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Documento firmado electrónicamente (R.D. 1671/2009). Autenticidad verificable mediante C.E.V. 12437722222615104425 en https://sedeelectronica.ayto-arganda.es/portalArganda/sede/valida 28104_03 ANUNCIO Nº Expte.: 1/2019/28104 Por Resolución de la Concejala Delegada de Régimen Interior núm. 2019000760 de fecha 13 de febrero, se ha para cubrir en régimen de funcionario interino 1 PLAZA de TECNICO DE GESTION DE PERSONAL BASES DE CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN RÉGIMEN TEMPORAL DE PUESTO DE TRABAJO DE TECNICO DE GESTION PARA LA UNIDAD DE PERSONAL 1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Plaza: TECNICO DE GESTION DE PERSONAL Puesto de Trabajo: TECNICO DE GESTION RRRLL Procedimiento de selección: Concurso-Oposición. Duración: Hasta la provisión del Puesto de Trabajo o la Plaza por cualquiera de los procedimientos legales. Régimen jurídico: Funcionario interino. 2. NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO. 2.1 Clasificación: Grupo A, Subgrupo A2. Tipo: Singularizado. 2.2 Adscripción: Área de Régimen Interior, Subárea de servicios de Organización, Modernización y Calidad, Unidad de Personal 2.3 Retribuciones asignadas al puesto: 2.595,31 € mensuales según convenio colectivo. Sueldo Base: Según Subgrupo A2: 978,26 €. Nivel de destino: 21: 482,88 €. Complemento específico mensual: 1.134,17 euros. 2.4 Los cometidos principales del puesto de trabajo, entre otros que puedan serle encomendados estarán relacionados con carácter general con el apoyo al titular de la Concejalía y al Jefe de Unidad, pudiendo referirse a: 1. Administrar, gestionar y controlar los aspectos e incidencias referidos a la administración del personal: nombramientos, contrataciones, ceses, finalizaciones y variaciones jurídicas y contractuales. Tramitación de los documentos precisos (informes-propuesta, acuerdos, contratos, certificados, etc.) 2. Colaborar con toda la estructura en la gestión de las relaciones laborales participando en las reuniones en todos aquellos temas derivados de la negociación colectiva, dando soporte técnico, tal como elaborar actas y acuerdos, informes y análisis económicos. Atender a los representantes sindicales. 3. Controlar el cumplimiento de las normas de trabajo establecidas por la organización y la legislación vigente tanto de empleo público como laboral,

ANUNCIO - Ayuntamiento de Arganda del Rey...Europea, se encuentre en situación de legalidad, siendo titular de un documento habilitante para residir y acceder sin limitaciones al

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    ANUNCIO

    Nº Expte.: 1/2019/28104

    Por Resolución de la Concejala Delegada de Régimen Interior núm. 2019000760 de fecha 13 de febrero, se ha para cubrir en régimen de funcionario interino 1 PLAZA de TECNICO DE GESTION DE PERSONALBASES DE CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN RÉGIMEN TEMPORAL DE PUESTO DE TRABAJO DE TECNICO DE GESTION PARA LA UNIDAD DE PERSONAL1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Plaza: TECNICO DE GESTION DE PERSONAL

    Puesto de Trabajo: TECNICO DE GESTION RRRLL

    Procedimiento de selección: Concurso-Oposición.

    Duración: Hasta la provisión del Puesto de Trabajo o la Plaza por cualquiera de los procedimientos legales.

    Régimen jurídico: Funcionario interino.

    2. NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO. 2.1 Clasificación: Grupo A, Subgrupo A2. Tipo: Singularizado.

    2.2 Adscripción: Área de Régimen Interior, Subárea de servicios de Organización, Modernización y Calidad, Unidad de Personal

    2.3 Retribuciones asignadas al puesto: 2.595,31 € mensuales según convenio colectivo. Sueldo Base: Según Subgrupo A2: 978,26 €. Nivel de destino: 21: 482,88 €. Complemento específico mensual: 1.134,17 euros.

