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FS EXPEDIENTE N° 8102 DIG. 1 AÑO 11 CPO. 1 ALC. 1 CPO 1 LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11/11 SEGUNDO LLAMADO “ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS MEDICOS DESCARTABLES PARA LA REALIZACIÓN DE DETERMINACIONES DE QUIMICA CLINICA, INMUNOENSAYOS Y ORINAS, CON PROVISIÓN EN COMODATO DE EQUIPAMIENTO Y SISTEMA INFORMATICO DE LABORATORIO” * * * 1 CAPÍTULO I DEL OBJETO ARTÍCULO 1º.- OBJETO: Adquisición de productos médicos descartables para la realización de determinaciones de química clínica, inmunoensayos y orinas, con provisión en comodato de equipamiento y sistema informático de laboratorio, y provisión de 5 equipos para la impresión y escaneo de código de barras, según el siguiente detalle, características y especificaciones técnicas: 1.-Detalle de las determinaciones que se estima realizará el laboratorio central del CEMA DESCRIPCION DEL TEST CANTIDAD ESTIMADA DE DETERMINACIONES ANUALES Glucosa 40000 Urea 24000 Creatinina 26000 Colesterol 20000 Triglicéridos 20000 HDL Directa 12000 LDL Directa 4000 Bilirrubina Total 5000 Bilirrubina Directa 5000 Proteínas Totales 5000 Albumina 5000 Ácido Úrico 8000 AST (GOT) 16000 ALT (GPT) 16000 Fosfatasa Alcalina 16000 Gamma GT 3000 LDH 700 Creatina Quinasa 700 CK-MB 400 Amilasa 1500 Lipasa 700 COLINESTERASA 800 Microalbumina (MALB) 2500

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FS EXPEDIENTE N° 8102 DIG. 1 AÑO 11 CPO. 1 ALC. 1 CPO 1

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11/11 SEGUNDO LLAMADO

“ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS MEDICOS DESCARTABLES PARA LA REALIZACIÓN DE DETERMINACIONES DE QUIMICA CLINICA,

INMUNOENSAYOS Y ORINAS, CON PROVISIÓN EN COMODATO DE EQUIPAMIENTO Y SISTEMA INFORMATICO DE LABORATORIO”

* * *

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CAPÍTULO I DEL OBJETO

ARTÍCULO 1º.- OBJETO: Adquisición de productos médicos descartables para la realización de determinaciones de química clínica, inmunoensayos y orinas, con provisión en comodato de equipamiento y sistema informático de laboratorio, y provisión de 5 equipos para la impresión y escaneo de código de barras, según el siguiente detalle, características y especificaciones técnicas: 1.-Detalle de las determinaciones que se estima realizará el laboratorio central del CEMA

DESCRIPCION DEL TEST CANTIDAD ESTIMADA DE

DETERMINACIONES ANUALES Glucosa 40000

Urea 24000 Creatinina 26000 Colesterol 20000

Triglicéridos 20000 HDL Directa 12000 LDL Directa 4000

Bilirrubina Total 5000 Bilirrubina Directa 5000 Proteínas Totales 5000

Albumina 5000 Ácido Úrico 8000 AST (GOT) 16000 ALT (GPT) 16000

Fosfatasa Alcalina 16000 Gamma GT 3000

LDH 700 Creatina Quinasa 700

CK-MB 400 Amilasa 1500 Lipasa 700

COLINESTERASA 800 Microalbumina (MALB) 2500

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Proteinas Líquido cefalo raquideo /Orinas 2000

HA1C (Hemoglobina Glicosilada) 4000 Calcio 3600

Fósforo 700 Hierro / Fe 900

Magnésio (Mg) 1600 Na+ 1800 K+ 1800 Cl- 1800

Lítio 1200 IgG 1000 IgA 2000 IgM 1000 IgE 1400 TSH 3000 T3 1000 T4 1000

T4Iibre 600 Anti – TPO 400 Anti – TG 400 Insulina 900

HCG 1000 LH 500

FSH 500 Prolactina 400

E2 (estradiol) 400 PSA 1500

Acido Valproico 300 Fenitoina 300

Fenobarbital 300 Ferritina 500 Folato 500

OSTEOCALCINA 300 Citomegalovirus IGG 1000 Citomegalovirus IGM 1000

HBs Ag 5000 Anti- HBc 5000

Anti- HBc IgM 1500 Anti- HBs Ag 1500

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RUBEOLA IGG 1000 RUBEOLA IGM 1000

TOXO IGG 4000 TOXO IGM 2500

TIRAS DE ORINA 40000 2.- El equipamiento a entregar en comodato necesario para realizar las determinaciones antes detalladas, deberá cumplir con las siguientes especificaciones técnicas mínimas:

2.1. INTEGRACIONES DEL EQUIPAMIENTO OFRECIDO Para el caso de Química Clínica, Electrolitos y Endocrinología, se deberán ofertar equipamientos separados integrables entre sí y/o modulares totalmente integrados, teniendo en cuenta la cantidad de determinaciones y test especificados.

2.2. TIPOS DE TEST

TIPO DE TEST: Con respecto a posibilidad de incorporar nuevos tipos de test, la empresa oferente deberá informar sobre esta disponibilidad en los equipos ofrecidos y la Municipalidad evaluará la futura incorporación de las mismas al listado de test a requerir.

2.3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS EQUIPOS A OFRECER EN COMODATO 2.3.1.-QUIMICA CLINICA y ELECTROLITOS DE ION SELECTIVO Se proveerá de 1 (un) instrumento con las siguientes especificaciones:

Totalmente automático para mediciones por métodos fotométrico y potenciométrico, inmunoensayos heterogéneos o inmunoturbidimetría.

Multiparamétrico, discreto capaz de realizar determinaciones químicas por técnicas de punto final y cinéticas simultáneamente,

Con utilización de tubo primario estándar, copitas, etc.; y posibilidad de procesar micro muestras (muestra pediátrica).

Capacidad de realizar 45 o más parámetros simultáneos en cada muestra, con acceso randomizado y posiciones de muestra de emergencia.

con capacidad de procesamiento superior a 700 resultados por hora entre potenciométricos y fotométricos

que permita el acceso continuo y aleatorio de muestras, con capacidad de más de 40 posiciones refrigeradas para reactivos

con reactivos dispuestos en casetes o cartuchos de estabilidad mayor o igual a 30 días luego de abiertos

que permita la repetición automática de muestras fuera del rango establecido, que realice pre y post-diluciones automáticas (orina, sangre, suero, etc.)

Que permita realizar la identificación de las muestras y reactivos por lector de código de barras y/o de forma manual

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Con detector de nivel de líquidos para muestra y reactivos (o equivalente en otros sistemas).

Que permita la carga de controles y/o calibradores Que tenga capacidad para introducir y procesar muestras de urgencia. En el caso de requerir agua de calidad superior para su funcionamiento, la provisión de

esta o la instalación del equipo deionizador de agua (así como su mantenimiento) deberá estar a cargo del proveedor.

Que el software se ejecute bajo plataformas Linux o Windows, con pantalla Touch-screen e impresora externa incluida

Que indique los estados de STAT, alerta de muestra, alerta de Controles y de Calibración, entre otros.

Que permita su conexión al sistema de información de Laboratorio (LIS) 2.3.2.-INMUNOENSAYOS

Se proveerá de 1 (un) instrumento con las siguientes especificaciones: Totalmente automático para mediciones por método quimioluminiscencia y/o electro-

quimioluminiscencia Que realice como minimo 170 pruebas por hora Que permita la carga de códigos de barra de controles y/o calibradores. Monitoreo en tiempo real de los resultados y de las pruebas en curso en el monitor Con detector del nivel de líquidos para muestras y reactivos (o equivalente en otros

sistemas) Con detector de coágulos. Con reactivos con estabilidad mayor o igual a 75 días una vez abiertos Que permita realizar la identificación de las muestras y reactivos por lector de código de

barras y/o de forma manual Que tenga capacidad para introducir y procesar muestras de urgencia. En el caso de requerir agua de calidad superior para su funcionamiento, la provisión de

esta o la instalación del equipo deionizador de agua (así como su mantenimiento) deberá estar a cargo del proveedor.

Que el software se ejecute bajo plataformas Linux o Windows, con pantalla Touch-screen e impresora externa incluida

Que indique los estados de STAT, alerta de muestra, alerta de Controles y de Calibración, entre otros.

