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ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO
LOCAL DE ESTE AYUNTAMIENTO, EL DÍA 26 DE ENERO DE 2021, EN PRIMERA
CONVOCATORIA.
Fecha de aprobación del documento: 02/02//2021.
Unidad Responsable: Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local.
Unidad Dir 3 dependiente: LA0004613. ÓRGANOS DE GOBIERNO-
AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS.
Fecha de última actualización: 02/02/2021.
Excelentísimo Ayuntamiento de Leganés.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 135.2 del Reglamento Orgánico Municipal, que dice que una copia del Acta, conteniendo sólo la parte dispositiva, deberá publicarse en la página web municipal en el plazo de siete días a contar desde la aprobación, se hace pública este acta en dicha web
En este documento, los datos de carácter personal objeto de protección que pudieran aparecer, se encuentran sustituidos por (**) en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter personal. Permitida la reutilización de este documento. Es preciso preservar y no desnaturalizar el contenido así como citar la fuente, todo ello conforme a lo establecido en la Ley 18/2015, de 9 de julio, por la que se modifica la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.
Para más información acceda al aviso legal www.leganes.org/aviso legal
CIF P2807400C. Ayuntamiento de Leganés. Plaza Mayor, 1, 28911. Tlf 912484010
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ÍNDICE
1.- APROBAR BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA
CELEBRADA EL DÍA 19 DE ENERO DE 2021. .................................................. 5
2.- LICENCIA DE OBRAS. ........................................................................................ 6
2.1- EXPTE. NÚM. 19.274/2018-010OMY, PARA INSTALACIÓN DE
ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS, EN C/ BALEARES, Nº 6. .... 6
2.2- EXPTE. NÚM. 19.458/2019-010OMY, PARA CONSTRUCCIÓN DE NAVE
INDUSTRIAL PARA ALMACENAJE DE PIEZAS DE ACERO CON
ZONA DE SOLDADURA ROBOTIZADA, EN C/ EINSTEIN, Nº 4 IND G-1.
POLÍGONO INDUSTRIAL SUR M-50. ....................................................... 8
2.3- EXPTE. NÚM. 19.601/2020-010OMY, PARA AMPLIACIÓN DE
ASCENSOR HASTA NIVEL DE CALLE, EN AV. DERECHOS
HUMANOS, Nº 1. ..................................................................................... 12
3.- APROBAR LA ADJUDICACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL
SUMINISTRO DE MASCARILLAS COVID-19 POR LOTES. (LOTE 1.
MASCARILLA QUIRÚRGICA DESECHABLE). EXPTE. PLYCA NÚM.
370/2020. ............................................................................................................ 15
4.- APROBAR LA ACEPTACIÓN DE SUBVENCIONES COMO AYUNTAMIENTO
BENEFICIARIO DEL PROGRAMA DE APOYO A LAS POLICÍAS LOCALES
DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LOS AÑOS 2021 A 2024. ............... 17
5.- APROBAR LA MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DÉCIMO QUINTO,
APARTADO SEGUNDO, DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA URGENTE DE
JGL CELEBRADA EL DÍA 17 DE DICIEMBRE DE 2020, CORRESPONDIENTE
AL PROYECTO DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA CON LA ACTIVIDAD
LABORAL DIRIGIDO A PREVENIR EL RIESGO DE DESEMPLEO DE LARGA
DURACIÓN COMO CONSECUENCIA DE LA PANDEMIA DEL COVID-19. .... 18
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6.- APROBAR LA ADHESIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS AL
REGISTRO DE TRANSPARENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID. .......... 18
7.- DAR CUENTA DE RESOLUCIONES JUDICIALES. ......................................... 19
7.1- PROCEDIMIENTO ABREVIADO 487/2019, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 15 DE MADRID. ....................... 19
7.2- PROCEDIMIENTO ABREVIADO 71/2020, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 12 DE MADRID. ....................... 19
8.- URGENCIAS. ..................................................................................................... 20
8.1- ACATAR LA RESOLUCIÓN Nº 22/2021 DEL TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, RELATIVO AL EXPTE. NÚM. 139/2020
"PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE DEFENSA LETRADA EN JUICIO Y
LA REPRESENTACIÓN PROCESAL DEL AYUNTAMIENTO DE
LEGANÉS EN MATERIA DE PERSONAL Y RESPONSABILIDAD
PATRIMONIAL (EN LOS ÓRDENES SOCIAL Y CONTENCIOSO-
ADMINISTRATIVO)". ............................................................................... 20
8.2- APROBAR LA ADJUDICACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL
SUMINISTRO DE "PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ULTRAMARINOS,
PESCADOS Y CONGELADOS Y CARNICERÍA Y POLLERÍA PARA
ESCUELAS INFANTILES Y CASAS DE NIÑOS DE TITULARIDAD
MUNICIPAL, POR LOTES". (LOTE 1. ULTRAMARINOS). EXPTE.
PLYCA NÚM. 15/2020. ............................................................................ 21
8.3- APROBAR LA ADJUDICACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL
SUMINISTRO DE "PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ULTRAMARINOS,
PESCADOS Y CONGELADOS Y CARNICERÍA Y POLLERÍA PARA
ESCUELAS INFANTILES Y CASAS DE NIÑOS DE TITULARIDAD
MUNICIPAL, POR LOTES". (LOTE II. PESCADOS Y CONGELADOS Y
LOTE III. CARNICERÍA Y POLLERÍA). EXPTE. PLYCA NÚM. 15/2020.
