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Universidad Nacional de Córdoba
Facultad de Ciencias Sociales
Carrera de Trabajo Social
TESINA
“La complejidad en el proceso de restitución de derechos
a través del Acogimiento Familiar.”
Dirección de Fortalecimiento Familiar-SeNAF
Autoras:
Julieta Nathalie Artaza
Daniela Andrea Marras
Docente del Seminario de Redacción y Sistematización:
Dra. Inés Torcigliani
Intervención Pre-profesional:
Mgter. Marco Galán
Docente del Seminario de Orientación de la Temática:
Mgter. Eduardo Ortolanis
AÑO 2018
2
3
ÍNDICE
Prólogo
Agradecimientos
Introducción
1. Marco teórico y normativo influyentes en la temática de niñez y
familia. ...................................................................................................... 13
1.1 Observando la primera etapa de la vida: concepciones sobre la niñez y adolescencia.
...................................................................................................................................... 15
1.2 ¿Menores en riesgo? Sobre los primeros tiempos de la
Institucionalización. ..................................................................................................... 18
1.3 Primer mirada distintiva sobre el niño y sus derechos a partir de la
Convención. ................................................................................................................. 20
1.4 Adaptabilidad de la Convención en Argentina ....................................................... 21
1.4.1 Adecuación de la provincia de Córdoba a la Ley nacional 26.061 ................... 21
1.4.2 La verdadera adecuación provincial a la
ley nacional de protección de los derechos del Niño. Ley 9944. ............................... 22
1.4.3 Nueva institucionalidad para la infancia en Córdoba ......................................... 23
1.5 El sistema de protección ......................................................................................... 34
1.5.1 Las instancias del sistema. ................................................................................... 35
1.5.2 Medida excepcional de protección de derechos .................................................. 36
2. Campo de intervención ....................................................................... 39
2.1 Conversando con el contexto internacional: Red Latinoamericana de acogimiento
familiar. ....................................................................................................................... 41
2.2 Secretaría de niñez, adolescencia y familia: Dirección de fortalecimiento
4
Familiar ......................................................................................................................... 45
2.2.1 Promoción de derechos ........................................................................................ 45
2.2.2 Protección de derechos ........................................................................................ 46
2.2.3 Conflicto con la ley penal .................................................................................... 48
2.2.4 Fortalecimiento Institucional ............................................................................... 48
2.2.5 Programa Familias para Familias ........................................................................ 49
2.2.6 Actores ................................................................................................................. 53
2.2.7 Puntos de tensión y disposición en cuanto a los mismos .................................... 56
2.2.8 Condiciones estructurales .................................................................................... 56
2.2.9 Sujeto de derecho ................................................................................................ 57
2.3 Centro de vida. Lugar del niño y adolescente en su propia familia. ...................... 58
2.4 Construyendo el campo .......................................................................................... 59
3. Intervención Pre-profesional .............................................................. 65
3.1 El lugar del trabajo Social en el ámbito y nuestra inserción allí. ........................... 67
3.1.1 Lugar que ocupa el TS en el programa familias para familias ............................ 67
3.1.2 Demandas, estrategias y obstáculos en la intervención. ...................................... 68
3.2 Plan de acción y actividades comprendidas en la intervención .............................. 69
3.3 Acercándonos a las Familias de acogimiento y sus estrategias en la restitución de
derechos. ....................................................................................................................... 70
3.3.1 Acciones y técnicas desarrolladas en la intervención. ......................................... 70
3.3.2 Eje 1. La Relación de la familia de Acogimiento con la SENAF ....................... 73
3.3.3Eje 2. La inserción del niño en la familia de acogimiento ................................... 76
3.3.4 Eje 3. Las motivaciones y representaciones propias de las Familias de
Acogimiento. ............................................................................................................... 81
5
3.3.5 Eje 4. La Relación entre la familia de acogimiento y la familia
de origen ....................................................................................................................... 83
4. Reflexiones sobre la actuación. .......................................................... 89
4.1 Replanteando cuestiones en la restitución. ............................................................. 91
4.2. Conclusiones. ......................................................................................................... 93
5. Bibliografía .......................................................................................... 97
Anexos
6
7
PRÓLOGO
La presente tesis lleva el título de “La complejidad en el proceso de restitución
de derechos a través del Acogimiento Familiar.”
Este trabajo es presentado como producto de nuestra práctica pre-profesional de
la carrera de Licenciatura en Trabajo Social realizada en el año 2016. La redacción
continuó durante el año 2017 y parte del 2018.
El lugar donde realizamos la práctica pre-profesional fue en la Dirección de
Fortalecimiento Familiar, la cual forma parte de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y
Familia (SeNAF).
Esta tesis pretende reflexionar sobre los procesos complejos dentro del
Acogimiento Familiar que se nos presentaron durante nuestra práctica, y las reflexiones
que generaron desde nuestro lugar como futuras profesionales.
El trabajo está dividido en cuatro capítulos, los cuales comprenden: marco
teórico, campo de intervención, la intervención profesional propiamente dicha y
finalmente, los análisis y conclusiones en cuanto a la misma.
Esperamos que esta tesis sea un insumo para conocer el proceso de acogimiento
familiar, como así también un llamado a la reflexión sobre el lugar en que se encuentra
inserto el niño/a o adolescente dentro del Sistema de Protección de Derechos.
Octubre de 2018.
8
9
AGRADECIMIENTOS
Queremos agradecer, principalmente a Dios, por guiar nuestros pasos y darnos la
fuerza y perseverancia durante toda la carrera para seguir adelante. También a nuestros
familiares por el apoyo incondicional y a nuestros profesores y compañeros de camino
que estuvieron a nuestro lado a lo largo de todos estos años.
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11
INTRODUCCIÓN
Cuando existe una vulneración de los derechos de los niños/as y adolescentes,
los procesos para restituirlos se hacen presentes en el escenario. Esto es a través de
políticas públicas y programas, como el que nos atañe: “Familias para Familias”, que,
desde la Secretaría de niñez, adolescencia y familia (SeNAF) ubicada en Córdoba,
toman su lugar a partir de las medidas de carácter excepcional que alejan a los niños/as
y adolescentes de su entorno familiar hasta tanto se solucionen las situaciones que
amenazan o violentan sus derechos.
Ante estas situaciones excepcionales es que las familias de acogimiento cobran
importancia dentro del sistema de protección de derechos de niñas, niños y
adolescentes. Se trata de grupos familiares que colaboran para que los niños puedan
vivir en familia y volver a sus vínculos iniciales con todo el acompañamiento técnico y
afectivo que necesiten.
Cuando hablamos de un niño que ha sufrido vulneración de sus derechos en su
propio medio familiar esta situación de por sí, resulta contradictoria, pues es el centro de
vida, el lugar donde la persona crece, se desarrolla y, además, juega un papel vital en la
constitución de la subjetividad y de la identidad. Entonces se ve inserto en un conjunto
de medidas que tienen como misión “garantizarle el cumplimiento de sus derechos” y
aún en medio de todo este proceso, continua siendo un individuo quien sufre en sí
mismo todo este procedimiento aunque en definitiva, se realiza procurando su bienestar
y teniendo como máxima su interés superior. En ese camino, plagado de obstáculos, se
encuentran numerosos detalles que muestran que muchas veces en la propia restitución,
es decir en el proceso de garantizarle esos derechos esenciales, este puede llegar a ser
tan ineficaz y controversial que atenta contra los mismos provocando un efecto adverso.
Nuestra mirada se expande a partir de un acercamiento y escucha de las Familias
de acogimiento, pues, hemos tomado su perspectiva para conocer un poco más de la
parte que a ellos les compete en relación al Sistema de Acogimiento.
En nuestra tesis hemos buscado la reflexión sobre estos procesos, tanto en el
aspecto positivo, como en aquellas cuestiones que mencionábamos anteriormente.
12
Comenzaremos dando una mirada al sujeto que nos compete, al niño/a y
adolescente, cuales son las concepciones actuales, una mirada de la primera etapa de la
vida a través de la historia, hasta convertirse en Sujeto de derechos. Veremos el lugar
que ocupa la familia para su desarrollo integral esencial y también su lugar en la
sociedad. El punto central de cambio de perspectiva es a través de la Convención de los
derechos de niño aprobada en el año 1889 e incorporada a la Constitución Nacional
Argentina en 1994. En el siguiente capítulo veremos una mirada histórica y crítica de la
institucionalización a partir de que el Estado comienza a hacerse cargo de los “menores
en riesgo” (noción que hablaremos en detalle) y posteriormente de una medida distinta
para abordar el tema: las familias de acogimiento, en un primer momento llamadas
familias sustitutas. Finalizaremos el capítulo adentrándonos a nuestro contexto a través
de la SeNAF donde luego explicaremos en detalle nuestras prácticas pre-profesionales
en este mismo lugar, con el tema que nos aqueja a través del programa Familias para
Familias. Finalmente concluiremos a través de reflexiones y llamados de atención
provenientes de la experiencia que muestra una significativa parte de los procesos de
restitución de derechos.
13
CAPÍTULO 1
Marco teórico y normativo
influyentes en la temática de
niñez y familia.
14
15
En este capítulo expondremos el marco teórico y normativo relacionado con el
acogimiento familiar. Se incluyen concepciones sobre la niñez, los paradigmas de la
infancia, concepciones sobre lo normativo, los derechos de los niños/as y adolescentes,
la Convención de los derechos de los niños y las leyes nacionales y provinciales.
1.1 Observando la primera etapa de la vida: concepciones sobre la
niñez y adolescencia.
Paradigmas de la infancia
Como señala Piotti M. L (1992), a partir de la Convención de los derechos del
niño en el año 1989, se produjo un cambio en la concepción de la infancia como tal. Los
niños dejaron de ser objeto de tutela, para pasar a ser verdaderos sujetos de derecho. La
autora señala que es importante considerar al niño como sujeto con un proyecto de vida
en construcción, el cual está conformado por tres aspectos básicos de orden objetivo,
subjetivo e histórico respectivamente. En lo objetivo ella se refiere a sus necesidades
fundamentales para que la vida sea posible, de alimentación, abrigo, hábitat, etc.
También están las necesidades propiamente humanas de afecto, seguridad, arraigo,
fraternidad, racionalidad, identidad y de un sistema de valores dentro de los cuales
edificar su proyecto de vida. En lo subjetivo habla de responder a sus aspiraciones, a los
rasgos propios de su mismidad que lo individualizan y lo hace un ser único en el género
humano. Por último, en los aspectos históricos, esta individuación se constituye en una
conciencia del nosotros y se estructura en el espacio bio-psico-social y ecológico en el
que el niño desarrolla su vida.
Las diferentes formas de entender a la infancia según Imhoff, D.; Marasca, R.y
otros (2011), están íntimamente emparentadas con las múltiples concepciones sociales
que fueron emergiendo a lo largo del tiempo sobre esta etapa de la vida.
Estas concepciones se ven reflejadas según Piotti M. L (2011), sintéticamente en
los siguientes Paradigmas:
16
A) Surge el reconocimiento de la infancia y paradójicamente también su control a través
de la familia y la escuela. La doctrina del control social llama “menores” a todos
aquellos niños cuyo grado de vulnerabilidad los coloca en situación de que alguna
institución se debe hacer cargo de ellos. La infancia de divide en dos grupos, por un
lado, se inicia un aislamiento para la socialización de los menores provenientes de
familias en situación de marginalidad, trabajadores pobres o niños huérfanos. Y por otro
lado los niños y adolescentes considerados “normales” que tenían una familia que los
protegía se los recluía en espacios privados (familia, escuela), donde la autoridad de los
adultos era incuestionable.
La autora señala que el Estado actuaba a través del patronato de menores (juez
de menores, padre y patrón) y se convierte en el tutor de todas las personas que no
cumplieron los 21 años y que por la ausencia o el defecto de las políticas sociales,
quedan ubicados en lo que se llamaba la “situación irregular”. Se produce una estrategia
de control a menores trabajadores, abandonados, maltratados y transgresores o
criminalizados. Se debía proteger a la sociedad de aquellos que resultaban un peligro.
Para ello, el Estado reemplaza a la familia cuando considera, desde sus agentes, que esta
no reúne las condiciones materiales o morales para atender al niño.
Las políticas sociales se expresan en este caso, a través de leyes que judicializan
toda la problemática de la infancia adolescencia en donde el niño está sometido al
adulto y queda bajo el poder del Estado, la escuela y la familia. El adulto decide
autoritariamente sobre la vida del niño, su proyecto, y lo convierte en objeto de
intervención de profesionales, instituciones y políticas sociales generalmente judiciales.
B) La doctrina de la protección integral de la infancia:
Deja de llamar “menores” a quienes sufren dificultades e instituye la igualdad
social de todos los niños del mundo al constituirlos en sujetos de derecho. Niega el
asistencialismo. Trata de superar el circuito de institucionalización tutelar-represivo y
aplicar al niño las garantías del Estado democrático. Coordina las distintas
jurisdicciones del Estado Nacional, provincial y municipal con la sociedad civil.
Esta doctrina considera que el Niño, no solo debe ser protegido en sus
necesidades básicas, sino que les otorga el derecho a la opinión y a la asociación. Los
17
derechos reconocidos en la Ley Nacional están asegurados por su máxima exigibilidad y
sustentados en el principio del interés superior del niño. Se entiende por interés superior
de la niña, niño y adolescente la máxima satisfacción, integral y simultánea de los
derechos y garantías reconocidos en esta ley. Respecto a la familia establece diferentes
políticas:
-De promoción: aumentando la participación de la familia en las decisiones y mejorando
su posición en la agenda de políticas del estado
-De educación: capacitando a los padres y a los niños y jóvenes para la vida familiar y
la paternidad responsable
-De orientación: hacia los padres en situaciones especiales de sus hijos
-De apoyo: en aspectos materiales y económicos
-De protección: a las familias vulnerables y a sus miembros más vulnerables.
Con respecto a las políticas sociales la autora cita a Gómez Da Costa, el cual se refiere
a:
-Políticas universales: para todos los niños y hacen referencia a todos los derechos
humanos, en donde ningún derecho tiene supremacía sobre otro.
- Políticas asistenciales: se brinda ayuda económica a aquellos niños de familias que
necesitan apoyo material para su sobre vivencia
- Políticas especiales: para niños que la UNICEF (Fondo de las Naciones Unidas para la
Infancia) considera que están en circunstancias difíciles.
- Políticas garantistas: que protegen a los niños transgresores con conducta extra legal o
en conflicto con la ley penal.
Con respecto a los problemas sociales de los niños se los considera que no deben
caer en el ámbito judicial, sino en el campo de las políticas sociales. La participación
del Estado está subordinada a la de la familia y la comunidad, estableciendo
responsabilidades para con los niños y adolescentes.
C) El paradigma de la promoción social o el rol social de la infancia-adolescencia.
18
No se opone al anterior, sino que avanza sobre el mismo, buscando otorgar al
niño fundamentalmente los derechos de ciudadanía social.
Para Piotti (2008), la infancia sufre en el mundo un fuerte retroceso en la década
del 90 en la satisfacción de sus necesidades básicas como la vida, la alimentación, la
salud y a escolarización. Se acrecientan los índices de mortalidad infantil, aumenta la
deserción escolar y problemáticas como la violencia familiar, las adicciones y los
adolescentes en conflicto con la ley penal.
1.2 ¿Menores en riesgo? Sobre los primeros tiempos de la Institucionalización.
Para la realización de este capítulo tomaremos los aportes del Informe “Mirar
tras los muros” (2015). Podemos ver que históricamente “la privación de libertad de
niños y niñas en Institutos, por causas diferentes a la comisión de delitos ha sido
legitimada con diferentes argumentos, siempre atravesados por la lógica del llamado
Paradigma de la Situación Irregular o Paradigma Tutelar imperante desde fines del Siglo
XIX.
Los primeros 30 o 40 años del Siglo XX, fueron años convulsionado para
nuestro país que a raíz del desarrollo del modelo agro-exportador y del estallido de las
guerras mundiales, vio llegar a miles de familias a radicarse en el suelo argentino.
En ese contexto en 1919 se sanciona la primera ley de Infancia 10.903 sobre el
llamado Patronato del Menor presentada por el diputado conservador Luis Agote, en
la que se disponía expresamente otorgar al Estado mayores facultades de control sobre
las familias cuyos hijos no asistían a la Escuela, o compartían actividades con sus
padres en la vía pública y por lo tanto se consideraba no eran educados adecuadamente
Esta perspectiva quedo consolidada en el texto de la ley en la que se habilitaba la
intervención del estado, a través de los jueces, en las familias cuando se consideraba
que sus hijos se encontraban en situación de “abandono, peligro moral o material y
también si eran acusados de comisión de delitos “Esta situación era la que se
consideraba como “irregular” para el niño o niña.
19
Se considera que la aplicación de esta ley derivo en la institucionalización,
privación de libertad de numerosos niños y niñas denominados menores en distinto tipo
de establecimientos.
La concepción que se tenía de un sector de la infancia era de población en riesgo
debido a la falta de control por parte de su familia biológica,
Este proceso de disciplinamiento también tenía como objetivo la posterior
inserción laboral en el proceso de acumulación vigente, ya que existía una demanda
social de este sector de la niñez como fuerza de trabajo.
Con posterioridad, desde 1940 en adelante, si bien fueron variando las formas de
denominar a estos niños y niñas, integrantes de las familias con más desventaja social,
el concepto que subyace continua siendo el de menor en riesgo o en peligro, también
nombrado como menor des adaptado, aquel que por su condición de marginal requiere
de un tratamiento de re adaptación bio-psico-social, usando como medio instrumental la
educación y la capacitación.
Estos objetivos se persiguieron a través de la figura del Patronato del Menor
incluida en la ley sancionada en 1919 según la cual se suspendía o anulaba la patria
potestad de los padres, la que era delegada al juez para que en representación del estado
ordenara la internación de los niños y niñas en Institutos
Lo característico de este paradigma es que mantiene una mirada acusatoria solo
sobre las familias vulnerables. Asimismo las niñas/os y adolescentes aparecen como
objetos de protección por parte del Estado. No son reconocidos como sujetos de
derechos sino como incapaces, sin derecho a expresarse, a opinar, ni a ser escuchados.
Desde este enfoque se legitimaba una intervención del Estado de índole
proteccionista- paternalista, cuyo principal Órgano responsable de intervenir era el
poder judicial representado por los jueces comunes al principio y luego jueces de
menores, sin ningún tipo de garantías que limite o encuadre su accionar
20
1.3 Primer mirada distintiva sobre el niño y sus derechos a partir de la
Convención.
Durante el siglo XX, se fue desarrollando el movimiento de protección de los
Derechos Humanos, reconocidos como “el contenido esencial del sistema democrático
“. Como dice el Informe “Mirar tras los muros”: “Esta corriente surge a partir del
proceso que va poniendo fin a las dictaduras en Latinoamérica, como una etapa de
reconocimiento y protección de los derechos de los niños, niñas, y adolescentes, siendo
la mayor expresión normativa del mismo la aprobación de la Convención de los
Derechos del Niño en 1989 por parte de las Naciones Unidas.”
La Convención de los derechos del niño, sentó una serie de principios que
debían ser plasmados en la legislación interna de los países. Fue así que, en diciembre
de 2005, en nuestro país, se dictó la Ley 26.061 sobre “Protección integral de los
derechos de niños, niñas y adolescentes”. Por lo tanto, la orientación que deberán seguir
toda Política Pública e intervenciones para la niñez y adolescencia se basa en esta Ley.
