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ARGENTINA: ALTERNATIVA DE
INVERSIÓN
Jorge de la CuadraMontt ArgentinaAbril 05 de 2011
Jorge de la CuadraMontt ArgentinaAbril 05 de 2011
A TENER EN CUENTA…
PRINCIPALES INDICADORES
ECONOMICOS
PRINCIPALES INDICADORES
ECONOMICOS
ESTRUCTURA ECONOMICA
EMPRESAS PRIVADAS
PRINCIPAL ACTIVIDAD EMPRESAS
NO FINANCIERAS
PRINCIPALES AGREGADOS
ECONOMICOS
INVERSION EXTRANJERA
DIRECTA POR PAIS
INVERSION EXTRANJERA
DIRECTA POR SECTOR
Abril 05
ESTABLECER UNA EMPRESA EN ARGENTINA:
REGIMEN SOCIETARIO
REGIMEN SOCIETARIO
• Código de Comercio (1871)
• Ley 19550 (1972)
• Ley 22.903 (1983)
Marco Normativo
• Reglamenta el funcionamiento interno de las sociedades
• Contiene muchas soluciones destinadas a proteger a los terceros víctimas del mal uso o abuso de lassociedades comerciales, para ello impone:
• Límites a la participación de sociedades en otras compañías
• La nulidad de las participaciones recíprocas
• Un régimen de valuación de los aportes en especie
• La garantía que deben prestar los administradores (directores y gerentes)
Ley 19.550
• Es el Registro Público de Comercio (RPC) de cada provincia.
• C.A.B.A. - Inspección General de Justicia (IGJ)
• Pcia.de Bs.Aires - Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ)
Órgano de contralor
ESTABLECER EMPRESA
EN ARGENTINA
ESTABLECEREMPRESA ENARGENTINA
SUCURSAL
FILIAL
CONSTITUIRNUEVASOCIEDAD
PARTICIPAR ENUNA SOCIEDADYA EXISTENTE
ESTABLECER EMPRESA
EN ARGENTINA
• Regida por las leyes del país de origen de su CasaMatriz.
• La Casa Matriz es responsable indirecta de lasoperaciones realizadas por la sucursal.
• No tiene limitaciones para poseer activos propios yno está obligada a tener un capital socialdeterminado..
• Debe llevar su contabilidad por separado de laCasa Matriz y presentar sus Estados Contablesanualmente a la IGJ.
• Sus operaciones no generan mucho controladministrativo: no deben llevarse a cabo reunionesde socios, accionistas o directorio, no es necesariollevar un registro de actas.
• Debe inscribirse en la IGJ y ante los organismosprevisionales y fiscales.
Sucursal
• Es una entidad separada, independiente de laCasa Matriz.
• Tiene un capital social propio y determinado.
• Tiene su propio cuerpo administrativo y directivo.
• Responde ante terceros con sus propios activos,ya que la Casa Matriz no es responsable de lasoperaciones llevadas a cabo por la filial(principio cuestionado por algunos tribunaleslocales).
• Para poder constituir una Filial, la sociedadextranjera debe previamente registrarse enArgentina.
Filial
TIPOS SOCIALES
TIPOS SOCIETARIOS
• Hasta 50 socios.
• El capital se divide en cuotas de igual valor ($ 10.-o sus múltiplos).
• Los aportes en dinero deben integrarse en un 25%como mínimo y completarse en un máximo de 2años. (Aportes en especie, integración total).
• Los socios limitan su responsabilidad a la integraciónde las cuotas que suscriban, pero garantizan frentea terceros en forma solidaria e ilimitada laintegración de la totalidad de los aportes.
• La administración y representación legal está acargo de uno más gerentes (socios o no), designadospor tiempo determinado o indeterminado.
• Los gerentes deben aportar una garantía por laaceptación del cargo.
• Puede establecerse un órgano de fiscalización(obligatorio si la sociedad tiene un capital superior a$ 10.000.000).
Sociedad de ResponsabilidadLimitada
• Sin límite en la cantidad de socios.
• El capital se representa en acciones, de igualvalor, en moneda argentina.
• Las acciones pueden ser: en títulos nominativos oescriturales.
