO: ASISTENTE EN LABORATORIO DE SUELOS

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Permanecer en el Laboratorio de Análisis de Suelos durante su turno, salvo situaciones de trámites o situaciones de urgencias/emergencias. La ausencia se deberá coordinar con el Jefe de Laboratorio y docentes que tienen programadas las Prácticas de Laboratorio, para evitar interferencia de la actividad académica.

2) Atender con la entrega de los equipos y materiales a los docentes adscritos Departamento Académico de Agronomía y al Departamento Académico de Ingeniería Agrícola para el desarrollo de las actividades académicas programadas. La atención se hará de acuerdo a los requerimientos solicitados por el docente siempre y cuando se cuente con lo solicitado.

3) Informar al Jefe de Laboratorio de Análisis de Suelos sobre la infraestructura, equipamiento y materiales que se encuentran en mal estado, que se están agotando o que no se cuenta, para que sean considerados en el cuadro de requerimiento y/o planes de mantenimiento de la UNASAM.

4) Velar por el mantenimiento de los equipos y materiales de Laboratorio, mediante la limpieza y ordenamiento de los mismos.

5) Llenar todos los días las ocurrencias en su turno e informar con prontitud las incidencias al Jefe de Laboratorio para tomar acciones correspondientes.

6) Actuar con prontitud en casos de emergencias durante las prácticas de Laboratorio, con una actitud colaborativa en todo momento.

7) Dirigir la ejecución de ensayos, preparación de muestras y mantenimiento de equipos.

8) Apoyar en la elaboración de los informes técnicos de los ensayos ejecutados.

9) Dirigir y participar en los ensayos de Laboratorio a los alumnos de los diferentes cursos de la Facultad de Ciencias Agrarias.

10) Elaboración de estándares de ensayos ejecutados.

11) Apoyar técnicamente durante las prácticas programadas.

12) Otras que le asigne el Jefe del Laboratorio de Análisis de Suelos.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-LABORATORIO DE ANÁLISIS DE SUELOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: AISTENTE EN LABORATORIO DE SUELOS

CÓDIGO 532-06-3-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 741 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 129

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

1) Depende jerárquicamente del Jefe del Laboratorio.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable que las prácticas de los diversos cursos se efectúen de manera eficiente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS.

1) Conocimiento sobre las áreas académicas a las que se dedica el Laboratorio.

2) Capacitación permanente.

3) Conocimiento de primeros auxilios y normas de seguridad.

3.34. LABORATORIO DE FISIOLOGÍA VEGETAL

La fisiología vegetal es la subdisciplina de la botánica dedicada al estudio de los procesos metabólicos, el campo de trabajo de esta disciplina está estrechamente relacionado con la anatomía de las plantas, la ecología (interacciones con el medio ambiente), la fitoquímica (bioquímica de las plantas), la biología celular y la biología molecular.

3.35. CARGO: JEFE DE LABORATORIO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Coordinar con los Jefes de los Departamentos Académicos de Agronomía e Ingeniería

Agrícola para la elaboración de los horarios de prácticas de los cursos que tienen a cargo en el

Laboratorio de Fisiología Vegetal.

2) Elaboración de Informes de ensayos realizados durante las prácticas en el Laboratorio de

Fisiología Vegetal.

3) Capacitar en el manejo u operatividad de los equipos a los alumnos de la Facultad de Ciencias

Agrarias.

4) Supervisar la labor del Asistente del Laboratorio de Fisiología Vegetal, y coordinar acciones

conjuntas para el cuidado, mantenimiento y necesidades del Laboratorio.

5) Coordinar con los docentes sobre las necesidades de equipos y materiales para las diversas

prácticas de Laboratorio que tengan a cargo.

6) Hacer el Plan Operativo Institucional (POI) del Laboratorio de Fisiología Vegetal.

7) Velar por el normal funcionamiento del Laboratorio de Fisiología Vegetal, haciendo

coordinaciones con las diversas Oficinas y Direcciones de la UNASAM.

8) Autorizar las prácticas pre-profesionales a estudiantes de las diversas escuelas profesionales

de la UNASAM y otras Universidades.

9) Promover la difusión de las Investigaciones realizadas en el Laboratorio de Fisiología Vegetal,

para contribuir con la visibilidad de la UNASAM.

10) Atender las diversas solicitudes de información sobre el Laboratorio de Fisiología Vegetal que

demande la gestión de las diversas Oficinas de la UNASAM.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-LABORATORIO DE FISIOLOGÍA VEGETAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: AISTENTE EN LABORATORIO DE SUELOS

CÓDIGO 532-06-3-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 742 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 130

11) Coordinar con los jefes de Laboratorio y docentes en los casos de urgencias o imprevistos de

suspensión de labores administrativas para evitar pérdidas de labor académica y evaluar la

reprogramación de la clase de laboratorio.

12) Apoyar a los trabajos de investigación ejecutados por los Círculos de Estudios de la

Universidad.

13) Apoyar los trabajos de investigación que ejecuten los Colegios y los Comités de Productores

Agrícolas de la Región.

14) Apoyar la actividad académica (practicas) a los estudiantes de la Escuela profesional de

Ingeniería Agrícola y Agronomía.

15) Apoyar a estudiantes que ejecutan Practicas Pre Profesionales en Fisiología Vegetal,

producción de Semillas de Hortalizas.

16) Ejecutar trabajos de Evaluación de Calidad de Semillas.

17) Cualitativamente, determinar el nivel de macro nutrientes como: N, P, K en tejidos vegetales.

18) Otros relacionados a la Fisiología Vegetal.

19) Otros que determinen su reglamento.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias.

2) Es responsable del buen funcionamiento del Laboratorio de Análisis de Suelos.

C. REQUISITOS MINIMOS:

1) Ser docente del área de Ingeniería.

2) Estar adscrito al Departamento Académico de Agronomía o Ingeniería Agrícola.

3.36. LABORATORIO DE ENTOMOLOGÍA

El Laboratorio de Entomología busca contribuir al desarrollo de estrategias de control para disminuir la incidencia de enfermedades causadas por la transmisión de patógenos por insectos vectores, se cuenta con experiencia en el estudio de los factores que intervienen en la transmisión de enfermedades.

3.37. CARGO: JEFE DE LABORATORIO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Brindar capacitación mediante prácticas pre-profesionales a los alumnos de la Facultad y otras instituciones de la Región.

2) Asesorar y ejecutar trabajos de investigación para la obtención del título profesional. 3) Realizar trabajos de investigación. 4) Coordinar con los Jefes de los Departamentos Académicos de Agronomía e Ingeniería Agrícola

para la elaboración de los horarios de prácticas de los cursos que tienen a cargo en el Laboratorio de Entomología.

5) Elaboración de Informes de ensayos realizados durante las prácticas en el Laboratorio de Entomología.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-LABORATORIO DE ENTOMOLOGÍA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LABORATORIO

CÓDIGO 532-06-3-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 743 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 131

6) Capacitar en el manejo u operatividad de los equipos a los alumnos de la Facultad de Ciencias Agrarias.

7) Supervisar la labor del Asistente del Laboratorio de Fisiología Vegetal, y coordinar acciones conjuntas para el cuidado, mantenimiento y necesidades del Laboratorio.

8) Coordinar con los docentes sobre las necesidades de equipos y materiales para las diversas prácticas de Laboratorio que tengan a cargo.

9) Hacer el Plan Operativo Institucional (POI) del Laboratorio de Fisiología Vegetal. 10) Velar por el normal funcionamiento del Laboratorio de Fisiología Vegetal, haciendo coordinaciones

con las diversas Oficinas y Direcciones de la UNASAM. 11) Autorizar las prácticas pre-profesionales a estudiantes de las diversas escuelas profesionales de la

UNASAM y otras Universidades. 12) Promover la difusión de las Investigaciones realizadas en el Laboratorio de Fisiología Vegetal, para

contribuir con la visibilidad de la UNASAM. 13) Atender las diversas solicitudes de información sobre el Laboratorio de Fisiología Vegetal que

demande la gestión de las diversas Oficinas de la UNASAM. 14) Coordinar con los jefes de Laboratorio y docentes en los casos de urgencias o imprevistos de

suspensión de labores administrativas para evitar pérdidas de labor académica y evaluar la reprogramación de la clase de laboratorio.

15) Otros que determinen su reglamento.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias.

2) Es responsable del buen funcionamiento del Laboratorio de Análisis de Suelos.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente del área de Ingeniería.

2) Estar adscrito al Departamento Académico de Agronomía o Ingeniería Agrícola.

3.38. DEL LABORATORIO DE RIEGOS Y DRENAJE FUNCIONES

La función principal de un sistema de drenaje es la de permitir la retirada de las aguas que se acumulan en depresiones topográficas del terreno, causando inconvenientes ya sea a la agricultura o en áreas urbanizadas o carreteras, es sumamente importante del sistema de drenaje es la de controlar, en los perímetros de riego, la acumulación de sales en el suelo, lo que puede disminuir drásticamente la productividad.

3.39. CARGO: JEFE DE LABORATORIO DE RIEGOS Y DRENAJE FUNCIONES

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS: 1) Brindar capacitación mediante prácticas pre-profesionales a los alumnos de la Facultad y otras

instituciones de la Región. 2) Capacitar con charlas a las instituciones y agricultores de nuestra Región en el manejo de

Riego y Drenaje. 3) Asesorar y ejecutar trabajos de investigación para la obtención del título profesional. 4) Realizar trabajos de investigación. 5) Coordinar con el Jefe del Departamento Académico de Ingeniería Agrícola para la elaboración de

los horarios de prácticas del curso que tienen a cargo en el Laboratorio de riegos y drenaje

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-LABORATORIO DE RIEGOS Y DRENAJE

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LABORATORIO

CÓDIGO 532-06-3-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 2016

MOF-UNASAM

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 132

6) Elaboración de Informes de ensayos realizados durante las prácticas en el Laboratorio de riegos y drenaje.

7) Capacitar en el manejo u operatividad de los equipos a los alumnos de la Facultad de Ciencias Agrarias.

8) Coordinar con los docentes sobre las necesidades de equipos y materiales para las diversas prácticas de Laboratorio que tengan a cargo.

9) Hacer el Plan Operativo Institucional (POI) del Laboratorio de riegos y drenaje. 10) Velar por el normal funcionamiento del Laboratorio de riegos y drenaje, haciendo coordinaciones

con las diversas Oficinas y Direcciones de la UNASAM. 11) Autorizar las prácticas pre-profesionales a estudiantes de las diversas escuelas profesionales de la

UNASAM y otras Universidades. 12) Promover la difusión de las Investigaciones realizadas en el Laboratorio de riegos y drenaje, para

contribuir con la visibilidad de la UNASAM. 13) Atender las diversas solicitudes de información sobre el Laboratorio de riegos y drenaje que

demande la gestión de las diversas Oficinas de la UNASAM. 14) Coordinar con los jefes de Laboratorio y docentes en los casos de urgencias o imprevistos de

suspensión de labores administrativas para evitar pérdidas de labor académica y evaluar la reprogramación de la clase de laboratorio.

15) Otros que determinen su reglamento.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias.

2) Es responsable del buen funcionamiento del Laboratorio de Riegos y Drenaje.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente del área de Ingeniería.

2) Estar adscrito al Departamento Académico de Ingeniería Agrícola.

3.40. UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

La Unidad de Investigación está encargada de integrar las actividades de investigación de la Facultad de Ciencias Agrarias, es la encargada de diseñar, ejecutar, monitorear y evaluar los Proyectos de Investigación difundiendo sus resultados; así como establecer las líneas de investigación y crear los Centros, Círculos e Institutos de Investigación, según las necesidades e intereses de la Facultad. Están dirigidas por un Docente Ordinario designado por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad por un periodo máximo de dos años.

A. FUNCIONES DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

1) Promover el desarrollo científico y tecnológico de los docentes y estudiantes para garantizar la participación efectiva en el proceso del desarrollo regional y nacional.

2) Propiciar la elaboración de investigaciones en las líneas y áreas de su competencia, dentro del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

3) Fomentar y estimular actividades científicas para la capacitación de sus docentes y estudiantes.

4) Evaluar los proyectos de investigación, y proponerlos al Consejo de Facultad quien los aprobará en un plazo no mayor de quince (15) días y tramitarlo ante la Dirección General de Investigación (DGI).

5) Evaluar trimestralmente la ejecución de los proyectos de investigación informando a la DGI al finalizar cada trimestre.

6) Administrar los bienes y equipos que son adquiridos para el desarrollo de los proyectos de investigación subvencionados por canon, sobrecanon y regalías.

7) Realizar la difusión de las investigaciones desarrolladas por los docentes y estudiantes de las facultades.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 133

8) Promover la publicación de una revista académica especializada y gestionar su indización.

9) Revisar y dar certitud de la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio será sancionado con una normatividad específica).

B. FUNCIONES DEL COMITÉ DE INVESTIGACIÓN

1) Revisar y evaluar la pertinencia e impacto de los trabajos de investigación presentados por los docentes investigadores.

2) Revisar y dar certitud la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio es sancionado).

3) Proponer la aprobación de los proyectos de investigación e informes finales de investigación de los docentes al Consejo de Facultad, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos por el Consejo de Investigación y las normas correspondientes.

4) Evaluar trimestralmente el desarrollo de los proyectos de investigación e informar, a través del Director a las instancias pertinentes.

5) Apoyar las actividades de capacitación y otros eventos académico-científicos organizados por la Unidad de Investigación, la Dirección General de Investigación y el Vicerrectorado de Investigación.

6) Apoyar la difusión virtual de las investigaciones desarrolladas en la Unidad de investigación; así como a nivel institucional y de otras universidades del país y del mundo.

7) Colaborar con la edición y publicación de la revista científica de la Facultad.

8) Aprobar la Memoria Anual de investigación de la Unidad.

3.41. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Formular y ejecutar el plan de actividades de la Unidad de Investigación que forma parte del plan operativo y del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

2) Formular y coordinar políticas, áreas, líneas y programas de investigación de la Facultad, tanto para los docentes, como para estudiantes y graduados.

3) Hacer el seguimiento de los proyectos de investigación de la Facultad. 4) Solicitar al Vicerrectorado de Investigación, la evaluación y auspicio o financiamiento por la

UNASAM de los proyectos de investigación que muestren impacto, presentados por los docentes y sus semilleros aprobados por las unidades de investigación.

5) Elaborar directivas que normen la operatividad de la Unidad de Investigación. 6) Promover la formulación de proyectos de investigación interdisciplinarios que contribuyan al

desarrollo institucional, regional, nacional e internacional. 7) Presidir el Comité de Investigación de la Facultad. 8) Participar como miembro del Consejo de Investigación de la UNASAM. 9) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Comité de Investigación y Consejo de Investigación, así

como dispositivos emanados de la Dirección General de Investigación. 10) Promocionar la investigación científica y tecnológica. 11) Recepcionar y presentar al Comité de Investigación los trabajos de investigación de los docentes

investigadores. 12) Elevar al Consejo de Facultad los trabajos de investigación aprobados por el Comité de

Investigación para su ratificación.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

CÓDIGO 532-06-3-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 744 2016

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13) Administrar y mantener el sistema de información de investigación. 14) Promover la publicación de los trabajos de investigación en los medios especializados.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias.

2) Coordina sus actividades con la Oficina General de Investigación, el Vice Rectorado de Investigación, la Unidad de Responsabilidad Social y con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario a tiempo completo o a dedicación exclusiva de la Facultad

2) Tener grado de Maestro o Doctor.

DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS

3.42. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE AGRONOMÍA

El Departamento Académico de Agronomía, es una unidad de servicio académico de la Facultad de Ciencias Agrarias, que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad de estudiar, investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales.

3.43. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADEMICO DE AGRONOMÍA

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al Consejo de Facultad, la asignación de personal docente nombrado y contratado del Departamento de Agronomía.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS -DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE AGRONOMÍA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADEMICO

CÓDIGO 532-06-3-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 745 2016

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10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de Ciencias Agrarias.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento Académico de Agronomía.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento de Agronomía.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento de Agronomía.

3.44. CARGO: SECRETARIA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA

CÓDIGO 532-06-3-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 746 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de los Departamentos Académicos de Agronomía e Ingeniería Agrícola a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de los Departamentos Académicos de Agronomía e Ingeniería Agrícola.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y presentación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres de los Departamentos Académicos de Agronomía e Ingeniería Agrícola.

6) Atender a los docentes de la Facultad de Ciencias Agrarias y de otras Facultades que prestan su apoyo, dando las facilidades que el caso amerita.

7) Manejo adecuado de las asistencias de los docentes, con ética y valores, de acuerdo a lo normado por la Dirección de Recurso Humanos.

8) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a la Carga Académica, por docente.

9) Recepcionar, archivar y custodiar los Sílabos de cada curso por Semestre Académico.

10) Actualización constante de los archivos de las asistencias de los estudiantes, entregados por los docentes.

11) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de los Departamentos Académicos de Ciencias Agrarias.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 136

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente de los Jefes de los Departamentos académicos.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos y de la custodia de los mismos.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva. 2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint. 3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de dos años.

Alternativa:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.45. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA AGRÍCOLA

El Departamento Académico de Ingeniería Agrícola es una unidad de servicio académico de la Facultad de Ciencias Agrarias, que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad de estudiar, investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de Ingeniería Agrícola.

3.46. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA AGRÍCOLA

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al consejo de Facultad, la asignación de personal nombrado y contratado del Departamento Ingeniería Agrícola.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-DEPARTAMENTO

ACADÉMICO DE INGENIERÍA AGRÍCOLA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO

CÓDIGO 532-06-3-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 747 2016

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 137

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento Académico de Ingeniería Agrícola.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento de Ingeniería Agrícola.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento de Ingeniería Agrícola.

3.47. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE AGRONOMÍA

La Dirección de la Escuela Profesional de Agronomía está encargada del diseño y actualización curricular permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la formación, capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

A. FUNCIONES GENERALES:

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional de Agronomía.

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la Formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

3.48. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE AGRONOMÍA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-ESCUELA PROFESIONAL DE AGRONOMÍA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE AGRONOMÍA

CÓDIGO 532-06-3-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 748 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 138

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional y, cuando sea requerido, asiste al Consejo de Facultad con voz pero sin voto

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de Estudios en la carrera profesional.

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros, supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela Profesional.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y científico de la Escuela Profesional.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grao de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados, convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los estudiantes.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 139

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes, para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales, artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias y del Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional de Agronomía.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente.

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas en la Escuela Profesional de Agronomía.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela Profesional a su cargo.

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que contribuyan a su desarrollo profesional

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para cada año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

C. REQUISITOS MÍNIM0S: 1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Agronomía.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de Agronomía, por un período máximo de dos (02) años.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 140

3.49. CARGO: SECRETARIA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos oficiales de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de las escuela

3) s profesionales de la Facultad de Ciencias Agrarias a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

4) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de las escuelas profesionales.

5) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y presentación de los aparatos telefónicos.

6) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres que le fueron asignados

7) Atención a estudiantes y padres de familia de la Escuela Profesional, a través del SIGA

8) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: Horarios, por ciclos, por aulas y por docente, matrícula, rectificación de matrícula, validación de matrícula, Impresión de actas parciales y finales, consolidados de notas, reporte curricular integral (RCI).

9) Ayuda a los estudiantes con el ingreso al sistema mediante la asignación de una contraseña, entrega de constancias del tercio superior, constancia de estudios, la emisión de certificados, informes técnicos para la obtención del grado de bachiller, emisión de constancia de egreso simple, carta de presentación para la realización de prácticas pre profesionales, llenado de constancias de egreso, actualización de los registros del libro de egresos, elaboración del rol de exámenes parciales y finales, recepción y sellado de sílabos previa coordinación con el Director de Escuela.

10) Apoya al docente con la entrega de la nómina de estudiantes por curso.

11) Actualización constante de los archivo de sílabos, pre actas parciales y finales,

12) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de las escuelas profesionales.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD: 1) Depende jerárquicamente de los Jefes de los Departamentos académicos.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos y de la custodia de los mismos.

C. REQUISITOS MÍNIM0S: 1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de dos años.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-ESCUELAS PROFESIONALES

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA DE LAS ESCUELAS PROFESIONALES

CÓDIGO 532-06-3-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 749 2016

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 141

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.50. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE INGENIERIA AGRÍCOLA

La Dirección de la Escuela Profesional de Ingeniería Agrícola está encargada del diseño y actualización curricular permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la formación, capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

A. FUNCIONES GENERALES:

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional de Ingeniería Agrícola.

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

3.51. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA AGRÍCOLA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA AGRÍCOLA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA AGRÍCOLA

CÓDIGO 532-06-3-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 750 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional y, cuando sea requerido, asiste al Consejo de Facultad con voz pero sin voto

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de Estudios en la carrera profesional

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 142

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros, supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela Profesional.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y científico de la Escuela Profesional.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grao de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados, convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes, para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales, artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

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B. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias y del Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional de Ingeniería Agrícola.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente.

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas en la Escuela Profesional de Ingeniería Agrícola.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela Profesional a su cargo.

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que contribuyan a su desarrollo profesional

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para cada año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Ingeniería Agrícola.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de Ingeniería Agrícola, por un período máximo de dos (02) años.

3.52. UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

La Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios, es el órgano de línea de la Facultad de Ciencias Agrarias encargado de promover, programar, coordinar y organizar acciones que permitan producir bienes y prestar servicios a toda la comunidad Universitaria y la sociedad.

3.53. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS-UNIDAD DE PROD. BIENES Y PREST. DE SERVICIOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

CÓDIGO 532-06-3-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

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A. FUNCIONES ESPECÍFICAS: 1) Elabora el reglamento interno del Centro. 2) Fomenta la formación de unidades de producción de bienes y prestación de servicios, de

acuerdo a la especialidad de las escuelas profesionales de la Facultad. 3) Realiza convenios con otras instituciones de similar actividad, para implementar nuevas

líneas en la prestación de servicios. 4) Otras funciones que le sean encargadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD 1) Depende directamente de la decanatura 2) Es responsable de las actividades que se generen estén enmarcadas en el reglamento interno

y las normas administrativas de la UNASAM, y normas nacionales.

C. REQUISITOS MÍNIMOS: 1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

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UNIVERSIDAD NACIONAL

“SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO”

Aprobado mediante la R.C.U.Nº339-2016 -UNASAM

2016

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FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL

1.1. DE LA FACULTAD

La Facultad de Ingeniería Civil es la unidad de organización, formación académica, profesional y de gestión

(Artículo22° del Estatuto de la UNASAM y Artículo 19° del Reglamento General), propiciando la investigación

y la responsabilidad social y extensión universitaria. Es responsable de elaborar el currículo, coordinar los

planes de estudio para la obtención del Grado Académico Bachiller y Título Profesional de sus estudiantes.

1.2. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

1) Planificar, organizar y ejecutar su Sistema Académico y Administrativo, orientado a la excelencia.

2) Formar profesionales académicos con competencias y capacidades estandarizadas a nivel nacional e internacional, para desarrollar las ciencias matemáticas, estadística, informática, sistemas, telecomunicaciones, biotecnología y, acordes a las exigencias actuales.

3) Gestionar el proceso de formación académica y profesional del pregrado.

4) Promover y desarrollar la investigación científica y tecnológica, como medio de conocimiento de la realidad, de la solución de problemas, producción de conocimientos y satisfacción de necesidades de conocimiento.

5) Proponer a través de las Dirección de las Escuelas Profesionales, el desarrollo de Programas de Educación a Distancia en las especialidades que se establezcan, previamente acordadas en Consejo de Facultad. Esta propuesta se rige en base a lo dispuesto en la Ley Universitaria N°30220

6) Promover y desarrollar la formación científica mediante la gestión de programas de actualización, perfeccionamiento y especialización.

7) Garantizar la calidad académica del egresado.

8) Concientizar en el aspecto de responsabilidad social procurando una gestión socialmente responsable en la formación académica y pedagógica, de los estudiantes, propiciando experiencias vivenciales, iniciativas interdisciplinarias e la formación de los estudiantes de la Facultad de Ingeniería Civil.

9) Lograr un comportamiento organizacional, con prácticas de valores y normas de convivencia éticas y conducta ecológica, por parte de todos los integrantes de la Facultad de Ingeniería Civil: docentes, personal administrativo y estudiantes, para lograr el desarrollo sostenible de nuestra Universidad.

10) Brindar servicios docentes a las Escuelas Académico Profesionales y Unidades de Post Grado.

11) Velar por el cumplimiento de las normas legales vigentes, así como de los acuerdos y resoluciones emanadas de los órganos superiores de la Universidad y los de la propia Facultad.

12) Promover la capacitación y entrenamiento en tecnología educativa orientada a mejorar la enseñanza de las especialidades que imparte la Facultad de Ingeniería Civil.

13) Otras funciones que le asigne la Ley Universitaria y el Estatuto.

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2. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

UNIVERSIDAD NACIONAL "SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO" (U.N.A.S.A.M.)

UNIDAD DE SECRETARIA

GENERAL

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA CIVIL

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD

SOCIAL

UNIDAD DE INVESTIGACION

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PREST. DE

SERVICIOS

UNIDADADMINISTRATIVA

UNIDAD DE POST GRADO

COMISIONESPERMANTES

COMISIONES TRANSITORIAS

UNIDADES DE SERVICIOS ACADEMICOS

UNIDAD DE CENTRO DE COMPUTO

UNIDAD DE BIBLIOTECA

ESPECIALIZADA

UNIDAD DE GRADOS Y TITULOS

UNIDAD DE GABINETE

PEDAGOGICO

UNIDAD DE LABORATORIOS

UNIDAD DE CALIDAD ACADEMICA

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

INGENIERIA CIVIL

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

ARQUITECTURA

DEPARTAMENTOS ACADEMICOS

ESCUELA PROFESIONAL DE ARQUITECTURA Y

URBANISMO

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2.1. ESTRUCTURA ORGÁNICA

La Facultad de Ingeniería Civil para su mejor funcionamiento, organiza sus actividades según la siguiente estructura orgánica ÓRGANO DE GOBIERNO

Consejo de Facultad ÓRGANO DE DIRECCIÓN:

Decanato

ÓRGANO DE APOYO ACADÉMICO Departamentos Académicos:

Departamento Académico de Ingeniería Civil. Departamento Académico de Arquitectura.

Unidades de Servicio Académico:

Unidad de Calidad Académica Unidad de Gabinete Pedagógico Unidad de Biblioteca Especializada Unidad de Centro de Computo Unidad de Grados y Títulos Unidad de Post Grado Unidad de Laboratorio

Unidades de Administrativas:

Unidad Administrativa Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios Unidad de Secretaría General

ÓRGANOS DE LÍNEA

Escuela Profesional de Ingeniería Civil. Escuela Profesional de Arquitectura y Urbanismo. Unidad de Responsabilidad Social Unidad de Investigación

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2.2 Cuadro Orgánico De Cargos: Para el cumplimiento de funciones de la Facultad de Ingeniería Civil se

cuenta con los siguientes cargos:

N° DE

ORDEN DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA/CARGO CÓDIGO TOTAL N° CAP

DECANATO

1 Decano 532-06-4-RE 1 648

2 Secretaria 532-06-4-AP 1 649

UNIDAD ADMINISTRATIVA

3 Asistente Administrativo 532-06-4-AP 1 650

4 Apoyo en impresiones 532-06-4-AP 1 651

5 Operador de limpieza 532-06-4-AP 1 652

6 Operador de limpieza 532-06-4-AP 1 653

7 Operador de Conducción Vehicular 532-06-4-AP 1 654

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

8 Jefe de la Unidad de Responsabilidad Social 532-06-4-RE 1 655

UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

9 Jefe de la Unidad de Calidad Académica 532-06-4-RE 1 656

UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS 1

10 Jefe de la Unidad de Grados y Títulos 532-06-4-RE 657

UNIDAD DE POST GRADO

11 Jefe de la Unidad de Post Grado 532-06-4-RE 1 658

UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

12 Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada 532-06-4-RE 1 659

13 Asistente de biblioteca 532-06-4-AP 1 660

14 Asistente de biblioteca 532-06-4-AP 1 661

UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

15 Jefe de la Unidad de Centro de Cómputo 532-06-4-RE 1 662

16 Asistente del centro de cómputo 532-06-4-AP 1 663

GABINETE PEDAGÓGICO

17

Jefe de la

Unidad de Gabinete Pedagógico

UNIDAD DE LABORATORIOS

532-06-4-RE 1 664

LABORATORIO DE MECÁNICA DE SUELOS Y

ENSAYO DE MATERIALES

18 Jefe del Laboratorio de Mecánica de Suelos y Ensayo de

Materiales 532-06-4-RE 1 665

19 Asistente de Laboratorio de Mecánica de Suelos 532-06-4-AP 1 666

20 Asistente de Laboratorio de Ensayo de Materiales 532-06-4-AP 1 667

LABORATORIO DE GEODESIA

21 Jefe de Gabinete de Topografía y del Laboratorio de

Geodesia 532-06-4-RE 1 668

22 Asistente en Laboratorio 532-06-4-AP 1 669

UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

23 Jefe de la Unidad de Investigación 532-06-4-RE 1 670

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA CIVIL

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24 Director del Departamento Académico de Ingeniería Civil 532-06-4-RE 1 671

25 Secretaria 532-06-4-AP 1 672

26

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA

Director del Departamento Académico de Arquitectura

532-06-4-RE 1 673

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL

27 Director de Escuela 532-06-4-RE 1 674

28 Secretaria 532-06-4-AP 1 675

ESCUELA PROFESIONAL DE ARQUITECTURA Y

URBANISMO

29

Director de Escuela profesional de Arquitectura y

Urbanismo

532-06-4-RE 1 676

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

31 Jefe de la Unidad de Producción de Bienes y Prestación

de

Servicios

TOTAL 29

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3. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGO

3.1. DECANATO

El decanato es un Órgano de Dirección y la máxima autoridad de gobierno de la Facultad, dirige la Gestión

académica y administrativa, representa a la Facultad ante el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria

conforme lo dispone la Ley Universitaria N° 30220.

3.2. CARGO: DECANO

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DECANO

CÓDIGO

532-06-4-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 648 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Convocar, dirigir y presidir las sesiones del Consejo de Facultad y representar a la Facultad ante el Consejo y Asamblea Universitaria con voz y voto, de acuerdo a lo que establece la Ley Universitaria.

2) Dirigir administrativamente la Facultad, autorizar los gastos y controlar la ejecución del presupuesto de la Facultad.

3) Dirigir académicamente la Facultad, en coordinación con los Directores de los Departamentos Académicos, de las Escuelas Profesionales y Unidades de Postgrado.

4) Designar a los Directores de las Escuelas Profesionales, Instituto de Investigación y las Unidades de Postgrado y proponer la ratificación ante el Consejo de Facultad.

5) Aprobar los reglamentos de la Facultad. sobre las responsabilidades de docentes y estudiantes, así como los regímenes de estudios, evaluación, promoción y sanciones dentro de las normas establecidas en la Ley Universitaria y el Estatuto de la UNASAM.

6) Proponer al Consejo de Facultad, sanciones a los docentes, estudiantes y personal administrativo de apoyo que incurran en faltas conforme lo señala la Ley Universitaria N° 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo.

7) Presentar al Consejo de Facultad, para su aprobación, el plan anual de funcionamiento y desarrollo de la Facultad y su Informe de Gestión.

8) Cumplir y hacer cumplir los planes de desarrollo y funcionamiento de la Facultad.

9) Proponer al Rector el proyecto de presupuesto anual de la Facultad y dirigir la ejecución.

10) Informar al Rector y a los Órganos de Gobierno, sobre la gestión de la Facultad y presentar su Memoria Anual al Consejo de Facultad.

11) Refrendar conjuntamente con el Rector y el Secretario General de la Universidad, los Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, certificados y menciones que se otorguen, en la Facultad.

12) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo de Facultad, Consejo Universitario, Asamblea Universitaria, la Ley Universitaria, el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad, el Reglamento de la Facultad y otras normas vigentes de la Universidad.

13) Realizar las demás funciones, afines al cargo que señala el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad y el Manual de Organización y funciones de la Universidad.

14) Otras funciones que le asigne el Rector y el Vicerrectorado Académico.

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B. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) El Decano es el representante de la Facultad, tiene la más alta jerarquía y es responsable del cumplimiento académico y administrativo de la Facultad.

2) Dirige el Consejo de Facultad, e implementa sus acuerdos y/o actos administrativos.

3) Coordina las actividades académicas con el Vicerrector Académico y las actividades de investigación con el Vicerrector de Investigación.

4) Ejerce autoridad sobre los Órganos de Apoyo, Órganos de Servicios Académicos y Administrativos y los Órganos de Línea de la Facultad de Ingeniería Civil.

5) El Decano responde ante el Consejo de Facultad, sobre el cumplimiento de la misión de la Facultad y las funciones asignadas.

6) Es responsable de la buena marcha académica y administrativa de la Facultad, para ello delega funciones y coordina con los responsables de los diversos Órganos que conforman la Facultad, así como con los diferentes Órganos de la Universidad, conforme lo establece la ley.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser ciudadano en ejercicio.

2) Ser docente en la categoría de principal en el Perú o en el extranjero, con no menos de tres (3) años en la categoría.

3) Tener grado de Doctor o Maestro en su especialidad, el mismo que debe haber sido obtenido con estudios presenciales. Entiéndase por especialidad la rama de la ciencia o del conocimiento a la cual se dedica el docente.

4) No haber sido condenado por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada.

5) No estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitución y despido.

6) No estar consignado en el registro de deudores alimentarios morosos, ni tener pendiente de pago una reparación civil impuesta por una condena ya cumplida.

7) Otros establecidos en el Estatuto de la Universidad y la Ley Universitaria N° 30220.

3.3. CARGO: SECRETARIA DEL DECANO

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA

CÓDIGO:

532-06-4-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 649 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración

pública.

2) Organizar y coordinar las audiencias, atenciones, reuniones y certámenes; y preparar la agenda

con la documentación respectiva.

3) Organizar y coordinar las audiencias, atenciones, reuniones y certámenes; y preparar la agenda

con la documentación respectiva.

4) Organizar el control y seguimiento de los expedientes preparando periódicamente los informes de

situación.

5) Administrar la documentación clasificada y prestar apoyo secretarial especializado, utilizando

sistemas de cómputo.

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6) Organizar, coordinar y supervisar las labores de apoyo administrativo que realicen otras secretarias

de la Facultad.

7) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de la Facultad de Ingeniería Civil a las instancias

que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

8) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de la Facultad de Ingeniería Civil.

9) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y

presentación de los aparatos telefónicos.

10) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres que le han sido asignados.

11) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ingeniería Civil, dentro de su

competencia.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de Ingeniería Civil.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la custodia de los bienes y documentación de su dependencia.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores secretariales por un periodo mínimo de tres años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la

ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.4. CARGO: SECRETARIO DE CONSEJO DE FACULTAD

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL-SECRETARÍA GENERAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIO DE CONSEJO DE FACULTAD.

CÓDIGO

532-06-4-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1.

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Preparar la agenda de las sesiones del Consejo de Facultad con la documentación sustentatoria para su aprobación.

2) Llevar actualizados, los libros de actas de sesiones de Consejo de Facultad, procesando los acuerdos tomados.

3) Emitir resoluciones, reglamentos, documentos oficiales emanados del Consejo de Facultad y/o encargados por el Decano.

4) Elaborar los proyectos de Resolución de los acuerdos adoptados en Consejo de Facultad y el Decanato.

5) Actuar como Secretario en las reuniones de Consejo de Facultad y del Decano. 6) Colaborar con el Decano en las acciones de coordinación con las comisiones.

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7) Refrendar los documentos oficiales de la Facultad conjuntamente con el Decano, actuando como fedatario de la Facultad.

8) Tramitar bajo responsabilidad a las instancias superiores los expedientes de graduación y titulación aprobados por el Consejo de Facultad.

9) Realiza las funciones afines al cargo que el asigne el Decano de la Facultad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente del Decanato de la Facultad.

2) Es responsables de las funciones establecidas en el ROF y MOF, relacionadas a su

competencia.

3) Es responsable de la custodia y el cuidado de la documentación, equipos, infraestructura que le

son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

3.5. UNIDAD ADMINISTRATIVA

La Unidad Administrativa, es la encargada de programar, organizar y dirigir las actividades administrativas de

la Facultad., así como dirigir, supervisar y controlar las acciones administrativas en las diversas áreas de

personal, economía, servicios generales, mantenimiento y trámites diversos de la Facultad de Ingeniería Civil.

Son funciones de la Unidad Administrativa:

1) Organizar y efectuar el manejo de los recursos económicos, financieros de la Facultad.

2) Elaborar y evaluar la ejecución del plan operativo de la Facultad.

3) Controlar la asistencia y permanencia del personal administrativos de la Facultad.

4) Organizar y ejecutar el mantenimiento, la conservación y seguridad de los ambientes de la facultad.

5) Formular y programar el presupuesto y el cuadro de necesidades de la Facultad.

3.6. CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL-UNIDAD

ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

CÓDIGO:

532-06-4-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 650 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación, elaboración y evaluación del Plan Operativo Institucional de la Facultad de Ingeniería Civil, en coordinación con las demás unidades académicas y administrativas de la Facultad, así como la Oficina General de Planificación y Presupuesto.

2) Organizar, dirigir, supervisar y controlar el manejo de los recursos humanos, económico financieros y materiales de la Facultad de Ingeniería Civil.

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3) Planificar, dirigir y controlar las actividades administrativas, así como los requerimientos de materiales y recursos humanos y financieros de acuerdo a las necesidades en coordinación con el Decano de la Facultad y las demás dependencias de la Facultad.

4) Organizar y coordinar la ejecución de los servicios de seguridad, mantenimiento, conservación y limpieza de bienes y de los ambientes académicos y administrativos.

5) Elaborar la programación y formulación del presupuesto y del cuadro de necesidades mensualizado de su Facultad, en coordinación con la Oficina General de Abastecimientos y Servicios Auxiliares. considerando las necesidades de cada dependencia de la Facultad

6) Realizar el seguimiento continuo y la ejecución de la programación contenida en el cuadro de necesidades y en el plan operativo de la Facultad de Ingeniería Civil, cumpliendo con la evaluación trimestral exigida.

7) Realizar el control de la asistencia y permanencia del personal administrativo y evaluar el desempeño del personal a su cargo, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos y con la Unidad de Servicios Auxiliares.

8) Mantener actualizados los instrumentos de gestión de la Facultad, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Institucional.

9) Mantener actualizados el registro de entradas y salidas de los bienes y materiales del almacén de la Facultad.

10) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ingeniería Civil.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería Civil.

2) Coordina con las diversas dependencias de la Facultad sobre temas relacionados a su competencia.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la documentación que se genere en la Unidad Administrativa. .

4) Es responsable del manejo adecuado de los recursos económicos, financieros y materiales de la Facultad.

5) Ejerce autoridad sobre el personal administrativo nombrado y contratado de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la especialidad.

2) Experiencia en la conducción de sistemas administrativos del sector público y conducción de personal.

3) Capacitación en informática y sistemas administrativos.

3.7. CARGO: APOYO EN IMPRESIONES

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL-UNIDAD

ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: APOYO EN IMPRESIONES

CÓDIGO

532-06-4-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 651 2016

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A. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO:

1) Prever el mantenimiento y/o reparación de los bienes y equipos que se le ha asignado.

2) Elaborar cuadros estadísticos de las impresiones y reproducciones así como las ayudas

audiovisuales que brinda a las diferentes áreas de la Facultad de Ingeniería civil.

3) Realizar trabajos de compaginación, encuadernación, empaste, cortes de papel y otros.

4) Distribuir, controlar y coordinar los trabajos de impresión de acuerdo a las necesidades de la

Facultad de Ingeniería Civil.

5) Revisar las pruebas de imprenta y calidad de los trabajos realizados.

6) Realizar pedidos de materiales de impresión y de mantenimiento de su área, así como controlar

la existencia de los mismos.

7) Recepcionar y archivar copias de los trabajos que llegan a su área.

8) Calcular el presupuesto de trabajo de imprenta.

9) Efectuar el ordenamiento y/o archivo de los trabajos realizados, así como un informe detallado

de los mismos.

10) Puede corresponderle la preparación y/o presentación gráfica de publicaciones.

11) Recibir de los docentes las evaluaciones para ser entregadas a los alumnos.

12) Otras funciones que le asignen en el ámbito de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Asistente Administrativo de la Facultad.

2) No ejerce autoridad sobre ningún servidor.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados para el cumplimiento de sus funciones.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Instrucción secundaria.

2) Experiencia en la actividad.

3.8. CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL-UNIDAD

ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

CÓDIGO

532-06-4-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 652-653-654 2016

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A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Ejecutar las actividades de limpieza diaria de los pasadizos, baños, escaleras, aulas,

laboratorios, biblioteca, centros de cómputo y oficinas así como realizar labores de limpieza,

gasfitería, electricidad de mantenimiento de los ambientes de la Facultad de Ingeniería Civil.

2) Operar equipos de limpieza para el cumplimiento de sus labores.

3) Orientar el ingreso y salida de personas de la Facultad de Ingeniería Civil.

4) Realizar acciones de traslado y acomodo de bienes insumos, muebles y otros.

5) Contribuir al orden y seguridad de los ambientes de la Facultad

6) Controlar y custodiar los ambientes, equipos, materiales y otros bienes de la facultad, así

también velar por su mantenimiento.

7) Realizar arreglos y conservación de los jardines y/o áreas verdes de la Facultad.

8) Apoyo en contribuir en la vigilancia y seguridad interna de los pabellones, oficinas y ambientes

de la Facultad.

9) Notificar sobre hechos o incidentes ocasionados dentro de la Facultad, a su jefe inmediato.

10) Realizar los requerimientos de materiales necesarios para desarrollar su labor.

11) Las demás que le asigne el su jefe inmediato, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente de la Unidad de servicios Auxiliares de la DASA.

2) No ejerce autoridad sobre el personal.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Instrucción secundaria completa.

2) Buena disposición para el trabajo

3) Experiencia en labores similares

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación primaria y experiencia.

3.9. UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

La Unidad de Responsabilidad Social es el Órgano de línea de las facultades que contribuye al desarrollo

sostenible y al bienestar de la sociedad y compromiso con toda la comunidad universitaria. Sus funciones

específicas son:

3.10. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL-UNIDAD DE

RESPONSABILIDAD SOCIAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

CÓDIGO

532-06-4-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 655 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 158

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Sensibilizar a todos los integrantes de la Facultad de Ingeniería Civil sobre la importancia de una

conducta responsable y comprometida con la sociedad y el medio ambiente.

2) Organizar y promover la participación de todos los integrantes de la Facultad de Ingeniería Civil

en diferentes actividades de carácter social y medioambiental.

3) Fomentar el uso responsable de los recursos y el compromiso social la Facultad de Ingeniería

Civil.

4) Promover y desarrollar eventos que fomenten la formación humana y profesional, la creación de

nuevos conocimientos y transferencia social de los mismos y la relación de la Facultad de

Ingeniería Civil con el resto de actores sociales, evaluando Impactos: educativos., cognitivos,

epistemológicos, sociales, que influyen en los factores económicos, políticos, sociales y

culturales y por ende en el desarrollo de la entidad.

5) Dirigir, coordinar, difundir, hacer seguimiento y evaluar las acciones y los mecanismos que

fomenten y den cuenta de la contribución socialmente responsable de la Facultad de Ingeniería

Civil.

6) Capacitar a los de la Facultad de Ingeniería Civil en el enfoque de la Responsabilidad Social

Universitaria y promover en las especialidades el Aprendizaje Basado en Proyectos

de carácter social.

7) Otras funciones que le asigne el Decano, según su competencia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería Civil, coordina sus actividades con las escuelas

y departamentos académicos de la Facultad y con la Oficina General de Responsabilidad Social

Universitaria.

2) Es responsable de que las acciones y actividades de responsabilidad social en la Facultad, se

realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente de la Facultad de Ingeniería Civil.

3.11. UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

La Unidad de Calidad es el órgano de línea encargado de establecer y ejecutar las normas para la

autoevaluación, el mejoramiento continuo de la calidad académica, así como planificar, dirigir, supervisar y

evaluar los procesos de autoevaluación de la Facultad tendentes a una acreditación continua.

3.12. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL-UNIDAD DE CALIDAD

ACADÉMICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

CÓDIGO

532-06-4-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 656 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 159

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Generar conciencia entre los miembros de la Facultad de Ingeniería Civil sobre las ventajas

de la autoevaluación con fines de acreditación y en relación a la cultura de la calidad.

2) Planificar, dirigir, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar los procesos de autoevaluación en

la Facultad.

3) Coordinar con la Comisión Central de Autoevaluación y Acreditación de la Universidad.

4) Formula su Plan Táctico y Presupuesto Anual operativo.

5) Sensibilizar y fomentar la importancia del auto evaluación y acreditación como mecanismos

que permiten el mejoramiento continuo de la calidad.

6) Presentar trimestralmente un informe de gestión.

7) Recibir, revisar y remitir los informes a los Comités Internos de Autoevaluación con fines de

acreditación, de acuerdo al cronograma que establezca la Oficina General de Calidad

Universitaria de la UNASAM

8) Otras funciones que le sean encargadas por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería Civil, coordina sus actividades con las escuelas

y departamentos académicos de la Facultad y con la Oficina General Calidad Universitaria

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes a la calidad académica en la Facultad,

se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ingeniería Civil.

2) Tener experiencia en labores de acreditación.

3.13. UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

La Unidad de Grados y Títulos es el Órgano de Línea de la Facultad encargado de programar y conducir de

acuerdo a reglamento, el proceso de graduación y titulación en las carreras profesionales que conduce la

Facultad, para el mejor cumplimiento de su misión, mantiene relaciones de coordinación con las Escuelas

Profesionales, la Secretaría General y Departamentos académicos.

3.14. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL-UNIDAD DE GRADOS Y

TÍTULOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

CÓDIGO

532-06-4-RE N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 657 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 160

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Proponer al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación del Consejo Universitario, el

reglamento de procedimiento de los trámites de graduación y titulación en la Facultad.

2) Revisión, actualización y propuesta del Reglamento de otorgamiento de grados académicos y la

obtención del título profesional en sus diversas modalidades de titulación así como diplomados

y de segunda especialización al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación por el

Consejo Universitario.

3) Verificar bajo responsabilidad, la conformidad de los expedientes para la obtención del Grado

Académico de Bachiller o Título Profesional que otorgue la Facultad.

4) Programar, organizar y controlar las actividades relacionadas con el proceso de graduación y

titulación.

5) Difundir el Reglamento de graduación y titulación así como el Reglamento de Procedimientos

sobre graduación y titulación, entre los alumnos y egresados de la Facultad.

6) Solicitar a las Escuelas Profesionales la conformación de las comisiones dictaminadoras de

expedientes de graduación y/o titulación así como la designación de jurados dictaminadores de

Planes de Tesis para titulación profesional o jurados examinadores para las otras modalidades

de titulación profesional previstas en el Reglamento.

7) Tener actualizado el padrón de graduados y titulados manteniendo una relación permanente

para recoger iniciativas que propongan programas de capacitación y actualización profesional.

8) Administrar los expedientes de graduación y titulación que mantengan informados a los

interesados sobre el estado de su gestión así como organizar y mantener al día el archivo de la

documentación sobre graduación y titulación.

9) Otras funciones de su competencia que le sean asignados por el Consejo de Facultad o por el

Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y AUTORIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería Civil, coordina sus actividades con las escuelas

y departamentos académicos de la Facultad y con la Secretaría General de la UNASAM.

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes al proceso de titulación y grados

académicos en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ingeniería Civil.

3.15. UNIDAD DE POST GRADO

La Unidad de Posgrado es la organización académica y administrativa encargada de integrar las actividades

de Posgrado de la Facultad y gestionar los estudios o programas de formación continua que conducen a títulos

de segunda especialización, diplomados y cursos que conlleven a certificaciones con nota aprobatoria.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 161

3.16. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE POST GRADO

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL-UNIDAD DE POS GRADO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE POST GRADO

CÓDIGO

532-06-4-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 658 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Establece el diseño curricular a seguir para cada uno de los programas de formación continua:

cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y post doctorados y otros,

aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

2) Convocar y presidir el Comité Directivo de la Unidad de Post Grado.

3) Formula el Proyecto de Desarrollo Académico Administrativo de la Unidad, así como sus respectivos presupuestos.

4) Formula el Reglamento Académico de la Unidad y las Directivas que norman el inicio, desarrollo y finalización del periodo lectivo de los cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

5) Propone los docentes especialistas para la atención de los programas de formación continua, cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

6) Supervisa la aplicación de las normas académicas respecto a la aplicación del diseño curricular utilizado por cada uno de los programas de formación continua.

7) Supervisa y hace el seguimiento al desempeño de los docentes que laboran en la unidad de Post grado.

8) Proponer a los Jurados de Proyectos de Tesis y de la sustentación de tesis de acuerdo a su especialidad.

9) Elabora y publica el informe semestral de su gestión.

10) Elabora el reglamento interno de la Unidad de Post Grado.

11) Otras establecidas en el Reglamento Interno de la unidad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y AUTORIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad, coordina sus actividades con los directores de las escuelas

y departamentos académicos de la Facultad.

2) Coordina sus actividades con el Director de la Escuela de Post Grado de la UNASAM y con los

directores de las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad con grado de Maestro o Doctor.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 162

3.17. UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

La Unidad de la Biblioteca Especializada es un Órgano de línea de las facultades encargada de velar por la

conservación y atención de requerimientos de consulta bibliográfica de docentes y estudiantes de la Facultad.

Ofrece los servicios de lectura en sala de referencia, así como de préstamo a domicilio.

1) Catalogar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la facultad.

2) Programar y organizar las actividades y establecer los procedimientos para el buen funcionamiento de la Biblioteca Especializada.

3) Registrar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la Facultad.

4) Ofrecer los servicio de lectura en sala de referencia y así como de préstamo a domicilio

5) Contar con el inventario de biblioteca y velar por su conservación.

6) Preparar los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y anual de las áreas que comprende.

7) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los recursos bibliográficos de la biblioteca especializada.

8) Atender con eficiencia en los horarios establecidos, con el personal necesario.

3.18. CARGO: JEFE DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL-UNIDAD DE BIBLIOTECA

ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

CÓDIGO

532-06-4-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-RE 659 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Programar y dirigir las actividades propias de la Oficina de Biblioteca Especializada.

2) Dirigir y coordinar la formulación de documentos técnicos normativos para la correcta atención

en la Biblioteca Especializada.

3) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención.

4) Evaluar las actividades programadas y determinar las medidas correctivas para el buen

funcionamiento de la Biblioteca Especializada.

5) Formular el Plan y Presupuesto de la Biblioteca Especializada.

6) Formular la relación de material bibliográfico (libros, revistas, boletines, proyectos y tesis), de

acuerdo a las necesidades de la Facultad.

7) Dirigir el procesamiento técnico bibliográfico de la colección bibliográfica y de los servicios.

8) Implementar políticas y procedimientos adecuados para capacitar al personal de Biblioteca.

9) Sugerir los horarios de trabajo del personal a su cargo de acuerdo a los requerimientos del

servicio.

10) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y

anual de las áreas que comprende.

11) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los

recursos bibliográficos de la biblioteca especializada.

12) Presentar anualmente el presupuesto de la biblioteca especializada.

13) Las demás funciones que le asigne el Decano, dentro de su competencia.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 163

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende de la Decanatura de la Facultad de Ingeniería Civil y es responsable ante él.

2) Ejerce autoridad, mando y supervisión sobre el personal asignado a la Unidad de Biblioteca

Especializada.

3) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación,

catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca especializada.

4) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca.

5) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones.

6) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y

documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas).

7) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva.

8) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su

devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca.

9) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención.

10) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior

sobre cualquier anomalía.

11) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico.

12) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones

y novedades de interés al usuario.

13) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos,

ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada.

14) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan

el servicio a la Biblioteca.

15) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación,

presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en

uso, ubicados en repositorio

16) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca.

17) Otras que le asigne su jefe inmediato.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Personal nombrado con especialidad en Bibliotecología o bibliotecario con estudios en el área.

2) Alguna experiencia en la conducción de personal.

3) Conocimientos sobre administración e informática.

3.19. CARGO: ASISTENTE EN BIBLIOTECA

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL-UNIDAD DE

BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

CÓDIGO

532-06-4-AP N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 660-661 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 164

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO:

1) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación, catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca especializada.

2) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca.

3) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones.

4) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas).

5) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva.

6) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca.

7) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior sobre cualquier anomalía.

8) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico.

9) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones y novedades de interés al usuario.

10) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos, ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada.

11) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan el servicio a la Biblioteca.

12) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación, presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en uso, ubicados en repositorio

13) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca.

14) Otras que le asigne su jefe inmediato.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de cumplir en forma eficiente y oportuna las funciones señaladas en el

Reglamento de Organización y Funciones, el Manual de Organización y Funciones, y demás

disposiciones legales vigentes que norman su actividad. No ejerce autoridad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Estudios Universitarios que incluyan materias relacionados con el área.

2) Especialización y/o capacitación en Bibliotecología.

3) Capacitación o Especialización en computación e informática.

4) Conocimiento de sistemas administrativos.

5) Experiencia de dos años en actividades universitarias.

6) Trato cordial.

7) Habilidad analítica.

8) Orientación al usuario.

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 165

3.20. UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

La Unidad de Centro de Cómputo es un Órgano de línea de las facultades, encargado de prestar servicios a

los requerimientos académicos e informáticos de la Facultad. Sus funciones son:

1) Prestar servicio de cómputo para el desarrollo de los cursos regulares de las carreras profesionales

ofrecidas por la Facultad.

2) Brindar soporte informático a los proyectos de investigación autorizados y crear las condiciones

necesarias para el uso de las redes informáticas y de comunicaciones en el proceso de enseñanza-

aprendizaje.

3) Ofrecer soporte técnico para el desarrollo de cursos, programas y otras actividades de capacitación

extracurricular que proyecte la Facultad a través de la instancia competente.

4) Proponer y ejecutar programas de enseñanza y capacitación especializada.

5) Facilitar el uso y préstamo de equipos, en actividades de la Facultad, previamente autorizados por el

Consejo de Facultad.

6) Coordinar permanentemente con la Oficina General de Tecnología de Información Sistemas y

Estadística, con conocimiento del Decano el adecuado estado de conservación de los equipos del centro

de cómputo de la Facultad.

7) Elaborar el presupuesto del Centro de Cómputo para su presentación al Consejo de Facultad.

8) Otras funciones que le sean encomendadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

3.21. CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL-UNIDAD DE CENTRO

DE CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO

532-06-4-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 662 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Promover, difundir y aplicar adecuadamente las tecnologías de información en la Facultad

acuerdo a las políticas informáticas del Estado.

2) Impartir control sobre los bienes y equipos asignados a la oficina, y velar por su correcto uso.

3) Formular políticas y lineamientos que rijan de manera óptima el uso del Centro de Cómputo.

4) Aprobar informes y proyectos afines a las tecnologías de información y comunicación.

5) Proponer herramientas de gestión para la mejora de las tecnologías a través de estrategias,

enfoques modelos que apoyen los procesos de mejora de la Facultad.

6) Formular y evaluar el plan de mantenimiento preventivo y concurrente del hardware.

7) Velar por la conservación del inventario del hardware y software.

8) Proponer y documentar las buenas prácticas aplicadas en el uso del recurso tecnológico.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 166

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad.

2) Ejerce mando sobre el personal administrativo nombrado o contratado del Centro de Cómputo.

3) Es responsable de la organización, elaboración de gestiones, presupuesto, mantenimiento y

capacitaciones.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Personal administrativo con estudios en el área.

2) Conocimiento y experiencia en el manejo de las TIC´s

3) Conocimiento de las normas y políticas de gobierno electrónico

4) Alguna experiencia en la conducción de personal.

3.22. CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación y ejecución del horario de las clases prácticas de los cursos que

requieren el uso del Centro de Cómputo.

2) Controlar el uso adecuado del hardware y software de la Facultad por los alumnos, docentes y

personal administrativo, organizando y ejecutando acciones de seguridad, control de inventario,

conservación y mantenimiento.

3) Mantener en buen estado y cuidado respectivo de los equipos informáticos y seguridad del

Centro de Cómputo y del hardware& software de las aulas.

4) Recopilar y consolidar la información necesaria para el buen funcionamiento de los sistemas

administrativos conducentes a garantizar el desarrollo de las actividades académicas.

5) Apoyar en tareas del mantenimiento de la página web de la Facultad.

6) Efectuar acciones de mantenimiento del hardware y software del Centro de Cómputo y de las

oficinas administrativas.

7) Garantizar el uso de aplicativos y antivirus solo con licencia acorde a los cursos que se imparten

en la Facultad.

8) Elaboración de requerimientos de equipos, materiales, herramientas e insumos para el

mantenimiento de los equipos.

9) Controlar y registrar el movimiento de activos informáticos y telemáticos del Centro de Cómputo.

10) Controlar las actividades de inspección de servicios de mantenimiento de los equipos

informáticos de los laboratorios y demás oficinas y/o unidades de la Facultad.

11) Orientar el uso adecuado de los equipos a los usuarios de la Facultad.

