2
Ministerio de Agricultura Autoridad Nacional Del Agua Administración Local.;,:: r- de Agua '. ~'. Chillón-Rímac-Lurín. "Decenio de las Personas Discapacitadas en el Perú" "Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alirnentaria" RESOLUCiÓN ADMINISTRATIVA )~t--2013-ANA-ALACHRL / Lima, DG FEB 20" CUT N° 79465-2012 VISTO: El Expediente Administrativo con Registro W 007-2011, presentado por la señora Aleia Quispe Ttito de Olortegui, identificado con DNI N° 08986009, solicita el Derecho de Uso de agua superficial, respecto al predio rustico con Unidad Catastral N" 08526, ubicado en la Comisión de Regantes Pan de Azúcar, Bloque de Riego Pan de Azúcar, el mismo que tramitado conforme a su naturaleza, corresponde resolver de acuerdo a lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General-Ley N° 27444, esto es, otorgamiento de derecho de uso de agua; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley W 27444, dispone su Articulo 75°, numeral 3, como deber de las autoridades respecto del Procedimiento Administrativo y de sus participantes, encausar de oficio el procedimiento, cuando advierta cualquier error u omisión de los administrados, por lo que el predio del administrado debe adecuarse a unos de otorgamiento de Licencia de Uso de Agua Superficial; Que, la Ley N" 29338 - Ley de Recursos Hídricos, en su artículo 15°, precisa que la Autoridad Nacional del Agua, como ente rector tiene entre otras funciones otorgar, modificar y extinguir, previo estudio técnico derechos de Uso de Agua; Que, mediante escrito con registro N° 007-2011, de fecha 14 de Enero del 2011, la señora Aleja Quispe Ttito de Olortegui comunica, que ha adquirido el predio agrícola ubicado en el sector Casa Blanca - Pachacamac, de la Comisión de Regante Lurín, Bloque de Riego Pan de Azúcar, con un área de 1,2509 Has por lo que solicita el otorgamiento del derecho de uso de agua superficial en calidad de propietario del predio, acompañando a su solicitud como recaudo, la copia simple del documento de Compra/Venta, la misma que menciona que los señores Diana Isabel Longobardi Sánchez, Patricia Rosana Longobardi Sánchez, Miguel Angel Longobardí Sánchez y Juan Carlos Longobardi Chávez, son propietarios del inmueble denominado Casa Blanca Mz, H Lote 170, con un Área de 1,2509 Ha, y que otorgan la totalidad del inmueble en venta real y enajenación perpetua a favor de José Adalberto Olortegui Zanora, Aleja Quispe Ttito, Cecilia Norma Olortegui Quispe, John López Vilca, José Alberto Olortegui Quispe, Sandra García Meneses, Edgar David Olortegui Quispe, Liz Fiorela Olortegui Quispe . .n0~ el l'IJIl I~'<' 0«...: Que, el expediente administrativo fue tramitado con arreglo a Ley y con Oficio N° 163-2011-JUSDRLCH, de fecha ~ .., 8 de Abril del 2011, la Junta de Usuarios del Sub Distrito de Riego Lurín Chilca, cuenta con opinión favorable para el recurrente, ~ Ing. GC . stentándose en el Informe Técnico N° 022-2011-JUDRUGT.RDR, de fecha 06 de Abril del 2011; \ IlAUt,f ~c: ~~v,~ Que, mediante el Informe Técnico N° 030-2011-ANA-ALA.CHRUDMLVE, de fecha 29 de Abril del 2011, el ·'OiI-LOCAL Encargado de la Oficina de Enlace Lurín, concluye que expediente cumple con todos los requisitos, que el predio en materia se ,,/>.CION-4< encuentra dentro de la jurisdicción de Junta de Usuarios de Lurín Chilca, bloque de riego y de comisión de regantes Pan de Azúcar, ~~~ b~ asimismo, recomienda que la solicitud presentada por el administrado sea declarada procedente y se otorgue la Licencia de uso de .'ff ?!é ~ gua Superficial con fines agrarios; .., ,.. ,\ lE ~ Que, mediante el Informe Técnico N° 097-2012-ANA-ALA.CHRL elaborado por la Profesional del Área Técnica de la \~1l ~(!j Administración Local de Agua Chíllón Rímac Lurín, señala que el predio con Código Catastral N" 08526, fue considerado en los Estudios '~\: '" de Conformación de Bloques de Riego y Asignación de Agua en Bloques correspondientes al Valle Lurín - Parte Baja - Año 2010, dentro del Bloque de Riego "Pan de Azúcar", pero no cuenta con derecho de uso de agua otorgado. Que el citado informe recomienda otorgar en vía de regularización la Licencia de Agua Superficial con fines Agrarios, a favor de los señores Quispe Ttito de Olortegui, Aleja y otros, conductores (adquirientes) del predio rústico con Código Catastral asignado N" 08526, con un área bajo riego cultivable asignada de 0,0800 ha, ubicado en el Bloque de Riego Pan de Azúcar de la Comisión de Riego Pan de Azúcar; señalando que el volumen de agua se otorga en referencia a los nuevos módulos de riego, el mismo que se ejercitará en forma proporcional a la disponibilidad hídrica y de acuerdo al cuadro siguiente, salvo declaratoria de emergencia: Ubicación Predial Datos del predio Datos del Administrado Área Bajo Vol. de Agua. Supo Anual Dpto. Prov. Dist. Tipo de Nombre Codo Nombre Nombre del Titular I Razón Social DNIIRUC Riego Max. De Fuente de Fuente Cat N° de predio IC.E (ha) hasta (m 3 ) Lima Lima Pachacamac Superficial Rio Lurin 08526 Lt. 170 Mz H QUISPE HITO DE OLORTEGUI. Aleja 08986009 0.0800 634.7851 y otros Que, con Informe Legal N° 018-2012-ANA-ALACHRULLQM, del 04 de diciembre del 2012, el Área Legal de la Administración Local de Agua Chillón Rímac Lurin, señala que examinados los documentos presentados así como contando con la opinión técnica favorable del Personal Técnico de esta Administración Local, deviene en procedente atender la solicitud presentada por el recurrente, dentro del marco de lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General N" 27444 y lo dispuesto por la Ley Recursos Hídricos - Ley 29338;

