42036052-Preguntas-de-Derecho-Constitucional-Guatemalteco.pdf

Embed Size (px)

Citation preview

  • 7/29/2019 42036052-Preguntas-de-Derecho-Constitucional-Guatemalteco.pdf

    1/4

    DERECHO CONSTITUCIONAL

    1. Qu es Derecho Constitucional?Es la rama del Derecho Pblico, que estudia los principios, doctrinas y normas jurdicas que se encargan

    del estudio de la organizacin del Estado, competencia de sus rganos, de los derechos de las personas,

    del sistema que garantice esos derechos.

    2. Qu es Constitucin?Es la ley suprema de un estado creada por una Asamblea Nacional Constituyente, en representacin del

    pueblo, con el objeto de organizar jurdica y polticamente al Estado en la cual se encuentran los

    derechos fundamentales de los miembros de su poblacin as como la estructura bsica del Estado.

    3. Qu es Constitucionalismo?Es una tendencia sociopoltica cuyos objetivos principales son:

    Dotar a los Estados de una Constitucin escrita Hacer valer la supremaca de dicha constitucin Reconocer los Derechos Inherentes a la persona Estructurar al Estado y someterlo junto con sus autoridades al derecho

    4. Qu es Asamblea Nacional Constituyente ANC Art. 278Es un rgano legislativo extraordinario en el cual el pueblo elige a diputados que se encargan de la

    discusin y aprobacin de reformas a la parte rgida de una constitucin.

    5. Objetivos del Constitucionalismo: Dotar a los Estados de una Constitucin escrita Hacer valer la supremaca de dicha constitucin Reconocer los Derechos Inherentes a la persona Estructurar al Estado y someterlo junto con sus autoridades al derecho

    6. Una Constitucin es producto de: Un golpe de Estado Una revolucin; Y Por los cambios de los Medios de Produccin

    7. Las Partes de la Constitucin son: Dogmtica (Art. 1 al 139 CPRG): Es aquella en donde se establecen los principios, los derechos

    humanos tanto individuales como sociales que se le otorgan al pueblo como sector gobernado

    frente al poder pblico como sector gobernante.

    Orgnica (Art. 140 al 262 CPRG): Es la que establece como se organiza el Estado. Procesal, Pragmtica o Prctica (Art. 263 al 281): Es la que establece las garantas y los

    instrumentos para hacer valer los derechos establecidos en la Constitucin, y para defender elorden constitucional.

    8. Cules son los rganos Extra poder? La Corte de Constitucionalidad El procurador de los Derechos Humanos El Tribunal Supremo Electoral El Ministerio Pblico La Contralora General de Cuentas

    9. Qu es Poder?Es la aptitud o capacidad de influir y determinar la conducta de otros

    10.La libertad:Es el Estado existencial del hombre en el cual ste es dueo de sus actos, y puede auto determinarse

    conscientemente sin sujecin a ninguna fuerza psquica.

    11.Derecho Poltico:Se define como la rama de la ciencia del Derecho que estudia EL ORIGEN, FUNCIONAMIENTO Y FINES DEL

    ESTADO.

    12.Derecho Pblico:

  • 7/29/2019 42036052-Preguntas-de-Derecho-Constitucional-Guatemalteco.pdf

    2/4

    Rama del Derecho que se refiere cuando el fin perseguido es el inters del Estado.

    El Estado es el Sujeto del Derecho Pblico

    13.Derecho Privado: Rama del Derecho que se refiere cuando el fin perseguido es del individuo.14.Diferencia entre Derecho Poltico y Derecho Constitucional? La diferencia es que en la antigedad se

    llamaba derecho poltico porque no existan Constituciones escritas, y se llam Derecho Constitucional

    desde que existen constituciones escritas.

    15.Por quienes nace la constitucin No escrita: Por los Hebreos16.La supremaca Constitucional: Se pone de manifiesto claramente en 3 artculos de nuestra constitucin, los

    cuales son: Art. 44, 175 y 204

    17.rganos Autnomos que estn regulados en la Constitucin: Escuela Nacional de Agricultura Art. 79 CPRG. USAC Art. 82 CONFEDE Art. 92 IGSS Art. 100 Junta Monetaria Art. 132

    CULES SON LOS ANTECEDENTES DE LA ACTUAL CONSTITUCIN DE GUATEMALA

    El proceso constituyente que da lugar a la formulacin de la CPRG de 1985; se remonta a la proclama del

    ejrcito, que anunciaba el golpe de Estado del 23/3/1982 al General Romeo Lucas Garca.