Que permita su conexión al sistema de información de Laboratorio (LIS) 2.3.3.-ORINAS Se proveerá de un equipo automatizado con:

un lector de código de barras carga de tubo primario (en rack o disco) Que posea una velocidad de al menos 180 tubos/hora Que informe al menos los siguientes parámetros: Ph Leucocitos Nitritos Sangre oculta Proteínas Urobilinógeno Bilirrubina Color Cetonas Densidad Glucosa

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Que permita conexión a sistema de información de Laboratorio (LIS) Que posea impresora (interna o externa). De fácil uso, limpieza y calibración por parte del usuario.

3.-Sistema de Información de Laboratorio (LIS) Un sistema informático de laboratorio (LIS), con conexiones de interfaces con aparatos automatizados existentes y/o por instalarse en el laboratorio, que permita la transferencia de datos en forma bidireccional; que permita la integración con el software de Historia Clínica del CEMA y las bases de datos del mismo. Se deberá proveer de un servidor de datos que permita:

almacenar los resultados generados por el equipamiento durante el período de duración de la presente contratación

la gestión de todos los resultados la comunicación con los instrumentos y la red informática del Laboratorio del CEMA (los cableados, switches, routers y las computadoras del Laboratorio para el LIS serán

provistas por el CEMA) realizar automáticamente back up de los datos almacenar todos los módulos solicitados comunicarse con la empresa proveedora para monitorear su estado, realizar

actualizaciones, reparaciones, etc. la consulta via WEB de los resultados

El servidor deberá incluir:

- Server rackeable tipo Hewlett Packard Proliant u otro de similares características - 1 UPS on-line, onda senoidal, 2000 w - 1 rack de servidor - 1 monitor - Disco rígido tipo lomega 250 GB - Placa de red tipo 3Com PCI RJ45 FastEthernet 10/100/1000 - 1 placa lantronix MSS4-D-01 (4 bocas) de ser necesario - Router tipo Firewall Linksys modelo WRV54G

Este LIS deberá permitir: Contar con un registro de peticiones, recepción de pacientes y muestras; generación de etiquetas de código de barras para los tubos de muestras del CEMA y los distintos Centro de Atención Primaria de la Salud (CAPS) (de manera local o remota usando las conectividades disponibles); listados de trabajo globales o por sección; registro de informaciones diarias y previas; registro de información clínica relevante para evaluación de resultados y estadísticas, incluyendo patologías, eventos y episodios clínicos, codificación de diagnósticos, y la identificación de pacientes por más de una clave (ej. Historia clínica, tipo y nro. de documento, nro. de afiliado, nro. de internación) a elección del usuario según el caso; capacidad de identificar los ingresos por origen/procedencia, servicio, unidad /sala, médico, sector, etc. Dichos campos deberán estar disponibles para acelerar las búsquedas de información y realizar informes estadísticos. El LIS deberá contar con los siguientes módulos para laboratorio: citaciones, urgencias, recepción de muestras desde centros periféricos, con posibilidad de identificar las muestras por numeración

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propia y/o del laboratorio remitente, control y seguimiento de las derivaciones hacia otros centros de procesamiento, carga manual de resultados (para aquellas determinaciones no automatizadas), carga automática desde las interfaces de comunicación, validación de resultados por rangos terapéuticos, de validación, fórmulas de cálculo incluyendo operaciones condicionales y expresiones matemáticas y lógicas, ingreso de textos auxiliares al resultado e interpretaciones automáticas conforme el valor ingresado, el trazado de resultados, la evaluación estadística definida de acuerdo a las necesidades de los usuarios, la emisión de un único protocolo por paciente y la impresión parcial o total de informes, incluyendo el envío de informes por correo electrónico en formato de documento electrónico y la posibilidad de subida de protocolos a la web. Los informes deberán poder imprimirse en al menos dos formatos diferentes: para pacientes ambulatorios y como listado de derivaciones por Centro de Atención Primaria de la Salud (CAPS). Además tendrá capacidad para almacenar información específica y adicional de cada paciente, utilizar códigos de barras flexibles definidos por el usuario y adaptables a diversos autoanalizadores y técnicas manuales; trazabilidad de las muestras, integrando las 3 etapas de un Laboratorio: pre-analítica, analítica propiamente dicha y post analítica. Deberá incluir un módulo o funcionalidad para consulta médica de los resultados validados. Se deberá contar con distintos permisos de usuarios para validación y consulta, y se podrá realizar una trazabilidad de resultados y personal involucrado. Se podrán consultar los resultados desde cualquier computadora del CEMA hasta tanto se integren los datos a la Historia Clínica del paciente. Deberá contar con capacidad para administrar las secciones de Hematología, Química Clínica, Inmunología, Serología, Microbiología y también la Gestión de la Calidad del Laboratorio. Deberá proveerse también el hardware necesario para la impresión y escaneo de códigos de barras: tres (3) equipos para el CEMA y dos (2) para los CAPS. ARTÍCULO 2º.- CARACTERISTICAS DE LA CONTRATACION: 2. 1.- DE LOS REACTIVOS E INSUMOS

2.1.1 VENCIMIENTOS: Los reactivos tendrán una fecha de vencimiento no inferior a los 90 días de la fecha de entrega. El proveedor deberá cambiar los reactivos que no se utilicen antes de la fecha de vencimiento, reemplazando el mismo con una fecha de vencimiento no menor a noventa días contados desde la fecha del cambio sin costo alguno para el Municipio.

2.1.2. ENTREGAS: Los reactivos e insumos se entregarán según necesidades y a

requerimiento del servicio que demande el Municipio, en forma quincenal. 2.1.3 ADICIONALES Y CONSUMIBLES: La propuesta deberá incluir reactivos, controles,

calibradores, reactivos adicionales, consumibles, líquidos de limpieza y todos los repuestos originales para todos los equipos. Con respecto a la provisión de los consumibles (controles de calidad interno, calibradores, copas de muestra, soluciones de lavado, diluyentes, etc.) necesarios para el correcto funcionamiento del instrumento, su cantidad deberá coincidir con la necesaria para el procesamiento de la cantidad efectivamente solicitada de determinaciones sin costo adicional.

2.1.4. PUESTA EN MARCHA: El proveedor deberá proveer de kits de reactivos e insumos sin cargo en la puesta en marcha para lograr los valores de referencia del Laboratorio, contra la aceptación final de los instrumentos.

2.1.5. ENVASES: Si el/los productos tuvieran envase especial y el mismo debiera devolverse a la empresa adjudicataria con previa autorización de esta, el flete y acarreo respectivo, ida y vuelta, desde el mismo lugar y por los mismos medios de envío a emplear para la devolución, son por cuenta de la contratista que, en estos casos, deberá especificar en el

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remito de entrega separadamente del producto, y además, estipular el plazo de devolución de los mismos. En caso que la presentación de los reactivos no coincida con la cantidad de las determinaciones solicitadas, se aceptará una variación no superior a +/- 20%. 2.1.6. REPRESENTANTE OFICIAL: El proveedor deberá ser representante oficial de los productos cotizados. 2.1.7. CADENA DE FRIO: Para los REACTIVOS Y/O INSUMOS que requieran cadena de frío deberán estar perfectamente identificados y se deberá asegurar la misma de manera documentada. 2. 2- DE LOS EQUIPOS A ENTREGAR EN COMODATO En la cotización se incluirá la cantidad de equipos necesarios para producir la cantidad correspondiente de determinaciones solicitadas y que permitan un crecimiento futuro sin necesidad de cambio de equipamiento. Los oferentes deberán indicar marca, modelo y empresa fabricante de los equipos que ofrecen en comodato. La empresa adjudicataria deberá proveer en carácter de COMODATO por el término de duración del contrato, los equipos de medición automatizada de última generación, de acuerdo a especificaciones técnicas, así como computadoras, impresoras, papel (incluye el consumo estimado de 250 resmas de 500 hojas A4 anuales) y cartuchos para impresoras o tóner para imprimir esa cantidad de hojas, unidades de UPS, ósmosis (de corresponder) y todo otro componente necesario para el correcto funcionamiento de los equipos. 2.2.1 MODELO DE CONTRATO DE COMODATO Las firmas oferentes deberán adjuntar a su propuesta, un modelo de contrato de comodato, en el cual deberán incluirse las características de los equipos ofrecidos de acuerdo a las Especificaciones Técnicas del presente pliego. El contrato de comodato definitivo se firmará con la firma adjudicataria una vez analizado y consensuado por parte de la Municipalidad las modificaciones que se estimen convenientes. 2.2.2. SERVICIO TÉCNICO DE MANTENIMIENTO La empresa adjudicataria deberá hacerse cargo del servicio técnico de mantenimiento preventivo y correctivo (mano de obra y repuestos incluidos) de todo el equipamiento descripto durante todo el período de la presente contratación, con viáticos incluídos. Se valorará que la oferente posea servicio técnico local o en un radio de 200 km de la ciudad de Mar del Plata. Además, deberá poseer un centro de ayuda telefónica con especialistas bioquímicos y/o técnicos, para resolución de fallas rápidas. En caso de producirse una falla y no poder resolverse con ayuda telefónica, la empresa adjudicataria deberá resolver el problema con personal in situ. En caso de no solucionar la falla de esa manera y si el equipo quedara fuera de servicio, la empresa deberá reemplazar el equipamiento por otro de similares características, teniendo en cuenta que deberá asegurar una disponibilidad del equipamiento mayor al 95%, durante todo el período de la presente contratación.

