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Compañía Minera Antamina S.A. Versión: 01 31/08/2008 Procedimiento ANT107 BLOQUEO Y SEÑALIZACIÓN g. 1 de 9 Copia controlada: Prohibida su reproducción sin la autorización del responsable del control de documentos. Copia Nº____________ Asignada a: _____________ CAMBIOS DESDE LA ÚLTIMA REVISIÓN o Primera versión adecuada al formato requerido por el Procedimiento de Control de Documentos y Registros. o Documento basado en la Revisión 03 del Procedimiento ANT007 del sistema MASS. Revisor César Arce R. Superintendente de Seguridad Industrial. Original aprobado en oficina de Superintendente Seguridad Ind. Aprobador Enrique Alania Vera. Gerente de Salud y Seguridad Industrial Original aprobado en oficina de Superintendente Seguridad Ind. Este es un documento controlado, si requiere una copia del mismo solicitela al Supt. Seg. Industria. Si tiene una impresión verifique su validez en intranet.

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Copia Nº____________

Asignada a: _____________

CAMBIOS DESDE LA ÚLTIMA REVISIÓN

o Primera versión adecuada al formato requerido por el Procedimiento de Control de Documentos y Registros.

o Documento basado en la Revisión 03 del Procedimiento ANT007 del sistema MASS.

Revisor César Arce R.

Superintendente de Seguridad Industrial.

Original aprobado en oficina de Superintendente Seguridad Ind.

Aprobador

Enrique Alania Vera. Gerente de Salud y Seguridad Industrial

Original aprobado en oficina de Superintendente Seguridad Ind.

Este es un documento controlado, si requiere una copia del mismo solicitela al Supt. Seg. Industria. Si tiene una impresión verifique su validez en intranet.

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TABLA DE CONTENIDOS

1. PROPOSITO ............................................................................................................. 3

2. APLICACION ............................................................................................................ 3

3. ABREVIATURAS Y/O DEFINICIONES .................................................................... 3

4. PROCEDIMIENTO .................................................................................................... 4

5. RESPONSABILIDADES ........................................................................................... 9

6. REGISTROS ............................................................................................................. 9

7. REFERENCIAS......................................................................................................... 9

8. ANEXOS ................................................................................................................... 9

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1. PROPOSITO

Establecer el procedimiento de aislamiento de la energía, a fin de prevenir lesiones y daños durante la ejecución de mantenimiento, inspección o servicio en cualquier equipo, maquinaria o sistema.

2. APLICACION

El presente procedimiento es de aplicación por todo el personal de Antamina y Socios Estratégicos que realiza labores en las operaciones de Antamina.

3. ABREVIATURAS Y/O DEFINICIONES

3.1. Sistema de bloqueo y señalización: Es un método para dejar inoperativa o desactivada una fuente de energía a través de un conjunto de dispositivos de bloqueo (candado) y de señalización (tarjetas), que actúan como un método de control para evitar las lesiones y daños generadas por la puesta en marcha o descargas inesperadas de energía del equipo, durante su inspección, mantenimiento o servicio.

3.2. Candado de Bloqueo: Dispositivo único y personal empleado para realizar el bloqueo efectivo de un punto especifico. Este candado se entrega a la persona que ha recibido y aprobado el curso de Bloqueo y Señalización y por lo tanto tiene la autorización correspondiente, los candados son marcados con el número de vendor (Antamina) o DNI (Socio Estratégico). El candado se utiliza en conjunto con la tarjeta de señalización.

3.3. Tarjeta de Señalización: Tarjetas utilizadas para identificar al personal autorizado a bloquear (Antamina o socios Estratégicos). También existen tarjetas para identificar puntos de bloqueo grupal, válvulas críticas, autorización para aislamiento eléctrico (socios estratégicos) y tarjetas Fuera de Servicio

3.4. Personal Autorizado: Personal de Antamina o Socio Estratégico que ha recibido el curso de bloqueo y señalización, tras haber aprobado la evaluación con un mínimo de 85% y haber recibido sus dispositivos. Esta autorización se renovará anualmente.

