55906698 Resolucion 2115 07 Calidad Agua Potable

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    DIARIO OFICIAL 46679

    Ministerio de la Proteccin Social

    Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrol lo Territorial

    Resoluciones

    RESOLUCION NUMERO 2115 DE 2007(junio 22)

    por medio de la cual se sealan caractersticas, instrumentos bsicos y frecuencias delsistema de control y vigilancia para la calidad del agua para consumo humano.

    Los Ministros de la Proteccin Social y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por los Decretos-ley 205de 2003 y 216 de 2003, los artculos 3, 8 pargrafo 1, 9 pargrafo 4 y 14 del Decreto1575 de 2007,

    RESUELVE:

    CAPITULO I

    Definiciones

    Artculo 1. Definiciones. Para los efectos de la presente resolucin, se adoptan lassiguientes definiciones, adems de las sealadas en el Decreto1575 de 2007:

    Anlisis microbiolgico del agua: Son los procedimientos de laboratorio que seefectan a una muestra de agua para consumo humano para evaluar la presencia o ausencia,tipo y cantidad de microorganismos.

    Anlisis bsicos: Es el procedimiento que se efecta para determinar turbiedad, coloraparente, pH, cloro residual libre o residual de desinfectante usado, coliformes totales yEscherichia coli.

    Anlisis complementarios: Es el procedimiento que se efecta para las determinacionesfsicas, qumicas y microbiolgicas no contempladas en el anlisis bsico, que se enuncianen la presente resolucin y todas aquellas que se identifiquen en el mapa de riesgo.

    Anlisis fsico y qumico del agua: Son aquellos procedimientos de laboratorio que seefectan a una muestra de agua para evaluar sus caractersticas fsicas, qumicas o ambas.

    Caracterstica: Trmino usado para identificar elementos, compuestos, sustancias ymicroorganismos presentes en el agua para consumo humano.

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    Cloro residual libre: Es aquella porcin que queda en el agua despus de un perodo decontacto definido, que reacciona qumica y biolgicamente como cido hipocloroso o comoin hipoclorito.

    Coliformes: Bacterias Gram Negativas en forma bacilar que fermentan la lactosa atemperatura de 35 a 37C, produciendo cido y gas (CO2 ) en un plazo de 24 a 48 horas. Seclasifican como aerobias o anaerobias facultativas, son oxidasa negativa, no forman esporasy presentan actividad enzimtica de la galactosidasa. Es un indicador de contaminacinmicrobiolgica del agua para consumo humano.

    Color aparente: Es el color que presenta el agua en el momento de su recoleccin sinhaber pasado por un filtro de 0.45 micras.

    Dosis letal media - DL50: Estimacin estadstica de la dosis mnima necesaria paramatar el 50% de una poblacin de animales de laboratorio bajo condiciones controladas. Seexpresa en miligramos de txico por kilogramo de peso del animal.

    Escherichia Coli - E-coli: Bacilo aerobio Gram Negativo no esporulado que secaracteriza por tener enzimas especficas como la galactosidasa y glucoronidasa. Es elindicador microbiolgico preciso de contaminacin fecal en el agua para consumo humano.

    Poblacin servida o atendida: Es el nmero de personas abastecidas por un sistema desuministro de agua.

    Prevalencia de sustancias qumicas: Son las sustancias qumicas presentes en el aguapara consumo humano, que permanecen en forma peridica o continua.

    Sustrato definido enzimtico: Prueba que contiene sustratos hidrolizables para ladeteccin de las enzimas D galactosidasa de los coliformes y de las enzimas Dgalactosidasa y glucoronidasa de la E. Coli. El nutriente indicador permite que losmicroorganismos objeto de la prueba, una vez incubados en un medio reactivo, produzcancolor o fluorescencia, indicando y confirmando la presencia del microorganismo objeto deinvestigacin.

    Tiempo de contacto para el desinfectante: Es el tiempo requerido desde la aplicacin

    del desinfectante al agua hasta la formacin como producto del residual del desinfectante,de forma que esa concentracin permita la inactivacin o destruccin de losmicroorganismos presentes en el agua.

    Tratamiento o potabilizacin: Es el conjunto de operaciones y procesos que se realizansobre el agua cruda, con el fin de modificar sus caractersticas fsicas, qumicas y micro-biolgicas, para hacerla apta para el consumo humano.

    Valor aceptable: Es el establecido para la concentracin de un componente o sustancia,que garantiza que el agua para consumo humano no representa riesgos conocidos a la salud.

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    CAPITULO II

    Caractersticas fsicas y qumicas del agua para consumo humano

    Artculo 2. Caractersticas fsicas. El agua para consumo humano no podr sobrepasarlos valores mximos aceptables para cada una de las caractersticas fsicas que se sealan acontinuacin:

    Cuadro N 1

    Caractersticas Fsicas

    Caractersticasfsicas

    Expresadas como Valor mximoaceptable

    Color aparente Unidades de Platino Cobalto (UPC) 15Olor y Sabor Aceptable o no aceptable AceptableTurbiedad Unidades Nefelomtricas de turbiedad

    (UNT)2

    Artculo 3. Conductividad. El valor mximo aceptable para la conductividad puede serhasta 1000 microsiemens/cm. Este valor podr ajustarse segn los promedios habituales yel mapa de riesgo de la zona. Un incremento de los valores habituales de la conductividad

    superior al 50% en el agua de la fuente, indica un cambio sospechoso en la cantidad deslidos disueltos y su procedencia debe ser investigada de inmediato por las autoridadessanitaria y ambiental competentes y la persona prestadora que suministra o distribuye aguapara consumo humano.

    Artculo 4. Potencial de hidrgeno. El valor para el potencial de hidrgeno pH del aguapara consumo humano, deber estar comprendido entre 6,5 y 9,0.

    Artculo 5. Caractersticas qumicas de sustancias que tienen reconocido efecto ad-verso en la salud humana. Las caractersticas qumicas del agua para consumo humano delos elementos, compuestos qumicos y mezclas de compuestos qumicos diferentes a los

    plaguicidas y otras sustancias que al sobrepasar los valores mximos aceptables tienenreconocido efecto adverso en la salud humana, deben enmarcarse dentro de los valoresmximos aceptables que se sealan a continuacin:

    Cuadro N 2

    Caractersticas qumicas que tienen reconocido efecto adverso en la salud humana

    Elementos, compuestos qumicos y mezclas decompuestos qumicos diferentes a los

    Expresadoscomo

    Valor mximoaceptable (mg/L)

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    plaguicidas y otras sustancias

    Antimonio Sb 0,02Arsnico As 0,01Bario Ba 0,7Cadmio Cd 0,003Cianuro libre y disociable CN- 0,05Cobre Cu 1,0Cromo total Cr 0,05Mercurio Hg 0,001Nquel Ni 0,02Plomo Pb 0,01

    Selenio Se 0,01Trihalometanos Totales THMs 0,2Hidrocarburos Aromticos Policclicos (HAP) HAP 0,01

    Pargrafo. Si los compuestos de trihalometanos totales o los de hidrocarburos polic-clicos aromticos sealados en el Cuadro N 2, exceden los valores mximos aceptables, esnecesario identificarlos y evaluarlos, de acuerdo al mapa de riesgo y a lo sealado por laautoridad sanitaria.

