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B. O. del E.Núm. 306 23 diciembre 1965 17281 RESOLUCION del Servicio Nacional de Loterías por la que se adjudican los cinco premios de 500 pesetas cada uno asignados a las doncellas acogi- das en los Establecimientos de Beneficencia pro- vincial de Madrid. En el sorteo celebrado hoy, con arreglo al articulo 57 de la Instrucción General de Loterías de 23 de marzo de 1966, para adjudicar los cinco premios de 500 pesetas cada uno asignados a las doncellas acogidas en los Establecimientos de Beneficencia provincial de Madrid, han resultado agraciadas las siguientes: Maria del Carmen de la Criiz Tena-Gulllén, Maria Rosa Vi- llares Catala, Maris Martínez Burruezo, Concepción Pérez Gómez y Pátima Gil Pérez, del Colegio de Nuestra Señcsra de las Mer- cedes. Lo que se anuncia para conocimiento del público y demás efectos. Madrid, 22 de diciembre de 1965.El segundo Jefe del Servi- cio, Rafael Alonso. REi OLUCION del Tribunal de Contrabando de Madrid por la que se hace público el fallo que se cita. Desconociéndose el actual paradero de Gino Tristano, cuyo último domicilio fué en la calle Eloy Gonzalo, número 8, de Madrid, y en Sabana Grande-Edificio Palomar, departamen- to 11 de Caracas (Venezuela), se le hace saber por la presente resolución lo siguiente: El Tribunal de Contrabando en Comisión Permanente y en sesión del dia 24 de noviembre de 1965, al conocer del expedien- te número 1.210/63, acordó el siguiente fallo: 1.0 Declarar cometidas tres infracciones de defraudación de menor cuantía comprendidas en el apartado 3., artículo 2.°, de la Ley de Contrabando de 11 de septiembre de 1953;, en relación con el artículo 1.de la Ley de 31 de diciembre de 1941, por aprehensión de un automóvil <(Pord», cuyos derechos arancela- rios han sido estimados en 78.396,56 pesetas, 78.395,56 pesetas y 78.396,56 pesetas, respectivamente. 2.® Declarar que en los hechos concurren circunstancias mo- dificativas de la responsabilidad, agravante 8.® del articulo 15 de la Ley de 11 de septiembre de 1953, por la tenencia de estable- cimiento mercantil, aplicable únicamente a los inculpados Val- dinielso y González Galindo. o.® Declarar responsables de las expresadas infracciones, en concepto de autores, a Gino Tristano Guerreiro y Fernando Plaza Rojo, y como cómplice, a Claudio Boni Ps'liarini, de la primera de las infracciones; a Gino Tristano Guerreiro, Alfredo Valdinielso Clalgotena y Rafael González Galindo, como autores, y a Claudio Boni Pagliarinl, como cómplice, de la segunda in- fracción, y finalmente, a Alfredo Valdinielso Galgotena y Ramón Lecumberri Echevarría, como autores, de la tercera de las mira- ciones. 4.® Imponer la multa siguiente, de 919.411,87 pesetas, según se indica a continuación: Base TIPO Sanción Primera infracción Autor.Gino Tristano ....................................................................... 31.358,22 367 % 115.084,66 Autor.^Fernando Plaza Rojo........................................................... 31.358,22 367 % 115.084,66 Cómplice.Claudio Boni .................................................................. 15.679,12 367 % 57.542,37 Totales ................................................................ 78.395,56 287.711,69 Segunda infracción Autor.Gino Tristano ....................................................................... 22.398,73 367 % 82.203,33 Autor.—^Alfredo Valdinielso ............................................................. 22.398,73 434 % 97.210,48 Autor.^Rafael González Galindo..................................................... 22.398,73 434 % 97.210,48 Cómplice.Claudio Boni .................................................................. 11.119,37 367 % 41.101,63 Totales ................................................................ 78.395,56 317.725,97 Tercera infracción Autor.—^Alfredo Valdinielso ............................................................. 39.197,78 434 % 170.118,36 Autor.Ramón Lecumberri ............................................................. 39.197,78 367 % 143.855,85 Totales ......................................... ....................... 78.395,56 313.974,21 5. ® Disponer la afección del vehículo aprehendido al pago de las sanciones impuestas, si bien la declarada afección se aplicará en primer lugar para responder del pago de la multa impuesta a Ramón Lecumberri, y en caso de ser ingresadas se procederá la reexportación del automóvil al extranjero, su in- troducción en Depósito franco o a su precintado. 6. ® Declarar hay lugar a la concesión de premio a los apre- hensores. El importe de la multa impuesta ha de ser ingresado, preci- samente en efectivo, en esta Delegación de Hacienda en el plazo de quince dias, a contar de la fecha en que se publique la pre- sente notificación, y contra dicho fallo se puede interponer re- curso de alzada ante el Tribunal Superior de Contrabando en el plazo de quince días, a partir de la publicación de esta no- tificación, significando que la interposición del recurso no sus- pende la ejecución del fallo y que en caso de insolvencia se exi- girá el cumplimiento de la pena subsidiaria de privación de libertad, a razón de un día de prisión por cada 60 pesetas de multa no satisfechas y dentro de los límites de duración - xima señalados en el caso 24 de la Ley. Lo que se publica en el «Boletín Oficial del Estado» en cum- plimiento de lo dispuesto en el artículo 92 del Reglamento de Procedimiento para las Reclamaciones Económico-administrati- vas de 26 de noviembre de 1959. Madrid, 11 de diciembre de 1965ÍEl Secretario.Visto bue- no: El Delegado de Hacienda, Presidente.—9.678-E. MINISTERIO DE LA GOBERNACION ORDEN de 14 de diciembre de 1965 por la que se prorrogan por trimestres naturales los presupuestos de las Mancomunidades Sanitarias e Institutos Pro- vinciales de Sanidad que han regido durante el ejercicio de 1965. limo. Sr.: En la imposibilidad de que queden aprobados antes de finalizar el pTesep,te año los presupuestos de las Man- comunidades Sanitarias y de los Institutos Provinciales de Sar nidad para el ejercicio de 1966, y al objeto de que no se inte- rrumpa la marcha económica de estos Organismos, Este Ministerio ha tenido a bien disponer que, en tanto .se establecen nuevas disposiciones al respecto, se prorroguen por trimestres naturales los presupuestos de las Mancomunidades Sanitarias e Institutos Provinciales de Sanidad que han venido rigiendo en el ejercicio de 1965. Lo digo a V. I para su conocimiento y efectos consiguientes. Dios guarde a V. 1. muchos años. Madrid, 14 de diciembre de 1965. ALONSO VEGA limo. Sr. Director general de Sanidad. RESOLUCION de la Dirección General de Admi- nistración Local por la que se acuerda la agrupa- ción de los Ayuntamientos de Auñón y Albóndiga (Guadalajara), a efectos de sostener una sola plana común de Secretario. De conformidad con los artículos 343 de la vigente Ley de Régimen Local, 187 y 188 del Reglamento de 30 de mayo de 1952 y disposiciones concordantes.

