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BOLETIN OFICIAL DE ARAGON AÑO XXIII 10 de marzo de 2004 Número 30 Depósito legal: Z-1.401-1983 FRANQUEO CONCERTADO 50/57 Sumario I. Disposiciones generales DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES DECRETO 35/2004, de 24 de febrero de 2004, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Coordinación Administrativa del Gobierno de Aragón.. DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO DECRETO 36/2004, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Publico de personal docente no universitario para el año 2004 ............................................................................. DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE DECRETO 37/2004, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente ............................. DECRETO 38/2004, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de los vertidos de aguas residuales a las redes municipales de alcantarillado ............................................................... II. Autoridades y personal a) Nombramientos, situaciones e incidencias DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO DECRETO 39/2004, de 24 de febrero, por el que se nombra a D. Miguel Angel Martínez Marco Director del Servicio Provincial del Departamento de Economía, Hacienda y Empleo en Zaragoza ................................. DEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTE DECRETO 40/2004, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se dispone el cese de D. Guillermo Allanegui Burriel como Jefe del Servicio de Patrimonio Etnológico, Lingüístico y Musical de la Dirección Ge- neral de Patrimonio Cultural del Departamento de Edu- cación, Cultura y Deporte ............................................ DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE DECRETO 41/2004 de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se nombran vocales del Consejo de Dirección del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental. b) Oposiciones y concursos UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA RESOLUCION de 27 de febrero de 2004, de la Univer- sidad de Zaragoza por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se hace pública la lista definitiva de aspirantes excluidos a las pruebas selectivas para el ingreso, por los sistemas de promoción interna y acceso libre, en la Escala Auxi- liar de la Universidad de Zaragoza .............................. RESOLUCION de 27 de febrero de 2004, de la Univer- sidad de Zaragoza, por la que se anuncia una oferta pública parcial de empleo de personal funcionario de administración y servicios para el año 2004 ............... III. Otras disposiciones y acuerdos DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES ORDEN de 1 de marzo de 2004, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se convoca la última edición de los cinco módulos que componen el Programa de Especialización en Derecho Administrativo Local de Aragón a celebrar en Huesca: Módulo I (Código: HU156/04), Módulo II (Código HU157/04), y en Zaragoza: Módulo III (Código ZA158/ 04), Módulo IV (Código ZA159/04), Módulo V (Códi- go 160/04) .................................................................... ORDEN de 1 de marzo de 2004, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se convoca el Seminario «La Constitución Europea: un proyecto en marcha» (Código ZA182/2004) ............... RESOLUCION de 3 de marzo de 2004, del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se convoca el curso «Nuevo régimen de contratos de las Administraciones Públicas», a celebrar en Huesca. (Có- digo: HUCS186/2004) ................................................. 2413 2413 2416 2419 2428 2428 2428 2428 2435 2435 2436 2436

BOLETIN OFICIAL DE ARAGON©cnicos/Aguas Residuales/… · mental de música de Tarazona en conservatorio profe- ... ANUNCIO del juzgado de 1ª instancia número 18, relativo a ejecución

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BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2409

BOLETIN OFICIALDE ARAGON

AÑO XXIII 10 de marzo de 2004 Número 30Depósito legal: Z-1.401-1983 FRANQUEO CONCERTADO 50/57

SumarioI. Disposiciones generalesDEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONESINSTITUCIONALES

DECRETO 35/2004, de 24 de febrero de 2004, delGobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión deCoordinación Administrativa del Gobierno de Aragón..

DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDAY EMPLEO

DECRETO 36/2004, de 24 de febrero, del Gobierno deAragón, por el que se aprueba la Oferta de EmpleoPublico de personal docente no universitario para el año2004 .............................................................................

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE

DECRETO 37/2004, de 24 de febrero, del Gobierno deAragón, por el que se aprueba la estructura orgánica delDepartamento de Medio Ambiente .............................

DECRETO 38/2004, de 24 de febrero, del Gobierno deAragón, por el que se aprueba el Reglamento de losvertidos de aguas residuales a las redes municipales dealcantarillado ...............................................................

II. Autoridades y personal a) Nombramientos, situaciones e incidenciasDEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDAY EMPLEO

DECRETO 39/2004, de 24 de febrero, por el que senombra a D. Miguel Angel Martínez Marco Director delServicio Provincial del Departamento de Economía,Hacienda y Empleo en Zaragoza .................................

DEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURAY DEPORTE

DECRETO 40/2004, de 24 de febrero, del Gobierno deAragón, por el que se dispone el cese de D. GuillermoAllanegui Burriel como Jefe del Servicio de PatrimonioEtnológico, Lingüístico y Musical de la Dirección Ge-neral de Patrimonio Cultural del Departamento de Edu-cación, Cultura y Deporte ............................................

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE

DECRETO 41/2004 de 24 de febrero, del Gobierno deAragón, por el que se nombran vocales del Consejo deDirección del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

b) Oposiciones y concursosUNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

RESOLUCION de 27 de febrero de 2004, de la Univer-sidad de Zaragoza por la que se declaran aprobadas laslistas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos yse hace pública la lista definitiva de aspirantes excluidosa las pruebas selectivas para el ingreso, por los sistemasde promoción interna y acceso libre, en la Escala Auxi-liar de la Universidad de Zaragoza ..............................

RESOLUCION de 27 de febrero de 2004, de la Univer-sidad de Zaragoza, por la que se anuncia una ofertapública parcial de empleo de personal funcionario deadministración y servicios para el año 2004...............

III. Otras disposiciones y acuerdosDEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONESINSTITUCIONALES

ORDEN de 1 de marzo de 2004, del Departamento dePresidencia y Relaciones Institucionales, por la que seconvoca la última edición de los cinco módulos quecomponen el Programa de Especialización en DerechoAdministrativo Local de Aragón a celebrar en Huesca:Módulo I (Código: HU156/04), Módulo II (CódigoHU157/04), y en Zaragoza: Módulo III (Código ZA158/04), Módulo IV (Código ZA159/04), Módulo V (Códi-go 160/04) ....................................................................

ORDEN de 1 de marzo de 2004, del Departamento dePresidencia y Relaciones Institucionales, por la que seconvoca el Seminario «La Constitución Europea: unproyecto en marcha» (Código ZA182/2004) ...............

RESOLUCION de 3 de marzo de 2004, del InstitutoAragonés de Administración Pública, por la que seconvoca el curso «Nuevo régimen de contratos de lasAdministraciones Públicas», a celebrar en Huesca. (Có-digo: HUCS186/2004) .................................................

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DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDAY EMPLEO

DECRETO 42/2004, de 24 de febrero, del Gobierno deAragón, por el que se acepta la herencia intestada de Dª.Asunción Carmen Marín Villar, a favor de la Comuni-dad Autónoma de Aragón ............................................

DECRETO 43/2004, de 24 de febrero, del Gobierno deAragón, por el que se acepta la herencia intestada de DªAlenir Vetozo Rodrigues, a favor de la ComunidadAutónoma de Aragón ..................................................

DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIOY TURISMO

RESOLUCION de 10 de febrero de 2004, de laDirección General de Industria y de la Pequeña yMediana Empresa, por la que se autoriza a Aragonesade Servicios de ITV, S. A. como Organismo deverificación autorizado para llevar a cabo la ejecu-ción del control metrológico en las fases de verifica-ción después de reparación o modificación y de veri-ficación periódica .......................................................

RESOLUCION de 16 de febrero de 2004, de la Direc-ción General de Industria y de la Pequeña y MedianaEmpresa, por la que se actualiza y renueva la autoriza-ción concedida por Resolución de 7 de marzo de 1997,a la empresa ECA, Entidad Colaboradora de la Adminis-tración, Sociedad Anónima Unipersonal, para actuarcomo Organismo de Control .......................................

DEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURAY DEPORTE

DECRETO 44/2004, de 24 de febrero, del Gobierno deAragón, por el que se transforma el conservatorio ele-mental de música de Sabiñánigo en conservatorio profe-sional ............................................................................

DECRETO 45/2004, de 24 de febrero, del Gobierno deAragón, por el que se transforma el conservatorio ele-mental de música de Tarazona en conservatorio profe-sional ............................................................................

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCION de 23 de febrero de 2004, de la Direc-ción General de Calidad Ambiental, por la que se formu-la la Declaración de Impacto Ambiental y se otorga laautorización ambiental integrada para la actividad deexplotación porcina para cebo situada en el T.M. deAlconchel de Ariza (Zaragoza) y promovida por Rema-cha Lozano S. C ...........................................................

RESOLUCION de 23 de febrero de 2004, de la Direc-ción General de Calidad Ambiental, por la que se formu-la la Declaración de Impacto Ambiental y se otorga laautorización ambiental integrada para la actividad deampliación de explotación porcina de cebo en el T.M. deLécera (Zaragoza) y promovida por D. Angel SanmiguelCasaus ..........................................................................

RESOLUCION de 25 de febrero de 2004, de la Direc-ción General de Calidad Ambiental, por la que seformula la Declaración de Impacto Ambiental de laCantera «Sancho», en el término municipal de Mos-queruela (Teruel), promovida por la D. Urbano RobresGarcía ..........................................................................

RESOLUCION de 25 de febrero de 2004, de la Direc-ción General de Calidad Ambiental, por la que seformula la Declaración de Impacto Ambiental del Ante-proyecto de Transformación en Riego por goteo de laComunidad de Regantes «Cruz Alta» en Ainzón (Zara-goza), promovido por SIRASA (Sociedad de Infraes-tructuras Rurales Aragonesas, S. A.) ...........................

RESOLUCION de 25 de febrero de 2004, de la Direc-ción General de Calidad Ambiental, por la que seformula la Declaración de Impacto Ambiental del Pro-yecto de la Zona de Concentración Parcelaria de Maga-llón, subperímetro secano (Zaragoza), y promovido porel Departamento de Agricultura y Alimentación .........

IV. Administración de Justicia#

ANUNCIO del Juzgado de 1ª Instancia número 18,relativo a procedimiento ordinario 765/2003 C...........

ANUNCIO del Juzgado de 1ª Instancia número 14,relativo a procedimiento verbal desahucio falta de pago379/2003 ......................................................................

ANUNCIO de la Sala de lo Contencioso-Administrati-vo, Sección Segunda, relativo a recurso contencioso-administrativo número 42/04-C ...................................

ANUNCIO del Juzgado de 1ª Instancia número 1 deAlcañiz, relativo a procedimiento ordinario 194/2001 ..

ANUNCIO del juzgado de 1ª instancia número 18,relativo a ejecución de títulos judiciales 86/2004-C....

ANUNCIO del Juzgado de 1ª Instancia número 15,relativo a procedimiento filiación 1052/2002..............

V. Anuncios a) Subastas y concursos de obras y servicios públicos

§DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONESINSTITUCIONALES

#ANUNCIO de la Entidad Pública Aragonesa de Servi-cios Telemáticos, por la que se hace pública la adjudica-ción de un Contrato de Servicios .................................

DEPARTAMENTO DE SALUD Y CONSUMO#

ANUNCIO del Hospital «Royo Villanova» por el que seconvoca la licitación, por procedimiento abierto, me-diante concurso, del contrato de suministro de Aparatajede Corte y Hemostasia para cirugía abierta .................

RESOLUCION de la Dirección de Atención Primariadel Sector de Teruel, por la que se hace pública laadjudicación del concurso que se cita .........................

ANUNCIO del Centro de Rehabilitación Psicosocial«Nuestra Señora del Pilar» Servicio Aragonés de Salud,por el que se publica la adjudicación del contrato que secita ...............................................................................

RESOLUCION del Hospital Universitario «Miguel Ser-vet» por la que se convoca el concurso que se cita .......

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BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2411

ANUNCIO del Hospital Sagrado Corazón de Jesús deHuesca por el que se publica la adjudicación del contratoque se cita ....................................................................

DEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURAY DEPORTE

#ANUNCIO del Departamento de Educación Cultura yDeporte, por el que se convoca la licitación de uncontrato de suministro, promovido por la DirecciónGeneral de Política educativa ......................................

ANUNCIO del Departamento de Educación, Culturay Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón,por el que se convoca la licitación de un contrato deobras ............................................................................

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE#

ANUNCIO del Departamento de Medio Ambiente, porel que se convoca a licitación un contrato de consultoríay asistencia, promovido por la Dirección General deCalidad Ambiental .......................................................

AYUNTAMIENTO DE SABIÑANIGO (Huesca)#

ANUNCIO del Ayuntamiento de Sabiñánigo, en el quese aprueba la adjudicación del contrato de redacción deproyecto técnico, dirección facultativa y ejecución delas obras de construcción de un Centro Cultural Comar-cal 3ª. Fase ...................................................................

AYUNTAMIENTO DE TERUEL#

ANUNCIO relativo a contratación mediante subasta delas obras para el «Pintado de la plaza de toros» ..........

b) Otros anuncios§

DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDAY EMPLEO

#ANUNCIO de la Subdirección Provincial de Trabajo deZaragoza, del depósito del Acta de Constitución yEstatutos de la Asociación de Empresarios de Comercioy Servicios del Sector Comercial Valdefierro .............

ANUNCIO de la Subdirección Provincial de Trabajo deZaragoza, del depósito del Acta de Constitución yEstatutos de la Asociación de Empresarios de Comercioy Servicios del Sector Comercial Santa Isabel ............

ANUNCIO del Instituto Aragonés de Empleo, relativoa cédula de notificación y requerimiento a Ana AránzazuRíos Ruber ...................................................................

ANUNCIO del Instituto Aragonés de Empleo, relativoa cédula de notificación y requerimiento a Rafael LiñánCrespo ..........................................................................

ANUNCIO del Instituto Aragonés de Empleo, relativoa cédula de notificación y requerimiento a María JoséLosantos Domínguez ...................................................

ANUNCIO del Instituto Aragonés de Empleo, relativoa cédula de notificación y requerimiento a Marta ValeroTena .............................................................................

ANUNCIO del Instituto Aragonés de Empleo, relativoa cédula de notificación y requerimiento a Ana AránzazuRíos Ruber ...................................................................

ANUNCIO de la Subdirección Provincial de Trabajo,relativo a modificación de estatutos de la Asociación deEmpresarios de Comercio de Monzón ........................

ANUNCIO de la Subdirección Provincial de Trabajo,relativo a modificación de estatutos de la AsociaciónEmpresarial de la Comarca Hoya de Huesca ..............

DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS,URBANISMO Y TRANSPORTES

#ANUNCIO del Servicio Provincial de Obras Públicas,Urbanismo y Transportes de Zaragoza, por el que senotifica la Orden del Departamento de Obras Públicas,Urbanismo y Transportes que se cita, que resuelve elRecurso de Alzada interpuesto por D. Miguel SeguraFabre en el Expediente Sancionador SFZ-01/2003 .....

RESOLUCION de 23 de febrero de 2004, de la Direc-ción General de Urbanismo, por la que se da publicidada la resolución de 20 de febrero de 2003, de emplaza-miento a interesados en recurso contencioso-adminis-trativo número 948/2003, presentado contra el acuerdoadoptado por el Consejo de Ordenación del Territorio ensesión de fecha 25 de septiembre de 2002, relativo alcumplimiento parcial de prescripciones del Plan Gene-ral de Ordenación Urbana de Zaragoza .......................

NOTIFICACION del Servicio Provincial de Obras Pú-blicas, Urbanismo y Transportes de Huesca, a los inte-resados relacionados en el Anexo, de las Resolucionesrecaídas en los expedientes sancionadores que se indi-can, por infracción a las disposiciones ordenadoras deltransporte .....................................................................

NOTIFICACION del Servicio Provincial de Obras Pú-blicas, Urbanismo y Transportes de Huesca, a los inte-resados relacionados en el Anexo, de la Audiencia-Propuesta de Resolución de los expedientes sanciona-dores por infracción a las disposiciones ordenadoras deltransporte .....................................................................

NOTIFICACION del Servicio Provincial de Obras Pú-blicas, Urbanismo y Transportes de Huesca, a los inte-resados relacionados en el Anexo, de la iniciación deexpedientes sancionadores y apertura de plazos de ale-gaciones y prueba, por presunta infracción a las dispo-siciones ordenadoras del transporte .............................

DEPARTAMENTO DE AGRICULTURAY ALIMENTACION

#ANUNCIO de la Dirección General de Alimentación,por la que se da publicidad a la resolución que otorga eltítulo de Granja de Sanidad Comprobada a la explota-ción de porcino «C.I.A. Porcino de A.D.S. Graus yComarca» sita en el término municipal de Graus (Hues-ca) e inscrita en el Registro de Explotaciones Porcinascon el número ES2211170000168...............................

DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIOY TURISMO

#RESOLUCION de 27 de octubre de 2003 de la Direc-ción General de Energía y Minas, por la que se autorizay aprueba el proyecto de ejecución de instalación eléc-trica «Ampliación de un transformador 132/45 kV y 54/45/35 MVA en la SET Jaca Sur». Referencia. Exp. nºAT 79/2003 de la provincia de Huesca .......................

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DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCION de 24 de febrero de 2004, del Serviciode Prevención Ambiental por la que se somete a infor-mación pública, el Proyecto Básico y su Estudio deImpacto Ambiental, para el proyecto de ampliación deexplotación porcina de madres reproductoras en T.M.de Torres de Barbués (Huesca) y promovida por Explo-taciones Ganaderas Valdemoro, S. L ..........................

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALESY FAMILIA

#NOTIFICACION de la Dirección Provincial del Institu-to Aragonés de Servicios Sociales, a D. Antonio GilBorque de la Resolución recaída en el expediente nºZ03/0716-01 instruido en aplicación de las medidas deprotección de menores previstas en la Ley 12/2001, de2 de julio de la Infancia y la Adolescencia en Aragón..

NOTIFICACION de la Dirección Provincial del Institu-to Aragonés de Servicios Sociales de Huesca, a donFrancisco Javier Palomino Hidalgo, de la Resoluciónrecaída en los expedientes número H/02/0112/01 y 02instruidos en aplicación de las medidas de protección demenores previstas en la Ley 12/2001, de 2 de julio, de laInfancia y la Adolescencia en Aragón .........................

NOTIFICACION de la Dirección Provincial del Institu-to Aragonés de Servicios Sociales, a D. Andrés NavarroFernández, de la Resolución recaída en el expediente nºZ-96-0285-01 instruido en aplicación de las medidas deprotección de menores previstas en la Ley 12/2001, de2 de julio de la Infancia y la Adolescencia en Aragón..

NOTIFICACION de la Dirección Provincial del InstitutoAragonés de Servicios Sociales, a D. Rufino GarcíaMartínez de la Resolución recaída en el expediente nºZ01/0144-01 instruido en aplicación de las medidas deprotección de menores previstas en la Ley 12/2001, de 2de julio de la Infancia y la Adolescencia en Aragón .....

AYUNTAMIENTO DE LA FRESNEDA (Teruel)#

ANUNCIO del Ayuntamiento de La Fresneda, relativoa aprobación inicial de bases generales de otorgamientode subvenciones ...........................................................

AYUNTAMIENTO DE MONZON (Huesca)#

ANUNCIO del Ayuntamiento de Monzón, relativo aaprobación inicial de modificación puntual de PGOU ..

AYUNTAMIENTO DE SABIÑANIGO (Huesca)#

ANUNCIO del Ayuntamiento de Sabiñánigo, en el quese aprueba definitivamente el PERI del Area de Equipa-miento del Antiguo Acuartelamiento Gravelinas ........

ANUNCIO del Ayuntamiento de Sabiñánigo, en el quese aprueba definitivamente la modificación puntual nº.2/03 del Plan General de Ordenación Urbana deSabiñánigo ...................................................................

AYUNTAMIENTO DE TERUEL#

ANUNCIO del Ayuntamiento de Teruel, por el que secomunica apertura de ofertas .......................................

CONSEJO ARAGONES DE LAS PERSONAS MAYORES#

ANUNCIO relativo a convocatoria de Asamblea Gene-ral Ordinaria del Consejo Aragonés de las PersonasMayores .......................................................................

FEDERACION ARAGONESA DE REMO#

ANUNCIO de la Federación Aragonesa de Remo, rela-tivo a la convocatoria de la Asamblea Ordinaria .........

SOCIEDAD COOPERATIVA DEL CAMPO LA UNION#

ANUNCIO, relativo a disolución y liquidación de So-ciedad Cooperativa del Campo La Unión ...................

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I. Disposiciones generales§

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONESINSTITUCIONALES

#DECRETO 35/2004, de 24 de febrero de 2004, delGobierno de Aragón, por el que se regula la Comi-sión de Coordinación Administrativa del Gobiernode Aragón.

$El Texto refundido de la Ley del Presidente y del Gobierno

de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 3 dejulio, establece en su artículo 42.2 que como órgano depreparación de las reuniones del Gobierno de Aragón, existiráuna Comisión de Secretarios Generales Técnicos o deViceconsejeros presidida por el Vicepresidente.

Con anterioridad, el Decreto 164/1993, de 19 de octubre,había creado la Comisión de Coordinación Administrativa dela Diputación General de Aragón cuya principal funciónradicaba en preparar las reuniones del Gobierno de Aragón, sibien tenía también encomendadas funciones de coordinaciónde la actividad administrativa de los Departamentos de laAdministración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

La nueva regulación contenida en el citado artículo 42.2 delTexto refundido de la Ley del Presidente y del Gobierno deAragón, y las diversas modificaciones operadas en la estruc-tura orgánica de los diferentes Departamentos de la Adminis-tración de la Comunidad Autónoma de Aragón aconsejanmodificar la regulación de dicha Comisión para adecuarla a lanueva regulación y a las modificaciones estructurales aludi-das.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia yRelaciones Institucionales, previa deliberación del Gobiernode Aragón, en su reunión del día 24 de febrero de 2004,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto y naturaleza.1.—El presente Decreto tiene por objeto la regulación de la

Comisión de Coordinación Administrativa.2.—La Comisión de Coordinación Administrativa es un

órgano de carácter interno encargado de la preparación de lasreuniones del Gobierno de Aragón. Asimismo, ejercerá fun-ciones de coordinación general de la actividad administrativade los Departamentos de la Administración de la ComunidadAutónoma de Aragón.

Artículo 2. Composición.1.—La Comisión estará presidida por el Vicepresidente del

Gobierno y, en representación de cada uno de los Departamen-tos que forman el Gobierno de Aragón, formarán parte de lamisma un Viceconsejero o el Secretario General Técnico,designados por el Consejero respectivo. A las reuniones de laComisión podrá asistir el Consejero de Economía, Hacienday Empleo.

2.—El Presidente de la Comisión será sustituido en casos devacante, ausencia o enfermedad por el miembro de la Comi-sión que designe. Los representantes de los diferentes Depar-tamentos podrán ser suplidos en caso de ausencia, vacante oenfermedad por otro alto cargo del Departamento correspon-diente, designado por su Consejero.

3.—A las reuniones de la Comisión podrán ser convocadospor el Presidente altos cargos, funcionarios y expertos.

4.—Actuará como Secretario de la Comisión un Jefe deServicio de la Administración de la Comunidad Autónomadesignado por el Presidente de la Comisión.

Artículo 3.—Funciones.Las funciones de la Comisión de Coordinación Administra-

tiva serán las siguientes:

a) Preparación de las reuniones del Gobierno de Aragónmediante el estudio y análisis de los asuntos que deben sersometidos a su consideración.

b) Coordinación general de la actividad administrativa delos Departamentos de la Administración de la ComunidadAutónoma de Aragón, con la fijación en su caso de criteriosgenerales, plazos de actuación o prioridades.

c) Impulso de programas, acciones y actividades cuando losmismos afecten a varios Departamentos de la Administraciónde la Comunidad Autónoma de Aragón.

d) Aquellas otras que le atribuya el Ordenamiento Jurídico.Artículo 4. Normas de funcionamiento.Las normas de funcionamiento interno serán aprobadas por

la propia Comisión de Coordinación Administrativa, a pro-puesta de su Presidente.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.Se deroga el Decreto 164/1993, de 19 de octubre, de la

Diputación General de Aragón, por el que se crea la Comisiónde Coordinación Administrativa de la Diputación General deAragón.

Disposición final primera.—Habilitación de desarrollo.Se faculta al Vicepresidente del Gobierno para dictar cuan-

tas disposiciones resultaren necesarias para el desarrollo yejecución del presente Decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su

publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».Zaragoza, 24 de febrero de 2004.

El Presidente del Gobierno de Aragón,MARCELINO IGLESIAS RICOU

El Vicepresidente y Consejero de Presidenciay Relaciones Institucionales,

JOSE ANGEL BIEL RIVERA#

DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDAY EMPLEO

#DECRETO 36/2004, de 24 de febrero, del Gobier-no de Aragón, por el que se aprueba la Oferta deEmpleo Publico de personal docente no universita-rio para el año 2004.

$Corresponde al Gobierno de Aragón, de acuerdo con lo

previsto en el artículo 23 de la Ley de Ordenación de laFunción Pública en la Comunidad Autónoma de Aragón,aprobar la oferta anual de empleo público, en la que debenincluirse las plazas dotadas cuya provisión se considere nece-saria durante el ejercicio presupuestario para el adecuadofuncionamiento de los servicios, y que, hallándose vacantes,no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existen-tes en la Comunidad Autónoma.

Corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón, confor-me al artículo 36 de su Estatuto de Autonomía, según redac-ción dada por la Ley Orgánica 5/1996, de 30 de diciembre, lacompetencia de desarrollo legislativo y ejecución de la ense-ñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades yespecialidades de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 dela Constitución y leyes orgánicas que lo desarrollan.

En ejercicio de las competencias de ejecución asumidas porla Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanzano universitaria, y en el marco de lo previsto por la disposiciónadicional undécima de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 dediciembre, de Calidad de la Educación, corresponde aprobarla Oferta de Empleo Público de personal docente.

Las especiales características del procedimiento de provi-sión de plazas en el sistema educativo aconsejan proceder a laaprobación independiente de la oferta de empleo relativa a

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plazas pertenecientes a Cuerpos de personal docente no uni-versitario, con el fin de ajustar el desarrollo de tales procesosselectivos a las propias necesidades de funcionamiento de losservicios educativos.

En su virtud, previo informe de la Comisión de Personal, apropuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunióncelebrada el día 24 de febrero de 2004,

DISPONGO:

Artículo 1. Aprobación de la oferta de empleo público depersonal docente.

1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de laLey de Ordenación de la Función Pública de la ComunidadAutónoma de Aragón, se aprueba la Oferta de Empleo Públicodel año 2004 correspondiente a personal docente no universi-tario, en los siguientes términos: 282 plazas de personaldocente no universitario, correspondientes a los Cuerposdocentes establecidos en la Disposición Adicional 10ª de laLey Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación generaldel sistema educativo (LOGSE), según la distribución porespecialidades establecida en el Anexo al presente Decreto.

2. Las necesidades de personal docente, derivadas de lasingularidad de la estructura del empleo en este ámbito y de laejecución de la Ley Orgánica General del Sistema Educativo(LOGSE), y de la Ley Orgánica de Calidad de la Educación,hacen conveniente la aprobación independiente de su oferta deempleo.

3. Corresponderá al Departamento de Educación, Cultura yDeporte la aprobación de las convocatoria de pruebas selecti-vas para el ingreso en los Cuerpos contenidos en el Anexo delpresente Decreto, con el número y distribución de plazasprevistos en el mismo.

Artículo 2. Promoción interna1. En cada convocatoria de pruebas selectivas de ingreso

que se apruebe en ejecución de este Decreto se reservará hastaun 50 por ciento de las vacantes convocadas para su provisiónpor el sistema de promoción interna, de acuerdo con lascondiciones establecidas en los artículos 44 y 45 de la Ley deOrdenación de la Función Pública de la Comunidad Autóno-ma de Aragón y lo previsto en el artículo 3 del Real Decreto575/1991, de 22 de abril.

2. Las plazas ofrecidas en turno de promoción interna que no

sean cubiertas por dicho procedimiento se acumularán a lasofrecidas al resto de los aspirantes de acceso libre.

Artículo 3. Personas con minusvalía.1. De acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional

sexta del texto refundido de la Ley de Ordenación de laFunción Pública de la Administración de la Comunidad Autó-noma de Aragón, del total de plazas ofertadas se reservará unmínimo del 3 por 100 para ser cubiertas por quienes tengan lacondición legal de personas con minusvalía, que deberánacreditar una discapacidad de grado igual o superior al 33 por100.

2. Las plazas reservadas a personal con minusvalía que noresulten cubiertas por las mismas se acumularán a las ofreci-das para su posible adjudicación al resto de los candidatos.

Artículo 4. Participación en las convocatorias.Los modelos de solicitud para participar en los procedi-

mientos de ingreso, así como los sistemas de abono de losderechos de examen, serán establecidos en la correspondienteconvocatoria.

Disposición final primera.—Desarrollo de los procesosselectivos.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.3 del Decreto208/1999, de 17 de diciembre, del Gobierno de Aragón, losprocesos selectivos correspondientes a las plazas incluidas enla presente Oferta de Empleo Público serán convocados,tramitados y resueltos por el Departamento de Educación,Cultura y Deporte.

Disposición final segunda.—Dotación presupuestaria.La convocatoria para cubrir las plazas incluidas en el pre-

sente Decreto quedará condicionada a lo dispuesto en elartículo 25.2 de la Ley 25/2003, de 30 de diciembre, dePresupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para2004.

Disposición final tercera.—Entrada en vigor.Este Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación

en el «Boletín Oficial de Aragón».Zaragoza, 24 de febrero de 2004.

El Presidente del Gobierno de Aragón,MARCELINO IGLESIAS RICOU

El Consejero de Economía, Hacienday Empleo,

EDUARDO BANDRES MOLINE

BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2415

ANEXOOFERTA DE EMPLEO PUBLICO DOCENTE DE ENSEÑANZA NO UNIVERSITARIA AÑO 2004

CUERPO 0590 PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIAGRUPO A

ESPECIALIDADES OFERTA

001 FI FILOSOFIA 10004 LE LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA 18005 GE GEOGRAFIA E HISTORIA 17006 MA MATEMATICAS 5008 BG BIOLOGIA Y GEOLOGIA 9009 DI DIBUJO 10010 FR FRANCES 8011 IN INGLES 10016 MU MUSICA 5017 EF EDUCACION FISICA 10018 PS PSICOLOGIA Y PEDAGOGIA 20019 TC TECNOLOGIA 15061 EC ECONOMIA 8103 API ASESORIA Y PROCESOS DE IMAGEN PERSONAL 3104 CCE CONSTRUCCION CIVILES Y EDIFICACION 3105 FOL FORMACION Y ORIENTACION LABORAL 10106 HT HOSTELERIA Y TURISMO 2107 IF INFORMATICA 6112 OFM ORGANIZACION Y PROYECTOS FABRICACION MECANICA 2113 PSE ORGANIZACION Y PROYECTOS SISTEMAS ENERGETICOS 2119 MC PROCESOS Y MEDIOS DE COMUNICACION 3122 AGR PROCESOS Y PRODUCTOS EN ARTES GRAFICAS 2123 PMM PROCESOS Y PRODUCTOS EN MADERA Y MUEBLE 2125 SEA SISTEMAS ELECTROTECNICOS Y AUTOMATICOS 3

TOTAL183

CUERPO 0591 PROFESORES TECNICOS FORMACION PROFESIONAL GRUPO B

ESPECIALIDADES OFERTA

201 CP COCINA Y PASTELERIA 2203 EST ESTETICA 2204 FIM FABRICACION E INSTALACION DE CARPINTERIA Y MUEBLE 2206 IE INSTALACIONES ELECTROTECNICAS 10209 MV MANTENIMIENTO DE VEHICULOS 5211 MMM MECANIZADO Y MANTENIMIENTO DE MAQUINAS 4218 PL PELUQUERIA 5223 PGR PRODUCCION EN ARTES GRAFICAS 2228 SOL SOLDADURA 3

TOTAL 35

CUERPO 0592 PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS GRUPO A

ESPECIALIDADES OFERTA

001 AL ALEMAN 2011 IN INGLES 3

TOTAL 5

CUERPO 0594 PROFESORES DE MUSICA Y ARTES ESCENICAS GRUPO A

ESPECIALIDADES OFERTA

403 CANTO 1404 CLARINETE 3406 CONTRABAJO 2408 FAGOT 1410 FLAUTA TRAVESERA 3411 FLAUTA DE PICO 1412 FUNDAMENTOS DE COMPOSICION 2418 INSTRUMENTOS DE PUA 3419 OBOE 2420 ORGANO 1422 PERCUSION 1423 PIANO 15424 SAXOFON 3426 TROMBON 2427 TROMPA 2428 TROMPETA 4431 VIOLA 5433 VIOLIN 4434 VIOLONCELLO 4

TOTAL 59

TOTAL OFERTA EMPLEO PUBLICO DOCENTE 282§

2416 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE#

DECRETO 37/2004, de 24 de febrero, del Gobier-no de Aragón, por el que se aprueba la estructuraorgánica del Departamento de Medio Ambiente.

$Por Decreto 50/2000, de 14 de marzo, del Gobierno de

Aragón, se aprobó la estructura orgánica del Departamento deMedio Ambiente, modificándose por Decreto 54/2003, de 11de marzo, del Gobierno de Aragón.

La reciente entrada en vigor de la Ley 23/2003, de 23 dediciembre, de creación del Instituto Aragonés de GestiónAmbiental, ha venido a desconcentrar en esta Entidad deDerecho Público la tramitación y resolución de diversosprocedimientos administrativos, haciéndose precisa la reorde-nación de las competencias del Departamento de MedioAmbiente.

Por otra parte, se considera conveniente potenciar tanto lasactividades de planificación como las de vigilancia, control einspección medioambiental.

Ambas circunstancias conllevan, también, la necesidad derediseñar la estructura administrativa del Departamento deMedio Ambiente.

En su virtud, a iniciativa del Consejero de Medio Ambientey a propuesta del Consejero de Presidencia y RelacionesInstitucionales, previa deliberación del Gobierno de Aragónen su reunión del día 24 de febrero de 2004,

DISPONGO:

Artículo 1º. Competencias Generales del Departamento.1. El Departamento de Medio Ambiente es el órgano de la

Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón al quecorresponde desarrollar, bajo la superior dirección del Conse-jero y de acuerdo con las directrices establecidas por elGobierno de Aragón, la acción administrativa y la gestión enmateria de medio ambiente y de conservación de la naturalezay de la biodiversidad, así como la planificación y ejecución delas obras relacionadas con el ciclo integral del agua y lasacciones tendentes a preservar y restaurar la calidad de lasmismas. Todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidaspor sus respectivas leyes de creación a las entidades dederecho público Instituto Aragonés del Agua e Instituto Ara-gonés de Gestión Ambiental.

En el ámbito de las competencias de la Comunidad Autóno-ma de Aragón y en el marco de la normativa vigente, corres-ponde al Departamento de Medio Ambiente:

a) El fomento de la calidad ambientalb) La vigilancia y control en el cumplimiento de las autori-

zaciones y condicionados ambientales.c) La inspección ambiental.d) El ejercicio de las competencias atribuidas a la Comuni-

dad Autónoma en materia de contaminación atmosférica ycalidad del aire.

e) El ejercicio de las competencias atribuidas a la Comuni-dad Autónoma de Aragón en materia de suelos contaminados.

f) La planificación autonómica de residuos y la vigilancia,inspección y sanción de las actividades de producción ygestión de residuos.

g) El desarrollo de acciones de educación ambiental, inclu-yendo la formación, la sensibilización y la participaciónciudadana, como método para la solución de los conflictosambientales.

h) Garantizar la acción administrativa autonómica derivadade la legislación de libre derecho a la información ambiental..

i) La conservación del medio natural, así como la utilizaciónracional de éste para un desarrollo sostenible del mismo.

j) El estudio e inventario de los recursos naturales renova-bles.

k) La conservación y mejora de los suelos y la lucha contrala erosión.

l) La gestión y administración de los montes declarados deutilidad pública, su declaración, inclusión y exclusión delCatálogo de Montes de Utilidad Pública, la declaración ytutela de los montes protectores, así como todos los aspectosderivados de la Ley de Montes.

m) La gestión y administración de las vías pecuarias.n) La planificación, protección, conservación, fomento y

ordenado aprovechamiento de los recursos piscícolas y cine-géticos y la aplicación de las medidas conducentes a laconsecución de estos fines.

o) La prevención y lucha contra los incendios, plagas yenfermedades forestales.

p) La conservación de la biodiversidad, en lo referente a losEspacios Naturales Protegidos, la Red Natura 2000 y la floray fauna silvestres.

q) La emisión de informes ambientales que correspondan ala Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón,salvo los expresamente atribuidos al Instituto Aragonés deGestión Ambiental.

r) Cualesquiera otras competencias que le atribuya el orde-namiento jurídico y las que resulten de lo establecido en elpresente Decreto.

Artículo 2º. El Consejero de Medio Ambiente.Al Consejero de Medio Ambiente, como titular del Depar-

tamento, le corresponde el ejercicio de la superior iniciativa,dirección e inspección de todos los servicios del Departamen-to y las demás funciones que le atribuya el ordenamientojurídico vigente.

Artículo 3º. Organización General del Departamento.1. Para el ejercicio de sus competencias el Departamento de

Medio Ambiente se estructura en los siguientes órganosdirectivos:

a) Secretaría General Técnica.b) Dirección General de Calidad Ambiental.c) Dirección General del Medio Natural2. La organización periférica del Departamento de Medio

Ambiente se estructura en los Servicios Provinciales de MedioAmbiente en Huesca, Teruel y Zaragoza que dependerándirectamente del Consejero, sin perjuicio de su coordinaciónfuncional por la Secretaría General Técnica.

3. Como órganos de apoyo, asesoramiento y asistenciainmediata, dependientes directamente del Consejero, existeun Gabinete, integrado por un Jefe de Gabinete y tres Aseso-res, y una Secretaría particular, con el personal administrativoque se adscriba a los mismos.

4. El Instituto Aragonés del Agua, entidad de derechopúblico, está adscrito al Departamento de Medio Ambienteconforme a lo previsto en el artículo 4.2 de la Ley 6/2001, de17 de mayo, de ordenación y participación en la gestión delagua en Aragón, con los fines y funciones establecidos en lamisma.

5. La entidad de derecho público, Instituto Aragonés deGestión Ambiental, está adscrita al Departamento de MedioAmbiente conforme a lo previsto en el artículo 1.1 de la Ley23/2003, de 23 de diciembre, de creación del Instituto Arago-nés de Gestión Ambiental, con los fines y funciones estable-cidos en la misma.

Artículo 4º. Secretaría General Técnica.1. Corresponden al Secretario General Técnico las siguien-

tes competencias:a) Representar al Departamento por delegación del Conse-

jero.b) Ejercer las competencias que el Consejero le delegue.c) Prestar asesoramiento técnico al Consejero en relación

con la planificación de la actividad del Departamento.d) Impulsar el control de eficacia del Departamento y de sus

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BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2417

organismos públicos mediante la realización de las activida-des necesarias para la comprobación del cumplimiento de losobjetivos propuestos en los planes de actuación y la adecuadautilización de los recursos asignados.

e) Planificar las actuaciones necesarias para la racionaliza-ción y simplificación de los procedimientos y de los métodosde trabajo del Departamento, de acuerdo con las directrices ycriterios técnicos establecidos por la Inspección General deServicios.

f) Proponer los criterios técnicos y las directrices sobre laorganización del Departamento.

g) Coordinar las actuaciones del Departamento en relacióncon las transferencias de funciones y servicios del Estado.

h) Ejercer la jefatura de personal del Departamento.i) Supervisar la adquisición de suministros, bienes y servi-

cios, así como los expedientes de contratación de cualquiertipo.

j) Preparar, en coordinación con los Directores Generales, elanteproyecto de presupuesto del Departamento.

k) Gestionar el presupuesto del Departamento.l) Coordinar, bajo la dirección del Consejero, la actuación de

las Direcciones Generales del Departamento.m) Gestionar todos los servicios comunes del Departamen-

to, así como aquellos que se le encomienden expresamente.n) Prestar asesoramiento jurídico-administrativo a todos los

órganos del Departamento.o) Planificar y gestionar el patrimonio de la Comunidad

Autónoma de Aragón adscrito al Departamento de MedioAmbiente, sin perjuicio de las competencias atribuidas alDepartamento de Economía, Hacienda y Empleo.

p) El control sobre la actividad desarrollada por los Organis-mos y Empresas Públicas adscritos al Departamento

q) Ejercer las demás competencias que le sean atribuidas pordisposición legal o reglamentaria, así como aquellas otras queen función de su naturaleza le sean encomendadas por elConsejero.

2. Para el ejercicio de sus funciones, la Secretaría GeneralTécnica estará integrada por los siguientes Servicios:

a) Servicio de Asuntos Jurídicos y Coordinación Adminis-trativa.

b) Servicio de Gestión Económica y de Personal.Artículo 5º. Servicio de Asuntos Jurídicos y Coordinación

Administrativa.Corresponde al Servicio de Asuntos Jurídicos y Coordina-

ción Administrativa el asesoramiento jurídico a todos losórganos del Departamento; la elaboración de informes jurídi-cos y de proyectos de disposiciones normativas; la coordina-ción normativa; la resolución de recursos y reclamaciones; latramitación de expedientes expropiatorios; la elaboración delos Acuerdos y Decretos que sean elevados por el Departa-mento para su aprobación por el Gobierno; la tramitación deConvenios y, en su caso, elevación de denuncia y rescisión delos mismos a los órganos competentes; la preparación de lascontestaciones a las quejas, recomendaciones y sugerenciasformuladas por el Justicia de Aragón; la preparación decontestaciones a las quejas de la Comisión de la UniónEuropea; todo lo anterior sin perjuicio del ejercicio de lasfunciones de asistencia jurídica, consultiva y contenciosa, quecorresponden a la Dirección General de los Servicios Jurídi-cos del Gobierno de Aragón, conforme a su normativa regu-ladora con arreglo a lo dispuesto en el Decreto 167/1985, de 19de diciembre, de la Diputación General de Aragón, así comola planificación, coordinación y control de la actuación admi-nistrativa y la gestión de los servicios comunes del Departa-mento y del patrimonio de la Comunidad Autónoma deAragón adscrito al Departamento de Medio Ambiente, sinperjuicio de las competencias reservadas al Departamento deEconomía, Hacienda y Función Pública.

