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MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACIN BASES ADMINISTRATIVAS ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA ADS Nº 078-2012-MDCGAL POR SUBASTA INVERSA ELECTRONICA ADQUISICION DE DISOLVENTE XILOL Y PINTURA TRÁFICO Para la Actividad “MANTENIMIENTO DE LA AVENIDA MUNICIPAL DEL DISTRITO CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA-TACNA”

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACIN

BASES ADMINISTRATIVAS

ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA

ADS Nº 078-2012-MDCGAL POR SUBASTA INVERSA ELECTRONICA

ADQUISICION DE DISOLVENTE XILOL Y PINTURA TRÁFICO

Para la Actividad

“MANTENIMIENTO DE LA AVENIDA MUNICIPAL DEL DISTRITO CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA-TACNA”

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 078-2012-MDCGAL

(Primera Convocatoria) POR SUBASTA INVERSA ELECTRONICA

______________________________________________________________________________________________________________________________________

Av. Municipal s/n – Distrito Coronel Gregorio Albarracín – Provincia de Tacna – Departamento de Tacna Teléfono: (052) 402416

CAPITULO I

GENERALIDADES

1.1 ENTIDAD CONVOCANTE: Nombre: Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa - Tacna RUC N°: 20519610214 1.2 OBJETO DE LA CONVOCATORIA:

El Presente Proceso de Selección tiene por Objeto la Adquisición de Disolvente Xilol y Pintura Tráfico para la actividad “MANTENIMIENTO DE LA AVENIDA MUNICIPAL DEL DISTRITO CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA-TACNA”

1.3 VALOR REFERENCIAL: El valor referencial es de S/. 46,155.00 (CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 nuevos soles) incluido I.G.V., incluido los impuestos de ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del suministro (incluye todos los costos directos e indirectos, tributos vigentes o los que los substituyan, seguros, transporte, inspecciones y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo del bien a adquirir. El valor referencial ha sido calculado al mes de Octubre del 2012.

Ítem Código Descripción Cant. U. M. 100% Valor

Referencial S/. Decremento

Mínimo 01 3121180300129869 Disolvente Xilol 510 GLN 17,850.00 17.85 02 3121150800205190 Pintura Tráfico 510 GLN 28,305.00 28.31 TOTAL 46,155.00

Los lances electrónicos y el valor Monetario que representa el Decremento Mínimo Será 0.1%, el mismo que deberá contemplarse durante el periodo de puja, conforme a lo siguiente: Las propuestas que excedan el valor Referencial serán devueltas por el Comité especial teniéndolas por no presentadas. No existe límite inferior para presentar la propuesta económica, debiendo tener en cuenta el Art. 160º del Reglamento de la ley de Contrataciones del Estado. El Postor deberá ofertar el total de las unidades requeridas, caso contrario será desestimada su propuesta.

1.4 FUENTE DE FINANCIAMIENTO: Recursos Determinados

1.5 METODO DE INSCRIPCION: El proveedor deberá inscribirse como participante a través del SEACE.

1.6 SISTEMA DE CONTRATACION: El presente proceso se rige por el sistema de Suma Alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.7 FECHA DE APROBACION DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACION:

Expediente Aprobado con Memorando de Gerencia Municipal Nº 605-2012-GM-MDCGAL de fecha 18 de Octubre del 2012.

1.8 MODALIDAD DE SELECCIÓN: Subasta Inversa Electrónica.

1.9 BASE LEGAL: • Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. • Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 • Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1017. • Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, y su modificatoria. • Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. • Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. • Decreto Legislativo Nº 1086, Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña

empresa y del acceso al empleo decente. • Resolución Nº 168-2009-OSCE/PRE que aprueba la Directiva Nº 006-2009-OSCE/CD “Lineamientos para la aplicación de la

Modalidad Especial de selección por Subasta Inversa”.

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CAPITULO II

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1 CALENDARIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN:

ETAPA FECHA CONVOCATORIA 26/10/2012 REGISTRO DE PARTICIPANTES, PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Del 29/10/2012 hasta el 06/11/2012 11:00 hrs MEJORAS DE PRECIOS 06/11/2012 11:01 hasta 13:01 hrs OTORGAMIENTO DE BUENA PRO 06/11/2012 13:30 hrs

2.2 CONVOCATORIA:

Se efectuará a través de su publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE que opera el OSCE, de conformidad con lo señalado en el Artículo 92° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, convocatoria que se llevará a cabo en la fecha señalada en el Cronograma del proceso. Es responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE y de la revisión de su correo electrónico. La Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa – PROMPYME, tendrá acceso permanente a la información de los procesos de selección registrados en el SEACE, para su análisis y difusión entre las micro y pequeñas empresas.

2.3 INSCRIPCION DE PARTICIPANTES, REGISTRO Y PRESENTACION DE PROPUESTAS: La etapa de Inscripción de Participantes, Registro y Presentación de Propuestas se realizará desde el día siguiente de publicada la convocatoria hasta la fecha y hora señalada en el calendario para tales efectos. Al registrarse el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, Razón Social (persona jurídica), número de R.U.C., domicilio legal, teléfono fax, etc.