    Artculo 6. Caractersticas qumicas de sustancias que tienen implicaciones sobre la

    salud humana. Las caractersticas qumicas del agua para consumo humano en relacin conlos elementos, compuestos qumicos y mezclas de compuestos qumicos que tienenimplicaciones sobre la salud humana se sealan en el siguiente cuadro:

    Cuadro N 3

    Caractersticas qumicas que tienen implicaciones sobre la salud humana

    Elementos, compuestos qumicos y mezclas decompuestos qumicos que tienen implicaciones

    sobre la salud humana

    Expresadoscomo

    Valor mximoaceptable (mg/L)

    Carbono Orgnico Total COT 5,0Nitritos NO2- 0,1Nitratos NO3- 10Fluoruros F- 1,0

    Pargrafo. Cualquier incremento en las concentraciones habituales de Carbono OrgnicoTotal, COT, debe ser investigado conjuntamente por la persona prestadora que suministra odistribuye agua para consumo humano y la autoridad sanitaria, con el fin de establecer eltratamiento correspondiente para su reduccin.

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    Artculo 7. Caractersticas qumicas que tienen consecuencias econmicas e indirectassobre la salud humana. Las caractersticas qumicas del agua para consumo humano enrelacin con los elementos y compuestos qumicos que tienen consecuencias econmicas e

    indirectas sobre la salud se sealan a continuacin:

    Cuadro N4

    Caractersticas qumicas que tienen mayores consecuencias econmicas e indirectassobre la salud humana

    Elementos y compuestos qumicos que tienenimplicaciones de tipo econmico

    Expresadascomo

    Valor mximoaceptable (mg/L)

    Calcio Ca 60

    Alcalinidad Total CaCO3 200Cloruros Cl- 250Aluminio Al3+ 0,2Dureza Total CaCO3 300Hierro Total Fe 0,3Magnesio Mg 36Manganeso Mn 0,1Molibdeno Mo 0,07Sulfatos SO42- 250

    Zinc Zn 3Fosfatos PO43- 0,5

    Artculo 8. Caractersticas qumicas relacionadas con los plaguicidas y otras sus-tancias. Las caractersticas qumicas del agua para consumo humano debern sujetarse a lasconcentraciones mximas aceptables de plaguicidas y otras sustancias qumicas que sesealan a continuacin. Estas concentraciones no se aplican a las caractersticas sealadasen los artculos 5, 6 y 7 de la presente resolucin.

    1. La concentracin mxima aceptable presente en el agua es de 0,0001 mg/L para cadauna de las siguientes caractersticas qumicas:

    a) Las caractersticas qumicas reconocidas por el Ministerio de la Proteccin Socialcomo cancergenas, mutagnicas y teratognicas o las referencias reconocidas por elmencionado Ministerio. No se incluye el asbesto, pues se considera cancergeno slo porinhalacin;

    b) Las caractersticas qumicas cuyo valor DL50 oral mnimo reconocido sea menor oigual a 20 mg/Kg, segn las referencias reconocidas por el Ministerio de la ProteccinSocial;

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    c) Las caractersticas cuya informacin reconocida por el Ministerio de la ProteccinSocial, sean catalogadas como extremada o altamente peligrosas;

    d) Las caractersticas qumicas de origen natural o sinttico sobre las que se considerenecesario aplicar normas de precaucin, en el sentido de que a pesar de no poseer suficienteinformacin cientfica, se considere necesario adoptar medidas para prevenir daos graveso irreversibles a la salud de las personas, en razn a las condiciones de uso y manejo de lasmismas.

    2. La concentracin mxima aceptable para las sustancias qumicas no consideradas enel numeral 1 del presente artculo, cuyos valores de DL50 oral ms bajos conocidos seencuentren entre 21 y 200 mg/Kg, segn las referencias reconocidas por el Ministerio de laProteccin Social, es de 0,001 mg/L.

    3. La concentracin mxima aceptable para cada una de las sustancias qumicas noconsideradas en los numerales 1 y 2 del presente artculo, cuyos valores DL50 oral msbajos conocidos se encuentren entre 201 y 2.000 mg/Kg, segn las referencias reconocidaspor el Ministerio de la Proteccin Social es de 0,01 mg/L.

    Pargrafo 1. La concentracin total de plaguicidas y dems sustancias concernientes enlos numerales 1, 2 y 3 del presente artculo, se ajustarn como se seala a continuacin:

    a) La suma total de las concentraciones de plaguicidas y dems sustancias, cuyo valorindividual mximo admisible sea de 0,0001 mg/L podr ser de 0,001 mg/L como mximo,

    sin que en ningn caso se excedan los valores individuales;

    b) La suma total de las concentraciones de plaguicidas y dems sustancias, cuyo valorindividual mximo admisible sea de 0,001 mg/L podr ser de 0,01 mg/L como mximo, sinque en ningn caso se excedan los valores individuales;

    c) La suma total de las concentraciones de plaguicidas y dems sustancias cuyo valorindividual mximo admisible sea de 0,01 mg/L podr ser de 0,1 mg/L como mximo, sinque en ningn caso se excedan los valores individuales.

    Pargrafo 2. Sin perjuicio de lo dispuesto en este artculo, la suma total de las concen-

    traciones de plaguicidas no podr ser superior a 0,1 mg/L.

    Pargrafo 3. El mapa de riesgo tambin deber incluir las caractersticas qumicaspotencialmente txicas consideradas en los numerales 1, 2 y 3 del presente artculo que sedeben analizar en una determinada muestra.

    Artculo 9. Caractersticas qumicas de otras sustancias utilizadas en la potabilizacin.Adems de lo sealado en los artculos 5, 6, 7 y 8 de la presente resolucin, dentro lascaractersticas qumicas del agua para consumo humano se debern tener en cuenta los

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    siguientes valores aceptables para otras sustancias qumicas utilizadas en el tratamiento delagua, as:

    1. El valor mximo aceptable del residual de aluminio derivado de su uso como coagu-lante en el tratamiento de agua para consumo humano en su forma (Al3+) ser de 0,2 mg/L.Si se utiliza otro coagulante basado en sales de hierro, el valor mximo aceptable para elresidual ser 0,3 mg/L.

    En el caso de utilizar otras sustancias qumicas en el tratamiento del agua para consumohumano, el valor aceptable para el residual correspondiente u otras consideraciones al res-pecto, sern las reconocidas por las Guas de la Calidad de Agua vigentes de laOrganizacin Mundial de la Salud y adoptadas por el Ministerio de la Proteccin Social.

    2. El valor aceptable del cloro residual libre en cualquier punto de la red de distribucindel agua para consumo humano deber estar comprendido entre 0,3 y 2,0 mg/L. La dosis decloro por aplicar para la desinfeccin del agua y asegurar el residual libre debe resultar depruebas frecuentes de demanda de cloro.

    Cuando se utilice un desinfectante diferente al cloro o cualquiera de las formulaciones osustancias que utilicen compuestos distintos para desinfectar el agua para consumohumano, los valores aceptables para el residual correspondiente u otras consideraciones alrespecto, sern los reconocidos por la Organizacin Mundial de la Salud y adoptados por elMinisterio de la Proteccin Social, quien tendr en cuenta el respectivo conceptotoxicolgico del producto para expedir el concepto tcnico.

    3. Las plantas de tratamiento deben garantizar mediante sistemas, estructuras o proce-dimientos de control, el tiempo de contacto del cloro como desinfectante, antes de enviar elagua a las redes y de poner el alcalinizante, el cual debe ser establecido de acuerdo con lastablas del artculo 115 de la Resolucin 1096 de 2000 del entonces Ministerio de DesarrolloEconmico, o la norma que la sustituya, modifique o adicione.

