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apuntes de tramites legales unidad 2
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TECNOLOGICO NACIONAL DE MÉXICOINSTITUTO TECNOLÓGICO DE POCHUTLA
CARRERA:INGENIERÍA EN GESTIÓN EMPRESARIAL
MATERIA:TRÁMITES LEGALES Y GESTIÓN DEL FINANCIAMIENTO
DOCENTE: M.C. MARIO VARGAS LÓPEZ.
UNIDAD II
CONSTITUCIÓN LEGAL DE
PERSONAS FÍSICAS
TRABAJO: APUNTE GENERAL
TEMAS: 2.1. PERSONAS FÍSICAS
2.1.1 SUELDOS Y SALARIOS2.1.2 REPECOS
2.1.3 INTERMEDIO2.1.4 ACTIVIDAD EMPRESARIAL
2.1.5 HONORARIOS2.1.6 ARRENDAMIENTO
San Pedro Pochutla, Oaxaca 27 de febrero del 2016
2.1. PERSONAS FÍSICAS
Persona física (o persona natural) es un concepto jurídico, cuya elaboración
fundamental correspondió a los juristas romanos. Es todo miembro de la especie
humana susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones.
Atributos de la persona física 1) Personalidad jurídica
2) Fin de la personalidad.
3) Capacidad.
4) Nombre.
5) Domicilio
6) Estado Civil.
7) Patrimonio
8) Nacionalidad.
2.1.1 SUELDOS Y SALARIOS
Sueldo: es el pago periódico, la cantidad económica que el empleador paga cada determinado tiempo a su empleado y que es acordada por ambas partes. Puede ser por mes o por quincena.
Salario: es la cantidad económica que el trabajador recibe en contraprestación de sus servicios con base a día o por hora. Es decir, el salario se fija por unidad de tiempo, por unidad de obra o por comisión.
Tipos de salarios
Salario nominal: Es la retribución del trabajo en valor monetario. Salario real: Es la remuneración expresada en bienes reales. Salario mínimo: Según el código laboral, es el salario suficiente para satisfacer
las necesidades normales de la vida del trabajador: alimentación, vivienda, educación, transporte, vestimenta, previsión y recreación.
Principales factores determinantes de los salarios:
La oferta de trabajo. La productividad. Calificación profesional del trabajador.
El salario se integra con:
Pagos en efectivo por cuota diaria. Percepciones Prestaciones (Habitación, Primas) Comisiones Prestaciones en especie
2.1.2 REPECOS, 2.1.3 INTERMEDIO, 2.1.4 ACTIVIDAD EMPRESARIAL
CUADRO DE CONCENTRACIÓN DEL RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL (RIF)
DEFINICIONES: REPECOS RÉGIMEN INTERMEDIO ACTIVIDAD EMPRESARIAL
CONCEPTO: Los contribuyentes que realicen alguna actividad empresarial, como por ejemplo, tiendas de abarrotes, papelerías, talleres mecánicos, o cualquier pequeño negocio.
El Régimen Intermedio es un régimen opcional, en el cual pueden pagar sus impuestos las personas físicas que se dediquen al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, ganaderas.
El Régimen Intermedio es un régimen opcional, en el cual pueden pagar sus impuestos las personas físicas que se dediquen al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, ganaderas
RANGO No mayores a $2,000,000 No mayor $4’000,000.00 monto superior 2.000.000.00 y menor a $4.000.000.00
IMPUESTOS QUE PAGA
•No pagarán el impuesto sobre la renta el primer año, pagarán 10% el segundo y cada año se sumará un porcentaje similar hasta llegar a 100%, en 10 años.
1-Impuesto sobre la Renta: Por este impuesto debe presentar las siguientes declaraciones.
ISR
La deducción de inversiones se aplica de manera general (salvo la deducción inmediata)
BENEFICIO Podrán emitir facturas electrónicas.
Podrán hacer deducibles sus gastos y pagar lo justo.
Tendrán acceso a créditos con mejores condiciones.
Tendrán la oportunidad de ser proveedores de empresas más grandes y ofrecer servicios adicionales en su negocio
Podrán emitir facturas electrónicas. Podrán hacer deducibles sus gastos y pagar lo
justo. Tendrán acceso a créditos con mejores
condiciones. Tendrán la oportunidad de ser proveedores de
empresas más grandes y ofrecer servicios adicionales en su negocio
Podrán emitir facturas electrónicas. Podrán hacer deducibles sus gastos y pagar lo
justo. Tendrán acceso a créditos con mejores
condiciones. Tendrán la oportunidad de ser proveedores de
empresas más grandes y ofrecer servicios adicionales en su negocio
CUANDO DECLARAN Anualmente Mensual anual
Anual Mensual
OBLIGACIONES DE Expedir comprobantes simplificados Inscribirse en el RFC Inscribirse en el RFC
CADA RÈGIMEN Debe presentar declaraciones de pago por los ingresos que obtiene y en algunos casos, declaraciones informativas,
Debe solicitar comprobantes fiscales cuando compre bienes nuevos para uso en el negocio y su precio sea superior a $2,000.00.
Si cuenta con trabajadores: Hacer retenciones de impuesto. Pagar subsidio para el empleo a los
trabajadores. Entregar constancias de pagos y
retenciones a los trabajadores. Calcular el impuesto anual
Expedir comprobantes a sus clientes por la venta de sus bienes o servicios.