    Sus motivos fueron: El Abuso de prcticas Electorales fraudulentas, El fraccionamiento de las fuerzas democrticas, El

    desorden y corrupcin en la administracin pblica

    Una parte del ejrcito ejerca una accin punitiva contra la cpula de la Institucin.

    A quien responsabilizaban del desastre.

    Resultados del golpe de Estado, se hace con el poder un triunuirato (son 3)

    Jos Efran Rios Montt, Oscar Humberto Meja Coronel GordilloLuego son desplazados por Rios Montt quien en un ao logr el disgusto de la poblacin:

    Quiso moralizar todas las esferas del Estado, Mostr una poltica muy dura contra la guerrilla (Tierra arrastrada),

    Fortaleci la PAC, Cre los tribunales de fuero especial

    En agosto de 1983 es de Puesto Rios Montt y asume el poder Meja Victores, quien se compromete a continuar el proceso

    de retorno al orden constitucional.En enero de 1984 el nuevo tribunal supremo Electoral convoc a elecciones para integrar la ANC.

    Esta ANC tambin dicta las siguientes leyes.

    Ley Electoral y de Partidos polticos (Decreto 1-85) Ley de Amparo, Exhibicin personal y de Constitucionalidad (decreto 1-86)

    En Julio de 1984 se realiza la eleccin de diputados para la ANC. El 31/5/1985 promulgan la nueva

    constitucin con 281 artculos, 22disposiciones transitorias. Entr en Vigencia el 14/1/1986 Rios Monttdurante su gestin emiti 3 decretos que visualizaban el orden constitucional.

    La ley orgnica del T.S.E, Ley del Registro de Ciudadanos , La ley de Organizaciones polticas

    18.ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO: Producto de la incesante evolucin del Derecho Constitucional en eltranscurso de la historia, empiezan a considerarse conceptos bsicos para la materia.

    Es por ello que se ha producido el salto cualitativo de la concepcin

    Estado de Derecho Estado Constitucional de Derecho

    Algunos autores consideran que el Estado de Derecho y Estado Constitucional de Derecho son conceptos

    similares.

    Existe la siguiente distincin entre:

    Estado Constitucional de Derecho: La legitimidad del ordenamiento jurdico constitucional debe estar basadaen el libre ejercicio de la soberana popular.

    Estado de Derecho: Son todos los que poseen un ordenamiento jurdico constitucional bajo la cual se rigen yrespetan, sin embargo el origen del mismo deviene de actos de fuerza o imposiciones que han anulado la

    soberana popular.

    Definicin de Suspensin de Garantas:

  • 7/29/2019 42036052-Preguntas-de-Derecho-Constitucional-Guatemalteco.pdf

    3/4

    Es un acto complejo, principal formalmente legislativo y materialmente ejecutivo, en virtud del cual se

    hace cesar, de modo temporal, del goce de ciertos derechos o garantas que ha favor de los habitantes

    de un pas, existen en la Constitucin.

    19. Anlisis de la Definicin Anterior:y Es un acto complejo: ya que deriva de las voluntades, el presidente

    en consejo de Ministros y diputados al Congreso.

    y Es Principal: ya que est en vigencia mientras persista la situacinque lo motivo, o venza el plazo o sea renovado.

    y Formalmente Legislativo: ya que el Congreso es quien lo ratifica,modifica o aprueba.

    y Materialmente Ejecutivo: ya que las facultades de estos se lesatribuye al presidente.

    y Temporales: ya que la sustencin de garantas posee lmites20.Derechos Humanos: Son todos los derechos inherentes a las personas21.CLASES DE DERECHOS HUMANOS

    21.1De Primera Generacin:y Derechos Individuales (Art. 3 al 46 de la CPRG)y Derechos Cvicos y Polticos (Art. 135 al 139 CPRG)

    21.2De Segunda Generacin:y Derechos Sociales y Culturales (Art. 47 al 134 CPRG)

    21.3De Tercera Generacin:y Derecho de Medio Ambientey Derecho de Informacin Art. 44 CPRGy Tratados Internacionales

    22.LA SUPREMACA CONSTITUCIONALTiene su origen en la fuente de donde previene el Poder Constituyente.

