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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID) BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA EL DÍA 25 DE ENERO DE 2012. En Majadahonda, siendo las diez horas y diez minutos del día veinticinco de enero de dos mil doce, se reunió el Pleno del Ayuntamiento en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, habiendo asistido los señores que seguidamente se detallan, con el fin de celebrar sesión para la que habían sido previamente convocados. ALCALDE: D. NARCISO DE FOXÁ ALFARO CONCEJALES: Por el Grupo Municipal Popular: D. JOSÉ ANTONIO CARNEVALI RAMÍREZ Dª M. CARMEN MENÉNDEZ RODRÍGUEZ D. JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ Dª M. VICTORIA CRISTÓBAL ARAUJO D. JAVIER CABALLERO LÓPEZ D. PABLO GARCÍA GONZÁLEZ D. JOSÉ ALBERTO SAN JUAN LLORENTE Dª LAURA NISTAL MARCOS Dª M. CRISTINA DURÁN URIBARRI Dª VERÓNICA MARÍA LIPPERHEIDE GUZMÁN Dª M. JOSÉ MONTÓN ROSAENZ Dª MARÍA FERNÁNDEZ DOBAO D. JUAN CARLOS DÍAZ RODRÍGUEZ Por el Grupo Municipal Socialista: D. BORJA LUIS CABEZÓN ROYO D. ZACARÍAS MARTÍNEZ MAILLO Dª MARÍA DEL SOCORRO MONTES DE OCA VERNAZA D. LUIS GREGORIO VENTURA SÁNCHEZ Por el Grupo Municipal UPYD: Dª CARMEN MADRIGAL TORREJÓN D. JAVIER GIL CACHO Dª M. LOURDES FERNÁNDEZ ALONSO Por el Grupo Municipal Izquierda Unida: D. JUAN SANTANA URIARTE Dª SARA GARCÍA GALLO Por el Grupo Municipal Centrista: Dª MERCEDES PEDREIRA DE VIVERO D. IGNACIO JOSÉ DEL RÍO MARRERO SECRETARIO GENERAL: D. Eulalio Ávila Cano INTERVENTOR: D. Julio Prinetti Márquez Presidió el acto el Sr. Alcalde D. Narciso de Foxá Alfaro y actuó como Secretario General D. Eulalio Ávila Cano. Declarado abierto el acto por la Presidencia, fueron tratados los siguientes asuntos:

Acta pleno enero

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Acta Pleno de Majadahonda. Enero.

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

(MADRID)

BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA EL DÍA 25 DE ENERO DE 2012.

En Majadahonda, siendo las diez horas y diez minutos del día veinticinco de enero de dos mil doce, se reunió el Pleno del Ayuntamiento en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, habiendo asistido los señores que seguidamente se detallan, con el fin de celebrar sesión para la que habían sido previamente convocados.

ALCALDE: D. NARCISO DE FOXÁ ALFARO

CONCEJALES: Por el Grupo Municipal Popular: D. JOSÉ ANTONIO CARNEVALI RAMÍREZ Dª M. CARMEN MENÉNDEZ RODRÍGUEZ D. JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ Dª M. VICTORIA CRISTÓBAL ARAUJO D. JAVIER CABALLERO LÓPEZ D. PABLO GARCÍA GONZÁLEZ D. JOSÉ ALBERTO SAN JUAN LLORENTE Dª LAURA NISTAL MARCOS Dª M. CRISTINA DURÁN URIBARRI Dª VERÓNICA MARÍA LIPPERHEIDE GUZMÁN Dª M. JOSÉ MONTÓN ROSAENZ Dª MARÍA FERNÁNDEZ DOBAO D. JUAN CARLOS DÍAZ RODRÍGUEZ Por el Grupo Municipal Socialista: D. BORJA LUIS CABEZÓN ROYO D. ZACARÍAS MARTÍNEZ MAILLO Dª MARÍA DEL SOCORRO MONTES DE OCA VERNAZA D. LUIS GREGORIO VENTURA SÁNCHEZ Por el Grupo Municipal UPYD: Dª CARMEN MADRIGAL TORREJÓN D. JAVIER GIL CACHO Dª M. LOURDES FERNÁNDEZ ALONSO Por el Grupo Municipal Izquierda Unida: D. JUAN SANTANA URIARTE Dª SARA GARCÍA GALLO Por el Grupo Municipal Centrista: Dª MERCEDES PEDREIRA DE VIVERO D. IGNACIO JOSÉ DEL RÍO MARRERO SECRETARIO GENERAL: D. Eulalio Ávila Cano INTERVENTOR: D. Julio Prinetti Márquez

Presidió el acto el Sr. Alcalde D. Narciso de Foxá Alfaro y actuó como

Secretario General D. Eulalio Ávila Cano. Declarado abierto el acto por la Presidencia, fueron tratados los siguientes

asuntos:

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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1.(1/12) LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR (30-11-2011).

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que en el borrador de acta que se propone aprobar, se han cometido varios errores materiales que deberían ser subsanados y así, en el tercer párrafo de la página 30, donde dice “... y además va a prestar servicios en mejoras por 800.000 euros anuales, ...”, debería decir “... y además, sin ajustarse al pliego de condiciones, va a prestar servicios en mejoras por 800.000 euros anuales, ...”. En el tercer párrafo de la página 77, donde dice “... y por ello ahora debe aprobar ahora los precios contradictorios por lo que el Pleno ....”, debe decir “... y por ello ahora debe aprobar ahora los precios contradictorios que debía aplicar por lo que el Pleno ....” Asimismo en el tercer párrafo de la página 181 donde dice “... hasta que el representante de los trabajadores no demostró que esa plaza figuraba en el Anexo de Personal ...”, debe decir “... hasta que el representante de los trabajadores demostró que esa plaza figuraba en el Anexo de Personal ...” Sometido este asunto a votación, la Corporación, por unanimidad, ACUERDA aprobar el Borrador de la sesión ordinaria celebrada el 30 de noviembre de 2011, con las modificaciones antes indicadas. 2.(2/12) DAR CUENTA DEL DECRETO DE LA ALCALDÍA

Nº 2688/2011, SOBRE AMPLIACIÓN DE LAS FACULTADES GENÉRICAS DELEGADAS EN EL CONCEJAL DE URBANISMO, MANTENIMIENTO DE LA CIUDAD, MOVILIDAD Y VIVIENDA (4.2.2)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) DECRETO DE LA ALCALDÍA nº 2688/11, de 30 de

noviembre, cuyo texto es el siguiente:

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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“Por el presente HE RESUELTO

Completar los Decretos de Alcaldía nº 1253/11 y 2456/11 relativos a las delegaciones genéricas en el Concejal de Urbanismo, Mantenimiento de la ciudad y Vivienda, D. Juan Carlos Pérez González, de forma que en relación con el apartado tercero del citado Decreto, por la presente le delego la competencia que a continuación se detalla que por omisión no se incluyó en el citado Decreto, en uso de las competencias atribuidas a esta Alcaldía, por el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y los artículos 43 a 45 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2586/1986, de 28 de Noviembre, manteniendo de forma expresa todas las otras facultades encomendadas por Resoluciones anteriores de esta Alcaldía.

Facultad:

Firma de las actas de recepción de obras de urbanización, de conformidad con lo establecido en el artículo 135 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid.

La presente delegación se entenderá aceptada tácitamente si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación de la resolución a su destinatario no hace manifestación expresa de no aceptación.

Del presente decreto se dará cuenta de manera individualizada al Pleno, a los efectos de que quede enterado del mismo, de conformidad con lo establecido en el art. 23 de la ley 7/1985 de 2 de abril y arts. 38 y 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.”

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Recursos

Humanos y Régimen Interior, de 17 de enero de 2012, favorable.

El Pleno SE DA POR ENTERADO del Decreto de la Alcaldía nº 2688/11, de 30 de noviembre.

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3.(3/12) RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES Y

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES DE TASAS PARA 2012 (8.2)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) ACUERDO PLENARIO de 30-11-201, por el que se aprueba

provisionalmente la modificación de las ordenanzas fiscales de tasas para el año 2012.

B) ANUNCIO publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de

Madrid de 5-12-2012, en el Diario La Razón, de 7-12-2011 y en el Tablón de Edictos desde el 5-12-2011 hasta el 13-1-2012 según consta en la diligencia del Secretario General.

C) CERTIFICACIÓN del Secretario General de 18-1-2012, en

el que se acredita que, según informe de la Jefa de Negociado de Información y Registro de 18 de enero de 2012, que durante el periodo de exposición pública de la aprobación provisional de la modificación de Ordenanzas Fiscales de impuestos y tasas para el año 2012, expuesto en el Tablón de Edictos desde el 5-12-2011 hasta el 13-1-2012, se han presentado alegaciones por la Asociación de Comerciantes Ambulantes en Mercadillos de Majadahonda, por la Asociación de Vecinos de Majadahonda, por el Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia y por el Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes.

D) INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la Técnico

de Gestión de Tributos y el Sr. Tesorero Municipal, de 16-1-2012, cuyo texto es el siguiente:

“Finalizado el plazo de alegaciones el día 13 de diciembre de 2011, se han presentado durante el plazo de alegaciones las siguientes alegaciones que se relacionan a continuación:

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Doña Carmen Torralba Novella en su condición de Presidenta de la Asociación de Vecinos de Comerciantes Ambulantes en Mercadillos de Majadahonda (MAJACAM) de fecha 03 de Enero de 2012 con registro de entrada nº 107, en el que solicitan inste el Sr. Alcalde en los siguientes puntos: 1. Modificar el artículo 4 de la Ordenanza Fiscal Nº 16

correspondiente a la Tasa por Utilización Privativa o el Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local, del epígrafe f)1. Mercadillo de Majadahonda, de forma que la tasa para el año 2012 sea conforme a lo establecido para el año 2011. Alegación de sustitución: donde dice “0,68euros” se sustituya por “0,66 euros”

Don Míguel Moreta Jiménez en su condición de Presidente de la Asociación de Vecinos de Majadahonda y portavoz de la Plataforma contra el subidón del I.B.I de fecha 04 de Enero de 2012 con registro de entrada nº 220, en el que solicitan inste el Sr. Alcalde en los siguientes puntos: 1. En relación con la Ordenanza Fiscal nº 4 I.I.V.T.N.U. :

“no repercutir la Plusvalía en caso de dación de pago por ejecución hipotecaria.

2. Ordenanza Fiscal nº 9 Reguladora de la tasa por prestación de servicios de alcantarillado y recogida de escombro. Artículo 5, punto 2 apartado b) – base imponible y tarifas: “Se plantea corregir la Actualización de precios de acuerdo a la variación del IPC de Octubre 2010 – Septiembre 2011.

3. Ordenanza Fiscal nº 10 Reguladora de la tasa de retirada

de vehículos de la vía pública. Artículo 2: introducción de nuevo texto en el artículo 2, apartado 1, artículo 3, 6, 7, 8, 9, 15, 16, 17, 20 y 22.

4. Ordenanza Fiscal nº 12 Tasa por Licencia de apertura de

establecimientos. Artículo 6: “plantean corregir la actualización de precios de acuerdo a la variación del IPC octubre 2010 – septiembre 2011”.

5. Ordenanza Fiscal nº 13 Reguladora de la tasa por prestación de servicios del cementerio municipal. Artículo

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6: “ plantean corregir la actualización de precios de acuerdo a la variación del IPC octubre 2010 – septiembre 2011”.

6. Ordenanza Fiscal nº 15. Tasa por expedición de

documentos. Artículo 2: plantean introducción de nuevo texto para la no sujeción en tasas relacionadas con el cumplimiento de obligaciones fiscales, consultas tributarias.

7. Ordenanza Fiscal nº 15. Tasa por expedición de documentos. Artículo 5.2: “plantean corregir la actualización de precios de acuerdo a la variación de octubre 2010 – septiembre 2011”, “plantean también añadir las condiciones de bonificación en el pago de esta tasa a discapacitados, familias numerosas y parados de larga duración”.

8. Ordenanza Fiscal nº 16. Tasa por utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local. Artículo 4 apartado f) i. Mercadillo de Majadahonda:”plantean congelar los precios de la tasa asignada al mercadillo de Majadahonda manteniendo esta en los valores de 2011”; “plantean corregir la actualización de precios de acuerdo a la variación del IPC octubre 2010 – septiembre 2011”. Esto último se solicita igualmente para la celebración de bodas civiles.

9. Ordenanza Fiscal nº 17. Tasa por prestación de diversos

servicios administrativos de competencia local. Servicios de Protección Civil. Artículo 5 Apartado 3 Epígrafe D: plantean sustituir el Epígrafe D por el texto:”intervención sanitaria como consecuencia de urgencia de tráfico y similar, con o sin traslado posterior: 90,01€”.

10. Ordenanza Fiscal nº 20: Tasa por Utilización Privativas y

aprovechamientos Especiales de suelo, vuelo o subsuelo de la vía pública a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros. Artículos 5 y 6:”plantean definir la utilización e introducir un nuevo texto.

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Don Juan Santana Uriarte en su condición de Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida – Los Verdes, de fecha 05 de Enero de 2012 con registro de entrada nº 294, en el que solicitan inste el Sr. Alcalde los siguientes puntos: 1. Ordenanza Fiscal nº 3 reguladora del Impuesto de

vehículos de Tracción Mecánica: proponen actualizar el valor de la cuota de acuerdo con la variación interanual del IPC.

2. Ordenanza Fiscal nº 4 reguladora del Impuesto sobre el Incremento de los Terrenos de Naturaleza Urbana: introducción del texto “Se eximirá del pago del impuesto al contribuyente en las transmisiones realizadas en subasta pública, notarial, judicial o administrativa y en las adjudicaciones del bien inmueble a la entidad financiera en pago de la deuda contraída para su adquisición”.

3. Ordenanza Fiscal nº 5 reguladora del Impuesto sobre

Construcciones, Instalaciones y Obras. Artículo 4 - Bonificaciones. Punto 1, suprimir el apartado B) que dice: Una bonificación del 75 por ciento de las obras de construcción de centros destinados al culto.

Sustituir en el punto C) el primer párrafo por el texto siguiente: “Una bonificación del 90% a las obras de construcción de viviendas protegidas de régimen especial que han sido definidas en Real Decreto 801/2005.Una bonificación del 60% a las obras de construcción de viviendas protegidas de precio general que han sido definidas en Real decreto 801/2005. Una bonificación del 50% a las obras de construcción de viviendas protegidas de precio concertado que han sido definidas en Real decreto 801/2005”.

4. Ordenanza Fiscal nº 6. Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas. Artículo 5. Bonificaciones y reducciones. Proponen: 1.-“Una bonificación por creación de empleo de hasta el 50 por 100 de la cuota correspondiente, para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que hayan

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incrementado el promedio de su plantilla de trabajadores con contrato indefinido durante el período impositivo inmediato anterior al de la aplicación de la bonificación, en relación con el período anterior a aquél. El porcentaje de bonificación, sin exceder el límite máximo previsto en el párrafo anterior, se fija en el equivalente al incremento medio de la plantilla de trabajadores con contrato indefinido en el año anterior al devengo. % Incremento Plantilla %Bonificación Incremento igual o superior al 10% 10% Incremento igual o superior al 20% 20% Incremento igual o superior al 30% 30% Incremento igual o superior al 40% 40% Incremento igual o superior al 50% 50% 2.- Exención del 100 % del Impuesto sobre Actividades Económicas durante el primer año y del 50% durante los dos años siguientes a: a) Las cooperativas o sociedades laborales durante los dos primeros años de su creación. b) Las actividades relacionadas con el cultivo ecológico y el comercio responsable encaminadas al autoempleo y que tengan impacto social y medioambiental positivo. c) Las actividades artesanales como forma de recuperar aquellos sectores económicos en riesgo de desaparecer o que se extinguieron como actividad productiva y que estén encaminadas al autoempleo.

5. Ordenanza Fiscal nº 12, reguladora de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos. Artículo 6. Cuota tributaria y tarifas. Proponen añadir un nuevo punto: “Se establece un recargo del 40 % sobre la suma de las cuotas parciales de las Actividades Calificadas, a los establecimientos que soliciten licencia de venta de bebidas alcohólicas para consumo no inmediato, de acuerdo con los preceptos de la Ley 5/2002 de 27 de

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junio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos.”

6. Ordenanza Fiscal nº 15, reguladora de la tasa por expedición de documentos. Capítulo V. Artículo 5. Base imponible y cuota. Proponen añadir: 1) No estarán sujetas al pago de esta Tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33%, según certificado emitido por el IMSERSO, el cual se acompañará a la instancia de solicitud.

2) Igualmente, no estarán sujetas al pago de esta Tasa las personas inscritas en el INEM como demandantes de empleo, según certificado emitido por el INEM, el cual se acompañará a la instancia de solicitud.

Ordenanza Fiscal nº 16 reguladora de la tasa por Utilización Privativa o el Aprovechamiento Especial del dominio público local. Artículo 4. Epígrafe f)i. Mercadillo de Majadahonda. Proponen congelar la cuantía de la tasa y mantenerla a 0,66 frente a la propuesta inicial de aumentar a 0,68 y añadir un nuevo apartado al epígrafe g) que pasaría a denominarse “Quioscos y cajeros automáticos en la vía pública”: Cajeros automáticos anexos o no a establecimientos de oficinas bancarias o cajas de ahorro, instalados con frente directo a la vía pública, en línea de fachada. Con referencia a estas alegaciones y centrándonos en la referentes a Ordenanzas Reguladoras de Tasas, podemos indicar:

1.- Con fecha 18 de noviembre de 2011, se elaboró por este departamento propuesta de modificación de las Ordenanzas Fiscales de Tasas. En esta propuesta se recogía un incremento generalizado del importe de las tarifas teniendo en cuenta el IPC existente el pasado ejercicio conforme a las instrucciones manifestadas por la concejalía de Hacienda. Siguiendo el criterio utilizado en pasados expedientes, el incremento anual utilizado ha sido el existente de septiembre 2010 a septiembre 2011, incrementando los precios en un 3,1%. No obstante, en las ordenanzas fiscales nº 10 y 19 cuya última actualización fue realizada tomando como referencia el índice de precios octubre de 2010, y al objeto armonizar con el resto

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de las ordenanzas fiscales en al mes de septiembre, se propone la modificación del IPC en estas dos ordenanzas, tomando como referencia el periodo de octubre de 2010 a septiembre de 2011”en el 2,2%. Es decir se toma un periodo de once meses en lugar de los doce para el resto.

En consecuencia, las alegaciones indicando que el tipo

de IPC a tener en cuenta debe partir de octubre en lugar de septiembre de 2010 deben de verse rechazadas si lo que es la actualización de precios de un año completo.

2.- Se presentan alegaciones a la Ordenanza de tasas

recogiendo artículos cuya modificación inicial no se encuentra recogida en el acuerdo de Pleno sujeto a información pública y apertura de un periodo de alegaciones. Incluso algunas de ellas proponen hechos imponibles no contemplado actualmente. No es el momento procedimental para introducir estas alteraciones. Por ello, no deben ser tenidas en cuenta y debiendo ser inadmitidas, sin perjuicio de que fueran objeto de consideración y se procediera a iniciar un nueva modificación de la Norma que recogiera aquellas que estimare pertinentes.

3.- Se plantean alegaciones contra la modificación del

artículo 4 de la Ordenanza Fiscal Nº 16 correspondiente a la Tasa por Utilización Privativa o el Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local, del epígrafe f)1. Mercadillo de Majadahonda, de forma que la tasa para el año 2012 sea conforme a lo establecido para el año 2011. Estas pretenden que no se lleve a efecto por motivos de oportunidad que corresponde al Pleno apreciar.

Hemos de recordar que el importe de esta tasa ha de

tomar como “referencia el valor que tendría en el mercado la utilidad derivada de dicha utilización o aprovechamiento, si los bienes afectados no fuesen de dominio público”, conforma al artículo 24.1.a del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. En este sentido, en el momento de la determinación del importe de la tasa se tomó como referencia el supuesto valor de mercado. Es uso común en el mercado, concretamente dentro del alquiler inmobiliario, supuesto análogo al que nos ocupa, la actualización de precios conforme

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a IPC: la actualización de precios con este parámetro mantiene su importe dentro del valor de mercado.

De mismo modo se debe argumentar en cuanto a las

alegaciones contra la modificación del epígrafe h) del artículo 4 de la Ordenanza Fiscal número 16 correspondiente a tasa por utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local referido a la utilización de salones municipales para la celebración de bodas civiles

Visto el expediente ejecutivo y la Normativa vigente,

conforme a los criterios señalados por la Concejalía de Economía y Hacienda se eleva al Pleno la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO.- DESESTIMAR las alegaciones presentadas por los interesados contra la modificación de las tasas tomando como referencia el periodo octubre 2010 a septiembre de 2011 ya que el mismo no contempla un año completo. SEGUNDO.- DESESTIMAR las alegaciones contra la modificación del artículo 4 de la Ordenanza Fiscal Nº 16 correspondiente a la Tasa por Utilización Privativa o el Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local, del epígrafe f)1. Mercadillo de Majadahonda al no apreciarse los motivos de oportunidad indicados por los interesados. TERCERO.- DESESTIMAR las alegaciones contra la modificación del epígrafe h) del artículo 4 de la Ordenanza Fiscal número 16 correspondiente a tasa por utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local al no apreciarse los motivos de oportunidad indicados por los interesados CUARTO.- INADMITIR el resto de las alegaciones al ser objeto de impugnación o consideración materias no comprendidas dentro del acuerdo de aprobación provisional. QUINTO.- APROBAR de forma definitiva la actualización y modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales en sus artículos correspondientes a cuotas y tarifas:

1.- Ordenanza Fiscal número 9 Tasa por prestación de

servicios de alcantarillado y recogida de escombros. Se

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modifica el texto del artículo 5 debiendo quedar de la siguiente manera:

a. Si la finca está dotada de contador de agua: 0,22 €

por metro cúbico o fracción de agua consumida. b. Si la finca no está dotada de contador de agua: 0,018

€ por metro cuadrado o fracción del inmueble beneficiario del servicio.

2. Para los supuestos previstos en la letra b) del artículo 2:

Por cada 800 kilogramos o fracción: 358.39 euros 2.- Ordenanza Fiscal número 10 correspondiente a

Tasa por retirada de vehículos de la vía pública, cuyo importe se fija en:

Epígrafe 1 punto Importe €

a) 1. Cuando se acuda y no se consume el servicio 24,25 a) 2. Cuando se realice el servicio completo 48,45 b) 1. Cuando se acuda y no se consume el servicio 23,10 b) 2. Cuando se realice el servicio completo 43,85 c) 1. Cuando se acuda y no se consume el servicio 48,45 c) 2. Cuando se realice el servicio completo 95,75 d) 1. Cuando se acuda y no se consume el servicio 51,95 d) 2. Cuando se realice el servicio completo 147,70 e) Retirada de vehículos de más 5.000 Kg 20,90

Epígrafe 2 1. Motocicletas, velocípedos y triciclos 10,40 2. Motocarros y vehículos análogos 10,40

3. Automóviles de turismo, camiones furgonetas y vehí- 10,40

culos análogos hasta 2.500 kg. de tonelaje

4. Automóviles de turismo, camiones furgonetas y vehí- 15,00

culos análogos desde 2.500 hasta 5.000 kg. de tonelaje

5. Toda clase de vehículos de más de 5.000 kg de tonelaje 19,60

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3.- Ordenanza fiscal número 11, Tasa por prestación de servicios urbanísticos que a continuación se determina y según el siguiente cuadro:

artículo 6 Epígrafe A) 1.a. 32,31 1.b. 64,62 1.c. 96,93 2 32,31 artículo 7 Epígrafe B) 1 32,31 artículo 8 Epígrafe C) 2.a) 0,03 artículo 9 Epígrafe D) 1.a) 640,23 artículo 15 Epígrafe J) 1. 7,30 artículo 16 Epígrafe K) 3,12 articulo 17 Epígrafe L) 1.a) 96,93 artículo 20 Epígrafe O) 321,04 artículo 22 Epígrafe Q) 641,03

4.- Se modifica el artículo 6 de la Ordenanza fiscal

número 12 correspondiente a tasa por Licencia de apertura de establecimientos cuyo importe pasa a ser:

artículo 6 1.a) 8,25 1.b).i 13,4 1.b).ii 18,56 1.b).iii 21,65 1.c) 131,97 1.d) 5,16 1.e) 14,43 1.f).i 211,36 1.f).ii 316,52 1.g) 15,47 1.h) 990,79 1.i) 343,32 1.j).i 395,9 1.j).ii 201,05 1.k) 158,77 1.l) 194,86

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5.- Se modifica el artículo 6 Epígrafe 8 apartado 4 de la Ordenanza fiscal número 13, correspondiente tasa por prestación de servicios de cementerio Municipal que queda fijado en 1,1302 euros.

6.- Modificar el artículo 5.2. de la Ordenanza fiscal

número 15, correspondiente tasa por expedición de documentos que queda fijado en 1,065 euros.

7.- Se modifica el artículo 4 de la Ordenanza fiscal

número 16 correspondiente a tasa por utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local en cada uno de los siguientes epígrafes:

1.- Epigrafe a) Apertura de zanjas, calicatas, calas y

cualquier remoción del pavimento o aceras:

1. 102,15 3.I 92,79 3.II 87,64 3.III 88,67 3.IV 43,30 3.V 46,40

2.- Epígrafe b) Mercancías, materiales de construcción,

escombros u otros 1,03 euros. Contenedores, 0,84 euros. Casetas de obra 1,46 euros Instalación de grúa de obra 1,46 euros Solicitud de corte de calle 102,15 euros Reserva de espacio y señalización, a.- tasa fija 36,09

euros y b.- tasa variable peatonales 0,31 y viales 0,82 euros. 3.- Epígrafe d) i.- Utilización de columnas, carteles y

otras instalaciones Municipales análogas para la exhibición de anuncios:

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Valla publicitaria 799,48 Mupis dos caras 1.513,50 Mupis una cara 757,77 Monoposte 5.060,57 Monoposte luminoso 6.711,74 Reloj publicitario 1.332,11 Cabina teléfonos, fotográfica o similar 469,05 Lona en reparación de fachadas 9,38 Banderolas 9,38 Publicidad móvil 170,94

4.- Epígrafe d) ii.- Boletín Municipal:

Color euros

blanco y negro euros

Contraportada 843,358 Interior portada 738,196 Interior contraportada 738,196 una página interior 633,034 485,601 media página interior 421,679 316,517 un cuarto de página 211,355 un octavo de página 116,503 un doceavo de página 84,542

Encarte 0,05 5.- Epígrafe f) i.- Mercadillo de Majadahonda: 0,68

euros. ii.- Tómbolas, barracas, puestos, espectáculos y

atracciones: 1,99 euros iii.- Casetas de partidos: 426,27 euros iv.- d) Resto de casos: 0,80 euros v.- Por circos: 312,70 euros

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vi.- Rodajes cinematográficos y videográficos: 383,58 euros. si fuera necesaria la presencia de personal municipal: 799,48 euros.

6.- Epígrafe g) Quioscos en vía pública:

i. Quioscos permanentes 21,89 ii. Quioscos temporada 28,13

iii. Sin fijación de tiempo y lugar 2,08

7.- Epígrafe h) Celebración de bodas civiles Empadronados : 131,34 euros Resto de los casos: 262,67 euros. 8.- Ordenanza Fiscal nº 17 Tasa por prestación de

diversos servicios Administrativos de competencia Local, añadiendo un nuevo párrafo al artículo 5, Epígrafe A.- Servicio de vigilancia y control de animales domésticos cuyo texto es el siguiente: “Para los animales no registrados en el Censo municipal, se incrementaría el precio un 50%.”

9.- Se modifica el artículo 5.2. de la Ordenanza fiscal número 17 correspondiente a tasa por prestación de diversos servicios administrativos de competencia local que queda fijada en 1,1111.

10.- Ordenanza fiscal número 19 de la Tasa por

aparcamiento de vehículos, se modifica el artículo 6 cuyo texto es el siguiente.

“Se establecen las siguientes tarifas: A.- En los casos que el importe se satisfaga en el momento de

obtener el ticket o documento justificativo:

a) Estacionamiento de vehículos no residentes en zona ordinaria:

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Tiempo de estacionamiento Importe (€) − Mínimo, hasta quince minutos 0,25 € − Máximo, 2 horas 1,40 € Por cada cinco minutos o fracción, hasta el máximo permitido por la Ordenanza 0,0572 € b) Estacionamiento de vehículos residentes en zona ordinaria: Desde las 10 horas hasta las 14 horas 0,25 € Desde las 16 horas hasta las 20 horas 0,20 € Día completo 0,35 € c) Estacionamiento de vehículo no residente en zona especial: Desde las 10 horas hasta las 14 horas 1,20 € Desde las 16 horas hasta las 20 horas 1,20 € Día completo 2,30 € d) Talleres de reparación y mantenimiento de vehículos, con la autorización regulada en la O.R.A., sin limitación de horarios 83,10 € / plaza / año. El devengo se producirá el 1 de enero o en la fecha de la autorización inicial, prorrateándose por trimestres naturales en este último caso. El pago deberá realizarse el presentar la solicitud de autorización.

B.- Tarifa de anulación de denuncia: i- Ticket de paralización del proceso de denuncia motivada

por rebasar el tiempo de estacionamiento será de 3,00 €, si bien dicho ticket deberá abonarse dentro de los 30 minutos siguientes a la finalización del tiempo máximo autorizado en el ticket.

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ii- Ticket de paralización del proceso de denuncia motivada por carecer de título habilitante: 9,00 € si bien dicho ticket deberá abonarse dentro de los 30 minutos siguientes a la hora de imposición del aviso de denuncia.

C.- Abono anual para el establecimiento de vehículos

residentes y con validez de un año natural: 34,65€. Este importe podrá ser prorrateado por trimestres naturales incluyendo aquel en el cual se produjo la solicitud como vehículo residente. El pago se realizará en el momento de la solicitud del distintivo y quedará acreditado en éste. El abono podrá ser transferido a otro vehículo siendo necesaria la obtención de una nueva acreditación.

D.- Por la obtención de la acreditación de vehículo residente:

6,95 €.

SEXTO.- PUBLICAR el texto integro de la presente modificación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, señalando que su entrada en vigor se producirá el día siguiente a esta publicación e indicando que contra el acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden presentar recurso contencioso-administrativo ante los órganos de esta jurisdicción en el plazo de dos meses a contar desde al día siguiente a su publicación.

SÉPTIMO.- FACULTAR al Alcalde para la firma de

cuantos documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.”

E) INFORME del Sr. Interventor, de 16-1-2011, cuyo texto es el

siguiente:

“En relación con el asunto de referencia se informa de lo siguiente:

I.- NORMATIVA APLICABLE

• Constitución Española de 1978 (CE). • Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del

Régimen Local (LBRL).

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• Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL).

• Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT).

• Real Decreto 1684/90, de 20 de diciembre, Reglamento General de Recaudación (RGR).

• Reglamento de procedimientos administrativos municipales, modificado por el Ayuntamiento Pleno en su sesión de 27 de junio de 2000 (RPAM; ficha H-11).

II.- PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA MODIFICACIÓN DE LAS ORDENANZAS FISCALES

El TRLHL, en su artículo 17 fija el procedimiento para el establecimiento, supresión y ordenación de tributos y para la fijación de los elementos necesarios en orden a la determinación de las respectivas cuotas tributarias, así como las aprobaciones y modificaciones de las correspondientes Ordenanzas Fiscales. De dicho procedimiento, hasta ahora se han sustanciado los siguientes trámites:

• Aprobación, publicación y exposición de los acuerdos provisionales y recepción, en su caso de las reclamaciones presentadas:

La modificación de las ordenanzas fiscales de Tasas para 2012 fue objeto de aprobación inicial por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 30/11/2011.

El acuerdo provisional fue publicado en el BOCM el 05/12/2011 y se expuso en el tablón de anuncios de esta entidad durante treinta días. Dentro de ese plazo se presentaron las reclamaciones que se citan en el informe de Tesorería de 16/01/2012, que consta en el expediente.

A partir de ahora, el expediente deberá sujetarse a la siguiente tramitación

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• Resolución de reclamaciones, aprobación definitiva y publicación de dicho acuerdo:

Finalizado el período de exposición pública, procede la aprobación resolviendo la reclamación presentada y aprobando la redacción definitiva de la Ordenanza.

En este sentido el mencionado informe de Tesorería de 16/01/2012 informa sobre los motivos expuestos por los reclamantes y, como conclusión, se propone al Pleno la desestimación o inadmisión de las reclamaciones presentadas y la aprobación definitiva de las Ordenanzas impugnadas. Por este motivo no procede un nuevo informe por parte de esta Intervención, toda vez que el texto de las modificaciones que se presentan para su aprobación definitiva no difiere del aprobado inicialmente, que ya fue objeto de informe de Intervención.

Una vez adoptado por el Pleno el acuerdo definitivo, éste, junto con los textos definitivos de las Ordenanzas Fiscales, deben ser objeto de publicación íntegra en el BOCM. Como garantía adicional de la efectividad del principio de la publicidad, el apartado 5º del artículo 17 del TRLHL ordena a las entidades locales con población superior a 20.000 habitantes que las Ordenanzas Fiscales sean editadas por las mismas y, en todo caso, que se faciliten copias a quienes lo soliciten.

• Entrada en vigor:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.1 de la LBRL, y en el artículo 17.4 del TRLHL:

“Las Ordenanzas Fiscales entran en vigor con su publicación en los términos previstos en la Ley, comienzan a aplicarse en la fecha indicada en las mismas o, en su defecto, en el momento de su entrada en vigor y permanecen vigentes durante el tiempo expresamente previsto en las mismas o, en su defecto, hasta su derogación expresa”.

• Impugnación de los acuerdos:

A tenor de lo dispuesto en el artículo 19.1 del TRLHL, contra los acuerdos definitivos de aprobación de Ordenanzas fiscales y sus respectivos textos no puede interponerse otro recurso que el contencioso-administrativo, en los plazos y forma previstos en la Ley de dicha Jurisdicción.

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• Ámbito de aplicación de las Ordenanzas Fiscales:

Viene delimitado en el artículo 107.2 de la LBRL, en virtud del cual, las Ordenanzas obligan en el territorio de la respectiva Entidad Local y se aplican conforme a los principios de residencia efectiva y de territorialidad, según los casos.”

F) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda de 19-1-2012, favorable. La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra. Menéndez, indica que, en la propuesta que se va a someter a votación, se recoge un incremento generalizado de todas las tarifas teniendo en cuenta el IPC existente en el pasado ejercicio y, siguiendo el mismo criterio que se ha utilizado en pasados expedientes, el incremento anual ha sido el existente desde septiembre de 2010 a septiembre de 2011, incrementando los precios el 3,1%. Sigue diciendo que las Ordenanzas Fiscales nºs. 10 y 19 se actualizaron recientemente tomando como referencia el límite de precios de octubre de 2010 y, al objeto de armonizar todas las ordenanzas fiscales, se propone la modificación del IPC en esas dos ordenanzas tomando como referencia el periodo de octubre de 2010 a septiembre de 2011 y por tanto es el 2,2% (se toma un periodo de once meses en lugar de los doce para el resto). Continúa su intervención diciendo que, por los motivos que ha expuesto, las alegaciones que indican que el tipo del IPC a tener en cuenta debe partir de octubre en lugar de septiembre de 2010, tienen que ser desestimadas porque se actualizan los precios para un año completo.

Manifiesta que se han presentado alegaciones a determinados artículos de las ordenanzas de tasas que no fueron modificados provisionalmente por el Pleno y tampoco fueron sometidos a información pública e incluso algunas de ellas proponen hechos imponibles no contemplados actualmente y por ello éste no es el momento procedimental oportuno para recoger esas modificaciones y por ello son inadmitidas sin perjuicio de que pudieran ser objeto de consideración en otro momento.

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Sigue diciendo que en otra alegación se plantea la modificación del artículo 4 de la Ordenanza Fiscal nº 16 Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público y que se refiere al Mercadillo. Aclara que lo que pretende esa alegación es que no se lleve a efecto el acuerdo plenario y se deje la tasa según se había establecido para 2011. Recuerda que el importe de esta tasa, según el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, ha de tomar como referencia el valor que tendría en el mercado la utilidad derivada de dicha utilización y aprovechamiento y por ello, en el momento de la determinación del importe de la tasa, se tomó como referencia el supuesto valor de mercado lo que es uso común en el mercado inmobiliario y la actualización se hace con arreglo al IPC por lo que la actualización de precios con este parámetro mantiene su importe dentro del valor de mercado.

Indica que de la misma forma se debe argumentar la

desestimación de las alegaciones que se refieren a la modificación del epígrafe h) del artículo 4 de la Ordenanza Fiscal nº 16 que se refiere a la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local referido a la utilización de salones municipales para bodas civiles.

Termina su intervención diciendo que, los motivos que ha

expuesto, se presenta al Pleno la desestimación de las alegaciones presentadas por los interesados contra la modificación de las tasas tomando como referencia el periodo octubre 2010 hasta septiembre 2011 ya que no contempla un año completo; la desestimación de las alegaciones contra la modificación del artículo 4 de la Ordenanza Fiscal 16 correspondiente a la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local para el Mercadillo, al no apreciarse los motivos de oportunidad indicados por los interesados; la desestimación las alegaciones presentadas contra la modificación del epígrafe h) del artículo 4 de la Ordenanza Fiscal nº 16 correspondiente a la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, al no apreciarse los motivos de oportunidad indicados por los interesados; la inadmisión del resto de las alegaciones presentadas al ser objeto de impugnación o consideración materias no comprendidas en el acuerdo de aprobación provisional y por ello se propone la aprobación definitiva de la actualización y modificación de las Ordenanzas Fiscales de Tasas.

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El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez

Maillo, indica que el voto de su grupo va a ser el mismo que el que realizó en la sesión plenaria en la que se aprobó inicialmente esta modificación de Ordenanzas Fiscales y es la abstención por considerar razonable y responsable que el equipo de gobierno incremente el IPC en determinados gravámenes pero su grupo considera mucho más conveniente gravar especialmente las tasas ligadas a las licencias urbanísticas y estudiar la posibilidad de congelar aquellas otras que se refieren al impulso de la actividad económica en Majadahonda.

Termina su intervención diciendo que, por los motivos que ha

expuesto, su grupo se va a abstener en la votación de este punto del Orden del día.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sr. Gil, indica que su grupo votó a favor de la aprobación inicial de la modificación de tasas porque únicamente se actualizaban conforme al IPC y las únicas diferentes se van a armonizar con el resto por lo que también va a votar a favor de esta aprobación definitiva.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que su grupo ya comentó en la aprobación inicial que parte de lo que se proponía iba en la misma línea que su grupo había venido demandando con respecto a la actualización de las tasas respecto al IPC porque sigue sin entender por qué se producen determinadas actualizaciones en unas tasas y en otras no y dice esto porque no parece coherente que se congele, como medida de apoyo al pequeño comercio, la tasa de terrazas pero se actualice al IPC la tasa por los puestos del Mercadillos.

Aclara que ya en la aprobación inicial, su Grupo avisó que iba a

presentar alegaciones y de hecho ha presentado una batería de ellas a la modificación de Ordenanzas Fiscales de Tasas e Impuestos por entender que se podía aprovechar esta modificación para mejorar otras tasas.

Manifiesta que algunas de las alegaciones de su grupo se

referían a por qué se modificaban algunas tasas y otras no como

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ocurre con la del Mercadillo, tema sobre el que también presentó alegaciones la Asociación de Comerciantes del Mercadillo y cree recordar que también la Asociación de Vecinos y la única respuesta que se ha dado es que no se entendía que había oportunidad política lo que su Grupo sigue sin comprender.

Indica que su Grupo también presentó otra serie de alegaciones

con respecto a la aprobación de nuevas tasas entendiendo que podría ser un buen momento para eximir del pago de ciertas tasas, como la de expedición de documentos, a los parados de Majadahonda o a las personas con un grado de discapacidad mayor del 33% y también entendía que se podía aprobar una nueva tasa para recargar el 40%, como permiten las ordenanzas y la Ley de Haciendas Locales, a los establecimientos que venden alcohol. Añade que en esas alegaciones también se proponía la implantación de una nueva tasa a las entidades bancarias por la utilización del dominio público por los cajeros automáticos.

Aclara que algunas de las alegaciones que su grupo ha

presentado no han sido respondidas porque parece que no era el momento oportuno para realizar esas modificaciones pero cree que los grupos políticos han entendido que el momento oportuno para presentar sugerencias, alegaciones y propuestas es cuando se aprueba la modificación de las ordenanzas.

Termina su intervención indicando que, por los motivos que ha

expuesto, su Grupo no va a votar a favor de este punto del Orden del día aunque considera que pueden ser adecuadas ciertas actualizaciones de tasas al IPC.

El Sr. Presidente indica que, desde su punto de vista, en este

momento se está debatiendo sobre los dos puntos del Orden del día que se refieren a la modificación de Ordenanzas Fiscales (de tasas y de impuestos) como se acordó en la Junta de Portavoces y, si algún grupo municipal no lo ha entendido así, puede volver a intervenir.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez

Maillo, indica que la Concejal Delegada de Economía de Hacienda no ha hecho alusión, en su exposición, al siguiente punto del Orden del

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día que se refiere a la modificación de Ordenanzas Fiscales de Impuestos.

El Sr. Presidente explica que precisamente para eso se crean las

comisiones informativas y considera que en el Pleno se debe producir un debate político.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez

Maillo, indica que su grupo también se va a abstener en la aprobación definitiva de la modificación de Ordenanzas Fiscales de impuestos porque, aunque considera razonable subir el IPC, cree que determinados impuestos deberían dotarse de una cierta progresividad como ocurre, por ejemplo, con el impuesto sobre Plusvalías y por ello su grupo va a abstenerse en la votación de los dos puntos del Orden del día que se refieren a modificación de ordenanzas fiscales.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sr. Gil, indica que su grupo no va a votar de la misma forma que en el Pleno anterior porque en esos momentos su Grupo votó a favor por considerar que, en estos momentos de dificultades económicas, era positivo y un gran beneficios para los vecinos triplicar el mínimo exento de aportar garantías para aplazar o fraccionar determinados pagos y permitir el fraccionamiento de las Plusvalías en periodo voluntario y además el equipo de gobierno mostró una actitud muy positiva al adoptar medidas en ese sentido e incluso el Sr. Alcalde, en el Pleno celebrado en noviembre, dijo que le parecía que el impuesto de Plusvalías era bastante alto pero, a pesar de ello, su Grupo pensó que se podría ser más ambicioso y por ello presentó alegaciones para introducir una bonificación en el impuesto en el caso de transmisión de la vivienda habitual, de reinversión en una vivienda de valor menor o en el caso de dación en pago de una deuda que recaiga sobre dicho inmueble. Aclara que todas esas alegaciones se presentaron por entender que en esos casos no se está produciendo un enriquecimiento con la venta de la vivienda sino que se vende por necesidad.

Indica que también presentó otra alegación para aumentar la

bonificación al 95% de la cuota del impuesto de Plusvalía para el caso de la transmisión, a título lucrativo por causa de muerte, de la

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vivienda habitual a favor del cónyuge, ascendientes o descendientes de primer grado que vivieran en la misma, propuesta que realizó por considerar también que en este caso no se está produciendo ningún enriquecimiento.

