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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE ESTE AYUNTAMIENTO, EL DÍA 26 DE ENERO DE 2021, EN PRIMERA CONVOCATORIA. Fecha de aprobación del documento: 02/02//2021. Unidad Responsable: Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local. Unidad Dir 3 dependiente: LA0004613. ÓRGANOS DE GOBIERNO- AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS. Fecha de última actualización: 02/02/2021. Excelentísimo Ayuntamiento de Leganés. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 135.2 del Reglamento Orgánico Municipal, que dice que una copia del Acta, conteniendo sólo la parte dispositiva, deberá publicarse en la página web municipal en el plazo de siete días a contar desde la aprobación, se hace pública este acta en dicha web En este documento, los datos de carácter personal objeto de protección que pudieran aparecer, se encuentran sustituidos por (**) en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter personal. Permitida la reutilización de este documento. Es preciso preservar y no desnaturalizar el contenido así como citar la fuente, todo ello conforme a lo establecido en la Ley 18/2015, de 9 de julio, por la que se modifica la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público. Para más información acceda al aviso legal www.leganes.org/aviso legal CIF P2807400C. Ayuntamiento de Leganés. Plaza Mayor, 1, 28911. Tlf 912484010 C.S.V:13526507560211051576 Puede verificar la autenticidad del documento introduciendo este cdigo en www.leganes.org

ACTA DE LA SESIÓN [ORDINARIA] CELEBRADA POR LA …

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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO

LOCAL DE ESTE AYUNTAMIENTO, EL DÍA 26 DE ENERO DE 2021, EN PRIMERA

CONVOCATORIA.

Fecha de aprobación del documento: 02/02//2021.

Unidad Responsable: Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local.

Unidad Dir 3 dependiente: LA0004613. ÓRGANOS DE GOBIERNO-

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS.

Fecha de última actualización: 02/02/2021.

Excelentísimo Ayuntamiento de Leganés.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 135.2 del Reglamento Orgánico Municipal, que dice que una copia del Acta, conteniendo sólo la parte dispositiva, deberá publicarse en la página web municipal en el plazo de siete días a contar desde la aprobación, se hace pública este acta en dicha web

En este documento, los datos de carácter personal objeto de protección que pudieran aparecer, se encuentran sustituidos por (**) en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter personal. Permitida la reutilización de este documento. Es preciso preservar y no desnaturalizar el contenido así como citar la fuente, todo ello conforme a lo establecido en la Ley 18/2015, de 9 de julio, por la que se modifica la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.

Para más información acceda al aviso legal www.leganes.org/aviso legal

CIF P2807400C. Ayuntamiento de Leganés. Plaza Mayor, 1, 28911. Tlf 912484010

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TITULAR OFICINA APOYO JUNTA
DE GOBIERNO LOCAL
Firmado digitalmente por:
M ESTHER IBAÑEZ MARTIN
08/02/2021 9:09:41
C.S.V:13526507560211051576
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ÍNDICE

1.- APROBAR BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA

CELEBRADA EL DÍA 19 DE ENERO DE 2021. .................................................. 5

2.- LICENCIA DE OBRAS. ........................................................................................ 6

2.1- EXPTE. NÚM. 19.274/2018-010OMY, PARA INSTALACIÓN DE

ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS, EN C/ BALEARES, Nº 6. .... 6

2.2- EXPTE. NÚM. 19.458/2019-010OMY, PARA CONSTRUCCIÓN DE NAVE

INDUSTRIAL PARA ALMACENAJE DE PIEZAS DE ACERO CON

ZONA DE SOLDADURA ROBOTIZADA, EN C/ EINSTEIN, Nº 4 IND G-1.

POLÍGONO INDUSTRIAL SUR M-50. ....................................................... 8

2.3- EXPTE. NÚM. 19.601/2020-010OMY, PARA AMPLIACIÓN DE

ASCENSOR HASTA NIVEL DE CALLE, EN AV. DERECHOS

HUMANOS, Nº 1. ..................................................................................... 12

3.- APROBAR LA ADJUDICACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL

SUMINISTRO DE MASCARILLAS COVID-19 POR LOTES. (LOTE 1.

MASCARILLA QUIRÚRGICA DESECHABLE). EXPTE. PLYCA NÚM.

370/2020. ............................................................................................................ 15

4.- APROBAR LA ACEPTACIÓN DE SUBVENCIONES COMO AYUNTAMIENTO

BENEFICIARIO DEL PROGRAMA DE APOYO A LAS POLICÍAS LOCALES

DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LOS AÑOS 2021 A 2024. ............... 17

5.- APROBAR LA MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DÉCIMO QUINTO,

APARTADO SEGUNDO, DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA URGENTE DE

JGL CELEBRADA EL DÍA 17 DE DICIEMBRE DE 2020, CORRESPONDIENTE

AL PROYECTO DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA CON LA ACTIVIDAD

LABORAL DIRIGIDO A PREVENIR EL RIESGO DE DESEMPLEO DE LARGA

DURACIÓN COMO CONSECUENCIA DE LA PANDEMIA DEL COVID-19. .... 18

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6.- APROBAR LA ADHESIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS AL

REGISTRO DE TRANSPARENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID. .......... 18

7.- DAR CUENTA DE RESOLUCIONES JUDICIALES. ......................................... 19

7.1- PROCEDIMIENTO ABREVIADO 487/2019, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 15 DE MADRID. ....................... 19

7.2- PROCEDIMIENTO ABREVIADO 71/2020, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 12 DE MADRID. ....................... 19