• Los socios limitan su responsabilidad a laintegración de las cuotas suscriptas.
• El capital mínimo es de $ 12.000 (US$ 3,000).La IGJ puede determinar uno superior.
• El estatuto puede prever el aumento del capitalhasta su quíntuplo
• La administración y representación legal está acargo de un Directorio (1 a 5 miembros, socios ono) designado por la Asamblea de Accionistas
• Puede establecerse un órgano de fiscalización
• Quedan sujetas a la fiscalización de la IGJ:hagan oferta pública de sus acciones, tengan uncapital superior a $ 10.000.000.-, sean deeconomía mixta, exploten concesiones o serviciospúblicos, etc.).
Sociedad Anónima
TIPOS SOCIETARIOS
Uniones Transitorias deEmpresas (UTE’s)• Las sociedades constituidas en la República
podrán, mediante un contrato de unión transitoria,reunirse para el desarrollo o ejecución de unaobra, servicio o suministro concreto, dentro ofuera del territorio de la República.
• No constituyen sociedades ni son sujetos dederecho.
• Deben inscribirse en la AFIP y cumplir con lasnormas de aquélla.
CONSTITUCION DE SOCIEDAD
Reserva denombre
Contrato deconstitución(Minuta)+Informe deprecalificación+ Depósito delcapital (Bancode la NaciónArgentina)
InspecciónGeneral deJusticia(IGJ)
AFIP(AdministraciónFederal deIngresosPúblicos)
•Los socios pueden ser personas jurídicas o naturales extranjeras o nacionales.
•El representante legal puede ser extranjero o nacional.
•Por lo menos se debe depositar el 25% del capital inicial.
•Trámite de inscripción demora 30/60 días aproximadamente.
•Costo de trámite: US$ 1,000/US$ 2,000 aprox.
REPRESENTANTE LEGALR
epre
senta
nte
sle
gale
s • La representación legal en Argentina puede ser unipersonal o colegiada.
• El representante legal en Argentina de la sociedad constituida en elextranjero contrae las mismas responsabilidades que los administradoresde sociedades argentinas (gerentes SRL o directores SA).
• Debe prestar una garantía.
• La mayoría absoluta de los administradores deben tener domicilio real enla República.
• Todos los directores deben constituir un domicilio especial en la República.
• El término por el que el representante es elegido no puede exceder detres ejercicios. No obstante permanecerá en su cargo hasta serreemplazado.
Marzo 24 de 2011
ASPECTOS TRIBUTARIOS
CLAVE UNICA DE IDENTIFICACION
TRIBUTARIA (CUIT)21
Número de once(11) dígitos que laAFIP le asignará yque lo identificarácomo contribuyente.
De carácterpermanente y usoobligatorio encualquierdocumento quepresente oactuación querealice ante laAFIP-
Debe sercomunicado, entreotros, a lasEntidades de laAdministraciónPública, Empresasdel SistemaFinanciero yNotarios.
PRINCIPALES TRIBUTOS
Gobierno Federal
Impuestos nacionales a las sociedades
Impuesto a las Ganancias (IR)
Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (ITAN)
Impuesto sobre los Bienes Personales – responsable
sustituto
Impuesto al Valor Agregado (IGV)
Impuestos Internos (ISC)
Impuesto sobre los créditos y débitos bancarios (impuesto al
cheque) (ITF)
Impuestos nacionales a las personas físicas
Impuesto a las Ganancias
Impuesto sobre los Bienes Personales
PRINCIPALES TRIBUTOS
GobiernosProvinciales
Impuesto sobre losIngresos Brutos
Impuesto de Sellos
Impuesto a losAutomotores (Impuestoal Patrimonio vehicular)
Impuesto Inmobiliario(Impuesto Predial)
Tasas por laretribución deservicios
GobiernosMunicipales
TasasMunicipales(publicidad,habilitación decomercios, etc.)
Alumbrado,Barrido yLimpieza
Tasa deSeguridad eHigiene
IMPUESTO A LAS GANANCIAS24
Cont
rib
uyent
es • Domiciliados/ No domiciliados.
