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BOLETIN OFICIAL DE 'LA COMUNIDAD DE MADRID AÑo 1999 LUNES 8 DE FEBRERO NÚM. 32 SUMARIO 1. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales CONSEJERIA DE HACIENDA ' Modificación puestos de trabajo - Orden 116/1999, de 27 de enero, de la Consejería de Hacienda, porla que 'se modifican determinados puestos de trabajo de la Consejería de Economía y Empleo .... . 4 - Orden 119/1999, de 27 de, enero, de la Consejería de Hacienda, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo y la plantilla presupuestaria de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes ... , ....... 5 - Orden 155/1999, de 29 de enero, de la Consejería de por la que se modifica la relación depuestos de trabajo y la plantilla presupuestaria del ente de dere- cho público Agencia de Protección de Datos .. .. .... ... 6 CONSFJERIA DE ECONOM)A y EMPLEO Regulación Patronato Vías Pecuarias - Decreto 1211999, de 28 de enero, por el que se crea y regula el Patronato de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid . ........ . .. . .... ... ...... .... 6 B) Autoridades y Personal CONSFJERIA DE PRESIDENCIA ' Nombramiento - Acuerdo de 23 de diciembre de 1998, del Consejo de Gobierno, por el que se procede al nombramiento de doña A1mudena González Escobar como miembro de la Comisión de Protección Civil de la Comunidad' de Madrid .... , . . .... ... .... . ....... . ............ , . . . . . . . . 8 CONSEJERIA DE HACIENDA ' Provisión interina 1 - Orden 180/1999, de 12 de enero, de la Consejería de Hacienda, por la que se convocan, para su provisión interina, puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Economía y Empleo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . 9 Resolución provisión interina - Resolución de 12 de enero de 1999, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se resuelve la Orden 2674/1998, de 2 de octubre (BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de octubre), para provisión interina en la Consejería de Economía y Empleo .. .... . , . .......... .. . ..... .. .. .. . .. -... ,. .. . ... . 12 Convocatoria libre designación - Resolución de 28 . de enero de 1999, de la Dirección . General de la Función Pública, por la que se resuelve la Orden 3559/1998, de 11 de diciembre (BOLETíN OFI- CIAL DE LA COMl)NIDAD DE MADRID de 23 de diciem- bre), por la que se convocaban puestos ,de trabajo mediante el sistema de Libre Designación en la Con- sejería de Hacienda . . ....... .. ..... ..... ....... . .... .. 12 Convocatoria concurso de méritos - Resolución de 28 de enero de 1999, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se resuelve el Acuerdo de 17 de septiembre de 1998 (BOLETíN OFI- CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de octubre), por el que ' se convocaban varios puestos de trabajo, mediante el sistema de Concurso de Méritos (artícu- 1055), en la Consejería de Hacienda ... .. ... ...... .. ... 13 ESTE NUMERO LLEVA SUPLEMENTO

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

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BOCM 8 de febrero de 1999

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BOLETIN OFICIAL DE 'LA

COMUNIDAD DE MADRID AÑo 1999 LUNES 8 DE FEBRERO NÚM. 32

SUMARIO

1. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales

CONSEJERIA DE HACIENDA '

Modificación puestos de trabajo - Orden 116/1999, de 27 de enero, de la Consejería de

Hacienda, porla que'se modifican determinados puestos de trabajo de la Consejería de Economía y Empleo .... . 4

- Orden 119/1999, de 27 de, enero, de la Consejería de Hacienda, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo y la plantilla presupuestaria de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes ... ,....... 5

- Orden 155/1999, de 29 de enero, de la Consejería de Haci~nda, por la que se modifica la relación depuestos de trabajo y la plantilla presupuestaria del ente de dere-cho público Agencia de Protección de Datos .. . . .... ... 6

CONSFJERIA DE ECONOM)A y EMPLEO Regulación Patronato Vías Pecuarias - Decreto 1211999, de 28 de enero, por el que se crea

y regula el Patronato de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid . ........ . .. . .... . . . ...... . . . . 6

B) Autoridades y Personal

CONSFJERIA DE PRESIDENCIA '

Nombramiento - Acuerdo de 23 de diciembre de 1998, del Consejo de

Gobierno, por el que se procede al nombramiento de doña A1mudena González Escobar como miembro de la Comisión de Protección Civil de la Comunidad' de Madrid .... , . . .... . . . .... . ....... . ............ , . . . . . . . . 8

CONSEJERIA DE HACIENDA '

Provisión interina 1 •

- Orden 180/1999, de 12 de enero, de la Consejería de Hacienda, por la que se convocan, para su provisión interina, puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Economía y Empleo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . 9

Resolución provisión interina

- Resolución de 12 de enero de 1999, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se resuelve la Orden 2674/1998, de 2 de octubre (BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de octubre), para provisión interina en la Consejería de Economía y Empleo . . .... . , . ..... ..... .. . ..... . . .. .. . .. -... ,. .. . ... . 12

Convocatoria libre designación

- Resolución de 28. de enero de 1999, de la Dirección . General de la Función Pública, por la que se resuelve la Orden 3559/1998, de 11 de diciembre (BOLETíN OFI­CIAL DE LA COMl)NIDAD DE MADRID de 23 de diciem­bre), por la que se convocaban puestos , de trabajo mediante el sistema de Libre Designación en la Con-sejería de Hacienda . . ....... .. ..... ..... ....... . .... . . 12

Convocatoria concurso de méritos

- Resolución de 28 de enero de 1999, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se resuelve el Acuerdo de 17 de septiembre de 1998 (BOLETíN OFI­CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de octubre), por el que ' se convocaban varios puestos de trabajo, mediante el sistema de Concurso de Méritos (artícu-1055), en la Consejería de Hacienda ... .. . . . ...... .. ... 13

ESTE NUMERO LLEVA SUPLEMENTO

Pág, .2 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. Núm. '32

CONSEJERIA DE OBRAS PUB,L1CAS, URBANISMO y TRANSPORTES

Consorcio Regional de Transportes de Madrid

Convocatoria provisión interina - Resolución de 1 de febrero de 1999, de la Gerencia

del Consorcio Regional de Transportes, por la que se dispone la publicación en extracto de la convocatoria para proveer, en régimen de interinaje, el puesto de Técnico Especialista 11 del Area de Metro-EMT (puesto número 32.121, Area A, Nivel V) ......... .. ........... 14 ,

C) Otras Disposiciones

CONSEJERIA DE PRESJDENCIA

Carlas de Servicios - Resolución de 15 de enero de 1999, de la Dirección

General de Protección Ciudadana, por la que se aprueba la Carta de Servicios del Servicio de Atención de Lla­madas de Urgencia 1-1-2, a tenor de lo dispuesto en los decretos 27/1997, de 6 de marzo, y 44/1998, de 18 de marzo, que regulan la elaboración y aprobación de las Cartas de Servicios .............. " . .. .. . . .. . . . ... . . 14

- Resolución de 15 de enero de 1999, de la Dirección General de Protección Ciudadana, por la que se aprueba la Carta de Servicios de la precitada Dirección General, a tenor de lo dispuesto' en los Decretos 27/199.7, de 6 de marzo, y 44/1998, de 18 de marzo, que regulan la elaboración y aprobación de las Cartas de Servicios. " . . 15

Correccuin de errores

- Corrección de errores a la Resolución de 20 de enero de 1999, de la Secretaría 'General Técnica de la Con­sejería de Presidencia, por la que se da publicidad en extracto de los convenios suscritos por la Comunidad de Madrid. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16

CONSEJERIA DE HACIENDA

Canal de Isabel 11

Convenios de Gestión - Convenio de 11 de enero de 1999, de Colaboración en

la Gestión Comercial del Servicio de Distribución de Agua entre el Ayuntamiento de Valdaracete y el Canal de Isabel II .... . . . ...... . . . .. . ........ . . . . . . , . . . . . .. . . . 16

- Convenio de 26 de enero de 1999, de Gestión Comercial y mantenimiento de la red del serviCio de distribución de agua entre el Ayuntamiento de Algete y el Canal de Isabel 11 . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18

- Adenda de 26 de enero de 1999 al Convenio de Gestión entre el Ayuntamiento de Algete y el Canal de Isabel II . 20

- Adenda de 26 de enero de 1999 al Convenio de Gestión entre el Ayuntamiento de Algete y el Canal de Isabel II . 21

CONSEJERIA DE ECONOMIA y EMPLEO

Convocatoria premios - Orden 449/1999, de 27 de enero, de la Consejería de

Economía y Empleo, por la que se convocan los III Pre-mios "Consumo en la Escuela" . . ..... , . . . . . . . . . . . . . . . . . 22

Reintegro de subvención

- Resolución de 10 de noviembre de 1998, de la Dirección General de Economía y Planificación, por la que se pro­cede a la , publicación de la resolución de expediente de reintegro de subvención de la empresa "KWC Turis­mo; Sociedad Limitada", con último domicilio conocido en calle Mauricio Legendre, número 36, cuarto, letra C, 28046 Madrid . ............. . .. ... . . .... . . ... .. . .. .. . . . 23

Adjudicatarios ayuda de estudios -,.- Resolución de 26 de enero de 1999, de la Secretaría

General Técnica de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se aprueba y se hace públiéa la rela­ción provisional de adjudicatarios y excluidos en la Ayuda de Estudios, de esta Consejería, pa ra el curso 1997/98 . . 24

CONSFJERIA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

Intervalos economicos Resü;lencia Mayores - Resolución 367/1999, de 19 de enero, de la Dirección

General de Servicios Sociales, por la que se fijan, para 1999, los intervalos económicos que conforman el listado de demanda para la Residencia de Mayores de Leganés, el coste plaza de la Residencia y del Centro de Día, la aportación económica de los usuarios y el cosie del servicio de comedor . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24

Hospital General Universitario "Gregorio Marañ,ón"

Delegación de competencias

- Acuerdo de 29 de enero de 1999, del Consejo de Admi­nistración del Hospital General Universitario "Gregorio Marañón", por el que se hace delegación de compe­tencias en el Gerente del citado Hospital . . . . . . . . . . . . . . . 25

CONSEJERIA DE EDUCACION Y CULTURA

Declaración bien interés cultural

~ Decreto 14/1999, por el que se declara bien de interés cultural, en la categoría de monumento, el edificio del Banco Central Hispano, sito en la plaza de , Canalejas, número 1, con vuelta a la Carrera de San Jerónimo, número 7 bis, y a la calle de Sevilla, número-1, del muni-cipio de Madrid . . .............. . ............ . . ...... .. 25

Ceses y nombramientos - Acuerdo de 21 de enero de 1999, del Consejo de Gobier­

no, por el que se cesa y nombra a vocales del Consejo de Administración del Instituto Madrileño del Deporte, el EsparCimiento y la Recreación (IMDER) ..... . . . . . . . 28

~ Acuerdo de 21 de enero de 1999, del Consejo de Gobier­no, de cese y nombramiento de un miembro del Consejo de Administración del Museo Arqueológico de la Comu-nidad de Madrid ........... ... ............. . ... . .. . .. . 28

- Acuerdo de 21 de enero de 1999, del Consejo de Gobier­no, por el que se cesa y nombra miembro del Consejo de Administración del Centro de Estudios y Actividades Culturales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28

- Acuerdo de 2f de enero de 1999, del Consejo de Gobier­no, por el que se cesa y nombra a miembros del Consejo de Administración del Centro de Medicina Deportiva de la Comunidad de Madrid ....... .. ... . . . ......... . . . ' 28

Nombramiento - Acuerdo de 21 de enero de 1999, del Consejo de Gobier­

no, por el que se designa miembro del Consejo Rector del Consorcio "Casa de América" . . . ... ...... . .. . ...... 29

Convocatoria becas - Orden 4165/1998, de 28 de diciembre, del Consejero

de Educación y Cultura, por la que se convocan becas de formaciÓn de personal investigador de la Comunidad de Madrid ... ... ... ..... . ....... . . . .. , . . . . . . . . . . . . . . . . . 29

D) Anuncios

CONSEJERIA DE ECONOMIA y EMPLEO

Licencias Grandes Establecimientos - Resolución de 19 de enero de 1999, de la Directora

General de Comercio y Consumo, por la que se da publi­cidad a la Orden 133/1999, de 15 de enero, del Consejero de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid. . . . 34

B.O.C.M. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 3

Notificaciones - Notificación de 15 de enero de 1999, de Resoluciones

ejecutivas e información de pago referentes a expedien­tes administrativos por infracciones de normativa de Consumo ... ........... .. ..... ...... ........ . .... ..... 35

- Notificación de 25 de enero de 1999, de revocación de Título-Licencia de Agencia de Viajes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35

- Notificación de 25 de enero de 1999, de expedientes administrativos por supuestas infracciones de normativa turística .. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35

- Notificación de 27 de enero de 1999, a "Cinarasa" de Resolución de Revocación de la autorización de apertura y clasificación turística de los apartamentos turísticos "Villa Alsasua" sitos en la calle Alsasua, 7, de Madrid .. 36

- Notificación de 27 de enero de 1999 . . . . .. . . . . . . . . . . . . . . 36

Dirección General de Industria, Energía y Minas

Autorización instalación eléctrica - Resolución de 28 de enero de 1998, de la Dirección

Genera] de Industria, Energía y Minas, por la que se . autoriza la petición de instalación de una línea subterrá­nea a 20 kV Y un centro de transformación a instalar en las calles Cuesta de San Francisco y Pocito de las Nieves, en el término municipal de Las Rozas,solicitados por "Iberdrola, Sociedad Anónima" . .... . . .. . . .. .... . .. 36

Instalación línea eléctrica - Resolución de 13 de agosto de 1998, de la Dirección

General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza la instalación de dos líneas subterráneas a 20 kV Y dos centros de transformación, a instalar en la urba­nización "Colmenas de Frafuentes", Unidad de Actua­ción 2, en Colmenarejo, solicitados por "Iberdrola, Socie-dad Anónima" ................ . . ....... ...... ....... .. 37

Instituto Madrileño de Desarrollo (IMADE)

Notificación - Notificación de 24 de febrero de 1998, del In~tituto

Madrileño de Desarrollo ........... ................ ... 38

CONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES

Legalización almacén productos agroquímicos . - Resolución de 15 de enero de 1999, de la Secretaría

General Técnica de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, relativa a legalización almacén de productos agroquímicos en el paraje "Huelga de Santo Domingo", en el término municipal de San Sebastián de los Reyes, promovido por "Cynamid Ibérica, Sociedad Anónima", con domicilio en la carretera de Burgos, kilo- . metro 23 (desvío de Algete), 28700 San Sebastián de los Reyes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38

Expropiación forzosa de bienes y derechos -:- Resolución de 18 de enero de 1999, de la Secretaría

General Técnica, relativa al sometimiento a información pública del Proyecto de Delimitación y Expropiación de teuenos para la ejecución de acceso a la Autovía A-1 de la Unidad Zona 19, OP-3 "Moscatelares" del P.G.O.U. de San Sebastiánde los Reyes, promovido por la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Trans­portes a instancia de "Desarrollos Ikea, Sociedad Anó-nima" ..... . .... . ............. . ............... . ........ 38

Corrección de errores - Resolución de 26 de enero de 1999, de la Secretaría

General Técnica de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se procede a la corrección de errores del anuncio de licitación de la obra de "Variante de la carretera M-511 (actual M-513) en Boadilla del Monte" .... .. . ......... .. .......... .. .. 41

CONSEJERlA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

Notificación - Notificación de 27 de enero de 1999, de Pliegos de Cargos

dictados en expedientes sancionadores en materia higié-nico-sanitaria ... ............ . _. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41

CONSEJERlA DE EDUCACION y CULTURA

Convocatoria concurso - Resolución de 4 de febrero de 1999, de la Secretaría

General Técnica de la Consejería de Educación y Cul­tura, por la que se hace pública la convocatoria de con-' cUrSO por el procedimiento abierto, para la ejecución del suministro de mobiliario para el equipamiento de la Biblioteca del Centro Cultural Palomeras Bajas, calle Felipe Diego, número 11, de Madrid.............. ..... 41

11. DISPOSICIONES Y _ANUNCIOS DEL ESTADO

- Ministerios............ . ..... . .............. . . ......... . 42

111. ADMINISTRACION LOCAL

AYUNTAMIENTOS

- Madrid (Urbanismo, Otros anuncios) ... .. . .. .......... 50 - Belmonte de Tajo (Contratación) ........ .. . ........... ' 58 - Coslada (Otros anuncios) . . . . . . . .. ... ... . .. . . . . ... . .. . . 59 - Moralzarzal (Urbanismo) . ... '.............. .. .... ... ... . 60 - Pozuelo de Alarcón (Régimen económico) .... . . .. ; ..... 60 -:- San Martín de la Vega (Contratación).... . . . . .. ..... . .. 61 - San Sebastián de los Reyes (Contratación) ... .... : .. . . . 61 - Torrejón de Ardoz (Régimen económico, Ofertas de

empleo).......... . ..................................... 62

IV. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

- Tribunal Supremo: • Sala Primera de lo Civil ................... .. ... .. ... 63

- Tribunal Superior de Justicia de Madrid: • Secretaría de Gobierno. . . . . . . . . . . . . . . . . . ... . . . . . . . . . . 63 • Sala de lo Contencioso-Administrativo. . . . . . . . . . . . . . . 63

- Juzgados de Primera Instancia. . . . . . . ... . . . . . .. . .. . ... . 64 - Juzgados de Primera Instancia e Instrucción. .. . .. .. . .. . 86 - Juzgados de lo Social . .... ........... . .. . . .... . ... ... . . 94

V. OTROS ANUNCIOS

- Notaría de don José Lucas Fernández . . . . . . . . . . . . . . . . . . 96 . - Sociedad Española de Endocrinología Pediátrica ... . . . . 96

Pág. 4 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. Núm. 32

l. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

Consejería de Hacienda

331 ORDEN 116/1999, de 27 de enero, de la Consejería de Hacienda, por la que se modifican detenninados puestos de trabajo de La Consejería de Economía y Empleo.

La Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía y Empleo ha presentado expediente de modificación de la relación de puestos de trabajo, consistente en la adecuación de determi­nados puestos de trabajo de personal funcionario transferidos por el Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, de traspaso de funciones y servicios en materia de trabajo a la Comunidad de Madrid .

Mediante Acuerdo de 22 de febrero de 1996 de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo General sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de la Comunidad de Madrid, se deter­minaron los criterios a aplicar en orden a la homologación de los puestos de trabajo desempeñados por el personal transferido de los siguientes traspasos: Legislación Laboral, Seguridad e Higie­ne, Tributos, Fundaciones, Casinos, Juegos y Apuéstas, Inserso.

En el referido Acuerdo se establecían dos fases para la inte­gración del personal funcionario transferido en la estructura de la Comunidad de Madrid.

En la primera fase, se utilizó como criterio otorgar al personal transferido el mismo o superior nivel de complemento de destino, asegurándose el mantenimiento de las retribuciones consolidadas,

-imputándoseles un complemento específico correspondiente a la banda del complemento de destino asignado, respetándose la deno­minación del puesto de trabajo de origen, salvo el de los puestos base.

Como Consecuencia de rucho Acuerdo se aprobó la Orden 526/1997, de 20 de marzo, de la Consejería de Hacienda, por la que se modificaban las características de determinados puestos de trabajo de la Consejería de Economía y Empleo. .

En la segunda fase, momento en el cual nos encontramos actual­mente, se procedería a la incardinación del personal transferido en la estructura de las Consejerías, a las que quedaron adscritos, lo cual supone la determinación de los puestos conforme a los cometidos a desarrollar en esta Administración Regional y no la

mera transcripción de los dese.mpeñados en la Administración de origen, produciéodose dicha equiparación entre puestos de con­tenido equivalente. "

De ahí que la presente modificación tiene como objeto, lograr la plena integración de dichos puestos de trabajo en la estructura de dicha Consejería.

La Dirección General de la Función Pública ha informado favo­rablemente la referida propuesta, de conformidad con lo esta­blecido por el artículo 3.a), apartados 26 y 33, del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Organos de la Administración de la Comunidad de Madrid, de sus Organismos Autónomos, Organos de Gestión y Empresas Públicas en materia de Personal.

La valoración de los puestos de trabajo y las características de los mismos responden a lo previsto en los artículos 13 y 15 de la Ley 1J1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid. .

Por todo ello, en aplicación de lo establecido pór los artícu­los 7 .2.c) y 8.2. m) de la Ley 1/1986, Y en uso de las competencias atribuidas por los artículos 1.c ).1 y 2.b ).14 del Decreto 74/1988,

DISPONGO

Primero

Aprobar la modificación de determinados puestos de trabajo dependientes de la Consejería de Economía y Empleo, tal y como se reéoge en el Anexo que se une e .incorpora a esta Orden (ex-pediente de modificación P.T. n.O 02/99). . .

Segundo

La presente modificación de la relación de puestos de trabajo no lleva implícita modificación de la plantilla presupuestaria ni de créditos.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publi­cación en el BOLETíN' OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dada en Madrid, a 27 de enero de 1999.

El Consejero de Hacienda, ANTONIO OETETA

ANEXO 1.1

EXPEDIENTE 02/99 DE MODIFlCACION DE PUESTOS DE TRABAJO

CONSEJERIA DE ECONOMIA y EMPLEO

Clave Prog. N.P.T. Denominación Grupo N.C.D. C. Espec. 001. Proviso Cuerpo/ese.

Secretaría General Técnica

Modif. 500 32764 Neg. Incidencias C/D 16 872.388 S CM 2653/2654

Dirección General de Trabajo y Empleo Servicio de Gestión Administrativa

Modif. 511 32733 Neg. Apoyo III C/D 18 943.656 S CM 2653/2654 Modif. 511 32741 Neg. Pagos C/D 18 943.656 S CM 2653/2654

B.O.C.M. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 5

Clave Prog. N.P.T. Denominación Grupo N.C.D. C. Espec. D.ol. Proviso Cuerpo/ese.

Modif. 511 32746 Neg. Apoyo" C/D 18 943.656 S C M 2653/2654 Modif. 511 32655 Neg. Apoyo 1 C/D 16 872.388 S CM 2653/2654 Modif. 511 32656 Neg. Administración C/D 16 872.388 S CM : 2653/2654 Modif. 511 32672 Puesto de Tramitación C/D 18 943.656 S CM 2653/2654

Servicio de Relaciones Laborales

Modif. 511 32737 · Neg. Tramitación Expedientes C/D 18 943.656 S CM 2653/2654 Modif. 511 32732 Neg. Huelgas C/D 18 943.656 S CM 2653/2654 Modif. 511 32742 Neg. Convenios C/D 18 943.656 S CM 2653/2654 Modif. 511 32735 Neg. Apertura Centros de Trabajo C/D 18 943.656 S CM 2653/2654 Modif. 511 32745 Neg. Empr. Trab. Temporal y Horas ExtraS C/D 18 943.656 S CM 2653/2654

Neg. Recursos y Pagos . . ' Modif. 511 32729 C/D 18 943.656 S CM 2653/2654 Modif. 511 32736 Neg. Entrada y Control. de . Expedientes C/D 18 943.656 S CM 2653/2654 Modif. 511 32734 Puesto de Tramitación C/D 18 943.656 S CM 2653/2654 Modif. 511 32740 Puesto de Tramitación C/D 18 943.656 S CM 2653/2654 Modif. 511 32743 . . Puesto de Tramitación C/D 18 943.656 S CM 2653/2654 Modif. 511 32758 Puesto de Tramitación C/D 16 872.388 S CM 2653/2654

Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación

Modif. 511 32728 Neg. Reparto C/D 18 943.656 S CM 2653/2654 Modif. 511 32730 Neg. Registro de Entrada ti C/D 18 943.656 S CM 2653/2654 Modif. 511 32749 Neg. Certificaciones C/D 16 872.3SS S CM 2653/2654 Modif. 511 32754 Neg. Citaciones C/D 16 872.388 S CM 2653/2654 Modif. 511 32'738 Neg. Representaciones C/D 18 943.656 S CM 2653/2654 Modif. 511 32739 Neg. Estadística y Libro Registro. C/D 18 943.656 S CM 2653/2654 Modif.

. 511 32731 Neg. Elecciones . C/D 18 943.656 S CM 2653/2654

Modif. 511 32727 Puesto de Tramitación C/D 18 943.65Q S CM 2653/2654 Modif. 511 32748 Puesto de Tramitación C/D 16 872.388 S CM 2653/2654 Modif. 511 32751 Puesto de Tramitación C/D ~16 872.388 S CM 2653/2654 Modif. 511 32752 Puesto de Tramitación C/D 16 872.388 S CM 2653/2654 Modif. 511 32753 Puesto de Tramitación C/D 16 872.388 S CM 2653/2654 Modif. 511 32755 Puesto de Tramitación C/D 16 872.388 S CM 2653/2654 Modif. 511 32756 Puesto de Tramitación C/D 16 872.388 . S CM 2653/2654 Modif. 511 32757 Puesto de Tramitación C/D 16 872.388 S CM 2653/2654 Modif. 511 32759 Puesto de Tramitación C/D 16 872.388 S CM 2653/2654 Modif. 511 32760 Puesto de Tramitación C/D 16 872.38S S CM 2653/2654 Modif. 511 32761 Puesto de Tramitación C/D 16 872.388 S CM 2653/2654 Modif. 511 32763 Puesto de Tramitación C/D 16 872.388 S CM 2653/2654 Modif. 511 32765 Puesto de Tramitación C/D 16 872.388 S CM 2653/2654

Servicio de Economía Social

Modif. 511 32762 Neg. Seguimiento de Subvenciones · Modif. 511 32747 Puesto de Tramitación

Consejería de Hacienda

332 ORDEN 119//999, de 27 de enero, de la Consejería de Hacienda, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo y lq plqntillq presupuestaria de la Consejeríq de Obras PúbliClJs, Urbanismo y Transportes.

Mediante Orden de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de 29 de septiembre de 1998, queda modificada la Orden de 19 de novieinbre de 1997, sobre desarrollo del Decre­to 270/1995 de estructura orgánica de la citada Consejería, de forma que la unidad orgánica "Sección de Maquinaria y Vialidad Invernal", partado 3.4 del artículo 6.°, de la Dirección General de Carreteras, pasa a denominarse "Sección de Conservación lB", .estableciéndose en la Disposición Final la necesidad de publicar la corre~ondiente Orden de adaptación de la relación de puestos de trabajo, procediéndose por la presente a dar cumplimiento a dicha exigencia.

Al expediente se ha acompañaclo la oportuna documentación y se ha seguido el procedimiento previsto al efecto. Al propio tiempo, la valoración del puesto de trabajo y las características del mismo responden a lo previsto en los artículos 13 y 15 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; ajustándose, igualmente, la modificación de la plantilla presupuestaria a las determinaciones contenidas en el artículo 17 de dicha Ley.

C/D 16 872.388 S CM 2653/2654 C/D 18 943.656 S CM 2653/2654

(03/\ .223/99)

Por todo e llo, en aplicación de lo establecido por los artículos 7.2.c) y 8.2:m) de la Ley 1/1986, y en uso de las competencias atribuidas por los artículos 1.c).l y 2.b).14 del Decre to 74/1988, de 23 de junio,

DISPONGO

Primero

Aprobar la modificación de la relación. de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes,

. tal y como se recoge en el Anexo que se une e incorpora a esta Orden (expediente de modiicación R:P.T. número 04/1999).

Segundo

Aprobar la modificación de la plantilla presupuestaria, en los términos que se reflejan en e l Anexo unido e incorporado a esta Orden (expediente de modificación P.P. número 02/1999).

Tercero

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publi­.cación en el BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADR ID.

Dada en Madrid, a 27 de enero de 1999.

El Consejero oc Haci¡':IHJa. ANTONIO IlETErA

LUNES 8 DE FEBRERO DEJ999 B.O.C.M. Núm. 32

ANEXO 1.2·

EXPEDIENTE 04/99 DE MODlFICACION DE LA RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO

CONSEjERIA DE OBRAS PUBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTES

N.O puesto de trabajo Antigua denominación Nueva denominación

Dirección General de Carreteras Servicio de Explotación y Conservación

03454 Seco Maquinaria y ,vialidad Invernal Seco Conservación III .

Consejería de Hacienda

333 . ORDEN 155/1999, de 29 de enero, de la Consejería de Hacienda, por la que se modifica la relación de. puestos de trabajo y la plantilla presupuestaria del ente de derecho público Agencia de Protección de Datos.

Por la Dirección del Ente de Derecho Público Agenci~ de Pro­tección de Datos se ha formulado propuesta de modificáción de la relación de puestos de trabajo y plantilla presupuestaria, con­sistente en el cambio de denominación del puesto de naturaleza funcionarial 37051 "Consultor de Sistemas de Información" y el

. puesto de naturaleza laboral 36782 "Consultor de Sistemas de Información", que pasarían a denominarse "Consultor de Gestión", con el fin de adecuar la plantilla de personal del citado Ente a las necesidades actuales. .

La Dirección General de la Función Pública ha informado favo­rablemente la referida propuesta, de conformidad con lo esta­blecido por el artículo 3.a), apartados 26 y 33 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los

. Organos de la Administración de la Comunidad de Madrid, de sus ' Organismos Autónomos, Organos de Gestión y Empresas Públicas en materia de Personal.

La valoración de los puestos de trabajo y las características de los mismos responden a lo previsto en los artículos 13 y 15 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid. Asimismo, lá modificación de la plantilla presupuestaria se ajusta a las determinaciones contenidas en el artículo 17 de dicha Ley.

(03/3.112/99)

Por todo ello, en aplicación de lo establecido por los artícu­los 7.2.c) y 8.2.m) de la Ley 1/1986, y en uso de las competencias

. atribuidas por los artículos l.c).l y 2.b).14 del Decreto 74/1988,

DISPONGO

Primero

Aprobar la modificación de la relación de puestos de trabajo de la Agencia de Protección de Datos, tal y como se recoge en el Anexo que se une e incorpora a esta Orden (expediente de modificación R.P.T. n.o 3/1999).

Segundo

Aprobar la modificación de la plantilla presupuestaria, en los términos que se reflejan en el Anexo unido e incorporado a esta Orden (expediente modificación P.P. n.O 1/1999).

Tercero .

La presente Orden no comporta modificación de créditos del Capítulo 1.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publi­cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dada en Madrid, a 29 de enero de 1999.

El Consejero de Hacienda, ANTONIO IlETETA

ANEXO 11.1

EXPEDIENTE 03/99 DE MODlFICACION DE LA RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO

AGENCIA DE PROTECCION DE DATOS

N.P.T. Antigua denominación Nueva.denominación

37051 Consultor de Sistemas de Información. Consultor de Gestión.

Consejería de Economía y Empleo .

334 DECRETO 12/1999, de 28 de enero, por el que se crea y regula el Patronato de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

La Red de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid constituye un valioso conjunto patrimonial en el que seintegran todas aquellas cañadas y otras vías pecuarias cuyo itinerario discurre por el terri­torio autonómico, totalizando cerca de 4.000 kilómetros de longitud y 13.000 hectáreas de superficie.

La tradicional importancia histórica, cultural y agropecuaria de las vías pecuarias ha resultado reforzada y, a su vez, ~evisada con el nuevo enfoque que ha supuesto para las mismas la aprobación de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias y Ley 8/1998, de 15 de junio, de vías pecuarias de la Comunidad de Madrid,

(03/3.115/99)

que desarrolla las previsiones de la primera, que tienen carácter básico. . , .

Las vías pecuarias, en consecuenCia; acogen un abanico de nue­vos usos que exceden de los meramente agropecuarios -la tras­humancia, la trasterminancia y el pastoreo- y convierten a las vías pecuarias en un ~lemento clave en materia medioambiental e instrumento favorecedor del contacto del medio urbano con el rural. Destacaría, en este sentido, su consideración como corre­dores ecológicos o su uso para actividades de ocio como el paseo,

, el senderismo, la cabalgada o el cicloturismo. La Ley 8/1998, de 15 de junio, de vías pecuarias de la Comunidad

de Madrid tiene como fin esencial garantizar una ·adecuada con­servación, defensa y protección de las vías pecuarias y atribuye, con carácter general, a la Consejería de Economía y Empleo la gestión y demás . competencias que se otorgan a la Comunidad Autónoma. Igualmente, prevé como instrumento básico de pla­nificación y gestión, la aprobación de un Plan de Uso y Gestión.

B.O.C.M. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 7

Sin embargo, esa gestión no puede desvincularse de la parti­cipación de los ciudadanos a través de los colectivos u organi­zaciones representativas de sus intereses, en una materia en la que la conciencia conservacionista debe generarse no sólo en la Administración sino en toda sociedad. .

En este sentido, en cumplimiento del mandato que se formaliza en el artÍCulo 9.2 de la Constitución, en relación con el derecho a disfrutar del medio ambiente a que se refiere el artículo 45, la Ley 8/1998, de 15 de junio, de vías pecuarias de la Comunidad de Madrid prevé, en su artículo 29.2, la creación de un Patronato de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrict, como órgano de participación, consulta y asesoramiento por parte de la Consejerías afectadas, Ayuntamientos, Cámara Agra~ia, orga­nizaciones profesionales agrarias y organizaciones que te.ngan por finalidad la defensa de la naturaleza. En especial, la Ley obliga a recabar informe previo al Patronato, durante la tramitación de los procedimientos administrativos regulados en sus títulos I y JI, en los términos y supuestos previstos reglamentariamente.

La composición, organización y funcionamiento del Patronato, de acuerdo con dicho artÍCulo 29, se deberá determinar, asimismo, reglamentariamente.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Empleo, vistos los artÍCulos 21 y 50.2 de la Ley 1/1983, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 28 de enero de 1999.

DISPONE

Artículo 1

Creación y adscripción

1. Se crea el Patronato de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad <;le Madrid como órgano colegiado, de consulta, ase­soramiento y participación de instituciones y organizaciones socia­les, en la defensa y gestión de las vías pecuarias de la Comunidad de Madrid.

2. El Patronato de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid se adscribe a efectos administrativos a la Consejería de Economía y Empleo.

Artículo 2

Funciones

)

1. El Patronato de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid tendrá, en el ámbito de las competencias que se otorgan a la Comunidad de Madrid en materia de vías pecuarias, las siguien­tes funciones:

a) Promover e impulsar la defensa, protección y conservación de las vías pecuarias.

b) Proponer al Consejo de Gobierno y a la Consejería de Eco­nomía y Empleo cuantas medidas consideren oportunas para una mejor gestión de las vías pecuarias, valorando la efec­tividad de las normas en vigor y promoviendo la modificación de las mismas, la elaboración de nuevas disposiciones o la realización de actuaciones concretas.

c) Emitir dictamen en los asuntos que, en el marco de los intereses que le son propios, .e1 Consejo de Gobierno o las Consejerías, facbltativamente, sometan a su conoci­miento.

d) Elaborar informes y estudios, a iniciativa propia o a instancia de las instituciones y órganos de la Comunidad de Madrid, u otras instituciones públicas, en materia de vías pecuarias.

e) Conocer e informar cuantas disposiciones de carácter gene­ral y convenios puedan afectar a las vías pecuarias, y, en especial, el Plan de Uso y Gestión. .

f) Emitir· informe, con carácter previo a su aprobación, en los siguientes procedimientos administrativos relacionados con la gestión de las vías pecuarias: -'- Clasificación y sus modificaciones. - Deslinde.

Creación y ampliación. Desafectación. Modificación de trazado. Concesiones de uso mediante instalaciones desmon­tables.

g) Impulsar la colaboración, cooperación y coordinación con otros organismos análogos, Administraciones y entidades públicas o privadas cuyas. competencias o actividades con­fluyan o tengan relación con las vías pecuarias.

h) Cualquier,otra función que, en el marco de suscompe­tencias, se le atribuya por alguna disposición legal o

. reglamentaria.

2. El informe a que se refiere la letra f) del apartado anterior, deberá ser emitido en el plazo de un mes desde su solicitud, enten­diéndose que de no evacuarse en dicho plazo se proseguirá con la tramitación del procedimiento.

3. a) La Consejería de Economía y Empleo, facilitará los medios y recursos necesarios para el mejor funciona­miento del Patronato de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

b) El Patronato de la Red 'de Vías Pecuarias de la Comu-­nidad dt:t Madrid pod.rá, a su vez, recabar, a través de la Consejería de Economía y Empleo, cuanta informa­ción sea precisa para el desempeño de sus funciones.

Artículo 3

Composición

1. El Patronato de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid funcionará en Pleno, en Comisión Permanente y, en su caso, en Grupos de Trabajo.

2. El Pleno del Patronato estará integrado por los siguientes miembros: Un Presidente, un Vicepresidente primero, 18 Vocales, uno de los cuales ejercerá de Vicepresidente segundo y un Secretario.

3. Será Presidente del Patl'onato el titular de la Consejería de Economía y Empleo.

4. Será Vicepresidente primero, el Director General de Agri­cultura y Alimentación.

Sera Vicepresidente segundo, el vocal representante de órganos u organismos de la Comunidad de Madrid que designe el Pre-sidente del Patronato. .

5. Serán vocales del Patronato:

a) Tres representantes de la Consejería de Economía y Empleo, propuestos por el titular de la Consejería.

b) Un representante de la Consejería de Hacienda propuesto por el titular de la Consejería.

c) Un representante de la Consejería de Medio Ambiente y , Desarrollo Regional propuesto por el titular de la Con­sejería.

d) Un representante de la Consejería de Obras Públicas, Urba­nismo y Transportes propuesto por el titular de la Con­sejería.

e) Un representante de la Consejería de Educación y Cultura propuesto por el titular de la Consejería.

f) El Jefe del Servicio de Desarrollo Agrario de la Dirección General de Agricultura y Alimentación de la Consejería de Economía y Empleo.

g) Dos representantes de los Municipios de la Comunidad de Madrid propuestos por la Federación Madrileña de Muni­cipios.

h) Un, representante de la Cáma:ra Agraria de la Comunidad de Madrid.

i) Tres representantes de las organizaciones profesionales agrarias con mayor implantación en la Comunidad de Madrid.

j) Tres representantes de las organizaciones no gubernamen­tales cuyo objeto es la defensa y conservación del medio natural.

k) .Un representante de las cooperativas de ganaderos con mayor número de asociados en la Comunidad de Madrid.

6. Como Secretario actuará con voz y sin voto, un funcionario adscrito a la Consejería de Economía y Empleo, designado por su titular.

7. La condición de miembro del Patronato no dará derecho a percibir retribución económica alguna por parte de la Comun·idad de Madrid.

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Artículo 4

Nombramiento de vocales y suplencia

1.' Los vocales del Patronato de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, serán nombrados por el Consejero de Economía y Empleo a propuesta de los órganos, instituciones y organizaciones relacionadas en el artículo anterior. .

2 .. Siguiendo idéntico procedimiento, el Consejero de Econo­mía y Empleo, nombrará un suplente para cada uno de los vocales.

3. En caso de vacante, ausencia o enfermedad o cualquier otra causa legal, el presidente será sustituido por el Vicepresidente primero y, en caso de ausencia de éste, por el Vicepresidente segundo.

Artículo 5

Duración del mandato y cese

1.. . ·EI nombramiento de los vocales del Patronato será por un período de cuatro años, pudiendo ser renovado dicho nombra­miento por períodos iguales.

2. Los vocales del Patronato cesarán por cualquiera de las siguientes causas:

a) Renuncia. b) Dejar de concurrir los requisitos que determinaron su

designación. c) Por acuerdo. del Consejero de Economía y Empleo, previa

propuesta de quien la hubiera efectuado para su designación.

Artículo 6

. Comisión Pelmanente

La Comisión Permanente ejercerá cuantas funciones le sean delegadas po el Pleno. Asimismo y por razones de urgencia podrá adoptar acuerdos en relación con las materias de la competencia del Pleno, dando cuenta a éste en la primera sesión que celebre.

Artículo 7

Gnlpos de Trabajo

El Pleno o la Comisión Permanente del Patronato podrán con s- . t¡tuir grupos de trabajo de carácter temporal para la elaboración de propuestas o informes en temas concretos o especializados_ Los informes de los grupos de trabajo no tendrán carácter lIin­culante y se elevarán al Pleno o, en su caso, a la Comisión Permanente.

Artículo 8

Asistencia de expertos

A las reuniones del Patronato, en Pleno, Comisión Permanente o Grupos de Trabajo, podrán asistir con voz pero sin voto, aquellos técnicos o expertos en materia de vías pecuarias, convocados por

. el Presidente, a iniciativa propia o a propuesta de cualquiera de los vocales.

Artículo 9

Funcionamiento del Pleno

1. El Pleno del Patronato se reunirá como mínimo, en sesión ord'inaria convocada por su PresIdente, una vez cada seis meses.

Podrá reunirse además, en sesión extraordinaria, cuando lo con­voque su Presidente, a iniciativa propia o a solicitud de, al menos, un tercio de suS miembros, cuando así lo requiera el ejercicio de sus funciones.

2. El Pleno del Patronato quedará válidamente constituido con la presencia del Presidente o uno de los Vicepresidentes, el Secre­tario o quien le sustituya y dos tercios de los vocales miembros. En segunda convocatoria, se requerirá la presencia de, al menos, la mitad de los vocales.

3. La aprobación de los acuerdos requerirá mayoría de los asistentes, dirimiendo los empates el Presidente mediante voto de calidad. Los dictámenes podrán incluir los votos particulares si los hubiere. r

Artículo 10

Normas de funcionamiento

El Patronato de la Red de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid establecerá sus propias normas de funcionamiento. En lo no previsto en este Decreto y en sus normas de funcionamiento, será aplicable lo establecido en el Capítulo 11 del Título 11 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. -

DISPOSICION FINAL

Primera

Facultad de desarrollo

Se autoriza al Consejero de Economía y Empleo para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispLlesto en este Decreto.

Segunda

Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 28 de enero de 1999 .

El Con~cjcro de Economia y Empleo, LUIS IlLAZQUEZ

El Presidente, ALBERTO RUIZ-GALLARDON

(01/1.189/99)

B) Autoridades y Personal

Consejería de Presidencia

335 ACUERDO de 23 de diciembre de /998, del Consejo de Gobiemo, por el que se procede al nombramiento de doña Almudena González Escobar como miembro de la Comi­sión' de Protección Civil de la Comunidad de Madrid.

Por Decreto 61/1989, de 4 de mayo, se creó la Comisión de Protección Civil de la Comunidad de Madrid, se estableció su composición y se determinaron sus funciones y su régimen de funcionamiento.

De conformidad con lo establecido en el artículo 4.f) del citado Decreto, visto el escrito de la Federaoión de Municipios de Madrid en el que se modifica un representante de los municipios de la región en dicha Comisión, y a propuesta del Consejero de Pre­sidencia y previa deliberación el Consejo de Gobierno

ACUERDA

Primero

Nombrar, como miembro de la Comisión de Protección Civil de la Comunidad de. Madrid, en representación de los municipios de la región, a doña Almudena González Escobar, Concejala de Torrejón de Ardoz.

Dadgen Madrid, a 23 de diciembre de 1998.

El Coris~jcro tk Presidencia. El Presidente. JESUS PEDROCHE ALBERTO RUIZ·GALLARDON

(O 1! 1.233/99)

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Consejería de Hacienda

336 ORDEN 180/1999, de 12 de enero, de la Consejería de Hacienda, por la que se convocan, para su provisión ifllerina, puestos de trabajo vacantes en la COllsejería de Economía y Empleo.

De conformidad con lo establecido por el artículo 87 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 172/1996, de 28 de noviembre, por el que se regula la selección de funcionarios interinos en la Admi­nistración de la Comunidad de Madrid, esta Consejería

DISPONE

Primero

Convocar, para su provisión interina, los puestos de trabajo que se detallan en el Anexo 1 de la presente Orden, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 172/1996, de 28 de noviem­bre, en el que se prevé la posibilidad de efectuar convocatoria de puestos de trabajo para su provisión interina para aquellos Cuerpos, Escalas y Especialidades en los que no se hubiera formado lista de espera o la misma se hallara agotada, o bien cuando fuere necesario cubrir puestos que estuvieran reservados no teniendo los 'mismos la condición de base.

Los puestos de trabajo números 1.149, 904 Y 24.450 se hallan en situación de Reserva.

Segundo

Los interesados en dichos puestos de trabajo podrán presentar solicitudes, conforme al modelo que figura como Anexo II de esta orden, dentro de los siete días hábiles siguientes a su publi­cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Registro de la Consejería de Economía y Empleo; que se encuentra en la .siguiente dirección: Calle Príncipe de Vergara, número 132, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

No se tomarán en .consideración las solicitudes presentadas por las personas que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, ostentasen ya la .condición de funcionarios interinos del Cuerpo o Escala a que estén adscritos los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria, salvo en aquellos supuestos en que el puesto de trabajo que se esté ocupando interinamente tenga asignado un nivel de complemento de destino inferior al del puesto al que se pretende acceder~ .

Se presentará un modelo de instancia en el que se detalle el número de puesto de trabajo que se solicita, así como su deno­minación y el Cuerpo al que pertenece.

Junto a la solicitud habrá de acompañar la documentación acre­ditativa de los requisitos exigidos y de los méritos valorables.

Por lo que se refiere al mérito de superación de algull,o de los ejercicios de las últimas pruebas selectivas celebradas para el acceso a Cuerpos/Escalas o categorías de la Comunidad de Madrid, únicamente será preciso que los aspirantes manifiesten por escrito en su instancia que poseen el citado mérito, para su posterior comprobación por el Tribunal Permanente de Selección.

Tercero'

De conformidad con lo previsto en! el artículo 11 del Decre to 172/1996, el Tribunal Permanente de Selección es el que figura en la Resolución del Director General de la Función Pública de 7 de julio de 1997.

Cuarto

Las Consejerías remitirán a la Dirección General de la Función Pública, en el plazo máximo de un mes desde la finalización del plazo de presentación de instancias, la propuesta de adjudicación de las personas seleccionadas junto con las fotocopias de la docu­mentación que acredite el cumplimiento de los requisitos mínimos. A dicha propuesta deberán acompañarse en todo caso las actas de las sesiones celebradas por el Tribunal de Selección corres­pondiente.

Quinto

La Dirección General de la Función Pública, una vez recibidas las referidas propuestas, procederá a dictar la correspondiente Resolución de adjudicación que se publicará en el BOLETÍN OFI· CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.2 del Decreto 172/1996.

Si el candidato que resultare adjudicatario renunciase a su nom­bramiento como funcionario interino en el puesto para el que hubiera sido seleccionado, o no tomare posesión en el · plazo esta­blecido al efecto, la Dirección General de la Función Pública dic­tará nueva Resolución adjudicando el puesto de trabajo al siguiente candidato según el orden de puntuación establecido por el Tribunal selectivo, procediendo a dictar, en su caso, tantas Resoluciones como sean necesarias hasta que el puesto sea efectivamente cubierto.

Sexto

Los nombramientos serán efectuados por el Consejero de Hacienda, de acuerdo con la competencia que le está atribuida en dicha materia en el apartado número 17 del artículo 2.° del

, Decreto 74/1988, de 23 de junio.

Séptimo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del mencionado Decreto 172/1996, de 28 de noviembre, cuando el puesto de trabajo a cubrir con carácter interino pueda ser desempeñado, de acuerdo con la correspondiente relación de puestos, por funcionarios per­tenecientes a Cue~pos o Escalas de diferentes Grupos de clasi­ficación, la presente convocatoria y el posterior nombramiento como interino habrán de referirse necesariamente al Cuerpo de '¡ Grupo inferior.

Octavo

Los funcionarios interinos seleccionados para ocupar un puesto de trabajo que se encuentre en situación de Reserva cesarán en el mismo cuando se reincorpore el titular. .

En caso de no producirse ésta, se procedería a la preceptiva inclusÍón del puesto en la subsiguiente Oferta Pública de Empleo o, en su caso, a la provisión del mismo por el sistema que le corresponda según la Relación de puestos de trabajo.

En todo caso, los puestos cubiertos interinamente serán inclui­dos, sino lo estuvieran ya con antelación, en la siguiente Oferta de Empleo Público. "

Noveno

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La inter­posición del recurso requerirá comunicación previa a esta Con­sejería.

Dado en Madrid, a 12 de enero de 1999.-EI Consejero de Hacienda, P. D. (Orden 564/1996, de 28 de marzo, BOLETÍN OFI· CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de abril), el Director General de la Función Pública, Miguel Angel López González.

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ANEXO

LISTADO DE PUESTOS DETRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE PUESTOS PARA FUNCIONARIOS INTiRINOS EN LA CONSEJERIA DE ECONOMIA y EMPLEO

Puesto/Denominación

1149. Seco OfiCina Presupuestaria

904. Subinspector

Unidad Orgánica Grupo

Secretaría General A/B Técnica. Oficina Presupuestaria

Neo

25

Específico Cuerpo/Escala

1.583.484 Técnico Superior de Administración General

Baremo

Técnico de Gestión de Administración General

Haber super.ado uno O más ejercicios de las últimas pruebas selec­tivas celebradas para el acceso al Cuerpo de Técnicos de Gestión de la Comunidad de Madrid: 3 ó 4 puntos respectivamente.

Experiencia en elaboración de informes jurídicos: 2 puntos. Experiencia en gestión presupuestaria: 1 punto. Experiencia en Quattro Pro: 1 punto.

Dirección General B 18 813.840 Industria, Energía y Minas. Servicio Minas e Instalacio-nes no Energéticas. Sección Minas ..

Baremo

Ingeniero Técnico de Minas: 1 punto.

Ing. y Arq. Técnicos (Ingeniería Técni­ca)

Haber superado uno o más ejercicios de las últimas pruebas selec­tivas para el acceso al Cuerpo/Escala y especialidad del puesto que se convoca: 3 ó 4 puntos respectivamente.

Conocimientos o experiencia en inspecciones de campo, prefe­rentemente mineras: 2 puntos.

Conocimientos o experiencia en tramitación de expedientes pre­ferentemente de la Ley de Minas: 2 puntos.

24450. Administrati- Dirección General C 14 ,829.044 Administrativo. de vo Comercio y Consu- Adm i n ist ració n

mo. Servicio General Orientación ' al Consumidor. Sec-

o ció n Relaciones con Corporaciones Locales

Baremo

Haber superado uno o más ejercicios de las últimas pruebas selec­tivas celebradas para el ingreso en el Cuerpo de Administrativos de la Comunidad de Madrid: 3 Ó 4 puntos respectivamente.

Experiencia en gestión administrativa: 2 pUntos. Experiencia en utilización del SIEF: 2 puntos.

Especialidad

Industrüi, Energía y Minas

Admón.

G

G

E

G

B.O.C.M. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 11

Etiqueta del Registro

Comunidad de Madrid

SOLICITUD DE PROVISION INTERINA DE PUESTOS DE TRABAJO *

1. DATOS PERSONALES

Apellidos ..

Nombre ... .

Dirección ..................... .. .............. .

Localidad ........... .

II. DATOS DE LA CONVOCATORIA

Orden núm ........... .......... J ..... .

. .... Provincia . ...................... .

. ...... D.N.i. número .

. .......................... Teléf. ( ..... )

. c. P.

Publicación en el BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Consejería de . .. ............. .

1Il. DATOS DE LOS PUESTOS DE TRABAJO SOUCITADOS

Código número 01/112

.J ........ J .

..... _._._ ... _._ ... _. (3)

N.P.T. DENOMINACION N:P.T. DENOMINACION

IV. DOCUMENTACION APORTADA

o Título académico

D. Historial académico profesional

O Otros .... . ..................... .

EVla solicitante declara ser ciertos los datos contenidos en la presente solicitud, reunir las condiciones necesarias para desempeñar puestos públicos en la Comunidad de Madrid y las señaladas en la convocatoria, comprometiéndose a acreditarlo cuando así le sea solicitado por la Administración.

Madrid, a ...... .. ............. de ......... de 199 ... (FIRMA)

DESTINATARIO: ILMO. SR. SECRETARIO GENERAL TECNICO DE LA CONSEJERIA DE

Los datos que se recogen se tratarán informáticamente o .se archivarán con el consentimiento del ciudadano, quien tiene derecho a decidir quién puede tener sus datos, para qué los usa, solicitar que los mismos sean exactos y que se utilicen para el fin que se recogen, con las excepciones contempladas en la legislación vigente. Para cualquier cuestión relacionada con esta materia puede dirigirse al teléfono de información administrativa 012.

Si usted tiene alguna sugerencia que permita mejorar este impreso le rogamos nos la haga llegar a la Dirección General de Calidad de los Servicios, plaza de Chamberí, número 8, 28010 Madrid. • Antes de cumplimentar esta solicitud, lea las instru.:cioncs al dorso.

Pág. 12 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 . B.O.CM. Núm, 32 .. }

INSTRUCCIONES

1) La solicitud se cumplimentará a máquina o con letras mayúsculas. En ca·so de que sea imprescindible ampliar la información solicitada, ésta se adjuntará en hoja aparte a este impreso.

2) Los números que se encuentran entre paréntesis corresponden a apartados de estas instrucciones.

3) Se indicará el nombre de la Consejería a la que estén adscritos los puestos solicitados ..

337

Consejería de Hacienda RESOLUClONde 12 de enero de 1999, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se resuelve la Orden 2674/1998, de 2 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de octubre), para pro­visión interina en la Consejería de Economía y Empleo.

Convocado por Orden 2674/1998, de 2 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de octubre), Ul)

puesto para su .cobertura por personal interino. Considerando que se han cumplido las prescripciones contenidas

en las bases de la eonvocatoria.

. (02/i .215/99)

Vista la propuesta de la Consejería de . Economía y Empleo.

Se declara seleccionado para el puesto de trabajo convocado al aspirante que se expresa en el Anexo. .

El interesado recibirá la oportuna notificación de nombramiento con el fin de efectuar· la correspondiente toma de posesión.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ipterponérse RecurSO Ordinario · ante el Consejero de Hacienda en el plazo de un mes a partir del día de sU publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 12 de enero de 1999.-EI Director General de la Función Pública, Miguel Angel López González~

ANEXO ·

RESOLUCION CONVOCATORIA DE PROVISION DE PUESTOS PARA FUNCIONARIOS INTERINOS EN LA CONSEJERIA DE ECONOMIA y EMPLEO .

Puesto adjudicado

. . Dirección General Trabajo y Empleo. Servicio Relaciones Laborales. Puesto de Trabajo: 32717. Denominación: Técnico Jurídico-Laboral. Grupo: B. N.CD.: 22. C Específico: 1.036.584.

Consejería de Hacienda

338 RESOLUCION de 28 de enero de 1999, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se resuelve la Orden 3559/1998, de 11 de diciembre (BOLETíN OFICIAL DE LA CoMUNIDAD DE MADRID de 23 de diciembre), por la que se convocaban puestos de trabajo mediante el sistema de Libre Designación en la Consejería de Hacienda.

Aprobada mediante Orden 3559/1998, de 11 de diciembre (BO. LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de diciem­bre), convocatoria para provisión de puestos de trabajo por el sistema de Libre Designación en la Consejería de Hacienda.

Considerando que los candidatos propuestos cumplen los requi­sitos y especificaciones exigidos en la convocatoria .

Considerando que esta Dirección General tiene competencia para proceder a la adjudicación en base al artículo 2, base Quinta, de la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda.

Vista la propuesta de adjudicación de los puestos efectuada por la Consejería de Hacienda,

Adjudicatario

D.N.!.: 51.371.781. Apellidos y Nombre: Pérez Martín, Juana Paloma.

(01/1.214/99)

RESUELVO

Primero

Declarar asignados los puestos de trabajo que se expresan en el Anexo a los funcionarios propuestos por la Consejería de Hacienda.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se ·realizarán de conformidad con la norma · undécima de la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL-DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre).

Tercero

El plazo para cese y toma · de poseslOn comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Ordinario ante el Consejero de Hacienda dentro del plazo de un mes a partir del día de su publi­cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 28 de enero de 1999.-EI Director General de la Función Pública, Miguel Angel López (Jonzález.

B.O.C.M. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 13

ANEXO

RESOLUCION CONVOCATORIA DE PROVISION DE PUESTOS POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACION EN LA CONSE,JERIA DE HACIENDA

Puesto adjudicado Adjudicatario Puesto liberado

Dirección General Planificación Financiera. Tesorería Cen- D.N.I.: 50.033.237. tral.

Puesto de Trabajo: 32363. Denominación: Tesorería Central. Grupo: A.

Apellidos y Nombre: Escude­ro Sánchez, Eva.

, N.C.D.: 30. C. Específico: 3.251.544.

Dirección General Planificación Financiera. Servicio Gestión D.N.I.: 12.695.496. Intervención General. Financiera.

