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8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos
1/29
,
.
SENOR JUEZ
CONSTITUCIONAL
DE PUERTO
BAQUERIZO
MORENO. -
NOSOTROS: JOSE
JAIME
TORRES
ACOSTA
ecuatoriano casado de
65 afios de edad Presidente de la
Asamb
l
ea Ciudadana
del Canton San
Cristobal
MARIA ELENA RICAURTE AGUIRRE ecuatoriana casada
de
49 aiios
de
edad Guia Turistica M RI
DANIELA COX RUEDA
ecuatoriana
soltera de
27
aiios
de
edad licenciada
en
Ecologia
Marina
ALEXANDRA LORENA RAMON GUAMANQUISPE ecuatoriana
divorciada de
ocupacion
comerciante de
45 aiios
de
edad EDUARDO
ALEJANDRO
VELIZ VELIZ
ecuatoriano divorciado empresario de 60
aiios de edad
DAGFIN
EDISON COBOS
CORDOVA
ecuatoriano
so ltero
de
46 aiios
de
edad
de
ocu
pacion ingeniero
civil HENRY
DAGFIN COBOS ZAVALA
ecuatoriano casado
de
47 aiios
de
edad
Concejal del Canton San Cristobal
EULOGIO
ARTURO
ANDINO
CAICEDO
ecuatoriano casado
de 54 aiios
de
edad
de ocupacion
chofer profesional DAVID
BERNARDO
BASANTES VARGAS
ecuato
riano casado mayor
de
56 aiios
de
edad Especialista
en
Gerencia de Servicios de Salud
GERARDO NABIL SEGOVIA
MORALES
ecuatoriano casado
de
46
afios de
edad
de ocupa
ci
on
comerciante SEAN
KERRIL KEEGAN canad
ie
nse
nacionalizado
ecuatoriano
de
61 aiios de edad . casado ingeniero civil;
OLIVIA
JUSTINA MORAN PATINO ecuatoriana casada de 68
aiios de edad
de
ocupaClOn quehaceres domesticos ;
YENNIFER
BERNARDA
RAMIREZ
PUERTAS
ecuatoriana
soltera
de
22 aiios
de
edad
de
ocupacion
estudiante;
ALI CARLOS RICAURTE ;MORAN
ecuatoriano
soltero de
20
aiios
de
edad de
oc
up
acion
est
udiante
;
GEOVANNY
GUILLERMO VIZCAINO LOPEZ ecuatoriano
casado
de
41 aDos de
edad empresario; DUTRIV
OLIVIA RICAURTE MORAN
ecuatoriana
soltera de
26
aiios de edad
es t
udian
te
CARLOS ALBERTO
RICAURTE GRANDA
ecuatoriano casado
de
69 aiios
de
edad
Presidente de la Cooperativa de Pesca
de
San Cristobal;
WHITMAN
RODRIGO
COX
ACUNA
ecuatoriano de
52
aDos
de
edad
Guia
Naturalista
RESIDENTES
PERMANENTES DE
GALAPAGOS
por
nuestros
prop ios derechos y
amparados
en los Arts. 7 1 86 No.1 de la
Constitucion de
la
Republica ante usted comparecemos con
la
presente
ACCION DE PROTECCrON
en contra de
l
Consejo de
b ~
r
de
l
Regimen Especial de Galapagos CGREG al tenor de 10 siguiente . 7
1
8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos
2/29
I
DE LOS ACCIONANTES
1.
Comparecemos
por
nuestros
propios
derechos
defendiendo
a
la
Naturaleza
y el medio ambiente, y
en contra
de
violaciones
a varios
derechos constitucionales de
las
personas,
muchas
de
las cuales no
finnar
por diferentes motivos la presente acci6n.
2 .- No
obstante
ello,
y
para
reforzar
mi personeria activa,
me
perrnito
transcribir u
na
sentencia
del
Ex Tribunal Constitucional
que
indica,
luego de
que
el
demand
ado (instituci6n publica) descalificaba la
acci6n
por cuanto, seglin ellos, el numero de recurrentes
apenas
representaban
el 0.02% de toda la poblaci6n.
a Segunda Sala del
Tribunal
Constitucional
estableci6
:
Los accionantes,
moradares
de la
parroquia
Ayora: canton Cayambe
en su escrito de peticion inicial solicitan
la
defensa
de ciertos
derechos individuales que consideran vulnerados como son el
derecho a
la consulta
previa, a vivir
en un ambiente sana y
ecologicamente equilibrado y libre de contaminacion,
tambien hacen
referencia a ]a proteccion del medio ambiente, en el sentido de
pretender]a defensa
al
derecho a vivir en un medio
ambiente
sana y
libre de contaminacion, a contar con los criterios de ]a comunidad
respecto de decisiones
estatales
que pueden afectar el medio
ambiente
y
las
medidas
que debe
tomar
el
Estado en
]a materia.
AI
invocarse ]a proteccion del me io ambiente,
que es un
derecho
difuso, la
Ley
del Control Constitucional,
en su
articulo 48, legitima a
cualquier
persona, natural
0 juridica
,
para la
interposicion del
amparo l.
FUNDAMENTOS DE HECHO
3. -
Es del
caso senor
Juez que existe para Galapagos todo un conjunto
de Politicas PUblicas
para
su
manejo
y
cuidado, de
obligatorio
cumplimiento por parte de todas
las instituciones
que
.
tienen
competencia para
el manejo del
Regimen Especial. Estas
politicas
constan en un Plan de Manejo de Galapagos .
4.- El
Plan
de
Manejo se ampara
sobre
diversos instrumentos de
Planificaci6n de
l
ambito
nacional,
regional
y
seccional, relativos
a la
consel'laci6n y el desarrollo
sustentable
.
Estos instrumentos
son:
I ibunal ConstitucionaL Segunda Sala. Resoluci6n No. lS7 2003 RA. Registro Oficial No 315:
16/04/2004. pp. 1415.
2
_ I
8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos
3/29
~ ,>
1 \
1 . ~ t o
..
~ \ U ?
~
A nivel Nacional: l \ / ;
\ ~ \ .
i ' \ ) ')j\l\c \.
a) EIPlan
Nacional
del Buen
Vivir
2009-2013
;
2 0 1 3 - 2 0 ~ : ~ ~ ~ ~ : : \ ~ ~ ~ ~ Q
~ \ .
J
\ . . \ . ~ .
C 6
,. , .. (J .\
y\i > I
b) Politic a Ambiental Nacional ';, ' . Y s ~ C . ' i t ' , : ; \ f " : >
c)
Politicas;' Plan Estrategico del
Sistema
Nacional
de
AIeas==P
Protegidas
del Ecuador 20072016.
d) Politica y
Estrategia
Nacional de
Biodiversidad
y,
e)
Plan
Estrategico
Ministerio del
Ambiente
2010-2014
A nivel Regi
onal:
f) Plan Regional para la Conservaci6n y el Desarrollo Sustentable
de Galapagos.
g)
Estrategia
Ambiental para el Desarrollo
sustentable
del Ecuador
2010 ,
2020
h ) Vision
compartida para la
s Islas Galapagos .