8.- URGENCIAS. ..................................................................................................... 20

8.1- ACATAR LA RESOLUCIÓN Nº 22/2021 DEL TRIBUNAL

ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA

COMUNIDAD DE MADRID, RELATIVO AL EXPTE. NÚM. 139/2020

"PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE DEFENSA LETRADA EN JUICIO Y

LA REPRESENTACIÓN PROCESAL DEL AYUNTAMIENTO DE

LEGANÉS EN MATERIA DE PERSONAL Y RESPONSABILIDAD

PATRIMONIAL (EN LOS ÓRDENES SOCIAL Y CONTENCIOSO-

ADMINISTRATIVO)". ............................................................................... 20

8.2- APROBAR LA ADJUDICACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL

SUMINISTRO DE "PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ULTRAMARINOS,

PESCADOS Y CONGELADOS Y CARNICERÍA Y POLLERÍA PARA

ESCUELAS INFANTILES Y CASAS DE NIÑOS DE TITULARIDAD

MUNICIPAL, POR LOTES". (LOTE 1. ULTRAMARINOS). EXPTE.

PLYCA NÚM. 15/2020. ............................................................................ 21

8.3- APROBAR LA ADJUDICACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL

SUMINISTRO DE "PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ULTRAMARINOS,

PESCADOS Y CONGELADOS Y CARNICERÍA Y POLLERÍA PARA

ESCUELAS INFANTILES Y CASAS DE NIÑOS DE TITULARIDAD

MUNICIPAL, POR LOTES". (LOTE II. PESCADOS Y CONGELADOS Y

LOTE III. CARNICERÍA Y POLLERÍA). EXPTE. PLYCA NÚM. 15/2020.

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9.- RUEGOS Y PREGUNTAS. ................................................................................ 27

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“ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO

LOCAL DE ESTE AYUNTAMIENTO, EL DÍA VEINTISÉIS DE ENERO DE DOS MIL

VEINTIUNO, EN PRIMERA CONVOCATORIA.

En LEGANÉS, a VEINTISÉIS DE ENERO DE DOS MIL VEINTIUNO. Presididos por el

Alcalde-Presidente, DON SANTIAGO LLORENTE GUTIÉRREZ, se reúnen en Sala

Junta de Gobierno Local, Plaza Mayor, nº 1, los Sres. Concejales: DOÑA MARÍA

ÁNGELES MICÓ VAQUERIZO, DON OSCAR OLIVEIRA GONZÁLEZ. La actual

situación, requiere determinadas medidas tendentes a la protección de la salud

mientras perdure la crisis sanitaria originada por la COVID 19; por lo que de

conformidad con el Decreto número 5.679/2020 de fecha 23 del corriente mes de junio

dictado por el Alcalde Presidente, en virtud del apartado 3 del artículo 46 de la Ley

7/1985 de 2 de Abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, se resuelve que los

órganos colegiados municipales se constituyan, celebren sus sesiones y adopten los

oportunos acuerdos a distancia por medios electrónicos y telemáticos; se constituye la

Junta de Gobierno Local y asisten a la sesión mediante videoconferencia con las

garantías indicadas en la norma los miembros: DOÑA LAURA OLIVA GARCÍA, DON

FRANCISCO JAVIER MÁRQUEZ ORTIZ, DON MIGUEL GARCÍA REY, DON

FRANCISCO JOSÉ MUÑOZ MURILLO, DOÑA EVA MARTÍNEZ BORREGA, asistidos

de la Concejal-Secretaria de la Junta de Gobierno Local DOÑA MARÍA ELENA

AYLLÓN LÓPEZ, según Decreto de Alcaldía de 17 de junio de 2019, y presente la

Interventora DOÑA TERESA PASCUAL GALLEGO y como Titular de la Oficina de

Apoyo a la Junta de Gobierno Local DOÑA ESTHER IBÁÑEZ MARTÍN, según Decreto

de Alcaldía nº 14.089/2018 de fecha 26 noviembre, al objeto de celebrar la sesión

Ordinaria por la Junta de Gobierno Local, en primera convocatoria, para la cual, habían

sido previamente convocados con arreglo al Orden del Día.

Por el Alcalde-Presidente se declaró abierta la sesión, siendo las diez horas y once

minutos.

1.- APROBAR BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA

CELEBRADA EL DÍA 19 DE ENERO DE 2021.

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La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ: APROBAR el Acta de la de la

sesión Ordinaria celebrada el día 19 de enero de 2021.

2.- LICENCIA DE OBRAS.

2.1- EXPTE. NÚM. 19.274/2018-010OMY, PARA INSTALACIÓN DE

ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS, EN C/ BALEARES, Nº 6.

La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:

PRIMERO.- Conceder a la COMUNIDAD PROPIETARIOS de la C/BALEARES 6, la

LICENCIA DE OBRA (Expte. Nº 019274/2018-010 OMY), para la INSTALACIÓN DE

ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS EN HUECO JUNTO A ESCALERA, en la

COMUNIDAD PROPIETARIOS de la C/BALEARES Nº 6, según proyecto presentado y

de acuerdo con el informe del Arquitecto técnico municipal de fecha 5 de enero de 2021

que contiene el siguiente cuadro resumen,

CUADRO RESUMEN DE DATOS DE LICENCIA (PROY. BÁSICO/ EJECUCIÓN)

Dirección: C/ BALEARES, 6

Ordenanza: Municipal de

Instalación de ascensores en

edificios Residenciales

Licencia:

019274/2018-010OMY

Descripción de las obras: INSTALACIÓN DE UN ASCENSOR EN HUECO JUNTO A

ESCALERA DEL EDIFICIO

Promotor: Comunidad de Propietarios C/ BALEARES, 6 Técnico autor del proyecto:

D. ***

(Arquitecto)

Técnico director de obra:

D. ***

Presupuesto de ejecución material: 104.228,57 euros

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Dimensiones cabina ascensor : 1,00x1.25 m Número de plantas:

Baja+cuatro

SEGUNDO.- Indicar que de conformidad con lo establecido por la legislación

urbanística y sectorial vigente, deben tenerse en consideración las siguientes

condiciones de la presente licencia:

2.1.- La Licencia se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad; sin perjuicio de

tercero y condicionada al cumplimiento de las normas urbanísticas y sobre edificación

vigentes, así como a la obtención en su caso, de las correspondientes autorizaciones

administrativas.