Termina su intervención diciendo que su Grupo se va a abstener

en esta votación porque no se han tenido en cuenta las propuestas de mejora que su Grupo planteó y porque, aún considerando que los cambios que se proponen son beneficiosos, cree que el equipo de gobierno debería haber sido más ambicioso.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que, cuando se aprobó definitivamente la modificación de la Ordenanza del impuesto sobre bienes inmuebles, su grupo comentó que la política fiscal municipal debe regirse por unos objetivos claros ya que es una herramienta para poder realizar una serie de políticas y, aunque la fiscalidad de los ayuntamientos es bastante limitada y tienen poco margen de maniobra, con los impuestos y las tasas se puede regular hacia un sentido u otro.

Añade que su Grupo tiene ideas claras sobre lo que debería ser

la política fiscal municipal, ideas que seguramente no coincidirán con las del equipo de gobierno y entiende que con las herramientas que tienen los ayuntamientos pueden buscarse acuerdos de progresividad, mayor justicia social, facilitar el acceso a una vivienda digna, adoptar medidas para apoyar al pequeño comercio y para fomentar el empleo estable, etc.

Sigue diciendo que lo que más le gusta es la realización de una

política con coherencia lo que no ha visto en la modificación de ordenanzas fiscales de tasas que se aprobó y dice esto porque unas determinadas tasas se subían pero otras no y además no considera coherente que se actualicen todas las tasas al IPC pero, desde hace años, se mantenga congelado el impuesto de vehículos incluso el que tienen que pagar los vehículos más caros y contaminantes.

Considera que tampoco es lógico que el impuesto sobre

construcciones recoja una bonificación del 75% para las obras de construcción de los centros de culto y que sea solo del 50% para la construcción de viviendas protegidas.

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Indica que tampoco considera coherente congelar unas tasas y no otras como ha ocurrido con el Mercadillo y añade que para su Grupo, la modificación de ordenanzas fiscales que se va a aprobar y los Presupuestos Municipales, no son los más adecuados para el momento de crisis social y económica en que nos encontramos y por ello presentó alegaciones a la primera modificación de ordenanzas que se realizó para el impuesto sobre bienes inmuebles pretendiendo que se dotara de una mayor progresividad fiscal y también ha presentado alegaciones y propuestas para esta nueva modificación de ordenanzas fiscales. Aclara que, entre otras, ha pedido que se bonifique a las pequeñas y medianas empresas o cooperativas que fomentan el auto-empleo y la creación de empleo estable.

Sigue diciendo que también ha presentado alegaciones para que

se puedan aumentar las bonificaciones a los que construyan vivienda protegida, tipo de vivienda muy demandada en Majadahonda por los jóvenes y por los no tan jóvenes.

Añade que otra de las alegaciones que ha presentado intenta que

se exima del pago de la Plusvalía a las familias que pierden la vivienda por una ejecución hipotecaria porque, además de perder la vivienda y de mantener su deuda con la entidad bancaria, tienen que hacer frente al pago de la Plusvalía por un bien del que no van a beneficiarse.

Aclara que para su Grupo, éste es el momento de poder tomar

medidas y por ello ha presentado una serie de propuestas. Termina su intervención diciendo que, por los motivos que ha

expuesto, su Grupo va a votar en contra de la aprobación definitiva de las ordenanzas fiscales de tasas e impuestos que se proponen, por entender que no son las más apropiadas para el momento actual.

El Sr. Presidente indica que muchas de las alegaciones

presentadas por Izquierda Unida-Los Verdes, no han sido admitidas porque se refieren a materias que no se modificaron por el Pleno.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, aclara

que su Grupo se abstuvo en la aprobación provisional de la modificación de ordenanzas fiscales de tasas, postura que mantiene

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siempre por si durante la exposición pública se presenta alguna alegación interesante pero en este caso, después de analizar las que se han presentado, ha visto que las tasas, como normal general, suben el IPC pero realmente la situación actual ha cambiado en muchas más cosas que la variación del IPC y dice esto porque en los últimos meses ha visto cómo se ha congelado el salario mínimo, las pensiones suben solamente el 1% e incluso algunas van a bajar por la subida del IRPF, la subida salarial va a ser del 0,5%, etc. por lo que hubiera considerado necesario realizar un estudio individual de las tasas ya que la ley dice que deben adecuarse al coste de la prestación del servicio y piensa que algunos servicios no van a costar casi un 3% mas respecto al coste del año anterior.

Sigue diciendo que también está de acuerdo en que quizá

hubiera sido necesario revisar el impuesto de vehículos para los que tienen mayor cilindrada porque es posible que sus propietarios no tengan problema para pagar la subida de ese impuesto.

Insiste en que hubiera sido necesario revisar, en muchos casos,

las tasas para adecuarlas a lo que ha subido o bajado el coste de la vida y dice esto porque está segura de que la subida del IRPF va a provocar una bajada en el sueldo de muchos vecinos de Majadahonda, a los que cobran el salario mínimo se les ha congelado el sueldo, los que cobren la pensión máxima van a cobrar menos por la subida del IRPF, etc. por lo que, reitera, no tiene mucho sentido subir las tasas en estos momentos el 3% sin haber realizado ese estudio previo y por ello su Grupo no va a votar a favor de la modificación de ordenanzas de tasas.

Indica, respecto a la modificación que afecta al impuesto de

Plusvalías, que se van a incluir unas determinadas calles que estaban fuera del ámbito de aplicación de ese impuesto y además se va a a dar la posibilidad de fraccionar el pago argumentando para ello que muchos vecinos de Majadahonda están en una mala situación económica y por ello se venden obligados a vender sus viviendas. Aclara que su Grupo, al aprobar provisionalmente esta modificación, ya dijo que habría que revisar el impuesto de Plusvalía porque quizá estaba muy alto pero, como lo que se presenta a aprobación es el fraccionamiento e incluir determinadas calles, su Grupo va a votar a favor aunque considera necesario buscar el momento adecuado para revisar el tipo impositivo.

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Termina su intervención indicando que no va a votar a favor de la modificación de ordenanzas fiscales de tasas porque considera necesario realizar un estudio individual de cada una de ellas para subir solo aquellas en las que el coste del servicio era más caro que el de la tasa pero piensa que quizá la tasa por bodas no debería haberse subido porque ese servicio no va a suponer un mayor coste para el Ayuntamiento y sí va a votar a favor de la modificación de ordenanzas fiscales para el impuesto de Plusvalías.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por diecisiete

(17) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Popular y Unión Progreso y Democracia, dos (2) votos en contra correspondientes al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes y seis (6) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Socialista y Centrista, ACUERDA: PRIMERO.- DESESTIMAR las alegaciones presentadas por los interesados contra la modificación de las tasas tomando como referencia el periodo octubre 2010 a septiembre de 2011 ya que el mismo no contempla un año completo.

SEGUNDO.- DESESTIMAR las alegaciones contra la modificación del artículo 4 de la Ordenanza Fiscal Nº 16 correspondiente a la Tasa por Utilización Privativa o el Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local, del epígrafe f)1. Mercadillo de Majadahonda al no apreciarse los motivos de oportunidad indicados por los interesados.

TERCERO.- DESESTIMAR las alegaciones contra la modificación del epígrafe h) del artículo 4 de la Ordenanza Fiscal número 16 correspondiente a tasa por utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local al no apreciarse los motivos de oportunidad indicados por los interesados

CUARTO.- INADMITIR el resto de las alegaciones al ser objeto de impugnación o consideración materias no comprendidas dentro del acuerdo de aprobación provisional.

QUINTO.- APROBAR de forma definitiva la actualización y modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales en sus artículos correspondientes a cuotas y tarifas:

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1.- Ordenanza Fiscal número 9 Tasa por prestación de servicios de alcantarillado y recogida de escombros. Se modifica el texto del artículo 5 debiendo quedar de la siguiente manera:

a. Si la finca está dotada de contador de agua: 0,22 € por metro cúbico o fracción de agua consumida. b. Si la finca no está dotada de contador de agua: 0,018 € por metro cuadrado o fracción del inmueble beneficiario del servicio. 2. Para los supuestos previstos en la letra b) del artículo 2:

Por cada 800 kilogramos o fracción: 358.39 euros

2.- Ordenanza Fiscal número 10 correspondiente a Tasa por retirada de vehículos de la vía pública, cuyo importe se fija en:

Epígrafe 1 punto Importe €

a) 1. Cuando se acuda y no se consume el servicio 24,25

a) 2. Cuando se realice el servicio completo 48,45

b) 1. Cuando se acuda y no se consume el servicio 23,10

b) 2. Cuando se realice el servicio completo 43,85

c) 1. Cuando se acuda y no se consume el servicio 48,45

c) 2. Cuando se realice el servicio completo 95,75

d) 1. Cuando se acuda y no se consume el servicio 51,95

d) 2. Cuando se realice el servicio completo 147,70

e) Retirada de vehículos de más 5.000 Kg 20,90

Epígrafe 2 1. Motocicletas, velocípedos y triciclos 10,40 2. Motocarros y vehículos análogos 10,40

3. Automóviles de turismo, camiones furgonetas y vehí- 10,40

culos análogos hasta 2.500 kg. de tonelaje

4. Automóviles de turismo, camiones furgonetas y vehí- 15,00

culos análogos desde 2.500 hasta 5.000 kg. de tonelaje

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5. Toda clase de vehículos de más de 5.000 kg de tonelaje 19,60

3.- Ordenanza fiscal número 11, Tasa por prestación de servicios urbanísticos que a continuación se determina y según el siguiente cuadro:

artículo 6 Epígrafe A) 1.a. 32,31 1.b. 64,62 1.c. 96,93 2 32,31 artículo 7 Epígrafe B) 1 32,31 artículo 8 Epígrafe C) 2.a) 0,03 artículo 9 Epígrafe D) 1.a) 640,23 artículo 15 Epígrafe J) 1. 7,30 artículo 16 Epígrafe K) 3,12 articulo 17 Epígrafe L) 1.a) 96,93 artículo 20 Epígrafe O) 321,04 artículo 22 Epígrafe Q) 641,03

4.- Se modifica el artículo 6 de la Ordenanza fiscal número 12 correspondiente a tasa por Licencia de apertura de establecimientos cuyo importe pasa a ser:

artículo 6 1.a) 8,25 1.b).i 13,4 1.b).ii 18,56 1.b).iii 21,65 1.c) 131,97 1.d) 5,16 1.e) 14,43 1.f).i 211,36 1.f).ii 316,52 1.g) 15,47 1.h) 990,79 1.i) 343,32 1.j).i 395,9 1.j).ii 201,05

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1.k) 158,77 1.l) 194,86

5.- Se modifica el artículo 6 Epígrafe 8 apartado 4 de la Ordenanza fiscal número 13, correspondiente tasa por prestación de servicios de cementerio Municipal que queda fijado en 1,1302 euros.

6.- Modificar el artículo 5.2. de la Ordenanza fiscal número 15, correspondiente tasa por expedición de documentos que queda fijado en 1,065 euros.

7.- Se modifica el artículo 4 de la Ordenanza fiscal número 16 correspondiente a tasa por utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local en cada uno de los siguientes epígrafes:

1.- Epigrafe a) Apertura de zanjas, calicatas, calas y cualquier

remoción del pavimento o aceras:

1. 102,15 3.I 92,79 3.II 87,64 3.III 88,67 3.IV 43,30 3.V 46,40

2.- Epígrafe b) Mercancías, materiales de construcción, escombros u otros 1,03 euros.

Contendores, 0,84 euros. Casetas de obra 1,46 euros Instalación de grúa de obra 1,46 euros Solicitud de corte de calle 102,15 euros Reserva de espacio y señalización, a.- tasa fija 36,09

euros y b.- tasa variable peatonales 0,31 y viales 0,82 euros.

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3.- Epígrafe d) i.- Utilización de columnas, carteles y otras

instalaciones Municipales análogas para la exhibición de anuncios:

Valla publicitaria 799,48 Mupis dos caras 1.513,50 Mupis una cara 757,77 Monoposte 5.060,57 Monoposte luminoso 6.711,74 Reloj publicitario 1.332,11 Cabina teléfonos, fotográfica o similar 469,05 Lona en reparación de fachadas 9,38 Banderolas 9,38 Publicidad móvil 170,94

4.- Epígrafe d) ii.- Boletín Municipal:

Color euros

blanco y negro euros

Contraportada 843,358 Interior portada 738,196 Interior contraportada 738,196 una página interior 633,034 485,601 media página interior 421,679 316,517 un cuarto de página 211,355 un octabo de página 116,503 un doceavo de página 84,542

Encarte 0,05

5.- Epígrafe f) i.- Mercadillo de Majadahonda: 0,68 euros. ii.- Tombolas, barracas, puestos, espectáculos y

atracciones: 1,99 euros iii.- Casetas de partidos: 426,27 euros

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iv.- d) Resto de casos: 0,80 euros v.- Por circos: 312,70 euros vi.- Rodajes cinematográficos y videográficos: 383,58

euros. si fuera necesaria la presencia de personal municipal: 799,48 euros.

6.- Epígrafe g) Quioscos en vía pública:

i. Quioscos permanentes 21,89 ii. Quioscos temporada 28,13

iii. Sin fijación de tiempo y lugar 2,08

7.- Epígrafe h) Celebración de bodas civiles Empadronados : 131,34 euros Resto de los casos: 262,67 euros.

8.- Ordenanza Fiscal nº 17 Tasa por prestación de diversos servicios Administrativos de competencia Local, añadiendo un nuevo párrafo al artículo 5, Epígrafe A.- Servicio de vigilancia y control de animales domésticos cuyo texto es el siguiente: “Para los animales no registrados en el Censo municipal,

se incrementaría el precio un 50%.” 9.- Se modifica el artículo 5.2. de la Ordenanza fiscal número 17 correspondiente a tasa por prestación de diversos servicios administrativos de competencia local que queda fijada en 1,1111. 10.- Ordenanza fiscal número 19 de la Tasa por aparcamiento de vehículos, se modifica el artículo 6 cuyo texto es el siguiente.

“Se establecen las siguientes tarifas:

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(MADRID)

B.- En los casos que el importe se satisfaga en el momento de obtener el ticket o documento justificativo:

a) Estacionamiento de vehículos no residentes en zona ordinaria:

Tiempo de estacionamiento Importe (€) − Mínimo, hasta quince minutos 0,25 € − Máximo, 2 horas 1,40 € Por cada cinco minutos o fracción, hasta el máximo permitido por la Ordenanza 0,0572 € b) Estacionamiento de vehículos residentes en zona ordinaria: Desde las 10 horas hasta las 14 horas 0,25 € Desde las 16 horas hasta las 20 horas 0,20 € Día completo 0,35 € c) Estacionamiento de vehículo no residente en zona especial: Desde las 10 horas hasta las 14 horas 1,20 € Desde las 16 horas hasta las 20 horas 1,20 € Día completo 2,30 € d) Talleres de reparación y mantenimiento de vehículos, con la autorización regulada en la O.R.A., sin limitación de horarios 83,10 € / plaza / año. El devengo se producirá el 1 de enero o en la fecha de la autorización inicial, prorrateándose por trimestres naturales en este último caso. El pago deberá realizarse el presentar la solicitud de autorización.

B.- Tarifa de anulación de denuncia: i- Ticket de paralización del proceso de denuncia motivada

por rebasar el tiempo de estacionamiento será de 3,00 €, si

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bien dicho ticket deberá abonarse dentro de los 30 minutos siguientes a la finalización del tiempo máximo autorizado en el ticket.

ii- Ticket de paralización del proceso de denuncia motivada

por carecer de título habilitante: 9,00 € si bien dicho ticket deberá abonarse dentro de los 30 minutos siguientes a la hora de imposición del aviso de denuncia.

C.- Abono anual para el establecimiento de vehículos

residentes y con validez de un año natural: 34,65€. Este importe podrá ser prorrateado por trimestres naturales incluyendo aquel en el cual se produjo la solicitud como vehículo residente. El pago se realizará en el momento de la solicitud del distintivo y quedará acreditado en éste. El abono podrá ser transferido a otro vehículo siendo necesaria la obtención de una nueva acreditación.

D.- Por la obtención de la acreditación de vehículo residente:

6,95 €. SEXTO.- PUBLICAR el texto integro de la presente modificación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, señalando que su entrada en vigor se producirá el día siguiente a esta publicación e indicando que contra el acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden presentar recurso contencioso-administrativo ante los órganos de esta jurisdicción en el plazo de dos meses a contar desde al día siguiente a su publicación.

SÉPTIMO.- FACULTAR al Alcalde para la firma de cuantos documentos sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo. 4.(4/12) RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES Y

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES DE IMPUESTOS PARA 2012 (8.2)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes:

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A) ACUERDO PLENARIO de 30-11-2011, por el que se aprueba provisionalmente la modificación de Ordenanzas Fiscales de Impuestos para 2012.

B) ANUNCIO publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de

Madrid de 5-12-2012, en el Diario La Razón, de 7-12-2011 y en el Tablón de Edictos desde el 5-12-2011 hasta el 13-1-2012 según consta en la diligencia del Secretario General.

C) CERTIFICACIÓN del Secretario General de 18-1-2012, en

el que se acredita que, según informe de la Jefa de Negociado de Información y Registro de 18 de enero de 2012, que durante el periodo de exposición pública de la aprobación provisional de la modificación de Ordenanzas Fiscales de impuestos y tasas para el año 2012, expuesto en el Tablón de Edictos desde el 5-12-2011 hasta el 13-1-2012, se han presentado alegaciones por la Asociación de Comerciantes Ambulantes en Mercadillos de Majadahonda, por la Asociación de Vecinos de Majadahonda, por el Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia y por el Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes.

D) INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Tesorero

Municipal de 16-1-2012, cuyo texto es el siguiente: “Finalizado el plazo de alegaciones el día 13 de diciembre de 2011, se han presentado durante el plazo de alegaciones las siguientes alegaciones que se relacionan a continuación:

Don Miguel Moreta Jiménez en su condición de Presidente de la Asociación de Vecinos de Majadahonda y portavoz de la Plataforma contra el subidón del I.B.I de fecha 04 de Enero de 2012 con registro de entrada n9 220, en el que solicitan inste el Sr. Alcalde en los siguientes puntos:

1. En relación con la Ordenanza Fiscal n- 4

I.I.V.T.N.U.: "no repercutir la Plusvalía en caso de dación de pago por ejecución hipotecaria.

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Don Juan Santana Uriarte en su condición de Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida - Los Verdes, de fecha 05 de Enero de 2012 con registro de entrada n- 294, en el que solicitan inste el Sr. Alcalde los siguientes puntos:

1. Ordenanza Fiscal ne 3 reguladora del Impuesto de

vehículos de Tracción Mecánica, proponen actualizar el valor de la cuota de acuerdo con la variación interanual del IPC.

2. Ordenanza Fiscal n9 4 reguladora del Impuesto

sobre el Incremento de los Terrenos de Naturaleza Urbana: introducción del texto "Se eximirá del pago del impuesto al contribuyente en las transmisiones realizadas en subasta pública, notarial, judicial o administrativa y en las adjudicaciones del bien inmueble a la entidad financiera en pago de la deuda contraída para su adquisición".

3. Ordenanza Fiscal n- 5 reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Artículo 4 - Bonificaciones. Punto 1, suprimir el apartado B] que dice: Una bonificación del 75 por ciento de las obras de construcción de centros destinados al culto.

Sustituir en el punto C] el primer párrafo por el texto siguiente: "Una bonificación del 90% a las obras de construcción de viviendas protegidas de régimen especial que han sido definidas en Real Decreto 801/2005.Una bonificación del 60% a las obras de construcción de viviendas protegidas de precio general que han sido definidas en Real decreto 801/2005. Una bonificación del 50% a las obras de construcción de viviendas protegidas de precio concertado que han sido definidas en Real decreto 801/2005".

4. Ordenanza Fiscal ng 6. Reguladora del Impuesto

sobre Actividades Económicas. Artículo 5. Bonificaciones y reducciones. Proponen:

l.-"Una bonificación por creación de empleo de hasta

el 50 por 100 de la cuota correspondiente, para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que hayan incrementado el promedio de su plantilla de

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trabajadores con contrato indefinido durante el período impositivo inmediato anterior al de la aplicación de la bonificación, en relación con el período anterior a aquél.

El porcentaje de bonificación, sin exceder el límite

máximo previsto en el párrafo anterior, se fija en el equivalente al incremento medio de la plantilla de trabajadores con contrato indefinido en el año anterior al devengo.

% Incremento Plantilla %Bonificación Incremento igual o superior al 10% 10% Incremento igual o superior al 20% 20% Incremento igual o superior al 30% 30% Incremento igual o superior al 40% 40% Incremento igual o superior al 50% 50% 2.- Exención del 100 % del Impuesto sobre Actividades

Económicas durante el primer año y del 50% durante los dos años siguientes a:

a) Las cooperativas o sociedades laborales durante los dos primeros años de su creación.

b) Las actividades relacionadas con el cultivo ecológico y el comercio responsable encaminadas al autoempleo y que tengan impacto social y medioambiental positivo.

c) Las actividades artesanales como forma de recuperar aquellos sectores económicos en riesgo de desaparecer o que se extinguieron como actividad productiva y que estén encaminadas al autoempleo.

Doña Carmen Madrigal Torrejón en su condición de Portavoz del Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia de fecha 05 de Enero de 2012 con registro de entrada n- 291, en el que solicitan inste el Sr. Alcalde los siguientes puntos: 1. Introducir un tipo reducido del I.I.V.T.N.U., en el caso

de que la transmisión de la vivienda habitual se produzca, bien para el caso de dación en pago de una deuda que recae sobre dicho inmueble, o bien para una reinversión en vivienda habitual, tipo que únicamente se

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aplicaría a la cantidad efectivamente reinvertida. 2. Aumentar la bonificación del 95% de la cuota del

impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, para el caso de transmisión a título lucrativo, por causa de muerte, de la vivienda habitual a favor del cónyuge, descendientes o ascendientes de primer grado que vivan en la misma.

No se han presentado reclamaciones, a la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección, número 1, ni a la modificación del callejero, las alegaciones al ser objeto de impugnación o consideración materias no comprendidas dentro del acuerdo de aprobación provisional ,por lo tanto según el art. 17 RD 2/2001: se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo provisional.

1. Los acuerdos provisionales adoptados por las

corporaciones locales para el establecimiento, supresión y ordenación de tributos y para la fijación de los elementos necesarios en orden a la determinación de las respectivas cuotas tributarias, así como las aprobaciones y modificaciones de las correspondientes ordenanzas fiscales, se expondrán en el tablón de anuncios de la Entidad durante treinta días, como mínimo, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

2. Las entidades locales publicarán, en todo caso, los anuncios de exposición en el boletín oficial de la provincia, o, en su caso, en el de la comunidad autónoma uniprovincial. Las diputaciones provinciales, los órganos de gobierno de las entidades supramunicipales y los ayuntamientos de población superior a 10.000 habitantes deberán publicarlos, además, en un diario de los de mayor difusión de la provincia, o de la comunidad autónoma uniprovincial.

3. Finalizado el período de exposición pública, las corporaciones locales adoptarán los acuerdos definitivos que procedan, resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de la ordenanza, su derogación o las modificaciones a que se refiera el acuerdo provisional. En el caso de que no se

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hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.

4. En todo caso, los acuerdos definitivos a que se refiere el apartado anterior, incluyendo los provisionales elevados automáticamente a tal categoría, y el texto íntegro de las ordenanzas o de sus modificaciones, habrán de ser publicados en el boletín oficial de la provincia o, en su caso, de la comunidad autónoma uniprovincial, sin que entren en vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación.

1.- INADMITIR las alegaciones al ser objeto de impugnación o consideración materias no comprendidas dentro del acuerdo de aprobación provisional. 2.- APROBAR definitivamente la modificación de los siguientes artículos de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección, número 1:

A.- Se da una nueva redacción al artículo 68, apartado

2, cuyo texto es el siguiente:

2.- Se entiende que el interesado no reúne los requisitos de situación económico-financiera que determine la concesión del aplazamiento o fraccionamiento cuando se encuentre en alguno de los siguientes supuestos: a) Por Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y

obras en periodo voluntario. b) Por tasa por prestación de servicios urbanísticos

en periodo voluntario cuando el Hecho Imponible lo constituya la tramitación de licencias de obras, sus modificados o prórrogas

c) Aquellas donde exista una solicitud de aplazamiento o fraccionamiento y no se haya efectuado el pago.

d} Las deudas por uno o más derechos que no superen la cuantía de 300,00 euros, salvo por parte de unidades familiares cuyos ingresos sean inferiores a 2,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional.

B.- Se da una nueva redacción al artículo 70:

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1.- Se dispensa al obligado tributario de la constitución de garantías cuando el principal de las deudas tributarias sea inferior a nueve mil euros y cuyo plazo de pago sea inferior a un año sin perjuicio del mantenimiento de las trabas existentes sobre bienes y derechos del deudor en el momento de la presentación de la solicitud. 2.- A efectos de la determinación de la cuantía señalada se acumularán en el momento de la solicitud, tanto las deudas a que se refiere la propia solicitud como cualesquiera otras del mismo deudor para las que se haya solicitado y no resuelto el aplazamiento o fraccionamiento, así como el importe de los vencimientos pendientes de ingreso de las deudas aplazadas o fraccionadas, salvo que estén debidamente garantizadas. C.- Se modifica el apartado 7 del artículo 72 quedando redactado de la siguiente forma: 7. Cuando el total de los ingresos a cuenta efectuados sea superior al importe de la cuota resultante de los recibos, se procederá a imputar de oficio dicho remanente a los recibos del siguiente período impositivo.

En cualquier momento el obligado al pago podrá instar la devolución del exceso ingresado sobre la cuota, que se realizará en el plazo de tres meses mediante transferencia bancaria a la misma cuenta en la que se efectuó el cargo.

El ingreso objeto de devolución tendrá la

consideración de ingreso debido, regulado en el artículo 31 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y si transcurrido el plazo indicado en el párrafo anterior, no se ha ordenado el pago del mismo por causa no imputable al contribuyente, se aplicará a la cantidad pendiente de devolución el interés de demora a que se refiere el artículo 26 de dicha ley, desde el día siguiente al del término de dicho plazo y hasta la fecha en la que se ordene su pago, sin necesidad de que el contribuyente así lo reclame.

D.- Disposición transitoria. Solicitudes en tramitación.

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Las solicitudes de aplazamiento y

fraccionamiento en tramitación anteriores a la entrada en vigor de la presente modificación se regirán por lo establecido en la presente modificación.

3.- MODIFICAR la relación de viales y categorías fiscales a efectos fiscales incluyendo las siguientes:

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

NOMBRE DE LA CALLE SIGLA CATEGORÍA ACAMAR CL 3 ACUARIO CL 3 ALBALI CL 3 ALCOR CL 3 ALDEBARÁN CL 3 ALHENA CL 3 ANDRÓMEDA CL 3 ANILLO DE SATURNO CL 3 ANTARES CL 3 ARAKKIS CL 3 ARCO DE PONIENTE CL 2 ARIES CL 3 ASTRÓNOMOS CL 1 AURORA BOREAL CL 3 BIÓLOGOS CL 1 CANOPUS CL 3 CAPRICORNIO CL 3 CASIOPEA CL 3 CEFEO CL 3 COMETA CL 3 CONSTELACIÓN DE LA VEGA CL 3 CONSTELACIÓN CENTÁURO CL 3 CONSTELACIÓN DE ATLAS CL 3 CONSTELACIÓN UNICORNIO CL 3 CORONA AUSTRAL CL 1 CRUZ DEL SUR CL 3 DOCTOR CIRIACO GARCIA GARCIA CL 2 ESCORPIO CL 3 ESTRELLA POLAR CL 1 FAVORITA CL 3 FÍSICOS CL 2 FRANCISCO UMBRAL CL 2 GÉMINIS CL 3 GEÓLOGOS CL 2

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LAKME CL 3 LEO CL 3 LEÓNIDES CL 3 LIBRA CL 3 LUCERO DEL ALBA CL 3 MAR CANTÁBRICO CL 2 MAR DE ALBORÁN CL 2 MAR MEDITERRANEO CL 2 MARÍA TERESA LEÓN CL 2 MATEMÁTICOS CL 2 MIGUEL ANGEL BLANCO CL 2 MIZAR CL 3 ORIÓN CL 3 ORO DEL RHIN CL 2 PARQUE CL 3 PEGASO CL 1 PERSEO CL 3 PINZÓN CL 3 PISCIS CL 3 PLÉYADES CL 3 PROFESOR CARLOS TOLEDANO CL 2 QUÍMICOS CL 1 RAFAEL ALBERTI GL 2 REGILUS CL 3 SAGITARIO CL 3 SAN CRISTOBAL GL 3 SATÉLITES AV 1 SIRIUS CL 3 SIRMA CL 3 TAURO CL 3 TROVADORE CL 2 TROYA CL 3 VALGRANDE CL 1 VÍA LÁCTEA CL 3 VIRGEN DEL PILAR CL 1 VIRGO CL 3

ZURBARÁN CL 2

E) INFORME del Sr. Interventor, de 16-1-2012, cuyo texto es el

siguiente:

“En relación con el asunto de referencia se informa de lo siguiente:

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I.- NORMATIVA APLICABLE

• Constitución Española de 1978 (CE). • Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del

Régimen Local (LBRL). • Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por

el que se aprueba el texto refundido de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL).

• Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT).

• Real Decreto 1684/90, de 20 de diciembre, Reglamento General de Recaudación (RGR).

• Reglamento de procedimientos administrativos municipales, modificado por el Ayuntamiento Pleno en su sesión de 27 de junio de 2000 (RPAM; ficha H-11).

II.- PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA MODIFICACIÓN DE LAS ORDENANZAS FISCALES

El TRLHL, en su artículo 17 fija el procedimiento para el establecimiento, supresión y ordenación de tributos y para la fijación de los elementos necesarios en orden a la determinación de las respectivas cuotas tributarias, así como las aprobaciones y modificaciones de las correspondientes Ordenanzas Fiscales. Este procedimiento se estructura en dos fases:

• Aprobación, publicación y exposición de los acuerdos provisionales:

La modificación de las ordenanzas fiscales de Impuestos para 2012 fue objeto de aprobación inicial por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 30/10/2011.

El acuerdo provisional fue publicado en el BOCM el 05/12/2011 y se expuso en el tablón de anuncios de esta entidad durante treinta días. Dentro de ese plazo se presentaron las reclamaciones que se citan en el informe de Tesorería de 16/01/2012, que consta en el expediente.

• Aprobación y publicación de los acuerdos definitivos:

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Finalizado el período de exposición pública, procede la aprobación resolviendo las reclamaciones que se hubieran presentado y aprobando la redacción definitiva de las Ordenanzas.

En este sentido el mencionado informe de Tesorería de 16/01/2012 informa sobre los motivos expuestos por los reclamantes y, como conclusión, se propone al Pleno la inadmisión de las reclamaciones presentadas y la aprobación definitiva de las Ordenanzas impugnadas. Por este motivo no procede un nuevo informe por parte de esta Intervención, toda vez que el texto de las modificaciones que se presentan para su aprobación definitiva no difiere del aprobado inicialmente, que ya fue objeto de informe de Intervención.

Una vez adoptado por el Pleno el acuerdo definitivo, éste, junto con los textos definitivos de las Ordenanzas Fiscales, han de ser publicados íntegramente en el BOCM. Como garantía adicional de la efectividad del principio de la publicidad, el apartado 5º del artículo 17 del TRLHL ordena a las entidades locales con población superior a 20.000 habitantes que las Ordenanzas Fiscales sean editadas por las mismas y, en todo caso, que se faciliten copias a quienes lo soliciten.

• Entrada en vigor:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 107.1 de la LBRL, y en el artículo 17.4 del TRLHL:

“Las Ordenanzas Fiscales entran en vigor con su publicación en los términos previstos en la Ley, comienzan a aplicarse en la fecha indicada en las mismas o, en su defecto, en el momento de su entrada en vigor y permanecen vigentes durante el tiempo expresamente previsto en las mismas o, en su defecto, hasta su derogación expresa”.

• Impugnación de los acuerdos:

A tenor de lo dispuesto en el artículo 19.1 del TRLHL, contra los acuerdos definitivos de aprobación de Ordenanzas fiscales y sus respectivos textos no puede interponerse otro recurso que el contencioso-administrativo, en los plazos y forma previstos en la Ley de dicha Jurisdicción.

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• Ámbito de aplicación de las Ordenanzas Fiscales:

Viene delimitado en el artículo 107.2 de la LBRL, en virtud del cual, las Ordenanzas obligan en el territorio de la respectiva Entidad Local.”

F) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda, de 19-1-2012, favorable.

Este punto se debatió conjuntamente con el punto 3 del orden del día, por lo que su debate figura en dicho punto. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por dieciséis (16) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Popular y Centrista, dos (2) votos en contra correspondientes al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes y siete (7) abstenciones correspondientes a los Grupos municipales Socialista y Unión Progreso y Democracia, ACUERDA: PRIMERO.- INADMITIR las alegaciones al ser objeto de impugnación o consideración materias no comprendidas dentro del acuerdo de aprobación provisional.

SEGUNDO.- APROBAR definitivamente la modificación de los siguientes artículos de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección, número 1:

A.- Se da una nueva redacción al artículo 68, apartado 2,

cuyo texto es el siguiente: 2.- Se entiende que el interesado no reúne los requisitos

de situación económico-financiera que determine la concesión del aplazamiento o fraccionamiento cuando se encuentre en alguno de los siguientes supuestos: a) Por Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y

obras en periodo voluntario. b) Por tasa por prestación de servicios urbanísticos en

periodo voluntario cuando el Hecho Imponible lo

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

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constituya la tramitación de licencias de obras, sus modificados o prórrogas

c) Aquellas donde exista una solicitud de aplazamiento o fraccionamiento y no se haya efectuado el pago.

d} Las deudas por uno o más derechos que no superen la cuantía de 300,00 euros, salvo por parte de unidades familiares cuyos ingresos sean inferiores a 2,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional.

B.- Se da una nueva redacción al artículo 70:

1.- Se dispensa al obligado tributario de la constitución de garantías cuando el principal de las deudas tributarias sea inferior a nueve mil euros y cuyo plazo de pago sea inferior a un año sin perjuicio del mantenimiento de las trabas existentes sobre bienes y derechos del deudor en el momento de la presentación de la solicitud. 2.- A efectos de la determinación de la cuantía señalada se acumularán en el momento de la solicitud, tanto las deudas a que se refiere la propia solicitud como cualesquiera otras del mismo deudor para las que se haya solicitado y no resuelto el aplazamiento o fraccionamiento, así como el importe de los vencimientos pendientes de ingreso de las deudas aplazadas o fraccionadas, salvo que estén debidamente garantizadas. C.- Se modifica el apartado 7 del artículo 72 quedando redactado de la siguiente forma: 7. Cuando el total de los ingresos a cuenta efectuados sea superior al importe de la cuota resultante de los recibos, se procederá a imputar de oficio dicho remanente a los recibos del siguiente período impositivo.

En cualquier momento el obligado al pago podrá instar la devolución del exceso ingresado sobre la cuota, que se realizará en el plazo de tres meses mediante transferencia bancaria a la misma cuenta en la que se efectuó el cargo.

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El ingreso objeto de devolución tendrá la

consideración de ingreso debido, regulado en el artículo 31 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y si transcurrido el plazo indicado en el párrafo anterior, no se ha ordenado el pago del mismo por causa no imputable al contribuyente, se aplicará a la cantidad pendiente de devolución el interés de demora a que se refiere el artículo 26 de dicha ley, desde el día siguiente al del término de dicho plazo y hasta la fecha en la que se ordene su pago, sin necesidad de que el contribuyente así lo reclame.

D.- Disposición transitoria. Solicitudes en tramitación. Las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento

en tramitación anteriores a la entrada en vigor de la presente modificación se regirán por lo establecido en la presente modificación.

TERCERO.- MODIFICAR la relación de viales y categorías fiscales a efectos fiscales incluyendo las siguientes:

AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA

NOMBRE DE LA CALLE SIGLA CATEGORÍAACAMAR CL 3 ACUARIO CL 3 ALBALI CL 3 ALCOR CL 3 ALDEBARÁN CL 3 ALHENA CL 3 ANDRÓMEDA CL 3 ANILLO DE SATURNO CL 3 ANTARES CL 3 ARAKKIS CL 3 ARCO DE PONIENTE CL 2 ARIES CL 3 ASTRÓNOMOS CL 1 AURORA BOREAL CL 3 BIÓLOGOS CL 1 CANOPUS CL 3 CAPRICORNIO CL 3 CASIOPEA CL 3

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CEFEO CL 3 COMETA CL 3 CONSTELACIÓN DE LA VEGA CL 3 CONSTELACIÓN CENTÁURO CL 3 CONSTELACIÓN DE ATLAS CL 3 CONSTELACIÓN UNICORNIO CL 3 CORONA AUSTRAL CL 1 CRUZ DEL SUR CL 3 DOCTOR CIRIACO GARCIA GARCIA CL 2 ESCORPIO CL 3 ESTRELLA POLAR CL 1 FAVORITA CL 3 FÍSICOS CL 2 FRANCISCO UMBRAL CL 2 GÉMINIS CL 3 GEÓLOGOS CL 2 LAKME CL 3 LEO CL 3 LEÓNIDES CL 3 LIBRA CL 3 LUCERO DEL ALBA CL 3 MAR CANTÁBRICO CL 2 MAR DE ALBORÁN CL 2 MAR MEDITERRANEO CL 2 MARÍA TERESA LEÓN CL 2 MATEMÁTICOS CL 2 MIGUEL ANGEL BLANCO CL 2 MIZAR CL 3 ORIÓN CL 3 ORO DEL RHIN CL 2 PARQUE CL 3 PEGASO CL 1 PERSEO CL 3 PINZÓN CL 3 PISCIS CL 3 PLÉYADES CL 3 PROFESOR CARLOS TOLEDANO CL 2 QUÍMICOS CL 1 RAFAEL ALBERTI GL 2 REGILUS CL 3 SAGITARIO CL 3 SAN CRISTOBAL GL 3 SATÉLITES AV 1 SIRIUS CL 3 SIRMA CL 3

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TAURO CL 3 TROVADORE CL 2 TROYA CL 3 VALGRANDE CL 1 VÍA LÁCTEA CL 3 VIRGEN DEL PILAR CL 1 VIRGO CL 3 ZURBARÁN CL 2

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5.(5/12) APROBACIÓN INICIAL DE LA MODIFICACIÓN

DE LAS BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL PARA 2012 (3.1.1)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) MOCIÓN del Alcalde-Presidente, de 9-1-2012, cuyo texto es

el siguiente:

“Como consecuencia de la necesidad de adaptar las Bases de Ejecución del presupuesto a la cambiante legislación de contratación, dotándolas de una mayor flexibilidad, así como precisar algunas indeterminaciones en cuanto a la suscripción del documento contable y el órgano competente para dictar actos administrativos. Estas adaptaciones irán acompañadas de la actualización del régimen de delegaciones vigente, dando cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre. Tramítese el expediente reglamentario para la modificación de las Bases de Ejecución del Presupuesto General para el ejercicio 2012. A tal efecto, la Intervención Municipal elaborará el correspondiente informe, y remitirá el expediente a la Comisión Informativa de Asuntos Económicos para que, una vez dictaminado, pueda ser elevado al Pleno, órgano al que corresponde su aprobación.”

B) NUEVA REDACCIÓN de las Bases de Ejecución 2012. C) INFORME de la Técnico de Control Interno y del Sr.

Interventor, de 10-1-2012, cuyo texto es el siguiente:

1.- Normativa básica aplicable. • LRBRL: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las

Bases del Régimen Local.

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• TRLHL: Texto Refundido de Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo.

• RDP: Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo Primero del Título Sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.

2.- Objeto de la modificación. Se tramita la modificación de las bases 22 y 37 de las Bases de Ejecución del Presupuesto General para el ejercicio 2012 aprobado por el Pleno de la Corporación el día 21 de diciembre de 2011 y publicado el día 26 de diciembre de 2011 en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. El artículo 165.2 del TRLRHL define las Bases de Ejecución del Presupuesto como la adaptación de las disposiciones generales en materia presupuestaria a la organización y circunstancias de la propia entidad, así como aquellas otras necesarias para su acertada gestión, estableciendo cuantas prevenciones se consideren oportunas o convenientes para la mejor realización de los gastos y recaudación de los recursos, sin que puedan modificar lo legislado para la administración económica ni comprender preceptos de orden administrativo que requieran legalmente procedimiento y solemnidades específicas distintas de lo previsto para el presupuesto. Además, el Real Decreto 500/1990 de 20 de abril en su artículo 9.2 f) dispone las materias reguladas por las Bases de Ejecución, encontrándose entre ellas las desconcentraciones o delegaciones en materia de autorización y disposición de gastos, así como de reconocimiento y liquidación de obligaciones.

Las modificaciones que se informan tratan de dotar de flexibilidad a las Bases de Ejecución del Presupuesto adaptándolas a la cambiante legislación de contratación pública.

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Se precisan los puntos relativos a la determinación del órgano competente para la aprobación de los actos administrativos según la cuantía y la naturaleza de los gastos, adaptando estos a las disposiciones del TRLCSP. En todo caso, las precisiones y adaptaciones que se proponen en las Bases de Ejecución del Presupuesto General para el ejercicio 2012, deben ir acompañadas de una actualización y adecuación del Régimen de Delegaciones del Alcalde en los Concejales regulado mediante Decreto de Alcaldía1253/2011 de 11 de junio, dando cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre. La nueva redacción de las bases 22 y 37 quedará de la siguiente manera: Base 22. Acumulación de fases de ejecución, y competencia para suscribir los documentos contables. 1.- No obstante lo previsto en la Base 18, en los casos previstos en esta Base, un mismo acto administrativo de gestión del Presupuesto de gastos podrá abarcar más de una fase de ejecución de las enumeradas, produciendo el acto que las acumule los mismos efectos que si se acordaran en actos administrativos separados. Pueden darse, exclusivamente, los siguientes supuestos: a. Autorización-Disposición. b. Autorización-Disposición-Reconocimiento de la

obligación. En cualquier caso, el Órgano o Autoridad que suscriba estos actos, será el que tenga atribuida la competencia para la aprobación de todas las fases de ejecución del presupuesto a que se refieran. 2.- Podrán acumularse todas las fases de ejecución del Presupuesto de Gastos en un sólo acto, para los siguientes gastos: • Gastos de pequeña cuantía de operaciones corrientes o de

capital que se gestionen a través de anticipos de “Caja Fija” y “a Justificar”.

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• Contratos menores, que se definirán exclusivamente por

su cuantía según las categorías establecidas en la normativa de contratación pública.

• Todo tipo de gastos no derivados de contratos hasta el

límite fijado para los contratos menores de servicios y suministros, con la excepción de las subvenciones de concesión directa que se tramiten por medio de Convenio y las que tengan carácter excepcional, para las que se estará a los dispuesto en la Base 37.

• Reconocimiento extrajudicial de créditos.

