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Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 1 407-2019 Explotación de Aviar de Puesta Seguro Agrario Combinado Este documento es una herramienta de ayuda. Para más información consultar las Condiciones Especiales (en adelante C.E.) y Generales. Se suspende la contratación de las garantías de Influenza Aviar de alta y de baja patogenicidad y enfermedad de Newcastle en la C.A de Cataluña. C/23- 2017 Posibilidades de Aseguramiento En caso de tener en vigor la línea 415, se deberá esperar a su vencimiento para solicitar la inclusión de la garantía adicional de RyD en línea 407. Si la póliza de la línea 415 es renovable deberán solicitar la rescisión de la misma antes de su vencimiento. NO SE PUEDE DAR DE BAJA LA PÓLIZA DE RyD ANTES DE SU VENCIMIENTO PARA INCLUIRLA EN EL SEGURO DE VIDA. Vida + Garantía adicional de RyD Sólo Vida Una póliza Una póliza Renovable o no renovable, a elegir por póliza Elegir por póliza “Fraccionado” (si cumple) o NO Fraccionado Cobro a elegir por póliza. En caso de fraccionamiento, el cobro siempre es al Asegurado Modificaciones con respecto al año anterior: Se han incluido aclaraciones respecto al alta y baja de naves en la explotación, estando permitidas: Las altas de nuevas naves deberán justificarse, estando permitidas tan sólo aquellas que se deban a compra, nueva construcción, o a modificación de las condiciones de control ambiental o de sistema de manejo productivo en una nave ya existente. La baja de animales se realizará sobre naves completas, salvo que se deba a muertes de animales no cubiertas en el seguro Identificación de las naves de la explotación: Cada nave estará identificada con un número que corresponderá con el orden alfabético de la letra que identifica a la nave dentro de la explotación. Para mayor comprensión, a continuación se incluye un ejemplo: Nave A - Subexplotación 1 Nave C – Subexplotación 3 Nave F – Subexplotación 6 Pago de la prima.- Se podrá realizar como hasta ahora y además se incorporará la posibilidad de realizar el pago de la prima domiciliado. Para ATEAGRA es obligatorio domiciliar, se indicará el nº de cuenta bancaria en la que se cargará el importe de la prima. En esta misma cuenta se abonarán y cargarán las regularizaciones de la póliza y se abonarán los siniestros. Garantía de RyD.- Para este plan, se incluyen nuevos códigos de adaptación al riesgo por infraseguro en la entrada en vigor de la póliza y los porcentajes de penalización a aplicar: Código Infraseguro % penalización 41 Menor del 5% 5% 42 Igual o mayor al 5% y menor del 7% 7% Gestoras.- En Andalucía se establecen dos zonas en función del ámbito de aplicación: Zona I: Almería, Granada y Jaén Gestora Grasas Martínez S.L. Zona II: Cádiz, Córdoba, Huelva, Málaga y Sevilla Renbio-Kaura Coproduct S.L. Precios.- se mantiene excepto: o Andalucía: se establecen nuevos precios en función del ámbito de aplicación y gestoras. o Cataluña: Suben o Madrid: Se establecen nuevos precios en función de las comarcas o Valencia: Suben o Canarias: Bajan o Galicia: Suben Condiciones particulares.- Es obligatorio indicar para que plan o planes serán de aplicación los precios pactados (solo para el plan actual o plan actual y planes sucesivos). Modificaciones en pólizas renovables: Se pueden realizar modificaciones al vencimiento para la renovación de la póliza, cuando ésta se encuentra en aviso de cobro (primera comunicación) esta situación se da entre los 67 y los 8 días anteriores a la fecha de renovación.

407-2019 Explotación de Aviar de Puesta · 2019. 6. 5. · Granado, Villanueva de los Castillejos y San Bartolomé de la Torre Málaga Guadalorce Casares, Manilva, Estepona, Marbella,

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Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 1

407-2019 Explotación de Aviar de Puesta Seguro Agrario Combinado

Este documento es una herramienta de ayuda. Para más información consultar las Condiciones Especiales (en adelante C.E.) y Generales.

Se suspende la contratación de las garantías de Influenza Aviar de alta y de baja patogenicidad y enfermedad de Newcastle en la C.A de Cataluña. C/23-2017

Posibilidades de Aseguramiento

En caso de tener en vigor la línea 415, se deberá esperar a su vencimiento para solicitar la inclusión de la garantía adicional de RyD en línea 407.

Si la póliza de la línea 415 es renovable deberán solicitar la rescisión de la misma antes de su vencimiento.

NO SE PUEDE DAR DE BAJA LA PÓLIZA DE RyD ANTES DE SU VENCIMIENTO PARA INCLUIRLA EN EL SEGURO DE VIDA.

Vida + Garantía adicional de RyD

Sólo Vida

Una póliza Una póliza

Renovable o no renovable, a elegir por póliza

Elegir por póliza “Fraccionado” (si cumple) o NO Fraccionado

Cobro a elegir por póliza. En caso de fraccionamiento, el cobro siempre es al

Asegurado

Modificaciones con respecto al año anterior:

Se han incluido aclaraciones respecto al alta y baja de naves en la explotación, estando permitidas:

Las altas de nuevas naves deberán justificarse, estando permitidas tan sólo aquellas que se deban a compra, nueva construcción, o a modificación de las condiciones de control ambiental o de sistema de manejo productivo en una nave ya existente.

La baja de animales se realizará sobre naves completas, salvo que se deba a muertes de animales no cubiertas en el seguro

Identificación de las naves de la explotación: Cada nave estará identificada con un número que corresponderá con el orden alfabético de la letra que identifica a la nave dentro de la explotación. Para mayor comprensión, a continuación se incluye un ejemplo: Nave A - Subexplotación 1 Nave C – Subexplotación 3 Nave F – Subexplotación 6

Pago de la prima.- Se podrá realizar como hasta ahora y además se incorporará la posibilidad de realizar el pago de la prima domiciliado. Para ATEAGRA es obligatorio domiciliar, se indicará el nº de cuenta bancaria en la que se cargará el importe de la prima. En esta misma cuenta se abonarán y cargarán las regularizaciones de la póliza y se abonarán los siniestros.