    4. La cal, el sulfato de aluminio, el cloro y el hipoclorito utilizados en el tratamiento opotabilizacin del agua para el consumo humano, deben cumplir con la calidad determinadapor la Resolucin nmero 2314 de 1986 del Ministerio de Salud hoy de la ProteccinSocial o la norma que la sustituya, modifique o adicione y con lo previsto en el Captulo

    C.4 Coagulacin Mezcla rpida de que trata el Ttulo C del Reglamento de Agua ySaneamiento del ao 2000, expedido por el entonces Ministerio de Desarrollo Econmico oel que lo sustituya, modifique o adicione.

    Para otros productos, materiales (polmeros) o insumos que vayan a ser utilizados en lapotabilizacin del agua para consumo humano, el Ministerio de la Proteccin Social emitirel respectivo concepto tcnico, el cual incluye el concepto toxicolgico.

    CAPITULO III

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    Caractersticas microbiolgicas

    Artculo 10. Tcnicas para realizar anlisis microbiolgicos. Las tcnicas aceptadaspara realizar los anlisis microbiolgicos del agua para consumo humano son las siguientes:

    a) Para Escherichia Coli y Coliformes totales: Filtracin por membrana, SustratoDefinido, enzima sustrato y presencia-ausencia.

    Se podrn adoptar otras tcnicas y metodologas debidamente validadas por el InstitutoNacional de Salud, INS, o este realizar una revalidacin con base en documentos soportede organismos internacionales que presenten los solicitantes;

    b) Para Giardia y Cryptosporidium: Las tcnicas y metodologas de anlisis para

    estos microorganismos deben ser validadas por el Instituto Nacional de Salud, INS, orevalidadas por este con base en documentos soporte de organismos internacionales quepresenten los solicitantes.

    Artculo 11. Caractersticas microbiolgicas. Las caractersticas microbiolgicas delagua para consumo humano deben enmarcarse dentro de los siguientes valores mximosaceptables desde el punto de vista microbiolgico, los cuales son establecidos teniendo encuenta los lmites de confianza del 95% y para tcnicas con habilidad de deteccin desde 1Unidad Formadora de Colonia (UFC) 1 microorganismo en 100 cm3 de muestra:

    Cuadro N 5

    Caractersticas microbiolgicas

    Tcnicas utilizadas Coliformes Totales Escherichia coliFiltracin pormembrana

    0 UFC/100 cm3 0 UFC/100 cm3

    Enzima Sustrato < de 1 microorganismo en 100cm3

    < de 1 microorganismo en 100cm3

    Sustrato Definido 0 microorganismo en 100 cm3 0 microorganismo en 100 cm3Presencia Ausencia Ausencia en 100 cm3 Ausencia en 100 cm3

    Pargrafo 1. Como prueba complementaria se recomienda realizar la determinacin demicroorganismos mesoflicos, cuyo valor mximo aceptable ser de 100 UFC en 100 cm3.

    Pargrafo 2. Ninguna muestra de agua para consumo humano debe contener E.coli en100 cm3 de agua, independientemente del mtodo de anlisis utilizado.

    Pargrafo 3. El valor aceptable para Giardia es de cero (0) Quistes y para Cryptospori-dium debe ser de cero (0) Ooquistes por volumen fijado segn la metodologa aplicada.

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    Artculo 12. Otras consideraciones microbiolgicas. Adems de las caractersticas se-aladas en el artculo anterior, se debern tener en cuenta las siguientes consideraciones:

    a) A partir de la entrada en vigencia de la presente resolucin, para la implementacin dela tcnica de anlisis de Giardia y Cryptosporidium se tendr en cuenta el tamao delsistema de suministro y los plazos estipulados en el Cuadro N 16 del artculo 34 de lapresente resolucin;

    b) De acuerdo con el mapa de riesgo, las autoridades ambientales en cooperacin con lasautoridades sanitarias y las personas prestadoras de la jurisdiccin, realizarn lainvestigacin para verificar la presencia de otros microorganismos patgenos en el agua yla viabilidad de establecer otros indicadores. Si se demuestra la presencia demicroorganismos patgenos, las autoridades incorporarn en el mapa de riesgo, sushallazgos y las acciones a seguir.

    CAPITULO IV

    Instrumentos bsicos para garantizar la calidad del agua para consumo humano

    Artculo 13. ndice de Riesgo de la Calidad del Agua para Consumo Humano, IRCA.Para el clculo del IRCA al que se refiere el artculo 12 del Decreto 1575 de 2007 seasignar el puntaje de riesgo contemplado en el Cuadro N 6 a cada caracterstica fsica,qumica y microbiolgica, por no cumplimiento de los valores aceptables establecidos en lapresente resolucin:

    Cuadro N 6

    Puntaje de riesgo

    Caracterstica Puntaje de riesgoColor Aparente 6Turbiedad 15pH 1.5Cloro Residual Libre 15

    Alcalinidad Total 1Calcio 1Fosfatos 1Manganeso 1Molibdeno 1Magnesio 1Zinc 1Dureza Total 1Sulfatos 1

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    Hierro Total 1.5Cloruros 1

    Nitratos 1Nitritos 3Aluminio (Al3+) 3Fluoruros 1COT 3Coliformes Totales 15Escherichia Coli 25Sumatoria de puntajes asignados 100

    El valor del IRCA es cero (0) puntos cuando cumple con los valores aceptables para

    cada una de las caractersticas fsicas, qumicas y microbiolgicas contempladas en lapresente resolucin y cien puntos (100) para el ms alto riesgo cuando no cumple ningunode ellos.

    Pargrafo. Si los resultados de los elementos, compuestos qumicos y mezclas de com-puestos qumicos, contemplados en los artculos 5 y 8 de la presente resolucin, excedenlos valores mximos aceptables, al valor del IRCA se le asignar el puntaje mximo de 100puntos independientemente de los otros resultados. Igualmente, se le asignar el valor de100 puntos si hay presencia de Giardia y Cryptosporidium, teniendo en cuenta los plazosestipulados en el artculo 34 de esta resolucin.

    Artculo 14. Clculo del IRCA. El clculo del ndice de Riesgo de la Calidad del Aguapara Consumo Humano, IRCA, se realizar utilizando las siguientes frmulas:

    El IRCA por muestra:

    puntajes de riesgo asignado a las caractersticas no aceptablesIRCA (%) = _______________________________________________________ X 100

    puntajes de riesgo asignados a todas las caractersticas analizadas

    El IRCA mensual:

    de los IRCAs obtenidos en cada muestra realizada en el mesIRCA (%) = _______________________________________________________

    Nmero total de muestras realizadas en el mes

    Pargrafo. Las caractersticas que deben considerarse y determinarse para el clculo delIRCA, por parte de las personas prestadoras son las contempladas en los Cuadros N 11 yN 12 y para la autoridad sanitaria de la jurisdiccin son las contempladas en los CuadrosN 13a, N 13b, N 14a y N 14b de la presente resolucin.

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    Artculo 15. Clasificacin del nivel de riesgo. Teniendo en cuenta los resultados delIRCA por muestra y del IRCA mensual, se define la siguiente clasificacin del nivel deriesgo del agua suministrada para el consumo humano por la persona prestadora y se

    sealan las acciones que debe realizar la autoridad sanitaria competente:

    Cuadro N 7

    Clasificacin del nivel de riesgo en salud segn el IRCA por muestra y el IRCAmensual y acciones que deben adelantarse

    ClasificacinIRCA(%) Nivel deRiesgo

    IRCA pormuestra(Notificaciones

    que adelantar la

    autoridad sanitaria demanera inmediata)

    IRCAmensual(Acciones)

    80.1 -100 INVIABLESANITARIA-MENTE

    Informar a la personaprestadora, al COVE,Alcalde, Gobernador,SSPD, MPS, INS,MAVDT, ContraloraGeneral y ProcuraduraGeneral.

