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Acuerdo de Unión Civil – Ley Nº 20.830 I. Antecedentes de la Ley: II. Concepto: El acuerdo de unión civil es un contrato celebrado entre dos personas que comparten un hogar, con el propósito de regular los efectos jurídicos derivados de su vida afectiva en común, de carácter estable y permanente.” (Artículo 1 de la ley en comento). De inmediato notamos la similitud con la institución del matrimonio, el que se define como “un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente”. Sobre este respecto, en la historia de la ley, se pretendió en un comienzo reglamentar un contrato simple, alejado de la institución matrimonial y del Derecho de Familia, un contrato patrimonial, cuya suscripción no tuviera mayor formalidad que la autorización notarial, muy cercano al Pacto Civil de Solidaridad comprendido en el Código Civil francés de 1999, artículos 515-1 al 515- 7, que se define como “un contrato celebrado por dos personas físicas mayores de edad de sexo diferente o del mismo sexo, para organizar su vida en común.” a. Es un contrato:

Acuerdo de Unión Civil – Ley Nº 20

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Ley 20.830

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Acuerdo de Unin Civil Ley N 20.830

I. Antecedentes de la Ley:

II. Concepto: El acuerdo de unin civil es un contrato celebrado entre dos personas que comparten un hogar, con el propsito de regular los efectos jurdicos derivados de su vida afectiva en comn, de carcter estable y permanente. (Artculo 1 de la ley en comento). De inmediato notamos la similitud con la institucin del matrimonio, el que se define como un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual e indisolublemente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente. Sobre este respecto, en la historia de la ley, se pretendi en un comienzo reglamentar un contrato simple, alejado de la institucin matrimonial y del Derecho de Familia, un contrato patrimonial, cuya suscripcin no tuviera mayor formalidad que la autorizacin notarial, muy cercano al Pacto Civil de Solidaridad comprendido en el Cdigo Civil francs de 1999, artculos 515-1 al 515-7, que se define como un contrato celebrado por dos personas fsicas mayores de edad de sexo diferente o del mismo sexo, para organizar su vida en comn.

a. Es un contrato: