Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos

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  • 8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos

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    ,

    .

    SENOR JUEZ

    CONSTITUCIONAL

    DE PUERTO

    BAQUERIZO

    MORENO. -

    NOSOTROS: JOSE

    JAIME

    TORRES

    ACOSTA

    ecuatoriano casado de

    65 afios de edad Presidente de la

    Asamb

    l

    ea Ciudadana

    del Canton San

    Cristobal

    MARIA ELENA RICAURTE AGUIRRE ecuatoriana casada

    de

    49 aiios

    de

    edad Guia Turistica M RI

    DANIELA COX RUEDA

    ecuatoriana

    soltera de

    27

    aiios

    de

    edad licenciada

    en

    Ecologia

    Marina

    ALEXANDRA LORENA RAMON GUAMANQUISPE ecuatoriana

    divorciada de

    ocupacion

    comerciante de

    45 aiios

    de

    edad EDUARDO

    ALEJANDRO

    VELIZ VELIZ

    ecuatoriano divorciado empresario de 60

    aiios de edad

    DAGFIN

    EDISON COBOS

    CORDOVA

    ecuatoriano

    so ltero

    de

    46 aiios

    de

    edad

    de

    ocu

    pacion ingeniero

    civil HENRY

    DAGFIN COBOS ZAVALA

    ecuatoriano casado

    de

    47 aiios

    de

    edad

    Concejal del Canton San Cristobal

    EULOGIO

    ARTURO

    ANDINO

    CAICEDO

    ecuatoriano casado

    de 54 aiios

    de

    edad

    de ocupacion

    chofer profesional DAVID

    BERNARDO

    BASANTES VARGAS

    ecuato

    riano casado mayor

    de

    56 aiios

    de

    edad Especialista

    en

    Gerencia de Servicios de Salud

    GERARDO NABIL SEGOVIA

    MORALES

    ecuatoriano casado

    de

    46

    afios de

    edad

    de ocupa

    ci

    on

    comerciante SEAN

    KERRIL KEEGAN canad

    ie

    nse

    nacionalizado

    ecuatoriano

    de

    61 aiios de edad . casado ingeniero civil;

    OLIVIA

    JUSTINA MORAN PATINO ecuatoriana casada de 68

    aiios de edad

    de

    ocupaClOn quehaceres domesticos ;

    YENNIFER

    BERNARDA

    RAMIREZ

    PUERTAS

    ecuatoriana

    soltera

    de

    22 aiios

    de

    edad

    de

    ocupacion

    estudiante;

    ALI CARLOS RICAURTE ;MORAN

    ecuatoriano

    soltero de

    20

    aiios

    de

    edad de

    oc

    up

    acion

    est

    udiante

    ;

    GEOVANNY

    GUILLERMO VIZCAINO LOPEZ ecuatoriano

    casado

    de

    41 aDos de

    edad empresario; DUTRIV

    OLIVIA RICAURTE MORAN

    ecuatoriana

    soltera de

    26

    aiios de edad

    es t

    udian

    te

    CARLOS ALBERTO

    RICAURTE GRANDA

    ecuatoriano casado

    de

    69 aiios

    de

    edad

    Presidente de la Cooperativa de Pesca

    de

    San Cristobal;

    WHITMAN

    RODRIGO

    COX

    ACUNA

    ecuatoriano de

    52

    aDos

    de

    edad

    Guia

    Naturalista

    RESIDENTES

    PERMANENTES DE

    GALAPAGOS

    por

    nuestros

    prop ios derechos y

    amparados

    en los Arts. 7 1 86 No.1 de la

    Constitucion de

    la

    Republica ante usted comparecemos con

    la

    presente

    ACCION DE PROTECCrON

    en contra de

    l

    Consejo de

    b ~

    r

    de

    l

    Regimen Especial de Galapagos CGREG al tenor de 10 siguiente . 7

    1

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    2/29

    I

    DE LOS ACCIONANTES

    1.

    Comparecemos

    por

    nuestros

    propios

    derechos

    defendiendo

    a

    la

    Naturaleza

    y el medio ambiente, y

    en contra

    de

    violaciones

    a varios

    derechos constitucionales de

    las

    personas,

    muchas

    de

    las cuales no

    finnar

    por diferentes motivos la presente acci6n.

    2 .- No

    obstante

    ello,

    y

    para

    reforzar

    mi personeria activa,

    me

    perrnito

    transcribir u

    na

    sentencia

    del

    Ex Tribunal Constitucional

    que

    indica,

    luego de

    que

    el

    demand

    ado (instituci6n publica) descalificaba la

    acci6n

    por cuanto, seglin ellos, el numero de recurrentes

    apenas

    representaban

    el 0.02% de toda la poblaci6n.

    a Segunda Sala del

    Tribunal

    Constitucional

    estableci6

    :

    Los accionantes,

    moradares

    de la

    parroquia

    Ayora: canton Cayambe

    en su escrito de peticion inicial solicitan

    la

    defensa

    de ciertos

    derechos individuales que consideran vulnerados como son el

    derecho a

    la consulta

    previa, a vivir

    en un ambiente sana y

    ecologicamente equilibrado y libre de contaminacion,

    tambien hacen

    referencia a ]a proteccion del medio ambiente, en el sentido de

    pretender]a defensa

    al

    derecho a vivir en un medio

    ambiente

    sana y

    libre de contaminacion, a contar con los criterios de ]a comunidad

    respecto de decisiones

    estatales

    que pueden afectar el medio

    ambiente

    y

    las

    medidas

    que debe

    tomar

    el

    Estado en

    ]a materia.

    AI

    invocarse ]a proteccion del me io ambiente,

    que es un

    derecho

    difuso, la

    Ley

    del Control Constitucional,

    en su

    articulo 48, legitima a

    cualquier

    persona, natural

    0 juridica

    ,

    para la

    interposicion del

    amparo l.

    FUNDAMENTOS DE HECHO

    3. -

    Es del

    caso senor

    Juez que existe para Galapagos todo un conjunto

    de Politicas PUblicas

    para

    su

    manejo

    y

    cuidado, de

    obligatorio

    cumplimiento por parte de todas

    las instituciones

    que

    .

    tienen

    competencia para

    el manejo del

    Regimen Especial. Estas

    politicas

    constan en un Plan de Manejo de Galapagos .

    4.- El

    Plan

    de

    Manejo se ampara

    sobre

    diversos instrumentos de

    Planificaci6n de

    l

    ambito

    nacional,

    regional

    y

    seccional, relativos

    a la

    consel'laci6n y el desarrollo

    sustentable

    .

    Estos instrumentos

    son:

    I ibunal ConstitucionaL Segunda Sala. Resoluci6n No. lS7 2003 RA. Registro Oficial No 315:

    16/04/2004. pp. 1415.

    2

    _ I

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    ~ ,>

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    1 . ~ t o

    ..

    ~ \ U ?

    ~

    A nivel Nacional: l \ / ;

    \ ~ \ .

    i ' \ ) ')j\l\c \.

    a) EIPlan

    Nacional

    del Buen

    Vivir

    2009-2013

    ;

    2 0 1 3 - 2 0 ~ : ~ ~ ~ ~ : : \ ~ ~ ~ ~ Q

    ~ \ .

    J

    \ . . \ . ~ .

    C 6

    ,. , .. (J .\

    y\i > I

    b) Politic a Ambiental Nacional ';, ' . Y s ~ C . ' i t ' , : ; \ f " : >

    c)

    Politicas;' Plan Estrategico del

    Sistema

    Nacional

    de

    AIeas==P

    Protegidas

    del Ecuador 20072016.

    d) Politica y

    Estrategia

    Nacional de

    Biodiversidad

    y,

    e)

    Plan

    Estrategico

    Ministerio del

    Ambiente

    2010-2014

    A nivel Regi

    onal:

    f) Plan Regional para la Conservaci6n y el Desarrollo Sustentable

    de Galapagos.

    g)

    Estrategia

    Ambiental para el Desarrollo

    sustentable

    del Ecuador

    2010 ,

    2020

    h ) Vision

    compartida para la

    s Islas Galapagos .