Administración Local.;,:: Chillón-Rímac-Lurín. · Olortegui comunica, que ha adquirido el predio agrícola ubicado en el sector Casa Blanca - Pachacamac, de la Comisión de Regante

  • Upload
    others

  • View
    0

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Administración Local.;,:: Chillón-Rímac-Lurín. · Olortegui comunica, que ha adquirido el predio agrícola ubicado en el sector Casa Blanca - Pachacamac, de la Comisión de Regante

Ministerio de Agricultura Autoridad NacionalDel Agua

Administración Local.;,:: r-

de Agua ' . ~'.Chillón-Rímac-Lurín.

"Decenio de las Personas Discapacitadas en el Perú""Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alirnentaria"

RESOLUCiÓN ADMINISTRATIVA N° )~t--2013-ANA-ALACHRL/ Lima, D G FEB 20" CUT N° 79465-2012

VISTO:

El Expediente Administrativo con Registro W 007-2011, presentado por la señora Aleia Quispe Ttito de Olortegui,identificado con DNI N° 08986009, solicita el Derecho de Uso de agua superficial, respecto al predio rustico con Unidad Catastral N"08526, ubicado en la Comisión de Regantes Pan de Azúcar, Bloque de Riego Pan de Azúcar, el mismo que tramitado conforme a sunaturaleza, corresponde resolver de acuerdo a lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General-Ley N° 27444, esto es,otorgamiento de derecho de uso de agua; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley W 27444, dispone su Articulo 75°, numeral 3, comodeber de las autoridades respecto del Procedimiento Administrativo y de sus participantes, encausar de oficio el procedimiento, cuandoadvierta cualquier error u omisión de los administrados, por lo que el predio del administrado debe adecuarse a unos de otorgamiento deLicencia de Uso de Agua Superficial;

Que, la Ley N" 29338 - Ley de Recursos Hídricos, en su artículo 15°, precisa que la Autoridad Nacional del Agua,como ente rector tiene entre otras funciones otorgar, modificar y extinguir, previo estudio técnico derechos de Uso de Agua;

