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BIARK STUDIO S.L. asier hormaeche eguren - aritz etxebarria errasti ESTEIBARLANDA, IBARRA, LABAKUA ETA URARKA KALEEN URBANIZAZIO PROIEKTUA – estudio S y S INDICE DEL DOCUMENTO 1.- MEMORIA 1.1.– OBJETO DE ESTE ESTUDIO 1.2.– CARACTERISTICAS DE LA OBRA 1.3.– RIESGOS 1.4.– PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES 1.5.- PREVENCION DE RIESGOS DE DAÑOS A TERCEROS 1.6.– COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LA EJECUCION DE LA OBRA 1.7.– LIBRO DE INCIDENCIAS 2.- PLIEGO DE CONDICIONES 2.1.- DISPOSICIONES LEGALES DE APLICACION 2.2.- CONDICIONES DE LOS MEDIOS DE PROTECCION 2.3.- SERVICIOS DE PREVENCION 2.4.- INSTALACIONES MEDICAS 2.5.- INSTALACIONES DE HIGIENE Y BIENESTAR 2.6.- NORMATIVA GENERAL SOBRE ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL 2.7.- PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD 3.- FICHAS 4.- PRESUPUESTO 5.- PLANOS

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INDICE DEL DOCUMENTO 1.- MEMORIA 1.1.– OBJETO DE ESTE ESTUDIO 1.2.– CARACTERISTICAS DE LA OBRA 1.3.– RIESGOS 1.4.– PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES 1.5.- PREVENCION DE RIESGOS DE DAÑOS A TERCEROS 1.6.– COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LA EJECUCION DE LA OBRA 1.7.– LIBRO DE INCIDENCIAS 2.- PLIEGO DE CONDICIONES 2.1.- DISPOSICIONES LEGALES DE APLICACION 2.2.- CONDICIONES DE LOS MEDIOS DE PROTECCION 2.3.- SERVICIOS DE PREVENCION 2.4.- INSTALACIONES MEDICAS 2.5.- INSTALACIONES DE HIGIENE Y BIENESTAR 2.6.- NORMATIVA GENERAL SOBRE ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL 2.7.- PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD 3.- FICHAS 4.- PRESUPUESTO 5.- PLANOS

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1.- MEMORIA 1.1.- OBJETO DE ESTE ESTUDIO

Este Estudio de Seguridad y Salud establece, durante la construcción de la obra y durante la realización de los trabajos de reparación, conservación y mantenimiento, las previsiones respecto a prevención de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales así como las instalaciones preceptivas de higiene y bienestar de los trabajadores.

Servirá para dar más directrices básicas a la empresa constructora para llevar a cabo sus obligaciones en el campo de la prevención de riesgos profesionales, facilitando su desarrollo bajo el control de la Dirección Facultativa, de acuerdo con el Real Decreto 1627/1997 de 24 de Octubre. 1.2.- CARACTERISTICAS DE LA OBRA

DESCRIPCIÓN GENERAL El proyecto está concebido principalmente para mejorar las relaciones funcionales y de espacios que se sitúan alrededor. Para no interferir excesivamente en el funcionamiento de los vecinos de la zona en cuanto a la relación coche-peatón existente, se decide aumentar en la medida de lo posible las plazas de aparcamiento exteriores creando un parking al norte de la calle Ibarra. Para crear este parking será necesario ocupar parte del talud verde existente en la actualidad por lo que habrá que construir un pequeño muro de contención para estas tierras.

En el exterior se adecuan las aceras de tal forma que se cumple lo establecido en la Normativa de Accesibilidad del Gobierno Vasco y se crean recorridos agradables. Se ha creado una modulación de pavimento dinámico y atractivo marcada por el mobiliario y los árboles.

El pavimento exterior de las aceras entra en el interior de la plaza de forma que resulte ser una

“invitación” al ciudadano para disfrutar de los diversos espacios interiores.

TRATAMIENTOS SUPERFICIALES �

Las aceras exteriores, combinan piezas Granicem de color crema de 40x40 cm, piezas grises de 40x20 cm y piezas color tierra de 20x20 cm intercaladas entre ellas con la finalidad de ir creando un ritmo.

Se asfaltarán todos los viales del área de actuación y el nuevo aparcamiento.

La sección del firme de las calzadas se prevé para trafico pesado y será del tipo T1 tal y como se define en el presupuesto.

En las aceras el encintado previsto es de bordillo de granito de 15x25x60 cm con todas las caras aserradas y las vistas flambeadas, en cumplimiento de la Normativa de Accesibilidad se achaflanará dos centímetros la arista vista.

En la acera bajo la baldosa hidráulica de tacos se dispone los mismos materiales que en la sección de la calzada, siendo los espesores de la zahorra artificial y la base de hormigón 15 cm.

MOBILIARIO URBANO

En las aceras exteriores se intercalarán dentro del modulaje de pavimento proyectado, las

luminarias, bancos, árboles y papeleras.