3.5. Bloqueo personal: Consiste en el bloqueo de las fuentes de energía, donde se requiere que cada empleado autorizado coloque su candado y tarjeta personal en cada punto de bloqueo del equipo, maquinaria o sistema.

3.6. Bloqueo Grupal: Bloqueo realizado cuando existe una cantidad elevada de trabajadores, equipos o puntos de bloqueo.

3.7. Válvulas Críticas: Se denominan válvulas críticas a aquellas que de ser operadas erróneamente podrían causar alteraciones al proceso.

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4. PROCEDIMIENTO

4.1. Para todos los casos de bloqueo, las personas autorizadas para bloquear y señalizar que requieran intervenir equipos, deben cumplir los 5 pasos básicos del Bloqueo y Señalización:

1. Informar al personal del área.

2. Aislar las fuentes de energía.

3. Bloquear y señalizar.

4. Disipar las energías residuales.

5. Verificar el no funcionamiento.

4.2. Bloqueo personal

4.2.1. Consiste en el bloqueo de las fuentes de energía, donde se requiere que cada empleado autorizado coloque su candado y tarjeta personal en cada punto de bloqueo del equipo, maquinaria o sistema.

4.2.2. El supervisor o líder del trabajo deberá informar de la intervención del equipo al supervisor del área, y a los empleados que estén trabajando en el área y pudieran ser afectados, antes del bloqueo.

4.2.3. Cada empleado autorizado que requiera bloquear el equipo deberá informar previamente al supervisor o líder del trabajo al momento de aplicar su bloqueo personal y al retirarlo.

4.2.4. El equipo, maquinaria o sistema será aislado en todas sus fuentes de energía o de alimentación mediante un dispositivo físico de aislamiento completo.

4.2.5. Colocar candado y tarjeta en todos los puntos en los que las fuentes de energía del equipo, maquinaria o sistema fueron aisladas.

4.2.6. Cada empleado autorizado es responsable de la colocación y retiro de su candado y tarjeta, nadie puede hacerlo en su lugar.

4.2.7. Aliviar todas las energías residuales que pudieran quedar, luego de bloquear el equipo, maquinaria o sistema.

4.2.8. Verificar que el equipo, maquinaria o sistema no funciona operando los controles de arranque.

4.2.9. Concluido el trabajo, el empleado autorizado procederá al retiro de sus herramientas, equipos y materiales empleados y comunicará al supervisor o líder del trabajo el fin de la actividad.

4.2.10. El supervisor o líder del trabajo realizará una inspección y verificará que todo está bien y libre de riesgos.

4.2.11. Luego se procederá al retiro de los dispositivos de bloqueo, candado y señalización y se coordinará el proceso de re energización del equipo.

4.2.12. En caso que alguien deje el área sin retirar su tarjeta y candado, se procederá según lo establecido en el punto 4.7 de este procedimiento.

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4.3. Bloqueo Grupal

4.3.1. Se aplica cuando existe una cantidad elevada de trabajadores, equipos o puntos de bloqueo. El supervisor del trabajo evaluará y tomará la decisión de cuando aplicar el bloqueo grupal.

4.3.2. El supervisor o líder del trabajo son quienes lideran el proceso de bloqueo grupal y deben verificar el aislamiento, bloqueo y señalización adecuado de cada punto requerido para el equipo, maquinaria o sistema; de acuerdo con la lista de puntos de bloqueo disponible según lo descrito en el paso 4.4 del presente procedimiento.

4.3.3. En caso sea necesario, el líder del bloqueo coordina la presencia y participación de un electricista y un mecánico para el aislamiento de puntos de bloqueo que requieran intervención de este personal especializado. Ellos no necesariamente participan en el bloqueo grupal.

