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1 ADENDA Nº 2 EL SUSCRITO GERENTE DE LA E.S.E SE PERMITE INFORMAR A: TODAS LAS EMPRESAS DE SERVICIOS TEMPORALES QUE ESTÉN INTERESADAS EN OFERTAR LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES EN MISIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS PROCESOS ASISTENCIALES Y APOYO ADMINISTRATIVO REQUERIDOS PARA EL BUEN FUNCIONAMIENTO DE LA E.S.E HOSPITAL REGIONAL MANUELA BELTRÁN. IGUALMENTE A LAS EMPRESAS INTERESADAS EN OFERTAR EL PROCESO ADMINISTRATIVO Y SUBPROCESOS QUE SE REQUIEREN EN LAS ÁREAS QUE SE RELACIONAN A CONTINUACIÓN: FACTURACIÓN, CALIDAD, SISTEMAS DE INFORMACIÓN. De acuerdo a lo concluido en la Audiencia de Aclaración de Pliegos realizada el 10 de agosto de 2012, según lo estipulado en el cronograma publicado para las Invitaciones Públicas, en donde se presentaron varias observaciones a los Proyectos de Pliegos, la E.S.E. HOSPITAL REGIONAL MANUELA BELTRÁN ha encontrado pertinente expedir la presente adenda en los siguientes términos: 1. Se modificarán numerales del Capítulo IV. OBLIGACIONES MÍNIMAS A CUMPLIR EL PROPONENTE SELECCIONADO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO en el título: EN LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL así: a.- Se eliminará el numeral 21, por lo tanto la numeración a partir de este ítem se modifica: 21. Pagar oportunamente y a más tardar el último día hábil de cada mes al trabajador en misión suministrado los salarios que haya devengado en el periodo. b. En el antiguo numeral 39., ahora 38 se amplía el término de entrega a cinco (5) días hábiles, quedando de la siguiente manera: 38. Entregar a cada trabajador, a la fecha de firma del contrato, o dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, copia del contrato de trabajo y de las afiliaciones de salud, pensiones, Caja de Compensación y riesgos profesionales, y pasar inmediatamente un reporte de lo anterior al Interventor y/o supervisor designados por la E.S.E. HOSPITAL REGIONAL MANUELA BELTRÁN. c- El antiguo numeral 40., ahora 39 se aclara en su parte final, quedando de la siguiente manera: 39. Elaborar en coordinación con la E.S.E. HOSPITAL REGIONAL MANUELA BELTRÁN el inventario de los elementos y bienes que se asignen a los trabajadores en misión y responder por la totalidad de los elementos y bienes que le fueren entregados al personal para el ejercicio de la labor. La pérdida, destrucción, deterioro o hurto de los bienes entregados a los trabajadores en misión será responsabilidad de la empresa contratista. En caso de pérdida de algún elemento a cargo del trabajador en misión y por razón atribuible a éste, la empresa contratista deberá reintegrar o pagar el bien dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la comunicación sobre el hallazgo. En caso de presentarse retiro definitivo del trabajador en misión deberá diligenciar un paz y salvo firmado por las siguientes dependencias de la E.S.E. Inventarios, Interventor, Jefe de Dependencia y Coordinador de la Empresa Contratista. (La E.S.E. cuenta con la Póliza Multiriesgo Hospitalaria que protege los bienes de propiedad de la Institución de acuerdo a los amparos establecidos en dicha póliza por pérdidas o daños materiales que en forma

ADENDA Nº 2 - hospitalmanuelabeltran.gov.co · cuyo modelo está descrito en el artículo 350 de C.S.T. Estos programas deben ser claros, con enfoque en el servicio contratado, de

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ADENDA Nº 2

EL SUSCRITO GERENTE DE LA E.S.E SE PERMITE INFORMAR A:

TODAS LAS EMPRESAS DE SERVICIOS TEMPORALES QUE ESTÉN INTERESADAS EN OFERTAR LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES EN MISIÓN PARA EL DESARROLLO DE LOS PROCESOS ASISTENCIALES Y APOYO ADMINISTRATIVO REQUERIDOS PARA EL BUEN FUNCIONAMIENTO DE LA E.S.E HOSPITAL REGIONAL MANUELA BELTRÁN.

IGUALMENTE A LAS EMPRESAS INTERESADAS EN OFERTAR EL PROCESO ADMINISTRATIVO Y SUBPROCESOS QUE SE REQUIEREN EN LAS ÁREAS QUE SE RELACIONAN A CONTINUACIÓN: FACTURACIÓN, CALIDAD, SISTEMAS DE INFORMACIÓN.

De acuerdo a lo concluido en la Audiencia de Aclaración de Pliegos realizada el 10 de agosto de 2012, según lo estipulado en el cronograma publicado para las Invitaciones Públicas, en donde se presentaron varias observaciones a los Proyectos de Pliegos, la E.S.E. HOSPITAL REGIONAL MANUELA BELTRÁN ha encontrado pertinente expedir la presente adenda en los siguientes términos:

1. Se modificarán numerales del Capítulo IV. OBLIGACIONES MÍNIMAS A CUMPLIR EL PROPONENTE SELECCIONADO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO en el título: EN LA EJECUCIÓN DEL OBJETO CONTRACTUAL así:

a.- Se eliminará el numeral 21, por lo tanto la numeración a partir de este ítem se modifica:

21. Pagar oportunamente y a más tardar el último día hábil de cada mes al trabajador en misión suministrado los salarios que haya devengado en el periodo.

b. En el antiguo numeral 39., ahora 38 se amplía el término de entrega a cinco (5) días hábiles, quedando de la siguiente manera: 38. Entregar a cada trabajador, a la fecha de firma del contrato, o dentro de los cinco

(5) días hábiles siguientes, copia del contrato de trabajo y de las afiliaciones de salud, pensiones, Caja de Compensación y riesgos profesionales, y pasar inmediatamente un reporte de lo anterior al Interventor y/o supervisor designados por la E.S.E. HOSPITAL REGIONAL MANUELA BELTRÁN.

c- El antiguo numeral 40., ahora 39 se aclara en su parte final, quedando de la siguiente manera:

39. “Elaborar en coordinación con la E.S.E. HOSPITAL REGIONAL MANUELA BELTRÁN el inventario de los elementos y bienes que se asignen a los trabajadores en misión y responder por la totalidad de los elementos y bienes que le fueren entregados al personal para el ejercicio de la labor. La pérdida, destrucción, deterioro o hurto de los bienes entregados a los trabajadores en misión será responsabilidad de la empresa contratista. En caso de pérdida de algún elemento a cargo del trabajador en misión y por razón atribuible a éste, la empresa contratista deberá reintegrar o pagar el bien dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la comunicación sobre el hallazgo. En caso de presentarse retiro definitivo del trabajador en misión deberá diligenciar un paz y salvo firmado por las siguientes dependencias de la E.S.E. Inventarios, Interventor, Jefe de Dependencia y Coordinador de la Empresa Contratista. (La E.S.E. cuenta con la Póliza Multiriesgo Hospitalaria que protege los bienes de propiedad de la Institución de acuerdo a los amparos establecidos en dicha póliza por pérdidas o daños materiales que en forma

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súbita y accidental sufran los bienes asegurados como consecuencia directa e inmediata de la realización durante la vigencia de la póliza de cualquier hecho o riesgo no específicamente excluidos)”.