Desde el punto de vista estrictamente jurídico, la nueva normativa contiene un conjunto
de disposiciones destinadas a reconocer y garantizar los derechos del niño a la
sobrevivencia, el desarrollo, la protección y la participación, derechos estos
garantizados por la máxima exigibilidad (art 1 de la ley 26061) y declarados de orden
público (en el art 2 de la ley nacional 26061), siendo por lo tanto irrenunciables,
interdependientes, indivisibles e intransmisibles.
La satisfacción integral y simultanea de estos derechos y garantías constituye lo
que se define como “el Interés Superior del niño” (art. 3 de la Ley Nacional). Estos
derechos son estrictamente interdependientes, exigiéndose la satisfacción conjunta de
ellos para la consecución efectiva del desarrollo del niño en condiciones dignas.
Para Tuñón, I (2003), el estado argentino avanzó de modo relevante en la
creación de jurisprudencia en el campo de los derechos las niñas, niños y adolescentes.
Durante la primera década del siglo XXI, además de la Ley 26061 de Protección
integral de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes, se sancionó la Ley 26206 de
Educación Nacional, la ley 26233 sobre centros de Desarrollo infantil y la ley 26390 de
prohibición del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente. Estos notables
avances en el reconocimiento del niño como sujetos de derechos fueron acompañados
21
por la creación de la Secretaria Nacional de Niñez, adolescencia y familia; y el Plan
Nacional de acción por la Niñez y la Adolescencia.
La Ley Nacional, establece en el artículo 7 que “la familia es responsable en
forma prioritaria de asegurar a las niñas, niños y adolescentes el disfrute pleno y el
efectivo ejercicio de sus derechos y garantías” y que “los Organismos del Estado deben
asegurar políticas, programas y asistencia apropiados para que la familia pueda asumir
adecuadamente esta responsabilidad, y para que los padres asuman, en igualdad de
condiciones sus responsabilidades y obligaciones”. A su vez, en el artículo 4 establece
como una de las pautas para la elaboración de políticas públicas, el “fortalecimiento del
rol de la familia en la efectivización de los derechos de niñas, niños y adolescentes”.
Esto significa que el fortalecimiento del rol de la familia, se constituye entonces
en un nexo entre las responsabilidades de protección por parte de la familia y las
obligaciones del Estado en la promoción de condiciones para que la familia pueda
ejercer sus funciones de crianza y protección. Entonces “el Estado deberá cumplir con
su responsabilidad en tres dimensiones centrales: fortalecer a la sociedad y a las familias
para que respeten y hagan cumplir los derechos de los niños; ejercer el contralor sobre
los organismos y las instituciones relacionadas con la niñez en el respeto y
cumplimiento de los derechos universales, y crear acciones de política pública propicias
para restituir los derechos vulnerados”. (Proyecto Relaf, 2010).
1.4 Adaptabilidad de la Convención en Argentina.
1.4.1 Adecuación de la provincia de Córdoba a la Ley nacional 26.061
Como bien lo relata el informe que venimos siguiendo el proceso de adecuación
normativo de la provincia a la ley nacional 26.061 se fue planteando con muchas
dificultades y no pocas resistencias, especialmente por parte del Poder Judicial.
A los pocos días de promulgada la ley nacional 26.061 de Protección integral
de los derechos del niño, el Tribunal Superior de Justicia por Acuerdo Reglamentario
794, Serie "A" del 08-11-05 dispuso que los tribunales de la Provincia de Córdoba con
competencia en materia de menores prevencional, continúen su actuación judicial de
conformidad a La ley 9053 que respondía a los ejes de la ley nacional derogada 10.903
22
del Patronato del Menor , y por lo tanto adecuada al paradigma tutelar y no a la nueva
norma nacional.-
Posteriormente en el año 2007 se sanciona la ley 9396 donde se expresa que la
provincia adhiere a la ley 26.061 y se crea la figura del Defensor de Niñez provincial,
Esta ley de adhesión dejó vigente la ley provincial 9053 de protección judicial
del Niño, por lo que la adhesión no significó una adecuación real a la nueva normativa
nacional
El Tribunal Superior de Justicia fundamentándose en la facultad otorgada por el
art. 3 de la ley 9396, dicta el Acuerdo Reglamentario 9897/2009, mediante el cual
resolvió: Fijar la competencia material de los Juzgados de Menores en lo prevencional,
según se expresa, en el marco de la armonización procedimental de las leyes 9053 y
9396 con la ley nacional 26.061.
De esta manera resolvió unilateralmente determinar cuáles serían las funciones
que serían mantenidas en la competencia de los Juzgados de Menores en lo
prevencional y cuáles serían transferidas a la órbita de la Secretaría de la Mujer, Niñez,
Adolescencia y Familia (Secretaria de la Mujer Niñez Adolescencia y Familia), de un
modo que no se acercaba en absoluto a los contenidos de la ley nacional 26.061, sino en
franca oposición al mismo. Además expresa la Acordada que cuando corresponda
intervenir al poder judicial lo hará según los postulados de la ley 9053 propia del
paradigma anterior del patronato del menor
1.4.2 La verdadera adecuación provincial a la ley nacional de protección de
los derechos del Niño. Ley 9944.
El informe Mirar Tras Los Muros (2015) continúa relatando que en el mes de
mayo del año 2011 se sanciona la ley 9944 que derogó la anterior ley 9053 de
protección judicial de los niños y adolescentes, y crea el Sistema de Promoción y
Protección de los Derechos del Niño, a nivel provincial, siguiendo los ejes de la ley
nacional, con algunas particularidades.
23
En la nueva ley provincial 9944 (medida de tercer nivel de protección de
derechos-art. 48) se estableció que el control de legalidad de las medidas excepcionales
este a cargo de los ex jueces de menores que a partir de la nueva ley pasaron a
denominarse jueces de niñez juventud y violencia familiar y no los jueces de familia
como determina la ley nacional.
Los ex jueces de menores se resistieron a pasar a integrar los Juzgados de
Familia y desde ese rol realizar el control de legalidad
Por otro lado se desplaza la competencia en materia de violencia familiar que
tenían los jueces de familia a estos jueces de niñez , lo que implica que tanto el control
de las medidas excepcionales como la intervención judicial en casos de violencia
familiar quede a cargo de estos jueces, formados en el Paradigma de la situación
irregular que se intenta abandonar y cuya experiencia está dada casi exclusivamente por
la aplicación de medidas tutelares en consonancia con la ley nacional derogada 10.903.
La nueva ley 9944 determina que todo tipo de vulneración de derechos del niño
es competencia administrativa de la Secretaria de Niñez Adolescencia y Familia,
inclusive adoptar medidas excepcionales de separación del niño de su familia, pero la
ley provincial vigente 9283 de Violencia familiar le da competencia a los jueces de
niñez y ahora violencia, para tomar algunas medidas como exclusión del hogar de la
persona violenta o restricción de acercamiento sin que se haya previsto en las leyes un
modo claro de articulación entre organismo administrativo y judicial para brindar
contención y protección de los derechos de los niños y niñas cuando se vean afectados
en situaciones de violencia familiar. (Informe "Mirar Tras Los Muros", 2015)
1.4.3 Nueva Institucionalidad para la infancia en Córdoba
En el aspecto institucional, se creó en Córdoba, la Secretaria de Niñez
Adolescencia y Familia con el carácter de Secretaria de Estado en la gestión provincial a
partir del año 2008 y así fue considerada por la ley provincial Nº 9944 sancionada en el
año 2011, que la constituyo en autoridad de aplicación de todo el Sistema de Protección
integral de los derechos de niños niñas y adolescentes.
24
Posteriormente a partir de la siguiente gestión de gobierno, encontrándose a
cargo del Poder Ejecutivo el gobernador José Manuel De la Sota esa Secretaria perdió la
jerarquía de Secretaria de estado paso a depender del Ministerio de Desarrollo Social, lo
que implicó en la práctica disminuir su autonomía y el presupuesto disponible para dar
cumplimiento a las múltiples obligaciones que surgen del contenido de la ley 9944.
Esta modificación en la ley de Ministerios constituye una verdadera violación a
lo establecido por la ley 9944, que expresa en su art. 36 “La Secretaría de Niñez,
Adolescencia y Familia o el organismo que en el futuro la reemplace, en su carácter de
Autoridad de Aplicación de la presente Ley,…estará a cargo de un Secretario de Estado
designado por el Poder Ejecutivo de la Provincia “
Por Decreto 1153 en el año 2008 se crearon las Unidades de Desarrollo Regional
que luego fueron reconocidas en la ley provincial Estos organismos son
descentralizaciones de la Secretaria de Niñez en el interior provincial, que tienen a su
cargo la implementación de las medidas de protección integral frente a vulneraciones de
derechos de niños y niñas. También son los Organismos responsables de solicitar la
aplicación de medidas excepcionales al área legal de la SeNAF cuando la gravedad de
las situaciones lo requiera.” (Informe "Mirar Tras Los Muros", 2015)
A continuación rescataremos los artículos más importantes que nos competen:
En el Artículo 5º de la ley provincial se establecen que se deben tomar políticas
públicas integrales en donde el Estado Provincial adoptará las medidas tendientes a
efectivizar los derechos reconocidos por la Ley, adecuando sus políticas públicas a los
efectos de garantizar los principios y normas allí contenidas
En el Artículo 6º se establece que la autoridad de aplicación de la Ley y del
“Sistema de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y
Adolescentes de la Provincia de Córdoba”, es la Secretaría de Niñez, Adolescencia y
Familia o el organismo que en el futuro la sustituya.
El artículo 7 dice que la SeNAF será la encargada de la implementación y
aplicación de las Políticas Públicas para la promoción y protección de los derechos de
las niñas, niños y adolescentes en coordinación con los demás Ministerios y Secretarías
de Estado, y las mismas comprenderán:
25
a) El fortalecimiento de la familia como ámbito natural de cumplimiento de los
derechos de las niñas, niños y adolescentes, aplicándose el concepto de “familia
ampliada”, es decir, el de todo ámbito familiar por consanguinidad, por afinidad o de
otros miembros de la familia ampliada o de la comunidad, o ámbitos familiares
considerados como de convivencia alternativa;
b) La gestión asociada entre los distintos organismos de gobierno -nacional, provincial,
municipal o comunal- y la sociedad civil que se realicen en marcos adecuados de
capacitación, fiscalización y promoción para el cumplimiento de los derechos
establecidos;
c) La efectivización de redes locales articulando espacios públicos y privados de
promoción y protección de derechos;
d) La coordinación con municipios y comunas para proceder a la creación de
organismos locales de promoción, prevención, protección y cumplimiento de los
derechos de las niñas, niños y adolescentes a los efectos de la presente Ley;
e) La coordinación con las políticas implementadas en el ámbito nacional, municipal y
comunal;
f) La articulación transversal de las acciones públicas en la elaboración, ejecución y
evaluación de planes y programas entre Ministerios y Secretarías del Gobierno
Provincial mediante la Comisión Interministerial, y
g) La promoción de la participación activa de las niñas, niños y adolescentes.
Sobre la responsabilidad gubernamental en el artículo 8 establece que los
organismos del Estado -provincial, municipal o comunal- tienen la responsabilidad
indelegable de establecer, controlar y garantizar el cumplimiento de las políticas
públicas. En la formulación y ejecución de políticas públicas y su prestación es
prioritario para los organismos del Estado mantener siempre presente el interés superior
de las personas amparadas por esta Ley y la asignación privilegiada de los recursos
públicos que las garanticen.
Las políticas públicas de los organismos del Estado deben garantizar, con
absoluta prioridad, el ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
26
La prioridad absoluta implica preferencia en:
a) La protección y auxilio en cualquier circunstancia;
b) La exigibilidad de la protección jurídica cuando sus derechos colisionen con los
intereses de los adultos o de las personas jurídicas -privadas o públicas-;
c) La atención, formulación y ejecución de las políticas públicas, y
d) La atención en los servicios esenciales.
A razón de hablar de las Políticas Sociales, comenzaremos por hablar de las
distintas que se llevan a cabo a nivel nacional que a nuestro criterio suman, aportan,
tienen un significado especial o bien tienen un enfoque en la protección de derechos de
los niños, niñas y/o adolescentes.
Creemos conveniente situar dentro del Ministerio de Desarrollo social de la
Nación, formando parte de SENNAF (Argentina) a la Dirección Nacional De Sistemas
De Protección (DNSP) la cual, tiene como responsabilidad primaria: Dirigir los
programas de carácter nacional que tengan como finalidad fortalecer las instituciones de
gestión estatal y de la sociedad civil que integren el Sistema de Protección Integral de
Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de cada jurisdicción.
Sus acciones son: Participar en la coordinación y supervisión de programas de
alcance nacional que tengan por objeto fortalecer la promoción y la participación de las
organizaciones de la sociedad civil en la comunicación de los derechos de las niñas,
niños y adolescentes. También busca promover y afianzar el desarrollo de las
organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en la promoción y la protección
de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
- Proyectos de promoción y Participación Ciudadana.
- Convenios para la conformación y fortalecimiento de la LÍNEA 102.
- Convenios para la creación de espacios locales de aplicación de la Ley 26.061.
- Convenios para la creación y fortalecimiento de la nueva institucionalidad.
27
- Proyectos Socio comunitarios.
Las acciones directas de la DNSP se enmarcan dentro de la línea de
fortalecimiento familiar y comunitario y cuenta con programas de promoción como
dispositivos específicos.
Los tipos de prestaciones son:
- Actividades Recreativas, Deportivas y Culturales.
- Asistencia Directa.
- Capacitación.
Los dispositivos o programas se denominan:
- Banda Sinfonía Popular.
- Embajada de la Alegría.
- Expresión Artística.
- Jornadas de Promoción y Participación.
- Jugando Construimos Ciudadanía.
- Turismo Social.
Dentro de este Ministerio, también se encuentra el Plan Nacional De Primera
Infancia cuyos objetivos son promover y fortalecer espacios de cuidado y abordaje
integral de niñas y niños en su primera infancia, que garanticen una adecuada y
saludable nutrición, así como la estimulación temprana y promoción de la salud,
propiciando condiciones de participación activa en el ámbito familiar y comunitario que
faciliten el proceso de crianza y desarrollo de niños y niñas, promoviendo el
fortalecimiento intrafamiliar y comunitario. Las prestaciones a través de las cuales lleva
a cabo sus objetivos se tratan de Acompañamiento a las familias a través de Programa
Hippy y Primeros Años: Talleres y capacitaciones destinadas a las familias y al personal
de los espacios de primera infancia en temáticas relacionadas con el proceso de
desarrollo y crianza de los/as niños/as.
28
También vamos a mencionar el Plan Nacional de seguridad alimentaria. Su
objetivo es posibilitar el acceso de la población en situación de vulnerabilidad social a
una alimentación complementaria, suficiente y acorde a las particularidades y
costumbres de cada región del país. Las prestaciones de este Plan son:
Tarjetas Alimentarias: Transferencia monetaria a las provincias a fin de brindan una
prestación mensual a los hogares para la compra de alimentos. De esta forma, se
promueve la autonomía en la selección de alimentos ya que los titulares compran de
acuerdo a sus gustos y hábitos.
Comedores Escolares: Refuerzo para complementar los fondos provinciales a
Comedores Escolares con el objetivo de brindar servicios alimentarios escolares. De
este modo, se financia la entrega de raciones diarias destinadas a almuerzos, desayunos,
meriendas y/o cenas.
Abordaje Comunitario: Se trabaja conjuntamente con el Programa de las Naciones
Unidas para el Desarrollo (PNUD), quien brinda acompañamiento y supervisión a fin de
garantizar el cumplimiento de los menús acordados.
Apoyo Alimentario a Organizaciones Comunitarias (Merenderos): Transferencia de
fondos a las Organizaciones de la Sociedad Civil para el financiamiento de meriendas
reforzadas en los merenderos de las zonas de mayor vulnerabilidad social del país.
Asistencia Alimentaria Directa: Entrega mensual de módulos alimentarios a
organizaciones sociales, a fin de cubrir las necesidades primarias de las personas.
Pro-Huerta: Distribución de insumos (semillas, frutales, animales de granja y
herramientas) y ofrece capacitación y apoyo técnico a huertas y granjas familiares,
escolares y comunitarias. A su vez, brinda asistencia alimentaria, capacitación y/o
financiación de insumos para la autoproducción de alimentos. Se trabaja conjuntamente
con el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) para brindar a la
población y organizaciones todo lo que necesitan para poner en marcha huertas
orgánicas en sus propios hogares y comunidades. Proyectos especiales: Desarrollo de
actividades, obras y adquisición de equipamiento que favorezcan la satisfacción de
derechos, la producción, el mejoramiento de la calidad de vida, y la reproducción social
de las familias en las distintas regiones. Asimismo, se apunta a potenciar la producción
para autoconsumo y venta de excedentes de las familias y organizaciones, como forma
29
de inclusión en sentido amplio. La población destinataria del mismo son los niños de
hasta 14 años de edad, embarazadas, discapacitados y adultos desde los 70 años en
condiciones socialmente desfavorables y de vulnerabilidad nutricional. A su vez,
establece grupos poblacionales prioritarios como son las mujeres embarazadas, niños de
hasta 5 años de edad y poblaciones con mayor vulnerabilidad nutricional. En los
Comedores escolares, la población destinataria son alumnos que asisten a escuelas
hogares, con albergues anexos y rurales, de los primeros ciclos de la EGB ubicadas en
zonas críticas escuelas y/o de educación especial de gestión pública estatal.
Este Ministerio además se hace cargo del Plan nacional de protección social cuyo
objetivo General es atender la situación de hogares con mayor grado de exclusión y
vulnerabilidad social mediante el empoderamiento de la persona, su núcleo familiar y la
comunidad donde vive. Las prestaciones que forman parte del mismo se constituyen en
Acompañamiento Familiar: consiste en brindar contención, acompañamiento,
seguimiento y promoción de las familias con el fin de promover su autonomía
socioeconómica, lograr mayores niveles de participación en la estructura de
oportunidades de la comunidad y desarrollar capacidades para la autogestión de planes
sociales. Este programa está a cargo de un promotor familiar.
Desarrollo Comunitario: tiene como objeto estimular y fortalecer las capacidades de
autogestión, participación ciudadana y planificación de una determinada comunidad en
el corto, mediano y largo plazo. Fortalecer las capacidades de la comunidad para
abordar problemáticas de forma conjunta y planificada, promoviendo la participación,
los espacios de diálogo, proyectos colectivos, entre otros. Consiste en el fortalecimiento
del capital social de las comunidades que promuevan el trabajo en red y la apropiación
colectiva de los recursos disponibles. La población destinataria son hogares con niños y
niñas entre 0 y 4 años en situación de indigencia y/o extrema pobreza, las personas que
integran su núcleo familiar y la comunidad donde viven.
Debemos de resaltar desde este ámbito, enmarcada en la Ley 26.061 la
Asignación Universal por hijo (AUH) con vigencia desde el año 2009.
Este Programa Social otorga una prestación monetaria no contributiva de
carácter mensual, que se abona a uno sólo de los padres, tutor, curador o pariente por
consanguineidad hasta el tercer grado por cada niño/a o adolescente hasta los dieciocho
años de edad, que se encuentre a su cargo o sin límite de edad cuando se trata de
30
personas con capacidades especiales, exigiendo como condicionalidad para el cobro, la
acreditación de la concurrencia de los niños, niñas y adolescentes a establecimientos
educativos y a centros de salud, realizándose controles periódicos de salud (cumpliendo
con el calendario de vacunación obligatorio). Consideramos como explicita Nora Aquin
que esta Política Social “equipara a los grupos familiares que se encuentren
desocupados o insertos en la economía informal, con el régimen de Asignaciones
Familiares vigente según ley 24.714 (Aquín y otros: 2012: 1). Se considera una política
bastante integral que contiene en la misma la búsqueda por la satisfacción de diversos
derechos tales como la educación por ejemplo o la salud.