2.2- Con carácter previo al inicio de las obras, se deberá contar con proyecto de

ejecución visado, así como hoja de designación de Dirección de obra y Coordinador de

seguridad y salud.

2.3.- La fecha de iniciación de las obras será el día siguiente a la firma del Acta de

Inicio o Replanteo. El plazo para la iniciación de las obras será de un año, contado

desde el día siguiente al de recibir la notificación de la concesión de la licencia y tres

años para la terminación de éstas, caducando la licencia si antes de la conclusión de

los plazos previstos para el comienzo y finalización de las obras no ha formulado

solicitud de ampliación del plazo, que se podrá conceder por tiempo no superior al

inicialmente acordado; el plazo de interrupción máxima será de tres meses, según se

establece en el artículo 70 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación

Urbana de Leganés.

2.4.- De conformidad con lo establecido en el artículo 192 de la Ley 9/2001, de 17 de

julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid deberán levantarse dos actas, una con

motivo del inicio o replanteo de las obras y otra con ocasión de la terminación de éstas,

para lo que se solicitarán la correspondiente inspección de los Servicios Municipales,

con una antelación previa de 10 días.

2.5- Cualquier modificación del proyecto de ejecución que pudiera suponer cambios de

los parámetros urbanísticos deberá contar con la autorización previa de la

Administración.

2.6.- Deberá solicitar Licencia de Primera Ocupación una vez terminadas las obras de

construcción.

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2.7.- Los residuos de construcción y demolición procedentes de las obras, deberán ser

trasladados a vertederos. Si se encontrarán/generarán durante las obras, residuos

peligrosos se presentará la documentación de su correcta gestión así como de la

aplicación del RD 396/2006 sobre amianto.

2.8.- La licencia es transmisible, pero el antiguo y nuevo constructor deben comunicarlo

por escrito a la Corporación sin lo cual quedarán ambos sujetos a todas las

responsabilidades que se deriven para el titular.

2.9.- La presente licencia no ampara la implantación de ningún contenedor en la vía

pública ni la instalación de grúas-torre, para lo que se deberá solicitar la autorización

correspondiente.

2.10.- En todo caso, será preceptivo el establecimiento de vallas protectoras para la

realización de las obras y especialmente cuando se trate de demoliciones,

respondiendo los propietarios, constructores y directores de los daños que se causen a

terceros.

2.11.- Se adoptarán cuantas medidas sean precisas y de aplicación por las

disposiciones en vigor a fecha de ejecución de las obras, tendentes a evitar contagios y

preservar la salud en aras de la debida gestión de la situación sanitaria ocasionada por

el COVID-19

TERCERO.- Notificar el acuerdo a los interesados en el plazo de diez días, haciéndoles

saber que pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo puede interponer los

recursos previstos de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley

39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm 236 de

2/10/2015).

2.2- EXPTE. NÚM. 19.458/2019-010OMY, PARA CONSTRUCCIÓN DE

NAVE INDUSTRIAL PARA ALMACENAJE DE PIEZAS DE ACERO

CON ZONA DE SOLDADURA ROBOTIZADA, EN C/ EINSTEIN, Nº 4

IND G-1. POLÍGONO INDUSTRIAL SUR M-50.

La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:

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PRIMERO.- Conceder la licencia de obra para CONSTRUCCIÓN DE NAVE

INDUSTRIAL PARA ALMACENAJE DE PIEZAS DE ACERO CON ZONA DE

SOLDADURA ROBOTIZADA en C/ EINSTEIN, 4 IND G-1 POLIGONO INDUSTRIAL

SUR M-50 - 28914 (Leganés), a favor de AQUISGRAM PROYECTOS INDUSTRIALES,

S.L. con NIF B82870361, según proyecto presentado y de acuerdo con los datos del

cuadro resumen que consta en el informe del Arquitecto municipal de fecha 23 de

noviembre de 2020:

CUADRO RESUMEN DE DATOS DE LICENCIA (PROYECTO BÁSICO)

Licencia: 019458/2019-010OMY

Dirección: C/EINSTEIN, 4 IND. G-1 POLIGONO INDUSTRIAL SUR M 50

28914 LEGANES (MADRID)

REF. CATASTRAL: 2026502VK3622N0001RO

Ordenanza: Industria General IND-G, Plan Parcial 10 “Sur M-50”

Descripción de las obras: CONSTRUCCIÓN DE NAVE INDUSTRIAL PARA ALMACENAJE DE

PIEZAS DE ACERO CON ZONA DE SOLDADURA ROBOTIZADA

Promotor:

AQUISGRAM PROYECTOS INDUSTRIALES SL

Técnicos autores del proyecto:

D. ***

(NºCº *** del COAM)

D. ***

(NºCº *** del COAM)

Técnicos directores de obra:

D. ***

(NºCº *** del COAM)

D. ***

(NºCº *** del COAM)