    2.4 Los cometidos principales del puesto de trabajo, entre otros que puedan serle encomendados estarán relacionados con carácter general con el apoyo al titular de la Concejalía y al Jefe de Unidad, pudiendo referirse a:

    1. Administrar, gestionar y controlar los aspectos e incidencias referidos a la administración del personal: nombramientos, contrataciones, ceses, finalizaciones y variaciones jurídicas y contractuales. Tramitación de los documentos precisos (informes-propuesta, acuerdos, contratos, certificados, etc.)

    2. Colaborar con toda la estructura en la gestión de las relaciones laborales participando en las reuniones en todos aquellos temas derivados de la negociación colectiva, dando soporte técnico, tal como elaborar actas y acuerdos, informes y análisis económicos. Atender a los representantes sindicales.

    3. Controlar el cumplimiento de las normas de trabajo establecidas por la organización y la legislación vigente tanto de empleo público como laboral,

    https://sedeelectronica.ayto-arganda.es/portalArganda/sede/se_gestionar_lateral.jsp?conResi=1&lenguage=es&codAdirecto=425

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    velando por el correcto ejercicio de los derechos y deberes del personal. Atender a los empleados públicos, responsables de los servicios municipales e instituciones ajenas (Inspección, SEPE, Ministerio de Hacienda, Juzgados, etc...).

    4. Colaborar en la formación de la propuesta de Capítulo I del presupuesto y realizar el seguimiento del gasto en personal, informando de las desviaciones y alternativas. Elaborar informes y análisis retributivos, ISPA, etc...

    5. Elaborar y gestionar las nóminas del personal y los documentos y colaborar en los trámites precisos para su aprobación y coordinar con la contabilidad municipal.

    6. Gestionar la Seguridad Social: afiliación y cotización, IT, modificaciones, etc... y utilizar los medios y servicios telemáticos: CRA, SILTRA, DELTA, y gestiones ante el INSS, TGSS, Mutua, etc.

    7. Gestionar el mantenimiento y actualización de la Relación de puestos de trabajo (RPT) y de la plantilla: Creación, modificación y supresión de puestos y plazas.

    8. Colaborar en la planificación y gestión de la OPE y de los procesos de selección de personal, tanto de carácter permanente como temporal. Gestionar y controlar las listas de sustituciones y Bolsas de Empleo. Elaborar proyectos de bases generales y específicas. Atender a los aspirantes, tribunales, etc..

    9. Diagnosticar las necesidades de formación y elaborar propuestas de actuación y colaborar en la redacción de los planes y proyectos de formación. Gestionar la contratación externa de empresas y formadores: elaboración de pliegos y responsabilidad en la ejecución de los contratos. Trámite de subvenciones y ayudas.

    10. Contribuir al diseño de los expedientes de la Unidad de personal en el gestor corporativo, y revisar los existentes, en el marco de la plataforma municipal de tramitación electrónica, tanto por criterios de adecuación legal como de mejora de la eficiencia.

    3. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. 3.1 Tener la nacionalidad española o de cualquier Estado Miembro de la unión Europea o quien no siendo español/a ni nacional de un estado miembro de la Unión Europea, se encuentre en situación de legalidad, siendo titular de un documento habilitante para residir y acceder sin limitaciones al mercado de trabajo.

    Los/as nacionales de otros estados deberán demostrar conocimientos suficientes de Castellano, pudiéndose exigir la realización de pruebas con este fin.

    3.2. Tener cumplido 16 años de edad y no haber alcanzado la edad obligatoria de jubilación.

    3.3. No padecer enfermedad, ni estar afectado por limitación física o psíquica que sean incompatibles con el desempeño de las funciones del puesto.

    3.4. Estar en posesión del título de Grado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Diplomado Universitario.

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    Tal y como previene la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre, por el que se regulan las condiciones para la declaración de equivalencia de títulos españoles de enseñanza superior universitaria o no universitaria a los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, a efectos de lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario:

    — El haber superado los tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o

    — El haber superado el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia conforme a la normativa que resulte de aplicación a tal efecto.

    3.5 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

    3.6 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Publicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

    3.7 No estar incurso en ninguno de los casos de incapacidad ni incompatibilidad establecidos en las disposiciones vigentes.

    4. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. 4.1 Lugar y periodo de presentación: Las solicitudes para participar en la convocatoria se presentarán dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a aquel en que aparezca publicada en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página Web municipal.