A
nive
l
Seccional:
i) Plan de Manejo de las Areas Protegidas de Galapagos para el
Buen Vivir
5.
La
responsabilidad
de
aplicaci6n de estas politicas PUblicas
se
encuentra,
esencialmente,
en
manos
de
la
Direc
ci6n
del
Parque
Nacional Galapagos DPNG2
y
e n
el Consejo de Gobierno del Regimen
Especial de
Galapagos
(CGREG)
ya
sea directamente 0 a traves de sus
mst ituciones
in
te
grantes
.
EI
C G R E G
tiene
entre sus
intelVantes al
Parque
Nacional
Galapagos, el Ministerio del Ambiente , el Ministerio de
TUrisrno , S ~ N P L A D E S , los Alcaldes de Puerto Baquerizo Moreno, Puerto
Ayora e Isabe1a, y al
Presidente
de las Juntas Parroquiales .
6. La base conceptual y direc t r i c e s
del Plan
de Manejo estan vinculadas
estrechamente a
los objetivos
propuestos en el Plan Nacional para el
Buen
Vivir
2013-2017,
especificaITlente en
10
relacionado
a garantLzar
los derechos
.
de
la
naturaleza.
y
promover un ambiente sana
Y
sustentable y 10 establecido e n l a
Politica
7.12
que
busca
Fortalecer la
gobemanza ambiental del regimen especial
del
archipielago d e
Galapagos y la
Amazonia .
7 .-
La Politica
PUblica Arnbienta l Nacional por su parte , dispone d e
lineamientos que rigen el sec t o r publico del Estado Ecuatoriano,
con
h ,
tres e J e ~ principales: 5 .1.- Manejo institucional del
tema ambIentV-
'
2 n el caso :e l na ufragio cereano a Pu nt Carola , la
DNPG
tome control de las areas de influenda Y
J:
'
phya
p r pre
ven ir efectos n ocivo
s.la
not lc ia se encuentra en l web
h t
t
v v.. w. galapagospark or g / o
l
e t in
php?noticia 815
3
8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos
4/29
5.2.-
Cbnsideraci6n
de los
limites
fisicos de los ecosistemas y; 5.3
Participaci6n SociaJ3.
8.- EI Plan Regional para
la
Conservaci6n y el Desarrollo Sustentable de
Galapagos
orienta la
gesti6n
en
las
Islas
a
traves de
programas
y
proyectos donde se consagra
que las
zonas
terrestres, marinas y
los
asentam
ientos
humanos
4
de
Gahipagos esbin interconectados , por
t n to su
conservac
ion y desarrollo sustentable
depende
del
manejo
ambiental
integrado de estos componentes . Una vez que e CGREG
realice
y apruebe el Plan de Ordenamiento
Territorial
y Desarrollo
Sustentable del Regimen Especial de Galapagos, se reemplazara al Plan
Regional
.
9. -
La
Estrategia para
la
Conservaci6n
y
Desarrollo
Sustentable
Galapagos 2020
fue
elaborada por
el Ministerio del
Ambiente
y
establece
los lineamientos (obligatorios) generales para convertir a
Galapagos en un modelo mundial del desarrollo
sustentable,
garantizando la
conservaci6n
de sus ecosistemas
unicos
y
el uso
racional y responsable de sus
recursos.
10
.-
La
Constituci6n
de la
Republica
impone
a toda
autoridad,
respecto
de
la
Naturaleza tres tipos de
Obligaciones:
De
Respeto,
de Protecci6n y
de Garantia
(Arts.
396,
276,
413,
397).
Las obligaciones de Respeto son
las relacionadas
al
imperativo
de
respetar
la Planificaci6n
y de
Armonizar
el
Desarrollo
con
la Sustentabilidad
y
Sostenibilidad
.
11 .- EI Art. 276 a la letra, dice:
EI regimen de desa
rr
ollo tendrci
los
siguientes objetivos
3
I
C6digo de las Finanzas Publicas
,
en concordan cia con
el
Art. 276 de la onstitucion nos precisa los
linea mientos para
el
Desarrol
lo y la
ineludible part
icipacion
ciudadana en materia de Desarrollo: Art. 2.
lineamientos
para el desarrollo
.
Para
la
aplicacion de e
st
e c6digo, a traves de
la
planificaci6n del
d e s r r o l l ~
y las finanzas publicas, se consideraran los siguientes lineamientos:
1. Contribu ir al ejercicio de
la
garantla de
derechos
de
la
ciudadanla
que en este
C6digo
n c l u y ~
a las
personas, comunidades, pueblos y nacionalidades por medio
de
las pollt
ic
as publicas,
la as
ignaci6n
equitativa
de
los recursos pUblicos y la gestion por resultados;
2. Fomentar la participacion ciudadana y el control social en la formulacion de la politica publica, que
reconozca la diversidad
de
identidades; as f como los derechos
de
comunidades, pueblos
y
nacionalidades;
3. Aportar a la construccion
de
un sistema economico social, solidario
y
sostenible, que reconozca las
distintas formas de produccion y de trabajo, y promueva
la
transformacion de
la
estructura economica
prima rio-exportad ora, las formas de acumulacion de riqueza y
la
distribution equitativa de los
beneficios del desarrollo;
4. Promover el equilibrio territorial, en el marco de la unidad del Estado, que reconozca
la
funeion social
y
ambiental de la propjedad
y
que garant ice un reparto equitativo de las cargas y beneficios de las
intervenciones publicas y privadas;
4 Es
evidente que la
prop iedad pr ivada de los
asentam
i
entos
huma nos tiene una
lim
itacion ambiental
clara pues,
debe
someterse a las poHticas publicas y a la legislacion protectiva que recae
en
las Islas.
En
este
sentido se debe considerar que los animales y especies que estan dentro de propiedad privada no
afectada no podrian ser considerados
normalmente como
inmuebles por acces ion pues, las especies
protegidas no son susceptibles
de
dominio .
4
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5/29
2. Construir
un
sistema economico,
justo,
d e ~ ~
productivo, solidario y
sostenible
basado en la d i s t M i J ( i t i & D
iqualitaria de los
beneficios
del desarrollo, de s]
m ~ t l i r f > d e
\ ~ L
produccion y en la
generacion
de
trabajo
digno y
e s t a b l e
U N . \ ~ ; ~ ~ ; ~
1 t ; D : ~ I
\ ~ ~ . ~ , \ :
8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos
6/29
correspondientes
Planes
de Manejo, Plan Regional y
nonnas
ambientales.