2.4 INSCRIPCION DE PARTICIPANTES: Para inscribirse como participante, el proveedor deberá:

a) Declarar la aceptación de las condiciones del uso del Sistema para participar en el proceso de selección por Subasta Inversa Electrónica. Para tales efectos y con carácter de declaración jurada, deberá aceptar el formulario que le mostrará el Sistema en el SEACE, que contendrá las siguientes estipulaciones:

- Tener conocimiento que el presente formulario tiene carácter de declaración jurada. - Conocer lo estipulado en la Ley y el Reglamento de la Ley en lo referente a la participación en procesos de

selección a través del SEACE. - Asumir la responsabilidad por la información y documentación en formato digital remitida a través del SEACE al

Comité Especial que conduce el proceso de selección. - Tener conocimiento del manual del usuario del Módulo de Transacciones Electrónicas del SEACE.

b) El proveedor deberá inscribirse como participante de manera gratuita a través del SEACE., posteriormente deberá

registrar en el SEACE los siguientes datos:

• Lugar donde hizo el depósito. • Número de boleta del Depósito. • Monto depositado. • Fecha de Deposito

En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes.

c) Realizar el Pago de la suma de S/. 5.00 (Cinco con 00/100 nuevos soles) por costo de reproducción de Bases, en Caja de la

Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, si el participante así lo desea.

2.5 DE LOS POSTORES: Pueden participar como postores las personas naturales o jurídicas acreditadas como tales que tengan capacidad operativa para suministrar los bienes materia del presente proceso de selección, que en su caso estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en los Registros Públicos, a condición de que se registren como participantes sometiéndose al cumplimiento de las bases, a la Ley y a su Reglamento. Están impedidos de ser postores, las personas comprendidas en las limitaciones establecidas en el Artículo 10º de la Ley y su Reglamento.

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2.6 REGISTRO DE PROPUESTAS:

Los participantes registrarán sus propuestas a través del SEACE, luego de su registro como participante, de acuerdo con las características, formatos y demás condiciones que sean establecidas en las Bases. Para el Registro de Propuestas, los participantes deberán cumplir con lo siguiente:

1. En los procesos según relación de ítems, el registro se realizará por cada ítem en el que se desea participar,

mediante el formulario que se debe completar para tales efectos.

2. Los datos que los participantes deben ingresar en su propuesta son los siguientes:

a) Documentos de Habilitación:

� El participante deberá añadir los archivos conteniendo los documentos de habilitación solicitados en las Bases.

� En caso de presentarse en consorcio deberá adjuntar la promesa formal de consorcio respectiva, según el formato obrante en el Sistema.

b) Propuesta Económica:

La propuesta económica deberá presentarse en función al valor referencial total del ítem y será utilizada por el Sistema para asignarle el turno de inicio en el periodo de Lances con Agentes Electrónicos. Se considerarán como propuestas económicas válidas aquellas que no superen el valor referencial total del ítem consignado en las Bases; de lo contrario, el Sistema las excluirá automáticamente del proceso.

c) Configuración del Agente Electrónico

El participante deberá indicar en el Sistema los siguientes datos: (i) el monto del decremento aplicable al ítem en el que participa, que en ningún caso podrá ser inferior al monto del decremento mínimo establecido en las Bases, y (ii) el precio límite inferior (monto más bajo) que está dispuesto a ofertar por cada ítem. Mediante estos parámetros el participante podrá programar los lances que realizará automáticamente su agente en el Sistema, durante los Lances con Agentes Electrónicos. Cuando el participante no configure el Agente Electrónico, el Sistema asumirá que el precio límite inferior es igual a la propuesta económica.

3. El participante deberá registrar los datos de su representante legal en el formulario correspondiente. De

presentarse en consorcio, deberán consignarse los datos del consorcio, incluyendo los del representante legal común.

El participante podrá realizar modificaciones a su propuesta sólo hasta antes de haber confirmado su presentación.

2.7 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS:

SOBRE Nº 1 – DOCUMENTOS DE HABILITACION Documentación de Presentación Obligatoria:

- El participante deberá añadir los archivos conteniendo los documentos de habilitación siguientes. a) Carta de presentación y Declaración Jurada de datos del postor.

Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados - Anexo Nº 01.

b) Promesa de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso. Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato,

con amplias y suficientes facultades. Anexo Nº 02. c) Declaración Jurada indicando la Marca del Producto d) Declaración Jurada de entregar los Certificados de calidad al momento de entrega del bien.

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2.8 PRESENTACION DE PROPUESTAS:

Al finalizar el registro de la propuesta, el participante podrá presentar su propuesta a través del Sistema. Para tal efecto, antes del envío de la propuesta, el participante deberá aceptar con carácter de declaración jurada: d) Cumplir con las condiciones estipuladas en el Artículo 42º del Reglamento. e) Tener vigente y habilitada su inscripción en el Registro Nacional de Proveedores de Proveedores de Bienes. f) Declarar que los productos ofrecidos cumplen con las especificaciones técnicas y de calidad indicados en la

Ficha Técnica, así como cumplir con todas las condiciones solicitadas en las Bases. g) Declarar que no ha sobornado ni ejercido presión sobre ningún funcionario en relación al presente proceso de

selección. h) Declarar que en caso resulte ganador del o los ítem (s) en que se presente en consorcio, formalizará el consorcio

según lo dispone el Reglamento de la Ley.

A continuación, el Sistema procederá a solicitarle la confirmación de la presentación de la propuesta para, de hacerse así, generar el respectivo aviso electrónico en la ficha del Proceso, indicando que la propuesta ha sido presentada. En los Procesos según relación de ítems, la presentación de Propuestas se efectuará en una sola oportunidad y por todos los Ítems registrados.

Conforme al artículo 93º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, se presume que las propuestas presentadas cumplen con las condiciones y requerimientos establecidos en las Bases, así como las características definidas en la Ficha Técnica, respecto del bien objeto de la convocatoria, adjuntos en el Anexo A

Las propuestas se presentarán en función al valor referencial de la unidad de medida establecida en las Bases. El monto total de la propuesta económica deberá ser expresada en nuevos soles hasta con dos (2) decimales, deberá incluir todos los tributos, seguros, inspecciones, pruebas, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo total del suministro a adquirir, hasta que sea entregado a la Municipalidad de Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa.