Artículo 6º. Servicio de Gestión Económica y de Personal.Corresponde al Servicio de Gestión Económica y de Perso-

nal, el asesoramiento técnico al titular del Departamentorespecto a la planificación económica, la gestión del presu-puesto, el control de inversiones y ayudas públicas tramitadasdesde los Centros Directivos, con especial atención a lasfinanciadas por la Administración Central y Unión Europea,la coordinación de la contratación administrativa y la gestióndel personal del Departamento.

Artículo 7º. Dirección General de Calidad Ambiental.1. Corresponde a la Dirección General de Calidad Ambien-

tal:a) El fomento de la calidad del medio ambiente.b) El ejercicio de las competencias atribuidas al Departa-

mento en materia de contaminación atmosférica y de calidaddel aire

c) El ejercicio de las competencias atribuidas al Departa-mento en materia de suelos contaminados

d) El ejercicio de las competencias atribuidas al Departa-mento en materia de residuos

e) La planificación general de las actuaciones ambientales yla coordinación de las actividades de planificación del Depar-tamento.

f) La coordinación general de la actividad inspectora delDepartamento.

g) La implementación de medidas generales para la preven-ción de impactos asociados a las actividades con repercusiónen el medio ambiente, así como la vigilancia y control delcumplimiento de las medidas preventivas que se establezcanen esta materia;

h) La coordinación en materia de información ambientali) La coordinación en el desarrollo de las acciones en materia

de Educación Ambiental.j) Cualesquiera otras competencias que le sean atribuidas

por el ordenamiento jurídico vigente2. La Dirección General de Calidad Ambiental se estructura

en los siguientes servicios:a) Servicio de Planificación Ambiental.b) Servicio de Control Ambiental.c) Servicio de Información y Educación Ambiental.Artículo 8º. Servicio de Planificación Ambiental.1. Corresponde al Servicio de Planificación Ambiental la

planificación de actuaciones destinadas al uso racional de losrecursos naturales y ambientales, las medidas de fomento y laevaluación de las medidas de planificación sectorial queafecten a los aspectos medioambientales.

2. Asimismo, se le atribuye el establecimiento, en el ámbitoautonómico, de planes y programas en materia de residuos, asícomo la ejecución de las medidas de fomento previstas y deaquellas que, en el marco de la planificación, le sean atribui-das.

Artículo 9º. Servicio de Control Ambiental.1. Corresponde al Servicio de Control Ambiental la vigilan-

cia y control de las fuentes generadoras de contaminación, asícomo su repercusión en el medio a través del control de lacalidad del medio ambiente mediante la realización de medi-ciones directas, estudios e inventarios, así como propuestas deprogramas de prevención.

2. Igualmente le corresponde la elaboración de la propuestadel Plan General de Inspecciones Ambientales del Departa-mento, la coordinación de su ejecución y la realización directade aquellas que se le atribuyan en el Plan General.

Artículo 10º. Servicio de Información y Educación Ambien-tal.

1. Corresponde al Servicio de Información y EducaciónAmbiental la coordinación administrativa en materia de infor-mación ambiental en el ámbito del Departamento de MedioAmbiente, la elaboración de los informes anuales del estado

2418 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

del medio ambiente en Aragón, gestionar el fondo documentaly el desarrollo de sistemas de indicadores ambientales.

2. Asimismo le corresponde el impulso y desarrollo deplanes y programas en materia de educación ambiental, lacoordinación de las acciones del Departamento, procurar lacoordinación de la educación ambiental en el marco de lacomunidad autónoma y potenciar, coordinar y realizar campa-ñas de divulgación conforme a la planificación.

Artículo 11º. Dirección General del Medio Natural.1. Corresponde a la Dirección General del Medio Natural la

dirección, planificación, coordinación y defensa del territorioforestal, de la caza y de la pesca, de la lucha contra la erosión,de la prevención y lucha contra los incendios, plagas y enfer-medades forestales y de la conservación de la biodiversidad,tanto en lo referente a los espacios naturales protegidos comoa la Red Natura 2000 y la flora y la fauna silvestres, así comoel uso racional del medio natural para el desarrollo del mediorural.

2. La Dirección General del Medio Natural se estructura enlos siguientes Servicios:

a) Servicio de Coordinación y Planificación Forestal.b) Servicio de Espacios Naturales, Caza y Pesca.c) Servicio de Biodiversidad.Artículo 12º. Servicio de Coordinación y Planificación

Forestal.Corresponde al Servicio de Coordinación y Planificación

Forestal: La elaboración de Planes y Programas de la Direc-ción General, el apoyo a los procesos de coordinación, espe-cialmente en los procesos de gestión de proyectos, la gestióndel presupuesto y seguimiento de la ejecución, la planificacióny coordinación de la prevención y lucha contra los incendiosforestales, la lucha integrada contra los agentes físicos ybiológicos nocivos, la elaboración cartográfica de la Direc-ción General, el seguimiento estadístico de los indicadoresfísicos de ejecución y la planificación forestal en defensa de lapropiedad pública forestal, ordenaciones y planes técnicos degestión de montes en los aprovechamientos forestales, en lasvías pecuarias, en la recuperación y mejora de la cubiertaforestal, en la lucha contra la erosión y la gestión del Institutode Formación Agroambiental de Jaca.

Artículo 13º. Servicio de Espacios Naturales, Caza y Pesca.Corresponde al Servicio de Espacios Naturales, Caza y

Pesca, la coordinación y gestión de los Espacios NaturalesProtegidos, así como los instrumentos de planificación de sugestión, la gestión de Red Natura 2000, la planificación ygestión de los recursos cinegéticos y piscícolas, la utilizacióneducativa y recreativa del medio natural y las acciones dedivulgación, así como las acciones dirigidas al fomento deldesarrollo socioeconómico en las áreas de influencia de losespacios naturales.

Artículo 14º. Servicio de Biodiversidad.Corresponde al Servicio de Biodiversidad, la planificación

general de los Espacios Naturales y de la Red Natura 2000, laconservación de los hábitats, la flora y fauna, en particular lorelativo al Catálogo de Especies Amenazadas y los planes quede él se deriven, el control de las especies exóticas y eldesarrollo de programas de corrección de factores adversospara la conservación de la biodiversidad.

Artículo 15º. Servicios Provinciales del Departamento.1. En cada una de las provincias de Huesca, Teruel y

Zaragoza, existirá un Servicio Provincial de Medio Ambiente,con la organización que se determine en las respectivasrelaciones de puestos de trabajo.

2. Los Servicios Provinciales del Departamento ejerceránlas funciones establecidas en el Decreto 74/2000, de 11 deabril, del Gobierno de Aragón, de reorganización de la Admi-nistración Periférica de la Comunidad Autónoma de Aragón,las que se le atribuyan por delegación o desconcentración

dentro del propio Departamento, así como aquellas competen-cias que les sean atribuidas por disposición legal o reglamen-taria.

3. En todo caso, ejercerán las siguientes funciones:a) La tramitación y resolución de los expedientes adminis-

trativos en materia de su competencia en relación con el medioambiente, así como el ejercicio de la potestad sancionadoracuando no venga atribuida a otros órganos del Departamentoo a los Organismos Públicos adscritos al mismo.

b) La inspección y vigilancia en relación con las fuentesgeneradoras de contaminación, la gestión de residuos y sobreel medio natural, en los términos que establezca la normativavigente.

c) La gestión de actuaciones medioambientales y las relati-vas al medio natural.

d) Actuaciones de promoción de la educación, información,formación y defensa medioambientales y utilización recreati-va y educativa de los espacios naturales.

e) La gestión de medidas de fomento que les sean atribuidas.f) El otorgamiento de las autorizaciones, licencias o permi-

sos en aquellas materias que no vengan atribuidas al InstitutoAragonés de Gestión Ambiental conforme a la legislación encada momento vigente.

g) Cualesquiera otras que se atribuyan o encomienden por elDepartamento.

4. De conformidad con lo previsto en el artículo 9.2 delDecreto 74/2000, el Director del Servicio Provincial ostenta-rá, por delegación del Consejero la representación del Depar-tamento en la respectiva Provincia y tendrá a su cargo ladirección e inspección inmediata de la gestión de las compe-tencias que le corresponden, así como del personal adscrito alos centros y dependencias que integran el Servicio Provincial.

Disposición adicional primera.—Unidades administrati-vas.

En la estructura de los órganos administrativos que se creano modifican por el presente Decreto se integrarán las unidadesadministrativas y los puestos que se determinen en la Relaciónde puestos de trabajo del Departamento.

Disposición adicional segunda.—Distribución de efecti-vos.

El Secretario General Técnico del Departamento MedioAmbiente, en virtud de las competencias que le atribuye elartículo 11.1.u) del Decreto 208/1999, de 17 de noviembre,por el que se distribuyen las competencias en materia depersonal entre los diferentes órganos de la Administración dela Comunidad Autónoma de Aragón y con el objeto deoptimizar los recursos humanos, podrá distribuir entre lasunidades orgánicas del Departamento en cada localidad, alpersonal adscrito al mismo, de acuerdo con las necesidades delservicio y las características y cargas del trabajo, mediante lamodificación de las relaciones de puestos de trabajo.

Disposición adicional tercera.—Modificaciones presupues-tarias.

Por el Departamento de Economía, Hacienda y FunciónPública se efectuarán las modificaciones presupuestarias pre-vistas que resulten necesarias para dar cumplimiento a loestablecido en este Decreto.

Disposición adicional cuarta.—Adscripción de EmpresasPúblicas.

Queda adscrita al Departamento de Medio Ambiente laempresa pública Sociedad de Desarrollo Medioambiental deAragón, S. A. (SODEMASA)

Disposición transitoria primera.—Tramitación de los pro-cedimientos.

Los procedimientos iniciados y no resueltos a la entrada envigor del presente Decreto se tramitarán y resolverán por losCentros Directivos, y por los Organismos Públicos que tenganatribuida la competencia material conforme a la estructura

BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2419

orgánica del Departamento, que se establece en el presenteDecreto, y a las leyes de creación de tales Organismos y lasdisposiciones que las desarrollen.

Disposición transitoria segunda.—Cobertura temporal depuestos.

En tanto no se proceda a cubrir los puestos creados por elpresente Decreto, las funciones serán desempeñadas por quienlas realice en el momento de su aprobación.

Disposición derogatoria única.—Derogación normativa.Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior

rango se opongan a lo establecido en este Decreto y, enparticular, el Decreto 50/2000, de 14 de marzo, del Gobiernode Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica delDepartamento de Medio Ambiente, modificado por Decreto54/2003, de 11 de marzo, del Gobierno de Aragón

Disposición final primera.—Facultades de desarrollo.Se faculta al Consejero de Medio Ambiente para dictar

cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo yejecución del presente Decreto.

Disposición final segunda.—Entrada en vigorEl presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su

publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».Zaragoza, 24 de febrero de 2004.

El Presidente del Gobierno de Aragón,MARCELINO IGLESIAS RICOU

El Vicepresidente y Consejero de Presidenciay Relaciones Institucionales,

JOSE ANGEL BIEL RIVERA

El Consejero de Economía, Hacienday Empleo,

EDUARDO BANDRES MOLINE

El Consejero de Medio Ambiente,ALFREDO BONE PUEYO

#DECRETO 38/2004, de 24 de febrero, del Gobier-no de Aragón, por el que se aprueba el Reglamentode los vertidos de aguas residuales a las redesmunicipales de alcantarillado.

$El Gobierno de Aragón ha asumido un compromiso impor-

tante para acometer las actuaciones que precisa la depuraciónde las aguas residuales del territorio aragonés, en cumplimien-to de la Directiva 91/271/CEE, del Consejo, de 21 de mayo,sobre tratamiento de aguas residuales urbanas, modificada porla Directiva 98/15/CE, de 27 de febrero de 1998 y la Directiva2000/60/CE, del Parlamento Europeo y Consejo, de 23 deoctubre de 2000, por la que se establece un marco comunitariode la actuación en el ámbito de la política de agua.

Como resultado del esfuerzo inversor realizado, nos encon-tramos en la actualidad con un buen número de estacionesdepuradoras de aguas residuales ya en servicio, estando enfase de construcción, licitación o proyecto las contempladasen la II fase del Plan Aragonés de Saneamiento y Depuración,aprobado por Acuerdo de 5 de junio de 2001, del Gobierno deAragón.

En la materia ambiental, y en concreto en lo relativo alsaneamiento y depuración de aguas residuales, concurren lascompetencias que la legislación de régimen local ha venidotradicionalmente atribuyendo a los municipios y las asumidaspor la Comunidad Autónoma de Aragón en su Estatuto deAutonomía (artículos 35.1.16ª y 17ª y 37.3), que ejerce a travésdel Instituto del Agua de Aragón, de conformidad con elartículo 4 y artículos 32 y 33 de la Ley 6/2001, de 17 de mayo,de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua enAragón. A estos dos niveles administrativos se une el ámbito

comarcal, al asignar el artículo 16.A de la Ley 23/2001, de 26de diciembre, de Medidas de Comarcalización, competenciasa las comarcas para la gestión de los servicios de abastecimien-to, saneamiento y depuración.

Se impone, por tanto, una colaboración activa entre lasadministraciones implicadas que permita cumplir los finesmedioambientales y de protección de la calidad de las aguasque les encomienda el Legislador.

Un proceso de saneamiento eficaz no se limita a estableceruna red de colectores que conduzca las aguas hasta las plantasdepuradoras, sino que es de suma importancia controlar elciclo desde su inicio. Por ello, dado que la red de alcantarilla-do, paso previo a la entrada de las aguas residuales en ladepuradora, es competencia local, resulta conveniente queexista una regulación adecuada de los compuestos contami-nantes que entran al alcantarillado, con el doble objetivo depreservar los cauces y dominios públicos receptores de esasaguas residuales y de garantizar el correcto funcionamiento yconservación de las instalaciones de saneamiento y depura-ción construidas.

Dentro del sistema general de vertidos, los de aguas residua-les industriales constituyen una de las fuentes de contamina-ción más significativas, por lo que resulta muy importantecontrolar su calidad para evitar que una actuación negligentedel usuario ocasione graves problemas en la red de alcantari-llado o en el tratamiento del agua en la estación depuradora,con los consiguientes perjuicios medioambientales y econó-micos para la comunidad. Es aquí donde cobra especialrelevancia el papel de los municipios y, en su caso, de lascomarcas, en el ejercicio de sus competencias para la autori-zación de conexiones a la red de vertidos, de forma que uncontrol previo evite la presencia de sustancias o compuestosque, excediendo de unos determinados límites comúnmenteaceptados, produzcan afecciones indeseadas a las infraestruc-turas de saneamiento.

El artículo 67 de la Ley de Ordenación y Participación en laGestión del Agua habilita al Gobierno de Aragón para dictarreglamentos reguladores de la calidad de los vertidos con el finde garantizar el adecuado funcionamiento y la protección de lasinstalaciones de abastecimiento, saneamiento y depuración.

Este precepto legal prevé que la protección de las instalacio-nes locales pueda realizarse mediante la ordenanza municipalcorrespondiente, que deberá respetar la normativa básicaestatal y la de desarrollo de la Comunidad Autónoma. Asimis-mo, habilita a la Administración de la Comunidad Autónomapara promulgar las normas aplicables a título supletorio cuan-do no existan ordenanzas municipales en la materia y leimpone el deber asistencia técnica a los municipios para laredacción de dichas ordenanzas.

Por todo ello, por iniciativa del Instituto Aragonés del Agua,de acuerdo con el artículo 33.d) de la Ley de Ordenación yParticipación en la Gestión del Agua en Aragón, y para eldesarrollo y ejecución del artículo 67 de la misma Ley, apropuesta del Consejero de Medio Ambiente, de acuerdo conel dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, y previa delibe-ración del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 24 defebrero de 2004,

DISPONGO:

Artículo único.—Aprobación.Se aprueba el Reglamento de los vertidos de aguas residua-

les a las redes municipales de alcantarillado, en desarrollo delartículo 67 de la Ley de Ordenación y Participación en laGestión del Agua en Aragón, integrado por veintinueve artí-culos, que se inserta como anexo.

Disposición adicional única.—Actas de inspección.El modelo oficial de actas de inspección del Instituto Ara-

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2420 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

gonés del Agua mencionado en el artículo 68.5 de la Ley deOrdenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragónserá aprobado por resolución de su Presidente.

Disposición final única.—Entrada en vigorEl presente Decreto entrará en vigor en el plazo de un mes

desde su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».Dado en Zaragoza, 24 de febrero de 2004.

El Presidente del Gobierno de Aragón,MARCELINO IGLESIAS RICOU

El Consejero de Medio Ambiente,ALFREDO BONE PUEYO

ANEXO:REGLAMENTO DE LOS VERTIDOS DE AGUAS

RESIDUALESA LAS REDES MUNICIPALES

DE ALCANTARILLADO

CAPITULO IDISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.—Objeto y fines.1. Es objeto del Reglamento la regulación del régimen

jurídico de los vertidos de aguas residuales que directa oindirectamente vayan a parar a las redes de alcantarillado ycolectores municipales.

2. La regulación del vertido a las redes municipales dealcantarillado y a los colectores municipales tiene por finalidad:

a) Proteger el medio receptor de las aguas residuales,eliminando cualquier efecto pernicioso para la salud humanao el medio ambiente acuático, terrestre o atmosférico.

b) Conseguir los objetivos de calidad asignados a cada unode estos medios.

c) Preservar la integridad y seguridad de las personasencargadas del mantenimiento de las infraestructuras de sa-neamiento, entendiéndose por tales las redes de alcantarillado,colectores, emisarios, instalaciones correctoras de contamina-ción, estaciones de bombeo, estaciones de pre-tratamiento yestaciones depuradoras de aguas residuales.

d) Proteger los sistemas de depuración de la entrada de aguasresiduales no susceptibles de ser tratadas por los procedimien-tos de depuración habituales en la depuradora municipal ocuya entrada en la misma determine un efecto perjudicial paraestos sistemas.

e) Favorecer la reutilización, a través de la valorización enel sector agrario, de los fangos obtenidos en las instalacionesdepuración de aguas residuales.

Artículo 2.—Ambito de aplicación.1. El Reglamento es de aplicación a todos los vertidos de

aguas residuales, tanto de naturaleza doméstica como indus-trial, que se efectúen a la red de alcantarillado y colectoresdesde edificios, industrias o explotaciones.

2. Igualmente, quedan sometidas a sus preceptos las aguaspluviales cuando procedan de inmuebles con una superficie derecogida superior a 400 m2.

Artículo 3.—Servicio de alcantarillado y redes de sanea-miento.

1. La prestación del servicio de alcantarillado es competen-cia municipal y tiene carácter obligatorio, con independenciade la forma de gestión de entre las previstas en la legislaciónde régimen local o de la asunción de dicha gestión por lacomarca en su respectivo territorio.

2. Las redes por las que se presta el servicio de alcantarilladoson bienes de servicio público del dominio público municipal.

3. El municipio ostenta el derecho de realizar en la víapública por sí, mediante la entidad que gestione el servicio de

alcantarillado o a través de empresas adjudicatarias, cualquiertrabajo de construcción, reparación, remoción o reposición deinfraestructuras de saneamiento que requiera la instalación,mejora o mantenimiento del servicio.

4. Las entidades que gestionen el servicio de alcantarilladopodrán aprobar, en ejercicio de su potestad normativa, unaordenanza para la mejora de la calidad de los vertidos y laprotección de las instalaciones locales de saneamiento y depura-ción de aguas residuales que deberá respetar la normativa básicaestatal y la normativa de desarrollo de la Comunidad Autónoma.

5. El régimen económico de la prestación del servicio dealcantarillado será determinado por la entidad gestora en laordenanza fiscal correspondiente.

Artículo 4.—Necesidad de autorización previa.La utilización del servicio de alcantarillado y redes de

saneamiento municipal requerirá la previa autorización delvertido por el órgano competente municipal o comarcal, si estaentidad hubiese asumido la gestión del servicio, y se otorgarásiguiendo el procedimiento y cumpliendo las condicionesseñaladas en el Capítulo II, sin perjuicio de la autorización devertido previa exigida por la legislación estatal de aguas y dela aplicación, cuando proceda, de la legislación sobre preven-ción y control integrados de la contaminación.

Artículo 5.—Uso del servicio de alcantarillado1. Todos los edificios e instalaciones existentes o que se

construyan en suelo urbano deberán verter al alcantarilladopúblico sus aguas residuales a través de la correspondienteacometida, en las condiciones exigidas en este Reglamento,quedando prohibidas las fosas sépticas, los vertidos directos acauce público o cualquier otra forma de eliminación de lasaguas residuales. En suelo no urbanizable regirán las disposi-ciones establecidas en el planeamiento municipal.

2. Si el nivel del desagüe particular no permitiese la conduc-ción de las aguas residuales por gravedad a la red general suelevación deberá ser realizada por el propietario del inmueble.

3. No podrá exigirse responsabilidad a la entidad quegestione el servicio de alcantarillado por la entrada de aguasprocedentes de la red pública en la finca particular a través dela acometida de desagüe, debiendo el usuario tener instaladoslos sifones o mecanismos adecuados para impedir el retorno.

4. El vertido se realizará en la tubería de la red longitudinala la fachada de la finca o en el punto mas próximo. Si elinmueble tiene fachada a más de una vía pública, el propietariopodrá escoger la red a la que haya de desaguar aquella, siempreque el municipio lo autorice, atendidas las condiciones delalcantarillado y las prescripciones del planeamiento.

5. Serán de cuenta del interesado los gastos de conexión a lared de alcantarillado, pudiendo realizarse por los servicios dela entidad que gestione el servicio de alcantarillado previopago de los conceptos establecidos en la correspondienteordenanza fiscal, o por sus propios medios bajo la supervisiónde los servicios de dicha entidad, que comprobarán la correc-ción de la instalación en visita de inspección previa al enterra-miento de la tubería instalada.

6. Corresponde a la entidad que gestione el servicio dealcantarillado la limpieza, mantenimiento y reparación de lared general, siendo responsabilidad de los propietarios reali-zar estas tareas en el tramo que media entre su acometida ydicha red. Si se observasen anomalías o desperfectos quehicieran necesaria alguna obra de reparación o limpieza deacometidas a fincas particulares, la entidad requerirá delinteresado que la ejecute en la parte que le corresponde y en elplazo que se señale, pasado el cual sin haberse realizado, losservicios dependientes de la misma podrán proceder a dichalimpieza o reparación con cargo al propietario.

Artículo 6.—Responsabilidad del vertido1. Son responsables de los vertidos los titulares de los

permisos de vertido.

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2. Subsidiariamente son responsables de los vertidos, poreste orden, los ocupantes del edificio, instalación o explota-ción y los propietarios del mismo.

CAPITULO IIAUTORIZACIONES DE VERTIDO A LA RED

DE ALCANTARILLADO

Artículo 7.—Concepto de aguas residuales domésticas1. Tienen la consideración de aguas residuales domésticas

los vertidos procedentes de zonas de vivienda y de servicios,generados principalmente por el metabolismo humano y lasactividades domésticas, bien vayan solas o mezcladas conaguas de escorrentía pluvial.

2. Los usos industriales que consuman un volumen total anualde agua inferior al límite de metros cúbicos fijados por elartículo 55.5 de la Ley de Ordenación y Participación en laGestión del Agua en Aragón tendrán la consideración de usosdomésticos a los efectos de este Reglamento, siempre y cuandono se ocasione una contaminación de carácter especial, en lostérminos establecidos en el Reglamento regulador del canon desaneamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 8.—Autorización de vertido de aguas residualesdomésticas

1. La autorización de vertido de aguas residuales domésticasa la red municipal de alcantarillado se concederá por resolu-ción del órgano municipal o comarcal competente a la vista dela petición formulada por el interesado en la que, junto a losdatos generales exigidos por la legislación de procedimientoadministrativo, se indicará la ubicación del inmueble benefi-ciario del servicio y la actividad que en el mismo se desarrollao está previsto que se lleve a efecto.

2. Si la actividad fuese de tal carácter o entidad que pudiesepresumirse un vertido de naturaleza industrial se procederá enlos términos señalados en los artículos 9 y siguientes de esteReglamento.

3. En caso que la necesidad de vertido derivase de actuacio-nes sobre el inmueble que precisaren licencia urbanística, nose concederá autorización para conectar a la red antes deotorgar la correspondiente licencia, y se denegará si no fueseprocedente su concesión.

4. El plazo máximo para dictar resolución sobre las peticio-nes de autorización de vertidos será de seis meses, transcurridoel cual podrá entenderse desestimada la solicitud.

Artículo 9.—Concepto de aguas residuales industriales.Se consideran aguas residuales industriales las vertidas

desde locales utilizados para cualquier actividad comercial oindustrial que no puedan caracterizarse como aguas residualesdomésticas ni de escorrentía pluvial.

Artículo 10.—Requisitos para obtener autorización de ver-tido de aguas residuales industriales.

1. La solicitud del permiso de vertido deberá contener, juntoa los datos generales de identificación, una exposición detalla-da de las características del vertido, debiendo constar al menoslas que a continuación se indican:

a) Volumen de agua consumida.b) Volumen máximo de aguas residuales diario y anual

expresado en m3.c) Caracterización analítica de contaminación de las aguas

residuales evacuadas en cada punto de vertido de que dispongala instalación, que incluirá todos aquellos parámetros signifi-cativos de su composición.

d) Variaciones producidas en el volumen y característicasde contaminación de las aguas residuales vertidas en cadasituación estacional y/o proceso productivo.

e) Instalaciones de tratamiento de aguas residuales, demedición de caudal y de toma de muestras de efluentes con quecuenta el solicitante.

2. Como documento anexo se entregarán debidamente cum-plimentados los modelos oficiales de declaración de usosindustriales del agua previstos en el Reglamento regulador delcanon de saneamiento.

Artículo 11.—Resolución sobre el vertido de aguas residua-les industriales.

1. De acuerdo con los datos aportados por el solicitante y delos que, en su caso, se considere conveniente recabar a la vistade la actividad de que se trate, el órgano municipal o comarcalcompetente adoptará alguna de las siguientes resoluciones:

a) Prohibir totalmente el vertido, cuando las característicasque presente no puedan ser corregidas por el oportuno trata-miento. En este caso, a la vista de la propuesta que presente elsolicitante y previo informe vinculante del Instituto Aragonésdel Agua y de otras instancias ambientales si así lo exige lavigente normativa, el órgano municipal o comarcal competen-te determinará el método de almacenaje, transporte y punto devertido de los residuos.

b) Autorizar el vertido condicionado al establecimiento delcorrespondiente tratamiento previo a su salida a la red general,así como al funcionamiento de los dispositivos de control,medida de caudal y muestreo que deberá instalar la industriaa su costa para garantizar la sujeción del efluente a losparámetros contenidos en este Reglamento o en la normativageneral que pueda dictarse.

No se permitirá la conexión a la red de alcantarillado hastaque se compruebe la ejecución de las obras, instalaciones omodificaciones necesarias y se acredite que se han cumplidolas condiciones técnicas fijadas en la resolución, cuya eficaciaqueda condicionada al cumplimiento material de las condicio-nes impuestas.

c) Autorizar el vertido sin más limitaciones que las estable-cidas en el presente Reglamento o aplicables en cada momen-to.

2. En los supuestos requeridos de licencia de actividadclasificada o de apertura y de licencia urbanística que, deacuerdo con lo dispuesto en el artículo 171 de la Ley Urbanís-tica de Aragón, se resuelvan conjuntamente, el permiso devertido será objeto de la misma resolución, sin perjuicio de quepara su obtención se observen las exigencias formales indica-das en este Reglamento.

3. El plazo máximo para dictar resolución sobre las peticio-nes de autorización de vertidos será de seis meses, transcurridoel cual podrá entenderse desestimada la solicitud.

4. Todas las resoluciones que adopte el órgano competenteen materia de vertidos industriales, bien sean sobre nuevaspeticiones o modificación de autorizaciones anteriores, debe-rán ser comunicadas al Instituto Aragonés del Agua en el plazode diez días desde su adopción.

Artículo 12.—Condiciones de la autorización de vertido.1. La autorización de vertido esta sujeta al cumplimiento de

las condiciones establecidas en este Reglamento o en lalegislación aplicable.

2. Se otorgará con carácter indefinido y condicionada almantenimiento continuado de las condiciones que fundamen-taron la autorización.

Artículo 13.—Modificación, suspensión y revocación de lasautorizaciones.

1. Cualquier alteración del régimen de vertidos deberá sernotificada de manera inmediata por el interesado al órgano queconcedió la autorización. La comunicación contendrá losdatos necesarios para el exacto conocimiento de la naturalezade la alteración y la afección a las características, volumen ytiempo del vertido.

2. A la vista de las comunicaciones cursadas por los titularesde las autorizaciones, por denuncia, a requerimiento del Ins-tituto Aragonés del Agua o de oficio, el órgano que concedióla autorización podrá modificar sus condiciones, suspenderla

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temporalmente e incluso revocarla si las circunstancias quemotivaron su otorgamiento se hubiesen alterado o sobrevinie-ran otras que, de haber existido anteriormente, habrían justi-ficado su denegación o concesión en términos distintos.

3. En los supuestos señalados en el párrafo anterior, lapropuesta de resolución deberá ser comunicada a los interesa-dos, otorgándoles el trámite de vista y audiencia de acuerdocon lo establecido en la vigente normativa de procedimientoadministrativo. Todo ello sin perjuicio de la adopción inme-diata de las medidas provisionales que precise la adecuadaprotección de las instalaciones de saneamiento y depuración ode la calidad de las aguas, que podrán ser adoptadas por elórgano local competente o, de forma subsidiaria, por el Insti-tuto Aragonés del Agua.

CAPITULO IIIPROHIBICIONES Y LIMITACIONES GENERALES

DE LOS VERTIDOS

Artículo 14.—Prohibiciones generales.1. Queda prohibido verter, directa o indirectamente, a la red

de alcantarillado aguas residuales o cualquier otro tipo deresiduos sólidos, líquidos o gaseosos que, en razón de sunaturaleza, propiedades o cantidad, causen o puedan causar, porsí solos o por interacción con otras sustancias, daños, peligroso inconvenientes en las infraestructuras de saneamiento,

2. A título enunciativo, se consideran, riesgos potencialessusceptibles de causar dicho daño, peligro o inconvenientepara la infraestructura de saneamiento y depuración los queimpliquen la producción de alguna de las siguientes circuns-tancias:

—Creación de condiciones ambientales nocivas, tóxicas opeligrosas que impidan o dificulten el acceso y/o la labor delpersonal encargado de las instalaciones, perjudiquen a otraspersonas o menoscaben la calidad ambiental.

—Formación de mezclas inflamables o explosivas.—Generación de efectos corrosivos sobre los materiales de

las instalaciones.—Producción de sedimentos, incrustaciones o cualquier

otro tipo de obstrucciones físicas que dificulten el libre flujode las aguas residuales, la labor del personal o el adecuadofuncionamiento de las instalaciones de depuración.

—Otras incidencias que perturben y dificulten el normaldesarrollo de los procesos y operaciones de las plantas depu-radoras de aguas residuales o les impidan alcanzar los nivelesóptimos de tratamiento y calidad de agua depurada.

Artículo 15.—Prohibiciones específicas.1. Queda totalmente prohibido verter directa o indirecta-

mente a la red de alcantarillado cualquiera de los siguientesproductos:

a) Disolventes o líquidos orgánicos inmiscibles en agua,combustibles o inflamables.

b) Productos a base de alquitrán o residuos alquitranados.c) Sólidos, líquidos, gases o vapores que, en razón de su

naturaleza o cantidad, sean susceptibles de dar lugar, por simismos o en presencia de otras sustancias, a mezclas inflama-bles o explosivas en el aire o a mezclas altamente comburentes.

d) Materias colorantes o residuos con coloraciones indesea-bles y no eliminables por los sistemas de depuración.

e) Residuos sólidos o viscosos que provoquen o puedanprovocar obstrucciones en el flujo de la red de alcantarilladoo colectores o que puedan interferir en el transporte de lasaguas residuales.

f) Gases o vapores combustibles, inflamables, explosivos otóxicos procedentes de motores de explosión.

g) Humos procedentes de aparatos extractores, de indus-trias, explotaciones o servicios.

h) Residuos industriales o comerciales que, por su concen-tración o características tóxicas y peligrosas, requieran untratamiento específico.

i) Sustancias que puedan producir gases o vapores en laatmósfera de la red de alcantarillado en concentracionessuperiores a:

Sustancias Partes por millón (p.p.m.)

Amoníaco 100Monóxido de carbono 100Bromo 100Cloro 1Acido cianhídrico 10Acido sulfhídrico 20Dióxido de azufre 10Dióxido de carbono 5.000

2. Queda expresamente prohibida la dilución de aguasresiduales realizada con la finalidad de satisfacer las limitacio-nes indicadas en ese artículo.

Artículo 16.—. Limitaciones de vertido1. Salvo las condiciones más restrictivas que para activida-

des calificadas como molestas, insalubres, nocivas o peligro-sas establezcan las correspondientes licencias de actividadclasificada, queda prohibido descargar, directa o indirecta-mente, en las redes de alcantarillado vertidos con característi-cas o concentración de contaminantes superiores a las indica-das a continuación:

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Parámetros Concentración Concentraciónmedia diaria máxima instantánea máxima

pH 5,50-9,50 5,50-9,50Sólidos en suspensión (mg/l) 500,00 1.000,00Materiales sedimentables (ml/l) 15,00 20,00Sólidos gruesos Ausentes AusentesDB05 (mg/l) 500,00 1.000,00DQO (mg/l) 1.000,00 1.500,00Temperatura ºC 40,00 50,00Conductividad eléctrica a 25ºC (mS/cm) 2,00 4,00Color Inapreciable Inapreciable

a una dilución de 1/40 a una dilución de 1/40Aluminio (mg/l) 10,00 20,00Arsénico (mg/l) 1,00 1,00Bario (mg/l) 20,00 20,00Boro (mg/l) 3,00 3,00Cadmio (mg/l) 0,2 0,40Cromo III (mg/l) 5,00 5,00Cromo VI (mg/l) 1,00 1,00Hierro (mg/l) 10,00 10,00Manganeso (mg/l) 5,00 10,00Níquel (mg/l) 2,00 5,00Mercurio (mg/l) 0,05 0,10Plomo (mg/l) 1,00 1,00Selenio (mg/l) 1,00 1,00Estaño (mg/l) 2,00 5,00Cobre (mg/l) 2,00 3,00Zinc (mg/l) 5,00 10,00Cianuros (mg/l) 2,00 2,00Cloruros (mg/l) 2.000,00 2.000,00Sulfuros (mg/l) 2,00 5,00Sulfitos (mg/l) 2,00 2,00Sulfatos (mg/l) 1.000,00 1.000,00Fluoruros (mg/l) 12,00 15,00Fósforo total (mg/l) 15,00 30,00Nitrógeno amoniacal (mg/l) 35,00 85,00Nitrógeno nítrico (mg/l) 20,00 65,00Aceites y grasas (mg/l) 100,00 150,00Fenoles totales (mg/l) 5,00 5,00Aldehídos (mg/l) 2,00 2,00Detergentes (mg/l) 6,00 6,00Pesticidas (mg/l) 0,10 0,50Toxicidad (U.T.) 15,00 30,00

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Los límites de esta tabla referentes a metales se considerancomo concentración total de los mismos.

La suma de las fracciones de concentración real/concentra-ción límite relativa a los elementos tóxicos (arsénico, cadmio,cromo, níquel, mercurio, plomo, selenio y zinc) no superará elvalor de 5.

2. La enumeración anterior se entenderá sin perjuicio de lalimitación o prohibición de emisiones de otros contaminan-tes no especificados en esta tabla o a las cantidades inferioresque reglamentariamente se determinen en la legislaciónvigente.

Artículo 17.—Caudales punta.Los caudales punta vertidos en la red no podrán exceder del

quíntuplo del caudal medio diario expresado en litros/segundodurante un intervalo de quince minutos o del cuádruplo delmismo en un intervalo de una hora.

Artículo 18.—Parámetros más restrictivos y ampliación deparámetros.

1. En cada ámbito territorial regirán los parámetros deconcentración de efluentes que sean más restrictivos según lanormativa estatal, autonómica o local.

2. Sólo será posible la admisión de vertidos con concentra-ciones superiores a las establecidas por el artículo 16 cuandose justifique debidamente ante el ente gestor del servicio dealcantarillado, que resolverá previo informe vinculante delInstituto Aragonés del Agua, que no pueden, en ningún caso,producir efectos perjudiciales en los sistemas de depuraciónde aguas residuales o impedir la consecución de los objetivosde calidad establecidos para las aguas residuales depuradas.

3. La solicitud de vertido deberá justificar la causa y señalarlos parámetros del mismo con el debido detalle para que elórgano encargado de resolver pueda calcular su carga conta-minante y evitar los efectos indeseables señalados en elpárrafo anterior.

4. No se podrá verter hasta tanto se haya obtenido lacorrespondiente autorización de vertido.

Artículo 19.—Actuación en situaciones de emergencia.1. La producción de alguna circunstancia imprevista o de

fuerza mayor que imposibilite el cumplimiento de los precep-tos contenidos en el presente Reglamento o pueda generardaños a las instalaciones de saneamiento y depuración o almedio natural deberá comunicarse inmediatamente al órganoque concedió la autorización de vertido.

2. Una vez producida la situación de emergencia, el usuarioutilizará todos los medios a su alcance para eliminar o, si no sepudiere, reducir al máximo los efectos de la descarga acciden-tal.

3. Sin perjuicio de las obligaciones descritas en los dospárrafos anteriores, en un término máximo de siete días, elusuario deberá remitir al órgano que concedió la autoriza-ción de vertido un informe detallado del accidente, en el quejunto a los datos de identificación deberán figurar los si-guientes:

—Causas del accidente.—Hora en que se produjo y duración del mismo.—Volumen y características de contaminación del vertido.—Medidas correctoras adoptadas.—Hora y forma en que se comunicó el suceso.4. El órgano competente en materia de vertido mantendrá

puntualmente informados al Instituto Aragonés del Agua y ala entidad que realice el mantenimiento y conservación de laestación depuradora de aguas residuales de todas las circuns-tancias que alteren el régimen normal de vertidos, a cuyo finles dará traslado inmediato de las comunicaciones e informesindicados en este artículo y de aquellos otros pormenores quesean relevantes a estos efectos.

5. Con independencia de otras responsabilidades en quepudieran haber incurrido, los costes de las operaciones de

restitución ambiental o mantenimiento y reparación de infra-estructuras por daños derivados de un vertido accidental seránabonados por el usuario causante.

CAPITULO IVCONTROL DE EFLUENTES E INSPECCION

DE VERTIDOS

Artículo 20.—Entidades competentes para la inspección ycontrol.

1. El municipio o la comarca, por sí mismos o a través de laempresa que puedan contratar para este servicio, efectuaránlas inspecciones que estime oportunas para verificar las con-diciones y características de los vertidos a la red de alcantari-llado, sin perjuicio de la potestad de inspección que la Ley deOrdenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragónatribuye al Instituto Aragonés del Agua y al Departamento deMedio Ambiente para comprobar el cumplimiento de la legis-lación en materia de aguas en el ámbito de las competencias dela Comunidad Autónoma de Aragón.

2. Con el fin de coordinar actuaciones y evitar duplicidad deprocedimientos, la entidad que gestione el servicio de alcan-tarillado y el Instituto Aragonés del Agua se mantendránrecíprocamente informados de las gestiones que realicen eneste ámbito de actuación.

Artículo 21.—Personal autorizado para la toma de mues-tras y práctica de análisis.

1. La toma de muestras y en su caso, comprobación decaudales, será efectuada por personal al servicio de las Admi-nistraciones o entidades señaladas en el artículo anterior, alque deberá facilitársele el acceso a las arquetas de registroprevistas en el artículo 24.

2. Los análisis de las muestras obtenidas se efectuarán porlaboratorios homologados según el procedimiento estableci-do en las normas autonómicas sobre entidades colaboradorasen materia de calidad del agua o por las empresas colaborado-ras de los Organismos de cuenca.

Artículo 22.—Toma de muestras.1. Las determinaciones analíticas se realizarán sobre mues-

tras recogidas en el momento más representativo del vertido,según se establezca por la entidad local otorgante de autoriza-ción o, en su caso, por el Instituto Aragonés del Agua,mediante la oportuna resolución en la que se ordene la toma demuestras con indicación de los elementos que debe contenerrelativos a la carga contaminante y al caudal vertido.

2. Cuando los valores máximos de contaminación se refie-ran a un determinado intervalo de tiempo los controles seefectuarán sobre muestras compuestas que serán obtenidaspor mezcla y homogenización de muestras simples recogidasen el mismo punto y diferentes momentos, siendo el volumende cada muestra simple proporcional al volumen del caudalvertido.

3. Del resultado de los análisis se remitirá copia al titular delpermiso del vertido para su conocimiento y, en su caso,adopción de las medidas oportunas para mejorar la calidad delefluente.

Artículo 23.—Métodos de análisis.1. Los análisis para la determinación de las características de

los vertidos se realizarán conforme a los «Métodos normaliza-dos para el análisis de aguas potables y residuales» («StandardMethods for the Examination of Water and Waste Water»),preparados y publicados conjuntamente por la AsociaciónAmericana de Salud Pública («American Public HealthAssociation» - APHA-), por la Asociación Americana delDesarrollo del Agua» («American Water Works Association-AWWA-) y la Federación para el Control de la Contamina-ción del Agua («Water Pollution Control Federation» -WPCF-), publicados en lengua española por Ediciones Díaz de

BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2425

Santos, S. A., Madrid 1992, I.S.B.N., en lengua española 84-7978-031-2 e ISBN en lengua inglesa 087553-161-X; en cadamomento se aplicará la versión traducida al español másactualizada.

2. La toxicidad se determinará mediante el bioensayo deinhibición de la luminiscencia en Photobacteriumphosphoreum, o el bioensayo de inhibición de la movilidad enDaphnia magna. Se define una unidad de toxicidad (U.T.)como la inversa de la dilución del agua residual (expresadacomo partes por uno) que provoca una inhibición del 50%(CE50).

3. Por Resolución del Director del Instituto Aragonés delAgua se podrán fijar métodos de análisis de aplicación generalque permitan, conforme al estado de la ciencia en cadamomento, una determinación más precisa de los resultados deanálisis de los vertidos.

Artículo 24.—Disposición de arqueta exterior.1. Las industrias y explotaciones quedan obligadas a dispo-

ner en sus conductos de desagüe de una arqueta de registro delibre acceso desde el exterior, acondicionada para permitir laextracción de muestras y el aforo de caudales circulantes, deacuerdo con el diseño establecido en el anexo del Reglamentoo similar.