2. Se modificará en el Capítulo X. DOCUMENTOS DE LAS PROPUESTAS en el Título: DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y EXPERIENCIA, numeral 4, se modifica el nombre de uno de los documentos exigidos, que hace referencia al Comité de Acoso Laboral, siendo el nombre correcto Comité de Convivencia Labora; por lo tanto dicho numeral quedará así:

4 “Allegar los siguientes documentos: Reglamento Interno de Trabajo. Comité de Convivencia Laboral Programa de Capacitación del Personal.

Capacitación.

Inducción.

Evaluación del Servicio.

Medición de Satisfacción. Programa de Bienestar.

Programa de Bienestar.

Programa de Salud Ocupacional. (Decreto 614 de 1984 Min. Protección Social)

COPASO (Resolución 2013 de 1986, Art. 63 Decreto Ley 1295 de 1994).

Para las Empresa para las cuales no aplica el COPASO, debe tenerse el Vigía Ocupacional según lo reglamentado en el Artículo 35 del Decreto Ley 1295 de 1994.

Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial.

Servicios de Gestión Ambiental (Decreto 2676 de 2000, Resolución 1164 de 2002 y Decreto 4741 de 2005).

3. En el Capítulo XIV. EVALUACION DE PROPUESTAS. Título

EVALUACION TÉCNICA, numeral 6. Se modifica el nombre del documento que hace referencia al Comité de Acoso Laboral, siendo el correcto, Comité de Convivencia Laboral, por lo tanto dicho numeral quedará así:

6. “Presentar el desarrollo del PLAN BÁSICO LEGAL compuesto por:

6.1. REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO (RIT) El Reglamento Interno regula las relaciones de la empresa con sus trabajadores en aquellos puntos en los cuales se exige una definición más precisa entre lo que indica la Ley (Código Sustantivo del Trabajo y su Reglamento) y las condiciones particulares de actividad laboral de cada empresa, con el objeto de que tanto patrono como trabajadores conozcan con claridad a qué atenerse en caso de discrepancias. Como las normas exigen que toda empresa deber cumplir con las leyes locales e internacionales en todas las materias de su actividad y además que primero resuelva todos sus conflictos previos a una certificación si fuera el caso. El proponente deberá acreditar mediante certificación firmada por el representante legal que cuenta con la debida publicación del Reglamento Interno de Trabajo en dos lugares visibles del lugar de funcionamiento del proponente, y que realizará dentro de los diez (10) días siguientes a la firma del contrato la publicación de aquel en un lugar visible dentro de las instalaciones de la E.S.E. H.R.M.B., precisando en su contenido que se trata del RIT del proponente favorecido (Artículo 116 del C.S.T.). Este documento debe estar de acuerdo a la normatividad vigente en la materia, y debidamente detallado.

6.2. COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL. Ley 1010 de 2003. El proponente deberá

aportar copia del Acta de Constitución del Comité de Acoso Laboral y adjuntar copia de los programas y mecanismos establecidos por el proponente para la prevención de las conductas de acoso laboral. De igual forma, se deberá indicar el procedimiento interno de la empresa para superar las conductas que puedan

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constituir acoso laboral. Este comité y procedimientos deben ser claros, de acuerdo a la normatividad vigente en la materia, y debidamente detallado.

6.3. PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DEL PERSONAL: 6.3.1. CAPACITACIÓN: Programa y plan de capacitación al recurso humano que se

contrate para la ejecución del servicio, por el término de duración del contrato, en el cual se especifique: Fecha, duración de la capacitación, temas a tratar, responsable. Orientadas al desarrollo de las capacidades, destrezas, habilidades.

6.3.2. INDUCCIÓN: Programa y Plan de Inducción y Re-inducción, para facilitar la adaptación e integración del nuevo trabajador a la E.S.E. H.R.M.B. y a su área de trabajo, mediante el suministro de información relacionada con las características y dimensiones de nuestra Institución. Así mismo deben estar atentos a la participación activa de los programas de Inducción programadas por la Institución en las diferentes áreas y estar sujetos a los requerimientos de los interventores para el seguimiento del mismo. Incluir la inducción general y específica al servicio.

6.3.3. EVALUACIÓN DEL SERVICIO: La empresa deberá evaluar la gestión del trabajador en misión con tiempos específicos, frente a la labor determinada y el tiempo contratado del servicio, donde permita analizar la efectividad en las labores contratadas y estar sujetos a los requerimientos de los interventores para el seguimiento del mismo. Estos programas deben ser claros, con enfoque en el servicio contratado, de acuerdo a la normatividad vigente en la materia, y debidamente detallado. Retroalimentación. Se analizan el desempeño y progreso de los subordinados a fin de hacer planes de desarrollo.

6.3.4. MEDICIÓN DE SATISFACCIÓN: La empresa deberá realizar la medición de la satisfacción de sus trabajadores en misión frente a las órdenes e instrucciones que por subordinación delegada realice la E.S.E. H.R.M.B.

6.4. PROGRAMA DE BIENESTAR 6.4.1. Programa de bienestar. Presentar el Programa de Bienestar aprobado para la EMPRESA CONTRATISTA, del que serán beneficiarios los trabajadores en misión enviados a la E.S.E. H.R.M.B.

6.4.2. Programa de Salud Ocupacional. El principal objetivo de un Programa de Salud Ocupacional es el de proveer de seguridad, protección y atención a los empleados en el desempeño de su trabajo, según lo reglamentado en el Decreto 614 de 1984 del Ministerio de la Protección Social y según lo recomendado por la norma técnica ICONTEC GTC 34. Se deberá presentar el Programa de Salud Ocupacional de la empresa con el compromiso de realizar los ajustes pertinentes a los subprogramas que conforman este programa de acuerdo a los nuevos riesgos del personal en misión de la E.S.E. H.R.M.B. El Programa de Salud Ocupacional; que debe seguir los lineamientos del Programa de Salud Ocupacional de la E.S.E. H.R.M.B. Dar cumplimiento a la Resolución 1401 del 14 de mayo de 2007, sobre investigación de accidentes de trabajo.