    La solicitud se presentará en en el Registro General del Ayuntamiento en horario de lunes a viernes de 8,30 a 19,30 horas y sábados de 9 a 13,30 horas o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    La instancia también podrá presentarse dentro del mismo plazo en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto con el resto de documentación exigida.

    Las solicitudes presentadas a través de las Oficinas de Correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas.

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    En caso de presentar las instancias en Administración distinta, y al objeto de agilizar el procedimiento, el interesado lo comunicará mediante correo electrónico a la dirección [email protected], adjuntando documento en pdf de la solicitud.

    4.2 Tasa de examen: La Tasa por derecho de examen es de 26,94. El pago de los derechos de examen puede hacerse efectivo en la cuenta corriente ES71 2085/9725/09/0300007898 de “Ibercaja”, en cuyo resguardo acreditativo del abono el/la aspirante deberá consignar su nombre y apellidos, número de D.N.I. y el concepto "derechos de examen Técnico de gestión RRLL" datos sin los cuales no se considerará válido el abono realizado.

    De acuerdo con la Ordenanza Fiscal municipal vigente, la tasa satisfecha en concepto de derechos de examen, sólo será devuelta por causa no imputable al interesado.

    En ningún caso, el pago de la Tasa supondrá el cumplimiento del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud. Del mismo modo en ningún caso se considerará subsanable el pago de la Tasa una vez finalizado el plazo de presentación de instancias.

    4.3. Forma de presentación de documentos: A la solicitud se deberá acompañar:

    4.3.1. Fotocopia de los documentos acreditativos del título académico según la base 3.4 . Esta titulación podrá ser verificada por el Departamento de Personal a través del Servicio de Verificación de Datos de la AGE.

    4.3.2. Fotocopia del Documento de identificación personal.

    4.3.3. Justificante de pago de derechos de examen.

    4.3.4. Currículo profesional, donde se contengan y en su caso, expliquen, los méritos aportados para su valoración. Para facilitar su proceso de digitalización o escaneado, se aportarán en el Servicio de Atención a la Ciudadanía en la forma que se indica a continuación siendo tras ello devueltos al solicitante:

    1. En original. No podrán presentarse documentos en fotocopia. El proceso de digitalización supondrá el cotejo de los documentos.

    2. Numerados y agrupados de forma correlativa.

    3. Sin grapas ni clips ni ningún otro sistema de cosido o encuadernación.

    4. Los documentos deberán resultar perfectamente legibles tras su digitalización o escaneado, rechazándose en otro caso.

    5. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente dictará

    resolución con la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión y en su caso plazo de subsanación. La lista será expuesta en el tablón de anuncios municipal, así como en la página web del Ayuntamiento.

    No será subsanable la falta de presentación, dentro del plazo establecido, de cualquiera de los documentos señalados en los apartados a, b, c y d de la Base 4.

    Finalizado el plazo de subsanación, el órgano competente dictará resolución aprobatoria de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos que será

    https://sedeelectronica.ayto-arganda.es/portalArganda/sede/se_gestionar_lateral.jsp?conResi=1&lenguage=es&codAdirecto=425mailto:[email protected]

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    publicada en el tablón de anuncios municipal, así como en la página web del Ayuntamiento.

    En ese anuncio se publicará la relación nominal de miembros del órgano de selección.

    En ese mismo anuncio o en otro posterior en el tablón de anuncios municipal, así como en la página web del Ayuntamiento se convocará a los aspirantes admitidos a la realización de las pruebas del procedimiento de selección.

    6. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN. El concurso-oposición se desarrollará mediante las siguientes fases:

    6.1.- Prueba de conocimientos. Consistirá en desarrollar por escrito, durante dos horas como máximo, varios supuestos prácticos que el Tribunal determine, hasta un máximo de tres, referentes a las funciones enumeradas en el apartado 2.4 de estas bases y en relación con el Temario del Anexo I.

    Si para la realización de este ejercicio el Tribunal considerara necesario hacer uso de textos legales, y sólo en dicho caso, sería el mismo Tribunal el que facilitaría dichos textos a los aspirantes.

    Este ejercicio será calificado calificado globalmente de 1 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen los 5 puntos.

    El Tribunal valorará la capacidad de análisis, y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos y legales a la resolución de los problemas prácticos planteados.