14. De la
norma
transcrita se desprende que la autorizaci6n de
construcci6n de
infraestructura
es
de
competencia
privativa
e
indelegable
del CGREG, el cual debeni, no s6lo verificar el cumplimiento
de los parametros para la
construcci6n
de Hoteles, es decir, no s610
aspectos de
caracter arquitect6nico
ambientales sino,
y
en primer
lugar,
que
PRODUZCA
BENEFICIOS LOCALES.
15.
Los beneficios lo
cales se
en
lazan directamente
con las
politic
as
sobre ECOTURISMO aprobadas en los Planes de Manejo mencionados y
desarrollados a partir
del
parrafo 2
del
presente documento y en
concordancia
con
l
Art.
276
de
la
Constituci6n
de
la Republica.
16.
Las
Politicas PUblicas tienen por
disposici6n
constitucional un
rango
de Normas Constitucionales de
irnperativo
cumplimiento perd6n
la tautologia) pues su creaci6n y ejecuci6n,
consolida
a
los
Derechos
Humanos
y de
la Naturaleza. Asi 10 seiialan los siguientes articulos que
transcribimos
en la parte
pertinente:
Art. 66 Se reconoce y garantizara a las personas:
26. El derecho a la propiedad en todas sus
[onnas,
con funci6n y
responsabilidad
social y ambiental.
EI
derecho al
acceso a la
propiedad
se
ham efectivo
con la
adopcion de politicas publicas
entre
otras
rnedidas.
27. EI
derecho
a vivir en un ambiente sano, ecol6gicarnente
equilibrado, libre de contaminaci6n y en arrnonia con la naturaleza
Art.
11.- EI ejercicio de los derechos se
regira por
los siguientes
principios:
8. EI
contenido
de los derechos se desarrollara de manera
progresiva a traves de las nonnas , la jurisprudencia y las politicas
pUblicas EI Estado generara y
garantizara las
condiciones
necesarias para su pleno reconocimiento y ejercicio.
el
subrayado
nos pertenece .
Art.
85 .-
La
fonnulaci6n, ejecucion, evaluaci6n
y control
de
las
politicas
piiblicas
y servicios piiblicos que garanticen
los
derechos
reconocidos por
la
Constituci6n,
se
regularan de
acuerdo con
las
siguientes disposiciones:
Sin peIjuicio de
la
prevalencia del interes
general
sobre el
interes
particular, cuando los efectos de la ejecuci6n
de las
politicas
piiblicas 0 prestaci6n de bienes 0 servicios piiblicos vulneren 0
amenacen
con vulnerar derechos
constitucionales, la politic a 0
prestaci6n debera
refonnularse 0
se adoptar8.n rnedidas alternativas
que
concilien los
derechos en
conilicto.
6
8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos
7/29
~
7. En materia
ambiental,
el Estado consagra en lao m { ~ - T t j S ~ ~ M l 1 ~ f f q a
\
obligacion de
respetar
,
conservar
y
garantizar
los E ~ o s
l ~ ~ J ~
l ~ \ ~ I
Patrimonio Natural . Ui\u
:,U
\.
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8/29
EI sector productivo preferido por la poblacion de Galapagos para
buscar
Juentes altemativas de trabajo
es
el del turismo, una
.p referencia claramente identificada en
las
encuestas de percepcion
realizadas por el NEG en el 2 009, donde entre el 58
y el 74
de la
poblacion
en areas pobladas mostraban
un
incremento en
turismo de
base
local,
1
cual
de
acuerdo
a
Taylor
et
al.,
2006
muestran
un
alto
impacto positivo en la economia local, como
un
alto impacto negativo
sobre
el
patrimonio
natural
del
Archipielago.
La Ecorregion de Galapagos
que
en terminos ecologicos evoluciono en
aislamiento, a partir de su descubrimiento
para
el mundo occidental,
s e
sometio a un proceso de colonizacion y transformacion de algunos
s
istemas
naturales,
el
mismo que se ha acelerado excesivamente en
los ultimos
20
atlos aproximadamente. debido al crecimiento del
sistema social (cerca de 3 0.
000 hab
itantes).
el
mismo que
administrativamente so
o ocupa '
26
3 km2.
que
representan
el 02
% de
la super6cie
del Archipielago
y
el
3
del
territorio insular. pero
qu
e
e jerce
una
importante presiOn
sobre
la conservacion de los
ecosistemas insulares y
marinos proteqidos (Tapia
et
al .
2 8}9
[
J
Por otro lado, la conservacion Jutura de la biodiversid.ad y os
ecosistemas unicos caracteristicos de Galapagos, dependera en
buena medida
en
buena medida de los habitantes y entidades
.
locales
y nacionales. quienes deben
en
ultima
instancia
asumir
la
responsabiUdad de mantener practicas sociales
y
economicas sustentables
y
adaptadas
a la
raqilidad del
ArchipitHago. En cualquier caso, a pesar de
que Galapagos se
comporta
en
general como
un
sistema
socioeconomico
complejo,
parece claro que
lo
hace
de
forma
distinta,
y que s
dinamica y uncionamiento
no
se ajustan exactamente al
paradigma clastco de
sel'es humanos en
la naturaleza
(Gonzales
et al
.
2008;
Tapia et al.
2008) 10
2l. En resumen de
1 anterior, podremos
decir
que
las politicas
tradicionales han
procurado adecuar
a
Galapagos al
mundo y
no
al
reves,
pensando
que el tratamiento que pueden darle
es
comun para
todo tipo de territorio, prescindiendo de
1
ineludible que resulta
controlar
el
crecimiento poblacional de residentes
permanentes, el
delicado Ecosistema y
la
necesaria seriedad,
objetividad
y
responsabilidad de las Autoridades en
el
manejo de
l
as
'
Islas,
armonizando l
Poblaci6n con
la
Naturaleza.
22
.
Econ6micamente,
y de acuerdo
a la
Direcci6n
del
Parque Nacional
Galapagos en
su
Plan de Manejo
ll
(insistimos,
cuerpo
legal vinculante)
"la creciente
demanda
de un turismo
masivo,
donde si bien
es cieno
es el
principal
propulsor
de la
economia
del
archipielago, tambien
es el
'
9
Plan de anejo citado, pag.48 parrafo 2. Galapagos como Ecorregion y como Ecosistema
10 En
Plan de Manejo citade, pag.48 ultimo
parrafo
.
11 Plan de
Majeno,
pag.65 parrafo 2.
8
8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos
9/29
l } i ' \ ' : - ' ~ '
principal
Impulsor
Indirecto de Cambio
.