En el ámbito de Salud, siguiendo el Nivel Nacional, se encuentran el Programa
Sumar cuyos objetivos son
Generales:
- Mejorar la calidad de atención y en profundizar el acceso y el ejercicio de los derechos
de la salud de la población a partir de la cobertura universal de salud.
Específicos:
- Continuar disminuyendo las tasas de mortalidad materna e infantil.
- Profundizar el cuidado de la salud de los niños/as en toda la etapa escolar y durante la
adolescencia.
- Mejorar el cuidado integral de la salud de hombres y mujeres, promoviendo controles
preventivos.
- Crear y desarrollar los Seguros de Salud Provinciales, destinados a la población más
vulnerable.
Existe además el Programa Materno Infantil. Su objetivo es combatir la morbi-
mortalidad infantil en todas sus causas y amparar a la mujer en su condición de madre o
futura madre, por medio de la prevención de la enfermedad, la promoción de la salud y
el mejoramiento del modelo de atención, particularmente a través de la capacitación de
los equipos de salud y el apoyo a la gestión sanitaria. El Programa Nacional de
Seguridad Escolar, tiene como objetivos enmarcar al Programa Nacional de Salud
Escolar dentro de la estrategia de Atención Primaria de la Salud. Identificar el estado de
31
salud de los niños, niñas y adolescentes de las cohortes seleccionadas mediante un
Control Integral de Salud contemplando el seguimiento y la resolución de las
problemáticas detectadas. Propiciar la accesibilidad de la población objetivo al Primer
Nivel de Atención y la articulación con el Segundo y Tercer Nivel de Atención.
Coordinar acciones conjuntas entre el Ministerio de Salud y el Ministerio de Educación,
a nivel Nacional, Provincial y Local, para fortalecer la Salud Integral de los niños, niñas
y adolescentes. Propiciar la conformación y fortalecimiento de las mesas intersectoriales
de gestión local, destinadas a impulsar “Políticas de Cuidado para los niños, niñas y
adolescentes”. Impulsar y desarrollar acciones de promoción de la salud con la
comunidad educativa para propiciar el aprendizaje y desarrollo humano integral, el
mejoramiento de la calidad de vida y el bienestar colectivo de niños, niñas y
adolescentes y demás miembros de la comunidad. Las prestaciones que este programa
brinda son Control de salud integral del niño en edad escolar.
Desde el ministerio de educación de la nación se puede vislumbrar el programa
Asistiré. La población destinataria son jóvenes de primer y segundo año de secundaria
de escuelas de gestión estatal.
Sus objetivos son:
-Fortalecer las trayectorias escolares, trabajando en forma individual con cada alumno y
detectando a tiempo factores de abandono escolar a los fines de acompañar a los jóvenes
en su recorrido educativo y ayudarlos en las dificultades que encuentren para completar
sus estudios secundarios.
En cuanto a nivel provincial (Córdoba), se encuentran distintos programas de
todas las áreas que pretenden trabajar con los sectores más vulnerables de Córdoba. En
el ámbito de la salud por ejemplo se halla la Cobertura Universal de Salud SUMAR.
Como una la ampliación del Plan Nacer. Es una cobertura de salud que brinda atención
a embarazadas y niños/as hasta los 6 años, niños/as y adolescentes de 6 a 19 años y a las
mujeres y hombres de 20 a 64 años de edad, sin obra social. Uno de sus objetivos es
Profundizar el cuidado de la salud de los niños/as en toda la etapa escolar y durante la
adolescencia. Desde el Ministerio de Desarrollo Social pudimos encontrar el programa
“Mas leche, Mas Proteínas”. Es un programa que abastece de leche entera y fortificada a
niños y niñas cordobeses desde su nacimiento y hasta los 11 años de edad, o hasta que
finalicen la escuela primaria.
32
Apunta a garantizar la calidad nutricional de los chicos de la provincia de
Córdoba que asisten a instituciones educativas provinciales, para promover su
crecimiento, desarrollo, salud, seguridad alimentaria y rendimiento escolar.
Asimismo se vislumbran algunos programas de este mismo Ministerio que
pretenden abordar el derecho a la vivienda. Este programa se llama Programa Vivienda
Semilla.
El Programa tiene por objetivo general, disminuir el déficit habitacional de las
familias pertenecientes a la franja de población más vulnerable, ofreciéndoles la
oportunidad de acceder a la vivienda con esfuerzo propio y ayuda mutua. En este
aspecto, la vivienda material forma parte de los recursos con que cuentan las familias o
“centros de vidas” de los niños/as y/o adolescentes, de esta manera el que su familia de
origen cuente con una vivienda digna, acorde a las necesidades de los miembros,
creemos que es vital para la convivencia.
Desde el Ministerio de Educación se encuentra el Programa 14-17 Otra Vez En
La Escuela
El Programa de inclusión para la terminalidad de la educación secundaria y
formación laboral para jóvenes de 14 a 17 años, posibilita a los adolescentes que hayan
abandonado la escuela al menos un año antes de la puesta en marcha del programa (en
el 2010) o que no la iniciaron, finalizar sus estudios a través de un servicio educativo,
que en razón de su diseño más flexible, permite a cada estudiante construir su propio
trayecto formativo.
Desde la municipalidad de Córdoba encontramos algunos programas que
podrían complementar a los antes mencionados en cuanto a la atención que involucra
los derechos de la niñez y su familia. Uno de los programas se llama “Acompañando tu
embarazo”
A través de la Secretaria de Salud, se pone a disposición un servicio dedicado al
acompañamiento, fortalecimiento y empoderamiento de la mujer embarazada. También,
promueve hábitos saludables de las gestantes y el mejoramiento psicofísico antes,
durante el parto y en el puerperio.
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Para finalizar la Municipalidad cuenta, entre otros, con el Programa “Salud va
con vos” donde el Municipio prioriza acciones de prevención y promoción de la salud, a
través de un trabajo multidimensional. Así, favorece la articulación de las actividades y
de los programas que pone en marcha la Secretaría de Salud y que generan las
condiciones apropiadas para la accesibilidad de los vecinos a los servicios de salud.
En relación a “garantizar” el ejercicio de los derechos hemos considerado
conveniente referirnos a la interjurisdiccionalidad, intersectorialidad e interdisciplina. A
partir de estas categorías se podrá analizar de modo más eficiente como se aplica en la
práctica el Sistema y también si estas pueden constituirse más bien un obstáculo o un
facilitador.
Para ello, nos referiremos a algunos aportes de la Tesina realizada por Griffa y
Leoni (2014). Tomando a diversos autores describen que la integralidad refiere a que la
protección debe abarcar todas las dimensiones de la vida y desarrollo de los niños/as y
adolescentes, reconociendo y contemplando múltiples derechos que son
interdependientes entre sí, estando recíprocamente integrados, interrelacionados,
contemplando la complejidad de las situaciones. La noción de integralidad comprende
la inclusión de diversas y múltiples perspectivas, miradas y enfoques para abordar la
complejidad de las problemáticas referidas a la niñez-adolescencia y las acciones
integrales demandan coordinar aproximaciones multidisciplinarias y transversales para
el abordaje de cualquier problemática social. La interjurisdiccionalidad se define como
la vinculación que se establece entre actores de diferentes jurisdicciones (nacionales,
provinciales y municipales) y finalmente otra cuestión que nos interpela alude a la
intersectorialidad. Nuevamente, toman a distintos autores postulando que dicha noción
remite, en principio, a la integración de diversos sectores con vistas a la solución de
problemas sociales, potenciando la solidaridad y cooperación entre sectores;
compartiendo recursos (administrativos, técnicos, financieros, etc.), responsabilidades y
acciones. Vinculado a esto agregan que es la convergencia de esfuerzos de diferentes
sectores gubernamentales y no gubernamentales para producir políticas integrales e
integradas que ofrezcan respuestas a las necesidades generales, posibilitando la
articulación de saberes y experiencias en el diseño, implementación y evaluación de las
acciones.
34
En líneas generales, podemos ver que a la hora de la puesta en práctica de las
políticas, estas tres nociones no son respetadas muchas veces, debido a la focalización
existente en la implementación de las mismas especificando a un determinado sector,
también se denota por la falta de recursos existentes para lograr su eficiencia, o la
distribución de estos de forma inequitativa entre los diversos sectores que supone
abarcar la política y el déficit en la coordinación a la hora de la puesta en práctica
pueden ser ejemplos muy claros y comunes a la hora de visualizar como estas nociones
de interjurisdiccionalidad, intersectorialidad e interdisciplina no son plenamente
aprovechadas.
1.5 El sistema de protección
Para el respeto, garantía y ejecución de la Ley, se crea el Sistema de Protección
integral de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes (Título III, Art. 32).
En concordancia con los objetivos del Sistema se definen las Medidas de
Protección Integral que debe aplicar el Órgano administrativo responsable de las
políticas de infancia, Estas medidas deben estar dirigidas a restituir los derechos
vulnerados de los niños y niñas y la reparación de sus consecuencias (Arts. 33 y 34) a
través de políticas públicas concretas.
Los principales objetivos de estas medidas son garantizar los derechos que
tienen los niños y niñas a crecer con su familia, desarrollarse en un contexto familiar
adecuado en el que las familias cuenten con los apoyos del Estado que sean necesarios,
fortalecer la autonomía de los niños, mejorar su acceso a la salud, y la permanencia en
el sistema educativo, etc.
Cuando las familias no puedan garantizar adecuadamente los derechos de los
niños, los organismos estatales y la sociedad civil deben desarrollar acciones de
colaboración y asistencia apropiadas para que ellas mismas puedan afrontar sus
responsabilidades y obligaciones. (Art. 7 de ley nacional)
Tomando los aportes de Silvia Stuchlik (2005), el Sistema de Protección de
derechos está compuesto por acciones intersectoriales, desarrolladas por organismos del
sector público o privado, de carácter central o descentralizado. Debe contar con:
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políticas, planes y programas de protección de derechos; medidas de protección de
derechos; medidas de protección especial de derechos; procedimientos; organismos
administrativos y judiciales de protección de derechos y recursos económicos.
1.5.1 Las instancias del sistema.
Siguiendo a la autora anterior, hablaremos de las instancias del sistema y en
particular de la medida excepcional de protección de derechos.
El sistema se organiza en tres niveles: políticas públicas, medidas de protección
integral y medidas de protección excepcional.
La primera instancia se sustenta en el andamiaje de las políticas públicas. Es
deber de los ministerios y/o secretarías nacionales de cada jurisdicción favorecer el
acceso y permanencia a las políticas públicas universales para garantizar el ejercicio de
los derechos a la educación, a la salud, al desarrollo humano y a cualquier otro aspecto
atinente a los derechos sociales, económicos y culturales que complementen y apoyen la
crianza del niño en su grupo familiar y la vida en su comunidad.
La segunda instancia prevé aquellas situaciones en las que, por ausencia u
omisión de políticas públicas, se vulneren u omitan cualquiera de los derechos aludidos
en los primeros capítulos de la ley. La autoridad administrativa de cada ministerio/
secretaría es quien tiene la obligación de restituirlos, pero en el caso que ésta no lo
hiciera es la autoridad administrativa local competente quien tiene la potestad, a través
de los consejos de protección y promoción de derechos, de activar los mecanismos de
exigibilidad, instando a las áreas que correspondan al cumplimiento de las políticas
necesarias para la restitución inmediata de los derechos vulnerados.
El aspecto más novedoso de la ley es que fija un mecanismo de exigibilidad en
sede administrativa. Esto obligará a las áreas ejecutivas a realizar una profunda reforma
programática, establecer los nuevos procedimientos de exigibilidad, reasignar de
partidas e incluir nuevos recursos para las nuevas funciones.
La tercera instancia, y la que nos interesa en nuestra intervención, sólo está
prevista para aquellos casos considerados excepcionales, cuando se evalúa como
necesaria la separación del niño de su familia. En este caso también es la autoridad
36
administrativa la que toma la decisión, pero con el deber de fundar la medida en sede
judicial. Esta nueva operatoria, permite que la órbita judicial asuma el rol que jamás
debería haber perdido: administrar justicia y ser garante del sistema. El control de la
legalidad en este procedimiento, introduce además la garantía de un mecanismo de
control cruzado, entre el poder administrativo y el judicial, con el objeto de evitar los
abusos u omisiones que el patronato facilitaba. El abuso de poder estatal se ha
practicado indistintamente en los dos poderes y es ese tipo de situaciones arbitrarias, la
ley, las pretende resolver.
1.5.2 Medida excepcional de protección de derechos
La medida excepcional de protección de derechos es aquella a la que se aspira
que tenga el menor grado de ejecución, ya que esto significaría que los derechos se
están garantizando.
Estas medidas se toman específicamente cuando los niños, niñas o adolescentes
deban ser separados temporal o permanentemente de su medio familiar o cuyo interés
superior así lo exija (Art. 39). Las medidas excepcionales podrán ser tomadas sólo
cuando se hayan instrumentados previamente las medidas de protección integral. Desde
luego que si alguna situación afectara a la integridad de la vida de un niño, por ejemplo
un caso urgente de violencia, la medida excepcional podría instrumentarse con la debida
fundamentación jurídica. La autoridad competente local o municipal, el servicio de
promoción y protección de derecho, la oficina de derechos, debería ser quien determine
la medida, la fundamente y establezca la estrategia seguir. La autoridad competente en
materia de infancia y adolescencia de cada jurisdicción (en el caso de Córdoba la
SENAF), debería ser quien la ratifique y la fundamente jurídicamente. Este acto, estará
jurídicamente fundado en base a él/los derechos vulnerados, reconocidos éstos como
parámetros, ya que se deja de utilizar el peligro moral y material que argumentaba el
patronato. La medida que se toma inmediatamente debe ser notificada fehacientemente
en el plazo de veinticuatro (24) horas a la autoridad judicial competente en materia de
familia de cada distrito. La autoridad judicial de cada jurisdicción con citación y
audiencia de las partes en los plazos de las setenta y dos (72) horas deberá realizar el
control de la legalidad de la medida. Resuelta ésta debe derivarlo a la autoridad
competente administrativa para que ésta implemente la medida. Estas medidas se toman
37
en algunas oportunidades luego de haber trabajado con el niño y su grupo familiar, pero
hay ocasiones en la que no existe esta posibilidad y que ameritan suma urgencia porque
se pone en evidencia el peligro que corre la integridad física del niño, en este caso la
medida podría implementarse aun cuando los plazos acordados no hubieran llegado a
término. Las medidas que se ejecuten deben ser supervisadas por el organismo
administrativo local y el judicial interviniente.
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39
CAPÍTULO 2
Campo de intervención
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41
Aquí abordaremos el campo problemático. Los puntos centrales desde lo que
enfocaremos nuestra mirada: la complejidad y otros conceptos claves.
Nos adentraremos al contexto que nos compete: desde lo internacional la ReLAF
(Red Latinoamericana de Acogimiento Familiar) y en lo especifico la SeNAF.
En el capítulo que se desarrolla a continuación, abordaremos el campo
problemático, a partir de puntos centrales desde los que enfocaremos nuestra mirada.
Distinguiremos los conceptos claves y luego, nos adentraremos al contexto que nos
compete: la SeNAF, tomando aportes de la ReLAF.
2.1 Conversando con el contexto internacional: ReLAF
La ReLAF es la Red Latinoamericana de Acogimiento Familiar, por el derecho a
la convivencia familiar y comunitaria de niñas, niños y adolescentes. Esta red,
promueve y apoya las estrategias de las organizaciones gubernamentales y no
gubernamentales, respecto de la restauración de ese derecho, considerando que la falta
de políticas en ese sentido constituye violencia político- institucional y social que
vulneran a miles de niñas, niños y adolescentes en América Latina.
El actual objetivo general del Proyecto Relaf es el de crear y fortalecer la red
activa de actores regionales a fin de contribuir a los procesos de des-internación de
niños y adolescentes, a la prevención de la necesidad de separación de las familias de
origen y las comunidades, y promover formas de cuidados alternativos basados en
familias en Latinoamérica, llevando a la práctica el cumplimiento del Derecho a la
Convivencia Familiar y Comunitaria.
Basándonos en el documento “Acogimiento Familiar” que fue realizado por
RELAF, con la cooperación de Unicef (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia),
cuando hablamos de una familia que se postula al programa “Familias para familias”
como familia de acogimiento podemos ver que los motivos por los que una familia se
propone en un programa de acogimiento son diversos y van desde la solidaridad hasta
razones de necesidad personal. Por ello, es fundamental para el equipo técnico conocer
estos motivos, pues ellos tendrán una incidencia crucial en el establecimiento del
vínculo entre la familia y el niño o niña. Asimismo, el objetivo principal de la etapa de
42
evaluación es conocer las características y los distintos recursos con los que cuenta el
núcleo familiar para garantizar el cumplimiento de los derechos de los niños o niñas.
En un primer momento, se proporciona información detallada sobre el programa,
las responsabilidades que deberán asumir las familias, los requerimientos formales.
Entre los parámetros básicos a ser transmitidos, debe quedar suficientemente claro que
el acogimiento se realiza por la necesidad del niño o niña, no de la familia acogedora,
aunque su entusiasmo e ilusión son factores imprescindibles para incorporarse a la
evaluación. También, la aceptación de que el acogimiento es una situación de tiempo
acotado y, aunque éste se alargue por distintos motivos, es un cuidado temporal
Siguiendo el documento, este proceso de evaluación, en la Institución de la
SENAF, Córdoba se lleva a cabo a través de una o varias entrevistas a dichas familias
postulantes, por lo que estas instancias constituyen una parte importante e
imprescindible.
Con este principio consideramos que la intervención en dicha entrevista es
fundamental y que sería apropiado, ya que la instancia de evaluación se resume y ajusta
de esta manera, que se tuvieran en cuenta otras consideraciones que menciona el
documento:
*Todo el grupo familiar tiene que estar de acuerdo en ser familia de acogimiento:
Es importante poder conocer las opiniones y representaciones de todos los
miembros de la familia, ya que el niño que permanecerá en dicha familia de
acogimiento se deberá vincular con todos los que la conforman.
*Capacidad para el cuidado:
Consideramos que utilizando una herramienta como lo son las entrevistas, no se
puede “evaluar”, tal vez con algunas observaciones u otro tipo de instrumentos pueda
llegar a conocerse más en profundidad esta capacidad que menciona.
*Respeto por la historia del niño
“El niño o niña en situación de acogimiento es un sujeto en transición hacia una
resolución definitiva de su situación vincular (regreso a su familia de origen, adopción o
pasaje a la autonomía), por lo tanto el respeto por su historia es vital para su desarrollo
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saludable y la elaboración de su identidad. La inquietud de la familia por saber y valorar
la historia que el niño o niña porta, y la actitud receptiva hacia sus marcas de identidad,
son características que el equipo técnico debe considerar durante el período de
evaluación.”