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Los bancos Mod. “Nu“ con respaldo serán iguales en toda la zona exterior, para así dar la espalda a la carretera y acotar así la acera. Los bancos serán de Santa & Cole o similar.

Las papeleras utilizadas son las mismas para todo el exterior, el Mod. “Belluga” de Fundición Dúctil Benito o similar.

Los viales asfaltados se señalarán debidamente con señales verticales, flechas, pasos de peatones elevados, bandas longitudinales continuas y discontinuas, etc.

1.2.2.- Presupuesto, Plazo de Ejecución y Mano de Obra - Presupuesto

El presupuesto de Ejecución Material de la obra asciende a la cantidad de 694.009,06 € . - Plazo de ejecución

El plazo de ejecución previsto es de DOCE ( 12 ) meses. - Personal previsto

La distribución del número de trabajadores se prevé aproximadamente en unos seis (6) trabajadores por término medio con pequeñas variaciones durante los períodos de arranque y terminación de los trabajos. 1.2.3.- Interferencias y Servicios Afectados

Existen redes de Iberdrola soterradas que se indican en los planos de Estado Actual, así como de Naturgas, Telefonica, Euskaltel, abastecimiento y saneamiento.

Se ha consultado con el Ayuntamiento de Elorrio y las compañías distribuidoras y las redes se incluyen en los planos correspondientes. 1.2.4.- Unidades constructivas que componen la obra

Las principales unidades que componen la obra, son:

• Localización y desvío provisional o definitivo de servicios afectados. • Desbroce del terreno o demolición del pavimento y muros existentes. • Excavaciones en zanja. • Colocación del apoyo de tubos y tuberías de las diferentes redes. • Instalación de tubos y tuberías. • Pruebas de tubos y tuberías. • Excavaciones de pozos. • Armado, encofrado, hormigonado y desencofrado de pozos de registro y arquetas. • Instalación de elementos de pozos de registro prefabricados. • Instalación, cableado y prueba de la red de Iluminación. • Extendido y compactación de sub-bases y bases granulares. • Vertido y vibrado de bases y soleras de hormigón. • Colocación de bordillos y baldosas. • Riego, extendido y compactación de mezclas bituminosas. • Pavimentación y reposición de servicios afectados. • Jardinería y mobiliario. • Señalización horizontal y vertical.

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1.3.- RIESGOS 1.3.1.- Riesgos profesionales EN ALIMENTACIÓN PROVISIONAL DE ENERGÍA.

• Electrocuciones. • Golpes.

EN EXCAVACIONES.

• Interferencias con conducciones subterráneas o aéreas. • Desprendimientos y deslizamientos de laderas y taludes. • Caídas de personas al mismo y a distinto nivel. • Vuelco por accidente de vehículos y máquinas. • Atropello por máquinas o vehículos. • Atrapamientos. • Cortes y golpes. • Ruido. • Vibraciones. • Proyección de partículas a los ojos. • Polvo.

MAQUINARIA DE OBRA.

• Interferencias con conducciones subterráneas o aéreas. • Accidentes de personas con máquinas. • Accidentes de máquinas (colisiones, caídas) • Atrapamientos. • Ruido. • Vibraciones.

EN TRANSPORTE, VERTIDO, EXTENDIDO Y COMPACTACIÓN.

• Accidentes de vehículos. • Atropellos por máquinas o vehículos. • Caídas de material. • Cortes y golpes. • Vibraciones. • Polvo. • Ruido puntual y ambiental.

EN EXCAVACIONES DE POZOS Y ZANJAS.

• Caída y aplastamiento de personas. • Inundaciones. • Derrumbamientos de zanjas y desprendimiento de tierras. • Caídas de objetos y golpes producidos por éstos. • Interferencias con conducciones subterráneas.

EN HORMIGONES.

• Caídas de personas al mismo y a distinto nivel. • Caída de materiales. • Posibles fallos de encofrados (hundimientos, roturas, reventones). • Electrocuciones.

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• Dermatosis por cemento. • Cortes y golpes. • Salpicaduras. • Proyección de partículas a los ojos. • Heridas producidas por objetos punzantes y cortantes. • Atropellos por máquinas o vehículos.

EN COLOCACIÓN DE TUBOS Y TUBERÍAS.

• Desprendimientos hundimientos. • Caídas de altura. • Atropellos por maquinarias y vehículos. • Polvo y ruido. • Erosiones y contusiones en manipulación de tubos y materiales. • Atrapamientos y caídas de objetos.

EN PAVIMENTACIÓN.

• Atropellos por maquinaria y vehículos. • Atrapamientos por maquinaria y vehículos. • Colisiones y vuelcos. • Salpicaduras por utilización de productos bituminosos. • Polvo. • Ruido.

EN EQUIPOS ELÉCTRICOS.

• Electrocuciones. • Derivaciones desde máquinas, cuadros, útiles, etc. • Incendios. • Caídas a igual o distinto nivel. • Accidentes por manejo de herramientas o material eléctrico.

EN REMATES Y SEÑALIZACIÓN.

• Atropellos por maquinaria y vehículos. • Atrapamientos. • Colisiones y vuelcos. • Caídas de altura. • Caída de objetos. • Cortes y golpes.