6.4.3. COPASO. El cual debe cumplir con la normatividad descrita en la Resolución 2013 de 1986 del Ministerio de la protección social en el art. 63 del Decreto Ley 1295 de 1994 del Ministerio de la Protección Social y para las empresas para las cuales no aplique el COPASO debe tenerse el Vigía Ocupacional de acuerdo en lo reglamentado en el art .35 del Decreto Ley 1295 de 1994 del Ministerio de la Protección Social. Estos programas deben ser claros, con enfoque en el servicio contratado, de acuerdo a la normatividad vigente en la materia, y debidamente detallado.

6.4.4. Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial. Dirigido a establecer las mejores condiciones de saneamiento básico industrial y a crear los procedimientos que conlleven a eliminar o controlar los factores de riesgo que se originen en los lugares de trabajo o que puedan ser causa de enfermedad, disconfort o accidente, cuyo modelo está descrito en el artículo 350 de C.S.T. Estos programas deben ser claros, con enfoque en el servicio contratado, de acuerdo a la normatividad vigente en la materia, y debidamente detallado.

6.4.5. Servicio de Gestión Ambiental. Decreto 2676 de 2000, Resolución 1164 de 2002 y Decreto 4741 de 2005. Debe contar con un plan de inducción y capacitación del manejo adecuado de residuos hospitalarios y similares de acuerdo a la normatividad nacional de carácter ambiental y a las políticas internas aprobadas en la

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Institución. Estos programas deben ser claros, con enfoque en el servicio contratado, de acuerdo a la normatividad vigente en la materia, y debidamente detallado”.

4. Para la Invitación cuyo objeto es: CONTRATAR UNA EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES PARA EL SUMINISTRO DE PERSONAL EN MISIÓN PARA EL CUMPLIMIENTO Y DESARROLLO DE PROCESOS, SUBPROCESOS, ACTIVIDADES, PROYECTOS Y APOYO PROFESIONAL, TÉCNICO Y AUXILIAR, CALIFICADOS Y SEMICALIFICADOS, PARA LA E.S.E. HOSPITAL REGIONAL MANUELA BELTRÁN DE SOCORRO Y SUS NODOS HATO Y PALMAS DEL SOCORRO, EN DESARROLLO DE SU OBJETO SOCIAL Y EN CUMPLIMENTO AL PRINCIPIO GENERAL DE PLANEACIÓN Y TRANSPARENCIA EN MATERIA CONTRACTUAL:

Se modificará el Perfil del Tesorero quedando así:

“TESORERO • Título profesional en áreas Económicas, Administrativas, Financieras o Ingenierías relacionadas con el cargo. • Un (1) año de experiencia relacionada con la labor a desempeñar en cargos afines con el proceso en IPS o ESE de II o III Nivel.

• Conocimiento en paquetes de Sistemas Operativos y herramientas Informáticas”.

Asimismo se eliminan de las Actividades Anexo 3, las que hacen referencia al Técnico de Auditoría Médica, por cuanto no hacen parte de esta Invitación Pública.

5. Para la Invitación Pública cuyo objeto es: CONTRATAR UNA EMPRESA

DE SERVICIOS TEMPORALES PARA EL SUMINISTRO DE PERSONAL EN MISIÓN PARA EL CUMPLIMIENTO Y DESARROLLO DE PROCESOS, SUBPROCESOS, ACTIVIDADES, PROYECTOS Y APOYO PROFESIONAL, TÉCNICO Y AUXILIAR, CALIFICADOS Y SEMICALIFICADOS, PARA EL ÁREA DE MANTENIMIENTO PARA LA E.S.E. HOSPITAL REGIONAL MANUELA BELTRÁN DE SOCORRO Y SUS NODOS HATO Y PALMAS DEL SOCORRO, EN DESARROLLO DE SU OBJETO SOCIAL Y EN CUMPLIMENTO AL PRINCIPIO GENERAL DE PLANEACIÓN Y TRANSPARENCIA EN MATERIA CONTRACTUAL:

Se Modificarán las Actividades correspondientes al Anexo 3, las

cuales se ajustaron a las necesidades de la E.S.E. quedando así:

INGENIERÍA BIOMÉDICA: 1. Diseño y Ejecución del Plan Operativo de Mantenimiento Anual.

2. Programación de consumibles de equipos biomédicos para presentar plan de compras.

3. Programación de rutinas de mantenimiento por áreas

4. Mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos biomédicos de bajo y mediano nivel instalados en los diferentes servicios.

5. Control histórico de costos por equipos

6. Apoyo al personal Técnico en mantenimiento general con el fin de dar cumplimiento al Plan Operativo Anual de mantenimiento.

7. Elaboración y ejecución de un plan de capacitación en el adecuado manejo de los equipos biomédicos al proceso de enfermería

8. Disponer de funciones técnicas o administrativas aplicando los preceptos de ética profesional según competencia laboral.

9. Asesorarse internamente y externamente de las disposiciones legales vigentes que regulan las funciones de mantenimiento hospitalario y hacerlas cumplir según el caso.

TÉCNICO BIOMÉDICO O MANTENIMIENTO HOSPITALARIO: 1. Elaboración y actualización de las respectivas hojas de vida de los equipos.

2. Mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos biomédicos de bajo y mediano nivel instalados en los diferentes servicios.

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TÉCNICO ELÉCTRICO: Parte eléctrica Subestación eléctrica 1. Revisión a totalizadores principales

2. Revisión sistema de barrajes (Principales y Auxiliares)

3. Revisión funcionamiento interruptores (breaker) principales

4. Revisión de terminales de cableado

5. Verificación de señalización, indicadores y alarmas visuales

6. Limpieza de cárcamos para evitar deterior de cables de potencia Sistema de Iluminación 1. Revisión e iluminación de áreas comunes

2. Revisión sistema luminarias áreas periféricas

3. Optimizar sistemas de luminarias

4. Recambio posibles elementos defectuosos Tableros de Distribución 1. Revisión de interruptores termo magnéticos

2. Revisión de barrajes

3. Verificación de funcionamiento en general

4. Apoyo en la instalación y revisión de las acometidas eléctricas de los equipos industriales de la institución. SUPERVISOR MANTENIMIENTO: Sistemas plantas eléctricas 1. Revisión del nivel de agua en el radiador, aceite en el caiter, agua en celdas de batería, combustible en el tanque.

