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“Public Utilitis”: Servicio privado cuya
prestación es de relevancia publica.
Generalidad: Prestado de manera general o
colectiva, sin distinción porque tiene por efecto
satisfacer necesidades colectivas
Igualdad: A todos sin discriminación
Regularidad: Se presta de modo uniforme,
cumpliendo normas técnicas y de calidad.
Indispensables: No hay sustitutos
Fuerte inversión
Pero además….
• Monopolios naturales
• En consecuencia:
• Necesidad de regular y supervisar en temas
de tarifas, calidad, usuarios, etc.
QUIEN DEBE HACERLO?
Toda regulación impacta en el
bolsillo de las empresas (tarifas,
calidad, usuarios)
Toda supervisión impacta en la
marcha del negocio de las
empresas
QUIEN DEBE HACERLO?
El Estado no tiene suficientes
recursos para realizar todas las
inversiones en infraestructura que se
requieren
El inversionista privado debe sentirse
motivado y seguro para invertir – Estado
de Derecho
QUIEN DEBE HACERLO?
El sistema debe garantizar que el
regulador-supervisor sea independiente del
poder político y de las propias empresas
reguladas, y que goce de excelencia
técnica para que sus decisiones sean las
mas acertadas
Los buenos resultados de la actividad
reguladora – supervisora redunda en
beneficio de los consumidores
7
Garantizar las inversiones
Proteger a los consumidores
Promover la eficiencia económica
EnteRegulador
Gobierno
ConsumidoresEmpresas
Balance de intereses
PRINCIPIOS DE LA ACTIVIDAD REGULATORIA
Antes de regular: definir los riesgos de la actuación regulatoria frente a los resultados previsibles de la dinámica competitiva.
Mínima intervención
Evaluacióncontinua
Intervención justificada
Transparencia
Proporcionalidad
Escoger el medio menos intrusivo para alcanzar los fines marcados y evitar prácticas aleatorias o discrecionales. Asumir también las mejores prácticas según circunstancias
En la actividad regulatoria ante la Sociedad y los agentes del mercado: aclarar el para qué y el cómo de la medida.
A mayor y más urgente impacto esperado de la medida (costes sobre los agentes) evaluación más elaborada y de mayor alcance
De toda la actividad regulatoria y sus medidas implantadas.
No duplicación de medidas
Revisar intervenciones con medidas múltiples ante un mismo problema detectado
9
• La regulación puede tener un papel clave en la
resolución de problemas identificados en el correcto
desarrollo del mercado
• No obstante, la intervención regulatoria debería ser la
excepción y sólo se justifica cuando se cumplen los
siguientes hechos:
1. Constatar la existencia de un fallo de mercado y
valorar, si es posible cuantitativamente, la magnitud
de las ineficiencias si el mercado no fuese regulado
La regulación sólo se justifica si los beneficios
superan a los costes
10
2. Determinar si la intervención pública es
capaz de corregir las ineficiencias, es decir,
qué mecanismo regulatorio se podría aplicar
3. Demostrar que los beneficios de la
regulación superan a los costes y a los
potenciales riesgos
La regulación sólo se justifica si los beneficios
superan a los costes
11
El impacto de la actuación regulatoria
Cualquier propuesta de actuación regulatoria debe venir justificada con
un estudio previo de su impacto en el consumidor final y en el desarrollo
del mercado a medio/largo plazo.
PROPUESTA DE MEDIDAS REGULATORIAS
Barreras de entrada Fallos del mercado
Opción 1
Identificación de un problema en el mercado
Opción 3Opción 2NO INTERVENCIÓN
Revisión constante de la conveniencia de mantener/eliminar/sustituir medidas regulatorias
implementadas de acuerdo a los resultados producidos
Evaluación de la ecuación coste-beneficio de cada medida, en un horizonte temporal de
medio plazo y de acuerdo a las características propias de cada mercado
13
Captura del Regulador (i)
El fenómeno de captura del regulador se utiliza para
describir la influencia de las empresas dominantes de un
sector sobre la/s agencia/s gubernamental/es a cuyo
control regulatorio y legal están sometidas.
Su extensión puede variar desde el trafico de
influencias y el uso de información privilegiada hasta la
prevaricación a favor de los intereses del actor
dominante.
14
Captura del Regulador (iii)
Captura industrial
En casos extremos, el regulador se convierte en
defensor de los intereses de la empresa dominante,
creando barreras de entrada para las empresas
competidoras, concediendo privilegios legales,
monopolios, concesiones e influyendo en el
procedimiento legislativo de forma favorable para su
patrón.
A menudo se evidencia una relación estrecha entre los
altos cargos del organismo regulador y su empresa
protegida, ya sea por vínculos familiares, antecedentes
profesionales o personales.
15
Captura del Regulador (iv)
“Existe, sin embargo, otra forma de captura, tanperniciosa y peligrosa como la anterior. Es la captura delregulador por el propio gobierno. Un medio para evitarlaes tener un directorio representativo, basado en elconocimiento técnico y en la personalidad de susmiembros, una aplicación en lo público de la teoría delos directores independientes promovida por las buenasprácticas de gobierno corporativo….