1.3.2.- Riesgos de daños a terceros

Una vez cerrado el ámbito de la obra, impidiendo el acceso de personas ajenas, los únicos riesgos posibles son los que se derivan de la circulación de vehículos de transportes diversos por carreteras públicas y, en especial, en la entrada y salida de los vehículos de la obra.

Para evitar el paso de vehículos y peatones por el ámbito de la obra, se crearán los desvíos alternativos debidamente señalizados.

Cuando puntualmente sea imprescindible dar paso alternativo a los vehículos, se regulará mediante señalistas dotados de señales y chalecos reflectantes de seguridad vial.

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1.4.- PREVENCION DE RIESGOS PROFESIONALES 1.4.1.- Protecciones individuales PROTECCIÓN DE LA CABEZA.

• Cascos: para todas las personas que participan en la obra incluidos los visitantes. • Mascarillas antipolvo. • Gafas contra impactos y antipolvo. • Protectores auditivos. • Pantalla de seguridad para soldadura eléctrica. • Pantalla contra proyección de partículas. • Gafas soldadura autógena.

PROTECCIÓN DEL CUERPO.

• Monos o buzos: se tendrán en cuenta las reposiciones a lo largo de la obra. • Prendas reflectantes. • Cinturón de seguridad en sujeción. • Cinturón de seguridad de caída. • Cinturón antivibratorio. • Mandiles de cuero. • Trajes de agua.

PROTECCIÓN EXTREMIDADES INFERIORES.

• Botas de seguridad de lona ( clase III ). • Botas de seguridad de cuero ( clase III ). • Botas impermeables al agua y a la humedad. • Polainas de soldador. • Botas dieléctricas.

PROTECCIÓN EXTREMIDADES SUPERIORES.

• Guantes de cuero para manejo de materiales. • Guantes de goma finos para albañiles y hormigonado. • Guantes de soldador. • Guantes dieléctricos. • Manguitos de cuero.

EN TRABAJOS ELÉCTRICOS SIN TENSIÓN

• Ropa de trabajo: la ropa de trabajo para electricistas será incombustible. Se prohibirá el uso de pulseras, cadenas collares metálicos y anillos, por el riesgo de contacto eléctrico accidental que entrañan.

• Casco de seguridad: el casco deberá ser de la “Clase N”: defensa del cráneo frente a caídas de objetos, golpes, etc., además de proteger contra el riesgo eléctrico a tensión no superior a 1.000 voltios, en corriente alterna, 50 Hz.

• Gafas: las gafas protectoras deberán reducir lo mínimo posible el campo visual y serán de uso individual. Al no estar homologados los cristales para electricistas, se podrán usar los utilizados para soldadores según la Norma Técnica Reglamentaria MT-18, con Grado de Protección 1,2, que absorben las radiaciones ultravioletas e infrarrojas del arco eléctrico accidental.

• Botas: el calzado para electricistas deberá tener plantilla aislante hasta una tensión de 1.000 voltios, corriente alterna, 50 Hz.

• Guantes aislantes: serán guantes aislantes homologados según la Norma Técnica Reglamentaria MT-4. “Guantes Aislantes de la Electricidad”.

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• Herramientas: las herramientas manuales utilizadas para realizar trabajos en instalaciones de baja

tensión deberán estar homologadas según la Norma Técnica Reglamentaria MT-26 sobre “Aislamiento de Seguridad de las herramientas manuales utilizadas en trabajos eléctricos en instalaciones de baja tensión”.

1.4.2.- Protecciones colectivas SEÑALIZACIÓN GENERAL.

• Señales de STOP en salidas de vehículos. • Obligatorio uso de casco, cinturón de seguridad, gafas, mascarilla, protectores auditivos, botas y

guantes. • Riesgo eléctrico, caída de objetos, caída a distinto nivel, maquinaria pesada en movimiento, cargas

suspendidas, incendios y explosiones. • Entrada y salida de vehículos. • Prohibido el paso a toda persona ajena a la obra, prohibido encender fuego, prohibido fumar. • Señal informativa de localización de botiquín y de extintor. Cinta de balizamiento.

EN EXCAVACIÓN.

• Vallas de limitación y protección. • Cinta de balizamiento. • Señales acústicas y luminosas de aviso en maquinaria. • Barandillas. • Señales de tráfico. • Señales de seguridad. • Regado de pistas. • Topes en vertederos.

EN EXCAVACIÓN DE POZOS Y ZANJAS.

• No acopiar materiales en los bordes de la excavación. • Entibación cuando la altura sea superior a 1,50 m. • Protección de los bordes mediante barandillas, cintas y balizas. • Iluminación. • Cierre de accesos a las zonas de obra.

EN TRANSPORTE, VERTIDO, EXTENDIDO Y COMPACTACIÓN.

• Vallas de limitación y protección. • Cinta de balizamiento. • Señales acústicas y luminosas de aviso en maquinaria. • Señales de tráfico. • Señales de seguridad. • Regado de pistas.