3. Con carácter general y teniendo en cuenta el vigente régimen de delegaciones efectuadas por el Sr. Alcalde–Presidente, las fases de ejecución del Presupuesto de Gastos del Ayuntamiento de Majadahonda, así como la competencia , originaria o delegada, para la aprobación de los correspondientes actos administrativo y para la suscripción de los documentos contables se reflejan en el siguiente cuadro:

Tipo de gasto Fase contable

Suscripción del documento contable Previo o propuesta

Órgano competente de aprobación del Acto administrativo

Suscripción del documento contable definitivo

Aprobación cuenta y reposición Cajas Fijas

ADO Concejal de Economía y Hacienda

Jefe de negociado de Gastos e Interventor

P Concejal de Economía y Hacienda

Interventor y Tesorero

Todo tipo de gastos derivados de contratos hasta el límite fijado para los contratos menores según las categorías establecidas en la normativa de contratación pública.1

ADO Concejal de Economía y Hacienda

Jefe de negociado de Gastos e Interventor

P Concejal de Economía y Hacienda

Interventor y Tesorero

1 Las adquisiciones de bienes y servicios que deban acreditarse exclusivamente con la aportación de la factura se entenderán incluidas en este apartado.

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Tipo de gasto Fase contable

Suscripción del documento contable Previo o propuesta

Órgano competente de aprobación del Acto administrativo

Suscripción del documento contable definitivo

Aprobación de gastos derivados de contratos que se adjudiquen por procedimiento negociado sin publicidad por razón de la cuantía según las categorías establecidas en la normativa de contratación pública

AD Concejal del Área Alcalde

Jefe de negociado de Gastos e Interventor

O Concejal de Economía y Hacienda

Jefe de negociado de Gastos e Interventor

P Concejal de Economía y Hacienda

Interventor y Tesorero

Resto de gastos derivados de contratos que superen los límites anteriores y que no sean competencia del Pleno

AD Concejal del Área

Alcalde o Junta de Gobierno según régimen de delegaciones

Jefe de negociado de Gastos e Interventor

O Concejal de Economía y Hacienda

Jefe de negociado de Gastos e Interventor

P Concejal de Economía y Hacienda

Interventor y Tesorero

Todo tipo de gastos no derivados de contratos hasta el límite fijado para los contratos menores de servicios y suministros. (Resoluciones judiciales, reclamaciones patrimoniales, ayudas sociales, tributos, etc.

ADO Concejal de Economía y Hacienda

Jefe de negociado de Gastos e Interventor

P Concejal de Economía y Hacienda

Interventor y Tesorero

Aprobación de gastos no derivados de contratos que superen el límite de los contratos menores de servicios y suministros.

AD Concejal del Área

Órgano competente según la cuantía y naturaleza del gasto y el régimen de delegaciones vigente

Jefe de negociado de Gastos e Interventor

O Concejal de Economía y Hacienda

Jefe de negociado de Gastos e Interventor

P Concejal de Economía y Hacienda

Interventor y Tesorero

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Tipo de gasto Fase contable

Suscripción del documento contable Previo o propuesta

Órgano competente de aprobación del Acto administrativo

Suscripción del documento contable definitivo

Reconocimiento extrajudicial de créditos

ADO Junta de Gobierno Local por delegación del Alcalde o del Pleno

Jefe de negociado de Gastos e Interventor

P Concejal de Economía y Hacienda

Interventor y Tesorero

Todo tipo de pagos no presupuestarios

EXMP

Órgano competente según la cuantía y naturaleza de la operación y el régimen de delegaciones vigente

Jefe de negociado de Gastos e Interventor

P Concejal de Economía y Hacienda

Interventor y Tesorero

BASE 37. Procedimientos específicos. 1. La adjudicación y fijación de las cuantías individuales de premios literarios, artísticos, culturales, becas de estudio o investigación, dentro de los límites aprobados, corresponderá al órgano que se determine en las Bases reguladoras o en su defecto en el régimen de delegaciones vigente. 2. Las subvenciones incluidas en los programas de emergencia social que no tengan una cuantía individual superior a 1.803,04€ se podrán pagar a través del Anticipo de "Caja Fija" de Servicios sociales, y serán concedidas por resolución del Concejal delegado, en el ámbito de sus competencias. 3. Las subvenciones incluidas en los programas de garantía social que no tengan una cuantía individual superior a 1.803,04€ se podrán pagar a través del Anticipo de "Caja Fija" de Educación, y serán concedidas por resolución del Concejal delegado, en el ámbito de sus competencias. 4. Las subvenciones incluidas en los programas de prevención de la

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drogodependencia que no tengan una cuantía individual superior a 1.803,04€ se podrán pagar a través del Anticipo de "Caja Fija" de Acción Sanitaria sobre Adicciones, y serán concedidas por resolución del Concejal delegado, en el ámbito de sus competencias. A continuación se incluye un cuadro sinóptico descriptivo de las competencias en materia de subvenciones: ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA APROBACIÓN DE GASTOS EN MATERIA DE SUBVENCIONES SEGÚN LA FASE DEL GASTO Y TIPO DE SUBVENCIÓN

AUTORIZACION, DISPOSICION Y RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACION EN MATERIA DE SUBVENCIONES

CONCESION DE SUBVENCIONES :

Autorización gasto. Aprobación de bases reguladoras

Disposición del gasto: Adjudicación a entidad concreta y con fijación de su cuantía

Reconocimiento y liquidación de la obligación

Menos de 18.000 (REG. DE CONCURRENCIA COMPETITIVA)

PLENO CONCEJAL DELEGADO DEL AREA

Concejal de Economía y Hacienda.

De 18.000 a 300.00 (REG. DE CONCURRENCIA COMPETITIVA)

PLENO

ALCALDE- PRESIDENTE (salvo delegación expresa establecida en BB. RR )

Concejal de Economía y Hacienda.

Más de 300.000 € (REG. DE CONCURRENCIA COMPETITIVA)

PLENO

J.G.L POR DELEGACION DEL ALCALDE O DEL PLENO

Concejal de Economía y Hacienda.

PREMIOS LITERARIOS Y ARTISTICOS ( Disposición adicional 10ª LGS

ALCALDE- PRESIDENTE

ORGANO QUE CORRESPONDA POR RAZON DE LA MATERIA Y LA CUANTIA SEGÚN EL REGIMEN DE DELEGACIONES VIGENTE

Concejal de Economía y Hacienda.

SUBVENCIONES OTORGADAS POR CONVENIO

ORGANO QUE CORRESPONDA POR RAZON DE LA CUANTIA SEGÚN EL REGIMEN DE DELEGACIONES VIGENTE

Concejal de Economía y Hacienda.

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AUTORIZACION, DISPOSICION Y RECONOCIMIENTO DE LA OBLIGACION EN MATERIA DE SUBVENCIONES SUBVENCIONES EXCEPCIONALES OTORGADAS POR MOTIVOS DE INTERES PUBLICO,SOCIAL, ECONOMICO O HUMANITARIO

ORGANO QUE CORRESPONDA POR RAZON DE LA CUANTIA SEGÚN EL REGIMEN DE DELEGACIONES VIGENTE previo informe acreditativo del interés público, social, económico o humanitario de la actividad subvencionada, y de la excepcionalidad.

Concejal de Economía y Hacienda.

EMERGENCIA SOCIAL ( Hasta 1.803,04 €)

RESOLUCION DE LOS CONCEJALES DELEGADOS EN MATERIA DE: SERVICIOS SOCIALES, EDUCACION Y SANIDAD mediante expediente tramitado en los términos de las BB. RR de ayudas económicas.

Concejal de Economía y Hacienda.

3.- Procedimiento y órgano competente. El procedimiento a seguir para la aprobación de la modificación de las Bases de Ejecución del Presupuesto es el mismo que para la aprobación del mismo, regulado en los siguientes artículos: Artículo 168 TRLRHL. Procedimiento de elaboración y aprobación inicial.

1. El presupuesto de la entidad local será formado por su presidente y a él habrá de unirse la siguiente documentación:

a. Memoria explicativa de su contenido y de las principales modificaciones que presente en relación con el vigente.

b. Liquidación del presupuesto del ejercicio anterior y avance de la del corriente, referida, al menos, a seis meses del ejercicio corriente.

c. Anexo de personal de la entidad local.

d. Anexo de las inversiones a realizar en el ejercicio.

e. Un informe económico-financiero, en el que se expongan las bases utilizadas para la evaluación de los ingresos y de las operaciones de crédito previstas, la suficiencia de

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los créditos para atender el cumplimiento de las obligaciones exigibles y los gastos de funcionamiento de los servicios y, en consecuencia, la efectiva nivelación del presupuesto.

2. El presupuesto de cada uno de los organismos autónomos integrantes del general, propuesto inicialmente por el órgano competente de aquellos, será remitido a la entidad local de la que dependan antes del 15 de septiembre de cada año, acompañado de la documentación detallada en el apartado anterior.

3. Las sociedades mercantiles, incluso de aquéllas en cuyo capital sea mayoritaria la participación de la entidad local, remitirán a ésta, antes del día 15 de septiembre de cada año, sus previsiones de gastos e ingresos, así como los programas anuales de actuación, inversiones y financiación para el ejercicio siguiente.

4. Sobre la base de los presupuestos y estados de previsión a que se refieren los apartados 1 y 2 anteriores, el presidente de la entidad formará el presupuesto general y lo remitirá, informado por la Intervención y con los anexos y documentación complementaria detallados en el apartado 1 del artículo 166 y en el presente artículo, al Pleno de la corporación antes del día 15 de octubre para su aprobación, enmienda o devolución.

5. El acuerdo de aprobación, que será único, habrá de detallar los presupuestos que integran el presupuesto general, no pudiendo aprobarse ninguno de ellos separadamente.

Artículo 169 TRLRHL. Publicidad, aprobación definitiva y entrada en vigor.

1. Aprobado inicialmente el presupuesto general, se expondrá al público, previo anuncio en el boletín oficial de la provincia o, en su caso, de la comunidad autónoma uniprovincial, por 15 días, durante los cuales los interesados podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. El presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

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2. La aprobación definitiva del presupuesto general por el Pleno de la corporación habrá de realizarse antes del día 31 de diciembre del año anterior al del ejercicio en que deba aplicarse.

3. El presupuesto general, definitivamente aprobado, será insertado en el boletín oficial de la corporación, si lo tuviera, y, resumido por capítulos de cada uno de los presupuestos que lo integran, en el de la provincia o, en su caso, de la comunidad autónoma uniprovincial.

4. Del presupuesto general definitivamente aprobado se remitirá copia a la Administración del Estado y a la correspondiente comunidad autónoma. La remisión se realizará simultáneamente al envío al boletín oficial a que se refiere el apartado anterior.

5. El presupuesto entrará en vigor, en el ejercicio correspondiente, una vez publicado en la forma prevista en el apartado 3 de este artículo.

6. Si al iniciarse el ejercicio económico no hubiese entrado en vigor el presupuesto correspondiente, se considerará automáticamente prorrogado el del anterior, con sus créditos iniciales, sin perjuicio de las modificaciones que se realicen conforme a lo dispuesto en los artículos 177, 178 y 179 de esta Ley y hasta la entrada en vigor del nuevo presupuesto. La prórroga no afectará a los créditos para servicios o programas que deban concluir en el ejercicio anterior o que estén financiados con crédito u otros ingresos específicos o afectados.

7. La copia del presupuesto y de sus modificaciones deberá hallarse a disposición del público, a efectos informativos, desde su aprobación definitiva hasta la finalización del ejercicio.

Por todo lo expuesto se formula la siguiente Propuesta de Acuerdo: Aprobar la Modificación de las bases 22 y 37 de las Bases de Ejecución del Presupuesto General para el ejercicio 2012 con el fin de adaptar las mismas a la legislación reguladora de la contratación pública.”

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D) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda, de 19-1-2012, favorable

La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra. Menéndez, indica que el artículo 165 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales determina las Bases de Ejecución del Presupuesto constituyen la adaptación de las disposiciones vigentes en materia presupuestaria a la organización y circunstancias propias de la entidad local sin que puedan modificar lo legislado por la administración económica. Sigue diciendo que las Bases de Ejecución deben recoger el régimen de delegaciones y desconcentraciones en materia de ejecución del Presupuesto de Gastos. Añade que la cambiante legislación de contratos ha dado lugar a ciertas indeterminaciones e imprecisiones relativas, sobre todo, a la falta de actualización de los importes lo que obliga a la adaptación de las Bases de Ejecución del Presupuesto a la ley pero intentado darlas flexibilidad frente a posteriores cambios legislativos en materia de contratación y que, en caso de que se produzcan, no conlleven nuevas modificaciones de las Bases de Ejecución en el futuro. Aclara que en el cuadro que figura en el expediente se puede comprobar que en la Base 22 no se han modificado los órganos competentes para dictar actos administrativos relativos a cualquier acto de ejecución del Presupuesto. Indica que en la modificación de las Bases de Ejecución que se propone, solo se han precisado los tipos de gastos para que las cuantías se adapten a la legislación vigente en materia de contratación, se ha incluido el reconocimiento extrajudicial de créditos teniendo en cuenta que el órgano competente en esta materia para todas las fases del gasto es la Junta de Gobierno por delegación del Alcalde o del Pleno según exista o no dotación presupuestaria. Aclara que la Base 37 recoge claramente la necesidad, por imperativo legal, de elaborar bases reguladoras de las subvenciones otorgadas en régimen de concurrencia competitiva a través de una ordenanza general u ordenanzas específicas cuya aprobación corresponde al Pleno.

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Manifiesta además que la inexistencia de bases reguladoras o la antigüedad de las existentes requiere determinar quién será el órgano competente para la adjudicación y fijación de las cuantías así como de los premios literarios, artísticos, etc., y para ello se remite, en su defecto, al régimen de la delegación vigente. Termina su intervención diciendo que las modificaciones que hoy se someten a la aprobación provisional del Pleno de la Corporación, constituyen la adaptación de las Bases de Ejecución del Presupuesto al régimen de delegaciones vigente, a la Disposición Adicional II del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y a la Ley General de Subvenciones, simplificando y armonizando los distintos procesos de tramitación y además son el resultado del trabajo y colaboración de la Intervención y la Secretaría General para que las Bases de Ejecución del Presupuesto y los decretos de delegaciones, recojan los mismos supuestos. El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez Maillo, indica que en este punto se plantea la modificación de las Bases de Ejecución del Presupuesto y sobre ello su Grupo piensa que, si las cuestiones presupuestarias no fueran tan serias (el Presupuesto es el que rige la vida económica de un municipio como el de Majadahonda con 70.000 habitantes), estaríamos hoy ante un auténtico esperpento de Valle Inclán. Sigue diciendo que, en el último trimestre del año, el equipo de gobierno confecciona un Presupuesto y, cuando está siendo tramitado, los Tribunales de Justicia dicen que los Presupuestos son ilegales y el equipo de gobierno, para acomodarse a las irregularidades e ilegalidades que estipulaba la sentencia, cambia el Presupuesto sacándose de la chistera ingresos del PRISMA por 400.000 €, etc. para conseguir que no exista remanente negativo de tesorería y añade que, en el último Pleno que se celebró en 2011, se aprobó definitivamente el Presupuesto para el ejercicio 2012. Aclara que, 24 días después de realizar todos esos trámites, el equipo de gobierno cambia las Bases de Ejecución y lo hace sin que se haya modificado la legislación en materia de contratación y por ello cree que esta modificación debería haberse realizado con anterioridad y debería haber sido aprobada en el Pleno de aprobación definitiva del Presupuesto y por ello considera que el equipo de gobierno, como su

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Grupo viene diciendo desde el comienzo de la legislatura, no gestiona los temas presupuestarios con mucho rigor y hechos como éste hacen que se reafirmen más en esa opinión. Añade que, desde el punto de vista de su Grupo, el equipo de gobierno debería hacer un esfuerzo para tener un mayor rigor presupuestario. Sigue diciendo que lo hoy se presenta a aprobación es la modificación de dos Bases de Ejecución (nº 22 y nº 37) y el cambio que se realiza es para regular la acumulación de las fases de ejecución presupuestaria y la competencia para suscribir los documentos contables o lo que es lo mismo, es una economía procesal y de competencia subjetiva para, en aras a una mayor operatividad, eficacia y eficiencia, se juntan las fases contables dándoles una cobertura legal para hacer todo en un mismo acto. Aclara que, por ejemplo, en los contratos menores se elude la alusión al artículo 122 de la Ley de Contratos del Sector Público y se acomodan, con carácter general, a toda la legislación lo que también es razonable. Añade que con estas modificaciones que se proponen, se incorporan los reconocimientos de deuda, incorporación con la que su Grupo no está de acuerdo porque eso supondría “barra libre” y dice esto porque podría darse el caso de que en la Junta de Gobierno Local cualquier concejal lleve una factura de dos o tres años anteriores y la someta a su consideración y el equipo de gobierno la apruebe por lo que, en un mismo acto, se autoriza el gasto y también se reconoce y liquida. Aclara que esa forma de actuar tiene cobertura legal pero su Grupo desea proponer, como enmienda “in voce”, que se incluya para estos casos la necesidad de que el concejal que lleve a la Junta de Gobierno Local una factura para reconocimiento de deuda, presente una memoria justificativa del gasto firmada por él lo que sería un acto de transparencia que permitiría que los ciudadanos conocieran en qué se está gastando el dinero porque no hay que olvidar que ese dinero es de todos los vecinos. Sigue diciendo que en la Base 37 se modifican, en función de los importes, los órganos competentes para adjudicar subvenciones y considera que el equipo de gobierno tiene que estar de acuerdo en que se amplían los importes y así el Alcalde, en disposición de gasto, tiene la posibilidad de conceder subvenciones desde 18.000 a 300.000 euros y a la Junta de Gobierno Local, por delegación del Alcalde, se le permite la posibilidad de otorgar subvenciones de más de 300.000 euros y por ello su Grupo, ante la puerta que se abre a la arbitrariedad,

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cree que es una oportunidad perdida para la transparencia y además considera que la economía procesal no es incompatible con la transparencia y con imponer ciertos criterios que impidan la opacidad. Termina su intervención indicando que, para su Grupo, el dinero de los ciudadanos merece más respeto, más control y menos opacidad y cree que el equipo de gobierno, con la modificación de estas Bases de Ejecución, intenta eludir los controles políticos y por ello va a votar en contra. El Sr. Presidente aclara que la modificación que se propone es un tema técnico y por ello pide al Sr. Interventor que aclare estas cuestiones porque los ciudadanos merecen que no les engañe. El Sr. Interventor, a petición del Sr. Alcalde, indica que las modificaciones de las Bases de Ejecución del Presupuesto que se proponen no han modificado, en ningún momento, la estructura de competencias que existía antes de esta modificación y simplemente se han ajustado a la estructura de delegaciones que preexistía y que fueron realizadas en el momento en que tomó posesión la nueva Corporación. Sigue diciendo que lo que se ha pretendido hacer es acomodar la gestión contable y la suscripción de los documentos contables a esa estructura de delegaciones y de hecho las Bases de Ejecución, por sí solas, no pueden establecer un nuevo régimen de delegaciones porque el Pleno es el que aprueba esas Bases de Ejecución pero la mayoría de las competencias que tienen los concejales delegados han sido delegadas por el Sr. Alcalde por lo que, reitera, las Bases de Ejecución solo pueden recoger delegaciones ya existentes y adecuar la gestión y firma de los documentos contables correspondientes a cada una de las fases de ejecución del presupuesto a esa estructura de delegaciones y, por ejemplo, se hacen una serie de correcciones de redacción y, en lugar de poner importes, se hace una remisión a las correspondientes leyes y así, por ejemplo, se distingue entre el contrato menor de suministros y servicios y el de obras y, si no se hiciera de esa forma y se hiciera constar el importe de 18.000 euros, en el momento en que cambiara la Ley de Contratos del Sector Público para que en lugar de 18.000 euros fueran 20.000 euros, el Pleno, de forma obligatoria, tendría que modificar las Bases de Ejecución y, para evitarlo, se ha

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decidido hacer una remisión a la legislación vigente para no tener que modificar las Bases de Ejecución aunque se modifiquen los importes que figuren la legislación de contratos. Aclara que con esta modificación se han definido además los gastos que no derivan de contratos menores como ocurre, por ejemplo, con una sentencia por responsabilidad patrimonial, una tasa por inserción de anuncios en el Boletines Oficiales, etc., gastos que anteriormente estaban indicados al contrato menor pero recuerda que hay dos tipos de contratos menores, el de obras y el de suministros y en este caso se especifica que se referencia al importe del contrato de suministros. Sigue diciendo que no se ha realizado ninguna modificación de competencias respecto a los reconocimientos de deuda y aclara que la competencia originaria para aprobar los reconocimientos de deuda es del Pleno y del Alcalde y en ambos casos esa competencia se ha delegado, desde el inicio de esta Corporación, en la Junta de Gobierno Local que es el órgano que reconoce la obligación pero, contablemente, se ha establecido que la autorización y disposición del gasto se contabilizaba en el momento en que la Junta de Gobierno Local adoptaba el acuerdo y la competencia para el reconocimiento de la obligación correspondía, indebidamente, a la Concejala de Hacienda porque cuando la Junta de Gobierno Local adopta un reconocimiento extrajudicial de créditos, ya reconoce la obligación y el resto de las fases del gasto, cambio que se ha introducido en el cuadro que figura en el expediente. Termina su intervención diciendo, respecto a la concesión de subvenciones, que en las bases de ejecución del Presupuesto se recogía una estructura de delegaciones distinta a las delegaciones que el Alcalde y el Pleno efectuaron y por ello ha sido actualizada pero, reitera, no se ha introducido ninguna nueva regulación. El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, indica que, según el artículo 175 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, las bases de ejecución forman parte del Presupuesto por lo que no entiende que el equipo de gobierno haya votado a favor de la aprobación provisional del Presupuesto y también de su aprobación definitiva y ahora se haya dado cuenta de la necesidad de modificar, de prisa y

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corriendo, estas Bases de Ejecución y dice esto porque para su Grupo ha existido tiempo más que suficiente para aprobar estos cambios durante los dos meses que se ha tardado en aprobar definitivamente el Presupuesto. Sigue diciendo que lo que más le preocupa es la modificación que se hace a la Base 37 porque entiende que lo que se amplía es la disposición del gasto para la concesión de subvenciones al Alcalde que pasa de 50.000 a 300.000 euros. El Sr. Presidente indica al Portavoz del Grupo Unión Progreso y Democracia que no es cierto que se haya realizado ese cambio en la concesión de subvenciones y para ello concede el uso de la palabra al Sr. Interventor para que explique este tema. El Sr. Interventor, a petición del Sr. Alcalde, indica que en las Bases de Ejecución se recoge la estructura de delegaciones que no había sido recogida anteriormente por error. Termina su intervención informando que las delegaciones son las que determinan las competencias de cada órgano y la estructura de delegaciones de este Ayuntamiento determinaba determinadas cuestiones que no habían sido recogidas por las Bases de Ejecución y ahora, con estas modificaciones, se recogen. El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, continúa su intervención diciendo que para su Grupo este tema no queda claro y considera que es “dar manga ancha” a la concesión de subvenciones por lo que su Grupo va a votar en contra porque, aunque se trata de una aprobación inicial, va a presentar alegaciones. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que es cierto que esta cuestión es muy técnica y entiende la preocupación que han manifestado los anteriores corporativos que le han precedido en este debate sobre la cuantía de las subvenciones aunque su Grupo ya tenía esa preocupación cuando figuraban solamente en las propias delegaciones.

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Sigue diciendo que no entiende que habiendo existido un proceso de elaboración y aprobación de los Presupuestos, apenas un mes después sea necesario modificar las Bases de Ejecución y añade que ya en su momento dijo que no entendía lo que pasaba con las ordenanzas fiscales porque, en muy poco tiempo, se han presentado dos modificaciones distintas de ordenanzas fiscales de impuestos y ahora vuelve a pasar lo mismo con el Presupuesto. Termina su intervención diciendo que su Grupo cree que todo debe hacerse a su tiempo y su voto va a ser contrario a esta aprobación provisional y no lo va a ser por el contenido sino por entender que las Bases de Ejecución del Presupuesto forman parte del mismo y por ello va a seguir manteniendo el mismo sentido del voto que en la aprobación del Presupuesto. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, agradece al Sr. Interventor sus explicaciones porque esta cuestión es excesivamente técnica. Sigue diciendo que su Grupo, al tratarse de una aprobación inicial, se va a abstener en esta votación y ello independientemente de que es cierto que hace un mes que se aprobó definitivamente el Presupuesto por lo que lo lógico hubiera sido modificar las Bases de Ejecución en ese momento porque las delegaciones en los Concejales se hicieron en junio de 2011 por lo que está claro que no era algo nuevo. Indica seguidamente que su Grupo, para el próximo Pleno, presentará una moción que se va a referir al control de los contratos menores porque tiene preocupación por conocer cómo se gasta el dinero en contratos menores. Termina su intervención reiterando que su Grupo se va a abstener en esta votación para conocer las alegaciones que se puedan presentar y estudiará si va a presentar alguna y añade su agradecimiento al Sr. Interventor por las explicaciones que ha facilitado porque, reitera, este tema es muy técnico. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por catorce (14) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular,

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nueve (9) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia e Izquierda Unida-Los Verdes y dos (2) abstenciones correspondientes al Grupo Municipal Centrista, ACUERDA: PRIMERO.- Aprobar provisionalmente la Modificación de las Bases de Ejecución del Presupuesto General para el ejercicio 2012, números 22 y 37 con el fin de adaptarlas a la legislación reguladora de la contratación pública.

SEGUNDO.- Ordenar la apertura de un periodo de información pública de quince días hábiles, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, plazo durante el cual los interesados podrán examinar el presente expediente y formular reclamaciones ante el Pleno, entendiendo que la Modificación de estas Bases se considerará definitivamente aprobada si al término de dicho periodo de exposición no se hubiesen presentado reclamaciones.

6.(6/12) DAR CUENTA DEL INFORME DE TESORERÍA

PARA EL TERCER TRIMESTRE DE 2011 SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS PREVISTOS EN LA LEY DE MEDIDAS CONTRA LA MOROSIDAD (3.1.6)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) INFORME del Tesorero Municipal, de 24-11-2011, cuyo

texto es el siguiente:

“Normativa aplicable aplicable:

- Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

- Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

- Guía para la elaboración de los informes trimestrales que las Entidades Locales han de remitir al Ministerio de

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Economía y Hacienda, en cumplimiento del artículo 4 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre.

Informo:

El artículo 4 de la Ley 15/2010, de 5 de julio determina en su punto tercero: “Los Tesoreros o, en su defecto, Interventores de las Corporaciones locales elaborarán trimestralmente un informe sobre el cumplimiento de los plazos previstos en esta Ley para el pago de las obligaciones de cada Entidad local, que incluirá necesariamente el número y cuantía global de las obligaciones pendientes en las que se esté incumpliendo el plazo”.

Continua señalando en el punto cuarto que “sin perjuicio

de su posible presentación y debate en el Pleno de la Corporación local, dicho informe deberá remitirse, en todo caso, a los órganos competentes del Ministerio de Economía y Hacienda y, en su respectivo ámbito territorial, a las comunidades Autónomas que, con arreglo a sus respectivos Estatutos de Autonomía, tengan atribuida la tutela financiera de las Entidades Locales. Tales órganos podrán igualmente requerir la remisión de los citados informes”.

En cumplimiento del citado precepto se procede a emitir

el presente intentando reflejar la situación a 1 de julio y 30 de septiembre de 2011. En anteriores informes, se ha partido de la información disponible en el aplicativo contable que es era en sí misma deficiente para una correcta presentación del mismo. En el mes de octubre de 2011, la empresa informática que suministra el programa de contabilidad y su mantenimiento, ha puesto a nuestra disposición un desarrollo del aplicativo que contempla la realización del informe. No obstante, este no es directamente aplicable y debería ser objeto de personalización y que, a falta de unos filtros específicos, debemos realizar manualmente y con limitaciones para una adecuada ejecución. Los trabajos realizados son los siguientes:

1.- Se han eliminado a aquellos justificantes que, usualmente, no tienen origen en una relación contractual o esta no está sujeta a la Ley de Contratos del Sector Público:

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a) Estado, Comunidad Autónoma, Entidades locales, incluyendo sus organismos autónomos, Tesorería de la Seguridad Social, Universidades y centros de enseñanza pública, así como otros similares.

b) Pammasa c) Entidades Financieras y Aseguradoras

2.- Proveedores con los cuales se mantienen convenios de pago específicos como puede ser el Canal de Isabel II o Solred, S.A.

Los cuadros adjuntos reflejan los datos obtenidos en

trimestre. Del mismo se desprende que se han satisfecho 575 pagos por importe de 4.426.915,38. De esta cantidad el 34,60 por ciento se ha realizado dentro del periodo de pago. El periodo de pago ponderado por el importe del mismo es de 99,99 días, siendo del excedido 80,10 días.

El plan de disposición de fondos para el presente ejercicio

determina que las obligaciones reconocidas dentro de cada quincena natural se satisfacen los días uno o dieciséis de cada mes o, en su caso, primer día hábil siguiente. La situación de la tesorería nos permite afrontar sin problema alguno esta previsión por lo que dentro de esta demora, podemos determinar que diez días – 7,5 días más 2 de gestión de pago -, son imputables a este departamento. El desarrollo de este informe y el aplicativo disponible no nos permiten identificar con facilidad los días de pago en función de los departamentos o áreas correspondientes a cada obligación, sin embargo. Es de resaltar el importante peso específico que poseen los expedientes de reconocimiento de deudas en la demora del cumplimiento del periodo de pago de cincuenta días establecido, con lo que la mera corrección de estas desviaciones no permitiría acercarnos al objetivo.

Permanecen pendientes de pago facturas registradas por

importe de 8.131.908,03 euros. De esta cantidad el 95 por ciento se encontrarían fuera del periodo de pago. Finalmente, de este importe 4.917.174,53 euros, han transcurrido más de tres meses sin que se haya realizado el reconocimiento de la obligación.”

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B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de 19-1-2012, favorable.

La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra. Menéndez, indica que en la Comisión Informativa de Hacienda se explicó este informe del Sr. Tesorero y añade que, desde su punto de vista, es importante considerar que las Bases de Ejecución se han modificado para simplificar un poco la tramitación de los expedientes para alcanzar la fecha de morosidad. Sigue diciendo que en el trimestre del que se da cuenta en este punto del Orden del día, más de 2 millones de euros han correspondido a gastos de inversiones y aclara que es muy difícil que una certificación de obras entre en el Ayuntamiento y se pague a 50 días y es muy difícil sobre todo en este trimestre porque los técnicos tienen que verificar si la obra ha sido bien recepcionada, etc., y el mes de agosto es de vacaciones. Indica que en su informe el Sr. Tesorero indica que se han tramitado algunos reconocimientos de deuda y, si no se hubieran producido esas pequeñas desviaciones, el Ayuntamiento se hubiera podido acercar al objetivo que todos conocen. Termina su intervención aclarando que los retrasos que se han producido no se deben a problemas en la tesorería (realiza dos remesas de transferencias cada 15 días) sino a problemas de gestión que deben ser solucionados y por ello se está trabajando en simplificar aún más los trámites que se necesitan realizar y, sobre todo, es imposible cumplir el plazo de los 50 días cuando en un determinado trimestre, como éste y con un mes de vacaciones, se reciben muchas certificaciones de obra. El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez Maillo, indica que, si se lo permite el Sr. Alcalde, va a utilizar este turno de intervenciones para aludir al anterior punto del Orden del día. El Sr. Presidente indica que, aunque no va a interrumpir la intervención del Sr. Martínez Maillo, desea dejar claro que el Grupo

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Socialista no tendrá, a partir de este momento, autoridad moral para pedir que se cumplan las normas. El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez Maillo, indica al Sr. Alcalde que no debe hablar de autoridad moral porque él puede renunciar a intervenir en este punto del Orden del día pero desea dejar claro que en el punto anterior no se le dio derecho a réplica a pesar de que el Sr. Alcalde había dicho que estaba faltando a la verdad y por ello, aclara, no va a intervenir en este punto y va a seguir las instrucciones del Sr. Alcalde. El Sr. Presidente aclara que él no ha dado ninguna instrucción para que no intervenga el Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista y personalmente piensa que no va a intervenir porque se quiere hacer el mártir pero, insiste, el Sr. Martínez Maillo estaba en el uso de la palabra y considera que no es su problema el querer hacer demagogia en este momento. El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, indica que en la Comisión Informativa de Economía y Hacienda del pasado jueves ya manifestó que en el cuadro que figuraba en el expediente existía un error de 3 millones de euros y ahora ha podido comprobar que se han rectificado los datos del cuadro en el que se recogen las facturas o documentos justificativos pendientes de pago al final del trimestre pero no ha sucedido lo mismo con la interpretación que en el informe del Sr. Tesorero se hace sobre dicho cuadro y dice esto porque sigue apareciendo que el pago del 95% de las facturas registradas está fuera plazo y ello a pesar de que, con la rectificación que su Grupo indicó, ese porcentaje se convertiría en el 67%. Sigue diciendo que es preocupante que el equipo de gobierno no haga caso de los comentarios que realizan los grupos de la oposición y ni siquiera lo hace cuando informan de un error que beneficia al propio equipo de gobierno como ocurre en este caso puesto que el porcentaje de facturas registradas y pagadas fuera del plazo marcado es del 67% y no el 95% como figura en el informe.

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Termina su intervención indicando que ese error no es preocupante pero como es necesario enviar estos datos al Ministerio de Economía y, como seguramente figurará en estadísticas, lo correcto sería enviar todos los datos de forma correcta y por ello pide nuevamente que se corrija el error que ha indicado. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que lo que preocupa a su Grupo es que este Ayuntamiento no cumpla los plazos establecidos de morosidad por los reconocimientos de deuda que se tramitan y dice esto porque incluso en el informe del Sr. Tesorero se dice que es necesario resaltar el importante peso específico que poseen los expedientes de reconocimientos de deuda en la demora del cumplimiento del periodo de pago de 50 días establecido y además dice que la mera corrección de esas desviaciones permitiría al Ayuntamiento acercarse al objetivo. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que, desde su punto de vista, el Viceportavoz del Grupo Socialista, Sr. Martínez Maillo, desearía haber intervenido en el punto anterior, después de haberlo hecho el Sr. Interventor, y en ese caso ella hubiera estado de acuerdo. Sigue diciendo que, en muchas ocasiones, un técnico municipal da una determinación información y los grupos de la oposición no tienen oportunidad de intervenir después lo que resulta un poco “incómodo”, situación que ha ocurrido también a su Grupo y por ello ha salido en defensa del Sr. Martínez Maillo. Indica que estos informes que se presentan al Pleno trimestralmente, son muy importantes para conocer la situación económica del Ayuntamiento y en este caso ha comprobado que el informe del Sr. Tesorero dice que, en la relación que se presenta, se han eliminado los justificantes que usualmente no tienen origen en una relación contractual o ésta no está sujeta a la Ley de Contratos del Sector Público y entre ellos incluye los del Estado, los de la Comunidad Autónoma, las entidades locales y sus organismos autónomos, Tesorería de la Seguridad Social, universidades y centros de enseñanza pública y otros similares, PAMMASA y entidades financieras y aseguradoras y además indica también los proveedores con los que se mantienen convenios de pago específicos como Canal

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de Isabel II o Solred S.A. Aclara que no sabe si esas manifestaciones quieren decir que los gastos que el Ayuntamiento debe abonar a estas empresas o organismos no han entrado dentro de la relación que presenta y por ello la cifra de pagos que incumplen el plazo de morosidad es aún mayor y a su Grupo le gustaría recibir información sobre ello. Aclara que en el informe del Sr. Tesorero se dice que se han satisfecho 575 pagos por un importe de 4.426.000 euros y el 34% de esa cantidad se ha realizado dentro del periodo de pago establecido y el resto ha sido abonado en 99,99 días y, al final de ese informe, consta un párrafo que preocupa a su Grupo y es que permanecen pendientes de pago facturas registradas por importe de 8.133.000 euros y el 95% de esa cantidad se encontraría fuera del periodo de pago y han transcurrido más de tres meses en la cantidad de 4.917.174 euros sin que se haya realizado el reconocimiento de la obligación. Indica que es necesario esperar a los datos de diciembre porque, con los facilitados a septiembre, se da la sensación de que es importante el agujero de pagos no realizados por el Ayuntamiento. Manifiesta que su Grupo quiere pensar que, del mes de septiembre a diciembre de 2011, esos pagos se regularicen porque, si no fuera así, hay que esperar a conocer la situación de la tesorería al terminar el año. Termina su intervención reiterando que su Grupo va a esperar a recibir el informe del Sr. Tesorero sobre los datos del cuarto trimestre de 2011 pero insiste en que en el informe que se refiere al tercer trimestre consta que no se ha realizado el reconocimiento de la obligación en facturas por un importe de 5 millones de euros aproximadamente y añade que su Grupo se va a dar por enterado de estos datos pero estará expectante para ver qué ocurre en el cuarto trimestre. El Sr. Presidente indica que los datos que figuran en este informe reflejan una situación normal en un Presupuesto de más de 60 millones de euros y es lo que ocurre en cualquier ayuntamiento.

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El Pleno de la Corporación SE DA POR ENTERADO del informe emitido por el Tesorero Municipal para el tercer trimestre de 2011 sobre el cumplimiento de los plazos previstos en la Ley de Medidas contra la Morosidad. 7.(7/12) APROBACIÓN DE LA REVISIÓN DE TARIFAS

DEL CONTRATO DE GESTIÓN INDIRECTA MEDIANTE CONCESIÓN, PARA LA REDACCIÓN DEL PROYECTO, CONSTRUCCIÓN, CONSERVACIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL CENTRO DEPORTIVO “EL CARRALERO” PARA EL EJERCICIO 2012 (GIMNASIO FÍSICO) (1.5)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) INFORME del Jefe de Fiscalización Previa y del Sr.

Interventor, de 12-12-2011, cuyo texto es el siguiente: “1.- Normativa aplicable

• Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local (en adelante LRBRL), artículos 21.1, 22.2, 85.4 y 88.

• Texto Refundido de disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por R.D.L. 781/1986 (TRLRL), artículos 74, 95, 111 a 113.

• Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (LCAP), texto refundido aprobado por RL 2/2000, de 16 de junio, art. 103 a108.

• Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por RD 1098/2001, de 12 de octubre.

• Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales (ROF), aprobado por RD 2568/1986, 41.11.1), 41.27 y 50.15.

• Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (RB) arts. 74 a 90 y art. 92.

• Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (RS), arts. 114 a 137.

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• Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Majadahonda para 2011.

• Reglamento de Procedimientos Administrativos Municipales (RPAM), modificación aprobada por el Pleno de la Corporación el 27 de junio de 2000, fichas C-23 y C-26.

• Pliego de cláusulas económico-administrativas y prescripciones técnico-facultativas que rige el presente contrato.

2.- Revisión de tarifas

Se presenta a informe la solicitud del concesionario, fechada el 27 de octubre de 2011, de revisión de las tarifas del servicio referenciado a aplicar durante el año 2012. A dicha solicitud se adjunta el documento acreditativo de la variación del Índice de Precios al Consumo entre el mes de septiembre de 2010 y septiembre de 2011, que resulta del 3,1%.

El documento administrativo de formalización de la

concesión, que se firmó el 8 de junio de 2001, establece en su cláusula segunda lo siguiente:

“TARIFAS DEL CONTRATO.-Las tarifas que el concesionario habrá de percibir del público, en concepto de precios públicos serán los aprobados por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria de 24 de abril de 20012: ...............(listado de tarifas de las distintas prestaciones)............... Estas tarifas podrán ser revisadas previa petición del concesionario, en función de las variaciones que experimenten los precios de los diferentes factores y elementos que integren la concesión que serán aprobadas por el órgano competente”. A lo largo de los pliegos de prescripciones técnicas y de

cláusulas administrativas que rigen el presente contrato, se reconoce y regula el derecho del concesionario a que se revisen las tarifas que cobra por la prestación del servicio. Los artículos 17 21 y 31, hacen referencias a dicha revisión, y

2 Acuerdo Plenario 2. (64/01): Adjudicación del contrato de gestión indirecta mediante concesión para la redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación del centro deportivo “El Carralero” de Majadahonda.

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especialmente el artículo 17, en sus párrafos segundo y tercero, al decir:

“Estas tarifas se descompondrán en los diferentes elementos que integran su coste, de tal forma que pueda conocerse la repercusión que en ellas pueda producir la variación de algunos de los aludidos elementos. A efectos de valoración del concurso, no se tendrán en cuenta aquellas ofertas que no contengan la referida descomposición de los elementos constitutivos. “ “.../... Anualmente a 1 de enero de cada año, se revisarán dichas tarifas, previa petición del concesionario, en función de las variaciones que experimenten los precios de los diferentes factores y elementos que integran la concesión que serán aprobadas por el órgano competente. “ En este sentido, el concesionario, en su oferta de 5 de

marzo de 2001, realizó la siguiente descomposición de los factores que afectan a las tarifas, y que servirían de base para futuras revisiones:

Concepto Porcentaje de las tarifas

Sueldos y salarios 45,00% Compras 6,00% Trabajos, suministros y servicios exteriores

15,00%

Gastos generales 1,50% Gastos de administración y dirección 1,00% Gastos financieros 1,50% Amortización 20,00% Beneficios 10,00% Total 100,00%

A la vista de los datos anteriores, como consta en

anteriores Informes de esta Intervención, el IPC debe ser aplicado sobre aquellos factores que afectan a la tarifa y que se ven incrementados por la variación general de los precios en el transcurso del tiempo, ya que la revisión de precios es una técnica para mantener el equilibrio financiero de la concesión ante tal eventualidad. Así pues, esta Intervención considera que los factores sujetos a variación son los Sueldos y salarios, las

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Compras, los Trabajos, suministros y servicios exteriores, los Gastos generales, los Gastos de administración y dirección y los Gastos financieros.

Por lo expuesto anteriormente, las variaciones en los

precios afectarán al 70% de la tarifa, porcentaje que determinará la aplicación del índice de variación de precios que sea de aplicación al periodo objeto de revisión.

3.- Revisión de las tarifas a aplicar en 2012.

La revisión de tarifas procede al haberse ejecutado más de un 20% del contrato, y haber transcurrido más de un año desde la concesión.

Los importes calculados para cada epígrafe de la tarifa

serían las siguientes, resultado de incrementar a las vigentes, el 0,70% del 3,1%, esto es, un 2,17%:

Actividad / Concepto Tipo Tarifas aprobadas adjudicación (Euros)

Tarifas máximas vigentes 2011

Tarifas máximas a aplicar 2012

Solicitud concesionario 2012

Diferencias

Mantenimiento físico, yoga, aerobic, tec.

