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PETROLEOS MEXICANOS Dirección Corporativa de Procura y Abastecimiento Subdirección de Procura y Abastecimiento Gerencia de Contrataciones para Procesos de Petroquímica Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos Bases de Invitación Restringida a por lo Menos Tres Personas Número: IS-430-PA-2011038 Numero Interno: 2011038 BASES DE INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS PRESENCIAL No. IS-430-PA-2011038 PARA LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN: “COLOCACION DE ENVOLVENTE NO METALICAS EN LAS DIVERSAS PLANTAS DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS” Bajo la modalidad de Contrato abierto A PRECIO FIJO. En observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), de conformidad con los Artículos 51, 53 fracción IV, 54 segundo párrafo, 56, 57 último párrafo y 58 de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 50 Fracción II, 52 y 56 de su Reglamento (en adelante “Reglamento”); Artículos 42 a 45 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC´S”), 42 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás disposiciones legales vigentes en la materia, se convoca a los invitados de nacionalidad mexicana a participar en la Invitación Restringida a por lo Menos Tres Personas. La Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos de la Gerencia de Contrataciones para Procesos de Petroquímica, en nombre y representación de PEMEX PETROQUÍMICA, Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Morelos, localizado en Ejido Pajaritos S/N, SC, CP 96380, Allende, sitio en Coatzacoalcos, Ver., con teléfono 01-921-21- 1-40-00 extensiones 30-757, 30-758, 34-581 y 34-055; correos electrónicos: [email protected] ; [email protected] ; [email protected] y [email protected] ; en adelante

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PETROLEOS MEXICANOSDirección Corporativa de Procura y Abastecimiento

Subdirección de Procura y AbastecimientoGerencia de Contrataciones para Procesos de

PetroquímicaSuperintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos

Bases de Invitación Restringida a por lo Menos Tres Personas

Número: IS-430-PA-2011038Numero Interno: 2011038

BASES DE INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LO MENOS TRES PERSONAS PRESENCIAL

No. IS-430-PA-2011038

PARA LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN:

“COLOCACION DE ENVOLVENTE NO METALICAS EN LAS DIVERSAS PLANTAS DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS”

Bajo la modalidad de Contrato abierto A PRECIO FIJO.

En observancia al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), de conformidad con los Artículos 51, 53 fracción IV, 54 segundo párrafo, 56, 57 último párrafo y 58 de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 50 Fracción II, 52 y 56 de su Reglamento (en adelante “Reglamento”); Artículos 42 a 45 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC´S”), 42 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás disposiciones legales vigentes en la materia, se convoca a los invitados de nacionalidad mexicana a participar en la Invitación Restringida a por lo Menos Tres Personas.

La Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos de la Gerencia de Contrataciones para Procesos de Petroquímica, en nombre y representación de PEMEX PETROQUÍMICA, Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Morelos, localizado en Ejido Pajaritos S/N, SC, CP 96380, Allende, sitio en Coatzacoalcos, Ver., con teléfono 01-921-21-1-40-00 extensiones 30-757, 30-758, 34-581 y 34-055; correos electrónicos: [email protected]; [email protected]; [email protected] y [email protected]; en adelante “Convocante”, emite las Bases de Invitación en las que se desarrollará la Invitación Restringida a por lo Menos Tres Personas No. IS-430-PA-2011038, (en adelante “Bases”), Solicitud de Pedido Núm. 430-40000-S-1037147, que tiene por objeto el: “COLOCACION DE ENVOLVENTE NO METALICAS EN LAS DIVERSAS PLANTAS DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS”, (en adelante “Los Servicios”), que se describen en el Documento 01. Estas Bases constan de 25 Documentos.

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Número: IS-430-PA-2011038Numero Interno: 2011038

CRONOGRAMA DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION:

ACTO FECHA HORA SALA/DIRECCION

PUBLICACIÓN DE BASES EN EL PORTAL DE PPQ Y ENTREGA DE INVITACIONES:

31 DE OCTUBRE DE 2014

EN EL PORTAL DE PPQ Y OFICINAS DE LA JEFATURA DE OBRA PUBLICA EN EL INTERIOR DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS.

FECHA LÍMITE PARA MANIFESTAR INTERES EN PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO.

06 DE NOVIEMBRE DE

2014

EN LA JEFATURA DE OBRA PÚBLICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO MORELOS, QUE SE LOCALIZA EN EL INTERIOR DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, A UN COSTADO DE LA PORTADA PRINCIPAL, (FRENTE AL SERVICIO MÉDICO), UBICADA EN EL EJIDO PAJARITOS S/N, S.C. CP 96380, ALLENDE, COATZACOALCOS, VERACRUZ, TELÉFONO (01-921) (21) 1-40-00 EXTENSIONES 30-757, 30-758, 34-581 Y 34-055. (EN ADELANTE DOMICILIO DE LA CONVOCANTE)

VISITA(S) A LAS INSTALACIONES No aplica

JUNTA DE ACLARACIONES A LAS BASES06 DE

NOVIEMBRE DE 2014

10:00 HORAS

ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS

18 DE NOVIEMBRE DE

2014

10:00 HORAS

PLAZO PARA QUE LA CONVOCANTE SOLICITE ACLARACIONES A LAS

PROPUESTAS PRESENTADAS Y/O SUBSANACION DE OMISIONES EN LOS

TÉRMINOS PREVISTOS EN EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 29 DE LAS DAC´S.

A PARTIR DEL ACTO DE

PRESENTACION Y APERTURA DE PROPUESTAS HASTA UN DIA

HABIL PREVIO A LA NOTIFICACION DEL FALLO DE LA

JUNTA PUBLICA PARA DAR A CONOCER EL FALLO DE LA INVITACION ( FECHA

ESTIMADA)

25 DE NOVIEMBRE DE

2014

13:00 HORAS

PLAZO PARA SUSCRIPCION DEL CONTRATO (FECHA ESTIMADA)

01 DE DICIEMBRE DE 2014

15:00 HORAS

REGLAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES PARA EL ACCESO A LOS EVENTOS: Los licitantes que ingresen al Complejo Petroquímico Morelos de PEMEX Petroquímica, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en el Anexo SSPA Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo Y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. por lo que se adjunta guía de acceso al centro de trabajo, cuyo requisito indispensable, es que utilicen calzado de seguridad industrial, ropa 100% de algodón color naranja (camisa de manga larga, pantalón u overol), gafas de seguridad, protectores auditivos, casco protector no metálico y barbiquejo, cabello corto y sin barba así como identificación oficial vigente. Sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.

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Número: IS-430-PA-2011038Numero Interno: 2011038

Relación de documentos que integran estas Bases:

DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO01 Especificaciones Técnicas.02 Aspectos Administrativos.

03 Formato para acreditar la nacionalidad, y personalidad jurídica del licitante

04 Documentos que deberán ser firmados autógrafamente por el apoderado o representante legal del licitante.

05 Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de propuestas.

05-A Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en la Etapa de Precalificación. NO APLICA

06 Formato de propuesta Técnica.06-A Formato de propuesta Económica.

06-B Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

07Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC’S.

08Modelo de texto de fianza que presentara(n) el(los) licitante(s) adjudicado(s) para: adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público para garantizar el debido cumplimiento de los contratos.

08-AModelo de texto de fianza para garantizar la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los servicios o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

08-B

Modelo de Carta de Crédito STANDBY confirmada que deberá(n) presentar el(los) proveedor(es) y modelo de declaración de beneficiario. NO APLICA Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos. Garantiza la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes.Garantizar la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado. NO APLICA

08-C Modelo de Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización, deducción o devolución del anticipo otorgado. –NO APLICA-

09 Niveles de supervisión de los Servicios.

10 Cálculo y Declaración del Grado de Integración Nacional en Servicios de mantenimiento que no requieran el uso de embarcaciones (Anexo GIN).

10-A Formato 3. Declaración del Grado de Integración Nacional de la Mano de Obra11 Modelo-Guía de Contrato.12 Causas de Desechamiento.

13Anexo SSPA: “Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.”.

13-A Formato 4 Anexo SSPA “Lineamientos de requerimientos que debe cumplir el proveedor”.

13-B Formato 6, requerimientos del anexo SSPA

14 Nota Informativa para incluir en las Bases de Invitación del Gobierno Federal.

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Número: IS-430-PA-2011038Numero Interno: 2011038

DOCUMENTO CONTENIDO FOLIO15 Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.

NO APLICA16 Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Servicios NO APLICA17 Modelo de convenio de participación conjunta NO APLICA18 Formato para la Manifestación del Grado de Contenido Nacional de los

Servicios.19 Documento “Compromisos con la Transparencia”.

20 Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante.

21 Solicitud de Clave de Acceso a información de la Bóveda Electrónica de Petróleos Mexicanos. (Formato PPQFE01 (0))

22 Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

23 Guía de AccesoPARA MEJOR CONDUCCIÓN DE ESTA INVITACIÓN PREFERENTEMENTE SE DEBERÁN UTILIZAR LOS FORMATOS INTEGRADOS A ESTAS BASES DE INVITACIÓN, LOS CUALES CONTIENEN LOS DATOS MÍNIMOS NECESARIOS.PODRÁN UTILIZAR DOCUMENTOS MEMBRETADOS DE SU EMPRESA LOS CUALES DEBERÁN CUMPLIR CUANDO MENOS CON LOS DATOS SOLICITADOS EN CADA FORMATO.

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DOCUMENTO 01

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.

“COLOCACION DE ENVOLVENTE NO METALICAS EN LAS DIVERSAS PLANTAS DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS”

PARTIDA CANTIDADUNIDAD

DE MEDIDA

DESCRIPCION

1 1 SERVICIO SERVICIO DE COLOCACION DE ENVOLVENTES NO METALICAS

EN TUBERIA Y ACCESORIOS (TEES, CODOS, BRIDAS, REDUCCIONES, NIPLES, VALVULAS ENTRE OTROS), HASTA 4 PULGADAS DE DIAMETRO EN ALTURA DE HASTA 20 MTS.

2 1 SERVICIO

SERVICIO DE COLOCACION DE ENVOLVENTES NO METALICAS

EN TUBERIA Y (TEES, CODOS, BRIDAS, REDUCCIONES, NIPLES, VALVULAS ENTRE OTROS), DE 6-12 PULGADAS DE DIAMETRO EN ALTURA DE HASTA 20 MTS.

3 1 SERVICIO SERVICIO DE COLOCACION DE ENVOLVENTES NO METALICAS

EN TUBERIA Y (TEES, CODOS, BRIDAS, REDUCCIONES, NIPLES, VALVULAS ENTRE OTROS), DE 14-28 PULGADAS DE DIAMETRO EN ALTURA DE HASTA 20 MTS.

4 1 SERVICIO SERVICIO DE COLOCACION DE ENVOLVENTES NO METALICAS

EN TUBERIA Y (TEES, CODOS, BRIDAS, REDUCCIONES, NIPLES, VALVULAS ENTRE OTROS), DE 30 A MAS PULGADAS DE DIAMETRO EN ALTURA DE HASTA 20 MTS.

LA ENVOLVENTE NO METALICA SE DEBE EXTENDER COMO MINIMO DE ACUERDO AL NUMERAL 12.3 ENVOLVENTE NO SOLDABLE NO METALICA (DETALLES), DE LA NRF-059-PEMEX-2012.

1.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:

MATERIAL: ACERO INOXIDABLE Y/O ACERO AL CARBON.PRESION DE SERVICIO: HASTA 40 KG/CM2TEMPERATURA MAXIMA DE SERVICIO: HASTA 100 °CCONDICION: EN OPERACIÓN.PRODUCTO: DE ACUERDO A LA PLANTA QUE REQUIERA EL SERVICIO.MATERIAL: A/C A-103, CEDULA 40, Y INOXIDABLE ASTM-358, CEDULA 40.

2.- ALCANCES DEL SERVICIO

EL PRESTADOR DEL SERVICIO DEBE DE CUMPLIR CON LO SIGUIENTE:

2.1.- REALIZARA LA PREPARACIÓN DE LA SUPERFICIE EFECTUANDO LA LIMPIEZA QUÍMICA O MANUAL PARA ELIMINAR LA SUCIEDAD.

2.2.- POSTERIORMENTE LLEVARA A CABO LA MEZCLA DEL CATALIZADOR CON LA BASE DE LA RESINA RESONADORA EN RELACIÓN DE ACUERDO A LA FICHA TECNICA Y SE MEZCLA HASTA OBTENER UN COLOR UNIFORME.

2.3.- REALIZARA EL RESANE CON LA PASTA O RESINA HASTA LLENAR EL DEFECTO DEL TUBO O CONEXIÓN, POSTERIORMENTE REALIZARA UN APLANADO CON RESINA A LO LARGO Y CIRCUNFERENCIA DE LA TUBERÍA.

2.4.- UNA VEZ FRAGUADA LA CAPA ANTES MENCIONADA REALIZARA UNA MEZCLA BASE-CATALIZADOR EN RELACIÓN 3:2 Y ESTE SE VERTERÁ SOBRE LA MALLA DE FIBRA DE VIDRIO Y SE DISTRIBUIRÁ A LO LARGO Y ANCHO, UNA VEZ IMPREGNADA SE INSTALARA EN EL TUBO.

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2.5.- APLICARA UN RECUBRIMIENTO RESISTENTES A LOS RAYOS UV.

2.6.- RETIRARA LOS DESECHOS DE MANEJO ESPECIAL (ESTOPAS, BOTES IMPREGNADOS DE RECUBRIMIENTO O PINTURA).

2.7.-DEBERA CONSIDERAR LOS MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA Y TODO LO NECESARIO PARA LA CORRECTA EJECUCION DE LOS TRABAJOS.

2.8.- EL PRESTADOR DEL SERVICIO DEBERA PRESENTAR ORIGINAL O COPIA SIMPLE Y LEGIBLE DE LA FICHA TECNICA DE LOS PRODUCTOS A APLICAR, QUE SEA EMITIDA POR EL FABRICANTE.

2.9.- EL PRESTADOR DEL SERVICIO ENTREGARA COPIA SIMPLE Y LEGIBLE DE LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO DE CALIFICACIÓN DEL SISTEMA DE REPARACIÓN.

2.10.- PRUEBAS PARA LA CALIFICACIÓN DEL SISTEMA DE REPARACIÓN

2.10.1.- EL PRESTADOR DEL SERVICIO ENTREGARA COPIA SIMPLE Y LEGIBLE DEL INFORME SATISFACTORIO DE LA PRUEBA HIDROSTÁTICA DEL SISTEMA DE REPARACIÓN SIMULANDO EN LA PROBETA LA CONDICIÓN MAS CRITICA DEL DAÑO A REPARAR, REALIZADA HASTA LA PRESIÓN DE REVENTAMIENTO IMPLÍCITA EN EL DISEÑO DEL DUCTO DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA NRF-030-PEMEX-2009.

2.11.- INSPECCIÓN EN CAMPO DURANTE LA INSTALACIÓN.

SE DARA CUMPLIMIENTO CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS PARA INSTALAR LA ENVOLVENTE NO SOLDABLE NO METÁLICA:

A).- LA SUPERFICIE DEL DUCTO POR REPARAR DEBE TENER UN GRADO DE LIMPIEZA DE ACUERDO A LA FICHA TECNICA DEL FABRICANTE DEL PRODUCTO.

B).- EL INTERVALO DE TIEMPO ENTRE LA PREPARACIÓN DE LA SUPERFICIE Y LA INSTALACIÓN DE LA ENVOLVENTE NO DEBE SER MAYOR A 1 HORA. EN CUYO CASO SE DEBE VOLVER AL LIMPIAR LA SUPERFICIE.

C).- EL PRESTADOR DEL SERVICIO DEBE CONTAR CON EL PERSONAL CALIFICADO Y AVALADO POR EL FABRICANTE, PARA LA EJECUCIÓN DEL TRABAJO.

D).-EL PRESTADOR DEL SERVICIO DEBE CONTAR CON PROCEDIMIENTOS ESCRITOS QUE DESCRIBAN DETALLADAMENTE LAS OPERACIONES QUE SE DEBEN CUMPLIR PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS DE INSTALACIÓN DE ENVOLVENTES NO SOLDABLES NO METÁLICAS.

E).- LAS CONDICIONES AMBIENTALES DEL SITIO EN DONDE SE COLOCARA LA ENVOLVENTE, SE DEBERA ENCONTRAR DENTRO DE LOS PARÁMETROS INDICADOS POR EL FABRICANTE.

F).-LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD, SALUD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL SERAN LAS ESTABLECIDAS POR EL CENTRO DE TRABAJO Y POR EL PERSONAL DESIGNADO POR PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS Y LAS ESTABLECIDAS EN EL NUMERAL 8.8 DE LA NRF-059-PEMEX-2012.

G).-LAS FIBRAS DE REFUERZO DEBEN SER CONTINUAS.

2.12.- DOCUMENTACIÓN MÍNIMA QUE ENTREGARA EL PRESTADOR DEL SERVICIO.

A).-MEMORIA DE CÁLCULO DEL SISTEMA DE REPARACIÓN.

B).-CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO DE LA CALIFICACIÓN DEL SISTEMA DE REPARACIÓN, DE ACUERDO CON LO INDICADO EN 8.2.1 DE LA NRF-059-PEMEX-2012.

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2.13.- DOCUMENTACIÓN MÍNIMA QUE ENTREGARA EL PRESTADOR DEL SERVICIO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS DE REPARACIÓN CON ENVOLVENTE NO SOLDABLE NO METÁLICA

A) CLAVE DE IDENTIFICACIÓN DE LOS MATERIALES.

B) NÚMERO Y TAMAÑO DEL LOTE DE LOS MATERIALES.

C) INFORME DE RESULTADOS DE LAS PRUEBAS DE LABORATORIO DEL LOTE DE MATERIALES.

D) FECHA DE CADUCIDAD DE LOS MATERIALES.

C) HOJA DE SEGURIDAD DE LOS MATERIALES.

F) TIPO DE ENVOLVENTE NO SOLDABLE NO METÁLICA.

G) SISTEMA DE REPARACIÓN A UTILIZAR Y MEMORIA DE CÁLCULO DEL MISMO.

3.- NORMATIVIDAD QUE SE APLICA DURANTE LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO:

NRF-059-PEMEX-2012. (NUMERAL 8.1 AL 8.8)NRF-030-PEMEX-2009. (NUMERAL 8.4.2.4.6)

400-GCSIPA-FO-12 Rev. 03 Procedimiento Crítico para la delimitación de áreas de riesgos (barricadas). QUE SE ENCUENTRA EN EL SIGUIENTE LINK http://intranet.ptq.pemex.com/C6/sac/Document%20Library/GCSIPA/400-GCSIPA-PO-12%20W-P.pdf

400-GCSIPA-FO-12 Rev. 03 Procedimiento crítico para la prevención de caídas, QUE SE ENCUENTRA EN EL SIGUIENTE LINKhttp://intranet.ptq.pemex.com/C6/sac/Document%20Library/GCSIPA/400-GCSIPA-PO-14.pdf

3.1. EL PRESTADOR DEL SERVICIO APLICARA EL CRITERIO 400-GCSIPA-CR-12, CRITERIO PARA EL MANEJO INTEGRAL DE LOS RESIDUOS GENERADOS EN PEMEX PETROQUÍMICA Y CENTROS DE TRABAJO QUE SE ENCUENTRA EN EL SIGUIENTE LINK http://intranet.ptq.pemex.com/c6/sac/default.aspx

3.2.- EL PRESTADOR DEL SERVICIO APLICARA EL CRITERIO 400-ACSIPA-CR-15, CRITERIO ADMINISTRACIÓN INTERNA DE CONTRATISTAS Y/O PROVEEDORES Y ADJUDITARIOS, QUE SE ENCUENTRA EN EL SIGUIENTE LINK http://intranet.ptq.pemex.com/c6/sac/default.aspx

3.3.- EL PRESTADOR DEL SERVICIO APLICARA EL REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS (2012).QUE SE ENCUENTRA EN EL SIGUIENTE LINKhttp://intranet.ptq.pemex.com/C16/Normatividad/Docs/Reglamentos/Reglamento%20de%20Seguridad,%20Salud%20y%20Proteccion%20ambiental.pdf

4.-REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL LICITANTE EN LA ETAPA DE PRECALIFICACIONNO APLICA

5.-REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL LICITANTE

5.1.- EL LICITANTE DEBERA PRESENTAR COPIA SIMPLE Y LEGIBLE DE LA FICHA TECNICADE LOS PRODUCTOS A UTILIZAR EMITIDA POR EL FABRICANTE, CONSTANCIA DELPERSONAL CALIFICADO AVALADO POR EL FABRICANTE.

6.- MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTAS Y MATERIALES QUE SUMINISTRARA EL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO.

NO APLICA

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7.- MAQUINARIA, EQUIPO, HERRAMIENTA Y MATERIALES QUE SUMINISTRARA EL PRESTADOR DEL SERVICIO PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS.

-ANDAMIOS DE ROSETA COMPLETO-LOTE DE HERRAMIENTA MENOR.

7.1.- EL PRESTADOR DEL SERVICIO SUMINISTRARA TODOS LOS MATERIALES NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO COMO SON:

ENVOLVENTE DE REFUERZO NO METÁLICO A BASE DE RESINA EPOXICA REFORZADA CON FIBRA DE VIDRIO, INCLUYE RESANADOR EPOXICO MONOLÍTICO Y ANTIÁCIDO, CINTA DE REFUERZO DE FIBRA DE VIDRIO Y RESINA SATURANTE LIQUIDA, RECUBRIMIENTO CONTRA RAYOS UV.

8.- CRITERIO DE ADJUDICACIÓN:

POR LA TOTALIDAD DEL SERVICIO A UN SOLO PRESTADOR DE SERVICIO.

9.- PLAZO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO:

LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SERA DE 15 DIAS NATURALES.

10.- NIVELES DE SUPERVISIÓN:

EL NIVEL DE SUPERVISIÓN PARA ESTE SERVICIO SERA EL NUMERO V Y LOS NUMERALES QUE APLICAN SON 1, 2, 3, 4 Y 6 DEL PROCEDIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA INSPECCIÓN DE BIENES MUEBLES Y SUPERVISIÓN DE ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS EN PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMOS SUBSIDIARIOS Y EN SU CASO, EMPRESAS FILIALES, CLAVE: PA-800-70600-01, REVISIÓN: 01.

1) LAS ESPECIFICACIONES CONTRACTUALES.2) EL CUMPLIMIENTO DE NORMAS, CODIGOS, PROCEDIMIENTOS.3) LA EJECUCIÓN DEL ARRENDAMIENTO O SERVICIO.4) LAS PRUEBAS Y EVALUACIONES FINALES.6) LA DOCUMENTACIÓN QUE ESTABLECE EL CONTRATO.

11.- ESQUEMA DE PENAS CONVENCIONALES:

I. POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA ORDEN DE SERVICIOSLAS PARTES CONVIENEN EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR NO EJECUTE LOS SERVICIOS EN EL PLAZO ESTABLECIDO EN CADA ORDEN DE SERVICIO QUE HAYA SIDO EXPEDIDA POR PETROQUIMICA O CUALESQUIERA AMPLIACIONES AUTORIZADAS POR ESCRITO POR ÉSTE, EL PROVEEDOR DEBERÁ PAGAR A PETROQUIMICA, COMO PENA CONVENCIONAL POR CADA DÍA NATURAL DE ATRASO DE LOS SERVICIOS, UNA CANTIDAD EQUIVALENTE AL 10 %(DIEZ) DEL MONTO TOTAL DE LOS SERVICIOS PENDIENTES DE EJECUTAR.

LA APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES NO CAUSARÁ UN CAMBIO EN LOS PLAZOS Y/O FECHAS QUE PARA LA CONCLUSIÓN DE LOS SERVICIOS HAYAN SIDO ESTABLECIDAS EN LA ORDEN DE SERVICIO, NI TAMPOCO LIBERARÁN AL PROVEEDOR DE SU OBLIGACIÓN DE MEJORAR SU PROGRESO PARA LOGRAR CUMPLIR CON CUALQUIER PLAZO Y/O FECHA O CORREGIR LA FALLA QUE LO IMPIDA.

LAS PENAS CONVENCIONALES A LAS QUE EL PROVEEDOR SE HAGA ACREEDOR POR ATRASO EN LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS, SE CALCULARÁN, A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS MISMOS O, EN SU CASO, MODIFICADO MEDIANTE CONVENIO.

II.- INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS AL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA CLÁUSULA DENOMINADA "GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL", SI COMO RESULTADO DE LA VERIFICACIÓN DOCUMENTAL DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS SERVICIOS REALIZADOS POR EL PROVEEDOR, SE DETERMINA QUE ÉSTE ES MENOR AL OFERTADO EN SU PROPUESTA DURANTE EL

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PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO "GIN", EL ÁREA RESPONSABLE DE LA ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓNDE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LE APLICARÁ UNA PENA CONVENCIONAL QUE SERÁ DETERMINADA DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO REFERIDO, Y QUE PODRÁ SER DEDUCIDA DE CUALQUIER CANTIDAD DEBIDA O PAGADERA AL PROVEEDOR CONFORME AL PRESENTE CONTRATO HASTA EL MOMENTO EN QUE EL PROVEEDOR REGULARICE ESTA SITUACIÓN.

III.- INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS DEL ANEXO SSPA.EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR NO CUMPLA CON CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES QUE SE ESTABLECEN Y ESPECIFICAN EN EL FORMATO 4 DEL ANEXO "SSPA" DEL PRESENTE CONTRATO, PEMEX PETROQUÍMICA APLICARÁ LAS PENALIZACIONES (DEDUCCIONES) ESTIPULADAS DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL FORMATO 6 DEL REFERIDO ANEXO "SSPA", CONSIDERANDO PARA ELLO LOS MECANISMOS Y REGLAS DE APLICACIÓN ESTABLECIDOS EN LOS APARTADOS DEL ANEXO "SSPA" SIGUIENTES:"GUÍA DE LLENADO", "REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA" Y "CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO".

EL MONTO TOTAL DE LAS PENALIZACIONES NO PODRÁ EXCEDER DE 10% (DIEZ) DEL MONTO MÁXIMO DEL CONTRATO.

12.- SUBCONTRATACIÓN.