Técnicos directores de ejecución de obra:

Sin asignar

Coordinador de S+s en ejecución de obra:

Presupuesto de ejecución material: 1.400.000,00 euros

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Sin asignar

Superficie de Parcela 9.601,00 m2S

Número de plantas: P.Baja +III (oficinas)

Número plazas aparcamiento (Ordenanza) 93 plazas

Plantas Sup. Construida Sup. Computable

Planta baja 4.384,35 m2C 4.384,35 m

2C

Planta primera 110,00 m2

C 110,00 m2C

Planta segunda 582,00 m2

C 582,00 m2C

Planta tercera 582,00 m2

C 582,00 m2C

TOTAL 5.602,35 m2C 5.602,35 m

2C

SEGUNDO.- Indicar que, de conformidad con lo establecido por la legislación

urbanística y sectorial vigente, deben tenerse en consideración las siguientes

condiciones de la presente licencia:

1.- La Licencia se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad; sin perjuicio de

tercero y condicionada al cumplimiento de las normas urbanísticas y sobre edificación

vigentes, así como a la obtención en su caso, de las correspondientes autorizaciones

administrativas.

2.- Antes del comienzo de las obras, deberá contar con proyecto de ejecución visado

por el Colegio profesional correspondiente y presentar en el Ayuntamiento la Hoja de

designación de la Dirección Facultativa y del Coordinador de Seguridad y Salud.

3.- El plazo de iniciación de las obras será el día siguiente a la firma del Acta de Inicio o

Replanteo, caducando la licencia, si las obras no fueran iniciadas en el plazo de un

año, pudiendo ésta prorrogarse, por una sola vez, previa petición y por otro año; el

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plazo de interrupción máxima será de tres meses, según se establece en el artículo 70

de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés.

4.- De conformidad con lo establecido en el artículo 192 de la Ley 9/2001, de 17 de

julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid deberán levantarse dos actas, una con

motivo del inicio o replanteo de las obras y otra con ocasión de la terminación de éstas,

para lo que se solicitarán las correspondientes inspección de los Servicios Municipales.

5.- Deberá solicitar Licencia de Primera Ocupación una vez terminadas las obras de

construcción.

6.- La presente licencia habilita únicamente para la contratación de los servicios de

agua y luz para la construcción autorizada, pero en ningún caso para la contratación de

los mencionados servicios con carácter definitivo, requiriéndose para ello la Licencia de

Primera Ocupación.

7.- Los residuos de construcción y demolición procedentes de las obras, deberán ser

trasladados a vertederos autorizados. Si se encontraran/generaran durante las obras

residuos peligrosos se presentará la documentación de su correcta gestión y en

concreto la aplicación del RD 396/2006 sobre amianto.

8.- La licencia es transmisible, pero el antiguo y nuevo constructor deben comunicarlo por

escrito a la Corporación sin lo cual quedarán ambos sujetos a todas las responsabilidades

que se deriven para el titular.

9.- La presente licencia no ampara la implantación de ningún contenedor en la vía

pública ni la instalación de grúas-torre, para lo que se deberá solicitar la autorización

correspondiente. Igualmente, si la ejecución de la obra requiriera la utilización de

medios auxiliares que pudieran invadir el espacio delimitado por las “Servidumbres

Aeronáuticas”, como es el caso de grúas torre, grúas móviles, etc., se deberá tramitar

la correspondiente autorización previa para poder realizar dicha instalación de

conformidad con lo previsto en el Real Decreto 297/2013, de 26 de abril, por el que se

modifica el Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de Servidumbres Aeronáuticas (…) y

en el artículo 151 de la ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de

Madrid.

10.- En aplicación del artículo 31 de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico

de la Comunidad de Madrid, si durante el transcurso de las obras aparecieran restos de

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valor histórico y arqueológico, deberá comunicarse en el plazo de tres días naturales a la

dirección general de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.

11.- En todo caso, será preceptivo el establecimiento de vallas protectoras para la

realización de las obras y especialmente cuando se trate de demoliciones, respondiendo

los propietarios, constructores y directores de los daños que se causen a terceros.

12.- Se adoptarán cuantas medidas sean precisas y de aplicación por las disposiciones

en vigor a fecha de ejecución de las obras, tendentes a evitar contagios y preservar la

salud en aras de la debida gestión de la situación sanitaria ocasionada por el COVID-19.

2.3- EXPTE. NÚM. 19.601/2020-010OMY, PARA AMPLIACIÓN DE

ASCENSOR HASTA NIVEL DE CALLE, EN AV. DERECHOS

HUMANOS, Nº 1.

La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:

PRIMERO.- Conceder a la COMUNIDAD PROP RESIDENCIAL LOS TILOS MANZANA

B (Expte. Nº 019601/2020-010OMY), LICENCIA DE OBRA para la AMPLIACIÓN DE

ASCENSOR HASTA NIVEL DE CALLE, en AV DERECHOS HUMANOS, 1, según

proyecto presentado y de acuerdo con el siguiente cuadro resumen que consta en el

informe del Arquitecto Técnico Municipal de fecha 20 de octubre de 2020:

CUADRO RESUMEN DE DATOS DE LICENCIA (PROY. BÁSICO/ EJECUCIÓN)

Dirección:

Avd. Derechos Humanos 1

Ordenanza: Municipal de

Instalación de ascensores en

edificios Residenciales

REE.

