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BAJA CALIFORNIA Sinopsis: En 2011, las 32 entidades federativas, representadas a través de la Conferencia Nacional de Gobernadores, se suman al “Acuerdo por el que se da a conocer la Estrategia Nacional sobre Seguridad Vial 2011-2020” y manifiestan su voluntad de contar con una política nacional que reduzca en un 50% la tasa de lesiones, discapacidades y muertes por accidentes viales antes del año 2020. Con el propósito de conocer las políticas públicas, programas e intervenciones llevadas a cabo por las dependencias e instituciones públicas relacionadas con el mejoramiento de la seguridad vial a nivel estatal, en el presente apartado se presenta la consulta elaborada a las dependencias de seguridad pública y tránsito; de salud y de comunicaciones y transportes, o equivalentes, en cada estado. Se estima que las respuestas obtenidas de la consulta realizada puedan servir como insumo para, eventualmente, llevar a cabo un análisis a través del cual pueda encontrarse una relación causal entre las acciones e intervenciones realizadas y los datos oficiales sobre accidentes, morbilidad y mortalidad que se utilizan para evaluar el avance del Decenio de Acción por la Seguridad Vial.

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BAJA CALIFORNIA

Sinopsis: En 2011, las 32 entidades federativas, representadas a través de la Conferencia Nacional de Gobernadores, se suman al “Acuerdo por el que se da a conocer la Estrategia Nacional sobre Seguridad Vial 2011-2020” y manifiestan su voluntad de contar con una política nacional que reduzca en un 50% la tasa de lesiones, discapacidades y muertes por accidentes viales antes del año 2020.

Con el propósito de conocer las políticas públicas, programas e intervenciones llevadas a cabo por las dependencias e instituciones públicas relacionadas con el mejoramiento de la seguridad vial a nivel estatal, en el presente apartado se presenta la consulta elaborada a las dependencias de seguridad pública y tránsito; de salud y de comunicaciones y transportes, o equivalentes, en cada estado.

Se estima que las respuestas obtenidas de la consulta realizada puedan servir como insumo para, eventualmente, llevar a cabo un análisis a través del cual pueda encontrarse una relación causal entre las acciones e intervenciones realizadas y los datos oficiales sobre accidentes, morbilidad y mortalidad que se utilizan para evaluar el avance del Decenio de Acción por la Seguridad Vial.

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INSTITUTO DE SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA DEL

ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

INFORME DE RESPUESTA

Calzada Independencia # 994, Centro Cívico, Edificio del Poder Ejecutivo 4to. Piso, Mexicali, Baja California, México

C.P. 21000, Teléfonos: (686)838 77 19 y 20, (686)558 10 00 ext. 8160 Email: [email protected]

www.transparenciabc.gob.mx

Solicitud Número 163203

I N F O R M E

Solicitud: Dependencia o Entidad a la que solicita: Secretaría de Salud.

1. ¿Qué organismo o dependencia es responsable de coordinar las actividades multisectoriales de seguridad vial en la entidad?

2. ¿Cuál es el marco legal (ley, reglamento, convenio o acuerdo) sobre el que se desarrollan actividades de seguridad en materia

de seguridad vial en el Estado de Baja California?

3. ¿En la entidad, se cuenta con algún programa o política pública para la prevención de accidentes de tránsito o seguridad vial?

En caso afirmativo ¿Qué periodo comprende dicho programa? ¿Dicho programa considera la Estrategia Nacional de Seguridad

Vial 2011-2020?

4. ¿Qué presupuesto destina para el desarrollo de actividades de prevención de accidentes y de seguridad vial? Especificar por

año, de 2011 a 2016 y por rubro, cuánto para: capacitación; campañas de comunicación; educación vial; realización de

operativos de control de alcohol en aliento; operativos de control de velocidad; operativos de uso de sistemas de retención

infantil y de cinturón de seguridad; atención de lesionados por accidentes de tránsito.

5. ¿Cuáles son los 10 puntos donde se registró durante 2014 el mayor número de lesionados y muertos por accidentes de

tránsito (Choques y atropellamientos), en el municipio de Baja California?

Respuesta: En respuesta a su solicitud con folio No. 163203, se adjunta oficio de respuesta para su consulta. Esperando la información proporcionada le sea de utilidad, recordándole que en Gobierno del Estado estamos para servirle.

Fuente: LIC. OLEGARIO NORIEGA ROJO.- SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Oficio no. 002093

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Consulta a: SSP

¿Qué organismo o dependencia es responsable de coordinar las actividades multisectoriales de

seguridad vial y de movilidad en la entidad?