................................................................................................................. 24
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9.- RUEGOS Y PREGUNTAS. ................................................................................ 27
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“ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO
LOCAL DE ESTE AYUNTAMIENTO, EL DÍA VEINTISÉIS DE ENERO DE DOS MIL
VEINTIUNO, EN PRIMERA CONVOCATORIA.
En LEGANÉS, a VEINTISÉIS DE ENERO DE DOS MIL VEINTIUNO. Presididos por el
Alcalde-Presidente, DON SANTIAGO LLORENTE GUTIÉRREZ, se reúnen en Sala
Junta de Gobierno Local, Plaza Mayor, nº 1, los Sres. Concejales: DOÑA MARÍA
ÁNGELES MICÓ VAQUERIZO, DON OSCAR OLIVEIRA GONZÁLEZ. La actual
situación, requiere determinadas medidas tendentes a la protección de la salud
mientras perdure la crisis sanitaria originada por la COVID 19; por lo que de
conformidad con el Decreto número 5.679/2020 de fecha 23 del corriente mes de junio
dictado por el Alcalde Presidente, en virtud del apartado 3 del artículo 46 de la Ley
7/1985 de 2 de Abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, se resuelve que los
órganos colegiados municipales se constituyan, celebren sus sesiones y adopten los
oportunos acuerdos a distancia por medios electrónicos y telemáticos; se constituye la
Junta de Gobierno Local y asisten a la sesión mediante videoconferencia con las
garantías indicadas en la norma los miembros: DOÑA LAURA OLIVA GARCÍA, DON
FRANCISCO JAVIER MÁRQUEZ ORTIZ, DON MIGUEL GARCÍA REY, DON
FRANCISCO JOSÉ MUÑOZ MURILLO, DOÑA EVA MARTÍNEZ BORREGA, asistidos
de la Concejal-Secretaria de la Junta de Gobierno Local DOÑA MARÍA ELENA
AYLLÓN LÓPEZ, según Decreto de Alcaldía de 17 de junio de 2019, y presente la
Interventora DOÑA TERESA PASCUAL GALLEGO y como Titular de la Oficina de
Apoyo a la Junta de Gobierno Local DOÑA ESTHER IBÁÑEZ MARTÍN, según Decreto
de Alcaldía nº 14.089/2018 de fecha 26 noviembre, al objeto de celebrar la sesión
Ordinaria por la Junta de Gobierno Local, en primera convocatoria, para la cual, habían
sido previamente convocados con arreglo al Orden del Día.
Por el Alcalde-Presidente se declaró abierta la sesión, siendo las diez horas y once
minutos.
1.- APROBAR BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA
CELEBRADA EL DÍA 19 DE ENERO DE 2021.
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La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ: APROBAR el Acta de la de la
sesión Ordinaria celebrada el día 19 de enero de 2021.
2.- LICENCIA DE OBRAS.
2.1- EXPTE. NÚM. 19.274/2018-010OMY, PARA INSTALACIÓN DE
ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS, EN C/ BALEARES, Nº 6.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
PRIMERO.- Conceder a la COMUNIDAD PROPIETARIOS de la C/BALEARES 6, la
LICENCIA DE OBRA (Expte. Nº 019274/2018-010 OMY), para la INSTALACIÓN DE
ASCENSOR EN EDIFICIO DE VIVIENDAS EN HUECO JUNTO A ESCALERA, en la
COMUNIDAD PROPIETARIOS de la C/BALEARES Nº 6, según proyecto presentado y
de acuerdo con el informe del Arquitecto técnico municipal de fecha 5 de enero de 2021
que contiene el siguiente cuadro resumen,
CUADRO RESUMEN DE DATOS DE LICENCIA (PROY. BÁSICO/ EJECUCIÓN)
Dirección: C/ BALEARES, 6
Ordenanza: Municipal de
Instalación de ascensores en
edificios Residenciales
Licencia:
019274/2018-010OMY
Descripción de las obras: INSTALACIÓN DE UN ASCENSOR EN HUECO JUNTO A
ESCALERA DEL EDIFICIO
Promotor: Comunidad de Propietarios C/ BALEARES, 6 Técnico autor del proyecto:
D. ***
(Arquitecto)
Técnico director de obra:
D. ***
Presupuesto de ejecución material: 104.228,57 euros
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Dimensiones cabina ascensor : 1,00x1.25 m Número de plantas:
Baja+cuatro
SEGUNDO.- Indicar que de conformidad con lo establecido por la legislación
urbanística y sectorial vigente, deben tenerse en consideración las siguientes
condiciones de la presente licencia:
2.1.- La Licencia se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad; sin perjuicio de
tercero y condicionada al cumplimiento de las normas urbanísticas y sobre edificación
vigentes, así como a la obtención en su caso, de las correspondientes autorizaciones
administrativas.
2.2- Con carácter previo al inicio de las obras, se deberá contar con proyecto de
ejecución visado, así como hoja de designación de Dirección de obra y Coordinador de
seguridad y salud.
2.3.- La fecha de iniciación de las obras será el día siguiente a la firma del Acta de
Inicio o Replanteo. El plazo para la iniciación de las obras será de un año, contado
desde el día siguiente al de recibir la notificación de la concesión de la licencia y tres
años para la terminación de éstas, caducando la licencia si antes de la conclusión de
los plazos previstos para el comienzo y finalización de las obras no ha formulado
solicitud de ampliación del plazo, que se podrá conceder por tiempo no superior al
inicialmente acordado; el plazo de interrupción máxima será de tres meses, según se
establece en el artículo 70 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación
Urbana de Leganés.