Licencia: 019601/2020-010OMY

Descripción de las obras: AMPLIACIÓN DE ASCENSOR HASTA NIVEL DE CALLE

Promotor: Comunidad de Propietarios

Residencial Los Tilos

Técnico autor del proyecto:

D. ***

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Presupuesto de ejecución material:

38.235,29 euros

(Arquitecto Técnico, nº col: *** COAATM)

Técnico director de obra:

D. ***

(Arquitecto Técnico, nº col: *** COAATM)

Dimensiones cabina ascensor : 1,14 X 1,03 ml Número de plantas: Baja+cuatro

SEGUNDO.- Indicar que de conformidad con lo establecido por la legislación

urbanística y sectorial vigente, deben tenerse en consideración las siguientes

condiciones de la presente licencia:

2.1.- La Licencia se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad, sin perjuicio de

tercero y condicionada al cumplimiento de las normas urbanísticas y sobre edificación

vigentes, así como a la obtención en su caso, de las correspondientes autorizaciones

administrativas.

2.2.- Con carácter previo al inicio de las obras, se deberá contar con proyecto de

ejecución visado, así como Hoja de designación de Dirección de obra, Hoja de

designación de Dirección de Ejecución de Obras y Hoja de designación Coordinador de

seguridad y salud.

2.3.- La fecha de iniciación de las obras será el día siguiente a la firma del Acta de Inicio o

Replanteo. El plazo para la iniciación de las obras será de un año, contado desde el día

siguiente al de recibir la notificación de la concesión de la licencia y tres años para la

terminación de éstas, caducando la licencia si antes de la conclusión de los plazos

previstos para el comienzo y finalización de las obras no ha formulado solicitud de

ampliación del plazo, que se podrá conceder por tiempo no superior al inicialmente

acordado; el plazo de interrupción máxima será de tres meses, según se establece en el

artículo 70 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de

Leganés.

2.4.- De conformidad con lo establecido en el artículo 192 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,

del Suelo de la Comunidad de Madrid deberán levantarse dos actas, una con motivo del

inicio o replanteo de las obras y otra con ocasión de la terminación de éstas, para lo que

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se solicitarán la correspondiente inspección de los Servicios Municipales, con una

antelación previa de 10 días.

2.5- Cualquier modificación del proyecto de ejecución que pudiera suponer cambios de

los parámetros urbanísticos deberá contar con la autorización previa de la

Administración.

2.6.- Deberá solicitar Licencia de Primera Ocupación una vez terminadas las obras de

construcción.

2.7.- Los residuos de construcción y demolición procedentes de las obras, deberán ser

trasladados a vertederos. Si se encontraran o generaran durante las obras residuos

peligrosos, se presentará la documentación de su correcta gestión así como de la

aplicación del RD 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las

disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de

exposición al amianto.

2.8.- La licencia es transmisible, pero el antiguo y nuevo constructor deben comunicarlo

por escrito a la Corporación sin lo cual quedarán ambos sujetos a todas las

responsabilidades que se deriven para el titular.

2.9.- La presente licencia no ampara la implantación de ningún contenedor en la vía

pública ni la instalación de grúas-torre, para lo que se deberá solicitar la autorización

correspondiente.

2.10.- En todo caso, será preceptivo el establecimiento de vallas protectoras para la

realización de las obras y especialmente cuando se trate de demoliciones, respondiendo

los propietarios, constructores y directores de los daños que se causen a terceros.

2.11.- Se adoptarán cuantas medidas sean precisas y se encuentren en vigor a fecha de

ejecución de las obras, relativas a la intervención en edificios existentes para garantizar

las medidas adecuadas de higiene por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

TERCERO.- Notificar el acuerdo a los interesados en el plazo de diez días, haciéndoles

saber que pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo podrá interponer los

recursos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del

Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 236 de 2/10/2015).

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3.- APROBAR LA ADJUDICACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL

SUMINISTRO DE MASCARILLAS COVID-19 POR LOTES. (LOTE 1.

MASCARILLA QUIRÚRGICA DESECHABLE). EXPTE. PLYCA NÚM.

370/2020.

La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:

PRIMERO.- Adjudicar a la empresa PIVELLÓN, S.L. con C.I.F. B45059508 el contrato

de SUMINISTRO DE MASCARILLAS COVID-19. POR LOTES. LOTE 1.-MASCARILLA

QUIRÚRGICA DESECHABLE

El precio máximo que puede alcanzar el contrato es el siguiente para 1 anualidad

completa:

Sin IVA: 14.400,00 €

Importe del IVA: 576,00 €

(Resolución de 18 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Cartera Común

de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se publica el

Acuerdo de la Comisión de Precios de los Medicamentos de 18 de noviembre de 2020,

por el que se revisan los importes máximos de venta al público, en aplicación de lo

previsto en el artículo 94.3 del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de

los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por el Real Decreto legislativo

1/2015, de 24 de julio.)

Total IVA incluido: 14.976,00 €

A los siguientes precios unitarios según oferta presentada: Mascarilla FFP2: 0,10 € (sin

IVA)

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No existe un número mínimo de suministros a realizar, el presupuesto máximo podrá

agotarse o no en función de los suministros que se requiera realizar por la

Administración al contratista.

Todo ello conforme a la oferta presentada en lo que no se oponga a los Pliegos de

Condiciones Técnicas y Administrativas Particulares, y normativa especial y general de

aplicación.

Y plazo de ejecución: 1 AÑO, contado a partir de la firma del acta de inicio del

suministro, pudiendo ser prorrogado anualmente por 1 AÑO. Duración máxima del

contrato incluida la posible prórroga: 2 años.

SEGUNDO.- Disponer el gasto a favor de la empresa PIVELLÓN, S.L. con C.I.F.