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La firma deberá elaborar una ficha de mantenimiento preventivo y correctivo, que deberá ser cumplimentada por el servicio técnico de la empresa y controlada por el laboratorio receptor del equipamiento. 2.2.3. SEGUROS La empresa adjudicataria deberá contratar un seguro contra robo, hurto, incendio, responsabilidad civil y daño técnico de los equipos que se instalen a su exclusivo cargo, el que deberá cubrir el plazo de la contratación y el de la posible prórroga quedando aclarado que la MUNICIPALIDAD estará eximida de todo tipo de responsabilidad debiendo responder la adjudicataria por la totalidad de los daños y perjuicios. 2.2.4 INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA La empresa adjudicataria tendrá a su cargo el traslado, descarga e instalación de todos los equipos ofrecidos; así como del entrenamiento de personal técnico y del que operará los equipos, provisión de kits, consumibles, etc. que fueran necesarios para tal fin. Deberá informar al momento de la preadjudicación, los requisitos de preinstalación necesarios para todo el equipamiento. Junto con el equipamiento deberá entregarse los manuales de usuario y técnicos completos en castellano. Se podrán recibir en papel, CD/DVD u otro medio que faciliten su lectura. La empresa adjudicataria deberá proveer sin cargo las interfaces de conexión de todo el equipamiento ofrecido con el Sistema de Información de Laboratorio (LIS). Además deberá proveer sin cargo la interfaz con el LIS, para el contador hematológico marca Siemens modelo Advia 2120, propiedad de la Municipalidad de Gral. Pueyrredón. 2.2.5 CARACTERISTICAS DEL EQUIPAMIENTO El equipamiento ofertado deberá ser nuevo y de primer uso. De no poseer equipos nuevos dentro del plazo de entrega especificado, se aceptará la instalación provisoria de equipos usados en perfecto estado de funcionamiento, los cuales deberán reemplazarse por equipos nuevos en un plazo no mayor a 45 días desde la instalación inicial. En caso de ofrecer un instrumento usado, el oferente deberá garantizar que el mismo tuvo recientemente un proceso de recambio de partes que se hayan desgastado con su anterior uso y que asegure un buen funcionamiento en el período que dure su instalación provisoria. 2.2.6. ANTECEDENTES Y PRUEBA DEL EQUIPAMIENTO El oferente deberá proveer una lista de Usuarios que posean el equipamiento ofertado, aclarando la ciudad e Institución donde se encuentra instalado, ofreciendo además la visita a algún centro donde se encuentre instalado el equipamiento ofrecido, que será seleccionado de la lista anterior por la Municipalidad de Gral. Pueyrredón. 2.2.7 CONTROLES DE CALIDAD Previo a la adjudicación o una vez realizada la misma y de ser necesario deberá someter el equipamiento a los CONTROLES DE CALIDAD, ya sea por el AREA DE LABORATORIO u otra entidad oficial que LA MUNICIPALIDAD determine, para lo cual deberán proveer o reponer las unidades necesarias para la realización de dichos controles, haciéndose cargo de los gastos que los análisis originen. 2.3. De la capacitación al personal La capacitación del personal técnico y bioquímico que operará el equipo se realizará según un temario y cronograma que se entregará junto con las ofertas, al momento de apertura de las mismas. La duración del entrenamiento no podrá ser menor a 5 días y deberá entregarse un certificado a cada persona que tome el curso. Se valorará la capacitación continua sin cargo según plan preestablecido.

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Además, deberá capacitar sin cargo al personal técnico del Departamento de Tecnologías Médicas del CEMA, en reparaciones de al menos primer y segundo escalón, entregando un certificado de dicho curso ARTÍCULO 3º.- MARCAS Y MUESTRAS: El oferente deberá acompañar con su propuesta folletería e información de fábrica en soporte papel, digital u otro, informativa de especificaciones técnicas completas y detalladas sobre cada componente del sistema ofertado, incluyendo accesorios y opcionales, para una mejor evaluación del producto postulado. La documentación descriptiva citada deberá presentarse conforme los términos de la Ley 24.240. Asimismo deberá indicarse antecedentes sobre instituciones públicas o privadas nacional, provincial o municipal donde se hubiere instalado el equipamiento ofertado. Si no estuviera instalado en el país, presentar referencias internacionales, indicando datos del contacto con aquellas instituciones que lo posean. ARTÍCULO 4°.- GASTOS DE TRANSPORTE: Cuando deba transportarse el equipo para su reparación, dentro del plazo de garantía, los costos que ello irrogue será por cuenta y riesgo del adjudicatario. ARTÍCULO 5º.- LUGAR DE ENTREGA: El lugar de entrega habitual será en la recepción del Laboratorio del CEMA sito en las calles Pehuajó y Gaboto de la ciudad de Mar del Plata, en el horario comprendido entre las 12 y 16 hs. de lunes a viernes. El transporte, carga, descarga y estiba de las mercaderías e instrumentos serán efectuadas por el adjudicatario, a su exclusivo cargo. ARTÍCULO 6º.- PLAZO DE ENTREGA: 6.1.- El equipamiento será entregado dentro de un plazo de 60 días corridos desde la notificación de la Orden de Compra o de la celebración del contrato. 6. 2.- Los reactivos e insumos deberán ser entregados según requerimiento y necesidades del servicio, con una primera entrega al momento de la puesta en marcha de los equipos necesarios para el cumplimiento de esta licitación, para lo que se considere como un consumo quincenal. Luego de esta entrega inicial, el proveedor deberá entregar los reactivos necesarios según el pedido realizado por el laboratorio del CEMA para un período quincenal, con un plazo de entrega máximo de 7 días desde la fecha de pedido. ARTÍCULO 7º.- PLAZO DE LA PRESTACION Y PRORROGA DEL CONTRATO: El plazo de vigencia de la prestación de las determinaciones por el término de doce (12) meses dará inicio a partir del primer día del mes inmediato posterior de la puesta en marcha y recepción del equipamiento por parte de la autoridad de aplicación del contrato. 7.1. Prórroga: La Municipalidad se reserva el derecho de prorrogar el plazo de vigencia del contrato por el término de un año más, para lo cual deberá notificar al adjudicatario con una antelación mínima a la fecha de iniciación de la prórroga de noventa (90) días corridos. En caso que el adjudicatario resuelva no aceptar la prórroga, éste deberá notificarlo al municipio con una antelación de ochenta (80) días corridos a la finalización del presente contrato.

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ARTÍCULO 8°.- AUMENTO O DISMINUCIÓN: La Municipalidad se reserva el derecho de aumentar o disminuir hasta un treinta por ciento (30%) los montos y/o cantidades adjudicadas en función de la efectiva realización de la determinaciones estimadas por el Área de Laboratorio de la Municipalidad durante el transcurso de la contratación. A su vez se podrá modificar las cantidades solicitadas de cada uno de los test en función de las demandas del Laboratorio.