• Personas naturales/ Personasjurídicas/ Sociedadesconyugales/ Sucesiones Indivisas/CCE con contabilidadindependiente.
Ejerc
icio
Gra
vab
le
• El ejercicio fiscal para personasnaturales se inicia el 01 de eneroy finaliza el 31 de diciembre decada año calendario. LaDeclaración Jurada Anual sepresenta aproximadamente el 20de mayo.
• El ejercicio fiscal para personasjurídicas es el año aniversario. LaDeclaración Jurada Anual sepresenta aproximadamente eldía veinte del quinto mesposterior al cierre del ejercicio.
IMPUESTO A LAS GANANCIAS25
Ám
bito d
e a
plica
ción • Residentes (Domiciliados):
Rentas de FuenteMundial.
• No residentes (nodomiciliados)/ Sucursales,agencias oestablecimientospermanentes de nodomiciliados: Rentas deFuente Argentina.
Cate
gorí
as
• Renta de 1ra. Categoría(renta del suelo).
• Renta de 2da. Categoría(Renta de capital).
• Renta de 3ra. Categoría:Renta de las sociedades.
• Renta de 4ta. Categoría(Rentas del Trabajodependiente eindependiente) .
IMPUESTO A LAS GANANCIAS:
3RA. CATEGORÍA
1. Ganancia netacontable
•Ventas totales
•(-) Descuentos
•= Venta neta•(-) Costo
•= Ganancia bruta
•(-) Gastos
•= Ganancia Neta Contable
2. Ganancia netaimpositiva
•Ganancia neta contable
•+ - Ajustes técnicos
•- Rentas exentas•Quebrantos anteriores
•= Ganancia Neta Impositiva
3. Determinación delImpuesto
•Ganancia neta impositiva
•x Alícuota (35%)
•= Impuesto determinado•(-) Retenciones y Percepciones sufridas
•(- )Anticipos pagados
•= Saldo a Pagar
IMPUESTO A LAS GANANCIAS
DIVIDENDOS
• Los ingresosrecibidos en formade dividendos oparticipaciones noestán afectos alImpuesto a lasganancias.
RETENCIÓN ABENEFICIARIOSDEL EXTERIOR
• La tasa aplicablees del 35% sobrela renta bruta.
IMPUESTO A LA GANANCIA MINIMA
PRESUNTA (SIMILAR ITAN)28
Obje
to
• Grava el activo enel país y en elexteriorperteneciente asujetos del impuesto,por el término de10 años (vence el07-12-2018).
Cara
cteríst
icas
• Puede computarsetax credit porimpuestos similarespagados sobrebienes situados enel exterior.
• Se deducen losanticipos pagados.
• Sobre la base de ladeclaración juradadel ejercicio sedeben ingresaronce anticiposmensuales a cuentadel ejerciciosiguiente.
Tasa
• Si los bienesgravados enconjunto no superan$ 200.000 (US$50,000) estaránexentos delimpuesto.
• La alícuota vigentees del 1%.
• Se compensa conImpuesto a lasGanancias.
IMPUESTO A LOS DEBITOS Y
CREDITOS BANCARIOS (SIMILAR ITF)29
Obje
to • Impuesto sobrelas operacionesfinancierasefectuadas porpersonasnaturales ojurídicas que seestablece en basede un porcentajesobre el importetotal de latransacción.
Opera
ciones
afe
ctas • Gravaacreditación odébito realizadosen cualquiermodalidad decuentas abiertasen las empresasdel SistemaFinanciero.
• No grava abonosen la cuenta porconcepto desueldos.
Cara
cteríst
icas
• Tasa: 0.6% sobreel valor de laoperación.
• 34% del impuestopor los depósitoses crédito delImpuesto a lasGanancias o delImpuesto a laGanancia MínimaPresunta.
• No genera saldoa favor debiendodiferirse.
IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO (IVA) (SIMILAR IGV)30
Obje
to
• Las ventas de cosasmuebles situadas en elterritorio nacional.
• Las obras, locaciones yprestaciones deservicios realizadas enel país.
• Las importacionesdefinitivas de cosasmuebles.