ENCOFRADO, FERRALLADO Y HORMIGONADO ( ESTRUCTURA ).

• Iluminación. • Barandillas rígidas en borde de forjado y escalera. • Peldañeado de escaleras. • Cables de sujeción de cinturones de seguridad. • Redes horizontales tipo bandeja. • Plataformas de trabajo adosadas al encofrado de muros apoyadas en ménsulas metálicas cada 3 m

con tablones de 70 mm o plataforma metálica, con barandillas resistentes de 0,90 m de altura con

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rodapié y listón intermedio. • Cubrición de huecos. • Cinturones de seguridad y complementos. • Vallas de limitación y protección. • Cinta de balizamiento. • Señales de seguridad.

MAQUINARIA DE OBRA.

• Cinta de balizamiento. • Señales acústicas y luminosas de aviso de maquinaria. • Topes de desplazamiento de vehículos. • Señales de tráfico. • Señales de seguridad. • Regado de pistas. • Barreras, antes líneas eléctricas o telefónicas.

EN SOLDADURAS.

• Válvulas antirretroceso. • Control de almacén de gases.

EN RIESGOS ELÉCTRICOS.

• Interruptor diferencial. • Tomas de tierra. • Transformadores de seguridad. • Pórticos limitadores de gálibo para líneas eléctricas.

EN INCENDIOS.

• Extintores portátiles. • Bocas de incendio.

EN TRABAJOS ELÉCTRICOS SIN TENSIÓN.

• Aislar de cualquier fuente de alimentación mediante la apertura de los aparatos de seccionamiento más próximos a la zona de trabajo, bloqueando la posición de apertura e instalando un letrero prohibiendo su maniobra.

• Comprobar, mediante un verificador, la ausencia de tensión en cada una de las partes de la instalación.

• Antes de establecer el servicio al finalizar los trabajos, se comprobará que no existen personas trabajando.

1.4.3.- Formación

Todo el personal debe recibir al ingresar en la obra una exposición de métodos de trabajo y los riesgos que éstos pudieran entrañar juntamente con los medios de seguridad que deberá emplear.

Se impartirá formación en materia de seguridad y salud en el trabajo al personal de la obra. Eligiendo al personal más cualificado se impartirá cursillos de socorrismo y primeros auxilios de

forma que todos los tajos dispongan de algún socorrista. 1.4.4.- Medicina preventiva y primeros auxilios

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- Botiquín

Se preverá la instalación de un local para botiquín conteniendo el material especificado en la Ordenanza General de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Asistencia a accidentados

Además de los primeros auxilios que se prestarán con el botiquín de la obra, la asistencia de urgencias de los accidentes laborales se prestarán en los servicios primarios del Consultorio de Elorrio, Urarka Kalea, 4 con Tlf: 94 658 27 00 y para los accidentes más graves el Centro Hospitalario de Galdakao, Labeaga Auzoa S/N, Tlf: 94 400 70 00�.

Es muy conveniente disponer en las obras y en sitio bien visible de una lista con los teléfonos y direcciones de los centros asignados para urgencias, ambulancias, taxis, etc. para garantizar un rápido transporte de los posibles accidentados a los Centros de asistencia.

Se dispondrá en obra de una camilla plegable para transporte de heridos. - Reconocimiento médico

Todo personal que empiece a trabajar en la obra deberá ser sometido a un reconocimiento médico previo al trabajo que será repetido en el período de un año.

Si el suministro de agua potable para el personal no se toma de la red municipal de distribución sino

de fuentes, pozos, etc. habrá que tener precauciones con su grado de potabilidad e instalar un equipo de cloración si fuera necesario.

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1.5.- PREVENCION DE RIESGOS DE DAÑOS A TERCEROS

En prevención de posibles accidentes a terceros se colocarán las oportunas señales de advertencia de salida de camiones y de limitación de velocidad en la carretera a las distancias reglamentarias del entronque con ella.

Se señalizará, de acuerdo con la normativa vigente, el cruce de la pista de obra con carretera tomándose las adecuadas medidas de seguridad.

Se señalizarán los accesos naturales a la obra prohibiéndose el paso a toda persona ajena a la misma, colocándose, en su caso, los cerramientos necesarios.

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1.6.- COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LA EJECUCION DE LA OBRA

El Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra deberá desarrollar las siguientes funciones:

Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y de seguridad:

1º Al tomar las decisiones técnicas y de organización con el fin de planificar los distintos trabajos o fases de trabajo que vayan a desarrollarse simultánea o sucesivamente. 2º Al estimar la duración requerida para la ejecución de estos distintos trabajos o fases de trabajo.

Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los Contratistas y, en su caso, los

Subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra y, en particular, en las tareas o actividades a que se refiere el artículo 10 de este Real Decreto.

Aprobar el Plan de Seguridad y Salud elaborado por el Contratista, y en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo. Conforme a lo dispuesto en el último párrafo del apartado 2 del artículo 7, la dirección facultativa asumirá esta función cuando no fuera necesaria la designación de coordinador.