Garantía de RyD.- Para este plan, se incluyen nuevos códigos de adaptación al riesgo por infraseguro en la entrada en vigor de la póliza y los porcentajes de penalización a aplicar:

Código Infraseguro % penalización

41 Menor del 5% 5%

42 Igual o mayor al 5% y menor del 7% 7%

Gestoras.- En Andalucía se establecen dos zonas en función del ámbito de aplicación:

Zona I: Almería, Granada y Jaén Gestora

Grasas Martínez S.L.

Zona II: Cádiz, Córdoba, Huelva, Málaga y Sevilla Renbio-Kaura Coproduct S.L.

Precios.- se mantiene excepto: o Andalucía: se establecen nuevos precios en función del ámbito de aplicación y gestoras. o Cataluña: Suben o Madrid: Se establecen nuevos precios en función de las comarcas o Valencia: Suben o Canarias: Bajan o Galicia: Suben

Condiciones particulares.- Es obligatorio indicar para que plan o planes serán de aplicación los precios pactados (solo para el plan actual o plan actual y planes sucesivos).

Modificaciones en pólizas renovables: Se pueden realizar modificaciones al vencimiento para la renovación de la póliza, cuando ésta se encuentra en aviso de cobro (primera comunicación) esta situación se da entre los 67 y los 8 días anteriores a la fecha de renovación.

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407-2019 Explotación de Aviar de Puesta Seguro Agrario Combinado

Períodos de contratación:

Especie Tipo de capital Inicio Final Último día Pago

1 Gallinas 2 Pavas 3 Codornices

17.- Animales 15.- RyD

1-6-2019 31-5-2020 1-6-2020

Períodos de modificaciones:

Se tramitará documento de modificación cuando:

Alta de nuevas explotaciones (Naves): En caso de que entre en producción alguna nave por nueva construcción o acondicionamiento de la existente, el Asegurado deberá solicitar su incorporación a AGROSEGURO.

Durante la vigencia de la

póliza

Reconversión de subexplotaciones (cambio de régimen): En caso de que se produzca una reconversión de naves, cambiando de un tipo de los contemplados en el seguro a otro cualquiera de los contemplados en el seguro, el Asegurado deberá solicitar el cambio a AGROSEGURO. El alta de nuevas naves deberá justificarse, estando permitidas tan sólo aquellas que se deban a compra, nueva construcción, o a modificación de las condiciones de control ambiental o de sistema de manejo productivo en una nave ya existente.

Alta/Baja de animales.- Si el valor Real de la explotación incluidas en la declaración superase el Valor Asegurado y la

diferencia, fuese superior al 7% del Valor Real, se deberá modifica el capital asegurado. La baja de animales se realizará sobre naves completas, salvo que la baja sea por muerte de animales no cubiertas. También se actualizará el capital asegurado cuando consuma el capital garantizado

Durante la vigencia de la

póliza Alta de animales, tipo de capital 15 RyD: Si a lo largo de la vida del contrato aumenta el censo habitual de su ciclo productivo.

Baja de animales: Si a lo largo de la vida del contrato disminuye el censo habitual de su ciclo productivo. Si por parte de AGROSEGURO se solicitará documentación avale el cambio, el asegurado estará obligado a facilitarla

Las bajas se justificarán mediante las guías de origen y sanidad pecuaria o la documentación oficial que evidencie el destino de los animales que causan baja en la explotación y será necesario acreditar el censo que queda en la explotación. En caso de discrepancias, se mantendrá en la póliza el censo más alto. En ambos casos, AGROSEGURO, emitirá recibo de prima correspondiente al período comprendido entre la comunicación de modificación de alta o baja de animales y el vencimiento de la póliza.

Entrada en vigor de la póliza:

La entrada en vigor de la póliza, se inicia a las 0 horas del día siguiente al que se pague la prima el seguro.

La entrada en vigor de las modificaciones de capital será la fecha de su recepción en AGROSEGURO.

Para las pólizas “no renovable” y “renovable” que contraten en los 10 días antes o después del vencimiento de la póliza anterior, la fecha de entrada en vigor coincidirá con el mes y el día pero con una anualidad más de la póliza vencida.

Toman efecto las garantías una vez concluido el período de carencia.

Carencia:

Se estable un período de carencia en días completos contados desde la 0 horas del día de entrada en vigor del seguro. Ver carencia por riesgos

página 8 de este documento.

Para la garantía de RyD. No tendrán carencia: Los ganaderos que contrataron en el plan anterior ésta cobertura, bien como garantía adicional o la línea 415 RyD y renueven en el

plazo de diez días antes o después al vencimiento de la cobertura. Los animales que se incorporen a la explotación a lo largo de la vigencia del seguro estarán cubiertos a partir de las 0 horas del día

siguiente en que se comunique a AGROSEGURO, su inclusión en la póliza.

Resto de garantías: No tendrán carencia, las explotaciones que sean nuevamente aseguradas hasta los 10 días siguientes a la terminación del contrato

anterior, en las garantías contratadas en la póliza del año anterior.

En las modificaciones del capital por reconversión o alta de nuevas naves a lo largo de la vigencia del seguro, se les aplicará el período de carencia, desde la entrada en vigor de la modificación de capital asegurado.

Titular del Seguro:

El titular del seguro será quien figure en el REGA como titular del código de la explotación o de una subexplotación de ese código REGA. Así como cualquier persona física o jurídica que teniendo interés en el bien asegurable, figure en algún apartado de dicho REGA. En el caso de que la explotación esté formada por varios REGAS de varios titulares, los asegurados serán todos (en una única póliza). Uno de ellos figurará en la póliza y el resto a través del modelo P074 (aplicación SAC y publicado en el catálogo de productos).

No pueden asegurar los tratantes u operadores comerciales¹. 1 Cualquier persona física o jurídica, dedicada directa o indirectamente a la compra y venta de animales, con fines comerciales

inmediatos.