1. ¿Cuál es el marco legal (ley, reglamento, convenio o acuerdo) sobre el que se desarrollan

actividades de seguridad en materia de seguridad vial en el Estado de Baja California?

2. ¿En la entidad, se cuenta con algún programa o política pública para la prevención de

accidentes de tránsito o seguridad vial? En caso afirmativo ¿Qué periodo comprende dicho

programa? ¿Dicho programa considera la Estrategia Nacional de Seguridad Vial 2011-2020?

3. ¿Qué presupuesto destina la Secretaría de Seguridad Pública de Baja California para el

desarrollo de actividades de prevención de accidentes y de seguridad vial? Especificar por año,

de 2011 a 2016 y por rubro, cuánto para: capacitación; campañas de comunicación; educación

vial; realización de operativos de control de alcohol en aliento; operativos de control de

velocidad; operativos de uso de sistemas de retención infantil y de cinturón de seguridad;

mantenimiento preventivo y correctivo de carreteras; atención de lesionados por accidentes

de tránsito.

4. ¿Existe legislación estatal que regule la conducción bajo los efectos del alcohol, como

mecanismo para prevenir los accidentes de tránsito? En caso afirmativo, ¿Cuál es la

disposición legal y artículo que lo refiere?

5. ¿Se realizan operativos de control de alcohol en aliento en la entidad? De ser afirmativo ¿en

qué municipios se aplican dichos controles de alcohol en aliento, en que año se iniciaron

controles a nivel estatal y en cada municipio y con qué periodicidad se realizan?

6. ¿En caso de aplicar controles de alcohol en aliento, cuáles son los límites BAC establecidos?

7. ¿Existe legislación estatal que regule la conducción a exceso de velocidad, como mecanismo

para prevenir los accidentes de tránsito? En caso afirmativo, ¿Cuál es la disposición legal y

artículo que lo refiere?

8. ¿Existe legislación estatal que restrinja el uso de celular, como medida para prevenir los

accidentes de tránsito? En caso afirmativo, ¿Cuál es la disposición legal y artículo que lo

refiere?

9. ¿Existe legislación estatal que regule el uso de casco para motociclistas, conductor y

acompañante, como mecanismo para atenuar las lesiones de tránsito? En caso afirmativo,

¿Cuál es la disposición legal y artículo que lo refiere?

10. ¿Existe legislación estatal que regule el uso obligatorio de cinturón de seguridad para todos los

pasajeros? En caso afirmativo, ¿Cuál es la disposición legal y artículo que lo refiere?

11. ¿Existe legislación estatal que regule el uso obligatorio de Sistemas de Retención Infantil (sillas

porta infante), como mecanismo para atenuar las lesiones de tránsito? En caso afirmativo,

¿Cuál es la disposición legal y artículo que lo refiere?

12. ¿Cuáles son los municipios del Estado de Baja California que cuentan con reglamento de

tránsito que regule: la conducción bajo los efectos del alcohol, la conducción a exceso de

velocidad, el uso de celular, el uso de casco para motociclistas, el uso de sistemas de retención

infantil (sillas porta infante)?

13. ¿Cuáles son los 10 puntos donde se registró durante 2014 el mayor número de lesionados y

muertos por accidentes de tránsito (Choques y atropellamientos), en el municipio de Baja

California?

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SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO

INFORME DE RESPUESTA

SOLICITUD NÚMERO 163204

Av. Pioneros # 1010, Centro Cívico, Mexicali, Baja California, México

C.P. 21000, Teléfonos:.(686)838 77 19 y 20, (686)558 10 00 ext. 8160 Email: [email protected]

www.transparenciabc.gob.mx

I N F O R M E

Solicitud: UCT- 163204

PREGUNTA:

¿Qué organismo o dependencia es responsable de coordinar las actividades multisectoriales de seguridad vial y de movilidad en la entidad?

1. ¿Cuál es el marco legal (ley, reglamento, convenio o acuerdo) sobre el que se desarrollan actividades de seguridad en materia de seguridad vial en el Estado de Baja California?

2. ¿En la entidad, se cuenta con algún programa o política pública para la prevención de accidentes de tránsito o seguridad vial? En caso afirmativo ¿Qué periodo comprende dicho programa? ¿Dicho programa considera la Estrategia Nacional de Seguridad Vial 2011-2020?

3. ¿Qué presupuesto destina la Secretaría de Seguridad Pública de Baja California para el desarrollo de actividades de prevención de accidentes y de seguridad vial? Especificar por año, de 2011 a 2016 y por rubro, cuánto para: capacitación; campañas de comunicación; educación vial; realización de operativos de control de alcohol en aliento; operativos de control de velocidad; operativos de uso de sistemas de retención infantil y de cinturón de seguridad; mantenimiento preventivo y correctivo de carreteras; atención de lesionados por accidentes de tránsito.