2. Limpieza del generador y motor de la planta eléctricas

3. Revisión del sistema de seguridad: Termostato, perilla de presión de aceite, cableado de imágenes.

4. Realizar prueba de funcionamiento a planta eléctrica periódicamente. Sistema de Agua Caliente: Inspección del sistema de agua caliente en los servicios de hospitalización Sistema de Gases Medicinales 1. Inspección de tubería principal y secundaria (Óxido nitroso, oxigeno, nitrógeno, aire)

2. Inspección de fuga en toda la red y tomas.

3. Mantenimiento preventivo de las tomas de gases medicinales

4. Inspección de la red de vacío Mantenimiento preventivo y correctivo de la red hidráulica 1. Revisión de tubería hidráulica

2. Revisión del sistema de bombeo de agua

3. Mantenimiento preventivo de las bombas de agua.

4. Revisión de fugas en la red hidráulica

Mantenimiento preventivo y correctivo del sistema de vacío.

AUXILIARES DE MANTENIMIENTO: 1. Revisión de baterías de baños 2. Revisión y arreglo de camas, camillas, mesas puentes, escalerillas entre otros. 3. Mantenimiento de paredes, guarda camillas. 4. Revisión y limpieza de canaletas y bajantes de aguas lluvias. 5. Revisión y sistema del sistema de alcantarillado. 6, Verificación y control de balas de Oxigeno Medicinal, Nitrógeno entre otros de la ESE. 7. Verificación del estado de agua caliente en los servicio de hospitalización. MANTENIMIENTO DE AIRE ACONDICIONADO: 1. Mantenimiento preventivo a los equipos de los diferentes servicios.

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2. Programación de rutina de mantenimiento por área y clase de equipo.

3. Mantenimiento del aire acondicionado central y demás equipos que se encuentran en los diferentes servicios.

4. Control histórico de costos por equipo.

5. Elaboración de las hojas de vida de los equipos de refrigeración.

6. Mantenimiento a las neveras de banco de sangre, laboratorio y demás servicios.

7. Mantenimiento a los extractores. AUXILIAR ADMINISTRATIVO 1. Labores secretariales 2. Realización de reportes de mantenimiento en el Software correspondiente. 3. Solicitar cotizaciones de repuestos, accesorios y reparaciones de equipos de los diferentes servicios de la institución, por medio telefónico, e mail o personalmente en los casos de la misma ciudad. 4. Actualizar hojas de vidas de equipo biomédico en el software de la institución. 5. Seguimiento al proceso de cada orden de compra u orden de servicio como lo es: fecha de vencimiento, hacer llegas las pólizas a la oficina Jurídica, hacer entrega de estampillas, factura de compra original y recibido a satisfacción del suministro, adquisición o reparación.

6. En la Invitación Pública cuyo objeto es: CONTRATAR A TRAVÉS DE UNA EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES PARA EL SUMINISTRO EN MISIÓN DE MÉDICOS ESPECIALISTAS EN OFTALMOLOGÍA , OTORRINOLARINGOLOGÍA, UROLOGÍA, NEUROCIRUGÍA, CIRUGÍA MAXILOFACIAL Y RADIOLOGÍA PARA PRESTAR LAS ACTIVIDADES MÉDICAS ESPECIALIZADAS EN LA E.S.E. HOSPITAL REGIONAL MANUELA BELTRÁN DE SOCORRO, EN CONCORDANCIA CON SUS PROCESOS INSTITUCIONALES.

En el Título XIV. EVALUACION DE PROPUESTAS, en lo referente a

la EVALUACIÓN ECONÓMICA se publica el presupuesto que se tiene por parte de la E.S.E. para cada cargo; por lo tanto la tabla a tenerse en cuenta es la siguiente:

ALTA

COMPLEJIDAD

PRESUPUESTO

MENSUAL

PRESUPUESTO

POR CARGO

NUMERO

DE CARGOS

TOTAL

CONTRATACION

OFTALMOLOGIA $22.500.000 $11.250.000 2 $98.250.000

OTORRINO $18.423.381 $18.423.381 1 $80.448.763

UROLOGIA $21.000.000 $21.000.000 1 $91.700.000

NEURO $19.622.516 $19.622.516 1 $85.684.987

CX.MAXILO $3.000.000 $3.000.000 1 $13.100.000

RADIOLOGIA $28.148.688 $28.148.688 1 $122.915.938

$492.099.688

7. En la Invitación Pública cuyo objeto es: CONTRATAR A TRAVÉS DE UNA EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES EL SUMINISTRO EN MISIÓN DE ANESTESIOLOGOS PARA PRESTAR LAS ACTIVIDADES MÉDICAS ESPECIALIZADAS EN QUIRÓFANOS, CONSULTA EXTERNA, HOSPITALIZACIÓN Y URGENCIAS DE LA E.S.E. HOSPITAL REGIONAL MANUELA BELTRÁN DE SOCORRO, EN CONCORDANCIA CON SUS PROCESOS INSTITUCIONALES En el Título XIV. EVALUACION DE PROPUESTAS, en lo referente a

la EVALUACIÓN ECONÓMICA se publica el presupuesto que se

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tiene por parte de la E.S.E. para cada cargo; por lo tanto la tabla a tenerse en cuenta es la siguiente:

ANESTESIA PRESUPUESTO

MENSUAL

PRESUPUESTO

POR CARGO

NUMERO

DE CARGOS

TOTAL

CONTRATACION

ANESTESIA $66.000.000 $22.000.000 3 $288.200.000

8. En la Invitación Pública cuyo objeto es: CONTRATAR UNA EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES PARA EL SUMINISTRO DE PERSONAL EN MISIÓN QUE PRESTE LAS ACTIVIDADES DE ENFERMERÍA, AUXILIARES DE ENFERMERÍA Y CAMILLEROS PARA QUIRÓFANOS, CONSULTA EXTERNA, HOSPITALIZACIÓN Y URGENCIAS DE LA E.S.E. HOSPITAL REGIONAL MANUELA BELTRÁN DE SOCORRO Y SUS NODOS HATO Y PALMAS DEL SOCORRO, EN CONCORDANCIA CON SUS PROCESOS INSTITUCIONALES En el Título XIV. EVALUACION DE PROPUESTAS, en lo referente a

la EVALUACIÓN ECONÓMICA se publica el presupuesto que se tiene por parte de la E.S.E. para cada cargo; por lo tanto la tabla a tenerse en cuenta es la siguiente:

