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Actualización Tributaria
Cdor. Juan Verrina Cdor. Pablo Macri Cdra. Daniela Brugnoli
Noviembre 2010
NOVEDADES IMPOSITIVAS
RG 2927 - Recursos de la Seguridad Social. Presunciones laborales. Determinación mínima de trabajadores por actividad.
- Presunciones Genérica de la Relación laboral.- Presunciones Particulares – INDICADOR MÍNIMO DE TRABAJADORES- Admisión de Prueba en contrario.
RG 2926 – Factura Electrónica – CAEA.
- Reemplaza al CAE.- Régimen Opativo para determinados sujetos.- Régimen de Información.
RG 2939 – Factura Electrónica - Proveedores del Sector Público
- Incorporación de sujetos comprendidos.- Comprobantes Alcanzados.
- Introducción: transcurso del tiempo; sustituciones y modificaciones; interpretaciones diversas.
- Desarrollo del tema: modificaciones a través del tiempo; análisis integrador.
- Enfoque teórico, técnico y práctico.(deducciones, rentas y retenciones)
HONORARIOS AL DIRECTORIO Y RETRIBUCIÓN A SOCIOS ADMINISTRADORES
- Enfoque societario: funciones del directorio, remuneraciones, estatutos, asamblea o Consejo.
- Retribución fija , utilidades o reuniones.
- Ausencia de normas en estatutos y la asamblea vota una cantidad global, opciones al reparto.
HONORARIOS AL DIRECTORIO Y RETRIBUCIÓN A SOCIOS ADMINISTRADORES
- Tipo de remuneraciones. Límites
- Doble imposición: Ley 24.698, 27-09-1996.
- Diferencia entre rentas no computables y rentas exentas.
HONORARIOS AL DIRECTORIO Y RETRIBUCIÓN A SOCIOS ADMINISTRADORES
- Tratamiento para la sociedad: topes.
- Limites temporales.
- Honorarios sujetos a limitaciones.
- Determinación de la base para el 25%.
- Diferencia entre Ley y DR.
HONORARIOS AL DIRECTORIO Y RETRIBUCIÓN A SOCIOS ADMINISTRADORES
- Miembros de directorios u otros organismos domiciliados en el país que actúen en el exterior; otros limites Art.88 inc e) y Art.146 DR.
HONORARIOS AL DIRECTORIO Y RETRIBUCIÓN A SOCIOS ADMINISTRADORES
- Tratamiento para los perceptores, excedentes no deducibles.
- Enfoque práctico.
- Ley 25.063
- Decreto 254/99
HONORARIOS AL DIRECTORIO Y RETRIBUCIÓN A SOCIOS ADMINISTRADORES
- Retención en el Impuesto a las Ganancias.
- Cómputo de un solo mínimo.
- Adelantos menores a asignados.
- Adelantos mayores a asignados.
- Enfoque práctico.
HONORARIOS AL DIRECTORIO Y RETRIBUCIÓN A SOCIOS ADMINISTRADORES
- Disposición de fondos a favor de terceros.
- Art.73 de la Ley y Art.103 DR.
- IVA Honorarios de Directores.
- Enfoque Previsional.
HONORARIOS AL DIRECTORIO Y RETRIBUCIÓN A SOCIOS ADMINISTRADORES
EL IVA EN LA EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN DE SERVICIOS
- Introducción
- No exportación de Impuestos
- Significado De Utilización Económica
- Salida del servicio del país - diferencia entre territorio nacional y territorio aduanero
- Agentes: Condición, territorialidad, inscripción.
- Alcance del Régimen: Sujetos y operaciones alcanzadas
- Cálculo
- Momento de la Retención/Percepción
- Constancia / Ingreso / DDJJ
- Sanciones
- Sistemas para no sufrir Retenciones y Percepciones.
RÉGIMEN GENERAL DE RETENCIÓN Y PERCEPCIÓN DE INGRESOS BRUTOS.
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
AGENTES DE RECAUDACIÓN
CONDICIÓN
1 – Territorialidad : Art 318 DN B 1/2004
2 – Ingresos Anuales : más de $ 10.000.000
más de $ 12.000.000 distribuidores de combust.