NO APLICA

13.- CONDICIONES DE PRECIO:

A PRECIO FIJO DURANTE TODA LA VIGENCIA DEL CONTRATO.

14.- MONTO MÍNIMO Y MÁXIMO QUE PODRÁN REQUERIRSE POR CADA ORDEN DE SURTIMIENTO:

PARTIDA MONTO MAXIMO 1 $ 605,578.49 2 $ 72,509.79 3 $ 516,224.10 4 $ 831,033.30

PARTIDA MONTO MINIMO 1 $ 242,231.40 2 $ 29,003.92 3 $ 206,489.72 4 $ 332,413.32

DISTRIBUCION:OXIDO DE ETILENO ACRILONITRILO 31 --- 3 --- 9 1 15 ---

15.- VISITA AL LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS:

NO APLICA.

16.- JUNTA DE ACLARACIONES:

LAS AREAS DE PEMEX PETROQUIMICA QUE ATENDERA LA JUNTA DE ACLARACIONES SERAN:

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ING. MARTIN HERNANDEZ AQUINO, ADSCRITO A LA SUPERINTENDENCIA DE PROGRAMACION Y EJECUCION DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS.

ING. HUGO ARTURO DOMINGUEZ RUEDA, ADSCRITO A LA SUPERINTENDENCIA DE PLANEACION DEL MANTENIMIENTO DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS.

17.- EL NOMBRE DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE ADMINISTRARA EL CONTRATO Y VIGILARA SU CUMPLIMIENTO:

EL ING. MARTIN HERNADEZ AQUINO, ADSCRITO A LA SUPERINTENDENCIA DE PROGRAMACIÓN Y EJECUCIÓN DE MANTENIMIENTO, ADMINISTRADOR DEL CONTRATO DE SERVICIO PARA LA:

COLOCACIÓN DE ENVOLVENTE NO METÁLICAS EN LAS DIVERSAS PLANTAS DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS

18.- OBJETO/MOTIVO DEL SERVICIO:

COLOCACIÓN DE ENVOLVENTE NO METÁLICA SIN APLICACIÓN DE SOLDADURA.LA APLICACIÓN DE ENVOLVENTE NO METÁLICA SIN APLICACIÓN DE SOLDADURA ES LA OPCIÓN TÉCNICA MAS VIABLE YA QUE PERMITE DAR UN MAYOR REFORZAMIENTO AL MATERIAL FATIGADO MECÁNICAMENTE, CONSIDERÁNDOSE COMO UNA REPARACIÓN PERMANENTE ADEMÁS QUE SU ATENCIÓN ES FACTIBLE DE SER INMEDIATA Y EN MENOR TIEMPO.

19.- ANTICIPO:

NO APLICA.

20.- GRADO DE INTEGRACION NACIONAL DEL SERVICIO:

0 % GRADO DE INTEGRACION NACIONAL EN MATERIALES65% MINIMO EN GRADO DE INTEGRACION NACIONAL EN MANO DE OBRA

21.-CRITERIO DE EVALUACIÓN:

EL SERVICIO REALIZADO NO CONLLEVA EL USO DE CARACTERÍSTICAS DE ALTA ESPECIALIDAD TÉCNICA O DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, POR LO QUE NO SE REQUIERE UTILIZAR EL CRITERIO DE EVALUACIÓN DE PUNTOS Y PORCENTAJES O DE COSTO BENEFICIO, POR LO QUE SE APLICARA EL CRITERIO DE EVALUACIÓN BINARIO.

22.- CANTIDAD O PRESUPUESTO A EJERCER POR EJERCICIO.

LA CANTIDAD DE PRESUPUESTO A EJERCER ES POR LA TOTALIDAD DEL SERVICIO SOLICITADO.

MONTO MAXIMO: $ 2, 025, 345.68MONTO MINIMO: $ 810, 138.27

23.- LUGAR DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

EL LUGAR DONDE SE REALIZARA EL SERVICIO OBJETO DEL CONTRATO ES EN:

EL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS.PLANTAS: - OXIDO DE ETILENO-ACRILONITRILO.

EL PROVEEDOR PODRA RECIBIR DEL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS LA(S) ORDEN(ES) DE SERVICIO(S) A TRAVÉS DE MEDIO ELECTRÓNICO Y/O ENTREGA PERSONAL. UNA VEZ CONCLUIDO LA PRESENTE

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SOLICITUD DE SERVICIO, EL REPRESENTANTE DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO MORELOS, EXPEDIRÁ EL COMPROBANTE DE ACEPTACIÓN CORRESPONDIENTE.

LA ENTREGA DE LA(S) ÓRDEN(ES) DE SERVICIO, SERA EN DÍAS NATURALES Y EN UN HORARIO ENTRE LAS 08:00 Y LAS 17:00 HORAS, EN LAS PLANTAS OXIDO DE ETILENO O ACRILONITRILO.

24.- USO INTENSIVO DE LA MANO DE OBRA:EL USO DE MANO DE OBRA ES MENOR AL 30 % DEL MONTO ESTIMADO EN LAPRESENTE SOLICITUD DE PEDIDO.

PROGRAMA ILUSTRATIVO DEL SERVICIO

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DOCUMENTO 02ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

I N D I C E

1. Consulta y/u obtención de las Bases de la Invitación.1.1 Para consulta.

1.2 Lista de Invitados.2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1 Condiciones Generales de la Invitación.

2.2 Participación de Testigos Sociales. NO APLICA.

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3. Eventos previos a la presentación de propuestas3.1 Visitas al sitio donde se prestaran los Servicios. NO APLICA3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Invitación.

3.3 Modificaciones a las Bases de Invitación.

3.4 Etapa de precalificación del licitante. NO APLICA.

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento.

4.1. Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica. NO APLICA.

4.1.1 Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de propuestas

4.2. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

4.3. Acto de presentación y apertura de propuestas.

4.4. Métodos de evaluación de las propuestas

4.4.1. Criterios de evaluación de aspectos técnicos.

4.4.2. Criterios de evaluación de aspectos legales.

4.4.3. Criterios de evaluación de aspectos económicos.

4.4.4. Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

4.5 Negociación de precios. NO APLICA4.6 Ofertas subsecuentes de descuentos. NO APLICA

5. Criterios de adjudicación.5.1. Abastecimiento simultáneo. NO APLICA.

6. Casos en que se declarará desierta la Invitación.7. Cancelación de la Invitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.8. Causas de desechamiento de propuesta.9. Fallo.10. Inconformidades.11. Compromisos con la Transparencia 12. Firma del Contrato.

13. Aspectos contractuales básicos.

13.1 Contrato Abierto13.1.1 Vigencia.

13.1.2 Presupuestos del Servicio13.1.3 Ordenes de Servicio

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13.2.Condición, plazo y lugar de entrega de los Servicios.13.3. Inspección de los Servicios.13.4 Garantías

13.4.1 Para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.

13.4.2 Para garantizar la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

13.5.Anticipo. NO APLICA.13.6.Condiciones y forma de pago.

13.6.1 Ajuste de Remuneraciones. NO APLICA.13.7.Facturación.

13.8.Penalizaciones.13.9.Rescisión Administrativa del Contrato.13.10. Información Reservada y Confidencial.13.11. Seguros.13.12. Fuentes de Financiamiento. NO APLICA.13.13. Propiedad Industrial y Derechos de Autor.

13.14. ANEXO SSPA: Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo Y Protección Ambiental de los Proveedores O Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos Y Organismos Subsidiarios Propiedad Industrial y Derechos de Autor.

13.15 Devolución de los documentos de proposiciones desechadas

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Información General

Invitación Restringida a por lo Menos Tres Personas fuera de las disposiciones de los tratados de libre comercio en los que se contempla un título o capítulo de compras del sector público.

Esta Invitación se llevará a cabo de manera presencial. No se aceptará el envío de propuestas por medios de comunicación electrónica, por servicio postal o de mensajería.

Definiciones:

Área Administradora del Proyecto: Gerencia de Mantenimiento de PEMEX Petroquímica.

Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato: Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento.

1.Consulta y/u obtención de las Bases de la Invitación.

La publicación de las Bases de la Invitación se realizará a través de la página electrónica de Pemex Petroquímica www.ptq.pemex.com . Asimismo, la Convocante pondrá las bases a disposición de los licitantes, de acuerdo a lo siguiente:

1.1 Para consulta:

A.- En las oficinas de la Convocante, en el horario comprendido de las 8:30 horas a las 14:00 horas en días hábiles, en la Jefatura de Obra Pública de la Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos, localizada en en el interior del Complejo Petroquímico Morelos, a un costado de la entrada principal (frente al servicio médico), en Ejido Pajaritos S/N, SC, CP 96380, Allende, Coatzacoalcos, Ver. (En adelante domicilio de la convocante).

B.- A través de la página electrónica de Pemex Petroquímica en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com;

La fecha límite para manifestar interés en participar en el procedimiento será el día: 06 DE NOVIEMBRE DE 2014

1.2 Lista de Invitados:

PETROPIPE DE MÉXICO S.A. DE C.V. VC LOGISTICS S.A DE C.V. H. F. CONSTRUCCIONES, S.A DE C.V. J.A. DIAZ Y CIA. S.A DE C.V.

Para la obtención de las bases y poder participar en el procedimiento, será necesario que las personas a las que se les entregue invitación al procedimiento, manifiesten el interés en participar en el mismo.

Ninguna de las condiciones contenidas en estas Bases de Invitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas. Los licitantes no podrán condicionar en forma alguna las proposiciones.

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2. Información General sobre el Procedimiento.

2.1. Condiciones Generales de la Invitación.No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en alguno de los supuestos que señala el artículo 53 fracción V de la Ley, así como el artículo 12 de las DAC’S.

2.2 Participación de Testigos Sociales. –NO APLICA-

3. Eventos previos a la presentación de propuestas.

3.1 Visita a los sitios donde se prestaran los Servicios. –NO APLICA-

3.2 Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Invitación.La(s) junta(s) de aclaración a las Bases de Invitación se llevará a cabo el día 06 DE NOVIEMBRE DE 2014 A LAS 10:00 HORAS, en la Jefatura de Obra Pública de la Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos, en el domicilio, siendo optativa la asistencia de los licitantes a las reuniones que, en su caso, se realicen.

Las dudas, planteamientos y solicitudes de modificación relacionadas con las bases de Invitación, las pueden solicitar por cualquiera de los medios que se indican a continuación:

1. Enviarse por correo electrónico a las siguientes direcciones [email protected]; [email protected]; [email protected] y [email protected]; a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones ó

2. Entregarlas personalmente en la Jefatura de Obra Pública de la Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos, en el domicilio de la convocante, a más tardar en fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones. Después de la fecha y hora indicada no se recibirán preguntas o solicitudes de aclaración.

Solamente se atenderán las solicitudes de aclaración a las bases de la Invitación, de las personas que hayan manifestado el interés en participar en la Invitación de las presentes bases, caso contrario, se les permitirá su asistencia sin poder formular preguntas ni aclaraciones. Por lo que, las preguntas presentadas con posterioridad a dicho plazo, no serán atendidas por considerarse extemporáneas. Concluida la última junta de aclaraciones, no se recibirán más preguntas. Preferentemente indicar el numeral de las Bases de Invitación al que hacen referencia sus dudas, planteamientos y solicitudes de modificación.

La Convocante podrá celebrar el número de juntas de aclaraciones que considere necesarias, por lo que al concluirse la primera junta se podrá señalar el lugar, fecha y hora para la celebración de la siguiente junta.

De cada junta de aclaraciones se levantará un acta, que contendrá la firma de los asistentes interesados y de los servidores públicos que intervengan, así como las preguntas formuladas por los licitantes, las respuestas de la Convocante y, en su caso, se señalará la fecha, lugar y hora para la celebración de la siguiente junta de aclaraciones; debiéndose entregar copia a los interesados presentes y estará a disposición de los licitantes que no hayan asistido, en las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 9:00 a 15:00 en días hábiles, ubicada en la Jefatura de Obra Pública de la Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos, en el domicilio de la convocante, así como en la página www.ptq.pemex.com, siendo responsabilidad de los licitantes conocer su contenido.

La falta de firma de algún licitante al acta, no invalidará su contenido y efectos.

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La inasistencia de algún Interesado a la(s) junta(s) de aclaraciones, no lo relevará de su obligación de acatar las decisiones que de ellas se deriven, por lo cual podrá acudir con la debida oportunidad a las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 9:00 a 15:00 horas en días hábiles, en la Jefatura de Obra Pública de la Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos, en el domicilio de la convocante o bien podrá consultar el acta de dicha junta en la página de Internet www.ptq.pemex.com.

Asimismo, los licitantes se darán por notificados del acta que se levante en la junta de aclaraciones de que se trate, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de Internet www.ptq.pemex.com independientemente de que pueda acudir al domicilio de la convocante.

Los interesados que ingresen a los Centros de Trabajo e instalaciones antes mencionadas, deberán cumplir con las medidas de seguridad implantadas en el centro de trabajo ANEXO SSPA “OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS, Así como REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS”., por lo que se adjunta liga electrónica de la guía de acceso al centro de trabajo, cuyo requisito indispensable, es que utilicen calzado de seguridad industrial, ropa 100% de algodón color naranja (camisa de manga larga, pantalón u overol), gafas de seguridad, protectores auditivos, casco protector no metálico y barbiquejo, cabello corto y sin barba así como identificación oficial vigente. Sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.

3.3 Modificaciones a las bases de Invitación:

PEMEX Petroquímica podrá realizar modificaciones a los requisitos, documentación requerida, plazos u otros aspectos establecidos en la convocatoria o en las bases de Invitación, en la forma dispuesta en estas últimas, haciendo del conocimiento de los participantes, dichas modificaciones en la(s) junta(s) de aclaraciones o a través de los mismos medios utilizados y bajo las mismas condiciones para su publicación.

El plazo entre la difusión de las modificaciones y la fecha en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Propuestas, no podrá ser inferior a diez días naturales.

Cualquier modificación a la convocatoria y/o a las bases derivadas de la(s) junta(s) de aclaraciones, será considerada como parte integrante de las propias bases, por lo tanto los licitantes deberán considerarlas para la elaboración de su propuesta.

La convocante entregará una versión final de las bases de Invitación a todos los licitantes, que contengan las modificaciones derivadas de las juntas de aclaraciones, en la fecha que se indique en el acta de última junta de aclaraciones, y estarán disponibles en el portal de Pemex Petroquímica, en la dirección electrónica: www.ptq.pemex.com.

Los licitantes se darán por notificados de la versión final de las bases de Invitación, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de Internet www.ptq.pemex.com, independientemente de que pueda acudir a solicitarla al domicilio de la convocante.

3.4 Etapa de precalificación del licitante. NO APLICA.

4. Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento.

El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de Invitación:

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A) Únicamente podrán participar personas de nacionalidad mexicana. Acreditar su existencia, nacionalidad y personalidad jurídica mediante la presentación del Documento 03.

El apoderado o representante que firme el Documento 03, deberá ser quien firme autógrafamente la proposición.

Los licitantes entregarán junto con el sobre cerrado, copia simple por ambos lados de su identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y, en el caso de personas morales, de la persona que firme la proposición.

En el caso de presentar una propuesta conjunta, se deberá entregar la información que acredite la nacionalidad y personalidad jurídica de cada una de las personas físicas y/o morales que integran el consorcio. –NO APLICA-

B) Elaborar y entregar la propuesta, la documentación distinta a éstas; así como las manifestaciones requeridas en estas bases de Invitación, en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. Las propuestas deberán estar firmadas autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga, así como en los documentos 03, 06, 06-A, 06-B, 07, 17 (cuando aplique), 18, 19 Y 20

Las propuestas se presentarán dentro de sobre(s) cerrado(s), preferentemente identificado con la siguiente información:

Nombre o razón social y domicilio del licitante. Número de Invitación.

Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar la propuesta foliadas en papel membretado de la empresa, establecer un índice del contenido de la propuesta el folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar la propuesta, sin embargo se recomienda presentarla foliada para un mejor control de la documentación. En el caso de que alguna propuesta no esté foliada se le solicitara al licitante foliar la documentación en pleno acto.

C) Entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley y el artículo 12 de las DAC’S, conforme al Documento 07.

D) Elaborar su propuesta técnica, conforme al Documento 06, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas de los Servicios que propone de acuerdo a lo solicitado en el Documento 01 y en su caso, lo que se haya asentado en el acta de la junta de aclaraciones, indicando el número de partida de que se trate, unidad de medida y cantidad, así mismo deberá manifestar el plazo, lugar y condiciones de entrega que propone.

Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma distinto al español, acompañados de una traducción simple al español.

La proposición, los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica que presente el licitante, deberán ser completamente congruentes con lo ofertado y lo solicitado en el Documento 01, de estas bases de Invitación.

En el Documento 06 se deberán describir los Servicios propuestos para cada una de las partidas y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”,

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“cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo Servicios o que no indique la marca de las refacciones o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

E) Elaborar su propuesta económica en moneda nacional conforme al Documento 06-A. Los precios cotizados serán fijos y netos hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). No se aceptan precios condicionados o variables. Se deberá manifestar la vigencia de la propuesta, la cual será mínimo de 60 días naturales.

F) Se podrán presentar propuestas conjuntas de conformidad con el artículo 24 de las DAC’S. Observando los términos establecidos en estas Bases de Invitación. –NO APLICA-

F.1) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas, bastará que alguno de los integrantes del grupo, reciba oficio de invitación y presentado manifestación de interés en participar en la invitación.

F.2) Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable (Documento 17), en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:

a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;

b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;

c) Se requerirá la designación de un representante común para participar en la invitación y para suscribir y presentar la propuesta, así como cualquier otra clase de documentos que se requieran.

d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones,

e) Estipulación expresa de que los integrantes de la propuesta conjunta se obliguen en forma solidaria respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente;

En caso de resultar ganadora la propuesta conjunta, el contrato deberá ser firmado por cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante PEMEX Petroquímica. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Proveedor y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios;

f) En la propuesta deberá señalarse a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. Adicionalmente, deberán adjuntar los instrumentos que regulen el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos;

g) Aquellas entidades que controlen o se relacionen corporativamente, directa o indirectamente, con los integrantes de la propuesta conjunta, se obliguen en forma solidaria con éstos cuando su capacidad financiera no sea suficiente para garantizar el cumplimiento del contrato,

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F.3) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la propuesta conjunta, conforme al Documento 03, de estas Bases de Invitación.

F.4) Firmar la propuesta por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo.

F.5) Presentar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta.

F.6) De resultar ganadora la propuesta conjunta, presentar en un sólo instrumento, la garantía de cumplimiento del Contrato, calidad, defectos y vicios ocultos de los Servicios, la cual deberá otorgarse conforme al numeral 13.4 de estas Bases.

F.7) La opinión positiva emitida por el SAT de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace referencia en el tercer párrafo del numeral 12 de estas bases, deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, así como de sus subcontratistas, previo a la firma del Contrato.

F.8) La experiencia en la prestación de los Servicios, deberá acreditarse por el representante común en base a la experiencia de cada persona que integra la propuesta conjunta, de acuerdo a lo señalado en el numeral 4 inciso P), de estas Bases.

F.9) La capacidad técnica se acreditará por cada integrante del grupo de personas que integran la propuesta conjunta.

G) Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de propuestas, preferentemente entregar el Documento 05, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación.

H) Con el propósito de agilizar el desarrollo de la etapa de precalificación de licitantes, preferentemente entregar el Documento 05-A, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en la etapa de precalificación de licitantes. -NO APLICA-

I) Esta Invitación se llevará a cabo de manera presencial. No se aceptan propuestas enviadas por servicio postal o mensajería.

K) Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y con el propósito de garantizar que la información de estos sistemas con respecto a la estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas sea correcta, es necesario que los licitantes manifiesten en su propuesta, el tipo de empresa a la que corresponden.

Se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, de conformidad con los siguientes criterios:

Estratificación

Tamaño Sector Rango de número de trabajadores

Rango de monto de ventas

anuales (mdp)Tope máximo combinado*

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

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Número: IS-430-PA-2011038Numero Interno: 2011038

Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30 Desde $4.01 hasta $100 93

Industria y Servicios Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta $100 95

Mediana Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $100.01 hasta $250 235

Servicios Desde 51 hasta 100

Industria Desde 51 hasta 250 Desde $100.01 hasta $250 250

*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%.El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.

Lo anterior para estar en posibilidad de contar con una base de información que coadyuve a la promoción, la instalación y operación de las empresas micro, pequeñas y medianas, conforme al Documento 06-B, MODELO DE MANIFESTACIÓN PARA INTEGRAR EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES DE LOS SISTEMAS TRANSACCIONALES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. La omisión de esta manifestación, no es motivo para desechar la proposición.

L) Los bienes que utilice como refaccionamiento en la realización de los Servicios, deberán ser nuevos.

M) Los Servicios que integran las presentes Bases de Invitación podrán ser subcontratados. -NO APLICA-.N) El licitante propondrá un solo precio para todos los lugares de ejecución de los servicios.

O) El grado de contenido nacional con el que deberán cumplir los Servicios que se oferten en la presente Invitación, deberá ser: 65 % Mínimo en mano de obra, 0% En Materiales

P) Contar con experiencia en la prestación de los Servicios, lo cual deberá demostrarse con lo indicado en el del Documento 01. NO APLICA

Q) Contar con la capacidad técnica necesaria, lo cual deberá acreditarse con lo indicado en el numeral 5 del Documento 01.

R) El licitante deberá incluir, junto con su propuesta técnica el “FORMATO PARA LA MANIFESTACION DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS SERVICIOS” que se incluye como Documento 18, la información de la integración nacional de la mano de obra utilizada en la prestación de los servicios que oferte, expresada en porcentaje, así como en su caso, la marca de los bienes que utilice como refaccionamiento. En caso de ser distribuidor o comercializador, adicionalmente se requiere proporcionar el nombre o razón social del fabricante del bien, así como el origen del mismo.

4.1 Condiciones y formalidades para la presentación de propuesta por medios remotos de comunicación electrónica. -NO APLICA-.

4.1.1 Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de propuestas.

Con el propósito de facilitar la presentación de propuestas y agilizar la conducción del acto de presentación y apertura de propuesta, se recomienda que los archivos que las integran sean identificados con los nombres indicados en el Documento 05.

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4.2 Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

No será motivo de desechamiento la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue la proposición, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de observador.

A) El acto de presentación y apertura de propuesta iniciará a la hora establecida en estas Bases de Invitación, por lo que se recomienda al licitante su presencia con 30 minutos de anticipación a la hora establecida, ya que una vez iniciado el acto, no se recibirán las propuestas de aquellos licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos adicionales a las propuestas entregadas, por lo que no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador.

B) Queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la sede en donde se desarrollen los actos que deriven de esta Invitación, con el objeto de mantener orden y respeto.

C) El servidor público designado por la Convocante para presidir los actos que deriven de esta Invitación, será el único facultado para recepcionar las propuestas sin que ello implique la evaluación de su contenido, y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización de los mismos, en los términos en términos del artículo 28 inciso a) de las DAC´S.

D) En el acto de presentación y apertura de propuesta, la revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, y se dará lectura al importe total de cada propuesta, los cuales se incluirán en el acta respectiva.

El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas. Por lo que no se desechará ninguna de ellas durante dicho acto.

E) Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de propuesta, y de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente o aviso de referencia en el tablero de publicaciones, ubicado en la Jefatura de Obra Pública de la Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos, en el domicilio de la convocante, por un término no menor de cinco días hábiles. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

A los actos del procedimiento de Invitación podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.

4.3 Acto de presentación y apertura de propuestas.

El acto de presentación y apertura de propuesta se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de las DAC’S, el día 18 DE NOVIEMBRE DE 2014 A LAS 10:00 HORAS, en la Jefatura de Obra Pública de la Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos en el domicilio de la convocante.

De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe, rubricarán los documentos 03 y 06-A, las que para estos efectos constarán documentalmente.

Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión; procediéndose a su apertura.

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4.4 Métodos de evaluación.

Todas las propuestas recibidas serán evaluadas técnicamente y serán evaluadas legal y económicamente las propuestas que resulten solventes técnicamente bajo el método Binario, el cual consiste en verificar que las propuestas recibidas cumplan con los criterios de evaluación que se indican en los puntos 4.4.1, 4.4.2 y 4.4.3 del Documento 02 de estas bases de Invitación.

La evaluación se realizará por la totalidad de los servicios.

En términos del segundo párrafo del artículo 29 de las DAC’S, durante el periodo de evaluación, Pemex Petroquímica a través del área responsable de la contratación, podrá solicitar a los licitantes que presentaron propuestas, realicen aclaraciones o subsanen omisiones respecto de requisitos cuyo incumplimiento o deficiencia en su contenido no afecte la solvencia de su propuesta, hasta un día antes de celebrarse la notificación del Fallo.

La solicitud que realice el área responsable de la contratación, deberá formularse por escrito y versará sobre las propuestas presentadas por los licitantes; asimismo, exigirán que las respuestas de los licitantes también sean por escrito y no podrán modificarse los términos y condiciones esenciales de las propuestas presentadas. En ningún caso la convocante solicitará que se subsanen omisiones o realicen aclaraciones respecto de requisitos que afecten la solvencia, como el precio, especificaciones y alcances.

En este supuesto, la inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos que pueden ser aclarados o subsanados a solicitud de la Convocante, no será motivo para desechar sus propuestas.

4.4.1 Criterios de evaluación de aspectos técnicos.

A) Se evaluarán técnicamente todas las propuestas recibidas, verificando que los Servicios cumplan con lo solicitado en las presentes bases, y en su caso, que se haya derivado de la(s) junta(s) de aclaración (es) a las Bases de Invitación y en la versión final de las bases de Invitación que se haya emitido.

B) La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 4 incisos D), L), M), O), P), Q) y R) del Documento 02, así como con el Documento 06 de estas bases de Invitación.

C) Satisfacer las condiciones y plazo de entrega, solicitada en el punto 13.2, del Documento 02 de estas bases de Invitación.

D) En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con los requisitos indicados en el inciso F) del numeral 4, por lo que, el incumplimiento de cualquiera de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada. -NO APLICA-

E) Los aspectos que serán evaluados para acreditar la capacidad técnica serán: los indicados en el

numeral 4 inciso Q) de este documento, así como el numeral: 5 del DOCUMENTO 01.