• Las locaciones yprestaciones deservicios realizadas enel exterior cuyautilización se lleve acabo en el país.
Tasa
s
• 21%: Aplicable a todoslos casos, excepto losexpresamente previstos.
• 27%: Aplicable sobrelas ventas de gas,energía eléctrica yagua, reguladas pormedidor, servicios deprovisión de aguacorriente, cloacales y dedesagüe, lasprestaciones deservicios detelecomunicaciones,cuando la venta oprestación se efectúefuera de domiciliosdestinadosexclusivamente avivienda y elcomprador o usuariosea un sujetocategorizado comoresponsable inscripto.
Tasa
s
• 10,50%: Entre otros:
• Las ventas, las locacionespor la obtención de bienesde la naturaleza porencargo de un tercero y lasimportaciones definitivas delos siguientes bienes:Animales vivos de la especiebovina y ovina, carnes ydespojos comestibles deanimales de la especiebovina y ovina, frescos,refrigerados o congelados,frutas, legumbres, hortalizas,frescas, refrigeradas ocongeladas, miel de abejasa granel, granos (cereales yoleaginosos, excluido elarroz) y legumbres secas(porotos, arvejas y lentejas),Cuero bovino fresco osalado, seco, encalado,piquelado o conservado deotro modo pero sin curtir,apergaminar ni preparar deotra forma incluso depiladoo dividido.
TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA
31
• Transferencia de conocimientos sistemáticos para:
• La fabricación de un producto.
• La aplicación de un procedimiento.
• La prestación de servicios.
TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA
• Actos jurídicos a título oneroso que tengan por objeto principal o accesorio, la transferencia,cesión o licencia de tecnología o marcas por personas domiciliadas en el exterior, a favor depersonas físicas o jurídicas, públicas o privadas domiciliadas en el país, siempre que talesactos tengan efectos en la República Argentina.
CONTRATO DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA
• Inscripción del contrato en el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (informativo).
• Registro es necesario para obtener beneficios impositivos.
REGISTRO DE CONTRATOS
TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA
32
• La tasa efectiva de retención de Impuesto a las ganancias es del 21%.
• No está afecto a ningún otro impuesto.
• El gasto es deducible de Impuesto a las Ganancias.
BENEFICIOS
• Entre otros:
• La adquisición de productos.
• Los servicios de asistencia técnica o consultoría, así como las licencias de know-how osobre información, conocimientos o métodos de aplicación en las áreas financiera,comercial, jurídica, marketing o ventas,.
• Las licencias de uso de software o de actualizaciones de software. Si está incluido losservicios de implementación, asistencia técnica, capacitación, etc. referidos al software.
• Los servicios de reparaciones , mantenimiento, puesta en funcionamiento, etc. Que noincluyan la capacitación del personal de la firma local.
EXCLUSIONES
Ob
jeto
• Grava con un porcentaje las ventasnetas de descuentos, bonificaciones,quitas y devoluciones) efectuadas porlos contribuyentes (personas físicas ojurídicas).
Ca
ract
erí
stic
as
• Se determina, como en el casodel IVA, independientemente quelas ventas hayan sido cobradas.
• En determinadas actividades elimpuesto se determina sobre ladiferencia entre los precios deventa y de compra (venta decombustibles líquidos, venta decigarrillos, etc.) o sobre ciertosconceptos (comisiones deintermediación, cantidad dehabitaciones o mesashabilitadas, etc.)
• Una misma actividad puedeestar exenta en una jurisdicción ygravada en otras (v.gr.profesiones liberales).
IMPUESTO SOBRE LOS
INGRESOS BRUTOS
Ta
sas
• Cada Código Fiscaldetermina las alícuotas aaplicar a cada actividad contotal independencia. Estogenera que una mismaactividad gravada debatributar el impuesto condistintas alícuotas en distintasjurisdicciones.
• En general, la actividadindustrial se encuentragravada a una tasa del1,50% si la industria estáradicada en otra jurisdicción.
Tasa
s
• La actividad comercial y deservicios está gravada a unatasa de entre el 2,50% y el3,50%.
