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ACUERDO n ú mero 488 por el que se modifican los diversos n ú meros 442, 444 y 447 por los que se establecen: el Sistema Nacional de Bachillerato en un marco de diversidad; las competencias que constituyen el curricular com ú n del Sistema Nacional de Bachillerato, as í como las competencias docentes para quienes impartan educaci ón media superior en la modalidad escolarizada, respectivamente. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Púlica. ALONSO LUJAMBIO IRAZABAL, Secretario de Educación Pública, con fundaento en lo! art"culo! #$ de la Le% Or&'nica de la Adini!tración Pública (ederal) *o+, -, fraccione! .III % /I) 0, fraccione! I, últio 1'rrafo, - , #2 % 02 de la Le% 3eneral de Educación) o+, 0o+ % 4o+ del Re&laento Interior de la Secretar"a de Educación Pública %, con ba!e en lo !e5alado en lo! acuerdo! núero! 00-, 000 % 1ublicado! en el 6iario Oficial de la (ederación el -7 de !e1tiebre de -88$, - de octubre de -88$ % -* octubre de -88$, re!1ecti9aente, :e tenido a bien e;1edir el !i&uiente< ACUERDO NUMERO 488 POR EL QUE SE MODIFICAN LOS DIVERSOS NUMEROS 442, 444 Y 447 POR LOS QUE SE ESTABLECEN: EL SISTEMA NACIONAL DE BACHILLERATO EN UN MARCO DE DIVERSIDAD; LAS COMPETENCIAS QUE CONSTITUYEN EL MARCO CURRICULAR COMUN DEL SISTEMA NACIONAL DE BACHILLERATO, ASI COMO LAS COMPETENCIAS DOCENTES PARA QUIENES IMPARTAN EDUCACION MEDIA SUPERIOR EN LA MODALIDAD ESCOLARIZADA, RESPECTIVAMENTE A!"#$U%& UN#$&.- Se RE(ORMAN el 6ia&raa III+ +4, del Ane;o Unico del Acuerdo núero 00-) el art"culo 2 del Acuerdo núero 000) a!" coo la denoinación % el art"culo del Acuerdo 002) !e 6ERO3A el 1ie de 1'&ina núero -7 del Ane;o Unico del Acuerdo núero 00-, % !e A6I=IONA con un art"culo 4 el Acuerdo 002, 1ara >uedar coo !i&ue< A$UE!'& NUME!& (() P&! E% *UE SE ES"A+%E$E E% S#S"EMA NA$#&NA% 'E +A$ #%%E!A"& EN UN MA!$& 'E '# E!S#'A' ?ANE & UN#$& !E/&!MA #N"E0!A% 'E %A E'U$A$#&N ME'#A SUPE!#&! EN ME #$& El Sistema Nacional de +ac1illerato en un marco de di2ersidad ... 'iagrama ###.3.4 Marco curricular del Sistema Nacional de +ac1illerato E5ES "!ANS E!SA%ES $om6etencias 0en7ricas Mecani!o ! de a1o%o Autorre&ulació n % cuidado de !" =ounicació n Pen!aient o cr"tico A1rendi@a e autónoo raba o en e>ui1o =o1etencia ! c"9ica! % Ctica! '#S$#P%# NAS Mate'tica ! MAR=O =URRI=ULAR =OMUN 6EL SIS EMA NA=IONAL 6E BA=DILLERA O E!1a5ol Len&ua e;tran era Biolo&"a u"ica ("!ica 3eo&raf"a natural Di!toria 3eo&raf"a 1ol"tica Econo"a %

Acuerdo 488

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Acuerdo

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ACUERDOnmero 488 por el que se modifican los diversos nmeros 442, 444 y 447 por los que se establecen: elSistema Nacional de Bachillerato en un marco de diversidad; las competencias que constituyen el marco curricularcomn del Sistema Nacional de Bachillerato,as como las competencias docentes para quienes impartan educacinmedia superior en la modalidad escolarizada, respectivamente.Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretara de EducacinPblica.ALONSO LUJAMBIO IRAZABAL, Secretario de Educacin Pblica, con fundamento en los artculos38 dela Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal; 9o.,12, fracciones VIII y XI; 14, fracciones I, II y ltimoprrafo, 21, 37 y 47 de la Ley General de Educacin;1o., 4o.y 5o.del Reglamento Interior de la Secretara deEducacin Pblica y, con base en lo sealado en losacuerdosnmeros 442, 444 y 447, publicados en elDiario Oficial de la Federacin el 26 de septiembre de 2008, 21 de octubre de 2008 y 29 de octubre de 2008,respectivamente, he tenido a bien expedir el siguiente:ACUERDO NUMERO 488 POR EL QUE SE MODIFICAN LOS DIVERSOS NUMEROS 442, 444 Y 447PORLOS QUE SE ESTABLECEN: EL SISTEMA NACIONAL DE BACHILLERATO EN UN MARCODEDIVERSIDAD; LAS COMPETENCIAS QUE CONSTITUYEN EL MARCO CURRICULARCOMUN DELSISTEMA NACIONAL DE BACHILLERATO, ASICOMO LAS COMPETENCIASDOCENTES PARAQUIENES IMPARTAN EDUCACION MEDIA SUPERIOR EN LAMODALIDAD ESCOLARIZADA,RESPECTIVAMENTEARTICULOUNICO.-Se REFORMAN el Diagrama III.1.5, del AnexoUnico del Acuerdo nmero 442; elartculo 7 del Acuerdo nmero 444; as como la denominacin y el artculo 1 del Acuerdo nmero 447;seDEROGA el pie de pgina nmero 26 del AnexoUnico del Acuerdo nmero 442, y se ADICIONA con unartculo 5 el Acuerdo 447, para quedar como sigue:ACUERDO NUMERO 442 POR EL QUE SE ESTABLECE EL SISTEMANACIONAL DE BACHILLERATOEN UN MARCO DE DIVERSIDAD"ANEXOUNICOREFORMA INTEGRAL DE LA EDUCACION MEDIA SUPERIOR EN MEXICOEl Sistema Nacional de Bachillerato en un marco de diversidad...Diagrama III.1.5Marco curricular del Sistema Nacional de BachilleratoEJES TRANSVERSALES