2. Estas arquetas deberán estar precintadas por la entidadcompetente en materia de saneamiento y a disposición de lamisma y del Instituto Aragonés del Agua para la toma demuestras en cualquier momento.

Artículo 25.—Programas de seguimiento de vertidos.1. Los usuarios industriales están obligados a adoptar pro-

gramas de seguimiento de vertidos y a realizar informes con laperiodicidad que establezca la autorización de vertido o, en sucaso, la correspondiente ordenanza municipal.

2. En defecto de periodicidad de los informes establecida enestos instrumentos, y apreciada la potencialidad contaminantede las aguas vertidas, el Instituto Aragonés del Agua, porResolución de su Director, que adoptará previa audiencia de laentidad local correspondiente y del titular de la autorización,podrá establecer la periodicidad de los informes y de laobligación de dar cuenta del resultado de los programas deseguimiento adoptados.

3. Los informes serán presentados por los interesados a laentidad que concedió la autorización de vertido, que de inme-diato los remitirá al Instituto Aragonés del Agua.

CAPITULO VINFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 26.—Infracciones.1. Constituyen infracciones en materia de saneamiento y

depuración de aguas residuales, de acuerdo con la tipificacióncontenida en la Ley de Ordenación y Participación de laGestión del Agua en Aragón las que se expresan a continua-ción, clasificados en leves, graves y muy graves.

2. Son infracciones leves:a) Las acciones u omisiones que causen daños y perjuicios

a las instalaciones o al funcionamiento de los sistemas desaneamiento o de depuración de aguas, incluyendo como taleslas producidas por aquellos vertidos que carezcan de autoriza-ción, incumplan las condiciones en las que se autorizaron, nohayan sido previamente tratados o rebasen los límites míni-mos de contaminantes fijados en el presente Reglamento,siempre que los daños y perjuicios causados lo sean en cuantíainferior a 3.005,06 euros.

b) La desobediencia a los requerimientos que puedan efec-tuar las distintas Administraciones públicas para que se comu-niquen datos relativos a los vertidos existentes, considerándo-se como tal el incumplimiento de la obligación de remitir lainformación periódica que deba entregarse sobre las caracte-

rísticas del vertido o sobre los cambios introducidos en elproceso que puedan afectar al mismo.

c) El incumplimiento de cualquier otra obligación en mate-ria de vertido y control de calidad de las aguas residualesprevista en la Ley de Ordenación y Participación de la Gestióndel Agua en Aragón con la finalidad de garantizar el adecuadofuncionamiento y la protección de las instalaciones de abaste-cimiento, saneamiento y depuración y la calidad de las aguasque no esté tipificado como infracción grave o muy grave.

3. Son infracciones graves:a) Las acciones u omisiones que causen daños y perjuicios

a las instalaciones o al funcionamiento de los sistemas desaneamiento o de depuración de aguas, incluyendo como taleslas producidas por aquellos vertidos que carezcan de autoriza-ción, incumplan las condiciones en las que se autorizaron, nohayan sido previamente tratados o rebasen los límites mínimosde contaminantes fijados en el presente Reglamento, siempreque los daños y perjuicios causados lo sean en cuantía superiora 3.005,07 euros e inferior a 18.030,36 euros.

b) La obstaculización a la función inspectora que tienenatribuidas las distintas Administraciones Públicas, conside-rándose manifestaciones de actitud obstativa la negativa odificultad de acceso de su personal a las instalaciones desde lasque se efectúa el vertido y la falta de los equipos necesarios oel defectuoso mantenimiento que impida la practica de loscontroles que se considere preciso efectuar.

c) La ocultación o falseamiento de los datos declarados en lasolicitud de la autorización de vertido y el envío a la Adminis-tración actuante de datos intencionadamente equivocadossobre las características de los vertidos.

d) La reincidencia en la comisión de dos infracciones leves,firmes en vía administrativa.

4. Son infracciones muy graves:a) Las acciones u omisiones que causen daños y perjuicios

a las instalaciones o al funcionamiento de los sistemas desaneamiento o de depuración de aguas, incluyendo como taleslas producidas por aquellos vertidos que carezcan de autoriza-ción, incumplan las condiciones en las que se autorizaron, nohayan sido previamente tratados o rebasen los límites mínimosde contaminantes fijados en el presente Reglamento, siempreque los daños y perjuicios causados lo sean en cuantía superiora 18.030,37 euros.

b) La reincidencia en la comisión de dos infracciones graves,firmes en vía administrativa.

Artículo 27.—Sanciones.1. Las infracciones tipificadas en el artículo anterior serán

sancionadas con las siguientes multas, establecidas en la Leyde ordenación y participación de la gestión del agua enAragón:

a) Las infracciones leves, con multa de hasta 6.010,12 euros.b) Las infracciones graves, con multa entre 6.010,13 euros

y 30.050,61 euros.c) Las infracciones muy graves, con multa entre 30.050,62

euros y 150.253,03 euros.2. Las sanciones se graduarán en función de la gravedad del

hecho constitutivo de la infracción, en atención a los daños yperjuicios causados, el riesgo producido, la relevancia externade la conducta infractora, la existencia de intencionalidad y lareincidencia. El beneficio obtenido por la infracción no podráser en ningún caso superior a la sanción impuesta.

Artículo 28.—Autoridades y órganos competentes parainiciar, instruir y sancionar.

1. El Director del Instituto Aragonés del Agua será laautoridad competente para iniciar el procedimiento sanciona-dor.

2. Será designado instructor de los procedimientos sancio-nadores un funcionario adscrito al Instituto Aragonés del Aguacon formación jurídica, y en su defecto, un funcionario de la

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Secretaria General Técnica del Departamento competente enmedio ambiente con la misma cualificación.

3. Las sanciones por infracciones leves serán impuestas porel Director del Instituto Aragonés del Agua; las sanciones porinfracciones graves, por el Consejero responsable de medioambiente, y las sanciones por infracciones muy graves, por elGobierno de Aragón.

Artículo 29.—Procedimiento sancionador y prescripción.1. El procedimiento sancionador será el establecido en el

Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestadsancionadora de la Comunidad Autónoma de Aragón, pudién-dose adoptar medidas cautelares y de carácter provisionalconforme a lo dispuesto en el mismo.

2. Las infracciones leves prescribirán a los seis meses; lasgraves, a los dos años, y las muy graves, a los tres años.

3. Las sanciones impuestas por faltas leves prescribirán alaño; las impuestas por faltas graves, a los dos años y lasimpuestas por faltas muy graves, a los tres años.

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2428 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

II. Autoridades y personal a) Nombramientos, situaciones e incidencias

§DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDAY EMPLEO

#DECRETO 39/2004, de 24 de febrero, por el que senombra a D. Miguel Angel Martínez Marco Direc-tor del Servicio Provincial del Departamento deEconomía, Hacienda y Empleo en Zaragoza.

$En resolución de la convocatoria efectuada por Orden de 9 de

abril de 2.003 publicada en el «Boletín Oficial de Aragón» de 25de abril, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda yEmpleo, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 11.2.c) dela Ley de Ordenación de la Función Pública de la ComunidadAutónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado porDecreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, y en el art. 24 delReglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera adminis-trativa y promoción profesional de los funcionarios de la Admi-nistración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado porDecreto 80/1997, de 10 de junio, se nombra Director del ServicioProvincial del Departamento de Economía, Hacienda y Empleoen Zaragoza a D. Miguel Angel Martínez Marco, funcionario delCuerpo Superior Técnico de la Administración de la SeguridadSocial, con n.º Registro Personal 1678752235 A1604, quienreúne los requisitos exigidos en la convocatoria.

Zaragoza, 24 de febrero de 2004.El Presidente del Gobierno de Aragón,

MARCELINO IGLESIAS RICOU

El Consejero de Economía, Hacienday Empleo,

EDUARDO BANDRES MOLINE§

DEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURAY DEPORTE

DECRETO 40/2004, de 24 de febrero, del Gobier-no de Aragón, por el que se dispone el cese de D.Guillermo Allanegui Burriel como Jefe del Servi-cio de Patrimonio Etnológico, Lingüístico y Musi-cal de la Dirección General de Patrimonio Cultu-ral del Departamento de Educación, Cultura yDeporte.

$A propuesta de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, y de

conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.2.c) y 30.3 de la Leyde Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma deAragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo1/1991, de 19 de febrero, y lo establecido en el artículo 26 delReglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administra-tiva y promoción profesional de los funcionarios de la Administra-ción de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto80/1997, de 10 de junio, se dispone el cese como Jefe del Servicio dePatrimonio Etnológico, Lingüístico y Musical de la DirecciónGeneral de Patrimonio Cultural del Departamento de Educación,Cultura y Deporte, de D. Guillermo Allanegui Burriel, funcionariodel Cuerpo de Funcionarios Superiores, Escala Facultativa Superior(Arquitecto), con N.º Registro Personal 1783191313 A2002-21,agradeciéndole los servicios prestados.

Zaragoza, 24 de febrero de 2004.El Presidente del Gobierno de Aragón,

MARCELINO IGLESIAS RICOU

La Consejera de Educación, Culturay Deporte,

EVA ALMUNIA BADIA§

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE#

DECRETO 41/2004 de 24 de febrero, del Gobiernode Aragón, por el que se nombran vocales delConsejo de Dirección del Instituto Aragonés deGestión Ambiental.

$La Ley 23/2003, de 23 de diciembre, crea el Instituto

Aragonés de Gestión Ambiental como Entidad de Derechocon personalidad jurídica propia y autonomía funcional ypatrimonial, dependiente de la Administración de la Comuni-dad Autónoma de Aragón, que se adscribe al Departamentoque ejerce sus competencias en materia de medio ambiente.

El artículo 4 de la citada Ley establece, como órgano dedirección del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, elConsejo de Dirección que se compone del Presidente, de dosvicepresidentes y de doce vocales, que serán nombrados por elGobierno de Aragón, dos vocales de ellos a propuesta delConsejo de Cooperación Comarcal y uno a propuesta delConsejo de Protección de la Naturaleza.

Una vez remitidas las propuestas de nombramiento, y deconformidad con lo dispuesto en el artículo 6.3 de la Ley 23/2003, de 23 de diciembre, de creación del Instituto Aragonésde Gestión Ambiental, dispongo:

Nombrar vocales del Consejo de Dirección del InstitutoAragonés de Gestión Ambiental a:

—D. José Javier Vicente Inés y D. Salvador Plana Marsal,a propuesta del Consejo de Cooperación Comarcal.

—D. Joaquín Guerrero Peyrona, a propuesta del Consejo deProtección de la Naturaleza.

Zaragoza, a 24 de febrero de 2004.

El Presidente del Gobierno de Aragón,MARCELINO IGLESIAS RICOU

El Consejero de Medio Ambiente,ALFREDO BONE PUEYO

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b) Oposiciones y concursos§

UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA#

RESOLUCION de 27 de febrero de 2004, de laUniversidad de Zaragoza por la que se declaranaprobadas las listas definitivas de aspirantes admi-tidos y excluidos y se hace pública la lista definitivade aspirantes excluidos a las pruebas selectivaspara el ingreso, por los sistemas de promocióninterna y acceso libre, en la Escala Auxiliar de laUniversidad de Zaragoza.

$Por Resolución de 20 de enero de 2004, de la Universidad

de Zaragoza, se aprobaron e hicieron públicas las listas provi-sionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebasselectivas para el ingreso, por los sistemas de promocióninterna y acceso libre, en la Escala Auxiliar de la Universidadde Zaragoza, convocadas por Resolución de 29 de octubre de2003 («Boletín Oficial del Estado» nº 312 de 25 de noviembre)

Transcurrido el plazo de subsanación de defectos motivado-res de la exclusión u omisión de aspirantes, realizadas lasrectificaciones oportunas y de conformidad con lo establecidoen la base 4.4 de la citada resolución, este Rectorado ha resuelto:

Primero.—Declarar aprobadas las listas definitivas de aspi-rantes admitidos y excluidos a las citadas pruebas selectivas.

Segundo.—Publicar la relación definitiva de aspirantesexcluidos, que aparece como Anexo a esta resolución, en laque consta el nombre y apellidos, el documento nacional deidentidad, forma de acceso, así como las causas de no admi-sión.

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BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2429

La lista de admitidos se expondrá, una vez publicada laresolución en el «Boletín Oficial de Aragón», en los tablonesde anuncios de la Universidad de Zaragoza sitos en Zaragozaen la planta baja del Edificio Interfacultades (C/ Pedro Cerbu-na, 12) y en los Vicerrectorados de Huesca (C/ Ronda Mise-ricordia, 1) y de Teruel (Ciudad Escolar, s.n.). y en la siguientedirección de Internet: http://wzar.unizar.es/personal/pas/con-cursos/concursos.htm

Tercero.—Contra la presente Resolución, que agota la víaadministrativa de conformidad con lo establecido en el art. 6.4de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universida-des, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en elplazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publica-ción en el BOE, ante el Juzgado de lo Contencioso-adminis-trativo de Zaragoza, según lo dispuesto en el art. 8.2 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-administrativa (BOE nº 167, del 14).

No obstante, los interesados podrán optar por interponercontra esta Resolución recurso de reposición, en el plazo de unmes, ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer elrecurso contencioso-administrativo anteriormente citado entanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso dereposición, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 116 ysiguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común.

Zaragoza, 27 de febrero de 2004.—El Rector, en funciones,P.D. (Res. 7/7/2000) («Boletín Oficial de Aragón» nº 85, de 17de julio), la Gerente, en funciones, Mª Jesús Crespo Pérez.

OJO ANEXO H5 PAGINAS

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2430 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2431

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BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2433

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BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2435

RESOLUCION de 27 de febrero de 2004, de laUniversidad de Zaragoza, por la que se anunciauna oferta pública parcial de empleo de personalfuncionario de administración y servicios para elaño 2004.

$Este Rectorado, en uso de las atribuciones que le confiere el

artículo 66 de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, yde acuerdo con lo establecido en la Plantilla Orgánica delpersonal de administración y servicios, ha resuelto:

Primero.—Hacer pública la siguiente oferta pública parcialde empleo de personal funcionario para el año 2004.

Promoción interna:Grupo A:Escala de Técnicos de Universidad. Plazas: 4.Escala Facultativa de Archivos y Bibliotecas. Plazas: 8.Grupo B:Escala de Gestión. Plazas: 5.Grupo CEscala Administrativa de la Universidad de Zaragoza. Pla-

zas: 50.Escala de Técnicos Especialistas de Biblioteca: Plazas 26.Segundo.—Además de las plazas anunciadas en la oferta de

empleo público, se podrán convocar excepcionalmente lasque queden vacantes como resultado de bajas imprevistas oresolución de convocatorias de provisión, si su cobertura seconsidera imprescindible

Zaragoza, a 27 de febrero de 2004.—El Rector en funciones,P.D. (Res. 7/7/2000) («Boletín Oficial de Aragón» nº 85 de 17de julio), la Gerente en funciones, Mª Jesús Crespo Pérez.

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III. Otras disposiciones y acuerdos§

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONESINSTITUCIONALES

#ORDEN de 1 de marzo de 2004, del Departamentode Presidencia y Relaciones Institucionales, por laque se convoca la última edición de los cincomódulos que componen el Programa de Especiali-zación en Derecho Administrativo Local de Ara-gón a celebrar en Huesca: Módulo I (Código:HU156/04), Módulo II (Código HU157/04), y enZaragoza: Módulo III (Código ZA158/04), Módu-lo IV (Código ZA159/04), Módulo V (Código 160/04).

$La Diputación General de Aragón, en el ejercicio de las

competencias de formación y perfeccionamiento de su perso-nal y el de las Entidades Locales del territorio de la ComunidadAutónoma, ha suscrito con las Diputaciones Provinciales,anualmente desde 1999, acuerdos de colaboración para larealización de cursos dirigidos a conseguir una formacióncontinuada, especialmente de los funcionarios de los Cuerposde Secretarios y de Interventores, para el mejor cumplimientode sus funciones mediante el conocimiento actualizado de lasdisposiciones legales y de los aspectos prácticos del DerechoAdministrativo más relacionados con el funcionamiento de laAdministración Local en Aragón, dotándoles de una visiónglobal de su régimen jurídico.

En cumplimiento de tales acuerdos, el Instituto Aragonés deAdministración Pública ha programado, durante cinco añosconsecutivos, el curso de «Especialización sobre DerechoAdministrativo Local», integrado por cinco módulos, loscuales se han venido impartiendo a razón de ocho cada año(tres en Zaragoza, tres en Huesca y dos en Teruel o Alcañiz),con lo que se ha ofrecido un número suficiente de posibilida-

des de participar. No obstante, antes de dar por finalizado elPrograma, se ha estimado conveniente convocar una últimaedición de los cinco módulos del Curso, con el objetivoprimordial de que puedan completarlo aquellos interesadosque hayan realizado ya un mayor número de éstos, y conindependencia de la provincia en que tengan su destino profe-sional.

En consecuencia, se convocan este año, por última vez, lossiguientes módulos del curso de «Especialización sobre Dere-cho Administrativo Local», a celebrar en el en los lugares yfechas que se indican.

—Módulo I. Fuentes, organización y funcionamiento de laCorporación Local.

Huesca. Aula de la Caja Rural.Días 22 y 29 de abril, 6, 13 y 20 de mayo.—Módulo II. El patrimonio y la contratación en las Corpo-

raciones Locales.Huesca. Aula de la Caja RuralDías 27 de mayo, 3, 10, 17 y 24 de junio.—Módulo III. La actividad urbanística en las Entidades

Locales.Zaragoza. Ciudad Escolar Pignatelli (Alto de carabinas, s/n)Días 16, 23 y 30 de septiembre, 7 y 14 de octubre.—Módulo IV. El empleo público local.Zaragoza. Ciudad Escolar Pignatelli (Alto de Carabinas, s/

n)Días 28 de octubre, 4, 11, 18 y 25 de noviembre.—Módulo V. La potestad tributaria y presupuestaria en la

Administración Local.Zaragoza. Ciudad Escolar Pignatelli (Alto de Carabinas, s/

n)Días 1, 8, 15, 22 y 29 de junio.Duración y horario. Cada módulo tendrá una duración de 40

horas lectivas, en jornadas de ocho horas, de 10 a 14 y de 16a 20.

Participantes. Funcionarios y otros profesionales con desti-no en cualquiera de las Entidades de la Administración Localdel territorio de Aragón, que pertenezcan a los grupos A o B.También podrá participar el personal de la Administración dela Comunidad Autónoma.

Número de plazas. 25 en cada módulo, ampliable hasta 30para admitir solicitudes de personal de las Administracionesprovincial y autonómica.

Selección. Tendrán preferencia los funcionarios de carrerade los Cuerpos con habilitación de carácter nacional, y, deellos, los que, por el mayor número de módulos realizadosantes, tengan más posibilidades de completar el curso.

Programa. Bajo la dirección científica del catedrático deDerecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza D.José Bermejo Vera, y con la coordinación del Profesor Titularde la misma asignatura D. José María Gimeno Felíu, losmódulos serán impartidos por profesores universitarios exper-tos en Derecho Administrativo Local, con arreglo a los mis-mos programas que en las anteriores ediciones.

Solicitudes. Deberán presentarse en el Instituto Aragonés deAdministración Pública, conforme al modelo que se acompa-ña como anexo a la presente Orden, indicando el número ynombre del módulo o módulos que se solicitan, con indica-ción, cuando sea más de uno, del orden de preferencia.

Plazo de presentación. Desde la fecha de publicación de estaconvocatoria en el «Boletín Oficial de Aragón» hasta el día 31de marzo de 2004.

Certificado de participación. A los alumnos que superencada módulo se les extenderá el correspondiente certificado,y no podrán obtenerlo los que tengan tres o más faltas deasistencia o reiteradas faltas de puntualidad en los controlesque se realicen.

Las personas que, habiendo sido seleccionadas para realizar

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alguno de los módulos del curso, no asistan a sus sesioneslectivas no podrán participar, durante el período de dos años,en otros cursos organizados por el IAAP, salvo que lo justifi-quen suficientemente o hayan comunicado previamente alInstituto su renuncia. No obstante, las renuncias reiteradasdarán lugar también a la imposibilidad de participar en lossiguientes cursos que se soliciten.

Valoración. Cada módulo está valorado por el InstitutoAragonés de Administración Pública con 0,3 puntos, compu-tables como méritos generales a efectos de los concursos deprovisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios deAdministración Local con habilitación de carácter nacional(Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de10 de agosto de 1994 y Resolución del Instituto Nacional deAdministración Pública de 26 de octubre de 1994).

Quienes superen los cinco módulos y presenten una Memo-ria que sea aprobada por un tribunal de doctores, constituidoentre los profesores del curso, tendrán derecho a la obtencióndel «Diploma en Derecho Administrativo Local en Aragón»,expedido por el Instituto Aragonés de Administración Públi-ca, que se valorará con una puntuación adicional de 0,2 puntos.

Zaragoza, 1 de marzo de 2004.

El Consejero de Presidencia y RelacionesInstitucionales,

JOSE ANGEL BIEL RIVERA#

ORDEN de 1 de marzo de 2004, del Departamentode Presidencia y Relaciones Institucionales, por laque se convoca el Seminario «La ConstituciónEuropea: un proyecto en marcha» (Código ZA182/2004).

$El Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales,

coordinado con la Presidencia del Gobierno de Aragón y con elDepartamento de Economía, Hacienda y Empleo, convoca elSeminario «La Constitución Europea: un proyecto en marcha»,organizado por el Instituto Aragonés de Administración Públicaen colaboración con el Centro Europeo de Regiones, del Insti-tuto Europeo de Administración Pública, al amparo del conve-nio suscrito con esta entidad, con arreglo al siguiente Programa:

Primera fase (días 1 y 2 de abril). La ConferenciaIntergubernamental 2003: los retos de la nueva ConstituciónEuropea, con el temario siguiente:

—Los resultados de la Conferencia Intergubernamental2003.

—Las soluciones al fracaso: un análisis desde la Comisión.—El sistema de ponderación de voto en el Consejo.—Mesa redonda sobre la posición del Gobierno español en

esta cuestión.—Las elecciones al Parlamento Europeo 2004.—Análisis de proceso de ampliación: balance, problemas y

perspectivas.—Los progresos en la política exterior y de seguridad

común, y las relaciones trasatlánticas.—Un espacio de libertad, seguridad y justicia, tras la Con-

vención.—La Carta de Derechos Fundamentales de la Unión.Cada conferencia ira seguida de un debate.Las sesiones tendrán lugar en la Sala «Jerónimo Zurita»,

puerta nº 19 del Edificio Pignatelli (Paseo de María Agustín, 36,de Zaragoza), en horario de jornada completa el jueves 1 de abril(de 9 a 14 horas y de 16 a 18,30) y media jornada el viernes 2 deabril (de 9,30 a 14 horas), con un total de 12 horas lectivas.

Segunda fase (días 4, 5 y 6 de mayo). Planteamientoseuropeos con mayor incidencia en los ordenamientos españoly aragonés, con estos temas:

—La contratación pública

—Ordenación del territorio y medio ambiente.—Aragón en la nueva Europa ampliada (retos de la econo-

mía aragonesa ante la ampliación.Las sesiones se celebrarán en el mismo lugar que las de la

fase anterior, en horario de 17 a 19,30 los tres días indicados.Tercera fase (días 25 a 28 de mayo). Un espacio de libertad,

seguridad y justicia. Consistirá en una visita de estudios a lasinstituciones de la Unión Europea que se indican a continuación.

En Luxemburgo, Tribunal de Justicia, con las siguientespresentaciones (a cargo de ponentes que hablan español):

—Del tercer pilar al cimiento de la Unión.—El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas: la

Institución, su papel en el proceso de integración europeo, sufuturo.

—El Tribunal de Primera Instancia (visita de una audiencia).En Estrasburgo, Tribunal de Derechos Humanos, Parla-

mento Europeo y Defensor del Pueblo.Los horarios y demás circunstancias del viaje se comunica-

rán oportunamente a los interesados.Participantes: Para las dos primeras fases, personal de la

Administración de la Comunidad Autónoma que pertenezca alos grupos A o B; también se admitirá al personal de losmismos grupos de las demás Administraciones Públicas consede en el territorio de Aragón.

Los participantes en la tercera fase serán seleccionados, apropuesta de los diversos Departamentos del Gobierno deAragón, con arreglo a criterios de mayor relación de lasfunciones de cada puesto de trabajo con el contenido temáticodel Seminario.

Número de plazas: 90 para las dos primeras fases, de lasúnicamente 30 para la tercera fase.

Solicitudes: Se formalizarán en el modelo que acompañacomo anexo a esta convocatoria, para las dos primeras fasesdel Seminario, y se presentarán en el Instituto Aragonés deAdministración Pública.

Plazo de presentación: Desde la fecha de publicación de estaconvocatoria hasta el día 23 de marzo.

Diploma de participación: A los alumnos que asistan a lasdos primeras fases de este Seminario se les extenderá elcorrespondiente Diploma, y no podrán obtenerlo los que faltena una o más de las sesiones, con independencia de la justifica-ción del motivo de la ausencia.

Las personas que, habiendo sido seleccionadas para realizar elSeminario, no asistan a sus sesiones lectivas no podrán participar,durante el período de dos años, en otros cursos organizados porel IAAP, salvo que lo justifiquen suficientemente o hayan comu-nicado previamente al Instituto su renuncia.

Zaragoza, 1 de marzo de 2004.

El Vicepresidente del Gobierno y Consejerode Presidencia y Relaciones Institucionales,

JOSE ANGEL BIEL RIVERA#

RESOLUCION de 3 de marzo de 2004, del Institu-to Aragonés de Administración Pública, por la quese convoca el curso «Nuevo régimen de contratosde las Administraciones Públicas», a celebrar enHuesca. (Código: HUCS186/2004).

$La Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas

de 11 de enero de 2001 aprueba las bases reguladoras para eldesarrollo de Planes de Formación en el marco del III Acuerdode Formación Continua en las Administraciones Públicas de19 de diciembre de 2000.

Para el desarrollo de los Planes acogidos a dicho Acuerdo,el Ministerio para las Administraciones Públicas y la Diputa-ción General de Aragón suscriben un Convenio de Colabora-ción, en cuya virtud la Comisión de Formación Continua de la

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BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2437

Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón —integrada por representantes de esa Administración y de lasOrganizaciones Sindicales Unión General de Trabajadores,Confederación de Sindicatos Independientes y Sindical deFuncionarios y Confederación Sindical de Comisiones Obre-ras—, (con fondos Muface) ha aprobado el Plan de Activida-des Formativas para el año 2004, y que incluye, entre otros, uncurso sobre «Nuevo régimen de contratos de las Administra-ciones Públicas», cuya gestión corresponde a CSI-CSIF.

Conforme a lo anterior, se convoca el Curso sobre «Nuevorégimen de contratos de las Administraciones Públicas», conarreglo a las siguientes características:

—Participantes: Personal al servicio de la Administraciónde la Comunidad Autónoma de Aragón pertenecientes a losGrupos A y B.

—Número de participantes: 20.—Nº de horas lectivas: 12.—Lugar de celebración: c/ Amistad, 5- Bajos.—Fechas de celebración: 29 de marzo al 2 de abril de 2004.—Horario: de 17 a 20 horas.—Solicitudes: Deberán presentarse en el Instituto Aragonés

de Administración Pública, conforme al modelo de instanciapublicado por Resolución del Instituto Aragonés de Adminis-tración Pública de fecha 8 de enero de 2002 («Boletín Oficialde Aragón» número 20, de 15 de febrero). En todo caso, esimprescindible hacer constar en la instancia los siguientesextremos:

* El nombre exacto del curso que se solicita, lugar decelebración y su código, tal como figuran en el encabezamien-to de la convocatoria.

* Los datos requeridos del solicitante (Administración,Cuerpo y Grupo de pertenencia, destino actual y descripcióndel puesto de trabajo, domicilio particular y profesional —aefectos de notificaciones—, así como su firma).

* Firma del superior jerárquico que implicará la certeza delos datos consignados en la solicitud y la conformidad con laasistencia del solicitante al curso en el caso de que resulteseleccionado.

—Plazo de presentación de instancias: Desde la fecha depublicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial deAragón» hasta el día 22 de marzo de 2004.

—Diploma de participación: A los alumnos que asistan aeste Curso se les extenderá el correspondiente Diploma y nopodrán obtenerlo los que falten a una o más sesiones o tenganreiteradas faltas de puntualidad, con independencia del moti-vo que las origine.

Las personas que habiendo sido seleccionadas para realizarel curso no asistan a sus sesiones lectivas no podrán participar,durante el período de dos años, en otros cursos organizadospor el IAAP, salvo que lo justifiquen suficientemente o hayancomunicado previamente su renuncia al Instituto. Ello, noobstante, las renuncias reiteradas a la asistencia a tales cursospodrán dar lugar también a la imposibilidad de participar enlos siguientes que se soliciten.

Zaragoza, 3 de marzo de 2004.

El Director del Instituto Aragonésde Administración Pública,

JOSE Mª HERNANDEZ DE LA TORRE§

DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDAY EMPLEO

#DECRETO 42/2004, de 24 de febrero, del Gobier-no de Aragón, por el que se acepta la herenciaintestada de Dª. Asunción Carmen Marín Villar, afavor de la Comunidad Autónoma de Aragón.

$El Decreto 191/2000, de 7 de noviembre, del Gobierno de

Aragón, sobre regulación de las actuaciones administrativasen la sucesión legal a favor de la Comunidad Autónoma deAragón, y en los casos de disposición voluntaria a favor depersonas indeterminadas, determina en su artículo 7.1 que,«obtenido el testimonio de la resolución judicial firme por laque se declare heredera legal de un causante aragonés a laComunidad Autónoma de Aragón, el Gobierno de Aragón, apropuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo ymediante Decreto, aceptará expresamente la herencia, a bene-ficio de inventario».

De acuerdo con el artículo 136.2 de la Compilación delDerecho Civil de Aragón, en la redacción dada al mismo porla Ley de Cortes de Aragón 4/1995, de 29 de marzo, así comoel artículo 220.2 de la Ley de Cortes de Aragón 1/1999, de 24de febrero, de Sucesiones por causa de muerte, y, asimismo,por lo dispuesto en el artículo 17 y siguientes del citadoDecreto 191/2000, la Diputación General destinará los bienesheredados, o el producto de su enajenación, a establecimientosde asistencia social de la Comunidad, con preferencia a losradicados en el municipio aragonés en donde el causantehubiera tenido su último domicilio.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía,Hacienda y Empleo, y previa deliberación del Gobierno deAragón, en su reunión del día 24 de febrero de 2004,

DISPONGO:

Primero.—En virtud de la competencia que le atribuye elartículo 51.1 del texto refundido de la Ley de Patrimonio de laComunidad Autónoma de Aragón, aprobado por DecretoLegislativo 2/2000, de 29 de junio, y según lo dispuesto en elartículo 7.1 del Decreto 191/2000, de 7 de noviembre, delGobierno de Aragón, ya citado anteriormente, la DiputaciónGeneral acepta expresamente, en nombre de la ComunidadAutónoma de Aragón, a beneficio de inventario, los bienes,derechos y obligaciones que integran el patrimonio heredita-rio de Dª. Asunción Carmen Marín Villar, de quien ha sidodeclarada única y universal heredera la Comunidad Autónomade Aragón, según Auto firme de 15 de enero de 2004, dictadopor el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Calatayud.

Segundo.—La liquidación del caudal relicto y su posteriordistribución, se realizará de conformidad con lo dispuesto enel Decreto 191/2000, de 7 de noviembre, del Gobierno deAragón.

Dado en Zaragoza, a 24 de febrero de 2004.

El Presidente del Gobierno de Aragón,MARCELINO IGLESIAS RICOU

El Consejero de Economía, Hacienday Empleo,

EDUARDO BANDRES MOLINE#

DECRETO 43/2004, de 24 de febrero, del Gobier-no de Aragón, por el que se acepta la herenciaintestada de Dª Alenir Vetozo Rodrigues, a favor dela Comunidad Autónoma de Aragón.

$El Decreto 191/2000, de 7 de noviembre, del Gobierno de

Aragón, sobre regulación de las actuaciones administrativasen la sucesión legal a favor de la Comunidad Autónoma deAragón, y en los casos de disposición voluntaria a favor depersonas indeterminadas, determina en su artículo 7.1 que,«obtenido el testimonio de la resolución judicial firme por laque se declare heredera legal de un causante aragonés a laComunidad Autónoma de Aragón, el Gobierno de Aragón, apropuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo ymediante Decreto, aceptará expresamente la herencia, a bene-ficio de inventario».

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De acuerdo con el artículo 136.2 de la Compilación delDerecho Civil de Aragón, en la redacción dada al mismo porla Ley de Cortes de Aragón 4/1995, de 29 de marzo, así comoel artículo 220.2 de la Ley de Cortes de Aragón 1/1999, de 24de febrero, de Sucesiones por causa de muerte, y, asimismo,por lo dispuesto en el artículo 17 y siguientes del citadoDecreto 191/2000, la Diputación General destinará los bienesheredados, o el producto de su enajenación, a establecimientosde asistencia social de la Comunidad, con preferencia a losradicados en el municipio aragonés en donde el causantehubiera tenido su último domicilio.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía,Hacienda y Empleo, y previa deliberación del Gobierno deAragón, en su reunión del día 24 de febrero de 2004,

DISPONGO:

Primero.—En virtud de la competencia que le atribuye elartículo 51.1 del texto refundido de la Ley de Patrimonio de laComunidad Autónoma de Aragón, aprobado por DecretoLegislativo 2/2000, de 29 de junio, y según lo dispuesto en elartículo 7.1 del Decreto 191/2000, de 7 de noviembre, delGobierno de Aragón, ya citado anteriormente, la DiputaciónGeneral acepta expresamente, en nombre de la ComunidadAutónoma de Aragón, a beneficio de inventario, los bienes,derechos y obligaciones que integran el patrimonio heredita-rio de Dª. Alenir Vetozo Rodrigues, de quien ha sido declaradaúnica y universal heredera la Comunidad Autónoma de Ara-gón, según Auto firme de 5 de febrero de 2004, dictado por elJuzgado de 1ª Instancia nº 10 de Zaragoza.

Segundo.—La liquidación del caudal relicto y su posteriordistribución, se realizará de conformidad con lo dispuesto enel Decreto 191/2000, de 7 de noviembre, del Gobierno deAragón.

Dado en Zaragoza, a 24 de febrero de 2004.

El Presidente del Gobierno de Aragón,MARCELINO IGLESIAS RICOU

El Consejero de Economía, Hacienday Empleo,

EDUARDO BANDRES MOLINE§

DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIOY TURISMO

#RESOLUCION de 10 de febrero de 2004, de laDirección General de Industria y de la Pequeña yMediana Empresa, por la que se autoriza a Arago-nesa de Servicios de ITV, S. A. como Organismo deverificación autorizado para llevar a cabo la ejecu-ción del control metrológico en las fases de verifi-cación después de reparación o modificación y deverificación periódica.

$Visto el escrito presentado por «Aragonesa de Servicios de

ITV, S. A.», con código de identificación fiscal A18096511,domicilio en C/ Federico Salmón nº 13, Madrid 28016, solici-tando autorización, para la ejecución del control metrológicode contadores taquicronométricos, en sus fases de verificacióndespués de reparación o modificación y de verificación perió-dica en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma deAragón.

Esta Dirección General de Industria y de la Pequeña yMediana Empresa tiene en consideración los siguientes,

Antecedentes de hechoUnico.—Con fecha 28 de enero de 2004, «Aragonesa de

Servicios de ITV, S. A.», presentó solicitud de autorizacióncomo organismo de verificación para la ejecución del control

metrológico de contadores taquicronométricos, en sus fasesde verificación después de reparación o modificación y deverificación periódica en el ámbito territorial de la ComunidadAutónoma de Aragón, al amparo de la Ley 3/1985, de 18 demarzo, de Metrología y la Orden de 8 de enero de 2002 delDepartamento de Industria, Comercio y Desarrollo, por la quese establece el procedimiento aplicable en la ComunidadAutónoma de Aragón para efectuar el control metrológico delEstado, en sus fases de verificación después de reparación omodificación y de verificación periódica y se fijan las condi-ciones y requisitos que deben reunir los organismos para laejecución del citado control metrológico.

A tal efecto aportaba documentación exigida en el artículo4.1 de la citada Orden de 8 de enero de 2002.

Fundamentos jurídicosPrimero.—La Administración de la Comunidad Autónoma

de Aragón y por razón de la materia, la Dirección General deIndustria y de la Pequeña y Mediana Empresa, es competentepara conocer y resolver el presente expediente, de conformi-dad con los RR.DD. 2596/1982, de 24 de julio, 539/1984, de8 de febrero y 570/1995, de 7 de abril, sobre transferencias decompetencias, funciones y servicios de la administración delEstado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia deIndustria, energía y minas, así como con el Decreto 280/2003,de 4 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánicadel Departamento de Industria, Comercio y Turismo, y queatribuye a la Dirección General de Industria y de la Pequeñay Mediana Empresa competencias en materia de Metrología.

Segundo.—La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología,modificada por Real Decreto Legislativo 1296/1986, de 28 dejunio, y por las Leyes 13/1996, de 30 de diciembre y 66/1997,de 30 de diciembre, así como las posteriores disposiciones quelas desarrollan, constituyen el referente legislativo básico enmateria de control metrológico.

Tercero.—El Real Decreto 1987/1995, de 24 de septiembre,sobre normas generales de instalación y funcionamiento de lasestaciones de ITV y el Real Decreto 2042/1994, de 14 deoctubre, por el que se regula la inspección técnica de vehícu-los, habilita a las estaciones de ITV que la Administraciónautorice, a realizar las revisiones de los taxímetros.

Cuarto.—La Orden de 8 de enero de 2002, del Departamen-to de Industria, Comercio y Desarrollo, por la que se estableceel procedimiento aplicable en la Comunidad Autónoma deAragón para efectuar el control metrológico del Estado, en susfases de verificación después de reparación o modificación yde verificación periódica, señala en el artículo 3.1 las condi-ciones y requisitos que deben reunir las entidades solicitantesde la autorización habilitante para la ejecución del controlmetrológico en las fases reguladas, y en el artículo 4.1 larelación de documentos y justificantes que deben acompañara la solicitud de autorización.

Quinto.—Las fases de verificación después de reparación omodificación y de verificación periódica para el instrumentode medida objeto de la resolución están reguladas por lasiguiente disposición:

* Orden de 29 de mayo de 1998, por la que se regula elcontrol metrológico del Estado sobre los contadorestaquicronométricos, denominados taxímetros.

Sexto.—Vista la documentación presentada con fechas 28de enero de 2004 se observa que Aragonesa de Servicios deITV, S. A.,. cumple con las condiciones y requisitos estable-cidos en el artículo 3.1 de la Orden de 8 de enero de 2002.

Vistos los antecedentes de hecho, fundamentos de derechoy demás disposiciones concordantes, resuelvo:

Primero.—Autorizar a «Aragonesa de Servicios de ITV, S.A.» como Organismo de Verificación Autorizado para ejecu-tar el control metrológico en sus fases de verificación después

6 1 8

BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2439

de reparación o modificación y de verificación periódica enlos siguientes campos de actuación:

Instrumento Campo de Orden reguladora

actuación designado

TAXIMETROS Contadores taquicronométricos 29 de mayo de 1998

Segundo.—El número de identificación asignado será: OAV-09.

Tercero.—La vigencia de la presente autorización será detres años, contados a partir del día siguiente a su publicaciónen el «Boletín Oficial de Aragón», renovable a petición de laentidad, y pudiendo ser suspendida o revocada por la Direc-ción General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.

Cuarto.—«Aragonesa de Servicios de ITV, S. A.» notifica-rá a la Dirección General de Industria y de la Pequeña yMediana Empresa las tarifas a aplicar en cada uno de losámbitos de actuación en todo el territorio de la ComunidadAutónoma de Aragón.

Quinto.—«Aragonesa de Servicios de ITV, S. A.» notifica-rá a la Dirección General de Industria y de la Pequeña yMediana Empresa los cambios de medios técnicos y humanosque pudieran producirse siempre que éstos impidan el ejerci-cio de las tareas de verificación tanto con carácter temporalcomo definitivo.

Sexto.—La presente autorización queda supeditada al si-guiente condicionado:

A) Al cumplimiento de lo establecido en la Orden de 8 deenero de 2002 del Departamento de Industria, Comercio yDesarrollo.

B) Al cumplimiento de los requisitos suplementarios quepuedan ser establecidos, en su día por este Departamento.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía adminis-trativa, se podrá interponer Recurso de Alzada, ante el Conse-jero de Industria Comercio y Desarrollo, en el plazo de un mesdesde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficialde Aragón», conforme a lo establecido en el artículo 58 delTexto Refundido de la Ley de la Administración de la Comu-nidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislati-vo 2/2001, de 3 de julio y el artículo 114 y siguientes de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común.

Zaragoza, a 10 de febrero de 2004.

El Director General de Industriay de la Pequeña y Mediana Empresa,

CARLOS JAVIER NAVARRO ESPADA#

RESOLUCION de 16 de febrero de 2004, de laDirección General de Industria y de la Pequeña yMediana Empresa, por la que se actualiza y renue-va la autorización concedida por Resolución de 7de marzo de 1997, a la empresa ECA, EntidadColaboradora de la Administración, SociedadAnónima Unipersonal, para actuar como Organis-mo de Control.

$Visto el escrito presentado por Don Ramón Roch Noguera,

con D.N.I. nº 46.319.445-K, Director Gerente y representantelegal de la empresa ECA, Entidad Colaboradora de la Admi-nistración, Sociedad Anónima Unipersonal, provista del CIF:A-08658601, con domicilio en calle Pablo Ruiz Picasso, nº 10de Zaragoza, autorizada a actuar como Organismo de Controlpor Resolución de 7 de marzo de 1997, de la Dirección Generalde Industria y Comercio, solicitando la actualización y reno-vación de dicha autorización.

Vista la Acreditación número 01/EI004 otorgada por ENAC,

Entidad Nacional de Acreditación, con fecha 5 de diciembrede 2003 y número 16 de revisión del anexo técnico, a la entidadECA, Entidad Colaboradora de la Administración, S. A.

Vista la Acreditación número 01/EI098 otorgada por ENAC,Entidad Nacional de Acreditación, con fecha 28 de junio de2002 y número 3 de revisión del anexo técnico, a la entidadECA, Entidad Colaboradora de la Administración, S. A.