4. ¿Existe legislación estatal que regule la conducción bajo los efectos del alcohol, como mecanismo para prevenir los accidentes de tránsito? En caso afirmativo, ¿Cuál es la disposición legal y artículo que lo refiere?

5. ¿Se realizan operativos de control de alcohol en aliento en la entidad? De ser afirmativo ¿en qué municipios se aplican dichos controles de alcohol en aliento, en que año se iniciaron controles a nivel estatal y en cada municipio y con qué periodicidad se realizan?

6. ¿En caso de aplicar controles de alcohol en aliento, cuáles son los límites BAC establecidos? 7. ¿Existe legislación estatal que regule la conducción a exceso de velocidad, como mecanismo para prevenir los accidentes de

tránsito? En caso afirmativo, ¿Cuál es la disposición legal y artículo que lo refiere? 8. ¿Existe legislación estatal que restrinja el uso de celular, como medida para prevenir los accidentes de tránsito? En caso afirmativo,

¿Cuál es la disposición legal y artículo que lo refiere?

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SOLICITUD NÚMERO 163204

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C.P. 21000, Teléfonos:.(686)838 77 19 y 20, (686)558 10 00 ext. 8160 Email: [email protected]

www.transparenciabc.gob.mx

9. ¿Existe legislación estatal que regule el uso de casco para motociclistas, conductor y acompañante, como mecanismo para atenuar las lesiones de tránsito? En caso afirmativo, ¿Cuál es la disposición legal y artículo que lo refiere?

10. ¿Existe legislación estatal que regule el uso obligatorio de cinturón de seguridad para todos los pasajeros? En caso afirmativo, ¿Cuál es la disposición legal y artículo que lo refiere?

11. ¿Existe legislación estatal que regule el uso obligatorio de Sistemas de Retención Infantil (sillas porta infante), como mecanismo para atenuar las lesiones de tránsito? En caso afirmativo, ¿Cuál es la disposición legal y artículo que lo refiere?

12. ¿Cuáles son los municipios del Estado de Baja California que cuentan con reglamento de tránsito que regule: la conducción bajo los efectos del alcohol, la conducción a exceso de velocidad, el uso de celular, el uso de casco para motociclistas, el uso de sistemas de retención infantil (sillas porta infante)?

13. ¿Cuáles son los 10 puntos donde se registró durante 2014 el mayor número de lesionados y muertos por accidentes de tránsito (Choques y atropellamientos), en el municipio de Baja California?

RESPUESTA: Antecediendo un cordial saludo, y en atención a la consulta ciudadana recibida a través del Sistema de Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California (SAIPBC) relativa al folio UCT-163204, me permito informar a Usted.

¿Qué organismo o dependencia es responsable de coordinar las actividades multisectoriales de seguridad vial y de movilidad en la entidad?

Al respecto me permito informar a Usted, que después de analizar dicha pregunta, se deduce de conformidad con lo dispuesto por los

artículos 2, 4 fracción XIV y 122 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, que NO

corresponde a ésta Secretaría la generación, administración, posesión o manejo de dicha información; toda vez de que no se encuentra

dentro de las atribuciones que establecen el marco legal de actuación de ésta Dependencia Estatal, el contar con dicha información; que

no obstante lo anterior, dado que su solicitud se suscribe sobre actividades de seguridad vial en la entidad, me permito hacer de su

conocimiento que la información requerida se considera que su generación, administración, posesión o manejo de la misma, es

competencia de la Secretaría de Salud de Baja California, a través del Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes de Baja California,

así como a los diversos ayuntamientos del Estado del Baja California; por lo que se invita a Usted dirija su solicitud dichas Dependencias

Estatales.

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C.P. 21000, Teléfonos:.(686)838 77 19 y 20, (686)558 10 00 ext. 8160 Email: [email protected]

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1. ¿Cuál es el marco legal (ley, reglamento, convenio o acuerdo) sobre el que se desarrollan actividades de seguridad en materia de seguridad vial en el Estado de Baja California? Al respecto me permito informar a Usted, que después de analizar dicha pregunta, se deduce de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2, 4 fracción XIV y 122 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, que NO corresponde a ésta Secretaría la generación, administración, posesión o manejo de dicha información; toda vez de que no se encuentra dentro de las atribuciones que establecen el marco legal de actuación de ésta Dependencia Estatal, el contar con dicha información; que no obstante lo anterior, dado que su solicitud se refiere a actividades de seguridad vial en el Estado, me permito hacer de su conocimiento que la información requerida se considera que su generación, administración, posesión o manejo de la misma, es competencia de la Secretaría de Salud de Baja California, a través del Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes de Baja California, así como a los diversos ayuntamientos del Estado de Baja California; por lo que se invita a Usted dirija su solicitud dichas Dependencias de Gobierno.