2.9 APERTURA DE PROPUESTAS Y PERIODO DE LANCES:

1. Apertura de Propuestas y Lances con Agentes Electrónicos El Sistema realizará la apertura de propuestas e iniciará los Lances con Agentes Electrónicos de forma automática, inmediatamente después de vencido el plazo para el Registro de Participantes y Presentación de Propuestas, y conforme a los valores configurados por el postor en su Agente Electrónico (valor de decremento y el precio límite inferior). En esta etapa podrán participar todos los postores con propuestas económicas válidas. Para tales efectos, el Sistema procesará la información de las propuestas económicas por ítem, determinará las propuestas válidas y las ordenará según el valor total de la oferta, lo que determinará el turno de los lances. En caso que dos (2) o más postores hubieran presentado el mismo monto en la propuesta económica, el Sistema efectuará automáticamente un sorteo para establecer el turno de los lances. La realización de los lances automáticos electrónicos se sujeta a lo siguiente:

1. El valor monetario que representa el Decremento Mínimo y que deberá contemplarse durante el periodo de

puja, a efectos de realizar lances electrónicos no puede ser inferior al cero punto uno por ciento (0.1%) ni superior al tres por ciento (3%) del valor referencial total del ítem correspondiente.

Los lances se iniciarán con la propuesta económica de menor precio y se desarrollará conforme el siguiente procedimiento: a) A la propuesta económica de menor precio se le descontará el decremento programado por el postor obteniendo

así el “menor precio”.

b) Para efectuar el lance del siguiente postor, el Sistema restará al “menor precio” el decremento programado por este postor, pudiendo resultar que:

- El precio obtenido sea mayor o igual que su precio límite inferior, en cuyo caso el Sistema lo registrará

como el nuevo “menor precio”. - El precio obtenido sea menor que su precio límite inferior, en cuyo caso el Sistema registrará su precio

límite inferior y lo excluirá de la siguiente ronda.

c) El procedimiento continuará de la forma prescrita en el literal anterior con los agentes de las siguientes propuestas económicas y en rondas sucesivas hasta que quede sólo una propuesta con posibilidad de participar en la siguiente ronda; en ese momento, la propuesta económica que aún participa será declarada como ganadora de los Lances con Agentes Electrónicos, con lo cual concluirá dicho ciclo.

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Durante el desarrollo de los Lances con Agentes Electrónicos, el Sistema registrará el detalle de los lances efectuados en las rondas y el monto de la propuesta ganadora. Al concluir el ciclo de Lances con Agentes Electrónicos para todos los ítems del proceso, el Sistema registrará los resultados finales, los cuales serán considerados como los precios de inicio para el ciclo de Mejora de Precios, quedando abiertos todos los ítems con propuestas válidas para el desarrollo de dicho ciclo.

2. Mejora de Precios Permitirá que los postores puedan mejorar sus precios a través de lances sucesivos a ser realizados en línea, conforme al siguiente procedimiento:

a) En la fecha y hora indicadas en la convocatoria, el postor accederá al Módulo de Transacciones Electrónicas del SEACE, ingresando su clave y contraseña asignada por el Registro Nacional de Proveedores.

b) El postor visualizará la propuesta económica ganadora, los lances de los Agentes Electrónicos (menor precio) y el monto de su propuesta.

c) El postor podrá mejorar el monto de la propuesta económica de menor precio hasta ese momento y/o mejorar su propia propuesta económica durante el período indicado en la convocatoria. Enviando lances sin considerar el decremento mínimo establecido por la Entidad.

d) El postor no está obligado a enviar lances inferiores al menor precio vigente a ese momento, pero sus lances deberán ser siempre inferiores a su último precio ofertado.

Cinco (5) minutos antes de la finalización del horario indicado en la convocatoria para efectuar las mejoras de precios, el Sistema enviará una alerta indicando el inicio del cierre aleatorio. La duración del cierre aleatorio será determinada por el Sistema en forma aleatoria, pudiendo variar entre uno (1) a treinta (30) minutos, tiempo durante el cual los postores podrán enviar sus últimos lances. Cerrado este ciclo no se admitirán más lances en el proceso.

2.10 DETERMINACION DE PUNTAJES: Una vez culminada la etapa de Apertura de Propuestas y Período de Lances, el Sistema procesará los lances recibidos del ítem o ítems del proceso de selección, ordenando a los postores por cada ítem según el monto de su último lance, estableciendo el orden de prelación de los postores, generando el Acta con el detalle del desarrollo de la etapa de Apertura de Propuestas y Período de Lances, la cual quedará registrada en el Sistema y publicada automáticamente en la respectiva ficha del proceso. En caso de empate, el Sistema efectuará automáticamente un sorteo para establecer que postor ocupa el primer lugar en el orden de prelación.

2.11 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO: Para efectos de otorgar la Buena pro, previamente el Comité Especial deberá verificar la documentación exigida por la Bases al postor que haya obtenido el primer y segundo lugar, documentación a la que tendrá acceso a través del Sistema. En caso que dicha documentación reúna las condiciones requeridas por las Bases, el Comité Especial, otorgará la Buena Pro al postor que ocupa el primer lugar, en caso de que alguna de ellas o ambas no reúnan dichos requisitos, se procederá a descalificarlas y revisar las demás propuestas respetando el orden de prelación. Para otorgar la Buena Pro a la propuesta de menor precio que reúna las condiciones requeridas en las bases, el comité Especial debe verificar la existencia como mínimo de dos (2) propuestas válidas.

2.12 ACTA DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO El Comité elaborará el Acta del Otorgamiento de la Buena Pro con el resultado de la evaluación de los postores por cada ítem y con el sustento debido en los casos en que los postores sean descalificados. El acta deberá ser publicada en el SEACE el mismo día de otorgada la Buena Pro.

2.13 CONSENTIMIENTO DEL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO: El otorgamiento de la Buena Pro quedará automáticamente consentido si dentro del plazo de cinco (05) días, plazo establecido en el presente Reglamento ningún participante hubiera apelado ante el titular de la Entidad.

2.14 SOLUCION DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN: Las discrepancias que surjan entre la Entidad y los participantes, desde la convocatoria hasta la celebración del contrato inclusive, solamente podrán dar lugar a la interposición del recurso de apelación, debiendo cumplirse los requisitos, tasas y garantías establecidos en el Reglamento de la ley. El recurso de apelación contra los actos o actuaciones que se produzcan desde la convocatoria hasta el otorgamiento de la Buena Pro, deberá ser interpuesto dentro de los cinco (05) días siguientes de la publicación en el SEACE del Acta de Otorgamiento de la Buena Pro.

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Para los actos posteriores al otorgamiento de la Buena Pro, el recurso de apelación deberá interponerse dentro de los cinco (05) días siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

2.15 SOLUCION DE CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCION CONTRACTUAL: Las controversias que surjan durante la ejecución contractual serán resueltas mediante conciliación y/o arbitraje. Si las controversias estuvieran referidas a la adecuación que debe existir entre las características del bien entregado y las especificaciones técnicas contenidos en la Ficha Técnica según Anexo Nº 01 y N°2, las partes podrán conciliar en función al dictamen pericial que emita el perito designado de común acuerdo por ellas.

CAPITULO III

SOLUCION DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

3.1 RECURSO DE APELACION

A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato. El recurso de apelación se presentará ante la entidad que convocó el proceso de selección que se impugna, y será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad. Con independencia del Valor Referencial del proceso de selección, los Actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de Oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el tribunal. En aplicación de la Décimo Tercera Disposición Complementaria y Final de la ley, el Tribunal será competente para conocer y resolver las controversias que surjan en los procesos de selección de las contrataciones que se encuentren bajo los alcances de tratados o acuerdos internacionales donde se asuman compromisos en materia de contratación pública.

3.2 PLAZOS DE LA INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACION La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

3.3 RECURSOS IMPUGNATIVOS Las discrepancias que surjan entre la Entidad y los participantes o postores en un proceso de selección, solamente podrán dar lugar a la interposición del recurso de apelación. Mediante el recurso de apelación se podrán impugnar los actos dictados desde la convocatoria hasta antes de la celebración del contrato. Por esta vía no se podrán impugnar las Bases ni su integración, así como tampoco las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones. El Recurso de apelación sólo podrá interponerse luego de otorgada la Buena Pro. El Reglamento establecerá el procedimiento, requisitos y plazo para su presentación y resolución. El recurso de apelación será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad en los Procesos de selección de Adjudicación Directa Selectiva Adjudicación de Menor Cuantía. En caso de los Procesos de Licitaciones Publicas, Concurso Público, Adjudicación Directa Pública y Adjudicación de Menor Cuantía derivada de los procesos antes mencionados, los recursos de apelación serán conocidos y resueltos por el Tribunal de Contrataciones del Estado, en la forma u oportunidad que establezca el Reglamento de la presente norma, salvo lo establecido en la Décimo Tercera Disposición Complementaria Final. La resolución que resuelva el Recurso de apelación agota la vía administrativa. El titular de la Entidad podrá delegar la potestad de resolver el recurso de apelación. El funcionario a quién de otorgue dicha facultad será responsable por la emisión del acto que resuelve el recurso. Cuando la apelación se haya interpuesto ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, la Entidad está obligada a remitir el expediente correspondiente, dentro del plazo máximo de tres (03) días de requerida, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. El incumplimiento de dicha obligación por parte de la Entidad será comunicada a la Contraloría General de la República. La garantía por interposición del recurso de apelación deberá otorgarse a favor del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado 44 Entidad, cuando corresponda. Esta garantía será equivalente al tres por cientos (3%) del valor referencial del proceso de selección o del ítem que se decida impugnar. En cualquier caso, la garantía no podrá ser menor al cincuenta por ciento (50%) de una (1) UIT.

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La interposición de la acción contencioso-administrativa procede contra lo resuelto en última instancia administrativa, sin suspender su ejecución. Mediante acuerdos adoptados en Sala Plena, los cuales constituyen precedentes de observancia obligatoria, el Tribunal de Contrataciones del Estado interpreta de modo expreso y con carácter general las normas establecidas en la presente norma y su Reglamento.

CAPITULO IV

INFORMACIÓN ADICIONAL

4.4 DE LOS CONTRATOS Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, los plazos y el procedimiento para suscribir el contrato son los siguientes:

a. Dentro de los 07 (siete) días hábiles días hábiles siguientes del consentimiento de la Buena Pro o, en su caso, de notificada la resolución que resuelve el recurso de apelación, el postor deberá presentar a la entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases así mismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento. No obstante, si el postor ganador tuviera antes del plazo mínimo establecido la documentación completa requerida, podrá presentarse a suscribir el contrato.

b. Cuando el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, perderá automáticamente la Buena Pro, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable. En tal caso, la Entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, procediéndose conforme al plazo dispuesto en el inciso precedente. Si este postor no suscribe el contrato, la Entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable.

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado y por el ganador de la Buena Pro, tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

� Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. � Garantía de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso, cuya vigencia se extiende

hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista, salvo casos de excepción; � Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso. � Código de Cuenta interbancaria (CCI). � Traducción Oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta

presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada. � Detalle de Precios Unitarios � Declaración Jurada de domicilio en la ciudad de Tacna para efectos de Notificaciones

4.5 DE LAS GARANTÍAS

Los medios de garantías a utilizarse serán las cartas fianza, las mismas que deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática a sólo requerimiento de la Entidad, siempre y cuando haya sido emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

Como requisito indispensable para suscribir el contrato , el postor ganador de la buena Pro deberá entregar a la Entidad una Carta Fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. En los contratos de suministro de bienes o de prestación de servicios, así como en los contratos de ejecución y consultaría de obras, que celebran las entidades con las Micro y Pequeñas Empresas, éstas últimas podrán otorgar

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como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto total a contratar, porcentaje que será retenido por la entidad de acuerdo al artículo 39º de la Ley de Contrataciones del Estado y artículo 155º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Para solicitar dicha retención (mencionada en el párrafo anterior) se deberá adjuntar en su propuesta técnica su Certificado de inscripción o reinscripción en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa REMYPE obligatoriamente.

GARANTÍA ADICIONAL POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste en el caso de adquisición o suministros de bienes, para la suscripción del contrato, el postro ganador deberá presentar una garantía adicional junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.

4.6 EJECUCIÓN DE GARANTIAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164º del Reglamento. 4.7 VIGENCIA DEL CONTRATO

El presente contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del mismo hasta que el funcionario competente de la conformidad de entrega de los bienes a cargo del contratista y se efectué el pago, de conformidad con el Artículo 149º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o hasta su resolución de acuerdo a lo establecido en la Cláusula pertinente del contrato.

4.8 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención a la adquisición requerida y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento, respectivamente.

4.9 PAGOS

La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los bienes objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la entrega de los bienes.

La Entidad podrá realizar pagos periódicos al contratista por el valor de los bienes contratados en cumplimiento del

objeto del contrato, siempre que estén fijados en las Bases y que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la existencia de los bienes. Las Bases podrán especificar otras formas de acreditación de la obligación. Los montos entregados tendrán el carácter de pagos a cuenta.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

4.9.1 Plazos para los pagos

La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la oportunidad establecida en las Bases o en el contrato. Para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la recepción de los bienes, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos recibidos. El plazo para el pago no excederá los 15 días hábiles a partir de la recepción del informe de conformidad por el responsable del proyecto.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48° de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse. El pago se realizará, según cronograma de entrega del bien y se emita la conformidad respectiva, por la oficina responsable.

4.10 REAJUSTE DE PRECIO

LA ENTIDAD Y EL CONTRATISTA acuerdan tratándose de suministro y bienes influidos por cotizaciones internacionales, se podrán reajustar los precios/planta productora de presentarse el caso. EL CONTRATISTA, deberá presentar la documentación sustentatoria mediante la cual su distribuidor le comunique el reajuste de precios, Asimismo de producirse un decremento de los precios/planta productora EL CONTRATISTA aplicara dichos decrementos en forma proporcional, informando por escrito.

4.11 DISPOSICIONES FINALES:

El presente proceso se rige por las bases y lo que establece la Ley y Reglamento de Contrataciones del Estado, así como por las disposiciones legales vigentes.

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CAPITULO VI

ESPECIFICACIONES TECNICAS ACTIVIDAD : : “MANTENIMIENTO DE LA AV. MUNICIPAL DEL DCGAL- TACNA-TACNA

RESPONSABLE TECNICO : ING. JESUS G. CHOQUEGONZA CONDORI

SECUENCIA FUNCIONAL DEPENDENCIA

: 027 : 30101

Nº C/N :

: 6777-2012

BIEN DISOLVENTE XILOL Y PINTURA TRAFICO

1. Objetivo

Es necesario la Adquisición de disolvente xilol y pintura Trafico para el: “MANTENIMIENTO DE LA AV.

MUNICIPAL DEL DCGAL- TACNA-TACNA”

2. Especificaciones Técnicas:

ITEM DESCRIPCION U.M. CANTIDAD

1 DISOLVENTE XILOL GLN 510

2 PINTURA TRAFICO BLANCO GLN 350

PINTURA TRAFICO AMARILLO GLN 160

TOTAL 510

NOTA:

Solicite: Certificado de Calidad del Producto, remitido por el Fabricante, Producto de Fabricación Nacional

4.Plazo de Entrega:

El plazo de entrega será de 05 días calendarios después de recibida la Orden de Compra por parte del Proveedor.

5. Forma de Pago:

Los trámites para el pago se realizarán una vez internado los bienes en almacén central de la Municipalidad Dist.

G.A.L. Previo visto bueno del jefe de almacén central.