12) Cumplir otras funciones que le asigne el jefe de la oficina, en el ámbito de su competencia.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL-UNIDAD DE CENTRO DE

CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO

532-06-4-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 663 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 167

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe del Centro de Cómputo.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la organización, ejecución, control y mantenimiento de los servicios y equipos

del Centro de Cómputo.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Técnico Profesional en Computación e Informática con especialidad.

2) Experiencia en el Servicio de administración de Centros de Cómputo, soporte informático,

telemático y audiovisual.

3) Conocimiento y experiencia en la administración de servidores.

4) Capacitación en actividades de administración de Centros de Cómputo y mantenimiento de

equipos informáticos y telemáticos

5) Orientación al usuario.

6) Trato cordial a los usuarios.

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria que incluyan materias relacionadas

con el área y experiencia en actividades informáticas y tecnológicas.

3.23. GABINETE PEDAGÓGICO

La Unidad de Gabinete Pedagógico, es el órgano de Línea de las Facultad de Ingeniería Civil, encargado de

ofrecer información, asesoramiento y orientación para prevenir y resolver dificultades que afecten la gestión

académica, en especial, anticiparse a los problemas que pueden suscitarse.

3.24. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Asesorar sobre los criterios pedagógicos, líneas de aprendizaje y desarrollo de estrategias a implementar en la puesta en marcha del proyecto educativo de la Facultad de Ingeniería Civil.

2) Acompañar el proceso educativo aportando todo elemento técnico-pedagógico que confiera calidad al aprendizaje.

3) Colaborar con la realización de los programas de estudio, de la planificación de las tareas académicas y en la conformación de los Curriculum docentes.

4) Sugerir los ajustes necesarios en la metodología de formación pedagógica de los docentes, en la planificación y evaluación del aprendizaje.

5) Diseñar y participar en la evaluación institucional y en propuestas formativas de los docentes

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL-GABINETE PEDAGÓGICO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

CÓDIGO

532-06-4-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 664 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 168

6) Realizar encuestas estudiantiles y organizar el programa de tutorías.

7) Otras funciones según su competencia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano.

2) Coordina sus actividades con los directores de las escuelas y departamentos académicos, con las

autoridades académicas de la UNASAM.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ingeniería Civil.

2) Tener conocimiento de temas relacionados a la función a desempeñar.

UNIDAD DE LABORATORIOS

3.25. LABORATORIO DE MECÁNICA DE SUELOS Y ENSAYO DE MATERIALES

El Laboratorio de Mecánica de Suelos y Ensayo de Materiales son parte de la unidad de laboratorios

de la Facultad de Ingeniería Civil que sirven de soporte académico y de investigación, en los temas

relacionados a la mecánica de suelos, pavimentos y concreto.

En el aspecto académico apoyan con la realización de prácticas de los diversos cursos relacionados

a la Ingeniería Civil y otros. La ingeniería civil es la ciencia que, mediante conocimientos científicos,

tecnológicos y humanísticos, permite proyectar, conducir, dirigir y crear las obras de estructura e

infraestructura necesarias para acondicionar adecuadamente el hábitat humano.

3.26. CARGO: JEFE DEL LABORATORIO DE MECÁNICA DE SUELOS Y ENSAYO DE MATERIALES

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Coordinar con el Jefe del Departamento Académico de Ingeniería Civil para la elaboración de los

horarios de prácticas de los cursos que tiene a cargo el área de Mecánica de Suelos y Ensayo de

Materiales del Departamento Académico de Ingeniería Civil.

2) Elaboración de Informes y certificados de ensayos realizados en los Laboratorios de Mecánica de

Suelos y Ensayo de Materiales.

3) Capacitar en el manejo u operatividad de los equipos a los alumnos de la Facultad de Ingeniería

de Civil y otras escuelas profesionales.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL-LABORATORIO DE

MECÁNICA DE SUELOS Y ENSAYO DE MATERIALES

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL LABORATORIO DE MECÁNICA DE SUELOS Y

ENSAYO DE MATERIALES

CÓDIGO

532-06-4-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 665 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 169

4) Supervisar la labor de los Asistentes del Laboratorio de Mecánica de Suelos y Ensayo de

Materiales, y coordinar acciones conjuntas para el cuidado, mantenimiento, necesidades, etc. del

Laboratorio.

5) Coordinar con los docentes sobre las necesidades de equipos y materiales para las diversas

prácticas de Laboratorio que tengan a cargo.

6) Hacer el Plan Operativo Institucional (POI) del Laboratorio de Mecánica de Suelos y Ensayo de

Materiales.

7) Velar por el normal funcionamiento del Laboratorio de Mecánica de suelo y ensayo de Materiales,

haciendo coordinaciones con las diversas Oficinas y Direcciones de la UNASAM.

8) Autorizar las prácticas pre-profesionales a estudiantes de las diversas escuelas profesionales de

la UNASAM y otras Universidades.

9) Promover la difusión de las Investigaciones realizadas en el Laboratorio de Mecánica de Suelos y

Ensayo de Materiales, para contribuir con la visibilidad de la UNASAM.

10) Atender las diversas solicitudes de información sobre el Laboratorio de Mecánica de Suelos y

Ensayo de Materiales que demande la gestión de las diversas Oficinas de la UNASAM.

11) Coordinar con los jefes de Laboratorio y docentes en los casos de urgencias o imprevistos de

suspensión de labores administrativas para evitar pérdidas de labor académica y evaluar la

reprogramación de la clase de laboratorio.

12) Proponer al Decanato el programa anual de mantenimiento y calibración de equipos de laboratorio.

13) Proponer al Decanato la adquisición de equipos y materiales e insumos de laboratorio.

14) Otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ingeniería Civil.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería Civil.

2) Tiene autoridad sobre el personal técnico asignado al Laboratorio.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Laboratorio de Mecánica de Suelos y Ensayo de

Materiales.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente del área de Ingeniería Civil.

2) Estar adscrito al Departamento Académico de Ingeniería Civil.

3.27. CARGO: ASISTENTE DE LABORATORIO DE MECÁNICA DE SUELOS

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL-LABORATORIO DE

MECÁNICA DE SUELOS Y ENSAYO DE MATERIALES

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DE LABORATORIO DE MECÁNICA DE SUELOS

CÓDIGO

532-06-4-AP N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 666 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 170

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Permanecer en el Laboratorio de Mecánica de Suelos durante su turno, en caso de urgencia se

deberá coordinar con el Jefe de Laboratorio y docentes que tienen programadas las Prácticas

de Laboratorio, para evitar interferencia de la actividad académica.

2) Atender con la entrega de los equipos, materiales e insumos a los docentes para el desarrollo

de las prácticas de laboratorio programados. La atención se hará de acuerdo a los

requerimientos solicitados por el docente siempre y cuando se cuente con lo solicitado.

3) El técnico debe preparar con anticipación el equipo, las muestras e insumos necesarios para las

prácticas de laboratorio, debe ser necesario comunicar cualquier requerimiento a su jefe

inmediato con la debida anticipación.

4) El técnico iniciará las prácticas de laboratorio programadas puntualmente con la presencia

obligatoria del docente y aun cuando solo este presente un alumno.

5) Al término de las prácticas de laboratorio, el técnico verificará que los alumnos dejen limpio su

lugar de trabajo.

6) Informar al Jefe de Laboratorio de Mecánica de Suelos y Ensayo de Materiales sobre la

infraestructura, equipamiento, materiales y reactivos que se encuentran en mal estado, que se

están agotando o que no se cuenta, para que sean considerados en el cuadro de requerimiento

y/o planes de mantenimiento de la UNASAM.

7) Llenar todos los días las ocurrencias en su turno e informar con prontitud las incidencias al Jefe

de Laboratorio para tomar acciones correspondientes.

8) Actuar con prontitud en casos de emergencias durante las prácticas de laboratorio, con una

actitud colaborativa en todo momento.

9) Disponer los equipos para el desarrollo de los procesos de Granulometría, consistencia del límite

líquido y límite plástico, y demás procedimientos.

10) Preparar el material para el análisis de los procedimientos de gravedad específica, compactación

proctor modificado y otros procedimientos que se desarrollen en el Laboratorio de Mecánica de

suelos.

11) Realizar ensayos, de laboratorio y trabajos de campo en servicios contratados y trabajos de

responsabilidad social.

12) Apoyar en la elaboración de los informes técnicos de los ensayos ejecutados en el laboratorio.

13) Elaborar u mantener actualizado según normas vigentes los formatos para ensayos de

laboratorio.

14) Apoyar al docente y alumnos la ejecución de los ensayos de laboratorio programados a los

cursos ofertados de la facultad de ingeniería civil y otras escuelas profesionales.

15) Otras que le asigne el Jefe del Laboratorio de Mecánica de Suelos y Ensayo de Materiales.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe del Laboratorio.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable que las prácticas de los diversos cursos se efectúen de manera eficiente.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 171

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Conocimiento sobre las áreas académicas a las que se dedica el Laboratorio.

2) Capacitación permanente.

3) Conocimiento de primeros auxilios y normas de seguridad.

3.28. CARGO: ASISTENTE DE LABORATORIO DE ENSAYO DE MATERIALES

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Permanecer en el Laboratorio de Ensayo de Materiales durante su turno, salvo situaciones de

trámites o situaciones de urgencias/emergencias. La ausencia se deberá coordinar con el Jefe

de Laboratorio y docentes que tienen programadas las Prácticas de Laboratorio, para evitar

interferencia de la actividad académica.

2) Atender con la entrega de los equipos, materiales y reactivos a los docentes adscritos al

Departamento Académico de la Facultad de Ingeniería Civil para el desarrollo de las actividades

académicas programadas. La atención se hará de acuerdo a los requerimientos solicitados por

el docente siempre y cuando se cuente con lo solicitado.

3) Informar al Jefe de Laboratorio de Mecánica de Suelos y Ensayo de Materiales sobre la

infraestructura, equipamiento, materiales y reactivos que se encuentran en mal estado, que se

están agotando o que no se cuenta, para que sean considerados en el cuadro de requerimiento

y/o planes de mantenimiento de la UNASAM.

4) Llenar todos los días las ocurrencias en su turno e informar con prontitud las incidencias al Jefe

de Laboratorio para tomar acciones correspondientes.

5) Actuar con prontitud en casos de emergencias durante las prácticas de Laboratorio, con una

actitud colaborativa en todo momento.

6) Preparar los agregados para los distintos procedimientos que se realizan en el Laboratorio de

Ensayo de Materiales.

7) Realizar ensayos de laboratorio, preparación de muestras y trabajo de campo en servicios

contratados y trabajos de responsabilidad social.

8) Apoyar en la elaboración de los informes técnicos de los ensayos ejecutados.

9) Dirigir y participar en los ensayos de Laboratorio a los alumnos de los diferentes cursos de la

Facultad de Ingeniería de Civil.

10) Otras que le asigne el Jefe del Laboratorio de Mecánica de Suelos y Ensayo de Materiales.

11) Elaborar y mantener actualizado según normas vigentes los formatos para ensayos de

laboratorio.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL-LABORATORIO DE

MECÁNICA DE SUELOS Y ENSAYO DE MATERIALES

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DE LABORATORIO DE ENSAYO DE MATERIALES

CÓDIGO

532-06-4-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 667 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 172

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe del Laboratorio.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable que las prácticas de los diversos cursos se efectúen de manera eficiente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Conocimiento sobre las áreas académicas a las que se dedica el laboratorio.

2) Capacitación permanente.

3) Conocimiento de primeros auxilios y normas de seguridad.

3.29. LABORATORIO DE GEOMATICA

El Laboratorio de Geomática es una unidad de soporte académico y de investigación, en los temas de

topografía y geodesia. En el aspecto académico apoyan en la realización de prácticas de los diversos

cursos de topografía y geodesia que consiste en la captura, procesamiento, análisis, interpretación,

almacenamiento, modelización, aplicación y difusión de información digital geospacial o localizada.

3.30. CARGO: JEFE DEL LABORATORIO DE GEOMATICA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Coordinar con el Jefe del Departamento Académico de Ingeniería Civil para la elaboración de los

horarios de prácticas de los cursos que tiene a cargo el área de Topografía del Departamento

Académico de Ingeniería Civil.

2) Elaboración de Informes de trabajos realizados durante las prácticas en el Laboratorio de

Geomántica.

3) Capacitar en el manejo u operatividad de los equipos de Topografía y Geodesia a los alumnos y

docentes de la Facultad de Ingeniería de Civil.

4) Supervisar la labor del Asistente del Laboratorio de Geomática, y coordinar acciones conjuntas

para el cuidado, mantenimiento, necesidades, etc. del Laboratorio.

5) Coordinar con los docentes sobre las necesidades de equipos y materiales para las diversas

prácticas de campo y laboratorio que tengan a cargo.

6) Hacer el Plan Operativo Institucional (POI) del Laboratorio de Geomática.

7) Velar por el normal funcionamiento del Laboratorio de Geomática, haciendo coordinaciones con

las diversas Oficinas y Direcciones de la UNASAM.

8) Autorizar las prácticas pre-profesionales a estudiantes de las diversas escuelas profesionales de

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL-LABORATORIO DE

GEOMATICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL LABORATORIO DE GEOMATICA

CÓDIGO

532-06-4-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 668 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 173

la UNASAM y otras Universidades que requiera equipos del laboratorio de Geomática.

9) Promover la difusión del laboratorio de Geomática con las Investigaciones realizadas en el

Laboratorio de Geomática, para contribuir con la visibilidad de la UNASAM.

10) Atender las diversas solicitudes de información sobre el Laboratorio de Geomática que demande

la gestión de las diversas Oficinas de la UNASAM.

11) Elaborar el plan anual de mantenimiento y calibración de equipos de Topografía y Geodesia.

12) Coordinar con los docentes en los casos de urgencias o imprevistos de suspensión de labores

administrativas para evitar pérdidas de labor académica y evaluar la reprogramación del uso de

equipos.

13) Otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ingeniería Civil.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería Civil.

2) Tiene autoridad sobre el personal técnico asignado al laboratorio.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Laboratorio de Geodesia.

C. REQUISITOS MINIMOS:

1) Ser docente del área de Geología

2) Estar adscrito al Departamento Académico de Ingeniería Civil.

3.31. CARGO: ASISTENTE DEL LABORATORIO DE GEOMATICA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Permanecer en el Laboratorio de Geomática durante su turno, salvo situaciones de trámites o

situaciones de urgencias/emergencias. La ausencia se deberá coordinar con el Jefe de

Laboratorio y docentes que tienen programadas las Prácticas de campo, para evitar interferencia

de la actividad académica.

2) Atender con la entrega de los equipos, materiales y reactivos a los docentes adscritos al

Departamento Académico de la Facultad de Ingeniería Civil para el desarrollo de las actividades

académicas programadas. La atención se hará de acuerdo a los requerimientos solicitados por

el docente siempre y cuando se cuente con lo solicitado.

3) Informar al Jefe de Laboratorio de Geomática sobre los equipos y materiales, que se encuentran

en mal estado, que se están agotando o que no se cuenta, para que sean considerados en el

cuadro de requerimiento y/o planes de mantenimiento de la UNASAM.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL-LABORATORIO DE

GEOMATICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DE LABORATORIO.

CÓDIGO

532-06-4-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 669 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 174

4) Llenar todos los días las ocurrencias en su turno e informar con prontitud las incidencias al Jefe

de Laboratorio para tomar acciones correspondientes.

5) Actuar con prontitud en casos de emergencias durante el uso de Laboratorio, con una actitud

colaborativa en todo momento.

6) Llevar el control de fichas para la salida de equipos a los estudiantes que realizan trabajos en

campo tanto interno como externo.

7) Apoyar en la elaboración de los informes técnicos de los levantamientos de planos Topográficos.

8) Preparar los equipos para los procesos de medición de distancias altas, cortas, largas, etc, y

demás equipos en el campo de estudio.

9) Otras que le asigne el Jefe del Laboratorio de Geodesia

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe del Laboratorio.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable que las prácticas de los diversos cursos se efectúen de manera eficiente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Conocimiento sobre las áreas académicas a las que se dedica el laboratorio.

2) Capacitación permanente.

3) Conocimiento de primeros auxilios y normas de seguridad.

3.32. UNIDAD DE investigación

La Unidad de Investigación está encargada de integrar las actividades de investigación de la Facultad de

Ingeniería Civil, es la encargada de diseñar, ejecutar, monitorear y evaluar los Proyectos de Investigación

difundiendo sus resultados; así como establecer las líneas de investigación y crear los Centros, Círculos e

Institutos de Investigación, según las necesidades e intereses de la Facultad. Están a cargo de un Docente

Ordinario designado por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad por un periodo máximo de dos años.

A. FUNCIONES DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN:

1) Promover el desarrollo científico y tecnológico de los docentes y estudiantes para garantizar la

participación efectiva en el proceso del desarrollo regional y nacional.

2) Propiciar la elaboración de investigaciones en las líneas y áreas de su competencia, dentro del

plan estratégico de investigación de la UNASAM.

3) Fomentar y estimular actividades científicas para la capacitación de sus docentes y estudiantes.

4) Evaluar los proyectos de investigación, y proponerlos al Consejo de Facultad quien los aprobará

en un plazo no mayor de quince (15) días y tramitarlo ante la Dirección General de Investigación

(DGI).

5) Evaluar trimestralmente la ejecución de los proyectos de investigación informando a la DGI al

finalizar cada trimestre.

6) Administrar los bienes y equipos que son adquiridos para el desarrollo de los proyectos de

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 175

investigación subvencionados por canon, sobrecanon y regalías.

7) Realizar la difusión de las investigaciones desarrolladas por los docentes y estudiantes de las

facultades.

8) Promover la publicación de una revista académica especializada y gestionar su indización.

9) Revisar y dar certitud de la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio será sancionado

con una normatividad específica).

10) Es el órgano de dirección de la Unidad de Investigación de la Facultad de Ingeniería Civil; está

conformado por 3 docentes ordinarios con grado de Maestro o Doctor, preferentemente de la

categoría de principal y un estudiante del tercio superior, designados por el consejo de Facultad a

propuesta del Decano.

B. FUNCIONES DEL COMITÉ DE INVESTIGACIÓN:

1) Revisar y evaluar la pertinencia e impacto de los trabajos de investigación presentados por los docentes investigadores.

2) Revisar y dar certitud la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio es sancionado).

3) Proponer la aprobación de los proyectos de investigación e informes finales de investigación de los docentes al Consejo de Facultad, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos por el Consejo de Investigación y las normas correspondientes.

4) Evaluar trimestralmente el desarrollo de los proyectos de investigación e informar, a través del Director a las instancias pertinentes.

5) Apoyar las actividades de capacitación y otros eventos académico-científicos organizados por la Unidad de Investigación, la Dirección General de Investigación y el Vicerrectorado de Investigación.

6) Apoyar la difusión virtual de las investigaciones desarrolladas en la Unidad de investigación; así como a nivel institucional y de otras universidades del país y del mundo.

7) Colaborar con la edición y publicación de la revista científica de la Facultad.

8) Aprobar la Memoria Anual de investigación de la Unidad.

3.33. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Formular y ejecutar el plan de actividades de la Unidad de Investigación que forma parte del plan

operativo y del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

2) Formular y coordinar políticas, áreas, líneas y programas de investigación de la Facultad, tanto

para los docentes, como para estudiantes y graduados.

3) Hacer el seguimiento de los proyectos de investigación de la Facultad.

4) Solicitar al Vicerrectorado de Investigación, la evaluación y auspicio o financiamiento por la

UNASAM de los proyectos de investigación que muestren impacto, presentados por los docentes

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA -UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

CÓDIGO

532-06-4-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 670 2016

MOF-UNASAM

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 176

y sus semilleros aprobados por las unidades de investigación.

5) Elaborar directivas que normen la operatividad de la Unidad de Investigación.

6) Promover la formulación de proyectos de investigación interdisciplinarios que contribuyan al

desarrollo institucional, regional, nacional e internacional.

7) Presidir el Comité de Investigación de la Facultad.

8) Participar como miembro del Consejo de Investigación de la UNASAM.

9) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Comité de Investigación y Consejo de Investigación, así

como dispositivos emanados de la Dirección General de Investigación.

10) Promocionar la investigación científica y tecnológica.

11) Recepcionar y presentar al Comité de Investigación los trabajos de investigación de los docentes

investigadores.

12) Elevar al Consejo de Facultad los trabajos de investigación aprobados por el Comité de

Investigación para su ratificación.

13) Administrar y mantener el sistema de información de investigación.

14) Promover la publicación de los trabajos de investigación en los medios especializados.

B. LINEAS DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería Civil.

2) Coordina sus actividades con la Oficina General de Investigación, el Vice Rectorado de

Investigación, la Unidad de Responsabilidad Social y con las escuelas y departamentos

académicos de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario a tiempo completo o a dedicación exclusiva de la Facultad

2) Tener grado de Maestro o Doctor.

DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL

3.34. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA CIVIL

El Departamento Académico de Ingeniería Civil es una unidad de servicio académico de la Facultad de

Ingeniería Civil, que reúnen a docentes de disciplinas afines a la Ingeniería Civil con la finalidad de estudiar,

investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos

o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área Estructural,

Geotecnia, Hidráulica, Transportes y Gestión de obras.

3.35. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA CIVIL

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL-DEPARTAMENTO

ACADÉMICO DE INGENIERÍA CIVIL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO

CÓDIGO

532-06-4-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 671 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 177

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Proponer semestralmente al Consejo de Facultad, la asignación de personal docente nombrado y contratado del Departamento de Ingeniería Civil.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca virtual.

11) Supervisar y controlar al personal docente en lo que se refiere al cumplimiento de sus funciones académicas.

12) Otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ingeniería Civil.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería Civil.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del

Departamento Académico de Ingeniería Civil.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento de Ingeniería Civil.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento de Ingeniería Civil.

3.36. CARGO: SECRETARIA

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL-DEPARTAMENTOS

ACADÉMICOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA

CÓDIGO

532-06-4-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 672 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 178

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de los Departamentos Académicos de Ciencias Básicas, Estadística e Informática, Matemáticas e Ingeniería de sistemas y telecomunicaciones a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de los Departamentos Académicos de Ciencias Básicas, Estadística e Informática, Matemáticas e Ingeniería de sistemas y Telecomunicaciones.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y presentación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres de los Departamentos Académicos de Ciencias Básicas, Estadística e Informática, Matemáticas e Ingeniería de sistemas y Telecomunicaciones

6) Atender a los docentes de la Facultad de Ingeniería Civil y de otras Facultades que prestan su apoyo, dando las facilidades que el caso amerita.

7) Manejo adecuado de las asistencias de los docentes, con ética y valores, de acuerdo a lo normado por la Dirección de Recurso Humanos.

8) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: la Carga Académica, por docente.

9) Recepcionar, archivar y custodiar los Sílabos de cada curso por Semestre Académico.

10) Actualización constante de los archivos de las asistencias de los estudiantes, entregados por los docentes.

11) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de los Departamentos Académicos de Ciencias Básicas, Estadística e Informática, Matemáticas e Ingeniería de sistemas y Telecomunicaciones.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente de los Directores de Departamentos académicos.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos

y de la custodia de los mismos.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la

ejecución de acciones de apoyo secretarial.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 179

3.37. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA

El Departamento Académico de Arquitectura es una unidad de servicio académico de la Facultad de Ingeniería

Civil, que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad de estudiar, investigar y actualizar contenidos

curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos o materias, a requerimiento de

las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de Arquitectura y Urbanismo.

3.38. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUITECTURA

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al consejo de Facultad, la asignación de personal nombrado y

contratado del Departamento de Arquitectura.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos

pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su

aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su

aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los

contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y

estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca

virtual.

11) Supervisar y amonestar e informar a los docentes cuando no asistan en sus horarios de clases

o a reuniones convocadas por la dirección.

12) Supervisar controlar al personal docente en lo que se refiere al cumplimiento de sus funciones

académicas.

13) Otorgar Licencias de acuerdo a la normatividad vigente.

14) Otras funciones que le asigne el Decano de Ingeniería Civil.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL-DEPARTAMENTO ACADÉMICO

DE ARQUITECTURA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO

CÓDIGO

532-06-4-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 673 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 180

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería Civil.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del

Departamento Académico de Arquitectura.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento de Arquitectura.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor, de no existir será encargado a

un asociado con grado académico de Maestro.

2) Ser docente adscrito al Departamento de Arquitectura.

3.39. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL

La Dirección de la Escuela Profesional de Ingeniería Civil, está encargada del diseño y actualización

curricular permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la formación,

capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional

correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

A. FUNCIONES GENERALES:

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la Formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

3.40. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL-EP INGENIERÍA CIVIL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA

CIVIL

CÓDIGO

532-06-4-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 674 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional y, cuando sea requerido, asiste al Consejo de Facultad con voz pero sin voto.

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de Departamento Académico.

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 181

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos y criterios establecidos por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de Estudios en la carrera profesional.

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros, supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela Profesional de Ingeniería Civil.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y científico de la Escuela Profesional de Ingeniería Civil.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grado de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados, convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes, para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

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27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales, artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

33) Supervisar la asistencia de los docentes en horas de clases.

34) Convocar a docentes, delegados y alumnos para avances de central.

35) Organizar y elaborar los horarios de clases en coordinación con la OGE.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería Civil y del Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional

de Ingeniería Civil.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas

en la Escuela Profesional de Ingeniería Civil.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela

Profesional a su cargo

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades

a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad

de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de

Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que

contribuyan a su desarrollo profesional

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para

cada año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Ingeniería Civil.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de Ingeniería Civil, por un período máximo de dos (02) años.

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3.41. CARGO: SECRETARIA

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL-ESCUELAS

PROFESIONALES

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA DE LAS ESCUELAS PROFESIONALES

CÓDIGO

532-06-4-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 675 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos oficiales de acuerdo a la normas de

administración pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de las escuelas profesionales de la Facultad de

Ingeniería Civil a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de las escuelas profesionales.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y

presentación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres que le fueron asignados

6) Atención a estudiantes y padres de familia de la Escuela Profesional, a través del SIGA

7) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: Horarios, por ciclos, por aulas

y por docente, matrícula, rectificación de matrícula, validación de matrícula, Impresión de actas

parciales y finales, consolidados de notas, reporte curricular integral (RCI).

8) Ayuda a los estudiantes con el ingreso al sistema mediante la asignación de una contraseña,

entrega de constancias del tercio superior, constancia de estudios, la emisión de certificados,

informes técnicos para la obtención del grado de bachiller, emisión de constancia de egreso

simple, carta de presentación para la realización de prácticas pre profesionales, llenado de

constancias de egreso, actualización de los registros del libro de egresos, elaboración del rol de

exámenes parciales y finales, recepción y sellado de sílabos previa coordinación con el Director

de Escuela.

9) Apoya al docente con la entrega de la nómina de estudiantes por curso.

10) Actualización constante de los archivo de sílabos, pre actas parciales y finales,

11) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de las escuelas profesionales.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente de los Directores de las Escuelas Profesionales respectivas.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos

y de la custodia de los mismos.

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C. REQUISITOS MÍNIM0S:

4) Título de Secretaria Ejecutiva.

5) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

6) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (2) tres años de experiencia en la

ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.42. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE ARQUITECTURA Y URBANISMO

La Dirección de la Escuela Profesional de Arquitectura y Urbanismo e Informática está encargada del

diseño y actualización curricular permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación

para la formación, capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título

profesional correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período

de dos años (02), no habiendo reelección.

A. FUNCIONES GENERALES

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional de Arquitectura y Urbanismo.

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional.

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la

Facultad.

3.43. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE ARQUITECTURA Y URBANISMO

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL-EP DE ARQUITECTURA Y

URBANISMO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE

ARQUITECTURA Y URBANISMO

CÓDIGO

532-06-4-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 676 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional de Arquitectura y Urbanismo, cuando sea requerido, asiste

al Consejo de Facultad con voz pero sin voto.

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios

específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de

Departamento Académico.

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3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula

de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos

y criterios establecidos por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al

cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los

estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de

Estudios en la carrera profesional.

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional

promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias

del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y

reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros,

supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela

Profesional.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la

indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los

estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del

ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y

científico de la Escuela Profesional.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo

de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren

los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación

con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como

las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grao de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados,

convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado

a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los

estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa

de la carrera profesional.

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24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes,

para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su

competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como

autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales,

artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido

en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

33) Supervisar la asistencia de los docentes en horas de clases.

34) Convocar a docentes, delegados y alumnos para avances de central.

35) Organizar y elaborar los horarios de clases en coordinación con la OGE.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad y del Consejo de Facultad de Ingeniería Civil.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional

de Arquitectura y Urbanismo.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente.

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas

en la Escuela Profesional de Arquitectura y Urbanismo.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela

Profesional a su cargo.

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades

a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad

de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de

Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que

contribuyan a su desarrollo profesional.

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para

cada semestre académico.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

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C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Arquitectura y Urbanismo

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de

Ingeniería Civil, por un período máximo de dos (02) años.

3.44. UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

La Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios, es el órgano de línea de la Facultad de

Ingeniería Civil encargado de promover, programar, coordinar y organizar acciones que permitan producir

bienes y prestar servicios a toda la comunidad Universitaria y la sociedad.

3.45. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL-UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE

BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN

DE SERVICIOS

CÓDIGO

532-06-4-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Elabora el reglamento interno del Centro.

2) Fomenta la formación de unidades de producción de bienes y prestación de servicios, de

acuerdo a la especialidad de las escuelas profesionales de la Facultad.

3) Realiza convenios con otras instituciones de similar actividad, para implementar nuevas

líneas en la prestación de servicios.

4) Otras funciones que le sean encargadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

5) Coordinar acciones de prestación de servicios y producción de bienes FUNDASAM. Según

los alcances del reglamento interno.

6) Administrar las variedades de producción creadas por el consejo de facultad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente de la decanatura.

2) Es responsable de las actividades que se generen estén enmarcadas en el reglamento interno

y las normas administrativas de la UNASAM, y normas nacionales.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

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UNIVERSIDAD NACIONAL

“SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO”

Aprobado mediante la R.C.U.Nº339-2016 -UNASAM

2016

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FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA.

1.1. DE LA FACULTAD

La Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia es la unidad de organización, formación académica, profesional y de gestión (Artículo22° del Estatuto de la UNASAM y Artículo 19° del Reglamento General), propiciando la investigación y la responsabilidad social y extensión universitaria. Es responsable de elaborar el currículo, coordinar los planes de estudio para la obtención del Grado Académico Bachiller y Título Profesional de sus estudiantes.

1.2. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y

METALURGIA.

1) Planificar, organizar y ejecutar su Sistema Académico y Administrativo, orientado a la excelencia.

2) Formar profesionales académicos con competencias y capacidades estandarizadas a nivel nacional e internacional, para desarrollar las ciencias matemáticas, estadística, informática, sistemas, telecomunicaciones, biotecnología y, acordes a las exigencias actuales.

3) Gestionar el proceso de formación académica y profesional del pregrado.

4) Promover y desarrollar la investigación científica y tecnológica, como medio de conocimiento de la realidad, de la solución de problemas, producción de conocimientos y satisfacción de necesidades de conocimiento.

5) Proponer a través de las Dirección de la Escuela Profesional, el desarrollo de Programas de Educación a Distancia en las especialidades que se establezcan, previamente acordadas en Consejo de Facultad. Esta propuesta se rige en base a lo dispuesto en la Ley Universitaria N°30220

6) Promover y desarrollar la formación científica mediante la gestión de programas de actualización, perfeccionamiento y especialización.

7) Garantizar la calidad académica del egresado.

8) Concientizar en el aspecto de responsabilidad social procurando una gestión socialmente responsable en la formación académica y pedagógica, de los estudiantes, propiciando experiencias vivenciales, iniciativas interdisciplinarias e interinstitucionales, definiendo la ética profesional de cada disciplina y su rol social. en la formación de los estudiantes de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

9) Lograr un comportamiento organizacional, con prácticas de valores y normas de convivencia éticas y conducta ecológica, por parte de todos los integrantes de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia: docentes, personal administrativo y estudiantes, para lograr el desarrollo sostenible de nuestra Universidad.

10) Brindar servicios docentes a las Escuelas Académico Profesionales y Unidades de Post Grado.

11) Velar por el cumplimiento de las normas legales vigentes, así como de los acuerdos y resoluciones emanadas de los órganos superiores de la Universidad y los de la propia Facultad.

12) Promover la capacitación y entrenamiento en tecnología educativa orientada a mejorar la enseñanza de las especialidades que imparte la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

13) Otras funciones que le asigne la Ley Universitaria y el Estatuto.

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2. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE INGENIERIA DE MINAS, GEOLOGÍA Y

METALURGÍA

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE INGENIERIA DE MINAS GEOLOGIA Y METALURGIA

UNIVERSIDAD NACIONAL "SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO" (U.N.A.S.A.M.)

UNIDAD DE SECRETARIA

GENERAL

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA DE

MINAS

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD

SOCIAL

UNIDAD DE INVESTIGACION

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PREST. DE

SERVICIOS

UNIDADADMINISTRATIVA

UNIDAD DE POST GRADO

COMISIONESPERMANTES

COMISIONES TRANSITORIAS

UNIDADES DE SERVICIOS ACADEMICOS

UNIDAD DE CENTRO DE COMPUTO

UNIDAD DE BIBLIOTECA

ESPECIALIZADA

UNIDAD DE GRADOS Y TITULOS

UNIDAD DE GABINETE

PEDAGOGICO

UNIDAD DE LABORATORIOS

UNIDAD DE CALIDAD ACADEMICA

DEPARTAMENTO ACADEMICO DE INGENIERIA DE MINAS,

GEOLOGIA Y METALURGIA

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2.1. ESTRUCTURA ORGÁNICA

La Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia para su mejor funcionamiento, organiza sus actividades según la siguiente estructura orgánica ÓRGANO DE GOBIERNO

Consejo de Facultad ÓRGANO DE DIRECCIÓN:

Decanato

ÓRGANO DE APOYO ACADÉMICO Departamentos Académicos:

Departamento Académico de Ingeniería de Minas y Geología Unidades de Servicio Académico:

Unidad de Calidad Académica Unidad de Gabinete Pedagógico Unidad de Biblioteca Especializada Unidad de Centro de Computo Unidad de Grados y Títulos Unidad de Post Grado Unidad de Laboratorio

Unidades de Administrativas:

Unidad Administrativa Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios Unidad de Secretaría General

ÓRGANOS DE LÍNEA

Escuela Profesional de Ingeniería de Minas. Unidad de Responsabilidad Social Unidad de Investigación

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2.2. Cuadro Orgánico De Cargos: Para el cumplimiento de funciones de la facultad de Ingeniería de

Minas, Geología y Metalurgia cuenta con los siguientes cargos:

N° DE ORDEN

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA/CARGO

CÓDIGO TOTAL N° CAP

DECANATO

1 Decano 532-06-6-RE 1 855

2 Secretaria 532-06-6-AP 1 856

UNIDAD ADMINISTRATIVA

3 Asistente administrativo 532-06-6-AP 1 857

4 Operador de limpieza 532-06-6-AP 1 858

5 Operador de Vehículo 532-06-6-AP 1 859

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

6 Jefe la Unidad de Responsabilidad Social 532-06-6-RE 1 860

UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

7 Jefe de la Unidad de Calidad Académica 532-06-6-RE 1 861

UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

8 Jefe de la Unidad de Grados y Títulos 532-06-6-RE 1 862

UNIDAD DE POST GRADO

9 Jefe de la Unidad de Pos Grado 532-06-6-RE 1 863

UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

10 Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada 532-06-6-RE 1 864

11 Asistente de biblioteca 532-06-6-AP 1 865

UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

12 Jefe de la Unidad de Centro de Cómputo 532-06-6-RE 1 866

13 Asistente del centro de cómputo 532-06-6-AP 1 867

GABINETE PEDAGÓGICO

14 Jefe de la Unidad de Gabinete Pedagógico 532-06-6-RE 1 868

LABORATORIO DE MECÁNICA DE ROCAS

15 Jefe del Laboratorio 532-06-6-RE 1 869

16 Asistente de Laboratorio 532-06-6-AP 1 870

UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

17 Jefe de la Unidad de Investigación 532-06-6-RE 1 871

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGÍA

18 Director del Departamento de Académico 532-06-6-RE 1 872

19 Secretaria 532-06-6-AP 1 873

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE MINAS

20 Director de la Escuela profesional de 532-06-6-RE 1 874

UNIDAD DE SECRETARÍA GENERAL

21 Secretario de Consejo de Facultad

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

22 Jefe de la Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios

TOTAL 21

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3. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGOS

3.1. CARGO: DECANO

El decanato es un Órgano de Dirección y la máxima autoridad de gobierno de la Facultad, dirige la Gestión

académica y administrativa, representa a la Facultad ante el Consejo Universitario y la Asamblea

Universitaria conforme lo dispone la Ley Universitaria N° 30220.

3.2. CARGO: DECANO

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DECANO

CÓDIGO 532-06-6-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 855 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS: 1) Convocar, dirigir y presidir las sesiones del Consejo de Facultad y representar a la Facultad ante

el Consejo y Asamblea Universitaria con voz y voto, de acuerdo a lo que establece la Ley Universitaria.

2) Dirigir administrativamente la Facultad, autorizar los gastos y controlar la ejecución del presupuesto de la Facultad.

3) Dirigir académicamente la Facultad, en coordinación con el Directores del Departamento Académico, de la Escuela Profesional y Unidades de Post grado.

4) Designar al Director de la Escuela Profesional, Instituto de Investigación y las Unidades de Postgrado y proponer la ratificación ante el Consejo de Facultad.

5) Aprobar los reglamentos de la Facultad. sobre las responsabilidades de docentes y estudiantes, así como los regímenes de estudios, evaluación, promoción y sanciones dentro de las normas establecidas en la Ley Universitaria y el Estatuto de la UNASAM.

6) Proponer al Consejo de Facultad, sanciones a los docentes, estudiantes y personal administrativo de apoyo que incurran en faltas conforme lo señala la Ley Universitaria N° 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo.

7) Presentar al Consejo de Facultad, para su aprobación, el plan anual de funcionamiento y desarrollo de la Facultad y su Informe de Gestión.

8) Cumplir y hacer cumplir los planes de desarrollo y funcionamiento de la Facultad.

9) Proponer al Rector el proyecto de presupuesto anual de la Facultad y dirigir la ejecución.

10) Informar al Rector y a los Órganos de Gobierno, sobre la gestión de la Facultad y presentar su Memoria Anual al Consejo de Facultad.

11) Refrendar conjuntamente con el Rector y el Secretario General de la Universidad, los Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, certificados y menciones que se otorguen, en la Facultad.

12) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo de Facultad, Consejo Universitario, Asamblea Universitaria, la Ley Universitaria, el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad, el Reglamento de la Facultad y otras normas vigentes de la Universidad.

13) Realizar las demás funciones, afines al cargo que señala el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad y el Manual de Organización y funciones de la Universidad.

14) Otras funciones que le asigne el Rector y el Vicerrectorado Académico.

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B. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) El Decano es el representante de la Facultad, tiene la más alta jerarquía y es responsable del cumplimiento académico y administrativo de la Facultad.

2) Dirige el Consejo de Facultad, e implementa sus acuerdos y/o actos administrativos.

3) Coordina las actividades académicas con el Vicerrector Académico y las actividades de investigación con el Vicerrector de Investigación.

4) Ejerce autoridad sobre los Órganos de Apoyo, Órganos de Servicios Académicos y Administrativos y los Órganos de Línea de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgía.

5) El Decano responde ante el Consejo de Facultad, sobre el cumplimiento de la misión de la Facultad y las funciones asignadas.

6) Es responsable de la buena marcha académica y administrativa de la Facultad, para ello delega funciones y coordina con los responsables de los diversos Órganos que conforman la Facultad, así como con los diferentes Órganos de la Universidad, conforme lo establece la ley.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser ciudadano en ejercicio.

2) Ser docente en la categoría de principal en el Perú o en el extranjero, con no menos de tres (3) años en la categoría.

3) Tener grado de Doctor o Maestro en su especialidad, el mismo que debe haber sido obtenido con estudios presenciales. Entiéndase por especialidad la rama de la ciencia o del conocimiento a la cual se dedica el docente.

4) No haber sido condenado por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada.

5) No estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitución y despido.

6) No estar consignado en el registro de deudores alimentarios morosos, ni tener pendiente de pago una reparación civil impuesta por una condena ya cumplida.

7) Otros establecidos en el Estatuto de la Universidad y la Ley Universitaria N° 30220.

3.3. CARGO: SECRETARIA DEL DECANO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Recibir, redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Organizar, y controlar el trámite documentario y el archivo del Decanato de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

3) Organizar y coordinar las audiencias, atenciones, reuniones y certámenes; y preparar la agenda con la documentación respectiva.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA

CÓDIGO: 532-06-6-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 856 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 195

4) Organizar el control y seguimiento de los expedientes preparando periódicamente los informes de situación.

5) Administrar la documentación clasificada y prestar apoyo secretarial especializado, utilizando sistemas informáticos.

6) Organizar, coordinar y supervisar las labores de apoyo administrativo que realicen otras secretarias de la Facultad.

7) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

8) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

9) Atender las llamadas telefónicas, brindando información a los usuarios que están en línea, en forma concisa, breve y amable.

10) Orientar a los usuarios sobre las gestiones y situaciones de los diversos expedientes

11) Velar por la conservación y mantenimiento de los documentos, equipos y mobiliario que le han sido asignados.

12) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD: 1) Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y

Metalurgia.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la custodia de los bienes y documentación de su dependencia.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y de nuevas versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de tres años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la ejecución de acciones de apoyo administrativo y/o secretarial.

3.4. CARGO: SECRETARIO DE CONSEJO DE FACULTAD

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Preparar la agenda de las sesiones del Consejo de Facultad con la documentación sustentatoria para su aprobación.

2) Llevar actualizados, los libros de actas de sesiones de Consejo de Facultad, procesando los

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGÍA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIO DE FACULTAD.

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 196

acuerdos tomados. 3) Emitir resoluciones, reglamentos, documentos oficiales emanados del Consejo de Facultad y/o

encargados por el Decano. 4) Elaborar los proyectos de Resolución de los acuerdos adoptados en Consejo de Facultad y el

Decanato. 5) Actuar como Secretario en las reuniones de Consejo de Facultad y del Decano. 6) Colaborar con el Decano en las acciones de coordinación con las comisiones. 7) Refrendar los documentos oficiales de la Facultad conjuntamente con el Decano, actuando como

fedatario de la Facultad. 8) Tramitar bajo responsabilidad a las instancias superiores los expedientes de graduación y

titulación aprobados por el Consejo de Facultad. 9) Realiza las funciones afines al cargo que el asigne el Decano de la Facultad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

1) Depende directamente del Decano de la Facultad.

2) Es responsables de las funciones establecidas en el ROF y MOF, relacionadas a su

competencia.

3) Es responsable de la custodia y el cuidado de la documentación, equipos, infraestructura que

le son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

3.5. UNIDAD ADMINISTRATIVA

La Unidad Administrativa, es la encargada de programar, organizar y dirigir las actividades administrativas de la Facultad., así como dirigir, supervisar y controlar las acciones administrativas en las diversas áreas de personal, economía, servicios generales, mantenimiento y trámites diversos de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia. Son funciones de la Unidad Administrativa: 1) Organizar y efectuar el manejo de los recursos económicos, financieros de la Facultad.

2) Elaborar y evaluar la ejecución del plan operativo de la Facultad.

3) Controlar la asistencia y permanencia del personal administrativos de la Facultad.

4) Organizar y ejecutar el mantenimiento, la conservación y seguridad de los ambientes de la facultad.

5) Formular y programar el presupuesto y el cuadro de necesidades de la Facultad.

3.6. CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA-UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

CÓDIGO: 532-06-6-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 857 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 197

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación, elaboración y evaluación del Plan Operativo Institucional de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia, en coordinación con las demás unidades académicas y administrativas de la Facultad, así como la Oficina General de Planificación y Presupuesto.

2) Organizar, dirigir, supervisar y controlar el manejo de los recursos humanos, económico financieros y materiales de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

3) Planificar, dirigir y controlar las actividades administrativas, así como los requerimientos de materiales y recursos humanos y financieros de acuerdo a las necesidades en coordinación con el Decano de la Facultad y las demás dependencias de la Facultad.

4) Organizar y coordinar la ejecución de los servicios de seguridad, mantenimiento, conservación y limpieza de bienes y de los ambientes académicos y administrativos.

5) Elaborar la programación y formulación del presupuesto y del cuadro de necesidades mensualizado de su Facultad, en coordinación con la Oficina General de Abastecimientos y Servicios Auxiliares. considerando las necesidades de cada dependencia de la Facultad

6) Realizar el seguimiento continuo y la ejecución de la programación contenida en el cuadro de necesidades y en el plan operativo de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia, cumpliendo con la evaluación trimestral exigida.

7) Realizar el control de la asistencia y permanencia del personal administrativo y evaluar el desempeño del personal a su cargo, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos y con la Unidad de Servicios Auxiliares.

8) Mantener actualizados los instrumentos de gestión de la Facultad, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Institucional.

9) Mantener actualizados el registro de entradas y salidas de los bienes y materiales del almacén de la Facultad.

10) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

2) Coordina con las diversas dependencias de la Facultad sobre temas relacionados a su competencia.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la documentación que se genere en la Unidad Administrativa. .

4) Es responsable del manejo adecuado de los recursos económicos, financieros y materiales de la Facultad.

5) Ejerce autoridad sobre el personal administrativo nombrado y contratado de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la especialidad.

2) Experiencia en la conducción de sistemas administrativos del sector público y conducción de personal.

3) Capacitación en informática y sistemas administrativos.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 198

3.7. CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA-UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

CÓDIGO 532-06-6-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN:SP- AP 858 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Ejecutar las actividades de limpieza diaria de los pasadizos, baños, escaleras, aulas, laboratorios, biblioteca, centros de cómputo y oficinas así como realizar labores de limpieza, gasfitería, electricidad de mantenimiento de los ambientes de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

2) Operar equipos de limpieza para el cumplimiento de sus labores.

3) Orientar el ingreso y salida de personas de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

4) Realizar acciones de traslado y acomodo de bienes insumos, muebles y otros.

5) Contribuir al orden y seguridad de los ambientes de la Facultad.

6) Controlar y custodiar los ambientes, equipos, materiales y otros bienes de la facultad, así también velar por su mantenimiento.

7) Realizar arreglos y conservación de los jardines y/o áreas verdes de la Facultad. 8) Apoyo en contribuir en la vigilancia y seguridad interna de los pabellones, oficinas y ambientes

de la Facultad. 9) Notificar sobre hechos o incidentes ocasionados dentro de la Facultad, a su jefe inmediato. 10) Realizar los requerimientos de materiales necesarios para desarrollar su labor. 11) Las demás que le asigne su jefe inmediato, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente del Jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares de la DASA. 2) No ejerce autoridad sobre personal. 3) Es responsable de los bienes que le son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Instrucción secundaria completa. 2) Buena disposición para el trabajo 3) Experiencia en labores similares.

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación primaria y experiencia.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 199

3.8. CARGO: OPERADOR DE CONDUCCIÓN VEHICULAR (CHOFER)

DEPENDENCIA INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA -UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: OPERADOR DE CONDUCCIÓN VEHICULAR

CÓDIGO 532-06-1-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 859 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO:

1) Conducir la unidad vehicular asignada a la Facultad.

2) Traslado de personal universitario o estudiantes de ser requerido, con la debida autorización del jefe inmediato.

3) Revisar y evaluar el buen estado de los sistemas de dirección, suspensión, refrigeración, combustión y lubricación del vehículo a su cargo, antes, durante y después de las comisiones efectuadas.

4) Verificar el buen estado de las llantas, batería, frenos y otros accesorios del vehículo a su cargo, antes, durante y después de las comisiones efectuadas.

5) Atender y dar solución a los desperfectos básicos de funcionamiento, mecánica y electricidad automotriz de los vehículos, para mantener la seguridad de las personas y del vehículo

6) Proponer la adquisición sobre los repuestos, equipos a adquirir en caso necesario y relacionado al uso.

7) Cumplir con las normas de tránsito velando por la seguridad de las personas que ocupen el vehículo así como el buen estado del mismo. En caso de incumplimiento del reglamento de tránsito hacerse cargo de las multas derivadas

8) Mantener al día las planillas de control de kilometrajes, uso del combustible, así como las fechas de mantenimiento del vehículo.

9) Portar los documentos de identificación que sustenten su calidad de conductor, el propósito de su viaje y la situación legal del vehículo.

10) Otras funciones que le asignen en el ámbito de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares de la DASA.

2) No ejerce autoridad sobre ningún servidor.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados para el cumplimiento de sus funciones.

4) Es responsable del mantenimiento y cuidado del vehículo asignado a su persona.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Instrucción secundaria.

2) Brevete profesional o de vehículos menores, según corresponda.

3) Experiencia en cargos similares ya sea en la actividad pública o privada.

4) Conocimientos básicos de mecánica y electricidad automotriz.

5) Poseer las condiciones físicas, actitud moral y de cooperación y habilidades propias para el cargo.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 200

3.9. UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

La Unidad de Responsabilidad Social es el Órgano de línea de las facultades que contribuye al desarrollo sostenible y al bienestar de la sociedad y compromiso con toda la comunidad universitaria. Sus funciones específicas son:

3.10. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Sensibilizar a todos los integrantes de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia sobre la importancia de una conducta responsable y comprometida con la sociedad y el medio ambiente.

2) Organizar y promover la participación de todos los integrantes de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia en diferentes actividades de carácter social y medioambiental.

3) Fomentar el uso responsable de los recursos y el compromiso social la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

4) Promover y desarrollar eventos que fomenten la formación humana y profesional, la creación de nuevos conocimientos y transferencia social de los mismos y la relación de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia con el resto de actores sociales, evaluando Impactos: educativos., cognitivos, epistemológicos, sociales, que influyen en los factores económicos, políticos, sociales y culturales y por ende en el desarrollo de la entidad.

5) Dirigir, coordinar, difundir, hacer seguimiento y evaluar las acciones y los mecanismos que fomenten y den cuenta de la contribución socialmente responsable de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

6) Capacitar a los docentes de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia en el enfoque de la Responsabilidad Social Universitaria y promover en las especialidades el aprendizaje basado en proyectos de carácter social

7) Otras funciones que le asigne el Decano, según su competencia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia, coordina sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la Oficina General de Responsabilidad Social Universitaria.

2) Es responsable de que las acciones y actividades de responsabilidad social en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURIA-UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

CÓDIGO 532-06-6-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 860 2016

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 201

3.11. UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

La Unidad de Calidad es el órgano de línea encargado de establecer y ejecutar las normas para la autoevaluación, el mejoramiento continuo de la calidad académica, así como planificar, dirigir, supervisar y evaluar los procesos de autoevaluación de la Facultad tendentes a una acreditación continua.

3.12. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

DEPENDENCIA INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA -UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

CÓDIGO 532-06-6-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 861 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Generar conciencia entre los miembros de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia sobre las ventajas de la autoevaluación con fines de acreditación y en relación a la cultura de la calidad.

2) Planificar, dirigir, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar los procesos de autoevaluación en la Facultad.

3) Coordinar con la Comisión Central de Autoevaluación y Acreditación de la Universidad.

4) Formula su Plan Táctico y Presupuesto Anual operativo.

5) Sensibilizar y fomentar la importancia del auto evaluación y acreditación como mecanismos que permiten el mejoramiento continuo de la calidad.

6) Presentar trimestralmente un informe de gestión.

7) Recibir, revisar y remitir los informes a los Comités Internos de Autoevaluación con fines de acreditación, de acuerdo al cronograma que establezca la Oficina General de Calidad Universitaria de la UNASAM

8) Otras funciones que le sean encargadas por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia, coordina sus actividades con la escuela y departamento académico de la Facultad y con la Oficina General Calidad Universitaria

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes a la calidad académica en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

2) Tener experiencia en labores de acreditación.

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 202

3.13. UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

La Unidad de Grados y Títulos es el Órgano de línea de la Facultad encargado de programar y conducir de acuerdo a reglamento, el proceso de graduación y titulación en las carreras profesionales que conduce la Facultad, para el mejor cumplimiento de su misión, mantiene relaciones de coordinación con las Escuelas Profesionales, la Secretaría General y Departamento académico.

3.14. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULO

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA -UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

CÓDIGO 532-06-6-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 862 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Proponer al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación del Consejo Universitario, el reglamento de procedimiento de los trámites de graduación y titulación en la Facultad.

2) Revisión, actualización y propuesta del Reglamento de otorgamiento de grados académicos y la obtención del título profesional en sus diversas modalidades de titulación así como diplomados y de segunda especialización al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación por el Consejo Universitario.

3) Verificar bajo responsabilidad, la conformidad de los expedientes para la obtención del Grado Académico de Bachiller o Título Profesional que otorgue la Facultad.

4) Programar, organizar y controlar las actividades relacionadas con el proceso de graduación y titulación.

5) Difundir el Reglamento de graduación y titulación así como el Reglamento de Procedimientos sobre graduación y titulación, entre los alumnos y egresados de la Facultad.

6) Solicitar a las Escuelas Profesionales la conformación de las comisiones dictaminadoras de expedientes de graduación y/o titulación así como la designación de jurados dictaminadores de Planes de Tesis para titulación profesional o jurados examinadores para las otras modalidades de titulación profesional previstas en el Reglamento.

7) Tener actualizado el padrón de graduados y titulados manteniendo una relación permanente para recoger iniciativas que propongan programas de capacitación y actualización profesional.

8) Administrar los expedientes de graduación y titulación que mantengan informados a los interesados sobre el estado de su gestión así como organizar y mantener al día el archivo de la documentación sobre graduación y titulación.

9) Otras funciones de su competencia que le sean asignados por el Consejo de Facultad o por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y AUTORIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia, coordina sus actividades con la escuela y departamento académico de la Facultad y con la Secretaría General de la UNASAM.

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes al proceso de titulación y grados académicos en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 203

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

3.15. UNIDAD DE POST GRADO

La Escuela de Post grado de la UNASAM es la Unidad Académica encargada de brindar estudios especializados propendiendo a la formación de investigadores y profesionales del más alto nivel académico conducente a la obtención de maestrías y doctorados. Tiene carácter autofinanciado.

3.16. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE POST GRADO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Establece el diseño curricular a seguir para cada uno de los programas de formación continua: cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

2) Convocar y presidir el Comité Directivo de la Unidad de Post Grado.

3) Formula el Proyecto de Desarrollo Académico Administrativo de la Unidad, así como sus respectivos presupuestos.

4) Formula el Reglamento Académico de la Unidad y las Directivas que norman el inicio, desarrollo y finalización del periodo lectivo de los cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

5) Propone los docentes especialistas para la atención de los programas de formación continua, cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

6) Supervisa la aplicación de las normas académicas respecto a la aplicación del diseño curricular utilizado por cada uno de los programas de formación continua.

7) Supervisa y hace el seguimiento al desempeño de los docentes que laboran en la unidad de Post grado.

8) Proponer a los Jurados de Proyectos de Tesis y de la sustentación de tesis de acuerdo a su especialidad.

9) Elabora y publica el informe semestral de su gestión.

10) Elabora el reglamento interno de la Unidad de Post Grado.

11) Otras establecidas en el Reglamento Interno de la unidad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y AUTORIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad, coordina sus actividades con los directores de las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

2) Coordina sus actividades con el Director de la Escuela de Post Grado de la UNASAM y con los directores de las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA-UNIDAD DE POS GRADO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE POS GRADO

CÓDIGO 532-06-6-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 863 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 204

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad con grado de Maestro o Doctor.

3.17. UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

La Unidad de la Biblioteca Especializada es un Órgano de línea de las facultades encargada de velar por la conservación y atención de requerimientos de consulta bibliográfica de docentes y estudiantes de la Facultad. Ofrece los servicios de lectura en sala de referencia, así como de préstamo a domicilio.

1) Catalogar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la facultad

2) Programar y organizar las actividades y establecer los procedimientos para el buen funcionamiento de la Biblioteca Especializada.

3) Registrar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la Facultad

4) Ofrecer los servicio de lectura en sala de referencia y así como de préstamo a domicilio

5) Contar con el inventario de biblioteca y velar por su conservación.

6) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y anual de las áreas que comprende.

7) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los recursos bibliográficos de la biblioteca especializada.

8) Atender con eficiencia en los horarios establecidos, con el personal necesario.