* Actitud positiva ante la familia de origen
El documento plantea que “El equipo evaluador pondrá especial atención en la
actitud de la familia acogedora hacia la familia de origen. La familia acogedora debe
estar despojada de cualquier prejuicio moral negativo o con carga de superioridad hacia
la familia de origen, y debe establecer ante ésta una mirada solidaria y respetuosa que
permita al niño o niña disminuir la conflictividad con su propia historia. Propiciar que
se reconcilie con su historia, comprendiéndola y elaborando aquellos aspectos
traumáticos, es colaborar con su desarrollo futuro.” Esto es muy importante, y es
necesario el seguimiento de la familia de acogimiento para que se evalúen hasta los
discursos propiciados al niño respecto de su familia de origen.
* Apertura para la conformación de redes
“Un proceso de acogimiento es, per se, el tejido de una red de cuidado solidario
hacia los niños y niñas. Por eso, durante el período de evaluación es importante que en
la familia se encuentre una actitud abierta a formar parte de una red de personas e
instituciones en las que el diálogo y el consenso son parte constitutiva del proceso. Estar
afín a la colaboración, saber ayudar y también saber pedir y recibir apoyo son
características que se evaluarán positivamente.” Creemos que es necesario que se le
brinde a la familia de acogimiento una información más detallada del funcionamiento
institucional y las redes con que cuentan. A su vez, poder brindarles más espacio para
que ellos puedan socializar sus vivencias con otras familias de acogimiento.
*Flexibilidad emocional ante las despedidas
“El equipo técnico pondrá especial énfasis en indagar cómo la familia acogedora
asimila las pérdidas, ya que en la gran mayoría de las situaciones el niño o niña no
permanecerá de manera definitiva en el entorno familiar. Cuando se acerque el fin del
acogimiento, es necesario que esta situación pueda ser atravesada de la manera menos
traumática para ambos actores. El objetivo es que la partida hacia una situación vincular
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definitiva sea un momento superador, y que el acogimiento haya sido un tiempo
enriquecedor en el que se establece un vínculo afectuoso que puede seguir en el futuro.”
Algunas familias manifiestan esto desde un principio sin necesidad de
interrogarles, sin embargo, aquellas que no, ¿Cómo es posible evaluar esto?
*Capacidad para el trabajo con el equipo técnico
“En tanto el acogimiento es un proceso dinámico de un grupo de actores, la
capacidad para interactuar con el equipo técnico es condición ineludible para la
evaluación favorable de la familia de acogimiento.”
*Motivación vinculada al acogimiento y no a la adopción
“El acogimiento es una situación temporaria del niño o niña sin cuidados
parentales. Las familias que se postulen como acogedoras deben tener motivaciones no
vinculadas al deseo de ser padres (mediante la adopción), sino a prestar una serie de
recursos materiales y emocionales durante el tiempo que dure el acogimiento. En la
etapa de evaluación, el equipo técnico debe prestar especial atención a poder
discriminar estas motivaciones, ya que compromete el tipo de vínculo y las relaciones
que se establecerán con el niño o niña y su familia.”
Este es el punto que más se socava y enfatiza en las entrevistas y en los procesos
subsiguientes.
* Situación económica
“Las familias postulantes deben poder brindarle al niño o niña todo lo referido al
acceso a los servicios básicos, así como poder afrontar el impacto económico de un
nuevo integrante en la familia.”
Nos preguntamos… ¿Qué pasa en los casos en que indefectiblemente se necesita
un “gasto extra” como por ejemplo un estudio médico urgente con los costos de los
coseguros correspondientes? ¿Quién toma a cargo el presupuesto?
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2.2 SeNAF: Dirección de Fortalecimiento Familiar
El órgano de aplicación del Sistema de Protección en la República Argentina es
la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. A continuación, realizaremos
brevemente una caracterización de la misma.
En la página web oficial de la SeNAF, establece que esta secretaría desarrolla
políticas públicas integrales interinstitucionales e intersectoriales, a fin de garantizar el
cumplimiento de los derechos de las niñas, niños, adolescentes y familias en el marco
de la ley nacional 26.061 y la ley provincial 9.944. Desde un primer momento la
directora de la dirección de fortalecimiento Familiar nos comentó que todas las acciones
que se realizan en el lugar las hacen siguiendo esta última ley provincial.
A continuación desarrollaremos las líneas de acción de la SeNAF. Este punto fue
extraído durante las entrevistas que realizamos con el responsable del área de
comunicación con las universidades y con la directora del área de fortalecimiento
familiar, complementando con información proporcionada por la página oficial de la
SeNAF en conjunto con la ley Provincial de niñez 9944.
2.2.1 Promoción de derechos
En esta primera instancia, se encuentran diversos centros de cuidado y desarrollo
infantil, centros de promoción de la familia, espacios socio-educativos abiertos a la
comunidad, y de formación y expresión artística, organizaciones de gestión asociada
para el fortalecimiento comunitario y por ultimo también se realizan acciones
articuladas y políticas locales para la construcción del sistema de protección de derechos
de la infancia.
En el Artículo 41 de la ley provincial 9944 se establece que se implementarán
políticas en un primer nivel de actuación, destinadas al desarrollo armónico de la
infancia y la adolescencia en familia, mejorando los niveles y la calidad de la educación,
de la salud física y mental, del hábitat, de la cultura, de la recreación, del juego, del
acceso a los servicios y de la seguridad social, generando una adecuada inclusión social.
Actuará también en la promoción de derechos y prevención de su vulneración a través
46
de programas, planes y proyectos y la descentralización regional de los mismos en el
territorio provincial.
2.2.2 Protección de derechos
En la ley provincial 9944 cuando hace referencia las medidas de protección de
derechos establece que son aquellas adoptadas y emanadas de la Autoridad de
Aplicación, sus dependencias, Unidades de Desarrollo Regional (UDER) o por las
autoridades administrativas de promoción y protección de derechos en el ámbito de los
municipios y comunas, ante la amenaza o violación de los derechos o garantías de una o
varias niñas, niños o adolescentes individualmente considerados, para preservar o
restituir a los mismos el goce y ejercicio de los derechos amenazados o vulnerados o la
reparación de las consecuencias de su vulneración.
A través de la entrevista realizada a la directora del área de fortalecimiento
familiar quien nos brindó la información que la Dirección General de protección de
derechos ha abierto otras instancias tales como la línea 102 (con ubicación en Av. Vélez
Sarsfield 700, Córdoba) esta dirección es de Fortalecimiento Familiar y la Dirección de
Residencias.
Desde este programa hay equipos que trabajan cuando alguien denuncia
vulneración de derechos (maltrato, abusos, omisiones). Allí se requiere intervención de
este equipo quien despliega la misma llegando a la última instancia de una medida
excepcional. En dichas circunstancias el niño puede alojarse con familiares extensos y
continua trabajando este equipo o va a una familia de acogimiento donde trabaja los
equipos que forman parte del Sistema de Acogimiento Familiar; o bien va a una
residencia (lo q implica otro equipo de trabajo).
La Dirección de Fortalecimiento Familiar tiene otra lógica: se trabaja en el tercer
nivel (Ley 9944 art 48). Las medidas excepcionales. Se interviene cuando ya se tomó la
medida excepcional y cuando se agotaron las instancias de ubicarlo con la familia
extensa. Interviene el programa Familias para Familias con el otro eje de Revinculación
Familiar a través de intervenciones interdisciplinarias
47
La amenaza o vulneración a que se refiere este artículo puede provenir de la
acción u omisión de los padres, la familia, representantes legales o responsables, de la
propia conducta de la niña, niño o adolescente o del Estado, de la sociedad y de los
particulares.
Ante esta vulneración de derechos, todos los actores sociales involucrados
(familias, comunidad, Estado y sociedad civil) deben poner en práctica estrategias
específicas de intervención inmediata y pertinente para restablecer ese derecho.
En ningún caso estas medidas pueden consistir en la separación de la niña, niño
o adolescente de su familia nuclear, ampliada o con quienes mantenga lazos afectivos, a
excepción de aquellas situaciones en que la permanencia en su medio familiar implique
una amenaza o vulneración de sus derechos, debiendo en esta circunstancia adoptarse
medidas excepcionales. Las medidas de protección de derechos pueden ser sustituidas,
modificadas o revocadas en cualquier momento por acto de la Autoridad de Aplicación,
sus dependencias o las Unidades de Desarrollo Regional (UDER), cuando las
circunstancias que las fundamentaron varíen o cesen.
Esta instancia es la que más nos interesa porque aquí se encuentra el programa
de cuidados en ámbito familiar alternativo, Familias para familias. Si bien el Estado
considera que las familias son el medio natural en el que niñas, niños y adolescentes
deben crecer y desarrollarse, existen medidas de carácter excepcional que los alejan de
su entorno familiar hasta tanto se solucionen problemas que amenazan o violentan sus
derechos, luego de que se intentó por todos los medios que las niñas y niños
permanezcan con sus padres o vínculos significativos.
Ante estas situaciones especiales es que las familias de acogimiento cobran
importancia dentro del sistema de protección de derechos de niñas, niños y
adolescentes. Se trata de grupos familiares que colaboran para que los niños puedan
vivir en familia y volver a sus vínculos iniciales con todo el acompañamiento técnico y
afectivo que necesiten.
Dentro de esta misma instancia también se encuentran centros de atención
telefónica, parentales y Organizaciones de gestión asociada (OGA) hogares.
48
2.2.3 Conflicto con la ley penal
Para aquellos jóvenes que su situación procesal no les permite cumplir medidas
en libertad, los Centros Socioeducativos a cargo de la SENAF brindan a los
adolescentes alojados protección y asistencia integral y una serie de actividades
educativas, deportivas, recreativas, y de formación laboral, con el objetivo de estimular
actitudes de auto cuidado y aquellas habilidades sociales que faciliten su integración
social.
2.2.4 Fortalecimiento institucional
Se trata de la creación de una nueva institucionalidad que establece repensar y
fortalecer permanentemente, así como también consolidar y cocrear, espacios
institucionales desde la perspectiva de derecho. Se intenta que la institución avance en
cuanto al contexto actual de cada momento, adaptándose a los cambios y revisando
permanentemente su accionar ante la sociedad.
Los objetivos son:
+Apuntalar el proceso de conformación del Sistema de Promoción y Protección Integral
de Derechos en los distintos niveles de gobierno y la sociedad civil
+Crear/descentralizar en el nivel local los órganos de aplicación de la ley
+Mejorar capacidades en organizaciones gubernamentales y no gubernamentales
relacionadas con la promoción y protección de derechos
Dispositivos:
Consejo Federal de niñez, adolescencia y Familia. Unidades de Desarrollo Regional.
Servicios Locales de Infancia. Comisión Interministerial provincial. Comisiones
Interministeriales regionales. Consejos Locales de Infancia. Capacitación de RRHH
49
2.2.5 Programa “Familias para Familias”
Una alternativa al derecho de vivir en Familia.
El Programa Familias para Familias fue creado en el año 2008 en un proceso de
cambio institucional y legal, promoviendo desde su inicio un proceso que permita
brindar un espacio de cuidado familiar alternativo, en los años que fueron
transcurriendo se fue fortaleciendo como dispositivo incorporando a lo largo de este
proceso un total de casi 200 grupos familiares de acogimiento.
A través de la directora, Trabajadora Social quien trabajó en la institución desde
el año 1993, se nos brindo información más detallada del Programa.
En el programa se trabajó primeramente en base a la Ley Nacional 26.061, ya
que la Ley Provincial se sanciona en el año 2011.
La idea básica era trabajar en el proceso de desinstitucionalizar los niños, a partir
de promover que grupos familiares los cuiden pero sin dejar de lado la revinculación
con la familia de origen.
El resultado vislumbrado fue positivo: se denotaba así por el respeto por los
derechos básicamente.
La ley surgió para romper con cien años de tutela donde había intervenciones
discrecionales, subjetivas. La ley comenzó a garantizar el ejercicio de los derechos del
niño y también los de su familia.
“Aquí ya no hay cuestión discrecional, nadie decide por la familia, sino que la
familia decide por sí misma”, hay un dispositivo novedoso: se incluye la asamblea
familiar como un espacio de encuentro de la familia con los equipos técnicos en donde
la propia familia va proponiendo, va haciendo como una reflexión de lo que sucedió con
el niño, lo va procesando y va brindando otras alternativas.
Por lo tanto, el marco legal del programa actualmente está dado principalmente
por la Ley 9944 y la intervención se complementa con otras leyes que la enriquecen
también como la de 9283 de violencia familiar.
El marco teórico conceptual se da por la Ley 26061, La Convención de los
derechos de los niños y también las Directrices de las Naciones Unidas.
50
Nos especifica que las Directrices de las Naciones Unidas fueron las primeras
que marcaron que el acogimiento familiar siempre debe ser entendido entre los dos
puntos: familia para familia y re-vinculación familiar, que no podía pensarse en una
instancia del cuidado del niño sin pensar en la re-vinculación, por el contrario se denota
una tendencia oculta hacia la adopción.
Las familias de acogimiento resultan un recurso sumamente valioso para el
cuidado temporario de niños, niñas y adolescentes
Según la directora del programa, se puede trabajar muy bien lo que es la
solidaridad.Su espíritu solidario ha brindado a lo largo de estos ocho años la posibilidad
de alojamiento familiar a un total de 700 niños, niñas y adolescentes, resultando por
tanto la posibilidad de que éstos niños, niñas y adolescentes –cuyos derechos han sido
vulnerados por algún motivo- tengan un espacio de contención que permita reparar esos
derechos vulnerados hasta tanto se reviertan los motivos que originaron su separación.
El programa se fundamenta en gran parte en el Paradigma de los Derechos
Humanos, promueve y aplica un enfoque de derechos en la alternativa que plantea,
garantiza el derecho del niño, niña y adolescente al desarrollo en un ámbito familiar
alternativo.
Se entiende por Acogimiento Familiar al cuidado de forma integral, temporal y
no institucional, brindado por una familia alternativa a la de origen, frente a una medida
excepcional de alejamiento del niño/a o adolescente de su centro de vida.
El objetivo del programa es proporcionar al niño, un ambiente familiar de
manera transitoria, que favorezca el desarrollo integral como alternativa a la
institucionalización y además promueva la desinstitucionalización de aquellos niños y
niñas que actualmente se encuentran alojados en residencias. Para esto es importante
acompañar al niño/a y/o adolescente en su proceso de adaptación a la familia de
acogimiento en el marco de la Medida Excepcional; Acompañar y sostener a la familia
de acogimiento en el proceso de inclusión y permanencia del niño/a y o adolescente y
en el proceso de re-vinculación con la familia de origen y/o extensa del niño/a.
Es importante destacar que toda familia que desee ser parte del programa debe
ser capaz:
51
-De brindar cuidado, dedicación, contención afectiva, atención de necesidades
particulares.
-De asegurar su integridad física, emocional, moral, intelectual y social.
-De promover el vínculo con su familia de origen.
-De favorecer el regreso del niño con su familia preparándolo para que su partida no sea
vivenciada como penosa, dolorosa, traumática, etc.
-De respetar su historia e identidad, su religión y privacidad; no subestimando ni
desacreditando a su familia.
De esta manera, al momento de seleccionar las familias los criterios a tener en cuenta
son:
-Ser mayor de edad.
-Renunciar a solicitar la guarda y/o guarda con fines adoptivos.
-No estar atravesando un embarazo ni una etapa de amamantamiento.
-No haber tenido pérdidas afectivas recientemente.
-No presentar problemas de salud graves o incapacitantes.
-Poseer actitud flexible, tolerancia a la frustración, capacidad de adaptación, respeto por
la diferencia, capacidad reflexiva y de auto-crítica.
-Presentar disponibilidad de tiempo.
-Que ningún miembro del grupo familiar se encuentre procesado, imputado y/o
condenado por delitos penales o registren denuncias por actos de violencia.
-Que no presenten indicadores de psicopatías, perversiones y psicosis.
En nuestra entrevista realizada a la directora de esta área particular de la SeNAF, ella
nos especificaba que el programa “Familias para familias” está formado de tres ejes
principales:
- La selección de familias, que consta de: evaluación, entrevistas psicológicas, visita
social para el fin de habilitarla y convertirla en integrante del programa.
52
-Acompañamiento de dichos grupos familiares.
-Organización de talleres dirigidos a las familias de acogimiento con el objetivo de
remover los obstáculos que se puedan ir presentando a lo largo del acogimiento.
En cuanto al programa de Re vinculación familiar, este se acata a evaluar
alternativas familiares de la familia biológica, extensa o comunitaria de cada niño que
está bajo medida excepcional.
Dentro de cada programa hay un equipo interdisciplinario formado por
trabajadores sociales y psicólogos con colaboración de médicos y abogados. Estos
profesionales se encargan de los ejes nombrados anteriormente y en su accionar, los
mismos se orientan por la Ley Provincial 9944.
El psicólogo del programa de Re-vinculación familiar nos expuso un punto
interesante para entender el rol del programa de acogimiento:
“El programa Familias para Familias ya existía hace mucho pero cambia su
objetivo o visión. Generalmente se pensó desde lugares que tenían buenas intenciones.
En un tiempo las familias sustitutas se pensaban como un atajo a la adopción, hoy en
día el espíritu y objetivo no es ese. El objetivo es que cuando no se pueda evitar y se
toma una medida excepcional, un niño no vaya a un instituto o una residencia. Durante
los años ’90 iban a instituciones, Esto (refiriéndose al edificio de la Dirección de
fortalecimiento familiar) era un instituto. En una época y con las mejores las
instituciones eran para resguardar a los niños. Esa era la visión y paradigma social y
cultural de esa apoca. A partir de que se cambia la mirada, por más bien que se cuide
en un instituto, tenés uno que te cuida a la tarde a la noche, que pide franco que se va
de vacaciones. Y sobre todo cuando sos muy niño, un bebe necesita una figura estable y
confiable que le permita tener un sostén a su psiquismo para que pueda vivir. Una
familia de acogimiento lo que hace es focalizar en un solo grupo familiar, personas
referentes, activos de confianza, que le permitan generar un vínculo que le permita
afianzarse y de ahí seguirse desarrollando.”
53
2.2.6 Actores
La Ley 26.061 establece que el Estado, en todos sus niveles, es responsable de
garantizar el disfrute pleno de sus derechos a niñas, niños y adolescentes. Es por eso que
el Sistema de Protección Integral, en un Estado Federal como el de Argentina, se
organiza en diferentes niveles, con interacciones y responsabilidades diferenciadas. Los
mismos se detallan a continuación
A Nivel del Gobierno Nacional:
• Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia de la Nación (SeNAF)
• Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales
A Nivel del Gobierno Provincial (En Córdoba):
• Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SeNAF) - Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos.
• Consejo Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia (Ley 9.591)
• Comisión Interministerial Provincial (Ley 9.944)
• Defensoría de Derechos de niñas, niños y adolescentes (Ley 9.396)
A Nivel Regional:
• Servicios Zonales (SeNAF) A Nivel Local
• Servicios Locales de Promoción y Protección de Derechos
• Consejos Locales de Niñez y Adolescencia
• Foros de Participación de niñas, niños y adolescentes
La SeNAF promueve la creación de Servicios Locales de promoción y
protección de derechos de niñas, niños y adolescentes en Municipios y Comunas, con el
fin de garantizar la protección a través de un trabajo articulado de distintos organismos e
instituciones en todo el territorio provincial.
“Los Servicios Locales de Promoción y Protección de Derechos de los
Municipios y Comunas son aquellas áreas responsables de desarrollar planes y
54
programas de protección de derechos de la infancia y la adolescencia a nivel local. (…).
