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Forma AIDH-261 Rev. 08-04-2011 600 GOBIERNO DE PUERTO -RICO AdministraciOn de la Industria y el Deporte Hipico INFORME DEL JURADO HIPICO AL ADMINISTRADOR HIPICO Administrador Hipico: A continuation se notifican los asuntos publicos y citaciones concerni•ntes al dia de carrera namero 110 correspondiente at dia de hoy viernes, 12 de juli•019. ;Vee Rdefra See:eta/tea Dee Peetadaqiiiett CONDICION DE LA PISTA: lenta V ligera buena fangosa encharcada INCIDENTES RELACIONADOS A LA CONDICION DE LA PISTA: JINETES AUSENTES: no hubo ENTRENADORES AUSENTE: Carrera: 4ta Entrenador: Rey De La Paz Motivo: personal Sustituto: Luis Jonel Cruz Carrera: 5ta Entrenador: J. A. Ojeda Motivo: personal Sustituto: K. Velez Carrera: 7ma Entrenador: R. R. Bultron Motivo: personal Sustituto: Ivaniel Perez VETERINARIO OFICIAL EN LA TARDE: Dr. Garcia RETIRO DE EJEMPLARES: Carrera: 5ta 07/12/19 Ejemplar: Givonna's Magic Motivo: coja mano izq. (en el punto de partida) Suspension: 15 dias CORRECCIONES AL PROGRAMA OFICIAL ANUNCIADAS POR EL JURADO HIPICO Y HORA DEL ANUNCIO. AJUSTES A LA SALIDA LUEGO DEL POST-TIME, NUMERO DE LA CARRERA Y FUNDAMENTO POST TIME /HORA DE CUADRE / HORA SALIDA Primera Carrera 2:45 2:45 2:47 Segunda Carrera 3:15 3:15 3:18 Tercera Carrera 3:40 3:39 3:48 Cuarta Carrera 4:13 4:13 4:15 Quinta Carrera 4:42 4:43 4:46 Sexta Carrera 5:13 5:15 5:17 Septima Carrera 5:46 5:45 5:48 SUSPENSIONES DEL VETERINARIO: Carrera: 4ta Ejemplar: Classic Wink Motivo: mareo Suspension: 10 dias observation Carrera: 4ta Ejemplar: Grit Motivo: fractura mano derecha Suspension: indefinida PESO DE JINETES: no hubo JINETES CON PIES FUERA DE LOS ESTRIBOS: no hubo EJEMPLAR MOSTRO INDOCILIDAD, EL JINETE SOLICITo AUTORIZACION PARA SACAR LOS PIES DE LOS ESTRIBOS Y FUE AUTORIZADO POR EL JURADO HIPICO: no hubo JINETES OUE NO ASISTEN AL "ENSILLADERO" PARA TODO LO RELATIVO AL AJUSTE DE SU MONTURA: SEGUN NOTIFICo EL JUEZ DE ENSILLADERO. No hubo REPESO DE JINETES: no hubo DESCUENTOS OTORGADOS POR EL JURADO HIPICO Y FUNDAMENTO: no hubo RECLAMOS: Carrera: 2da Ejemplar: Marengo Reclamo de: Jal Racing Reclamado por: Don Rafa Sorteo: no Num. Boletos: solo Cantidad: $4,000 Pago de Traspaso: si Sera entrenado por: V. Garcia Orozco Cuadra: #36 Carrera: 2da Ejemplar: Dioau Reclamo de: Est. Moderniza Reclamado por: Torres Pagan Sorteo: si NUm. Boletos: nueve intereses ( Real Star Stable, Moises Racing, Denian Stable, Don Rafa, Divino Nino, Navarro Racing, Three Kings Racing, J. B. K.) Cantidad: $4.000 Pago de Traspaso: si Sera entrenado por: G. Henriquez Cuadra: #20 Carrera: 3ra Ejemplar: La Orlanessa Reclamo de: Alpha & Omega Racing Reclamado por: R.L. Stable Sorteo: no Num. Boletos: solo Cantidad: $8,000 Pago de Traspaso: si Sera entrenado por: J. Cartagena, Jr. Cuadra: #32 Carrera: 7ma Ejemplar: Promesa Reclamo de: H. G. Racing Reclamado por: Los Juanes Sorteo: no NOm. Boletos: solo Cantidad: $4,000 Pago de Traspaso: si Sera entrenado por: Raymond Morales Cuadra: #12 Carrera: 7ma Ejemplar: Calculadora Reclamo de: Est. Rafanil Reclamado por: Alamo Stable Sorteo: no NOm. Boletos: solo Cantidad: $4,000 Pago de Traspaso: si Sera entrenado por: Ricardo Negron Cuadra: #24 Page 1 of 6 Informe de Penalidades 12 de julio de 2019

