2
CIRCULAR GDT/DRH/N° 017/2018 Comunican A los Gerentes, Directores y Funcionarios en general Que, en relación al Decreto N° 740 del Poder Ejecutivo, de fecha 28 de noviembre de 2018, que declara asueto para los funcionarios de la Administración Pública y Entidades Descentralizadas el día viernes 7 de diciembre de 2018, a partir de las 10:00 horas, se informa cuanto sigue: Que, exclúyese del asueto en el Artículo 1° del presente decreto a los funcionarios y empleados públicos que prestan servicios médiucos de urgencia y en horarios especiales, y a los funcionarios afectados a los servicios públicos imprescindibles para la comunidad. Que, en cumplimiento a la Resolución C.A. N° 108-005/15, de fecha 29 de diciembre de 2015, todos los Funcionarios Franqueros, por el horario especial que les afecta, deberán cumplir sus funciones (sábados, domingos, feriados y asuetos). Que, el sector de enfermería, se regirá por lo dispuesto en la Ley N° 3206/07, en lo que se refiere al sistema de cobertura de guardias, a ser comunicadas a la Dirección de Recursos Humanos para su correspondiente registro y proceso. Asunción, 3 de diciembre de 2018 Dirección de Recursos Humanos Gerencia de Desarrollo y Tecnología

A los Gerentes, Directores y Funcionarios en general · funcionarios afectados a los servicios públicos imprescindibles para la comunidad. • Que, en cumplimiento a la Resolución

  • Upload
    others

  • View
    4

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: A los Gerentes, Directores y Funcionarios en general · funcionarios afectados a los servicios públicos imprescindibles para la comunidad. • Que, en cumplimiento a la Resolución

CIRCULAR GDT/DRH/N° 017/2018

Comunican

A los Gerentes, Directores y Funcionarios en general

Que, en relación al Decreto N° 740 del Poder Ejecutivo, de fecha 28 de noviembre de 2018, que declara

asueto para los funcionarios de la Administración Pública y Entidades Descentralizadas el día viernes 7

de diciembre de 2018, a partir de las 10:00 horas, se informa cuanto sigue:

• Que, exclúyese del asueto en el Artículo 1° del presente decreto a los funcionarios y empleados

públicos que prestan servicios médiucos de urgencia y en horarios especiales, y a los

funcionarios afectados a los servicios públicos imprescindibles para la comunidad.

• Que, en cumplimiento a la Resolución C.A. N° 108-005/15, de fecha 29 de diciembre de 2015,

todos los Funcionarios Franqueros, por el horario especial que les afecta, deberán cumplir sus

funciones (sábados, domingos, feriados y asuetos).

• Que, el sector de enfermería, se regirá por lo dispuesto en la Ley N° 3206/07, en lo que se

refiere al sistema de cobertura de guardias, a ser comunicadas a la Dirección de Recursos

Humanos para su correspondiente registro y proceso.

Asunción, 3 de diciembre de 2018

Dirección de Recursos Humanos

Gerencia de Desarrollo y Tecnología

Page 2: A los Gerentes, Directores y Funcionarios en general · funcionarios afectados a los servicios públicos imprescindibles para la comunidad. • Que, en cumplimiento a la Resolución