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PDVSA PETRÓLEO, S.A. CENTRO DE REFINACIÓN PARAGUANÁ GERENCIA DE MANTENIMIENTO TÍTULO: “MANTENIMIENTO A LOS SEPARADORES, FOSAS, POZOS Y PISCINAS DEL CRP.” ESTRUCTURA GENERAL DEL CONTRATO. CLÁUSULAS CONTRATO DE SERVICIOS. ANEXO “A”: ALCANCE DE EL SERVICIO Y ESPECIFICACIONES PARA EL CONTRATO. ANEXO “B”: CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO. ANEXO “C”: FORMA DE PAGO. ANEXO “D”: PÓLIZAS Y FIANZAS. ANEXO “E”: CONFLICTO DE INTERESES. ANEXO “F”: SEGURIDAD INDUSTRIAL, AMBIENTE E HIGIENE OCUPACIONAL.

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PDVSA PETRÓLEO, S.A.CENTRO DE REFINACIÓN PARAGUANÁ

GERENCIA DE MANTENIMIENTO

TÍTULO: “MANTENIMIENTO A LOS SEPARADORES, FOSAS, POZOS Y PISCINAS DEL CRP.”

ESTRUCTURA GENERAL DEL CONTRATO.

CLÁUSULAS CONTRATO DE SERVICIOS.

ANEXO “A”: ALCANCE DE EL SERVICIO Y ESPECIFICACIONES PARA EL CONTRATO.

ANEXO “B”: CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATO.

ANEXO “C”: FORMA DE PAGO.

ANEXO “D”: PÓLIZAS Y FIANZAS.

ANEXO “E”: CONFLICTO DE INTERESES.

ANEXO “F”: SEGURIDAD INDUSTRIAL, AMBIENTE E HIGIENE OCUPACIONAL.

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PDVSA PETRÓLEO, S.A.CENTRO DE REFINACIÓN PARAGUANÁ

GERENCIA DE MANTENIMIENTO

ANEXO “A”

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PDVSA PETRÓLEO, S.A.CENTRO DE REFINACIÓN PARAGUANÁ

GERENCIA DE MANTENIMIENTO

ALCANCE DE EL SERVICIO, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y GENERALESPARA LOS TRABAJOS DE:

“MANTENIMIENTO A LOS SEPARADORES, FOSAS, POZOS Y PISCINAS DEL CRP.”

ANEXO “A”CONTENIDO GENERAL

I. ALCANCE DE EL SERVICIO.

1. OBJETIVO.2. ALCANCE DE EL SERVICIO.

2.1 EL SERVICIO.2.2 SITIO DE EL SERVICIO.2.3 HORARIO DE TRABAJO.2.4 VIGENCIA DEL CONTRATO.2.5 EL PROGRAMA DE TRABAJO.

II. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA EL SERVICIO.

1. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS.2. RESUMEN DE LA OFERTA.3. ESQUEMA DE PRECIOS.

III. ESPECIFICACIONES GENERALES PARA EL SERVICIO.

1. VISITA AL SITIO DE EL SERVICIO.2. VARIACIONES EN EL ALCANCE DE EL SERVICIO.3. EQUIPOS Y HERRAMIENTAS.4. SEGURIDAD, HIGIENE Y AMBIENTE.5. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.6. SUB - CONTRATOS.7. INSTALACIONES PROVISIONALES DE LA CONTRATISTA.8. VEHÍCULOS DE LA CONTRATISTA.9. PERSONAL DE LA CONTRATISTA.10. ORGANIZACIÓN.11. DAÑOS A LA PROPIEDAD.12. DAÑOS A LAS PERSONAS.13. RÉGIMEN LABORAL Y MODALIDAD DEL CONTRATO.14. PAGO DE EL SERVICIO.15. IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES.16. DISPOSICIONES ESPECIALES.17. DISPOSICIONES GENÉRICAS.18. ENTREGA DE EL SERVICIO.

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19. EXÁMENES MÉDICOS20. CURSOS21. ORDEN Y LIMPIEZA22. CONFIDENCIALIDAD Y DIVULGACIÓN23. AUDITORÍA24. IDIOMAS, MONEDAS Y PRECIO DE LA OFERTA25. AJUSTE.26. CLÁUSULA DE ADHESIÓN27. MANERA DE LICITAR.28. PERÍODO DE GARANTÍA.

IV. ANEXOS

Anexo N° 1: Requisitos de Seguridad Industrial, Ambiente e Higiene Ocupacional en el Proceso de Contratación.

Anexo N° 2: Instructivo para el manejo de trabajos adicionales.

Anexo N° 3: Seguridad, Higiene y Ambiente.

Anexo N° 3-A: Medidas por Incumplimiento o Inobservancia de normas o condiciones en materia de Seguridad, Higiene y Ambiente.

Anexo N° 3-B: Proceso de Selección y Evaluación del Personal de Seguridad de Empresas Contratistas.

Anexo N° 3-C: Proceso de Seguridad de Contratista.

Anexo N° 3-D: Sistemas de Permisos de Trabajo.

Anexo N° 3-E: Procedimientos de Trabajo.

Anexo N° 3-F: Análisis de Riesgos de Trabajo.

Anexo N° 3-G: Investigación de Accidentes e Incidentes.

Anexo N° 3-H: Notificación, Clasificación, Estadísticas y Registros de Accidentes, Incidentes y Enfermedades Ocupacionales.

Anexo N° 3-I: Control y Asignación de Patios a Empresas Contratistas.

Anexo N° 3-J: Boletín de Procedimientos para Exámenes Médicos a Personal de Contratista.

Anexo N° 3-K: Inspección de Equipos de Empresas Contratistas.

Anexo N° 3-M: Lista Pre-Contrato de Identificación de Riesgos.

Anexo N° 3-N: Norma PDVSA: EM-36-01/01 Calzados de Seguridad y de Trabajo.

Anexo N° 3-O: Norma PDVSA: EM-36-01/02 Guantes de Cuero de Uso Industrial.

Anexo N° 3-P: Norma PDVSA: EM-36-01/03 Guantes Dieléctricos de Goma.

Anexo N° 3-Q: Norma PDVSA: EM-36-01/04 Bragas y batas de Protección Personal para uso Industrial.

ANEXO A

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Anexo N° 3-R: Norma PDVSA: EM-36-02/01 Protectores Auditivos.

Anexo N° 3-S: Norma PDVSA: EM-36-03/01 Protectores Oculares y Faciales.

Anexo N° 3-T: Norma PDVSA: EM-36-04/01 Cascos de Protección Personal para uso Industrial.

Anexo N° 3-V: Procedimiento para el manejo de materiales peligrosos recuperables (MPR) y desechos peligrosos (DP) generados en el CRP.

Anexo N° 3-W: Sistema Integrado de Gestión de Riesgos (SIR-PDVSA). Requisitos.

Anexo N° 3-X: Uso de Teléfonos Celulares en Área Industrial y Salas de Control.

Anexo N° 3-Y: Requisitos Generales de Higiene Ocupacional (HO).

Anexo N° 3-Z: Requisitos Generales de Ambiente en el Proceso de Contratación (H).

Anexo N° 4: Norma de identificación y carnetización de Petróleos de Venezuela y sus empresas.

Anexo N° 5: Norma para el control de acceso a las instalaciones de Petróleos de Venezuela y sus empresas.

Anexo N° 6: Procedimiento para Achicar y Realizar Limpieza y Extracción de Coker en la Succión y Laberinto # 1 de las Fosas de las Bombas P-108 A y B, estando os Tambores en operaciones.

Anexo N° 7: Formato: Gastos Administrativos.

ANEXO A

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PDVSA PETRÓLEO, S.A.CENTRO DE REFINACIÓN PARAGUANÁ

GERENCIA DE MANTENIMIENTO

I. ALCANCE DE EL SERVICIO.

ANEXO A

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PDVSA PETRÓLEO, S.A.CENTRO DE REFINACIÓN PARAGUANÁ

GERENCIA DE MANTENIMIENTO

ALCANCE DE EL SERVICIO.1. OBJETIVO.

El objetivo de este documento es el de suministrar a LA CONTRATISTA, la información necesaria que le permita presentar una oferta para la completa ejecución de EL SERVICIO.

2. ALCANCE DE EL SERVICIO.

El SERVICIO a realizar consiste en el Mantenimiento a los Separadores, Pozos y Piscinas del CRP. LA CONTRATISTA ejecutará EL SERVICIO bajo su exclusiva responsabilidad, aportando toda la labor, supervisión, equipos, materiales, herramientas y elementos necesarios para que EL SERVICIO sea de primera calidad y se realicen de tal forma que cumplan con las Especificaciones Técnicas establecidas.

EL SERVICIO será prestado conforme a lo establecido en las Especificaciones Técnicas y Generales contenidas en EL CONTRATO en general, en las minutas de reuniones aclaratorias, reglas técnicas aplicables y a las instrucciones que antes y durante la ejecución de EL SERVICIO, imparta el Representante de PDVSA Petróleo, S.A. en el sitio donde se prestará EL SERVICIO.

2.1. EL SERVICIO.

EL SERVICIO a ejecutar consiste en el “MANTENIMIENTO A LOS SEPARADORES, FOSAS, POZOS Y PISCINAS DEL CRP.”

2.2. SITIO DE EL SERVICIO.

El SERVICIO se ejecutará en las Refinerías de Amuay y Cardón, situadas en el área industrial del CRP., propiedad de PDVSA Petróleo, S.A., ubicadas en las jurisdicciones de los Municipios Los Taques y Carirubana respectivamente, del Estado Falcón.

LA CONTRATISTA se compromete a ejecutar EL SERVICIO en cualquier área del Centro de Refinación Paraguaná, en condiciones normales, en caso de emergencia, urgencia o cualquier circunstancia donde PDVSA Petróleo, S.A., así lo considere conveniente.

Es indispensable que LA CONTRATISTA se encuentre debidamente establecida en la zona, al momento de comenzar las labores objeto de este contrato.

2.3 HORARIO DE TRABAJO.

Los trabajos se efectuarán en horario normal de 7:00am a 4:00pm de Lunes a Viernes. Sin embargo, dependiendo de las necesidades operacionales, PDVSA Petróleo, S.A. determinará y autorizará cuando y donde deberá trabajarse en horario diferente del normal, siempre que exista la debida información al Administrador de Contratos y con la justificación emitida por la Gerencia Ejecutante según sea el caso.

1 / 2 ANEXO AMantenimiento a los separadores, fosas, pozos y piscinas del C.R.P.

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2.4 VIGENCIA DE EL CONTRATO.

La vigencia del Contrato será de un (01) año, contado a partir de la fecha que indica la firma del contrato por los representantes autorizados de las partes. El Contrato podrá ser prorrogado, de considerarlo conveniente PDVSA Petróleo, S.A, por el lapso que ésta estime necesario; igualmente, podrá ser renovado de mutuo acuerdo por las partes. En ambos casos deberá cumplirse con las disposiciones legales y las normas y procedimientos aplicables.Los trabajos aquí contemplados se considerarán realmente terminados en la oportunidad en la cual se den por aceptados en forma definitiva por el Representante de PDVSA Petróleo, S.A.

EL SERVICIO no necesariamente se realizará, en forma consecutiva, pudiéndose dar el caso de que se deban ejecutar varios trabajos o servicios simultáneamente. Tampoco se realizará en forma ininterrumpida, pudiendo darse el caso de períodos de inactividad entre el final de un trabajo o servicio y el inicio del siguiente.

El Representante de PDVSA Petróleo, S.A., notificará por escrito, a LA CONTRATISTA, la fecha de inicio de ejecución de EL SERVICIO.

2.5 EL PROGRAMA DE TRABAJO.

LA CONTRATISTA ejecutará los trabajos de acuerdo a su naturaleza y a las prioridades asignadas por el Representante de PDVSA Petróleo, S.A.

LA CONTRATISTA está en la obligación de exigirle a el Representante de PDVSA Petróleo, S.A., una Orden de Servicio (ODS) antes de dar inicio a los trabajos o servicios. PDVSA Petróleo, S.A., no reconocerá pago alguno por trabajos ejecutados que no estén amparados por una Orden de Servicio (ODS). Las Órdenes de Servicios (ODS) no deberán exceder de un período no mayor de dos (02) meses y medio respectivamente.

LA CONTRATISTA deberá iniciar cada Orden de Servicio (ODS), en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha de firma de la misma por parte de LA CONTRATISTA.

Las Solicitudes de Órdenes de Servicios (ODS), de emergencia, serán iniciados en forma inmediata y LA CONTRATISTA deberá garantizar una ejecución continua hasta concluir el trabajo. Las Solicitudes de Órdenes de Servicio (ODS) de urgencia se iniciarán en un lapso no mayor a 24 horas.

Previo al inicio de los trabajos, LA CONTRATISTA deberá sostener reuniones con los Representantes de PDVSA Petróleo, S.A. (Inspector, Líder de Ejecución, Planificador, SIAHO, entre otros.) en donde se dará a conocer la magnitud del trabajo en particular así como también en común acuerdo se acordarán los tiempos de entrega de los trabajos y las valuaciones.

Todos los trabajos serán ejecutados de acuerdo a las últimas revisiones de los Planos y Normas del Centro de Refinación Paraguaná y en todo caso, LA CONTRATISTA seguirá las instrucciones de el Representante de PDVSA Petróleo, S.A. Cualquier

2 / 2 ANEXO AMantenimiento a los separadores, fosas, pozos y piscinas del C.R.P.

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anormalidad detectada durante la ejecución de EL SERVICIO causará la suspensión de los permisos de trabajo hasta tanto no se corrija dicha anormalidad.