Que, mediante escrito con registro N° 007-2011, de fecha 14 de Enero del 2011, la señora Aleja Quispe Ttito deOlortegui comunica, que ha adquirido el predio agrícola ubicado en el sector Casa Blanca - Pachacamac, de la Comisión de ReganteLurín, Bloque de Riego Pan de Azúcar, con un área de 1,2509 Has por lo que solicita el otorgamiento del derecho de uso de aguasuperficial en calidad de propietario del predio, acompañando a su solicitud como recaudo,la copia simple del documento de Compra/Venta, la misma que menciona que los señores Diana Isabel Longobardi Sánchez, PatriciaRosana Longobardi Sánchez, Miguel Angel Longobardí Sánchez y Juan Carlos Longobardi Chávez, son propietarios del inmuebledenominado Casa Blanca Mz, H Lote 170, con un Área de 1,2509 Ha, y que otorgan la totalidad del inmueble en venta real y enajenaciónperpetua a favor de José Adalberto Olortegui Zanora, Aleja Quispe Ttito, Cecilia Norma Olortegui Quispe, John López Vilca, José AlbertoOlortegui Quispe, Sandra García Meneses, Edgar David Olortegui Quispe, Liz Fiorela Olortegui Quispe .

.n0~ el l'IJIl

I~'<' 0«...: Que, el expediente administrativo fue tramitado con arreglo a Ley y con Oficio N° 163-2011-JUSDRLCH, de fecha~ .., 8 de Abril del 2011, la Junta de Usuarios del Sub Distrito de Riego Lurín Chilca, cuenta con opinión favorable para el recurrente,~ Ing. GC . stentándose en el Informe Técnico N° 022-2011-JUDRUGT.RDR, de fecha 06 de Abril del 2011;\ IlAUt,f

~c: ~~v,~ Que, mediante el Informe Técnico N° 030-2011-ANA-ALA.CHRUDMLVE, de fecha 29 de Abril del 2011, el·'OiI-LOCAL Encargado de la Oficina de Enlace Lurín, concluye que expediente cumple con todos los requisitos, que el predio en materia se

,,/>.CION-4< encuentra dentro de la jurisdicción de Junta de Usuarios de Lurín Chilca, bloque de riego y de comisión de regantes Pan de Azúcar,~~~ b~ asimismo, recomienda que la solicitud presentada por el administrado sea declarada procedente y se otorgue la Licencia de uso de

.'ff ?!é ~ gua Superficial con fines agrarios;.., ,..• •

, \ lE ~ Que, mediante el Informe Técnico N° 097-2012-ANA-ALA.CHRL elaborado por la Profesional del Área Técnica de la\~1l ~(!j Administración Local de Agua Chíllón Rímac Lurín, señala que el predio con Código Catastral N" 08526, fue considerado en los Estudios

'~\: '" de Conformación de Bloques de Riego y Asignación de Agua en Bloques correspondientes al Valle Lurín - Parte Baja - Año 2010, dentrodel Bloque de Riego "Pan de Azúcar", pero no cuenta con derecho de uso de agua otorgado.

Que el citado informe recomienda otorgar en vía de regularización la Licencia de Agua Superficial con finesAgrarios, a favor de los señores Quispe Ttito de Olortegui, Aleja y otros, conductores (adquirientes) del predio rústico con CódigoCatastral asignado N" 08526, con un área bajo riego cultivable asignada de 0,0800 ha, ubicado en el Bloque de Riego Pan de Azúcar dela Comisión de Riego Pan de Azúcar; señalando que el volumen de agua se otorga en referencia a los nuevos módulos de riego, el mismoque se ejercitará en forma proporcional a la disponibilidad hídrica y de acuerdo al cuadro siguiente, salvo declaratoria de emergencia:

Ubicación Predial Datos del predio Datos del Administrado Área Bajo Vol. de Agua.Supo Anual

Dpto. Prov. Dist. Tipo de Nombre Codo Nombre Nombre del Titular I Razón Social DNIIRUC Riego Max. DeFuente de Fuente Cat N° de predio IC.E (ha) hasta (m3)

Lima Lima Pachacamac Superficial Rio Lurin 08526 Lt. 170 Mz HQUISPE HITO DE OLORTEGUI. Aleja

08986009 0.0800 634.7851y otros

Que, con Informe Legal N° 018-2012-ANA-ALACHRULLQM, del 04 de diciembre del 2012, el Área Legal de laAdministración Local de Agua Chillón Rímac Lurin, señala que examinados los documentos presentados así como contando con laopinión técnica favorable del Personal Técnico de esta Administración Local, deviene en procedente atender la solicitud presentada por elrecurrente, dentro del marco de lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General N" 27444 y lo dispuesto por la LeyRecursos Hídricos - Ley 29338;

Page 2: Administración Local.;,:: Chillón-Rímac-Lurín. · Olortegui comunica, que ha adquirido el predio agrícola ubicado en el sector Casa Blanca - Pachacamac, de la Comisión de Regante

Ministerio de Agricultura

II

Autoridad NacionalDel Agua

Administración Localde Agua

Chillón-Rímac-Lurín.