CAPÍTULO II DE LA COTIZACION

ARTÍCULO 9º.- MANTENIMIENTO DE OFERTA: Mínimo cuarenta y cinco (45) días hábiles. Se considerará automáticamente prorrogado por igual período, salvo expresa manifestación en contrario, la que deberá presentarse junto con la oferta. ARTÍCULO 10º.- DE LA FORMA DE COTIZAR: Se cotizarán todos los reactivos necesarios para realizar las determinaciones detalladas, debiendo indicarse: - el nombre genérico y la marca comercial de los reactivos, número de Certificado de Autorización de Venta otorgado por Autoridad Sanitaria Nacional, presentación y/o embalaje, según lo solicitado en las presentes Especificaciones Técnicas. - forma de presentación del reactivo - precio por determinación - precio del total de las determinaciones estimadas para cada test. - monto total de todos los test solicitados. Las empresas oferentes deberán cotizar indefectiblemente el total de lo solicitado. La Oferta, así como toda la correspondencia y documentos relativos a ella, deberán redactarse en el idioma español. De solicitarse mayor cantidad de determinaciones a las establecidas en el presente pliego, se podrá hacer uso de la ampliación prevista en el mismo (sin importar el equipo que las realizará). 10.1. ALTERNATIVAS: En el caso de ofrecer distintas marcas comerciales para un mismo test o distintas presentaciones de los kits deberán ser presentadas por separado como ofertas alternativas, de lo contrario no serán consideradas ofertas válidas.

CAPÍTULO III DE LOS OFERENTES

ARTÍCULO 11º.- REQUISITOS A CUMPLIMENTAR POR LOS OFERENTES: Los oferentes deberán cumplimentar lo siguiente: 11.1. Estar inscriptos en el REGISTRO DE PROVEEDORES de esta Municipalidad o haber dado inicio al trámite de inscripción y finalizado cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha de apertura de la licitación, so pena de tenerlo por no presentado, sin necesidad de interpelación alguna. 11.2. Podrán efectuar propuestas las personas físicas o jurídicas. Las personas jurídicas solo podrán serlo las regularmente constituidas en los términos de la ley 19550. 11.3. Adquirir el presente Pliego de Bases y Condiciones que habilita su participación. 11.4. Los productos cotizados deberán contar con autorización del ANMAT.

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11.5. Constituir el depósito de garantía de oferta.

CAPÍTULO IV

DE LAS PROPUESTAS

ARTÍCULO 12º.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Serán presentadas en sobre debidamente cerrado e identificado en la cubierta exterior de la siguiente manera:

El sobre podrá ser entregado en la Dirección General de Contrataciones hasta el día y hora de la apertura.

La oferta deberá estar íntegramente firmada por el proponente en todas sus fojas.

La oferta deberá estar redactada en idioma nacional, en caso de acompañarse folletos u otra documentación explicativa de carácter técnico, redactados en otro idioma, deberá acompañarse la pertinente traducción realizada por traductor público nacional.

En los casos en que la documentación no sea presentada en originales, las copias deberán ser certificadas por escribano público, con legalización del colegio respectivo si fuere de extraña jurisdicción. EXPEDIENTE Nº 8102-1-11 Cuerpo 1 Alcance 1 Cuerpo 1 LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11/11 SEGUNDO LLAMADO “ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS MEDICOS DESCARTABLES PARA LA REALIZACIÓN DE DETERMINACIONES DE QUÍMICA CLÍNICA, INMUNOENSAYOS Y ORINAS, CON PROVISIÓN EN COMODATO DE EQUIPAMIENTO Y SISTEMA INFORMÁTICO DE LABORAORIO” APERTURA: HORA: CONTENIDO DEL SOBRE: El sobre contendrá la siguiente documentación: 12.1. Constancia de adquisición del presente Pliego de Bases y Condiciones. 12.2. Declaración Jurada, suscripta por el proponente, en donde se manifieste conocer y aceptar íntegramente el contenido del Pliego de Bases y Condiciones de esta licitación y aceptando, para cualquier cuestión que se suscite, la actuación de los Juzgados Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires con asiento en el Departamento Judicial de Mar del Plata renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción inclusive el Federal, y fijando domicilio legal en la ciudad de Mar del Plata en el cual se tendrán como válidas todas las notificaciones judiciales y extrajudiciales que se cursen, conforme Formulario Nº 1.

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12.3. Declaración Jurada suscripta por el proponente de no estar comprendido en los impedimentos de concurrencia establecidos en el Formulario Nº 2. 12.4. El Pedido de Cotización en formulario oficial, escrito con letra tipo imprenta, indicando marca, consignando la cotización en números y la cotización total en letras, el que estará debidamente firmado por el oferente en todas sus fojas o su representante o autorizado debidamente acreditado en los términos del art. 13º y siguiente de la Ordenanza Nº 267/80. Tratándose de cotizaciones de un único ítem, cuando existiera diferencia entre las cifras consignadas en números y letras se tomará como válida la consignada en letras. Cuando no se correspondan los precios totales con los unitarios, estos se tomarán como base para determinar aquellos y el total de la propuesta. Se entiende que los productos que se cotizan se ajustan en un todo a las características requeridas en el Pedido de Cotización, aún cuando el oferente decida presentar su propuesta en formulario propio y en la descripción de los ítems cotizados no incluya la totalidad de las propiedades que se describen en el Pedido de Cotización. El oferente deberá efectuar aclaraciones a su cotización en hoja aparte si su propuesta difiere de lo requerido, y/o podrá proponer ofertas alternativas, también en hoja aparte, todas las cuales deberán estar debidamente firmadas. 12.5. Nota con carácter de declaración jurada en la que denunciara el domicilio real/legal de la firma. 12.6. “CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA” A fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en el Ámbito Municipal, el proponente deberá presentar el “Certificado de Libre Deuda” emitido por la Agencia de Recaudación Municipal, Departamento de Fiscalización Externa. A tales efectos retirará del Departamento de Actividades Económicas dependiente de la Agencia de Recaudación Municipal, sito en Moreno 2357, formulario pertinente con el que iniciará expediente en Mesa General de Entradas, Hipólito Irigoyen 1627, previo pago de los derechos correspondientes.

Las empresas que hubieren realizado este trámite dentro de los doce (12) meses inmediatos anteriores a la apertura de la actual licitación, solo deberán presentar fotocopia autenticada de tal presentación.

Si la oferente no fuere sujeto alcanzado por la normativa tributaria de la Municipalidad de General Pueyrredón, deberá presentar nota de tal circunstancia en carácter de Declaración Jurada. 12.7. “CERTIFICADO FISCAL PARA CONTRATAR” A fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales en el Ámbito Nacional, el proponente deberá presentar el “Certificado Fiscal para Contratar” extendido por Administración Federal de Ingresos Públicos según Resolución (AFIP) Nº 1814 y sus modificaciones (Resolución 2581/09), o en su defecto la nota presentada ante esa dependencia solicitando el mencionado certificado, indicando en la misma que se solicita a los efectos de ser presentado ante la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón – Dirección General de Contrataciones – San Martín 2959 Subsuelo – (7600) Mar del Plata. 12.8. Información técnica del equipamiento ofrecido (folletos, esquemas técnicos, descripciones, etc.). 12.9. Modelo de Contrato de Comodato. 12.10. Nota que indique compañía de seguro a contratar en caso de ser adjudicatarios. 12.11. Habilitación e Inscripción extendida por A.N.M.A.T., como elaborador, importador, o distribuidor de los productos cotizados y el certificado de GMP otorgado por dicho organismo

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(Disposición A.N.M.A.T. 1930/95), y/ o la constancia de aptitud para elaborar y controlar dicho producto expedida por A.N.M.A.T., firmada por Apoderado Legal y Director Técnico. 12.12. Disposición con la designación del Director Técnico expedida por la A.N.M.A.T. u organismo competente, firmada por el Apoderado Legal y el Director Técnico. 12.13. Certificación emitida por el licitante garantizando que los bienes ofrecidos son nuevos, sin uso, fabricados con materiales y partes originales de alta calidad, totalmente ensamblados en fábrica, ejecutados con la mejor tecnología existente en el mercado, y su perfecto estado de conservación. Asimismo, se deberá declarar que el bien propuesto no es un prototipo, que ha sido comercializado anteriormente y no podrá estar discontinuada su fabricación. 12.14. Constancia que acredita la constitución del depósito de garantía de oferta. 12.15. Listado de usuarios que cuenten con el equipamiento ofertado. Ningún sobre podrá tener en su cubierta exterior señal o inscripción que permita identificar al proponente.