A
esta demand
A:kts 6 lIlii>
\
ciertos efectos colaterales como el aumento demoqraflco
j;j4:ra
altg , .
demanda
de
seroicios
y
recursos, el aumento
de desecho
S 6 l ~ a ~ \ { t : . ~ , s \ ~ )
contaminaci6n,
entre
otros. 10 cual evidencia,
segu.n
el m i S H ; l ( ) g , ~ q u : e : l o j
el actual modelo
de
desarrollo promueve el uso
de
los s e n l i ~ i c i ; J d e c \ } o ~
F 1 ' ~ /
ecosistemas
de
una manera
poco sostenible .
. ~ . , ' - .
, , . , .
23.
El COREO es la mii.xirna autoridad del Regimen Especial,
tal como
1
ordena el Art .
258
de la Constitucion de la
Republica.
Este Consejo
d e b e n ~ l . Planificar de
conformidad con
el
Buen
Vivir y
los
Principios
de
Conservacion
del
Patrimonio
natural. Ademas
de
Planificar podra
limitar derechos a toda actividad publica 0
privada
que pueda afectar el
Ambiente. Es decir que a traves
de
sus diversos integrantes, adrninistra
(no delega) con politicas
publicas
.
de
planificacion propias en todas
las
materias
de su competencia .
24.
En
materia de Construccion Turistica el O R ~ O es
quien
tiene la
rectoria y entre sus integrantes
Ministerio
del
Ambiente,
de Turismo y
Municipios,
se articulan como
meros
asesores.
EI Articulo en
mencion
a
la letra, dice:
La provincia de Galapagos tendra un gobierno de regunen
especial. Su planificacion y desarrollo se organizara en funcion
de un estricto
apego
a los principios de conservacion del
patrimonio natural del Estado y del buen vivir de
conformidad
con
1
que la ley determine.
Su administracion estara
a
cargo
de
un
Consejo de Gobierno
presidido por el representante
de la Presidencia de la
Republica e
integrado
por las
alcaldesas
y alcaldes de los
municipios de
la provincia
de Galapagos representante
de las
Juntas parroquiales
y
los representantes
de los
organismos
que
determine la ley.
Dicho Consejo de Gobierno tendra a su cargo la planificacion
manejo de los recursos y organizacion de las
actividades
que se
realicen en la provincia. La ley definira el organismo que actuara
en
calidad de
secretaria
tecnica
.
Para la
proteccion del distrito
especial de Galiipagos se limitariin
los
derechos de migracion interna, trabajo 0 cualquier otra
actividad
publica 0
privada
que
pueda afectar al ambiente. En
materia de ordenamiento
territorial
el Consejo de Gobierno
dictara las politic
as
en c o ~ r d i n a c i _ o ~ l
ct S
municipios y juntas
parroquiales,
qUlenes las
eJecutaran
r .
12
EI
Glosa ri
oi
del Plan de
Manejo
p.
86
sobre IMPULSOR
INDIRE TO
DE
CAMBIO, dice: Factores
y
procesos socia-politicos que actuan de una modo mas djfuso lter ndo los ecosistemas a
tr ves
de
su
cdon sabre uno 0 mas impu lsores d irectos de
c mbi
Estos impu lsores
se
clasifican en : demogn3ficos
economicos, so io-politicos, culturales, dife rencias de genero y cientificos
0
tecnol6gicos .
9
8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos
10/29
Las
personas residentes
per=anentes
afectadas
poria limitacion
de . los derechos tendran acceso preferente a los recursos
naturales
y
a
las
actividades ambientalmente
sustentables.
25.
El
Consejo de Gobierno del
Regimen
Especial de Galapagos
ha
ermtido la
Resoluci6n No.21 de
29-VUI-2014 (en adelante
Res. 21
en
donde dispone el levantamiento de la moratoria para
la
construcci6n
de infraestructura
turistica en
Galapagos,
aprobando Proyectos
de
Alojarniento que entraron hasta
el
27
de
mayo
del 2013 . Tales
proyectos
suman
un numero
de
20
.
26. El CGREG
sustenta
su Res.21 en
Resoluciones
anteriores: La
13 de
30 de mayo
del
2014
en
donde
aprueba
la
Matriz
de Evaluaci6n y
conforrna el
Cormte Tecnico
Interinstitucional , y
la
Res.14 de 18 de
julio del 2013 en donde se instaura una moratoria de construcciones de
Infraestructura
Turistica hasta que
existan
los parfunetros de
construcci6n,
turisticos
y
arnbientales .
27. La
Res.21 en
esencia resuelve: a Aprobar criterios
consensuados
para la
Construcci6n de Infraestructura
Turistica. b)
Mantener
la
Moratoria para
todos los Proyectos
que
no entraron hasta el
27
de
mayo
c)
Que el
Cormte
eValue a
los
20 proyectos con
la
Matriz de Parametros
aprobados .
28.
La
Res.21
sostiene
su
decisi6n ,
en
los
Considerandos
6 y 8 de la
misma,
en
los
Arts. 17
de
la
Ley
de
Gesti6n
Arnbiental,
45 y
73
de la
LOREG y el
Art
35
del
C6digo
de
la
Produccion
seiialando
que
estan en
concordancia con el
Art
73 de la Carta Magna
al
reconocer que tiene la
obligaci6n de
prevenir aun
cuando no
hubiese
evidencia
cientifica del
dano
.
Estos articulos
legales dicen
10 siguiente:
Art. 17 LGA.- La for=ulacion del Plan Nacional de
Ordenamiento Territorial la coordinara el Ministerio encargado
el area ambiental, conjuntamente con la institucion responsable
del
sistema
nacional de planificacion
y
con
la
participacion de
las
distintas
instituciones que,
por
disposicion legal, tienen
competencia
en
la materia, respetando sus .diferentes
jurisdicciones
y
competencias .
Art. 45
LOREG.- TURISMO Y CONSERVACION.- El turismo
permitido
en la
provincia de Galapagos se
basara en
el principio
de TUrismo de Naturaleza
y tendra
como
destinos
el Parque
Nacional, la Reserva Marina y los centros poblados de la
provincia de Galapagos. Estara sujeto a modalidades de
operacion compatibles con los principios de conservacion
establecidos
en
esta
Ley
Ademas, a
las normas contenidas en a
Ley
Especial de Desarrollo Turistico,
Ley
Forestal
y
de Areas
Naturales
y
Vida Silvestre, a
sus
Reglamentos Generales,
Reglamento Especial de Turismo
en
Areas Naturales Protegidas
y
a los
planes
de manejo vigentes.
10
8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos
11/29
......- ''''''
' . l ~
1:: ,
/
J : . - - 1 ~ : ; \ t t .