5. Precio Referencial: El precio referencial por la Adquisición de Pintura y Xilol será: S/. 35,424.75

7.Fuente de Financiamiento:

Canon y Regalías mineras. Actividad “MANTENIMIENTO DE LA AV. MUNICIPAL DEL DCGAL-

TACNA-TACNA”

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CAPITULO VI

ANEXO A

FICHA TECNICA APROBADA

CARACTERISTICAS GENERALES

Caracteristicas generales del bien Denominacion del Bien : DISOLVENTE XILOL

Denominacion tecnica : DIMETILBENCENOS Grupo/clase/familia/item : Componentes y suministros de fabricación/Pinturas, imprimantes y

acabados/Disolventes y diluyentes para pinturas/Diluyentes para pinturas y barnices

Nombre del Bien en el catalogo del SEACE : DISOLVENTE XILOL Codigo : 3121180300129869 Unidades de medida : GALÓN Descripcion general : Solvente utilizado en la dilución de pintura de base solvente y en la dilución de

resinas sintéticas. Caracteristicas generales de la Ficha

Version : 1 Estado : Aprobada Periodo para recibir sugerencias en el SEACE

: del 20/07/2010 al 03/08/2010

Fecha de inscripcion en el SEACE : 12/10/2010 20:58 FICHA TECNICA

Descargar

INFORME TECNICO

Descargar

Cargado el : 12/10/2010 19:16 Por :rhuaman Recomendacion : SI se recomienda incluir en el listado de Bienes Comunes

FICHA TÉCNICA APROBADA

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del Bien : DISOLVENTE XILOL Denominación Técnica : DIMETILBENCENOS Grupo/clase/familia : Componentes y suministros de fabricación / Pinturas,

imprimantes y acabados / Disolventes y diluyentes para pinturas

Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : DISOLVENTE XILOL Código : X312118 030005 Unidad de medida : GALÓN Descripción general : Solvente utilizado en la dilución de pintura de base

solvente y en la dilución de resinas sintéticas. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN

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Mezcla comercial de los tres isómeros, orto, meta y para-xilenos, producto de la destilación del alquitrán del carbón de hulla predominando los dos últimos. Además contiene otros hidrocarburos aromáticos tales como benceno, tolueno y etilbenceno. Características físico-químicas Fórmula : C6H4 (CH3)2 Peso molecular : 106,17 g/mol Aspecto : líquido Color : incoloro Olor : aromático Punto/intervalo de ebullición : o-xileno: 144 ºC; m-xileno: 139 ºC; p-xileno: 138 ºC Punto de fusión : - 48 ºC % Volatilidad : 90% a más Presión de vapor : 5.1 mmHg (20 ºC) Gravedad específica : 0,87 g/cm3 (15 °C) Densidad de vapor relativa : 3,66 (aire =1) Solubilidad en agua : Insoluble (< 0.1%)

Soluble en alcohol, éter y otros compuestos orgánicos. Composición Química Total aromáticos (w/w) : 99.54% No aromáticos (w/w) : 0.36% Benceno (w/w) : 0.008% Tolueno (w/w) : 0.19% Orto-xileno (w/w) : 17.01% Para-xileno (w/w) : 20.23% Meta-xileno (w/w) : 47.21% Etilbenceno (w/w) : 14.73% Sulfuro (ppm) : < 0.50 Nitrógeno (ppm) : 0.3 Agua (ppm) : 147 Índice de bromo : 3.25 Cloruros (ppm) : < 1 Estabilidad y reactividad Condiciones a evitar : Calentamiento Materias a evita : Agentes oxidantes fuertes, ácido sulfúrico concentrado, ácido

nítrico, azufre. Información adicional : Inflamable; incompatible con varios plásticos, goma, metales

ligeros. En estado gaseoso/vapor, riesgo de explosión en presencia de aire.

REQUISITOS

La Entidad y el Proveedor deben contar con certificado de usuarios de insumos químicos y productos fiscalizados (IQPF), otorgados por la DIRANDRO-PNP.

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CERTIFICACIÓN

Opcional OTRAS ESPECIFICACIONES

Presentación El envase del producto debe ser de polietileno o de metal y su presentación será en galones. Rotulado Los productores, fabricantes, envasadores, reenvasadores, comercializadores, exportadores o importadores de IQPF, deberán obligatoriamente colocar una etiqueta o rótulo sobre el envase que los contiene, que deberá tener las siguientes características: a. Fácilmente visible y legible en idioma Español b. Capacidad de poder permanecer a la intemperie sin merma notable de la información Dichas etiquetas o rótulos deberán contener, por lo menos, la siguiente información: a. Nombre o denominación del IQPF. b. País de origen (donde fue producido o fabricado) c. Cantidad en peso o volumen, concentración porcentual, densidad y componentes. d. Condiciones de conservación. e. Nombre o razón social y domicilio legal en el Perú del productor, fabricante, importador,

exportador, envasador, re-envasador y distribuidor responsable, según corresponda, así como su número de RUC

f. Advertencia de riesgo o peligro que pudieran derivarse de la naturaleza del producto así como de su empleo, cuando estos sean previsibles.

g. El tratamiento de urgencia en caso de daño a la salud del usuario, cuando sea aplicable. Almacenamiento Lugares ventilados, frescos y secos. Lejos de fuentes de calor e ignición. Separado de materiales incompatibles. Rotular los recipientes adecuadamente y mantenerlos bien cerrados.

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ANEXO B

FICHA TECNICA APROBADA

CARACTERISTICAS GENERALES

Caracteristicas generales del bien Denominacion del Bien : PINTURA DE TRÁFICO BLANCO TT-P-115F, TIPO II

Denominacion tecnica : PINTURA DE TRÁFICO BLANCO TT-P-115F, TIPO II Grupo/clase/familia/item : Componentes y suministros de fabricación/Pinturas, imprimantes y

acabados/Imprimantes y pinturas/Pinturas acrílicas Nombre del Bien en el catalogo del SEACE : PINTURA TRAFICO COLOR BLANCO Codigo : 3121150800205190 Unidades de medida : Galón Anexos adjuntos : Esta Ficha cuenta con anexos adjuntos.