4.3.4. Luego de bloquear todos los puntos requeridos, el líder de bloqueo colocará las llaves en el interior de la caja de bloqueo grupal y será el primero en aplicar su bloqueo personal a la caja.

4.3.5. Luego, todo el personal autorizado que deba realizar alguna actividad en maquinaria equipo o sistema bloqueado, colocará su candado y tarjetas personales en la caja.

4.3.6. Cada empleado autorizado es responsable de retirar sus herramientas, equipos y materiales, comunicar la finalización de su labor al líder del bloqueo así como retirar sus dispositivos personales de la caja de bloqueo grupal.

4.3.7. Al término de la actividad el líder del bloqueo dispone y verifica que todo el personal haya retirados su bloqueo personal de la caja, realiza una inspección para verificar que las condiciones sean seguras para la re-energización.

4.3.8. Luego dispone el retiro de los dispositivos colocados siguiendo la lista de puntos de bloqueo del equipo, convocando si es necesario al mecánico y electricista para esta tarea y la conexión de la energía al equipo.

4.3.9. El líder del bloqueo informa al supervisor del área y a quién corresponda que el equipo se encuentra nuevamente operativo.

4.4. Múltiples Puntos de Bloqueo

4.4.1. El bloqueo de un equipo, maquinaria o sistema con más de dos puntos de bloqueo se realizará siguiendo la lista de puntos de bloqueo establecida en el Procedimiento Escrito de Trabajo Seguro (PETS) de la tarea.

4.4.2. En caso que esta lista no figure o la tarea no disponga de un PETS, el encargado trabajo convocará al supervisor del trabajo y al supervisor del área para elaborar la lista respectiva. Los respectivos supervisores podrán designar representantes para esta función.

4.4.3. Los supervisores o sus delegados y los trabajadores involucrados identificarán en el campo los puntos de aislamiento que se requieran

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bloquear y detallarán como debe realizarse el aislamiento de cada fuente de energía utilizando el formato FR020 Lista de Múltiples Puntos de Bloqueo.

4.4.4. Los supervisores del trabajo y del área o sus delegados aprobarán esta lista con sus firmas antes de proceder a utilizarla.

4.4.5. Esta lista elaborada y aprobada en el campo podrá ser guardada por el supervisor del trabajo y utilizada nuevamente cuando se repita la tarea.

4.5. Aplicación de bloqueo por Socios Estratégicos

4.5.1. El supervisor del socio estratégico a cargo deberán solicitar autorización para aplicar un bloqueo de parte de su supervisor directo de Antamina y del supervisor Antamina del área.

4.5.2. En caso de bloqueo grupal, el supervisor del socio estratégico autorizado cumplirá las funciones del líder de bloqueo establecido en el punto 4.3.

4.6. Aislamiento eléctrico

4.6.1. Los encargados del aislamiento eléctrico son los establecidos en el estándar DC115 Bloqueo y Señalización.

4.6.2. Si se trata de un personal autorizado por el departamento de mantenimiento Antamina, antes de realizar el aislamiento eléctrico deberá informar al supervisor de electricidad Antamina a cargo del sistema o equipo afectado.

4.6.3. El proceso aislamiento eléctrico consiste en desconectar físicamente la fuente de energía eléctrica de un equipo que deba ser intervenido a fin de permitir el bloqueo por parte de los involucrados en el trabajo, así como el proceso inverso para restablecer la conexión con la misma fuente.

4.6.4. Realizar el aislamiento eléctrico no implica necesariamente que el encargado del aislamiento eléctrico aplique su bloqueo personal.

4.6.5. El personal autorizado por el departamento de mantenimiento Antamina aplicará su tarjeta especial en un punto de bloqueo, cuando además de realizar el aislamiento, debe también bloquear el mismo sistema eléctrico como parte del equipo de trabajo. En otros casos de bloqueo utilizará sus tarjetas personales.