Resultando que se ha presentado ante esta Dirección Gene-ral, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 delDecreto 67/1998, de 31 de marzo, del Gobierno de Aragón, ladocumentación que establece el art.º 43.3 del Real Decreto2200/1995, de 6 de diciembre, por el que se aprueba elReglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguri-dad Industrial (BOE de 6-2-96) y que se cumplen las condicio-nes y requisitos establecidos en el art.º 43.2 del citado RealDecreto.

Considerando que en la tramitación del expediente se hacumplido todos los requisitos reglamentarios.

Vistos los Reales Decretos 2596/1982 de 24 de julio, 539/1984 de 8 de febrero y 570/1995 de 7 de abril, sobre transfe-rencias de competencias, funciones y servicios de la Adminis-tración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón enmateria de industria, energía y minas; el citado Real Decreto2200/1995, de 6 de diciembre; la Ley 21/1992 de 16 de julio,de Industria, y demás legislación concordante.

Esta Dirección General de Industria y de la Pequeña yMediana Empresa, resuelve:

Primero.—Actualizar y renovar la autorización concedida,a la empresa Entidad Colaboradora de la Administración,Sociedad Anónima, por Resolución de 7 de marzo de 1997,modificada por Resoluciones de 2 de abril, de 24 de junio, de24 de julio, 12 de noviembre de 1998, de 8 de febrero, de 25de septiembre y 20 de diciembre de 2000, de 8 de mayo de2001, de 9 de noviembre de 2002 y de 8 de septiembre de 2003de esta Dirección General, sustituyendo la relación de ámbitosreglamentarios, para los que dicha empresa fue autorizada aactuar como Organismo de Control para las actividades deinspección, por la siguiente:

1. Area IndustrialInstalaciones y aparatos a presión:D. 2443/1969 de 16.08.69 (BOE 28.10.69) por el que se

aprueba el Reglamento de recipientes a presión. Modificadopor D. 516/1972 de 17.02.72 (BOE 15.03.72).

R.D. 1244/1979 de 04.04.79 (BOE 29.05.79) por el que seaprueba el Reglamento de aparatos a presión. Modificado porR.D. 507/1982 de 15.01.82 (BOE 12.03.82), R.D. 1504/1990de 23.11.90 (BOE 28.11.90 y 24.01.91) y sus ITC MIE-AP-1a MIE-AP-17, con las limitaciones establecidas por el R.D.769/99 de 07.05.99.

R.D. 473/1988 de 30 de marzo por el que se dictan lasdisposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo de lasComunidades Europeas 76/767/CEE sobre Aparatos a Pre-sión.

R.D. 1495/1991 de 11.10.91 (BOE 15.11.91) sobre aplica-ción de las Directivas del Consejo de las Comunidades Euro-peas 87/404/CEE sobre recipientes a presión simples. Modi-ficado por R.D. 2486/1994 de 23.12.94 (BOE 24.01.95).

R.D. 769/1999 de 07.05.1999 (BOE 31.05.99) de aplicaciónde la Directiva 97/23/CE y modificación del R.D. 1244/1979de 04.04.79 (BOE 29.05.79)

Instalaciones eléctricas:D. 3151 de 28.11.68 (BOE 27.12.68) por el que se aprueba

el Reglamento técnico de líneas eléctricas aéreas de altatensión.

D. 2413/1973 de 20.09.73 (BOE 09.10.73) por el que seaprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. Mo-dificado por R.D. 2295/1985 de 09.10.85 (BOE 12.12.85) ysus ITC MI-BT 001 a BT 044.

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2440 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

R.D. 3275/1982 de 12.11.82 (BOE 01.12.82) por el que seaprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantíasde seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centrosde transformación y sus ITC MIE-RAT 001 a MIE-RAT 20.

R.D. 7/1988 de 8 de enero de 1988 (BOE 14.08.88) sobreexigencias de seguridad del material eléctrico destinado a serutilizado dentro de determinados límites de tensión (aplica-ción Directiva del Consejo 73/23/CEE, desarrollado por Or-den de 06.06.89, BOE 21.06.89).

R.D. 842/2002 de 02.08.02 (BOE 18.09.02) por el que seaprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. Ins-trucciones técnicas complementarias ITC BT01 a ITC BT51.

Instalaciones de almacenamiento de productos químicosR.D. 668/1980 de 8 de febrero (BOE 14.04.80) sobre

Almacenamiento de Productos Químicos. Modificado porR.D. 3485/1983 de 14 de diciembre (BOE 20.02.84) y sus ITCMIE-APQ 001 a MIE-APQ 006.

R.D. 379/2001, de 6 de abril por el que se aprueba elReglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y susITCs MIE-APQ-1, MIE-APQ-2, MIE-APQ-3, MIE-APQ-4,MIE-APQ-5, MIE-APQ-6 Y MIE-APQ-7.

Vehículos y contenedores destinados al transporte de mer-cancías peligrosas y perecederas

R.D. 2115/1998, de 2 de octubre, sobre transporte de mer-cancías peligrosas por carretera.

R.D. 412/2001 de 20.04.01 (BOE 08.05.01) por el que seregulan diversos aspectos relacionados con el transporte demercancías peligrosas por ferrocarril.

Acuerdo europeo sobre transporte de mercancías peligrosaspor carretera (ADR) de 30.09.57 en Ginebra según textorefundido vigente.

Convenio internacional sobre la seguridad de los contene-dores (C.S. C.) de 02.12.72 en Ginebra, publicado en el BOE13.09.77 y sus enmiendas.

Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancíasperecederas y sobre vehículos especiales utilizados en estostransportes (ATP) de 01.09.76 (BOE 22.11.76) + Enmiendasposteriores.

Código Marítimo internacional de transporte de mercancíaspeligrosas (IMDG) y disposiciones vigentes.

O. M. de 20.09.85 (BOE 27.09.85) sobre normas de cons-trucción, aprobación de tipo, ensayos e inspección de cisternaspara el transporte de mercancías peligrosas y sus modificacio-nes vigentes.

R.D. 237/2000 de 18.02.00 (BOE 16.03.00) por el que seestablecen las especificaciones técnicas que deben cumplir losvehículos especiales para el transporte terrestre de productosalimenticios a temperatura regulada y los procedimientos parael control de conformidad con las especificaciones (ATP).Modificado por R.D. 380/2001 de 08.04.01 (BOE 21.04.01)

Orden del Ministerio de Industria de 17 de marzo de 1986(BOE 31.03.86) sobre normas para homologación de envasesy embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas.

Reglamento internacional de 8 de agosto de 1986 sobretransporte de mercancías peligrosas por ferrocarril (RID)según texto refundido vigente.

R.D. 879/1989 de 02.06.89 (BOE 18.07.89) por el que seaprueba el Reglamento nacional para el transporte de mercan-cías peligrosas por ferrocarril (TPF) + O.Mº. de 31.01.97(BOE 12.02.97) por la que se adapta el TPF a las modificacio-nes introducidas en el ámbito internacional.

Instrucciones Técnicas para el transporte sin riesgos de lasmercancías peligrosas por vía aérea según disposiciones vi-gentes.

Instalaciones y aparatos para combustibles gaseososResolución de 24.07.63 (BOE 11.09.63) de la Dirección

General de Industrias Siderometalúrgicas del MIE sobre cons-trucción en instalación de depósitos de GLP de más de 15 Kg.

O. MIE de 07.08.69 (BOE 21.08.69) que aprueba el Regla-mento de instalaciones distribuidoras de GLP de 0,1 a 20 m3.

O. de MIE de 30.12.71 (BOE 27.01.72) que aprueba elReglamento de instalaciones distribuidoras de GLP de 20 a2000 m3.

O. de 30.10.70 (BOE 09.11.70) por la que se aprueba elReglamento de Centros de Almacenamiento y Distribución deGLP envasados. Modificado por O.M. de 17.03.81 (BOE31.03.81) y O.M. de 15.06.94 (BOE 05.07.94).

R.D. 2913/1973 (BOE 21.11.73) por el que se aprueba elReglamento sobre el servicio público de gases combustibles.Modificado por R.D. 3484/1983 de 14.12.83 (BOE 20.02.84).

O. MIE 18.11.74 (BOE 06.12.74) por el que se aprueba elReglamento de redes y acometidas de combustibles gaseosos.Modificado por O. M. de 26.10.83 (BOE 08.11.83 y 23.07.84),O. M. 06.07.84 (BOE 23.07.84), y O.M. de 09.03.94 (BOE21.03.94) y sus ITC MIG 5.1. a MIG 5.5., MIG 6.1. y 6.2.,MIG- 7.1., MIG- 7.2. y MIG-R 8.

O. MIE de 24.11.82 (BOE 06.12.82) que aprueba el Regla-mento de seguridad de centros de almacenamiento y suminis-tro de gases licuados del petróleo a granel para su utilizacióncomo carburante para vehículos a motor. Modificada porOrden de 11.03.86 (BOE 22.03.86).

O. 17.12.85 (BOE 09.01.86) por el que se aprueba laInstrucción sobre Documentación y Puesta en Servicio deInstalaciones Receptoras.

O. M. de 29.01.86 (BOE 22.02.86) por el que se aprueba elReglamento sobre instalaciones de almacenamiento de gaseslicuados de petróleo (GLP) en depósitos fijos.

R.D. 494/1988 de 20.05.88 (BOE 25.05.88) por el que seaprueba el Reglamento de aparatos que utilizan gas comocombustible, y sus ITC MIE-AG1 a MIE-AG 20.

R.D. 1428/1992 de 27.11.92 (BOE 05.12.92) por el que sedictan las disposiciones de aplicación de la Directiva delConsejo de las Comunidades Europeas 90/396/CEE. Modifi-cado por R.D. 276/1995 de 24 de febrero (BOE 27.03.95).

R.D. 1853/1993 de 22.10.93 (BOE 24.11.93) por el que seaprueba el Reglamento de instalaciones de gas en localesdestinados a usos domésticos, colectivos, o comerciales, y susITC MI-IRG 01 a MI-IRG 14.

Instalaciones frigoríficasD. 3099/1977 de 08.09.77 (BOE 06.12.77) por el que se

aprueba el Reglamento de seguridad para plantas e instalacio-nes frigoríficas. Modificado por R.D. 394/1979 de 02.02.79(BOE 07.03.79) y R.D. 754/1981 de 13.03.81 (BOE 28.04.81)y sus ITC MI IF 001 a MI IF 017.

Construcción de máquinas con riesgo:R.D. 1435/1992 de 27.11 (BOE 11.12.92), sobre aplicación

de la Directiva del Consejo 89/392/CEE relativa a la aproxi-mación de las legislaciones de los Estados miembros sobremáquinas. Modificado por R.D. 56/95 de 20.01.95. (BOE08.02.95).

O. 08.04.91 (BOE 11.04.91) aprobando las ITC MSG-SM-1 de reglamento de seguridad de máquinas, elementos demáquinas o sistemas de protección de cuadros.

R.D. 1215/1997 de 18 de julio (BOE 07.08.97) por el que seestablecen las disposiciones mínimas de seguridad y saludpara la utilización por los trabajadores de los equipos detrabajo.

Elementos e instalaciones de aparatos de elevación y manu-tención:

O. MIE de 30.06.66 (BOE 20.07.66) por la que se apruebael texto revisado del Reglamento de Aparatos Elevadores.

O. de MIE de 31.03.81 (BOE 20.04.81) sobre condicionestécnicas mínimas de ascensores anteriores al reglamento de1966.

R.D. 2291/1985 de 08.11.85 (BOE 11.12.85) por el que seaprueba el Reglamento de aparatos de elevación y manuten-

BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2441

ción, y sus ITC complementarias MIE AEM 1 a MIE AEM 3.R.D. 474/1988 de 30.03.88. (BOE 20.05.88) sobre normas

de aplicación de la Directiva del Consejo 84/528/CEE sobreaparatos elevadores de manejo mecánico.

R.D. 2370/1996, de 18 de noviembre por el que se apruebala ITC MIE-AEM 4 (BOE 24.12.96).

R.D. 1314/1997, de 1 de Agosto, por el que se dictan lasdisposiciones de aplicación de la Directiva del ParlamentoEuropeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores.

Instalaciones de calefacción, climatización y agua calientesanitaria

R.D. 1618/1980 de 04.07.80 (BOE 06.08.80) por el que seaprueba el Reglamento de instalaciones de calefacción, clima-tización y agua caliente sanitaria. Modificado por R.D. 2946/1982 de 01.10.82 (BOE 12.11.82).

O.MIE de 16.07.81 por el que se aprueban las IT IC 01 a ITIC 26.

Orden de 8 de abril de 1983 por la que se dan normas parala determinación del rendimiento de calderas de potencianominal superior a 100 kW para calefacción y agua calientesanitaria (BOE 16.04.83).

R.D. 275/1995, de 24 de febrero, por el que se dictan lasdisposiciones de aplicación de la Directiva 92/42/CEE, rela-tiva a requisitos de rendimiento de calderas de agua calientealimentadas con combustibles líquidos o gaseosos.

R.D. 1751/1998 de 31 de julio (BOE 05.08.98) por el que seaprueba el Reglamento de instalaciones térmicas en los edifi-cios (RITE) y sus instrucciones técnicas complementarias(ITE).

Instalaciones contra incendiosR.D. 1942/1993 de 05.11.93 (BOE 14.12.93) por el que se

aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contraincendios y corrección de errores.

R.D. 2177/96 de 4 de octubre por el que se aprueba la NBE-CPI-96 «Condiciones de protección de incendios de los edifi-cios».

R.D. 786/2001 de 6 de julio, por el que se aprueba elReglamento de Seguridad contra incendios en edificios indus-triales.

MineríaR.D. 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el

Reglamento General para el Régimen de la minería.R.D. 2994/1982, de 15 de octubre, sobre Restauración del

Espacio Natural afectado por Actividades Mineras, y O.M. de20 de noviembre de 1984.

R.D. 1116/1984, de 9 de mayo, sobre Restauración delEspacio Natural Afectado por explotaciones de carbón a cieloabierto y aprovechamiento racional de estos recursos energé-ticos, y O.M. de 13 de junio de 1984.

O. de marzo de 1985 sobre Entidades colaboradoras paraaplicación del Reglamento de Policía Minera.

R.D. 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba elReglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.

R.D. 1389/1997 de 5 de septiembre (BOE 07.10.97) por elque se aprueban las disposiciones mínimas destinadas a pro-teger la seguridad y la salud de los trabajadores en actividadesmineras.

Instalaciones petrolíferasR.D. 2085/1994, de 20 de octubre, por el que se aprueba el

Reglamento de Instalaciones Petrolíferas y las ITC MI-IP 01e ITC MI-IP 02 (BOE 27.01.95 y 20.04.95).

R.D. 2201/1995, de 28 de diciembre, por el que se apruebala ITC MI-IP 04 (BOE 16.02.96). Instalaciones fijas de distri-bución al por menor de carburantes y combustibles petrolí-feros en instalaciones de venta al público.

R.D. 1427/1997 de 15.09.97, por el que se aprueba lainstrucción técnica complementaria MI-IP 03 «Instalacionespetrolíferas para uso propio».

R.D. 1562/1998 de 17 de julio, por el que se modifica lainstrucción técnica complementaria MI-IP02 «Parque de al-macenamiento de líquidos petrolíferos».

R.D. 1523/1999 de 1 de octubre (BOE 22.10.99) por el quese modifica el R.D. 1427/1997 y el R.D. 2201/1995 y seaprueba las nuevas ITC MI-IP-03 e ITC MI-IP-04.

Accidentes mayoresBOE de 06.02.91, directriz básica para la elaboración de

planes especiales del sector químico.R.D. 1254/1999 de 16 de julio (BOE 20.07.99), por el que se

aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a losaccidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.

Estructuras metálicasR.D. 1384/1972 de 12.05.72 (BOE 07.06.72) modificado

por Decreto de 07.11.74 (BOE 04.12.74) regulando sector deempresas de construcción de estructuras metálicas en obracivil.

R.D. 1829/95 de 10.11.95 (BOE 18.01.96) por el que seaprueba la Norma Básica de Edificación NBE EA 95 «Estruc-turas de acero en edificación»

Instalaciones interiores de suministro de aguaO. 9.12.75 por la que se aprueban las «Normas Básicas para

las instalaciones de suministro de agua».Hormigón preparadoOrden Presidencia de Gobierno de 05.05.72 (BOE 26.05.72)

aprobando instrucción para fabricación y suministro de hor-migón preparado, modificada por O.P.G. de 10.05.73 (BOE18.05.73).

R.D. 1280/1976 de 09.04.76 (BOE 04.06.76) sobre clasifi-cación actividad de fabricación de hormigón preparado.

R.D. 2661/1998 de 11.12.98 (BOE 13.01.98) modificadopor el R.D. 996/1999 de 16.06.99 (BOE 24.06.99).

Orden MIE 21.12.95 (BOE 09.01.96) sobre criterios para larealización de control de producción de los hormigones fabri-cados en central.

2. Area medioambiental.Emisiones atmosféricas.R.D. 833/1975 de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley

38/1972 de 22 de diciembre de protección del medio ambienteatmosférico (BOE 22.04.75)

Orden del MIE de 18 de octubre de 1976, sobre prevencióny corrección de la contaminación industrial de la atmósfera(BOE 03.12.76).

R.D. 646/1991 de 22 de abril, de normas sobre limitación delas emisiones a la atmósfera de determinados agentes conta-minantes de grandes instalaciones de combustión (modificadopor R.D. 1800/1995).

Orden de 26 de diciembre de 1995, que desarrolla el R.D.646/1991 de 22 de abril.

R.D. 1088/1992 sobre limitación de emisiones incinerado-ras municipales.

R.D. 1217/1997 sobre incineración de residuos peligrosos.Aguas residuales.R.D. 849/86 de 11 de abril, por el que se aprueba el

Reglamento de Dominio Público Hidráulico que desarrolla lostítulos I, IV, VI y VII de la Ley de Aguas (BOE 30.04.86).

Residuos.R.D. 833/88 de 20 de julio, por el que se aprueba el

reglamento para la ejecución de la Ley 20/86 de 14 de mayobásica de los residuos tóxicos y peligrosos. (BOE 30.07.88).

Calidad del aire (inmisiones)R.D. 833/1975 de 6 de febrero, por el que se desarrolla la Ley

38/1972 de 22 de diciembre de protección del medio ambienteatmosférico (BOE 22.04.75)

Orden de 10 de agosto de 1975, por la que se establecen lasnormas técnicas para el análisis y valoración de los contami-nantes de naturaleza química presentes en la atmósfera.

2442 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

R.D. 1321/1992 de 30 de octubre, sobre contaminaciónatmosférica por dióxido de azufre y partículas en suspensión.

Segundo.—La presente actualización y renovación de laactuación como Organismo de Control, en lo referente al tipode inspección, con carácter general se referirá a todas lasinspecciones citadas en los documentos normativos de refe-rencia, y con carácter específico, en el ámbito reglamentariode las instalaciones petrolíferas se exceptúa la realización depruebas de estanqueidad con sistemas de detección de fugassegún R.D. 1523/1999, y en el ámbito reglamentario deaccidentes mayores se referirá únicamente a las inspeccionesdefinidas para los organismos de control. Dentro del área de lacalidad ambiental, los ámbitos de inspección para las emisio-nes atmosféricas son la comprobación «in situ» de la confor-midad en función de la concentración de contaminantes:partículas y gases (CO, NOx, SO2) y la comprobación de laconformidad en función de la concentración de los contami-nantes (partículas, metales (Cd, Mn, Cu, Ni, Cr, Sb, As, Co,Hg), gases (NOx, HCl, SO2, HF, COV’S), Dioxinas y Furanos).El ámbito de inspección para las áreas de aguas residuales yresiduos es de comprobación de la conformidad en función dela concentración (físico-químicos o microbiológicos), presen-cia (microbiológicos) y efectos toxicológicos de contaminan-tes. En el ámbito de inspección de calidad del aire (inmisiones)es de comprobación de la conformidad en función de laconcentración de contaminantes (partículas en suspensióntotal, partículas sedimentables).

Tercero.—La presente actualización y renovación de laautorización concedida por Resolución de 7 de marzo de 1997,a la empresa ECA, Entidad Colaboradora de la Administra-ción, Sociedad Anónima, para actuar como Organismo deControl, mantendrá su vigencia mientras permanezcan envigor las Acreditaciones número 01/EI004 otorgada por ENAC,Entidad Nacional de Acreditación, con fecha 5 de diciembrede 2003 y número 16 de revisión del anexo técnico y laAcreditación número 01/EI098 otorgada por ENAC, EntidadNacional de Acreditación, con fecha 28 de junio de 2002 ynúmero 3 de revisión del anexo técnico, pudiendo ser suspen-dida o revocada, además de en los casos contemplados en lalegislación vigente, cuando lo sean las citadas acreditaciones.

Cuarto.—La presente actualización y renovación de laautorización para actuar como Organismo de Control quedasupeditada al siguiente condicionado:

A) Cumplir lo establecido con carácter general por el citadoReal Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, así como por latambién citada Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, en loque es de aplicación.

B) En lo concerniente a su actuación en el ámbito de laComunidad Autónoma de Aragón cumplir con lo dispuesto en elDecreto 67/1998, de 31 de marzo del Gobierno de Aragón, por elque se regula el ejercicio de las funciones en materia de vigilanciadel cumplimiento de la legislación vigente sobre seguridad deproductos, equipos e instalaciones industriales asignado a losOrganismos de Control en el ámbito de la Comunidad Autónomade Aragón y en el Decreto 25/1999, de 23 de marzo, del Gobiernode Aragón, por el que se regula el contenido de los informes de losorganismos de control sobre contaminación atmosférica, en laComunidad Autónoma de Aragón.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la víaadministrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante elConsejero de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de unmes, sin perjuicio de que el interesado pueda interponercualquier otro recurso que estime procedente.

Zaragoza, 16 de febrero de 2004.

El Director General de Industriay de la Pequeña y Mediana Empresa,

CARLOS JAVIER NAVARRO ESPADA§

DEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURAY DEPORTE

#DECRETO 44/2004, de 24 de febrero, del Gobier-no de Aragón, por el que se transforma el conser-vatorio elemental de música de Sabiñánigo enconservatorio profesional.

$El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por la Ley

Orgánica 8/1982, de 10 de agosto, y reformado por las LeyesOrgánicas 6/1994, de 24 de marzo, y 5/1996, de 30 dediciembre, dispone en su artículo 36.1 que corresponde a laComunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislati-vo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles ygrados, modalidades y especialidades, de acuerdo con loestablecido en el artículo 27 de la Constitución y LeyesOrgánicas que lo desarrollen.

Las enseñanzas de música, establecidas en la Ley Orgánica1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del SistemaEducativo, se estructuran en tres grados: elemental, medio ysuperior, correspondiendo la impartición del grado elementala los conservatorios elementales y el grado medio a losprofesionales, pudiendo éstos impartir, asimismo, las ense-ñanzas correspondientes al grado elemental de acuerdo con lodispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 389/1992, de 15 deabril, por el que se establecen los requisitos mínimos de loscentros que impartan enseñanzas artísticas.

Por otra parte, la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre,de Calidad de la Educación, en su artículo 7, establece laestructura del sistema educativo incluyendo las enseñanzasartísticas dentro de las enseñanzas escolares de régimen espe-cial. Y en sus artículos 67, 68, 69 y 70 contempla la autonomíade los centros, su autonomía pedagógica, su autonomía orga-nizativa y su autonomía de gestión económica, respectiva-mente.

Los conservatorios profesionales constituyen un modelo decentro que cobra una dimensión especial por cuanto lescorresponde llevar a cabo una formación musical que propor-cione el nivel de expresión artística propio de unos estudiosespecializados, que tienen como meta el ejercicio profesionaly que por ello están destinados a aquellos alumnos que poseanaptitudes específicas y voluntad para dedicarse a ellos, y paraquienes este tramo ha de suponer una sólida preparación parael acceso a los estudios profesionales de carácter superior.

Además, el Real Decreto 1982/1998, de 18 de septiembre,transfirió a la Comunidad Autónoma de Aragón las funcionesy servicios en materia de enseñanza no universitaria.

Por todo ello, y en aras de una adecuada planificación de laoferta educativa, procede transformar la actual estructuraacadémica y administrativa del conservatorio elemental demúsica de Sabiñánigo en conservatorio profesional por cuantoconcurren en dicho centro las circunstancias que así lo acon-sejan.

En su virtud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 dela Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derechoa la Educación, a propuesta de la Consejera de Educación,Cultura y Deporte y previa deliberación del Gobierno deAragón, en su reunión del día 24 de febrero de 2004,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto.Se transforma la estructura académica y administrativa del

conservatorio elemental de Sabiñánigo, el cual impartirá losgrados elemental y medio de estas enseñanzas, de acuerdo conlo dispuesto en el artículo 9.b), en relación con el artículo 2 delReal Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecenlos requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzasartísticas.

6 2 0

BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2443

Artículo 2. Denominación del centro.El centro resultante de la transformación objeto del presente

Decreto recibirá en lo sucesivo la denominación genérica deconservatorio profesional manteniendo su anterior denomina-ción específica.

Artículo 3. Profesorado.Con arreglo a lo previsto en los apartados 1, 2 y 3 de la

disposición adicional octava de la Ley Orgánica 10/2002, de23 de diciembre, de Calidad de la Educación, en relación conel apartado 1 de la disposición adicional decimocuarta de laLey Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación Generaldel Sistema Educativo, todos los funcionarios, de carrera ointerinos, del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escé-nicas que venían desarrollando su función docente en elconservatorio elemental de música de Sabiñánigo, quedanadscritos al conservatorio profesional resultante de la transfor-mación a que se refiere el artículo 1 del presente Decreto.

Artículo 4. Derechos adquiridos del profesorado.Los funcionarios afectados por lo establecido en el artículo

anterior conservarán los derechos inherentes a los años depermanencia continuada en el conservatorio elemental demúsica de Sabiñánigo, los cuales serán acumulables, a efectosde movilidad, al tiempo de servicios prestados en el conserva-torio profesional resultante de la transformación a que serefiere el artículo 1 del presente Decreto.

Disposición Final Primera.Se faculta a la Consejera de Educación, Cultura y Deporte

para dictar las disposiciones necesarias y adoptar las medidasprecisas para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Disposición Final SegundaEl presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su

publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».Zaragoza, 24 de febrero de 2004.

El Presidente del Gobierno de Aragón,MARCELINO IGLESIAS RICOU

La Consejera de Educación, Culturay Deporte,

EVA ALMUNIA BADIA#

DECRETO 45/2004, de 24 de febrero, del Gobier-no de Aragón, por el que se transforma el conser-vatorio elemental de música de Tarazona en con-servatorio profesional.

$El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por la Ley

Orgánica 8/1982, de 10 de agosto, y reformado por las LeyesOrgánicas 6/1994, de 24 de marzo, y 5/1996, de 30 dediciembre, dispone en su artículo 36.1 que corresponde a laComunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislati-vo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles ygrados, modalidades y especialidades, de acuerdo con loestablecido en el artículo 27 de la Constitución y LeyesOrgánicas que lo desarrollen.

Las enseñanzas de música, establecidas en la Ley Orgánica1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del SistemaEducativo, se estructuran en tres grados: elemental, medio ysuperior, correspondiendo la impartición del grado elementala los conservatorios elementales y el grado medio a losprofesionales, pudiendo éstos impartir, asimismo, las ense-ñanzas correspondientes al grado elemental de acuerdo con lodispuesto en el artículo 9 del Real Decreto 389/1992, de 15 deabril, por el que se establecen los requisitos mínimos de loscentros que impartan enseñanzas artísticas.

Por otra parte, la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre,de Calidad de la Educación, en su artículo 7, establece laestructura del sistema educativo incluyendo las enseñanzasartísticas dentro de las enseñanzas escolares de régimen espe-

cial. Y en sus artículos 67, 68, 69 y 70 contempla la autonomíade los centros, su autonomía pedagógica, su autonomía orga-nizativa y su autonomía de gestión económica, respectiva-mente.

Los conservatorios profesionales constituyen un modelode centro que cobra una dimensión especial por cuanto lescorresponde llevar a cabo una formación musical que pro-porcione el nivel de expresión artística propio de unosestudios especializados, que tienen como meta el ejercicioprofesional y que por ello están destinados a aquellos alum-nos que posean aptitudes específicas y voluntad para dedi-carse a ellos, y para quienes este tramo ha de suponer unasólida preparación para el acceso a los estudios profesionalesde carácter superior.

Además, el Real Decreto 1982/1998, de 18 de septiembre,transfirió a la Comunidad Autónoma de Aragón las funcionesy servicios en materia de enseñanza no universitaria.

Por todo ello, y en aras de una adecuada planificación de laoferta educativa, procede transformar la actual estructuraacadémica y administrativa del conservatorio elemental demúsica de Tarazona en conservatorio profesional por cuantoconcurren en dicho centro las circunstancias que así lo acon-sejan.

En su virtud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 dela Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derechoa la Educación, a propuesta de la Consejera de Educación,Cultura y Deporte y previa deliberación del Gobierno deAragón, en su reunión del día 24 de febrero de 2004,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto.Se transforma la estructura académica y administrativa del

conservatorio elemental de Tarazona, el cual impartirá losgrados elemental y medio de estas enseñanzas, de acuerdo conlo dispuesto en el artículo 9.b), en relación con el artículo 2 delReal Decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecenlos requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzasartísticas.

Artículo 2. Denominación del centro.El centro resultante de la transformación objeto del presente

Decreto recibirá en lo sucesivo la denominación genérica deconservatorio profesional manteniendo su anterior denomina-ción específica.

Artículo 3. Profesorado.Con arreglo a lo previsto en los apartados 1, 2 y 3 de la

disposición adicional octava de la Ley Orgánica 10/2002, de23 de diciembre, de Calidad de la Educación, en relación conel apartado 1 de la disposición adicional decimocuarta de laLey Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación Generaldel Sistema Educativo, todos los funcionarios, de carrera ointerinos, del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escé-nicas que venían desarrollando su función docente en elconservatorio elemental de música de Tarazona, quedan ads-critos al conservatorio profesional resultante de la transforma-ción a que se refiere el artículo 1 del presente Decreto.

Artículo 4. Derechos adquiridos del profesorado.Los funcionarios afectados por lo establecido en el artículo

anterior conservarán los derechos inherentes a los años depermanencia continuada en el conservatorio elemental demúsica de Tarazona, los cuales serán acumulables, a efectosde movilidad, al tiempo de servicios prestados en el conserva-torio profesional resultante de la transformación a que serefiere el artículo 1 del presente Decreto.

Disposición Final Primera.Se faculta a la Consejera de Educación, Cultura y Deporte

para dictar las disposiciones necesarias y adoptar las medidasprecisas para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

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2444 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

Disposición Final Segunda.El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su

publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».Zaragoza, 24 de febrero de 2004.

El Presidente del Gobierno de Aragón,MARCELINO IGLESIAS RICOU

La Consejera de Educación, Culturay Deporte,

EVA ALMUNIA BADIA§

DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE#

RESOLUCION de 23 de febrero de 2004 de laDirección General de Calidad Ambiental, por laque se formula la Declaración de Impacto Ambien-tal y se otorga la autorización ambiental integradapara la actividad de explotación porcina para cebosituada en el T.M. de Alconchel de Ariza (Zarago-za) y promovida por Remacha Lozano S. C.

$Visto el expediente que se ha tramitado en esta Dirección

General para la concesión de Autorización Ambiental Integra-da, a solicitud de Remacha Lozano S. C. resulta:

Antecedentes de hecho:Primero. Con fecha 16 de diciembre de 2002 tiene entrada

la solicitud de Autorización Ambiental Integrada a nombre deRemacha Lozano S.C, de una explotación porcina para cebocon capacidad para 2.904 plazas, en la parcela 14 del polígono8 del término municipal de Alconchel de Ariza (Zaragoza)

Segundo. La capacidad de la instalación prevista en elproyecto supera el umbral establecido para este tipo de insta-laciones en los Anexos correspondientes tanto de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de lacontaminación como de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, demodificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental (2.000 plazasde cebo), por lo que deben tramitarse, de forma previa a laautorización sustantiva de la actividad, tanto la AutorizaciónAmbiental Integrada como el procedimiento de evaluación deimpacto ambiental, en la forma prevista en ambas normas.

Tercero. Durante la tramitación de este expediente se reali-zó el periodo de información pública preceptivo para ambosprocedimientos, mediante anuncio publicado en el «BoletínOficial de Aragón» nº 71 de 16 de junio de 2003, y se notificóal Ayuntamiento de Alconchel de Ariza. Transcurrido el plazoreglamentario, no se produjeron alegaciones de particulares.

Cuarto. Se solicitó informe a la Dirección General de Produc-ción Agraria del Departamento de Agricultura la cual lo emitióen sentido favorable con fecha 9 de diciembre de 2003, a travésdel Servicio Provincial de Producción y Sanidad Animal. Confecha 18 de diciembre de 2003 se solicitó el informe preceptivoal Ayuntamiento de Alconchel de Ariza sobre la adecuación dela instalación a todos aquellos aspectos de su competencia,recibiéndose en sentido favorable con fecha 14 de Enero de2003. Posteriormente, notificado el borrador de la presenteresolución, no se ha manifestado en contra de las condicionesimpuestas para la instalación ganadera.

Sexto. A la vista del expediente y de los antecedentesexpuestos, la instalación ganadera objeto de la presente reso-lución, tiene las siguientes características:

1-El emplazamiento concreto de la instalación no se ubicaen el interior de espacio natural protegido ni espacio de la RedNatura 2000. Tampoco está afectado por planes de recupera-ción de especies de flora o fauna amenazadas ni por parajes deinterés geológico.

2- El emplazamiento no se localiza en Zona Vulnerable a la

contaminación de las masas de agua por nitratos de origenagrario. El término municipal de Alconchel de Ariza poseeuna carga ganadera que puede considerarse como baja en elcontexto regional, con un índice de presión ganadera de 23,21Kg de N contenido en deyecciones por ha de tierra cultivable,según el Plan de gestión de residuos ganaderos de la Comuni-dad Autónoma de Aragón.

3-La instalación proyectada cumple la normativa sobredistancias mínimas a otras instalaciones ganaderas de lamisma y de otras especies, y a otros elementos destacados delterritorio (núcleos de población, abastecimientos de agua,masas y cursos de agua, etc.).

4- La zona donde se prevé ubicar la granja corresponde porotra parte a un terreno de secano relativamente próximo alnúcleo urbano.

Fundamentos jurídicosPrimero. El Decreto 50/2000, de 14 de marzo, por el que se

aprueba la estructura orgánica del Departamento de MedioAmbiente, modificado por el Decreto 54/2003, de 11 demarzo, del Gobierno de Aragón, atribuye la competencia paraotorgar las Autorizaciones Ambientales Integradas y formularlas Declaraciones de Impacto Ambiental a la Dirección Gene-ral de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Am-biental, en la actualidad Dirección General de Calidad Am-biental del Departamento de Medio Ambiente por Decreto137/2003, de 22 de julio del Gobierno de Aragón por el que sedesarrolla la estructura orgánica básica de la Administraciónde la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo. Durante esta tramitación se ha seguido el procedi-miento de la Ley 16/2002 de 1 de julio, de prevención y controlintegrados de la contaminación y la Ley 30/1992 y demásnormativa de general aplicación. Con arreglo al artículo 11.4de la Ley 16/2002 se ha incluido en este procedimiento lasactuaciones en materia de evaluación del impacto ambiental,reguladas en la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación delReal Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, deEvaluación de Impacto Ambiental, en el procedimiento deotorgamiento de la autorización ambiental integrada.

Tercero. La pretensión suscitada es admisible para obtenerla Autorización Ambiental Integrada de conformidad con elProyecto Básico y el Estudio de Impacto Ambiental aporta-dos, si bien la autorización concedida queda condicionada porlas prescripciones técnicas que se indican en la parte disposi-tiva de esta resolución.

Vistos, la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y controlintegrados de la contaminación, la Ley 6/2001, de 8 de mayo,de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, el Decreto200/1997, por el que se aprueban las Directrices ParcialesSectoriales sobre Actividades e Instalaciones Ganaderas, elReal Decreto 324/2000, por el que se establecen normasbásicas de ordenación de las explotaciones porcinas, el Decre-to 50/2000, de 14 de marzo, del Gobierno de Aragón, por elque se aprueba la estructura orgánica del Departamento deMedio Ambiente y sus modificaciones en Decreto 54/2003, de11 de marzo, del Gobierno de Aragón, la Ley 30/1992, de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, el Decreto Legis-lativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el quese aprueba el texto refundido de la Ley de la Administraciónde la Comunidad Autónoma de Aragón y el Decreto Legisla-tivo 1/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley del Presidente y del Gobierno de Aragón,y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:

1. A efectos de lo previsto en la Ley 6/2001, de 8 de mayo,de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de

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BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2445

28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, se formula,a los solos efectos ambientales, Declaración de Impacto Am-biental compatible del proyecto presentado, supeditada alcumplimiento del condicionado ambiental que se incluye en lapresente Resolución.

2. Otorgar la Autorización Ambiental Integrada a RemachaLozano S. C. para la ampliación de una explotación porcina decebo con destino a sacrificio y capacidad total para 2.904plazas, a emplazar en la parcela 14 del polígono 8 del términomunicipal de Alconchel de Ariza (Zaragoza). La autorizaciónse otorga con el siguiente condicionado:

2.1.—Las instalaciones necesarias para el desarrollo de laactividad que se autoriza son: tres naves cebadero de 968 m2 desuperficie cada una, de dimensiones en planta de 56,00 x 14,70 my 2,90 m de altura en alero, que equivalen a 2.470 m2 edificadosen total. Dos de estas naves se encuentran ya construidas. Lainstalación contará con una fosa para el estiércol fluido porcino(EFP) de dimensiones útiles de 39,00 x 11,00 x 3,75 m, con lo quela capacidad de almacenamiento será de 1.608,75 m3, suficientepara almacenar el residuo durante, al menos 90 días de actividad.La balsa estará construida con revestimiento de 0,20 m de espesorde hormigón armado, en solera y paredes y estará vallada en sutotalidad mediante malla metálica. Otras instalaciones serán unafosa de cadáveres excavada y revestida de hormigón armado, de31,5 m3, vado de desinfección y cercado perimetral del conjuntode las instalaciones.

2.2.—El consumo de agua asociado a la totalidad de laexplotación, se establece en 6.300 m3 anuales, procedente deun pozo ubicado en la misma parcela y almacenada en undepósito principal de 56,52 m3 de capacidad y otros tres de 10m3 cada uno adosados a cada nave. El suministro eléctrico serealizará mediante un grupo electrógeno a gasolina de 25KVA. Los límites de emisión de contaminantes a la atmósferaocasionados por este grupo electrógeno no superarán losvalores siguientes: 4 g/Nm3 de NOx y 1 g/Nm3 de CO. Estosvalores se comprobarán cada 5 años por Organismo de ControlAutorizado no requiriéndose una medición inicial a la puestaen funcionamiento del mismo.

2.3.—Las emisiones a la atmósfera producidas por el conjuntode la explotación serán de 13.072 kg/año de metano, 18.562,5 kg/año de amoníaco y 58,1 kg/año de óxido nitroso. Estos valores sehan estimado a partir de los índices de emisión de las actividadesganaderas propuestos por el Panel Intergubernamental sobre elCambio Climático. En aplicación del Reglamento (CE) nº 1950/97, del Consejo (Reglamento EPER) y el artículo 8 de la Ley 16/2002, tras el primer año de funcionamiento de la instalación, yanualmente con posterioridad, el promotor deberá notificar a estaDirección General las emisiones anuales de los tres gases referen-ciados producidas en la instalación.

2.4.—El volumen estimado de deyecciones ganaderas produ-cidas en la instalación, de acuerdo a los índices incluidos en elR.D. 324/2.000, de 3 de marzo, por el que se establecen normasbásicas de ordenación de las explotaciones porcinas, será de6.245,75 m3 anuales, equivalentes a 21.061,25 kg de Nitrógeno.La superficie agrícola vinculada a la explotación, necesaria parala valorización agronómica de este residuo, será la acreditadapor el promotor, un total de 245,74 ha, todas ellas de secano, delas que es titular Agrelo S. C. Esta superficie agrícola permane-cerá ligada de forma continua a la explotación mientras perma-nezca en activo. En caso de que se planteara la sustitución dealgunas parcelas, deberá notificarse con antelación esta circuns-tancia ante el Servicio Provincial de Medio Ambiente, acredi-tándose en todo caso de forma suficiente la relación entre lasnuevas superficies agrícolas a incorporar y la capacidad deasimilación de los estiércoles fluidos.

2.5.—Las aguas residuales producidas en la instalaciónserán conducidas a las fosa de estiércoles fluidos. Se tomaránlas medidas necesarias para evitar la llegada de aguas pluvia-

les y de escorrentía a la misma, la cual deberá disponer de unresguardo útil de 20 cm al menos para evitar desbordamientos.

2.6.—Según las estimaciones contenidas en el Plan deGestión de Residuos Ganaderos de Aragón la instalaciónproyectada producirá anualmente 145,25 kg de residuoszoosanitarios infecciosos y químicos (códigos 180202 y 180205del Código Europeo de Residuos). Estos residuos deberán seralmacenados, debidamente separados si es necesario, en con-tenedores homologados y serán entregados a gestor autoriza-do. El tiempo máximo de almacenamiento será de seis meses.El promotor deberá contar con el correspondiente documentode aceptación de estos residuos de forma previa al inicio de laactividad. Los residuos animales (cadáveres o sus partes,restos de autopsias, tejidos) serán igualmente retirados me-diante gestor autorizado para su eliminación o transforma-ción. La fosa de cadáveres existente únicamente podrá serutilizada como método de eliminación excepcional, en casosjustificados y siempre que cuente con la autorización de losServicios Veterinarios Oficiales. Otros residuos peligrososque puedan originarse en la explotación (baterías, lubricantes,etc) deberán ser igualmente entregados a un gestor autorizado.