3 / 2 ANEXO AMantenimiento a los separadores, fosas, pozos y piscinas del C.R.P.

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PDVSA PETRÓLEO, S.A.CENTRO DE REFINACIÓN PARAGUANÁ

GERENCIA DE MANTENIMIENTO

II. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA EL SERVICIO.

1 / 2 ANEXO AMantenimiento a los separadores, fosas, pozos y piscinas del C.R.P.

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PDVSA PETRÓLEO, S.A.CENTRO DE REFINACIÓN PARAGUANÁ

GERENCIA DE MANTENIMIENTO

II.1.- DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS.

2 / 2 ANEXO AMantenimiento a los separadores, fosas, pozos y piscinas del C.R.P.

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PDVSA PETRÓLEO, S.A.CENTRO DE REFINACIÓN PARAGUANÁ

GERENCIA DE MANTENIMIENTO

DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS

Los servicios contemplan la limpieza por impulsión o succión de separadores, fosas, pozos, piscinas, estructuras de concreto, entre otros. Los servicios incluyen, la extracción de hidrocarburos, lodos petrolizados y/o líquidos espesos, sólidos, sedimentos, la eliminación de adherencias y obstrucciones en piscinas, separadores, limpieza interna de las paredes y fondos, trasegado de fluidos y/o cualquier otra actividad de limpieza o vaciado que sean necesarias para mantenerlas limpias y en salud ambiental de acuerdo a las normas y regulaciones del MARN, utilizando para ello equipos de camión de vacío, camión de alto vacío, camión mixto o camión impulsor de agua a alta presión (hidrojet), equipos de bombeo, entre otros.

LA CONTRATISTA debe colocar inicialmente la bomba de achique para succionar líquido hasta llegar al nivel del sedimento, luego se procede a extraer el sedimento con el camión de vacío o alto vacío, herramientas manuales, entre otros, dependiendo de la consistencia del mismo.

EL SERVICIO en contempla las siguientes actividades:

1. SERVICIO DE EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS Y OTROS FLUÍDOS:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades de extracción de sedimentos, previa autorización por parte del Representante de PDVSA Petróleo, S.A., a cada uno de los Separadores, pozo final, separador P-28, fosa Z-6, Fosa P-108 A/B, fosas de la planta TAS, fosas en estaciones de bombeo, mediante el uso de camiones de vacío o alto vacío, herramientas manuales, entre otros.

LA CONTRATISTA con motobombas extraerá el exceso de líquido en: separadores, piscinas y canales, y una vez extraído el exceso de liquido en conjunto con el del Representante de PDVSA Petróleos, S.A. cuantificaran la cantidad de sedimentos a remover, el sedimento del fondo será absorbido a través de camiones de alto vacío y con hidrojet e implementos manuales, se dejará una superficie limpia a satisfacción del Representante de PDVSA Petróleos, S.A.

La disposición final de los sedimentos será previa autorización del Representante de PDVSA Petróleo, S.A. (Ambiente y Custodio de la Planta emisora y afectada), el cual decidirá que sean trasladados a la Fosa Z-4 (en caso de sedimentos), Separadora N° 3 (en caso de líquidos e hidrocarburos) y/o planta de tratamiento La Botija (Lechos de secado para los sedimentos de Planta TAS) para Ref. Cardón específicamente.

A continuación se describirá las características, capacidad y número de servicios a realizar a los separadores, piscinas y separadores ubicadas en la Refinería Cardón y Refinería Amuay respectivamente:

1/13 ANEXO AMantenimiento a los separadores, pozos y piscinas del C.R.P.

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1.1. Separador N° 1:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos provenientes del separador N° 1, el cual está compuesto por las piscinas N° 1 hasta la N° 7, el canal de entrada y salida, las mismas son independientes unas de otra, agrupadas de la manera siguiente: piscinas N° 1 al 2, piscinas N° 3 al 5 y las piscinas N° 6 al 7.

Se estima un servicio de tres mil ciento veinticinco (3.125) metros cúbicos de sedimentos a extraer y transportar de las piscinas N° 1 hasta la N° 7, que comprenden el separador N° 1.

1.2. Separador N° 2:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos provenientes del separador N° 2, el cual está compuesto por las piscinas N° 1 hasta la N° 8, las mismas son independientes unas de otra.

Se estima un servicio de trescientos veinte (320) metros cúbicos de sedimentos a extraer y transportar de las piscinas N° 1 hasta la N° 8 que comprenden el separador N° 2.

1.3. Separador N° 3:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos provenientes del separador N° 3, el cual está compuesto por la fosa nueva, fosa norte, fosa sur y las piscinas N° 1 hasta la N° 9, las mismas son independientes unas de otra, agrupadas de la manera siguiente: piscinas N° 1 al 3, piscinas N° 4 al 6 y las piscinas N° 7 al 9.

1.3.1. Se estima un (01) servicio de tres mil seiscientos ochenta y siete (3.687) metros cúbicos de sedimentos a extraer y transportar de las piscinas N° 1/2/3.

1.3.2. Se estima un (01) servicio de tres mil seiscientos ochenta y siete (3.687) metros cúbicos de sedimentos a extraer y transportar de las piscinas N° 4/5/6.

1.3.3. Se estima un (01) servicio de tres mil seiscientos ochenta y siete (3.687) metros cúbicos de sedimentos a extraer y transportar de las piscinas N° 7/8/9.

1.3.4. Se estiman cuatro (04) servicios de ciento ocho (108) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar de la fosa norte.

1.3.5. Se estiman cuatro (04) servicios de ciento ocho (108) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar de la fosa sur.

1.3.6. Se estiman tres (03) servicios de ciento sesenta y tres (163) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar de la fosa nueva.

1.4. Pozo Final:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos del pozo final, en el mismo se estima la realización de dos

2/13 ANEXO AMantenimiento a los separadores, pozos y piscinas del C.R.P.

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(02) servicios de ciento sesenta y tres (163) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar del pozo final.

1.5. Pozo Separador P-28:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos provenientes del pozo separador P-28, el cual está compuesto por las fosas de la separadora este y separadora oeste, las mismas son independientes una de la otra, incluyendo tanquillas y canales anexos.

Se estiman seis (06) servicios de quinientos veinte (520) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar tanto de las fosas de la separadora este como de la separadora oeste.

1.6. Fosa Z-6:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos provenientes de la fosa Z-6 incluyendo el sistema anexo del bloque A5, así como los canales y tanquillas entre los mismos, en esta se estima la realización de tres (03) servicios de cuarenta y cinco (45) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar de la fosa Z-6.

1.7. Fosa P-108 A/B:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos provenientes de la fosa P-108 A/B, el cual esta compuesta por dos piscinas y las mismas son independientes una de la otra. Se estima la cantidad de cuatrocientos (400) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar de la piscina P-108A y de la piscina P-108B. Para esta actividad LA CONTRATISTA suministrará una grúa de 25 TON y deberá cumplir con lo establecido en el procedimiento del Anexo N° 6.

La remoción de las bombas pertenecientes a la fosa P-108A/B es por cuenta del personal de PDVSA Petróleo, S.A.

1.8. Fosas de la planta TAS:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos provenientes de la planta TAS, el cual está conformada por las siguientes fosas: Desnitrificación, desbaste, decantador primario y secundario, desarenador, canales de cloración, cisternas, estabilización de lodos, fosas de las bombas (P-206 y P-207), almacenamiento, filtración y estación de bombeo la Botija. Se estima la cantidad de veintidós mil quinientos cuatro (22.504) metros cúbicos de sedimentos a extraer y transportar de las fosas que comprenden la planta TAS.

1.9. Fosas en Estaciones de Bombeo:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos provenientes de cada una de las fosas ubicadas en la estaciones de bombeo, el cual esta compuesta por siete (07) fosas y son las siguientes:

Estación de Bombeo Guaranao. Estación de Bombeo Punta Cardón. Estación de Bombeo Avenida N° 1 Comunidad Cardón. Estación de Bombeo E-6.

3/13 ANEXO AMantenimiento a los separadores, pozos y piscinas del C.R.P.

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Estación de Bombeo D-3. Estación de Bombeo A-4. Estación de Bombeo E-3.

1.9.1. Se estiman cuatro (04) servicios de ciento treinta (130) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar de la fosa de la Estación de Bombeo Guaranao.

1.9.2. Se estiman seis (06) servicios de sesenta y seis (66) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar de la fosa de la Estación de Bombeo Punta Cardón.

1.9.3. Se estiman dos (02) servicios de cincuenta y cinco (55) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar de la fosa de la Estación de Bombeo Avenida N° 1 Comunidad Cardón.

1.9.4. Se estiman tres (03) servicios de dieciocho (18) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar de la fosa de la Estación de Bombeo E-6.

1.9.5. Se estiman tres (03) servicios de treinta y seis (36) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar de la fosa de la Estación de Bombeo D-3.

1.9.6. Se estiman tres (03) servicios de treinta y seis (36) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar de la fosa de la Estación de Bombeo A-4.

1.9.7. Se estiman tres (03) servicios de treinta y seis (36) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar de la fosa de la Estación de Bombeo E-3.

La remoción de las bombas pertenecientes a cada una de las estaciones de bombeo es por cuenta del personal de PDVSA Petróleo, S.A.

1.10 Separador Fino de Coque:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos provenientes de la piscina del separador fino de coque del bloque 29 de la Refinería de Amuay.

LA CONTRATISTA realizará un bypass con motobombas y mangueras de goma que ira de la tanquilla lado norte del separador hasta una conexión al sur de la esquina calle 7 con Avenida K.

Se estiman cuatro (04) servicios de trescientos cincuenta (650) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar.

1.11 Piscina de Augusto:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos provenientes de los canales y la Piscina de Augusto del bloque 29 de la Refinería de Amuay.

LA CONTRATISTA realizará un bypass a la piscina con motobombas y mangueras de goma.

Se estiman cuatro (04) servicios de cuatrocientos (400) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar.

1.12 Separador Norte - Canales y Piscinas:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de

4/13 ANEXO AMantenimiento a los separadores, pozos y piscinas del C.R.P.

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sedimentos provenientes del canal y piscina del Separador Norte del bloque 22 de la Refinería de Amuay.

LA CONTRATISTA realizará un bypass que ira de la tanquilla lado este del separador hasta el vertedero lado oeste con motobomba y mangueras de goma.

LA CONTRATISTA cuando se estén ejecutando las actividades debe colocar un camión de vacío en la laguna artificial para evitar la acumulación de hidrocarburos y evitar el pase a la Bahía, durante el tiempo que este funcionando el bypass. El Representante de PDVSA Petróleo, S.A., indicará la cantidad de hidrocarburos a extraer en la laguna artificial.

Se estiman cuatro (04) servicios de mil ochocientos (1.800) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar.

1.13Sumidero (Separador Norte):

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos e hidrocarburos presentes en el sumidero.

LA CONTRATISTA realizará limpieza con agua a presión a los desnatadores, y a las tuberías que conecta a las desnatadoras con el sumidero, paredes y piso del sumidero, todo de acuerdo a las indicaciones del Representante de PDVSA Petróleo, S.A.

El sedimento del fondo e hidrocarburos del sumidero será absorbido por LA CONTRATISTA a través de camiones de alto vacío.

LA CONTRATISTA cuando se estén ejecutando las actividades debe colocar un camión de vacío en la laguna artificial para evitar la acumulación de hidrocarburos y evitar el pase a la Bahía, durante el tiempo que este funcionando el bypass. El Representante de PDVSA Petróleo, S.A., indicará la cantidad de hidrocarburos a extraer en la laguna artificial.

Se estiman cuatro (04) limpiezas de cuarenta (40) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar.

1.14Separador de Procesos:

1.14.1 Piscinas del Separador de Procesos:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos provenientes de las piscinas del Separador de Procesos del bloque 22 de la Refinería de Amuay.

LA CONTRATISTA cuando se estén ejecutando las actividades debe colocar un camión de vacío en la laguna artificial para evitar la acumulación de hidrocarburos y evitar el pase a la Bahía, durante el tiempo que este funcionando el bypass. El Representante de PDVSA Petróleo, S.A., indicará la cantidad de hidrocarburos a extraer en la laguna artificial.

Se estiman dos (02) servicios de dos mil (2.000) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar.

1.14.2 Canales del Separador de Procesos:

5/13 ANEXO AMantenimiento a los separadores, pozos y piscinas del C.R.P.

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LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos provenientes de los canales principales y auxiliar del Separador de Procesos del bloque 22 de la Refinería de Amuay.

LA CONTRATISTA cuando se estén ejecutando las actividades debe colocar un camión de vacío en la laguna artificial para evitar la acumulación de hidrocarburos y evitar el pase a la Bahía, durante el tiempo que este funcionando el bypass. El Representante de PDVSA Petróleo, S.A., indicará la cantidad de hidrocarburos a extraer en la laguna artificial.

Se estiman dos (02) servicios de dos mil (2.000) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar.

1.14.3 Sumidero del Separador de Procesos:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos provenientes del sumidero del Separador de Procesos del bloque 22 de la Refinería de Amuay.

LA CONTRATISTA cuando se estén ejecutando las actividades debe colocar un camión de vacío en la laguna artificial para evitar la acumulación de hidrocarburos y evitar el pase a la Bahía, durante el tiempo que este funcionando el bypass. El Representante de PDVSA Petróleo, S.A., indicará la cantidad de hidrocarburos a extraer en la laguna artificial.

Se estiman dos (02) servicios de doscientos (200) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar-

1.15 Separador de Lastre:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos provenientes del canal y piscina del separador de lastre.