ENFERMERIA No. VALOR

MENSUAL UNITARIO

VALOR MENSUAL

TOTAL

VALOR 11 DIAS

VALOR 4 MESES 11

DIAS

ENFERMERAS

URGENCIAS 3 $2.520.225 $7.560.675 $2.772.248 $33.014.948

TRIAGE 2 $2.520.225 $5.040.450 $1.848.165 $22.009.965

MEDICINA INTERNA 2 $2.520.225 $5.040.450 $1.848.165 $22.009.965

QUIRURGICAS 2 $2.520.225 $5.040.450 $1.848.165 $22.009.965

PEDIATRIA 1 $2.520.225 $2.520.225 $924.083 $11.004.983

CONSULTA EXTERNA 1 $2.520.225 $2.520.225 $924.083 $11.004.983

PROMOCION Y PREVENCION 1 $2.520.225 $2.520.225 $924.083 $11.004.983

NODO PALMAS (½ TIEMPO) 1 $1.260.615 $1.260.615 $462.226 $5.504.686

QUIROFANOS 1 $2.520.225 $2.520.225 $924.083 $11.004.983

AUXILIARES DE ENFERMERIA $0

SALAS DE CX 12 $1.367.920 $16.415.040 $6.018.848 $71.679.008

URGENCIAS 11 $1.367.920 $15.047.120 $5.517.277 $65.705.757

AUX.TRASLADO DE PACIENTES 2 $1.367.920 $2.735.840 $1.003.141 $11.946.501

MEDICINA INTERNA 9 $1.367.920 $12.311.280 $4.514.136 $53.759.256

QUIRURGICAS 10 $1.367.920 $13.679.200 $5.015.707 $59.732.507

GINECO 7 $1.367.920 $9.575.440 $3.510.995 $41.812.755

PEDIATRIA 7 $1.367.920 $9.575.440 $3.510.995 $41.812.755

CONSULTA EXTERNA 4 $1.367.920 $5.471.680 $2.006.283 $23.893.003

PROMOCION Y PREVENCION 1 $1.367.920 $1.367.920 $501.571 $5.973.251

VACUNACION 2 $1.367.920 $2.735.840 $1.003.141 $11.946.501

NODO PALMAS 2 $1.367.920 $2.735.840 $1.003.141 $11.946.501

NODO HATO 1 $1.367.920 $1.367.920 $501.571 $5.973.251

CAMILLEROS 3 $1.125.730 $3.377.190 $1.238.303 $14.747.063

$569.497.566

9. En la Invitación Pública cuyo objeto es: CONTRATAR A TRAVÉS DE UNA EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES EL SUMINISTRO EN

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MISIÓN DE ESPECIALISTAS EN PEDIATRIA, MEDICINA INTERNA - EDUCACIÓN MÉDICA CONTINUADA, DERMATOLOGÍA Y GASTROENTEROLOGÍA PARA PRESTAR LAS ACTIVIDADES MÉDICAS ESPECIALIZADAS EN LA E.S.E. HOSPITAL REGIONAL MANUELA BELTRÁN DE SOCORRO, EN CONCORDANCIA CON SUS PROCESOS INSTITUCIONALES. En el Título XIV. EVALUACION DE PROPUESTAS, en lo referente a

la EVALUACIÓN ECONÓMICA se publica el presupuesto que se tiene por parte de la E.S.E. para cada cargo; por lo tanto la tabla a tenerse en cuenta es la siguiente:

ESPECIALISTAS AREA MEDICA

PRESUPUESTO MENSUAL

PRESUPUESTO POR CARGO

NUMERO DE CARGOS

TOTAL CONTRATACION

PEDIATRIA $30.518.976 $15.259.488 2 $133.266.195

MED.INTERNA Y EDUCACION

MEDICA $45.443.552 $15.147.851 3 $198.436.844

DERMATOLOGIA $7.500.000 $7.500.000 1 $32.750.000

GASTRO $18.000.000 $18.000.000 1 $78.600.000

$443.053.039

10. En la Invitación Pública cuyo objeto es: CONTRATAR A TRAVÉS DE UNA EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES EL SUMINISTRO EN MISIÓN DE CIRUJANOS GENERALES, GINECÓLOGOS Y ORTOPEDISTAS TRAUMATÓLOGOS PARA PRESTAR LAS ACTIVIDADES MÉDICAS ESPECIALIZADAS EN QUIRÓFANOS, CONSULTA EXTERNA, HOSPITALIZACIÓN Y URGENCIAS DE LA E.S.E. HOSPITAL REGIONAL MANUELA BELTRÁN DE SOCORRO, EN CONCORDANCIA CON SUS PROCESOS INSTITUCIONALES

En el Título XIV. EVALUACION DE PROPUESTAS, en lo referente a

la EVALUACIÓN ECONÓMICA se publica el presupuesto que se tiene por parte de la E.S.E. para cada cargo; por lo tanto la tabla a tenerse en cuenta es la siguiente:

MEDICO QUIRURGICOS

MEDIANA COMPLEJIDAD

PRESUPUESTO MENSUAL

PRESUPUESTO POR CARGO

NUMERO DE CARGOS

TOTAL CONTRATACION

CX.GENERAL $41.250.000 $13.750.000 3 $180.125.000

GINECO $43.000.000 $14.333.333 3 $187.766.667

ORTOPEDIA – PROCEDIMIENTOS

ORTOPEDICOS COMPLEJOS Y REEMPLAZOS ARTICULARES

$37.000.000 $12.333.333 3 $161.566.667

$529.458.333

11. En la Invitación Pública cuyo objeto es: CONTRATAR A TRAVÉS DE UNA

EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES EL SUMINISTRO EN MISIÓN DE MÉDICOS GENERALES Y ODONTOLOGOS PARA CONTRIBUIR AL

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DESARROLLO DE LOS PROCESOS DE QUIRÓFANOS, CONSULTA EXTERNA, HOSPITALIZACIÓN Y URGENCIAS DE LA E.S.E. HOSPITAL REGIONAL MANUELA BELTRÁN DE SOCORROY SUS NODOS HATO Y PALMAS DEL SOCORRO, EN CONCORDANCIA CON SUS PROCESOS INSTITUCIONALES.

En el Título XIV. EVALUACION DE PROPUESTAS, en lo referente a la EVALUACIÓN ECONÓMICA se publica el presupuesto que se tiene por parte de la E.S.E. para cada cargo; por lo tanto la tabla a tenerse en cuenta es la siguiente:

MEDICOS GENERALES Y

ODONTOLOGOS No.