Son unidades técnico-operativas con una o más sedes, cuya función es la de promover
políticas públicas locales con enfoque de derecho, generar y acompañar los espacios de
participación de las niñas, niños y adolescentes, y facilitar que las niñas, niños y
adolescentes que vean amenazados o violados sus derechos puedan acceder a
programas, planes, recursos y servicios disponibles en su comunidad” (Art. 40, Ley
9944). En algunos casos, estas unidades operativas se instituyen como un nuevo órgano
de gobierno y en otros cada Municipio o Comuna acuerda la forma de brindar este
servicio, optimizando o reorganizando áreas cuyas prácticas y modalidades de
intervención probablemente necesiten ser encuadradas en el modelo de la protección
integral. Para poder desempeñar sus funciones, el Servicio Local debe contar con un
equipo técnico-operativo con conocimientos de infancia y adolescencia, integrado por
profesionales de diversas disciplinas (Abogacía, Trabajo Social, Psicología, Medicina,
etc.) y que sustenta sus intervenciones en los marcos normativos y administrativos
existentes.
Una vez que la Municipalidad o Comuna comienza el proceso de adecuación al
modelo de protección integral se activan los mecanismos institucionales a fin de
instaurar el Sistema de Protección de Derechos en el nivel local. El Poder Ejecutivo
Municipal expresa su compromiso con respecto a la protección de los derechos de la
infancia y la adolescencia a través de la firma de una Carta de Adhesión y la puesta en
marcha del Servicio Local con recursos físicos y técnicos asignados al mismo. El
Concejo Deliberante del Municipio o Comuna, por su parte, emite una Ordenanza que
instituye el Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos como área de
gobierno, propiciándose la inclusión en la partida presupuestaria correspondiente, a fin
de constituir este dispositivo en política de Estado.
En cada Municipio o Comuna son diversas las instituciones y actores que
pueden integrar efectivamente el Sistema de Protección de derechos para asumir la
corresponsabilidad que las leyes provinciales, nacionales y las convenciones
internacionales exigen. Además del Servicio de Promoción y Protección de Derechos de
niñas, niños y adolescentes, existen otros dos componentes que usualmente se
incorporan de manera progresiva a la nueva institucionalidad en materia de infancia:
Los Consejos Locales de Niñez y Adolescencia, que son espacios de cooperación y
construcción institucional que representan una serie de articulaciones y redes entre
55
actores e instituciones locales existentes. El Consejo funciona como órgano autónomo,
consultivo y asesor de las políticas públicas referidas a la infancia y la adolescencia. Se
aspira a que en este espacio interactúen personas adultas y niñas, niños y adolescentes
en condiciones de simetría, que les permitan a éstos realizar aportes al debate y a las
decisiones sobre las políticas, los planes y los programas que les afectan. Los Foros de
Participación, que propician la participación activa de niños y adolescentes facilitando
el encuentro y permitiéndoles pensar en soluciones y propuestas colectivas en torno a
temáticas infanto-juveniles y vinculadas a su medio de vida. El Municipio o Comuna
alienta la conformación de estos espacios y reconoce sus actividades y propuestas,
promoviendo la diversidad en su integración.
Los actores que conforman el campo de intervención dentro del programa de
acogimiento familiar son las familias cuyos niños, niñas o adolescentes integrantes a
partir de una medida excepcional son apartados, de forma temporal, de su grupo
familiar de pertenencia. Luego, cabe mencionar la institución SENAF (Dirección de
fortalecimiento familiar) cuyo equipo técnico coordina y articula el desarrollo del
proceso, se relaciona e interactúa con todos los partícipes del acogimiento. A la vez,
coordina, promueve y propicia los encuentros entre ellos. Formado generalmente por un
trabajador social, un psicólogo y el apoyo legal de un abogado, el equipo técnico es
responsable de desarrollar el proceso de acogimiento de principio a fin, e incluso
después de la finalización mantiene relación con algunas de las partes.
Por otra parte, se encuentran las familias de acogimiento que forman parte del
programa “Familias para Familias”. La directora de la institución, menciona que en el
Sistema De Acogimiento Familiar la familia de origen es la protagonista en la parte de
re-vinculación Familiar y la familia de acogimiento en la parte de Familias para
Familias.
Se da entonces un punto de encuentro. Ella remarca que las familias de ambos
puntos son de distinto nivel social generalmente. Esto genera encuentros y
desencuentros.
Por ello son importantes los momentos de encuentros entre los equipos técnicos
y las familias para ir ayudando en el proceso a través de instancias de reflexión, de
intercambio mutuo.
56
2.2.7 Puntos de tensión y disposiciones en cuanto a los mismos
Primeramente, cabe resaltar a palabras de la directora que “en una institución la
estructura define las posibilidades de intervención”, lo cual encuadra, pero también
limita a la hora de llevar a cabo los procesos.
Ella nos manifestó, también que una de las debilidades identificadas actualmente
en la institución de la SENAF y la cual fue expresada en las entrevistas que realizamos,
es que está atravesada por cambios en el sistema político, debido a cambios en el
gobierno provincial y nacional. Esto generó una transformación en la estructura de la
institución y una nueva gestión. Lo cual provoca un reacomodamiento constante sin
poder lograr todavía una organización completa. La directora nos marcó la modificación
en la dirección de las líneas de acción. Nos dijo que como proyecto a futuro se
pretenden conducir a una nueva manera de intervenir con salida más a terreno y una
mirada más amplia que incluya mucho más que la propia institución donde se
encuentran las familias y los niños. En el caso del trabajo Social, lograr tener una mayor
vinculación con las familias de origen de los niños y el contexto actual de los mismos.
En lo interno de la institución, pudimos observar la dinámica acelerada, debido a
la sobrecarga de actividades que provoca agotamiento y un clima de desorganización.
Como potencialidades rescatamos la aceptación de los cambios con una actitud
de crecimiento y avance.
Con respecto a nuestra práctica allí, desde un primer momento, nos trasmitieron
su buena predisposición a recibir estudiantes y nuevas propuestas, siempre siguiendo los
ejes de la institución y en sintonía con los cambios de esta nueva manera de intervenir
que intentan introducir.
2.2.8 Condiciones estructurales
La trabajadora social del programa Familias para Familias en la entrevista realizada, al
preguntarle sobre los obstáculos en la intervención nos comentó lo siguiente: “La falta
de recursos, movilidad para ir y ver a las familias”, Con respecto a la organización del
57
personal nos dijo “hay gente contratada, de planta, becarios. No hay falta de
profesionales, sí que todos los profesionales pudieran estar en la misma situación
contractual. Y el tema de los recursos, no hay una necesidad urgente de incorporar
nuevos profesionales. Antes en el programa Familias para Familias era un solo un
Trabajador social y ahora a somos tres. Mejoro un poco, quizás en otros programas de
SeNAF si harían falta más profesionales.”
Con respecto a lo dicho anteriormente, nos hace reflexionar sobre la siguiente
cita: “Sin embargo, la precariedad económica impide entre otras cuestiones, la
aplicación de medidas de fortalecimiento familiar o acompañamiento a familias
acogedoras transitorias. Las políticas y programas destinados a identificar las
dificultades en el medio familiar para la crianza de los Niños, el apoyo terapéutico, el
acompañamiento profesional a las familias y a los niños etc., deberían ser políticas y
presupuestos prioritarios para la Secretaria de Niñez y Adolescencia provincial. Sin
embargo esto no es así y los apoyos o tratamientos terapéuticos en general deben ser
conseguidos por la propia familia según sus posibilidades” (Informe "Mirar Tras Los
Muros", 2015)
2.2.9 Sujeto de derecho
En este caso en particular son los niños, niñas y adolescentes que han sido a
partir de una medida excepcional recluidos/separados de su centro de vida. Desde la
institución de la SENAF conviven en las representaciones que tienen de los mismos una
tensión entre los paradigmas de control social y el de promoción de los derechos. Esto
se observa a partir de los informes sociales nombrando a los niños, niñas y adolescentes
como menores en algunos casos y en otras como Sujetos de Derechos. Se da entonces
una dicotomía donde se marca al niño como un objeto que hay que resolverle la
situación lo antes posible y, por el otro lado, donde el interés superior del niño es lo que
prima. Desde las familias de acogimiento se perciben otro tipo de representaciones
totalmente diversificadas y a su vez permeadas por las vivencias y significaciones de
cada una en particular. Desde concepciones que van teñidas por intereses personales,
como la idea de adopción, donde el niño es ya visto como futuro integrante de su propia
familia en contradicción con lo que apunta en programa. Encontramos también en las
entrevistas a las familias acogedoras concepciones donde se estigmatiza a la familia de
58
origen del niño, por lo que se afecta al niño en la práctica, ya que el mismo percibe esa
diferencia y malestar. Existen también perspectivas que ven al niño como un sujeto de
derecho, afanándose en cumplir la misión y brindar una contención adecuada en el
periodo estipulado y cuanto se requiera por poner en primer lugar el interés superior del
niño. Respecto de la familia de origen, tuvimos escaso o nulo contacto con las mismas
para conocer sus representaciones acerca del niño de forma personal.
Nuestro acercamiento a la institución, en un primer momento fue realizando
entrevistas a miembros de los equipos de trabajo, conociendo en parte sus
posicionamientos y su forma de trabajar. En otro momento, vinculado con el primero,
pudimos tener un acercamiento a las familias de acogimiento; allí observamos
entrevistas hechas por una trabajadora social (nuestra referente institucional) a aquellas
que se postulaban al programa y otras que ya formaban parte del mismo, también
observamos talleres dirigidos a las mismas. Por otra parte, participamos como
observadoras de las instancias de revinculación que se realizan una vez a la semana en
una hora reloj, donde las familias de origen de los niños se encuentran con los mismos
dentro de la institución mientras estos permanecen en el tiempo estipulado en que se
encuentran conviviendo con una familia de acogimiento. En estas instancias es donde
únicamente pudimos observar a las familias de pertenencia. Y en otro momento
pudimos realizar entrevistas a familias de acogimiento que tienen un niño en guarda.
2.3 Centro de vida: Lugar del niño y adolescente en su propia familia.
Cuando hablamos de familia, tomando la definición de González, C. (2005), nos
referimos a un espacio heterogéneo, cambiante, que cumple funciones de procreación y
contención afectiva y que tiene la responsabilidad del mantenimiento cotidiano de sus
integrantes. Este concepto se complementa, por tanto, con el de “unidad doméstica”,
como el lugar de corresidencia y desarrollo de actividades de producción, reproducción
y consumo. Desde múltiples espacios, tanto desde el ámbito social, familiar o
comunitario, se ha comenzado a incorporar una lectura que tiende a poner en cuestión la
idea de un tipo de familia como universal y natural. Se plantea entonces, la necesidad de
incorporar una mirada más amplia de la familia, reconociéndose la diversidad existente,
y proponiendo hablar de las familias. Pero más allá de su forma y diversidad la familia
sigue siendo una institución fundamental en la sociedad, juega el papel primario en la
59
socialización de niñas/os y adolescentes en la promoción de la solidaridad entre
generaciones.
Citando a Konterllnik, I. (2012), el Decreto 414 de la Ley recepta estas lecturas
y ofrece una amplia definición de la noción “familia” haciéndola extensiva al grupo
familiar y otros miembros de la comunidad significativos para el niño. Por su parte, el
Comité de los Derechos del Niño sostiene que no es posible argumentar a favor de una
noción única de familia.
Es así que desde el artículo 3 de la ley 9944 de la provincia de Córdoba
podemos hablar de Centro de vida tomado como el lugar donde las niñas/os y
adolescentes hubiesen transcurrido en condiciones legítimas la mayor parte de su
existencia.
Al llegar al concepto de centro de vida, hemos reflexionado sobre el, aún más
allá de su concepción legal. A partir de las practicas realizadas en la institución
pudimos observar que el centro de vida del niño/a es el lugar, no solamente que
transcurrió la mayor parte de su existencia sino aquel espacio que se le abrió al niño/a
para que el pueda desarrollarse integralmente y pueda constituir/construir su identidad.
Es un lugar que se le otorga de forma material pero sobretodo, de forma simbólica. Es
allí donde el siente pertenencia, por eso nos atrevemos a decir que su familia
(independientemente de quienes la constituyan) lo apropia cuando le abren este camino
para sostenerlo y fomentar el bienestar en su crecimiento y desarrollo.
2.4 Construyendo el campo
Una mirada desde lo Complejo
En el proceso de acogimiento hemos de observar distintas tensiones,
contradicciones, debilidades y fortalezas por lo que decidimos captarlas/mirarlas a
través del término de complejidad. Tomamos el concepto de Morín (1998) donde “la
complejidad es un tejido de constituyentes heterogéneos inseparablemente asociados:
presenta la paradoja de lo uno y lo múltiple. Al mirar con más atención, la complejidad
es, efectivamente, el tejido de eventos, acciones, interacciones, retroacciones,
60
determinaciones, azares, que constituyen nuestro mundo fenoménico. Así es que la
complejidad se presenta con los rasgos inquietantes de lo enredado, de lo inextricable,
del desorden, la ambigüedad, la incertidumbre” es complejo aquello que no puede
resumirse en una palabra maestra, aquello que no puede retrotraerse a una ley, aquello
que no puede reducirse a una idea simple. La complejidad es una palabra problema y no
una palabra solución.
A partir de las observaciones y entrevistas a las familias de acogimiento
pudimos reflexionar que el proceso de restitución de derechos no es lineal, está dado por
diversas tramas que no se pueden comprender a simple vista y que requiere situarnos en
un lugar, comenzar a mirar la totalidad de lo que la rodea para comprender la situación
que se nos presenta y desde allí continuar el proceso/análisis. Particularmente, ser una
familia de acogimiento, no es algo instrumental y estructurado. No hay pasos a seguir
para ser la familia ideal para el niño. Cada familia tiene distintas particularidades que la
hacen única a la hora de afrontar un proceso de acogimiento. Cada espacio doméstico,
cuenta con diversas herramientas y cualidades para brindar al niño el mejor espacio
posible para el desarrollo de sus derechos en ese tiempo que lo tienen a su cuidado y
protección. Pero en ese proceso no todo sale como se lo espera, hay una serie de
tensiones y contradicciones que enfrentan las familias y que muchas veces generan un
malestar; por ejemplo en las distintas relaciones que se presentan, entre la familia de
acogimiento y la de origen, entre el niño y su familia de origen, etc., también en la
atención a las características particulares del niño, en las situaciones propias del proceso
de acogimiento, tales como el momento de re vinculación, distintas cuestiones que
demandan a la institución una respuesta para poder continuar el proceso. Cada día es un
nuevo aprendizaje, tanto para el niño como para la familia y a medida que pasa el
tiempo, se van generando nuevos desafíos por superar.
Relacionado con lo dicho anteriormente, el campo problemático que
abordaremos está conformado por los obstáculos que presentan los niños, niñas,
adolescentes y sus familias en el desarrollo de sus derechos.
En este caso, nos referimos al momento en que los derechos son vulnerados de
modo que se produce un quiebre en el seno familiar y debe llevarse a cabo una
desagregación de los miembros de la familia y los niños/as y adolescentes entran en el
sistema de acogimiento familiar.
61
A las causas que generan la pérdida del cuidado parental en los niños en base al
documento de la Relaf (2010), las podemos agrupar dentro de los siguientes conjunto de
problemáticas: políticas, tales como conflictos bélicos y las migraciones forzadas por
situaciones de esta índole; económicas, que generan también otro tipo de migración, así
como devienen en numerosas situaciones de vulnerabilidad familiar tales como la falta
de acceso a salud, educación y vivienda, desnutrición de adultos y niños, las que, a su
vez, están íntimamente vinculadas con problemáticas sociales y culturales como
violencia familiar, adicciones, trabajo infantil y explotación sexual comercial, a las que
se suman situaciones de discriminación ante la discapacidad y el origen étnico de la
población. Estos niños, son los más expuestos a la pobreza, discriminación y exclusión,
factores que a su vez pueden hacerlos más vulnerables al abuso, explotación y al
abandono.
Al leer diversos expedientes (particularmente el de los casos de las familias de
acogimiento a las que entrevistamos) pudimos identificar que sobresalían entre las
causas factores económicos que generaban falta de acceso a la vivienda y desnutrición
especialmente y también observamos otros relacionados a las problemáticas tales como
violencia familiar y adicciones.
El Estado tiene el deber de restablecer esos derechos y garantizarle al niño o
adolescente su derecho a vivir con su familia de origen, con los responsables que
siempre estuvieron a cargo de él/ella (principalmente sus padres). Hay familias que no
están en condiciones y debido a esto se produce una MEDIDA EXCEPCIONAL de
donde surgen las familias de acogimiento.
El acogimiento familiar para la Relaf, es un tipo de cuidado basado en la familia,
que incluye al niño para su cuidado, sin alterar significativamente la rutina familiar. La
familia continúa con su dinámica y estructura cotidiana responsabilizándose, por el
tiempo que sea necesario, por la protección integral del niño. En teoría, el niño
permanece en acogimiento familiar hasta que se reintegra a su familia de origen tras
haber superado las causas que dieron origen a la separación.
62
El Objeto De Intervención
Según los aportes de Nora Aquín (1995), el objeto de intervención de una
profesión es el equivalente teórico de una necesidad demandada por la realidad, para
cuya realización (satisfacción o re definición) debe ejercerse una función específica.
El campo del Trabajo Social es el campo de la reproducción cotidiana de la
existencia, la reproducción cotidiana se refiere al mantenimiento de la población
existente a través de las tareas domésticas de subsistencia.
En los procesos de reproducción cotidiana de la existencia, continúa la autora,
Trabajo Social interviene en tanto se presenten obstáculos a dicha reproducción, y sean
socialmente reconocidos como tales, estableciendo vinculación entre las necesidades y
carencias y los satisfactores involucrados en la intervención. Los procesos de
vinculación entre necesidades y carencias por un lado, y satisfactores por otro, tienen
una dimensión material y una no material; esta última incorpora las representaciones o
saberes y las relaciones entre los sujetos.
Podemos aludir que las necesidades y carencias del niño/niña y/o adolescente se
van a forjar dentro de su contexto familiar. Esto lo esclarecemos tomando los aportes de
González C., Nucci, N. y otros (1999) quienes dicen que la familia constituye
una trama de complejas relaciones y posiciones, donde el sector social, el género,
generación, el parentesco, nos permiten comprender el proceso de conformación de las
necesidades, carencias y los recursos/satisfactores, en momentos y contextos
particulares.
Sin embargo, siguiendo a Margarita Rozas Pagaza, hay que tener en cuenta
también el contexto de los sujetos que se encuentra atravesado por las manifestaciones
de la cuestión social contemporánea, como la vulnerabilidad, el empobrecimiento, la
fragmentación, la marginalización, la desocupación y la precarización del trabajo que
forman parte de la estructura social argentina en tanto constituyen un cúmulo de
desventajas afectando a grandes segmentos de la sociedad y alternando
significativamente sus condiciones de vida. Este contexto esta cruzado por las
trayectorias que conducen a los sujetos a la pobreza, a la vulnerabilidad y la
desintegración social. Dimensiones que corresponden tanto a la esfera material como no
material de las necesidades.
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De esta forma, el niño y su familia, se encuentra atravesado por estos procesos
que tienden a la vulneración de sus derechos, no favoreciendo su pertenencia a un
centro de vida que promueva los mismos y le permita ejercerlos efectivamente y no solo
gozarlos. Allí es donde los procesos de reparación de derechos se vislumbran.
Según Piotty, M. (2006) Para la Reparación no hay que asumir la asistencia como una
dádiva o paliativo, sino como una recuperación de derechos de los niños/as y
adolescentes.
Finalmente, podemos decir que nuestro Objeto de intervención son los “impedimentos
en el desarrollo del derecho de los niños/niñas y adolescentes a vivir en su centro de
vida”.