    Agua no apta paraconsumo humano,gestin directa deacuerdo a su com-petencia de lapersona prestadora,alcaldes,gobernadores yentidades del orden

    nacional.35.1 - 80 ALTO Informar a la persona

    prestadora, COVE,Alcalde, Gobernador y ala SSPD.

    Agua no apta paraconsumo humano,gestin directa deacuerdo a sucompetencia de lapersona prestadora yde los alcaldes ygobernadoresrespectivos.

    14.1 - 35 MEDIO Informar a la persona

    prestadora, COVE,Alcalde y Gobernador.

    Agua no apta para

    consumo humano,gestin directa de lapersona prestadora.

    5.1 - 14 BAJO Informar a la personaprestadora y al COVE.

    Agua no apta paraconsumo humano,susceptible demejoramiento.

    0 - 5 SIN RIESGO Continuar el control y lavigilancia.

    Agua apta paraconsumo humano.Continuar la

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    vigilancia.

    Artculo 16. Procedimiento de registro del IRCA. Los clculos de los IRCA mensualesde control sern realizados por parte de la persona prestadora. Esta informacin ser sumi-nistrada al Sistema Unico de Informacin, SUI, en los trminos y plazos establecidos parael efecto por la Superintendencia de Servicios Pblicos Domiciliarios, SSPD.

    La autoridad sanitaria de los municipios categora 1, 2 y 3 calcular los IRCA prove-nientes de los resultados de las muestras de vigilancia y los reportar a la autoridadsanitaria departamental de su jurisdiccin. Los IRCA de los municipios categora 4, 5 y 6sern calculados por la autoridad sanitaria departamental. En ambos casos, la autoridadsanitaria departamental remitir esta informacin al Subsistema de Vigilancia de la Calidaddel Agua, Sivicap, del Instituto Nacional de Salud.

    La autoridad sanitaria notificar y tomar las acciones segn lo establecido en el CuadroN 7 con relacin a los valores del IRCA por muestra y mensual. Una vez realizada lanotificacin se proceder a adoptar las medidas correspondientes.

    Una vez sea suministrada la informacin al SUI por parte de las personas prestadoras,segn lo establecido en el inciso 1 del presente artculo, el Instituto Nacional de Salud,INS, resolver las controversias presentadas entre los IRCA mensuales que calculan lasautoridades sanitarias y las personas prestadoras de conformidad con el reporte deinformacin definido para el subsistema Sivicap y para el sistema SUI respectivamente. ElInstituto Nacional de Salud, INS, informar el resultado final a la SSPD y a las partes

    involucradas.

    Artculo 17. Indice de Riesgo Municipal por Abastecimiento de Agua para ConsumoHumano, IRABAm. El valor del IRABAm oscilar entre cero (0) y cien (100) puntos. Escero (0) cuando cumple con las condiciones aceptables para cada uno de los criterios detratamiento, distribucin y continuidad del servicio y cien (100) puntos para el ms altoriesgo cuando no cumple ninguno de ellos.

    Artculo 18. Clculo del IRABAm. Para el clculo del Indice de Riesgo Municipal porAbastecimiento de Agua, IRABAm, se tendrn en cuenta los procesos de tratamiento,distribucin y continuidad del servicio y se realizar dando aplicacin a la siguientefrmula:

    IRABA m= [ IRABApp ] (0.6) + (IRDm)(0.4)Tpp

    Donde:

    M = Municipio.Pp = Persona prestadora.Tpp = Total de personas prestadoras en el municipio que calcularon el IRAB pp.IRABApp = ndice de riesgo por abastecimiento de agua de la persona prestadora.

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    IRDm = Indice de riesgo por distribucin en el municipio. Es un indicador que tienepor objeto determinar el riesgo en salud humana por la forma como sedistribuye el agua en el municipio. El mximo puntaje equivale a 100 puntos.

    Para el clculo del ndice de riesgo por abastecimiento de agua por parte de la personaprestadora (IRABApp), se tendr en cuenta la siguiente frmula:

    IRABA pp= 100 - (IT + IC)

    Donde:pp =persona prestadora.IT = Indice de tratamiento: Es el puntaje que se asigna al evaluar los procesos de

    tratamiento, ensayos bsicos de laboratorio en planta de tratamiento y trabajadores

    certificados de la persona prestadora. El mximo puntaje equivale a ochenta (80)puntos.IC = Indice por continuidad: Es el puntaje que se asigna a la persona prestadora, con la

    informacin de continuidad de su rea de influencia. El mximo puntaje equivale aveinte (20) puntos.

    Para el clculo del Indice de Tratamiento - IT se sumarn los puntajes asignadosteniendo en cuenta los puntajes mximos definidos en el Cuadro N 8.

    Cuadro N 8

    Puntajes para el ndice de tratamiento del agua para consumo humano

    Criterio de asignacin de puntos Puntaje MximoPROCESOS: Corresponden a la existencia y funcionamiento delos procesos necesarios de tratamiento de agua para consumohumano, incluyendo los insumos requeridos para el cumplimientode las exigencias de la presente resolucin, de acuerdo con lacalidad de agua que alimenta el sistema y teniendo en cuenta laaplicacin del Reglamento Tcnico de Agua Potable ySaneamiento Bsico, Resolucin 1096 de 2000 del Ministerio deDesarrollo Econmico o la que lo adicione, modifique o sustituya,

    as como las dems normas vigentes establecidas.

    50

    DESCRIPCION TRATAMIENTO Puntaje MximoSi se realizan todos los procesos reque-ridos segn las caractersticas del aguacruda y su tratamiento es continuo

    50

    Si se realizan todos los procesos reque-ridos segn las caractersticas del aguacruda y su tratamiento es intermitente

    25

    Si se realizan algunos procesos requeridossegn las caractersticas del agua cruda y

    15

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    su tratamiento es continuoSi se realizan algunos procesos requeridossegn las caractersticas del agua cruda ysu tratamiento es intermitente

    10

    Si slo requiere desinfeccin y esta serealiza

    50

    Si slo realiza desinfeccin 15Si no hay ningn tipo de tratamiento 0DOTACION BASICA DE LABORATORIO EN PLANTA DETRATAMIENTO: La persona prestadora debe contar con losequipos mnimos necesarios para realizar los siguientes ensayos:prueba de jarras, demanda de cloro, turbiedad, color y pH.Se le asignar 3 puntos por cada equipo utilizado en los ensayoscitados.

    15

    TRABAJADORES CERTIFICADOS: La persona prestadoradeber contar en la planta de tratamiento con trabajadorescertificados de conformidad con las Resoluciones nmeros 1076de 2003 y 1570 de 2004 del MAVDT o las que las modifiquen,adicionen o sustituyan, que hacen referencia al Plan Nacional deCapacitacin y Asistencia Tcnica para el sector de Agua Potable,Saneamiento Bsico y Ambiental y sobre el plan de certificacinde las competencias laborales de sus trabajadores. 15

    Criterio Puntaje asignadoEntre el 90% y el 100% de los trabaja-

    dores que son operadores de planta estncertificados

    15 puntos

    Entre el 50% y menos de 90% de lostrabajadores que son operadores de plantaestn certificados

    10 puntos

    Menos del 50% de los trabajadores queson operadores de planta estn certificados

    0 puntos

    Para el clculo del ndice de Continuidad - IC se tendr en cuenta la siguiente

    frmula: (Nhs)j x (Ps)j 24h

    IC= [ _____________________ ] x [ ____ ](730)x(Pt) da

    Donde:(Nhs)j =Nmero de horas prestadas en un mes en el sector j(Ps) j =poblacin servida del sector j730 =Nmero de horas que tiene un mes(Pt) =poblacin total servida por la persona prestadora.