Matrícula 1 12,62 15,12 15,45 15,45 0,00 euros Matrícula 2 25,24 30,26 30,92 30,92 0,00 euros 2 días clase/semana 1 15,93 19,09 19,51 19,50 0,01 euros /mes 2 días clase/semana 2 32,18 38,56 39,40 39,40 0,00 euros /mes 3 días clase/semana 1 19,71 23,62 24,13 24,13 0,00 euros /mes 3 días clase/semana 2 39,46 47,29 48,32 48,32 0,00 euros /mes

Natación aprendizaje adultos

Matrícula 1 12,62 15,12 15,45 15,45 0,00 euros Matrícula 2 0,00 0,00 - - 0,00 euros 2 días clase/semana 1 26,14 31,33 32,00 32,00 0,00 euros /mes 2 días clase/semana 2 52,29 62,67 64,03 64,03 0,00 euros /mes 3 días clase/semana 1 34,08 40,84 41,74 41,73 0,01 euros /mes 3 días clase/semana 2 68,15 81,67 83,43 83,43 0,00 euros /mes

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Actividad / Concepto Tipo Tarifas aprobadas adjudicación (Euros)

Tarifas máximas vigentes 2011

Tarifas máximas a aplicar 2012

Solicitud concesionario 2012

Diferencias

Natación mantenimiento adultos

Matrícula 1 12,62 15,12 15,45 15,45 0,00 euros Matrícula 2 0,00 0,00 - - 0,00 euros 2 días clase/semana 1 20,98 25,14 25,69 25,69 0,00 euros /mes 2 días clase/semana 2 41,92 50,24 51,33 51,33 0,00 euros /mes 3 días clase/semana 1 27,59 33,07 33,79 33,79 0,00 euros /mes 3 días clase/semana 2 55,20 66,16 67,60 67,60 0,00 euros /mes 3 días/semana

mantenimiento deport. 1 41,47 49,70 50,78 50,78 0,00 euros /mes

3 días/semana mantenimiento deport. 2 82,94 99,41 101,57 101,57 0,00 euros /mes

Sábados y domingos 1 32,76 39,26 40,12 40,11 0,01 euros /mes Sábados y domingos 2 65,51 78,50 80,20 80,20 0,00 euros /mes

Pre-mamás 1 20,89 25,04 25,58 25,58 0,00 euros /trimestre

Pre-mamás 2 55,20 66,16 67,60 67,60 0,00 euros /trimestre

Natación infantiles menores de 14 años, enseñanza y perfeccionamiento

2 días clase/semana 1 18,30 21,93 22,42 22,41 0,01 euros /mes 2 días clase/semana 2 36,60 43,86 44,82 44,81 0,01 euros /mes 3 días clase/semana 1 26,17 31,36 32,04 32,04 0,00 euros /mes 3 días clase/semana 2 52,38 62,78 64,13 64,13 0,00 euros /mes Sábados y domingos 1 26,17 31,36 32,04 32,04 0,00 euros /mes Sábados y domingos 2 52,38 62,78 64,13 64,13 0,00 euros /mes Bebés 1 34,59 41,45 42,35 42,35 0,00 euros /mes Bebés 2 69,42 83,20 85,01 85,01 0,00 euros /mes

Natación colectivos Colectivos escolares y

3ª Edad 57,70 69,15 70,65 70,65 0,00 euros /mes

Colectivos guarderías, primaria y adul. 57,70 69,15 70,65 70,65 0,00 euros /mes

Alquiler de pistas de Padel

Pista 1 2,10 2,52 2,57 2,57 0,00 euros /hora Pista 2 4,21 5,05 5,15 5,15 0,00 euros /hora Pista con luz 1 4,21 5,05 5,15 5,15 0,00 euros /hora Pista con luz 2 8,41 10,08 10,30 10,30 0,00 euros /hora Sauna Sesión 1 2,58 3,09 3,16 3,16 0,00 euros /sesión

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Actividad / Concepto Tipo Tarifas aprobadas adjudicación (Euros)

Tarifas máximas vigentes 2011

Tarifas máximas a aplicar 2012

Solicitud concesionario 2012

Diferencias

Sesión 2 5,17 6,20 6,33 6,33 0,00 euros /sesión Precios especiales Matrícula 90,15 108,04 110,39 110,38 0,01 euros Categoría mañana 42,07 50,42 51,51 51,51 0,00 euros /mes Categoría tarde 48,08 57,62 58,87 58,87 0,00 euros /mes Categoría completo 54,09 64,83 66,24 66,24 0,00 euros /mes

El tipo (1) corresponde a las tarifas para empadronados,

y el tipo (2) a los no empadronados. Todas las tarifas anteriores son con el IVA excluido.

La proposición del concesionario se ajusta a las tarifas

máximas aplicables con el incremento aplicable.

4.- Crédito Presupuestario

No es necesario disponer de crédito presupuestario para este expediente, toda vez que la revisión de precios de las tarifas no supone gasto alguno para el Ayuntamiento.

5.- Seguro.

El artículo 20, punto 6, dice que todos los daños y perjuicios que se causaren como consecuencia de la prestación del servicio y actividades accesorias, serán de la responsabilidad del concesionario. A dichos efectos, quedará obligado previamente al comienzo de la gestión del servicio y como condición de su ejercicio, a suscribir un seguro de responsabilidad civil de 75 millones de pesetas por víctima, incrementado anualmente en la misma cuantía del IPC.

A la vista del párrafo anterior, el concesionario deberá

justificar que se encuentra en vigor la póliza de seguros con la cuantía incrementada en el IPC de los últimos ejercicios.

6.- Revisión del canon.

El artículo 16 del pliego de condiciones técnicas, jurídicas, económicas y administrativas que rigen en el presente

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contrato, dice en su tercer párrafo:

“A partir del segundo pago (inclusive), el canon experimentará anualmente un aumento equivalente al IPC, índice general del conjunto nacional, publicado con carácter oficial, por el organismo público competente referido al año natural anterior, de tal manera que el incremento se deberá aplicar sobre la parte referida a una anualidad”.

Por tanto, deberá comprobarse que los importes

ingresados o pendientes de ingreso del cocesionario por este concepto contemplan la oportuna revisión o, en su caso, expedir las correspondientes liquidaciones complementarias.

7.- Informe jurídico y propuesta de resolución.

En el expediente consta informe jurídico fechado y avance propuesta de resolución de fecha 14 de noviembre de 2011.

8.- Órgano competente

El órgano competente para aprobar la revisión de tarifas es el mismo órgano que adjudicó el expediente, el Pleno de la Corporación, debiendo ser dictaminado con carácter previo por la comisión informativa correspondiente.”

B) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la Jefe de Servicio de Contratación de Servicios y Suministros, de 16-1-2012, cuyo texto es el siguiente: “De conformidad con lo establecido en el art. 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen jurídico de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 2568/1986, cabe señalar los siguientes,

HECHOS:

PRIMERO: Que el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 30 de enero de 2001 acordó aprobar la creación del servicio público denominado “Centro Deportivo El Carralero”, cuya forma de gestión adoptará la modalidad de concesión administrativa en aplicación de lo dispuesto en los artículos

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22.2.f) de la L.B.R.L., 50.21 del R.O.F. y Acuerdo de Pleno de 6/7/99 y 156 del T.R.L.C.A.P. y aprobar el expediente de contratación y Pliegos de Condiciones Jurídicas Técnicas y Económico Administrativas que regirán en la adjudicación por procedimiento abierto mediante concurso del contrato de gestión indirecta mediante concesión para la redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación del centro deportivo el Carralero de Majadahonda. SEGUNDO: Que el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 24 de abril de 2001, acordó adjudicar el contrato de gestión indirecta mediante concesión para la redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación del Centro Deportivo El Carralero a la empresa Gestión Sport Fitness, S.A. conforme a las condiciones expuestas en el citado acuerdo y conforme a su oferta y a lo dispuesto en el Pliego de Condiciones. El contrato se formalizó en documento administrativo con fecha 8 de junio de 2.001. TERCERO: Que el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 26 de diciembre de 2006, acordó aprobar la revisión de tarifas del contrato de gestión indirecta mediante concesión de redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación del centro deportivo “El Carralero” de Majadahonda adjudicado a la empresa GESTION SPORT FITNESS, S.A. según y en los términos y condiciones establecidos en el informe de la Intervención Municipal de fecha 28 de noviembre de 2006. CUARTO: Que el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 22 de diciembre de 2008, acordó aprobar la revisión de tarifas del contrato de gestión indirecta mediante concesión de redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación del centro deportivo “El Carralero” de Majadahonda adjudicado a la empresa GESTION SPORT FITNESS, S.A. correspondientes a los años 2008 y 2009 según y en los términos y condiciones establecidos en el informe de la Intervención Municipal de fecha 9 de diciembre de 2008. QUINTO: Que el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 26 de mayo de 2010, acordó aprobar la revisión de tarifas del contrato de gestión indirecta mediante concesión de redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación del centro

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deportivo “El Carralero” de Majadahonda adjudicado a la empresa GESTION SPORT FITNESS, S.A. correspondiente al año 2010 según los términos y condiciones establecidos en el informe de la Intervención Municipal de fecha 23 de abril de 2010 y 13 de Mayo de 2010. SEXTO: Que el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 23 de febrero de 2011, acordó aprobar la revisión de tarifas del contrato de gestión indirecta mediante concesión de redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación del centro deportivo “El Carralero” de Majadahonda adjudicado a la empresa GESTION SPORT FITNESS, S.A. correspondiente al año 2011 según y en los términos y condiciones establecidos en el informe de la Intervención Municipal de fecha 11 de febrero de 2011. SÉPTIMO: Que en fecha 27 de octubre de 2011 se recibe escrito del contratista, con registro de entrada 20463, en el que realiza una propuesta de tarifas a aplicar desde el día 1 de enero de 2012, proponiendo que se incrementen las mismas en un 2,17%, equivalente a la aplicación del 70% (factores que afectan a la tarifa) sobre la variación del Índice de Precios al Consumo (I.P.C.), experimentada desde el mes de septiembre de 2010 hasta el mes de septiembre de 2011 y que ha sido del 3,10%. OCTAVO: Con fecha 8 de noviembre de 2.011, se procede a informar por el Jefe del Servicio de Deportes lo siguiente: “Recibido el día 31 de octubre de 2011 escrito con Registro de Entrada en este Ayuntamiento nº 20463, de fecha 27 de octubre de 2011, de don ADOLFO RUIZ VALDIVIELSO, en nombre y representación de “GESTIÓN SPORT FITNESS S.A.” sobre el asunto de referencia, el Técnico que suscribe entiende que, en aplicación del párrafo final del artículo 17 del Pliego de Condiciones Técnicas, Jurídicas y Administrativas que rigen la Concesión del “Centro Deportivo El Carralero”, procede la revisión de precios solicitada por el adjudicatario de un incremento del 2,17% sobre las anteriores tarifas, aprobadas en Sesión Plenaria del 23 de febrero de 2011. Este incremento es equivalente a la aplicación de los factores que afectan a la tarifa, que según nota informativa del Instituto Nacional de Estadística fue del 3,10% para el periodo de septiembre de

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2010 a septiembre 2011. La actualización de precios solicitada entrará en vigor a partir de 1 de Enero de 2012.” Acompaña a su informe cuadro de tarifas manifestando en el mismo que “Comparados los precios aprobados para el año 2011 y los propuestos por el adjudicatario incrementados en un 2,17%, se observan diferencias de +-0,01 € en algunas de ellas, productos del redondeo de precios no siendo por tanto significativo” NOVENO: Que en fecha 14 de noviembre de 2.011 se procede a informar por Secretaria General la revisión de las tarifas para el año 2.012. DÉCIMO: Con fecha 12 de diciembre de 2.011 se procede a informar por la Intervención Municipal la revisión de las tarifas del contrato de servicio público denominado Centro Deportivo El Carralero para el ejercicio 2012. UNDÉCIMO: Con fecha 12 de diciembre de 2011 se informa por el Jefe de Rentas que “…el 9º canon correspondiente al periodo junio 2011 a junio 2012, ha sido abonado con fecha 04/08/2011, por un importe de 15.024,56 €. Dicho importe es el resultante de incrementar el canon de año anterior con el I.P.C. del periodo de mayo 2010 a mayo 2011. Se adjuntan fotocopias del I.P.C. del INE y cata de pago de dicho canon”. DUODÉCIMO: Con fecha 27 de diciembre de 2011 y 2 de enero de 2012 se aporta al expediente copia del Seguro de Responsabilidad Civil suscrito por la empresa Gestión Sport Finnes S.A.. DECIMOTERCERO: Con fecha 16 de enero de 2012 la intervención municipal informa nuevamente el expediente de referencia. A la vista de los hechos relatados cabe considerar los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO 1.- De aplicación lo dispuesto en la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones

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Públicas y Procedimiento Administrativo Común, el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (aplicable conforme establece la Disposición Transitoria Primera de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público), el Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. 2.- Lo dispuesto en la Ley 7/85 de 2 de Abril Reguladora de las Bases de Régimen Local y Texto Refundido de las Disposiciones vigentes en materia de régimen local, Real Decreto legislativo 781/86, de 18 de Abril, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, RD 2568/86 de 28 de Noviembre. 3º.- Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955, Ley 33/2003 de 3 de noviembre de patrimonio de las Administraciones Públicas y Real Decreto 1372/1986 de 13 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

4º.- Los Pliegos de Condiciones Técnicas, Jurídicas, Económicas y Administrativas que rigen en la presente contratación. 5º De conformidad con lo previsto en el artículo 113 y 123 en relación a los artículos 82 (apartados 2 y 3) y 126.2 del R.O.F. deberá dictaminarse por la Comisión Informativa correspondiente antes de su aprobación por el Pleno Municipal.

Conforme los hechos y fundamentos de derecho

anteriormente relatados y de conformidad con lo dispuesto en el art. 169 del Texto Refundido de Régimen Local, procede elevar a AL PLENO MUNICIPAL (órgano competente para la adopción del presente acuerdo, según lo dispuesto en la legislación de régimen local y en las Bases de Ejecución de los Presupuestos Municipales) la siguiente,

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Aprobar la revisión de tarifas del contrato de gestión indirecta mediante concesión de redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación del centro deportivo “El Carralero” de Majadahonda adjudicado a la empresa GESTION SPORT FITNESS, S.A. correspondiente al año 2012 según y en los términos y condiciones establecidos en el informe de la Intervención Municipal de fecha 12 de diciembre de 2011.

No obstante el Pleno Municipal acordará, con su superior criterio, lo que estime más conveniente.”

C) DICTAMEN COMISION INFORMATIVA de Urbanismo,

Medio Ambiente y Movilidad, de 19-1-2012, favorable. El Concejal Delegado de Deportes y Fiestas, Sr. Caballero, indica que este expediente que se presenta es bastante sencillo porque se trata de la subida de las tarifas en el Gimnasio Físico, subida que se hace en estricta aplicación de los pliegos de condiciones que se aprobaron en su momento y que supone no subir el IPC sino el 70% del IPC, es decir, no el 3,10% que correspondería al IPC de septiembre de 2010 a septiembre de 2011, sino el 2,17%. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica que, según figura en el informe del Sr. Interventor, la subida de tarifas del 2,1 solicitadas por el concesionario, se ajustan a las condiciones del contrato firmado en el año 2001 pero en esta ocasión su Grupo desea volver a denunciar en el Pleno que, más allá de que este expediente se ajuste al contrato y a la ley, hay un error de fondo que cometió el Partido Popular en el año 2001 y que su Grupo ha venido denunciando a lo largo de los últimos meses en los Plenos y en los Boletines Municipales, y es precisamente la política de concesiones que tiene el gobierno del Partido Popular en este Ayuntamiento, política que es muy desfavorable para los intereses de los ciudadanos de Majadahonda. A continuación recuerda que, gracias a la “magnífica” política de ingresos del Partido Popular, los majariegos hemos regalado 28.000 m2. al gimnasio Físico para recibir exclusivamente 1.252 euros al mes, 15.024 euros al año por el alquiler, durante 50 años, de 28.000 m2. Sigue diciendo que los empadronados de Majadahonda no obtienen ningún beneficio en este gimnasio e incluso, como

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comprobaron los grupos Centrista e Izquierda Unida mediante una llamada telefónica, la tarifa que debía abonar el vecino por alquilar una pista de paddle o para acudir al gimnasio a realizar cualquier actividad, era el doble de lo estipulado por lo que está claro que los vecinos de Majadahonda no consiguen ninguna ventaja en las concesiones administrativas. Indica que su Grupo, desde un punto de vista político, va a intentar cambiar la forma de actuar del equipo de gobierno del Partido Popular con respecto a las concesiones administrativas. Añade que, aunque los Presupuestos del Ayuntamiento quieran realizar recortes, la realidad es que se siguen subiendo impuestos y además se dice “no” a la imaginativa de ingresar más pero, al menos, su Grupo va a intentar cambiar que el equipo de gobierno no recorte en los gastos básicos como Educación, Sanidad, etc. y va a insistir mucho en que se intenten conseguir más ingresos y, si realmente se están revisando convenios laborales, pide que se revise también el nivel de ingresos que tiene este Ayuntamiento y también que se revisen las concesiones administrativas como la del gimnasio Físico. A continuación agradece al Sr. Alcalde su disposición para hacer un estudio sobre las cuentas y el sentido económico de la concesión del gimnasio Físico aunque desea dejar claro que su Grupo no tiene nada en contra de la entidad privada que lo gestiona y además los clientes que lo utilizan, más de 7.000, están encantados con su gestión pero sí desea que se realice ese estudio concreto para conocer los beneficios que consigue. Termina su intervención diciendo que su Grupo va a votar en contra de este expediente porque está en contra de la política de concesiones administrativas que ha llevado a cabo el Grupo Popular y que, desde su punto de vista, ha sido muy perjudicial para los vecinos de Majadahonda. El Sr. Presidente indica que si los vecinos están encantados con el gimnasio Físico, será por algo y pregunta si es más importante que los vecinos estén encantados o que el Ayuntamiento esté encantado. La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que para su Grupo es importante que los ciudadanos estén encantados pero considera que deben estarlo todos

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(70.000 vecinos) y no solo unos cuantos (los usuarios del gimnasio Físico) y añade que también desea que a su Grupo se le facilite información sobre este gimnasio. Sigue diciendo que, una vez más, se presenta al Pleno otro expediente que se refiere a una concesión administrativa tratándose en este caso de la revisión de precios del gimnasio Físico. Aclara que su Grupo, a priori, no es enemigo de externalizar servicios pero su apoyo a esa externalización tiene una condición y es que sirva para lograr una mayor eficiencia (mejor servicio a menor coste) y cree que ha llegado el momento de que este Ayuntamiento se ponga serio con las concesiones administrativas y los contratos de servicios públicos. Aclara que, si se hace una contratación de servicios públicos, no es para que el equipo de gobierno desatienda ese trabajo y dice esto porque es necesario controlar muchísimo las concesiones administrativas y, durante el tiempo en que forman parte de esta Corporación, ha comprobado que el control que se hace deja mucho que desear. Indica que las deficiencias en el servicio se conocen porque son transmitidas por los vecinos o por los grupos de la oposición y no por los medios con que debería contar este Ayuntamiento para realizar el seguimiento y control de todos esos servicios externalizados. Aclara que, en el caso del gimnasio Físico, es de sobra conocida la falta de información sobre los precios que el Pleno aprueba y que la mayoría de usuarios desconoce. Manifiesta que, para su grupo, la empresa concesionaria de este gimnasio paga, como ha indicado el Portavoz del Grupo Socialista, un canon ridículo y los precios de ese gimnasio no son populares y por eso precisamente ha comentado anteriormente que todos los vecinos de Majadahonda deberían estar contentos y no solo los 7.000 usuarios de este gimnasio y además se ignora cuántos de esos usuarios están empadronados en Majadahonda. Aclara que personas muy cercanas le han comentado que no acuden al gimnasio Físico porque les parece caro y, por ejemplo, es más barato el gimnasio ubicado en el Centro Comercial Sexta Avenida lo que puede deberse a que la empresa concesionaria del gimnasio Físico no ha facilitado información sobre los precios aprobados por el Pleno.

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Sigue diciendo que su Grupo cree que las empresas concesionarias deben obtener beneficios pero no es justo que obtengan un enriquecimiento desmedido a costa del patrimonio de todos los majariegos. Termina su intervención diciendo que es necesario aprobar esta revisión de precios que se propone y por ello debería votar a favor pero, como los precios que oferta este gimnasio no le parecen populares, se va a abstener en esta votación. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que, como ha dicho el Concejal Delegado de Deportes, este punto del orden del día debería ser un mero trámite porque realmente el concesionario tiene derecho a que se le apruebe, como figura en el contrato, una revisión de precios del 70% del IPC pero el problema está en que, tras este expediente, hay otras muchas cosas como han indicado los portavoces que le han precedido. Aclara que su Grupo no va a entrar a debatir, en este momento, sobre el modelo de gestión privatizada del deporte que no comparte y ni siquiera quería entrar a debatir sobre el ridículo canon de 15.000 euros que paga la empresa concesionaria de este gimnasio por 28.000 m2. aunque sí desea decir que, según los datos que le han sido facilitados, este gimnasio tiene aproximadamente 7.000 usuarios que pagan una media de 60 euros mensuales por lo que los ingresos anuales de esta concesión deberían ser de 5 millones de euros de los cuales, y según la propuesta económica que presentó la empresa concesionaria, y una vez descontados los gastos de personal, la amortización de la inversión y el pago del canon, el 10% se destinaría directamente a beneficio empresarial (500.000 euros anuales de beneficio) por lo que está claro que el canon que se paga por esta concesión es algo más que controvertido. Indica que su Grupo y otros grupos de la oposición, vienen denunciando que la empresa concesionaria incumple, de forma constante, los precios aprobados por el Pleno. Aclara que personalmente ha acudido a ese gimnasio y ha pedido los precios para empadronados, precios que, después de mucho luchar, le fueron entregados en una fotocopia y pudo comprobar que solo cumplen en parte los precios públicos aprobados por el Pleno y dice esto porque, por ejemplo, figura que la oferta por mantenimiento físico, yoga o aérobic a los

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empadronados es solo para practicarlo a las 11:30 horas, horario no adecuado para que cualquier persona pueda acudir al gimnasio. Sigue diciendo que, por ejemplo, en natación libre solo se ofrece, de los precios públicos que se pretenden aprobar hoy, la parte que se refiere a adultos y no se oferta la modalidad infantil o la macro-natación y la oferta para esas actividades de natación figuran en otro folleto en el que consta que la cuota mensual de macro-natación es de 62 euros cuando el precio que va a aprobar el Pleno es de 42,35 euros. Añade que los precios especiales (categoría mañana, categoría tarde y completa) son los que realmente ofertan a cualquier ciudadano que pide información y, por ejemplo, no se puede acceder a la categoría tarde que es a la que podría acceder cualquier trabajador/a sino que ofrecen la categoría completa o Premium que supone pagar 10 euros más. Termina su intervención diciendo que, desde el punto de vista de su Grupo, lo que se debería plantear al Pleno no es la aprobación de los precios públicos sino el rescate de esta concesión administrativa por el incumplimiento continuo, desde el año 2001, de los precios públicos aprobados por el Pleno y añade que, si se aprobara el rescate de la concesión, se tendría que reconocer que el equipo de gobierno, desde el año 2001 al año 2011, está mirando hacia otro lado en lugar de preocuparse por los derechos de los ciudadanos para acceder a los precios públicos que aprueba el Pleno. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que lo que se presenta al Pleno en este momento es la revisión de las tarifas a las que la empresa concesionaria tiene derecho y además reconoce que esta empresa se encarga de que se le revisen los precios y paga el canon que le corresponde pero no cumple con los precios que determina este Ayuntamiento y dice esto porque su Grupo también ha comprobado que los precios de algunas actividades no se ajustan a los aprobados y por ello ha presentado una Moción en la que se pide que se expongan los precios públicos en todas las concesiones administrativas porque será la única forma de que todos los vecinos los conozcan y, aunque puede ser cierto que están contentos, su Grupo está seguro que lo estarían mucho más, sobre todo los empadronados en Majadahonda, si este gimnasio cobrara los precios que el Pleno aprueba. Aclara que, por su política de gestión, esta empresa concesionaria ha decidido cobrar los

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mismos precios a los no empadronados pero para su Grupo debe quedar claro que a los empadronados de Majadahonda deben cobrarles lo que el Pleno ha establecido. Sigue diciendo que para su Grupo esta concesión es fantástica para la empresa concesionaria y cree que debería poner un busto de un anterior Alcalde y también de algún miembro del equipo de gobierno actual que fueron los que realizaron esta concesión y dice esto porque las condiciones eran inmejorables para la empresa. Termina su intervención diciendo que como lo que hoy se presenta a aprobación es la revisión de precios, revisión a la que tienen derecho por lo que su Grupo va a votar a favor de estos precios públicos aunque va a exigir que la concesionaria cumpla y exponga los precios que el Pleno aprueba para que todos los vecinos conozcan que ese gimnasio no puede cobrar precios distintos. El Concejal Delegado de Deportes y Fiestas, Sr. Caballero, indica que la empresa concesionaria va a exponer las tarifas que el Pleno va a aprobar porque es su obligación. A continuación pide a la Portavoz del Grupo Centrista que sea más cuidadosa con sus manifestaciones como las que se refieren al busto de un anterior Alcalde que tendría que poner la empresa concesionaria y dice esto porque esta concesión parte de un expediente administrativo que, en su momento, fue objeto de un estudio económico realizado por técnicos municipales y, si hubiera algo extraño, debería denunciarse donde corresponda y además fue objeto de una publicación pero nadie presentó alegaciones. Sigue diciendo al Portavoz del Grupo Socialista que, en varias ocasiones ha dicho, sobre todo desde que se retransmite por televisión, que el Partido Popular está regalando 28.000 m2. al gimnasio Físico por la módica cantidad de 1.000 euros al mes pero el equipo de gobierno hace otras cuentas distintas puesto que incluye la financiación del edificio y en caso el resultado que se obtiene es que paga un alquiler de 24.000 euros mensuales, cifra que obtiene a pesar de que el cálculo se ha realizado partiendo de los 12.000 euros anuales que comenzó a pagar hace 8 años este gimnasio y que ahora ascienden a 15.000 euros anuales y no tiene en cuenta ni la revalorización de la amortización ni los gastos de financiación que debería haber asumido este Ayuntamiento y por ello

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pide al Grupo Socialista que no vuelva a hablar de los 1.000 euros mensuales de alquiler o, al menos, matice sus afirmaciones. Indica seguidamente que todos los grupos que se van a oponer a esta votación van a tener mucha suerte porque, como todos han reconocido, el concesionario tiene derecho a la revisión de precios y, si la conclusión del Pleno fuera la no aprobación de la revisión de las tarifas, el concesionario podría denunciar, por prevaricación, a todos los miembros de la Corporación que se hubieran opuesto pero eso no va a ocurrir porque el equipo de gobierno va a votar a favor evitando así que se presente una querella contra determinados miembros de los grupos de la oposición. Aclara que, en el Pleno, los grupos de la oposición hacen acusaciones genéricas que desea comparar y, por ejemplo, la Portavoz del Grupo Unión Progreso y Democracia ha hablado del gimnasio del Centro Comercial Sexta Avenida pero desea dejar claro que ese centro deportivo de 2.000 m2. no tiene comparación posible con el Físico que dispone de 8.000 m2. Añade que hay centros deportivos incluso más baratos que el del Sexta Avenida como ocurre con los gimnasios de barrio que cuestan unos 20 euros al mes pero lógicamente las condiciones que ofrecen no son las mismas. Indica que es cierto que la tarifa del gimnasio Físico es más cara, en unos 100 euros anuales, que la del Sexta Avenida pero hay que tener en cuenta que en ese otro centro deportivo solo se puede asistir la mitad de los días y, si se desea acudir todos los días de la semana, la tarifa es más cara que la del Físico. Aclara que es cierto que durante años se han estado resolviendo determinados problemas como ha ocurrido con las clases sueltas y, por ejemplo, la natación libre era un problema muy grave porque “era una actividad demandada por muchísimos vecinos de Majadahonda y de los municipios de alrededor” y, después de solucionar los problemas que existían, solo se ha apuntado una persona. Indica, respecto al paddle, que es cierto que se ha producido una confusión en la información que se facilitaba a los ciudadanos, información que va a rectificar la empresa concesionaria y ese error consistía en que jugar al paddle en el gimnasio Físico cuesta 2,5 euros los cuatro ciudadanos empadronados que vayan a jugar (los no

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empadronados pagan 5 euros) mientras que en el Polideportivo Huerta Vieja (instalación municipal) se cobran 6 euros. Continúa diciendo que todas las cantidades a las que se ha aludido (beneficios, etc.) figuran en este expediente y también figura que si este centro deportivo baja de los 7.000 usuarios a solo 5.000, tiene que entregar la concesión y recuerda que, además del canon y del impuesto sobre bienes inmuebles que asciende a 87.000 euros, deja que los policías acudan a sus instalaciones para mejorar sus condiciones físicas lo que costaría más de 100.000 euros anuales y además tiene contratadas de forma indefinida, y a tiempo completo, a 112 personas de las cuales 76 son de Majadahonda. Termina su intervención indicando que espera que el voto de los grupos de la oposición sea favorable porque los ciudadanos están contentos con este centro deportivo, crea mas empleo que toda la Concejalía de Deportes y, aunque hay problemas, pueden ser solucionados y, si en esta ocasión no se produce ese voto favorable, espera que se produzca para la revisión de precios del año que viene. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, desea dejar claro que ahora está denunciando los precios y alquileres del gimnasio Físico no porque las sesiones plenarias son retransmitidas por la web y realmente lo viene denunciando desde hace tiempo y así lo reflejan las actas de los Plenos de octubre y noviembre de 2011, sesiones plenarias que no fueron retransmitidas por la web y en las que consta esta misma denuncia y cuestión distinta es que al equipo de gobierno le moleste que ahora, con la retransmisión del Pleno en la web, puedan ver más vecinos lo que ocurre en el Pleno y pueden conocer la denuncia que viene haciendo. Sigue diciendo que anteriormente ha indicado su alegría porque los clientes estuvieran contentos con el servicio que presta el gimnasio Físico pero ello no significa que la población de Majadahonda esté contenta con la concesión firmada, en el año 2001, por el Alcalde y equipo de gobierno del Partido Popular. Reitera que el servicio que se presta es bueno pero el alquiler que paga al Ayuntamiento la empresa concesionaria es ridículo y pregunta si realmente el equipo de gobierno piensa que es de sentido común pagar 1.250 euros mensuales por 28.000 m2. de suelo municipal y aclara que está seguro que cualquier vecino

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contestaría que no lo es porque muchos pagan esos 1.250 euros por el alquiler de una vivienda de 75 m2. o 90 m2. Considera a continuación que los grupos de la oposición tienen que felicitarse porque ahora, después de 10 años de la firma de la concesión, este centro deportivo va a exponer sus tarifas generando con ello menos confusión a sus clientes y a los ciudadanos de Majadahonda que quieran practicar deporte en ese gimnasio. El Sr. Presidente aclara al Portavoz del Grupo Socialista que, con anterioridad, el Concejal Delegado de Deportes ha indicado los ingresos reales que recibe el Ayuntamiento de la empresa concesionaria y cree que no se debe insistir en los 1.000 euros porque esa cifra no es cierta. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, pregunta cuál es la cifra que abona por el alquiler del terreno. El Sr. Presidente aclara que el Portavoz del Grupo Municipal Socialista no se ha referido al alquiler sino a los ingresos que este Ayuntamiento percibe. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, aclara que se está refiriendo a los ingresos que el Ayuntamiento recibe por el alquiler de los 28.000 m2. de la concesión. El Sr. Presidente manifiesta que el Concejal Delegado de Deportes ha detallado los ingresos que el Ayuntamiento recibe de la empresa concesionaria y cree que el ciudadano de Majadahonda tiene derecho a conocer la verdad y conocer la cantidad total de ingresos que el Ayuntamiento recibe del gimnasio Físico. Sigue diciendo que, si el grupo Socialista dice la verdad a los ciudadanos, éstos podrán juzgar pero, si no lo hace así, no van a creer lo que diga en el futuro.

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El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, aclara que está diciendo la verdad. La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que el error que la empresa concesionaria del gimnasio Físico ha cometido con el alquiler de las pistas de paddle, no ha sido para cobrar a los ciudadanos 2,5 euros por pista y hora sino para cobrar directamente 6 euros por pista. Aclara que conoce todas estas cifras porque uno de sus hijos juega al paddle y ha acudido al gimnasio Físico a jugar cuando tomaba parte en un torneo porque le salía más barato pero, si juega de forma individual, lo hace en las instalaciones municipales de Las Rozas porque tienen un precio menor. Termina su intervención indicando que está claro que los precios que el gimnasio Físico ofrece a los ciudadanos no son los mismos que los que se aprueban en el Pleno y dice esto porque su hijo se ha quedado asombrado cuando ha visto que por el alquiler de la pista de paddle deberían cobrar 2,5 euros y seguramente habrá pensado que ese precio sería por persona y sin IVA y no por pista. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que este gimnasio no solo está incumpliendo los precios públicos por el alquiler de las pistas de paddle, incumplimiento que constató, como dijo en la Comisión Informativa, porque había llamado preguntando el precio del alquiler de la pista y le dijeron que era de 5 euros y ese es el precio que le dieron a pesar de decir expresamente que estaba empadronado en Majadahonda. Añade que las tarifas que le ofrecieron fue de 5 euros para no socios y 2,5 para socios, diferenciación extraña que la empresa concesionaria hace del concepto de empadronamiento y su Grupo cree que consideran que si alguien es socio está empadronado, y si no lo es, no está empadronado. Sigue diciendo que en los precios que esta empresa ofrece al Ayuntamiento para que los apruebe, constan los precios especiales (los que habitualmente aplica) y, por ejemplo, para la categoría tarde consta el precio de 58,87 euros/mes sin IVA pero cuando revisas las tarifas que te ofrecen en el gimnasio figura la categoría de mañana, la premium (abarca todo el horario de apertura), fines de semana, mini-premium y una categoría oro para las personas mayores de 65 años pero no figura la categoría tarde aunque posiblemente sea la tarifa a la que puede acceder

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cualquier trabajador/a y por esa tarifa de tarde pagaría 10 euros menos que por la premium. Aclara que tampoco se están aplicando otra serie de tarifas aprobadas por el Pleno como ocurre, por ejemplo, con las clases sueltas y añade que, en este caso, este centro solo oferta una parte (ciclismo dos días por semana, aérobic básico, físico-postural, pilates, etc.) y con unos horarios determinados no asequibles a las personas que trabajan (a las 11:30, 12:30, 15 horas, etc.) y además, en natación libre, solo oferta un precio total para adultos y no hace la diferenciación de infantil que aprueba el Pleno y, por ejemplo, la tarifa para macro-natación que aprueba el Pleno costaría 40 euros y la tarifa que oferta el centro deportivo es de 60 euros. Termina su intervención indicando que todo lo que ha expuesto son los incumplimientos que hace el gimnasio Físico. El Sr. Presidente recuerda al Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes que ha excedido, con mucho, el tiempo que tenía asignado para esta intervención y a continuación concede el uso de la palabra a la Portavoz del Grupo Municipal Centrista. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que cuando se habla de este tema, le queda la sensación de que el concejal del equipo de gobierno que lo defiende parece que se siente más obligado a justificar la actuación de la empresa concesiona que a exigir que las concesiones cumplan las condiciones estipuladas lo que le pasaba también cuando el Sr. Riquelme era Concejal de Deportes y ello a pesar de que, al menos su Grupo, va a votar a favor de este punto del Orden del día porque esta empresa tiene derecho a la revisión de precios pero los corporativos también tienen derecho a pedir que la empresa concesionaria cumpla los precios que se aprueban y por ello exige que desde la Concejalía correspondiente se vigile ese cumplimiento. Sigue diciendo que el Ayuntamiento no puede consentir que, a quien llame por teléfono para preguntar el precio del alquiler de una pista de paddle, se le digan los precios que cobran a los no empadronados, es decir, 5 euros precio de la pista y 10 euros la luz de la misma, tarifas que corresponden a los no empadronados y dice esto porque está claro que los empadronados tienen que pagar la mitad y por eso le hubiera gustado

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que el Concejal Delegado de Deportes hubiera dicho que se iba a comprobar si la empresa concesionaria estaba cumpliendo o no los pliegos de condiciones y no que la defienda como si los grupos de la oposición estuvieran atacándola. Aclara que su Grupo está encantado de que esta concesión funcione muy bien y que muchos ciudadanos acudan a este gimnasio pero desea dejar claro que no estuvo de acuerdo y votó en contra con que se hiciera, en su momento, una concesión de 28.000 m2., por 50 años, por un canon de 2 millones de pesetas, canon que ha ido subiendo al igual que lo han ido haciendo las tarifas. Manifiesta que, desde su punto de vista, no se puede comparar este gimnasio con ningún otro privado porque realmente el gimnasio Físico dispone de un suelo que no le ha costado ningún dinero por lo que está claro que la empresa concesionaria de este servicio deportivo no está en las mismas condiciones que el gimnasio del Sexta Avenida o cualquier otro lo que podría ser incluso competencia desleal porque, reitera, dispone de 28.000 m2. de los vecinos de Majadahonda para prestarles un servicio deportivo y precisamente lo que se pide es que esta empresa cumpla con las condiciones pactadas en su momento, entre las que estaba el aplicar unos precios especiales para los empadronados. Aclara que el cobrar a los empadronados y no empadronados la misma cantidad es fruto de su política comercial pero está claro que debe respetar los precios especiales para los empadronados y el Ayuntamiento (Concejal Delegado de Deportes) debe vigilar que los cumpla que es precisamente lo que están pidiendo los grupos de la oposición. Reitera que su Grupo va a votar a favor de la revisión de precios porque tiene derecho a ella pero exige que se cumplan y, si es necesario abrir un expediente informativo para averiguar lo que ha pasado y decir a la empresa concesionaria, en caso necesario, que no puede cobrar precios distintos a los aprobados por el Pleno. Aclara que no le importa el dinero que esta empresa haya ganado porque en otras concesiones administrativas se pactó que ingresaran en el Ayuntamiento un porcentaje sobre los beneficios que obtuvieran pero en el caso del gimnasio Físico no se hizo así por lo que, aunque gane mucho dinero, no tiene que dar nada al Ayuntamiento y por eso precisamente es por lo que, en su intervención anterior, ha aludido al busto a un anterior Alcalde.

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Termina su intervención reiterando que su Grupo va a votar a favor de esta revisión porque la empresa concesionaria tiene derecho y cree que el Ayuntamiento tiene la obligación de exigir a la empresa concesionaria que cumpla lo pactado y, si no cobra los precios que el Pleno aprueba, debe denunciarse. El Concejal Delegado de Deportes, Sr. Caballero, indica que el Grupo Centrista no debe dudar de que el equipo de gobierno vigile las concesiones administrativas y las tarifas que se cobran aunque no es fácil hacerlo y adelanta que, en el caso del gimnasio, la empresa concesionaria, se ha ofrecido a hablar con la delegación de representantes del Ayuntamiento que se quiera para que todos conozcan su opinión. Termina su intervención diciendo que se pactó en su momento ese determinado alquiler por esos metros cuadrados pero la empresa concesionaria no podía hacer lo que quisiera puesto que se tramitó que debía prestar un determinado servicio y en unas determinadas condiciones, datos que se pueden comprobar en el expediente que se tramitó en su día y añade que esta concesión administrativa fue adjudicada con el beneplácito de todos los técnicos municipales que intervinieron en este expediente. Sometido este asunto a votación, la Corporación por dieciséis (16) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Popular y Centrista, cuatro (4) votos en contra correspondientes al Grupo Municipal Socialista y cinco (5) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Unión Progreso y Democracia e Izquierda Unida-Los Verdes, ACUERDA aprobar la revisión de tarifas del contrato de gestión indirecta mediante concesión de redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación del centro deportivo “El Carralero” de Majadahonda adjudicado a la empresa GESTION SPORT FITNESS, S.A. correspondiente al año 2012 en los términos y condiciones establecidos en el informe de la Intervención Municipal de fecha 12 de diciembre de 2011, anteriormente transcrito.

Las tarifas que se aprueban son las siguientes:

Actividad / Concepto Tipo Tarifas aprobadas adjudicación (Euros)

Tarifas máximas vigentes 2011

Tarifas máximas a aplicar 2012

Solicitud concesionario 2012

Diferencias

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Actividad / Concepto Tipo Tarifas aprobadas adjudicación (Euros)

Tarifas máximas vigentes 2011

Tarifas máximas a aplicar 2012

Solicitud concesionario 2012

Diferencias

Mantenimiento físico, yoga, aerobic, tec.