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65
CAPÍTULO 3
Intervención Pre profesional
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67
En este capítulo haremos hincapié en la Intervención pre-profesional. Comenzaremos
enfocándonos en la profesión de Trabajo Social desde la mirada de la profesional que
fue nuestra referente en la institución y a partir del segundo título expondremos más
específicamente nuestra intervención y como fuimos desarrollando el plan de acción y
las actividades comprendidas en la intervención. En el titulo siguiente nos
aproximaremos a las Familias de acogimiento y sus estrategias en la restitución de
derechos.
3.1 El lugar del trabajo Social en el ámbito y nuestra inserción allí.
En este título expondremos el lugar del trabajo Social desde el punto de vista de
la trabajadora social que forma parte del equipo de trabajo del programa Familias para
Familias. También reflexionaremos sobre ese rol y analizaremos los puntos claves para
la intervención profesional.
3.1.1 Lugar que ocupa el TS en el programa familias para familias
Según la profesional antes mencionada, “Trabajo Social hace el seguimiento de
la familia de acogimiento y el psicodiagnóstico de las familias que se postulan para ser
familias de acogimiento. Esas dos funciones.” Nos parece muy importante desde
nuestro punto de vista el acompañamiento que se les brindan a las familias a través del
trabajo social en este programa. La profesional nos pudo comentar el proceso que lleva
a cabo con cada familia que llega a la institución con la intención de ser familia
acogedora. Desde el principio se la escucha y se les brindan las herramientas para que
este bien informada y consciente del importante rol que asumirán para con el o los niños
en cuestión. Una vez que la familia acepta acoger a un niño, empieza un proceso de
conocer más a los miembros del hogar y su realidad material y relacional. Junto con la
psicóloga hacen el psicodiagnóstico. Se les hace una visita a la casa y se corrobora que
la familia esté en condiciones de recibir al niño. Cada profesional evalúa aspectos de la
familia según su mirada profesional. Una vez que la familia comienza el acogimiento
del niño, se hace un acompañamiento en sus dudas, necesidades y posibles problemas
que puedan surgir en el camino.
68
3.1.2 Demandas, estrategias y obstáculos en la intervención.
“La profesión siempre tiende a crear diferentes tipos de trabajos de coordinación
con las familias, con los equipos. Ver desde la disciplina a ver que se puede trabajar con
las familias, o se lo hace de manera individual pero también de los ámbitos con los
talleres se ha trabajado en grupo. Porque no hay una demanda específica, tanto el
psicólogo como el trabajador social hace un abordaje de las familias y de acuerdo a esa
demanda, se le van dando respuesta, no hay una cosa muy específico del trabajo social.
Si puede haber algo específico en el psicodiagnóstico, cuando uno visita la familia en la
casa y tiene que revisar los distintos aspectos a ver si esa familia está en condiciones de
ser familia de acogimiento.”
La trabajadora social nos comentó las estrategias que ella desarrolla e acuerdo a
cada familia. “Si es una familia que tiene a un niño por primera vez se trata de trabajar
el tema de la transitoriedad. Que esto no es que el niño se resuelva su situación el niño
no va a quedar en esa familia. Y también ver lo que va a ir surgiendo, según las
características de cada familia, ellos van a hacer distintos tipos de demandas,
relacionadas con la salud o historia del niño. Pueden surgir distintas cosas en las que ir
haciendo inca pie para trabajar con la familia y lo que ellos han planteado. Pero la
estrategia seria acompañar a la familia en las diferentes cosas que nos va planteando la
familia.”
Al interrogarle sobre los obstáculos que ella observaba en su accionar
profesional, mencionó: “La falta de recursos, movilidad para ir y ver a las familias.
Trabajar con la familia la idea de transitoriedad cuando son familias de acogimiento por
primera vez y también cuando pasan mucho tiempo con el niño porque no se pueden
seguir quedando. Y después, las causales por las cuales son retirados de su centro de
vida, hay familias que les cuestan más algunos temas que otros, por eje un niño que ha
sido abusado más que un niño con negligencia en los cuidados. Después si las familias
viene con una idealización de lo que van a hacer, después se encuentran con que acá
tiene tienen que también ser como parte de la institución, tiene que venir a la re-
vinculación, encontrarse con la familia de origen del niño y la revinculación por ahí se
torna engorrosa porque se nota que la familia se siente incómoda o no quieren traer a
niño a veces y hay una resistencia y cuando son citados a tribunales, se encuentra con
otra realidad que nosotros los acompañamos porque son entrevistados por jueces,
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asesores y quedan dentro de una formalidad legal que ya se va tornando el tema de ser
familia voluntariosa a una cuestión más formal que vienen y nos plantean.”
El punto anterior, tanto de la transitoriedad, como de las relaciones entre
familias de origen y acogimiento, pudimos comprobarlo a través de las observaciones y
entrevistas realizadas a las familias y en los momentos de re vinculación. El tema
relacional entre ambas familias, se torna un punto de tensión que es importante
mencionarlo en este apartado, porque se convierte en objeto de intervención del trabajo
social y más adelante en el capítulo 3.3, retomaremos con un análisis más detallado.
3.2 Plan de acción y actividades comprendidas en la intervención
El plan de acción llevado a cabo en la intervención pre-profesional se orientó por los
siguientes objetivos:
Objetivo general:
Desarrollar la práctica de intervención pre-profesional en el ámbito de la SeNAF
dentro del programa “Familias para Familias”.
Objetivos específicos:
1. Conocer a las familias de acogimiento y sus relaciones con la SeNAF y
familias de origen. Entender la inserción del niño dentro de la misma. Comprender sus
motivaciones para insertarse al programa. Acercarnos al accionar y rol del Trabajo
Social en el proceso de acogimiento.
2. Establecer una intervención directa con las familias de acogimiento que
influya positivamente en el proceso de acogimiento familiar.
En los primeros meses (marzo y abril), siguiendo con el primer objetivo e
conocer la institución, luego de un acercamiento más bien teórico a la Institución de la
SeNAF pudimos realizar el proceso de inserción. Allí hicimos las primeras
observaciones del movimiento dentro del espacio. Realizamos diversas entrevistas con
diferentes miembros de los equipos: a la trabajadora social referente principalmente y
psicólogos y trabajadores sociales de los equipos técnicos.
70
En los siguientes meses, mayo, junio y julio continuamos con observación de
expedientes, por defecto pudimos seguir realizando observación del movimiento dentro
del espacio y de la comunicación entre los dos equipos.
Para acercarnos al rol del trabajo social, tuvimos oportunidades de observar
algunas instancias de re-vinculación y de comenzar a acompañar a la Trabajadora social
a las visitas domiciliarias a familias que se postulan al programa y a las familias que ya
forman parte del programa.
Con el objetivo de conocer a las Familias de acogimiento, en la segunda parte
del año (a partir de agosto hasta octubre) pudimos realizar la observación de la
elaboración del informe del trabajador social del equipo técnico en las distintas
instancias del proceso. Observaciones de talleres dirigidos a las familias de acogimiento
y comenzar a realizar entrevistas a familias de acogimiento. Además continuamos con
el acompañamiento a visitas domiciliarias a familias que se postulan al programa y a las
familias que ya forman parte del programa.
Acercándonos al final de nuestra práctica intentamos cumplimentar el último
objetivo y desarrollamos una propuesta de intervención al programa que fue la
siguiente: Realizar una instancia de encuentro entre las familias de acogimiento que
forman parte del programa y las que se postulan para serlo. Pero no pudimos realizarlo
porque a los profesionales a quien planteamos la propuesta, no les parecía que pudiera
tener éxito fundamentando que ya se había intentado hacer eso años anteriores y no
había dado fruto.
Finalmente en el mes de diciembre, terminamos con nuestra práctica pre-
profesional y realizamos la evaluación y devolución a la institución.
3.3 Acercándonos a las Familias de acogimiento y sus estrategias en la
restitución de derechos.
3.3.1 Acciones y técnicas desarrolladas en la intervención.
Las acciones que hemos desarrollado en nuestra práctica en un principio se
fueron orientando conforme nos habría paso la Institución, en el reconocimiento inicial
71
e inserción en la misma. La aproximación a la Institución, nos permitió entender el
conjunto de normas que se formalizan en leyes escritas o no, que tienen vigencia en la
vida cotidiana de un determinado contexto social y cultural y; que representan valores
sociales y apuntan el comportamiento de los actores sociales y grupos fijando sus
límites, también el conjunto de interacciones sociales que se denota en el juego de
relaciones sociales que se ponen en práctica en un escenario e actuación especifico. Nos
permitió conocer sus funciones, propósitos, objetivos, actividades, el espacio físico y las
personas responsables del cumplimiento de determinadas tareas dentro de ese marco
institucional. Y, finalmente, comprendimos el conjunto de significados y las
representaciones que pautan el comportamiento de los actores. Este conocimiento
institucional es necesario y relevante, ya que la intervención del trabajo social siempre
está vinculada a instituciones o se desarrolla desde un marco institucional determinado.
Por ello, consideramos que las acciones dirigidas a este objetivo durante nuestra
practica pre-profesional en la institución que nos habilita (SeNAF) continuaron durante
todo el proceso.
Partiendo del punto anterior, nos fuimos interesando específicamente por las
causas y los procesos por los que se llegaba a tomar la medida excepcional. Conocer
más detalladamente bajo que situaciones de vulnerabilidad de derechos de los niños,
niñas y adolescentes, estos llegaban a introducirse a los programas de fortalecimiento
familiar de la SeNAF, Córdoba. Para conocer los casos, en qué condiciones llegaba la
demanda y como se actuaba al respecto leímos legajos de casos y también realizamos
distintas entrevistas a los integrantes de los equipos técnicos. A través de estas técnicas
pudimos conocer el accionar de los equipos de los programas de re vinculación familiar
y de familias para familias y también algunas de sus percepciones acerca de su propio
trabajo, del funcionamiento institucional y de las familias con las que trabajaban. Ya
que siguiendo a Gonzales (2008), las instituciones son producto de nuestras acciones,
las construimos cotidianamente. En esa construcción, la manera en que cada profesional
defina y desempeñe su rol profesional en las instituciones se convertirá en un factor
clave para su intervención y el mejoramiento de los servicios sociales que despliegue.
Tomando esto en cuenta en un siguiente momento, nos vinculamos principalmente con
el accionar del equipo del programa familias para familias, específicamente al de
nuestra referente institucional, una de las trabajadoras sociales que forman parte del
mismo. Nos adentramos, a través de ella, a las acciones que tienen que ver con el
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momento donde el niño es acogido por una familia de forma temporal, luego de que se
ha tomado la medida excepcional. En este tiempo, acompañamos a entrevistas que
realizaba nuestra referente a familias que ya se encontraban en el programa y que en ese
momento tenían un niño en guarda y a entrevistas a familias que deseaban formar parte
del programa. Asistimos a talleres para familias que se encontraban dentro del programa
y a talleres para familias que querían formar parte. Por otro lado tuvimos oportunidad de
observar algunas instancias de revinculaciones dentro de la institución y finalmente
realizamos entrevistas a familias que en el momento ya tenían varios meses acogiendo a
un niño. De esta manera, logramos conocer no solo como llega la demanda sino
principalmente como es atendida.
A partir del proceso de intervención pudimos constatar que desde que se toma la
medida excepcional y el estado del niño se hace asunto público, respecto a quien se hará
responsable del mismo, comienza un proceso de toma de decisiones que le afectan
enteramente a él.
Para conocer acerca del momento en que el niño permanecía en la familia de
acogimiento, desde la perspectiva de la misma, para recabar dicha información
realizamos entrevistas a las mismas basadas en cuatro ejes:
1. La Relación de la Familia de Acogimiento con la SeNAF (acompañamiento e
información brindada, comunicación).
2. La inserción del niño en la familia de acogimiento (hábitos, adaptación).
3. Las motivaciones y representaciones propias de las familias de acogimiento.
4. La Relación entre la familia de acogimiento y la familia de origen (instancias de re
vinculación, la existencia o no de vínculo).
En consecuencia, luego de recabar esta información, logramos reflexionar sobre
la cuestión compleja del proceso de acogimiento Familiar.
A continuación la expondremos:
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3.3.2 EJE 1. La Relación de la familia de Acogimiento con la SeNAF
Respecto al momento en que las familias de acogimiento se insertan al programa
de la SeNAF, pudimos recatar información pertinente que nos llevó a la conclusión que
es un momento en que, si las familias de acogimiento se encuentran bien preparadas,
informadas, acompañadas y motivadas positivamente, resulta para el niño en cuestión,
un proceso que ayuda efectivamente a un proceso de reparación de sus derechos
vulnerados.
En cuanto a la preparación, según el documento de la ReLAF antes expuesto,
esto se reducen en principio (en el caso que nos compete, en la SeNAF), a una
evaluación a través de una o varias entrevistas a dichas familias postulantes, por lo que
estas instancias constituyen una parte importante e imprescindible.
“Para ser integrada a un proceso de acogimiento, la familia será evaluada y
capacitada por el equipo técnico, que deberá conocer y analizar sus motivaciones,
recursos financieros y afectivos, inquietudes, capacidad de resolver situaciones
complejas, ansiedades, conflictos entre los integrantes, etc., hasta aprobar su
postulación. Recibir a un niño o niña en cuidado transitorio supone la fortaleza para
enfrentar situaciones complejas, ofrecer cuidados y contención, y ser consciente del
carácter temporario de ese rol”. (Relaf. Acogimiento Familiar. Guía de Estándares para
las prácticas)
Con este principio consideramos que la intervención en dicha entrevista es
fundamental y que sería apropiado, ya que la instancia de evaluación se resume y ajusta
de esta manera, que se tuvieran en cuenta otras consideraciones que menciona el
documento:
*Todo el grupo familiar tiene que estar de acuerdo en ser familia de
acogimiento:
Es importante poder conocer las opiniones y representaciones de todos los
miembros de la familia, ya que el niño que permanecerá en dicha familia de
acogimiento y se deberá vincular con todos los que la conforman.
*Capacidad para el cuidado:
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Consideramos que utilizando una herramienta como lo son las entrevistas, no se
puede “evaluar”, tal vez con algunas observaciones u otro tipo de instrumentos pueda
llegar a conocerse más en profundidad esta capacidad que menciona.
El poder apoyar y orientar a las familias de acogimiento no debería ser
solamente sobre la marcha del proceso, las mismas deberían poder ser capacitadas
efectivamente antes del mismo.
Es importante observar a las familias de acogimiento no meramente como
herramientas del proceso, sino como parte importante y fundamental del mismo. El
hecho que las mismas reciban información vital del niño o de su familia consideramos
es un aspecto clave para un abordaje integral. En este punto vimos una flaqueza, según
nos manifestó un miembro de una familia de acogimiento “Al principio note como de
ocultamiento, de mentiras… O que no nos podían brindar información. Son pequeños
manejos de la institución.” “La forma de interiorizarse… ya vengo predispuesto a no
escuchar.” “Vaya a saber q interpretaran ellos…pero nosotros queremos saber en qué
situación viene el nene…porque al ser tan chiquito y no hablar uno como que se
preocupa y quiere saber, nada más. Quiere saber si cuando vuelva con la familia
biológica va a ser para bien o va a ser de vuelta lo mismo”.
También una familia sintió poca valoración hacia las familias de acogimiento
“Encima nosotros por ser en guarda no sos parte del expediente, no tenés información
de nada, vos sos el que cuida al chico nada más, que es triste y durísimo, porque vos
sos el que se hace cargo de la criatura y no tenés derecho a nada, es duro.”
Según nos manifestaban las mismas familias de acogimiento, es por interés
genuino y consideramos pertinente que se les brinde dicha información en todo el
proceso. En este punto, queremos resaltar lo importante del respeto por la historia del
niño. “El niño o niña en situación de acogimiento es un sujeto en transición hacia una
resolución definitiva de su situación vincular (regreso a su familia de origen, adopción
o pasaje a la autonomía), por lo tanto el respeto por su historia es vital para su
desarrollo saludable y la elaboración de su identidad. La inquietud de la familia por
saber y valorar la historia que el niño o niña porta, y la actitud receptiva hacia sus
marcas de identidad, son características que el equipo técnico debe considerar durante
el período de evaluación.” (Relaf. Acogimiento Familiar. Guía de Estándares para las
prácticas)
75
En el proceso de acogimiento las familias son convocadas cuando hay un caso
que requiere de las mismas, allí empieza el momento del ingreso del niño. En ocasiones
observadas, este ingreso fue dificultoso o con algunas situaciones conflictivas. En un
caso observado y anotado en nuestro diario de campo, la abuela vino con sus cuatro
nietos, la misma se debió dirigir a un salón aledaño al “cuarto de re-vinculaciones”.
Posteriormente, los niños fueron presentados a sus familias de acogimiento. La niña
más grande (de 12 años) se mostró reacia a lo mismo ya que se vio separada de su
abuela y de sus hermanos (a quienes cuidaba sobretodo ella) el mismo día. La misma no
había sido informada por su abuela de lo que habría de ocurrir, según lo anuncio ella. En
un clima de despedidas forzadas y discursos pre armados, los niños se fueron cada uno
con sus respectivas familias. Preguntándole a la familia que estaban con la niña mayor
como continuó el episodio, relataron “…ella entendía un poco más las cosas…no era
decirle vamos a pasear…ya sabía lo que estaba pasando…era la que estaba a cargo de
todos sus hermanitos. El primer día no quería saber nada…yo la abrace…ella
lloraba…bueno le decíamos a la niña: pronto vas a ver a tus hermanos, a tu abuela”
Se notó en algunos casos falta de organización en el ingreso de los niños a las
familias. Esto se visualizó en el caso de hermanitos que fueron cada uno con una
familia diferente. La propia familia de acogimiento expreso “no me había gustado
mucho la organización en el momento en el que pasan los chicos de las tías a nosotros,
porque al ser cinco hermanos se dividen en tres tías y después bueno, los más
grandecitos no los habían ubicado bien a donde ir, pero muy posiblemente a un hogar
porque no tenían familias, después los dos del medio iban a una familia y el más
chiquito con una familia. Pero en un principio nos habían planteado que nosotros
íbamos a buscar a Juan y nos terminamos yendo con Pedro. Fue un cambio en el
momento, por ahí lo vimos como falta de organización”. Esta misma familia nos
contaba las dificultades vividas en el primer encuentro con el niño en donde se pone en
evidencia, que en algunas situaciones es muy difícil la separación del niño de sus
familiares y a su vez la falta de información hacia la familia, teniendo que firmar una
declaración jurada a contra reloj. “Y bueno, ingresaron las tres tías con todos los chicos,
y fue una situación muy estresante, porque las tías lloraban, nosotros estábamos ahí
como que no habíamos entendido, nos habían dado la declaración jurada para firmar
que no habíamos podido leer todavía y no nos habían contado la historia completa de
76
él. Todavía no habíamos firmado y las tías nos hacían muchas preguntas bien de cosas
personales nuestras. Nos pareció que ahí falto un poco de organización nomas”
En otros casos la familia notó falta de acompañamiento por parte de SeNAF con
respecto a las situaciones conflictivas que podrían ocurrir en el acogimiento. “había
algunas situaciones de llanto o de tristeza que no sabíamos manejar bien. Nosotros
creemos que necesitaríamos, no solo nosotros, por ahí un poco más de apoyo
profesional, porque si bien a lo mejor este caso no es tan grave, bueno no sé, porque
debe haber todo tipo de cosas, pero por ahí necesitarían más de apoyo las familias de
acogimiento de un psicólogo, un psicopedagogo en cómo reaccionar, en como tomar
ciertas conductas de los chicos, que, a lo mejor, yo creo que debe haber un cierto
común denominador en algunas situaciones. Porque bueno, se largaba a llorar de
golpe, porque si, en una situación que estaba todo bien, se ponía mal.”