Se estiman dos (02) servicios de cuatrocientos cincuenta (450) metros cúbicos c/u de sedimentos a extraer y transportar.

1.16 Separador Sur de Conversión:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos provenientes del canal y piscina del separador sur de conversión.

Se estima un (01) servicio de mil quinientos (1.500) metros cúbicos de sedimentos a extraer y transportar.

1.17 Separador de La Colina:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos provenientes del canal y piscina del separador de La Colina.

Se estima dos (02) servicio de dos mil cien (2.100) metros cúbicos de sedimentos a extraer y transportar del separador y canal de entrada y salida.

1.18 Separador Patio Norte:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos provenientes del canal y piscina del separador Patio Norte.

Se estima un (01) servicio de ciento cincuenta (150) metros cúbicos de sedimentos a extraer y transportar.

6/13 ANEXO AMantenimiento a los separadores, pozos y piscinas del C.R.P.

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1.19 Fosa del Tk-48:

LA CONTRATISTA ejecutará las actividades necesarias para la extracción de sedimentos provenientes de la fosa del Tk- 48 Bloque 5.

Se estima cuatro (04) servicio de doscientos (200) metros cúbicos de sedimentos a extraer y transportar.

2. SERVICIO DE LIMPIEZA A LAS SUPERFICIES:

Una vez realizado el proceso de extracción en cada una de las piscinas, separadores, fosas, canales, entre otros, se limpiarán las paredes y piso con el uso de hidrojet, herramientas manuales y cualquier otro equipo que se requiera para dejar el sitio en condiciones aceptables a satisfacción del Representante de PDVSA Petróleo, S.A. de la Refinería Amuay y Cardón respectivamente.

A continuación se indicará el número de servicios de limpieza a realizar y la cantidad de superficie en separadores, pozo final, separador P-28, fosa Z-6 (incluyendo el sistema anexo del bloque A5, así como los canales y tanquillas entre los mismos), fosa P-108 A/B, fosas de la planta TAS y fosas en estaciones de bombeo, ubicadas en las Refinerías Amuay y Cardón respectivamente:

2.1. Separador N° 1:

Se estima limpiar dos mil cuatrocientos (2.400) metros cuadrados (M2) de superficie del separador N° 1.

2.2. Separador N° 2:

Se estima limpiar mil trescientos (1.300) metros cuadrados (M2) de superficie del separador N° 2.

2.3. Separador N° 3:

Este separador está compuesto por las piscinas N° 1 hasta la N° 9, la fosa nueva, fosa norte y fosa sur y el número de servicios de limpieza a realizar son las siguientes:

2.3.1. Se estima una (01) limpieza de tres mil ochocientos (3.800) metros cuadrados de superficie de las piscinas N° 1/2/3.

2.3.2. Se estima una (01) limpieza de tres mil ochocientos (3.800) metros cuadrados de superficie de las piscinas N° 4/5/6.

2.3.3. Se estima una (01) limpieza de tres mil ochocientos (3.800) metros cuadrados de superficie de las piscinas N° 7/8/9.

2.3.4. Se estiman siete (07) limpiezas de ciento ocho (108) metros cuadrados c/u de superficie de la fosa norte.

2.3.5. Se estiman siete (07) limpiezas de ciento ocho (108) metros cuadrados c/u de superficie de la fosa sur.

2.3.6. Se estiman cuatro (04) limpiezas de ciento sesenta y tres (163) metros cuadrados de superficie de la fosa nueva.

2.4. Pozo Final:

Se estiman dos (02) limpiezas de doscientos setenta (270) metros cuadrados c/u de superficies del pozo final.

7/13 ANEXO AMantenimiento a los separadores, pozos y piscinas del C.R.P.

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2.5. Pozo Separador P-28:

Se estiman seis (06) limpiezas de seiscientos (600) metros cuadrado c/u de las superficies tanto de la fosa separadora este como de la separadora oeste.

2.6. Fosa Z-6:

Se estiman tres (03) limpiezas de doscientos ochenta (280) metros cuadrados c/u de superficies de la fosa Z-6.

2.7. Fosa P-108 A/B:

Se estima la cantidad de ciento sesenta (160) metros cuadrados de superficies de la fosa P-108 A/B a limpiar. Para esta actividad LA CONTRATISTA suministrará una grúa de 25 TON y deberá cumplir con lo establecido en el procedimiento del Anexo N° 6.

2.8. Fosas de la planta TAS:

Se estima la cantidad de veinticinco mil setecientos cincuenta y cuatro (25.754) metros cuadrados de superficie de las fosas que comprenden la planta de TAS.

2.9. Fosas en Estaciones de Bombeo:

Los servicios de limpieza a cada una de las fosas en las estaciones de bombeo, son las siguientes:

2.9.1. Se estiman cuatro (04) limpiezas de trescientos quince (315) metros cuadrados c/u de superficie de la fosa de la Estación de Bombeo Guaranao.

2.9.2. Se estiman seis (06) limpiezas de ciento setenta (170) metros cuadrados c/u de superficie de la fosa de la Estación de Bombeo Punta Cardón.

2.9.3. Se estiman dos (02) limpiezas de setenta y ocho (78) metros cuadrados c/u de superficie de la fosa de la Estación de Bombeo Avenida N° 1 Comunidad Cardón.

2.9.4. Se estiman tres (03) limpiezas de cincuenta y cuatro (54) metros cuadrados c/u de superficie de la fosa de la Estación de Bombeo E-6.

2.9.5. Se estiman tres (03) limpiezas de cincuenta y seis (56) metros cuadrados c/u de superficie de la fosa de la Estación de Bombeo D-3.

2.9.6. Se estiman tres (03) limpiezas de cincuenta y seis (56) metros cuadrados c/u de superficie de la fosa de la Estación de Bombeo A-4.

2.9.7. Se estiman tres (03) limpiezas de cincuenta y seis (56) metros cuadrados c/u de superficie de la fosa de la Estación de Bombeo E-3.

2.10 Separador Fino de Coque:

Se estiman dos (02) limpieza de trescientos (300) metros cuadrados de superficie del separador fino de coque.

2.11 Piscina de Augusto:

Se estiman dos (02) limpieza de trescientos (300) metros cuadrados de superficie de la piscina de Augusto.

8/13 ANEXO AMantenimiento a los separadores, pozos y piscinas del C.R.P.

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2.12 Separador Norte - Canales y Piscinas:

Se estiman dos (02) limpieza de mil setecientos (1.700) metros cuadrados de superficie de canales y piscinas.

2.13 Sumidero(Separador Norte):

Se estiman una (01) limpieza de ochenta (80) metros cuadrados de superficie del sumidero.

2.14 Separador de Procesos:

Se estiman una (01) limpieza de dos mil (2000) metros cuadrados de superficie del separador de procesos.

2.15 Separador de Lastre:

Se estiman dos (02) limpieza de ochocientos (800) metros cuadrados c/u de superficie del separador de lastre.

2.16 Separador Sur de Conversión:

Se estima una (01) limpieza de mil (1000) metros cuadrados de superficie del separador sur de conversión.

2.17 Separador de La Colina:

Se estima dos (02) limpiezas de mil quinientos (1.500) metros cuadrados c/u de limpieza de pisos y paredes del Separador de La Colina y canales.

2.18 Separador Patio Norte:

Se estima dos (02) limpieza de doscientos veinte (220) metros cuadrados c/u de superficie del separador patio norte.

2.19 Fosa Tanque 48:

Se estima cuatro (04) limpieza de doscientos veinte (220) metros cuadrados c/u de superficie de la fosa del Tanque 48.

3. FACTORES DE AJUSTE Y RECARGOS PARA TRABAJOS REALIZADOS EN DIFERENTES GUARDIAS (para Amuay y Cardón):

FACTORES DE AJUSTES

Estos factores serán utilizados cuando LA CONTRATISTA realiza EL SERVICIO en jornadas diferentes a la establecida en el HORARIO DE TRABAJO (Ver punto 2.3 del ALCANCE DE LOS TRABAJOS) y a su vez EL SERVICIO tenga prioridad de EMERGENCIA, URGENCIA y/o por condiciones operacionales. La ejecución del servicio fuera del horario normal de trabajo se realizará previa autorización, de manera escrita y, en consecuencia no se reconocerá pago alguno sin este recaudo del Representante de PDVSA Petróleo, S.A.

A continuación los factores de ajuste a ser aplicado durante EL SERVICIO:

Factor de Ajuste Guardia de Lunes a Viernes de 7 a.m. a 3 p.m.

Factor de Ajuste Guardia de Lunes a Viernes de 3 p.m. a 11 p.m.

Factor de Ajuste Guardia Lunes a Viernes de 11 p.m. a 7 a.m.

9/13 ANEXO AMantenimiento a los separadores, pozos y piscinas del C.R.P.

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Factor de Ajuste 12 horas de Lunes a Viernes 7 a.m. a 7 p.m.

Factor de Ajuste 12 horas de Lunes a Viernes 7 p.m. a 7 a.m.

Factor de Ajuste Guardia Lunes a Domingo de 7 a.m. a 7 p.m.

Factor de Ajuste Guardia Lunes a Domingo de 7 p.m. a 7 a.m.

Es de resaltar que los factores de ajustes tendrá incidencia sobre la Labor Directa, con su correspondiente efecto en los Gastos Administrativos y Utilidad preestablecidos en la estructura de oferta original y LA CONTRATISTA deberá presentar el cálculo del monto a ser reconocido por aplicación de estos factores de la siguiente manera:

Total Horas Hombre por Jornada x Tarifa Base x Factor Aplicable según la jornada x 4 % Gastos Administrativos.

Todos estos cálculos y resúmenes deberán ser acompañados por lo siguiente:

Hojas de tiempo , con las horas consumidas, firmadas y justificadas con producto realizado o la condición por la cual se realiza el trabajo, por el Representante de PDVSA Petróleo, S.A. que autorizó dicha ejecución.

Nóminas de pago firmadas por los trabajadores, donde se reflejen las horas de consumidas en la ejecución del trabajo.

El representante de PDVSA Petróleo, S.A. que se encargará de revisar y autorizar el pago, tendrá las siguientes opciones para proceder a ejecutarlo:

a. La hojas de tiempo reflejen un total de horas mayor a las presentadas en la nómina de pago. En este caso el representante de PDVSA Petróleo, S.A. sólo autorizará el pago de las horas presentadas en las nóminas de pago, debido a que ese fue el verdadero desembolso.

b. La hojas de tiempo reflejen un total de horas menor a las presentadas en la nómina de pago. En este caso el representante de PDVSA Petróleo, S.A. sólo autorizará el pago de las horas presentadas en las hojas de tiempo, debido a que ese fue el verdadero consumo por la ejecución del trabajo.

c. La hojas de tiempo reflejen un total de horas igual a las presentadas en la nómina de pago. En este caso el representante de PDVSA Petróleo, S.A. sólo autorizará el pago de las horas presentadas en las nóminas de pago, debido a que ese fue el verdadero desembolso y lo ejecutado en el trabajo.

Nota: No podrá ser aplicado el factor de ajuste cuando LA CONTRATISTA presente retrasos en la ejecución del servicio por causas imputables a ésta.

FACTORES DE RECARGO:

Este ajuste será utilizado cuando LA CONTRATISTA realice EL SERVICIO fuera del HORARIO DE TRABAJO establecido (Ver punto 2.3 del ALCANCE DE LOS TRABAJOS) y a su vez EL SERVICIO tenga prioridad de EMERGENCIA, URGENCIA y/o por condiciones operacionales. La ejecución del servicio fuera del horario normal de trabajo se realizará previa autorización de manera escrita y en

10/13 ANEXO AMantenimiento a los separadores, pozos y piscinas del C.R.P.

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consecuencia no se reconocerá pago alguno sin este recaudo del Representante de PDVSA Petróleo, S.A.

LA CONTRATISTA al laborar en jornadas de sobretiempo, sábados, domingos y/o días feriados, serán considerados fuera de la jornada normal de trabajo establecida en el contrato.

Es de resaltar que los factores de recargos tendrá incidencia sobre la Labor Directa, con su correspondiente efecto en los Gastos Administrativos y Utilidad preestablecidos en la estructura de oferta original y LA CONTRATISTA deberá presentar el cálculo del monto a ser reconocido por aplicación de estos factores de la siguiente manera:

Total Horas Hombre x Tarifa Base x Factor Aplicable según la jornada x 4% Gastos Administrativos.

Todos estos cálculos y resúmenes deberán ser acompañados por lo siguiente:

Hojas de tiempo , con las horas consumidas, firmadas y justificadas con producto realizado o la condición por la cual se realiza el trabajo, por el Representante de PDVSA Petróleo, S.A. que autorizó dicha ejecución.

Nóminas de pago firmadas por los trabajadores, donde se reflejen las horas de consumidas en la ejecución del trabajo.

El representante de PDVSA Petróleo, S.A. que se encargará de revisar y autorizar el

pago, tendrá las siguientes opciones para proceder a ejecutarlo:

a. La hojas de tiempo reflejen un total de horas mayor a las presentadas en la nómina de pago. En este caso el representante de PDVSA Petróleo, S.A. sólo autorizará el pago de las horas presentadas en las nóminas de pago, debido a que ese fue el verdadero desembolso.

b. La hojas de tiempo reflejen un total de horas menor a las presentadas en la nómina de pago. En este caso el representante de PDVSA Petróleo, S.A. sólo autorizará el pago de las horas presentadas en las hojas de tiempo, debido a que ese fue el verdadero consumo por la ejecución del trabajo.

c. La hojas de tiempo reflejen un total de horas igual a las presentadas en la nómina de pago. En este caso el representante de PDVSA Petróleo, S.A. sólo autorizará el pago de las horas presentadas en las nóminas de pago, debido a que ese fue el verdadero desembolso y lo ejecutado en el trabajo.