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    Los valores asignados de acuerdo con las horas de servicio prestado, estn establecidosen el Cuadro N 9, as:

    Cuadro N 9

    Puntaje para el ndice de continuidad de la persona prestadora que suministra odistribuye agua para consumo humano

    Continuidad del servicio - IC Puntaje

    0- 10 HORAS/DIA(INSUFICIENTE) 010.1- 18 HORAS/DIA (NO SATISFACTORIO) 1018.1- 23 HORAS/DIA (SUFICIENTE) 1523.1 - 24 HORAS/DIA (CONTINUO) 20

    Para el clculo del ndice de riesgo por distribucin en el municipio IRDm, se tendren cuenta la siguiente frmula:

    IRDm = 100-[(E1x%Red) + (E2x%Pilas) + (E3x%Carrotanque) + (E4xOtros) + (G * F)]

    Los puntajes se asignarn al municipio con los siguientes criterios, donde:

    % Red = Fraccin porcentual del total de la poblacin en el municipio que recibe aguapara consumo humano por medio de una red de distribucin.

    % Pilas = Fraccin porcentual del total de la poblacin en el municipio que recibe aguapara consumo humano por medio de pilas pblicas.

    % Carrotanques = Fraccin porcentual del total de la poblacin en el municipio querecibe agua para consumo humano por medio de carrotanques.

    % Otros = Fraccin porcentual del total de la poblacin en el municipio que recogeagua para consumo humano directamente de pozos, lluvias, fuentes superficiales, garrafas,baldes, etc.

    G =Nmero de total de conexiones domiciliarias/Nmero de viviendasF = Constante, valor de 10.

    Puntajes asignados para calificar cada forma de distribucin:

    E1 = 90 puntosE2 = 50 puntosE3 = 10 puntosE4 = 5 puntos

    Artculo 19. Clasificacin del nivel del riesgo por abastecimiento de agua. Teniendo encuenta el promedio de los IRABApp e IRABAm, se define la siguiente clasificacin delnivel de riesgo a la salud humana, las acciones segn el tratamiento, la continuidad porparte de las personas prestadoras y la distribucin a nivel municipal:

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    Cuadro N 10

    Clasificacin del nivel del riesgo en salud por IRABApp e IRABAm

    CLASIFI-CACION

    IRABA(%)

    NIVEL DERIESGO A

    LASALUD

    ACCIONES

    IRABApp IRABAm

    70.1 -100 MUYALTO

    Requiere la formulacininmediata de un plan decumplimiento a corto,mediano y largo plazo porparte de la persona

    prestadora, bajo laverificacin de la SSPD.

    El Alcalde con el apoyo delGobernador, propondr unplan de cumplimiento a corto,mediano y largo plazo paradisminuir el ndice de riesgo

    por distribucin, bajo laverificacin de las entidades decontrol y la SSPD.

    40.1- 70 ALTO Requiere la formulacin eimplementacin de un plande accin a corto, medianoy largo plazo, bajo laverificacin de la SSPD.

    El Alcalde con el apoyo delGobernador propondr un plande accin a corto, mediano ylargo plazo, para disminuir elndice de riesgo por dis-tribucin, bajo la verificacinde las entidades de control y laSSPD.

    25.1 40.0 MEDIO La persona prestadora debedisminuir, mediantegestin directa, lasdeficiencias en eltratamiento y continuidaddel servicio.

    El Alcalde propondr yejecutar acciones correctivasa mediano y largo plazo, paradisminuir el ndice de riesgopor distribucin.

    10.1 25.0 BAJO La persona prestadora,debe eliminar mediantegestin directa lasdeficiencias en eltratamiento y continuidad

    del servicio.

    El Alcalde propondr yejecutar acciones correctivaspara eliminar el ndice deriesgo por distribucin.

    0 10.0 SINRIESGO

    La persona prestadoracumple con lasdisposiciones legalesvigentes en materia deagua para consumohumano. Continuar con laprestacin del servicio.

    El municipio cumple con lasdisposiciones legales vigentesen materia de agua paraconsumo humano. Continuarcon la prestacin del servicioen toda el rea de sujurisdiccin.

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    Artculo 20. Procedimiento de registro del IRABAm. La persona prestadora suministraranualmente la informacin al SUI de los ndices Mensuales de Continuidad, IC, requeridospara el clculo del IRABApp.

    Anualmente, las autoridades sanitarias departamentales, distrital y municipalescategoras 1, 2 y 3 reportarn los datos requeridos para el clculo del Indice de Tratamiento,IT, y el Indice de Riesgo por Distribucin Municipal, IRDm, al subsistema Sivicap. Losdatos que se recojan en dicho subsistema, sern de libre acceso para el Ministerio de laProteccin Social mediante conexin directa con el INS.

    Los ndices mensuales de continuidad por persona prestadora y por municipio sernsuministrados por la SSPD a travs del SUI, al INS quien los utilizar para el clculo de losIRABApp e IRABAm, avalados por el Ministerio de la Proteccin Social. Dichas entidades

    tendrn acceso directo al SUI mediante conexin con el subsistema SIVICAP.

    CAPITULO VProcesos bsicos de control de la calidad del agua para consumo humano

    Artculo 21. Frecuencias y nmero de muestras de control de la calidad fsica y qumicadel agua para consumo humano que debe ejercer la persona prestadora. El control de losanlisis fsicos y qumicos debe realizarse en la red de distribucin por parte de las personasprestadoras. Se sujetar como mnimo a las siguientes frecuencias y nmero de muestras deacuerdo con la poblacin atendida, el mapa de riesgo y lo exigido por la autoridad sanitaria

    de la jurisdiccin. Cuadro N 11

    Frecuencias y nmero de muestras de control de la calidad fsica y qumica del aguapara consumo humano que debe ejercer la persona prestadora en la red de

    distribucin

    Poblacinatendida por

    personaprestadora por

    municipio(Habitantes)

    Caractersticas Frecuenciamnima

    Nmero mnimo demuestras a

    analizar por cadafrecuencia

    Menores o igual a2.500

    Turbiedad, Color aparente,pH, Cloro residual libre oresidual del desinfectanteusado.

    Mensual 1

    COT, Fluoruros y residualde coagulante utilizado

    Anual 1

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    Aquellas caractersticasfsicas, qumicas de intersen salud pblica exigidas por

    el mapa de riesgo o laAutoridad Sanitaria.

    De acuerdo a loexigido en elmapa de riesgo

    De acuerdo a loexigido en el mapade riesgo

    2.501 - 10.000 Turbiedad, Color aparente,pH, Cloro residual libre oresidual del desinfectanteusado.

    Mensual 3

    COT, Fluoruros y residualde coagulante utilizado

    Anual 2

    Aquellas caractersticasfsicas, qumicas de inters

    en salud pblica exigidas porel mapa de riesgo o laAutoridad Sanitaria.

    De acuerdo a loexigido en el

    mapa de riesgo

    De acuerdo a loexigido en el mapa

    de riesgo

    10.001 - 20.000 Turbiedad, Color aparente,pH, Cloro residual libre oresidual del desinfectanteusado.

    Da de pormedio

    1

    Residual del Coagulanteutilizado, Dureza Total,Hierro Total, Cloruros.