2.4.- De conformidad con lo establecido en el artículo 192 de la Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid deberán levantarse dos actas, una con
motivo del inicio o replanteo de las obras y otra con ocasión de la terminación de éstas,
para lo que se solicitarán la correspondiente inspección de los Servicios Municipales,
con una antelación previa de 10 días.
2.5- Cualquier modificación del proyecto de ejecución que pudiera suponer cambios de
los parámetros urbanísticos deberá contar con la autorización previa de la
Administración.
2.6.- Deberá solicitar Licencia de Primera Ocupación una vez terminadas las obras de
construcción.
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2.7.- Los residuos de construcción y demolición procedentes de las obras, deberán ser
trasladados a vertederos. Si se encontrarán/generarán durante las obras, residuos
peligrosos se presentará la documentación de su correcta gestión así como de la
aplicación del RD 396/2006 sobre amianto.
2.8.- La licencia es transmisible, pero el antiguo y nuevo constructor deben comunicarlo
por escrito a la Corporación sin lo cual quedarán ambos sujetos a todas las
responsabilidades que se deriven para el titular.
2.9.- La presente licencia no ampara la implantación de ningún contenedor en la vía
pública ni la instalación de grúas-torre, para lo que se deberá solicitar la autorización
correspondiente.
2.10.- En todo caso, será preceptivo el establecimiento de vallas protectoras para la
realización de las obras y especialmente cuando se trate de demoliciones,
respondiendo los propietarios, constructores y directores de los daños que se causen a
terceros.
2.11.- Se adoptarán cuantas medidas sean precisas y de aplicación por las
disposiciones en vigor a fecha de ejecución de las obras, tendentes a evitar contagios y
preservar la salud en aras de la debida gestión de la situación sanitaria ocasionada por
el COVID-19
TERCERO.- Notificar el acuerdo a los interesados en el plazo de diez días, haciéndoles
saber que pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo puede interponer los
recursos previstos de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm 236 de
2/10/2015).
2.2- EXPTE. NÚM. 19.458/2019-010OMY, PARA CONSTRUCCIÓN DE
NAVE INDUSTRIAL PARA ALMACENAJE DE PIEZAS DE ACERO
CON ZONA DE SOLDADURA ROBOTIZADA, EN C/ EINSTEIN, Nº 4
IND G-1. POLÍGONO INDUSTRIAL SUR M-50.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
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PRIMERO.- Conceder la licencia de obra para CONSTRUCCIÓN DE NAVE
INDUSTRIAL PARA ALMACENAJE DE PIEZAS DE ACERO CON ZONA DE
SOLDADURA ROBOTIZADA en C/ EINSTEIN, 4 IND G-1 POLIGONO INDUSTRIAL
SUR M-50 - 28914 (Leganés), a favor de AQUISGRAM PROYECTOS INDUSTRIALES,
S.L. con NIF B82870361, según proyecto presentado y de acuerdo con los datos del
cuadro resumen que consta en el informe del Arquitecto municipal de fecha 23 de
noviembre de 2020:
CUADRO RESUMEN DE DATOS DE LICENCIA (PROYECTO BÁSICO)
Licencia: 019458/2019-010OMY
Dirección: C/EINSTEIN, 4 IND. G-1 POLIGONO INDUSTRIAL SUR M 50
28914 LEGANES (MADRID)
REF. CATASTRAL: 2026502VK3622N0001RO
Ordenanza: Industria General IND-G, Plan Parcial 10 “Sur M-50”
Descripción de las obras: CONSTRUCCIÓN DE NAVE INDUSTRIAL PARA ALMACENAJE DE
PIEZAS DE ACERO CON ZONA DE SOLDADURA ROBOTIZADA
Promotor:
AQUISGRAM PROYECTOS INDUSTRIALES SL
Técnicos autores del proyecto:
D. ***
(NºCº *** del COAM)
D. ***
(NºCº *** del COAM)
Técnicos directores de obra:
D. ***
(NºCº *** del COAM)
D. ***
(NºCº *** del COAM)
Técnicos directores de ejecución de obra:
Sin asignar
Coordinador de S+s en ejecución de obra:
Presupuesto de ejecución material: 1.400.000,00 euros
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Sin asignar
Superficie de Parcela 9.601,00 m2S
Número de plantas: P.Baja +III (oficinas)
Número plazas aparcamiento (Ordenanza) 93 plazas
Plantas Sup. Construida Sup. Computable
Planta baja 4.384,35 m2C 4.384,35 m
2C
Planta primera 110,00 m2
C 110,00 m2C
Planta segunda 582,00 m2
C 582,00 m2C
Planta tercera 582,00 m2
C 582,00 m2C
TOTAL 5.602,35 m2C 5.602,35 m
2C
SEGUNDO.- Indicar que, de conformidad con lo establecido por la legislación
urbanística y sectorial vigente, deben tenerse en consideración las siguientes
condiciones de la presente licencia:
1.- La Licencia se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad; sin perjuicio de
tercero y condicionada al cumplimiento de las normas urbanísticas y sobre edificación
vigentes, así como a la obtención en su caso, de las correspondientes autorizaciones
administrativas.