Puesto de Trabajo: 34851. Apellidos y Nombre: Mu'ñoz

Arranz, María del Carmen. Puesto de Trabajo: 29481. Denominación: Interventor Adjunto. Grupo: NB. Denominación: Técn. Adj. Sist. Inform., Finan. y Banc.

Grupo:NB.' N.C.D.: 26. C. Específico: 2.202.888.

Consejería de Hacienda 339 RESOLUCION de 28 de enero de 1999, de la- Dirección

General de la Función Pública, por la que se resuelve el Acuerdo de 17 de septiembre de 1998 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de octubre), por el que se convocaban varios puestos de trabajo, mediante el sistema de Concurso de Méritos (artículo 55), en la Con­sejería de Hacienda.

Aprobada mediante Acuerdo de 17 de septiembre de 1998 (Bo­LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de octubre), convocatoria para provisión de puestos de trabajo por el sistema de Concurso de Méritos (artículo 55) en la Consejería de Hacienda.

Considerando que en el procedimiento de provisión se han cum­plido las normas de la Ley 4/1989, de 6 de abril, de la Orden 923/1989, de la Consejería de Hacienda, y de la Orden 2094/1990 de la Consejería de Hacienda, así como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria ya mencionadas.

Vista la propuesta de adjudicación de los puestos efectuada por la Junta de Méritos de la Consejería de Hacienda.

RESUELVO

Primero

Declarar asignados los puestos de trabajo que se expresan en el Anexo a los funcionarios propuestos por la Consejería de Hacienda.

N.C.D.: 26. C. Específico: 2.067.552.

(01/1.212/99)

A los efectos previstos en el artículo 3 de la Ley 4/1989, el dato de la "Puntuación obtenida por los adjudicatarios en el con­curso" se entiende referido a las puntuaciones que la Junta de Méritos expuso en su día, según lo dispuesto en el artículo 8 de la citada Ley, dado que en el apartado 3 del mismo artículo se establece que las propuestas de las Juntas de Méritos serán, en cualquier caso, firmes y vinculantes.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se realizarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de sep,tiembre).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a partir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Ordinario ante el Consejero de Hacienda dentro del plazo de un mes a partir del día de su publi­cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU,NIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 28 de enero de 1999.-EI Director General de la Fonción Pública, Miguel Angel López González.

ANEXO

RESOLUCION CONVOCATORIA DE PROVISION DE PUESTOS POR EL SISTEMA DE CONCURSO DE MERITOS EN LA CONSE,JERIA DE lfA.CIENDA

Puesto adjudicado

Dirección General Tributos. Servicio Recaudación Ejecutiva. Puesto de Trabajo: 37281. Denominación: Técnico Apoyo Aplazamientos y Terciarias. Grupo:NB. N.C.D.: 25. C. Específico: 1.611.996.

Dirección General Tributos. Servicio Recaudación Ejecutiva. Puesto de Trabajo: 37282. Denominación: Responsable Area Expedientes Ejecutivos. Grupo:NB. N.C.D.: 25. C. Específico: 2.202.888.

Adjudicatario

D.N.I.: 50.694.053. Apellidos y Nombre: Fernán­

dez Ortigosa, M. Pilar.

D.N.I.: 50,701.159. Apellidos y Nombre: Fernán­

dez Caloto, José Antonio.

Puesto liberado

Ministerio de Economía y Hacienda.

Ministerio de Economía y Hacienda.

Pág. 14 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. Núm.32

Puesto adjudicado

Dirección General Tributos. Servicio Recaudación Ejecutiva. Puesto de Trabajo: 37283. Denominación: Técnico de Recaudación. Grupo: B/C. N.C.D.: 22. C. Específico: 1.023.924.

"Dirección General Tributos. Servicio Recaudación Ejecutiva. Puesto de Trabajo: 37284. . Denominación: Técnico de Recaudación. Grupo: B/C. N.C.D.: 22. é. Específico: 1.023.924.

Dirección General Tributos. Servicio Recaudación Ejecutiva. Puesto de Trabajo: 37285. Denominación: Técnico de Recaudación.

. Grupo: B/C. N.C.D.: 22 .

. C. Específico: 1.023.924.

Dirección General Tributos. Servicio Recaudación Ejecutiva. Puesto de Trabajo: 37286. Denominación: Técnico de Recaudación. Grupo: B/C. N.C.D.: 22. C. Específico: 1.023.924.

Dirección General Tributos. Servicio Recaudación Ejecutiva. Puesto de Trabajo: 37287. Denominación: Técnico de Recaudación. Grupo: B/C. N.C.D.: 22. C. Específico: 1.023.924.

Dirección General Tributos. Servicio Recaudación Ejecutiva. Puesto de Trabajo: 37288. Denominación: Técnico de Recaudación. Grupo: B/C. N.C.D.: 22. C. Específico: 1.023.924.

Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes

CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES DE MADRID

340 RESOLUCION de 1 de febrero de 1999, de la Gerencia del Consorcio Regional de Transportes, por la que se dispone la publicación en extracto de la convocatoria para proveer, en régimen de interinaje, el puesto de Técnico Especialista 11 del Area de Metro-EMT (puesto número 32.127, Area A, Nivel V).

Estando vacante la plaza de Técnico Especialista II del Afea de Transportes Metro-EMT (puesto número 32.127), ante la ausen­cia de listas de espera de trabajadores para el mencionado puesto, ,se hace necesaria su urgente provisión en los términos establecidos en el artículo 19 del Convenio Colectivo.

Su cobertura, contando con autorización expresa del Director General de la Función Pública, se realizará en turno libre, mediante contrato de interinaje, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 19 del vigente Convenio Colectivo.

Las solicitudes para participar en el proceso selectivo, para ocu­par, en régimen de interinaje, la plaza convocada, deberán pre­sentarse en el Registro del Consorcio Regional de Transportes, plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3, primera planta, en el plazo de diez días a contar desde la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En los tablones de anuncios del Consorcio Regional de Transportes se encuentra expuesto el texto íntegro de la convocatoria.

Adjudicatario

D.N.I.: 404.698. Apellidos y Nombre: Razola

Heras, Angel.

D.N.I.: 50.806.834. Apellidos y Nombre: Rodrí­

guez Gallego, Juan Carlos.

D.N.I.: 793.032. Apellidos y Nombre: Gallego

Rodríguez, Luis Alberto .

D.N.I.: 805.858. Apellidos y Nombre: Otero

Gómez, María Justa.

D.N.I.: 1.070.438. Apellidos y Nombre: Pozuelo

Saus, Carlos.

D.N.l.: 5] .890.504. Apellidos y Nombre: Hernán­

dez Herráez, Juan Manuel.

Puesto liberado

Ministerio de Economía y Hacienda.

Ministerio de Economía y Hacienda.

Ministerio de Economía y Hacienda.

Ministerio de Economía y Hacienda.

Ministerio de Economía y Hacienda.

Ministerio de Economía y Hacienda.

(01/1.213/99)

Madrid, a 1 de febrero de 1999.-EI Director Gerente, José Ignacio Iturbe López.

(01 /1.216/99)

C) Otras Disposiciones

Consejería de Presidencia

341 RESOLUClON de 15 de enero de 1999, 'de la Dirección General de Protección Ciudadana, por la que se aprueba la Carta de Se/vicios del Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia 1-1-2, a tenor de lo dispuesto en los Decretos 27/1997, de 6 de marzo, y 44/1998, de 18 de marzo, que regulan la elaboración y aprobación de las Cartas de Servicios.

La Dirección General de Protección Ciudadana, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.1 del Decreto 27/1997, de 6 de marzo, en relación con el Decreto 44/1998, de 18 de marzo, ha resuelto aprobar la Carta de Servicios del Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia 1-1-2 y disponer la publicación de su contenido en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según se recoge a continuación:

B.O.C.M. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 15

Datos identiflcativos de la Unidad

Denominación: Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia 1-1-2. Dirección General de Protección Ciudadana.

Consejería/D.G./O.A.: Consejería de Presidencia. Responsable: Ilustrísimo señor don Luis Mallo Alvarez. Dirección: Calle Gobelas, 33, 28023 Madrid. ' Teléfono: 917 089 120. Fax: 917 098 198. Horario de Oficina: De lunes a viernes, de nueve a diecinueve

horas. Teléfono Unico de Atención de Llamadas de Urgencia 1-1-2:

Veinticuatro horas. '

Principales servicios que presta la Unidad al ciudadano

- Atender cualquier llamada de urgencia al número telefónico 1-1-2 realizada en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid . • Simplificar el acceso de los ciudadanos a los ser.vicios de

urgencia en caso de atención sanitaria, extinción de incen­dios y salvamento, seguridad ciudadana, protección civil, cualquiera que sea el organismo o Administración Pública 'competente para la prestación material de la asistencia requerida. ' ,

• Atender, a través de un centro receptor único, las llamadas de urgencia que efectúen los ciudadanos, con indepen­dencia de la clase de emergencia que se produzca~

• Facilitar un sistema integrado de información y comuni­caciones que pueda ser compartido por los distintos orga­nismos que trabajan en la emergencia.

• Acceder al Centro de Atención de Llamadas de Urgencia 1-1-2 a través del número telefónico 1-1-2 de forma gratuita y permanente las veinticuatro horas del día, todos los meses , del año.

Gesti,ón de la activación de los servicios necesarios en función de la situación de emergencia producida. • Posibilitar el acceso a todos los servicios de urgencia, Con

tan sólo llamar al número telefónico 1-1-2. • Atender, tratar' y evaluar en el Centro de Atención de

Llamadas de Urgencia 1-1-2 las llamadas recibidas, a fin de remitir a las entidades competentes los requerimientos de asistencia a los que haya lugar.

• Contribuir a la prestación coordinada de los servicios nece­sarios para atender las situaciones de urgencia producidas en el ámbito territorial ,.de la Comunidad de Madrid .

• Establecer los correspondientes mecanismos de colabo­ración entre las Administraciones Públicas y las entidades públicas y privadas cuya actividad esté directa o indirec­tamente relacionada con los servicios de urgencia.

• Racionalizar la intervención de la emergencia, a través de una mayor eficacia en la asignación de recursos.

• Establecer un servicio ágil y avanzado, que permita una rápida y eficaz respuesta ante las demandas producidas en situaciones de urgencia. '

'Compromis9 con los ciudadanos

Objetivos

- Atender las Jlamadas recibidas en el Centro de Atención de Llamadas de Urgencia 1-1-2 con eficacia, así como res­ponder eficientemente a las peticiones 'de los ciudadanos que exijan intervención, '

- Ofrecer una respuesta rápida y eficaz ante las ~emandas producidas en situaciones de urgencia mediante un acceso rápido y sencillo a los servicios públicos de prestación de asistencia de urgencia.

- Adecuar la gestión de llamadas de los servicios de emergencia y seguridad pública a los estándares de calidad exigidos por los ciudadanos. Implantar un "Modelo Integral de la, Emergencia", a través de una concepción moderna de la gestión de la emergencia y seguridad pública.

- Informar a los ciudadanos, de todos los servicios, así como de los canales de comunicación, para facilitarles la presen­tación de sus reclamacióne;s y sugerencias.

- Mantener y. actualizar las inst31aciones y sistemas informá­ticos que sirven de base a los operadores del servicio.

-, Implantar proyectos de mejora con el objeto de potenciar la accesibilidad, disponibilidad y efectividad del Servicio de Atención de Llamadas de Urgencia 1-1-2.

- Formación continua del personal especializado (operadores), a fin de mejorar la calidad del servicio.

Indicadores: - Número de llamadas telefónicas recibidas en el teléfono de

emergencia 1-1-2. -'- Número de transmisiones de requerimientos de servicios

realizados. - Tiempo medio de respuesta: desde que la llamada entra en

el Centro hasta que se inicia la comunicación entre el lIa­mante y,el operador.

- Tiempo medio de respuesta desde que un operador inicia la atención de una llamada hasta que despacha la incidencia a los Terminales de Atención y Seguimiento (T AS) de los Organismos de intervención.

- Porcentaje de llamadas que han precisado ' intervención. - Publicaciones y material divulgativo elaborados. - Número de sugerencias y reclamaciones recibidas.

Sugerencias y reclamaciones,

Con el fin de mejorar la calidad de los servicios prestados, la Comunidad de Madrid ha implantado un sistema de Sugerencias y Reclamaciones a través del cual los ciudadanos hacen llegar su opinión sobre los servicios ofrecidos.

Los principales centros administrativos cuentan con un impreso normalizado para la presentación de Sugerencias y Reclamaciones, , por medio de las cuales se puede ejercer este derecho, si bien puede ser utilizado cualquier otro formato O carta, siempre y cuan" do se presenten por escrito y firmadas. ,

Las Sugerencias y Reclamaciones pueden presentarse a través . de los sistemas legalmente previstos y, en consecuencia, entregarse en cualquiera de los Registros de la Comunidad, enviarse por correo o directamente en las Oficinas de Atención al Ciudadano.

En un plazo aproximado de cuarenta y ocho horas la Comunidad se pondrá en contacto con el reclamante, por teléfono o por carta, y tratará de dar respuesta a la sugerencia o reclamación en un plazo no superior 'a quince días.

Las Rozas, a 15 de enero de 1999.-EI Director Gen,eral de Protección Ciudadana, Luis Mallo Alvarez.

342

(0111,188/99)

Consejería de Presidencia

RESOLUCION de 15 de enero de 1999, de la Dirección General de Protección Ciudadana, por laque se aprueba la Carta de Servicios de 'la precitada Dirección General, a tenor de lo dispuesto en los decretos 27/1997, de 6 de marzo, y 44/1998, de 18 demarzo, que regulan la elaboración y aprobación de las Cartas de Servicios. '

La Dirección General de Protección Ciudadana, de acuerdo con lo establecido en él artículo 6.1 del Decreto 27/1997; de 6 de marzo, en relación con el Decreto 44/1998, de 18 de marzo, ha resuelto aprobar su respectiva Carta de Servicios y disponer la publicación de su contenido en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU­NIDAD DE MADRID, según se recoge a continuación:

Datos identificativos dé la Unidad

Denominación: Dirección General de Protección Ciudadana. ·Consejería/D.G./O.A. : Consejería de Presidencia, Responsable: I1ústrísimo señor don Luis Mallo Alvarez. Dirección: Carretera de La Coruña, kilómetro 22, 28230 Las

Rozas (Madrid). Teléfono: 915 805 263. Fax: 915 805285. Horario de Oficina: De lunes a viernes, de ocho a quince horas. TeléfonoUnico de Atención de Llamadas de Urgencial~1-2:

Veinticuatro horas.

Pág, .16 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 . B.O.C.M. Núm, r:32

Principales servicios que presta la Unidad al ciudadano

- Teléfono de Atención de Llamadas de Urgencia 1-1~2, con cobertUra en toda la Comunidad de Madrid:

• Un solo teléfono para acceder a cualquier servicio de emer-' . gencia o seguridad pública. . '

• ' Operativo veinticuatro horas todos los días del añ6. • Servicio gratuito. . ,

. • Desde pequeños accidentes domésticos, hasta grandes catástrofes. .

, -Elaboración y dirección de Planes de Emergencia en situa­ciones de grave riesgo'; calamidad pública o catástrofe extraordinaria.

:...:.: CUerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid:

• Prevención y Extinción de Incendios, así. como la coor­dinación de los servicios municipales establecidos al efecto.

• Servicio de Emergencia y Rescate (SERCAM): - Atención integral en situaciones de emergencia.

. - Asistencia sanitaria en el lugar del siniestro y traslado de los heridos a Centros Hospitalarios ..

-Operaciones de búsqueda y rescate en zonas de especial complejidad, . a través de los Grupos de Rescate en Altura (GERA) ..

Vigilancia y protección dé los edificios e instalaciones de la Comunidad de Madrid. '

- Coordinación de los Cuerpos de Policía Local dela Comu­nidad de Madrid mediante la homogeneización de marcos normativos, medios técnicos, criterios de selección yfor-

' mación. . Información y asesoramiento sobre la normativa de espec­táculos públicos y tramitación de los expedientes de auto-

. rización de los mismos. Información y asesoramiento sobre la normativa de espec­táculos, taurinos y tramitación de los expedientes de auto­rización delos mismos.

Compromiso con los ciudadanos

Objetivos '

~ Simplificar al ciudadano el acceso a los servicios de emer­gencia y seguridad pública en situaCiones de grave riesgo.

- Asegurar una tespuesta rápida y eficaz, a través de la coor­dihación de los recursos asistenciales, de seguridad y emer­gencia pública. Impulsar aCtividades relacionadas' con la prevención y pro-

. lección ciudadana. Mejorar el modelo de gestión integral de emergencias. Potenciar toda actividad que redunde enla profesionalización yeficacia de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad

; .' de Madrid. . . - Increinentar los niveles de seguridad en los espectáculos tau-

, . rinos populares. . ~ 'Potenciar los niveles de seguridad en la celebración de espec­

táculos públicos y actividades recreativas. Indicadores:

- Número de intervenciones efectuadas en el ámbito de .Ia emergencia y la seguridad pública. ,

.,.,-- Tiempo medio,deresp!lesta en las intervenciones efectuadas, ~ referidas a:

• Atencióri de lIamadás. • Activación de servicios de emergencia y seguridad pública. • Llegada al lugar del siniestro. . • Intervención efectuada: '

", - Número de actuaciones de asesoramiento técnico que con-. tribuyan. a la coordinaCión de las Policías Locales.

.~ Número de actuaciones de asesoramiento técnico en materia de espectáculos públicos y taurinos populares.

, ~ Divulgaciones en materia de prevención ' y autoprotección , a sectores de riesgo. . .' . ~ Datos relativos a las Sugerencias y Reclamaciones pre-

sentadas. '

Sugerencias y reclamaciones

Con el fin de mejorar la calidad de los servicios prestados, la Comunidad de Madrid ha implantado un sistema de Sugerencias y Reclamaciones a través del cual tos ciudadanos hacen llegar su opinión sobre los servicios ofrecidos.

Los principales centros administrativos cuentan con un impreso normalizado para la presentación de Sugerencias y Reclamaciones, por medio de las cuales se puede ejercer este derecho, si bien puede ser utilizado cUalquier otro formato o carta, siempre y cuan-do se presenten por eS,crito y firmadas. . . Las Sugerencias y Reclamaciones , pueden presentarse a través de los sistemas legalmente previstos y, en consecuencia, entregarse en cualquiera de los Registros de la Comunidad, enviarse por correo o directamente en las Oficinas de Atención al Ciudadáno.

En un plazo aproximado de cuarenta y ocho horas la Comunidad se pondrá en contacto con el reclamante, por teléfono o por carta, y tratará de dar respuesta a la sugerencia o reclamación en un plazo no superior a quince días.

Las Rozas, a 15 de enéro de 1999.-EI Director General de Protección Ciudadana, Luis Mallo Alvarez .

(01 /1.186/99)

Consejería dé Presidencia

343 CORRECCION de effores a la Resolución de 20 de enero de 1999, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia, por la que se da publicidad en extracto de los convenios suscritos por la Comunidad de Madrid.

Advertidos errores en la relación de convenios, publicada en el BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 22, de 27 de enero de 1999, se procede a su subsanación:

- Página número 20, referencia 43/131/2375/96, columna de financiación, donde dice: "Comunidad <le Madrid: 16.550.000 pesetas", debe decir; "Comunidad de Madrid: 16.555.000 pesetas".

- Página número 21, desde la referencia 44/041/2571/97 a la 44/157/3698/98 falta el encabezamiento, debería aparecer Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, dado que estos convenios pertenecen a dicha Consejería y no a la Consejería de Economía y Empleo.

344

(03/3.117/99)

ConSejería de Hacienda

CANAL DE ISABEL 11 .

CONVENIO de 11 de enero de ]999. de Colaboración en la Gestión Comercial del Servicio de Distribución .de Agua entre el Ayuntamiento de Valdaracete y e/Canal de 1sabel 1/.

REUNIDOS

De una parte don Antonio Beteta Barreda y de otra don Orencio Huelves Navarro.

INTERVIENEN '

El primero de los citados señores en nombre y representación del Canal de Isabel 11 (en adelante Canal), Empresa Pública depen­diente de la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid, en su condición de Presidente del Consejo de Administración de la misma.

El segundo en nombre y representación del Ayuntamiento de Valdaracete (en adelante Ayuntamiento), en su condición de A1cal­de-Presidente 'delmismo.

B.O.C.M. Núm. 32 LUNES 8'DE FEBRERO DE 1999 Pág. 17

EXPONEN

Primero

Que en la localidad de Valdaracete los servicios de abasteci­miento y saneamiento, regulados según la Ley 17/1984, de 20 de diciembre y su posterior desarrollo reglamentario, se prestan en la siguiente forma: .

El servicio de aducción por el Ayuntamiento a través de cap­taciones propias.

Los servicios de distribución y alcantarillado, por el Ayun­tamiento.

Segundo

El servicio de abastecimiento y saneamiento se presta'rán de la forma siguiente:

- Aducción: Por el Organismo que se designe para la explo­tación del suministro del sistema Almoguera-Mondéj¡u o por el Canal. .

- Distribución y Alcantarillado: Por el Ayuntamiento. - Depuración: Cuando se realice por el Canal. .

Tercero '

Que el Ayuntamiento, por acuerdo del Pleno de fecha 23 de mayo de 1998 faculta al señor Alcalde a suscribir este Convenio y adopta lo establecido en la Ley 17/1984 yen su Reglamento Económico-Financiero, en lo que afecta a las tarifas y modelo de factura por la prestación de los servicios. .

Cuarto

Que el Ayuntamiento y el Canal acuerdan que la gestión comer­cial del servicio de distribución de agua en su término municipal, sea realizado por el Canal.

Y, al objeto de regular las condiciones según las cuales el Canal, se hace cargo de dicha gestión comercial en el término municipal

. de Valdaracete y las obligaciones que ambas partes han de asumir, se otorga el presente documento, con sujeción a las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera

El Ayuntamiento encomienda al Canal la gestión comercial de los servicios del abatecimiento, manteniendo la titularidad de las instalaciones (pozos, depósitos, grupos, etcétera), y redes muni­cipales.

Segunda

El Canal asume la gestión comercial de la distribución ajus­tándose a lo establecido en la Ley 17/1994, reguladora del abas­tecimiento y saneamiento de agua en la Comunidad de. Madrid, yen su Reglamento para el Servicio y Distribución de las Aguas, aprobado por Decretos 2922/1975 y 3068/1975 de 31 de octubre y en las Normas aprobadas para · la interpretación de ambos.

Tercera

Para mejor desarrollo de las actividades previstas en este Con­venio, el Ayuntamiento adopta el Reglamento para el ·Servicio y Distribución de las Aguas del Canal, aprobado por Decre­to 2922/1975, de 31 de ocubre, como Reglamento del Servicio de Distribución municipal, así como sus Normas Técnicas.

Cuarta

Con el fin de optimizar los recursos hidráulicos y para que' en un futuro el Canal pueda hacerse cargo de las instalaciones del ' servicio de distribución de agua municipal, ambas partes acuerdan que es necesario realizar un estudio-diagnóstico del estado actual de las redes de distribución y acometidas domiciliarias, que permita elaborar, si es preciso, un Plan Director de adecuación de dichas instalaciones a las normas técnicas de Canal.

Este Plan Director se redactará a partir de la fecha de la firma de este Convenio, y ha de contemplar las obras precisas para:

- Garantizar el abastecimiento. - Adecuar las acometidas derivadas de la red primaria. - Adecuar la red de distribución primaria, que es la integrada

por las tuberías que discurren por las calles de propiedad municipal, a las normas técnicas del Canal.

- Adecuar a las norl11as técnicas del Canal, la red de distri­bución secundaria, entendiendo por tal la que discurre por el interior de las urbanizaciones, que hayan sido recibidas por el Ayuntamiento a la firma de este Convenio.

Quinta

Con objeto de poder realizar el proyecto de adecuación de red y acometida, el Ayuntamiento entregará al Canal los planos de que disponga de su red de distribución, a ser posible señalando materiales, timbrajes, tipos y diámetros.

Sexta

El Ayuntamiento entregará al Canal su Fichero de Abonados, detallando nombre, N.I.F., direcciones y datos de la finca y con­tador, así como el último índice de lectura válido y fecha de ésta, de cada uno de los mismos.

Los que fueran abonados municipales a la entrada en vigor de este Convenio, pasarán automáticamente al Fichero de Abonados del Canal, sin tener que abonar derechos de cOntratación ni anti­cipo de consumo.

Séptima

A partir del momento en que entre en vigor este Conmvenio, el Ayuntamiento encomienda al Canal la responsabilidad de la:

- Contratación de los suministros. - Facturación por los servicios prestados. - Recaudación de los importes facturados por todos los

servicios .

Por tanto, es el Canal el único que puede realizar los procesos antes mencionados, de acuerdo con su Reglamento. .

Octava

El Canal se ocupará del mantenimiento de las acometidas y reparación de las mismas, así como la reposición de los pavimentos y sustitución si procede de los aparatos de medida instalados en las acometidas generales de las fincas de los abonados.

Las modificaciones en las acometidas existentes, para adecuarlas a las normas del Canal, serán efectuadas por . este Organismo, corriendo estos gastos por cuenta del Canal.

La conservación y mantenimiento de las acometidas será rea­lizada por el Canal incluyendo ~a reposición de pavimentos cuando se efectúen reparaciones de las mismas. . . El Ayuntamiento continuará gestionando la conservación de la

red de distribución municipal, mientras la titularidad de la misma, una vez adecuada a las normas técnicas del Canal, no pase a este Organismo.

Novena

Las prolongaciones desde la red de distribución municipal, serán ejecutadas únkamente por el Canal de acuerdo con sus normas técnicas y financiadas por los nuevos peticionarios.

Las acometidas que se hayan de realizar, para atender la deman­da de nuevos suministros que se deriven de la red existente serán ejecutadas en su totalidad, instalación hidráulica y obra civil inclu­yendo pavimentación, exclusivamente por el Canal, una vez que los peticionarios formalicen los correspondientes contratos y pre­senten la correspondiente licencia municipal de cala o aquella que sea legalmente pertinente.

El Canal facilitará a "los peticionarios la información y docu­mentación para obtener la expresada licencia.

Los peticionarios de nuevas acometidas deberán ingresar, previo a la formalización del contrato, el importe de los derechos de contratación que tiene establecidos el Canal para sus abonados.

Pág. 18 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. Núm. 32

Décima

El Ayuntamiento se compromete a informar al Canal sobre futu­ras actuaciones urbanísticas dentro de su término municipal con el. fin de que este Organismo planifique su abastecimiento.

. Las redes de distribución de nuevas actuaciones municipales o privadas deberán ser sometidas a la aprobación de los Servicios Técnicos del Canal.

Undécima

El Canal emitirá las facturas de toctos los servicios incluidos en.el abastecimiento y saneamiento del agua y, por tanto, recaudará de los abonados del servicio de distribución municipal, las can­tidades que correspondan a los siguientes conceptos:

- De aducción prestado por el canal, u Organismo designado. - Servicio de distribución y alcantarillado de titularidad muni-

cipal. - Servicio de depuración cuando se preste, por el Canal. Las tarifas a aplicar para cada concepto, serán las vigentes en

el momento de la firma de este Convenio y se modificarán cuando lo hagan las tarifas generales. En el momento de la firma, el Ayun­tamiento facilitará documento oficial en el que se indiquen las tarifas a aplicar en los servicios de titularidad municipal.

Las del Canal son las vigentes según Orden 3061/1997, del 17 de diciembre.

Duodécima

Se facturarán todos los consumos realizados en servicios muni­cipales o de su administración pública.

Decimotercera

El Canal practicará una liquidación trimestral al Ayuntamiento de las cantidades facturadas y recaudadas por la prestación de los servicios de distribución y alcantarillado de titularidad muni­cipal, detallándose en ella el número e importe de las facturas cobradas, rectificadas y anuladas.

El Canal entregará el importe resultante de la liquidación al Ayuntamiento mediante un talón a su nombre.

Decimocuarta

El Canal percibirá por la gestión de la facturación y recaudación de las cantidades facturadas por los servicios de titularidad muni­cipal el 2,5 por 100 de las mismas. Esta cantidad se deducirá por compensación de la liquidación trimestral.

Decimoquinta

El Canal mantendrá el contador o contadores generales inter­calados en las tomas que abastecen al Ayuntamiento con el fin de contrastar los volúmenes de agua aportados, por el Canal u Organismno designado, a la red de distribución municipal con los facturados a los usuarios de esta red.

Decimosexta

A ·.partir de la fecha en que el Canal se haga cargo, total o parcialmente, de la gestión del servicio de distribución de agua con adscripción de las redes, será objeto de un nuevo Convenio la regularización de cuantos problemas se susciten por el hecho de que dicha red esté instalada en vías de propie"dad municipal.

Decimoséptima

Para la resolución de las diferencias que puedan surgir entre el Ayuntamiento y el Canal, por la aplicación de este Convenio, ambas partes acuerdan someterse al arbitraje de la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid.

Dec.imoctava

El presente Convenio una vez ratificado por el Consejo de Admi­nistración del Canal, entrará en vigor una vez publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, cuando entre en servicio la aducción reflejada en el expositivo segundo, sub-

sistiendo su período de vigencia hasta la integración total de la red municipal en la red general del Canal.

Y, siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de ambas partes, firman el presente documento, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha anteriormente indicados .

Madrid, a 11 de enero de 1999.-Por el Canal de Isabel II (firmado).-Por el Ayuntamiento de Valdaracete (firmado).

Consejería de Hacienda CANAL DE ISABEL 11

(01/1.217/99)

345 CONVENIO de 26 de enero de 1999, de Gestión Comercial y mantenimiento de la red del servicio de distribución de agua entre el Excelentísimo Ayuntamiento de AIgete y el Canal de Isabel Il.

REUNIDOS

De una parte, don Antonio Beteta Barreda, y de otra, don Carlos Torquemada Vidal.

INTERVIENEN

El primero de los citados señores en nombre y representación del Canal de Isabel II (de ahora en adelante Canal), Empresa Pública dependiente de la Consejería de Hacienda de la Comu­nidad de Madrid, en su condición de Presidente del Consejo de Administración de la misma.

El segundo, en nombre y representación del Excelentísimo Ayun­tamiento de Algete (en adelante Ayuntamiento), en su condición de Alcalde-Presidente del mismo.

EXPONEN

Primero

Que en el Municipio de Algete los servicios del Abastecimiento (Aducción y Distribución) y Saneamiento (Alcantarillado y Depu­ración), se prestan actualmente en la siguiente forma:

El servicio de Aducción; Por el Canal. El servicio de Distribución: Por el Ayuntamiento. El servicio de Alcantarillado: Por el Ayuntamiento. El servicio de Depuración: Por el Canal.

Segundo

Que el Ayuntamiento y el Canal convienen que los servicios del Abastecimiento y Saneamiento regulados según la Ley 17/1984 yen su posterior Reglamento Económico-Financiero, se prestarán a partir de la entrada en vigor de este Convenio de la siguiente forma:.

El servicio de Aducción: Por el Canal. El servicio de Distribución: Por el Canal. El servicio de Alcantarillado: Por el Ayuntamiento. El servicio de Depuración: Por el Canal.

Tercero

Que el Ayuntamiento y el Canal dan por rescindido el Convenio de Colaboración en la Gestión Comercial que suscribieron el 3 de diciembre de 1991.

Cuarto

Que el Ayuntamiento por acuerdo del Pleno de fecha 29 de diciembre de 1998 aprueba la prestación de los servicios del Abas­tecimiento y saneamiento de titularidad municipal en la forma que se expresa en el expositivo segundo delegando la firma del presente Convenio al Alcalde-Presidente.

Y, al objeto de regular las condiciones según las cuales el Canal se hace cargo de dicha Gestión Integral en el término municipal de Algete, y las obligaciones que ambas partes han de asumir, se otorga el presente documento, con sujeción a lo dispuesto en el articulado de los siguientes Capítulos.

B.O.C.M. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 19

Capítulo I

Titularidad, Reglamentación y Normativa

Artículo 1.1

La titularidad de las diferentes infraestructuras que componen los servicios incluidos en el abastecimiento y saneamiento del muni­cipio es la siguiente:

Aducción: Del Canal. Distribución: Del Ayuntamiento. Alcantarillado: Del Ayuntamiento. Depuración: Del Canal. El Ayuntamiento mantendrá la titularidad de las redes muni­

cipalesde distribución y alcantarillado, encomendando en su nom­bre al Cana] la gestión comercial de todos los servicios. incluidos en el Abastecimiento y Saneamiento de agua de los usuarios de las redes municipales.

Artículo 1.2

El Canal asume la Gestión Integral de la Distribución de titu­laridad municipal ajustándose a lo establecido en la Ley 17/1984, reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid, y en su Reglamento para el Servicio y Distribución de las aguas, aprobado por Decretos 2922/1975 y 3068/1975, de 31 de octubre, y en las Normas Técnicas del Canal para ejecución de obras de renovación y ampliación de infraes­tructuras.

Artículo 1.3

Para mejor desarrollo de las actividades previstas en este Con­venio, el Ayuntamiento adopta el Reglamento para el Servicio de Distribución de las aguas del Canal, así como las demás Normas Técnicas aprobadas, como Reglamento del Servicio de Distribución municipal.

Capítulo 11

Explotación, renovación y ampliación de infraestructuras

Artículo 11.1

El Ayuntamiento y el Canal, con el fin de garantizar el suministro en las d~bidas condiciones, acuerdan realizar un estudio diagnós­tico del estado actual de las infraestructuras de aducción y redes de distribución municipa les y acometidas de los abonados, que permita elaborar si es preciso un Plan Director de adecuación de dichas instalaciones a las Normas Técnicas del Canal.

Artículo 11.2

Para la ejecución y financiación de las obras que se definan en el Plan Director, se establece lo siguiente:

1." Todas las obras serán ejecutadas o supervisadas· por el Canal.

2.° Las inversiones necesarias para las obras de infraestructura de Abastecimiento y Saneamiento motivadas por los desarrollos urbanísticos, correrán a cargo de los Promotores de los mismos como coste de urbanización, según lo dis­puesto en el Capítulo III del Reglamento Urbanístico. No obstante, el Canal podrá adelantar la financiación de redes de transporte, en caso de necesidad, para poder man­tener la calidad del servicio. '

3." Las obras de renovación de la red de distribución actual, se financiarán c;on cargo a lo recaudado por una cuota suplementaria de 15 pts/m3 a aplicar a la tarifa de dis­tribución variando dicho incremento en el mismo porcen­taje que anualmente se establezca con carácter general para las tarifas del Canal.

4.° La adecuación de las acometidas existentes se realizará por el Canal en las mismas fases que la renovación de la red y será financiada con cargo a sus presupuestos.

5.° La renovación de redes de distribución de titularidad pri­vada, en las urbanizaciones y polígonos industriales que no hayan sido recibidas definitivamente a la firma del Con­venio por el Ayuntamiento, deberá acordarse en Convenios

particulares con el Canal, a fin de establecer los mecanismos de financiación adicional oportunos.

6.° El Ayuntam iento a partir de la firma del Convenio no reci­birá ninguna red de distribución de titularidad privada que no haya sido adecuada a Normas Técnicas del Canal.

7.° Una vez conocida la valoración de las obras previstas en e l Plan Director, se suscribirá una Adenda a este Convenio, donde se concreten las repercusiones económicas estable­cidas en los apartados anteriores.

Artículo JI.3

El Ayuntamiento dará audiencia al Canal, previamente a la apro­bación inicial y/o provisional o sobre cualquier revisión o modi­ficación del planea miento urbanístico que suponga alteración en las demandas de agua o vertidos de aguas residuales, a fin de que el Canal planifique su Abastecimiento y Saneamiento.

Artículo 11.4

Las redes de distribución y conexiones de nuevas actuaciones urbanísticas municipales o privadas serán sometidas a la aprobación técnica del Canal.

Artículo II.S

Las prolongaciones de red de distribución así como las aco­metidas de agua que sean necesarias para atender las demandas de nuevos suministros, serán ejecutadas en su totalidad, instalación hidráulica y obra civil incluyendo pavimentación, por el Canal, una vez que los peticionarios formalicen los correspondientes con­tratos y presenten la licencia municipal de cala o aquella que sea legalmente pertinente.

Artículo 11.6

El Canal realizará los trabajos de explotación y mantenimiento .de las redes municipales de distribución y la renovación de la misma se realizará según se estipula en el artículo 11.2. En los casos de reparaciones de averías en la red y acometidas, repondrá el pavimento.

El Ayuntamiento seguirá manteniendo y renovando la red de alcantarillado.

Artículo 11.7

Las conexiones de aguas residuales de nuevas actuaciones urba­nísticas municipales o privadas serán sometidas a la aprobación técnica del Canal.

Artículo III.1

Capítulo 111

Gestión Comercial

A partir del momento en que entre en vigor este Convenio, el Ayuntamiento encomienda al Canal la responsabilida,d de la:

- Contratación de los suministros. ..,- Facturación por todos los Servicios prestados. ~ Recaudación de los importes facturados por todos los

servicios.

Por tanto, es el Canal el único que puede realizar los procesos antes mencionados ajustándose a su Reglamento.

Artículo 111.2

Las acometidas que se realicen para atender la demanda de nuevos suministros, incluso las que se ejecuten para nuevas depen­dencias municipales, redes de riego, etcétera, que se deriven de la red existente, serán ejecutadas en su totalidad, instalación hidráu­lica y obra civil incluyendo pavimentación, exclusivamente por el Canal, una vez que los peticionarios formalicen los correspon­dientes contratos, presenten la correspondiente licencia municipal. de cala, permisos establecidos en las ordenanzas municipales y abonen los derechos de contratación.

Pág.2D LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. Núm,)2

Artículo I1I.3

El Canal tomará a su cargo la conservación y mantenimiento de lasácometidas generales de las fincas de los , abonados. Las modificaciones en las acometidas existentes a la firma de este Con­venio,.para adecuarlas a las normas técnicas del Canal, serán efec­tuadaspor este Organismo según lo estipulado en el Capítulo III.

Artículo. 1II.4

El Canal emitirá trimestralmente las facturas de todos los ser­vicios.incluidos en el Abastecimiento y Saneamiento del agua y se las enviará a los abonados.

. Las .tarifas a aplicar para los servicios de la Aducción, Distri-bución·y Depuración serán las vigentes del Canal en el momento de la firma de este Convenio y se modificarán cuando lo hagan las tar.jfa.s generales.

Las,del Canal son las vigentes según Orden 3061/1997, de17 de diciembre.

La tarifa del servicio de Alcantarillado se fija de acuerdo con la ordenanza fiscal vigente en: '

a) . Vivienda y alojamientos particulares, por cada uno de ellos: 2.100 pts/año.

b) Establecimientos o locales comerciales, profesionales, por cada uno de ellos: 6.200 pts/año.

Su modificación será en igual porcentaje y en el mismo momento que lo hagan las tarifas generales del abastecimiento y saneamiento del Canal.

En el momento ' de la firma, el Ayuntamiento facilitará docu­mento oficial en el que se indique que las tarif'!s de los servicios de titularidad municipal serán las mismas que las del Canal y variarán cuando lo hagan las de este Organismo.

Artículo m.s Se facturarán todos los éonsumos rl(alizados en servicios muni­

cipales o de su administración pública de acuerdo con las tarifas establecidas con carácter general,

Artículo IV.l

Capítulo IV

Relaciones económicas ,

El Canal abonará al Ayuntamiento todos los tributos y precios públicos que le correspondan, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en las ordenanzas fiscales municipales.

Queda exento del pago de los mismos cuando la obra sea de renovación de red de distribución municipal o acometidas exis­tentes a la firma del Convenio.

Artículo IV.2

El Ayuntamiento abonará al Canal el agua consumida en los establecimientos, dependencias e instalaciones municipales, riegos y lavado .de calles, limpieza de alcantarillas, riegos de parques y jardines, cementerios, fuentes públicas, extinción de incendios y demás servicios públicos municipales, para lo que se procederá a darles de alta en el fichero de abonados.

Aquellas bocas de riego que no se contraten se procederá a su eliminación.

Asimismo, serán a costa del Ayuntamiento los derechos de con­tratación de nuevas acometidas municipales y gastos derivados de las obras que el Canal se vea obligado a realizar por imperativo municipal.

Artículo IV.3

, El Canal remitirá al Ayuntamiento trimestralmente:

- Liquidaciones de facturaciones derivadas del consumo de agua de las tomas municipales.

- Liquidación informativa de facturaciones y cantidades recau­dadas por la prestación de los servicios de titularidad muni­cipal a todos los abonados, municipales.

- Liquidación por facturación correspondiente al concepto de cuota de red incluida en los derechos de contratación deven­gados por las nuevas acometidas a la red municipal.

- Liquidación por la facturación del concepto de alcantarillado · municipal.

Artículo IV.4

Una vez transcurrido el plazo de comprobación de las liqui­daciones trimestrales, que queda fijado en un mes desde su recep­ción, las mismas se darán por fjrmes y se cargarán o abonarán en las respectivas cuentas, según corresponda.

Artículo IV.S

El Ayuntamiento compensará al Canal, por el mantelllmlento de las redes de distribución, a través de la cesión de la recaUdación por los conceptos de Distribución, en tanto el Canal sea el encar­gado de su mantenimiento y la titularidad sea del Ayuntamiento.

. En caso de realizarse la gestión de la recaudación del Alcan­tarillado por el Canal, el Ayuntamiento le compensará con el 2,5 por 100 de lo recaudado por la facturación de este servicio.

Artículo IV.6

Considerando que el Ayuntamiento conserva la titularidad de la red de distribución, y hasta que ésta sea cedida al Canal, una vez cumplidas las condiciones fijadas en este Convenio, el Ayun­tamiento asumirá y se hará cargo de cuantas reclamaciones de responsabilidad civil, por daños a terceros, puedan derivarse de los siniestros causados por 'roturas en dicha red de distribución.

Artículo V.I

CapíttJlo V

Condiciones generales

Finalizado el plazo fijado para la renovación y adecuación de las redes de distribución contempladas en el Plan Director el Ayun­tamiento, si lo desea podrá ceder al Canal la titularidad de la red municipal. Dicha cesión se efectuará como legalmente proceda.

Artículo V.2

Se creará una Comisión de seguimiento de lo estiplllado en este Convenio formada por dos representantes del Ayuntamiento y dos del Canal.

Artículo V.3

Para la resolución de las diferencias que puedan surgir entre el Ayuntamiento y el Canal por la aplicación de este Convenio, ambas partes acuerdan someterse al arbitraje de la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid .

Artículo V.4

El presente Convenio entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, Y habrá de ser previamente ratificado por el Consejo de Administración del Canal y el Pleno del Ayuntamiento.

Madrid, a 26 de enero de 1999.-Por el Canal de Isabel 11 (firmado).-Por el Ayuntamiento de Algete (firmado).

(0111.220/99)

Consejería de Hacienda

CANAL DE ISABEL II

346 ADENDA de 26 de enero de 1999 al Convenio de Gestión entre el Ayuntamiento de Algete y el Canal de Isabel I/.

REUNIDOS

De una parte, don Antonio Beteta Barreda y de otra don Carlos Torquemada Vidal.

B.O.C.M. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 21

INTERVIENEN·

El primero de los citados señores en nombre y representación del Canal de Isabel II (de ahora en adelante Canal), Empresa Pública dependiente de la Consejería de Hacienda de la Comu­nidad de Madrid, en su condición de Presidente del Consejo de Administración de la misma.

El segundo, en nombre y representa·ci.ón del Ayuntamiento de Algete (en adelante Ayuntamiento), en-su condición de Alcal­de-Presidente del mismo.

EXPONEN

Primero

Que el Ayuntamiento y el Canal han suscrito en esta fecha un Convenio de Gestión Comercial y mantenimiento de la red por el que dicha empresa pública se hace cargo de la gestión de los servicios del Abastecimiento (Aducción y Distribución de agua potable) en el Municipio.

Segundo Que el Ayuntamiento por acuerdo de Pleno de fecha 29 de

diciembre de 1998, adoptó el acuerdo de aprobar dicho Convenio de Gestión con el Canal.

Tercero

Que el Ayuntamiento desea regularizar la gestión de las urba­nizaciones "Ciudad Jardín Valderrey" y "Montesoro" y que sea realizada la misma por el Canal.

Y, al objeto de regular las condiciones según las cuales el Canal, se hace cargo de dicha gestión, y las obligaciones que ambas partes han de asumir, se otorga el presente documento, con sujeción a las. siguientes

CLAUSULAS

Primera

La urbanización "Ciudad Jardín Valderrey" podrá entrar dentro del Convenio de Gestión con el Ayuntamiento como resto del Municipio, cuando se cumplan las siguientes condiciones: ~ Renunciar a la utilización de sus recursos y contratación

individual con adecuación de las acometidas a Normas del Canal.

Segunda

La urbanización "Montesoro" entra en este Convenio como resto del Municipio con las siguientes condiciones:

- Contratación individual de cada acometida y adecuación de la misma a las Normas Técnicas del Canal.

Al estar sujeta la ejecución de las infraestructuras de distribución a un procedimiento judicial, si existe fallo en contra del pmmotor, se procederá a reembolsar el importe de la indemnización al Canal.

Y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de ambas partes, se firma el presente documento por duplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Madrid, a 26 de enero de 1999.-Por el Canal de Isabel 11 (firmado).-Por el Ayuntamiento de Algete (firmado).

(01/1.218/99)

Consejería de Hacienda

CANAL DE ISABEL 11

347 ADENDA de 26 de enero de 1999 al Convenio de Gestión entre el Ayuntamiento de Algete y el Canal de Isabel JI.

De una parte, don Antonio Beteta Barreda, y de otra don Carlos Torquemada Vidal.

INTERVIENEN

El primero de los citados señores en nombre y representación del Canal de Isabel 11 (de ahora en adelante Canal), Empresa Pública dependiente de la Consejería de Hacienda de la Comu­nidad de Madrid, en su condición de Presidente del Consejo de Administración de la misma.

El segundo en nombre y representación del Ayuntamiento de Algete (en adelante Ayuntamiento), en su condición de AlcaI­de-Presidente del mismo.

EXPONEN

Primero

Que el Ayuntamiento y el Canal han suscrito, con fecha 26 de enero de 1999 un Convenio de Gestión Comercial y mante­nimiento de la red, por el que dicha Empresa Pública se hace cargo de los servicios de aducción y distribuCión de agua potable en el ámbito de la red de titularidad municipal, así como de la depuración de aguas residuales que se conecten a las estaciones depuradoras de titularidad pública.

Segundo

Que el Convenio de Gestión establece la necesidad de redactar un Plan Director de adecuación de las redes de aducción y dis­tribución a las Normas Técnicas del Canal.

Asimismo, que la necesidad de nuevas infraestructuras de abas­tecimiento y saneamiento generadas por los .desarrollos úrbanís­ticos, deberán ser ejecuta"das o financiadas por los Promotores de los mismos, como costes de urbanización, conforme establece el Capítulo III del Reglamento Urbanístico.

Tercero

Que el Canal informó, con fecha 18 de junio de 1998, el docu­mento de Cuarta Información Pública del Plan General de Orde­nación Urbana, actualmente en fase de aprobación definitiva,seña­lando las necesidades de agua e infraestructuras de abastecimiento y saneamiento motivadas por los desarrollos urbanísticos.

Los crecimientos previstos y las necesidades de agua e infraes­tructuras pueden resumirse en los siguientes:

Sectores

NN. SS. vigentes:

Sectores residenciales Sectores industriales

Pllm General en tramitación:

Vivo multif.

4.653

Sectores residenciales 7.079 Sectores industriales .....

Totales. . . . . . .... . ... 11.732

Infraestructuras necesarias

Vivo unif.

330

145

475

Has. indust.

97,41 6.048 6.014

11.130 125,25 7.576

223 24.720

Inversión (Millones

depeselas)

Depósito regulador: 12.000 m3 .............. ........ 180,0 Tubería de aducción a nu~vo depósito: DN

500 mm x 3 kms ................................ 154,7 Red de transporte a los nuevos SeCtores residenciales 259,5 Red de transporte a los nuevos Sectmes industriales. 258,6

-----Total abastecimiento. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 852,8

Ampliación de la EDAR de 7.000 a 10.500 m3/d (60.000 h.e.) ..................................... 200,0

Doblado y prolongación del emisario a la EDAR .... 300,0 ----'--

Total saneamiento ..... , . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 500,0

Pág . . 22 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. Núm. 32

. Las repercusiones unitarias que estas inversiones suponen sobre los Sectores Urbanísticos incluidos en el Plan, son las siguientes:

. :~ Infraestructuras de' abastecimiento: 45.600 ptas/m3/d. '- Infraestructuras de saneamienio: 70.640 ptas/viv. .

Para la depuración de los vertidos de los Sectores "iIidustriales y S-S, el Informe propone su incorporación el conveni.o de laComu­nidad de Madrid con los Ayuntamientos de San Sebastián delos

. Reyes y A1cobendas, para la construcción de una nueva EDAR denominada Arroyo Quiñones, aguas abajo de los vertidos de dichos sectores.

Cuarto

.Que para la ejecución de las citadas infraestructuras en tiempo y forma adecuados al desarrollo urbanístico y a los términos del Convenio, resulta necesario suscribir entre el Ayuntamiento y el CaÍlal una aoenda al mismo que regule los compromisos de las' p.arles y las obligaciones de los Promotores de los Sectores Urba­nísticos que motivan dichas infraestructuras.

. En virtud de lo que antecede, los comparecientes se otorgan el'presente documento, con sujeción alas siguientes

CLAUSULAS

Primera

El Ayuntamiento y el Canal, en razón de las necesidades de infraestructuras de abastecimiento y saneamiento parael desarrollo de los sectores Urbanísticos re'cogidos en el Plan General de Orde­nación Urbana de Algete, convienen la ejecución de las obras señaladas en el expositivo Tercero, con arreglo alas , restan~es cláusulas de esta adenda,'

Segul;lda

El Canal se compromete a redactar los proyectos y ejecutar las obras, señaladas en el expositivo Tercero, por fases sucesivas, a medida que los desarrollos urbanísticos lo requieran, siempre que se resuelvan favorablemente los trámites de Declaración de Impacto ~ Ambiental y, Plan Especial que resulten necesarios, y el Ayuntamiento facilite los terrenos necesarios para la realización de las obras. . .

Tercera

Las inversiones realizadas conforme a la estimación efectuada en el expositivo Tercero se repercutirán a los Promotores de los Sec!ores Urbanísticos servidos en cada caso, con arreglo a los baremos siguientes: ,

Infraestructuras de abastecimiento: 45;600 ptas/m3/d. - Infraestructuras de saneamiento: 70.640 ptas/viv.

Cuarta

El Ayuntamiento se '-compromete a condicionar a la aprobación de los Proyectos de Urbanización de los Sectores al depósito previo de avales bancarios por parte de los Promotores ante el Canal, en la ~orma que esta Empresa Pública determine, por importe de las cantidades repercutidas en la cláusula Tercera. .

Asimismo, el Ayuntamiento se compromete a condicionar las Licencias de Obr;l de Urbanización de los Sectores al abono previo de los Promotores al Canal de las cantidades avaladas. En el caso de urbanización parcial de un, Sector, el rescate de avales . podrá ser parcial y proporcional a la parte del Sector que se urbaniza.

Quinta

Los Promotores de los Sectores Urhanísticos redactarán los pro­yectos de sus redes, de distribución teniendo en cuenta las direc­trices del Plan Director y las Normas Técnicas del Canal, Y los remitirán a esta Empresa Pública para su Conformidad Técnica.

El .Canal condicionará en todo caso la Conformidad Técnica de los proyectos de red de distribución de los Sectores al cum­plimiento, por parte de los pj'ollJotores, de las obligaciones eco­nómicas establecidas en la prescllte adenda.

Sexta .

El Ayuntamiento cede al Canal, para su explotación y man­tenimiento, las infraestructuras de abastecimiento y saneamiento que se C9rlstruyan en base a la presente adenda. .

y siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de ambas partes, se firma el presente documento por duplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

Madrid, a 26 de enero de 1999.-Por el Canal de Isabel n, Antonio Beteta Barreda.-Por el Ayuntamiento de Algete, Carlos Torquemada Vidal. .

(01/1.219/99)

Consejería de Economía y Empleo

348 ORDEN 449/1999, de 27 de enero, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se convocan los III Premios "Consumo en la Escúela".

, Los presentes premios se enmarcan dentro de las actividades ' que la Dirección General, de Comercio y Consumo de la Comu­

nidad de Madrid viene desarrollando para fomentar la educación y formación de los escolares como Consumidores críticos y res­ponsables. Con ellos trata de contribuir a la generalización de este propósito en todas las escuelas de la Comunidad.

Los objetivos que se pretenden con este concurso son: a) Inducir a alumnos y maestros, a través del trabajo escolar,

a una reflexión sobre el consumo. b) Foment,ar el trabajo en equipo. c) Llamar la atención de los profesionales de la ' enseñanza

ante la relevancia que en la actualidad tiene la formación del consumidor como materia transversal. .

. A lal fin el Gobierno de la Comunidad de Madrid, ha incluido en sus presupuestos las partidas necesarias para la convocatoria de los mencionados premios.

En virtud de lo anteriormente expuesto esta Consejería ha dispuesto:

Artículo, único

Convocar los 111 Premios "Consumo en la Escuela", a fin de promover la formación de los consumidores, según las bases que se hacen públicas en el Anexo de la presente Orden y que deberán regirse por la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publi­cación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a de de 1999.

. El Consejero de Economía y Empleo. LUIS BLAZQUEZ

ANEXO

. BASES

Primera

La convocatoria de los III Premios "Consumo en la Escuela" se establece en la modalidad de "Cómic sobre cartel".

El tema a desarrollar versará sobre "El euro y el consumo".

Segunda

Podrán participar los alumnos de educación primaria y 'ESO de centros radicados en la Comunidad de Madrid. La participación se realizará por cursos y no se aceptará más de un trabajo por aula.

B:o.C.M. Núm. 32 LUN~S 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 23

Tercera

Se establecen 12 premios con la siguiente dotación: 1. Primer premio de primaria: 100.000 pesetas ·en material

didáctico. 2. Primer premio de ESO: 100.000 pesetas en material didác­

tico. 3. Segundo premio de primaria: 50.000 pesetas · en material

didáctico. . 4. Segundo premio de ESO: 50.000 pesetas ·en material

didáctico. 5. Cuatro terceros premios: 30.000 pesetas en material didác­

tico. 6. Cuatro cuartos premios: 20.000 pesetas en material didác­

tico.

Cuarta

Los trabajos deberán atenerse a las siguientes <'limensiones: 65 x 50 centímetros ó 65 x 100 centímetros.

En la parte posterior del cartel deberán figurar necesariamente: - Nombre del colegio. - Municipio. - Curso.

Quinta

Los trabajos originales deberán presentarse en él Servicio de Orientación al Consumidor, calle Ventura Rodríguez: 7, 4.' planta, 28008 Madrid, acompañado cada uno de ellos de una solicitud en la que figuren:

- Curso que ha realizado el trabajo. - Nombre del colegio. - Dirección. - Teléfono. - Persona de contacto. El plazo de presentación finalizará el 15 de abril de 1999. Si las solicitudes o los trabajos adoleciesen de algún defecto

formal, se requerirá mediante comunicación escrita al solicitante la subsanaciónde[ defecto, en e[ plazo máximo de diez días, tal y como se establece en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de [as Administraciones Públi­cas y del Procedimiento Administrativo Común, apercibiéndoles de que, de no hacerlo, se archivará sin más [a documentación recibida.

Sexta

Serán objeto de consideración del Jurado: La adecuación al tema.

-La originalidad. - La edad de [os participantes.

.Séptima

E[ jurado estará compuesto por: - Presidente: Director General de Comercio y Consumo, que

podrá ser suplido por el Jefe del Servicio de Orientación al Consumidor, según el artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra­ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

.,- Un vocal representante del Consejo de Corisumo .. - Un vocal representante de la Consejería de Educación y

Cultura. - Un vocal representante de la Secretaría General Técnica

de la Consejería de Economía y Empleo. - Dos vocales representantes del Servicio de Orientación al

Consumidor de [a Consejería de Economía y Empleo. - Un secretario con voz pero sin voto, que será un empleado

público de la Dirección General de Comercio y Consumo.

Octava

El fallo del Jurado será inapelable y se dará a conocer antes del 10 de junio de 1999. Dicho fallo se publicará posteriormente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Si a juicio de l Jurado ninguno de los trabajos presentados reu­niese méritos suficientes para ser galardonados con los premios correspondientes, éstos serán declarados desiertos.

Novena

La Comunidad de Madrid expondrá los trabajos del 7 al 11 de junio y en este acto se procederá a la entrega de premios.

Décima

La Comunidad de Madrid se reserva el derecho de publicación de los trabajos premiados.

Los trabajos que no resulten premiados, podrán ser retirados dentro de los treinta días hábiles siguientes a la publicación del fallo del Jurado y los no retirados en el período antes mencionado· se considerarán cedidos a la Comunidad de Madrid.

Undécima

La solicitud de presentación a los premios supone la aceptación de las presentes bases. .

Madrid, 27 de enero de 1999.

El C onsejero L1e Economía y Empleo. LUIS ULAZQUEZ

(01/1.255/99)

Consejería de Economía y Empleo 349 RESOLUCION de JOde noviembre de 1998, de/a Dirección

General de Economía y PlanifICación, por la que se procede a la publicación de la resolución de expediente de reintegro de subvención de la empresa "KWC, Turismo, Sociedad Limitada ", con último domicilio conocido en calle Mauricio Legendre, número 36, cuarto, letra C, 28046 Madrid.

En ·relación con la tramitación por la Consejería de Economía y Empleo de expediente de reintegro de la subvención concedida a la mencionada empresa, por Orden 4456/1997, de 11 de julio, dentro del Programa de Ayudas a Actividadcs Económicas Gene­radoras de Empleo, regulado por Orden 1737/1995, de 6 de octubre, y no habiendo sido posible practicar la notificación en el domicilio de la empresa, se notifica a la misma, que enrelaci6n con el mencionado expediente de reintegro de subvención, con fecha 23 de octubre de 1998, se ha dictado la siguiente resolución:

Vista la Orden 4456/1997, de 11 de julio de la Consejería de Economía y Empleo, modificada por Orden 171/1997, de 8 de enero, por la que se concedía una subvención por importe de 5.482.500 pesetas, a la empresa "KWC Turismo, Sociedad Anó­nima", con domicilio en calle Mauricio Legendre, número 36, cuar­to C, 28046 Madrid, y código de identificación fiscal núme­ro B-81174435, dentro del Programa de Ayudas a Actividades Eco­nómicas Generadoras de Empleo, regulado por Orden 1737/1995, de 6 de octubre, por la realización de un proyecto consistente en: seis contratos laborales de carácter indefinido (tres de colectivos especiales).

Resultando que por la Consejería de Economía y Empleo se realizó mandamiento de pago OK-04-98-3965 por el mencionado importe de 5.482.500 pesetas, que fue hecho efectivo a la empresa el día 30 de abril de 1997.

Resultando que de conformidad con el Control Financiero efec­tuado por la Intervención General de la Comunidad de Madrid , al objeto de comprobar la correcta aplicación de la subvención por parte de la empresa, de conformidad con lo regulado en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y en la Orden 1737/1995, de 6 de octubre, reguladora de este Programa de Ayudas, se detectaron irregularidades relativas al incumplimiento del mantenimiento de ún ,mínimo de tres años de tres de los contratos indefinidos que fueron objeto de sub­venCión, iniciándose por ello expediente de reintegro parcial de subvención, de acuerdo a lo regulado en el artículo 13 de la Orden 1737/1995, de 6 de octubre, reguladora de este Programa de Ayudas.

Resultando que como consecuencia de la comprobación de dichos incumplimientos, se inició expediente de reintegro parcial

Pág. 24 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. Núm. ~32

de subvención comunicándose a dicha empresa, mediante noti­ficación y pub¡'¡cación edictal, el inicio del procedimiento de .rein­tegro, ,COncediendo trámite de audiencia para posibles aleg3lc~ones y' requiriéndose documenta~ión justificati~~,del cumplmllento actual del resto de las condIcIOnes, no hablendose aportado por dicha empresa la documentación justificativa exigida para las opor­tunas comprobaciones, de cOhfQrmidad con lo regulado en el ar-tÍCulo 12.2 y 3 de la Orden reguladora de esta ayudas. ,

Considerando que de acuerdo a lo regulado en el artIculo 13 de la mencionada Orden reguladora, y la Ley 2/1995, de 8 de marzo de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, no se han 'cumplido por la entidad las' cond~cione~ est~bl.ecidas ~n cuanto al mantenimiento de las contratacIOnes IndefIflIdas, aSI como de las obligaciones a que quedaba sujeta la empresa como beneficiaria

'de la subvención. . Vistas las disposiciones citadas y demás concordantes, y de gene­

' ral aplicación, esta Consejería de Economía y Empleo, en uso de sus atribuciones,

DISPONE

¡jrimero

.. .. Dejar sin efecto la Orden 4456/1997, de 1,1 de julio, de I~ ,Con­sejería de Economía y Empleo que conced~a una su?venclO~ d~

: 5.482.188 pesetas a la empresa "KWC Tun~~o, SocIedad, LI.ml­· rada", dentro del Programa de Ayudas a ActIvIdades Economlcas . Generadoras de Empleo, regulado por Orden 1737/1995, de 6 de . '.octubre, por el incumplimiento de las condiciones a que quedaba~

sujetos los beneficiarios de dicha subvención. Laempresa debera · reintegrar a la Comunidad de Madrid la cantidad de, 5.482.500 pesetas, más los intereses legal~s d.e,vengados en el p~nodo com­prendido entre la fecha de IJqUldaclon de la subvenclon y la fecha en que se produzca el reintegro exigido. .

Segundo

El importe de los citados intereses, calculados hasta. el ' 30 de septiembre de 1998 asciende a 493.650yesetas. A p~rtlr de esta fecha deberá Sllmarse a los importes CItados la cantIdad de 826 pesetas, por cada día transcurrido -c~ntida? que ~orre~ponde a los intereses legales devengados por dla al tIpO de Interes legal del dinero, conforme al cálculo efectuado en Anexo I que se acom­paña y que forma parte inseparable ~e la presente C?rden---:, hasta el día anterior al que se produzca el Ingreso, entendIendo sIempre que esta última fecha debe corresponderse al período de ingreso a que se alude en el siguiente párrafo,

Tercero

El ingreso se hará efectivo ~n la cuenta.número 6~0.OOO4431 abierta a nombre de la Comuflldad de Madnd en la oÍlclna 0626 de "Caja Madrid" sita en el paseo de la Castellana, número 66, de Madrid: si la presente se notifica entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de notificación hasta el .día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, y si se notifica entre los días 16

· Y último de mes, desde la fecha de notificación hasta el ~ía 20 . del mes siguiente o el inmediato hábil posterior. Realizado el ingre­

so, deberá presentar el justificante del mismo en la Dirección Gen~­." ral : de Economía y Planificación. Transcurrido dicho plazo Sin

haberse realizado el reintegro se procederá a su exacción por vía de apremio. . .. ,

Contra la presente Orden podrá interponer, prevIa comUfllcaClon a esta Consejería, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día sigui~~t~ a la notificación de la misma, por ser el presente acto deflflltlvo en vía administrativa.

... . Madrid, a 10 de noviembre de1998.-EI Director General de Economía y Planificación, Rodolfo del Olmo López.

(02/27.235/98)

350

Consejería de Economía' y Empleo

RESOLUCI0N de 26 de enero de 1999, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se aprueba y se hace pública la relación provisional de adjudicatarios y excluidos en la Ayuda de EstudIOS, de esta Consejería, para el curso 1997/98.

De conformidad con la Resolución de 3 de julio de 1998, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se regula el procedimiento de concesión de Ayuda de Estudios, y a propuesta de la Comisión Mixta de la Consejería de Economía y Empleo, creada por Resolución de 20 de julio de 1998,

RESUELVO

Primero

Aprobar y hacer pública la relación provisional de ~djudicatarios y excluidos de la Ayuda de EstudiOS correspondIente al cur­so 1997/98 para el personal de la Consejería de Ec~)Oomía y Empleo. Dicha relación especificando los puntos obtenidos, que­dará expuesta en los tablones d~ anuncios de esta,Secretaría Gene­ral Técriica sita en la calle PrínCIpe de Vergara, numero 132, planta primera.

Segundo Contra las citadas adjudicaciones y exclusiones podrán, los inte­

resados formular las reclamaciones ante esta Secretaría General Técnica', en el plazo de quince días hábiles, contados .a partir de la fecha en la que aparezca publicada en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 26 de enero de 1999.-EI Secretario General Técnico, Joaquín María Peñarrubia Iza.

351

(01/1.222/99)

Consejería de Sanidad y Servicios Sociales

RESOLUCION 367/1999, de 19 de enero, de la Dirección General de Servicios Sociales, por la que se fijan, para 1999, los intervalos económicos que conforman el listado de demanda para la Residencia de Mayores de ~eganés, . el coste plaza de la Residencia y del Centro de DUl, la apo:­tación económica de los usuarios y el coste del servICIO de comedor.

La Orden 1429/1995 de 29 de diciembre, de la Consejería de Sanidad y Servicios Soci~les, por la que s~ a~rue?a el procedimiento para la tramitación de solicitudes y adjudicaCión de plazas en la Residencia y Centro de Día de Mayores de Leganés, faculta, en su Disposición Final Segunda, a la Dirección Ge~e.ral de Servicios Sociales, para fijar anualme~J.te el coste del, S~rvICIO de comedor, así como para actualizar los IOtervalos economlcos que con~orm~n los apartados que integran el listado de demanda de. ~a Resld,en~la yCentro de Día, el coste plaza d~ am~os, y la aportaclOn economl~a de los usuarios tanto en la ReSidenCia como en el Centro de Ola.

La Orden 1377/1998, de 13 de julio, por la que se regula la tramitación de solicitudes y adjudicaCión de plazas en Centros Residenciales de Personas Mayores que integran la red pública de la Comunidad de Madrid, deroga la Orden 1429/1995, antes citada, y establece en su Disposición Transitoria Tercera que a las personas a quienes se hubiese adjudicado plaza al amparo de dicha Orden, se les mantenga el régimen económico regulado en la misma y en sus disposiciones de desarrollo. . .

Por otra parte, la modificación operada en las condlclo~es d~l contrato que regula la con~esión administrati.va de la, ~esldenCla y Centro de Día de Leganes, en lo que s~ refl~re. ~l reg~men eco­nómico del Centro de Día hace innecesana la flpclon de IOtervalos económicos para este últi~o, toda vez que, tras dicha modificaci?!1' la aportación que los usuarios han de abona~ por la ocupaclOn de plaza en el Centro de Día no se determlOa en funCión de los mismos.

BÜC.M. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 25

Conocida la previsión de inflación del Ministerio de Economía y Hacienda para el ejercicio 1999, cifrada en el 1,8 por 100, procede llevar a cabo las actuaciones mencionadas.

En su virtud,

RESUELVO

Primero

1. El coste de la plaza ocupada de la Residencia se establece, para] 999, en 8.048 pesetas/día.

2. El coste de la plaza ocupada del Centro de Día, excluido el servicio de transporte, se establece, para 1999, en 5.119 pesetas/día.

3. EL coste/plaza del servicio de comedor del Centro de Día se establece en 725 pesetas/día.

Segundo

1. Los apartados del listado de demanda de la Residencia, de acuerdo con los ingresos íntegros anuales, referidos a 1998, de los solicitantes, así como la aportación económica de éstos que­dan establecidos, para 1999, de acuerdo con la siguiente tabla:

Apartado Intervalo en pesetas Porcentaje aportación

A B C D E F G H

931 .609-1.242.144 ambos inclusive 1.242.145-1.552.710 ambos inclusive 1.552.711-1.863.216 ambos inclusive 1.863.217-2.173.751 ambos inclusive 2.173.752-2.484.290 ambos inclusive 2.484.291-2.794.825 ambos inclusive 2.794.826-3.105.561 ambos inclusive 3.105.362-3.201.338 ambos inclusive

85 86 87 88 89 90 91 92

2. La aportación de los usuarios por la ocupación de plaza en el Centro de Día será la que deban satisfacer por el uso del servicio de comedor.

Tercero

Los importes establecidos en la presente Resolución se aplicarán con efectos de 1 de enero de 1999.

Madrid, a 19 de enero de 1999.-La Directora General de Ser­vicios Sociales, Concepción Lostau Martínez.

352

(01/1.211 /99)

Conseiería de Sanidad y Servicios Sociales

HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO "GREGORIO MARAÑON"

ACUERDO de 29 de enero de 1999, del Consejo de Admi­nistración del Hospital General Universitario "Gregorio Marañón': por el que se hace delegación de competencias en el Gerente del citado Hospital.

El artículo 11.1 del Reglamento de Ordenación y Funciona­miento del Hospital General Universitario "Gregorio Marañón", aprobado por Decreto 98/1998, de 4 de junio, regula las atribu­ciones de su Consejo de Administración, y el párrafo segundo del mismo precepto prevé la posibilidad de delegación de deter­minadas atribuciones en el Gerente del Hospital.

En aras de una mayor agilidad en la gestión administrativa y, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comu­nidad de Madrid, en relación con el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Consejo de Administración, en su reunión de 29 de enero de 1999

ACUERDA

Pl:imero

Delegar en el Gerente del Hospital General Universitario "Gre-. gario Marañón" el ejercicio de las competencias atribuidas a este Consejo de Administración en el artículo 11.1, apartados d) y g), del Reglamento del Hospital, aprobado por Decreto 98/1998, de 4 de junio, a saber:

a) La ordenación del gasto, dentro de los límites presupues­tarios establecidos por la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

b) La facultad disciplinaria, de acuerdo con lo señalado en el artículo 55, en relación con el 45, de la Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid .

Segundo

El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETiN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 29 de enero de 1999.-La Presidenta del Consejo de Administración, Rosa Posada Chapado.

(0111.221/99)

Conseiería de Educación y Cultura 353 DECRETO 14/1999, por el que se declara bien de interés

cultural, en la calegoría de monumento, el edificio del Banco Central Hispano, sito en la plaza de Canalejas, número 1. con vuelta a la Carrera de San Jerónimo, número 7 bis, y a la calle de Sevilla, número 1, del municipio de Madrid.

Por Orden de 4 de junio de 1977 (" Boletín Oficial del Estado" de 8 de julio), el Ministerio de Educación y Ciencia incoó expe­diente de declaración de Monumento a favor del edificio del Banco Central Hispano, sito en la plaza de Canalejas, número 1, con vuelta a la Carrera de San Jerónimo, número 7 bis, y a la calle de Sevilla, número 1, del municipio de Madrid. ,

En el expediente se han cumplimentado los trámites previstos en el procedimiento legalmente establecido. En tal sentido, fue sometido a información pública y audiencia del Ayuntamiento y organismos afectados de conformidad con lo dispuesto por la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio ~istórico Español.

La Dirección General de Patrimonio Cultural ha informado favo­rablemente la declaración.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido por el artículo 11 de la Ley 10/1998, de 9 de julio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura, el Consejo de Gobierno,

ACUERDA

Primero

Declarar Bien de Interés Cultural, en la categoría de Monu­mento, el edificio del actual Banco Central Hispano (antes edificio del Banco Hispano Americano), sito en la plaza de Canalejas, número 1, con vuelta a la Carrera de San Jerónimo, número 7 bis, y a la calle de Sevilla, número 1.

Segundo

La descripción del Monumento así como la delimitación de la zona afectada por el entorno de protección son las que figuran como Anexo a este Decreto.

Tercero

Por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Con­sejería de Educación y Cultura se dará traslado al Ministerio de Cultura del presente Decreto.

Dado en Madrid, a 28 de enero de 1999.

El Presidente. El Consejero d~ Educación y Cultura, G USTAVO VILLAPALOS ALIlERTO RUIZ-GALLARDON

Pág. 26 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. Núm.) 32

ANEXO

A) MONUMENTO

Descripción Histórico-artística

. La sede del primitivo Banco Hispano Americano, actualmente Central Hispano, se construyó entre 1902 y 1905 por los arquitectos

. Eduardo Adaro, autor del proyecto, y José López Salaberri. La planta se adecua al ordenamiento de la plaza de Canalejas,

en la que destacaba el patio de operaciones cubierto de una estruc­tura metálica, similar a la realizada por Adaro en la sede del Banco de España en la plaza de Cibeles años antes. .

Esta planta fue reformada posteriormente debido, por un lado a la modernización del propio banco y, por otro, a la ampliación efectuada con la anexión del edificio contiguo. . .

La fachada principal constituye )0 más destacado del proyecto por el gran número de elementos decorativos, sigue un esquema cóncavo y simétrico en el acceso principal a la plaza de Canalejas, encuadrado por dos lienzos laterales en línea recta a la calle Sevilla ya la Carrera de San Jerónimo.

B) DELIMITACION DEL ENTORNO DE PROTECCION DEL MONUMENTO

B.l) Motivación

La delimitación del ,entorno de protección del Monumento está justificada por. la función cultural que este mismo cumple, dentro de la cual se mcluye la correcta percepción del mismo desde el área circundante; en la que se debe procurar un equilibrio armónico de los valores ambientales, urbanísticos y arquitectónicos con los propios del Monumento. .

B.2) Descripción literal de la delimitación del entorno del Monumento

El entorno comprende, incluidos los espacios públicos:

- Plaza de Canalejas, números 2, 3, 4, 5 Y 6 . - Carrera de San Jerónimo.

Acera de pares, inmuebles números 6, 8, 10, 12 14 16 18 22 Y 24. ' , , , Acera de impares, inmuebles números 7, 9 Y 1I.

- Calle de Alcalá. Acera de Pares, inmuebles números 10, 12 Y 14.

- Calle de Sevilla. Acera de pares, inmuebles números 2, 4 Y 6. Acera de impares, inmuebles números 3 y 5.

- Calle de Arlabán. . Acera de pares, inmuebles números 2 y 4. Acera de impares, inmueble número 1.

- Calle de la Cruz. Inmuebles números 1, 2, 3 Y 4.

- Calle del Príncipe. Inmuebles números 1, 2, 3 y 4.

- Calle de Echegaray. Inmueble número 2.

- Calle del Pozo. Acera de impares, inmuebles números 1 3 5 7 9 11 13 Y 15. ' , , , , ,

C) DELlMITACION GRAFICA

Se adjunta plano.

B.O.C.M. Núm. 32 LUNÉS 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 27

DESCRIPCION GRAFICA

. ,

CARTOGRAFIA BASE : PARCElARIO DE URBANA Est. 1/2000

BIEN OBJETO DE DEClARACION : BANCO CEN11W. • HISPANO

lERMlNO MUNICIPAL: MADRID ENTORNO MONUMENTO

EXP. B.I.C. INMUEBLES : M- 11/85

(01/1.210/99)

Pág. 28 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 RO.C.M. Núm. 32

354

Consejería de Educación y Cultura

ACUERDO de 21 de enero de 1999, del Consejo de Gobier­no, por el que se cesa y nombra a · vocales del Consejo de Administración del Instituto Madrileño del Deporte, el Esparcimiento y la Recreación (IMDER).

Por Decreto 200/1998, de 26 de noviembre, se modificó par­cial!TIente la estructura orgánica de la Consejería de Educación ' y Cultura creándose dos ViceConsejerías, una de Educación que actuará sobre los sectores de actividad administrativa de las Direc­ciones G~nerales relacionadas con la Educaci'on y otril que bajo la denominación de ViceConsejería de Cultura operará sobre los

. sectores relacionados con Juventud, Deportes, Patrimonio Cul. tural, Cooperación al Desarrollo y Promoción Cultural.

De Conformidad con lo establecido en el Decreto 200/1998, de 26 de noviembre, por el que se modifica parcialmente el Decreto 288/1995, de 30 de noviembre por el que se aprueban las com­petencias y la estructura orgánica de la Consejería de Educación

. y Cultura, y con el fín de adaptar el IMDER a la nueva estructura, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura.

ACUERDA

Primero

Cesar a don Raúl Vázquez Gómez, Viceconsejero de Educación, como miembro vocal del Consejo de Administración del Instituto Madrileño del Deporte, el Esparcimiento y la Recreación y nom­brar en su sustitución a don Juan Carlos Doadrio Villarejo, en su calidad de Viceconsejero de Cultura de la Comunidad de Madfid.

Segundo

. Nombrar a don Gustavo Severien Tigeras, en sustitución de don Juan Carlos Doadrio Villarejo, como miembro vocal del Con­sejo de Administración del Instituto Madrileño del Deporte, el Esparcimiento y la Recreación en calidad de miembro designado por el Consejero de Educación y Cultura.

Dado en Madrid, a 21 de enero de 1999.

El Cons~jcro de Educación y Cullura. El Presidente. GUSTAVO VILLAPALOS ALDERTO RUIZ.GALLARDON

(01/1 .252/99)

Consejería de Educación y Cultura

355 ACUERDO de 21 de enero de 1999, del Consejo de Gobier­no, de cese. y 'nombramiento de un miembro del Consejo de Administración· del Museo Arqueológico de la Comu­nidad de Madrid

Por Decreto 200/1998, de 26 de noviembre, se modificó par­cialmente la estructura . orgánica de la Consejería de Educación y Cultura creándose dos ViceConsejerías, una de Educación que actUará sobre los sectores de actividad administrativa de las Direc­ciones Generales relacionadas con la Educación y otra que bajo la denominación de Viceconsejería de Cultura operará sobre los sectores . relacionados con Juventud, Deportes, Patrimonio Cul­tural, Cooperación al Desarrollo y Promoción Cultural.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 163/1997, de 27 de noviembre por el que se crea el Museo.Arqueológico de la Comunidad de Madrid en relación Con 19 establecido en el Decreto 200/1998, de 26 de noviemhre, por el que se modifica parcialmente el Decreto 288/1995, de 30 de noviembre por el que se aprueban las competencias y la estruc­tura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura , con el fin de adecuar la composición del Organo a la ' nueva estructura, el Consejo de Gobierno a propuesta del Consejero de Educación y Cultura.

ACUERDA

Cesar a don Raúl Vázquez Gómez, Viceconsejero de EduCación, Como vocal del Consejo de Administnición del Museo Arqueo­lógico de la Comunidad de Madrid, y nombrar en su sustitución al titular de la Viceconsejería de Cultura de la Comunidad de Madrid.

Acordado en Madrid, a 21 de enero de 1999.

El Consejero de Educación y Cultura. El Presidente, ALDERTO RUIZ·GALLARDON GUSTA VO VILLAPALOS

356

(01/1.261/99)

Consejería de Educación y Cultura ACUERDO de 21 de enero de 1999, del Consejo de Gobier­no, por el que se cesa y nombra miembro del Consejo de Administración del Centro de Estudios y Actividades Culturales. ,

Por Decreto 200/1998, de 26 de noviem\Jre, se modificó par­cialmentela estructura, orgánica de la Consejería de Educación y Cultura creándose dos Viceconsejerías, una de Educación que actuará sobre los sectores de actividad administrativa de las Direc­ciones Generales relacionadas con la Ed.ucación y otra qúe bajo la denominación de Viceconsejería de Cultura operará sobre . los sectores relacionados con Juventud, Deportes, · Patrimonio Cul­tural, Cooperación al Desarrollo y Promoción Cultural.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 y siguientes del Decreto 108/1986, de 4 de diciembre por el que se crea el Centro de Estudios y Actividades Culturales en relación con lo establecido en el Decreto 200/1998, de 26 de noviembre, por el que se .modifica parcialmente el Decreto 288/1995, de' 30 de noviembre por el que se aprueban las competencias y la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura, el Consejo de .Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura,

ACUERDA

Cesar a don Raúl Vázquez Gómez Como miembro del Consejo de Adminis.tración del Centro de Estudios y Actividades Culturales de la Comunidad de Madrid y nombrar en su sustitución al titular de la Viceconsejería de Culrura de la Comunidad de Madrid.

Acordado en Madrid, a 21 de enero de 1999.

El Consejero de Educación y Cultura. El Presiden le. GUSTAVO VILLAPALOS ALO ERTO RUIZ·GALLARDON

(01/1 .262/99)

Consejel'ía de Educación y Cultura 357 ACUERDO de 21 de enero de 1999, del Consejo de Gobier­

no, por el que se cesa y nombra a miembros del Consejo de AdminL5tración del Centro de Medicina Deportiva de . la Comunidad de Madrid.

Por Decreto 200/1998, de 26 de novjembre, se modificó par­cialmente la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura creándose dos Viceconsejerías, una de Educación que actuará sobre los sectores de actividad administrativa de las Direc­ciones Generales relacionadas con la Educación y otra que bajo la denominación .de Viceconsejería de Cultura operará sobre los sectores relacionados con Juventud , Deportes, Patrimonio Cul­tural, Cooperación al Desarrollo y Promoción Cultural.

Por Acuerdo de 23 de abril de 1998 el Consejo de Gobierno de la Comunidad de M¡¡drid procedió a nombrar a los miembros del Consejo de Administración del Organo de Gestión Centro

. de Medicina Deportiva de la Comunidad de Madrid. Con el fin de adecuar la composición del órgano a la nueva

estructura y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 6/1998, de 8 de enero por el que se crea el Centro de Medicina Deportiva de la Comunidad de Madrid en relación con lo establecido en el Decreto 200/1998, de 26 de noviembre, por

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el que se modifica parcialmente el Decreto 288/1995, de 30 de noviem;bre por el que se aprueban las competencias y la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura.

ACUERDA

Primero

Cesar a don Raúl Vázquez Gómez, Viceconsejero de Educación como miembro vocal del Consejo de Administración del Centro de Medicin¡:¡ Deportiva de la Comunidad de Madrid y nombrar en su sustitución a don Juan Carlos Doadrio Villarejo, en su calidad de Viceconsejero de Cultura, como miembro vocal del Consejo de Administración del Centro de Medicina Deportiva de la Comu­nidad de Madrid.

Segundo

Nombrar a don Gustavo Severien Tigeras, en sustitución de don Juan Carlos Doadrio Villarejo como vocal de dicho órgano en calidad de miembro designado por el Consejero de Educación y Cultura.

Dado en Madrid, a 21 de enero de 1999.

El Consejero de Educación y Cullura. El Presidente. GUSTAVO VILLAPALOS ALIlERTO RUIZ·GALLARDON

(01/1.260/99)

Consejería de Educación y Cultura

358 ACUERDO de 21 de enero de 1999, del Consejo de Gobier­no, por el- que se designa miembro del Consejo Rector del Consorcio "Casa de América ".

Por Decreto 200/1998, de 26 de noviembre, se modificó par­cialmente la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura creándose dos Viceconsejerías, una de Educación que actuará sobre los sectores de actividad administrativa de las Direc­ciones Generales relacionadas con la Educación y otra que bajo la denominación de Viceconsejería de Cultura operará sobre los sectores relacionados con Juventud, Deportes, Patrimonio Cul­tural, Cooperación al Desarrollo y Promoción Cultural.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 de los Estatutos del "Consorcio Casa de América" en relación con lo establecido en el Decreto 200/1998, de 26 de noviembre, por el , que se modifica parcialmente el Decreto 288/1995, de 30 de noviembre, por el que se aprueban las compete~cias y la estruc­tura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del ' Con-sejero de Educación y Cultura, . '

ACUERDA

Primero

Revocar la designación de don Raúl Vázquez Gómez, Vice­consejero de Educación, como miembro del Consejo Rector del Consorcio "Casa de América", en representación de la Comunidad de Madrid.

Segundo

Designar a don Juan Carlos Doadrio Villarejo, Viceconsejero de Cultura, como miembro del Consejo Rector del Consorcio "Ca­sa de América", en representación de la Comunidad de Madrid .

Acordado en Madrid, a 21 de enero de 1999.

El Consejero de Educación y C ultura, GUSTA VO VI LLAPAlOS

El Presidenle, ALIlERTO RUIZ·GALLARDON

(01/1.251/99)

Consejería de Educación y Cultura '

359 ORDEN 4165/1998, de 28 de diciembre, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se convocan becas de for­mación de personal investigador de la Comunidad de Madrid.

La Consejería de Educación y Cultura, en cumplimiento del artículo 26.1.1.20 del Estatuto de Autonomía que atribuye com­petencias a la Comunidad de Madrid en materia de fomento de la cultura y la investigación, contempla, entre sus líneasde actua­ción, ayudas para la formación del personal investigador en las universidades. y centros públicos de investigación de la Comunidad de Madrid. .

Esta convocatoria es continuación de las actuaciones que la Comunidad de Madrid viene realizando desde 1986 en materia de formación de nuevos investigadores, si bien se insiste en la necesidad de una formación más integral de los becarios con estan­cias breves en centros extranjeros, y se acentúan los mecanismos de seguimiento de la actividad formativa de los mismos.

Se entiende como elemento primordial de este programa la cola­boración y coordinación con las universidades, quienes a través de sus distintos Departamentos universitarios, son las responsables últimas de los programas de doctorado, así como, en general, con los organismos receptores de los becarios, que asumen la respon­sabilidad de la formación de los futuros investigadores.

De conformidad con lo anterior y de acuerdo con lo establecido en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo 1

Finalidad de la convocatoria

Se convocan 125 becas de formación de personal investigador para los titulados superiores universitarios que deseen realizar un trabajo original de investigación que constituirá su tesis doctoral.

Este (rabajo de investigación podrán realizarlo en las univer­sidades, organismos públicos de investigación o en los I)ospitales públicos que cuenten con comisión de investigación, radicados en la Comunidad de Madrid.

Artículo 2

Solicitantes

2.1. Los candidatos a las becas objeto de esta convocatoria acreditarán el cumplimiento de los siguientes requisitos en el momento de la presentación de las solicitudes:

a) Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro en la Unión Europea o ser extranjero con permiso de residencia en España.

b) Estar en posesión del título de ingeniero o arquitecto con proyecto de fin de carrera por tina Escuela Técnica Superior o de licenciado, habiendo finalizado los estudios conducen­'tes a dichas titulaciones en junio de 1994 o fecha posterior. Los solicitantes que estén en posesión del título oficial de especialidad médica (MIR) o farmacéutica (FIR), o cuenten con el certifícado oficial de especialidad en biología (BIR), química (QUIR), o psicología (PIR), podrán haber fina­lizado la carrera en junio de 1992 o fecha posterior.

c) Los estudios realizados en el extranjero o en centros no estatales deberán estar homologados por el Ministerio de Educación y Ciencia.

d) Tener una media de expediente académico igualo superior a 1,5. La media del expediente académico se calculará con dos decimales teniendo en cuenta las asignaturas aprobadas conforme a lo siguiente: - Matrícula de Honor: 4. - Sobresaliente: 3. - Notable: 2. ---.: Aprobado: 1.

Pág. 30 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. Núm. 32

En caso de existir en el expediente asignaturas convalidadas, en las que no se especifique calificación, se aportará cer" tificación de la nota obtenida en la asignatura de referencia. En ausencia de ésta se computará como aprobado. ' Cuando para obtener la titulación que habilite para solicitar la beca se precise la realización de un proyecto de fin de carrera, su calificación constituirá el 20 por 100 de la nota media final del expediente. .

2.2. No podrán solicitar estas becas quienes hayan disfrutado de otras de similares características durante un período de tres o más años. Tampoco podrá presentarse más de una solicitud por cada candidato.

2.3. Podrá ser director del trabajo cualquier doctor con vin­culación al centro de investigación en que se realice el proyecto. Ningún director podrá dirigir . a más .de un becario de nueva concesión.

Artículo 3

Dotación de las becas

3.1. La dotación mensual de las becas es de 150.000 pesetas brutas. En los supuestos de prórrogas, previstas en el artículo 10 de la presente Orden, se pr()cederá a ajustar la cuantía de las becas al importe que se determine en las órdenes de convocatoria que se publiquen en años sucesivos.

3.2. Los becarios serán beneficiarios de un seguro de accidentes corporales y asistencia sanitaria . Este último será extensible al cónyuge e hijos del becario, siempre que no posean cobertura de la Seguridad Social.

3.3. Las becas se abonarán directamente al interesado por men­sualidades completas y con referencia a la situación de derecho del becario el día 15 del mes que corresponda.

3.4. La financiación de esta Convocatoria se realizará con cargo a la partida 78340 del programa 808 del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid. En el supuesto de becarios adscritos a universidades y centros de investigación incluidos en zona obje­tivo 2, la beca se cofinanciará con Fondo Social Europeo.

Al tratarse de un expediente plurianual con inicio en el pre­supuesto de gastos de 1999, su vigencia estará condicionada a la aprobación del correspondiente presupuesto y a la existencia. de crédito adecuado y suficiente en el mismo.

3.5. Las becas renovadas de convocatorias anteriores se regirán por lo establecido en esta convocatoria, en cuando no perjudiquen derechos adquiridos más beneficiosos para los becarios. .

Artículo 4

Duración de las becas

La duración de las becas es de doce meses a contar desde el 1 de octubre de 1999, salvo que se establezca otra fecha distinta en la Orden de resolución de la convocatoria, y podrán ser reno­vadas por períodos anuales hasta completar un máximo de cuatro años de beca, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de esta convocatoria .

Artículo 5

Carácter y condiciones de disfrute de las becas

. 5.1. La beca será efectiva al incorporarse el becario ·al centro donde vaya a realizarse el trabajo de investigación. Los becarios . deberán incorporarse durante la primera semana del mes de octu­bre de 1999. La no incorporación en este plazo o en el que se establezca en la Orden de resolución de la cOnvocatoria, se enten­derá como renuncia a la beca y supondrá, por tanto, la pérdida de cualquier derecho que de esta convocatoria pudiera derivarse. No obstante lo anterior, el interesado, por razones justificadas, podrá solicitar lá incorporación posterior que deberá ser autorizada por la Dirección General de Investigación, sin que el.lo implique la ampliación de la duración inicial de la beca. El retraso en la incorporación no podrá superar los tres meses desde el inicio de

. Ia beca. 5.2. El disfrute de una beca al amparo de esta convocatoria

es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados, españoles o extranjeros, así como con

sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o esta­tutaria del interesado. Se excepciona de lo anterior la participación, en el caso de becarios de tercer o cuarto año de disfrute de la beca, en contratos derivados de la aplicación del artículo 11 de la Ley de Reforma Universitaria y del artículo .·11.2 de la Ley de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, siempre que el trabajo que vaya a realizar esté en relación con las investigaciones de su Tesis y solicite y obtenga la auto­rización de la Dirección General de Investigación.

5.3. ' . El disfrute de una beca es incompatible con el registrq en las oficinas del Instituto Nacional de Empleo (INEM) y demás agencias de contratación como demandante de empleo, al tratarse de becas que exigen dedicación exclusiva para adquirir una cua­lificación profesional nueva.

5.4. Se podrá autorizar excepcionalmente la interrupción de la beca a petición ' razonada del interesado, previo informe del director de la tests, por un período máximo de seis meses incluidas las prórrogas. Durante este período no se percibirá la asignación económica de la beca. La suspensión no supondrá una ampliación del período de vigencia de la beca por un tiempo equivalente al interrumpido.

Sólo en aquellos casos en los que se aprecie la existencia de fuerza mayor o maternidad se podrá recuperar el período interrum­pido si existen disponibilidades presupuestarias.

5.5. Con objeto de completar su formación, losbencficiarios podrán disfrutar de estancias temporales por un período de tiempo mínimo de dos semanas y máximo de doce cada año en centros de investigación en el extranjero. Para la realización de estas estan­cias, el becario podrá solicitar una ayuda, que· estará regulada por una convocatoria anual que se publicará en el BOLETÍN OFI­CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La realización de estas estancias en el extranjero se valorará positivamente para la reno­vación de la beca.

5.6. De acuerdo con lo dispuesto en el Convenio Colectivo y en la Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, las becas objeto de esta convocatoria no establecerán relación con­tractual alguna entre los beneficiarios y la Comunidad de Madrid. Novincularán tampoco a aquéllos con los centros a los que resulten temporalmente adscritos, ni implicarán, por parte de la institución receptora, compromiso alguno en cuanto a la posterior incorpo­ración del interesado a la plantilla de la misma, salvo que de la normativa legal o estatutaria de tales centros resultase lo contrario.

Artículo 6

Formalización de las solicitudes

6.1. Las solicitudes se formalizarán tomando como modelo el impreso que figura como Anexo a esta Orden, que estará también disponible a través de INTERNET en la siguiente dirección: http://www.comadrid .es. en la inform~ción correspondiente a Inves­tj~ación (Convocatorias e impresos) de la Consejería de Educación y Cultura. .

6.2. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNlDAD DE MADRID ..

6.3. Las solicitüdes, dirigidas a la Dirección General de Inves­tigación, podrán presentarse en el Registro de la Consejería de Educación y Cultura (calle Alcalá, 32, 28014 Madrid), en los regis­tros de las universidades y centros públicos de investigación en los que se desee incorporar el solicitante, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régi­men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6.4. Los impresos de solicitud deberán ir acompañados de los siguientes documentos (tanto el impreso de solicitud como la docu­mentación requerida en este apartado debe presentarse por duplicado): .

a) Fotocopia por ambas caras del Documento Nacional de Identidad, del documento equivalente en e l caso de nacio­nales de países miembros de la Unión Europea o de la tarjeta de residente del solicitante, en caso de nacionales de otros países.

b) Fotocopia compulsada de la certificación académica oficial, en la que figuren de forma detallada las calificaciones obte-

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nidas, fechas de las mismas y constancia · expresa de que las asignaturas constituyen el programa completo de la licen­ciatura o ingeniería correspondiente. Cuando se haya acce­dido al título requerido a partir de otros estudios, como Magisterio u otras diplomaturas o ingenierías técnicas, se deberá aportar, igualmente, fotocopia compulsada de la cer­tificación académica de dichos estudios. Los solicitantes que estén en posesión del título oficial de MIR, FlR, o del certificado de especialidad en Biología (BIR), Química (QUIR) o Psicología (PIR), deberán pre­sentar copia compulsada de los mismos. Lossolicitantes con estudios cursados en el extranjero debe­rán presentar fotocopia compulsada de la certificación expe­dida por el Ministerio de Educación y Cultura concediendo la homologación de dichos estudios.

c) Currículum vitae del solicitante e información y califica­ciones de los cursos de doctorado ya cursados, así como previsión de los que deseen cursar en el primer año de beca.

d) Memoria descriptiva del proyecto de tesis doctoral que se pretende realizar (máximo mil palabras), según el siguiente esquema: - Antecedentes y estado actual del tema. Bibliografía más

. relevante. - Objetivos concretos de la investigación. - Metodología y plan de trabajo.

e) Currículum vitae del director del trabajo de investigación durante los últimos cinco años.

f) Informe del director de la tesis en el que conste la acep­tación, así como el interés y la viabilidad del proyecto, los recursos disponibles para realizarlo y si el becario se inte~ grará en un equipo de investigación con proyectos finan­ciados por la Comunidad de Madrid o por otras institu­ciones, aportando las referencias y datos de éstos.

g) Aceptación del director del departamento universitario, cen­tro o instituto, de admisión del solicitante en caso de que le sea concedida la beca.

6.5. Las solicitudes deberán contar con la firma de conformidad del representante legal en materia de investigación, o persona en quien delegue, del organismo en el que se desee realizar el trabajo de investigación. Dicha conformidad implica que el organismo ha comprobado que la solicitud se ajusta a los requisitos establecidos en esta Convocatoria y no es contraria a la normativa del centro, así como su compromiso de apoyar la correcta realización del trabajo de investigación en caso de concederse la beca.

6.6. La Dirección General de Investigación expondrá en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación y Cultura (calle Alcalá, 32, Madrid) una relación con las solicitudes que no reúnen los requisitos y documentación establecidos en la convocatoria, para que los interesados, en el plazo de diez días, subsanen la falta o aporten los documentos. En caso de no realizarse este trámite en el plazo indicado, se entenderá que el solicitante desiste y se archivará su solicitud sin más trámite, no estando obligada la administración a dictar resolución expresa sobre la misma, con­forme lo previsto en los artículos 42.1 y 71.1 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro­cedimiento Administrativo Común.

6.7. La retirada de la documentación presentada, para aquellas solicitudes que no se concedan, deberá efectuarse dentro de los dos meses siguientes a la resolución definitiva de la convocatoria.

Artículo 7

Evaluación y selección de propuestas

7. l. . La selección de los becarios se llevará a cabo por una Comisión integrada por los siguientes miembros:

Presidente: El Director General de Investigación. Vocales: Un representante de la Dirección General de Universidades. Al menos dos asesores de la Dirección General de Investigación,

que serán personas de reconocido prestigio en el ámbito docente y/o científico.

Dos miembros de la Dirección General de Investigación, desig­nados por su titular, uno de los cuales actuará como Secretario.

7.2. Los criterios que se tendrán en cuenta para la evaluación y selección de los becarios serán los siguientes:

a) Nota media del expediente académico, así como otros méri­tos académicos y científicos del candidato.

b) Historial científico y/o técnico del director del proyecto de tesis y capacidad formativa del mismo.

. c) Calidad e interés científico y/o técnico del proyecto de tesis y viabilidad del mismo, así como disponibilidad en el centro de los medios para realizarlo.

d) Interés del tema objeto de estudio para la política científica de la Comunidad de Madrid.

Para la evaluaci6n de los aspectos científicos de estos criterios, la Dirección General de Investigación podrá recabar el asesora­miento de expertos en las materias específicas que se consideren necesarios o de la Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva.

Las decisiones de carácter científico que se adopten en los pro­cesos de evaluación y selección serán inapelables, sin perjuicio de que los interesados puedan instar los recursos que, frente a los actos reglados, les concede la normativa vigente.

Artículo 8

Resolución de la convocatoria

8.1. La resolución de la Convocatoria se realizará mediante Orden del Consejero de Edlicación y Cultura, a la vista de la propuesta efectuada por la Comisión de Selección, en el plazo máximo de cinco meses desde la finalización de la fecha límite para presentación de solicitudes, entendiéndose desestimadas todas aquellas sobre las que no se haya resuelto expresamente en dicho plazo.

8.2. La resolución de la convocatoria se hará pública en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación y Cultura, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y se notificará a los beneficiarios y centros receptores.

Artículo 9

Obligaciones de los becarios y seguimiento de las becas

El disfrute de la beca implica las siguientes obligaciones: 9.1. Desarrollar con aprovechamiento el proyecto de investi­

gación, ajustándose a las normas de trabajo y disposiciones regla­mentarias del centro donde aquél se lleve a cabo. La presentación de la tesis objeto · de la beca al término de la misma, supondrá la valoración satisfactoria del compromiso adquirido por el becario y su director. En este sentido, para la última renovación de la beca, se tendrá en cuenta la previsión de finalización y presentación de la Tesis.

9.2. Permanecer en el centro de aplicación de la beca. Cual­quier cambio de proyecto de trabajo, director o de centro, requerirá la presentación de:

- Memoria descriptiva del nuevo proyecto de tesis y/o razones que justifican el cambio propuesto.

- Informe del director de beca, del inicial y del nuevo. - Visto bueno del organismo al cual está adscrito el becario

y, en su caso, del nuevo organismo de adscripción. La Dirección General de Investigación, a la vista de la docu­

mentación aportada, decidirá la autorización o no del cambio propuesto. .

9.3. En el caso de que se plantee la renuncia a la beca, deberá ser justificada y comunicarse al centro receptor y a la Dirección General de Investigación. Además, deberá acompañarse de un informe sobre el trabajo de investigación realizado hasta el momen­to de la renuncia con el visto bueno del director del mismo.

9.4. Remitir a la Dirección General de Investigación, en el plazo de un mes desde la finalización del período de vigencia de la beca, o en el plazo establecido en el artículo 10 en caso de solicitar la renovación de la beca, un resumen explicativo de la labor realizada, incluyendo los créditos de doctorado obtenidos y cualquier otra actividad desarrollada, con un informe del director de la tesis sobre los resultados y el grado de formación del becario. La Dirección General de Investigación establecerá los procedi­mientos adecuados para valorar el rendimiento del becario, pudien­do recabar del mismo la información que considere necesaria y designar a los especialistas o comisiones que estime oportuno.

Pág. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. Núm. 32

9.5. Hacer referencia, en cualquier publicación resultante del trabajo de investigación, a la beca concedida por la . Consejería de Educación y Cultura de la' Comunidad de Madrid, debiéndose remitir un ejemplar de la misma a la Dirección General de Investigación.

9.6. El incumplimiento de estas obligaciones implicará la anu­lación de las ayudas concedidas y el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, más los intereses de demora que corres­pondan, de acuerdo con los artículos 11 y siguientes de la Ley 2/1995 de Subvenciones de la Comunidad de Madrid. Asimismo, de acuerdo con el artículo 6.5 de la misma Ley, toda alteración de las condiciones tenidlls en cuenta para la concesión de la beca, podrá dar lugar a la modificación de la resolución por laque se otorgó. .

Artículo 10

Renovación de las becas

10.1. .Los becarios podrán solicitar la renovación de su beca a la Dirección General de Investigación (calle Alcalá, 32, 28014 Madrid) en el plazo comprendido entre el 1 y el 30 de junio de 2000. Las solicitudes de renovación de beca deberán acom­pañarse de:

- El informe establecido en el artículo 9.4 sobre la labor rea­lizada hasta la fecha, créditos de doctorado obtenidos y cual­quier otra actividad desarrollada hasta el momento.

- Una memoria explicativa de las tareas a realizar durante el período de renovación de la beca y, cuando se trate de la última renovación, la previsión de finalización ypresen­tación de la Tesis Doctoral.

Tanto el informe como la memoria deberán estar firmados por el becario y el director de investigación.

10.2. La Dirección General de Investigación, a la vista de la documentación presentada y previa valoración del rendimiento del

becario e ,interés de la continuidad dela beca, propondrá al Con­sejero de ·· Educación y Cultura la concesión de las renovaciones ' de las becas que procedan.

La renovación estará asimismo condicionada a la existencia de crédito adecuado y , suficiente en el . correspondiente ejercicio presupuestario.

Artículo 11

La aceptación de la beca por parte del beneficiario implica la de las normas fijadas en esta convocatoria y lo establecido en la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid y la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y demás normas vigentes que sean de aplicación: El beneficiario tendrá la obligación de facilitar la información que le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad de. Madrid, el Tribunal de Cuentas u otro órgano competente, así como al resto de los controles previstos en el artículo 12 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

Contra los actos administrativos que se derivan de esta con­vocatoria podrán recurrir los interesados en los casos y formas previstos en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Admi­nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DISPOSICION FINAL

Se faculta a la Dirección General de Investigación para resolver cuantas cuestiones surjan de la aplicación de la presente Orden, procediendo, si es preciso, a dictar y publicar las instrucciones necesarias para su desarrollo y cumplimiento.

Madrid, a 28 de diciembre de 1998.

El Consejero de Educación y Cultura, GUSTAVO VILLAPALOS

É:O.C.M. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

ANEXO

CONVOCATORIA DE BECAS DE FORMACION DE PERSONAL INVESTIGADOR Orden 4165/1998, de 28 de diciembre, del Consejero de Educación y Cultura

Impreso de solicitud

Pág. 33

N.O Expediente: 01/ /99

1. DATOS PERSONALES

1."' apellido ........................ . ................. 2.° apellido ................. ..

Nombre ................... .. ...... ............. ..... N.LF. .... . . ......... Sexo .

Dirección (calle o plaza) . .. ................................... n.o ..

c.P .............................. Localidad ... . ... Teléfono ....... Nacionalidad ..

2. DATOS ACADEMICOS

Licenciatura o Ingeniería

Facu Itad o Escucla Técnica Superior

Universidad ....... .. ............ Año de inicio de estudios ........................... Año de finalización

Calificaciones obtenidas: (1) N° MH ................. N° SB .. ..... N°NB ................. N.OAP .. .... Nota Media ........... .

Año de Tesina o Proyecto Fin de Carrera

¿Ha disfrutado de otra beca predoctoral?

. Nota .............. Universidad ....................................................... .

DSí DNo

Entidad financiadora .................................................... . .. .......... Año inicio .................................. Año fin ............................ ..

Solicita la concesión de una beca de formación de personal investigador

3. DATOS DEL TRABAJO DE INyESTIGACION y DEL CENTRO EN EL QUE SE REALIZARA EL PROYECTO

Título ............................................................................................................... .

Palabras clave ......................................................... ..

Director: 1.er apellido .................................... 2.° apellido Nombre .......................... .. ....... N.LF.

Universidad/Organismo ........................... . .. ...... C.LF.. ............ ..

Facultad/Centro/Instituto

Departamento/Unidad.

Dirección ......................................................................... . . ...... c.P.

Teléfono ..... . . ... . ................ ......... Fax .. . E-mail ........................ ..

FECHA y FIRMA DEL SOLICITANTE FIRMA DEL DIRECfOR DEL TRABAJO DE INVESTIGACION

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL ORGANISMO EN MATERIA INVESTIGADORA (2)

DIO." ...... (FIRMA Y SELLO)

"Los datos que se recogen se tratarán informáticamente o se archivarán con el consentimiento¡ del ciudadano, quien tiene derecho a decidir quién puede tener sus datos, para 4ué los usa, solicitar que los mismos scan exactos y que se utilicen para el fin que se recogen, con las excepciones contempladas en la legislación vigente:'

Para cualquier cuestión relacionada con esta materia puede dirigirse al teléfono de información administrativa 012.

DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACION. C/ ALCALA, 32, 3." PLANTA, 28014 MADRID.

Instrucciones para la correcta formalización de la solicitud al dorso.

1

Pág. 34 , LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. Núm. '32

INSTRUCCIONES

(1) La riQta media se expresará conforme lo establecido en el artículo 2.1.d) de la Orden de Convocatoria. (2) El representante legal del organismo en materia investigadora es la siguiente persona:

a) Vicerrector de Investigación, en el caso de las Universidades públicas o cargo equivalente en las Universidades privadas. b) Director del Departamento de Postgrado del CSICo cargo equivalente en las demás OPls. ' c) Director Gerente en el caso de los Hospitales.' '

Documentación que se adjunta:,

- D.N.I./Tarjeta de residencia . ...... . ..... . . . .. . ..... . ... ...... .. . O - Titulación MIR, BIR, PIR, FIR, QUIR, compulsado ..... . ... . .. . O - Certificado de notas compulsado . .. : . .................... ...... . O - Currículum vitae solicitante ........ .. ........... , .............. . O - Memoria del proyecto ... ...... .. .. ..... .. : . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. O - Historial Director/Tutor de tesis . . .. . . .. .. ............. : ... .... . . O - Informe del Director de tesis ...... ...... .... .... .. .... ........ . . O - Aceptación del Director del Departamer¡fo .. '.' ...... .. .. . . . ... . . O - Fotocopia compulsada de la homologación ' . .. .. .. .. . . . . . .. . . .. . " O - Duplicado ....... ' ....... .. . ..... ..... ' . ........ ... .. . .. . ......... O

D) Anuncios

Consejería de Economía y Empleo

Resolución de 19 de enero de 1999, de la Directora General de Comercio y Consumo, por laque se da publicidad a la Orden 133/1999, de 15 de enero; del Consejero de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid.

En cumplimiento de lo dispuesto en ' el artículo 5 de la Orden 3323/1996, de 16 de abril , de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se regula el prqcedimiento para la solicitud de Licencia de Apertura de Grandes Establecimientos Comer­Ciales , y para general conocimiento, se hace pública la Orden 133/1999, de 15 de enero, del Consejero de Economíay Empleo cuyo contenido litera l es el siguiente:

Con fecha del día 2 de diciembre de 1998, don Philippe A1ain Josse, en nombre y representación de la mercantil "Boygues Inmo- . biliaria, Sociedad Anónima", anterior "Stim Batir España, Socie­dad Anónima", presenta solicitud de aclaración referida a los tér­minos de la Orden 2631/1998, de 1 de junio, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se autoriza la Licencia de Apertura de Grandes Establecimientos Comerciales, para el Proyecto de implantación del Parque Comercial A1corcón, presentado por la mercantil "Stim Batir España, Sociedad Anónima".

Oída la Dirección General de Comercio y Consumo, y estudiados los antecedentes que obran en el expediente de referencia,

DISPONGO

Primero

Que la Orden 2631/1998, de 1 de junio, del Consejero de Eco­nomía y Empleo, concedió la Licencia de apertura de Grandes Establecimientos Comerciales, para la implantación del Parque Comercial Alcorcón, en el municipio del mismo nombre, conforme a la solicitud presentada por la mercantil "Stim Batir España, Socie­.dad Anónima", con apreciación expresa de no.Ínclusión en el mis­mo de establecimiento alimentarÍo de descuento.

(01/1.136/99)

Segundo

Que la refeiida autorización afectaba a unas superficies totales, desglosadas en los siguientes términos:

- Supo Construida: 25.585 m2

- Supo Util de Venta: 13.330 m2

• Autoservicio alimentación: 748 m2

• Locales Comerciales: 12.582 m2

- Restauración: 1.299 m2

- Zonas Comunes: 1.278 m2

- Locales técnicos, almacén: 9.626 m2

- Autolavado: 50 m2

- Plazas de aparcamiento: 20.339 m2 (758,plazas) .

Tercero

Que el contenido dispositivo de la citada Orden 2631/1998, de 1 de junio, se refiere en sus términos a lo que literalmente indican, lo que fue resuelto en función del interés general, y conforme a las competencias atribuidas' a esta autoridad por la Orden 3323/199Q, de 16 de abril, por laque se regula el Pro­cedimiento para l ~ solicitud de Licencia de Apertura de Grandes Establecimientos Coinerciales, y sus posteriores modificaciones.

Cuarto

Que respecto al proyecto de superficie alimentaria presentada por la empresa "Lidl Autoservicios Descuento", existe ya un pro-

, nunciamiento de la Dirección General de Comercio y Consumo de fecha 5 de noviembre de 1998, conforme las competencias atri­buidas a ésta por Decreto 855/1959, de 27 de mayo, que se confirma en todos sus términos.

Quinto

Que en cuenta a las facultades del Ayuntamiento de AIcorcón, para actuar en la petición de determinadas licencias de su com­petencia, no corresponde pronunciamiento por parte de esta Autoridad.

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la inisma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo

. ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supe­rior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de, la presente notificación,

,

B.O.C.M. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 35

previa comunicación a esta Consejería, sin perjuicio de que pueda ejercitar otro que estime procedente.

Madrid, a 19 de enero 1999.-La Directora General de Comercio y Consumo, Concepción Guerra Martínez.

(01/1.229/99)

Consejería de Economía y Empleo

Notificación de 15 de enero de 1999, de Resoluciones ejecutivas e información de pago referentes a expedientes administrativos por infracciones de normativa de Consumo.

Intentada sin efecto la práctica de la notificación en el domicilio de su destinatario de Resolución ejecutiva e información de pago de sanción, por infracción administrativa en materia de Consumo, y una vez firme en vía administrativa, he resuelto ordenar su publi­cación en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Requerido y último domicilio. - Expediente. - Importe sanción María Cobo Sartpedro-Confecciones Jeans Wear, calle Tinte, 6,

28801 Alcalá de Henares (Madrid). - 28/789/97A. - 75.000 pesetas.

Manuel Astorga Tello-Tintorería Astorga, calle Circunvala­ción, 52, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid). - 28/818/97A. -50.000 pesetas.

Teapot, Sociedad Limitada, calle Bonetero, 3, 28016 Madrid. -28/089/98A. ~ 75.000 pesetas. .

Speed Nuevas Técnicas Limpieza, Sociedad Limitada, calle Tori­ja, 4, 28013 Madrid . - 28/148/98A. - 75.000 pesetas.

El importe de la sanción se hará efectivo por ingreso directo en la cuenta restringida número 6000585633,Comunidad de Madrid, Dirección General de Comercio y Consumo, abierta en la oficina 1007 de "Caja Madrid", haciendo referencia al número de expediente arriba reseñado y al nombre del establecimiento, en los períodos voluntarios que se detallan a continuación:

a) En el caso de notificaciones realizadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del mes siguiente, o el inmediato hábil posterior.

b) En el caso de notificaciones realizadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes siguiente, o el inmediato hábil posterior. .

De no abonarla dentro de dicho período voluntario y de no concurrir ninguna de las circunstancias establecidas en el Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se procederá a su exacción por vía de apremio, sin más trámite, con el 20 por 100 de recargo.

El justificante o resguardo acreditativo del ingreso deberá pre­sentarse en el plazo de dos días siguientes al mismo, en el Servicio de Orientación al Consumidor, de la Dirección General de Comer­cio y Consumo de la Comunidad de Madrid (calle Ventura Rodrí­guez, 74, cuarto, 28008 Madrid), para su constancia en el expe­diente, el cual no se estimará concluso sin ' el cumplimiento de este requisito imprescindible.

Madrid, a 15 de enero de 1999.-La Directora General de Comercio y Consumo, Concepción Guerra Martínez.

(01/1 .230/99)

Consejería de Economía y Empleo

Notificación de 25 de enero de 1999, de revocación de Título­Licencia de Agencia de Viajes.

Por medio de la presente Se pone en conocimiento de las empre­sas reseñadas que en esta Comunidad Autónoma, Consejería de

. Economía y Empleo, se ha dictado la siguiente Resolución:

Notificado. - Ultimo domicilio conocido. - Disposición legal infringida. - Objeto de la resolución

Viajes Alemantours, Sociedad Anónima. - Ronda de Sego­via, 35, Madrid. - 11 c) y 14.1 Y 4 del Decreto 99/1996, de 26 de junio. - Revocación del Título-Licencia CICMA 161.

Orgaz Viajes, Sociedad Limitada. - Arturo Soria, 343-345, pri­mero, Madrid. - 11 a) del Decreto 99/1996, de 26 de junio. -Revocación del Título-Licencia CICMA 912.

Lo que se pone en conocimiento de los interesados a los efectos previstos en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de presentar recurso ordinario ante el Consejero de Economía y Empleo en el plazo de un mes a partir de la presente publicación.

Se comunica a los interesados que el texto íntegro de dicha Resolución se encuentra en las dependencias de esta Consejería, Servicio de Empresas y Actividades Turísticas, Sección de Agencias de Viajes, calle Príncipe de Vergara, número 132, quinta planta, de Madrid.

Madrid, a 25 de enero de 1999.-La Directora General de TurIS­mo, María Teresa García-Siso Pardo.

(01 /1.225/99)

Consejería de Economía y Empleo

Notificación de 25 de enero de 1999, de expedientes administrativos por supuestas infracciones de normativa turística .

Intentada sin efecto la práctica de las notificaciones en el domi­cilio de sus destinatarios de actuaciones formuladas por esta Direc­ción General de Turismo, en expedientes administrativos en tra­mitación, por supuestas infracciones administrativas observadas en relación con la normativa turística, por la presente se ponen en conocimiento de los interesados, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adll}inistrativo Común (" Boletín Oficial del Estado" de 27 de noviembre) y con el contenido expresado en el artículo 61 del mismo texto legal. Requerido. - Ultimo domicilio 'conocido. - Expediente. - Objeto .

de requerimiento ' La Vaquería 1926-1995, Sociedad Limitada, como titular de la

Vaquería. - Calle Fuente del Alamo, 6, 28400 Collado Villalba (Madrid). - PT-533.4/98. - Acuerdo de Inicio del Procedimiento Sancionador con un plazo de quince días hábiles para formular alegaciones y solicitar, en su caso, la práctica de prueba.

Globe Trotter Tours, Sociedad Anónima. - Calle Bravo Muri-110, 101 , 4.° izquierda, 28020 Madrid. - PT-650.8/98. - Acuerdo de Inicio del Procedimiento Sancionador con un plazo de quince días hábiles para formular alegaciones y solicitar, en su caso, la práctica de prueba.

Pedro Antonio Arnaiz Arias, como titular del quiosco El Tobo­gán. - Calle Dehesa de la ViUa, 12, 28040 Madrid. -PT-537.8/98. - Acuerdo de Inicio del Procedimiento Sancionador con un plazo de quince días hábiles para formular alegaciones y solicitar, en su caso, la práctica de prueba.

Kilómetro Cero, Sociedad Anónima. - Calle Adolfo Pérez Esquivel, 2, local 6, 28830. San Fernando de Henares (Madrid). -PT-138.6/98. - Pliego de Cargos con un plazo de siete días hábiles para formular alegaciones.

José Moreno González, como titu.lar del pub Oppidium. - Calle Parque Tingo María, 28931 Móstoles (Madrid). - PT-243.6/98 . ..:.... Pliego de Cargos con un plazo de siete días hábiles para formular alegaciones.

Mundo Joven, Sociedad Anónima. - Calle Hortaleza, 8, bajo izquierda, 28004 Madrid . - PT-286.8/98. - Pliego de Cargos con un plazo de siete días hábiles para formular alegaciones.

International Wide Traders, Sociedad Limitada. - Calle Hor­taleza, 70, 28004 Madrid. - PT-313.3/98. - Pliego de Cargos con un plazo de siete días hábiles para formular alegaciones.

Promociones y Deportes Fernando Pineda, Sociedad Limita­da. - Calle Alcalá, 20, 28014 Madrid. - PT-372.5/98. - Pliego de Cargos con un plazo de siete días hábiles para formular alegaciones.

Pág. 36 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. NlIm. 32

Los plazos arriba · indicados contarán a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, pudiendo alegar y presentar los documentos y justificantes que estimen convenientes,en el Ser­vicio de Inspección y Control de Calidad de la Dirección General de Turismo de la Comunidad de Madrid, calle Príncipe de Vergara, nÚI11ero 132, Madrid, te~.iendo a su disposición el expediente de referencia en el citado plazo y en la oficina de ese servicio.

Madrid, a 25 de enero de 1999.-EI Jefe del Servicio de Ins­pección y Control de Calidad, Juan Carlos Muñoz Martín .

(O 1/1.228/99)

Consejería de Economía y Empleo

Notificación de 27 de enero de 1999, a "Cinarasa" de Resolución de Revocación de la autorización de apertura y clasificación turística de los apartamentos turísticos "Villa Alsasua" sitos en la calle A1sasua, 7, de Madrid.

, Por medio de la presente se pone en conocimiento de la empresa "Cinarasa" que tuvo su último domicilio conocido en Madrid, calle Cea Bermúdez, 43, que por esta Comunidad Autónoma, Consejería de Economía y Empleo, se ha intentado notificar sin efecto, la Resolución de Revocación de la aper.tura y clasificación turística de los Apartamentos "Villa A1sasua", sitos en la calle A1sasua, 7, de Madrid.

Lo que se realiza en cumplimiento de lo establecido en los ar-tículo 89 y 59,4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.. .

El expediente de referencia se encuentra a disposición del inte­resado en las dependencias de esta Consejería, Servicio de Empre­sas y Actividades Turísticas, Sección de Hostelería, calle Príncipe de Vergara, 132, S." planta, de Madrid .

Madrid, a 27 de enero de 1999.-La Jefa del Servicio de Empre­sas y Actividades Turísticas, María Jesús Zorita Vicente.

(01/1.226/99)

Consejería de Economía y Empleo

Notificación de 27 de enero de 1999.

Por medio de la presente se pone en conocimiento de las per­sonas a continuación reseñadas, que en esta Comunidad Autó­noma, Consejería de Economía y Empleo, se ha dictado resolución del recurso de referencia. Recurren/e. - Ultimo domicilio conocido. - Expediente. - Reso­

lución Don Fadrique Arribas González ("Don Fadrique, Sociedad

Limitada", restaurante). - Calle del Rey, 26, San Lorenzo de El Escorial (Madrid). - O 1483/98 contra resolución D. Gral. Comercio y Consumo de fecha 4 de septiembre de 1998. -Desestimatoria.

Don Guillermo Ortiz Betrian ("Avitipa, Sociedad Anónima").­Calle Padre Damián, 42, Madrid. - O 1676/98 contra resolución D. Gral. Comercio y Consumo de fecha 21 de septiembre de 1998. - Desestimatoria.

Don Raúl Gascón Aparicio ("Auxiliar de Construcción Auxi­decor, Sociedad Anónima"). - Calle Angel Muñoz, 3, Madrid. -O 1662/98 contra resolución D. Gral. Trabajo y Empleo de fecha 27 de agosto de 1998. - Desestimatoria.

Don Manuel Barrios Saiz ("Construcciones Basariz, Sociedad Limitada"). - Calle Pescadería, 27, Madrid. - O 1114/98 contra resolución D. Gral. Trabajo y Empleo de fecha 4 de junio de 1998. - Desestimatoria. .

Don Ernesto Arana Romero ("Pideper, Sociedad Limitada Laboral"). - Calle Islas Británicas, lO, Fuenlabrada (Madrid). -O 1518/98 contra resolución D. Gral. Trabajo y Empleo de fecha 3 de septiembre de 1998. - Desestimatoria.

Doña Isabel Espósito Delgado ("I.M.A.C., Sociedad Limita­da"). - Avenida del Ejército, 1, 3." C, Arganda del Rey (Ma­drid). - O 1346/98 contra resolución D. Gral. Trabajo y Empleo de fecha 30 de julio de 1998. - Desestimatoria.

Doña Rufina. Campos Jiménez ("Transportes y Excavaciones . Andamad, Sociedad Limitada"). -, Paseo de las Delicias, 30,

Madrid. - O 1627/98 contra resolución D. Gral. Trabajo y Empleo de fecha 31de julio de 1998. - Desestimatoria.

Doña Ana Martínez Lorenzo ("Puente de Segovia, ,Sociedad Limitada", gasolinera). - Calle Segovia, sin número, Madrid . -O 1402/98 contra resolución D. Gral. Comercio y Consumo de fecha 29 de julio de 1998. - Desestimatoria.

Don Ramón Cencerero Malina ("Construcciones Eurofesa, Sociedad ' Limitada"). - Calle Triunfo, 29, Daimiel (Ciudad Real). - O 1563/98 contra resolución D. Gral. Trabajo y Empleo . de fecha 16 de julio de 1998. - Inadmisible por extemporáneo.

Don Francisco Chamón Herranz ("Zaburdón, Sociedad Anó­nima"). - Calle Cabezón, 119, urbanización "Las RoZas" (Ma­drid). - O 1490/98 contra resolución D. Gral. Comercio y, Con­sumo de fecha 20 de agosto de 1998. - Desestimatoria.

Don Luis Torrijos Morales. - Travesía del Jubilado, 2, Moraleja de Enmedio (Madrid) . - O 1451/98 coritra resolución D. Gral. Comercio y Consumo de fecha 28 de agosto de 1998. - Estimación parcial.

Lo que se notifica a los interesados a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, comunicándoles que dicha resolución se encuentra en las dependencias de esta Consejería, Servicio de Recursos e Informes, calle Príncipe de Vergara, número 132, segunda planta, de Madrid.

Madrid, a 27 de enero de 1999.-La Jefa de Sección de Recur­sos 1, María Jesús Martínez Carretero.

(01/1.227/99)

Consejería de. Economía y Empleo DIRECCION GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS

Resolución de 28 de enero de 1998, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza la petición de instalación de una línea subterránea a 20 kV Y un centro de transformación a instalar en las calles Cuesta de San Francisco y Pocito de las Nieves, en el tÚmino municipal de Las Rozas, solicitados por "Iberdrola, Sociedad Anónima".

Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas sobre autorización de instalaciones eléctricas.

26E-5.244-bis y 26EL-2.549 Visto el escrito presentado por "Iberdrola, Sociedad Anónima",

con domicilio a efectos de notificación en Madrid, calle C1audio Coello, número ,55, y habida cuenta de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

En el citado escrito, con entrada en esta Dirección General el 11 de octubre de 1996, solicitó autorización para la instalación de una línea subterránea a 20 kV Y un centro de transformación .

Segundo

Acompaña a dicha solicitud proyecto de la instalación.

Tercero

Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el artículo 9 del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Cuarto

En la tramitación de este expediente se han observado las for­malidades legales.

FUNDAMENTOS.oE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene deter-

B:Q,C.M. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 37

minada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, "Boletín Oficial del Estado" de 19 de octubre; el Decreto 258/1995, de 5 de octulire, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de 6ctubre, y el Decreto 95/1997, de 31 de julio, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto, todo ello en relación con el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, y en base a la disposición transitoria primera de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, de 27 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" de 28 de noviembre).

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente, se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en. el citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre Autorización de Instalaciones Eléctricas.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y per­tinente aplicación.

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas en uso de las atribuciones legalmente establecidas

ACUERDA

Autorizar a '.' Iberdrola, Sociedad AnónÍma", la instalación de una línea subterránea'a 20 kV Y un centro de transformación cuyas características son las siguientes:

Línea subterránea a 20 kV con origen en linea de alimentación del centro de transformación "Nueva-8" y c.T. " La Suiza", ambos existentes de 165 metros de longitud y centro de transformación en cabina subterránea de 2 x 400 kV A a construir entre las calles , Cuesta de San Francisco y Pocito.· de las Nieves, en el término municipal de Las Rozas (Madrid), La línea subterránea con con­ductor DHZl de 150 mm2 en Al, 12/20 kV y centro de trans­formación en montaje subterráneo de 2 x 400 kVA, 20,000/380-220 V, dicha instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente la peticionaria con la aprobación de su proyecto de ejecución previo cumplimiento de los trámites que se indican en el capítulo IV del DeCreto 2617/1966, de 20 de octubre ..

Corttra esta ResoluCión cabe interponer recurso ordinario en el plazo de un mes a partir desu notificación ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Empleo de la Comunidad de Madrid, conforme determina al artículo 114 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de' las Administraciones Públicas y del Pro­cedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" de 27 de. noviembre).

Madrid, a28deenero de 1998.-EI Director General de Indus­tria, Energía y Minas, Leopoldo del Pino y Calvo-Sotelo.

. (02/4.164/98)

Consejería de Economía y Empleo DlRECCION GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS

Resolución de 13 de agosto de 1998, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autoriza la ins­talación de dos líneas subterráneas a 20 kV y dos centros de transformación, a instalar en la urbanización "Colmenas de Fra­fuentes", Unidad de Actuación 2, en Colmenarejo, solicitados por " Iberdrola, Sociedad Anónima".

Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas sobre autorización de instalaciones eléctricas.

26E-5707, 1-2 Y 26EL-2683, 1-2 'Visto el escrito presentado por "Iberdrola, Sociedad Anónima",

con domicilio a efectos de notificación en la calle Claudio CoelJo, número 55, y habida cuenta de los siguientes .

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

En el citado escrito, con entrada en esta Dirección General el19 de diciembre de 1997, solicitó autorización para la instalación de dos líneas subterráneas y dos centros de transformación.

..

Segundo

Acompaña a dicha solicitud proyecto de la instalación.

Tercero

Por parte de esta Dirección Gene ral se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el artículo 9 del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Cuarto

En la tramitación de este expediente se han observado las for­malidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene deter­minada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, " Boletín Oficial del Estado" de 19 de octubre; el Decreto 258/1995; de 5 de octubre, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de octubre, y el Decreto 95/1997, de 31 de julio, BOLETÍN OFiCIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto, todo ello en relación con el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, y la disposición transitoria primera de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, de 27 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" de 28 de noviembre).

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente, se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en el citado Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre Autorización de Instalaciones Eléctricas.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y per-tinente aplicación. . .

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas en uso de las atribuciones legalmente establecidas

ACUERDA

Autorizar a "Iberdrola, Sociedad Anónima", la instalación de dos líneas subterráneas y dos centros de transformación cuyas características son las siguientes:

Línea subterránea a 20 kV 26EL-2.683-1 de 918 metros de lon­gitud con origen en apoyo número 6 de línea aérea existente pro­piedad de "Iberdrola, Sociedad Anónima", situado este apoyo en la calle Madrid. Desde este punto con un tramo también sub­terráneo de 650 metros de longitud se alimentará el centro de transformación 26E-5.707-2, desde el que se hará una salida en tramo subterráneo de 268 metros de . longitud para finalizar en apoyo número 3 de línea aérea propiedad de "Iberdrola, Sociedad Anónima", situado en la calle Camino del Pardillo.

Línea subterránea a 20 kV 26EL-2.683-2 de 259 metros de lon­gitud con origen en apoyo número 3 de línea aérea propiedad de "Iberdrolíl, Sociedad Anónima", situado en la calle Camino del Pardillo, para con un tramo de 182 metros de longitud alimentar el centro de transformacióri 26EL-5.707-1 , saljendo del mismo con un segundo tramo subterráneo de 77 metros y final izar en el apoyo número 2 de línea aérea propiedad de "Iberdrola, Sociedad Anó­nima", situado en la calle Campana. La totalidad de estas cons­trucciones se llevarán a efecto en la Unidad de Actuación número 2, en el término municipal de Colmenarejo (Madrid).

Líneas subterráneas a 20 kV con los orígenes, longitud y final citados a construir con conductor DHZ1, 12/20 kV de 150 mm2

en Al, y dos centros de transformación, tipo modular prefabricado de hormigón en montaje superficial de 400 kV A, 20.000/380-220 V, dicha instalación no podrá entrar en servicio mientras no cuente la peticionaria con la aprobación de su proyecto de ejecución previo cumplimiento de los trámites que se indican en el capítulo IV del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre.

Contra esta Resolución cabe interponer recurso ordinario en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Empleo de la Comunidad de

Pág. 38 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. Núm. 32

Madrid, conforme determina al artículo 114 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro­cedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" de 27 de noviembre).

Madrid, a 13 de agosto de 1998.-El Director General, P. A. (Orden 3794/1998), el Director General de Agricultura yAlimen­tación, Adolfo Cazorla Montero.

(02/19.895/98)

Consejería de Economía y Empleo

INSTITUTO MADRILEÑO DE DESARROLLO (IMADE)

Notificación de 24 de febrero de 1998, del Instituto Madrileño de Desarrollo.

Por medio de la presente se pone en conocimiento de las per­sonas que a continuación se reseñan, que el Instituto Madrileño de DesarroIlo ha dictado resolución en los expedientes de refe­rencia, para dejar sin efecto en su totalidad la subvención concedida dentro del Programa de Ayudas de la Comunidad de Madrid para la Financiación de Proyectos de Investigación e Innovación Tecc

no lógica, así como la incautaci6n de la garantía prestada y la ini­ciación de los procedimientos pertinentes para el reintegro efectivo de las cantidades abonadas a la beneficiaria más los intereses deven­gados al tipo básico del "Banco de España" en el tiempo trans­currido entre la fecha de su percepción y la de la presente resolución.

Requerido. - Ultimo domicilio conocido. - Expediente. ~ Objeto del requerimiento

Indogil, Sociedad Anónima. - Calle Duero, número 27, de Villa­viciosa de Odón (Madrid). - 79/90. - Dejar sin efecto subvención, incautación de garantía y reintegro cantidades percibidas.

Best Digital, Sociedad Anónima. - Calle Orense, número 22, semisótano, de Madrid. - 114/90. - Dejar sin efecto subvención, incautación de garantía y reintegro cantidades percibidas.

Lo que se notifica a los interesados a los efectos previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, comunicándoles que dichas resoluciones se encuentran en las dependencias de este Instituto- Madrileño de Desarrollo, Servicio de Asesoría Jurídica, calle Gran Vía, núme­ro 42, octava planta, de Madrid.

Madrid, a 24 de febrero de 1998.-EI Secretario General, Ale­jandro HalffterGallego.

. (02/28.183/98)

Consejería de Obras PIJblicas, Urbanismo y Transportes

Resolución de 15 de enero de 1999, de la Secretaría General Téc­nica de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Trans­portes, relativa a legalización almacén de productos. agroquí­micos en el paraje "Huelga de Santo Domingo", en el término municipal de San Sebastián de los Reyes, promovido por "Cyna­mid Ibérica, Sociedad Anqnima", con domicilio en la carretera de Burgos, kilómetro 23 (desvío de Algete), 28700 San Sebastián de los Reyes.

El excelentísimo señor Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, en fecha 30 de marzo de 1998, resolvió:

«Someter el expediente relativo a solicitud en base a utilidad pública o interés social, instada por don Luis González del Campo en representación de "Cynamid Ibérica, Sociedad Anónima", para legalizar una nave industrial destinada a almacén de próductos agroquímicos, de 592,48 metros cuadrados de superficie y 6 metros de altura, situada en el punto kilométrico 23 de la . carretera de Burgos (desvío AIgete, punto kilométrico 1), a los trámites de información pública y audiencia al Ayuntamiento y a la mercantil interesada, por plazo común de quince días.»

• J

De conformidad con lo establecido en la Normativa vigente, se podrá examinar el referido expediente durante el plazo de quince días hábiles en los locales de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, sitos en la calle Maudes, 17, de Madrid, en horas hábiles, desde el día siguiente en que el presente anuncio se haga . público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, Y hasta el día en que termine el plazo de Información pública.

Durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren afectadas podrán formular alegaciones, mediante escri­

. to dirigido al excelentísimo señor Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes.

Madrid, a 15 de enero de 1998.-EI Secretario General Técnico, P. D (Resolución de 17 de marzo de 1997), la Jefa del Servicio de Actuación Administrativa y Desarrol.lo Normativo, Isabel Baro­na ViIlalba.

(02/1.101/99)

Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes

Resolución de 18 de enero de 1999, de la Secretaría General Téc­nica, relativa al sometimiento a información pública del Proyecto de Delimitación y Expropiación de terrenos para la ejecución de acceso a la Autovía A-1 de la Unidad . Zona 19, OP~3 "Moscatelares" del P.G.O.u. de San Sebastíán de los Reyes, promovido por la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes a instancia de "Desarrollos ' Ikea, Sociedad Anónima".

El ilustrísimo señor Director General de Suelo, con fecha 15 de diciembre de 1998, dictó Resolución del siguiente tenor literal :

«Examinado el expediente relativo al Proyecto de Delimitación y Expropiación de terrenos para la ejecución de accesos a la Auto­vía A-l de la Unidad Zona 19, OP-3 "Moscatelares" del P.G.O.U. de San Sebastián de los Reyes, resultan los antecedentes que a continuación se relacionan:

Primero

Con fecha 10 de noviembre de 1998 y número de regis­tro 06/346699.1/98, ha tenido entrada en esta Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, escrito preseniado por la enti­dad "Desarrollos Ikea, Sociedad Anónima", en el que se solicita el inicio de la tramitación administrativa necesaria para la apro­bación del Proyecto de Delimitación y Expropiación de terrenos para la ejecución de accesos a la Autovía A-l de la Unidad Zona 19, OP-3 "Moscatelares" del P.G.O.U. de San Sebastián de los Reyes (Madrid).

Segundo

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, con fecha 28 de julio de 1994 aCordó la aprobación definitiva de la Modificación Puntual 10/1993 del Plan General de Ordenación Urbana de San Sebastián de los Reyes, que fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 26 de septiembre .de 1994. Dicha modificación puntual establece expresamente como sistema de actuación el de expropiación, en su modalidad de tasación conjunta, y atribuye la iniciativa del pla­neamiento a la Administración local y autonómica, y prevé la con­vocatoria de concurso para la formulación y ejecución del Programa de Actuación Urbanística correspondiente, para cuyo desarrollo el adjudicatario sería investido de la condición de beneficiario.

Tercero

Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 21 de julio de 1994 adoptado en uso de las competencias atribuidas por los artículo 37.1.b) y 26.3 del Estatuto de Autonomía, se declaró de interés social la actuación a desarrollaren la unidad de ejecución del Sector OP-3 del P.G.O.U. de San Sebastián de los Reyes, "Moscatelares"; se autorizó la constitución del Con­sorcio Urbánístico OP~3 "Moscatelares", así como la participación

B.O.C.M. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 39

de la C:;::omunidad de Madrid en el mismo, aprobándose los Esta­tutos que regían dicho Consorcio.

Cuarto

El Pleno del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes en sesión de 6 de julio de 1994, resolvió aprobar la constitución del Consorcio Urbanístico OP-3 "Moscatelares" con la participación de la Comunidad de Madrid, así como los Estatutos reguladores del referido Consorcio.

El 27 de septiembre de 1994, ante el Notario de San Sebastián de los Reyes, se constituyó el referido Consorcio.

El Consorcio Urbanístico OP-3 "Moscatelares", convocó con­curso para la formulación y ejecución del P.AU. de la Unidad de Actuación en cuestión en .virtud de acuerdo adoptado por su Consejo de Administración de 30 de septiembre de 1994, publi­cándose en el BOI-ETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor circulación. La competencia del Consorcio tanto para la convocatoria como para resolución del concurso convocado para la formulación y ejecución del planea­miento de desarrollo deviene de lo preceptuado en los artículos 57 y 58 de la Ley de Bases de Régimen Local, de los artículos 12 a 14 del Reglamento de Gestión Urbanística y del artículo 78 'de la Ley de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo de la Comunidad de Madrid.

Quinto

En las Bases del concurso, entre otras, y como cargas urbanísticas del adjudicatario, se establecieron además de las previstas en el P.G.O.U. de San Sebastián de los Reyes, los gastos ocasionados por la rcmodelación de Jos accesos necesarios para la nueva implan­tación y la conexión de las infraestructuras de servicios, siendo todas ellas a cargo del adjudicatario.

Sexto

Con fecha 4 de agosto de 1995, el Consejo de Administración del Consorcio acordó adjudicar el concurso a "Desarrol.los Ikea, Sociedad Anónima", adjudicación publicada en el BOLETÍN OFI­CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 11 de agosto de 1995, elevándose a definitiva el25 de agosto de 1995.

Séptimo

"Desarrollbslkea, Sociedad Anónima", presentó ante el Ayun­tamiento de San Sebastián de los Reyes el P.AU. y el Plan Parcial único de la unidad que desarrolla el viario estructurante y las conexiones viarias indispensables con el exterior del ámbito. El Programa de Actuación Urbanística fue aprobado provisionalmen­te por el Pleno del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes de fecha 28 de febrero de 1996 y por la Comisión de Urbanismo de Madrid el 5 de marzo de 1996 con carácter definitivo. El Acuer­do de la Comisión de Urbanismo fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DELA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de marzo de 1996.

El Plan Parcial fue aprobado por el Pleno municipal el 21 de marzo de 1996, provisional y definitivamente, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 29 de abril de 1996.

El Proyecto de Urbanización fue aprobado definitivamente por Acuerdo del Pleno municipal de 29 de abril de 1997, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de junio de 1997 habiendo sido objeto de Modificación, también aprobada definitivamente por Acuerdo del Pleno consistorial de 19 de octubre de 1997, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNJDAD DE MADRID de 7 de noviembre de 1997.

El Proyecto de Urbanización prevé la ejecución de la ampliación y desdoblamiento del actual nudo de la Autovía A-l sobre el camino del Monte para su enlace con la Unidad de Actuación OP-3, impli­cando asimismo la construcción de un nuevo carril de aceleración e incorporación a aquélla, con la consiguiente necesidad de ocupar los terrenos que han de soportar estos enlaces.

Octavo

Los terrenos objeto de la presente delimitación y expropiación se ubican en la linde oriental de la Variante de la Autovía A-l a su paso por San Sebastián de los Reyes, desde el lindero Sur de la parcela catastral número 134 del polígono 10, hasta el lindero Norte de la parcela número 148 del polígono 24 de dicho municipio, componiendo dos polígonos discontinuos separados por la actual interconexión de la Autovía con la avenida del Cerro del Aguila y el camino del Monte de dicha localidad.

Los terrenos afectados están clasificados en el P.G.O.u. de San Sebastián de los Reyes como "suelo no urbanizable sujeto a especial protección", encuadrados en la categoría de "suelo no urbanizable" según el artículo 9 de la Ley 6/1998, de 13 de abril de Régimen de Suelo y Valoraciones.

Noveno

El Proyecto de Delimitación y Expropiación para la ejecución de accesos a la Autovía A-l de la Unidad de Gestión, Zona 19, OP-3 "Moscatelares" del P.G.O.U. de San Sebastián de los Reyes, ha sido redactado por "Desarrollos Ikea, Sociedad Anónima", como entidad adjudicataria del concurso para la formulación y ejecución del planeamiento de desarrollo de la referida Unidad de Actuación, conforme a la legitimación que ostenta en virtud de lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, en 'el artículo 84.1 de la Ley 9/1995, de 28 de marzo de Medidas de Política Territorial; Suelo y Urbanismo de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 2.2 y 2.3 de la Ley de Expropiación Forzosa y 4 y 5 de su Reglamento y con las Bases del Concurso.

El citado Proyecto de Delimitación y Expropiación contiene la siguiente documentaci6n:

1. Antecedentes urbanísticos, sistema de actuación, competen-cia y legitimación.

2. Necesidad de la expropiación. 3. Determinación del ámbito objeto de expropiación

- delimitación - características y clasificación urbanística de los terrenos - titularidades.

4. Fijación de precios. Criterios de valoración. 5. Anexos

información registral planos .

- certificaciones de valores catastrales - valoración pericial. - relación de titulares e interesados - hojas de aprecio.

Del contenido del Proyecto presentado se deducen las siguientes

CONSIDERACIONES

Primera

La aprobación del P.AU. del Sector por la Comisión de Urba­nismo de Madrid, en sesión de 5 de marzo de 1996, implica de conformidad con el artículo 183 del Real Decreto Legislati­vo 1/1992, de 26 de junio por el que se 3prueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y . Ordenación Urbana y con el artículo 33 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen de Suelo y Valoraciones, la declaración de utilidad pública y la necesidad de la ocupación a efectos de expropiación forzosa de los terrenos necesarios para el enlace de la zona de actuación con los correspondientes elementos de los sistemas generales. Asi­mismo, el Proyecto de Expropiación encuentra su legitimación en la declaración expresa del interés social de esta actuación, efec­tuada por Resolución de la Consejería de Política Territorial de 21 de julio de 1994 de conformidad con el artículo 99.1a y 2 de la Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo de la Comunidad de Madrid. .

1,

Pág. 40 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. Núm. )2

Segunda

La Modificáción Puntual lOA del P.G.O.U. de San Sebastián de los Reyes detennina como sistema de actuación el de expropiación y como procedimiento para la determinación del justiprecio el .de tasación conjunta, conforme a los artículos 138 de la Ley sobre Régimen de Suelo y Ordenación Urbana, Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, y artículo 36 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen de Suelo y Valoraciones.

Tercera

El Proy\';cto de Delimitación y Expropiación de 'terrenos para la ejecución de accesos a la Autovía A-l de la Unidad Zona 19, OP-3 "Moscatelares" del P.G.O.U. de San Sebastián de los Reyes contiene la documentación y determinaciones exigidas por los ar­tÍCulos 135 y 138 de la Ley sobre Régimen de Suelo y Ordenación Urbana, Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, y por los artícu- . los 199 Y 202 del Reglamento de Gestión Urbanística, Real Decre­to 3288/1978, de 25 de agosto.

Cuarta " Para la determinación de la valoración correspondiente a los

bienes y derechos afectados, es de aplicación lo dispuesto en el Título III de la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen de Suelo y Valoraciones, así como lo dispuesto en la Ley de Expro­piación Forzosa y su Reglamento.

Quinta

En la ejecución de este Proyecto de Delimitación y Expropiación de terrenos para la ejecución de accesos a la Autovía A-l de la Unidad Zona 19, OP-3 "Moscatelares" del P.G.O.U. de San Sebas­tián de los Reyes la potestad expropiatoria corresponde al Ayun­tamiento de San Sebastián de los Reyes, de acuerdo . con lo pre­ceptuado en la Ley de Bases de Régimen Local, artículos 4.1.d) y 25.2.d), si bien el pleno municipal en sesión de ·15 de febrero de 1996 adoptó Acuerdo por el que encomienda a la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, el ejercicio de la potestad expropiatoria en el ámbito del P.A.U. y del Plan Parcial de la Zona 19, OP-3.

Dicha encomienda fue aceptada por la Consejería en Resolución del excelentísimo señor Consejero de fecha 17 de mayo de 1996. Por ello tendrá la condición de organismo expropiante la Con­sejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, y la de bene­ficiario "Desarrollos Ikea, Sociedad Anónima".

A la vista de las actuaciones practicadas, en virtud de las com­petencias atribuidas por el artículo 10 del Decreto 270/1995, de 19 de octubre, esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero

Seguir el procedimiento de tasación conjunta para la determi­nación del justiprecio conforme a lo establecido en el artículo 138 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen de Suelo y Orde­nación Urbana, Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, en el ar­tÍCulo 36 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, y en el artÍCulo 202 del Reglamento de Gestión Urbanística, Real Decreto 3288/1978, de, 25 de agosto, con un presupuesto estimado de 30.088,730 pesetas.

Segundo

Proceder, en consecuencia a cumplir los trámites previstos en los artículos determinados en el apartado anterior, sometiendo a información pública por plazo de un mes el Proyecto de Deli­mitación y Expropiación de terrenos para la ejecución de accesos a la Autovía A-1 de la Unidad Zona 19, OP-3 "Moscatelares" del P.G.O.U. de San Sebastián de los Reyes (Madrid), con noti­ficación personal a los titulares de bienes y derechos ,afectados, a los que se remitirán las hojas individualizadas de valoración y criterios utilizados, y dar audiencia simultánea, por igual período, al Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, en cuyo término municipal radican los bienes y derechos afectados por la expro­piación.

Asimismo, se señala que la Resolución que en su día se adopte . sobre la aprobación del Proyécto de · Expropiación, implicará la designación de esta Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes como organismo expropiante, y como beneficiario de la misma a "Desarrollos Ikea, Sociedad Anónima". La presente actuación, por el procedimiento de tasación conjunta, llevará implí­cita la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados, de conformidad con el artículo 138.4 del Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril aprobatorio del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen de Suelo y Ordenacióo Urbana, y con el artículo 203 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística, todo ello en relación con el artículo 52 de la Ley de Expropiación For­zosa, a cuyos efectos se cumplimentará el trámite previsto en el artícul059.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones ' Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992.»

Lo que de Orden del ilustrísimo señor Secretario General Téc­nico se' comunica a los efectos oportunos, significándole que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro­cedimiento Administrativo Común, podrá usted en la legal repre­sentación que ostente, tomar vista y audiencia en el expediente instruido, el cual obrará a su disposición en el Negociado de Infor­mación Urbanística de esta Consejería , sita en la calle Maudes, 17, de Madrid, en horas hábiles, y en el plazo de un mes, lapso de tiempo en el que por igual, podrá alegar cuanto mejor convenga a su derecho mediante escrito dirigido al excelentísimo señor Con­sejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes.

Madrid, a 18 de enero de 1999.-EI Secretario General Técnico, P.D. (Resolución de 17 de marzo de 1997), la Jefa del Servicio de Actuación Administrativá y Desarrollo Normativo, Isabel Baro­na Villalba.

ANEXO QUE SE CITA

Finca Parcela núm. . catastro

9 24-147

8 24-145/248 .

7 24-118

10 24-148

5 24-114

1 10-134

9 24-147

6 24-115/117b 3

4 24-116b

2 10-057

3 10-055

Finca registral

126-N

2.979

292

2l.244

529-N

126-N

Titulares

Hnos.Alonso Gómez, Cán­dido, Encarnación y Nar­ciso

Baena Aguado, José Luis, y Frutos Aguado, Angela

Hnos. Colmenar Olivares, Angela, Antonia y Ber­nabea

De la Piedad Gallardo, Amelia, y De la Piedad Sanz, Luis

Hnos. Olivares Padín , Gabriel y Francisca

Hnos. López Gibaja, Anto­nio, Bernardo, Julián y Luis

Hnos. Montero Alonso, Manuela, Milagros y Rosario

400 Hnos. Muñoz Alonso, M." Antonia, Carmen y Tere­sa

648 O 1 iv a r e s del a M o t a , Manuel

28.429 y 332 Hnos. Olivares Navacerra­da, Delfina y Juan

3.407 Tres Fuentes, Sociedad . Limitada

(01/1.234/99)

B.O.C.M. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 41

Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes

Resolución de 26 de enero de 1999, de la Secretaría General Téc­nica de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Trans­portes, por la que se procede a la corrección de errores del anuncio de licitación de la obra de "Variante de la carrete­ra M-5 11 (actual M-513) en Boadi.lla del Monte".

Advertido error en la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 16, de 20 de enero de 1999, página 40, y en el "Boletín Oficial del Estado" número 17, de 20 de enero, de la licitación de la' obra de "Variante de la carre­tera M-511 (actual M-513) en Boadilla del Monte':, expedien­te 06-CO-124.2/98, se procede a .Ia publicación de la siguiente corrección:

Donde dic.e: "4. Anualidades: 1999: 152.794.814 'pesetas." Debe decir: "4. Anualidades: 1999: 30.000.000 de pesetas. 2000: 122.794.814 pesetas." Permaneciendo ínvariableel resto del anuncio. Lo que se hace público para general conocimiento. Madrid, a 26 de enero de 1999.-EI Secretario General Técnico,

P.D.F. (Resolución de 17 de marzo de 1997), la Jefa del Servicio de Actuación Administrativa y Desarrollo Normativo, Isabel Baro­na ViIlalba.

(01/1.259/99)

Consejería de Sanidad y Servicios Soci~les

Notificación de 27 de enero de 1999, de Pliegos de Cargos dictados en expedientes sancionadores en materia higiénico-sanitaria .

. Por no haber sido posible practicar en el domicilio de sus des­tinatarios las notificaciones de Pliegos de Cargos, en los expe­dientes sancionadores que a continuación se relacionan, incoados por incumplimiento de la normativa de carácter técnico-sanitaria, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU- . NIDAD- DE MADRID, Y exposición en el tablón de Edictos de los Ayuntamientos correspondientes, a los efectos previstos e'n el ar­tÍCulo 59.4 de la Ley 30 de 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El contenido íntegro de los Pliegos de Cargos que se notifican podrá ser examinado en la Sección' de Expedientes Sancionadores, calle O 'Donnell, 50, 2.a planta, de lunes ' a viernes, de nueve a catorce horas. ' .

De conformidad con el artÍCulo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de' noviembre, se procede a la publicación conjunta de los referidos Pliegos de Cargos, por contener elementos comunes, especificán- . dose los áspectos individuales de cada uno de ellos. .

Expediente número 26/97/SGT: "Jaén Marcos, Sociedad Limi­tada" (Almacén de productos cárnicos), calle San Juan de la Cruz, 26, 28906 Getafe (Madrid). .

Expediente número 25/98/SGT: "Peña Rodríguez, Sociedad Limitada" (Comedor colectivo), carreteta de Valencia, kilóme­tro 22,800, 28500 Arganda del Rey (Madrid).

Expediente número 53/98/SGT: "Despiave, Sociedad Anónima" (Despiece de aves), plaza de San Juan, 2, 28224 Pozuelo de Alarcón (Madrid).

. Disponiendo los interesados de un plazo de siete días desde el siguiente a la publicación de. la presente notificación para for­mular cuantas alegaciones estimen pertinentes para la defensa de sus intereses.

Mádrid, 27 de enero de 1999.-La Jefa del Servicio de Desarrollo y Coordinación Legislativa, Adoración Mingo Bravo. .

(01/1.224/99)

Consejería de Educación y Cultura Resolución de 4 tle febrero de 1999, de la Secretaría General

Técnica de la Consejería de E,d ucación y Cultura, por la que se hace pública la convocatoria de concurso por el procedimiento abierto, para la ejecución del suministro de mobiliario para el equipamiento de la Bibliotcca del Centro Cultural Palomeras Bajas, calle Felipe Diego, número 11 , de Madrid .

1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Consejería de Educación y Cultura dela Comu­

nidad de Madrid. b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Con-

tratación. . . c) Número de expediente: C-813/l-99. 2. Objeto del contrato: a) Descripción: Mobiliario para el equipamiento de la Biblio­

teca del Centro Cultural Palomeras Bajas, calle Felipe Die­go, número 11, de Madrid .

b) Número,de unidades a entregar: Las que se especifican en el Pliego de Condiciones.

c) División por lotes y número: No se admiten. d) Luga~ de entrega: C~lIe Felipe Diego, número 1.1, de

Madfld. . , e) Plazo de entrega: Un mes. . 3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación: . a) Tramitación: Urgente. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso. 4. Presupuesto base de licitación: Importe'total : 8.700.000 pesetas. 5. Garantías: ' Provisionai: 174.000 pesetas. 6. Obtención de documentación e información: Servicio de Contratación, calle Alcalá número 32, sexta planta

(28014 Madrid) . . Teléfono: 915803996. Fax: 915803 998. 7. Reql,lisitos específicos del contratista: Los requeridos en el Pliego de Condiciones. 8. . Presentación de ofertas: a) Fecha límite de presentaCión: El día 22 de febrero de 1999. b) Documentación a presentar: Los licitadores presentarán sus

proposiciones en tres sobres cerrados, que se titularán: Sobre "A" proposición, Sobre "B" capacidad para contratar y Sobre"C" documentación técnica, indicando además, en cada uno de ellos, e.1 título del suministro objeto de la licitación. . La proposición se redactará con- arreglo al modelo del Anexo JI del pliego de cláusulas administrativas particulares y la documentación a presentar en cada sobre será la esta­blecida en la cláusula 7." de dicho pliego.

c) Lugar de presentación: Registro de la Consejería de Edu­cación y Cultura, calJe Alcalá números 30-32, planta baja (28014 Madrid), de nueve a catorce horas.

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Tres meses.

e) En el presente contrato no se admiten variantes o alter- . n~tivas ofertadas por los licitadores.

9. Apertura de ofertas: En la Sede de la Consejería, calle Alcalá número 32, segunda

planta, a las trece horas del día 25 de febrero de 1999.· 10. Gastos de anuncios: Por cueilta del adjudicatario. Lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 79

de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. . Madrid, a 4 de febrero de 1999.-EI Secretario General Téc­

nico, P.D. (Resolución de 6 de marzo de 1998, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de marzo de 1998), ' el Jefe del Servicio de Contratación, Matías Morante de la Calle.

(01/1.253/99)

Pág. 42 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 RO.C.M. Núm. 32

11. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

Dirección Provincial de Baleares . Habiendo recaído resolución en el expediente administrativo

que abajo se relaciona, el cual tuvo su origen en acta levantada o por la Inspección Provincial de Trabajo y Asuntos Sociales.

Expediente. - Empresa. - Domicilio. - Importe S/93002423. - Servicios y Viviendas Juveniles, Sociedad Anó­

nima. - General Pardiñ~s, 48, 28001 Madrid. - 100.000 pesetas. De conformidad con lo previsto en la Ley de Procedimiento

Administrativo, se procede a notificar a, la empresa responsable relacionada, con el último domicilio conocido en esta localidad, las res<Jluciones de recurso ordinario pe las actas que le han sido levantadas por la Inspección de Trabajo y Seguridad SociaL El expediente de referencia estará de manifiesto en la Sección de Sanciones y Recursos de esta Dirección Provincial. El importe de las sanciones y liquidaciones puede hacerse efectivo por los medios legalmente establecidos. Al mismo tiempo, se advierte que la resolución de recurso ordinario agota la vía administrativa; no obstante, si desea impugnarla puede interponer, en el término de dos meses, recurso contencioso ante la Sala de lo conten­cioso-administrativo el Tribunal Superior de Justicia de la Comu­nidad Autónoma de Islas Baleares,

Palma de Mallorca, a 12 de marzo de 1998 .~Eldirector pro-vincial, Juan José Campos Ferrera. o o o

MINISTERIO DE FOMENTO

. Subsecretaría

(02/9.111/98) o

Expediente de expropiación forzosa del Ente Público Gestor de Infraestructuras Ferroviarias (GIF), "Línea de alta velocidad Madrid-Barcelona-Frontera francesa", expediente 9-GIF/98; en los términos municipales de Mejorada del Campo, San Fernando de Henares, Loeches y Torres de la Alameda.

Finalizado el plazo de información pública abierto a efectos de subsanar posibles errores que hubieran podido producirse en la relación de bienes, derechos y propietarios afectados por el expediente de referencia, este Ministerio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, ha

o resuelto fijar para los días que a continuación se relacionan el levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes y derechos de necesaria utilización para las óbras, situados en los términos municipales citados y pertenecientes .a Jo.s siguientes titulares:

TERMINO MUNICIPAL DE TORRES DE LA ALAMEDA

Tramo Madrid:Zaragoza. Subtramo III

Día 23 de !?brero de 1999

SUPERFICIE SUPERFICIE SUPERFICIE POLIGONO

HORA N° FINCA PROPIETARIO EXPROPIADA SERVtDUMBRE O.TEMPORAl m' mI .". PARCELA

PREDIOS RUSneOS y URBANOS, S.A. 2 9:30 28_74O~1 CI DONOSO CORTES 83 34.840 O O

28015 MADRID 8S-

VEGA LOPEZ-80LDADO, M'" JUANA 2 9:30 28.740-002 el CRUZ VERDE 3 547 O O

28813 TORRES DE LA ALAMEDA 31

AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA 18:00 28.740-003 . PZA. DEL SOt. o 16 940 o o 2

28813 TORRES DE LA ALAMEDA 9005

GORDO MARTINEZ-CAVA, MILAGROS 2 9:45 28.74O~ e/REAL 30 26.711 o o

28813 TORRES DE LA ALAMEDA 139

MUÑOZCOLMENARES,~LAR 4 10.00 o 28.740-005 C/CALVARIO 12 31.868 o o

28813 TORRES DE LA ALAMEDA 64

28.740-006 GETA POLO, JOSE

" 10:00 PZA. DEL SOL 14 0285 o O 28813 TORRES DE LA ALAMEDA 3130

GETA POLO. JaSE 10:30 28.740-007 PZA. DEL SOL 14 347 O o ..

28813 TORRES DE LA ALAMEDA 3106

ALVAREZ DEL AMO, Me SOL 4 10:30 28.840-008 po DE LOS POZOS; S/N 3.413 O O

28813 TORRES DE LA ALAMEDA 3108

11:00 28.740-009 GISMERO DEL AMO, OBOULIA 936 O O 4 28840 MEJORADA DEL CAMPO 3109

B.O.C.M. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 43

SUPERFICIE SUPERFICIE SUPERFICIE POLIGONO

HORA N° FINCA PROPIETARIO . EXPROPIADA SERVIDUMBRE O.TEMPORAl m' m' m' PARCELA

GOMEZ MARTINEZ CAVA, FRANCISCO 4 11.00 28.740-010 CIMAYOR 7 485 O O

3110 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

RUIZ DEL AMO, ANTONIO .. 11.15 28.740-011 C/MORAL 14 878 O O

3111 .. 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

MORATlLLA PEÑA, PILAR Y MARTINA EL ISA 4 11.15 28.740-012 CI CRUZ VERDE 9 5.702 O O

3107 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

OETA POLO, JOSE 4 11:30 28.740-013 PZA. DEL SOL 14 25.783 O O

28813 TORRES DE LA ALAMEDA , 65

COLMENARES PLAZA, MAURICIO 4

11:30 28.740-014 PZA DEL SOL 20 . 1.190 O O 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

3017 , OPEZ-SOLDADO ALONSO-MAJAGRANZAS,fSABEL

12.00 28.740-015 el DON RAMON DE LA CRUZ 69 1.812 O O 4

28001 MADRID 3018

PLAZA OISMERO, JAVIER .... 12:00 28.740-016 PZAJUEOO PELOTA 13 1.172 O o 4

28813 TORRES DE LA ALAMEDA 3018 . AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA

4 18:00 28.740-017 PZA. DEL SOL 16 838 O O .

28813 TORRES DE LA ALAMEDA 9001

LOPEZ-SOlDADO ALONSO-MAJAORANZAS

12.15 . 28.740-018 ISABEL 6.188 o o " C/ DON RAMON DE LA CRUZ 6' 3016

28001 MADRID

MASETE CARRASCO, ADRIAN .4 12:16 28.74O-G19 CI VIRGEN DEL VAL 24-4" 1.471 \ o O

• 28027 MADRID . 3000

CARRASCO MARTINEZ, ANTONIO .4 12.30 28.740-020 CI ANTONIO CALVO 11 840 O O

280'.7 MADRID 3000

MASETE CARRASCO,CARMEN 4 12.30 28.740-021 CI ANTONIO CALVO 11 3.461 o O

28027 MADRID 3015

GETA ROMERO, JOSE 4 13.00 28.740-G22 PZA DEL SOL 14 4.020 o O

28813TORRES DE LA ALAMEDA 3013

LOPEZ-SOLDADO ALONSO-MAJAGRANZAS

13.00 28.740-023 ISABÉL .

3.735 o O 4 CI DON RAMON oe LA CRUZ 69 3011

28001 MADRID

PUEBLA MARTINEZ, ANGELA ;

· 13:15 28.740-024 CI MIRALRIO 23 100 o o 4

28813 TORRES DE LA ALAMEDA 3003

ALMODOVAR SALCEDON, FERNANDO , 13.15 28.740-025 AVD. MARQUES DE CORBERA 37 160 o o 4

28017 MADRID 3004

ROPERO PEREZ, CARMEN .. 13.30 28~740-O26 C/ESCUELAS 13 49 o o 28813 TORRES DE LA ALAMEDA 3005

PEÑA MORA TILLA, JaSE ANTONIO .. 13.30 28.740-027 CI CRUZ VERDE 9 1.091 o O 28813 TORRES DE LA ALAMEDA 3006

GOMEZ CARRASCO, EUSEBIO 4 13:30 28.740-028 CI CALVARIO SIN 5.786 o o

28813 TORRES DE LA ALAMEDA 74

Pág. 44 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. Núm. 32 ;

SUPERFICIE SUPERFICIE .SUPERFICIE POLIGONO

HORA N" FINCA PROPIETARIO EXPROPIADA SERVIDUMBRE á.TEMPORAL m' m' m' PARCELA

16.30 28.740-029 COLMENARES CASCUEÑA, CLAUDIA 401 O O 4 28813. TORRES DE LA ALAMEDA 3007

CONSEJO DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE 4

16:30 ,28.740-030 CI RONDA DE ATOCHA 17 329 O lo O

9002 28012 MADRID

TELLEZ DEL AMO, RAFAEL 2 16:45 28.740-031 C/ALCALA 3.991 O · O 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

. . 18

CONSEJERIA DE AGRICULTURA y ALlMENTACION 2 16.46 28.740-032 CI RONDA DE ATOCHA 17 · 359 O O

9006 28012 MADRID

RAMOS ROLDAN, JOSt=, . 5 17:OQ 28.740-033 el RONDA DE LOS HUEROS 5 2.824 O o

76 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

MUÑOZ DEL AMO, FILIBERTO 5 17:00 28.740-034 C/REAL 3 2.983 o o 3044 . 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

PLAZA GISMERO,HNOS. 5 17.15 28.740-036 PZADELSOL 22 101 o . 0

288.13 TORRES; DE LA ALAMEDA 3046

POLO GISMERO, LUCIA 5 17:15 28.740-036 CI ALBENIZ 6 1.876 o o 3045 28820 COSLADA MADRID

COLMENARES GISMERO, ROSARIO 5 17:30 28.740-037 PZA DEL SOL 21 1.500 o o

28813 TORRE$ DE LA ALAMEDA . 3047

RAMOS ROLDAN, ANDRES 5 17:30 28.740'()38 CI RONDA DE LOS HUE 5 6.740 532 o

28813 TORRES DE LA ALAMEDA n

BALSALOBRE GETA, CANDIDA 5 17:45 28.740'()39 CI FERRER DEL RIO 20 3.668 o o

28028 MADRID 83

BALSALOBRE GETA, CANDIDA 5 17:45 28.740-040 CI FERRER DEL RIO 20 4.167 168 o

28028 MADRID 3038

LOPEZ"-50LDADO GETA, M" ROSA 5 18:00 28.740-041 e/MAYOR 10 2.947 o O

f!8813 TORRES DE LA ALAMEDA 3039

CASANOVA PALOMINO, ADOLFO 5 18:00 28.740-042 CfCRISTO 1 1.422 'o o

28813 TORRES DE LA ALAMEDA 3040 .

CASANOVA PALOMINO, ADOLFO 5 18:30 28.740-043 CI CRISTO 1 1.692 o O

28813 TORRES DE LA ALAMEDA 3041

SANCHEZ GISMERO,M" CARMEN 5 18:30 28.740-044 C.I ROCAFORT 8 426 208 o

28021 MADRID 3042

AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA 18:00 28.740-045 PZA. DEL SOL 16 . 272 48 O 5

28813 TORRES DE LA ALAMEDA 9002

B.O.C.M. Núm. 32

HORA N-FINCA

9:30 28.740-046

9:30 28.740~7

1.30 28.740448

9.30 28.74O~

10:00 28.740-050

10:00 28.740-051

10:15 28.740-052

10:15 28.740-053

10:30 28.740-054

10:30 28.740-055

11:00 28.740-056

11:00 28.740-057

11.15 28.740-058.

- . 11.15 28.740-059

11.30 28.740-060

11.30 28.740-061

12.00 28.740-062

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

TERMINO MUNICIPAL DE TORRES DE LA ALAMEDA

Tramo Madrid-Zaragoza; Sub tramo 111

Día 24 de febrero de 1999

SUPERFICIE PROPIETARIO EXPROPIADA

m'

PEf4A GOMEZ, ANDREA DE LA CI PUERTA DEL SOL 19 3.3n 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

PEM MORATll.LA, JUAN ANTONIO DE LA CI CRUZ VERDE 9 2.015 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

LOPEZ-80LDADO ALONSO-MAJAGRANZAS ISABEL 2.405 CI DON RAMON DE LA CRUZ 69 28001 MADRID

PEf4A CU~O, NEMESIO DE LA ClSANROQUE 4 802 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

PE~ CU~O, NEMESIO DE LA C/SAN ROQUE a 843 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

PEIQA CUÑO,AURELlA C/ REINA VICTORIA 29 1.165 28003 MADRID

PENA CUIíIO,LUCIA pe DE LOS MELANCOLICOS 39 9&& 28005 MADRID

PEÑA CUÑO,JULIAN DE LA C/ROQUE 5 161 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

PEfQA MORATILLA, JUAN ANTONIO DE LA C/ CRUZ VERDE 9 435 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

ROPERO DE LA PEÑA, JOAQUIN CI NUÑEZ DE BAl.BOA 63 303

28001 MADRID

TARIN DE LA PEÑA, ANTONIA CI ANTONIO MAURA 49 297 14006 CORDOBA

PE~ DEL OLMO, DEMETRIO DE LA CI UNION ' 21 164 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

P~ DEL OLMO, DEMETRIO DE LA C/UN/ON 21 95 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

PLAZA GISMERO. JAVIER PZA JUEGO PELOTA 13 3.693 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL TAJO CI AGUSTIN DE BETAN 25 708 28003 MADRID .

PlAZA GIS MERO, JAVIER PZA JueGO PELOTA 14 3.480

28813 TORRES DE LA ALAMEDA

GORDO MARTlNEZ-CAVA,FRANCISCO e/CRISTO 2 2.095 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

SUPERFICIE SERVIDUMBRE

m'

56

O

O

O

O

O

O

o

o

o

o

O

o

o

o

o

o

Pág. 45

SUPERFICIE POUGONO O.TEMPORAL

m' PARCELA

5 O 3«M3

5 O 82

O 5 3022

5 O 3079

5 o 3080

5 o 3081

5 o 3082

5 o 3021

5 o 3019

5 o. 3018

5 o 3090

. . 5 o 3017

5 o 3016

5 o 1081

o 5 9003

5 o 81

5 o 3024

Pág. 46 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. Núm. ' 3~

•..

SUPERFICIE SUPERFICIE SUPERFICIE POLIGQNO HoRA N° FINCA PROPIETARIO eXPROPIADA SERVIDUMBRE O.TEMPORAL

m' m' m' PARCELA

PATRIMONIO DEL ESTADO 5 12:00 28.740-063 C/SERRANO 35 15 O O

80 28001 MADRID ·

LOPEZ-80LDADO ALONSO-MAJAGRANZAS, ISABEL 5

12:15 28.740-064 CI DON RAMON DE LA CRUZ 69 7.916 O O 3023

28001 MADRID ,

FERNANDEZ VEGA, LUIS FRANCISCO 6 12:15 28.740-065 C/O.BISPO' 3 - 2.679 352 . O

104 28510 CAMPO REAL

DEMAReACION DE CARRETERAS DE MADRID 5 12.30 28.140-466 el JOSEFAVALCAReEL 11 1.174 o o

9005 28027 MADRID

PEIIIAVILLALBA, SILVESTRE DE LA 6 12:30 28.740-467 el SAN ROQUE 8 1.555 o o

3000 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

FERNANDEZ VEGA, LUIS FRANCISCO 6 13.00 28.140.0&8 e/OBISPO 3 16.545 232 2.550

117 28510 CAMPO REAL

. COLMENARES DEL OLMO PEÑA,PILAR 6 13.00 28.740-069 . el El EJIDO.ESQ.CTR o 134 o o

28813 TORRES DE LA ALAMEDA 109 /

FERNANDEZ CORREAS, JaSE l.UIS 6 13.15 28.740-470 CI JaSE MIGUEL GURID 99 18.303 o o

28043 MADRID 107

PEÑA MORATILLA, JUAN ANTONIO DE LA 6 13.15 28.740-471 CI CRUZ VERDE 9 22.162 o o

28813 TORRES DE LA ALAMEDA 493

CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y MEDIO

13.30 28.740-072 AMBIENTE 426 o o 6

CI RONDA DE ATOCHA 17 9002 28012 MADRID '

FERNANDEZ VEGA, MANUEL 6 16:30 . 28.740-073 C/OBISPO 3 21.868 o o

28610 CAMPO REAL 114

GOMEZ GOMEZ, JAVIER 6 16:30 28.140-074 AVD.FANJUL 27 1.317 . o o

28044 MADRIO 115

URETA CEZON, MANUEL 6 16.30 28.740-075 CIGRANADA 4 2.077 O o

28802 ALCALA DE HENARES MADRID 116

eONSEJERIA DE AGRICULTURA y MEDIO

16:30 28.740-476 AMBIENTE 985 o o 6

el RONDA DE ATOCHA 17 . 9006 28012 MADRID ALVAREZ·ASTURIAS DE MORA NARVAEZ,

17:00 28.740-477 GONZALO 79.000 o 1

CJ VENTANA DE LA VEGA 8 o 3001

28014 MADRID

MORATILLA PEIIIA, PILAR Y 4 MAS 1 17.00 28.740-078 CI CRUZ VERDE 9 45.262 o o

28813 TORRES DE LA ALAMEDA 5

17:15 28.740-079 DESCONOCIDO 3.920 o o 5 3029

GUTIERREZ MAYO, AMPARO 7 17.15 28.740-080 PZADE LA SAL 6 . 26.500 ' o o

28012 MADRIO 3006

COMERCIAL DE MAQUINARIA SAEZ-8ILVEIRA S.A. 17:15 28.740-080-41 CI CAMINO VALDECABAfilAS SIN o O o 7

28500 ARGANDA DEL REY 3006

B.O.C.M. Núm. 32

HORA N" FINCA

17:30 28.740-481

17:30 28.740-082

17:30 28.74O~

18:00 28.740-084

18.00 28.740-085

HORA N° FlNCA

9.30 28.410-001

9.30 28.410-002

9:30 28.410..003

'. I

10:30 28.410-404

10:30 28.410~5

10.30 28.410~

11:00 I

J 28.410-007

! 11:00 I 28.410

11.00 28.410

11.00 28.410

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

SUPERFICIE SUPERFICIE PROPtETARIO EXPROPIADA SERVIDUMBRE

m" m' -

DESCONOCIDO 37.700 O

DESCONOCIDO 2.020 O

DESCONOCIDO 1.470 O .