3.18. CARGO: JEFE DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Programar y dirigir las actividades propias de la Oficina de Biblioteca Especializada. 2) Dirigir y coordinar la formulación de documentos técnicos normativos para la correcta atención

en la Biblioteca Especializada. 3) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención. 4) Evaluar las actividades programadas y determinar las medidas correctivas para el buen

funcionamiento de la Biblioteca Especializada. 5) Formular el Plan y Presupuesto de la Biblioteca Especializada. 6) Formular la relación de material bibliográfico (libros, revistas, boletines, proyectos y tesis), de

acuerdo a las necesidades de la Facultad. 7) Dirigir el procesamiento técnico bibliográfico de la colección bibliográfica y de los servicios. 8) Implementar políticas y procedimientos adecuados para capacitar al personal de Biblioteca. 9) Sugerir los horarios de trabajo del personal a su cargo de acuerdo a los requerimientos del

servicio. 10) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y

anual de las áreas que comprende. 11) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los

recursos bibliográficos de la biblioteca especializada. 12) Presentar anualmente el presupuesto de la biblioteca especializada. 13) Las demás funciones que le asigne el Decano, dentro de su competencia.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGIA Y METALURGIA- UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

CÓDIGO 532-06-6-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-EJ 864 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 205

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende de la Decanatura de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia y es

responsable ante él. 2) Ejerce autoridad, mando y supervisión sobre el personal asignado a la Unidad de Biblioteca

Especializada. 3) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación,

catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca especializada. 4) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca. 5) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones. 6) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y

documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas). 7) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva. 8) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su

devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca. 9) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención. 10) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior

sobre cualquier anomalía. 11) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico. 12) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones

y novedades de interés al usuario. 13) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos,

ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada. 14) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan

el servicio a la Biblioteca. 15) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación,

presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en uso, ubicados en repositorio

16) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca. 17) Otras que le asigne su jefe inmediato.

C. REQUISITOS: 1) Personal nombrado con especialidad en Bibliotecología o bibliotecario con estudios en el área.

2) Alguna experiencia en la conducción de personal.

3) Conocimientos sobre administración e informática.

3.19. CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA-UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

CÓDIGO 532-06-6-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 865 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO:

1) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación, catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca especializada.

2) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca.

3) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 206

4) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas).

5) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva.

6) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca.

7) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior sobre cualquier anomalía.

8) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico.

9) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones y novedades de interés al usuario.

10) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos, ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada.

11) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan el servicio a la Biblioteca.

12) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación, presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en uso, ubicados en repositorio

13) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca.

14) Otras que le asigne su jefe inmediato.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de cumplir en forma eficiente y oportuna las funciones señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones, el Manual de Organización y Funciones, y demás disposiciones legales vigentes que norman su actividad. No ejerce autoridad.

C. REQUISITOS MINIMOS:

1) Estudios Universitarios que incluyan materias relacionados con el área.

2) Especialización y/o capacitación en Bibliotecología.

3) Capacitación o Especialización en computación e informática.

4) Conocimiento de sistemas administrativos

5) Experiencia de dos años en actividades universitarias.

6) Trato cordial

7) Habilidad analítica

8) Orientación al usuario.

3.20. UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

La Unidad de Centro de Cómputo es un Órgano de línea de las facultades, encargado de prestar servicios a los requerimientos académicos e informáticos de la Facultad.

Sus funciones son:

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1) Prestar servicio de cómputo para el desarrollo de los cursos regulares de las carreras profesionales ofrecidas por la Facultad.

2) Brindar soporte informático a los proyectos de investigación autorizados y crear las condiciones necesarias para el uso de las redes informáticas y de comunicaciones en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

3) Ofrecer soporte técnico para el desarrollo de cursos, programas y otras actividades de capacitación extracurricular que proyecte la Facultad a través de la instancia competente.

4) Proponer y ejecutar programas de enseñanza y capacitación especializada.

5) Facilitar el uso y préstamo de equipos, en actividades de la Facultad, previamente autorizados por el Consejo de Facultad.

6) Coordinar permanentemente con la Oficina General de Tecnología de Información Sistemas y Estadística, con conocimiento del Decano el adecuado estado de conservación de los equipos del centro de cómputo de la facultad.

7) Elaborar el presupuesto del Centro de Cómputo para su presentación al Consejo de Facultad.

8) Otras funciones que le sean encomendadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

3.21. CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS: 1) Promover, difundir y aplicar adecuadamente las tecnologías de información en la Facultad

acuerdo a las políticas informáticas del Estado.

2) Impartir control sobre los bienes y equipos asignados a la oficina, y velar por su correcto uso.

3) Formular políticas y lineamientos que rijan de manera óptima el uso del Centro de Cómputo.

4) Aprobar informes y proyectos afines a las tecnologías de información y comunicación.

5) Proponer herramientas de gestión para la mejora de las tecnologías a través de estrategias,

enfoques modelos que apoyen los procesos de mejora de la Facultad.

6) Formular y evaluar el plan de mantenimiento preventivo y concurrente del hardware.

7) Velar por la conservación del inventario del hardware y software.

8) Proponer y documentar las buenas prácticas aplicadas en el uso del recurso tecnológico.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD: 1) Depende del Decano de la Facultad.

2) Ejerce mando sobre el personal administrativo nombrado o contratado del Centro de Cómputo.

3) Es responsable de la organización, elaboración de gestiones, presupuesto, mantenimiento y

capacitaciones.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Personal administrativo con estudios en el área.

2) Conocimiento y experiencia en el manejo de las TIC´s

3) Conocimiento de las normas y políticas de gobierno electrónico

4) Alguna experiencia en la conducción de personal

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA-UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO 532-06-6-RE

N° DEL CAP

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EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 866 2016

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3.22. CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS: 1) Participar en la formulación y ejecución del horario de las clases prácticas de los cursos que

requieren el uso del Centro de Cómputo. 2) Controlar el uso adecuado del hardware y software de la Facultad por los alumnos, docentes y

personal administrativo, organizando y ejecutando acciones de seguridad, control de inventario, conservación y mantenimiento.

3) Mantener en buen estado y cuidado respectivo de los equipos informáticos y seguridad del Centro de Cómputo y del hardware& software de las aulas.

4) Recopilar y consolidar la información necesaria para el buen funcionamiento de los sistemas administrativos conducentes a garantizar el desarrollo de las actividades académicas.

5) Apoyar en tareas del mantenimiento de la página web de la Facultad. 6) Efectuar acciones de mantenimiento del hardware y software del Centro de Cómputo y de las

oficinas administrativas. 7) Garantizar el uso de aplicativos y antivirus solo con licencia acorde a los cursos que se imparten

en la Facultad. 8) Elaboración de requerimientos de equipos, materiales, herramientas e insumos para el

mantenimiento de los equipos. 9) Controlar y registrar el movimiento de activos informáticos y telemáticos del Centro de Cómputo. 10) Controlar las actividades de inspección de servicios de mantenimiento de los equipos informáticos

de los laboratorios y demás oficinas y/o unidades de la Facultad. 11) Orientar el uso adecuado de los equipos a los usuarios de la Facultad. 12) Cumplir otras funciones que le asigne el jefe de la oficina, en el ámbito de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe del Centro de Cómputo.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la organización, ejecución, control y mantenimiento de los servicios y equipos del Centro de Cómputo.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Técnico Profesional en Computación e Informática con especialidad. 2) Experiencia en el Servicio de administración de Centros de Cómputo, soporte informático,

telemático y audiovisual. 3) Conocimiento y experiencia en la administración de servidores. 4) Capacitación en actividades de administración de Centros de Cómputo y mantenimiento de

equipos informáticos y telemáticos 5) Orientación al usuario. 6) Trato cordial a los usuarios.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA-UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO 532-06-6-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 867 2016

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ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria que incluyan materias relacionadas con el área y experiencia en actividades informáticas y tecnológicas.

3.23. GABINETE PEDAGÓGICO

La Unidad de Gabinete Pedagógico, es el órgano de Línea de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia encargado de ofrecer información, asesoramiento y orientación para prevenir y resolver dificultades que afecten la gestión académica, en especial, anticiparse a los problemas que pueden suscitarse.

3.24. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Asesorar sobre los criterios pedagógicos, líneas de aprendizaje y desarrollo de estrategias a implementar en la puesta en marcha del proyecto educativo de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

2) Acompañar el proceso educativo aportando todo elemento técnico-pedagógico que confiera calidad al aprendizaje.

3) Colaborar con la realización de los programas de estudio, de la planificación de las tareas académicas y en la conformación de los Curriculum docentes.

4) Sugerir los ajustes necesarios en la metodología de formación pedagógica de los docentes, en la planificación y evaluación del aprendizaje.

5) Diseñar y participar en la evaluación institucional y en propuestas formativas de los docentes

6) Realizar encuestas estudiantiles y organizar el programa de tutorías.

7) Otras funciones según su competencia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano.

2) Coordina sus actividades con los directores de las escuelas y departamentos académicos, con las autoridades académicas de la UNASAM.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

2) Tener conocimiento de temas relacionados a la función a desempeñar.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y

METALURGÍA-GABINETE PEDAGÓGICO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

CÓDIGO 532-06-6-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 868 2016

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3.25. LABORATORIO DE MECÁNICA DE ROCAS

El Laboratorio de Mecánica de Rocas es una unidad de soporte académico y de investigación, en los temas de estudio de rocas. En el aspecto Académico apoyan con la realización de prácticas de los diversos cursos de Mecánica de Rocas, programados en las distintas facultades. En el aspecto de investigación se presta apoyo a los diversos investigadores en temas de estudio de rocas y suelos.

3.26. CARGO: JEFE DEL LABORATORIO DE MECÁNICA DE ROCAS

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Coordinar con el Jefe del Departamento Académico de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia para la elaboración de los horarios de prácticas de los cursos que tiene a cargo el área de rocas del Departamento Académico de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgía.

2) Elaboración de Informes de ensayos realizados durante las prácticas en el Laboratorio de Mecánica de Rocas.

3) Capacitar en el manejo u operatividad de los equipos a los alumnos de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

4) Supervisar la labor del Asistente del Laboratorio de Mecánica de Rocas, y coordinar acciones conjuntas para el cuidado, mantenimiento, necesidades, etc. del Laboratorio.

5) Coordinar con los docentes sobre las necesidades de equipos y materiales para las diversas prácticas de Laboratorio que tengan a cargo.

6) Hacer el Plan Operativo Institucional (POI) del Laboratorio de Mecánica de Rocas.

7) Velar por el normal funcionamiento del Laboratorio de Mecánica de Rocas, haciendo coordinaciones con las diversas Oficinas y Direcciones de la UNASAM.

8) Autorizar las prácticas pre-profesionales a estudiantes de las diversas escuelas profesionales de la UNASAM y otras Universidades.

9) Promover la difusión de las Investigaciones realizadas en el Laboratorio de Mecánica de Rocas, para contribuir con la visibilidad de la UNASAM.

10) Atender las diversas solicitudes de información sobre el Laboratorio de Rocas y Suelos que demande la gestión de las diversas Oficinas de la UNASAM.

11) Coordinar con los jefes de Laboratorio y docentes en los casos de urgencias o imprevistos de suspensión de labores administrativas para evitar pérdidas de labor académica y evaluar la reprogramación de la clase de laboratorio.

12) Otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

2) Tiene autoridad sobre el personal técnico asignado al Laboratorio.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Laboratorio de Rocas y Suelos.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA-LABORATORIO DE ROCAS Y SUELOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL LABORATORIO DE MECÁNICA DE ROCAS

CÓDIGO 532-06-5-EJ

N° DEL CAP

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EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-EJ 869 2016

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C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente del área de Ingeniería.

2) Estar adscrito al Departamento Académico de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

3.27. CARGO: ASISTENTE DEL LABORATORIO DE MECANICA DE ROCAS

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Permanecer en el Laboratorio de Rocas y Suelos durante su turno, salvo situaciones de trámites o situaciones de urgencias/emergencias. La ausencia se deberá coordinar con el Jefe de Laboratorio y docentes que tienen programadas las Prácticas de Laboratorio, para evitar interferencia de la actividad académica.

2) Atender con la entrega de los equipos y materiales a los docentes adscritos al área de Geología del Departamento Académico de Ingeniería de Minas, geología y Metalurgia para el desarrollo de las actividades académicas programadas. La atención se hará de acuerdo a los requerimientos solicitados por el docente siempre y cuando se cuente con lo solicitado.

3) Velar por el mantenimiento de los equipos y materiales de Laboratorio, mediante la limpieza y ordenamiento de los mismos.

4) Llenar todos los días las ocurrencias en su turno e informar con prontitud las incidencias al Jefe de Laboratorio para tomar acciones correspondientes.

5) Apoyar en la gestión de la Jefatura del Laboratorio mediante la presentación de información solicitada, y tramitación de documentos.

6) Actuar con prontitud en casos de emergencias durante las prácticas de Laboratorio, con una actitud colaborativa en todo momento.

7) Encargase de la ejecución de ensayos, preparación de muestras y mantenimiento de equipos.

8) Apoyar en la elaboración de los informes técnicos de los ensayos ejecutados.

9) Dirigir y participar en los ensayos de Laboratorio a los alumnos de los diferentes cursos de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

10) Elaboración de estándares de ensayos ejecutados.

11) Otras que le asigne el Jefe del Laboratorio de Mecánica de Rocas.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe del Laboratorio.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable que las prácticas de los diversos cursos se efectúen de manera eficiente.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGÍA-LABORATORIO DE ROCAS Y SUELOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DEL LABORATORIO DE MECÁNICA DE ROCAS

CÓDIGO 532-06-5-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: AP 870 2016

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C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Conocimiento sobre las áreas académicas a las que se dedica el Laboratorio.

2) Capacitación permanente.

3) Conocimiento de primeros auxilios y normas de seguridad.

3.28. UNIDAD DE INVESTIGACION

La Unidad de Investigación está encargada de integrar las actividades de investigación de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia, es la encargada de diseñar, ejecutar, monitorear y evaluar los Proyectos de Investigación difundiendo sus resultados; así como establecer las líneas de investigación y crear los Centros, Círculos e Institutos de Investigación, según las necesidades e intereses de la Facultad. Están dirigidas por un Docente Ordinario designado por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad por un periodo máximo de dos años.

A. FUNCIONES DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

1) Promover el desarrollo científico y tecnológico de los docentes y estudiantes para garantizar la participación efectiva en el proceso del desarrollo regional y nacional.

2) Propiciar la elaboración de investigaciones en las líneas y áreas de su competencia, dentro del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

3) Fomentar y estimular actividades científicas para la capacitación de sus docentes y estudiantes.

4) Evaluar los proyectos de investigación, y proponerlos al Consejo de Facultad quien los aprobará en un plazo no mayor de quince (15) días y tramitarlo ante la Dirección General de Investigación (DGI).

5) Evaluar trimestralmente la ejecución de los proyectos de investigación informando a la DGI al finalizar cada trimestre.

6) Administrar los bienes y equipos que son adquiridos para el desarrollo de los proyectos de investigación subvencionados por canon, sobrecanon y regalías.

7) Realizar la difusión de las investigaciones desarrolladas por los docentes y estudiantes de las facultades.

8) Promover la publicación de una revista académica especializada y gestionar su indización.

9) Revisar y dar certitud de la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio será sancionado con una normatividad específica).

B. FUNCIONES DEL COMITÉ DE INVESTIGACIÓN

1) Revisar y evaluar la pertinencia e impacto de los trabajos de investigación presentados por los docentes investigadores.

2) Revisar y dar certitud la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio es sancionado).

3) Proponer la aprobación de los proyectos de investigación e informes finales de investigación de los docentes al Consejo de Facultad, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos por el Consejo de Investigación y las normas correspondientes.

4) Evaluar trimestralmente el desarrollo de los proyectos de investigación e informar, a través del Director a las instancias pertinentes.

5) Apoyar las actividades de capacitación y otros eventos académico-científicos organizados por la Unidad de Investigación, la Dirección General de Investigación y el Vicerrectorado de Investigación.

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6) Apoyar la difusión virtual de las investigaciones desarrolladas en la Unidad de investigación; así como a nivel institucional y de otras universidades del país y del mundo.

7) Colaborar con la edición y publicación de la revista científica de la Facultad.

8) Aprobar la Memoria Anual de investigación de la Unidad.

3.29. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Formular y ejecutar el plan de actividades de la Unidad de Investigación que forma parte del plan operativo y del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

2) Formular y coordinar políticas, áreas, líneas y programas de investigación de la Facultad, tanto para los docentes, como para estudiantes y graduados.

3) Hacer el seguimiento de los proyectos de investigación de la Facultad. 4) Solicitar al Vicerrectorado de Investigación, la evaluación y auspicio o financiamiento por la

UNASAM de los proyectos de investigación que muestren impacto, presentados por los docentes y sus semilleros aprobados por las unidades de investigación.

5) Elaborar directivas que normen la operatividad de la Unidad de Investigación. 6) Promover la formulación de proyectos de investigación interdisciplinarios que contribuyan al

desarrollo institucional, regional, nacional e internacional. 7) Presidir el Comité de Investigación de la Facultad. 8) Participar como miembro del Consejo de Investigación de la UNASAM. 9) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Comité de Investigación y Consejo de Investigación, así

como dispositivos emanados de la Dirección General de Investigación. 10) Promocionar la investigación científica y tecnológica. 11) Recepcionar y presentar al Comité de Investigación los trabajos de investigación de los docentes

investigadores. 12) Elevar al Consejo de Facultad los trabajos de investigación aprobados por el Comité de

Investigación para su ratificación. 13) Administrar y mantener el sistema de información de investigación. 14) Promover la publicación de los trabajos de investigación en los medios especializados.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia

2) Coordina sus actividades con la Oficina General de Investigación, el Vice Rectorado de Investigación, la Unidad de Responsabilidad Social y con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario a tiempo completo o a dedicación exclusiva de la Facultad

2) Tener grado de Maestro o Doctor.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y

METALURGIA-UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

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CLASIFICACIÓN: RE 871 2016

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DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA

3.30. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA

El Departamento Académico de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia es una unidad de servicio académico de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia, que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad de estudiar, investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

3.31. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y

METALURGIA

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al consejo de Facultad, la asignación de personal docente nombrado y contratado del Departamento de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de Ingeniería de Minas.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA-DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA

DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO

CÓDIGO 532-06-6-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 872 2016

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B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento Académico de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento Académico de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

3.32. CARGO: SECRETARIA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes del Departamento Académico de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento del Departamento Académico de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y presentación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres del Departamento Académico de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

6) Cumplir otras funciones que le asigne el Director del Departamento Académico de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe del Departamento Académico de Ingeniería de Minas.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos y de la custodia de los mismos.

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS GEOLOGÍA Y METALURGIA-DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA

CÓDIGO 532-06-6-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 873 2016

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

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C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.33. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE MINAS

La Dirección de la Escuela Profesional de Ingeniería de Minas está encargada del diseño y actualización curricular permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la formación, capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

A. FUNCIONES GENERALES:

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la Formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

3.34. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE MINAS

DEPENDENCIA FACULTAD DE INGENIERÍA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA-EP INGENIERÍA DE MINAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE MINAS

CÓDIGO 532-06-6-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 874 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional y, cuando sea requerido, asiste al Consejo de Facultad con voz pero sin voto

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

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4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de Estudios en la carrera profesional

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros, supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela Profesional de Ingeniería de Minas.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y científico de la Escuela Profesional de Ingeniería de Minas.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grado de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados, convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes, para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

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28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales, artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia y del Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional de Ingeniería de Minas.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas en la Escuela Profesional de Ingeniería de Minas.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela Profesional a su cargo

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que contribuyan a su desarrollo profesional

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para cada año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Ingeniería de Minas.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de Ingeniería de Minas, por un período máximo de dos (02) años.

3.35. UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

La Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios, es el órgano de línea de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia encargado de promover, programar, coordinar y organizar acciones que permitan producir bienes y prestar servicios a toda la comunidad Universitaria y la sociedad.

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3.36. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE INGENIERIA DE MINAS, GEOLOGÍA Y METALURGIA-UNIDAD DE PROD. BIENES Y PREST. DE

SERVICIOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

CÓDIGO 532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Elabora el reglamento interno del Centro.

2) Fomenta la formación de unidades de producción de bienes y prestación de servicios, de acuerdo a la especialidad de las escuelas profesionales de la Facultad.

3) Realiza convenios con otras instituciones de similar actividad, para implementar nuevas líneas en la prestación de servicios.

4) Otras funciones que le sean encargadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente de la decanatura

2) Es responsable de las actividades que se generen estén enmarcadas en el reglamento interno y las normas administrativas de la UNASAM, y normas nacionales.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

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UNIVERSIDAD NACIONAL

“SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO”

Aprobado mediante la R.C.U.Nº339 -2016 -UNASAM

2016

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FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE

1.1. DE LA FACULTAD

La Facultad de Ciencias del Ambiente es la unidad de organización, formación académica, profesional y de gestión (Artículo22° del Estatuto de la UNASAM y Artículo 19° del Reglamento General), propiciando la investigación y la responsabilidad social y extensión universitaria. Es responsable de elaborar el currículo, coordinar los planes de estudio para la obtención del Grado Académico Bachiller y Título Profesional de sus estudiantes.

1.2. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE 1) Planificar, organizar y ejecutar su Sistema Académico y Administrativo, orientado a la excelencia. 2) Formar profesionales académicos con competencias y capacidades estandarizadas a nivel nacional e

internacional, para desarrollar las ciencias del Ambiente matemáticas, estadística, informática, sistemas, telecomunicaciones, biotecnología y, acordes a las exigencias actuales.

3) Gestionar el proceso de formación académica y profesional del pregrado. 4) Promover y desarrollar la investigación científica y tecnológica, como medio de conocimiento de la

realidad, de la solución de problemas, producción de conocimientos y satisfacción de necesidades de conocimiento.

5) Proponer a través de las Dirección de las Escuelas Profesionales, el desarrollo de Programas de

Educación a Distancia en las especialidades que se establezcan, previamente acordadas en Consejo de Facultad. Esta propuesta se rige en base a lo dispuesto en la Ley Universitaria N°30220

6) Promover y desarrollar la formación científica mediante la gestión de programas de actualización,

perfeccionamiento y especialización. 7) Garantizar la calidad académica del egresado. 8) Concientizar en el aspecto de responsabilidad social procurando una gestión socialmente responsable

en la formación académica y pedagógica, de los estudiantes, propiciando experiencias vivenciales, iniciativas interdisciplinarias e interinstitucionales, definiendo la ética profesional de cada disciplina y su rol social. en la formación de los estudiantes de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

9) Lograr un comportamiento organizacional, con prácticas de valores y normas de convivencia éticas y

conducta ecológica, por parte de todos los integrantes de la Facultad de Ciencias del Ambiente: docentes, personal administrativo y estudiantes, para lograr el desarrollo sostenible de nuestra Universidad.

10) Brindar servicios docentes a las Escuelas Académico Profesionales y Unidades de Post Grado. 11) Velar por el cumplimiento de las normas legales vigentes, así como de los acuerdos y resoluciones

emanadas de los órganos superiores de la Universidad y los de la propia Facultad. 12) Promover la capacitación y entrenamiento en tecnología educativa orientada a mejorar la enseñanza de

las especialidades que imparte la Facultad de Ciencias del Ambiente. 13) Otras funciones que le asigne la Ley Universitaria y el Estatuto.

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2. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE

UNIVERSIDAD NACIONAL "SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO" (U.N.A.S.A.M.)

UNIDAD DE SECRETARIA

GENERAL

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA

AMBIENTAL

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD

SOCIAL

UNIDAD DE INVESTIGACION

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PREST. DE

SERVICIOS

UNIDADADMINISTRATIVA

UNIDAD DE POST GRADO

COMISIONESPERMANTES

COMISIONES TRANSITORIAS

UNIDADES DE SERVICIOS ACADEMICOS

UNIDAD DE CENTRO DE COMPUTO

UNIDAD DE BIBLIOTECA

ESPECIALIZADA

UNIDAD DE GRADOS Y TITULOS

UNIDAD DE GABINETE

PEDAGOGICO

UNIDAD DE LABORATORIOS

UNIDAD DE CALIDAD ACADEMICA

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

CIENCIAS DEL

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

INGENIERIA SANITARIA

DEPARTAMENTOS ACADEMICOS

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA

SANITARIA

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2.1. ESTRUCTURA ORGÁNICA

La Facultad de Ciencias del Ambiente para su mejor funcionamiento, organiza sus actividades según la siguiente estructura orgánica ÓRGANO DE GOBIERNO

Consejo de Facultad ÓRGANO DE DIRECCIÓN:

Decanato

ÓRGANO DE APOYO ACADÉMICO Departamentos Académicos:

Departamento Académico de Ingeniería Ambiental. Departamento Académico de Ingeniería Sanitaria

Unidades de Servicio Académico:

Unidad de Calidad Académica Unidad de Gabinete Pedagógico Unidad de Biblioteca Especializada Unidad de Centro de Computo Unidad de Grados y Títulos Unidad de Post Grado Unidad de Laboratorio

Unidades de Administrativas:

Unidad Administrativa Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios Unidad de Secretaría General

ÓRGANOS DE LÍNEA

Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental Escuela Profesional de Ingeniería Sanitaria Unidad de Responsabilidad Social Unidad de Investigación

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2.2. Cuadro Orgánico De Cargos: Para el cumplimiento de funciones de la facultad de ciencias del Ambiente cuenta con los siguientes cargos:

N° DE ORDEN

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA/ CARGO

CÓDIGO TOTAL N° CAP

DECANATO

1 Decano 532-06-5-RE 1 797

2 Secretaria 532-06-5-AP 1 798

UNIDAD ADMINISTRATIVA

3 Asistente administrativo 532-06-5-AP 1 799

4 Operador de limpieza 532-06-5-AP 1 800

5 Operador de Conducción Vehicular 532-06-5-AP 1 801

6 Operador de Conducción Vehicular 532-06-5-AP 1 802

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

7 Jefe la Unidad de Responsabilidad Social 532-06-5-RE 1 803

UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

8 Jefe de la Unidad de Calidad Académica 532-06-5-RE 1 804

UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

9 Jefe de la Unidad de Grados y Títulos 532-06-5-RE 1 805

UNIDAD DE POST GRADO

10 Jefe de la Unidad de Pos Grado 532-06-5-RE 1 806

UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

11 Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada 532-06-5-RE 1 807

12 Asistente de biblioteca 532-06-5-AP 1 808

UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

13 Jefe de la Unidad de Centro de Cómputo 532-06-5-RE 1 809

14 Asistente del centro de cómputo 532-06-5-AP 1 810

GABINETE PEDAGÓGICO

15 Jefe de la Unidad de Gabinete Pedagógico 532-06-5-RE 1 811

LABORATORIO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE

16 Jefe de Laboratorio 532-06-5-RE 1 812

17 Auxiliar de Laboratorio 532-06-5-AP 1 813

18 Asistente de Laboratorio 532-06-5-AP 1 814

19

UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Jefe de la Unidad de Investigación

532-06-5-RE 1 815

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERIA AMBIENTAL

20 Director del Departamento Académico de Ingeniería Ambiental.

532-06-5-RE 1 816

21 Secretaria 532-06-5-AP 1 817

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA SANITARIA

22 Director del Departamento Académico de Ingeniería Sanitaria

532-06-5-RE 1 818

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERIA AMBIENTAL

23 Director de la Escuela profesional de Ingeniería Ambiental.

532-06-5-RE 1 819

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24 Secretaria de las escuelas profesionales 532-06-5-AP 1 820

ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA SANITARIA

25 Director de la Escuela profesional de Ingeniería Sanitaria UNIDAD DE SECRETARÍA GENERAL Secretario de Consejo de Facultad

532-06-5-RE 1

1

821

26

27

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS Jefe de la Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios

1

TOTAL 25

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3. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGOS

3.1. DECANATO

El decanato es un Órgano de Dirección y la máxima autoridad de gobierno de la Facultad, dirige la Gestión académica y administrativa, representa a la Facultad ante el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria conforme lo dispone la Ley Universitaria N° 30220.

3.2. CARGO: DECANO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DECANO

CÓDIGO 532-06-5-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 797 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Convocar, dirigir y presidir las sesiones del Consejo de Facultad y representar a la Facultad ante el Consejo y Asamblea Universitaria con voz y voto, de acuerdo a lo que establece la Ley Universitaria.

2) Dirigir administrativamente la Facultad, autorizar los gastos y controlar la ejecución del presupuesto de la Facultad.

3) Dirigir académicamente la Facultad, en coordinación con los Directores de los Departamentos Académicos, de las Escuelas Profesionales y Unidades de Postgrado.

4) Designar a los Directores de las Escuelas Profesionales, Instituto de Investigación y las Unidades de Postgrado y proponer la ratificación ante el Consejo de Facultad.

5) Aprobar los reglamentos de la Facultad. sobre las responsabilidades de docentes y estudiantes, así como los regímenes de estudios, evaluación, promoción y sanciones dentro de las normas establecidas en la Ley Universitaria y el Estatuto de la UNASAM.

6) Proponer al Consejo de Facultad, sanciones a los docentes, estudiantes y personal administrativo de apoyo que incurran en faltas conforme lo señala la Ley Universitaria N° 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo.

7) Presentar al Consejo de Facultad, para su aprobación, el plan anual de funcionamiento y desarrollo de la Facultad y su Informe de Gestión.

8) Cumplir y hacer cumplir los planes de desarrollo y funcionamiento de la Facultad.

9) Proponer al Rector el proyecto de presupuesto anual de la Facultad y dirigir la ejecución.

10) Informar al Rector y a los Órganos de Gobierno, sobre la gestión de la Facultad y presentar su Memoria Anual al Consejo de Facultad.

11) Refrendar conjuntamente con el Rector y el Secretario General de la Universidad, los Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, certificados y menciones que se otorguen, en la Facultad.

12) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo de Facultad, Consejo Universitario, Asamblea Universitaria, la Ley Universitaria, el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad, el Reglamento de la Facultad y otras normas vigentes de la Universidad.

13) Realizar las demás funciones, afines al cargo que señala el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad y el Manual de Organización y funciones de la Universidad.

14) Otras funciones que le asigne el Rector y el Vicerrectorado Académico.

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B. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) El Decano es el representante de la Facultad, tiene la más alta jerarquía y es responsable del cumplimiento académico y administrativo de la Facultad.

2) Dirige el Consejo de Facultad, e implementa sus acuerdos y/o actos administrativos.

3) Coordina las actividades académicas con el Vicerrector Académico y las actividades de investigación con el Vicerrector de Investigación.

4) Ejerce autoridad sobre los Órganos de Apoyo, Órganos de Servicios Académicos y Administrativos y los Órganos de Línea de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

5) El Decano responde ante el Consejo de Facultad, sobre el cumplimiento de la misión de la Facultad y las funciones asignadas.

6) Es responsable de la buena marcha académica y administrativa de la Facultad, para ello delega funciones y coordina con los responsables de los diversos Órganos que conforman la Facultad, así como con los diferentes Órganos de la Universidad, conforme lo establece la ley.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser ciudadano en ejercicio.

2) Ser docente en la categoría de principal en el Perú o en el extranjero, con no menos de tres (3) años en la categoría.

3) Tener grado de Doctor o Maestro en su especialidad, el mismo que debe haber sido obtenido con estudios presenciales. Entiéndase por especialidad la rama de la ciencia o del conocimiento a la cual se dedica el docente.

4) No haber sido condenado por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada.

5) No estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitución y despido.

6) No estar consignado en el registro de deudores alimentarios morosos, ni tener pendiente de pago una reparación civil impuesta por una condena ya cumplida.

7) Otros establecidos en el Estatuto de la Universidad y la Ley Universitaria N° 30220.

3.3. CARGO: SECRETARIA DEL DECANO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Recibir, redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la norma de administración pública.

2) Organizar, y controlar el trámite documentario y el archivo del Decanato de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

3) Organizar y coordinar las audiencias, atenciones, reuniones y certámenes; y preparar la agenda con la documentación respectiva.

4) Organizar el control y seguimiento de los expedientes preparando periódicamente los informes de situación.

5) Administrar la documentación clasificada y prestar apoyo secretarial especializado, utilizando sistemas informáticos.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA

CÓDIGO: 532-06-5-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 798 2016

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6) Organizar, coordinar y supervisar las labores de apoyo administrativo que realicen otras secretarias de la Facultad Ciencias del Ambiente.

7) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de la Facultad de Ciencias del Ambiente a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

8) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de la Facultad de Ciencias del Ambiente. 9) Atender las llamadas telefónicas, brindando información a los usuarios que están en línea, en

forma concisa, breve y amable. 10) Orientar a los usuarios sobre las gestiones y situaciones de los diversos expedientes 11) Velar por la conservación y mantenimiento de los documentos, equipos y mobiliario que le han

sido asignados. 12) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ciencias del Ambiente, dentro

de su competencia.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD: 1) Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la custodia del patrimonio y documentación de su dependencia.

C. REQUISITOS MÍNIM0S: 1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores administrativas y secretariales por un periodo mínimo de tres años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la ejecución de acciones de apoyo administrativo y/o secretarial.

3.4. CARGO: SECRETARIO DE CONSEJO DE FACULTAD

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE- SECRETARÍA GENERAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIO DE CONSEJO DE FACULTAD.

CÓDIGO 532-06-5-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Llevar actualizados, los libros de actas de sesiones de Consejo de Facultad, procesando los

acuerdos tomados.

2) Emitir resoluciones, reglamentos, documentos oficiales emanados del Consejo de Facultad y/o

encargados por el Decano, llevar la numeración, registro ordenado de las Resoluciones emitidas

por el Consejo de Facultad y el Decano.

3) Elaborar los proyectos de Resolución de los acuerdos adoptados en Consejo de Facultad y el

Decanato.

4) Actuar como Secretario en las reuniones de Consejo de Facultad y del Decano.

5) Colaborar con el Decano en las acciones de coordinación con las comisiones.

6) Refrendar los documentos oficiales de la Facultad conjuntamente con el Decano, actuando como

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fedatario de la Facultad.

7) Tramitar bajo responsabilidad a las instancias superiores los expedientes de graduación y

titulación aprobados por el Consejo de Facultad.

8) Realiza las funciones afines al cargo que el asigne el Decano de la Facultad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente del Decano de la Facultad.

2) Es responsables de las funciones establecidas en el ROF y MOF, relacionadas a su

competencia.

3) Es responsable de la custodia y el cuidado de la documentación, equipos, infraestructura que

le son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

3.5. UNIDAD ADMINISTRATIVA

La Unidad Administrativa, es la encargada de programar, organizar y dirigir las actividades administrativas de la Facultad., así como dirigir, supervisar y controlar las acciones administrativas en las diversas áreas de personal, economía, servicios generales, mantenimiento y trámites diversos de la Facultad de Ciencias del Ambiente. Son funciones de la Unidad Administrativa:

1) Organizar y efectuar el manejo de los recursos económicos en coordinación con la decanatura, financieros de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

2) Elaborar y evaluar la ejecución del plan operativo de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

3) Controlar la asistencia y permanencia del personal administrativos de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

4) Organizar y ejecutar el mantenimiento, la conservación y seguridad de los ambientes de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

5) Programar y formular el presupuesto y cuadro de necesidades de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

3.6. CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación, elaboración y evaluación del Plan Operativo Institucional de la Facultad de Ciencias del Ambiente, en coordinación con las demás unidades académicas y administrativas de la Facultad de Ciencias del Ambiente, así como la Oficina General de Planificación y Presupuesto.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE-UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

CÓDIGO: 532-06-5-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 799 2016

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2) Organizar, dirigir, supervisar y controlar el manejo de los recursos humanos, económico financieros y materiales de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

3) Planificar, dirigir y controlar las actividades administrativas, así como los requerimientos de materiales y recursos humanos y financieros de acuerdo a las necesidades en coordinación con el Decano de la Facultad y las demás dependencias de la Facultad.

4) Organizar y coordinar la ejecución de los servicios de seguridad, mantenimiento, conservación y limpieza de bienes y de los ambientes académicos y administrativos.

5) Elaborar la programación y formulación del presupuesto y del cuadro de necesidades mensualizado de su Facultad, en coordinación con la Oficina General de Abastecimientos y Servicios Auxiliares. considerando las necesidades de cada dependencia de la Facultad

6) Realizar el seguimiento continuo y la ejecución de la programación contenida en el cuadro de necesidades y en el plan operativo de la Facultad de Ciencias del Ambiente, cumpliendo con la evaluación trimestral exigida.

7) Realizar el control de la asistencia y permanencia del personal administrativo y evaluar el desempeño del personal a su cargo, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos y con la Unidad de Servicios Auxiliares.

8) Mantener actualizados los instrumentos de gestión de la Facultad de Ciencias del Ambiente, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Institucional.

9) Mantener actualizados el registro de entradas y salidas de los bienes y materiales del almacén de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

10) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

2) Coordina con las diversas dependencias de la Facultad de Ciencias del Ambiente sobre temas relacionados a su competencia.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la documentación que se genere en la Unidad Administrativa.

4) Es responsable del manejo adecuado de los recursos económicos, financieros y materiales de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

5) Ejerce autoridad sobre el personal administrativo nombrado y contratado de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la especialidad.

2) Experiencia en la conducción de sistemas administrativos en el sector público y conducción de personal.

3) Capacitación en informática y sistemas administrativos.

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3.7. CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Ejecutar las actividades de limpieza diaria de los pasadizos, baños, escaleras, aulas, laboratorios, biblioteca, centros de cómputo y oficinas, así como realizar labores de limpieza, gasfitería, ele

2) ctricidad de mantenimiento de los ambientes de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

3) Operar equipos de limpieza para el cumplimiento de sus labores.

4) Orientar el ingreso y salida de personas de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

5) Realizar acciones de traslado y acomodo de bienes, insumos, muebles y otros.

6) Contribuir al orden y seguridad de los ambientes de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

7) Controlar y custodiar los ambientes, equipos, materiales y otros bienes de la facultad, así también velar por su mantenimiento.

8) Realizar Arreglos y conservación de los jardines y/o áreas verdes de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

9) Apoyo en contribuir en la vigilancia y seguridad interna de los pabellones, oficinas y ambientes de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

10) Notificar sobre hechos o incidentes ocasionados dentro de la Facultad, a su jefe inmediato. 11) Realizar los requerimientos de materiales necesarios para desarrollar su labor. 12) Las demás que le asigne su jefe inmediato, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente de la Unidad de Servicios Auxiliares de la DASA.

2) No ejerce autoridad sobre el personal.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Instrucción secundaria completa.

2) Buena disposición para el trabajo.

3) Experiencia en labores similares.

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación primaria y experiencia.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE-UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

CÓDIGO 532-06-5-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 800-801 2016

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3.8. CARGO: OPERADOR DE CONDUCCIÓN VEHICULAR (CHOFER)

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO:

1) Conducir la unidad vehicular asignada a la Facultad de Ciencias del Ambiente.

2) Traslado de personal universitario o estudiantes de ser requerido, con la debida autorización del jefe inmediato.

3) Revisar y evaluar el buen estado de los sistemas de dirección, suspensión, refrigeración, combustión y lubricación del vehículo a su cargo, antes, durante y después de las comisiones efectuadas.

4) Verificar el buen estado de las llantas, batería, frenos y otros accesorios del vehículo a su cargo, antes, durante y después de las comisiones efectuadas.

5) Atender y dar solución a los desperfectos básicos de funcionamiento, mecánica y electricidad automotriz de los vehículos, para mantener la seguridad de las personas y del vehículo

6) Proponer la adquisición sobre los repuestos, equipos a adquirir en caso necesario y relacionado al uso.

7) Cumplir con las normas de tránsito velando por la seguridad de las personas que ocupen el vehículo, así como el buen estado del mismo. En caso de incumplimiento del reglamento hacerse cargo de las multas derivadas

8) Mantener al día las planillas de control de kilometrajes, uso del combustible, así como las fechas de mantenimiento del vehículo.

9) Portar los documentos de identificación que sustenten su calidad de conductor, el propósito de su viaje y la situación legal del vehículo.

10) Otras funciones que le asignen en el ámbito de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares de la DASA.

2) No ejerce autoridad sobre ningún servidor.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados para el cumplimiento de sus funciones.

4) Es responsable del mantenimiento y cuidado del vehículo asignado a su persona.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Instrucción secundaria.

2) Brevete profesional o de vehículos menores, según corresponda.

3) Experiencia en cargos similares ya sea en la actividad pública o privada.

4) Conocimientos básicos de mecánica y electricidad automotriz.

5) Poseer las condiciones físicas, actitud moral y de cooperación y habilidades propias para el cargo.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE-UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: OPERADOR DE CONDUCCIÓN VEHICULAR

CÓDIGO 532-06-5-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 802 2016

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3.9. UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

La Unidad de Responsabilidad Social es el Órgano de línea de las facultades que contribuye al desarrollo sostenible y al bienestar de la sociedad y compromiso con toda la comunidad universitaria. Sus funciones específicas son:

3.10. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

CÓDIGO 532-06-5-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 803 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Sensibilizar a todos los integrantes de la Facultad de Ciencias del Ambiente sobre la importancia de una conducta responsable y comprometida con la sociedad y el medio ambiente.

2) Organizar y promover la participación de todos los integrantes de la Facultad de Ciencias del Ambiente en diferentes actividades de carácter social y medioambiental.

3) Fomentar el uso responsable de los recursos y el compromiso social la Facultad de Ciencias del Ambiente.

4) Promover y desarrollar eventos que fomenten la formación humana y profesional, la creación de nuevos conocimientos y transferencia social de los mismos y la relación de la Facultad de Ciencias del Ambiente con el resto de actores sociales, evaluando Impactos: educativos., cognitivos, epistemológicos, sociales, que influyen en los factores económicos, políticos, sociales y culturales y por ende en el desarrollo de la entidad.

5) Dirigir, coordinar, difundir, hacer seguimiento y evaluar las acciones y los mecanismos que fomenten y den cuenta de la contribución socialmente responsable de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

6) Capacitar a los docentes de la Facultad de Ciencias del Ambiente en el enfoque de la Responsabilidad Social Universitaria y promover en las especialidades el Aprendizaje Basado en Proyectos de carácter social

7) Otras funciones que le asigne el Decano, según su competencia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias del Ambiente, coordina sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la Oficina General de Responsabilidad Social Universitaria.

2) Es responsable de que las acciones y actividades de responsabilidad social en la Facultad de Ciencias del Ambiente, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

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3.11. UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

La Unidad de Calidad es el órgano de apoyo académico encargado de establecer y ejecutar las normas para la autoevaluación, el mejoramiento continuo de la calidad académica, así como planificar, dirigir, supervisar y evaluar los procesos de autoevaluación de la Facultad tendentes a una acreditación continua.

3.12. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

CÓDIGO 532-06-5-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 804 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Generar conciencia entre los miembros de la Facultad de Ciencias del Ambiente sobre las ventajas de la autoevaluación con fines de acreditación y en relación a la cultura de la calidad.

2) Planificar, dirigir, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar los procesos de autoevaluación en la Facultad de Ciencias del Ambiente.

3) Coordinar con la Comisión Central de Autoevaluación y Acreditación de la Universidad.

4) Formula su Plan Táctico y Presupuesto Anual operativo.

5) Sensibilizar y fomentar la importancia del auto evaluación y acreditación como mecanismos que permiten el mejoramiento continuo de la calidad.

6) Presentar trimestralmente un informe de gestión.

7) Recibir, revisar y remitir los informes a los Comités Internos de Autoevaluación con fines de acreditación, de acuerdo al cronograma que establezca la Oficina General de Calidad Universitaria de la UNASAM.

8) Otras funciones que le sean encargadas por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias del Ambiente, coordina sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad de Ciencias del Ambiente y con la Oficina General Calidad Universitaria.

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes a la calidad académica en la Facultad de Ciencias del Ambiente, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

2) Tener experiencia en labores de acreditación.

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3.13. UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

La Unidad de Grados y Títulos es el Órgano de apoyo de la Facultad encargado de programar y conducir de acuerdo a reglamento, el proceso de graduación y titulación en las carreras profesionales que conduce la Facultad, para el mejor cumplimiento de su misión, mantiene relaciones de coordinación con las Escuelas Profesionales, la Secretaría General y Departamentos académicos.

3.14. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Proponer al Consejo de Facultad de Ciencias del Ambiente para su aprobación y ratificación del Consejo Universitario, el reglamento de procedimiento de los trámites de graduación y titulación en la Facultad de Ciencias del Ambiente.

2) Revisión, actualización y propuesta del Reglamento de otorgamiento de grados académicos y la obtención del título profesional en sus diversas modalidades de titulación así como diplomados y de segunda especialización al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación por el Consejo Universitario.

3) Verificar bajo responsabilidad, la conformidad de los expedientes para la obtención del Grado Académico de Bachiller o Título Profesional que otorgue la Facultad de Ciencias del Ambiente.

4) Programar, organizar y controlar las actividades relacionadas con el proceso de graduación y titulación.

5) Difundir el Reglamento de graduación y titulación así como el Reglamento de Procedimientos sobre graduación y titulación, entre los alumnos y egresados de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

6) Solicitar a las Escuelas Profesionales la conformación de las comisiones dictaminadoras de expedientes de graduación y/o titulación así como la designación de jurados dictaminadores de Planes de Tesis para titulación profesional o jurados examinadores para las otras modalidades de titulación profesional previstas en el Reglamento.

7) Tener actualizado el padrón de graduados y titulados manteniendo una relación permanente para recoger iniciativas que propongan programas de capacitación y actualización profesional.

8) Administrar los expedientes de graduación y titulación que mantengan informados a los interesados sobre el estado de su gestión así como organizar y mantener al día el archivo de la documentación sobre graduación y titulación.

9) Otras funciones de su competencia que le sean asignados por el Consejo de Facultad o por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y AUTORIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias del Ambiente, coordina sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la Secretaría General de la UNASAM.

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes al proceso de titulación y grados académicos en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

CÓDIGO 532-06-5-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 805 2016

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C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

3.15. UNIDAD DE POST GRADO

La Escuela de Post grado de la UNASAM es la Unidad Académica encargada de brindar estudios especializados propendiendo a la formación de investigadores y profesionales del más alto nivel académico conducente a la obtención de maestrías y doctorados. Tiene carácter autofinanciado.

3.16. CARGO: DIRECTOR DE LA UNIDAD DE POST GRADO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE-UNIDAD DE POST GRADO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE POST GRADO

CÓDIGO 532-06-5-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 806 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Establece el diseño curricular a seguir para cada uno de los programas de formación continua: cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

2) Convocar y presidir el Comité Directivo de la Unidad de Post Grado.

3) Formula el Proyecto de Desarrollo Académico Administrativo de la Unidad, así como sus respectivos presupuestos.

4) Formula el Reglamento Académico de la Unidad y las Directivas que norman el inicio, desarrollo y finalización del periodo lectivo de los cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

5) Propone los docentes especialistas para la atención de los programas de formación continua, cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y post doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

6) Supervisa la aplicación de las normas académicas respecto a la aplicación del diseño curricular utilizado por cada uno de los programas de formación continua.

7) Supervisa y hace el seguimiento al desempeño de los docentes que laboran en la unidad de Post grado.

8) Proponer a los Jurados de Proyectos de Tesis y de la sustentación de tesis de acuerdo a su especialidad.

9) Elabora y publica el informe semestral de su gestión.

10) Elabora el reglamento interno de la Unidad de Post Grado.

11) Otras establecidas en el Reglamento Interno de la unidad.

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B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y AUTORIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad, coordina sus actividades con los directores de las escuelas y departamentos académicos de la Facultad de Ciencias Ambiente.

2) Coordina sus actividades con el Director de la Escuela de Post Grado de la UNASAM y con los directores de las escuelas y departamentos académicos de la Facultad de Ciencias Ambiente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad con grado de Maestro o Doctor.

3.17. UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

La Unidad de la Biblioteca Especializada es un Órgano de línea de las facultades encargada de velar por la conservación y atención de requerimientos de consulta bibliográfica de docentes y estudiantes de la Facultad y público en general. Ofrece los servicios de lectura en sala de referencia, así como de préstamo a domicilio.

1) Catalogar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la facultad.

2) Programar y organizar las actividades y establecer las medidas correctivas procedimientos para el buen funcionamiento de la Biblioteca Especializada.

3) Registrar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la Facultad.

4) Ofrecer los servicios de lectura en sala de referencia y así como de préstamo a domicilio.

5) Contar con el inventario de biblioteca y velar por su conservación.

6) Preparar los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y anual de las áreas que comprende.

7) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los recursos bibliográficos de la biblioteca especializada.

8) Atender con eficiencia en los horarios establecidos, con el personal necesario.

3.18. CARGO: JEFE DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE-UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

CÓDIGO 532-06-5-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 807 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS: 1) Programar y dirigir las actividades propias de la Oficina de Biblioteca Especializada. 2) Dirigir y coordinar la formulación de documentos técnicos normativos para la correcta atención

en la Biblioteca Especializada. 3) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención. 4) Evaluar las actividades programadas y determinar las medidas correctivas para el buen

funcionamiento de la Biblioteca Especializada. 5) Formular el Plan y Presupuesto de la Biblioteca Especializada.

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6) Formular la relación de material bibliográfico (libros, revistas, boletines, proyectos y tesis), de acuerdo a las necesidades de la Facultad.

7) Dirigir el procesamiento técnico bibliográfico de la colección bibliográfica y de los servicios. 8) Implementar políticas y procedimientos adecuados para capacitar al personal de Biblioteca por

lo menos una vez al año. 9) Sugerir los horarios de trabajo del personal a su cargo de acuerdo a los requerimientos del

servicio. 10) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y

anual de las áreas que comprende. 11) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los

recursos bibliográficos de la biblioteca especializada. 12) Presentar anualmente el presupuesto de la biblioteca especializada. 13) Las demás funciones que le asigne el Decano, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende de la Decanatura de la Facultad de Ciencias del Ambiente y es responsable ante él. 2) Ejerce autoridad, mando y supervisión sobre el personal asignado a la Unidad de Biblioteca

Especializada. 3) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación,

catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca especializada. 4) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca. 5) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones. 6) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y

documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas). 7) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva. 8) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su

devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca. 9) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención. 10) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior

sobre cualquier anomalía. 11) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico. 12) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones

y novedades de interés al usuario. 13) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos,

ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada. 14) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan

el servicio a la Biblioteca. 15) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación,

presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en uso, ubicados en repositorio

16) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca. 17) Otras que le asigne su jefe inmediato.

C. REQUISITOS:

1) Personal nombrado con especialidad en Bibliotecología o bibliotecario con estudios en el área.

2) Alguna experiencia en la conducción de personal.

3) Conocimientos sobre administración e informática.

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3.19. CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO:

1) Clasificación o asignación del encabezamiento del material y catalogación descriptiva.

2) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca.

3) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones.

4) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas).

5) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva.

6) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca, el préstamo se realiza según el Reglamento del Sistema de Bibliotecas de la UNASAM.

7) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior sobre cualquier anomalía.

8) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico.

9) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones y novedades de interés al usuario.

10) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos, ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada.

11) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan el servicio a la Biblioteca.

12) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación, presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en uso, ubicados en repositorio

13) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca.

14) Otras que le asigne su jefe inmediato.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de cumplir en forma eficiente y oportuna las funciones señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones, el Manual de Organización y Funciones, y demás disposiciones legales vigentes que norman su actividad. No ejerce autoridad.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE-UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

CÓDIGO 532-06-5-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 808 2016

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C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Técnico en Bibliotecología o poseer Estudios Universitarios en el área.

2) Especialización y/o capacitación en Bibliotecología.

3) Capacitación en computación e informática.

4) Conocimiento de sistemas administrativos.

5) Experiencia en actividades universitarias.

6) Trato cordial.

7) Habilidad analítica.

8) Orientación al usuario.

3.20. UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

La Unidad de Centro de Cómputo es un Órgano de apoyo académico de las facultades, encargado de prestar servicios a los requerimientos académicos e informáticos de la Facultad. Sus funciones son:

1) Prestar servicio de cómputo para el desarrollo de los cursos regulares de las carreras profesionales ofrecidas por la Facultad.

2) Brindar soporte informático a los proyectos de investigación autorizados y crear las condiciones necesarias para el uso de las redes informáticas y de comunicaciones en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

3) Ofrecer soporte técnico para el desarrollo de cursos, programas y otras actividades de capacitación extracurricular que proyecte la Facultad a través de la instancia competente.

4) Proponer y ejecutar programas de enseñanza y capacitación especializada.

5) Facilitar el uso y préstamo de equipos, en actividades de la Facultad, previamente autorizados por el Consejo de Facultad.

6) Coordinar permanentemente con la Oficina General de Tecnología de Información Sistemas y Estadística, con conocimiento del Decano el adecuado estado de conservación de los equipos del centro de cómputo de La Facultad.

7) Elaborar el presupuesto del Centro de Cómputo para su presentación al Consejo de Facultad.

8) Otras funciones que le sean encomendadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

3.21. CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE-UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO 532-06-5-RE

N° DEL

CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 809 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 241

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS: 1) Promover, difundir y aplicar adecuadamente las tecnologías de información en la Facultad

acuerdo a las políticas informáticas del Estado.

2) Impartir control sobre los bienes y equipos asignados a la oficina, y velar por su correcto uso.

3) Formular políticas y lineamientos que rijan de manera óptima el uso del Centro de Cómputo.

4) Aprobar informes y proyectos afines a las tecnologías de información y comunicación.

5) Proponer herramientas de gestión para la mejora de las tecnologías a través de estrategias,

enfoques modelos que apoyen los procesos de mejora de la Facultad.

6) Formular y evaluar el plan de mantenimiento preventivo y concurrente del hardware.

7) Velar por la conservación del inventario del hardware y software.

8) Proponer y documentar las buenas prácticas aplicadas en el uso del recurso tecnológico.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD: 1) Depende del Decano de la Facultad.

2) Ejerce mando sobre el personal administrativo nombrado o contratado del Centro de Cómputo.

3) Es responsable de la organización, elaboración de gestiones, presupuesto, mantenimiento y

capacitaciones.

C. REQUISITOS MÍNIMOS: 1) Personal administrativo con estudios en el área.

2) Conocimiento y experiencia en el manejo de las TIC´s

3) Conocimiento de las normas y políticas de gobierno electrónico

4) Alguna experiencia en la conducción de personal

3.22. CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación y ejecución del horario de las clases prácticas de los cursos que requieren el uso del Centro de Cómputo.

2) Controlar el uso adecuado del hardware y software de la Facultad por los alumnos, docentes y personal administrativo, organizando y ejecutando acciones de seguridad, control de inventario, conservación y mantenimiento.

3) Mantener en buen estado y cuidado respectivo de los equipos informáticos y seguridad del Centro de Cómputo y del hardware& software de las aulas.

4) Recopilar y consolidar la información necesaria para el buen funcionamiento de los sistemas administrativos conducentes a garantizar el desarrollo de las actividades académicas.

5) Apoyar en tareas del mantenimiento de la página web de la Facultad. 6) Efectuar acciones de mantenimiento del hardware y software del Centro de Cómputo y de las

oficinas administrativas. 7) Garantizar el uso de aplicativos y antivirus solo con licencia acorde a los cursos que se imparten

en la Facultad.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE- NIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO 532-06-5-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 810 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 242

8) Elaboración de requerimientos de equipos, materiales, herramientas e insumos para el mantenimiento de los equipos.

9) Controlar y registrar el movimiento de activos informáticos y telemáticos del Centro de Cómputo. 10) Controlar las actividades de inspección de servicios de mantenimiento de los equipos

informáticos de los laboratorios y demás oficinas y/o unidades de la Facultad. 11) Orientar el uso adecuado de los equipos a los usuarios de la Facultad. 12) Cumplir otras funciones que le asigne el jefe de la oficina, en el ámbito de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe del Centro de Cómputo. 2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador. 3) Es responsable de la organización, ejecución, control y mantenimiento de los servicios y equipos

del Centro de Cómputo.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Técnico Profesional en Computación e Informática con especialidad. 2) Experiencia en el Servicio de administración de Centros de Cómputo, soporte informático,

telemático y audiovisual. 3) Conocimiento y experiencia en la administración de servidores. 4) Capacitación en actividades de administración de Centros de Cómputo y mantenimiento de

equipos informáticos y telemáticos 5) Orientación al usuario. 6) Trato cordial a los usuarios.

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria que incluyan materias relacionadas con el área y experiencia en actividades informáticas y tecnológicas.

3.23. GABINETE PEDAGÓGICO.

La Unidad de Gabinete Pedagógico, es el órgano de apoyo académico de la Facultad de Ciencias del Ambiente encargado de ofrecer información, asesoramiento y orientación para prevenir y resolver dificultades que afecten la gestión académica, en especial, anticiparse a los problemas que pueden suscitarse.

3.24. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Asesorar sobre los criterios pedagógicos, líneas de aprendizaje y desarrollo de estrategias a implementar en la puesta en marcha del proyecto educativo de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

2) Acompañar el proceso educativo aportando todo elemento técnico-pedagógico que confiera calidad al aprendizaje.

3) Colaborar con la realización de los programas de estudio, de la planificación de las tareas académicas y en la conformación de los Curriculum docentes.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE GABINETE PEDAGÓGICO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

CÓDIGO 532-06-5-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 811 2016

MOF-UNASAM

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 243

4) Sugerir los ajustes necesarios en la metodología de formación pedagógica de los docentes, en la planificación y evaluación del aprendizaje.

5) Diseñar y participar en la evaluación institucional y en propuestas formativas de los docentes

6) Realizar encuestas estudiantiles y organizar el programa de tutorías.

7) Otras funciones según su competencia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano.

2) Coordina sus actividades con los directores de las escuelas y departamentos académicos, con las autoridades académicas de la UNASAM.

D. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

2) Tener conocimiento de temas relacionados a la función a desempeñar.

3.25. LABORATORIO DE LA FACULTAD DE AMBIENTE

El Laboratorio conforma una unidad de soporte en Investigación de tecnología y desarrollo, así como de apoyo académico en el desarrollo de los laboratorios programados en los diferentes cursos académicos para reforzar el conocimiento de los estudiantes.