Matrícula 1 12,62 15,12 15,45 15,45 0,00 euros Matrícula 2 25,24 30,26 30,92 30,92 0,00 euros 2 días clase/semana 1 15,93 19,09 19,51 19,50 0,01 euros /mes 2 días clase/semana 2 32,18 38,56 39,40 39,40 0,00 euros /mes 3 días clase/semana 1 19,71 23,62 24,13 24,13 0,00 euros /mes 3 días clase/semana 2 39,46 47,29 48,32 48,32 0,00 euros /mes

Natación aprendizaje adultos

Matrícula 1 12,62 15,12 15,45 15,45 0,00 euros Matrícula 2 0,00 0,00 - - 0,00 euros 2 días clase/semana 1 26,14 31,33 32,00 32,00 0,00 euros /mes 2 días clase/semana 2 52,29 62,67 64,03 64,03 0,00 euros /mes 3 días clase/semana 1 34,08 40,84 41,74 41,73 0,01 euros /mes 3 días clase/semana 2 68,15 81,67 83,43 83,43 0,00 euros /mes

Natación mantenimiento adultos

Matrícula 1 12,62 15,12 15,45 15,45 0,00 euros Matrícula 2 0,00 0,00 - - 0,00 euros 2 días clase/semana 1 20,98 25,14 25,69 25,69 0,00 euros /mes 2 días clase/semana 2 41,92 50,24 51,33 51,33 0,00 euros /mes 3 días clase/semana 1 27,59 33,07 33,79 33,79 0,00 euros /mes 3 días clase/semana 2 55,20 66,16 67,60 67,60 0,00 euros /mes 3 días/semana

mantenimiento deport. 1 41,47 49,70 50,78 50,78 0,00 euros /mes

3 días/semana mantenimiento deport. 2 82,94 99,41 101,57 101,57 0,00 euros /mes

Sábados y domingos 1 32,76 39,26 40,12 40,11 0,01 euros /mes Sábados y domingos 2 65,51 78,50 80,20 80,20 0,00 euros /mes

Pre-mamás 1 20,89 25,04 25,58 25,58 0,00 euros /trimestre

Pre-mamás 2 55,20 66,16 67,60 67,60 0,00 euros /trimestre

Natación infantiles menores de 14 años, enseñanza y perfeccionamiento

2 días clase/semana 1 18,30 21,93 22,42 22,41 0,01 euros /mes 2 días clase/semana 2 36,60 43,86 44,82 44,81 0,01 euros /mes 3 días clase/semana 1 26,17 31,36 32,04 32,04 0,00 euros /mes 3 días clase/semana 2 52,38 62,78 64,13 64,13 0,00 euros /mes

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Actividad / Concepto Tipo Tarifas aprobadas adjudicación (Euros)

Tarifas máximas vigentes 2011

Tarifas máximas a aplicar 2012

Solicitud concesionario 2012

Diferencias

Sábados y domingos 1 26,17 31,36 32,04 32,04 0,00 euros /mes Sábados y domingos 2 52,38 62,78 64,13 64,13 0,00 euros /mes Bebés 1 34,59 41,45 42,35 42,35 0,00 euros /mes Bebés 2 69,42 83,20 85,01 85,01 0,00 euros /mes

Natación colectivos Colectivos escolares y

3ª Edad 57,70 69,15 70,65 70,65 0,00 euros /mes

Colectivos guarderías, primaria y adul. 57,70 69,15 70,65 70,65 0,00 euros /mes

Alquiler de pistas de Padel

Pista 1 2,10 2,52 2,57 2,57 0,00 euros /hora Pista 2 4,21 5,05 5,15 5,15 0,00 euros /hora Pista con luz 1 4,21 5,05 5,15 5,15 0,00 euros /hora Pista con luz 2 8,41 10,08 10,30 10,30 0,00 euros /hora Sauna Sesión 1 2,58 3,09 3,16 3,16 0,00 euros /sesión Sesión 2 5,17 6,20 6,33 6,33 0,00 euros /sesión Precios especiales Matrícula 90,15 108,04 110,39 110,38 0,01 euros Categoría mañana 42,07 50,42 51,51 51,51 0,00 euros /mes Categoría tarde 48,08 57,62 58,87 58,87 0,00 euros /mes Categoría completo 54,09 64,83 66,24 66,24 0,00 euros /mes

8.(8/12) APROBACIÓN DE LAS TARIFAS DEL CONTRATO

DE CONCESIÓN ADMINISTRATIVA PARA LA CONSTRUCCIÓN, CONSERVACIÓN, EXPLOTACIÓN Y REDACCIÓN DEL PROYECTO DE LOS APARCAMIENTOS SUBTERRÁNEOS EN ZONAS DEL CASCO APLICABLES A PARTIR DEL 1-1-2012, CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS 2009, 2010 Y 2011. (1.5)

El Sr. Secretario indica que en la denominación de este punto del orden del día se ha cometido un error material e involuntario y,

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donde dice “Aprobación de las tarifas del contrato ....”, debe decir “Aprobación de la revisión de las tarifas del contrato ...”. Seguidamente se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la Jefe de Servicio de

Concesiones Administrativas, de 19-12-2012, con el Vº Bº del Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda y el Conforme para el pase el expediente al órgano competente para su aprobación, del Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad, cuyo texto es el siguiente:

“De conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Administraciones Pública, aprobado por Real Decreto 2568/1986, cabe señalar los siguientes,

H E C H O S :

PRIMERO: Que el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 14 de noviembre de 2000, acordó aprobar la creación del servicio, la forma de gestión bajo la modalidad de concesión administrativa, así como, el expediente de contratación, pliegos de condiciones jurídicas, técnicas y económico-administrativas, que han de regir en la adjudicación, por el procedimiento abierto mediante concurso, del contrato de gestión indirecta mediante concesión administrativa para la redacción del proyecto, construcción, conservación explotación de los aparcamientos subterráneos en zonas del casco urbano. SEGUNDO: Que el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 30 de enero de 2001, acordó adjudicar el contrato de gestión indirecta mediante concesión para la redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación de los aparcamiento subterráneos en zonas del casco urbano a la U.T.E. Terratest Técnicas Especiales, S.A. y BMT Parking, S.A, con un canon anual de 3.750.000 de ptas./año (10.000 ptas./plaza/año por un total de 375 plazas) por el aparcamiento de la Plaza Jardinillos

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y Gran Vía y con las tarifas indicadas en su oferta y a lo dispuesto en el Pliego de condiciones. El contrato se formalizó en documento administrativo con fecha 9 de marzo de 2001. TERCERO: El Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 21 de julio de 2.005 acordó aprobar la aportación, transmisión de empresas o rama de la actividad del contrato de gestión de servicios públicos de referencia de la UTE TERRATEST TÉCNICAS ESPECIALES, S.A. Y BMT PARKING, S.A. a la ENTIDAD BMTERRA MAJADAHONDA, S.L., formalizándose la misma en documento administrativo con fecha 15 de febrero de 2.006. CUARTO: El Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 26 de diciembre de 2.006 acordó lo siguiente:

“1.-Aprobar la modificación del sistema de tarifación del contrato de gestión indirecta mediante concesión administrativa para la redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación de los aparcamientos subterráneos en zonas del casco urbano adjudicado a la U.T.E. TERRATEST TÉCNICAS ESPECIALES, S.A. Y BMT PARKING, S.A., actualmente, BMTERRA MAJADAHONDA, S.L., quedando fijado dicho sistema de tarificación en 0,03258 euros por minuto, con el redondeo correspondiente, sin tarifa de entrada y con fecha de efectos para su aplicación a partir del día 1 de enero de 2007.

2.- Aceptación por la Corporación Municipal de la renuncia, por parte del contratista adjudicatario, según su escrito de fecha 13 de diciembre de 2006, registro de entrada nº 027956 de 14-12-2006, a cualquier tipo de reclamación contra el Ayuntamiento y a cualquier indemnización que pudiera corresponderle tanto por lucro cesante como por daño emergente en relación con las tarifas anteriores al ejercicio 2007.

3.-Incoar expediente de interpretación del contrato para determinar el sistema de revisión de tarifas para ejercicios futuros, posteriores al año 2007, efectuando los trámites y gestiones que sean precisas, incluyendo, si fuere necesario, la remisión del expediente al Consejo de Estado para que, en su caso, emitiera dictamen, dada la disconformidad del contratista, manifestada en su escrito de fecha 13 de diciembre de 2006, registro de entrada número 027956 de 14-12-2006”.

QUINTO: Que en fecha 14 de agosto de 2007 se recibe escrito del contratista en el que se comunica que con fecha 27 de abril

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de 2007 núm. de protocolo 1.312, ante el Notario de Madrid, D. Martín María Recarte Casanova, los socios integrantes de BM TERRA MAJADAHONDA, S.L. han vendido el 100 % del capital social de dicha entidad a la sociedad INMOBILIARIA PARIS, S.A., con CIF número A-08277857 y domicilio en Madrid, Plaza del Carmen s/n, siendo éste el domicilio actual de la sociedad titular de la concesión.

SEXTO: El Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2008 acordó lo siguiente:

“PRIMERO.- Aprobar la revisión de tarifas para los ejercicios 2008 y 2009 del contrato de concesión administrativa para la construcción, conservación, explotación y redacción del proyecto de los aparcamientos subterráneos en Majadahonda, suscrito con la empresa U.T.E. TERRATEST TÉCNICAS ESPECIALES, S.A. Y BMT PARKING, S.A., actualmente, BMTERRA MAJADAHONDA, S.L, con el carácter de medida provisional conforme a lo establecido en el Art. 72.1 de la Ley 30/1992, en tanto se adopta una resolución definitiva respecto de la interpretación del citado contrato, conforme al Informe de Intervención de fecha 15 de diciembre de 2008. SEGUNDO.- Determinar que la nueva tarifa a aplicar desde el 1 de enero de 2009, no puede ser superior a 0`034379 €/minuto.”

SÉPTIMO: Que el Pleno de la Corporación en sesión celebrada día 24 de junio de 2009 acordó lo siguiente:

“PRIMERO: Resolver que, de acuerdo con el Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, la revisión de precios, mediante la aplicación del Índice General de Precios al Consumo del ejercicio anterior, a realizar para los ejercicios 2008, 2009 y siguientes años de vigencia del “Contrato de gestión indirecta mediante concesión para la redacción del proyecto, construcción, conservación y explotación de los aparcamientos subterráneos en zonas del caso urbano” , debe afectar tan sólo a la parte de la tarifa constituida por el resultado de explotación, que asciende al porcentaje del 50%, según la oferta presentada por el concesionario. SEGUNDO: Aprobar la revisión de tarifas para los ejercicios 2008 y 2009 del contrato de concesión administrativa para la construcción, conservación, explotación y redacción del proyecto de los aparcamientos subterráneos en Majadahonda, suscrito con la empresa U.T.E. TERRATEST TÉCNICAS ESPECIALES, S.A. Y BMT

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PARKING, S.A., actualmente, BMTERRA MAJADAHONDA, S.L., conforme al Informe de Intervención de fecha 15 de diciembre de 2008, determinando que la tarifa a aplicar desde el 1 de enero de 2009, no puede ser superior a 0,034379 €/minuto”.

OCTAVO: Que con fecha 17 de diciembre de 2010 se recibe escrito del contratista, R. E. nº 25384, en el que propone que las tarifas a aplicar desde el 1 de enero de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2011 deberían de incrementarse en 1,15%, correspondiente al 50% del mencionado Índice de Precios al Consumo, quedando cada minuto a 0,035374 €, IVA incluido, y día completo a 21,18 €, IVA incluido. NOVENO: Que con fecha 17 de octubre de 2011 se recibe escrito del contratista, R.E. nº 19679, solicitando que se proceda a aprobar las tarifas aplicables a partir del 1 de enero de 2012. DÉCIMO: Que se emite informe de la Jefe de Servicio de Movilidad de fecha 20 de octubre de 2011, indicando lo siguiente:

“…conforme al informe de Intervención de 15 de diciembre de 2008, la revisión de las tarifas debe comprender el período marzo a marzo, siendo la última revisión de marzo de 2008, en la que se acordó el precio aplicable desde 1 de enero de 2009 en 0,034379 euros/minuto. Este precio ha sido variado por la empresa a partir del 1 de julio de 2010, fecha en la que entró en vigor el incremento del IVA, procediendo desde entonces, ……., a aplicar el 0,034972 €/minuto. .........Atendiendo a la interpretación del contrato realizada por el Consejo Consultivo de la comunidad de Madrid, que fue objeto de acuerdo en pleno de 24 de junio de 2009, la revisión de precios mediante la aplicación del IPC del ejercicio anterior debe afectar tan sólo al 50% de la tarifa. Desde la última revisión de tarifas, teniendo en cuenta los índices del IPC, la actualización resultante es la siguiente:

Tarifa por minuto IVA incluido

Tarifa por minuto Sin IVA

50% IPC

Marzo 2008 0,034379 0,029637 - Marzo 2009 0,034362 0,296622 - 0,05 Marzo 2010 0,034602 0,029829 0,7 Marzo 2011 0,035832 0,030366 1,8

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Por todo lo anterior, conforme al acuerdo del Pleno referente a la aplicación del IPC a las tarifas, así como los índices publicados por el INE en estos períodos, se propone revisión de las tarifas para los ejercicios 2009, 2010 y 2011, del contrato de …………………., determinando que la tarifa a aplicar desde el 1 de enero de 2012, no puede ser superior a 0,035832 €/minuto IVA incluido”

UNDÉCIMO: Que con fecha 27 de octubre de 2011 se proceda a informar por Secretaría General, Informe nº 35/2011, la revisión de tarifas a aplicar a partir del 1 de enero de 2012, correspondientes a las revisiones de los ejercicios 2009, 2010 y 2011. DUODÉCIMO: Que con fecha 15 de diciembre de 2011, se emite informe de la Intervención municipal, que dispone respecto la revisión de las tarifas y el período de cálculo de IPC, lo siguiente:

“Con fecha 22 de febrero de 2011, le fue requerida por

el Servicio de Movilidad, aclaración de las tarifas que estaban aplicando, y asimismo se les comunicó que, conforme al informe de Intervención de 15 de diciembre de 2008, la revisión de las tarifas debe comprender el período de marzo a marzo, siendo la última revisión de marzo de 2008, en la que se acordó el precio aplicable desde el 1 de enero de 2009 en 0,034379 €/min.

Este precio ha sido variado por la empresa a partir del 1 de julio de 2010, fecha en la que entró en vigor el incremento de IVA, procediendo desde entonces, a aplicar el 0,034972€/min.

Desde la última revisión de tarifas, teniendo en cuenta que debe aplicarse el 50% del IPC, e incluyendo IVA de aplicación, supondría la siguiente repercusión en la tarifa:

Período IPC 50%

de aplicación

Tarifa a aplicar 2010

Tarifa a aplicar 2011

Tarifa a aplicar 2012

Variación período marzo 2008-marzo 2009

-0,1% -0,05% 0,034362

Variación período marzo 2009-marzo 1,40% 0,70% 0,035198

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2010 Variación período marzo 2010-marzo 2011

3,60% 1,80% 0,035832

Respecto a la tarifa a cobrar por el día completo,

considerando que el precio actualmente vigente es de 20,94€, IVA incluido, hay que incrementarle los mismo porcentajes del cuadro anterior. Desde el 1 de enero de 2012, el precio máximo a cobrar ascenderá a 21,83€, IVA incluido.”

DECIMOTERCERO: Que mediante escrito de fecha 15 de diciembre de 2011, la Jefe de Servicio de Movilidad, dado que en su informe de fecha 20 de octubre de 2011 no se hacía referencia a la tarifa a cobrar por el día completo, indica que: “efectivamente debe incorporarse a la propuesta, la tarifa a cobrar por el día completo, aplicando a la tarifa vigente de 20,94€ IVA incluido, el mismo IPC que a la tarificación por minuto, resultando 21,83€ IVA incluido actualizado a marzo de 2011.”

A los anteriores hechos le son de aplicación los siguientes,”

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. La Disposición Transitoria Primera de la Ley 30/2007 de

30 de octubre de Contratos del Sector Público establece que “los contratos administrativos adjudicados con anterioridad a la entrada en vigor de la citada Ley se regirán, en cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, incluida su duración y régimen de prórrogas, por la normativa anterior”. En el presente caso, el Real Decreto Legislativo 2/2000 de 16 de junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, el Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

II.- El artículo 103 del RDLeg 2/2000 de 16 de junio por el

que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas señala en cuanto a la

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revisión de precios que “….tendrá lugar en los términos establecidos en este Título IV cuando el contrato se hubiera ejecutado en el 20 por 100 de su importe y haya transcurrido un año desde su adjudicación”.

El apartado tercero de dicho artículo dispone que “el pliego de cláusulas administrativas particulares deberá detallar la fórmula o sistema de revisión aplicable y, en resolución motivada, podrá establecerse la improcedencia de la misma que igualmente deberá hacerse constar en dicho pliego”.

III.- El artículo 162 del RDLeg 2/2000 establece que el

contratista tiene derecho a las contraprestaciones económicas previstas en el contrato y a la revisión de las mismas, en su caso, en los términos que el propio contrato establezca.

IV.- Los Pliegos de Condiciones Técnicas, Jurídicas,

Económicas y Administrativas en sus artículos 43 y siguientes, que rigen la presente contratación. En este mismo sentido se pronuncia la cláusula Tercera de la formalización del contrato en documento administrativo.

V.- El Dictamen del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid de fecha 11 de marzo de 2009, sobre la interpretación de las cláusulas relativas a la revisión de precios del contrato, la cual sólo debe afectar a la parte de la tarifa afectada por el aumento de precios.

VI.- El órgano competente para la adopción del presente

acuerdo corresponde al Pleno de la Corporación, en cuanto que es el órgano que efectuó la adjudicación del contrato. De conformidad con lo previsto en los artículos 113 y 123 en relación con los artículos 82 y 126.2 del ROF, deberá dictaminarse por la Comisión Informativa correspondiente, previamente a su aprobación por el Pleno Municipal.

Vistos los hechos y fundamentos de derecho anteriormente

relatados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 169

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del Texto Refundido de Régimen Local, se procede elevar AL PLENO MUNICIPAL, previo dictamen de la Comisión Informativa correspondiente, la siguiente,

P R O P U E S T A D E R E S O L U C I Ó N

Aprobar la revisión de tarifas del contrato de concesión

administrativa para la “Construcción, conservación, explotación redacción del proyecto de los aparcamientos subterráneos en zonas del caso de Majadahonda”, suscrito con la empresa U.T.E. TERRATEST TÉCNICAS ESPECIALES, S.A. Y BMT PARKING, S.A., actualmente, BMTERRA MAJADAHONDA, S.L., aplicables a partir del 1 de enero de 2012, correspondientes a los ejercicios 2009, 2010 y 2011, en la cuantía indicada en los informes de la Jefe de Servicio de Movilidad de fechas 20 de octubre y 15 de diciembre de 2011, y en el de la Intervención municipal de fecha 15 de diciembre de 2011.

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Medio Ambiente y Movilidad, de 19-1-2012, favorable. El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda, Sr. Pérez González, indica que en este caso se trata de otra concesión administrativa que ha pedido una revisión de tarifas y por ello, al ser un trámite necesario, se presenta al Pleno este expediente para aprobar la revisión de tarifas de la concesión administrativa del aparcamiento Jardinillos-Gran Vía que gestiona la empresa BMTERRA. Termina su intervención aclarando que se van a revisar las tarifas de los ejercicios 2009, 2010 y 2011 aplicando, de conformidad con el contrato suscrito, el 50% del incremento del IPC y aclara que estas nuevas tarifas serán de aplicación en el momento en que la empresa reciba la notificación del acuerdo que el Pleno adopte. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica que, desde el punto de vista de su Grupo, la subida de tarifas que se va a aprobar se ajusta al contrato por lo que no tiene ningún inconveniente para aprobarlas en ese sentido aunque le gustaría

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conocer datos sobre la utilización del parking de la c/ Gran Vía y también si el convenio firmado con los comerciantes de Majadahonda para dar una hora de aparcamiento gratis está teniendo un efecto positivo. Sigue diciendo que también le gustaría conocer la situación del parking de la Plaza de la Constitución cuya apertura se está demorando y los comerciantes de la zona preguntan bastante a su Grupo por ello. Añade que lo que su Grupo intuye es que el análisis que haya realizado el Grupo Popular no debe ser muy positivo en ese sentido y por ello, el Grupo Socialista tiende su mano al Equipo de Gobierno para buscar soluciones que mejoren estos servicios. Termina su intervención indicando que va a aprovechar este punto del orden del día que se refiere a una concesión administrativa, para preguntar si todas las concesiones están al corriente de las obligaciones de pago que mantienen con el Ayuntamiento, pregunta que también realizó en la Comisión Informativa en la que se trató este tema. La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que en la Comisión Informativa pidió explicación al Concejal Delegado de Urbanismo sobre la forma en que se aplica el redondeo en las tarifas del parking, pregunta que vuelve a reiterar en este momento. Sigue diciendo que la aplicación del redondeo debería ser conocida por todos los vecinos y todos los usuarios del parking y sobre ello su Grupo propone que se publiquen, en la página web, los precios de los aparcamientos públicos de la concesión municipal con su redondeo de la misma forma en que lo hace el Ayuntamiento de Madrid en su página web en la que se publica, minuto a minuto, la tarifa con y sin redondeo y dice esto porque, aunque el Pleno aprueba un determinada tarifa, dependiendo de cómo se aplique el redondeo, se puede cobrar otra totalmente distinta. Termina su intervención aclarando que el redondeo, en el Ayuntamiento de Madrid, se suele aplicar a la baja minuto a minuto pero su Grupo desconoce si en el parking de la c/ Gran Vía se aplica de esa forma o se aplica en la tarifa final y añade que, como su Grupo

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no conoce ese dato y no sabe cuánto va a subir realmente esta tarifa, no va a votar a favor de la revisión de precios. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que en este caso, al igual que en el anterior, se presenta la revisión de tarifas a la que tiene derecho la empresa concesionaria. Termina su intervención aclarando que su Grupo se va a abstener en esta votación al igual que ha hecho en el anterior punto del Orden del día. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, aclara que es cierto que se trata de una revisión de precios a la que tiene derecho la empresa concesionaria del parking. Sigue diciendo que su Grupo ha preguntado sobre el canon que debe abonar al Ayuntamiento porque tenía dudas de si había sido actualizado o no y los Servicios Económicos le han informado que la empresa concesionaria sí cumplía con el canon y con sus revisiones. Aclara que, como se trata de aprobar una revisión de tarifas a la que la empresa concesionaria tiene derecho, su Grupo va a votar a favor pero no tiene claro lo que ha indicado la Portavoz del Grupo Unión Progreso y Democracia y añade que ella es usuaria del parking y en ocasiones tiene que pagar un suplemento por sobrepasar el horario que tiene concertado para el aparcamiento y por ello sabe que en las tarifas estipuladas figuran unas determinadas cantidades pero no conoce cómo se efectúa el redondeo. Continúa indicando que como los Servicios Económicos Municipales han realizado los estudios correspondientes para analizar las subidas de tarifas con decimales, y han dado su conformidad a la propuesta y además la empresa concesionaria tiene derecho a la revisión de las tarifas, su Grupo va a votar a favor de este punto del orden del día aunque va a investigar la forma de aplicar el redondeo. Termina su intervención diciendo que el concesionario se queja porque el parking nunca está lleno y cree que, si se suben más las tarifas, difícilmente va a llenarse pero ese problema es de la empresa

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adjudicataria de esta concesión lo que dice porque ha comprobado en el expediente que esta empresa ha renunciado, en el año 2006, al lucro cesante y a otra serie de cuestiones por lo que no podrá decir al Ayuntamiento que necesita dinero y por ello la explotación de este aparcamiento es de su exclusiva responsabilidad pero, reitera, su Grupo duda de que en estos momentos de crisis sea conveniente subir las tarifas. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por dieciséis (16) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Popular y Centrista, ningún (0) voto en contra y nueve (9) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia e Izquierda Unida-Los Verdes, ACUERDA aprobar la revisión de tarifas del contrato de concesión administrativa para la “Construcción, conservación, explotación redacción del proyecto de los aparcamientos subterráneos en zonas del caso de Majadahonda”, suscrito con la empresa U.T.E. TERRATEST TÉCNICAS ESPECIALES, S.A. Y BMT PARKING, S.A., actualmente, BMTERRA MAJADAHONDA, S.L., aplicables a partir del 1 de enero de 2012, correspondientes a los ejercicios 2009, 2010 y 2011, en la cuantía indicada en los informes de la Jefe de Servicio de Movilidad de fechas 20 de octubre y 15 de diciembre de 2011, y en el de la Intervención municipal de fecha 15 de diciembre de 2011. Las tarifas que se aprueban son las siguientes: Tarifa por minuto a aplicar desde marzo de 2009 (IVA incluido) 0,034362 € Tarifa por minuto a aplicar desde marzo de 2010 (IVA incluido) 0,035198 € Tarifa por minuto a aplicar desde marzo de 2011 (IVA incluido) 0,035832 € Tarifa por día completo desde 1-1-2012 (IVA incluido) 21,83 €.

9.(9/12) APROBACIÓN DEL CONVENIO DE

COLABORACIÓN A SUSCRIBIR CON LA COMUNIDAD DE MADRID Y EL CANAL DE ISABEL II PARA LA INCORPORACIÓN DE ESTE AYUNTAMIENTO AL FUTURO MODELO DE GESTIÓN DEL CANAL DE ISABEL II (11.5.1)

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Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Concejal Delegado de

Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda, de 12-1-2012, constando el Vº Bº del Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad, cuyo texto es el siguiente: “Visto que en fecha 12 de diciembre de 2011, mediante moción del Alcalde se insta la tramitación del expediente reglamentario de aprobación del Convenio entre la Comunidad de Madrid, el Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Majadahonda, relativo a la incorporación del Ayuntamiento de Majadahonda al futuro modelo de gestión del Canal de Isabel II.

Visto que figura en el expediente Borrador del Convenio de Colaboración, donde se reflejan: el objeto, la vigencia del mismo, las características de las acciones a desarrollar, los derechos y obligaciones de cada una de las partes intervinientes y demás extremos del mismo. Visto que en fecha 12 de Diciembre de 2011, se emite el preceptivo Informe de la Secretaría General. Visto que en fecha 14 de Diciembre de 2011, se emite el preceptivo Informe de la Intervención Municipal. Dado que en fecha 14 de Diciembre de 2011, se retiró del Orden del Día de la Convocatoria a la sesión ordinaria de la Comisión de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, el punto 2 relativo al “Convenio entre la Comunidad de Madrid, el Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Majadahonda, relativo a la incorporación del Ayuntamiento de Majadahonda al futuro modelo de gestión del Canal de Isabel II”, a fin de revisarlos y llevarlos posteriormente a un próximo Pleno.

Habiéndose procedido a dicha revisión y vistos los demás antecedentes documentales obrantes en el expediente, así como los informes emitidos y preceptos de legal aplicación propongo se eleve al Pleno de la Corporación, previo Dictamen favorable de la Comisión Informativa correspondiente el siguiente ACUERDO:

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1º.- Aprobar el Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid, el Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Majadahonda, relativo a la incorporación del Ayuntamiento de Majadahonda al futuro modelo de gestión del Canal de Isabel II, con una duración de 50 años a partir de la fecha de su entrada en vigor. 2º.- Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 a) de la Ley 2/2003, de 11 de Marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, la firma de este Convenio Administrativo, será competencia del Alcalde.”

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, de 19-1-2012, favorable.

En este momento el Sr. Presidente propone, si todos están de acuerdo, que los puntos 9 y 10 se debatan conjuntamente tal y como se acordó en la Junta de Portavoces que se celebró con carácter previo a esta sesión plenaria pero la votación, en los puntos que corresponda, se realizará de forma individual, ACORDÁNDOSE, por unanimidad, por asentimiento de todos los concejales, dicha propuesta. El Portavoz del Grupo Municipal Popular, Sr. Caballero, indica que este punto 9 del orden del día es la traslación práctica de lo que se conoce en el Pleno después de haber debatido mociones presentadas por Izquierda Unida-Los Verdes y trata de poner en práctica lo estipulado en la Ley 3/2008, de la Comunidad de Madrid, de Medidas Fiscales y Administrativas de Acompañamiento a los Presupuestos de la Comunidad por la que se autorizaba al Canal de Isabel II a crear una sociedad para gestionar, en colaboración público-privada, todo lo relacionado con el agua. Sigue diciendo que, en este punto 9, se presenta el convenio de colaboración por el que este Ayuntamiento accede a participar en la nueva sociedad de gestión que se va a crear a cambio de recibir las acciones que nos corresponden, 0,21215%, y lo que se propone es aprobar el convenio e incorporarnos al futuro modelo de gestión y aceptar las acciones.

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Aclara que el futuro modelo de gestión va a durar 50 años por lo que, cuando corresponda, se presentaran al Pleno la prórroga de los convenios actualmente vigentes como el de gestión integral del servicio de distribución de agua para el consumo humano –punto 10 del orden del día- y por ello se propone la prórroga del convenio de 1994 por 50 años más. Añade que precisamente en este convenio se da al Canal de Isabel II la gestión de todo lo relacionado con el agua como venía haciendo hasta ahora y los otros convenios firmados (alcantarillado y suministro de agua reutilizable) se renovarán en el futuro. Indica que, si este Ayuntamiento no aprobara su integración en la nueva sociedad y modelo de gestión, quedaría fuera del amparo del Canal de Isabel II y tendríamos que auto-gestionar la captación, traída y distribución de agua lo que es bastante complicado. Termina su intervención diciendo que si el Ayuntamiento acepta estos convenios, tendrá el poder de influencia que corresponde a Majadahonda según su tamaño y aumentaremos nuestro patrimonio municipal en unos 4 millones de euros (valor que se supone que tendrán las acciones que vamos a recibir). El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura, indica que todos conocen la posición de su Grupo porque la ha expuesto de forma reiterada en conversaciones privadas y al votar a favor de las mociones que ha presentado Izquierda Unida-Los Verdes ante el Pleno. Sigue diciendo que el Grupo Socialista está en contra de la privatización del agua en la Comunidad de Madrid que es precisamente lo que se está proponiendo en estos dos puntos del Orden del día y parece que el equipo de gobierno del Partido Popular está encantado con que Majadahonda participe en esa privatización. Manifiesta que con este punto del Orden del día y con el siguiente, que van a ser debatidos conjuntamente, se entregan todas las infraestructuras de la distribución del agua existente en Majadahonda a la nueva sociedad para que decida cómo los gestiona y los utilice de una forma más beneficiosa y rentable para esa nueva sociedad.

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Aclara que con estos acuerdos se favorece la posibilidad de que el capital privado pueda entrar en un área en el que, hasta ahora, estaba vedado en la Comunidad de Madrid y su Grupo no entiende los motivos porque cree que no existe ningún argumento real, económico, técnico o social que justifique la privatización del Canal de Isabel II y aún ve menos la necesidad de la incorporación de nuestro municipio a la nueva sociedad y ello a pesar de lo difícil que sería la gestión del agua si el Ayuntamiento decidiera quedarse fuera por lo que está claro que se está obligando a este Ayuntamiento a incorporarse a la nueva sociedad y el equipo de gobierno está encantado. Sigue diciendo que el Canal de Isabel II es un ente público, da un buen servicio y está bien valorado por los ciudadanos y por ello su Grupo piensa que si algo funciona bien no hay que cambiarlo. Añade que el mercado puro y duro es ineficiente en la gestión del ciclo del agua que debe planificar la escasez, garantizar la universalidad, jerarquizar los usos y tener en cuenta el medioambiente y todos esos principios no siempre son compatibles con el fin fundamental del accionariado privado que pretenderá maximizar los beneficios aún a costa de no mejorar el servicio público. Indica que es evidente que pronto dejará de ser prioritario invertir el beneficio en la mejora del servicio público y se intentará siempre favorecer un mayor reparto de beneficios en el accionariado. Aclara que lo que se está proponiendo hacer ya ha sido comprobado y el caso más relevante es el de París que, después de contar durante 25 años con una sociedad mixta de gestión del agua con un resultado deficiente, no rentable, etc., en el año 2010 tuvo que remunicipalizar esa empresa y es curioso que, desde entonces, haya ganado 35 millones de euros y haya bajado la tarifa el 8% y añade que esto mismo ha sucedido también en Roma, Berlín, algunas ciudades españolas, etc. Indica además que, en la Comunidad de Madrid, hay varios municipios que representan a casi 800.000 madrileños (algunos bastante grandes como Getafe, Leganés, Fuenlabrada y Coslada e incluso algunos gobernados por el Partido Popular) que han presentado una iniciativa legislativa contra la privatización del Canal de Isabel II. Aclara que, según datos de la Plataforma contra la privatización del Canal, la Comunidad de Madrid ya ha ofrecido a los ayuntamientos la posibilidad de vender, en un futuro, hasta el 70% de sus participaciones.

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Aclara que la participación accionarial se realiza en función del cálculo de habitantes de cada municipio hasta un total del 19% del capital y por ello al Ayuntamiento de Madrid le ha correspondido el 10% del accionariado de la nueva empresa y, según cree, el Ayuntamiento de Madrid, antes de crearse la nueva sociedad, ya ha incluido el 4% de la venta de esas acciones en su Presupuesto lo que da una idea de cuál es su intención. Adelanta que, por los motivos que ha expuesto, el Grupo Municipal Socialista va a votar en contra del punto 9 del orden del día y pide que se le aclare si la posición de los ayuntamientos respecto a este tema debería haber sido conocida por la Comunidad de Madrid antes del 31 de diciembre de 2011 y, si es así, no entiende cómo se presentan estos temas al Pleno del 25 de enero de 2012. Sigue diciendo que el punto 10 del Orden del día, es una consecuencia del punto anterior porque solamente trata de pagar, en especie, el nuevo porcentaje (pagamos con las redes de distribución, abastecimiento y saneamiento) y, en caso de que este convenio resulte aprobado, su Grupo no conoce el beneficio que va a recibir Majadahonda y sus vecinos y por ello pregunta qué diferencia positiva van a notar nuestros vecinos con el cambio que se va a realizar y también si los ayuntamientos no van a perder dinero al dejar de gestionar los sistemas de alcantarillado, etc. y personalmente cree que los 4 millones de euros que va a ganar Majadahonda corresponderá al pago de las acciones que vamos a vender. Aclara que su Grupo no sabe si este Ayuntamiento va a tener la misma fuerza y el mismo ánimo que ahora, para exigir a nuestros socios del Canal el cumplimiento de una serie de normas y leyes que deben cumplirse siempre y pregunta también si tendremos la misma capacidad de negociación siendo socios o no. Termina su intervención diciendo que personalmente cree que todo este tema tiene cierto aire de revalorización precipitada de la nueva empresa por la vía rápida y cree que cargar esta nueva empresa con cuantos más y mejores activos y cuanto antes y más rápido, tiene el fin de poder venderla mejor.

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La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que su partido siempre ha rechazado la ideologización sobre lo público y lo privado porque todos conocen ejemplos de buena y mala gestión tanto pública como privada y por ello su grupo parte de una visión puramente pragmática. Sigue diciendo que, en el caso de la privatización del Canal de Isabel II, su Grupo no comparte que algo que funciona bien, que obtiene beneficio y que cumple adecuadamente una importantísima función esencial para todos los ciudadanos, se utilice para otros fines poniendo en riesgo el actual servicio o, al menos, introduzca incertidumbres innecesarias. Aclara que su Grupo tampoco puede obviar que, aunque actualmente la privatización sea del 49%, si otros ayuntamientos (Majadahonda se ha comprometido a no hacerlo) venden las acciones que les han correspondido para sanear momentáneamente sus cuentas, los inversores privados que comparten la sociedad, a la larga, solicitarían una tasa interna de rentabilidad que, en última instancia, repercutiría en un mayor coste para los usuarios. Termina su intervención diciendo que como cree que los servicios públicos que funcionan bien y son rentables no deben ser malvendidos para sortear la actual crisis económica, su Grupo va a votar en contra de los puntos 9 y 10 de esta sesión. La Viceportavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sra. García Gallo, indica que, después de las propuestas que ha venido presentando desde hace unos meses sobre este tema, no cree que tengan que explicar que su Grupo está en contra de la privatización del agua y las razones para que siga siendo de titularidad pública las ha dado en los últimos Plenos por lo que en esta sesión se va a centrar exclusivamente en los convenios que se presentan a aprobación y que le generan rechazo en primer lugar, y después dudas importantes. Sigue diciendo que la primera duda que le surge es que se está firmando un convenio con una entidad llamada “sociedad” que todavía no existe y realmente nadie sabe cómo va a ser el modelo de dicha sociedad, no se conoce el valor patrimonial de los bienes del Canal de Isabel II y tampoco se han valorado los bienes que tiene en

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Majadahonda por lo que considera que se están cediendo a la red general de la Comunidad de Madrid, a una futura empresa privada sin saber cuál va a ser el valor de la venta, ni el porcentaje que va a tener el accionariado privado y tampoco el sistema de relación con este Ayuntamiento. Manifiesta que en los convenios se hace referencia a una entidad denominada “sociedad” y otra que va ser el Canal de Isabel II y en ningún momento se expresan las competencias de cada una por lo que cree que se está aprobando un convenio sin conocer los interlocutores reales que vamos a tener. Insiste en que se van a firmar los convenios con una sociedad inexistente y, en el futuro, se firmará un contrato-programa en el que se determinarán las obligaciones del Ayuntamiento lo que para su Grupo es una temeridad. Aclara que tampoco se sabe, por el convenio que se está firmando, si el 0,2121% de las acciones que nos corresponden van a salir del 51% de las acciones que van a ser públicas o del 49% privadas pero su Grupo se teme que van a salir del 51% público por lo que, si se vende el 70% de las acciones que pueden vender los ayuntamientos, más del 62% de las acciones pasarán a manos privadas. Añade que además su Grupo duda que los ayuntamientos tengan capacidad legal para ceder la gestión de su red de abastecimiento a una empresa privada sin aplicar la Ley de Contratos del Sector Público y sin que se someta a licitación. Aclara que la Secretaría General ha informado que en este caso debería aplicarse la Ley de Contratos y por ello no podría cederse directamente a una sociedad como se está haciendo. Indica que para su Grupo es una coacción decir que si este Ayuntamiento se queda fuera y no entra en el accionariado de esta sociedad, tendríamos que encargarnos directamente de la gestión del agua y dice esto porque piensa que se está firmando un convenio simplemente porque no se sabe lo que pasará en el futuro y considera que es inexplicable actuar de esa forma con algo tan importante como es la gestión del agua. Sigue diciendo, respecto al sistema de alcantarillado que parece que no va a entrar en los convenios que se van a someter a votación, que no sabe si el Ayuntamiento podrá seguir manteniéndose fuera mucho tiempo.

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Aclara que los ingresos que se reciben por las tasas de alcantarillado ascienden a la cantidad de 1 millón de euros anuales y la nueva sociedad ofrece 60 euros por habitante lo que supone la cantidad de 4 millones de euros en los próximos 50 años. Manifiesta que su Grupo teme que todo lo que no está determinado en los convenios que se van a firmar, recaerá sobre el Ayuntamiento como ya se ha hecho con todas las novedades que se introducen en este convenio respecto de los anteriores (todas las novedades son siempre favorables a la empresa y se quitan competencias al Ayuntamiento). Sigue diciendo que, a pesar de todas las dudas que su Grupo ha planteado, lo único que le queda claro es que el Partido Popular quiere privatizar el Canal de Isabel II a cualquier precio, lo más rápido posible y sin que los ciudadanos se enteren y también tiene clara la voluntad del Partido Popular de hacer negocio con todo lo público y por ello va a vender esta empresa pública, a pesar de una de las más rentables en la Comunidad de Madrid, para que unos pocos “saquen tajada”. Termina su intervención aclarando que a su Grupo le preocupa que, tratándose de algo tan importante como la gestión del agua, si algo va a mal, como ha ocurrido en otras ciudades, o la empresa quiebra, serán los vecinos los que van a pedir cuentas y responsabilidades al Ayuntamiento y no a la empresa privada. El Concejal del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río, indica que su Grupo, dejando aparte discusiones políticas que se han podido mantener en otros foros, va a ceñirse, sobre todo, a aspectos procedimentales y retaría a cualquier miembro del Pleno a que le explique lo que el equipo de gobierno está proponiendo en los puntos 9 y 10 del Orden del día e informe de la situación de la que se parte y a dónde se va y dice esto porque, desde su punto de vista, no se pueden presentar al Pleno las modificaciones de unas condiciones para un servicio de competencia municipal como el de abastecimiento de agua y saneamiento, en un expediente integrado solamente por un informe referido al nuevo convenio y otro sobre si lo que se propone se ajusta o no a la legalidad.

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Pregunta a continuación por qué no se han incorporado al expediente todos los antecedentes y convenios anteriores, documentación que pidió que se le entregara en la Comisión Informativa pero realmente solo se han entregado dos convenios de obras que no tienen nada que ver con la gestión anterior. Pregunta cómo puede su Grupo valorar si en el nuevo convenio se respeta o no lo que este Ayuntamiento y el Canal tenían conveniado hasta este momento y dice esto porque con el expediente que se presenta a aprobación no se puede saber nada y por ello, reitera, ningún corporativo conoce realmente lo que se va a votar en estos puntos del Orden del día y dice esto porque el primer convenio que se propone aprobar parece que es un cheque en blanco e incluso tiene la impresión de que ni siquiera lo saben la Comunidad de Madrid ni el Canal de Isabel II. Aclara que lo que se está presentando a aprobación es una doble sociedad pública y privada y, dependiendo de cómo organice la Comunidad de Madrid y el Canal de Isabel II su contrato-programa, lo que se va a aprobar en esta sesión va con uno o con otros. Insiste en que este convenio no explica cuál va a ser el nuevo sistema de gestión y además cree que nadie lo puede explicar porque ese nuevo sistema de gestión no se ha definido todavía y se definirá en el futuro, en un programa-contrato entre las dos sociedades por lo que, reitera, en estos momentos se está pidiendo la firma de un cheque en blanco. Continúa su intervención preguntando dónde está el informe que justifica que a este Ayuntamiento le corresponde la cantidad de 0,21215% de las acciones y dónde figura la valoración del patrimonio que en abastecimiento, alcantarillado o saneamiento, ha pagado este Ayuntamiento y además en el primer convenio se dice algo que se incumple totalmente en el segundo convenio. Indica que consta en el expediente que se prorrogarán los convenios existentes en base a los principios inspiradores que los hicieron y, por ejemplo, en el convenio de gestión se dice que existirán unas tarifas públicas que serán determinadas por la Comunidad de Madrid por lo que, reitera, nadie sabe cuál era la situación anterior y tampoco cuál será la futura y está seguro que lo que su Grupo no sabe, tampoco lo sabe el Concejal Delegado de Urbanismo y teme que tampoco el Portavoz del Grupo Popular y

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personalmente está convencido que ningún miembro de la Corporación conoce lo que se va a aprobar. Aclara que votar a favor o en contra de un convenio es una responsabilidad por lo que va a pedir que los puntos 9 y 10 de esta sesión, se dejen sobre la mesa para incorporar a los expedientes el informe en el que conste por qué a Majadahonda le corresponde el 0,21215% de las acciones y también los convenios actualmente vigentes de gestión del abastecimiento, alcantarillado, saneamiento y reutilización del agua.

Pregunta seguidamente cómo el equipo de gobierno puede presentar al Pleno un convenio que deroga otro sin incorporar al expediente lo que se deroga, cuestión de procedimiento muy importante.

A continuación reitera su petición de que se dejen estos dos convenios sobre la mesa hasta que se documente y se explique debidamente cómo se obtiene el porcentaje de las acciones que nos van a corresponder, el patrimonio que tenemos y el que vamos a dejar, y también que se presente el informe del Canal de Isabel II sobre cómo va a ser esa gestión futura y no basta con que el Equipo de Gob ierno diga que las referencias sobre este tema se conocen por todas las mociones que ha presentado Izquierda Unida-Los Verdes lo que, desde el punto de vista es asombroso como también lo es que el portavoz del equipo de gobierno haya dicho que si este Ayuntamiento se queda fuera de la nueva sociedad, se queda desamparado.

Termina su intervención diciendo que para su Grupo, este tema ha sido negociado exclusivamente por la Comunidad de Madrid y Ayuntamiento de Madrid por lo que está convencido de que los técnicos de Madrid tienen claro por qué les corresponde un determinado porcentaje de acciones pero en este Ayuntamiento nadie lo tiene claro y piensa que es una dejadez de funciones “ponerse a desfilar” sin saber lo que se va a votar y por ello reitera su petición para que se dejen estos dos expedientes encima de la mesa para recabar los pertinentes informes y conocer los convenios existentes para saber exactamente de dónde partimos y a dónde vamos y ello debe hacerse antes de que se sometan a votación.

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El Sr. Presidente indica que el Grupo Municipal Centrista siempre intenta paralizar la acción del Ayuntamiento.

Termina su intervención diciendo que al aprobar estos puntos del Orden del día, se van a recibir unas acciones del Canal de Isabel II que antes no teníamos, se va a prorrogar un convenio que es el mismo que tenía el Ayuntamiento y, como se ha considerado que el convenio del alcantarillado no era favorable para los intereses municipales, no se prorroga.

Sometida a votación la petición del Grupo Municipal Centrista, de dejar este punto sobre la mesa, ES RECHAZADA al resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo Municipal Popular y once (11) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por catorce

(14) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal popular y once (11) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista, ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar el Convenio de Colaboración entre la Comunidad de Madrid, el Canal de Isabel II y el Ayuntamiento de Majadahonda, relativo a la incorporación del Ayuntamiento de Majadahonda al futuro modelo de gestión del Canal de Isabel II, con una duración de 50 años a partir de la fecha de su entrada en vigor.

SEGUNDO.- Determinar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 a) de la Ley 2/2003, de 11 de Marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, que la firma de este Convenio Administrativo es competencia del Alcalde.