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Forma AIDH-261 Rev. 08-04-2011

600

GOBIERNO DE PUERTO -RICO

AdministraciOn de la Industria y el Deporte Hipico

INFORME DEL JURADO HIPICO AL ADMINISTRADOR HIPICO

Administrador Hipico:

A continuation se notifican los asuntos publicos y citaciones concerni•ntes al dia de carrera namero 110 correspondiente at dia de hoy viernes, 12 de juli•019.

;Vee Rdefra

See:eta/tea Dee Peetadaqiiiett

CONDICION DE LA PISTA: lenta V ligera buena fangosa encharcada INCIDENTES RELACIONADOS A LA CONDICION DE LA PISTA: JINETES AUSENTES: no hubo ENTRENADORES AUSENTE:

Carrera: 4ta Entrenador: Rey De La Paz Motivo: personal Sustituto: Luis Jonel Cruz

Carrera: 5ta Entrenador: J. A. Ojeda Motivo: personal Sustituto: K. Velez

Carrera: 7ma Entrenador: R. R. Bultron Motivo: personal Sustituto: Ivaniel Perez

VETERINARIO OFICIAL EN LA TARDE: Dr. Garcia RETIRO DE EJEMPLARES:

Carrera: 5ta 07/12/19 Ejemplar: Givonna's Magic Motivo: coja mano izq. (en el punto de partida) Suspension: 15 dias

CORRECCIONES AL PROGRAMA OFICIAL ANUNCIADAS POR EL JURADO HIPICO Y HORA DEL ANUNCIO. AJUSTES A LA SALIDA LUEGO DEL POST-TIME, NUMERO DE LA CARRERA Y FUNDAMENTO

POST TIME /HORA DE CUADRE / HORA SALIDA

✓ Primera Carrera 2:45 2:45 2:47 ✓ Segunda Carrera 3:15 3:15 3:18 ✓ Tercera Carrera 3:40 3:39 3:48 ✓ Cuarta Carrera 4:13 4:13 4:15 ✓ Quinta Carrera 4:42 4:43 4:46 ✓ Sexta Carrera 5:13 5:15 5:17 ✓ Septima Carrera 5:46 5:45 5:48

SUSPENSIONES DEL VETERINARIO:

Carrera: 4ta Ejemplar: Classic Wink Motivo: mareo Suspension: 10 dias observation Carrera: 4ta Ejemplar: Grit Motivo: fractura mano derecha Suspension: indefinida

PESO DE JINETES: no hubo JINETES CON PIES FUERA DE LOS ESTRIBOS: no hubo EJEMPLAR MOSTRO INDOCILIDAD, EL JINETE SOLICITo AUTORIZACION PARA SACAR LOS PIES DE LOS ESTRIBOS Y FUE AUTORIZADO POR EL JURADO HIPICO: no hubo JINETES OUE NO ASISTEN AL "ENSILLADERO" PARA TODO LO RELATIVO AL AJUSTE DE SU MONTURA: SEGUN NOTIFICo EL JUEZ DE ENSILLADERO. No hubo REPESO DE JINETES: no hubo DESCUENTOS OTORGADOS POR EL JURADO HIPICO Y FUNDAMENTO: no hubo

RECLAMOS:

Carrera: 2da Ejemplar: Marengo Reclamo de: Jal Racing Reclamado por: Don Rafa

Sorteo: no Num. Boletos: solo Cantidad: $4,000 Pago de Traspaso: si

Sera entrenado por: V. Garcia Orozco Cuadra: #36

Carrera: 2da Ejemplar: Dioau Reclamo de: Est. Moderniza Reclamado por: Torres Pagan

Sorteo: si NUm. Boletos: nueve intereses ( Real Star Stable, Moises Racing, Denian Stable, Don Rafa, Divino Nino,