3.26. CARGO: JEFE DEL LABORATORIO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Planificar, programar, organizar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar, las actividades de los laboratorios especializados.

2) Elaborar el Cuadro de Necesidades y el Plan Operativo Institucional del Laboratorio de acuerdo a las necesidades que demanden, así como los requerimientos que hicieran llegar los docentes de la sección y Especialistas del laboratorio y elevarlo a la Oficina General de Economía y Abastecimiento de la UNASAM.

3) Informar anualmente al Jefe de la Unidad de Investigación y de apoyo académico, sobre las labores realizadas en el Laboratorio.

4) Supervisar la labor de los especialistas del Laboratorio e informar a la oficina de Personal con copia al Decano en caso de incumplimiento.

5) Solicitar y organizar la elaboración de los planes y programas pertinentes que el Laboratorio demandan; Plan de Higiene y Saneamiento, Plan de Buenas prácticas de Manufactura, Plan HACCP según líneas de producción, Plan de mantenimiento de Infraestructura, Equipos y Maquinarias, Plan de seguridad y Salud Ocupacional, Plan de Adecuación de Manejo Ambiental (Plan de Residuos Sólidos y Líquidos), entre otros

6) Revisar periódicamente según el Plan de mantenimiento, la infraestructura, los materiales, equipos

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE LABORATORIO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL LABORATORIO

CÓDIGO 532-06-5-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 812 2016

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 244

y maquinarias que se encuentren en el Laboratorio, notificando inmediatamente a las instancias respectivas, en caso de observar algún deterioro, desperfecto o falta de alguno de ellos.

7) Solicitar a la Oficina de Patrimonio la baja de los materiales, equipos y maquinarias que ya estén obsoletos y no operativos, previo informe de los especialistas del Laboratorio.

8) Firmar las Pecosas de equipos, maquinarias, materiales, insumos y reactivos que ingresen al Laboratorio. El jefe de laboratorio es responsable, del recojo de equipos, materiales, insumos y reactivos que no cumplan con las especificaciones solicitadas.

9) Mantener actualizado el inventario de equipos, maquinarias, materiales, insumos y reactivos existentes en el Laboratorio, en coordinación con los especialistas de laboratorio a fin de solicitar a tiempo los requerimientos necesarios para el normal funcionamiento de las actividades.

10) Coordinar y proponer el cuadro de necesidades del Laboratorio.

11) Elaborar y coordinar la Programación de uso del Laboratorio.

12) Coordinar con el personal docente las necesidades de reactivos materiales y equipos necesarios para el apoyo en la ejecución de las prácticas de laboratorio, las actividades de investigación y producción de nuevos productos.

13) Supervisar el uso racional de los equipos materiales, insumos y reactivos etc.

14) Autorizar el uso del ambiente del Laboratorio, para la realización de trabajos de investigación, desarrollo y proyección social.

15) Realizar las demás funciones afines al cargo que le asigne el Decano de la Facultad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

1) Depende del Jefe de la Unidad de Investigación y en coordinación del Decano de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

2) Tiene autoridad sobre el personal asignado al Laboratorio.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Laboratorio.

C. REQUISITOS MINIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ciencias del Ambiente o personal Administrativo con perfil de Ingeniero Ambiental.

3.27. CARGO: AUXILIAR DE LABORATORIO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Apoyar técnicamente durante el desarrollo de las operaciones programadas.

2) Evaluar la eficiencia de los equipos e instrumental utilizado.

3) Coordinar y controlar las funciones que desarrollan los equipos del trabajo, así como de la indumentaria correspondiente de los colaboradores.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE LABORATORIOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: AUXILIAR DE LABORATORIO

CÓDIGO 532-06-5-ES

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: AP 813 2016

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 245

4) Mantener un estricto control, verificación y archivo del llenado de todos los Registros respectivos según los diferentes Planes establecidos, en el desarrollo de los procesos operativos.

5) Informar al Jefe del Laboratorio sobre el requerimiento de mantenimiento de infraestructura, los equipos y maquinarias que requieran mantenimiento y/o reparación especializada, según el Plan de Mantenimiento respectivo.

6) Verificar, controlar y apoyar en las actividades de limpieza, desinfección y control de vectores según la frecuencia establecida del Plan de Higiene y Saneamiento y registrar los resultados.

7) Mantener un estricto control en todos los procesos, sobre todo en el almacenamiento de materias primas, insumos, materiales, envases y productos elaborados, terminados, para garantizar su integridad y evitar los peligros de contaminación

8) Mantener estricto control de las condiciones ambientales (humedad relativa y temperatura) de las diversas áreas que lo necesiten.

9) Controlar el uso correcto de materiales y productos de limpieza y desinfección autorizados, así como controlar la disposición final de los residuos sólidos según el plan respectivo.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe del Laboratorio.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable que las prácticas de los diversos cursos se efectúen de manera eficiente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Título no universitario de un Centro de Estudios Técnicos Superiores relacionado con la especialidad

2) Experiencia en labores relacionadas al manejo de un laboratorio de química y en el manejo de instrumental de laboratorio.

ALTERNATIVA:

Estudios Universitarios relacionados con la especialidad o secundaria completa con capacitación en el área.

Experiencia en labores de apoyo en laboratorio.

3.28. CARGO: ASISTENTE DE LABORATORIO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Permanecer en el Laboratorio durante su turno, salvo situaciones de trámites o situaciones de urgencias/emergencias. La ausencia se deberá coordinar con el Jefe de Laboratorio y docentes que tienen programadas las prácticas de Laboratorio, para evitar interferencia de la actividad académica.

2) Atender con la entrega de los equipos, materiales y reactivos a los docentes para el desarrollo de las actividades académicas programadas. La atención se hará de acuerdo a los requerimientos solicitados por el docente siempre y cuando se cuente con lo solicitado.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE-LABORATORIO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DE LABORATORIO

CÓDIGO 532-06-5-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 814 2016

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 246

3) Informar al Jefe de Laboratorio sobre la infraestructura, equipamiento, materiales y reactivos que se encuentran en mal estado, que se están agotando o que no se cuenta, para que sean considerados en el cuadro de requerimiento y/o planes de mantenimiento de la UNASAM.

4) Llenar todos los días las ocurrencias en su turno e informar con prontitud las incidencias al Jefe de Laboratorio para tomar acciones correspondientes.

5) Actuar con prontitud en casos de emergencias durante las prácticas de Laboratorio, con una actitud colaborativa en todo momento.

6) Dirigir la ejecución de ensayos, preparación de muestras y mantenimiento de equipos.

7) Apoyar en la elaboración de los informes técnicos de los ensayos ejecutados.

8) Dirigir y participar en los ensayos de Laboratorio a los alumnos de los diferentes cursos de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

9) Otras que le asigne el Jefe de Laboratorio.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe del Laboratorio.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable que las prácticas de los diversos cursos se efectúen de manera eficiente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Conocimiento sobre las áreas académicas a las que se dedica el Laboratorio.

2) Capacitación permanente.

3) Conocimiento de primeros auxilios y normas de seguridad.

3.29. UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

La Unidad de Investigación está encargada de integrar las actividades de investigación de la Facultad de Ciencias del Ambiente, es la encargada de diseñar, ejecutar, monitorear y evaluar los Proyectos de Investigación difundiendo sus resultados; así como establecer las líneas de investigación y crear los Centros, Círculos e Institutos de Investigación, según las necesidades e intereses de la Facultad. Están dirigidas por un Docente Ordinario designado por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad por un periodo máximo de dos años.

A. FUNCIONES DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN:

1) Promover el desarrollo científico y tecnológico de los docentes y estudiantes para garantizar la participación efectiva en el proceso del desarrollo regional y nacional.

2) Propiciar la elaboración de investigaciones en las líneas y áreas de su competencia, dentro del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

3) Fomentar y estimular actividades científicas para la capacitación de sus docentes y estudiantes.

4) Evaluar los proyectos de investigación, y proponerlos al Consejo de Facultad quien los aprobará en un plazo no mayor de quince (15) días y tramitarlo ante la Dirección General de Investigación (DGI).

5) Evaluar trimestralmente la ejecución de los proyectos de investigación informando a la DGI al finalizar cada trimestre.

6) Administrar los bienes y equipos que son adquiridos para el desarrollo de los proyectos de investigación subvencionados por canon, sobrecanon y regalías.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 247

7) Realizar la difusión de las investigaciones desarrolladas por los docentes y estudiantes de las facultades.

8) Promover la publicación de una revista académica especializada y gestionar su indización.

9) Revisar y dar certitud de la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio será sancionado con una normatividad específica).

B. FUNCIONES DEL COMITÉ DE INVESTIGACIÓN:

1) Revisar y evaluar la pertinencia e impacto de los trabajos de investigación presentados por los docentes investigadores.

2) Revisar y dar certitud la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio es sancionado).

3) Proponer la aprobación de los proyectos de investigación e informes finales de investigación de los docentes al Consejo de Facultad, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos por el Consejo de Investigación y las normas correspondientes.

4) Evaluar trimestralmente el desarrollo de los proyectos de investigación e informar, a través del Director a las instancias pertinentes.

5) Apoyar las actividades de capacitación y otros eventos académico-científicos organizados por la Unidad de Investigación, la Dirección General de Investigación y el Vicerrectorado de Investigación.

6) Apoyar la difusión virtual de las investigaciones desarrolladas en la Unidad de investigación; así como a nivel institucional y de otras universidades del país y del mundo.

7) Colaborar con la edición y publicación de la revista científica de la Facultad.

8) Aprobar la Memoria Anual de investigación de la Unidad.

3.30. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Formular y ejecutar el plan de actividades de la Unidad de Investigación que forma parte del plan operativo y del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

2) Formular y coordinar políticas, áreas, líneas y programas de investigación de la Facultad, tanto para los docentes, como para estudiantes y graduados.

3) Hacer el seguimiento de los proyectos de investigación de la Facultad. 4) Solicitar al Vicerrectorado de Investigación, la evaluación y auspicio o financiamiento por la

UNASAM de los proyectos de investigación que muestren impacto, presentados por los docentes y sus semilleros aprobados por las unidades de investigación.

5) Elaborar directivas que normen la operatividad de la Unidad de Investigación. 6) Promover la formulación de proyectos de investigación interdisciplinarios que contribuyan al

desarrollo institucional, regional, nacional e internacional. 7) Presidir el Comité de Investigación de la Facultad. 8) Participar como miembro del Consejo de Investigación de la UNASAM. 9) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Comité de Investigación y Consejo de Investigación, así

como dispositivos emanados de la Dirección General de Investigación.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

CÓDIGO 532-06-5-RE

N° DEL CAP

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EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 815 2016

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 248

10) Promocionar la investigación científica y tecnológica. 11) Recepcionar y presentar al Comité de Investigación los trabajos de investigación de los docentes

investigadores. 12) Elevar al Consejo de Facultad los trabajos de investigación aprobados por el Comité de

Investigación para su ratificación. 13) Administrar y mantener el sistema de información de investigación. 14) Promover la publicación de los trabajos de investigación en los medios especializados.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

2) Coordina sus actividades con la Oficina General de Investigación, el Vice Rectorado de Investigación, la Unidad de Responsabilidad Social y con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario a tiempo completo o a dedicación exclusiva de la Facultad

2) Tener grado de Maestro o Doctor.

DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE

3.31. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA AMBIENTAL

El Departamento Académico de Ingeniería Ambiental es una unidad de servicio académico de la Facultad de Ciencias del Ambiente, que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad de estudiar, investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de Ciencias del Ambiente.

3.32. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA AMBIENTAL

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al consejo de Facultad, la asignación de personal docente nombrado y contratado del Departamento Académico de Ingeniería Ambiental.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con la ley Universitaria, el estatuto de la Universidad y otros.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios de apoyo a otras facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE-DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA AMBIENTAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO

CÓDIGO 532-06-5-RE

N° DEL CAP

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EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 816 2016

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 249

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de Ciencias del Ambiente.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende de la Asamblea de Docentes y del Decano de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento Académico de Ingeniería Ambiental.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento Académico de Ingeniería Ambiental.

C. REQUISITOS MINIMOS:

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento Académico de Ingeniería Ambiental.

3.33. CARGO: SECRETARIA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE-DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA

CÓDIGO 532-06-5-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 817 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS: 1) Redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración

pública. 2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de los Departamentos Académicos de Ingeniería

Ambiental e Ingeniería Sanitaria a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de los Departamentos Académicos de Ingeniería Ambiental e Ingeniería Sanitaria.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y presentación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres de los Departamentos Académicos de Ingeniería Ambiental e Ingeniería Sanitaria.

6) Atender a los docentes de la Facultad de Ingeniería Ambiental y de otras Facultades que prestan su apoyo, dando las facilidades que el caso amerita.

7) Manejo adecuado de las asistencias de los docentes, con ética y valores, de acuerdo a lo normado por la Dirección de Recurso Humanos.

8) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: la Carga Académica, por docente.

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 250

9) Recepcionar, archivar y custodiar los Sílabos de cada curso por Semestre Académico. 10) Actualización constante de los archivos de las asistencias de los estudiantes, entregados por los

docentes. 11) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de los Departamentos Académicos de

Ingeniería Ambiental e Ingeniería Sanitaria.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente de los Jefes de los Departamentos académicos.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos y de la custodia de los mismos.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.34. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERIA SANITARIA

El Departamento Académico de Ingeniería Sanitaria es una unidad de servicio académico de la Facultad de Ciencias del Ambiente, que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad de estudiar, investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de Ingeniería Sanitaria.

3.35. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA SANITARIA

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al consejo de Facultad, la asignación de personal docente nombrado y contratado del Departamento de Ingeniería Sanitaria.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con la ley Universitaria, el estatuto de la Universidad y otros.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE-DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE INGENIERÍA SANITARIA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO

CÓDIGO 532-06-5-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 818 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 251

5) Prestar servicios de apoyo a otras facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de Ciencias del Ambiente.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

1) Depende de la Asamblea de Docentes y del Decano de la Facultad de Ciencias del Ambiente.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento Académico de Ingeniería Sanitaria.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento Académico de Ingeniería Sanitaria.

C. REQUISITOS MINIMOS 1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento Académico de Ingeniería Sanitaria.

3.36. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE INGENIERIA AMBIENTAL

La Dirección de la Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental está encargada del diseño y actualización curricular permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la formación, capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

A. FUNCIONES GENERALES:

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la Formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 252

3.37. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA AMBIENTAL

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental, y cuando sea requerido, asiste al

Consejo de Facultad con voz pero sin voto.

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de Estudios en la carrera profesional

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros, supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a las Escuelas Profesionales.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y científico de la Escuela Profesional.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE-ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA AMBIENTAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA AMBIENTAL

CÓDIGO 532-06-5-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 819 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 253

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grao de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar los expedientes de reactualización de matrícula, jurados Ad Hoc, traslados, convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes, para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales, artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias del Ambiente y del Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente.

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas en la Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela Profesional a su cargo.

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que contribuyan a su desarrollo profesional

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 254

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para cada año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Ingeniería Ambiental.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de Ingeniería Ambiental, por un período máximo de dos (02) años.

3.38. CARGO: SECRETARIA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE ESCUELAS PROFESIONALES

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA DE LAS ESCUELAS PROFESIONALES

CÓDIGO 532-06-5-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 820 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos oficiales de acuerdo a la normas de

administración pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de las escuelas profesionales de la Facultad de

Ciencias del Ambiente a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de las escuelas profesionales.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y

presentación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres que le fueron asignados

6) Atención a estudiantes y padres de familia de la Escuela Profesional, a través del SIGA

7) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: Horarios, por ciclos, por aulas

y por docente, matrícula, rectificación de matrícula, validación de matrícula, Impresión de actas

parciales y finales, consolidados de notas, reporte curricular integral (RCI).

8) Ayuda a los estudiantes con el ingreso al sistema mediante la asignación de una contraseña,

entrega de constancias del tercio superior, constancia de estudios, la emisión de certificados,

informes técnicos para la obtención del grado de bachiller, emisión de constancia de egreso

simple, carta de presentación para la realización de prácticas pre profesionales, llenado de

constancias de egreso, actualización de los registros del libro de egresos, elaboración del rol de

exámenes parciales y finales, recepción y sellado de sílabos previa coordinación con el Director

de Escuela.

9) Apoya al docente con la entrega de la nómina de estudiantes por curso.

10) Actualización constante de los archivo de sílabos, pre actas parciales y finales,

11) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de las escuelas profesionales.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 255

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD: 1) Depende jerárquicamente de los Jefes de los Departamentos académicos.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos y de la custodia de los mismos.

C. REQUISITOS MÍNIM0S: 1) Título de Secretaria Ejecutiva. 2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint. 3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (2) tres años de experiencia en la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.39. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE INGENIERÍA SANITARIA

La Dirección de la Escuela Profesional de Ingeniería Sanitaria está encargada del diseño y actualización curricular permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la formación, capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

A. FUNCIONES GENERALES:

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional de Ingeniería Sanitaria.

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

3.40. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA SANITARIA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE-ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA SANITARIA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA SANITARIA

CÓDIGO 532-06-5-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 821 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 256

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional de Ingeniería Sanitaria, y cuando sea requerido, asiste al Consejo de Facultad con voz pero sin voto.

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de Estudios en la carrera profesional

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros, supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a las Escuelas Profesionales.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y científico de la Escuela Profesional.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grao de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar los expedientes de reactualización de matrícula, jurados Ad Hoc, traslados, convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los estudiantes.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 257

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de la carrera profesional.

24) Supervisa, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes, para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales, artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias del Ambiente y del Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela de Ingeniería Sanitaria.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas en la Escuela Profesional de Ingeniería Sanitaria.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela Profesional a su cargo.

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que contribuyan a su desarrollo profesional

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo del curso programado para cada año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico

C. REQUISITOS MÍNIM0S: 1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Ingeniería Sanitaria.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de Ingeniería Sanitaria, por un período máximo de dos (02) años.

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3.41. UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

La Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios, es el órgano de apoyo académico de la Facultad de Ciencias del Ambiente encargado de promover, programar, coordinar y organizar acciones que permitan producir bienes y prestar servicios a toda la comunidad Universitaria y la sociedad.

3.42. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS DEL AMBIENTE UNIDAD DE PROD. BIENES Y PREST. DE SERVICIOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

CÓDIGO 532-06-5-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Elabora el reglamento interno del Centro.

2) Fomenta la formación de unidades de producción de bienes y prestación de servicios, de acuerdo a la especialidad de las escuelas profesionales de la Facultad.

3) Realiza convenios con otras instituciones de similar actividad, para implementar nuevas líneas en la prestación de servicios.

4) Otras funciones que le sean encargadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente de la decanatura

2) Es responsable de las actividades que se generen estén enmarcadas en el reglamento interno y las normas administrativas de la UNASAM, y normas nacionales.

C. REQUISITOS MÍNIMOS: 1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

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UNIVERSIDAD NACIONAL

“SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO”

Aprobado mediante la R.C.U.Nº339-2016 -UNASAM

2016

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FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

1.1. DE LA FACULTAD

La Facultad de Economía y Contabilidad es la unidad de organización, formación académica, profesional y de

gestión (Artículo22° del Estatuto de la UNASAM y Artículo 19° del Reglamento General), propiciando la

investigación y la responsabilidad social y extensión universitaria. Es responsable de elaborar el currículo,

coordinar los planes de estudio para la obtención del Grado Académico Bachiller y Título Profesional de sus

estudiantes.

1.2. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

1) Planificar, organizar y ejecutar su Sistema Académico y Administrativo, orientado a la excelencia.

2) Formar profesionales académicos con competencias y capacidades estandarizadas a nivel nacional e

internacional, para desarrollar las ciencias Económicas y Contables, acordes a las exigencias actuales.

3) Gestionar el proceso de formación académica y profesional del pregrado.

4) Promover y desarrollar la investigación científica y tecnológica, como medio de conocimiento de la

realidad, de la solución de problemas, producción de conocimientos y satisfacción de necesidades de

conocimiento.

5) Proponer a través de las Dirección de las Escuelas Profesionales, el desarrollo de Programas de

Educación a Distancia en las especialidades que se establezcan, previamente acordadas en Consejo de

Facultad. Esta propuesta se rige en base a lo dispuesto en la Ley Universitaria N°30220

6) Promover y desarrollar la formación científica mediante la gestión de programas de actualización,

perfeccionamiento y especialización.

7) Garantizar la calidad académica del egresado.

8) Concientizar en el aspecto de responsabilidad social procurando una gestión socialmente responsable

en la formación académica y pedagógica, de los estudiantes, propiciando experiencias vivenciales,

iniciativas interdisciplinarias e interinstitucionales, definiendo la ética profesional de cada disciplina y su

rol social. en la formación de los estudiantes de la Facultad de Economía y Contabilidad.

9) Lograr un comportamiento organizacional, con prácticas de valores y normas de convivencia éticas y

conducta ecológica, por parte de todos los integrantes de la Facultad de Ciencias: docentes, personal

administrativo y estudiantes, para lograr el desarrollo sostenible de nuestra Universidad.

10) Brindar servicios docentes a las Escuelas Académico Profesionales y Unidades de Post Grado.

11) Velar por el cumplimiento de las normas legales vigentes, así como de los acuerdos y resoluciones

emanadas de los órganos superiores de la Universidad y los de la propia Facultad.

12) Promover la capacitación y entrenamiento en tecnología educativa orientada a mejorar la enseñanza de

las especialidades que imparte la Facultad de Economía y Contabilidad.

13) Otras funciones que le asigne la Ley Universitaria y el Estatuto.

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2. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE ECONOMIA Y CONTABILIDAD

UNIVERSIDAD NACIONAL "SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO" (U.N.A.S.A.M.)

UNIDAD DE SECRETARIA

GENERAL

ESCUELA PROFESIONAL DE

ECONOMIA

ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD

SOCIAL

UNIDAD DE INVESTIGACION

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES

Y PREST. DE SERVICIOS

UNIDADADMINISTRATIVA

UNIDAD DE POST GRADO

COMISIONESPERMANTES

COMISIONES TRANSITORIAS

UNIDADES DE SERVICIOS ACADEMICOS

UNIDAD DE CENTRO DE COMPUTO

UNIDAD DE BIBLIOTECA

ESPECIALIZADA

UNIDAD DE GRADOS Y TITULOS

UNIDAD DE GABINETE

PEDAGOGICO

UNIDAD DE CALIDAD ACADEMICA

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

ECONOMIA

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CONTABILIDAD

DEPARTAMENTOS ACADEMICOS

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2.1. ESTRUCTURA ORGÁNICA

La Facultad de Economía y Contabilidad para su mejor funcionamiento, organiza sus actividades según la siguiente estructura orgánica ÓRGANO DE GOBIERNO

Consejo de Facultad ÓRGANO DE DIRECCIÓN:

Decanato

ÓRGANO DE APOYO ACADÉMICO Departamentos Académicos:

Departamento Académico de Economía. Departamento Académico de Contabilidad.

Unidades de Servicio Académico:

Unidad de Calidad Académica Unidad de Gabinete Pedagógico Unidad de Biblioteca Especializada Unidad de Centro de Computo Unidad de Grados y Títulos Unidad de Post Grado Unidad de Laboratorio

Unidades de Administrativas:

Unidad Administrativa Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios Unidad de Secretaría General

ÓRGANOS DE LÍNEA

Escuela Profesional de Economía. Escuela Profesional de Contabilidad Unidad de Responsabilidad Social Unidad de Investigación

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2.2. Cuadro Orgánico De Cargos: Para el cumplimiento de funciones de la facultad de Economía y

Contabilidad cuenta con los siguientes cargos:

N° DE ORDEN

CARGO ESTRUCTURAL CÓDIGO SUB TOTAL N° CAP

DECANATO

1 Decano 532-06-7-RE 1 895

2 Secretaria 532-06-7-RE 1 896

UNIDAD ADMINISTRATIVA

3 Asistente Administrativo 532-06-7-RE 1 897

4 Operador de Limpieza 532-06-7-RE 1 898

5 Operador de Conducción Vehicular 532-06-7-RE 1 899

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA:

6 Jefe de la Unidad 532-06-7-RE 1 900

UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA:

7 Jefe de Unidad 532-06-7-RE 1 901

UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS:

8 Jefe de Unidad 532-06-7-RE 1 902

UNIDAD DE POSTGRADO: 532-06-7-RE

9 Jefe de Unidad 532-06-7-RE 1 903

UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA:

10 Jefe de la Biblioteca Especializada 532-06-7-RE 1 904

11 Asistente de Biblioteca 532-06-7-RE 1 905

UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO:

12 Jefe de Centro de Cómputo 532-06-7-RE 1 906

13 Asistente del Centro de Cómputo 532-06-7-RE 1 907

UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICA:

14 Jefe de Gabinete 532-06-7-RE 1 908

UNIDAD DE INVESTIGACIÓN:

15 Jefe de la Unidad de Investigación 532-06-7-RE 1 909

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ECONOMÍA:

16 Director del Departamento Académico 532-06-7-RE 1 910

17 Secretaria (Apoya a ambos Departamentos Académicos) 532-06-7-RE 1 911

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CONTABILIDAD:

18 Director del Departamento Académico 532-06-7-RE 1 912

DIRECCIÓN DE LA ESC UELA PROFESIONAL DE ECONOMÍA:

19 Director de Escuela 532-06-7-RE 1 913

20 Secretaria 532-06-7-RE 1 914

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DIRECCIÓN DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD

21 Director de Escuela 532-06-7-RE 1 915

Unidad de producción de bienes y de prestación servicios

23 Jefe de la unidad de Producción de bienes y de prestación de servicios

TOTAL 21

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3. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGOS

3.1. DECANATO

El decanato es un Órgano de Dirección y la máxima autoridad de gobierno de la Facultad, representa a la Facultad de Economía y Contabilidad, dirige la gestión académica y administrativa, representa a la Facultad ante el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria conforme lo dispone la Ley Universitaria N° 30220.

.

3.2. CARGO: DECANO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Convocar, dirigir y presidir las sesiones del Consejo de Facultad y representar a la Facultad de Economía y Contabilidad, ante el Consejo y Asamblea Universitaria con voz y voto, de acuerdo a lo que establece la Ley Universitaria vigente.

2) Dirigir administrativamente la Facultad, autorizar los gastos y controlar la ejecución del presupuesto de la Facultad.

3) Dirigir académicamente la Facultad, en coordinación con los Directores de los Departamentos Académicos, de las Escuelas Profesionales y Unidades de Postgrado.

4) Designar a los Directores de las Escuelas Profesionales, Instituto de Investigación y las Unidades de Postgrado y proponer la ratificación ante el Consejo de Facultad.

5) Aprobar los reglamentos de la Facultad. sobre las responsabilidades de docentes y estudiantes, así como los regímenes de estudios, evaluación, promoción y sanciones dentro de las normas establecidas en la Ley Universitaria y el Estatuto de la UNASAM.

6) Proponer al Consejo de Facultad, sanciones a los docentes, estudiantes y personal administrativo de apoyo que incurran en faltas conforme lo señala la Ley Universitaria N° 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo.

7) Presentar al Consejo de Facultad, para su aprobación, el plan anual de funcionamiento y desarrollo de la Facultad y su Informe de Gestión.

8) Cumplir y hacer cumplir los planes de desarrollo y funcionamiento de la Facultad.

9) Proponer al Rector el proyecto de presupuesto anual de la Facultad y dirigir la ejecución.

10) Informar al Rector y a los Órganos de Gobierno, sobre la gestión de la Facultad y presentar su Memoria Anual al Consejo de Facultad.

11) Refrendar conjuntamente con el Rector y el Secretario General de la Universidad, los Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, certificados y menciones que se otorguen, en la Facultad.

12) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo de Facultad, Consejo Universitario, Asamblea Universitaria, la Ley Universitaria, el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad, el Reglamento de la Facultad y otras normas vigentes de la Universidad.

13) Realizar las demás funciones, afines al cargo que señala el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad y el Manual de Organización y funciones de la Universidad.

14) Otras funciones que le asigne el Rector y el Vicerrectorado Académico.

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD DECANATO

DENOMINACIÓN DEL CARGO DECANO

CÓDIGO 532.06.7.RE

N° DEL CAP

EMISIÓN

ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 895 2016

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B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) El Decano es el representante de la Facultad, tiene la más alta jerarquía y es responsable del

cumplimiento académico y administrativo de la Facultad.

2) Dirige el Consejo de Facultad, e implementa sus acuerdos y/o actos administrativos.

3) Coordina las actividades académicas con el Vicerrector Académico y las actividades de

investigación con el Vicerrector de Investigación.

4) Ejerce autoridad sobre los Órganos de Apoyo, Órganos de Servicios Académicos y

Administrativos y los Órganos de Línea de la Facultad de Economía y Contabilidad.

5) El Decano responde ante el Consejo de Facultad, sobre el cumplimiento de la misión de la

Facultad y las funciones asignadas.

6) Es responsable de la buena marcha académica y administrativa de la Facultad, para ello delega

funciones y coordina con los responsables de los diversos Órganos que conforman la Facultad,

así como con los diferentes Órganos de la Universidad, conforme lo establece la ley.

C. REQUISITOS MÍNIMOS: 1) Ser ciudadano en ejercicio.

2) Ser docente en la categoría de principal en el Perú o en el extranjero, con no menos de tres (3)

años en la categoría.

3) Tener grado de Doctor o Maestro en su especialidad, el mismo que debe haber sido obtenido con

estudios presenciales. Entiéndase por especialidad la rama de la ciencia o del conocimiento a la

cual se dedica el docente.

4) No haber sido condenado por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada.

5) No estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitución y despido.

6) No estar consignado en el registro de deudores alimentarios morosos, ni tener pendiente de pago

una reparación civil impuesta por una condena ya cumplida.

7) Otros establecidos en el Estatuto de la Universidad y la Ley Universitaria N° 30220.

3.3. CARGO: SECRETARIA DEL DECANO

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

DECANATO

DENOMINACIÓN DEL CARGO SECRETARIA DE DECANO

CÓDIGO

532.06.7.AP N° DEL CAP EMISIÓN

ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 896 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Recibir, redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Organizar, y controlar el trámite documentario y el archivo del Decanato de la Facultad de Economía y Contabilidad.

3) Organizar y coordinar las audiencias, atenciones, reuniones y certámenes; y preparar la agenda con la documentación respectiva.

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4) Organizar el control y seguimiento de los expedientes preparando periódicamente los informes de situación.

5) Administrar la documentación clasificada y prestar apoyo secretarial especializado, utilizando sistemas informáticos.

6) Organizar, coordinar y supervisar las labores de apoyo administrativo que realicen otras secretarias de la Facultad.

7) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de la Facultad de Economía y Contabilidad a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

8) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de la Facultad de Economía y Contabilidad.

9) Atender las llamadas telefónicas, brindando información a los usuarios que están en línea, en forma concisa, breve y amable.

10) Orientar a los usuarios sobre las gestiones y situaciones de los diversos expedientes

11) Velar por la conservación y mantenimiento de los documentos, equipos y mobiliario que le han sido asignados.

12) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Economía y Contabilidad, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de Economía y Contabilidad.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la custodia del patrimonio y documentación de su dependencia.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores administrativas y secretariales por un periodo mínimo de tres años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia

en la ejecución de acciones de apoyo administrativo y/o secretarial.

3.4. CARGO: SECRETARIO DE CONSEJO DE FACULTAD

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

SECRETARIA GENERAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIO DE CONSEJO DE FACULTAD

CÓDIGO

532-06-7-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

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A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Preparar la agenda de las sesiones del Consejo de Facultad con la documentación sustentatoria

para su aprobación.

2) Llevar actualizados, los libros de actas de sesiones de Consejo de Facultad, procesando los

acuerdos tomados.

3) Emitir resoluciones, reglamentos, documentos oficiales emanados del Consejo de Facultad y/o

encargados por el Decano.

4) Elaborar los proyectos de Resolución de los acuerdos adoptados en Consejo de Facultad y el

Decanato.

5) Actuar como Secretario en las reuniones de Consejo de Facultad y del Decano.

6) Colaborar con el Decano en las acciones de coordinación con las comisiones.

7) Refrendar los documentos oficiales de la Facultad conjuntamente con el Decano, actuando como

fedatario de la Facultad.

8) Tramitar bajo responsabilidad a las instancias superiores los expedientes de graduación y

titulación aprobados por el Consejo de Facultad.

9) Realiza las funciones afines al cargo que el asigne el Decano de la Facultad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

1) Depende directamente del Decano de la Facultad.

2) Es responsables de las funciones establecidas en el ROF y MOF, relacionadas a su

competencia.

3) Es responsable de la custodia y el cuidado de la documentación, equipos, infraestructura que le

son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

3.5. UNIDAD ADMINISTRATIVA

La Unidad Administrativa, es el órgano de apoyo administrativo encargado de programar, organizar y dirigir

las actividades administrativas de la Facultad, así como dirigir, supervisar y controlar las acciones

administrativas en las diversas áreas de personal, economía, servicios generales, mantenimiento y trámites

diversos de la Facultad de Economía y Contabilidad. Son funciones de la Unidad Administrativa:

1) Organizar y efectuar el manejo de los recursos económicos, financieros de la Facultad.

2) Elaborar y evaluar la ejecución del plan operativo de la Facultad.

3) Controlar la asistencia y permanencia del personal administrativos de la Facultad.

4) Organizar y ejecutar el mantenimiento, la conservación y seguridad de los ambientes de la Facultad.

5) Formular y programar el presupuesto y el cuadro de necesidades de la Facultad.

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3.6. CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO ASISTENTE ADMINISTRATIVO

CÓDIGO

532.06.7.AP N° DEL CAP EMISIÓN

ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN SP-ES 897 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación, elaboración y evaluación del Plan Operativo Institucional de la

Facultad de Economía y Contabilidad, en coordinación con las demás unidades académicas y

administrativas de la Facultad, así como la Oficina General de Planificación y Presupuesto.

2) Organizar, dirigir, supervisar y controlar el manejo de los recursos humanos, económico

financieros y materiales de la Facultad de Economía y Contabilidad.

3) Planificar, dirigir y controlar las actividades administrativas, así como los requerimientos de

materiales y recursos humanos y financieros de acuerdo a las necesidades en coordinación con

el Decano de la Facultad y las demás dependencias de la Facultad.

4) Organizar y coordinar la ejecución de los servicios de seguridad, mantenimiento, conservación

y limpieza de bienes y de los ambientes académicos y administrativos.

5) Elaborar la programación y formulación del presupuesto y del cuadro de necesidades

mensualizado de su Facultad, en coordinación con la Oficina General de Abastecimientos y

Servicios Auxiliares. considerando las necesidades de cada dependencia de la Facultad.

6) Realizar el seguimiento continuo y la ejecución de la programación contenida en el cuadro de

necesidades y en el plan operativo de la Facultad de Economía y Contabilidad, cumpliendo con

la evaluación trimestral exigida.

7) Realizar el control de la asistencia y permanencia del personal administrativo y evaluar el

desempeño del personal a su cargo, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos y

con la Unidad de Servicios Auxiliares.

8) Mantener actualizados los instrumentos de gestión de la Facultad, en coordinación con la

Dirección de Desarrollo Institucional.

9) Mantener actualizados el registro de entradas y salidas de los bienes y materiales del almacén

de la Facultad.

10) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Economía y Contabilidad.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Economía y Contabilidad.

2) Coordina con las diversas dependencias de la Facultad sobre temas relacionados a su competencia.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la documentación que se genere en la Unidad Administrativa.

4) Es responsable del manejo adecuado de los recursos económicos, financieros y materiales de la Facultad.

5) Ejerce autoridad sobre el personal administrativo nombrado y contratado de la Facultad.

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C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la especialidad.

2) Experiencia en la conducción de sistemas administrativos en el sector público y conducción de

personal.

3) Capacitación en informática y sistemas administrativos.

3.7. CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

CÓDIGO 532-06-7-AP

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 898 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Ejecutar las actividades de limpieza diaria de los pasadizos, baños, escaleras, aulas,

laboratorios, biblioteca, centros de cómputo y oficinas así como realizar labores de limpieza,

gasfitería, electricidad de mantenimiento de los ambientes de la Facultad de Economía y

Contabilidad.

2) Operar equipos de limpieza para el cumplimiento de sus labores.

3) Orientar el ingreso y salida de personas de la Facultad de Economía y Contabilidad.

4) Realizar acciones de traslado y acomodo de bienes, insumos, muebles y otros.

5) Contribuir al orden y seguridad de los ambientes de la Facultad.

6) Controlar y custodiar los ambientes, equipos, materiales y otros bienes de la Facultad, así

también velar por su mantenimiento.

7) Realizar Arreglos y conservación de los jardines y/o áreas verdes de la Facultad.

8) Apoyo en contribuir en la vigilancia y seguridad interna de los pabellones, oficinas y ambientes

de la Facultad.

9) Notificar sobre hechos o incidentes ocasionados dentro de la Facultad, a su jefe inmediato.

10) Realizar los requerimientos de materiales necesarios para desarrollar su labor.

11) Las demás que le asigne su jefe inmediato, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente del Jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares de la DASA.

2) No ejerce autoridad sobre el personal.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados.

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C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Instrucción secundaria completa.

2) Buena disposición para el trabajo

3) Experiencia en labores similares

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación primaria y experiencia.

3.8. CARGO: OPERADOR DE CONDUCCIÓN VEHICULAR (CHOFER)

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Conducir la unidad vehicular asignada a la Facultad.

2) Traslado de personal universitario o estudiantes de ser requerido, con la debida autorización del

jefe inmediato.

3) Revisar y evaluar el buen estado de los sistemas de dirección, suspensión, refrigeración,

combustión y lubricación del vehículo a su cargo, antes, durante y después de las comisiones

efectuadas.

4) Verificar el buen estado de las llantas, batería, frenos y otros accesorios del vehículo a su cargo,

antes, durante y después de las comisiones efectuadas.

5) Atender y dar solución a los desperfectos básicos de funcionamiento, mecánica y electricidad

automotriz de los vehículos, para mantener la seguridad de las personas y del vehículo

6) Proponer la adquisición sobre los repuestos, equipos a adquirir en caso necesario y relacionado

al uso.

7) Cumplir con las normas de tránsito velando por la seguridad de las personas que ocupen el

vehículo así como el buen estado del mismo. En caso de incumplimiento del reglamento hacerse

cargo de las multas derivadas.

8) Mantener al día las planillas de control de kilometrajes, uso del combustible, así como las fechas

de mantenimiento del vehículo.

9) Portar los documentos de identificación que sustenten su calidad de conductor, el propósito de

su viaje y la situación legal del vehículo.

10) Otras funciones que le asignen en el ámbito de su competencia.

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: OPERADOR DE CONDUCCIÓN VEHICULAR

CÓDIGO 532-06-2-AP

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 898 2016

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B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe de Servicios Auxiliares de la DASA.

2) No ejerce autoridad sobre ningún servidor.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados para el cumplimiento de sus funciones.

4) Es responsable del mantenimiento y cuidado del vehículo asignado a su persona.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Instrucción secundaria.

2) Brevete profesional o de vehículos menores, según corresponda.

3) Experiencia en cargos similares ya sea en la actividad pública o privada.

4) Conocimientos básicos de mecánica y electricidad automotriz.

5) Poseer las condiciones físicas, actitud moral y de cooperación y habilidades propias para el

cargo.

3.9. UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL UNIVERSITARIA

La Unidad de Responsabilidad Social de Economía y Contabilidad, es el Órgano de línea de la Facultad de Economía y Contabilidad, que contribuye al desarrollo sostenible y al bienestar de la sociedad y compromiso con toda la comunidad universitaria.

3.10. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

CÓDIGO 532-06-7-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 899 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Sensibilizar a todos los integrantes de la Facultad de Economía y Contabilidad sobre la

importancia de una conducta responsable y comprometida con la sociedad y el medio ambiente.

2) Organizar y promover la participación de todos los integrantes de la Facultad de Economía y

Contabilidad en diferentes actividades de carácter social y medioambiental.

3) Fomentar el uso responsable de los recursos y el compromiso social la Facultad de Economía y

Contabilidad.

4) Promover y desarrollar eventos que fomenten la formación humana y profesional, la creación de

nuevos conocimientos y transferencia social de los mismos y la relación de la Facultad de

Economía y Contabilidad. con el resto de actores sociales, evaluando Impactos: educativos.,

cognitivos, epistemológicos, sociales, que influyen en los factores económicos, políticos,

sociales y culturales y por ende en el desarrollo de la entidad.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 273

5) Dirigir, coordinar, difundir, hacer seguimiento y evaluar las acciones y los mecanismos que

fomenten y den cuenta de la contribución socialmente responsable de la Facultad de Economía

y Contabilidad.

6) Capacitar a los docentes de la Facultad de Economía y Contabilidad en el enfoque de la

Responsabilidad Social Universitaria y promover en las especialidades el Aprendizaje Basado

en Proyectos de carácter social.

7) Otras funciones que le asigne el Decano, según su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Economía y Contabilidad, coordina sus actividades con

las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la Oficina General de

Responsabilidad Social Universitaria.

2) Es responsable de que las acciones y actividades de responsabilidad social en la Facultad, se

realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente de la Facultad de Economía y Contabilidad.

3.11. UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

La Unidad de Calidad es el órgano de apoyo académico, encargado de establecer y ejecutar las normas para

la autoevaluación, el mejoramiento continuo de la calidad académica, así como planificar, dirigir, supervisar y

evaluar los procesos de autoevaluación de la Facultad tendentes a una acreditación continua.

3.12. CARGO: JEFE DE CALIDAD ACADÉMICA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Generar conciencia entre los miembros de la Facultad de Economía y Contabilidad sobre las ventajas de la autoevaluación con fines de acreditación y en relación a la cultura de la calidad.

2) Planificar, dirigir, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar los procesos de autoevaluación en la Facultad.

3) Coordinar con la Comisión Central de Autoevaluación y Acreditación de la Universidad.

4) Formula su Plan Táctico y Presupuesto Anual operativo.

5) Sensibilizar y fomentar la importancia del auto evaluación y acreditación como mecanismos que permiten el mejoramiento continuo de la calidad.

6) Presentar trimestralmente un informe de gestión.

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

CÓDIGO 532-06-7-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 901 2016

MOF-UNASAM

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 274

7) Recibir, revisar y remitir los informes a los Comités Internos de Autoevaluación con fines de acreditación, de acuerdo al cronograma que establezca la Oficina General de Calidad Universitaria de la UNASAM.

8) Otras funciones que le sean encargadas por el Decano.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Economía y Contabilidad., coordina sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la Oficina General Calidad Universitaria

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes a la calidad académica en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Economía y Contabilidad.

2) Tener experiencia en labores de acreditación.

3.13. UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

La Unidad de Grados y Títulos es el órgano de apoyo académico de la Facultad encargado de programar y conducir de acuerdo al reglamento el proceso de graduación y titulación en las carreras profesionales de Economía y Contabilidad que conduce la Facultad, para el mejor cumplimiento de su misión, mantiene relaciones de coordinación con las Escuelas Profesionales, la Secretaría General y Departamentos académicos de la Facultad.

3.14. CARGO: JEFE DE GRADOS Y TÍTULOS

DEPENDENCIA

FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

CÓDIGO 532-06-7-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 902

2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Proponer al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación del Consejo Universitario, el

reglamento de procedimiento de los trámites de graduación y titulación en la Facultad.

2) Revisión, actualización y propuesta del Reglamento de otorgamiento de grados académicos y la

obtención del título profesional en sus diversas modalidades de titulación así como diplomados

y de segunda especialización al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación por el

Consejo Universitario.

3) Verificar bajo responsabilidad, la conformidad de los expedientes para la obtención del Grado

Académico de Bachiller o Título Profesional que otorgue la Facultad.

4) Programar, organizar y controlar las actividades relacionadas con el proceso de graduación y

titulación.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 275

5) Difundir el Reglamento de graduación y titulación así como el Reglamento de Procedimientos

sobre graduación y titulación, entre los alumnos y egresados de la Facultad.

6) Solicitar a las Escuelas Profesionales la conformación de las comisiones dictaminadoras de

expedientes de graduación y/o titulación así como la designación de jurados dictaminadores de

Planes de Tesis para titulación profesional o jurados examinadores para las otras modalidades

de titulación profesional previstas en el Reglamento.

7) Tener actualizado el padrón de graduados y titulados manteniendo una relación permanente

para recoger iniciativas que propongan programas de capacitación y actualización profesional.

8) Administrar los expedientes de graduación y titulación que mantengan informados a los

interesados sobre el estado de su gestión así como organizar y mantener al día el archivo de la

documentación sobre graduación y titulación.

9) Otras funciones de su competencia que le sean asignados por el Consejo de Facultad o por el

Decano.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Economía y Contabilidad., coordina sus actividades con

las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la Secretaría General de la

UNASAM.

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes al proceso de titulación y grados

académicos en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Economía y Contabilidad.

3.15. UNIDAD DE POST GRADO

La Unidad de Posgrado es la organización académica y administrativa encargada de integrar las actividades de Posgrado de la Facultad y gestionar los estudios o programas de formación continua que conducen a títulos de segunda especialización, diplomados y cursos que conlleven a certificaciones con nota aprobatoria.

3.16. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE POST GRADO

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

UNIDAD DE POST GRADO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE POST GRADO

CÓDIGO

532-06-7-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 903 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Establece el diseño curricular a seguir para cada uno de los programas de formación continua: cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

2) Convocar y presidir el Comité Directivo de la Unidad de Post Grado.

3) Formula el Proyecto de Desarrollo Académico Administrativo de la Unidad, así como sus respectivos presupuestos.

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4) Formula el Reglamento Académico de la Unidad y las Directivas que norman el inicio, desarrollo y finalización del periodo lectivo de los cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

5) Propone los docentes especialistas para la atención de los programas de formación continua, cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

6) Supervisa la aplicación de las normas académicas respecto a la aplicación del diseño curricular utilizado por cada uno de los programas de formación continua.

7) Supervisa y hace el seguimiento al desempeño de los docentes que laboran en la unidad de Posgrado.

8) Proponer a los Jurados de Proyectos de Tesis y de la sustentación de tesis de acuerdo a su especialidad.

9) Elabora y publica el informe semestral de su gestión.

10) Elabora el reglamento interno de la Unidad de Post Grado.

11) Otras establecidas en el Reglamento Interno de la unidad.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad, coordina sus actividades con los directores de las escuelas y

departamentos académicos de la Facultad.

2) Coordina sus actividades con el Director de la Escuela de Post Grado de la UNASAM y con los

directores de las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Economía y Contabilidad, con grado de Maestro o

Doctor

3.17. UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

La Unidad de la Biblioteca Especializada es un órgano de apoyo académico de la Facultad de Economía y

Contabilidad encargada de velar por la conservación y atención de requerimientos de consulta bibliográfica

de docentes y estudiantes de la Facultad. Ofrece los servicios de lectura en sala de referencia, así como de

préstamo a domicilio.

1) Catalogar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la Facultad

2) Programar y organizar las actividades y establecer las medidas correctivas para el buen

funcionamiento de la Biblioteca Especializada.

3) Registrar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la Facultad

4) Ofrecer los servicio de lectura en sala de referencia y así como de préstamo a domicilio

5) Contar con el inventario de biblioteca y velar por su conservación.

6) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y anual

de las áreas que comprende.

7) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los

recursos bibliográficos de la biblioteca especializada.

8) Atender con eficiencia en los horarios establecidos, con el personal necesario.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 277

3.18. CARGO: JEFE DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

CÓDIGO

532-06-7-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 904 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Programar y dirigir las actividades propias de la Oficina de Biblioteca Especializada.

2) Dirigir y coordinar la formulación de documentos técnicos normativos para la correcta atención en la Biblioteca Especializada.

3) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención.

4) Evaluar las actividades programadas y determinar las medidas correctivas para el buen funcionamiento de la Biblioteca Especializada.

5) Formular el Plan y Presupuesto de la Biblioteca Especializada.

6) Formular la relación de material bibliográfico (libros, revistas, boletines, proyectos y tesis), de acuerdo a las necesidades de la Facultad.

7) Dirigir el procesamiento técnico bibliográfico de la colección bibliográfica y de los servicios.

8) Implementar políticas y procedimientos adecuados para capacitar al personal de Biblioteca.

9) Sugerir los horarios de trabajo del personal a su cargo de acuerdo a los requerimientos del servicio.

10) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y anual de las áreas que comprende.

11) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los recursos bibliográficos de la biblioteca especializada.

12) Presentar anualmente el presupuesto de la biblioteca especializada.

13) Las demás funciones que le asigne el Decano, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende de la Decanatura de la Facultad de Economía y Contabilidad y es responsable ante él.

2) Ejerce autoridad, mando y supervisión sobre el personal asignado a la Unidad de Biblioteca Especializada.

3) Es responsable de que la biblioteca especializada preste el mejor servicio a la Comunidad Universitaria de la Facultad de Economía y Contabilidad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Personal nombrado con especialidad en Bibliotecología o bibliotecario con estudios en el área.

2) Alguna experiencia en la conducción de personal.

3) Conocimientos sobre administración e informática

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 278

3.19. CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD-UNIDAD DE

BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

CÓDIGO

532-06-7-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 905 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO:

1) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación, catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca especializada.

2) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca.

3) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones.

4) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas).

5) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva.

6) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca.

7) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior sobre cualquier anomalía.

8) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico.

9) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones y novedades de interés al usuario.

10) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos, ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada.

11) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan el servicio a la Biblioteca.

12) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación, presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en uso, ubicados en repositorio

13) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca.

14) Otras que le asigne su jefe inmediato.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de cumplir en forma eficiente y oportuna las funciones señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones, el Manual de Organización y Funciones, y demás disposiciones legales vigentes que norman su actividad. No ejerce autoridad.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 279

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Estudios Universitarios en el área o Técnico con estudios relacionados al área.

2) Especialización y/o capacitación en Bibliotecología.

3) Capacitación o Especialización en computación e informática.

4) Conocimiento de sistemas administrativos

5) Experiencia de dos años en actividades universitarias.

6) Trato cordial

7) Habilidad analítica

8) Orientación al usuario

3.20. UNIDAD DEL CENTRO DE CÓMPUTO

La Unidad de Centro de Cómputo es un Órgano de apoyo de las Facultades, encargado de prestar servicios

a los requerimientos académicos e informáticos de la Facultad. Sus funciones son:

1) Prestar servicio de cómputo para el desarrollo de los cursos regulares de las carreras profesionales

ofrecidas por la Facultad.

2) Brindar soporte informático a los proyectos de investigación autorizados y crear las condiciones

necesarias para el uso de las redes informáticas y de comunicaciones en el proceso de enseñanza-

aprendizaje.

3) Ofrecer soporte técnico para el desarrollo de cursos, programas y otras actividades de capacitación

extracurricular que proyecte la Facultad a través de la instancia competente.

4) Proponer y ejecutar programas de enseñanza y capacitación especializada.

5) Facilitar el uso y préstamo de equipos, en actividades de la Facultad, previamente autorizados por el

Consejo de Facultad.

6) Coordinar permanentemente con la Oficina General de Tecnología de Información Sistemas y

Estadística, con conocimiento del Decano el adecuado estado de conservación de los equipos del centro

de cómputo de La Facultad.

7) Elaborar el presupuesto del Centro de Cómputo para su presentación al Consejo de Facultad.

8) Otras funciones que le sean encomendadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

3.21. CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

UNIDAD DE CENTRO DE COMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL CENTRO DE COMPUTO

CÓDIGO

532-06-7-EJ

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-EJ 906 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 280

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Promover, difundir y aplicar adecuadamente las tecnologías de información en la Facultad

acuerdo a las políticas informáticas del Estado.

2) Impartir control sobre los bienes y equipos asignados a la oficina, y velar por su correcto uso.

3) Formular políticas y lineamientos que rijan de manera óptima el uso del Centro de Cómputo.

4) Aprobar informes y proyectos afines a las tecnologías de información y comunicación.

5) Proponer herramientas de gestión para la mejora de las tecnologías a través de estrategias,

enfoques modelos que apoyen los procesos de mejora de la Facultad.

6) Formular y evaluar el plan de mantenimiento preventivo y concurrente del hardware.

7) Velar por la conservación del inventario del hardware y software.

8) Proponer y documentar las buenas prácticas aplicadas en el uso del recurso tecnológico.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad.

2) Ejerce mando sobre el personal administrativo nombrado o contratado del Centro de Cómputo.

3) Es responsable de la organización, elaboración de gestiones, presupuesto, mantenimiento y

capacitaciones.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Personal administrativo con estudios en el área.

2) Conocimiento y experiencia en el manejo de las TIC´s.

3) Conocimiento de las normas y políticas de gobierno electrónico.

4) Alguna experiencia en la conducción de personal.

3.22. CARGO: ASISTENTE DEL CENTRO DE COMPUTO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación y ejecución del horario de las clases prácticas de los cursos que

requieren el uso del Centro de Cómputo.

2) Controlar el uso adecuado del hardware y software de la Facultad por los alumnos, docentes y

personal administrativo, organizando y ejecutando acciones de seguridad, control de inventario,

conservación y mantenimiento.

3) Mantener en buen estado y cuidado respectivo de los equipos informáticos y seguridad del Centro

de Cómputo y del hardware& software de las aulas.

4) Recopilar y consolidar la información necesaria para el buen funcionamiento de los sistemas

administrativos conducentes a garantizar el desarrollo de las actividades académicas.

5) Apoyar en tareas del mantenimiento de la página web de la Facultad.

6) Efectuar acciones de mantenimiento del hardware y software del Centro de Cómputo y de las

oficinas administrativas.

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

UNIDAD DEL CENTRO DE COMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DEL CENTRO DE COMPUTO

CÓDIGO

532-06-7-EJ

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 907 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 281

7) Garantizar el uso de aplicativos y antivirus solo con licencia acorde a los cursos que se imparten

en la Facultad.

8) Elaboración de requerimientos de equipos, materiales, herramientas e insumos para el

mantenimiento de los equipos.

9) Controlar y registrar el movimiento de activos informáticos y telemáticos del Centro de Cómputo.

10) Controlar las actividades de inspección de servicios de mantenimiento de los equipos informáticos

de los laboratorios y demás oficinas y/o unidades de la Facultad.

11) Orientar el uso adecuado de los equipos a los usuarios de la Facultad.

12) Cumplir otras funciones que le asigne el jefe de la oficina, en el ámbito de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe del Centro de Cómputo.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la organización, ejecución, control y mantenimiento de los servicios y equipos

del Centro de Cómputo.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Técnico Profesional en Computación e Informática con especialidad. 2) Experiencia en el Servicio de administración de Centros de Cómputo, soporte informático,

telemático y audiovisual. 3) Conocimiento y experiencia en la administración de servidores. 4) Capacitación en actividades de administración de Centros de Cómputo y mantenimiento de

equipos informáticos y telemáticos. 5) Orientación al usuario. 6) Orientación a los usuarios con trato cordial y amabilidad.

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria que incluyan materias relacionadas

con el área y experiencia en actividades informáticas y tecnológicas.

3.23. UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

La Unidad de Gabinete Pedagógico, es el órgano de apoyo de la Facultad de Economía y Contabilidad

encargado de ofrecer información, asesoramiento y orientación para prevenir y resolver dificultades que

afecten la gestión académica, en especial, anticiparse a los problemas que pueden suscitarse.

3.24. CARGO: JEFE DEL GABINETE PEDAGÓGICO

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

CÓDIGO

532-06-7-EJ

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-EJ 908 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 282

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Asesorar sobre los criterios pedagógicos, líneas de aprendizaje y desarrollo de estrategias a implementar en la puesta en marcha del proyecto educativo de la Facultad de Economía y Contabilidad.

2) Acompañar el proceso educativo aportando todo elemento técnico-pedagógico que confiera calidad al aprendizaje.

3) Colaborar con la realización de los programas de estudio, de la planificación de las tareas académicas y en la conformación de los Curriculum docentes.

4) Sugerir los ajustes necesarios en la metodología de formación pedagógica de los docentes, en la planificación y evaluación del aprendizaje.

5) Diseñar y participar en la evaluación institucional y en propuestas formativas de los docentes.

6) Realizar encuestas estudiantiles y organizar el programa de tutorías.

7) Otras funciones según su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Economía y Contabilidad.

2) Coordina sus actividades con los directores de las escuelas y departamentos académicos, con las autoridades académicas de la UNASAM.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Economía y Contabilidad.

2) Tener conocimiento de temas relacionados a la función a desempeñar.

3.25. UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

La Unidad de Investigación está encargada de integrar las actividades de investigación de la Facultad de

Economía y Contabilidad, es la encargada de diseñar, ejecutar, monitorear y evaluar los Proyectos de

Investigación difundiendo sus resultados; así como establecer las líneas de investigación y crear los Centros,

Círculos e Institutos de Investigación, según las necesidades e intereses de la Facultad. Están dirigidas por un

Docente Ordinario designado por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad por un periodo máximo de

dos años.

A. FUNCIONES DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

1) Promover el desarrollo científico y tecnológico de los docentes y estudiantes para garantizar la participación efectiva en el proceso del desarrollo regional y nacional.

2) Propiciar la elaboración de investigaciones en las líneas y áreas de su competencia, dentro del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

3) Fomentar y estimular actividades científicas para la capacitación de sus docentes y estudiantes.