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Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 3

407-2019 Explotación de Aviar de Puesta Seguro Agrario Combinado

Ámbito de aplicación: Seguro de RyD.- Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares (Menorca), Canarias, Cantabria, Castilla la Mancha, Castilla León, Catalunya,

Extremadura, Galicia, La Rioja, Madrid, Murcia, Navarra y Valencia. Seguro de Vida.- todas las explotaciones asegurables en el Territorio nacional. No obstante las Naves de Tipo “0” sólo se pueden asegurar en

los términos municipales que se indican a continuación:

Provincia Comarca Términos Municipales

Alicante

Meridional, Central Todos

Marquesado

Calpe, Benisa, Teulada, Benitachell, Jávea, Denia, Els Poblets, Miraflor,

Setla y Misarrosa, Pedreguer, Gata de Gorgos, Beniarbeig, Ondarra,

Rafol de Almunia, Benimeli, Sanet y Negrals, Pego.

Almería Campo Dalias, Campo Nijar, Bajo Almanzora Todos

Asturias Toda la Comunidad Autónoma

Barcelona Penedés, Bajo Llobregat, Maresme Todos

Cádiz Costa Noroeste de Cádiz Todos

Campiña de Cádiz Jerez de la Frontera, Puerto de Santa María

De la Janda Puerto Real, Vejer de la Frontera y Barbate de Franco

Campo de Gibraltar Tarifa, Algeciras, La Línea, San Roque

Canarias Toda la Comunidad Autónoma

Cantabria Toda la Comunidad Autónoma

Castellón Llanos Centrales, La Plana, Bajo Maestrazgo, Litoral Norte Todos

Galicia Toda la Comunidad Autónoma

Girona La Selva, Bajo Ampurdán, Alto Ampurdán, Gironés. Todos

Granada La Costa Todos

Huelva Condado Litoral, Costa Todos

Andévalo Occidental. Ayamonte, Villablanca, San Silvestre de Guzmán, San Lucar de Guadiana, El

Granado, Villanueva de los Castillejos y San Bartolomé de la Torre

Málaga Guadalorce Casares, Manilva, Estepona, Marbella, Mijas, Fuengirola, Benalmádena y

Málaga

Vélez Málaga Rincón de la Victoria, Vélez Málaga, Algarrobo, Torrox, Nerja y Sayalonga

Murcia Suroeste y Valle Guadalentín Lorca, Águilas y Mazarrón

Campo de Cartagena Todos

Navarra Cantábrica-Montaña Baja Todos

País Vasco Toda la Comunidad Autónoma

Tarragona Bajo Ebro, Campo de Tarragona, Bajo Penedés Todos

Valencia Gandía, Riberas del Júcar, Sagunto, Huerta de Valencia Todos

Campos de Liria Betera

Explotaciones asegurables:

Son asegurables las explotaciones de aviar de puesta, que:

Tienen asignado un código REGA que deberá figurar en la póliza del seguro.

Poseen autorización sanitaria para ejercer su actividad.

Disponen de una hoja de registro de datos de la manada.

Si el libro de explotación no esta en la Base de Datos, enviar la documentación a [email protected]

Es obligatorio asegurar todas las explotaciones que posea en el ámbito del seguro.

En el Seguro de RyD, deberán disponer de contenedores. En el caso de las CC.AA de Asturias, Castilla y León y Galicia, será necesario que dispongan de congeladores o refrigeradores que permitan almacenar los cadáveres hasta el momento de la recogida.

No son asegurables: Los mataderos, las explotaciones de autoconsumo, las explotaciones de enseñanza, experimentación o ensayo, las explotaciones

de tratantes u operadores comerciales. Las explotaciones que al contratar el seguro, incumplan alguno de los “requisitos excluyentes” del Protocolo de verificación de las medidas de bioseguridad siguientes, en concreto disponer de:

Ventanas. Tela pajarera en las ventanas. Sistema adecuado de eliminación de cadáveres. Documentos sanitarios de movimiento oficiales. Certificado de programa de control sanitario de los reproductores orígenes de la manada. Registro de medicamentos según el RD 1479/1998, o conservan las copias de las recetas para los datos exigidos en su artículo 8. Vacunar las aves frente a Salmonella, excepto las explotaciones de recría. Contar con un veterinario responsable de la supervisión de la explotación que efectúa visitas y controles periódicos que quedan

registrados. Cumplir el código de buenas prácticas de higiene que se aplica de forma adecuada.

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Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 4

407-2019 Explotación de Aviar de Puesta Seguro Agrario Combinado

Realizar los Autocontroles en las manadas conforme se establece en el programa tanto para recría como para aves productoras. En explotaciones con salida a parque sólo se tendrán en cuenta los puntos que el protocolo considera excluyentes.

Las que incumplan el Programa nacional para la vigilancia y control de determinados serotipos de Salmonella. Las explotaciones que no vacunan todas las aves contra salmonela en la fase de recría o cuando se adquieran gallinas de otras

explotaciones deberán haber sido convenientemente vacunadas. Excepto: las explotaciones de reproductoras, las de abuelas y bisabuelas que en el año anterior a la contratación hayan tenido todos los resultados de los autocontroles y controles oficiales negativos.

Animales asegurables

Son asegurables las aves de las especies Coturnix japónica, Gallus gallus y Meleagris gallopavo de más de 72 horas estabuladas y destinadas a la producción de huevos para el consumo, o huevos para incubación y posterior comercialización.

RyD.- En cada explotación se considera un solo tipo de animal por régimen. Se declarará el censo que figuren en cada código REGA en todas las categorías existentes. En los casos que desarrollen varios ciclos de

engorde, se declarará el censo habitual de uno de ellos, independientemente de que en el REGA hubieran de contabilizarse el total de animales producidos en un año.

Resto de Garantías: Se declarará el censo que figure en el REGA, el número de aves de su ciclo productivo de puesta en cada una de sus naves y de cada uno de los tipos de animales.

Los animales según destino de su producción se clasifican en los siguientes grupos de razas:

Pavos Reproductoras pavos.- Ave reproductora destinada a la producción de huevos para incubar destinados a la producción de aves de expolotación para la producción de carne.

