Upload
pochispm
View
249
Download
1
Embed Size (px)
Citation preview
1
BASILEA IIIBy: my financial journey
2
ANTECEDENTES: Anteriormente a Basilea III existieron otros dos acuerdos históricos:
•BASILEA I•BASILEA II.
3
BASILEA I, liquidez: • En 1988, los bancos centrales de Alemania,
Bélgica, Canadá, España, Francia, Italia, Japón, Luxemburgo, Holanda, Reino Unido, Suecia, Suiza y Estados Unidos, se concentran en el control de la liquidez, a través del capital mínimo que una entidad bancaria debía tener (alrededor del 8% del total de los activos de riesgo, sumando crédito, mercado y tipo de cambio). El convenio entró en vigencia con la adhesión de 130 países.
4
BASILEA II, liquidez y solvencia:
En el 2004, los bancos centrales reunidos mostraron preocupación por la calidad crediticia y la probabilidad de incumplimiento de los distintos prestatarios (la seguridad de cartera), considerando que todos los créditos tenían la misma probabilidad de incumplir. El convenio se hizo vigente con 95 países.
5
• El marco regulatorio bancario internacional empezó a refundarse en diciembre. Ahora, los gobernadores de bancos centrales y autoridades monetarias de las mayores economías del mundo han alumbrado un nuevo pacto, denominado Basilea III, que aumenta los requerimientos de capital en cantidad y calidad, es más exigente con el endeudamiento bancario, impone mayores requisitos de liquidez y promueve nuevas dotaciones preventivas («colchones») a las entidades financieras.
6
Definición:
•Basilea III es un acuerdo histórico entre los bancos centrales y los supervisores, para reforzar la solvencia y liquidez de las entidades de crédito.
7
Objetivo:
•El objetivo de la nueva normativa es evitar crisis financieras como la que hemos vivido en estos dos últimos años, o si se produce, que sean las propias entidades las que asuman las pérdidas, no los bancos centrales y los impuestos de los ciudadanos.
8
•Se trata además de resguardar la seguridad de las instituciones bancarias, de proteger al sistema financiero y al sistema económico de las incertidumbre que generan los bancos al distorsionar sus balances, especular con sus activos y realizar transacciones de toda índole, muchas de ellas prohibidas, sin el temor de arriesgar su propiedad y la rentabilidad de sus accionistas.
9
•Se trata de definir qué es capital concentrando la atención en que su concepción se haga alrededor de lo que es el capital estructural, capital básico o TIER 1, compuesto de las acciones ordinarias y las utilidades retenidas o no distribuídas, orientándose a supervigilar la responsabilidad y consecuencias de los malos manejos de la banca con respecto al sistema económico.
10
•Se parte de determinar que se contabilizará como capital de máxima calidad. Para con ello, en caso de respuesta responsable de las entidades fuinacieras, asegurar que los activos patrimoniales de soporte o aval sean de bajo riesgo y plena disponibilidad.
11
•Se prevé que las pérdidas latentes se descuenten del capital TIER I (o Nivel 1).
Se previene que los impuestos diferidos tampoco se contabilicen como capital disponible.
Se obliga a que las obligaciones en materia de pensiones de empleados no se puedan contabilizar como capital disponible al asumir pérdidas.
12
•La importancia del acuerdo se centra en los requisitos de capital que deben cumplir los bancos a partir de 2019. Los criterios actuales se han endurecido, dado que ahora se exigía en las reservas un 2% de los créditos concedidos o de las inversiones realizadas, y con la nueva normativa será del 7%.
13
•Se concibe una fuerte penalización para quienes contabilicen capital en caso de bancos con participaciones cruzadas dentro de un mismo grupo.
Se pide que se descuente contablemente el capital invertido en las filiales aseguradoras.
Se conceptúa de alta percepción de riesgo aquellas inversiones que generen o tiendan a disminuir los ratios (o razones) de solvencia.
14
•Se hace referencia a un capital estructural representado por las reservas básicas de capital de un banco, calculadas según el riesgo de los activos en libros. El ratio de capital total estructural Tier 1 se fija en 6% (era de 4% y la mitad se considera capital de calidad presente en las utilidades retenidas), con un capital central Tier 1 de 4.5%.
15
•Aunque la fecha límite de adaptación está muy lejos, muchas entidades ya están forzando cumplir las nuevas exigencias, dado que el mercado de capitales está siendo muy estricto con aquellos que necesitan liquidez y acuden al mercado en busca de la misma. Los expertos estiman que para las cajas será un esfuerzo añadido, mientras que para los grandes bancos no habrá problemas.
16
Principales novedades:
•Medidas para aumentar la calidad, consistencia y transparencia de los recursos propios.
•Medidas para el refuerzo de la liquidez.Ratio de cobertura de liquidez a corto
plazo. Ratio de liquidez estructural.
• Ratio de apalancamiento.
17
• Colchones de capital.
• Medidas contra la prociclicidad.
• Requerimientos adicionales para el riesgo de
contrapartida.