F) Los aspectos que serán evaluados para acreditar la experiencia serán: los indicados en el numeral 4 inciso P) de este documento. NO APLICA

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4.4.2 Criterios de evaluación de aspectos Legales.

A) Se evaluarán legalmente las propuestas que resulten solventes técnicamente, verificando que los servicios propuestos cumplan con lo solicitado en las presentes bases, y en su caso, lo que se haya derivado de la(s) junta(s) de aclaración(es) a las bases y en la versión final de las bases de Invitación que se haya emitido.

B) La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el numeral 4 del Documento 02, de estas bases de Invitación.

C) En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con los requisitos indicados en el inciso F) del numeral 4, del Documento 02, por lo que, el incumplimiento de cualquiera de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada. –NO APLICA-

4.4.3. Criterios de evaluación de aspectos económicos.

Los aspectos de evaluación contenidos en los siguientes incisos aplicaran únicamente para las propuestas que cumplan con los requisitos técnicos solicitados.

A. La base para evaluar la oferta será el precio unitario, el licitante propondrá un solo precio para cada partida (cuando se presente un error de cálculo en la oferta presentada, solo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. Si el licitante no acepta la corrección de la oferta, se desechara la misma).

B. La propuesta económica deberá cumplir con los requisitos que se solicitan en el numeral 4 inciso E) y N) del Documento 02, así como con el Documento 06-A.

C. En la evaluación de las propuestas se verificará el precio no aceptable, para lo cual la convocante aplicará cualquiera de las siguientes opciones.

Precio no aceptable: es aquél que la convocante puede dejar de considerar para efectos de adjudicación porque se ubica por arriba del precio calculado a partir de aplicar cualquiera de las siguientes opciones a elección de la convocante:

I. Cuando se considere como referencia el precio que se observa como mediana en la investigación de mercado, ésta se obtendrá de la siguiente manera:

a) Se considerarán todos los precios obtenidos de la investigación de mercado y se ordenarán de manera consecutiva del menor al mayor;

b) En caso de que la serie de precios obtenidos resulte impar, el valor central será la mediana, yc) Si la serie de precios obtenidos es un número par, se obtendrá el promedio de los dos valores

centrales y el resultado será la mediana;

II. Cuando se consideren como referencia los precios de las ofertas presentadas en la misma invitación, se deberá contar con al menos tres proposiciones aceptadas técnicamente y el promedio de dichas ofertas se obtendrá de la siguiente manera:

a) Se sumarán todos los precios ofertados en el proceso de Invitación que se aceptaron técnicamente;

b) El resultado de la suma señalada en el inciso que antecede se dividirá entre la cantidad de precios considerados en el inciso anterior, y

c) El promedio será el resultado de la división a que se refiere el inciso anterior.

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A las cantidades resultantes de las operaciones efectuadas en las fracciones anteriores se les sumará el 10 por ciento. Cuando algún precio ofertado sea superior al resultado de esta última operación, éste será considerado como no aceptable.

D. Se verificará si los precios que cotice el licitante son convenientes, para realizar el cálculo se aplicará la siguiente operación:

I. Los precios preponderantes de las proposiciones aceptadas en la presente Invitación, son aquéllos que se ubican dentro del rango que permita advertir que existe consistencia entre ellos, en virtud de que la diferencia entre los mismos es relativamente pequeña;

Para la determinación de los precios convenientes, se aplicará el procedimiento indicado a continuación:

II. De los precios preponderantes determinados, se obtendrá el promedio de los mismos. En el caso de advertirse la existencia de dos o más grupos de precios preponderantes, se deberá tomar el promedio de los dos que contengan los precios más bajos;

III. Al promedio señalado en la fracción anterior se le restará el cuarenta por ciento.IV. Los precios cuyo monto sea igual o superior al obtenido de la operación realizada conforme a este

apartado serán considerados precios convenientes.

Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente podrán ser desechados por la convocante.

De conformidad con lo establecido en el artículo 29 de las DAC´S, las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las propuestas para agilizar los actos de la Invitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, o deficiencia en su contenido, no afecte la solvencia de las propuestas podrán ser aclaradas o subsanadas, si así lo determina PETROQUIMICA durante la etapa de evaluación. En este supuesto, la inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos que puedan ser aclarados o subsanados a solicitud de PETROQUIMICA, no será motivo para desechar sus propuestas. PETROQUIMICA de acuerdo al cronograma de estas bases, estableció el plazo para que se realicen las aclaraciones y para que en su caso, se subsane la omisión que corresponda el cual será hasta un día hábil previo a la fecha de notificación del fallo para tal efecto petroquímica solicitará las aclaraciones por escrito y las respuestas de los Licitantes también serán por escrito y no podrán modificar los términos y condiciones esenciales de las propuestas presentadas.

En ningún caso se solicitarán que se subsanen omisiones o realicen aclaraciones respecto de requisitos que afecten la solvencia, como el precio, especificaciones y alcances.

4.4.4 Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio.

Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuestas, y previo a la emisión del fallo, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que realice la Convocante, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada licitante empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante ganador y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados en esa partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si hubiera más partidas empatadas se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas, hasta concluir con la última que estuviera en ese caso.

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Se levantará el acta que firmarán los asistentes, sin que la inasistencia, la negativa o falta de firma en el acta respectiva de los licitantes invalide el acto.

Cuando se requiera llevar a cabo el sorteo de insaculación el área contratante deberá girar invitación al Órgano Interno de Control para que en su presencia se lleve a cabo el sorteo.

4.5. Negociación de Precios. -NO APLICA-.

4.6. Ofertas subsecuentes de descuentos. -NO APLICA-.

5 Criterios de adjudicación.

Una vez efectuada la evaluación de las propuestas, el contrato se adjudicará a:

I. Aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta Invitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

Si resultare que dos o más propuestas son solventes, el contrato se adjudicará a quien presente la propuesta cuyo precio sea el más bajo.

II. La propuesta que tenga la mejor evaluación combinada en términos de los criterios de puntos y porcentajes o de costo beneficio. -NO APLICA-.

III. La adjudicación del Contrato será: Por la totalidad de los Servicios.

5.1 Abastecimiento simultáneo. -NO APLICA –

6. Casos en que se declarará desierta la Invitación.

La Convocante podrá declarar desierta la Invitación en los siguientes casos:

I. No se presenten propuestas;II. Las propuestas presentadas no reúnan los requisitos solicitados;III. Las propuestas económicas no resulten aceptables, IV. Las propuestas económicas no resulten convenientes. V. No se puedan comparar las propuestas técnicas y económicas de al menos tres personas.V. Se presente alguna otra causal o supuesto expresamente previsto en las presentes bases de

Invitación.

7. Cancelación de la Invitación, partidas o conceptos incluidos en estas.

La Convocante, podrá cancelar la Invitación de acuerdo a lo previsto en el artículo 58 fracción II de la Ley cuando:

a) Se podrá cancelar la Invitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, Cuando se presente caso fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para adquirir los servicios, o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a PEMEX PETROQUIMICA. La determinación de dar por cancelada la Invitación partidas o conceptos, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley de Adquisiciones arrendamientos y Servicios del Sector Público, conforme a lo que establece la Ley de Petróleos Mexicanos.

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b) Salvo en las cancelaciones por caso fortuito y fuerza mayor, la dependencia o entidad cubrirá a los licitantes los gastos no recuperables que, en su caso, procedan de acuerdo a lo siguiente:

c) Previa solicitud por escrito de los licitantes, el pago de los gastos no recuperables, será procedente cuando los mismos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la Invitación o el contrato no signado limitándose según corresponda, a los siguientes conceptos:

I. Costo de la preparación e integración de la proposición; II. Pasajes y hospedaje de la persona que haya asistido a la o las juntas de aclaraciones, al acto de

presentación y apertura de proposiciones, al acto de fallo y a la firma del contrato, en caso de que el licitante no resida en el lugar en que se realice el procedimiento;

III. Costo de la emisión de garantías, exclusivamente en el caso del licitante ganador, y IV. Los gastos en que el proveedor hubiera incurrido para cumplir con el contrato y los costos de los

bienes producidos y entregados, o los servicios proporcionados, hasta el momento en que el proveedor suspenda su suministro o prestación por falta de firma del contrato por causas imputables a la dependencia o entidad.

V. Cuando lo determine Pemex Petroquímica.

Los licitantes podrán solicitar a la dependencia o entidad el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de tres meses, contado a partir de la fecha de la cancelación de la Invitación o la emisión del fallo respectivo, según corresponda.

8. Causas de desechamiento de propuestas.

Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las situaciones, que se enlistan de manera enunciativa, más no limitativa en el Documento 12 y que afecten la solvencia de la propuesta.

9. Fallo.

El fallo de la Invitación se dará a conocer conforme a lo previsto en los artículos 33, 34 y 35 de las DAC´S, el día 25 DE NOVIEMBRE DE 2014 A LAS 13:00 HORAS, en la Jefatura de Obra Pública de la Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos, en el domicilio de la convocante, mismo que se podrá anticipar o diferir, si así lo determina la convocante.

En dicho acto, se levantará el Acta de Fallo de la Invitación que firmarán los asistentes, a quienes se les entregará copia simple de la misma. La falta de firma de algún Licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido, para efectos de notificación en las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 9:00 a 15:00 horas en días hábiles, ubicada en la Jefatura de Obra Pública de la Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos, en el domicilio de la convocante, siendo de la exclusiva responsabilidad de los interesados acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de la misma.

Asimismo, se difundirá un ejemplar de dicha acta incluyendo el fallo, en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA www.ptq.pemex.com , para efectos de su notificación, a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal.

10. Inconformidades.

En términos de lo establecido en el artículo 35, segundo párrafo de la Ley, la Secretaría de la Función Pública y los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, serán competentes

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para conocer de las inconformidades, así como del procedimiento de conciliación, de las Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo previstas en el artículo 51 de la Ley, los cuales se substanciarán conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y el Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA ubicado en: Jacarandas No. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel C-1, del Edificio Sede de Pemex Petroquímica, en Coatzacoalcos, Ver., a la atención del C.P. ALEJANDRO VALENCIA LOPEZ, en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.

11. Compromisos con la Transparencia.

En el marco de la ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, conforme a lo establecido en el Articulo 2 fracciones I, II y IV, Artículo 8 de dicha ley, que a la letra dicen:

Artículo 2. Son sujetos de la presente Ley:

I. Las personas físicas o morales, de nacionalidad mexicana o extranjeras, que participen en las contrataciones públicas de carácter federal, en su calidad de interesados, licitantes, invitados, proveedores, adjudicados, contratistas, permisionarios, concesionarios o análogos;

II. Las personas físicas o morales, de nacionalidad mexicana o extranjeras, que en su calidad de accionistas, socios, asociados, representantes, mandantes o mandatarios, apoderados, comisionistas, agentes, gestores, asesores, consultores, subcontratistas, empleados o que con cualquier otro carácter intervengan en las contrataciones públicas materia de la presente Ley a nombre, por cuenta o en interés de las personas a que se refiere la fracción anterior;

IV. Los servidores públicos que participen, directa o indirectamente, en las contrataciones públicas de carácter federal, quienes estarán sujetos a responsabilidad en términos del Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 8. Cualquiera de los sujetos a que se refieren las fracciones I y II del artículo 2 de esta Ley, incurrirá en responsabilidad cuando en las contrataciones públicas de carácter federal, directa o indirectamente, realice alguna o algunas de las infracciones siguientes:

I. Prometa, ofrezca o entregue dinero o cualquier otra dádiva a un servidor público o a un tercero, a cambio de que dicho servidor público realice o se abstenga de realizar un acto relacionado con sus funciones o con las de otro servidor público, con el propósito de obtener o mantener un beneficio o ventaja, con independencia de la aceptación o recepción del dinero o de la dádiva o del resultado obtenido.

Se incurrirá asimismo en responsabilidad, cuando la promesa u ofrecimiento de dinero o cualquier dádiva se haga a un tercero, que de cualquier forma intervenga en el diseño o elaboración de la convocatoria de Invitación Restringida o de cualquier otro acto relacionado con el procedimiento de contratación pública de carácter federal;

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II. Ejecute con uno o más sujetos a que se refiere el artículo 2 de esta Ley, acciones que impliquen o tengan por objeto o efecto obtener un beneficio o ventaja indebida en las contrataciones públicas de carácter federal;

III. Realice actos u omisiones que tengan por objeto o efecto participar en contrataciones públicas de carácter federal, no obstante que por disposición de ley o resolución administrativa se encuentre impedido para ello;

IV. Realice actos u omisiones que tengan por objeto o efecto evadir los requisitos o reglas establecidos en las contrataciones públicas de carácter federal o simule el cumplimiento de éstos;

V. Intervenga en nombre propio pero en interés de otra u otras personas que se encuentren impedidas para participar en contrataciones públicas de carácter federal, con la finalidad de que ésta o éstas últimas obtengan, total o parcialmente, los beneficios derivados de la contratación;

VI. Obligue sin tener derecho a ello, a un servidor público a dar, suscribir, otorgar, destruir o entregar un documento o algún bien, con el fin de obtener para sí o un tercero una ventaja o beneficio;

VII. Promueva o use su influencia, poder económico o político, reales o ficticios, sobre cualquier servidor público, con el propósito de obtener para sí o un tercero un beneficio o ventaja, con independencia de la aceptación del servidor o de los servidores públicos o del resultado obtenido, y

VIII. Presente documentación o información falsa o alterada con el propósito de lograr un beneficio o ventaja.

Cuando la infracción se hubiere realizado a través de algún intermediario con el propósito de que la persona física o moral a que se refiere la fracción I del artículo 2 de esta Ley obtenga algún beneficio o ventaja en la contratación pública de que se trate, ambos serán sancionados previo procedimiento administrativo sancionador que se sustancie en términos de esta Ley.

Por lo que los licitantes, proveedores, prestadores de servicio y servidores públicos que participen en los procesos licitatorios se ordenaran y sujetaran a dicho ordenamiento y podrán presentar dentro o fuera de su proposición, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado “Compromisos con la Transparencia” conforme al DOCUMENTO 19.

El servidor público de PETROQUÍMICA responsable de presidir el acto de presentación y apertura de proposiciones, lo firmará y entregará un tanto firmado al licitante que lo haya presentado.

La falta de suscripción u omisión de entregar este Documento no será motivo de desechamiento de la proposición presentada.

Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como Documento 14 se acompaña la “Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal”, la cual también podrá ser consultada en la página electrónica:

http://www.pemex.com/files/transparencia/nota_inf_Bases_Licita.pdf

12. Firma del Contrato.

La firma del Contrato se hará en la fecha, hora y lugar previstos en el propio fallo ó a más tardar el día 01 DE DICIEMBRE DE 2014 A LAS 15:00 HORAS, en: la Jefatura de Obra Pública de la Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos, en el domicilio de la convocante.

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Bases de Invitación Restringida a por lo Menos Tres Personas

Número: IS-430-PA-2011038Numero Interno: 2011038

El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos indicados en el Documento 03, así como el manifiesto bajo protesta de decir verdad indicando la estratificación a la cual pertenece de acuerdo a lo indicado en el numeral 4 inciso K), de las presentes bases de Invitación.

Para los efectos del Artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF), Conforme a la regla I.2.1.16 y II.2.1.13, la persona adjudicada cuyo monto en el contrato a celebrar exceda de $300,000.00 M.N, sin incluir el IVA, deberá presentar previo a la formalización del contrato respectivo, lo siguiente:

a) Documento vigente a la firma del contrato, expedido por el SAT en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en sentido positivo del licitante ganador y sus subcontratistas de conformidad con la Regla I.2.1.16 y II.2.1.13 de la “Resolución Miscelánea Fiscal para 2014”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2013”. O bien:

b) Generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT, siempre y cuando firme el acuerdo de confidencialidad con el SAT.

Para efectos de lo señalado en el inciso a), los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato deberán solicitar a las autoridades fiscales la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones en términos de lo dispuesto por la Regla I.2.1.16 de la mencionada Resolución Miscelánea Fiscal para 2014. Esta opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión. En caso de que la persona adjudicada no entregue la opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en sentido positivo dentro del plazo estipulado, no se procederá a formalizar el contrato.

En caso de que la persona adjudicada no entregue la opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en sentido positivo dentro del plazo establecido en las bases de Invitación, no se procederá a formalizar el contrato.

PEMEX PETROQUIMICA podrá no llevar a cabo la formalización del contrato, por causas de fuerza mayor o casos fortuitos, o bien cuando existan causas justificadas que provoquen la extinción de la necesidad de los bienes y que con su formalización, se le ocasione un daño o perjuicio. En este último supuesto, se considerará únicamente al licitante adjudicado, el reconocimiento de gastos no recuperables en los términos del artículo 101 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

Cuando una proposición conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato. Documento vigente a la firma del contrato, expedido por el SAT en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en sentido positivo, indicado en el tercer párrafo de este apartado, deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del contrato.

Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando se mantenga en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio.

El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, perderá el derecho a formalizarlo y se hará acreedor a las sanciones señaladas en los artículos 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el contrato podrá ser adjudicado al licitante que hubiere quedado en segundo lugar en el procedimiento, siempre y cuando su propuesta sea dictaminada por la Administradora de Proyecto como solvente, conforme al artículo 52 de las DAC´S. En el caso de propuestas conjuntas, si algún miembro del Consorcio se negara a firmar el contrato

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Número: IS-430-PA-2011038Numero Interno: 2011038

se procederá en términos del párrafo anterior, salvo que el Consorcio solicite la sustitución de dicho miembro, en cuyo caso el Organismo Descentralizado aplicará lo dispuesto en el artículo 54 de las DACS y podrá autorizar la sustitución de que se trate, siempre y cuando se prevea de manera expresa en las bases de Invitación. De no autorizarla, se considerará que el contrato no se ha firmado por causa imputable al licitante ganador.

El licitante a quien se hubiere adjudicado el contrato no estará obligado a suministrar los bienes, arrendamientos o prestar el servicio, si PEMEX PETROQUÍMICA, por causas imputables a la misma, no firma el contrato. En este supuesto, PEMEX PETROQUIMICA, a solicitud escrita del licitante, cubrirá los gastos no recuperables en que hubiere incurrido para preparar y elaborar su proposición, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la Invitación de que se trate, conforme a lo indicado en el artículo 46 tercer párrafo de la ley, limitándose a los siguientes conceptos, conforme a lo establecido en el artículo 101 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

I.- Costo de la preparación e integración de la proposición.II.- Pasajes y hospedaje de la persona que haya asistido a la o las juntas de aclaraciones, el

acto al acto de presentación y apertura de proposiciones, al acto de fallo y a la firma del contrato, en caso de que el licitante no resida en el lugar en que se realice el procedimiento;

III.- Costo de la emisión de garantías, exclusivamente en el caso del licitante ganador, yIV.- Los gastos en que el proveedor hubiera incurrido para cumplir con el contrato y los costos

de los bienes producidos y entregados, o los servicios proporcionados, hasta el momento en que el proveedor suspenda su suministro o prestación por falta de firma del contrato por causas imputables a PEMEX Petroquímica.

Los licitantes podrán solicitar a PEMEX Petroquímica el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de tres meses, contado a partir de la fecha de la cancelación de la Invitación o la emisión del fallo respectivo, según corresponda.

13. Aspectos contractuales básicos.

13.1 Contrato Como Documento 11 se incluye el modelo de contrato.

13.1.1 Vigencia

La vigencia del contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye hasta que se formalice el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes, de conformidad con la cláusula segunda.- VIGENCIA, del Modelo de Contrato.

13.1.2 Presupuesto del Servicio.

En la modalidad de contrato abierto, con un importe mínimo y máximo a ejercer del importe total estimado en el ejercicio 2014.

Presupuesto Mínimo Presupuesto Máximo$ 810,138.27 M.N. $ 2’025,345.68 M.N.

13.1.3 Ordenes de Servicio

PEMEX PETROQUÍMICA ejercerá este contrato a través de “órdenes de servicio” (en adelante “ORDEN” u “ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia del contrato.

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Número: IS-430-PA-2011038Numero Interno: 2011038

El PROVEEDOR podrá recibir del Representante del Complejo Petroquímico Morelos la(s) órdene(es) de servicio(s) a través de medio electrónico y/o entrega personal. Una vez concluido la presente solicitud de servicio, el comprobante de aceptación correspondiente.La entrega de La(s) ORDEN(es) de servicio que emita PEMEX PETROQUÍMICA, será entregada al PROVEEDOR en días naturales y en un horario entre las 08:00 y las 17:00 horas, en las plantas Oxido de Etileno ó Acrilonitrilo Complejo Petroquímico Morelos, o transmitida por medios electrónicos y/o entrega personal.

Partida Presupuesto Mínimo por orden de servicio

Presupuesto Máximo orden de servicio

1 $ 242,231.40 M.N. $ 605,578.49 M.N.2 $ 29,003.92 M.N. $ 72,509.79 M.N.3 $ 206,489.72 M.N. $ 516,224.10 M.N.4 $ 332,413.32 M.N. $ 831,033.30 M.N.

DISTRIBUCIONOXIDO DE ETILENO ACRILONITRILO

31 ---3 ----9 115 ---

El PROVEEDOR sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser surtidas dentro del plazo de ejecución del contrato.

Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en el contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales del contrato.

13.2. Condición, plazo y lugar de entrega de los Servicios.

A) El lugar en donde se prestaran los servicios:

El lugar de prestación de los servicios será en las diversas plantas del Complejo Petroquímico Morelos, en las plantas óxido de etileno y acrilonitrilo.

B) Los pagos que se deriven por la prestación de los Servicios objeto de esta Invitación, se realizaran a máximo (20) (veinte) días naturales a partir de la recepción y aceptación de la factura acompañada de la documentación soporte, conforme a los términos establecidos en estas bases y en el contrato.

13.3 Supervisión de los Servicios.

El nivel de supervisión que aplicará será:

N0ivel V numerales 1, 2, 3, 4, y 6 de conformidad con lo indicado en el Documento 09.

El área responsable que realizará la Administración y Supervisión de la ejecución será: La Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento, la supervisión estará a cargo del: Ingeniero Martin Hernandez Aquino adscrito a la Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento o quien está designe y se llevará a cabo en la diversas plantas del Complejo Petroquímico Morelos, de conformidad con el Documento 01.

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Número: IS-430-PA-2011038Numero Interno: 2011038

El Proveedor acepta que el Supervisor de PETROQUÍMICA vigilará, controlará y revisará en todo tiempo los Servicios y dará al Proveedor por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida, así como la aprobación de la relación de Servicios ejecutados y que sean presentados por el Proveedor.

La supervisión que realice PETROQUÍMICA a los Servicios, no libera al Proveedor del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en el Contrato así como de los defectos o vicios ocultos que aparezcan posteriormente una vez concluidos los Servicios. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de ésta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los Servicios, ni libera al Proveedor de las obligaciones que contrae en el Contrato.

De conformidad con los artículos 57 y 58 de la Ley, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los Servicios amparados en estas bases, pudiendo solicitar a PETROQUÍMICA y al Proveedor todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.

Por su parte, el proveedor se obliga a tener en el lugar de los Servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los Servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los mismos.

El responsable del proveedor previamente a su intervención en los Servicios, deberá ser aceptado por PETROQUÍMICA quien determinará si reúne los requisitos señalados en esta Invitación.

En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, PETROQUÍMICA podrá solicitar el cambio del responsable del proveedor y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos antes señalados.

13.4 Garantías.

El proveedor deberá entregar garantía: Fianza.

13.4.1 Para garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX PETROQUIMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

PÓLIZA DE FIANZA Póliza de fianza que se constituirá por el 10% (diez por ciento) del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

La Fianza que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, se deberá otorgar en estricto apego al Documento 08, de estas bases y deberá entregarse en el domicilio siguiente: en la Jefatura de Obra Pública de la Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos, en el domicilio de la convocante, teléfono 01 (921) 21 14000 extensiones 30-757, 34-386 y 34-685, en el horario de: 9:00 a 15:00 horas.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

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Número: IS-430-PA-2011038Numero Interno: 2011038

(A) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.

(C) Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

(D) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

(E) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.

(F) Garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, así como 50% del importe garantizado en la fianza en caso de que no entregue la garantía contra defectos o vicios ocultos.

(G) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará integrada con la siguiente documentación:

Reclamación por escrito a la institución de Fianzas.2.- Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3.- Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4.- Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5.- La rescisión del contrato y su notificación.6.- Copia del finiquito.7.- Cuantificación del importe reclamado.

13.4.2 Para garantizar la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.

Concluidos los servicios, el PROVEEDOR quedará obligado durante un plazo de 6 (seis) meses contados a partir de la fecha de recepción de los servicios, o de los vicios ocultos, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable. Por lo que previamente a la recepción de los servicios, el

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Número: IS-430-PA-2011038Numero Interno: 2011038

PROVEEDOR, deberá presentar póliza de fianza por el equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total de los servicios prestados, la misma deberá ser a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, conforme al Documento 08-A de estas bases y entregarse en la en la Jefatura de Obra Pública de la Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos, en el domicilio de la convocante, teléfono 01 (921) 21 14000 extensiones 30-757, 34-386 y 34-685 en el horario de: 9:00 a 15:00 horas.

PÓLIZA DE FIANZA

Cuando la garantía se constituya mediante póliza de fianza, deberá ser emitida por institución afianzadora autorizada, y deberá emitirse en estricto apego al formato presentado en el Documento 08-A de las presentes bases.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

(A) Que queda obligado ante PEMEX PETROQUÍMICA para responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 (treinta) días naturales que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUÍMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 (treinta) días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.

En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA exceda el periodo de 30 (treinta) días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUÍMICA.

(B) Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUIMICA de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato se haga efectiva la garantía otorgada así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUIMICA.

(C) Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, no judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto impugnado sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.

En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de 90 (noventa) días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

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(D) Su aceptación para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los bienes o la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA.

(E) Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2.- Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso.3.- Copia del contrato garantizado y sus anexos, en su caso.4.- Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento.5.- Cuantificación del incumplimiento.