4) Evaluar los proyectos de investigación, y proponerlos al Consejo de Facultad quien los aprobará en un plazo no mayor de quince (15) días y tramitarlo ante la Dirección General de Investigación (DGI).

5) Evaluar trimestralmente la ejecución de los proyectos de investigación informando a la Dirección General de Investigación, al finalizar cada trimestre.

6) Administrar los bienes y equipos que son adquiridos para el desarrollo de los proyectos de investigación subvencionados por canon, sobrecanon y regalías.

7) Realizar la difusión de las investigaciones desarrolladas por los docentes y estudiantes de las Facultades.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 283

8) Promover la publicación de una revista académica especializada y gestionar su indización.

9) Revisar y dar certitud de la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio será sancionado con una normatividad específica).

B. FUNCIONES DEL COMITÉ DE INVESTIGACIÓN:

1) Revisar y evaluar la pertinencia e impacto de los trabajos de investigación presentados por los docentes investigadores.

2) Revisar y dar certitud la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio es sancionado).

3) Proponer la aprobación de los proyectos de investigación e informes finales de investigación de los docentes al Consejo de Facultad, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos por el Consejo de Investigación y las normas correspondientes.

4) Evaluar trimestralmente el desarrollo de los proyectos de investigación e informar, a través del Director a las instancias pertinentes.

5) Apoyar las actividades de capacitación y otros eventos académico-científicos organizados por la Unidad de Investigación, la Dirección General de Investigación y el Vicerrectorado de Investigación.

6) Apoyar la difusión virtual de las investigaciones desarrolladas en la Unidad de investigación; así como a nivel institucional y de otras universidades del país y del mundo.

7) Colaborar con la edición y publicación de la revista científica de la Facultad.

8) Aprobar la Memoria Anual de investigación de la Unidad.

3.26. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Formular y ejecutar el plan de actividades de la Unidad de Investigación que forma parte del plan

operativo y del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

2) Formular y coordinar políticas, áreas, líneas y programas de investigación de la Facultad, tanto

para los docentes, como para estudiantes y graduados.

3) Hacer el seguimiento de los proyectos de investigación de la Facultad.

4) Solicitar al Vicerrectorado de Investigación, la evaluación y auspicio o financiamiento por la

UNASAM de los proyectos de investigación que muestren impacto, presentados por los docentes

y sus semilleros aprobados por las unidades de investigación.

5) Elaborar directivas que normen la operatividad de la Unidad de Investigación.

6) Promover la formulación de proyectos de investigación interdisciplinarios que contribuyan al

desarrollo institucional, regional, nacional e internacional.

7) Presidir el Comité de Investigación de la Facultad.

8) Participar como miembro del Consejo de Investigación de la UNASAM.

9) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Comité de Investigación y Consejo de Investigación, así

como dispositivos emanados de la Dirección General de Investigación.

10) Promocionar la investigación científica y tecnológica.

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO:

JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

CÓDIGO

532-06-7-RE N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 909 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 284

11) Recepcionar y presentar al Comité de Investigación los trabajos de investigación de los docentes

investigadores.

12) Elevar al Consejo de Facultad los trabajos de investigación aprobados por el Comité de

Investigación para su ratificación.

13) Administrar y mantener el sistema de información de investigación.

14) Promover la publicación de los trabajos de investigación en los medios especializados.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Economía y Contabilidad.

2) Coordina sus actividades con la Oficina General de Investigación, el Vice Rectorado de Investigación, la Unidad de Responsabilidad Social y con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario a tiempo completo o a dedicación exclusiva de la Facultad

2) Tener grado de Maestro o Doctor.

3.27. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ECONOMÍA

El Departamento Académico de Economía es una unidad de servicio académico que reúne a los docentes de

disciplinas de economía y afines, de la Facultad de Economía y Contabilidad, con la finalidad de estudiar,

investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por

cursos o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de

Economía El Departamento Académico de Economía también brinda servicios a otras Escuelas Profesionales

de la UNASAM.

3.28. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO ECONOMÍA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Proponer semestralmente al Consejo de Facultad, la asignación de personal docente nombrado

y contratado del Departamento de Economía.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos

pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras Facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su

aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su

aplicación y consideración en los sílabos.

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ECONOMÍA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO

CÓDIGO

532-06-1-RE N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 910 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 285

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de Economía y Contabilidad.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Economía y Contabilidad.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento Académico de Economía.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento de Economía.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento de Economía.

3.29. CARGO: SECRETARIA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar documentos administrativos de acuerdo a las normas de administración

pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los documentos de los Departamento Académico de Economía

y Contabilidad a las instancias que corresponda según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los documentos emitidos por los Departamentos

Académicos de Economía y Contabilidad.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas de los Departamentos Académicos de Economía y

Contabilidad, cuidando la seguridad y preservación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de equipos, mobiliario y enseres de los

Departamentos Académicos de Economía y Contabilidad.

6) Atender a los docentes de la Facultad de Economía y Contabilidad y de otras Facultades que

prestan su apoyo, dando las facilidades que el caso amerita.

7) Manejo adecuado de las asistencias de los docentes, con ética y valores, de acuerdo a lo

normado por la Dirección de Recurso Humanos.

8) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: la Carga Académica, por

docente.

9) Recepcionar, archivar y custodiar los Sílabos de cada curso por Semestre Académico.

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO:

SECRETARIA DE LOS DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS

CÓDIGO

532-06-7-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 911 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 286

10) Actualización constante de los archivos de las asistencias de los estudiantes, entregados por los

docentes.

11) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de los Departamentos Académicos de

Economía y Contabilidad.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente de los Jefes de los Departamentos Académicos.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos

y de la custodia de los mismos.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la

ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.30. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CONTABILIDAD

El Departamento Académico de Contabilidad es una unidad de servicio académico que reúne a los docentes

de disciplinas de contabilidad de la Facultad de Economía y Contabilidad, con la finalidad de estudiar,

investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por

cursos o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de

Contabilidad. El Departamento Académico de Contabilidad también brinda servicios a otras Escuelas

Profesionales de la UNASAM.

3.31. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CONTABILIDAD

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Proponer semestralmente al Consejo de Facultad, la asignación de personal nombrado y contratado del Departamento de Contabilidad.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos pertinentes.

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CONTABILIDAD

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

CONTABILIDAD

CÓDIGO

532-06-7-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 912 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 287

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras Facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de Economía y Contabilidad.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Economía y Contabilidad.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento Académico de Contabilidad.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento de Contabilidad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento de Contabilidad.

3.32. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE ECONOMÍA

La Dirección de la Escuela Profesional de Economía está encargada del diseño y actualización curricular permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la formación, capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

A. FUNCIONES GENERALES:

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional.

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional.

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la Formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 288

3.33. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE ECONOMÍA

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

ESCUELA PROFESIONAL DE ECONOMÍA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE ECONOMÍA

CÓDIGO

532-06-7-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 912 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional de Economía y, cuando sea requerido, asiste al Consejo de Facultad con voz pero sin voto

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de Estudios en la carrera profesional.

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros, supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela Profesional de Economía.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y científico de la Escuela Profesional de Economía.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación con el Departamento Académico.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 289

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grado de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados, convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes, para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales, artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Economía y Contabilidad y del Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional de Economía.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas en la Escuela Profesional de Economía.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela Profesional a su cargo.

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que contribuyan a su desarrollo profesional

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para cada año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 290

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional de Economía.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Economía.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de Economía, por un período máximo de dos (02).

3.34. CARGO: SECRETARIA

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

ESCUELA PROFESIONAL DE ECONOMÍA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA DE LAS ESCUELAS DE ECONOMÍA Y

CONTABILIDAD

CÓDIGO

532-06-7-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 913 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos oficiales de acuerdo a la normas de

administración pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de las escuelas profesionales de la Economía y

Contabilidad a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de las escuelas profesionales.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y

presentación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres que le fueron asignados.

6) Atención a estudiantes y padres de familia de la Escuela Profesional, a través del SIGA

7) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: Horarios, por ciclos, por aulas

y por docente, matrícula, rectificación de matrícula, validación de matrícula, Impresión de actas

parciales y finales, consolidados de notas, reporte curricular integral (RCI).

8) Ayuda a los estudiantes con el ingreso al sistema mediante la asignación de una contraseña,

entrega de constancias del tercio superior, constancia de estudios, la emisión de certificados,

informes técnicos para la obtención del grado de bachiller, emisión de constancia de egreso

simple, carta de presentación para la realización de prácticas pre profesionales, llenado de

constancias de egreso, actualización de los registros del libro de egresos, elaboración del rol de

exámenes parciales y finales, recepción y sellado de sílabos previa coordinación con el Director

de Escuela.

9) Apoya al docente con la entrega de la nómina de estudiantes por curso.

10) Actualización constante de los archivo de sílabos, pre actas parciales y finales,

11) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de las Escuelas Profesionales de Economía

y Contabilidad.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 291

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente de los Jefes de los Directores de las Escuelas de Economía y Contabilidad.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados, de la correcta de los documentos y de la custodia de los mismos.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas versiones,

sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (2) tres años de experiencia en

la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.35. ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD

La Escuela Profesional de Contabilidad es la encargada del diseño y actualización curricular permanente de

la carreara profesional de Contabilidad, así como de dirigir su aplicación para la formación y capacitación

pertinente hasta la obtención del grado académico de Bachiller en Contabilidad y el Título profesional de

Contador Público correspondiente.

3.36. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD

ESCUELA PROFESIONAL DE ECONOMÍA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE

CONTABILIDAD

CÓDIGO

532-06-7-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 914 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional de Contabilidad y, cuando sea requerido, asiste al Consejo de Facultad con voz pero sin voto.

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 292

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de Estudios en la carrera profesional

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros, supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela Profesional de Economía.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y científico de la Escuela Profesional de Contabilidad.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grado de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados, convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes, para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales, artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 293

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Economía y Contabilidad y del Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional

de Contabilidad.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente.

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas

en la Escuela Profesional de Contabilidad.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela

Profesional a su cargo.

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades

a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad

de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de

Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que

contribuyan a su desarrollo profesional.

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para

cada año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Contabilidad.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de Contabilidad, por un período máximo de dos (02).

3.37. UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

La Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios, es el órgano de línea de la Facultad de

Economía y Contabilidad encargado de promover, programar, coordinar y organizar acciones que permitan

producir bienes y prestar servicios a toda la comunidad Universitaria y la sociedad.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 294

3.38. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

DEPENDENCIA FACULTAD DE ECONOMÍA Y CONTABILIDAD-UNIDAD

DE PROD. BIENES Y PREST. DE SERVICIOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

CÓDIGO

532-06-7-RE N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Elabora el reglamento interno del Centro.

2) Fomenta la formación de unidades de producción de bienes y prestación de servicios, de

acuerdo a la especialidad de las escuelas profesionales de la Facultad.

3) Realiza convenios con otras instituciones de similar actividad, para implementar nuevas

líneas en la prestación de servicios.

4) Otras funciones que le sean encargadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

1) Depende directamente de la decanatura

2) Es responsable de las actividades que se generen estén enmarcadas en el reglamento interno y

las normas administrativas de la UNASAM, y normas nacionales.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 295

UNIVERSIDAD NACIONAL

“SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO”

Aprobado mediante la R.C.U.Nº339-2016 -UNASAM

2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 296

FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO

1.1. DE LA FACULTAD

La Facultad de Administración y Turismo, es la unidad de organización, formación académica, profesional y

de gestión (Artículo22° del Estatuto de la UNASAM y Artículo 19° del Reglamento General), propiciando la

investigación y la responsabilidad social y extensión universitaria. Es responsable de elaborar el currículo,

coordinar los planes de estudio para la obtención del Grado Académico Bachiller y Título Profesional de sus

estudiantes.

1.2. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO

1) Planificar, organizar y ejecutar su Sistema Académico y Administrativo, orientado a la excelencia.

2) Formar profesionales académicos con competencias y capacidades estandarizadas a nivel nacional e internacional, para desarrollar las ciencias administrativas y de turismo, acordes a las exigencias actuales.

3) Gestionar el proceso de formación académica y profesional del pregrado.

4) Promover y desarrollar la investigación científica y tecnológica, como medio de conocimiento de la realidad, de la solución de problemas, producción de conocimientos y satisfacción de necesidades de conocimiento.

5) Proponer a través de las Dirección de las Escuelas Profesionales, el desarrollo de Programas de Educación a Distancia en las especialidades que se establezcan, previamente acordadas en Consejo de Facultad. Esta propuesta se rige en base a lo dispuesto en la Ley Universitaria N°30220

6) Promover y desarrollar la formación científica mediante la gestión de programas de actualización, perfeccionamiento y especialización.

7) Garantizar la calidad académica del egresado.

8) Concientizar en el aspecto de responsabilidad social procurando una gestión socialmente responsable en la formación académica y pedagógica, de los estudiantes, propiciando experiencias vivenciales, iniciativas interdisciplinarias e interinstitucionales, definiendo la ética profesional de cada disciplina y su rol social. en la formación de los estudiantes de la Facultad de Administración y Turismo.

9) Lograr un comportamiento organizacional, con prácticas de valores y normas de convivencia éticas y conducta ecológica, por parte de todos los integrantes de la Facultad de Administración y Turismo: docentes, personal administrativo y estudiantes, para lograr el desarrollo sostenible de nuestra Universidad.

10) Brindar servicios docentes a las Escuelas Académico Profesionales y Unidades de Post Grado.

11) Velar por el cumplimiento de las normas legales vigentes, así como de los acuerdos y resoluciones emanadas de los órganos superiores de la Universidad y los de la propia Facultad.

12) Promover la capacitación y entrenamiento en tecnología educativa orientada a mejorar la enseñanza de las especialidades que imparte la Facultad de Administración y Turismo.

13) Otras funciones que le asigne la Ley Universitaria y el Estatuto.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 297

2. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE ADMINISTRACION Y TURISMO

UNIVERSIDAD NACIONAL "SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO" (U.N.A.S.A.M.)

UNIDAD DE SECRETARIA

GENERAL

ESCUELA PROFESIONAL DE

ADMINISTRACION

ESCUELA PROFESIONAL DE

TURISMO

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD

SOCIAL

UNIDAD DE INVESTIGACION

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES

Y PREST. DE SERVICIOS

UNIDADADMINISTRATIVA

UNIDAD DE POST GRADO

COMISIONESPERMANTES

COMISIONES TRANSITORIAS

UNIDADES DE SERVICIOS ACADEMICOS

UNIDAD DE CENTRO DE COMPUTO

UNIDAD DE BIBLIOTECA

ESPECIALIZADA

UNIDAD DE GRADOS Y TITULOS

UNIDAD DE GABINETE

PEDAGOGICO

UNIDAD DE CALIDAD ACADEMICA

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

ADMINISTRACION

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

TURISMO

DEPARTAMENTOS ACADEMICOS

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 298

2.1. ESTRUCTURA ORGÁNICA

La Facultad de Administración y Turismo, para su mejor funcionamiento, organiza sus actividades según la siguiente estructura orgánica. ÓRGANO DE GOBIERNO

Consejo de Facultad ÓRGANO DE DIRECCIÓN:

Decanato

ÓRGANO DE APOYO ACADÉMICO Departamentos Académicos:

Departamento Académico de Administración Departamento Académico de Turismo

Unidades de Servicio Académico:

Unidad de Calidad Académica Unidad de Gabinete Pedagógico Unidad de Biblioteca Especializada Unidad de Centro de Computo Unidad de Grados y Títulos Unidad de Post Grado Unidad de Laboratorio

Unidades de Administrativas:

Unidad Administrativa Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios Unidad de Secretaría General

ÓRGANOS DE LÍNEA

Escuela Profesional de Administración Escuela Profesional de Turismo Unidad de Responsabilidad Social Unidad de Investigación

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2.2. Cuadro Orgánico De Cargos: Para el cumplimiento de funciones de la facultad de Administración y

Turismo cuenta con los siguientes cargos:

N° DE

ORDEN

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD

ORGÁNICA/CARGO

CÓDIGO TOTAL N° CAP

DECANATO

1 Decano 532-06-8-RE 1 963

2 Secretaria 532-06-8-AP 1 964

UNIDAD ADMINISTRATIVA

3 Asistente administrativo 532-06-8-AP 1 965

4 Operador de limpieza 532-06-8-AP 1 966

5 Operador de limpieza 532-06-8-AP 1 967

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

6 Jefe la Unidad de Responsabilidad Social 532-06-8-RE 1 968

UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

7 Jefe de la Unidad de Calidad Académica 532-06-8-RE 1 969

UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

8 Jefe de la Unidad de Grados y Títulos 532-06-8-RE 1 970

UNIDAD DE POS GRADO

9 Jefe de la Unidad de Post Grado 532-06-8-RE 1 971

UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

10 Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada 532-06-8-RE 1 972

11 Asistente de biblioteca 532-06-8-AP 1 973

12 Asistente de biblioteca 532-06-8-AP 1 974

UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

13 Jefe de la Unidad de Centro de Cómputo 532-06-8-RE 1 975

14 Asistente del centro de cómputo 532-06-8-AP 1 976

GABINETE PEDAGÓGICO

15 Jefe de la Unidad de Gabinete Pedagógico 532-06-8-RE 1 977

16

UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

Jefe de la Unidad de Investigación

532-06-8-RE 1 978

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

ADMINISTRACIÓN

17 Director del Departamento de Ciencias Básicas 532-06-8-RE 1 979

18 Secretaria 532-06-8-AP 1 980

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE TURISMO

19 Director del Departamento de Matemáticas 532-06-8-RE 1 981

ESCUELA PROFESIONAL DE

ADMNISTRACIÓN

20 Director de la Escuela profesional de

Administración 532-06-8-RE 1 982

21 Secretaria de las escuelas profesionales 532-06-8-AP 1 983

ESCUELA PROFESIONAL DE TURISMO

22 Director de la Escuela profesional de Turismo 532-06-8-RE 1 984

N° DE

ORDEN

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD

ORGÁNICA/CARGO

TOTAL N° CAP

24 UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

1

MOF-UNASAM

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Jefe de la Unidad de Producción de Bienes y

Prestación de

Servicios

TOTAL 22

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3. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGOS

3.1. DECANATO

El decanato es un Órgano de Dirección y la máxima autoridad de gobierno de la Facultad, dirige la Gestión académica y administrativa, representa a la Facultad ante el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria conforme lo dispone la Ley Universitaria N° 30220.

3.2. CARGO: DECANO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Convocar, dirigir y presidir las sesiones del Consejo de Facultad y representar a la Facultad ante

el Consejo y Asamblea Universitaria con voz y voto, de acuerdo a lo que establece la Ley

Universitaria.

2) Dirigir administrativamente la Facultad, autorizar los gastos y controlar la ejecución del

presupuesto de la Facultad.

3) Dirigir académicamente la Facultad, en coordinación con los Directores de los Departamentos

Académicos, de las Escuelas Profesionales y Unidades de Postgrado.

4) Designar a los Directores de las Escuelas Profesionales, Instituto de Investigación y las Unidades

de Postgrado y proponer la ratificación ante el Consejo de Facultad.

5) Aprobar los reglamentos de la Facultad. sobre las responsabilidades de docentes y estudiantes,

así como los regímenes de estudios, evaluación, promoción y sanciones dentro de las normas

establecidas en la Ley Universitaria y el Estatuto de la UNASAM.

6) Proponer al Consejo de Facultad, sanciones a los docentes, estudiantes y personal

administrativo de apoyo que incurran en faltas conforme lo señala la Ley Universitaria N° 30220

y el Estatuto de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo.

7) Presentar al Consejo de Facultad, para su aprobación, el plan anual de funcionamiento y

desarrollo de la Facultad y su Informe de Gestión.

8) Cumplir y hacer cumplir los planes de desarrollo y funcionamiento de la Facultad.

9) Proponer al Rector el proyecto de presupuesto anual de la Facultad y dirigir la ejecución.

10) Informar al Rector y a los Órganos de Gobierno, sobre la gestión de la Facultad y presentar su Memoria Anual al Consejo de Facultad.

11) Refrendar conjuntamente con el Rector y el Secretario General de la Universidad, los Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, certificados y menciones que se otorguen, en la Facultad.

12) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo de Facultad, Consejo Universitario, Asamblea

Universitaria, la Ley Universitaria, el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad, el

Reglamento de la Facultad y otras normas vigentes de la Universidad.

13) Realizar las demás funciones, afines al cargo que señala el Estatuto, el Reglamento General de

la Universidad y el Manual de Organización y funciones de la Universidad.

14) Otras funciones que le asigne el Rector y el Vicerrectorado Académico.

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DECANO

CÓDIGO 532-06-8-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 963 2016

MOF-UNASAM

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B. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) El Decano es el representante de la Facultad, tiene la más alta jerarquía y es responsable del

cumplimiento académico y administrativo de la Facultad.

2) Dirige el Consejo de Facultad, e implementa sus acuerdos y/o actos administrativos.

3) Coordina las actividades académicas con el Vicerrector Académico y las actividades de

investigación con el Vicerrector de Investigación.

4) Ejerce autoridad sobre los Órganos de Apoyo, Órganos de Servicios Académicos y

Administrativos y los Órganos de Línea de la Facultad de Administración y Turismo.

5) El Decano responde ante el Consejo de Facultad, sobre el cumplimiento de la misión de la

Facultad y las funciones asignadas.

6) Es responsable de la buena marcha académica y administrativa de la Facultad, para ello delega

funciones y coordina con los responsables de los diversos Órganos que conforman la Facultad,

así como con los diferentes Órganos de la Universidad, conforme lo establece la ley.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser ciudadano en ejercicio.

2) Ser docente en la categoría de principal en el Perú o en el extranjero, con no menos de tres (3)

años en la categoría.

3) Tener grado de Doctor o Maestro en su especialidad, el mismo que debe haber sido obtenido

con estudios presenciales. Entiéndase por especialidad la rama de la ciencia o del conocimiento

a la cual se dedica el docente.

4) No haber sido condenado por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada.

5) No estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitución y despido.

6) No estar consignado en el registro de deudores alimentarios morosos, ni tener pendiente de

pago una reparación civil impuesta por una condena ya cumplida.

7) Otros establecidos en el Estatuto de la Universidad y la Ley Universitaria N° 30220.

3.3. CARGO: SECRETARIA DEL DECANO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Recibir, redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Organizar, y controlar el trámite documentario y el archivo del Decanato de la Facultad de Administración y Turismo.

3) Organizar y coordinar las audiencias, atenciones, reuniones y certámenes; y preparar la agenda con la documentación respectiva.

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA DEL DECANO

CÓDIGO: 532-06-8-AP

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 964 2016

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4) Organizar el control y seguimiento de los expedientes preparando periódicamente los informes de situación.

5) Administrar la documentación clasificada y prestar apoyo secretarial especializado, utilizando sistemas informáticos.

6) Organizar, coordinar y supervisar las labores de apoyo administrativo que realicen otras secretarias de la Facultad.

7) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de la Facultad de Administración y Turismo a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

8) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de la Facultad de Administración y Turismo.

9) Atender las llamadas telefónicas, brindando información a los usuarios que están en línea, en forma concisa, breve y amable.

10) Orientar a los usuarios sobre las gestiones y situaciones de los diversos expedientes

11) Velar por la conservación y mantenimiento de los documentos, equipos y mobiliario que le han sido asignados.

12) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Administración y Turismo, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD: 1) Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de Administración y Turismo.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la custodia de los bienes y documentación de su dependencia.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de tres años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.4. CARGO: SECRETARIO DE CONSEJO DE FACULTAD

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO SECRETARÍA GENERAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIO DE CONSEJO DE FACULTAD.

CÓDIGO 532-06-8-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

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A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Preparar la agenda de las sesiones del Consejo de Facultad con la documentación sustentatoria para su aprobación.

2) Llevar actualizados, los libros de actas de sesiones de Consejo de Facultad, procesando los acuerdos tomados.

3) Emitir resoluciones, reglamentos, documentos oficiales emanados del Consejo de Facultad y/o encargados por el Decano.

4) Elaborar los proyectos de Resolución de los acuerdos adoptados en Consejo de Facultad y el Decanato.

5) Actuar como Secretario en las reuniones de Consejo de Facultad y del Decano. 6) Colaborar con el Decano en las acciones de coordinación con las comisiones. 7) Refrendar los documentos oficiales de la Facultad conjuntamente con el Decano, actuando como

fedatario de la Facultad. 8) Derivar bajo responsabilidad a las instancias superiores los expedientes de graduación y

titulación aprobados por el Consejo de Facultad. 9) Realiza las funciones afines al cargo que el asigne el Decano de la Facultad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente de la decanatura.

2) Es responsables de las funciones establecidas en el ROF y MOF, relacionadas a su

competencia.

3) Es responsable de la custodia y el cuidado de la documentación, equipos, infraestructura que

le son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

3.5. UNIDAD ADMINISTRATIVA

La Unidad Administrativa, es la encargada de programar, organizar y dirigir las actividades administrativas de

la Facultad, así como dirigir, supervisar y controlar las acciones administrativas en las diversas áreas de

personal, economía, servicios generales, mantenimiento y trámites diversos de la Facultad de Administración

y Turismo. Son funciones de la Unidad Administrativa:

1) Organizar y efectuar el manejo de los recursos económicos, financieros de la Facultad.

2) Elaborar y evaluar la ejecución del plan operativo de la Facultad.

3) Controlar la asistencia y permanencia del personal administrativos de la Facultad.

4) Organizar y ejecutar el mantenimiento, la conservación y seguridad de los ambientes de la facultad.

5) Programar y formular el presupuesto y cuadro de necesidades de la Facultad.

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3.6. CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación, elaboración y evaluación del Plan Operativo Institucional de la Facultad de Administración y Turismo en coordinación con las demás unidades académicas y administrativas de la Facultad, así como la Oficina General de Planificación y Presupuesto.

2) Organizar, dirigir, supervisar y controlar el manejo de los recursos humanos, económico financieros y materiales de la Facultad de Administración y Turismo.

3) Planificar, dirigir y controlar las actividades administrativas, así como los requerimientos de materiales y recursos humanos y financieros de acuerdo a las necesidades en coordinación con el Decano de la Facultad y las demás dependencias de la Facultad.

4) Organizar y coordinar la ejecución de los servicios de seguridad, mantenimiento, conservación y limpieza de bienes y de los ambientes académicos y administrativos.

5) Elaborar la programación y formulación del presupuesto y del cuadro de necesidades mensualizado de su Facultad, en coordinación con la Oficina General de Abastecimientos y Servicios Auxiliares. considerando las necesidades de cada dependencia de la Facultad.

6) Realizar el seguimiento continuo y la ejecución de la programación contenida en el cuadro de necesidades y en el plan operativo de la Facultad de Administración y Turismo, cumpliendo con la evaluación trimestral exigida.

7) Realizar el control de la asistencia y permanencia del personal administrativo y evaluar el desempeño del personal a su cargo, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos y con la Unidad de Servicios Auxiliares.

8) Mantener actualizados los instrumentos de gestión de la Facultad, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Institucional.

9) Mantener actualizados el registro de entradas y salidas de los bienes y materiales del almacén de la Facultad.

10) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Administración y Turismo

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Administración y turismo.

2) Coordina con las diversas dependencias de la Facultad sobre temas relacionados a su competencia.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la documentación que se genere en la Unidad Administrativa. .

4) Es responsable del manejo adecuado de los recursos económicos, financieros y materiales de la Facultad.

5) Ejerce autoridad sobre el personal administrativo nombrado y contratado de la Facultad.

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO-UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

CÓDIGO: 532-06-8-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 965 2016

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C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la especialidad.

2) Experiencia en la conducción de sistemas administrativos en el sector público y conducción de personal.

3) Capacitación en informática y sistemas administrativos.

3.7. CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO-UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

CÓDIGO 532-06-8-AP

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN:SP- AP 966-967 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Ejecutar las actividades de limpieza diaria de los pasadizos, baños, escaleras, aulas, laboratorios, biblioteca, centros de cómputo y oficinas así como realizar labores de limpieza, gasfitería, electricidad de mantenimiento de los ambientes de la Facultad de Administración y Turismo.

2) Operar equipos de limpieza para el cumplimiento de sus labores.

3) Orientar el ingreso y salida de personas de la Facultad de Administración y Turismo.

4) Realizar acciones de traslado y acomodo de bienes, insumos, muebles y otros.

5) Contribuir al orden y seguridad de los ambientes de la Facultad.

6) Controlar y custodiar los ambientes, equipos, materiales y otros bienes de la facultad, así también velar por su mantenimiento.

7) Realizar Arreglos y conservación de los jardines y/o áreas verdes de la Facultad. 8) Apoyo en contribuir en la vigilancia y seguridad interna de los pabellones, oficinas y ambientes

de la Facultad. 9) Notificar sobre hechos o incidentes ocasionados dentro de la Facultad, a su jefe inmediato. 10) Realizar los requerimientos de materiales necesarios para desarrollar su labor. 11) Las demás que le asigne el Asistente Administrativo, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

1) Depende directamente del Jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares de la DASA. 2) No ejerce autoridad sobre el personal. 3) Es responsable de los bienes que le son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Instrucción secundaria completa. 2) Buena disposición para el trabajo

3) Experiencia en labores similares

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación primaria y experiencia.

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3.8. UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

La Unidad de Responsabilidad Social es el Órgano de línea de las facultades que contribuye al desarrollo sostenible y al bienestar de la sociedad y compromiso con toda la comunidad universitaria.

3.9. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO- UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

CÓDIGO 532-06-8-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 968 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Sensibilizar a todos los integrantes de la Facultad de Administración y Turismo sobre la importancia de una conducta responsable y comprometida con la sociedad y el medio ambiente.

2) Organizar y promover la participación de todos los integrantes de la Facultad de Administración y Turismo en diferentes actividades de carácter social y medioambiental.

3) Fomentar el uso responsable de los recursos y el compromiso social de la Facultad de Administración y Turismo.

4) Promover y desarrollar eventos que fomenten la formación humana y profesional, la creación de nuevos conocimientos y transferencia social de los mismos y la relación de la Facultad de Administración y Turismo con el resto de actores sociales, evaluando Impactos: educativos., cognitivos, epistemológicos, sociales, que influyen en los factores económicos, políticos, sociales y culturales y por ende en el desarrollo de la entidad.

5) Dirigir, coordinar, difundir, hacer seguimiento y evaluar las acciones y los mecanismos que fomenten y den cuenta de la contribución socialmente responsable de la Facultad de Administración y Turismo.

6) Capacitar a los docentes de la Facultad de Administración y Turismo en el enfoque de la Responsabilidad Social Universitaria y promover en las especialidades el Aprendizaje Basado en Proyectos de carácter social

7) Otras funciones que le asigne el Decano, según su competencia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA y RESPONSABILIDAD

1) Depende del Decano de la Facultad de Administración y Turismo, coordina sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la Oficina General de Responsabilidad Social Universitaria.

2) Es responsable de que las acciones y actividades de responsabilidad social en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente de la Facultad de Administración y Turismo.

3.10. UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

La Unidad de Calidad es el órgano de línea encargado de establecer y ejecutar las normas para la autoevaluación, el mejoramiento continuo de la calidad académica, así como planificar, dirigir, supervisar y evaluar los procesos de autoevaluación de la Facultad tendentes a una acreditación continua.

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3.11. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

CÓDIGO 532-06-8-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 969 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Generar conciencia entre los miembros de la Facultad de Administración y Turismo sobre las ventajas de la autoevaluación con fines de acreditación y en relación a la cultura de la calidad.

2) Planificar, dirigir, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar los procesos de autoevaluación en la Facultad.

3) Coordinar con la Comisión Central de Autoevaluación y Acreditación de la Universidad.

4) Formula su Plan Táctico y Presupuesto Anual operativo.

5) Sensibilizar y fomentar la importancia del auto evaluación y acreditación como mecanismos que permiten el mejoramiento continuo de la calidad.

6) Presentar trimestralmente un informe de gestión.

7) Recibir, revisar y remitir los informes a los Comités Internos de Autoevaluación con fines de acreditación, de acuerdo al cronograma que establezca la Oficina General de Calidad Universitaria de la UNASAM

8) Otras funciones que le sean encargadas por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN.

1) Depende del Decano de la Facultad de Administración y Turismo, coordina sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la Oficina General Calidad Universitaria.

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes a la calidad académica en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Administración y Turismo.

2) Tener experiencia en labores de acreditación.

3.12. UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

La Unidad de Grados y Títulos es el Órgano de Apoyo de la Facultad encargado de programar y conducir de acuerdo a reglamento, el proceso de graduación y titulación en las carreras profesionales que conduce la Facultad, para el mejor cumplimiento de su misión, mantiene relaciones de coordinación con las Escuelas Profesionales, la Secretaría General y Departamentos académicos.

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3.13. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Proponer al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación del Consejo Universitario, el reglamento de procedimiento de los trámites de graduación y titulación en la Facultad.

2) Revisión, actualización y propuesta del Reglamento de otorgamiento de grados académicos y la obtención del título profesional en sus diversas modalidades de titulación así como diplomados y de segunda especialización al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación por el Consejo Universitario.

3) Verificar bajo responsabilidad, la conformidad de los expedientes para la obtención del Grado Académico de Bachiller o Título Profesional que otorgue la Facultad.

4) Programar, organizar y controlar las actividades relacionadas con el proceso de graduación y titulación.

5) Difundir el Reglamento de graduación y titulación así como el Reglamento de Procedimientos sobre graduación y titulación, entre los alumnos y egresados de la Facultad.

6) Solicitar a las Escuelas Profesionales la conformación de las comisiones dictaminadoras de expedientes de graduación y/o titulación así como la designación de jurados dictaminadores de Planes de Tesis para titulación profesional o jurados examinadores para las otras modalidades de titulación profesional previstas en el Reglamento.

7) Tener actualizado el padrón de graduados y titulados manteniendo una relación permanente para recoger iniciativas que propongan programas de capacitación y actualización profesional.

8) Administrar los expedientes de graduación y titulación que mantengan informados a los interesados sobre el estado de su gestión así como organizar y mantener al día el archivo de la documentación sobre graduación y titulación.

9) Otras funciones de su competencia que le sean asignados por el Consejo de Facultad o por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y AUTORIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Administración y Turismo, coordina sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la Secretaría General de la UNASAM.

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes al proceso de titulación y grados académicos en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Administración y Turismo.

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

CÓDIGO N° DEL

CAP

FECHA

532-06-8-RE EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 970 2016

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3.14. UNIDAD DE POST GRADO

La Unidad de Posgrado es la Unidad encargada de integrar las actividades de Pos Grado de la Facultad. Esta dirigida por un docente con igual o mayor grado a los que otorga.

La Unidad de Post Grado es la organización académica y administrativa encargada de integrar las actividades de Post Grado de la Facultad y gestiona los estudios o Programa de formación continua que conducen a títulos de Segunda Especialización, diplomados y cursos que conlleven a certificaciones aprobatorias.

3.15. CARGO: DIRECTOR DE LA UNIDAD DE POST GRADO

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO UNIDAD DE POS GRADO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA UNIDAD DE POS GRADO

CÓDIGO 532-06-8-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 971 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Establece el diseño curricular a seguir para cada uno de los programas de formación continua: cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

2) Convocar y presidir el Comité Directivo de la Unidad de Pos Grado.

3) Formula el Proyecto de Desarrollo Académico Administrativo de la Unidad, así como sus respectivos presupuestos.

4) Formula el Reglamento Académico de la Unidad y las Directivas que norman el inicio, desarrollo y finalización del periodo lectivo de los cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

5) Propone los docentes especialistas para la atención de los programas de formación continua, cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

6) Supervisa la aplicación de las normas académicas respecto a la aplicación del diseño curricular utilizado por cada uno de los programas de formación continua.

7) Supervisa y hace el seguimiento al desempeño de los docentes que laboran en la unidad de Postgrado.

8) Proponer a los Jurados de Proyectos de Tesis y de la sustentación de tesis de acuerdo a su especialidad.

9) Elabora y publica el informe semestral de su gestión.

10) Elabora el reglamento interno de la Unidad de Post Grado.

11) Otras establecidas en el Reglamento Interno de la unidad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y AUTORIDAD.

1) Depende del Decano de la Facultad, coordina sus actividades con los directores de las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

2) Coordina sus actividades con el Director de la Escuela de Pos Grado de la UNASAM y con los directores de las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad con grado de Maestro o Doctor.

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3.16. UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

La Unidad de la Biblioteca Especializada es un Órgano de línea de las facultades encargada de velar por la conservación y atención de requerimientos de consulta bibliográfica de docentes y estudiantes de la Facultad. Ofrece los servicios de lectura en sala de referencia, así como de préstamo a domicilio.

Son funciones generales de la biblioteca especializada:

1) Catalogar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la facultad

2) Programar y organizar las actividades y establecer los medidas correctivas procedimientos para el buen funcionamiento de la Biblioteca Especializada.

3) Registrar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la Facultad.

4) Ofrecer los servicio de lectura en sala de referencia y así como de préstamo a domicilio.

5) Contar con el inventario de biblioteca y velar por su conservación.

6) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y anual de las áreas que comprende.

7) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los recursos bibliográficos de la biblioteca especializada.

8) Atender con eficiencia en los horarios establecidos, con el personal necesario.

3.17. CARGO: JEFE DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

CÓDIGO 532-06-8-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 972 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Programar y dirigir las actividades propias de la Oficina de Biblioteca Especializada. 2) Dirigir y coordinar la formulación de documentos técnicos normativos para la correcta atención

en la Biblioteca Especializada. 3) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención. 4) Evaluar las actividades programadas y determinar las medidas correctivas para el buen

funcionamiento de la Biblioteca Especializada. 5) Formular el Plan y Presupuesto de la Biblioteca Especializada. 6) Formular la relación de material bibliográfico (libros, revistas, boletines, proyectos y tesis), de

acuerdo a las necesidades de la Facultad. 7) Dirigir el procesamiento técnico bibliográfico de la colección bibliográfica y de los servicios. 8) Implementar políticas y procedimientos adecuados para capacitar al personal de Biblioteca. 9) Sugerir los horarios de trabajo del personal a su cargo de acuerdo a los requerimientos del

servicio. 10) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y

anual de las áreas que comprende. 11) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los

recursos bibliográficos de la biblioteca especializada. 12) Presentar anualmente el presupuesto de la biblioteca especializada. 13) Las demás funciones que le asigne el Decano, dentro de su competencia.

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 312

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende de la Decanatura de la Facultad de Administración y Turismo y es responsable ante él. 2) Ejerce autoridad, mando y supervisión sobre el personal asignado a la Unidad de Biblioteca

Especializada. 3) Es responsable de que la biblioteca especializada preste el mejor servicio a la Comunidad

Universitaria de la Facultad de Administración y Turismo.

C. REQUISITOS:

1) Personal nombrado con especialidad en Bibliotecología o bibliotecario con estudios en el área. 2) Alguna experiencia en la conducción de personal. 3) Conocimientos sobre administración e informática.

3.18. CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO:

1) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación, catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca especializada.

2) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca. 3) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones. 4) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y

documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas). 5) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva. 6) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su

devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca. 7) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior

sobre cualquier anomalía. 8) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico. 9) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones

y novedades de interés al usuario. 10) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos,

ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada. 11) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan

el servicio a la Biblioteca. 12) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación,

presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en uso, ubicados en repositorio.

13) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca. 14) Otras que le asigne su jefe inmediato.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada. 2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador. 3) Es responsable de cumplir en forma eficiente y oportuna las funciones señaladas en el

Reglamento de Organización y Funciones, el Manual de Organización y Funciones, y demás disposiciones legales vigentes que norman su actividad. No ejerce autoridad.

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO-UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

CÓDIGO 532-06-8-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 973-974 2016

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C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Estudios Universitarios en el área o Técnico con estudios relacionados al área. 2) Especialización y/o capacitación en Bibliotecología. 3) Capacitación o Especialización en computación e informática. 4) Conocimiento de sistemas administrativos 5) Experiencia de dos años en actividades universitarias. 6) Trato cordial 7) Habilidad analítica 8) Orientación al usuario

3.19. UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

La Unidad de Centro de Cómputo es un Órgano de línea de las facultades, encargado de prestar servicios a los requerimientos académicos e informáticos de la Facultad. Sus funciones son:

1) Prestar servicio de cómputo para el desarrollo de los cursos regulares de las carreras profesionales ofrecidas por la Facultad.

2) Brindar soporte informático a los proyectos de investigación autorizados y crear las condiciones necesarias para el uso de las redes informáticas y de comunicaciones en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

3) Ofrecer soporte técnico para el desarrollo de cursos, programas y otras actividades de capacitación extracurricular que proyecte la Facultad a través de la instancia competente.

4) Proponer y ejecutar programas de enseñanza y capacitación especializada.

5) Facilitar el uso y préstamo de equipos, en actividades de la Facultad, previamente autorizados por el Consejo de Facultad.

6) Coordinar permanentemente con la Oficina General de Tecnología de Información Sistemas y Estadística, con conocimiento del Decano el adecuado estado de conservación de los equipos del centro de cómputo de La Facultad.

7) Elaborar el presupuesto del Centro de Cómputo para su presentación al Consejo de Facultad.

8) Otras funciones que le sean encomendadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

3.20. UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO DE LA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO

La Unidad de Centro de Cómputo es un órgano de línea de las facultades. Se encarga de prestar servicios a los requerimientos académicos e informáticos de la Facultad. Sus funciones son:

1) Prestar servicio de cómputo para el desarrollo de los cursos regulares de las carreras profesionales ofrecidas por la Facultad.

2) Brindar soporte informático a los proyectos de investigación autorizados y creando las condiciones necesarias para adecuado uso de las redes informáticas y de comunicaciones en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

3) Ofrecer soporte técnico para el estudiante y docente a fin de desarrollar de manera óptima los cursos, programas y otras actividades semestralmente, tanto como de capacitación extracurricular que proyecte la Facultad.

4) Proponer y ejecutar programas de enseñanza y capacitación especializada.

5) Facilitar el uso y préstamo de equipos, en actividades de la Facultad, previamente autorizados por el Consejo de Facultad.

6) Coordinar permanentemente con la Oficina General de Tecnología de Información Sistemas y Estadística, con conocimiento del Decano a favor de la conservación de sus equipos.

7) Elaborar el presupuesto del Centro de Cómputo para su presentación al Consejo de Facultad.

8) Otras funciones que le sean encomendadas por el Decano o Consejo de Facultad.

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3.21. CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Promover, difundir y aplicar adecuadamente las tecnologías de información en la Facultad acuerdo a las políticas informáticas del Estado.

2) Impartir control sobre los bienes y equipos asignados a la oficina, y velar por su correcto uso.

3) Formular políticas y lineamientos que rijan de manera óptima el uso del Centro de Cómputo.

4) Aprobar informes y proyectos afines a las tecnologías de información y comunicación.

5) Proponer herramientas de gestión para la mejora de las tecnologías a través de estrategias, enfoques modelos que apoyen los procesos de mejora de la Facultad.

6) Formular y evaluar el plan de mantenimiento preventivo y concurrente del hardware.

7) Velar por la conservación del inventario del hardware y software.

8) Proponer y documentar las buenas prácticas aplicadas en el uso del recurso tecnológico.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad.

2) Ejerce mando sobre el personal administrativo nombrado o contratado del Centro de Cómputo.

3) Es responsable de la organización, elaboración de gestiones, presupuesto, mantenimiento y capacitaciones.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Personal administrativo con estudios en el área.

2) Conocimiento y experiencia en el manejo de las TIC´s

3) Conocimiento de las normas y políticas de gobierno electrónico

4) Alguna experiencia en la conducción de personal

3.22. CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO

UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO

532-06-1-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 975 2016

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO -UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO 532-06-8-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 976 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 315

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación y ejecución del horario de las clases prácticas de los cursos que

requieren el uso del Centro de Cómputo.

2) Controlar el uso adecuado del hardware y software de la Facultad por los alumnos, docentes y

personal administrativo, organizando y ejecutando acciones de seguridad, control de inventario,

conservación y mantenimiento.

3) Mantener en buen estado y cuidado respectivo de los equipos informáticos y seguridad del

Centro de Cómputo y del hardware& software de las aulas.

4) Recopilar y consolidar la información necesaria para el buen funcionamiento de los sistemas

administrativos conducentes a garantizar el desarrollo de las actividades académicas.

5) Apoyar en tareas del mantenimiento de la página web de la Facultad.

6) Efectuar acciones de mantenimiento del hardware y software del Centro de Cómputo y de las

oficinas administrativas.

7) Garantizar el uso de aplicativos y antivirus solo con licencia acorde a los cursos que se imparten

en la Facultad.

8) Elaboración de requerimientos de equipos, materiales, herramientas e insumos para el

mantenimiento de los equipos.

9) Controlar y registrar el movimiento de activos informáticos y telemáticos del Centro de Cómputo.

10) Controlar las actividades de inspección de servicios de mantenimiento de los equipos

informáticos de los laboratorios y demás oficinas y/o unidades de la Facultad.

11) Orientar el uso adecuado de los equipos a los usuarios de la Facultad.

12) Cumplir otras funciones que le asigne el jefe de la oficina, en el ámbito de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe del Centro de Cómputo.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la organización, ejecución, control y mantenimiento de los servicios y

equipos del Centro de Cómputo.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Técnico Profesional en Computación e Informática con especialidad.

2) Experiencia en el Servicio de administración de Centros de Cómputo, soporte informático,

telemático y audiovisual.

3) Conocimiento y experiencia en la administración de servidores.

4) Capacitación en actividades de administración de Centros de Cómputo y mantenimiento de

equipos informáticos y telemáticos.

5) Orientación a los usuarios y trato cordial.

Alternativa:

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria que incluyan materias relacionadas con el área y experiencia en actividades informáticas y tecnológicas.

3.23. GABINETE PEDAGÓGICO.

La Unidad de Gabinete Pedagógico, es el órgano de Apoyo de las Facultad de Administración y Turismo encargado de ofrecer información, asesoramiento y orientación para prevenir y resolver dificultades que afecten la gestión académica, en especial, anticiparse a los problemas que pueden suscitarse.

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3.24. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Asesorar sobre los criterios pedagógicos, líneas de aprendizaje y desarrollo de estrategias a implementar en la puesta en marcha del proyecto educativo de la Facultad de Administración y Turismo.

2) Acompañar el proceso educativo aportando todo elemento técnico-pedagógico que confiera calidad al aprendizaje.

3) Colaborar con la realización de los programas de estudio, de la planificación de las tareas académicas y en la conformación de los Curriculum docentes.

4) Sugerir los ajustes necesarios en la metodología de formación pedagógica de los docentes, en la planificación y evaluación del aprendizaje.

5) Diseñar y participar en la evaluación institucional y en propuestas formativas de los docentes

6) Realizar encuestas estudiantiles y organizar el programa de tutorías.

8) Otras funciones según su competencia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano.

2) Coordina sus actividades con los directores de las escuelas y departamentos académicos, con las autoridades académicas de la UNASAM.

C. REQUISITOS MÍMANOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Administración y Turismo.

2) Tener conocimiento de temas relacionados a la función a desempeñar.

3.25. UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

La Unidad de Investigación, órgano de línea, encargada de integrar las actividades de investigación de la Facultad de Administración y Turismo, es la encargada de diseñar, ejecutar, monitorear y evaluar los Proyectos de Investigación difundiendo sus resultados; así como establecer las líneas de investigación y crear los Centros, Círculos e Institutos de Investigación, según las necesidades e intereses de la Facultad. Están dirigidas por un Docente Ordinario designado por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad por un periodo máximo de dos años.

A. FUNCIONES DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN:

1) Promover el desarrollo científico y tecnológico de los docentes y estudiantes para garantizar la participación efectiva en el proceso del desarrollo regional y nacional.

2) Propiciar la elaboración de investigaciones en las líneas y áreas de su competencia, dentro del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

3) Fomentar y estimular actividades científicas para la capacitación de sus docentes y estudiantes.

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO-GABINETE PEDAGÓGICO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

CÓDIGO 532-06-8-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 884 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 317

4) Evaluar los proyectos de investigación, y proponerlos al Consejo de Facultad quien los aprobará en un plazo no mayor de quince (15) días y tramitarlo ante la Dirección General de Investigación (DGI).

5) Evaluar trimestralmente la ejecución de los proyectos de investigación informando a la DGI al finalizar cada trimestre.

6) Administrar los bienes y equipos que son adquiridos para el desarrollo de los proyectos de investigación subvencionados por canon, sobrecanon y regalías.

7) Realizar la difusión de las investigaciones desarrolladas por los docentes y estudiantes de las facultades.

8) Promover la publicación de una revista académica especializada y gestionar su indización.

9) Revisar y dar certitud de la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio será sancionado con una normatividad específica).

B. FUNCIONES DEL COMITÉ DE INVESTIGACIÓN:

1) Revisar y evaluar la pertinencia e impacto de los trabajos de investigación presentados por los docentes investigadores.

2) Revisar y dar certitud la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio es sancionado).

3) Proponer la aprobación de los proyectos de investigación e informes finales de investigación de los docentes al Consejo de Facultad, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos por el Consejo de Investigación y las normas correspondientes.

4) Evaluar trimestralmente el desarrollo de los proyectos de investigación e informar, a través del Director a las instancias pertinentes.

5) Apoyar las actividades de capacitación y otros eventos académico-científicos organizados por la Unidad de Investigación, la Dirección General de Investigación y el Vicerrectorado de Investigación.

6) Apoyar la difusión virtual de las investigaciones desarrolladas en la Unidad de investigación; así como a nivel institucional y de otras universidades del país y del mundo.

7) Colaborar con la edición y publicación de la revista científica de la Facultad.

8) Aprobar la Memoria Anual de investigación de la Unidad.

3.26. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Formular y ejecutar el plan de actividades de la Unidad de Investigación que forma parte del plan operativo y del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

2) Formular y coordinar políticas, áreas, líneas y programas de investigación de la Facultad, tanto para los docentes, como para estudiantes y graduados.

3) Hacer el seguimiento de los proyectos de investigación de la Facultad. 4) Solicitar al Vicerrectorado de Investigación, la evaluación y auspicio o financiamiento por la

UNASAM de los proyectos de investigación que muestren impacto, presentados por los docentes y sus semilleros aprobados por las unidades de investigación.

5) Elaborar directivas que normen la operatividad de la Unidad de Investigación.

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

CÓDIGO 532-06-8-RE N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 978 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 318

6) Promover la formulación de proyectos de investigación interdisciplinarios que contribuyan al desarrollo institucional, regional, nacional e internacional.

7) Presidir el Comité de Investigación de la Facultad. 8) Participar como miembro del Consejo de Investigación de la UNASAM. 9) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Comité de Investigación y Consejo de Investigación, así

como dispositivos emanados de la Dirección General de Investigación. 10) Promocionar la investigación científica y tecnológica. 11) Recepcionar y presentar al Comité de Investigación los trabajos de investigación de los docentes

investigadores. 12) Elevar al Consejo de Facultad los trabajos de investigación aprobados por el Comité de

Investigación para su ratificación. 13) Administrar y mantener el sistema de información de investigación. 14) Promover la publicación de los trabajos de investigación en los medios especializados.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN:

1) Depende del Decano de la Facultad de Administración y Turismo. 2) Coordina sus actividades con la Oficina General de Investigación, el Vice Rectorado de

Investigación, la Unidad de Responsabilidad Social y con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario a tiempo completo o a dedicación exclusiva de la Facultad

2) Tener grado de Maestro o Doctor.

3.27. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ADMINISTRACIÓN

El Departamento Académico de Administración es la unidad de servicio académico de la Facultad de Administración y Turismo, que reúnen a docentes de la disciplina de la Administración y afines con la finalidad de estudiar, investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de Administración.

3.28. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al consejo de Facultad, la asignación de personal nombrado y contratado del Departamento de Administración y Turismo.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras facultades de la UNASAM.

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ADMINISTRACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO

CÓDIGO 532-06-8-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 979 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 319

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de Administración y Turismo.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Administración y Turismo.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento Académico de Administración.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento de Administración.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento de Administración.

3.29. CARGO: SECRETARIA

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA DE DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS

CÓDIGO 532-06-8-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 980 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de los Departamentos Académicos de Administración y Turismo, a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de los Departamentos Académicos de Académicos de Administración y Turismo.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y presentación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres de los Departamentos Académicos de Académicos de Administración y Turismo,

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 320

6) Atender a los docentes de la Facultad de Académicos de Administración y Turismo, y de otras Facultades que prestan su apoyo, dando las facilidades que el caso amerita.

7) Manejo adecuado de las asistencias de los docentes, con ética y valores, de acuerdo a lo normado por la Dirección de Recurso Humanos.

8) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: la Carga Académica, por docente.

9) Recepcionar, archivar y custodiar los Sílabos de cada curso por Semestre Académico.

10) Actualización constante de los archivos de las asistencias de los estudiantes, entregados por los docentes.

11) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de los Departamentos Académicos de Administración y Turismo

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente de los Jefes de los Departamentos académicos.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos y de la custodia de los mismos.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.30. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE TURISMO

El Departamento Académico de Turismo, es la unidad de servicio académico de la Facultad de Administración y Turismo, que reúnen a docentes de la disciplina de la Turismo y afines con la finalidad de estudiar, investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de Turismo

3.31. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE TURISMO

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE TURISMO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE TURISMO

CÓDIGO 532-06-8-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 984 2016

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 321

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al consejo de Facultad, la asignación de personal nombrado y contratado del Departamento de Turismo.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de Administración y Turismo.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Administración y Turismo.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento Académico de Turismo.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento de Turismo.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento de Turismo.

3.32. ESCUELA PROFESIONAL DE ADMINISTRACIÓN

La Dirección de la Escuela Profesional de Administración está encargada del diseño y actualización curricular permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la formación, capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

1) Funciones Generales:

2) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional

3) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional

4) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

5) Coordinar la Formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 322

3.33. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE ADMINISTRACIÓN

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO ESCUELA PROFESIONAL DE ADMINISTRACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO:

DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE ADMINISTRACIÓN

CÓDIGO 532-06-8-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 983 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional de Administración, y cuando sea requerido, asiste al Consejo de Facultad con voz pero sin voto.

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de Estudios en la carrera profesional.

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros, supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a las Escuelas Profesionales.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y científico de la Escuela Profesional de Administración..

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación con el Departamento Académico.

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18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grao de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar los expedientes de reactualización de matrícula, jurados Ad Hoc, traslados, convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes, para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales, artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Administración y Turismo y del Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional de Administración.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas en la Escuela Profesional de Administración.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela Profesional a su cargo.

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que contribuyan a su desarrollo profesional

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para cada año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

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C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Administración.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de Administración Y Turismo, por un período máximo de dos (02) años.

3.34. CARGO: SECRETARIA

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO ESCUELAS PROFESIONALES

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA DE LAS ESCUELAS PROFESIONALES

CÓDIGO N° DEL CAP

FECHA

532-06-8-AP EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 983 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos oficiales de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de las escuelas profesionales de la Facultad de Administración y Turismo a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de las escuelas profesionales.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y presentación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres que le fueron asignados.

6) Atención a estudiantes y padres de familia de la Escuela Profesional, a través del SIGA.

7) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: Horarios, por ciclos, por aulas y por docente, matrícula, rectificación de matrícula, validación de matrícula, Impresión de actas parciales y finales, consolidados de notas, reporte curricular integral (RCI).

8) Ayuda a los estudiantes con el ingreso al sistema mediante la asignación de una contraseña, entrega de constancias del tercio superior, constancia de estudios, la emisión de certificados, informes técnicos para la obtención del grado de bachiller, emisión de constancia de egreso simple, carta de presentación para la realización de prácticas pre profesionales, llenado de constancias de egreso, actualización de los registros del libro de egresos, elaboración del rol de exámenes parciales y finales, recepción de sílabos previa coordinación con el Director de Escuela.

9) Apoya al docente con la entrega de la nómina de estudiantes por curso.

10) Actualización constante de los archivo de sílabos, pre actas parciales y finales,

11) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de las escuelas profesionales.

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B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente de los Jefes de los Departamentos académicos.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos y de la custodia de los mismos.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva. 2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint. 3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (2) tres años de experiencia en la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.35. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE TURISMO

La Dirección de la Escuela Profesional de Turismo, está encargada del diseño y actualización curricular

permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la formación, capacitación

pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

A. FUNCIONES GENERALES:

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional de Turismo.

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la Formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

3.36. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE TURISMO

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO ESCUELA PROFESIONAL DE TURISMO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE TURISMO

CÓDIGO 532-06-8-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 984 2016

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A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional y, cuando sea requerido, asiste al Consejo de Facultad con voz pero sin voto.

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de Estudios en la carrera profesional.

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros, supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela Profesional.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y científico de la Escuela Profesional.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grao de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados, convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los estudiantes.

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23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes, para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales, artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Administración y Turismo y del Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional de Turismo.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas en la Escuela Profesional de Turismo.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela Profesional a su cargo

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que contribuyan a su desarrollo profesional

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para cada año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

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C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser docente principal de la Facultad de Administración y Turismo.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Turismo.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de Turismo, por un período máximo de dos (02) años.