    Mensual 1

    COT, Fluoruros Anual 2Aquellas caractersticasfsicas, qumicas de intersen salud pblica exigidas porel mapa de riesgo o laAutoridad Sanitaria.

    De acuerdo a loexigido en elmapa de riesgo

    De acuerdo a loexigido en el mapade riesgo

    20.001 - 100.000 Turbiedad, Color aparente,pH, Cloro residual libre oresidual del desinfectanteusado.

    Diaria 1

    Alcalinidad, Dureza Total,Hierro Total, Cloruros,residual del coagulanteutilizado.

    Quincenal 1

    COT, Fluoruros Anual 2Aquellas caractersticasfsicas, qumicas de intersen salud pblica exigidas porel mapa de riesgo o la

    De acuerdo a loexigido en elmapa de riesgo

    De acuerdo a loexigido en el mapade riesgo

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    Autoridad Sanitaria.

    Poblacinatendida por

    personaprestadora por

    municipio(Habitantes)

    Caractersticas Frecuenciamnima

    Nmero mnimo demuestras a

    analizar por cadafrecuencia

    100.001 - 500.000 Turbiedad, Color aparente,pH, Cloro residual libre oresidual del desinfectanteusado.

    Diaria 2

    Alcalinidad, Dureza Total,Hierro Total, Cloruros,Sulfatos, residual delcoagulante utilizado,Nitratos y Nitritos.

    Semanal 2

    COT, Fluoruros Semestral 2Aquellas caractersticasfsicas, qumicas de intersen salud pblica exigidas por

    el mapa de riesgo o laAutoridad Sanitaria

    De acuerdo a loexigido en elmapa de riesgo

    Diaria.

    De acuerdo a loexigido en el mapade riesgo

    500.001 800.000

    Turbiedad, Color aparente,pH, Cloro residual libre oresidual del desinfectanteusado y residual delcoagulante utilizado.

    Diaria 3

    800.001 1.000.000

    4

    1.000.001 1.250.000

    5

    1.250.001

    2.000.000

    6

    2.000.001 4.000.000

    7

    500.001 800.000

    Alcalinidad, Dureza Total,Hierro Total, Cloruros,Sulfatos, Nitratos y Nitritos.

    Semanal. 3

    800.001 1.000.000

    4

    1.000.001 1.250.000

    5

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    1.250.001 2.000.000

    6

    2.000.001 4.000.000

    7

    500.001 4.000.000

    COT, Fluoruros Semestral 2

    500.001 4.000.000

    Aquellas caractersticasfsicas, qumicas de intersen salud pblica exigidas porel mapa de riesgo o laAutoridad Sanitaria.

    De acuerdo a loexigido en elmapa de riesgo

    De acuerdo a loexigido en el mapade riesgo

    Mayor a4.000.000

    Turbiedad, Color aparente,pH, Cloro residual libre oresidual del desinfectanteusado, Residual delcoagulante utilizado.

    Diaria 7 muestras deacuerdo a lafrecuencia ms 5muestras por cadamilln o fraccinadicional.

    Alcalinidad, Dureza Total,Hierro Total, Cloruros,Sulfatos, Nitratos y Nitritos.

    Semanal 7 muestras deacuerdo a lafrecuencia ms 5muestras por cadamilln o fraccinadicional.

    COT, Fluoruros Semestral 2

    Aquellas caractersticasfsicas, qumicas de intersen salud pblica exigidas porel mapa de riesgo o laAutoridad Sanitaria.

    De acuerdo a loexigido en elmapa de riesgo

    De acuerdo a loexigido en el mapade riesgo

    Pargrafo 1. Para las personas prestadoras que utilizan sales metlicas de hierro yaluminio como coagulante se cumplirn las frecuencias establecidas en el Cuadro N 11 dela presente resolucin. Cuando se utilice otro coagulante, las frecuencias mnimas para lamedicin del coagulante sern:

    Poblacin atendida por personaprestadora por municipio

    (habitantes)

    Frecuenciamnima

    Nmero mnimo de muestras aanalizar por cada frecuencia

    Menores o igual a 2.500 Trimestral 1

    2.500 - 10.000 210.001 - 20.000 320.001 - 100.000 Bimestral 1100.001 - 500.000 2500.001 800.000 Mensual 3

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    100.001 - 250.000 Diario 3

    250.001 - 500.000 5500.001 800.000 6800.001 1.000.000 71.000.001 1.250.000 81.250.001 2.000.000 102.000.001 4.000.000 12Mayores de 4.000.000 12 muestras de acuerdo con la

    frecuencia ms 5 muestras por cadamilln o fraccin adicional.

    Pargrafo. Dentro del mapa de riesgo se deber estudiar la presencia de Giardia yCryptosporidium, as como otros microorganismos en la fuente con el fin de determinar sies necesario realizar el control en el agua para consumo humano. Si se determina que esnecesario el control, el mapa de riesgo deber determinar la frecuencia mnima y el nmeromnimo de muestras a analizar por cada frecuencia.

    Artculo 23.Reportes de control. El libro o registro sistematizado de control de la ca-lidad de agua para consumo humano debe mantenerse actualizado por parte de la personaprestadora y contener como mnimo, la siguiente informacin:

    1. Cantidad de agua captada (en la entrada de la planta de tratamiento).2. Cantidad de agua suministrada (contabilizada por medidores en red).3. Resultado de los anlisis microbiolgicos, fsicos y qumicos del agua, de acuerdo con

    los requerimientos mnimos sealados en la presente resolucin.4. Resultado de los anlisis fsicos, qumicos y microbiolgicos adicionales definidos en

    el mapa de riesgo.5. Cantidad de productos qumicos utilizados, tales como coagulantes, desinfectantes,

    alcalinizantes, entre otros, que deben cumplir con estndares de calidad. En el caso de losproductos que estn sujetos a registros sanitarios, deben indicar el nmero de registro delInvima o el nmero de resolucin expedida por el Ministerio de la Proteccin Social.

    6. Bitcora o libro de novedades presentadas como anomalas, emergencias, problemasen equipos y personal, calidad de insumos y actos de orden pblico que puedan afectar lacalidad en la prestacin del servicio.

    7. Registro de los resultados de las evaluaciones de demanda de cloro u otrodesinfectante aprobado por el Ministerio de la Proteccin Social.

    Pargrafo. Quienes provean polmeros orgnicos e inorgnicos destinados a la potabi-lizacin del agua, en un plazo no mayor a un ao, enviarn al Ministerio de la ProteccinSocial los estudios avalados por organismos nacionales o internacionales respecto de los

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    efectos en la salud humana, con el fin de que el mencionado Ministerio expida los actosadministrativos correspondientes para su uso.

    CAPITULO VI

    Procesos bsicos de vigilancia de la calidad del agua para consumo humano por partede la autoridad sanitaria

    Artculo 24. Frecuencias y nmero de muestras de vigilancia de la calidad fsica yqumica del agua para consumo humano que debe realizar la autoridad sanitaria parapoblaciones hasta 100.000 habitantes. La autoridad sanitaria competente realizar comomnimo los anlisis fsicos y qumicos de acuerdo con las frecuencias y nmero de muestrassealados en el Cuadro N 13a, teniendo en cuenta la poblacin atendida y el mapa de

    riesgo elaborado:Cuadro N 13

    Frecuencias mnimas y nmero mnimo de muestras que debe realizar la autoridadsanitaria a la calidad fsica y qumica del agua para consumo humano en la red de

    distribucin para poblaciones hasta 100.000 habitantes

    Poblacin atendidapor persona

    prestadora pormunicipio

    (habitantes)

    Caractersticas Frecuenciamnima

    Nmero mnimode muestras aanalizar por

    cada frecuencia

    Menores o igual a2.500

    Turbiedad, color aparente,pH, cloro residual libre oresidual del desinfectanteusado.