2. ¿En la entidad, se cuenta con algún programa o política pública para la prevención de accidentes de tránsito o seguridad vial? En caso afirmativo ¿Qué periodo comprende dicho programa? ¿Dicho programa considera la Estrategia Nacional de Seguridad Vial 2011-2020? Respecto a su solicitud, me permito informar a Usted, que esta Secretaría de Seguridad Pública cuenta con una campaña Estatal de seguridad vial, sin embargo las Dependencias encargadas de implementar programas o políticas públicas para la prevención de accidentes de tránsito o seguridad vial en la entidad , son la Secretaría de Salud de Baja California a través del Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes de Baja California, así como a los diversos Ayuntamientos del Estado de Baja California, por lo que se deduce de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2, 4 fracción XIV y 122 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, que NO corresponde a ésta Secretaría la generación, administración, posesión o manejo de dicha información; toda vez de que no se encuentra dentro de las atribuciones que establecen el marco legal de actuación de ésta Dependencia Estatal, el contar con dicha información; por lo que se invita a Usted dirija su solicitud dichas Dependencia de Gobierno.

3. ¿Qué presupuesto destina la Secretaría de Seguridad Pública de Baja California para el desarrollo de actividades de prevención de accidentes y de seguridad vial? Especificar por año, de 2011 a 2016 y por rubro, cuánto para: capacitación; campañas de

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comunicación; educación vial; realización de operativos de control de alcohol en aliento; operativos de control de velocidad; operativos de uso de sistemas de retención infantil y de cinturón de seguridad; mantenimiento preventivo y correctivo de carreteras; atención de lesionados por accidentes de tránsito. Le proporciono el desglose por año del presupuesto anual destinado para la operación del Centro de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana del Estado de Baja California:

AÑO PRESUPUESTO

2011 $ 8,292,660.29

2012 $8,213,994.97

2013 $8,248,821.58

2014 $8,276,926.69

2015 $8,202,436.06

2016 $5,576,664.14

Asimismo le informo que no se cuenta con el desglose por los rubros que menciona en su solicitud, toda vez que el presupuesto se

asigna de manera general al Programa PREVENCIÓN DEL DELITO Y PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD.

4. ¿Existe legislación estatal que regule la conducción bajo los efectos del alcohol, como mecanismo para prevenir los accidentes de

tránsito? En caso afirmativo, ¿Cuál es la disposición legal y artículo que lo refiere? La Ley de Salud Pública para el Estado de Baja California es el cuerpo normativo que señala la prevención de accidentes que pongan en peligro la salud de las personas, por lo cual la Secretaría de Salud del Estado de Baja California a través del Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes de Baja California lleva a cabo acciones de prevención en materia de seguridad vial.

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5. ¿Se realizan operativos de control de alcohol en aliento en la entidad? De ser afirmativo ¿en qué municipios se aplican dichos controles de alcohol en aliento, en que año se iniciaron controles a nivel estatal y en cada municipio y con qué periodicidad se realizan? Le informo a Usted, que después de analizar dichas preguntas, se deduce de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2, 4 fracción XIV y 122 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, que NO corresponde a ésta Secretaría la generación, administración, posesión o manejo de dicha información; toda vez de que no se encuentra dentro de las atribuciones que establecen el marco legal de actuación de ésta Dependencia Estatal, el contar con dicha información; que no obstante lo anterior, dado que su solicitud se refiere a operativos de control de alcohol en aliento en el Estado, me permito hacer de su conocimiento que la información requerida se considera que su generación, administración, posesión o manejo de la misma, es competencia de la Secretaría de Salud de Baja California, a través del Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes de Baja California, así como a los diversos ayuntamientos del Estado de Baja California; por lo que se invita a Usted dirija su solicitud dichas Dependencias de Gobierno.

6. ¿En caso de aplicar controles de alcohol en aliento, cuáles son los límites BAC establecidos? Al respecto me permito informar a Usted, que después de analizar dicha pregunta, se deduce de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2, 4 fracción XIV y 122 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, que NO corresponde a ésta Secretaría la generación, administración, posesión o manejo de dicha información; toda vez de que no se encuentra dentro de las atribuciones que establecen el marco legal de actuación de ésta Dependencia Estatal, el contar con dicha información; que no obstante lo anterior, dado que su solicitud se refiere a la aplicación de controles de alcohol en aliento en el Estado, me permito hacer de su conocimiento que la información requerida se considera que su generación, administración, posesión o manejo de la misma, es competencia de la Secretaría de Salud de Baja California, a través del Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes de Baja California, así como a los diversos ayuntamientos del Estado de Baja California; por lo que se invita a Usted dirija su solicitud dichas Dependencias de Gobierno.