B45059508 adjudicataria del contrato para el Lote nº 1 – MASCARILLA QUIRÚRGICA

DESECHABLE, con cargo a la partida 04/9200/22106 del ejercicio presupuestario

corriente y compromiso de gasto de ejercicios futuros que constan en el expediente.

Tratándose de un gasto plurianual, en aplicación de lo dispuesto en el art. 79.2 del Real

Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título

sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, la

autorización o realización de los gastos de carácter plurianual se subordinará al crédito

que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos. Asimismo, deberán

reajustarse las cantidades consignadas en las partidas presupuestarias, en función del

día cierto de inicio del contrato (art.174.1 LRHL).

TERCERO.- Notificar el presente acuerdo a la empresa PIVELLÓN, S.L. con C.I.F.

B45059508, adjudicataria del Contrato, y a todos los candidatos y licitadores en

cumplimiento del art. 151.1 LCSP con los recursos pertinentes, indicando

expresamente que el contrato es susceptible de recurso especial en materia de

contratación.

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Comunicando a la empresa adjudicataria que la formalización del contrato deberá

realizarse una vez transcurridos 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la

notificación de este acuerdo, en el plazo máximo de cinco días.

Si por causas imputables al adjudicatario no se formalizase el contrato dentro del plazo

indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA

excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la

garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra b)

del apartado 2 del artículo 71 LCSP. En este caso, el contrato se adjudicará al siguiente

licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa

presentación de la documentación establecida en el apartado 2 del artículo 150 LCSP,

resultando de aplicación los plazos establecidos en el apartado anterior.

Contra el presente acuerdo de adjudicación, que agota la vía administrativa, cabe

interponer potestativamente el recurso especial en materia de contratación a que se

refiere el artículo 44.1.c) y Disposición Transitoria 1ª 4 de la Ley de Contratos del

Sector Público, RD 9/2017, de 8 de noviembre, ante el Tribunal Administrativo de

Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, en el plazo de quince días hábiles a

contar a partir del día siguiente a aquel en que se remita la notificación de este

acuerdo.

En caso de que no se opte por la interposición de recurso especial, cabe interponer

directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo

de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se reciba la notificación

de este acuerdo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.- APROBAR LA ACEPTACIÓN DE SUBVENCIONES COMO AYUNTAMIENTO

BENEFICIARIO DEL PROGRAMA DE APOYO A LAS POLICÍAS LOCALES

DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LOS AÑOS 2021 A 2024.

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La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ: ACEPTAR LAS

SUBVENCIONES COMO AYUNTAMIENTO BENEFICIARIO DEL PROGRAMA DE

APOYO A LAS POLICÍAS LOCALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LOS

AÑOS 2021 A 2024.

5.- APROBAR LA MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DÉCIMO QUINTO,

APARTADO SEGUNDO, DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA URGENTE DE

JGL CELEBRADA EL DÍA 17 DE DICIEMBRE DE 2020, CORRESPONDIENTE

AL PROYECTO DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA CON LA ACTIVIDAD

LABORAL DIRIGIDO A PREVENIR EL RIESGO DE DESEMPLEO DE LARGA

DURACIÓN COMO CONSECUENCIA DE LA PANDEMIA DEL COVID-19.

La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ: MODIFICAR el acuerdo de la

Junta de Gobierno Local de fecha diecisiete de diciembre de 2020, punto 15, en su

apartado segundo, estableciéndose como plazo de contratación del resto del personal

desempleado del proyecto hasta el 1 de abril de 2021 inclusive.

6.- APROBAR LA ADHESIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS AL

REGISTRO DE TRANSPARENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:

PRIMERO.-Aprobar la adhesión del Ayuntamiento de Leganés al Registro de

Transparencia de la Comunidad de Madrid, asumiendo los requisitos establecidos para

este Registro en la Ley 10/2019 y el Decreto 76/2020 que desarrolla este aspecto.

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SEGUNDO.- Comunicar a la Comunidad de Madrid la adhesión del Ayuntamiento de

Leganés a este Registro y facultar al Alcalde Presidente para la firma de aquellos

documentos precisos para hacer efectiva la adhesión.

7.- DAR CUENTA DE RESOLUCIONES JUDICIALES.

7.1- PROCEDIMIENTO ABREVIADO 487/2019, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 15 DE MADRID.

La Junta de Gobierno Local se dio por enterada de la siguiente Sentencia:

Procedencia.- Juzgado Contencioso Administrativo nº 15 de Madrid.

Fecha sentencia.- 23 de noviembre de 2020.

Número procedimiento.- Procedimiento Abreviado 487/2019.

Demandante.- “Particular”.

Delegación.- Recursos Humanos.

Asunto.- Reclamación de cantidad.

Sentido de la Sentencia.- Estimatoria parcial.

Acordando que por los órganos municipales competentes se lleven a cabo las

actuaciones materiales, presupuestarias y contables necesarias para la debida

ejecución de dicha resolución en sus propios términos, a cuyo fin se remitirá a los

mismos el expediente con copia de la resolución judicial recaída.

7.2- PROCEDIMIENTO ABREVIADO 71/2020, DEL JUZGADO DE LO

CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 12 DE MADRID.

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La Junta de Gobierno Local se dio por enterada de la siguiente Sentencia:

Procedencia.- Juzgado Contencioso Administrativo nº 12 de Madrid.

Fecha sentencia.- 30 de octubre de 2020.

Número procedimiento.- Procedimiento Abreviado 71/2020.

Demandante.- “Particular”.

Delegación.- Recursos Humanos.

Asunto.- Reclamación de cantidad.

Sentido de la Sentencia.- Estimatoria.