10.(10/12) APROBACIÓN DEL CONVENIO DE GESTIÓN INTEGRAL DEL SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA DE CONSUMO HUMANO A SUSCRIBIR

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CON LA COMUNIDAD DE MADRID Y EL CANAL DE ISABEL II. (11.5.1)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros documentos, constan los siguientes: A) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Concejal Delegado de

Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda, de 12-1-2012, constando el Vº Bº del Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad, cuyo texto es el siguiente:

“Visto que en fecha 12 de diciembre de 2011, mediante moción del Alcalde se insta la tramitación del expediente reglamentario de aprobación del Convenio de Gestión Integral del servicio de distribución de agua de consumo humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ilmo. Ayuntamiento de Majadahonda

Visto que figura en el expediente Borrador del Convenio

de Colaboración, donde se reflejan: el objeto, la vigencia del mismo, las características de las acciones a desarrollar, los derechos y obligaciones de cada una de las partes intervinientes y demás extremos del mismo.

Visto que en fecha 12 de Diciembre de 2011, se emite el

preceptivo Informe de la Secretaría General. Visto que en fecha 14 de Diciembre de 2011, se emite el

preceptivo Informe de la Intervención Municipal. Visto que en fecha 14 de Diciembre de 2011, se incorpora

Informe del Ingeniero de Caminos del Servicio de Urbanismo, en relación al Anexo I del referido Convenio.

Dado que en fecha 14 de Diciembre de 2011, se retiró del

Orden del Día de la Convocatoria a la sesión ordinaria de la Comisión de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, el punto 3 relativo al “Convenio de Gestión Integral del servicio de distribución de agua de consumo humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ilmo. Ayuntamiento de Majadahonda”, a fin de revisarlos y llevarlos posteriormente a un próximo Pleno.

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Habiéndose procedido a dicha revisión y vistos los demás

antecedentes documentales obrantes en el expediente, así como los informes emitidos y preceptos de legal aplicación propongo se eleve al Pleno de la Corporación, previo Dictamen favorable de la Comisión Informativa correspondiente el siguiente ACUERDO:

1º.- Aprobar el Convenio de de Gestión Integral del

servicio de distribución de agua de consumo humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ilmo. Ayuntamiento de Majadahonda, con una duración de cincuenta años a partir de la fecha de su entrada en vigor.

2º.- Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo

30.1 a) de la Ley 2/2003, de 11 de Marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, la firma de este Convenio Administrativo, será competencia del Alcalde.”

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Urbanismo, Medio Ambiente y Seguridad, de 19-1-2012, favorable.

Este punto se debatió conjuntamente con el punto 9 del orden del día, por lo que su debate figura en dicho punto.

Sometida a votación la petición del Grupo Municipal Centrista, de dejar este punto sobre la mesa, ES RECHAZADA al resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo Municipal Popular y once (11) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por catorce

(14) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal popular y once (11) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista, ACUERDA:

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PRIMERO.- Aprobar el Convenio de de Gestión Integral del servicio de distribución de agua de consumo humano entre la Comunidad de Madrid, Canal de Isabel II y el Ilmo. Ayuntamiento de Majadahonda, con una duración de cincuenta años a partir de la fecha de su entrada en vigor.

SEGUNDO.- Determinar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 a) de la Ley 2/2003, de 11 de Marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, que la firma de este Convenio Administrativo es competencia del Alcalde.

CONTROL DE LOS DEMÁS ÓRGANOS DE LA CORPORACIÓN CONFORME A LO PREVISTO EN EL ART. 46.2.E) DE LA LEY 7/85, DE 2 DE ABRIL 11.(11/12) DAR CUENTA DE LOS DECRETOS Y

RESOLUCIONES DICTADOS POR LA ALCALDÍA Y CONCEJALES DELEGADOS DEL NÚM. 2644/11 AL 2876/11, AMBOS INCLUSIVE.

El Sr. Secretario da cuenta del expediente integrado por fotocopia del Libro de Decretos y Resoluciones dictados por la Alcaldía y Concejales Delegados núms. 2644/11 al 2876/11 ambos inclusive. Todo ello al efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y consiguientemente ser conocidos por todos los miembros de la Corporación.

SE DA POR CUMPLIDO el trámite de dar cuenta de los Decretos y Resoluciones dictados por la Alcaldía y Concejales Delegados del núm. 2644/11 al 2876/11, ambos inclusive. 12(12/12) DAR CUENTA DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS

POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EN LAS SESIONES DE 5, 12, 19 Y 26 DE DICIEMBRE DE 2011.

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SE DA POR CUMPLIDO el trámite de dar cuenta de los acuerdos aodptados por la Junta de Gobierno Local en las sesiones de 5, 12, 19 y 26 de diciembre de 2011.

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13. PROPOSICIONES NO URGENTES O MOCIONES ORDINARIAS:

13.1(13/12) MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO

MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES PARA LA CREACIÓN DE HUERTOS URBANOS (4.1.7).

Se da cuenta de la Moción presentada por la Viceportavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sra. García Gallo, que ha tenido entrada en el Registro General el 18-1-2011, nº 1053, cuyo texto es el siguiente: “En el momento actual de crisis ambiental son necesarios nuevos procesos de recuperación del espacio urbano que mejoren la sostenibilidad integral de las ciudades, tanto a nivel ecológico como relacional. Los huertos urbanos responden a este requerimiento siendo instrumentos útiles en la rehabilitación urbana ecológica; tienen influencia tanto en los aspectos sociales como ambientales, y permiten reconquistar espacios verdes entre edificios aprovechando espacios infrautilizados. Además, responden a nuevas necesidades de ocio y de recuperación del contacto con la naturaleza; reconociéndose el aumento de la calidad de vida que supone tener acceso a alimentos frescos, ecológicos y de calidad. Estos huertos tienen una larga tradición en países del norte de Europa, o en ciudades como Londres o Berlín. En los últimos años estamos viviendo un proceso de redescubrimiento en numerosos municipios de nuestro país, que están llevando a cabo proyectos de esta naturaleza con notable éxito. En ciudades como Barcelona y Sevilla estas experiencias han sido pioneras y están recibiendo un importante apoyo institucional; también en poblaciones madrileñas, especialmente del corredor del Henares, se está apostando por este tipo de iniciativas. El campo está entrando en la ciudad de la mano de los urbanistas. En Majadahonda, la agricultura tradicional ha sido un sector estratégico durante décadas. Para muchas generaciones ha sido la principal fuente de abastecimiento alimenticio y sustento económico familiar, aunque haya ido desapareciendo con el proceso de crecimiento de la ciudad.

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Nuestro municipio cumple con los parámetros sociales y ambientales para fomentar este tipo de experiencias de huertos urbanos y ocio a pequeña escala. Debido a esto, consideramos que es factible, y sin duda beneficioso, un proyecto de estas características en Majadahonda, que ponga a disposición de los vecinos interesados parcelas de titularidad municipal, provea de una formación mínima a los adjudicatarios y, tras la regulación del uso necesaria, se desarrollen prácticas de agricultura ecológica durante un periodo de tiempo determinado. Por todo ello el grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes presenta la siguiente MOCIÓN: Primero.- Que los Servicios Técnicos del Ayuntamiento realicen un informe sobre las parcelas de titularidad pública que cumplan los requisitos técnicos y legales compatibles con un proyecto de huerto urbano. Segundo.- Que el Ayuntamiento de Majadahonda ponga a disposición y acondicione las parcelas necesarias para el desarrollo de la agricultura ecológica, dirigida a la producción de alimentos ecológicos para el autoconsumo. Tercero.- Que se abra un proceso abierto de regulación y adjudicación de las parcelas a todos los vecinos y vecinas del municipio que estén interesados en participar en el proyecto. Cuarto.- Que el Ayuntamiento de Majadahonda dé la formación necesaria para los usuarios de los huertos y, aprovechando su funcionamiento, educación ambiental especialmente dirigida a la población escolar.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Áreas y Servicios de 18-1-2012, favorable.

La Viceportavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sra. García Gallo, indica que esta Moción va dirigida a la creación de huertos ecológicos para tratar de recuperar espacios infrautilizados y convertirlos en zonas verdes en las que los vecinos interesados puedan practicar la agricultura ecológica y de esa forma se

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podría conseguir, poco a poco, una Majadahonda más sostenible y verde realizando una actividad que está teniendo mucha aceptación por los vecinos y mucho éxito en otros municipios de la Comunidad de Madrid.

Sigue diciendo que hace unas semanas se pudo ver a la Sra.

Presidenta de la Comunidad de Madrid y a la Consejera de Medio Ambiente, dando publicidad en la televisión del Metro de la inauguración de los huertos urbanos del Corredor del Henares y hablando de los beneficios innegables de la agricultura ecológica y de tener acceso a alimentos de calidad y además ambas mostraron su apoyo decidido al fomento de este tipo de agricultura en la Comunidad de Madrid tal y como se prevé en el Plan Regional de Desarrollo Rural 2007-2013.

Indica que Majadahonda es un lugar privilegiado para seguir

esta política y poner las parcelas que determinen los Servicios Técnicos Municipales, a disposición de los vecinos para que, en un periodo de tiempo determinado que dependerá de la demanda, puedan realizar agricultura ecológica y, por tanto, tener acceso a alimentos ecológicos, actividad beneficiosa no solo para los vecinos sino también para la sostenibilidad de Majadahonda y del medio ambiente.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

indica que esta moción, en principio, le parece bien pero lo que ve complicado es llevarla a cabo y cree que solo podría hacerse si estos huertos urbanos tuvieran mucha demanda y se creara una asociación para controlarlos.

Sigue diciendo que no sabe cómo se podrían adjudicar estos

huertos, si pagarán por ello o cómo se realizará la formación desde el Ayuntamiento, etc. y piensa que quizá fuera mejor crear una comisión para estudiar la posibilidad de realizar esta actividad y, una vez estudiado, ver si es posible realizarla o no y estudiar dónde se pueden instalar, cuándo y cómo.

Indica que esta idea es buena pero su Grupo se va a abstener en

esta votación a no ser que el equipo de gobierno explique cómo piensa hacer estos huertos urbanos y dónde, cómo se va a dar la formación que necesiten los usuarios y cómo se van a acondicionar las parcelas.

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Termina su intervención diciendo que su Grupo estará de acuerdo, si se acepta su propuesta, de estudiar, entre todos los grupos municipales, todas las cuestiones que ha planteado pero, si no se acepta, se abstendrá esperando conocer lo que pasa.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, indica que su Grupo está de acuerdo con la realización del estudio de viabilidad de los huertos urbanos que se proponen.

Sigue diciendo que existen multitud de huertos de ocio en toda

la Comunidad de Madrid, unos de titularidad municipal y otros de titularidad privada. Añade que, por ejemplo, en Alcorcón, los huertos son de titularidad privada y se cobra a los usuarios la cantidad de 65 euros por 100 m2. Aclara que los huertos de ocio de titularidad municipal gestionados por la Comunidad de Madrid como el del Centro de Educación Ambiental Caserío del Henares, tienen lista de espera.

Considera que actualmente la tendencia es buscar esta forma de

ocio que sería una buena oportunidad para favorecer un encuentro inter-generacional y dice esto porque todos saben que en Majadahonda hay muchos abuelos que antes tenían un huerto, incluso hay uno que lo sigue teniendo, y cree que toda esa experiencia de la gente del campo se podría aprovechar para ayudar a los jóvenes a los que les interesa conocer esta forma de ocio que también podría ser familiar y social y, bien estudiado, quizá se podría utilizar alguna zona para que fuera utilizada por los colegios como educación ambiental.

Termina su intervención aclarando que para su Grupo estos

huertos urbanos son una buena idea por lo que está de acuerdo en tomarlos en consideración.

La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de

Oca, aclara que su Grupo va a votar a favor de esta Moción porque su programa electoral también recogía la puesta en marcha de programa al aire libre que permita recuperar el contacto con la naturaleza cediendo terreno para crear los huertos urbanos.

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Termina su intervención diciendo que se trata de aprender y compartir espacios, conocimientos y cosechas con vecinos/as, personas interesadas de todos los lugares, géneros y edades porque no se trata de un tema reservado para un determinado grupo de personas sino de crear una interzona en lo ecológico y lo social y además cree que genera ciudadanía.

El Concejal Delegado de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza,

Sr. García, indica que parte de la base de que, conceptualmente, los proyectos de huertos urbanos son iniciativas loables y que gustan al equipo de gobierno pero el modelo que se plantea en esta Moción no coincide con el suyo.

Sigue diciendo que el equipo de gobierno en estos momentos

está desarrollando, con el Hospital Puerta de Hierro, un proyecto conjunto para trabajar los diferentes espacios de jardines que tienen, tanto exteriores como interiores, para que los vecinos, con carácter voluntario, puedan aportar plantas lo que iría en la línea que se plantea de huerto urbano (paisajismo, jardinería o huerto). Aclara que ese modelo que se está gestionando, estaría acotado en el espacio, no supondrá ningún coste para el Ayuntamiento puesto que se hace en colaboración con el Hospital y además permite satisfacer la demanda y la ambición hortelana que tienen vecinos de Majadahonda.

Reitera que este modelo que propone el equipo de gobierno, no

supondrá ningún coste y además se pone a disposición de los vecinos interesados un espacio viable, aunque no es público municipal, para este tipo de iniciativas e invita a todos los corporativos a que lo conozcan y participen en esta iniciativa.

Aclara que el proyecto ha comenzado con una primera iniciativa

denominada “plantar tus raíces” y que consiste en que los padres de cada niño nacido en este Hospital pueden plantar un árbol en el bosque que hay justo al lado, iniciativa que es solo un primer avance pero el equipo de gobierno está trabajando con mucha voluntad porque cree firmemente en este proyecto y en generar unas condiciones de voluntariado para que todos los vecinos puedan participar de esa experiencia.

Termina su intervención diciendo que este proyecto sería el

cauce adecuado y además encaja mucho mejor con el modelo de

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ciudad del que queremos dotarnos en Majadahonda y por ello el equipo de gobierno, aunque está de acuerdo con el concepto de huerto urbano ecológico, va a votar en contra de esta Moción porque el modelo del Partido Popular no coincide con el que se propone aunque invita al Grupo Izquierda Unida-Los Verdes a que participe.

La Viceportavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los

Verdes, Sra. García Gallo, indica que en el punto tercero de esta Moción se pide que se abra un proceso abierto de regulación y adjudicación de las parcelas a todos los vecinos para, entre todos, determinar cómo puede funcionar este modelo de gestión una vez que los servicios técnicos municipales hayan determinado las parcelas que podrían utilizarse.

Sigue diciendo que ésta es la primera noticia que su Grupo ha

recibido sobre la iniciativa que se pretende realizar en el Hospital Puerta de Hierro y no sabe por qué el equipo de gobierno no ha considerado interesante informar de ello con anterioridad. Aclara que conoció por prensa el proyecto “plantar tus raíces” pero piensa que el modelo de huerto urbano que se propone en esta Moción no tiene nada que ver con plantar un árbol porque cada niño que nace.

Pregunta si la iniciativa a realizar en el Hospital Puerta de

Hierro va a ser gestionado por la Comunidad de Madrid para todos los usuarios del Hospital o por este Ayuntamiento para todos nuestros vecinos.

Añade que esta iniciativa está en la misma línea que la última

política llevada a cabo por el Hospital Puerta de Hierro y es que en el ambulatorio ya no se necesita aparato de rayos X o especialidades porque todas están en ese Hospital y parece que ahora tampoco se van a necesitar huertos urbanos porque se van a hacer también en ese hospital.

Termina su intervención diciendo que desconoce el proyecto

que se quiere llevar a cabo en el Hospital Puerta de Hierro aunque podría estar bien y cree que incluso encaja en la Moción que su Grupo ha presentado porque, si los servicios técnicos municipales informaran de que la mejor parcela que hay en Majadahonda para hacer los huertos urbanos está en el Hospital Puerta de Hierro, su

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Grupo estaría de acuerdo porque, reitera, el proyecto del equipo de gobierno encaja con la Moción que ha presentado.

Sometida esta Moción a votación, QUEDA RECHAZADA al

resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo Municipal Popular, nueve (9) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia e Izquierda Unida y dos (2) abstenciones correspondientes al Grupo Municipal Centrista.

13.2(14/12) MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO

MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES INSTANDO A QUE SE REGULE LA DACIÓN EN PAGO Y OTRAS MEDIDAS PARA EVITAR LOS DESAHUCIOS POR MOTIVOS ECONÓMICOS (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por el Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, que ha tenido entrada en el Registro General el 19-1-2012, nº 1123, cuyo texto es el siguiente: “Con el estallido de la crisis y el aumento del paro, centenares de miles de familias han llegado a una situación límite que no les permite cubrir sus necesidades más básicas. Según los datos del Consejo General del Poder Judicial, en el año 2007 hubo 25.943 ejecuciones hipotecarias, en el 2008; 58.686, en el 2009; 93.319, habiendo previsiones que entre 2011 y 2012 se podría llegar a la cifra de 500.000. Conforme a la vigente ley, si en estas ejecuciones hipotecarias la subasta queda desierta (cosa que en el actual contexto sucede en más del 90% de los casos), la entidad bancaria puede pedir la adjudicación del bien por el 60% del valor de tasación y seguir reclamando el pago de la deuda restante, más intereses y costas judiciales, a las personas en situación de insolvencia, mediante el embargo de nóminas, cuentas, etc., así como embargos a los avalistas. Es decir, además de perder su hogar, miles de familias se

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enfrentan a una condena financiera de por vida que se traduce en una condena a la exclusión social y la economía sumergida. Esta legislación que permite que las entidades financieras se adjudiquen las viviendas por el 60% del valor de tasación no solo es anómala y no tiene comparativa con las legislaciones de otros países de nuestro entorno, sino que además era desconocida para la mayoría de las familias cuando firmaron los contratos. Hecho que se suma a la publicidad engañosa con la que se comercializaron la mayoría de esas hipotecas, a la sobrevaloración en las tasaciones y al lenguaje de difícil comprensión utilizado en los contratos que ahora se descubre que, en muchos casos, escondía todo tipo de cláusulas abusivas, como son las cláusulas suelo. Desde IU-LV consideramos inadmisible e injusto que en un Estado social y democrático de derecho, todas las consecuencias de la crisis recaigan sobre la parte más vulnerable y en cambio las entidades financieras, en buena medida responsables de la crisis, reciban ayudas millonarias, sin tener que asumir ninguna responsabilidad y mientras siguen ingresando ingentes beneficios anuales. Al mismo tiempo, en la actualidad quien se ve forzado a desprenderse de su vivienda debe además abonar el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana o plusvalía municipal, que se aplica a la diferencia entre el valor del suelo desde que se adquirió hasta que se enajena. Es decir, se da la contradicción de que la plusvalía municipal es un impuesto sobre las ganancias obtenidas por la transmisión de inmuebles cobrado, en este caso, a personas que no obtienen beneficio alguno. En el actual escenario económico y ante la negativa de reformas legales, son pocas las alternativas que les quedan a las familias en la negociación con las entidades financieras ante una morosidad de sus deudas. Por ello, es de justicia al menos neutralizar el impacto fiscal que supone para las familias deudoras la pérdida de la vivienda, con el pago de la plusvalía o el posible incremento patrimonial a liquidar en el IRPF. La gravedad de la situación en la que se encuentran estas familias hace urgente tomar medidas también desde los municipios. Los efectos dramáticos se concretan en el ámbito municipal, puesto que es a los ayuntamientos a donde se dirigen mayoritariamente las

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personas y familias afectadas en busca de ayuda. Así, los ayuntamientos se convierten en doblemente perjudicados; en primer lugar porque se vulneran los derechos fundamentales de sus ciudadanos; en segundo lugar, porque en plena crisis, cuando los recursos son más escasos que nunca, reciben todas las peticiones de ayuda de las familias empobrecidas. Por todo ello, el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes presenta la siguiente MOCIÓN: 1. Instar al Gobierno Central a que, tal y como viene proponiendo

la Plataforma de Afectados por la Hipoteca y otras organizaciones sociales, apruebe una modificación de la regulación hipotecaria que incluya la figura de la dación en pago, de manera que, en los casos de residencia habitual, si el banco ejecuta la hipoteca y se queda con la vivienda, la totalidad de la deuda (principal, más intereses y costas judiciales) quede liquidada, tal y como sucede en otros países de la UE o en EEUU.

2. Instar al Gobierno central a aprobar una moratoria o implementar las medidas necesarias para paralizar los desahucios hipotecarios de las familias en situación de insolvencia sobrevenida e involuntaria. Para los desahucios ya producidos, que se aprueben con carácter urgente medidas destinadas a que los miles de pisos vacíos acumulados por las entidades financieras como consecuencia de esos embargos sean puestos inmediatamente a disposición de las familias desahuciadas y sin recursos en régimen de alquiler social, no superando nunca el 30% de la renta familiar disponible.

3. Instar al Gobierno central a que estudie una posible

modificación de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, para que en las transmisiones realizadas en subasta pública, notarial, judicial o administrativa y en las adjudicaciones del bien inmueble a la entidad financiera en pago de la deuda prestada para su adquisición, tenga la consideración de sujeto pasivo sustituto, la persona física o jurídica o las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2.03, de 17 de diciembre, General Tributaria, que adquiera el inmueble. Hacienda que, en ningún caso, se pueda repercutir la cuota del impuesto al contribuyente.

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4. Crear una comisión especial mixta en la que participen representantes del Pleno municipal y de las asociaciones de afectados, vecinales y otras organizaciones sociales conocedoras de la problemática para estudiar las medidas a emprender a nivel mundial para paralizar los desahucios. El objetivo principal será buscar alternativas que eviten los desahucios por motivos económicos y, en los casos que no sea posible, garantizar el realojo digno de las familias afectadas. Asimismo se estudiarán medidas destinadas a eximir del pago del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana a los afectados.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda de 19-1-2012, favorable.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que la enorme crisis económica que está sufriendo España y el resto del mundo, está trayendo unas consecuencias bastante dramáticas y a los 5 millones de parados hay que sumar otras consecuencias como son los procesos de ejecuciones hipotecarias porque algunas personas no pueden pagar las hipotecas de sus viviendas.

Sigue diciendo que en el año 2007 hubo casi 26.000 ejecuciones hipotecarias, en 2008 casi 60.000, en 2009 unas 90.000 y hay previsiones de que en 2011 y 2012 se puede llegar a 500.000 personas desahuciadas por no hacer frente al pago de la hipoteca de la vivienda. Aclara que, con la ley actual, en esas ejecuciones hipotecarias cuando la subasta queda desierta, lo que suele ocurrir en el 90% de los casos, la entidad financiera puede quedarse con la vivienda por un valor de tasación de hasta el 60%. Indica que su Grupo entiende que esta situación obliga a adoptar medidas porque es inadmisible que con esta crisis vayan a seguir debilitados, como siempre, los más débiles mientras que a las entidades bancarias se les han inyectado ayudas económicas. Manifiesta que otras de las graves consecuencias que tiene este tema, a nivel municipal, es que las Plusvalías recaen sobre la persona desahuciada por lo que tiene que pagar por la transmisión de la

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vivienda una persona que no va a disfrutar de ella y además hay que tener en cuenta que en Majadahonda el impuesto de Plusvalías es muy elevado. Termina su intervención diciendo que lo que se pretende con esta Moción es que se adopten cuatro tipos de medidas, de las cuales tres no corresponden a este Ayuntamiento sino que son para instar al Gobierno central a que, como proponen organizaciones sociales y la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, apruebe una modificación de la regulación hipotecaria que incluya la figura de dación en pago, figura que ya existe en otros países de la Unión Europea y en Estados Unidos; también se pide que apruebe una moratoria o implementar las medidas necesarias para paralizar los desahucios hipotecarios de las familias en situación de insolvencia sobrevenida e involuntaria y a que estudie una posible modificación de la Ley de Haciendas Locales para que, en el caso de las Plusvalías, el Ayuntamiento no pierda dinero por eximir de su pago sino que sea la entidad bancaria la que figure como sujeto pasivo sustituto al ser la que va a disfrutar del bien y también se pide que, a nivel municipal, se cree una comisión especial mixta en la que participen representantes municipales, asociaciones de afectados, de vecinos y otras organizaciones sociales conocedoras de la problemática para estudiar posibles medidas a emprender para paliar, en lo posible, estos desahucios adoptando medidas como eximir o bonificar el pago de las Plusvalías a las personas afectadas, realizar labores de mediación con las entidades bancarias y otra serie de medidas. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que esta Moción consta de varios apartados distintos y a su Grupo le hubiera gustado que se hubieran presentado de forma separada porque con algunos de esos apartados está de acuerdo pero otros los ve complicados de llevar a cabo. Aclara que su Grupo está de acuerdo con que tiene que estudiarse que la dación en pago de las viviendas sea una realidad porque no tiene sentido que, en un momento determinado se realice la tasación de una vivienda, después el precio de la misma baje, el propietario tenga una deuda y quieran cobrar por la vivienda el precio por el que inicialmente fue tasada y el banco solo le dé el 60%.

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Manifiesta que esto no tiene sentido porque si el mismo banco que concede a un particular un crédito para una hipoteca, invirtiera en unas acciones de, por ejemplo, Lehman Brothers, se hubiera quedado sin ellas y no entiende por qué no ocurre lo mismo cuando es una vivienda la que no se paga porque en este caso el propietario tiene que asumir la deuda completa. Aclara que para su Grupo esto es un negocio y el banco en unas ocasiones puede ganar pero en otras también puede perder y por ello considera que la dación en pago terminará siendo una realidad porque lo que ocurre actualmente es abusivo. Sigue diciendo que su Grupo no ve claro que para los desahucios que ya se han producido, y para los que se aprueben con carácter urgente, se adopten medidas destinadas a que los miles de pisos vacíos acumulados por las entidades financieras como consecuencia de esos embargos, sean puestos de forma inmediata a disposición de las familias desahuciadas y sin recursos, en régimen de alquiler social que nunca superará el 30% de la renta familiar disponible y no lo ve claro porque, desde el punto de vista de su Grupo, es difícil exigirlo a las entidades bancarias y solo podría hacerse si la ley lo determina así. Continúa diciendo que en otra parte de esta Moción se determina que se estudiarán medidas destinadas a eximir del pago del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, a los afectados por los desahucios y su Grupo cree que la ley no contempla esa exención concreta y las que sí se contemplan se refieren a que los herederos de las personas fallecidas puedan gozar de una bonificación en dicho impuesto. Termina su intervención reiterando que si esta Moción solo tuviera el apartado que se refiere a la entrega de la vivienda como dación de pago, su Grupo votaría a favor pero, como no ve claros otros apartados, se va a abstener en esta votación reiterando que está de acuerdo en que sea suficiente con que el banco se quede con la vivienda para hacer frente al pago de la deuda que el particular mantenga con la entidad bancaria. El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, indica que su Grupo se va a abstener en esta Moción porque, a pesar de compartir una parte del contenido de la

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misma, su Grupo Parlamentario en el Congreso de los Diputados ha presentado una proposición de ley que recoge algunos aspectos que no se adecúan a los presentados en esta Moción por Izquierda Unida-Los Verdes y además considera que el Pleno de este Ayuntamiento no es el foro adecuado para debatir esas diferencias y por ello precisamente Unión Progreso y Democracia ha presentado una Moción que se tratará en un siguiente punto en la que se plantea la adopción de una serie de medidas que sí son de competencia municipal y que por ello, si se quisiera, sí podrían ser asumidas por este Ayuntamiento. Termina su intervención aclarando que, por los motivos que ha expuesto, su Grupo se va a abstener en la votación de esta Moción porque, aunque está de acuerdo con parte de su contenido sobre todo en la que se refiere a decisiones a adoptar por este Ayuntamiento, no comparte otra parte y prefiere que sea discutida en el Parlamento Nacional que es el competente para adoptar las medidas que se proponen. El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez Maillo, indica que su Grupo, más allá de tener alguna pequeña discrepancia formal o de matiz en el texto de esta Moción, cree que tiene todo el sentido en el momento actual y por ello va a votar a favor. Sigue diciendo que le hubiera gustado que todos los grupos municipales hubieran podido alcanzar algún acuerdo sobre las mociones que se han presentado por Izquierda Unida-Los Verdes y Unión Progreso y Democracia porque considera que ambas tratan básicamente del mismo tema pero, reitera, su Grupo va a votar a favor de las dos, especialmente en lo que se refiere a la figura de la dación en pago y también de la creación, en este Ayuntamiento, de una comisión especial mixta con vecinos y asociaciones que pueda evaluar todos los casos de desahucio que se vayan produciendo en Majadahonda. Termina su intervención indicando que el punto 4 de la parte propositiva de la Moción de Izquierda Unida, es especialmente importante porque este Ayuntamiento tiene que estar presente en los ciudadanos y los ciudadanos tienen que estar presentes en este municipio y en esta institución y de esa forma se daría seguimiento a todas las situaciones dramáticas que se están produciendo en

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Majadahonda y por ello, reitera, va a votar a favor de las Mociones que se han presentado. La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra. Menéndez, indica que el equipo de gobierno va a votar en contra porque en los tres primeros apartados de la parte propositiva de la Moción presentada por Izquierda Unida-Los Verdes se pide instar al Gobierno Central pero desea dejar clara la sensibilidad del equipo de gobierno con todos los desfavorecidos económicamente en este municipio. Sigue diciendo que instar al Gobierno Central para que cambie la Ley Hipotecaria es, en estos momentos, absurdo porque todos saben que ya hay un grupo trabajando en la reforma de dicha ley. A continuación manifiesta su duda de que el Gobierno central pueda aprobar una moratoria para paralizar los desahucios porque son de competencia judicial y además cree que no es prudente instar al Gobierno para que vaya en contra de una sentencia judicial. Aclara que la Federación Española cuenta con grupos que están trabajando en la realización de la modificación de la Ley de Haciendas Locales. En cuanto a la creación de una comisión mixta para que participen representantes del Pleno y de otras organizaciones para estudiar las medidas a emprender, a nivel municipal, para paralizar los desahucios, manifiesta que este Ayuntamiento no tiene competencias para evitar los desahucios aunque sí es cierto que se trabaja, a través de la Concejalía de Servicios Sociales, para ayudar a todas las personas que se encuentran en una mala situación económica tengan o no vivienda lo que se puede comprobar en la Memoria que ha realizado esa Concejalía en la que constan el número de familias desfavorecidas que han sido ayudadas. Termina su intervención diciendo que, en estos momentos, el equipo de gobierno no va a entrar a valorar si los bancos deben poner a disposición de los afectados la vivienda en régimen de alquiler social.

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El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que su Grupo cree que la propuesta que ha realizado es adecuada porque sigue pensando que los ayuntamientos son los que atienden a las personas desfavorecidas, a las víctimas de exclusión social, etc. y también debemos velar por los intereses de los vecinos. Sigue diciendo que ha leído la Memoria de la Concejalía de Servicios Sociales y conoce el número de personas a las que se han atendido pero también ha visto que este Ayuntamiento solo tiene dos pisos para atender las situaciones de emergencia social. Aclara que, desde el punto de vista de su Grupo, este Ayuntamiento puede tomar muchas medidas aunque sabe que la Ley de Haciendas Locales no permite generar bonificaciones especiales para ese tipo de situaciones y por ello ha planteado la creación de esa comisión mixta para que se puedan estudiar otro tipo de medidas para paliar, en cierto forma, la situación que se está produciendo. Añade a continuación que su Grupo espera que la Federación Española de Municipios y Provincias realice una estupenda nueva Ley de Haciendas Locales que permita a los ayuntamientos adoptar medidas como la del impuesto de Plusvalías a la que se ha referido anteriormente y otras muchas más. Termina su intervención reiterando que su Grupo sigue defendiendo que es urgente la dación en pago y por ello ha presentado esta Moción. Sometida a votación esta Moción, QUEDA RECHAZADA al resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo Municipal Popular, seis (6) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Socialista e Izquierda Unida y cinco (5) abstenciones correspondientes a los Grupos Municipales Unión Progreso y Democracia y Centrista.

13.3(15/12) MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES PARA LA RETRANSMISIÓN ÍNTEGRA DE LOS PLENOS INCLUIDO EL

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TURNO DE RUEGOS Y PREGUNTAS DE LOS VECINOS (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por el Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, que ha tenido entrada en el Registro General el 19-1-2012, nº 1124, cuyo texto es el siguiente: “En el Pleno municipal celebrado el día 29 de junio de 2011 se aprobó por unanimidad la moción presentada por el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes para que los plenos se retransmitieran íntegramente y en directo, a través de la página web institucional del Ayuntamiento con el objetivo de facilitar el acercamiento de la gestión municipal a la ciudadanía. Ya se ha procedido a la aprobación inicial de la modificación del Reglamento orgánico para adecuarlo a las retransmisiones del Pleno a través de la página Web Municipal. Las “emisiones en pruebas”, no han recogido los turnos de ruegos y preguntas de los vecinos, algo que ha suscito quejas de algunos asistentes al pleno, y también de quienes lo han visionado vía web. Ante la aprobación inicial del Reglamento municipal, el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes, presentó una sugerencia para que se contemplara esta reivindicación vecinal, sugerencia que todavía no ha recibido respuesta. El turno de ruegos y preguntas es un derecho de los vecinos y vecinas reconocido y regulado en el artículo 79 del Reglamento Orgánico. Y si bien pudiera considerarse que no forma parte expresamente del Pleno Municipal, consideramos que goza de la suficiente importancia e interés como para que sea incluido en la retransmisión del Pleno. Por todo ello, el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes presenta, para su aprobación por el Pleno, la siguiente MOCIÓN: Que se incluya el turno de ruegos y preguntas de los vecinos y vecinas dentro de la retransmisión de los plenos vía web.”

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Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda, de 19-1-2012, favorable.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que esta Moción ha surgido al transformar una sugerencia que realizó en la aprobación de la modificación del Reglamento Orgánico por las quejas de algunos vecinos que seguían la retransmisión del Pleno vía web y que comprobaron que no se retransmite justamente la parte del Pleno en la que los vecinos intervienen.

Aclara que esa propuesta era que se estudiara la forma de incluir

en la retransmisión del Pleno vía web, el turno de ruegos y preguntas de los vecinos y, como esa propuesta no fue contestada, ha presentado esta Moción aunque justamente ayer recibió la contestación pero ,al ser muy extensa y con contenidos jurídicos importantes, no ha tenido tiempo suficiente para estudiarla con detalle pero cree que para hacer lo que se está pidiendo se necesitaría simplemente voluntad política porque bastaría con obtener, en la puerta de acceso al Salón de Plenos, el consentimiento de los vecinos que asisten a la sesión para que sean grabados.

Termina su intervención diciendo que su Grupo entiende que

pueden existir dificultades y de que se trata, fundamentalmente, de voluntad política y por ello ha planteado esta Moción.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que está de acuerdo con esta Moción aunque entiende que puede existir algún problema si alguien ciudadano asistente no quiera que se retransmita lo que está diciendo pero piensa que eso podría resolverse realizando dos turnos de intervenciones de los vecinos, uno con los ciudadanos que quieran que se retransmitan sus ruegos y preguntas y otro turno con los que no quieren ser retransmitidos. Termina su intervención reiterando que su Grupo está de acuerdo con lo que se solicita en esta Moción y por ello va a votar a favor.

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La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que no debería haber ningún impedimento para retransmitir los ruegos y preguntas de los vecinos y dice esto porque cree que se podrían soslayar, si hay voluntad, todos los problemas que pueda suponer la Ley de Protección de Datos. Sigue diciendo que, de momento, los ruegos y preguntas de los vecinos es la única forma en la que éstos pueden participar, de forma directa, en el Ayuntamiento y con sus representantes y por ello no considera correcto que se hurte la posibilidad de oír lo que los vecinos quieran decir. Termina su intervención reiterando que su Grupo va a votar a favor de esta Moción y considera que la Ley de Protección de Datos no debe ser un pretexto para no conseguir que este Ayuntamiento sea transparente y participativo. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica que su Grupo también está de acuerdo con esta Moción aunque le gustaría que Izquierda Unida-Los Verdes concretara si está dispuesto a admitir lo que ha indicado la Portavoz del Grupo Centrista en el sentido de que los vecinos que no quieran aparecer en la retransmisión vía web, tengan la posibilidad de no hacerlo. Termina su intervención aclarando que este tema también figuraba en su programa electoral e insiste en que su Grupo está totalmente de acuerdo con la transparencia y por ello va a votar a favor. La Concejal Delegada de Participación Ciudadana, Comunicación y Urbanizaciones, Sra. Nistal, indica que, como todos saben, los Plenos Municipales se retransmiten, desde el paso mes de noviembre, en directo aunque en pruebas y se hace así porque el Partido Popular adquirió un compromiso con los ciudadanos para adaptar este Ayuntamiento a las nuevas tecnologías y para ofrecerles una administración local más eficaz y transparente. Sigue diciendo que es cierto que el Grupo Izquierda Unida-Los Verdes, tiene en su poder el informe que ha remitido su Concejalía por el que se exponen, de forma amplia, los argumentos legales por los

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que no es viable retransmitir los ruegos y preguntas de los vecinos, argumentos que hacen referencia, de forma especial, al respeto de las garantías derivadas del denominado “principio de calidad de los datos” que reconoce el artículo 4 de la Ley Orgánica de Protección de Datos. Aclara al Grupo Unión Progreso y Democracia, que el equipo de gobierno no se acoge a esta ley como pretexto sino porque tiene la obligación de cumplirla. Manifiesta que todos los ciudadanos pueden intervenir en el Pleno cuando el Sr. Presidente cierra la sesión plenaria y lo pueden hacer porque es voluntad del equipo de gobierno pero recuerda que nuestro Reglamento Orgánico recoge que las personas que quieran intervenir en el Pleno sobre temas que se vayan a tratar, deberían presentar, con una antelación de 24 horas, un escrito indicando la pregunta que quieren realizar. Continúa diciendo que, desde su punto de vista, la actitud del equipo de gobierno demuestra una total transparencia y también que está totalmente dispuesto a atender y escuchar siempre a los vecinos pero cree que la finalidad de la grabación y la difusión de las sesiones plenarias es acercar el debate y las decisiones políticas y para esa finalidad no es necesario incluir los datos personales de los ciudadanos, sobre todo si la difusión de dichos datos está regulada y existen otros canales para ello. Termina su intervención indicando que en esta Moción se pide la retransmisión íntegra de los Plenos y el equipo de gobierno va a votar en contra lo que todos saben que se está haciendo e incluso se reconoce, en el párrafo cuarto de esta Moción, que los ruegos y preguntas de los ciudadanos no forman parte del Pleno. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que lo que se pide en esta Moción es que se incluya el turno de ruegos y preguntas de los vecinos en la retransmisión de los Plenos vía web y lo pide así porque entiende que la parte del Pleno que se refiere a los ruegos y preguntas de los vecinos, tiene suficiente interés vecinal.

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Sigue diciendo que su Grupo va a aceptar la propuesta que ha realizado el Grupo Centrista porque cree que no se debe obligar a ningún vecino a que salga en la retransmisión y, para evitarlo, se podrían buscar soluciones y también para que la retransmisión que se haga se adapte a la Ley de Protección de Datos. Termina su intervención aclarando que siente que el equipo de gobierno no entienda la postura de su grupo respecto a este tema aunque va a seguir insistiendo en ello. El Sr. Presidente aclara que se trata simplemente de cumplir las leyes. Sometida a votación esta Moción, QUEDA RECHAZADA al resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo Municipal Popular y once (11) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista.

13.4(16/12) MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA SOBRE ADOPCIÓN DE MEDIDAS PARA LA READECUACIÓN DEL PARQUE “CERRO DEL AIRE” (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por el Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura, que ha tenido entrada en el Registro General el 19-1-2012, nº 1162, cuyo texto es el siguiente: “Se trata de una moción que está compuesta de dos peticiones que convergen en una actuación tendente a: • Mejorar y completar las prestaciones mínimas que deben

exigirse al respecto de la creación de elementos que permitan a los ciudadanos el uso y disfrute máximo del entorno público y el medio ambiente cercano.

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• Mejorar el mantenimiento de los mismos así como solicitar el cumplimiento de los compromisos y promesas que en este caso concreto obliga al equipo de gobierno del Partido Popular.

Existe en Majadahonda un magnífico parque urbano, “Cerro

del Aire” muy utilizado por los vecinos, en el que los niños, sus padres y los animales domésticos comparten en casi perfecta armonía este oasis de aire libre. En el lugar existen aún los restos de un antiguo y pequeño parque de atracciones “Planeta Welby” de infausto recuerdo para las arcas del Ayuntamiento, pero que nos ha dejado en herencia algunos restos de antiguas instalaciones que en su estado actual de conservación representan un peligro, al tiempo que una tentación, para pequeños, jóvenes y mayores.

Existe un mini golf que se encuentra vallado, e inutilizado para su uso legal. En el interior de este recinto vallado, las vallas están rotas y las puertas reventadas, se encuentran las arquetas abiertas, cristales rotos de antiguos botellones, un pequeño estanque de aguas estancadas, ya con numerosa basura y piedras, latas y botes. Este conjunto visible perfectamente desde el paseo de entrada al parque, no solo da una sensación de abandono y desidia por parte del Ayuntamiento, sino que representa un peligro para los aventurados que se internan en el mismo para jugar, beber o refugiarse. Además existen pocas farolas públicas y huerta a los vecinos de un recinto en el que se podría desarrollar la actividad para la que fue diseñado solo con un pequeño arreglo y su mantenimiento. También existen en el parque, fuera del mini golf un estanque que también se encuentra en un estado de abandono, sin protecciones en las orillas y sucio, lleno de lodo y algas, una antiguas perreras, también rodeadas de alambradas pero con las mismas agujereadas y peligrosas, carteles arrancados y papeleras por el suelo. Todo esto genera una impresión paupérrima de este entorno público, además de representar un peligro latente para los numerosos niños que acuden a disfrutar los conjuntos de juegos infantiles que se encuentran en la zona. Además hay una zona cubierta de otra antigua instalación y que podría adaptarse como instalación deportiva, que dada la escasez de instalaciones de este tipo en nuestro municipio sería muy bien recibida por los vecinos.

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También en este parque se encontraba un antiguo frontón, muy utilizado por los ciudadanos, en el que se practicaban diferentes deportes de pelota y era muy utilizado por los ciudadanos, y que debido a unos desperfectos que aparecieron en el mismo, se demolió con la promesa del equipo de gobierno de reconstruirlo. Este compromiso fue adquirido en un pleno celebrado el 29 de abril de 2008, ante un ruego del representante del PSOE. Por todo ello, desde el Grupo Municipal Socialista presentamos la siguiente MOCIÓN: Se propone que se realice una actuación de adecuación de los elementos presentes en este parque, con la eliminación de las vallas que rodean al campo de mini golf, que se adecue el mismo, reparando los hoyos y su entorno para el uso y disfrute libre o regulado de este campo, reparar la balsa de agua que embellece el campo y que deje de representar un peligro para los visitantes, así como que se lleve a cabo una actuación de limpieza y adecuación del estanque principal del parque con unos elementos adecuados que permitan acercarse al mismo sin peligro y el disfrute visual que el enclave merece, con la desaparición de los edificios, perreras y vallas que están comportando una enorme carga de contaminación visual y de peligro físico en muchos casos. Así mismo pedimos que el equipo de gobierno busque la fórmula de aprovechar las posibilidades que ofrecen algunos restos presentes en el parque para ampliar la oferta de instalaciones deportivas y, sobre todo, que devuelva a los vecinos el frontón de pelota que se derribó y que el mismo equipo de gobierno se comprometió a reconstruir en el menor tiempo posible.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda, de 19-12-2012, favorable.