Codornices Codornices ponedoras.- Destinada a la producción de huevos para consumo humano u ovoproductos.

Gallinas

Abuelas y bisabuelas de estirpe de huevo

Ave reproductora de estirpe selecta destinadas a producción de huevos para incubar destinados a la producción de abuelas en el caso de bisabuelas o de repoductoras en el caso de abuelas destinadas a la producción de huevos.

Abuelas y bisabuelasde estirpe carna

Ave reproductora de estirpe selecta destinada a la producción de huevos para incublar destinados a la producción de abuelas en el cao de bisabuelas o de reproductoras en el caso de abuelas de estirpes destinadas a la producción de carne.

Reproductoras ligeras o semipesadas

Ave reproductora de estirpe selecta destinada a la producción de huevos para incubar destinados a convertirse en aves ponedoras.

Reproductoras pesadas

Ave reproductoras de estirpe selecta determinada a la producción de huevos para incubar destinados a la producción de aves de explotación para producción de carne.

Ponedoras

Las gallinas destinadas a la producción de huevos para consumo o no destinados a la incubación. Según el alojamiento pueden ser: Ponedoras en jaula. Ponedoras alternativas.- Gallinas destinadas a la producción de huevo para consumo o no destinados a la

incubación, alojadas en naves sin jaulas, con salida o no a parque. Además, según el sistema de producción, podrá ser ecológica o no, las ecológicas deberán estar registradas y sometidas a los controles de agricultura ecológica.

Tipos de animales:

Aves productoras (reproductoras).- aves alojadas en naves de puesta con edades superiores, en semanas, para: 29 Reproductoras de pavos. 19 Reproductoras pesadas. 6 Codornices 16 Resto

Aves de recría.- aves, alojadas en naves de recría con edades inferiores, en semanas, para: 30 Reproductoras de pavos. 20 Ponedoras 6 Codornices 22 Resto

Pollitas de recría de ponedoras.- aves procedentes de las granjas de reproductoras de puesta que tengan suscrita la garantía adicional de

pollitas de recría de ponedoras desde la salida de las 72 horas hasta las 20 semanas de vida.

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Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 5

407-2019 Explotación de Aviar de Puesta Seguro Agrario Combinado

Régimen Grupo de razas Tipo de Animal 001.- GALLINAS

Destino CARACTERÍSTICAS DE LAS NAVES PARA DETERMINAR EL RÉGIMEN (Consultar las C.E pág. 17-19 comunes a todas las naves)

1.Naves Tipo 0

2.Naves Tipo I

3.Naves Tipo II

001 Abuelas y bisabuelas

001 Reproductoras

037 P. Huevo 038 P. carne

Nave Tipo 0 – Naves acondicionadas para aves > de 6 semanas en codornices y 16 semanas que dispongan de ventilación mediante removedores de aire o extractores. Ver ámbito de aplicación para este tipo de naves.

Naves Tipo I – naves acondicionadas para aves de

puesta > 6 semanas en codornices y 16 semanas, que dispongan de las características anteriores y refrigeración mediante boquillas de alta presión o paneles húmedos.

Naves Tipo II – Naves acondicionadas para aves

de puesta > de 6 semanas en codornices y 16 semanas que dispongan de las características anteriores y grupo electrógeno, sensores de temperatura y alarma.

Naves Tipo III.- Naves acondicionadas a la recría de aves de puesta < de 6 semanas en codornices, 30 en reproductoras de pavos y 20 semanas que dispongan de las características anteriores, o grupo electrógeno o alarma de incidencias, sensores de temperatura y calefacción. Para abuelas, bisabuelas, reproductoras, ponedoras alternativas y las explotaciones ubicadas en el ámbito (naves tipo 0) carecer de sistema de refrigeración.

Naves Tipo IV (parque o suelo).- Naves acondicionadas para aves de puesta > de 6 semanas en codornices y 16 semanas en las que los animales se crían, en suelo o aviarios pudiendo tener acceso al parque. Si NO tienen salida al parque deberán contar con ventilación mediante removedores o extractores.

002 Reproductoras pesadas 004 Ponedoras 004 Ponedoras

003 Reproductoras ligeras 001 reproductoras

003 recría de Pollitas

4.Naves Tipo III

001 Abuelas y bisabuelas

002 recría

037 P. Huevo

038 P. carne

002 Reproductoras pesadas 003 Reproductoras ligeras 004 Ponedoras

5.Naves Tipo IV

001 Abuelas y bisabuelas

001 Reproductoras

037 P. Huevo

038 P. carne

002 Reproductoras pesadas 004 Ponedoras

003 Reproductoras ligeras 001 Reproductoras

003 Recría Pollitas

Régimen Grupo de razas Tipo de Animal 002.- PAVOS

1.Naves Tipo 0 2.Naves Tipo I 3.Naves Tipo II 5.Naves Tipo IV

005 Reproductoras Pavas 001 Reproductoras

4.Naves Tipo III 005 Reproductoras Pavas 002 Recría

Régimen Grupo de razas Tipo de Animal: 003.- Codornices

1.Naves Tipo 0 2.Naves Tipo I 3.Naves Tipo II 5.Naves Tipo IV

006 Codornices Ponedoras 001 Reproductoras

4.Naves Tipo III 006 Codornices Ponedoras 002 Recría

INCOMPATIBILIDADES:

El Régimen 004 “Naves Tipo III” es incompatible en el mismo REGA con el resto de regímenes que tengan asegurado el tipo de animal 003 recría de pollitas.

En la misma Subexplotación sólo se puede asegurar un grupo de razas y un tipo de animal.

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407-2019 Explotación de Aviar de Puesta Seguro Agrario Combinado

CARACTERÍSTICAS DE LA EXPLOTACIÓN Destino.- Elegible para el grupo de razas 001. abuelas y bisabuelas

Producción de Huevo Producción de Carne

Alojamiento.- Elegible para grupo de razas 4. ponedoras, naves tipo III:

Jaula Suelo o aviario

Elegible naves tipo IV para el grupo de razas 4. ponedoras:

Suelo o aviario

Sistema de producción: Opcionalmente pueden asegurarse como ganaderías ecológicas las explotaciones así registradas.