2.7.—En el desarrollo de la actividad autorizada, y deacuerdo al artículo 22.1 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, deprevención y control integrados de la contaminación, se debe-rán aplicar las técnicas que se relacionan para garantizar laprotección de los suelos y de las aguas subterráneas, así comode la atmósfera, la biodiversidad y el paisaje:

a) La instalación contará con sistemas de aplicación de aguaa presión para la limpieza de las naves. Deberá establecerse unsistema de vigilancia y revisión diaria de los bebederos paraevitar pérdidas de agua, procediéndose de manera inmediataa su reparación en caso de detectarse fugas.

b) Se instalarán drenajes-testigo en la fosa de estiércol fluidopara vigilar posibles fugas por defectos o deterioro del recubri-miento impermeable de las mismas.

c) Las tierras en retirada de producción y aquellas destinadas apastizales no podrán ser objeto de la aplicación de deyecciones.

d) El promotor de la explotación deberá poseer y manteneral día para su control por la Administración un libro-registrode fertilización en el que quedarán anotadas las fechas, lascantidades de estiércol fluido aplicadas y las parcelas dedestino y su superficie, en las que se hayan distribuido lasdeyecciones en cada operación de abonado.

e) La aplicación de los estiércoles fluidos sobre las superfi-cies agrícolas se realizará en días sin viento, evitando asimis-mo los de temperaturas elevadas. Para su distribución en loscultivos se respetarán las distancias establecidas en el Decreto200/1997 por el que se aprueban las Directrices ParcialesSectoriales sobre Actividades Ganaderas y en el Real Decreto324/2000 por el que se establecen normas básicas de ordena-ción de las explotaciones porcinas. Siempre que sea posibledeberán enterrarse en un plazo no superior a 24 horas despuésde su aplicación para reducir las emisiones de nitrógeno a laatmósfera.

f) La instalación deberá integrarse todo lo posible con el entorno,para ello se utilizarán colores térreos en su pintura exterior y seplantarán setos o pantallas vegetales en todo su perímetro.

g) Los residuos inertes generados durante la construcción dela granja se llevarán a vertedero autorizado al concluir las obras.

h) La instalación deberá cumplir en cualquier caso todas lasmedidas preventivas, correctoras y protectoras que figuran enel Estudio de Impacto Ambiental presentado por el promotor,así como en el Plan de Vigilancia Ambiental.

i) En relación con las normas mínimas de bienestar animal,se tendrá en cuenta lo recogido en el Real Decreto 1135/2002,de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para laprotección de los cerdos.

2.8.—En aplicación del artículo 22.1.f de la Ley 16/2002,

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deberán tomarse las medidas necesarias para evitar impactosambientales y paisajísticos originados por el cese completo dela actividad, entre ellos la demolición de las edificacionesexistentes y la retirada a vertedero controlado de los escom-bros, el vaciado completo de la fosa de estiércoles y larestitución de los terrenos ocupados por la totalidad de lasinstalaciones.

2.9.—De forma previa a la entrada del ganado en lasinstalaciones resultantes de la ampliación y de su puesta enservicio, se realizará un acta de comprobación de las instala-ciones autorizadas y de su adecuación a la presente Resolu-ción. El acta podrá ser llevada a cabo por representantes dela Administración local o comarcal. Igualmente, de formaprevia al inicio de la actividad, el promotor queda obligadoa notificar dicha circunstancia a esta Dirección General, aefectos de su integración, si resulta procedente, en la progra-mación anual de inspecciones del Departamento de MedioAmbiente recogida en el Plan de Inspecciones en materia deCalidad Ambiental de la Comunidad Autónoma de Aragón,aprobado por Orden de 27 de mayo de 2003 del Departamen-to de Medio Ambiente.

3. La presente Autorización Ambiental Integrada se otorgacon una validez de 8 años, en caso de no producirse antesmodificaciones sustanciales en la instalación que obliguen a latramitación de una nueva autorización, o se incurra en algunode los supuestos de revisión anticipada de la presente Autori-zación previstos en la Ley 16/2002 de 1 de julio, de prevencióny control integrados de la contaminación. El titular de laactividad deberá solicitar la renovación de la AutorizaciónAmbiental Integrada 10 meses antes como mínimo del venci-miento del plazo de vigencia de la actual.

El tiempo transcurrido entre la publicación de la presenteAutorización y la notificación por parte del promotor delinicio de la actividad deberá ser inferior a dos años, de otraforma esta Autorización quedará anulada y sin efecto.

4. Esta Resolución se notificará en la forma prevista en laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de Enero y sepublicará en el «Boletín Oficial de Aragón» de acuerdo con loestablecido en el artículo 23.3 de la Ley 16/2002, de 1 de julio,de prevención y control integrados de la contaminación.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la víaadministrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante elExmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente en el plazo de un mesdesde la recepción de la presente notificación; si bien cabe suimpugnación directa mediante recurso contencioso adminis-trativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior deJusticia de Aragón en el plazo de dos meses desde la recepciónde la presente notificación, de acuerdo con el artículo 46.1 dela Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdiccióncontencioso-administrativa (BOE 167, de 14 de julio)

Zaragoza, a 23 de febrero de 2004.

La Directora General de Calidad Ambiental,MARTA PUENTE ARCOS

#RESOLUCION de 23 de febrero de 2004, de laDirección General de Calidad Ambiental, por laque se formula la Declaración de Impacto Ambien-tal y se otorga la autorización ambiental integradapara la actividad de ampliación de explotaciónporcina de cebo en el T.M. de Lécera (Zaragoza) ypromovida por D. Angel Sanmiguel Casaus.

$Visto el expediente tramitado en esta Dirección General

para la concesión de Autorización Ambiental Integrada, asolicitud de D. Angel Sanmiguel Casaus, resulta:

Antecedentes de hechoPrimero. Con fecha 4 de diciembre de 2002 tiene entrada el

Proyecto Básico para la solicitud de Autorización AmbientalIntegrada a nombre de D. Angel Sanmiguel Casaus, de laampliación en 1.222 plazas de una explotación porcina de cebohasta una capacidad final de 2.470 plazas, ubicada en la parcela25 del polígono 1 del término municipal de Lécera (Zaragoza).

Segundo. La ampliación de las instalaciones en los términossolicitados supondrá una modificación sustancial de las mis-mas, según el artículo 10 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, deprevención y control integrados de la contaminación, ya queimplica un incremento del 98% en la capacidad productiva dela granja e incrementos correlativos del consumo de recursosnaturales y de la producción de residuos asociados a laactividad, así como por superar, a resultas de la ampliación, ellímite establecido en el Anexo I de la Ley 16/2002. (2.000plazas para cerdos de cebo), por lo que debe tramitarse, deforma previa a la autorización sustantiva de la actividad, laAutorización Ambiental Integrada.

Tercero. En similares términos, la ampliación de la activi-dad solicitada quedaría incluida igualmente en el procedi-miento de Evaluación de Impacto Ambiental, en aplicación delo regulado en el Anexo II de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, demodificación del R.D.L. 1302/86, de 28 de junio, de Evalua-ción de Impacto Ambiental, si bien en base al artículo 11.4 dela mencionada Ley 16/2002, dicho procedimiento queda inte-grado en el de obtención de la Autorización Ambiental Inte-grada, por lo que en todo caso no resultaba procedente suvaloración preliminar y, en función de ello, su inclusión o noen el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

Cuarto. Con fecha 24 de abril de 2003 se requiere alpromotor para que amplíe o mejore ciertos aspectos de ladocumentación presentada en relación con la cuantificaciónde las emisiones a la atmósfera; las tecnologías y técnicas autilizar para prevenir, evitar o reducir dichas emisiones; elorigen, cantidades y sistemas de gestión de los residuoszoosanitarios y otros residuos peligrosos generados; informedel ayuntamiento de Lécera donde se acredite la compatibili-dad del proyecto con el planeamiento urbanístico y resumenno técnico de las indicaciones contenidas en el proyecto. Lacontestación a dicho requerimiento por parte del promotor seproduce a fecha 9 de mayo de 2003.

Quinto. Con fecha 2 de julio de 2003 se requiere al promotornuevamente para que presente informe del ayuntamiento deLécera donde se acredite la compatibilidad del proyecto con elplaneamiento urbanístico de este municipio. La recepción dedicho documento se produce con fecha 7 de julio de 2003.

Sexto. Con posterioridad se realiza el periodo de informa-ción pública preceptivo para ambos procedimientos medianteanuncio publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» nº 102,de 22 de agosto de 2003, notificándose lo anterior al Ayunta-miento de Lécera. Transcurrido el plazo reglamentario, no seprodujeron alegaciones de particulares.

Séptimo. Se solicitó informe a la Dirección General deProducción Agraria del Departamento de Agricultura, la cuallo emitió, con fecha 4 de noviembre de 2003 siendo favorablea la explotación proyectada en cuanto a ubicación, infraestruc-tura sanitaria, bienestar animal y gestión de residuos.

Se recibe certificado del ayuntamiento de Lécera haciendoconstar el acuerdo municipal de 17 de octubre de 2003adoptado para informar favorablemente el expediente en elsentido de conceder la licencia de actividad solicitada.

Posteriormente, con fecha 7 de noviembre de 2003 sesolicitó el informe preceptivo al Ayuntamiento de Lécerasobre la adecuación de la instalación a todos aquellos aspectosde su competencia, según el art. 18 de la Ley 16/2002, y enparticular en relación al suministro de agua a partir de la redmunicipal, no habiendo recibido contestación al respecto.

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BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2447

Se convoca a trámite de audiencia al interesado según loprevisto en el artículo 20 de la Ley 16/2002 a través decomunicación enviada al promotor el 15 de enero de 2.004, nohabiéndose producido la comparecencia del mismo. A su vez,notificado el borrador de la presente Resolución al Ayunta-miento de Lécera, no se ha manifestado en contra del condicio-nado impuesto en la misma.

Octavo. A la vista del expediente y de los antecedentesexpuestos, la instalación ganadera objeto de la presente reso-lución, tiene las siguientes características:

1-El emplazamiento exacto de la instalación viene definidopor las siguientes coordenadas U.T.M.: X = 692.642 e Y =4.566.641. No se ubica en el interior de espacio naturalprotegido ni espacio de la Red Natura 2000, tampoco existeningún espacio protegido cercano que pueda sufrir una afec-ción significativa a causa de la actividad de la misma. Delmismo modo, el emplazamiento no está afectado por planes derecuperación de especies de flora o fauna amenazadas.

2- El emplazamiento no se localiza en Zona Vulnerable a lacontaminación de las masas de agua por nitratos de origenagrario.

3-La instalación proyectada cumple la normativa sobredistancias mínimas a otras instalaciones ganaderas de lamisma y de otras especies, y a otros elementos destacados delterritorio (núcleos de población, abastecimientos de agua,masas y cursos de agua, etc.).

4- La zona donde se prevé ubicar la granja corresponde porotra parte a un área agrícola con presencia de cultivos desecano. Está localizada en la cuenca del río Aguasvivas, a unadistancia aproximada en línea recta de este curso fluvial de5.500 m por su margen derecha, y estando la red hidrológicalocal formada por barrancos y cursos de agua temporalestributaria de este río. Según la cartografía de la ConfederaciónHidrográfica del Ebro el área se encuentra dentro de la unidadhidrogeológica nº 51 «Campo de Belchite».

Fundamentos JurídicosPrimero. El Decreto 50/2000, de 14 de marzo, por el que se

aprueba la estructura orgánica del Departamento de MedioAmbiente, modificado por el Decreto 54/2003, de 11 demarzo, del Gobierno de Aragón, atribuye la competencia paraotorgar las Autorizaciones Ambientales Integradas y formularlas Declaraciones de Impacto Ambiental a la Dirección Gene-ral de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Am-biental, en la actualidad Dirección General de Calidad Am-biental, del Departamento de Medio Ambiente por Decreto137/2003, de 22 de julio del Gobierno de Aragón por el que sedesarrolla la estructura orgánica básica de la Administraciónde la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo. Durante esta tramitación se ha seguido el procedi-miento de la Ley 16/2002 de 1 de julio, de prevención y controlintegrados de la contaminación y la Ley 30/1992 y demásnormativa de general aplicación. Con arreglo al artículo 11.4de la Ley 16/2002 se ha incluido en este procedimiento lasactuaciones en materia de evaluación del impacto ambiental,reguladas en la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación delReal Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, deEvaluación de Impacto Ambiental, en el procedimiento deotorgamiento de la autorización ambiental integrada.

Tercero. La pretensión suscitada es admisible para obtenerla Autorización Ambiental Integrada de conformidad con elProyecto Básico aportado, si bien la autorización concedidaqueda condicionada por las prescripciones técnicas que seindican en la parte dispositiva de esta resolución.

Vistos, la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención ycontrol integrados de la contaminación, la Ley 6/2001, de 8de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Am-

biental, el Decreto 200/1997, por el que se aprueban lasDirectrices Parciales Sectoriales sobre Actividades e Insta-laciones Ganaderas, el Real Decreto 324/2000, por el que seestablecen normas básicas de ordenación de las explotacio-nes porcinas, el Decreto 50/2000, de 14 de marzo, delGobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructuraorgánica del Departamento de Medio Ambiente y sus modi-ficaciones en Decreto 54/2003, de 11 de marzo, del Gobiernode Aragón, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de modifica-ción de la Ley 30/1992, el Decreto Legislativo 2/2001, de 3de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba eltexto refundido de la Ley de la Administración de la Comu-nidad Autónoma de Aragón y el Decreto Legislativo 1/2001,de 3 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de laLey del Presidente y del Gobierno de Aragón, y demásdisposiciones de general aplicación, se resuelve:

1. A efectos de lo previsto en la Ley 6/2001, de 8 de mayo,de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, se formula,a los solos efectos ambientales, Declaración de Impacto Am-biental compatible del proyecto presentado, supeditada alcumplimiento del condicionado ambiental que se incluye en lapresente Resolución.

2. Otorgar la Autorización Ambiental Integrada a D. AngelSanmiguel Casaus para explotación porcina de cebo de 1.248plazas y su ampliación en 1.222 plazas más hasta una capaci-dad total de 2.470 plazas. La explotación se ubica en la parcela25 del polígono 1 del T.M. de Lécera (Zaragoza). Esta parcelatiene una superficie total de 7.060 m2. Dicha autorización seotorga con el siguiente condicionado:

2.1.—Las instalaciones existentes en la actualidad son unanave-cebadero de dimensiones similares a la que se construyecomo ampliación, una fosa de purines de 428,75 m3 decapacidad y una caseta utilizada como almacén y vestuario dedimensiones 7 x 3,8 m y 26,6 m2 de superficie. Disponeademás de fosa de cadáveres de 12,4 m3, vado sanitario yvallado perimetral de la explotación. Para realizar la amplia-ción se construirá una nave de 72 x 14,48 m de planta y 3,10m de altura en alero con lo que la superficie total edificada seráde 2.112 m2. Se ampliará asimismo la balsa de estiércolesfluidos (E.F.P.) hasta alcanzar los 1.385 m3 de capacidad,tendrá unas dimensiones interiores de 30,00 x 20,00 m y estaráexcavada con talud 1:1 hasta una profundidad de 3,5 m. Estabalsa estará impermeabilizada mediante una capa de hormi-gón gutinado de 10 cm de espesor, tanto en talud como enfondo, según proyecto. Además estará vallada perimetralmen-te. Las deyecciones se recogerán mediante fosas situadas bajolas rejillas de cada emplazamiento y delimitadas mediantemuros de hormigón en masa de 15 cm de espesor, posterior-mente se conducirán mediante colector a la balsa de E.F.P. Seconstruirá además una nueva fosa de cadáveres de dimensio-nes interiores 3,1 x 2 m y 2 m de profundidad (24,8 m3),fabricada mediante muros de bloque de hormigón hidrofugadoy solera de hormigón en masa, contando con tapa de metálicade seguridad. Por último se equipará el vado de desinfeccióncon un sistema de agua a presión con electromotor, depósitopara desinfectante y manguera de alta presión, para la desin-fección del resto del vehículo.

2.2..—El consumo de agua asociado a la totalidad de laexplotación, se establece en 7.237,65 m3/año, procedente de lared municipal. La potencia eléctrica a instalar será de 3 kW. Elsuministro eléctrico se realizará mediante un grupo electróge-no, con un consumo de 2,5 litros de gasoil diarios. Los límitesde emisión de contaminantes a la atmósfera ocasionados poreste grupo electrógeno no superarán los valores siguientes: 4g/Nm3 de NOx y 1 g/Nm3 de CO. Estos valores se comproba-

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rán cada 5 años por Organismo de Control Autorizado norequiriéndose una medición inicial a la puesta en funciona-miento del mismo.

2.3.—Las emisiones a la atmósfera producidas por el con-junto de la explotación serán de 11.115 kg/año de metano,15.783 kg/año de amoníaco y 49 kg/año de óxido nitroso.Estos valores se han estimado a partir de los índices de emisiónde las actividades ganaderas propuestos por el PanelIntergubernamental sobre el Cambio Climático. En aplicacióndel Reglamento (CE) nº 1950/97, del Consejo (ReglamentoEPER) y el artículo 8 de la Ley 16/2002, tras el primer año defuncionamiento de la instalación, y anualmente con posterio-ridad, el promotor deberá notificar a esta Dirección Generallas emisiones anuales de los tres gases referenciados produci-das en la instalación.

2.4.—El volumen estimado de deyecciones ganaderas pro-ducidas en la instalación, de acuerdo a los índices incluidos enel R.D. 324/2.000, de 3 de marzo, por el que se establecennormas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas,será de 5.311 m3 anuales, equivalentes a 17.908 kg de nitróge-no. La superficie agrícola vinculada a la explotación, necesa-ria para la valorización agronómica de este residuo, será laacreditada por el promotor, un total de 145,97 ha, todas ellasen secano y de las que son titulares D. Ramón Vidao Aznar yD. Mariano Alegre Canfrán. Esta superficie agrícola permane-cerá ligada de forma continua a la explotación mientraspermanezca en activo. En caso de que se planteara la sustitu-ción de algunas parcelas, deberá notificarse con antelaciónesta circunstancia ante el Servicio Provincial de Medio Am-biente, acreditándose en todo caso de forma suficiente larelación entre las nuevas superficies agrícolas a incorporar yla capacidad de asimilación de los estiércoles fluidos.

2.5.—Las aguas residuales producidas en la instalaciónserán conducidas a la fosa de estiércoles fluidos. Se tomaránlas medidas necesarias para evitar la llegada de aguas pluvia-les y de escorrentía a la misma. Esta fosa deberá contar con unresguardo útil de 20 cm al menos para evitar desbordamientos.

2.6.—Según las estimaciones contenidas en el Plan deGestión de Residuos Ganaderos de Aragón la instalaciónproyectada producirá anualmente 123,50 kg de residuoszoosanitarios infecciosos y químicos (códigos 18 02 02 y 1802 05 del Código Europeo de Residuos). Estos residuosdeberán ser almacenados, debidamente separados si es nece-sario, en contenedores homologados y serán entregados agestor autorizado. El tiempo máximo de almacenamiento seráde seis meses. El promotor deberá contar con el correspon-diente documento de aceptación de forma previa al inicio dela actividad. Los residuos animales (cadáveres o sus partes,restos de autopsias, tejidos) serán igualmente retirados me-diante gestor autorizado para su eliminación o transforma-ción. Las fosas de cadáveres existentes únicamente podrán serutilizadas como método de eliminación excepcional, en casosjustificados y siempre que cuente con la autorización de losServicios Veterinarios Oficiales. Otros residuos peligrososque puedan originarse en la explotación (baterías, lubricantes,etc) deberán ser igualmente entregados a un gestor autorizado.

2.7.—En el desarrollo de la actividad autorizada, y deacuerdo al artículo 22.1 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, deprevención y control integrados de la contaminación, se debe-rán aplicar las técnicas que se relacionan para garantizar laprotección de los suelos y de las aguas subterráneas, así comode la atmósfera, la biodiversidad y el paisaje:

a) La instalación contará con sistemas de aplicación de aguaa presión para la limpieza de las naves, así como con tempo-rizadores para disminuir el consumo eléctrico en alumbrado ysistemas de ventilación de las naves si procede. Deberá esta-blecerse un sistema de vigilancia y revisión diaria de losbebederos para evitar pérdidas de agua, procediéndose de

manera inmediata a su reparación en caso de detectarse fugas.b) Se instalará un drenaje-testigo en la fosa de estiércol

fluido para vigilar posibles fugas por defectos o deterioro delrecubrimiento impermeable de las mismas.

c) Las tierras en retirada de producción y aquellas destinadas apastizales no podrán ser objeto de la aplicación de deyecciones.

d) El promotor de la explotación deberá poseer y manteneral día para su control por la Administración un libro-registrode fertilización en el que quedarán anotados las fechas, lascantidades de estiércol fluido, las parcelas de destino y susuperficie en las que se han distribuido las deyecciones.

e) La aplicación de los estiércoles fluidos sobre las superfi-cies agrícolas se realizará en días sin viento, evitando asimis-mo los de temperaturas muy elevadas. Para su distribución enlos cultivos se respetarán las distancias establecidas en elDecreto 200/1997 por el que se aprueban las DirectricesParciales Sectoriales sobre Actividades Ganaderas y en elReal Decreto 324/2000 por el que se establecen normasbásicas de ordenación de las explotaciones porcinas. Siempreque sea posible deberán enterrarse en un plazo no superior a 24horas después de su aplicación para reducir las emisiones denitrógeno a la atmósfera.

f) La instalación deberá integrarse todo lo posible con el entorno,para ello se utilizarán colores térreos en su pintura exterior y seplantarán setos o pantallas vegetales en todo su perímetro utilizandoespecies adaptadas a las condiciones de la zona.

g) Los residuos inertes generados durante la construcción dela granja se llevarán a vertedero autorizado al concluir lasobras.

h) La instalación deberá cumplir en cualquier caso todas lasmedidas preventivas, correctoras y protectoras que figuran enel Proyecto Básico y Proyecto Técnico presentados por elpromotor.

i) En relación con las normas mínimas de bienestar animal,se tendrá en cuenta lo recogido en el Real Decreto 1135/2002,de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para laprotección de los cerdos.

2.8.—En aplicación del artículo 22.1.f de la Ley 16/2002,deberán tomarse las medidas necesarias para evitar impactosambientales y paisajísticos originados por el cese completo dela actividad, entre ellos la demolición de las edificacionesexistentes y la retirada a vertedero controlado de los escombros,el vaciado completo de la fosa de estiércoles y la restitución delos terrenos ocupados por la totalidad de las instalaciones.

2.9.—De forma previa a la entrada del ganado en lasinstalaciones resultantes de la ampliación y de su puesta enservicio, se realizará un acta de comprobación de las instala-ciones autorizadas y de su adecuación a la presente Resolu-ción. El acta podrá ser llevada a cabo por representantes de laAdministración local o comarcal. Igualmente, de forma previaal inicio de la actividad, el promotor queda obligado a notificardicha circunstancia a esta Dirección General, a efectos de suintegración, si resulta procedente, en la programación anual deinspecciones del Departamento de Medio Ambiente recogidaen el Plan de Inspecciones en materia de Calidad Ambiental dela Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Orden de27 de mayo de 2003 del Departamento de Medio Ambiente.

3. La presente Autorización Ambiental Integrada se otorgacon una validez de 8 años, en caso de no producirse antesmodificaciones sustanciales en la instalación que obliguen a latramitación de una nueva autorización, o se incurra en algunode los supuestos de revisión anticipada de la presente Autori-zación previstos en la Ley 16/2002 de 1 de julio, de prevencióny control integrados de la contaminación. El titular de laactividad deberá solicitar la renovación de la AutorizaciónAmbiental Integrada 10 meses antes como mínimo del venci-miento del plazo de vigencia de la actual.

El tiempo transcurrido entre la publicación de la presente

BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2449

Autorización y la notificación por parte del promotor delinicio de la actividad deberá ser inferior a dos años, de otraforma esta Autorización quedará anulada y sin efecto.

4. Esta Resolución se notificará en la forma prevista en laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de Enero y sepublicará en el «Boletín Oficial de Aragón» de acuerdo con loestablecido en el artículo 23.3 de la Ley 16/2002, de 1 de julio,de prevención y control integrados de la contaminación.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la víaadministrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante elExmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente en el plazo de un mesdesde la recepción de la presente notificación; si bien cabe suimpugnación directa mediante recurso contencioso adminis-trativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior deJusticia de Aragón en el plazo de dos meses desde la recepciónde la presente notificación, de acuerdo con el artículo 46.1 dela Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdiccióncontencioso-administrativa (BOE 167, de 14 de julio).

Zaragoza, a 23 de febrero de 2004.

La Directora General de Calidad Ambiental,MARTA PUENTE ARCOS

#RESOLUCION de 25 de febrero de 2004, de laDirección General de Calidad Ambiental, por laque se formula la Declaración de Impacto Ambien-tal de la Cantera «Sancho», en el término munici-pal de Mosqueruela (Teruel), promovida por la D.Urbano Robres García.

$El promotor D. Urbano Robres García ha solicitado autori-

zación para la extracción de recursos de la Sección A), piedracaliza, de la Cantera «Sancho», en el término municipal deMosqueruela (Teruel).

De acuerdo con el Anexo I, Grupo 9 (Otros proyectos),apartado b) (Actividades que se desarrollen en zonas especial-mente sensibles, designadas en aplicación de la Directiva 79/409/CEE, del Consejo, de 2 de abril, relativa a la conservaciónde las aves silvestres, y de la Directiva 92/43/CEE, delConsejo, de 21 de mayo, relativa a la conservación de loshábitats naturales y de la fauna y flora silvestres), punto 6º dela Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real DecretoLegislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación deImpacto Ambiental, deben someterse a dicho procedimientolas «Explotaciones y frentes de una misma autorización oconcesión a cielo abierto de yacimientos minerales y demásrecursos geológicos de las secciones A, B, C y D, cuyoaprovechamiento está regulado por la Ley de Minas y norma-tiva complementaria, cuando la superficie del terreno afectadopor la explotación supere las 2,5 Ha».

La Cantera «Sancho» está dentro del LIC ES2420126Maestrazgo y Sierra de Gúdar por lo que, según el Es.I.A.,debe someterse a Evaluación de Impacto Ambiental.

El artículo 2 del Decreto 45/1994, de 4 de marzo, de laDiputación General de Aragón, de Evaluación de ImpactoAmbiental, designa al Departamento de Medio Ambientecomo el órgano ambiental de la Comunidad Autónoma deAragón encargado de formular las Declaraciones de ImpactoAmbiental. En el Decreto 54/2003, de 11 de marzo («BoletínOficial de Aragón» de 2 de mayo de 2003), del Gobierno deAragón, por el que se modifica el Decreto 50/2000, de 14 demarzo, por el que se aprueba la estructura orgánica del Depar-tamento de Medio Ambiente, se indica que corresponde a laDirección General de Calidad, Evaluación, Planificación yEducación Ambiental (denominada Dirección General deCalidad Ambiental a partir del Decreto 137/2003, de 22 de

julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla laestructura orgánica básica de la Administración de la Comu-nidad Autónoma de Aragón) la formulación de la Declaraciónde impacto ambiental.

Durante el procedimiento se realizó el periodo de informa-ción pública de este expediente mediante anuncio publicadoen el «Boletín Oficial de Aragón» nº 102, de 22 de agosto de2003, por el que se abría el periodo de información pública delcitado Estudio de Impacto Ambiental, notificándose al Ayun-tamiento de Mosqueruela (Teruel). A su vez se invitó ainformar a la Dirección General de Medio Natural y a laDirección General de Patrimonio Cultural. En este período nose produjeron alegaciones.

Recibidos los informes de la Dirección General de Patrimo-nio Cultural y de la Dirección General de Medio Natural, confecha 17 de diciembre de 2003 se concedió al promotor elcorrespondiente trámite de audiencia.

Con fecha 6 de febrero de 2004 se envió al Ayuntamiento deMosqueruela (Teruel) un borrador de la presente Resolución,con el objeto de que aportara cualquier objeción o manifestarasu conformidad. Transcurrido el plazo otorgado no se harecibido objeción alguna.

Visto el Estudio de Impacto Ambiental de la Cantera «San-cho», en el término municipal de Mosqueruela (Teruel) pro-movida por D. Urbano Robres García; el expediente adminis-trativo incoado al efecto; el Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio; el Real Decreto 1131/1988, de 30 deseptiembre, por el que se aprueba el Reglamento para laejecución del R.D.L. 1302/86; la Ley 6/2001, de 8 de mayo, demodificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental; el Decreto 45/1994, de 4 de marzo, de la Diputación General de Aragón, deEvaluación de Impacto Ambiental; el Decreto 50/2000, de 14de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba laestructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente,modificado por el Decreto 54/2003, de 11 de marzo, delGobierno de Aragón; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común; la Ley 4/1999, demodificación de la Ley 30/1992; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley de la Administración dela Comunidad Autónoma de Aragón, y demás legislaciónconcordante, formulo la siguiente:

Declaración de impacto ambientalA los solos efectos ambientales, la Evaluación de Impacto

Ambiental de la Cantera «Sancho», en el término municipal deMosqueruela (Teruel), promovida por D. Urbano RobresGarcía, resulta compatible y condicionada al cumplimiento delos siguientes requisitos:

Condicionado ambiental:1) La explotación se limitará en todo caso a la Parcela 1 del

Polígono 92 del Termino Municipal de Mosqueruela (Teruel),siempre que no se afecten a zonas arboladas con densidadsuperior a 100 pies/ha, lo cual puede equivaler a zonas con unaseparación entre árboles de 10 m o menos.

2) Previamente al inicio de la explotación, se deberándelimitar y balizar con precisión las superficies a afectar(definidas en el condicionado anterior), contando con la pre-sencia de personal técnico del Servicio Provincial de MedioAmbiente de Teruel.

3) Los estériles utilizados para rellenar el hueco serán conve-nientemente compactados para evitar la formación de grandeshuecos entre piedras que dificulten el arraigo de la vegetación.

4) No se afectará a las vías pecuarias próximas a la zona deexplotación.

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5) Se evitará el vertido de cualquier tipo de residuos peligrosos.6) Con anterioridad a cualquier remoción del terreno se

realizarán prospecciones paleontológicas y arqueológicas in-tensivas y sistemáticas en toda la zona afectada por la explo-tación, así como las zonas que puedan verse afectadas porobras subsidiarias.

7) En los trabajos de prospecciones paleontológicas y arqueo-lógicas se contemplará la valoración de la importancia, la delimi-tación de la extensión y el grado de afección de los yacimientosque puedan localizarse como fruto de dichas prospecciones.

8) Todas las actuaciones en materia de Patrimonio Paleon-tológico y Arqueológico deberán ser realizadas por personaltécnico cualificado, siendo coordinadas y supervisadas por losServicios Técnicos del Departamento de Cultura y Turismo dela Diputación General de Aragón. El informe de dichostrabajos deberá ser remitido al Servicio de Patrimonio Ar-queológico, Paleontológico y Parque Culturales, y será inclui-do en la redacción del proyecto definitivo una vez que hayansido valoradas por la citada Dirección General.

9) Se aprovecharán al máximo los caminos existentes dellegada a la zona de explotación, realizando un adecuadomantenimiento de los mismos y evitando el paso de la maqui-naria por aquellos terrenos con vegetación natural; se señali-zarán o balizarán adecuadamente las zonas de paso.

10) Se controlará, mediante riego, la suspensión de polvo enoperaciones de arranque, carga y transporte, prestando espe-cial atención a las plazas y pistas de rodadura, según se regulaen la Instrucción Técnica Complementaria del Ministerio deIndustria, I.T.C. 07.1.04.

11) Se incorporarán al Plan de Restauración de la explota-ción, preceptivo conforme al Decreto 98/1994, de 26 de abril,de la Diputación General de Aragón, sobre normas de protec-ción del Medio Ambiente de aplicación a las actividadesextractivas en la Comunidad Autónoma de Aragón, las medi-das preventivas y correctoras reseñadas en el presente Estudiode Impacto Ambiental así como las mejoras que aparezcancomo consecuencia de los anteriores condicionantes.

12) En caso de paralización temporal de la explotación de laparcela por un período superior a un año, y sin perjuicio de quese vuelva a explotar, se procederá a ejecutar el correspondientePlan de Restauración, preceptivo según el Decreto 98/1994,de la Diputación General de Aragón.

13) No podrá abandonarse en la zona, tras finalizar laexplotación o en caso de paralización temporal por un periodosuperior a un año, material o maquinaria empleada en laslabores de extracción.

14) Se desarrollará el Plan de Vigilancia que figura en elEstudio de Impacto Ambiental, adaptándolo y ampliándolo alas determinaciones del presente condicionado. La vigenciadel Plan se prolongará hasta tres años después de terminada laexplotación, al objeto de garantizar la efectividad de lo dis-puesto en la Declaración de Impacto Ambiental.

Zaragoza, a 25 de febrero de 2004.

La Directora General de Calidad Ambiental,MARTA PUENTE ARCOS

#RESOLUCION de 25 de febrero de 2004, de laDirección General de Calidad Ambiental, por laque se formula la Declaración de Impacto Ambien-tal del Anteproyecto de Transformación en Riegopor goteo de la Comunidad de Regantes «CruzAlta» en Ainzón (Zaragoza), promovido porSIRASA (Sociedad de Infraestructuras RuralesAragonesas, S. A.)

$El Anteproyecto de Transformación en Riego por goteo de

la Comunidad de Regantes «Cruz Alta» en Ainzón (Zarago-

za), promovido por SIRASA (Sociedad de InfraestructurasRurales Aragonesas, S. A.), abarca una superficie de 826hectáreas, por lo que cumple con uno de los supuestos some-tidos al Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental,en aplicación del Anexo 1 de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, demodificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

El artículo 2 del Decreto 45/1994, de 4 de marzo, de laDiputación General de Aragón, de Evaluación de ImpactoAmbiental, designa al Departamento de Medio Ambientecomo el órgano ambiental de la comunidad autónoma deAragón encargado de formular las Declaraciones de ImpactoAmbiental. En el Decreto 54/2003, de 11 de marzo, delGobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 50/2000, de 14 de marzo, por el que se aprueba la estructuraorgánica del Departamento de Medio Ambiente, se indica quecorresponde a la Dirección General de Calidad, Evaluación,Planificación y Educación Ambiental (denominada DirecciónGeneral de Calidad Ambiental a partir del Decreto 137/2003,de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrollala estructura orgánica básica de la Administración de laComunidad Autónoma de Aragón) la formulación de la De-claración de Impacto Ambiental.

Mediante Anuncio de la Dirección General de EstructurasAgrarias publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» nº 6, de17 de enero de 2003, se abrió el periodo de informaciónpública del citado Anteproyecto de Transformación en Rega-dío y de su Estudio de Impacto Ambiental, durante un plazo de30 días hábiles. Este trámite se comunicó al Ayuntamiento deAinzón (Zaragoza). A su vez se invitó a informar a la Direc-ción General de Medio Natural, a la Dirección General dePatrimonio Cultural, al Instituto Aragonés del Agua y a laConfederación Hidrográfica del Ebro. Durante este periodono se produjeron alegaciones.

Recibidos todos los informes, se redactó un borrador de laResolución de Declaración de Impacto Ambiental del Ante-proyecto de Transformación en Riego por goteo promovidopor SIRASA, que se envió al Ayuntamiento de Ainzón (Zara-goza) con fecha 6 de febrero de 2004, para que diera suconformidad en un plazo de 10 días o presentara las observa-ciones y propuestas que considerara procedentes. Transcurri-do dicho plazo, no se ha recibido en esta Dirección Generalalegación alguna, por lo que se entiende que no existe oposi-ción del citado Ayuntamiento a la Declaración de ImpactoAmbiental del anteproyecto de puesta en regadío.

Vistos el Estudio de Impacto Ambiental del Anteproyectode Transformación en Riego por goteo de la Comunidad deRegantes «Cruz Alta» en Ainzón (Zaragoza); el expedienteadministrativo incoado al efecto; el Real Decreto Legislativo1302/1986, de 28 de junio, modificado parcialmente por laLey 6/2001, de 8 de mayo; el Real Decreto 1131/1988, de 30de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para laejecución del R.D.L. 1302/1986; el Decreto 45/1994, de 4 demarzo, de la Diputación General de Aragón, de Evaluación deImpacto Ambiental; el Decreto de 7 de julio de 2003, de laPresidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica laorganización en Departamentos de la Administración de laComunidad Autónoma de Aragón; el Decreto 137/2003, de 22de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla laestructura orgánica básica de la Administración de la Comu-nidad Autónoma de Aragón; el Decreto 54/2003, de 11 demarzo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica elDecreto 50/2000, de 14 de marzo, por el que se aprueba laestructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente; laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común; la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992;la Ley 11/1996, de 30 de diciembre, de la Administración de

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BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2451

la Comunidad Autónoma de Aragón, y demás legislaciónconcordante, se resuelve formular la siguiente:

Declaración de impacto ambientalA los solos efectos ambientales, la Evaluación de Impacto

Ambiental del Anteproyecto de Transformación en Riego porgoteo de la Comunidad de Regantes «Cruz Alta» en Ainzón(Zaragoza), promovido por SIRASA (Sociedad de Infraes-tructuras Rurales Aragonesas, S. A.), resulta compatible ycondicionada al cumplimiento de los siguientes requisitos.

Condicionado ambiental1.—Tal y como se indica y desarrolla en el Estudio de

Impacto Ambiental y en el anejo remitidos, se adoptará laAlternativa 1, limitándose la superficie de afección a las 826Ha previstas y ajustándose la red de riego y la línea eléctricaasí como la ubicación de los embalses a lo descrito en ladocumentación aportada.

2.—Las medidas preventivas, correctoras y compensatorias(tanto para la transformación como para la línea eléctrica)contempladas tanto en el Estudio de Impacto Ambiental comoen el anejo así como las indicadas en este condicionado, seincluirán en el Proyecto definitivo con su correspondientepartida en el presupuesto.

3.—La realización de obras o trabajos en el dominio públicohidráulico y en sus zonas de servidumbre y de policía, reque-rirá autorización administrativa previa del Organismo deCuenca. En este sentido, se evitará la afección al barranco deLa Peñezuela, que limita la superficie de transformación porel oeste-noroeste.

4.—Previamente al inicio de cualquier obra o remoción delterreno (desmontes, movimientos de tierras, creación de zan-jas o pistas,...), o en la fase definitiva de redacción delproyecto, se deberá realizar una prospección arqueológica ypaleontológica intensiva; si fruto de dichas prospecciones selocalizara algún yacimiento arqueológico o hallazgo paleon-tológico, se efectuará una valoración preliminar (importancia,delimitación de la extensión y grado de afección de losyacimientos) y se procederá a su conservación, protección oexcavación y documentación si fuera necesario.

Todos los hallazgos encontrados se situarán correctamenteen la cartografía realizada a tal efecto, haciendo constar tantolos yacimientos (localizados a la mejor escala posible) comofotografías de cada uno de ellos y las medidas de protección,investigación,... que deban adoptarse en cada caso. Todos lostrabajos en materia de arqueología y paleontología deberán serrealizados por personal técnico cualificado, siendo coordina-dos y supervisados por los servicios técnicos del Departamen-to de Educación, Cultura y Deporte; el informe resultante dedichos trabajos deberá ser remitido al Servicio de PatrimonioArqueológico, Paleontológico y de Parques Culturales.

5.—Los caminos de tierra construidos para el acceso a lasobras y emplazamientos de equipos y materiales que no seannecesarios para la explotación o mantenimiento de aquellashabrán de ser inutilizados y restaurados. Los que hayan depermanecer en servicio serán objeto de trabajos de integraciónpaisajística mediante siembra hidráulica o plantaciones arbus-tivas con especies autóctonas en los taludes.

6.—En caso de generar materiales sobrantes inertes, serealizará un estudio específico, a incluir en el proyecto defini-tivo y que se someterá a la aprobación previa de la DirecciónGeneral de Calidad Ambiental, donde se localizarán los ver-tederos del material sobrante, valorando especialmente lasafecciones sobre la vegetación y la estabilidad de la masavertida y proponiendo medidas correctoras concretas paracada ubicación.

7.—Se retirarán obligatoriamente por gestor autorizado deresiduos peligrosos los aceites usados y cualquier otro residuo

calificado como tal procedente de la ejecución del proyecto.Los residuos asimilables a urbanos generados durante la fasede obra serán depositados por la empresa adjudicataria envertederos autorizados.

8.—Se desarrollará el Programa de Vigilancia Ambientalque figura en el Estudio de Impacto Ambiental, adaptándoloy ampliándolo a las determinaciones del presente condiciona-do.

9.—Se tramitará la autorización correspondiente ante elServicio Provincial de Medio Ambiente de Zaragoza en casode afección a las Vías Pecuarias existentes en la zona: Coladade Ambel y Vereda del Camino Viejo a Zaragoza.

Zaragoza, 25 de febrero de 2004.

La Directora General de Calidad Ambiental,MARTA PUENTE ARCOS

#RESOLUCION de 25 de febrero de 2004, de laDirección General de Calidad Ambiental, por laque se formula la Declaración de Impacto Ambien-tal del Proyecto de la Zona de ConcentraciónParcelaria de Magallón, subperímetro secano (Za-ragoza), y promovido por el Departamento de Agri-cultura y Alimentación.

$El Departamento de Agricultura y Alimentación, como

promotor de la actuación, ha presentado en el Departamentode Medio Ambiente en relación con el expediente de la Zonade Concentración Parcelaria de Magallón, Subperímetro Se-cano (Zaragoza), el correspondiente Estudio de ImpactoAmbiental.

Según el Anexo I de la Ley 6/2001 de 8 de mayo, demodificación del Real Decreto legislativo 1302/1986, de 28 dejunio, de Evaluación de Impacto Ambiental, los Proyectoscomprendidos en el Grupo 9 «Otros Proyectos», apartado b),se deben someter a procedimiento de evaluación de impactoambiental cuando se desarrollen en zonas especialmente sen-sibles en aplicación de la Directiva 92/43/CEE, del Consejo,de 21 de mayo, relativa a la conservación de los hábitatsnaturales y de la flora y fauna silvestres, en concreto, lasconcentraciones parcelarias. El presente proyecto de concen-tración parcelaria se desarrolla dentro del ámbito territorialdefinido para el Lugar de Importancia Comunitario (LIC)denominado «Monte Alto y Siete Cabezos» (ES2430086),designado en aplicación de la citada Directiva 92/43/CEE.

De acuerdo con las competencias atribuidas a la DirecciónGeneral de Calidad Ambiental del Departamento de MedioAmbiente en el Decreto 54/2003, de 11 de marzo, del Gobier-no de Aragón, por el que se modifica el Decreto 50/2000, de14 de marzo, por el que se aprueba la estructura orgánica delDepartamento de Medio Ambiente, y del Decreto 137/2003,de 22 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrollala estructura orgánica básica de la Administración de laComunidad Autónoma de Aragón, se designó a la DirecciónGeneral de Calidad Ambiental como encargada de formularlas Declaraciones de Impacto Ambiental.