2.- Antes del comienzo de las obras, deberá contar con proyecto de ejecución visado
por el Colegio profesional correspondiente y presentar en el Ayuntamiento la Hoja de
designación de la Dirección Facultativa y del Coordinador de Seguridad y Salud.
3.- El plazo de iniciación de las obras será el día siguiente a la firma del Acta de Inicio o
Replanteo, caducando la licencia, si las obras no fueran iniciadas en el plazo de un
año, pudiendo ésta prorrogarse, por una sola vez, previa petición y por otro año; el
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plazo de interrupción máxima será de tres meses, según se establece en el artículo 70
de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Leganés.
4.- De conformidad con lo establecido en el artículo 192 de la Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid deberán levantarse dos actas, una con
motivo del inicio o replanteo de las obras y otra con ocasión de la terminación de éstas,
para lo que se solicitarán las correspondientes inspección de los Servicios Municipales.
5.- Deberá solicitar Licencia de Primera Ocupación una vez terminadas las obras de
construcción.
6.- La presente licencia habilita únicamente para la contratación de los servicios de
agua y luz para la construcción autorizada, pero en ningún caso para la contratación de
los mencionados servicios con carácter definitivo, requiriéndose para ello la Licencia de
Primera Ocupación.
7.- Los residuos de construcción y demolición procedentes de las obras, deberán ser
trasladados a vertederos autorizados. Si se encontraran/generaran durante las obras
residuos peligrosos se presentará la documentación de su correcta gestión y en
concreto la aplicación del RD 396/2006 sobre amianto.
8.- La licencia es transmisible, pero el antiguo y nuevo constructor deben comunicarlo por
escrito a la Corporación sin lo cual quedarán ambos sujetos a todas las responsabilidades
que se deriven para el titular.
9.- La presente licencia no ampara la implantación de ningún contenedor en la vía
pública ni la instalación de grúas-torre, para lo que se deberá solicitar la autorización
correspondiente. Igualmente, si la ejecución de la obra requiriera la utilización de
medios auxiliares que pudieran invadir el espacio delimitado por las “Servidumbres
Aeronáuticas”, como es el caso de grúas torre, grúas móviles, etc., se deberá tramitar
la correspondiente autorización previa para poder realizar dicha instalación de
conformidad con lo previsto en el Real Decreto 297/2013, de 26 de abril, por el que se
modifica el Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de Servidumbres Aeronáuticas (…) y
en el artículo 151 de la ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de
Madrid.
10.- En aplicación del artículo 31 de la Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico
de la Comunidad de Madrid, si durante el transcurso de las obras aparecieran restos de
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valor histórico y arqueológico, deberá comunicarse en el plazo de tres días naturales a la
dirección general de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid.
11.- En todo caso, será preceptivo el establecimiento de vallas protectoras para la
realización de las obras y especialmente cuando se trate de demoliciones, respondiendo
los propietarios, constructores y directores de los daños que se causen a terceros.
12.- Se adoptarán cuantas medidas sean precisas y de aplicación por las disposiciones
en vigor a fecha de ejecución de las obras, tendentes a evitar contagios y preservar la
salud en aras de la debida gestión de la situación sanitaria ocasionada por el COVID-19.
2.3- EXPTE. NÚM. 19.601/2020-010OMY, PARA AMPLIACIÓN DE
ASCENSOR HASTA NIVEL DE CALLE, EN AV. DERECHOS
HUMANOS, Nº 1.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
PRIMERO.- Conceder a la COMUNIDAD PROP RESIDENCIAL LOS TILOS MANZANA
B (Expte. Nº 019601/2020-010OMY), LICENCIA DE OBRA para la AMPLIACIÓN DE
ASCENSOR HASTA NIVEL DE CALLE, en AV DERECHOS HUMANOS, 1, según
proyecto presentado y de acuerdo con el siguiente cuadro resumen que consta en el
informe del Arquitecto Técnico Municipal de fecha 20 de octubre de 2020:
CUADRO RESUMEN DE DATOS DE LICENCIA (PROY. BÁSICO/ EJECUCIÓN)
Dirección:
Avd. Derechos Humanos 1
Ordenanza: Municipal de
Instalación de ascensores en
edificios Residenciales
REE.
Licencia: 019601/2020-010OMY
Descripción de las obras: AMPLIACIÓN DE ASCENSOR HASTA NIVEL DE CALLE
Promotor: Comunidad de Propietarios
Residencial Los Tilos
Técnico autor del proyecto:
D. ***
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Presupuesto de ejecución material:
38.235,29 euros
(Arquitecto Técnico, nº col: *** COAATM)
Técnico director de obra:
D. ***
(Arquitecto Técnico, nº col: *** COAATM)
Dimensiones cabina ascensor : 1,14 X 1,03 ml Número de plantas: Baja+cuatro
SEGUNDO.- Indicar que de conformidad con lo establecido por la legislación
urbanística y sectorial vigente, deben tenerse en consideración las siguientes
condiciones de la presente licencia:
2.1.- La Licencia se entiende otorgada salvo el derecho de propiedad, sin perjuicio de
tercero y condicionada al cumplimiento de las normas urbanísticas y sobre edificación
vigentes, así como a la obtención en su caso, de las correspondientes autorizaciones
administrativas.
2.2.- Con carácter previo al inicio de las obras, se deberá contar con proyecto de
ejecución visado, así como Hoja de designación de Dirección de obra, Hoja de
designación de Dirección de Ejecución de Obras y Hoja de designación Coordinador de
seguridad y salud.