CAPITULO V DE LOS PLAZOS PARA LAS CONSULTAS Y VENTAS DE PLIEGOS

Y SU PUBLICIDAD

ARTÍCULO 13º.- CONSULTAS Y VENTA DE PLIEGOS: Las consultas que los oferentes consideren necesario efectuar, deberán ser formuladas por escrito ante la Dirección General de Contrataciones, hasta tres (3) días hábiles anteriores a la fecha de apertura de la licitación. La Municipalidad, asimismo, podrá hacer aclaraciones de oficio y responder a las consultas que formulen por escrito los interesados, hasta un (1) día hábil anterior a la fecha de apertura de la licitación. Las aclaraciones solicitadas y las respuestas se pondrán en conocimiento de todos los adquirentes del pliego de bases y condiciones, pasando a formar parte de éste. Los pliegos de esta licitación estarán a la venta en la Dirección General de Contrataciones desde la fecha de publicación del llamado a ofertar y hasta tres (3) días hábiles anteriores a la apertura de la licitación. ARTÍCULO 14º.- PUBLICIDAD DEL LLAMADO: En el decreto de llamado a licitación y en las publicaciones que la legislación prescribe, se establecerán con precisión fechas, horarios y lugares de apertura en la página institucional http://www.mardelplata.gob.ar y solicitar información por correo electrónico a: [email protected] ARTÍCULO 15º.- ADMISIÓN DE OFERTAS: Sólo revestirán carácter de oferta válida las que se ajusten a las disposiciones de este pliego, pudiendo rechazarse en el momento de la apertura aquellas que no reúnan los requisitos exigidos. Sin perjuicio de ello si se comprobara

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posteriormente algún incumplimiento no advertido al momento de la licitación, será causal de rechazo de oferta. Se podrá a efectos de su consideración y a absoluto criterio de la Municipalidad, no tomar en cuenta errores, omisiones o imperfecciones de tipo formal y no esenciales de las que adoleciere alguna de las propuestas, salvo en la consignación del precio tanto en números como en letras, donde las enmiendas y/o raspaduras no podrán ser salvadas con posterioridad a la apertura de sobres y las cuestiones referentes a la descripción de los bienes a adquirir (p. e. folletería), a los fines de una coherencia entre lo ofertado y lo posteriormente adjudicado. ARTÍCULO 16º.- CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS: Serán rechazadas las propuestas cuando se compruebe: 16.1. Que la firma proponente no haya adquirido el pliego de bases y condiciones. 16.2. Que no se haya constituido la garantía de oferta. 16.3. La falta de firma por parte del proponente en la propuesta económica propiamente dicha o

la existencia de raspaduras, enmiendas o entrelíneas en la misma que no se encuentren debidamente salvadas.

ARTÍCULO 17°.- DESISTIMIENTO DE PROPUESTA: Para el supuesto de desistimiento de la oferta, resultarán de aplicación las disposiciones del artículo 119º y cctes. del Decreto Provincial 2980/00, sin perjuicio de las demás que fija el presente pliego de bases y condiciones en cuanto no se le opongan.

CAPITULO VI DEL ACTO LICITATORIO Y LAS IMPUGNACIONES

ARTICULO 18º.- DEL ACTO LICITATORIO: Se desarrollará de la siguiente manera 18.1. APERTURA: La apertura de las propuestas se realizará en acto público, con la presencia de funcionarios e interesados que concurran, en el día, hora y lugar señalados en el aviso de convocatoria. Si el día fijado para el acto de apertura de sobres fuera declarado feriado, de asueto administrativo, o se produjera algún hecho imprevisible que por razones de fuerza mayor impidiera la ejecución del citado acto, el mismo se realizará el día hábil inmediato siguiente, en el mismo lugar y hora indicados. 18.2. DESARROLLO DE ACTO: Vencido el plazo reglamentario para la admisión de las propuestas y antes de procederse a la apertura, podrán los interesados pedir o formular aclaraciones sobre el acto. Iniciado éste, no se admitirán interrupciones por ningún motivo. Se labrará un acta, dejándose constancia de las presentaciones formalizadas y toda otra circunstancia que la autoridad administrativa del acto meritue pertinente, sin que ello implique juicio de valor, de la presentación y sus ofertas. Previo al cierre, solo se admitirán impugnaciones y observaciones al acto y no a las propuestas. Concluido el acto, previa lectura y para constancia, el acta será firmada por la/s autoridad/es presente/s e interesado/s que así lo requieran. ARTÍCULO 19º.- OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES: A los efectos de formular impugnaciones y observaciones a las ofertas, con posterioridad a la apertura de sobres se notificará a los proponentes la fecha a partir de la cual se ponen las actuaciones a la vista. El

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plazo para la toma de vista será de dos (2) días hábiles posteriores a la notificación citada anteriormente. Las impugnaciones deberán presentarse hasta dos (2) días hábiles posteriores al vencimiento del plazo de la vista de los licitantes, por escrito y formularse individualmente para cada propuesta que se impugne, esto es que para cada propuesta que se impugne deberá presentarse una nota. De las impugnaciones se correrá traslado por (2) dos días hábiles; en ningún caso se abrirán a prueba las presentaciones, resolviéndose sobre la base de estas, sin perjuicio de las facultades verificadoras de la Municipalidad.

CAPITULO VII DE LA INFORMACION

ARTICULO 20.- AMPLIACIÓN DE LA INFORMACIÓN: La Municipalidad podrá solicitar de cualquier oferente todo tipo de información complementaria o aclaratoria, que considere necesaria a los fines verificatorios. Sólo se admitirá la incorporación a las actuaciones de la documentación expresamente solicitada por la Municipalidad. El plazo para la presentación de la información complementaria o ampliatoria requerida, será de entre dos (2) y cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación fehaciente del requerimiento, quedando a criterio de la Comisión Asesora de Adjudicación la fijación del mismo teniendo en cuenta la complejidad de la documentación requerida o si la misma requiere de certificaciones, traducciones, legalizaciones, etc.

Si no se recibiere la respuesta en término o la información suministrada no satisficiese -a juicio de la Municipalidad- los fines requeridos, tendrá derecho la Municipalidad a rechazar la propuesta sin recurso alguno por parte del oferente o se la evaluará con las constancias obrantes en las actuaciones.

CAPÍTULO VIII DE LA ADJUDICACIÓN

ARTÍCULO 21º.- SOBRE LA ADJUDICACION: La adjudicación se efectuará a un único oferente que presente la oferta más conveniente a exclusivo criterio de la Municipalidad, cuya decisión respecto a los oferentes y sus propuestas serán absolutamente privativas del Municipio. El precio es un elemento más que hace a la conveniencia, pero no es determinante exclusivo de ello. En caso que el proveedor no cumpliere con las entregas establecidas en la orden de compra pertinente, la Municipalidad se reserva el derecho de convocar, a su exclusivo criterio, al siguiente en el orden de mérito siempre que reuniere a esa fecha los recaudos del presente pliego, sin perjuicio de las sanciones que le puedan corresponder al proveedor incumplidor.

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ARTÍCULO 22º.- ÚNICA OFERTA: En el caso que hubiere una sola oferta válida por falta o rechazo de las restantes, ello no significará obstáculo alguno para que la adjudicación definitiva se lleve a cabo en relación a ella siempre y cuando dicha oferta reúna, a juicio exclusivo de la Municipalidad, las condiciones necesarias como para merecer la adjudicación. La existencia de una única propuesta de ningún modo obligará a la Municipalidad a aceptar la misma de pleno derecho. ARTÍCULO 23º.- RECHAZO DE TODAS LAS OFERTAS: La Municipalidad no estará obligada a adjudicar a oferta alguna, pudiendo rechazarlas todas si lo estimare conveniente, sin derecho a reclamo alguno por parte de los proponentes, conforme lo prescribe los artículos 154° de la Ley Orgánica de la Municipalidades y 188° del Reglamento de Contabilidad respectivamente.