•Inscripción : hasta el 31 de enero, comienza a actuar el 1 de marzo
• Sujetos excluidos por sus operaciones : Exclusivamente Exportadores o Vendedores a CF
- Sujetos Pasibles: quienes desarrollen actividades en la provincia
- Sujetos Excluidos:
- El Estado Nacional, Provincial, Municiapal
- Los exentos, desgravados o no alcanzados
- Los que obtuvieron un certificado de exclusión
- Los que desarrollen determinadas actividades:
Loterías, billetes de azar
Tabaco, cigarros
Productos agrícolas
Entidades financieras
Seguros, comisionistas, representantes
Faenas
ALCANCE DEL REGIMEN
- Empresas de Servicios Públicos
- Droguerías, farmacias, etc.
- Concesionarias por la adquisición de automóviles
SUJETOS EXCLUIDOS
de la RETENCIÓN
- Los que desarrollen actividades íntegramente fuera de la provincia
- Los contribuyentes del CM con coeficiente MENOR a 0,1000
- Las droguerías, farmacias, etc.
- Concesionarias por la adquisición de automóviles
- Los que realicen solo actividades agropecuarias
SUJETOS EXCLUIDOS
de la PERCEPCIÓN
- Compras de cosas muebles con la “entrega” en la Prov. de Bs. As.
- Prestaciones de servicios “dentro” de la Prov. de Bs. As.
OPERACIONES ALCANZADAS
por la RETENCIÓN
- Compras de cosas muebles.
- Prestaciones de servicios.
OBSERVACIÓN: la entrega o la prestación del servicio no necesariamente tiene que efectuarse en dentro de la Prov. de Bs. As.
OPERACIONES ALCANZADAS
por la PERCEPCION
Compras de Bienes de Uso e insumos
OPERACION EXCLUIDAS
de la RETENCIÓN de la PERCEPCIÓN
Ventas de bienes de Uso e insumos
Servicios públicos en inmuebles fuera de la Prov.
Operaciones financieras fuera de la Prov.
Seguros sobre bienes o personas fuera de la Prov.
Venta directa con entrega fuera de la Prov.
Operaciones a consumidores finales
Al monto del pago detraer:
IVA
Impuestos internos
Percepciones
MÍNIMO NO IMPONIBLE : $ 400
CÁLCULO
de la RETENCION de la PERCEPCIÓN
Del monto total facturado detraer:
IVA
Impuestos Internos
Otras Percepciones
Bonificaciones
MINIMO NO IMPONIBLE : $ 50
Alícuotas
La que establezca el Padrón : 0% al 3%
No incluidos en el Padrón : 3% (presunta)
La que establezca el Padrón : 0% al 6%
No incluidos en el Padrón : 6% (presunta)
NOTAS DE CRÉDITO : solo por anulación total de la operación o por error en la alícuota aplicada.
En el momento del Pago
Pago: el abono en efectivo, la compensación o la reinversión de los fondos
MOMENTO
de la RETENCIÓN de la PERCEPCIÓN
En el momento de la cobranza
Cobranza: el cobro en efectivo, la compensación o la reinversión de los fondos
Constancias
La constancia emitida por el aplicativo o la emitida por el sistema de la empresa con todos los datos obligatorios.
La factura con el importe de la percepción discriminado
Carácter de la Ret/Per : Es un pago a cuenta del impuesto, puede tomarse hasta 6 meses después, antes era solo en el mes que se sufría.
Por lo PERCIBIDO
INGRESO
de la RETENCIÓN de la PERCEPCIÓN
Cobradas del 1 al 15 = Vto. 24 de mismo mes
Cobradas del 16 al 31 = Vto. 12 sig. mes
Por lo DEVENGADO (opcional)
Facturadas en el mes = Vto. 2 sig. mes
Se puede cambiar el método hasta el 31 de octubre y opera desde el 1 de enero del siguiente año.
PRESENTACION DDJJ: Pago y Presentación de la DDJJ en la misma fecha prevista para el ingreso de lo recaudado
Aplicativo: ARIB v1 r14 (agentes de Recaudación de la Prov. de Buenos Aires)
Por lo PERCIBIDO
Efectuadas del 1 al 15 = Vto. 24 de mismo mes
Efectuadas del 16 al 31 = Vto. 12 sig. mes
SANCIONES
• Art. 51 – Recargo de hasta el 60%
• Art. 53 – Multa de hasta el 150%
• Intereses
SISTEMAS PARA NO SUFRIR RETENCIONES Y PERCEPCIONES
• RN 48/2010 : Derogó todo el capítulo IV del título V de la DN B 1/2004
• RN 64/2010 : VIGENTEDerogó la RN 119/2008 y 51/2009
DETERMINACIÓN DE OFICIO
DETERMINACIÓN DE OFICIO
DETERMINACIÓN DE OFICIO
Muchas Muchas Gracias…Gracias…