    A

    nive

    l

    Seccional:

    i) Plan de Manejo de las Areas Protegidas de Galapagos para el

    Buen Vivir

    5.

    La

    responsabilidad

    de

    aplicaci6n de estas politicas PUblicas

    se

    encuentra,

    esencialmente,

    en

    manos

    de

    la

    Direc

    ci6n

    del

    Parque

    Nacional Galapagos DPNG2

    y

    e n

    el Consejo de Gobierno del Regimen

    Especial de

    Galapagos

    (CGREG)

    ya

    sea directamente 0 a traves de sus

    mst ituciones

    in

    te

    grantes

    .

    EI

    C G R E G

    tiene

    entre sus

    intelVantes al

    Parque

    Nacional

    Galapagos, el Ministerio del Ambiente , el Ministerio de

    TUrisrno , S ~ N P L A D E S , los Alcaldes de Puerto Baquerizo Moreno, Puerto

    Ayora e Isabe1a, y al

    Presidente

    de las Juntas Parroquiales .

    6. La base conceptual y direc t r i c e s

    del Plan

    de Manejo estan vinculadas

    estrechamente a

    los objetivos

    propuestos en el Plan Nacional para el

    Buen

    Vivir

    2013-2017,

    especificaITlente en

    10

    relacionado

    a garantLzar

    los derechos

    .

    de

    la

    naturaleza.

    y

    promover un ambiente sana

    Y

    sustentable y 10 establecido e n l a

    Politica

    7.12

    que

    busca

    Fortalecer la

    gobemanza ambiental del regimen especial

    del

    archipielago d e

    Galapagos y la

    Amazonia .

    7 .-

    La Politica

    PUblica Arnbienta l Nacional por su parte , dispone d e

    lineamientos que rigen el sec t o r publico del Estado Ecuatoriano,

    con

    h ,

    tres e J e ~ principales: 5 .1.- Manejo institucional del

    tema ambIentV-

    '

    2 n el caso :e l na ufragio cereano a Pu nt Carola , la

    DNPG

    tome control de las areas de influenda Y

    J:

    '

    phya

    p r pre

    ven ir efectos n ocivo

    s.la

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    3

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    5.2.-

    Cbnsideraci6n

    de los

    limites

    fisicos de los ecosistemas y; 5.3

    Participaci6n SociaJ3.

    8.- EI Plan Regional para

    la

    Conservaci6n y el Desarrollo Sustentable de

    Galapagos

    orienta la

    gesti6n

    en

    las

    Islas

    a

    traves de

    programas

    y

    proyectos donde se consagra

    que las

    zonas

    terrestres, marinas y

    los

    asentam

    ientos

    humanos

    4

    de

    Gahipagos esbin interconectados , por

    t n to su

    conservac

    ion y desarrollo sustentable

    depende

    del

    manejo

    ambiental

    integrado de estos componentes . Una vez que e CGREG

    realice

    y apruebe el Plan de Ordenamiento

    Territorial

    y Desarrollo

    Sustentable del Regimen Especial de Galapagos, se reemplazara al Plan

    Regional

    .

    9. -

    La

    Estrategia para

    la

    Conservaci6n

    y

    Desarrollo

    Sustentable

    Galapagos 2020

    fue

    elaborada por

    el Ministerio del

    Ambiente

    y

    establece

    los lineamientos (obligatorios) generales para convertir a

    Galapagos en un modelo mundial del desarrollo

    sustentable,

    garantizando la

    conservaci6n

    de sus ecosistemas

    unicos

    y

    el uso

    racional y responsable de sus

    recursos.

    10

    .-

    La

    Constituci6n

    de la

    Republica

    impone

    a toda

    autoridad,

    respecto

    de

    la

    Naturaleza tres tipos de

    Obligaciones:

    De

    Respeto,

    de Protecci6n y

    de Garantia

    (Arts.

    396,

    276,

    413,

    397).

    Las obligaciones de Respeto son

    las relacionadas

    al

    imperativo

    de

    respetar

    la Planificaci6n

    y de

    Armonizar

    el

    Desarrollo

    con

    la Sustentabilidad

    y

    Sostenibilidad

    .

    11 .- EI Art. 276 a la letra, dice:

    EI regimen de desa

    rr

    ollo tendrci

    los

    siguientes objetivos

    3

    I

    C6digo de las Finanzas Publicas

    ,

    en concordan cia con

    el

    Art. 276 de la onstitucion nos precisa los

    linea mientos para

    el

    Desarrol

    lo y la

    ineludible part

    icipacion

    ciudadana en materia de Desarrollo: Art. 2.

    lineamientos

    para el desarrollo

    .

    Para

    la

    aplicacion de e

    st

    e c6digo, a traves de

    la

    planificaci6n del

    d e s r r o l l ~

    y las finanzas publicas, se consideraran los siguientes lineamientos:

    1. Contribu ir al ejercicio de

    la

    garantla de

    derechos

    de

    la

    ciudadanla

    que en este

    C6digo

    n c l u y ~

    a las

    personas, comunidades, pueblos y nacionalidades por medio

    de

    las pollt

    ic

    as publicas,

    la as

    ignaci6n

    equitativa

    de

    los recursos pUblicos y la gestion por resultados;

    2. Fomentar la participacion ciudadana y el control social en la formulacion de la politica publica, que

    reconozca la diversidad

    de

    identidades; as f como los derechos

    de

    comunidades, pueblos

    y

    nacionalidades;

    3. Aportar a la construccion

    de

    un sistema economico social, solidario

    y

    sostenible, que reconozca las

    distintas formas de produccion y de trabajo, y promueva

    la

    transformacion de

    la

    estructura economica

    prima rio-exportad ora, las formas de acumulacion de riqueza y

    la

    distribution equitativa de los

    beneficios del desarrollo;

    4. Promover el equilibrio territorial, en el marco de la unidad del Estado, que reconozca

    la

    funeion social

    y

    ambiental de la propjedad

    y

    que garant ice un reparto equitativo de las cargas y beneficios de las

    intervenciones publicas y privadas;

    4 Es

    evidente que la

    prop iedad pr ivada de los

    asentam

    i

    entos

    huma nos tiene una

    lim

    itacion ambiental

    clara pues,

    debe

    someterse a las poHticas publicas y a la legislacion protectiva que recae

    en

    las Islas.

    En

    este

    sentido se debe considerar que los animales y especies que estan dentro de propiedad privada no

    afectada no podrian ser considerados

    normalmente como

    inmuebles por acces ion pues, las especies

    protegidas no son susceptibles

    de

    dominio .

    4

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    2. Construir

    un

    sistema economico,

    justo,

    d e ~ ~

    productivo, solidario y

    sostenible

    basado en la d i s t M i J ( i t i & D

    iqualitaria de los

    beneficios

    del desarrollo, de s]

    m ~ t l i r f > d e

    \ ~ L

    produccion y en la

    generacion

    de

    trabajo

    digno y

    e s t a b l e

    U N . \ ~ ; ~ ~ ; ~

    1 t ; D : ~ I

    \ ~ ~ . ~ , \ :

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    6/29

    correspondientes

    Planes

    de Manejo, Plan Regional y

    nonnas

    ambientales.

