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Los romanistas le atribuyen al Arbitraje una
aparición remota en Roma, y
consideran que las antiguas legis
actiones tuvieron sus lejanas raíces
en una praxis arbitral privada entre romanos y
extranjeros e incluso entre cives.
Ya en los inicios del siglo XIX la
codificación civil como la comercial, de gran influencia desde la Francia
napoleónica, enfatizó el Arbitraje.
En la actualidad, el Arbitraje ha
tomado auge y se ha difundido
universalmente, no sólo a través de las instituciones que lo
organizan sino, además, por
quienes recurren a él como
instrumento para la pronta solución de
sus litigios.
ORIGEN Y EVOLUCIÓN
EL
AR
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RA
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L.
la Constitución Política de 1839, en su Art. 164º como garantía individual que: "Ningún peruano puede ser privado del derecho de terminar sus diferencias por medio de Jueces
Árbitros"
El Código de Procedimientos Civiles de 1912 lo legisló como Juicio Arbitral en sus Arts. 548º a 582º. El juicio arbitral estaba marcadamente judicializado y la actuación de los
Árbitros sumamente regulada.
La Carta Magna de 1979 no acogió debidamente al Arbitraje, dándole un espaldarazo al reconocerlo como función jurisdiccional, pues, en su articulado 233º inciso 1, al proclamar las garantías de la administración de justicia y al declarar la unidad y
exclusividad de la función jurisdiccional, le confirió dicho carácter a la función arbitral.
La vigente Ley Nº 26572 vino a derogar el Decreto Ley Nº 25935 y está en vigor desde el 06 de enero de 1996 como Ley General de Arbitraje, constituyéndose en el único
instrumento normativo regulador del Arbitraje
Definición de
Arbitraje
Jean Robert, el arbitraje significa: “ instituir una
jurisdicción privada por la cual los litigios son excluidos de la jurisdicción publica, a efectos de ser resueltos por personas
investidas, para un caso determinado, con los poderes
para juzgar tal litigio” .
Lorca Navarrete , el arbitraje es un sistema de garantías
procesales con proyección constitucional que se proyecta
sobre la resolución de cuestiones litigiosas que se
hallan en el ámbito de la libre disposición de quienes, como
personas físicas o jurídicas, les asiste el poder de solucionarlas
cuando, previo convenio, se obliguen a nombrar y aceptar la
resolución de uno o varios árbitros.
El arbitraje aparece como un instrumento del cual
pueden valerse los particulares para instaurar
un sistema de administración de justicia que permita resolver el
conflicto prescindiendo del Poder Judicial.
Características
El arbitraje es un procedimiento
jurisdiccional sui generis,
Es un método heterocompositivo, porque existe un
tercero imparcial que de manera
independiente soluciona el conflicto.
Es un método de solución de las controversias,
presentes o futuras, que surgen en las
relaciones privadas entre personas físicas y
jurídica.
Es fundado en el principio de la
autonomía de la voluntad de partes
Es imprescindible que para que opere el
arbitraje, las pretensiones que lo generaron deben
derivar de derechos disponibles. Las partes
no pueden pactar ni disponer sobre normas
imperativas ya que pondrían en peligro el
orden público.
El objeto del conflicto debe ser transable, no
afectar más que al titular.
Los árbitros tienen la facultad de juzgar,
fijando los derechos y deberes de las partes, aunque no de hacer ejecutar lo juzgado
CLASIFICACIÓN DEL ARBITRAJE
Arbitraje ad-hoc o libre
Arbitraje Institucional
Ritual
Arbitraje forzoso
Arbitraje en derecho
Arbitraje en equidad o conciencia
Arbitraje Nacional, Interno o
Domestico
Arbitraje Internacional
LA NOCIÓN DE ARBITRAJE ES CONVENIENTE DIFERENCIARLO DE LA
TRANSACCIÓN, DE LA MEDIACIÓN Y DE LA CONCILIACIÓN.
Arbitraje y Transacción.
Arbitraje y Mediación.
Arbitraje y Conciliación
.
Teoría Autónoma
Teoría Ecléctica
Teoría Jurisdiccional
Teoría Contractualista
NATURALEZA JURÍDICA DEL ARBITRAJE
LAS PARTES EN EL ARBITRAJE
Capacidad de las partes.
Árbitro. Las Partes del Conflicto.
Fallecimiento de una de las
partes.
El Estado como parte
(LEY GENERAL DE ARBITRAJE
Ley N° 26572).
PROCEDIMIENTO ARBITRAL
Una de las ventajas del arbitraje dentro del procedimiento arbitral, es que las partes tienen la posibilidad de aplicar el procedimiento que a ellos más les convenga, de otra manera serian aplicables en litigios ante tribunales nacionales.
LAUDO ARBITRAL
El laudo arbitral es el acto procesal emitido por los miembros del Tribunal Arbitral o de ser el caso por el árbitro único, mediante el cual se dirime la controversia a favor de una de las partes o de manera excepcional señala que la Litis no es competencia del fuero arbitral o existen impedimentos para pronunciarse sobre el fondo (laudo inhibitorio).
EL ARBITRAJE INTERNACIONAL
El arbitraje internacional es el método alternativo de solución de conflictos por excelencia en el ámbito comercial, constituyéndose para la comunidad nacional e internacional, en el mecanismo idóneo para resolver los conflictos que de estas actividades se deriven