Se nos relató un caso en donde el niño tenía problemas de salud y no recibieron
acompañamiento de parte de la SeNAF, por lo cual se tuvieron que hacer cargo ellos
mismos de los gastos y tratamientos médicos. “tenés que pagar una fortuna en sus
tratamientos médicos y de eso se debería hacer cargo el Estado. Nadie nos acompaña
en eso”.
Cuando la motivación es el interés superior del niño, las familias, despojadas de
otros intereses particulares pueden efectivamente brindar su aporte para la reparación
del derecho vulnerado. Sin embargo, tomando los aportes de Relaf, es necesario y justo
que, desde la Institución se les pueda abastecer de un acompañamiento propicio tal
como brindarle información pertinente a cada caso, establecer una comunicación
adecuada entre todas las partes, mejorar la organización, entre otras cosas.
3.3.3 EJE 2. La inserción del niño en la familia de acogimiento
Los niños y niñas son los actores principales y por quienes se pone en marcha un
proceso de acogimiento. El ser humano nace absolutamente dependiente de los cuidados
y protección de los adultos (madre, padre y otras personas que ejerzan el cuidado). Sus
necesidades básicas tienen carácter vital: sin los cuidados tempranos, el bebé no tiene
posibilidades de sobrevivir. Como está demostrado, los cuidados tempranos no se
remiten a la alimentación y aseo, sino que implican comunicación, contacto, afecto,
77
presencia de una persona con quien exista un vínculo estable y afectuoso. La seguridad,
la identidad, la autoafirmación y la personalidad de los bebés, niños y niñas se basan en
estos cuidados, en la estabilidad del vínculo amoroso en un ambiente seguro. En las
sucesivas etapas del desarrollo infantil, la familia adquiere un rol que varía según las
necesidades, las habilidades y la autonomía progresiva del niño o la niña, luego
adolescentes. La Convención de los Derechos del Niño sostiene que el derecho de
desarrollarse plenamente dentro de una familia en tanto derecho humano es universal,
ya que a partir de un núcleo familiar, inserto en una determinada comunidad, el niño o
niña puede acceder y participar de manera natural en el ejercicio activo de sus derechos,
que le conciernen como tal. Los niños o niñas que, por diferentes motivos, son
separados de sus familias no sólo sufren las separaciones de sus grupos familiares, sino
que en muchas oportunidades también padecen el alejamiento de su comunidad, de sus
amigos y de las personas que son significativas en sus vidas. En esos momentos se
necesita que aquello que va ocurriendo tenga un correlato de participación continua,
donde se construyan espacios de diálogo con el niño o la niña, en los que puedan
expresar sus sentimientos y sean incluidos como actores claves en las tomas de las
decisiones que a ellos conciernen. El niño o niña en proceso de ser acogido es un sujeto
que ha pasado por diversas experiencias traumáticas, las que derivan en la separación de
su familia de menor permanencia en instituciones de cuidado residencial. Así, es
necesario saber interpretar sus actos como síntomas de lo padecido y de denuncia sobre
aquellas decisiones tomadas de manera arbitraria. Cada etapa del proceso de
acogimiento debe plantearse y organizarse alrededor del Interés Superior del Niño, es
decir, la máxima satisfacción posible de sus derechos, y teniendo en cuenta sus
requerimientos, en resguardo de sus derechos y facilitando su inclusión en un entorno
de seguridad y cariño.
Preparación del niño o niña
Dentro de su singularidad (según edad y características evolutivas), tiene que
participar dentro del proceso de preparación, donde se le explique qué es el
acogimiento, sus actores y qué sentimientos pueden aflorar: angustia, tristeza,
confusión, euforia, etc. También es conveniente que entienda aquello que se espera de él
o ella, para derribar algunas fantasías que pueden aparecer con el inicio del
acogimiento. El equipo técnico tiene que garantizar este espacio en relación con el
78
derecho de todo niño o niña a participar activamente en las situaciones que le toca
atravesar. (Relaf. Acogimiento Familiar. Guía de Estándares para las prácticas)
Construcción participativa del niño o niña
Al momento de construir el plan de intervención, y teniendo en cuenta lo
emanado en el Artículo12 de la Convención, habrá que garantizar que el niño o niña
esté en condiciones de formar un juicio propio en cuanto al derecho de expresar su
opinión libremente en todos los asuntos que le afectan, considerándose su opinión en
función de su edad y madurez. El niño o niña debe tener una participación activa en la
construcción de la mejor estrategia de trabajo para él y su familia (Relaf. Acogimiento
Familiar. Guía de Estándares para las prácticas)
Creemos importante mencionar la siguiente cita: “La voz del niño o niña debe
expresar el cuidado y la protección de los adultos que los consideran seres en una
condición peculiar de desarrollo, merecedores de toda protección de la familia, del
Estado y de la sociedad. Es una voz que debe ser tomada en cuenta en el trabajo
profesional. Pare eso, es preciso trabajar con la familia y con la red de servicios de
protección, creando condiciones para la participación los niños y niñas en las
decisiones y las acciones necesarias durante el proceso. Así, a través de la reflexión y
la práctica, ellos se irán apropiando de diferentes soluciones dentro de su universo de
posibilidades objetivas y subjetivas. Se puede y se debe escuchar lo que los niños y
niñas dicen de las situaciones de su vida. Sinclair (apudHek) sugiere que la visión de
éstos debe ser tomada más en cuenta cuando se piensa en el desarrollo de Servicios de
Acogimiento Familiar. Esto no significa que los niños y niñas sepan siempre lo que es
mejor para ellos en determinados momentos, pero tienen opiniones muy claras que
pueden ser útiles para pensar en maneras de mejorar o desarrollar el acogimiento. La
apropiación de nuevos valores, principalmente en lo que se refiere a la educación de
los niños y niñas, fue considerada importante por todos los involucrados.” (Valente,
Jane, 2014)
Con respecto al proceso mismo de acogimiento las familias nos relataron
diferentes situaciones.
En la búsqueda de la satisfacción de las necesidades fundamentales y las
propiamente humanas del niño, en una de las entrevistas nos dijeron: “No se cómo vivía
79
antes…pero pensó q era una casa grande…la cama para ella era enorme…los cuatro
juntos dormían…Ese día…le compre ropa interior…Se bañó…le cortamos el
pelo…muchos piojos…tenia heriditas que se le fueron con el tiempo de la cantidad de
piojos que tenía”
También encontramos fortalezas respecto a la formación de hábitos y la puesta
de límites saludables por parte de familias que están focalizadas positivamente en el
objetivo:
“Obviamente que se le están corrigiendo unos malos hábitos. Se adaptó
bien…ayudaron muchos los otros chicos…”
En otra familia nos relataban parte del proceso “En nuestro caso él es como el
único hijo…tenía una ansiedad de comer…agarraba el plato como diciendo es mío.
Contaba que no iban a la escuela si la hermana mayor no los levantaba. La hermana
era como la madre de ellos. Tenían cerca de cincuenta faltas. Nos costaba mucho
levantarlo para ir al colegio…Nos pidió permiso para faltar y le dijimos que eso se
acabó.”
Otro de los casos se nos manifestó: “La verdad que se adaptó re bien…
independiente, aunque es chiquito. Fue más la adaptación nuestra que la de él. A
medida que toma confianza es más sociable”. “Había venido con mucha hambre, muy
congestionado… el hambre no era algo de dos o tres días”
Otra de las familias, junto con la que relata, pronunció que a los niños se les
pasó el primer momento desagradable, al comer por primera vez con ellos. Creen que
fue algo tan extraordinario a lo que siempre habían vivido (ya que pasaban hambre y
padecían desnutrición) que eso les hizo un cambio bastante acelerado de la perspectiva
de las cosas.
Las necesidades fundamentales como las de abrigo, alimentación, hábitat, etc.
son indispensables para el desarrollo integral del niño. Al provisionarle de las mismas,
el niño encuentra seguridad, que es una necesidad propiamente humana. En ese primer
momento en que encuentran que en la familia de acogimiento van a poder satisfacer
esas necesidades se realiza un cambio súbito de la primera instancia sufrida. Lo primero
que observamos en cuanto a este primer momento que lo hace sufrido, es la falta de
comunicación eficiente y construida en la verdad para que el niño pueda estar preparado
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o al menos consciente de lo que va a vivir. Por otra parte, el niño involucrado debe ser
participe y su voz debe ser escuchada en la toma de decisiones que a él le confieren,
tomando como base el Art. 12 de la Convención de los Derechos de los Niños donde
declara que “se dará en particular al niño oportunidad de ser escuchado en todo
procedimiento judicial o administrativo que afecte al niño”. Este es un punto clave para
afrontar el proceso de acogimiento.
Cuando se les pregunto sobre el proceso desde que el niño ingresa en la mayoría
de los casos costo la adaptación al comienzo y a medida que pasan los días la situación
iba mejorando. En uno de los casos nos contaban: “Él estuvo los dos primeros días
eufórico, re contento y después el tercer día estuvo con dos líneas de fiebre, medio mal,
triste, carente de afecto, llorisqueaba, estaba a upa. Estuvo a upa dos días enteros y
después ya normal, como que él se integró a la familia re bien, nos llama la atención
eso. Como que incorporo el tema de dormir a la noche, duerme toda la noche, al
principio tenía unas pesadillas. Ahora duerme toda la noche, la siesta, hace vida
normal. Come normal, nos hacía renegar un poquito para tomar la leche y esas cosas,
pero bueno demasiado bien, mucho mejor de lo que nosotros nos imaginábamos. Y
creemos que sobretodo los chicos y el que tiene la misma edad, ayudaron mucho a que
él se adaptara rápido. Primero que él estaba acostumbrado a estar con hermanitos,
pero el como que se unió a ellos y ellos a él, así muy espontáneamente sin mayor
dificultad. Mi hijo cambio muchísimo desde que esta el niño en casa. Era más solitario,
ahora esta como más abierto, mas sociable, más terrible (risas) Si, por ahí se
complementan, en las buenas y en las malas (risas), se potencian.”
Con respecto a la relación del niño con el entorno más cercano de la familia de
acogimiento, la mayoría de las respuestas apuntaron a que el niño fue bien recibido e
integrado. Consideramos importante este punto, ya que la contención en este proceso
debería ser clave. Una de las familias nos relataba acerca de la relación del niño con su
propia familia “nos encariñamos tanto, los cuatro. Porque todos me dicen: los celos, de
haber sabido tenía cuatro hijos adoptados y no hijos porque los celos no se manifiestan.
Los celos entre los niños no se manifiestan para nada, me ayudan bastante. La
entretienen, son los estimuladores.”
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Otra familia nos contaba “Realmente nosotros la adoptamos como una hija más,
le tratamos de dar lo mejor, es una hija más en todo. Esta nena necesitaba vincularse,
hacer el apego con alguien porque en el hogar que estaba veía mil caras.”
3.3.4 EJE 3. Las motivaciones y representaciones propias de las familias de
acogimiento.
Desde que nos insertamos a la institución teníamos un interrogante que nos
parecía interesante de descubrir ¿Las familias de acogimiento no acaban deseando ser
familias adoptivas? ¿Se postularán ya con esa intención? El documento de la ReLAF
relata que la motivación debe estar vinculada al acogimiento y no a la adopción “El
acogimiento es una situación temporaria del niño o niña sin cuidados parentales. Las
familias que se postulen como acogedoras deben tener motivaciones no vinculadas al
deseo de ser padres (mediante la adopción), sino a prestar una serie de recursos
materiales y emocionales durante el tiempo que dure el acogimiento. En la etapa de
evaluación, el equipo técnico debe prestar especial atención a poder discriminar estas
motivaciones, ya que compromete el tipo de vínculo y las relaciones que se establecerán
con el niño o niña y su familia.” Entre las mismas condiciones para insertarse al
programa “Familias para Familias” está presente que las familias no quieran adoptar y
se les hace firmar un acta rechazando esa posibilidad.
Respecto de las representaciones de las familias de acogimiento, pudimos
observar que el hecho de la adopción no ha sido un inconveniente, ya que ellas tenían en
claro el objetivo del programa y no era esta su motivación. En muy pocos casos, el
factor tiempo influye mucho y comienza a haber interés por querer ser familia adoptiva
o el mismo proceso legal les brinda alguna posibilidad de serlo. Un caso de esto lo
podemos ver en esta familia que nos relataba:
“El niño nos reconoce como familia a nosotros porque es lo que ha tenido
siempre. No es fácil, porque no es fácil entregarlo después de tanto tiempo, yo no
paraba de llorar. No es para cualquiera. Nosotros nos dimos cuenta que no es una
planta que le echan agua y listo. Lo tuvimos mucho tiempo, lo criamos desde chiquitito.
Él era prematuro y después ver como quedo, dos cirugías en medio, meningitis, había
quedado paralizado del lado izquierdo, con un tipo de discapacidad, que en este tiempo
le hemos hecho muchas rehabilitaciones, muchísima dedicación, muchísimo amor y
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muchísimo compromiso y nosotros lo consideramos nuestro bebe, hemos luchado. Y
gracias a Dios el juez considero todo eso y tenemos posibilidades, viste que las familias
en guarda no pueden adoptar, nosotros estamos con una chance por todo eso y bueno
ahora nos quita el sueño, porque hasta que todo esto se defina.”
Las motivaciones que las vinculaban al Programa pudimos conocerlas al
preguntarles: ¿Qué es ser familia de acogimiento para ustedes? Obtuvimos las
siguientes respuestas:
-“Es Ayudar y cuidar. La prioridad es el niño. Es como un viaje transitorio para
el bienestar de el”
-“Nosotros entendemos q es una familia q es por un tiempo… entendemos q
nuestra misión en la vida es dejar huellas y queremos dejar huellas para q ella las lleve
al lugar donde le toque…que no haya sido en vano…pasamos este mal
trago…trasmitirle valores”
-“Si le toca otra vez esa vida diferente que ella pueda… tener un poder de
elección”
Otra pregunta fue ¿Cómo es el rol de ser familia de acogimiento para ellos? Una
familia nos contestó: “Tratamos de que nuestra dinámica no cambie. Ósea nosotros
somos los que somos y es como un hijo más. Incorporar a un niño en nuestra casa y que
se sume a nuestro equipo momentáneamente hasta que su situación de base se resuelva,
ya sea para bien en su familia o que vaya con otro familiar o termine en una adopción,
pero bueno, sabemos eso, que es momentáneo y bueno, tratamos de sumarlo al equipo
nuestro. Y lo vemos como una experiencia positiva para nosotros y para nuestros hijos
también. Por ejemplo, es una forma de que ellos se abran, entiendan, cada uno a su
modo, lo que es ser solidario con el otro, o entender la realidad del otro.”
Cuando la familia manifiesta que la prioridad es el niño, que ellas desean brindar
su aporte, que desean empoderar al niño para que pueda salir adelante, son estas
motivaciones las que ayudan y sostienen al niño en el proceso. Otro de los Motivos para
ser familia de acogimiento fue el haber tenido otras experiencias de acogimiento con
otros niños.
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Al preguntarle al profesional del programa de revinculación familiar sobre su
visión hacia las familias de acogimiento este nos dijo: “El ideal de una Familia de
Acogimiento, es una familia que sepa que es transitoria que no van a querer adoptar,
que no se va a apoderar del niño, que no van a obstaculizar al niño con sus familia
biológica y que van a promover las re vinculaciones. La Familia de acogimiento
cuando tiene claro el objetivo del acogimiento, no hay muchas dificultades. Pero
muchas veces en la familia es tan el nivel de amor, que en el fondo está escondido que
quieren adoptar al niño. Cuando hay deseo de apropiación o una cuestión ideológica o
de prejuicio con la Familia de origen boicotean las revinculaciones.”
En otra instancia de la intervención preprofesional, consideramos importante
asistir a los talleres que se realizan para las familias de acogimiento ya que los mismos
fueron una instancia muy importante de comunicación entre familias y de
enriquecimiento mutuo. En estos talleres también se aprovechó para aclarar dudas y
compartir información a las familias. Fueron espacios muy productivos, donde pudimos
conocer mejor a las familias de acogimiento, sus representaciones, sus vivencias y sus
procesos. Uno de los puntos charlados que nos parecen muy importantes reflejar aquí,
fue cuando en uno de estos espacios en un momento de compartir una de las familias
hizo referencia a una de las cuestiones que sus vínculos más cercanos les preguntaban
¿no te vas a encariñar con el niño? Y su respuesta junto con la de otras familias que
opinaban fueron “el fin es el niño, no nosotros” “hay que cambiar la mirada” “pensar
en el niño, no en lo que le pasa al adulto” “Nosotros estamos de paso, somos el
puente” “yo no quiero adoptar, quiero ayudar a personas”. Nuestro punto aquí es
remarcar ésta clara comprensión sobre lo que es ser familia “acogedora” que vimos en
estas familias.
Una sugerencia de una las familias en este espacio llamo la atención de todo el
equipo que realizo el taller como de nosotras que observábamos: “Los jueces tendrían
que venir a estos espacios, porque no tienen idea de las decisiones que toman, tendrán
que escucharnos a nosotros” A todos les pareció muy acertada la opinión y quedo como
propuesta para futuros encuentros.
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3.3.5 EJE 4. La Relación entre la familia de acogimiento y la familia de
origen.
Con respecto al Involucramiento de la familia de origen, la Relaf afirma que se
debe incluir a la familia de origen en las estrategias para garantizarle al niño o niña una
solución estable en relación con su derecho a la vida familiar y comunitaria lo más
rápido posible. La inclusión como parte activa de trabajo, buscando junto con ella
soluciones a los problemas individuales y grupales que dieron origen a la separación,
hará posicionar al grupo familiar en un lugar de cooperación y no de resistencia.
En cuanto al vínculo entre la familia de acogimiento y la familia de origen cabe
destacar que la familia de acogimiento tiene nulo vinculo o escaso encuentro con la
familia de origen del niño, aun a pesar que la ley estimule la misma, en el capítulo II,
articulo 14 menciona “El Estado, junto a la familia receptora, debe fortalecer y apoyar a
la familia de origen en el afianzamiento de los vínculos entre esta y la niña, niño o
adolescente para que en el plazo más breve posible se produzca la consolidación de la
relación familiar.”. Delineamos dicha conclusión a partir de pensar en las instancias de
encuentro de ambas familias (la de origen y la receptora/as) que son de tiempos
acotados, unido a la protección subyacente de la ubicación de la familia receptora y
algunas veces también a los propios prejuicios de ambas partes respecto de la otra.
Sin embargo, en el espacio de los talleres nos sorprendió la opinión que las
familias de acogimiento tienen de la familia de origen. En muchos casos las familias
opinaban que sería adecuado ayudar más a la familia de los niños a salir adelante y que
el Estado debería hacerse más cargo de eso. Vimos poca culpabilización hacia ellas y
más comprensión con actitud de ayuda mutua. “¿cómo podemos ayudar a la familia de
origen?” “sería bueno pensar a la familia de origen como parte de la política” decía
una familia, otra se hacia el interrogante “¿Qué pasa con la familia de origen cuando
el niño se va en adopción? “No hay que pensar solo en la mamá, sino en todo su
entorno”
En relación a las instancias de re vinculaciones pudimos realizar algunas
observaciones.