Art 73 LOREG.- GLOSARIO DE TERMINOS: /
0 : ~ ~
; { 0 ; : : ; > \
MANEJO PARTICIPATIVO
J l ' D \ ~ ; : \
' ) ; L
'
. r . : i
. l . ,
El manejo
participativo describe una situacion en
\ ~ ~
~ ' ; : , \ \
algunos 0 todos los interesados pertinentes a un area p r ~ t ~ ~ c < J ; C \ l , ' U >
estan
involucrados
en
forma
sustancial con las
a c t i v i d a d e s
e
~ . ~ _ ~ < ,
" " " '
manejo
. Especificamente, en un proceso de manejo participativo,
la agencia que tiene jurisdiccion de area protegida desarrolla una
alianza
con otros interesados pertinentes, principalmente
residentes locales
y
usuarios de los recursos, que especifica
y
garantiza sus
respectivas
funciones,
derechos
y
responsabilidades con respecto al area protegida.
El manejo
participativo
de un
area
protegida
se
refiere a una
alianza establecida de comtin acuerdo
entre los interesados de
un territorio 0
con unto
de
recursos amparados bajo
el estado
de
proteccion
para
compartir entre
ellos
las
funciones de
manejo,
derechos y responsabilidades. Dentro
de los
. interesadosse
induyen principalmente
a la
agencia
a cargo y a
varias
asociaciones
de residentes
locales y
usuarios
de
recursos,
pero
tambien puede involucrar
organizaciones no
gubernamentales,
administraciones
lo
cales, autoridades tradicionales, instituciories
de
investigacion,
comerciantes
y otros.
PRINCIPIO PRECAUTELATORIO
El principio precautelatorio
se
aplica cuando
es necesario
tomar
una
d
ecision
u
optar
entre alternativas
en
una
situacion
en
que
la
informacion
tecnica es
insuficiente 0 existe un
nivel
significativo
de duda en las condusiones
del anaJisis tecnico.
En
tales
casos
el principio precautelatorio requiere que
se tome
la
decision
que tiene el
mjnimo
riesgo de
causar, directa 0
indirectamente,
daiio al
ecosistema.
Art 35 COP13 .- Ubicacion. - Las
Zonas
Especiales de Desarrollo
Economico se instaIaran
en
areas geograflcas delimitadas del
territorio nacional,
considerando
condiciones tales como:
preservacion del medio ambiente,
territoriaIidad,
potencialidad
de
cada
localidad
,
infraestructura
vial, servicios
basicos,
conexion
con otros puntos del pais, entre otros , previamente determinadas
pOI
el organismo re
ctor en materia
de desarrollo productivo, y
en
coordinacion con el ente a cargo
de
la
planificacion
nacional y
estaran
sujetas
a un tratamiento especial
de
comercio eXterior,
tribu
tario
y
fmanciero
.
29.
De
10 anterior
se desprende que en
materia
de
Planificacion
Ambiental,
es el SENPLADES, organa competente
en
materia
ambiental
quien debe tener el documento
matriz,
a fm de
que
el PNG, organa de
Planificacion
dependiente del
Ministerio del
Ambiente,
ejecute
13 C6d igo Organico de
la
Production
11
8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos
12/29
supervise, planifique y
opine en
el tema de las
Politicas Pllblicas (Plan
de
Manejo).
30.
En
materia de turismo y conservacion, queda
claro
que el Ministerio
de Turismo debe observar
los
principios de Conservacion
y coordinar la
actividad
turistica adecuandola al
Plan de
Desarrollo
pero considerando
con
.especial enfasis
la
participacion eiudadana.
31.
EJ Codigo Organico
de
la
Produccion citado
por el CGREG
en
el
considerando
octavo
de la
Res.21
nos evidencia (porque cita el Art.35)
que
el
CGREG
ha Planificado
y
declarado con la Autoridad de
la
Produccion, a Galapagos, como una Zona Especial
de Desarrollo
Economico, sin que se Ie haya
comunicado
a
la
Poblacion sobre el
asunto.
32
.
Los Proyectos de Alojamiento de la
Res.21,
contienen tres
Proyectos
(por
10 men
os)
que
manifiestan tener
millonarias inversiones.
Tales son los presentados por: HO GALAPAGOS S .A.,
con
174
habitaciones con 26'156.205; ORGAL S.A., 36 habitaciones con USD
5085.500,00; TANEYA S.A., 100 habitaciones
con 3'639.000,00.
Estos
proyectos, mas
todos los demas,
suman
un
total de
542
habitaciones
0
plazas 4
33. EI CGREG,
por
disposicion Constitucional (Art.278) es superior a
los GAD en la creacion y
aplicacion
de normas, inclusive en ambito de
control
de la ejecucion de las
mismas.
En las actividades
en donde el
CGREG tiene rectoria
0
son parte
de
la
Planificacion,
los GADS
deberan
some erse al CGREG. En este sentido, las normas pertinentes del
COOTAD
dicen:
Art
. 7 inc 3.- Los gobiernos autonomos descentralizados del
regimen especial de la provincia de Galapagos ejerceran
la
facultad normativa con las limitaciones que
para
el caso expida
la ley
correspondiente.
Art. 29. - Funciones de los
gobiemos
autonomos
descentralizados. -
El ejercicio de cada gobierno autonomo descentralizado se
realizara a traves de
tres
funciones integradas:
a
De legislacion, normatividad fiscalizacion;
b De ejecucion
y
administracion;
y,
c
De participacion ciudadana control social.
34
.
En
materia
de Construccion de
Infraestructura
Turistica
la
norma
aplicable
e
indelegable
es
la
del Art.
49 de
la LOREG que Ie da
al
CGREG
la facultad
privativa para
ello, es la
que crea
la
competencia
,
4 Documentos emitidos por
el GREG
junto
con el
Ministerie de Turismo
y el
Ministerie del Amb iente
dentro del Proceso de
levantamiento
de
la
Moratoria
12
8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos
13/29
: 1 " ; ~
" " " " ' " " " ~ \ j , , ,
pues aun cuando son dos nonnas de la misma jerarquia,
la
~ q A : >\ .
~ o n s ~ t : i ~ ~ t e n t e
como
10
ordena
el
Art.425
m l S O
; ~ ~
~
\
. ) : \ r
..
_ ~ : .. \ ~ : ; : : i
~ j : ;
: ; \ :
~ ; , . : ~ , : '
- . ~ . - /
II sr:.C
fU:., T:
...
~ n ~ \
. 1:/
''-'
.
.
DESCRIPCION DEL ACTO VIOLATORIO
DE
DERECHOS-- '
35
.