DESCONOCIDO 2.320 O

DESCONOCIDO 1.470 O

TERMINO MUNICIPAL DE MEJORADA DEL CAMPO

Tramo Madrid-Zaragoza. Subtramo III

Día 25 de febrero de 1999

SUPERFICIE SUPERFICIE PRoPIETARIO EXPROPIADA SERVIDUMBRE

m' m'

FOQUET RODRIQUEZ, LUIS y OTROS CI CALAN DA 20 35.571 O

28043 MADRID

SALAMANCA LAFITE. ASUNCION CI MARQU~S DE URQUIJO 38 35.836 O 28008 MADRID

SALAMANCA LAFITE,SOLEDAD po DE RECOLETOS 18 9.234 O 28001 MADRID

. HIDALGO- BARQUERO ESTALAYO, OERARDO ClMAYOR 7 3.632 O

28840 MEJORADA 'DEL CAMPO

HIDALOO- BARQUERO ESTAlAYO, GERARDO ClMAYOR 7 792 O 28840 MEJORADA DEL CAMPO

HIDALGO- BARQUERO ESTALAYO, GERARDO ClMAYOR T 380 O 28840 MEJORADA DEL CAMPO

CANO TORRALSO, JaSE CI PICO VElASCO 19 680 O MADRID

MATIAS ZORITA ESTELLA, JOSE y OTROS CI FLORENCIA 24 10C O O 28850 TORREJON DE ARDOZ MADRID

GRUPO INVERSOR FINCAS RUSnCAS,S.A. CI DR. GARCIA TAPIA - 4 O o 28030 MADRID

REDONDO ARES, CONCEPCION BENITA CI LAGO CALAFATE 2 ESC. E rB o o MADRID

Pág. 47

SUPERFICIE POLIGONO O.TEMPORAL

m' PARCELA

O 1 9004

O 5 3030

O 5 3034

, !

, O

3032

5 O 3033

SUPERFICIE POlIGONO· O.TEMPORAL

m' PARCELA

3 O 26

3 O 26

3 O 26

3 O 1

3 O

1

3 O 1

3 O 1

o 3 1

3 O 1

3 o 1 -

Pág. 48

HORA

16:30

16.30

16:30

17:00

17.00

17:30

17:30

HORA

._- -

9:30

9:30

9:30

11.30

11.30

N" FINCA

28.375~01

28.375-002

28.375~3

28.375~04

28.375~06

28.375-006

28.375~07

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

TERMINO MUNICIPAL DE LOECHES

Tramo Madrid-Zaragoza. Subtramo III

Día 25 de febrero de 1999

SUpeRFICIE PROPIETARIO EXPROPIADA

m' ENRIQUE RAMON BORJA,S.A.

" AVD. DE LA CONSmUCION 1 7.510 , 288SO TORREJON DE ARDOZ

DEMARCACION DE CARRETERAS DE MADRID C/ JOSEFA VALCARCEL 11 200 28027 MADRID

ECOVlDAL,S.A. AVD. DE LA CONSmUCION l ' 530 288SOTORREJON DE ARDOZ LOPEZ-SOLDADO ALONSO~MAJAGRANZAS, MIGUEL y OTROS

28.874 C/MAYOR 10 28813 TORRES DE LA ALAMEDA

BARRAL FERNANDEZ, M- ASUNCION C/CRISTO 28 8.581 288SO TORREJON DE ARDOZ MADRID

ENRIQUE RAMON BORJA,S.A. AVD. DE LA CONSTITUCION 1 20.758 288SO TORREJON DE ARDOZ

GUTIERREZ DIAZ, JOSE C/GRANADA 9.450 LOECHES

SUpeRFICIE SERVIDUMBRE

.no

O

, o

152

292

O

168

O

TERMINO MUNICIPAL DE SAN FERNANDO DE HENARES

NO FINCA

28.630~01

28.630-002

28.630~03

28.630~04

28~630~05

Tramo Madrid-Zaragoza. Subtramo III

Día 26 de febrero de 1999

. SUPERFICIE PROPIETARIO ,EXpROPIADA

m'

FINCA CERRO DE LA GRANJA,S.L. CTRA.MEJORADA-TORREJON K"'.14,200 14~997

28840 SAN FERNANDO DE HENARES

ONSES BAIGES, CONRADO C/SEGRE 11 139.571 28002 MADRID

IVARTEL, S.L. el BALLESTEROS 2 743 28380 COLMENAR DE OREJA

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES 300 CI LIBERTAD 1 28830 SAN FERNANDO DE HENARES S.E.M.A. CI AUSIAS MARCH 113 6.710 08013 BARCELONA

, SUPERFICIE SERVIDUMBRE

m'

O

2.680

O

120

O

B.O.C.M. Núm. 32r

SUPERFICIE POUGONO O.TEMPORAL

m" PARCELA

1 O 5

1 O 9005

1 O 7

O 1 9

1 O

11

1 O S002

4 O S003

SUPERFICIE POLIGONO b.TEMPORAL

m' PARCELA

9 O 6

9 O 6

9 O 6

O 9 O

9 O 17

B.O.C.M. Núm. 32 , LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 49

SUPERFICIE SUPERFICIE SUPERFICIE POLIGONO HORA N" FINCA PROP~ETARIO EXPROPIADA SERVIDUMBRE ¡O.TEMPORAL . m' m2 m2 PARCELA

PREDIOS RUSTICOS y URBANOS,S.A. 8 12.00 28.630-006 CI DONOSO CORTES 83 90.387 320 O 1 28015 MADRID

SANCHEZ CLARO,ANTONIO 9 10:00 28.630 C/VIENA 51°C O O O

28850 TORREJON DE ARDOZ MADRID 6

SANCHEZ MILLAN, JOSE MANUEL 9 10:00 28.630 CI LAGO CALAFATE 2 ESC.E 2"8 O O O 6

MADRID

MARTOS RODRlGUEZ, CRISTINA 9 10:00 28.630 CI CHILE 39 8"D O O O

28820 COSLADA MADRID 6

TIERRAS DE ALCALA, S.L. 8 12:00 28.830 CI O"DONELL 58 O O O

28007 MADRID 1

ROMERO MARTIN,JOSE 9 ,10:00 28.630 CI TURIN 9 2" PUERTA A O O O

28850 TORREJON DE ARDOZ MADRIP 6

Dicho trámite será iniciado en los Ayuntamientos de Torres de la Alameda, Mejorada del Campo, Loeches y San Fernando de Henares (Madrid) en los días y horas indicados, donde deberán comparecer los interesados con los documentos que acrediten tanto su identidad como la titularidad de los bienes y derechos expropiados. '

- Madrid, a 15 de enero, de 1999.-EI subdirector general ,de Administración y Gestión Financiera, P. D. (Orden Ministerial de 14 de enero de 1997, "Boletín Oficial del Estado" de 16 de enero de 1997), Luis Padial Martín.

(D. G.-273) (01/1.181/99)

MINISTERIO DE ECONOMIA y HACIENDA

Agencia Estatal de Adminis'lración Tributaria Delegación Especial de Madrid

ANUNCIO DE NOTIFICACIONES PENDIENTES

En virtud de lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, en la redacción dada al mismo por el artículo 28 de la Ley de Medidas Fiscales, Admi­nistrativas y del Orden Social 66/1997, de 30 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" número 313, de 31 de diciembre), y habiéndose intentado la notificación 'por dos veces sin que haya podido prac­ticarse por causaS' no imputables a la Administración Tributaria, por el presente anuncio se cita a los sujetos pasivos, obligados tributarios, o representantes que se relacionan en el anexo adjunto para ser notificados por comparecencia de los actos administrativos derivados de los procedimientos que en el mismo se incluyen.

Los interesados o sus representantes deberán comparecer para ser notificados en el plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente al de esta publicación, en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes, en los lugares que en cada caso se señala.

Cuando transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, la notificaCión se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al de vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Madrid, a 2 de febrero de 1999.-Lajefa de Sección de la Oficina Técnica, María del Carmen lIario Orts.

ANEXO I

Sujeto pasivo. - N./.F./C./.F. - Número de expediente. - Pro­cedimiento. - Organo y lugar. - Unidad. - Adm. Dom.

Almunia Mata, José Luis. - 14204958C. 98286000023530201. - Resolución acta disconformidad. ~

28621 Dependencia de Inspección, Guzmán el Bueno, 139, 28003 Madrid~ - D742-0T. - 28607.

Almunia Mata , José Luis , - 14204958C . -98286000023535101. - Propuesta sanción y pta. inanifiesto. -28621 Dependencia de Inspección, Guzmán el Bueno, 139, 28003 Madrid. - D742-0T. - 28607.

Guadarrama Ingenieros, Sociedad Anónima - A 79842753, -98286000036420201 . - Resolución acta disconformidad. -28621 Dependencia de Inspección, Guzmán el Bueno, 139, 28003 Madrid. - D742-0T. - 28616.

Guadarrama Ingenieros, Sociedad Anónima - A79842753. -98286000036425101. - Apertura expediente sancionador. -28621 Dependencia de Inspección, Guzmán el Bueno, 139, 28003 Madrid. - D742-0T. - 28616.

Prefinan, Sociedad Anónima - A28447522. - E98027263. - ' Resolución petición condonación. - 28621 Dependencia de Ins­pección, Guzmán el Bueno, 139, 28003 Madrid. - D742-0T. -28605.

Ferrallas Mife., Sociedad Limit ada - B78996006. -98286000024380201. '- Resolución acta disconformidad. -28621 Dependencia de Inspec~ión , Guzmán el Bueno, 139, 28003 Madrid. - D742-0T. - 28058.

Ferrallas Mife, Sociedad Limitada - B78996006. -98286000024385101. - Apert. expte. sancionador y pta. mani. -28621 Dependencia de Inspección, Guzmán el Bueno, 139, 28003 Madrid. - D742-0T. - 28058.

(02/2.231/99)

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111. ADMINISTRACION LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID URBANISMO

Gerencia Municipal de Urbanismo Departamento de Planificación General

Sección Jurídica

ANUNCIO

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 23 de diciem­bre de 1998, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero .~Aprobar, con carácter definitivo; el Plan Especial de R,eforma Interior para la ordenación y gestión de las fincas. números 1.903 y 50, situadas en el paseo de la Alameda.

Segundo.-Aprobar definitivamente la delimitación de la Uni­dad de J;:jecución, de conformidad con lo establecido en el ar­tículo 38 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/ 1978, de 25 de agosto.

Tercero.-Determinar como sistema de actuación para· el desarrollo de la Unidad de Ejecución el de compensación, con­forme a lo establecido en el artículo 84.1 del Reglamento de PI a­neamiento Urbanístico, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 23 de junio.

Cuarto.-Ratificar el texto definitivo del convenio urbanístico de fecha 5 de octubre de 1998, suscrito entre el Ayuntamiento de Madrid y "Dragados y Construcciones, Sociedad Anónima'~ , conforme a lo establecido en el artículo 75.3 de la Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urba­nismo de la Comunidad de Madrid.

Quinto.-,Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, junto con las ordenanzas del Plan Especial de referencia, en cumplimienio de lo previsto en el artículo 124.1 del texto refundido de la Ley del Suelo y Orde­nación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.»

De conformidad con lo previsto en los artículos 58.2 y 60.2 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, el preserite acuerdo agota la vía administrativa, conforme a lo previsto en el artículo 190.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, siendo recurrible de acuerdo con lo dispuesto en el ar­tículo 306.1 del texto refundido de la Ley del Suelo y. Ordenacióri Urbana de 26 de junio de 1992, ante la Sala de lo contencioso­administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en un plazo de dos meses, contados a partir del mismo día en que se haya publicado o, en su caso, notificado individualmente el presente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artÍCulo 46 y con­cordantesde la nueva Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora

. de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

a

PLAN DE REFORMA "PASEO DE LA ;' LAMEDA, 50"

MADRID, PGOU 1997

NORMAS URBANISTICAS

TITULO PRELIMINAR

Contenido del Plan de Refonna

1. Naturaleza del planeamiento de reforma Artículo 01. Alcance. 1. El presente Plan Especial de Reforma Interior (en ade­

lante PR) tiene por objeto, en el suelo clasificado como urbano, la reestructuración urbanística, no prevista en el Planeamiento Generaldel municipio, mediante la adaptación de una nueva orde­nación detallada del ámbito territorial delimitado a estos efectos, de acuerdo con lo establecido en la Ley sobre Régimen de Suelo y Valoraciones (Ley 6/1998, de 13 de abril), Ley de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo (Ley 9/1995, de 28 de mar­zo), texto refundido (Real Decreto 1346/1976) y en el propio Pla­neamiento General del municipio.

. 2. El Plan de Reforma es el instrumento para la transformación urbanística que, sin alteración de las estructuras fundamentales, opera mediante la modificación de la ordenación detallada deter­minada por el Plenamiento General en el suelo urbano, salvo la eventual ulterior redacción de estudios de detalle, y da comienzo a las fases posteriores de la gestión urbanística y de la ejecuCión, con la equidistribución, la parcelación urbanística y el proyecto y .Ia ejecución de las obJas de urbanización y de edificacióri.

2. Documentos que integran el Plan de Reforma Art. 0.2. Documentación del Plan de Reforma. Los contenidos del presente Planeamiento Especial de .Reforma

Interior denominado "Paseo de la Alameda, 50", en el municipio de Madrid, quedan recogidos en los documentos gráficos y escritos que lo integran y que se relacionan en el anexo II a estas Normas.

Art. 0.3. Contenido y valor relativo de sus elementos. 1. Los distintos documentos del Plan Especial de Reforma Inte­

rior integran una unidad coherente, cuyas de te rminaciones deberán aplicarse, partiendo del sentido de las palabras y grafismos, aten­diendo al mejor cumplimiento de los fines y objetivos del propio Plan y a la realidad social del momento en que se apliquen.

2. En caso de discordancia o imprevisión de sus contenidos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

a) El Plan de Reforma es un instrumento de modificación local en suelo urbano de la ordenación de detalle del Planea­miento General del municipio sin alteración de su estructura fundamental y sin afectar a las determinaciones propias y exclusivas de éste.

b) La Memoria señala los firies y objetivos generales de la ordenación y expresa y justifica los criterios que han con­ducido a la adopción de las distintas determinaciones. Es el instrumentO básico para la interpretación del Plan y opera supletoriamente para resolver los conflictos entre otros documentos o entre las distintas determinaciones, si llegasen a resultar insuficientes para ello las presentes Nor­mas o las generales del municipio de Madrid.

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c) Las presentes Normas Urbanísticas constituyen el cuerpo normativo específico de la ordenación urbanística del ámbito de reforma " Paseo de la Alameda, 50". Prev.aleccn sobre los restantes documentos del Plan de Reforma. Para lo no previsto en ellas se estará a lo dispuesto en las Normas Urbanísticas Generales del municipio y en el ordenamiento jurídico general del Estado y en el autonómico de Madrid .

d) Los planos del Planeamiento de Reforma reflejan los con­tenidos espaciales de las determinaciones que se adoptan relativos a su extensión te rritorial, localización, posición, delimitación, forma y tamaño del ámbito mate rial en el que son de aplicación los regímenes y condiciones expresadas en estas Normas.

e) El resto de la documentación que acompaña al Plan tiene un carácter analítico e informativo y deja constancia de cuá­les han sido los datos manejados y los análisis, conside­raciones y estudios efectuados que han servido para fun­damentar sus determinaciones. "

Ar!. 0.4. Interpretación del Plan.

1. La interpretación del Plan corresponde a las Administra­ciones en el ámbito de sus competencias, con arreglo a las Leyes vigentes y a las funciones jurisdiccionales del Poder Judicial.

2. Si, no obstante lo anterior, subsistiese imprecisión en las determinaciones o contradicción en ellas, prevalecerá la interpre­tacióri del Plan más favorable a los criterios y objetivos del Pla­neamiento General y del Plan de Reforma, a la función social de lo promovido, a los mayores espacios libres, al menordeterioro del ambiente natural y del paisaje y al interés más general de la colectividad. ' ,

3. Las referencias contenidas en estas normas a disposiciones de carácter generala de rango superior, se extenderán a las dis­posiciones que las completen, desarrollen, modifiquen o sustituyan.

TITULO PRIMERO

Capítulo 1

Desarrollo y ejecución del Plan de Reforma

Artículol.1.l. Prioridad del desan-ollo,

1. Las actuaciones propuestas para el desarrollo y ejecución de las determinaciones del Plan de Reforma deberán sujetarse al orden de prioridad y plazos señalados en el Plan de Etapas del propio Plan de Reforma, en los términos establecidos en las Leyes del Suelo y én las NN.UU. del Planeamiento General.

Ar!. 1.1.2. Ejecución del Plan de Reforma.

1. La ejecución del Plan de Reforma (PR) requiere de la previa aprobación de estudios de detalle en los casos en los que las pre-sentes Normas así lo establecen. '

2. Lá delimitación de unidades de ejecución y la fijación del sistema de actuación se adopta por el propio Plan de Reforma según se establece en las presentes Normas Urbanísticas y en los planos de gestión.

3. El sis~ema de actuación elegido por la Administración para la ejecución de la única unidad que delimita el Plan de Reforma en todo su ámbito y de acuerdo con lo establecido en el artículo 80 de la Ley Regional 9/1995, es el de compensación, con las espe­cialidades señaladas en el Convenio Urbanístico.

4. La edificación en el ámbito del Plan d,e Reforma requerirá de su previa urbanización de acuerdo con lo dispuesto en las pre­sentes Normas.

5. La edificación en el ámbito del Plan de Reforma se pro­yectará y se llevará a cabo por parcelas completas, entendiendo por tales las que constituyan fincas registra les independientes.

Toda edificación estará indisolublemente vincul ada a una par­cela, circunstancia ésta que quedará debidamente registrada con el señalamiento de la edificabilidad u otras condiciones urbanísticas bajo las que se hubiera ejecutado. '

Ar!. 1.1.3. ' Estudios de Detalle.

1. Para la debida aplicación del Plan de Reforma, cuando el mismo lo determine o cuando fuese necesario para adaptar sus determinaciones a criterios de promoción de la edificación no pre-

vistos en él, podrán redactarse Estudios de Detalle con alguno o varios de los siguientes objetivos:

a) Reajustar o ada ptar las alineaciones y rasantes, pudiendo concretar los trazados, pero sin reducir, en ningún caso, la superficie del viario y demás espacios públicos, y sin incre­mentar las edificaciones asignadas por el Plan.

b) Ordenar volúmenes edificatorios, definiendo, en su caso, el viario interior o de. acceso a las edificaciones o parcelas e n superficies con entidad suficiente a estos efectos, en nin­gún caso inferiores a una manzana. Deberán respetarse, en todo caso, las determinaciones del Plan de Reforma en cuanto a ocupacióR de suelo, edificabilidad y alturas máxi­mas, densidad de población y usos permitidos y prohibidos.

c) Ordenar los volúmenes, en los términos del apartado ante­rior, en las actuaciones de división parcelaria, concretando la distribución y la viabilidad del reparto de las edificaciones y a provechamientos que se asignen a cada una de las nuevas unidades parcelarias.

d) Ordenar los volúmenes, en los términos del apartado b), en las operaciones de transferencia o redistribución de edi­ficabilidades entre parcelas, concretando y justificando la viabilidad de la nueva asignación y distribución de la edi­ficabilidad dentro de las limitaciones establecidas en estas normas.

Ar!. 1.1.4. Proyectos de urbanización.

l . Las obras de urbanización del PR se definirán a través de un único proyecto de ejecución de las mismas referido a todo su ámbito.

2. El proyecto de urbanización someterá su Contenido, docu~ mentación y especificaciones a lo establecido en el artículo 1.4.3 de las NN.UU. del PG.

3. El proyecto de urbanización establecerá las fases o etapas de realización de las obras y el orden de ejecución de las mismas.

4. El proyecto de urbanización fijará las condicines técnicas para la ejecución simultánea de obras de edificación.

Art. 1.1.5. Proyectos de parcelación.

1. Las parcelaciones urbanísticas requerirán de proyectos de parcelación para su aprobación, cuando no se hallen contenidas en los instrumentos de ordenación o de equidistribución. ,

2. Los proyectos de parcelaCión someterán su contenido, docu­mentación y especificaciones a lo que establezca la Ordenanza Municipal Especial de Tramitación de Licencias y Control Urba­nístico que estuviera vigente.

3. Los proyectos de parcelación contendrán, expresamente, los aprovechamientos urbanísticos asignados de las parcelas actuales y de las nuevás resultantes de la ,parcelación propuesta para su aprobación. .

4. La licencia urbanística de parcelación podrá concederse, simultáneamente con los acuerdos de aprobación de los Estudios de Detalle que afecten a la configuración de las parcelas y siempre que desarrollen el contenido exigible a los proyectos de parcelación.

Capítulo 2

Divisiones urbanísticas del suelo

Ar!. 1.2.1. Ambitos espaciales.

, Para la aplicación de cada una de las determinaciones adoptadas por el Plan de Reforma y de las normas que regulán el uso y edificación de los predios que comprende, el ámbito del Plan de Reforma, según la distinta naturaleza que dichas determinaciones, queda dividido en las áreas o ámbitos espaciales que se definen en los a rtículos siguientes.

Arl. 1.2.2. División en zonas.

En función de los objetivos diferentes que el Plan persigue en los distintos lugares, y del uso cualificado asignado, el ámbito se ha dividido para su regulación en tres zonas en la siguiente forma:

- Zona R: edificación residencial. - Zona V: espacios libres públicos.

Zona VP: viario público .

• ,

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Para cada una de las zonas el Plan de Reforma establece una distinta regulación de sus condiciones particulares de uso, edi­ficación, aprovechamiento urbanístico y parcelación.

La delimitación de los sudas sometidos a las condiciones corres­pondientes a cada una de estas zonas se efectúa en el plano de zonificación o calificación y regulación del suelo.'

Los suelos no adscritos en el plano de zonificación a ninguna de las dos primeras zonas anteriormente señaladas corresponden al "uso dotacional para la vía pública", quedando regulada su uti­lización porlas ~ondiciones del capítulo 7.14 de las NN.UU. del PG .

Art. 1.2;3. División en manzanas. 1. El sistema viario descompone el ámbito en manzanas, enten­

diendo 'por tales las porciones de terreno que los viales públicos y las ahneaciones oficiales, exteriores o públicas que los definen delimitan.

2. Todas las manzanas, a los efectos de su ordenación detallada y de su ejecución urbanística, quedan divididas en una o más parcelas.

Art. 1.2.4. División en parcelas. 1. La totalidad del ámbito del Plan de Reforma queda dividido

en parcelas para la asignación de usos pormenorizados, edifica­bilidad y aprovechamientos, y para regular su utilización y su edificación.

2. Las alternativas de división parcelaria autorizables, quedan señaladas, indistintamente, a través de los planos de parcelación y de las condicionesde parcelación que en estas Normas se

, establecen. 3. La alternativa de parcelación que se ejecute será la que

el ' instrumento de equidistribución, con arreglo a estas Normas, adopte, y las que resulten de las operaciones ulteriores de división o agrupación parcelaria que fueran autorizadas para su edificación.

/4. Las regulaciones contenidas en estas Normas son de apli­cación a los predios en los que quede dividido su ámbito de acuerdo con lo dispuesto ,en las mismas.

Art. 1.2.5. Calificaciones del suelo. 1. El uso cualificado dominante o característico determinado

por el Plan de Reforma es el residencial en tipologías de edificación colectivas para viviendas en régimen de promoción y precio libres con una intensidad de implantación del 100 por 100 del apro­vechamiento del área.

2. Como usos alternativos compatibles con el cualificado o característico que son directamente admitidos y que puntualmente pueden sustituir al uso cualificado se señalan el terciario de oficinas, el de hospedaje y· los dotacionales, t.odos ellos en edificio aislado de uso exclusivo.

3. Mediante su calificación el Plan de Reforma determina con su señalamiento como usos principales o característicos la asig­nación porrnenorizada a cada uno de los predios o parcelas resul­tantes de su ordenación, de los usos urbanísticos y el régimen de aplicación establecido, con carácter general, en las Normas Urbanísticas del municipio para todas las clases de suelo.

4. Las diferentes clases de la edificación que el Plan General establece, con carácter general, para ' la aplicación de las condi­ciones de uso en él establecidas, son las señaladas en el título 7 de sus Normas Urbanísticas.

Art. 1:2.6. Intensidades de uso. , 1'. Mediante el señalamiento de los usos principales o carac­

terísticos, el Plan de Reforma establece el dominio, en cuanto a su intensidad, de los usos urbanísticos en el ámbito de cada una d,e las zonas, manzanas o parcelas en que se divide. '

2. La totalidad de las parcelas con aprovechamiento resultantes de la reforma tendrán como uso principal el residenCial dominante o característico del ámbito.

Art. 1.2.7. Intensidades de edificación. 1. Con independencia del aprovechamiento urbanístico que en

la distribución del total otorgado al ámbito se asignara a cada una de las zonas o parcelas en que se divide, éstas, por razones de la ordenación, tienen limitada su intensidad de edificación.

2. Dentro del ámbito de ordenación, el aprovechamiento urba­nístico de las parcelas aportadas es homogéneo, siendo, sin embar­go, el ge las parcelas resultantes de la ordenación diferenciado en función de las peculiaridades espaciales, volumétricas y de loca-

11 •

, /ización de las mismas, recibiendo en distinto grado la concen­tración de la edificabilidad o de las intensidades globales otorgadas al conjunto del ámbito. ' '

3. El ámbito se ordena graduando las intensidades , de edifi­cación, distinguiendo para ello las zonas con distintos límites de intensidad en los parámetros urbanísticos que limitan los volú­menes edificables.

4. La intensidad máxima de edificación referida a la totalidad de la superficie de parcelas privadas o patrimoniales ' actuales es de uno coma cuatro metros cuadrados edificables por cada metro cuadrado de suelo bruto (1,4 m2fm 2).

5. La intensidad media máxima de edificación del conjunto de las parcelas resultantes de la ordenación se establece por el PR en 3 m2fm 2• La intensidad máxima de edificación de cualquiera de las "parcelas resultantes de la ordenación" se establece por el PR en 3,5 m 2fm 2 . .

Art. 1.2.8. Gestión urbanística del suelo. 1. El Plan de Reforma determi'na, delimitándola para su eje­

cución por compensación, una , única "unidad de ejecución" en todo su ámbito.

2. La delimitación de la ' única unidad de ejecución para el cumplimiento conjunto de los deberes de cesión, equidistribución y urbanización se contiene en el plano de gestión PG-1 .

3. La ejecución de 'la urbanización de la única unidad deli­mitada se efectuará un máximo de cuatro etapas.

4. La edificación de cualquier parcela o manzana de la orde­nación requerirá de la previa urbanización oe los viales públicos a los que dé frente en las condiciones que se establecen para la simultaneidad de ohr~ - en el artículo].4.4 de las NN.UU. del PG.

Capítulo 3

Aprovechamiento urbanístico del suelo

Art. 1.3.1. Detelminacióll del aprovechamiento urbanístico.

Con arreglo a lo dispuesto en la Ley del Suelo, cada parcela sólo es susceptible del aprovechamiento determinado por el Pla­neamiento General, y en virtud de éste por el presente Plan de Reforma.

Ar!. 1.3.2. Unidad de aprovechamiento.

El valor unidad de aprovechamiento queda asignado por el Plan General al metro cuadrado construible del uso y tipología edi­ficatoria cáracterístico que corresponde al uso residencial en tipo­logías de edificación colectivas y destinado a viviendas en régimen de promoción y precio libres.

Ar!. 1.3.3. Aprovechamiento total. El aprovechamiento lucrativo total , resultado de multiplicar las

edificabilidades otorgadas por los coeficientes de ponderación de uso establecidos por el PG, es de cuarenta y dos mil novecientos setenta (42.970) unidades de aprovechamiento.

, Art. ] .3.4. Concreción del aprovechamiento urbanístico.

El aprovechamiento urbanístico lucrativo se concreta mediante la asignación de usos y edificabilidades pormenorizados a cada una de las parcelas que resultan de la ordenación, excluidos los terrenos afectos al uso y dominio públicos de carácter general o local.

Ar!. 1.3.5. Aprovechamiento apropiable. El aprovechamiento urbanístico total susceptible de apropiación

por los propietarios privados de terrenos en el ámbito de la reforma, y en las condiciones establecidas en el presente Plan y ,en el con­sorcio urbanístico es de 34.587 (Uas) unidades de aprovecha­miento.

Capítulo 4

Aprovechamiento urbanístico de las parcelas

Art.l.4.1. Definición.

Las condiciones de aprovechamiento urbanístico de las parcelas resultantes de la ordenación del Plan de Reforma delimitan el contenido urbanístico de la propiedad inmobiliaria de las mismas, consistente en la atribución efectiva de los usos e intensidades de edificación susceptibles de materialización en dicha parcela. ,

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Art. 1.4.2. Aplicación.

1. Las coridiciones de aprovechamiento urbanístico serán de aplicación a todas aquellas licencias de obras mediante cuyo otor­gamiento se ejerza el derecho a edificar.

2. Serán igualmente de aplicación a todas aquellas licencias urbanística~ de parcelación mediante las cuales se re¡:listribuya el aprovechamiento inicialmente asignado a cada una de las parcelas por el Plan de Reforma.

Ar('1.4.3. Unidad de asignación de aprovechamiento.

1. La unidad de asignación de aprovechamiento urbanístico es la parcela edificable resultante de la ordenación.

2. Toda parcela estará indisolublemente vinculada al aprove­chamiento urbanístico que el Plan de Reforma le haya asignado o al que por aplicación de sus determinaciones se le asigne por distribución del aprovechamiento lucrativo total señalado en el artículo ] .3.4 para el conjunto del ámbito, que en ningún caso podrá ser superado.

3. El aprovechamiento definitivamente asignado bajo el que se hubiera otorgado licencia de edificación deberá quedar debi­damente registrado por referencia al conjunto de los aprovecha­mientos asignados a las restantes parcelas del Plan de Reforma.

Art. 1.4.4. Coeficientes de ponderación de los usos y tipologías. Para que cada uno de los usos y tipologías edificatorias auto­

rizados por el Plan de Reforma puedan referirse al uso y tipología característicos para expresar el aprovechamiento de cada parcela, el plan de Reforma adopta los siguientes coeficientes de pon­deración relativos coincidente con los fijados .para las áreas de reparto en suelo urbano pendiente de equidistribución en el cuadro número 3 del anexo 5 de las NN.UU . del PGOUM 1997:

- Residencial VL: 1,00. - Terciario comercial: 1,06.

Art. 1.4.5. Aprovechamiento urbanístico asignado. 1. El aprovechamiento urbanístico asignado a cada parcela es

el señalado en los planos de parcelación y en el anexo lB a estas Normas, resultado de la distribución del otorgado al ámbito en la que se incluyen, que en ningún caso puede ser superado.

2. Si se adoptasen divisiones parcelarias distintas de las pre­vistas en los planos de gestión y parcelación, de acuerdo con el artículo 2.2.3, el aprovechamiento y edificabilidad asignados a cada parcela serán los que la nueva ordenación de detalle determine.

3. Si de acuerdo con el artículo 2.2.3 se efectuase una división parcelaria no definida en los planos de gestión y parcelación, la distribución y asignación de aprovechamientos y edificabilidades correspondiente a la nueva división deberán contenerse en el estu-dio de detalle en que se apruebe. .

4. El aprovechamiento urbanístico asignado a cada parcela es el máximo susceptible de ser materializado por la edificación que sobre ella se construya.

TITULO SEGUNDO

Condiciones generales de la edificación

Capítulo 1

Determinaciones generales

Artículo 2.1.1. Definición. Son las condiciones a que ha de sujetarse la edificación en sus

propias características y en su relación con el entorno, con inde­pendencia de la zona en que se hallen o del uso a que se destinen.

Art. 2.1.2. Ambito de aplicación. 1. Las condiciones generales de la edificación y de sus relá­

ciones con el entorno deberán cumplirse en todo el ámbito del Plan de Reforma, tanto en obras de nueva edificación como en obras de reestructuración total, salvo indicación en contrfl en las propias normas generales o en la regulación particular zonal.

2. La edificación deberá cumplir, además, las condiciones que el Plan de Reforma establece en el título tU para cada zona, o las que establezca el instrumento de planea miento que lo desarrolle.

3. La edificación deberá sistisfacer, asimismo, las condiciones establecidas en el Planeamiento General según el uso a que se

destinen el edificio y los locales en los que se divida para su utilización.

4. La edificación deberá satisfacer, igualmente, en todo lo no regulado en las presentes Normas, las establecidas con carácter general en el título 6 de las NN.UU. del Planeamiento General.

Capítulo 2

Condiciones de la parcela

Art. 2.2.1. Aplicación. Las condiciones de la parcela sorf de aplicación para obras de

nueva edificación y se señalan en el régimen correspondiente al uso a que se destina, y en la regulación de zona y en los instrumentos de planeamiento de desarrollo.

Art. 2.2.2. Identificación de parcelas. 1. Todas las parcelas se identificarán con la designación o el

código urbanístico que conste en el instrumento urbanístico a través del que se apruebe su parcelación. Los solares, además, mediante el nombre de la calle o calles a que den frente y su número de orden dentro de ellas que estuvieran reflejados en el plano par­celario municipal, o en los planos de los proyectos de reparcelación, pa rcelación o compensación que se aprueben, y, en su defecto, en los planos catastrales.

Art. 2.2.3. Delimitación de las parcelas. l . La división parcelaria se establece en primer término a través

de las alineaciones exteriores o públicas ,que separan los espacios edificables de los públicos libres de edificación destinados a red viaria, estancia o esparcimiento.

2. Las alineaciones exteriores constituirán los linderos frontales de las parcelas. .

3. Dentro de los ámbitos o recintos definidos por alineaciones exteriores públicas, las parcelas se delimitan de sus colindantes mediante la fijación de sus linderos, laterales o testeros.

Art. 22.4: Descripción de la parcela. 1. Los instrumentos de parcelación, harán mención ala tota­

lidad de los linderos que delimitan las parcelas, señalando su dimensión y forma, orientación y colindancias, distinguiendo el carácter de los mismos según se trate de linderos frontales; laterales o testeros y las servidumbres que sobre los mismos se establezcan.

2. La descripción de la parcela incorporará la referencia al aprovechamiento urbanístico que tuviera asignado y a la superficie de suelo comprendida dentro de sus linderos.

Art. 2.2.5. Parcelación, segregación y agregación de parcelas. ] . No se permitirán segregaciones o agregaciones de parcelas

que no cumplan las condiciones señaladas por el Plan de Reforma. Las parcelas de dimensión igual o menor que la mínima serán indivisibles, condición que deberá quedar debidamente registrada.

2. Las divisiones parcelarias contenidas en los planos de orde­nación serán directamente autorizables con la 'aprobación del ins­trumento de equidistribución o mediante la tramitación de la correspondiente licencia urbanística.

3. La autorización de cualquier otra división parcelaria reque­rirá de la previa tramitación de un Estudio de Detalle que esta­blezca la ordenación de volúmenes y asignación de edificabilidades y aprovechamientos compatible con la ordenación parcela ria proyectada.

4. Las nuevas ordenaciones parcelarias qué se aprueben mediante la tramitación de Estudios de Detalle no anularán a las ya autorizadas, que seguirán conjuntamente en vigor como alternativas no combinables para su ejecución, y serán igualmente autorizables, salvo que expresamente se deroguen.

5. Cuando estas Normas o el planea miento de desarrollo esta­blezcan parcela máxima o mínima no podrán formularse divisiones o agregaciones de propiedades que generen unidades con super­ficies de tamaño inferior a la parcela mínima o superior a la parcela máxima.

6. Todas las operaciones de parcelación requerirán para su autorización el señalamiento, consecuente con una ordenación de volúmenes aprobada, de la nueva distribución y asignación de edi­ficabilidades y aprovechamientos a cada una de las parcelas que resulten, cuando no estuvieran contenidos en el presente docu­mento de planeamiento.

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7. . Las parcelas de equipamiento o espacios libres de uso y dominio públicos que no tuvieran, en razón de su car.ácter dota­cianal, asignaoo aprovechamiento, podrán agruparse o segregarse con objeto de su mejor adecuación al uso al que finalmente se destinen como resultado de su estudio u ordenación de detalle, sin más condición pará su autorización que la elaboración y tra­mitación de un proyecto de obras unitario o la previa redacción y tramitación de un Estudio de Detalle con sujeción a las limi­taciones relativas ~ dotaciones y parcelas mínimas y usos pre­ferentes.

8. Las alternativas de la parcelación de suelos de dominio públi­co que tengan por objeto la integración de usos o de actuaciones y obras de carácter público bajo una ordenación unitaria no cons­tituirán modificación de Plan de Reforma, pudiendo autorizarse en el trámite de aprobación de los correspondientes proyectos de obras o mediante la redacción y con la tramitación de un estudio de detalle.

9. Igualmente, las parcelas adscritas y calificadas por el Plan de Reforma para usos dotacionales públicos podrán integrarse con parcelas contiguas exteriores al ámbito, asimismo dotacionales públicas, con la finalidad de su mejor utilización y aprovechamiento bajo un proyecto unitario, sin constituir por ello una modificación del Plan de Reforma . .

Art. 2.2.6. Relación entre edificadón y parceÚl.

1. Toda edificación estará indisolublemente vinculada a una parcela, registralmente independiente, circunstancia ésta que que­dará debidamente registrada con el señalamiento del aprovecha­miento y la edificabilidad u otras condiciones urbanísticas bajo las que se hubiera realizado.

2. La edificación de cada parcela será independiente de la de , las parcelas colindantes. Cada edificación no podrá levantarse sobre más de una parcela,' salvo cuando expresamente así lo establezca la ordenación que se apruebe.

3. La segregación de fincas en las que existieran edificaciones deberá hacerse con indicación de la parte de edificabilidad, referida a la que le corresponda según el planeamiento, ya consumida por construcciones. Si la totalidad de la edificabilidad estuviera ago­tada, será posible la segregación pero deberá realizarse una ano- , tación registral en que se haga constar que la finca segregada no es edificable por lo que sólo podrá destinarse a espacios libres o viales, públicos o mancomunados.

Art.. 2.2.7. Condiciones para la edificación de una parcela.

1. Para que una parcela pueda ser edificada ha de cumplir las condiciones que a continuación se determinan:

a) Condiciones de planeamiento: deberá tener aprobado defi­nitivamente el planeamiento de desarrollo que regule su configuración cuando ésta no estuviera contenida en el Plan de Reforma y estar calificada con destino a un uso edificable.

b) Condiciones de urbanización: para que una parcela sea con­siderada edificable ha de satisfacer las siguientes condiciones de urbanización: ..

1) Estar emplazada con frente a una vía pública que tenga pavimentada la calzada y aceras y disponga de abas­tecimiento de agua, evacuación de aguas en conexión con la red de alcantarillado y suministro · de energía eléctrica.

2) Que aun careciendo de todos o algunos de los anteriores requisitos se asegure la ejecución simultánea de la edi­ficación y de la urbanización, con los servicios mínimos procedentes, conforme a un proyecto de obras aprobado por eL Ayuntamiento y con arreglo a las garantías del artíCulo 40 del Reglamento de Gestión Urbanística has­ta que la parcela adquiera las condiciones del párrafo 1).

c) Condiciones de gestión: tener cumplidas todas las deter­minaciones de gestión que fijen los instrumentos que marque el Plan de Reforma o las figuras de planea miento que lo desarrollen, así como las determinaciones correspondientes a la unidad de ejecución en la que pueda estar incluida para su desarrollo y para la distribución de las cargas y beneficios del planeamiento.

d) Condiciones dimensionales: para que. una parcela sea edi­ficable deberá satisfacer las condiciones dimensionales fija-

das por el Plan de Reforma, o los instrumentos que lo desarrollen en relación a: 1) Superficie: que deberá ser igualo superior a la fijada

por el planeamiento como mínima e igualo inferior a la que señalase como máxima.

2) Linderos: que han de tener una longitud igualo superior a la fijada por el planeamiento como mínima e igual

'0 inferior a la que señalase como máxima. 2. Además de las condiciones descritas en el apartado anterior,

deberá cumplir las que sean aplicables debido al uso a que se destine y a la reguiación de la zona en que se 10c?lice.

Capítulo 3

Condiciones de posición de la edificación en la parcela

Art. 2.3.1. Aplicación. 1. Las condiciones que determinan la posición de los edificios

dentro de las parcelas son de aplicación tanto en obras de nueva edificación como en aquellas obras que impliquen modificación de los parámetros de posición.

2. La posición de la edificación señalada en el PR podrá alte­rarse mediante la tramitación de estudios de detalle.

Art. 2.3.2, Alineaciones oficiales eXteriores o púqlicas. 1. La determinación de alineaciones se efectúa gráficamente

por el Plan de Reforma en el plano PO-2 de alineaciones y ras¡intes. 2. La posición de las alineaciones viene determinada por el

trazado viario y la dimensión de la calle o las dimensiones del espacio libre público que delimitan, fijadas en el referido piano · de alineaciones y rasantes.

3. Mediante las alineaciones el Plan de Reforma deslinda, esta­bleciendo los límites que los separan, los suelos destinados a vía. pública o espacios libres publicos de las parcelas edifica bies sus­ceptibles de aprovechamiento privado.

Art. 2.3.3. Rasantes., La determinación de rasantes se efectúa por el Plan de Reforma

en el plano PO-2 de alineaciones y rasantes, mediante la cota altimétrica en las intersecciones de los ejes de viales.

Art. 2.3.4. Area de movimiento. 1. El Plan de Reforma establece el área de movimiento de

la edificación mediante la fijación de las alineaciones exteriores, la de los linderos laterales o medianeras de parcelas y la de las alineaciones interiores, contenidas en el plano PO-3 de condiciones. de posición. '

2. Dentro del área de movimiento la posición de la edificación se determina por las reglas de separación establecidas en la norma zonal en función de la altura.

Art. 2.3.5. Posición de la edificación respecto de las alineaciones. 1. La línea de fachada exterior de las edificaciortes se situará

dentro del área de movimiento que señalan los planos de ordenación.

2. Será posible. situar la línea de fachada exterior de las .edi­ficaciones sobre la alineación exterior únicamente cuando los pia­nos de ordenación de posición de la edificación expresamente así lo establecen.

3. Ninguna parte ni elemento de la edificación sobre el terreno o subterránea podrá quedar fuera de línea respecto a la-alineación exterior a excepción de lo regulado para salientes y vuelos.

4. Ninguna parte de la edificación sobre el terreno podrá que­dar fuera de línea respecto a las alineaciones interiores con excep­ción de lo regulado para los retranqueos.

Art. 2.3 .6. Retranqueos. 1. Si la edificación se separa de la alineación menos de un

metro y medio (1,50), podrá adscribir el espacio de retranqueo al uso público adecuando su tratamiento a las normativas muni­cipales para el espacio público. En este caso e l espacio libre de parcela que se incorpora, sin solución de continuidad, ál uso público deberá seguir la rasante exterior que no podrá alterar, resolvién­dose como continuidad natural del espacio público al que se añade. Asimismo, en este caso la fachada de la edificación será continua y homogénea, sin formar rincones ni salientes.

2. Donde los planos de ordenación no establezcan expresa­mente el uso público de los espacios de retranqueo si la edificación

" . ,~

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se separa de la alineación más de un metro y medio (1,50), la diferenciación del espacio público y el privado que la alineaci(m señala, deberán materializarse. mediante elemento divisorio o cerramiento de la parcela .

3. En este último caso el espacio libre de parcela entre la fachada de la edificación y la cara exterior del cerramiento de parcela sobre la alineación exterior, podrá situarse hasta metro y medio (1,50) sobre la rasante de la calle o el espacio público.

4. Cuando el espacio libre de parcela, resultado de retranquear la edificación, se proyecte por debajo de la rasante de la vía pública, deberán disponerse elementos de cerramiento de la parcela o de seguridad y protección frente a caídas.

5. El espacio libre resultante del retranqueo, no ocupable por la edificación, podrá adscribirse a usos privados de accesos, jardín o aparcamiento en superficie. Podrán instalarse en el mismo pór- . ticos, marquesinas, pérgolas y·construcciones destinadas a portería y afines con dimensiones máximas en planta de trescientos (300) por trescientos (300) centímetros y altura de coronación inferior a trescientos cincuenta (350) centímetros.

6. Los huecos de piezas habitables en planta baja que abran sobre los espacios libres resultantes del retranqueo distarán más de doscientos setenta (270) centímetros del cerramiento de parcela cuando éste fuera opaco y su altura supere en un metro y medio (1,50) la cota de piso de la planta baja.

7 .. Las construcciones situadas por debajo del forjado de planta baja y enteramente subterráneas podrán ocupar en .el subsuelo los espacios correspondientes a retranqueos o separación a lin­deros, salvo mayores limitaciones en la normativa particular del uso a que se destine o de la zona en que se encuentre. .

8. Si en [a edificación se disponen soportales, su profundidad será superior a trescientos (300) centímetros y su ancho libre de paso mínimo será igual a doscientos cincuenta (250) centímetros.

El pavimento de los soportales se dispondrá obligatoriamente sin solución de continuidad con la rasante de la acera de la vía pública a la que da frente como ampliación a la misma.

En los \!spacios libres de parcela resultantes de retranquear la edificación; podrá resolverse la continuidad de los soportales en el frente edificado mediante pérgolas, pórticos, cubiertos o des-cubiertos, o marquesinas. .

Art. 2.3.7. Separación a linderos. La nueva edificación podrá adosarse a los linderos de parcela,

únicamente cuando concurra alguna de las siguientes circuns­tancias:

1. Que los planos de ordenación del Plan de Reforma, o los Estudios de Detalle que se aprueben en su desarrollo, contemplen la ejecución de edificios medianeros o establezcan la imposición de servidumbre de luces y vistas entre predios colindantes.

2. Que se trate de edificaciones adosadas dentro de un proyeclo de conjunto unitario. . . ,

3. Cuando exista acuerdo entre los propietarios de las par¿elas colindantes, que deberá inscribirse en el Registro de la Propiedad, siendo en este caso preceptiva la construcción simultánea o la constitución, formal y fehaciente, de la obligación de realizar la construcción de acuerdo con la ordenación de volúmenes o con el proy'ecto de c.onjunto o unitario que se apruebe.

En todos los supuestos la edificación respetará las separaciones mínimas que establezca la regulación de la zona en la que se encuentre, en los restantes linderos en los que no concurran las circunstancias señaladas. .

Capítulo 4

Condiciones de ocupaciqn de la parcela por la edificación

Art.2.4.1. Aplicación. Las condiciones que se señalan para determinar la ocupación

de la parcela por la edificación son de aplicación para las obras de nueva edificación y para las obras que supongan nuevas ocu­paciones de suelo, y son establecidas para cada parcela según la normativa propia del uso a que se destine y de la zona en que esté situada.

Art: 2.4.2. Límite de la ocupación. L La ocupación será necesariamente igualo inferior a los valo­

res de la superficie ocupable y de la superficie edificable fijados

\

en estas Normas, o por el planeamiento que desarrolle el Plan de Reforma.

2. La superficie ocupable es coincidente con el área de movi­miento señalada en el artículo 2.3.4 de estas normas, salvo mayo'rcs restricciones de la regulación de zona.

Art. 2.4.3. Construcciones subterráneas. Las construcciones enteramente subterráneas podrán ocupar en

el subsuelo los espacios correspondientes a retranqueos O sepa­ración a linderos, salvo mayores limitaciones en otras clases de condiciones y en la normativa particular de las zonas.

Capítulo'!>

Condiciones de edificabilidad

Art. 2.5.1. Aplicación. 1. Las condiciones que se señalan para determinar la edifi­

cabi~idad son de aplicación para todas las obras de nueva edi­ficación y para las que se ejecuten en los edificios que supongan capacidad para alterar la cantidad total de edificación. Son esta­blecidas para cada uso a que se destine la edificación y la zona en que se localice la parcela.

Art. 2.5.2. Edificabilidad asignada. 1. La edificabilidad asignada a cada parcela se detalla en el

anexo 111 a estas Normas, en función 'del aprovechamiento urha­nístico otorgado'y del uso urbanístico a que se las destina.

2. La edificabilidad asignada a cada unidad parcelaria definida por el Plan de Reforma es resultado de la distribución efectuada de la edificabilidad total otorgada por el Planeamiento General al conjunto del ámbito que el Plan ordena.

Art. 2.5.3. Transferencias de edificabilidades. La distribución de la edificabilidad entre unidades parcelarias

y la edificabilidad asignada consecuentem~nte a cada una de ellas pueden ser alteradas, dentro de los límites que el Plan de Reforma establece, y siempre sin superar el máximo 'establecido para el conjunto del ámbito ordenado por el Plan de Reforma, mediante la tramitación de un estudio de detalle que justifique la nueva distribución de volúmenes, coherentemente con la distinta asig­nación de edificabilidades entre unidades parcelarias que se proponga.

Art. 2.5.4. Edificabilidad máxima. Ni la edificabilidad neta asignada a cada parcela, resultado de

la distribución de la edificabilidad total del ámbito entre las par­celas en que se ordena, ni la que resulte de las transferencias de edificabilidades reguladas en el artículo 2.5.3, podrán superar, en ningún caso, los tres coma cinco (3,5) metros cuadrados edi­ficables por metro cuadrado de suelo de parcela neta.

TITULO TERCERO

Condiciones particulares de las zonas

Capítulo preliminar

Artículo 3.0.1. Definición. Las condiciones que se prescriben en este título son las espe­

cíficas de los ámbitos que se delimitan en el plano de calificación y regulación, que junto a las condiciones generales del título JJI y los títulos VI y VII de las Normas Urbanísticas del Plan General regulan el uso, aprovechamiento urbanístico y edificación de las parcelas, la propia parcelación y el uso y destino de los edificios y de las partes y locales de los mismos en función de su localización.

Art. 3.0.2. División en zonas. En función de los objetivos diferentes que el PI.an persigue en

los distintos lugares, y del uso característico asignado, el ám!':' -' se ha dividido en tres zonas en la siguiente forma:

- Zona R: edificación residencial. - Zona V: espacios libres ;,úhlicos. - Zona VP: viario públi((). Art. 3.0.3. Aplicación. Las condiciones particulares de las zonas son de aplicación a

las diferentes clases de obras y actuaciones urbanísticas según que­da establecido para cada una de ellas en los capítulos siguientes.

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Arl. 3.0.4. Alteración de las condiciones particulares. 1. Podrán alterarse las condiciones estéticas y de posición, área

de movimiento, volumen y forma de la edificación, siempre que la alteración no infrinja perjuicio sobre las edificaciones o parcelas colindantes, mediante la tramittlción de un Estudio de Detalle. . 2. Las nuevéJS ordenaciones de volúmenes que se aprueben mediante la tramitación de Estudios de Detalle no anularán a las anteriormente aprobadas o a las determinadas por el Plan Par­Cíal, que seguirán conjuntamente en vigor, salvo que expresamente se deroguen. '

3. Podrán establecerse usos dotacionales en cualquiera de las zonas en parcelas con dimensiones disconformes con las estable­

. cidas en la misma, siempre que las características del servicio públi­. co que haya de presentarse lo justifiquen. . 4. La alteración de las restantes condiciones 'particulares reque­rirá de la tramitación de una modificación del presente Plan de Reforma.

Capítulo 1

. Condiciones particulares en la zona R: edificación residencial

Arl. 3.1.1. Ambito y características. 1. Pertenecen a esta zona las parcelas señaladas con la letra R

enel plano de calificación y regulación del suelo. 2. La tipología edificatoria es de edificación aislada en bloques

abiertos, con o sin patios de parcela cerrados o abiertos. 3. Su uso cualificado es el residencial.

SECCION PRIMERA

Obras

Arl. 3.1.2. Obras admisibles. Son admisibles todas las obras contempladas en los artícu­

los 1.4.8, 1.4.9 Y 1.4.10 de las NN.UU. del PG.

SECCION SEGUNDA

Condiciones dela nueva edificadón

Art. 3.1.3. Clasificación en grados, A los efectos de la aplicación de las condiciones de edificaciém

en la zona, se distingue un único grado. ' Art. 3.1.4. Parcela mínima.

No se establece superficie mínima para las parcelas resultantes de la equidistribución en las que se manterialice el aprovecha­miento correspondiente a las parcelas actuales.

Arl. 3. 1.5. Condiciones de la parcela. A efecto de nuevas parcelaciones, re'parcelaciones o segrega·

ciones, se establecen como condiciones de las parcelas, destinadas a usos distintos del dotacional o infraestructural, las siguientes:

a) Superficie mínima, quinientos (500) metros cuadrados. b) Condiciones de forma: la forma de la parcel~ permitirá la

inscripción en Su interior de un CÍrculo de diámetro superior a quince (15) metros. El frente mínimo será de diez (10) metros. . .

Se exceptúan las parcelas que se destinen a usos dotacionales e infraestructurales.

Art. 3.1.6. Posición de la edificación.

1. Las nuevas edificaciones guardarán las sep'araciones, medi­das ~n proyección horizontal a partir de las fachadas, que se regulan en el plano PO-3 de posición de la edificación.

2. , La posición de la nueva edificación se define en relación a su altural (H) de coronación, medida desde la cota de nivelación ae la planta baja. Cuando la edificación tenga cuerpos de distinta altura de coronación, se tomará como valor de la altura el corres­pondiente al cuerpo o cuerpos de edificación enfrentados con el lindero, viario o· espacio público a l que hace frente la parcela.

3, La edificación guardará una separación igual a H/2 de su altura de coronación respecto aleje de la calle o del espacio libre público al que hace frente la parcela. En el caso de la existencia de una zona verde de acompañamiento de viario interpuesta entre la parcela edificable y la .correspondiente vía, la separación se medirá al eje del conjunto de ambas.

,

En los espacios libres además de las instalaciones reguladas en el artículo 6.10.20, podrán realizarse construcciones destinadas a portería con dimensiones máximas en planta de trescientos (300) centímetros por trescientos (300) centímetros y altura de coro­nación inferior a trescientos cincuenta (350) centímetros, no com­putado a efectos de edificación ni de ocupación.

4. Posición respecto a las parcelas colindantes: a) La edificación se dispondrá de modo que sus fachadas guar­

den una separación igual o superior a H/2 de su altura , de coron¡¡ción, respecto del lindero correspondiente, con un mínimo de cinco (5) metros,

b) La edificación podrá adosarse a los linderos de parcela en las condiciones generales reguladas en el artículo 6.3'.13 de las NN.UU. del PG .