La fianza deberá entregarse en el siguiente domicilio: Jefatura de Obra Pública de la Superintendencia de Procura y Abastecimiento Morelos, en el domicilio de la convocante, Teléfono 01 (921) 21 14000 extensiones 30-757, 34-386 y 34-685, en el horario de: 9:00 a 15:00 horas, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

El PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUÍMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

En caso de propuestas conjuntas, la fianza de cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes. –NO APLICA-

La garantía correspondiente a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUÍMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

13.5. Anticipo. -NO APLICA-

13.5.1 Fianza para garantizar la debida inversión, aplicación, amortización o devolución del anticipo otorgado. -NO APLICA-

13.5.2 Carta De Crédito Standby. –NO APLICA-

13.6. Condiciones y forma de pago. (55 fracción III inciso e) de la Ley)

PETROQUÍMICA pagará al Proveedor el monto de los servicios concluidos y aceptados a los 20 días naturales siguientes máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación soporte que proceda y del acuse de recibo correspondiente conteniendo el certificado de aceptación de los servicios, fecha de la aceptación, así como el nombre, ficha y firma del personal facultado para estos efectos.

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Número: IS-430-PA-2011038Numero Interno: 2011038

El pago al Proveedor se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe él mismo, para lo cual éste se obliga a entregar junto con sus facturas, los datos de la cuenta bancaria donde se depositará el pago.

Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá diez (10) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

Para los compromisos el Proveedor podrá solicitar la condición de pronto pago, cuando acepte el porcentaje de descuento por cada día de adelanto que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 días, más cuatro (4) punto porcentuales, que se encuentre vigente con dos (2) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso que se dejara de publicar la tasa TIIE, se utilizara la que determine el Banco de México en sustitución de esta.

Para la aplicación de la condición de “Pronto Pago”, se observaran las siguientes premisas:

a) Se podrá aplicar siempre y cuando no existan adeudos pendientes por parte del proveedor.b) Que los bienes y servicios hayan sido entregados o presentados a satisfacción de PEMEX

PETROQUÍMICA.c) Que el tercero presente la solicitud de pronto pago, por lo menos con tres días hábiles de

anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, en la Ventanilla Única del Edificio Administrativo de cada Centro de Trabajo, en el horario de 9:00 a 13:00, y estará sujeta a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUÍMICA, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometida o cedido a un tercero”.

d) Cada operación de descuento por “Pronto Pago”, deberá quedar documentada con Nota de Crédito expedida por el proveedor a favor de PEMEX PETROQUÍMICA, bajo el concepto de “descuento por pronto pago”, misma que deberá reunir todos los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y deberá entregarse junto con la solicitud a que hace referencia el inciso c).

e) El límite de recursos a utilizar será el techo financiero que autorice la gerencia de Control Presupuestal para cada Organismo, o las ampliaciones que esa gerencia pudiera autorizar, con base en su disposición presupuestal.

f) La aplicación de este programa será extensivo a los compromisos que se liquiden a través del Pemex Project Funding Master Trust o del Fideicomiso F/163.

g) Las facturas que hayan sido previamente presentadas en el esquema de “validación de contra-recibos” no podrán ser objeto de la aplicación de pronto pago, excepto que el solicitante presente carta de la empresa de factoraje en la que confirma el abandono del procedimiento de conformidad con las propias reglas de dicho esquema.

Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: http://www.nafin.com/portalnf/content/ventas-al-gobierno/programa-de-compras-del-gobierno-federal/cadenas-productivas.html.

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13.6.1. Ajuste de remuneraciones. NO APLICA.

13.7. Facturación.

El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos del COPADE (Codificación de pagos y descuentos), previa verificación de la recepción de los bienes en términos del contrato, e informará al PROVEEDOR los montos autorizados mediante la codificación de pagos y descuentos o cualquier otra constancia que acredite la recepción de los bienes. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda.

La(s) factura(s) serán consecuencia de la autorización de los pagos por parte de la(s) persona(s) designada(s) para tal efecto.

Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda de documentos electrónicos de “PETROQUÍMICA”, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.

Una vez formalizado el contrato, deberá realizar los trámites de acceso a la Bóveda de Documentos Electrónicos en la Ventanilla Única Ventanilla Única, en el nivel C-1 de las oficinas centrales de PETROQUÍMICA con domicilio en Jacarandas No. 100. Col. Rancho Alegre C.P. 96558 Coatzacoalcos, Veracruz.

Cuando la facturación se emita en forma documental, el Proveedor deberá presentar sus facturas acompañadas de la documentación soporte en términos del Contrato, para inicio de trámite de pago en la Ventanilla Única de Finanzas, ubicada en la Planta Baja lado externo del Edificio Técnico Administrativo, del Complejo Petroquímico Morelos, localizado en Ejido Pajaritos S/N, C.P. 96380, Allende, sito en Coatzacoalcos, Ver., en el Horario de 8:30 horas a 12:00 horas., en días hábiles, debidamente requisitadas, en original entregando en forma electrónica el archivo con extensión XML de la factura, para proceder al inicio de trámite de pago, mismas que deberán ser presentadas en un máximo de siete (7) días naturales posteriores a la recepción de los Bienes en los términos del Contrato.

El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, a la partida que surte, la unidad de medida y al precio unitario de los Bienes.

En caso de que las facturas entregadas por el Proveedor, presenten errores o deficiencias, PEMEX PETROQUÍMICA dentro de los tres (3) días naturales siguientes al de su recepción, indicará por escrito las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que solvente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido de 20 días MAXIMO para pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo mencionado.

En caso de que existan Bienes faltantes o discrepantes, o pago en exceso, PEMEX PETROQUÍMICA tendrá el derecho de reclamar por dichos conceptos, aún y cuando, hubiese efectuado el pago correspondiente.

El Proveedor al momento de facturar, deberá hacer referencia al Contrato correspondiente, la unidad de medida y al precio unitario de los Servicios.

En relación a la implementación de la Bóveda Electrónica en Petroquímica, a partir del pasado día 15 de abril de 2013, se les informa que el Licitante que resulte Adjudicado y a efecto de tener acceso a la Bóveda Electrónica, deberá llenar el formato PPQFE01 (0) (Documento 21): Solicitud de clave de acceso a información de la Bóveda Electrónica de Petróleos Mexicanos) y entregar el original en la Ventanilla Única, de la Gerencia de Finanzas, ubicada en el nivel C-1, de las Oficinas Centrales de Petroquímica, localizada

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en el domicilio de Jacarandas No. 100, fraccionamiento Rancho Alegre en Coatzacoalcos, Ver., con el CP Gustavo Cházaro Cárdenas (Administración de la Bóveda Electrónica), en horario de 10:00 a 14:00 horas, con teléfono (21) 1-40-00 extensión 20-637, posteriormente la Contratista recibirá electrónicamente usuario y contraseña de acceso a la Bóveda.

Solamente El Proveedor que haya entregado su formato debidamente requisitado en Ventanilla Única de Oficinas Centrales de Petroquímica, tendrá acceso a la Bóveda Electrónica.

13.8. Penalizaciones

Se aplicará penalizaciones por causas imputables al proveedor en los siguientes supuestos:

I.- Por atraso en el cumplimiento de la orden de serviciosLas partes convienen expresamente que en caso de que el proveedor no ejecute los servicios en el plazo establecido en cada orden de servicio que haya sido expedida por petroquímica o cualesquiera ampliaciones autorizadas por escrito por éste, el proveedor deberá pagar a petroquímica, como pena convencional por cada día natural de atraso de los servicios, una cantidad equivalente al 10 %(diez) del monto total de los servicios pendientes de ejecutar.

La aplicación de penas convencionales no causará un cambio en los plazos y/o fechas que para la conclusión de los servicios hayan sido establecidas en la orden de servicio, ni tampoco liberarán al proveedor de su obligación de mejorar su progreso para lograr cumplir con cualquier plazo y/o fecha o corregir la falla que lo impida.

Las penas convencionales a las que el proveedor se haga acreedor por atraso en la ejecución de los servicios, se calcularán, a partir del día siguiente del vencimiento del plazo pactado para la ejecución de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio.

II.- Incumplimiento de las obligaciones relativas al grado de integración nacional de conformidad con lo establecido en la cláusula denominada "grado de integración nacional", si como resultado de la verificación documental del grado de integración nacional de los servicios realizados por el proveedor, se determina que éste es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el anexo "GIN", el área responsable de la administración y supervisión

De la ejecución del contrato, le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a lo establecido en el anexo referido, y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al proveedor conforme al presente contrato hasta el momento en que el proveedor regularice esta situación.

III.- Incumplimiento a las obligaciones pactadas del anexo SSPA.En caso de que el proveedor no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el formato 4 del anexo "SSPA" del presente contrato, Pemex Petroquímica aplicará las penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el formato 6 del referido anexo "SSPA", considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del anexo "SSPA" siguientes:"guía de llenado", "reglas de aplicación del formato 6 de anexo “SSPA" y "clasificación de consecuencia a los requisitos con base a su riesgo".

El monto de las penalizaciones no podrá exceder del 10% (diez) del monto máximo del contrato.

El PROVEEDOR acepta, que PETROQUÍMICA aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

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- Las facturas que se generen con motivo del presente contrato.- Las facturas que genere el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con PETROQUÍMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.

Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

13.9. Rescisión Administrativa del Contrato.

PETROQUÍMICA podrá en cualquier momento, rescindir administrativamente el Contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su

presentación;c) No entregue los Servicios de conformidad con lo estipulado en el contrato y sus anexos o sin motivo

justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato;

d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga;

e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

g) Cuando sin autorización expresa de PETROQUIMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma;

h) Cuando sin autorización expresa de PETROQUIMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;

i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

j) Si no da cumplimiento al porcentaje de contenido nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional” del contrato;

k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción” del contrato;l) Si no da a PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la

inspección de los Servicios;m) Si no entrega a PETROQUIMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía

otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato” del contrato;

n) Cuando reincida en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el Anexo “SSPA” de este contrato. Para efectos de esta cláusula, y conforme a lo establecido en el Anexo “SSPA”, se entenderá como reincidencia la falta en el cumplimiento, por dos o más eventos diferentes, o por dos o más veces de un mismo evento;

o) Cuando el PROVEEDOR ocasione un accidente por incumplimiento de los requerimientos generales señalados en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato;

p) Cuando con motivo de la ejecución del contrato el PROVEEDOR cause la muerte de una o más personas, ya sea por su falta de previsión, negligencia o por el incumplimiento de cualquiera de los requerimientos u obligaciones establecidos en el Anexo “SSPA”, o bien por el incumplimiento a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PETROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que la responsabilidad de este

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evento es imputable al PROVEEDOR, no obstante dicha determinación, PETROQUÍMICA valorará la decisión de rescindir;

q) Cuando en el desarrollo del contrato el PROVEEDOR incurra en delitos ambientales por incumplimiento a cualquiera de los requerimientos del Anexo “SSPA”, a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PETROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que las conductas realizadas por el PROVEEDOR constituyen un delito ambiental, no obstante dicha determinación, PETROQUÍMICA valorará la decisión de rescindir;

r) Cuando como resultado de las auditorias mensuales para la evaluación del desempeño, el PROVEEDOR, obtenga consecutivamente tres calificaciones consecutivas menores a 90%, PETROQUÍMICA podrá iniciar el proceso de rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Diagrama 1 del Anexo “SSPA”;

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

En caso de que PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, una vez que le haya comunicado al PROVEEDOR el inicio del procedimiento de rescisión, PETROQUIMICA precautoriamente, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de los trabajos ejecutados aún no liquidados, hasta que las partes se otorguen el finiquito correspondiente; así mismo procederá a suspender la ejecución de los trabajos y a tomar inmediata posesión de los trabajos ejecutados para hacerse cargo del inmueble y de las instalaciones respectivas. Para tales efectos el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, con o sin la comparecencia del PROVEEDOR, levantará un acta circunstanciada del estado en que se encuentre la instalación y/o puesta en marcha, la cual servirá de base para el finiquito del Contrato. El levantamiento del acta circunstanciada deberá realizarse invariablemente ante la presencia de fedatario público.

El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

El PROVEEDOR solo podrá rescindir el contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago; b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los Servicios.

13.10 INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL.

Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de Invitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUÍMICA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter. Se recomienda utilizar preferentemente para enumerar su documentación reservada y confidencial el formato del Documento 20.

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13.11 SEGUROS

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.

13.12. FUENTES DE FINANCIAMIENTO. NO APLICA.

13.13. PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR

El LICITANTE acepta que, en relación con el objeto de esta Invitación asume la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y derechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a PETROQUÍMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso, a rembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costo judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PETROQUÍMICA por la violación a los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de un tercero.

Si se da dicho supuesto, PETROQUÍMICA dará aviso a las autoridades competentes y al PROVEEDOR, y éste último en un plazo de 10 (diez) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PETROQUÍMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales, la defensa, la negociación o conciliación se llevará a cabo conjuntamente, para lo que, el PROVEEDOR se compromete a consultar y obtener la autorización previa de PETROQUÍMICA para implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo.

13.14. ANEXO SSPA. Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios

Todos los requerimientos que Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios establezcan en el Anexo SSPA (Documento 13: Formato 4 Documento 13-A y Formato 6 documento 13-B) y los requerimientos adicionales, son de cumplimiento obligatorio para el Proveedor.

13.15. Devolución de los documentos de proposiciones desechadas

Las proposiciones desechadas durante la licitación pública, podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se dé a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las proposiciones deberán conservarse hasta total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes.

En este supuesto, los licitantes contarán con un plazo de hasta treinta días naturales contados a partir de la conclusión del término señalado anteriormente, para solicitar la devolución de sus proposiciones desechadas; transcurrido dicho plazo, sin que se hubiere realizado solicitud alguna, la convocante podrá destruirlas.

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DOCUMENTO 03

FORMATO DE INFORMACION PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE

(Lugar y Fecha)

PEMEX PETROQUIMICASUBGERENCIA DE ADQUISICIONESP R E S E N T E.

Yo, ___(nombre )_, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente Invitación a cuando menos tres personas, a nombre y representación de: _(nombre de la persona física o moral).

Clave del Registro Federal de Contribuyentes:Domicilio.-Calle y Número:Colonia: Delegación o Municipio:Código Postal: Entidad Federativa:Teléfonos: Fax:Correo electrónico:No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha:

Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó:Relación de Socios:Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre( s )Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional):Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó:Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Nombre y domicilio del apoderado o representante:Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:Escritura pública número: Fecha:Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Público que la protocolizó:

Lugar y fechaProtesto lo necesario.

(Firma autógrafa original)_

Nota:

1.- El presente formato deberá presentarse, respetando su contenido, sin la utilización de abreviaturas.

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DOCUMENTO 04

DOCUMENTOS QUE DEBERÁN SER FIRMADOS AUTÓGRAFAMENTE POR EL APODERADO O REPRESENTANTE.

Cons

. Descripción

1. Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante (Documento 03).2. Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos

establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07

3 De ser el caso, el convenio privado mediante el cual se conviene en presentar propuesta conjunta. (Documento 17) –NO APLICA-

4 Formato de propuesta (Técnica) Documento 065 Formato de propuesta (Económica) Documento 06-A6 Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de

Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Documento 06-B.7 Formato para la Manifestación del Grado de Contenido Nacional de los Servicios. (Documento 18)8 Documento “Compromisos con la Transparencia”. (Documento 19)9 Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante.

(Documento 20)

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DOCUMENTO 05

DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES DEBERAN ENTREGAR EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTA

No. DOCUMENTOPUNTOS DEL DOCTO. 02 DE

LAS BASESNOMBRE

DEL ARCHIVOENTREGO

DONDE SE EXIGE SI NODocumentación que deberá presentarse dentro del sobre de la proposición

1 Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante (Documento 03).

4 INCISO A) DOCUMENTO 03

2 Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S.(Documento 07).

4 INCISO C) DOCUMENTO 07

La omisión de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la proposición.3 Documentos que los Licitantes deberán entregar en el

Acto de Presentación y Apertura de Propuestas (Documento 05).

4 INCISO G) DOCUMENTO 05

4 Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. (Documento 06-B)

4 INCISO K) DOCUMENTO 06-B

5 Formato del documento “Compromisos con la Transparencia”(Documento 19)

11 DOCUMENTO 19

6 Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante.(Documento 20)

DOCUMENTO 20

La omisión de los siguientes documentos será motivo de desechamiento de la proposición.7 De ser el caso, el convenio privado tratándose de

propuestas conjuntas. (Documento 17)–NO APLICA-

4 INCISO F) DOCUMENTO 17

8 Formato de propuesta técnica (Documento 06) 4 INCISO D) DOCUMENTO 069 Formato de propuesta económica (Documento 06-A) 4 INCISO E) DOCUMENTO 06-A

10 Formato para la manifestación del grado de contenido nacional de los Servicios (Documento 18)

4 INCISO R) DOCUMENTO 18

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la propuesta, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las bases de la Invitación Restringida será verificado y evaluado por la Convocante.

La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta.

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DOCUMENTO 06

FORMATO DE PROPUESTA TECNICA

PARTIDA CANTIDADUNIDAD

DE MEDIDA

DESCRIPCION

1 1 SERVICIODescribir los servicios propuestos para cada una de las partidas que integran el documento 06, indicando la marca, modelo o Nombre del fabricante de las refacciones y/o materiales a utilizar, características de la mano de obra así como de los equipos a utilizar en la realización de los servicios. En su caso mencionar las normas con las que cumplen los servicios que propone.

ANEXAR A ESTE DOCUMENTO TODOS LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN EL NUMERAL 5 DEL DOCUMENTO 01.

LO ANTERIOR DEBE ESTAR DE ACUERDO A LAS BASES TECNICAS INDICADAS EN EL DOCUMENTO 01.

2 1 SERVICIO

3 1 SERVICIO

4 1 SERVICIO

1.- LUGAR DE EJECUCION DEL SERVICIO En las diversas plantas del Complejo Petroquímico Morelos2.-PLAZO MAXIMO DE REALIZACION DE LOS SERVICIOS:

El plazo máximo para la prestación del servicio será de 15 (quince) días naturales

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________

FIRMA: _____________________CARGO: ____________________

FECHA: _____________________

Nota al Licitante: Se deberán describir los Servicios propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el DOCUMENTO 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Servicios o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.

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Número: IS-430-PA-2011038Numero Interno: 2011038

DOCUMENTO 06-A

FORMATO DE PROPUESTA ECONOMICA

PARTIDA

CANTIDAD DE

REFERENCIA

UNIDAD DE

MEDIDADESCRIPCION

PRECIO UNITARIO SIN I.V.A.

($)

IMPORTE SIN I.V.A.

($)MONEDA

1 31 SERVICIO

SERVICIO DE COLOCACION DE ENVOLVENTES NO METALICAS

EN TUBERIA Y ACCESORIOS (TEES, CODOS, BRIDAS, REDUCCIONES, NIPLES, VALVULAS ENTRE OTROS), HASTA 4 PULGADAS DE DIAMETRO EN ALTURA DE HASTA 20 MTS.

2 3 SERVICIO

SERVICIO DE COLOCACION DE ENVOLVENTES NO METALICAS

EN TUBERIA Y (TEES, CODOS, BRIDAS, REDUCCIONES, NIPLES, VALVULAS ENTRE OTROS), DE 6-12 PULGADAS DE DIAMETRO EN ALTURA DE HASTA 20 MTS.

3 10 SERVICIO

SERVICIO DE COLOCACION DE ENVOLVENTES NO METALICAS

EN TUBERIA Y (TEES, CODOS, BRIDAS, REDUCCIONES, NIPLES, VALVULAS ENTRE OTROS), DE 14-28 PULGADAS DE DIAMETRO EN ALTURA DE HASTA 20 MTS.

4 15 SERVICIO

SERVICIO DE COLOCACION DE ENVOLVENTES NO METALICAS

EN TUBERIA Y (TEES, CODOS, BRIDAS, REDUCCIONES, NIPLES, VALVULAS ENTRE OTROS), DE 30 A MAS PULGADAS DE DIAMETRO EN ALTURA DE HASTA 20 MTS.

Condiciones Económicas:

1.- VIGENCIA DE LA PROPUESTA 60 DIAS mínimo2.- LUGAR DE EJECUCION DEL LOS SERVICIOS: En las diversas plantas del Complejo Petroquímico

Morelos.3.- PLAZO MAXIMO DE REALIZACION DE LOS SERVICIOS:

El plazo máximo para la prestación del servicio será de 15 (quince) días naturales

4.- IMPORTE CON LETRA EN MONEDA NACIONAL PARTIDAS4.- CONDICION DE PRECIO FIJO ( X ) VARIABLE ( )

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL)NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________FIRMA: _____________________CARGO: ____________________

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FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 06-B

MODELO DE MANIFESTACIÓN PARA INTEGRAR EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES DE LOS SISTEMAS TRANSACCIONALES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

Información con carácter voluntario

De conformidad con el Acuerdo de Estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas publicado en el D. O. F. el 30 de diciembre de 2002, a continuación manifiesto bajo protesta de decir verdad lo siguiente, considerando los criterios de tamaño, sector y clasificación por número de empleados:

Razón social: ______________________________________________________

Favor de marcar sólo una opción:

¿Pertenece a alguna Cámara? SI ( ) No ( )

En caso de ser afirmativa la respuesta anterior indicar el nombre de la Cámara:

___________________________________________________________________________

Favor de indicar la Estratificación que corresponda a su empresa de acuerdo a la información indicada para cada Tipo de Empresa en el numeral

EstratificaciónTamaño Sector Rango del Número

de TrabajadoresRango de montos de ventas anuales

(mdp)

Tope Máximo Combinado *

Página en Internet_____________________________________________________________

(Lugar y fecha)

____________________________________________(Firma)

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DOCUMENTO 07

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 53 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y EL ARTÍCULO 12 DE LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CONTRATACION EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARACTER PRODUCTIVO DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

(Lugar y Fecha)PEMEX PETROQUÍMICAP R E S E N T E

EN CASO DE SER PERSONA MORAL:

(Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, sus accionistas y asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las Disposiciones Administrativas De Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

EN CASO DE SER PERSONA FISICA Y SEA QUIEN SUSCRIBA ESTE DOCUMENTO:

(Nombre de la persona física), en mi carácter de (propietario), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que NO me encuentro en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las Disposiciones Administrativas De Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE PARTICIPE A TRAVÉS DE UN REPRESENTANTE:(Nombre del representante legal), en mi carácter de (indicar término en que este otorgando el mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, no se encuentra en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las Disposiciones Administrativas De Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

A T E N T A M E N T E

(NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA FISICA O DELAPODERADO LEGAL)

NOTAS: 1. EL PRESENTE FORMATO SE ADECUARÁ DE ACUERDO A LA PERSONALIDAD DEL LICITANTE.

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2. En el supuesto de que el Oferente se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 08

MODELO DE TEXTO DE FIANZA QUE PRESENTARA(N) EL(LOS) LICITANTE(S) ADJUDICADO(S) PARA: ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS.SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES)________________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ___________________ DE FECHA _______________________ Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE ______________________ Y NUESTRO FIADO(S).EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO __________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $_________________________________ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA).ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO.EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES.ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO HASTA EN UN 20% DEL MONTO ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO.EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.ESTA FIANZA GARANTIZA, HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA, LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS. EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES O CUALQUIER OTRA SANCIÓN ESTIPULADA EN EL CONTRATO GARANTIZADO.LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. ELBENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

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LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.

B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.

C) EN SU CASO, DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO.D) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION

E)EN SU CASO, DOCUMENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓN

F) FINIQUITO, Y EN SU CASO SU NOTIFICACIÓNG) IMPORTE RECLAMADO.

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE RECLAMACIÓN PAGARÁ AL BENEFICIARIO EL IMPORTE TOTAL DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y LA INDEMNIZACIÓN POR MORA CORRESPONDIENTE, SALVO EN AQUELLOS CASOS EN QUE EN EL CONTRATO GARANTIZADO SE HAYA ESTIPULADO LA DIVISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, SIN EMBARGO DE ENTREGAS PARCIALES DE BIENES O SERVICIOS REALIZADOS, EL ALCANCE TOTAL DE LA GARANTÍA SE REDUCIRÁ PROPORCIONALMENTE.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA, MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL

JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.

EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.

ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA

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OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.

LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO.

ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA.

LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES.

ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE

LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.

FIN DEL TEXTO.

DOCUMENTO 08-A

MODELO DE TEXTO DE FIANZA PARA GARANTIZAR LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS SERVICIOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS.

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SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA )(NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX,ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) Y SE OTORGA ATENDIENDO A TODASLAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS PARAGARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE ELNOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES)__________________________ LASOBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO _____________________ Y DESUS ANEXOS, CELEBRADO ENTRE ______________________________________ YNUESTRO FIADO(S), REFERENTES A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOSOCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIEROTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO NUESTRO FIADO(S).LA FIANZA GARANTIZA ASÍ MISMO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES OLA CALIDAD DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO, AÚN CUANDOPARTE DE ELLOS SE HUBIERAN SUBCONTRATADO Y SE EXPIDE DE CONFORMIDADCON DICHO CONTRATO Y SUS ANEXOS.ESTA FIANZA GARANTIZA LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOSDEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOSPRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERAINCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DELCONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE RECIBAN LOS BIENESO SE CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO.EN EL SUPUESTO DE QUE NUESTRO FIADO NO REPARE O REPONGA LOS DEFECTOS YVICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS QUE LE SEANREPORTADOS POR EL BENEFICIARIO, ESTA AFIANZADORA SE OBLIGA A PAGAR LOSGASTOS EN LOS QUE INCURRA EL BENEFICIARIO POR DICHAS REPARACIONES OREPOSICIONES HASTA POR LA TOTALIDAD DEL MONTO AFIANZADO.EN LOS CASOS EN QUE EL MONTO DE LA REPARACIÓN O REPOSICIÓN SEA SUPERIORAL AFIANZADO, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ÚNICAMENTE RESPONDERÁ HASTA POREL 100% DEL MONTO GARANTIZADO.EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓNDE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUESUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONESEN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOSMODIFICATORIOS.LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE SOMETE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DEEJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LAEFECTIVIDAD DE LA FIANZA AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DEINDEMNIZACIÓN POR MORA CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTEDE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINODE SEIS MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SECOMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALESQUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO PARA EFECTUAR LASCORRECCIONES O REPOSICIONES DERIVADAS DE DEFECTOSY VICIOS OCULTOS O LACALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LA QUEHUBIERA INCURRIDO.EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UNPLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTAINSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO.LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZAQUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUESE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS.B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO, SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS.C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO,QUE REÚNA LOS

ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓNDE LOS DEFECTOSY DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DELOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA ALOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SUCUANTIFICACIÓN.