En el «Boletín Oficial de Aragón» nº 6 de 17.1.03, se publicóel Anuncio del Servicio Provincial de Agricultura de Zarago-za, por el que se abre el periodo de encuesta del proyecto deconcentración parcelaria de la zona de Magallón-Secano(Zaragoza), y se somete a información pública el correspon-diente estudio de impacto ambiental. Con fecha 4.11.03 seremitió por la Dirección General de Desarrollo Rural delDepartamento de Agricultura y Alimentación, los resultadosde la información pública junto con los informes solicitados ala Dirección General de Medio Natural y a la DirecciónGeneral de Patrimonio Cultural. Durante el periodo de infor-mación pública no se produjeron alegaciones. Asimismo, se

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2452 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

ha notificado al Ayuntamiento de Magallón la propuesta deResolución de declaración de impacto ambiental para quemanifieste su conformidad o por el contrario, se presenten lasobservaciones y propuestas que consideren procedentes.

Visto el Estudio de Impacto Ambiental presentado para esteProyecto; el Informe elaborado por el Servicio de PrevenciónAmbiental; el expediente administrativo incoado al efecto; laLey 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decretolegislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación deImpacto Ambiental; el Real Decreto 1131/1988, de 30 deseptiembre, por el que se aprueba el Reglamento para laejecución del R.D.L. 1302/86; el Decreto 45/1994, de 4 demarzo, de la Diputación General de Aragón, de Evaluación deImpacto Ambiental; La ley 37/2003, de 17 de noviembre, delRuido, el Decreto 50/2000, de 14 de marzo, del Gobierno deAragón, por el que se aprueba la estructura orgánica delDepartamento de Medio Ambiente y sus modificaciones enDecreto 54/2003, de 11 de marzo, del Gobierno de Aragón, asícomo la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común; la Ley 4/1999, de modificación dela Ley 30/1992; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio,del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el textorefundido de la Ley de la Administración de la ComunidadAutónoma de Aragón, y demás legislación concordante, for-mulo la siguiente:

Declaración de impacto ambientalA los solos efectos ambientales, la Evaluación de Impacto

Ambiental del Proyecto de la Zona de Concentración Parcela-ria de Magallón, Subperímetro Secano (Zaragoza), y promo-vido por el Departamento de Agricultura y Alimentación,resulta compatible y condicionada al cumplimiento de lossiguientes requisitos:

1. En el Proyecto definitivo de la Zona de ConcentraciónParcelaria de Magallón, Subperímetro Secano, con una super-ficie total a concentrar de 5.055 Has., se incluirán las medidascorrectoras del impacto contempladas en el Estudio de Impac-to Ambiental y en este condicionado con su correspondientepartida en el presupuesto.

2. Se retirarán obligatoriamente por gestor autorizado deresiduos peligrosos los aceites usados y cualquier otro residuocalificado como tal, procedente de las obras de la concentra-ción parcelaria. Los residuos asimilables a urbanos generadosdurante la fase de obra se depositarán por la empresa adjudi-cataria de las obras en vertederos autorizados.

3. En el interior del espacio LIC «Monte Alto y SieteCabezos» no se modificarán las áreas de vegetación naturalgipsófila o de saladares húmedos en fondos limosos, incluyen-do los terrenos denominados «pastos». La concentración nopodrá implicar la roturación de vegetación natural o de terre-nos actualmente no agrícolas.

4. Se procederá a la conservación de edificaciones rústicasde interés para las aves (en especial para chova piquirroja ycernícalo primilla) como son la Ermita de San Sebastián y lasparideras existentes.

5. Se deberá calcular la superficie de linderos, ribazos ymárgenes que desaparecerá con la concentración parcelaria.Con el fin de compensar dicha superficie, deberá incluirsecomo medida compensatoria el abandono de una superficieagrícola igual en el interior del citado LIC y, preferentemente,en áreas de alto valor natural.

6. Respecto al Area Crítica (entorno de la ermita de SanSebastián) para la conservación del cernícalo primilla (Falconaumannii) se deberá preservar las condiciones actuales delhábitat en un área de al menos 1 km. de radio en torno a laermita (UTM 30T XM 347/303). Dentro de dicho perímetro seestablecerán las limitaciones contempladas en las directrices

del Decreto 109/2000, de 29 de mayo, del Gobierno deAragón, 6.1.1.1.4., 6.1.1.1.5. y 6.1.1.1.7. Asimismo, no serealizarán obras durante el periodo de cría del cernícaloprimilla con el fin de evitar perturbaciones que puedan afectaral normal desarrollo de su nidificación.

7. Se tramitarán la autorizaciones correspondientes ante elServicio Provincial de Medio Ambiente de Zaragoza porafección a terrenos pertenecientes a las vías pecuarias ymontes incluidos dentro del ámbito de la actuación.

8. Se implementarán las medidas tendentes para evitar quelas obras de ejecución de los caminos que deban ser arregla-dos, modificados o de nueva construcción, cuya traza discurrapor la cuenca vertiente del embalse de La Loteta, puedansuponer un arrastre significativo de materiales al vaso delembalse.

9. En las zonas que se prevea remoción del terreno porejecución de obras, se realizará, con carácter previo, prospec-ciones arqueológicas intensivas y sistemáticas. Todas lasactuaciones en materia de arqueología y paleontología debe-rán ser realizadas por personal técnico cualificado, siendocoordinadas y supervisadas por los Servicios Técnicos delDepartamento de Cultura y Turismo. Igualmente el informeresultante de dichos trabajos deberá ser remitido al Servicio dePatrimonio Arqueológico, Paleontológico y de Parques Cul-turales.

10. Se deberán incluir los nuevos yacimientos aportados porla actualización de la carta Arqueológica de Aragón y definirlas áreas arqueológicas de «La Siberia II», «Iglesia de SanLorenzo» y «El Castillo-Palacio» (Bien de Interés Cultural).

11. Las prospecciones deberán definir el área arqueológicade todos los yacimientos conocidos incluidos dentro del áreade concentración parcelaria y su valoración para poder arbitrarmedidas concretas de actuación (protección, documentación oexcavación si fuera necesario). En este sentido se deberándefinir las áreas arqueológicas de los yacimientos de «SieteCabezos», «Siete Cabezos II», «La Siberia I», «La Siberia V»,«Cabezo Agudo» y «Cara Las Peñas». Igualmente se deberándefinir las áreas arqueológicas de «Mojón Blanco» y «LaCampiña».

12. Si se localizara en las prospecciones sistemáticas algúnyacimiento arqueológico nuevo se procederá a su delimitacióny valoración para poder arbitrar medidas concretas de actua-ción (protección, documentación o excavación si fuera nece-sario).

13. Se prospectará intensivamente y se documentará ex-haustivamente el trazado de la vía romana «Item ab Asturicaper cantabria Caesaragusta».

14. Una vez definido el listado correcto de yacimientosarqueológicos y definidas sus áreas arqueológicas, con uninforme pormenorizado de cada uno de ellos, se valorará elyacimiento y la necesidad o no de pasar a titularidad públicalos terrenos de los mismos o su liberación. De este modo sereconsiderará individualmente y no en bloque la actual califi-cación de «unidad con un valor muy alto» que obliga a suabsoluta conservación.

15. Se procederá a la realización de una prospección paleon-tológica intensiva, en aquellos materiales terciarios sobre losque se pudieran realizar obras que provocarán grandes remo-ciones de terreno, nuevos viales o ampliación de los yaexistentes. Todos los hallazgos encontrados se situarán con-cretamente en la cartografía realizada a tal efecto dentro delproyecto de concentración, arbitrando las medidas de protec-ción necesarias.

16. Si durante la realización de los trabajos de concentraciónapareciese algún hallazgo paleontológico, se comunicará alDepartamento de Cultura y Turismo, para poder arbitrarmedidas concretas de protección (protección, documentacióno excavación si fuera necesario).

BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2453

17. Todos los hallazgos encontrados se situarán correcta-mente en la cartografía realizada a tal efecto, debiendo constaren el definitivo estudio de Impacto sobre el Patrimonio Ar-queológico, tanto los yacimientos (localizados a la mejorescala posible, fotografías de cada uno de ellos), así como lasmedidas de protección, investigación, etc., que deben adoptar-se en cada caso.

Zaragoza, a 25 de febrero de 2004.

La Directora General de Calidad Ambiental,MARTA PUENTE ARCOS

@

IV. Administración de Justicia#

ANUNCIO del Juzgado de 1ª Instancia número18, relativo a procedimiento ordinario 765/2003 C.

$Don Roberto Esteban Pradas, Magistrado Juez titular del

Juzgado de Primera Instancia número 18 de Zaragoza y supartido ha pronunciado la siguiente sentencia:

En la ciudad de Zaragoza, a 27 de noviembre de 2003;habiendo visto y oído los presentes autos de juicio ordinario,tramitado ante este Juzgado bajo el número 765/03 y entrepartes; como demandante doña María Esther Ballabriga Pala-cio representada por el procurador de los tribunales donMiguel Angel Cueva Ruesca y asistida por la letrada doñaNoelia Gracia montero; y como demandada, doña María delCarmen Somolinos Marquina, en situación de rebeldía proce-sal; sobre reclamación de cantidad, y fallo:

1º. Condeno a doña María del Carmen Somolinos Marquinaa abonar a doña María Esther Ballabriga Palacio la suma de3.606,07 euros, más los intereses legales que dicha cantidaddevengue desde la interpelación judicial.

2º. Condeno a doña María del Carmen Somolinos Marquinaa abonar las costas procesales causadas.

Contra la presentes sentencia cabe interponer recurso deapelación, que habrá de prepararse ante este Juzgado en elplazo de los cinco días siguientes a su notificación.

Líbrese y únase certificación literal a las actuaciones inclu-yéndose el original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Y como consecuencia del ignorado paradero de María del

Carmen Somolinos Marquina, se extiende la presente para quesirva de cédula de notificación.

Zaragoza, 18 de febrero de 2004.—El Secretario.#

ANUNCIO del Juzgado de 1ª Instancia número 14,relativo a procedimiento verbal desahucio falta depago 379/2003.

$Don Ramón Iván Valverde Quintana, Secretario del Juzga-

do de Primera Instancia número 14 de Zaragoza.Hago saber: Que en este proceso de juicio de desahucio

seguido en este Juzgado con el número 379/2003 a instanciasde don Ramón Castro Ubeda, contra don José Castro Navarro,se ha dictado sentencia cuyo fallo dice:

Sentencia: Juez que la dicta: Don Jesús Ignacio PérezBurred.

En Zaragoza, a 3 de febrero de 2004.Fallo: Que estimando la demanda planteada por la represen-

tación procesal de don Ramón Castro Ubeda contra don JoséCastro Navarro debo acordar y acuerdo la recuperación porparte de aquel de la plena posesión de la finca urbana sita enla calle Anzánigo, número 10, 3º, 2ª pta. de Zaragoza, cedidaen precario al citado demandado, a quien condeno a desalojarla misma y ponerla a disposición del actor bajo apercibimiento

de lanzamiento si no lo verifica, así como al pago de las costasprocesales causadas.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que la presente sirva de notificación al demandado

don José Castro Navarro en ignorado paradero se extiende lapresente en Zaragoza, a 13 de febrero de 2004.—El Secretario.

#ANUNCIO de la Sala de lo Contencioso-Adminis-trativo, Sección Segunda, relativo a recurso con-tencioso-administrativo número 42/04-C.

$Por resolución dictada en esta sala se ha admitido a trámite

el recurso contencioso-administrativo número 42/04-C, inter-puesto, en nombre y representación de doña InmaculadaAlepuz Tudela y 50 más, por la Procuradora doña MarinaSabadell Ara, contra Diputación General de Aragón, sobreOrden de 4 de noviembre de 2003, de los Departamentos dePresidencia y Relaciones Institucionales y de Economía, Ha-cienda y Empleo, del Gobierno de Aragón, por la que semodifica la Relación de Puestos de Trabajo del OrganismoAutónomo Servicio Aragonés de Salud y suprime determina-dos puestos de farmacéuticos titulares.

Lo que se publica en este periódico oficial, para conoci-miento de las personas o entidades cuyos derechos o intereseslegítimos pudieran quedar afectados por la estimación de laspretensiones del demandante, emplazándoles para que, si lodesean, puedan comparecer y personarse en legal forma, comodemandados, ante esta Sala en el plazo de nueve días o hastael momento en que hubiere de dárseles traslado para contestara la demanda.

Zaragoza, 18 de febrero de 2004.—La Secretaria Judicial.#

ANUNCIO del Juzgado de 1ª Instancia número 1de Alcañiz, relativo a procedimiento ordinario 194/2001.

$El Secretario del Juzgado de Primera Instancia número Uno

de Alcañiz. Doy fe y testimonio.Que en el juicio ordinario número 194/01 se ha dictado la

presente sentencia, que en su encabezamiento y parte disposi-tiva dice:

Sentencia: Encabezamiento. En Alcañiz, a 4 de noviembrede 2003. Vistos por mí, doña Concepción Aznar Rodrigávarez,juez del juzgado de Primera Instancia número 1 de esta ciudady su partido, los presentes autos de juicio ordinario número194/2001, seguidos entre partes, de una como demandantes,don Gregorio Casaled Laborda, doña Carmen Casaled Laborda,doña María Teresa Casaled Laborada Doña Josefa CasaledLaborda, doña Francisca Casaled Turón, doña MarcelinaPueyo Abadía, doña María Begoña Casaled Pueyo, don Fran-cisco Casaled Pueyo, doña Carmen Elhombre Casaled, donJoaquín Elhombre Casaled, y doña Pilar Ruscallada Casaled,representados en autos por la procuradora doña Olga PinaBonias, y defendidos por el letrado don Antonio CerezuelaPalacios; y de otra, como demandados parientes colaterales dequinto y sexto grado de la línea paterna del causante don JoséManuel Pastor Casaled, vivos al fallecer éste último el 30 dediciembre de 1999 y herencia yacente y herederos desconoci-dos de dichos parientes colaterales en el caso de que hubieranfallecido después de don José Manuel Pastro Casaled, enignorado paradero, declarados en situación procesal de rebel-día sobre acción de nulidad de escritura de compraventa ydeclaraciones subsiguientes contenidas en el suplico de lademanda.

Fallo: Que estimando íntegramente la demanda interpuestapor la procuradora Sra. Pina Bonias en nombre y representa-ción de don Gregorio Casaled Laborda, doña Carmen Casaled

2454 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

Laborda, doña María Teresa Casaled Laborada Doña JosefaCasaled Laborda, doña Francisca Casaled Turón, doñaMarcelina Pueyo Abadía, doña María Begoña Casaled Pueyo,don Francisco Casaled Pueyo, doña Carmen elhombre Casaled,don Joaquín Elhombre Casaled, y doña Pilar RuscalladaCasaled, debo declarar y declaro:

a) Que la casa número 43 del paseo de San Francisco deHíjar (Teruel), inscrita en el Registro de la Propiedad de Híjar,al tomo 353, libro 54, folio 235, finca número 8921, inscrip-ción primera, no perteneció a la herencia de don Manuel PastorTurón y que no la heredó de éste su hijo don Manuel PastorGálvez.

b) Que la compraventa formalizada en escritura pública defecha 6 de septiembre de 1982, otorgada ante el Notario donJuan Miguel Bellod Fernández de Palencia, número 878 de suprotocolo y acompañada como documento número quince deesta demanda es nula de pleno derecho y sin efecto, en lo quese refiere a la enajenación del inmueble iniciado en el anteriorapartado a).

c) Que el inmueble indicado en el anterior apartado a) esbien troncal de abolorio (perteneciente a la línea materna) enla herencia de don José Manuel Pastor Casaled.

d) Que la plena propiedad del inmueble a que se refiere elapartado a) corresponde, por herencia de don José ManuelPastor Casaled a las personas declaradas herederos abintestatode dicho causante, en el auto judicial de fecha 26 de mayo de2000, cuyo testimonio se acompaña como documento númerotres de esta demanda, sin perjuicio de la propiedad definitivadel inmueble que resulte de las operaciones de partición yadjudicación de la herencia de don José Manuel Pastor Casaled.

e) La nulidad, ordenando la cancelación total, de la inscrip-ción primera del inmueble a que se refiere el apartado a)existente en el Registro de la Propiedad de Híjar (Teruel).

Al tiempo debo condenar y condeno a los demandados aestar y pasar por los anteriores pronunciamientos y al pago detodas las costas del juicio.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabe interponer recurso de apela-ción, que se preparará ante este juzgado dentro del plazo decinco días contados desde el día siguientes al de su notifica-ción, conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientesde la LEC.

Así, por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a losautos de su origen, lo pronuncio, mando y firmo en lugar yfecha ut supra.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia aldemandado rebelde parientes colaterales de quinto y sextogrado de la línea paterna del causante don José Pastor Casaled,vivos al fallecer éste último el 30 de diciembre de 1999 yherencia yacente y herederos desconocidos de dichos parien-tes colaterales en el caso de que hubieran fallecido después dedon José Manuel Pastor Casaled, en paradero desconocido ysu publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Teruel,expido el presente a dieciséis de febrero de 2004.—El Secre-tario.

#ANUNCIO del juzgado de 1ª instancia número 18,relativo a ejecución de títulos judiciales 86/2004-C.

$En el juicio referenciado se ha dictado la resolución cuyo

texto literal es el siguiente:Parte dispositiva:1. Se despacha a instancias de Perga, Transportes y Excava-

ciones, S. L., parte ejecutante, ejecución frente a CisnerosMaría Angeles González, Obras y Rehabilitaciones Margón,S. L., parte ejecutada, por las siguientes cantidades: 7.713,90euros de principal, más otros 2.500 euros presupuestados paraintereses y costas de ejecución.

2. En cuanto a la investigación del patrimonio del ejecutado,líbrense oficios a la Gerencia Territorial del catastro y tráfico,respecto de la coejecutada Obras y Rehabilitaciones Margón,S. L., y una vez se facilite por la actora el DNI de la coejecutadaMaría Angeles González Cisneros se libran los interesadosrespecto a ésta.

3. Hágase saber a las partes que, de conformidad con loestablecido en el artículo 155.5 de la LECn, si cambiasen sudomicilio durante la sustanciación del proceso, lo comunica-rán inmediatamente al tribunal.

4. Notifíquese esta resolución a los ejecutados con entregade copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acom-pañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquiermomento puedan personarse en la ejecución.

Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recursoalguno (artículo 555.1 LECn), sin perjuicio de que los deudo-res puedan oponerse a la ejecución despachada dentro de losdiez días siguientes a la notificación de este auto.

Así lo manda y firma S. S. Doy fe. El Juez. El Secretario.En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de

conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de laLey 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notificaa Cisneros María Angeles González Obras y RehabilitacionesMargón, S. L., a fin de hacerle saber el despacho de ejecución.

Zaragoza, 23 de febrero de 2004.—El Secretario Judicial.#

ANUNCIO del Juzgado de 1ª Instancia número 15,relativo a procedimiento filiación 1052/2002.

$En el procedimiento de referencia se ha dictado la sentencia

cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literalsiguiente:

Sentencia: En la ciudad de Zaragoza, a 4 de septiembre de2003.

El Ilmo. Sr. don Manuel Daniel Diego Diago, MagistradoJuez del Juzgado de Primera Instancia número quince deZaragoza, habiendo visto los presentes autos de procesoespecial de filiación promovido por Jaime Muñoz de LabordeBardín, representado por el Procurador Sra. Bonilla y asistidopor el Letrado Sra. Gutiérrez contra María José Muñoz deLaborde Bardín y Dolores Bardín García, comparecidas en lasactuaciones y representadas respectivamente por los procura-dores Sres. Gallego y Moreno y asistidas por los Letrados Sres.Crespo y Yerandi con la preceptiva intervención del Ministe-rio Fiscal y la solicitud de notificación de la existencia delprocedimiento a los hermanos del actor y codemandada JuanLuis, Carlos, Agnes y Cristina Muñoz de Laborde Bardín,habiendo comparecido el primero representado por el Procu-rador Sr. Peña y asistido por el Letrado Sr. Rodríguez Gómez.

Parte dispositiva.Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta

por Jaime Muñoz de Laborde Bardín contra María José Muñozde Laborde Bardín y Dolores Bardín García, con la preceptivaintervención del Ministerio Fiscal y la solicitud de notifica-ción de la existencia del procedimiento a los hermanos delactor y codemandada Juan Luis, Carlos, Agnes y CristinaMuñoz de Laborde Bardín, con imposición al actor de lascostas procesales causadas.

Contra la presente sentencia, que no es firme cabe interpo-ner ante este Juzgado recurso de apelación en el plazo de cincodías siguientes a su notificación, conforme a las disposicionesdel artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Cristina yAgnes (o Inés) Muñoz de Laborde Bardín, se extiende lapresente para que sirva de cédula de notificación.

Zaragoza, 23 de febrero de 2004.—El Secretario.@

BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2455

V. Anuncios a) Subastas y concursos de obras y servicios públicos

§DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONESINSTITUCIONALES

#ANUNCIO de la Entidad Pública Aragonesa deServicios Telemáticos, por la que se hace pública laadjudicación de un Contrato de Servicios.

$1. Entidad adjudicadora.a) Organismo: Entidad Pública Aragonesa de Servicios

Telemáticos.b) Número de expediente: 2003/038/ZA/AST.2. Objeto del contrato.a) Tipo de contrato: Servicio.b) Descripción del objeto: Servicio de análisis, desarrollo,

mantenimiento e implantación de aplicaciones de desarrolloen el entorno ASP y NET con destino a diversos departamen-tos del Gobierno de Aragón.

c) Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:Anticipada, procedimiento negociado sin publicidad.

3. Presupuesto base de licitación. Importe total: Cientocincuenta y nueve mil euros (159.000,00 euros).

4. Adjudicación.a) Fecha: 30 de diciembre de 2003.b) Contratista: TB-Solution Advanced Technologies, S. L.c) Importe de adjudicación: Ciento cincuenta y ocho mil quinien-

tos trece euros con setenta y cinco céntimos (158.513,75 euros)

En Zaragoza, a 26 de febrero de 2004.—El Director Gerentede Aragonesa de Servicios Telemáticos, José Manuel CorreasDobato.

§DEPARTAMENTO DE SALUD Y CONSUMO

#ANUNCIO del Hospital «Royo Villanova» por elque se convoca la licitación, por procedimientoabierto, mediante concurso, del contrato de sumi-nistro de Aparataje de Corte y Hemostasia paracirugía abierta.

$1.—Entidad adjudicadora:a) Organismo: Hospital «Royo Villanova» dependiente del

Servicio Aragonés de Salud de la Diputación General deAragón.

b) Dependencia que tramita el expediente: Sección deGestión Económica del Hospital «Royo Villanova».

c) Número de expediente: CA 05/04.2.—Objeto del contrato:a.) Descripción del objeto: Suministro de Aparataje de

Corte y Hemostasia para cirugía abierta del Hospital «RoyoVillanova» de Zaragoza.

b) Lugar de ejecución: Zaragoza.3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.4.—Presupuesto base de licitación: Ciento veinticinco mil

cuatrocientos setenta y cinco euros con ochenta y seis cénti-mos (125.475,86 euros).

5.—Garantías:Provisional: No se exige.Definitiva: 4% del importe de licitación.6.—Obtención de documentación e información:a) Documentación:

Los pliegos de cláusulas administrativas particulares y losde prescripciones técnicas estarán a disposición de los licita-dores en el Servicio de Información y Documentación Admi-nistrativa del Gobierno de Aragón, Edificio Pignatelli, Pº MªAgustín, 36. Teléfono: 976.71.41.11, y a través del acceso aImpresos y Pliegos a partir de la sección «Boletín Oficial deAragón» de la dirección de internet http// www. aragob.es.

b) Información administrativa y técnica:Hospital «Royo Villanova», Bº San Gregorio, s/n, 50015.

Zaragoza. Teléfono 976.466910, fax: 976.466.916.c) Fecha límite de obtención de documentos e información:

Durante el plazo de presentación de proposiciones.7.—Requisitos específicos del contratista. Solvencia eco-

nómica y financiera y solvencia técnica y profesional. VerAnexo nº 1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particu-lares.

8.—Presentación de ofertas:a) Fecha límite plazo de presentación: El plazo finalizará el

decimoquinto día natural, contado a partir del siguiente a lapublicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial deAragón». Si el último día de presentación fuese sábado, seprorrogará hasta el primer día hábil siguiente.

b) Documentación a presentar: La exigida en los Pliegos deCláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas.

c) Lugar de presentación: Se entregarán en el Registro delHospital «Royo Villanova», Bº San Gregorio s/n, en el Regis-tro del Servicio Aragonés de Salud, Pº Mª Agustín 16, en elRegistro General de la Diputación General de Aragón, Edifi-cio Pignatelli, Pº Mª Agustín 36, Zaragoza y mediante losprocedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado amantener su oferta: Tres meses a partir de la fecha de aperturade proposiciones.

d) Admisión de variantes (concurso): No se admiten.9.—Apertura de proposiciones:a) La apertura de los sobres que contengan la documenta-

ción administrativa se realizará en acto público, por la Mesa deContratación a las 13 horas del quinto día hábil, que nocoincida en sábado, a partir de la fecha de finalización delplazo de presentación de las mismas.

b) La apertura de las proposiciones económicas se realizaráen acto público, por la Mesa de Contratación a las 13 horas delquinto día hábil, que no coincida en sábado, a partir del díasiguiente a la celebración de la primera Mesa de Contratación.

10.— Gastos del anuncio: El importe del anuncio de lici-tación será por cuenta de/los adjudicatario/s.

Zaragoza, a 1 de marzo de 2004.—La Gerente de Sector deZaragoza I, Rosario Cabezudo Vallés.

#RESOLUCION de la Dirección de Atención Pri-maria del Sector de Teruel, por la que se hacepública la adjudicación del concurso que se cita.

$1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Dirección de Atención Primaria-Sector de

Teruel.b) Número de expediente: 208/03.2. Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: Suministros.b) Descripción del objeto: Material sanitario de curas.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: anticipada.b) Procedimiento: abierto.c) Forma: concurso.

2456 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

4. Presupuesto base de licitación: 154.539 euros.5. Adjudicación:a) Fecha: 4 de febrero de 2004.b) Contratistas: 3M España, Abbott Laboratorios, Amebil,

amevisa, Cahnos, Camino Exc., Comercial Rafer, Favesam,Intersurgical España, Izasa, Juvazquez, Krape, Lab. Aragó,Lab. Indas, Lab. Unitex-Hartman, Masana Méd., Movaco,Porges, Rusch M.E., Roche, Sith&Nephew, Tegosa, Texpol,Torras V.

c) Importe de la adjudicación: 145.097,24 euros.

Teruel, 20 de febrero de 2004,.—El Gerente de Sector, JoséL. Vivó Lázaro.

#ANUNCIO del Centro de Rehabilitación Psicoso-cial «Nuestra Señora del Pilar» Servicio Aragonésde Salud, por el que se publica la adjudicación delcontrato que se cita.

$1.—Entidad adjudicadora:a) Organismo: Gerencia del Sector Zaragoza III, por delega-

ción del Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud(Resolución de 2 de octubre de 2003, «Boletín Oficial deAragón» 124 de 15/10/03).

b) Dependencia que tramita el expediente: Sección deGestión Económica y Presupuestaria del C.R.P. «Ntra. Sra.del Pilar»

2.—Objeto del contrato:a) Tipo de contrato: suministro por precio unitario.b) Descripción del objeto: Suministro de medicamentos

destinados al C.R.P. «Ntra. Sra. del Pilar» de Zaragoza delServicio Aragonés de Salud, durante el año 2004.

c) Boletín Oficial y fecha de publicación del anuncio delicitación: no se publicó.

3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: anticipada.b) Procedimiento: concurso negociado.4.—Presupuesto base de licitación. Importe total:66.000 euros (66.000 euros)5. Adjudicación:a) Fecha: 30-01-2004c) Adjudicatario: Janssen Cilag, S. A.d) Importe de adjudicación: sesenta y seis mil euros (66.000

euros).

Zaragoza, a 2 de marzo de 2004.—La AdministradoraGeneral del CRP «Nuestra Señora del Pilar», María Pilar GilLaborda.

#RESOLUCION del Hospital Universitario «Mi-guel Servet» por la que se convoca el concurso quese cita.

$Entidad adjudicadora: Servicio Aragonés de Salud.Dependencia que tramita el expediente: Hospital Universi-

tario «Miguel Servet».Número de expediente: 69 HMS/04.Objeto del contrato: Equipos de drenaje torácico.Número de unidades a entregar: Ver Pliegos.División por lotes y número: Ver pliegos.Lugar de entrega: Almacén del Hospital Universitario Mi-

guel Servet.Plazo de entrega: Ver Pliegos.Tramitación: Ordinaria.Procedimiento: Abierto.Forma: Concurso.Presupuesto base licitación: 97.110 euros.Garantía provisional: No.

Obtención de documentación e información: Suministros,Hospital Universitario «Miguel Servet», Pº Isabel la Católica1-3, 50009 Zaragoza.

Teléfono: 976-765518 Fax: 976-765519.Fecha límite obtención documentos e información: 30 de

marzo de 2004.Requisitos específicos del contratista: Ver pliegos.Fecha límite de presentación de las solicitudes de participación:

a las 13 h. del día 30 de marzo de 2004; si son presentadas en elRegistro General del Hospital, para las enviadas por correo, elplazo finalizará a las veinticuatro horas de ese mismo día.

Documentación a presentar: Ver pliegos.Lugar presentación: Registro General del Hospital Univer-

sitario «Miguel Servet», Pº Isabel la Católica 1-3, 50009Zaragoza.

Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantenersu oferta: Ver Pliegos.

Admisión de variantes: Sí.Apertura de las ofertas: Hospital Universitario «Miguel

Servet», Salón de Actos Santiago Ucar.Fecha de apertura de las ofertas: el día 7 de abril de 2004;

salvo que la Mesa de Contratación disponga otra fecha en laapertura de documentación administrativa. A partir de las 10horas.

Gastos de anuncios: Serán por cuenta de los adjudicatarios.

En Zaragoza a 1 de marzo de 2004.—Luisa M. NoenoCeamanos, Gerente de Sector de Zaragoza II, (P.D. del Geren-te del Servicio Aragonés de Salud en Resolución de fecha 2 deoctubre de 2003-«Boletín Oficial de Aragón» nº 124 de15.10.03).

#ANUNCIO del Hospital Sagrado Corazón de Jesúsde Huesca por el que se publica la adjudicación delcontrato que se cita.

$En aplicación del art. 93 del Texto Refundido de la Ley de

Contratos de las Administraciones Públicas aprobado porReal Decreto 2/2000, de 16 de junio, se procede a dar publici-dad a la siguiente adjudicación del contrato llevada a cabo porel Hospital Sagrado Corazón de Jesús.

1.—Entidad adjudicadora:a) Organismo: Servicio Aragonés de Salud.b) Dependencia que tramita el expediente: Hospital Sagrado

Corazón de Jesús de Huesca.c) Número de expediente: 08/04 HSCJ.2.—Objeto del contrato.a) Tipo de contrato: Contrato de servicios.b) Descripción del objeto: Servicio de limpieza del Hospital

Sagrado Corazón de Jesús de Huesca para el año 2004.c) Boletín oficial y fecha de publicación del anuncio de

licitación: «Boletín Oficial de Aragón» de 5 de diciembre de2003.

3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso.4.—Presupuesto base de licitación. Importe total: Seiscien-

tos mil euros (600.000 euros).5.—Adjudicación:a) Fecha: 2 de febrero de 2004.b) Adjudicatario: Limpiezas Pisuerga Grupo Norte, Limpisa

S. A.c) Nacionalidad: Española.d) Importe de adjudicación: 515.067,84 euros.

Huesca, 3 de marzo de 2004.—El Gerente de Sector deHuesca, Vicente Salillas Larrosa.

§

BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2457

DEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURAY DEPORTE

#ANUNCIO del Departamento de Educación Cul-tura y Deporte, por el que se convoca la licitaciónde un contrato de suministro, promovido por laDirección General de Política educativa.

$1º.—Organo de contratación: Directora General de Política

Educativa.2º.—Objeto: La realización del suministro que más abajo se

detalla.3º.—Características: Las características a las que deben

acomodarse los trabajos se fijan en los pliegos de cláusulasadministrativas particulares y en los pliegos de prescripcionestécnicas que están de manifiesto, durante el plazo señaladopara la presentación de proposiciones, en la Dirección Generalde Política Educativa del Departamento de Educación Culturay Deporte, (Avda. de Gómez Laguna, número 25, 10ª planta.Zaragoza. Fax: 976715496), en los Servicios de Informacióny Documentación Administrativa, (Zaragoza, Edificio Pigna-telli, paseo María Agustín, número 36; Huesca, plaza deCervantes, número 1; Teruel, General Pizarro, 1) y en lasiguiente dirección electrónica: http//www.aragob.es/sid/pliegos.htm.

4º.—Presentación de proposiciones: Las propuestas se pre-sentarán en tres sobres cerrados, A, B y C, en el RegistroGeneral de la Diputación General de Aragón, sito en Pº MaríaAgustín nº 36, de Zaragoza, en las Delegaciones Territorialesde Huesca y Teruel (Vid. Direcciones en punto 2º) o porcualquiera de los procedimientos establecidos en el Art. 80 delReglamento General de la Ley de Contratos de las Adminis-traciones Públicas.

El plazo de presentación de las proposiciones finalizará eloctavo día natural contado desde el día siguiente al de lapublicación de este anuncio en el «Boletín Oficial de Aragón».

5º.—Plazo durante el cual el licitador estará obligado amantener su oferta: 3 meses desde la apertura de las proposi-ciones.

6º.—Apertura de las proposiciones: Se realizará a partir delas 13 horas del décimo día natural, (que no coincida consábado o festivo), siguiente a la fecha de finalización del plazode presentación de proposiciones, en las dependencias delDepartamento de Educación Cultura y Deporte, ubicadas enAvda. de Gómez Laguna, 25 de Zaragoza.

7º.—Documentos que deben aportar los licitadores: Los quefiguran en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particula-res, según las circunstancias de cada licitador. La solvenciaeconómica, financiera y técnica se acreditará por los mediosestablecidos en el anexo nº 1 de los pliegos de cláusulasadministrativas particulares.

8º.—Pago del anuncio de licitación: Será por cuenta deladjudicatario.

Relación anexa

Objeto del contrato: Suministro de títulos académicos nouniversitarios.

Nº expediente: PE 1/2004.Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: Tra-

mitación urgente, procedimiento abierto, forma de concurso,sin admisión de variantes.

Presupuesto de contrata: 137.000,00 euros.Plazo de ejecución: Véase apartado séptimo del Pliego de

Prescripciones Técnicas.Garantía provisional: No se exige.

Zaragoza, 2 de marzo de 2004.—El Secretario GeneralTécnico, Ignacio Revillo Pinilla.

#

ANUNCIO del Departamento de Educación, Cul-tura y Deporte de la Comunidad Autónoma deAragón, por el que se convoca la licitación de uncontrato de obras.

$1.—Entidad adjudicadora.a) Organismo: Departamento de Educación, Cultura y De-

porte de la Comunidad Autónoma de Aragón.b) Dependencia: Secretaria General Técnica. Gerencia de

Infraestructuras y Equipamiento.c) Número de expediente: GP/04/2003.2.—Objeto del contrato.a) Descripción del objeto: Ampliación y adaptación de

espacios formativos de los Ciclos de Formación Profesional yGarantía Social en el I.E.S. «Pablo Serrano».

b) Lugar de ejecución: Andorra (Teruel).c) Plazo de ejecución: 12 meses.3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.a) Tramitación: Urgente.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Concurso con admisión de variantes.4.—Presupuesto base de licitación. Importe total:

1.382.134,00 euros.5.—Garantía provisional: 27.642,68 euros.6.—Obtención de documentación e información.a) Entidad: Servicio de Información y Documentación Ad-

ministrativa.b) Domicilio: Pº María Agustín, 36 (Edificio Pignatelli).c) Localidad y código postal: Zaragoza 50071.d) Teléfono: 976 714111.e) Telefax: 976 714115.f) Fecha límite de obtención de obtención de documentos e

información:7.—Requisitos específicos del contratista.a) Clasificación: C 2 e.b) Solvencia técnica y profesional: según Anexo nº 1 bis del

PCAP.8.—Presentación de las ofertas.a) Fecha límite de presentación: 31 de marzo de 2004.b) Documentación a presentar: la señalada en el punto 2.2.3

del PCAPc) Lugar de presentación:1.—Entidad: Registro General de la Diputación General de

Aragón (y demás Unidades de Registro)2.—Domicilio: Pº María Agustín, 36 (Edificio Pignatelli)3.—Localidad y código postal: Zaragoza 50071.d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a

mantener su oferta: tres meses.e) Admisión de variantes: según Anexo nº 7 del Pliego de

Cláusulas Admvas. Particulares.9.—Apertura de las ofertas.a) Entidad: Secretaria General Técnica del Departamento de

Educación, Cultura y Deporte.b) Domicilio: Avda. Gómez Laguna, 25-6ª planta.c) Localidad: Zaragoza.d) Fecha: 16 abril de 2004.e) Hora: 13:30 horas.10.—Otras informaciones.Correrán por cuenta del adjudicatario los gastos reflejados

en el punto 2.4.2.4 del Pliego de Cláusulas Admvas. Particu-lares y en el punto 7 del Pliego de Prescripciones Técnicas;particularmente, el pago de la tasa 01 (por dirección e inspec-ción de obras) de la Comunidad Autónoma de Aragón y, en sucaso, el pago de la tasa de tramitación de la licencia de obrasy del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras.

11.—Gastos de anuncios.Será por cuenta del adjudicatario el pago del presente

anuncio, cuya cuantía es la reflejada en el PCAP.

2458 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

13.—Portal informático o página web donde figuren lasinformaciones relativas a la convocatoria o donde puedenobtenerse los pliegos: http://www.aragob.es

Zaragoza, a 2 de marzo de 2004.—El Secretario GeneralTécnico del Departamento de Educación, Cultura y Deporte,Ignacio Revillo Pinilla.

§DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE

#ANUNCIO del Departamento de Medio Ambiente,por el que se convoca a licitación un contrato deconsultoría y asistencia, promovido por la Direc-ción General de Calidad Ambiental.

$1. Entidad adjudicadora:a) Organismo: Diputación General de Aragón - Departa-

mento de Medio Ambiente.b) Dependencia que tramita el expediente: Dirección Gene-

ral de Calidad Ambiental. Pº María Agustín 36. 50071 Zara-goza. Teléfono: 976 71 48 33.

c) Número de expediente: 1903-4422-009-2004.2. Objeto del contrato:a) Descripción del objeto: Diseño, revisión, actualización,

edición y distribución de diversas bases de datos de recursosy actividades de educación ambiental: guía de recursos am-bientales, mapa-guía de equipamientos ambientales y catálo-go de actividades de educación ambiental.

b) Lugar de ejecución: territorio de la Comunidad Autóno-ma de Aragón.

c) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega: seis meses.3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. c)

Forma: concurso.4. Presupuesto base de licitación. Importe total: 50.000 euros.5. Garantía provisional. No se exige.6. Obtención de documentación e información:a) Entidad: Diputación General de Aragón. Servicio de

Información y Documentación Administrativa. b) Domicilio:Edificio Pignatelli. Pº María Agustín, nº 36. c) Localidad ycódigo postal: 50071 - Zaragoza. d) Teléfono: 976 - 71.48.33.

7. Requisitos específicos del contratista:a) Solvencia económica y financiera: Se acreditará por los

medios por los medios previstos en el artículo 16.1 a) del TextoRefundido de la Ley de Contratos de las AdministracionesPúblicas. La solvencia técnica y profesional se acreditará por losmedios previstos en el artículo 19 a) y b) de dicho texto legal.

8. Presentación de ofertas o de las solicitudes de participación.a) Fecha límite de presentación: a las 13 horas del décimo

sexto día natural contado a partir del día siguiente al de lapublicación de este anuncio.

b) Documentación a presentar: Las propuestas se presenta-rán en tres sobres cerrados conteniendo la documentaciónexigida en el apartado 2.2.3 del Pliego de Cláusulas Adminis-trativas Particulares. En los sobres debe figurar el nombre,dirección y fax del licitador proponente

c) Lugar de presentación: En cualquiera de los RegistrosGenerales de la Diputación General de Aragón, [(1) EdificioPignatelli, Pº María Agustín 36. 50071 Zaragoza.—, (2) PlazaCervantes núm. 1, 22071 Huesca. (3) General Pizarro núm. 1,44071 Teruel], o por correo (art. 80.4 del Reglamento Generalde la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas),remitiendo, dentro del mismo día; copia del resguardo delcertificado de Correos en el que se aprecie fecha y hora deimposición, al Telefax nº 976 714232.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado amantener su oferta (concurso): 3 meses.

e) Admisión de variantes (concurso): sin admisión de va-riantes.

9. Apertura de las ofertas:a) Entidad: Diputación General de Aragón b) Domicilio: Pº

María Agustín 36. c) Localidad: Zaragoza. d) Fecha: el déci-mo cuarto día natural siguiente a la de finalización del plazode presentación de proposiciones. e) Hora: a las 13 horas.

10. Gastos de anuncios: serán de cuenta del contratista.11. Dirección electrónica en la que pueden obtenerse los

pliegos: acceso a impresos y pliegos a partir de la sección«Boletín Oficial de Aragón» de la dirección http://www.aragob.es

Zaragoza, a 26 de febrero de 2004.—El Secretario GeneralTécnico del Departamento de Medio Ambiente, Luis MarruedoEspeja.

§AYUNTAMIENTO DE SABIÑANIGO (Huesca)

#ANUNCIO del Ayuntamiento de Sabiñánigo, en elque se aprueba la adjudicación del contrato deredacción de proyecto técnico, dirección facultati-va y ejecución de las obras de construcción de unCentro Cultural Comarcal 3ª. Fase.

$El Ayuntamiento de Sabiñánigo, en sesión de fecha 26 de

febrero de 2004, aprobó la adjudicación del contrato deredacción de proyecto técnico, dirección facultativa y ejecu-ción de las obras de construcción de un Centro CulturalComarcal 3ª. Fase, a la empresa Aragonesa de Obras Civiles,S. L., por el precio de 3.365.667,78 euros, IVA incluido.