El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura, indica que esta Moción se refiere a la necesidad de readecuación de un magnífico parque urbano, el de Cerro del Aire que, en estos momentos, sufre deficiencias de gestión y de mantenimiento.

Sigue diciendo que es necesario, para acceder a determinadas

zonas de niños, cruzar un estanque con aguas sin limpiar desde hace

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mucho tiempo, existe también un pequeño mini-golf cuyo acceso está inhabilitado por una valla pero está rota por lo que esas instalaciones se utilizan, no solo para jugar, sino para hacer botellón por lo que hay muchísimas botellas rotas con el peligro que ello conlleva y por eso es necesario adoptar medidas para que la situación en que se encuentra revierta para convertir el Parque Cerro del Aire en un lugar al que acudir para tener momentos de ocio y de asueto.

Indica que también existen unas infraestructuras no

suficientemente utilizadas y que quizá con una pequeña readecuación podrían usarse como pista deportiva y también hay otras instalaciones como, por ejemplo una perrera, que deberían desaparecer.

Termina su instalación aclarando que, desde el punto de vista de

su Grupo, con un coste pequeño se podría contar con un magnífico parque que en estos momentos está totalmente abandonado.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

indica que su Grupo también está de acuerdo con esta Moción y añade que el Pleno aprobó, por unanimidad, hace tiempo una Moción para construir un nuevo frontón.

Sigue diciendo que es cierto que este parque está hecho un

desastre a pesar estar en el centro de Majadahonda por lo que sería importante recuperarlo aunque está convencida de que el equipo de gobierno preguntará de dónde puede sacar el dinero para ello y quizá una solución, si fuera posible, sería realizar una concesión administrativa, con un canon adecuado y un buen control por el Ayuntamiento.

Aclara que su Grupo está de acuerdo con las concesiones

administrativas siempre que hayan sido bien realizadas y piensa que se podría realizar una para que este parque esté en condiciones adecuadas y además considera necesario que las puertas de acceso de algunas viviendas privadas al parque se cerraran porque este parque es público y esos vecinos no pueden acceder directamente desde sus casas.

Termina su intervención reiterando que su Grupo va a votar a

favor de esta Moción porque considera importante recuperar todo lo

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público para el uso, disfrute y asueto de todos los vecinos de Majadahonda.

El Sr. Presidente aclara que se han elaborado dos pliegos de condiciones, que serán aprobados de forma inmediata, para realizar dos concesiones administrativas, una para el parque Cerro del Aire y la otra es para el parque Colón porque finalizó la anterior concesión. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que su Grupo también va a votar a favor de esta Moción y añade que el estado de semi-abandono en el que se encuentra el parque del Cerro del Aire viene siendo denunciando desde hace años y las cosas que figuran en esta Moción son ciertas y, por ejemplo, el estado del estanque es totalmente lamentable. Añade que la construcción del frontón fue aprobada, por unanimidad, en el Pleno hace bastantes años y espera que, en algún momento, se pueda recuperar el frontón municipal público abierto que existía en ese parque. Termina su intervención aclarando que, por los motivos que ha expuesto, su Grupo va a votar a favor de las propuestas que se realizan en el texto de la Moción y no de la sugerencia que ha realizado la Portavoz del Grupo Centrista sobre tramitación de una concesión administrativa porque su Grupo cree que esta zona podría ser un lugar ideal para los huertos urbanos públicos y en los que los ciudadanos podrían incluso mantener la zona en perfectas condiciones. La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que a su Grupo le hubiera gustado que esta Moción no se limitara al Parque Cerro del Aire porque no es el único que se encuentra en un estado lamentable y de hecho están en las mismas condiciones los parques de La Laguna, de Colón, etc. Sigue diciendo que, desde hace unos años, parece que hacer cosas nuevas exime el mantenimiento de las ya realizadas y dice esto porque el Ayuntamiento se ocupa mucho de que nueva la Plaza de la Constitución o el Gran Parque del Monte del Pilar estén en perfectas

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condiciones pero se deja sin mantenimiento el resto de parques municipales. Manifiesta que esos parques, cuando han transcurrido un determinado número de años sin que se haya realizado un mínimo de mantenimiento, deben ser reconstruidos lo que tiene un coste mucho mayor, a lo largo plazo, que lo que supone el mantenimiento durante esos años. Aclara que el estado del Parque Cerro del Aire es tan deplorable como ha sido descrito por los portavoces que le han precedido y ello a pesar de que este parque podría tener un magnífico potencial para pasear, para juegos de niños, para practicar deporte, etc. Termina su intervención diciendo que durante este debate se ha comentado que hace tiempo se aprobó, por unanimidad, una Moción para reconstruir el frontón que existía y recuerda que esa reconstrucción es una de las promesas electorales del Partido Popular y espera que esta Moción sirva para que el Ayuntamiento se ocupe del resto del parque y también de los demás parques públicos de Majadahonda. El Concejal Delegado de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, Sr. García González, indica al Grupo Unión Progreso y Democracia, que es cierto que la situación del parque urbano Cerro del Aire ha de mejorar de forma notable y además algunas de las instalaciones del mismo deben ser erradicadas como ocurre con el estanque y ya se está trabajando en ello por lo que el Equipo de Gobierno va a votar a favor de esta Moción pero considera que la situación excepcional de este parque no debe hacerse extensible a otros parques porque no es cierto que todos estén en estado deplorable. Indica además que tampoco se puede decir que se hacen parques nuevos y no se mantienen los existentes cuando precisamente se han puesto en marcha los contratos de mantenimiento de la ciudad de parques y jardines. Considera que en este caso se debe hablar con rigor porque no es cierto que todos los parques y jardines estén en malas condiciones. Sigue diciendo al Grupo Socialista, que el Partido Popular recoge en su programa electoral una serie de actuaciones, entre otras, la construcción del frontón y agradece el recordatorio que han realizado todos los grupos de la oposición pero no hubiera hecho falta

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porque el equipo de gobierno es consciente de ello ya que ese compromiso no está solo en la Moción que el Pleno aprobó sino también en su programa electoral en el que figura el compromiso de construirlo y le consta que los diferentes departamentos municipales implicados ya están trabajando en este proyecto para que este año se realice esa inversión. Aclara que también hay que acometer otras cuestiones como la del estanque y para ello se cuenta, desde hace un tiempo, con un presupuesto para su limpieza pero, como todos saben, la contrata actual de limpieza de la ciudad no incluía la limpieza de parques y jardines por lo que la limpieza que se hace en este parque, y en otros de Majadahonda, se hace de forma excepcional porque, reitera, no es una obligación de la limpieza de contrata. Añade que en el nuevo concurso de servicio de limpieza, pendiente de adjudicar, se incluye una brigada de intervención en parques y jardines y por ello su Concejalía estaba esperando a que la nueva empresa adjudicataria comience a prestar sus servicios para acometer la limpieza integral del estanque y después realizar su mantenimiento y dice esto porque si se realiza ahora una limpieza pero no un mantenimiento, el coste para el Ayuntamiento es mucho mayor que si se mantiene de forma habitual. Indica a continuación que el presupuesto de limpieza de todo el entorno urbano del Parque Cerro del Aire, incluido el vaciado y posterior llenado del estanque, es de aproximadamente 7.000 euros, gasto que ha sido previsto en el Presupuesto para el año 2012. Termina su intervención diciendo que este parque tiene una zona forestal anexa que se mantiene en las debidas condiciones a través de un contrato, tiene una zona urbana que puede ser muy mejorada y también una alberca con un vallado deficitario y también para ello se cuenta con presupuesto para su condena con una solera de hormigón y para realizar un vallado en las debidas condiciones que impida el acceso a las personas y por ello, y como el equipo de gobierno es consciente de la situación actual de este parque, va a votar a favor de esta Moción. El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura, indica que en su anterior exposición omitió la construcción del frontón porque figuraba en el texto de la Moción que ha presentado. Aclara que es cierto que su Grupo, en el año 2008, presentó una Moción, que

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fue aprobada por el Pleno, por el que se adquiría el compromiso de reconstruir el frontón. Aclara que han pasado casi cuatro años y, como no se había hecho nada, su Grupo ha considerado conveniente instar al Ayuntamiento a que cumpla lo aprobado. A continuación recuerda que en este parque se realizó una concesión denominada “Planeta Welby” y espera que todos recuerden lo mal que terminó y cree que ese fue el detonante de la actual situación del parque. Termina su intervención aclarando que en esta Moción se pide que este parque pueda tener una utilización abierta y pública pero para ello es necesario remodelarlo para que tenga las características del parque urbano que necesita Majadahonda. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por unanimidad, ACUERDA realizar una actuación adecuada de los elementos presentes en este parque, con la eliminación de las vallas que rodean el campo de mini golf, que se adecúe el mismo reparando los hoyos y su entorno para el uso y disfrute, libre o regulado, de este campo, que se repare la balsa de agua para que deje de representar un peligro para los visitantes y que se lleve a cabo una actuación de limpieza y adecuación del estanque principal del parque con unos elementos adecuados que permitan acercarse al mismo sin peligro y el disfrute visual que el enclave merece, con la desaparición de los edificios, perreras y vallas que están comportando una enorme carga de contaminación visual y de peligro físico en muchos casos. Para ello, el equipo de gobierno debe buscar la fórmula de aprovechar las posibilidades que ofrecen algunos restos presentes en el parque para ampliar la oferta de instalaciones deportivas y, sobre todo, debe devolverse a los vecinos el frontón de pelota que se derribó y que el mismo equipo de gobierno se comprometió a reconstruir en el menor tiempo posible.

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13.5(17/12) MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA SOBRE INSTALACIÓN DE ELEMENTOS DISUASORIOS PARA REDUCCIÓN DE VELOCIDAD DE VEHÍCULOS EN LA AVENIDA PARALELA (ENTRE TRAVESÍA DE COSTA RICA Y AVDA. DE LAS MIMBRERAS) (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de Oca, que ha tenido entrada en el Registro General el 19-1-2012, nº 1163, cuyo texto es el siguiente: “Exposición de motivos La ordenación de la circulación en un tramo de la Avenida Paralela de Majadahonda (entre Travesía de Costa Rica y Avenida de las Mimbreras, dos sentidos de circulación) está produciendo situaciones peligrosas a nivel de tráfico que se deberían corregir. La Avenida Paralela se encuentra en una zona de confluencia conformada por el Colegio El Tejar, el Instituto María de Zayas, así como una zona ampliamente residencial (conformada por Los Robles, Parque Clamart, Las Mimbreras, Colonia Airesol, etc.). Toda esta circulación de vehículos así como las rutas de los autobuses escolares provoca que exista una gran afluencia de tráfico tanto en sentido entrada como salida hacia la Carretera del Plantío y Avenida de España. En tramo de Avenida Paralela (entre Travesía Costa Rica y Avenida de las Mimbreras, tramo en el que se vuelve de dos sentidos) existe una problemática concreta ya que, en este tramo, se alcanzan altas velocidades. La complicación viene añadida porque hay vehículos aparcados en uno de los dos lados de la calle, lo que reduce el espacio de ambos sentidos de circulación, ajustándose mucho, así como provocando una reducción de la visibilidad. A pesar de estas cuestiones se alcanzan altas velocidades, lo que provoca situaciones peligrosas en el momento en el que dos vehículos (situación más complicada aún si uno de ellos es un bus) se cruzan. Por todo ello, desde el Grupo Municipal Socialista presentamos la siguiente MOCIÓN:

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Que, con los informes técnicos correspondientes se proceda a instalar los elementos disuasorios necesarios en el tramo de la Avenida Paralela (entre Travesía de Costa Rica y Avenida de las Mimbreras, de dos sentidos) con el fin de conseguir una reducción de la velocidad de los vehículos.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda, de 19-12-2012, favorable.

La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de Oca, da lectura a la Moción que ha presentado que pretende que se instalen los elementos disuasorios que se necesiten en esta zona para conseguir que los vehículos reduzcan su velocidad. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que su Grupo está de acuerdo con esta Moción porque pide que, con los informes técnicos que correspondan, se procedan a instalar los elementos disuasorios necesarios en un tramo de la Avenida Paralela para conseguir la reducción de velocidad de los vehículos. Manifiesta que, desde el punto de vista de su Grupo, en esta Moción se pide que se emitan los informes técnicos que se necesiten para determinar si es necesario o no instalar elementos disuasorios en esta zona y, si los consideran necesarios, se instalaran los que determinen y, en caso contrario, no se instalarán. Termina su intervención pidiendo al Grupo Socialista que explique si la interpretación que ha hecho es correcta o no y, si indican que es la correcta, su Grupo votará a favor. El Sr. Presidente indica que, desde su punto de vista, los informes técnicos no van a decir que no se deben instalar elementos disuasorios porque cree que este tema que se plantea es solo cuestión de voluntad y de prioridades por lo que entiende que lo que se va a someter a votación en este punto del Orden del día es que se proceda a instalar un paso elevado en esta zona.

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La Viceportavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. García Gallo, indica que su Grupo ha realizado la misma interpretación que el Grupo Centrista porque está claro que en la propia Moción se determina que se deben emitir previamente los informes técnicos correspondientes aunque es cierto que no conoce si existen otras calles que puedan tener mayores problemas que ésta por exceso de velocidad o por tránsito excesivo de vehículos. Termina su intervención diciendo que si los informes técnicos son favorables, su Grupo está a favor de que se instalen los elementos disuasorios que se necesiten. La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que su Grupo también considera necesario estudiar el caso de esta calle y de otras con los mismos problemas de exceso de velocidad de los vehículos en el casco urbano. Termina su intervención reiterando que su Grupo está de acuerdo con esta Moción siempre que se respete la normativa en lo que se refiere a badenes para que esos elementos no sean contraproducentes para la “buena salud” de los vehículos. El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda, Sr. Pérez González, indica que el Grupo Popular, en línea con lo que ha comentado el Sr. Alcalde, ha interpretado que esta Moción pide que, con los informes técnicos necesarios, se proceda a la instalación de elementos disuasorios y no que se valore la posible instalación y por ello considera que para este tipo de decisiones deben tenerse en cuenta los pros y los contras porque, socialmente, los badenes y reductores de velocidad son aceptados en algunos casos y en otros no y además hay que conocer las distancias que hay respecto a otros pasos elevados o badenes y también tenerlos en cuenta a efectos de circulación de ambulancias, transporte público o bomberos. Continúa diciendo que el equipo de gobierno está dispuesto a recoger la iniciativa de realizar un estudio sobre este tema pero no va a votar a favor de esta Moción por considerar que lo que está pidiendo es que se instalen contando con los informes técnicos correspondientes.

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Termina su intervención indicando que le ha sorprendido que se presente una Moción para este tema porque, para valorarlo, hubiera sido suficiente presentar un ruego como los que presentan para otros temas los grupos de la oposición. El Sr. Presidente aclara que, salvo casos excepcionales, los informes técnicos van a ser siempre favorables cuando hay voluntad política del Pleno para instalar en esta zona unos badenes. Aclara que en el Ayuntamiento se reciben muchísimas peticiones sobre badenes, unas pidiendo que se instalen y otras piden que se retiren y por eso son los servicios técnicos municipales, por ser los que realmente entienden de tráfico, los que tienen que decidir las prioridades y no el Pleno. Termina su intervención diciendo que en estos momentos recuerda, al menos, 10 peticiones para que se realicen pasos elevados que pasan a ser informadas por los servicios técnicos y ellos son los que determinan las prioridades y, de no ser así y de hacer caso a todas las peticiones, Majadahonda se convertiría en una montaña rusa y por ello, y al entender que no debe ser el Pleno el que determine esta prioridad, el equipo de gobierno va a votar en contra de esta Moción. La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de Oca, indica que su Grupo podría modificar esta Moción para que previamente a la instalación de esos elementos disuasorios se realice un estudio por los servicios técnicos municipales. Termina su intervención diciendo que ha planteado este tema porque supone un problema para los vecinos de esta zona y su Grupo piensa que debe ser solucionado. El Sr. Presidente aclara que quizá en un breve espacio de tiempo, los servicios técnicos propongan como prioridad esta zona para instalar badenes pero, reitera, la determinación de esa prioridad no corresponde al Pleno.

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Insiste en que el equipo de gobierno no se niega a instalar, si es necesario, los badenes que se piden pero considera que deben ser los servicios técnicos municipales quienes lo propongan. Termina su intervención aclarando que, desde su punto de vista, si se aprueba esta Moción se está determinando la ejecución, en esa zona, de elementos disuasorios y, si el Grupo Socialista modifica el contenido de esta Moción para decir que deben ser los servicios técnicos municipales los que deben determinar si se ejecutan o no, el equipo de gobierno votará a favor e insiste en que deben ser los servicios técnicos los que determinen las prioridades. La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de Oca, indica que su Grupo está de acuerdo con lo que ha indicado el Sr. Alcalde pero siempre que exista un estudio previo. El Sr. Presidente aclara que el equipo de gobierno votará a favor si esta Moción indica que deben ser los servicios técnicos municipales los que estudien la conveniencia de la instalación de los elementos disuasorios y su prioridad en esta zona. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por unanimidad, ACUERDA que los Servicios Técnicos Municipales estudien la conveniencia y la prioridad de instalar los elementos disuasorios que sean necesarios para conseguir una reducción de la velocidad de los vehículos, en el tramo de la Avenida Paralela (entre Travesía de Costa Rica y Avenida de las Mimbreras, de dos sentidos).

13.6(18/12) MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA PARA LA GESTIÓN, CONTROL Y POSIBLE ERRADICACIÓN DE LAS ESPECIES INVASORAS PRESENTES EN ESTE TÉRMINO MUNICIPAL. (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, que ha

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tenido entrada en el Registro General el 19-1-2012, nº 1172, cuyo texto es el siguiente: “El art. 42 de la Constitución Española alude al deber de conservar y el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona; y en la Ley 42/2007 de 13 de diciembre del Patrimonio Natural y la Biodiversidad se establece el régimen jurídico básico de la conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de la biodiversidad. En esta ley, en su artículo 3.13 se define especie exótica invasora como “la que se introduce o establece en un ecosistema o hábitat natural o seminatural y que es un agente de cambio y amenaza para la diversidad biológica nativa, ya sea por su comportamiento invasor, o por el riesgo de contaminación genética”. En el artículo 61 se habla de la creación del Catálogo Español de Especies Exóticas invasoras y el RD 1628/2011 de 14 de noviembre, regula el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras: “Las especies exóticas invasoras constituyen una de las principales causas de pérdida de biodiversidad en el mundo”. En este catálogo se incluyen especies para las que existe información científica y técnica que indica la grave amenaza que suponen las especies autóctonas, los hábitats o los ecosistemas, la agronomía o los recursos económicos asociados al uso del patrimonio natural. En Majadahonda existe una numerosa población de dos de estas especies incluidas en el catálogo: la cotorra argentina (myopsitta monachus) y el ailanto (ailanthus altísima). Las cotorras argentinas expulsan a numerosas especies de aves autóctonas, se multiplican con gran rapidez, crean nidos de gran tamaño con grave peligro de desprendimiento y rotura de las ramas de los árboles que los albergan y sus colonias son un foco de ruido en las urbanizaciones. El ailanto es un árbol originario de China que se introdujo en España con fines ornamentales y para fijación de taludes por su rápido crecimiento. Sr reproduce por semillas o por rebrote. Las semillas en sámara tienen un alto porcentaje de viabilidad y son arrastradas por el viento muy fácilmente. Se ha comprobado, que los

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ailantos tienen efectos alelopáticos sobre otras muchas especies impidiendo su sucesión. Todas estas características muestran un perfil muy agresivo de especie exótica invasora, haciendo del ailanto un enemigo a combatir en nuestros ecosistemas. Dado que, además hay poblaciones de estas dos especies en el Monte del Pilar, creemos que desde el Ayuntamiento se deben impulsar medidas y solicitar la colaboración de la Comunidad de Madrid para censar, controlar y si es posible erradicar los ejemplares que invaden nuestro municipio antes de que se convierta en un problema de mayor gravedad. Para ello presentamos la siguiente MOCIÓN: 1.- Instar a la Comunidad de Madrid, para que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 61.5 de la Ley 42/7 de Patrimonio Natural y Biodiversidad, elaboren una Estrategia para la gestión, control y posible erradicación de las especies invasoras presentes en el término municipal y especialmente en el Monte del Pilar y que están catalogadas ya en el Anexo I del RD 1628/2011, con especial atención a las cotorras argentinas y los ailantos.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda, de 19-12-2012, favorable.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, da lectura a la Moción que ha presentado y añade que todos conocemos ejemplos de especies invasoras como los cangrejos españoles que desaparecieron de nuestros ríos cuando llegó el cangrejo americano, el picudo rojo que se está comiendo los palmerales de Elche, etc., especies todas ellas que proceden de otros lugares del mundo y algunas están presentes en Majadahonda. Sigue diciendo que el 14 de noviembre de 2011 se creó el Catálogo español de especies exóticas invasoras y, para incluir alguna en ese catálogo, debe estar totalmente demostrado que no es buena para convivir con las especies autóctonas. Aclara que en Majadahonda hay una numerosa población de dos especies exóticas invasoras que han sido incluidas en ese Catálogo, la cotorra argentina (especie de pájaros verde que, se multiplica con

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mucha rapidez, crean enormes nidos con peligro de que rompan las ramas de los árboles y caigan al suelo y sus colonias provocan problemas de ruido en las urbanizaciones y además expulsa a numerosas especies de pajarillos autóctonos). Indica que esta cotorra ya ha generado problemas en algunas ciudades y, por ejemplo, en Barcelona se ha comenzado a luchar contra ellas y en Madrid ya se ha retirado algún nido. Otra de las especies exóticas invasoras incluidas en ese Catálogo es el ailanto que también está presente en Majadahonda. Aclara que este árbol procede de China y se planta en jardines y terraplenes porque crece muy rápido y sujeta muy bien el terreno pero, por la sustancia que tienen en sus raíces, impiden el crecimiento de otras especies en la zona. Insiste en que en Majadahonda tenemos presentes estas dos especies en el Monte del Pilar y su Grupo cree que este Ayuntamiento debería adoptar medidas y solicitar la colaboración de la Comunidad de Madrid para censar, controlar y, si es posible, erradicar los ejemplares que invaden nuestro municipio antes de que pasen a convertirse en un grave problema. Continúa diciendo que, por los motivos que ha expuesto, su Grupo ha presentado esta Moción en la que pide instar a la Comunidad de Madrid para que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 61.5 de la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad, elabore una estrategia para la gestión, control y posible erradicación de las especies invasoras presentes en nuestro término municipal (catalogadas en el Anexo I del R.D. 1628/2011), y sobre todo en el Monte del Pilar con especial atención a las cotorras argentinas y los ailantos. Termina su intervención aclarando que su Grupo en la Comunidad de Madrid va a presentar también esta Moción y lo mismo van a hacer sus compañeros en Pozuelo de Alarcón y en otros municipios que tienen los mismos problemas que provocan estas especies exóticas invasoras La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, agradece la explicación que ha dado la Portavoz del Grupo Unión Progreso y Democracia y está de acuerdo, si hay especies invasoras en

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Majadahonda, que se haga todo lo que sea necesario para erradicarlas y, en este caso, le gustará oír al Concejal Delegado de Medio Ambiente, que también es Vicepresidente del Patronato del Monte del Pilar, para conocer si se ha adoptado alguna medida en este sentido. Sigue diciendo que su Grupo está de acuerdo en realizar las acciones que sean necesarias para evitar que esas especies invadan o dañen al resto de la fauna o flora. Termina reiterando que su Grupo está de acuerdo con esta Moción si realmente estas dos especies han sido catalogadas como invasoras, están presentes en Majadahonda y es necesario erradicarlas porque dañan el ecosistema del Monte del Pilar pero antes de pronunciarse sobre este tema le gustaría oír las manifestaciones del Concejal Delegado de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza y Vicepresidente del Patronato Monte del Pilar para conocer si se está haciendo algo en ese sentido y tampoco sabe si es necesario instar a la Comunidad de Madrid pero, desde el punto de vista de su Grupo, sería necesario realizar alguna acción si realmente esta situación se está produciendo. La Viceportavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sra. García Gallo, indica que quizá debería decir a Unión Progreso y Democracia que esta Moción no es una cuestión municipal como ha dicho ese Grupo en la Moción de Izquierda Unida sobre la dación en pago y también podría decir que Unión Progreso y Democracia ponga a trabajar a su grupo autonómico. Sigue diciendo que su Grupo ha preguntando sobre el tema que se plantea en esta Moción en dos ocasiones, la última fue en el año 2009 y se refería a las cotorras argentinas y la respuesta que obtuvo fue que no se había demostrado que fueran perjudiciales y por ello, dos años después de esa respuesta, considera oportuno que se realice un estudio sobre todas las especies invasoras que existen en Majadahonda y sobre todo sobre su nocividad porque, por ejemplo, su Grupo no sabe si el ailanto es muy nocivo o no. Termina su intervención indicando que en el Monte del Pilar hay un centro de referencia, GREFA (Grupo de Recuperación de Fauna Autóctona) al que sería oportuno preguntarles sobre estas cuestiones para que sean ellos los que puedan realizar un plan de

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protección de las especies autóctonas más amplio en el que se pueda incluir la forma de erradicar, en su caso, todas las especies invasoras. El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura, indica que su Grupo siempre va a estar de acuerdo con todas las mociones e iniciativas tendentes a preservar nuestro entorno medioambiental y, especialmente, las dedicadas a proteger nuestra fauna y flora autóctona. Sigue diciendo que no le preocupaban los problemas que generan las cotorras argentinas hasta que le informó la Portavoz de Unión Progreso y Democracia pero reconoce que, cuando el Partido Socialista gobernó en España, se llevó a cabo un catálogo de especies invasoras que reconocía a las dos especies que se citan en esta Moción como especies potencialmente peligrosas para el desarrollo normal de las especies autóctonas y que pueden representar, si no se controla su población, si no se regulan sus nidos o se ubican sus plantaciones, un grave desequilibrio ecológico dentro de la cadena trófica o pueden impedir que el desarrollo de nuestra flora tradicional sea el que debe ser, además de poder crear, en su momento, molestias y peligros por la superpoblación, en caso de que existiera, y añade que también le gustaría escuchar al Concejal de Medio Ambiente lo que tiene que decir sobre esas superpoblaciones. Manifiesta que Izquierda Unida-Los Verdes tiene razón porque contamos con un centro de referencia, no solo en la Comunidad de Madrid sino para toda España como es GREFA, asociación que durante muchos años está trabajando en la conservación y el restablecimiento de nuestra fauna y flora autóctona por lo que considera conveniente que se pronuncie sobre este tema. Termina su intervención diciendo que si estas especies están presentes en Majadahonda e incluso puede haber superpoblación, estaría justificada la presentación de esta Moción para que se inste a la Comunidad de Madrid o al organismo competente, para que tome las medidas que sean pertinentes y por ello su Grupo votará a favor de esta Moción. El Concejal Delegado de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, Sr. García González, indica que es cierto que tenemos la suerte de

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contar en Majadahonda con el hospital de aves de GREFA que se dedica a la recuperación de fauna y por ello este Ayuntamiento puede contar con su asesoramiento. Sigue diciendo que como las dos especies que se plantean (ailanto y cotorra argentina) están presentes en el Monte del Pilar, el equipo de gobierno, a raíz de la propuesta que realizó hace unos días la Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia en el Consejo Rector del Patronato Monte del Pilar, dio instrucciones al Gerente del Patronato para que pidiera asesoramiento a GREFA sobre las cotorras argentinas y a los representantes del Colegio y Escuela de Ingenieros de Montes que forman parte del Consejo Rector para que indiquen cuál es la mejor forma de proceder respecto al ailanto. Termina su intervención aclarando que, por los motivos que ha expuesto, el Equipo de Gobierno va a votar a favor de esta Moción pero propone que, en lugar de instar a la Comunidad de Madrid (Unión progreso y Democracia puede hacerlo en el Parlamento Regional), sean el Patronato y los patronos del Monte del Pilar, en concreto los representantes del Colegio y Escuela de Ingenieros de Montes y GREFA los que emitan informe sobre el control y posible erradicación, en su caso, de estas especies invasoras. Aclara que ese informe será entregado a todos los grupos municipales para que conozcan la forma en que se actuará con estas dos especies invasoras sobre las que existen discrepancias sobre si la invasora es invasiva o no, conceptos que son distintos. La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que está de acuerdo en solucionar, si es posible, este tema desde Majadahonda porque será mucho más operativo. Termina su intervención aclarando que su Grupo recibió de GREFA, de forma informal, información sobre las cotorras argentinas. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por unanimidad, ACUERDA pedir al Patronato del Monte del Pilar y sus patronos, sobre todo a los representantes del Colegio y Escuela de Ingenieros de Monte y a GREFA, informe sobre el control y, en su caso, posible erradicación de las especies invasoras presentes en este término municipal y especialmente en el Monte del Pilar y que figuran

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catalogadas como tal en el Anexo I del Real Decreto 1628/2011, con especial atención a las cotorras argentinas y los ailantos. Antes de comenzar a tratar el siguiente punto del Orden del día, abandona el Salón de Sesiones la Concejal del Grupo Municipal Popular Sra. Cristóbal.

13.7(19/12) MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL UNIÓN PROGRESO Y DEMOCRACIA PARA PALIAR LAS CONSECUENCIAS DE LAS EJECUCIONES HIPOTECARIAS. (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, que ha tenido entrada en el Registro General el 19-1-2012, nº 1173, cuyo texto es el siguiente: “La grave situación económica por la que atraviesa nuestro país ha multiplicado las situaciones de especial vulnerabilidad de muchos ciudadanos españoles. Una de las más graves es, sin duda, la de quienes sufren la ejecución de la hipoteca sobre su vivienda. A diferencia de las empresas y sociedades, las personas no pueden liberarse de sus deudas con las entidades bancarias entregándoles los bienes de los que son titulares, como la vivienda hipotecada, sino que se ven obligados a pagar el resto de su deuda hipotecaria con cualquier ingreso o bien futuro que adquieran tras perder su casa. Tal situación comporta una grave discriminación para los ciudadanos individuales, indefensos ante consecuencias de la crisis económica como la pérdida de empleo y el descenso del valor de mercado de su propiedad pero no de su deuda hipotecaria, sobre todo teniendo en cuenta que, para la gran mayoría de familias españolas, la vivienda es la mayor inversión de su vida, a la que dedican la mayor parte de sus ingresos y ahorros. El incremento meteórico del desempleo como consecuencia de la crisis es la causa de que muchas familias no puedan hacer frente a las obligaciones de una hipoteca bancaria sobre un bien, su casa, que en muchos casos tiene en la actualidad un valor de mercado menor que el de la adquisición. Además, la legislación vigente en materia hipotecaria concede al acreedor una evidente posición de ventaja al

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tolerar la manipulación del precio de mercado de la vivienda con diferentes argucias. Esto ha conllevado el aumento de los desahucios por ejecución de hipoteca, sin que la deuda quede amortizada. Por el contrario, tras la pérdida de la vivienda la hipotecada es la vida laboral de esas personas: el sueldo que les corresponda si trabajan por cuenta ajena, y su derecho a adquirir nuevos o iniciar un negocio. Ello reduce sus oportunidades de recuperación económica, profesional y laboral, con graves consecuencias en todos los órdenes personales, pero también en la recuperación económica del país y en su cohesión social. Los Ayuntamiento son instituciones particularmente sensibles a las consecuencias del aumento de los desahucios, de las que son víctimas sus vecinos, y por tanto de un sistema bancario, hipotecario y concursal que no ha tenido en cuenta las posibles consecuencias de una crisis como la actual, en buena medida causa por una burbuja inmobiliaria que encareció en su momento el precio de los créditos hipotecarios y que ahora, al estallar, disminuye drásticamente el valor de mercado de los bienes hipotecados, generando el círculo vicioso de alto endeudamiento familiar y pérdida del valor de sus propiedades. Un círculo vicioso extremado en el caso de las personas desahuciadas. Sin embargo, los Ayuntamientos no cuentan con las competencias legislativas ni ejecutivas adecuadas para resolver el origen de este problema ni, en muchos casos, con los recursos necesarios para corregir sus consecuencias. La grave situación en la que se encuentran las personas desahuciadas, o que pueden ser objeto de un próximo desahucio, exige modificaciones legales que corresponden al Parlamento nacional. La más importante es el cambio de la legislación concursal para evitar que, perdida la casa, penda sobre el deudor como espada de Damocles la deuda no cubierta hasta que sea pagada con las rentas de su trabajo futuro. Y, para prevenir situaciones futuras similares, es necesaria una legislación de dación en pago que permita cancelar la deuda hipotecaria con la entrega de la vivienda hipotecada. Por otra parte, en el Estado de derecho las acciones políticas que se emprendan para hacer frente al problema de los desahucios, y a los derivados de la legislación hipotecaria y concursal en una situación de crisis causada por una burbuja inmobiliaria y financiera, deben ser respetuosas con el principio de seguridad jurídica, sin el cual es inviable el sistema democrático. En resumen, las principales

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medidas para ayudar a los actuales deudores hipotecarios son las siguientes: 1.- Modificación de la legislación concursal para establecer el sistema conocido como “fresh start”, de modo que una vez ejecutado todo el patrimonio embargable del deudor, la deuda restante quede cancelada por decisión judicial sin necesitar el consentimiento del acreedor. 2.- Establecimiento de cauces de mediación previos a la solicitud de concurso o la situación preconcursal, para que el deudor propietario de la vivienda y la entidad financiera puedan llegar a un acuerdo que le permita a aquél mantener la posesión de la casa y evite la ejecución de la vivienda. Estos cauces de mediación podrán ser de competencia municipal. 3.- Modificación de la legislación hipotecaria para evitar que el acreedor se apropie de la finca hipotecada por un precio inferior al de mercado, elevando el porcentaje sobre la tasación de la escritura que permite al acreedor quedarse con la vivienda si no hubiera postores en la subasta. 4.- Facilitar las operaciones de DACION EN PAGO de la finca hipotecada a la entidad acreedora en los créditos hipotecarios ya celebrados que no la prevén exonerando al deudor de su obligación de tributar por “incremento patrimonial” en el IRPF. Es artificioso e injusto gravar unas ganancias supuestas, en realidad inexistentes, pues el deudor se ve obligado a entregar su vivienda al acreedor por imposibilidad de hacer frente a los pagos de la hipoteca, en muchos casos agravados por la aplicación de elevados intereses de demora. 5.- Modificación de la legislación hipotecaria para establecer la DACIÓN EN PAGO como regla general de extinción de un crédito hipotecario para la adquisición de la vivienda habitual. A falta de estipulación expresa en contrario en la escritura de constitución, la responsabilidad derivada del préstamo hipotecario se entenderá limitada al valor de la finca hipotecada. Por tanto, y mientras se debata en el Parlamento la Proposición de Ley que ha presentado nuestro Grupo Parlamentario, pensamos que desde el ámbito municipal podemos ayudar a las familias que se encuentran en situación de desahucio para su vivienda habitual, para lo que proponemos los siguientes ACUERDOS:

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1.- Apoyo a los vecinos desahuciados que así lo soliciten en forma de mediación y asesoramiento. 2.- Introducción de un tipo reducido del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana para el caso de ejecución hipotecaria de una deuda sobre la vivienda habitual. 3.- Favorecer el acceso a viviendas protegidas en régimen de alquiler para familias desahuciadas, analizando la problemática particular de cada caso.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda, de 19-12-2012, favorable.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, indica que esta Moción pretende acabar con la situación injusta que se produce con la actual Ley Hipotecaria que impide a los ciudadanos liberarse de las deudas que mantienen con las entidades bancarias a pesar de entregarles los bienes de los que son titulares como ocurre con las viviendas hipotecadas.

Sigue diciendo que esos ciudadanos, en la actualidad, se ven

obligados a pagar el resto de su deuda hipotecaria con cualquier ingreso o bien futuro que adquieren tras perder su casa lo que les imposibilita que puedan rehacer su vida y se les condena al camino de la exclusión social.

Aclara que, como todos saben, la Ley Hipotecaria debe ser modificada en el Congreso de los Diputados y su Grupo Parlamentario ya ha presentado una proposición de ley para regular la dación de pago. Indica que, a pesar de esa acción que su partido ha presentado en el Parlamento, su Grupo piensa que, a nivel municipal, se pueden adoptar otra serie de medidas y por ello ha presentado esta Moción en la que se recogen medidas de competencia exclusivamente municipal en apoyo a los afectados por las ejecuciones hipotecarias.

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Termina su intervención indicando que lo que se pide en esta Moción es que el Ayuntamiento apoye, en forma de mediación y asesoramiento, a los vecinos desahuciados que lo soliciten, que se introduzca una bonificación o un tipo reducido en el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana para el caso de ejecución hipotecaria de una deuda sobre la vivienda habitual y que se favorezca el acceso de las familias desahuciadas a viviendas protegidas en régimen de alquiler, en las futuras promociones que se lleven a cabo, analizando previamente la problemática particular de cada caso. La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, aclara que esta Moción es bastante parecida a la presentada por Izquierda Unida-Los Verdes. Aclara que su Grupo va a decir lo mismo que en la otra Moción y es que está de acuerdo con la dación en pago por los mismos argumentos que ha explicado anteriormente y porque cuando se hace un negocio, unas veces se gana y otras se pierde, pero no se debe permitir que el banco nunca pierda. Indica que en esta Moción se pide el apoyo a los vecinos desahuciados que lo soliciten, en forma de mediación y asesoramiento, apoyo con el que su Grupo está de acuerdo aunque no sabe si la mediación que se pretende sería con el banco y tampoco sabe qué tipo de asesoramiento se plantea porque desde la Concejalía de Servicios Sociales ya se está apoyando a todas las personas que tengan problemas económicos de este tipo o por cualquier otro tipo de circunstancias. Manifiesta seguidamente que la introducción de un tipo reducido en el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos para el caso de la ejecución hipotecaria no está contemplada en las bonificaciones que se pueden conceder de acuerdo con la ley. Recuerda, en cuanto a lo de favorecer el acceso a viviendas protegidas en régimen de alquiler para familias desahuciadas analizando la problemática particular de cada caso, que muchas familias no han sido desahuciadas pero pueden tener problemas económicos iguales o peores a los de las familias desahuciadas por lo que su Grupo cree que desde Servicios Sociales se debe ayudar a todo

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el que tenga un problema de vivienda y, si se puede, que se les ayude a pagar un alquiler pero, reitera, además de las familias desahuciadas hay otras familias en Majadahonda que no tienen vivienda ni dinero. Termina su intervención aclarando que su Grupo, aún estando de acuerdo con la dación en pago que se plantea en esta Moción, desearía tener más claro los otros aspectos que se proponen por lo que pide al Grupo Unión Progreso y Democracia que los explique para poder pronunciarse en esta votación. El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, indica que su Grupo ya ha expuesto su posición sobre la dación en pago y, de la misma forma que Unión Progreso y Democracia ha presentado una iniciativa sobre la dación en pago, Izquierda Unida las ha venido presentando desde la pasada legislatura, con poco éxito más allá de que se ha creado la comisión a la que se ha aludido anteriormente aunque espera que se adopte alguna decisión sobre ese cambio de la Ley Hipotecaria. Manifiesta que su Grupo coincide, en parte, con lo que pedía la Moción que ha presentado y que anteriormente ha sido debatida pero Izquierda Unida-Los Verdes pensó que era mejor crear una comisión que pudiera estudiar ese tipo de medidas porque entiende que desde Servicios Sociales se puede mediar con la entidad bancaria de la misma forma que lo hacen organizaciones sociales, como la Plataforma de Afectados por la hipoteca, para intentar conseguir que la entidad bancaria acepte unos pagos más adecuados. Sigue diciendo que la Ley de Haciendas Locales no permite establecer un tipo reducido para las plusvalías por lo que cree que se podrían buscar otras fórmulas (bonificaciones, otro tipo de ayuda de emergencia social u otras ayudas de Servicios Sociales) para poder eximir del pago a los desahuciados. Añade que su Grupo desearía que Majadahonda contara con un parque municipal de viviendas protegidas en régimen de alquiler para suplir estas situaciones de emergencia social pero no es así. Termina su intervención diciendo que su Grupo va a votar a favor porque está de acuerdo con la filosofía de esta Moción aunque cree que sería necesario modificar algunas cuestiones de las que

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plantea como sería la del tipo reducido del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana porque no tiene encaje legal. El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez Maillo, indica que su Grupo está en la misma línea de los corporativos que han intervenido con anterioridad y por ello votará a favor de esta Moción pero desea recordar que es muy similar a la que se ha tratado con anterioridad y que ha sido presentada por Izquierda Unida-Los Verdes por lo que, por economía procesal y por comodidad de todos, se debe intentar aglutinar las mociones que tienen el mismo sentido y dice esto porque piensa que sería mejor para todos debatir sobre el mismo tema una sola vez y no varias veces. Termina su intervención reiterando que su Grupo está totalmente de acuerdo con esta Moción aunque es cierto que lo que se propone en su apartado 2 no tiene encaje legal pero considera que “el espíritu” y “la letra” son cosas diferentes y desde su punto de vista, aunque la letra dice que se establezca un tipo reducido en el impuesto de Plusvalías para aquellas personas desahuciadas, cree que se podrían establecer otro tipo de mecanismos de ayudas municipales para estas personas que necesitan una ayuda en estos momentos. El Sr. Presidente aclara que el equipo de gobierno está totalmente de acuerdo con las manifestaciones del Viceportavoz del Grupo Socialista sobre la economía procesal pero para actuar de esa forma es necesario que, previamente, se pongan de acuerdo los portavoces de todos los grupos municipales. La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra. Menéndez, indica que, como han dicho anteriormente los portavoces de los grupos, el tipo reducido del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana no es una competencia municipal y las únicas bonificaciones que se pueden aplicar, según la ley, son por herencia y a través de tramos, bonificaciones que se aplican en este Ayuntamiento y, hasta que no se reforme la Ley de Haciendas Locales, los ayuntamientos no pueden aprobar el tipo reducido que se solicita.