16
Captura del Regulador (iv)
Captura social El fin de semana, por decreto supremo, se les otorgó alos presidentes de Osiptel, Ositran, Osinergmin y Sunassplenos poderes para nombrar a todos los gerentes deestas entidades. Los directorios quedaron pintados. Sinduda, ha sido una muy mala idea. En nombre de laeficiencia se pierden las ventajas de una composiciónindependiente, garantía de manejo técnico. De otro lado,se abre la puerta a una captura sofisticada del reguladorpor los gobiernos.
Todavía estamos a tiempo de corregir. Simplementederogar el decreto, aunque pueda resultar difícil darmarcha atrás.”
Javier Tovar , Peru 21, 31 de mayo de 2007
18
La característica institucional básica del regulador es la:
AUTONOMÍA
La autonomía es la capacidad resultante de una dotación
institucional que permite establecer políticas y decisiones
independientes que buscan alcanzar un balance entre el
interés de todos los agentes económicos;
La autonomía implica que, como parte del cumplimiento
de sus objetivos institucionales, las acciones del
regulador deben ser:
– moralmente correctas,
– técnicamente factibles e
– intelectualmente defendibles.
19
Atributos de la Autonomía
1. Mandato de independencia
2. Órgano de gobierno estable, con prestigio
profesional y moral
3. Personal calificado y adecuado
4. Autosuficiencia presupuestal
5. Transparencia
6. Rendición de cuentas
7. Procedimientos de apelación
20
Mandato de independencia
• Claro e independiente del poder político: rango
constitucional
• Autoridad del nombramiento, de preferencia que
emane del poder legislativo
• Estabilidad del Directorio, no reelección ni remoción
arbitraria
• Que no coincidan con ciclos electorales
• No olvidar: Independiente pero con coordinación de
sus acciones y políticas a seguir con las diversas
entidades del gobierno, en procura de los objetivos
nacionales.
21
Órgano de gobierno estable, con prestigio
profesional y moral
• Sus funcionarios no deben tener conflictos de
intereses (ligados a empresas reguladas).
• Prohibiciones luego del mandato.
22
Personal calificado y adecuado
• Sus funcionarios deben tener calificaciones
técnicas, experiencia, rectitud, moral,
independencia de criterio y capacidad de gestión.
• Debe realizar trabajo en equipo, las decisiones
deben ser propuestas por sus órganos de línea y
aprobadas por el Colegiado, no por una sola
persona.
• Debate transversal al interior del regulador antes de
la toma de decisiones.
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Autosuficiencia presupuestal
• Presupuesto autónomo
• Suficiente para cumplir con sus labores
• En su defecto, habrá ausencia de capacidades
técnicas
• Es preferible que se sustente en contribuciones de
los propios usuarios a través de las tarifas.
• Evitar que el presupuesto sea aprobado por el
poder ejecutivo, mejor BCR
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Transparencia
• Cuanto mas transparente sea su accionar, menor
riesgo de captura
• Las decisiones deben ser difundidas, esto ayuda a
la predictibilidad, (publicación de proyectos,
audiencias publicas)
• El hecho de ser informado y de permitir la
participación en el debate antes de la toma de
decisión promueve el entendimiento y aceptación
de las políticas regulatorias por parte de todos los
actores (usuarios y Eos)
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Rendición de cuentas
• El OR debe rendir cuenta de sus acciones
• Debe acudir al parlamento para informar sobre su
desempeño, tanto en las labores regulatorias,
administrativas, financieras y de gestión.
26
Procedimientos de apelación
• Mecanismos que permitan un fácil acceso tanto de
los usuarios como de las Eos a los procesos de
reconsideración y apelación.
• Creación de tribunales técnico-legales que
resuelvan las reconsideraciones y apelaciones.
Régimen de los Organismos Reguladores.
a. Dónde se ubican en la estructura del Estado?
• CONGRESO
• PODER EJECUTIVO: PCM: reguladoresadscritos a ella: (OSIPTEL, OSINERG, SUNASS,OSITRAN).
• MTC, MEM, etc.
• PODER JUDICIAL
• ORGANISMOS CONSTITUCIONALMENTEAUTONOMOS: SBS, JNE, TC, BCR, Contraloría
Ley Marco de los Organismos Reguladores
de la Inversión en Servicios Públicos
Ley 27332
Art. 2o.- Organismos públicos descentralizados,
adscritos a la PCM, con personería de
derecho público interno y con autonomía
administrativa, funcional, técnica, económica
y financiera.
Régimen de los Organismos Reguladores...b. MARCO NORMATIVO DE LOS ORGANISMOS
REGULADORES DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
– Constitución Política: Hoy: Artículo 58º, 61º, 65º.
– Leyes y sus respectivos reglamentos generales queestablecen el régimen del servicio público en cuestión.
– Ley Marco de Organismos Reguladores: Ley Nº 27332,Ley Nº 2631 (precisa función normativa).