• Existen tasas más gravosas endeterminadas actividades,v.gr.: Espectáculos artísticos(Bs.As.) 12% - Compraventade oro, plata, piedraspreciosas (Cap.Fed.) 15% -Hoteles alojamiento (Cba.)10% - Boites, cabarets, nightclubs (Chubut) 15% -Recepción de apuestas encasinos (Mza.) 20%.
IMPUESTO SOBRE LOS
INGRESOS BRUTOS
SIMILITUDES Y DIFERENCIAS:
PERU - ARGENTINA
SIMILITUDES Y DIFERENCIAS:
PERU - ARGENTINA
Abril 05de 2011
ASPECTOS LABORALES
CONTRATACION LABORAL
ContratoIndeterminado
• Se presume que loscontratos de trabajotienen un plazoindeterminado, salvoque exista unalegislación específicaque permita locontrario.
Plazo fijo
•Debe ser realizado porescrito expresándose la causay que el plazo estedeterminado.
•Debe existir una causaobjetiva fundada en lasmodalidades de las tareas oen la actividad, que justifiqueeste tipo de contratación.
•Ambos requisitos debenocurrir en forma conjunta.
Eventual De Temporada
El período de prueba es de 3 meses que se puede extender por 6 meses
si así se estableció por Convenio Colectivo
CARACTERISTICAS
CARGAS DEL EMPLEADOR
CARGAS COMPARTIDAS
CARGAS DEL TRABAJADOR
FIN DE LA RELACION LABORAL
Extinción del contratode trabajo
Renuncia
Despido
Con causa: No sepaganindemnizaciones
Sin causa:Corresponde pagar:
Indemnización porintegración mes dedespido
Indemnizaciónsustitutiva depreaviso (decorresponder)
Indemnización porantigüedad
CONTRATACION DE
EXTRANJEROS
LIMITES A LA CONTRATACION DE EXTRANJEROS
No existen límites a lacontratación de extranjeros.
SIMILITUDES Y DIFERENCIAS:
PERU - ARGENTINA
SIMILITUDES Y DIFERENCIAS:
PERU - ARGENTINA
SIMILITUDES Y DIFERENCIAS:
PERU - ARGENTINA
Abril 05, 2011
REGIMEN DE INGRESO Y EGRESO DE DIVISAS
REGIMEN
Todo ingreso y egreso de divisas almercado local de cambios y todaoperación de endeudamiento deresidentes que pueda implicar un futuropago en divisas a no residentes,deberán ser objeto de registro ante elBCRA.
Todo endeudamiento o renovación dedeudas con el exterior de personasfísicas y jurídicas residentes en el paíspertenecientes al sector financiero yprivado no financiero, deberá pactarsey cancelarse en plazos no inferiores a365 días corridos, cualquiera sea suforma de cancelación.
ENCAJE
• Deberán cumplircon los siguientesrequisitos
-Ingreso de fondos originado en elendeudamiento con el exterior de personas físicaso jurídicas pertenecientes al sector privado.
-Ingreso de fondos de no residentes destinados a:
*Tenencias de moneda local.
*Adquisición de activos o pasivos financieros detodo tipo del sector privado financiero o nofinanciero.
*Inversiones en valores emitidos por el sectorpúblico.
-Ingresos cambiarios por ventas de activosexternos del sector privado cuando superen elequivalente de u$s 2.000.000.- por mes y porpersona (física o jurídica) en el conjunto de lasentidades autorizadas a operar en cambios.
-Ingresos por emisiones primarias de acciones deempresas residentes que no cuenten con ofertapública y cotización en mercados autorregulados(excepto que constituyan inversión directa)
-Los fondos sólo podrán ser
transferidos al exterior al
vencimiento de un plazo de
365 días corridos.
-Los fondos ingresados deberán
acreditarse (depositarse) en
una cuenta del sistema
bancario local.
-Constituir en las entidades
financieras del país, en dólares
estadounidenses, un depósito
nominativo, no transferible y no
remunerado por el 30% del
monto involucrado durante un
plazo de 365 días corridos,
que no podrá ser utilizado
como garantía o colateral de
operaciones de crédito de
ningún tipo.