• Tratamiento de las entidades sistémicas
18
•Una vez analizadas las propuestas de reforma y a falta de la aprobación definitiva, se impone una valoración del impacto y las consecuencias de un nuevo entorno regulatorio que transformará de manera significativa la banca que hemos conocido.
19
¿Qué mejora esta nueva norma de regulación financiera?
A efectos prácticos, nada.
Nada, puesto que la mayoría de entidades
financieras que operan actualmente tiene
un TIER1 en la horquilla 6%-9%.
20
Recordemos que los test del estrés exigían un mínimo del 6% y que sólo algunas cajas de ahorros estaban por debajo de este baremo. En este sentido, que los bancos tenga como obligatorio un capital que actualmente mantienen como norma de gestión es una cuestión completamente menor.
21
•El propio sistema financiero tiene un riesgo implícito en su funcionamiento, dado que el apalancamiento es la fórmula usual para conseguir llevar a cabo su actividad crediticia. En esta línea, el problema de fondo se encuentra en el control de la emisión de activos financieros, dentro de dos parámetros cruciales: la solvencia del emisor y la capacídad de devolución y cumplimiento de los compromisos.
22
•A efectos prácticos, esta regulación no elimina las dudas sobre solvencia, dado que el sistema financiero se derrumbaría como un castillo de naipes si la morosidad supera un 13% ni tampoco garantiza la solvencia y capacidad de devolución de los activos.
23
Conclusiones:
•Tras enumerar, analizar y valorar las medidas propuestas en el borrador de Basilea III, este informe plantea varias conclusiones sobre algunos de los elementos de la reforma:
24
• Más y mejor capital: Una capitalización mayor tendrá un impacto relevante por la necesidad de remunerar más una financiación vía capital que vía deuda.
Además, podría penalizar inversiones en entidades financieras y no financieras al obligar a financiarlas con recursos propios. Es posible que se penalice el modelo de banca accionista de referencia de empresas, ya que algunos bancos y cajas tendrán que desprenderse de activos empresariales.
25
• Mayor liquidez: Esta exigencia perjudica a la
banca comercial tradicional, ya que aumentará
la demanda de activos de mayor calidad
crediticia y liquidez, al tiempo que disminuirá
los de naturaleza contraria.
26
• Menor apalancamiento: Este requerimiento limitará las inversiones de todo tipo, incluidas las crediticias, y supondrán una presión sobre la rentabilidad de las entidades.
27
• Mayor intensidad regulatoria: Se busca una banca más pequeña, más solvente y más líquida, lo que implica mayor estabilidad macroeconómica.
28
• Dudas y desafíos para la banca:
Lo anunciado y propuesto hasta ahora no es suficiente. La estabilidad financiera va más allá del capital y la liquidez.
29
Quedarán muchos aspectos de Basilea III por concretar, incluso después de su aprobación en la próxima reunión del G-20.
Los bancos tienen mucho por hacer en lo que respecta a las implicaciones específicas en su entidad y sobre cuál debe ser su respuesta.
30
Las entidades deberán acelerar las medidas a tomar incluso antes de la entrada en vigor de las nuevas normas. A pesar del periodo de implantación, los cambios son de tal calado que es preciso afrontarlos lo antes posible.
31
Basilea III tiende a utilizar un único enfoque para todos los casos, sin tener
en cuenta la amplia gama de modelos de negocio en
el sector financiero.
32
•Basilea III es una tímida pero honesta y clara respuesta a las debilidades que el sistema finaciero ha revelado de siempre.
33
•Como causas fundamentales se deducen entre otras muchas, la permisividad conjunta de los organismos de control y de los estándares contables y financieros. También, los endebles mecanismos de auditoría y las presiones del sistema bursátil sobre los activos bancarios.
34
•Pero se agrega a todo ello, la complicidad de las medidas tributarias dentro de la política fiscal y el apoyo de última instancia incluido en las políticas monetarias al interior de gobiernos endebles de naciones inertes ante el fenómeno capitalista del dominio de los mayores patrimonios en las actividades crediticias del sistema bancario,
35
•de las costumbres especulativas en las bolsas de valores, del transfuguismo mediante los balances de capitales de corto plazo en la balanza de pagos y del endeudamiento soberano de muy largo plazo representado en emisión monetaria y títulos de deuda pública.
36
•Con toda probabilidad, a finales de este año se aprobará lo que ya todo el mundo conoce como Basilea III. El conjunto de reformas que se pondrán en marcha nace como respuesta a la profunda crisis financiera y tiene como objetivo fundamental evitar que ésta se repita.
37
•Se ha producido una falta de transparencia en algunos segmentos de mercado, lo que generó la “banca en la sombra”. No se han valorado adecuadamente los riesgos por parte de las agencias de calificación crediticia y se han generado numerosos problemas como consecuencia de políticas de remuneración inadecuadas.
38
•Numerosas instituciones y expertos consideran que la crisis es el resultado de una cadena de fallos en el sistema financiero. Ha habido errores en la gestión de riesgos, siendo frecuente la infravaloración de los que estaban asumiendo las entidades.