Organizar la coordinación de actividades empresariales prevista en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo.

Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra. La Dirección facultativa asumirá esta función cuando no fuera necesaria la designación de Coordinador.

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1.7.- LIBRO DE INCIDENCIAS

En cada centro de trabajo existirá con fines de control y seguimiento del Plan de Seguridad y Salud un Libro de Incidencias que constará de hojas por duplicado, habilitado al efecto.

El Libro de Incidencias será facilitado por:

a) El Colegio Profesional al que pertenezca el Técnico que haya aprobado el Plan de Seguridad y Salud.

b) La Oficina de Supervisión de Proyectos u órgano equivalente cuando se trate de obras de las

Administraciones Públicas.

El Libro de Incidencias, que deberá mantenerse siempre en obra, estará en poder del Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra, o cuando no fuera necesaria la designación de Coordinador, en poder de la Dirección facultativa. A dicho libro tendrán acceso la Dirección facultativa de la Obra, los Contratista y Subcontratistas y los trabajadores autónomos, así como las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención en las empresas intervinientes en la obra, los representantes de los trabajadores y los técnicos de los órganos especializados en materia de Seguridad y Salud en el trabajo de las Administraciones Públicas competentes, quienes podrán hacer anotaciones en el mismo, relacionadas con los fines que al Libro se le reconocen el apartado 1.

Efectuada una anotación en el Libro de Incidencias, el Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra o, cuando no sea necesaria la designación de Coordinador, la Dirección facultativa, estarán obligados a remitir, en el plazo de veinticuatro horas, una copia a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia en que se realiza la obra. Igualmente deberán notificar las anotaciones en el Libro al Contratista afectado y a los representantes de los trabajadores de éste.

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2.- PLIEGO DE CONDICIONES 2.1.- DISPOSICIONES LEGALES DE APLICACION

Son de obligado cumplimiento las disposiciones contenidas en:

• Estatuto de los Trabajadores ( Ley 8/1.980 ). • Ordenanza de Trabajo de la Construcción, Vidrio y Cerámica ( O.M. 28-8-70 ) ( B.O.E. 5/7/8/9-9-70 ).

Modificada el 27 de Julio de 1.973. • Homologación de medios de protección personal de los trabajadores ( O.M. 17-5-74 ) (B.O.E.

29-5-74). • Código de la Circulación. • Convenio Colectivo Provincial de la Construcción. • Ley de Prevención de Riesgos Laborales ( 31/1.995 ). • Reglamento de los Servicios de Prevención ( R.D. 39/1.997 ). • Resolución de 18 de Febrero de 1.998 sobre Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo y

Seguridad Social. • Reglamento de explosivos. Decreto 2114/1978, de 2 de Marzo, de la Presidencia del Gobierno

(B.O.E. núm.214, 07/09/1978) Modificación Real Decreto 829/1980, de 18 de Abril (B.O.E. núm. 109, 06/05/1980).

• Aprobación del modelo del libro de incidencias. Orden del 29 de junio de 1987, del Departamento de Trabajo (DOGC núm. 862 y 863, 10 y 13/07/1987).

• Se establece un certificado sobre cumplimiento de las distancias reglamentarias de obras y construcciones a líneas eléctricas. Resolución de 4 de Noviembre de 1988, del Departamento de Industria y Energía (DOGC núm. 1075, 30/11/1988).

• Se establecen los requisitos y datos de las comunicaciones de apertura previa o reanudación de actividades de empresas y centros de trabajos. Orden de 6 de Mayo de 1988, del Ministerio de Trabajo y Seguridad social (B.O.E. núm. 117 16/05/1988)

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2.2.- CONDICIONES DE LOS MEDIOS DE PROTECCION

Todas las prendas de protección personal, o elementos de protección colectiva, tendrán fijado un período de vida útil, desechándose a su término.

Cuando por las circunstancias del trabajo se produzca un deterioro más rápido en una determinada prenda o equipo, se repondrá ésta, independientemente de la duración prevista o fecha de entrega.

Toda prenda o equipo de protección que haya sufrido un trato límite, es decir, el máximo para el que fue concebido, ( por ejemplo, un accidente ) será desechado y repuesto al momento.

Aquellas prendas que, por su uso, hayan adquirido más holguras o tolerancias de las admitidas por el fabricante, serán repuestas inmediatamente.

El uso de una prenda o equipo de protección nunca representará un riesgo en sí mismo. 2.2.1.- Protecciones individuales

• Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual ( R.D. 773/1.997 ) y la Directiva del Consejo ( 89/656 ) sobre la misma materia.

• Condiciones para la comercialización y libre circulación de los equipos de protección individual ( R.D. 1.407/1.992 ) modificado por el R.D. 159/1.995.

• Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en los lugares de trabajo ( R.D. 486/1.997 ). • Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción (R.D. 1.627/1.997).

• Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud relativas a la manipulación manual de cargas ( R.D.

487/1.997 ). • Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud para la utilización por los trabajadores de los equipos

de trabajo ( R.D. 1.215/1.997 ).