Navarro Racing, Three Kings Racing, J. B. K.) Cantidad: $4.000 Pago de Traspaso: si

Sera entrenado por: G. Henriquez Cuadra: #20

Carrera: 3ra Ejemplar: La Orlanessa Reclamo de: Alpha & Omega Racing Reclamado por: R.L. Stable

Sorteo: no Num. Boletos: solo Cantidad: $8,000 Pago de Traspaso: si

Sera entrenado por: J. Cartagena, Jr. Cuadra: #32

Carrera: 7ma

Ejemplar: Promesa Reclamo de: H. G. Racing Reclamado por: Los Juanes

Sorteo: no NOm. Boletos: solo Cantidad: $4,000 Pago de Traspaso: si

Sera entrenado por: Raymond Morales Cuadra: #12

Carrera: 7ma

Ejemplar: Calculadora Reclamo de: Est. Rafanil Reclamado por: Alamo Stable

Sorteo: no NOm. Boletos: solo Cantidad: $4,000 Pago de Traspaso: si

Sera entrenado por: Ricardo Negron Cuadra: #24

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Carrera: 7ma Ejemplar: Entendida Reclamo de: L. A. R. Stable Reclamado por: D. C. Racing

Sorteo: si Num. Boletos: dos intereses (Divino Nino) Cantidad: $4,000 Pago de Traspaso: si

Sera entrenado por: R. R. BultrOn Cuadra: #15

INCIDENTES DE CARRERA: Carrera: 2da Investigado: El jinete **Angel I. Diaz (Marengo 3ro) solicito investigacion de Ia salida.

Resultado: Por decision unanime el orden fue declarado oficial.

Carrera: 6ta Investigado: El jinete Miguel Sanchez (Strickly Wicked 4to) solicito investigacion de Ia

salida. Resultado: Por decision unanime el orden fue declarado oficial.

RESUMEN DE SUSPENSIONES Y MULTAS: no hubo TODA MULTA IMPUESTA POR EL JURADO HIPICO TIENE UN TERMINO DE TREINTA (30) DIAS LABORABLES PARA EMITIR EL PAGO. AL VENCIMIENTO DE DICHO TERMINO NO SE LE PODRA ACEPTAR EN INSCRIPCIONES PARA CARRERAS. CARRERA DE APRENDICES: N/A

EJEMPLAR APROBO/ NO APROBO CORRECCION EN LA HOJA ORDEN APROBACION

1. Presencial Aproba 1

2. Sol De Luna Aprob6 5 3. Lady Helen Aproba Condicionado Se refiere a escuela de arrancadero en la maiiana. 4

4. Empire's Song Aproba 2

5. Mariesther Aproba Condicionado Se refiere a escuela de arrancadero en Ia manana. 3 TIEMPO FINAL: 1:02:91

EL INFORME DEL FUNCIONARIO CORRESPONDIENTE. No hubo INCIDENTES DEL JUEZ DE SALIDAS: (RETIROS DE ElEMPLARES/MULTAS): no hubo INCIDENTES DE LA SECRETARIA DE CARRERAS: no hubo INCIDENTES DE LA EMPRESA OPERADORA: no hubo ERRORES EN EL PROGRAMA OFICIAL: no hubo ERRORES EN LA REVISTA HiPICA: no hubo ASUNTOS DE LOS JINETES: no hubo OTROS ASUNTOS:

GOBIERNO DE PUERTO RICO ADMINISTRACION DE LA INDUSTRIA Y EL DEPORTE HIPICO

OFICINA DEL ADMINISTRADOR HIPICO

OAAH-19-10 ORDEN ADMINISTRATIVA

Registro de trabajos matinales; obligatoriedad de divulgar informacion precisa de los ejemplares que realizan trabajos matinales cronometrados; penalidades y; otros.

Ley de Ia Industria y el Deporte Hipico de Puerto Rico, Ley Num. 83 de 2 de julio de 1987, segtin enmendada; Reglamento de Carreras, Reg. Num. 8943 de 6 de abril de 2017, Art. XVIII, Sec. 1802 (a); Art. XXX, Secs. 3010 (a) y 3011 (j) y; Plan de Carreras 2019.