B. O. del E.—Núm. 306 23 diciembre 1965 17281B. O. del E.—Núm. 306 23 diciembre 1965 17281 ... (Venezuela), se le hace saber por la presente resolución lo siguiente: El Tribunal

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Page 1: B. O. del E.—Núm. 306 23 diciembre 1965 17281B. O. del E.—Núm. 306 23 diciembre 1965 17281 ... (Venezuela), se le hace saber por la presente resolución lo siguiente: El Tribunal

B. O. del E.—Núm. 306 23 diciembre 1965 17281

RESOLUCION del Servicio Nacional de Loterías por la que se adjudican los cinco premios de 500 pesetas cada uno asignados a las doncellas acogi­das en los Establecimientos de Beneficencia pro­vincial de Madrid.

En el sorteo celebrado hoy, con arreglo al articulo 57 de la Instrucción General de Loterías de 23 de marzo de 1966, para adjudicar los cinco premios de 500 pesetas cada uno asignados a las doncellas acogidas en los Establecimientos de Beneficencia provincial de Madrid, han resultado agraciadas las siguientes:

Maria del Carmen de la Criiz Tena-Gulllén, Maria Rosa Vi­llares Catala, Maris Martínez Burruezo, Concepción Pérez Gómez y Pátima Gil Pérez, del Colegio de Nuestra Señcsra de las Mer­cedes.

Lo que se anuncia para conocimiento del público y demás efectos.

Madrid, 22 de diciembre de 1965.—El segundo Jefe del Servi­cio, Rafael Alonso.

REi OLUCION del Tribunal de Contrabando de Madrid por la que se hace público el fallo que se cita.