4.6.6. Al finalizar el trabajo, encargado del aislamiento eléctrico deberá supervisar personalmente el retiro de los dispositivos del personal y la reposición de energía.

4.7. Retiro forzado de un candado.

4.7.1. En el caso que un candado no haya sido retirado del punto bloqueo a tiempo para la reposición de energía se procederá de la siguiente forma:

o El supervisor del trabajo realizará todos los esfuerzos necesarios para ubicar a la persona y hacer que retorne a retirar su bloqueo.

o Si la persona es ubicada y no tiene la llave del candado, este será retirado por la fuerza en su presencia, con autorización del supervisor del trabajo. El candado forzado deberá ser desechado y el empleado solicitará otro nuevo a su supervisor.

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o En caso que no sea ubicado, se informará al superintendente del área o su representante en ese momento. Sólo estas personas podrán emitir la autorización de retiro por la fuerza en esta situación.

o El superintendente del área y el supervisor del trabajo realizarán una inspección para verificar que el arranque del equipo es seguro y que no haya personas que puedan ser afectadas.

o El superintendente verificará las condiciones indicadas en el formato para el retiro de candados, llenará y firmará el formato FR021 Autorización de Retiro del Bloqueo. Luego autorizará el retiro del candado y tarjeta por la fuerza.

o El supervisor del trabajo realizará una investigación de No Conformidad para establecer las causas del hecho. El registro del retiro se adjuntará al reporte de investigación.

4.8. Señalización Fuera de Servicio

4.8.1. Consiste en la colocación de tarjetas Fuera de Servicio en el sistema de arranque de un equipo o maquinaria.

4.8.2. La cantidad y ubicación de las tarjetas serán definidas por las fuentes de energía que alimenten el equipo.

4.8.3. Las tarjetas se colocarán de forma que sean visibles para cualquier posible usuario que quiera arrancar el equipo.

4.8.4. No se requiere colocar candado con la tarjeta de Fuera de Servicio .

4.8.5. El personal que coloque las tarjetas Fuera de Servicio escribirá en la misma, la razón de la aplicación, fecha, hora y su nombre.

4.8.6. El empleado que aplique una tarjeta Fuera de Servicio reportará los detalles al supervisor del área y al supervisor encargado del mantenimiento del equipo.

4.8.7. Sólo personal autorizado por el supervisor del área o el supervisor encargado del mantenimiento del equipo, continuará la reparación, operará los controles o podrá retirar la tarjeta Fuera de Servicio .

4.8.8. No se podrá usar la tarjeta Fuera de Servicio para realizar trabajos, la ejecución de cualquier labor requerirá la aplicación completa del procedimiento de bloqueo y señalización personal o grupal.

4.9. Señalización de válvulas críticas

4.9.1. Se denominan válvulas críticas a aquellas que de ser operadas erróneamente podrían causar alteraciones al proceso.

4.9.2. Para este caso se usará cadena, candado y una tarjeta de advertencia donde se indique los datos, teléfonos y canales radiales del responsable de este bloqueo.

4.9.3. Las llaves de estos candados serán controladas por el supervisor del área y el retiro de los mismos se hará con su autorización en cualquier caso.

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4.9.4. Estos candados no están sujetos a los requerimientos de Bloqueo y Señalización.

4.10. Cambios de turno y trabajos inconclusos

4.10.1. Al momento de un relevo entre guardias en un mismo equipo, la continuidad del bloqueo se mantendrá al colocar su bloqueo personal el supervisor o líder del turno entrante antes que retire el suyo el supervisor o líder del turno saliente. Luego de esto aplicarán el bloqueo los integrantes de la guardia entrante.

4.10.2. Si se retiran todos los candados y tarjetas personales de un equipo o sistema se considerará al equipo como desbloqueado. Para volver a intervenirlo se deberá aplicar el procedimiento de bloqueo desde un inicio.

