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BASES ESPECIALES FONDO CONCURSABLE - INJUV...concursables , los postulantes declaran conocer, comprender y aceptar las bases del presente concurso. Artículo 3º. Forma de notificación

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BASES ESPECIALES FONDO CONCURSABLE

“PARTICIPA 2020”

CONTENIDOS PÁG.

CAPÍTULO I. ANTECEDENTES GENERALES DEL CONCURSO. 2

Artículo 1º. Concepto, naturaleza y objetivos. 2

Artículo 2º. Disposiciones generales. 2

Artículo 3º. Forma de notificación. 2

Artículo 4º. Plazos. 2

Artículo 5º. Tribunal competente en caso de conflictos. 3

Artículo 6º. Inhabilidades para participar. 3

Artículo 7º. Anexos. 3

Artículo 8º. Envío y aclaración de consultas. 3

Artículo 9º. Etapas del fondo. 4

Artículo 10°. Calendario del concurso. 5

CAPÍTULO II. LLAMADO A CONCURSO, POSTULACIÓN Y PERFIL DEL POSTULANTE. 6

Artículo 11º. Del perfil de los postulantes. 6

Artículo 12º. Postulación. 7

Artículo 13º. Líneas de intervención. 8

Artículo 14°. Plazos de ejecución. 8

CAPÍTULO III. FINANCIAMIENTO, RECURSOS DISPONIBLES Y RESTRICCIÓN DE GASTOS. 9

Artículo 15º. Del financiamiento. 9

Artículo 16º. Distribución regional. 9

Artículo 17°. Los gastos y sus restricciones. 9

Artículo 18°. Gastos no financiables. 10

CAPÍTULO IV. ADMISIBILIDAD, APERTURA, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN. 11

Artículo 19º. Admisibilidad y subsanación. 11

Artículo 20º. Apertura. 11

Artículo 21º. Composición y constitución de la Comisión Evaluadora de Proyectos. 11

Artículo 22º. Evaluación y reconsideración de calificaciones. 12

Artículo 23º. Criterios de evaluación y selección. 13

Artículo 24°. Selección. 15

Artículo 25°. Adjudicación. 16

CAPÍTULO V. FIRMA CONVENIO, ENTREGA DOCUMENTACIÓN Y TRANSFERENCIA FONDOS. 16

Artículo 26°. Convenio de cooperación y transferencia de recursos. 16

Artículo 27°. Documentos de respaldo. 17

Artículo 28°. Entrega de fondos. 18

Artículo 29º. Reasignación de los fondos. 18

CAPÍTULO VI. EJECUCIÓN, RENDICIÓN DE CUENTAS Y SUPERVISIÓN DEL PROYECTO. 18

Artículo 30°. Ejecución del proyecto. 18

Artículo 31°. Informe de los proyectos. 18

Artículo 32°. Solicitudes de modificación. 19

Artículo 33°. Supervisión de los proyectos y contraparte técnica. 21

Artículo 34°. Recursos no utilizados. 21

Artículo 35°. Interpretación de las bases por la autoridad nacional. 22

Artículo 36°. Sanciones por incumplimiento. 22

Artículo 37°. Prohibición general. 22

CAPÍTULO VII. ANEXOS 23

Anexo A 24

Anexo B 25

Anexo C 26

Anexo D 34

Anexo E 35

Anexo F 43

Anexo G 46

Anexo H 47

Anexo I 49

CAPÍTULO VIII. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA 51

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BASES ESPECIALES FONDO CONCURSABLE

“PARTICIPA 2020”

CAPÍTULO I

ANTECEDENTES GENERALES DEL CONCURSO Artículo 1º. Concepto, naturaleza y objetivos. El Instituto Nacional de la Juventud, en

adelante “INJUV”, pone a disposición el fondo concursable “Participa 2020”, en adelante el

“fondo”, con el propósito de fortalecer la participación de jóvenes en organizaciones sociales

a través de la ejecución de proyectos con enfoque juvenil, en diversas áreas temáticas

definidas por las presentes bases.

El objetivo del fondo es entregar recursos técnicos y financieros para el desarrollo de iniciativas

con enfoque juvenil, para fortalecer la participación de los jóvenes en organizaciones sociales,

en beneficio del desarrollo de sus comunidades, la promoción de nuevas oportunidades y

favorecer la construcción de tejido social en los territorios de intervención.

Artículo 2º. Disposiciones generales. Este concurso se rige por las presentes bases

especiales, las que contienen las disposiciones particulares respecto del fondo concursable. El

procedimiento administrativo para la postulación, apertura, evaluación, selección,

adjudicación, entrega de fondos, ejecución, supervisión y rendición de cuentas, se encuentra

regulado en las presentes bases.

Por el sólo hecho de presentar un proyecto en la plataforma de postulación de los fondos

concursables www.fondos.gob.cl, los postulantes declaran conocer, comprender y

aceptar las bases del presente concurso.

Artículo 3º. Forma de notificación. Las entidades se entenderán válidamente notificadas

de las resoluciones administrativas y actas del concurso, desde que se realice la publicación

de las mismas en la página web institucional de INJUV, a partir de la cual correrán los plazos

señalados en las bases correspondientes.

De los actos no comprendidos en el inciso anterior, tales como solicitudes de subsanación de

documentos, se entenderá que las entidades se encuentran notificadas válidamente desde el

envío del correo electrónico respectivo, a partir del cual correrán los plazos señalados en las

bases del fondo. Por lo anterior, es de responsabilidad exclusiva de la entidad postulante

otorgar una dirección de correo electrónico válido y revisarlo periódicamente durante las

distintas etapas de cada concurso.

No obstante, el INJUV puede remitir correos electrónicos a las entidades con carácter

informativo con el fin de permitir la prosecución de cada concurso, tales como aquellos que se

emiten por la plataforma de postulación comunicando que el proyecto ha sido cargado

correctamente, la declaración de admisibilidad y el anuncio de adjudicación, los cuales no

tienen carácter de notificación.

Artículo 4º. Plazos. Todos los plazos del concurso se establecerán en las presentes bases.

El incumplimiento de dichos plazos facultará al INJUV para excluir de su participación a la

entidad, a contar de la fecha de incumplimiento.

Con todo, el INJUV se reserva el derecho de prorrogar los plazos o de abrir periodos

extraordinarios para alguna etapa del proceso cuyo plazo esté vencido, situación que, en caso

de ocurrir, será aprobada mediante resolución administrativa y será publicada en la página

www.injuv.gob.cl.1

Artículo 5º. Tribunal competente en caso de conflictos. Para todos los efectos legales

tanto el postulante como el INJUV se someten a la competencia de los tribunales de la comuna

y ciudad de Santiago.

1 Sitio web oficial del Instituto Nacional de la Juventud

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Artículo 6º. Inhabilidades para participar. Se deja establecido que NO podrán participar

del concurso:

1. Aquellas organizaciones que tengan rendiciones de cuentas pendientes con el INJUV o

con otros organismos del Estado de Chile. Entiéndase por “cuentas pendientes” la

situación de no haber presentado la rendición de la ejecución de algún proyecto, en el

tiempo y en la forma que el organismo lo hubiese exigido, o en el caso de haberse

presentado, esta cuente con reparos, haber sido rechazada o estar pendiente de

documentación. El no estar afecto a esta inhabilidad se acreditará mediante declaración

jurada simple de las organizaciones postulantes (anexo A). Lo anterior es sin perjuicio

de otras posibles vías de información que utilice el Servicio para ese fin, lo que lo

habilitará para poner término anticipado al convenio con la consiguiente obligación del

beneficiario de hacer entrega de los recursos recibidos.

2. Aquellas personas jurídicas que tengan su directiva funcionarios de planta, contrata u

honorarios que desempeñen labores permanentes o esporádicas en el INJUV.

3. Aquellas organizaciones que tengan en sus directivas prestadoras de servicios personales

en forma directa al INJUV o a través de los organismos con que éstos se vinculen por la

vía de convenios para la ejecución de programas, independiente de la naturaleza jurídica

que revista la relación convencional respectiva.

4. Aquellas organizaciones que tengan en su directiva parientes por consanguineidad o

afinidad y en línea recta hasta el segundo grado inclusive y colateral por consanguineidad

y afinidad hasta el tercer grado inclusive de los funcionarios de planta, contrata u

honorario que se desempeñen en el INJUV, además del cónyuge. El no estar afecto a

esta inhabilidad se acreditará por declaración jurada simple de los postulantes al

momento de concursar (anexo A).

5. Aquellas organizaciones que hayan recibido efectivamente recursos o esté en trámite su

recepción, luego de adjudicarse algún fondo concursable del INJUV en el año 2019 y que

su rendición de cuentas no haya sido aprobada al cierre de postulaciones.

Artículo 7º. Anexos. Las bases se encontrarán conformadas, además, por los documentos

que se identifican como anexos:

1. Anexos requeridos al momento de postular y para la firma de convenio:

• Anexo A. Declaración jurada simple.

• Anexo B. Listado de responsables del proyecto.

2. Anexos requeridos durante la ejecución del proyecto.

• Anexo C. Instructivo de rendición de cuentas.

• Anexo D. Declaración de recepción de fondos públicos.

• Anexo E. Informe cuantitativo de rendición de cuentas.

• Anexo F. Informe cualitativo de rendición de cuentas.

• Anexo G. Certificado de acreditación regional.

• Anexo H. Solicitud de modificación.

3. Anexos requeridos al finalizar el proyecto.

• Anexo I. Informe final de rendición de cuentas

Artículo 8º. Envío y aclaración de consultas. Las entidades postulantes podrán formular

consultas o solicitar aclaraciones de las presentes bases. Estas deberán realizarse

exclusivamente a través de http://extranet.injuv.gob.cl/institucional/oirs/ en los plazos

señalados en el calendario respectivo.

Las consultas se contestarán directamente al correo electrónico de la persona que realizó el

requerimiento de respuesta y se publicarán en el portal www.injuv.gob.cl mediante un “acta

de aclaraciones” que contendrá todas las consultas y respuestas entregadas, entendiéndose

conocidas por todos los participantes, el documento será visado por el Departamento de

Coordinación Programática y de Asesoría Jurídica.

Con todo, las respuestas enviadas vía correo electrónico en ningún caso implican una

modificación a las presentes bases, tampoco exime de las obligaciones contenidas en ellas a

los postulantes ni les otorga más derechos.

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Dudas y consultas respecto al proceso de postulación, que incluya la creación de usuario,

diseño del proyecto, funcionamiento de la plataforma www.fondos.gob.cl o del cómo operar

en la etapa de subsanación de admisibilidad, se deben realizar directamente al call center 600

600 1660, de lunes a jueves entre 09:00 horas a 18:00 horas y viernes entre 09:00 horas a

17:00 horas.

Artículo 9º. Etapas del fondo. Para el fondo concursable, se establecen como etapas

principales, las siguientes:

1. Llamado a concurso. Es la publicación en www.injuv.gob.cl, de las bases del fondo y

del calendario de las distintas etapas que inician con la postulación de proyectos en el

sitio web www.fondos.gob.cl.

2. Postulación. Es la presentación de proyectos, la cual se realiza en el sitio

www.fondos.gob.cl y se concretará con el envío final del proyecto al “enviar postulación”,

quedando el registro de día y hora del proyecto postulado.

3. Dudas, consultas y respuestas a las bases y proceso de postulación. Los

postulantes podrán solicitar al INJUV aclaraciones respecto a las bases y el proceso de

postulación, dentro de los plazos y canales determinados por las presentes bases. El

INJUV, dará respuesta a estas consultas directamente al correo electrónico del solicitante

y, posteriormente, a través de la publicación en www.injuv.gob.cl del acta de

aclaraciones.

4. Apertura oficial. Es la publicación en forma total de los proyectos postulados, en la que

se señalarán aquellos que han cumplido y no, con los requisitos establecidos en el

Capítulo IV “Admisibilidad, Apertura, Evaluación y Adjudicación” de las presentes bases.

5. Evaluación. Proceso en el que la comisión evaluadora de proyectos, asigna puntajes a

cada iniciativa postulada que pasó la etapa de admisibilidad. Las calificaciones se basan

en los criterios de evaluación señalados en el Capítulo IV “Admisibilidad, Apertura,

Evaluación y Adjudicación” de las presentes bases.

6. Selección. Es la publicación en forma total de los proyectos que, habiendo pasado la

etapa de admisibilidad, fueron calificados por la comisión evaluadora de proyectos y

ordenados según criterios de selección señalados en el Capítulo IV “Admisibilidad,

Apertura, Evaluación y Adjudicación” de las presentes bases.

7. Adjudicación. Es la publicación en forma total de los proyectos evaluados que

resultaron seleccionados para recibir financiamiento, mediante acto administrativo

(resolución exenta) que individualiza a las entidades adjudicadas.

8. Documentación para transferencia de recursos. Es la entrega física de la

documentación original solicitada en el Capítulo V “Firma de convenios, Entrega de

convenios y Transferencia de fondos” de las presentes bases, dentro de los plazos

determinados por el calendario.

9. Entrega de fondos. Es la entrega de los dineros adjudicados, la cual se hará mediante

transferencia electrónica por el total de los fondos públicos asignados en la respectiva

cuenta bancaria de la cual es titular la entidad adjudicataria, o mediante entrega de

cheque nominativo en el caso de no tener cuenta.

10. Ejecución del proyecto. Comienza con la transferencia de recursos a la organización

o el retiro del cheque desde la dirección regional a la cual fue remitido y se extenderá

hasta la fecha determinada en el Capítulo VI “Ejecución, Rendición de cuentas y

Supervisión del proyecto” de las presentes bases.

11. Supervisión y rendición de cuentas. Las entidades adjudicadas podrán ser

supervisadas por profesionales del INJUV a fin de velar por el buen uso de los fondos

públicos asignados. Asimismo, las organizaciones ejecutoras deben responder a los

requerimientos y solicitudes que se hagan desde los equipos regionales que llevan el

seguimiento de las iniciativas. En este sentido, las organizaciones beneficiarias se

comprometen a entregar un informe mensual de rendiciones tal como lo determina el

anexo C (Instructivo de rendición de cuentas) de las presentes bases.

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Artículo 10°. Calendario del concurso. Las etapas y acciones correspondiente al presente

concurso, se regirán en los plazos y fechas definidas en la tabla n°1, calendario del concurso.

Tabla n°1. Calendario del Concurso

Proceso Duración

1. Publicación del llamado en sitio www.injuv.gob.cl Miércoles 22 de enero 2020.

2. Jornadas de inducción, capacitación y asesoría en

direcciones regionales INJUV.

Desde el miércoles 29 de enero

al viernes 21 de febrero 2020.

3.

Inicio de postulaciones de proyectos en

plataforma de fondos concursables

www.fondos.gob.cl

12:00 horas del lunes 27 de

enero 2020.

4. Período de consultas o aclaración de dudas del

concurso recibidas a través OIRS INJUV.

Desde publicación llamado al

domingo 9 de febrero 2020.

5.

Publicación en www.injuv.gob.cl del acta con las

respuestas a solicitudes de consulta o aclaración

de dudas recibidas en período establecido.

16:00 horas del lunes 10 de

febrero 2020.

6. Cierre de las postulaciones en portal

www.fondos.gob.cl

23:59 horas del domingo 23 de

febrero 2020.

7. Nombramiento, designaciones y constitución de

las comisiones evaluadoras de proyectos. Viernes 28 de febrero 2020.

8. Publicación de las actas de constitución de las CEP

regionales en www.injuv.gob.cl Miércoles 4 de marzo 2020.

9. Inicio del periodo de revisión de admisibilidad

preliminar de los proyectos postulados. Lunes 24 de febrero 2020.

10. Término del período de revisión de admisibilidad

preliminar de los proyectos postulados. Jueves 5 de marzo 2020.

11.

Publicación en www.injuv.gob.cl, del acta

preliminar de apertura y admisibilidad de

proyectos postulados.

16:00 horas del viernes 6 de

marzo 2020.

12.

Notificación vía correo electrónico del estado de

admisibilidad preliminar: admisibles,

postulaciones observadas que requieren

subsanación y no admisibles.

Lunes 9 de marzo 2020.

13.

Apertura del portal www.fondos.gob.cl para carga

de reconsideraciones de admisibilidades

observadas y las respectivas subsanaciones.

Martes 10 de marzo 2020.

14.

Cierre del portal www.fondos.gob.cl para carga de

reconsideraciones de admisibilidades observadas

y las respectivas subsanaciones.

Domingo 15 de marzo 2020.

15.

Inicio del período para revisión de admisibilidad

de reconsideraciones recibidas de los proyectos

postulados

Lunes 16 de marzo 2020.

16.

Término del período para revisión de admisibilidad

de reconsideraciones recibidas de los proyectos

postulados

Jueves 19 de marzo 2020.

17.

Publicación en sitio www.injuv.gob.cl del acta final

de apertura y admisibilidad de proyectos

postulados.

16:00 horas del viernes 20 de

marzo 2020.

18.

Notificación vía correo electrónico del estado de

admisibilidad final: admisibles y no admisibles de

pasar a etapa de evaluación.

Lunes 23 de marzo 2020.

19. Inicio del período de evaluación de proyectos por

parte de las comisiones evaluadoras regionales. Lunes 23 de marzo 2020.

20.

Término del período de evaluación de proyectos

por parte de las comisiones evaluadoras

regionales.

Jueves 2 de abril 2020.

21. Publicación del acta preliminar de calificaciones en

www.injuv.gob.cl

16:00 horas del lunes 6 de abril

2020.

22. Inicio período de recepción de reconsideración de

calificaciones obtenidas Lunes 6 de abril 2020.

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23. Término período de recepción de reconsideración

de calificaciones obtenidas. Miércoles 8 de abril 2020.

24. Revisión de reclamaciones Jueves 9 y viernes 10 de abril

2020.

25.

Publicación en www.injuv.gob.cl del acta final de

calificaciones y listado de proyectos

seleccionados.

16:00 horas del lunes 13 de abril

2020.

26.

Notificación vía correo electrónico del estado de

selección: seleccionado y no seleccionado y;

disposición del detalle de las calificaciones

obtenidas en www.fondos.gob.cl

Martes 14 de abril 2020.

27. Publicación en www.injuv.gob.cl de la resolución

que adjudica a los proyectos ganadores. Miércoles 15 de abril 2020.

28.

Inicio del período de envío, a través de correo

electrónico, del convenio de cooperación y

transferencia de recursos a las entidades de los

proyectos declarados adjudicados.

Del jueves 16 al viernes 17 de

abril 2020.

29.

Término del período para entrega física en

direcciones regionales INJUV, de los convenios

correctamente firmados y documentación de

respaldo (anexos y letra de cambio) por parte de

las entidades adjudicatarias.

12:00 horas del miércoles 22 de

abril 2020.

30. Notificación vía correo electrónico de reparos a

convenios o documentación observada por INJUV. miércoles 29 de abril 2020.

31. Entrega final en direcciones regionales INJUV de

documentación subsanada que fue observada.