2.3.- La fecha de iniciación de las obras será el día siguiente a la firma del Acta de Inicio o
Replanteo. El plazo para la iniciación de las obras será de un año, contado desde el día
siguiente al de recibir la notificación de la concesión de la licencia y tres años para la
terminación de éstas, caducando la licencia si antes de la conclusión de los plazos
previstos para el comienzo y finalización de las obras no ha formulado solicitud de
ampliación del plazo, que se podrá conceder por tiempo no superior al inicialmente
acordado; el plazo de interrupción máxima será de tres meses, según se establece en el
artículo 70 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de
Leganés.
2.4.- De conformidad con lo establecido en el artículo 192 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,
del Suelo de la Comunidad de Madrid deberán levantarse dos actas, una con motivo del
inicio o replanteo de las obras y otra con ocasión de la terminación de éstas, para lo que
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se solicitarán la correspondiente inspección de los Servicios Municipales, con una
antelación previa de 10 días.
2.5- Cualquier modificación del proyecto de ejecución que pudiera suponer cambios de
los parámetros urbanísticos deberá contar con la autorización previa de la
Administración.
2.6.- Deberá solicitar Licencia de Primera Ocupación una vez terminadas las obras de
construcción.
2.7.- Los residuos de construcción y demolición procedentes de las obras, deberán ser
trasladados a vertederos. Si se encontraran o generaran durante las obras residuos
peligrosos, se presentará la documentación de su correcta gestión así como de la
aplicación del RD 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las
disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de
exposición al amianto.
2.8.- La licencia es transmisible, pero el antiguo y nuevo constructor deben comunicarlo
por escrito a la Corporación sin lo cual quedarán ambos sujetos a todas las
responsabilidades que se deriven para el titular.
2.9.- La presente licencia no ampara la implantación de ningún contenedor en la vía
pública ni la instalación de grúas-torre, para lo que se deberá solicitar la autorización
correspondiente.
2.10.- En todo caso, será preceptivo el establecimiento de vallas protectoras para la
realización de las obras y especialmente cuando se trate de demoliciones, respondiendo
los propietarios, constructores y directores de los daños que se causen a terceros.
2.11.- Se adoptarán cuantas medidas sean precisas y se encuentren en vigor a fecha de
ejecución de las obras, relativas a la intervención en edificios existentes para garantizar
las medidas adecuadas de higiene por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
TERCERO.- Notificar el acuerdo a los interesados en el plazo de diez días, haciéndoles
saber que pone fin a la vía administrativa y que contra el mismo podrá interponer los
recursos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 236 de 2/10/2015).
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3.- APROBAR LA ADJUDICACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL
SUMINISTRO DE MASCARILLAS COVID-19 POR LOTES. (LOTE 1.
MASCARILLA QUIRÚRGICA DESECHABLE). EXPTE. PLYCA NÚM.
370/2020.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
PRIMERO.- Adjudicar a la empresa PIVELLÓN, S.L. con C.I.F. B45059508 el contrato
de SUMINISTRO DE MASCARILLAS COVID-19. POR LOTES. LOTE 1.-MASCARILLA
QUIRÚRGICA DESECHABLE
El precio máximo que puede alcanzar el contrato es el siguiente para 1 anualidad
completa:
Sin IVA: 14.400,00 €
Importe del IVA: 576,00 €
(Resolución de 18 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Cartera Común
de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se publica el
Acuerdo de la Comisión de Precios de los Medicamentos de 18 de noviembre de 2020,
por el que se revisan los importes máximos de venta al público, en aplicación de lo
previsto en el artículo 94.3 del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de
los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por el Real Decreto legislativo
1/2015, de 24 de julio.)
Total IVA incluido: 14.976,00 €
A los siguientes precios unitarios según oferta presentada: Mascarilla FFP2: 0,10 € (sin
IVA)
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No existe un número mínimo de suministros a realizar, el presupuesto máximo podrá
agotarse o no en función de los suministros que se requiera realizar por la
Administración al contratista.
Todo ello conforme a la oferta presentada en lo que no se oponga a los Pliegos de
Condiciones Técnicas y Administrativas Particulares, y normativa especial y general de
aplicación.
Y plazo de ejecución: 1 AÑO, contado a partir de la firma del acta de inicio del
suministro, pudiendo ser prorrogado anualmente por 1 AÑO. Duración máxima del
contrato incluida la posible prórroga: 2 años.
SEGUNDO.- Disponer el gasto a favor de la empresa PIVELLÓN, S.L. con C.I.F.
B45059508 adjudicataria del contrato para el Lote nº 1 – MASCARILLA QUIRÚRGICA
DESECHABLE, con cargo a la partida 04/9200/22106 del ejercicio presupuestario
corriente y compromiso de gasto de ejercicios futuros que constan en el expediente.
Tratándose de un gasto plurianual, en aplicación de lo dispuesto en el art. 79.2 del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título
sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, la
autorización o realización de los gastos de carácter plurianual se subordinará al crédito
que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos. Asimismo, deberán
reajustarse las cantidades consignadas en las partidas presupuestarias, en función del
día cierto de inicio del contrato (art.174.1 LRHL).
TERCERO.- Notificar el presente acuerdo a la empresa PIVELLÓN, S.L. con C.I.F.