ORDEN

El registro oficial de los trabajos matinales y los tiempos que se toman a los ejemplares que se ejercitan

durante estos trabajos, con miras a competir en las carreras oficiales que se celebran en el Hip6dromo Camarero, es

una herramienta esencial para los fanaticos-apostadores hipicos que sostienen nuestra industria-deporte hipica con

sus apuestas. Adernas, la oficializacion de los trabajos provee para una mayor confianza de parte del pOblico

apostador y contribuiria enormemente con los esfuerzos de nuestra administracion para que se cumplan todos los

requerimientos segun esbozados en la reglamentacion hipica. La Administraci6n de la Industria y el Deporte Hipico

(AIDH) continua trabajando hacia la consecuci6n de una actividad hipica ordenada y, sobre todo, confiable.

Actualmente, y por decadas ya, solo contamos con un medio que compila y publica la informaciOn de los

trabajos matinales, en beneficio del hipico apostador y la actividad hipica en general, con las implicaciones que ello

tiene en el desarrollo econ6mico de la misma. Nos referimos a la Revista Hipica El Comandante (RHEC), que

cuenta con una experiencia de sobre sesenta (60) anos de extraordinaria labor informativa en beneficio del hipismo

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en Puerto Rico y a quienes agradecemos por unirse voluntariamente a este esfuerzo de la AIDH para Ilevar la

informacion precisa y correcta a los fanaticos apostadores hipicos quienes patrocinan nuestro hipismo.

No obstante, por mucho tiempo ha existido la genuina preocupacion, por parte de varios de los importantes

componentes de la industria-deporte hipica, principalmente los fanaticos apostadores y los cronistas/comentaristas

hipicos, en cuanto a la confiabilidad de la informacion publicada por la RHEC, principalmente en cuanto a la

veracidad de datos tan esenciales como lo son los nombres de los ejemplares que brisean, trabajan o se ejercitan

durante las marianas; informacion que mayormente reciben los representantes de la RHEC, por conducto de

entrenadores, mozos de cuadras, jinetes y/o galopadores.

Ciertamente se han dado situaciones en las cuales la RHEC ha incurrido en errores involuntarios al

publicar informacion sobre la identidad de ejemplares que brisearon, trabajaron y/o se ejercitaron durante los

trabajos matinales, cuyos ejercicios correspondian a otro ejemplar; informaciOn que como mencionamos es

brindada por personal licenciado por la AIDH a los representantes (tomadores de tiempo o "clockers") que laboran

para RHEC durante la celebracion de los trabajos matinales. Cabe senalar que la AIDH ha advenido en

conocimiento de que algunas personas han deliberadamente dado informacion incorrecta y/o falsa a dichos

representantes (tomadores de tiempo o "clockers"), con la grave consecuencia de mal informar a los fanaticos

apostares hipicos, privandolos de una importantisima herramienta a la hora de hacer sus analisis sobre el posible

desarrollo de una carrera oficial y el resultado que estos esperan.

A su vez, conocido es que en las principales jurisdicciones hipicos de los Estados Unidos y otros paises a

nivel internacional, el ofrecer la informaci6n precisa y correcta de los ejemplares que participan de los trabajos

matinales es obligatorio, so pena de severas sanciones. En nuestro hipismo no debe ser diferente.

Ante la conducta irregular e indeseable de algunos, de proveer informacion incorrecta a los representantes

(tomadores de tiempo o "clockers") de la RHEC, y en aras de salvaguardar la integridad del hipismo puertorriquefio,

en lo que respecta a la informacion que reciben los fanaticos apostadores hipicos, la AIDH considera que es

mandatorio que el personal encargado de los ejemplares provea de manera precisa y correcta la informacion de

todos los ejemplares que realicen trabajos matinales cronometrados, en cualquier tipo de modalidad, distancia y

circunstancias. Dicha informacion debe incluir el nombre del ejemplar, su propietario y entrenador, y la distancia a

recorrer en su trabajo o ejercicio matinal cronometrado.