Se indicará para Grupo de razas 4. Ponedoras:

Ecológico.- Explotaciones así registradas según normas vigentes. Tradicional.- El resto de explotaciones.

Adaptación al riesgo: Elegible para todos los regímenes, bioseguridad control salmonella:

Menor de 50 puntos, recargo prima 30%; Mayor de 60 puntos, bonificación prima 30%

No se indicará ningún dato para valores entre 50 y 60 En función de esta puntuación se obtiene un código que corresponde a la explotación (el mismo para todas las subexplotaciones del mismo código REGA)

Garantía de RyD:

La garantía RyD es opcional en la línea 407, si no se incluye en esta línea, se puede mantener la línea 415.

Si desean incluirla en la 407, en caso de tener en vigor la línea 415, se deberá esperar a su vencimiento y solicitar la inclusión de la misma en línea 407 y si la póliza de la 415 es renovable deberán solicitar la rescisión de la misma antes de su vencimiento, y solicitar la inclusión de la misma en la línea 407

Todos los precios son en €/animal, Se podrán pactar precios por: 1 - Pacto expreso precio 2 - ADS 3 - Cooperativas / Asociaciones

Se puede pactar en todas las CC.AA, excepto en Castilla la Mancha.

Para estos casos se establece un procedimiento que incluye los pasos a seguir / “Condiciones Particulares” (Anexo I de las normas de contratación).

Para Andalucía el sistema de almacenamiento debe indicarse por explotación, el precio depende de este factor. Para Valencia debe marcarse si hay congeladores pues se establece distinta subvención, en función de este factor.

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407-2019 Explotación de Aviar de Puesta Seguro Agrario Combinado

Resumen de Garantías

Se podrá contratar la garantía básica y añadir las garantías adicionales.

Riesgos Cubiertos

Resumen de Coberturas

G

AR

AN

TIA

B

ÁSI

CA

Epizootias:

Gripe Aviar de

Alta y de Baja

Patogenicidad

y

Enfermedad de Newcastle

Gastos ocasionados en la explotación como consecuencia de la declaración oficial de: Influenza Aviar de Alta Patogenicidad (en adelante IAAP). Influenza Aviar de Baja Patogenicidad (en adelante IABP). Enfermedad de Newcastle (en adelante EN).

Compensación: anexo II B. Garantías de inmovilización:

El tiempo que permanezcan los animales inmovilizados obligatoriamente en la explotación, con un mínimo de 7 días y máximo de 42 días por todo el período, decretados por la Administración. Compensación económica: anexo II D.

El tiempo en que se impida el llenado entre los dos ciclos de naves vacías de la explotación obligatoriamente, con un mínimo de 7 días y hasta un máximo de 20 días por todo el período, decretados por la Administración.

Compensació: anexo IID Las gallinas ponedoras de más de 92 semanas alojadas en una nave de puesta de ponedoras, tendrán los gastos de

sacrificio, RyD por sacrificio económico por salmonella.

Exclusiones, los siniestros ocurridos por frío; por Enfermedades excepto: IAAP, IABP y EN y Salmonella Los Animales > de:

20 semanas alojados en una nave de recría en ponedoras 30 semanas alojadas en naves de recría de reproductoras de pavos. 22 semanas alojados en naves de recría para el resto. 92 semanas alojados en una nave de puesta en ponedoras 64 semanas alojados en una nave de puesta para abuelas y bisabuelas 68 semanas alojados en una nave de puesta en reproductoras pesadas 76 semanas alojados en una nave de puesta en reproductoras ligeras o semipesadas 60 semanas n anves de reproductoas de pavos y codornices

Siniestros ocasionados por la falta de agua, para la refrigeración ambiental y para el consumo de los animales, o deficiente calidad. IAAP, IABP, EN:

No tienen cobertura las consecuencias de las pruebas iniciadas antes de la toma de efecto. Cuando no exista comunicación oficial El tiempo de inmovilización inferior a 7 días.

Salmonella

La baja de la manada declarada oficialmente positiva a alguna de las salmonelas incluidas en el Programa. (Se indemnizará por los costes fijos de la granja vacía (Anexo II C)

En gallinas ponedoras: El impedimento de venta de los huevos frescos para consumo y su destino a la elaboración de ovoproductos. Se

indemnizará por los huevos producidos por esa manada, destinados a ovoproductos, desde la primera actuación oficial registrada que establezca la situación de sospecha, hasta el sacrificio de los animales de la manada o el levantamiento de la sospecha.

El impedimento de venta de huevos frescos para consumo y su destrucción. Se indemnizará por los huevos destruidos, desde la primera actuación registrada que establezca la situación oficial de sospecha, hasta el sacrificio de los animales o el levantamiento de la sospecha.

Los costes del sacrificio en la explotación, o en matadero, su retirada y destrucción, y el valor de los animales sacrificados.

En abuelas, bisabuelas, reproductoras y reproductoras de pavos: Los costes del sacrificio en la explotación, o en matadero, su retirada y destrucción, y el valor de los animales

sacrificados. La destrucción de los huevos en incubación y de los huevos incubables por el impedimento de venta de huevos.

No tienen cobertura: Las explotaciones de Codornices Las consecuencias de pruebas sanitarias iniciadas anteriores a la fecha de efecto. Los sacrificios, muertes e inmovilizaciones en las que no exista comunicación oficial. El tiempo máximo de compensación en ponedoras, no podrá superar las 4 semanas por destino de la producción a

ovoproductos y a 2 semanas por los costes de destrucción por nave y año. El tiempo máximo de compensación por destrucción de huevos, no podrá superar las 4 semanas por nave y año en el caso de

abuelas, bisabuelas y reproductoras de pavos.