B45059508, adjudicataria del Contrato, y a todos los candidatos y licitadores en
cumplimiento del art. 151.1 LCSP con los recursos pertinentes, indicando
expresamente que el contrato es susceptible de recurso especial en materia de
contratación.
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Comunicando a la empresa adjudicataria que la formalización del contrato deberá
realizarse una vez transcurridos 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la
notificación de este acuerdo, en el plazo máximo de cinco días.
Si por causas imputables al adjudicatario no se formalizase el contrato dentro del plazo
indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA
excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la
garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra b)
del apartado 2 del artículo 71 LCSP. En este caso, el contrato se adjudicará al siguiente
licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa
presentación de la documentación establecida en el apartado 2 del artículo 150 LCSP,
resultando de aplicación los plazos establecidos en el apartado anterior.
Contra el presente acuerdo de adjudicación, que agota la vía administrativa, cabe
interponer potestativamente el recurso especial en materia de contratación a que se
refiere el artículo 44.1.c) y Disposición Transitoria 1ª 4 de la Ley de Contratos del
Sector Público, RD 9/2017, de 8 de noviembre, ante el Tribunal Administrativo de
Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, en el plazo de quince días hábiles a
contar a partir del día siguiente a aquel en que se remita la notificación de este
acuerdo.
En caso de que no se opte por la interposición de recurso especial, cabe interponer
directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se reciba la notificación
de este acuerdo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.- APROBAR LA ACEPTACIÓN DE SUBVENCIONES COMO AYUNTAMIENTO
BENEFICIARIO DEL PROGRAMA DE APOYO A LAS POLICÍAS LOCALES
DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LOS AÑOS 2021 A 2024.
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La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ: ACEPTAR LAS
SUBVENCIONES COMO AYUNTAMIENTO BENEFICIARIO DEL PROGRAMA DE
APOYO A LAS POLICÍAS LOCALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LOS
AÑOS 2021 A 2024.
5.- APROBAR LA MODIFICACIÓN DEL ACUERDO DÉCIMO QUINTO,
APARTADO SEGUNDO, DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA URGENTE DE
JGL CELEBRADA EL DÍA 17 DE DICIEMBRE DE 2020, CORRESPONDIENTE
AL PROYECTO DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA CON LA ACTIVIDAD
LABORAL DIRIGIDO A PREVENIR EL RIESGO DE DESEMPLEO DE LARGA
DURACIÓN COMO CONSECUENCIA DE LA PANDEMIA DEL COVID-19.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ: MODIFICAR el acuerdo de la
Junta de Gobierno Local de fecha diecisiete de diciembre de 2020, punto 15, en su
apartado segundo, estableciéndose como plazo de contratación del resto del personal
desempleado del proyecto hasta el 1 de abril de 2021 inclusive.
6.- APROBAR LA ADHESIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS AL
REGISTRO DE TRANSPARENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
PRIMERO.-Aprobar la adhesión del Ayuntamiento de Leganés al Registro de
Transparencia de la Comunidad de Madrid, asumiendo los requisitos establecidos para
este Registro en la Ley 10/2019 y el Decreto 76/2020 que desarrolla este aspecto.
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SEGUNDO.- Comunicar a la Comunidad de Madrid la adhesión del Ayuntamiento de
Leganés a este Registro y facultar al Alcalde Presidente para la firma de aquellos
documentos precisos para hacer efectiva la adhesión.
7.- DAR CUENTA DE RESOLUCIONES JUDICIALES.
7.1- PROCEDIMIENTO ABREVIADO 487/2019, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 15 DE MADRID.
La Junta de Gobierno Local se dio por enterada de la siguiente Sentencia:
Procedencia.- Juzgado Contencioso Administrativo nº 15 de Madrid.
Fecha sentencia.- 23 de noviembre de 2020.
Número procedimiento.- Procedimiento Abreviado 487/2019.
Demandante.- “Particular”.
Delegación.- Recursos Humanos.
Asunto.- Reclamación de cantidad.
Sentido de la Sentencia.- Estimatoria parcial.
Acordando que por los órganos municipales competentes se lleven a cabo las
actuaciones materiales, presupuestarias y contables necesarias para la debida
ejecución de dicha resolución en sus propios términos, a cuyo fin se remitirá a los
mismos el expediente con copia de la resolución judicial recaída.
7.2- PROCEDIMIENTO ABREVIADO 71/2020, DEL JUZGADO DE LO
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 12 DE MADRID.
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La Junta de Gobierno Local se dio por enterada de la siguiente Sentencia:
Procedencia.- Juzgado Contencioso Administrativo nº 12 de Madrid.
Fecha sentencia.- 30 de octubre de 2020.
Número procedimiento.- Procedimiento Abreviado 71/2020.
Demandante.- “Particular”.
Delegación.- Recursos Humanos.
Asunto.- Reclamación de cantidad.
Sentido de la Sentencia.- Estimatoria.
Acordando que por los órganos municipales competentes se lleven a cabo las
actuaciones materiales, presupuestarias y contables necesarias para la debida
ejecución de dicha resolución en sus propios términos, a cuyo fin se remitirá a los
mismos el expediente con copia de la resolución judicial recaída.
8.- URGENCIAS.