Lo que se hace público de conformidad con lo establecidoen el artículo, 93 de la Ley de Contratos de las Administracio-nes Públicas.

Sabiñánigo, 27 de febrero de 2004.—El Alcalde, CarlosIglesias Estaún.

§AYUNTAMIENTO DE TERUEL

#ANUNCIO relativo a contratación mediante su-basta de las obras para el «Pintado de la plaza detoros».

$Aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordina-

ria celebrada el día 5 de febrero de 2004, el pliego de cláusulasadministrativas particulares del que forma parte inseparable elproyecto técnico para el «Pintado de la Plaza de Toros»,redactado por el Arquitecto Técnico, D. Segundo PomarSoler, que regirá la contratación de las mencionadas obras, seanuncia subasta.

1.—Entidad adjudicadora.a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Teruel.b) Dependencia que tramita el expediente: Negociado de

Contratación.c) Número de expediente: 2.596/03.2.—Objeto del contrato.a) Descripción del objeto: La ejecución de las obras de

«Pintado de la Plaza de Toros».b) División por lotes y número: No procede.c) Lugar de ejecución: Teruel.d) Plazo de ejecución (meses): De conformidad con el

proyecto técnico aprobado.3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.c) Forma: Subasta.4.—Presupuesto base de licitación. Importe total: 90.151,81

euros.5.—Garantía Provisional: 1.803,03 euros.6.—Obtención de documentación e información.

BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2459

a) Entidad: Excmo. Ayuntamiento de Teruel, Negociado deContratación, se indicará la copistería donde podrán recogerselas copias de los pliegos de condiciones, previo pago de lasmismas.

b) Domicilio: Plaza de la Catedral, núm. 1.c) Localidad y código postal: Teruel 44001.d) Teléfono: 978.61.99.18.e) Telefax: 978.61.78.05.f) Fecha límite de obtención de documentos e información:

Hasta el momento en que finalice el plazo de presentación deproposiciones.

7.—Requisitos específicos del contratista.a) Clasificación: No procede.b) Solvencia económica, financiera y solvencia técnica o

profesional, tal y como se exige en la cláusula nº 6 del pliegode cláusulas administrativas particulares.

8.—Presentación de ofertas o de las solicitudes de participa-ción.

a) Fecha límite de presentación: 26 días naturales, contadosa partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el«Boletín Oficial de Aragón», hasta las trece horas. Si el últimodía del plazo referido coincidiere con sábado o día inhábil, seprorrogará al siguiente hábil.

b) Documentación a presentar: La que se especifica en lacláusula 6 del pliego de cláusulas administrativas particulares.

c) Lugar de presentación: Excmo. Ayuntamiento de Teruel,Negociado de Contratación.

1.—Entidad.—Ayuntamiento de Teruel.2.—Domicilio.—Plaza de la Catedral, 1.3.—Localidad y código postal.—Teruel - 44001.d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a

mantener su oferta: 20 días desde la apertura de proposiciones.e) Admisión de variantes: No se admiten.f) En su caso, número previsto (o número máximo y míni-

mo) de empresas a las que se pretende invitar a presentarofertas (procedimiento restringido): No procede.

9.—Apertura de las ofertas.a) Entidad: Ayuntamiento de Teruel.b) Domicilio: Plaza de la Catedral, 1.c) Localidad: Teruel.d) Fecha: El décimo día hábil siguiente a aquél en que

finalizó el plazo de presentación de proposiciones. Si el día dela apertura coincidiere con sábado, ésta se prorrogará alsiguiente hábil.

e) Hora: 13 horas.10.—Otras informaciones: No procede.11.—Gastos de anuncios: Correrán a cargo del adjudicatario.12.—Fecha de envío del anuncio al Diario Oficial de las

Comunidades Europeas: No procede.13.—En su caso, portal informático o página web donde

figuren las informaciones relativas a la convocatoria o dondepueden obtenerse los pliegos. www.teruel.net.

En Teruel, a 23 de febrero de 2004.—La Técnico de Contra-tación, Esperanza Ríos Marín.

£

b) Otros anuncios§

DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDAY EMPLEO

#ANUNCIO de la Subdirección Provincial de Tra-bajo de Zaragoza, del depósito del Acta de Consti-tución y Estatutos de la Asociación de Empresariosde Comercio y Servicios del Sector Comercial Val-defierro.

$En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real

Decreto 873/1977, de veintidós de abril, que regula el conte-nido de los Estatutos de las Asociaciones Profesionales a quese refiere el artículo 1 de la Ley 19/1977, y a los efectosprevistos en la misma, se hace público que a las nueve horasdel día veintiséis de febrero de dos mil cuatro, fueron deposi-tados en la Subdirección Provincial de Trabajo, Acta deConstitución y Estatutos de la denominada Asociación deEmpresarios de Comercio y Servicios del Sector ComercialValdefierro, cuyo ámbito de actuación territorial abarcará elDistrito Urbano de Valdefierro, de Zaragoza, sin perjuicio deestablecer oficinas o delegaciones en cualquier parte delterritorio nacional. Y cuyo ámbito profesional se extenderá alos empresarios que, con domicilio en la provincia de Zarago-za, realicen cualquier actividad de venta de productos y/oservicios, soliciten su ingreso y sean admitidos, previa com-probación de que cumplen los requisitos establecidos paraello.

Suscriben el Acta: D. Jesús Palacios Escriche, Dª. MaríaAfrica García Arnedo y Dª. Ana Cristina Rueda Pellicena.

Conforme a los artículos 4 y 5 del ya citado Real Decreto873/1977, los interesados podrán alegar por escrito lo queestimen procedente dentro del plazo de ocho días, contados apartir de la publicación del presente anuncio en el «BoletínOficial de Aragón», que será expuesto en el tablón de anunciosde esta Subdirección Provincial de Trabajo y podrán serexaminados los Estatutos depositados, e interesar certifica-ción de los extremos que consten en el Expediente, en laoficina sita en Avda. César Augusto nº 14, 2ª planta deZaragoza, así como quien acredite interés directo, personal ylegítimo podrá formular demanda sobre impugnación de losEstatutos ante la Jurisdicción Laboral, -art. 2 apartado i) enrelación con la remisión de la disposición adicional sexta, alproceso regulado en los artículos 171 y siguientes de la Ley deProcedimiento Laboral, Texto Refundido, Real Decreto legis-lativo 2/1995 de siete de abril-, interesando la declaraciónjudicial de disconformidad a Derecho de los Estatutos depo-sitados.

Zaragoza, a 27 de febrero de 2004.—El Subdirector Provin-cial de Trabajo, Sergio Sazatornil Ferraz.

#ANUNCIO de la Subdirección Provincial de Tra-bajo de Zaragoza, del depósito del Acta de Consti-tución y Estatutos de la Asociación de Empresariosde Comercio y Servicios del Sector Comercial San-ta Isabel.

$En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real

Decreto 873/1977, de veintidós de abril, que regula el conte-nido de los Estatutos de las Asociaciones Profesionales a quese refiere el artículo 1 de la Ley 19/1977, y a los efectosprevistos en la misma, se hace público que a las nueve horasdel día veintiséis de febrero de dos mil cuatro, fueron deposi-tados en la Subdirección Provincial de Trabajo, Acta deConstitución y Estatutos de la denominada Asociación deEmpresarios de Comercio y Servicios del Sector ComercialSanta Isabel, cuyo ámbito de actuación territorial abarcará elDistrito Urbano de Santa Isabel, de Zaragoza, sin perjuicio deestablecer oficinas o delegaciones en cualquier parte delterritorio nacional. Y cuyo ámbito profesional se extenderá alos empresarios que, con domicilio en la provincia de Zarago-za, realicen cualquier actividad de venta de productos y/oservicios, soliciten su ingreso y sean admitidos, previa com-probación de que cumplen los requisitos establecidos paraello.

Suscriben el Acta: Dª. María Pilar Maisanava Rosel, Dª.Ana Cristina Campos Oliván y D. Alberto García Casas.

Conforme a los artículos 4 y 5 del ya citado Real Decreto

2460 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

873/1977, los interesados podrán alegar por escrito lo queestimen procedente dentro del plazo de ocho días, contados apartir de la publicación del presente anuncio en el «BoletínOficial de Aragón», que será expuesto en el tablón de anunciosde esta Subdirección Provincial de Trabajo y podrán serexaminados los Estatutos depositados, e interesar certifica-ción de los extremos que consten en el Expediente, en laoficina sita en Avda. César Augusto nº 14, 2ª planta deZaragoza, así como quien acredite interés directo, personal ylegítimo podrá formular demanda sobre impugnación de losEstatutos ante la Jurisdicción Laboral, -art. 2 apartado i) enrelación con la remisión de la disposición adicional sexta, alproceso regulado en los artículos 171 y siguientes de la Ley deProcedimiento Laboral, Texto Refundido, Real Decreto legis-lativo 2/1995 de siete de abril-, interesando la declaraciónjudicial de disconformidad a Derecho de los Estatutos depo-sitados.

Zaragoza, a 27 de febrero de 2004.—El Subdirector Provin-cial de Trabajo, Sergio Sazatornil Ferraz.

#ANUNCIO del Instituto Aragonés de Empleo, re-lativo a cédula de notificación y requerimiento aAna Aránzazu Ríos Ruber.

$Anuncio de la dirección provincial del Instituto Aragonés de

Empleo en Zaragoza, relativo a cédula de notificación deresolución, en relación con el expediente z-0447-autsf-03-0303 dña. Ana Aránzazu Ríos Ruber relativo a la subvenciónen concepto de subvención financiera prevista en el decreto30/2002 de 5 de febrero, del gobierno de Aragón, ha recaídoresolución de fecha 2 diciembre de 2003, que es del tenorliteral siguiente:

De conformidad con las normas vigentes esta Subdirecciónde Empleo eleva al director provincial del Instituto Aragonésde Empleo en Zaragoza la siguiente propuesta de resolución:

Visto el expediente promovido por dª. Ana Aránzazu RíosRuber, con DNI 25.438.227-c y con domicilio en la calleBorja, nº 50, 3º izda, de Zaragoza, en solicitud de una subven-ción financiera, al amparo del decreto 30/2002, de 5 defebrero, del gobierno de Aragón, para la promoción delempleo autónomo (BOA 15-02-02), convocado para el año2003 por orden de 20 de enero de 2003, del departamento deeconomía, hacienda y empleo (BOA 12-02-03) y teniendo encuenta los siguientes:

AntecedentesPrimero: la solicitud se presentó con fecha 7 de mayo de

2003. De la documentación incorporada al expediente seextrae la conclusión de que la fecha de inicio de la actividad esla de 8 de marzo de 2003. Con fecha 12 de agosto de 2003 serequirió a la interesada para que, de conformidad con loestablecido en el artículo 71 de la ley de régimen jurídico delas administraciones públicos y procedimiento administrativocomún, presentase diversa documentación acreditativa delcumplimiento de los requisitos establecidos por la normativavigente y completara el expediente, advirtiéndole de que encaso de no atender el requerimiento se le tendría por desistidade su petición. Del requerimiento se acusó recibo con fecha 21de agosto de 2003 y se respondió parcialmente con fecha 10 deoctubre de 2003.

Segundo: del análisis de la documentación aportada por lasolicitante tanto en el momento de presentar la solicitud, comoal responder al requerimiento más arriba reseñado, se despren-de la conclusión de que la solicitante formalizó un préstamocon la caja de ahorros de la Inmaculada, con fecha 19 de juniode 2003, por un importe de 3.000,00 euros, con un plazo dedevolución de 1 año, sin carencia y un tipo de interés del

8,00%, que supera el máximo establecido para esa fecha porel convenio aplicable.

Tercero: del análisis de las facturas aportadas por la solici-tante para justificar la inversión en activo fijo realizada secolige que tales inversiones no alcanzan la cantidad de 2.400,00euros, que suponen el 80% del préstamo solicitado.

Fundamentos de derechoPrimero: la competencia en materia de gestión de los

programas de apoyo y fomento de empleo corresponde alInstituto Aragonés de Empleo en virtud de lo dispuesto en elapartado 2 a) del artículo 2 de la ley 9/1999, de 9 de abril, delas cortes de Aragón, sobre creación de dicho instituto y, vieneatribuida a la directora gerente del Instituto Aragonés deEmpleo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 17 del decreto30/2002, para la promoción del empleo autónomo. La compe-tencia para la resolución de solicitudes de subvención regula-das en este programa ha sido delegada en los directoresprovinciales de este instituto, en virtud de lo dispuesto en laresolución de 26-12-2002, de la dirección gerencia del mismo(BOA 27-1-03).

Segundo: el artículo 3.3 e) del decreto 30/2.002, de 5 defebrero, establece como requisito para causar derecho a lasubvención solicitada, que los préstamos se hayan formaliza-do «dentro del plazo de los cuatro meses anteriores a la fechade solicitud de la subvención.».

Tercero: según establece el artículo 3.3 c) del decreto 30/2.002, de 5 de febrero, «los préstamos de los que deberá serúnico titular el solicitante, para ser subvencionables deberánser concedidos por las entidades de crédito al amparo delconvenio que tengan suscrito, a tal efecto, con el ministerio detrabajo y asuntos sociales o con el gobierno de Aragón ytendrán principalmente como destino la financiación de inver-siones en activo fijo. Los mencionados convenios establecenlas condiciones y requisitos de los préstamos para ser subven-cionables.».

Cuarto: por último, el artículo 3.3 d) del decreto 30/2.002,de 5 de febrero, nos dice que, «a efectos justificativos, elsolicitante de la subvención deberá acreditar que, al menos elochenta por ciento del importe del préstamo, se destina afinanciar inversiones en activo fijo necesarias para el inicio dela actividad.».

Vistos los preceptos legales citados y demás de generalaplicación, esta dirección provincial acuerda:

Denegar a dº. Ana Aránzazu Ríos Ruber la subvenciónsolicitada, conforme a lo consignado en los antecedentes yfundamentos de derecho de la presente resolución.

Se pone en su conocimiento que, contra la presente resolu-ción, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerrecurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del díasiguiente al de su notificación, ante el consejero de economía,hacienda y empleo de la Diputación General de Aragón, deconformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y 114 ysiguientes de la ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimenjurídico de las administraciones públicas y procedimientoadministrativo común según la redacción dada por la ley 4/1999, de 13 de enero y artículos 58,2 y 54,3 del texto refundidode la ley de la administración de la comunidad autónoma deAragón, aprobado por decreto legislativo 2/2001 de 3 de julio(BOA nº-86 de 20-07-2002).

Notifíquese esta resolución a la interesada en la formalegalmente prevista.

Como quiera, pues, que es ignorado el paradero actual delbeneficiario, se procede de acuerdo con el artículo 59.4 de laley 30/1992, de 26 de noviembre, régimen jurídico de lasadministraciones públicas y procedimiento administrativocomún, haciéndole saber que una vez publicado en el boletínoficial de Aragón y exhibido en el tablón de anuncios del

BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2461

ayuntamiento se le tendrá por notificado de la misma a todoslos efectos.

Zaragoza, a 1 de marzo de 2004.—El Director Provincial delINAEM, Manuel Edo Hernández.

#ANUNCIO del Instituto Aragonés de Empleo, re-lativo a cédula de notificación y requerimiento aRafael Liñán Crespo.

$Anuncio de la dirección provincial del Instituto Aragonés de

Empleo en Zaragoza, relativo a cédula de notificación deresolución, en relación con el expediente z-0359-autia-03-0242 d. Rafael Liñán Crespo relativo a la subvención enconcepto de subvención de apoyo iniciativas de autoempleoprevista en el decreto 30/2002 de 5 de febrero, del gobierno deAragón, ha recaído resolución de fecha 17 de noviembre de2003, que es del tenor literal siguiente:

De conformidad con las normas vigentes esta Subdirecciónde Empleo eleva al director provincial del Instituto Aragonésde Empleo en Zaragoza la siguiente propuesta de resolución:

Visto el expediente promovido por dº. Rafael Liñán Crespo,con DNI 17.172.909-m y con domicilio en la calle heroísmo,13-15, 3-2, de Zaragoza, en solicitud de una subvención enconcepto de apoyo a iniciativas de autoempleo, al amparo deldecreto 30/2002, de 5 de febrero, del gobierno de Aragón, parala promoción del empleo autónomo (BOA 15-02-02), convo-cado para el año 2003 por orden de 20 de enero de 2003, deldepartamento de economía, hacienda y empleo (BOA 12-02-03) y teniendo en cuenta los siguientes

AntecedentesPrimero: la solicitud se presentó con fecha 11 de abril de

2003. en la documentación incorporada al expediente, elinteresado declara que inicio la actividad subvencionable confecha 18 de diciembre de 2002.

Segundo: del informe de vida laboral incorporado al expe-diente se deduce que el solicitante fue autónomo entre el 1 deabril de 2002 y el 30 de junio de 2002.

Fundamentos de derechoPrimero: la competencia en materia de gestión de los

programas de apoyo y fomento de empleo corresponde alInstituto Aragonés de Empleo en virtud de lo dispuesto en elapartado 2 a) del artículo 2 de la ley 9/1999, de 9 de abril, delas cortes de Aragón, sobre creación de dicho instituto y, vieneatribuida a la directora gerente del Instituto Aragonés deEmpleo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 17 del decreto30/2002, para la promoción del empleo autónomo. La compe-tencia para la resolución de solicitudes de subvención regula-das en este programa ha sido delegada en los directoresprovinciales de este instituto, en virtud de lo dispuesto en laresolución de 26-12-2002, de la dirección gerencia del mismo(BOA 27-1-03).

Segundo: el artículo 7.2 del decreto 30/2002, de 5 de febrero,excluye como posibles beneficiarios de las subvenciones a«aquéllos trabajadores que durante el año inmediatamenteanterior a la fecha de inicio de la actividad hubieran ejercidouna actividad como trabajadores autónomos o por cuentapropia, así como aquellos que hubiesen sido beneficiarios decualquiera de las ayudas de fomento de empleo autónomo enlos 4 años inmediatamente anteriores a dicha fecha.».

Vistos los preceptos legales citados y demás de generalaplicación, esta dirección provincial acuerda:

Denegar a dº. Rafael Liñán Crespo la subvención solicitada,conforme a lo consignado en los antecedentes y fundamentosde derecho de la presente resolución.

Se pone en su conocimiento que, contra la presente resolu-

ción, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerrecurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del díasiguiente al de su notificación, ante el consejero de economía,hacienda y empleo de la Diputación General de Aragón, deconformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y 114 ysiguientes de la ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimenjurídico de las administraciones públicas y procedimientoadministrativo común según la redacción dada por la ley 4/1999, de 13 de enero y artículos 58,2 y 54,3 del texto refundidode la ley de la administración de la comunidad autónoma deAragón, aprobado por decreto legislativo 2/2001 de 3 de julio(BOA nº-86 de 20-07-2002).

Notifíquese esta resolución al interesado en la forma legal-mente prevista.

Como quiera, pues, que es ignorado el paradero actual delbeneficiario, se procede de acuerdo con el artículo 59.4 de laley 30/1992, de 26 de noviembre, régimen jurídico de lasadministraciones públicas y procedimiento administrativocomún, haciéndole saber que una vez publicado en el boletínoficial de Aragón y exhibido en el tablón de anuncios delayuntamiento se le tendrá por notificado de la misma a todoslos efectos.

Zaragoza, a 1 de marzo de 2004.—El Director Provincial delINAEM, Manuel Edo Hernández.

#ANUNCIO del Instituto Aragonés de Empleo, re-lativo a cédula de notificación y requerimiento aMaría José Losantos Domínguez.

$Anuncio de la dirección provincial del Instituto Aragonés de

Empleo en Zaragoza, relativo a cédula de notificación deresolución, en relación con el expediente z-0378-autia-03-0255 «dña. María José Losantos Domínguez» relativo a lasubvención en concepto de subvención apoyo iniciativas deautoempleo prevista en el decreto 30/2002 de 5 de febrero, delgobierno de Aragón, ha recaído resolución de fecha 3 noviem-bre de 2003, que es del tenor literal siguiente:

De conformidad con las normas vigentes, esta Subdirecciónde Empleo eleva al director provincial del Instituto Aragonésde Empleo en Zaragoza la siguiente propuesta de resolución:

Visto el expediente promovido por dña. María José LosantosDomínguez, con DNI nº 25473111j y con domicilio en salva-dor allende, 16, Zaragoza (Zaragoza), en solicitud de unasubvención en concepto de apoyo a iniciativas de autoempleoal amparo del decreto 30/2002, de 5 de febrero, del gobiernode Aragón, para la promoción del empleo autónomo (BOA 15/02/02), convocado para el año 2.003 por orden de 20 de enero2.003, del departamento de economía, hacienda y empleo(b.o.a 12-2-2.003), y teniendo en cuenta los siguientes

AntecedentesPrimero: mediante instancia presentada en fecha 15 de abril

de 2003, la peticionaria solicita ayuda económica a fondoperdido, en concepto de apoyo a iniciativas de autoempleo,para trabajadores autónomos que hubiesen estado desemplea-dos con anterioridad al inicio de la actividad, todo ello confor-me a lo señalado en el artículo 6 del citado decreto.

Segundo: se incorpora al expediente la documentaciónexigida por el decreto 30/2002 y se acredita el cumplimientode los requisitos exigidos en el mismo.

Fundamentos de derechoPrimero: la competencia en materia de gestión de los

programas de apoyo y fomento de empleo corresponde alInstituto Aragonés de Empleo en virtud de lo dispuesto en elapartado 2 a) del artículo 2 de la ley 9/1999, de 9 de abril, delas cortes de Aragón, sobre creación de dicho instituto y, viene

2462 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

atribuida a la directora gerente del Instituto Aragonés deEmpleo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 17 del decreto30/2002, sobre fomento del empleo autónomo. La competen-cia en materia de resolución de solicitudes de subvenciónreguladas en este programa ha sido delegada en los directoresprovinciales de este instituto, en virtud de lo dispuesto en laresolución de 26-12-2.002, de la dirección gerencia del mismo(BOA 27-1-03).

Segundo: se acreditan los requisitos específicos exigidos enel artículo 6 del citado decreto 30/2002:

—Haber estado desempleada durante, al menos, seis meses(excepto menores de 30 años, minusválidos, mayores de 45años y mujeres).

—Estar dada de alta en el impuesto sobre actividadeseconómicas y en el régimen especial de trabajadores autóno-mos de la seguridad social en el momento de presentar lasolicitud.

—Haber realizado inversiones en activo fijo por importe de,al menos, 5.000 euros, sin incluir el impuesto sobre el valorañadido.

Tercero: se acreditan asimismo los requisitos comunes atodas las ayudas al empleo autónomo, reguladas en el artículo15 del mencionado decreto 30/2002.

Cuarto: la presente ayuda, de conformidad con lo estableci-do en el artículo 21 del decreto 30/2002, de 5 de febrero, estáacogida al «régimen de minimis» regulado en el reglamento69/2001 de la comisión europea, por lo que el beneficiario dela misma no podrá recibir subvenciones superiores a 100.000euros durante un periodo de tres años a partir de la fecha deconcesión de ésta o cualquier otra ayuda de minimis.

Vistos los preceptos legales citados y demás de generalaplicación, esta dirección provincial acuerda:

1º) Subvencionar a: dña. María José Losantos Domínguezcon la cantidad total de 4.200,00 euros euros. La ayuda objetode la presente resolución está cofinanciada en un 50% por elfondo social europeo, cuya misión es contribuir al desarrollodel empleo impulsando el espíritu de empresa, la empleabili-dad, la adaptabilidad, la igualdad de oportunidades y la inver-sión en recursos humanos.

2º) Reservarse la facultad de revocar la subvención conce-dida y exigir su devolución, total o parcialmente, así como elinterés de demora desde el momento del pago, si la beneficia-ria deja de cumplir las condiciones que determinaron suconcesión o, según lo dispuesto en los artículos 8, 16 y 20 deldecreto 30/2002, de 5 de febrero, en los supuestos siguientes:

—Si la beneficiaria incumple alguna de las siguientes obli-gaciones:

Realizar la actividad que fundamenta la concesión de laayuda o subvención por un plazo de, al menos, tres años.

Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar porla Diputación General de Aragón y a las previstas en lalegislación del tribunal de cuentas, así como a las que puedaefectuar, en su caso, la comisión y el tribunal de cuentas de launión europea.

Comunicar al Instituto Aragonés de Empleo la obtención decualquier otra ayuda para la misma finalidad procedente deotros departamentos, administraciones o entes públicos oprivados.

—Si el importe de la subvención, aisladamente o en concu-rrencia con otras subvenciones o ayudas de otras administra-ciones públicas o de otros entes públicos o privados, naciona-les o internacionales, supera el coste de la actividad a desarro-llar por la beneficiaria.

—Si la beneficiaria ha percibido cualquier otra ayuda públi-ca concedida para la misma finalidad.

—Falseamiento de datos, hechos o documentación aporta-dos.

Notifíquese esta resolución a la interesada en la formalegalmente prevista.

Se pone en su conocimiento que, contra la presente resolu-ción, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerrecurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del díasiguiente al de su notificación, ante el consejero de economía,hacienda y empleo de la Diputación General de Aragón, deconformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientesde la ley 30/1992, de régimen jurídico de las administracionespúblicas y procedimiento administrativo común, según laredacción dada por la ley 4/1999, de 13 de enero, y artículos58.2 y 54.3 del texto refundido de la ley de la administraciónde la comunidad autónoma de Aragón, aprobado por decretolegislativo 2/2001, de 3 de julio (BOA nº 86 de 20 -7-2001).

Como quiera, pues, que es ignorado el paradero actual delbeneficiario, se procede de acuerdo con el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y Procedimiento AdministrativoComún, haciéndole saber que una vez publicado en el «BoletínOficial de Aragón» y exhibido en el tablón de anuncios delayuntamiento se le tendrá por notificado de la misma a todoslos efectos.

Zaragoza, a 17 de marzo de 2004.—El Director Provincialdel INAEM, Manuel Edo Hernández.

#ANUNCIO del Instituto Aragonés de Empleo, re-lativo a cédula de notificación y requerimiento aMarta Valero Tena.

$Anuncio de la dirección provincial del Instituto Aragonés de

Empleo en Zaragoza, relativo a cédula de notificación deresolución, en relación con el expediente z-0415-autia-03-0281 dña. Marta Valero Tena relativo a la subvención enconcepto de subvención de apoyo iniciativas de autoempleoprevista en el decreto 30/2002 de 5 de febrero, del gobierno deAragón, ha recaído resolución de fecha 2 de octubre de 2003,que es del tenor literal siguiente:

De conformidad con las normas vigentes, esta Subdirecciónde Empleo eleva al director provincial del Instituto Aragonésde Empleo en Zaragoza la siguiente propuesta de resolución:

Visto el expediente promovido por dª. Marta Valero Tena,con n.i.f. 25.156.885-z, y con domicilio en san Viator, 34, 1ºc de Zaragoza, en solicitud de una subvención de apoyo ainiciativa de autoempleo, al amparo del decreto 30/2002, de 5de febrero, del gobierno de Aragón, para la promoción delempleo autónomo (BOA 15-02-2002), convocado para el año2003 por orden de 20 de enero de 2003, del departamento deeconomía, hacienda y empleo (BOA 12-02-03)

AntecedentesPrimero: con fecha 8 de agosto de 2003 se requirió a la

interesada para que, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 71 de la ley de régimen jurídico de las administracio-nes públicas y procedimiento administrativo común, presen-tase diversa documentación acreditativa del cumplimiento derequisitos establecidos por la normativa vigente y completarael expediente, advirtiéndole de que en caso de no atender elrequerimiento se le tendría por desistido de su petición. Delrequerimiento se acusó recibo el 13 de agosto de 2003, sin quea fecha de hoy se haya atendido.

Fundamentos de derechoPrimero: la competencia en materia de gestión de los

programas de apoyo y fomento de empleo corresponde alInstituto Aragonés de Empleo en virtud de lo dispuesto en elapartado 2 a) del artículo 2 de la ley 9/1999, de 9 de abril, delas cortes de Aragón, sobre creación de dicho instituto y, viene

BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2463

atribuida a la directora gerente del Instituto Aragonés deEmpleo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 17 del decreto30/2002, para la promoción del empleo autónomo. La compe-tencia en materia de resolución de solicitudes de subvenciónreguladas en este programa ha sido delegada en los directoresprovinciales de este instituto, en virtud de lo dispuesto en laresolución de 26-12-2.002, de la dirección gerencia del mismo(BOA 27-1-03).

Segundo: el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común, reformado por la ley 4/1999, de modificación de laley 30/1992, de 26 de noviembre, establece que «si la solicitudde iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 70y los exigidos, en su caso, por la legislación especifica aplica-bles, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diezdías, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos,con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá pordesistido de su petición, previa resolución».

Tercero: no se acredita en el presente caso el cumplimientode los requisitos establecidos en el decreto 30/2002, de 15 defebrero, para la concesión de una subvención de apoyo ainiciativa de autoempleo.

Vistos los preceptos legales citados y demás de generalaplicación, esta dirección provincial acuerda:

Archivar el expediente incoado doña Marta Valero Tenateniéndole por desistida de su petición de acuerdo con loconsignado en los antecedentes y fundamentos de derecho dela presente resolución.

Notifíquese esta resolución al interesado en la forma legal-mente prevista.

Se pone en su conocimiento que, contra la presente resolu-ción, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerrecurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del díasiguiente al de su notificación, ante el consejero de economía,hacienda y empleo de la Diputación General de Aragón, deconformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y 114 ysiguientes de la ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimenjurídico de las administraciones públicas y procedimientoadministrativo común según la redacción dada por la ley 4/1999, de 13 de enero y artículos 58.2 y 54.3 del texto refundidode la ley de la administración de la comunidad autónoma deAragón, aprobado por decreto legislativo 2/2001 de 3 de julio(BOA nº-86 de 20-07-2002).

Como quiera, pues, que es ignorado el paradero actual delbeneficiario, se procede de acuerdo con el artículo 59.4 de laley 30/1992, de 26 de noviembre, régimen jurídico de lasadministraciones públicas y procedimiento administrativocomún, haciéndole saber que una vez publicado en el boletínoficial de Aragón y exhibido en el tablón de anuncios delayuntamiento se le tendrá por notificado de la misma a todoslos efectos.

Zaragoza, a 1 de marzo de 2004.—El Director Provincial delINAEM, Manuel Edo Hernández.

#ANUNCIO del Instituto Aragonés de Empleo, re-lativo a cédula de notificación y requerimiento aAna Aránzazu Ríos Ruber.

$Anuncio de la dirección provincial del Instituto Aragonés de

Empleo en Zaragoza, relativo a cédula de notificación deresolución, en relación con el expediente z-0446-autrs-03-0303 dña. Ana Aránzazu Ríos Ruber relativo a la subvenciónen concepto de subvención de renta de subsistencia prevista enel decreto 30/2002 de 5 de febrero, del gobierno de Aragón, harecaído resolución de fecha 2 de diciembre de 2003, que es deltenor literal siguiente:

De conformidad con las normas vigentes esta Subdirección

de Empleo eleva al director provincial del Instituto Aragonésde Empleo en Zaragoza la siguiente propuesta de resolución:

Visto el expediente promovido por dª. Ana Aránzazu RíosRuber, con DNI 25.438.227-c y con domicilio en la calleBorja, nº 50, 3º izda, de Zaragoza, en solicitud de una subven-ción de renta de subsistencia, al amparo del decreto 30/2002,de 5 de febrero, del gobierno de Aragón, para la promoción delempleo autónomo (BOA 15-02-02), convocado para el año2003 por orden de 20 de enero de 2003, del departamento deeconomía, hacienda y empleo (BOA 12-02-03) y teniendo encuenta los siguientes

AntecedentesPrimero: la solicitud se presentó con fecha 7 de mayo de

2003. De la documentación incorporada al expediente seextrae la conclusión de que la fecha de inicio de la actividad esla de 8 de marzo de 2003, fecha en la que la solicitante teníauna edad de 37 años. Con fecha 12 de agosto de 2003 serequirió a la interesada para que, de conformidad con loestablecido en el artículo 71 de la ley de régimen jurídico delas administraciones públicos y procedimiento administrativocomún, presentase diversa documentación acreditativa delcumplimiento de los requisitos establecidos por la normativavigente y completara el expediente, advirtiéndole de que encaso de no atender el requerimiento se le tendría por desistidade su petición. Del requerimiento se acusó recibo con fecha 21de agosto de 2003 y se respondió parcialmente con fecha 10 deoctubre de 2003.

Segundo: del análisis del certificado expedido por la corres-pondiente oficina de empleo del Instituto Aragonés de Em-pleo, se colige que la interesada estuvo inscrita como deman-dante entre el 4 de marzo de 2003 y el 5 de junio de 2003.

Fundamentos de derechoPrimero: la competencia en materia de gestión de los

programas de apoyo y fomento de empleo corresponde alInstituto Aragonés de Empleo en virtud de lo dispuesto en elapartado 2 a) del artículo 2 de la ley 9/1999, de 9 de abril, delas cortes de Aragón, sobre creación de dicho instituto y, vieneatribuida a la directora gerente del Instituto Aragonés deEmpleo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 17 del decreto30/2002, para la promoción del empleo autónomo. La compe-tencia para la resolución de solicitudes de subvención regula-das en este programa ha sido delegada en los directoresprovinciales de este instituto, en virtud de lo dispuesto en laresolución de 26-12-2002, de la dirección gerencia del mismo(BOA 27-1-03).

Segundo: el artículo 4.3 a) del decreto 30/2.002, de 5 defebrero, establece como requisito para tener derecho a lasubvención solicitada, «haber estado desempleado e inscritocomo demandante de empleo en la correspondiente oficina delservicio público de empleo o agencia de colocación debida-mente autorizada, en la fecha inmediatamente anterior alinicio de la actividad. En el caso de mayores de 25 años, esnecesario cumplir ambas condiciones durante el periodo de unaño ininterrumpido e inmediatamente anterior a la fecha deinicio de la actividad.».

Vistos los preceptos legales citados y demás de generalaplicación, esta dirección provincial acuerda:

Denegar a dº. Ana Aránzazu Ríos Ruber la subvenciónsolicitada, conforme a lo consignado en los antecedentes yfundamentos de derecho de la presente resolución.

Se pone en su conocimiento que, contra la presente resolu-ción, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerrecurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del díasiguiente al de su notificación, ante el consejero de economía,hacienda y empleo de la Diputación General de Aragón, deconformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y 114 y

2464 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

siguientes de la ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimenjurídico de las administraciones públicas y procedimientoadministrativo común según la redacción dada por la ley 4/1999, de 13 de enero y artículos 58,2 y 54,3 del texto refundidode la ley de la administración de la comunidad autónoma deAragón, aprobado por decreto legislativo 2/2001 de 3 de julio(BOA nº-86 de 20-07-2002).

Notifíquese esta resolución a la interesada en la formalegalmente prevista.

Como quiera, pues, que es ignorado el paradero actual delbeneficiario, se procede de acuerdo con el artículo 59.4 de laley 30/1992, de 26 de noviembre, régimen jurídico de lasadministraciones públicas y procedimiento administrativocomún, haciéndole saber que una vez publicado en el boletínoficial de Aragón y exhibido en el tablón de anuncios delayuntamiento se le tendrá por notificado de la misma a todoslos efectos.

Zaragoza, a 1 de marzo de 2004.—El Director Provincial delINAEM, Manuel Edo Hernández.

#ANUNCIO de la Subdirección Provincial de Tra-bajo, relativo a modificación de estatutos de laAsociación de Empresarios de Comercio de Mon-zón.

$En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa legal

vigente, sobre depósito de Estatutos de Asociaciones Empre-sariales y a los efectos previstos en la misma, se hace públicoque, el día 19-02-2004, fue solicitado en este Servicio eldepósito del escrito referente al acuerdo adoptado respecto ala modificación de los Estatutos de la «Asociación de Empre-sarios de Comercio de Monzón», en lo sucesivo «Asociaciónde Empresarios de Comercio y Servicios de Monzón y Comar-ca» aprobada en acta de la Asamblea General Extraordinariade 6-02-2004.

La referida modificación afecta a los arts. 1, 5, 9, 12 y 25 desus estatutos.

Conforme a los artículos 4 y 5 del citado Decreto 873/77 losinteresados podrán alegar por escrito lo que estimen proceden-te en el plazo de los ocho días siguientes a la publicación delpresente anuncio en el «Boletín Oficial de Aragón», que seráexpuesto en el tablón de anuncios de esta Subdirección Pro-vincial, sita en Avda. Santo Grial, nº2-5ª de Huesca, dondepodrán ser examinados los Estatutos depositados.

Huesca, 26 de febrero de 2004.—El Director del ServicioProvincial de Economía, Hacienda y Empleo, Francisco Jordánde Urríes Senante.

#ANUNCIO de la Subdirección Provincial de Tra-bajo, relativo a modificación de estatutos de laAsociación Empresarial de la Comarca Hoya deHuesca.

$En cumplimiento de lo dispuesto en la normativa legal

vigente, sobre depósito de Estatutos de Asociaciones Empre-sariales y a los efectos previstos en la misma, se hace públicoque, el día 20-02-2004, fue solicitado en este Servicio eldepósito del escrito referente al acuerdo adoptado respecto ala modificación de los Estatutos de la «»Asociación Empresa-rial de la Comarca de Hoya de Huesca (CEOS-CEPYMEHoya de Huesca)», aprobada en acta de la Asamblea GeneralExtraordinaria de 17-02-2004.

La referida modificación afecta a los arts. 12, 17,22, 23 y 37de sus estatutos.

Conforme a los artículos 4 y 5 del citado Decreto 873/77 losinteresados podrán alegar por escrito lo que estimen proceden-

te en el plazo de los ocho días siguientes a la publicación delpresente anuncio en el «Boletín Oficial de Aragón», que seráexpuesto en el tablón de anuncios de esta Subdirección Pro-vincial, sita en Avda. Santo Grial, nº2-5ª de Huesca, dondepodrán ser examinados los Estatutos depositados.

Huesca, 26 de febrero de 2004.—El Director del ServicioProvincial de Economía, Hacienda y Empleo, Francisco Jordánde Urríes Senante.

§DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS,URBANISMO Y TRANSPORTES

#ANUNCIO del Servicio Provincial de Obras Públi-cas, Urbanismo y Transportes de Zaragoza, por elque se notifica la Orden del Departamento deObras Públicas, Urbanismo y Transportes que secita, que resuelve el Recurso de Alzada interpuestopor D. Miguel Segura Fabre en el ExpedienteSancionador SFZ-01/2003.

$No habiendo sido posible realizar la notificación de la

Orden del Departamento de Obras Públicas Urbanismo yTransportes de 26 de diciembre de 2003, por la que seresuelve el Recurso de Alzada interpuesto por D. MiguelSegura Fabre contra la Resolución de 3 de marzo de 2003, delDirector General de Vivienda y Rehabilitación del Departa-mento de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por laque se pone fin al expediente sancionador SFZ-01/2003, seprocede a la notificación conforme determina el art. 59.4 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, a las personas que se detallan a continua-ción:

D. Miguel Segura Fabre (D.N.I. nº 40.079.650-B)Contra dicha Orden, que agota la vía administrativa y cuyo

contenido íntegro estará a disposición del interesado en lasdependencias de este Servicio Provincial, sito en Pza. SanPedro Nolasco, 7 de Zaragoza, durante un plazo de diez díasdesde el siguiente al de publicación de este anuncio, cabeinterponer Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juz-gado de lo Contencioso-Administrativo, de acuerdo con loestablecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dosmeses a contar desde el día siguiente al de su recepción por elinteresado en caso de comparecer en las oficinas citadas o, encaso contrario, desde el día siguiente al de la expiración delplazo señalado para conocer el contenido íntegro del citadoacto.

Zaragoza a 26 de febrero de 2003.—El Director del ServicioProvincial, Gonzalo Gavín González.

#RESOLUCION de 23 de febrero de 2004, de laDirección General de Urbanismo, por la que se dapublicidad a la resolución de 20 de febrero de 2003,de emplazamiento a interesados en recurso con-tencioso-administrativo número 948/2003, presen-tado contra el acuerdo adoptado por el Consejo deOrdenación del Territorio en sesión de fecha 25 deseptiembre de 2002, relativo al cumplimiento par-cial de prescripciones del Plan General de Ordena-ción Urbana de Zaragoza.

$En cumplimiento del apartado tercero de la Resolución de

fecha 20 de febrero de 2004 se procede a su publicación:«Resultando que mediante escrito de fecha 26 de enero de

2004 del Secretario Judicial de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón,

BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2465

Sección primera, con fecha de entrada en el registro delGobierno de Aragón el 10 de febrero de 2004, se ha dictadoresolución en el recurso contencioso-administrativo nº 948/2003 interpuesto por Comercial Promotora S. A., Construc-ciones Inmobiliarias Los Arcos y Otras contra el acuerdo delGobierno de Aragón de 22 de julio de 2003 por el que sedesestima los recursos de alzada interpuestos por D. DavidBriceño Viviente como apoderado de Comercial Promotora,S. A., Compañía Promotora de Construcciones Urbanas, S. A.,Construcciones Inmobiliarias Los Arcos, S. A., PromotoraInmobiliaria Urbana, S. A., e Inversión y Finanzas Briceño, S.A., y por Dª Antonia Seoane Cubeiro, contra el acuerdoadoptado por el Consejo de Ordenación del Territorio de 25 deseptiembre de 2002, sobre cumplimiento parcial de prescrip-ciones del Plan General de Ordenación Urbana de Zaragoza,se solicita a esta Administración de la Comunidad Autónomade Aragón la remisión al Tribunal de los correspondientesexpedientes y la realización de los emplazamientos necesariosa los interesados en el procedimiento.

Considerando los artículos 48, 49 y 50 de la Ley 29/1998 de13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Admi-nistrativa y en virtud de todo ello, resuelvo:

Primero.—Remitir a la Sala de lo Contencioso-Administra-tivo, Sección Primera, del Tribunal Superior de Justicia deAragón, los expedientes administrativos SAU 39, 40, 41, 42,43, 44, 45, y 46/2002, correspondientes a los recursos dealzada interpuestos por D. David Briceño Viviente comoapoderado de Comercial Promotora S. A., Compañía promo-tora de Construcciones Urbanas, S. A., Construcciones Inmo-biliarias Los Arcos, S. A., Promotora Inmobiliaria Urbana, S.A., e Inversión y Finanzas Briceño, S. A. y por doña AntoniaSeoane Cubeiro, contra el acuerdo adoptado por el Consejo deOrdenación del Territorio de 25 de septiembre de 2002,indicando que el expediente SAU 5/01 de la Revisión del PlanGeneral de Ordenación Urbana de Zaragoza obra en poder deesa Sala, en cumplimiento de lo solicitado por el citadoTribunal mediante resolución dictada en el recurso contencio-so-administrativo nº 923/2003.