Desde el inicio de sus actividades debe llevar la contabilidad de los ingresos.
deben presentar declaraciones de pago y declaraciones informativas (ISR, IVA, IETU)
Efectuar retenciones. Debe retener el impuesto sobre la renta a trabajadores, en caso de tenerlos, y entregarles en efectivo las cantidades que resulten a su favor por concepto de crédito al salario.
Expedir constancias. Debe entregarles constancia percepciones retenciones a más tardar en enero de cada año.
Utilizar máquinas registradoras de comprobación fiscal o equipos de registro fiscal autorizados para registrar sus ventas con el público en general, siempre que sus ingresos en el año anterior hayan sido superiores a 1'750,000 pesos y no hayan excedido de 4'000,000 pesos.
Expedir comprobantes a sus clientes por la venta de sus bienes o servicios.
Desde el inicio de sus actividades debe llevar la contabilidad de los ingresos.
deben presentar declaraciones de pago y declaraciones informativas (ISR, IVA, IETU)
Formular un estado de posición financiera y levantar inventario de existencias al 31 de diciembre de cada año.
Se deberá efectuar la retención del impuesto sobre la renta cuando se paguen sueldos o salarios a trabajadores.
Expedir constancias. Llevar un registro específico de las inversiones por
las que se tomó la opción de deducción inmediata. Calcular en la declaración anual del impuesto
sobre la renta y la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU).
¿QUÉ BENEFICIOS OFRECE ESTAR DENTRO DE UN RÉGIMEN FISCAL?
Contribuir con los ingresos que obtiene el gobierno para reinvertirlos en el país en aspectos como educación, salud, seguridad, infraestructura nacional.Ser sujeto de derechos como contribuyente, en una relación de equidad legal entre usted y las autoridades fiscales.Hacer deducciones, por sus gastos personales, en el pago de impuestos, y en su caso la devolución de saldos a favor en la declaración anual (por ejemplo: honorarios médicos y dentales, intereses pagados por créditos hipotecarios, transporte escolar, entre otros). Para conocer todos los gastos personales que puede deducir de su declaración anual de impuesto puede consultar la siguiente guía Aplicar exenciones de impuestos, sí percibe ingresos por agricultura, ganadería, silvicultura o pesca, no pagará el impuesto empresarial a tasa única, hasta por el importe exento en el impuesto sobre la renta.
Acreditar la realización de actividades formales y comprobar el nivel de ingresos para tener acceso a financiamientos.
PARA PERTENECER A UNO DE LOS REGÍMENES FISCALES MENCIONADOS USTED DEBERÁ:
1.-Definir un domicilio fiscal. 2-Inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes. 3.-De acuerdo a sus ingresos y actividad desarrollada identificar el régimen que le corresponde. 4-.Cumplir con sus obligaciones como contribuyente y según el régimen seleccionado. (Aplica para los tres régimen)
2.1.5 HONORARIOS
Ejemplo de la retención de un profesor que está en la categoría 1 Datos:
Total de horas trabajadas: 1
Pago por hora: 91
Cálculos:
Categorías Requisitos de los docentes del ITP Pago por hora
CATEGORIA 1 Tener de 1-2 años de titulado y tener como antigüedad un año trabajando
en esta Institución.
$91.00: Deduce el ISR(10%) y el IVA (solo las 2/3
pastes que es igual a 10.66%
CATEGORIA 2 Tener por lo menos un año de haberse titulado. $80.00: Declara deducciones y retenciones
CATEGORIA 3 Tiene menos de un año de titulación. $78.00: Declara deducciones y retenciones
1* 91= $91.00
Donde el TEC para el profesor es un proveedor y el profesor es un cliente, por
misma razón la institución le paga el 16% de IVA
$91.00 SUBTOTAL
2.1.6 ARRENDAMIENTOEl arrendamiento es un contrato de entre el arrendador, que sería el propietario, y
el arrendatario, que sería el inquilino, ambos se sujetan a derechos y
obligaciones. En el caso del arrendatario, este se compromete a mantener el bien
en buen estado, usarlo de forma correcta, pagar lo pactado. Mientras que el
arrendador debe entregarlo en condiciones óptimas y garantizar que podrá
utilizarlo sin ser molestado.
Contrato por el que una de las partes cede a la otra el uso temporal de una cosa,
mueble o inmueble, por cierta cantidad de dinero.
CLÁUSULAS DE UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
La renta a pagar por adelantado para alquilar el inmueble.
Los plazos para pagar la renta de casa mes.
Las posibles causas para rescindir el contrato de arriendo.
La cantidad y las condiciones del depósito que se entrega a la hora de
firmar el acuerdo.
Se define para qué puede ser utilizado el inmueble.
Se declara al arrendatario como responsable del pago de los servicios.
Las especificaciones el estado del inmueble.
La posibilidad de subarrendar la propiedad.
Las sustancias u objetos que no se pueden almacenar en la vivienda.
Qué ocurre si el contrato se termina anticipadamente.
La responsabilidad y obligaciones del fiador.
TIPOS DE ARRENDAMIENTO
Arrendamiento financiero
Arrendamiento puro