Con relacion a la pertinencia e importancia de la oficializacion de la informacion de los briseos, en lo que al

desarrollo de la actividad hipica en general se refiere, la seccion 1802 (a) del articulo XVIII (Inscripciones) del

Reglamento de Carreras, Reg. NUM. 8943 de 6 de abril de 2017, dispone que [a]ntes de ser inscrito y/o poder

participar en carrera oficial, todo ejemplar que no haya participado en carrera oficial por un periodo de sesenta (60)

dias o mas en carrera oficial, se le requerira por el Secretario de Carreras, evidencia de haber sido ejercitado

("briseado") en trabajo matinal o en su defecto, el dueno o entrenador del ejemplar debera radicar en la

Secretaria de Carreras un certificado de acreditaci6n de condici6n fisica aceptable, firmado por un Veterinario

Oficial.

Las penalidades por violaciones al articulo XVIII estan establecidas en el articulo XXXI (Penalidades),

secciOn 3101 (c):

Primera infracci6n: $50.00

Segunda infracciOn: $100.00

Tercera y IS]ubsiguientes infracciones: $200.00 y suspensi6n de licencia de treinta (30) dias minimo hasta un maxim° de noventa (90) dias, aplicables a cada violacign; adernas de las consecuencias indicadas en dicha WecciOn.

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Por su parte, el articulo XXX (Practicas Indeseables), seccion 3010 (a) dispone que incurrira en violacion

cualquier persona altere cualquier documento oficial o certificaciOn expedida por la Junta o por la Oficina del

Administrador y/o que provea informaci6n falsa y/o que induzca a error, por cualquier medio de difusi6n, bien

intencional o negligentemente. Ademas, la secci6n 3011 (j) establece que constituye una practica indeseable que

una persona incumpla con las reglas, reglamento[s], ordenes o resoluciones emitidas por la Junta o por el

Administrador, en lo aplicable.

Por violaciones a estas disposiciones, la secci6n 3015 establece las siguientes penalidades:

(b) El Administrador o la Junta podran imponer a cualquier persona que viole cualquier disposiciOn de la Ley Hipica, o de un Reglamento u Orden promulgada de acuerdo a las disposiciones de la misma, una multa administrativa que no sera menor de quinientos dOlares ($500) ni mayor de cinco mil dOlares ($5,000); o suspension de licencia de toda actividad hipica hasta por cinco (5) arlos; o ambas a su discreci6n, por cads violaciOn, segan se disponga en la reglamentaciOn aplicable.

Por otro lado, el Plan de Carreras 2019, SecciOn II (N)(3)(a) y (b) (Distribucion y Consideraciones de

Carreras) establece que Mara que un ejemplar pueda debutar y correr en carrera oficial, debera participar en una

Carrera de Practica o Aprobacion ante el Jurado Hipico y sujeto a la aprobaciOn de este, luego de completar dos

trabajos oficiales y que Nodas estas carreras y/o trabajos estaran debidamente cronometrados y

registrados. Tambien dispone lo siguiente el Plan de Carreras 2019, en su Secci6n VI (B), con relacion a aquellos

ejemplares que presentan un periodo de inactividad de noventa (90) dias o mas previo a su proximo compromiso

oficial:

Antes de ser inscrito para poder participar en carrera oficial, todo ejemplar que no haya asi participado en carrera por un periodo de noventa (90) (dias) o mas, se le requerira por el Secretario de Carreras, evidencia de haber sido ejercitado ("briseado") en trabajo matinal, al menos en dos (2) ocasiones debidamente cronometradas, o en su defecto, el duefio o entrenador del ejemplar debera radicar en la Secretaria de Carreras un Certificado de acreditacion de condici6n fisica aceptable, firmado por un Veterinario Oficial de la AIDH,

Mientras, la Seccion VII (2) (Aprobaci6n) del Plan de Carreras 2019 expresa que IP]ara efectos de

participaciOn clasica de un ejemplar, este debera tener dos trabajos de preparaciOn cronometrados y la

participaciOn en una carrera de aprobaciOn, a satisfacciOn del Jurado Hipico, to que se considerara como suficiente

para considerar que debut6 en Puerto Rico.

Como vemos, la oficializacion de los trabajos es indispensable para poner en vigor las disposiciones

reglamentarias antes citadas, las cuales a su vez, al implementarlas, obran en beneficio del fanatico apostador

hipico que con sus apuestas sirve de andamiaje al hipismo puertorriqueno.