    Bimestral 1

    COT, Fluoruros y residualdel coagulante utilizado.

    Anual 1

    Aquellas caractersticasfsicas, qumicas de intersen salud pblica exigidas

    por el mapa de riesgo.

    De acuerdo a loexigido en elmapa de riesgo

    De acuerdo a loexigido en elmapa de riesgo

    2.501 - 10.000 Turbiedad, color aparente,pH, cloro residual libre oresidual del desinfectanteusado.

    Mensual 1

    COT, Fluoruros y residualdel coagulante utilizado.

    Anual 1

    Aquellas caractersticasfsicas, qumicas de intersen salud pblica exigidas

    De acuerdo a loexigido en elmapa de riesgo

    De acuerdo a loexigido en elmapa de riesgo

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    por el mapa de riesgo.

    10.001 - 20.000 Turbiedad, Color aparente,pH, cloro residual libre oresidual del desinfectanteusado.

    Mensual 2

    Residual del coagulanteutilizado, dureza total,hierro total, cloruros.

    Semestral 2

    COT, Fluoruros Anual 1Aquellas caractersticas

    fsicas, qumicas de intersen salud pblica exigidaspor el mapa de riesgo.

    De acuerdo a lo

    exigido en elmapa de riesgo

    De acuerdo a lo

    exigido en elmapa de riesgo

    20.001 - 100.000 Turbiedad, Color aparente,pH, cloro residual libre oresidual del desinfectanteusado.

    Mensual 3

    Alcalinidad, dureza total,hierro total, cloruros,residual del coagulante

    utilizado.

    Semestral 3

    COT, Fluoruros Anual 1Aquellas caractersticasfsicas, qumicas de intersen salud pblica exigidaspor el mapa de riesgo.

    De acuerdo a loexigido en elmapa de riesgo

    De acuerdo a loexigido en elmapa de riesgo

    Adicionalmente se tendrn en cuenta los siguientes aspectos:

    1. Cuando las personas prestadoras utilicen sales metlicas de hierro y aluminio comocoagulante, la autoridad sanitaria realizar la vigilancia de acuerdo con las frecuencias esta-

    blecidas en el presente artculo. Cuando estas personas prestadoras utilicen otro tipo de coa-gulante, las frecuencias mnimas para la vigilancia del coagulante sern las siguientes:

    Poblacin atendida porpersona prestadora pormunicipio (habitantes)

    Frecuencia mnima Nmero mnimo demuestras a analizar por

    cada frecuenciaMenores o igual a 2500

    Trimestral1

    2.500-10.00010.001-20.00020.001-100.000 Bimestral

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    nitritos.

    COT, Fluoruros Anual 0 1Aquellascaractersticas fsi-cas, qumicas deinters en saludpblica exigidaspor el mapa deriesgo o laAutoridadSanitaria.

    De acuerdo con lo exigido en el mapa deriesgo

    500.001-1.000.000 Turbiedad, coloraparente, pH, clororesidual libre odesinfectanteusado, residual delcoagulanteutilizado.

    Mensual 3 12

    1.000.001-2.000.000 4 302.000.001-4.000.000 5 60

    500.001-1.000.000 Alcalinidad,dureza total, hierrototal, cloruros,sulfatos, nitratos ynitritos.

    Bimestral 3 12

    1.000.001-2.000.000 4 302.000.001-4.000.000 5 60

    500.001-4.000.000 COT, Fluoruros Anual 0 1500.001-4.000.000 Aquellas

    caractersticasfsicas, qumicasde inters en saludpblica exigidaspor el mapa deriesgo.

    De acuerdo con lo exigido en el mapa deriesgo

    Mayor 4.000.000 Turbiedad, coloraparente, pH, cloro

    residual libre odesinfectanteusado, residual delcoagulanteutilizado.

    Mensual 5 60 muestrasde acuerdo a

    la frecuenciams 20muestras porcada milln ofraccinadicional.Alcalinidad,

    dureza total, hierrototal, cloruros,sulfatos, nitratos ynitritos.

    Bimestral 5

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    COT, Fluoruros Anual 0 1Aquellascaractersticasfsicas, qumicasde inters en saludpblica exigidaspor el mapa deriesgo.

    De acuerdo con lo exigido en el mapa deriesgo

    En aquellos sistemas de tratamiento donde no se requiera el proceso de coagulacin, noser necesario determinar la caracterstica del residual del coagulante.

    Artculo 26. Frecuencia y nmero de muestras de vigilancia de la calidad

    microbiolgica del agua para consumo humano que debe realizar la autoridad sanitariapara poblaciones hasta 100.000 habitantes. La autoridad sanitaria de los departamentos,distritos y municipios realizarn los anlisis microbiolgicos a las muestras de agua paraconsumo humano, como se establece a continuacin:

    Cuadro N 14

    Frecuencia mnima y nmero mnimo de muestras para los anlisis microbiolgicos deColiformes Totales y E. Coli de la calidad del agua para consumo humano que debe

    ejercer la autoridad sanitaria en la red de distribucin para poblaciones hasta 100.000habitantes

    Poblacin atendida por personaprestadora por municipio (habi-

    tantes)

    Frecuenciamnima

    Nmero mnimo de muestras aanalizar por cada frecuencia

    mnimaMenor o igual a 2.500 Bimestral 12.501 10.000 Mensual 1

    10.001 - 20.000 220.001 100.000 5

    Pargrafo. Dentro del mapa de riesgo se deber estudiar la presencia de Giardia yCryptosporidium, as como otros microorganismos en la fuente con el fin de determinar sies necesario realizar la vigilancia en el agua para consumo humano. Si se determina que esnecesaria la vigilancia, el mapa de riesgo deber determinar la frecuencia mnima y elnmero mnimo de muestras a analizar por cada frecuencia.

    Artculo 27. Frecuencias y nmero de muestras de vigilancia de la calidadmicrobiolgica del agua para consumo humano que debe realizar la autoridad sanitariapara poblaciones de 100.001 habitantes en adelante. Con el propsito de efectuarverificacin de las caractersticas microbiolgicas de la calidad del agua para consumohumano, la autoridad sanitaria competente realizar de forma rutinaria el nmero de

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    muestras sealadas en la columna denominada Nmero rutinario de muestras a analizarpor cada frecuencia, y teniendo en cuenta las frecuencias mnimas establecidas en elCuadro N 14b.

    Si del valor calculado del IRCA de cualquiera de las muestras puntuales resulta unriesgo medio o mayor, deber incrementarse el nmero de muestras por un espacio de seis(6) meses, segn lo establecido en el siguiente cuadro:

    Cuadro N 14b

    Frecuencia mnima y nmero mnimo de muestras para los anlisis microbiolgicos deColiformes Totales y E. Coli de la calidad del agua para consumo humano que debeejercer la autoridad sanitaria en la red de distribucin para poblaciones de 100.001

    habitantes en adelante

    Poblacin atendida por persona prestadora pormunicipio (habitantes)

    Frecuenciamnima

    Nmerorutinario

    demuestrasa analizarpor cada

    frecuencia

    Nmeromnimo

    demuestrasa analizarpor cada

    frecuenciamnima

    100.001 - 250.000 Mensual 3 10

    3 15500.001 1.000.000 5 30

    1.000.001 2.000.000 602.000.001 4.000.000 96Ms de 4.000.000 9 96

    muestras

    de acuerdocon lafrecuenciams 20muestraspor cadamilln ofraccinadicional.