La
Constitud6n
de
la Republica del Ecuador se caracteriza por
sistematizar la nonnativa ambientaL En este
marco,
la nonna suprema
mantiene
la estructura
juridica fundada en el
deber
estatal
de
protecci6n
del
patrimonio
natural;
la declaratoria de
interes
publico
ambiental;
y el reconocirniento y garantia de derechos
ambientales
a las
personas
y
la
poblaci6n, esta vez bajo el
lenguaje
de derechos
de
libertad
y
derechos
del
buen
vivir,
respectivamente. Ademas
sistematiza
otros principios, como el de -prevenci6n ,
precauci m
y participaci6n
ciudadana ambiental que son violados, tal como 10
argumentaremos
en
el presente trabajo (Arts. 3
numeral
7, 212
14
Y 400, 213, 66 numerales
15,27,214
, 14 , 215,57 , 216,395.
36. Acuden
ademas, en auxilio
de l
os
accionantes,
para
poder presentar
a usted con toda
la fuerza
argumentativa necesaria la
importancia
de
nuestras pretensiones,
una
sentencia expedida
por la
8ala Penal de la
Corte Provincial de Justicia de Loja,
la
cual, al resolver en
apelaci6n la
causa
relativa
a
la
violaci6n
de los
derechos
de
la naturaleza por
haber
ocupado la ribera del rio como sitio de disposici6n de escombros de
la
construcci6n
de una
carretera,
estableci6:
Dada Ja :inctiscutible, elemental e irresumibJe :inJportancia que tiene
la
Naturaleza,
y
teniendo
en cuenta
como hecho notorio
0
evidente
su
proceso de degradaci6n, la acci6n de protecci6n
resulta
la unica
via id6nea
y
eficaz para
poner f in y
remectiar de manera :inmediata
un
dano ambiental focalizado. Razona esta SaJa que hasta tanto se
demuestre objetivamente que no existe
la
probabilidad
0
el peJigro
cierto de que las
tareas
que se realicen
en
una determinada zona
produzcan contam:inaci6n
0
conlleven
dano ambienta
l, es deber de
los Jueces Constitucionales propender de :inmectiato al resguardo y
hacer efectiva Ja
tutela
judicial de los derechos de la Naturaleza,
efectuando 10 que fuera necesario para evitar que
sea
contam:inado,
o remectiaT'lS
37 .
De
10 que se desprende
que
en
tratandose de derechos de t
Naturaleza, la amenaza es
causa
suficiente para el
pronunciamien
W
5
Corte Provincial
de
Justicia
de
Loja. Sala Penal. No .
1112120110010
.
30/03
/ 2011, disponible
en
ht tp://mariomeloJiles .wor
dp
ress.com/ 201
1/04/pr
oteccionderechosnatu
r ia-I .
pdf citadb par H.
Echeverrfa
y
Sofia Suarez en Tutela judic ial efectiva
y
ambiental el caso Ecuatoriano . CEDA QUito,
p.108
13
8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos
14/29
PRO-NATURA para
evitar
un
posible
dano frente a las reales amenazas
existentes
.
El
CGREG
al realizar el Levantamiento de
la
Moratoria a traves
de
la
Res.21, a mas de haberlo hecho sin las formalidades
legales e invocando a las ZEDE ZONAS DE DESARROLLO
ECdNOMICO),
como
sustento de tal Resolucion, vio16 nuestros
derechos constitucionales a la informacion
y
participacion,
y
pone en grave riesgo
al
Patrimonio Natural
de
Galapagos.
38.
AI
emitirse la
Res.21
del
CGREG,
como
resultado de la aprobaci6n
de las Resoluciones 13
Y
14 de 30 de ma
yo
del 2014
Y
18 de julio
del
2013
se han violado
varias politicas publicas,
derechos de la
naturaleza, de participaci6n y otros derechos constitucionales de los
comparecientes
y
de todos los
ecuatorianos
constantes en los Articulos
10
inc .2,
1466
Nums.15,27;
71,72. ,73,74,82,85 Nums
1, 2 e inciso
final, 86 Num . l , 279, 280, 398, 399 , 404, 405, 426.
39. Toda formulaci6n,
ejecuci6n,
evaluaci6n y.
control de politica publica
que garantice derechos
estara
orientado
al Buen
Vivir. En este sentido,
debera garantizar la Participaci6n Art. 85 No.1), pero lamentablemente,
no 1
ha
hecho.
Por
1 tanto
con
esta
indebida
politica
publica
se no
s
esta impidiendo
el goce
de nuestros derechos de Participaci6n
y
Ambientales.
40
.
El Sistema Nacional
descentralizado
de Planificaci6n Participativa,
dice
el Art. 279 de la Constituci6n organizara la
Planificaci6n
para el
Desarrollo
.
En
el caso
en particular,
la
Planificaci6n para Galapagos
se
la debe hacer con l
as
Directrices del SENPLADES y del Parque Na
cional
Galapagos. EI SENPLADES, lamentablemente, ha
cedido
sus
competencias privativas a favor del Ministerio
de
Turismo , y
este
a
su
vez
ha
pr
escindi
do inexplicablemente
de
un
n
strumen
to
de
Planificaci6n
obligatorio
realizado por la DPNG que
es
el Plan de
Manejo
de
las
Areas Protegidas.
4l. Cuando la Constituci6n de
la
Republica determina Art.280) que el
Plan Nacional
de Desarrollo
es
de
caracter obligatorio
para
el
Sector
PUblico, y
tal
incumplimiento vulnera derechos constitucionales y no
garantiza hacer
efectivo
l Buen
Vivir, es c
uando
la
posibilidad de una
Acci6n
de Protecci6n
se
activa
Art.88),
como
es el
caso que nos
ocupa.
42.
El
Plan de Manejo de
la DNPG pag. 35) , que es
la herramienta de
Planificaci6n
de observancia
obligatoria
senala con claridad que
el
Turismo provoca
un
alto
impacto
negativo sobre
el
patrimonio natural
14
8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos
15/29
_ '
~ _ . , . U ~ ,
/1
,. '
'.
I : l . .
, ) ,./.. -
0- , \ ~ ; ; O M i ; \
del
archipielago
a
pesar de que es de un alto
impact6
posiUvd If i
economia local".
Por 10
tanto, hacer
un
levantamiento
4 e f l i t ~ ~ ~ ; J
Construccion
para
potenciales 542 habitaciones GENERAcl ;lNA cGMVEOC /
AMENAZA AL PATRIMONIO NATURAL DE
LAS
ISLAS. S L C R L ' L \ / "
l... ,P
43. Desde
el
punto
de
vista
economico
ademas, -en
el
s u p ' u e s ( r ~ O
verificado de que exista- si hubiese la demanda de Tunstas para cubnr
las habitaciones
que
se preven, y que no
hubiese
afectacion a
las
Islas -
supuesto
tampoco verificado-, la
comunidad
tiene derecho a
beneficiarse del Ambiente y la riqueza que produzca (EVEN VIVIR), por
expresa
disposicion
del Art.74 de la Constitucion.