Nota: No podrá ser aplicado el factor de ajuste cuando LA CONTRATISTA presente retrasos en la ejecución del servicio por causas imputables a ésta.

LA CONTRATISTA aplicará el factor de recargo en horas extras solo cuando EL SERVICIO es realizado fuera del horario normal de trabajo y en el mismo debe incluir todos los beneficios contemplados en la Convención Colectiva de Trabajo Vigente para la Industria Petrolera, para el personal Nómina Diaria y Nómina Menor (Nómina Contractual). Este factor es utilizado para cancelar una (01), dos (02) o tres (03) horas de trabajos extraordinarias. Estos recargos se presentarán como valores integrales para cubrir estas eventualidades en conjunto, es decir, el sobretiempo de Lunes a Viernes,

11/13 ANEXO AMantenimiento a los separadores, pozos y piscinas del C.R.P.

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Sábados, Domingos y/o Feriados. Sólo se presentarán de la siguiente manera:

Horas Extras después de las 7:00 a.m. (Una Hora)

Horas Extras después de las 3:00 p.m. (Una Hora)

Horas Extras después de las 11:00 p.m. (Una Hora)

Horas Extras después de las 7:00 a.m. (Dos Horas)

Horas Extras después de las 3:00 p.m. (Dos Horas)

Horas Extras después de las 11:00 p.m. (Dos Horas)

Horas Extras después de las 7:00 a.m. (Tres Horas)

Horas Extras después de las 3:00 p.m. (Tres Horas)

Horas Extras después de las 11:00 p.m. (Tres Horas)

CONSIDERACIONES GENERALES

LA CONTRATISTA, cuando la actividad lo requiera, deberá suministrar los equipos de aire fresco requeridos para ejecutar el trabajo.

La cantidad de metros cúbicos a extraer será definida por el Representante de PDVSA Petróleo, S.A., en el momento que LA CONTRATISTA retire el exceso de agua e hidrocarburo de las piscinas, fosas, separadores, canales, entre otros, luego se medirá el espesor del sedimento y multiplicado por el área se obtendrá la cantidad de sedimentos a remover.

Los servicios podrán comprender el uso, cuando se requiera de herramientas manuales, tales como palas, baldes, cepillos, espátulas, tapones de goma, entre otros y también comprenderán el transporte y bote de fluidos, según sea el caso del servicio solicitado, el bote se realizará en el lugar indicado por el Representante de PDVSA Petróleo, S.A. dentro del área del CRP.

PDVSA Petróleo, S.A. colocará muro de contención con Coque presente en la fosa P- 108 A/B, utilizando la Almeja, con el fin de evitar el pase de efluentes a la fosa, ya que es un sistema abierto que cíclicamente recibe agua del corte y desviará salida de vapor de la fosa P-108A a la P-108B.

PDVSA Petróleo, S.A. suministrará en guindolas y la instalación de andamios (plataforma) sobre el canal, fosa y/o separadora, para facilitar la movilización del personal, equipos y materiales a los mismos.

Los equipos que movilizarán los sedimentos hasta el sitio de disposición final llevarán un registro donde se dejará constancia de la cantidad de viajes y volumen que transporta.

Las partidas se medirán en metro cúbico de sedimento extraído y transportado al sitio de disposición final y metro cuadrado de superficie limpia.

LA CONTRATISTA deberá contar con un (01) Planificador (Ingeniero) para la elaboración de la planificación de las actividades a realizar. El planificador asignado

12/13 ANEXO AMantenimiento a los separadores, pozos y piscinas del C.R.P.

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por LA CONTRATISTA, deberá entregar obligatoriamente, una vez por semana el reporte y avance de las actividades. Este personal deberá tener experiencia en el uso de herramientas de control de proyectos (Microsoft Proyect, Primavera, Excel, entre otros).

LA CONTRATISTA debe tener disponible como mínimo la siguiente lista de equipos para ejecutar el servicio en ambas Refinerías:

Equipos Amuay Cardón Camión alto vacío con Succión

de 6” y Capacidad desde 5.000 CFM

2 2

Camión de vacío con Succión de 4” y Capacidad desde 4.000 CFM

3 3

Camión Mixto 1 1 Hidrojet con disparo de 10.000

lbs a 20.000 lbs1 1

Camión cisterna 2 2 Motobomba sumergible 4”-6” 3 3 Motobomba sumergible 6”-8” 3 3 Motobomba centrifuga de 4”, 6”,

8”2 2

Mangueras y accesorios de conexión 4”, 6”, 8” (mts)

50 50

Grúa 25 Ton. 1 1

13/13 ANEXO AMantenimiento a los separadores, pozos y piscinas del C.R.P.

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PDVSA PETRÓLEO, S.A.CENTRO DE REFINACIÓN PARAGUANÁ

GERENCIA DE MANTENIMIENTO

II.2.- RESUMEN DE LA OFERTA.

ANEXO A

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PDVSA PETRÓLEO, S.A.CENTRO DE REFINACIÓN PARAGUANÁ

GERENCIA DE MANTENIMIENTO

II.3.- ESQUEMA DE PRECIOS.

ANEXO A

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PDVSA PETRÓLEO, S.A.CENTRO DE REFINACIÓN PARAGUANÁ

GERENCIA DE MANTENIMIENTO

II.4.- FACTORES DE AJUSTES Y RECARGOS PARA TRABAJOS REALIZADOS EN DIFERENTES GUARDÍAS.

ANEXO A

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PDVSA PETRÓLEO, S.A.CENTRO DE REFINACIÓN PARAGUANÁ

GERENCIA DE MANTENIMIENTO

III. ESPECIFICACIONES GENERALES PARA EL SERVICIO.

ANEXO A

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PDVSA PETRÓLEO, S.A.CENTRO DE REFINACIÓN PARAGUANÁ

GERENCIA DE MANTENIMIENTO

ESPECIFICACIONES GENERALES PARA EL SERVICIO:

“MANTENIMIENTO A LOS SEPARADORES, FOSAS, POZOS Y PISCINAS DEL CRP.”

LA CONTRATISTA para la realización de EL SERVICIO descrito en el Alcance y las Especificaciones Técnicas deberá cumplir los aspectos descritos en estas Especificaciones Generales y en los anexos indicados, los cuales forman parte integral del contrato (ver Listado de Anexos). Además de los puntos que a continuación se describen:

1. VISITA AL SITIO DE EL SERVICIO.

LA CONTRATISTA acudirá a las citas que se harán oportunamente para visitar el sitio de EL SERVICIO y familiarizarse con éste antes de presentar su oferta. Al presentar la oferta, se entiende que LA CONTRATISTA ha visitado el sitio de EL SERVICIO de acuerdo con las citas planificadas por PDVSA Petróleo, S.A.

2. VARIACIONES EN EL ALCANCE DE EL SERVICIO.

LA CONTRATISTA debe ejecutar todos aquellos trabajos que surjan antes y durante la ejecución de EL SERVICIO que dependiendo de su naturaleza, pueden ser Cambios en Cantidad o Cambios en el Alcance y que no alteren la duración total estipulada en EL CONTRATO. Estos trabajos deberán ser ejecutados bajo autorización escrita del Administrador del Contrato y Coordinador de Ejecución de PDVSA Petróleo, S.A., previa aprobación de la Comisión de Contratación. Ver Anexo N° 2 “Instructivo para el Manejo de Trabajos Adicionales”.

Sólo serán objeto de análisis para posible extensión de la duración total del suministro de EL SERVICIO, aquellos trabajos adicionales que se consideren críticos y puedan impactar la duración del mismo, bajo el entendido que LA CONTRATISTA agotará todos los recursos posibles en lo referente a Planificación, Coordinación, Ejecución y Control de los trabajos para evitar una extensión en la duración establecida de EL CONTRATO. La extensión definitiva (en caso que la hubiese) en la duración total del suministro de EL SERVICIO, queda sujeta a la aprobación de PDVSA Petróleo, S.A.

3. EQUIPOS Y HERRAMIENTAS.

3.1. Equipos

Todos los equipos que sean necesarios para la completa prestación de EL SERVICIO serán suministrados por LA CONTRATISTA, incluyendo los siguientes equipos: (04) Camión alto vacío con Succión de 6”/Capacidad desde 5.000 CFM, (06) Camión de vacío con Succión de 4”/Capacidad desde 4.000 CFM, (02) Camión Mixto, (02) Hidrojet con disparo de 10.000 lbs a 20.000 lbs, (04) Camión cisterna, (06) Motobomba sumergible 4”-6”, (06) Motobomba sumergible 6”-8”, (04) Motobomba centrifuga de 4”, 6”, 8”, (100) Mangueras y accesorios de conexión

1/22 ANEXO AMantenimiento a los separadores, pozos y piscinas del C.R.P.

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4”, 6”, 8” (mts), (02) Grúa 25 Ton, entre otros. De ser necesario otro equipo, LA CONTRATISTA deberá suministrarlo sin costo adicional alguno.

Todos los equipos son requeridos en forma operativa, por lo que se debe considerar todos los elementos necesarios para cumplir con este requisito (equipo principal, equipos auxiliares, mangueras y accesorios). Además LA CONTRATISTA tendrá el control de la calidad de los equipos utilizados para la prestación de EL SERVICIO, con el fin que reúnan las condiciones de seguridad indispensables aplicables a este trabajo, igualmente los equipos deberán ser aprobados por PDVSA Petróleo, S.A. antes de ser utilizados en EL SERVICIO. Equipos que no reúnan estas condiciones, LA CONTRATISTA tendrá que retirarlos y reemplazarlos, sin ningún costo adicional para PDVSA Petróleo, S.A.

También LA CONTRATISTA debe suministrar la infraestructura de comunicación de acuerdo a las necesidades de ambas partes, las cuales deben ser aprobadas por PDVSA Petróleo, S.A.

Durante la ejecución de EL CONTRATO, PDVSA Petróleo, S.A., podrá realizar los inventarios y revisiones que considere necesarios, de los equipos suplidos por LA CONTRATISTA para la prestación de EL SERVICIO, así como las inspecciones y evaluaciones técnicas de seguridad y ambiente a los equipos, instalaciones y operaciones de LA CONTRATISTA.

En caso de desviaciones y/o no conformidades LA CONTRATISTA está en la obligación de corregirlas y/o realizar los reemplazos requeridos (al inicio y/o durante la prestación de EL SERVICIO), sin que ello represente un costo adicional para PDVSA Petróleo, S.A., ni libere a LA CONTRATISTA de su responsabilidad en este aspecto.

Todo equipo móvil a ser usado por LA CONTRATISTA deberá ser a gasoil/diesel. LA CONTRATISTA suministrará combustible y lubricantes a todos sus equipos durante EL SERVICIO.

Todo equipo móvil a ser usado por LA CONTRATISTA en el área del CRP., deberá disponer de alarmas audibles de activación automática al acoplar la transmisión en retroceso y sistema de escape con apaga chispa.

Cuando los equipos deban ser movilizados en áreas de la planta que están en operación o listas para arranque, LA CONTRATISTA deberá tener todos los permisos necesarios previos a la ejecución. Estas áreas serán determinadas por PDVSA Petróleo, S.A.

En caso de daños en los equipos suministrados por LA CONTRATISTA para prestar EL SERVICIO, estos deberán ser cambiados a la brevedad posible.

El Representante de PDVSA Petróleo, S.A., autorizará todos los pases de acceso de entrada y salida de los equipos necesarios para el cumplimiento de EL SERVICIO, a través del Sistema SICESMA.

3.2. Herramientas

LA CONTRATISTA debe considerar en su oferta el suministro de las herramientas necesarias para realizar el trabajo de acuerdo con la naturaleza de EL CONTRATO, incluyendo las siguientes herramientas: llaves fijas, martillos, rachets, señorita o

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grúa portátil apropiada para las diferentes cargas que se levantarán, cuerdas, cadenas, ganchos, mecates, entre otros.

LA CONTRATISTA está obligado a mantener en sus instalaciones provisionales ubicadas en el sitio de EL SERVICIO, sus herramientas y equipos en condiciones de óptima operabilidad, de modo de garantizar a PDVSA Petróleo, S.A., que EL SERVICIO no sufrirá retrasos innecesarios por falta de éstos.

LA CONTRATISTA dispondrá de containers y cajas especiales o mini-depósitos para el almacenamiento de herramientas, materiales e implementos de seguridad.

El Representante de PDVSA Petróleo, S.A., evaluará si todas las herramientas y equipos disponibles para ejecutar EL SERVICIO, cumplen con los requisitos de cantidad y calidad establecidos previamente sin que esto libere a LA CONTRATISTA de su responsabilidad en el suministro de estas herramientas. LA CONTRATISTA tomará acción inmediata sobre cualquier recomendación que efectúe el Representante de PDVSA Petróleo, S.A., para beneficio de EL SERVICIO.

PDVSA Petróleo, S.A., no reconocerá pago alguno por gastos adicionales incurridos por LA CONTRATISTA con relación a las herramientas para realizar el alcance suministrado. En el caso que PDVSA Petróleo, S.A., suministre los equipos y/o herramientas para la ejecución de trabajos contemplados en dicho alcance se procederá a descontar a LA CONTRATISTA los costos involucrados.