12:00 horas del martes 5 de

mayo 2020.

32. Transferencia electrónica de recursos o giro de

cheques.

Desde el lunes 11 al viernes 15

de mayo 2020.

33.

Ejecución del proyecto, a contar de la fecha de

entrega de recursos y un plazo no superior al 31

de julio 2020.

Desde el lunes 11 al viernes 31

de julio 2020.

34. Informe final de rendición del proyecto ejecutado. Lunes 31 agosto 2020.

En caso de existir cambios al presente calendario, en su totalidad o en algunas de sus etapas,

estos serán publicados en el sitio web www.injuv.gob.cl con el nombre “Modificación de

calendario”, detallando la etapa, las fechas y los plazos que son rectificados. Es deber de la

organización revisar constantemente el sitio web de INJUV para informarse sobre cambios a

las fechas o plazos del concurso.

CAPÍTULO II

LLAMADO A CONCURSO, POSTULACIÓN Y PERFIL DEL POSTULANTE Artículo 11º. Del perfil de los postulantes. Podrán postular al concurso:

1. Juntas de vecinos y organizaciones comunitarias, territoriales o funcionales reguladas

por la Ley N°19.418, constituidas como personas jurídicas sin fines de lucro, vigentes y

reconocidas como receptoras de fondos públicos por el Registro Central de Colaboradores

del Estado y Municipalidades.

2. Clubes deportivos, asociaciones o comunidades y colectivos artísticos/culturales

constituidos como personas jurídicas sin fines de lucro, vigentes y reconocidas como

receptoras de fondos públicos por el Registro Central de Colaboradores del Estado y

Municipalidades.

3. Asociaciones o comunidades indígenas reguladas por la Ley N°19.253, constituidas como

personas jurídicas sin fines de lucro, vigentes y reconocidas como receptoras de fondos

públicos por el Registro Central de Colaboradores del Estado y Municipalidades.

4. Centros y federaciones estudiantiles, secundarias o universitarias, que se encuentren

constituidos como personas jurídicas sin fines de lucro, vigentes y reconocidas como

receptoras de fondos públicos por el Registro Central de Colaboradores del Estado y

Municipalidades.

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Sin perjuicio de lo anterior, se deja establecido que quedan excluidos y no podrán postular

las siguientes instituciones o personas jurídicas:

5. Personas jurídicas con fines de lucro, tanto civiles como comerciales, tales como

sociedades por acciones (SpA), empresas individuales de responsabilidad limitada

(EIRL), sociedades anónimas cerradas o abiertas (S.A.), sociedades de responsabilidad

limitada (Ltda.), entre otros.

6. Organizaciones o asociaciones que no tengan rol único tributario (RUT) ante Servicio de

Impuestos Internos (S.I.I.), o que no se encuentren reconocidas como receptoras de

fondos públicos por el Registro Central de Colaboradores del Estado y Municipalidades.

7. Demás organizaciones, asociaciones gremiales, sindicatos, cooperativas,

fundaciones o corporaciones que se encuentren constituidas como personas jurídicas

con y sin fines de lucro, vigentes y reconocidas como receptoras de fondos públicos por

el Registro Central de Colaboradores del Estado y Municipalidades.

8. Universidades Públicas y/o Privadas.

9. Centros de Formación Técnica.

10. Institutos Profesionales.

11. Centros o Corporaciones Educacionales.

12. Establecimientos Educacionales Públicos y/o Privados.

13. Municipalidades.

14. Corporaciones Municipales.

15. Servicios Públicos.

16. Gobernaciones, Ministerios ni otros Organismos Públicos.

Las entidades participantes, deberán estar inscritas, al cierre de postulaciones, en el Registro

Central de Colaboradores del Estado y Municipalidades, de acuerdo a Ley N°19.862

www.registros19862.cl. El incumplimiento de lo señalado anteriormente dejará fuera de

concurso en forma inmediata a la entidad postulante y en ningún caso podrá adjudicarse el

fondo concursable, siendo declarada inadmisible. Los datos registrados en dicha inscripción

deberán coincidir con los proporcionados en el formulario de postulación, como, por ejemplo,

nombre representante legal, miembros de la directiva y dirección de la organización.

Artículo 12º. Postulación. La presentación de proyectos se realizará a través de la

plataforma de postulación www.fondos.gob.cl y se concretará completando debidamente todos

los campos obligatorios, adjuntando la documentación requerida y haciendo el envío del

proyecto dentro de los plazos determinados por el calendario del concurso.

Los documentos requeridos al postular deben cargarse en la plataforma de postulación, en

forma legible, con un máximo de 10 MB por cada archivo separadamente y deben coincidir

con la información proporcionada en los campos requeridos para la postulación. Los

documentos solicitados como adjuntos, corresponde a los siguientes:

1. RUT de la persona jurídica emitido exclusivamente por el Servicio de Impuestos Internos

(http://homer.sii.cl/).

2. Certificado de vigencia de la personalidad jurídica y/o de vigencia del directorio emitido

por el Registro Civil e Identificación, Municipio o entidad otorgante según corresponda,

emitido dentro de los 60 días anteriores a la postulación.

3. Documento en que conste personería del representante legal, por ejemplo: certificado

de directorio emitido por el Registro Civil e Identificación, Municipio o entidad otorgante

según corresponda, emitido dentro de los 60 días anteriores a la postulación, que den

cuenta de la facultad para suscribir convenios de colaboración conforme a los estatutos

de la organización postulante.

4. Copia simple de cédula de identidad del representante legal.

5. Documento que acredite el domicilio de la entidad postulante, tales como certificado de

residencia emitido por la Junta de Vecinos, declaración jurada de dos testigos ante

notario público u oficial civil, copia digital de RUT del SII que indique el domicilio. En caso

de no poder obtener los documentos descritos, se deberá solicitar la asistencia de un

funcionario del INJUV, a través de la dirección regional respectiva, para realizar una

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inspección personal. Lo anterior, sin perjuicio de la disponibilidad de recursos humanos

de la dirección regional al momento de la solicitud.

6. Anexo A. Declaración jurada simple.

7. Anexo B. Listado responsables del proyecto, máximo tres personas que serán

responsables de todas las gestiones necesarias para la correcta ejecución del proyecto

con INJUV. Tienen la obligación de asistir a capacitaciones una vez adjudicado el

concurso. Son personas que no perciben remuneración alguna por la ejecución del

proyecto.

Las entidades postulantes que no declaren poseer una cuenta bancaria en el formulario de

postulación, podrán informar una, a nombre de la entidad, al momento de la entrega de los

recursos en caso de resultar adjudicatarias. Los antecedentes bancarios, deberán ser enviados

al correo electrónico [email protected] de la coordinación nacional de fondos

concursables de INJUV. En caso contrario, se emitirá cheque nominativo.

Las entidades postulantes, deberán ejecutar su proyecto en alguna de las comunas

pertenecientes a la región donde la entidad posee dirección.

Artículo 13º. Líneas de intervención. Los proyectos que se presenten para postular al

fondo podrán seleccionar, al momento de la postulación, un área temática y una subdimensión

de dicha área, seleccionando la que se ajusta a los objetivos y actividades del proyecto:

1.- Desarrollo laboral - vocacional:

a) Disminuir la deserción escolar.

b) Aumentar la participación laboral.

c) Generar condiciones para el apresto laboral y acceso a capacitaciones.

d) Promover la educación financiera.

e) Informar respecto a la seguridad social de jóvenes.

2.- Desarrollo cívico - social:

f) Aumentar los niveles de participación política convencional (relación con instituciones)

y no convencional.

g) Promover y/o fortalecer acciones de voluntariado.

h) Fortalecimiento de organizaciones sociales de jóvenes.

3.- Desarrollo físico- mental

i) Medidas que busquen prevenir el VIH e ITS.

j) La prevención del consumo de drogas.

k) El buen estado nutricional y la actividad física.

l) La prevención de la violencia.

m) El acceso a salud mental.

n) Embarazo adolescente y salud sexual reproductiva.

Artículo 14°. Plazos de ejecución. El proyecto no podrá tener un plazo de ejecución inferior

a 30 días ni terminar de ejecutarse posterior al viernes 31 de julio 2020, en todas las

actividades declaradas. La ejecución comienza a contarse desde la entrega de recursos (se

considera como día 1), que se materializa a través de la transferencia electrónica efectuada a

la cuenta de la organización declarada en el formulario de postulación de proyectos en

www.fondos.gob.cl. En caso que la entrega de recursos sea a través de cheque, se considerará

a partir de la fecha de retiro desde la dirección regional.

Al momento de diseñar el proyecto, la entidad postulante, deberá señalar un rango de

ejecución de su iniciativa, que va desde la fecha de la transferencia (11 al 15 de mayo) hasta

el 31 de julio de 2020. La fecha inicial, será modificada automáticamente a la fecha en que se

transfieran efectivamente los recursos o del retiro de cheque desde la dirección regional,

contándose esta como inicio de la ejecución del proyecto.

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CAPÍTULO III

FINANCIAMIENTO, RECURSOS DISPONIBLES Y RESTRICCIÓN DE GASTOS

Artículo 15º. Del financiamiento. El concurso contempla un monto total de $210.000.000

(doscientos diez millones de pesos). Cada proyecto seleccionado recibirá un financiamiento

único de $1.500.000 (un millón y quinientos mil pesos).

La entrega de los fondos públicos a las entidades adjudicatarias se realizará en una cuota, por

el total del monto adjudicado, una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución

que aprueba el convenio respectivo, siempre y cuando, la garantía haya sido entregada al

INJUV y cuente con el visto bueno de los Departamentos de Coordinación Programática,

Asesoría Jurídica y de Administración y Finanzas.

Artículo 16º. Distribución regional de los recursos. El monto total a repartir entre los

adjudicatarios se dividirá entre las 16 regiones del país, atendido que para la asignación de

recursos por región se utilizan 3 variables, cada de uno de ellos con porcentajes de valor:

1. Población joven proyectada al 2020 por región2: consiste en favorecer a aquellas

regiones con densidad demográfica en la que habitan jóvenes, con un valor del 25%.

2. N° de postulaciones fondo concursable 2019 por región3, busca favorecer a

aquellas regiones que tienen un alto índice de participación, con un valor del 35%.

3. Comunas por región: consiste en el número total de comunas por cada región, este

indicador tiene un valor del 40% y busca favorecer a aquellas regiones que tienen un

mayor número de comunas.

En la siguiente tabla nº2, están los montos totales a entregar y el número de proyectos a

financiar por región:

Tabla n°2 Distribución regional de los recursos

Regiones Monto Total en $ N° Proyectos

Arica y Parinacota $4.500.000 3

Tarapacá $4.500.000 3

Antofagasta $6.000.000 4

Atacama $6.000.000 4

Coquimbo $7.500.000 5

Valparaíso $19.500.000 13

Metropolitana de Santiago $51.000.000 34

Libertador General Bernardo O’Higgins $16.500.000 11

Maule $16.500.000 11

Ñuble $9.000.000 6

Biobío $21.000.000 14

La Araucanía $16.500.000 11

Los Ríos $6.000.000 4

Los Lagos $13.500.000 9

Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo $6.000.000 4

Magallanes y la Antártica Chilena $6.000.000 4

TOTAL $210.000.000 140

Dado lo anterior, la entidad postulante, debe ejecutar en una comuna que pertenezca a la

región donde posee residencia. No podrá postular a proyectos en comunas de otras regiones.

Esto será motivo de revisión de admisibilidad.

Artículo 17°. Los gastos y sus restricciones se dividen en los siguientes ítems:

1. Recursos Humanos (20% del total del fondo adjudicado - hasta $300.000).

Boletas de Honorarios. Los montos destinados a este ítem no podrán superar el

20% del fondo adjudicado. Corresponden a pagos, a través de boletas de honorarios del

servicio de Impuestos Internos (SII), de personas que realicen labores asociadas al

2 Revisar sección Información Complementaria con listado de la proyección de población juvenil por región. 3 Revisar sección Información Complementaria con listado de postulaciones al Participa 2019

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cumplimiento de los objetivos del proyecto. No se podrá realizar pago a

coordinadores, gestores y/o ejecutores del proyecto, que pertenezcan o no a la

directiva de la organización.

2. Gastos Operacionales

Materiales de ejecución. Este ítem puede destinar hasta un 100% del fondo

adjudicado. Corresponden a gastos destinados a materiales necesarios que se utilizarán

durante la ejecución el proyecto. Tales como: materiales de construcción (clavos,

tornillos, madera, etc.), merchandising, material de enseñanza, etc. Tendrán

restricciones los ítems de bienes y servicios de consumo y, los servicios de publicidad y

difusión, según el siguiente detalle:

• Bienes y Servicios de Consumo. Los montos destinados a este ítem no podrán

superar el 15% del fondo adjudicado (hasta $225.000). Corresponden a los

gastos de:

Bienes: Gastos por adquisiciones de alimentos, bebidas, banquetearías, fotocopias,

papel, materiales de escritorio, fotografías, materiales de aseo.

Servicios: Gastos por adquisición de pasajes de locomoción urbana, movilización para

personas, fletes, siempre y cuando lo requiera el proyecto.

• Servicios de Publicidad y Difusión. Los montos destinados a este ítem no

podrán superar el 10% del fondo adjudicado (hasta $150.000), estos

corresponden a gastos en actividades de promoción o difusión del proyecto.

3. Gastos de Inversión.

Materiales de Inversión. Los montos destinados a este ítem no podrán superar el

30% del fondo adjudicado (hasta $450.000). Estos corresponden a gastos que resultan

de la adquisición de bienes indispensables para desarrollar las actividades previstas en

el proyecto, que subsisten después de terminado y que hayan sido aprobados

explícitamente.

En caso de que alguna organización declarase erróneamente el gasto en el formulario de

postulación de proyectos y su proyecto resulte seleccionado para adjudicarse (ej. Error en

imputación entre un ítem y otro, individualización de gastos prohibidos por las bases, entre

otros), deberá readecuar obligatoriamente sus gastos de conformidad a las presentes bases,

de no hacerlo estos gastos serán rechazados y el adjudicatario deberá restituir dichos fondos.

Artículo 18°. Gastos no financiables. Las entidades postulantes, no podrán financiar los

siguientes tipos de gastos:

1. Gastos por viáticos, compra de celulares, de inmuebles, vehículos, bebidas alcohólicas,

cigarrillos, pagos de servicios financieros y de seguros, gastos por mantenimiento de

máquinas, equipos o vehículos, pago de permisos de circulación, placas, patentes de

vehículos, artículos electrónicos no relacionados con el proyecto (Tablet, LCD,

televisores, reproductores de multimedia, etc).

2. Desembolsos por premios en dinero o especies no autorizadas previamente.

3. Pagos por auto facturación de la entidad receptora y los facturados al INJUV por bienes

o servicios que esta entidad preste o ponga a disposición de la ejecución de la iniciativa.

4. Gastos que financien construcciones de inmuebles e infraestructuras.

5. Gastos en estudios, tesis, becas o investigaciones.

6. Gastos operacionales propios de la organización o gastos distintos a los detallados en la

iniciativa, tales como: tarjetas prepago celular, bencina, gas, gastos por pago de

servicios básicos de luz, agua, teléfono, e internet, recargas de tarjetas, de arriendos de

inmuebles cuando estos sean el lugar en que habitualmente funcionan o desarrollan sus

actividades las Entidades ejecutoras.

7. Pago a coordinadores, gestores y/o ejecutores del proyecto, que pertenezcan o no a la

directiva de la organización.

8. No se financiarán gastos de artículos electrónicos o computacionales que

individualmente superen un monto de $300.000 (trescientos mil pesos).

Para mayor detalle de lo establecido en los artículos 17° y 18°, remitirse al Anexo C

“instructivo de rendición de cuentas”, tanto para la formulación (IV. Documentos de

respaldo) y/o rendición del proyecto (III. Rendición de Cuentas).

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CAPÍTULO IV

ADMISIBILIDAD, APERTURA, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN

Artículo 19º. Admisibilidad y subsanación. El INJUV, a través del Departamento de

Coordinación Programática, en particular la coordinación nacional encargada de los fondos

concursables, se ocupará de examinar, revisar y analizar el cumplimiento de los requisitos

estipulados en las bases. La revisión de admisibilidad considerará los siguientes aspectos:

1. Inhabilidades para participar. Según lo señalado en el artículo 6° de las presentes bases,

esto considera también la revisión de la Unidad de Rendiciones de la situación financiera

de la institución con el Servicio.

2. Cumplimiento del perfil del postulante, según lo señalado en el artículo 11° de las

presentes bases, contar con inscripción en el Registro Central de Colaboradores del

Estado y Municipalidades, al cierre de postulaciones.

3. Según lo señalado en el artículo 12° de las presentes bases, disposición de los

documentos adjuntos requeridos en el formulario de postulación, que estos correspondan

a los solicitados en las bases del concurso.

4. Que la comuna donde se ejecutará el proyecto corresponda a una de las comunas de la

región en que la entidad postulante posee domicilio (Artículo 16°). Esto según documento

que acredita domicilio cargado como documento adjunto (n°5 del artículo 12°) y comuna

de ejecución señalada en el formulario de postulación.

Las entidades postulantes podrán solicitar una reconsideración respecto de la inadmisibilidad,

bajo la exclusiva causal de considerar que se ha producido un error. Para ello deberán realizar

una solicitud al correo [email protected] dentro de los plazos determinados en

el calendario del concurso.

Para el caso en que una entidad resulte admisible con observación que requiere subsanar,

respecto de los anexos o documentos adjuntos requeridos en la etapa de postulación, se

comunicará dicha situación al correo electrónico de la entidad postulante registrado al

momento de postular. La subsanación de los anexos que fueron observados se debe realizar

dentro de los plazos señalados en el calendario del concurso. La carga de los documentos

adjuntos requeridos en la etapa de postulación, debe hacerse reemplazando el o los

documentos observados, adjuntando, además, la carta de reconsideración de admisibilidad.

Todos estos campos estarán disponibles en la plataforma www.fondos.gob.cl mientras dure la

etapa de subsanación.

Una vez terminado el proceso de subsanación, el INJUV revisará nuevamente la admisibilidad

de las entidades postulantes, manteniendo los mismos aspectos señalados en los números 1,

2, 3 y 4 del presente artículo 19°. Si las organizaciones no subsanan a las observaciones

formuladas dentro del plazo, el proyecto postulado quedará eliminado de la siguiente etapa

del proceso concursal, sin posibilidad de apelación ni prórroga.

Artículo 20º. Apertura La apertura comienza con la publicación en www.injuv.gob.cl, del

acta preliminar de apertura y admisibilidad con el listado de todas las entidades que postularon

al fondo. En esta se señalarán, en conformidad a lo señalado en el artículo anterior, cuáles

dieron cumplimiento a los requisitos establecidos en las bases (admisibles), aquellas

admisibles con observación (subsanación) y, por último, con su respectiva justificación,

aquellas que no dieron cumplimiento (inadmisibles).