    14. De la

    norma

    transcrita se desprende que la autorizaci6n de

    construcci6n de

    infraestructura

    es

    de

    competencia

    privativa

    e

    indelegable

    del CGREG, el cual debeni, no s6lo verificar el cumplimiento

    de los parametros para la

    construcci6n

    de Hoteles, es decir, no s610

    aspectos de

    caracter arquitect6nico

    ambientales sino,

    y

    en primer

    lugar,

    que

    PRODUZCA

    BENEFICIOS LOCALES.

    15.

    Los beneficios lo

    cales se

    en

    lazan directamente

    con las

    politic

    as

    sobre ECOTURISMO aprobadas en los Planes de Manejo mencionados y

    desarrollados a partir

    del

    parrafo 2

    del

    presente documento y en

    concordancia

    con

    l

    Art.

    276

    de

    la

    Constituci6n

    de

    la Republica.

    16.

    Las

    Politicas PUblicas tienen por

    disposici6n

    constitucional un

    rango

    de Normas Constitucionales de

    irnperativo

    cumplimiento perd6n

    la tautologia) pues su creaci6n y ejecuci6n,

    consolida

    a

    los

    Derechos

    Humanos

    y de

    la Naturaleza. Asi 10 seiialan los siguientes articulos que

    transcribimos

    en la parte

    pertinente:

    Art. 66 Se reconoce y garantizara a las personas:

    26. El derecho a la propiedad en todas sus

    [onnas,

    con funci6n y

    responsabilidad

    social y ambiental.

    EI

    derecho al

    acceso a la

    propiedad

    se

    ham efectivo

    con la

    adopcion de politicas publicas

    entre

    otras

    rnedidas.

    27. EI

    derecho

    a vivir en un ambiente sano, ecol6gicarnente

    equilibrado, libre de contaminaci6n y en arrnonia con la naturaleza

    Art.

    11.- EI ejercicio de los derechos se

    regira por

    los siguientes

    principios:

    8. EI

    contenido

    de los derechos se desarrollara de manera

    progresiva a traves de las nonnas , la jurisprudencia y las politicas

    pUblicas EI Estado generara y

    garantizara las

    condiciones

    necesarias para su pleno reconocimiento y ejercicio.

    el

    subrayado

    nos pertenece .

    Art.

    85 .-

    La

    fonnulaci6n, ejecucion, evaluaci6n

    y control

    de

    las

    politicas

    piiblicas

    y servicios piiblicos que garanticen

    los

    derechos

    reconocidos por

    la

    Constituci6n,

    se

    regularan de

    acuerdo con

    las

    siguientes disposiciones:

    Sin peIjuicio de

    la

    prevalencia del interes

    general

    sobre el

    interes

    particular, cuando los efectos de la ejecuci6n

    de las

    politicas

    piiblicas 0 prestaci6n de bienes 0 servicios piiblicos vulneren 0

    amenacen

    con vulnerar derechos

    constitucionales, la politic a 0

    prestaci6n debera

    refonnularse 0

    se adoptar8.n rnedidas alternativas

    que

    concilien los

    derechos en

    conilicto.

    6

  • 8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos

    7/29

    ~

    7. En materia

    ambiental,

    el Estado consagra en lao m { ~ - T t j S ~ ~ M l 1 ~ f f q a

    \

    obligacion de

    respetar

    ,

    conservar

    y

    garantizar

    los E ~ o s

    l ~ ~ J ~

    l ~ \ ~ I

    Patrimonio Natural . Ui\u

    :,U

    \.

  • 8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos

    8/29

    EI sector productivo preferido por la poblacion de Galapagos para

    buscar

    Juentes altemativas de trabajo

    es

    el del turismo, una

    .p referencia claramente identificada en

    las

    encuestas de percepcion

    realizadas por el NEG en el 2 009, donde entre el 58

    y el 74

    de la

    poblacion

    en areas pobladas mostraban

    un

    incremento en

    turismo de

    base

    local,

    1

    cual

    de

    acuerdo

    a

    Taylor

    et

    al.,

    2006

    muestran

    un

    alto

    impacto positivo en la economia local, como

    un

    alto impacto negativo

    sobre

    el

    patrimonio

    natural

    del

    Archipielago.

    La Ecorregion de Galapagos

    que

    en terminos ecologicos evoluciono en

    aislamiento, a partir de su descubrimiento

    para

    el mundo occidental,

    s e

    sometio a un proceso de colonizacion y transformacion de algunos

    s

    istemas

    naturales,

    el

    mismo que se ha acelerado excesivamente en

    los ultimos

    20

    atlos aproximadamente. debido al crecimiento del

    sistema social (cerca de 3 0.

    000 hab

    itantes).

    el

    mismo que

    administrativamente so

    o ocupa '

    26

    3 km2.

    que

    representan

    el 02

    % de

    la super6cie

    del Archipielago

    y

    el

    3

    del

    territorio insular. pero

    qu

    e

    e jerce

    una

    importante presiOn

    sobre

    la conservacion de los

    ecosistemas insulares y

    marinos proteqidos (Tapia

    et

    al .

    2 8}9

    [

    J

    Por otro lado, la conservacion Jutura de la biodiversid.ad y os

    ecosistemas unicos caracteristicos de Galapagos, dependera en

    buena medida

    en

    buena medida de los habitantes y entidades

    .

    locales

    y nacionales. quienes deben

    en

    ultima

    instancia

    asumir

    la

    responsabiUdad de mantener practicas sociales

    y

    economicas sustentables

    y

    adaptadas

    a la

    raqilidad del

    ArchipitHago. En cualquier caso, a pesar de

    que Galapagos se

    comporta

    en

    general como

    un

    sistema

    socioeconomico

    complejo,

    parece claro que

    lo

    hace

    de

    forma

    distinta,

    y que s

    dinamica y uncionamiento

    no

    se ajustan exactamente al

    paradigma clastco de

    sel'es humanos en

    la naturaleza

    (Gonzales

    et al

    .

    2008;

    Tapia et al.

    2008) 10

    2l. En resumen de

    1 anterior, podremos

    decir

    que

    las politicas

    tradicionales han

    procurado adecuar

    a

    Galapagos al

    mundo y

    no

    al

    reves,

    pensando

    que el tratamiento que pueden darle

    es

    comun para

    todo tipo de territorio, prescindiendo de

    1

    ineludible que resulta

    controlar

    el

    crecimiento poblacional de residentes

    permanentes, el

    delicado Ecosistema y

    la

    necesaria seriedad,

    objetividad

    y

    responsabilidad de las Autoridades en

    el

    manejo de

    l

    as

    '

    Islas,

    armonizando l

    Poblaci6n con

    la

    Naturaleza.

    22

    .

    Econ6micamente,

    y de acuerdo

    a la

    Direcci6n

    del

    Parque Nacional

    Galapagos en

    su

    Plan de Manejo

    ll

    (insistimos,

    cuerpo

    legal vinculante)

    "la creciente

    demanda

    de un turismo

    masivo,

    donde si bien

    es cieno

    es el

    principal

    propulsor

    de la

    economia

    del

    archipielago, tambien

    es el

    '

    9

    Plan de anejo citado, pag.48 parrafo 2. Galapagos como Ecorregion y como Ecosistema

    10 En

    Plan de Manejo citade, pag.48 ultimo

    parrafo

    .

    11 Plan de

    Majeno,

    pag.65 parrafo 2.

    8

  • 8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos

    9/29

    l } i ' \ ' : - ' ~ '

    principal

    Impulsor

    Indirecto de Cambio

    .