5 . . Separación entre edificios denlro de una misma parcela: a) Cuando en una parcela se proyecten varios edificios que '

no guarden continuidad física , deberán respetar una sepa­ración entre sus fachadas igualo superior a la mayor de sus alturas de coronación, con mínimo de seis (6) metros.

b) Podrá reducirse el valor de la separación hasta la tercera parte de su altura (H:3), con un mínimo de cuatro (4) metros, en los siguientes casos: i) Cuando las dos fachadas enfrentadas sean paramentos

ciegos. . -ii) Cuando los huecos en un¡l o ambas fachadas corres­

ponde a piezils no habitables. c) Cuando no exista solape entre las construcciones, el valor

de la separación podrá reducirse hasta un tercio de su altura (H:3), con un mínimo de cuatro (4) metros.

d) . Cuando el solape entre las directrices 'de ambos bloques tenga en planta una dimensión inferior a ocho (8) metros, podrá reducirse, el valor de la separación hasta las tres cuar­tas partes de su altura (3H:4), con un mínimo de cuatro (4) metros. '

e) Cabrá, asimismo, reducir la separación entre edificios, res­petando siempre los valores mínimos absolutos, cuando por la disposición y orientación de las construcciones se demues­tre que es posible 'hacerlo, garantizando una . correcta ilu­minación y asoleo. Se entenderá como nivel mínimo de asoleo el que la fachada Sur disfrute de un soleamiento superior a dos horas diarias con la posición del sol correspondiene al 22 de diciembre.

Art. 3.1.7. Ocupación. La superficie de ocupación no podrá rebasar: a) En plantas sobre rasante: el setenta y cinco por 100 (75

por 100) de la superficie de la parcela edificabJe. b) En las plantas bajo rasante: el ochenta por ciento (80

por 100) de la superficie de la parcela edificable. Art. 3.1.8. Edificabilidad. La edificabilidad máxima sobre parcela neta edificable se esta­

blece en el plano de ordenación y en el anexo lB a estas normas, resultado de distribuir la total asignada al ámbito entre las parcelas resultantes de la ordenación.

La edifiCabilidad asignada a cada parcela podrá alterarse de acuerdo con lo establecido en el capítulo 5 del título II de estas normas.

Art. 3.1.9~ Altura de la edificación. 1. La edificación no rebasará en número de plantas y altNra

de coronación medida desde la cota de nivelación de planta baja: - Seis plantas (6) y veintidós con cincuenta metros (22,50). 2. Sobre la última planta permitida, cabrá la ~onstrucción de

una planta de ático, incluida en el cómputo de la edificabilidad. Art. 3.1.10. Cota de origen y referencia. La cota de origen y referencia coincide con la de nivelación

de la planta baja y se situará de acuerdo con las determinaciones del artículo 6.6.15 de las NN.UU. del PG ..

Art. 3.1.11. Altura de písos. La altura mínima de pisos será de: a) Trescientos diez (310) centímetros para la planta baja. b) Doscientos ochenta y cinco (285) centímetros para las plan­

tas de piso.

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B.O.C.M. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 57 _._--- _ ... _--_._~---------"'--~

Art. 3.1.12. Espacio libre interior. 1. Cuando un conjunto edificatorio construido por diferentes

edificios situados en la misma o distintas parcelas, conforme una disposición en tipología de edificación cerrada o semicerrada, los espacios libres delimitados por dicho conjunto respetarán las dimensiones que se establecen en el anexo de gráficos.

2. Cuando existan viviendas exteriores que recaigan exclusi­vamente a este espacio libre interior, la forma del mismo y sus condiciones de acceso satisfarán las condiciones establecidas por la Ordenanza Municipal Especial de Prevención de Incendios que estuviera vigente.

Art. 3.1.13. Salientes y vuelos. 1. Se permite sobresalir de las fachadas exteriores con los

salientes contemplados en el artículo 6.6.19 de las NN.UU. del PG.

2. El saliente máximo de las cornisas y aleros respecto a los planos de fachada no excederá de ochenta (80) centímetros; podrá superarse esta dimensión, en cuyo caso el exceso computará a efectos de ocupación y posición del edificio. En ningún caso podrá rebasar la alineación oficial en más de ochenta (80) centímetros.

Art. 3.1.14. Condiciones de estética. 1. La longitud y forma de la edificación serán libres.

2. Mediante Estudio de Detalle podrán variarse condiciones de forma y posición establecidas a estas normas.

r 3. Cuando la edificación se destine en planta baja a usos dis­tintos del residencial, la rasante del terreno en la banda corres­pondiente a la separación a la alineación oficial no tendrá solución de continuidad con la de la acera.

4. La composición de la edificación, materiales, color y tra­tamientode diseño son libres en el ámbito de esta zona.

SECCION TERCERA

Régimen de usos

Art. 3.1.15. Usos compatibles. a) Uso asociado.

Los.usos asociados se someten a las disposiciones para ellos regulados en las condiciones generales de los usos com­patibles del capítulo 7.2 de las NN.UU. del PG.

b) Uso complementario. i) Industrial.

En situación de planta inferior a la baja y baja. ii) Terciario.

Oficinas, en cualquier situación. Comercial, en categoría de mediano .comercio en situa­ción de planta inferior a la baja, baja y primera. Recreativo, en categorías i) e ii), en situación de planta inferior a la baja, baja y primera, y en categoría iii), en situación de planta inferior a la baja y baja. Otros servicios terciarios, en situación de planta inferior a la baja, baja y primera. Hospedaje, en cualquier situación.

iii) Dotacional. En situación de planta inferior a la baja, baja y primera.

c) .Uso alternativo. i) Terciario.

Oficinas, en edificio exclusivo. Hospedaje, en edificio exclusivo.

ii) Dotaciona\. En edificio exclusivo.

Sin necesidad de Estudio de Detalle, los usos compatibles admitidos en distintas situaciones sobre rasante, podrán desarrollarse en un edificio exclusivo dentro de la misma parcela, manteniéndose las cuantías deducibles de la apli­cación directa de las condiciones establecidas para cada uno de los usos previstos en el presente artículo.

Capítulo 2

Condiciones particulares de la zona V: espAcios libres y públicos

Ar!. 3.2.1. Ambito y cara e/erísticas.

1. Pertenecen a esta zona los suelos a ella adscritos por seña­lamiento y delimitación en el Plan de Calificación y Regulación del Suelo (CRS), donde aparecen grafiados con la letra V.

2. La morfología es la de parcelas aisladas que completan hF manzanas y parcelas adyacentes exteriores al ámbito.

3. El uso cualificado es el dotacional cn su clase de zona~ verdes.

Art. 3.2.2. Aplicación.

1. En función del destino urbanístico de la totalidad de los suelos adscritos por el Plan de Reforma a esta zona y en todo lo no establecido en estas normas, el uso y edificación de los predios se regirá por lo establecido en los capítulos 7.7 y 7.8 de las NN.UU. del PGOUM 1997.

2. A los efectos de la aplicación del artículo 49 de la Ley del Suelo (Real Decreto 1346/1976), las previsiones de espacios libres asociados por el Planeamiento General y el Plan de Reforma a la densidad de población, son únicamente las correspondientes a la dotación mínima convenida, estahleciela en 6.50n metros cua drados de suelo.

3. Igualmente, a los efectos de lo prevenido en el artículo 50 de la Ley del Suelo (Real Decreto 1346/1976), k.s elementos de la zonificación que excedan de las dotaciones mínimas obligalurias establecidas en 6.500 metros cuadrados de suelo con los que el Plan de Reforma completa la geometría ele la ordenación pro­puesta, serán susceptibles de modificación, sujetándose en su trú­mite a las mismas disposiciones aplicables para la formulación del instrumento que los concrete.

Ar!. 3.2.3. Alcance de la calificacióll de zona l'erde.

1. Dado el carácter completador de otras zonas verdes y man­zanas existentes exteriores al ámbito, de las calificaciones de zona verde adoptadas por el Plan de Reforma, en función de las nece­sidades del entorno que completan, éstas poclr{LIl reajustarse en cuanto a su configuración y posición, sin alteración de la superficie mínima total determinada en 6.500 metros cuadrados de suelo, sin ,que ello constituya una modificación del Plan de Reforma, mediante la tramitación y aprohación de un Estudio de Detalle.

2. Asimismo, siendo la superficie total de zonas verdes resul­tado de la configuración concreta del trazado viario que el Plan adopta. Esta podrá alterarse sin reducir el mínimo establecido de 6.500 metros cuadrados, cuando la reconsideración de la fun­cionalidad de la red viaria lo exija, sin que ello constituya una modificación del Plan de Reforma.

Art. 3.2.4. Alcance de la calificación dotaciol/al.

1. Las calificaciones pormenorizadas del plano de calificación y regulación del suelo tienen el valor de usos preferentes. Si las condiciones urbanísticas en el momento de materializar la ins­talación del uso aconsejaran su alteración no será considerada modificación de Plan de Reforma si se mantiene el uso dentro de los clasificados como dotacionales de servicios colectivos (ca­pítulo 7.7) por el Plan General.

2. La alteración de la calificación inicialmente asignada como preferente deberá justificar que la superficie de suelo o la loca­lización de la misma no se requieren para la práctica de los servicios públicos que correspondan a la pormenorización adoptada por el Plan de Reforma.

3. Las parcelas identificadas como VBI y VB3 podrán inte­grarse en la red viaria pública como árcas estancia les reguladas en el artículo 7.4.11 de las NN.UU. del PG o bien destinarse a la ampliación de la propia vía pública o (1 áreas de estacionamiento en superficies anexas a la misma.

En ellas podrán instalarse centros de transformación de energía eléctrica enteramente subterráneos y sin que sobresalga ni levante ningún elemento de su construcción sobre la rasante de las vías adyacentes.

4. La parcela identificada como VS.4 está destinada a su inte­gración con las adyacentes calificadas de zona verde de carácter singular, como regularización de linderos en el borde del ámbito

t.

Pág. 58 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. Núm. ' 32

del PR. Su ejecución ha de efectuarse conjuntamente con las zonas verdes con las que se integra como parte de las mismas.

Art. 3.2.5. Integración de dotaciones,

Las parcelas contiguas adscritas por el Plan de Reforma a usos dot¡\citHl,l!cS públicos podrán ser ?bjeto de ag.regación o segre­gación como resultado de su estudio porm~nonzado o en de~alle para su mejor adecuación al uso al gue fmal~e~te se d~stll1en o COH aoicto de integrarlas en un conjunto umtano SIl1 mas con­diciones 'oara su autorización que la elaboración y tramitación de un estudio de detalle con sujeción a las limitaciones relativas a las dotaciones y parcelas mínimas y usos preferentes y las que fueran particulares de la clase a que pertenecieran para su destino.

Art. 3.2.6. Acceso a los edificios desde los parques y jardines.

Desde los espacios libres sc podrá realizar el acceso a los edi­ficios, siempre que para ello cuenten con una franja paviment.a~a inmediata con una anchura mínima de tres (3) metros que facIlite

. el acceso de personas y de vehículos de servicio y el portal más lejano no se encu.entre a más de cillcuenta (50) metros de la calzada.

Mad rid, a 19 de enero de 1999,-EI secretario general, Paulino Martín Hernández.

(01 /1.180/99)

MADRID

OTROS A:NUNCIOS

Junta Municipal de Distrito de Centro

ANUNCIO

Habiéndose intentado la notificación en el domicilio del des­tinatario, y no habiéndose podido practicar, del decreto dicta?o por la se liora concejala-presidenta de esta Junta MUnICipal de D~s­trilo que a continuaciún se relacionan, se procede a su publIcacIOn de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de .Ias Adrninistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:

Orden de levantamiento de quiosco prensa

Interesado: don Pedro Entrena Pardo. Fecha decreto orden levantamiento: 3 de febrero de 1999. Expediente: 101/94/13213. . . Asunto; orden levantamiento y retirada del quiosco de prensa

sito en la ronda de Segovia, números 17-19, en ejecución sus­titutoria, según los artículo 95 y .96 ¡;le la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 37.3 de la ordenanza general sobre mobiliario urbano, toda vez que se encuentra en estado de abandono y deterioro.

Contrata municipal: "Ortiz Construcciones y Proyectos, Sociedad Anónirn;¡ ", siendo a cargo del interesado los gastos derivados.

De no est¡u de acuerdo con todas las resoluciones anteriores, podrá interponer recurso ordinariO de alzada, como previo ál con­tencioso-administrativo, ante el alcalde-presidente, en el plazo de un mes coptado a partir del día de la publicación de la notificación ' (artículo 76.2 del Decreto 1674/1963, de 11 de julio, por el que se aprobó la Ley Especial de Madrid, en relación con los citados artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de conformidad con el acueTf:lo del Pleno de ~ste Ayu~t~mie~to de 30 de lJovi,:mbre de 1993), y recurso contencloso-admll1lstratlvo ante la S;¡j,o ~'('rrespondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid 1.') : ' : plazo de dos meses, contados apartir del día siguiente al quc r ~o:Jim notificación de la resolución del recurso de alzada (? rt ículo 5K.J de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Adminis­trativa de 27 tlc diciembre de 1956), así como cúalquier Otl'O recurso que esl imc pertinentc.

Madrid.-La jefa de la Oficina Municipal , Ana María Huerta RicD.

(02/2.579/99)

" ,.

MADRID OTROS ANUNCIOS

Junta Municipal de Distrito de Centro

ANUNCIO.

Rectificación

En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 19 de enero de 1998, página 45, se ha insertado anuncio de la Junta Municipal de Distrito de Centro donde se ha detectado error material, procediéndose a su rectificación, de forma que en el expediente número 028/92/2132 el nombre de la interesada es "Denver Carrinton España, Sociedad Anónima ".

Madrid.-La jefa de la Oficina Municipal, Ana María Huerta Rico.

BELMONTE DE TAJO CONTRATACION

Anuncio de licitación

(02/2.577/99)

1. Organo de contratación:' Ayuntamiento Pleno. 2. Modalidad de atljudicación: expediente urgente por proce­

dimiento abierto, mediante la formel de concurso. Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, de fecha 29 de enero

de 1999, h3 sido aprobado el pliego de cláusulas administrativas particulares, el cual se expone al público por plazo de ocho días contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRlD para que puedan presentarse reclamaciones.

Simultáneamente se anuncia concuso público, si bien la licitación se aplazará, cuanto resulte necesario, en el sqpuesto de que se formulen reclam¡¡ciones contra el pliego ele cláusulas particulares.

3. Contenido del contrato Qbjeto de licitación: la urbanización del entorno de la Cása de la Cultura de Bclmonte de Tajo, con arreglo al pliego de cláusulas administrativas, proyecto técnico redactado por el arquitecto don Gustavo Navarro Jiménez.

4. Presupuesto de las obras: 15.861.044 pesetas, IVA incluido. 5. Plazo de ejecución: tres meses. 6. Lugar de presentación de las ofertas: Secretaría del Ayun­

tamiento. Plaza de la Constitución, número J. Código postal: 28390. Municipio: Bclmonte de Tajo (IVladrid). -

7. Fecha límite de recepción de ofertas: el día en que se cum­plan trece días, contados desde el si,guiente al de la fecha de publi­cación de este anuncio en el BOLETIN OFICtAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

8. Apertur<J dc plicas: la apertura de ofertas tendrá luga~ en el Salón de Actos del Ayuntamiento, a las doce horas del qUll1to día hábil a contar desde la finalización del plazo de presentación de proposiciones en acto público.

Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador debe­rá justificar la fecha y hora en que efectuó el envío y comunicarlo al órgano de contratación mediante fax o telegrama, dentro de la fecha y hora establecidos como plazo de presentación. Sin la concurrencia de estos requisitos no será admitida I.a proposición si es recibida con posterioridad al plazo señalado en este anunCIO.'

9. Garantía provisional y definitiva: los licitadores acreditarán la constitución en la Caja de la Corporación, a disposición del Ayuntamiento, de una garantía provisional dc 317.221 pesetas, equivalente al 2 por 100 del presupuesto establecido como base de licitación, en la forma dispuesta en el pliego de cláusulas administrativas.

El adjudicatario está obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 4 por 100 del presupuesto de adjudicación, que habrá de establecerse a disposición del Ayuntamiento en la forma prevista para la garantía provisional. .

10. Modalidades básicas de financiación y pago: serán cofl­naríciadas por la Dirección General de Administración Local y el Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, con cargo il la partida 4620 del presupuesto general de esta Corporación, mediante cer­tificaciones mensuales de obra ejecutada.

B.O.C.M. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 59

11. Modelo que se utilizará para la presentación de ofertas: la proposición se presentará en la forma establecida en el pliego de cláusulas administrativas. Con arreglo al siguiente

MODELO

Don ................ , con domicilio en ................ , calle ................ y D.N.I. número ................ , expedido en ................ , con fecha ................ , en nombre propio (o en nombre y representación de ................ , como acredito por ................ ), enterado del expediente de contratación urgente y de la convocatoria para la adjudicación por procedimiento abierto, mediante concurso, de .las obras de "Urbanización del entorno de la Casa de la Cultura de Belmonte de Tajo (Madrid)", anunciada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número ................ , de fecha ................ , tomo parte en la misma, comprometiéndome a realizarla en el precio de ................ pesetas (letra y número), IV A incluido, hacien-do constar que no estoy incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 20 de la Ley de Contratos de las Admi­nistraciones Públicas.

Los gastos derivados de la publicación del presente . anuncio serán por cuenta de la empresa adjudicataria de las obras.

Belmonte de Tajo, a 2 de febrero de 1999.-EI alcaIde-pre­sidente, Vicente Torres Vela seo.

BELMONTE DE TAJO CONTRATAClON

Anuncio de licitación

(02/2.501/99)

1. Organo de contratación: Ayuntamiento Pleno. 2. Modalidad de adjudicación: expediente urgente por proce­

dimiento abierto, mediante la forma de concurso. Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, de fecha 29 de enero

de 1999, ha sido aprobado el pliego de cláusulas administrativas particulares, el cual se expone al público por plazo de ocho días contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que puedan presentarse reclamaciones.

Simultáneamente se anuncia concuso público, si bien la licitación se aplazará, cuanto resulte necesario, en el supuesto de que se formulen reclamaciones contra el pliego de cláusulas particulares.

3. Contenido del contrato objeto de licitación: las obras de acondicionamiento del saneamiento en la travesía de la carretera Villarejo-Valdelaguna, con arreglo al pliego de cláusulas admi­nistrativas, proyecto técnico redactado por don Francisco González Vizcaíno.

4. Presupuesto de las obras: 14.091.201 pesetas, IV A incluido. 5. Plazo de ejecución: tres meses. 6. Lugar de presentación de las ofertas: Secretaría del Ayun­

tamiento. Plaza de la Constitución, número 1. Código postal : 28390. Municipio: Belmonte de Tajo (Madrid) ..

7. Fecha límite de recepción de ofertas: el día en que se cum­plan trece días, .contados desde el siguiente éll de la fecha de publi­cación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNiDAD DE MADRID.

8. Apertura de plicas: la apertura de ofertas tendrá lugar en el Salón de Actos del Ayuntamiento, a las trece horas del quinto día hábil a contar desde la finalización del plazo de presentación de proposiciones en acto público. .

Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador debe­rá jusi"ificar la fecha y hora en que efectuó el envío y comunicarlo al órgano de contratación mediante fax o telegrama, dentro de la ' fecha y hora establecidos como plazo de presentación. Sin la concurrencia de estos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad al plazo seña lado en este anuncio.

9. Garantía provisional y definitiva: los licitadores acreditarán la constitución en la Caja de la Corporación, a disposición del Ayuntamiento, de una garantía provisional de 281.824 pesetas, equivalente al 2 por 100 del presupuesto establecido como base de licitación, en la forma dispuesta en el pliego de cláusulas administrativas.

El adjudicatario está obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 4 por 100 del presupuesto de adjudicación, que

habrá de establecerse a disposición del Ayuntamiento en la furma prevista para la garantía provisional.

10. Modalidades básicas de financiación y pagu: serán cofi­nanciadas por la Dirección General de Administración Local )' el Ayuntamiento de Belmonte de Tajo, con cargo a la pa rtida 463 del presupuesto general de esta Corporación, mediante c~r­tificacioncs mensuales de obra ejecutada.

11. Modelo que se utilizará para la presentación de ofertas: la proposición se presentará en la forma establecida en el pliego de cláusulas ndministrntivas. Con arreglo al siguiente

MODELO

Don ........ ........ , con domicilio en ................ , cnlle ................ y D.N.I. número ..... ........... , expedido en ................ , con fecha ................ , en nombre propio .(0 en nombre y representación de ................ , como acredito por .. ...... ...... .. ), enterado del expediente de contratación urgente y de la convocatoria para la adjudicación por procedimiento abierto, mediante concurso, de las obras de "Acondicionamiento del saneamiento en la travesía de la carretera Villarejo-Valdelaguna", anunciada en el BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número ................ , de fecha ................ , tomo parte en la misma, comprometiéndome a realizarla en el precio de ...... ......... . pesetas (letra y número), IVA incluido, hacien-do constar que no estoy incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 20 de la Ley de Contratos de las Admi­nistraciones Públicas.

Los gastos derivados de la publicación del presente anuncio serán por cuenta de la empresa adjudicataria de las obras.

Belmonte de Tajo, a 2 de febrero de 1999.-EI alcaIde-pre­sidente, Vicente Torres VeJasco .

(02/2.502/99)

COSLADA OTROS ANUNCIOS

No habiendo sido posible notificar el correspondiente decreto de Alcaldía, por el que se ordena la retirnda de elementos publi­citarios instalados, sin licencia ni autoriz<lción, en dominio público de titularid'ad municip,t1, al resultar desc(\f")cidos los propietarios-o titulares de dichos elementos. y pari:! 'l u..: sirVe de notificación a los mismos, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace saber:

«Por decreto de esta Alcaldía-Presidencia número 1.704 de fecha 27 de mayo de 1997, se otorgó a los interesados que figuraban en la citada resolución un plazo de . quince días para que pro­cedieran a la retirada 'de elementos publicitarios instalados sin la preceptiva licencia en la vía pública, así como a la reposición del dominio público afectado al estado anterior a la instalación. En el mencionado decreto, asimismo, se apercibía a los interesados respecto a la posible ejecución subsidiaria de lo ordenado por este Ayuntamiento, en caso de incumplimiento.

La resolución anteriormente citada fue debidamente notificada a los interesados o pubiicada, según establecen las disposiciones de aplicación, tal y como consta en los expedientes incoados.

Por inspección municipal, según informe de fecha] 5 de octubre de 1998, se ha constatado que no se ha procedido a la retirada de los elementos publicitarios de la vía pública, y/o a la reposición del dominio ¡'úblico afectado al estadó anterior a la instalación en los emplazamientos que a continuación se relacionan:

Expediente. - Titular. - Localización.-Foto

004/97. - Auguste Thouard España, Sociedad Anónima. Calle Senda Galiana, número 12. - 3/96.

021/97. - Mural, Sociedad Anónima.-Calle Senda Galiana , número 20. - 16/96.

035/97. - Mural, Sociedad Anónima. - A ..... enida de la Cañada, número 127. - 25/96. .

081/97. - Mural, Sociedad Anónima. -- Av\!nida de b CaÍlada, número 66. - 31/96.

089/97. - Eha, Sociedad Anónima. - Avenida de la Cañada, número 113. - 51 /96.

Pág. 60 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 RO.C.M. Núm.:32

123/97. -'- Pentagrama Publicidad, Sociedad Anónima. - Calle Puente Iberos, número 16. - ~0!96.

125/97. - Mural, Sociedad Anónima. - Avenida de San Pablo, número 16. -72/96.

126/97. - Mural, Sociedad Anónima. - Avenida de San Pablo, número 16. - 73/96.

137/97. - Mural, Sociedad Anónima. - Avenida de San Pablo, número 18. - 78/96.

158/97. - Cafeterías Alma, Sociedad Anónima. - Calle Alcarria, número 13. - 96/96.

185/97. - Borrego Criado: Teresa. - Avenida de los Príncipes de España, número 20. -121/96 ..

186/97. ~ López Pozo, José Manuel. - Calle Méjico, núme­ro 7. - 122/96.

218/97. - González Castro, M. Teresa. - Calle Doctor Fleming, número 4. -142/96.

311/97. - Lordiler, Sociedad Limitada. - Avenida de la Cons-titución, sin número, - S/5403/96. ,

316/97. - Pry<;:a. - Avenida de la Cañada, número 64. - No consta. . .

Habida cuenta de los antecedentes expuestos, la potestad de ejecución forzosa atribuida al Ayuntarniento en el artículo 4, apar­tado f), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en vütud de las facultades que me confiere el artículo 41.25 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcio­namiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, en relación con los artículos 95 y 96, apartado b), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y 'del Procedimiento Administrativo Común, se ordena :

Primero.-Que por la empresa "Viales y Construcciones, Socie­dad Anónima", como adjudicataria del concurso en su día cele­brado, se proceda a ejecutarsubsidiarialÍlente y de forma inmediata la orden de retirada de la vía pública de elementos publicitarios . instalados sin licencia y anteriormente señalados, así como a la reposición del dominio público afectado ál estado ' anterior a la instalación.

Segundo.- Trasladar los materiales que pudieran conservarse, debidamente identificados, a las instalaciones municipales sitas en la calle Juan de la Cierva, número 8 de esta localidad para su custodia; donde quedarán a disposición de los respectivos irlte­resados y a cuyo ' efecto se realizará la pertinente comunicación.

Tercero.-Que por los Servicios Técnicos Municipales compe­tentes se proceda-a la valoración de los gastos, daños y perjuicios que origine la ejecución subsidiaria de la orden de retirada de fecha 27 de mayo de 1997, entre otros, los trabajos de desmontaje,

, , reposición del dominio público y traslado y custodia de materiales, que serán exigidos a los obligados.

Cuarto~-Adve¡;tira los interesados que transcurrido el plazo de un ano, contado desde la efectiva retirada de los materiales instalados en la vía pública, sinqLie los mislJ10s fueran reclamados, se presumirá su abandono y se procederá a su venta en pública subasta de conformidad con ' lo establecido en los artículos 460 y 615 del Código Civil, o se autorizará su aprovechamiento por terceros en virtud de lo dispuesto en el artículo 226 de la vigente Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente.

Quinto.-De la presente resolución dése cuenta al Pleno en la próxima sesión ordinaria que celebre y comuníquese su con­,tenido a los interesados ofreciéndole los recursos correspondientes, al encargado general, al director del Area de .Política Territorial, a la Policía Local y a la empresa "Viales y Construcciones, Sociedad Anónima", para su conocimiento y exacto cumplimiento.»

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía adminis­trativa, puede interponer el interesado recursócontencioso admi­nistrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir de la recepción de esta noti­ficación o de su publicación, en su caso, pudiendo interponer, no obstante, cualquier otro recurso que estime conveniente a su derecho, teniendo ' a su disposición el expediente de referencia dentro del citado plazo en el Area de Política Territorial (tercera planta) de este Ayuntamiento, sito en la avenida de la Constitución, número 47, 28820 Coslada (Madrid) . '

Coslada, a 28 de enero de 1999.-El alcalde-presidente (fir­mado).

(02/2.146/99)

.-

MORALZARZAL URBANISMO'

El Pleno del Ayuntamiento de Moralzarzal, en sesión celebrada en fecha 18 de junio de 1998, aprobó inicialmente la propuesta de concesión administrativa de 1.300 metros cuadrados promovida por "PJ. Manquehue, Sociedad Anónima", de suelo dotacional, sito en el ámbito de Suelo Urbanizable del Herrén de los Tomillos, calle Ladera de las Suertes, al objeto de la ejecución de pistas deportivas, así como el preceptivo Estudio de Detalle, para orde.nac el referido suelo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 82 y siguientes del Reglamento de Bienes de , las Corporaciones Locales y ar­tículos 65 y siguientes del Reglamento de PlaneamientoUrba­nístico, por plazo de un mes, los interesados podrán examinar el expediente, presentar las alegaciones que estimen oportunas y, en su caso, promover concurrencia de ofertas en relación con la propuesta de concesión aprobada.

Moralzarzal, a 29 de enero de 1999.-EI secretario municipal, Santiago Perdices Rivera.

(02/2.444/99 )

MORALZARZAL URBANISMO

El concejal-delegado de Urbanismo, por decreto del día 28 de enero de 1999, ha aprobado inicialmente el Plan Parcial del ámbito de Suelo Urbanización: Sector 1 Area 3, promovido por don Anto­nio González Taillet.

De conformidad con lo establecido en el artículo 138 del Regla­mento de Planeamiento Urbanístico, el presente expediente, junto con los documentos que lo integran, se expone al público durante el plazo de UJi mes, durante el cual cualquier interesado podrá examinar el expediente y presentar las alegaciones y sugerencias que tenga por conveniente, dirigidas a la Secretaría General del Ayuntamiento, sita en la plaza de la Constitución, número 1,28411 Moralzarzal.

Lo que se hace público para general conocimiento. Moralzarzal, a 29 de enero de 1999.-EI secretario municipal,

Santiago Perdices Rivero. (02/2.445/99)

POZUELO DE ALAR CON

REGIMEN ECONOMICO

En la Intervención de este Ayuntamiento y a los efectos de lo establecido en el artículo 158.2, en relación con el artículo 150 de la Ley 39/1988, de 28de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, se halla expuesto al público el expediente de modificación de créditos número 2/99, consistente en crédito de carácter extraor­dinario, dentro del presupuesto del Ayuntamiento, actualmente prorrogado, que ha sido aprobado inicialmente ' por el Ayunta­miento Pleno en sesión celebrada el 3 de febrero de · 1999.

Los interesados legítimos y por las causas establecidas en el artículo 151 del citado texto legal , podrán formular sus reclama- , ciones de acuerdo con las normas siguientes:

a) Plazo de exposición al público y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inser­ción.de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU­NIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General del Ayunta­miento.

c) Organismo ante el que se recurre: Ayuntamiento Pleno. Se considerará definitivamente aprobado el expediente de modi­

ficación de crédito si .durante el citado plazo no se hubiesen pre­sentado, reclamaciones.

Pozuelo de Alarcón, a 4 de febrero de 1999.-EI alcalde (firmado).

(02/2.475/99)

,

B.O.C.M. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 61

POZUELO DE ALAR CON

REGIMEN ECONOMICO

En la Intervención de este Ayuntamiento y a los efectos opor­tunos previstos en el artículo 17 de la Ley 39/1988, Reguladora de las Haciendas Locales, se halla expuesto al público el expediente de imposición de las tasa por derechos de examen y aprobación de su ordenanza reguladora que será como ordenanza número 25, aprobada por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 3 de febrero de 1999.

Los interesados legítimos podrán examinar el expediente y pre­sentar las reclamaciones que estimen oportunas, con sujeción a las normas que se indican a continuación:

a) Plazo de exposición al público y presentación de reclama­ciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. .

b) Oficina de presentación: Registro General del Ayunta­miento.

c) Organismo ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno. Pozuelo de Alarcón, a 4 de febrero de 1999.-EI alcalde

(firmado). (02/2.476/99)

POZUELO DE ALARCON REGIMEN ECONOMICO

En la Intervención de este Ayuntamiento y a los efectos opor­tunos previstos en el artículo 17 de la Ley 39/1988, Reguladora de las Haciendas Locales, se hallan expuestbs al público los expe­dientes de modificación de las siguientes ordenanzas fiscales apro­bados por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 3 de febrero de 1999:

Número 3.-0rdenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Número 5.-0rdenanza fi~cal reguladora del impuesto muni­cipal sobre construcciones, instalaciones y obras.

Número 1 l.-Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la pres­tación de servicios en cementerios y otros servicio? fúnebres.

Número 20.-0rdenanza fiscal reguladora del impuesto sobre actividades económicas.

Los interesados legítimos podrán examinar los expedientes y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, con sujeción a las normas que se indican a continuación:

a) Plazo de exposición al público y presentación de reclama­. ciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha

de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General del Ayunta- ' miento.

c) Organismo ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno. Pozuelo de AJarcón, a 4 de febrero de. 1999.-EI alcalde

(firmado). (02/2.473/99)

SAN MARTIN DE LA VEGA CONTRA TACION

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se anuncia concurso conforme al siguiente contenido:

1. Entidad adjudicadora. a) Organismo: Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de

San Martín de la Vega. . b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General. c) Número de expediente: 2/99. 2. Objeto del contrato. a) Descripción del objeto: urbanización de la calle del Recinto

Ferial y del lateral de la carretera de Morata, a la altura del campo de fútbol. '

b) División por lotes y número:

- Lote 1: Urbanización ' de la calle del Recinto Ferial. - Lote 2: Urbanización del lateral de la carretera de Mora-

ta a la altura del campo de fútbol. c) Lugar de ejecución:

- Lote 1: Recinto Ferial. - Lote 2: lateral de la carretera de Morata.

d) Plazo de ejecución: - Lote 1: un mes. - Lote 2: dos meses.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación. a) Tramitación: urgente. b) Procedimiento: abierto. c) Forma: concurso. 4. Presupuesto base de licitación. - Lote 1: 3.886.191 pesetas (IV A incluido). - Lote 2: 13.902.382 pesetas (IV A incluido). 5. Garantías. - Lote 1: 77.724 pesetas. - Lote 2: 278.048 pesetas. 6. Obtención de . documentación e información. a) Entidad: Ayuntamiento de San Martín de la Vega. b) Plaza de la Constitución, número 1. c) Localidad y código postal: 28330 San Martín de la Vega. d) Teléfono: 918 946111. e) Telefax: 918 947 107. f) Fecha límite de obtención de documentos e información:

último día de presentación de proposiciones. 7. Requisitos específicos del contratista. a) Clasificación: grupo G, subgrupo 6, categoría c). 8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de par­

ticipación. a) Fecha límite de presentación: trece días naturales contados

a partir del siguiente al de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE · LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Documentación a presentar: la señalada en la cláusula 12 del pliego.

c) Lugar de presentación: 1.0 Entidad. Ayuntamiento de San Martín de la Vega. 2.° . Domicilio: plaza de la Constitución, número 1. 3.° 28330 San Martín de la Vega (Madrid). .

d) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: hasta que se produzca la fomalización del contrato.

e) Admisión de variantes: no se admiten. 9. Aperturade las ofertas: en el lugar señalado en el punto 8.c)

anterior, a las doce horas, transcurridos cuatro días naturales con­tados a partir del de finalización del plazo de presentación de proposiciones, que no sea sábado ni festivo.

10. Gastos de anuncios: a cargo del adjudicatario. San Martín de la Vega, a 3 de febrero de 1999.-EI alcalde-pre­

sidente, Juan Carlos Vállega Fernández. (02/2.391/99)

SAN SEBASTIAN DE LOS REYES CONTRA TACION

Resolución del Ayuntamiento Pleno de San Sebastián de los Reyes, adoptada en sesión celebrada el 17 de diciembre de 1998, atorizando la enajenación de la parcela número 1 de la Unidad de Gestión "G" del patrimonio municipal.

1. Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes. b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Con-

tratación, planta segunda. c) Número de expediente: CON-6/97. 2. Objeto del contrato: Descripción del objeto: la enajenación de la siguiente . parcela: Parcela número 1 de la Unidad de Gestión "G", superficie 228,77

metros cuadrados, inscrita al tomo 404, libro 329, folio 224, núme-

Pág. 62 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. Núm. 32

ro 25.072 del Registro de la Propiedad de San Sebastián de los Reyes.

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: ordinaria. b) Procedimiento: abierto. c) Forma: subasta.

4. Presupuesto base de licitación: 29.168.175 pesetas. No se admitirán proposiciones a la baja. 5. Garantía provisional: 5.833,635 pesetas. 6. Obtención de documentación e información:

a) Entidad: Ayuntamiento. b) Domicilio: plaza de la Constitución, número 1. c) Localidad y código postal: 28700 San Sebastián de los Reyes. d) Teléfonos: 916597140 ó 916 597139. e) Telefax: 916 545 848. f) Fecha de obtención de documentos e información: durante

el período de presentación de proposiciones.

7. Requisitos específicos del contratista: ninguno. 8. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de par­

ticipación:

a) Fecha límite de presentación: el día que se cumplan vein­tiséis naturales desde la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, salvo que coincida en sábado o festivo, en cuyo caso se prorrogará el día hábil siguiente.

b) Documentación a presentar:

Las proposiciones deberán presentarse en dos sobres cerra­dos, por cada parcela objeto de licitación con la inscripción : "Proposición que presenta D ............... .. (en nombre propio o en representación de ... ............ . ), para tomar parte en la subasta de la parcela número 1 de la Unidad de Gestión "G" , . acompañada de los siguientes documentos:

Sobre número 1.

a) El que acredite la personalidad de la entidad (escritura de constitución o modificación, debidamente inscrita en el Registro Mercantil) o, si es persona física, documento nacional de identidad.

b) Poder bastanteado por el secretario dé! Ayuntamiento, los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro.

c) Resguardo acreditativo de haber consignado la fianza provisional.

d) Declaración responsable de tener capacidad para con­tratar con la Administración y de no estar incurso en las prohibiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Sobre número 2: Proposición económica, conforme al mode­lo que figura en este anuncio.

a) Lugar de presentación:

1.0 Entidad: Ayuntamiento, Registro General de Entrada.

2° Domicilio: plaza de la Constitución, número l. 3.° Localidad y código postal: 28700 San Sebastián de

los Reyes. 4.° Horario: de ocho y treinta a catorce y treinta horas.

b) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a man­tener su oferta: veinte días desde la apertura de las proposiciones.

9. Apertura de las ofertas:

a) Entidad: Ayuntamiento (salón de actos). b) Domicilio: plaza de la Constitución, número l . c) Localidad: San Sebastián de los Reyes. d)Fecha: día hábil siguiente, exceptuado el sábado, a aquél

en que finalice el plazo de presentación de proposiciones. e) Hora: a las trece y treinta.

t

10. Gastos de anuncios: serán de cuenta del adjudicatario. 1 L. Modelo de proposición: D ................. , mayor de edad, con domicilio en ......... ....... , docu-

mento nacional de identidad número ................ , en su propio nom-bre (o en representación dc ................ ), enterado de la convocatoria de subasta anunciada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número ................ , de fecha ................ , toma parte en la misma con arreglo al pliego de cláusulas económico-admi­nistrativas, que acepta íntegramente, comprometiéndose a adquirir la parcela número 1 de la Unidad de Gestión "G" de San Sebastián de los Reyes, en el precio de ................ pesetas (en letra y número), que representa el alza del ................ por 100 sobre el tipo de lici-tación (29.168.175 pesetas), impuestos aparte.

(Lugar, fecha y firma.) San Sebastián de los Reyes, a 1 de febrero de ] 999.-EI alcalde

. (firmado). .

TORREJON DE ARDOZ REGIMEN ECONOMICO

(02/2.447/99)

Para cumplimentar lo dispuesto en el artículo 150.1 de la Ley 39/1998, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al. público el presupuesto general para J 999, incluyendo el de los Organismos Autónomos Administrativos de Deportes, Bienestar Social y Sociocultural, así como las bases de ejecución del mismo y demás documentación, según artículo 149 de dicha Ley 39/1988, que obra en el expediente y que fueron aprobados' inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el I de febrero de 1999.

Los interesados que estén legitimados, según artículo 151 de la Ley 39/1988, podrán examinar el mismo en la Intervención muni­cipal a los efectos de presentar reclamaciones y reparos según las siguientes normas:

- Plazo de reclamaciones: quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

- Organismo ante el que se reclama: Ayuntamiento Plc.no. - Lugar de presentación de los escritos: Registro General de

la Corporación. Torrejón de Ardoz, a 2 de febrero de 1999.-EI alcalde-pre­

sidente (firmado). (02/2.174/99)

TORREJON DE ARDOZ OFERTAS DE EMPLEO

Aprobadas por resolución de la Alcaldía-Presidencia, de fecha 2] de enero de ] 999, queda expuesta al público, en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, la lista definitiva de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas de la convocatoria para cubrir una plaza de ingeniero técnico de obras públicas de este Ayun­tamiento, incluida en la OEP/98 (según las bases publicadas en el BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fechas 12 de mayo y 22 de octubre de 1998 y convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" de fecha 18 de noviembre de 1998). Asimismo se indica que la primera prueba se realizará el día 26· de enero de 1999, a las nueve y treinta horas, en el Salón de Plenillos del Ayuntamiento.

Excluidos Apellidos y nombre. - Documento nacional de identidad. - Causa

de exclusión Noaín García, Ignacio. - 2482290-S. - No reunir requisito

del artículo 2, apartado 2.1.2.2, dc las bases generales. Torrejón de Ardoz, a 21 de enero de 1999.-EI concejal delegado

de Personal (P. D. A. de 11 de enero de 1997), Fernando Sabio Sánchez.

(02/1.125/99)

B.O.CM. Núm. 32 LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 Pág. 63

IV. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Tribunal Supremo SALA PRIMERA DE W CML

EDICTO

La Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo, en la ejecución de sentencia extranjera instada por don Miguel Angel Alvarez Oliver de la dictada por ,el Juzgado número 2 de familia, primer partido judicial de México D.F., con fecha 14 de enero de 1975, sobre divorcio, ha acordado citar y emplazar por medio del presente a doña Bertha Kaim Cuevas, contra quien se dirige el procedimiento, para que en el término de treinta días comparezca ante este Tri­bunal y Secretaría del señor Bartolomé Par­do, rollo número 1/2021/91 para ser oído, apercibiéndole que de no verificarlo se pro­'seguirá en el conocimiento de los autos sin , su intervención.

y para su publicación en el BOLETíN OFI­CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expi- ' do el presente, que firmo en Madrid, a 15 de enero de 1999.-EI secretario (firmado).

(02/1.393/99)

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

, SECRETARIA DE GOBIEaNO

Yo, el infrascrito, secretario de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que por la Sala de gobierno de este Tribunal Superior, en sesión ' cele­brada en el día de hoy, se adoptó el siguiente: '

Doce. Nombramiento de don Miguel ,Arranz Sancha como juez de paz titular del Juzgado de San Sebastián de los Reyes.

Se da cuenta del expediente relativo a designación de juez de paz titular del Juz­gado de San Sebastián de los Reyes.

La Sala de gobierno, por unanimidad, acuerda: Nombrar juez de paz titular a' don Miguel Arranz Sancha para servir el Juz­gado de San Sebastián de los Reyes.

Con certificación particípese este acuer­do al Consejo General del Poder Judicial, al ilustrísimó señor magistrado-juez decano de los Juzgados de primera instancia e ins­trucción de Alcobendas, partido judicial al que pertenece, al señor alcalde del Ayun­tamiento de San Sebastián de los Reyes y alBOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación.

,

y para que conste y en cumplimiento de lo acordado, expido y firmo la presente en Madrid, a 21 de diciembre de 1998.-EI secretario (firmado).

(03/2.238/99)

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINIS1::RA TIVO

Sección Octava

EDICTO

La presidenta de la SecCión Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hace saber: Que por "J.M.C Restau­ración, SoCiedad Anónima" , se ha inter­puesto recurso contencioso-administrati­vo bajo el número 2.097 de 1998-01 , con­tra la Orden de 11 de septiembre de 1998 de la Consejería de Presidencia, sobre sanción.

Lo que se hace público a los efectos preceptuados en el artículo. 60 de la Ley de esta jurisdicción.

Madrid , a 25 de enero de 1999.-La presidenta (firmado) .

(01/932/99)

Sección Octava

, EDICTO

, La presidenta de la Sección Octava de la , Sala de lo Contencioso-Administrativo

del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hace saber: Que por "cOmercial Ma­drileña Vehículos Transportes, Sociedad Anónima" , se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo bajo el núme­ro 2.061 de 1998-01, contra la resolución de la Consejena de Obras Públicas, U~­banismo y Transportes de 5 de octubre de 1998, sobre sanción. '

Lo que se hace público a los efectos preceptuados en el artículo 60 de la Ley de esta jurisdicción.

Madrid, a 22 de enero de 1999.-La presidenta (firmado) .

(011934/99)

Sección Octava

EDICTO

La presidenta de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hace saber: Que se ha dictado en el recurso contencioso-administrativo, bajo el número 643 de 1997-03, recurrente doña Saida Abdessadki Fadma , contra resolución del Ministerio de Defensa de 24 de febrero de 1997, sóbre denegación de pensión de viudedad, la siguiente re­solución, cuya parte dispositiva es del te­nor literal siguiente:

' La Sala acuerda: El archivo de las pre­sentes actuaciones. Advirtiéndose que el ' artículo 2.a) d,e la Ley 1/1996 no reco­noce derecho a la asistencia jurídica grel­tuita a los extranjeros no residentes 'en España, salvo en materia de derecho de asilo . Requiérasele para que en el plazo de treinta días se persone en forma me­diante procurador o letrado con poder, con apercibimiento en caso de no haCerlo que se procederá al archivo de las actua­ciones.

Esta resolución no es firme y frente a ella cabe recurso de súplica ante la pro­pia SaJ.a, que ha de interponerse en el plazo de cinco días.

Así lo acuerda la ilustrísima señora presidenta, de lo que yo , ' la secretaria , doy fe . '

Lo que se hace público a los efectos preceptuados en la Ley de esta jurisdic­ción.

Madrid , a 19 de enero de, 1999.-La presidenta (firmado) .

(011930/99)

Sección Octava

EDICTO

La presidenta de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid . .

Hace saber: Que se ha interpuesto re­curso contencioso-administrativo bajo. el número 79 de 1999-03, por el recurrente

Pág. 64

don Francisco Rivas Ramírez, contra re­solución del excelentísimo señor ministro de Defensa de fecha 16 de julio de 1998, sobre señalamiento de haberes pasivos.

Lo que se hace público a los efectos preceptuados el artículo 60 de la Ley de esta jurisdicción.

Madrid, a 21 de enero de 1999.-La presidenta (firmado).

(03/2.461/99)

Sección Novena

EDICTO

El presidente de' la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Hace saber: Que por" Asnef Equifax"

se ha interpuesto recurso contencio~o-ad­ministrativo bajo el número 1.885 de 1998, contra resolución de 25 de septiem-bre de 1998, '

Lo que se hace público a los efectos preceptuados en el artículo 60 de la Ley de esta jurisdicción.

Madrid, a 10 ' de diciembre . de 1998.-:-EI presidente (firmado).

(03/2.175/99)

JUZGADOS DE PRIMERA . INSTANCIA

JUZGADO NUMERO I DE MADRID'

EDICTO

El secretario del Juzgado de primera ins­tancia número 1 de Madrid. Hace saber: Que en los autos que a

continuación se dirá obra dictada la sen­tencia, cuyo encabezamiento y fallo . son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En la ciudad de Madrid, a 2 de julio de 1998,-EI ilustrísimo señor don Celes­tino Salgado Carrero, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 1 de los de esta capital, ha visto' los pre­sentesautos de juicio de propiedad ho­rizontal número 1.164 de 1997, promovi­dos por comunidad de propietarios Santa Clara, número 8, representada por el procurador don José María Abad Tundi­dor y dirigida por el letrado don Pedro Antonio Gallego Encinas, contra ;, Atholls Inversiones, Sociedad Limita-

. da", que se halla en rebeldía en este pro- . cedimiento; y .

Fallo

Que estimando íntegramente la de­manda. interpuesta por el procurador de los tribunales don José María Abad Tun­didor, en nombre y representación de co-

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

munidad de propietarios de Santa Clara, número ' 8, de Madrid, contra "Atholls Inversiones, Sociedad Limitada", debo condenar y condeno a esta última a satis~ facer a la actora el principal reclamado, ascendente a la cantidad de 610.707 pe­setas, sus intereses legales desde la recla­mación judicial hasta su completo pago, así como al pago de las costas causadas en este procedimiento.

Estando la demandada en situación re­beldía, notifíquesele esta sentencia en la forma establecida en el artículo 769 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Contra esta sentencia podrá interpo­nerse en este Juzgado recurso de apela­ción en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

y para que sirva de notificación en le­gal forma a la parte demandada, en ig­norado paradero, expido el presente, que firmo en Madrid, a 18 de enero de 1999'.-El secretario (firmado).

(0211.483/99)

JUZGAJ)()' NUMERO 2 DE MADRID

EDICTO

El secretario del Juzgado de primera ins­tancia número 2 de los de Madrid . Hace saber: Que en los autos de juicio

ejecutivo tramitados en este Juzgado con el número 456 de 1993, promovidos por don Lorenzo Jiménez Hemández, contra doña Juana Nuño Varga, en reclamación de 3.000.000 de pesetas, importe del principal, más 1.000.000 de pesetas pre­supuestadas para ' intereses, gastos y cos­tas, sin perjuicio de ulterior liquidación, se ha acordado por resolución de esta fe-

. cha hacer saber la' existencia del proce­dimiento y el embargo trabado sobre la finca registral número 11.176 del Regis­tro de la Propiedad de Collado Villalba a don Gonzalo Cabezas Femández a los

. efectos del artículo 144 del Reglamento Hipotecario. '

y para que sirva de notificación en le­gal forma a don Gonzalo Cabezas Fer­nández, al estar el mismo en ignorado paradero, expido y firmo el presente en Madrid, a 21 de enero de t999.-EI se­cretario (firmado).

(0211.814/99)

JUZGADO NUMERO 2 DE MADRID

EDICTO

El secretario del Juzgado de primera íns­tancianúmero 2 de Madrid.

B.O.C.M. Núm. 32

Hace saber: Que en este Juzg~do, y con el número 233 de 1998, se siguen au­tos de juicio de cognición, a instáncia de comunidad de propietarios de la calle Nanclares de Oca, número 14, represen­tada por la procuradora doña María Ro­dríguez Puyol, contra doña María Dolo­res Ruano Collado y don José Cuenca Paneque, sobre reclamación de cantidad, en los que se ha dictado sentencia con fecha 3 de diciembre de 1998, cuyo fallo dice así:

Que estimo la demanda interpuesta por la procuradora doña María Rodrí­guez Puyol, en , representación de comu­nidad de propietarios de la calle Nancla­res de Oca, número 14, contra doña Ma­ría Dolores Ruano Collado y don José Cuenca Panaque, a quienes condeno so­lidariamente a pagar a la actora la canti­dad de 432.571 pesetas, más sus intereses legales desde la interposición de la de­manda y los que se devenguen conforme lo pre-.:isto en el artículo 921 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y al pago de las costas de este juicio.

Conti:a la presente resolución Podrá in­terponerse en ' este Juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.-Firmado, María Teresa de la Cueva Aleu (rubricado).

La anterior sentencia fue publicada el mismo día de su fecha .

y para que sirva de notificación en forma a los demandados rebeldes don José Cuenca Paneque y doña María Do­lores Ruano Collado, en ignorado para­dero, y para que conste y su publicación en el · BOLETfN OFICIAL DE LA ,COMUNI­DAD DE MADRID, expido y firmo la pre­sente en Madrid, a 12 de enero de 1999.-EI secretario (firmado).

(0211.675/99)

JUZGADO NUMERO 5 DE MADRID

EDICTO

Don José Sierra Femández, magistrado­juez del Juzgado de primera instancia

, número 5 de Madrid .

Hace saber: Que en los autos de juicio de cognición número 732 de 1998, se ha dictado la resolución del tenor literal si­guiente:

La secretaria, doña Carmen Yuste González de Rueda, formula la siguiente propuesta de providencia.

Por presentado el anterior escrito de fecha 24 de diciembre por el procurador don Nicolás Alvarez Real, únase a los autos de Su razón, y vista la diligencia negativa de emplazamiento de la deman­dada doña Esperanza Dorado Villanueva e ignorándose otro domicilio, emplácese­le por edictos que se publicarán en el ta­blón de anuncios del Juzgado y.en el Bo-

,

B.O.C.M. Núm. 32

LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que en el térlnino impro­rrogable de nueve días comparezca y conteste a la demanda, bajo apercibi­miento de que de no verificarlo se pro­cederá a declararle en rebeldía.

En Madrid, a 4 de enero de 1999.-La secretaria (firmado).-Conforme: el ma­gistrado-juez de primera instancia (fir­mado).

y para que sirva de emplazamiento a la demandada doña Esperanza Dorado VilIanueva y para su inserción, expido el presente en Madrid, a 7 de enero de 1999.-La secretaria (firmado).-El ma­gistrado-juez de . primera instancia (fir­mado).

(02/984/99)

JUZGADO NUMERO 6 DE MADRID

EDlero

El secretario del Juzgado de primera ins­tancia número 6 de los de Madrid . .

Hago saber: Que en el juicio de quie­bra voluntaria número 262 de 1998, ins­tado por "Construcciones Risca, Socie­dad Anónima", contra "Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid" y "Fran­cisco Ros Casares Centro, Sociedad Li­mitada", se ha dictado resolución en esta fecha, dictada en la pieza cuarta de la quie.bra número 262 de 1998, instada por "Construcciones Risca, Sociedad Anóni­ma", señalando para el día 23 de marzo de 1999, a las diez horas de su mañana, la junta de acreedores sobre examen y reconocimiento de créditos que se cele-

. brará en la Sala de audiencias de este Juzgado, debiendo presentar los acree­dores dentro del plazo de doce días an­teriores al señalamiento de la junta a los síndicos de dicha quiebra los títulos jus­tificativos de sus créditQs.

Sirva el presente de citación en forma . a los acreedores de la quebrada .

Madrid, a 15 de enero de 1999.-EI secretario (firmado).

(02/1.706/99)

JUZGADo NUMERO 13 DE MADRID

EDICTO

El secretario del Juzgado de primera ins­tancia número 13 de Madrid.

Hace saber: Que en los autos que a continuación se dirá obra dictada la sen­tencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En la ciudad de Madrid, a 29 de ·no­viembre de 1993.-El ilustrísimo señor don Sagrario Arroyo García, magistrado-

,

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

juez del Juzgado de primera instancia nú~ mero 13 de los de esta capital, ha visto los presentes autos de juicio ejecutivo número 238 de 1990, promovidos por "Centro para el Desarrollo Técnico In­dustrial", contra compañía mercantil "Agua y Desarrollo, Sociedad Anónima" ("Ades, Sociedad Anónima"), actuando en representación de la demandante la procuradora señora Landete García; y

Fallo

Que estimando como estimo la deman­da interpuesta por "Centro para el De­sarrollo Tecnológico Industrial", contra "Agua y Desarrollo Industrial, Sociedad Anónima", debo de acordar y acuerdo seguir adelante la ejecución despachada · hasta hacer trance y remate de bienes embargados a la ejecutada, para con su importe hace entero y cumplido pago a la parte actora de la cantidad de 88.000.000 de pesetas en concepto de principal reclamado, más 27.000.000 de pesetas en concepto de intereses y costas causadas o que se causen, y sin perjuicio de ulterior liquidación. Al .pago de las ci­tadas cantidades . se condena expresamen­te a la ejecutada.

Contra esta sentencia podrá interpo­nerse en este Juzgado recurso de apela­ción en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

y expido el presente para que sirva de notificación en legal forma a la parte de­mandada, que se encuentra en ignorado paradero.

Dado en Madrid, a 11 de diciembre de 1998.-EI secretario (firmado).

(02/1.699/99)

JUZGADO NÚMERO 13 ·DE MADRID

EDlcro

El secretario del Juzgado de primera ins­tancia número 13 de los de Madrid. Hace saber: Que en el juicio ejecutivo

número 663 de 1998, promovido por "Banco Santander, Sociedad Anónima", contra "Palatón, Sociedad Limita'da", y "Decoración y Proyectos CerVantes, So­ciedad Limitada", en reclamación de

. 3.465.738 pesetas, he acordado por pro­videncia de esta fecha citar de remate a . dicha parte demandada, "Palatón, Socie­dad Limitada", y "Decoración y Proyec- . tos Cervantes, Sociedad Limitada", cuyo domicilio actual se desconoce, para que en el término de nueve· días se personen en los autos y se opongan , si les convi­niere, habiéndose practicado ya el em­bargo de sus bienes sin previo requeri­miento de pago, dado su ignorado para­dero, y recayendo tal embargo sobre:

Local destinado a trastero, sito en la calle Paulino Uzcudum, sin número, fin-

Pág. 65

ca número 33.512/2 del Registro de la Propiedad de Fuengirola, y vivienda nú­mero 14 D en la calle Condado de Tre­viño número 9, finca .número 12.415 del Regi'stro de la Propiedad número 29 de Madrid.

El no personarse les parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

Dado en Madrid, a 15 de enero de 1999.-La secretaria (firmado).

(02/1 .678/99)

JUZGADO NUMERO 16 DE MADRlD

EDlcrO

El secretario del Juzgado de primera ins­tancia número 16 de los de Madrid.

Hace saber: Que en el juicio ejecutivo número 33 de 1995, promovido por "Banco Central Hispanoamericano, So­ciedad Anónima", contra "Equip De­sigo, Sociedad Limitada", en reclamación de 3.431.279 pesetas, se ha . acordado por providencia de esta fecha, respecto a "Equip Design, Sociedad Limitada", cuyo domicilio actual se desconoce, prac­ticarse el embargo de sus bienes, consis­tentes los mismos en finca número 36.372 pesetas, inscrita en el Registro de la Pro­piedad de Mijas. Sin previo requerimien­to de pago, dado su ignorado paradero.