Desconociéndose el actual paradero de Gino Tristano, cuyo último domicilio fué en la calle Eloy Gonzalo, número 8, de Madrid, y en Sabana Grande-Edificio Palomar, departamen­

to 11 de Caracas (Venezuela), se le hace saber por la presente resolución lo siguiente:

El Tribunal de Contrabando en Comisión Permanente y en sesión del dia 24 de noviembre de 1965, al conocer del expedien­te número 1.210/63, acordó el siguiente fallo:

1.0 Declarar cometidas tres infracciones de defraudación de menor cuantía comprendidas en el apartado 3.“, artículo 2.°, de la Ley de Contrabando de 11 de septiembre de 1953;, en relación con el artículo 1.“ de la Ley de 31 de diciembre de 1941, por aprehensión de un automóvil <(Pord», cuyos derechos arancela­rios han sido estimados en 78.396,56 pesetas, 78.395,56 pesetas y 78.396,56 pesetas, respectivamente.

2.® Declarar que en los hechos concurren circunstancias mo­dificativas de la responsabilidad, agravante 8.® del articulo 15 de la Ley de 11 de septiembre de 1953, por la tenencia de estable­cimiento mercantil, aplicable únicamente a los inculpados Val- dinielso y González Galindo.

o.® Declarar responsables de las expresadas infracciones, en concepto de autores, a Gino Tristano Guerreiro y Fernando Plaza Rojo, y como cómplice, a Claudio Boni Ps'liarini, de la primera de las infracciones; a Gino Tristano Guerreiro, Alfredo Valdinielso Clalgotena y Rafael González Galindo, como autores, y a Claudio Boni Pagliarinl, como cómplice, de la segunda in­fracción, y finalmente, a Alfredo Valdinielso Galgotena y Ramón Lecumberri Echevarría, como autores, de la tercera de las mira­ciones.

4.® Imponer la multa siguiente, de 919.411,87 pesetas, según se indica a continuación:

Base TIPO Sanción

Primera infracciónAutor.—Gino Tristano ....................................................................... 31.358,22 367 % 115.084,66Autor.—^Fernando Plaza Rojo........................................................... 31.358,22 367 % 115.084,66Cómplice.—Claudio Boni .................................................................. 15.679,12 367 % 57.542,37

Totales ................................................................ 78.395,56 287.711,69

Segunda infracción

Autor.—Gino Tristano ....................................................................... 22.398,73 367 % 82.203,33Autor.—^Alfredo Valdinielso ............................................................. 22.398,73 434 % 97.210,48Autor.—^Rafael González Galindo..................................................... 22.398,73 434 % 97.210,48Cómplice.—Claudio Boni .................................................................. 11.119,37 367 % 41.101,63

Totales ................................................................ 78.395,56 317.725,97

Tercera infracción

Autor.—^Alfredo Valdinielso ............................................................. 39.197,78 434 % 170.118,36Autor.—Ramón Lecumberri ............................................................. 39.197,78 367 % 143.855,85

Totales ......................................... ....................... 78.395,56 313.974,21

5. ® Disponer la afección del vehículo aprehendido al pago de las sanciones impuestas, si bien la declarada afección se aplicará en primer lugar para responder del pago de la multa impuesta a Ramón Lecumberri, y en caso de ser ingresadas se procederá la reexportación del automóvil al extranjero, su in­troducción en Depósito franco o a su precintado.

6. ® Declarar hay lugar a la concesión de premio a los apre­hensores.

El importe de la multa impuesta ha de ser ingresado, preci­samente en efectivo, en esta Delegación de Hacienda en el plazo de quince dias, a contar de la fecha en que se publique la pre­sente notificación, y contra dicho fallo se puede interponer re­curso de alzada ante el Tribunal Superior de Contrabando en

el plazo de quince días, a partir de la publicación de esta no­tificación, significando que la interposición del recurso no sus­pende la ejecución del fallo y que en caso de insolvencia se exi­girá el cumplimiento de la pena subsidiaria de privación de libertad, a razón de un día de prisión por cada 60 pesetas de multa no satisfechas y dentro de los límites de duración má­xima señalados en el caso 24 de la Ley.

Lo que se publica en el «Boletín Oficial del Estado» en cum­plimiento de lo dispuesto en el artículo 92 del Reglamento de Procedimiento para las Reclamaciones Económico-administrati­vas de 26 de noviembre de 1959.

Madrid, 11 de diciembre de 1965Í—El Secretario.—Visto bue­no: El Delegado de Hacienda, Presidente.—9.678-E.