    A

    esta demand

    A:kts 6 lIlii>

    \

    ciertos efectos colaterales como el aumento demoqraflco

    j;j4:ra

    altg , .

    demanda

    de

    seroicios

    y

    recursos, el aumento

    de desecho

    S 6 l ~ a ~ \ { t : . ~ , s \ ~ )

    contaminaci6n,

    entre

    otros. 10 cual evidencia,

    segu.n

    el m i S H ; l ( ) g , ~ q u : e : l o j

    el actual modelo

    de

    desarrollo promueve el uso

    de

    los s e n l i ~ i c i ; J d e c \ } o ~

    F 1 ' ~ /

    ecosistemas

    de

    una manera

    poco sostenible .

    . ~ . , ' - .

    , , . , .

    23.

    El COREO es la mii.xirna autoridad del Regimen Especial,

    tal como

    1

    ordena el Art .

    258

    de la Constitucion de la

    Republica.

    Este Consejo

    d e b e n ~ l . Planificar de

    conformidad con

    el

    Buen

    Vivir y

    los

    Principios

    de

    Conservacion

    del

    Patrimonio

    natural. Ademas

    de

    Planificar podra

    limitar derechos a toda actividad publica 0

    privada

    que pueda afectar el

    Ambiente. Es decir que a traves

    de

    sus diversos integrantes, adrninistra

    (no delega) con politicas

    publicas

    .

    de

    planificacion propias en todas

    las

    materias

    de su competencia .

    24.

    En

    materia de Construccion Turistica el O R ~ O es

    quien

    tiene la

    rectoria y entre sus integrantes

    Ministerio

    del

    Ambiente,

    de Turismo y

    Municipios,

    se articulan como

    meros

    asesores.

    EI Articulo en

    mencion

    a

    la letra, dice:

    La provincia de Galapagos tendra un gobierno de regunen

    especial. Su planificacion y desarrollo se organizara en funcion

    de un estricto

    apego

    a los principios de conservacion del

    patrimonio natural del Estado y del buen vivir de

    conformidad

    con

    1

    que la ley determine.

    Su administracion estara

    a

    cargo

    de

    un

    Consejo de Gobierno

    presidido por el representante

    de la Presidencia de la

    Republica e

    integrado

    por las

    alcaldesas

    y alcaldes de los

    municipios de

    la provincia

    de Galapagos representante

    de las

    Juntas parroquiales

    y

    los representantes

    de los

    organismos

    que

    determine la ley.

    Dicho Consejo de Gobierno tendra a su cargo la planificacion

    manejo de los recursos y organizacion de las

    actividades

    que se

    realicen en la provincia. La ley definira el organismo que actuara

    en

    calidad de

    secretaria

    tecnica

    .

    Para la

    proteccion del distrito

    especial de Galiipagos se limitariin

    los

    derechos de migracion interna, trabajo 0 cualquier otra

    actividad

    publica 0

    privada

    que

    pueda afectar al ambiente. En

    materia de ordenamiento

    territorial

    el Consejo de Gobierno

    dictara las politic

    as

    en c o ~ r d i n a c i _ o ~ l

    ct S

    municipios y juntas

    parroquiales,

    qUlenes las

    eJecutaran

    r .

    12

    EI

    Glosa ri

    oi

    del Plan de

    Manejo

    p.

    86

    sobre IMPULSOR

    INDIRE TO

    DE

    CAMBIO, dice: Factores

    y

    procesos socia-politicos que actuan de una modo mas djfuso lter ndo los ecosistemas a

    tr ves

    de

    su

    cdon sabre uno 0 mas impu lsores d irectos de

    c mbi

    Estos impu lsores

    se

    clasifican en : demogn3ficos

    economicos, so io-politicos, culturales, dife rencias de genero y cientificos

    0

    tecnol6gicos .

    9

  • 8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos

    10/29

    Las

    personas residentes

    per=anentes

    afectadas

    poria limitacion

    de . los derechos tendran acceso preferente a los recursos

    naturales

    y

    a

    las

    actividades ambientalmente

    sustentables.

    25.

    El

    Consejo de Gobierno del

    Regimen

    Especial de Galapagos

    ha

    ermtido la

    Resoluci6n No.21 de

    29-VUI-2014 (en adelante

    Res. 21

    en

    donde dispone el levantamiento de la moratoria para

    la

    construcci6n

    de infraestructura

    turistica en

    Galapagos,

    aprobando Proyectos

    de

    Alojarniento que entraron hasta

    el

    27

    de

    mayo

    del 2013 . Tales

    proyectos

    suman

    un numero

    de

    20

    .

    26. El CGREG

    sustenta

    su Res.21 en

    Resoluciones

    anteriores: La

    13 de

    30 de mayo

    del

    2014

    en

    donde

    aprueba

    la

    Matriz

    de Evaluaci6n y

    conforrna el

    Cormte Tecnico

    Interinstitucional , y

    la

    Res.14 de 18 de

    julio del 2013 en donde se instaura una moratoria de construcciones de

    Infraestructura

    Turistica hasta que

    existan

    los parfunetros de

    construcci6n,

    turisticos

    y

    arnbientales .

    27. La

    Res.21 en

    esencia resuelve: a Aprobar criterios

    consensuados

    para la

    Construcci6n de Infraestructura

    Turistica. b)

    Mantener

    la

    Moratoria para

    todos los Proyectos

    que

    no entraron hasta el

    27

    de

    mayo

    c)

    Que el

    Cormte

    eValue a

    los

    20 proyectos con

    la

    Matriz de Parametros

    aprobados .

    28.

    La

    Res.21

    sostiene

    su

    decisi6n ,

    en

    los

    Considerandos

    6 y 8 de la

    misma,

    en

    los

    Arts. 17

    de

    la

    Ley

    de

    Gesti6n

    Arnbiental,

    45 y

    73

    de la

    LOREG y el

    Art

    35

    del

    C6digo

    de

    la

    Produccion

    seiialando

    que

    estan en

    concordancia con el

    Art

    73 de la Carta Magna

    al

    reconocer que tiene la

    obligaci6n de

    prevenir aun

    cuando no

    hubiese

    evidencia

    cientifica del

    dano

    .

    Estos articulos

    legales dicen

    10 siguiente:

    Art. 17 LGA.- La for=ulacion del Plan Nacional de

    Ordenamiento Territorial la coordinara el Ministerio encargado

    el area ambiental, conjuntamente con la institucion responsable

    del

    sistema

    nacional de planificacion

    y

    con

    la

    participacion de

    las

    distintas

    instituciones que,

    por

    disposicion legal, tienen

    competencia

    en

    la materia, respetando sus .diferentes

    jurisdicciones

    y

    competencias .

    Art. 45

    LOREG.- TURISMO Y CONSERVACION.- El turismo

    permitido

    en la

    provincia de Galapagos se

    basara en

    el principio

    de TUrismo de Naturaleza

    y tendra

    como

    destinos

    el Parque

    Nacional, la Reserva Marina y los centros poblados de la

    provincia de Galapagos. Estara sujeto a modalidades de

    operacion compatibles con los principios de conservacion

    establecidos

    en

    esta

    Ley

    Ademas, a

    las normas contenidas en a

    Ley

    Especial de Desarrollo Turistico,

    Ley

    Forestal

    y

    de Areas

    Naturales

    y

    Vida Silvestre, a

    sus

    Reglamentos Generales,

    Reglamento Especial de Turismo

    en

    Areas Naturales Protegidas

    y

    a los

    planes

    de manejo vigentes.

    10

  • 8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos

    11/29

    ......- ''''''

    ' . l ~

    1:: ,

    /

    J : . - - 1 ~ : ; \ t t .