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Sigue diciendo que está totalmente de acuerdo en apoyar a los vecinos desahuciados y precisamente eso es lo que se está haciendo porque los distintos mediadores de la Concejalía de Servicios Sociales ayudan a todos los vecinos que solicitan ayuda porque tienen problemas de cualquier tipo y también prestan asesoramiento jurídico a través de un licenciado en derecho. Insiste en que la Concejalía de Servicios Sociales ayuda a todos los vecinos de Majadahonda que estén en situaciones desfavorecidas. Indica que las viviendas protegidas en régimen de alquiler son para familias desahuciadas y no desahuciadas y dice esto porque hay familias que no han sido desahuciadas porque nunca han podido conseguir una vivienda pero que tienen unos problemas terribles y que también deben ser tenidas en cuenta y por ello las trabajadoras sociales asignan determinadas puntuaciones a las familias con problemas y, cuando una vivienda social de PAMMASA, en régimen de alquiler, queda vacía, va siendo adjudicada a las personas que hayan obtenido una mayor puntuación. Termina su intervención diciendo que el equipo de gobierno no va a votar a favor de esta Moción porque lo que se solicita en el apartado primero de la parte dispositiva ya se está haciendo, el apartado segundo no es una competencia municipal y también se está haciendo el tercero y añade que sería deseable que este Ayuntamiento tuviera 500 viviendas protegidas en régimen de alquiler para adjudicarlas, no solo a los desahuciados sino a todas las personas que se encuentran en situaciones desfavorecidas pero no es así. El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sr. Gil, indica que es cierto que esta Moción trata del mismo tema que la que ha presentado Izquierda Unida-Los Verdes pero es totalmente distinta porque la de Izquierda Unida pide instar a solicitar un determinado tipo de dación en pago y Unión Progreso y Democracia propone otro totalmente distinto que ya ha sido presentado en el Congreso de los Diputados donde será debatido. Añade que una de las mociones pide que se adopten una serie de medidas desde este Ayuntamiento y la otra pide también la adopción de una serie de medidas desde este Ayuntamiento pero a la vez intenta que se refrende su modelo.

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Aclara que, si realmente el apoyo a los vecinos desahuciados ya se está haciendo, si el equipo de gobierno lo desea, su grupo puede retirar ese apartado. Manifiesta que la Concejal Delegada de Economía y Hacienda ha aludido que no solo se puede favorecer el acceso a las viviendas protegidas en régimen de alquiler a los desahuciados sino que también hay que hacerlo con todos los ciudadanos que tienen problemas y que incluso pueden no tener vivienda y por ello precisamente en esta Moción se pide que se analice la problemática particular de cada caso por lo que la vivienda protegida en alquiler debe adjudicarse a la familia que se encuentre en peor situación. Sigue diciendo, respecto al apartado 2 de esta Moción que se refiere al tipo reducido en las Plusvalías, que la Concejal Delegada de Economía y Hacienda, durante el debate de la Moción presentada por Izquierda Unida-Los Verdes sobre este tema, indicó que el equipo de gobierno del Partido Popular tiene una sensibilidad especial hacia el tema de las ejecuciones presupuestarias. Aclara que la propuesta que se realiza en ese apartado 2, su Grupo lo presentó también como alegación a la modificación de Ordenanzas Fiscales y ahora lo plantea como Moción para que el equipo de gobierno porque de esa forma demostrará, con hechos y no solo con palabras, que tiene sensibilidad en este tema. Aclara que, aunque legalmente no se pueda aprobar ese tipo reducido, hay algunas provincias españolas que están estudiándolo como ocurre con la Diputación Provincial de Guipúzcoa y también lo está estudiando la Federación Española de Municipios por lo que piensa que alguna posibilidad debe haber para aplicar ese tipo reducido. Termina su intervención diciendo que esta Moción recoge la posición de su Grupo y por eso la ha presentado. El Sr. Presidente indica que estudiar la aplicación de un tipo reducido en las Plusvalías no significa que se vaya a aprobar porque, desde su punto de vista, la ley es tajante en su prohibición por lo que, si se presenta una alegación en ese sentido, el acuerdo que se haya adoptado se debería anular.

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Sometida esta Moción a votación, QUEDA RECHAZADA al resultar trece (13) votos en contra correspondientes al Grupo Municipal Popular, nueve (9) votos a favor correspondientes a los Grupos Municipales Socialista y Unión Progreso y Democracia e Izquierda Unida y dos (2) abstenciones correspondientes al Grupo Municipal Centrista.

13.8(20/12) MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL CENTRISTA PARA QUE LOS SERVICIOS TÉCNICOS MUNICIPALES EMITAN INFORME SOBRE LAS DIMENSIONES DE LOS REDUCTORES DE VELOCIDAD DE SECCIÓN TRANSVERSAL TRAPEZOIDAL PARA ADAPTARLOS A LA NORMATIVA DE FOMENTO. (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, que ha tenido entrada en el Registro General el 19-1-2012, nº 1174, cuyo texto es el siguiente: “Con fecha 31 de octubre de 2008, hace ya más de dos años, entró en vigor la normativa promulgada por el Ministerio de fomento (Orden FOM/3053/2008 de 23 de septiembre) que establece los criterios básicos que deben ser considerados en el proyecto y la ejecución e instalación de reductores de velocidad y bandas transversales. Dentro de esta normativa se incluyen los más habituales en nuestro municipio, que son según la clasificación incluida dentro de la misma, los denominados Reductores de Velocidad de Sección transversal trapezoidal (pasos de peatones elevados) fabricados in situ. Para este tipo de obstáculos se fijan unas dimensiones de: Altura 10 cm+ 1 cm. Longitud zona elevada 4 m. + 0,20 m. (en casos excepcionales

se autorizarán longitudes inferiores hasta un mínimo de 2,5 m.)Longitud de las rampas: entre 1 y 2,5 m. (un metro para el caso de la zona 30, un metro y cincuenta centímetros cuando se señalicen para 40 km/h y dos metros y cincuenta centímetros para velocidad igual a 50 km/h).

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En el término municipal de Majadahonda existen varios Reductores de Velocidad, que han venido siendo objeto de quejas por parte de los vecinos, en razón de su excesiva altura, habiendo en algún caso causado daños a vehículos. Por otra parte se han recibido en este Grupo Municipal, demandas de vecinos en el sentido que en zonas asfaltadas durante los últimos años, estos Reductores de Velocidad han perdido su eficacia al quedarse a la misma altura que el nuevo pavimento. En consecuencia se presenta la siguiente MOCIÓN: Que este Pleno acuerde solicitar a los Servicios Técnicos del Ayuntamiento informe sobre las dimensiones de los Reductores de Velocidad de Sección Transversal Trapezoidal existentes en el municipio, con el fin de adaptarlos a la normativa del Ministerio de Fomento, Orden FOM/3053/2008 de 23 de septiembre.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda, de 19-12-2012, favorable.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Centrista, Sr. Del Río, explica que el Ministerio de Fomento, hace dos años, dictó una Orden Ministerial determinando las dimensiones técnicas que debían tener, en la red de carreteras del Estado, los reductores de velocidad.

Aclara que las dimensiones que se determinaron son bastante

asumibles y regulares puesto que tienen que tener una altura de 10 cm., una longitud de 4 m. y una determinada rampa de acceso que depende de la velocidad permitida en la zona.

Sigue diciendo que la Comunidad de Madrid, para su red de

carreteras, ha dictado instrucciones técnicas que deben aplicarse para esos reductores de velocidad pero la situación en Majadahonda es aleatoria porque hay badenes con unas dimensiones enormes en los que las huellas de los vehículos dejan claras las consecuencias que se han producido y hay otros que, después de asfaltar las calles, prácticamente han desaparecido. Indica que su Grupo es consciente de que el Ayuntamiento no tiene obligación de respetar esa Orden del Ministerio de Fomento pero entiende que se debe realizar una regulación para los pasos elevados

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porque algunos de los que hay en Majadahonda son verdaderas trampas puesto que su pendiente de entrada es muy suave pero la caída es muy grande y determinados modelos de coches no pueden pasar por algunos badenes sin que se rocen y no entiende cómo las ambulancias pueden pasar por algunos, sobre todo cuando llevan algún enfermo. Termina su intervención diciendo que esta Moción, aunque haga referencia expresa a la Orden del Ministerio de Fomento, pretende que se realice un estudio por los servicios técnicos para comprobar si los reductores de velocidad que hay en Majadahonda se ajustan a esa norma. La Viceportavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sra. García Gallo, indica que siempre ha tenido curiosidad por conocer el criterio que se sigue en Majadahonda para hacer reductores de velocidad de sección transversal trapezoidal y dice esto porque cada badén tiene una altura diferente. Termina su intervención diciendo que su Grupo está de acuerdo con esta Moción y con que los servicios técnicos municipales informen sobre las dimensiones de los badenes y, si no es obligatoria la aplicación de esa Orden Ministerial, sería conveniente que todos los badenes se regularicen y tengan un mismo tamaño. El Sr. Presidente aclara que en Majadahonda se puso el primer badén de España y está convencido de que esos badenes han salvado muchas vidas en este municipio y dice esto porque tenemos uno de los ratios mas bajos de siniestralidad vial de toda España. Sigue diciendo que durante esos años se ha ido cambiado de idea, los primeros se hicieron muy grandes y es cierto que los vehículos rozaban, después se hicieron pequeños y no cumplían su función y ahora se están haciendo con unas medidas medias y está de acuerdo en que hay que estandarizar las medidas. La Portavoz del Grupo Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, indica que está de acuerdo en que es necesario adoptar alguna medida sobre los reductores de velocidad porque determinados

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badenes son famosos en Madrid porque todos los coches los rozan al pasar como ocurre con el situado en la c/ Francisco Umbral y el del Centro Comercial La Bolsa. Continúa diciendo que, aunque la normativa del Ministerio de Fomento no pueda ser aplicada a los ayuntamientos, da unas pautas que serían interesante tener en cuenta y además recuerda que el 14 de mayo de 2004 se dictó una sentencia por un resalte en la Avda. Guadarrama en la que se establece la posibilidad de que sea un resalte trampa y que genere responsabilidad por parte del Ayuntamiento. Termina su intervención indicando que su Grupo está de acuerdo con esta Moción y pide un esfuerzo para adaptar los badenes, adaptación que recuerda también figuraba en el programa electoral del Partido Popular. El Sr. Presidente aclara que quizá el badén del Centro Comercial La Bolsa sea el más alto de toda Majadahonda y, a pesar de ello, cree ningún vehículo lo rozaría si circulara a la velocidad adecuada (menos de 30 km./hora) y cuestión distinta es que la práctica y la realidad lleve al equipo de gobierno a adoptar medidas. Añade que el único lugar en que era inevitable que los vehículos rozaran era el túnel que pasaba por debajo de la anterior Plaza de la Constitución. La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, aclara que en el badén de la c/ Francisco Umbral rozan siempre determinados modelos de coches aunque circulen a 20 km./h. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica que su Grupo también va a votar a favor de esta Moción por considerar que es muy acertada puesto que recoge una queja reiterada de nuestros vecinos. Termina su intervención aclarando sobre la Moción que presentó su Grupo refiriéndose a la Avda. Paralela y que se ha aprobado anteriormente, que si finalmente los servicios técnicos municipales resuelven la necesidad de instalar un badén o un elemento

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disuasorio de velocidad, se ajuste a la normativa del Ministerio de Fomento. El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda, Sr. Pérez González, indica que en este tema todos los grupos municipales están en la misma línea porque parece que todos tienen claro que la Orden del Ministerio de Fomento no obliga a los ayuntamientos y de hecho algunas comunidades autónomas, diputaciones y ayuntamientos tienen normativas propias, otras no las tienen y otras aplican la recomendación del Ministerio de Fomento, etc. Aclara que en Majadahonda se han modificado muchos badenes aunque también pueden quedar algunos que deban ser modificados y añade que, en los nuevos badenes que se instalen, se intentará seguir esas recomendaciones y, en función de los costes y otros criterios, se irán modificando los que sean necesarios. Termina su intervención diciendo que le alegra que los grupos de la oposición presenten mociones sobre el programa electoral del Partido Popular porque eso significa que hicieron un programa electoral muy bueno. El Viceportavoz del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río, manifiesta que esta moción va a ser aprobada por unanimidad porque lo que pide es de sentido común. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por unanimidad, ACUERDA solicitar a los Servicios Técnicos informe sobre las dimensiones de los reductores de velocidad de sección transversal trapezoidal existentes en este municipio con el fin de adaptarlos a la normativa del Ministerio de Fomento, Orden FOM/3053/2008, de 23 de septiembre.

13.9(21/12) MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL CENTRISTA PARA INSTAR A TODAS LAS CONCESIONES

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ADMINISTRATIVAS A EXPONER LOS PRECIOS APROBADOS POR LA CORPORACIÓN EN SUS ACCESOS Y OFICINAS DE INFORMACIÓN. (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, que ha tenido entrada en el Registro General el 19-1-2012, nº 1175, cuyo texto es el siguiente: “Desde hace años este Grupo viene denunciando el poco control que se lleva a cabo, por parte de los servicios correspondientes de este Ayuntamiento, sobre las distintas concesiones administrativas que existen en el municipio. Entre los problemas que se detectan habitualmente existe uno que, por su gravedad, conviene solucionar de forma inminente. Se refiere a los precios que algunas de estas concesiones cobran a nuestros vecinos por la utilización de sus instalaciones. Esos precios son aprobados por los órganos correspondientes de este Ayuntamiento y de obligado cumplimiento para todos y cada uno de los distintos concesionarios. A la vista de las reclamaciones de algunos vecinos y de la falta de claridad en la aplicación de los mismos se presenta la siguiente MOCIÓN: Que desde el servicio responsable se inste, con carácter de urgencia, a todas y cada una de las concesiones, a exponer los precios aprobados por la Corporación, de forma visible y clara, en los accesos y oficinas de información de los usuarios, desde el día de hoy. Asimismo solicitamos que se controle periódicamente el cumplimiento de esta obligación.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda, de 19-12-2012, favorable.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, da

lectura a la Moción que ha presentado aunque añade que en la misma se ha olvidado de consignar que los precios expuestos estén sellados

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por el Ayuntamiento para que los usuarios que lo vean sepan que son precios oficiales.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que su Grupo va a votar a favor de esta Moción. Aclara que en esta misma sesión, en un punto anterior, se ha

debatido mucho sobre una determinada concesión administrativa y le sorprende que no sea obligatorio que las concesiones administrativas tengan expuestos los precios en sus instalaciones por lo que considera que esta Moción es muy apropiada y por ello va a votar a favor.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, manifiesta que, como indicó en la Comisión Informativa, lo que se pide en esta Moción puede ser una solución para controlar la información que las empresas concesiones dan a los vecinos pero a su Grupo también le gustaría que se tuviera una mayor contundencia por lo que propone, además de que los precios estén sellados por el Ayuntamiento, que se publiquen en la página web municipal. El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica que todos saben que a su Grupo le interesa mucho todo el tema de las concesiones administrativas que se han hecho en Majadahonda porque, como ha indicado en otro punto de esta misma sesión, la política de concesiones administrativas es bastante deficitaria en cuanto a los ingresos que debemos recibir. Sigue diciendo que desea proponer en estos momentos, al Grupo Centrista, que incorpore a su Moción el que todas las concesiones administrativas paguen al Ayuntamiento lo que les corresponda y abonen las deudas pendientes que su Grupo conoce que las hay porque esos ingresos serían beneficiosos para las cuentas municipales. El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad, Sr. Carnevali, aclara que el equipo de gobierno va a votar a favor de esta Moción.

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La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica que está de acuerdo con todo lo que suponga dar publicidad a los precios que deben cobrar las concesiones administrativas y también está de acuerdo en que las empresas concesionarias paguen todo lo que deban al Ayuntamiento y adelanta que, en el turno de ruegos y preguntas, realizará alguna pregunta sobre alguna concesión administrativa. Termina su intervención diciendo que lo que intenta conseguir esta Moción es que no sea necesario que los usuarios pidan los precios de una concesión administrativa porque deben estar colocados en lugares muy visibles y además deben tener el sello del Ayuntamiento. Sometido este asunto a votación, la Corporación, por unanimidad, ACUERDA que desde el servicio responsable se inste, con carácter de urgencia, a todas y cada una de las concesiones, a exponer los precios aprobados por la Corporación y sellados por el Ayuntamiento, de forma visible y clara, en los accesos y oficinas de información de los usuarios, desde el día de hoy y además que se controle periódicamente el cumplimiento de esa obligación. 14. MOCIONES DE URGENCIA CONFORME A LO

PREVISTO EN EL ART. 91.4 DEL R.O.F. No se presentaron mociones de urgencia. 15. RUEGOS Y PREGUNTAS El Sr. Presidente ruega a los portavoces de los grupos de la oposición, que realicen todos sus ruegos y preguntas por escrito, salvo que quieran hacer alguna en este momento, porque tiene que coger un avión y le gustaría tener tiempo suficiente para responder personalmente las preguntas que le realicen los vecinos que han acudido a esta sesión.

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El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, realiza “in voce” el siguiente ruego: 1. Indica que en el anterior Pleno su grupo planteó el caso de una

vecina a la que le habían robado 11 veces en el año 2011 y en estos momentos le gustaría trasladar el caso de otros vecinos de la c/ Santa Lucía nº 4. Aclara que varios concejales del grupo Popular conocen este caso y, atendiendo a la rapidez que ha demandado el Sr. Alcalde, ruega que algún miembro del equipo de gobierno le explique la situación de ese bar que genera muchísimo ruido y situaciones lamentables para los vecinos de ese mismo edificio y, concretamente, una vecina de 90 años está sufriendo crisis de ansiedad por lo que es de absoluta necesidad que se dé a este tema una solución rápida y contundente.

El Presidente aclara que el equipo de gobierno está

trabajando ya en este tema aunque toma nota de este ruego. La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de Oca, realiza “in voce” el siguiente ruego: 2. Indica que su grupo ha estado recibiendo cartas de GREFA

denunciando que el Ayuntamiento no les abona, desde el año 2008, las cantidades recogidas en el convenio y la última noticia que ha recibido es que se han visto obligados a rescindir el contrato a cinco empleados. Ruega que por este Ayuntamiento se atiendan las peticiones de GREFA porque parece que no son atendidas en las Concejalías de Medio Ambiente y Educación.

El Sr. Presidente indica que GREFA no ha justificado algunas de las cantidades que le habían sido entregadas y ese es el motivo de que no se les hayan realizado los abonos.

El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez Maillo, realiza “in voce” el siguiente ruego:

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3. Aclara que en este caso va a actuar como portavoz de un vecino que acude regularmente a los Plenos y que viene reclamando determinadas acciones en la c/ Viento para evitar problemas de circulación y atropellos en la esquina de dicha calle y la c/ Doctor Calero. Añade que en estos momentos se hace eco de su ruego para que se conteste a su petición porque la ha planteado por escrito, verbalmente, etc., sin recibir respuesta.

El Sr. Presidente indica que toma nota de este tema

aunque le extraña que no se haya contestado aún la petición de ese vecino.

El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura, realiza “in voce” la siguiente pregunta: 4. Indica que, ante la publicación por el nuevo Gobierno, del

Decreto para el control del déficit de la Administración y la inquietud que han creado algunos de sus artículos como es la posibilidad de amortizar las plazas que quedan libre por jubilación del titular, y ante la cercanía de la jubilación de algunos empleados municipales, pregunta la posición de este Ayuntamiento en esos casos.

El Sr. Presidente aclara que lo que se va a hacer es cumplir

la ley. El Sr. Ventura indica que el Decreto solo establece una

posibilidad y no su cumplimiento absoluto. El Sr. Presidente aclara que los servicios jurídicos

estudiarán ese Decreto y serán los que informen de lo que se puede hacer y lo que no pero lo que se haga será siempre cumpliendo la ley.

En el escrito entregado al Sr. Secretario por la Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, constan las siguientes preguntas:

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1. Además del deterioro progresivo del quiosco del parque de

Colón y debido a que los últimos meses se han producido actos vandálicos, convirtiéndose la parte de atrás en casi un baño público, nos gustaría saber qué medidas van a tomar al respecto.

2. Una vecina nos comunica de varios incidentes producidos en el

paso de bicicletas de la calle de Las Norias entre la rotonda y la estación de cercanías donde los ciclistas irrumpen en la calzada sin tener precaución. Dada la mala iluminación y señalización, los coches no ven el ceda el paso que hay en la calzada, no ven venir al ciclista y se producen frenazos que pueden ser peligrosos y producir accidentes. Antes de que tengamos que lamentarlo le rogamos estudien esta ubicación o refuercen su señalización para evitar que se produzcan accidentes.

3. Hemos recibido la visita de una vecina para protestar por la poca

efectividad que han tenido las diferentes denuncias por la existencia de un perro suelto, de raza chowchow, que ha agredido a una vecina de Majadahonda. A pesar de que se ha iniciado un expediente sancionador con varias actas de la Policía Local, el perro sigue campando por Majadahonda como si fuera su finca particular e intimidando a todo el que se cruza en su camino o que pasea tranquilamente a su perro o sus niños, por ello le ruego se interese para intentar conseguir de una vez que se sancione y se saque a este perro de las calles de nuestra ciudad.

En escrito entregado al Sr. Secretario por el Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, constan los siguientes ruegos y preguntas: 1. ¿Cuánto gasta el Ayuntamiento de Majadahonda en licencias de

software? ¿De qué licencias se trata y en qué cantidad se contratan?

2. ¿Con cuántos equipos informáticos cuenta el Ayuntamiento de

Majadahonda en la actualidad?

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3. ¿Cuántos expedientes de inspección anuales se realizan sobre el pago de tributos y otras tasas municipales? ¿Tiene el Ayuntamiento previsto algún plan especial de inspección sobre el correcto pago y liquidación de tributos y tasas? ¿Se está personando el Ayuntamiento como parte interesada en los concursos de acreedores para reclamar las deudas que se pueden mantener con el consistorio?

4. ¿Qué tipo de medidas sancionadoras toma el Ayuntamiento ante

el incumplimiento de pago de tributos? Por ejemplo: si un establecimiento incumple con el pago de la tasa por instalación de terrazas, ¿se le concede licencia para el año siguiente?.

5. ¿Quién ha realizado la valoración de las instalaciones que van a

ser cedidas al Canal de Isabel II como resultado del convenio recién aprobado? ¿En cuánto se valoran esas instalaciones en Majadahonda?

6. La ONG local GREFA ha remitido una carta a todos los

corporativos informando sobre su delicada situación económica, que ha derivado en la rescisión de los contratos con gran parte de su plantilla; muchos de ellos vecinos de Majadahonda. Esta situación viene provocada por los incumplimientos de pago de los convenios suscritos con entidades e instituciones (incluido el Ayuntamiento de Majadahonda). Por las noticias que tenemos, el Ayuntamiento de Majadahonda adeudaría a GREFA cerca de 90.000 euros, correspondientes al pago de los convenios desde el año 2006, a pesar de haber sido justificados; y los responsables municipales ni siquiera han respondido a los numerosos requerimientos de los responsables de esta organización para encontrar una solución. ¿Cuánto tiene previsto el Equipo de Gobierno abordar este problema y resolver la deuda con GREFA?.

7. El pasado 15 de enero se celebró en Majadahonda un homenaje a los aviadores rumanos Ion Mota y Vasile Marin, muertos en la guerra civil.

A pesar de celebrase en una propiedad privada, dicho acto

fue realizado al aire libre con la consiguiente perplejidad e indignación de muchos vecinos y vecinas que lo presenciaron. ¿tenían los convocantes alguna notificación oficial o permiso municipal para la celebración del citado acto? ¿Se tomó algún

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tipo de medida excepcional de control y vigilancia por parte de las fuerzas de seguridad. Además, en la celebración de este evento se pudo observar bastantes incumplimientos de las normativas (coches aparcados en lugares no permitidos, un autobús obstaculizando el tráfico, venta ambulante ...) ¿Se han sancionado estas situaciones?

8. ¿Está previsto algún emplazamiento para instalar puntos de

carga de coches eléctricos en nuestro municipio? 9. Recientemente se ha instalado la unidad móvil para la

prevención del cáncer de mala en el aparcamiento del Centro de Salud del Cerro del Aire. Usuarias de este servicio se han quejado de que la espera es la intemperie. ¿Por qué no se estudia un emplazamiento más adecuado para que las usuarias no sufran más los rigores del invierno y puedan esperar su turno a cobijo?

10. ¿Qué criterios se han seguido en la poda llevada a cabo en

Fuente Marcela? ¿Se han valorado otras alternativas de podas menos drásticas propuestas por los vecinos de la zona a raíz de la poda anterior que finalizó en marzo del pasado año?

11. Una vecina de la calle Oeste ha presentado dos reclamaciones en

este Ayuntamiento porque no puede sacar el coche de su garaje con vado permanente, debido a que la calle es estrecha y se puede aparcar en la acera de enfrente. ¿Tiene conocimiento el equipo de gobierno de esta situación? Se ruega se solucione este problema lo antes posible, y permitir así a esta vecina utilizar su vehículo.

12. Algunos comerciantes de la zona de La Ermita se quejan de la

falta de iluminación. Esta situación contrasta con la de otras zonas comerciales del pueblo, como la Gran Vía o la Plaza de los Jardinillos. ¿Por qué se iluminan más unas zonas comerciales que otras?.

13. Siguen los problemas por la cantidad de coches aparcados en las

aceras los días de mercadillo y la falta de diligencia de la Policía Local a la hora de sancionar este tipo de infracciones. Las quejas mas frecuentes son de la Plaza de la Lealtad y las calles Granadilla y de la Mina. ¿Cuándo se van a atender estas

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reclamaciones vecinales? ¿Cómo piensa el equipo de Gobierno resolver este problema?

14. La zona del cementerio (nos referimos a la confluencia de las

calles Miguel Hernández y cementerio; donde estuvo ubicado el taller de alfarería de Arcadio Blasco) está en un estado de absoluto abandono. Hay mucha basura esparcida por toda la zona que no se recoge. ¿A quién corresponde el mantenimiento de la zona? ¿Por qué se permite tal insalubridad?

15. La escalera que comunica las calles San Roque y San Lucas no

está iluminada, y algún vecino se ha quejado de la falta de visibilidad y la percepción de inseguridad al pasar por un lugar tan oscuro. Rogamos se proceda cuanto antes a la iluminación de este lugar de paso tan frecuentado y céntrico.

En el escrito entregado al Sr. Secretario por la Portavoz del Grupo Municipal Centrista, constan los siguientes ruegos y preguntas: 1. La Ley de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la

Comunidad de Madrid establece en su art. 2.4, la plantación de un ejemplar adulto de la misma especie por cada árbol eliminado. ¿Cómo se está aplicando por este Ayuntamiento la mencionada normativa?.

2. ¿Se ha recibido en las últimas fechas denuncia por parte de

algún vecino, en relación a robos o hurtos en el entorno de la calle Manuel de Falla y la escuela infantil La Tarara. ¿Qué tipo de problemas se han producido? ¿Qué medidas se han tomado al respecto?

3. ¿Cómo está y en qué fase la reversión de la concesión del campo

de golf municipal?. El Sr. Presidente hace entrega al Secretario de la Corporación, para que las adjunte al Acta de esta sesión, todas las contestaciones que han realizado por escrito los miembros del Equipo de Gobierno a las preguntas realizadas por los Grupos de la Oposición.

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Se adjuntan al presente acta como Anexo las respuestas a preguntas formuladas, entregadas al Secretario que suscribe por el Sr. Alcalde. Las respuestas anexadas corresponden a las siguientes Concejalías: - De Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios

Jurídicos y Seguridad. - De Deportes y Fiestas. - De Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y

Vivienda. - De Medio Ambiente, Jardines y Limpieza. - De Cultura y Juventud. Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno 21-12-2011. “8. Los días de mercadillo hay aparcados vehículos en todo el

perímetro de la Plaza de la Lealtad. Esto supone una infracción de las normas de tráfico y un grave peligro para peatones y conductores, puesto que se reduce sustancialmente la visibilidad. ¿Por qué no se sancionan los coches mal aparcados si, como nos consta, las quejas de los vecinos son constantes?

La Policía Local informa que no tienen constancia de que se haya registrado accidente alguno con motivo del estacionamiento incorrecto de vehículos en ese punto. No obstante, también informa que en los últimos seis meses se han impuesto en la citada zona, doce denuncias por infracciones de tráfico, habiéndose procedido, además, en seis de los casos a la retirada de los vehículos con el servicio de grúa. Majadahonda, 23 de enero de 2012.- Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad.- Fdo.: José Antonio Carnevali Ramírez.”

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Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad al Grupo Municipal Unión, Progreso y Democracia. Pleno 21-12-2011. “1. Pregunta qué mecanismos de control existen para las

concesiones administrativas. Los mecanismos, en observancia de la Ley, son los siguientes: a) Es el responsable de cada contrato (Jefe de Servicio), conforme

los pliegos de cada concesión, quien vigila la ejecución del mismo.

b) Si de esa vigilancia resulta alguna incidencia con trascendencia jurídica, se comunica al Departamento de Contratación de la Secretaría General, para efectuar la tramitación correspondiente.

c) En cuanto al pago del canon establecido en el contrato,

corresponde a la Tesorería Municipal.

Todo ello, sin perjuicio de cualquier otra vigilancia que pudiera corresponder a la Intervención Municipal.

Majadahonda, 23 de enero de 2012.- Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos y Seguridad.- Fdo.: José Antonio Carnevali Ramírez.” Respuestas de la Concejalía de Deportes y Fiestas al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno diciembre 2011. CON CARGO AL AYTO. DE MAJADAHONDA Montaje y decoración Belén 1.156,40Hinchables 7.525,00Diseño y adaptaciones cartel "Majadahonda en Navidad" 669,50Impresión octavillas y carteles Navidad 1.111,51Instalación cuadros eléctricos para hinchables y megáfonia c/ Gran Vía 4.996,12Iluminación artística general Navidad 56.168,00Distribución octavillas 1.019,52Distribución de carteles 141,60Alquiler e instalacion de vallado recorrido Cabalgata, traslado escenario 9.570,64

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Apoyos Banda de Música 280,00 SUMA 82.638,29 PAGO AL 50% MAJADAHONDA Y LAS ROZAS 4140 Kg. de Caramelos 16.811,79Serpentinas y confeti 7.843,4640 millares de globos 3.068,00250 bolsas de tela serigrafiadas para reparto caramelos 458,43Pasacalles Piratas (La fábrica de sueños) 6.195,00Pasacalles Historia del Unicornio(La fábrica de sueños) 6.195,00Pasacalles El cuento de nunca acabar (Bambalina) 5.074,00Pasacalles Se busca (Spasmo) 5.664,00Pasacalles personajes Infantiles patrocinado por Equinoccio 0,00Pasacalles Tomatelón 3.000,002 Charangas (10 músicos disfrazados cada una) 5.946,40Contrato carrozas Snick (4 temáticas) 35.872,00Contrato carrozas Rurro (2 temáticas y 3 tronos Reyes) 47.200,00Montaje y desmontaje escenario 1.132,80Certificado instalación escenario 744,23Alquiler de equipo de sonido y luces para mensaje de los Reyes 1.652,00Alquiler 4 furgonetas para transporte de caramelos 360,00Alquiler 4 quads con 4 conductores para reparto caramelos 1.652,00Alquiler trajes Reyes, pajes y 40 hebreos 2.194,80Auxiliares organización (conductores, responsables, abrir caramelos, etc) 4.324,70Contratación de 15 cuidadoras 1.485,00Alquiler módulo sanitario-aseos 427,16Impresión 8 cartelones para furgonetas caramelos 301,61

SUMA 157.602,3

8 Majadahonda, 19 de enero de 2012.- El Concejal Delegado de Deportes y Fiestas.- Fdo.: Javier Caballero López.” Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda al Grupo Municipal Socialista. Pleno diciembre 2011. “1. Aclara que su Grupo viene realizando esta misma pregunta en los

diferentes Plenos y espera que el Equipo de Gobierno pueda dar

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un poco de luz sobre lo que ocurre con las cuatro promociones de viviendas que se sortearon en el año 2007, con la presencia del Alcalde y la Presidenta de la Comunidad de Madrid, Dª Esperanza Aguirre. Indica que hace esta pregunta porque ningún ciudadano habita en esas viviendas y además cree que algunas ni siquiera han comenzado a construirse. Pregunta si es cierto que una o dos promociones ni siquiera cuentan con empresa constructora.

En su pregunta no aclara exactamente las promociones a las que se refiere pero dado que habla de cuatro y de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, supongo que se refiere a las cuatro promociones que el IVIMA tiene en el municipio de Majadahonda, en la zona Valle de la Oliva y que son dos de venta y dos de alquiler. De las cuatro promociones, una de venta está a punto de entregarse y la otra está en construcción bastante avanzada. Las dos promociones de alquiler están pendientes de inicio de obra y en varias ocasiones nos hemos interesado por las mismas, contestando el IVIMA que se van a poner en marcha pero no teniendo fechas concretas del inicio de obra. Majadahonda, a 20 de enero de 2012.-El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda.- Fdo. Juan Carlos Pérez González.”

   

Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y vivienda al Grupo Municipal Socialista. Pleno diciembre de 2011. “3) Indica que en el pasado Pleno de 28 de septiembre, el Portavoz

de su Grupo preguntó si se había realizado algún estudio sobre la incidencia que podría tener en el tráfico, el funcionamiento del centro comercial Gran Plaza 2. Aclara que no ha recibido respuesta y por ello pregunta nuevamente si se está realizando algún estudio sobre el tráfico en esa zona.

La incidencia del tráfico por la instalación del nuevo centro

comercial afecta principalmente a vías de competencia estatal, concretamente la autovía M-50 y es la demarcación de carreteras la que ha permitido la conexión directa desde la vía de servicio a la entrada de la zona comercial. Como parte de la documentación

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entregada por la empresa para la petición de licencia, se incluyó un estudio de tráfico que se adjunta. Majadahonda, a 20 de enero de 2012.- El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda.- Fdo. Juan Carlos Pérez González.”

  

Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia. Pleno noviembre 2011. “5) Nos gustaría saber si se controla el espacio que tienen concedido para terraza los establecimientos de hostelería, ya que muchos vecinos tienen la sensación de que las mesas de los establecimientos que se sitúan uno frente a otro, apenas dejan paso a los peatones en algunos días.

Se están realizando inspecciones periódicas en diferentes zonas del municipio, a petición vecinal o por oficio del propio ayuntamiento con la finalidad de conocer la situación de la instalación de terrazas y restablecer las condiciones iniciales de la licencia de instalación de terrazas en los casos en los que se hayan variado. Paralelamente y debido a la alta demanda del sector hostelero del municipio como consecuencia de la disminución de ingresos y la afección que la aplicación de la Ley Antitabaco, se está trabajando en la modificación de las condiciones para la instalación de terrazas, viendo experiencias de otros municipios y estudiando diferentes propuestas del sector empresarial. Majadahonda, a 20 de enero de 2012.- El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda.- Fdo. Juan Carlos Pérez González.” Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno diciembre 2011. “2) Indica que esta pregunta le hubiera gustado plantearla en la

Junta General de PAMMASA que se ha celebrado antes del Pleno pero, al ser extraordinaria, no había turno de ruegos y preguntas y por ello la presenta en este momento y es que vecinos de viviendas de protección oficial del Valle de la Oliva

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les han informado de que en esa promoción existen varias viviendas vacías. Pregunta, si esa información es cierta, por qué se permite que estén vacías cuando hay necesidad de vivienda pública en Majadahonda y además hay listas de espera y también por qué se tarda tanto tiempo en el cambio de la vivienda entre un adjudicatario y otro y hace esta pregunta porque en muchas ocasiones pasan meses hasta que el nuevo adjudicatario llega a ocupar la vivienda.

No aclara en su pregunta a que promoción se refiere, en el

Valle de la Oliva hay varias promociones, tanto del ayuntamiento como del IVIMA.

Aun así, le informo que recabada información de la propia empresa municipal, nos indican que en muchos casos los cambios tardan ya que hay que acondicionar la vivienda, se tarda en la entrega de documentación y posterior revisión, hay renuncias del siguiente adjudicatario en la lista, etc. Y todo el proceso conlleva que puedan haber viviendas vacías un tiempo determinado pero que es como consecuencia del propio proceso de nueva adjudicación. Majadahonda, a 20 de enero de 2012.- El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda.- Fdo. Juan Carlos Pérez González.” Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno diciembre 2011. “3) ¿Qué medidas concretas de ahorro energético está llevando a

cabo el Ayuntamiento?. Rogamos se nos proporcione la información desagregada por concejales.

En la concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda se han puesto en marcha varios procesos para un ahorro energético futuro y que consisten principalmente en la unificación de mantenimientos de calefacción, climatización y otros para la gestión conjunta bajo criterios de sostenibilidad y ahorro. Respecto al alumbrado público, fuentes, consumo de agua, etc. se están elaborando informes para establecer criterios que permitan un ahorro efectivo y la posible modificación de horarios de funcionamiento siempre que la inversión técnica necesaria no

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suponga un gran gasto que al final sea mayor que el consumo ahorrado. Majadahonda, a 20 de enero de 2012.- El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.” Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno diciembre 2011. 5) Las infracciones a la Ordenanza Reguladora de Publicidad

Exterior son constantes: carteles en la vía pública, soportes que obstaculizan el paso a peatones y personas con movilidad reducida, entre otros. ¿Por qué no se hace cumplir esta norma?

Se está revisando la implantación en el municipio de cartelería en la vía pública y en cuanto se tengan datos concretos, se requerirá a los titulares de soportes publicitarios que no tengan permiso de instalación la retirada de los mismos y el cumplimiento de la norma. Paralelamente, se está revisando dicha ordenanza para mejorarla. Majadahonda, a 20 de enero de 2012.- El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.” Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno diciembre 2011. “6) ¿Por qué están clausuradas muchas fuentes para consumo

humano en parques y zonas de paseo del municipio? Un ejemplo significativo es la que hay al lado de las pistas de baloncesto del Parque de colón, necesaria y muy utilizada por las personas que allí practican algún deporte. Rogamos asimismo que se nos facilite un listado de las fuentes para consumo humano que están actualmente en funcionamiento.

Pregunta que queda pendiente de contestación para el siguiente Pleno.

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Majadahonda, a 20 de enero de 2012.- El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.” Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno diciembre 2011. “7) ¿Cuándo está prevista la inauguración del aparcamiento de la

Plaza de la Constitución?

No existe fecha concreta para la inauguración del aparcamiento de la plaza Constitución aunque se está trabajando para que se pueda abrir al público cuanto antes, estudiando posibilidades de gestión del mismo. Majadahonda, a 20 de enero de 2012.- El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de La Ciudad, Movilidad y Vivienda.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.” Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda al Grupo Municipal Centrista. Pleno diciembre 2011. “2) Indica que esta pregunta está relacionada con otra que realizó

en el Pleno anterior y que cree que no fue bien entendida y que se refiere a la parcela del nuevo edificio de Mapfre. Manifiesta que en el Pleno anterior se dijo que esa parcela era propiedad de Mapfre y que había realizado un acceso pero su Grupo no preguntó sobre la propiedad sino porque entiende que ese terreno que estaba unido a la gasolinera, en el Plan General, tiene un uso limitado (equipamiento para servicio de la autovía al igual que la gasolinera) y cree que, aunque la parcela sea propiedad de Mapfre, no se está destinando al uso previsto y por ello pregunta, para que sea respondida por escrito, si ese trozo de parcela responde al plan urbanístico y, si no responde, qué se va a hacer.

     Con fecha 10 de junio de 2004 se concede licencia de segregación de la parcela ES-1, resultando dos parcelas, la ES-1-1 de 2.142,32 m2 y la ES-1-2 de 2.764,68 m2 que es la que nos ocupa.

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Dicha parcela consta de los siguientes usos: “uso comercial y equipamiento vario con una edificabilidad sobre rasante de 2.280 m2”. En los Artículos 155 y siguientes de las NNUU del vigente Plan general se desarrollan, bajo el epígrafe de “uso de servicio terciario” los usos comerciales y de oficina. En este epígrafe encaja el uso comercial establecido sobre el solar. En los Artículos 160 y siguientes de las NNUU del vigente Plan General se desarrolla el “uso dotacional” en el que encajaría el de equipamiento vario establecido sobre el solar. En la definición del uso el Plan dice: “Es uso dotacional el que sirve para (….) proporcionar los servicios propios de la vida en la ciudad tanto de carácter administrativo como de abastecimiento o infraestructurales”. En consideración a lo establecido por el Plan, estos SSTT han informado favorablemente en la licencia concedida el establecimiento de un uso de oficina en el solar citado. Majadahonda, a 20 de enero de 2012.- El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad, Movilidad y Vivienda.- Fdo.: Juan Carlos Pérez González.” Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia. “4) Ante la continua queja de los vecinos sobre la nula austeridad

que tiene el Ayuntamiento en gasto floral. ¿Es posible que la ornamentación floral del municipio se fija por motivos de sostenibilidad, como por ejemplo, dando prioridad a las especies arbustivas y perennes sobre la flor de temporada?

No entendemos bien si con nula austeridad se refiere a gasto cero, pero en cualquier caso, lo que podemos indicarles desde la Concejalía que dirijo, es que siempre se estudian y aplican las opciones que conllevan mayor sostenibilidad y ahorro posible. El contrato de suministro de flores de temporada asciende a 53.000 € al año.

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Majadahonda, 26 de diciembre de 2011.- El Concejal de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza.- Fdo.: Pablo García González.” Respuestas de la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno diciembre 2011. “3) ¿Qué medidas concretas de ahorro energético está llevando a

cabo el Ayuntamiento?. Rogamos se nos proporcione la información desagregada por concejales.

La mayor parte de los vehículos aportados por la empresa

adjudicataria del contrato de gestión de servicio público mediante concesión administrativa del Servicio de Limpieza viaria y Recogida de residuos urbanos en Majadahonda, serán propulsados por gas o por electricidad. Con respecto a las instalaciones municipales el Ayuntamiento sigue las recomendaciones de uso de energía establecidas por el suministro de industria y está procediendo a adaptar sus contratos eléctricos a normativa.

9) Según muchos vecinos, pasear por algunas calles de

Majadahonda supone una carrera de obstáculos debido a las heces caninas. Resulta difícil evitarlas, y más en el caso de personas con sillitas infantiles o en silla de ruedas.

Solicitamos que el Ayuntamiento promueva una campaña

de divulgación de la Ordenanza contra actos incívicos, instalando carteles en las calles y/o enviando cartas a las comunidades de vecinos, con el fin de fomentar el cumplimiento del art. 32.

Desde la Concejalía de Medio Ambiente, Jardines y

Limpieza se han colocado alrededor de 50 carteles recordando la necesidad de mantener las calles limpias de excrementos caninos y recordando también la obligación de cumplir con la ORMA y las sanciones aplicables en las siguientes Gran Parque de Majadahonda, Arcipreste, colón, Valle de la Oliva, Sorolla y Clamart y parque de los Alcaldes entre otros. Desde esta Concejalía continuaremos con la campaña de concienciación y la limpieza de las aceras. Le adjuntamos una de las fotografías tomadas cuando se instalaron.

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Majadahonda, 26 de diciembre de 2011.- El Concejal de Medio

Ambiente, jardines y Limpieza.- Fdo.: Pablo García González.” Respuestas de la Concejalía de Cultura y Juventud al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. “En respuesta a la pregunta presentada por el Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, referente al motivo del cierre de la ocioteca del Centro Juvenil. Respondemos que la ocioteca ha estado funcionando gracias a una subvención para los C.A.P.I. desde 2003 hasta noviembre de 2010, fecha en la que dicha subvención terminó y hubo que cerrarla. Estamos estudiando abrirla de nuevo y esperamos que así pueda ser. Fdo.: María Fernández Dobao.- Concejal de Cultura y Juventud.” Y no habiendo más asuntos que tratar el Sr. Presidente levantó la sesión siendo las trece horas y cincuenta y cinco minutos del día veinticinco de enero de dos mil doce, en prueba de lo cual se levanta el presente acta que firma el Sr. Presidente en unión de mí, el Secretario, que doy fe. EL PRESIDENTE EL SECRETARIO