Segundo.—Notificar íntegramente la presente Resolución atodos cuantos aparezcan interesados en los citados expedien-tes emplazándoles para que puedan comparecer ante la Sala delo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, del Tribu-nal Superior de Justicia de Aragón y personarse en el plazo denueve días mediante procurador con poder al efecto y confirma de abogado. Si se personasen fuera del indicado plazo,se les tendrá por parte para los trámites no precluidos, sin quepor ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del proce-dimiento. Si no se personasen oportunamente continuará elprocedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicar-les, en estrados o en cualquier otra forma, notificaciones declase alguna, en los autos del presente recurso contencioso-administrativo.

Tercero.—Proceder a la publicación de la presente resolu-ción a efectos de que los interesados en el expediente SAU 5/01 en el que se aprueba la Revisión del Plan General deOrdenación Urbana de Zaragoza de 2001, puedan comparecery personarse en el recurso contencioso-administrativo inter-puesto.»

Lo que se publica a efectos de que los interesados puedancomparecer ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo delTribunal Superior de Justicia de Aragón y personarse comodemandados en el plazo de nueve días, mediante procuradorcon poder al efecto y con firma de Abogado. De personarsefuera del indicado plazo, se les tendrá por parte, sin que porello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedi-miento. Si no se personasen oportunamente continuará elprocedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicar-

les notificación de clase alguna, en los autos del presenteprocedimiento.

Zaragoza, 23 de febrero de 2004.—El Director General deUrbanismo, Carlos Guía Marqués.

#NOTIFICACION del Servicio Provincial de ObrasPúblicas, Urbanismo y Transportes de Huesca, alos interesados relacionados en el Anexo, de lasResoluciones recaídas en los expedientes sancio-nadores que se indican, por infracción a las dispo-siciones ordenadoras del transporte.

$Por no haber sido posible realizar la notificación de las

Resoluciones sancionadoras, por infracción a las disposicio-nes ordenadoras del transporte, se procede a su notificaciónconforme determina el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº285, de 27 de noviembre), haciendo constar lo siguiente:

1º. Se consideran cometidos los hechos denunciados, de losque son responsables las personas o empresas indicadas encada expediente junto con la determinación del preceptoinfringido y del importe de la sanción.

2º. Contra la presente resolución, que no agota la víaadministrativa, cabe interponer Recurso de Alzada ante elExcmo. Sr. Consejero del Departamento de Obras Públicas,Urbanismo y Transportes de la Diputación General de Ara-gón, en el plazo de un mes, a partir de la fecha más favorable:de publicación en el «Boletín Oficial de Aragón», de finaliza-ción del tiempo de exposición por edictos del Ayuntamientodel último domicilio del sancionado, conocido por esta Admi-nistración; sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudierainterponerse.

3º. Transcurrido dicho plazo, la Resolución será firme a todolos efectos, debiendo satisfacer el importe de la sanción en lossiguientes plazos:

—En las notificaciones efectuadas entre los días 1 y 15 decada mes, desde la fecha de notificación de la Resolución hastael día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior

—En las notificaciones efectuadas entre los días 16 y últimode cada mes, desde la fecha de notificación de la Resoluciónhasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

4º. Dado que se trata de una notificación de resoluciónsancionadora, al amparo de lo dispuesto en los art. 37.3 y 61de la Ley 30/1992, podrán tener conocimiento del textoíntegro de la resolución el sancionado o su representanteacreditado, a través de esta Sección de Transportes de Huesca,donde obra el expediente.

5º. Las abreviaturas que figuran en ANEXO responden a lasiguiente normativa:

Ley 16/87: Ley 16/1987, de Ordenación de los TransportesTerrestres, de 30 de julio (BOE nº 182, de 31 de julio)

RD 1211/90: Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre,por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley (BOE nº241, de 8 de octubre).

Huesca, 2 de marzo de 2004.—El Director del ServicioProvincial de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes,Gabriel Claver Abós.

ANEXO

Expediente: HU-03281-O-02Fecha: 26/09/2002Nombre: TTES. GONZALEZ IÑURRIETA, S. L.Población: VITORIA-GASTEIZProvincia: ALAVA

2466 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

Fecha: 23/03/2003Nombre: TRANS DISCEVA, SLPoblación: ARENYS DE MARProvincia: BARCELONASanción: 300,00 eurosPreceptos infringidos: 141H Ley 16/87; Dir.92/6 y 92/24

CEE; RD 2484/94;OM 28-10-96;198H RD 1211/90

Expediente: HU-03913-O-02Fecha: 25/11/2002Nombre: MALLO LEIRA, ANGELPoblación: VIGOProvincia: PONTEVEDRASanción: 1.800,00 eurosPreceptos infringidos: 141N y 33 Ley 16/87;198Ñ y 19 RD

1211/90140D Ley 16/87 art. 33.13 RD 2115/98;197D RD 1211/90

Expediente: HU-02883-O-02Fecha: 07/08/2002Nombre: ORTIZ DE ZARATE MARCOS P.A.Población: GÜEÑESProvincia: BIZKAIASanción: 1.200,00 eurosPreceptos infringidos: 141H Ley 16/87 R(CE) 3821/85;198H

RD 1211/90

Expediente: HU-02893-O-02Fecha: 07/08/2002Nombre: ORTIZ DE ZARATE MARCOS P.A.Población: GÜEÑESProvincia: BIZKAIASanción: 600,00 eurosPreceptos infringidos: 141H Ley 16/87 R(CE) 3821/85;198H

RD 1211/90

Expediente: HU-03135-O-02Fecha: 14/09/2002Nombre: BARTOLOME MARCOS, JESUS MARIAPoblación: BURGOSProvincia: BURGOSSanción: 300,00 eurosPreceptos infringidos: 141H Ley 16/87; Dir.92/6 y 92/24

CEE; RD 2484/94;OM 28-10-96;198H RD 1211/90

Expediente: HU-00217-O-03Fecha: 24/01/2003Nombre: MOTINO GUTIERREZ, FELIXPoblación: CASTELLDEFELSProvincia: BARCELONASanción: 1.380,00 eurosPreceptos infringidos: 141H Ley 16/87; Dir.92/6 y 92/24

CEE; RD 2484/94;OM 28-10-96;198H RD 1211/90

Expediente: HU-00677-O-03Fecha: 17/03/2003Nombre: EMEJOTATRANS, S. L.Población: VERINProvincia: OURENSESanción: 1.500,00 eurosPreceptos infringidos: 140A y 90 Ley 16/87;197A y 41 RD

1211/90

Expediente: HU-00968-O-03Fecha: 07/04/2003Nombre: JACER CATALUÑA, S. L.Población: MONTMELOProvincia: BARCELONA

Sanción: 600,00 eurosPreceptos infringidos: 141H Ley 16/87 R(CE) 3821/85;198H

RD 1211/90

Expediente: HU-03034-O-02Fecha: 13/09/2002Nombre: ALMENDRAS PIRENAICAS ASCASO SLPoblación: PAMPLONAProvincia: NAVARRASanción: 300,00 eurosPreceptos infringidos: 141H Ley 16/87; Dir.92/6 y 92/24

CEE; RD 2484/94;OM 28-10-96;198H RD 1211/90

Expediente: HU-00257-O-03Fecha: 03/02/2003Nombre: TRANSAUCO, S. L.Población: BARCELONAProvincia: BARCELONASanción: 300,00 eurosPreceptos infringidos: 141H Ley 16/87; Dir.92/6 y 92/24

CEE; RD 2484/94;OM 28-10-96;198H RD 1211/90

Expediente: HU-03068-O-02Fecha: 05/09/2002Nombre: TRANSCEBER S. L.Población: BARCELONAProvincia: BARCELONASanción: 300,00 eurosPreceptos infringidos: 141H Ley 16/87; Dir.92/6 y 92/24

CEE; RD 2484/94;OM 28-10-96;198H RD 1211/90

Expediente: HU-03069-O-02Fecha: 05/09/2002Nombre: TRANSCEBER S. L.Población: MOLINS DE REYProvincia: BARCELONASanción: 280,00 eurosPreceptos infringidos: 141Q Ley 16/87 R(CE)3821/85;198I

RD 1211/90

Expediente: HU-03066-O-02Fecha: 05/09/2002Nombre: TRANSCEBER S. L.Población: BARCELONAProvincia: BARCELONASanción: 600,00 eurosPreceptos infringidos: 141P Ley 16/87 R(CE) 3820/85;198Q

RD 1211/90

Expediente: HU-03016-O-02Fecha: 04/09/2002Nombre: SPAIN RAIL, S. L.Población: BARCELONAProvincia: BARCELONASanción: 600,00 eurosPreceptos infringidos: 141H Ley 16/87 R(CE) 3821/85;198H

RD 1211/90

Expediente: HU-03409-O-02Fecha: 08/10/2002Nombre: TTES. HNOS. SEGOVIA TENA, S. L.Población: SAN MARTIN DE LA VEGAProvincia: MADRIDSanción: 1.500,00 eurosPreceptos infringidos: 140A y 90 Ley 16/87;197A y 41 RD

1211/90

Expediente: HU-00756-O-03

BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2467

Sanción: 300,00 eurosPreceptos infringidos: 140A y 90 Ley 16/87 y OM 20-7-

95;197 A y 200.3 RD 1211/90 141O Ley 16/87;198 P RD1211/90

Expediente: HU-01129-O-03Fecha: 20/04/2003Nombre: TRANSPORTES LEA-EXPOSITO S. L.Población: ZARAGOZAProvincia: ZARAGOZASanción: 300,00 eurosPreceptos infringidos: 140A y 90 Ley 16/87;197A y 41 RD

1211/90 141O Ley 16/87;198 P RD 1211/90

Expediente: HU-00538-O-03Fecha: 05/03/2003Nombre: SALINAS SALINAS, JOSE VICENTEPoblación: REUSProvincia: TARRAGONASanción: SOBRESEIMIENTO

Expediente: HU-01084-O-03Fecha: 19/04/2003Nombre: BARDAJI JIMENEZ, MARTAPoblación: LLEIDAProvincia: LLEIDASanción: 150,00 eurosPreceptos infringidos: 141B y 103 Ley 16/87;198B y 158

RD 1211/90 142M Ley 16/87;199Ñ RD 1211/90#

NOTIFICACION del Servicio Provincial de ObrasPúblicas, Urbanismo y Transportes de Huesca, alos interesados relacionados en el Anexo, de laAudiencia-Propuesta de Resolución de los expe-dientes sancionadores por infracción a las disposi-ciones ordenadoras del transporte.

$Por no haber sido posible notificar la Audiencia-Propuesta

de Resolución de los expedientes sancionadores, por infrac-ción a las disposiciones ordenadoras del transporte, tipificadasen la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de losTransportes Terrestres (BOE nº 182, de 31 de julio) y en elReal Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que seaprueba el Reglamento de la citada Ley, (BOE nº 241, de 8octubre), se procede, conforme determina el art. 59.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administrati-vo Común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), a notificar a losinteresados que se detallan en anexo, haciendo constar:

1ª Disponen los denunciados de un plazo de quince díashábiles, a contar del siguiente al de la presente publicación, paraformular alegaciones por escrito y presentar los documentos yjustificaciones que estimen pertinentes, ante la Sección deTransportes de Huesca, sita en C/ General Lasheras, nº 6.

2ª Mientras dure la tramitación de los expedientes sancionado-res, los interesados podrán tomar vista de los mismos. Dado quese trata de un expediente sancionador, al amparo de lo previsto enel art. 61 de la Ley 30/1992, se comunica que los interesados,directamente o por medio de su representante acreditado, podrántener conocimiento del texto íntegro de la notificación, a través dela Sección de Transportes de Huesca, donde obra el expediente.

Huesca, 2 de marzo de 2004.—La Instructora del Expedien-te, Victoria Royo Martínez.

ANEXO

Expediente: HU-00507-O-03

Fecha: 04/03/2003Nombre: HORMIGONES GIRAL S. A.Población: HUESCAProvincia: HUESCASanción: 600,00 eurosPreceptos infringidos: 141H Ley 16/87 R(CE) 3821/85;198H

RD 1211/90

Expediente: HU-00824-O-03Fecha: 27/03/2003Nombre: LLOP PEÑA, MIGUELPoblación: SANT JOAN DESPIProvincia: BARCELONASanción: 300,00 eurosPreceptos infringidos: 141H Ley 16/87 R(CE) 3821/85;198H

RD 1211/90

Expediente: HU-00567-O-03Fecha: 07/03/2003Nombre: LLOP PEÑA, MIGUELPoblación: SANT JOAN DESPIProvincia: BARCELONASanción: 600,00 eurosPreceptos infringidos: 141H Ley 16/87; Dir.92/6 y 92/24

CEE; RD 2484/94;OM 28-10-96;198H RD 1211/90; 141HLey 16/87 R(CE) 3821/85;198H RD 1211/90

#NOTIFICACION del Servicio Provincial de ObrasPúblicas, Urbanismo y Transportes de Huesca, alos interesados relacionados en el Anexo, de lainiciación de expedientes sancionadores y apertu-ra de plazos de alegaciones y prueba, por presuntainfracción a las disposiciones ordenadoras deltransporte.

$Por no haber sido posible notificar la iniciación de los expedien-

tes sancionadores y la apertura de los plazos de alegaciones yprueba, por presunta infracción a las disposiciones ordenadoras deltransporte, tipificadas en la Ley 16/1987, de 30 de julio, deOrdenación de los Transportes Terrestres (BOE nº 182, de 31 dejulio) y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por elque se aprueba el Reglamento que desarrolla la citada Ley, (BOEnº 241, de 8 octubre), se procede, conforme determina el art. 59.4de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (BOE nº 285, de 27 de noviembre), a notificar a losinteresados que se detallan en anexo, haciendo constar:

1º.—Disponen los denunciados de un plazo de quince díashábiles, a contar del siguiente al de la presente publicación,para formular sus alegaciones por escrito, así como proponero presentar las pruebas justificativas que estimen convenien-tes, ante la Sección de Transportes de Huesca, sita en C/General Lasheras, nº 6.

2º.—Mientras dure la tramitación de los expedientes san-cionadores, los interesados podrán tomar vista de los mismos.Dado que se trata de un expediente sancionador, al amparo delo previsto en el art. 61 de la Ley 30/1992, se comunica que losinteresados, directamente o por medio de su representanteacreditado, podrán tener conocimiento del texto íntegro de lanotificación, a través de la Sección de Transportes de Huesca,donde obra el expediente.

Huesca, 3 de marzo de 2004.—La Instructora del Expedien-te, Victoria Royo Martínez.

ANEXO

Expediente: HU-02083-O-03

2468 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

Fecha: 15/07/2003Nombre: SAA COSTA, JOSE ANTONIOPoblación: BARCELONAProvincia: BARCELONASanción: 1.380,00 eurosPreceptos infringidos: 141H Ley 16/87; Dir.92/6 y 92/24

CEE; RD 2484/94;OM 28-10-96;198H RD 1211/90

Expediente: HU-02572-O-03Fecha: 15/10/2003Nombre: AVIEXTRE, S. L.Población: SESEÑA NUEVOProvincia: TOLEDOSanción: 120,00 eurosPreceptos infringidos: 142K Ley 16/87 R(CE)3820/85;199L

RD 1211/90

Expediente: HU-02493-O-03Fecha: 06/10/2003Nombre: INMOBILIARIA BUIL, S. A.Población: HUESCAProvincia: HUESCASanción: 300,00 eurosPreceptos infringidos: 141H Ley 16/87 R(CE) 3821/85;198H

RD 1211/90

Expediente: HU-02216-O-03Fecha: 05/08/2003Nombre: MARTINEZ PEÑA, JOSEFAPoblación: ZARAGOZAProvincia: ZARAGOZASanción: 300,00 eurosPreceptos infringidos: 140A y 90 Ley 16/87;197A y 41 RD

1211/90 141O Ley 16/87;198 P RD 1211/90

Expediente: HU-02171-O-03Fecha: 28/07/2003Nombre: BALAGUER ARCOS, JAIMEPoblación: BADALONAProvincia: BARCELONASanción: 150,00 eurosPreceptos infringidos: 141B y 103 Ley 16/87;198B y 158

RD 1211/90 142M Ley 16/87;199Ñ RD 1211/90

Expediente: HU-02150-O-03Fecha: 25/07/2003Nombre: LAHSEN BABBASSEPoblación: BELVER DE CINCAProvincia: HUESCASanción: 150,00 eurosPreceptos infringidos: 141B y 103 Ley 16/87;198B y 158

RD 1211/90 142M Ley 16/87;199Ñ RD 1211/90

Expediente: HU-02237-O-03Fecha: 09/08/2003Nombre: MASIDE DIAZ, JOSE ANTONIOPoblación: BARCELONAProvincia: BARCELONASanción: 300,00 eurosPreceptos infringidos: 141H Ley 16/87 R(CE) 3821/85;198H

RD 1211/90

Expediente: HU-02279-O-03Fecha: 19/08/2003Nombre: REPNAVISA, S. L.Población: GETXOProvincia: VIZCAYASanción: 150,00 euros

Preceptos infringidos: 141B y 103 Ley 16/87;198B y 158RD 1211/90 142M Ley 16/87;199Ñ RD 1211/90

Expediente: HU-02450-O-03Fecha: 23/09/2003Nombre: TEMPS DE FRUITES, SCPPoblación: SANT BOI DE LLOBREGATProvincia: BARCELONASanción: 150,00 eurosPreceptos infringidos: 141B y 103 Ley 16/87;198B y 158

RD 1211/90 142M Ley 16/87;199Ñ RD 1211/90

Expediente: HU-02570-O-03Fecha: 14/10/2003Nombre: LITA ANRANGO, VICENTEPoblación: TORREJON DE ARDOZProvincia: MADRIDSanción: 150,00 eurosPreceptos infringidos: 141B y 103 Ley 16/87;198B y 158

RD 1211/90 142M Ley 16/87;199Ñ RD 1211/90§

DEPARTAMENTO DE AGRICULTURAY ALIMENTACION

#ANUNCIO de la Dirección General de Alimenta-ción, por la que se da publicidad a la resolución queotorga el título de Granja de Sanidad Comprobadaa la explotación de porcino «C.I.A. Porcino deA.D.S. Graus y Comarca» sita en el término muni-cipal de Graus (Huesca) e inscrita en el Registro deExplotaciones Porcinas con el númeroES2211170000168.

$Una vez resuelta y notificada al interesado la calificación

como Granja de Sanidad Comprobada a la explotación deporcino «C.I.A. Porcino de A.D.S. Graus y Comarca», sita en eltérmino municipal de Graus (Huesca) e inscrita en el registro deexplotaciones porcinas con el nº ES2211170000168, de acuer-do con lo previsto en el artículo 1.B) 3 del Real Decreto 425/1985, de 20 de marzo, de medidas para la erradicación de lapeste porcina y Orden de 31 de mayo de 1985 del Ministerio deAgricultura, Pesca y Alimentación que lo desarrolla, así comoel R.D 195/2002 de 15 de febrero, por el que se establece el plande seguimiento y vigilancia sanitaria de ganado porcino, seentiende oportuno, de acuerdo con el principio de publicidadprevisto para este tipo de actuaciones en la citada Ordenministerial y en razón del interés general sanitario que puedeconllevar, de conformidad con el artículo 60 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pro-ceder a la publicación de la correspondiente Resolución cuyotexto se reproduce como Anexo.

Zaragoza, a 20 de febrero de 2004.—La Directora Generalde Alimentación, Eva Crespo Martín.

ANEXO IRESOLUCION DE LA DIRECTORA GENERAL DE ALIMENTACION

DEL DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIONPOR LA QUE SE OTORGA EL TITULO DE GRANJA DE SANIDAD

COMPROBADA A LA EXPLOTACION DE PORCINO «C.I.A.PORCINO DE A.D.S. GRAUS Y COMARCA», SITA EN EL TERMINOMUNICIPAL DE GRAUS (HUESCA) E INSCRITA EN EL REGISTRO

DE EXPLOTACIONES PORCINAS CON EL Nº ES2211170000168.

Antecedentes de hecho1º.—Con fecha 18 de noviembre de 2003, C.I.A. Porcino en

representación de la explotación porcina «C.I.A. Porcino deA.D.S. Graus y Comarca», ubicada en el término municipal deGraus (Huesca) inscrita en el Registro de Explotaciones

BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2469

Porcinas con el nº ES2211170000168 solicitó la concesión deltítulo de Granja de Sanidad Comprobada.

2º.—Efectuadas las comprobaciones sanitarias oportunas yexaminado el cumplimiento de los requisitos exigidos por elReal Decreto 425/1985, de 20 de marzo, de medidas para laerradicación de la peste porcina y Orden de 31 de mayo de 1985del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que lodesarrolla se ha comprobado el cumplimiento de los mismos.

Vistos el Real Decreto 425/1985, de 20 de marzo, de medidaspara la erradicación de la peste porcina y Orden de 31 de mayode 1985 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación,que lo desarrolla; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 1999; los Decretos Legislativos 1/2001y 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por los que seaprueban los Textos Refundidos de la Ley del Presidente yGobierno de Aragón y la Ley de la Administración de laComunidad Autónoma de Aragón respectivamente.

Fundamentos de derecho1º.—De conformidad con el artículo 1º. B). 2. Del Real Decreto

425/1985, de 20 de marzo, de medidas para la erradicación de lapeste porcina y el apartado primero de la Orden de 31 de mayo de1985 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que lodesarrolla, así como el Real Decreto 195/2002, de 15 de febrero,por el que se establece el plan de seguimiento y vigilanciasanitaria de ganado porcino, respecto a la calificación sanitaria dezonas, municipios explotaciones, las explotaciones de ganadoporcino que mantengan un programa sanitario permanente, unaadecuada infraestructura de sus instalaciones y estén libres dedeterminadas enfermedades podrán calificarse como granjas desanidad comprobada o de protección sanitaria especial.

2º.—La concesión de calificación supone la obligación delcumplimiento actual y futuro del régimen previsto para estasexplotaciones calificadas previsto en los apartados 2º y 3º dela Orden de 31 de mayo de 1985, del Ministerio de Agricultura,Pesca y Alimentación y demás disposiciones complementa-rias en la materia.

Por todo lo expuesto, resuelvo:Calificar como Granja de Sanidad Comprobada a la explo-

tación de porcino, «C.I.A. Porcino de A.D.S. Graus y Comar-ca», sita en el término municipal de Graus (Huesca) e inscritaen el Registro de Explotaciones Porcinas con el nºES2211170000168.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía adminis-trativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero deAgricultura y Alimentación, en el plazo de 1 mes computado apartir del día siguiente al de su notificación al interesado deconformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, enla redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Zaragoza, a 18 de febrero de 2004.—La Directora Generalde Alimentación, Eva Crespo Martín.

§DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIOY TURISMO

#RESOLUCION de 27 de octubre de 2003 de laDirección General de Energía y Minas, por la quese autoriza y aprueba el proyecto de ejecución deinstalación eléctrica «Ampliación de un transfor-mador 132/45 kV y 54/45/35 MVA en la SET JacaSur». Referencia. Exp. nº AT 79/2003 de la provin-cia de Huesca.

$Visto el expediente incoado en el Servicio Provincial de

Industria, Comercio y Desarrollo de Huesca, a petición deEndesa Distribución Eléctrica, S. L.U., con domicilio en c/San Miguel, n º 10 de Zaragoza, solicitando la autorizaciónadministrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de lainstalación «Ampliación de un transformador 132/45 kV y 54/45/35 MVA en la SET Jaca Sur» ubicada en el términomunicipal de Jaca (Huesca), así como el expediente derivadode dicha solicitud, incluyendo alegaciones y contraalegaciones.

Visto el informe favorable de del Servicio Provincial deIndustria, Comercio y Desarrollo de Huesca, de fecha 7 dejulio de 2003, en el que consta cumplidos los trámites regla-mentarios ordenados en Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividadesde transporte, distribución, comercialización, suministro yprocedimientos de autorización de instalaciones de energíaeléctrica.

Vistos los Reales Decretos 2596/1982 de 24 de julio, 539/1984 de 8 de febrero y 570/1995, de 7 de abril, sobre transfe-rencias de competencias, funciones y servicios de la Adminis-tración del Estado a la Diputación General de Aragón enmateria de industria, energía y minas, la Ley 54/97, de 27 denoviembre, del Sector Eléctrico, el Real Decreto 1955/2000,de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades detransporte, distribución, comercialización, suministro y pro-cedimientos de autorización de instalaciones de energía eléc-trica, la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común modificada por la Ley 4/1999 y demáslegislación concordante.

Esta Dirección General ha resuelto:Autorizar la instalación «Ampliación de un transformador

132/45 kV y 54/45/35 MVA en la SET Jaca Sur» y aprobar elproyecto de ejecución suscrito por D. Jesús Muniesa Abadíay visado por Colegio Oficial de Ingenieros Industriales deAragón y La Rioja en fecha 27 de marzo de 2003 con número1551, cuyas características son las siguientes:

Titular: Endesa Distribución Eléctrica, S. L.U.Domicilio del titular: c/ San Miguel, n º 10 de Zaragoza.Ubicación de la instalación: Jaca (Huesca)Instalación:Transformador de potencia 54/45/35 MVA y sus posiciones

de transformador en 132 y 45 kV.Finalidad mejorar el transporte y distribución de energía

eléctrica en el termino municipal de Jaca.Presupuesto: 120.386,08 euros.La autorización se otorga con las condiciones siguientes:La instalación no podrá ser utilizada para otros usos distin-

tos de los que constan en el objeto del proyecto, salvo solicitudprevia y autorización expresa. La aprobación del proyecto seconcede de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo II delTítulo VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, ycon las condiciones especiales siguientes:

1º. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de laterminación de las obras al Servicio Provincial de Industria,Comercio y Desarrollo de Huesca a efectos de reconocimientodefinitivo y extensión del acta de puesta en marcha, remitien-do el certificado de dirección de obra firmado por Técnicocompetente y visado por el Colegio Oficial que corresponda.

2º. El plazo de puesta en marcha será de un año contado apartir de la presente Resolución.

3º. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyectopresentado con las variaciones que en su caso se soliciten yautoricen.

4º. Por el Servicio Provincial de Industria, Comercio yDesarrollo de Huesca se comprobará si en la ejecución delproyecto se cumplen las condiciones dispuestas en los Regla-mentos que rigen los servicios de electricidad, para lo cual eltitular de las instalaciones dará cuenta por escrito del comien-

2470 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

zo de los trabajos, estando durante el período de construccióny asimismo, en el de explotación bajo vigilancia e inspeccióndel Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo deHuesca en su totalidad.

5º. La Administración dejará sin efecto la presente resolu-ción en cualquier momento en que se observe el incumpli-miento de las condiciones impuestas en ella.

6º. En tales supuestos la Administración, previo el oportunoexpediente, acordará la anulación de la autorización, con todaslas consecuencias de orden administrativo y civil que sederiven según las disposiciones legales vigentes.

7º. Antes de la puesta en marcha deberá presentarse contratosuscrito con persona física o jurídica competente, en la que sehaga responsable de mantener las instalaciones en el debidoestado de conservación y funcionamiento.

8º. Se efectuarán las inspecciones periódicas reglamentaria-mente previstas en el artículo 13 del Reglamento de CentralesEléctricas y Centros de Transformación así como en el articulo163 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

La presente Resolución se publicará en el «Boletín Oficialde Aragón».

Contra la presente resolución que no pone fin a la víaadministrativa, cabe interponer recurso de alzada ante elConsejero de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de unmes según lo previsto en el artículo 58.1 del Texto Refundidode la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma deAragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 dejulio, sin perjuicio de que el interesado pueda interponercualquier otro recurso que estime procedente.

Zaragoza, 22 de julio de 2003.—El Director General deEnergía y Minas, Francisco Melero Crespo.

§DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE

#RESOLUCION de 24 de febrero de 2004, del Ser-vicio de Prevención Ambiental por la que se sometea información pública, el Proyecto Básico y suEstudio de Impacto Ambiental, para el proyecto deampliación de explotación porcina de madres re-productoras en T.M. de Torres de Barbués (Hues-ca) y promovida por Explotaciones GanaderasValdemoro, S. L.

$El promotor de este proyecto Explotaciones Ganaderas

Valdemoro, S. L., ha presentado el Proyecto de Básico y suEstudio de Impacto Ambiental correspondiente a la amplia-ción de una explotación porcina de madres reproductoras quepasará a una capacidad total de 1.000 cerdas reproductoras, enel término municipal de Torres de Barbués (Huesca).

De conformidad con el artículo 16 de Ley 16/2002, de 1 dejulio, de prevención y control integrados de la contaminación,así como con el artículo 4º del Decreto 45/1994, de 4 de marzo,de la Diputación General de Aragón, de evaluación de impactoambiental, se resuelve someter a información pública durantetreinta días hábiles, el proyecto básico y su Estudio de ImpactoAmbiental de la ampliación de una explotación porcina demadres reproductoras que pasará a una capacidad total de1.000 cerdas reproductoras, en el término municipal de Torresde Barbués (Huesca), y promovido Explotaciones GanaderasValdemoro, S. L.

La documentación podrá ser consultada en el Ayuntamientode Torres de Barbués y en el Servicio de Información yDocumentación Administrativa, Pº Mª Agustín, 36, de Zara-goza.

Zaragoza, a 24 de febrero de 2004.—El Jefe del Servicio dePrevención Ambiental, Juan Carlos Rabal Durán.

§

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALESY FAMILIA

#NOTIFICACION de la Dirección Provincial delInstituto Aragonés de Servicios Sociales, a D. An-tonio Gil Borque de la Resolución recaída en elexpediente nº Z03/0716-01 instruido en aplicaciónde las medidas de protección de menores previstasen la Ley 12/2001, de 2 de julio de la Infancia y laAdolescencia en Aragón.

$Dado que no ha sido posible efectuar la notificación de la

Resolución por desconocerse el domicilio para recibir notifi-caciones, se procede en cumplimiento de lo previsto en el art.59 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común a la notificación mediante el presen-te anuncio, exponiendo:

Que se dictó Resolución de fecha 06 de febrero de 2004 enaplicación de las medidas de protección de menores previstaen la Ley 12/2001, de 2 de julio de la Infancia y la Adolescen-cia en Aragón.

El interesado podrá conocer el contenido íntegro de lasResoluciones en la Dirección Provincial del Instituto Arago-nés de Servicios Sociales, C/ Mariano Supervía nº 27, deZaragoza.

Transcurridos veinte días desde la publicación de esteanuncio se considerará a todos los efectos que ha sido notifi-cados en tiempo y forma.

Zaragoza, a 16 de febrero de 2004.—La Directora Provin-cial, Mª Fernanda Pérez Gurpegui.

#NOTIFICACION de la Dirección Provincial delInstituto Aragonés de Servicios Sociales de Hues-ca, a don Francisco Javier Palomino Hidalgo, dela Resolución recaída en los expedientes númeroH/02/0112/01 y 02 instruidos en aplicación de lasmedidas de protección de menores previstas en laLey 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y laAdolescencia en Aragón.

$Dado que no ha sido posible efectuar la notificación de la

Resolución (por desconocerse el domicilio para recibir notifi-caciones, o por no haber sido posible la notificación en eldomicilio que consta en el expediente) se procede, en cumpli-miento de lo previsto en el art. 59 y 61 de la Ley 30/1.992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común a lanotificación mediante el presente anuncio, exponiendo:

Que se ha dictado Resolución del Director Provincial delInstituto Aragonés de Servicios Sociales de Huesca de fecha23 de febrero de 2004, en aplicación de las medidas deprotección previstas en la Ley 12/2001, de 2 de julio, de laInfancia y la Adolescencia en Aragón.

Los interesados podrán conocer el contenido íntegro de laResolución en la Dirección Provincial del Instituto Aragonésde Servicios Sociales de Huesca, Sección de Prevención,Protección del Menor, Reforma y Centros Colaboradores,Plaza de la Inmaculada, nº 2, de Huesca de 9 a 14 horas, delunes a viernes.

Transcurridos veinte días desde la publicación de esteanuncio se considerará a todos los efectos que ha sido notifi-cado en tiempo y forma.

Huesca, 23 de febrero de 2004.—El Director Provincial delInstituto Aragonés de Servicios Sociales, Antonio EscartínDomingo.

#

BOA Número 30 10 de marzo de 2004 2471

NOTIFICACION de la Dirección Provincial delInstituto Aragonés de Servicios Sociales, a D. An-drés Navarro Fernández, de la Resolución recaídaen el expediente nº Z-96-0285-01 instruido enaplicación de las medidas de protección de meno-res previstas en la Ley 12/2001, de 2 de julio de laInfancia y la Adolescencia en Aragón.

$Dado que no ha sido posible efectuar la notificación de la

Resolución por desconocerse el domicilio para recibir notifi-caciones, se procede en cumplimiento de lo previsto en el art.59 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común a la notificación mediante el presen-te anuncio, exponiendo:

Que se dictó Resolución de fecha 20 de febrero de 2004 enaplicación de las medidas de protección de menores previstaen la Ley 12/2001, de 2 de julio de la Infancia y la Adolescen-cia en Aragón.

El interesado podrá conocer el contenido íntegro de lasResoluciones en la Dirección Provincial del Instituto Arago-nés de Servicios Sociales, C/ Mariano Supervía nº 27, deZaragoza.

Transcurridos veinte días desde la publicación de esteanuncio se considerará a todos los efectos que ha sido notifi-cados en tiempo y forma.

Zaragoza, a 25 de febrero de 2004.—La Directora Provin-cial, Mª Fernanda Pérez Gurpegui.

#NOTIFICACION de la Dirección Provincial delInstituto Aragonés de Servicios Sociales, a D.Rufino García Martínez de la Resolución recaídaen el expediente nº Z01/0144-01 instruido en apli-cación de las medidas de protección de menoresprevistas en la Ley 12/2001, de 2 de julio de laInfancia y la Adolescencia en Aragón.

$Dado que no ha sido posible efectuar la notificación de la

Resolución por desconocerse el domicilio para recibir notifi-caciones, se procede en cumplimiento de lo previsto en el art.59 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimien-to Administrativo Común a la notificación mediante el presen-te anuncio, exponiendo:

Que se dictó Resolución de fecha 18 de febrero de 2004 enaplicación de las medidas de protección de menores previstaen la Ley 12/2001, de 2 de julio de la Infancia y la Adolescen-cia en Aragón.

El interesado podrá conocer el contenido íntegro de lasResoluciones en la Dirección Provincial del Instituto Aragonésde Servicios Sociales, C/ Mariano Supervía nº 27, de Zaragoza.

Transcurridos veinte días desde la publicación de esteanuncio se considerará a todos los efectos que ha sido notifi-cados en tiempo y forma.

Zaragoza, a 24 de febrero de 2004.—La Directora Provin-cial, Mª Fernanda Pérez Gurpegui.

§AYUNTAMIENTO DE LA FRESNEDA (Teruel)

#ANUNCIO del Ayuntamiento de La Fresneda,relativo a aprobación inicial de bases generales deotorgamiento de subvenciones.

$El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 18 de

febrero de 2004, acordó la aprobación inicial de las basesgenerales del otorgamiento de subvenciones para la conserva-ción y rehabilitación del patrimonio arquitectónico local.

Los interesados legítimos, podrán examinar el expediente ypresentar las reclamaciones que estimen oportunas, contra elacuerdo citado como contra la aprobación de sus bases regu-ladoras con sujeción a las normas que se indican a continua-ción:

a) Plazo de exposición pública y presentación de reclama-ciones: Treinta días hábiles a partir de siguientes a la fecha depublicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provin-cia de Teruel y «Boletín Oficial de Aragón».

b) Oficina de Presentación: Ayuntamiento.c) Organo ante el que se presenta: Ayuntamiento en Pleno.Lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 140

de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local deAragón, se expone al público por el plazo de treinta días acontar a partir del día siguiente al de la publicación de esteanuncio en el «Boletín Oficial de Aragón», durante el cual losvecinos interesados podrán examinar el expediente y formularlas reclamaciones que estimen oportunas, entendiéndose defi-nitivamente aprobadas en el supuesto de que en el plazoseñalado no se formulasen reclamaciones

La Fresneda, 24 de febrero de 2004.—El Alcalde, AntonioAlgueró Roca.

§AYUNTAMIENTO DE MONZON (Huesca)

#ANUNCIO del Ayuntamiento de Monzón, relativoa aprobación inicial de modificación puntual dePGOU.

$El Ayuntamiento en Pleno, en sesión extraordinaria celebra-

da el día doce de febrero de dos mil cuatro acordó aprobarinicialmente la Modificación Puntual de P.G.O.U de Monzón,Manzana 3 del Polígono La Jacilla redactada por el arquitectoJosé Antonio Lorente Fernández.

El citado acuerdo se somete a exposición pública por plazode un mes a efectos de reclamaciones y/o alegaciones.

Monzón, 17 de febrero de 2004.—El Alcalde, FernandoHeras Laderas.

§AYUNTAMIENTO DE SABIÑANIGO (Huesca)

#ANUNCIO del Ayuntamiento de Sabiñánigo, en elque se aprueba definitivamente el PERI del Areade Equipamiento del Antiguo AcuartelamientoGravelinas.

$El Ayuntamiento de Sabiñánigo, en sesión plenaria de fecha

24 de febrero de 2004, aprobó definitivamente el Plan Especialde Reforma Interior del Area de Equipamiento del antiguoAcuartelamiento Gravelinas, tramitado de oficio por la Cor-poración.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sabiñánigo, 25 de febrero de 2004.—El Alcalde, CarlosIglesias Estaún.

#ANUNCIO del Ayuntamiento de Sabiñánigo, en elque se aprueba definitivamente la modificaciónpuntual nº. 2/03 del Plan General de OrdenaciónUrbana de Sabiñánigo.

$El Ayuntamiento de Sabiñánigo en sesión plenaria de fecha

24 de febrero de 2004, aprobó definitivamente la modificaciónpuntual nº. 2/03 del Plan General de Ordenación Urbana deSabiñánigo consistente en el cambio de calificación urbanís-tica del solar contiguo al IES San Alberto Magno, pasando de

2472 10 de marzo de 2004 BOA Número 30

uso equipamiento a uso residencial para la construcción deviviendas de régimen de promoción pública.

Sabiñánigo, 25 de febrero de 2004.—El Alcalde, CarlosIglesias Estaún.

§AYUNTAMIENTO DE TERUEL

#ANUNCIO del Ayuntamiento de Teruel, por el quese comunica apertura de ofertas.

$En cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula 7.1 del

pliego de cláusulas administrativas que han de regir la enaje-nación, mediante concurso público, de las parcelas 1A-1.2,1A-2.2, 3B-1.1 y 1A-2.3 Sur, del Polígono de «La Fuenfres-ca» en Teruel, propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Teruel,con destino a cooperativas, se comunica que la apertura de lade las ofertas se efectuará por la Mesa de Contratación, el día16 de marzo de 2004 a las once hora y treinta minutos, en actopúblico.

Teruel, a 24 de febrero de 2004.—Por Delegación delSecretario General, la Técnico de Patrimonio, Marta Rodrí-guez Alvarez.

§CONSEJO ARAGONES DE LAS PERSONAS MAYORES

#ANUNCIO relativo a convocatoria de AsambleaGeneral Ordinaria del Consejo Aragonés de lasPersonas Mayores.

$Para dar cumplimiento a lo previsto en los Estatutos, la

Comisión Permanente del Consejo Aragonés de las PersonasMayores ha acordado convocar Asamblea General Ordinaria,que se celebrará el día 26 de marzo del año en curso, a las 10,00horas en 1ª convocatoria y, si a tal hora no hubiese quórum paracelebrar válidamente, a las 10,30 horas en 2ª convocatoria; enel Salón de Actos del Complejo Educativo «Miguel Catalán»,sito en el Paseo Isabel la Católica, nº 3 de Zaragoza.

Orden del díaAsamblea general ordinaria

1. Apertura de la Asamblea por el Sr. Presidente.2. Elección de Moderador.3. Constitución de la Mesa.4. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la Asamblea

anterior.5. Informe de Actuación de la Comisión Permanente y

Presidencia correspondiente al año 2003.

6. Informe Anual de Tesorería correspondiente al EjercicioEconómico 2003.

7. Líneas Generales de Actuación y Programas que proponela Comisión Permanente para el 2004.

8. Presupuesto para el 2004.9. Ruegos y Preguntas.Clausura.Tienen derecho y deber de asistir a la Asamblea todos los

miembros del Consejo, los cuales estarán representados pordos delegados con derecho a voz y voto. Son miembros lasAsociaciones y Entidades admitidas como tales por haberlosolicitado, reuniendo los requisitos exigidos por el Art. 6º delos Estatutos.

Zaragoza, 5 de marzo del 2004.—El Presidente del ConsejoAragonés de Personas Mayores, Alejandro VillaverdeMarugán.

§FEDERACION ARAGONESA DE REMO

#ANUNCIO de la Federación Aragonesa de Remo,relativo a la convocatoria de la Asamblea Ordina-ria.

$Se comunica la convocatoria de Asamblea Ordinaria de la

Federación Aragonesa de Remo, que tendrá lugar el día 10 deabril de 2004, en el CDM José Garcés, Calle Tetuán, 1, deZaragoza, a las 10:30 horas en primera convocatoria y 10:45horas en segunda convocatoria.

Zaragoza, 4 de marzo de 2004.—El Secretario, F.A.R. JuanJosé Garcés Gimeno.

§SOCIEDAD COOPERATIVA DEL CAMPO LA UNION

#ANUNCIO, relativo a disolución y liquidación deSociedad Cooperativa del Campo La unión.

$En Asamblea General celebrada en fecha 7 de diciembre de

2003, se acordó disolver y liquidar la Sociedad Cooperativadel Campo La unión según balance que consta a continuación:

Activo Pasivo

Inmoviliza. financieras 300,51 Fondo Educación y Promoción 404,01

Tesorería 96.542,83 Provisión liquidación 10.217,73

Liquidación socios 86.221,60

Total activo 96.843,34 Total pasivo 96.843,34

La Puebla de Híjar, 24 de febrero de 2004.—Los liquidado-res.

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