3.37. UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

La Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios, es el órgano de línea de la Facultad de Administración y Turismo encargado de promover, programar, coordinar y organizar acciones que permitan producir bienes y prestar servicios a toda la comunidad Universitaria y la sociedad.

3.38. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

DEPENDENCIA FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN Y TURISMO UNIDAD DE PROD. BIENES Y PREST. DE SERVICIOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

CÓDIGO 532-06-8-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Elabora el reglamento interno del Centro.

2) Fomenta la formación de unidades de producción de bienes y prestación de servicios, de acuerdo a la especialidad de las escuelas profesionales de la Facultad.

3) Realiza convenios con otras instituciones de similar actividad, para implementar nuevas líneas en la prestación de servicios.

4) Otras funciones que le sean encargadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente de la decanatura

2) Es responsable de las actividades que se generen estén enmarcadas en el reglamento interno y las normas administrativas de la UNASAM, y normas nacionales.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

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UNIVERSIDAD NACIONAL

“SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO”

Aprobado mediante la R.C.U.Nº339-2016 -UNASAM

2016

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FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS

1.1. DE LA FACULTAD

La Facultad de Ciencias Médicas es la unidad de organización, formación académica, profesional y de gestión (Artículo22° del Estatuto de la UNASAM y Artículo 19° del Reglamento General), propiciando la investigación y la responsabilidad social y extensión universitaria. Es responsable de elaborar el currículo, coordinar los planes de estudio para la obtención del Grado Académico Bachiller y Título Profesional de sus estudiantes.

1.2. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS

1) Planificar, organizar y ejecutar su Sistema Académico y Administrativo, orientado a la excelencia.

2) Formar profesionales académicos con competencias y capacidades estandarizadas a nivel nacional e internacional, para desarrollar las ciencias en Enfermería y Obstetricia, acordes a las exigencias actuales.

3) Gestionar el proceso de formación académica y profesional del pregrado.

4) Promover y desarrollar la investigación científica y tecnológica, como medio de conocimiento de la realidad, de la solución de problemas, producción de conocimientos y satisfacción de necesidades de conocimiento.

5) Proponer a través de las Dirección de las Escuelas Profesionales, el desarrollo de Programas de Educación a Distancia en las especialidades que se establezcan, previamente acordadas en Consejo de Facultad. Esta propuesta se rige en base a lo dispuesto en la Ley Universitaria N°30220

6) Promover y desarrollar la formación científica mediante la gestión de programas de actualización, perfeccionamiento y especialización.

7) Garantizar la calidad académica del egresado.

8) Concientizar en el aspecto de responsabilidad social procurando una gestión socialmente responsable en la formación académica y pedagógica, de los estudiantes, propiciando experiencias vivenciales, iniciativas interdisciplinarias e interinstitucionales, definiendo la ética profesional de cada disciplina y su rol social. en la formación de los estudiantes de la Facultad de Ciencias Médicas.

9) Lograr un comportamiento organizacional, con prácticas de valores y normas de convivencia éticas y conducta ecológica, por parte de todos los integrantes de la Facultad de Ciencias Médicas: docentes, personal administrativo y estudiantes, para lograr el desarrollo sostenible de nuestra Universidad.

10) Brindar servicios docentes a las Escuelas Académico Profesionales y Unidades de Post Grado.

11) Velar por el cumplimiento de las normas legales vigentes, así como de los acuerdos y resoluciones emanadas de los órganos superiores de la Universidad y los de la propia Facultad.

12) Promover la capacitación y entrenamiento en tecnología educativa orientada a mejorar la enseñanza de las especialidades que imparte la Facultad de Ciencias Médicas.

13) Otras funciones que le asigne la Ley Universitaria y el Estatuto.

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2. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS MEDICAS

UNIVERSIDAD NACIONAL "SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO" (U.N.A.S.A.M.)

UNIDAD DE SECRETARIA

GENERAL

ESCUELA PROFESIONAL DE

ENFERMERIA

ESCUELA PROFESIONAL DE

OBSTETRICIA

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD

SOCIAL

UNIDAD DE INVESTIGACION

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES

Y PREST. DE SERVICIOS

UNIDADADMINISTRATIVA

UNIDAD DE POST GRADO

COMISIONESPERMANTES

COMISIONES TRANSITORIAS

UNIDADES DE SERVICIOS ACADEMICOS

UNIDAD DE CENTRO DE COMPUTO

UNIDAD DE BIBLIOTECA

ESPECIALIZADA

UNIDAD DE GRADOS Y TITULOS

UNIDAD DE GABINETE

PEDAGOGICO

UNIDAD DE CALIDAD ACADEMICA

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

ENFERMERIA

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

OBSTETRICIA

DEPARTAMENTOS ACADEMICOS

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PROPEDEUTICA

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2.1. ESTRUCTURA ORGÁNICA

La Facultad de Ciencias Médicas para su mejor funcionamiento, organiza sus actividades según la siguiente estructura orgánica ÓRGANO DE GOBIERNO

Consejo de Facultad ÓRGANO DE DIRECCIÓN:

Decanato

ÓRGANO DE APOYO ACADÉMICO Departamentos Académicos:

Departamento Académico de Propedéutica. Departamento Académico de Obstetricia. Departamento Académico de Enfermería.

Unidades de Servicio Académico:

Unidad de Calidad Académica Unidad de Gabinete Pedagógico Unidad de Biblioteca Especializada Unidad de Centro de Computo Unidad de Grados y Títulos Unidad de Post Grado Unidad de Laboratorio

Unidades de Administrativas:

Unidad Administrativa Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios Unidad de Secretaría General

ÓRGANOS DE LÍNEA

Escuela Profesional de Enfermería. Escuela Profesional de Obstetricia. Unidad de Responsabilidad Social Unidad de Investigación

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2.2. Cuadro Orgánico De Cargos: Para el cumplimiento de funciones de la facultad de Ciencia médicas

cuenta con los siguientes cargos:

N° DE ORDEN

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA/CARGO CÓDIGO TOTAL N° CAP

DECANATO

1 Decano 532-06-11-RE 1 1278

2 Secretaria 532-06-11-AP 1 1279

UNIDAD ADMINISTRATIVA

3 Asistente administrativo 532-06-11-AP 1 1280

4 Operador de limpieza 532-06-11-AP 2 1281-1282

5 Operador de Conducción Vehicular 532-06-11-AP 1 1283

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

6 Jefe la Unidad de Responsabilidad Social 532-06-11-RE 1 1284

UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

7 Jefe de la Unidad de Calidad Académica 532-06-11-RE 1 1285

UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

8 Jefe de la Unidad de Grados y Títulos 532-06-11-RE 1 1286

UNIDAD DE POS GRADO

9 Jefe de la Unidad de Pos Grado 532-06-11-RE 1 1287

UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

10 Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada 532-06-11-RE 1 1288

11 Asistente de biblioteca I 532-06-11-AP 1 1289

12 Asistente de biblioteca I 532-06-11-AP 1 1290

UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

13 Jefe de la Unidad de Centro de Cómputo 532-06-11-RE 1 1291

14 Asistente del centro de cómputo 532-06-11-AP 2 1292-1293

GABINETE PEDAGÓGICO

15 Jefe de la Unidad de Gabinete Pedagógico 532-06-11-RE 1 1294

16

UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Jefe de la Unidad de Investigación

532-06-11-RE 1 1295 DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PROPEDEÚTICA

17 Director del Departamento Académico de Propedéutica 532-06-11-RE 1 1296

18 Secretaria 532-06-11-AP 1 1297

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE OBSTETRICIA

19 Director del Departamento Académico de Obstetricia 532-06-11-RE 1 1298

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ENFERMERÍA

20 Director del Departamento Académico de Enfermería 532-06-11-RE 1 1299

ESCUELA PROFESIONAL DE ENFERMERÍA

21 Director de la Escuela profesional de Obstetricia 532-06-11-RE 1 1300

22 Secretaria 532-06-11-AP 1 1301 ESCUELA PROFESIONAL DE OBSTETRICIA

23 Director de la Escuela profesional de Obstetricia 1 1302

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N° DE ORDEN

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA/CARGO

TOTAL N° CAP

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS Jefe de la Unidad de Producción de Bienes y Prestación de

25 Servicios 1

TOTAL 25

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3. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGOS

3.1. DECANATO

El decanato es un Órgano de Dirección y la máxima autoridad de gobierno de la Facultad, dirige la Gestión académica y administrativa, representa a la Facultad ante el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria conforme lo dispone la Ley Universitaria N° 30220.

3.2. CARGO: DECANO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DECANO

CÓDIGO 532-06-11-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1278 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Convocar, dirigir y presidir las sesiones del Consejo de Facultad y representar a la Facultad ante el Consejo y Asamblea Universitaria con voz y voto, de acuerdo a lo que establece la Ley Universitaria.

2) Dirigir administrativamente la Facultad, autorizar los gastos y controlar la ejecución del presupuesto de la Facultad.

3) Dirigir académicamente la Facultad, en coordinación con los Directores de los Departamentos Académicos, de las Escuelas Profesionales y Unidades de Postgrado.

4) Designar a los Directores de las Escuelas Profesionales, Instituto de Investigación y las Unidades de Postgrado y proponer la ratificación ante el Consejo de Facultad.

5) Aprobar los reglamentos de la Facultad. sobre las responsabilidades de docentes y estudiantes, así como los regímenes de estudios, evaluación, promoción y sanciones dentro de las normas establecidas en la Ley Universitaria y el Estatuto de la UNASAM.

6) Proponer al Consejo de Facultad, sanciones a los docentes, estudiantes y personal administrativo de apoyo que incurran en faltas conforme lo señala la Ley Universitaria N° 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo.

7) Presentar al Consejo de Facultad, para su aprobación, el plan anual de funcionamiento y desarrollo de la Facultad y su Informe de Gestión.

8) Cumplir y hacer cumplir los planes de desarrollo y funcionamiento de la Facultad.

9) Proponer al Rector el proyecto de presupuesto anual de la Facultad y dirigir la ejecución.

10) Informar al Rector y a los Órganos de Gobierno, sobre la gestión de la Facultad y presentar su Memoria Anual al Consejo de Facultad.

11) Refrendar conjuntamente con el Rector y el Secretario General de la Universidad, los Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, certificados y menciones que se otorguen, en la Facultad.

12) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo de Facultad, Consejo Universitario, Asamblea Universitaria, la Ley Universitaria, el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad, el Reglamento de la Facultad y otras normas vigentes de la Universidad.

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13) Realizar las demás funciones, afines al cargo que señala el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad y el Manual de Organización y funciones de la Universidad.

14) Otras funciones que le asigne el Rector y el Vicerrectorado Académico.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) El Decano es el representante de la Facultad, tiene la más alta jerarquía y es responsable del cumplimiento académico y administrativo de la Facultad.

2) Dirige el Consejo de Facultad, e implementa sus acuerdos y/o actos administrativos.

3) Coordina las actividades académicas con el Vicerrector Académico y las actividades de investigación con el Vicerrector de Investigación.

4) Ejerce autoridad sobre los Órganos de Apoyo, Órganos de Servicios Académicos y Administrativos y los Órganos de Línea de la Facultad de Ciencias Médicas.

5) El Decano responde ante el Consejo de Facultad, sobre el cumplimiento de la misión de la Facultad y las funciones asignadas.

6) Es responsable de la buena marcha académica y administrativa de la Facultad, para ello delega funciones y coordina con los responsables de los diversos Órganos que conforman la Facultad, así como con los diferentes Órganos de la Universidad, conforme lo establece la ley.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser ciudadano en ejercicio.

2) Ser docente en la categoría de principal en el Perú o en el extranjero, con no menos de tres (3) años en la categoría.

3) Tener grado de Doctor o Maestro en su especialidad, el mismo que debe haber sido obtenido con estudios presenciales. Entiéndase por especialidad la rama de la ciencia o del conocimiento a la cual se dedica el docente.

4) No haber sido condenado por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada.

5) No estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitución y despido.

6) No estar consignado en el registro de deudores alimentarios morosos, ni tener pendiente de pago una reparación civil impuesta por una condena ya cumplida.

7) Otros establecidos en el Estatuto de la Universidad y la Ley Universitaria N° 30220.

3.3. CARGO: SECRETARIA DEL DECANO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA

CÓDIGO: 532-06-11-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 1279 2016

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A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Recibir, redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Organizar, y controlar el trámite documentario y el archivo del Decanato de la Facultad de Ciencias Médicas.

3) Organizar y coordinar las audiencias, atenciones, reuniones y certámenes; y preparar la agenda con la documentación respectiva.

4) Organizar el control y seguimiento de los expedientes preparando periódicamente los informes de situación.

5) Administrar la documentación clasificada y prestar apoyo secretarial especializado, utilizando sistemas informáticos.

6) Organizar, coordinar y supervisar las labores de apoyo administrativo que realicen otras secretarias de la Facultad.

7) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de la Facultad de Ciencias Médicas a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

8) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de la Facultad de Ciencias Médicas.

9) Atender las llamadas telefónicas, brindando información a los usuarios que están en línea, en forma concisa, breve y amable.

10) Orientar a los usuarios sobre las gestiones y situaciones de los diversos expedientes

11) Velar por la conservación y mantenimiento de los documentos, equipos y mobiliario que le han sido asignados.

12) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ciencias Médicas, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de Ciencias Médicas.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la custodia del patrimonio y documentación de su dependencia.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva. 2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint. 3) Experiencia en labores administrativas y secretariales por un periodo mínimo de tres años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la ejecución de acciones de apoyo administrativo y/o secretarial.

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3.4. CARGO: SECRETARIO DE CONSEJO DE FACULTAD

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Preparar la agenda de las sesiones del Consejo de Facultad con la documentación sustentatoria para su aprobación.

2) Llevar actualizados, los libros de actas de sesiones de Consejo de Facultad, procesando los acuerdos tomados.

3) Emitir resoluciones, reglamentos, documentos oficiales emanados del Consejo de Facultad y/o encargados por el Decano.

4) Elaborar los proyectos de Resolución de los acuerdos adoptados en Consejo de Facultad y el Decanato.

5) Actuar como Secretario en las reuniones de Consejo de Facultad y del Decano. 6) Colaborar con el Decano en las acciones de coordinación con las comisiones. 7) Refrendar los documentos oficiales de la Facultad conjuntamente con el Decano, actuando como

fedatario de la Facultad. 8) Tramitar bajo responsabilidad a las instancias superiores los expedientes de graduación y

titulación aprobados por el Consejo de Facultad. 9) Realiza las funciones afines al cargo que el asigne el Decano de la Facultad.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente del Decano de la Facultad de Ciencias Médicas.

2) Es responsables de las funciones establecidas en el ROF y MOF, relacionadas a su

competencia.

3) Es responsable de la custodia y el cuidado de la documentación, equipos, infraestructura que le

son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

3.5. UNIDAD ADMINISTRATIVA

La Unidad Administrativa, es la encargada de programar, organizar y dirigir las actividades administrativas de la Facultad., así como dirigir, supervisar y controlar las acciones administrativas en las diversas áreas de personal, economía, servicios generales, mantenimiento y trámites diversos de la Facultad de Ciencias Médicas. Son funciones de la Unidad Administrativa Organizar y efectuar el manejo de los recursos económicos, financieros de acuerdo a las necesidades de la Facultad.

1) Organizar y efectuar el manejo de los recursos económicos, financieros de la Facultad.

2) Elaborar y evaluar la ejecución del plan operativo de la Facultad.

3) Controlar la asistencia y permanencia del personal administrativos de la Facultad.

4) Organizar y ejecutar el mantenimiento, la conservación y seguridad de los ambientes de la facultad.

5) Formular y programar el presupuesto y el cuadro de necesidades de la Facultad.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-SECRETARÍA GENERAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIO DE CONSEJO DE FACULTAD.

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N° DEL CAP

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CLASIFICACIÓN: RE 2016

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3.6. CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación, elaboración y evaluación del Plan Operativo Institucional de la Facultad de Ciencias Médicas, en coordinación con las demás unidades académicas y administrativas de la Facultad, así como la Oficina General de Planificación y Presupuesto.

2) Organizar, dirigir, supervisar y controlar el manejo de los recursos humanos, económico financieros y materiales de la Facultad de Ciencias Médicas.

3) Planificar, dirigir y controlar las actividades administrativas, así como los requerimientos de materiales y recursos humanos y financieros de acuerdo a las necesidades en coordinación con el Decano de la Facultad y las demás dependencias de la Facultad.

4) Organizar y coordinar la ejecución de los servicios de seguridad, mantenimiento, conservación y limpieza de bienes y de los ambientes académicos y administrativos.

5) Elaborar la programación y formulación del presupuesto y del cuadro de necesidades mensualizado de su Facultad, en coordinación con la Oficina General de Abastecimientos y Servicios Auxiliares. considerando las necesidades de cada dependencia de la Facultad.

6) Realizar el seguimiento continuo y la ejecución de la programación contenida en el cuadro de necesidades y en el plan operativo de la Facultad de Ciencias Médicas, cumpliendo con la evaluación trimestral exigida.

7) Realizar el control de la asistencia y permanencia del personal administrativo y evaluar el desempeño del personal a su cargo, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos y con la Unidad de Servicios Auxiliares.

8) Mantener actualizados los instrumentos de gestión de la Facultad, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Institucional.

9) Mantener actualizados el registro de entradas y salidas de los bienes y materiales del almacén de la Facultad.

10) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ciencias Médicas.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Médicas.

2) Coordina con las diversas dependencias de la Facultad sobre temas relacionados a su competencia.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la documentación que se genere en la Unidad Administrativa. .

4) Es responsable del manejo adecuado de los recursos económicos, financieros y materiales de la Facultad.

5) Ejerce autoridad sobre el personal administrativo nombrado y contratado de la Facultad.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

CÓDIGO: 532-06-11-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 1280 2016

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C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la especialidad.

2) Experiencia en la conducción de sistemas administrativos del sector público y conducción de personal.

3) Capacitación en informática y sistemas administrativos.

3.7. CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

CÓDIGO 532-06-5-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN:SP- AP 1281-1282 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Ejecutar las actividades de limpieza diaria de los pasadizos, baños, escaleras, aulas, laboratorios, biblioteca, centros de cómputo y oficinas así como realizar labores de limpieza, gasfitería, electricidad de mantenimiento de los ambientes de la Facultad de Ciencias Médicas.

2) Operar equipos de limpieza para el cumplimiento de sus labores.

3) Orientar el ingreso y salida de personas de la Facultad de Ciencias Médicas.

4) Realizar acciones de traslado y acomodo de bienes, insumos, muebles y otros.

5) Contribuir al orden y seguridad de los ambientes de la Facultad.

6) Controlar y custodiar los ambientes, equipos, materiales y otros bienes de la facultad, así también velar por su mantenimiento.

7) Realizar arreglos y conservación de los jardines y/o áreas verdes de la Facultad. 8) Apoyo en contribuir en la vigilancia y seguridad interna de los pabellones, oficinas y ambientes

de la Facultad. 9) Notificar sobre hechos o incidentes ocasionados dentro de la Facultad, a su jefe inmediato. 10) Realizar los requerimientos de materiales necesarios para desarrollar su labor. 11) Las demás que le asigne su jefe inmediato, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente del jefe de la Unidad de servicios Auxiliares de la DASA. 2) No ejerce autoridad sobre el personal. 3) Es responsable de los bienes que le son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Instrucción secundaria completa. 2) Buena disposición para el trabajo 3) Experiencia en labores similares

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación primaria y experiencia.

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3.8. CARGO: OPERADOR DE CONDUCCIÓN VEHICULAR (CHOFER)

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: OPERADOR DE CONDUCCIÓN VEHICULAR

CÓDIGO 532-06-11-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 1283 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO:

1) Conducir la unidad vehicular asignada a la Facultad.

2) Traslado de personal universitario o estudiantes de ser requerido, con la debida autorización del jefe inmediato.

3) Revisar y evaluar el buen estado de los sistemas de dirección, suspensión, refrigeración, combustión y lubricación del vehículo a su cargo, antes, durante y después de las comisiones efectuadas.

4) Verificar el buen estado de las llantas, batería, frenos y otros accesorios del vehículo a su cargo, antes, durante y después de las comisiones efectuadas.

5) Atender y dar solución a los desperfectos básicos de funcionamiento, mecánica y electricidad automotriz de los vehículos, para mantener la seguridad de las personas y del vehículo

6) Proponer la adquisición sobre los repuestos, equipos a adquirir en caso necesario y relacionado al uso.

7) Cumplir con las normas de tránsito velando por la seguridad de las personas que ocupen el vehículo así como el buen estado del mismo. En caso de incumplimiento del reglamento de tránsito hacerse cargo de las multas derivadas

8) Mantener al día las planillas de control de kilometrajes, uso del combustible, así como las fechas de mantenimiento del vehículo.

9) Portar los documentos de identificación que sustenten su calidad de conductor, el propósito de su viaje y la situación legal del vehículo.

10) Otras funciones que le asignen en el ámbito de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares de la DASA.

2) No ejerce autoridad sobre ningún servidor.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados para el cumplimiento de sus funciones.

4) Es responsable del mantenimiento y cuidado del vehículo asignado a su persona.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Instrucción secundaria.

2) Brevete profesional o de vehículos menores, según corresponda.

3) Experiencia en cargos similares ya sea en la actividad pública o privada.

4) Conocimientos básicos de mecánica y electricidad automotriz.

5) Poseer las condiciones físicas, actitud moral y de cooperación y habilidades propias para el cargo.

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3.9. UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

La Unidad de Responsabilidad Social es el Órgano de línea de las facultades que contribuye al desarrollo sostenible y al bienestar de la sociedad y compromiso con toda la comunidad universitaria. Sus funciones específicas son:

3.10. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Sensibilizar a todos los integrantes de la Facultad de Ciencias Médicas sobre la importancia de una conducta responsable y comprometida con la sociedad y el medio ambiente.

2) Organizar y promover la participación de todos los integrantes de la Facultad de Ciencias Médicas en diferentes actividades de carácter social y medioambiental.

3) Fomentar el uso responsable de los recursos y el compromiso social la Facultad de Ciencias Médicas.

4) Promover y desarrollar eventos que fomenten la formación humana y profesional, la creación de nuevos conocimientos y transferencia social de los mismos y la relación de la Facultad de Ciencias Médicas con el resto de actores sociales, evaluando Impactos: educativos., cognitivos, epistemológicos, sociales, que influyen en los factores económicos, políticos, sociales y culturales y por ende en el desarrollo de la entidad.

5) Dirigir, coordinar, difundir, hacer seguimiento y evaluar las acciones y los mecanismos que fomenten y den cuenta de la contribución socialmente responsable de la Facultad de Ciencias Médicas.

6) Capacitar a los docentes de la Facultad de Ciencias Médicas en el enfoque de la Responsabilidad Social Universitaria y promover en las especialidades el Aprendizaje Basado en Proyectos de carácter social

7) Otras funciones que le asigne el Decano, según su competencia.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Médicas, coordina sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la Oficina General de Responsabilidad Social Universitaria.

2) Es responsable de que las acciones y actividades de responsabilidad social en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

CÓDIGO 532-06-11-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1284 2016

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C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente de la Facultad de Ciencias Médicas.

3.11. UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

La Unidad de Calidad es el órgano de línea encargado de establecer y ejecutar las normas para la autoevaluación, el mejoramiento continuo de la calidad académica, así como planificar, dirigir, supervisar y evaluar los procesos de autoevaluación de la Facultad tendentes a una acreditación continua.

3.12. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Generar conciencia entre los miembros de la Facultad de Ciencias Médicas sobre las ventajas de la autoevaluación con fines de acreditación y en relación a la cultura de la calidad.

2) Planificar, dirigir, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar los procesos de autoevaluación en la Facultad.

3) Coordinar con la Comisión Central de Autoevaluación y Acreditación de la Universidad.

4) Formula su Plan Táctico y Presupuesto Anual operativo.

5) Sensibilizar y fomentar la importancia del auto evaluación y acreditación como mecanismos que permiten el mejoramiento continuo de la calidad.

6) Presentar trimestralmente un informe de gestión.

7) Recibir, revisar y remitir los informes a los Comités Internos de Autoevaluación con fines de acreditación, de acuerdo al cronograma que establezca la Oficina General de Calidad Universitaria de la UNASAM

8) Otras funciones que le sean encargadas por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Médicas, coordina sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la Oficina General Calidad Universitaria

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes a la calidad académica en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ciencias Médicas.

2) Tener experiencia en labores de acreditación.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-UNIDAD DE

CALIDAD ACADÉMICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

CÓDIGO 532-06-11-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1285 2016

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3.13. UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

La Unidad de Grados y Títulos es el Órgano de línea de la Facultad encargado de programar y conducir de acuerdo a reglamento, el proceso de graduación y titulación en las carreras profesionales que conduce la Facultad, para el mejor cumplimiento de su misión, mantiene relaciones de coordinación con las Escuelas Profesionales, la Secretaría General y Departamentos académicos.

3.14. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-UNIDAD DE GRADOS Y

TÍTULOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

CÓDIGO 532-06-11-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1286 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Proponer al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación del Consejo Universitario, el reglamento de procedimiento de los trámites de graduación y titulación en la Facultad.

2) Revisión, actualización y propuesta del Reglamento de otorgamiento de grados académicos y la obtención del título profesional en sus diversas modalidades de titulación así como diplomados y de segunda especialización al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación por el Consejo Universitario.

3) Verificar bajo responsabilidad, la conformidad de los expedientes para la obtención del Grado Académico de Bachiller o Título Profesional que otorgue la Facultad.

4) Programar, organizar y controlar las actividades relacionadas con el proceso de graduación y titulación.

5) Difundir el Reglamento de graduación y titulación así como el Reglamento de Procedimientos sobre graduación y titulación, entre los alumnos y egresados de la Facultad.

6) Solicitar a las Escuelas Profesionales la conformación de las comisiones dictaminadoras de expedientes de graduación y/o titulación así como la designación de jurados dictaminadores de Planes de Tesis para titulación profesional o jurados examinadores para las otras modalidades de titulación profesional previstas en el Reglamento.

7) Tener actualizado el padrón de graduados y titulados manteniendo una relación permanente para recoger iniciativas que propongan programas de capacitación y actualización profesional.

8) Administrar los expedientes de graduación y titulación que mantengan informados a los interesados sobre el estado de su gestión así como organizar y mantener al día el archivo de la documentación sobre graduación y titulación.

9) Otras funciones de su competencia que le sean asignados por el Consejo de Facultad o por el Decano.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Médicas, coordina sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la Secretaría General de la UNASAM.

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes al proceso de titulación y grados académicos en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

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C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ciencias Médicas.

3.15. UNIDAD DE POST GRADO

La Escuela de Post grado de la UNASAM es la Unidad Académica encargada de brindar estudios especializados propendiendo a la formación de investigadores y profesionales del más alto nivel académico conducente a la obtención de maestrías y doctorados. Tiene carácter autofinanciado.

3.16. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE POST GRADO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Establece el diseño curricular a seguir para cada uno de los programas de formación continua: cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

2) Convocar y presidir el Comité Directivo de la Unidad de Post Grado.

3) Formula el Proyecto de Desarrollo Académico Administrativo de la Unidad, así como sus respectivos presupuestos.

4) Formula el Reglamento Académico de la Unidad y las Directivas que norman el inicio, desarrollo y finalización del periodo lectivo de los cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

5) Propone los docentes especialistas para la atención de los programas de formación continua, cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

6) Supervisa la aplicación de las normas académicas respecto a la aplicación del diseño curricular utilizado por cada uno de los programas de formación continua.

7) Supervisa y hace el seguimiento al desempeño de los docentes que laboran en la unidad de Posgrado.

8) Proponer a los Jurados de Proyectos de Tesis y de la sustentación de tesis de acuerdo a su especialidad.

9) Elabora y publica el informe semestral de su gestión.

10) Elabora el reglamento interno de la Unidad de Post Grado.

11) Otras establecidas en el Reglamento Interno de la unidad.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-UNIDAD DE POS GRADO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE POST GRADO

CÓDIGO 532-06-11-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1287 2016

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 346

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad, coordina sus actividades con los directores de las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

2) Coordina sus actividades con el Director de la Escuela de Post Grado de la UNASAM y con los directores de las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente ordinario de la Facultad con grado de Maestro o Doctor.

3.17. UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

La Unidad de la Biblioteca Especializada es un Órgano de línea de las facultades encargada de velar por la conservación y atención de requerimientos de consulta bibliográfica de docentes y estudiantes de la Facultad. Ofrece los servicios de lectura en sala de referencia, así como de préstamo a domicilio: 1) Catalogar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la facultad

2) Programar y organizar las actividades y establecer los procedimientos para el buen funcionamiento de la Biblioteca Especializada.

3) Registrar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la Facultad

4) Ofrecer los servicio de lectura en sala de referencia y así como de préstamo a domicilio

5) Contar con el inventario de biblioteca y velar por su conservación.

6) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y anual de las áreas que comprende.

7) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los recursos bibliográficos de la biblioteca especializada.

8) Atender con eficiencia en los horarios establecidos, con el personal necesario.

3.18. CARGO: JEFE DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

CÓDIGO 532-06-11-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1288 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Programar y dirigir las actividades propias de la Oficina de Biblioteca Especializada. 2) Dirigir y coordinar la formulación de documentos técnicos normativos para la correcta atención

en la Biblioteca Especializada. 3) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención. 4) Evaluar las actividades programadas y determinar las medidas correctivas para el buen

funcionamiento de la Biblioteca Especializada. 5) Formular el Plan y Presupuesto de la Biblioteca Especializada.

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6) Formular la relación de material bibliográfico (libros, revistas, boletines, proyectos y tesis), de acuerdo a las necesidades de la Facultad

7) Dirigir el procesamiento técnico bibliográfico de la colección bibliográfica y de los servicios. 8) Implementar políticas y procedimientos adecuados para capacitar al personal de Biblioteca. 9) Sugerir los horarios de trabajo del personal a su cargo de acuerdo a los requerimientos del

servicio. 10) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y

anual de las áreas que comprende. 11) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los

recursos bibliográficos de la biblioteca especializada. 12) Presentar anualmente el presupuesto de la biblioteca especializada. 13) Las demás funciones que le asigne el Decano, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende de la Decanatura de la Facultad de Ciencias Médicas y es responsable ante él. 2) Ejerce autoridad, mando y supervisión sobre el personal asignado a la Unidad de Biblioteca

Especializada. 3) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación,

catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca especializada. 4) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca. 5) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones. 6) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y

documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas). 7) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva. 8) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su

devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca. 9) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención. 10) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior

sobre cualquier anomalía. 11) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico. 12) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones

y novedades de interés al usuario. 13) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos,

ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada. 14) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan

el servicio a la Biblioteca. 15) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación,

presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en uso, ubicados en repositorio

16) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca. 17) Otras que le asigne su jefe inmediato.

C. REQUISITOS:

1) Personal nombrado con especialidad en Bibliotecología o bibliotecario con estudios en el área.

2) Alguna experiencia en la conducción de personal.

3) Conocimientos sobre administración e informática.

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3.19. CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO:

1) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación, catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca especializada.

2) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca.

3) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones.

4) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas).

5) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva.

6) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca.

7) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior sobre cualquier anomalía.

8) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico.

9) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones y novedades de interés al usuario.

10) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos, ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada.

11) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan el servicio a la Biblioteca.

12) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación, presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en uso, ubicados en repositorio

13) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca.

14) Otras que le asigne su jefe inmediato.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de cumplir en forma eficiente y oportuna las funciones señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones, el Manual de Organización y Funciones, y demás disposiciones legales vigentes que norman su actividad. No ejerce autoridad.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS -UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

CÓDIGO 532-06-11-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 1289-1290 2016

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C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Estudios Universitarios que incluyan materias relacionados con el área.

2) Especialización y/o capacitación en Bibliotecología.

3) Capacitación o Especialización en computación e informática.

4) Conocimiento de sistemas administrativos

5) Experiencia de dos años en actividades universitarias.

6) Trato cordial

7) Habilidad analítica

8) Orientación al usuario

3.20. UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

La Unidad de Centro de Cómputo es un Órgano de línea de las facultades, encargado de prestar servicios a los requerimientos académicos e informáticos de la Facultad.

Sus funciones son:

1) Prestar servicio de cómputo para el desarrollo de los cursos regulares de las carreras profesionales ofrecidas por la Facultad.

2) Brindar soporte informático a los proyectos de investigación autorizados y crear las condiciones necesarias para el uso de las redes informáticas y de comunicaciones en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

3) Ofrecer soporte técnico para el desarrollo de cursos, programas y otras actividades de capacitación extracurricular que proyecte la Facultad a través de la instancia competente.

4) Proponer y ejecutar programas de enseñanza y capacitación especializada.

5) Facilitar el uso y préstamo de equipos, en actividades de la Facultad, previamente autorizados por el Consejo de Facultad.

6) Coordinar permanentemente con la Oficina General de Tecnología de Información Sistemas y Estadística, con conocimiento del Decano el adecuado estado de conservación de los equipos del centro de cómputo de La Facultad.

7) Elaborar el presupuesto del Centro de Cómputo para su presentación al Consejo de Facultad.

8) Otras funciones que le sean encomendadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

3.21. CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO 532-06-11-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1291 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 350

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Promover, difundir y aplicar adecuadamente las tecnologías de información en la Facultad

acuerdo a las políticas informáticas del Estado.

2) Impartir control sobre los bienes y equipos asignados a la oficina, y velar por su correcto uso.

3) Formular políticas y lineamientos que rijan de manera óptima el uso del Centro de Cómputo.

4) Aprobar informes y proyectos afines a las tecnologías de información y comunicación.

5) Proponer herramientas de gestión para la mejora de las tecnologías a través de estrategias,

enfoques modelos que apoyen los procesos de mejora de la Facultad.

6) Formular y evaluar el plan de mantenimiento preventivo y concurrente del hardware.

7) Velar por la conservación del inventario del hardware y software.

8) Proponer y documentar las buenas prácticas aplicadas en el uso del recurso tecnológico.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad.

2) Ejerce mando sobre el personal administrativo nombrado o contratado del Centro de Cómputo.

3) Es responsable de la organización, elaboración de gestiones, presupuesto, mantenimiento y

capacitaciones.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Personal administrativo con estudios en el área.

2) Conocimiento y experiencia en el manejo de las TIC´s

3) Conocimiento de las normas y políticas de gobierno electrónico.

4) Alguna experiencia en la conducción de personal.

3.22. CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación y ejecución del horario de las clases prácticas de los cursos que requieren el uso del Centro de Cómputo.

2) Controlar el uso adecuado del hardware y software de la Facultad por los alumnos, docentes y personal administrativo, organizando y ejecutando acciones de seguridad, control de inventario, conservación y mantenimiento.

3) Mantener en buen estado y cuidado respectivo de los equipos informáticos y seguridad del Centro de Cómputo y del hardware& software de las aulas.

4) Recopilar y consolidar la información necesaria para el buen funcionamiento de los sistemas administrativos conducentes a garantizar el desarrollo de las actividades académicas.

5) Apoyar en tareas del mantenimiento de la página web de la Facultad. 6) Efectuar acciones de mantenimiento del hardware y software del Centro de Cómputo y de las

oficinas administrativas. 7) Garantizar el uso de aplicativos y antivirus solo con licencia acorde a los cursos que se imparten

en la Facultad.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO 532-06-11-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 1292-1293 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 351

8) Elaboración de requerimientos de equipos, materiales, herramientas e insumos para el mantenimiento de los equipos.

9) Controlar y registrar el movimiento de activos informáticos y telemáticos del Centro de Cómputo. 10) Controlar las actividades de inspección de servicios de mantenimiento de los equipos informáticos

de los laboratorios y demás oficinas y/o unidades de la Facultad. 11) Orientar el uso adecuado de los equipos a los usuarios de la Facultad. 12) Cumplir otras funciones que le asigne el jefe de la oficina, en el ámbito de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe del Centro de Cómputo. 2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador. 3) Es responsable de la organización, ejecución, control y mantenimiento de los servicios y equipos

del Centro de Cómputo.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Técnico Profesional en Computación e Informática con especialidad. 2) Experiencia en el Servicio de administración de Centros de Cómputo, soporte informático,

telemático y audiovisual. 3) Conocimiento y experiencia en la administración de servidores. 4) Capacitación en actividades de administración de Centros de Cómputo y mantenimiento de

equipos informáticos y telemáticos 5) Orientación al usuario. 6) Trato cordial a los usuarios.

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria que incluyan materias relacionadas con el área y experiencia en actividades informáticas y tecnológicas.

3.23. UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

La Unidad de Gabinete Pedagógico, es el órgano de Línea de las Facultad de Ciencias Médicas encargado de ofrecer información, asesoramiento y orientación para prevenir y resolver dificultades que afecten la gestión académica, en especial, anticiparse a los problemas que pueden suscitarse.

3.24. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-GABINETE PEDAGÓGICO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

CÓDIGO 532-06-11-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1294 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 352

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Asesorar sobre los criterios pedagógicos, líneas de aprendizaje y desarrollo de estrategias a implementar en la puesta en marcha del proyecto educativo de la Facultad de Ciencias Médicas.

2) Acompañar el proceso educativo aportando todo elemento técnico-pedagógico que confiera calidad al aprendizaje.

3) Colaborar con la realización de los programas de estudio, de la planificación de las tareas académicas y en la conformación de los Curriculum docentes.

4) Sugerir los ajustes necesarios en la metodología de formación pedagógica de los docentes, en la planificación y evaluación del aprendizaje.

5) Diseñar y participar en la evaluación institucional y en propuestas formativas de los docentes.

6) Realizar encuestas estudiantiles y organizar el programa de tutorías.

7) Otras funciones según su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano.

2) Coordina sus actividades con los directores de las escuelas y departamentos académicos, con las autoridades académicas de la UNASAM.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ciencias Médicas.

2) Tener conocimiento de temas relacionados a la función a desempeñar.

3.25. UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

La Unidad de Investigación está encargada de integrar las actividades de investigación de la Facultad de Ciencias Médicas, es la encargada de diseñar, ejecutar, monitorear y evaluar los Proyectos de Investigación difundiendo sus resultados; así como establecer las líneas de investigación y crear los Centros, Círculos e Institutos de Investigación, según las necesidades e intereses de la Facultad. Están dirigidas por un Docente Ordinario designado por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad por un periodo máximo de dos años.

A. FUNCIONES DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

1) Promover el desarrollo científico y tecnológico de los docentes y estudiantes para garantizar la participación efectiva en el proceso del desarrollo regional y nacional.

2) Propiciar la elaboración de investigaciones en las líneas y áreas de su competencia, dentro del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

3) Fomentar y estimular actividades científicas para la capacitación de sus docentes y estudiantes.

4) Evaluar los proyectos de investigación, y proponerlos al Consejo de Facultad quien los aprobará en un plazo no mayor de quince (15) días y tramitarlo ante la Dirección General de Investigación (DGI).

5) Evaluar trimestralmente la ejecución de los proyectos de investigación informando a la DGI al finalizar cada trimestre.

6) Administrar los bienes y equipos que son adquiridos para el desarrollo de los proyectos de investigación subvencionados por canon, sobrecanon y regalías.

7) Realizar la difusión de las investigaciones desarrolladas por los docentes y estudiantes de las facultades.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 353

8) Promover la publicación de una revista académica especializada y gestionar su indización.

9) Revisar y dar certitud de la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio será sancionado con una normatividad específica).

B. FUNCIONES DEL COMITÉ DE INVESTIGACIÓN

1) Revisar y evaluar la pertinencia e impacto de los trabajos de investigación presentados por los docentes investigadores.

2) Revisar y dar certitud la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio es sancionado).

3) Proponer la aprobación de los proyectos de investigación e informes finales de investigación de los docentes al Consejo de Facultad, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos por el Consejo de Investigación y las normas correspondientes.

4) Evaluar trimestralmente el desarrollo de los proyectos de investigación e informar, a través del Director a las instancias pertinentes.

5) Apoyar las actividades de capacitación y otros eventos académico-científicos organizados por la Unidad de Investigación, la Dirección General de Investigación y el Vicerrectorado de Investigación.

6) Apoyar la difusión virtual de las investigaciones desarrolladas en la Unidad de investigación; así como a nivel institucional y de otras universidades del país y del mundo.

7) Colaborar con la edición y publicación de la revista científica de la Facultad.

8) Aprobar la Memoria Anual de investigación de la Unidad.

3.26. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Formular y ejecutar el plan de actividades de la Unidad de Investigación que forma parte del plan operativo y del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

2) Formular y coordinar políticas, áreas, líneas y programas de investigación de la Facultad, tanto para los docentes, como para estudiantes y graduados.

3) Hacer el seguimiento de los proyectos de investigación de la Facultad. 4) Solicitar al Vicerrectorado de Investigación, la evaluación y auspicio o financiamiento por la

UNASAM de los proyectos de investigación que muestren impacto, presentados por los docentes y sus semilleros aprobados por las unidades de investigación.

5) Elaborar directivas que normen la operatividad de la Unidad de Investigación. 6) Promover la formulación de proyectos de investigación interdisciplinarios que contribuyan al

desarrollo institucional, regional, nacional e internacional. 7) Presidir el Comité de Investigación de la Facultad. 8) Participar como miembro del Consejo de Investigación de la UNASAM. 9) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Comité de Investigación y Consejo de Investigación, así

como dispositivos emanados de la Dirección General de Investigación. 10) Promocionar la investigación científica y tecnológica. 11) Recepcionar y presentar al Comité de Investigación los trabajos de investigación de los docentes

investigadores.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

CÓDIGO 532-06-11-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1295 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 354

12) Elevar al Consejo de Facultad los trabajos de investigación aprobados por el Comité de Investigación para su ratificación.

13) Administrar y mantener el sistema de información de investigación. 14) Promover la publicación de los trabajos de investigación en los medios especializados.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Médicas.

2) Coordina sus actividades con la Oficina General de Investigación, el Vice Rectorado de Investigación, la Unidad de Responsabilidad Social y con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario a tiempo completo o a dedicación exclusiva de la Facultad.

2) Tener grado de Maestro o Doctor.

3.27. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PROPEDÉUTICA

El Departamento Académico de Propedéutica es una unidad de servicio académico de la Facultad de Ciencias Médicas, que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad de estudiar, investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de Ciencias Médicas.

3.28. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE PROPEDEUTICA

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al Consejo de Facultad, la asignación de personal docente nombrado y contratado de la Facultad de Ciencias Médicas.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PROPEDEUTICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADEMICO

CÓDIGO 532-06-11-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1296 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 355

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de Ciencias Médicas.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Médicas.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento Académico de Propedéutica.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento de Propedéutica.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento de Propedéutica.

3.29. CARGO: SECRETARIA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS- DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA

CÓDIGO 532-06-11-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 1297 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a las normas de administración pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de los Departamentos Académicos de Propedéutica, Obstetricia, y Enfermería a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de los Departamentos Académicos de Propedéutica, Obstetricia, y Enfermería.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y presentación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres de los Departamentos Académicos de Propedéutica, Obstetricia, y Enfermería.

6) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de los Departamentos Académicos de Propedéutica, Obstetricia, y Enfermería.

7) Atender a los docentes de la Facultad de Ciencias Médicas y de otras Facultades que prestan su apoyo, dando las facilidades que el caso amerita.

8) Manejo adecuado de las asistencias de los docentes, con ética y valores, de acuerdo a lo normado por la Dirección de Recurso Humanos.

9) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: la Carga Académica, por docente.

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 356

10) Recepcionar, archivar y custodiar los Sílabos de cada curso por Semestre Académico.

11) Actualización constante de los archivos de las asistencias de los estudiantes, entregados por los docentes.

12) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de los Departamentos Académicos de los Departamentos Académicos de Propedéutica, Obstetricia, y Enfermería.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente de los Jefes de los Departamentos Académicos.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos y de la custodia de los mismos.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.30. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE OBSTETRICIA

El Departamento Académico de Obstetricia es una unidad de servicio académico de la Facultad de Ciencias Médicas, que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad de estudiar, investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de Ciencias Médicas.

3.31. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE OBSTETRICIA

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional y, cuando sea requerido, asiste al Consejo de Facultad con voz pero sin voto.

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de Departamento Académico.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE OBSTETRICIA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO

CÓDIGO 532-06-11-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1298 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 357

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de Estudios en la carrera profesional.

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros, supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela Profesional de Obstetricia.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y científico de la Escuela Profesional de Obstetricia.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grado de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados, convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes, para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 358

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales, artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Médicas y del Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional de Obstetricia.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente.

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas en la Escuela Profesional de Obstetricia.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela Profesional a su cargo

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que contribuyan a su desarrollo profesional.

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para cada año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Obstetricia.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de Obstetricia, por un período máximo de dos (02) años.

3.32. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ENFERMERÍA

El Departamento Académico de Enfermería es una unidad de servicio académico de la Facultad de Ciencias Médicas, que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad de estudiar, investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de Ciencias Médicas.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 359

3.33. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE ENFERMERÍA

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional y, cuando sea requerido, asiste al Consejo de Facultad con

voz pero sin voto.

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de Estudios en la carrera profesional

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros, supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela Profesional de Enfermería.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y científico de la Escuela Profesional de Enfermería.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-DEPARTAMENTO

ACADÉMICO DE ENFERMERÍA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO

CÓDIGO 532-06-11-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1299 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 360

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grado de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados, convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes, para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales, artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Médicas.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento Académico de Enfermería.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento académico de Enfermería.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento académico de Enfermería.

3.34. ESCUELA ACADÉMICO DE ENFERMERÍA

La Dirección de la Escuela Profesional de Enfermería está encargada del diseño y actualización curricular permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la formación, capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 361

A. FUNCIONES GENERALES:

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional.

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la Formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

3.35. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE ENFERMERÍA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-ESCUELA PROFESIONAL DE ENFERMERÍA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE ENFERMERÍA

CÓDIGO 532-06-11-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1300 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional y, cuando sea requerido, asiste al Consejo de Facultad con voz pero sin voto

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de Estudios en la carrera profesional.

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros, supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela Profesional de Enfermería.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del ciclo de nivelación.

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13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y científico de la Escuela Profesional de Enfermería.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grado de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados, convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes, para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales, artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Médicas y del Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional de Enfermería.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas en la Escuela Profesional de Enfermería.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela Profesional a su cargo.

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades a académicas programadas para cada semestre académico.

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7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que contribuyan a su desarrollo profesional.

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para cada año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Enfermería.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de Enfermería, por un período máximo de dos (02) años.

3.36. CARGO: SECRETARIA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS: 1) Redactar y digitar los documentos administrativos oficiales de acuerdo a la normas de

administración pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de las escuelas profesionales de la Facultad de Ciencias Médicas a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de las escuelas profesionales.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y presentación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres que le fueron asignados.

6) Atención a estudiantes y padres de familia de la Escuela Profesional, a través del SIGA.

7) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: Horarios, por ciclos, por aulas y por docente, matrícula, rectificación de matrícula, validación de matrícula, Impresión de actas parciales y finales, consolidados de notas, reporte curricular integral (RCI).

8) Ayuda a los estudiantes con el ingreso al sistema mediante la asignación de una contraseña, entrega de constancias del tercio superior, constancia de estudios, la emisión de certificados, informes técnicos para la obtención del grado de bachiller, emisión de constancia de egreso simple, carta de presentación para la realización de prácticas pre profesionales, llenado de constancias de egreso, actualización de los registros del libro de egresos, elaboración del rol de exámenes parciales y finales, recepción y sellado de sílabos previa coordinación con el Director de Escuela.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-ESCUELAS PROFESIONALES

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA DE LAS ESCUELAS PROFESIONALES

CÓDIGO N° DEL CAP

FECHA

532-06-11-AP EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 1301 2016

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9) Apoya al docente con la entrega de la nómina de estudiantes por curso.

10) Actualización constante de los archivo de sílabos, pre actas parciales y finales,

11) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de las escuelas profesionales.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD: 1) Depende jerárquicamente de los Directores de Escuela de la Facultad de Ciencias Médicas.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos y de la custodia de los mismos.

C. REQUISITOS MÍNIM0S: 1) Título de Secretaria Ejecutiva. 2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint. 3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.37. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE OBSTETRICIA

La Dirección de la Escuela Profesional de Obstetricia está encargada del diseño y actualización curricular permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la formación, capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional correspondiente.

3.38. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE OBSTETRICIA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional de Obstetricia, cuando sea requerido, asiste al Consejo de Facultad con voz pero sin voto.

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-ESCUELA PROFESIONAL DE OBSTETRICIA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE OBSTETRICIA

CÓDIGO 532-06-11-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1302 2016

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5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de Estudios en la carrera profesional.

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros, supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela Profesional.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y científico de la Escuela Profesional.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grao de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados, convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes, para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

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29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales, artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD: 1) Depende del Decano de la Facultad y del Consejo de Facultad de Ciencias Médicas.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional de Obstetricia.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente.

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas en la Escuela Profesional de Obstetricia.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela Profesional a su cargo.

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que contribuyan a su desarrollo profesional.

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para cada año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional de Obstetricia.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Obstetricia.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de Escuela Profesional de Obstetricia, por un período máximo de dos (02) años.

3.39. UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

La Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios, es el órgano de línea de la Facultad de Ciencias Médicas encargado de promover, programar, coordinar y organizar acciones que permitan producir bienes y prestar servicios a toda la comunidad Universitaria y la sociedad.

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3.40. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Elabora el reglamento interno del Centro.

2) Fomenta la formación de unidades de producción de bienes y prestación de servicios, de acuerdo a la especialidad de las escuelas profesionales de la Facultad.

3) Realiza convenios con otras instituciones de similar actividad, para implementar nuevas líneas en la prestación de servicios.

4) Otras funciones que le sean encargadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente de la decanatura

2) Es responsable de las actividades que se generen estén enmarcadas en el reglamento interno y las normas administrativas de la UNASAM, y normas nacionales.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS-UNIDAD DE PROD. BIENES Y PREST. DE SERVICIOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

CÓDIGO 532-06-11-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

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UNIVERSIDAD NACIONAL

“SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO”

Aprobado mediante la R.C.U.Nº339-2016 -UNASAM

2016

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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

1.1. DE LA FACULTAD

La Facultad de Derecho y Ciencias Políticas es la unidad de organización, formación académica, profesional

y de gestión (Artículo22° del Estatuto de la UNASAM y Artículo 19° del Reglamento General), propicia la

investigación y la responsabilidad social y extensión universitaria. Es responsable de elaborar el currículo,

coordinar los planes de estudio para la obtención del Grado Académico Bachiller y Título Profesional de sus

estudiantes.

1.2. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

1) Planificar, organizar y ejecutar su Sistema Académico y Administrativo, orientado a la excelencia.

2) Formar profesionales académicos con competencias y capacidades estandarizadas a nivel nacional e internacional, para desarrollar las ciencias Políticas.

3) Gestionar el proceso de formación académica y profesional del pregrado.

4) Promover y desarrollar la investigación científica y tecnológica, como medio de conocimiento de la realidad, de la solución de problemas, producción de conocimientos y satisfacción de necesidades de conocimiento.

5) Proponer a través de las Dirección de las Escuela Profesional, el desarrollo de Programas de Educación a Distancia en las especialidades que se establezcan, previamente acordadas en Consejo de Facultad. Esta propuesta se rige en base a lo dispuesto en la Ley Universitaria N°30220.

6) Promover y desarrollar la formación científica mediante la gestión de programas de actualización, perfeccionamiento y especialización.

7) Garantizar la calidad académica del egresado.

8) Concientizar en el aspecto de responsabilidad social procurando una gestión socialmente responsable en la formación académica y pedagógica, de los estudiantes, propiciando experiencias vivenciales, iniciativas interdisciplinarias e interinstitucionales, definiendo la ética profesional de cada disciplina y su rol social. en la formación de los estudiantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.

9) Lograr un comportamiento organizacional, con prácticas de valores y normas de convivencia éticas y conducta ecológica, por parte de todos los integrantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas: docentes, personal administrativo y estudiantes, para lograr el desarrollo sostenible de nuestra Universidad.

10) Brindar servicios docentes a las Escuela Académico Profesional y Unidades de Post Grado.

11) Velar por el cumplimiento de las normas legales vigentes, así como de los acuerdos y resoluciones emanadas de los órganos superiores de la Universidad y los de la propia Facultad.

12) Promover la capacitación y entrenamiento en tecnología educativa orientada a mejorar la enseñanza de las especialidades que imparte la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.

13) Otras funciones que le asigne la Ley Universitaria y el Estatuto.

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2. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS.

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS

UNIVERSIDAD NACIONAL "SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO" (U.N.A.S.A.M.)

UNIDAD DE SECRETARIA

GENERAL

ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO Y

CIENCIAS POLITICAS

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD

SOCIAL

UNIDAD DE INVESTIGACION

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PREST. DE

SERVICIOS

UNIDADADMINISTRATIVA

UNIDAD DE POST GRADO

COMISIONESPERMANTES

COMISIONES TRANSITORIAS

UNIDADES DE SERVICIOS ACADEMICOS

UNIDAD DE CENTRO DE COMPUTO

UNIDAD DE BIBLIOTECA

ESPECIALIZADA

UNIDAD DE GRADOS Y TITULOS

UNIDAD DE GABINETE

PEDAGOGICO

UNIDAD DE CALIDAD ACADEMICA

DEPARTAMENTO ACADEMICO DE DERECHO Y CIENCIAS

POLITICAS

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2.1. ESTRUCTURA ORGÁNICA

La Facultad de Derecho y Ciencias Políticas para su mejor funcionamiento, organiza sus actividades según la siguiente estructura orgánica

ÓRGANO DE GOBIERNO

Consejo de Facultad

ÓRGANO DE DIRECCIÓN:

Decanato

ÓRGANO DE APOYO ACADÉMICO

Departamentos Académicos:

Departamento Académico de Derecho y Ciencias Políticas.

Unidades de Servicio Académico: Unidad de Calidad Académica Unidad de Gabinete Pedagógico Unidad de Biblioteca Especializada Unidad de Centro de Computo Unidad de Grados y Títulos Unidad de Post Grado Unidad de Laboratorio

Unidades de Administrativas:

Unidad Administrativa Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios Unidad de Secretaría General

ÓRGANOS DE LÍNEA

Escuela Profesional de Derecho y Ciencias Políticas. Unidad de Responsabilidad Social Unidad de Investigación

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2.2. Cuadro Orgánico De Cargos: Para el cumplimiento de funciones de la facultad de Derecho y Ciencias

Políticas cuenta con los siguientes cargos:

N° DE

ORDEN

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD

ORGÁNICA/CARGO CÓDIGO TOTAL N° CAP

DECANATO

1 Decano 532-06-9-RE 1 1118

2 Secretaria 532-06-9-AP 1 1119

UNIDAD ADMINISTRATIVA

3 Asistente administrativo 532-06-9-AP 1 1120

4 Operador de limpieza 532-06-9-AP 2 1121-1122

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

5 Jefe la Unidad de Responsabilidad Social 532-06-9-RE 1 1123

UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

6 Jefe de la Unidad de Calidad Académica 532-06-9-RE 1 1124

UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

7 Jefe de la Unidad de Grados y Títulos 532-06-9-RE 1 1125

UNIDAD DE POST GRADO

8 Jefe de la Unidad de Post Grado 532-06-9-RE 1 1126

UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

9 Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada 532-06-9-RE 1 1127

10 Asistente de Biblioteca 532-06-9-AP 1 1128 UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

11 Jefe de la Unidad de Centro de Cómputo 532-06-9-RE 1 1129

12 Asistente del centro de cómputo 532-06-9-AP 1 1130

GABINETE PEDAGÓGICO

13 Jefe de la Unidad de Gabinete Pedagógico 532-06-9-RE 1 1131

UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

14 Jefe de la Unidad de Investigación 532-06-9-RE 1 1132

15

ESTUDIO JURÍDICO GRATUITO

Especialista de Asesoría Jurídica 532-06-9-RE

1

1133

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE DERECHO

Y CIENCIAS POLÍTICAS

16 Director del Departamento Académico de Derecho

y Ciencias Políticas 532-06-9-RE 1 1134

17

Secretaria

ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO Y

CIENCIAS POLÍTICAS

532-06-9-AP 1 1135

18

Director de la Escuela profesional de Derecho y

Ciencias Políticas.

532-06-9-RE

1

1136

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Jefe de la Unidad de Producción de Bienes y

Prestación de Servicios

Personal de apoyo

TOTAL 19

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3. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGOS

3.1. DECANATO

El decanato es un Órgano de Dirección y la máxima autoridad de gobierno de la Facultad, dirige la Gestión

académica y administrativa, representa a la Facultad ante el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria

conforme lo dispone la Ley Universitaria N° 30220.

3.2. CARGO: DECANO

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DECANO

CÓDIGO

532-06-9-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1118 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Convocar, dirigir y presidir las sesiones del Consejo de Facultad y representar a la Facultad ante el Consejo y Asamblea Universitaria con voz y voto, de acuerdo a lo que establece la Ley Universitaria.

2) Dirigir administrativamente la Facultad, autorizar los gastos y controlar la ejecución del presupuesto de la Facultad.

3) Dirigir académicamente la Facultad, en coordinación con los Directores de los Departamentos Académicos, de las Escuela Profesional y Unidades de Postgrado.