44. Adicionalrnente, en
el
supuesto que
exista incremento
directo de la
demanda
al
incrementar
la oferta
(supuesto tampoco
verificado), podria
generarse el nacimiento
de
Actores Economicos con Posicion Dominante
en
el
Mercado,
10
cual se
encuentra
prohibido
por
la
Ley de
Control de
Poder
del
Mercado
y sena
altamente peligroso para
la
economia
Local.
45.
La
Superintendencia de
Control
de Poder
del
Mercado tiene la
obligacion de pronunciarse en una
activ:idad
economic
a de
esta
envergadura, por 10
tanto
se la
debera
considerar como
un tercero de
interes en esta causa.
46. Adicionalmente,
al
existir grandes
capitales a Invertir,
tal como
consta de la informacion expedida por el propio CGREG, debera ser la
UNlDAD
DE
ANALISIS FINANCIERO
la que se pronuncie sobre la
observancia escrupulosa de
la
ley
en
estos casos.
47. Es innegable
,
pero no Planificado ni
prev:isto
por
el
CGREG (excepto
por 10 que ordena del
Plan
de Manejo de la
DNPG) que la Construccion
de
los Hoteles
de
mas de 100 habitaciones
en Galapagos,
debio
ser
informada amplia y
oportunamente
a la Comunidad, tal como 10 ordena
el Art. 398 de la Constitucion, pero, arbitrariamente, no se 10
hizo.
He
aqui una clara
violacion a los derechos
de Participacion.
48 Se argumenta por
parte
de las Autondades del
CGREG,
de una
manera
controvertida
a
la
expresa
exigencia del
Art.
20
de
la
Ley
de
Gestion Ambiental, que exige para
toda
actividad que implique un
nesgo para la naturaleza,
el
otorgamiento de la
Licencia
Ambiental
respectiva,
que se esta vivien
do un
proceso
de pre
-
licenciamiento
(por
llamarlo de
alguna
manera) y que,
mientras no
se aprueben por parte
de
los "Proyectos"
los
117
parametros de
construccion y ambientales,
no se puede pensar
en irregularidad
de ning(ln
tipo
ni en
construccion
de
hoteles de tantas habitaciones.
49 . No
obstante tal
argumentacion, que
apunta por
parte"del CGREG a
minimizarnuestra
preocupacion por la
afectacion
al
Patrimonio Natural
de
Galapagos, a nivel
Intemacional
,
se esta ofertando ya
a inversore
extranjeros,
por ejemplo,
a "P
laya
Carolan, como
un
proyecto exclusiv
8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos
16/29
de 5
Estrellas.
Los
proyectos
son : Punta Carola Eco-Estate , Hotels
Under Development (Proyectos de Hoteles en desarrollo) del Grupo HIG
Hospitality Investors Group con el Proyecto Darwin Bay ; -y el Punta
Carola Hotel/Motel - Off Market for sale or for lease .
50.
EI
Punta
Carola
Eco-Estate ,
aunque
no
tiene
una
referencia de
contacto
es un trabajo muy
alIlplio
en
donde precisa los aeropuertos
desde donde se puede llegar a
Guayaquil
y
posteriormente
a la isla
San
Crist6bal desde Houston, MialIli, New York; hace
una
referencia a l
os
principales lugares y a la historia
de San
Crist6bal; Ie dice a los
lectores
que ahora tiene la oportunidad de adquirir la propiedad mas
hermosa,
ya
sea como inversi6n
0
como bien
inmueble
propio
. ue
Puerto
Baquerizo Moreno es la
unica
poblaci6n
que tiene
un sistema de
alcantarillado y aguas servidas que previene la
contaminaci6n
en
la
Bahia. Que tiene el unico permiso para construir y operar un hotel 5
estrellas en
Galapagos
para mas
de
200
invitados
con todos los
servicios. Es ideal para universidades que quisierart
tener
un centro de
investigaciones
compartido. Ver: Punta
Carola
Projects .- http :/ /
investmen sales. files.
wordpress
.com. Fbrochure-punta carola
-sin
contact
1.pdf
51 . Por su parte el Grupo HIG Hospitality
Investors
Group , oferta el
Proyecto Darwin Bay ,
ubicado
en Punta Carola
con
un
espacio
de
45.000 metros cuadrados
para
una construcci6n ecol6gica con
Bungalows privados y
lugares
exclusivos como boutique y
un
hotel con
Clu
b
de
Pesca
.
Estaban
previstas
las
construcciones
para la
primavera
del 2014.
Este
grupo de inversores
indica
como carta de presentaci6n
v
arios hoteles
abiertos en varios paises
con la
marca
Four
Seasons y
Radisson
. Se pr
esentan
como un a firma
experimentada
para negociar
y
asegurar el inicio de las operaciones y
su
manejo . Como parte de sus
estrategias
de mercado esta:
invertir en
activos intemacionales de
primera c1ase 0 instalaciones
de
lujo que permitan a la empresa
en
un
periodo de 5 aiios
operar
con el producto de su actividad .
Especializados
en
invertir en
activos
manejados
por compaiiias
fuertes
a nivel
intemacional
.
Invierten
en
activos
donde se
minirniza
el riesgo
al
maximo . Asesoran para que se invierta en activos que se benefic
ian
por
estar en una
situaci6n
estrategica, en
donde resultan
altas las baireras
para -ingresar yen
donde
los beneficios son
de
primera c1ase y producen
signifIcativos resultados . Tiene operaciones
en
Palm
Beach
EUA, New
York, Toronto ,
Bogota
y se
los contacta en
varios mails y
telefonos que
constan de
la pagina web :
w,vvv.hospitalityinvesto
rs.com/
ho te ls under develo
pm
ent. asp
52. EI tercer aviso
de
venta de Punta
Carola
es el Punta Carola Hotel /
Mo
te l - Off
Market
for sale
or
for lease .
En
San Crist6bal '
con 70
habita
ciones 8000 mts2
de
construcci6n en un terreno de
73.649
metros cuadrados, con
pe
rmisos
de construcci6n y
frente
a
la
playa.
6
I
8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos
17/29
' . ~ - ' ~ '
Precisa 10 paradisiaco
del
lugar con
acceso
directo a la ; ~ i j ~ } ~
\
mar
0
por tierra
.y p r e s e n ~ a la
e m p r e ~
de
fmanclamlepta
~ ~ g s ~ R ; \ } ~
I
que es experta
en financlar
blenes
rruces.
Se 10
puede
\ \ P , ~ R ~
~ ~
. ? , f ;
siguiente pagina web: w\vw.cfscapstone.com \
U.:i
\ (
; ,.,,',
\ . ,{\ol ,}, . - /
~ ~ : s : , \ . n .
53.