VALOR MENSUAL UNITARIO

VALOR MENSUAL

TOTAL

VALOR 11 DIAS

VALOR 4 MESES 11

DIAS

URGENCIAS

16 $5.040.450 $80.647.200 $29.570.640 $352.159.440

REMISIONES

PISO

CONSULTA EXTERNA (MEDIO TIEMPO) 6 $2.171.430 $13.028.580 $4.777.146 $56.891.461

ODONTOLOGOS SOCORRO 2 $2.605.095 $5.210.190 $1.910.403 $22.751.161

ODONTOLOGO HATO 1 $2.520.225 $2.520.225 $924.083 $11.004.983

$442.807.052

12. En la Invitación Pública cuyo objeto es: CONTRATAR UNA EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES PARA EL SUMINISTRO EN MISIÓN, PROFESIONAL EN TRABAJO SOCIAL, NUTRICIÓN CLÍNICA, FISIOTERAPIA, FONOAUDIOLOGÍA, OPTOMETRÍA, QUÍMICA FARMACÉUTICA, BACTERIOLOGÍA, INSTRUMENTACIÓN QUIRÚRGICA, PSICOLOGÍA, TECNÓLOGO EN REGENCIA DE FARMACIA Y RADIOLOGÍA; TÉCNICO EN HIGIENE ORAL, AUXILIAR EN ODONTOLOGÍA, LABORATORIO CLÍNICO Y FARMACIA, PARA EL DESARROLLO DE PROCESOS, SUBPROCESOS Y ACTIVIDADES EN CUMPLIMIENTO DEL OBJETO SOCIAL DE LA E.S.E.

En el Título XIV. EVALUACION DE PROPUESTAS, en lo referente a

la EVALUACIÓN ECONÓMICA se publica el presupuesto que se tiene por parte de la E.S.E. para cada cargo; por lo tanto la tabla a tenerse en cuenta es la siguiente:

PROFESIONALES Y TECNICOS

No. VALOR

MENSUAL UNITARIO

VALOR MENSUAL

TOTAL

VALOR 11 DIAS

VALOR 4 MESES 11

DIAS

TRABAJO SOCIAL 1 $2.407.410 $2.407.410 $882.717 $10.512.357

NUTRICION CLINICA 1 $2.407.410 $2.407.410 $882.717 $10.512.357

FISOTERAPIA 3 $2.407.410 $6.018.525 $2.206.793 $26.280.893

FONOAUDILOGIA 1 $2.407.410 $2.407.410 $882.717 $10.512.357

OPTOMETRIA 1 $1.699.470 $1.699.470 $623.139 $7.421.019

PSICOLOGIA 1 $2.046.000 $2.046.000 $750.200 $8.934.200

INSTRUMENTACION QUIRURGICA 7 $2.368.080 $16.576.560 $6.078.072 $72.384.312

HIGIENISTA ORAL 2 $1.240.000 $2.480.000 $909.333 $10.829.333

AUX. ODONTOLOGIA 1 $1.130.905 $1.130.905 $414.665 $4.938.285

TECNOLOGOS RADIOLOGIA 5 $2.151.765 $10.758.825 $3.944.903 $46.980.203

BACTERIOLOGOS 8 $2.664.090 $21.312.720 $7.814.664 $93.065.544

AUX.LABORATORIO 5 $1.367.920 $6.839.600 $2.507.853 $29.866.253

QUIMICA FARMACEUTA 2 $2.967.345 $5.934.690 $2.176.053 $25.914.813

AUX. FARMACIA 7 $1.367.920 $9.575.440 $3.510.995 $41.812.755

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REGENTE FARMACIA 1 $1.790.804 $1.790.804 $656.628 $7.819.844

$407.784.525

13. Se publicará un Anexo General a la Adenda 2, en donde se muestran los horarios por cada cargo, para las Invitaciones relacionadas con el Suministro de Personal en Misión el cual hará parte integral de cada uno de los pliegos de condiciones definitivos.

14. Se aclara que en los objetos de las invitaciones para contratar Empresas de Servicios Temporales que suministren trabajadores en misión, se enuncia el desarrollo de procesos y subprocesos los cuales hacen referencia al Sistema de Obligatorio de Garantía de la Calidad y a la Estructura de procesos establecido en la E.S.E. Hospital Regional Manuela Beltrán.

15. Para la Invitación Pública cuyo objeto es: Se ampliará el Título II. ALCANCE DEL OBJETO publicado en el

Proyecto de Pliego de Condiciones, el cual quedará así:

“II. ALCANCE DEL OBJETO

El contratista seleccionado como oferta favorable para la E.S.E HOSPITAL REGIONAL MANUELA BELTRÁN, deberá realizar las actividades propias del Proceso y Subprocesos Administrativos de la ESE Hospital Regional Manuela Beltrán descritas en cada perfil contemplado en los anexos y necesidades de la ESE. Este proceso deberá ser desarrollado por el contratista de manera independiente, autónoma, ejecutando los procedimientos y actividades pertinentes para la correcta prestación de este servicio, el cual tendrá como herramienta de apoyo su propio sistema de información. El contratista deberá organizar y estructurar las áreas de facturación adecuadas que le permita registrar y liquidar los servicios de salud prestados a todos los usuarios y generar el documento soporte para el cobro y el recaudo oportuno. Las demás que se relacionen con la facturación de los servicios de salud y que sean importantes para el cumplimiento del objeto contractual. El contratista deberá garantizar la sistematización de todos y cada uno de los datos que genera el ejercicio de la facturación con el fin de mantener de la mano la información requerida para efectos de medición de la producción de la entidad. El contratista deberá promover el mejoramiento continuo del servicio, incluyendo la atención al usuario interno y externo, contribuyendo a la implementación y ejecución de los manuales de procesos y procedimientos en el área, los cuales deber ser analizados, concertados y aprobados en conjunto con la Gerencia. El contratista deberá presentar los informes solicitados por la Gerencia y el Interventor del contrato en los formatos requeridos y exigidos por la normatividad legal vigente, así como los consolidados estadísticos que maneja la institución dentro de los términos definidos para la entrega. El contratista deberá proveer los insumos necesarios para efectos de los productos finales de su gestión, necesarios e inherentes al proceso”.

En el Título IV. OBLIGACIONES MÍNIMAS A CUMPLIR EL PROPONENTE SELECCIONADO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO, se modificarán, ampliarán y explicarán el concepto correspondiente a los numerales 2, 3 y 6., igualmente se incluye el numeral 7., los cuales quedarán así:

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2. “El contratista deberá contar con los equipos (los cuales deben ser compatibles con el software de la E.S.E.), papelería y demás elementos que requiera para adelantar el desarrollo del proceso contratado por la E.S.E. Adicionalmente deberá desarrollar las actividades con talento humano suficiente, de acuerdo a los requerimientos institucionales según se enuncian en el Anexo 3. Actividades”.