4) Designar a los Directores de las Escuela Profesional, Instituto de Investigación y las Unidades de Postgrado y proponer la ratificación ante el Consejo de Facultad.

5) Aprobar los reglamentos de la Facultad. sobre las responsabilidades de docentes y estudiantes, así como los regímenes de estudios, evaluación, promoción y sanciones dentro de las normas establecidas en la Ley Universitaria y el Estatuto de la UNASAM.

6) Proponer al Consejo de Facultad, sanciones a los docentes, estudiantes y personal administrativo de apoyo que incurran en faltas conforme lo señala la Ley Universitaria N° 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo.

7) Presentar al Consejo de Facultad, para su aprobación, el plan anual de funcionamiento y desarrollo de la Facultad y su Informe de Gestión.

8) Cumplir y hacer cumplir los planes de desarrollo y funcionamiento de la Facultad.

9) Proponer al Rector el proyecto de presupuesto anual de la Facultad y dirigir la ejecución.

10) Informar al Rector y a los Órganos de Gobierno, sobre la gestión de la Facultad y presentar su Memoria Anual al Consejo de Facultad.

11) Refrendar conjuntamente con el Rector y el Secretario General de la Universidad, los Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, certificados y menciones que se otorguen, en la Facultad.

12) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo de Facultad, Consejo Universitario, Asamblea Universitaria, la Ley Universitaria, el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad, el Reglamento de la Facultad y otras normas vigentes de la Universidad.

13) Realizar las demás funciones, afines al cargo que señala el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad y el Manual de Organización y funciones de la Universidad.

14) Otras funciones que le asigne el Rector y el Vicerrectorado Académico.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 374

B. LINEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) El Decano es el representante de la Facultad, tiene la más alta jerarquía y es responsable del cumplimiento académico y administrativo de la Facultad.

2) Dirige el Consejo de Facultad, e implementa sus acuerdos y/o actos administrativos.

3) Coordina las actividades académicas con el Vicerrector Académico y las actividades de investigación con el Vicerrector de Investigación.

4) Ejerce autoridad sobre los Órganos de Apoyo, Órganos de Servicios Académicos y Administrativos y los Órganos de Línea de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.

5) El Decano responde ante el Consejo de Facultad, sobre el cumplimiento de la misión de la Facultad y las funciones asignadas.

6) Es responsable de la buena marcha académica y administrativa de la Facultad, para ello delega funciones y coordina con los responsables de los diversos Órganos que conforman la Facultad, así como con los diferentes Órganos de la Universidad, conforme lo establece la ley.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser ciudadano en ejercicio.

2) Ser docente en la categoría de principal en el Perú o en el extranjero, con no menos de tres (3)

años en la categoría.

3) Tener grado de Doctor o Maestro en su especialidad, el mismo que debe haber sido obtenido

con estudios presenciales. Entiéndase por especialidad la rama de la ciencia o del conocimiento

a la cual se dedica el docente.

4) No haber sido condenado por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada.

5) No estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitución y despido.

6) No estar consignado en el registro de deudores alimentarios morosos, ni tener pendiente de

pago una reparación civil impuesta por una condena ya cumplida.

7) Otros establecidos en el Estatuto de la Universidad y la Ley Universitaria N° 30220.

3.3. CARGO: SECRETARIA DEL DECANO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Recibir, redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Organizar, y controlar el trámite documentario y el archivo del Decanato de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.

3) Organizar y coordinar las audiencias, atenciones, reuniones y certámenes; y preparar la agenda con la documentación respectiva.

4) Organizar el control y seguimiento de los expedientes preparando periódicamente los informes de situación.

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA

CÓDIGO:

532-06-9-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 1119 2016

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5) Administrar la documentación clasificada y prestar apoyo secretarial especializado, utilizando sistemas informáticos.

6) Organizar, coordinar y supervisar las labores de apoyo administrativo que realicen otras secretarias de la Facultad.

7) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

8) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.

9) Atender las llamadas telefónicas, brindando información a los usuarios que están en línea, en forma concisa, breve y amable.

10) Orientar a los usuarios sobre las gestiones y situaciones de los diversos expedientes

11) Velar por la conservación y mantenimiento de los documentos, equipos y mobiliario que le han sido asignados.

12) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la custodia del patrimonio y documentación de su dependencia.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores administrativas y secretariales por un periodo mínimo de tres años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia

en la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.4. CARGO: SECRETARIO DE CONSEJO DE FACULTAD

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS-

SECRETARÍA GENERAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIO DE CONSEJO DEFACULTAD.

CÓDIGO

532-06-9-RE N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Preparar la agenda de las sesiones del Consejo de Facultad con la documentación sustentatoria

para su aprobación.

2) Llevar actualizados, los libros de actas de sesiones de Consejo de Facultad, procesando los

acuerdos tomados.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 376

3) Emitir resoluciones, reglamentos, documentos oficiales emanados del Consejo de Facultad y/o

encargados por el Decano.

4) Elaborar los proyectos de Resolución de los acuerdos adoptados en Consejo de Facultad y el

Decanato.

5) Actuar como Secretario en las reuniones de Consejo de Facultad y del Decano.

6) Colaborar con el Decano en las acciones de coordinación con las comisiones.

7) Refrendar los documentos oficiales de la Facultad conjuntamente con el Decano, actuando como

fedatario de la Facultad.

8) Tramitar bajo responsabilidad a las instancias superiores los expedientes de graduación y

titulación aprobados por el Consejo de Facultad.

9) Realiza las funciones afines al cargo que el asigne el Decano de la Facultad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente del Decano de la Facultad.

2) Es responsables de las funciones establecidas en el ROF y MOF, relacionadas a su

competencia.

3) Es responsable de la custodia y el cuidado de la documentación, equipos, infraestructura que

le son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

3.5. UNIDAD ADMINISTRATIVA

La Unidad Administrativa, es la encargada de programar, organizar y dirigir las actividades administrativas de

la Facultad, así como dirigir, supervisar y controlar las acciones administrativas en las diversas áreas de

personal, economía, servicios generales, mantenimiento y trámites diversos de la Facultad de Derecho y

Ciencias Políticas. Son funciones de la Unidad Administrativa:

1) Organizar y efectuar el manejo de los recursos económicos, financieros de acuerdo a las necesidades

de la Facultad.

2) Elaborar y evaluar la ejecución del plan operativo de la Facultad.

3) Controlar la asistencia y permanencia del personal administrativos de la Facultad.

4) Organizar y ejecutar el mantenimiento, la conservación y seguridad de los ambientes de la facultad.

5) Formular y programar el presupuesto y el cuadro de necesidades de la Facultad.

3.6. CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS-

UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

CÓDIGO:

532-06-9-E

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-ES 1120 2016

MOF-UNASAM

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 377

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación, elaboración y evaluación del Plan Operativo Institucional de la

Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, en coordinación con las demás unidades académicas

y administrativas de la Facultad, así como la Oficina General de Planificación y Presupuesto.

2) Organizar, dirigir, supervisar y controlar el manejo de los recursos humanos, económico

financieros y materiales de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.

3) Planificar, dirigir y controlar las actividades administrativas, así como los requerimientos de

materiales y recursos humanos y financieros de acuerdo a las necesidades en coordinación con

el Decano de la Facultad y las demás dependencias de la Facultad.

4) Organizar y coordinar la ejecución de los servicios de seguridad, mantenimiento, conservación y

limpieza de bienes y de los ambientes académicos y administrativos.

5) Elaborar la programación del cuadro de necesidades mensualizado de su Facultad, en

coordinación con la Oficina General de Abastecimientos y Servicios Auxiliares. considerando las

necesidades de cada dependencia de la Facultad.

6) Realizar el seguimiento continuo y la ejecución de la programación contenida en el cuadro de

necesidades y en el plan operativo de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, cumpliendo

con la evaluación trimestral exigida.

7) Realizar el control de la asistencia y permanencia del personal administrativo y evaluar el

desempeño del personal a su cargo, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos y

con la Unidad de Servicios Auxiliares.

8) Mantener actualizados los instrumentos de gestión de la Facultad, en coordinación con la

Dirección de Desarrollo Institucional.

9) Mantener actualizados el registro de entradas y salidas de los bienes y materiales del almacén

de la Facultad.

10) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.

2) Coordina con las diversas dependencias de la Facultad sobre temas relacionados a su

competencia.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la documentación que se genere en la

Unidad Administrativa. .

4) Es responsable del manejo adecuado de los recursos económicos, financieros y materiales de la

Facultad.

5) Ejerce autoridad sobre el personal administrativo nombrado y contratado de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la especialidad.

2) Alguna experiencia en labores de la especialidad

3) Capacitación en sistemas administrativos.

MOF-UNASAM

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 378

3.7. CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Ejecutar las actividades de limpieza diaria de los pasadizos, baños, escaleras, aulas, laboratorios,

biblioteca, centros de cómputo y oficinas así como realizar labores de mantenimiento de los

ambientes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.

2) Operar equipos de limpieza para el cumplimiento de sus labores.

3) Orientar el ingreso y salida de personas de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.

4) Realizar acciones de traslado y acomodo de bienes, insumos, muebles y otros.

5) Contribuir al orden y seguridad de los ambientes de la Facultad.

6) Controlar y custodiar los ambientes, equipos, materiales y otros bienes de la facultad, así también

velar por su mantenimiento.

7) Arreglar y conservar los jardines y/o áreas verdes de la Facultad.

8) Vigilancia constante de los pabellones, oficinas y ambientes de la Facultad.

9) Notificar sobre hechos o incidentes ocasionados dentro de la Facultad, a su jefe inmediato.

10) Realizar los requerimientos de materiales necesarios para desarrollar su labor.

11) Las demás que le asigne su jefe inmediato, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares de la DASA.

2) No ejerce autoridad sobre el personal.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Instrucción secundaria completa.

2) Buena disposición para el trabajo

3) Experiencia en labores similares

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación primaria y experiencia.

3.8. UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

La Unidad de Responsabilidad Social es el Órgano de línea de la facultad que contribuye al desarrollo

sostenible y al bienestar de la sociedad y compromiso con toda la comunidad universitaria. Sus funciones

específicas son:

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

CÓDIGO

532-06-9-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN:SP- AP 1121-1122 2016

MOF-UNASAM

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 379

3.9. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS-UNIDAD

DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

CÓDIGO

532-06-9-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1123 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Sensibilizar a todos los integrantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas sobre la

importancia de una conducta responsable y comprometida con la sociedad y el medio ambiente.

2) Organizar y promover la participación de todos los integrantes de la Facultad de Derecho y

Ciencias Políticas en diferentes actividades de carácter social y medioambiental.

3) Fomentar el uso responsable de los recursos y el compromiso social la Facultad de Derecho y

Ciencias Políticas.

4) Promover y desarrollar eventos que fomenten la formación humana y profesional, la creación de

nuevos conocimientos y transferencia social de los mismos y la relación de la Facultad de

Derecho y Ciencias Políticas con el resto de actores sociales, evaluando Impactos: educativos.,

cognitivos, epistemológicos, sociales, que influyen en los factores económicos, políticos, sociales

y culturales y por ende en el desarrollo de la entidad.

5) Dirigir, coordinar, difundir, hacer seguimiento y evaluar las acciones y los mecanismos que

fomenten y den cuenta de la contribución socialmente responsable de la Facultad de Derecho y

Ciencias Políticas.

6) Capacitar a los docentes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas en el enfoque de la

Responsabilidad Social Universitaria y promover en las especialidades el Aprendizaje Basado en

Proyectos de carácter social

7) Otras funciones que le asigne el Decano, según su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, coordina sus actividades con

la Escuela y Departamento Académico de la Facultad y con la Oficina General de Responsabilidad

Social Universitaria.

2) Es responsable de que las acciones y actividades de responsabilidad social en la Facultad se

realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

3) Ser docente de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas.

3.10. UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

La Unidad de Calidad es el órgano de línea encargado de establecer y ejecutar las normas para la

autoevaluación, el mejoramiento continuo de la calidad académica, así como planificar, dirigir, supervisar y

evaluar los procesos de autoevaluación de la Facultad tendentes a una acreditación continua.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 380

3.11. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS-

UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

CÓDIGO

532-06-9-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1124 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Generar conciencia entre los miembros de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas sobre las

ventajas de la autoevaluación con fines de acreditación y en relación a la cultura de la calidad.

2) Planificar, dirigir, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar los procesos de autoevaluación en la Facultad.

3) Coordinar con la Comisión Central de Autoevaluación y Acreditación de la

4) Universidad.

5) Formula su Plan Táctico y Presupuesto Anual operativo.

6) Sensibilizar y fomentar la importancia del auto evaluación y acreditación como mecanismos que permiten el mejoramiento continuo de la calidad.

7) Presentar trimestralmente un informe de gestión.

8) Recibir, revisar y remitir los informes a los Comités Internos de Autoevaluación con fines de acreditación, de acuerdo al cronograma que establezca la Oficina General de Calidad Universitaria de la UNASAM

9) Otras funciones que le sean encargadas por el Decano.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, coordina sus actividades con

la escuela y departamento académico de la Facultad y con la Oficina General de Calidad

Universitaria.

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes a la calidad académica en la Facultad,

se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

2) Tener experiencia en labores de acreditación

3.12. UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

La Unidad de Grados y Títulos es el Órgano de línea de la Facultad encargado de programar y conducir de

acuerdo a reglamento, el proceso de graduación y titulación en las carreras profesionales que conduce la

Facultad, para el mejor cumplimiento de su misión, mantiene relaciones de coordinación con las Escuela

Profesional, la Secretaría General y Departamento académico.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 381

3.13. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Proponer al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación del Consejo Universitario, el

reglamento de procedimiento de los trámites de graduación y titulación en la Facultad.

2) Revisión, actualización y propuesta del Reglamento de otorgamiento de grados académicos y la

obtención del título profesional en sus diversas modalidades de titulación así como diplomados y

de segunda especialización al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación por el

Consejo Universitario.

3) Verificar bajo responsabilidad, la conformidad de los expedientes para la obtención del Grado

Académico de Bachiller o Título Profesional que otorgue la Facultad.

4) Programar, organizar y controlar las actividades relacionadas con el proceso de graduación y

titulación.

5) Difundir el Reglamento de graduación y titulación así como el Reglamento de Procedimientos

sobre graduación y titulación, entre los alumnos y egresados de la Facultad.

6) Solicitar a las Escuela Profesional la conformación de las comisiones dictaminadoras de

expedientes de graduación y/o titulación así como la designación de jurados dictaminadores de

Planes de Tesis para titulación profesional o jurados examinadores para las otras modalidades de

titulación profesional previstas en el Reglamento.

7) Tener actualizado el padrón de graduados y titulados manteniendo una relación permanente para

recoger iniciativas que propongan programas de capacitación y actualización profesional.

8) Administrar los expedientes de graduación y titulación que mantengan informados a los

interesados sobre el estado de su gestión así como organizar y mantener al día el archivo de la

documentación sobre graduación y titulación.

9) Otras funciones de su competencia que le sean asignados por el Consejo de Facultad o por el

Decano.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, coordina sus actividades con el Departamento académico de la Facultad y con la Secretaría General de la UNASAM.

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes al proceso de titulación y grados académicos en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS-UNIDAD DE

GRADOS Y TÍTULOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

CÓDIGO

532-06-9-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1125 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 382

3.14. UNIDAD DE POST GRADO

La Escuela de Post grado de la UNASAM es la Unidad Académica encargada de brindar estudios

especializados propendiendo a la formación de investigadores y profesionales del más alto nivel académico

conducente a la obtención de maestrías y doctorados. Tiene carácter autofinanciado.

3.15. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE POST GRADO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Establece el diseño curricular a seguir para cada uno de los programas de formación continua:

cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros,

aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

2) Convocar y presidir el Comité Directivo de la Unidad de Post Grado.

3) Formula el Proyecto de Desarrollo Académico Administrativo de la Unidad, así como sus

respectivos presupuestos.

4) Formula el Reglamento Académico de la Unidad y las Directivas que norman el inicio, desarrollo

y finalización del periodo lectivo de los cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías,

doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la

normatividad existente para el caso.

5) Propone los docentes especialistas para la atención de los programas de formación continua,

cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros,

aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

6) Supervisa la aplicación de las normas académicas respecto a la aplicación del diseño curricular

utilizado por cada uno de los programas de formación continua.

7) Supervisa y hace el seguimiento al desempeño de los docentes que laboran en la unidad de Post

grado.

8) Proponer a los Jurados de Proyectos de Tesis y de la sustentación de tesis de acuerdo a su

especialidad.

9) Elabora y publica el informe semestral de su gestión.

10) Elabora el reglamento interno de la Unidad de Post Grado.

11) Otras establecidas en el Reglamento Interno de la unidad.

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS-

UNIDAD DE POST GRADO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE POST GRADO

CÓDIGO

532-06-9-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1126 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 383

B. LINEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

1) Depende del Decano de la Facultad, coordina sus actividades con el Director de la Escuela de

Post grado y Departamento Académico de la Facultad.

2) Coordina sus actividades con el Director de la Escuela de Post grado de la UNASAM y con el

director de las escuela y departamento académico de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad con grado de Maestro o Doctor.

3.16. UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

La Unidad de la Biblioteca Especializada es un Órgano de línea de las facultades encargada de velar por

la conservación y atención de requerimientos de consulta bibliográfica de docentes y estudiantes de la

Facultad. Ofrece los servicios de lectura en sala de referencia, así como de préstamo a domicilio.

1) Catalogar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la facultad.

2) Programar y organizar las actividades y establecer las medidas correctivas para el buen

funcionamiento de la Biblioteca Especializada.

3) Registrar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la Facultad.

4) Ofrecer los servicio de lectura en sala de referencia y así como de préstamo a domicilio.

5) Contar con el inventario de biblioteca y velar por su conservación.

6) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y anual

de las áreas que comprende.

7) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los

recursos bibliográficos de la biblioteca especializada.

8) Atender con eficiencia en los horarios establecidos, con el personal necesario.

3.17. CARGO: JEFE DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS-

UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

CÓDIGO

532-06-9-EJ

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-EJ 1127 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Programar y dirigir las actividades propias de la Oficina de Biblioteca Especializada.

2) Dirigir y coordinar la formulación de documentos técnicos normativos para la correcta atención

en la Biblioteca Especializada.

3) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención.

4) Evaluar las actividades programadas y determinar las medidas correctivas para el buen

funcionamiento de la Biblioteca Especializada.

5) Formular el Plan y Presupuesto de la Biblioteca Especializada.

6) Formular la relación de material bibliográfico (libros, revistas, boletines, proyectos y tesis), de

acuerdo a las necesidades de la Facultad

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 384

7) Dirigir el procesamiento técnico bibliográfico de la colección bibliográfica y de los servicios.

8) Implementar políticas y procedimientos adecuados para capacitar al personal de Biblioteca.

9) Sugerir los horarios de trabajo del personal a su cargo de acuerdo a los requerimientos del

servicio.

10) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y

anual de las áreas que comprende.

11) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los

recursos bibliográficos de la biblioteca especializada.

12) Presentar anualmente el presupuesto de la biblioteca especializada.

13) Las demás funciones que le asigne el Decano, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

2) Ejerce autoridad, mando y supervisión sobre el personal asignado a la Unidad de Biblioteca Especializada.

3) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación, catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca especializada.

4) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca. 5) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones. 6) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y

documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas). 7) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva. 8) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su

devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca. 9) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención. 10) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior

sobre cualquier anomalía. 11) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico. 12) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones

y novedades de interés al usuario. 13) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos,

ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada. 14) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan

el servicio a la Biblioteca. 15) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación,

presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en uso, ubicados en repositorio

16) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca. 17) Otras que le asigne su jefe inmediato.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Personal nombrado con especialidad en Bibliotecología o bibliotecario con estudios en el área. 2) Alguna experiencia en la conducción de personal. 3) Conocimientos sobre administración e informática.

MOF-UNASAM

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 385

3.18. CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO:

1) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación,

catalogación y registro del material de lectura que ingresa y sale de la biblioteca.

2) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca.

3) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones.

4) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y

documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas).

5) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva.

6) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su

devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca.

7) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior sobre

cualquier anomalía.

8) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico.

9) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones

y novedades de interés al usuario.

10) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos,

ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada.

11) Recepcionar, revisar y registrar los textos que ingresan a la Biblioteca.

12) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación,

presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en uso,

o ser dados de baja.

13) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a la Biblioteca Especializada

14) Otras que le asigne su jefe inmediato.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de cumplir en forma eficiente y oportuna las funciones señaladas en el

Reglamento de Organización y Funciones, el Manual de Organización y Funciones, y demás

disposiciones legales vigentes que norman su actividad. No ejerce autoridad.

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS-UNIDAD

DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

CÓDIGO

532-06-9-AP N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 1128 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 386

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Estudios Universitarios que incluyan materias relacionados con el área.

2) Especialización y/o capacitación en Bibliotecología.

3) Capacitación o Especialización en computación e informática.

4) Conocimiento de sistemas administrativos

5) Experiencia de dos años en actividades universitarias.

6) Trato cordial

7) Habilidad analítica

8) Orientación al usuario

3.19. UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

La Unidad de Centro de Cómputo es un Órgano de línea de la Facultad, encargado de prestar servicios a los

requerimientos académicos e informáticos de la Facultad. Sus funciones son:

1) Prestar servicio de cómputo para el desarrollo de los cursos regulares de las carreras profesionales

ofrecidas por la Facultad.

2) Brindar soporte informático a los proyectos de investigación autorizados y crear las condiciones

necesarias para el uso de las redes informáticas y de comunicaciones en el proceso de enseñanza-

aprendizaje.

3) Ofrecer soporte técnico para el desarrollo de cursos, programas y otras actividades de capacitación

extracurricular que proyecte la Facultad a través de la instancia competente.

4) Proponer y ejecutar programas de enseñanza y capacitación especializada.

5) Facilitar el uso y préstamo de equipos, en actividades de la Facultad, previamente autorizados por el

Consejo de Facultad.

6) Coordinar permanentemente con la Oficina General de Tecnología de Información Sistemas y

Estadística, con conocimiento del Decano el adecuado estado de conservación de los equipos del

centro de cómputo de La Facultad.

7) Elaborar el presupuesto del Centro de Cómputo para su presentación al Consejo de Facultad.

8) Otras funciones que le sean encomendadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

3.20. CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS-

UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO

532-06-9-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1129 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 387

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Promover, difundir y aplicar adecuadamente las tecnologías de información en la Facultad

acuerdo a las políticas informáticas del Estado.

2) Impartir control sobre los bienes y equipos asignados a la oficina, y velar por su correcto uso.

3) Formular políticas y lineamientos que rijan de manera óptima el uso del Centro de Cómputo.

4) Aprobar informes y proyectos afines a las tecnologías de información y comunicación.

5) Proponer herramientas de gestión para la mejora de las tecnologías a través de estrategias,

enfoques modelos que apoyen los procesos de mejora de la Facultad.

6) Formular y evaluar el plan de mantenimiento preventivo y concurrente del hardware.

7) Velar por la conservación del inventario del hardware y software.

8) Proponer y documentar las buenas prácticas aplicadas en el uso del recurso tecnológico.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad.

2) Ejerce mando sobre el personal administrativo nombrado o contratado del Centro de Cómputo.

3) Es responsable de la organización, elaboración de gestiones, presupuesto, mantenimiento y

capacitaciones.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Personal administrativo con estudios en el área.

2) Conocimiento y experiencia en el manejo de las TIC´s

3) Conocimiento de las normas y políticas de gobierno electrónico

4) Alguna experiencia en la conducción de personal

3.21. CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación y ejecución del horario de las clases prácticas de los cursos que

requieren el uso del Centro de Cómputo.

2) Controlar el uso adecuado del hardware y software de la Facultad por los alumnos, docentes y

personal administrativo, organizando y ejecutando acciones de seguridad, control de inventario,

conservación y mantenimiento.

3) Mantener en buen estado y cuidado respectivo de los equipos informáticos y seguridad del Centro

de Cómputo y del hardware& software de las aulas.

4) Recopilar y consolidar la información necesaria para el buen funcionamiento de los sistemas

administrativos conducentes a garantizar el desarrollo de las actividades académicas.

5) Apoyar en tareas del mantenimiento de la página web de la Facultad.

6) Efectuar acciones de mantenimiento del hardware y software del Centro de Cómputo y de las

oficinas administrativas.

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS-

UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO

532-06-9-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 1130 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 388

7) Garantizar el uso de aplicativos y antivirus solo con licencia acorde a los cursos que se imparten

en la Facultad.

8) Elaboración de requerimientos de equipos, materiales, herramientas e insumos para el

mantenimiento de los equipos.

9) Controlar y registrar el movimiento de activos informáticos y telemáticos del Centro de Cómputo.

10) Controlar las actividades de inspección de servicios de mantenimiento de los equipos informáticos

de los laboratorios y demás oficinas y/o unidades de la Facultad.

11) Orientar el uso adecuado de los equipos a los usuarios de la Facultad.

12) Cumplir otras funciones que le asigne el jefe de la oficina, en el ámbito de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

1) Depende del Jefe del Centro de Cómputo.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la organización, ejecución, control y mantenimiento de los servicios y equipos

del Centro de Cómputo.

C. REQUISITOS MÍNIM0S

1) Técnico Profesional en Computación e Informática con especialidad.

2) Experiencia en el Servicio de administración de Centros de Cómputo, soporte informático,

telemático y audiovisual.

3) Conocimiento y experiencia en la administración de servidores.

4) Capacitación en actividades de administración de Centros de Cómputo y mantenimiento de

equipos informáticos y telemáticos

5) Orientación al usuario.

6) Trato cordial a los usuarios.

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria que incluyan materias relacionadas

con el área y experiencia en actividades en informáticas y tecnológicas.

3.22. GABINETE PEDAGÓGICO

La Unidad de Gabinete Pedagógico, es el órgano de Línea de las Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

encargado de ofrecer información, asesoramiento y orientación para prevenir y resolver dificultades que

afecten la gestión académica, en especial, anticiparse a los problemas que pueden suscitarse.

3.23. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS-

GABINETE PEDAGÓGICO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

CÓDIGO

532-06-9-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1131 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 389

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Asesorar sobre los criterios pedagógicos, líneas de aprendizaje y desarrollo de estrategias a

implementar en la puesta en marcha del proyecto educativo de la Facultad de Derecho y Ciencias

Políticas.

2) Acompañar el proceso educativo aportando todo elemento técnico-pedagógico que confiera

calidad al aprendizaje.

3) Colaborar con la realización de los programas de estudio, de la planificación de las tareas

académicas y en la conformación de los Currículum docentes.

4) Sugerir los ajustes necesarios en la metodología de formación pedagógica de los docentes, en la

planificación y evaluación del aprendizaje.

5) Diseñar y participar en la evaluación institucional y en propuestas formativas de los docentes

6) Realizar encuestas estudiantiles y organizar el programa de tutorías.

7) Otras funciones según su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

1) Depende jerárquicamente del Decano y de la Dirección de Escuela.

2) Coordina sus actividades con los directores de la escuela y departamento académico, con las

autoridades académicas de la UNASAM

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

2) Tener conocimiento de temas relacionados a la función a desempeñar.

3.24. UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

La Unidad de Investigación está encargada de integrar las actividades de investigación de la Facultad de

Derecho y Ciencias Políticas, es la encargada de diseñar, ejecutar, monitorear y evaluar los Proyectos de

Investigación difundiendo sus resultados; así como establecer las líneas de investigación y crear los Centros,

Círculos e Institutos de Investigación, según las necesidades e intereses de la Facultad. Están dirigidas por un

Docente Ordinario designado por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad por un periodo máximo de

dos años.

A. FUNCIONES DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN:

1) Promover el desarrollo científico y tecnológico de los docentes y estudiantes para garantizar la

participación efectiva en el proceso del desarrollo regional y nacional.

2) Propiciar la elaboración de investigaciones en las líneas y áreas de su competencia, dentro del plan

estratégico de investigación de la UNASAM.

3) Fomentar y estimular actividades científicas para la capacitación de sus docentes y estudiantes.

4) Evaluar los proyectos de investigación, y proponerlos al Consejo de Facultad quien los aprobará en

un plazo no mayor de quince (15) días y tramitarlo ante la Dirección General de Investigación (DGI).

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 390

5) Evaluar trimestralmente la ejecución de los proyectos de investigación informando a la DGI al

finalizar cada trimestre.

6) Administrar los bienes y equipos que son adquiridos para el desarrollo de los proyectos de

investigación subvencionados por canon, sobrecanon y regalías.

7) Realizar la difusión de las investigaciones desarrolladas por los docentes y estudiantes de las

facultades.

8) Promover la publicación de una revista académica especializada y gestionar su indización.

9) Revisar y dar certitud de la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio será sancionado

con una normatividad específica).

B. FUNCIONES DEL COMITÉ DE INVESTIGACIÓN

1) Revisar y evaluar la pertinencia e impacto de los trabajos de investigación presentados por los

docentes investigadores.

2) Revisar y dar certitud la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio es sancionado).

3) Proponer la aprobación de los proyectos de investigación e informes finales de investigación de los

docentes al Consejo de Facultad, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos por el

Consejo de Investigación y las normas correspondientes.

4) Evaluar trimestralmente el desarrollo de los proyectos de investigación e informar, a través del

Director a las instancias pertinentes.

5) Apoyar las actividades de capacitación y otros eventos académico-científicos organizados por la

Unidad de Investigación, la Dirección General de Investigación y el Vicerrectorado de Investigación.

6) Apoyar la difusión virtual de las investigaciones desarrolladas en la Unidad de investigación; así

como a nivel institucional y de otras universidades del país y del mundo.

7) Colaborar con la edición y publicación de la revista científica de la Facultad.

8) Aprobar la Memoria Anual de investigación de la Unidad.

3.25. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS

1) Formular y ejecutar el plan de actividades de la Unidad de Investigación que forma parte del plan

operativo y del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

2) Formular y coordinar políticas, áreas, líneas y programas de investigación de la Facultad, tanto para

los docentes, como para estudiantes y graduados.

3) Hacer el seguimiento de los proyectos de investigación de la Facultad.

4) Solicitar al Vicerrectorado de Investigación, la evaluación y auspicio o financiamiento por la UNASAM

de los proyectos de investigación que muestren impacto, presentados por los docentes y sus

semilleros aprobados por las unidades de investigación.

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS-

UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

CÓDIGO

532-06-9-RE

N° DEL CAP FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1132 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 391

5) Elaborar directivas que normen la operatividad de la Unidad de Investigación.

6) Promover la formulación de proyectos de investigación interdisciplinarios que contribuyan al

desarrollo institucional, regional, nacional e internacional.

7) Presidir el Comité de Investigación de la Facultad.

8) Participar como miembro del Consejo de Investigación de la UNASAM.

9) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Comité de Investigación y Consejo de Investigación, así

como dispositivos emanados de la Dirección General de Investigación.

10) Promocionar la investigación científica y tecnológica.

11) Recepcionar y presentar al Comité de Investigación los trabajos de investigación de los docentes

investigadores.

12) Elevar al Consejo de Facultad los trabajos de investigación aprobados por el Comité de Investigación

para su ratificación.

13) Administrar y mantener el sistema de información de investigación.

14) Promover la publicación de los trabajos de investigación en los medios especializados.

B. LINEAS DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN

1) Depende del Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

2) Coordina sus actividades con la Oficina General de Investigación, el Vice Rectorado de

Investigación, la Unidad de Responsabilidad Social y con la escuela y departamento académico de

la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Docente ordinario a tiempo completo o a dedicación exclusiva de la Facultad

2) Tener grado de Maestro o Doctor.

3.26. ESTUDIO JURÍDICO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Estudiar e informar sobre expedientes de carácter técnico-legal.

2) Formular y/o revisar anteproyectos de dispositivos legales, Directivas y otros documentos,

concordándolos con la normatividad vigente.

3) Absolver consultas y orientar al personal docente y administrativo de la Facultad en aspectos

legales.

4) Interpretar y resumir dispositivos legales de carácter general.

5) Estudiar e informar sobre proyectos de convenios, contratos y similares de asuntos que

convengan para la Facultad.

6) Participar en diligencias judiciales para respaldar los intereses de la Facultad.

7) Intervenir en la solución de litigios entre organizaciones, asociaciones, sindicatos que la

Facultad tenga.

8) Realizar otras funciones que le asigne su jefe inmediato.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS-ESTUDIO

JURÍDICO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ESPECIALISTA DE ASESORÍA JURÍDICA

CÓDIGO

532-06-9-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1133 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 392

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad

2) Es responsable de la ejecución de actividades de carácter jurídico.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Título profesional de abogado

2) Experiencia en el área.

3.27. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

El Departamento Académico de Derecho y Ciencias Políticas reúne a docentes de disciplinas afines con la

finalidad de estudiar, investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar

los sílabos por cursos o materias, a requerimiento de la Escuela Profesional.

3.28. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Proponer semestralmente al consejo de Facultad, la asignación de personal docente nombrado

y contratado del Departamento Académico de Derecho y Ciencias Políticas.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos

pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su

aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su

aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los

contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y

estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuela Profesional.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca

virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad.

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO

CÓDIGO

532-06-9-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1134 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 393

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del

Departamento Académico de Derecho y Ciencias Políticas.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento de Derecho y Ciencias Políticas.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento de Derecho y Ciencias Políticas

3.29. CARGO: SECRETARIA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes del Departamento Académico de Derecho y Ciencias Políticas, a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes del Departamento Académico de Derecho y Ciencias Políticas.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y presentación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres del Departamento Académico de Derecho y Ciencias Políticas.

6) Atender a los docentes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas y de otras Facultades que prestan su apoyo, dando las facilidades que el caso amerita.

7) Manejo adecuado de las asistencias de los docentes, con ética y valores, de acuerdo a lo normado por la Dirección de Recurso Humanos.

8) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: la Carga Académica, por docente.

9) Recepcionar, archivar y custodiar los Sílabos de cada curso por Semestre Académico.

10) Actualización constante de los archivos de las asistencias de los estudiantes, entregados por los docentes.

11) Cumplir otras funciones que le asigne el Director del Departamento Académico de Derecho y Ciencias Políticas.

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS-

DEPARTAMENTO ACADÉMICO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA

CÓDIGO

532-06-9-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 1135 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 394

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

1) Depende del Jefe de Departamentos académico.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos

y de la custodia de los mismos.

C. REQUISITOS MÍNIM0S

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en

la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.30. ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

La Dirección de la Escuela Profesional de Derecho y Ciencias Políticas está encargada del diseño y

actualización curricular permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la

formación, capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional

correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

A. FUNCIONES GENERALES:

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional de Derecho y Ciencias Políticas.

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional.

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

3.31. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS-ESCUELA

P. DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO Y

CIENCIAS POLÍTICAS

CÓDIGO

532-06-9-RE N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1136 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 395

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional Derecho y Ciencias Políticas y, cuando sea requerido,

asiste al Consejo de Facultad con voz pero sin voto

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios

específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de

Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula

de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos

y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al

cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los

estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de

Estudios en la carrera profesional.

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional

promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias

del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y

reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros,

supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela

Profesional.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la

indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los

estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del

ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y

científico de la Escuela Profesional.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo

de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren

los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación

con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como

las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grao de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados, convalidaciones,

etc.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 396

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado

a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los

estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de

la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes,

para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como

autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales,

artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido

en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas y del Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional de

Derecho y Ciencias Políticas.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas

en la Escuela Profesional de Derecho Y Ciencias Políticas.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela

Profesional a su cargo.

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades

a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad de

mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de

Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que

contribuyan a su desarrollo profesional

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para

cada año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 397

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Derecho y Ciencia Políticas.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de Derecho

y Ciencias Políticas, por un período máximo de dos (02) años.

3.32. UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

La Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios, es el órgano de línea de la Facultad de Derecho

y Ciencias Políticas encargado de promover, programar, coordinar y organizar acciones que permitan producir

bienes y prestar servicios a toda la comunidad Universitaria y la sociedad

3.33. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

DEPENDENCIA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS-UNIDAD DE

PROD. BIENES Y PREST. DE SERVICIOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

CÓDIGO

532-06-9-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Elabora el reglamento interno del Centro.

2) Fomenta la formación de unidades de producción de bienes y prestación de servicios, de

acuerdo a la especialidad de la escuela profesionales de la Facultad.

3) Realiza convenios con otras instituciones de similar actividad, para implementar nuevas líneas

en la prestación de servicios.

4) Otras funciones que le sean encargadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

B. LINEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente de la decanatura

2) Es responsable de las actividades que se generen estén enmarcadas en el reglamento interno

y las normas administrativas de la UNASAM, y normas nacionales.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 398

UNIVERSIDAD NACIONAL

“SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO”

Aprobado mediante la R.C.U.Nº339-2016 -UNASAM

2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 399

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y COMUNICACIÓN

1.1. DE LA FACULTAD

La Facultad de Ciencias Sociales, Educación y Comunicación es la unidad de organización, formación

académica, profesional y de gestión (Artículo22° del Estatuto de la UNASAM y Artículo 19° del Reglamento

General), propiciando la investigación y la responsabilidad social y extensión universitaria. Es responsable de

elaborar el currículo, coordinar los planes de estudio para la obtención del Grado Académico Bachiller y Título

Profesional de sus estudiantes.

1.2. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE Ciencias Sociales, Educación y Comunicación

1) Planificar, organizar y ejecutar su Sistema Académico y Administrativo, orientado a la excelencia.

2) Formar profesionales académicos con competencias y capacidades estandarizadas a nivel nacional e internacional, para desarrollar las ciencias Sociales, Educación y Comunicación, acordes a las exigencias actuales.

3) Gestionar el proceso de formación académica y profesional del pregrado.

4) Promover y desarrollar la investigación científica y tecnológica, como medio de conocimiento de la realidad, de la solución de problemas, producción de conocimientos y satisfacción de necesidades de conocimiento.

5) Proponer a través de las Dirección de las Escuelas Profesionales, el desarrollo de Programas de Educación a Distancia en las especialidades que se establezcan, previamente acordadas en Consejo de Facultad. Esta propuesta se rige en base a lo dispuesto en la Ley Universitaria N°30220

6) Promover y desarrollar la formación científica mediante la gestión de programas de actualización, perfeccionamiento y especialización.

7) Garantizar la calidad académica del egresado.

8) Concientizar en el aspecto de responsabilidad social procurando una gestión socialmente responsable en la formación académica y pedagógica, de los estudiantes, propiciando experiencias vivenciales, iniciativas interdisciplinarias e interinstitucionales, definiendo la ética profesional de cada disciplina y su rol social. en la formación de los estudiantes de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

9) Lograr un comportamiento organizacional, con prácticas de valores y normas de convivencia éticas y conducta ecológica, por parte de todos los integrantes de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación: docentes, personal administrativo y estudiantes, para lograr el desarrollo sostenible de nuestra Universidad.

10) Brindar servicios docentes a las Escuelas Académico Profesionales y Unidades de Post Grado.

11) Velar por el cumplimiento de las normas legales vigentes, así como de los acuerdos y resoluciones emanadas de los órganos superiores de la Universidad y los de la propia Facultad.

12) Promover la capacitación y entrenamiento en tecnología educativa orientada a mejorar la enseñanza de las especialidades que imparte la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

13) Otras funciones que le asigne la Ley Universitaria y el Estatuto.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 400

2. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y

CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACION Y CIENCIAS DE LA

COMUNICACION

UNIVERSIDAD NACIONAL "SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO" (U.N.A.S.A.M.)

UNIDAD DE SECRETARIA

GENERAL

ESCUELA PROFESIONAL DE EDUCACION

ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS DE LA

COMUNICACION

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD

SOCIAL

UNIDAD DE INVESTIGACION

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PREST. DE

SERVICIOS

UNIDADADMINISTRATIVA

UNIDAD DE POST GRADO

COMISIONESPERMANTES

COMISIONES TRANSITORIAS

UNIDADES DE SERVICIOS ACADEMICOS

UNIDAD DE CENTRO DE COMPUTO

UNIDAD DE BIBLIOTECA

ESPECIALIZADA

UNIDAD DE GRADOS Y TITULOS

UNIDAD DE GABINETE

PEDAGOGICO

UNIDAD DE CALIDAD ACADEMICA

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

EDUCACION

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

CIENCIAS SOCIALES

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS

DE LA COMUNICACION

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUEOLOGIA

DEPARTAMENTOS ACADEMICOS

ESCUELA PROFESIONAL DE ARQUEOLOGIA

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2.1. ESTRUCTURA ORGÁNICA

La Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación para su mejor funcionamiento, organiza sus actividades según la siguiente estructura orgánica ÓRGANO DE GOBIERNO

Consejo de Facultad ÓRGANO DE DIRECCIÓN:

Decanato

ÓRGANO DE APOYO ACADÉMICO Departamentos Académicos:

Departamento Académico de Ciencias Sociales de la Comunicación. Departamento Académico de Educación. Departamento Académico de Ciencias Sociales. Departamento Académico de Arqueología.

Unidades de Servicio Académico:

Unidad de Calidad Académica Unidad de Gabinete Pedagógico Unidad de Biblioteca Especializada Unidad de Centro de Computo Unidad de Grados y Títulos Unidad de Post Grado Unidad de Laboratorio

Unidades de Administrativas:

Unidad Administrativa Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios Unidad de Secretaría General

ÓRGANOS DE LÍNEA

Escuela Profesional Ciencias de la Comunicación. Escuela Profesional Educación. Escuela Profesional de Arqueología. Unidad de Responsabilidad Social Unidad de Investigación

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2.2. Cuadro Orgánico De Cargos: Para el cumplimiento de funciones de la facultad de ciencias Sociales,

Educación y comunicación cuenta con los siguientes cargos:

N° DE

ORDEN

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD

ORGÁNICA/CARGO CÓDIGO TOTAL N° CAP

DECANATO

1 Decano 532-06-10-RE 1 1170

2 Secretaria 532-06-10-AP 1 1171

UNIDAD ADMINISTRATIVA

3 Asistente administrativo 532-06-10-AP 1 1172

4 Operador de limpieza 532-06-10-AP 2 1173-1174

UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL 1

5 Jefe la Unidad de Responsabilidad Social 532-06-10-RE 1 1175

UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

6 Jefe de la Unidad de Calidad Académica 532-06-10-RE 1 1176

UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

7 Jefe de la Unidad de Grados y Títulos 532-06-10-RE 1 1177

UNIDAD DE POST GRADO

8 Jefe de la Unidad de Post Grado 532-06-10-RE 1 1178

UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

9 Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada 532-06-10-RE 1 1179

10 Asistente de biblioteca 532-06-10-AP 2 1180-1181

11 Asistente de biblioteca 532-06-10-AP 1 1182

UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

12 Jefe de la Unidad de Centro de Cómputo 532-06-10-RE 1 1183

13 Asistente del centro de cómputo 532-06-10-AP 1 1184

GABINETE PEDAGÓGICO

14 Jefe de la Unidad de Gabinete Pedagógico 532-06-10-RE 1 1185

UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

15 Jefe de la Unidad de Investigación 532-06-10-RE 1 1186

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS

SOCIALES DE LA COMUNICACIÓN

16 Director del Departamento Académico de Ciencias

Sociales de la Comunicación 532-06-10-RE 1 1187

17 Secretaria 532-06-10-AP 1 1188

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE EDUCACIÓN

18 Director del Departamento Académico de Educación 532-06-10-RE 1 1189

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS

SOCIALES

19

Director del Departamento Académico de Ciencias

Sociales

Secretaria

532-06-10-RE

532-06-10-AP

1

1

1190

1991

DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

ARQUEOLOGÍA

20 Director del Departamento Académico de Arqueología 532-06-10-RE 1 1192

ESCUELA PROFESIONAL DE ARQUEOLOGÍA

21 Director de la Escuela profesional de Arqueología 532-06-10-RE 1 1193

22 Secretaria de las escuelas profesionales 532-06-10-AP 1 1194

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ESCUELA PROFESIONAL CIENCIAS DE LA

COMUNICACIÓN

24 Director de la Escuela profesional de Educación 532-06-10-RE 1 1195

ESCUELA PROFESIONAL DE EDUCACIÓN

Director de la Escuela profesional de Educación 532-06-10-RE 1 1196

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Jefe de la Unidad de Producción de Bienes y

26

prestación de Servicios

TOTAL

26

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3. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGOS

3.1. DECANATO

El decanato es un Órgano de Dirección y la máxima autoridad de gobierno de la Facultad, representa a la

Facultad ante el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria conforme lo dispone la Ley Universitaria N°

30220.

3.2. CARGO: DECANO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Convocar, dirigir y presidir las sesiones del Consejo de Facultad y representar a la Facultad ante el Consejo y Asamblea Universitaria con voz y voto, de acuerdo a lo que establece la Ley Universitaria.

2) Dirigir administrativamente la Facultad, autorizar los gastos y controlar la ejecución del presupuesto de la Facultad.

3) Dirigir académicamente la Facultad, en coordinación con los Directores de los Departamentos Académicos, de las Escuelas Profesionales y Unidades de Postgrado.

4) Designar a los Directores de las Escuelas Profesionales, Instituto de Investigación y las Unidades de Postgrado y proponer la ratificación ante el Consejo de Facultad.

5) Aprobar los reglamentos de la Facultad. sobre las responsabilidades de docentes y estudiantes, así como los regímenes de estudios, evaluación, promoción y sanciones dentro de las normas establecidas en la Ley Universitaria y el Estatuto de la UNASAM.

6) Proponer al Consejo de Facultad, sanciones a los docentes, estudiantes y personal administrativo de apoyo que incurran en faltas conforme lo señala la Ley Universitaria N° 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo.

7) Presentar al Consejo de Facultad, para su aprobación, el plan anual de funcionamiento y desarrollo de la Facultad y su Informe de Gestión.

8) Cumplir y hacer cumplir los planes de desarrollo y funcionamiento de la Facultad.

9) Proponer al Rector el proyecto de presupuesto anual de la Facultad y dirigir la ejecución.

10) Informar al Rector y a los Órganos de Gobierno, sobre la gestión de la Facultad y presentar su Memoria Anual al Consejo de Facultad.

11) Refrendar conjuntamente con el Rector y el Secretario General de la Universidad, los Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, certificados y menciones que se otorguen, en la Facultad.

12) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo de Facultad, Consejo Universitario, Asamblea Universitaria, la Ley Universitaria, el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad, el Reglamento de la Facultad y otras normas vigentes de la Universidad.

13) Realizar las demás funciones, afines al cargo que señala el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad y el Manual de Organización y funciones de la Universidad.

14) Otras funciones que le asigne el Rector y el Vicerrectorado Académico.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y

CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DECANO

CÓDIGO

532-06-10-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1170 2016

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B. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) El Decano es el representante de la Facultad, tiene la más alta jerarquía y es responsable del cumplimiento académico y administrativo de la Facultad.

2) Dirige el Consejo de Facultad, e implementa sus acuerdos y/o actos administrativos.

3) Coordina las actividades académicas con el Vicerrector Académico y las actividades de investigación con el Vicerrector de Investigación.

4) Ejerce autoridad sobre los Órganos de Apoyo, Órganos de Servicios Académicos y Administrativos y los Órganos de Línea de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

5) El Decano responde ante el Consejo de Facultad, sobre el cumplimiento de la misión de la Facultad y las funciones asignadas.

6) Es responsable de la buena marcha académica y administrativa de la Facultad, para ello delega funciones y coordina con los responsables de los diversos Órganos que conforman la Facultad, así como con los diferentes Órganos de la Universidad, conforme lo establece la ley.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser ciudadano en ejercicio.

2) Ser docente en la categoría de principal en el Perú o en el extranjero, con no menos de tres (3) años en la categoría.

3) Tener grado de Doctor o Maestro en su especialidad, el mismo que debe haber sido obtenido con estudios presenciales. Entiéndase por especialidad la rama de la ciencia o del conocimiento a la cual se dedica el docente.

4) No haber sido condenado por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada.

5) No estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitución y despido.

6) No estar consignado en el registro de deudores alimentarios morosos, ni tener pendiente de pago una reparación civil impuesta por una condena ya cumplida.

7) Otros establecidos en el Estatuto de la Universidad y la Ley Universitaria N° 30220.

3.3. CARGO: SECRETARIA DEL DECANO

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y

CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA

CÓDIGO:

532-06-10-AP N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 1171 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Recibir, redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Organizar, y controlar el trámite documentario y el archivo del Decanato de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

3) Organizar y coordinar las audiencias, atenciones, reuniones y certámenes; y preparar la agenda con la documentación respectiva.

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4) Organizar el control y seguimiento de los expedientes preparando periódicamente los informes de situación.

5) Administrar la documentación clasificada y prestar apoyo secretarial especializado, utilizando sistemas informáticos.

6) Organizar, coordinar y supervisar las labores de apoyo administrativo que realicen otras secretarias de la Facultad.

7) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

8) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

9) Atender las llamadas telefónicas, brindando información a los usuarios que están en línea, en forma concisa, breve y amable.

10) Orientar a los usuarios sobre las gestiones y situaciones de los diversos expedientes

11) Velar por la conservación y mantenimiento de los documentos, equipos y mobiliario que le han sido asignados.

12) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la custodia del patrimonio y documentación de su dependencia.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas versiones,

sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de tres años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en

la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.4. CARGO: SECRETARIO DE CONSEJO DE FACULTAD

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y

CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN -SECRETARÍA GENERAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIO DE FACULTAD.

CÓDIGO

532-06-10-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

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A. FUNCIONES ESPECÍFICAS

1) Preparar la agenda de las sesiones del Consejo de Facultad con la documentación sustentatoria

para su aprobación.

2) Llevar actualizados, los libros de actas de sesiones de Consejo de Facultad, procesando los

acuerdos tomados.

3) Emitir resoluciones, reglamentos, documentos oficiales emanados del Consejo de Facultad y/o

encargados por el Decano.

4) Elaborar los proyectos de Resolución de los acuerdos adoptados en Consejo de Facultad y el

Decanato.

5) Actuar como Secretario en las reuniones de Consejo de Facultad y del Decano.

6) Colaborar con el Decano en las acciones de coordinación con las comisiones.

7) Refrendar los documentos oficiales de la Facultad conjuntamente con el Decano, actuando como

fedatario de la Facultad.

8) Tramitar bajo responsabilidad a las instancias superiores los expedientes de graduación y

titulación aprobados por el Consejo de Facultad.

9) Realiza las funciones afines al cargo que el asigne el Decano de la Facultad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente del Decano de la Facultad.

2) Es responsables de las funciones establecidas en el ROF y MOF, relacionadas a su

competencia.

3) Es responsable de la custodia y el cuidado de la documentación, equipos, infraestructura que le

son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

3.5. UNIDAD ADMINISTRATIVA

La Unidad Administrativa, es la encargada de programar, organizar y dirigir las actividades administrativas de

la Facultad., así como dirigir, supervisar y controlar las acciones administrativas en las diversas áreas de

personal, economía, servicios generales, mantenimiento y trámites diversos de la Facultad de Ciencias

Sociales, Educación y de la Comunicación. Son funciones de la Unidad Administrativa:

1) Organizar y efectuar el manejo de los recursos económicos, financieros de la Facultad.

2) Elaborar y evaluar la ejecución del plan operativo de la Facultad.

3) Controlar la asistencia y permanencia del personal administrativos de la Facultad.

4) Organizar y ejecutar el mantenimiento, la conservación y seguridad de los ambientes de la facultad.

5) Formular y programar el presupuesto y el cuadro de necesidades de la Facultad.

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3.6. CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación, elaboración y evaluación del Plan Operativo Institucional de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación, en coordinación con las demás unidades académicas y administrativas de la Facultad, así como la Oficina General de Planificación y Presupuesto.

2) Organizar, dirigir, supervisar y controlar el manejo de los recursos humanos, económico financieros y materiales de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

3) Planificar, dirigir y controlar las actividades administrativas, así como los requerimientos de materiales y recursos humanos y financieros de acuerdo a las necesidades en coordinación con el Decano de la Facultad y las demás dependencias de la Facultad.

4) Organizar y coordinar la ejecución de los servicios de seguridad, mantenimiento, conservación y limpieza de bienes y de los ambientes académicos y administrativos.

5) Elaborar la programación y formulación del presupuesto y del cuadro de necesidades mensualizado de su Facultad, en coordinación con la Oficina General de Abastecimientos y Servicios Auxiliares. considerando las necesidades de cada dependencia de la Facultad

6) Realizar el seguimiento continuo y la ejecución de la programación contenida en el cuadro de necesidades y en el plan operativo de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación, cumpliendo con la evaluación trimestral exigida.

7) Realizar el control de la asistencia y permanencia del personal administrativo y evaluar el desempeño del personal a su cargo, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos y con la Unidad de Servicios Auxiliares..

8) Mantener actualizados los instrumentos de gestión de la Facultad, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Institucional.

9) Mantener actualizados el registro de entradas y salidas de los bienes y materiales del almacén de la Facultad.

10) Cumplir otras funciones que le asigne el Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

2) Coordina con las diversas dependencias de la Facultad sobre temas relacionados a su competencia.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la documentación que se genere en la Unidad Administrativa. .

4) Es responsable del manejo adecuado de los recursos económicos, financieros y materiales de la Facultad.

5) Ejerce autoridad sobre el personal administrativo nombrado y contratado de la Facultad.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y CIENCIAS

DE LA COMUNICACIÓN -UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

CÓDIGO:

532-06-10-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 1172 2016

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C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la especialidad.

2) Experiencia en la conducción de sistemas administrativos del sector público y conducción de personal.

3) Capacitación en informática y sistemas administrativos.

3.7. CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y CIENCIAS

DE LA COMUNICACIÓN -UNIDAD ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

CÓDIGO

532-06-10-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 1173-1174 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Ejecutar las actividades de limpieza diaria de los pasadizos, baños, escaleras, aulas, laboratorios, biblioteca, centros de cómputo y oficinas así como realizar labores de limpieza, gasfitería, electricidad de mantenimiento de los ambientes de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

2) Operar equipos de limpieza para el cumplimiento de sus labores.

3) Orientar el ingreso y salida de personas de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

4) Realizar acciones de traslado y acomodo de bienes, insumos, muebles y otros.

5) Contribuir al orden y seguridad de los ambientes de la Facultad

6) Controlar y custodiar los ambientes, equipos, materiales y otros bienes de la facultad, así también velar por su mantenimiento.

7) Realizar arreglos y conservación de los jardines y/o áreas verdes de la Facultad. 8) Apoyo en contribuir en la vigilancia y seguridad interna de los pabellones, oficinas y ambientes

de la Facultad. 9) Notificar sobre hechos o incidentes ocasionados dentro de la Facultad, a su jefe inmediato. 10) Realizar los requerimientos de materiales necesarios para desarrollar su labor. 11) Las demás que le asigne su jefe inmediato, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares de la DASA. 2) No ejerce autoridad sobre el personal. 3) Es responsable de los bienes que le son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Instrucción secundaria completa. 2) Buena disposición para el trabajo 3) Experiencia en labores similares

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ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación primaria y experiencia.

3.8. UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

La Unidad de Responsabilidad Social es el Órgano de línea de las facultades que contribuye al desarrollo

sostenible y al bienestar de la sociedad y compromiso con toda la comunidad universitaria. Sus funciones

específicas son:

3.9. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y

CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN -UNIDAD DE

RESPONSABILIDAD SOCIAL

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE RESPONSABILIDAD SOCIAL

CÓDIGO

532-06-10-RE N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1175 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Sensibilizar a todos los integrantes de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la

Comunicación sobre la importancia de una conducta responsable y comprometida con la sociedad

y el medio ambiente.

2) Organizar y promover la participación de todos los integrantes de la Facultad de Ciencias Sociales,

Educación y de la Comunicación en diferentes actividades de carácter social y medioambiental.

3) Fomentar el uso responsable de los recursos y el compromiso social de la Facultad de Ciencias

Sociales, Educación y de la Comunicación.

4) Promover y desarrollar eventos que fomenten la formación humana y profesional, la creación de

nuevos conocimientos y transferencia social de los mismos y la relación de la Facultad de Ciencias

Sociales, Educación y de la Comunicación con el resto de actores sociales, evaluando Impactos:

educativos., cognitivos, epistemológicos, sociales, que influyen en los factores económicos,

políticos, sociales y culturales y por ende en el desarrollo de la entidad.

5) Dirigir, coordinar, difundir, hacer seguimiento y evaluar las acciones y los mecanismos que

fomenten y den cuenta de la contribución socialmente responsable de la Facultad de Ciencias

Sociales, Educación y de la Comunicación.

6) Capacitar a los docentes de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación

en el enfoque de la Responsabilidad Social Universitaria y promover en las especialidades el

Aprendizaje Basado en Proyectos de carácter social.

7) Otras funciones que le asigne el Decano, según su competencia.

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B. LÍNEA DE DEPENDENCIA y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación,

coordina sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la

Oficina General de Responsabilidad Social Universitaria.

2) Es responsable de que las acciones y actividades de responsabilidad social en la Facultad, se

realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y Ciencias de la Comunicación.

3.10. UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

La Unidad de Calidad es el órgano de línea encargado de establecer y ejecutar las normas para la

autoevaluación, el mejoramiento continuo de la calidad académica, así como planificar, dirigir, supervisar y

evaluar los procesos de autoevaluación de la Facultad tendentes a una acreditación continua.