CAPITULO IX

DE LAS GARANTIAS

ARTÍCULO 24º.- FORMAS DE CONSTITUIR LAS GARANTÍAS: Las garantías exigidas en el presente pliego, podrán constituirse en alguna de las siguientes formas: 24.1. Dinero en efectivo, giro o cheque certificado contra una institución bancaria, a la orden de la Municipalidad de General Pueyrredón. 24.2. Fianza bancaria a otorgarse sin reservas ni limitaciones, estableciendo expresamente que las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de la Provincia de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle, la misma se presentará con certificación hecha por ante Escribano Público, de las firmas de quienes la suscriban y de la personería y facultades que le asisten para obligar a la entidad bancaria; la firma del Escribano actuante deberá ser legalizada por el respectivo Colegio Profesional, cuando este fuere de jurisdicción distinta a la Provincia de Buenos Aires. 24.3. Póliza de Seguro de Caución, la que deberá cumplir con las condiciones que se enumeran, de conformidad con lo establecido por el Decreto Nacional Nº 411/69 y por el Decreto Municipal Nº 2458/07, debiendo ser emitidas por una Compañía que se halle inscripta en el Registro Municipal de Compañías Aseguradoras, la que deberá constituir domicilio en la ciudad de Mar del Plata. Las pólizas deberán ser acompañadas de la certificación, hecha por Escribano Público, de las firmas de quienes las suscriben y de la personería y facultades que les asisten para obligar a la entidad aseguradora; la firma del Escribano actuante deberá ser legalizada por el respectivo Colegio Profesional, cuando este fuera de jurisdicción distinta a la Provincia de Buenos Aires. Asimismo, se deberán tener en cuenta los siguientes recaudos: 24.3.1. Instituir a la Municipalidad de General Pueyrredón como "Asegurado" y presentar conjuntamente con la póliza recibo oficial donde conste haber abonado la prima total por el período de contratación. 24.3.2. Cubrir o participar en forma solidaria, en concurrencia con otros garantes hasta el importe total de la garantía que se exige y mantener su vigencia mientras no se extingan las obligaciones cuyo cumplimiento se cubre. 24.3.3. Establecer que los actos, declaraciones, acciones u omisiones del oferente o adjudicatario del servicio, que actúe como tomador de la póliza, no afectarán en ningún caso los derechos del asegurado frente al asegurador. 24.3.4. Determinar que el asegurador responderá con los mismos alcances y en la misma medida en que, de acuerdo con la legislación vigente, el presente pliego y el contrato respectivo, corresponde afectar total o parcialmente las garantías.

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24.3.5. Instituir que, una vez firme la resolución dictada dentro del ámbito de la Municipalidad, que establezca la responsabilidad del oferente o adjudicatario por el incumplimiento de las obligaciones a su cargo, el asegurado tendrá derecho a exigir del asegurador el pago pertinente, luego de haber resultado infructuosa la intimación extrajudicial de pago hecha a aquél, no siendo necesaria ninguna otra interpelación ni acción previa contra sus bienes. 24.3.6. Estipular que el siniestro quedará configurado reunidos los requisitos del punto anterior al cumplirse el plazo que la Municipalidad establezca en la intimación de cumplimiento hecha al oferente o adjudicatario, sin que se haya satisfecho tal requerimiento y que el asegurador deberá abonar la suma correspondiente, dentro del término de quince (15) días de serle requerida. 24.3.7. Fijar que la prescripción de la acción contra el asegurador, se producirá cuando prescriban las acciones de la Municipalidad contra el oferente o adjudicatario, de acuerdo a las disposiciones legales y contractuales aplicables. 24.3.8. Establecer expresamente que para cualquier cuestión emergente del contrato, las partes se someten a la jurisdicción los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles. 24.3.9. En caso de existir dos (2) o más instrumentos cubriendo cada uno de ellos en forma parcial la caución exigida por el asegurado, el asegurador participará en forma solidaria en concurrencia con los otros garantes, hasta el importe total de la garantía o suma asegurada. 24.3.10. La compañía aseguradora debe, en la póliza, constituir domicilio legal en la ciudad de Mar del Plata. ARTICULO 25º.- GARANTIA DE OFERTA: El proponente acompañara, al formular la propuesta, constancia de haber efectuado el Depósito de Garantía de Oferta, por el equivalente al cinco por ciento (5%) del presupuesto oficial, en la forma y en el plazo previsto en el presente pliego. ARTICULO 26º.- DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Como condición para la emisión de la Orden de Compra el adjudicatario deberá afianzar el cumplimiento del contrato con una suma igual al diez por ciento (10%) del monto total adjudicado, efectuándolo de acuerdo con lo establecido en este pliego. Esta fianza o garantía deberá extender su vigencia hasta la extinción total de las obligaciones cuyo cumplimiento se cubre. ARTÍCULO 27°.- PLAZO PARA EL DEPÓSITO: El plazo será: 27.1. GARANTIA DE OFERTA: Mediante: 27.1.1. Fianza bancaria o seguro de caución hasta tres (3) días hábiles administrativos anteriores a la fecha de apertura. En caso de presentar póliza y ésta tuviese deficiencias, podrán ser subsanadas hasta un (1) día hábil administrativo anterior a la apertura de la licitación, fecha en que deberá ingresar a Tesorería Municipal. 27.1.2. Dinero en efectivo hasta el último día hábil inmediato anterior a la fecha de apertura.

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27.2. GARANTIA DE CONTRATO: Cualquiera sea el tipo de depósito que realice, dentro de los cinco (5) días hábiles de notificado el acto administrativo de adjudicación. ARTÍCULO 28°.- PLAZO DE DEVOLUCIÓN: Las garantías serán devueltas: 28.1. GARANTIA DE OFERTA: Esta garantía será devuelta: 28.1.1. A los oferentes, una vez que se encuentre firme y consentido el acto administrativo por el cual se disponga la adjudicación o rechazo de las propuestas o en su defecto, una vez vencido el plazo establecido para el mantenimiento de la oferta. 28.1.2. Al adjudicatario, previo cumplimiento del depósito de garantía de contrato. 28.2. GARANTIA DE CONTRATO: Se formalizará únicamente a pedido de parte y una vez cumplida la totalidad de las obligaciones asumidas en la presente licitación.

CAPÍTULO X DE LA COMISIÓN ASESORA DE ADJUDICACION

ARTÍCULO 29º.- COMISIÓN ASESORA DE ADJUDICACIÓN: La evaluación de las propuestas, las cotizaciones, la substanciación de impugnaciones y su resolución estará a cargo de una Comisión Asesora de Adjudicación conforme Art. 101º del Decreto 2980/00 y Dto. Municipal Nº 2220/78, cuyos integrantes serán designados por el Secretario de Economía y Hacienda. Dicha autoridad tiene facultades para requerir a los oferentes documentación que amplíe, complemente, subsane o sanee los documentos presentados al acto licitatorio y todas aquellas facultades necesarias para cumplir eficazmente su cometido.

CAPITULO XI DE LA RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

ARTICULO 30º.- CLÁUSULA DE INDEMNIDAD: La contratista se compromete y acuerda en forma irrevocable mantener indemne a la Municipalidad por cualquier reclamo, acción judicial, demanda, daño o responsabilidad de cualquier tipo o naturaleza que sea entablada por cualquier persona pública o privada, física o jurídica, o dependientes del contratista, cualquiera fuera la causa del reclamo, responsabilidad que se mantendrá aún terminado el contrato por cualquier causa. La responsabilidad se extenderá a indemnización, gastos y costas, sin que la enunciación sea limitativa. En estos casos la Municipalidad queda facultada para afectar la garantía contractual y/o cualquier suma que por cualquier concepto la Municipalidad adeudara a la contratista, sin que ello limite la responsabilidad de esta última.

CAPÍTULO XII CONTRATO

ARTÍCULO 31º.- NOTIFICACIÓN: Resuelta la adjudicación, se notificará en forma fehaciente a quien resulte adjudicatario quien deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 26 y dentro del plazo que establece el artículo 27.2 de las Cláusulas Generales del presente pliego.

ARTÍCULO 32º.- DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA EL CONTRATO: Son documentos de la contratación y formarán parte del contrato: 32.1. El Pliego de Bases y Condiciones.