    Art 73 LOREG.- GLOSARIO DE TERMINOS: /

    0 : ~ ~

    ; { 0 ; : : ; > \

    MANEJO PARTICIPATIVO

    J l ' D \ ~ ; : \

    ' ) ; L

    '

    . r . : i

    . l . ,

    El manejo

    participativo describe una situacion en

    \ ~ ~

    ~ ' ; : , \ \

    algunos 0 todos los interesados pertinentes a un area p r ~ t ~ ~ c < J ; C \ l , ' U >

    estan

    involucrados

    en

    forma

    sustancial con las

    a c t i v i d a d e s

    e

    ~ . ~ _ ~ < ,

    " " " '

    manejo

    . Especificamente, en un proceso de manejo participativo,

    la agencia que tiene jurisdiccion de area protegida desarrolla una

    alianza

    con otros interesados pertinentes, principalmente

    residentes locales

    y

    usuarios de los recursos, que especifica

    y

    garantiza sus

    respectivas

    funciones,

    derechos

    y

    responsabilidades con respecto al area protegida.

    El manejo

    participativo

    de un

    area

    protegida

    se

    refiere a una

    alianza establecida de comtin acuerdo

    entre los interesados de

    un territorio 0

    con unto

    de

    recursos amparados bajo

    el estado

    de

    proteccion

    para

    compartir entre

    ellos

    las

    funciones de

    manejo,

    derechos y responsabilidades. Dentro

    de los

    . interesadosse

    induyen principalmente

    a la

    agencia

    a cargo y a

    varias

    asociaciones

    de residentes

    locales y

    usuarios

    de

    recursos,

    pero

    tambien puede involucrar

    organizaciones no

    gubernamentales,

    administraciones

    lo

    cales, autoridades tradicionales, instituciories

    de

    investigacion,

    comerciantes

    y otros.

    PRINCIPIO PRECAUTELATORIO

    El principio precautelatorio

    se

    aplica cuando

    es necesario

    tomar

    una

    d

    ecision

    u

    optar

    entre alternativas

    en

    una

    situacion

    en

    que

    la

    informacion

    tecnica es

    insuficiente 0 existe un

    nivel

    significativo

    de duda en las condusiones

    del anaJisis tecnico.

    En

    tales

    casos

    el principio precautelatorio requiere que

    se tome

    la

    decision

    que tiene el

    mjnimo

    riesgo de

    causar, directa 0

    indirectamente,

    daiio al

    ecosistema.

    Art 35 COP13 .- Ubicacion. - Las

    Zonas

    Especiales de Desarrollo

    Economico se instaIaran

    en

    areas geograflcas delimitadas del

    territorio nacional,

    considerando

    condiciones tales como:

    preservacion del medio ambiente,

    territoriaIidad,

    potencialidad

    de

    cada

    localidad

    ,

    infraestructura

    vial, servicios

    basicos,

    conexion

    con otros puntos del pais, entre otros , previamente determinadas

    pOI

    el organismo re

    ctor en materia

    de desarrollo productivo, y

    en

    coordinacion con el ente a cargo

    de

    la

    planificacion

    nacional y

    estaran

    sujetas

    a un tratamiento especial

    de

    comercio eXterior,

    tribu

    tario

    y

    fmanciero

    .

    29.

    De

    10 anterior

    se desprende que en

    materia

    de

    Planificacion

    Ambiental,

    es el SENPLADES, organa competente

    en

    materia

    ambiental

    quien debe tener el documento

    matriz,

    a fm de

    que

    el PNG, organa de

    Planificacion

    dependiente del

    Ministerio del

    Ambiente,

    ejecute

    13 C6d igo Organico de

    la

    Production

    11

  • 8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos

    12/29

    supervise, planifique y

    opine en

    el tema de las

    Politicas Pllblicas (Plan

    de

    Manejo).

    30.

    En

    materia de turismo y conservacion, queda

    claro

    que el Ministerio

    de Turismo debe observar

    los

    principios de Conservacion

    y coordinar la

    actividad

    turistica adecuandola al

    Plan de

    Desarrollo

    pero considerando

    con

    .especial enfasis

    la

    participacion eiudadana.

    31.

    EJ Codigo Organico

    de

    la

    Produccion citado

    por el CGREG

    en

    el

    considerando

    octavo

    de la

    Res.21

    nos evidencia (porque cita el Art.35)

    que

    el

    CGREG

    ha Planificado

    y

    declarado con la Autoridad de

    la

    Produccion, a Galapagos, como una Zona Especial

    de Desarrollo

    Economico, sin que se Ie haya

    comunicado

    a

    la

    Poblacion sobre el

    asunto.

    32

    .

    Los Proyectos de Alojamiento de la

    Res.21,

    contienen tres

    Proyectos

    (por

    10 men

    os)

    que

    manifiestan tener

    millonarias inversiones.

    Tales son los presentados por: HO GALAPAGOS S .A.,

    con

    174

    habitaciones con 26'156.205; ORGAL S.A., 36 habitaciones con USD

    5085.500,00; TANEYA S.A., 100 habitaciones

    con 3'639.000,00.

    Estos

    proyectos, mas

    todos los demas,

    suman

    un

    total de

    542

    habitaciones

    0

    plazas 4

    33. EI CGREG,

    por

    disposicion Constitucional (Art.278) es superior a

    los GAD en la creacion y

    aplicacion

    de normas, inclusive en ambito de

    control

    de la ejecucion de las

    mismas.

    En las actividades

    en donde el

    CGREG tiene rectoria

    0

    son parte

    de

    la

    Planificacion,

    los GADS

    deberan

    some erse al CGREG. En este sentido, las normas pertinentes del

    COOTAD

    dicen:

    Art

    . 7 inc 3.- Los gobiernos autonomos descentralizados del

    regimen especial de la provincia de Galapagos ejerceran

    la

    facultad normativa con las limitaciones que

    para

    el caso expida

    la ley

    correspondiente.

    Art. 29. - Funciones de los

    gobiemos

    autonomos

    descentralizados. -

    El ejercicio de cada gobierno autonomo descentralizado se

    realizara a traves de

    tres

    funciones integradas:

    a

    De legislacion, normatividad fiscalizacion;

    b De ejecucion

    y

    administracion;

    y,

    c

    De participacion ciudadana control social.

    34

    .

    En

    materia

    de Construccion de

    Infraestructura

    Turistica

    la

    norma

    aplicable

    e

    indelegable

    es

    la

    del Art.

    49 de

    la LOREG que Ie da

    al

    CGREG

    la facultad

    privativa para

    ello, es la

    que crea

    la

    competencia

    ,

    4 Documentos emitidos por

    el GREG

    junto

    con el

    Ministerie de Turismo

    y el

    Ministerie del Amb iente

    dentro del Proceso de

    levantamiento

    de

    la

    Moratoria

    12

  • 8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos

    13/29

    : 1 " ; ~

    " " " " ' " " " ~ \ j , , ,

    pues aun cuando son dos nonnas de la misma jerarquia,

    la

    ~ q A : >\ .

    ~ o n s ~ t : i ~ ~ t e n t e

    como

    10

    ordena

    el

    Art.425

    m l S O

    ; ~ ~

    ~

    \

    . ) : \ r

    ..

    _ ~ : .. \ ~ : ; : : i

    ~ j : ;

    : ; \ :

    ~ ; , . : ~ , : '

    - . ~ . - /

    II sr:.C

    fU:., T:

    ...

    ~ n ~ \

    . 1:/

    ''-'

    .

    .

    DESCRIPCION DEL ACTO VIOLATORIO

    DE

    DERECHOS-- '

    35

    .