4.10.3. En el caso que un equipo de trabajadores deba dejar el equipo con el trabajo inconcluso, deberá retirar el bloqueo y colocar operativo el equipo o aplicar las tarjetas Fuera de Servicio, según evalúe el supervisor o líder del trabajo.

4.10.4. Al reiniciar el trabajo inconcluso, por el mismo o distinto grupo de trabajadores, se volverá aplicar el proceso de bloqueo desde un inicio.

4.10.5. En casos especiales de trabajos inconclusos, sólo si el supervisor del área y el supervisor del trabajo lo acuerdan y autorizan expresamente, los empleados se pueden retirar dejando el equipo bloqueado hasta reanudar las labores.

4.11. Entrenamiento y autorización de personal

4.11.1. El supervisor inmediato deberá requerir el entrenamiento para personal nuevo o revalidación anual para empleados autorizados, gestionando el dictado del curso y la evaluación por un Entrenador Autorizado.

4.11.2. Si las personas que llevan el curso de Bloqueo y Señalización no aprobaran el examen al terminar el curso, tiene hasta dos oportunidades más en el transcurso de una (1) semana después de haber recibido el curso para aprobar el examen correspondiente.

4.11.3. Si por alguna razón no lograra aprobarlo en el transcurso de esa semana, deberá volver a seguir el curso completo de Bloqueo y Señalización.

4.11.4. El Entrenador Autorizado enviará el registro de entrenamiento (Formato FR023) y los exámenes al departamento de seguridad industrial y una copia del registro de entrenamiento con las calificaciones, al supervisor solicitante.

4.11.5. El supervisor solicitante preparará las tarjetas personales respectivas y las hará firmar por el entrenador respectivo.

4.11.6. Luego, el supervisor entregará los candados, tarjetas y otros dispositivos de bloqueo a su personal.

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5. RESPONSABILIDADES

5.1. Supervisor Antamina

o Verificar que el personal bajo su responsabilidad, incluyendo socios estratégicos, cuente con entrenamiento vigente impartido por un entrenador autorizado por el departamento de seguridad industrial y cuente con los dispositivos de bloqueo y señalización necesarios.

o Asignar e instruir a los líderes de trabajo para una correcta aplicación y control del bloqueo en su representación.

o Verificar que el aislamiento eléctrico lo realice personal de mantenimiento instrumentación para equipos bajo su responsabilidad, electricidad Antamina o una persona autorizada por este departamento para el área o sistema específico.

5.2. Trabajadores

o Cumplir el presente procedimiento, en caso contrario aplicar el derecho a rehusarse a realizar un trabajo inseguro.

5.3. Socios Estratégicos

o Informar a su personal de los requerimientos del estándar DC 115 y el presente procedimiento, enfatizando la necesidad de ser empleado autorizado para bloquear en Antamina.

o Solicitar al supervisor Antamina responsable la coordinación del entrenamiento de quien requiera ser empleado autorizado para bloquear.

6. REGISTROS

6.1. Lista de puntos de bloqueo.

6.2. Formato de Autorización de Retiro de Bloqueo

7. REFERENCIAS

7.1. Estándar DC115 Bloqueo y Señalización.

7.2. Decreto Supremo D.S. 046-2001-EM- Reglamento de Seguridad e Higiene Minera.

8. ANEXOS

Ninguno.

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Antamina\Formatos de Documentos\Proc Gen 2008.dot Title: CAMBIOS DESDE LA VERSIÓN ANTERIOR Subject: Author: wa4229 Keywords: Comments: Creation Date: 8/28/2008 4:24:00 PM Change Number: 9 Last Saved On: 9/8/2008 9:47:00 AM Last Saved By: CIA MINERA ANTAMINA S.A Total Editing Time: 64 Minutes Last Printed On: 9/8/2008 9:47:00 AM As of Last Complete Printing

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