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SERVICIO GRATUITO DE TRASLADO DE VALORES
TRASLADO DE VALORES Carapungo Tumbaco
Comité del
PuebloLa Delicia Eugenio
EspejoLa
MariscalCentro
Histórico24 de Mayo Solanda Eloy
Alfaro QuitumbeValle de
los Chillos
TOTAL
ENERO8 6 0 69 319 60 68 7 8 91 57 0 693
FEBRERO8 5 7 89 443 70 100 6 11 165 80 1 985
MARZO15 10 1 76 456 107 84 16 28 172 99 2 1.066
ABRIL26 29 1 82 437 76 126 11 46 196 65 6 1.101
MAYO14 47 11 49 401 102 89 9 44 200 89 1 1.056
JUNIO 5 15 10 35 258 33 43 18 25 57 36 8 548
Total : 76 107 25 390 2.274 438 500 57 162 881 421 18 5.449
SERVICIO GRATUITO DE TRASLADO DE VALORES
• 5.449 Traslados realizados sin inconveniente (Enero 2012 – Junio 2012)
• El 25 de Julio del 2011 y 18 de Junio del 2012, es asaltada la empresa Tevcol: para el retiro de los valores del Banco PROMERICA, no se solicitó resguardo policial
ANTECEDENTES COMPAÑÍA TEVCOL
Robo Agencia PROMERICA Día: Lunes 18 de junio de 2012. Hora: 17:50 Lugar: QuIcentro Sur
Robo Agencia PROMERICA Día: 25 de julio de 2011. Lugar: Centro Comercial Recreo
Banco Nacional de Fomento Día: 7 de mayo de 2012. Lugar: Centro de Quito
INFORMACIÓN RELEVANTE
ITINERARIO Y HOJA DE RUTA:• No constaba el traslado de la
agencia PROMERICA.
UNA LLAMADA TELEFÓNICA:• A las 17:00H un empleado de la
agencia bancaria solicita el cambio de ruta del vehículo de valores de TEVCOL
MODALIDAD:• La misma modalidad se presenta en
los robos del 2001 y 2012
SERVICIO GRATUITO DE TRASLADO DE VALORES
• SOLICITUD DEL SERVICIO AL 101
• SI TIENE VEHÍCULO: SE LO ESCOLTA CON PERSONAL MOTORIZADO
• SIN VEHÍCULO: SE ENVÍA UN PATRULLERO
• EL SERVICIO TERMINA CUANDO EL CIUDADANO QUEDA EN SU LUGAR DE DESTINO SIN INCONVENIENTE
MINISTERIO DEL INTERIOR - POLICÍA NACIONAL
BASE LEGAL: Constitución de la República
Art. 52.- Las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no engañosa sobre su contenido y características.
Art. 54.- Las personas o entidades que presten servicios públicos o que produzcan o comercialicen bienes de consumo, serán responsables civil y penalmente por la deficiente prestación del servicio, por la calidad defectuosa del producto, o cuando sus condiciones no estén de acuerdo con la publicidad efectuada o con la descripción que incorpore.
SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO A LA LEY DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA;
Y A LA LEY DEL CONSUMIDOR
Ley de Vigilancia y Seguridad PrivadaSanciones: amonestaciones hasta cancelación definitiva del permiso de operaciones.
Ley Orgánica de Defensa del Consumidor:Art. 18 y Art. 70
MEDIDAS COMPLEMENTARIAS: OBJETIVOS
1. INCORPORAR A MÁS DE 50.000 GUARDIAS, QUE ESTÁN EN LA ACTIVIDAD DE SEGURIDAD, A LA LABOR DIARIA QUE EFECTÚA LA POLICÍA
2. CREAR UNA AGENCIA NACIONAL DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS EMPRESAS PRIVADAS DE SEGURIDAD.
3. PROMULGAR, POR DECRETO, LAS MEDIDAS MÍNIMAS PARA LAS ENTIDADES DE TRASPORTE DE VALORES
MEDIDAS COMPLEMENTARIAS
1. Regularización obligatoria y masiva de guardias privados: 20.000 hasta fin de año. Capacitación y titulación a cargo del Estado.
2. Toda empresa de seguridad regularizada recibirá un equipo de comunicación para contacto obligatorio y permanente con la Policía Nacional.
3. Protocolos de corresponsabilidad obligatorios entre empresas privadas y la Policía Nacional (énfasis en los mayores sitios de concurrencia) FIN