Posterior a la revisión de las reconsideraciones señaladas en el artículo 19°, se procederá a la

publicación del acta de apertura y admisibilidad final de entidades que pasarán a la siguiente

etapa de evaluación de proyectos. Frente a esta última determinación, no procederá recurso

alguno.

Artículo 21º. Composición y constitución de la Comisión Evaluadora de Proyectos.

Se establecerá una comisión evaluadora de proyectos, en adelante “CEP”, la cual evaluará los

proyectos dentro del pazo determinado en el artículo 10°, calendario del concurso y asignará

los puntajes conforme a los criterios establecidos en el artículo 23° de las presentes bases.

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Se constituirá una comisión evaluadora por región, integrada siempre y en todo caso por un

número impar de funcionarios no menor a tres miembros (3), quienes decidirán en conjunto

la nota para cada criterio de evaluación. Estas comisiones serán integradas por funcionarios

de cada dirección regional y podrán contar con uno o más funcionarios de otras entidades

públicas, tales como el Ministerio del Trabajo, Desarrollo Social, Salud, Educación, la

Corporación de Fomento a la Producción (CORFO), entre otras. La constitución, quedará

establecida en acta regional de constitución de miembros de la comisión evaluadora de

proyectos.

El número y nombre de los integrantes de las comisiones evaluadoras regionales serán

determinados mediante acto administrativo dentro de los plazos indicados por el calendario

del concurso. Cada CEP regional será presidido por un funcionario del INJUV, lo cual será

señalado en la resolución que los designe. En caso de que, las CEP regionales no se constituyan

en los plazos determinados por bases, se designará una comisión evaluadora en el nivel central

de iNJUV, que calificará los proyectos de aquellas regiones que no cuenten con la CEP.

La habilitación de los perfiles de evaluación, será gestionada por la coordinación nacional

encargada de los fondos concursables, a partir de los antecedentes que proporcionen las

Direcciones Regionales en cada acta de constitución. La coordinación de fondos concursables,

remitirá los listados con los antecedentes a la contraparte encargada del soporte al sitio

www.fondos.gob.cl, quienes habilitarán el acceso para la visualización de proyectos, la

asignación de notas y las respectivas justificaciones.

Artículo 22º. Evaluación y reconsideración de calificaciones.

En esta instancia la Comisión Evaluadora de Proyectos procederá a evaluar cada uno de los

proyectos que hayan sido declarados admisibles en el acta de apertura y admisibilidad final,

conforme a los criterios de evaluación y selección contenidos en el artículo 23° de las bases

especiales del concurso. La evaluación se realiza a través de la visualización de proyectos con

el perfil de los evaluadores en la plataforma de fondos www.fondos.gob.cl.

Al terminar el proceso de evaluación, la CEP en conjunto con la coordinación nacional de fondos

concursables, levantará acta de calificaciones con el detalle de las notas obtenidas por las

entidades que postularon sus proyectos. Esta acta, será publicada en el sitio web

www.injuv.gob.cl dentro de los plazos determinados en el calendario del concurso.

Las entidades postulantes podrán solicitar una reconsideración respecto de las calificaciones

obtenidas, bajo la exclusiva causal de considerar que se ha producido un error. Para ello

deberán realizar una solicitud al correo [email protected] dentro de los plazos

determinados en el calendario del concurso. La coordinación nacional de fondos concursables

solicitará a la respectiva Comisión Evaluadora de Proyectos la revisión del proyecto reclamado.

La Comisión volverá a revisar el proyecto, confirmando o modificando las notas. Frente a esta

última determinación de la CEP, no procederá recurso alguno y será publicada bajo el nombre

“Acta de calificaciones y selección de proyectos” en el sitio www.injuv.gob.cl dentro de los

plazos establecidos por el calendario del fondo.

La CEP, deberá consignar obligatoriamente la existencia de algún error respecto de

imputaciones de gastos en el proyecto presentado por la entidad, para lo cual contará con la

asesoría técnica de la Unidad de Rendiciones.

Por último, las notas y sus respectivas justificaciones quedarán disponibles en la plataforma

de postulación de proyectos www.fondos.gob.cl, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la

publicación del acta final de calificaciones.

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Artículo 23º. Criterios de evaluación y selección. Se establecen los siguientes criterios

de evaluación de proyectos. En este cuadro, se expresan los criterios a los que serán sometidos

los proyectos a evaluar y las respectivas definiciones de lo que se pondera:

Tabla nº3 Definiciones de los criterios de evaluación y selección

Criterio Definición

1. Pertinencia y

coherencia

Evalúa la correspondencia entre el diagnóstico, la línea de

intervención, los objetivos y las actividades propuestas, la

coherencia de éstas con los gastos declarados, además de la

pertinencia de los beneficiarios identificados para el proyecto.

2. Impacto

Mide el aporte del proyecto al mejoramiento de las actuales

condiciones de las personas, grupos, comunidades o sectores

donde se llevará a cabo la intervención definiendo metas,

productos y resultados con sus respectivos medios de

verificación.

3. Integración y

Equidad social

Califica la incorporación de elementos o acciones orientadas a la

disminución de barreras, brechas o inequidades sociales

(género, medioambientales, culturales, etc.) en beneficio de

personas, grupos o segmentos sociales prioritarios.

4. Ideas innovadoras y

sustentables

Evalúa cómo se resuelve el problema o necesidad detectada, a

través de metodologías de participación, actividades

innovadoras y sustentables (uso consciente y responsable de los

recursos).

5. Territorialidad4

Evalúa características o parámetros estructurales (conjunto de

variables, tanto territoriales como socioeconómicas y

demográficas más significativas) que inciden y/o determinan en

gran medida las condiciones del territorio comunal.

6. Complementariedad

Evalúa la relación de complementariedad con otras

organizaciones, instituciones o instancias a fin de optimizar el

logro de los objetivos, evaluándose la vinculación con otras

entidades de la sociedad civil, como también el patrocinio o

auspicio de entidades públicas o privadas.

En la tabla nº4, se señalan los indicadores a evaluar con sus respectivos puntajes iniciales,

donde 1 es el más bajo y donde el 7 es el más alto, los valores son únicos y se evalúa la suma

total de cada criterio según el valor porcentual de cada uno de ellos, siendo la máxima

ponderación el 7. Se consideran hasta 2 decimales. Ver el siguiente ejemplo:

1. (Puntaje inicial1*(% del valor))= Puntaje Obtenido

Ejemplo: Pertinencia y Coherencia 7 * 25% = 1.75

2. (Puntaje inicial2*(% del valor))= Puntaje Obtenido

Ejemplo: Impacto 4 * 25% = 1.00

3. (Puntaje inicial3*(% del valor))= Puntaje Obtenido

Ejemplo: Equidad Social 7 * 20% = 1.40

4. (Puntaje inicial4*(% del valor))= Puntaje Obtenido

Ejemplo: Ideas Inn y Sust 4 * 15% = 0.60

5. (Puntaje inicial5*(% del valor))= Puntaje Obtenido

Ejemplo: Territorialidad 3 * 10% = 0.30

6. (Puntaje inicial6*(% del valor))= Puntaje Obtenido

Ejemplo: Complementariedad 4 * 5% = 0.20

Ejemplo: 1.75+1.00+1.40+0.60+0.30+0.20 = 5.25 (nota final)

4 Revisar sección Información Complementaria para conocer la tipología de las comunas según variables.

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Tabla n°4 Criterios e indicadores de evaluación y selección de proyectos

Criterio y

ponderación Indicadores PI

Puntaje

obtenido

1. 25%

Pertinencia y Coherencia

Pertinencia entre la línea de intervención y

el diagnóstico; los objetivos y actividades se

relacionan con los gastos propuestos y; las

edades de los beneficiarios directos van

entre los 15 a 29 años.

7 1,75

Pertinencia entre la línea de intervención y

el diagnóstico; objetivos y actividades

propuestas se relacionan; edades de los

beneficiarios directos van entre los 15 a 29

años, pero los gastos y desglose

presupuestario no resulta coherente.

5 1,25

Pertinencia entre la línea de intervención y

el diagnóstico; las edades de los

beneficiarios directos van entre los 15 a 29

años, pero; los objetivos y actividades no se

relacionan entre sí, además el desglose

presupuestario no resulta coherente.

3 0,75

No se identifica con claridad los beneficiarios

directos o no van entre los 15 a 29 años o;

no existe coherencia entre la línea de

intervención y el diagnóstico; los objetos y

actividades, como también, el gasto

presupuestario no resulta coherente.

1 0,25

2. 25%

Impacto

Definición, descripción y cuantificación de

metas, de productos y de resultados que se

propone alcanzar, observándose coherencia

con los medios de verificación declarados.

7 1,75

Definición, descripción y cuantificación de

metas, productos y de los resultados que se

propone alcanzar, pero no se identifican

medios de verificación asociados.

4 1,00

Ausencia de definiciones, descripciones o

cuantificaciones de las metas, productos o

resultados que se propone alcanzar,

observándose incoherencia, además, con los

medios de verificación informados.

1 0,25

3. 20%

Integración y Equidad

social

Presencia de elementos o acciones que

apunten a la disminución de brechas y la

integración de grupos o personas jóvenes

vulnerables.

7 1,40

Presencia de elementos o acciones que

apunten a la disminución de brechas o la

integración de grupos o personas jóvenes

vulnerables.

4 0,80

No cuenta con elementos o acciones que

apunten a la disminución de brechas ni la

integración de grupos o personas jóvenes

vulnerables.

1 0,20

4. 15%

Ideas innovadoras y

sustentables

El proyecto incorpora participación de

jóvenes en todas las etapas del proyecto,

resulta innovador y/o sustentable en las

actividades, recursos y metodologías.

7 1,05

Solo algunas etapas, actividades, recursos y

procedimientos incorporan participación de

jóvenes, responsabilidad medioambiental o

metodologías novedosas.

4 0,60

El proyecto no incorpora actividades

innovadoras, recursos eficientes ni

metodologías participativas.

1 0,15

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15

5. 10%

Territorialidad

El proyecto de ejecuta en alguna de las

comunas semi urbanas y rurales con bajo

desarrollo.

7 0,70

El proyecto de ejecuta en alguna de las

comunas semi urbanas y rurales con

desarrollo medio.

5 0,50

El proyecto de ejecuta en alguna de las

comunas urbanas medianas, con desarrollo

medio.

3 0,30

El proyecto de ejecuta en alguna de las

comunas mayores, con desarrollo medio. 2 0,20

El proyecto de ejecuta en alguna de las

comunas metropolitanas con alto y/o medio

desarrollo.

1 0,10

6. 5%

Complementariedad

Se identifica a otros actores vinculados con

el desarrollo del proyecto, ya sea a través de

patrocinio o auspicios de organizaciones de

la sociedad civil o entidades públicos y/o

privadas.

7 0,35

Se identifica a otros actores vinculados con

el desarrollo del proyecto, pero no se

observan patrocinios ni auspicios de

organizaciones de la sociedad civil o

entidades públicos y/o privadas.

4 0,20

No se identifican otros actores vinculados

con el desarrollo del proyecto, ni se declaran

patrocinios o auspicios de organizaciones de

la sociedad civil o entidades públicos y/o

privadas.

1 0,05

Artículo 24°. Selección. Los proyectos que, siendo calificados por la CEP, hayan obtenido

en los criterios de Pertinencia y Coherencia y/o Impacto, una calificación igual a 1, quedarán

automáticamente fuera del proceso de selección. Si bien, serán evaluados en la totalidad de

los criterios, no podrán ser adjudicados por no resultar viables en su ejecución. En este mismo

sentido, aquellos proyectos que, en su nota final, obtengan una calificación igual o inferior a

3.00, quedarán fuera del proceso de adjudicación.

Una vez terminado el proceso de asignación de puntajes en la rúbrica digital de gestión del

CEP, dicha información quedará a disposición del Departamento de Coordinación

Programática, el cual procederá, a través de la coordinación nacional encargada de fondos

concursables, a determinar las entidades que resulten seleccionadas, conforme a la evaluación

realizada por las comisiones evaluadoras, cuestión que quedará expresada en el acta de

evaluación y listado de seleccionados del fondo, la cual se publicará en el sitio

www.injuv.gob.cl, dentro de los plazos determinados por el calendario del concurso (artículo

10°).

Lo expresado en el párrafo anterior, en ningún caso habilita a que el Departamento de

Coordinación Programática reevalúe proyectos y/o modifique notas.

Se seleccionarán proyectos a partir de aquel que haya obtenido un mayor puntaje en la suma

de todos los criterios y así sucesivamente hasta completar la totalidad de los recursos

disponibles, señalados en el artículo 16° de las presentes bases. Al existir cuotas por región,

los proyectos se ordenarán, en primera instancia, en un ranking regional.

Si una vez determinada la lista de seleccionados por región, quedan recursos disponibles, por

no existir proyectos suficientes para la adjudicación, la coordinación nacional encargada de

fondos concursables confeccionará un listado de organizaciones a nivel nacional. Se adjudicará

el fondo por estricto orden de notas, según ordenamiento establecido en el artículo 23°, hasta

agotar los saldos regionales, de conformidad a los montos establecidos en el artículo 16° de

las presentes bases.

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16

En caso de empate, una vez ordenados todos los criterios de evaluación según lo establecido

en la tabla n°4 del artículo 23°, se preferirá a la entidad que haya enviado primero la

postulación final del proyecto, según registro de horario y fecha de la plataforma de

postulación www.fondos.gob.cl

Si una entidad postuló a más de un proyecto, y estos se encuentran dentro de los

seleccionados, se preferirá únicamente aquel que haya obtenido una mejor ponderación,

quedando los siguientes proyectos fuera del proceso de adjudicación, dando paso a la selección

de proyectos que se encuentren en lista de espera, de una entidad distinta a las ya

seleccionadas. En caso de que no existan proyectos en lista de espera, los proyectos

seleccionados de la misma entidad, de todas maneras, quedarán fuera del proceso de

adjudicación.

Ante todo, la entidad postulante, deberá ejecutar el proyecto adjudicado identificado con el

número de folio de postulación en el acta de calificaciones y selección de proyectos, ratificado

luego en la resolución que adjudica el concurso.

Artículo 25°. Adjudicación. Corresponde a la resolución mediante la cual las entidades

ganadoras se adjudican el fondo respectivo, la cual será publicada en el portal institucional de

INJUV www.injuv.gob.cl

Resulta obligatorio que las entidades adjudicatarias participen, previa entrega de recursos, en

una capacitación de rendición de gastos, la cual se realizará en las direcciones regionales

respectivas. Las entidades adjudicatarias serán citadas mediante correo electrónico a esta

instancia, en caso de no poder asistir por causas justificadas, deberá informarlo con al menos

48 horas de anticipación. En caso de ocurrir la situación descrita, las entidades deberán

igualmente concurrir a capacitarse respecto de la rendición de cuentas en la forma y

oportunidad que determine el INJUV, sin posibilidad de volver a excusarse, en caso de

inasistencia, no les serán entregados los fondos públicos adjudicados.

Las entidades adjudicatarias serán notificadas por la coordinación nacional encargada de

fondos concursables del INJUV, mediante correo electrónico, en caso de haber existido un

error en la imputación de gastos en su proyecto, a fin de que subsanen el error mediante la

entrega de una nueva distribución de gastos que no transgreda las presentes bases,

documento que se entregará junto con el convenio y la documentación pertinente, de acuerdo

al artículo siguiente.

Artículo 26°. Convenio de cooperación y transferencia de recursos. Terminado el

proceso de selección y determinado los adjudicatarios del fondo, el Departamento de Asesoría

Jurídica elaborará los convenios y los enviará vía correo electrónico a las entidades

adjudicatarias a fin de ser firmados por sus representantes legales.

Es deber de la entidad verificar que el convenio recibido contenga correctamente ingresados

los datos de: nombre y RUT del representante legal, nombre y RUT de la entidad adjudicataria

y el respectivo domicilio. En caso de detectar algún error o inconsistencia deberá comunicar

esta situación al mismo correo desde el cual fue enviado el convenio, para su enmienda. Este

envío se realizará a los correos electrónicos informados en la postulación. Es de exclusiva

responsabilidad de la entidad postulante el mantener en funcionamiento la respectiva cuenta

de correo electrónico. Dicho convenio deberá entregarse en las direcciones regionales del

INJUV que correspondan a la comuna de ejecución de la organización o enviarse en sobre

cerrado, dirigido al Departamento de Coordinación Programática del Instituto Nacional de la

Juventud, ubicado en Agustinas n°1564, comuna de Santiago en la región Metropolitana.

CAPÍTULO V

FIRMA CONVENIO, ENTREGA DOCUMENTACIÓN Y TRANSFERENCIA FONDOS

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17

Artículo 27°. Documentos de respaldo. Las entidades adjudicadas deberán entregar,

dentro del plazo determinado en el calendario del concurso, la siguiente documentación

original de respaldo al convenio firmado:

1. Declaración Jurada simple (Anexo A: cargado como archivo adjunto en etapa de

postulación).

2. Listado de responsables de la ejecución del proyecto (Anexo B cargado como archivo

adjunto en la etapa de postulación).

3. Redistribución presupuestaria, exclusivamente en caso de que haya sido detectado un

error en la imputación de gastos por parte de la Comisión Evaluadora de Proyectos.

4. Letra de Cambio pagadera a la vista, sin indicación de fecha de vencimiento, emitida por

la entidad adjudicataria a favor del Instituto Nacional de la Juventud, por el 100% del

monto asignado, firmada y aceptada por su representante legal ante Notario Público.

Dicho instrumento debe contener:

• Nombre íntegro y completo de la organización (sin abreviaturas).

• Rol Único Tributario de la organización.

• Nombre íntegro y completo del representante legal.

• Nombre íntegro y completo del “INSTITUTO NACIONAL DE LA JUVENTUD” (sin

abreviaturas).

• La indicación de que el documento se suscribe “como aceptante” y “en representación

de la organización”.

• La indicación de que el documento es pagadero “a la vista”.

Las garantías deberán renovarse por la organización antes de 90 días a su vencimiento, a

solicitud del Instituto Nacional de la Juventud. El control de su caducidad corresponderá al

Departamento de Administración y Finanzas, quien notificará con la debida antelación a las

unidades respectivas de las garantías próximas a vencer para que estas comuniquen dicha

situación a las organizaciones.

Esta documentación deberá ser entregada personalmente en las Direcciones Regionales del

INJUV (ver en: http://www.injuv.gob.cl/portal/injuv-en-regiones/) o remitida a la Dirección

Nacional del INJUV, ubicada en calle Agustinas n°1564, comuna de Santiago, Región

Metropolitana. Si la entrega es personal en dependencias del INJUV, tanto en las Direcciones

Regionales como en la Dirección Nacional, las organizaciones deberán llevar la documentación

en duplicado, cada uno de los documentos será timbrado (el original y la copia), quedando el

original en poder del INJUV y la copia en poder de la organización, con el respectivo timbre

institucional.