8.1- ACATAR LA RESOLUCIÓN Nº 22/2021 DEL TRIBUNAL
ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, RELATIVO AL EXPTE. NÚM. 139/2020
"PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE DEFENSA LETRADA EN JUICIO Y
LA REPRESENTACIÓN PROCESAL DEL AYUNTAMIENTO DE
LEGANÉS EN MATERIA DE PERSONAL Y RESPONSABILIDAD
PATRIMONIAL (EN LOS ÓRDENES SOCIAL Y CONTENCIOSO-
ADMINISTRATIVO)".
El Alcalde-Presidente, previa especial declaración de urgencia, obtenida por
unanimidad de todos los Señores asistentes, sometió a aprobación el siguiente
acuerdo.
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La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
PRIMERO.- Acatar la resolución nº 22/2021 del Tribunal Administrativo de Contratación
Pública de la Comunidad de Madrid y en su ejecución, acordar la retroacción de las
actuaciones al momento previo a la exclusión de la oferta presentada por AGM
ABOGADOS Y CONSULTORES DE MADRID, S.L., dando traslado a la Mesa de
Contratación para que proceda a conceder a dicha empresa plazo de subsanación,
continuando el procedimiento en los términos que legalmente procedan.
SEGUNDO.- Publicar el acuerdo adoptado en el Perfil del Contratante del Ayuntamiento
de Leganés para su general conocimiento y a los efectos oportunos.
TERCERO.- Notificar el acuerdo al Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la
Comunidad de Madrid en cumplimiento de la Resolución 84/2020, y a las empresas
licitadoras.
8.2- APROBAR LA ADJUDICACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL
SUMINISTRO DE "PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ULTRAMARINOS,
PESCADOS Y CONGELADOS Y CARNICERÍA Y POLLERÍA PARA
ESCUELAS INFANTILES Y CASAS DE NIÑOS DE TITULARIDAD
MUNICIPAL, POR LOTES". (LOTE 1. ULTRAMARINOS). EXPTE.
PLYCA NÚM. 15/2020.
El Alcalde-Presidente, previa especial declaración de urgencia, obtenida por
unanimidad de todos los Señores asistentes, sometió a aprobación el siguiente
acuerdo.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
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PRIMERO.- Adjudicar a la empresa EURICAR EUROPA, S.L. con C.I.F. B82051921 el
contrato de SUMINISTRO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ULTRAMARINOS,
PESCADOS Y CONGELADOS Y CARNICERÍA Y POLLERÍA PARA ESCUELAS
INFANTILES Y CASAS DE NIÑOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL, POR LOTES,
LOTE I “ULTRAMARINOS”
El precio máximo que puede alcanzar el contrato es el siguiente para dos anualidades
completas es el siguiente:
LOTE I ULTRAMARINOS
Sin IVA: 81.000€
Importe del IVA: 8.100€
Importe total: 89.100€
Aplicando a todos los precios unitarios base de licitación de los artículos incluidos en el
Lote nº 1(Ultramarinos) el porcentaje de baja del 38 % ofertado por la empresa.
No existe un número mínimo de suministros a realizar, el presupuesto máximo podrá
agotarse o no en función de los suministros que se requiera realizar por la
Administración al contratista.
Todo ello conforme a la oferta presentada en lo que no se oponga a los Pliegos de
Condiciones Técnicas y Administrativas Particulares, y normativa especial y general de
aplicación.
Y plazo de ejecución: 2 Años, contados a partir de la firma del acta de inicio del
suministro, pudiendo ser prorrogado anualmente por 2 años. Duración máxima del
contrato incluida las posibles prórrogas: 4 años.
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SEGUNDO.- Disponer el gasto a favor de la empresa EURICAR EUROPA, S.L. con
C.I.F. B82051921 adjudicataria del contrato para el Lote nº 1 – “ULTRAMARINOS”, con
cargo a la partida 07/3231/221.05 y 07/3230/221.05 del ejercicio presupuestario
corriente y compromiso de gasto de ejercicios futuros que constan en el expediente.
Tratándose de un gasto plurianual, en aplicación de lo dispuesto en el art. 79.2 del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título
sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, la
autorización o realización de los gastos de carácter plurianual se subordinará al crédito
que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos.
Asimismo, deberán reajustarse las cantidades consignadas en las partidas
presupuestarias, en función del día cierto de inicio del contrato (art.174.1 LRHL)
TERCERO.- Notificar el presente acuerdo a la empresa EURICAR EUROPA, S.L. con
C.I.F. B82051921 adjudicataria del Contrato, y a todos los candidatos y licitadores en
cumplimiento del art. 151.1 LCSP con los recursos pertinentes, indicando
expresamente que el contrato es susceptible de recurso especial en materia de
contratación.
Comunicando a la empresa adjudicataria que la formalización del contrato deberá
realizarse una vez transcurridos 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la
notificación de este acuerdo, en el plazo máximo de cinco días.
Si por causas imputables al adjudicatario no se formalizase el contrato dentro del plazo
indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA
excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la
garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra b)
del apartado 2 del artículo 71 LCSP. En este caso, el contrato se adjudicará al siguiente
licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa
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presentación de la documentación establecida en el apartado 2 del artículo 150 LCSP,
resultando de aplicación los plazos establecidos en el apartado anterior.
Contra el presente acuerdo de adjudicación, que agota la vía administrativa, cabe
interponer potestativamente el recurso especial en materia de contratación a que se
refiere el artículo 44.1.c) y Disposición Transitoria 1ª 4 de la Ley de Contratos del
Sector Público, RD 9/2017, de 8 de noviembre, ante el Tribunal Administrativo de
Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, en el plazo de quince días hábiles a
contar a partir del día siguiente a aquel en que se remita la notificación de este
acuerdo.