Los procesos ineficaces tienden a altercar el máximo respetado: el del interés
superior del niño. Así, para el niño pueden resultar altamente frustrantes las instancias
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de re vinculación, los discursos que se usan para con el mismo en tanto lograr un
objetivo conforme a los lineamientos institucionales no le favorecen. En algunos casos,
la propia estructura edilicia no es propicia y también la falta de control del personal
involucrado en esos momentos lleva a que se observe desorganización también.
Mediante nuestras observaciones pudimos ver que las familias de origen y las
familias de acogimiento en los espacios de re vinculación, siempre se encuentran
alejadas unas de otras. La familia de acogimiento deja al niño en la re vinculación y
luego de eso entra la familia de origen y en este proceso no se cruzan. Después de
realizar algunas preguntas se nos comentó que ambas familias no pueden estar juntas y
que las familias de origen no pueden tener ningún tipo de conocimiento sobre los datos
personales ni el lugar donde se encuentran sus niños en cuidado de la familia que los
acoge. Esto es así, debido a que se quiere mantener la seguridad de los niños y de las
familias acogedoras en el proceso de acogimiento.
En algunas ocasiones como la que vamos a brindar a continuación, la familia de
acogimiento manifiesta una relación conflictiva con la familia de origen “Me llamaron
para insultar y a los días tenían a venir a mi casa asique tuvimos que contratar a un
adicional porque no sabíamos que podía pasar. No es que venís una asistente social a
mi casa y estar presente en a re vinculación, yo creo que así debería ser, imagínate
nosotros solos. Y vos la ves acá hacerse la buenita y con nosotros nada que ver. Yo
tendría que haberla gravado.” En este mismo caso, la familia acuerda con que las re
vinculaciones no tienen sentido debido a que el niño ya estaba en estado de
adoptabilidad: “Otra cosa, la re vinculaciones ahora son para los hermanitos no para
la madre. Y el varón no iba nunca y cuando iba se ponía con el celular, la que jugaba
era más la nena, lo saludan y después se ponen cada uno a jugar con los juguetitos y
después no le dan más bola. Los hermanos están con la madre. Nosotros fuimos al juez,
le pedimos que las re vinculaciones no fuera más e casa y por eso ahora se hacen acá.
Para mi estas re vinculaciones no tienen sentido, pero pasa que hay un bache legal
hasta que el juez tome la decisión”
En algunos casos vimos que fue extenso el tiempo en el que el niño estuvo con
la familia de acogimiento y en muchas ocasiones el niño tiene escaso conocimiento de
su familia de origen, teniendo como únicos vínculos a la familia que lo está acogiendo.
“Nosotros hace casi dos años que estamos con él, para nosotros ya es nuestro hijo, y
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tenemos que estar con la incertidumbre y el miedo de que se lo lleven, de un día tener
que armarle el bolso.” En otro caso observamos la escasa relación de la niña con su
mama: la misma familia de acogimiento hacía hincapié en esto “Yo calculando el
tiempo, yo no sé si la nena habrá estado ni dos meses con su mama, porque entre que
estuvo internada 4 meses cuando nació prematura extrema, después s la saco la
SeNAF, vos suma, estuvo tres meses en el hogar y hace un mes y medio que está con
nosotros, y tiene un año y dos meses, no sé qué tiempo estuvo con la mamá.”
A lo largo del proceso nos pareció interesante recolectar algunas
representaciones sobre la familia de origen por parte de las familias de acogimiento:
“Yo creo que tendría que haber habido un límite más de SeNAF con respecto a
la familia del niño. Dio el cese SeNAF, dio el cese el juez, chau señora y listo, vaya a
hacer terapia y recupérese de sus errores en la vida. Porque la mujer va con un
abogado y le dan bola. Por ahí se piensa en la madre en sus hermanitos en todo, menos
en el niño. El nene no la quiere ver, no quiere que lo alcen. Después de la última re
vinculación estuvo 5 días llorando de noche. No se piensa en Juan que paso de todo
pobrecito, quedo con un discapacitado de discapacidad, podría haber muerto, podría
haber tenido muerte cerebral. Ósea ese nene hoy esta como esta es porque es un
milagro.”
“Es que a veces por más que le explicas ellos ven como que les estas sacando su
hijo, se ve en la forma de actuar”
“si esta mujer tuvo tres hijos y no han estado al cuidado de ella, yo con esta
cuarta no sé, es como que digo: no nono. Pero si ella no tiene en la tutela a ninguno de
sus tres hijos, viste cuando no le veo.”
En algunos casos vimos la unión de intereses en lo que respecta al interés
superior del niño. Cuando se les pregunto por el vínculo con la familia de origen nos
contestaron:
“Siempre y cuando sea para el bien del niño”
Otro hecho que nos parece relevante de reflexionar, una vez más, es la falta de
información sobre la familia de origen que le es brindada a las familias acogedoras.
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“Poco, el resto lo averiguamos por facebook y después nos arrepentimos y
después nos retaron. Nos dijo que no aporta nada positivo. Nosotros somos conscientes
de nuestro rol y lugar en la situación y no ir más allá de eso Todos nos fueron contando
un poco de la historia de niño, pero no la conocemos con exactitud. En ese momento
nos empezaron a contar cosas, pero justo llegaron las tías entonces quedo ahí. Lo que
más nos llama la atención es que él no nos habla ni nos diga nada, no nos dice ningún
nombre tampoco.”
En las entrevistas realizadas se les preguntó ¿Cómo está siendo el proceso de re
vinculación hasta ahora?
“No sé por qué yo la dejo y nos retiramos y a la hora la vengo a buscar.”
“el adulto ya es adulto y lo que hizo, hay que priorizar a la nena y que necesita
ella. Si los padres están aptos para lo que ella necesita”
En otro caso vimos una tensa relación con la familia de origen en relación a las
visitas al niño y re vinculaciones. “Después la re vinculaciones se hacían en casa por la
salud del niño, estuvieron bárbaros, en horario con mucho respeto hasta que tuvieron
la audiencia con el juez y nosotros tuvimos que declarar, decir todo lo que paso. Y
según ellos su abogado le leyó nuestra declaración y ellos estaban muy enojados,
ofendidos, todo un planteamiento, une escándalo en mi casa. Yo le digo, discúlpame,
pero yo no voy a mentir ante el juez, yo estoy para cuidar y proteger a Juan no para ser
tu amiga. Le dije, fuiste vos la que lo quisiste abortar tres veces, no yo. Te lo
devolvieron, tuviste la posibilidad de hacerte cargo de él, no te hiciste cargo, yo no
tengo la responsabilidad de lo que paso. Desde ahí en más la relación. Ella entraba no
saludaba, mala actitud y cada vez fue peor. Empezó a llamar a cualquier hora para
venir, empezó a mandar mensajes, llegaba tarde, yo tenía q estar a disposición de
ella.”
El psicólogo del programa de re vinculación familiar, al preguntarle qué opinaba
de los casos en los que al niño parecía afectarle negativamente la re vinculación,
reflexionaba lo siguiente:
“Esta cultura occidental, pos moderna, se horroriza cuando un niño sufre, no
puede sufrir, hasta lo medican para que no sufra. Un niño se puede angustiar, puede
estar triste. Este proceso va constituyendo el psiquismo de un niño que tiene una familia
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que no reúne con las condiciones de estabilidad o de fortaleza que otras sí. Pero no por
eso, yo al niño lo voy a sacar o aislar de cualquier factor de sufrimiento. Hay una
representación social en general de criticar negativamente a la re vinculación y a las
familias de acogimiento. La gente se horroriza, y no es lo que yo miro de afuera. Hay
que acceder a la realidad de cada familia. Que le paso a la familia, que condicionantes
tuvo en su vida. ¿Qué sabes vos de la vida del otro? Hay caso que no se pueden evitar,
pero la re-vinculación trata de garantizar que los derechos se preserven en el marco
del primer derecho de identidad con su familia. Si vos sos Familia de Acogimiento tenés
que estar preparado y saber que el efecto de una re-vinculación puede no tener el
efecto que vos esperas. Si vos estás pensando en el niño, pensa en el niño, no en tus
intereses personales. Vos tenés que confiar en que el equipo no va a exponer al niño a
situaciones malas. Y colaborar con ellos.”
Según la directora de la institución, muchas veces la familia de acogimiento se
toma la libertad de opinar como si fuera parte del equipo técnico, esto respecto a las
decisiones que involucran al niño, tales como si va a volver con su familia de origen o
no.
Por esto, ella menciona la importancia de los talleres para acortar esa distancia y
para que puedan reconocer a la familia como un sujeto igual. Continua diciendo: “puede
ser que tenga dificultades para determinados bienes o recursos pero tiene afecto y
cariño”
En base a todo esto, aun nos planteamos la cuestión si siempre es conveniente
para el niño volver con su familia de origen. Es decir, la ley provincial establece que el
niño debe volver con su familia de origen, pero a nosotras nos genera dudas este punto
ya que pudimos observar, que no en todos los casos es favorable para el niño volver con
la familia donde comenzó el problema que originó la medida excepcional. Claro está,
que este punto debe ser revisado y debatido rigurosamente según cada caso, pero aquí
solo exponemos el interrogante generado en algunas situaciones. Cuando preguntamos a
los profesionales sobre esto, nos respondieron que se tenía que seguir los lineamientos
de la ley y también hicieron referencia a la cuestión de la Identidad del niño, punto que
nos parece clave en su desarrollo y que es un derecho fundamental. El centro de vida del
niño es un lugar generador de identidad y por esto es propicio para el niño crecer y
desarrollarse en ese lugar.
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CAPÍTULO 4
Reflexiones sobre la
actuación
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En este capítulo final, además de la conclusión, replantearemos las cuestiones centrales
que nos dirigieron en nuestra tesis y también propondremos una nueva mirada de los
procesos de restitución de derechos en el acogimiento familiar a partir de todo lo
elaborado y recopilado.
4.1 Replanteando cuestiones en la restitución.
Consideramos en esta instancia la mirada que tuvimos respecto al proceso de
restitución del derecho del niño/a y/o adolescente a vivir en su Centro de Vida acatado
en esta tesina.
Observamos que no siempre es una instancia, un proceso, que favorece a la
protección integral de todos los derechos de los niños.
Esto lo relacionamos con que se debe procurar la satisfacción integral y
simultanea de los derechos y garantías que constituyen lo que se define como “el
Interés Superior del niño” (Art. 3 de la Ley Nacional). Acentuamos aquí que estos
derechos son estrictamente independientes, exigiéndose la satisfacción conjunta de ellos
para la consecución efectiva del desarrollo del niño en condiciones dignas.
Como lo expusimos anteriormente, desde el artículo 3 de la ley 9944 de la
provincia de Córdoba, podemos hablar de Centro de vida tomado como el lugar donde
las niñas/os y adolescentes hubiesen transcurrido en condiciones legítimas la mayor
parte de su existencia.
Al llegar al concepto de centro de vida, nos hemos apropiado de el, aún más allá
de su concepción legal. A partir de las practicas realizadas en la institución pudimos
observar que el centro de vida del niño/a es el lugar, no solamente que transcurrió la
mayor parte de su existencia sino aquel espacio que se le abrió al niño para que él pueda
desarrollarse integralmente y pueda constituir/construir su identidad. Es un lugar que se
le otorga de forma material pero sobretodo, de forma simbólica. Es allí donde el siente
pertenencia, por eso nos atrevemos a decir que su familia (independientemente de
quienes la constituyan) lo apropia cuando le abren este camino para sostenerlo y
fomentar el bienestar en su crecimiento y desarrollo. Es el lugar donde puede construir
su identidad.
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En medio de todo ese proceso para llegar a la garantía del derecho es que
observamos, a través de las prácticas, que los equipos técnicos deben sujetarse a los
mecanismos institucionales, los cuales pueden llegar a infligir un perjuicio en el niño,
ya que se deben cumplimentar los tiempos y espacios estipulados sin dar margen a un
análisis de cada caso en particular; esto se ve por diversas razones: falta de recursos
materiales, estructurales y humanos. En el programa muchas veces no se cuenta con el
caudal necesario de familias de acogimiento por diversas razones o también hay muchas
bajas de las mismas; no hay una preparación adecuada de las familias previamente
(generando frustraciones) por la falta de tiempo y la necesidad apremiante de las
mismas; algunas familias vienen con intereses de adopción (esto, teniendo en cuenta
que desde el programa se enfatiza lo contrario); no hay un apoyo suficiente y constante
a las familias que no cuenten con el presupuesto para atender casos de niños particulares
(por ejemplo niños que necesiten tratamiento médico especializado). Entonces,
podemos observar que el que resulta afectado es el niño, ya que en ocasiones se
encuentra enmarcado en los siguientes dilemas: pasa de un lugar a otro sin poder
pertenecer a ninguno, los procesos de re vinculación no son positivos en algunos casos,
y muchas veces el niño debe ingresar a una institución, ya que no cuenta con otra
posibilidad.
Nuestra preocupación fundamental es que el niño se vea atrapado en el sistema,
porque es allí donde se encuentra el escenario propicio donde puede estar más
vulnerable ante el riesgo de que sus derechos se vean perjudicados (tales como no velar
por su interés superior, que sus opiniones no sean tenidas en cuenta, su derecho a la
identidad, etc.). Reiteramos lo mencionado anteriormente: estos derechos son
estrictamente interdependientes, exigiéndose la satisfacción conjunta de ellos para la
consecución efectiva del desarrollo del niño en condiciones dignas.
Un niño que no puede salir del sistema está así por distintas razones: porque se
encuentra institucionalizado, porque los procesos de re vinculación en su caso no son
positivos, porque la familia de acogimiento no cuenta verdaderamente con los recursos
o herramientas materiales y simbólicas para generar un lugar para el niño
provisoriamente, porque hay escasez de familias que se postulan, porque los tiempos,
jurisdicciones y espacios relativos a su estado (de niño en guarda, de adoptabilidad) no
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le favorecen o también porque ha pasado por diversas instancias y aún no ha encontrado
su centro de vida.
Ese es el procedimiento que nos compete, un proceso que muchas veces
prolonga la vulneración de los derechos y hace más lenta la restitución y reparación de
los mismos. Sin embargo es posible reflexionar y volver sobre nuestro accionar para
una mirada más compleja e integral.
4.2 Conclusiones
En lo respecta a nuestra practica en sí, podemos evaluar tanto dificultades como
aprendizajes que nos acompañaron a lo largo de todo el año y de los cuales para esta
conclusión rescatamos los aspectos más importantes.
El proceso de inserción profesional no fue dificultoso. De a poco fuimos
buscando a las personas responsables de los distintos programas y acordando los
espacios para hablar con ellos. Todos tuvieron una buena disponibilidad para las
entrevistas y para lo que fuéramos necesitando. El jefe del lugar nos fue presentando a
los profesionales, guiando y orientando en cuanto a la intervención.
Todos los acuerdos del plan de trabajo los pautamos con la trabajadora Social
del programa y ella nos fue orientando y aconsejando en cuanto a los mismos. Al
comienzo se nos complicó encontrar nuestro lugar en la institución y tener en claro que
actividades y con qué objetivos las íbamos a realizar. A lo largo del año fuimos
teniendo más claridad y definiendo los objetivos que guiaron nuestra práctica.
En cuanto a la ejecución de actividades, fue el proceso que más aprendizajes y
dificultades nos generó. Las entrevistas que pudimos realizar a las familias fueron una
instancia muy enriquecedora y productiva. Nos gustó poder conectarnos y comprender
la realidad de cada familia, y con ellos la de los niños. Las re-vinculaciones nos hicieron
reflexionar mucho y pensarnos en la intervención. Un aspecto dificultoso fue que no nos
dejaron hacer la actividad del taller para las familias de acogimiento que teníamos la
94
intención de realizar y eso nos desanimó como equipo, ya que sentimos por un
momento que no habíamos podido hacer intervención propiamente dicha en el lugar.
Pero como como aprendizaje nos dejó el poder mirar atrás y evaluar todo lo que
habíamos hecho y que hay que saber buscar otras opciones ante las dificultades que se
van presentando. Nosotras no pudimos presentar otro proyecto porque el tiempo en el
lugar se nos estaba por acabar, y nos quedamos con las ganas, pero vimos como positivo
todo lo que si pudimos realizar durante el año.
En lo que refiere al trabajo de equipo, costo un poco organizarnos entre nosotras
con los tiempos, ya que no podíamos ir al lugar en el mismo horario, pero nos fuimos
turnando y tratamos de irnos poniendo al tanto de todo lo que íbamos haciendo.
La relación con la referente fue muy buena y cordial. Pudimos trabajar juntas y
sacarnos todas las dudas que nos iban surgiendo. Creemos que fue muy positivo
acompañarla a sus intervenciones porque desde ese lugar, pudimos ver mejor su rol
como Trabajadora Social dentro de la institución. Sin embargo, solo tuvimos relación
con los profesionales del equipo familias para familias y en casos puntuales con el
programa de re-vinculación familiar, relacionándonos solo para entrevista y
ocasionalmente en el pasillo o en alguna re-vinculación. Desde la mitad del año para
adelante sólo mantuvimos el contacto con la referente institucional.
De la intervención, podemos evaluar distintos aspectos. En lo que hace
referencia al Trabajo Social, vimos muy acotada la intervención en el lugar y creemos
que ese fue un aspecto que nos dificultó nuestra propia práctica, no teniendo tantas
posibilidades de inserción en sus actividades. No tuvimos intervención en el programa
de re-vinculación familiar y eso nos dejó con muchos interrogantes sobre el rol del
trabajo social allí. En las entrevistas, solo pudimos mirar el lado del Psicólogo y
reflexionando, nos hubiera gustado poder acceder al rol y visión del trabajo social en
ese programa. Pero es importante aclarar, que fue una elección de nosotras realizar
nuestra intervención sólo en el programa de acogimiento familiar y tal vez nos faltó
tener más relación con el otro programa. Observamos también, que no hay tanta
relación entre ambos programas y creemos que sería bueno y muy enriquecedor para
futuras estudiantes trabajar conjuntamente en ambos programas.
La intervención pre-profesional nos permitió conocer en profundidad los detalles
complejos del proceso de restitución de derechos en el acogimiento familiar. Proceso
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marcado por contradicciones, fallas u obstáculos que impiden que el fin, que es la
restitución del derecho, se realice sin ningún impedimento.
Todo mecanismo llevado a cabo en lo social es multifacético, tiene distintas
aristas precisas de mirar. Cuando en el acogimiento familiar se encuentra siguiendo un
determinado procedimiento predefinido sin acatarse de todo lo que el mismo va
avasallando en el camino, nos encontraremos siguiendo una regla general que puede
resultar insatisfactoria en determinados casos.
Si el mecanismo, por distintos síntomas observables no resulta en su integralidad
lo suficientemente eficaz y eficiente para semejante complejidad como es el proceso que
nos compete aquí, en todo caso será preciso hacer un relevamiento que ayude a
replantearse como debería ser el mismo.
Entonces planteamos que principalmente queda a cargo del Estado el fomentar el
desarrollo integral y satisfactorio del Acogimiento Familiar en el Programa Familias
para Familias de la SeNAF. Aun así, es válido que propiciando el Interés Superior de
niño se trabaje de forma integral con la sociedad en general. Nuestro foco esta puesto en
que si no se prestan atención a los obstáculos que hemos observado y que forman parte
del mecanismo y que continúan sin un llamado de atención, constantemente continuarán
perjudicando, tarde o temprano, al mismo sujeto que nos compete: los niños, niñas y
adolescentes.
96
97
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