    Esto le da carcter de superioridad sobre toda otra clase de normas que no tienen esta fuente originaria

    dentro del ordenamiento jurdico.

    La supremaca Constitucional se Inspira en Principios

    y Polticosy Constitucionales; yy Sociales, que son:

    La soberana popular, como base de la organizacin poltica de la comunidad. La primaca de la persona humana sobre las instituciones del Estado El Rgimen de Legalidad solamente justificado por la legitimidad.

    Segn Linares Quintana:

    El principio de la supremaca constitucional es universalmente considerado como:

    La piedra angular del constitucionalismo y del Estado constitucional, al imponer los poderesconstituidos.

    El deber ineludible de encuadrar todos sus actos en las reglas que prescribe la Ley fundamental de laRepblica.

  • 7/29/2019 42036052-Preguntas-de-Derecho-Constitucional-Guatemalteco.pdf

    4/4

    EVOLUCION HISTORICO DEL CONSTITUCIONALISMO: la evolucin de constitucionalismo se dividen en 2

    partes: 1) CONSTITUCIONALISMO LIBERAL O CLASICO: esta nace como conquista de la clase burguesa,

    emergente ante el poder de los monarcas.

    2) CONSTITUCIONALISMO SOCIAL: Surge como respuesta necesaria a los grandes cambios sociales que se

    generan en el seno de la sociedad en proceso de la industrializacin .

    El constitucionalismo liberal o clasico surge en Inglaterra a finales del siglo 17

    , luego se extiende aF

    rancia,posteriormente en el siglo 18 a otros paises de Europa, esta primera etapa de constitucionalismo se desarrollo

    durante los siglos 17, 18, 19 y asta al servicio del 3rd estado (burgues) que eran los comerciantes industriales

    y profesionales. Y que apartir del siglo 17 triunfa sobre el primer estado que era el rey y el segundo estado

    que era el clero o iglesia. De Inglaterra y Francia el const. Liberal se traslada a america especialmente a las

    colonias inglesas establecidas en el norte de america siendo su mayor fruto la constitucin de los eeuu de

    1787. luego se extiende a los paises hispanoamericanos, dicho movimiento influencio en las nuevas

    constituciones centroamericanas que se empiezan a gestar de 1821 en adelante.

    ORGANISMOS DEL ESTADO: LEGISLATIVO: crea, reforma y derroga leyes art 157. PHD. Es un comicionado del

    congreso de la republica para la defensa de los derechos humanos que la const. Garantiza art 274. EJECUTIVO:administrar los recursos del estado para prestar servicios publicos art. 182. JUDICIAL: aplica, juzga y ejecuta lo

    jusgado, resuelve conflictos que surgen entre los habitantes art 203. CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: vela

    porque no se violen las normas constitucionales art 268. TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL: convoca,

    administra, fiscaliza, y adjudica todo el proceso electoral. Art 223.

    Las constituciones en el siglo 18 suceden diversos acontecimientos que dan lugar a nacimiento del

    constitucionalismo y nace la primera constitucin de Ballona de 1,808 y es francesa. y la de cadiz de 1812, la

    de ballona es una constitucin francesa que se da en el marco de invasin del imperio napolionico a Espaa y

    fue la que dio la pausa para que los espaoles crearan la constitucin de cadiz de 18

    12

    , la de ballona nuncaestuvo vigente, la de cadiz si, estuvo vigente y fue espaola, despus tenemos ocho en el periodo

    independiente, pero de esas ocho 2 fueron federadas, la de 1824 estuvo vigente. Y la de 1921 nunca estuvo

    vigente, y tenemos 6 estatales, la de 1825 fue la primera constitucin en Guatemala como estado

    independiente, la segunda de 1879 tuvo como marco la denominada revolucion o reforma liberal, luego viene

    la de 1945 el constitucionalismo social encuentra plena acogida en esta constitucin esta se derroga en 1945,

    despus entra en vigencia la de 1956, luego la de 1965 con 271 art. Luego se sufre un golpe de estado en 1982,

    y despus la de 1985, entro en vigencia en 1986 y es la que nos rige.