En merit() de lo anterior y amparandonos en las facultades conferidas por la Ley de Ia Industria y el

Deporte Hipico de Puerto Rico, Ley NOm. 83 de 2 de julio de 1987, segun enmendada, 15 LPRA sec. 198 et. seq., y

la reglamentaciOn antes citada, emitimos la siguiente:

ORDEN

En aras del cumplimiento de las disposiciones reglamentarias antes citadas, relacionadas a los procesos

que conducen al registro oficial de los trabajos matinales y los tiempos de los ejemplares que se ejercitan, con

miras a competir en las carreras oficiales que se celebran en el Hip6dromo Camarero, de conformidad a la

informacion divulgada por el personal encargado de estos ejemplares, debidamente licenciados por la AIDH, en lo

sucesivo y a la fecha de vigencia de Ia presente Orden Administrativa, las siguientes medidas seran

implementadas:

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1. La informacion precisa de todos los ejemplares que realicen trabajos matinales cronometrados,

en cualquier tipo de modalidad, distancia y circunstancias, tendra que ser divulgada a los

representantes (tomadores de tiempo o "dockers") que laboran para la RHEC, como parte de los

procesos de registro y cronometraje de los trabajos matinales;

2. Toda la informaci6n de los ejemplares a realizar briseos, trabajos y/o ejercicios matinales saliendo o

partiendo de la gatera o porton de salidas ("starting gate") tendra que ser brindada al personal de

la AIDH que labora en la gatera, como parte de los procesos de registro y cronometraje. El personal

de la AIDH compartira esta informaci6n con el personal de la RHEC de la manera que estos

coordinen;

3. Esta informacion debe de incluir, sin limitarse a: el nombre del ejemplar, los nombres de su

propietario y/o entrenador, y la distancia a recorrer en su trabajo matinal. La responsabilidad de

divulgar la misma recaera sobre la persona del entrenador del ejemplar en cuestion;

4. Tanto los representantes (tomadores de tiempo o "clockers") de la RHEC como los empleados de la

AIDH que laboran en el porton de salidas podran hacer lectura de los microchips que

identifican a los ejemplares, cuando asi lo entiendan necesario;

5. Los representantes (tomadores de tiempo o "clockers") de la RHEC y los empleados de la AIDH que

laboran en el porton de salidas deberan informar al Jurado Hipico, utilizando el metodo que mas

provechoso les resulte, acerca de situaciones en las cuales la informacion requerida y aqui

ordenada no les sea divulgada o hayan descubierto que la misma les hays sido brindada

incorrectamente;

6. Toda aquella persona que incumpla con lo aqui dispuesto, se expondra a las penalidades que

establecen las secciones 3015 (b) del articulo XXX (Practicas Indeseables) y 3101 (c) del articulo

X)0(1 (Penalidades) del Reglamento de Carreras, Reg. Num. 8943 de 6 de abril de 2017, sin

excepciones de clase alquna;

7. Se ordena que tanto la Confederaci6n Hipica de Puerto Rico, como la Puerto Rico Horse Owners

Association of Puerto Rico, Inc., den la mas amplia publicidad a la presente Orden Administrativa,

entregando inmediatamente, copia de la misma o enviandola mediante correo electronic° a todos

los duelios miembros de sus agrupaciones.

8. Se ordena que tanto la Federacion de Entrenadores de Purasangres de Puerto Rico, Inc., como la

Puerto Rico Thoroughbred Trainers Association of Puerto Rico, Inc., den la mas amplia publicidad a

la presente Orden Administrativa, entregando inmediatamente, copia de la misma o enviandola

mediante correo electronic° a todos los entrenadores miembros de sus agrupaciones.

9. Se ordena que tanto la AsociaciOn de Jinetes, Inc., como la Confederaci6n de Jinetes

Puertorriquenos, Inc., den la mas amplia publicidad a la presente Orden Administrativa, entregando

inmediatamente, copia de la misma o enviandola mediante correo electronic° a todos los jinetes

miembros de sus agrupaciones.

10. Se ordena que el contenido de la presente Orden Administrativa sea incluido en el Informe del

Jurado Hipico al Administrador Hipico (Informe de Carreras) correspondientes a los dias de

carreras a celebrarse del 11 al 14 y del 18 al 21 de julio de 2019.