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32.2. Las aclaraciones al pliego. 32.3. La oferta integral del contratista. 32.4. Las aclaraciones que hubiere presentado el adjudicatario con motivo de las impugnaciones o por pedido de la Municipalidad de General Pueyrredón. 32.5. Recibo de depósito donde conste el cumplimiento de depósito de la garantía del contrato, a que se refiere el artículo 26. 32.6. La Orden de Compra. ARTÍCULO 33º.- PROHIBICIÓN: No podrá cederse total ni parcialmente la adjudicación o el contrato, ni se admitirá la asociación de la contratista con terceros, bajo pena de quedar sin efecto la adjudicación, con pérdida de la garantía respectiva y/o de la rescisión del contrato, de conformidad con lo estipulado a ese respecto en el presente Pliego de Bases y Condiciones. ARTÍCULO 34º.- DE LA RESCISION DEL CONTRATO: La Municipalidad se reserva el derecho de rescindir el contrato, sin necesidad de previa intimación judicial o extrajudicial, cuando mediaren algunas de las siguientes causales: 34.1. Por dejar de cumplir la prestación en la forma acordada en el contrato, parcial o totalmente. 34.2. Por reiteración de deficiencias observadas en el normal desarrollo de la prestación, debiendo las mismas haber sido comprobadas y notificadas previamente y no subsanadas conforme las instrucciones que al efecto se le impartan. 34.3. Por subcontratar total o parcialmente con terceros la prestación, transferir o ceder total o parcialmente el contrato. 34.4. Cuando la contratista resulte culpable de fraude, negligencia grave o contravención a las condiciones estipuladas en el contrato. 34.5. Por paralización de la prestación, cualquiera fueran las causales que originaren dicha situación. En la hipótesis de caso fortuito o fuerza mayor procederá la rescisión si tales eventos motivan una suspensión no momentánea de la prestación del servicio, aunque en este caso sin pérdida de la garantía contractual. 34.6. Por pérdida de la habilitación otorgada para funcionar y/o desarrollar la actividad. 34.7. Por disolución de la persona jurídica. ARTÍCULO 35º.- RESPONSABILIDAD DE LA CONTRATISTA ANTE LA RESCISIÓN: La contratista será responsable de los daños y perjuicios que ocasione a la Municipalidad, en los casos de rescisión del contrato por su culpa, será también responsable de los daños y perjuicios derivados.

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Si la rescisión operase por concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor, fehacientemente acreditados, al contratista la asistirá el derecho al cobro de las sumas que la Municipalidad le adeudare en concepto de servicios prestados de conformidad al presente pliego.

CAPÍTULO XIII DEL PAGO

ARTICULO 36º.- FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO: Los insumos deberán ser entregados, quincenalmente, con remito original y copia (original: se entrega con la facturación, una copia: laboratorio), en los que se indicará la siguiente información: la cantidad, el nombre genérico y nombre comercial del reactivo, número de lote y/o partida, las fechas de vencimiento de cada uno de los artículos entregados, y el número de Orden de Compra. En caso que los reactivos se entreguen en envases especiales y que deban devolverse al proveedor, esta situación deberá consignarse en el remito original y sus copias. Será responsable quien firme el remito, de notificar al Jefe del Laboratorio, para que se diligencie la devolución del envase. El proveedor deberá facturar mensualmente las determinaciones que se hicieron de cada test en base a los reactivos entregados, adjuntando las copias de los remitos debidamente firmados por el funcionario responsable de la recepción de los mismos. ARTÍCULO 37°.- EFECTIVIZACIÓN DEL PAGO: 37.1 FORMA – PLAZO: El pago se efectuará dentro de los treinta (30) días contra presentación de factura y una vez conformada por la dependencia solicitante. Si la factura fuera devuelta con observaciones, los plazos establecidos para el pago comenzarán a regir a partir de la nueva presentación. 37.2. LUGAR: Los pagos se efectuarán en el Departamento de Pagos de la Municipalidad, San Martín Nº 2959 1º Piso, Mar del Plata, mediante cheque a nombre del beneficiario, NO A LA ORDEN y cruzado, los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 8.30 a 14.00. Los cheques se emiten diariamente en el horario de 8.30 a 13.00, para ser efectivizados en el día siguiente, sin excepciones. No puede bajo ningún concepto ser efectivizado un pago cuya emisión de cheques no haya sido previamente informada al banco. 37.3. COBRO POR UN TERCERO: Para que el trámite de cobro lo pueda efectuar un tercero deberá acreditar un poder que así lo autorice y recibo oficial del proveedor. 37.4. PAGO ELECTRÓNICO: En el caso de implementarse el sistema de pago electrónico a proveedores municipales, el adjudicatario deberá habilitar cuenta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires e informar su tipo y número en planilla destinada a tal efecto que deberá retirar de la Dirección General de Contrataciones. 37.5. CESIONES DE CRÉDITO: En caso de constituirse cesiones de crédito, una vez otorgadas deberán ser notificadas notarialmente al Contador Municipal. No podrán constituirse, para el caso de prestaciones de servicios periódicas con personal y/o equipamiento y/o insumos, etc. a cargo del adjudicatario y de pago mensual, por montos superiores al treinta por ciento (30%) de cada facturación mensual del mismo, teniendo como tope el treinta por ciento (30%) del monto adjudicado. Será causal de caducidad del contrato el exceso en los topes señalados.

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Solamente a juicio exclusivo de la Municipalidad y por razones debidamente fundadas, podrán autorizarse porcentajes superiores. Para el resto de las prestaciones, las cesiones podrán constituirse por porcentajes superiores al indicado. Por la administración de la cesión de créditos, la Municipalidad percibirá, en oportunidad de realizar cada pago, un derecho sobre el monto objeto de la cesión, según la Ordenanza Impositiva vigente. El texto de la notificación a incluir por el Escribano actuante será el siguiente: “En la fecha, notifico a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon en la persona de......................................... en su carácter de autorizado a quién le exhibo los certificados objeto de la presente escritura y al darse por notificado en nombre y representación del Municipio del Partido de General Pueyrredon manifiesta que: 1) El presente no implica el reconocimiento de la existencia del crédito cuya afectación se notifica. 2) La Municipalidad del Partido de General Pueyrredon se reserva los mismos derechos que tenía respecto del titular original del crédito, así como efectuar los descuentos por su incumplimiento contractual o cualquier otra causa imputable y que resultase procedente conforme a lo pactado con ésta, reservándose también el derecho de compensar el crédito afectado con los saldos deudores que por cualquier causa tuviera en la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon su titular original. 3) La Municipalidad del Partido de General Pueyrredon solo considerará válidas y oponibles las afectaciones de crédito que se efectuaren de conformidad con las reglas establecidas en las cláusulas del Pliego de Bases y Condiciones establecidos para toda las contrataciones de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, que tanto el titular original del crédito como el cesionario del mismo conocen y han convenido respetar. 4) Las cesiones de referencia se tomarán en cuenta previa deducción en los créditos que pudieran corresponder al cedente de los embargos preexistentes que, en su caso, hubieran ingresado a la Comuna.”

CAPÍTULO XIV MULTAS Y SANCIONES

ARTICULO 38°.- MULTAS: 38. 1. Por excederse en los plazos de entrega establecidos del presente pliego: hasta un 5% (cinco por ciento) del monto de la Orden de Compra por día corrido de mora.