Acordando que por los órganos municipales competentes se lleven a cabo las

actuaciones materiales, presupuestarias y contables necesarias para la debida

ejecución de dicha resolución en sus propios términos, a cuyo fin se remitirá a los

mismos el expediente con copia de la resolución judicial recaída.

8.- URGENCIAS.

8.1- ACATAR LA RESOLUCIÓN Nº 22/2021 DEL TRIBUNAL

ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA

COMUNIDAD DE MADRID, RELATIVO AL EXPTE. NÚM. 139/2020

"PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE DEFENSA LETRADA EN JUICIO Y

LA REPRESENTACIÓN PROCESAL DEL AYUNTAMIENTO DE

LEGANÉS EN MATERIA DE PERSONAL Y RESPONSABILIDAD

PATRIMONIAL (EN LOS ÓRDENES SOCIAL Y CONTENCIOSO-

ADMINISTRATIVO)".

El Alcalde-Presidente, previa especial declaración de urgencia, obtenida por

unanimidad de todos los Señores asistentes, sometió a aprobación el siguiente

acuerdo.

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La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:

PRIMERO.- Acatar la resolución nº 22/2021 del Tribunal Administrativo de Contratación

Pública de la Comunidad de Madrid y en su ejecución, acordar la retroacción de las

actuaciones al momento previo a la exclusión de la oferta presentada por AGM

ABOGADOS Y CONSULTORES DE MADRID, S.L., dando traslado a la Mesa de

Contratación para que proceda a conceder a dicha empresa plazo de subsanación,

continuando el procedimiento en los términos que legalmente procedan.

SEGUNDO.- Publicar el acuerdo adoptado en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento

de Leganés para su general conocimiento y a los efectos oportunos.

TERCERO.- Notificar el acuerdo al Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la

Comunidad de Madrid en cumplimiento de la Resolución 84/2020, y a las empresas

licitadoras.

8.2- APROBAR LA ADJUDICACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL

SUMINISTRO DE "PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ULTRAMARINOS,

PESCADOS Y CONGELADOS Y CARNICERÍA Y POLLERÍA PARA

ESCUELAS INFANTILES Y CASAS DE NIÑOS DE TITULARIDAD

MUNICIPAL, POR LOTES". (LOTE 1. ULTRAMARINOS). EXPTE.

PLYCA NÚM. 15/2020.

El Alcalde-Presidente, previa especial declaración de urgencia, obtenida por

unanimidad de todos los Señores asistentes, sometió a aprobación el siguiente

acuerdo.

La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:

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PRIMERO.- Adjudicar a la empresa EURICAR EUROPA, S.L. con C.I.F. B82051921 el

contrato de SUMINISTRO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ULTRAMARINOS,

PESCADOS Y CONGELADOS Y CARNICERÍA Y POLLERÍA PARA ESCUELAS

INFANTILES Y CASAS DE NIÑOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL, POR LOTES,

LOTE I “ULTRAMARINOS”

El precio máximo que puede alcanzar el contrato es el siguiente para dos anualidades

completas es el siguiente:

LOTE I ULTRAMARINOS

Sin IVA: 81.000€

Importe del IVA: 8.100€

Importe total: 89.100€

Aplicando a todos los precios unitarios base de licitación de los artículos incluidos en el

Lote nº 1(Ultramarinos) el porcentaje de baja del 38 % ofertado por la empresa.

No existe un número mínimo de suministros a realizar, el presupuesto máximo podrá

agotarse o no en función de los suministros que se requiera realizar por la

Administración al contratista.

Todo ello conforme a la oferta presentada en lo que no se oponga a los Pliegos de

Condiciones Técnicas y Administrativas Particulares, y normativa especial y general de

aplicación.

Y plazo de ejecución: 2 Años, contados a partir de la firma del acta de inicio del

suministro, pudiendo ser prorrogado anualmente por 2 años. Duración máxima del

contrato incluida las posibles prórrogas: 4 años.

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SEGUNDO.- Disponer el gasto a favor de la empresa EURICAR EUROPA, S.L. con

C.I.F. B82051921 adjudicataria del contrato para el Lote nº 1 – “ULTRAMARINOS”, con

cargo a la partida 07/3231/221.05 y 07/3230/221.05 del ejercicio presupuestario

corriente y compromiso de gasto de ejercicios futuros que constan en el expediente.

Tratándose de un gasto plurianual, en aplicación de lo dispuesto en el art. 79.2 del Real

Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título

sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, la

autorización o realización de los gastos de carácter plurianual se subordinará al crédito

que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos.

Asimismo, deberán reajustarse las cantidades consignadas en las partidas

presupuestarias, en función del día cierto de inicio del contrato (art.174.1 LRHL)

TERCERO.- Notificar el presente acuerdo a la empresa EURICAR EUROPA, S.L. con

C.I.F. B82051921 adjudicataria del Contrato, y a todos los candidatos y licitadores en

cumplimiento del art. 151.1 LCSP con los recursos pertinentes, indicando

expresamente que el contrato es susceptible de recurso especial en materia de

contratación.

Comunicando a la empresa adjudicataria que la formalización del contrato deberá

realizarse una vez transcurridos 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la

notificación de este acuerdo, en el plazo máximo de cinco días.

Si por causas imputables al adjudicatario no se formalizase el contrato dentro del plazo

indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA

excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la

garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra b)

del apartado 2 del artículo 71 LCSP. En este caso, el contrato se adjudicará al siguiente

licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa

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presentación de la documentación establecida en el apartado 2 del artículo 150 LCSP,

resultando de aplicación los plazos establecidos en el apartado anterior.