Descargar Descripcion general : Pintura de Tráfico de rápido secado, utilizada en la señalización de pavimento

asfáltico y concreto.

Caracteristicas generales de la Ficha Version : 1

Estado : Aprobada Periodo para recibir sugerencias en el SEACE

: del 26/03/2007 al 09/04/2007

Fecha de inscripcion en el SEACE : 16/05/2007 16:57 CARACTERISTICAS TECNICAS

Pintura de tráfico formulada con resina de caucho clorado y resina alquídica; de color blanco, de rápido secado, fácil aplicación, buena durabilidad y visibilidad, gran resistencia a la abrasión y al medio que lo rodea, resistente al desgaste, agentes químicos, amarillamiento y optima reflectancia direccional. Asímismo deberá cumplir con la Norma TT-P-115F, TIPO II de la Federal Specifications de USA y aprobadas como: "Especificaciones Técnicas de Pinturas para Obras Viales" por la Dirección General de Caminos del MTC, según Resolución Directoral N.° 851-98- MTC/15.17. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS La formulación de esta pintura debe cumplir las siguientes especificaciones: - Color blanco: Definido por el fabricante según Reflectancia direccional, solicitada en la ficha. - Pigmentos en peso (%): 57 Mínimo Norma ITINTEC 319.004 - Vehículos no volátiles del total: 41 mínimo de vehículo (%) en peso. - Humedad (%) : 1.0 Máximo - Arenilla y piel (%): 1.0 Máximo - Viscosidad (KU) @ 25 ° C: 70 - 80 ASTM D 562 - Peso por galón (Kg./galón): 5.45 Mínimo ASTM D 1475 - Seco "NO PICK- UP" @ 25° C (minutos) : 5 Máximo ASTM D 711 - Sangrado: 0.90 Mínimo ASTM D 868 - Grado de fineza (Hegman): 2 Mínimo ASTM D 1210 - Reflectancia direccional (%): 85 Mínimo - Cubrimiento: 0.96 Mínimo - Resistencia a la abrasión: 35 Mínimo

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(Secado al Horno) (Litros de arena) ASTM D 968 - Resistencia a la abrasión: 26 Mínimo (Secado a la intemperie) (Litros de arena) ASTM D 968 - Condición del envase: La pintura no debe tener excesivo asentamiento en un envase destapado y lleno y debe mezclarse bien con una espátula. No debe presentar coágulos, terrones piel o separación de color. - Piel: La pintura no debe presentar piel después de 48 horas en un envase lleno hasta los ¾, Tapado y cerrado. - Estabilidad en almacenamiento: Sinasentamiento excesivo corteza o incremento en la viscosidad, consistencia de fácil agitación para su uso. - Flexibilidad y adhesión: La pintura no debe presentar cuarteado, escamas ó pérdida de adhesión. - Resistencia al agua: La pintura no debe presentar ablandamiento, ASTM D 870 cambio de color, ampollamiento, pérdida de adhesión o cualquier otro deterioro - Estabilidad diluida: La pintura diluida debe estar uniforme y no debe presentar separación, coágulos o precipitación después de ser diluido en proporción de 8:1 en volumen. - Propiedad de pulverizado: La pintura en la proporción de 8 partes por volumen debe tener propiedades satisfactorias cuando se aplica con soplete (tendido en posición horizontal) a un espesor húmedo de aproximadamente 381 micrones. - Apariencia: La pintura sopleteada debe secar y quedar una película suave y uniforme libre de asperezas, arenilla u otra imperfección de la película. - Apariencia después de un clima acelerado: Las planchas preparadas y probadas deben evaluarse en primer lugar en la prueba de abrasión para ver la apariencia y cambio de color. La pintura blanca no debe presentar más allá de una ligera decoloración.

REQUISITOS

La Entidad podrá solicitar un Certificado de Calidad otorgado por un organismo acreditado ante INDECOPI, al postor a quien se adjudique la Buena pro, como requisito para suscribir el contrato de ser el caso y siendo facultad de la entidad, esta lo solicitará en la proforma del contrato. (*) Ver el Anexo Adjunto de Test Referencial de Evaluación de la Calidad, donde se describen las Normas Técnicas de los Métodos de Ensayo solicitados en la ficha técnica para la evaluación de las características y especificaciones técnicas de la Pintura de Tráfico Blanco TT-P-115F, Tipo II.

EXIGIR CERTIFICACION

Opcional

OTRAS ESPECIFICACIONES

INFORME TECNICO

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Cargado el : 16/05/2007 16:42 Por :acastillo Recomendacion : SI se recomienda incluir en el listado de Bienes Comunes

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FORMATOS Y ANEXOS

ANEXO Nº 01

CARTA DE PRESENTACIÓN Y DECLARACION JURADA DE DATOS DEL POSTOR

El que se suscribe, ……………………. (o representante Legal de ..................), identificado con DNI Nº ................., RUC. Nº ............., con poder inscrito en la localidad de ................ en la Ficha Nº ............ Asiento Nº..........., DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mi representada se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social

Domicilio Legal

RUC Teléfono Fax

Correo Electrónico

Autorización Municipal

Municipalidad Nº de Licencia de Funcionamiento Fecha

Participa en Consorcio

SI NO Nombre de las Empresas que participan en Consorcio Empresa Nº 1 Empresa Nº 2 Empresa Nº 3

Tacna,…………………..………

..........................................................