    En el caso de que los supuestos se valorasen con distinta puntuación cada uno de ellos, deberá indicarse a los opositores la puntuación parcial de cada uno o la ponderación sobre el total de este ejercicio, antes de iniciarse.

    El Tribunal publicará en la página web del Ayuntamiento la lista de Aprobados/as con sus puntuaciones y de los aspirantes eliminados.

    6.2.- Prueba de presentación profesional. Previa convocatoria en la página web del Ayuntamiento, los aspirantes aprobados en la prueba de conocimientos expondrán ante el Tribunal durante 20 minutos un proyecto, tarea, solución de un problema técnico, etc. relacionado con cualquiera de los temas del Anexo I. Los aspirantes deberán contar con medios propios de presentación, que deberán ser compatibles con el entorno tecnológico municipal, para lo que podrán contactar con el departamento de informática una vez convocados.

    El Tribunal podrá preguntar y debatir con el aspirante sobre la presentación realizada y cualquier aspecto profesional relacionado.

    El Tribunal valorará la capacidad de comunicación del candidato, así como la dificultad técnica o complejidad del proyecto o tarea o solución presentada, los conocimientos de la realidad de la profesión y la respuesta a las preguntas del Tribunal fluida y acorde a las normativas y buenas prácticas profesionales.

    El ejercicio será calificado globalmente de 1 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen los 5 puntos.

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    El Tribunal publicará la lista de Aprobados/as con sus puntuaciones y de los aspirantes eliminados.

    6.3.- Concurso de Méritos. Consistirá en la valoración de los méritos profesionales de los aspirantes que hayan superado la presentación profesional, conforme al siguiente baremo:

    6.3.1.- Experiencia profesional, hasta un máximo de 3 puntos, con el siguiente desglose:

    6.3.1.1. Se valorará el desempeño de Puesto de trabajo administrativo o técnico en unidades, departamentos o servicios de Personal o Recursos Humanos de Administraciones Públicas, a razón de 0.01 puntos por mes o fracción superior a 20 días, hasta un máximo de 1,5 puntos.

    6.3.1.2. Se sumarán 0.01 puntos por mes o fracción superior a 20 días, hasta un máximo de 1,5 puntos a la puntuación del apartado anterior por el tiempo en que las funciones o tareas del PT hayan supuesto responsabilidad en la elaboración de la nómina de la administración pública de pertenencia.

    6.3.2 Formación hasta un máximo de 3 puntos.

    6.3.2.1. Por estar en posesión de titulación académica relacionada con la Gestión de personal y superior a la exigida como requisito de acceso según la base 3.4, se obtendrán 1 punto.

    6.3.2.2.. Por la realización de cursos de especialización de al menos 20 horas de duración cada uno, en materias relacionadas con la gestión de personal y otras áreas relevantes para el desempeño de las funciones atribuidas al puesto, a razón de 0,01 puntos por hora efectiva de formación hasta un máximo de 2 puntos.

    7. Acreditación de méritos7.1 Meritos relativos a la experiencia profesional:

    Los servicios prestados en las Administraciones Públicas se acreditaran mediante certificado en modelo Anexo I previsto en el RD 1461/82.

    Además del Anexo I de servicios prestados, las funciones, tareas o destinos se acreditarán mediante certificación de la Administración donde se han prestado que detalle cada uno de los apartados de valoración, y con los documentos de los nombramientos o de atribución de funciones, en cada caso.

    7.2 Méritos relativos a la formación:

    Los aspirantes deberán aportar junto a la solicitud fotocopia de los documentos acreditativos de los méritos alegados, numerados de forma correlativa conforme explique el currículo según la Base 4.1 4.

    Las fotocopias deberán resultar perfectamente legibles, rechazándose en otro caso. No será necesaria la compulsa de las fotocopias.

    Para su registro en el Ayuntamiento los documentos deberán presentarse sin grapas ni clips ni ningún otro sistema de cosido o encuadernación y ajustados al

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    formato DIN-A4, rechazándose otro formato. El proceso de digitalización no supondrá cotejo o supervisión de los documentos.