En caso de que no se opte por la interposición de recurso especial, cabe interponer
directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se reciba la notificación
de este acuerdo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
8.3- APROBAR LA ADJUDICACIÓN PARA LA CONTRATACIÓN DEL
SUMINISTRO DE "PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ULTRAMARINOS,
PESCADOS Y CONGELADOS Y CARNICERÍA Y POLLERÍA PARA
ESCUELAS INFANTILES Y CASAS DE NIÑOS DE TITULARIDAD
MUNICIPAL, POR LOTES". (LOTE II. PESCADOS Y CONGELADOS Y
LOTE III. CARNICERÍA Y POLLERÍA). EXPTE. PLYCA NÚM. 15/2020.
El Alcalde-Presidente, previa especial declaración de urgencia, obtenida por
unanimidad de todos los Señores asistentes, sometió a aprobación el siguiente
acuerdo.
La Junta de Gobierno Local por unanimidad, ACORDÓ:
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PRIMERO.- Adjudicar a la empresa JOAQUIN AYORA, S.A., con CIF A46308433 el
contrato de SUMINISTRO DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE ULTRAMARINOS,
PESCADOS Y CONGELADOS Y CARNICERÍA Y POLLERÍA PARA ESCUELAS
INFANTILES Y CASAS DE NIÑOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL, POR LOTES:
LOTE II “PESCADOS Y CONGELADOS” y LOTE III “CARNICERIA Y POLLERIA”
El precio máximo que puede alcanzar el contrato es el siguiente para dos anualidades
completas es el que seguidamente se indica, desglosado por lotes:
LOTE II PESCADOS Y CONGELADOS
Sin IVA: 62.000€
Importe del IVA 6.200€
Importe total 68.200€
LOTE III CARNICERÍA Y POLLERÍA
Sin IVA: 42.000€
Importe del IVA 4.100€
Importe total 46.200€
Aplicando a todos los precios unitarios base de licitación de los artículos incluidos en el
cada uno de los lotes el porcentaje de baja ofertado por la empresa:
LOTE II: Pescados y Congelados: 28 %
LOTE III: Carnicería y Pollería: 20 %
No existe un número mínimo de suministros a realizar, el presupuesto máximo podrá
agotarse o no en función de los suministros que se requiera realizar por la
Administración al contratista.
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Todo ello conforme a la oferta presentada en lo que no se oponga a los Pliegos de
Condiciones Técnicas y Administrativas Particulares, y normativa especial y general de
aplicación.
Y plazo de ejecución: 2 Años, contados a partir de la firma del acta de inicio del
suministro, pudiendo ser prorrogado anualmente por 2 años. Duración máxima del
contrato incluida las posibles prórrogas: 4 años.
SEGUNDO.- Disponer el gasto a favor de la empresa JOAQUIN AYORA, S.A., con CIF
A46308433 adjudicataria del contrato para los LOTES 2 y 3 con cargo a las partidas
07/3231/221.05 y 07/3230/221.05 del ejercicio presupuestario corriente y compromiso
de gasto de ejercicios futuros que constan en el expediente.
Tratándose de un gasto plurianual, en aplicación de lo dispuesto en el art. 79.2 del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título
sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, la
autorización o realización de los gastos de carácter plurianual se subordinará al crédito
que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos.
Asimismo, deberán reajustarse las cantidades consignadas en las partidas
presupuestarias, en función del día cierto de inicio del contrato (art.174.1 LRHL)
TERCERO.- Notificar el presente acuerdo a la empresa JOAQUIN AYORA, S.A., con
CIF A46308433 adjudicataria del Contrato, y a todos los candidatos y licitadores en
cumplimiento del art. 151.1 LCSP con los recursos pertinentes, indicando
expresamente que el contrato es susceptible de recurso especial en materia de
contratación.
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Comunicando a la empresa adjudicataria que la formalización del contrato deberá
realizarse una vez transcurridos 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la
notificación de este acuerdo, en el plazo máximo de cinco días.
Si por causas imputables al adjudicatario no se formalizase el contrato dentro del plazo
indicado se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA
excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la
garantía definitiva, si se hubiera constituido, sin perjuicio de lo establecido en la letra b)
del apartado 2 del artículo 71 LCSP. En este caso, el contrato se adjudicará al siguiente
licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa
presentación de la documentación establecida en el apartado 2 del artículo 150 LCSP,
resultando de aplicación los plazos establecidos en el apartado anterior.
Contra el presente acuerdo de adjudicación, que agota la vía administrativa, cabe
interponer potestativamente el recurso especial en materia de contratación a que se
refiere el artículo 44.1.c) y Disposición Transitoria 1ª 4 de la Ley de Contratos del
Sector Público, RD 9/2017, de 8 de noviembre, ante el Tribunal Administrativo de
Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, en el plazo de quince días hábiles a
contar a partir del día siguiente a aquel en que se remita la notificación de este
acuerdo.
En caso de que no se opte por la interposición de recurso especial, cabe interponer
directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se reciba la notificación
de este acuerdo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
9.- RUEGOS Y PREGUNTAS.
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No hubo
Y no habiendo más asuntos que tratar, el Alcalde - Presidente levantó la sesión, siendo
las diez horas y veinte minutos, de todo lo que yo, como Secretaria doy fe.”
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