3. “El contratista deberá contar mínimo con los equipos relacionados en el listado que se anexa a este Pliego de Condiciones, el cual hace parte integral del mismo. Así como deberá garantizar el servicio de fotocopiado las 24 horas del día, de lunes a domingo. debiendo contar por lo menos 3 fotocopiadoras de trabajo pesado”.

6 “Los servicios públicos utilizados en el desarrollo del objeto contractual serán por

cuenta del Contratista los cuales se calculan en la suma de quinientos mil pesos ($500.000) mensuales o fracción de mes. Tales servicios públicos incluyen Energía, Agua, Servicio de Internet, Derechos al uso de la Red de propiedad de la E.S.E. Igualmente deberá realizar el pago de las Facturas Telefónicas correspondientes a las líneas de Admisiones N° 7274378 y Autorizaciones N° 7274384. Asimismo, el contratista debe pagarle a la Institución, por el uso del área, la suma de quinientos mil pesos ($500.000) mensuales o fracción de mes”.

7 “El contratista deberá garantizar que en la ejecución del contrato dará cumplimiento a las normas vigentes relativas a cumplir con los requisitos establecidos sobre derechos de los trabajadores, teniendo en cuenta que actúa bajo su propia autonomía e independencia en la ejecución del proceso”.

Se modificará el Título VII. FORMA DE PAGO, la cual quedará así: “La E.S.E. pagará por la ejecución del presente contrato la suma de SETENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($76.500.000.oo) mensuales, correspondientes a la ejecución de las actividades desde la Admisión de Pacientes, Facturación, Auditoría Médica, Administrativa, de Calidad, Radicación de dicha Facturación y demás inherentes al cumplimiento del objeto contractual, independientemente del valor radicado por el Contratista; previa presentación de la factura que genere el contratista durante los 7 primeros días hábiles del mes y recibida y autorizada por el Interventor, quien expedirá el correspondiente Certificado de Supervisión y Recibo a Satisfacción, previa legalización (Actas suscritas por el Contratista, Interventor del Contrato, Representante Legal de la E.S.E.; Certificación firmada por el Revisor Fiscal y/o Representante Legal según el caso donde informa que se encuentra al día en pago de aportes parafiscales y al Sistema de Seguridad Social Integral; Factura; Pago de Estampillas Departamentales y demás emolumentos de Ley si a ello hubiere lugar)”.

Se aclara que en el Título X. DOCUMENTOS DE LAS PROPUESTAS,

en lo referente a los DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA TÉCNICA

Y EXPERIENCIA, numeral 3. Se modificará el nombre del Comité de

Acoso Laboral, teniendo en cuenta que el nombre correcto es

Comité de Convivencia Laboral; por lo tanto este numeral quedará

así:

3 “Allegar los siguientes documentos:

Reglamento Interno de Trabajo. Comité de Convivencia Laboral Programa de Capacitación del Personal.

Capacitación.

Inducción.

Evaluación del Servicio.

Medición de Satisfacción. Programa de Bienestar.

Programa de Bienestar.

Programa de Salud Ocupacional. (Decreto 614 de 1984 Min. Protección Social)

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COPASO (Resolución 2013 de 1986, Art. 63 Decreto Ley 1295 de 1994).

Para las Empresa para las cuales no aplica el COPASO, debe tenerse el Vigía Ocupacional según lo reglamentado en el Artículo 35 del Decreto Ley 1295 de 1994.

Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial.

Servicios de Gestión Ambiental (Decreto 2676 de 2000, Resolución 1164 de 2002 y Decreto 4741 de 2005)”.

En el Capítulo XIV. EVALUACION DE PROPUESTAS. Título EVALUACION TÉCNICA, numeral 6. Se modifica el nombre del documento que hace referencia al Comité de Acoso Laboral, siendo el correcto, Comité de Convivencia Laboral; adicionalmente se amplía el numeral 1; por lo tanto dichos numerales quedarán así:

1. “El proponente deberá contar con las herramientas tecnológicas adecuadas y óptimas para el cumplimiento del objeto contractual. (El proponente deberá garantizarlo a través de escrito suscrito por el Representante Legal, según se indica en el Listado Anexo al Presente Pliego).

3. Presentar el desarrollo del PLAN BÁSICO LEGAL compuesto por: 3.1 REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO (RIT) El Reglamento Interno

regula las relaciones de la empresa con sus trabajadores en aquellos puntos en los cuales se exige una definición más precisa entre lo que indica la Ley (Código Sustantivo del Trabajo y su Reglamento) y las condiciones particulares de actividad laboral de cada empresa, con el objeto de que tanto patrono como trabajadores conozcan con claridad a qué atenerse en caso de discrepancias. Como las normas exigen que toda empresa deber cumplir con las leyes locales e internacionales en todas las materias de su actividad y además que primero resuelva todos sus conflictos previos a una certificación si fuera el caso. El proponente deberá acreditar mediante certificación firmada por el representante legal que cuenta con la debida publicación del Reglamento Interno de Trabajo en dos lugares visibles del lugar de funcionamiento del proponente, y que realizará dentro de los diez (10) días siguientes a la firma del contrato la publicación de aquel en un lugar visible dentro de las instalaciones de la E.S.E. H.R.M.B., precisando en su contenido que se trata del RIT del proponente favorecido (Artículo 116 del C.S.T.). Este documento debe estar de acuerdo a la normatividad vigente en la materia, y debidamente detallado.

3.2. COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL. Ley 1010 de 2003. El

proponente deberá aportar copia del Acta de Constitución del Comité de Acoso Laboral y adjuntar copia de los programas y mecanismos establecidos por el proponente para la prevención de las conductas de acoso laboral. De igual forma, se deberá indicar el procedimiento interno de la empresa para superar las conductas que puedan constituir acoso laboral. Este comité y procedimientos deben ser claros, de acuerdo a la normatividad vigente en la materia, y debidamente detallado.

3.3. PROGRAMA DE CAPACITACIÓN DEL PERSONAL: 3.3.1. CAPACITACIÓN: Programa y plan de capacitación al recurso humano

que se contrate para la ejecución del servicio, por el término de duración del contrato, en el cual se especifique: Fecha, duración de la capacitación, temas a tratar, responsable. Orientadas al desarrollo de las capacidades, destrezas, habilidades.