11. Se ordena que copia de la presente Orden Administrativa sea colocada en los tablones que ubican

en la Secretaria de Carreras de la AIDH y en la Oficina del Juez de Reclamos de la AIDH.

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Presidente del Jurado Hipico: Miembro Asociado: Miembro Asociado:

12. Camarero Race Track, Corp.debera dar amplia difusion de lo ordenado mediante la presente Orden

Administrativa colocando copia de la misma en los tablones de expresion que de ordinario se

utilizan para ello, asi como compartiendo su contenido a times de la transmisi6n televisiva y/o

radial de la programaci6n de las carreras, enfatizando en el efecto positivo de esta Orden

Administrativa sobre los fanaticos apostadores hipicos.

VIGENCIA

Esta Orden entrara en vigor el inmediatamente.

MULTAS VETERINARIA: no hubo CITACIONES:

Las siguientes personas deberan comparecer at Salon del Jurado Hipico el s6bado, 13 de julio

de 2019 a las 1:30 de la tarde para discutir los incidentes de la(s) carrera(s) del dia de hoy,

segim se refieren a continuacion. Se advierte de la posible innposicion de sanciones (multa o

suspension) por los incidentes de carrera. Podran comparecer asistidos de abogado si asi lo

desean o por derecho propio.

Carrera: 5ta 07/12/19 Nombre: **Edwin Carrasquillo Motivo o Incidente: revision de video

ESTE INFORME ES PUBLICADO EN EL SALON DE JINETES Y EN LA SECRETARiA DE CARRERAS SEGON ESTIPULA EL ARTICULO 1312 DEL REGLAMENTO HIPICO VIGENTE.

ADVERTENCIAS LA PARTE ADVERSAMENTE AFECTADA POR UNA RESOLUCION U ORDEN FINAL DEL JURADO HIPICO, PODRA, DENTRO DEL TERMINO DE DIEZ

(10) DIAS DESDE LA FECHA DE ARCHIVO EN AUTOS DE LA NOTIFICACION DE ESTE INFORME, PRESENTAR UNA MOCION DE RECONSIDERACION ANTE EL JURADO HIPICO.

ASIMISMO, CUALQUIER PERSONA AFECTADA POR LAS ORDENES, DECISIONES, SUSPENSIONES 0 MULTAS IMPUESTAS POR EL JURADO

HIPICO 0 CUALQUIER OTRO FUNCIONARIO AUTORIZADO PARA ELLO, PODRA PERSONALMENTE, 0 MEDIANTE REPRESENTACION LEGAL, PRESENTAR UN RECURSO DE REVISION ANTE LA JUNTA HIPICA. LAS SOLICITUDES DE REVISION NO SUSPENDERAN LOS EFECTOS DE LAS

ORDENES, DECISIONES, SUSPENSIONES Y MULTAS MIENTRAS SE RESUELVEN POR LA JUNTA HIPICA. EN CASOS DE MULTA, LA PERSONA CASTIGADA NO PODRA INSCRIBIR, ENTRENAR, CUIDAR NI MONTAR CABALLOS A MENOS QUE DEPOSITE EN LA OFICINA DEL

ADMINISTRADOR EL IMPORTE DE LA MULTA, EL CUAL LE SERA DEVUELTO, DE SERLE FAVORABLE LA RESOLUCION DE LA JUNTA HIPICA.

ASt PUES, TODA °SOLICITUD DE REVISION DEBERA PRESENTARSE EN LA SECRETARIA DE LA JUNTA HIPICA, DENTRO DEL TERMINO

JURISDICCIONAL DE VEINTE (20) DIAS A PARTIR DE LA NOTIFICACION DE ESTE INFORME Y CUMPLIR CON LAS ESPECIFICACIONES DEL REGLAMENTO NOM. 8389 DE 29 DE SEPTIEMBRE DE 2013, MEJOR CONOCIDO COMO REGLAMENTO PROCESAL DE LA JUNTA DE PUERTO RICO. 2) LA PRESENTACION DE LA MOCION DE RECONSIDEFtACION ANTE EL JURADO HIPICO, NO INTERRUMPIRA EL TERMINO PARA ACUDIR A LA JUNTA EN REVISION JUDICIAL, DENTRO DEL TERMINO JURISDICCIONAL DE VEINTE (20) DIAS.

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