ENCAJE: OPERACIONES
EXCEPTUADAS
1. Operaciones de financiación del comercio exterior: comprenden exclusivamente las liquidaciones enconcepto de anticipos y préstamos de prefinanciación de exportaciones y las financiaciones de importaciones(Com. A 4359).
2. Emisiones primarias de títulos de deuda y de acciones que cuenten con oferta pública y cotización enmercados autorregulados.
3. Inversión extranjera directa:
Aportes realizados por no residentes en empresas de inversión directa del país
Fondos de no residentes con destino a la compra de activos locales que califiquen como de inversióndirecta
“Inversión directa”: de acuerdo a los conceptos utilizados internacionalmente en las cuentas internacionales
La entidad debe avalar con documentación el uso de los fondos por este concepto
4. Repatriaciones de fondos externos de residentes cuando estén destinadas a la cancelación de los serviciosde deuda
5. Ingresos de endeudamiento con Organismos Multilaterales y Bilaterales de Crédito y con las AgenciasOficiales de Crédito
6. Ingresos de endeudamientos financieros con el exterior en la medida que se afecten a la cancelación deservicios de capital de deuda externa y/o la formación de activos externos de largo plazo (afectaciónefectiva de los fondos en una capitalización definitiva o en una compra de empresas del exterior; debe serdemostrado dentro de los 180 días)
7. Ingresos por endeudamientos financieros con el exterior del sector financiero y privado no financierodestinados a la inversión en activos no financieros (comprenden: las inversiones a registrar en el rubro “bienesde uso” del balance contable – Com. C 42271 –, los pagos en concepto de “intangibles por costo de mina” y“gastos de investigación, prospección y exploración” – Com. C 42884), y contraídos y cancelados a una vidano menor a los 24 meses, incluyendo los pagos de capital e intereses.
DIVIDENDOS
• Los dividendos solamentepueden ser aprobados ydistribuidos cuando, una vezcerrado el ejercicio, existanganancias realizadas ylíquidas que resulten de unbalance confeccionado deacuerdo con la ley, el estatuto,y aprobado por la asambleade accionistas de la sociedad.
• "Ganancias realizadas ylíquidas": Ganancias netas quesurgen del ejercicio,determinada con datosobjetivos, y que lleva implícitoel carácter de irrevocabilidad.
Distribución dedividendos
• Las ganancias no podrándistribuirse hasta tanto nose cubran las pérdidas deejercicios anteriores.
• El plazo para el pago dedividendos no puedeexceder la duración delejercicio en que fueronaprobados (art. 78 RGIGJ 7/2005).
Limites a ladistribución
• Siempre que ladistribución de dividendosse encuentre aprobadade conformidad con lodispuesto por la LSC, noexisten restriccionescambiarias para elegreso de divisas bajodicho concepto.
Normativacambiaria
REPATRIACIÓN DE UTILIDADES
Y/O CAPITAL DE UNA SUCURSAL A SU CASA
MATRIZ
• Las entidades autorizadas aoperar en cambios (entidadesfinancieras) podrán dar cursoa los pagos al exterior deutilidades y dividendoscorrespondientes a balancescerrados y certificados porauditores externos (BCRA Com.A-3859).
Repatriación
• Resolución de la casamatriz ordenando a lasucursal el envío de lasutilidades;
• Resolución del o losrepresentantes legales dela sucursal aprobando elenvío de las utilidadesque surjan del balance dela misma;
• Certificación contable queacredite el carácter deutilidades de los fondosque envía la sucursal a lacasa matriz.
Requisitos para latransferencia deutilidades
• La sucursal que cuente concapital asignado podrá repatriarfondos a la casa matriz,reduciendo total o parcialmentedicho capital. Para ello seránecesario:
• Resolución de la casa matrizaprobando la reducción total oparcial del capital asignado ala sucursal.
• Publicación de aviso en elBoletín Oficial y en un diario demayor circulación en el país.
• Sometimiento a un período de15 días en el cual losacreedores de la sucursalpodrán oponerse a dichareducción de capital asignado.
Requisitos para larepatriación delcapital de unasucursal
MUCHAS GRACIAS POR LA
ATENCIÓN
Lima, 05 de abril de 2011