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    Pargrafo. Dentro del mapa de riesgo se deber estudiar la presencia de Giardia yCryptosporidium, as como otros microorganismos en la fuente con el fin de determinar sies necesario realizar la vigilancia en el agua para consumo humano. Si se determina que es

    necesaria la vigilancia, el mapa de riesgo deber determinar la frecuencia mnima y elnmero mnimo de muestras a analizar por cada frecuencia.

    Artculo 28. Visitas de inspeccin sanitaria. Para dar cumplimiento a lo establecidoprincipalmente en los numerales 3, 4, 5, 7 del artculo 8 del Decreto 1575 de 2007 enaquellas poblaciones hasta 100.000 habitantes, las autoridades sanitarias realizarnanualmente una visita de inspeccin sanitaria a la infraestructura del sistema de suministrode agua de las personas prestadoras. Para las poblaciones de 100.001 habitantes enadelante, la autoridad sanitaria deber realizar mnimo dos (2) visitas de inspeccinsanitaria al ao.

    Artculo 29.Incremento del nmero de muestras y de las frecuencias. La autoridad sa-nitaria podr aumentar el nmero de muestras y las frecuencias establecidas en la presenteResolucin para la vigilancia, de acuerdo con el resultado obtenido en el mapa de riesgo yaplicar las medidas sanitarias que corresponda.

    Artculo 30. Suministro de agua cruda. Cuando en un municipio se suministre aguacruda por red de distribucin o cuando se suministre por otros medios, la autoridad sanitariarealizar los anlisis fsicos, qumicos y microbiolgicos al agua que suministran estossistemas, teniendo en cuenta el nmero de habitantes que se abastecen de ellos, tal como seconsidera en los Cuadros N 13a, N 13b, N 14a y N 14b de la presente resolucin.

    Artculo 31.Reportes de vigilancia. El libro o registro sistematizado de vigilancia de lacalidad de agua para consumo humano debe mantenerse actualizado y contener comomnimo, la siguiente informacin:

    1. Resultado de los anlisis microbiolgicos, fsicos y qumicos del agua, de acuerdo conlos requerimientos mnimos sealados en la presente resolucin.

    2. Resultado de los anlisis fsicos, qumicos y microbiolgicos adicionales definidos enel mapa de riesgo.

    3. Resultados de las inspecciones realizadas a los sistemas.

    Artculo 32. Calidades y requisitos del recurso humano. Las calidades y requisitos paralos funcionarios responsables de la inspeccin, vigilancia y control sanitario de la calidaddel agua para consumo humano, sern definidos por el Ministerio de la Proteccin Social.

    CAPITULO VII

    Plazos

    Artculo 33. Plazos para adecuar los sistemas de suministro de agua para consumohumano a la caracterstica de turbiedad. Las personas prestadoras, de conformidad con los

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    niveles de vigilancia y control, tendrn plazos para adecuar sus sistemas de suministro deagua para consumo humano para el cumplimiento del valor mximo aceptable de lacaracterstica de turbiedad establecido en el artculo 2 de la presente resolucin de acuerdo

    con el siguiente cuadro:Cuadro N 15

    Plazos para adecuar los sistemas de suministro de agua con el fin de dar cumplimientoal valor mximo aceptable de turbiedad

    Caracterstica Plazos Poblacin atendida por personaprestadora por

    Municipio(habitantes)TurbiedadValor objetivo:

    2UNT

    Cinco (5) aos a partir de lafecha de publicacin de la

    presente resolucin

    Hasta 100.000

    Tres (3) aos a partir de lafecha de publicacin de lapresente resolucin

    100.001 4.000.000

    Un (1) ao a partir de la fechade publicacin de la presenteresolucin

    Ms de 4.000.000

    Pargrafo. Durante el plazo dado para el cumplimiento del valor admisible de la carac-terstica de turbiedad, se deber cumplir con el valor de 5 UNT.

    Artculo 34. Plazos para realizar la vigilancia y el control de las caractersticas deCarbono Orgnico Total, COT, residual del coagulante utilizado, nitritos, fluoruros, giar-dia y cryptosporidium. Las autoridades sanitarias y las personas prestadoras realizarn lavigilancia y el control de las caractersticas relacionadas en el Cuadro N 16, dentro de losplazos all establecidos.

    El control y la vigilancia sobre las caractersticas en el Cuadro N 16 estar sujeto a lacalificacin dentro del Indice de Riesgo de Calidad de Agua, IRCA. Si se encuentrapresencia de ellas se debern incorporar al mapa de riesgo.

    Cuadro N 16Plazos dados para que las autoridades sanitarias y las personas prestadoras realicen

    la vigilancia y el control de las caractersticas de COT, residual del coagulanteutilizado, nitritos, fluoruros, Giardia y Cryptosporidium

    Caractersticas Plazos Poblacin atendida porMunicipio (habitantes)

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    COT, residual del coagulanteutilizado, nitritos y fluoruros

    Cuatro (4) aos a partir de lafecha de publicacin de lapresente resolucin

    Hasta 100.000

    Dos (2) aos a partir de la fechade publicacin de la presenteresolucin

    100.001 4.000.000

    Un (1) ao a partir de la fechade publicacin de la presenteresolucin

    Ms de 4.000.000

    Giardia y Cryptosporidium Ocho (8) aos a partir de lafecha de publicacin de lapresente resolucin

    Hasta 10.000

    Seis (6) aos a partir de la fechade publicacin de la presenteresolucin

    10.001 20.000

    Cinco (5) aos a partir de lafecha de publicacin de lapresente resolucin

    20.001 100.000

    Cuatro (4) aos a partir de lafecha de publicacin de la

    presente resolucin

    1000.001 500.000

    Tres (3) aos a partir de la fechade publicacin de la presenteresolucin

    De 500.001 enadelante

    Pargrafo 1. El control y la vigilancia sobre los valores de fluoruros y COT se harn porun perodo de dos (2) aos contados a partir de su implementacin. Si se sobrepasan losvalores mximos aceptables de estas caractersticas, se debern incorporar al mapa deriesgo.

    Artculo 35.Seguimiento a la implementacin de la caracterstica de turbiedad en los

    sistemas de suministro de agua. La Superintendencia de Servicios Pblicos Domiciliariosen coordinacin con el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial elaborary publicar cada ao el informe de avance de la implementacin de que trata el artculo 33de la presente resolucin, con base en la informacin suministrada al Sistema Unico deInformacin, SUI, por las personas prestadoras.

    Artculo 36. Seguimiento a la implementacin de las metodologas de anlisis de lascaractersticas de Carbono Orgnico Total, COT, residual del coagulante utilizado, nitri-tos, fluoruros, giardia y cryptosporidium. El Instituto Nacional de Salud, en coordinacincon el Ministerio de la Proteccin Social y la Superintendencia de Servicios Pblicos Do-miciliarios elaborar y publicar cada ao el Informe de avance de la implementacin de las

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    metodologas de anlisis de las caractersticas y de los plazos de que trata el artculo 34 dela presente resolucin, teniendo en cuenta la informacin reportada a travs del SistemaUnico de Informacin, SUI, el subsistema de Vigilancia de la Calidad del agua Potable,

    Sivicap y la que se reciba por parte de otras entidades.

    Artculo 37. Vigencia. La presente resolucin rige a partir de la fecha de su publicacin.Publquese y cmplase.Dada en Bogot, D. C., a 22 de junio de 2007.

    El Ministro de la Proteccin Social,

    Diego Palacio Betancourt.El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,

    Juan Lozano Ramrez.(C.F.)