    Los méritos se acreditarán mediante la presentación del correspondiente diploma o título, donde deberán estar reflejadas las horas docentes realizadas o créditos correspondientes, no pudiendo ser valorados los documentos que no indiquen este requisito. En los casos en que se indique el número de días de duración sin detalle de las horas impartidas cada día, se puntuará a razón de dos horas por día. Los documentos que indiquen duración en créditos deberán acompañarse de acreditación de su equivalencia en horas.

    No se valorará la titulación exigida en el apartado 2.1.c) de estas Bases, ni los cursos, asignaturas o créditos encaminados a su obtención.

    7.3 Aportación de documentos

    En cualquier momento del proceso selectivo la Comisión de Selección o los órganos competentes del Ayuntamiento de Arganda del Rey podrán requerir a los aspirantes para que acrediten la veracidad de los documentos aportados.

    Además del Anexo I de servicios prestados, las funciones, tareas o destinos se acreditarán mediante certificación de la Administración donde se han prestado que detalle cada uno de los apartados de valoración, y con los documentos de los nombramientos o de atribución de funciones, en cada caso.

    8. CALIFICACIÓN Y PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO. La puntuación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de

    las puntuaciones de las pruebas más la fase de concurso.

    9. ÓRGANO DE SELECCIÓN. El órgano de selección será un Tribunal constituido por Técnicos del grupo A,

    funcionarios o laborales fijos del Ayuntamiento de Arganda u otros municipios de similar magnitud de la Comunidad de Madrid.

    El Tribunal será designado por el órgano competente, y constará de los preceptivos miembros titular y suplente de los cargos de:

    ∙ PRESIDENTE/A.

    ∙ SECRETARIO/A: Con voz y voto

    ∙ Tres VOCALES.

    La composición del Tribunal se hará pública conforme indica la Base 5.

    El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/as especialistas, para todas o algunas de las pruebas. Dichos/as asesores/as se limitarán a la colaboración que, en función de sus especialidades técnicas, les solicite el Tribunal, por lo que actuarán con voz, pero sin voto.

    10. NOMBRAMIENTO.Finalizado el proceso de selección el Tribunal publicará mediante anuncio el

    resultado por orden de puntuación alcanzada por los/as aspirantes en el proceso selectivo, así como la propuesta de nombramiento.

    https://sedeelectronica.ayto-arganda.es/portalArganda/sede/se_gestionar_lateral.jsp?conResi=1&lenguage=es&codAdirecto=425

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    El aspirante seleccionado presentará en la unidad de Personal, en el plazo de 10 días hábiles, computados desde el siguiente a la publicación del anuncio del resultado final del proceso en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, los siguientes documentos:

    - Documento de identificación personal (original para su cotejo)

    - Titulación académica (original para su cotejo)

    - Declaración responsable de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de cargo público y de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración Pública.

    - Declaración responsable de no hallarse sometido a alguna de las causas de incompatibilidad prevista en le ley 53/1984 de 26 de Diciembre de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

    - Certificado Médico de no sufrir enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el normal ejercicio de la función.

    - Originales de los documentos aportados en la fase de concurso.

    Quienes dentro del plazo fijado en esta Base no presentasen la documentación a, o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos señalados en estas Bases, o que los originales no se corresponden con las fotocopias aportadas, no podrán ser nombrados ni propuestos para su contratación, según el caso, quedando anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en documento público.

    11. RECURSOS. Contra la Resolución que apruebe las presentes bases, cabe interponer

    alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

    Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho el aspirante.

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    ANEXO I - TEMARIO1 El personal al servicio de las entidades locales: clases. Normativa reguladora del personal funcionario de las entidades locales. Funcionarios interinos, tipología y régimen legal.

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    2 El personal laboral de las entidades locales: régimen jurídico.

    3 El personal eventual de las entidades locales. El Personal directivo profesional.

    4 Acceso al empleo público: requisitos generales. Especialidades para personal interino y laboral. La Oferta Pública de empleo. Principios de selección del personal al servicio de la Administración. Sistemas selectivos. Órganos de selección.

    5 Pérdida de la relación de servicio de los empleados públicos: causas.

    6 La carrera profesional de los empleados públicos: movilidad y promoción interna. La evaluación del desempeño.

    7 El régimen retributivo de los empleados públicos: conceptos que integran las retribuciones de los empleados públicos.

    8 La nómina y su tramitación. Documentos anexos. Devengos salariales. Devengos no salariales. Deducciones.

    9 El capítulo I del Presupuesto en materia de personal: estructura. El centro de coste. La ejecución del gasto público en materia de personal: aprobación del gasto. Compromiso del gasto. Reconocimiento de la obligación y propuesta de pago.