MINISTERIO DE LA GOBERNACION

ORDEN de 14 de diciembre de 1965 por la que se prorrogan por trimestres naturales los presupuestos de las Mancomunidades Sanitarias e Institutos Pro­vinciales de Sanidad que han regido durante el ejercicio de 1965.

limo. Sr.: En la imposibilidad de que queden aprobados antes de finalizar el pTesep,te año los presupuestos de las Man­comunidades Sanitarias y de los Institutos Provinciales de Sar nidad para el ejercicio de 1966, y al objeto de que no se inte­rrumpa la marcha económica de estos Organismos,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer que, en tanto .se establecen nuevas disposiciones al respecto, se prorroguen por trimestres naturales los presupuestos de las Mancomunidades

Sanitarias e Institutos Provinciales de Sanidad que han venido rigiendo en el ejercicio de 1965.

Lo digo a V. I para su conocimiento y efectos consiguientes. Dios guarde a V. 1. muchos años.Madrid, 14 de diciembre de 1965.

ALONSO VEGAlimo. Sr. Director general de Sanidad.

RESOLUCION de la Dirección General de Admi­nistración Local por la que se acuerda la agrupa­ción de los Ayuntamientos de Auñón y Albóndiga (Guadalajara), a efectos de sostener una sola plana común de Secretario.

De conformidad con los artículos 343 de la vigente Ley de Régimen Local, 187 y 188 del Reglamento de 30 de mayo de 1952 y disposiciones concordantes.

Page 2: B. O. del E.—Núm. 306 23 diciembre 1965 17281B. O. del E.—Núm. 306 23 diciembre 1965 17281 ... (Venezuela), se le hace saber por la presente resolución lo siguiente: El Tribunal

17282 23 diciembre 1965 B. O. del E.—Núm. 306

Esta Dirección General ha resuelto:1.0 Agrupar los Municipios de Auñón y Albóndiga (Guada-

lejara) a efectos de sostener un Secretario común.2.0 Fijar la capitalidad de la agrupación en el Municipio

de Auñón (Guadalajara).3.0 Clasificar la plaza de Secretario de la agrupación, con

efectos de 1 de diciembre de 1965, en la siguiente forma: Clase novena, grado 16.

Madrid, 13 de diciembre de 1965.- Luls Morís.

-El Director general, José

RESOLUCION de la Dirección General de Admi­nistración Local por la que se clasifican las plazas de Interventor y Depositario de Fondos del Ayun­tamiento de Zumaya (Guipúzcoa).

De conformidad con lo dispuesto en el párrafo cuatro del articulo 187 del vigente Reglamento de Funcionarios de Admi­nistración Local,

Esta Dirección General ha resuelto clasificar, con efectos de 1 de mayo de 1964, las plazas de Interventor y Depositario de Fondos del Ayuntamiento de Zumaya (Guipúzcoa) en la siguiente forma:

Interventor: Categoría, quinta; clase, séptima: grado, 17.Depositario: Categoría, quinta: clase, séptima; grado, 16,Madrid, 13 de diciembre de 1965.—El Director general, José

Luis Morís.

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

CORRECCION de errores de la Orden de 6 de no­viembre de 1965 por la que se ad-judica el concurso celebrado para «Adquisición de un buque con casco de acero para los servicios de faros y señales ma­ritimas, en la provincia de Pontevedra».

Advertido error en el texto remitido para su publicación de la citada Orden, inserta en el «Boletin Oficial del Estado» nú­mero 280, de feidia 23 de noviembre de 1965, página 15885. se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

Donde dice: «la del corriente ejercicio de 1965 por importe de dos millones novecientas noventa y nueve mil doscientas pesetas (2.900.000)», debe decir; «la del corriente ejercicio de 1065 por importe de dos millones novecientas noventa y nueve mil doscientas pesetas (2.999.200)».

RESOLUCION de la Dirección General de Puertos y Señales Marítimas sobre concesión de autoriza­ción a doña Regina Puentes Cao para la ocupación de una parcela y la construcción de obras en la zona de servicio del puerto de Vivero i Lugo).

De Orden de esta fecha, esta Dirección General, por dele­gación del excelentísimo señor Ministro, ha resuelto:

Autorizar a doña Regina Puentes Cao la ocupación de una parcela de 133 metros cuadrados en la zona de servicio del puerto de Vivero, con destino a la construcción de un almacén, con arreglo a las condiciones que se determinan en la expre­sada Orden

Madrid, 10 de diciembre de 1965.—El Director general, Fer­nando Maria de Iturriaga.

RESOLUCION de la Dirección General de Puertos y Señales Marítimas sobre concesión de autoriza­ción a don Marcos Fieras Fieras para la ocupación de una parcela y la construcción de obras en la zona marítimo terrestre de San Telnw, Andraitr (Baleares).