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D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS YVICIOS OCULTOS DETECTADOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIEROTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA EL FIADO.

E) NOTIFICACIÓN A LA AFIANZADORA DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOSBIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRARESPONSABILIDAD.

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONEA LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOSRELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LACUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL OPARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DEFIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓNDE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL ALOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN.LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORMEA LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS,EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LALEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS.ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALESCONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARAPROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO ALBENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA.LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJOLOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓNPOR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONESDE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DEPROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL,SALVO QUE EL ACTO IMPUGNADO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LASUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN ELJUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIALO TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LAINSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIODEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZOMÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓNFAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA.ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOSPROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SEINTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SEPRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA PORAUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE.LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁNAUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS SEIS MESES PARA PRESENTAR LARECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDADDE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDADEN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DELVENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIOOTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y ELBENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/OREPOSICIONES NECESARIAS.ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORAÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LACANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA.ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONESFIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTESDATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADOCON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LAFIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO;

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NOMBRE O DENOMINACIÓN DELBENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO;DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DELA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LAOBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN,ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBARLO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIORAL MONTO DE LA FIANZA.FIN DEL TEXTO.

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DOCUMENTO 09

NIVELES DE SUPERVISION DE LOS SERVICIOS

Supervisión de los Servicios de acuerdo al Procedimiento Institucional Para la Inspección de Bienes Muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, CLAVE: PA-800-70600-01

Nivel V en sus numerales 1, 2, 3, 4, y 6 de conformidad a lo indicado en el numeral 10.

1) las especificaciones contractuales.2) el cumplimiento de las normas, códigos, procedimientos y especificaciones.3) la ejecución del arrendamiento o servicio.4) las pruebas y/o evaluaciones finales.6) la documentación que establece el contrato.

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DOCUMENTO 10

Anexo GIN. Cálculo y declaración del Grado de Integración Nacional en Servicios de mantenimiento que no requieran el uso de embarcaciones.

1. Definiciones.

1.1. Bienes: equipos y materiales de instalación permanente diferentes a los materiales de construcción que se suministran e instalan como parte de los alcances del contrato. Únicamente para contratos de fabricación de plataformas marinas, el acero estructural (subestructura, superestructura, pilotes y conductores) podrá considerarse como material de instalación permanente diferente al de construcción.

1.2. Bienes Nacionales: los Bienes de Fabricación Nacional y que cuentan con el Grado de Integración Nacional previsto en el apartado 2.1.9.

1.3. Fabricación Nacional: el proceso productivo que consiste en realizar dentro del territorio nacional, la Transformación Sustancial de insumos, partes o componentes nacionales o importados para obtener un bien final nuevo.

1.4. Fabricante del Bien: la persona física o moral que produce los bienes suministrados por el proveedor o contratista a PEMEX PETROQUIMICA.

1.5. Grado de Integración Nacional de los Bienes: el grado específico de contenido nacional de los Bienes, calculado de acuerdo a lo establecido en el apartado 2.1 de este Anexo.

1.6. Grado de Integración Nacional de la Mano de Obra: el número de horas-hombre correspondientes a Mano de Obra Nacional como proporción del número total de horas-hombre requeridas para la ejecución de los trabajos objeto del contrato, calculado de acuerdo a lo establecido en el apartado 2.2 de este Anexo.

1.7. Grado de Integración Nacional de las Partes de Repuesto: el grado específico de contenido nacional de las Partes de Repuesto, determinado de acuerdo a lo establecido en el apartado 2.3 de este Anexo.

1.8. Insumos: las materias primas, partes y componentes utilizados en la fabricación de un bien.

1.9. Insumos Indirectos: los insumos utilizados en la producción, verificación o inspección

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de un bien, pero que no están físicamente incorporados a él; o los bienes que se utilizan para el mantenimiento u operación de maquinarias y equipos relacionados con la producción de un bien, tales como:

1.9.1. Combustibles y energía.

1.9.2. Herramientas, troqueles y moldes.

1.9.3. Refacciones y materiales utilizados en el mantenimiento de equipo y edificios.

1.9.4. Lubricantes, grasas, materiales de mezcla y otros materiales utilizados en la producción o para operar el equipo o los edificios.

1.9.5. Guantes, anteojos, calzado, ropa, equipo y aditamentos de seguridad.

1.9.6. Equipo, aparatos y aditamentos utilizados para la verificación o inspección de los bienes.

1.9.7. Catalizadores y solventes, y

1.9.8. Cualesquiera otros bienes que no estén incorporados en el bien, pero cuyo uso en la producción del bien pueda demostrarse razonablemente.

1.10. Mano de Obra de Ingeniería: es el trabajo realizado por especialistas de diversas ramas de la ingeniería para llevar a cabo aquellas actividades que tengan por objeto concebir, diseñar, proyectar y calcular los elementos que integran un proyecto de ingeniería básica, estructural, de instalaciones, de infraestructura, industrial, electromecánica y de cualquier otra especialidad de la ingeniería que se requiera para integrar un proyecto ejecutivo.

1.11. Mano de Obra Nacional: es el trabajo realizado por personal mexicano que participa directa o indirectamente en la ejecución de los trabajos objeto de un contrato.

1.12. Material Fungible: el material que se consume con el primer uso.

1.13. Partes de Repuesto: las refacciones, piezas y/o materiales que se utilizan como reposición de los elementos, partes o recubrimientos que sufren desgaste y envejecimiento por la operación diaria.

1.14. Procesamiento Menor: las operaciones que no producen una Transformación Sustancial de un bien tales como:

1.14.1. El ensamble simple, es decir el proceso de juntar cinco o menos partes, todas

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extranjeras (excluyendo sujetadores tales como tornillos, pernos, etc.) por medio del atornillado, pegado, soldado, cosido o por otros medios.

1.14.2. La simple dilución en agua o en otra sustancia que no altere materialmente las características del bien.

1.14.3. La limpieza, inclusive la remoción de óxido, grasa, pintura u otros recubrimientos.

1.14.4. La aplicación de revestimientos preservativos o decorativos, incluyendo lubricantes, encapsulación protectora, pintura decorativa o preservativa, o revestimientos metálicos.

1.14.5. El rebajado, limado o cortado de pequeñas cantidades de materiales excedentes.

1.14.6. La descarga, recarga o cualquier otra operación necesaria para el mantenimiento del bien en buena condición.

1.14.7. La dosificación, empaque, re-empaque, embalaje y re-embalaje.

1.14.8. Las operaciones de prueba, marcado, ordenado, o clasificado.

1.14.9. Las reparaciones y alteraciones, lavado o esterilizado.

1.15. Proveedor Directo del Fabricante: la persona que suministra al Fabricante del Bien las materias primas, partes o componentes que integran el bien suministrado a PEMEX PETROQUIMICA.

1.16. Proveedor Indirecto del Fabricante: la persona física o moral que suministra a un Proveedor Directo del Fabricante materias primas, partes o componentes las cuales se integran al bien suministrado a PEMEX PETROQUIMICA.

1.17. Transformación Sustancial: a diferencia del Procesamiento Menor, implica la producción que da como resultado un bien nuevo y diferente, con un nuevo nombre, nuevas características y nuevo uso.

2. Cálculo del Grado de Integración Nacional

2.1. Cálculo del Grado de Integración Nacional en Bienes.

2.1.1. El Grado de Integración Nacional de los Bienes estará dado por la siguiente fórmula:

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GINB = (1 - (VIB / VTB)) * 10 0

Donde:

GINB es el Grado de Integración Nacional del Bien suministrado, en porcentaje

VTB es el valor del Bien, indicado en la orden de compra correspondiente.

VIB es el valor total de las importaciones utilizadas para la fabricación del Bien, incluyendo Insumos, y corresponde a la suma de:

a) El valor de los Insumos importados por el Fabricante del Bien y que se incorporan al Bien suministrado. Dicho valor será igual al valor declarado al momento de realizar la importación adicionando, en caso de que no se encuentren incluidos en el valor declarado, los siguientes rubros:

i. Los fletes, seguros y todos los demás costos en que se haya incurrido para el transporte del Insumo hasta el punto de importación.

ii. Los aranceles, impuestos indirectos y gastos por los servicios de agencias aduanales.

b) El valor de los Insumos importados por Proveedores Directos del Fabricante, que los venden al Fabricante del Bien en el mismo estado en que los importaron y que se incorporan al Bien suministrado. Dicho valor será el precio pagado por el Fabricante del Bien al Proveedor Directo del Fabricante, más impuestos indirectos. En caso de que no estuviesen considerados en el precio, se incluirán los costos de seguros y fletes incurridos al transportar dichos Insumos a la planta del Fabricante del Bien.

2.1.2. Los Bienes fabricados fuera de territorio nacional tendrán un Grado de Integración Nacional igual a 0% (cero por ciento).

2.1.3. La compra de los Insumos en territorio nacional no significa que los mismos hayan sido producidos en territorio nacional.

2.1.4. Los Insumos cuyo origen no pueda acreditarse, deberán considerarse como importados.

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2.1.5. Cualquier parte o componente producido fuera de territorio nacional será considerado como importado en su totalidad, sin importar que en su proceso de elaboración se hayan utilizado Insumos nacionales.

2.1.6. Los Insumos Indirectos utilizados en la fabricación de bienes en territorio nacional se considerarán 100% nacionales.

2.1.7. Si en la elaboración del bien se utilizan Materiales Fungibles, se deberá utilizar un método de manejo de inventarios (PEPS, UEPS, etc.), para determinar si dichos Materiales Fungibles son nacionales o importados.

2.1.8. Los accesorios, las refacciones y las herramientas entregados con el Bien no se tomarán en cuenta para efectos de la determinación del Grado de Integración Nacional.

2.1.9. Se consideran Bienes Nacionales los Bienes de Fabricación Nacional y cuyo Grado de Integración Nacional es igual o mayor a 65% (sesenta y cinco por ciento).

2.1.10.Las excepciones al apartado anterior se detallan en la Tabla 1 de este Anexo.

2.2. Cálculo del Grado de Integración Nacional de la Mano de Obra.

2.2.1. El Grado de Integración Nacional de la Mano de Obra se define como el número de horas-hombre correspondientes a la Mano de Obra Nacional como proporción del número total de horas-hombre requeridas para la ejecución de los trabajos objeto del contrato, de conformidad con la fórmula siguiente:

GINMO = (H-H N / H-H T)* 100

Donde:

GINMO es el grado de integración nacional de la Mano de Obra, en porcentaje.

HH N es el número de horas-hombre correspondientes a Mano de Obra Nacional empleadas en la ejecución de los trabajos.

HH T es el número total de horas-hombre empleadas en la ejecución de los trabajos.

2.2.2. La Mano de Obra Nacional es el trabajo realizado por personal mexicano que participa directa o indirectamente en la ejecución de los trabajos objeto del

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contrato.

2.2.3. En el cálculo del Grado de Integración Nacional en Mano de Obra deberá considerarse la mano de obra directa, la mano de obra indirecta y en su caso, la que se subcontrate.

2.2.4. Si la unidad de medida de la mano de obra es en jornadas, el Proveedor deberá determinar el equivalente en horas-hombre, considerando para su cálculo el número de las horas-hombre definidas por jornada.

2.2.5. La Mano de Obra requerida para la ejecución del Contrato se clasificará de la siguiente forma:

Mano de Obra de personal profesionista.

Mano de Obra de personal técnico.

Mano de Obra de personal manual.

Mano de Obra de personal administrativo.

2.3. Grado de Integración Nacional de las Partes de Repuesto.

2.3.1. El Grado de Integración Nacional de las Partes de Repuesto se definirá de acuerdo a la siguiente tabla:

País de fabricación de las partes de repuesto

GINPR

México 100%

Extranjero 0%

2.3.2. Las Partes de Repuesto serán consideradas nacionales cuando sean fabricadas en territorio nacional y se les asignará un Grado de Integración Nacional igual a 100% (cien por ciento). En caso contrario deberán ser consideradas de importación, incluyendo aquellas cuyo origen no se pueda acreditar, y su Grado de Integración Nacional será de 0% (cero por ciento).

3. Declaración del Grado de Integración Nacional durante la ejecución de los Servicios.

3.1. No Aplica.

3.1.1. Para los Bienes que se suministren como parte del alcance del contrato, el

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Proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito mediante el cual, el Fabricante del Bien manifieste bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del Bien suministrado, calculado de acuerdo a la fórmula establecida en el apartado 2.1.12.1.1 de este Anexo. El escrito deberá elaborarse utilizando el incluido en el presente Anexo.

Para los Bienes fabricados en el extranjero, el escrito referido en el párrafo anterior será suscrito por el Proveedor y establecerá que el Grado de Integración Nacional del Bien es igual a 0% (cero por ciento).

La manifestación referida en este apartado podrá entregarse por lote siempre y cuando los Bienes que integran el lote sean del mismo tipo y cuenten con el mismo Grado de Integración Nacional, debiéndose indicar la cantidad de los Bienes incluidos en el lote.

3.1.2. En el caso particular de los Bienes que sean equipos e instrumentos, la manifestación del Grado de Integración Nacional a la que hace referencia el punto 3.1.1, deberá entregarse para todos y cada uno de los equipos e instrumentos que sean suministrados como parte del alcance del contrato.

El escrito original de la manifestación referida deberá presentarse en cada estimación acompañando la documentación que ampare el pago del equipo y/o instrumento correspondiente.

3.1.3. En el caso particular de los Bienes que sean materiales diferentes a los de construcción, la manifestación del Grado de Integración Nacional a la que hace referencia el punto 3.1.1 .deberá entregarse al término del contrato para aquellos materiales que fueron suministrados durante la ejecución de los servicios y que se encuentren listados en la Tabla 2 de este Anexo. Adicionalmente, deberá presentarse, a manera de resumen, el listado de los materiales cuyo Grado de Integración Nacional se está declarando, indicando las cantidades suministradas durante la ejecución del Servicio, utilizando el de este Anexo. Esta documentación deberá ser presentada por el Proveedor acompañando la última estimación. No se declarará el Grado de Integración Nacional de los materiales de construcción ni de los materiales diferentes a los de construcción que no estén incluidos en la Tabla 2.

3.2. Declaración del Grado de Integración Nacional en Mano de Obra.

3.2.1. El Proveedor deberá declarar en cada estimación el Grado de Integración Nacional de la Mano de Obra que laboró en la ejecución de los servicios objeto del contrato, durante el periodo de estimación. El Grado de Integración Nacional

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será calculado de acuerdo a la fórmula establecida en el apartado 2.2.1 de este Anexo. El escrito deberá entregarse utilizando el Formato 3 de este Anexo.

3.3. No Aplica.

3.3.1. El Proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional de las Partes de Repuesto que fueron suministradas e instaladas, el cual será determinado de acuerdo al apartado 2.3.1 de este Anexo. Este escrito deberá entregarse utilizando el de este Anexo.

Las Partes de Repuesto deberán declararse por lote, indicando la cantidad de piezas que integran el lote nacional (Partes de Repuesto con GIN=100%) y el lote extranjero (Partes de Repuesto con GIN=0%), así como sus montos correspondientes. Estos montos serán igual a la sumatoria del precio de venta a PEMEX PETROQUIMICA de todas las Partes de Repuesto que conforman cada lote.

La manifestación del Grado de Integración Nacional de las Partes de Repuesto) deberá entregarse al término del contrato considerando todas las Partes de Repuesto que fueron suministradas durante la ejecución de los servicios. Esta documentación deberá ser presentada por el Proveedor acompañando la última estimación.

3.3.2. Los montos a declarar en la manifestación referida en el apartado 3.3.1 deberán estar expresados en moneda nacional. Cuando el contrato se presente en más de una moneda, los montos en moneda extranjera se convertirán a moneda nacional, utilizando el tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana, de acuerdo a la solicitud de cotización.

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Tabla 1

GINEquipos mecánicos estáticos con cuerpo de acero de aleación, acero inoxidable o material no ferroso

30%

Intercambiadores de calor con tubos de acero de aleación, acero inoxidable o material no ferroso

30%

Subsector: Aparatos y equipos electrónicos de audio y video.Amplificadores, audífonos, auriculares, bocinas, cajas acústicas (bafles), ecualizadores, micrófonos, preamplificadores, radios portátiles.

30%

Subsector: Equipos y aparatos para comunicaciones eléctricas (telecomunicaciones).Antenas parabólicas, aparatos telefónicos, centrales telefónicas, conmutadores telefónicos, contestadores telefónicos, equipos carrier, equipos de facsímil, equipos de microondas, equipos de ondas portadoras, equipos de transmisión y recepción telefónicos, equipos receptores de VHF y UHF (radiolocalizadores), equipos transreceptores fijos o móviles en BLU, VHF y UHF, sistemas de transmisión de microondas vía satélite.

35%

Subsector: Equipos de grabación.Equipos de grabación profesional, radiograbadoras, videograbadoras. 30%Subsector: Equipos y aparatos de electrónica industrial y científica.Aparatos controladores de flama; balanzas; cargadores de baterías; equipos de medición y control en general; equipos de ultrasonido; equipos rectificadores; fuentes de alimentación; generadores de barrido y de señales de radio, audio y video; manómetros; multímetros; osciloscopios; pirómetros; reguladores de voltaje; sistemas de energía ininterrumpida; termómetros

30%

Subsector: Máquinas y equipos electrónicos para oficina y comercio.Calculadoras, máquinas de escribir, fotocopiadoras, básculas, alarmas, sirenas, timbres.

30%

Subsector: Manufacturas eléctricas.Conductores eléctricos de aluminio. 20%Subsector:Placas radiográficas. 40%Tractores agrícolas. 30%Tubos de acero al carbón con soldadura helicoidal en espesores mayores a 0.500 pulgadas.

20%

Tubos de acero al carbón con soldadura recta en diámetros de 20 y 24 pulgadas.

20%

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Tabla 2

Lista de materiales que deben declarar el grado de integración nacional, de acuerdo con el apartado 3.1.3

TUBERÍADescripción Código UnidadTubería de proceso y servicios de acero al carbono con costura 20601010002001 kgTubería de proceso y servicios de acero al carbono sin costura 20601010002002 kgTubería de línea de acero al carbono con costura 20601020002001 kgTubería de línea de acero al carbono sin costura 20601020002002 kgTubería de revestimiento de acero al carbono 20601030002000 kgTubería de producción de acero al carbono 20601040002000 kgTubería de perforación de acero al carbono 20601050002000 kgTubería estructural de acero al carbono con costura 20601060002001 kgTubería estructural de acero al carbono sin costura 20601060002002 kgTubería de acero aleado con costura 20601000003001 kgTubería de acero aleado sin costura 20601000003002 kgTubería de acero inoxidable con costura 20601000004001 kgTubería de acero inoxidable sin costura 20601000004002 kgTubería de aleaciones de níquel con costura 20601000005011 kgTubería de aleaciones de níquel sin costura 20601000005012 kgTubería de aleaciones de titanio con costura 20601000005041 kgTubería de aleaciones de titanio sin costura 20601000005042 kgTubería de fibra de vidrio reforzada con resina 20601000006010 kgTubería de policloruro de vinilo PVC 20601000006020 kgTubería de policloruro de vinilo clorado CPVC 20601000006030 kgTubería de polietileno 20601000006040 kg

VÁLVULASDescripción Código UnidadVálvulas de retención o check con cuerpo de acero al carbono 20603020002000 piezaVálvulas de retención o check con cuerpo de aleado 20603020003000 piezaVálvulas de retención o check con cuerpo de acero inoxidable 20603020004000 piezaVálvulas de retención o check con cuerpo no ferroso 20603020005000 piezaVálvulas de compuerta con cuerpo de acero al carbono 20603030002000 piezaVálvulas de compuerta con cuerpo de acero aleado 20603030003000 piezaVálvulas de compuerta con cuerpo de acero inoxidable 20603030004000 piezaVálvulas de compuerta con cuerpo no ferroso 20603030005000 piezaVálvulas de mariposa con cuerpo de acero al carbono 20603040002000 piezaVálvulas de mariposa con cuerpo de acero aleado 20603040003000 piezaVálvulas de mariposa con cuerpo de acero inoxidable 20603040004000 pieza

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Número: IS-430-PA-2011038Numero Interno: 2011038

Descripción Código UnidadVálvulas de mariposa con cuerpo no ferroso 20603040005000 piezaVálvulas de globo con cuerpo de acero al carbono 20603050002000 piezaVálvulas de globo con cuerpo de acero aleado 20603050003000 piezaVálvulas de globo con cuerpo de acero inoxidable 20603050004000 piezaVálvulas de globo con cuerpo no ferroso 20603050005000 piezaVálvulas de aguja con cuerpo de acero al carbono 20603060002000 piezaVálvulas de aguja con cuerpo de acero aleado 20603060003000 piezaVálvulas de aguja con cuerpo de acero inoxidable 20603060004000 piezaVálvulas macho (tapón) con cuerpo de acero al carbono 20603070002000 piezaVálvulas macho (tapón) con cuerpo de acero aleado 20603070003000 piezaVálvulas macho (tapón) con cuerpo de acero inoxidable 20603070004000 piezaVálvulas macho (tapón) con cuerpo no ferroso 20603070005000 piezaVálvulas de bola con cuerpo de acero al carbono 20603080002000 piezaVálvulas de bola con cuerpo de acero aleado 20603080003000 piezaVálvulas de bola con cuerpo de acero inoxidable 20603080004000 piezaVálvulas de bola con cuerpo no ferroso 20603080005000 piezaVálvulas de ángulo con cuerpo de acero al carbono 20603090002000 piezaVálvulas de ángulo con cuerpo de acero aleado 20603090003000 piezaVálvulas de ángulo con cuerpo de acero inoxidable 20603090004000 piezaVálvulas de ángulo con cuerpo no ferroso 20603090005000 pieza

CONDUITDescripción Código UnidadConduit de acero al carbono 20503010002000 mConduit de aluminio 20503010005030 m

CABLE ELÉCTRICODescripción Código UnidadAlambre/cable bajo voltaje 20502010000000 mAlambre/cable alto voltaje 20502020000000 mAlambre/cable medio voltaje 20502030000000 mAlambre/cable de control 20502040000000 m

CABLE DE INSTRUMENTOSDescripción Código UnidadCable de señal de instrumentos 20706050000000 mCable multipar de señal de instrumentos 20706060000000 mCable de extensión de termopares 20706070000000 mCable multipar de extensión de termopares 20706080000000 m

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Número: IS-430-PA-2011038Numero Interno: 2011038

TUBINGDescripción Código UnidadTubing/multitubing para instrumentos 20706040000000 m

CATALIZADORES, EMPAQUES PARA TORRES Y SUSTANCIAS QUÍMICASDescripción Código UnidadEmpaque estructurado acero al carbono 20102010002000 m3

Empaque estructurado acero inoxidable 20102010004000 m3

Empaque estructurado plástico 20102010006000 m3

Empaque estructurado cerámico 20102010007000 m3

Empaque aleatorio acero al carbono 20102020002000 m3

Empaque aleatorio acero inoxidable 20102020004000 m3

Empaque aleatorio plástico 20102020006000 m3

Empaque aleatorio cerámico 20102020007000 m3

Carbón activado 20102030010000 m3

Alúmina activada 20102030011000 m3

Malla molecular 20102030020000 m3

Resinas de intercambio iónico 20102030021000 m3

Catalizadores 21000000000000 kgAminas (MEA, MDEA, DIPA, DGA, DEA y TEA) 21101000000000 m3

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Formato 3. Declaración del Grado de Integración Nacional de la Mano de Obra

Indicar fecha

Requisición No. 430-40000-S-1037147

Estimación: Única.

Del 27 de Octubre al 23 de Noviembre de 2014

Mano de Obra Total Mano de Obra Nacional GINMano de Obra

Categoría (5) H-h Monto H-h Monto %Personal ManualOperario Especialista 224 224 65Ayudante de Operario 224 224 65Cabo de Oficios 224 224 65Otra (Indicar) 224 224 65

Por medio del presente declaro, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que la información contenida en la tabla anterior es correcta y manifiesta que cuento con la documentación que acredita la nacionalidad del personal y su relación laboral.

Por otra parte, manifiesto mi consentimiento de que la información anterior podrá utilizarse sólo para fines de cálculo del grado de integración nacional, sin que esto implique que la misma se utilice con el propósito de obtener precios de referencia diversos a los pactados en el contrato, de acuerdo con el esquema de remuneración estipulado.

Atentamente

____________________

DOCUMENTO 11

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MODELO-GUIA DEL CONTRATO

Aviso LegalCon el fin de contar con las herramientas adecuadas para la elaboración de los contratos que se pretendan celebrar, se tuvieron diversas reuniones de trabajo entre personal de la Gerencia Jurídica de Convenios y Contratos y de las diferentes áreas jurídicas de los Organismos Subsidiarios de Petróleos Mexicanos, con el objetivo de restructurar las guías para la elaboración de contratos de obra, de servicios y de bienes, para las actividades sustantivas de carácter productivo.

Como resultado de los trabajos se definieron declaraciones y cláusulas tipo, estas últimas desarrolladas por capítulos, en las siguientes materias:

Obra

Servicios

Bienes

Las declaraciones y cláusulas tipo podrán ser utilizadas como una guía para la elaboración de los contratos que se pretendan celebrar y deberán adecuarse por las áreas correspondientes, dependiendo de la naturaleza de cada contratación, para determinar los alcances del contrato.

Estos documentos contienen las cláusulas mínimas que deben contener los contratos y algunas cláusulas opcionales, en términos de lo que se establece en el artículo 57 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de adquisiciones, arrendamientos, obras y servicios de las actividades sustantivas de carácter productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (DAC), pero sus alcances particulares dependerán en cada caso, de lo que se determine por las áreas correspondientes.