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C.P. 21000, Teléfonos:.(686)838 77 19 y 20, (686)558 10 00 ext. 8160 Email: [email protected]

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7. ¿Existe legislación estatal que regule la conducción a exceso de velocidad, como mecanismo para prevenir los accidentes de tránsito? En caso afirmativo, ¿Cuál es la disposición legal y artículo que lo refiere? No existe la legislación estatal que refiere en su solicitud, toda vez que la aplicación territorial de las normas que regulan la conducción a exceso de velocidad, son de ámbito Municipal.

8. ¿Existe legislación estatal que restrinja el uso de celular, como medida para prevenir los accidentes de tránsito? En caso afirmativo, ¿Cuál es la disposición legal y artículo que lo refiere? No existe la legislación estatal que refiere en su solicitud, toda vez que la aplicación territorial de las normas que restringen el uso de celular como medida para prevenir los accidentes de tránsito, son de ámbito Municipal.

9. ¿Existe legislación estatal que regule el uso de casco para motociclistas, conductor y acompañante, como mecanismo para atenuar las lesiones de tránsito? En caso afirmativo, ¿Cuál es la disposición legal y artículo que lo refiere? No existe la legislación estatal que refiere en su solicitud, toda vez que la aplicación territorial de las normas que regulan el uso de casco para motociclistas, conductor y acompañante, son de ámbito Municipal.

10. ¿Existe legislación estatal que regule el uso obligatorio de cinturón de seguridad para todos los pasajeros? En caso afirmativo, ¿Cuál es la disposición legal y artículo que lo refiere? No existe la legislación estatal que refiere en su solicitud, toda vez que la aplicación territorial de las normas que regulan el uso obligatorio de cinturón de seguridad para los pasajeros de un vehículo, son de ámbito Municipal.

11. ¿Existe legislación estatal que regule el uso obligatorio de Sistemas de Retención Infantil (sillas porta infante), como mecanismo para atenuar las lesiones de tránsito? En caso afirmativo, ¿Cuál es la disposición legal y artículo que lo refiere? No existe la legislación estatal que refiere en su solicitud, toda vez que la aplicación territorial de las normas que regulan el uso obligatorio de sistemas de retención infantil, son de ámbito Municipal.

12. ¿Cuáles son los municipios del Estado de Baja California que cuentan con reglamento de tránsito que regule: la conducción bajo los efectos del alcohol, la conducción a exceso de velocidad, el uso de celular, el uso de casco para motociclistas, el uso de sistemas de retención infantil (sillas porta infante)?

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Al respecto me permito informar a Usted, que después de analizar dicha pregunta, se deduce de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2, 4 fracción XIV y 122 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California, que NO corresponde a ésta Secretaría la generación, administración, posesión o manejo de dicha información; toda vez de que no se encuentra dentro de las atribuciones que establecen el marco legal de actuación de ésta Dependencia Estatal, el contar con dicha información; que no obstante lo anterior, dado que su solicitud se refiere a Reglamentos de Tránsito Municipales, me permito hacer de su conocimiento que la información requerida se considera que su generación, administración, posesión o manejo de la misma, es competencia de los diversos ayuntamientos del Estado de Baja California; por lo que se invita a Usted dirija su solicitud dichas Dependencias de Gobierno.

13. ¿Cuáles son los 10 puntos donde se registró durante 2014 el mayor número de lesionados y muertos por accidentes de tránsito (Choques y atropellamientos), en el municipio de Baja California? Le proporciono las 10 colonias donde se registraron mayor número de lesionado s y muertos por accidentes de tránsito en el Estado de Baja California, según el número de llamadas reportadas a la línea de emergencia 066 durante el año 2014.

COLONIA MUNICIPIO

Sección primera Ensenada

Ejido Nacionalista (poblado Maneadero) Ensenada

Valle Dorado Ensenada

Zona Urbana Rio Tijuana Tijuana

Zona Centro Tijuana

Rio Tijuana 3ra etapa Tijuana

La Mesa Tijuana

20 de Noviembre Tijuana

Mariana Matamoros Centro Tijuana

Camino Verde Tijuana

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Fuente: Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Baja California a través del Centro de Control, Comando, Comunicación y Cómputo y el Centro de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia con Participación Ciudadana del Estado de Baja California.

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