    La

    Constitud6n

    de

    la Republica del Ecuador se caracteriza por

    sistematizar la nonnativa ambientaL En este

    marco,

    la nonna suprema

    mantiene

    la estructura

    juridica fundada en el

    deber

    estatal

    de

    protecci6n

    del

    patrimonio

    natural;

    la declaratoria de

    interes

    publico

    ambiental;

    y el reconocirniento y garantia de derechos

    ambientales

    a las

    personas

    y

    la

    poblaci6n, esta vez bajo el

    lenguaje

    de derechos

    de

    libertad

    y

    derechos

    del

    buen

    vivir,

    respectivamente. Ademas

    sistematiza

    otros principios, como el de -prevenci6n ,

    precauci m

    y participaci6n

    ciudadana ambiental que son violados, tal como 10

    argumentaremos

    en

    el presente trabajo (Arts. 3

    numeral

    7, 212

    14

    Y 400, 213, 66 numerales

    15,27,214

    , 14 , 215,57 , 216,395.

    36. Acuden

    ademas, en auxilio

    de l

    os

    accionantes,

    para

    poder presentar

    a usted con toda

    la fuerza

    argumentativa necesaria la

    importancia

    de

    nuestras pretensiones,

    una

    sentencia expedida

    por la

    8ala Penal de la

    Corte Provincial de Justicia de Loja,

    la

    cual, al resolver en

    apelaci6n la

    causa

    relativa

    a

    la

    violaci6n

    de los

    derechos

    de

    la naturaleza por

    haber

    ocupado la ribera del rio como sitio de disposici6n de escombros de

    la

    construcci6n

    de una

    carretera,

    estableci6:

    Dada Ja :inctiscutible, elemental e irresumibJe :inJportancia que tiene

    la

    Naturaleza,

    y

    teniendo

    en cuenta

    como hecho notorio

    0

    evidente

    su

    proceso de degradaci6n, la acci6n de protecci6n

    resulta

    la unica

    via id6nea

    y

    eficaz para

    poner f in y

    remectiar de manera :inmediata

    un

    dano ambiental focalizado. Razona esta SaJa que hasta tanto se

    demuestre objetivamente que no existe

    la

    probabilidad

    0

    el peJigro

    cierto de que las

    tareas

    que se realicen

    en

    una determinada zona

    produzcan contam:inaci6n

    0

    conlleven

    dano ambienta

    l, es deber de

    los Jueces Constitucionales propender de :inmectiato al resguardo y

    hacer efectiva Ja

    tutela

    judicial de los derechos de la Naturaleza,

    efectuando 10 que fuera necesario para evitar que

    sea

    contam:inado,

    o remectiaT'lS

    37 .

    De

    10 que se desprende

    que

    en

    tratandose de derechos de t

    Naturaleza, la amenaza es

    causa

    suficiente para el

    pronunciamien

    W

    5

    Corte Provincial

    de

    Justicia

    de

    Loja. Sala Penal. No .

    1112120110010

    .

    30/03

    / 2011, disponible

    en

    ht tp://mariomeloJiles .wor

    dp

    ress.com/ 201

    1/04/pr

    oteccionderechosnatu

    r ia-I .

    pdf citadb par H.

    Echeverrfa

    y

    Sofia Suarez en Tutela judic ial efectiva

    y

    ambiental el caso Ecuatoriano . CEDA QUito,

    p.108

    13

  • 8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos

    14/29

    PRO-NATURA para

    evitar

    un

    posible

    dano frente a las reales amenazas

    existentes

    .

    El

    CGREG

    al realizar el Levantamiento de

    la

    Moratoria a traves

    de

    la

    Res.21, a mas de haberlo hecho sin las formalidades

    legales e invocando a las ZEDE ZONAS DE DESARROLLO

    ECdNOMICO),

    como

    sustento de tal Resolucion, vio16 nuestros

    derechos constitucionales a la informacion

    y

    participacion,

    y

    pone en grave riesgo

    al

    Patrimonio Natural

    de

    Galapagos.

    38.

    AI

    emitirse la

    Res.21

    del

    CGREG,

    como

    resultado de la aprobaci6n

    de las Resoluciones 13

    Y

    14 de 30 de ma

    yo

    del 2014

    Y

    18 de julio

    del

    2013

    se han violado

    varias politicas publicas,

    derechos de la

    naturaleza, de participaci6n y otros derechos constitucionales de los

    comparecientes

    y

    de todos los

    ecuatorianos

    constantes en los Articulos

    10

    inc .2,

    1466

    Nums.15,27;

    71,72. ,73,74,82,85 Nums

    1, 2 e inciso

    final, 86 Num . l , 279, 280, 398, 399 , 404, 405, 426.

    39. Toda formulaci6n,

    ejecuci6n,

    evaluaci6n y.

    control de politica publica

    que garantice derechos

    estara

    orientado

    al Buen

    Vivir. En este sentido,

    debera garantizar la Participaci6n Art. 85 No.1), pero lamentablemente,

    no 1

    ha

    hecho.

    Por

    1 tanto

    con

    esta

    indebida

    politica

    publica

    se no

    s

    esta impidiendo

    el goce

    de nuestros derechos de Participaci6n

    y

    Ambientales.

    40

    .

    El Sistema Nacional

    descentralizado

    de Planificaci6n Participativa,

    dice

    el Art. 279 de la Constituci6n organizara la

    Planificaci6n

    para el

    Desarrollo

    .

    En

    el caso

    en particular,

    la

    Planificaci6n para Galapagos

    se

    la debe hacer con l

    as

    Directrices del SENPLADES y del Parque Na

    cional

    Galapagos. EI SENPLADES, lamentablemente, ha

    cedido

    sus

    competencias privativas a favor del Ministerio

    de

    Turismo , y

    este

    a

    su

    vez

    ha

    pr

    escindi

    do inexplicablemente

    de

    un

    n

    strumen

    to

    de

    Planificaci6n

    obligatorio

    realizado por la DPNG que

    es

    el Plan de

    Manejo

    de

    las

    Areas Protegidas.

    4l. Cuando la Constituci6n de

    la

    Republica determina Art.280) que el

    Plan Nacional

    de Desarrollo

    es

    de

    caracter obligatorio

    para

    el

    Sector

    PUblico, y

    tal

    incumplimiento vulnera derechos constitucionales y no

    garantiza hacer

    efectivo

    l Buen

    Vivir, es c

    uando

    la

    posibilidad de una

    Acci6n

    de Protecci6n

    se

    activa

    Art.88),

    como

    es el

    caso que nos

    ocupa.

    42.

    El

    Plan de Manejo de

    la DNPG pag. 35) , que es

    la herramienta de

    Planificaci6n

    de observancia

    obligatoria

    senala con claridad que

    el

    Turismo provoca

    un

    alto

    impacto

    negativo sobre

    el

    patrimonio natural

    14

  • 8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos

    15/29

    _ '

    ~ _ . , . U ~ ,

    /1

    ,. '

    '.

    I : l . .

    , ) ,./.. -

    0- , \ ~ ; ; O M i ; \

    del

    archipielago

    a

    pesar de que es de un alto

    impact6

    posiUvd If i

    economia local".

    Por 10

    tanto, hacer

    un

    levantamiento

    4 e f l i t ~ ~ ~ ; J

    Construccion

    para

    potenciales 542 habitaciones GENERAcl ;lNA cGMVEOC /

    AMENAZA AL PATRIMONIO NATURAL DE

    LAS

    ISLAS. S L C R L ' L \ / "

    l... ,P

    43. Desde

    el

    punto

    de

    vista

    economico

    ademas, -en

    el

    s u p ' u e s ( r ~ O

    verificado de que exista- si hubiese la demanda de Tunstas para cubnr

    las habitaciones

    que

    se preven, y que no

    hubiese

    afectacion a

    las

    Islas -

    supuesto

    tampoco verificado-, la

    comunidad

    tiene derecho a

    beneficiarse del Ambiente y la riqueza que produzca (EVEN VIVIR), por

    expresa

    disposicion

    del Art.74 de la Constitucion.