4. SEGURIDAD, HIGIENE Y AMBIENTE.

LA CONTRATISTA previo inicio de EL SERVICIO, deberá comunicarse con el Analista S.H.A. PDVSA Petróleo, S.A. del área donde se efectuarán los trabajos, con el fin de que éste suministre los lineamientos a seguir, en materia de seguridad, higiene y ambiente. El Analista S.H.A. PDVSA Petróleo, S.A. tomará en cuenta, según la naturaleza de EL SERVICIO, el cumplimiento por parte de LA CONTRATISTA de las siguientes consideraciones, sin limitarse a ello:

4.1. Ver Anexos Nros. 3, 3-A, hasta 3-X.

4.2. LA CONTRATISTA deberá analizar el formato denominado Lista Pre-Contrato de Identificación de Riesgos (Anexo N° 3-I), suministrado por PDVSA Petróleo, S.A. El formato podrá ser completado por LA CONTRATISTA con la información complementaria de riesgos que su trabajo puede representar para el CRP., según lo considere necesario. Este formato debe estar firmado por el Representante Legal de la Empresa.

4.3. LA CONTRATISTA es responsable de que el personal a efectuar actividades en las áreas industriales del CRP. tenga como mínimo el adiestramiento en “Riesgos Ocupa-cionales Exposición al Sulfuro de Hidrógeno (H2S)” y de acuerdo con la naturaleza de EL CONTRATO, PDVSA Petróleo, S.A. exigirá complementar con los cursos requeridos.

4.4. LA CONTRATISTA deberá notificar a todo su personal sobre los riesgos relacionados con las instalaciones donde se efectuará EL SERVICIO a través de trípticos/manuales de bolsillo en donde se indique: normas, procedimientos, prácticas de trabajo seguro, equipos de protección personal dependiendo de la naturaleza del trabajo a realizar y cualquier otro tópico de interés relacionado con lo indicado en el Anexo N° 3 “Seguridad, Higiene y Ambiente”.

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4.5. LA CONTRATISTA es responsable de cumplir y hacer cumplir a su personal la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo y todos sus reglamentos, así como las normas y procedimientos de S.H.A. de PDVSA Petróleo, S.A., Reglas de Oro del CRP. y otras disposiciones en materia de Seguridad Industrial, Higiene y Protección Ambiental que apliquen al servicio a prestar.

4.6. LA CONTRATISTA como ejecutor físico está en la obligación de obtener, firmar y conservar en el sitio donde se realizan los trabajos, el permiso de trabajo vigente requerido para la ejecución de EL SERVICIO, en el cual se describen las condiciones presentes en el sitio de trabajo así como los riesgos asociados al mismo y las medidas de seguridad que deberá tomar para realizar el trabajo respectivo, debiendo renovarse según lo establecen los Procedimientos de Trabajo. (Ver Anexos N° 3-D hasta 3-F).

4.7. LA CONTRATISTA deberá nominar el (los) Supervisor(es) a través del Representante de PDVSA Petróleo, S.A. a los Talleres "Evaluación de Atmósferas Peligrosas", "Permi-sos de Trabajo", "Prácticas de Trabajo Seguro (PTS)", "Riesgos Ocupacionales Exposi-ción a: Sulfuro de Hidrógeno (H2S), Ácido Fluorhídrico (HF) y Productos Oxigenados", “Equipos de Protección Personal” y "Seguridad en Espacios Confinados". Luego de ha-ber completado este adiestramiento, el Supervisor SHA de LA CONTRATISTA se pon-drá en contacto con el Analista SHA PDVSA Petróleo, S.A. del Área Operacional para programarle la asistencia a la evaluación "CARA A CARA" y así conseguir la certifica-ción y autorización para firmar permisos. Este será requisito indispensable para que LA CONTRATISTA de inicio a sus trabajos.

4.8. LA CONTRATISTA mantendrá el (los) Supervisor (es) de S.I. (Seguridad Industrial) y de A.H.O. (Ambiente e Higiene Ocupacional), requerido (s) para EL SERVICIO, de probada experiencia y con conocimiento en el servicio a ejecutar, quien mantendrá contacto permanente con el Analista de Seguridad Operacional del CRP., y deberá regirse por los lineamientos de Seguridad PDVSA Petróleo, S.A., acatar y hacer cumplir las normas vigentes en el Centro de Refinación Paraguaná, durante todo el período de duración del contrato. Este personal deberá contar con la aprobación de la Gerencia de Seguridad Industrial, Ambiente e Higiene Ocupacional.

4.9. El Representante de PDVSA Petróleo, S.A. responsable de EL SERVICIO se reserva el derecho a suspender o detener el trabajo si determina que se está violando u omitiendo Normas de Seguridad, determinadas por una condición insegura o por implementos y herramientas/equipos que no cumplan con las Normas.

4.10. LA CONTRATISTA deberá suministrar equipos de aire respirable, para realizar trabajos en espacios confinados u otros que así lo requieran, así como también trajes y botas de amianto, equipos de respiración autocontenidos que cumplan con las especificaciones suministradas por SHA de PDVSA Petróleo, S.A.

4.11. LA CONTRATISTA deberá poseer obligatoriamente inscripción del RASDA (Registro de Actividades Susceptibles a Degradar el Ambiente) y la Autorización vigente como Manejadores de sustancias, materiales y desechos peligrosos de conformidad con los artículos 65 y 66 de la Ley sobre Sustancias, Materiales y Desechos Peligrosos ambas emitidas por el MINAMB (Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales), los cuales son requisitos indispensables para realizar EL SERVICIO.

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4.12. LA CONTRATISTA estará sujeta a evaluaciones de Índice de Actitud Segura (IAS) por parte de la gerencia contratante, custodios de áreas y la organización de Seguridad Industrial, para medir porcentualmente el grado de concienciación y compromiso de la línea supervisora con los estándares de Seguridad Industrial considerando el potencial de pérdida de las desviaciones observadas. Este resultado debe estar comprendido en un rango de 75 - 100 %, si por el contrario este indicador resultare menor a 75 % se considera Insatisfactorio y la empresa será advertida por escrito sobre el incumplimiento mediante la aplicación de la Norma PDVSA SI-S-11 "MEDIDAS POR INCUMPLIMIENTO O INOBSERVANCIA DE NORMAS O CONDICIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD, HIGIENE Y AMBIENTE" (Ver Anexo 3-A), de persistir esta anormalidad se tomarán medidas disciplinarias más severas según el caso.

4.1 3 LA CONTRATISTA debe conocer, internalizar y cumplir con la normativa de PDVSA Petróleo, S.A. que prohibe el uso de teléfonos celulares en áreas de procesos, muelles, tanques de almacenamiento, estaciones de bombeo y salas de control, debido a que los mismos pueden interferir con los sistemas de control de procesos y comunicaciones de emergencia aunado a que no cumplen las especificaciones de operación intrínsecamente segura (a prueba de explosión) y pueden causar una chispa y encender vapores inflamables o gases combustibles. Por lo tanto, es preciso cumplir con esta normativa, ya que de lo contrario se aplicarán medidas disciplinarias de acuerdo a la Norma PDVSA SI-S-11 "Medidas por incumplimiento o inobservancia de Normas o condiciones en Materia de Seguridad, Higiene y Ambiente". Para el correcto cumplimiento de esta normativa todo trabajador que ingrese a las Instalaciones del CRP, deberá firmar el formato de carta de Compromiso (Ver Anexo 3-X) y deberá entregarlo al Administrador de Contratos del CRP.

4. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA.

El alcance de los trabajos, los planos y dibujos que se anexan a la Contratación, forman parte integral de estas especificaciones, así como forman parte del CONTRATO todas las minutas de reunión y/o revisiones y aclaratorias entre las partes.

Si alguna parte o detalles de las instalaciones se hubiera omitido en las especificaciones técnicas y estuviera indicada en los planos, apéndices y croquis o viceversa, deberán ser revisadas por LA CONTRATISTA, interpretándose como si existiesen en ambos, en un todo conforme con los estándares y principios aceptados en el campo de ingeniería.

Todos los trabajos serán ejecutados de acuerdo a las últimas revisiones de los planos y normas del Centro de Refinación Paraguaná.

Toda la información propiedad de PDVSA Petróleo, S.A., incluyendo sin limitaciones el alcance de los trabajos, planos, datos y procedimientos, proporcionados por PDVSA Petróleo, S.A. a LA CONTRATISTA, para la elaboración de la oferta deberán ser procesadas en estricta confidencialidad.

5. SUB-CONTRATOS.

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LA CONTRATISTA no deberá sub-contratar ningún servicio u otorgar sub-contratos que incluyan mano de obra en el sitio de trabajo, sin la aprobación previa por escrito del Representante de EL SERVICIO.

Todos los documentos de sub-contratos y de selección de sub-contratistas estarán sujetos a aprobación previa de PDVSA Petróleo, S.A. antes de adjudicar cualquier sub-contrato.

En ningún caso se permitirá la sub-contratación total de EL SERVICIO.

En caso que LA CONTRATISTA sub-contrate parte de EL SERVICIO, será responsabilidad de LA CONTRATISTA, que estos trabajos sub-contratados se realicen dentro de normas, requerimientos y objetivos de PDVSA Petróleo, S.A.

6. INSTALACIONES PROVISIONALES DE LA CONTRATISTA

LA CONTRATISTA proporcionará todas las instalaciones provisionales requeridas para la ejecución de EL SERVICIO, tales como: comedores para los trabajadores, trailers para herramientas, vestuarios, baños y lavamanos temporales, con suministro autónomo de aguas blancas y colector para aguas negras, así como la energía eléctrica que sea requerida en tales instalaciones.

LA CONTRATISTA se compromete a suministrar todas estas facilidades para su personal debidamente dotadas y ubicadas en sitios estratégicos, lo más cerca posible del área de trabajo, en común acuerdo con el representante de PDVSA Petróleo, S.A.

Todos los trabajos necesarios para dejar estas instalaciones provisionales en condiciones operables, tales como: conexiones eléctricas, instalación de aguas blancas, drenajes, etc., serán ejecutadas por LA CONTRATISTA, aportando material, equipo y fuerza laboral requerida para este propósito, con previa autorización por escrito del Representante de PDVSA Petróleo, S.A., encargado de EL SERVICIO.

El uso de las facilidades del CRP (agua, electricidad, vapor, aire, entre otros) sólo será permitido a conveniencia de PDVSA Petróleo, S.A. En caso de que LA CONTRATISTA necesite algún servicio, lo notificará por escrito al representante de PDVSA Petróleo, S.A., con suficiente anticipación para coordinar la solicitud de los permisos correspondientes.

Será responsabilidad de LA CONTRATISTA mantener a lo largo de EL SERVICIO toda el área de trabajo y las instalaciones provisionales en perfecto estado de limpieza, higiene y operabilidad.

Una vez finalizado EL SERVICIO, LA CONTRATISTA desmantelará todas las instalaciones provisionales por él efectuadas y realizará la limpieza del área de trabajo y de dichas instalaciones provisionales a satisfacción del representante de PDVSA Petróleo, S.A.

7. VEHÍCULOS DE LA CONTRATISTA.

LA CONTRATISTA proporcionará a sus propias expensas, todo el transporte de materiales, herramientas y personal hasta y desde el sitio de EL SERVICIO, así como también el mantenimiento de los vehículos de su propiedad.

Previamente a la firma de EL CONTRATO para EL SERVICIO, LA CONTRATISTA deberá suministrar una lista tentativa de los vehículos a utilizar en la misma con sus respectivos números de matriculación y seguros del vehículo. Los vehículos a utilizar en EL

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SERVICIO deben ser propiedad de LA CONTRATISTA o arrendados por ésta y no de particulares o empleados de la misma. Queda entendido que esta lista en ningún caso obligará a PDVSA Petróleo, S.A., a pagos adicionales, como tampoco a requerir, solicitar o pagar la utilización de los equipos indicados en esta lista.

LA CONTRATISTA está obligada a mantener constantemente en sus depósitos y por su propia cuenta, una cantidad razonable de repuestos, combustibles y lubricantes, para garantizar que los vehículos estén en óptimas condiciones de operabilidad, de modo que EL SERVICIO no sufra retrasos innecesarios por este concepto, así como, personal suficiente dedicado a la reparación de los mismos.

Todo equipo móvil a ser usado por LA CONTRATISTA en el área del CRP. deberá disponer de alarmas audibles de activación automática al acoplar la transmisión en retroceso y sistema de escape con apaga chispa.

Todos los vehículos utilizados por LA CONTRATISTA deben estar plenamente identificados con el nombre de su Empresa en forma legible y permanente.

Para dar cumplimiento a las regulaciones que PDVSA Petróleo, S.A. tiene en vigencia, todo personal de LA COOPERATIVA que vaya a desempeñar al cargo de Conductor de equipo pesado o liviano dentro de las Instalaciones del CRP., deberá poseer obligatoriamente el curso de MANEJO PREVENTIVO EN LA CONDUCCIÓN DE VEHÍCULOS.

En circunstancias especiales y autorizados por el representante de PDVSA Petróleo, S.A., responsable de EL SERVICIO, se permitirá el acceso al CRP. de vehículos particulares, identificados con el nombre de la Empresa CONTRATISTA, como en el caso de superintendentes o supervisores de EL SERVICIO, previamente identificados como tales.

LA CONTRATISTA deberá solicitar y llenar el formato "Autorización de Vehículos Contratistas" y entregarlo al momento de solicitar los permisos correspondientes para la entrada de cualquier vehículo de su propiedad a las instalaciones del CRP.

LA CONTRATISTA está obligada a cumplir con el instructivo “Reglas para el Tránsito de Vehículos Contratistas dentro de las Areas Industriales del CRP.” (Ver Anexo No. 3-J).