Todo elemento de protección personal se ajustará a las Normas de Homologación del Ministerio de Trabajo ( O.M. 17-5-74 ) ( B.O.E. 29-5-74 ):

En los casos en que no exista Norma de Homologación oficial, serán de calidad adecuada a sus respectivas prestaciones. 2.2.2.- Protecciones colectivas

Los elementos de protección colectiva cumplirán la normativa: ELECTRICIDAD:

• Reglamento electrotécnico de A.T. ( Decreto 3.151/1.968 ) y B.T. ( Decreto 2.413/1.973 ). • Instrucciones técnicas complementarias ( Decreto 2.413/1.973 ).

INCENDIOS:

• Reglamento de Instalaciones de Protección contra incendios ( R.D. 1.941/1.993 ). SEÑALIZACIÓN:

• Disposiciones en materia de Señalización de Seguridad y Salud en el Trabajo ( R.D. 485/1.997 ). • Norma de Carreteras 8.3-IC. "Señalización de Obras".

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ILUMINACIÓN, RUIDO Y AMBIENTE DE TRABAJO:

• Protección frente a los riesgos de exposición al ruido ( R.D. 1.316/1.989 ). • Normas sobre protección de los trabajadores contra riesgos relacionados con la exposición a

agentes biológicos durante el trabajo ( R.D. 664/1.997 ). • Normas sobre protección de los trabajadores contra riesgos relacionados con la exposición a

agentes cancerígenos durante el trabajo.( R.D. 665/1.997 ). • Reglamento sobre trabajos con riesgo de amianto. Orden de 31 de octubre de 1984 del Ministerio de

Trabajo (B.O.E. núm. 267, 07/11/1984) (C.E.-B.O.E. núm. 280, 22/11/1954). Prevención y reducción de la contaminación del medio ambiente producida por el amianto. Real Decreto 108/1991 de 1 de Febrero, del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno (B.O.E. núm. 32, 06/02/1991) (C.E.-B.O.E. núm. 43, 19/12/1991).

• Modificación de los artículos 2,3 y 13 de la Orden de 31 de Octubre de 1984 por la que se aprueba el Reglamento sobre trabajos con riesgo de amianto y el artículo 2 de la orden de 7 de Enero de 1993, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (B.O.E. núm. 186, 05/08/0993)

APARATOS ELEVADORES:

• Reglamento de aparatos elevadores para obras, O.M. de 23 de Mayo de 1.977, modificada por orden del 7 de Marzo de 1.981.

• Reglamento de aparatos de elevación y manutención de los mismos ( R.D. 2.291/1.985 ). • Directiva 88/528/CE sobre aparatos elevadores de manejo mecánico ( R.D. 474/1.988 ). • ITC-MIE-AEM2 “Grúas desmontables para obras” Orden de 28 de junio de 1988 del Ministerio de

Industria y Energía (B.O.E. núm 162, 07/07/1988) (C.E.-B.O.E. núm. 115, 14/05/1990) SUSTANCIAS PELIGROSAS:

• Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos ( R.D. 1.078/1.993 y R.D. 363/1.995 ).

• Reglamento de almacenamiento de productos químicos ( R.D. 668/1.990 ). Los elementos de protección colectiva se ajustarán a las características fundamentales siguientes: - Vallas de limitación y protección:

Tendrán como mínimo 90 cm de altura, estando construidas a base de tubos metálicos. Y sispondrán de patas para mantener su verticalidad. - Topes de desplazamiento de vehículos:

Se podrán realizar con un par de tablones embridados fijados al terreno por medio de redondos hincados al mismo, o de otra forma eficaz. - Cables de sujeción de cinturón de seguridad, sus anclajes, soportes y anclajes de redes:

Tendrán suficiente resistencia para soportar los esfuerzos a que puedan ser sometidos de acuerdo con su función protectora. - Interruptores diferenciales y tomas de tierra:

La sensibilidad mínima de los interruptores diferenciales será para alumbrado de 30 mA y para fuerza de 300 mA. La resistencia de las tomas de tierra no será superior a la que garantice, de acuerdo con la sensibilidad del interruptor diferencial, una tensión máxima de 24 V. Se medirá su resistencia periódicamente y, al menos, en la época más seca del año. - Extintores:

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Serán adecuados, en agente extintor y tamaño, al tipo de incendio previsible, y se revisarán cada 6

meses como mínimo. - Escaleras de mano:

Deberán ir provistas de zapatas antideslizantes. - Riegos:

Las pistas para vehículos se regarán convenientemente para evitar levantamiento de polvo por el tránsito de los mismos.

- Pasillos de seguridad:

Podrán realizarse a base de pórticos con pies derechos y dintel a base de tablones embridados, firmemente sujetos al terreno y cubierta cuajada de tablones. Estos elementos también podrán ser metálicos (los pórticos a base de tubo o perfiles y la cubierta de chapa).