    10 Gestión de gastos de personal. la fiscalización previa y a posteriori.

    11 Gratificaciones y complementos de productividad. Antigüedad y reconocimiento de servicios.

    12 Las indemnizaciones por razón del servicio. Las prestaciones complementarias a la acción protectora de la Seguridad Social.

    13 Jornada de trabajo de los empleados públicos. Régimen de permisos, vacaciones y licencias de los empleados públicos. Calendario laboral. Incumplimiento de la jornada. Horas extraordinarias. Vacaciones

    14 Reducción de jornada. Conciliación familiar: derechos del empleado y obligaciones de la Administración.

    15 Situaciones administrativas de los funcionarios de carrera. Regulación básica y normativa estatal. Reingreso al servicio activo. Situaciones del personal laboral. Las incompatibilidades.

    16 La estructuración del empleo público. Cuerpos y escalas: grupos de clasificación profesional de los funcionarios de carrera. Clasificación profesional del personal laboral. Concepto, diferencias y relaciones entre plazas y Puestos de Trabajo.

    17 Provisión de puestos de trabajo de los empleados públicos. Formas de provisión. Regulación básica y normativa estatal. Movilidad de los empleados públicos. Provisión de puestos y movilidad del personal laboral. Remoción y adscripción provisional.

    18 Instrumentos de ordenación de personal de las entidades locales. La plantilla de personal: contenido, aprobación y modificación. La Relación de Puestos de Trabajo de las entidades locales: naturaleza, contenido, aprobación y modificación. Los instrumentos reguladores de los recursos humanos: los planes de empleo y otros sistemas de planificación.

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    19 Análisis y descripción de puestos de trabajo. Valoración de puestos de trabajo. Métodos de valoración de puestos de trabajo.

    20 Derecho a la libertad sindical y a la negociación colectiva de los empleados públicos. Órganos de representación del personal funcionario y laboral. Materias objeto de negociación. Mesas de negociación. Pactos y Acuerdos: contenido y límites. Fijación unilateral de condiciones de trabajo y vinculación de acuerdos y pactos. Especialidades de los convenios colectivos del personal laboral de la Administración Pública.

    21 La acción sindical: derechos y deberes. Las asambleas y el derecho de reunión en la empresa. Las elecciones sindicales

    22 Los cuerpos de policía local. Normativa y aplicación. Estructura y organización de las policías locales. Ingreso en el cuerpo de policía local.

    23 Régimen disciplinario de los funcionarios públicos: normativa básica y normas de desarrollo. Faltas disciplinarias y sanciones. Procedimiento de ejercicio de la potestad disciplinaria y medidas provisionales. Prescripción y caducidad de faltas y sanciones.

    24 El Régimen disciplinario de los empleados laborales: normativa básica y normas de desarrollo. Faltas disciplinarias y sanciones. Procedimiento de ejercicio de la potestad disciplinaria y medidas provisionales. Prescripción de faltas y sanciones.

    25 El Régimen disciplinario de la Policía local: normativa básica y normas de desarrollo. Faltas disciplinarias y sanciones. Procedimiento de ejercicio de la potestad disciplinaria y medidas provisionales. Prescripción de faltas y sanciones.

    26 El Derecho del Trabajo. Naturaleza y caracteres. Las fuentes del ordenamiento laboral. Características definitorias de la relación laboral.

    27 El contrato de trabajo: partes. Capacidad para contratar. Contenido. Las prestaciones del trabajador y del empresario. Modalidades contractuales.

    28 Las irregularidades en la contratación laboral, en especial su incidencia en las administraciones públicas. Análisis del actual problema con los trabajadores indefinidos -no fijos en la Administración Pública.

    29 El contrato de trabajo a tiempo parcial. El contrato fijo discontinuo, de relevo y de jubilación parcial. El contrato de interinidad por sustitución. El contrato de interinidad hasta provisión del Puesto de Trabajo.

    30 Modificación de la relación laboral: causas y procedimiento. Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo La suspensión del contrato de trabajo y las excedencias.