Es importante que las declaraciones y cláusulas tipo que se integren en las bases sean las versiones ya trabajadas por las áreas involucradas en la contratación, que incluyan los aspectos particulares de cada contratación. No deben integrarse tal cual en las bases las declaraciones y cláusulas tipo que están publicados por la Dirección Jurídica en su Portal, porque hay muchos temas que no están desarrollados, ya que la flexibilidad del régimen especial de contratación permite establecer el alcance de las cláusulas acorde a cada caso.

Es recomendable que cada que requieran elaborar un proyecto de contrato en particular, descarguen las declaraciones y cláusulas tipo del Portal de la Dirección Jurídica, para que tengan la versión actualizada.

Por lo que respecta a los modelos institucionales para las contrataciones al amparo de la LAASSP y de la LOPSRM, siguen aplicando los mismos modelos que están en la página web de la Dirección Jurídica para las contrataciones que no corresponden a actividades sustantivas de

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carácter productivo, pero estos modelos no deben utilizarse para los contratos que se formalicen con fundamento en la LPM, su Reglamento y las DAC.

ÍNDICE DE DECLARACIONES Y CLÁUSULAS TIPOPARA CONTRATOS DE SERVICIOS

I. PROEMIO 4

II. DECLARACIONES 4

III. CLÁUSULAS11

CAPÍTULO 1 – DEFINICIONES, OBJETO, PLAZO Y REMUNERACIÓN.

1. DEFINICIONES 11

2. OBJETO DEL CONTRATO 12

3. PLAZO DE EJECUCIÓN Y LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS 12

4. REMUNERACIÓN 13

4.1. MONTO 14

4.2. FACTURACIÓN 14

4.3. CONDICIONES Y FORMA DE PAGO 15

4.4. PAGOS EN EXCESO 18

4.5. RETENCIONES 18

4.6. AJUSTES DE PRECIOS 18

4.7. ANTICIPO 19

4.8. RECUPERACIÓN DE ADEUDOS 20

CAPÍTULO 2 – GARANTÍAS, RESPONSABILIDADES, CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR Y SEGUROS.

5. GARANTÍAS 20

6. RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES 27

7. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR 30

8. RESPONSABILIDAD LABORAL 31

9. SEGUROS 32

CAPÍTULO 3 – MODIFICACIONES

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10. MODIFICACIONES AL CONTRATO 32

CAPÍTULO 4 – DE LA CESIÓN

11. CESIÓN Y CAMBIO DE CONTROL / CESIÓN DE DERECHOS DE COBRO 33

CAPÍTULO 5 –PENALIZACIONES.

12. PENALIZACIONES 34

CAPÍTULO 6 – OBLIGACIÓN SOLIDARIA, GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL, CLÁUSULA FISCAL, OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR Y OTRAS ESTIPULACIONES.

13. OBLIGACIÓN SOLIDARIA 37

14. GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL 37

15. CLÁUSULA FISCAL 38

16. OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR 39

17. OTRAS ESTIPULACIONES 39

CAPÍTULO 7 – BUENA FE Y EQUIDAD Y COMPROMISO CONTRA LA CORRUPCIÓN

18. BUENA FE Y EQUIDAD 40

19. COMPROMISO CONTRA LA CORRUPCIÓN 40

CAPÍTULO 8 – RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS Y FINIQUITO

20. RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS 41

21. FINIQUITO 41

CAPÍTULO 9 – SUBCONTRATACIÓN, SUPERVISIÓN, SOPORTE DE LOS SERVICIOS Y NORMAS DE CALIDAD

22. SUBCONTRATACIÓN 42

23. SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS 43

24. SOPORTE DE LOS SERVICIOS 44

25. NORMAS DE CALIDAD EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS 44

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CAPÍTULO 10 – TOTALIDAD DEL CONTRATO, COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES, REPRESENTANTES DE LAS PARTES E IDIOMA

26. TOTALIDAD DEL CONTRATO 44

27. COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES 45

28. REPRESENTANTES DE LAS PARTES 45

29. IDIOMA 46

CAPÍTULO 11 – SUSPENSIÓN, TERMINACIÓN Y RESCISIÓN.

30. SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS 46

30.1.PRORROGA A LA FECHA DE TERMINACIÓN 47

31. TERMINACIÓN ANTICIPADA 47

32. RESCISIÓN DEL CONTRATO 48

32.1.RESCISIÓN ADMINISTRATIVA 48

32.2.PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA 50

32.3.RESCISIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES A

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) 50

CAPÍTULO 12 – RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.

33. MECANISMOS DE PREVENCIÓN, SEGUIMIENTO Y RESOLUCIÓN

DE CONTROVERSIAS 51

34. CONCILIACIÓN 52

35. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN 52

CAPÍTULO 13 – CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD INTELECTUAL.

36. CONFIDENCIALIDAD 52

37. PROPIEDAD INTELECTUAL 53

CAPÍTULO 14 – CLÁUSULAS OPCIONALES

38. COMPENSACIONES ADICIONALES 55

39. CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO 55

40. CONDICIÓN SUSPENSIVA 55

41. FUENTES DE FINANCIAMIENTO 56

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CAPÍTULO 15 – ANEXOS

42. ANEXOS DEL CONTRATO 57

IV. FIRMAS 58

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I. PROEMIO

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE PEMEX PETROQUIMICA A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ PETROQUIMICA, REPRESENTADO POR _____________________, EN SU CARÁCTER DE _______________________, Y POR LA OTRA _____________________, A QUIEN SE LE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADO POR _______________________________________, EN SU CARÁCTER DE __________________________, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES, DEFINICIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

II. DECLARACIONES

1. PETROQUIMICA declara a través de su (representante/apoderado) que:

1.1 Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con el Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012 y tiene por objeto procesos industriales petroquímicos cuyos productos no forman parte de la industria petroquímica básica, así como su almacenamiento, transporte, distribución y comercialización, pudiendo celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con el artículo quinto del mismo.

1.2 Acredita su personalidad y facultades mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario), inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados bajo el folio número _____, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y demás normatividad aplicable, así como la autorización de conformidad con los Lineamientos que establecen los Casos y Montos para la Aprobación de Contratos, a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del artículo 19 de la Ley de Petróleos Mexicanos, otorgada mediante documento denominado “PPQ-DG-SO-GM-xxxx-2014” firmada por el Administrador del Proyecto.

1.4 Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato.

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Número: IS-430-PA-2011038Numero Interno: 2011038

1.5 El presente contrato se adjudicó mediante Invitación Restringida a por lo Menos Tres Personas No. IS-430-RM-2011038, con fundamento en los artículos 54 (segundo párrafo) y 57 (último párrafo) de la Ley de Petróleos Mexicanos, (52) de su Reglamento y artículo 38 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es Ejido Pajaritos S/N, SC, C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, México y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es PPE920716TS5.

1.7 Durante el procedimiento de contratación no recibió dinero o cualquier otra dádiva; no ejecutó actos u omisiones que tuvieran por objeto o efecto evadir los requisitos o reglas establecidos o haya simulado el cumplimiento de éstos; ni fue obligado a dar, suscribir, otorgar, destruir, entregar un documento o algún bien.

1.8 Durante la prestación de los servicios del presente contrato verificará permanentemente por si o a través de una Unidad de Verificación debidamente acreditada y aprobada en términos de las disposiciones legales aplicables, que el PROVEEDOR cumpla las obligaciones con sus trabajadores en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo.

2 El PROVEEDOR declara a través de su (apoderado/representante) que:

2.1 Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).

2.2 Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.

2.3 Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato.

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2.4 Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del proveedor) y cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _________.

II.5 Tiene capacidad jurídica para contratar, reúne las condiciones técnicas y económicas para obligarse a la ejecución de los servicios objeto de este contrato y cuenta con la experiencia necesaria para la eficiente ejecución de los mismos.

2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y su Reglamento; (ii) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (iii) las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iv) los anexos que debidamente firmados por las partes, forman parte integrante de este contrato, y (v) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental.

2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.

2.8 De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a PETROQUIMICA, la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales emitida por el Servicio de Administración Tributaria, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR QUE MANIFIESTE QUE NO SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE TODAS SUS OBLIGACIONES FISCALES, PERO SUSCRIBIÓ CONVENIO CON LAS AUTORIDADES FISCALES, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE TEXTO: Al momento de la celebración del presente contrato tiene créditos fiscales, por lo que ha celebrado convenio con las autoridades fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como a lo señalado y requerido en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y está plenamente de acuerdo en que PETROQUIMICA le retenga el porcentaje o cantidad convenida por el propio licitante con la autoridad hacendaria, de conformidad con los plazos y cantidades de los pagos fijados en el presente contrato, incluso tratándose de pagos adicionales a los establecidos en el contrato que nos ocupa.

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2.9 Ni él, ni sus empleados, Subcontratistas o empleados de éstos han cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos y/o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional.

2.10 Cuenta con la documentación y los elementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones laborales con sus trabajadores y, en su caso, de los de sus subcontratistas, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia e incluso con posterioridad en caso de que de dicha ejecución derive cualquier reclamación, demanda o contingencia laboral.

2.11 Los servicios materia del presente acuerdo de voluntades, serán prestados por personal especializado que se encuentra subordinado al PROVEEDOR o a sus subcontratistas.

2.12 Conoce y comprende el Código de Conducta de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y está de acuerdo en cumplir con los principios contenidos en el mismo en relación con el presente contrato así como en cualquier otro acto jurídico en que esté involucrado PETROQUIMICA.

2.13 Salvo declaración en contrario por escrito a PETROQUIMICA ni él ni sus directores, funcionarios o empleados clave en relación con el presente contrato en los últimos diez años han:

(a) sido condenados por delitos relacionados con sobornos, corrupción o lavado de dinero; o

(b) sido o son objeto de alguna investigación, indagatoria o procedimiento de investigación por parte de cualquier autoridad gubernamental, administrativa o regulatoria con respecto a cualquier infracción o supuesta infracción que implique soborno, corrupción o lavado de dinero.

2.14 TRATÁNDOSE DE UN CONSORCIODE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 B) DE LAS DISPOSICIONES, EL CONSORCIO DEBERÁ HACER CONSTAR EN INSTRUMENTOS LEGALES LAS ACTIVIDADES A QUE SE OBLIGAN CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL MISMO, EL ACUERDO DE DESIGNACIÓN DE AQUEL QUE ACTUARÁ COMO LÍDER EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LOS MECANISMOS QUE REGULEN EL CONTROL DEL CONSORCIO Y LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LOS PARTICIPANTES, ASÍ COMO LOS ACUERDOS DE INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS MISMOS, LOS CUALES FORMARÁN PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATOCelebró (señalar el(los) instrumento(s) legal(es)) de fecha(s) ___________, en el(los) que consta(n) las actividades a que se obligan cada una de las partes que integran el consorcio, el acuerdo de designación de quien actuará como líder en la ejecución del contrato, los mecanismos que regulen el control del consorcio y la resolución de controversias entre los participantes, así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, por lo cual son responsables solidarios en la ejecución del contrato.

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3. Declaración conjunta:

Las partes reconocen tener una política de cero tolerancia hacia el soborno y la corrupción; de contar con sistemas, empleados, proveedores y filiales sujetos de control anticorrupción, y expresan que en el procedimiento de contratación, sus actos previos y en la celebración del presente contrato se han conducido cumpliendo con las Reglas de la Cámara de Comercio Internacional para el Combate a la Corrupción y con la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, con estricto apego a los principios de transparencia, honradez, imparcialidad y libre concurrencia, y que durante la ejecución del contrato se comprometen a actuar entre ellas y hacia terceros, con apego a lo previsto en la cláusula “Compromiso contra la Corrupción”.

Las partes manifiestan de forma expresa que tienen pleno conocimiento que el Estado mexicano, ha suscrito y es parte de diversos instrumentos internacionales en materia de anticorrupción, en los cuales adquirió compromisos con la comunidad internacional a fin de adoptar medidas para prevenir la corrupción, como son, entre otros, los siguientes:

Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.

Convención Interamericana contra la Corrupción de la Organización de Estados Americanos.

Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción de la Organización de las Naciones Unidas.

Grupo de Trabajo Anticorrupción del G20.

En el mismo sentido, expresan que conocen los ordenamientos legales señalados en el primer párrafo de esta declaración, así como el Código Penal Federal, la Ley Federal de Competencia Económica y demás disposiciones legales en materia administrativa y penal en México, que sancionan severamente actos de corrupción, entre otros: el cohecho, establecer, concertar o coordinar posturas o la abstención en las licitaciones, concursos en las contrataciones públicas, la extorsión, el tráfico de influencia, la simulación en el cumplimiento de requisitos y el ocultamiento de impedimento legal o administrativo para participar en procedimientos de contratación.

Asimismo, son sabedoras que en caso de incurrir en los actos de corrupción señalados en el párrafo que antecede, pueden ser sujetos de sanción los servidores públicos involucrados, las personas morales y las personas físicas participantes en los procedimientos de contratación (sin importar su nacionalidad), incluyendo aquellas que actúen en calidad de intermediarios, gestores o cualquier otro carácter a nombre, cuenta o interés del participante.

Vistas las declaraciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes:

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III. CLÁUSULAS

CAPÍTULO 1 – DEFINICIONES, OBJETO, PLAZO Y REMUNERACIÓN

1.- DEFINICIONES

Para efectos de este contrato, las expresiones enunciadas a continuación tendrán el significado que aquí se les asigna:

“Área Administradora del Proyecto”: Gerencia de Mantenimiento.

“Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato”: Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento.

“Área Jurídica”: La unidad administrativa de Petróleos Mexicanos u Organismos Subsidiarios que conforme a la normativa aplicable, es responsable de la función jurídica institucional y de brindar apoyo jurídico a Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios en las etapas del procedimiento de contratación, revisión y sanción jurídica de los contratos y convenios, y durante la ejecución de los mismos.

“Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos o Leyes Federales Mexicanas”: Significa todas las leyes, tratados (incluyendo, sin limitación, cualquier tratado para evitar la doble tributación), reglamentos, normas, decretos, reglas, circulares, decisiones, sentencias, interpretaciones y autorizaciones en vigor al momento de que se trate, emitidas por cualquier Autoridad Gubernamental Mexicana, que sea competente en relación con el asunto en cuestión, o que sean emitidas por cualquier órgano o persona facultados legalmente.

2.- OBJETO DEL CONTRATO

En virtud del presente Contrato PETROQUIMICA encomienda y el PROVEEDOR se obliga a prestar el servicio consistente en: COLOCACIÓN DE ENVOLVENTE NO METÁLICAS EN LAS DIVERSAS PLANTAS DEL COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS, (en adelante los “servicios”), de conformidad con las especificaciones y alcances contenidos en el contrato y sus anexos.

EN CASO DE CONSORCIO Y QUE NO SE CONSTITUYA UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, SE INCLUIRÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN:

Las actividades a que se obliga cada una de las partes que en su carácter de PROVEEDOR suscriben el presente contrato, se señalan en el anexo ____ que forma parte del mismo.

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3.- PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

El PROVEEDOR se obliga a prestar los servicios objeto de este contrato, en 15 (Quince) días naturales a partir del día 24 de Noviembre de 2014 y a concluirlos a mas tardar el día 08 de Diciembre de 2014 conforme a las Ordenes de Servicio que emita PETROQUIMICA, de acuerdo a las condiciones descritas en el anexo ___, mismo que forma parte integrante de este contrato).

PETROQUIMICA solicitará la prestación de los servicios objeto de este contrato a través de “órdenes de servicio” (en este contrato “ORDEN” u “ÓRDENES”), en términos de lo establecido en el anexo “__” del presente Contrato, mismas que deberán contener la referencia a este contrato.

La ORDEN que emita PETROQUIMICA, será entregada al PROVEEDOR en el Complejo Petroquímico Morelos, en días naturales y en un horario entre las 08:00 y las 17:00 horas, en la planta Óxido de Etileno o Acrilonitrilo, o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción.

Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato.

Cuando la ORDEN sea transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de prestación del servicio. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de prestación del servicio empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de PETROQUIMICA según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por PETROQUIMICA

PETROQUIMICA se obliga a tener oportunamente y en condiciones adecuadas para el inicio de los servicios, el (los) lugar(es) en que deberá(n) prestarse los servicios objeto de este contrato.

No se contabilizará como día de ejecución de los servicios, todo aquél en que no se hayan prestado los servicios por caso fortuito o fuerza mayor, según sea el caso, de conformidad con la cláusula denominada “Caso Fortuito o Causas de Fuerza Mayor” o por motivos imputables a PETROQUIMICA.

La ejecución de los servicios por parte del PROVEEDOR se realizará en: Las plantas, Óxido de Etileno y Acrilonitrilo del Complejo Petroquímico Morelos, y en horario de 8:00 a 20:00 horas y de 20:00 a 08:00. Conforme a las condiciones descritas en el anexo “B”, mismo que forma parte integrante de este contrato.

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4.- REMUNERACIÓN4.1 Monto

El presupuesto máximo que PETROQUIMICA podrá ejercer es de: $ 2, 025, 345.68 (Dos millones veinticinco mil trescientos cuarenta y cinco pesos 68/100 m.n.) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. Queda expresamente convenido que PETROQUIMICA no se obliga a agotar el presupuesto máximo establecido en este contrato.

El presupuesto mínimo que PETROQUIMICA se obliga a ejercer es de: $810, 138.27 (Ochocientos mil, ciento treinta y ocho 27/100 m.n.) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.

4.2 Facturación

El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos del COPADE (Codificación de pagos y descuentos), previa verificación de la recepción de los servicios en términos del contrato, la que podrá estar sustentada en la constancia que acredite la recepción de los servicios. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica.

El PROVEEDOR al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato, a la partida de los servicios prestados, la unidad de medida y al precio unitario de los servicios.

El PROVEEDOR emitirá facturación electrónica, y efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda de documentos electrónicos de PETROQUIMICA, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.

Una vez formalizado el contrato, deberá realizar los trámites de acceso a la Bóveda de Documentos Electrónicos en la Ventanilla Única, ubicada en _______________________________________________.

El plazo que transcurra entre la notificación electrónica de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente ésta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo para el pago. Una vez corregida la factura reiniciará el cómputo del plazo antes mencionado.

4.3 Condiciones y Forma de Pago

PETROQUIMICA pagará al PROVEEDOR el monto de los servicios prestados y aceptados de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los 20

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(Veinte) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la prestación de los servicios.

Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:

VENCIMIENTO INHÁBIL PAGODomingo Día hábil posteriorSábado Día hábil anterior

Lunes a jueves Día hábil posteriorViernes Día hábil anterior

En el caso particular del jueves y viernes de Semana Santa, el pago se efectuará al día hábil siguiente.

Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a PETROQUIMICA. En caso de que el PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a PETROQUIMICA a través de la ventanilla única ubicada en la planta baja lado externo del edificio técnico administrativo, con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate.

Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, éste tendrá 10 (Diez) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.

En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de PETROQUIMICA, a solicitud del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR.

El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los servicios hayan sido ejecutados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de

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México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago.

Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con _3_(Tres) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de PETROQUIMICA bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PETROQUIMICA.

4.4 Pagos en exceso

En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha en que se haya comunicado por escrito al PROVEEDOR sobre el pago en exceso y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de PETROQUIMICA. PETROQUIMICA procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de PETROQUIMICA.

4.5 Retenciones

No aplica

4.6 Ajustes de precios

No aplica

4.7 AnticipoNo aplica

4.8.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS

El PROVEEDOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente contrato, se le descuente cualquier cantidad por concepto de adeudos

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derivados de cualquier acto jurídico celebrado entre el PROVEEDOR y PETROQUIMICA.

CAPÍTULO 2 – GARANTÍAS, RESPONSABILIDADES Y SEGUROS

5.- GARANTÍASPARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN CLAUSULADOS DIFERENTES A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE MODELO, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS, RESPECTO DE LAS GARANTÍAS QUE SE DEBAN CONTRATAR.

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PETROQUIMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:

Póliza de fianza que se constituirá por el _10_% (Diez por ciento) del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PETROQUIMICA.

GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS

El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por la calidad de los servicios, deberá presentar a PETROQUIMICA dentro de los diez días naturales siguientes a que concluya el servicio, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de calidad de los servicios consistente en:

Póliza de fianza que se constituirá por el _10_% (Diez por ciento) del importe máximo de los servicios ejecutados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de que se concluya el servicio, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR manifiesta expresamente:

A. Que queda obligado ante PETROQUIMICA) para responder por la calidad de los servicios, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PETROQUIMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se

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requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PETROQUIMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PETROQUIMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los servicios o podrá llevarlos a cabo PETROQUIMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los servicios de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PETROQUIMICA exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PETROQUIMICA.

B. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUIMICA, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUIMICA.

C. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por la calidad de los servicios, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.

D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.

E. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por la calidad de los servicios, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PETROQUIMICA.

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F. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:

1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas.2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios.4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo,

que reúna los elementos necesarios de identificación y descripción de la mala calidad de los servicios y su cuantificación.

5. Copia del escrito donde se reclama al fiado de la mala calidad de los servicios.

La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de la Jefatura de Obra Pública ubicadas en a un costado de la portada principal (frente al servicio médico) en el interior de las instalaciones del Complejo Petroquímico Morelos ubicado en Ejido Pajaritos S/N, SC, C.P. 96380, Allende, Coatzacoalcos, Veracruz, Teléfono 01 (921) 211 4000 extensiones 30-757, 34-386 y 34-685 en el horario de: 9:00 a 15:00 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en el anexo “c”, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.

Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PETROQUIMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.

6.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES

El PROVEEDOR será el único responsable de la ejecución de los servicios y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale PETROQUIMICA y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de PETROQUIMICA o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.

Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto máximo del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el presente instrumento.

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Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros derivado por su actuar ilícito, o por dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin actuar ilícitamente y sin dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.

Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, lucro cesante, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.

Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.

El PROVEEDOR será el único responsable del cumplimiento de todas las obligaciones, compromisos y condicionantes ambientales previstos en las leyes federales, estatales, municipales y las autorizaciones emitidas por las autoridades ambientales, así como de los daños u afectaciones que cause al medio ambiente provocados por el manejo de sustancias, fluidos, combustibles, lubricantes, que se empleen o estén en su posesión o bajo control del PROVEEDOR, incluyendo el manejo integral de residuos peligrosos que provengan de los bienes de su propiedad; sin perjuicio de su responsabilidad frente a terceros. No obstante la responsabilidad ambiental del PROVEEDOR, PETROQUIMICA podrá establecer los controles y las medidas de supervisión que considere convenientes para cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones del PROVEEDOR en materia ambiental.

Conforme a esta cláusula y las leyes aplicables, el PROVEEDOR tendrá las siguientes obligaciones:

a) Deberá ejecutar el objeto del contrato preservando y conservando el medio ambiente sin causar daño a la propiedad pública o privada.

b) Deberá contar con sistemas de seguridad para proteger el medio ambiente y la salud y seguridad de todos los empleados y las instalaciones.

c) Deberá cumplir con los términos de todas las autorizaciones ambientales y mantener sus equipos en las mejores condiciones que permitan un desarrollo sustentable de conformidad con las leyes aplicables.

d) Deberá emplear personal calificado, equipos, maquinaria, materiales, procedimientos operacionales y en general las más actualizadas tecnologías que cumplan con los estándares o usos de la industria, así como planes de manejo de los residuos peligrosos que se generen derivado de la ejecución del contrato, aplicando el principio de la precaución o prevención, preservación de la diversidad biológica, de los

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recursos naturales y la preservación de la seguridad y salud de la población y su personal.

e) Deberá colaborar con las autoridades y los organismos, federales y estatales, encargados del cuidado del medio ambiente.

f) Asimismo el PROVEEDOR será responsable de que sus subcontratistas y sus proveedores cumplan con todas las obligaciones, compromisos y condicionantes ambientales previstas en las leyes aplicables, los estándares o usos de la industria o los permisos ambientales, así como que sean responsables de las afectaciones o los daños que causen al medio ambiente en la ejecución del contrato.

7.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor.

Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor.

Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos:

Cuando los servicios resulten dañados o destruidos por caso fortuito o fuerza mayor y éstos requieran ser rehabilitados o repuestos, el PROVEEDOR procederá a la inmediata rehabilitación o reposición de los servicios, para lo cual PETROQUIMICA le otorgará la prórroga que corresponda al tiempo que implique la rehabilitación o reposición de dichos servicios, lo anterior siempre que dicha prórroga no se utilice para corregir deficiencias o incumplimientos anteriores, imputables al PROVEEDOR. Los servicios serán pagados al PROVEEDOR por PETROQUIMICA conforme a la cláusula denominada “Condiciones de Pago y Facturación”.

La Parte que alegue caso fortuito o fuerza mayor deberá comunicarlo a la otra parte, dentro de un término que no excederá de treinta (30) días naturales a partir de la fecha en que hubiere tenido conocimiento de: (a) la presencia del evento de caso fortuito o fuerza mayor; y (b) el momento en que se estima que cese el evento de caso fortuito o fuerza mayor. En caso de que cualquiera de las partes no realice la comunicación en el término establecido, perderá su derecho de invocar el caso fortuito o fuerza mayor.

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La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba. En caso de que sea el PROVEEDOR quien invoque el caso fortuito o fuerza mayor, deberá hacerlo previamente a la fecha de cumplimiento de la obligación de que se trate, adjuntando a su solicitud, en original o copia certificada, apostillada o legalizada, toda la documentación con la que pretenda acreditar el caso fortuito o fuerza mayor; en su caso, la documentación en idioma distinto al español o inglés deberá acompañarse de la debida traducción simple al español. Si alguna prueba documental no obra en poder del PROVEEDOR en la fecha en que presenta su solicitud, deberá hacer mención de ella en la misma, exponiendo las razones por las cuales no puede anexarla y deberá adjuntar el medio probatorio con el que se acredite que está siendo tramitada, para efecto de que sea considerada; en caso contrario, no será admitida posteriormente.

En caso de suspensión de los servicios derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula “Suspensión” de este contrato.

En caso de terminación anticipada de los servicios derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

8.- RESPONSABILIDAD LABORAL

El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal y de los empleados que ocupe o llegare a ocupar para la prestación de los servicios objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores, los de sus subcontratistas y los de sus vendedores y, en su caso, de los beneficiarios de cualquiera de éstos.

Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, que él y sus subcontratistas disponen de los elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus trabajadores o los de sus subcontratistas, beneficiarios o causahabientes y, PETROQUIMICA.

Por lo anterior, el PROVEEDOR acepta que PETROQUIMICA deducirá de los pagos a los que tenga derecho el PROVEEDOR, el monto de cualquier requerimiento de pago derivado de laudo firme ordenado por las Juntas Locales o Federales de Conciliación y Arbitraje, con motivo de los juicios laborales instaurados en contra de PETROQUIMICA por cualquiera de las personas antes mencionadas del PROVEEDOR o sus respectivos vendedores y/o subcontratistas.

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Sin menoscabo de lo anterior, en caso de cualquier reclamación, demanda o contingencia laboral, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de los funcionarios o trabajadores, incluyendo sus beneficiarios o causahabientes, tanto del PROVEEDOR como de sus vendedores y/o subcontratistas, que pueda afectar los intereses de PETROQUIMICA o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación, demanda o contingencia laboral, obligándose también a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios en cuanto así se lo solicite por escrito, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal contingencia laboral.

9.- SEGUROS

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que estime necesario.

CAPÍTULO 3 – MODIFICACIONES

10.- MODIFICACIONES AL CONTRATO

Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente:

I. Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de:

a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes,

b. Los términos relativos a objeto, monto o plazo del contrato, y

c. Las consecuencias derivadas de la cesión de los derechos y obligaciones del presente contrato.

II. Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, cuando se trate de:

a. Prórroga a la fecha de terminación del plazo por suspensión en términos de la cláusula denominada “Suspensión”, y b. Cualquier otra modificación no incluida en la fracción I de esta cláusula.Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación.

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El PROVEEDOR deberá entregar a PETROQUIMICA el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula.

CAPÍTULO 4 – CESIÓN Y CAMBIO DE CONTROL

LA SIGUIENTE CLÁUSULA SE INCLUIRÁ CUANDO SE PERMITA AL PROVEEDOR LA CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATO:11.- CESIÓN Y CAMBIO DE CONTROL

El PROVEEDOR podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos u obligaciones derivadas del presente contrato, con la autorización previa y por escrito de PETROQUIMICA, la cual deberá obtener con la intervención del área jurídica.

El PROVEEDOR deberá acreditar que la persona a la que pretende ceder o transferir las obligaciones y derechos del presente contrato, preserve las capacidades técnicas, financieras y demás necesarias para cumplir adecuadamente en términos del artículo 54 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, con las obligaciones del PROVEEDOR y las consecuencias de dicha cesión se deberán formalizar mediante convenio modificatorio al presente contrato.

El PROVEEDOR se asegurará de no sufrir, directa o indirectamente, un cambio de control durante la vigencia del Contrato, sin el consentimiento previo de PETROQUIMICA, queda entendido que aun cuando el cambio de control no pudiera ser evitado por el PROVEEDOR PETROQUIMICA podrá rescindir el Contrato conforme a la Cláusula denominada “RESCISIÓN”, si dicho cambio de control se da sin el consentimiento previo de PETROQUIMICA. Para efectos de lo anterior, “control” del PROVEEDOR significa el poder para dirigir o cambiar, directa o indirectamente, la gestión o políticas de administración del PROVEEDOR, bien sea mediante la tenencia de acciones o de otros valores con derecho de voto o a través de cualquier otro medio.

Para el caso de cesiones o transferencias de acciones, partes sociales o intereses entre empresas del mismo Grupo Corporativo del PROVEEDOR, así como de operaciones por ventas en mercado de valores, el PROVEEDOR deberá informar a PETROQUIMICA en un plazo no mayor de 30 (treinta) días naturales contados a partir de que ocurra dicho evento, la forma y términos de tales cesiones.

11. CESIÓN DE DERECHOS DE COBRO

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El PROVEEDOR podrá ceder los derechos de cobro que se deriven del presente contrato, en cuyo caso se deberá contar con la autorización de PETROQUIMICA, con la intervención del área jurídica.

Para el caso de la cesión total de los derechos de cobro, se deberá celebrar un contrato de cesión de derechos, entre el cedente (PROVEEDOR) y el cesionario, como un requisito de procedencia de la cesión de los derechos de cobro, con una cláusula suspensiva en la que se señale que no obstante que la cesión es por el 100% de los derechos de cobro, ésta solo se podrá hacer efectiva por las facturas derivadas de las ordenes por servicios prestados, es decir que los derechos de cobro nacerán hasta que se hayan realizado y recibido los servicios, y se hayan autorizado las ordenes correspondientes.

El PROVEEDOR sólo podrá ceder parcialmente sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y PETROQUIMICA otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”.

Para la cesión parcial de derechos de cobro no se requerirá la celebración de convenio entre las partes.

CAPÍTULO 5 –PENALIZACIONES

12.- PENALIZACIONES

Las partes en el presente contrato, acuerdan que PETROQUIMICA aplicará penalizaciones por causas imputables al PROVEEDOR en los siguientes supuestos:

I. POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA ORDEN DE SERVICIOS

Las partes convienen expresamente que en caso de que el proveedor no ejecute los servicios en el plazo establecido en cada orden de servicio que haya sido expedida por petroquímica o cualesquiera ampliaciones autorizadas por escrito por éste, el proveedor deberá pagar a petroquímica, como pena convencional por cada día natural de atraso de los servicios, una cantidad equivalente al (porcentaje de pena convencional con número y letra) % del monto total de los servicios pendientes de ejecutar.

La aplicación de penas convencionales no causará un cambio en los plazos y/o fechas que para la conclusión de los servicios hayan sido establecidas en la orden de servicio, ni tampoco liberarán al proveedor de su obligación de mejorar

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su progreso para lograr cumplir con cualquier plazo y/o fecha o corregir la falla que lo impida.

las penas convencionales a las que el proveedor se haga acreedor por atraso en la ejecución de los servicios, se calcularán, a partir del día siguiente del vencimiento del plazo pactado para la ejecución de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio.

II. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS AL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL

De conformidad con lo establecido en la cláusula denominada “Grado de Integración Nacional”, si como resultado de la verificación documental del grado de integración nacional de los servicios realizados por el proveedor, se determina que éste es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el anexo GIN el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a lo establecido en el anexo referido, y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al presente contrato hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta situación.

III. INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO “SSPA”

En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el Formato 4 del anexo “SSPA” del presente contrato, PETROQUIMICA aplicará las penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del referido anexo “SSPA”, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del anexo “SSPA” siguientes: “GUÍA DE LLENADO”, “REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA” y “CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO”.

El monto de las penalizaciones no podrá exceder de 10 %.

El PROVEEDOR acepta, que PETROQUIMICA aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas

penas.- Las facturas que genere el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga

celebrado con PETROQUIMICA.

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Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.

CAPÍTULO 6 – OBLIGACIÓN SOLIDARIA, GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL, CLÁUSULA FISCAL, BUENA FE Y EQUIDAD, OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR Y OTRAS ESTIPULACIONES.

13.- OBLIGACIÓN SOLIDARIA

14.- GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL

El PROVEEDOR se obliga a prestar los servicios objeto del presente contrato cumpliendo al menos con el grado de integración nacional al que se comprometió en su propuesta durante el procedimiento de contratación, en los términos del anexo GIN de este contrato. Dicho porcentaje deberá ser mantenido no obstante las subcontrataciones que realice.

PETROQUIMICA podrá llevar a cabo durante la vigencia del contrato, directamente o por medio de terceros, la verificación del cumplimiento del grado de integración nacional al que se comprometió el PROVEEDOR en su propuesta durante el procedimiento de contratación de los servicios objeto de este contrato.

El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones a que se refiere la presente cláusula será sujeto de penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de Penas Convencionales del presente contrato y, asimismo, será causal de rescisión de este acuerdo de voluntades.

15.- CLÁUSULA FISCAL

Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que PETROQUIMICA realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia.

16.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

El PROVEEDOR será el único responsable cuando los servicios objeto de este contrato, no se hayan realizado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte de PETROQUIMICA por lo que en estos casos PETROQUIMICA podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos servicios que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR

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procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los servicios rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su conclusión.

Si el PROVEEDOR realiza servicios por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir y prestar el servicio en estricto cumplimiento con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PETROQUIMICA para la ejecución de los servicios.

El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen y, en su caso, la información que sobre este contrato le sea requerida a PETROQUIMICA por la Secretaría de Energía y sus Órganos Desconcentrados.

Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para la conclusión satisfactoria de los servicios en los términos de este contrato.

17.- OTRAS ESTIPULACIONES

Cuando los servicios se efectúen en el interior de las instalaciones de PETROQUIMICA, el PROVEEDOR, para la realización de los mismos, deberá preferir en igualdad de condiciones y sin perjudicar los derechos que conforme a la ley tengan terceros, al personal que proponga el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana.

CAPÍTULO 7 – BUENA FE Y EQUIDAD Y COMPROMISO CONTRA LA CORRUPCIÓN

18.- BUENA FE Y EQUIDAD

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En el cumplimiento de sus obligaciones bajo el Contrato, PETROQUIMICA y el PROVEEDOR actuarán de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; demás disposiciones legales mexicanas aplicables, así como en base a los principios de buena fe y equidad.

Buena fe y equidad en este contexto incluye, sin limitar, el deber de cooperar, no disimular intencionalmente el error una vez conocido y cumplir el Contrato en beneficio mutuo, aceptando que cada uno tiene el derecho de alcanzar sus objetivos y requiere de PETROQUIMICA y el PROVEEDOR:

a) Compartir información relevante con la otra parte, sujeta solamente a las obligaciones de confidencialidad;

b) Cooperar y consultarse en la forma que sea necesario para alcanzar la terminación de la totalidad de los Servicios;

c) Advertir de potenciales consecuencias, incluidas las de costos de acciones propuestas;

d) Evitar interferencias innecesarias en la actividad de la otra parte; ye) Responder los cuestionamientos de la otra parte de una manera oportuna, lo

cual, si es posible, no impedirá el avance de los Servicios.

Cada vez que se requiera de consulta entre PETROQUIMICA y el PROVEEDOR en términos del Contrato, significa que habrá un intercambio directo de opiniones antes de tomar las decisiones finales sobre la materia.

19.- COMPROMISO CONTRA LA CORRUPCIÓN

Durante la ejecución del contrato, las partes se conducirán con apego a los principios de transparencia, honradez e imparcialidad; se obligan a denunciar los actos de corrupción que tengan conocimiento; en general, cumplirán con lo establecido en la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y se comprometen a actuar conforme a los principios consignados en los instrumentos internacionales señalados en la declaración 3 del presente acuerdo de voluntades.

EL “PROVEEDOR” deberá de acordar con sus subcontratistas en los contratos que al efecto celebren que se comprometen a cumplir con las disposiciones que en materia de anticorrupción aplique.En caso de que el “PROVEEDOR” o sus filiales o subcontratistas incurran en cualquiera de los actos señalados en la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, en el Código Penal Federal o en la Ley Federal de Competencia Económica mencionados en la declaración 3 del presente contrato, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional o administrativa competente en territorio nacional que cause ejecutoria, PETROQUIMICA lo considerará como un incumplimiento

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sustancial al contrato y se procederá conforme a lo establecido en la cláusula denominada “Rescisión del contrato”.

CAPÍTULO 8 – RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS Y FINIQUITO

20.- RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS

PETROQUIMICA recibirá los servicios objeto de este contrato, cuando éstos se hayan ejecutado y concluido de acuerdo con los alcances y estipulaciones convenidas.

El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la aceptación de los servicios en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por PETROQUIMICA Una vez recibidos y aceptados los servicios, PETROQUIMICA, entregará al PROVEEDOR una constancia de aceptación de servicios.

21.- FINIQUITO

Concluidos los servicios, PETROQUIMICA a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de 30 (treinta) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado.

El plazo mencionado en el primer párrafo de la presente cláusula, podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes, hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.Si procede, PETROQUIMICA solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PETROQUIMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

CAPÍTULO 9 – SUBCONTRATACIÓN, SUPERVISIÓN, SOPORTE DE LOS SERVICIOS Y NORMAS DE CALIDAD

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22.- SUBCONTRATACIÓNEn caso de que el PROVEEDOR requiera subcontratar cualquier parte del contrato, que no haya incluido en su propuesta, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto con 5 (cinco) días naturales de anticipación a la pretendida subcontratación, indicando: (i) el nombre del posible subcontratista; (ii) la parte del contrato a ser subcontratada; y (iii) la información suficiente para que PETROQUIMICA esté en condiciones de evaluar la capacidad técnica del posible subcontratista. Asimismo, PETROQUIMICA tendrá el derecho de solicitar al PROVEEDOR cualquier información adicional a la entregada por éste, a fin de autorizar la subcontratación en cuestión. PETROQUIMICA tendrá un período de 5 (cinco) días naturales a partir de la fecha de recepción de la notificación, o a partir de la fecha de recepción de la información adicional solicitada, para aceptar o rechazar por escrito la celebración de dicho contrato. En caso de que transcurra el plazo antes referido sin que PETROQUIMICA haya aceptado o rechazado por escrito la solicitud del PROVEEDOR, ésta se tendrá por no aceptada.

Lo anterior, sin perjuicio de la obligación del PROVEEDOR de cumplir el grado de integración nacional al que se comprometió en su propuesta de conformidad con el anexo____.

En el supuesto de que el PROVEEDOR desee sustituir a un subcontratista, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto en los términos señalados en la presente cláusula, no siendo esto motivo de incremento en los precios pactados ni en el plazo de ejecución.No obstante cualquier subcontratación, el PROVEEDOR es y será el único responsable de las obligaciones del contrato. Los subcontratistas no tendrán acción o derecho alguno que hacer valer en contra de PETROQUIMICA. Por lo tanto, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PETROQUIMICA de cualquier demanda o reclamación de cualquier tipo, incluyendo las de carácter laboral, que pudieran presentar los subcontratistas por la ejecución de los servicios relacionados con el contrato.

23.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOSPETROQUIMICA, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, realizará la supervisión de los servicios objeto de este contrato.

El PROVEEDOR acepta que el representante del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato de PETROQUIMICA vigilará y revisará en todo tiempo los servicios objeto de este contrato y dará al PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida, así como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el PROVEEDOR.

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La supervisión de los servicios que realice PETROQUIMICA no libera al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de responder por deficiencias en la calidad de los servicios una vez concluidos éstos. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato.

Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para prestar los servicios a que se refiere este contrato.

El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por PETROQUIMICA, quien determinará si reúne los requisitos señalados.

En cualquier momento o por razones justificadas, PETROQUIMICA podrá solicitar el cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos señalados en esta cláusula.

Para este contrato aplicará el siguiente procedimiento de supervisión: PA-800- 70600-01 Rev. 01.

Al término de la supervisión, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los servicios fueron realizados de conformidad con este contrato.

24.- SOPORTE DEL SERVICIO

El PROVEEDOR, en relación con los servicios objeto del presente contrato, se compromete a mantener localmente una existencia mínima de refacciones con sus respectivas inversiones de partes y logística, equipos de respaldo, equipos de laboratorio, atención telefónica así como, contar en su caso, con soporte a nivel (nacional o internacional) e invariablemente con el personal técnico capacitado, actualizado y disponible para la debida prestación de los servicios en la forma y tiempo requerido por PETROQUIMICA, de acuerdo con sus necesidades de operación.

25.- NORMAS DE CALIDAD EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOSEl PROVEEDOR acepta que la ejecución de los servicios objeto de este contrato y que preste a PETROQUIMICA están bajo una certificación normativa, conforme a los Certificados de Calidad: NRF-059-PEMEX-2012, NRF-030-PEMEX-2009, NMX-CC-9001-IMNC-2008.

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CAPÍTULO 10 – TOTALIDAD DEL CONTRATO, COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES, REPRESENTANTES DE LAS PARTES E IDIOMA

26.- TOTALIDAD DEL CONTRATO

Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del contrato.

27.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES

Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente:

Comunicaciones a PETROQUIMICA:

Las comunicaciones relacionadas con este contrato, deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento, ubicada en el interior del Complejo Petroquímico Morelos a un costado de la Gasolinera, en Ejido Pajaritos S/N. SC, C.P. 96380, Villa Allende, Coatzacoalcos, Ver., con el Ing. Victor Antonio Cabrera Superintendente, al teléfono 01 (921) 211 4000, ext. 30-744, 30-745 y correo electrónico [email protected]; o con el Ing. Martin Hernandez Aquino, Supervisor del contrato al teléfono (01) 921 21 1 40 00, extensión 34 524, correo electrónico: [email protected], Adscrito a la Superintendencia de Programación y Ejecución de Mantenimiento.

Comunicaciones al CONTRATISTA:

Las comunicaciones relativas a cuestiones legales, técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al representante del CONTRATISTA, conforme a lo establecido en la cláusula 36 del presente contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral (2.4) del apartado de declaraciones de este contrato.

28.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES

PETROQUIMICA, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, supervisará la ejecución del presente contrato, a través de su representante, que será el Ing. Martin Hernandez Aquino, dará al

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PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las modificaciones que, en su caso, ordene PETROQUIMICA.

El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien contará con todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución del contrato, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público.

En cualquier momento, por causas justificadas, PETROQUIMICA podrá solicitar el cambio de cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos correspondientes.

29.- IDIOMA

La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones.

Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato.

CAPÍTULO 11 – SUSPENSIÓN, TERMINACIÓN Y RESCISIÓN

30.- SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS

PETROQUIMICA tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato, en cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del contrato así lo requieran, sin que ello implique la terminación anticipada del mismo, para lo cual PETROQUIMICA comunicará al PROVEEDOR, señalándole las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación del contrato.

Cuando PETROQUIMICA determine la suspensión del contrato, las partes, a partir de la notificación que dé por terminada la suspensión, suscribirán una memoranda de entendimiento o cualquier otro documento donde se reconozca el plazo de la suspensión, las fechas de reinicio y terminación de los servicios, así como la prórroga a la fecha de terminación del plazo de ejecución del contrato, sin modificar el plazo de ejecución establecido originalmente en el mismo y el PROVEEDOR podrá solicitar el pago de los gastos en que haya incurrido durante el periodo de la suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo siguiente:

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treinta por ciento de las rentas del equipo inactivo o, si resulta más barato, los fletes del retiro y regreso del equipo al inmueble en el que se presta el servicio, y

Hasta el veinte por ciento de la renta de las oficinas que hubiere arrendado el proveedor, con el objeto de atender directamente las necesidades del servicio.

Cuando las suspensiones se deriven de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad alguna para las partes. El pago de los gastos se limitará a lo siguiente:

a) los gastos no amortizados por concepto de: La instalación y retiro de equipo destinados directamente a la prestación del

servicio o entrega de los bienes. Oficinas, almacenes o bodegas que hubiere rentado el PROVEEDOR, con el

objeto de atender directamente las necesidades de la prestación del servicio o la entrega de los bienes,

b) El importe de los materiales y equipos de instalación permanente adquiridos por el PROVEEDOR para el cumplimiento del contrato, que no puedan ser utilizados por él mismo para otros fines, y

Los gastos en que incurra el PROVEEDOR por concepto de liquidación del personal técnico y administrativo directamente adscrito a la prestación del servicio o entrega de los bienes, siempre y cuando hayan sido contratados para el cumplimiento del contrato y la liquidación se lleve a cabo ante autoridad competente.

Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo dispuesto por la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.

30.1 Prórroga a la Fecha de Terminación

Las partes acuerdan que el plazo de ejecución no será motivo de modificación alguna en el caso de que se determine suspender total o parcialmente la ejecución del presente contrato, por cualquiera de las siguientes causas: i) por caso fortuito o fuerza mayor, ii) por suspensión ordenada por PETROQUIMICA, o iii) por cualquier acto u omisión de PETROQUIMICA o de otro contratista o proveedor que trabaje en el sitio, sin que se trate del PROVEEDOR o cualquiera de sus subcontratistas.

Si se actualiza cualquiera de los supuestos señalados en el párrafo anterior, únicamente dará lugar a una prórroga a la fecha de terminación del contrato sin

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modificarse el plazo de ejecución. Lo anterior, de acuerdo a lo dispuesto en las cláusulas de “Modificaciones al Contrato” y “Suspensión” de este contrato.

31.- TERMINACIÓN ANTICIPADA

Atendiendo a las necesidades del Proyecto, las partes podrán convenir la terminación anticipada del presente contrato.

I. Por caso fortuito o fuerza mayor;II. Por no poder determinar la temporalidad de la suspensión; III. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; IV. Cuando se determine la nulidad total o parcial de actos que dieron origen al

contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública o los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos, y

V. Cuando lo determine PETROQUÍMICA.

Convenida la terminación anticipada, el PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de PETROQUÍMICA, el pago por los servicios ejecutados hasta la fecha de terminación anticipada, así como el correspondiente a los gastos generados por la Terminación Anticipada, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.

a) los gastos no amortizados por concepto de: La instalación y retiro de equipo destinados directamente a la prestación del

servicio o entrega de los bienes. Oficinas, almacenes o bodegas que hubiere rentado el PROVEEDOR, con el

objeto de atender directamente las necesidades de la prestación del servicio o la entrega de los bienes,

b) El importe de los materiales y equipos de instalación permanente adquiridos por el PROVEEDOR para el cumplimiento del contrato, que no puedan ser utilizados por él mismo para otros fines, y

Los gastos en que incurra el PROVEEDOR por concepto de liquidación del personal técnico y administrativo directamente adscrito a la prestación del servicio o entrega de los bienes, siempre y cuando hayan sido contratados para el cumplimiento del contrato y la liquidación se lleve a cabo ante autoridad competente.

En caso de terminación anticipada, el finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la fecha de que se haya convenido la misma, en los términos de la cláusula denominada " FINIQUITO".

PETROQUÍMICA podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la terminación anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del

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finiquito. PETROQUÍMICA hará constar en el finiquito, la recepción de los servicios que haya ejecutado el PROVEEDOR hasta la terminación anticipada del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PETROQUÍMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

32.- RESCISIÓN DEL CONTRATO

32.1 Rescisión administrativa

PETROQUÍMICA podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, mediante el procedimiento establecido en esta cláusula, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) No ejecute los servicios de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos;

b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato;

c) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga, o pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato;

CUANDO PARA LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS SE LE HAYA REQUERIDO AL PROVEEDOR OBTENER PERMISO O AUTORIZACIÓN GUBERNAMENTAL:d) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

e) Interrumpa injustificadamente o abandone los servicios o se niegue a reponer los mismos, que hubiere sido detectada como defectuosa por PETROQUÍMICA;

f) Cuando sin autorización expresa de PETROQUÍMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma, así como las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, que impliquen un cambio de control, en este último supuesto, siempre que no se ponga en riesgo el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato;

CUANDO DENTRO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN SE HUBIERA ESTABLECIDO COMO REQUISITO TENER UNA DETERMINADA NACIONALIDAD.

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g) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;

h) Si no da cumplimiento al porcentaje de grado de integración nacional en los términos de la cláusula denominada “Grado de Integración Nacional”;

i) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Compromiso contra la Corrupción”;

j) Si no da a PETROQUÍMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección y supervisión de los servicios;

k) Si no entrega a PETROQUÍMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”;

l) Cuando incumpla las obligaciones contenidas en el anexo “SSPA” de este contrato, que se consideren en el mismo como causal de rescisión.ATENDIENDO A LAS CARACTERÍSTICAS, MAGNITUD Y COMPLEJIDAD DEL CONTRATO SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO.

En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PETROQUÍMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, en caso de que el incumplimiento sea subsanable, (a excepción de los supuestos señalados en los incisos c, d y f antes señaladas), sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PETROQUÍMICA atendiendo a las circunstancias del contrato y será formalizado en términos de lo establecido en la fracción II de la cláusula denominada “Modificaciones al Contrato”. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.

En caso de que PETROQUÍMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PETROQUÍMICA, en un plazo de 10 (Diez) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la prestación de los servicios, objeto del presente contrato.

En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida la determinación respectiva, PETROQUÍMICA, precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de los servicios ejecutados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.

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El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder, en su caso, a hacer efectivas las garantías por el saldo que resulte a favor de PETROQUÍMICA.

PETROQUÍMICA podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. PETROQUÍMICA hará constar en el finiquito, la recepción de los servicios que haya realizado el PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato.

El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.

En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PETROQUÍMICA, procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.

32.2 Procedimiento de Rescisión Administrativa

El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que PETROQUÍMICA notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, los pruebas que estime pertinentes.

La determinación de PETROQUÍMICA de dar o no por rescindido el contrato, deberá estar fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes a aquél en que se hubieren recibido los argumentos y pruebas, o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior.

En caso de que PETROQUÍMICA resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva.

La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por PETROQUÍMICA al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

32.3 Rescisión por causas imputables a PETROQUÍMICA

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El PROVEEDOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PETROQUÍMICA se actualice alguno de los siguientes supuestos:

a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;

b) Por no poner a disposición del PROVEEDOR el sitio donde se presten los servicios objeto de este contrato, cuando así corresponda; o

c) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo.

CAPÍTULO 12 – RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

33.- MECANISMOS DE SEGUIMIENTO, PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

En caso de que durante la ejecución de los servicios objeto del presente contrato, surjan controversias de carácter técnico o administrativo, el PROVEEDOR podrá interponer reclamo ante el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.

Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, contrastara la versión final de las bases de licitación o los términos de referencia, el contrato y sus anexos, contra el o los documentos que hayan sido presentados por el PROVEEDOR para soportar su reclamo.

El procedimiento para resolver el reclamo, se llevará a cabo de la siguiente manera:

El PROVEEDOR deberá presentar su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, indicando los temas en controversia, en un plazo de 10 (diez) días naturales, contados a partir de que surja la controversia.

La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de un reclamo de carácter técnico o administrativo sujeto a resolución y contendrá como mínimo:

a) Descripción pormenorizada de los hechos en controversia, relacionándolos en forma específica con la documentación con la que se pretenda demostrar el reclamo;b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y legales que fundamenten su reclamo;c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la controversia, debidamente ordenada e identificada con número de anexo.