Serán capaces de soportar el impacto de los objetos que se prevea puedan caer, pudiendo colocar

elementos amortiguadores sobre la cubierta ( sacos terreros, capa de arena, etc ). - Barandillas:

Dispondrán de listón superior a una altura de 90 cm, de suficiente resistencia para garantizar la retención de personas, y llevarán un listón horizontal intermedio así como el correspondiente rodapié. - Redes:

Serán de poliamida. Sus características generales serán tales que cumplan, con garantía, la función protectora para la que están previstas. - Lonas:

Serán de buena calidad y de gran resistencia a la propagación de la llama.

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2.3.- SERVICIOS DE PREVENCION 2.3.1.- Servicio técnico de seguridad y salud

La Empresa deberá contar con un asesor técnico en Seguridad y Salud cuya misión será la prevención de riesgos que puedan presentarse durante la ejecución de los trabajos y asesorar al Jefe de Obra sobre las medidas de seguridad a adoptar. Así mismo, investigará las causas de los accidentes ocurridos para modificar los condicionantes que los produjeron para evitar su repetición.

2.3.2.- Servicio médico

La empresa constructora contará con Servicio Médico de Empresa propio o mancomunado.

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2.4.- INSTALACIONES MEDICAS

Se dispondrá de un local destinado a botiquín, equipado con el material sanitario exigido en la Ordenanza General de Seguridad y Salud en el Trabajo.

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2.5.- INSTALACIONES DE HIGIENE Y BIENESTAR

Considerando el número previsto de operarios, se preverá la realización de las siguientes instalaciones. 2.5.1.- Comedores

Para cubrir las necesidades se dispondrá de un recinto de las siguientes características:

Dispondrá de iluminación natural y artificial adecuada, ventilación suficiente y estará dotado de mesas, asientos, pilas para lavar la vajilla, agua potable, calienta-comidas y cubos con tapa para depositar los desperdicios. En invierno estará dotado de calefacción.

La superficie de este recinto será la necesaria para que correspondan 1,20 m2/trabajador. 2.5.2.- Vestuarios

Para cubrir las necesidades se dispondrá de un recinto provisto de los siguientes elementos:

• Una taquilla por cada trabajador, provista de cerradura. • Asientos. • Calefacción.

La superficie de este recinto será la necesaria para que correspondan 2m2/trabajador.

2.5.3.- Servicios

Se dispondrá de un recinto, provisto de los siguientes elementos:

• 1 Ud. de inodoro o placa turca, cada veinte ( 20 ) operarios o fracción. • 1 Ud. de lavabo con agua fría y caliente dotados de espejo y jabón, cada diez ( 10 ) operarios o

fracción. • 1 Ud. de ducha individual con agua fría y caliente, cada diez ( 10 ) operarios o fracción. • Instalación de calefacción.

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2.6.- NORMATIVA GENERAL SOBRE ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL

En lo referente al articulado de la Ordenanza General de Seguridad y Salud de 9 de Marzo de 1.971, se tendrá especial observancia en los siguientes artículos:

• Nº 70. Protección personal contra la electricidad. • Nº 140. Radiaciones peligrosas • Radiaciones infrarrojas • Radiaciones ultravioletas • Radiaciones ionizantes • Nº 141. Disposiciones generales • Nº 142. Ropa de trabajo • Nº 143. Protección de la cabeza • Nº 144. Protección de la cara • Nº 145. Protección de la vista • Nº 146. Cristales de protección • Nº 147. Protección de los oídos • Nº 148. Protección de las extremidades inferiores • Nº 149. Protección de las extremidades superiores • Nº 150. Protección del aparato respiratorio • Nº 151. Cinturones de seguridad

Relación de Normas Técnicas Reglamentarias sobre homologación de medios de protección

personal del Ministerio de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social.

• M.T.- 1 Cascos de seguridad metálicos. B.O.E 30-12-74 • M.T.- 2 Protectores auditivos. B.O.E. 1-11-75 • M.T.- 3 Pantallas para soldadores. B.O.E. 2-9-75 • M.T.- 4 Guantes aislantes de la electricidad. B.O.E. 3-9-75 • M.T.- 5 Calzado de seguridad contra riesgos mecánicos. B.O.E. 12-2-80 • M.T.- 6 Banquetas aislantes de maniobras. B.O.E. 5-9-75 • M.T.- 7 Adaptadores faciales. B.O.E. 6-9-75 • M.T.- 8 Filtros mecánicos. B.O.E. 8-9-75 • M.T.- 9 Mascarillas autofiltrantes. B.O.E. 9-9-75 • M.T.- 10 Filtros químicos y mixtos contra amoníacos B.O.E. 9-9-75 • M.T.- 11 Guantes de protección contra agresivos químicos B.O.E. 4-7-77 • M.T.- 12 Filtros químicos y mixtos contra monóxido de carbono B.O.E. 13-7-77 • M.T.- 13 Cinturones de sujeción. B.O.E. 2-9-77 • M.T.- 14 Filtros químicos y mixtos contra cloro. B.O.E. 21-4-78 • M.T.- 15 Filtros químicos y mixtos contra anhídrido sulfuroso. B.O.E. 21-6-78 • M.T.- 16 Gafas de montura tipo universal para protección contra impactos.B.O.E. 17-8-78 • M.T.- 17 Oculares de protección contra impactos. B.O.E. 9-9-78 • M.T.- 18 Oculares filtrantes para pantallas de soldadores. B.O.E. 7-2-79 • M.T.- 19 Cubre-filtros y antecristales para pantallas de soldadores. B.O.E. 21-6-79 • M.T.- 20 Equipos de protección de vías respiratorias semiautónomas de aire fresco con manguera