Tendrán cobertura las manadas que al contratar el seguro tengan un autocontrol negativo realizado con una antigüedad máxima de 3 semanas en reproductoras de pavos, 6 semanas en el caso de gallinas ponedoras y 15 en reproductoras, abuelas y bisabuelas y hayan superado el período de carencia. El resto de manadas con autocontrol más antiguo, tendrán garantías superado el período de carencia a partir de la comunicación negativo al asegurado.

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Este documento tiene carácter informativo y carece de valor contractual. Las condiciones de este seguro están regidas por las condiciones generales, las condiciones especiales y las normas de contratación que AGROSEGURO, S.A tiene establecidas para esta línea de seguro. Página 8

407-2019 Explotación de Aviar de Puesta Seguro Agrario Combinado

Salmonella

Las pollitas de recría tendrán cobertura una vez se encuentren en la explotación de destino y superada la carencia, siempre que se encuentren libres de salmonella de la incubadora de origen.

Las gallinas ponedoras de más de 92 semanas alojadas en una nave de puesta, tendrán los gstos de sacrificio, RyD por sacrificio económico por salmonella.

No tiene cobertura los animales de más de:

62 semanas en reproductoras de pavos 60 semanas las abuelas y bisabuelas 64 semanas las reproductoras pesadas 72 las reproductoras ligeras o semipesadas 92 las ponedoras. La producción de animales que superen la edad antes mencionada tampoco estará cubierta. La producción indemnizable no puede superar la media docena semanal. El sacrificio económico estará cubierto si se produce antes de las 7 semana desde la declaración oficial. La indemnización por el valor de los animales en pavos y gallinas reproductoras es incompatible con la administración. Y para

que sea indemnizable se debe presentar documentación de que no va a recibir indemnización por parte de la administración.

GA

RA

NTÍ

AS

AD

ICIO

NA

LES

1

Mortandad masiva

Cubre la muerte de animales a consecuencia de: Incendio y humo de incendio Inundación Viento huracanado Rayo Nieve Pedrisco Aplastamiento por caída de nave por alguno de los riesgos anteriores. Golpe de Calor que provoquen la muerte de los animales. Sólo estarán cubiertos los siniestros en los meses de

mayo a septiembre. Pánico en naves que alojan animales en suelo o parque. Sólo tendrán cobertura las explotaciones en las que los

animales se alojan en suelo o con parque.

Compensación, Anexo II

Se excluyen: Los siniestros producidos por avería de alguno de los equipos de la instalación o por la falta o pérdida de fluido

eléctrico, que impida el uso de los equipos de regulación ambiental o la instalación eléctrica, salvo que se deba a alguno de los riesgos anteriores de la garantía adicional.

Siniestros producidos por causa inherente al funcionamiento de alguno de los equipos de la instalación.

2

Salmonella en pollitas

de recría de ponedoras

Compensa el valor de las pollitas de recría sacrificadas en la explotación de destino de las mismas, en las manadas declaradas oficialmente positivas a alguna de las salmonellas incluidas en el programa. Las excluciones son las misma que la garantía básica de salmonella.

3

RyD

Se cubren: Los gastos derivados de la retirada de los cadáveres de animales muertos en la explotación por cualquier

causa, y su destrucción. Los sacrificios decretados por la Autoridad, por motivos sanitarios.

El gasto por enteramiento por motivos zoosanitarios hasta el 20% del capital asegurado o 600€ Exclusiones: Los sacrificios consecuencia de las pruebas diagnosticadas antes de la toma de efecto del seguro

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Riesgos cubiertos y Condiciones de Cobertura

Se contratará la garantía básica y se podrán añadir las garantías adicionales de mortalidad masiva y pérdida de producción y RyD.

La garantía de recría de pollitas solo podrá ser elegida por las explotaciones de reproductoras ligeras y semipesadas.

El asegurado podrá elegir los diferentes capitales garantizados en función del número de explotaciones y de naves aseguradas.

No se podrá elegir la RyD los asegurados cuyas epxlotaciones asegurables convivan con otras distintas al ganado vacuno.

Número de Explotaciones (códigos REGAS) de la declaración

1 a 2 3 a 4 5 a 6 Más de 6

Número de subexplotaciones de

la declaración (NAVES)

1

100%

- - -

2 a 3 100% - -

4 a 6 100% 100% -

7 o más 100% 50%

100% 50% 25%

100% 50% 25% 10%

GA

RA

NTÍ

A

SIC

A

G

Riesgos Cubiertos Régimen Asegurable

Capital Garantizado

Mínimo Indemnizable

Franquicia Cálculo de Indemnización

Carencia (días)

Gripe de alta y baja patogenicidad

Todos

Elegible 100%

50%

25%

10%

Sin mínimo

Sin franquicia

Compensación animal 20

Enfermedad de Newcastle 20

Gripe inmovilización Newcastle inmovilización

7 días Inmovilización: Compensación

20

Salmonella 100% Sin mínimo Tabla de edad y

Compensación animal 7

GA

RA

NTÍ

AS

AD

ICIO

NA

LES

G

Riesgos Cubiertos

Régimen Asegurable

Capital Garantizado

Mínimo Indemnizable

Franquicia Cálculo de Indemnización

Carencia (días)

1.-

Mo

rtal

idad

mas

iva

Incendio y humo

Inundación

Viento huracanado

Rayo, Nieve, Pedrisco,

Aplastamiento por caída de nave por riesgos anteriores

Todos

Elegi ble:

100%

50%

25%

10%

5% 5% Compensación

animal 7

Golpe de calor Todos 10%

10%

Tabla de edad 15

Pánico Naves III y IV 15% 5% Tabla de edad 7

2.-

Sal

mo

ne

lla

en

re

cría

de

po

llita

s

Salmonella , sacrificio

Reproductoras ligeras y

semipesas

100%

Sin mínimo

Sin franquicia

Compensación animal

7

RyD

Retirada y

Destrucción de

cadáveres de

animales

Sacrificios

decretados por la

Autoridad

Enterramientos autorizados

Todos

100%

Sin franquicia

Precios gestora

Compensación contra

factura: mayor entre

600€ o el 20%

del capital asegurado

7

No tendrán carencia.- Los ganaderos deros que contrataron en el plan anterior ésta cobertura, bien como garantía adicional o la línea 415

RyD y renueven en el plazo de diez días antes o después al vencimiento de la cobertura.