Los funcionarios del INJUV que reciban la documentación deberán verificar que cada copia se

corresponda con su original. En caso de que los documentos sean entregados en las

Direcciones Regionales, estas deberán remitirlos al Departamento de Coordinación

Programática de la Dirección Nacional del INJUV, por valija, al día hábil siguiente a la entrega

efectuada por la organización.

Una vez recibida la documentación y el Departamento de Coordinación Programática haya

verificado que la entidad entregó los documentos exigidos en este artículo, los remitirá al

Departamento de Asesoría Jurídica. Este departamento, en caso de determinar que alguno de

los documentos no cumple con las exigencias de las bases, notificará a la organización por

correo electrónico y esta deberá subsanar en el plazo contemplado en las bases, de no hacerlo,

el INJUV queda facultado para dejar fuera del proceso a la organización.

Las entidades tendrán sólo una oportunidad por cada Departamento revisor de la

documentación para subsanar los problemas que se presenten, no existiendo posibilidad de

apelación ni prórroga. La no entrega en el plazo establecido, la información incompleta o la

falsedad de los documentos señalados anteriormente, facultará al INJUV para dejar sin efecto

la transferencia de recursos, lo que será determinado por el Departamento de Coordinación

Programática.

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Artículo 28°. Entrega de fondos. Aprobados los convenios mediante acto administrativo

(resolución exenta del INJUV), se procederá a la entrega de fondos asignados.

La entrega se hará mediante transferencia electrónica por el total de los fondos asignados en

la respectiva cuenta bancaria de la cual es titular la entidad adjudicataria. La notificación de

transferencia se realizará a través de correo electrónico por parte de la coordinación nacional

de los fondos concursables, el cual contendrá el respectivo comprobante de transferencia de

recursos.

Las entidades adjudicatarias que no declararon poseer una cuenta bancaria al momento de la

postulación, podrán proporcionar una al antes de la entrega de los recursos. Los antecedentes

bancarios, deberán ser informados al correo electrónico [email protected] de

la coordinación nacional de fondos concursables de INJUV. En caso contrario, se emitirá

cheque nominativo.

Las entidades adjudicatarias tendrán un plazo de 5 días hábiles para el retiro de los fondos

adjudicados, en caso de que estos se entreguen mediante cheque. Este plazo se contará desde

el día en que se encuentre disponible el cheque para retiro por parte del adjudicatario en la

Dirección Regional respectiva. El no retiro del cheque en el plazo señalado, hará perder el

derecho al financiamiento del proyecto adjudicado.

Es responsabilidad única y exclusiva de la organización hacer efectivo el cobro del cheque, no

se aceptarán solicitudes de reemisión de nuevo cheque por caducidad del instrumento. En

consecuencia, la caducidad del cheque hará perder el derecho a los fondos públicos

entregados.

En caso de existir dificultades para su cobro/depósito bancario que no tengan relación con la

vigencia de la directiva de la persona jurídica, la organización deberá comunicar esta situación

inmediatamente y por la vía más idónea a [email protected]

Artículo 29º. Reasignación de los fondos. Si después de cumplidos los respectivos plazos

de postulación, presentación de documentación, suscripción de convenios y entrega de fondos

existieran recursos no entregados, ya sea, por causa de renuncia, presentación de documentos

fuera de plazo, presentación de documentación errónea, pérdida del financiamiento por

sanción a entidades ganadoras u otro motivo similar. El INJUV se reserva el derecho para

proponer una reasignación de dichos recursos a proyectos en estricto orden del ranking

obtenido en el proceso de evaluación, que no fueron adjudicados en una primera instancia.

Con todo, si aún quedasen fondos disponibles, el INJUV se reserva el derecho a realizar un

nuevo llamado a concurso, bajo la misma temática de las presentes bases.

CAPÍTULO VI

EJECUCIÓN, RENDICIÓN DE CUENTAS Y SUPERVISIÓN DEL PROYECTO

Artículo 30°. Ejecución del proyecto. La entidad tendrá como plazo máximo para el

término de ejecución del proyecto el 31 de julio de 2020. La ejecución de cada proyecto deberá

durar al menos 30 días corridos contados desde la fecha de transferencia o retiro del cheque

desde la dirección regional.

En el desarrollo de la ejecución, la entidad adjudicataria tiene por obligación ejecutar las

actividades y alcanzar el número de beneficiarios declarados, con el propósito de cumplir los

objetivos propuestos en su diseño.

Los beneficiarios del proyecto, deben ser jóvenes en el rango etario entre los 15 a 29 años de

edad, quienes posteriormente deberán ser informados en los respectivos informes señalados

en el artículo 31° de las presentes bases.

Artículo 31°. Informe de los proyectos. Las entidades ejecutoras se comprometen a

entregar los siguientes informes:

1. Anexo D. Se debe acompañar un escrito firmado por el/la representante legal de la

entidad en que se señale que se ha recibido la transferencia o el cheque, acompañando

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copia de la transferencia realizada. Este informe se entrega solo una vez junto al primer

informe mensual de los anexos E y F.

2. Anexo E y F. Se debe acompañar durante los 5 primeros días hábiles de cada mes, hasta

la entrega del informe final (junto con el último informe mensual). Además, respecto del

informe mensual cuantitativo (anexo E), deberán acompañarse los documentos de

respaldo de los gastos por las inversiones realizadas, siempre en original. Conjuntamente

con el envío de la planilla de rendiciones en formato digital (Excel) al correo

[email protected]. Esta planilla, será enviada vía correo electrónico a las

organizaciones adjudicatarias, archivo que se encontrará disponible para su descarga en

el portal institucional del INJUV. La certificación de la entrega de estos informes en la

dirección regional, se plasma con el anexo G, el cual queda en poder de la entidad

adjudicataria una vez que hace entrega de la documentación.

3. Anexo I. Informe final de rendición de cuentas

El primer informe mensual de los anexos E y F, deben entregarse dentro de los primeros 5

días hábiles del mes siguiente a la entrega de recursos.

Todos los informes que entregue la entidad durante y una vez terminada la ejecución del

proyecto, deberán estar en armonía con las bases del concurso y especialmente, con la

Resolución nº30/2015 de la Contraloría General de la República.

El análisis de dicha documentación se realizará por la contraparte técnica al tenor de lo

dispuesto en el artículo 33º. Esta determinará, en caso de discrepancia, los documentos que

serán suficientes para acreditar el gasto, siempre dentro del marco de documentación legal

(Facturas, boletas y boletas de honorarios).

Deberá la organización mantener copia (física o digital) de las rendiciones o antecedentes

entregados al INJUV para su respaldo respecto a la ejecución del proyecto, de conformidad a

la resolución nº30 de 2015 de la Contraloría General de la República.

Se deja establecido, asimismo, que cada proyecto seleccionado, deberá incorporar de manera

visible en todo lo relativo a imagen el siguiente texto y logotipo (el cual deberá estar presente

en un 15% al menos, de la publicación respectiva):

Como medio de verificación del uso de los logos, las organizaciones deben acompañar antes

de la rendición final, el material gráfico que se utilizó en la ejecución del proyecto, el cual será

aprobado por la dirección regional INJUV respectiva.

Artículo 32°. Solicitudes de modificación. Cualquier modificación o solicitud de ampliación

del proyecto, presentado originalmente en el formulario de postulación, deberá ser informado

oportunamente al Instituto Nacional de Juventud, a través de la dirección regional respectiva

a la que pertenece la comuna de ejecución del proyecto.

Las organizaciones podrán presentar las siguientes solicitudes de modificación, las veces que

acá se señalan y en los plazos que acá se estipulan:

1. Solicitud de modificación de el/la/los encargado/a/s de la ejecución del

proyecto. La entidad podrá modificar a la persona designada en el proyecto original,

justificando oportuna y claramente el motivo del cambio de persona. Esta modificación

solo se aceptará una vez y podrá ser informada hasta la realización de la última actividad.

Solicitudes recibidas después de la última actividad serán consideradas fuera de plazo y

rechazadas.

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2. Solicitud de modificación de los plazos de ejecución. La entidad podrá modificar

las fechas de ejecución de los plazos del proyecto original, justificando oportuna y

claramente el motivo del cambio de las fechas. Solo podrá modificar máximo en dos

oportunidades los plazos de ejecución y en caso de corresponder a fechas de término,

estas deben solicitarse con 7 días hábiles de anticipación al acto que fundamenta dicha

solicitud. Solicitudes recibidas fuera de los 7 días hábiles señalados o posteriores a la

última fecha indicada como término de la ejecución serán consideradas fuera de plazo y

rechazadas.

3. Solicitud de modificación de las fechas de actividades del proyecto. La entidad

ejecutora, podrá modificar las fechas de las actividades del proyecto original, justificando

oportuna y claramente el motivo del cambio de las fechas. Solo podrá modificar en dos

oportunidades las fechas de las actividades, lo cual debe realizarse con 7 días hábiles de

anticipación al acto que fundamenta dicha solicitud. Solicitudes recibidas fuera de los 7

días hábiles señalados serán consideradas fuera de plazo y rechazadas. Para toda

modificación que implique cambios en las fechas de las actividades, la organización debe

presentar obligatoriamente una calendarización con el detalle de las actividades y nuevas

fechas.

4. Solicitud de modificación del gasto presupuestado. La organización podrá

modificar la distribución del presupuesto del proyecto original, justificando oportuna y

claramente el motivo del cambio, detallando los nuevos gastos a realizar. Podrá

modificar en dos oportunidades la distribución del presupuesto y lo deberá hacer con 7

días hábiles de anticipación a la realización de la última actividad planificada en el

proyecto. Lo anterior, sin perjuicio de la modificación efectuada por error en la

imputación de gastos en el proyecto y subsanada previa entrega de los recursos, la cual

no se contabilizará como modificación para los efectos del presente artículo. Solicitudes

recibidas fuera de los 7 días hábiles señalados o posteriores a la última fecha indicada

como término de la ejecución, serán consideradas fuera de plazo y rechazadas. Las

solicitudes que excedan los límites de gasto por ítem o gastos no financiables,

contemplados en los artículos 17° y 18° de estas bases, serán rechazadas.

5. Solicitud de modificación del lugar, recinto o espacio de ejecución del proyecto.

La organización podrá modificar el lugar, recinto o espacio de ejecución de alguna o

todas las actividades declaradas en el proyecto original, justificando oportuna y

claramente el motivo del cambio, detallando los nuevos espacios, lugares o recintos que

va a utilizar. Solo podrá modificar en una sola oportunidad el o todos los cambios a

realizar y lo deberá hacer con 7 días hábiles de anticipación a la realización de la actividad

o actividades que modificaron lugar de ejecución. Solicitudes recibidas fuera de los 7

días hábiles señalados o posteriores a la última fecha indicada como término de la

ejecución, serán consideradas fuera de plazo y rechazadas.

Toda solicitud de modificación, debe ser sistematizada por la dirección regional en el anexo

H, el cual debe adjuntar obligatoriamente el documento en el que se levanta la solicitud,

siendo válidos los correos electrónicos o las cartas suscritas por los/las responsables de la

ejecución del proyecto declarados en el anexo B. Esta documentación debe ser remitida al

nivel central en un plazo máximo de 1 día hábil a la recepción en la dirección regional (vía

escáner y memorándum interno).

La coordinación nacional de los fondos concursables, una vez recibida la documentación,

analizará la solicitud y dará curso administrativo a la respuesta que corresponde (aprobar o

rechazar).

Una vez tramitada la solicitud de modificación, la notificación de la respuesta se realizará por

medio de correo electrónico a las cuentas mail del representante legal, encargado/a de la

ejecución del proyecto, Unidad de Rendiciones y la coordinación regional INJUV, al que

adjuntará la resolución correspondiente que autoriza o rechaza la modificación.

Con todo, ninguna modificación generará más derechos para las entidades que los establecidos

en las presentes bases y en ningún caso se podrán contradecir o eximir a las entidades de las

obligaciones establecidas en estas.

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No se dará curso y serán rechazadas en su totalidad, aquellas solicitudes que consideren las

siguientes modificaciones al proyecto:

1. Cambio de comuna en la que se ejecutará el proyecto declarado en el formulario de

postulación.

2. Cambio en los beneficiarios y el número de estos que fueron declarados en el formulario

de postulación.

3. Cambio en la definición de objetivos declarados en el formulario de postulación.

4. Eliminación de actividades declaradas en el formulario de postulación. La entidad

ejecutora solo lo podrá hacer reemplazándola por otra, de manera que mantenga el

mismo número de actividades que fueron aprobadas en su proyecto adjudicado.

En el caso que algún integrante de la directiva o toda la directiva sean reemplazados, la

entidad ejecutora, solo debe notificar el cambio al INJUV, adjuntando el certificado de

directorio con los nuevos integrantes. Esto no implica solicitud de modificación.

Artículo 33°. Supervisión de los proyectos y contraparte técnica. Durante el período de

ejecución del proyecto, las entidades podrán ser supervisadas por profesionales INJUV a fin

de velar por el buen uso de los fondos públicos asignados. Asimismo, las organizaciones

ejecutoras deben responder a los requerimientos y solicitudes que se hagan desde los equipos

regionales que llevan el seguimiento de las iniciativas.

Durante y después de la ejecución del proyecto, el INJUV se reserva el derecho de realizar

todas las evaluaciones y auditorías que considere necesarias para velar por el buen desarrollo

de los proyectos y el buen uso de los fondos públicos asignados.

Para todos los efectos de las presentes bases, la contraparte técnica del INJUV será su

Departamento de Coordinación Programática, cuyo correo electrónico, para estos efectos, es

[email protected] Esta, tendrá como función asesorar a las organizaciones

adjudicadas durante la realización del proyecto, en conjunto con las coordinaciones regionales

respectivas que llevan el seguimiento de los proyectos en ejecución.

Además, existirá una contraparte técnica distinta a la señalada en el párrafo anterior,

encargada de verificar y resguardar que los fondos públicos entregados se destinen

exclusivamente a la ejecución del proyecto, de conformidad a estas bases administrativas y

al plan de gastos presentado. Esta contraparte, estará conformada por la Unidad de

Rendiciones del Departamento de Administración y Finanzas, cuya función será revisar y

aprobar tanto los informes mensuales (anexos E y F) como la rendición final de cuentas (anexo

I) de la entidad, velando porque estos se ajusten a lo señalado en las bases, el convenio

suscrito, el proyecto presentado y la resolución Nº30/2015 de la Contraloría General de la

República. El correo electrónico, para estos efectos, es [email protected].

Artículo 34°. Recursos no utilizados. En el evento que no se hayan utilizado, total o

parcialmente los recursos transferidos, deberán restituirse los fondos al INJUV conforme a los

siguientes términos:

1. La totalidad de los recursos para el caso en que no se cumpla ninguna de las obligaciones

por parte de la entidad adjudicataria aceptadas en el convenio.

2. La totalidad de los recursos para el caso de renuncia a la ejecución del proyecto por parte

de la entidad adjudicataria.

3. La parte de los recursos que corresponda, según el saldo que determine la rendición de

gastos aprobada por el INJUV, para el caso de haberse ejecutado satisfactoriamente por

la entidad adjudicataria parte de las obligaciones consignadas en el convenio suscrito.

La devolución de dichos recursos se efectuará a más tardar dentro de los 15 días corridos

siguientes al término de la ejecución del proyecto.

El monto, según sea el caso, deberá ser depositado o transferido a la Cuenta Corriente N.º

9019324 de BancoEstado a nombre del Instituto Nacional de la Juventud, R.U.T. 60.110.000-

2. El comprobante de depósito o transferencia debe ser adjuntado en la respectiva rendición

de gastos y enviado, vía correo electrónico, a [email protected] y

[email protected].

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Artículo 35°. Interpretación de las bases por la autoridad nacional. La autoridad

nacional del INJUV, queda facultada para resolver e interpretar cualquier duda o discrepancia

en la aplicación de las presentes bases y posterior contrato o convenio a suscribir entre el

INJUV y los adjudicatarios respectivos.

De igual forma la autoridad Nacional del INJUV, queda facultado durante la ejecución del

convenio, para resolver cualquier desacuerdo entre las partes que digan relación con el

cumplimiento, interpretación de cláusulas, plazos o cualquier otra dificultad que se presente

durante la ejecución de los servicios contratados, previo informe en derecho emitido por el

Departamento de Asesoría Jurídica.

Con todo, el contenido de las bases es fuente de obligaciones para los adjudicatarios,

quedando estos obligados a todas y cada una de sus disposiciones.

Artículo 36°. Sanciones por incumplimiento. En caso que el adjudicatario incumpla las

obligaciones establecidas en las presentes bases y/o en el convenio celebrado, el INJUV podrá,

unilateralmente y previo informe del Departamento de Asesoría Jurídica, poner término

anticipado al convenio suscrito y exigirá al ejecutor la devolución de los fondos públicos

entregados. Sin perjuicio de lo anterior, se podrá hacer efectiva la letra de cambio entregada

como caución y ejercer las demás acciones legales que en derecho correspondan.

Se considerará que existe especialmente incumplimiento de las bases y del convenio en

cualquiera de los siguientes casos:

1. Si el adjudicatario utiliza la totalidad o parte de los recursos para fines diferentes a los

estipulados en el convenio.

2. Si no se respaldan los gastos efectuados con la documentación pertinente, es decir,

boletas y/o facturas originales.

3. Si se comprueba que la documentación, información o antecedentes presentados por el

adjudicatario no se ajustan a la realidad o hubieren sido falseados.

4. Si el adjudicatario no efectúa las actividades o informes comprometidos en los plazos

establecidos.

5. Si el adjudicatario no cumple con la entrega de los informes mensuales cualitativos y

cuantitativos en el plazo estipulado para dicha obligación, o dichos informes no se ajustan

a lo dispuesto en las mismas y/o en el convenio y/o en la Resolución nº30/2015 de la

Contraloría General de la República.

6. Si el adjudicatario no entrega el informe final en conformidad a lo establecido en las

bases, el convenio y a la resolución nº30/2015 de la Contraloría General de la República.

7. Si el adjudicatario incumple o contraviene cualquiera de las disposiciones señaladas en

las presentes bases.

8. Si el adjudicatario incumple o contraviene cualquiera de las obligaciones contenidas en

el convenio que se celebrará para la ejecución del proyecto.

9. Si el adjudicatario cede a cualquier título los derechos generados a raíz de las presentes

bases y el convenio respectivo.

10. Si se ejecuta el proyecto por personas naturales distintas a las señaladas en el anexo B

o por una persona jurídica distinta a la adjudicataria del fondo.

11. Si el adjudicatario no asiste a la capacitación obligatoria de rendición de cuentas.

Artículo 37°. Prohibición general. Queda estrictamente prohibida cualquier tipo cesión de

los derechos establecidos en las presentes bases y los que se generen a partir del convenio

respectivo. Además, queda prohibido llevar a cabo el proceso de rendiciones y/o presentar

boletas, boletas de honorarios, facturas, por una organización o entidad distinta a la que

suscribió el convenio. La situación descrita en este párrafo facultará al INJUV para poner

término unilateralmente al convenio y exigir la devolución de los fondos públicos entregados

y el cobro de las garantías, sin perjuicio de las demás acciones legales que procedan. Lo

anterior, en conformidad al dictamen Nº90.492/2015 de la Contraloría General de la

República.