de aspiración. B.O.E. 5-1-81 • M.T.- 21 Cinturones de suspensión. B.O.E. 16-3-81 • M.T.- 22 Cinturones de caída. B.O.E. 17-3-81 • M.T.- 23 Filtros químicos y mixtos contra ácido sulfhídrico. B.O.E. 3-4-81 • M.T.- 24 Equipos semiautónomos de aire fresco con manguera a presión. B.O.E. 3-8-81 • M.T.- 25 Plantillas de protección frente a riesgos de perforación B.O.E. 13-10-81 • M.T.- 26 Aislamiento de seguridad de las herramientas manuales utilizadas en instalación eléctricos

de baja tensión. B.O.E. 10-10-81 • M.T.- 27 Bota impermeable al agua y a la humedad. B.O.E. 22-12-81 • M.T.- 28 Dispositivos personales utilizados en las operaciones de elevación y descenso.

Dispositivos anticaídas. B.O.E. 14-12-82

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Aparte de las disposiciones legales citadas en el punto 1., se tendrán en cuenta las normas

contenidas en el Reglamento de Régimen Interior de la Empresa Adjudicataria, así como las provenientes de su Comité de Seguridad y Salud y por su interés práctico el repertorio de recomendaciones prácticas de la O.I.T.

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2.7.- PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD

En aplicación al Estudio de Seguridad y Salud en el trabajo, el Contratista adjudicatario, quedará obligado a elaborar un Plan de Seguridad y Salud en el que analice, estudie, desarrolle y complemente, en función de su propio sistema de ejecución de la obra, las previsiones contenidas en el estudio citado. En dicho plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que la Empresa adjudicataria proponga con su correspondiente valoración económica, de forma que el importe total no sufra variación.

El citado importe resultará de aplicar los precios contenidos en el Estudio de Seguridad, o los alternativos propuestos por el Contratista en el Plan de Seguridad y Salud, a las unidades que, en este último, se prevea que se van a utilizar, realizándose su abono mediante certificación aplicada a las unidades de obra realmente ejecutadas y estando sujeto a las mismas condiciones económicas que el resto de la obra.

El Plan de Seguridad y Salud deberá ser presentado, antes del inicio de la obra, a la aprobación expresa de la Dirección Facultativa de la misma. Una copia de dicho plan, a efectos de su conocimiento y seguimiento, será entregada al Comité de Seguridad y Salud y, en su defecto, a los representantes de los trabajadores del centro de trabajo. De igual forma, una copia del mismo, se entregará al Vigilante de seguridad de la obra.

En cada centro de trabajo de las obras, con fines de control y seguimiento del Plan de Seguridad, existirá un libro de incidencias habilitado, al efecto y facilitado por el Colegio Profesional que vise el proyecto de ejecución de la obra. Dicho libro constará de hojas cuadriplicadas destinadas, cada una de sus copias, para entrega y conocimiento de la Inspección de Trabajo, de la Dirección Facultativa, del Contratista adjudicatario y del Comité de Seguridad y Salud.

Las anotaciones en dicho libro estarán únicamente relacionadas con la inobservancia de las instrucciones y recomendaciones preventivas recogidas en el Plan de Seguridad y Salud.

Efectuada una anotación en el libro de incidencias, el Contratista adjudicatario estará obligado a remitir, en el plazo de veinticuatro horas, cada una de las copias a los destinatarios mencionados anteriormente, conservando las destinadas a él en el propio centro de trabajo.

Es responsabilidad del Contratista adjudicatario la ejecución correcta de las medidas preventivas fijadas en el Plan de Seguridad y Salud.

A la hora de confeccionar las MEDICIONES para el PRESUPUESTO se diferenciarán las partidas siguientes: a) Partidas que dependen del nº de trabajadores y del tiempo que dure la obra:

• PROTECCIONES INDIVIDUALES • MEDICINA PREVENTIVA Y PRIMEROS AUXILIOS

b) Partidas independientes del nº de trabajadores y del tiempo que dure la obra y que solamente dependen del nº de unidades que requiera la obra y que coincidan en su utilización:

• PROTECCIONES COLECTIVAS • EXTINCION DE INCENDIOS • PROTECCION INSTALACION ELECTRICA

c) Partidas de periodicidad constante que dependen únicamente del tiempo de duración de la obra:

• FORMACION Y REUNIONES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

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d) Partidas que únicamente dependen del número de trabajadores, independientemente del tiempo que dure la obra:

• INSTALACIONES DE HIGIENE Y BIENESTAR Arrasate, Junio de 2008 Fdo.: Asier Hormaeche Eguren

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