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Bonificaciones/Recargos y Subvenciones:

La Garantía Básica no tiene bonificaciones ni recargos. Bonificaciones y/o Recargos a nivel de Asegurado (DNI/NIF Se pueden consultar en la página Web de AGROSEGURO /Atención al cliente/ consulta de Rendimientos, índices y otras medidas/Bonificaciones, recargos, rendimientos y otras

medidas para Asegurados.

Subvenciones ENESA: para aplicarlas, el asegurado debe figurar en la BASE DE DATOS DE ENESA:

Base Contratar Colectivo

Subvención por Financiación SAECA)

Características Asegurado: Agricultor/a Profesional, Explotación prioritaria, Joven agricultor/a

NO TIENE ORGANIZACIÓN DE PRODUCTORES Renovación

Prácticas de Reducción de Riesgo y por Condiciones Productivas Entidad Asociativa

Producción ecológica ADSG

16 5 1 10 5 3 5 39

Seguros de Vida.- Se aplica sobre la prima comercial base neta sin tener en cuenta los recargos, límite de subvenciones < 65% recibo de prima sin tener en cuenta el recargo.

La subvención ecológica sólo se aplica si la totalidad de sus animales cumple la normativa, para obtener esta calificación.

Sólo se subvencionan las tasas de coste hasta el 23%. Tasas superiores se aplicará un coeficiente en función de éste límite.

Siempre se deducen 60€ del importe de la subvención por asegurado y plan.

El porcentaje de modulación que corresponda se aplica una vez deducido el importe (60€).

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407-2019 Explotación de Aviar de Puesta Seguro Agrario Combinado

Subvenciones de las Comunidades Autónomas:

En las pólizas de vida que aseguren la garantía de RyD, las subvenciones de RyD son las mismas que la línea 415 RyD.

CC.AA % SUBV. APLICA SOBRE % LÍMITE SUBVENCIÓN OBSERVACIONES

Andalucía

Aragón

Asturias 25 Enesa 65% Recibo de Prima Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA

Baleares 32,5 Recibo de prima Base Neta

(deducidas bonificaciones y recargos) 65% del recibo de prima Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA

Bizkaia 40 Enesa 65% del recibo de prima

Canarias 30 Recibo de prima Base Neta

(Sin recargos) 65% del recibo de prima Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA

Cantabria 25 Enesa 60% del recibo de prima Tendrán derecho los Asegurados incluidos en la Base de Datos suministrada por la C.A. Para incidencias enviar correo electrónico a: [email protected]

Castilla León 10 Prima comercial base neta

(deducidas las bonificaciones y descuentos)

65% del recibo de prima Máximo por póliza: 3.000€

Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA

Límite mínimo.- No subvencionan las pólizas ≤ 75€

Castilla Mancha 37 Enesa 65%

del recibo de prima Máximo: 5.000€ póliza(2)

Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA.

10 puntos para Jóvenes agricultores y 10 puntos para Explotaciones agrarias de titularidad compartida (E.T.C.) acumulable la de jóvenes agricultores, incluidos en las bases de datos creadas por la C.A.

Límite mínimo.- No subvencionan las pólizas ≤ a 60€

Cataluña 26 Enesa

65%

del recibo de prima

(importe máximo póliza:

3.000€)

Pólizas con fecha de entrada en vigor entre el 1-1-2018 y 31-10-2018

Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA.

• 10 puntos para asegurados incluidos en la base de datos del DARP (sólo vida) agricultores

profesionales, explotación prioritaria o joven agricultor.

Las pólizas que agrupen vida y RyD en la misma póliza, que se aplican de forma independiente:

• 3000€ para vida

• 4000€ para RyD

Extremadura 40 Enesa 65%

del recibo de prima Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA Pólizas con entrada en vigor entre el 1-1-2019 al 31-12-2019

Galicia 16

4(1)

Prima Comercial Base, Incluidas Bonificaciones y

Recargos

65 Recibo prima (sin tener en cuenta los

recargos de contratación)

Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA Una vez aplicada los % y los límites máximos, se RESTARÁ 15€. Sin subvención a las declaraciones, en las que el importe resulte igual o inferior a 15€. Se aplicará siempre sobre la última situación de la póliza. (1) Subvención adicional para pólizas contratadas por entidades asociativas

Murcia Madrid

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407-2019 Explotación de Aviar de Puesta Seguro Agrario Combinado

CC.AA % SUBV. APLICA SOBRE % LÍMITE SUBVENCIÓN OBSERVACIONES

Rioja 55

5 (1)

Enesa

65% del recibo de prima (sin tener en cuenta los recargos de

contratación)

Se otorga subvención a los asegurados que tengan condición de:

Agricultor o Ganadero Profesional

Titular de Explotación Prioritaria

Joven Agricultor

Comunidades de Bienes y sociedades Civiles SIN personalidad jurídica. Las que carezcan de personalidad jurídica podrán ser beneficiarias aunque no sean explotaciones prioritarias, si al menos el 50% de sus socios o comuneros cumplen, a título individual, los requisitos que se establecen por dicha subvención.

(1) Asegurados que cumplan la condición de JOVÉNES AGRICULTORES y que se haya instalado en los últimos 5 años, tomado como fecha de la instalación el alta en la seguridad social.

Los complementarios: mismo % que la póliza principal.

No subvenciona las pólizas cuya subvención sea inferior a 60€

Navarra 47 Enesa

65%

Recibo de prima (sin tener en

cuenta los recargos de

contratación)

Incluye en Manual DECLARACIÓN SOBRE LA OBLIGACIÓN DE TRANSPARENCIA.

Se otorga subvención a los asegurados que tengan condición de:

Agricultor o Ganadero Profesional

Titular de Explotación Prioritaria

Secciones de cultivo en común de cooperativas.

Ganaderos que contraten seguros de RyD (línea 415)

Y que, además que figuren como “subvencionable” en la base de datos:

Fichero de verificación del cumplimiento de los requisitos de las bases reguladoras de las ayudas de la Comunidad Foral de Navarra.