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CAPÍTULO VII

ANEXOS

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Agustinas 1564, Santiago, Chile

Fono (56 -2) 6204700

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ANEXO A

DECLARACIÓN JURADA SIMPLE

FONDO CONCURSABLE PARTICIPA 2020

Señora

María Asunción Cekalovic

Directora Nacional (s)

Instituto Nacional de la Juventud

Presente

Quien suscribe, declara lo siguiente:

1.- Conocer y aceptar el contenido de las bases del fondo concursable Participa 2020.

Aceptar también la obligación de conocer todas las modificaciones que se hagan a estas

bases.

2.- No tener rendiciones pendientes de fondos públicos en ningún organismo de la

administración del Estado a la fecha de envío de nuestro proyecto.

3.- No encontrarme afecto a ninguna inhabilidad de las señaladas en el artículo 6° de las

presentes bases.

4.- Que toda la información contenida en el formulario de declaración electrónica se

ajusta a la realidad y que ratifico en este acto, la aceptación de las notificaciones vía

correo electrónico que se han efectuado y que se realizarán en el futuro.

5. Declaro estar en conocimiento de la postulación al fondo concursable Participa 2020,

y que la iniciativa es diseñada o implementada por la entidad a la que represento.

Sin otro particular, atentamente le saluda.

__________________________________________

(Firma representante legal y timbre organización)

Nombre representante legal:

Nombre de la entidad postulante:

RUT de la entidad postulante:

Fecha:

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Agustinas 1564, Santiago, Chile

Fono (56 -2) 6204700

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ANEXO B

LISTADO DE RESPONSABLES1 DEL PROYECTO

FONDO CONCURSABLE PARTICIPA 2020

Antecedentes 1er responsable ejecución 2do responsable ejecución 3er responsable ejecución

Nombres y Apellidos

RUT responsable

Edad responsable

Región residencia

Comuna residencia

Dirección residencia

Teléfono (celular)

Correo electrónico

Sexo (M-F)

Nacionalidad

Antecedentes de la organización

Nombre de la organización postulante

RUT de la organización postulante

Comuna de ejecución del proyecto

Nombre del proyecto

1 Personas no remuneradas responsables de la ejecución del proyecto. Tienen la responsabilidad de vincularse con INJUV y ocuparse de la correcta ejecución del proyecto. Deben asistir obligatoriamente a las capacitaciones que se les convoque una vez adjudicado el concurso.

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[email protected] www.injuv.gob.cl

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ANEXO C

INSTRUCTIVO DE RENDICIÓN DE CUENTAS

“FONDO PARTICIPA 2020”

I. Consideraciones Preliminares

El Instituto Nacional de la Juventud (INJUV) debe velar que se cumplan fielmente los

fines propuestos por las entidades que resulten beneficiadas con la adjudicación del

fondo, y le corresponde también velar que la inversión de dichos recursos se efectúe de

manera transparente y de conformidad a lo exigido por los objetivos trazados.

Así, y conforme a las normas fijadas en la Resolución Nº30 - Año 2015 de Contraloría

General de la República, se ha hecho necesario instruir a las organizaciones, cuyos

proyectos sean subvencionados con recursos del INJUV, en el deber, oportunidad y

procedimiento de rendir cuentas de los gastos e inversiones de dichos recursos.

II. Instrucciones Generales

1. Ámbito de Aplicación

Las disposiciones contenidas en el presente Instructivo se aplicarán de forma general y

obligatoria a toda rendición de cuentas que deban presentar las organizaciones.

2. Normativa e Instrumentos Complementarios

Además de la legislación aplicable a la materia, se entenderán como parte integrante del

presente instructivo, tanto para su interpretación como para su aplicación, lo siguiente:

- Resolución Nº30/2015 de la Contraloría General de la República, que fija las

Normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas.

- Bases Fondos Concursables.

- Formulario de postulación y todos los antecedentes de respaldo de la iniciativa.

- Convenio de transferencia.

- Manuales e Instructivos del INJUV.

- Formatos de rendición.

III. Rendición de Cuentas

1. Procedimiento y Plazos

Las rendiciones de cuentas de las que trata el presente Instructivo se contendrán en

informes mensuales de rendición (compuesto por un informe cuantitativo y cualitativo

por cada mes de ejecución), y en un Informe Final. Para ello las entidades receptoras o

ejecutoras, cuyas iniciativas sean subvencionadas con transferencias de recursos del

INJUV, deberán basarse en el siguiente procedimiento:

a) Informes de Rendición de Cuentas (Mensuales)

Las entidades receptoras deberán rendir cuentas mensualmente de la inversión de los

recursos percibidos, debiendo en estas reflejarse el gasto realizado en relación con las

actividades desarrolladas en conformidad con lo descrito en el Formulario de Postulación

de la iniciativa.

Con este objeto se deberá remitir mensualmente al INJUV, un “Informe de Rendición

de Cuentas” (compuesto por un informe cuantitativo y cualitativo por cada mes de

ejecución); firmado y timbrado por el representante legal de la entidad receptora, el que

deberá contener los antecedentes requeridos.

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Así:

- El primer Informe de Rendición de Cuentas (Anexo E y F) deberá entregarse

dentro de los 5 primeros días hábiles del mes siguiente a la recepción de los

recursos. A este, debe adjuntarse la Declaración de Recepción de Fondos (Anexo

D), junto con un comprobante de la transferencia o cheque recibido.

- Los siguientes Informes de Rendiciones de Cuentas (Anexo E y F) deberán

presentarse de la misma manera, dentro de los primeros 5 días hábiles del mes

siguiente al período que se informa. Durante todo el período que dure la ejecución

del proyecto.

- El Informe Final de Rendición de Cuentas (Anexo I) deberá presentarse 30 días

corridos posteriores al término de la ejecución del proyecto.

A estos Informes deberán acompañarse los documentos de respaldo de los gastos

(boletas y/o facturas) por las inversiones realizadas, siempre en original. Además del

envío de la planilla de rendiciones en formato digital al correo: [email protected]

Si en el período a informar no se hubiesen generado gastos, dicha circunstancia

igualmente deberá ser comunicada al INJUV por la entidad receptora dentro del mismo

plazo que el establecido para presentar los mencionados “Informes de Rendición de

Cuentas”, indicando los “ítems de gastos en 0”, debiendo informar la ejecución de

actividades propias de la iniciativa que pudieron haberse ejecutado sin generar gastos

(Informe Cualitativo).

b) Revisión de los Informes de Rendición (Cuantitativo y Cualitativo)

El INJUV revisará los Informes de Rendición de Cuentas para analizar si estos se ajustan

al proyecto aprobado, a los requerimientos legales, y demás disposiciones

administrativas.

Los gastos podrán ser:

- Aceptados: Estos corresponderán a los gastos que se ajustan a los objetivos del

proyecto, a las actividades comprometidas, a los plazos en que se realizarán las

actividades, a los ítems autorizados y formalidades exigidos en el presente

instructivo, en las bases del concurso y/o en el convenio suscrito entre el INJUV

y el adjudicatario.

- Reparados: Estos corresponderán a los gastos que en el marco del proyecto

presentan errores u omisiones que impiden su aceptación en primera instancia

por parte de la Unidad de Rendición de Cuentas, no obstante, ellos podrían ser

subsanados. En este caso, se comunicará por escrito, a través de correo

electrónico, a la entidad receptora las observaciones y su fundamentación. El

plazo para que sean subsanadas no podrá exceder los 5 primeros días hábiles

siguientes al mes de recepción de las observaciones efectuadas por el INJUV, es

decir, deben venir subsanadas en la próxima rendición.

- Rechazados: Estos corresponderán a los gastos que NO son aceptados por el

INJUV, debido a que no se ajustan a los objetivos del proyecto, a las actividades

comprometidas, a los plazos en que se realizan las actividades, a los ítems

autorizados, a formalidades exigidas en el presente instructivo, en las bases del

concurso y/o convenio suscrito por el INJUV y el adjudicatario.

Los gastos Rechazados no serán objeto de subsanación. En estos casos

deben ser reintegrados los recursos de forma inmediata al requerimiento del

INJUV, no siendo objeto de solicitudes de prórroga para su ingreso en la cuenta

corriente del INJUV.

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Realizado el análisis a una Rendición de Cuentas, el resultado de ésta será informado a

través de un Informe de Revisión de Cuentas, el cual será remitido a las organizaciones

vía correo electrónico.

En caso de requerir mayores antecedentes: como documentos e informes que tengan

directa relación con el desarrollo de las actividades subvencionadas y de la inversión de

los recursos transferidos, que se estimen como estrictamente necesarios para realizar

un correcto y cabal análisis de la rendición presentada. Dicho requerimiento se hará por

escrito. El plazo para que sean acompañados no podrá exceder los 5 primeros días

hábiles al mes de recepción de las observaciones efectuadas por el INJUV.

c) Informe Final de Rendición de Cuentas

Las entidades receptoras, 30 días corridos posteriores al término de la ejecución el

proyecto, deberán presentar un Informe Final de Rendición de Cuentas (Anexo I).

Este deberá contener una descripción general del desarrollo y resultado final del

proyecto, conforme a los objetivos señalados en la ficha de postulación del proyecto.

Además, deberá incluir la indicación del total de recursos transferidos, los ejecutados y

del saldo pendiente, según corresponda.

d) Cierre Administrativo y Cumplimiento del Convenio

Una vez finalizado y aprobado el proceso de Rendición de Cuentas en conformidad a las

bases administrativas del fondo, se emitirá un “Certificado de Cierre Financiero”, el que

será comunicado a la Entidad receptora como cierre de la iniciativa y cumplimiento del

convenio.

A las organizaciones que cumplan con esta condición, se les comunicará sobre el retiro

de este certificado y de la letra de cambio o pagaré otorgado en la Dirección Regional

correspondiente. A excepción de las organizaciones de la Región Metropolitana, quienes

harán retiro de estas en la Dirección Nacional del INJUV.

2. Efectos y Sanciones

a) El rechazo de uno o más gastos dentro de los informes de rendiciones mensuales

implicará que el financiamiento del gasto deberá ser asumido íntegramente por la

entidad receptora. En otras palabras, el gasto o la inversión no autorizada no podrá ser

financiada con recursos del INJUV.

Los dineros por gastos rechazados o no ejecutados deberán ser restituidos al INJUV, de

acuerdo a lo señalado en el último Informe de Revisión. Estos dineros deberán ser

depositados en la cuenta corriente del INJUV N.º 9019324, del Banco del Estado de Chile.

b) El incumplimiento a la obligación de rendir cuentas de los fondos transferidos que

se regla en el presente instructivo, tanto en el tiempo y forma, generará las acciones de

cobro correspondientes. Pudiendo el INJUV poner término al convenio de manera

unilateral. Esto, sin perjuicio de ejecutar la garantía otorgada para la correcta inversión

de los recursos, en protección de intereses del Estado.

c) Si en el proceso de revisión de cuentas el INJUV detectare anomalías de tal

gravedad que pudieran constituir una evidente infracción de la ley o a los demás

instrumentos que reglen la relación con la entidad receptora, o bien, porque los

documentos que los respalden sean manifiestamente falsos o carezcan de la integridad

suficiente para hacer fe del hecho del que dan cuenta o hayan sido adulterados de

cualquier forma u obtenidos con el ánimo de defraudar, este Servicio realizará las

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Agustinas 1564, Santiago, Chile - Fono (56 -2) 6204700

[email protected] www.injuv.gob.cl

29

respectivas denuncias ante los organismos competentes, sin perjuicio de ejecutar la

garantía otorgada para la correcta inversión de los recursos, en protección de intereses

del Estado.

3. Gastos a Informar

Los recursos transferidos solo podrán financiar los gastos que hayan sido previamente

autorizados y predefinidos por las disposiciones que reglan la subvención, por las Bases

Administrativas y/o Instructivos, Formulario Único de Postulación y por el Convenio de

Transferencia respectivo y sobre los cuales deberá recaer la respectiva rendición de

cuentas.

En este sentido, las Entidades receptoras NO podrán efectuar:

- Pagos antes de la recepción de los fondos.

- Pagos por actividades o conceptos no contemplados en la iniciativa o no

autorizados por el INJUV.

- Pagos que se originen fuera del plazo de ejecución del proyecto establecido en el

Convenio de Transferencia respectivo y de sus prórrogas.

- Pagos o desembolsos por gastos originados por viáticos u hospedajes, compra de

celulares, de inmuebles, vehículos, bebidas alcohólicas, cigarrillos, pagos de

servicios financieros y de seguros, gastos por mantenimiento de máquinas,

equipos o vehículos, pago de permisos de circulación, placas, patentes de

vehículos, artículos electrónicos no relacionados con el proyecto (Tablet, LCD,

televisores, reproductores de multimedia).

- Desembolsos por premios en dinero.

- Pagos por auto facturación de la entidad receptora y los facturados al INJUV por

bienes o servicios que esta entidad preste o ponga a disposición de la ejecución

de la iniciativa.

- Gastos que financien construcciones de inmuebles e infraestructuras inmuebles.

- Pagos por gastos en estudios, tesis, becas, investigaciones o encuestas.

- Pagos por gastos operacionales propios de la organización o gastos distintos a los

detallados en la iniciativa, tales como: bencina, gastos por pago de servicios

básicos de luz, agua, teléfono, e internet, de arriendos de inmuebles cuando estos

sean el lugar en que habitualmente funcionan o desarrollan sus actividades las

Entidades ejecutoras.

- Gastos a nombre de socios, asociados, representantes legales o quienes integren

la entidad ejecutora y responsables de la postulación y/o ejecución.

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30

IV. Documentos de Respaldo

1. Instrucciones

- Todos los documentos mercantiles de respaldo, ya sean; facturas, boletas de

ventas y servicios, boletas de honorarios, comprobantes de pago u otros que dieren

cuenta de las obligaciones, deberán ser emitidos por el proveedor o prestador

correspondiente, consignando el concepto que origina el gasto, el detalle de los servicios

prestados, bienes o insumos adquiridos, fecha, precio unitario y total pagado.

- Las organizaciones serán responsables del correcto cumplimiento de las

obligaciones tributarias y/o laborales.

- La documentación de respaldo (originales), debe entregarse en estado de

perfecta legibilidad (con toda la información claramente impresa), sin enmiendas e

íntegros.

Para estos efectos se debe tener en presente que las compras de bienes y las

prestaciones de servicios deberán acreditarse mediante alguno de los instrumentos

siguientes:

a) Boleta de Honorarios: Es el Documento Tributario que le corresponde a los

profesionales independientes o sociedades profesionales, mediante el que

declaran su renta y el impuesto correspondiente ante el Servicio de Impuestos

Internos (SII). Actualmente existen dos formatos para estos documentos; físico

y electrónico.

b) Boleta de Compraventa: Es el comprobante tributario que acredita la venta de un

producto o servicio a un consumidor final.

c) Factura: Son Documentos Tributarios que los comerciantes envían usualmente a

otro comerciante, con el detalle de la mercadería vendida, su precio unitario, el

total del valor cancelable de la venta. Para este documento existe formato físico

y electrónico.

Para todo gasto superior a 1 U.F. se debe presentar boleta electrónica con detalle o

factura.

Así también, se debe tener presente que se acreditarán gastos por medios distintos

a los indicados precedentemente, solo en los casos en que el prestador o proveedor sea

un contribuyente autorizado por el Servicio de Impuestos Internos para no emitir

documentos por operaciones no afectas o exentas del Impuesto al Valor Agregado o bien

que deban otorgar documentos especiales por las operaciones que realicen.

No se aceptarán compras de gastos realizados en el extranjero. Así como tampoco, el

pago por concepto de impuesto de aduana.

2. Gastos en Honorarios

Estos corresponden a los Pagos a profesionales o técnicos a través de Boletas de

Honorarios del servicio de Impuestos Internos (SII) y sólo si realizan trabajos requeridos

por el proyecto.

Las organizaciones, rendirán con los siguientes antecedentes:

- La respectiva boleta de honorarios, señalando en la glosa de la Boleta de

Honorarios debe detallar función realizada, actividad (o etapa del proyecto) en la

que se realizó esta función, y periodo en que se realizó.

- Formulario N.º 29 del SII donde existen retenciones de impuestos, con el detalle

de los honorarios (nombre, RUT, n° boleta y monto impuesto retenido) que

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31

componen la cifra global que se declara y paga por los impuestos retenidos de la

tasa del 10%, del periodo tributario correspondiente a la boleta emitida.

- No se aceptarán boletas de honorarios realizadas por miembros de la

organización ni de los responsables de la postulación y/o ejecución del proyecto.

- Las Boletas de Honorarios deben ser a nombre de la Organización beneficiaria,

en ningún caso se aceptarán boletas de honorarios a nombre del INJUV u otro

receptor.

- Los montos destinados a este ítem no podrán superar el porcentaje máximo del

20% del fondo adjudicado por la organización establecido en las Bases del

Fondo PARTICIPA 2020.

3. Gastos en Bienes y Servicios de Consumo

Estos corresponden a pagos de bienes y servicios de carácter fungibles, que estén

en relación directa con la ejecución y con los beneficiarios del proyecto.

a) Bienes: Gastos por adquisiciones de alimentos, bebidas, fotocopias, papel,

materiales de escritorio, fotografías, materiales de aseo.

b) Servicios: Gastos por adquisición de pasajes de locomoción urbana, movilización

para personas, fletes, siempre y cuando lo requiera el proyecto.

Las organizaciones, rendirán con los siguientes antecedentes:

- La respectiva boleta con detalle y/o factura autorizados por SII.

- Fotografías de los bienes y servicios adquiridos tienen carácter obligatorio.

- Los gastos de pasajes incluyen aquellos por concepto de movilización, locomoción

y transporte de personas o equipamiento. En este punto, se debe completar una

planilla de pasajes mensual que debe incluir para cada boleta o factura

presentada: origen–destino, motivo de viaje, fecha, nombre de quien realiza el

viaje, firma y número del pasaje (el boleto se debe adjuntar en la rendición).

De la misma forma, en el caso de compra de pasajes aéreos, sólo se aceptarán

facturas por la compra de estos.

- No se aceptan “vale por, órdenes de compra, guías de despacho, etc.” como

documento para acreditar gastos (se aceptan Boletas, Facturas, Pasajes). Esto

es válido para todos los ítems, salvo en las áreas locales (rurales) en donde no

obtengan boletas de movilización (colectivos locales, taxis locales), debiendo

necesariamente presentar un medio comprobatorio.

- Los montos destinados a este ítem no podrán superar el porcentaje máximo del

15% del fondo adjudicado por la organización establecido en las Bases del

Fondo PARTICIPA 2020.