3.3.2. INDUCCIÓN: Programa y Plan de Inducción y Re-inducción, para facilitar la adaptación e integración del nuevo trabajador a la E.S.E.

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H.R.M.B. y a su área de trabajo, mediante el suministro de información relacionada con las características y dimensiones de nuestra Institución.

Así mismo deben estar atentos a la participación activa de los programas de Inducción programadas por la Institución en las diferentes áreas y estar sujetos a los requerimientos de los interventores para el seguimiento del mismo. Incluir la inducción general y específica al servicio. 3.3.3. EVALUACIÓN DEL SERVICIO: La empresa deberá evaluar la gestión

del trabajador en misión con tiempos específicos, frente a la labor determinada y el tiempo contratado del servicio, donde permita analizar la efectividad en las labores contratadas y estar sujetos a los requerimientos de los interventores para el seguimiento del mismo. Estos programas deben ser claros, con enfoque en el servicio contratado, de acuerdo a la normatividad vigente en la materia, y debidamente detallado. Retroalimentación. Se analizan el desempeño y progreso de los subordinados a fin de hacer planes de desarrollo.

3.3.4. MEDICIÓN DE SATISFACCIÓN: La empresa deberá realizar la medición de la satisfacción de sus trabajadores en misión frente a las órdenes e instrucciones que por subordinación delegada realice la E.S.E. H.R.M.B.

3.4. PROGRAMA DE BIENESTAR 3.4.1. Programa de bienestar. Presentar el Programa de Bienestar aprobado

para la EMPRESA CONTRATISTA, del que serán beneficiarios los

trabajadores en misión enviados a la E.S.E. H.R.M.B.

3.4.2. Programa de Salud Ocupacional. El principal objetivo de un Programa

de Salud Ocupacional es el de proveer de seguridad, protección y atención a

los empleados en el desempeño de su trabajo, según lo reglamentado en el

Decreto 614 de 1984 del Ministerio de la Protección Social y según lo

recomendado por la norma técnica ICONTEC GTC 34. Se deberá presentar el

Programa de Salud Ocupacional de la empresa con el compromiso de realizar

los ajustes pertinentes a los subprogramas que conforman este programa de

acuerdo a los nuevos riesgos del personal en misión de la E.S.E. H.R.M.B. El

Programa de Salud Ocupacional; que debe seguir los lineamientos del

Programa de Salud Ocupacional de la E.S.E. H.R.M.B. Dar cumplimento a la

Resolución 1401 del 14 de mayo de 2007, sobre investigación de accidentes

de trabajo.

3.4.3. COPASO. El cual debe cumplir con la normatividad descrita en la

Resolución 2013 de 1986 del Ministerio de la protección social en el art. 63 del

Decreto Ley 1295 de 1994 del Ministerio de la Protección Social y para las

empresas para las cuales no aplique el COPASO debe tenerse el Vigía

Ocupacional de acuerdo en lo reglamentado en el art .35 del Decreto Ley 1295

de 1994 del Ministerio de la Protección Social. Estos programas deben ser

claros, con enfoque en el servicio contratado, de acuerdo a la normatividad

vigente en la materia, y debidamente detallado.

3.4.4. Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial. Dirigido a establecer

las mejores condiciones de saneamiento básico industrial y a crear los

procedimientos que conlleven a eliminar o controlar los factores de riesgo que

se originen en los lugares de trabajo o que puedan ser causa de enfermedad,

disconfort o accidente, cuyo modelo está descrito en el artículo 350 de C.S.T.

Estos programas deben ser claros, con enfoque en el servicio contratado, de

acuerdo a la normatividad vigente en la materia, y debidamente detallado.

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3.4.5. Servicio de Gestión Ambiental. Decreto 2676 de 2000, Resolución

1164 de 2002 y Decreto 4741 de 2005. Debe contar con un plan de inducción y

capacitación del manejo adecuado de residuos hospitalarios y similares de

acuerdo a la normatividad nacional de carácter ambiental y a las políticas

internas aprobadas en la Institución. Estos programas deben ser claros, con

enfoque en el servicio contratado, de acuerdo a la normatividad vigente en la

materia, y debidamente detallado.

En el Anexo General a la Adenda 2, se indica qué necesidades

requiere atender la E.S.E. de acuerdo a la estructura de sus procesos, por lo tanto el contratista deberá garantizar la continuidad en la ejecución del objeto contractual según los requerimientos institucionales. Dicho Anexo hace parte integral de cada uno de los pliegos de condiciones definitivos.

En el Título XIV. EVALUACION DE PROPUESTAS, en lo referente a la EVALUACIÓN ECONÓMICA se publica el presupuesto que se tiene por parte de la E.S.E. para cada uno de los subprocesos a ejecutar así:

“EVALUACION ECONÓMICA 100 PUNTOS

Las propuestas serán evaluadas mediante el estudio económico financiero comparativo de las ofertas, atendiendo a los precios del mercado sobre los bienes y servicios a contratar, manteniendo como parámetros de referencia los precios establecidos por el sistema de Información de Contratación Estatal SICE.

La calificación máxima es de cien (100) puntos y se asignará de la siguiente manera en relación al presupuesto establecido por la ESE y aplicará el puntaje con la siguiente fórmula:

PF= PM*100

PAE

PM: Propuesta de menor valor PAE: Propuesta que se va a evaluar PF: Propuesta Favorable para la ESE

El presupuesto establecido para cada uno de los subprocesos se establece de la siguiente manera:

Subproceso de Facturación: $226.039.059.oo

Subproceso Sistemas de Información: $ 42.760.452.oo

Subproceso Auditorías: $ 42.472.755.oo

Imprevistos: $ 22.950.300.oo

Total: $334.222.566.oo

Se establece un intervalo de valores como límite máximo al valor presupuestado en la invitación, es decir, TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS M/L ($334.222.566.oo), y límite mínimo el valor presupuestado de la invitación disminuido en un 1.5%, cifra que se redondea al peso, es decir la suma de TRESCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO PESOS M/L ($329.209.228.oo); aquellas propuestas que se encuentren por encima o por debajo de los límites establecidos serán eliminadas.

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Socorro, Agosto 14 de 2012

Original Fdo.

CARLOS MIGUEL DURÁN RANGEL Gerente (I)

Revisó. Subgerencia Administrativa. (Original Fdo.) Subgerencia Científica. (Original Fdo.)

Jefe Oficina Asesora de Calidad. (Original Fdo.)

Profesional Universitario Talento Humano. . (Original Fdo.)

Proyectó. Jefe Oficina Asesora Jurídica. (Original Fdo.)