    44. Adicionalrnente, en

    el

    supuesto que

    exista incremento

    directo de la

    demanda

    al

    incrementar

    la oferta

    (supuesto tampoco

    verificado), podria

    generarse el nacimiento

    de

    Actores Economicos con Posicion Dominante

    en

    el

    Mercado,

    10

    cual se

    encuentra

    prohibido

    por

    la

    Ley de

    Control de

    Poder

    del

    Mercado

    y sena

    altamente peligroso para

    la

    economia

    Local.

    45.

    La

    Superintendencia de

    Control

    de Poder

    del

    Mercado tiene la

    obligacion de pronunciarse en una

    activ:idad

    economic

    a de

    esta

    envergadura, por 10

    tanto

    se la

    debera

    considerar como

    un tercero de

    interes en esta causa.

    46. Adicionalmente,

    al

    existir grandes

    capitales a Invertir,

    tal como

    consta de la informacion expedida por el propio CGREG, debera ser la

    UNlDAD

    DE

    ANALISIS FINANCIERO

    la que se pronuncie sobre la

    observancia escrupulosa de

    la

    ley

    en

    estos casos.

    47. Es innegable

    ,

    pero no Planificado ni

    prev:isto

    por

    el

    CGREG (excepto

    por 10 que ordena del

    Plan

    de Manejo de la

    DNPG) que la Construccion

    de

    los Hoteles

    de

    mas de 100 habitaciones

    en Galapagos,

    debio

    ser

    informada amplia y

    oportunamente

    a la Comunidad, tal como 10 ordena

    el Art. 398 de la Constitucion, pero, arbitrariamente, no se 10

    hizo.

    He

    aqui una clara

    violacion a los derechos

    de Participacion.

    48 Se argumenta por

    parte

    de las Autondades del

    CGREG,

    de una

    manera

    controvertida

    a

    la

    expresa

    exigencia del

    Art.

    20

    de

    la

    Ley

    de

    Gestion Ambiental, que exige para

    toda

    actividad que implique un

    nesgo para la naturaleza,

    el

    otorgamiento de la

    Licencia

    Ambiental

    respectiva,

    que se esta vivien

    do un

    proceso

    de pre

    -

    licenciamiento

    (por

    llamarlo de

    alguna

    manera) y que,

    mientras no

    se aprueben por parte

    de

    los "Proyectos"

    los

    117

    parametros de

    construccion y ambientales,

    no se puede pensar

    en irregularidad

    de ning(ln

    tipo

    ni en

    construccion

    de

    hoteles de tantas habitaciones.

    49 . No

    obstante tal

    argumentacion, que

    apunta por

    parte"del CGREG a

    minimizarnuestra

    preocupacion por la

    afectacion

    al

    Patrimonio Natural

    de

    Galapagos, a nivel

    Intemacional

    ,

    se esta ofertando ya

    a inversore

    extranjeros,

    por ejemplo,

    a "P

    laya

    Carolan, como

    un

    proyecto exclusiv

  • 8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos

    16/29

    de 5

    Estrellas.

    Los

    proyectos

    son : Punta Carola Eco-Estate , Hotels

    Under Development (Proyectos de Hoteles en desarrollo) del Grupo HIG

    Hospitality Investors Group con el Proyecto Darwin Bay ; -y el Punta

    Carola Hotel/Motel - Off Market for sale or for lease .

    50.

    EI

    Punta

    Carola

    Eco-Estate ,

    aunque

    no

    tiene

    una

    referencia de

    contacto

    es un trabajo muy

    alIlplio

    en

    donde precisa los aeropuertos

    desde donde se puede llegar a

    Guayaquil

    y

    posteriormente

    a la isla

    San

    Crist6bal desde Houston, MialIli, New York; hace

    una

    referencia a l

    os

    principales lugares y a la historia

    de San

    Crist6bal; Ie dice a los

    lectores

    que ahora tiene la oportunidad de adquirir la propiedad mas

    hermosa,

    ya

    sea como inversi6n

    0

    como bien

    inmueble

    propio

    . ue

    Puerto

    Baquerizo Moreno es la

    unica

    poblaci6n

    que tiene

    un sistema de

    alcantarillado y aguas servidas que previene la

    contaminaci6n

    en

    la

    Bahia. Que tiene el unico permiso para construir y operar un hotel 5

    estrellas en

    Galapagos

    para mas

    de

    200

    invitados

    con todos los

    servicios. Es ideal para universidades que quisierart

    tener

    un centro de

    investigaciones

    compartido. Ver: Punta

    Carola

    Projects .- http :/ /

    investmen sales. files.

    wordpress

    .com. Fbrochure-punta carola

    -sin

    contact

    1.pdf

    51 . Por su parte el Grupo HIG Hospitality

    Investors

    Group , oferta el

    Proyecto Darwin Bay ,

    ubicado

    en Punta Carola

    con

    un

    espacio

    de

    45.000 metros cuadrados

    para

    una construcci6n ecol6gica con

    Bungalows privados y

    lugares

    exclusivos como boutique y

    un

    hotel con

    Clu

    b

    de

    Pesca

    .

    Estaban

    previstas

    las

    construcciones

    para la

    primavera

    del 2014.

    Este

    grupo de inversores

    indica

    como carta de presentaci6n

    v

    arios hoteles

    abiertos en varios paises

    con la

    marca

    Four

    Seasons y

    Radisson

    . Se pr

    esentan

    como un a firma

    experimentada

    para negociar

    y

    asegurar el inicio de las operaciones y

    su

    manejo . Como parte de sus

    estrategias

    de mercado esta:

    invertir en

    activos intemacionales de

    primera c1ase 0 instalaciones

    de

    lujo que permitan a la empresa

    en

    un

    periodo de 5 aiios

    operar

    con el producto de su actividad .

    Especializados

    en

    invertir en

    activos

    manejados

    por compaiiias

    fuertes

    a nivel

    intemacional

    .

    Invierten

    en

    activos

    donde se

    minirniza

    el riesgo

    al

    maximo . Asesoran para que se invierta en activos que se benefic

    ian

    por

    estar en una

    situaci6n

    estrategica, en

    donde resultan

    altas las baireras

    para -ingresar yen

    donde

    los beneficios son

    de

    primera c1ase y producen

    signifIcativos resultados . Tiene operaciones

    en

    Palm

    Beach

    EUA, New

    York, Toronto ,

    Bogota

    y se

    los contacta en

    varios mails y

    telefonos que

    constan de

    la pagina web :

    w,vvv.hospitalityinvesto

    rs.com/

    ho te ls under develo

    pm

    ent. asp

    52. EI tercer aviso

    de

    venta de Punta

    Carola

    es el Punta Carola Hotel /

    Mo

    te l - Off

    Market

    for sale

    or

    for lease .

    En

    San Crist6bal '

    con 70

    habita

    ciones 8000 mts2

    de

    construcci6n en un terreno de

    73.649

    metros cuadrados, con

    pe

    rmisos

    de construcci6n y

    frente

    a

    la

    playa.

    6

    I

  • 8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos

    17/29

    ' . ~ - ' ~ '

    Precisa 10 paradisiaco

    del

    lugar con

    acceso

    directo a la ; ~ i j ~ } ~

    \

    mar

    0

    por tierra

    .y p r e s e n ~ a la

    e m p r e ~

    de

    fmanclamlepta

    ~ ~ g s ~ R ; \ } ~

    I

    que es experta

    en financlar

    blenes

    rruces.

    Se 10

    puede

    \ \ P , ~ R ~

    ~ ~

    . ? , f ;

    siguiente pagina web: w\vw.cfscapstone.com \

    U.:i

    \ (

    ; ,.,,',

    \ . ,{\ol ,}, . - /

    ~ ~ : s : , \ . n .

    53.