4. Gastos de Publicidad y Difusión

Estos corresponden a Gastos en actividades de promoción o difusión (publicidad en

radios, diarios, dípticos, afiches, pendones, pasacalles, etc.).

Las organizaciones, rendirán con los siguientes antecedentes:

- La respectiva boleta con detalle y/o factura autorizados por SII.

- Se entiende en este ítem, aquellas actividades que se realizan con el objetivo de

dar a conocer el proyecto y/o sus actividades.

- En toda actividad de promoción y/o difusión, se deberá incluir en forma

OBLIGATORIA, el Logo del INJUV (el cual debe estar presente en un 15% al

menos, de la publicación respectiva), sobre el que se debe señalar que el proyecto

es financiado por el INJUV.

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32

- Se deben adjuntar fotografías de la difusión instalada, muestras de los dípticos,

afiches, pendones, pasacalles, etc., susceptibles de ser enviados.

- NO se aceptan gastos en merchandising (estos se consideran como Materiales de

ejecución).

- Los montos destinados a este ítem no podrán superar el porcentaje máximo del

10% del fondo adjudicado por la organización establecido en las Bases del

Fondo PARTICIPA 2020.

5. Gastos de Ejecución

Estos corresponden a Gastos destinados a materiales necesarios que se utilizarán

durante la ejecución el proyecto. Tales como: materiales de construcción (clavos,

tornillos, maderas, etc.), merchandising (gorros, poleras, libretas, mochilas ecológicas,

botellas, lápices, etc.).

Las organizaciones, rendirán con los siguientes antecedentes:

- La respectiva boleta con detalle y/o factura autorizados por SII.

- En todo artículo adquirido como merchandising, se deberá incluir en forma

OBLIGATORIA, el Logo del INJUV.

- Se deben adjuntar fotografías y/o muestras de estos.

- Los montos destinados a este ítem pueden ser hasta un 100% del fondo

adjudicado por la organización de acuerdo a lo establecido en las Bases del

Fondo PARTICIPA 2020.

6. Gastos de Inversión

Estos corresponden a Gastos que resultan de la adquisición de bienes indispensables

para desarrollar las actividades previstas en el proyecto, que subsisten después de

terminado (instrumentos musicales, equipos electrónicos y/o computacionales, artículos

eléctricos, mobiliario, etc.), y que hayan sido declarados explícitamente dentro de los

recursos solicitados al INJUV en el ítem de inversión en la ficha de postulación del

proyecto.

Las organizaciones, rendirán con los siguientes antecedentes:

- La respectiva boleta con detalle y/o factura autorizados por SII.

- Todo gasto de inversión debe declararse, justificar y especificar en el

momento de presentar el proyecto. Cuando no se realice esta tarea, el INJUV

está capacitado para no reconocer gastos de inversión.

- Se deben adjuntar fotografías de los bienes adquiridos en uso.

- Todos los bienes adquiridos bajo la modalidad de Gastos de Inversión deben

quedar a disposición y bajo dominio de la agrupación ejecutora del proyecto.

- No se puede incluir gastos de infraestructura de obras mayores, y solo

financiará el equipamiento imprescindible para el desarrollo del proyecto.

- No se financiarán gastos en artículos electrónicos o computacionales que

individualmente superen el monto de $300.000 (trescientos mil pesos).

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33

- Los montos destinados a este ítem no podrán superar el porcentaje máximo del

30% del fondo adjudicado por la organización establecido en las Bases del

Fondo PARTICIPA 2020.

INJUV Y SU UNIDAD DE RENDICIÓN DE CUENTAS, CUENTAN CON LA

FACULTAD DE REASIGNAR GASTOS EN CASO DE SER DECLARADOS EN UN

ÍTEM DONDE NO CORRESPONDEN, AÚN SI ESTOS FUERON DECLARADOS EN

FORMULARIO DE POSTULACIÓN. ESTO, DE ACUERDO A LOS CRITERIOS

SEÑALADOS ANTERIORMENTE.

V. Disposiciones Particulares

1. Reintegro de Fondos

En el caso de no hacer uso total del fondo este deberá ser depositado en la Cta. Cte. N.º

9019324 del Banco Estado a nombre del “Instituto Nacional de la Juventud”, Rut

60.110.000-2. Dicho comprobante de depósito o transferencia debe ser original y debe

ser enviado a la Unidad de Rendición de Cuentas.

2. Garantías

Todos los proyectos deberán ser respaldados mediante garantía, cuya vigencia será el

plazo indicado en el convenio celebrado por las partes.

- Devolución de la Garantía, ocurrirá:

a) Cuando se reciba otra Garantía para extender su plazo, bajo las mismas

características que la anterior.

b) Cuando la Rendición de Cuentas se encuentre aprobado en conformidad por

la Unidad de Rendición de Cuentas, una vez emitido el Certificado de Cierre

Financiero.

c) El retiro de la Garantía podrá ser realizado por la organización adjudicataria

en la Dirección Regional que corresponda. En el caso de la región

metropolitana, esto será en la Dirección Nacional.

- Cobro de la Garantía:

INJUV se encontrará facultado para el cobro de la garantía, en caso que el adjudicatario

no de cumplimiento a las obligaciones contraídas en el convenio suscrito, considerándose

dentro de ellas la no ejecución del proyecto, la falta de entrega de rendición de gastos

parciales y/o finales, o el no reintegro de los fondos no gastados.

3. Formularios Disponibles

De los formularos disponibles en el sitio www.injuv.gob.cl serán obligatorios el uso de

los denominados:

- Anexo C – Instructivo de Rendición de Cuentas.

- Anexo D – Declaración de Recepción de Fondos.

- Anexo E – Informe Cuantitativo de Rendición de Cuentas.

- Anexo F – Informe Cualitativo de Rendición de Cuentas.

- Anexo G – Certificado de Acreditación Regional.

- Anexo H – Solicitud de Modificación.

- Anexo I – Informe Final de Rendición de Cuentas.

Estos formularios deben ser enviados en formato digital mensualmente, cuando

correspondan, al correo: [email protected]. Esto, sin perjuicio de la entrega física

de la rendición junto con su respaldo.

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ANEXO D

FONDO PARTICIPA 2020

NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL:

RUT :

___________________________________

TIMBRE DE LA ORGANIZACIÓN

Nota: Se debe adjuntar fotocopia de documento que acredite la transferencia en la Cuenta

de la Organización o la entrega del cheque, con timbre y firma del Representante Legal.

0

0

___________________________________________________________

MONTO RECEPCIONADO :

DECLARACIÓN DE RECEPCIÓN DE FONDOS

FONDOS CONCURSABLES

INSTITUTO NACIONAL DE LA JUVENTUDEnviar este Certificado con la primera Rendición Mensual

ORGANIZACIÓN : 0

RUT : 0

PROYECTO :

$ 1.500.000

0

N° DE RESOLUCIÓN :

FECHA DE RECEPCIÓN DE

RECURSOS :XX-XX-2020

ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE

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ANEXO E

FONDO PARTICIPA 2020

CONSULTAS A:

[email protected]

Nº RENDICIÓN

RUT RL

(1) RENDICIÓN

ACUMULADA AL

MES ANTERIOR

(2) MONTO

RENDIDO EN EL

PRESENTE MES

(3) TOTAL

RENDIDO A LA

FECHA (1)+(2)

(4) MONTO MÁXIMO

POR ÍTEM

$ 0 $ 0 $ 0 $ 300.000

$ 0 $ 0 $ 0 $ 300.000

$ 0 $ 0 $ 0 $ 300.000

$ 0 $ 0 $ 0 $ 1.500.000

$ 0 $ 0 $ 0 $ 750.000

$ 0 $ 0 $ 0

TOTAL

___________________________________

RESUMEN RENDICIÓN

PERÍODO RENDIDO (mes y año)

APORTE DE LA ORGANIZACIÓN

MONTO ADJUDICADO

mar-20

$ 1.500.000

$ 1.500.000

TIMBRE DE LA ORGANIZACIÓN

DETALLE POR ÍTEM

HONORARIOS

BIENES Y SERVICIOS

PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN

MATERIALES DE EJECUCIÓN

MATERIALES DE INVERSIÓN

TOTALES

Es obligación de la organización entregar en la Dirección Regional que le corresponda todas las rendiciones

mensuales los primeros 5 días hábiles de cada mes, además de enviar este archivo al correo electrónico

[email protected]

___________________________________________________________

SALDO POR RENDIR (Monto Adjudicado - Total Rendido a la Fecha) $ 1.500.000

INFORME CUANTITATIVO MENSUAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS

DATOS DEL PROYECTO

CORREO ELECTRÓNICO

RUT

PERÍODO DE EJECUCIÓN DE TODO EL PROYECTO (Es el declarado en la postulación del proyecto, sólo puede considerar otra fecha si

existe una modificación aprobada por la Dirección Nacional)

NOMBRE

RUT

ORGANIZACIÓN

PROYECTO

REGIÓN

FECHA DE INICIO

FECHA DE TÉRMINO

TELÉFONO FIJO

PERSONA RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DEL INFORME FINANCIERO

FIRMA

TELÉFONO CELULAR

REPRESENTANTE LEGAL

ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE

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ANEXO E

FONDO PARTICIPA 2020

TODAS LAS BOLETAS DE HONORARIOS DEBEN

PRESENTARSE CON SUS RESPECTIVOS

"FORMULARIOS 29" DEL SII.

1 $ 0

2 $ 0

3 $ 0

4 $ 0

5 $ 0

6 $ 0

7 $ 0

8 $ 0

9 $ 0

10 $ 0

11 $ 0

12 $ 0

13 $ 0

14 $ 0

15 $ 0

16 $ 0

17 $ 0

$ -

DATOS DE LA ORGANIZACIÓN

0

0

0

0

mar-20PERÍODO RENDIDO (Mes y Año)

INFORME CUANTITATIVO MENSUAL - HONORARIOS

RUT

ORGANIZACIÓN

PROYECTO

REGIÓN

NºNº DE

DOCUMENTO

NOMBRE DEL PRESTADOR

DEL SERVICIO

DETALLE DEL GASTO

(Especificar los bienes, equipos o

servicios adquiridos)

Nº ACTIVIDAD (Especificar la

actividad a la que pertenece el

gasto. Identificar cada actividad

con los números asignados en el

informe cualitativo)

TIPO DE

DOCUMENTO

FECHA DEL

DOCUMENTO (Todo

documento debe estar

dentro del plazo de

ejecución)

MONTO

TODAS LAS BOLETAS DE HONORARIOS DEBEN ESTAR EN EL MISMO ORDEN QUE APARECEN EN ESTE INFORME

Nota: Inserte tantas filas como necesite.

SE RECHAZARÁN LAS SIGUIENTES BOLETAS DE HONORARIOS: A NOMBRE DE PERSONAS QUE INTEGRAN LA DIRECTIVA DE LA ORGANIZACIÓN Y/O DEL RESPONSABLE DEL

PROYECTO, CON FECHA FUERA DEL PERÍODO DE EJECUCIÓN Y LAS QUE NO TENGAN RELACIÓN CON LOS OBJETIVOS DEL PROYECTO

SUBTOTAL

ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE

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ANEXO E

FONDO PARTICIPA 2020

ESTA PLANILLA DEBE SER LLENADA

CON EL NOMBRE DEL BENEFICIARIO

Y LA FIRMA DE ÉSTE

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

INFORME CUANTITATIVO MENSUAL - PLANILLA DE MOVILIZACIÓN

RUT

ORGANIZACIÓN

DATOS DE LA ORGANIZACIÓN

0

0

PROYECTO

REGIÓN

PERÍODO RENDIDO (Mes y Año)

0

0

mar-20

Nº ACTIVIDAD

(Especificar la

actividad a la que

pertenece el gasto.

Identificar cada

actividad con los

números asignados

en el informe

cualitativo)

MONTO NOMBRE DE BENEFICARIO

En caso de rendir gastos por movilización, favor indicar detalles del traslado que corresponde a cada uno de los pasajes que se rindan. (Llevar esta planilla a todas

las actividades para conseguir la firma del que utilizó el transporte)

FIRMA (Al

faltar la firma del

beneficiario no se

contabilizará el

monto rendido)

Nº BOLETO /

PASAJEMOTIVO FECHA ORIGEN DESTINO

TIPO DE

TRANSPORTE

ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE

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ANEXO E

FONDO PARTICIPA 2020

ESTA PLANILLA DEBE SER LLENADA

CON EL NOMBRE DEL BENEFICIARIO

Y LA FIRMA DE ÉSTE

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

$ 0

-$ SUBTOTAL

TODOS LOS BOLETOS Y PASAJES DEBEN ESTAR EN EL MISMO ORDEN QUE APARECEN EN ESTE INFORME

Nota: Inserte tantas filas como necesite.

SE RECHAZARÁN LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: ENMENDADOS, POCO LEGIBLES, CON FECHA FUERA DEL PERÍODO DE EJECUCIÓN Y LOS QUE NO TENGAN RELACIÓN CON LOS

OBJETIVOS DEL PROYECTO

ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE

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ANEXO E

FONDO PARTICIPA 2020

TODAS LAS FACTURAS

DEBEN SER ENVIADAS CON SU TRIPLICADO

1 $ 0

2 $ 0

3 $ 0

4 $ 0

5 $ 0

6 $ 0

7 $ 0

8 $ 0

9 $ 0

10 $ 0

11 $ 0

12 $ 0

13 $ 0

14 $ 0

15 $ 0

16 $ 0

17 $ 0

-$

INFORME CUANTITATIVO MENSUAL - BIENES Y SERVICIOS

RUT

ORGANIZACIÓN

DATOS DE LA ORGANIZACIÓN

0

0

PROYECTO

REGIÓN

PERÍODO RENDIDO (Mes y Año)

0

0

mar-20

NºNº DE

DOCUMENTO

NOMBRE DEL PRESTADOR

DEL SERVICIO

DETALLE DEL GASTO

(Especificar los bienes, equipos o

servicios adquiridos)

TIPO DE

DOCUMENTO

FECHA DEL

DOCUMENTO (Todo documento

debe estar dentro del

plazo de ejecución)

MONTO

Esta fila corresponde al subtotal de la Planilla de Movilización, el monto se completará al llenar dicha pestaña.

Nº ACTIVIDAD (Especificar la

actividad a la que pertenece el

gasto. Identificar cada actividad

con los números asignados en

el informe cualitativo)

SE OBSERVARÁN FACTURAS CON EL NETO, I.V.A. O EL TOTAL MAL CALCULADO Y CON ERROR EN LOS DATOS DE LA ORGANIZACIÓN

SE RECHAZARÁN LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: ENMENDADOS, POR COMPRAS NO AUTORIZADAS, POCO LEGIBLES, CON FECHA FUERA DEL PERÍODO DE EJECUCIÓN Y

LOS QUE NO TENGAN RELACIÓN CON LOS OBJETIVOS DEL PROYECTO

TODAS LAS BOLETAS Y FACTURAS DEBEN ESTAR EN EL MISMO ORDEN QUE APARECEN EN ESTE INFORME

Nota: Inserte tantas filas como necesite.

SUBTOTAL

ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE

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ANEXO E

FONDO PARTICIPA 2020

TODAS LAS FACTURAS

DEBEN SER ENVIADAS CON SU TRIPLICADO

1 $ 0

2 $ 0

3 $ 0

4 $ 0

5 $ 0

6 $ 0

7 $ 0

8 $ 0

9 $ 0

10 $ 0

11 $ 0

12 $ 0

13 $ 0

14 $ 0

15 $ 0

16 $ 0

17 $ 0

-$

INFORME CUANTITATIVO MENSUAL - PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN

RUT

ORGANIZACIÓN

PROYECTO

REGIÓN

DATOS DE LA ORGANIZACIÓN

0

0

0

0

PERÍODO RENDIDO (Mes y Año)

NºNº DE

DOCUMENTO

NOMBRE DEL PRESTADOR

DEL SERVICIO

DETALLE DEL GASTO

(Especificar los bienes, equipos o

servicios adquiridos)

Nº ACTIVIDAD (Especificar la

actividad a la que pertenece el

gasto. Identificar cada actividad

con los números asignados en el

informe cualitativo)

TIPO DE

DOCUMENTO

FECHA DEL

DOCUMENTO (Todo documento

debe estar dentro del

plazo de ejecución)

mar-20

MONTO

TODAS LAS BOLETAS Y FACTURAS DEBEN ESTAR EN EL MISMO ORDEN QUE APARECEN EN ESTE INFORME

Nota: Inserte tantas filas como necesite.

SUBTOTAL

SE OBSERVARÁN FACTURAS CON EL NETO, I.V.A. O EL TOTAL MAL CALCULADO Y CON ERROR EN LOS DATOS DE LA ORGANIZACIÓN

SE RECHAZARÁN LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: ENMENDADOS, POR COMPRAS NO AUTORIZADAS, POCO LEGIBLES, CON FECHA FUERA DEL PERÍODO DE EJECUCIÓN Y

LOS QUE NO TENGAN RELACIÓN CON LOS OBJETIVOS DEL PROYECTO

ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE

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ANEXO E

FONDO PARTICIPA 2020

TODAS LAS FACTURAS

DEBEN SER ENVIADAS CON SU TRIPLICADO

1 $ 0

2 $ 0

3 $ 0

4 $ 0

5 $ 0

6 $ 0

7 $ 0

8 $ 0

9 $ 0

10 $ 0

11 $ 0

12 $ 0

13 $ 0

14 $ 0

15 $ 0

16 $ 0

17 $ 0

-$

INFORME CUANTITATIVO MENSUAL - MATERIALES DE EJECUCIÓN

RUT

ORGANIZACIÓN

DATOS DE LA ORGANIZACIÓN

0

0

NºNº DE

DOCUMENTO

NOMBRE DEL PRESTADOR

DEL SERVICIO

DETALLE DEL GASTO

(Especificar los bienes, equipos o

servicios adquiridos)

Nº ACTIVIDAD (Especificar la

actividad a la que pertenece el

gasto. Identificar cada actividad

con los números asignados en

el informe cualitativo)

TIPO DE

DOCUMENTO

FECHA DEL

DOCUMENTO (Todo documento

debe estar dentro del

plazo de ejecución)

PROYECTO

REGIÓN

PERÍODO RENDIDO (Mes y Año)

0

0

mar-20

MONTO

Nota: Inserte tantas filas como necesite.