PDVSA Petróleo, S.A., se reserva el derecho de impedir la entrada a sus instalaciones, de vehículos que no cumplan los requisitos anteriores.

8. PERSONAL DE LA CONTRATISTA.

PDVSA Petróleo, S.A., se reserva el derecho tanto de permitir como de impedir, en todo momento, el acceso de cualquier persona a sus instalaciones, aún cuando tal persona sea trabajadora de LA CONTRATISTA. El ejercicio de este derecho no acarreará ninguna sanción contractual o extracontractual contra PDVSA Petróleo, S.A., y si alguna existiera LA CONTRATISTA renuncia a ejercerla.

LA CONTRATISTA deberá suministrar personal debidamente adiestrado y certificado para la realización de los trabajos. Antes de iniciar cada uno de los trabajos/servicios solicitados, LA CONTRATISTA deberá suministrar al Representante de PDVSA Petróleo,

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S.A., responsable de EL SERVICIO, la lista del personal que se propone utilizar, a fin de que la misma sea revisada y aprobada por éste.

Asimismo, LA CONTRATISTA llevará durante la ejecución de EL SERVICIO, registro y control de entrada y salida del personal administrativo, supervisorio y artesanal que ingrese a las instalaciones del CRP. LA CONTRATISTA no podrá retirar personal a nivel supervisorio y artesanal especializado sin causa verdaderamente justificada y en todo caso sin la autorización previa del Representante de PDVSA Petróleo, S.A. responsable de EL SERVICIO. De igual manera LA CONTRATISTA deberá informar con un mínimo de un día hábil de antelación, los egresos del personal.

9. ORGANIZACIÓN.

LA CONTRATISTA deberá someter para aprobación, en el transcurso de la semana siguiente a la fecha de recepción de la Notificación de la Adjudicación, el Organigrama con los nombres y curriculum del personal que solamente aplique y que se encargará de acuerdo a la naturaleza de EL SERVICIO de Gerenciar, Planificar, Ejecutar, Supervisar y Controlar EL SERVICIO en los aspectos de Seguridad Industrial, Relaciones Laborales, Administración, etc. En esta ficha curricular debe indicarse adicionalmente, el conocimiento y la experiencia que posee el personal arriba citado.

En cualquier nivel, PDVSA Petróleo, S.A. puede aprobar o rechazar el personal propuesto, en este último caso, LA CONTRATISTA lo sustituirá inmediatamente sin costo adicional para PDVSA Petróleo, S.A. Así mismo, cualquier reemplazo que fuese requerido durante la ejecución de EL SERVICIO debe ser reconocido y aprobado por PDVSA Petróleo S.A..

LA CONTRATISTA debe mantener actualizados los organigramas y presentarlos a PDVSA Petróleo S.A. en el momento que le sean solicitados.

EL Representante de PDVSA Petróleo, S.A. o sus representantes autorizados son los únicos contactos de PDVSA Petróleo, S.A. con LA CONTRATISTA en todos los asuntos relacionados con EL SERVICIO. LA CONTRATISTA solamente recibirá y aceptará instrucciones relacionadas con EL SERVICIO de estas personas.

9.1. Responsabilidades específicas de LA CONTRATISTA referentes a:

9.1.1. Contratos

Coordinar, administrar y controlar lo relativo a la administración del Contrato, lo que incluye, velar porque toda la información referente a: firma de actas de inicio, finalización, paralización, prórrogas, etc.; así como también la recolección de documentación y firma de cambios de alcance, cambios en cantidad, finiquitos, valuaciones y reclamos, lleguen a manos del Administrador PDVSA Petróleo, S.A. oportunamente cumpliendo con todos los pasos para ello.

LA CONTRATISTA deberá establecer un adecuado sistema para la estimación, proyección y control de los renglones y cantidades de cada

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Orden de Servicio (ODS) y el costo involucrado, e informará periódicamente al Representante de PDVSA Petróleo, S.A., acerca de los renglones, cantidades y costos consumidos y por consumir. En este sentido, LA CONTRATISTA realizará la debida programación y nivelación de los recursos durante la ejecución de las mismas.

LA CONTRATISTA luego de ejecutado los trabajos, presentará ante el Representante de PDVSA Petróleo, S.A. el resumen de las cantidades de trabajo ejecutados para que sean validados para su posterior proceso de pago.

LA CONTRATISTA debe mantener comunicación directa con el Administrador de Contratos de PDVSA Petróleo, S.A. encargado del contrato.

9.1.2. Relaciones Laborales.

Mantener la armonía laboral en el área de trabajo, haciendo cumplir lo establecido en la Convención Colectiva de Petrolera de Trabajo Vigente y Ley Orgánica de Trabajo.

Manejar las situaciones Laborales, Ley Orgánica de Trabajo, Convención Colectiva Petrolera de Trabajo Vigente, controlar eficientemente masas de trabajadores y prevenir la creación de conflictos.

Disponibilidad para resolver cualquier situación anormal en el ámbito laboral que pudiera presentarse durante la duración del Contrato en el área de trabajo, en el momento que se requiera por parte de los custodios de EL SERVICIO y asuntos laborales, a los efectos de revisar y analizar planteamientos generales de las relaciones Sindicato-Trabajadores-Empresa.

Mantener una comunicación directa y fluida tanto con Representantes Sindicales como trabajadores asociados a la actividad que se ejecuta.

Mantener control del proceso de ingreso/egreso y carnetización del personal en las instalaciones del CRP.

9.1.3. Planificación

La CONTRATISTA debe presentar una planificación de forma detallada para cada una de las actividades a ser realizadas durante la ejecución de EL SERVICIO, lo que incluye definir los horarios de trabajo, cantidad de personal y todo aquello que de una u otra manera ayude a cumplir la meta establecida, para que EL SERVICIO pueda ser realizado dentro de la ventana operacional dispuesta para esta actividad.

Entregar al Coordinador de EL SERVICIO y Representantes de PDVSA Petróleo, S.A., informes de progreso y otros reportes requeridos.

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9.1.4. Ejecución.

LA CONTRATISTA durante la prestación de EL SERVICIO es responsable:

Ejecutar, supervisar y controlar de acuerdo con el Representante de PDVSA Petróleo, S.A. los trabajos que conforman el SERVICIO, así como también cualquier trabajo adicional a EL SERVICIO.

Medir y controlar el trabajo ejecutado, para determinar el progreso de EL SERVICIO.

Someterse a los procedimientos e inspecciones de PDVSA Petróleo, S.A. necesarios para recibir los trabajos.

Participar en reuniones con los grupos involucrados con la reparación a fin de: enterarse de cualquier cambio en los objetivos o estrategias de PDVSA Petróleo, S.A. así como los trabajos adicionales surgidos en EL SERVICIO, informar sobre el progreso de EL SERVICIO, enterarse e informar sobre problemas existentes y problemas potenciales para el desenvolvimiento de EL SERVICIO y sugerir acciones que se deben tomar para corregir dichos problemas.

Realizar cálculos de medición y control de los trabajos realmente ejecutados, los cuales estarán sujetos a revisión y aprobación de PDVSA Petróleo, S.A..

Demostrar al Representante de EL SERVICIO de PDVSA Petróleo, S.A. que se han tomado todas las medidas disponibles para mantener o mejorar, la fecha de terminación aprobada y cualquier fecha intermedia. Esto debe repetirse cada vez que suceda cualquier incidente que pudiera retrasar el Programa de EL SERVICIO.

Garantizar la fecha de terminación planificada para los trabajos a realizar en la unidad.

9.1.5. Materiales.

LA CONTRATISTA debe garantizar que los materiales consumibles suministrados por ella, sean nuevos, de buena calidad, libre de defectos y apropiados para cumplir con las condiciones previstas en esta especificación para la prestación de EL SERVICIO. PDVSA Petróleo, S.A. se reserva el derecho de auditar e inspeccionar periódicamente la calidad de los materiales y podrá rechazar cualquier material que no cumpla con dichas especificaciones, sin que esto ocasione costo adicional alguno para PDVSA Petróleo, S.A.

9.1.6. Calidad.

Todo trabajo incluido en este alcance debe ser efectuado a máxima

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calidad y bien terminado, en razón de lo cual LA CONTRATISTA empleará trabajadores calificados y garantizará el cumplimiento de las normas, procedimientos y especificaciones de PDVSA Petróleo, S.A., así como las normas nacionales e internacionales que en materia de aseguramiento y control de calidad se rigen para EL SERVICIO.

10. DAÑOS A LA PROPIEDAD.

Cualquier daño causado por LA CONTRATISTA a las instalaciones objeto del presente Contrato, así como el daño causado a propiedades de PDVSA Petróleo, S.A. o de Terceras Personas, debe ser reparado o reemplazado por LA CONTRATISTA a satisfacción del representante de PDVSA Petróleo, S.A., responsable de EL SERVICIO. Los gastos ocasionados por el reemplazo o reparación de dichas instalaciones o propiedades dañadas serán por cuenta de LA CONTRATISTA.

11. DAÑOS A LAS PERSONAS.

Los daños ocasionados por LA CONTRATISTA, o su personal, a las personas con intención, por negligencia o por imprudencia, serán reparados por LA CONTRATISTA de conformidad con el Código Civil vigente.

12. RÉGIMEN LABORAL Y MODALIDAD DE CONTRATO.

Para todos los efectos laborales y económicos, este proceso se considera DENTRO de la Convención Colectiva de Trabajo Vigente para la Industria Petrolera, para el personal Nómina Diaria y Nómina Mensual Menor (Nómina Contractual).

LA CONTRATISTA cumplirá con las disposiciones de la Convención Colectiva Petrolera de Trabajo Vigente entre PDVSA Petróleo, S.A. y la Federación Unitaria de Trabajadores Petroleros de Venezuela (FUTPV) y a los delegados electos por los trabajadores petroleros, que se refieren a LAS CONTRATISTAS y con cualquier modificación, enmienda o sustitución de dicha Convención Colectiva de Trabajo.

Aquellas actividades que sean realizadas en los talleres de LA CONTRATISTA o en otras empresas sub-contratadas por ésta y ubicadas fuera del CRP., no estarán amparadas por la Convención Colectiva de Trabajo Vigente para la Industria Petrolera.

13.1. Cobro del Beneficio de Tarjeta Electrónica de Alimentación (TEA)

PDVSA Petróleo, S.A. será responsable de los costos concernientes a las tarjetas electrónicas de alimentación (TEA) del personal que laborará dentro del período establecido para la ejecución de EL SERVICIO.

Cuando ocurran demoras en el tiempo de duración de EL SERVICIO contratado, imputables a LA CONTRATISTA que ameriten extensiones en EL CONTRATO original, le será cobrado a LA CONTRATISTA el costo total de la ración o beneficio de la tarjeta electrónica de alimentación (TEA) otorgado durante la extensión del referido CONTRATO. Asimismo, cuando no se informe oportunamente la terminación del personal contratado y se le asigne, en forma automática al inicio del nuevo período, el beneficio de la tarjeta electrónica de alimentación (TEA), este costo será igualmente cargado a LA CONTRATISTA.

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13.2. Solvencia de Sindicatos reconocidos por PDVSA Petróleo, S.A.

LA CONTRATISTA debe presentar ante la Organización Contratante las solvencias de la Federación Unitaria de Trabajadores Petroleros de Venezuela (FUTPV) previo a la terminación de EL CONTRATO.

La modalidad de contratación será PRECIOS UNITARIOS.

13. PAGO DE EL SERVICIO.

PDVSA Petróleo, S.A. pagará a LA CONTRATISTA de acuerdo a lo establecido en la cláusula TERCERA apartado 2 (Precio) y Anexo C ( Forma de pago) de este contrato.

La administración de EL CONTRATO será ejercida por PDVSA Petróleo, S.A. la cual tendrá la responsabilidad plena por el control de la ejecución de los trabajos contratados hasta el momento de su recepción definitiva. LA CONTRATISTA deberá presentar en cada valuación la proyección de la ejecución de EL CONTRATO, indicando los aumentos y disminuciones detectados, con la finalidad de que sean procesadas las modificaciones de EL CONTRATO oportunamente.

PDVSA Petróleo, S.A. exigirá a LA CONTRATISTA que presente su proforma de pago, acompañada de todos los soportes necesarios en los cinco (05) días siguientes al cierre de período de evaluación, sin errores ni enmiendas a fin de agilizar la revisión y posterior preparación de la forma de pago respectivo.

Asimismo, las Valuaciones deben venir acompañados de la Evaluación de Actuación y Seguridad de LA CONTRATISTA, debidamente firmada por el Representante de PDVSA Petróleo, S.A. responsable de la Supervisión de EL SERVICIO.

PDVSA Petróleo, S.A., previa verificación del progreso de EL SERVICIO, aprobará la valuación presentada por LA CONTRATISTA para el pago a que haya lugar, y pagará a LA CONTRATISTA la cantidad aprobada dentro de los treinta (30) días consecutivos siguientes al recibo conforme de la factura por parte de PDVSA Petróleo, S.A.

PDVSA Petróleo, S.A. no pagará a LA CONTRATISTA ninguna compensación de tiempo perdido por causas atribuibles a LA CONTRATISTA. Ejemplo de estas causas podrían ser: programación inadecuada del trabajo, indisponibilidad de equipos, personal no calificado, falta de limpieza, etc., plegándose a las disposiciones que PDVSA Petróleo, S.A. considere aplicables a dicho caso. PDVSA Petróleo, S.A. cuantificará las horas hombre perdidas por cualquier causa imputable a LA CONTRATISTA y elaborará minuta de acuerdo entre ambas partes para la realización del descuento respectivo por las horas perdidas.