    31 Garantías por cambio de empresario: subcontratación, cesión ilegal de trabajadores y sucesión de empresa, en especial su aplicación en las Administraciones Públicas.

    32 La extinción de la relación laboral: causas. El despido disciplinario: forma y efectos. El despido improcedente. La extinción del contrato por causas objetivas. El despido colectivo, en especial su aplicación en la administración pública: aspectos sustantivos y formales.

    33 El salario: concepto y naturaleza jurídica. Clases de salarios. La jornada de trabajo. La movilidad geográfica y funcional.

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    34 Los conflictos colectivos: concepto. El proceso de conflicto colectivo en la Ley reguladora de la jurisdicción social. El derecho de huelga.

    35 La jurisdicción social. Organización y competencias. Las partes en el proceso laboral. La conciliación previa a la vía laboral. El proceso laboral ordinario.

    36 El orden jurisdiccional contencioso administrativo. Naturaleza extensión y límites. Órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

    37 El sistema español de Seguridad Social. Entidades Gestoras de la Seguridad Social. La Tesorería General de la Seguridad Social. Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social. Colaboración de las empresas. Colaboración obligatoria y colaboración voluntaria.

    38 El Régimen General de la Seguridad Social. Principios generales. Afiliación y cotización a la Seguridad Social. Sistema de liquidación Directa (proyecto Cret@) y CRA. Cálculo de las bases de cotización.

    39 La acción protectora del régimen general. La situación de incapacidad temporal: causas y prestación. La incapacidad permanente: modalidades y prestaciones. La mejora de la acción protectora de la Seguridad Social. El control de la incapacidad temporal.

    40 La cobertura de la maternidad, la paternidad y el riesgo durante el embarazo. La prestación por jubilación.

    41 Contingencias y situaciones protegidas. El concepto de accidente de trabajo. El accidente «in itinere». Notificaciones DELTA e investigación del accidente. El concepto de enfermedad profesional.

    42 La gestión recaudatoria de la Tesorería: concepto, competencia y objeto. Responsables del pago. Responsables solidarios, subsidiarios y «mortis causa». Aplazamiento y fraccionamiento de pagos. Devolución de cuotas y saldos acreedores. Reintegro de las prestaciones indebidas.

    43 La Recaudación en período voluntario. Plazos, lugar y forma de la liquidación de cuotas. Efectos de la falta de pago en plazo reglamentario. Infracciones y sanciones en el orden social. Regulación y competencia. Procedimiento sancionador. Responsabilidad empresarial.

    44 las comunicaciones telemáticas con la Seguridad social. La sede electrónica: usos y prestaciones para las empresas. El sistema RED. La plataforma SILTRA.

    45 La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Reglamento de los Servicios de Prevención. Los servicios de prevención. Evaluación de riesgos y planificación preventiva. Composición y funciones del Comité de seguridad y salud. los Delegados de Prevención: funciones, derechos y obligaciones.

    46 Vigilancia de la Salud. Responsabilidad y obligaciones de los empresarios y los empleados. Reconocimientos médicos voluntarios y obligatorios.

    47 El acoso laboral. El protocolo del a AGE contra el acoso labora. La Ley Orgánica de protección integral contra la violencia de género.

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    48 La escala de funcionarios de Administración Local con habilitación nacional: Normativa reguladora. Clasificación de los puestos de trabajo reservados. Funciones reservadas a los funcionarios con habilitación nacional.

    49 Provisión de puestos de trabajo reservados. Desempeño accidental e interino de los Puestos reservados.

    50 Regímenes de dedicación de alcaldes y concejales y sus incompatibilidades. La retribución de los cargos públicos.

    Lo que CERTIFICO como responsable de la Unidad de Personal.

    En Arganda del Rey, a 14 de febrero de 2019

    https://sedeelectronica.ayto-arganda.es/portalArganda/sede/se_gestionar_lateral.jsp?conResi=1&lenguage=es&codAdirecto=425Fdo.: Andrés Couso Tapia

    Jefe de Unidad de Personal

    Documento firmado electrónicamente

    con fecha 14/02/2019 - 13:51:34

    2019-02-14T13:51:34+0100Jefe AreaCRIPTOLIB