    Al

    existir

    ofertas

    de

    Punta

    Carola

    a

    nivel

    internacional, sin

    u

    exist:q.

    un

    estudio efectivo de

    impacto ambiental,

    la existencia de la

    amenaza,

    del riesgo

    de

    un daiio es

    inminente

    pues, varios

    de

    los hoteles

    que se encuentran

    en

    Proyecto se

    construirian

    desde

    Playa Mann a os

    largo de la costa hasta el

    fmal

    de Playa Carola, areas

    reconocidas

    cientificamente como

    de apareamiento,

    alimentaci6n y anidaci6n

    de

    tortugas,

    lobos

    e iguanas marirlas

    que son especies

    protegidas y

    en

    peligro de

    extinci6n.

    54. a Poblaci6n

    de

    Galapagos

    en

    general y

    de

    San Crist6bal

    en

    particular

    tiene serios

    y

    conocidos problemas con

    su

    provisi6n de

    agua

    potable y alcantarillado. Si tan solo se tuviera cabida para

    tres

    proyectos (HO Galapagos, ORGAL S.A y TANEYA) con un promedio de 2

    a 3 personas tendriamos entre 600 a 800

    personas

    diarias

    consumiendo

    agua,

    usando

    el alcantarillado y presionando en el Eco-

    sistema

    de

    las

    Islas, ademas, sin que se

    genere

    un beneficio para los

    ciudadanos.

    55. a participaci6n

    de

    la

    comunidad

    en

    temas

    turisticos y el derecho a

    proteger

    las

    Islas, no

    solo

    constan

    en el Art

    .

    48

    de

    la LOREG sino en la

    Constituci6n

    de

    la

    Republica

    Art.

    14

    que

    reconoce al

    uen

    Vivir

    basado

    en un ambiente

    sana

    y ecol6gicamente

    equilibrado

    que garantice la

    sostenibilidad.

    56. El CGREG

    y

    los ciudadanos en conjunto

    debemos,

    por

    asi

    orden

    arlo

    el Art. 399

    de

    la

    Constituci6n

    ejercer la tutela

    Ambiental,

    10 cual

    significa

    al

    tenor del

    mismo

    articulo

    que el CGREG y

    sus instituciones

    I integrantes debieron desarrollar

    los

    mecanismos

    de

    participaci6n a

    traves

    de

    las

    normas

    de

    planiiicaci6n y el sistema

    descentralizado de

    gesti6n ambiental, para

    pedir

    nuestro

    concurso dentro de

    esta

    Resoluci6n.

    57.

    El CGREG a

    traves de

    la Res. 21 ha

    provocado

    que

    se empiecen

    a

    vender proyectos

    de inversi6n

    en el

    extranjero,

    en

    un territorio

    que,

    si

    bien es cierto es

    privado

    verificando sus re les dimensiones a traves de

    un

    perito)

    tiene especies protegidas

    y NO TIENE NINGUN ESTUDIO

    DE

    IMPACTO AMBIENTAL PARA LAS REPERCUSIONES EN EL

    ECOSISTEMA

    DE GALApAGOS Y LA VIDA DE VARIOS MIEMBROS DE

    ESPECIES

    PROTEGIDAS. Estamos ante una posible

    violaci6n

    del inciso

    segundo del

    ArtA 5

    de

    la Constituci6n que prohibe

    que p e r S 0 1 1 Y a

    natural

    0

    juridica alguna pueda

    adquirir

    a

    titulo

    lguno

    tierras

    en area

    ..

    protegidas.

    17

  • 8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos

    18/29

    58. Respecto

    de

    los derechos

    de

    la Naturaleza viol

    ados

    en el caso hay

    que recordar

    que

    tiene

    entre otros

    derecho a la

    tutela

    judicial efectiva

    para proteger

    sus

    derechos:

    respeto

    integral de su

    existencia;

    mantenimiento y regeneraci6n

    de

    sus ciclos vitales, estructura,

    funciones y

    procesos evolutivos;

    y su

    restauraci6n.

    59. Para los accionantes, y sin afan protag6nico personal, 10 decimos: la

    Naturaleza

    es

    en

    si misma un sujeto procesal, para 10

    cual

    vale

    invocar

    1 dicho por la

    Primera

    8ala

    de

    la

    Corte Constitucional para

    el

    periodo

    de

    transici6n, la cUal, al resolver una acci6n

    de

    amparo

    relativa

    a la

    instalaci6n de

    biodigestores, consider6 a la

    naturaleza

    como

    parte

    procesal

    y,

    haciendo

    referencia a la

    garantia

    de los derechos

    constitucionales

    de

    las personas, la poblaci6n y la naturaleza, senal6:

    Debemos

    tener

    presente que 'esta garantia de proteccion de la

    Naturaleza goza del principio de autonomia,

    es

    decir, debe

    ser

    considerado

    en su

    integralidad de

    manera

    holistica como

    un fin

    (activo) y no como

    un

    medio

    0

    cosa (pasivo), a la que

    irremediablemente se Ie respete su propio comportamiento, caso

    contrario se omitiria la vigencia de sus derechos y

    su

    tutela

    efectiva .. 16

    60 . Los Tratados e instrumentos intemacionales

    de

    Derechos Humanos,

    de conforrnidad

    con el Art 426 de la Constituci6n se aplicaran de forma

    directa

    . En el caso, el CGREG ha violado varios

    instrumentos

    intemacionales que obligan a la autoridad a contar

    con

    la

    poblaci6n

    para

    tomar

    una

    decisi6n

    en

    materia

    ambiental.

    61. EI

    derecho de

    acceso a la justicia ambiental

    -reconocido en

    la

    Declaraci6n

    de Rio

    de 1992,

    . en su Principio 10 sobre participaci6n

    ciudadana- junto

    con

    los derechos de acceso a la informaci6n

    y

    a la

    participaci6n constituyen los

    fundamentos

    de la

    gobemanza

    ambiental.

    As], el Principio 10 establece, en 1 relacionado

    al

    acceso a la justicia,

    que

    debeni proporcionarse

    acceso

    efectivo a los procedimientos

    judiciales

    y

    administrativos,

    entre estos el

    resarcimiento de

    danos y

    los

    recursos pertinentes . La Gobemanza

    Ambiental

    descansa

    sobre

    estos

    tres

    derechos:

    1.-

    De acceso

    a

    la

    informaci6n;

    2 .-

    Participaci6n y,

    3.

    Justicia ambiental.

    62

    . El

    derecho humane

    en

    materia Ambiental para Acceder

    a

    Informaci6n

    y para la

    Participaci6n

    del

    Art

    . 398 de la Constituci6n se

    inspira en la Constituci6n del 98 , y

    ademas

    se complementa con la Ley

    de Gesti6n

    Ambiental de 1999

    17

    y el

    Decreto

    Ejecutivo No .

    3516 de

    6

    Corte Constitucional para

    e

    perfodo de transicion Primera Sala Resolution No

    567 8

    Registro

    Oficial N

    o

    23. Edicion Especia l: 08/12/2009. p. 49.

    17 Ley de Gestion Ambiental. Registro Oficia l No. 245: 30/07/1999. Codificacion : Registro Oficial

    suplemento No. 418 : 10/09/2004

    18

  • 8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos

    19/29

    )

    2003

    18

    ;

    nonnas pioneras en establecer pautas

    sob;e

    el

    ~ ~

    ' m < . .

    participacion ciudadana

    arnbiental ~ n

    e1 Ecuador. A ~ 8

    nonnativo hay que sumar el Decreto EJecutivo No. 1040 del

    0

    ; i \ q g ~

    l

    todos

    los cuales han sido omitidos en este proceso

    de Le

    a ~ ~ ~ ~ i : t o j

    de

    la Moratoria .

    \

    .

    d,1 ,,,I,