LA CONTRATISTA deberá contar con una Cuenta Bancaria, donde PDVSA Petróleo, S.A., ejecutará el depósito correspondiente a los servicios prestados.

13.1. Reclamos de LA CONTRATISTA.

14.1.1. LA CONTRATISTA dará al Representante de PDVSA Petróleo, S.A., responsable de EL SERVICIO, un aviso por escrito dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a cualquier hecho que LA CONTRATISTA considere que

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podría resultar en un reclamo por un aumento en el monto de EL CONTRATO o en el plazo de ejecución de EL SERVICIO. Dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la recepción de dicho aviso por parte de el Representante de PDVSA Petróleo, S.A., LA CONTRATISTA le presentará a el Representante de PDVSA Petróleo, S.A., un informe en apoyo del reclamo, el cual incluirá un estimado detallado de la modificación del monto de EL CONTRATO y/o del plazo de ejecución de EL SERVICIO. PDVSA Petróleo, S.A., no procesará ningún reclamo sometido por LA CONTRATISTA que no cumpla con estos plazos.

14.1.2. LA CONTRATISTA conviene en continuar con la ejecución de EL SERVICIO durante el procesamiento de cualquier reclamo pendiente.

14.1.3. Cualquier reclamo de ajuste en el monto de EL CONTRATO o en el plazo de ejecución de EL SERVICIO, no obligará a PDVSA Petróleo, S.A. a aceptarlo, a menos que hayan sido expresamente aceptados y convenidos por escrito por el representante de PDVSA Petróleo, S.A.

14.1.4. No se permitirá reclamo alguno por LA CONTRATISTA después de que PDVSA Petróleo, S.A., haya efectuado a LA CONTRATISTA el pago definitivo según EL CONTRATO.

14.1.5. PDVSA Petróleo, S.A., no procesará ningún reclamo sometido por LA CONTRATISTA que no cumpla con el punto 14.1.1.

14. IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES.

Los impuestos y contribuciones, incluyendo los impuestos municipales, que tuviere que cancelar LA CONTRATISTA, serán de su exclusiva cuenta.

15. DISPOSICIONES ESPECIALES.

16.1. Si el Representante de PDVSA Petróleo, S.A., o el personal que él designe para tal fin, omitiera inspeccionar porciones, o la totalidad de EL SERVICIO, u omitiera objetar los defectos del mismo en el momento en que lo inspeccione, ello no liberará a LA CONTRATISTA, o a cualesquiera de sus proveedores o sub-contratistas de su responsabilidad por los trabajos defectuosos, ni se interpretarán dichas omisiones como una renuncia por parte PDVSA Petróleo, S.A. a sus derechos de rechazar posteriormente cualquier porción defectuosa de EL SERVICIO.

16.2. Si surge una demora en la ejecución de los trabajos, los cuales son responsabilidad contractual de LA CONTRATISTA, ésta trabajará y/o utilizará equipos y/o personal adicional y tomará todas las medidas que sean necesarias para eliminar demoras o disminuir el efecto de las mismas sobre la terminación de EL SERVICIO, de conformidad con la programación; todo ello sin ningún costo adicional para PDVSA Petróleo, S.A.

16.3. Los costos incurridos por daños que se presenten por negligencia o desacato a instrucciones, normas, uso de equipos en mal estado y herramientas correrán por cuenta exclusiva de LA CONTRATISTA.

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16.4. El SERVICIO se ejecutará siguiendo las normas y practicas de PDVSA Petróleo, S.A., y en todo caso, LA CONTRATISTA seguirá las instrucciones del Representante de PDVSA Petróleo, S.A. Cualquier anormalidad detectada durante la ejecución de los trabajos causará la suspensión de EL SERVICIO hasta tanto no se corrija la anormalidad. El tiempo perdido durante la suspensión de EL SERVICIO a causa de anormalidades que sean imputables a LA CONTRATISTA, deberá ser recuperado por LA CONTRATISTA aplicando los correctivos indicados en el punto 16.2, sin que ello de lugar a pago o compensación adicional por parte de PDVSA Petróleo, S.A.

16.5. PDVSA Petróleo, S.A., verificará la calidad de los trabajos, si por alguna causa y/o razón, el servicio ejecutado presenta fallas, LA CONTRATISTA tendrá que ejecutarlo nuevamente, con su personal/equipos/herramientas, de lo contrario le será descontado según el monto estimado por PDVSA Petróleo, S.A.

16.6. Si alguna parte o detalle se hubiera omitido en las especificaciones técnicas y estuviese indicado en los planos, apéndices, entre otros, deberán interpretarse como si existiesen en ambos, en un todo conforme con los estándares y principios aceptados en el campo de la ingeniería.

16. DISPOSICIONES GENÉRICAS.

17.1. LA CONTRATISTA será responsable de verificar toda la información, de modo que EL SERVICIO sea ejecutado según las especificaciones técnicas del mismo, de tal manera que LA CONTRATISTA considere dentro de sus costos todas las actividades necesarias para ejecutar EL SERVICIO a plena satisfacción de PDVSA Petróleo, S.A.

17.2. LA CONTRATISTA debe mantener una ejecución dentro de elevados índices de productividad en los cuales se refleje el buen uso del personal, materiales y equipos. Así mismo, debe ir sobre el desarrollo de la ejecución, tomando las medidas necesarias que garanticen la productividad esperada en la ejecución de EL SERVICIO.

17.3. LA CONTRATISTA se compromete a prestar EL SERVICIO durante el tiempo establecido para la realización del mismo, en tal sentido dispondrá de los recursos que considere necesario para cumplir con los compromisos adquiridos en el tiempo previsto.

17.4. Adicionalmente a los requerimientos de esta especificación, LA CONTRATISTA será responsable del cumplimiento de toda regulación local o gubernamental que tenga jurisdicción en el lugar de la prestación de EL SERVICIO.

17.5.LA CONTRATISTA al recibir tres (3) cartas de amonestación por incumpli-miento de lo indicado en alguna de las cláusulas y especificaciones técnicas y generales del contrato, automáticamente le será rescindido el contrato.

17. ENTREGA DE EL SERVICIO.

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18.1. PDVSA Petróleo, S.A. o su Representante aceptará EL SERVICIO una vez que se hayan cumplido todas las indicaciones del alcance y las especificaciones de EL SERVICIO, incluyendo las que se indican a continuación:

18.1.1. Cuando el Representante de PDVSA Petróleo, S.A. haya constatado, a su completa satisfacción, que EL SERVICIO cumple con todos los requisitos establecidos en el alcance de EL SERVICIO y en las Especificaciones citados en él.

18.1.2. Cuando LA CONTRATISTA haya reparado, a satisfacción de PDVSA Petróleo, S.A. toda construcción o instalación existente en el CRP., relacionada o no con EL SERVICIO, que se encuentre dañada o defectuosa por causas imputables a LA CONTRATISTA.

18.1.3. Cuando PDVSA Petróleo, S.A. haya recibido, a satisfacción, toda la información técnica que LA CONTRATISTA deba suministrar, según lo establecido en el presente Documento y sus Especificaciones.

18.2. Queda claro y entendido que hasta tanto no sea firmada por las partes el Acta de Terminación de EL SERVICIO, éste no será considerado como terminado.

18.3. Es responsabilidad de LA CONTRATISTA continuar prestando el SERVICIO hasta el momento en que se acepte la Notificación de Entrega, aún cuando hayan terminado algunas partes del trabajo y los mismos hayan sido verificados por el representante de PDVSA Petróleo, S.A. autorizado.

18. EXÁMENES MÉDICOS.

Los exámenes médicos requeridos para el personal de LA CONTRATISTA que así lo requiera, serán cancelados por PDVSA Petróleo, S.A., directamente a las Clínicas que la misma asigne a LA CONTRATISTA, por ende ésta no deberá incluir costos asociados por este concepto.

Es responsabilidad de LA CONTRATISTA realizar todas las gestiones pertinentes para que dicho personal cumpla con este requerimiento.

La inasistencia a los exámenes médicos del personal de LA CONTRATISTA será responsabilidad de la misma y PDVSA Petróleo, S.A., podrá descontarle los costos incurridos por este concepto.

19. CURSOS.

PDVSA Petróleo, S.A., proporcionará al personal de LA CONTRATISTA que así lo requiera, el adiestramiento en cuanto a riesgos ocupacionales inherentes a la naturaleza de EL SERVICIO (por ejemplo: Espacios Confinados, Peligros del H2S/SO2, Peligros del HF, Herramienta Preventiva del CRP, Charla de Seguridad a los Oficios Artesanales y Módulo “C” Seguridad Industrial, Ambiente e Higiene Ocupacional para supervisores, por ende ésta no deberá incluir costos asociados por este concepto. Es responsabilidad de LA CONTRATISTA realizar todas las gestiones pertinentes para que dicho personal cumpla con este requerimiento.

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La inasistencia al adiestramiento del personal de LA CONTRATISTA será responsabilidad de la misma y PDVSA Petróleo, S.A., podrá descontarle los costos incurridos por este concepto.

20. ORDEN Y LIMPIEZA.

Durante la duración del Contrato, LA CONTRATISTA deberá mantener los sitios de trabajo, ordenados a satisfacción del representante de PDVSA Petróleo, S.A, durante y después de la Jornada laboral, manteniéndolos en condiciones óptimas de salubridad que permitan realizar las labores sin riesgos de accidentes por este concepto. LA CONTRATISTA coordinará previamente con el representante de PDVSA Petróleo, S.A., la estrategia a utilizar para limpiar y ordenar las diferentes áreas de trabajo de manera de no interrumpir los trabajos que se estén realizando. LA CONTRATISTA deberá suministrar los envases para la recolección de desechos y coordinará con el representante de PDVSA Petróleo, S.A. la disposición final de los mismos.

El bote de escombros (concreto, caliche, arena sílice, potes, piedra, entre otros), será realizado en los rellenos sanitarios Tiguadare y Corea, o en cualquier sitio donde indique el Representante de PDVSA Petróleo, S.A. La basura (papeles, vasos, restos de comidas y demás similares), deberá ser almacenada en recipientes acondicionados para tal fin y botados por LA CONTRATISTA en el respectivo relleno sanitario.

Para los botes en los rellenos sanitario LA CONTRATISTA deberá obtener la permisología correspondiente y colocar lonas a los camiones en su parte posterior para impedir que el viento saque los escombros y/o basura allí transportada. Cuando el bote se realice en otro lugar que no sea los rellenos sanitarios, LA CONTRATISTA deberá tener la autorización de la Organización de S.I.A.H.O de PDVSA Petróleo, S.A. LA CONTRATISTA llevará un registro en las hojas de seguimiento de materiales peligrosos y desechos según lo indique el Representante de PDVSA Petróleo, S.A.

En caso de que LA CONTRATISTA no cumpla con esta limpieza, el Representante de PDVSA Petróleo, S.A. no cancelará el último pago hasta tanto LA CONTRATISTA ejecute dicha limpieza.

21. CONFIDENCIALIDAD Y DIVULGACIÓN.

A los efectos de este CONTRATO, se mantendrá como confidencial cualquier información, conocimiento o documento recibido por PDVSA Petróleo, S.A. de LA CONTRATISTA o recibido por LA CONTRATISTA de PDVSA Petróleo, S.A. y que sea confidencial por las partes.

Cualquier documento, dato o información suministrada por PDVSA Petróleo, S.A. a LA CONTRATISTA a ser empleado bajo este CONTRATO, será considerado como propiedad de PDVSA Petróleo, S.A. LA CONTRATISTA no divulgará ni publicará el antes mencionado material a terceras partes y no lo usará con otros propósitos que no sean los establecidos bajo este CONTRATO sin el previo consentimiento por escrito de PDVSA Petróleo, S.A.

LA CONTRATISTA es responsable de que sus empleados acaten estrictamente lo establecido en esta cláusula. Si PDVSA Petróleo, S.A., determinare que cualquier empleado de LA CONTRATISTA contraviene con lo establecido en esta cláusula, causando cualquier acción perjudicial a los intereses de PDVSA Petróleo, S.A., ésta lo

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comunicará a LA CONTRATISTA, quien estará en la obligación de excluirlo de su nómina o finalizar la relación comercial o de cualquier otra índole que tuviese con el trabajador.

Si LA CONTRATISTA no excluye de la nómina o no finaliza la relación comercial o de cualquiera otra índole que tuviese con él o los trabajadores que pudieran realizar acción perjudicial a los intereses de PDVSA Petróleo, S.A., o se determinase que LA CONTRATISTA no ha ejercido, ni está ejerciendo tales esfuerzos y como consecuencia de esto, cualquiera de las situaciones antes citadas hubiesen ocurrido, PDVSA Petróleo, S.A. podrá, unilateralmente, dar por terminado este CONTRATO y en cualquier caso, le dará mucha importancia a tales circunstancias, cuando esté decidiendo las posibles consecuencias del mismo.

22. AUDITORÍA.

El presente CONTRATO podrá ser auditado por PDVSA Petróleo, S.A., en cualquier momento durante la ejecución del mismo, tanto en las oficinas de LA CONTRATISTA, fuera del Centro de Refinación Paraguaná, como en las operaciones que ésta ejecuta dentro del mismo, todo según lo establecido en las Condiciones Generales del Contrato.

23. IDIOMA, MONEDA Y PRECIO DE LA OFERTA.

El idioma oficial para la presentación de la oferta será el ESPAÑOL. La moneda y el precio de la oferta será en BOLÍVARES.