Dado en Madrid, a 20 de enero de 1999.-El secretario (firmado).

(02/1.538/99)

JUZGADO NUMERO 16 DE MADRID

EDlero

El secretario del Juzgado de primera ins­tancia número 16 de Madrid.

Hace saber: Que en los autos de decla-. rativo de menor cuantía seguidos ante este Juzgado bajo el número 252 de 1998, y que a continuación se dirá, obra dictada la sentencia, cuyo encabezamien­to y fallo son del tenor literal siguiente;

Sentencia

En ,la ciudad de Madrid,a 8 de enero de 1999.-EI ilustrísimo señor don Fran­cisco Serrano Í\mal, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 16 de los de esta capital, ha visto los presen­tes autos de declarativo de menor cuan­tía, promovidos por don Jesús Alonso Vega, representado por el procurador don José Manuel Villasante García y di­rigido por el letrado firmante, contra "Tir, Sociedad Anónima" ("Tirsa"), de­clarada en rebeldía; y .

Fallo Que estimando íntegramente la de­

manda inicial de estos autos, interpuesta por el procurador don José Manuel Villa­sante García, en nombre de don Jesús

-,

Pág. 66

Alonso Vega, contra "Tir, Sociedad Anónima" ("Tirsa"), condeno a esta úl­tima a estar y pasar por el documento privado de compraventa de fecha 5 de septiembre de 1977, Y en privado de compraventa de la indicada parcela de fecha 5 de septiembre de 1977, otorgan­do la venta a favor de don Jesús Alonso Vega, como único adquirente de la finca, debiendo refh:jarse en dicha escritura to­dos los pactos y estipulaciones que se contienen en el referido contr¿~o privado y bajo apercibimiento de que no hacerlo la demandada se procederá por el señor magistrado-juez a otorgar en su nombre la correspondiente escritura.

Condeno igualmente a la demandada a que otorgue cumplida carta de pago por el importe del precio aplazado, que ha sido hecho efectivo en su totalidad, de­jando sin efecto la condición resolutoria que sé contiene en la ' estipulación cuarta del contrato privado de Compraventa.

Se impone a la demandada el pago de las costas.

Contra esta sentencia podrá interpo­nerse en este Juzgado recurso de apela­ción en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

y se expide el presente para que sirva de notificación en legal forma a la parte demandada, en ignorado paradero.

Dado en Madrid, a 21 de enero de 1999.-EI secretario (firmado).

(02/1.522/99)

JUZGADO NUMERO 17 DE MADRID

EDIcrO

La secretaria del Juzgado de primera ins­tancia número 17 de Madrid .

Hace saber: Que en este Juzgado de mi cargo, bajo el número 873 de 1994, se siguen autos de ejecutivo-otros títulos, a instancia del procurador don Evencio Conde de Gregorio, en representación de "Banco Central Hispanoamericano, So­ciedad Anónima", contra don Valentín Susaeta Perea, doña Francisca Díaz Vega y don Lorenzo García Galende, en recla­mación de cantidad, en cuyas actuaciones se ha acordado sacar a la venta en pri­mera y pública subasta, por término de veinte días y precio de su avalúo, la si­guiente finca embargada al demandado don Lorenzo García Galende, finca regis­tral número 8.122-B, inscrita en el Regis­tro de la Propiedad número 1 de Málaga.

. La subasta tendrá lugar en la Sala de audiencia . de este Juzgado, sito en calle Capitán Haya, número 66, el día 11 de marzo de 1999, a las doce y treinta ho­ras, con arreglo a las siguientes

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

Condicwnes Primera

ELtipo del remate será de 6.000.000 de pesetas, sin que se admitan --posturas que no cubran las dos terceras partes de di­cha suma.

Segunda Para poder tomar parte en la licitación

deberán los licitadores consignar previa­mente, en cualquier agencia del "Banco Bilbao Vizcaya", a favor de este Juzgado y de los autos número 873 de 1994, el 20 por 100 del tipo del remate.

Tercera Podrán hacerse posturas por escrito en

pliego cerrado desde el anuncio de la su­basta hasta su celebración, depositando ' en la mesa del Juzgado, junto con aquél, el 20 por 100 del tipo del remate .

Cuarta No se podrá ceder el remate a tercero,

a excepción de la parte actora .

Quinta Se reservarán 'en depósito a instancia

del acreedor las consignaciones de los postores que no resultaren rematantes y que lo admitan y hayan cubierto él tipo de la subasta, a efectos de que si el pri­mer adjudicatario no cumpliese la obli­gación pueda aprobarse el remate a favor de los que le sigan por el orden de sus respectivas posturas.

Sexta Los títulos de propiedad, suplidos por

certificación de! Registro, se encuentran de manifiesto en la Secretaría del Juzga­do, debiendo los licitadores conformarse con ellos, sin que puedan exigir otros.

Séptima

Las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor quedarán subsistentes y sin can­celar, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la respon­sabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Octava

Para el supuesto de que resultare de­sierta la primera subasta, se señala para que tenga lugar la segunda el día 8 de abril de 1999, a las doce y treinta horas, en las mismas condiciones que la prime- . ra, excepto el tipo del remate que será del 75 por 100 del de la primera, y caso de resultar desierta dicha segunda subas­ta, se celebrará una tercera, sin sujeción a tipo, el día 6 de mayo de 1999, a las doce y treinta horas, rigiendo para la misma las restantes condiciones fijadas para la segunda.

y su publicación en el tablón de anun­cios de este Juzgado, en el BOLETíN OFI. CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y en "Boletín Oficial del Estado", expido

B.O.C.M. Núm. 32

y firmo el presente en Madrid, a 15 de enero de 1999.-La secretaria (firmado).

(0211.636/99)

JUZGADO NUMERO 17' DE MADRID

EDlcrO

La secretaria del Juzgado de primera ins­tancia número 17 de Madrid. Hace saber: Que en este Juzgado de

mi cargo, bajo el número 266 de 1994, se siguen autos de ejecutivo-Iettas de cam­bio, a instancia del procurador don J. Manuel Villasante García, en represen­tación de la mercantil "Quide, Sociedad Anónima", contra don Santiago Martínez Chiloeches y "Parquesite Entarimados y Parquets, Sociedad Anónima", en recla­mación de cantidad, en cuyas actuaciones se ha acordado sacar a la venta en pri­mera y pública subasta, por término de veinte días y precio de su avalúo, la si­guiente finca embargada al demandado don Santiago Martínez Chiloeches.

Mitad indivisa de una parcela de terre­no de Santa Cruz de la Zarza, con facha­da al camino de la Estación. Ocupa una superficie de 1.000 metros cuadrados.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Ocaña, al tomo 1.072, libro 189 de Santa Cruz de la Zarza, al folio 147, fin­ca número 27.332.

La subasta tendrá lugar en la Sala de audiencia de este Juzgado, sito en · calle Capitán Haya, número 66, ' tercera plan­ta, el día 14 de abril de 1999, a las diez horas, con arreglo a las siguientes

Condiciones Primera

El tipo del remate será de 5.750.000 pesetas, sin que se admitan posturas que no cubran las dos terceras partes de di­cha suma.

Segunda Para poder tomar parte en la licitación

deberán los licitadores consignar previa­mente, en cualquier agencia del "Banco Bilbao Vizcaya" , a favor de este Juzgado y de los autos número 266 de 1994, el 20 por 100 del tipo del remate.

Tercera Podrán hacerse posturas por escrito en

pliego cerrado desde el anuncio de la su­basta hasta su celebración, depositando en la mesa del Juzgado, junto con aquél, el 20 por 100 del tipo del remate .

Cuarta NO se podrá ceder el remate a tercero,

a excepción dt> h parte actora.

Quinta

Se reservarán en depósito a instancia del acreedor las consignaciones de los postores que no resultaren rematantes y que lo admitan y hayan cubierto el tipo

1

B.O.C.M. Núm. 32

de la subasta, a efectos de que si el pri­mer adjudicatario no cumpliese la obli­gación p\leda aprobarse el remate a favor de los que le sigan por el orden de sus respectivas posturas.

Sexta Los títulos de propiedad, suplidos por

certificación del Registro, se encuentran de manifiesto en la Secretaria del Juzga­do, debiendo los licitadores conformarse con ellos, sin que puedan exigir otros.

Séptima Las cargas y gravámenes anteriores y

los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor quedarán subsistentes y sin can­celar, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la respon­sabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Octava Para el supuesto de que resultare de­

sierta la primera subasta, se señ¡¡la para que tenga lugar la segunda el día 13 de mayo de 1999, a las diez horas, en las mismas condiciones que la primera, ex­cepto el tipo del remate que será del 75 por 100 del de la primera, y caso de re­sultar desierta dicha segunda subasta, se celebrará una tercera, sin sujeción a tipo, el día 16 de junio de 1999, a las diez ho­ras, rigiendo para la misma las restantes condiciones fijadas para la segunda.

y para su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente en Madrid, a 7 de di­ciembre de 1998.-La secretaria judicial (firmado).

(0211.526/99)

JUZGADO NUMERO 17 DE MADRID

EDICTO

El secretario del Juzgado de primera ins­tancia número 17 de los de Madrid. Hace saber: Que en el juicio ejecutivo

número 483 de 1998, promovido por "Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid", contra don Andrés Díez Galle­go y "Talleres Ditor, Sociedad Limita­da", en reclamación 'de 7.086.324 pese­tas, he acordado por providencia de esta fecha citar de remate a dicha parte de­mandada, "Talleres Ditor, Sociedad Li­mitada", cuyo domicilio actual se desco­noce, para que en el término de nueve días se persone en los autos y se oponga, si le conviniere, habiéndose practicado ya el embargo de sus bienes sobre saldos de cuentas que tenga en los bancos: "Bilbao Vizcaya", "Central Hispano", "Español de Crédito", "Santander", "Citibank", "Barclays", "Argentaria", "Caja Ma­drid" y "La Caixa", y cantidades que por cualquier concepto tenga pendientes de

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

deyolución de la Hacienda Pública. Sin previo requerimiento de pago, dado su ignorado paradero. De no personarse le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

y para su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLE. TíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA­DRID, expido y firmo el presente en Ma­drid, a 19 de enero de 1999.-EI secre­tario (firmado).

(02/1.524/99)

JUZGADO NUMERO 18 DE MADRID

EDICTO

El secretario del Juzgado de primera ins­tancia número 18 de los de Madrid. Hace saber: Que en el juicio ejecutivo

,número 244 de 1990, promovido por don Manuel Buendía Limón, contra don Gre­gorio Fermín Sánchez Rodriguez y doña Vicenta Buendía Limón, se ha acordado por providencia de esta fecha el embargo de los bienes que luego se dirá, propie­dad de los demandados don Gregorio Fermín Sánchez Rodriguez y doña Vice n­ta Buendía Limón, cuyo domicilio actual se desconoce, que responderán de la suma de 647.000 pesetas de principal, más otras 350.000 pesetas para intereses y costas presupuestadas.

Los bienes embargados son los siguien­tes:

Derechos de propiedad consistentes en una cuarta parte proindivisa de la finca urbana sita en Mestanza (Ciudad Real), en la calle Real, números 77-67, finca número 2.304.

Inscrita en el Registro de la Propiedad de Almodóvar del Campo, al folio 232, tOmo 769, libro 42.

Dado en Madrid, a 18 de enero de' 1999.-El secretario (firmado).

(0211.482/99)

JUZGADO NUMERO 18 DE MADRID

EDICTO

Doña Maria Luz García Le}rva, secretá­ria del Juzgado de primera instancia número 18 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado de mi cargo, bajo el número 507 de 1995, se siguen autos de declarativo de menor cuantía, a instancia del procurador don José Lledó Moreno, en representación de "Trimph Internacional, Sociedad Anóni­ma", contra doña Carmen Gutiérrez Do­mínguez y don Jesús Sánchez García, en reclamación de cantidad, en cuyas actua­ciones se ha acordado sacar a la venta en primera y pública subasta, por término de veinte días y precio de su avalúo, la siguiente finca embargada a los deman­dados:

Pág. 67

Mitad indivisa de una casa en la calle General Mola, número 3, en Coria (Cá­ceres).

Finca número 10.387 del Registro de la Propiedad de Coria (Cáceres), tomo 649, libro 116, folio 28.

La subasta tendrá lugar en la Sala de audiencia de este Juzgado, sito en la ca­lle Capitán Haya, número 66, 'tercera planta, el día 23 de marzo de 1999, a las doce horas, con arreglo a las siguientes

Condiciones

Primera

El tipo del remate será de 7.045.000 pesetas, sin que se admitan posturas que no cubran las dos terceras partes de di­cha suma.

Segunda

Para poder tomar parte en la licitación deberán los licitadores consignar previa­mente, en establecimiento destinado al efecto ("Banco Bilbao Vizcaya", agencia 4070, cuenta número 2446, sede de los Juzgados de plaza de Castilla), el 20 por 100 del tipo del remate.

Tercera

Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, desde el anuncio de la su­basta hasta su celebración, consignando en establecimiento destinado al efecto ("Banco Bilbao Vizcaya", agencia 4070, cuenta número 2446, sede de los Juzga­dos de plaza de Castilla), junto con aquél, el 20 por 100 del tipo del remate.

Cuarta

No podrá hacerse el remate a calidad de ceder a un tercero, salvo por parte del

. ejecutante,

Quinta

Se reservarán en depósito a instancia del acreedor las consignaciones de los postores que no resultaren rematantes y que lo admitan y hayan cubierto el tipo de la subasta, a efectos de que si el pri­mer adjudicatari9 no cumpliese la obli­gación pueda aprobarse el remate a favor de los que le sigan por el orden de sus respectivas posturas.

Sexta

Los títulos de propiedad, suplidos por certificación del Registro, se encuentran de manifiesto en la Secretaría del Juzga­do, debiendo los licitadores conformarse con ellos, sin que puedan exigir otros.

Séptima

Las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor quedarán subsistentes y sin can­celar, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la respon­sabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Pág. 68

Octava Para el supuesto de que resultare de­

sierta la primera subasta, 'se señala para que . tenga lugar la segunda el día 27 de abril de 1999, a las doce horas, en las mismas condiciones que la primera, ex­cepto el tipo del remate, que será del 75 por 100 del de la primera, y caso de re­sultar desierta dicha segunda subasta, se celebrará una tercera, sin sujeción a tipo, el día 25 de mayo de 1999, también a las doce horas, rigiendo para la misma las restantes condiciones fijadas para la se­gunda.

Novena y . sirva el presente de notificación a la .

parte demandada, para el caso de resul­tar negativa ·Ia notificación personal a los demandados. .

Dado en Madrid, a 14 de enero de 1999.-La secretaria (firmado).

(02/1.569/99)

JUZGADO NUMERO 18 DE MADRID

EDIcrO .. El secretario del Juzgado de primera ins­, tancia número 18 de los de MadriC\.

Hago. saber: Que en el juicio declara­tivo de menor cuantía número 740 de 1998, instado por "Caja de Ahorros de Cataluña", contra "Obras Civiles y Mi­neras, Sociedad Limitada" ("Ocymi, So­ciedad Limitada"), en reclamación de cantidad, se ha acOrdado . por resolución de esta fecha emplazar a la demandada "Obras Civiles y Mine~as, Sociedad Li­mitada" ("Ocymi, Sociedad Limitada"), cuyo domicilio actual se desconoce, para que en el término de diez días comparez­ca en autos en legal forma mediante abo- ·· gado y procurador, con apercibimiento de que de no verificarlo será declarada en rebeldía y se dará por precluido el

. trámite de contestación a la demanda, si-guiendo el pleito su curso y parándole los demás perjuicios a que hubiere lugar en derecho.

En ' Madrid, a 25 de enero de 1999.-EI secretario (firmado).

(02/1.830/99)

, JUZGADO NUMERO 18 DE MADRID

EDIcrO

En cumplimiento de lo dispuesto . por el ilustrísimo señor magistrado-juez de primera instancia del número 18 de Ma­drid, en autos seguidos ante el mismo bajo el número 587 de 1998 como juicio de quiebra voluntaria, seguido a instancia de "Construcciones Hierros y Forjados, Sociedad Anónima Laboral", represen­tada por el procurador don Rafael Ga­marra Megías, de la que es comisario

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

don Jesús Verdes Lezana y depositario don Fernando Lesmes Sánchez, y presen­tado que ha sido el estado de acreedores, por el presente se convoca a éstos a pri­mera junta general de acreedores con el fin de proceder al nombramiento de sín- · dicos, según dispone el artículo 1.068 del Código de Comercio, habiéndose señalado para que tenga lugar la expresada junta el día 24 de marzo de 1999, a las nueve y treinta horas, en la Sala de audiencia de este Juzgado, sito en la caIJe Capitán Haya, número 66, tercera planta.

Para que sirva de citación en forma a todos los acreedores cuyo paradero se .' desconoce, así como a los que resultare

' negativa su citación, y para su publica­ción en el "Boletín Oficial del Estado", BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la pre­sente en Madrid, a 21 de octubre de 1998.~El secretario (firmado).

(0211.629199)

JUZGADO NUMERO 21 DE MADRID

EDlcrO

El secretario del Juzgado de primera ins­tancia número 21 de los de Madrid.

Hace saber: Que en el juicio ejecutivo número 499 de 1995, promovido por "Banco Español de Crédito, Sociedad Anóniqta", contra doña Hidalga Llera y doña María del Pilar Silvelá Hidalga, en reclamación de . 2.664.339 pesetas, he acordado por providencia de esta fecha declarar embargado como de la propie­dad de doña María del Pilar Silvela de la -Hidalga los siguientes bienes:

Parte legal de la prestación que por desempleo pueda percibir la indicada de­mandada del Instituto Nacional de Em­pleo, al encontrarse en ignorado para­dero .

Dado en Madrid, a 15 de enero de 1999.-El secretario (firmado).

(02/1.146/99 )

JUZGADO NUMERO 25 DE MADRID

EDlcrO

El Juzgado de primera ' instancia nú­mero 25, en los autos número 647 de 1998, sobre demanda de separación, ins­tados por don Jesús González Martín, re­presentado por el procurador don Anto­nio Pujol Vareta (994), contra doña Julia María Cubo Gómez, que se halla con do­micilio desconocido, he acordado por medio del presente emplazar por término de veinte días a dicha demandada para que comparezca en autos y conteste la demanda, bajo apercibimiento de que si no lo verifica le parará el perjuicio a que

}

B.O.C.M. Núm. 32

hubiere lugar en derecho y será declara­da en rebeldía procesaL

y para. que sirva de emplazamiento en forma a la referida demandada, que se halla en ignorado paradero, expido y fir­mo el presente.

En Madrid, a 20 de enero de 1999.-La secretaria (firmado).-EI ma­gistrado-juez de primera instancia (fir­mado).

(02/1.466/99)

JUZGADO NUMERO 26 DE MADRID

EDIcrO

Doña Mónica Feijoo López-Bolaño, se­cretaria del Juzgado de primera instan­cia número 26 de Madrid.

Hace saber: Que en los autos que a continuación se dirá obra dictada la sen­tencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor litera1.siguiente:

Sentencia número 2

En la ciudad de Madrid, a 5 de enero de 1999.-En nombre de Su Majestad el Rey, la ilustrísima señora doña Yolanda Martínez Alvarez,· magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 26 de los de esta capital, ha visto los presen­tes autos de juicio ejecutivo número 832 de 1992, promovidos por "Banco de Ma­drid, Sociedad Anónima", representada por el procurador don José M. Villasante García y dirigida por letrado, contra don Esteban Navarro Garrido y "Manufactu­ras Industriales Navarro, Sociedad Anó­nima", declarados en rebeldía; y

Fallo

Que debo mandar y mando 'seguir ade­lante la ejecución despachada hasta hacer trance y remate de los bienes embarga­dos a don Esteban Navarro Garrido y "Manufacturas Industriales Navarro, So­ciedad Anónima", y con su producto, en­tero y cumplido pago a la parte actora de las responsabilidades por que se despa­chó la ejecución, la cantidad de 3.273.039 pesetas, importe del principal, comisión e intereses pactados hasta la fe­cha invocada, y además al pago de los intereses de demora, también pactados, y las costas, a cuyo pago debo condenar y condeno expresamente a los demanda­dos.

Notifíquese y hágase saber a las partes los recursos que les asisten.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y, se expide el presente para que sirva de notificación en legal forma a la parte demandada, en ignorado paradero, y de notificación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y en el ta­blón de anuncios de este Juzgado.

B.O.C.M. Núm. 32

Dado en Madrid, a 15 de enero de 1999.-La secretaria judicial (firmado).

(02/1.144/99)

JUZGADO NUMERO 28 DE MADRID

EDICTO

Doña María Paz de la Fuente Isabal, se­cretaria del Juzgado de primera instan­cia número 28 de Madrid (familia).

Hace saber: Que en este Juzgado, y en el procedimiento que luego se dirá, se­guido ante lás partes que asimismo 'se es­pecifican, en el día de la fecha se ha dic­tado, sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 305

En Madrid, a 25 de marzo de 1998.-Vistos por el ilustrísimo señor don Carlos López-Muñiz Criado, magis­trado-juez del Juzgado de primera instan­cia número 28 de esta capital, los autos seguidos bajo el' número 1.435 de 1997, sobre divorcio (quinta), promovidos por el procurador don Angel Rojas Santos, en nombre y representación de don Ma­madou Sow, con documento nacional de identidad número X-496026-Z, vecino de Madrid, con domicilio en la caBe Alejan~ dro Rubio, número 69, contra doña Ma­ria Gema del Pozo ' Fábregas, en rebel­día, mayor de edad, en paradero desco­nocido, en base a los siguientes.

, Fallo

Que estimando la demanda de divorcio interpuesta por el procurador don Angel Rojas Santos, en nombre y representa­ción de don Mamadou Sow, contra doña Maria Gema del Pozo Fábregas, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio formado por don Mama­dou Sow y doña María Gema del Pozo Fábregas, con todos los efectos legales inherentes a dicha resolución.

Todo ello sin expresa imposición de costas.

Comuníquese esta sentencia, una vez que sea firme, a las oficinas del Registro Civil en que consta la inscripción de ma­trimonio de los sujetos del pleito._

Contra esta sentencia cabe recurso ,de apelación en ambos efectos ante la Au­diencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Así por esta mi sentencia, definitiva­mente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

, y para que así conste y sirva el presen­te de notificación en legal forma a la de­mandada doña María Gema del Pozo Fá­bregas, en rebeldía, y para su publicación en el BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNI­DAD DE MADRID Y en el tablón de anun­cios de este Juzgado, expido el presente

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

en Madrid, a 2 de septiembre de 1998.-La secretaria (firmado ).

(02/1.353/99)

JUZGADO NUMERO 29 DE MADRID

EDICTO

Doña María Pilar Gonzálvez Vicente, magistrada-juez del Juzgado de prime­ra instancia número 29 de Madrid.

Por el presente edicto hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo y Secretaría de la que refrenda se siguen autos de di­vorcio y medidas provisionales número 49 de 1999. a instancia de doña Jamila Amer, representada por la procuradora doña María Concepción Donday Cuevas, contra don Mohamed Sallim, en ignora­do paradero, en el que por resolución del día de hoy se ha acordado citar al de­mandado por medio de edictos a fin de que asista a la comparecencia de medidas provisionales señaladas para el día 25 de febrero de 1999, a las once y quince ho­ras de su mañana, conforme a lo preve­nido en el artículo 1.899 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Madrid, a 21 de enero de 1999.-La , secretaria (firmado) .-La magistrada­juez de primera instancia (firmado).

(03/2.377/99)

JUZGADO NUMERO 29 DE MADRID

EDICTO

Doña María Pilar Gonzálvez Vicente, magistrada-juez del Juzgado de prime- ' ra instancia número 29 de Madrid.

Por el presente edicto hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo y Secretaría de la que' refrenda se siguen autos de di­vorcio número 49 de 1999, a instancia de doña Jaima Amer, con domicilio en Ga­lIur, número 39, Madrid, representada por la procuradora 'doña MaríaConcep­ción Donday Cuevas, contra don ~oha­med Sallim, en, ignorado paradero, en el que por resolución del día de hoy se ha acordado emplazar a don Mohamed Sa­lIim por medio de edictos a fin de que antes del término de veinte días compa­rezca en autos y conteste a la demanda. Haciéndole saber que deberá comparecer asistido de letrado y representado por procurador, bajo apercibimiendo de ser declarado en rebeldía y continuarse el presente sin más citarle ni oírle, ni ha­cerle otras notificaciones que las preve­nidas en la Ley.

En Madrid, a 21 de enero de 1999.-La secretaria (firmado).-La ma­gistrada-juez de primera instancia (fir­mado).

(03/2.378/99)

JUZGADO NUMERO 31 DE MADRID

EDICTO

Pág. 69

En virtud de lo dispuesto por el magis­trado-juez del Juzgado de primera instan­cia número 31 de Madrid, en autos de procedimiento judicial sumario del ar­tículo 131 de la Ley Hipotecaria, bajo el número 574 de 1998, a instancia de "Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid", representada por el procurador don José Luis Pinto Marabotto, contra don Guillermo Quintero Domínguez y doña Jacinta Verdasco Feito, en los cua­les se ha acordado sacar a la venta en pública subasta, por término de veinte días, los bienes que al final del presente edicto se describirán, bajo las siguientes

Condiciones

Primera

El remate se llevará a cabo en una o varias subastas, habiéndose efectuado el señalamiento simultáneo de las tres pri­meras que autoriza la regla, séptima del artículo 131 de la Ley Hipotecaria con­forme a las siguien,tes fechas y tipos de licitación:

Primera subasta: fecha 15 de marzo de 1999, a las nueve y cuarenta horas. Tipo de licitación, 6.200.000 pesetas, sin que sea admisible postura inferior.

Segunda subasta: fecha 26 de abril de 1999, a las nueve y cuarenta horas de su mañana. Tipo de licitación : 4.650.000 pe­setas, sin que sea admisible postura in­ferior.

Tercera subasta: fecha 24 de mayo de 1999, a las nueve y cuarenta horas, sin sujecíón a tipo.

Segunda

Para tomar parte en la subasta, todos los postores, a excepción del acreedor demandante, deberán consignar una cari­tidad igual, por lo menos, al 20 por 100 ,del tipo señalado para la primera y se­gunda subastas, y en la tercera una can­tidad igual, por lo menos, al 20 por 100 del tipo señalado para la segunda.

Los depósitos deberán llevarse a cabo en cualquier oficina del "Banco Bilbao Vizcaya", a la que el depositante deberá

facilitar los siguientes datos: Juzgado de primera instanciª número 31 de Madrid, cuenta del Juzgado de la agencia 4070, sita en la calle Capitán Haya, número 66, edificio Juzgados de primera instancia, número de expediente o procedimiento 24590000000574/1998. En tal supuesto deberá acompañarse el resguardo de in­greso correspondiente.

Tercera

En todas las subastas, desde el anuncio hasta su celebración, podrán hacerse pos­turas por escrito en p.Iiego cerrado, veri- , ficándose los depósitos en cualquiera de las formas establecidas en el numeral an-

, Pág. 70

terior. El escrito deberá contener nece­sariamente la aceptación expresa de las obligaciones consignadas en la condición sexta del pre:;ente edicto, sin cuyo requi­sito no será admitida la postura. '

Cuarta Las posturas podrári hacerse a calidad

de ceder el remate a un tercero, cesión que deberá efectuarse en 'la forma y pla­zo previstos en la regla decimocuarta del artículo 131 de la Ley Hipotecaria.

Quinta

Los autos y la certificación del Regls- ' tro de la Propiedad a que se refiere la regla cuarta ' del artículo 131 de la Ley Hipotecaria están de manifiesto en Secre­taría, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación.

Sexta Las cargas o gravámenes ' anteriores y

las preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, enten­diéndose que el rematante losaeepta y queda subrogado en lji ', responsabilidad de los mismQs, sin destinarse a su extin­ciónel precio del remat~.

Séptima Caso de que hubiere de suspenderse

cualquiera de las tres subastas, se trasla­da su celebración, a la misma hora, para el siguiente viernes hábil, según la con­dición primera de éste edicto, la subasta suspendida.

Octava Se devolverári las consignaciones efec­

tuadas por los participantes a ia subasta, salvo la que corresponda 'al mejor postor, la que' se reservará en depósito como ga­rantía del cumplimiento de la obligación y, en su caso, como parte del precio de la venta.

Novena Si , se hubiere pedido por el acreedor

hasta el mismo momento de la celebra­ción de la subasta, también, podrán reser­varse en ' depósito las consignaciones de ¡os participantes que a~í lo acepten y que

, hubieren cubierto con sus ofertas los pre­cios de la subasta, por si el primer adju­dicatario no cumpliese con -su obligación y desearan aprovechar el remate l()s otros postores y siempte por el orden de las mismas.

Décima La publicación de los presentes edictos

sirve como notificación en la finca hipo­tecada de los señalamientos de las subas­tas, a los efectos de la regla séptirria del artículo 131 de la Ley Hipotecaria, al no haberse podido llevar a cabo en la misma del modo ordinario.

, Bienes objeto de, subasta Piso principal o segundo de construc­

ción de la calle Cardeñosa, número 17, de Mad'rid.

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

Inscrito en el Registro de la Propiedad número 19 de Madrid, al libro 487, folio 146, finca registral número 6. 386-N, ins­cripción quinta.

Dado en Madrid, a 16 de diciembre de 1998.-La secretaria, Carmen Calvo Ve­lasco.

(02/1.349/99)

JUZGADO NUMERO 31 DE MADRID

EDlCTQ

En virtud de lo dispuesto por el Juz­gado de primera instancia número 31 de Madrid, en autos de procedimiento judi­cial sumario del artículo 131 de la Ley Hipotecaria, bajo el número 317 de 1998, a instancia de "Caja ~e Ahorros y Monte' de Piedad de Madrid", representada por el procurador don José Luis Pinto Ma­rabotto, contra don Luis Ibáñez Gavara y doña Araceli Asunción Ramos García, en los cuales se ha acordado sacar a la venta en pública subasta, por término' de veinte días, los bienes que al final del presente edicto se describirán, bajo las siguientes

Condiciones

Primera

El remate se llevará a cabo en una o varias subastas, habiéndose efectuado ,' el señalamiento simultáneo de las tres pri­meras que autoriza la regla séptima del artículo 131 de la Ley Hipotecaria con­forme a las siguientes fechas y tipos de' licitación:

Primera subasta: fecha 16 de marzo de ' 1999, a las diez y diez horas de su ma­ñana. Tipo de licitación: 9.000.000 de pe­setas, ' sin que sea admisible postura in­ferior.

Segunda subasta: fecha 20 de abril de 1999; a l.as diez y diez horas de su ma­ñana. Tipo de liCitación: 6.750.000 pese­tas, sin que sea admisible postura infe~ rior.

Tercera subasta: fecha 18 de mayo de 1999, a las nueve y cuarenta horas de su mañana, sin sujeción a tipo.

Segunda

Para tomar parte en ia subasta, todos los postores, a excepción del acÍ'eedor demandante, deberán consignar una can­tidad igual, por lo menos, al 20 por 100 del tipo 'señalado para la primera y se­gunda subastas, y en la tercera una can­tidad igual, por 10 menos, al 20 por 100 del tipo señalado para la segunda.

Los depósitos deberán llevarse a cabo en cualquier oficina del "Banco Bilbao Vizcaya", a la que el depositante deberá facilitar los siguientes datos: Juzgado de primera instancia número 31 de Madrid, cuenta del Juzgado de la agencia '4070, sita en la calle Capitán Haya, número 66, edificio Juzgados de primera instancia,

B.O.C.M. Núl1l. '32

número de expediente o procedimiento 24590000000317/1998. En tal supuesto deberá acompañarse el resguardo de in­greso correspondiente. '

Tercera

En todas las subastas, 'desde el anuncio hasta su celebración, podrán hacerse pos­,tu ras por escrito en pliego cerrado, veri­ficándose los depósitos en cualquiera de las formas establecidas en el numeral an­terior. El 'escrito deberá contener nece-,. sariamente la aceptación expresa de las obligaciones consignadas en la condición ' sexta del presente edicto, sin cuyo requi-sito no será admitida la postura. '

Cuart¡l

Las posturas podrán hacerse a calidad de ceder el remate a un tercero" cesión que deberá efectuarse en la forma y pla­zo previstos en la regla decimocuarta del artículo 131 dé la Ley Hipotecaria.

,Quinta

Los autos y 'la certificación del Regis­tro de la Propiedad a que se refiere la regla cuarta del artículo 131 de la Ley Hipotecaria están de rrianifiestoen Secre­taría, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante, la ~itulación.

Sexta

Las cargas o ' graváinenes anteriores y , las preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, enten"

,diéndose que el rematante los acepta y 'queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extin-ción el precio del remate.

Séptima

Caso de que hubiere de suspenderse cualquiera de las tres subastas, se trasla- ' da su celebración, a la misma hora, para el siguiente viernes hábil, según la con­dición primera de este edicto, la subasta suspendida.

Octava

Se devolverán las consignaciones efec­tuadas por los participantes a la subastá, salvo la que corresponda al mejor postor, la que se reservará en depósito como ga­rantía del cumplimiento de la obligación y, en su caso, como parte del precio de la venta.

Novena

Si se hubiere pedido, por el acreedor hasta el mismo momento de la celebra­ción de la subasta, también podrán reser­varse en depósito las consignaciones de los participantes que así lo acepten y que hubieren cubierto con sus ofertas los pre­cios de la subasta, por si el primer adju­dicatario no cumpliese con su obligación y desearan aprovechar el remate los otros postores y siempre por el orden de las mismas.

B.O.C.M. Núm. 32

Décima La publicación de los presentes edictos

sirve como notificación en la finca hipo­tecada de los señalamientos de las subas­tas, a los efectos de la regla séptima del artículo 131 de la Ley Hipotecaria, al no haberse podido llevar a cabo en la misma del modo ordinario.

Bienes objeto de subasta Finca sita en la calle Sánchez Pacheco,

número 17, cuarto izquierda, Madrid. Inscrita en el Registro de la Propiedad

número 14 de Madrid, al folio 108, tomo 651, libro 299, sección segunda, finca re­gistral número 13.495, inscripción pri­mera.

Dado en Madrid, a 4 de enero de 1999.-La secretaria, Carmen Calvo Ve­lasco.

(02/1.351/99)

JUZGADO NUMERO 31 DE MADRID

EDlCfO

En virtud de 10 dispuesto por el magis­trado-juez del Juzgado de primera instan­cia número 31 de Madrid, en autos de procedimiento judicial sumario del artí-. culo 131 de la Ley Hipotecaria, bajo el número 178 de 1998, a instancia de "Caja de Ahorros y Monte de Piedad de zaragoza; Aragón y Rioja", representa­da por la procuradora doña Isabel Juliá Corujo, contra don Pedro Jose López Iz­quierdo, "l'animesa, Sociedad Limita­da", y otros. en los cuales se ha acorda­do sacar a la venta en pública subasta, por término de veinte días, los bienes que al final del presente edicto se descri­birán, bajo las siguientes

Condiciones Primera

El remate se llevará a cabo en una o varias subastas, habiéndose efectuado el señalamiento simultáneo de las tres pri­meras que autoriza la regla Séptima del artículo 131 de la Ley Hipotecaria con­forme a las siguientes fechas y tipos de licitación:

Primera subasta: fecha 9 de marzo de 1999, a las nueve y cuarenta horas de su mañana. Tipo de licitación, 105.000.000 de pesetas, sin que sea admisible postura inferior.

Segunda subasta: fecha 13 de abril de 1999, a las nueve y cuarenta horas de su mañana. Tipo de licitación, 78.750.000 pesetas, sin que sea admisible postura in­ferior.

Tercera subasta: fecha 11 de mayo de 1999, a las nueve y cuarenta horas de su mañana . Sin sujeción a tipo.

Segunda

Para tomar parte en la subasta, todos los postores, a excepción del acreedor

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

demandante, deberán consignar una can­tidad igual, por lo menos, al 20 por 100 del tipo señalado para la primera y se­gunda subastas, y en la tercera una can­tidad igual, por lo menos, al 20 por 100 del tipo señalado para la segunda.

Los depósitos deberán llevarse a cabo en cualquier oficina del "Banco Bilbao Vizcaya", a la que el depositante deberá " facilitar los siguientes datos: Juzgado de primera instancia número 31 de Madrid, cuenta del Juzgado de la agencia 4070, sita en la callé Capitán Haya, número 66, edificio Juzgados de primera instancia, número de expediente o procedimiento 24590000000178/1998. En tal supuesto deberá acompañarse el resguardo de in­greso correspondiente.

Tercera En todas las subastas, desde el anuncio

hl\Sta su celebración, podrán hacerse pos­turas por escrito en pliego cerrado, veri~ ficándose los depósitos en cualquiera de las formas establecidas en el numeral an-" terior. El escrito deberá contener nece­sariamente la aceptación " expresa de las " obligaciones consignadas en la condición sexta del presente edicto, sin cuyo requi­sito no será admitida la postura.

Cuart'a

Las posturas podrán hacerse a calidad de ceder el remate a un tercero, cesión que deberá efectuarse en la forma y pla­zo previstos en la regla decimocuarta del artículo 131 de la Ley Hipotecaria.

Quinta

Los autos y la certificación del Regis­tro de la Propiedad a que se refiere la regla cuarta del artículo 131 de la Ley Hipotecaria están de manifiesto en Secre­taría, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación.

Sexta

Las cargas o gravámenes anteriores y las preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, enten­diéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a suextin­ción el precio del remate.

Séptima

Caso de que hubiere de suspenderse cualquiera de las tres subastas, se trasla­da su celebración, a la misma hora, para el siguiente viernes hábil, según la con­dición primera de este edicto, la subasta suspendida.

Octava

Se devolverán las consignaciones efec­tuadas por los participantes a la subasta, salvo la que corresponda al mejor postor, la que se reservará en depósito como ga­rantía del cumplimiento de la obligación y, en su caso, como parte del precio de la venta .

Pág. 71

Novena

"Si se hubiere pedido por el acreedor hasta e! mismo momento de la celebra­ción de la subasta, también podrán reser­varse en depósito las consignaciones de los participantes que así lo acepten y que hubieren cubierto con sus ofertas los pre­cios de la subasta, por si el primer adju­dicatario no cumpliese con su obligación y desearan aprovechar el remate los otros postores y siempre por el orden de las mismas.

Décima

La publicación de los presentes edictos sirve como notificación en la finca hipo­tecada de los señalamientos de las subas­tas, a los efectos de la regla séptima del artículo 131 de la Ley Hipotecaria, al no haberse podido \.levar a cabo en la misma del modo ordinario.

Bienes objeto de subasta

Polígono industrial de Vallecas, calle Luis 1, número 13, parcela 16, Madrid.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 19 de Madrid, al libro 289, folio 28, finca registral número 17.935, inscrip­ción quinta.

Dado en Madrid, a 20 de noviembre de 1998.-La secretaria, Carmen éalvo Velasco.

(02/1.397/99)

JUZGADO NUMERO 31 DE MADRID

EDlCfO

En virtud de lo dispuesto por el magis­trado-juez del Juzgado de primera instan­cia número 31 de Madrid, en autos de procedimiento judicial sumario del ar­ticulo 131 de la Ley Hipotecaria, bajo el número 579 de 1998, a instancia de "Caja Madrid", representada por el pro­curador don Manuel Infante Sá,nchez, contra don Francisco J. Muñoz, don An­gel Sánchez A\caraz y doña María Dolo­res Muñoz Mena, en los cuales se ha acordado sacar a la venta en pública su­basta, por término de veinte días, los bienes que al final del presente edicto se describirán, bajo las siguientes

Condiciones

Primera

El remate se llevará a cabo en una o varias subastas, habiéndose efectuado e! señalamié"nto simultáneo de las tres pri­meras que autoriza la regla séptima de! artículo 131 de la Ley Hipotecaria con­forme a las siguientes fechas y tipos de licitación:

Primera subasta: fecha 10 de marzo de 1999, a las diez y diez horas de su ma­ñana. Tipo de licitación, .9.500.000 pese­tas, sin que sea admisible postura infe­rior.

Pág. 72

Segunda subasta: fecha 21 de abríl de 1999, a las diez y diez hDras de su ma­ñana. Tipo de licitación, 7.125.000 pese­tas, sin que sea admisible postura infe­riDr.

Tercera subasta: fecha 19 de mayo. de 1999, a las diez y diez de su mañana. Sin sujeción a tipo..

Segunda Para temar parte en la subasta, to.do.s

IDS posto.res, a excepción del acreedDr demandante, deberán consignar una can­tidad igual, por lo. menos, al 20 por 100 del tipo señalado. para la primera y se­gunda subastas, y en la tercera una can­tidad igual, por lo. menes, al 20 pDr 100 del tipo señalado. para la segunda.

Los depósitDs deberán llevarse a cabo. en cualquier o.ficina del "Banco Bilbao. Vizcaya", a la que el depositante deberá facilitar les siguientes dates: Juzgado. de primera instancia número. 31 de Madrid, cuenta del Juzgado. de la agencia 4070, sita en la calle Capitán Haya, número 66, edificio. Juzgado.s de primera instancia, número de expediente o. procedimiento. . 24590000000579/1998. En tal supuesto. deberá acompañarse el resguardo. de in­greso. co.rrespDndiente.

Tercera En tedas las subastas, desde el anuncio.

hasta su celebración, podrán hacerse pos­turas po.r escrito. en pliego. cerrado., veri­ficándo.se IDS depósito.s en cualquiera de las fo.rmas establecidas en el numeral an­teriDr. El escrito. deberá contener nece­sariamente la aceptación expresa de las o.bligacio.nes consignadas en la condición . sexta del presente edicto., sin cuyo. requi­sito. no. Será admitida la postura.

Cuarta Las po.sturas po.drán hacerse ' a calidad

de ceder el remate a un tercero., cesión que deberá efectuarse en la fo.rma y pla­zo. previsto.s en la regla decimo.cl,larta del ' artículo. 131 de la Ley Hipetecaria.

Quinta Les autes y la certificación del Regis­

tro. de la Propiedad a que se refiere la regla cuarta del artículo. 131 de la Ley Hipotecaria están de manifiesto. en Secre­taría, entendiéndo.se que to.de licitader acepta CDme bastante la titulación.

Sexta Las cargas o. gravámenes anteriDres y

las preferentes, si les hubiere, al crédito. del acter centinuarán subsistentes, enten­diéndDse que el r!!matante les acepta y queda subrogado. en la respo.nsabilidad de IDS mismDs, sin destinarse a su extin­ció n el precio. del remate.

Séptima Case de que hubiere de suspenderse

cualquiera de las tres subastas, se trasla­da su celebración, a la misma ·hDra, para el siguiente viernes hábil, según la con-

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

dición primera de este edicto., la subasta suspendida. .

. Octava

Se devDlverán las cDnsignacio.nes efec­tuadas por les participantes a la subasta, salve la que corresporida al mejDr postDr, la que se reservará en depósito. como. ga­rantía del cumplimiento. de la o.bligación y, en su case, como. parte del precio. de la venta.

NDvena

Si se hubiere pedido. per el acreedDr hasta el mismo. mDmento. de la celebra­ción de la subasta, también podrán reser­varse en depósito. las cDnsignaciDnes de IDS participantes que así lo. acepten y que hubieren cubierto. co.n sus efertas IDS pre­ciDS de la subasta, pDr si el primer adju­dicatario. no. cumpliese cen su ebligación y desearan aprDvechar el remate les o.trDs pestDres y siempre per el Drden de las mismas. .

Décima

La publicación de los presentes edictes . sirve como. nDtificación en la finca hipe­tecada de les señalamientDs de las subas­tas, aJes efecto.s de la regla séptima del artículo. 131 de la Ley HipDtecaria, al no. haberse pDdidD llevar a cabo. en la misma del medo. erdinariD.

Bienes objeto de subasta

Finca sita en la calle Murcia, número. 16, pise cuarto., letra B.

Inscrita en el Registro de la PrDpiedad número 3 de Madrid, tDmD 1.086, libro. 1.025, sección segunda, fDliD 166, finca registral numero. 40.227, inscripción sexta.

Dado. en Madrid, a 22 de diciembre de 1998.-La secretaria, Carmen Calve Ve­lasco.

(0211.691/99)

JUZGADO NUMERO 31 DE MADRID

EDlcrO

DDña Carmen Calvo. Ve lasco , secretaria del Juzgado. de primera instancia nú­mero 31 de los de Madrid.

Hago. saber: Que en este Juzgado. se sigue expediente de liberación de gravá­menes, bajo. el número. 40 de 1998, a ins­tancia de den RaimundD Mo.rene GDn­zález; representado. por procurader, y en IDS que pDr prDvidencia de fecha de hDy se aCDrdó citar por edictDs a IDS titulares del gravamen de la finca que se describe:

Vivienda sita en Madrid, piso segundo. K, izquierda, de la casa número. 48 del pasee de les Castellanes, de Carabanchel' Baje.

Inscrita en el Registro de la PrDpiedad número 31 de Madrid, al teme 730, feliD 208.

B.O.C.M. Núm. 32

Carga o. gravamen: condición resolutD­ria.

y para que sirva de netificación a "In­mDbiliaria Thader, Sociedad Anónima", así como. a sus posibles herederDs y cau­sahabientes e subregades, tedo.s ellDs en igneradD paradero., a fin de que puedan cDmparecer en el plazo. de veinte días para alegar ID que a su derecho. conven­ga, expido. el presente en Madrid, a 23 de nDviembre de 1998.-La secretaria (firmadD).

(0211.409/99)

JUZGADO NUMERO 31 DE MADRID

EDIcro

DDña Carmen Calvo. VelascD, secretaria del Juzgado. de primera instancia nú­mero. 31 de IDS de Madrid. Hago. saber: Que en este Juzgado. se

sigue expediente de liberación de gravá­menes, bajo. el número 121 de 1998, a: instancia de dDña M¡¡ría SDledadMurillD MurillD, representada por procuradDr, y en IDS que pDr prDvidencia de fecha de hDy se aCDrdó citar por edictDs a IDS ti­tulares del gravamen de la finca que se describe:

Vivienda en la calle Cuevas, número. 7, bajo. derecha.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número. 18 de Madrid, finca número. 2.994, fDliD 60, tDmD 41, cDntinúa en la finca número. , 13.687, libro 198, tDmD 1.069, fDliD 111.

Carga o. gravamen: hipoteca de la ins-cripción tercera. .

y para que sirva de nDtificación a dDn Felipe Arteaga del Campo, así como. a sus posibles herederDs y causahabientes o. subrDgadDs, tDdDS ellDs en ignDradD pa­radero., a fin de que puedan cDmparecer en el plazo. de diez días para alegar ID que a su derecho. convenga, expido. el presente en Madrid, a 16 de Dctubre de 1998.-La secretaria (firmadD).

(02/1.408/99)

JUZGADO NUMERO 31 DE MADRID

EDIcro

Que en IDS autDs de expediente de dD­minio. seguidDs en este Juzgado. bajo. el número. 510 de 1998, a instancia de dDña Luisa Cuevas García, sDbre reanudación del tracto. sucesivo. sDbre la finca de la calle Almansa, número. 9, inscrita en el Registro. de la PrDpiedad número. 10 de Madrid, fDliD 93, libro. 107, finca número. 5.850, inscripción tercera, habiéndDse acordado. en eI expresado. expedienté, en prDvidencia del día de la fecha, CDnVDcar a las persDnas ignDradas a quienes pue­dan sentirse perjudicadDs con la inscrip­ción sDlicitada, y de fDrma especial a dDn

B.O.C.M. Núm. 32

Timoteo García González, doña Julita López Jagüe, don Isabelo Cuevas del Molino y doña Petra García López, como titulares registrales, a fin de que dentro del término de diez días siguientes a la publicación del presente puedan comparecer ante este Juzgado, para ale­gar lo que a su derecho convenga. . Dado en Madrid, a 4 de diciembre de

1998.-La secretaria (firmado).

(0211.660/99)

JUZGADO NUMERO 31 DE MADRID

EDICTO

En virtud de lo dispuesto por el magis­trado-juez del Juzgado de primera instan­cia número 31 de Madrid, en autos de procedimiento judicial sumario del ar­tículo 131 de la Ley Hipotecaria, bajo el número 1.014 de 1997, a instancia de "Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid:', representada por el procurador don Argimiro Vátquez Guillén, contra don Eugenio Castaño López Mesas, en los cuales se ha acordado sacar a la venta en públlca subasta, por término de veinte días, los bienes que al final del presente edicto se describirán, bajo las siguientes

Condiciones

Primera

El remate se llevará a cabo en una o varias subastas, habiéndose efectuado el señalamiento simultáneo de las tres pri­meras que autoriza la regla séptima del artículo 131 de la Ley Hipotecaria con~ forme a las siguientes fechas y tipos de licitación:

Primera subasta: fecha 26 de abril de 1999; a las diez y diez horas de su ma­ñana. Tipo de licitación, 35.900.000 pe­setas, sin que sea admisible postura in­ferior.

Segunda subasta: fecha 24 de mayo de 1999, a las diez y diez horas de su ma­ñana. Tipo de licitación: 26.925.000 pe­setas, sin que sea admisible postura in­ferior.

Tercera subasta: fecha 21 de junio de 1999, a las diez y diez horas de su ma­ñana, sin sujeción a tipo.

Segunda

Para tomar parte en la subasta, todos los postores, a excepción del acreedor demandante, deberán consignar una can­tidad igual, por lo menos, al 20 por 100 del tipo señalado para la primera y se­gunda subastas, y en la tercera una can­tidad igual, pór lo menos, al 20 por 100 del tipo señalado para la segunda.

Los depósitos deberán llevarse a cabo en cualquier oficina del "Banco Bilbao Vizcaya", a la que el depositante deberá facilitar los siguientes datos: Juzgado de primera instancia número 31 de Madrid, cuenta del Juzgado de la agencia 4070,

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

sita en la calle Capitán Haya, número 66, edificio Juzgados de primera instancia, número de expediente o procedimiento 2459000()00 10 14/1997. En tal supuesto deberá acompañarse el resguardo de in­greso correspondiente.

Tercera En todas las subastas, desde el anuncio

hasta su celebración, podrán hacerse pos­turas por escrito en pliego cerrado, veri­ficándose los depósitos en cualquiera de las formas establecidas en el numeral an­terior. El escrito deberá contener nece­sariamente la aceptación expresa de las obligaciones consignadas en la condición sexta del presente edict9, sin cuyo requi­sito no será admitida la postura.

Cuarta Las posturas podrán hacerse a calidad

de ceder el remate a un tercero, cesión que deberá efectuarse en la forma y pla­zo previstos en la regla decimocuarta del artículo 131 de la Ley Hipotecaria.

Quinta ·

Los autos y la certificación del Regis­tro de la Propiedad a que se refiere la regla cuarta del artículo 131 de la Ley Hipotecaria están de manifiesto en Secre­taría, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulaCión.

Sexta Las cargas o gravámenes anteriores y

las preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, enten­diéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extin­ción el precio del remate.

Séptima Caso de que hubiere de suspenderse

cualquiera de las tres subastas, se trasla­da su celebración, a la misma hora, para el siguiente viernes hábil, según la con­dición primera de este edictQ, la subasta suspelldida.

Octava Se devolverán las consignaciones efec­

tuadas por los participantes a la subasta, salvo la que corresponda al mejor postor, la que se reservará en depósito como ga­rantía del cumplimiento de la obligación y, en su caso, como parte del precio de la venta.

Novena

Si se hubiere pedido por el acreedor hasta el mismo momento de la celebra­ción de la subasta, también podrán reser­varse en depósito las consignaciones de los participantes que así lo acepten y que hubieren cubierto con sus ofertas los pre­cios de la subasta, por si el primer adju­dicatario no cumpliese con su obligación y desearan aprovechar el remate los otros postores y siempre por el orden de las mismas.

Pág. 73

Décima La publicación de los presentes edictos

sirve como notificación en la finca hipo­tecada de los señalamientos de las subas­tas, a los efectos de la regla séptima del artículo 131 de la Ley Hipotecaria, al no haberse podido llevar a cabo en la misma del modo ordinario.

Bienes objeto de subasta Local comercial en planta baja de la

calle San Raimundo, número 14, de Ma­drid.

Inscrito en el Registro de la Propiedad número 26 de Madrid, al tomo 237 de archivo, folio 24, finca registral número 10.497, inscripción cuarta.

Dado en Madrid, a 8 de enero de 1999.-La secretaria, Carmen Calvo Ve­lasco.

(02/1.828/99)

JUZGADO NUMERO 31 DE MADRID

EDICTO

En virtud de lo dispuesto por el magis­trado-juez del Juzgado de primera instan­cia número 31 de Madrid, en autos de procedimiento judicial sumario del ar­ticulo 131 de la Ley Hipotecaria, bajo el número 533 de 1998, a instancia de "Deustche Bank Credit, Sociedad Anó­nima", representada por la procuradora doña María Luisa Montero Correal, con­tra doña María de los Reyes Cantillón García, en los cualés se ha acordado sa­car a la venta en pública subasta, por tér­mino de· veinte días, los bienes que al fi­nal del. presente edicto se describirán, bajo las siguientes

Condiciones Primera

El remate se llevará a cabo en una o varias subastas, habiéndose efectuado el señalamiento simultáneo de las tres .pri­meras que autoriza la regla séptima del artículo 131 de la Ley Hipotecaria con­fOrIne a las siguientes fechas y tipos de licitaciÓn: .

Primera subasta: fecha 15 de marzo de 1999, a las nueve y cuarenta horas de su mañana. Tipo de licitación, 11.545.312 pesetas, sin que sea admisible postura in­ferior.

Segunda subasta: fecha 26 de abril de 1999, a las nueve y cuarenta horas de su mañana. Tipo de licitación: 8.658.984 pe­setas, sin que sea admisible postura in­ferior.

Tercera subasta: fecha 24 de mayo de 1999, a las nueve y cuarenta horas de su mañana, sin sujeción a tipo.

Segunda

Para tomar parte en la subasta, todos los postores, a excepción del acreedor demandante, deberán consignar una can-

Pág. 74

tidad igual, por lo menos, al 20 por 100 del tipo señalado para la primera y se­gunda subastas, y en la tercera una can­tidad igual, por lo menos, al 20 por 100 del tipo' señalado para la segunda.

Los depósitos deberán llevarse a cabo en cualquier oficina del "Banco Bilbao Vizcaya", a la que el depositante deberá facilitar los siguientes datos: Juzgado de primera instancia número 31 de Madrid, cuenta del Juzgado de la agencia 4070, sita en la calle Capitán Haya, número 66, edificio Juzgados de primera instancia, número de expediente o procedimiento 24590000000533/1998. En tal supuesto deberá acompañarse el resguardo de in­greso correspondiente.

Tercera

En todas las subastas, desde el anuncio hasta su celebración, podrán hacerse pos­turas por escrito en pliego cerrado, veri­ficándose los depósitos en cualquiera de las formas establecidas en el numeral an­terior. El escrito deberá contener nece­sariamente la aceptación expresa de las obligaciones consignadas en la condición sexta del presente edicto, sin cuyo requi­sito no será admitida la postura.

Cuarta

Las posturas podrán hacerse a calidad de ceder el remate a un tercero; cesión que deberá efectuarse en la forma y pla­zo previstos en la regla decimocuarta del artículo 131 de la Ley Hipotecaria.

Quinta

Los autos y la certificación del Regis­tro de la Propiedad a que se refiere la regla cuarta del artículo 131 de la Ley Hipotecaria están de manifiesto en Secre­taría, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación.

Sexta

Las cargas o gravámenes anteriores y las preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, enten­diéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extin­ción el precio del remate.

Séptima

Caso de que hubiere de suspenderse cualquiera de las tres subastas, se trasla­da su celebración, a la misma hora, para el siguiente viernes hábil, según la con­dición primera de este edicto, la subasta suspendida.

Octava

Se devolverán las consignaciones efec­tuadas por los participantes a la subasta, salvo la que corresponda al mejor postor, la que se reservará en depósito como ga­rantía del cumplimiento de la obligación y, en su caso, como parte del precio de la venta.

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

Novena

Si se hubiere pedido por el acreedor hasta el mismo momento de la celebra­ción de la subasta, también podrán reser­varse en depósito las consignaciones de los participantes que así lo acepten y que hubieren cubierto con sus ofertas los pre­cios de la subasta, por si,el primer adju­dicatario no cumpliese con su obligación y desearan aprovechar el remate los otros postores y siempre por el orden de las mismas.

Décima

La publicación de los presentes edictos sirve como notificación en la finca hipo­tecada de los señalamientos de las subas­tas, a los efectos de la regla séptima del artículo 131 de la Ley Hipotecaria, al no haberse podido llevar a cabo en la misma del modo ordinario.