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El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, verificará que el reclamo haya sido presentado en tiempo y forma; en caso contrario lo desechará.

Si el reclamo no es desechado, el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, comunicará por escrito al PROVEEDOR el inicio del procedimiento, quien tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles para presentar todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud.

El titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en controversia y citará por escrito al PROVEEDOR dentro de un plazo de 3 (tres) días naturales contados a partir del vencimiento del plazo a que se refiere el párrafo anterior, para iniciar las aclaraciones.

El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, tendrá un plazo de 03 (tres) días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el PROVEEDOR para emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión.

Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio correspondiente.

Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, no es aceptada por el PROVEEDOR, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.

34.- CONCILIACIÓN

Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos.

En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva.

35.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

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En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la aplicación de las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor, así como a la jurisdicción de los Tribunales Federales de (Ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, México), por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro aun tratándose de jurisdicción federal, o por cualquier causa.

CAPÍTULO 13 – CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD INTELECTUAL

36.- CONFIDENCIALIDAD

El PROVEEDOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad exclusiva de Ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, México, y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de PETROQUIMICA. El PROVEEDOR garantiza que dicha información será revelada a sus empleados únicamente en la medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio alguno, tomar fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier miembro del público, la prensa, entidad comercial o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de PETROQUIMICA. Con el objeto de cumplir con las obligaciones anteriores, el PROVEEDOR conviene en tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el establecimiento de procedimientos, en consulta con PETROQUIMICA para asegurar la confidencialidad de dicha información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a cualquier parte no autorizada, así como remediar cualquier revelación no autorizada, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el requerir la celebración de contratos de confidencialidad por sus empleados y el instituir medidas de seguridad.

De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal, administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el procedimiento de adjudicación o durante el desarrollo de los servicios, así como aquella información o documentación que origine cualquier reclamo o controversia técnica.

No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la información de dominio público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del contrato; (ii) la información que haya sido obtenida con anterioridad a su divulgación sin violar alguna obligación de confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros que tengan derecho a divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; (iv) la información que deba ser divulgada por

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requerimiento de leyes o requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la parte requerida a sanciones civiles, penales o administrativas, y (v) la parte requerida notifique a la parte afectada con toda prontitud la solicitud de dicha divulgación.

Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de 10 (diez) años contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo.

37.- PROPIEDAD INTELECTUAL

El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.

En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los servicios materia del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PETROQUIMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PETROQUIMICA en relación con el asunto.

Si se actualiza dicho supuesto, PETROQUIMICA dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de 5 (cinco) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PETROQUIMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación.

El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a PETROQUIMICA respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de PETROQUIMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa.

En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a PETROQUIMICA.

Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de PETROQUIMICA de los derechos de propiedad intelectual generados.

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CAPÍTULO 14 – CLÁUSULAS OPCIONALES

38.- COMPENSACIONES ADICIONALES

PETROQUIMICA otorgará compensaciones adicionales al PROVEEDOR conforme a lo establecido en el anexo “__”. CON BASE EN EL MODELO ECONÓMICO, LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINARA LA FORMA, EL MONTO, Y EL PAGO DE DICHAS COMPENSACIONES, EN RAZÓN DE UNA MAYOR UTILIDAD, UN MEJOR RESULTADO DE LA OBRA O SERVICIOS.

39.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNOLA INCLUSIÓN O LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ VARIAR DE ACUERDO AL SISTEMA FINANCIERO O EL MECANISMO BAJO EL CUAL SE EMITA EL CONTRATO POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIOLos conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia, centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en el anexo __ del presente contrato, corresponden a datos de control interno de PETROQUIMICA que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR.

40.- CONDICIÓN SUSPENSIVAÚNICAMENTE PARA CONTRATOS CUYA VIGENCIA INICIE EN EL EJERCICIO FISCAL SIGUIENTE DE AQUÉL EN EL QUE SE FORMALIZAN. Este contrato estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año en que se prevé el inicio de su vigencia, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes.

41.- FUENTES DE FINANCIAMIENTOESTA CLÁUSULA APLICA A LOS CONTRATOS QUE CELEBREN PETRÓLEOS MEXICANOS, PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, PEMEX REFINACIÓN, PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA Y PEMEX PETROQUÍMICA CUYO MONTO TOTAL (LA SUMA DEL MONTO EN PESOS Y EL EQUIVALENTE EN PESOS DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA) SEA SUPERIOR A 100 MILLONES DE PESOS*.

* EN EL CASO DE CONTRATOS ABIERTOS EN LOS CUALES SE ESTABLECE UN MONTO MÍNIMO, DICHO MONTO MÍNIMO SE DEBERÁ CONSIDERAR COMO EL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, PARA EFECTOS DE FIJAR EL UMBRAL A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR.

PARA DETERMINAR EL IMPORTE EQUIVALENTE EN PESOS, DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA, SE DEBERÁ UTILIZAR EL TIPO DE CAMBIO VIGENTE PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA, PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA, QUE EL BANCO DE MÉXICO DETERMINE Y PUBLIQUE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONESEl PROVEEDOR reconoce que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que deriven del presente contrato. El PROVEEDOR conoce y se obliga a informar oportunamente a sus proveedores y/o subcontratistas, sobre los requisitos

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relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, para garantizar el cumplimiento de lo establecido en esta cláusula.

La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato], en la inteligencia de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, el PROVEEDOR se obliga a hacerla del conocimiento de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), inmediatamente después de que el PROVEEDOR tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato.

El PROVEEDOR se obliga a entregar al(a las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento (documentos y/o documentos electrónicos), que en su caso corresponda; la cual se deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato] denominado “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, siguiendo para tal efecto las instrucciones y formatos específicos vigentes que se contienen en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” que le fue entregado previo a la firma de este contrato. El Instructivo vigente, a que se refiere esta cláusula, también se encuentra disponible en la siguiente página de Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

Si el PROVEEDOR ha cumplido con la entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, el área responsable (“Módulo de Financiamiento”):

a) registrará en los sistemas sobre dicho cumplimiento, con lo que el PROVEEDOR podrá continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s), o

b) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación”, el cual formará parte de la documentación que el PROVEEDOR presente para continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s).

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no estará obligado a dar trámite al pago de su(s) factura(s) cuando el PROVEEDOR injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.

(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.

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De la misma forma, el PROVEEDOR acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le indique oportunamente.

CAPÍTULO 15 – ANEXOS

42.- ANEXOS DEL CONTRATO

Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen. (SE RECOMIENDA QUE LOS ANEXOS SEAN FIRMADOS POR QUIEN SUSCRIBA EL CONTRATO EN EL APARTADO DE REVISIÓN TÉCNICA)

Anexo “____”.- “Especificaciones y Condiciones de la Prestación de los Servicios”Anexo “____”.- “Texto de la(s) garantía(s)”Anexo “____”.- ____ Anexo “SSPA” “Obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios” (CUANDO APLIQUE)Anexo “____”.- “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” (CUANDO APLIQUE)Anexo “____”.- “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (CUANDO APLIQUE)

Asimismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato.

LA FECHA DE FIRMA DEBERÁ CORRESPONDER A AQUELLA EN QUE EL PROVEEDOR SUSCRIBA EL CONTRATO Y LA MISMA DEBERÁ ESTABLECERSE EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES APLICABLES.Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, el día ____ de _________ de ____.

IV. FIRMAS

POR PETROQUIMICA

_______________________________

(Nombre del Representante de PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)

APODERADO

POR EL PROVEEDOR

_________________________________(Nombre del Representante del PROVEEDOR)

APODERADO

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SE RECOMIENDA INCLUIR LAS SIGUIENTES FIRMAS:

REVISIÓN TÉCNICA

___________________________

REVISIÓN ADMINISTRATIVA

___________________________

SE DEBERÁ DE INCLUIR LA PRESENTE FIRMA AL FINAL DE LA MATRIZ DE FIRMAS

REVISIÓN JURÍDICAPOR PARTE DE LA DIRECCIÓN JURÍDICA

________________________________

DOCUMENTO 12

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CAUSAS DE DESECHAMIENTO

Se desecharán las proposiciones de los licitantes que incurran en una o algunas de las situaciones que a continuación se enlistan:

1. No presentar el DOCUMENTO 03 para acreditar la existencia y personalidad jurídica del licitante de conformidad con el numeral 4 inciso A), del Documento 02 de estas bases.

2. No presentar copia del comprobante de pago de bases. Para el caso de pago a través del sistema en banco, si el pago de bases no se realizó en tiempo, forma y por la cantidad indicada, de conformidad con lo indicado en el inciso A), ultimo, penúltimo y antepenúltimo párrafo del numeral 1.2 del Documento 02 estas bases de Invitación.

3. Si la proposición no está firmada autógrafamente, por el apoderado o representante que firme el Documento 03, de conformidad con lo indicado en el segundo párrafo el numeral 4 inciso A), del Documento 02 de estas bases.

4. No presentar su propuesta redactada en idioma español, si presenta tachaduras o enmendaduras y firmada autógrafamente por persona facultada para ello, de conformidad con el numeral 4 inciso B) del Documento 02 de estas bases.

5. No entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, de conformidad con el numeral 4 inciso C) del Documento 02 y Documento 07 de estas bases.

6. Cuando la Empresa licitante se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en el artículo 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y artículo 12 de las DAC´S.

7. Si no satisface cualquiera de los requisitos técnicos establecidos en el Documento 01, y en su caso las aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a las bases y en la versión final de las bases que se haya emitido, de conformidad con el numeral 4 inciso D) del Documento 02 y Documento 06 de estas bases.

8. Se desechará la propuesta que incurra en alguno(s) de los supuestos siguientes:

Que agregue la leyenda “o similar” a la marca que propone Que indique “marca propia” o “cotizo mi marca” Que proponga más de una marca para un mismo bien Que no manifieste el plazo, lugar y condiciones de entrega que propone. Que algún documento esté firmado por “ausencia” o “por atención”

9. El No señalar dentro de su proposición, que en la realización de los servicios los bienes que utilice como refaccionamiento deberán ser nuevos, de conformidad con el numeral 4 inciso L) del Documento 02 de estas bases.

10. Que proponga un plazo de entrega mayor al plazo máximo establecido en el numeral 13.2 del Documento 02 de estas bases.

11. No elaborar su propuesta económica en pesos mexicanos. Proponer precios condicionados o variables. Si manifiesta que los precios incluyen el I.V.A., de conformidad con el numeral 4 inciso E) del Documento 02 y Documento 06-A de estas bases.

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12. Cuando el (los) precio(s) ofertado(s) por el licitante no fueren aceptables o convenientes de acuerdo al numeral 4.4.3 incisos C) del Documento 02 de estas bases.

13. El señalar condicionantes dentro de sus proposiciones, a cualesquiera de los requisitos establecidos en el numeral 4 del Documento 02 de estas bases.

14. No ser claro, preciso y congruente en la documentación que integre a su propuesta, de acuerdo a lo solicitado.

15. No presentar los Documentos: 03, 06, 06-A, 07, 17 y 18, debidamente requisitados.

16. Entregar sin firma del representante indicado, cualquiera de los documentos que forman parte de su propuesta, incluyendo los documentos que pudiesen entregar fuera del sobre de la propuesta.

17. La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de la proposición, solicitados en estas bases, en la(s) acta(s) de Junta(s) de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a la propia bases, y a su versión final.

18. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en estas bases de Invitación, y en su caso las aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a las bases y en la versión final de las bases que se haya emitido, que afecte directamente la solvencia de su proposición.

19. Cuando se compruebe que ha habido acuerdo entre los licitantes para elevar los precios de los bienes objeto de estas bases o para obtener ventaja respecto a cualquier otro licitante.

20. Cualquier violación a la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, DAC’s y demás disposiciones reglamentarias aplicables.

21. No presentar el Formato para la manifestación que deberá presentar el licitante de los servicios Documento 18 de estas bases.

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DOCUMENTO 13

“ANEXO SSPA”

“OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCION AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS”

Este anexo podrá ser consultado en la página electrónica:

http://portal.ad.ptq.pemex.com/RM/Paginas/default.aspx

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DOCUMENTO 13-A

“ANEXO SSPA”Formato 4 Anexo SSPA “Lineamientos de requerimientos que debe cumplir el proveedor”

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DOCUMENTO 13-B

“ANEXO SSPA”Formato 6

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DOCUMENTO 14

NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.

El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera.Las responsabilidades del sector público se centran en:

Profundizar las reformas legales que inició en 1999. Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores

comprometidos en su cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de

dinero y extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan: Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de

mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o los (Servicios o Arrendamientos) a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o los (Servicios o Arrendamientos). Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:

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“Artículo 222Cometen el delito de cohecho:

I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.

Capítulo XICohecho a servidores públicos extranjeros

Artículo 222 bisSe impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en los (Servicios o Arrendamientos) o servicios:

I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.

Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”

* Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx

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DOCUMENTO 17 –NO APLICA-

MODELO DE CONVENIO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA

Convenio de participación conjunta que celebran por una parte el proveedor_________________ y por la otra el Proveedor___________________, para participar en la Invitación Restringida a Por lo Menos Tres Personas Número________________, referente a: ___________________________, al tenor de las siguientes declaraciones y clausulas:

DECLARACIONES:

I. DECLARA EL PROVEEDOR______________________:

I.1.- Que acredita su legal existencia con el testimonio de la Escritura Pública Número. _________, volumen Número ________, de fecha ___ de _____ de ______, inscrita en forma definitiva en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de _______, bajo el acta número _______, tomo número____, volumen número ___________, de fecha _______, otorgada ante la Fe del Notario Público Número _____ de la Ciudad de ________, Lic. __________, y que su Registro Federal de Contribuyentes es: ________________(en caso de ser proveedor extranjero, sin domicilio fiscal en México, deberán manifestarlo así).

(Si fuera el caso): Que a la fecha se han celebrado las siguientes reformas y modificaciones al acta constitutiva inicial de la empresa: ______________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Que los nombres de los socios que aparecen en las escrituras públicas con las que acredita la existencia legal de las personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones, son los siguientes: _____________________________________________________________________________________________________________________________________________________.

I.2.- Que el Señor ___________, acredita su personalidad y facultades como Representante Legal de dicha Sociedad, mediante el testimonio de la Escritura Pública Número_______ de fecha ___________ de __________ de ____ otorgada ante la fe del Notario Público Número _______, de la Ciudad de ________, Lic. ________________, y tiene como domicilio el ubicado en: ________________.

I.3.- Que su domicilio social se encuentra ubicado en:_______________ número _______,Colonia __________, Código Postal ________, en la ciudad de ________,______________.

II. DECLARA EL PROVEEDOR______________________

II.1.- Que acredita su legal existencia con el testimonio de la Escritura Pública Número. _________, volumen Número ________, de fecha ___ de _____ de ______, inscrita en forma definitiva en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de _______, bajo el acta número _______, tomo número____, volumen número ___________, de fecha _______, otorgada ante la Fe del Notario Público Número _____ de la Ciudad de ________, Lic. __________, y que su Registro Federal de Contribuyentes es: ________________(en caso de ser proveedor extranjero, sin domicilio fiscal en México, deberán manifestarlo así).

(Si fuera el caso): Que a la fecha se han celebrado las siguientes reformas y modificaciones al acta constitutiva inicial de la empresa: ______________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Que los nombres de los socios que aparecen en las escrituras públicas con las que acredita la existencia legal de la persona jurídica (y de haberlas, sus reformas y modificaciones), son los siguientes: ___________________________________________________________________________

II.2.- Que el Señor _______________________, acredita su personalidad y facultades como Representante Legal de dicha Sociedad, mediante el testimonio de la Escritura Pública Número_____ de fecha ______ de _____ de ______

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otorgada ante la fe del Notario Público Número. ______, de la Ciudad de _________, Lic. ______________, y tiene como domicilio el ubicado en: ______________________.

II.3.- Que su domicilio social se encuentra ubicado en:_______________ número _______, Colonia __________, Código Postal ________, en la ciudad de ________,______________.

III.- LAS PARTES DECLARAN:

III.1.- Que celebran el presente convenio con fundamento en los Artículos 24 y 53 de las “Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios” y el numeral F2 de las Bases de la Invitación Restringida a Por lo Menos Tres Personas _______ número ______, cuyo objeto es: __________.

III.2.- Las partes de este convenio privado de participación conjunta, nos comprometemos al tenor de las siguientes

C L A U S U L A S:PRIMERAOBJETO.- Las partes convienen en agruparse con el fin de presentar proposición conjunta para participar en la Invitación Restringida a Por lo Menos Tres Personas a _______, número _______, cuyo objeto es __________

SEGUNDAPARTES DE LOS SERVICIOS QUE CADA AGRUPADO SE OBLIGA A CUMPLIR.

Las partes en este convenio se obligan a aportar, en caso de resultar adjudicados, lo siguiente:

I. El Proveedor __________________________:

(PARTES DE LOS SERVICIOS QUE SE OBLIGA A PRESTAR, O LA PARTICIPACIÓN QUE TENDRÁ EN EL GRUPO)

II. El Proveedor __________________________:

(PARTES DE LOS SERVICIOS QUE SE OBLIGA A PRESTAR, O LA PARTICIPACIÓN QUE TENDRÁ EN EL GRUPO)

Asimismo, la persona que actuará, en términos del inciso b) del artículo 24 de las “Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”, como líder en la ejecución del contrato es ____________, siendo su domicilio para oír y recibir notificaciones _____________________________.

TERCERA DOMICILIO COMÚN. Las partes señalan como su domicilio común para oír y recibir notificaciones el ubicado en________ número _____, Colonia _______, Código Postal ______, en la ciudad de ______,_______, Tel. _____, Fax._____, correo electrónico ______.

CUARTA 1. REPRESENTANTE COMÚN. Las partes convienen que el Proveedor __________, a través de su Represente Legal,

Señor _______________, será el representante común, otorgándole todo el poder amplio, suficiente y necesario para que actúe ante Pemex Petroquímica en nombre y representación de las partes en todos y cada uno de los actos de la Invitación Restringida a Por lo Menos Tres Personas referida, así como para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de Invitación, mismo que firmará la proposición (es conveniente que se anote el nombre, dirección, teléfono, fax, y correo electrónico del representante común designado).

2. LIDER DEL CONSORCIO. Las partes convienen en que la persona que actuará como Líder del consorcio, en los

términos que señala el inciso b) del artículo 24 de las DAC, en la ejecución del contrato será _______________________________________________, cuyo representante legal es __________________________________, quien asume la responsabilidad de coordinar la ejecución de las actividades objeto del contrato y, por tanto, será la única interlocutora del Consorcio con PEMEX PETROQUÍMICA. Éste presentará las correspondientes facturas.

QUINTA

[Nombre, denominación o razón social de la persona designada como Líder del consorcio][Nombre del representante legal del Líder del Consorcio, en su caso]

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OBLIGACIÓN CONJUNTA Y SOLIDARIA. Las partes, se obligan en forma conjunta y solidaria entre sí y ante Pemex Petroquímica, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme producto de la Invitación Restringida a Por lo Menos Tres Personas de referencia.

SEXTAFACTURACIÓN Y PAGO. Las partes acuerdan que los pagos por la prestación de los servicios, se efectúen a ( Anotar el nombre de la persona integrante del grupo a la que Pemex Petroquímica le efectuará el pago correspondiente ) , quien será la encargada de expedir la(s) factura(s) correspondientes y realizar los trámites de cobro.

SÉPTIMAINSTRUMENTOS. Asimismo, se adjuntan al presente convenio, los siguientes instrumentos que regulan el control del consorcio por quien actuará como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos:____________________________________

El presente convenio privado de participación conjunta, se firma por las partes en ___ tantos originales, en la Ciudad de _____________, ________, a los _____ días del mes de ________________ de 2014.

PROVEEDOR PROVEEDOR

Representante Legal Representante Legal

PROVEEDOR PROVEEDOR

Representante Legal Representante Legal

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DOCUMENTO 18

FORMATO PARA LA MANIFESTACION DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS SERVICIOS.

__________de __________ de ______________

PEMEX-PETROQUÍMICACOMPLEJO PETROQUIMICO MORELOSP R E S E N T Ela Invitación Restringida a Por lo Menos Tres Personas No. ______(indicar numero de Invitación )______

Descripción de los trabajos a realizar

Cantidad (hrs) Costo

Mano de obra total (horas hombre totales (Y))Mano de obra nacional (horas hombre (X))Porcentaje de participación nacional en servicios (PPNS)

PPNS=(X/Y)*100Y=Costo de la mano de obra (horas hombre) total requerida o utilizada en la prestación del servicio.

X=Costo de la mano de obra nacional (horas hombre) utilizada en la prestación del servicioPara los casos en que la prestación de los servicios involucre bienes, el licitante deberá requisitar adicionalmente lo siguiente:

Con fundamento en lo establecido en el artícuo 23 de las DAC´S, los articulos 18 fraccion I y 19 de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la informacion Publica Gubernamental, (nombre del representante) , en mi carácter de representante legal de (Nombre o Razon Social), manifiesto bajo protesta de decir verdad y entrego con el carácter de [confidencial o pública -SELECCIONAR CARÁCTER-] la informacion correspondiente al porcentaje de integracion nacional del (de los) siguiente(s) bien(es) que propone.

No. de partida

Descripcion % Integracion Nacional (0 a

100%)

Marca Campos adicionales, unicamente para distribuidores o comercializadores

Nombre o razon social del fabricante

Origen del bien

La información proporcionada en este formato forma parte de la propuesta del licitante, será de uso exclusivo de Pemex Petroquímica, misma que será utilizada para acreditar el contenido nacional solicitado y registrar el contenido actual, así como para desarrollar la estrategia para incrementar el contenido nacional a que hace mención el artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos.

NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL)___________________NOMBRE DEL REPRESENTANTE:____________________________________

FIRMA: ______________________CARGO: __________________________________________________

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FECHA: _____________________

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DOCUMENTO 19

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA.

COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ____________________________________________, QUE SUSCRIBEN PEMEX-PETROQUÍMICA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR _______________________________________, EN SU CARÁCTER DE ___________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX-PETROQUÍMICA Y _________________________________________________, REPRESENTADA POR ________________________________________ EN SU CARÁCTER DE _______________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS:

CONSIDERACIONES

I. EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA.

II. QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.

III. QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.

IV. ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.

V. SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

VI. REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.

VII. LA SUSCRIPCIÓN VOLUNTARIA DE ESTE DOCUMENTO DE “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA”, NO SUSTITUYE A LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD QUE DEBE PRESENTARSE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 30 FRACCIÓN VII DE LA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES:COMPROMISOS

I.- DEL LICITANTE

1. INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE ACTÚEN CON ÉTICA EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS.

2. ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL.

3. ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACION.

4. ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD SOBRE LA INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

5. DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACION DEL CONTRATO.

6. ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA SOCIEDAD O LA NACIÓN.

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7. OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.

II.- DE PEMEX-PETROQUÍMICA1. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN

EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA” ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

2. PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DESARROLLEN SUS ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CODIGO DE CONDUCTA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

3. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O CONTRIBUCIONES DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.

4. FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO IMPARCIAL EN BENEFICIO DE LA INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES.

5. PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN.

EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN ________ A ____ DE ____ 20_____.

POR PEMEX-PETROQUÍMICA

Nombre y Cargo del Servidor Público.

Nombre de la EmpresaPOR EL LICITANTE

___________________________________Nombre y Cargo.

DOCUMENTO 20

(Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante)

(Lugar y Fecha)PEMEX PETROQUÍMICA.COMPLEJO PETROQUIMICO MORELOS.

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P R E S E N T EAsunto: Manifestación de confidencialidad de documentos.

(Nombre del representante Legal), en representación de (Nombre del Licitante o Propuesta Conjunta), con fundamento en lo dispuesto en los artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, manifiesto que la información y/o documentos que se listan más adelante, mismos que integran la propuesta, presentadas en el proceso de la Invitación Restringida a Por lo Menos Tres Personas No. ____________, se entrega con carácter confidencial, reservada o comercial reservada.

LISTA DE DOCUMENTOS

Documento Sección Carácter Fundamento Legal

Atentamente,

[NOMBRE DEL LICITANTE][NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL]

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DOCUMENTO 21SOLICITUD DE CLAVE DE ACCESO A INFORMACIÓN DE LA BÓVEDA ELECTRÓNICA

FORMATO PPQFE01 (0)

SOLICITUD DE CLAVE DE ACCESO A INFORMACIÓN DE LA

BÓVEDA ELECTRONICA DE PETROLEOS MEXICANOS

FECHA SOLICITUD: / /

ALTA BAJA

NOMBRE O RAZON SOCIAL: R.F.C

DOMICILIO FISCAL

CALLE/NUM COLONIA

CIUDAD/MUNICIPIO EDO.C.P.

A continuación le agradecemos proporcionarnos los datos del personal que podrá tener acceso a la Bóveda Electrónica de Petróleos Mexicanos- Pemex Petroquímica.

PROPIETARIO O PREPRESENTANTE LEGAL

NOMBRE:

TELEF: EXT Correo electrónico

ROLES / PERFILES

Esta información es relevante para la adecuada operación de la Bóveda Electrónica, por lo que será responsabilidad de la empresa ______________________________________________________________ informar por este mismo medio a Pemex-Petroquímica de cualquier cambio o modificación, en un plazo no mayor a 24 hrs.

Propietario o Representante Legal de la Empresa

FIRMA

_____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Espacios para ser llenados por el Área de Administración de la Bóveda Electrónica

CLAVE DE USUARIO: PASSWORD: FECHA DE ALTA: / /

Vo. Bo.

Nombre:

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DOCUMENTO 22

REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

Este anexo podrá ser consultado en la página electrónica:

http://sspa.pemex.com/index.php?option=com_docman&task=cat_view&gid=182&Itemid=62

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Bases de Invitación Restringida a por lo Menos Tres Personas

Número: IS-430-PA-2011038Numero Interno: 2011038

DOCUMENTO 23

GUÍA DE ACCESO

Esta guía podrá ser consultada en la página electrónica:

http://www.ptq.pemex.com/RM/Adqleypemex/Lists/Invitaciones%20Licitaciones%20Ley%20Pemex/Attachments/592/02)%20GUIA%20DE%20ACCESO.pdf