SUBTOTAL

SE OBSERVARÁN FACTURAS CON EL NETO, I.V.A. O EL TOTAL MAL CALCULADO Y CON ERROR EN LOS DATOS DE LA ORGANIZACIÓN

SE RECHAZARÁN LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: ENMENDADOS, POR COMPRAS NO AUTORIZADAS, POCO LEGIBLES, CON FECHA FUERA DEL PERÍODO DE EJECUCIÓN Y

LOS QUE NO TENGAN RELACIÓN CON LOS OBJETIVOS DEL PROYECTO

TODAS LAS BOLETAS Y FACTURAS DEBEN ESTAR EN EL MISMO ORDEN QUE APARECEN EN ESTE INFORME

ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE

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ANEXO E

FONDO PARTICIPA 2020

TODAS LAS FACTURAS

DEBEN SER ENVIADAS CON SU TRIPLICADO

1 $ 0

2 $ 0

3 $ 0

4 $ 0

5 $ 0

6 $ 0

7 $ 0

8 $ 0

9 $ 0

10 $ 0

11 $ 0

12 $ 0

13 $ 0

14 $ 0

15 $ 0

16 $ 0

17 $ 0

-$

PROYECTO

REGIÓN

PERÍODO RENDIDO (Mes y Año)

INFORME CUANTITATIVO MENSUAL - MATERIALES DE INVERSIÓN

RUT

ORGANIZACIÓN

DATOS DE LA ORGANIZACIÓN

0

0

0

0

mar-20

TIPO DE

DOCUMENTO

FECHA DEL

DOCUMENTO (Todo documento

debe estar dentro del

plazo de ejecución)

NºNº DE

DOCUMENTO

NOMBRE DEL PRESTADOR

DEL SERVICIO

Nº ACTIVIDAD (Especificar la

actividad a la que pertenece el

gasto. Identificar cada actividad con

los números asignados en el

informe cualitativo)

MONTO

DETALLE DEL GASTO

(Especificar los bienes, equipos

o servicios adquiridos)

TODAS LAS BOLETAS Y FACTURAS DEBEN ESTAR EN EL MISMO ORDEN QUE APARECEN EN ESTE INFORME

Nota: Inserte tantas filas como necesite.

SUBTOTAL

SE OBSERVARÁN FACTURAS CON EL NETO, I.V.A. O EL TOTAL MAL CALCULADO Y CON ERROR EN LOS DATOS DE LA ORGANIZACIÓN

SE RECHAZARÁN LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: ENMENDADOS, POR COMPRAS NO AUTORIZADAS, POCO LEGIBLES, CON FECHA FUERA DEL PERÍODO DE EJECUCIÓN Y

LOS QUE NO TENGAN RELACIÓN CON LOS OBJETIVOS DEL PROYECTO

ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE

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ANEXO F

FONDO PARTICIPA 2020

Nº DE

ACTIVIDAD

FECHA DE

INICIO

FECHA DE

TÉRMINO

1

2

3

4

5

INFORME CUALITATIVO MENSUAL

PROYECTO

ORGANIZACIÓN

mar-20

REGIÓN

OBJETIVOS PREVISTOSCUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS (Objetivo Completo/

Incompleto/En desarrollo)

DATOS DE LA ORGANIZACIÓN

PERÍODO RENDIDO Mes y Año

RUT

EVALUACIÓN DEL PROYECTO EN RELACIÓN A SUS RESULTADOS Y OBJETIVOS PREVISTOS

COMPLETE SEGÚN SE VAYAN CUMPLIENDO LOS OBJETIVOS PREVISTOS, DE ACUERDO A LAS ACTIVIDADES REALIZADAS DE

CADA MES. ESTE CUADRO DEBE SER IGUAL EN TODOS LOS INFORMES MENSUALES Y SÓLO DEBE CAMBIAR SEGÚN EL

CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS

0

0

0

0

Nota: Inserte tantas filas como necesite.

1.- ACTIVIDADES DEL PERÍODO

NOMBRE DE ACTIVIDAD

DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES

REALIZADAS (Debe contener una descripción

cualitativa de cada una de las actividades

cumplidas en el período, tomando como

referencia la planificación del proyecto.)

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ANEXO F

FONDO PARTICIPA 2020

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

Nota: Inserte tantas filas como necesite.

EL "Nº DE ACTIVIDAD" ES EL NÚMERO QUE SE DEBE USAR PARA EL LLENADO DE LOS INFORMES CUANTITATIVOS

ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE

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ANEXO F

FONDO PARTICIPA 2020

Nº RUT NÚMERO TELEFÓNICO

123456789

10111213141516171819202122232425262728293031323334353637383940

A ESTE INFORME SE DEBEN ADJUNTAR TODOS LOS VERIFICADORES EXISTENTES COMO:

FOTOGRAFÍAS

VIDEOS

MUESTRA DE MATERIALES DE DIFUSIÓN

MUESTRAS DE MERCHANDISING

5.- VERIFICADORES

Nota: Inserte tantas filas como necesite.

___________________________________

TIMBRE DE LA ORGANIZACIÓN

2.- LISTADO DE BENEFICIARIOS DIRECTOS (*Todos los campos son obligatorios)

NOMBRE COMPLETO

___________________________________________________________

CORREO ELECTRÓNICO

ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE

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ANEXO G

FONDO PARTICIPA 2020

OBSERVACIÓN: ADJUNTAR TODOS

LOS CORREOS ELECTRÓNICOS

ENTRE LA ORGANIZACIÓN Y EL INJUV

DATOS DEL PROYECTO

CERTIFICADO DE ACREDITACIÓN REGIONAL

FECHA RECEPCIÓN EN D.R.

Nº DE RENDICIÓN

DOCUMENTACIÓN ENTREGADACHECKLIST DE LA

DIRECCIÓN REGIONAL

RUT

ORGANIZACIÓN

PROYECTO

REGIÓN

PERÍODO RENDIDO (Mes, Año)

DOCUMENTACIÓN ENTREGADA

abr-20

DOCUMENTOS ORIGINALES (Boletas de Honorarios, Boletas y Facturas)

FORMULARIO Nº 29 SII: Retenciones de impuestos de segunda categoría - 10%

INFORME MENSUAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS (Firmado y Timbrado)

INFORME MENSUAL - HONORARIOS

INFORME MENSUAL - PLANILLA DE MOVILIZACIÓN

INFORME MENSUAL - BIENES Y SERVICIOS

INFORME MENSUAL - PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN

INFORME MENSUAL - MATERIALES DE EJECUCIÓN

INFORME CUALITATIVO MENSUAL (Firmado y Timbrado)

INFORME MENSUAL - MATERIALES DE INVERSIÓN

VERIFICADORES (Fotos, Afiches, Merchandising, etc)

CERTIFICADO DE RECEPCIÓN DE RECURSOS (Sólo en la primera rendición)

FIRMA Y TIMBRE DIRECTOR (A) REGIONAL FIRMA Y TIMBRE ORGANIZACIÓN

INFORME FINAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS (Sólo en la última rendición)

Proyecto ejecutado con normalidad, cabe destacar que la organización ha cumplido satisfactoriamente con los plazos

establecidos.

BORRAR ESTO SI LA ORGANIZACIÓN NO CUMPLIÓ CON LOS PLAZOS INDICADOS

__________________________ __________________________

ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE

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Coordinación Nacional Fondos Concursables Acción Joven

47

ANEXO H

SOLICITUD DE MODIFICACIÓN

CONCURSO PARTICIPA 2020

FECHA 2020

1. IDENTIFICACIÓN REGIONAL

Región1

Autoridad regional

Coordinación regional

2. ANTECEDENTES ENTIDAD EJECUTORA

Nombre

RUT

Teléfono

Correo electrónico

3. REPRESENTANTE LEGAL ENTIDAD EJECUTORA

Nombre y apellidos

RUT

Teléfono

Correo electrónico

4. IDENTIFICACIÓN PROYECTO

Nombre del proyecto

Comuna de ejecución2

Código postulación

1 Señalar la región por su nombre, por ejemplo: Arica y Parinacota, Coquimbo, La Araucanía, Los Lagos, etc. 2 Si es más de una, señalarlas.

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Coordinación Nacional Fondos Concursables Acción Joven

48

5. COORDINACIÓN REGIONAL3

Situación que

modifica4

Justificación

organización5

Afecta objetivos

proyecto6

Evaluación

regional7

6. FIRMAS REGIONALES

Nombre y apellidos

coordinación regional8

Firma Coordinación

Regional

Nombre y apellidos

autoridad regional

Firma y timbre de

autoridad regional

3 Uso exclusivo Coordinación Regional fondos concursables 4 Señalar la o las modificaciones que se solicitan, según el artículo N°23 de las bases del concurso (1. Del encargado de ejecución del proyecto; 2. Plazos de ejecución o de actividades del proyecto, detallando las fechas nuevas de las originalmente programadas; 3. Del gasto presupuestario indicando cada modificación y asegurándose que no sobre pase el porcentaje de cada ítem según bases y; 4 Del lugar, recinto o espacio de ejecución del proyecto, identificando el nuevo lugar con su dirección). Si la organización detalla más de una solicitud de modificación, favor separar las modificaciones y llenar los campos correspondientes. 5 Coherente con carta/mail enviado por entidad ejecutora, documento debe adjuntarse a este anexo. 6 La coordinación debe indicar manifiestamente si se afectan los objetivos. 7 La coordinación debe entregar explícitamente su parecer respecto a la modificación, teniendo especial cuidado con que esta esté apegada a lo señalado en las bases especiales del concurso. 8 En caso de ausencia de la coordinación, indicar apoyo regional o quien diseña formulario en la DR, los cuales deben coincidir con el cuadro N°1 de este formulario.

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ANEXO I

FONDO PARTICIPA 2020

RUT RL

MONTO

RENDIDO TOTAL

MONTO

APROBADO

TOTAL

MONTO MÁXIMO

$ 0 $ 0 $ 300.000

$ 0 $ 0 $ 300.000

$ 0 $ 0 $ 300.000

$ 0 $ 0 $ 1.500.000

$ 0 $ 0 $ 750.000

$ 0 $ 0

$ 0

INFORME FINAL DE RENDICIÓN DE CUENTAS

RECEPCIÓN DE RECURSOS

NOMBRE DEL BANCO

DATOS DEL GENERALES

RUT 0

PERIODO DE EJECUCIÓN (De todo el proyecto)

FECHA DE INICIO

FECHA DE TÉRMINO

PERSONA RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DEL INFORME FINANCIERO

ORGANIZACIÓN 0

PROYECTO 0

REGIÓN 0

NOMBRE

CORREO ELECTRÓNICO

RUT

FIRMATELÉFONO FIJO

TELÉFONO CELULAR

FECHA DE ENVÍO DE LA DECLARACIÓN DE RECEPCIÓN DE FONDOS

REPRESENTANTE LEGAL

(3) TOTAL GASTOS RECHAZADOS ($)

R.U.T.: 60.110.000-2

PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN

MATERIALES DE EJECUCIÓN

MATERIALES DE INVERSIÓN

TOTALES

(2) TOTAL RENDIDO ($)

RESUMEN GENERAL

DETALLE MONTO

(1) MONTO ADJUDICADO ($)

(4) TOTAL GASTOS APROBADOS (2) - (3) $ 0

FECHA DE DEPÓSITO (Adjuntar comprobante del depósito o transferencia bancaria)

Para aquellos proyectos que presenten monto a reintegrar por gastos rechazados y/o saldo no ejecutado, se les

solicita deporsitar dichos recursos en:

BANCO ESTADO

CUENTA CORRIENTE Nº 9019324

A NOMBRE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA JUVENTUD

NUMERO DE TERMINAL

(6) MONTO DEPOSITADO

ADJUNTAR COMPROBANTE DEL DEPÓSITO O TRANSFERENCIA BANCARIA

$ 1.500.000

$ 0

(5) TOTAL MONTO A DEPOSITAR (1) - (4) $ 1.500.000

$ 0

MONTO ADJUDICADO $ 1.500.000

TOTALES RENDIDOS POR ÍTEM

HONORARIOS

BIENES Y SERVICIOS

ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE

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ANEXO I

FONDO PARTICIPA 2020

1. La siguiente sección tiene por objeto que usted explique el resultado final de su proyecto y su impacto en los

beneficiarios. Para dar cumplimiento con este requerimiento, debe tener presente lo presentado en los Informes

Cualitativos realizados durante el período de ejecución de su proyecto. Contemple las siguientes preguntas a modo

de guía: ¿se dio cumplimiento a las actividades propuestas en la ficha de postulación del proyecto?, ¿se cumplió el

objetivo general del proyecto?, ¿cuál ha sido el impacto en los beneficiarios del proyecto?

PARTICIPACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS EN EL PROYECTO

BENEFICIARIOS DIRECTOS TOTALDESCRIPCIÓN DE BENFICIARIOS

DIRECTOS

GENERO CANTIDAD EDAD PROMEDIO

0

TIMBRE DE LA ORGANIZACIÓN

___________________________________________________________

___________________________________

MUJERES 0 0

HOMBRES 0 0

TOTAL

CUMPLIMIENTO DEL PROYECTO

2. Dependiendo de la naturaleza del proyecto realizado, adjunte verificadores (fotografías, materiales susceptibles de

envío, etc.) que den cuenta del estado final del proyecto. Éstos se deben encontrar adjuntos al final de este anexo. A

modo de ejemplo, si su proyecto consiste en la implementación de un espacio, envíe verificadores que muestren el

espacio implementado; si su proyecto consistía en la realización de talleres, envíe fotografías que den cuenta de la

ejecución del taller, además de la muestra final de éste (si es que lo hubiese).

ES OBLIGACIÓN LLENAR TODOS LOS CAMPOS DEL INFORME. NO SE RECIBEN INFORMES SIN FIRMA Y/O TIMBRE

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INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA A LAS BASES ESPECIALES

FONDO CONCURSABLE PARTICIPA 2020

Coordinación Nacional Fondos Concursables Acción Joven – enero 2020

51

1. Distribución regional de recursos.

Respecto al artículo 16° de las bases, para realizar la asignación regional de los recursos

disponibles, se utilizaron 3 indicadores para definir el monto total por región: Población

joven proyectada al 2020 por región, N° de postulaciones fondo concursable Participa

2019 por región y Comunas por región. Se presentan acá las tablas con el detalle:

Tabla n°1 Población Joven 2020 – Factor del 25%

Región Población % regional Resultado

factor

Arica y Parinacota 59.070 1,36 0,34

Tarapacá 94.016 2,16 0,54

Antofagasta 172.855 3,97 0,99

Atacama 67.522 1,55 0,39

Coquimbo 181.278 4,17 1,04

Valparaíso 431.713 9,92 2,48

Metropolitana de Santiago 1.899.381 43,64 10,91

Libertador General Bernardo O’Higgins 194.654 4,47 1,12

Maule 232.966 5,35 1,34

Ñuble 102.091 2,35 0,59

Biobío 367.499 8,44 2,11

La Araucanía 216.508 4,97 1,24

Los Ríos 88.625 2,04 0,51

Los Lagos 185.106 4,25 1,06

Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo 20.815 0,48 0,12

Magallanes y la Antártica Chilena 38.291 0,88 0,22

TOTAL 4.352.390 100 25

La tabla n°1, elaborada por la coordinación nacional de fondos concursables INJUV, se nutre con

información obtenida desde el Instituto Nacional de Estadísticas, INE, a través de sistematización

del archivo denominado estimaciones y proyecciones comunas 2002-2035 con base al censo 2017:

https://www.ine.cl/estadisticas/sociales/demografia-y-vitales/proyecciones-de-poblacion.

Tabla n°2 Proyectos postulados Participa 2019 – Factor del 35%

Región Proyectos % regional Resultado

factor

Arica y Parinacota 14 2,34 0,82

Tarapacá 9 1,50 0,53

Antofagasta 9 1,50 0,53

Atacama 18 3,01 1,05

Coquimbo 20 3,34 1,17

Valparaíso 42 7,01 2,45

Metropolitana de Santiago 129 21,54 7,54

Libertador General Bernardo O’Higgins 53 8,85 3,10

Maule 54 9,02 3,16

Ñuble 32 5,34 1,87

Biobío 80 13,36 4,67

La Araucanía 59 9,85 3,45

Los Ríos 22 3,67 1,29

Los Lagos 37 6,18 2,16

Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo 12 2,00 0,70

Magallanes y la Antártica Chilena 9 1,50 0,53

TOTAL 599 100 35

La tabla n°2, elaborada por la coordinación nacional de fondos concursables INJUV, se nutre con

información obtenida del sitio www.fondos.gob.cl con el historial de postulaciones recibidas el año

2019 para el concurso Participa.

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INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA A LAS BASES ESPECIALES

FONDO CONCURSABLE PARTICIPA 2020

Coordinación Nacional Fondos Concursables Acción Joven – enero 2020

52

Tabla n°3 Número de comunas por región– Factor del 40%

Región Comunas % regional Resultado

factor

Arica y Parinacota 4 1,16 0,46

Tarapacá 7 2,02 0,81

Antofagasta 9 2,60 1,04

Atacama 9 2,60 1,04

Coquimbo 15 4,34 1,73

Valparaíso 38 10,98 4,39

Metropolitana de Santiago 52 15,03 6,01

Libertador General Bernardo O’Higgins 33 9,54 3,82

Maule 30 8,67 3,47

Ñuble 21 6,07 2,43

Biobío 33 9,54 3,82

La Araucanía 32 9,25 3,70

Los Ríos 12 3,47 1,39

Los Lagos 30 8,67 3,47

Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo 10 2,89 1,16

Magallanes y la Antártica Chilena 11 3,18 1,27

TOTAL 346 100 40

La tabla n°3, elaborada por la coordinación nacional de fondos concursables INJUV, se nutre con

información obtenida de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del

interior y Seguridad Pública, SUBDERE.