Contra el presente acuerdo de adjudicación, que agota la vía administrativa, cabe

interponer potestativamente el recurso especial en materia de contratación a que se

refiere el artículo 44.1.c) y Disposición Transitoria 1ª 4 de la Ley de Contratos del

Sector Público, RD 9/2017, de 8 de noviembre, ante el Tribunal Administrativo de

Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, en el plazo de quince días hábiles a

contar a partir del día siguiente a aquel en que se remita la notificación de este

acuerdo.

En caso de que no se opte por la interposición de recurso especial, cabe interponer

directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo

de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se reciba la notificación

de este acuerdo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

8.3- APROBAR LA ADJUDICACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL

SUMINISTRO DE "PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ULTRAMARINOS,

PESCADOS Y CONGELADOS Y CARNICERÍA Y POLLERÍA PARA

ESCUELAS INFANTILES Y CASAS DE NIÑOS DE TITULARIDAD

MUNICIPAL, POR LOTES". (LOTE II. PESCADOS Y CONGELADOS Y

LOTE III. CARNICERÍA Y POLLERÍA). EXPTE. PLYCA NÚM. 15/2020.

El Alcalde-Presidente, previa especial declaración de urgencia, obtenida por

unanimidad de todos los Señores asistentes, sometió a aprobación el siguiente

acuerdo.

La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:

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PRIMERO.- Adjudicar a la empresa JOAQUIN AYORA, S.A., con CIF A46308433 el

contrato de SUMINISTRO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ULTRAMARINOS,

PESCADOS Y CONGELADOS Y CARNICERÍA Y POLLERÍA PARA ESCUELAS

INFANTILES Y CASAS DE NIÑOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL, POR LOTES:

LOTE II “PESCADOS Y CONGELADOS” y LOTE III “CARNICERIA Y POLLERIA”

El precio máximo que puede alcanzar el contrato es el siguiente para dos anualidades

completas es el que seguidamente se indica, desglosado por lotes:

LOTE II PESCADOS Y CONGELADOS

Sin IVA: 62.000€

Importe del IVA 6.200€

Importe total 68.200€

LOTE III CARNICERÍA Y POLLERÍA

Sin IVA: 42.000€

Importe del IVA 4.100€

Importe total 46.200€

Aplicando a todos los precios unitarios base de licitación de los artículos incluidos en el

cada uno de los lotes el porcentaje de baja ofertado por la empresa:

LOTE II: Pescados y Congelados: 28 %

LOTE III: Carnicería y Pollería: 20 %

No existe un número mínimo de suministros a realizar, el presupuesto máximo podrá

agotarse o no en función de los suministros que se requiera realizar por la

Administración al contratista.

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Todo ello conforme a la oferta presentada en lo que no se oponga a los Pliegos de

Condiciones Técnicas y Administrativas Particulares, y normativa especial y general de

aplicación.

Y plazo de ejecución: 2 Años, contados a partir de la firma del acta de inicio del

suministro, pudiendo ser prorrogado anualmente por 2 años. Duración máxima del

contrato incluida las posibles prórrogas: 4 años.

SEGUNDO.- Disponer el gasto a favor de la empresa JOAQUIN AYORA, S.A., con CIF

A46308433 adjudicataria del contrato para los LOTES 2 y 3 con cargo a las partidas

07/3231/221.05 y 07/3230/221.05 del ejercicio presupuestario corriente y compromiso

de gasto de ejercicios futuros que constan en el expediente.

Tratándose de un gasto plurianual, en aplicación de lo dispuesto en el art. 79.2 del Real

Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título

sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, la

autorización o realización de los gastos de carácter plurianual se subordinará al crédito

que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos.

Asimismo, deberán reajustarse las cantidades consignadas en las partidas

presupuestarias, en función del día cierto de inicio del contrato (art.174.1 LRHL)

TERCERO.- Notificar el presente acuerdo a la empresa JOAQUIN AYORA, S.A., con

CIF A46308433 adjudicataria del Contrato, y a todos los candidatos y licitadores en

cumplimiento del art. 151.1 LCSP con los recursos pertinentes, indicando

expresamente que el contrato es susceptible de recurso especial en materia de

contratación.

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Comunicando a la empresa adjudicataria que la formalización del contrato deberá

realizarse una vez transcurridos 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la

notificación de este acuerdo, en el plazo máximo de cinco días.

Si por causas imputables al adjudicatario no se formalizase el contrato dentro del plazo

indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA

excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la

garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra b)

del apartado 2 del artículo 71 LCSP. En este caso, el contrato se adjudicará al siguiente

licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa

presentación de la documentación establecida en el apartado 2 del artículo 150 LCSP,

resultando de aplicación los plazos establecidos en el apartado anterior.

Contra el presente acuerdo de adjudicación, que agota la vía administrativa, cabe

interponer potestativamente el recurso especial en materia de contratación a que se

refiere el artículo 44.1.c) y Disposición Transitoria 1ª 4 de la Ley de Contratos del

Sector Público, RD 9/2017, de 8 de noviembre, ante el Tribunal Administrativo de

Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, en el plazo de quince días hábiles a

contar a partir del día siguiente a aquel en que se remita la notificación de este

acuerdo.

En caso de que no se opte por la interposición de recurso especial, cabe interponer

directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo

de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se reciba la notificación

de este acuerdo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

9.- RUEGOS Y PREGUNTAS.

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No hubo

Y no habiendo más asuntos que tratar, el Alcalde - Presidente levantó la sesión, siendo

las diez horas y veinte minutos, de todo lo que yo, como Secretaria doy fe.”

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