Competencias GenricasMecanismos de apoyo

Autorregulacin y cuidado de sComunicacinPensamiento crticoAprendizaje autnomoTrabajo en equipoCompetencias cvicas y ticas

DISCIPLINASMatemticasMARCO CURRICULARCOMUN DEL SISTEMA NACIONALDE BACHILLERATO

Espaol

Lengua extranjera

Biologa

Qumica

FsicaGeografa natural

Historia

Geografa polticaEconoma y PolticaDerecho

FilosofaEticaLgicaEsttica

...26Se deroga.....".ACUERDO NUMERO 444 POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS COMPETENCIAS QUE CONSTITUYENEL MARCO CURRICULAR COMUN DEL SISTEMA NACIONAL DE BACHILLERATO...."Artculo 7.-Las competencias disciplinares bsicas se organizan en los campos disciplinares siguientes:Campo disciplinarDisciplinas

MatemticasMatemticas

Ciencias experimentalesFsica, qumica, biologa y ecologa.

*Humanidades yCienciasSocialesFilosofa, tica, lgica, esttica, derecho, historia, sociologa, poltica,economa y administracin.

ComunicacinLectura y expresin oral y escrita, literatura, lengua extranjera e informtica.

*Las Humanidades y las Ciencias Sociales son dos campos distintos, caracterizados por loscorrespondientes objetos y mtodos de investigacin, generados en su devenir, sin menoscabo de lasrelaciones entre algunos de estos....""ACUERDO NUMERO 447 POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS COMPETENCIAS DOCENTES PARAQUIENES IMPARTAN EDUCACION MEDIA SUPERIOR....Artculo 1.-El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las competencias que debern cumplir losdocentes de las instituciones educativas que en sus distintas modalidades impartan educacin del tipo mediosuperior y operen en el Sistema Nacional de Bachillerato....Artculo 5.-Los docentes que imparten la EMS en las modalidades no escolarizada y mixta deben contaradems de las competencias y atributos establecidas en el artculo anterior, con las siguientes:1.Complementa su formacin continua con el conocimiento y manejo de la tecnologa de la informaciny la comunicacin.Atributos:Utiliza recursos de la tecnologa de la informacin y la comunicacin para apoyar la adquisicinde conocimientos y contribuir a su propio desarrollo profesional.Participa en cursos para estar al da en lo que respecta al uso de las nuevas tecnologas.Aplica las tecnologas de la Informacin y la comunicacin para comunicarse y colaborar conotros docentes, directivos y miembros de la comunidad escolar para sustentar el aprendizaje delos estudiantes.Usa recursos de las tecnologas de la informacin y la comunicacin para mejorar suproductividad, as como para propiciar la innovacin tecnolgica dentro de su respectivainstitucin.Conoce las ventajas e inconvenientes de los entornos virtuales de aprendizaje frente a lossistemas escolarizados.2.Integralas tecnologas de la informacin y la comunicacin en el proceso de enseanza-aprendizaje.Atributos:Utiliza distintas tecnologas, herramientas y contenidos digitales como apoyo a las actividadesde enseanza y aprendizaje, tanto a nivel individual como en grupo.Armoniza su labor con el uso de las tecnologas de la informacin y la comunicacin, a fin delograr que los alumnos las incorporen en sus estrategias de aprendizaje.Ayuda a los estudiantes a alcanzar habilidades en el uso de las tecnologas para acceder ainformacin diversa y lograr una adecuada comunicacin.Utiliza las tecnologas de la informacin y la comunicacin para crear y supervisar proyectos declase realizados individualmente o por grupo, y en general, para facilitar y mejorar laaccintutorial.Genera ambientes de aprendizaje en los que se aplican con flexibilidad las tecnologas de lainformacin y la comunicacin.Fomenta clases dinmicas estimulando la interaccin, el aprendizaje colaborativo y el trabajoengrupo.Utiliza las tecnologas de la informacin y la comunicacin para evaluar la adquisicindeconocimientos.3.Gua el proceso de aprendizaje independiente de sus estudiantes.Atributos:Identifica las caractersticas de los estudiantes que aprenden separados fsicamentedeldocente.Planifica el desarrollo de experiencias que involucren activamente a los estudiantes en susprocesos de aprendizaje independiente.Facilita y mantiene la motivacin de los estudiantes con oportunas acciones de retroalimentaciny contacto individual.Ayuda a prevenir y resolver dificultades que a los estudiantes se les presentan en su aprendizajeindependiente".TRANSITORIOSPRIMERO.-El presente Acuerdo entrar en vigor al da siguiente de su publicacin en el Diario Oficial dela Federacin.SEGUNDO.Todas las referencias que se hagan en otrosacuerdos o disposiciones administrativas alcampo disciplinar"Ciencias Sociales"en relacin con el Sistema Nacional de Bachillerato o con posterioridadal 22 de octubre de 2008, se entendern hechas al campo disciplinar"Humanidades y Ciencias Sociales"enlos trminos de este Acuerdo.TERCERO.Se derogan las disposiciones administrativas que se opongan a este Acuerdo.Mxico, D.F., a 12 de junio de 2009.- El Secretario de Educacin Pblica,Alonso Lujambio Irazbal.-Rbrica.