"Decenio de las Personas Discapacitadas en el Perú""Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria"

S)~e,w>-CION4lb¿" ~o /1~!"V o (í RESOLUCiÓN ADMINISTRATIVA ~ OTo 2013·ANA·ALACHRL

I,!' REAL ~ Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones señaladas en la Primera Disposición Complementaria Transitoria~ . ~. la Ley de Recursos Hídricos - Ley N° 29338, que establece que para los procedimientos que se inicien a partir de la entrada en

~~LOC~\.W:-~ vigencia de dicha Ley y en tanto se implementen las Autoridades Administrativas del Agua y el Tribunal de Resolución de ControversiasHídricas, las funciones de primera instancia serán asumidas por las Administraciones Locales de Agua ( ... ); su Reglamento aprobadomediante Decreto Supremo N° 001-201 O-AG; el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobadocon Decreto Supremo N° 006-2010-AG; en las Disposiciones Complementarias Transitorias del Reglamento de procedimiento para elotorgamiento de Derechos de uso de Agua aprobado con la Resolución Jefatural N° 579-2010-ANA Y la Resolución Jefatural N° 420-2012-ANA, por el cual se designó al Administrador Local de Agua Chillón-Rímac-Lurín.

SE RESUELVE:

ARTIcULO PRIMERO OTORGAR en vía de regularización la licencia de uso de agua superficial, para uso Agrarioa favor de los señores Quispe Tito de Olortegui, Aleja y otros, conductores (adquirientes) del predio rústico con Código Catastralasignado N" 08526, con un área bajo riego cultivable asignada de 0,0800 ha, ubicado en el Bloque de Riego Pan de Azúcar de laComisión de Riego Pan de Azúcar, del Distrito de Pachacamac, Provincia y Departamento de Lima, conforme al cuadro siguiente:

Ubicación Predial Datos del predio Datos del Administrado Area

Tipo de Nombre Codo Cat Nombre de Nombre del Titular I Razón DNURUC BajoDepto Prov. Disl de RiegoFuente Fuente N° predio Social IC.E (ha)

Lima Lima Pachacamac Superficial Rio Lurin 08526 Lt. 170 Mz H QUISPE TIlTO DE OLORTEGUI, 08986009 0,0800Aleia v otros

Volumen de AQuadis recado en meses, Otorgado en (m3\ de hastaVol. de Agua.

Ago Sel Oct Nov Die Ene Feb Mar Abr May Jun Jul SupoAnual Max.De hasta (m3)

2.0184 3.0276 6.8121 14.6334 52.2260 102.1812 156.6779 169.5451 72.6622 26.2391 20.4362 8.3259 634.7851

ARTíCULO SEGUNDO: DISPONER la actualización del Registro de Derecho de Uso de Agua-RADA debiendoregistrar la inscripción de la licencia otorgada mediante la presente resolución.

ARTíCULO TERCERO: PRECISAR que, para la entrega de la dotación de agua, el usuario debe estar al día en elpago por tarifa de uso de agua y asimismo cumplir con las obligaciones contenidas en la normatividad en materia de aguas.

ARTíCULO CUARTO: PRECISAR que el volumen del uso de agua otorgado al usuario a que se refiere la presenteresolución se ejercerá en forma proporcional a la disponibilidad hídrica, salvo declaratoria de emergencia

ARTíCULO QUINTO: NOTIFICAR, al recurrente, a la Junta de Usuarios del Sub Distrito de Riego Lurín - Chilca ya la Comisión de Regantes Pan de Azúcar, de la presente Resolución.

REGISTRES E y COMUNIQUESE

JCV:NASA:lLQMcc.ESCANEADO ANAO.E.LURINJunta de Usuarios LURIN CHILCA

CC.RRLURIN-