Obtenidos los factores de cada uno de los indicadores, se realiza la suma de estos por

región para luego dividir el monto total puesto a disposición para el concurso, tal como

se observa en la tabla n4:

Tabla n°4 Suma de los factores y división de los recursos

Región Suma % factores

Recursos disponibles

Recursos ajustados

Arica y Parinacota 1,62 $3.401.484 $4.500.000

Tarapacá 1,88 $3.937.815 $4.500.000

Antofagasta 2,56 $5.374.347 $6.000.000

Atacama 2,48 $5.208.125 $6.000.000

Coquimbo 3,94 $8.282.345 $7.500.000

Valparaíso 9,33 $19.586.491 $19.500.000

Metropolitana de Santiago 24,46 $51.364.135 $51.000.000

Libertador General Bernardo O’Higgins 8,03 $16.862.882 $16.500.000

Maule 7,96 $16.719.395 $16.500.000

Ñuble 4,88 $10.256.266 $9.000.000

Biobío 10,60 $22.260.819 $21.000.000

La Araucanía 8,39 $17.619.945 $16.500.000

Los Ríos 3,18 $6.681.819 $6.000.000

Los Lagos 6,69 $14.056.115 $13.500.000

Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo 1,98 $4.151.277 $6.000.000

Magallanes y la Antártica Chilena 2,02 $4.236.740 $6.000.000

TOTAL 100,00 $210.000.0

00 $210.000.0

00

Formula = (Recursos totales / suma % factor regional) = Recursos disponibles

Para este concurso, las aproximaciones se hacen a partir del siguiente rango según

resultado obtenido, manteniendo un piso mínimo de $4.500.000 para aquellas regiones

con menor resultado en la suma de los factores. Ver tabla n°5

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INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA A LAS BASES ESPECIALES

FONDO CONCURSABLE PARTICIPA 2020

Coordinación Nacional Fondos Concursables Acción Joven – enero 2020

53

Tabla n°5 Rangos para la aproximación final de recursos asignados por región

Inicio rango Término rango Categoría Monto Ajustado

$0 $4.000.000 1 $4.500.000

$4.000.001 $7.499.999 2 $6.000.000

$7.500.000 $8.999.999 3 $7.500.000

$9.000.000 $10.499.999 4 $9.000.000

$10.500.000 $11.999.999 5 $10.500.000

$12.000.000 $13.499.999 6 $12.000.000

$13.500.000 $14.999.999 7 $13.500.000

$15.000.000 $16.499.999 8 $15.000.000

$16.500.000 $17.999.999 9 $16.500.000

$18.000.000 $19.499.999 10 $18.000.000

$19.500.000 $20.999.999 11 $19.500.000

$21.000.000 $22.499.999 12 $21.000.000

$22.500.000 $23.999.999 13 $22.500.000

$24.000.000 $25.499.999 14 $24.000.000

$25.500.000 $26.999.999 15 $25.500.000

$27.000.000 $28.499.999 16 $27.000.000

$28.500.000 $29.999.999 17 $28.500.000

$30.000.000 $31.499.999 18 $30.000.000

$31.500.000 $32.999.999 19 $31.500.000

$33.000.000 $34.499.999 20 $33.000.000

$34.500.000 $35.999.999 21 $34.500.000

$36.000.000 $37.499.999 22 $36.000.000

$37.500.000 $38.999.999 23 $37.500.000

$39.000.000 $40.499.999 24 $39.000.000

$40.500.000 $41.999.999 25 $40.500.000

$42.000.000 $43.499.999 26 $42.000.000

$43.500.000 $44.999.999 27 $43.500.000

$45.000.000 $46.499.999 28 $45.000.000

$46.500.000 $47.999.999 29 $46.500.000

$48.000.000 $49.499.999 30 $48.000.000

$49.500.000 $50.999.999 31 $49.500.000

$51.000.000 $52.499.999 32 $51.000.000

Page 55: BASES ESPECIALES FONDO CONCURSABLE - INJUV...concursables , los postulantes declaran conocer, comprender y aceptar las bases del presente concurso. Artículo 3º. Forma de notificación

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA A LAS BASES ESPECIALES

FONDO CONCURSABLE PARTICIPA 2020

Coordinación Nacional Fondos Concursables Acción Joven – enero 2020

54

2. Principales medidas de integración para la superación de barreras, brechas

e inequidades (Criterio de Evaluación Integración y Equidad Social). Con el

propósito de que desarrolles un buen proyecto y obtengas buenas calificaciones, te

entregamos antecedentes conceptuales que van en favor de la integración y la

superación de alguna barrera, brecha o inequidad:

Tabla n°6 ejemplos medidas integradoras

Medidas integradoras que apunten a

disminuir barreras, brechas o

inequidades.

Barrera: Impedimento

administrativo, legal, social o

cultural, que obstaculiza el acceso,

uso, control y beneficio a

determinados bienes y servicios.

Brecha: Son patrones desiguales

(estadísticas) de acceso,

participación y control sobre los

recursos, servicios, oportunidades,

y beneficios del desarrollo.

Sugerimos que analices con detalle

el diagnóstico recogido. Escojas la

línea y sub línea de intervención que

responda a la necesidad detectada.

Las actividades creadas para

cumplir los objetivos contengan

elementos que te permitan una

buena evaluación y así, el desarrollo

de un proyecto con mayor impacto

en la comunidad con la que

trabajarás.

Proyectos destinados a jóvenes en situación de

discapacidad, por ejemplo, medidas que

apunten a la inclusión en el mundo laboral de

personas jóvenes en situación de discapacidad,

considerando al trabajo como un derecho que

debe ser ejercido en igualdad de oportunidades

desde el acceso y las condiciones laborales que

promuevan entornos abiertos, inclusivos y

accesibles para las personas con discapacidad

(Convención sobre los Derechos de las Personas

con Discapacidad; 2006)1.

Iniciativas que contribuyan a la Integración

social en espacio socio comunitario o reducción

de la estigmatización de las personas jóvenes

con consumo problemático de drogas y alcohol2.

Proyectos orientados a la integración de

personas jóvenes de la población migrante en

Chile, orientados hacia el respeto a la diversidad

y la importancia que esta tiene para enriquecer

la formación de las personas. Como, por

ejemplo, medidas que apunten a disminuir el

grado de discriminación racial o aceptación de

las diferencias étnicas3.

Proyectos que contengan elementos o acciones

orientados a la igualdad de derechos entre

mujeres y hombres jóvenes. Es decir, proyectos

que apunten al acceso con justicia e igualdad al

uso, control, y beneficio de los bienes y servicios

de la sociedad, incluyendo aquellos socialmente

valorados, oportunidades y recompensas.

1https://www.senadis.gob.cl/pag/149/1214/descripcion 2https://www.senda.gob.cl/integracion-social/programas-y-componentes/iniciativas-de-integracion-social/ 3https://www.extranjeria.gob.cl/media/2019/04/DEMInvestiga1SegundasGeneracionesdeMigrantesenChile.pdf

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3. Criterios de evaluación Territorialidad

Este criterio de evaluación se basa en la resolución n°178/2015 de la Subsecretaria de

Desarrollo Regional y Administrativo, Ministerio del Interior y Seguridad Pública, con el

objeto de determinar las tipologías de comunas. Se consideran las siguientes variables:

1. VARIABLES POR DIMENSIÓN EJE DEMOGRÁFICO TERRITORIAL:

1.1. Tamaño: La determinación del tamaño se hace a partir del promedio simple de

los valores de población (censo 2002 proyectado por el Instituto Nacional de

Estadísticas al año 2008) y la cantidad de predios no agrícolas de la comuna,

cada uno de los cuales fue transformado previamente a una escala común de

valores, entre 0 y 1.

1.2. Dispersión: Variable que se construye a partir del promedio simple de los valores

de la densidad poblacional actualizada al año 2008, el nivel de ruralidad,

establecido en el último censo y, finalmente, el valor de la entropía de núcleos

poblados, valor obtenido de información del Instituto Nacional de Estadísticas,

año 2005. Todos previamente escalados entre 0 y 1.

1.3. Jerarquía Político Administrativa: Esta variable se construye asignando el valor

1 a las comunas que cumplen condición de ser capitales regionales. Luego, se

multiplica por el porcentaje de la población de la región, en relación al total país.

Del mismo modo, se les asigna un valor 0.5 a las que cumplen la condición de

capital provincial, y este valor es multiplicado por el total de población de la

Provincia, respecto al total país. Por último, se asigna un valor 0 a las demás

comunas.

1.4. Tipo de Localidad: Puntaje asignado a cada comuna, de acuerdo a la condición

de ciudad, según definición del Observatorio Urbano del Ministerio de Vivienda y

Urbanismo.

Con todo, se promediará cada variable por dimensión y a su vez cada una de las

dimensiones en un solo indicador o eje socio demográfico territorial.

2. VARIABLES POR DIMENSIÓN EJE SOCIOECONÓMICO:

2.1. Patrimonio Comunal: Promedio simple del valor obtenido para el avalúo total

promedio de inmuebles de la comuna, el porcentaje de avalúo afecto en relación

al avalúo total de la comuna y el per cápita de la recaudación de patentes

municipales, todos escalados previamente con valores entre 0 y 1.

2.2. Capital Humano: Esta variable se construye a partir del promedio simple del nivel

de escolaridad promedio de la población comunal, el promedio ponderado de

puntaje comunal en la Prueba de Selección Universitaria, y el porcentaje de

analfabetismo comunal, todos escalados previamente a valores entre 0 y 1.

2.3. Características socioeconómicas de la población: Esta variable considerará el

porcentaje de pobreza informado por el Ministerio de Desarrollo Social, sobre la

base de la encuesta de Caracterización Socioeconómica Nacional o el

instrumento que la reemplace, y el promedio de ingreso monetario por hogar,

todos escalados previamente a valores entre 0 y 1.

Con todo, se promediará cada variable por dimensión y a su vez cada una de las

dimensiones en un solo indicador o eje socioeconómico. Sin perjuicio de lo

anterior y en mérito de la actualización de las variables anteriores, la

Subsecretaría podrá modificar la tipología existente.

Dado lo anterior, se establecen los siguientes grupos o tipologías de comunas:

• Grupo 1: Grandes comunas metropolitanas con alto y/o medio desarrollo.

• Grupo 2: Comunas mayores, con desarrollo medio.

• Grupo 3: Comunas urbanas medianas, con desarrollo medio.

• Grupo 4: Comunas semi urbanas y rurales con desarrollo medio.

• Grupo 5: Comunas semi urbanas y rurales con bajo desarrollo.

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Para la determinación de las comunas que integran cada grupo, se consideran los valores

de los ejes demográficos territoriales y socioeconómicos, calculados en base a las

variables identificadas anteriormente. Los grupos quedan establecidos así:

Tabla n°7 Grupos y comunas según

tipología

Grupos Comunas

Grupo 1

Grandes

comunas

metropolitan

as con alto

y/o medio

desarrollo

ANTOFAGASTA

CERRILLOS

CERRO NAVIA

CHIGUAYANTE

CONCEPCIÓN

CONCHALÍ

EL BOSQUE

ESTACIÓN CENTRAL

HUALPÉN

HUECHURABA

INDEPENDENCIA

LA CISTERNA

LA FLORIDA

LA GRANJA

LA PINTANA

LA REINA

LAS CONDES

LO BARNECHEA

LO ESPEJO

LO PRADO

MACUL

MAIPÚ

ÑUÑOA

PEDRO AGUIRRE

CERDA

PEÑALOLÉN

PROVIDENCIA

PUDAHUEL

PUENTE ALTO

QUILICURA

QUILPUÉ

QUINTA NORMAL

RANCAGUA

RECOLETA

RENCA

SAN BERNARDO

SAN JOAQUÍN

SAN MIGUEL

SAN PEDRO DE LA PAZ

SAN RAMÓN

SANTIAGO

TALCA

TALCAHUANO

TEMUCO

VALPARAÍSO

VILLA ALEMANA

VIÑA DEL MAR

VITACURA

Grupo 2

Comunas

mayores,

con

desarrollo

medio.

ALTO HOSPICIO

ARICA

BUIN

CALAMA

CARTAGENA

CHILLÁN

CHILLÁN VIEJO

COLINA

CONCÓN

COPIAPÓ

COQUIMBO

CORONEL

COYHAIQUE

CURICÓ

EL TABO

IQUIQUE

LA CALERA

LA CRUZ

LA SERENA

LAMPA

LOS ÁNGELES

LOTA

MACHALÍ

OSORNO

PADRE HURTADO

PENCO

PEÑAFLOR

PIRQUE

PUERTO MONTT

PUERTO VARAS

PUNTA ARENAS

QUILLOTA

SAN ANTONIO

SANTO DOMINGO

TALAGANTE

TOMÉ

VALDIVIA

Grupo 3

Comunas

urbanas

medianas,

con

desarrollo

medio.

ANCUD

ANDACOLLO

ANGOL

CABRERO

CALDERA

CAÑETE

CASTRO

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CAUQUENES

CHAÑARAL

COLLIPULLI

CONSTITUCIÓN

CURACAUTÍN

CURANILAHUE

DOÑIHUE

EL MONTE

EL QUISCO

GORBEA

GRANEROS

HIJUELAS

ILLAPEL

LANCO

LAUTARO

LEBU

LIMACHE

LINARES

LONCOCHE

LOS ÁLAMOS

LOS ANDES

MOLINA

MOSTAZAL

MULCHÉN

NACIMIENTO

NATALES

OLMUÉ

OVALLE

PADRE LAS CASAS

PARRAL

PICHILEMU

PITRUFQUÉN

QUINTERO

QUIRIHUE

RENAICO

RINCONADA

RÍO BUENO

SAN CARLOS

SAN FELIPE

SAN JAVIER

SAN ROSENDO

SANTA BÁRBARA

TALTAL

TOCOPILLA

TRAIGUÉN

VALLENAR

VICTORIA

VILLARRICA

YUNGAY

Grupo 4

Comunas

semi

urbanas y

rurales con

desarrollo

medio.

ALGARROBO

ALHUÉ

ARAUCO

AYSÉN

BULNES

CABILDO

CABO DE HORNOS

CALBUCO

CALERA DE TANGO

CALLE LARGA

CASABLANCA

CATEMU

CHAITÉN

CHILE CHICO

CHIMBARONGO

CHONCHI

CISNES

COCHAMÓ

COCHRANE

CODEGUA

COINCO

COLTAUCO

CUNCO

CURACAVÍ

DALCAHUE

DIEGO DE ALMAGRO

FREIRINA

FRESIA

FRUTILLAR

FUTALEUFÚ

FUTRONO

HUALAIHUÉ

HUASCO

ISLA DE MAIPO

LA ESTRELLA

LA LIGUA

LA UNIÓN

LAJA

LAS CABRAS

LLANQUIHUE

LLAYLLAY

LOS LAGOS

LOS MUERMOS

LOS VILOS

MÁFIL

MARÍA ELENA

MARIQUINA

MAULLÍN

MEJILLONES

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MELIPILLA

NANCAGUA

NOGALES

OLIVAR

PAIHUANO

PAILLACO

PAINE

PALENA

PALMILLA

PANQUEHUE

PAPUDO

PEUMO

PICA

PORVENIR

POZO ALMONTE

PRIMAVERA

PUCHUNCAVÍ

PUCÓN

PUERTO OCTAY

PURRANQUE

PUYEHUE

QUELLÓN

QUINCHAO

QUINTA DE TILCOCO

RÁNQUIL

RENGO

REQUÍNOA

RÍO IBÁÑEZ

RÍO NEGRO

ROMERAL

SAN ESTEBAN

SAN FERNANDO

SAN GREGORIO

SAN JOSÉ DE MAIPO

SAN PABLO

SAN PEDRO DE

ATACAMA

SAN VICENTE

SANTA CRUZ

SANTA MARÍA

SIERRA GORDA

TENO

TIERRA AMARILLA

TILTIL

VICHUQUÉN

VICUÑA

VILCÚN

ZAPALLAR

Grupo 5 ALTO BIOBÍO

Comunas

semi

urbanas y

rurales con

bajo

desarrollo.

ALTO DEL CARMEN

ANTÁRTICA

ANTUCO

CAMARONES

CAMIÑA

CANELA

CARAHUE

CHANCO

CHÉPICA

CHOLCHOL

COBQUECURA

COELEMU

COIHUECO

COLBÚN

COLCHANE

COMBARBALÁ

CONTULMO

CORRAL

CURACO DE VÉLEZ

CURARREHUE

CUREPTO

EL CARMEN

EMPEDRADO

ERCILLA

FLORIDA

FREIRE

GALVARINO

GENERAL LAGOS

GUAITECAS

HUALAÑÉ

HUALQUI

HUARA

ISLA DE PASCUA

JUAN FERNÁNDEZ

LA HIGUERA

LAGO RANCO

LAGO VERDE

LAGUNA BLANCA

LICANTÉN

LITUECHE

LOLOL

LONGAVÍ

LONQUIMAY

LOS SAUCES

LUMACO

MALLOA

MARCHIHUE

MARÍA PINTO

MAULE

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MELIPEUCO

MONTE PATRIA

NAVIDAD

NEGRETE

NINHUE

NUEVA IMPERIAL

ÑIQUÉN

O'HIGGINS

OLLAGÜE

PANGUIPULLI

PAREDONES

PELARCO

PELLUHUE

PEMUCO

PENCAHUE

PERALILLO

PERQUENCO

PETORCA

PICHIDEGUA

PINTO

PLACILLA

PORTEZUELO

PUMANQUE

PUNITAQUI

PUQUELDÓN

PURÉN

PUTAENDO

PUTRE

QUEILÉN

QUEMCHI

QUILACO

QUILLECO

QUILLÓN

RAUCO

RETIRO

RÍO CLARO

RÍO HURTADO

RÍO VERDE

SAAVEDRA

SAGRADA FAMILIA

SALAMANCA

SAN CLEMENTE

SAN FABIÁN

SAN IGNACIO

SAN JUAN DE LA

COSTA

SAN NICOLÁS

SAN PEDRO

SAN RAFAEL

SANTA JUANA

TEODORO SCHMIDT

TIMAUKEL

TIRÚA

TOLTÉN

TORRES DEL PAINE

TORTEL

TREHUACO

TUCAPEL

VILLA ALEGRE

YERBAS BUENAS

YUMBEL

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4. Formulación de Objetivos para el proyecto. Con el propósito de que desarrolles los objetivos de tu proyecto, te proponemos un listado de

verbos, tanto para tu objetivo general como para los objetivos específicos que debes señalar en el formulario de postulación. Recuerda que debes

poseer como obligación 1 objetivo general y 3 objetivos específicos:

Tabla n°8 Sugerencias de Objetivos para la formulación del proyecto

Objetivo general y ejemplo Objetivos específicos y ejemplos de aplicación según objetivo general

Aumentar

Aumentar el desarrollo

de capacidades

laborales…

Identificar las necesidades laborales de la población joven del sector de… Identificar

Capacitar

Disminuir

Difundir información sobre competencias laborales, y habilidades para la inserción laboral. Difundir

Contribuir

Proporcionar una red de colaboración con la fundación x y el programa subsidio al empleo joven para

ayudar a jóvenes en la búsqueda y obtención de empleos.

Proporcionar

Introducir

Favorecer Favorecer el encuentro

de la comunidad…

Recuperar el espacio abandonado de la junta de vecinos con productos reciclados… Recuperar

Hacer

Construir un huerto comunitario y realizar actividades de reciclaje… Construir

Realizar la primera siembra del huerto junto a una muestra final de los productos para toda la

comunidad.

Realizar

Mejorar

Fomentar

Fomentar la educación

financiera en la población

joven…

Crear una plataforma online para la educación financiera. Crear

Implementar

Fortalecer Habilitar contenido virtual grabado y realizado con jóvenes del sector con información financiera

adaptada al contexto.

Habilitar

Potenciar

Generar Ofrecer capacitaciones personalizadas (en el ciber del sector) para el uso de plataformas financieras

(bancos, SII, entre otras)

Ofrecer

Dotar

Incentivar

Incentivar la

participación de jóvenes

en actividades deportivas

de…

Adquirir el equipamiento para el desarrollo de los talleres. Adquirir

Desarrollar talleres de quidditch para las y los jóvenes del sector. Desarrollar

Sensibilizar

Generar un campeonato de quidditch a nivel regional. Generar

Promover

Promover la educación

sexual y reproductiva en

jóvenes…

Visibilizar entre la población la importancia de la educación sexual a través de un ciclo de cine. Visibilizar

Reconocer

Visibilizar

Organizar una feria de educación sexual y reproductiva con organizaciones dedicadas al tema. Reducir

Organizar

Entregar productos para la promoción de la educación sexual y reproductiva entre las y los jóvenes de

la población.

Entregar

Transmitir

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