Fichero de verificación del cumplimiento de la Ley Foral de Subv. de Navarra

Exclusiones:

Los asegurados que no cumplan las condiciones personales para percibir subv. según el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005 para que no se les aplique la subv. (indicar en la aplicación SAC: el 14)

Las pólizas contratadas por empresas que no ostenten la condición de pequeña y mediana empresa de producción.

En las pólizas de VIDA y RyD, la base de cálculo y el límite se trata de forma independiente

Valencia 20

Prima Comercial Base Neta de Bonificaciones

(deducidas bonificaciones y descuentos y sin tener en cuenta los recargos por

siniestralidad)

65% Recibo de Prima (sin tener en cuenta los recargos

de contratación)

Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA. En las pólizas de VIDA y RyD, la base de cálculo y el límite se trata de forma independiente

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Pago de la Prima:

Las pólizas contratadas a partir del 1 de marzo a través del tomador “ATEAGRA” serán todas las pólizas domiciliadas.

El pago de la prima única podrá efectuarse de alguna de las dos siguientes formas, según la modalidad de seguro elegida por el asegurado:

Forma de pago Importe a abonar Plazo de abono Medio de pago Como se realiza el abono

CONTADO El 100% de la prima Al contratar la póliza

T - Domiciliado prima inicial y regularizaciones

Mediante domiciliación a la c/c indicada en la póliza

N - Transferencia

Mediante ingreso directo o transferencia bancaria en la cuenta de AGROSEGURO.

FRA

CC

ION

AD

O (

*)

Eleg

ible

1er. recibo Se corresponderá al menos con el 10% de la prima, más el total de recargo por fraccionamiento y aval

Al contratar la póliza

T - Domiciliado prima inicial y regularizaciones

S - Domiciliado sólo las regularizaciones

Mediante la cc/c indica da en la póliza

Fraccionamiento en dos pagos

La segunda y última fracción, no podrá superar el 90% del importe del coste de seguro a cargo del tomador

Se pasará al cobro en el plazo elegido por el Asegurado: 3, 6, 9 o 11 meses.

Primer pago mediante ingreso directo o transferencia bancaria en la cuenta de AGROSEGURO y regularizaciones y fracciones mediante domiciliación a la c/c indicada en la póliza

Fraccionamiento en cuatro pagos

Las siguientes fracciones no podrán superar el 90 % del importe del coste del seguro a cargo del tomador. Cada uno estos pagos no superarán el 30%.

Se pasará al cobro en: 90, 180 y 270 días, desde la fecha de entrada en vigor

(*) Se podrá acceder a esta forma de pago, cuando en el momento de suscribir la póliza, se cumplan los siguientes requisitos:

El seguro debe tener un coste a cargo del tomador, igual o superior a 300€

El asegurado debe tener el correspondiente aval afianzado de la Sociedad Anónima Estatal de Caución (SAECA), por una cuantía que debe cubrir al menos el importe de la segunda fracción.

La solicitud se realiza vía on-line www.saeca.es / Documentación a enviar:

Solicitud de Aval REDUCIDA (hasta 25.000€) Formulario de solicitud (en la web de SAECA) Fotocopia DNI/CIF

IRPF / Impuestos sociedades

Solicitud de aval COMPLETA (>25.000€)

Formulario de solicitud (en la web de SAECA) Fotocopia DNI/CIF

IRPF / Impuestos sociedades

Documentación acreditativa Bienes

Para la concesión del aval, el Asegurado deberá estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

SAECA comunicará al gestor la aprobación o denegación del aval. En caso de aprobación, SAECA acompañará la póliza de afianzamiento mercantil que incluye el nº de aval concedido, por correo electrónico. No será necesario la intervención notarial cuando el importe avalado sea inferior a 25.000€ y será necesaria para importes superiores. Se debe enviar póliza de afianzamiento firmada por el asegurado, por e-mail: [email protected], o por WhatsApp 678851716

Una vez enviada se puede proceder a la emisión de la póliza. Los recibos se pasarán a la cuenta del asegurado.

A continuación enviar la solicitud del aval (ORIGINAL) y la póliza de afianzamiento firmada y sellada (ORIGINAL) a la siguiente dirección: calle Jorge Juan, 19, 4ª planta 28001 Madrid.

AVAL SAECA para Seguros Renovables:

SAECA, concederá avales con las siguientes características: 1er. año, se enviará el aval con toda la documentación necesaria. (se podrá solicitar con un importe sea superior para que,

en caso de modificaciones el aval cubra el importe de las renovaciones siguientes.

SAECA generará las nuevas pólizas de afianzamiento incrementando en un 25% el importe avalado el año anterior sin superar

los 25.000€ (aval de tramitación reducida).

SAECA enviará a los colaboradores/mediadores mediante e-mail la nueva póliza de afianzamiento, que deberá devolver

firmada por e-mail [email protected]

Una vez recepcionada por SAECA la póliza de afianzamiento, lo comunicará a AGROSEGURO.

AGROSEGURO aplicará el pago fraccionado a la renovación del seguro.

Si no se envía firmada a tiempo, la póliza de afianzamiento para la renovación, se renovará con pago contado.

antes de que SAECA disponga de la póliza de afianzamiento firmada por e-mail.

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407-2019 Explotación de Aviar de Puesta Seguro Agrario Combinado

COMUNICACIÓN DE SINIESTROS:

RyD.- Deberán comunicarlo a AGROSEGURO o a la Empresa Gestora correspondiente a su C.A. los teléfonos están publicados en el Catálogo de Productos / Contenidos

Resto de Garantías: Se comunicará a AGROSEGURO en el plazo de 24 horas, en los teléfonos: 91 038 74 48 / 692 669 444 indicando los siguientes datos:

CIF/DNI del Asegurado Nombre y apellidos del Asegurado Referencia de la póliza Lugar del siniestro Momento en que comenzó la causa que lo origina Causa del siniestro Nº de animales siniestrados Nº de teléfono de contacto para la peritación