Firma y sello del Representante Legal Nombre / Razón social del postor

(*) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 02

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO (Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

Señores: COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 078-2012-MDCGAL POR SUBASTA INVERSA ELECTRONICA Presente.- De nuestra consideración, Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta en la ADS Nº 078-2012-MDCGAL por SIE, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio, de conformidad con lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. Designamos al Sr...................................................................................., identificado con DNI. Nº…………………….. Como representante legal común del Consorcio, para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y formalizar la contratación correspondiente. Adicionalmente, fijamos nuestro domicilio legal común en......................................... OBLIGACIONES DE……..: % Participación � � OBLIGACIONES DE……: % Participación � �

Tacna,……………………..

Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal empresa 1 Representante Legal empresa 2

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CAPITULO VII

PROFORMA DE CONTRATO

Conste por el presente documento, el contrato de contratación del Adquisición de Disolvente Xilol y Pintura Tráfico para la Actividad “MANTENIMIENTO DE LA AVENIDA MUNICIPAL DE L DISTRITO CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA, DCGAL-TACNA”, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº 20519610214, debidamente representada por su Alcalde el Abogado Sr. ………………………. identificado con DNI Nº con domicilio legal en Av. Municipal S/N Cuadra 12 – Gregorio Albarracin Lanchipa - Tacna, Provincia de Tacna de la Región de Tacna, y de otra parte la empresa ………………......................................, con RUC Nº ……………….., con domicilio legal en ………………..........................., inscrita en la Ficha N° ………. Asiento N° …………. del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), debidamente representado por su Representante Legal, ……………….........................................., con DNI N° ……………….., según poder inscrito en la Ficha N° ………., Asiento N° ……….. Del Registro de Personas Jurídicas de (Ciudad), a quien en adelante se le denominará “EL CONTRATISTA” en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES

Con fecha ……., el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA Nº 078-2012-MDCGAL para la contratación de Adquisición de disolvente Xilol y pintura Tráfico para la Actividad “Mantenimiento de la Avenida Municipal del Distrito Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa-Tacna”, a ……………………… (indicar nombre del ganador de la Buena Pro), cuyos detalles, importes unitarios (en caso de corresponder) y totales, constan en los documentos integrantes del presente contrato. EL PROVEEDOR desarrolla actividades referidas al ámbito del rubro solicitado, conforme el ordenamiento vigente y declara con el carácter de Declaración Jurada, no estar incurso en ninguna causal de incompatibilidad constitucional, legal y técnica de las bases de la ADS Nº 078-2012-MDCGAL por SIE. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO Por el presente contrato, EL PROVEEDOR se obliga a brindar la provisión de Disolvente Xilol y Pintura Tráfico, para la Actividad “Mantenimiento de la Avenida Municipal del Distrito Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa -Tacna”, bajo las condiciones establecidas en las Especificaciones Técnicas, en las Bases y en la Propuesta Técnica adjudicada.

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL

El monto total del presente contrato asciende a ………………… a todo costo, incluido IGV ( en caso de corresponder). Este monto comprende el costo del bien, transporte hasta el punto de entrega, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato.

Ítem Descripción P. U. U. de Medida Cantidad Total

01 Disolvente Xilol GLN 510

02 Pintura tráfico Color Blanco GLN 350 510

03 Pintura tráfico Color Amarillo GLN 160 Total S/.

CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO1 LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Nuevos Soles, en pago único, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos. LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato. En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse. CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de 05 días calendario, el mismo que se computa desde EL DÍA SIGUIENTE DE RECEPCIONADA LA ÓRDEN DE COMPRA. CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora2 y los documentos derivados del proceso de

1 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a

efectos de generar el pago. 2 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.

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selección que establezcan obligaciones para las partes. CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

• De fiel cumplimiento del contrato3: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la Carta Fianza N° ……., EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

IMPORTANTE:

• Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado, si el postor ganador de la Buena Pro solicita la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento deberá consignarse lo siguiente:

“De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que deberá efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo” En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

• Garantía por el monto diferencial de la propuesta4: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la Carta Fianza N° ….., EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN La conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por el Área usuaria. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan. CLÁUSULA DÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. CLÁUSULA UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS

3 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel

cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

4 En aplicación de los dispuesto por el artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la propuesta

económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste en el proceso de selección para la contratación de bienes, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA ADJUDICACION DIRECTA SELECTIVA Nº 078-2012-MDCGAL

(Primera Convocatoria) POR SUBASTA INVERSA ELECTRONICA

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Av. Municipal s/n – Distrito Coronel Gregorio Albarracín – Provincia de Tacna – Departamento de Tacna Teléfono: (052) 402416

La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado. El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de UN (1) AÑO. CLÁUSULA DUODÉCIMA: PENALIDADES Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en días

Donde: F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días. Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso). Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda. IMPORTANTE:

• De preverse en las Especificaciones Técnicas penalidades distintas a la penalidad por mora, se deberá consignar el listado detallado de las situaciones, condiciones, etc., que serán objeto de penalidad, los montos o porcentajes que le corresponderían aplicar por cada tipo de incumplimiento y la forma o procedimiento mediante el que se verificará la ocurrencia de tales incumplimientos.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado. CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS5 Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se

5 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para

resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.

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presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144, 170, 175, 176, 177 y 181 del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Las partes acuerdan, que toda controversia relativa a los efectos, ejecución modificación, cumplimiento y extinción de este contrato serpa resuelta definitivamente mediante arbitraje administrativo por la CÁMARA DE COMERCIO DE TACNA. El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia. CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad. CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:

DOMICILIO DE LA ENTIDAD: AV. MUNICIPAL S/N CUADRA 12 DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO.

La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario. De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de Tacna al [CONSIGNAR FECHA].

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”