De Orden de esta fecha, esta Dirección General, por dele­gación del excelentísimo señor Ministro, ha resuelto:

Autorizar a don Marcos Flexas Flexas la ocupación de una parcela de 72,50 metros cuadrados en la zona marítimo terrestre de un tramo de costa en San Telmo, del término municipal de Andraltx, con destino a la construcción de un varadero y caseta guardabotes, con arreglo a las condiciones que se determinan en la expresada Orden

Madrid, 11 de diciembre de 1965.—El Director general, Fer­nando Majda de Itufriaga.

RESOLUCION de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir por la que se declara la necesidad de ocupación de los terrenos afectados por la obra «Zona regable del Bembezar. Sector VI. Acequia 29 y caminos 15, 23, 41 y 51», término municipal de Peñaflor (Sevilla).

Examinado el expe<fiente de expropiación forzosa núme­ro 102-CO, que se tramita con motivo de las obras arriba ex­presadas.

Resultando que en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 27 de agosto de 1965 y en el «Boletín Oficial» de la provincia de fecha 28 de agosto de 1965, y en un periódico de la localidad, fecha 24 de agosto de 1965, así como en el tablón de anun­cios del Ayuntamiento de Peñaflor, se publicó la relación de terrenos y propietarios afectados para que pudieran presentar reclamaciones contra la necesidad de la ocupación de los cita­dos terrenos o aportar los oportunos datos para rectificar posi­bles errores en la relación.

Resultando que las respectivas informaciones transcmrieron sin oposición alguna.

Considerando que se han cumplido los trámites legales in­herentes a este período del expediente.

Visto el dictamen favorable de la Abogacía del Estado,Esta Dirección, en uso de las facultades conferidas por el ar­

tículo 98 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y en ejecución de ló dispuesto en los artículos 20 al 22 de la misma, ha resuelto:

1. » Declarar necesaria la ocupación de lós terrenos afecta­dos, cuya relación ya publicada se eleva a definitiva.

2. » Publicar esta declaración en el «Boletin Oficial del Es­tado» y en el «Boletín Oficial» de la provincia, así como en un diario de la capital de la provincia, tablón de anuncies del Ayun­tamiento de referencia y notificarla individualmente a los inte­resados, haciéndoles saber que pueden recurrir contra ella ante el Ministerio de Obras Públicas en el plazo de diez días, a contar de la fecha de la última publicación oficial o de la notificación, en su caso, y por conducto de esta Confederación.

Sevilla, 15 de diciembre de 1965. — El ingeniero Director, José L. González Muñiz.—9.716-E.

MINISTERIODE EDUCACION NACIONAL

ORDEN de 18 de octubre de 1965 por la que se ad­judica la ejecución de un proyecto de obras de adap­tación del castillo de San Antón, en La Coruña, para Museo Arqueológico e Histórico, a «Construc­ciones Longueiras».

limo. Sr.: Por Decreto 2667/1965, de 14 de agosto, fué apro­bado el proyecto de obras de restauración y adaptación del Cas­tillo de San Antón para Museo Arqueológico e Histórico de La Coruña disponiéndose que estas obras se realicen por el sis­tema de contratación directa por la Administración, al amparo de lo dispuesto en el número 5 del aitículo 37 de la Ley de Con­tratos del Estado, de 8 de abril de 1965, y

Resultando que convocada concurrencia de ofertas entre con­tratistas, aparece como más ventajosa para los intereses del Estado la suscrita por «Construcciones Longueira», con domi­cilio en La Coruña, pKza de Pontevedra, 24, que se compromete a realizar las obras con una baja del 0,10 por 100 sobre el pre­supuesto de contrata de 4.802.098,16 pesetas,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:1.0 Que se adjudique la ejecución del proyecto de obras de

adaptación del Castillo de San Antón para Museo Arqueológico Provincial e Histórico de La Coruña al contratista «Construc­ciones Longueira». por un importe de contrata de 4.797.296,07 pesetas.

2.0 Que, en consecuencia, el presupuesto total de estas obras, incluidos ios honorarios facultativos, quede fijado exacta­mente en 4,907.253,21 pesetas.

3.° Que se conceda un plazo de treinta días, a contar desde el siguiente a la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado» para la constitución de la fianza definitiva, por un importe de 192.083,92 pesetas y el otorgamiento de la corres­pondiente escritura de contrata.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.Dios guarde a V. I. muchos años.Madrid, 18 de octubre de 1965.

LORA TAMAYOlimo. &•. Director General de Bellas Artes,