3.11. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Generar conciencia entre los miembros de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la

Comunicación sobre las ventajas de la autoevaluación con fines de acreditación y en relación a la

cultura de la calidad.

2) Planificar, dirigir, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar los procesos de autoevaluación en la

Facultad.

3) Coordinar con la Comisión Central de Autoevaluación y Acreditación de la Universidad.

4) Formula su Plan Táctico y Presupuesto Anual operativo.

5) Sensibilizar y fomentar la importancia del auto evaluación y acreditación como mecanismos que

permiten el mejoramiento continuo de la calidad.

6) Presentar trimestralmente un informe de gestión.

7) Recibir, revisar y remitir los informes a los Comités Internos de Autoevaluación con fines de

acreditación, de acuerdo al cronograma que establezca la Oficina General de Calidad Universitaria

de la UNASAM

8) Otras funciones que le sean encargadas por el Decano.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y

CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN -UNIDAD DE CALIDAD

ACADÉMICA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE UNIDAD DE CALIDAD ACADÉMICA

CÓDIGO

532-06-10-RE N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1176 2016

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B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación,

coordina sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la

Oficina General de Calidad Universitaria

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes a la calidad académica en la Facultad,

se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y Ciencias de la

Comunicación.

2) Tener experiencia en labores de acreditación.

3.12. UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

La Unidad de Grados y Títulos es el Órgano de línea de la Facultad encargado de programar y conducir de

acuerdo a reglamento, el proceso de graduación y titulación en las carreras profesionales que conduce la

Facultad, para el mejor cumplimiento de su misión, mantiene relaciones de coordinación con las Escuelas

Profesionales, la Secretaría General y Departamentos académicos.

3.13. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Proponer al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación del Consejo Universitario, el

reglamento de procedimiento de los trámites de graduación y titulación en la Facultad.

2) Revisión, actualización y propuesta del Reglamento de otorgamiento de grados académicos y la

obtención del título profesional en sus diversas modalidades de titulación así como diplomados y

de segunda especialización al Consejo de Facultad para su aprobación y ratificación por el

Consejo Universitario.

3) Verificar bajo responsabilidad, la conformidad de los expedientes para la obtención del Grado

Académico de Bachiller o Título Profesional que otorgue la Facultad.

4) Programar, organizar y controlar las actividades relacionadas con el proceso de graduación y

titulación.

5) Difundir el Reglamento de graduación y titulación así como el Reglamento de Procedimientos

sobre graduación y titulación, entre los alumnos y egresados de la Facultad.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y

CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN -UNIDAD DE GRADOS Y

TÍTULOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GRADOS Y TÍTULOS

CÓDIGO

532-06-10-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1177 2016

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6) Solicitar a las Escuelas Profesionales la conformación de las comisiones dictaminadoras de

expedientes de graduación y/o titulación así como la designación de jurados dictaminadores de

Planes de Tesis para titulación profesional o jurados examinadores para las otras modalidades

de titulación profesional previstas en el Reglamento.

7) Tener actualizado el padrón de graduados y titulados manteniendo una relación permanente para

recoger iniciativas que propongan programas de capacitación y actualización profesional.

8) Administrar los expedientes de graduación y titulación que mantengan informados a los

interesados sobre el estado de su gestión así como organizar y mantener al día el archivo de la

documentación sobre graduación y titulación.

9) Otras funciones de su competencia que le sean asignados por el Consejo de Facultad o por el

Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y AUTORIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación,

coordina sus actividades con las escuelas y departamentos académicos de la Facultad y con la

Secretaría General de la UNASAM.

2) Es responsable de que las acciones y actividades referentes al proceso de titulación y grados

académicos en la Facultad, se realicen oportuna y adecuadamente.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

3.14. UNIDAD DE POST GRADO

La Escuela de Posgrado de la UNASAM es la Unidad Académica encargada de brindar estudios

especializados propendiendo a la formación de investigadores y profesionales del más alto nivel académico

conducente a la obtención de maestrías y doctorados. Tiene carácter autofinanciado.

3.15. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE POST GRADO

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y

CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN -UNIDAD DE POS

GRADO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE POST GRADO

CÓDIGO

532-06-10-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1178 2016

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 414

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Establece el diseño curricular a seguir para cada uno de los programas de formación continua:

cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros,

aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

2) Convocar y presidir el Comité Directivo de la Unidad de Pos Grado.

3) Formula el Proyecto de Desarrollo Académico Administrativo de la Unidad, así como sus respectivos presupuestos.

4) Formula el Reglamento Académico de la Unidad y las Directivas que norman el inicio, desarrollo y finalización del periodo lectivo de los cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

5) Propone los docentes especialistas para la atención de los programas de formación continua, cursos, diplomados, segunda especialización, maestrías, doctorados y pos doctorados y otros, aprobados por el Consejo de Facultad de acuerdo a la normatividad existente para el caso.

6) Supervisa la aplicación de las normas académicas respecto a la aplicación del diseño curricular utilizado por cada uno de los programas de formación continua.

7) Supervisa y hace el seguimiento al desempeño de los docentes que laboran en la unidad de Post grado.

8) Proponer a los Jurados de Proyectos de Tesis y de la sustentación de tesis de acuerdo a su especialidad.

9) Elabora y publica el informe semestral de su gestión.

10) Elabora el reglamento interno de la Unidad de Post Grado.

11) Otras establecidas en el Reglamento Interno de la unidad.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y AUTORIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad, coordina sus actividades con los directores de las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

2) Coordina sus actividades con el Director de la Escuela de Post Grado de la UNASAM y con los directores de las escuelas y departamentos académicos de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad con grado de Maestro o Doctor.

3.16. UNIDAD DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

La Unidad de la Biblioteca Especializada es un Órgano de línea de las facultades encargada de velar por la

conservación y atención de requerimientos de consulta bibliográfica de docentes y estudiantes de la Facultad.

Ofrece los servicios de lectura en sala de referencia, así como de préstamo a domicilio.

1) Catalogar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la facultad

2) Programar y organizar las actividades y establecer los procedimientos para el buen funcionamiento de la Biblioteca Especializada.

3) Registrar, organizar y administrar la bibliografía al servicio de la Facultad

4) Ofrecer los servicio de lectura en sala de referencia y así como de préstamo a domicilio

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 415

5) Contar con el inventario de biblioteca y velar por su conservación.

6) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y anual de las áreas que comprende.

7) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los recursos bibliográficos de la biblioteca especializada.

8) Atender con eficiencia en los horarios establecidos, con el personal necesario.

3.17. CARGO: JEFE DE LA BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Programar y dirigir las actividades propias de la Oficina de Biblioteca Especializada.

2) Dirigir y coordinar la formulación de documentos técnicos normativos para la correcta atención

en la Biblioteca Especializada.

3) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención.

4) Evaluar las actividades programadas y determinar las medidas correctivas para el buen

funcionamiento de la Biblioteca Especializada.

5) Formular el Plan y Presupuesto de la Biblioteca Especializada.

6) Formular la relación de material bibliográfico (libros, revistas, boletines, proyectos y tesis), de

acuerdo a las necesidades de la Facultad

7) Dirigir el procesamiento técnico bibliográfico de la colección bibliográfica y de los servicios.

8) Implementar políticas y procedimientos adecuados para capacitar al personal de Biblioteca.

9) Sugerir los horarios de trabajo del personal a su cargo de acuerdo a los requerimientos del

servicio.

10) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y

anual de las áreas que comprende.

11) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los

recursos bibliográficos de la biblioteca especializada.

12) Presentar anualmente el presupuesto de la biblioteca especializada.

13) Las demás funciones que le asigne el Decano, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende de la Decanatura de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación

es responsable ante él.

2) Ejerce autoridad, mando y supervisión sobre el personal asignado a la Unidad de Biblioteca

Especializada.

3) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación,

catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca especializada.

4) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca.

5) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y

CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN -UNIDAD DE BIBLIOTECA

ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

CÓDIGO

532-06-10-EJ

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-EJ 1179 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 416

6) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y

documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas).

7) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva.

8) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su

devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca.

9) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención.

10) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior

sobre cualquier anomalía.

11) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico.

12) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones

y novedades de interés al usuario.

13) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos,

ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada.

14) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan

el servicio a la Biblioteca.

15) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación,

presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en

uso, ubicados en repositorio.

16) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca.

17) Otras que le asigne su jefe inmediato.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Personal nombrado con especialidad en Bibliotecología o bibliotecario con estudios en el área.

2) Alguna experiencia en la conducción de personal.

3) Conocimientos sobre administración e informática.

3.18. CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación, catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca especializada.

2) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca.

3) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones.

4) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas).

5) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva.

6) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y

CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN -UNIDAD DE BIBLIOTECA

ESPECIALIZADA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DE BIBLIOTECA

CÓDIGO

532-06-10-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 1180-1181 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 417

7) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior sobre cualquier anomalía.

8) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico.

9) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones y novedades de interés al usuario.

10) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos, ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada.

11) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan el servicio a la Biblioteca.

12) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación, presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en uso, ubicados en repositorio

13) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca.

14) Otras que le asigne su jefe inmediato.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad de Biblioteca Especializada.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de cumplir en forma eficiente y oportuna las funciones señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones, el Manual de Organización y Funciones, y demás disposiciones legales vigentes que norman su actividad. No ejerce autoridad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Estudios Universitarios que incluyan materias relacionados con el área.

2) Especialización y/o capacitación en Bibliotecología.

3) Capacitación o Especialización en computación e informática.

4) Conocimiento de sistemas administrativos

5) Experiencia de dos años en actividades universitarias.

6) Trato cordial

7) Habilidad analítica

8) Orientación al usuario

3.19. UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

La Unidad de Centro de Cómputo es un Órgano de línea de las facultades, encargado de prestar servicios a los requerimientos académicos e informáticos de la Facultad. Sus funciones son:

1) Prestar servicio de cómputo para el desarrollo de los cursos regulares de las carreras profesionales ofrecidas por la Facultad.

2) Brindar soporte informático a los proyectos de investigación autorizados y crear las condiciones necesarias para el uso de las redes informáticas y de comunicaciones en el proceso de enseñanza-aprendizaje.

3) Ofrecer soporte técnico para el desarrollo de cursos, programas y otras actividades de capacitación

extracurricular que proyecte la Facultad a través de la instancia competente.

4) Proponer y ejecutar programas de enseñanza y capacitación especializada.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 418

5) Facilitar el uso y préstamo de equipos, en actividades de la Facultad, previamente autorizados por el

Consejo de Facultad.

6) Coordinar permanentemente con la Oficina General de Tecnología de Información Sistemas y

Estadística, con conocimiento del Decano el adecuado estado de conservación de los equipos del centro

de cómputo de La Facultad.

7) Elaborar el presupuesto del Centro de Cómputo para su presentación al Consejo de Facultad.

8) Otras funciones que le sean encomendadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

3.20. CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Promover, difundir y aplicar adecuadamente las tecnologías de información en la Facultad

acuerdo a las políticas informáticas del Estado.

2) Impartir control sobre los bienes y equipos asignados a la oficina, y velar por su correcto uso.

3) Formular políticas y lineamientos que rijan de manera óptima el uso del Centro de Cómputo.

4) Aprobar informes y proyectos afines a las tecnologías de información y comunicación.

5) Proponer herramientas de gestión para la mejora de las tecnologías a través de estrategias,

enfoques modelos que apoyen los procesos de mejora de la Facultad.

6) Formular y evaluar el plan de mantenimiento preventivo y concurrente del hardware.

7) Velar por la conservación del inventario del hardware y software.

8) Proponer y documentar las buenas prácticas aplicadas en el uso del recurso tecnológico.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad.

2) Ejerce mando sobre el personal administrativo nombrado o contratado del Centro de Cómputo.

3) Es responsable de la organización, elaboración de gestiones, presupuesto, mantenimiento y

capacitaciones.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Personal administrativo con estudios en el área.

2) Conocimiento y experiencia en el manejo de las TIC´s

3) Conocimiento de las normas y políticas de gobierno electrónico

4) Alguna experiencia en la conducción de personal.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y CIENCIAS

DE LA COMUNICACIÓN -UNIDAD DE CENTRO DE CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DEL CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO

532-06-10-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1183 2016

MOF-UNASAM

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3.21. CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación y ejecución del horario de las clases prácticas de los cursos que

requieren el uso del Centro de Cómputo.

2) Controlar el uso adecuado del hardware y software de la Facultad por los alumnos, docentes y

personal administrativo, organizando y ejecutando acciones de seguridad, control de inventario,

conservación y mantenimiento.

3) Mantener en buen estado y cuidado respectivo de los equipos informáticos y seguridad del Centro

de Cómputo y del hardware& software de las aulas.

4) Recopilar y consolidar la información necesaria para el buen funcionamiento de los sistemas

administrativos conducentes a garantizar el desarrollo de las actividades académicas.

5) Apoyar en tareas del mantenimiento de la página web de la Facultad.

6) Efectuar acciones de mantenimiento del hardware y software del Centro de Cómputo y de las

oficinas administrativas.

7) Garantizar el uso de aplicativos y antivirus solo con licencia acorde a los cursos que se imparten

en la Facultad.

8) Elaboración de requerimientos de equipos, materiales, herramientas e insumos para el

mantenimiento de los equipos.

9) Controlar y registrar el movimiento de activos informáticos y telemáticos del Centro de Cómputo.

10) Controlar las actividades de inspección de servicios de mantenimiento de los equipos informáticos

de los laboratorios y demás oficinas y/o unidades de la Facultad.

11) Orientar el uso adecuado de los equipos a los usuarios de la Facultad.

12) Cumplir otras funciones que le asigne el jefe de la oficina, en el ámbito de su competencia.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe del Centro de Cómputo.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la organización, ejecución, control y mantenimiento de los servicios y equipos

del Centro de Cómputo.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Técnico Profesional en Computación e Informática con especialidad.

2) Experiencia en el Servicio de administración de Centros de Cómputo, soporte informático,

telemático y audiovisual.

3) Conocimiento y experiencia en la administración de servidores.

4) Capacitación en actividades de administración de Centros de Cómputo y mantenimiento de

equipos informáticos y telemáticos

5) Orientación al usuario.

6) Trato cordial a los usuarios.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y

CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN -UNIDAD DE CENTRO DE

CÓMPUTO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE CENTRO DE CÓMPUTO

CÓDIGO

532-06-10-AP N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP- AP 1184 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 420

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria que incluyan materias relacionadas

con el área y experiencia en actividades informáticas y tecnológicas.

3.22. GABINETE PEDAGÓGICO

La Unidad de Gabinete Pedagógico, es el órgano de Línea de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y

de la Comunicación encargado de ofrecer información, asesoramiento y orientación para prevenir y resolver

dificultades que afecten la gestión académica, en especial, anticiparse a los problemas que pueden suscitarse.

3.23. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Asesorar sobre los criterios pedagógicos, líneas de aprendizaje y desarrollo de estrategias a implementar en la puesta en marcha del proyecto educativo de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

2) Acompañar el proceso educativo aportando todo elemento técnico-pedagógico que confiera calidad al aprendizaje.

3) Colaborar con la realización de los programas de estudio, de la planificación de las tareas académicas y en la conformación de los Curriculum docentes.

4) Sugerir los ajustes necesarios en la metodología de formación pedagógica de los docentes, en la planificación y evaluación del aprendizaje.

5) Diseñar y participar en la evaluación institucional y en propuestas formativas de los docentes

6) Realizar encuestas estudiantiles y organizar el programa de tutorías.

7) Otras funciones según su competencia.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, COORDINACIÓN Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano.

2) Coordina sus actividades con los directores de las escuelas y departamentos académicos, con las

autoridades académicas de la UNASAM.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente ordinario de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

2) Tener conocimiento de temas relacionados a la función a desempeñar.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN -GABINETE

PEDAGÓGICO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE GABINETE PEDAGÓGICO

CÓDIGO

532-06-10-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1185 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 421

3.24. UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

La Unidad de Investigación está encargada de integrar las actividades de investigación de la Facultad de

Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación, es la encargada de diseñar, ejecutar, monitorear y evaluar

los Proyectos de Investigación difundiendo sus resultados; así como establecer las líneas de investigación y

crear los Centros, Círculos e Institutos de Investigación, según las necesidades e intereses de la Facultad. Están

dirigidas por un Docente Ordinario designado por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad por un

periodo máximo de dos años.

A. FUNCIONES DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN:

1) Promover el desarrollo científico y tecnológico de los docentes y estudiantes para garantizar la participación efectiva en el proceso del desarrollo regional y nacional.

2) Propiciar la elaboración de investigaciones en las líneas y áreas de su competencia, dentro del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

3) Fomentar y estimular actividades científicas para la capacitación de sus docentes y estudiantes.

4) Evaluar los proyectos de investigación, y proponerlos al Consejo de Facultad quien los aprobará en un plazo no mayor de quince (15) días y tramitarlo ante la Dirección General de Investigación (DGI).

5) Evaluar trimestralmente la ejecución de los proyectos de investigación informando a la DGI al finalizar cada trimestre.

6) Administrar los bienes y equipos que son adquiridos para el desarrollo de los proyectos de investigación subvencionados por canon, sobrecanon y regalías.

7) Realizar la difusión de las investigaciones desarrolladas por los docentes y estudiantes de las facultades.

8) Promover la publicación de una revista académica especializada y gestionar su indización.

9) Revisar y dar certitud de la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio será sancionado con una normatividad específica).

B. FUNCIONES DEL COMITÉ DE INVESTIGACIÓN

1) Revisar y evaluar la pertinencia e impacto de los trabajos de investigación presentados por los docentes investigadores.

2) Revisar y dar certitud la originalidad de los trabajos de investigación (el plagio es sancionado).

3) Proponer la aprobación de los proyectos de investigación e informes finales de investigación de los docentes al Consejo de Facultad, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos por el Consejo de Investigación y las normas correspondientes.

4) Evaluar trimestralmente el desarrollo de los proyectos de investigación e informar, a través del Director a las instancias pertinentes.

5) Apoyar las actividades de capacitación y otros eventos académico-científicos organizados por la Unidad de Investigación, la Dirección General de Investigación y el Vicerrectorado de Investigación.

6) Apoyar la difusión virtual de las investigaciones desarrolladas en la Unidad de investigación; así como a nivel institucional y de otras universidades del país y del mundo.

7) Colaborar con la edición y publicación de la revista científica de la Facultad.

8) Aprobar la Memoria Anual de investigación de la Unidad.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 422

3.25. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Formular y ejecutar el plan de actividades de la Unidad de Investigación que forma parte del plan

operativo y del plan estratégico de investigación de la UNASAM.

2) Formular y coordinar políticas, áreas, líneas y programas de investigación de la Facultad, tanto para

los docentes, como para estudiantes y graduados.

3) Hacer el seguimiento de los proyectos de investigación de la Facultad.

4) Solicitar al Vicerrectorado de Investigación, la evaluación y auspicio o financiamiento por la UNASAM

de los proyectos de investigación que muestren impacto, presentados por los docentes y sus

semilleros aprobados por las unidades de investigación.

5) Elaborar directivas que normen la operatividad de la Unidad de Investigación.

6) Promover la formulación de proyectos de investigación interdisciplinarios que contribuyan al

desarrollo institucional, regional, nacional e internacional.

7) Presidir el Comité de Investigación de la Facultad.

8) Participar como miembro del Consejo de Investigación de la UNASAM.

9) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Comité de Investigación y Consejo de Investigación, así

como dispositivos emanados de la Dirección General de Investigación.

10) Promocionar la investigación científica y tecnológica.

11) Recepcionar y presentar al Comité de Investigación los trabajos de investigación de los docentes

investigadores.

12) Elevar al Consejo de Facultad los trabajos de investigación aprobados por el Comité de Investigación

para su ratificación.

13) Administrar y mantener el sistema de información de investigación.

14) Promover la publicación de los trabajos de investigación en los medios especializados.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

2) Coordina sus actividades con la Oficina General de Investigación, el Vice Rectorado de

Investigación, la Unidad de Responsabilidad Social y con las escuelas y departamentos académicos

de la Facultad.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario a tiempo completo o a dedicación exclusiva de la Facultad

2) Tener grado de Maestro o Doctor.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y CIENCIAS

DE LA COMUNICACIÓN -UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIÓN

CÓDIGO

532-06-10-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1186 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 423

DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y DE LA COMUNICACIÓN

3.26. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS SOCIALES DE LA COMUNICACIÓN

El Departamento Académico de Ciencias Sociales de la Comunicación es una unidad de servicio académico de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación, que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad de estudiar, investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos por cursos o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de Comunicación, Ciencias Sociales y afines.

3.27. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE CIENCIAS SOCIALES DE LA COMUNICACIÓN

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al Consejo de Facultad, la asignación de personal docente nombrado y contratado del Departamento de Ciencias Sociales, de la Comunicación.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de Ciencias Sociales, Educación y Comunicación.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento Académico de Ciencias Sociales de la Comunicación.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento de Ciencias Sociales de la

Comunicación.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN -DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

CIENCIAS SOCIALES DE LA COMUNICACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO

CÓDIGO 532-06-10-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1187 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 424

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento académico de Ciencias Sociales de la Comunicación.

3.28. CARGO: SECRETARIA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración

pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de los Departamentos Académicos de Ciencias

Sociales de la Comunicación, Educación, Ciencias Sociales y Arqueología, a las instancias que

les corresponde según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de los Departamentos Académicos de

Ciencias Sociales de la Comunicación, Educación, Ciencias Sociales y Arqueología.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y

presentación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres de los Departamentos Académicos de

Ciencias Sociales de la Comunicación, Educación, Ciencias Sociales y Arqueología.

6) Atender a los docentes de la Facultad de Ciencias Sociales de la Comunicación, Educación, y de

la Comunicación de otras Facultades que prestan su apoyo, dando las facilidades que el caso

amerita.

7) Manejo adecuado de las asistencias de los docentes, con ética y valores, de acuerdo a lo

normado por la Dirección de Recurso Humanos.

8) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: la Carga Académica, por

docente.

9) Recepcionar, archivar y custodiar los Sílabos de cada curso por Semestre Académico.

10) Actualización constante de los archivos de las asistencias de los estudiantes, entregados por los

docentes.

11) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de los Departamentos Académicos de

Ciencias Sociales de la Comunicación, Educación, Ciencias Sociales y Arqueología.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y

CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN -DEPARTAMENTOS

ACADÉMICOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA

CÓDIGO

532-06-10-AP N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 1188 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 425

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente de los Jefes de los Departamentos académicos.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos y

de la custodia de los mismos.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en la

ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.29. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE EDUCACIÓN

El Departamento Académico de Educación es una unidad de servicio académico de la Facultad de Ciencias

Sociales, Educación y de la Comunicación, que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad de

estudiar, investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos

por cursos o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de

Educación, Ciencias Sociales y afines.

3.30. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al consejo de Facultad, la asignación de personal nombrado y

contratado del Departamento de Educación.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos

pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras facultades de la UNASAM.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y

CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN -DEPARTAMENTO

ACADÉMICO DE EDUCACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADEMICO

CÓDIGO

532-06-10-RE N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1189 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 426

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su

aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su

aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los

contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y

estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca

virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de Ciencias Sociales, Educación y Ciencias de la

Comunicación.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del

Departamento Académico de Educación.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento académico de Educación.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento de académico Educación.

3.31. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS SOCIALES

El Departamento Académico de Ciencias Sociales es una unidad de servicio académico de la Facultad de

Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación, que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad

de estudiar, investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los

sílabos por cursos o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del

área de Ciencias Sociales, Educación y afines.

3.32. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE CIENCIAS SOCIALES

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y

CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN -DEPARTAMENTO

ACADÉMICO DE CIENCIAS SOCIALES

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADEMICO

CÓDIGO

532-06-10-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1190 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 427

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al consejo de Facultad, la asignación de personal nombrado y

contratado del Departamento.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos

pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su

aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su

aplicación y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los

contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y

estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca

virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de Ciencias Sociales, Educación y Comunicación.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento

Académico de Ciencias Sociales.

3) Es responsable del buen funcionamiento del Departamento Académico de Ciencias Sociales.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento de Ciencias Sociales.

3.33. CARGO: SECRETARIA

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y

CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN -ESCUELAS

PROFESIONALES

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA DE LAS ESCUELAS PROFESIONALES

CÓDIGO

532-06-10-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 1191 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 428

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos de acuerdo a la normas de administración pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de los Departamentos Académicos de Ciencias Sociales, Educación y Comunicación a las instancias que les corresponde según la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de los Departamentos Académicos de Ciencias Sociales, Educación y Comunicación.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y presentación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres de los Departamentos Académicos de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

6) Atender a los docentes de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación y de otras Facultades que prestan su apoyo, dando las facilidades que el caso amerita.

7) Manejo adecuado de las asistencias de los docentes, con ética y valores, de acuerdo a lo normado por la Dirección de Recurso Humanos.

8) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: la Carga Académica, por docente.

9) Recepcionar, archivar y custodiar los Sílabos de cada curso por Semestre Académico.

10) Actualización constante de los archivos de las asistencias de los estudiantes, entregados por los docentes.

11) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de los Departamentos Académicos de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente de los Jefes de los Departamentos académicos.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos

y de la custodia de los mismos.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en

la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 429

3.34. DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARQUEOLOGÍA

El Departamento Académico de Arqueología es una unidad de servicio académico de la Facultad de Ciencias

Sociales, Educación y de la Comunicación, que reúnen a docentes de disciplinas afines con la finalidad de

estudiar, investigar y actualizar contenidos curriculares, mejorar estrategias pedagógicas y preparar los sílabos

por cursos o materias, a requerimiento de las Escuelas Profesionales. Están adscritos profesionales del área de

Arqueología.

3.35. CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE ARQUEOLOGÍA

A. FUNCIONES ESPECIFICAS:

1) Proponer semestralmente al consejo de Facultad, la asignación de personal nombrado y

contratado del Departamento académico de Arqueología.

2) Agrupar a los docentes ordinarios por especialidades afines.

3) Racionalizar la carga lectiva y no lectiva de los docentes, en concordancia con los reglamentos

pertinentes.

4) Consolidar la matriz del perfil profesional de los docentes para la disciplina de su especialidad.

5) Prestar servicios a otras facultades de la UNASAM.

6) Generar competencias y capacidades profesionales en las disciplinas de las carreras, para su

aplicación en las asignaturas y considerarlas en los sílabos.

7) Diseñar estrategias didácticas y procedimientos de evaluación de aprendizajes, para su aplicación

y consideración en los sílabos.

8) Supervisar, hacer seguimientos, controlar y evaluar en el aula de clase el desarrollo de los

contenidos de las asignaturas de acuerdo a los sílabos.

9) Promover la capacitación y perfeccionamiento de los docentes sobre aspectos académicos y

estrategias didácticas, en coordinación con las Direcciones de Escuelas Profesionales.

10) Organizar las plataformas de las disciplinas y contenidos de la especialidad, para la biblioteca

virtual.

11) Otras funciones que le asigne el Decano de Ciencias Sociales, Educación y Ciencias de la

Comunicación.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y

CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN –DEPARTAMENTO DE

ARQUEOLOGÍA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO

CÓDIGO

532-06-10-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1192 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 430

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación.

2) Tiene mando sobre el personal docente y administrativo nombrado y contratado del Departamento

Académico de Arqueología.

3) Es responsable del buen funcionamiento de su departamento académico.

C. REQUISITOS MÍNIMOS

1) Ser docente principal con grado académico de maestro o doctor

2) Ser docente adscrito al Departamento académico de Arqueología

3.36. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE ARQUEOLOGÍA

La Dirección de la Escuela Profesional de Arqueología está encargada del diseño y actualización curricular

permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la formación, capacitación

pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

A. FUNCIONES GENERALES:

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional.

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional.

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la Formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

3.37. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE ARQUEOLOGÍA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional y, cuando sea requerido, asiste al Consejo de Facultad con voz pero sin voto

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de Departamento Académico.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y CIENCIAS

DE LA COMUNICACIÓN –ESCUELA PROFESIONAL DE

ARQUEOLOGÍA

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE ARQUEOLOGÍA

CÓDIGO

532-06-10-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1193 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 431

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de Estudios en la carrera profesional

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros, supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela Profesional de Arqueología.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y científico de la Escuela Profesional de Arqueología.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grado de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados, convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes, para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 432

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales, artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación y del

Consejo de Facultad.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional de

Arqueología.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas

en la Escuela Profesional de Arqueología.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela

Profesional a su cargo

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades

a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad de

mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de

Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que

contribuyan a su desarrollo profesional

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para

cada año.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Arqueología.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de Arqueología, por un período máximo de dos (02) años.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 433

3.38. CARGO: SECRETARIA

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Redactar y digitar los documentos administrativos oficiales de acuerdo a la normas de

administración pública.

2) Recepcionar, registrar y derivar los expedientes de las escuelas profesionales de la Facultad de

Ciencias Sociales, Educación y de la Comunicación a las instancias que les corresponde según

la naturaleza de los mismos.

3) Ejecutar el control y seguimiento de los expedientes de las escuelas profesionales.

4) Recepcionar y efectuar llamadas telefónicas locales y a larga distancia, cuidando la seguridad y

presentación de los aparatos telefónicos.

5) Velar por la conservación y mantenimiento de los enseres que le fueron asignados

6) Atención a estudiantes y padres de familia de la Escuela Profesional, a través del SIGA

7) Manejo del Sistema Integral de Gestión Académica, referente a: Horarios, por ciclos, por aulas y

por docente, matrícula, rectificación de matrícula, validación de matrícula, Impresión de actas

parciales y finales, consolidados de notas, reporte curricular integral (RCI).

8) Ayuda a los estudiantes con el ingreso al sistema mediante la asignación de una contraseña,

entrega de constancias del tercio superior, constancia de estudios, la emisión de certificados,

informes técnicos para la obtención del grado de bachiller, emisión de constancia de egreso

simple, carta de presentación para la realización de prácticas pre profesionales, llenado de

constancias de egreso, actualización de los registros del libro de egresos, elaboración del rol de

exámenes parciales y finales, recepción y sellado de silabos previa coordinación con el Director

de Escuela.

9) Apoya al docente con la entrega de la nómina de estudiantes por curso.

10) Actualización constante de los archivo de sílabos, pre actas parciales y finales,

11) Cumplir otras funciones que le asigne los Directores de las escuelas profesionales.

B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente de los Jefes de los Departamentos académicos.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la correcta generación de documentos

y de la custodia de los mismos.

DEPENDENCIA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y CIENCIAS

DE LA COMUNICACIÓN -ESCUELAS PROFESIONALES

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA DE LAS ESCUELAS PROFESIONALES

CÓDIGO

532-06-10-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 1194 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 434

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y/o de nuevas

versiones, sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de dos años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (2) tres años de experiencia en

la ejecución de acciones de apoyo secretarial.

3.39. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN

La Dirección de la Escuela Profesional de Ciencias de la Comunicación está encargada del diseño y

actualización curricular permanente de la carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la

formación, capacitación pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional

correspondiente.

A. FUNCIONES GENERALES

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional de Ciencias de la Comunicación.

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

3.40. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y

CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN –ESCUELA PRPFESIONAL

DE CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS DE

LA COMUNICACIÓN

CÓDIGO

532-06-10-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1195 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional de Ciencias de la Comunicación y, cuando sea requerido,

asiste al Consejo de Facultad con voz pero sin voto

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios

específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de

Departamento Académico.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 435

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula

de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos

y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al

cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los

estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de

Estudios en la carrera profesional

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional

promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias

del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y

reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros,

supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela

Profesional.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la

indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los

estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del

ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y

científico de la Escuela Profesional.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo

de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren

los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación

con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como

las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grao de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados,

convalidaciones, etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado

a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los

estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa

de la carrera profesional.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 436

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes,

para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su

competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como

autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales,

artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido

en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad y del Consejo de Facultad de Ciencias Sociales, Educación

y de la Comunicación.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional de

Ciencias de la Comunicación.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas

en la Escuela Profesional de Ciencias de la Comunicación.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela

Profesional a su cargo

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades

a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad de

mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de

Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que

contribuyan a su desarrollo profesional

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para

cada semestre académico.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 437

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Ciencias de la Comunicación.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de Ciencias

de la Comunicación.

3.41. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL EDUCACIÓN

La Dirección de la Escuela Profesional de Educación está encargada del diseño y actualización curricular

permanente de una carrera profesional, así como de dirigir su aplicación para la formación, capacitación

pertinente hasta la obtención del grado académico de bachiller y título profesional correspondiente.

Está a cargo de un Director, propuesto por el Decano y ratificado por el Consejo de Facultad, por un período de dos años (02), no habiendo reelección inmediata.

A. FUNCIONES GENERALES

1) Dirigir el desarrollo académico de la Escuela Profesional de Estadística e Informática.

2) Administrar la estructura curricular de la carrera académico profesional.

3) Brindar a los estudiantes las condiciones más óptimas para el desarrollo de las actividades académicas.

4) Coordinar la formación profesional de los estudiantes, con las unidades orgánicas de la Facultad.

3.42. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE EDUCACIÓN

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Representar a la Escuela Profesional de Educación, cuando sea requerido, asiste al Consejo de

Facultad con voz pero sin voto

2) Realiza la estimación de la demanda de cursos según la cantidad de estudiantes y criterios

específicos por ciclos para la asignación de la carga académica por parte del Director de

Departamento Académico.

3) Supervisar el desarrollo del calendario académico, así como ejecutar el cronograma de matrícula

de la Escuela a su cargo de acuerdo a lo establecido por la Oficina General de Estudios.

4) Elaborar y Publicar los horarios de clases semanales del semestre académico, según requisitos

y criterios establecido por la Oficina General de Estudios.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y CIENCIAS

DE LA COMUNICACIÓN –ESCUELA PROFESIONAL DE

EDUCACIÓN

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE EDUCACIÓN

CÓDIGO

532-06-10-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 1196 2016

MOF-UNASAM

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO-

DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 438

5) Coordinar y ejecutar el proceso de matrícula regular, extemporánea y rectificación de acuerdo al

cronograma establecido por la Oficina General de Estudios.

6) Recepcionar y dictaminar las solicitudes de reincorporación y reserva de matrículas de los

estudiantes y si el caso lo amerita con aprobación del Consejo de Facultad.

7) Planificar y dirigir el proceso de diseño curricular y el perfeccionamiento continuo del Plan de

Estudios en la carrera profesional.

8) Formular, coordinar y evaluar la ejecución del currículo de estudios de la Escuela Profesional

promoviendo elevar el nivel académico y científico de los estudiantes de acuerdo a las exigencias

del mercado laboral profesional y a los objetivos institucionales concordantes con el Estatuto y

reglamentos específicos.

9) Coordinar y calendarizar los procesos evaluativos parciales, finales, aplazados y otros,

supervisando la ejecución de los mismos.

10) Controlar y evaluar el nivel de cumplimiento por parte de los docentes que sirven a la Escuela

Profesional.

11) Supervisar las prácticas pre profesionales en coordinación con los docentes a cargo de la

indicada asignatura así como la elaboración, presentación y sustentación de los informes de los

estudiantes.

12) Determinar los cursos básicos y de nivelación curricular supervisando su desarrollo a través del

ciclo de nivelación.

13) Proponer al Consejo de Facultad normas y procedimientos a fin de elevar el nivel académico y

científico de la Escuela Profesional.

14) Formular, ejecutar y monitorear el currículo y plan de estudios previa aprobación por el Consejo

de Facultad.

15) Formulación de las sumillas de los cursos del plan de estudios, en base a los cuales se elaboren

los syllabus correspondientes.

16) Evaluación y reestructuración periódica del currículo y del plan de estudios.

17) Supervisar y evaluar la calidad de los cursos que recibe la Escuela Profesional en coordinación

con el Departamento Académico.

18) Proponer al Consejo de Facultad el número de vacantes para el concurso de admisión, así como

las vacantes de traslados internos, externos, exonerados y otros.

19) Proponer al Consejo de Facultad el otorgamiento del Grao de Bachiller y el Título de Licenciado.

20) Evaluar el expediente de reactualización de matrícula, jurado Ad Hoc, traslados, convalidaciones,

etc.

21) Recepcionar y resolver los petitorios y/o reclamos que pueden hacer los estudiantes relacionado

a asuntos académicos en primera instancia.

22) Supervisar, coordinar el sistema de consejería, tutoría para una orientación efectiva de los

estudiantes.

23) Preparación, revisión y firma de documentos inherentes a la gestión académica administrativa de

la carrera profesional.

24) Supervisar, coordinar y controlar las labores académicas de los docentes.

25) Promover en coordinación con el Decano, el intercambio académico de docentes y estudiantes,

para garantizar la actualización de la carrera.

26) Firmar actas finales al concluir el ciclo académico.

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27) Realizar otras funciones afines al cargo asignados por el Decano en el ámbito de su competencia.

28) Gestionar y proponer al Consejo de Facultad convenios de prácticas pre profesionales así como

autorizar el desarrollo de éstos según el reglamento respectivo.

29) Promover la participación de los alumnos de la Escuela en eventos académicos, culturales,

artísticos y deportivos.

30) Presentar al Decano la Memoria Semestral de las actividades inherentes a la gestión.

31) Autorizar, supervisar y evaluar el informe de los viajes y visitas de estudio, según lo establecido

en el sílabo y reglamento específico.

32) Otras que se le asignen el Consejo de Facultad o el Decano, de acuerdo a las normas.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Decano de la Facultad y del Consejo de Facultad de Ciencias Sociales, Educación

y de la Comunicación.

2) Ejerce autoridad sobre el personal docente y administrativo asignado a la Escuela Profesional

de Educación.

3) Ejerce autoridad sobre los estudiantes de la Escuela correspondiente

4) Es responsable de la dirección, coordinación, ejecución y supervisión de actividades académicas

en la Escuela Profesional de Educación.

5) Es responsable de la ejecución de sus funciones y por la gestión eficiente y eficaz de la Escuela

Profesional a su cargo.

6) Coordina con el Departamento Académico, a fin de que lleven a cabo con fluidez las actividades

a académicas programadas para cada semestre académico.

7) Coordina con la Oficina General de Estudios el desarrollo de las actividades académicas.

8) Coordina actividades con las Unidades Técnico-administrativas de la Facultad con la finalidad

de mantener vigente el calendario de las actividades académicas.

9) Coordina con la Dirección de Responsabilidad Social universitaria, actividades artísticas y de

Proyección Social a fin de promover ente los estudiantes el desarrollo de competencias que

contribuyan a su desarrollo profesional.

10) Coordina con el Departamento Académico para el desarrollo de los cursos programados para

cada semestre académico.

11) Externamente coordina con el Vicerrector Académico.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Ser docente principal.

2) Ostenta el título profesional de la carrera que forma la Escuela Profesional.

3) Ostenta el grado académico de Doctor en la especialidad de Educación.

4) Es designado por el Decano entre los docentes principales de la Escuela Profesional de

Educación.

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3.43. UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

La Unidad de Producción de Bienes y Prestación de Servicios, es el órgano de línea de la Facultad de Ciencias

Sociales, Educación y de la Comunicación encargado de promover, programar, coordinar y organizar acciones

que permitan producir bienes y prestar servicios a toda la comunidad Universitaria y la sociedad.

3.44. CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Elabora el reglamento interno del Centro.

2) Fomenta la formación de unidades de producción de bienes y prestación de servicios, de

acuerdo a la especialidad de las escuelas profesionales de la Facultad.

3) Realiza convenios con otras instituciones de similar actividad, para implementar nuevas líneas

en la prestación de servicios.

4) Otras funciones que le sean encargadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

B. LÍNEA DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende directamente de la decanatura

2) Es responsable de las actividades que se generen estén enmarcadas en el reglamento interno

y las normas administrativas de la UNASAM, y normas nacionales.

C. REQUISITOS MÍNIMOS:

1) Docente ordinario, designado por el Consejo de Facultad, a propuesta del Decano de la Facultad.

DEPENDENCIA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, EDUCACIÓN Y CIENCIAS DE

LA COMUNICACIÓN -UNIDAD DE PROD. BIENES Y PREST. DE

SERVICIOS

DENOMINACIÓN DEL CARGO: JEFE DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y

PRESTACIÓN DE SERVICIOS

CÓDIGO

532-06-10-RE

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: RE 2016

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UNIVERSIDAD NACIONAL

“SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO”

Aprobado mediante la R.C.U.Nº339-2016 -UNASAM

2016

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ESCUELA DE POST GRADO

1. GENERALIDADES

1.1. FINALIDAD:

El Manual de Organización y Funciones de Escuela de Postgrado de la Universidad Nacional “Santiago Antúnez de Mayolo” tiene por finalidad, determinar funciones específicas, responsabilidades, autoridad y requisitos mínimos de los cargos dentro de la estructura orgánica, además proporciona información al personal sobre sus funciones y ubicación dentro de la estructura orgánica, facilita el proceso de inducción al nuevo personal, adiestra y orienta al personal en servicio, permitiéndole conocer con claridad, sus funciones y responsabilidades.

1.2. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE POST GRADO

1) Organiza diplomados y programas de formación continua, respondiendo a las necesidades y demandas

de actualización, perfeccionamiento y segunda especialización profesional. 2) Brinda oportunidades de perfeccionamiento y formación continua a los profesionales y egresados en

aspectos y áreas requeridas por las entidades públicas y privadas de acuerdo a las necesidades y demandas del mercado laboral.

3) Desarrolla competencias y capacidades que fundamenten científica, filosófica y tecnológicamente aspectos y áreas de perfeccionamiento y especialización.

4) Diseña, elabora y actualiza el currículo de diplomados y cursos de formación continua; así como de segunda especialización.

5) Evalúa y hace el seguimiento de desarrollo de los diplomados, programas de formación continua, segunda especialización y otras actividades académicas.

6) Otorga diplomas o certificados de perfeccionamiento a través de la Facultad. 7) Tramita Títulos de Segunda Especialidad Profesional para su otorgamiento por el Consejo de Facultad. 8) Elabora los registros correspondientes a diplomados, programas de formación continua y otros. 9) Otras funciones que le asigne el Departamento Académico.

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2. ORGANIGRAMA

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DE LA ESCUELA DE POST GRADO

UNIVERSIDAD NACIONAL "SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO" (U.N.A.S.A.M.)

SECRETARIA

ASISTENTE ADMINISTRATIVO

DIRECCIÓN DE LA ESCUELA DE POST

GRADO

CONSEJO DIRECTIVO

COORDINACIÓN DE DOCTORADOS

COORDINACIÓN DE MAESTRIAS

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2.1. CUADRO ORGÁNICO DE CARGOS

3. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGOS ADMINISTRATIVOS.

3.1. CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA DE POST GRADO

DEPENDENCIA ESCUELA DE POST GRADO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: DIRECTOR DE LA ESCUELA DE POST GRADO

CÓDIGO 532-07-1-EJ

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 392 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Dirigir, coordinar y supervisar las actividades académicas y administrativas de la Escuela de Postgrado para el cumplimiento de sus objetivos y funciones.

2) Proporcionar información al Comité Directivo de la escuela para la toma de decisiones.

3) Disponer la ejecución de los acuerdos de comité de la Escuela de mediante las resoluciones correspondientes.

4) Conducir la ejecución del presupuesto y el plan de funcionamiento y desarrollo de la Escuela.

5) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Asamblea Universitaria y del Concejo Universitario en el campo de su competencia; así también los acuerdos del comité Directivo.

6) Planificar y coordinar le elaboración de los documentos de gestión de la EPG y sus modificatorias: PEI, POI en coordinación con la oficina de Planificación y presupuesto.

7) Elevar al rectorado para su ratificación

Nº DE ORDEN

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA

CÓDIGO TOTAL Nº CAP

JEFATURA

001 Director de la Escuela de Post Grado

01 392 532-07-1-EJ

002 Asistente Administrativo

01 393 532-07-1-AP

003 Secretaria

01 394 532-07-1-AP

004 Bibliotecario

01 395 532-07-1-AP

005 Asistente en biblioteca

01 396 532-07-1-AP

008 Asistente de Compúto

01 397 532-07-1-AP

009 Operador de limpieza

01 398 532-07-1-AP

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8) Elevar al rectorado para la ratificación de los expedientes de otorgamiento de grados académicos, de reválida de estudios y reconocimientos de grado conferido por universidades extranjeras, previo dictamen de las comisiones académicas.

9) Conducir y supervisar la gestión académica y administrativa de la Escue4la de Postgrado.

10) Suscribir los Certificados de estudios, constancias y otros documentos oficiales que emita la escuela.

11) Proponer y designar los cargos de las Unidades orgánicas de la EPG, los que se ratifica con Resolución rectoral.

12) Convocar, organizar, auspiciar eventos científicos y tecnológicos, eventos curriculares y otros de naturaleza semejante al nivel nacional e internacional.

13) Aprobar la elaboración y divulgación de publicaciones, boletines informativos, revistas científicas técnicas y catálogos de programas de postgrado u otras publicaciones que sean necesarias.

14) Coordinar con la Oficina Central de Calidad Académica y Acreditación el desarrollo de los procesos de autoevaluación para la certificación y/o acreditación de la EPG y sus Unidades con la aprobación del Rectorado.

15) Aprobar el apoyo de las UPG por la Oficina de Calidad Académica y Acreditación para la certificación y/o acreditación de las Unidades de Posgrado de las Facultades.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Rector

2) es responsable del cumplimiento académico y administrativo de la Facultad.

3) Es responsable de la buena marcha académica y administrativa de la EPG,

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Docente Principal a Dedicación Exclusiva o a Tiempo Completo

2) Tener Grado de Doctor

3.2. CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

DEPENDENCIA ESCUELA DE POST GRADO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVO

CÓDIGO 532-07-1-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 393 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Participar en la formulación, elaboración y evaluación del Plan Operativo Institucional de la Escuela de Post Grado en coordinación con la Oficina General de Planificación y Presupuesto.

2) Organizar, dirigir, supervisar y controlar el manejo de los recursos humanos, económico financieros y materiales de la Escuela de Post Grado.

3) Planificar, dirigir y controlar las actividades administrativas, así como los requerimientos de materiales y recursos humanos y financieros de acuerdo a las necesidades en coordinación con el Director de la Escuela de Post Grado.

4) Organizar y coordinar la ejecución de los servicios de seguridad, mantenimiento, conservación y limpieza de bienes y de los ambientes académicos y administrativos.

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5) Elaborar la programación y formulación del presupuesto y del cuadro de necesidades mensualizado de la EPG, en coordinación con la Oficina General de Abastecimientos y Servicios Auxiliares. considerando las necesidades de la EPG.

6) Realizar el seguimiento continuo y la ejecución de la programación contenida en el cuadro de necesidades y en el plan operativo de la EPG, cumpliendo con la evaluación trimestral exigida.

7) Realizar el control de la asistencia y permanencia del personal administrativo y evaluar el desempeño del personal a su cargo, en coordinación con la Dirección de Recursos Humanos y con la Unidad de Servicios Auxiliares.

8) Mantener actualizados los instrumentos de gestión de la EPG, en coordinación con la Dirección de Desarrollo Institucional.

9) Mantener actualizados el registro de entradas y salidas de los bienes y materiales del almacén de la FEPG.

10) Cumplir otras funciones que le asigne el Director de la Escuela de Post Grado.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Director de la escuela de Post Grado.

2) Coordina con las diversas dependencias de la Facultad sobre temas relacionados a su competencia.

3) Es responsable de los bienes que le son asignados y de la documentación que se genere en la Unidad Administrativa. .

4) Es responsable del manejo adecuado de los recursos económicos, financieros y materiales de la Facultad.

5) Ejerce autoridad sobre el personal administrativo nombrado y contratado de la EPG.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la especialidad.

2) Experiencia en la conducción de sistemas administrativos del sector público y conducción de personal.

3) Capacitación en informática y sistemas administrativos.

3.3. CARGO: SECRETARIA

DEPENDENCIA ESCUELA DE POST GRADO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: SECRETARIA

CÓDIGO 532-07-1-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 394 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Administrar la documentación que ingresa a la Dirección y emite la Dirección de EPG. 2) Mantener y llevar el archivo de documentos de la Dirección de la EPG. 3) Apoyar directamente la labor del Director de la EPG. 4) Mantener, coordinar y comunicar la agenda de reuniones. 5) Registrar y dar trámite, según corresponda a los documentos remitidos por las diferentes áreas

de la universidad. 6) Llevar a la relación de citas, llamadas telefónicas, reuniones y entrevistas del Director de la

Escuela de Postgrado.

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7) Elaborar y levar el registro de documentos internos y externos como Resoluciones Directorales, oficios, circulares, proveídos y comunicaciones internas.

8) redactar, revisar y mecanografiar la correspondencia y otros documentos, tomado en cuenta las indicaciones del director.

9) Coordinar la atención del Director con las autoridades de la UNASAM, directores de las UPG, alumnos y representantes de diversas instituciones.

10) Recepcionar llamadas telefónicas y concretar citas para la atención del Director. 11) Velar por la adecuada clasificación y archivo de la documentación que corresponda a la

Dirección de la EPG. 12) Otras que le asigne el director.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Director de la escuela de Post Grado.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la custodia de los bienes y documentación de su dependencia.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Título de Secretaria Ejecutiva.

2) Conocimientos básicos del sistema operativo Windows, office 2003, 2007 y de nuevas versiones,

sobre todo de los programas Word, Excel y PowerPoint.

3) Experiencia en labores de secretariales por un periodo mínimo de tres años.

ALTERNATIVA:

De no tener título de Secretaria Ejecutiva, poseer carreras afines y con (3) tres años de experiencia en

la ejecución de acciones de apoyo administrativo y/o secretarial.

3.4. CARGO: BIBLIOTECARIO

DEPENDENCIA ESCUELA DE POST GRADO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: BIBLIOTECARIO

CÓDIGO 532-07-1-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 395 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Programar y dirigir las actividades propias de la Oficina de Biblioteca Especializada. 2) Dirigir y coordinar la formulación de documentos técnicos normativos para la correcta atención

en la Biblioteca Especializada. 3) Orientar al personal de biblioteca sobre métodos de atención. 4) Evaluar las actividades programadas y determinar las medidas correctivas para el buen

funcionamiento de la Biblioteca Especializada. 5) Formular el Plan y Presupuesto de la Biblioteca Especializada. 6) Formular la relación de material bibliográfico (libros, revistas, boletines, proyectos y tesis), de

acuerdo a las necesidades de la Facultad 7) Dirigir el procesamiento técnico bibliográfico de la colección bibliográfica y de los servicios. 8) Implementar políticas y procedimientos adecuados para capacitar al personal de Biblioteca. 9) Sugerir los horarios de trabajo del personal a su cargo de acuerdo a los requerimientos del

servicio.

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10) Prepara los informes de las actividades técnicas y de servicio con una periodicidad semestral y anual de las áreas que comprende.

11) Dirigir la formulación e implementación de sistemas de información para el procesamiento de los recursos bibliográficos de la biblioteca especializada.

12) Presentar anualmente el presupuesto de la biblioteca especializada. 13) Las demás funciones que le asigne el Decano, dentro de su competencia.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD: 1) Depende del Director de la Escuela de Post Grado 2) Ejerce autoridad, mando y supervisión sobre el personal asignado a la Unidad de Biblioteca. 3) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación,

catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca. 4) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca. 5) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones. 6) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y

documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas).

7) Otras que le asigne su jefe inmediato.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Personal nombrado con especialidad en Bibliotecología o bibliotecario con estudios en el área.

2) Alguna experiencia en la conducción de personal.

3) Conocimientos sobre administración e informática.

3.5. CARGO: ASISTENTE EN BIBLIOTECA

DEPENDENCIA ESCUELA DE POST GRADO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE EN BIBLIOTECA

CÓDIGO 532-07-1-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 396 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Pre clasificar y pre codificar el material bibliográfico y participar en la recepción, clasificación, catalogación y registro del material bibliográfico que ingresa y sale de la biblioteca especializada.

2) Participar en la elaboración del inventario y de los catálogos de la biblioteca.

3) Confeccionar los pedidos de suscripción de publicaciones.

4) Confeccionar y supervisar los procesos complementarios de la colección bibliográfica y documental (rotulación, bolsillo, tarjetas de los libros y papeletas de fechas).

5) Elaborar informes mensuales y listas de publicaciones recibidas para su difusión respectiva.

6) Brindar una buena atención al usuario entregándole el material de lectura, controlando su devolución y orientándolos en el uso de los catálogos y/o fichas de la biblioteca.

7) Supervisar el orden, limpieza y buen servicio en la sala de lectura, informando a su superior sobre cualquier anomalía.

8) Participar en el proceso de depuración del material bibliográfico.

9) Apoyar en la elaboración del Boletín mensual de la Biblioteca, con listas de nuevas adquisiciones y novedades de interés al usuario.

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10) Mantener en orden y limpieza los estantes, anaqueles, muebles, libros, revistas, catálogos, ficheros y todos los enseres de la Biblioteca Especializada.

11) Recepcionar, revisar y registrar los textos que solicitan diariamente los estudiantes que solicitan el servicio a la Biblioteca.

12) Revisar y evaluar periódicamente el material bibliográfico en cuanto al estado de conservación, presentación u obsolescencia, a fin de proponer su reparación, protección y permanencia en uso, ubicados en repositorio

13) Verificar y firmar las constancias de no adeudo a Biblioteca.

14) Otras que le asigne su jefe inmediato.

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende jerárquicamente del Jefe de Biblioteca.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de cumplir en forma eficiente y oportuna las funciones señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones, el Manual de Organización y Funciones, y demás disposiciones legales vigentes que norman su actividad. No ejerce autoridad.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Estudios Universitarios que incluyan materias relacionados con el área.

2) Especialización y/o capacitación en Bibliotecología.

3) Capacitación o Especialización en computación e informática.

4) Conocimiento de sistemas administrativos

5) Experiencia de dos años en actividades universitarias.

6) Trato cordial

7) Habilidad analítica

8) Orientación al usuario

3.6. CARGO: ASISTENTE DE COMPÚTO

DEPENDENCIA ESCUELA DE POST GRADO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: ASISTENTE DE COMPÚTO

CÓDIGO 532-07-1-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-AP 397 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS: 1) Participar en el mantenimiento preventivo de los equipos de cómputo de la Escuela (hardware y

software).

2) Apoyar a las atenciones de soporte técnico para la solución de problemas referidos a hardware, software y comunicaciones.

3) Mantener actualizado el inventario de los equipos de cómputo de la Escuela.

4) Recibir instrucciones e información del jefe y exponer a presentar las dudas sobre las problemáticas existentes.

5) Realizar las demás funciones que sean asignadas por el Director de la EPG.

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DIRECCIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Página. 450

B. LÍNEAS DE AUTORIDAD, DEPENDENCIA Y RESPONSABILIDAD:

1) Depende del Jefe del Centro de Cómputo.

2) No ejerce autoridad sobre ningún trabajador.

3) Es responsable de la organización, ejecución, control y mantenimiento de los servicios y equipos del Centro de Cómputo.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Técnico Profesional en Computación e Informática con especialidad. 2) Experiencia en el Servicio de administración de Centros de Cómputo, soporte informático,

telemático y audiovisual. 3) Conocimiento y experiencia en la administración de servidores. 4) Capacitación en actividades de administración de Centros de Cómputo y mantenimiento de

equipos informáticos y telemáticos 5) Orientación al usuario. 6) Trato cordial a los usuarios.

3.7. CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

DEPENDENCIA ESCUELA DE POST GRADO

DENOMINACIÓN DEL CARGO: OPERADOR DE LIMPIEZA

CÓDIGO 532-07-1-AP

N° DEL CAP

FECHA

EMISIÓN ACTUALIZACIÓN

CLASIFICACIÓN: SP-EAP 398 2016

A. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

1) Ejecutar las actividades de limpieza diaria de los pasadizos, baños, escaleras, aulas, laboratorios, biblioteca, centros de cómputo y oficinas así como realizar labores de limpieza, gasfitería, electricidad de mantenimiento de los ambientes de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

2) Operar equipos de limpieza para el cumplimiento de sus labores.

3) Orientar el ingreso y salida de personas de la Facultad de Ingeniería de Minas, Geología y Metalurgia.

4) Realizar acciones de traslado y acomodo de bienes insumos, muebles y otros.

5) Contribuir al orden y seguridad de los ambientes de la Facultad

6) Controlar y custodiar los ambientes, equipos, materiales y otros bienes de la facultad, así también velar por su mantenimiento.

7) Realizar arreglos y conservación de los jardines y/o áreas verdes de la Facultad. 8) Apoyo en contribuir en la vigilancia y seguridad interna de los pabellones, oficinas y ambientes

de la Facultad. 9) Notificar sobre hechos o incidentes ocasionados dentro de la Facultad, a su jefe inmediato. 10) Realizar los requerimientos de materiales necesarios para desarrollar su labor. 11) Las demás que le asigne su jefe inmediato, dentro de su competencia.

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B. LÍNEAS DE DEPENDENCIA, AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD: 1) Depende directamente del Jefe de la Unidad de Servicios Auxiliares de la DASA 2) No ejerce autoridad sobre personal. 3) Es responsable de los bienes que le son asignados.

C. REQUISITOS MÍNIM0S:

1) Instrucción secundaria completa. 2) Buena disposición para el trabajo 3) Experiencia en labores similares