24. AJUSTE.

Los ajustes a los precios ofertados se realizarán por el aumento en el costo de labor (mano de obra directa), como consecuencia de la entrada en vigencia de nuevas leyes, decretos, reglamentos, resoluciones del Ejecutivo Nacional o cambios en la Contratación Colectiva Petrolera (cuando aplique). Este concepto no modificará la estructura de la oferta original, ya que los mismos se cancelarán como ajuste por concepto de modificaciones al contrato original. El ajuste se reconocerá por solicitud de la empresa contratista o proveedor afectado, quien presentará el cálculo del monto reclamado, el cual debe mostrar el efecto real de estas medidas, basado en el factor de sobrecosto de labor contenido en la oferta original.

El elemento de costos “Administración y Gastos Generales” no se modificará en forma automática como consecuencia de los ajustes de la labor, es decir se mantiene el monto en valor absoluto contemplado en el contrato. Además, se ha determinado como conveniente cancelar contra presentación de factura los conceptos de pólizas de seguros y fianzas, así como cualquier valor incremental de estos conceptos que surjan por el efecto de aumento en los costos de labor (mano de obra directa).

No se aplicará ajustes por efectos de inflación, por lo tanto no se contempla fórmula esca-latoria.

25. CLÁUSULA DE ADHESIÓN.

PDVSA Petróleo, S.A., podrá utilizar el mecanismo de adhesión de contratos, para que

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cualquiera de sus filiales se adhiera al contrato de EL SERVICIO bajo los mismos términos y condiciones aquí establecidas.

26. MANERA DE LICITAR.

LA CONTRATISTA presentará, todos y cada uno de los renglones listados en los formularios: “Esquemas de Precios” y “Resumen de Oferta”. No obstante, si algunos de estos renglones se omitiera, su costo será absorbido por LA CONTRATISTA sin posibilidad de hacer ningún reclamo al respecto.

LA CONTRATISTA deberá incluir en su oferta todos los costos inherentes a EL SERVICIO a ejecutar, basado en las especificaciones, normas, planos suministrados y demás documento que conforman el pliego de condiciones; por lo que cualquier omisión para la completa ejecución de EL SERVICIO será responsabilidad de ésta.

LA CONTRATISTA llenará cada una de las casillas correspondientes a los “Esquemas de Precios”, de acuerdo a las instrucciones que se presentan a continuación:

27.1. LABOR DIRECTA.

27.1.1. Costo de Personal:

Cubre el costo del personal que participa directamente y es necesario en el proceso productivo de las actividades de transformación y/o ejecución objeto de EL CONTRATO, para lograr un nivel óptimo de producción, bajo los criterios de alta eficiencia, productividad y uso adecuado de los recursos. En este concepto están incluidas las obligaciones legales y contractuales establecidas en la Convención Colectiva de Trabajo Vigente para la Industria Petrolera, para los trabajadores que estén contemplados en sus cláusulas.

27.1.2. Herramientas

Cubre el costo de las herramientas a ser utilizadas por el personal de ejecución de EL SERVICIO.

LA CONTRATISTA suministrará todas las herramientas necesarias para la correcta ejecución de EL SERVICIO indicado en este CONTRATO.

LA CONTRATISTA ofertará un monto por este renglón que estará en función de las Horas Hombre (H-H) de la labor directa.

27.1.3. Equipos de Seguridad

Este costo cubre el Equipo de Protección Personal (EPP) a ser utilizado por el personal que presta EL SERVICIO, tales como: guantes de carnaza, en cumplimiento con las Normas PDVSA EM-36-01/02 EM-36-01/03 y con frecuencia de cambio al presentar deterioro o ser impregnado con alguna sustancia tóxica o hidrocarburo); zapatos de seguridad corte alto (con una frecuencia de cambio de cada seis meses o cuando se deterioren, y en cumplimiento a la Norma PDVSA EM 36-01/01) cascos (una sola dotación y en cumplimiento con la Norma PDVSA EM 36-04/01 y ANSI Z89, Tipo 1

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Clase E); protectores auditivos (en cumplimiento con las Normas PDVSA HO-H-08 y EM-36-02/01 con una frecuencia de cambio de uno diario si son de espuma expandible descartable, cambio de uno por semana si son de silicón y, en caso de ser tipo orejera, cuando se deteriore el sello entre la copa y el canal auditivo o éste permita la percepción de ruido en el oído); lentes de seguridad claros (en cumplimiento con la Norma PDVSA EM 36-03/01 y ANSI Z87 y con una frecuencia mensual o cuando se deterioren); respiradores descartables (con una frecuencia de cambio de uno al día); detector individual portátil de gases tóxicos lo más comunes en la IPPN (H2S y SO2), con su respectivo certificado de calibración por un laboratorio registrado ante SENCAMER (uno por cada supervisor de ejecución); bragas manga larga (en cumplimiento con las Normas PDVSA EM-36-01/04 con una frecuencia de cambio de seis meses o cuando se deterioren); Respiradores elastoméricos con cartucho multigases (contra gases y vapores orgánicos) y filtro contra partículas suspendidas (dotación de acuerdo a lo estipulado en la Norma PDVSA HO-H-18), barbiquejo (una sola dotación), Bragas desechables (cada vez que sea necesario) y todos estos elementos calculados según la naturaleza de EL SERVICIO. (Ver Anexos N° 3N hasta 3T)

LA CONTRATISTA suministrará todos los equipos de seguridad necesarios, en cualquier área del CRP., para realizar los trabajos, lo cual incluye a los señalados en los anexos de Seguridad.

LA CONTRATISTA ofertará un monto por este renglón que estará en función de las Horas Hombre (H-H) de la labor directa.

27.2. LABOR INDIRECTA.

Cubre los costos del personal indirecto, incluyendo sus beneficios legales y contractuales establecidas en las políticas remunerativas de LA CONTRATISTA. Esta labor contempla el personal de Gerencia, Coordinación y Supervisión. Este personal deberá estar a dedicación exclusiva de EL SERVICIO motivo de este CONTRATO. El personal Labor Indirecta deberá estar encargado de la supervisión del personal considerado como Labor Directa.

Este monto será calculado por LA CONTRATISTA en función de la labor directa de la oferta.

27.2.1. Gerencia/Coordinación:Cubre los costos del personal requerido para la Gerencia y Coordinación de EL SERVICIO, tales como: Gerente, Ing. de Planificación y Control, Ing. de Costos, entre otros.

27.2.2. Supervisión:Cubre los costos del personal requerido para la supervisión de EL SERVICIO y que no están amparados por el Contrato Colectivo Petrolero Vigente, tales como: Supervisores, Personal de Control de Calidad, entre otros.

27.3. MATERIALES.

27.3.1. Materiales Consumibles:

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LA CONTRATISTA suministrará todos los materiales consumibles requeridos para realizar los trabajos, tales como: vasos desechables, agua potable, trapos, desengrasante, gasoil y cualquier otro material que sea necesario para la ejecución de EL SERVICIO.

LA CONTRATISTA ofertará un monto por este renglón que estará en función de las Horas-Hombre (H-H) de la labor directa.

LA CONTRATISTA debe presentar en su oferta el desglose de los materiales a ser suplidos, indicando su costo.

27.4. EQUIPOS.

Comprende los costos asociados al suministro y uso de Equipos necesarios para la debida ejecución de EL SERVICIO, tales como los mencionados en el punto 3.1. En este concepto se deben considerar los costos de Depreciación, Mantenimiento y Operación.

27.5. GASTOS ADMINISTRATIVOS.

LA CONTRATISTA deberá llenar el formato de desglose de gastos administrativos suministrado por PDVSA Petróleo, S.A. (Ver anexo N° 7), en el mismo se deberán llenar sólo los renglones que apliquen de acuerdo a la naturaleza de EL SERVICIO.

PDVSA Petróleo, S.A. sólo reconocerá los gastos indicados en el formato suministrado.

El formato suministrado por PDVSA Petróleo, S.A. contiene elementos de costos que no están incluidos en otras partidas y que no están relacionadas directamente con la ejecución física de EL SERVICIO, tales como:

Gastos generales de EL SERVICIO: estos corresponden a aquellos gastos que son inherentes a EL SERVICIO y aplicará cuando EL SERVICIO a ejecutar sea dentro o fuera de las instalaciones del CRP.

Servicios administrativos y técnicos: estos corresponden a los gastos del personal indirecto de EL SERVICIO (Administrador de contratos y relaciones laborales). Este personal deberá ser prorrateo por la cantidad de contratos otorgados.

Gastos asociados a la labor indirecta: corresponden a los gastos generados por LA CONTRATISTA en cuanto a la dotación de equipos de seguridad para la labor indirecta, tomando en cuenta la frecuencia de reemplazo para cada uno de ellos.

Equipo y personal auxiliar: estos gastos corresponden a los costos de los equipos y personal que son necesarios para la ejecución de los trabajos pero que no se encuentran directamente involucrados en la ejecución de las actividades de EL SERVICIO . Para el cálculo del personal auxiliar se deberá tomar en consideración las disposiciones que apliquen dentro o fuera de la Convención Colectiva Petrolera vigente (CCP).

Instalaciones provisionales: corresponden a aquellos gastos de

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instalaciones auxiliares que son requeridas para EL SERVICIO. Dentro de esta partida se incluyen: trailers, oficinas temporales, baños portátiles, comedores, container de herramientas, contenedor para vestuario, ya sea que se encuentren dentro o fuera de las instalaciones de PDVSA Petróleo, S.A.

Administración de oficina principal: corresponde a los sueldos y salarios del personal administrativos (gerente, secretaria, mensajero, aseadora), arrendamiento de oficina, papelería, correo, teléfono, gastos de publicidad, mantenimiento de vehículos, depreciación de muebles, enseres de oficina, capacitación y estimador de costos. Los mismos representan el 3.5 % de los costos directos de EL SERVICIO.

Impuestos: corresponden a los gastos generados en la cancelación de los impuestos municipales y timbres fiscales, según el sitio a ejecutar EL SERVICIO.

El porcentaje correspondiente a gastos administrativos resultará de la división del total de gastos entre los costos directos de EL SERVICIO a ejecutar (Labor, equipos y materiales), es decir, siguiendo la siguiente fórmula:

% Gastos administrativos: Total Gastos Administ (Total costos indirectos) Total Costos Directos

27.6. UTILIDAD.

La ganancia o utilidad de LA CONTRATISTA por la ejecución de EL SERVICIO será establecida por éste en la presentación de su oferta. El monto de la misma deberá estar dentro de los parámetros normalmente aceptados.

27.7. AJUSTE POR APLICACIÓN DE FACTORES DE GUARDIAS.

El monto será calculado e indicado por LA CONTRATISTA considerando el porcentaje establecido en el Esquema de Precios y tiene el propósito de servir como fondo de reserva para cubrir los trabajos realizados en horas Sobretiempo y/o Sábado/Domingo/Feriado respectivamente. Este monto será cancelado previa comprobación por parte de PDVSA Petróleo, S.A., de los soportes respectivos para trabajos realizados en horario fuera del normal y no será considerado en el cálculo de los gastos administrativos y utilidad de EL CONTRATO.

27.8. BENEFICIOS CONTRACTUALES.

Este monto será calculado e indicado por LA CONTRATISTA de acuerdo al porcentaje establecido en el Esquema de Precios y tiene el propósito de servir como fondo de reserva para cubrir aquellos bonos especiales contemplados en la Convención Colectiva de Trabajo Vigente para la Industria Petrolera, tales como: nacimiento, muerte de familiar, matrimonio, etc. Este concepto será reconocido contra presentación de recibo de

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pago previa comprobación por parte de PDVSA Petróleo, S.A., de los soportes respectivos y no será considerado en el cálculo de los gastos administrativos y utilidad de EL CONTRATO.

27.9 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A).

Este monto será calculado e indicado por LA CONTRATISTA de acuerdo al porcentaje vigente 12% en el Esquema de Precios. Este concepto será reconocido contra presentación de factura de trabajos ejecutados previa comprobación por parte de PDVSA Petróleo, S.A., de los soportes respectivos y no será considerado en el cálculo de los gastos administrativos y utilidad de EL CONTRATO.

27.10 PÓLIZAS Y FIANZAS.

Este monto será calculado e indicado por LA CONTRATISTA de acuerdo al porcentaje establecido en el Esquema de Precios. Este concepto será reconocido contra presentación de factura previa comprobación por parte de PDVSA Petróleo, S.A., de los soportes respectivos (comprobante de pago de la póliza o fianza, emitido por la empresa Aseguradora) y no será considerado en el cálculo de los gastos administrativos y utilidad de EL CONTRATO.

27. PERÍODO DE GARANTÍA .

LA CONTRATISTA se compromete expresamente a reparar o a corregir de inmediato, a sus propias expensas, cualquier imperfección que se manifieste o se observe en el acabado de EL SERVICIO durante los SESENTA (60) Días calendario siguientes a su terminación, contado a partir de la fecha de la firma del Acta de Aceptación Provisional de EL SERVICIO. Este período puede ser prorrogado por el mismo tiempo de SESENTA (60) Días, siempre y cuando, LA CONTRATISTA no hubiere hecho la solicitud de aceptación provisional a la cual esta obligada por imperio de la Ley de Contratación dentro del lapso indicado en el Artículo 123 de la misma, o en su defecto lo hubiera hecho sin acompañar los documentos exigidos para la procedencia del mismo.

LA CONTRATISTA garantizará que una vez efectuado EL SERVICIO, los equipos quedarán en perfecto estado de funcionamiento y que cualquier daño que resulte por negligencia, imprudencia o impericia suya, deberá ser reparado por sus únicas y propias expensas.

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