Al
existir
ofertas
de
Punta
Carola
a
nivel
internacional, sin
u
exist:q.
un
estudio efectivo de
impacto ambiental,
la existencia de la
amenaza,
del riesgo
de
un daiio es
inminente
pues, varios
de
los hoteles
que se encuentran
en
Proyecto se
construirian
desde
Playa Mann a os
largo de la costa hasta el
fmal
de Playa Carola, areas
reconocidas
cientificamente como
de apareamiento,
alimentaci6n y anidaci6n
de
tortugas,
lobos
e iguanas marirlas
que son especies
protegidas y
en
peligro de
extinci6n.
54. a Poblaci6n
de
Galapagos
en
general y
de
San Crist6bal
en
particular
tiene serios
y
conocidos problemas con
su
provisi6n de
agua
potable y alcantarillado. Si tan solo se tuviera cabida para
tres
proyectos (HO Galapagos, ORGAL S.A y TANEYA) con un promedio de 2
a 3 personas tendriamos entre 600 a 800
personas
diarias
consumiendo
agua,
usando
el alcantarillado y presionando en el Eco-
sistema
de
las
Islas, ademas, sin que se
genere
un beneficio para los
ciudadanos.
55. a participaci6n
de
la
comunidad
en
temas
turisticos y el derecho a
proteger
las
Islas, no
solo
constan
en el Art
.
48
de
la LOREG sino en la
Constituci6n
de
la
Republica
Art.
14
que
reconoce al
uen
Vivir
basado
en un ambiente
sana
y ecol6gicamente
equilibrado
que garantice la
sostenibilidad.
56. El CGREG
y
los ciudadanos en conjunto
debemos,
por
asi
orden
arlo
el Art. 399
de
la
Constituci6n
ejercer la tutela
Ambiental,
10 cual
significa
al
tenor del
mismo
articulo
que el CGREG y
sus instituciones
I integrantes debieron desarrollar
los
mecanismos
de
participaci6n a
traves
de
las
normas
de
planiiicaci6n y el sistema
descentralizado de
gesti6n ambiental, para
pedir
nuestro
concurso dentro de
esta
Resoluci6n.
57.
El CGREG a
traves de
la Res. 21 ha
provocado
que
se empiecen
a
vender proyectos
de inversi6n
en el
extranjero,
en
un territorio
que,
si
bien es cierto es
privado
verificando sus re les dimensiones a traves de
un
perito)
tiene especies protegidas
y NO TIENE NINGUN ESTUDIO
DE
IMPACTO AMBIENTAL PARA LAS REPERCUSIONES EN EL
ECOSISTEMA
DE GALApAGOS Y LA VIDA DE VARIOS MIEMBROS DE
ESPECIES
PROTEGIDAS. Estamos ante una posible
violaci6n
del inciso
segundo del
ArtA 5
de
la Constituci6n que prohibe
que p e r S 0 1 1 Y a
natural
0
juridica alguna pueda
adquirir
a
titulo
lguno
tierras
en area
..
protegidas.
17
8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos
18/29
58. Respecto
de
los derechos
de
la Naturaleza viol
ados
en el caso hay
que recordar
que
tiene
entre otros
derecho a la
tutela
judicial efectiva
para proteger
sus
derechos:
respeto
integral de su
existencia;
mantenimiento y regeneraci6n
de
sus ciclos vitales, estructura,
funciones y
procesos evolutivos;
y su
restauraci6n.
59. Para los accionantes, y sin afan protag6nico personal, 10 decimos: la
Naturaleza
es
en
si misma un sujeto procesal, para 10
cual
vale
invocar
1 dicho por la
Primera
8ala
de
la
Corte Constitucional para
el
periodo
de
transici6n, la cUal, al resolver una acci6n
de
amparo
relativa
a la
instalaci6n de
biodigestores, consider6 a la
naturaleza
como
parte
procesal
y,
haciendo
referencia a la
garantia
de los derechos
constitucionales
de
las personas, la poblaci6n y la naturaleza, senal6:
Debemos
tener
presente que 'esta garantia de proteccion de la
Naturaleza goza del principio de autonomia,
es
decir, debe
ser
considerado
en su
integralidad de
manera
holistica como
un fin
(activo) y no como
un
medio
0
cosa (pasivo), a la que
irremediablemente se Ie respete su propio comportamiento, caso
contrario se omitiria la vigencia de sus derechos y
su
tutela
efectiva .. 16
60 . Los Tratados e instrumentos intemacionales
de
Derechos Humanos,
de conforrnidad
con el Art 426 de la Constituci6n se aplicaran de forma
directa
. En el caso, el CGREG ha violado varios
instrumentos
intemacionales que obligan a la autoridad a contar
con
la
poblaci6n
para
tomar
una
decisi6n
en
materia
ambiental.
61. EI
derecho de
acceso a la justicia ambiental
-reconocido en
la
Declaraci6n
de Rio
de 1992,
. en su Principio 10 sobre participaci6n
ciudadana- junto
con
los derechos de acceso a la informaci6n
y
a la
participaci6n constituyen los
fundamentos
de la
gobemanza
ambiental.
As], el Principio 10 establece, en 1 relacionado
al
acceso a la justicia,
que
debeni proporcionarse
acceso
efectivo a los procedimientos
judiciales
y
administrativos,
entre estos el
resarcimiento de
danos y
los
recursos pertinentes . La Gobemanza
Ambiental
descansa
sobre
estos
tres
derechos:
1.-
De acceso
a
la
informaci6n;
2 .-
Participaci6n y,
3.
Justicia ambiental.
62
. El
derecho humane
en
materia Ambiental para Acceder
a
Informaci6n
y para la
Participaci6n
del
Art
. 398 de la Constituci6n se
inspira en la Constituci6n del 98 , y
ademas
se complementa con la Ley
de Gesti6n
Ambiental de 1999
17
y el
Decreto
Ejecutivo No .
3516 de
6
Corte Constitucional para
e
perfodo de transicion Primera Sala Resolution No
567 8
Registro
Oficial N
o
23. Edicion Especia l: 08/12/2009. p. 49.
17 Ley de Gestion Ambiental. Registro Oficia l No. 245: 30/07/1999. Codificacion : Registro Oficial
suplemento No. 418 : 10/09/2004
18
8/10/2019 Amparo Constitutional (Act of Protection) by Citizens of San Cristobal, Galapagos
19/29
)
2003
18
;
nonnas pioneras en establecer pautas
sob;e
el
~ ~
' m < . .
participacion ciudadana
arnbiental ~ n
e1 Ecuador. A ~ 8
nonnativo hay que sumar el Decreto EJecutivo No. 1040 del
0
; i \ q g ~
l
todos
los cuales han sido omitidos en este proceso
de Le
a ~ ~ ~ ~ i : t o j
de
la Moratoria .
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