– Leyes de creación o fortalecimiento de cada organismosregulador.
– Reglamentos Generales de cada regulador.
– Normas dictadas por el respectivo sector - Ministerios.
– Los Contratos de Concesión.
– Disposiciones dictadas por los organismos reguladores enejercicio de su potestad normativa.
C. Funciones de los Organismos Reguladores:
LEY Nº 27332 – Ley Marco de los OrganismosReguladores de la Inversión Privada en los ServiciosPúblicos
• 1. FUNCION SUPERVISORA.
• 2. FUNCION REGULADORA
• 3. FUNCION NORMATIVA
• 4. FUNCION FISCALIZADORA Y SANCIONADORA
• 5. FUNCION DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS
OSITRAN
ORGANIGRAMA
Tribunal deSolución de
Controversias
Consejo Directivo
Cuerpocolegiado
PresidenciaConsejo de Usuarios
Órgano de Control Institucional
Gerencia General
ConsejoRegional de
Usuarios
Gerencia de Administración
y Finanzas
Gerencia de Asesoría Legal
Gerencia de Supervisión
Gerencia de Regulación
Gerencia Relaciones
Institucionales
GerenciaAdministración y
Finanzas
Gerencia Asesoría Jurídica
Gerencia General
Gerencia de Políticasy Normas
Gerencia de RegulaciónTarifaria
Gerencia de Supervisión yFiscalización
CONSEJO DIRECTIVO
Presidente
Gerencia Auditoría Interna
Tribunal de Soluciónde Controversias
Secretaría Técnica
Tribunal de Soluciónde Reclamos
Secretaría Técnica
Área Gest.Cont. Y Finan.
Área Gest,Administ.
Área Serv.al usuario
Área decomunicaciones
Área Regul.EPS Mayores
Área Regul.EPS Menores
Área Superv.EPS Mayores
Área Superv.EPS Menores
ORGANIGRAMA DE SUNASS
Gerencia Relaciones
Institucionales
GerenciaAdministración y
Finanzas
Gerencia Asesoría Jurídica
Gerencia General
Gerencia de Políticasy Normas
Gerencia de RegulaciónTarifaria
Gerencia de Supervisión yFiscalización
CONSEJO DIRECTIVO
Presidente
Gerencia Auditoría Interna
Tribunal de Soluciónde Controversias
Secretaría Técnica
Tribunal de Soluciónde Reclamos
Secretaría Técnica
Área Gest.Cont. Y Finan.
Área Gest,Administ.
Área Serv.al usuario
Área decomunicaciones
Área Regul.EPS Mayores
Área Regul.EPS Menores
Área Superv.EPS Mayores
Área Superv.EPS Menores
FUNCION NORMATIVA
• “Comprende la facultad exclusiva de dictar (en elámbito y materia de su competencia -reglamentos, normas de carácter general yMandatos, u otras normas de carácter particularreferidas a intereses, obligaciones o derechos delas Entidades o actividades supervisadas o de sususuarios ” ...
• Normas que pueden dictar:
Sobre tarifas, procedimientos administrativos asu cargo: Infracciones y sanciones, solución decontroversias, etc., procedimientos departicipación de los usuarios en el procesoregulatorio, aplicación de los sistemas de cálculode costos ...
LEY Nº 27631 Precisa Ley Marco
• “función normativa comprendeTIPIFICAR INFRACCIONES, APROBARSU ESCALA DE SANCIONES DENTRO DELIMITES ESTABLECIDOS, mediante DS(PCM, Min de actividad)
• OJO: Normativa de alcance general yReguladora: exclusividad del CD (DS032 - 2001 - PCM).
FUNCION REGULADORA
• “Comprende la facultad de fijar tarifas de losservicios bajo su ámbito” ...
• ¿Ahí se agota la función de regulación?
• Visión crítica de la Ley, faltó:
• Sistemas tarifarios o regulatorios, metodologíaspara la fijación de tarifas, sus normas generalesde aplicación ...
• CARGOS DE INTERCONEXION-ACCESO! PORUTILIZACIÓN DE LA RED – INFRAESTRUCTURA:DIFERENTE DE TARIFAS POR SERVICIOS...
• Estándares de calidad de las infraestructuras yde los servicios ...
FUNCION SUPERVISORA
• Facultad de verificar el cumplimiento delas obligaciones legales, contractuales ytécnicas de las Entidades Prestadoras yde las actividades económicas bajo suámbito de competencia.
• Comprende supervisar el cumplimientodel marco regulatorio aprobado.
FUNCION FISCALIZADORA Y SANCIONADORA
• “Comprende la facultad de imponersanciones por el incumplimiento deobligaciones legales, contractuales ytécnicas”.
• Sanciones y medidas correctivas a lasEntidades Prestadoras, también porincumplimiento de marco normativoregulatorio.
FUNCION DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS
• “Facultad de conciliar interesecontrapuestos entre Entidades bajo suámbito reconociendo o desestimandoderechos ...”
• Resolver en sede administrativa talesconflictos,
• Pero: sujetas a impugnación en la víacontencioso-administrativa...