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38. 2. Por entrega de material indebido o en malas condiciones, o por entrega de menor cantidad que las requeridas: hasta un 5% (cinco por ciento) de la Orden de Compra, por cada día en que no sea subsanada esa entrega indebida o defectuosa. 38. 3. Tratándose de insumos imprescindibles para la atención pública de la Salud, el atraso reiterado de la entrega o la repetición de entregas defectuosas, que impliquen que la sumatoria de las multas sea superior al 30% del valor total de la Orden de Compra, se constituirá en causal de rescisión del contrato. 38. 4. Por excederse en los plazos de sustitución y/o reparación del equipamiento ofrecido en comodato: hasta un 5% (cinco por ciento) del monto de la Orden de Compra por día corrido de mora. ARTICULO 39º.- TRANSGRESIONES NO TIPIFICADAS: Por toda otra contravención a las disposición del presente pliego o respectivo contrato, que no hubieran sido tipificada específicamente en el artículo precedente, se aplicará -por cada una- una multa que podrá graduarse entre el equivalente al dos por ciento (2%) hasta el diez por ciento (10%) de la facturación. ARTICULO 40º.- PROCEDIMIENTO: Constatada la infracción se labrará el acta correspondiente, dejándose constancia de la fecha, hora y causa de la infracción. A los efectos de que la empresa pueda alegar y probar lo que estime pertinente en relación a la infracción que se le imputa, se le otorgará un plazo perentorio de dos (2) días hábiles para efectuar los descargos pertinentes y aportar la prueba. Analizados éstos, la Dirección General de Contrataciones podrá dar intervención a la Procuración Municipal para que produzca dictamen y posteriormente se dictará el acto administrativo pertinente, el que será notificado a la adjudicataria. El importe de la sanción será objeto de retención preventiva en el pago de la facturación correspondiente. Si el importe retenido resulta insuficiente, una vez establecida la sanción definitiva, la suma resultante será compensada y percibida en los términos de los artículos 818 ss. y conc. del Código Civil, con cualquier importe que tenga la empresa contratista a cobrar y/o podrá efectivizarse también del depósito de garantía, a exclusiva elección de la Municipalidad y sin orden de prioridad alguna. Por otra parte, si el importe retenido preventivamente hubiere resultado excesivo o no correspondiere la aplicación de multa, el mismo será devuelto en forma nominal, o sea, sin actualizaciones ni intereses ni ajustes por cualquier concepto que fuere. ARTÍCULO 41º.- OTRAS SANCIONES: Sin perjuicio de las multas a aplicar conforme lo estipulado en este pliego, esta Municipalidad de General Pueyrredón podrá sancionar incumplimientos con: - Llamado de atención - Apercibimiento - Suspensión de hasta tres (3) años del Registro de Proveedores. - Baja del Registro de Proveedores. ARTICULO 42º.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN: La administración de la presente licitación, una vez adjudicada, estará a cargo de dependencia de su jurisdicción que designe la Secretaría de Salud. La autoridad de aplicación mencionada en éste artículo ante los incumplimientos de la entidad contratada, y luego de cumplir con el procedimiento establecido en el presente pliego,

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dará intervención a la Dirección General de Contrataciones, quien reunirá toda la documentación referida al hecho, dará curso de la misma a la Procuración Municipal para su tratamiento y tendrá a su cargo el trámite de la imposición de sanciones. ARTICULO 43º: DERECHO DE RETENCIÓN Y CONTINUIDAD DE USO DEL EQUIPAMIENTO EN COMODATO – PRESTACIÓN POR UN TERCERO: En el supuesto de incumplimiento del contrato o de su extinción por culpa del contratista y a los fines de garantizar la continuidad de la prestación, hasta tanto se regularice la misma o hasta tanto de resuelva administrativamente la sustitución del contratista, el Municipio se reserva el derecho de: 43.1. Retener el equipamiento y usarlo sin limites; o 43.2. Realizar la totalidad de las prestaciones por un tercero.

CAPÍTULO XV DEL VALOR DEL PLIEGO Y PRESUPUESTO OFICIAL

ARTÍCULO 44º.- VALOR DEL PLIEGO: El presente pliego de bases y condiciones se entregará a los interesados, previo pago en la Tesorería Municipal de la suma de PESOS DOS MIL OCHENTA Y SIETE CON 64/100 ($ 2.087,64). ARTÍCULO 45º.- PRESUPUESTO OFICIAL: El presupuesto oficial total se establece en la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS ($1.962.636,00).

CAPÍTULO XVI DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 46º.- IMPUESTOS: La Municipalidad reviste el carácter de sujeto EXENTO en el I.V.A., por lo tanto el precio cotizado se entenderá, en todos los casos, que incluye el citado impuesto. ARTÍCULO 47°.- NORMA GENERAL: Los oferentes de esta licitación quedan comprendidos dentro de la reglamentación vigente en materia de la presente contratación, los preceptos de la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias, del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, Reglamento de Contrataciones de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón, Ordenanza General de Procedimiento Nº 267/80, Decreto Provincial Nº 2980/00 R.A.F.A.M., Decretos Municipales Nº 2220/78 y sus modificatorias y 1184/93 y los principios generales del derecho administrativo, en todas las circunstancias que no hubieren sido expresamente previstas en el presente pliego. OJAR/fgc

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FS EXPEDIENTE N° 8102 DIG. 1 AÑO 11 CPO. 1 ALC. 1 CPO 1

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11/11 SEGUNDO LLAMADO

“ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS MEDICOS DESCARTABLES PARA LA REALIZACIÓN DE DETERMINACIONES DE QUIMICA CLINICA,

INMUNOENSAYOS Y ORINAS, CON PROVISIÓN EN COMODATO DE EQUIPAMIENTO Y SISTEMA INFORMATICO DE LABORATORIO”

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FORMULARIO Nº 1:

A LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON: Por medio de la presente el

OFERENTE.............................................................................................

a la LICITACIÓN PUBLICA Nº 11/11 Segundo llamado, declara bajo juramento conocer y aceptar

en todos sus términos el pliego de bases y condiciones, Formulario Nº 1, FORMULARIO Nº 2 y

Pedido de Cotización que rige el presente trámite destinado a la “ADQUISICIÓN DE

PRODUCTOS MÉDICOS DESCARTABLES PARA LA REALIZACIÓN DE DETERMINACIONES

DE QUÍMICA CLÍNICA, INMUNOENSAYOS Y ORINAS, CON PROVISIÓN EN COMODATO DE

EQUIPAMIENTO Y SISTEMA INFORMÁTICO DE LABORATORIO” convocada por la

Municipalidad de General Pueyrredón y cuyas cláusulas generales y particulares aceptamos sin

condicionamiento alguno.

Asimismo, para todas las situaciones emergentes de la citada licitación, se somete a los

Juzgados Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires con asiento en el

Departamento Judicial de Mar del Plata, con renuncia expresa a todo otro fuero o jurisdicción,

constituyendo domicilio en la ciudad de Mar del Plata en calle

…………………………………………. nº……….….Piso……….……Departamento……….-

Suscribo (suscribimos) la presente en calidad de................................................................................ (interesado/s, apoderado/s, representante/s legal/es) circunstancia que queda acreditada con ............................................................................................. (este párrafo se cumplimenta cuando no actúa como interesado directo). Firma/s: Aclaración de firma/s:

FS EXPEDIENTE N° 8102 DIG. 1 AÑO 11 CPO. 1 ALC. 1 CPO 1

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 11/11 SEGUNDO LLAMADO

“ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS MEDICOS DESCARTABLES PARA LA REALIZACIÓN DE DETERMINACIONES DE QUIMICA CLINICA,

INMUNOENSAYOS Y ORINAS, CON PROVISIÓN EN COMODATO DE EQUIPAMIENTO Y SISTEMA INFORMATICO DE LABORATORIO”

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FORMULARIO Nº 2 A LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON: Por medio del presente el OFERENTE.......................................................................................... declara bajo juramento no encontrarme incurso en las siguientes causales de exclusión de la presente licitación: 1 Incapacidad para contratar según la legislación vigente. 2. Ser agente al servicio de la Municipalidad de General Pueyrredón y en caso de sociedades, estar integradas total o parcialmente por aquellos o cuyos Directores o Gerentes también lo fueren. 3. Inhabilitación originada por aplicación de la legislación concursal. 4. Encontrarse afectado por medida cautelar de cualquier tipo de carácter ejecutorio y no preventiva, es decir, susceptible de ejecución inmediata en función del estado procesal de la causa judicial. 5. Haber sido suspendido o eliminado del Registro de Proveedores de la Provincia de Buenos Aires o de esta Comuna (Administración Central, Entes Descentralizados y/u Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado). 6. Haber sido objeto de dos (2) o más rescisiones contractuales unilaterales o sancionatorias por parte de organismos nacionales, provinciales o municipales, en los últimos cinco (5) años anteriores a la propuesta. 7. Haber sido condenado en litigio sostenido con organismos públicos y/o sociedades del estado por motivos originados en prestaciones similares a la presente, en los últimos cinco (5) años anteriores a la propuesta. 8. Existir incumplimientos contractuales con la Municipalidad de General Pueyrredón. Suscribo (suscribimos) la presente en calidad de .............................................................................. (interesado/s, apoderado/s, representante/s legal/es) circunstancia que queda acreditada con.............................................................................................. (este párrafo se cumplimenta cuando no actúa como interesado directo). Firma/s:

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Aclaración/es de firma/s