Bienes objeto de subasta

Piso cuarto A de la calle Salvador Alonso, número 2, de Madrid.

Inscrito en el Registro de la Propiedad número 31 de Madrid, al tomo 2.298, fo­lio 173, finca registral número 31.994, inscripción quinta.

Dado en Madrid, a 18 de diciembre de 1998.-La secretaria, Carmen Calvo Ve­lasco.

(0211.822/99)

JUZGADO NUMERO 32 DE MADRID

EDIcrO

Don Agustín Gómez Salcedo, magistra­do-juez del Juzgado de primera instan­cia número 32 de los de Madrid. Hago saber: Que en este Juzgado se

siguen autos de procedimiento judicial sumario del artículo 131 de la Ley Hi­potecaria, bajo el número 231 de 1998, a instancia de "Caja de España de Inver­siones, Caja Ahorros y Monte Piedad", contra don Román Guerras Herrero, doña Isabel Pardo Rubio y doña Nuria Guerras Pardo, en los cuales se ha acor­dado sacar a pública subasta, por térmi­no de veinte días, los bienes que luego se dirá, con las siguientes

Condiciones

Primera

Se ha señalado para que tenga lugar el remate en primera subasta el día 11 de marzo de 1999, a las doce horas de su mañana, en la Sala de audiencia de este Juzgado, por el tipo de 35.600.000 pese­tas.

Segunda

Para el supuesto de que resultare de­sierta la primera, se ha señalado para la segunda subasta el día 15 de' abril de 1999, a las doce horas de su mañana, en la Sala de audiencia de este Juzgado, con

la rebaja del 25 por 100 del tipo que lo fue para la primera.

Tercera Si resultare desierta la segunda, se ha

señalado para la tercera subasta el día 20 de mayo de 1999, a las once horas de su mañana, en la Sala de audiencia de este Juzgado, sin sujeción a tipo.

Cuarta En las subastas primera y segunda no

se admitirán posturas que no cubran el tipo de subasta correspondiente.

. Quinta

Para tomar parte en cualquiera de las tres subastas los licitadores deberán con­signar previamente el 20 por 100 del tipo para ser admitidos a licitación, calculán­dose esta cantidad en la tercera subasta respecto al tipo de la segunda, suma que podrá consignarse en la cuenta provisio­nal de consignaciones número 2460 del "Banco Bilbao Vizcaya" (calle Capitán Haya, número 66, oficina 4070), de este Juzgado, presentando en dicho caso el resguardo de ingreso.

Sexta Los títulos de propiedad de los inmue­

bles subastados se, encuentran suplidos por las correspondientes certificaciones registrales, obrantes en autos, de mani­fiesto en la Secretaría del Juzgado para que puedan examinarlos los que deseen tomar parte en la subasta, entendiéndose que todo licitador los acepta como bas­tantes, sin que pueda exigir ningún otro, y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del actor, si los hubiere, continuarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el adju­dicatario los acepta y queda 'subrogado en la necesidad de satisfacerlos, sin des­tinarse a su extinción el precio del re­mate.

Séptima

Podrán hacerse posturas en pliego ce­rrado, y el remate podrá verificarse en calidad de ceder a tercero con las reglas que establece el artículo 131 de la Ley Hipotecaria.

Octava Caso de que hubiere de suspenderse

cualquiera de las tres subastas, se trasla­da su celebración, a la misma hora, para el siguiente viernes hábil de la semana dentro de la cual se hubiere señalado la subasta suspendida, en el caso de ser fes­tivo el día de la celebración o hubiese un número excesivo de subastas, para el mis­mo'día.

Novena

Se devolverán las consignaciones efec­tuadas por los participantes a la subasta, salvo la que corresponda al mejor postor, la que se reservará en depósito como ga­rantía del cumplimiento de la obligación

B.O.C.M. Núm. 32

y, en su caso, como parte del precio de la venta. '

Décima Si se hubiere pedido por el aCreedor

hasta el mismo momento de la celebra­ción de la subasta, también podrán reser­varse en depósito las consignl\ciones de los participantes que así lo acepten y que hubieren cubierto con sus ofertas los pre­cios de la subasta, por si el primer adju­dicatario no cumpliese con su obligación y ' desearan aprovechar el remate los otros postores y siempre por el orden de las mismas.

Undécima La publicación de los presentes edictos

sirve como notifi<;ación en la finca hipo­tecada de los señalamientos de las subas­tas, a los efectos del último párrafo de la regIa séptima del artículo 13I.

Bienes objeto de subasta Vivienda cuarto A de la casa sita en

Madrid y su calle de Lagasca, número 81. Se halla situada en la planta cuarta, sin cOntar las de sótano ni la baja, a la izquierda según se sube por la escalera. '

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Madrid, al folio 144 del Ii­bro2.303 moderno 'del archivo, finca nú-' mero 86.241. '

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DI¡ LA COMUNIDAD DE MA­DRID, expido el presente en Madrid, a 13 de e~ero de 1999_-La secretaria ,(firma­do)_~El magistrado-juez de primera ins-tancia (firmado)_ '

(02/1.361/99)

JUZGADO NUMERO 32 DE MADRID

EDlCfO

Don Agustín Gómez Salcedo, magistra­do-juez del Juzgado de primera instan­cia número 32 de los de Madrid. Hago saber: Que en este JllZgado se

siguen autos de procedimiento judicial sumario del artículo 131 de la Ley Hi­potécaria, bajo el nÚmero 442 de 1998, a instancia de "Caja Mádrid", contra don José Antonio Portillo Méndez, en los cuales se ha acordado sacar a pública su­basta, por ' término de veinte días, los bienes que luego se dirá, con las siguien-tes '

Condiciones Primera

Se ha señalado para que tenga lugar el remate en primera subasta ' el día 8 de marzo de 1999, a las nueve y treinta ho­ras ' de su mañana, en ,la Sala de audien­cia de este Juzgado , por el tipo de 1l.600.000 pesetas.

Segunda Para el supuesto, de que resultare de­

sierta la primera, se ha señalado para la

LUNES ,8 DE FEBRERO DE 1999

segunda sllbasta el (jía 7 de abril de 1999, a las nueve y treinta horas de su mañana, en la Sala de audiencia de este Juzgado, con la rebaja del 25 por 100 del tipo que lo fue para la primera.

Tercera

Si resultare d~sierta la segunda, se ha señalado para la tercera subasta el día 10 de mayo de 1999, a, las nueve y treinta

' horas de su mañana, en la Sala de au­diencia de este Juzgado, sin sujeción a tipo. '

Cuarta

En las subastas primera y segunda no se admitirán posturas que no cubran el tipo de subasta correspondiente.

Quinta

Para tomar parte en cualquiera de las tres subastas los licitadores deberán con­signar previamente el 20 por 100 del tipo para ser admitidos a licitaciÓn, calculán­dose esta cantidad en la tercera subasta respecto al tipo de la segunda, suma que podrá consignarse en la cuenta provisio­nal de ' consignaciones número 2460 del "Banco Bilbao Vizcaya" (calle Capitán Haya, número 66 , oficina 4070), de este Juzgado, presentando en dicho caso el

,resguardo de ingreso.

Sexta

Los títulos de propiedad de los inmue­bles, subastados se encuentran suplidos por las correspondientes certificaciones registrales, obran tes en autos, de mani­fiesto en la Secretaría del Juzgado para que · puedan examinarlos los que deseen tomar parte en la subasta, entendiéndose que todo licitador los acepta como bas­tantes, sin que pueda exigir ningún otro, y que las cargas y gravámenes anteriores y los , preferentes al crédito del actor , si los hubiere, continuarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el adju­dicatario los acepta y queda subrogado en la necesidad de satisfaéerlos, sin des­tinarse a su extinción el precio del re~ mate.

Séptima

Podrán hacerse posturas en pliego ce­rrado, y el remate podrá verificarse en calidad de ceder a tercero con las regIas que establece el artículo 131 de la Ley Hipotecaria.

Octava

Caso de que hubiere de suspenderse cualquiera de las tres subastas, se trasla­da su celebración, a la miSma hora, para el siguiente viernes hábil de la semana dentro de la cual se hubiere señalado la ' subasta suspendida, en el caso de ser fes­tivo el día de la celebración o hubiese un número excesivo de subastas para el mis­mo día.

Pág. 75

Novena Se devolverán las consignaciones efec~

tuadas por los participantes a la subasta, salvo la que corresponda al mejor postor, la que se reservará en depósito como ga­rantía del cumplimiento de la obligación y, en su caso, como parte del precio de la venta.

Décima Si se hubiere pedido por el acreedor

hasta' el mismo momento de la celebra­ción de la subasta, también podrán reser- , varse en depósito las consignaciones de los participantes que así lo acepten y que hubieren cubierto con sus ofertas los pre­cios de la subasta, por si el primer adju­dicatario no cumpliese con su obligación y desearan aprovechar el remate los otros postores y siempre por el orden de las mismas.

Undécima

La publicación de los presentes edictos sirve como notificación en la finca hipo- ' tecada de los señalamientos de las subas­tas, a los efectos del último párrafo de la regla séptima del artículo 131.

Búmes objeto de subasta Vivienda tipo B 1, primero izquierda de

la casa número 49 de la calle de Benife­rri .

Inscrita en el Registro de la ,Propiedad número 16 de Madrid, tomo 1.021 , folio 31, finca registral número 75.234, inscrip­ción octava de hipoteca.

y para su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", expido el presente en Madrid, a 20 de enero de 1999.-La secretaria (firmado) .-El magistrado-juez de primera instancia (firmado).

, (02/1 ;692/99)

JUZGADO NUMERO 32 DE MADRID

EDICfO

Don Agustín Gómez Salcedo, magistra­do-juez del ' Juzgado de primera instan­cia número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de liberación de cargas y gravámenes, con el número 53 de 1997, a instancia de don Alberto Lavesa Diru­be, contra "Terrenos y Promociones; So­ciedad Anónima", o subrogados, todos ellos en ignorado paradero, para que en el plazo de veinte días comparezcan ante este Juzgado para alegar lo que a su de­recho convenga. Por tener a su favor una condición resolutoria que grava la finca número 88.308-N, según su inscripción tercera, del Registro de la Propiedad ,nú­mero 9 de Madrid.

y para su citación y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 14 de diciembre de 1998.-EI secreta-

Pág. 76 ·

rio (firmado ).-EI magistrado-juez de primera instancia (firmado).

(0211.410/99)

JUZGADO NUMERO 32 DE MADRID

EDlCfO

Don Agustín Gómez Salcedo, magistra­do-juez del Juzgado de primera instan- . cia número 32 de los de Madrid. Hago saber: Que en este Juzgado se

siguen autos de procedimiento judicial sumario del artículo 131 de la Ley Hi­potecaria, bajo el número 299 de 1998, a instancia de "Banco del Comercio, Socie­dad Anónima", contra don ' Luis Fraguas Peña y doña Isabel Cerne Piera, en los cuales se ha acordado sacar a pública su­basta, por término de veinte días, los bienes que luego se dirá, con las siguien­tes

Condiciones Primera

Se ha señalado para que tenga lugar el remate en primera subasta el día 7 de abril de 1999, a las diez y diez horas de su mañana, en la Sala de audiencia de este Juzgado, por el tipo de 104.500.000 pesetas.

Segunda Para el supuesto de que resultare de­

sierta la primera, se ha señalado para la segunda subasta el día 5 de mayo de 1999, a las nueve y treinta horas de su mañana, en .la Sala de audiencia de este Juzgado, con la rebaja del 25 por 100 del tipo que lo fue para la primera.

Tercera

. LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

por las correspondientes certificaciones registráles, obrantes en autos, de mani­fiesto en la Secretaría del Juzgado para que puedan examinarlos los que deseen tomar parte en la subasta, entendiéndose que' todo licitador los acepta como bas- : tantes, sin que pueda exigir ningún otro, y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al· crédito del actor, si los hubiere, continuarán subsistentes y sin cancelar, .entendiéndose que el adju- ' dicatario los acepta y queda subrogado en la necesidad de satisfacerlos, sin des­tinarse a su extinción ' el precio del re­mate.

Séptima Podrán hacerse posturas en pliego ce­

rrado, y el remate podrá verificarse en calidad de ceder a tercero con las reglas que establece el artículo 131 de la Ley Hipotecaria.

Octava . Caso de que hubiere de suspenderse

cualquiera de las tres subastas, se trasla­da su celebración, a la misma hora, para el siguiente vienles hábil de la semana dentro de la cual se hubiere señalado la subasta suspendida, en el caso de ser fes­tivo el día de la celebración o hubiese un número excesivo de subastas para el mis-mo día. .

Novena

Se devolverán las consignaciones ef«c­tuadas por los participantes a la subasta, salvo la que corresponda al mejor postor, la que se .reservará en depósito como ga­rantía del cumplimiento de la obligación y, en su caso, como parte del precio de la venta.

Si resultare desierta la segunda, se ha . Décima señalado para la tercera subasta el día 2 Si se hubiere pedido por el acreedor de junio de 1999, a las nueve y treinta hasta el mismo momento de la celebra­horas de su mañana, ' en la Sala de au- ción de la subasta, también podrán reser­diencia de este Juzgado, sin sujeción a . varse en depósito las ' consignaciones de tipo. . los participantes que así lo acepten y que

CuaFta En las subastas primera y segunda no

se admitirán posturas que no cubran el . tipo de subasta correspondiente.

Quinta Para tomar parte en cualquiera de las

tres subastas los licitadores deberán con­signar previamente el 20 por 100 del tipo para ser admitidos a licitación, calculán­dose esta cantidad en la tercera subasta respecto al tipo de la segunda, suma que podrá consignarse en la cuenta provisio­nal . de consignaciones número 2460 del "Banco Bilbao Vizcaya" (calle Capitán Haya, número 66, oficina 4070), de este Juzgado, presentando en dicho . caso el resguardo de ingreso.

Sexta Los títulos de propiedad de los inmue­

bles subastados 'se encuentran suplidos

hubieren cubierto con sus ofertas los pre­cios de la subasta, por si el primer adju­dicatario no cumpliese con su obligación y desearan aprovechar el remate los otros postores y siempre por el orden de las mismas.

LJndécima

La publicación ' de los presentes edictos sirVe como notificación en la finca hipo­

. tecada de los señalamientos de las subas­tas, a los efectos del último párrafo de la regla séptima del artículo 131.

Bienes objeto de subasta

Descripción: chalé número 7, situado en Madrid, calle Arascues, número 28 (antes número 8).

Inscripción: en el Registro de la Pro­piedad de Madrid número 13, tomo 904, libro 157 ,sección primera, folio 52, finca número 7.419.

B.O.C.M. Núm. 32

y para su . publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA­DRID, expido el presente en Madrid, a '20 de enero de 1999.-La secretaria (firma­do) .-EI magistrado-juez de primera ins­tancia (firmado) . .

(02/1.539/99)

JUZGADO NUMERO 32 . DE MADRID

EDlCfO

Don Agustín Gómez Salcedo, magistra­. do-juez del Juzgado de primera instan­cia número 32 de los de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento judicial sumario . del artículo 131 de la Ley Hi­potec~ria, bajo el número 90 de 1998, a instancia de "Banco Central Hispano­americano, Sociedad Anónima", contra don Cándido de la Ossa Navarro y doña Valentina Pérez Luengo, en los cuales se ha acordado sacar a pública subasta, por término de veinte días, los bienes que luego se dirá, con las siguientes

Condiciones

Primera

Se ha señalado para que tenga lugar el remate en primera subasta el día 8 de marzo de 1999, a las nueve y treinta ho­ras de su ' mañana, en la Sala de audien­cia de este Juzgado, por el tipo de 18.389.000 pesetas. .

Segunda

Para el supuesto de que resultare de­sierta la primera, se ha señalado para la segunda subasta el día 12 de abril de 1999, a las diez y diez horas de su ma­ñana, en la Sala de audiencia de este Juzgado, ,con la rebaja del 25 por 100 del tipo que lo fue para la primera.

Tercera

Si resultare desierta la segunda, se ha señalado para la tercera subasta el día 10 de mayo de 1999, a las nueve y treinta horas de su mañana, en la Sala de au­diencia de este Juzgado, sin sujeción a tipo.

.Cuarta

En las subastas primera y segunda no .se admitirán. posturas que no cobran el tipo de subasta correspondiente.

Quinta

Para tomar parte en cualquiera de las tres subastas los licitadores deberán con­signar previamente el 20 por 100 del tipo para ser admitidos a licitadón, calculán­dose esta cantidad en la tercera subasta respecto al tipo de la segunda, suma que podrá consignarse en la cuenta provisio­nal de consignaciones número 2460 del "Banco Bilbao Vizcaya" (calle Capitán Haya, número 66, oficina 4070), de este

B.O.C.M. Núm. 32~ __________________ ~L~U~N~E=S~8~D~E~F=E~B~R~E~R~O~D~E~19~9~9 __________________________ P_á~g._7_7

Juzgado, presentando en dicho caso el resguardo de ingreso.

Sexta Los títulos de propiedad de los inmue­

bles subastados se encuentran suplidos por las correspondientes certificaciones registrales, obran tes en autos, de mani­fiesto en la Secretaría del Juzgado para que puedan examinarlos los que deseen tomar parte en la subasta, entendiéndose que todo licitador los acepta como bas­tantes, sin que pueda exigir ningún otro, y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del actor, si los hubiere, continuarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el adju­dicatariolos acepta y queda subrogado en la necesidad de satisfacerlos, sin des­tinarse a su extinción el precio del re­mate.

Séptima Podrán hacerse posturas en pliego ce­

rrado , y el remate podrá verificarse en calidad de ceder a tercero con las reglas "que establece el artículo 131 de I~ Ley Hipotecaria.

Octava Caso de que hubiere de suspenderse

cualquiera de las tres subastas, se trasla­da su celebración, a la misma hora, para el siguiente viernes hábil de la semana dentro de la cual se hubiere señalado la subasta suspendida, en el caso de ser fes­tivo el día de la celebración o hubiese un número excesivo de subastas para el mis­mo día.

Novena Se devolverán las consignaciones efec­

tuadas por los participantes a la subasta, salvo la que corresponda al mejor postor , la .que se reservará en depósito como ga­rantía del cumplimiento de la obligación y, en su caso, como parte del precio de la venta.

Décima Si se hubiere pedido por el acreedor

hasta el mismo momento de la celebra­ciónde la subasta, también podrán reser­varse en depósito las consignaciones de los participantes que así lo acepten y que hubieren cubierto con sus ofertas los pre­cios de la suba~ta, por si el primer adju­dicatario no cumpliese con su obligación y desearan aprovechar el remate los otros postores y siempre por el orden de las mismas.

Undécima La publicación de los presentes edictos

sirve CO!110 notificación en la finca hipo­tecada de los señalamientos de las subas­tas, a los efectos del último párrafo de la regla séptima del artículo 131.

Bienes objeto de subasta Finca sita en Madrid , paseo de los Je­

suitas, número 73, piso primero centro.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 25 de Madrid, finca número 50.953, tomo 2.044, folio 184, inscripción quinta.

y para su publicación en el presente en Madrid, a 19 de enero de 1999.-La secretaria (firmado).-EI magistrado-juez de primera instancia (finnado).

(0211.672/99)

JUZGADO NUMERO 32 DE MADRID

EDICTO

Don Agustín Gómez Salcedo, magistra~ do-juez del Juzgado de primera instan­cia número 32 de los de Madrid. Hago saber: Que en este Juzgado se

siguen autos de procedimiento judicial sumario del artículo 131 de la Ley Hi­potecaria, bajo e.1 número 585 de 1998, a instancia de "Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid" , contra doña Ma­ría Estela Espinel Martínez y don Ansel­mo Léndez Romero, en los cuales se ha acordado sacar a públiéa subasta, por ténnino de veinte días, los bienes que luego se dirá, con las siguientes .

Condiciones Primeta '

Se ha señalado para que tengá lugar el remate en primera subasta el día 18 de marzo de 1999, alas diez y treinta horas de su mañana, en la Sala de audiencia de este Juzgado, por el tipo de 6.900.000 pesetas.

Segunda Para el supuesto de que resultare de­

sierta la primera, se ha señalado para la segunda subasta el día 22 de abril de 1999, a las diez horas de su mañana, en la Sala de audiencia de este Juzgado, con la rebaja del 25 por 100 del tipo que lo fue para la primera.

Tercera . Si resultare desierta la segunda, se ha

señalado para la tercera subasta el día 27 dé mayo de 1999, a las nueve y treinta

• horas de su maña·na , en la Sala de au­diencia de este Juzgado, sin sujeción a tipo .

Cuarta En las subastas primera y segunda no

se admitirán posturas que no cubran el tipo de subasta correspondiente.

Quinta

Para tomar parte en cualquiera de las tres subastas los licitadores deberán con­signar previamente el 20 por 100 del tipo para ser admitidOs a licitación, calculán­dose esta cantidad en la tercera subasta respecto al tipo de la segunda, suma· que podrá consignarse en la cuenta provisio­nal de consignaciones número 2460 del "Banco Bilbao Vizcaya" (calle Capitán

Haya, número 66, oficina 4070) , de este Juzgado, presentando en dicho caso el resguardo de ingreso.

Sexta

Los títulos de propiedad de los inmue­bles subastados se encuentran suplidos por las correspondientes certificaciones registrales, obran tes en autos, de mani­fiesto en la Secretaría del Juzgado para que puedan · examinarlos los que deseen tomar parte en la subasta , entendiéndose que todo licita~)r los acepta como bas­tantes, sin que kueda exigir ningún otro, y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del actor , si los hubiere , continuarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el adju­dicatario los acepta y queda subrogado en la necesidad de satisfacerlos, sin des-

. tinarse a su ,extinción el precio del re­mate.

Séptima

Podrán hacerse posturas en pliego ce­rrado, y el remate podrá verificarse en calidad de ceder a tercero con las reglas que establece el artículo 131 de la Ley Hipotecaria.

Octava

Caso de que hubiere de suspenderse cualquiera de las tres subastas, se trasla­da su celebración, a la misma hora, para el siguiente viernes hábil de la semana dentro de la cual se hubiere · señalado la subasta suspendida, en el caso de ser fes­tivo el día de la celebración o hubiese lin . número excesivo de subastas para el mis­mo día .

Novena

Se devolverán las consignaciones efec­tuadas por los participantes a la subasta, salvo la que corresponda al mejor postor, la que se reservará en depósito como ga­rantía del cumplimiento de la obligación y, en su caso, como parte del precio de la venta.

Décima

Si se hubiere pedido por el acreedor hasta el mismo momento de la celebra­ción de la subasta, también podrán reser­varse en depósito las consignaciones de los participantes que así lo acepten y que hubieren cubierto con sus ofertas los pre­cios de la subasta, por si el primer adju­dicatario no cumpliese con su obligación y desearan aprovechar el remate los otros postores y siempre por el orden de las mismas. .

Undécima

La publicación de los presentes edictos sirve como notificación · en la finca hipo­tecada de los señalamientos de las subas­tas, a los efectos del último párrafo de la regla séptima del artículo 131.

Pág. 78

Bienes objeto de subasta

Urbana.-Piso cuarto interior, letra E , de la casa señalada con el número 41 de la calle Vizconde de Arlesson, de esta capital.

. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 19 de Madrid, al folio 107 del libro 320, finca registral número 6.049.

y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA· DRID, expido el presente en Madrid, a 18 de enero de 1999.-La secretaria (firma­do) .-EI magistrado-juez de primera ins­tancia (firmado).

(02/1 .523/99)

JUZGADO NUMERO 32 DE MADRID

EDICfO

Don Agustín Gómez Salcedo, magistra­do-juez del Juzgado de primera instan" cia número 32 de Madrid. Hago saber: Que en este Juzgado se

siguen autos pe liberación de cargas y gravámenes, con el número 236 de 1998, a instancia de don Emilio Ramos Escu­dero , representado por la procuradora doña Isabel Díaz Solano, contra "Ficisa" ("Financiera Comercial e Industrial, So­ciedad Anónima") o sus herederos o cau­sahabientes, todos ellos en ignorado pa­radero, para que en el plazo de diez días comparezcan ante este Juzgado para ale­gar lo que a su derecho convenga. Por tener a su favor una condición resoluto­ria que grava la finca registral número 927, al folio 88, tomo 732, hoy número 706, libro 19, sección cuarta, en su ins­cripción segunda del Registro de la Pro­piedad número 18 de Madrid.

y para su citación y publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 16 de julio de 1998.-EI secretario (fir­mado).-EI magistrado-juez de primera instancia (firmado).

(02/1 .624/99)

JUZGADO NUMERO 32 DE MADRID

EDICfO

Don Agustín Gómez Salcedo, magistra­do-juez del Juzgado de primera instan­cia número 32 de los de Madrid .

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento judicial sumario del artículo 131 de la Ley Hi­potecaria, bajo el número 550 de 1998, a instancia de "Fincas Bravo Blanco, So­ciedad Limitada", contra doña Rosa Maure García y don José López Noceda, en los cuales se ha acordado sacar a pú­blica subasta, por término de veinte días, los bienes que luego se dirá, con las si­guientes

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

Condiciones

Primera Se ha señalado para que tenga lugar el

remate en primera subasta el · día 15 de marzo de 1999, a las nueve y treinta ho- · ras de su mañana, en la Sala de audien­cia de este Juzgado, por el tipo de 12.000.000 de pesetas.

Segunda

Para el supuesto de que resultare de­sierta la primera, se ha señalado para la segunda subasta el día 12 de abril de 1999, a las nueve y treinta horas de su mañana, en la Sala de audiencia de este Juzgado , con la rebaja del 25 por 100 del tipo que lo fue para la primera.

Tercera

Si resultare desierta la segunda, se ha señalado para la tercera subasta el día 10 de mayo de 1999, a las diez y cuarenta horas de su mañana, · en la Sala de au­diencia de este Juzgado, sin- sujeción a tipo.

Cuarta

En las subastas primera y segunda no se admitirán posturas que no · cubran el tipo de subasta correspondiente.

Quinta

Para tomar parte en cualquiera de las tres subastas los licitadores deberán con­signar previamente el 20 por 100 del tipo para ser admitidos a licitación, calculán­dose esta cantidad en la tercera subasta respecto al tipo de la segunda, suma que podrá consignarse en la cuenta provisio­nal . de consignaciones número 2460 del "Banco Bilbao Vizcaya" (calle Capitán Haya, número 66, oficina 4070), de este Juzgado, presentando en dicho caso el resguardo de ingreso.

Sexta

Los títulos de propiedad de los inmue­bles subastados se encuentran suplidos por las correspondientes certificaciones registrales, obrantes en autos, de mani­fiesto en la Secretaria del Juzgado para que puedan examinarlos los que deseen tomar parte en la subasta, entendiéndose que todo licitador los acepta como bas­tantes, sin que pueda exigir ningún otro, y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes al crédito del actor, si los hubiere, continuarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el adju­dicatario los acepta y queda subrogado en la necesidad de satisfacerlos, sin des­tinarse a su extinción el precio del re­mate.

Séptima

Podrán hacerse posturas en pliego ce­rrado, y el remate podrá verificarse en calidad de ceder a tercero con las reglas que establece el artículo 131 de la Ley Hipotecaria.

B.O.C.M. Núm. 32

Octava Caso de que hubiere de suspenderse

cualquiera de las tres subastas, se trasla­da su celebración, a la misma hora, para el siguiente viernes hábil de la semana dentro de la cual se hubiere señalado la subasta suspendida, en el caso de ser fes­tivo el día de la celebración o hubiese un número excesivo de subastas para el mis­mo día.

Novena Se devolverán las consignaciones efec­

tuadas por los participantes a la subasta , salvo la que corresponda al mejor postor, la que se reservará en depósito como ga­rantía del cumplimiento de la obligación y, en su caso, como parte del precio de la venta .

Décima Si'se hubiere pedido por el acreedor

hasta el mismo momento de la celebra­ción de la subasta, también podrán reser­varse en depósito las consignaciones de los participantes que así lo acepten y que hubieren cubierto con sus ofertas los pre­cios de la subasta , por si el primer adju­dicatario no cumpliese con su obligación y desearan aprovechar el remate los otros postores y siempre por el orden de las mismas.

Undécima La publicación de los presentes edictos

sirve como notificación en la finca hipo­tecada de los señalamientos de las subas­tas, a los efectos del · último párrafo de la regla séptima del artículo 131.

Bienes objeto de subasta Finca sita en Madrid, calle Arcos de

Jalón, número 12, octavo B. Inscrita en el Registro de la Propiedad

de Madrid número 30 , finca número 28.978, libro 544 de la sección primera de Vicálvaro.

y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA­DRID, expido el presente en Madrid, a 19 de enero de 1999.-La secr.etaria (firma­do).-EI magistrado-juez de primera ins­tancia (firmado).

(02/1 .628/99)

JUZGADO NUMERO 34 DE MADRID

EDICfO

Don Fernando Herrero de Egaña y Oc­tavio de Toledo, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 34 de los de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio de menor cuantía número 115 de 1996, promovidos a ins­tancia del procurador don Ignacio San­juán G6mez, contra don Francisco Pastor Muñoz y herencia yacente de doña Con­cepción Rodríguez Martínez, en recla-

B.O,C.M. Núm. 32

mación de 2.588.578 pesetas de principal, en los que se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia

En la villa de Madrid, a 10 de junio de 1998.-Don Fernando Herrero de Egaña y Octavio de Toledo, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 34 de los de esta capital, ha visto los presen­tes autos de juicio de menor cuantía, promovido a instancia del procurador don Ignacio Sanjuán Gómez, en nombre y representación de comunidad de pro­pietarios de la calle Olmo, número 10, Madrid, asistida de letrado, contra don Francisco Pastor Muñoz y herencia ya­cente de doña Concepción Rodríguez Martínez, declarados en rebeldía por no haber comparecido en autos.

Fallo

Estimando íntegramente la demanda formulada por el procurador don Ignacio Sanjuán Gómez en nombre ' y represen­tación de la comunidad de propietarios de la calle Olmo, número 10, contra don Francisco Pastor Muños y herencia ya­cente de doña Concepción Rodríguez Martínez, declarados en rebeldía, y en consecuencia debo condenar y condeno a estos últimos a que abonen a la actora la cantidad de 2.588.578 pesetas, más los intereses legales y costas del procedi­miento.

y para que sirva de notificación . a don Francisco Pastor Muñoz y herencia ya­cente de doña Concepción .Rodríguez Martínez, haciéndoles saber que contra la .misma cabe interponer recurso de ape­lación en el plazo de cinco días en este Juzgarlo y para ante la Audiencia Provin­cial de Madrid, y su publicación y fija- . ción en el Bo.LETÍN OFICIAL DE LA Co.· MUNIDAD DE MADRID Y tablón de anun­cios de este Juzgado, expido y firmo el presente en Madrid, a 16 de septiembre de 1998.-La secretaria (firmado).-EI magistrado-juez de primera instancia (fir­mado).

(02/29.268/98)

JUZGADO NUMERO 34 DE MADRID

EDICTO.

Doña Maria de los Angeles Rosa García Solano, secretaria del Juzgado de pri­mera instancia número 34 de los de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de juicio ejecutivo que se siguen en este Juzgado bajo el número 810 de 1998, a instancia del procurador don Javier del Campo Moreno, en nombre y representación de doña Isabel García Mateo, contra here­deros desconocidos de doña Amparo García Ruiz y otros, se ha acordado em­plazar a los herederos desconocidos de

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

doña Amparo García Ruiz a fin de que en el término de diez días puedan per­sonarse en el procedimiento representa­dos por procurador y asistidos de letra­do, bajo apercibimiento que de no veri­ficarlo serán declarados en rebeldía, dán­dose por precluido el trámite de contes­tación a la demanda, notificándoles las sucesivas resoluciones en los .estrados de! Juzgado.

y para que sirva de citación de remate ' a los demandados herederos desconoci­dos de doña Amparo García Ruiz y para su publicación y fijación en el Bo.LETÍN OFICIAL DE LA Co.MUNIDAD DE MADRID Y tablón de anuncios de este Juzgado, ex­pido y firmo el presente en Madrid, a 19 de enero de 1999.-La secretaria (firma­do).

(02/1.465/99)

JUZGADO NUMERO 36 DE MADRID

EDICTO.

El magistrado-juez del Juzgado de pri­mera .instancia número 36 de Madrid. Hace saber: Que en este Juzgado de

mi cargo, bajo el número 465 de 1990, se siguen autos de ejecutivo-letras de cam­bio, a instancia del procurador don Flo­rencio Aráez Martínez (colegiado núme­ro 143), en representación de "Banlea­sing, Sociedad Anónima", contra "Híper Cóndor, Sociedad Anónima"; don Da­niel González Tregón y doña Francisca Duato Giner, en reclamación de canti­dad, en cuyas actuaciones se ha acordado sacar a la venta en primera y pública su­basta, por término de veinte días y pre­cio de su avalúo, la siguiente finca em­bargadaa los demandados:

Local comercial letra A, planta baja del edificio "Torre Cóndor", de la urba­nización "Cóndor" , sita en el término de Benidorm, partida Foya del Bol .y aveni­da de Nicaragua, con una superficie de 30 metros cuadrados.

Inscrito en el Registro de la Propiedad número 1 de Benidorm, al tomo 751, li­bro 359, folio 183, finca número 30.829.

La subasta tendrá lugar en la Sala de audiencia de este Juzgado, sito en la ca­lle Capitán Haya, número 66, quinta planta, de Madrid, el día 18 de marzo de 1999, a las doce horas, con arreglo a las siguientes

Condiciones

Primera El tipo del remate será de 2.700.000

pesetas, sin que se admitan posturas que no cubran las dos terceras partes de di­cha suma.

Segunda

Para poder tomar parte en la licitación deberán los licitadores consignar previa­mente, en la cuenta corriente número

Pág. 79

2530-0000-17 -0465-90 de la agencia 4070 del "Banco Bil bao Vizcaya", de Madrid, el 20 por 100 del tipo del remate.

Tercera

Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, desde el anuncio de la su­basta hasta su celebración, depositando en la mesa del Juzgado, junto con aquél, el 20 por 100 del tipo del remate.

Cuarta

Podrá hacerse el remate a calidad de ceder a un tercero.

Quinta

Se reservarán en depósito a instancia del acreedor las consignaciones de los postores que no resultaren rematantes y que lo admitan y hayan cubierto el tipo de la subasta, a efectos de que si el pri­mer adjudicatario . no cumpliese la obli­gación pueda aprobarse el remate a favor de los que le sigan por el orden de sus respectivas posturas.

Sexta

Los títulos de propiedad, suplidos por certificación del Registro, se enCuentran de manifiesto en la Secretaría del Juzga­do, debiendo los licitadores conformarse con ellos, sin que puedan exigir otros.

Séptima

Las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor quedarán subsistentes y sin can­celar, entendiéndose 'que el rematante los acepta y queda subrogado en la respon­sabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Octava

Para el supuesto de que resultare de­sierta la primera subasta, se señala para que tenga lugar la segunda el próximo día 20 de abril de 1999, a las doce horas, en las mismas condiciones que la prime­ra, excepto el tipo del remate, que será del 75 por 100 del de la primera, y caso de resultar desierta dicha segunda subas­ta, se celebrará una tercera, sin sujeción a tipo, el día 20 de mayo de 1999, tam­bién a las doce horas, rigiendo para la misma las ' restantes condiciones fijadas para la segunda.

Novena

El presente edicto sirve de notificación a los demandados propietarios, al encon­trarse en ignorado paradero.

Dado en Madrid, a 7 de enero de 1999:-EI secretario (firmado).-EI ma­gistrado-juez de primera instancia (fir­mado).

(02/1.818/99)

Pág. 80

JUZGADO NUMERO 37 DE MADRID

EDICTO CEDULA DE NOTIFICACION

Doña María Victoria Salcedo Ruiz, ilus­trísima señora magistrada-juez del Juz­gado de primera instancia número 37 de los de Madrid. Por el presente hago saber: Que en

este Juzgado, con el número 762 de 1997, se tramitan autos de juicio de eje­cutivo-póliza, a instancia de "Financiera Carrión, Sociedad Anónima" ("Financa, Sociedad Anónima"), representada por el procurador don Alvaro Mario Villegas Herencia, contra don José Luis Modia López y don Joaquín García Imbernón, sobre reclamación de cantidad, en los que por resolución -del día de la fecha y ante el ignorado domicilio' del demanda­do que abajo se indica, he acordado li­brar el presente a fin de notificar al mis­mo la sentencia de fecha 24 de noviem­bre de 1998, dictada en el procedimiento referenciado, cuyo fallo es del tenor li­teral siguiente:

Fallo Que debo mandar y mando seguir ade­

lante la ejecución despachada en los pre­sentes autos contra don José Luis Modia López y don Joaquín García Imbernón, haciendo trance y remate de los bienes embargados y que en lo sucesivo puedan embargarse, y con su producto, entero y cumplido pago a la ejecutante "Financie­ra Carrión, Sociedad Anónima" ("Finan­ca, Sociedad Anónima"), en. la persona de su legal representante, de la cantidad de 127.372 pesetas, importe del principal, más 10.500 pesetas de gastos, así como los intereses pactados y costas causadas y que se causen, las cuales expresamente imponga a la parte demandada.

Se le hace saber que la misma no es firme y cabe interponer contra ella recur­so de apelación en el plazo de cinco días, o pedir aclaración de la sentencia en el plazo de dos días.

y para que sirva de notificación en forma legal al demandado rebelde, cuyo domicilio se ignora, don José Luis Modia López, y para su publicación en el Bo. LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente, que firmo en Madrid, a 16 de diciembre de 1998.-La secretaria (firmado).~La ma­gistrada-juez de primera instancia (fir­mado).

(03/1.478/99)

JUZGADO NUMERO 37 DE MADRID

EDICTO

Doña María Victoria Salcedo Ruiz, ma­gistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 37 de los de Madrid.

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

Hago saber: En el Juzgado de primera instancia número 37 de los de Madrid, con el número 855 de 1998, se tramita expediente de declaración de herederos abintestato de don Pedro Santamaría Elez, natural de Madrid, fallecido en esta ciudad en fecha 31 de agosto de 1998 sin haber otorgado testamento alguno, ha­biendo comparecido a solicitar la heren­cia su prima doña María Sánchez Santa­maría, de conformidad con el artículo 984 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se llama a toda persona que se crea con igual o mejor derecho para que compa­rezca ante este Juzgado o .reclamarlo dentro del término de treinta' días. -

Se expide el presente a fin de que sea publicado en el BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID por el término de treinta días desde su recibo. . En Madrid, a 27 de enero de

1999.-La secretaria (firmado).-La ma­gistrada-juez de primera instancia (fir­mado).

(02/1.853/99)

JUZGADO NUMERO 39 DE MADRID

EDICTO

Doña Margarita Garrido Gómez, secre­taria del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid. Hace saber: Que en el juicio ejecutivo

número 239 de 1994, seguido ante este Juzgado, a instancia de "Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima", repre­sentada por el procurador don Javier Fernández Estrada (561), contra "E.D. Ascal, Sociedad "Anónima" , don Julio Moreno Amador y doña Rosa María Mo­lina Aragón, en reclamación de 4.000.000 de pesetas de principal, más 1.500.000 pesetas que se calculan para intereses y costas, se ha acordado en resolución de esta fecha citar de remate a los deman­dados don Julio Moreno Amador y doña Rosa María Molina Aragón, cuyo domi­cilio actual se desconoce, para que en el término de nueve días se personen en los autos y se opongan, si les conviniere, ha­biéndose ya practicado el embargo de sus bienes sin previo requerimiento de pago, dado su ignorado. paradero. De no per­sonarse les parará el perjuicio a que hu­biere lugar en derecho.

Declarándose embargado como propie­dad de los demandados don Julio More­no Amador y doña Rosa María Molina Aragón el siguiente bien:

Derechos de la propiedad sobre una quinceava parte de pleno dominio y una treintava parte de la' nuda propiedad de la finca número 7.418.

. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de Benidorm.

Dado en Madrid, a 21 de enero de 1999.-La secretaria judicial (firmado).

(0211.625/99)

B.O.C.M. Núm. 32

JUZGADO NUMERO 40 D~ MADRID

EDICTO

Don Marcelino Sexmero Iglesias, magis­trado-juez del Juzgado de primera ins­tancia número 40 de los de Madrid. Hago saber: Que en este Juzgado de

primera instancia número 40, sito en la calle Capitán Haya, número 66, quinta planta, se siguen los autos del juicio de menor cuantía número 1.196 de 1997, a instancia de comunidad de propietarios de la caUe Claudio Coello, número 52, de Madrid, representada por el procura­dor don Luis Delgado de Tena, contra don Ashoke Nair, doña Su mitra Nair y "Banco Exterior de España, Sociedad Anónima", sobre reclamación de canti­dad, habiéndose dictada sentencia en los referidos autos el 7 de octubre de 1998, que contiene el siguiente.

Fallo Que estimando la excepción de litis­

pendencia alegada por la representación procesal de "Banco Exterior de España, Sociedad Anónima", y estimando par­cialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de la comunidad de propietarios de la calle C1audio Coe­Ho, número 52, de Madrid, contra don Ashoke Nair, doña Sumitra Nair y el "Banco Exterior de España, Sociedad Anónima", procede hacer los siguientes pronunciamientos:

Primero.-Que debo condenar y con­deno a don Ashoke y a doña Sumitra Nair a que abonen a la actora la cantidad de 1.139.000 pesetas, más los intereses legales de dicha suma desde la interposi­ción de la demanda, sin hacer un especial pronunciamiento de costas.

Segundo.-Que debo declarar y decla­ro que· al pago de dicha cantidad se en­cuentra afecto el local número 4, sito en la calle Claudio Coello, número 52, de Madrid, propiedad de los mencionados codemandados, a los efectos del artículo 9.5 de la L.P.H.

Tercero.-Que debo de absolver y ab­suelvo en la instancia al "Banco Exterior de España", con imposición a la parte actora de las costas procesales causadas.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación en el término de cinco días ante el órgano superior.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

y para que tenga efecto la notificación de la sentencia a los demandados en au­tos don Ashoke Nair y doña Sumitra Nair, en ignorado paradero, y para su in­serción en' el BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el pre­,sente edicto en Madrid, a 8 de enero de 1999.-La secretaria (firmado).-El ma­gistrado-juez de primera instancia (fir­mado).

(0211.352/99)

B.O.C.M. Núm. 32

JUZGADO NUMERO 42 DE MADRID

Rectificación

En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMU­NIDAD DE MADRID número 11, fascículo 11, de fecha 14 de enero de 1999, se inserta anuncio del Juzgado de primera instancia número 42, donde se ha detectado error material procediéndose a su rectificación:

Donde dice: "Que en este Juzgado de mi cargo, bajo el número 1.402 de 1995-CJ", debe decir: "Que en este Juzgado de mi cargo, bajo el número 1.042 de 1995-CJ".

Dicho anunciose publicó bajo el número 02/27.545/98.

Madrid, a 5 de febrero de 1999. (03/3.241/99)

JUZGADO NUMERO 46 , DE MADRID

EDlCfO

La ilustrísima señora doña María del Mar Ilundaín Minondo, magistrada-juez de primera instancia del número 46 de los de Madrid. '

Hace saber: Que en este Juzgado se si­guen autos de juicio ' de cognición núme­ro 520 de 1997, a instancia de la en tidad "Banco Central Hispanoamericano, So­ciedad Anónima", representada por la procuradora doña María Eugenia Fer­nández-Rico Femández, contra don Ar- ' turo José -ocón Hermosilla y doña María Esperanza ' Such Muñoz, en reclamación de la cantidad de 124.265 pesetas de principal, cuyos demandados se encuen­tran en paradero desconocido, ha acor­dado notificar a dichos demandados la sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva Son del tenor: literal siguiente:

,Sentencia Madrid, a 30 de junio de 1998.-Vistos

los presentes autos de juicio de cognición número 520 de 1997 por la ilustrísima se­ñora magistrada-juez del Juzgado de pri­mera instancia número 46 , de los de Ma­drid, doña María del Mar Ilundaín Mi­nondo, a instancia de doña María Euge­nia Femández-Rico Femández, procura­dora de los tribunales, en nombre y re­presentación de "Banco Central Hispa­noamericano, Sociedad Anónima", con­tradon Arturo José Ocón Hermosilla y doña Mana Esperanza Such Muñoz, con domicilio desconocido, en reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando en su integridad la de­manda interpuesta por doña Eugenia Femández-Rico Femández, procuradora de los tribunales, en nombre y represen-

, tación de "Banco Central Hispanoameri-

LUNES 8 DE, FEBRERO DE 1999

cano, Sociedad Anónima", contra don Arturo José Ocón HermosiJla y doña María Esperanza Such Muñoz, ~ebo con­denar y condeno a. ambos demandados a abonar a la parte actora la cantidad de dinero reclamada por el presente proce­dimiento, que asciende a la cantidad de 124.265 pesetas de principal, con los in­tereses, así como al pago de las costas.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.-María del Mar Ilundaín Minondo (firmado y rubricado).

y para que sirva de notificación a don Arturo José Ocón Hermosilla y doña María Esperanza Such Muñoz,cuyo do­micilio actual se ignora, y haciéndoles sa­ber que contra la anterior resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación a este Juzgado de primera instancia. Doy fe. Y su inser­ción en el BOLETIN OFICIAL DE LA Co­MUNIDAD DE MADRID, con el visto bue­no de la señora magistrada-juez.

En Madrid, a 15 de enero de 1999.-El secretario (firmado) .-Visto bueno: la magistrada-juez de primera ins­tancia (firmado).

(0211.481/99)

JUZGADO NUMERO 47 DE MADRID

EDlCfO

Doña Milagros Aparicio Avendaño, ma­gistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 47 de los de Madrid. Hago saber: Que en este Juzgado, y

con el número 188 de 1997, se tramita 'declarativo de menor cuantía-reclamación de cantidad, instado por la procuradora doña Isabel Sober6n García de Enterria, en nombre y representación de "G.B., Sociedad Anónima", contra "Boos Ca­ravanas, Sociedad Anónima", en ei cual se ha acordado sacar a pública subasta, por primera vez y por término de 'veinte días, J()s bienes que a continuación rela­cionan.

La subasta se celebrará el día 22 ' de marzo de 1999, a las diez horas, en la Sala de audiencia de este Juzgado, con las siguientes

Condiciones

a) Para tomar parte en la subasta de­berán los licitadores consignar previa­mente, en el establecimiento destinado al efecto ("Banco Bilbao Vizcaya", sucursal 0932, número de cuenta 2541); una can­tidad igual, por 10 menos, al 20 por 100 efectivo del tipo señalado para esta su­basta, sin cuyo reql\isito no serán admi­tidos a excepción del ejecutante.

b) No se admitirán posturas que no cubran las dos terceras partes del tipo se-

Pág: 81

ñalado para la subasta y sólo el ejecutan­te podrá hacer postura a calidad , de ceder el remate a un ' tercero.

c) Si se suspendiera la subasta por , causa de fuerza mayor, se celebrará al si'­guiente día hábil, a la misma hora, y en sucesivos días si se repitiere o subsistiere tal impedimento.

d) Los autos y la certificación del Re­gistro prevenida por Ley están de mani­fiesto en la Secretaria y se entenderá que ,los licitadores aceptan como bastante la titulación no teniendo derecho a exigir ninguna otra; no constando los títulos de propiedad, a tenor de lo establecido en el artículo 1.497 de la Ley de Enjuicia­miento Civil.

e) Las cargas y gravámenes anterio­res y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsisten­tes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la respon­sabilidad de los .mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Se hace constar, en prevención de que no hubiere postor en la primera subasta, que la segunda subasta de dichos bienes tendrá lugar en la Sala de audiencia de este Juzgado el día 26 de abril de 1999, a las diez horas, con rebaja del 25 por 100 de. la tasación, y no habiendo postor que ofrezca las dos terceras partes del precio de la segunda subasta, la tercera subasta, ' sin sujecíón a tipo, tendrá lugar en el mismo sitio antes indicado el día 24 de mayo de 1999, a las diez horas.

Bienes , objeto de esta subasta:

l. Marca número 1.959.850/5, "Me­gadealer", denominación, cl¡¡se duodéci­ma, inscrita como marca comercial en la Oficina , Española de Patentes y Marcas.

2. Marca número ¡.665.918/X, "Boos Caravanas", mixta, clase duodécima, ins­crita como marca comercial en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

Las marcas anteriormente descritas han sido valoradas en la suma de 420.000 pesetas (210.000 pesetas cada ' una).

y para que conste y sirva de notifica­ción a la demandada y su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y tablón de anuncios de este Juzgado, expido el presente en Madrid, a 12 de enero de 1999.-EI secretario (fir­mado).-La magistrada-juez de primera instancia (firmado).

(02/1.834/99)

JUZGADO NUMERO 47 DE MADRID

EDICTO

Doña Milagros Aparicio Avendaño, ma­, gistrada-juez del Juzgado de primera

instancia número. 47 de los de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo se siguen autos de declarativo de menor cuantía-reclamación de can ti-

Pág. 82

dad, bajo ~I número 473 de 1997, a ins­tancia de la comunidad de propietarios de la calle Olivar, número 38, de Ma­drid, contra don Larbi Mahroug y don Azzi Zamara, sobre reclamación de can­tidad, en los que se ha dictado resolución en la que se acuerda notificar por medio del presente edicto la sentencia de fecha 19 de mayo de 1998, recaída en el pre­sente. procedimiento a los demandad9s don Larbi Mahroug y don Azzi Zamara, actualmente en ignorado paradero, y cuya parte. dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo Que estimando íntegramente las pre­

tensiones deducidas en la demanda inter­puesta por el procurador don Fernando García Sevilla, en nombre y representa­ción de la comunidad de propietarios de la calle Olivar, número 38, de Madrid, como parte demandante, contra don Lar-

. bi Mahroug y don Azzi Zamara, como parte demandada, debo 'condenar y con­deno a dicha parte demandada a pagar a la demandante la cantidad de 3.467.308 pesetas' correspondiente al principal, más eljnterés legal de dicha cantidad, deven­gado desde la fecha de la interposición de la demanda hasta la fecha en la que' se dicta esta sentencia, a partir de la cual y hasta la en que sea totalmente ejecu­tada, a la cantidad principal se le aplicará el interés legal incrementado en dos pun­tos~ Con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese en legal forma la presente resolución él las partes, haciéhdoles saber que no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación, que deberá presen-. tarse en este Juzgado dentro del término de cinco días a contar desde el siguiente a su notifica:ción para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

y para que sirva' de notificación a los demandados, en ignorado paradero, ex­pido el presente para su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETfN OFICIAL DE LA COMUNI. DAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de enero de 1999.-EI secretario judicial (firma­do).-La magistrada-juez de primera ins­tancia (firmado).

(0211.633/99)

JUZGADO NUMERO 48 DE MADRID

EDIcrO

Doña Ma.ría Belén López Castrillo, ma­gistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 48 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio ejecutivo-otros tí­tulos, bajo el núrtero 327 de 1998, se-

LUNES 8 bE FEBRERO DE 1999

guido a instancia de don Teodoro Cabre­rizo Cabrerizo, representado por el pro­curador don Angel Martín Gutiérrez, contra don Francisco de Asís del Prado Rodríguez, que tuvo su último domicilio en el Camino de Ronda, número 93, de Granada, y en el día de la fecha se ha

. dictado la siguiente

Sentencia

En Madrid, a 11 de noviembre de 1998.-Doña María Belén López Castri-110, magistrada-juez del Juzgado de pri­mera instancia número 48 de los de Ma­drid, habiendo visto y examinado los pre­sentes autos de juicio ejecutivo número

.327 de 1998, seguidos a instancia de don Teodoro Cabrerizo Cabrerizo, represen­tado por el procurador don Angel Martín .' Gutiérrez, asistido del letrado don Juan Antonio Bengoechea Cordero, contra don Francisco de Asís del Prado Rodrí­guez, en reclamación de cantidad; y

Fallo Que estimando la demanda formulada

por el procurador don Angel Martín Gu­tiérrez, en nombre y representación de don Teodoro Cabrerizo Cabrerizo, con­tra don Francisco de Asís del Prado Ro­dríguez" debo mandar y mando seguir la ejecución adelante. hasta hacer trance y remate de los bienes embargados a la parte demandada, y cori su producto en­tero y cumplido pago al demandante de la cantidad de 2.000.000 de pesetas de principal, más los intereses de demora estabÍecidos en la escritura de emisión, así como al pago de las costas causadas y que se causen . hasta la total liquidación.

Contra esta resolución puede interpo­ner recurso de apelación en este Juzgado para ante la superioridad, en término de cinco días hábiles contados desde el si­guiente asu notificación.

y para que, sirva de notificación en forma al demandado, que se encuentra en paradero desconocido, y para su pu­blicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, libro el pre­sente en Madrid, a 12 de enero de

'1999.-EI secretario judicial (firma­do).-La magistrada-juez de primera ins­timcia (firmado).

(02/1.355/99)

JUZGADO NUMERO 49 DE MADRID

EDlcrO

El secretario del Juzgado de primera ins­tancia número 49 de los de Madrid.

Hace saber: Que en el juicio ejecutivo número 653 de 1998, promovido por "Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid", contra "Pasarela Madrid, Em­presa Servicios Moda", don Tomás Can­delas' Rubio y doña María Isabel Gonzá-

B.O.C.M. Núm. 32

lez-Aleja LópezPastor, en reclamación de 4.080.187 pesetas, ha acordado su se­ñoría por providencia de esta feCha citar de remate a dicha parte Qemandada, "Pasarela Madrid, Empresa Servicios Moda" y don Tomás Candelas Rubio, cuyo domicilio actual se desconoce, para que en el término de. nueve días se per­sonen en los autos y se opongan, si les conviniere, habiéndose practicado ya el embargo de sus bienes sin previo reque­rimiento de pago, dado su ignoradó pac

radero. De no personarse les parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.

Dado en Madrid, a 15. de enero de .1999.-EI secretario (firmado).

(0211.145/99)

JUZGADO NUMERO 50 DE MADRID

EDIcrO

CITACION DE REMATE

En este Juzgado de primera instancia número 50 de los de Madrid se siguen autos de juicio ejecutivo-otros títulos nú­mero 650 de 1996, seguidos a instancia de "Caja de Ahorros de Madrid", repre­sentada por el procurador don Manuel Infante Sánchez, contra doña María Isa­bel Goretti González Tomos, don Alvaro Rodríguez-Cano Hamparzoumian, don Armine Hamparzoumian Margossian, don Pedro Rodríguez·Cano, doña Aída Rodríguez-Cano González y doña Laura Rodríguez-Cano González, en reclama­ción de 26.268.080 pesetas de principal, más 7.000.000 de peSetas presupuestadas para intereses legales y costas, en los que por resolución de ~sta fecha se ha acor­dado citar de remate al demandado don Pedro Rodríguez-Cano Hamparzoumian, hoy en paradero desconocido, para en el plazo de nueve días se persone en los au­tos y se oponga, si le conviniere, habién­dose decretado el embargo de los bienes propiedad del demandado consistente en:

Derechos de la propiedad, hereditarios y otros que le puedan corresponder so­brela finca sita en la calle Alcalá Galia­no, número, 3, quinto, de Madrid.

Finca registral número 3.029, inscrita al tomo 2.567 del libro 125, folio 50, en el Registro de la Propiedad número 28 de Madrid. .

Derechos de propiedad~ hereditarios y otros que le puedan corresponder sobre la finca sita en la urbanización "Los Ala­mos", bloque segundo, cuarto H, de To­rremolinos (Málaga).

Finca registral número 1.234-A, inscri­ta al tomo 812 del libro 718, folio 3, en el Registro de la Propiedad número 3 de Málaga.

Sin previo requerimiento de pago, dado su ignorado paradero. De no per­sonarse le parará el perjuicio a que hu­biera lugar en derecho.

B.O.C.M. Núm. 32

y para que sirva de citación de remate al demandado, don Pedro Rodríguez­Cano Hamparzoumian, cuyo paradero se desconoce, y su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA· DRID, extiendo la presente en Madrid, a 16 de diciembre de 1998.-EI secretario (firmado).-La magistrada-juez de pri­mera instancia (firmado).

(021.1.689/99)

JUZGADO NUMERO SO DE MADRID

EDIcrO

Por la presente, y en virtud de lo acor­dado en juicio verbal civil número 809 de 1998, seguido en este Juzgado por doña Marianne Staatsmann Hoenig, represen­tada por el procurador don Juan Carlos Estévez Fernández-Novoa, contra don José Emilio Fernández Hidalgo y doña Mercedes Delgado Sánchez, se cita al de­mandado don José Emilio Fernández Hi­dalgo, en ignorado paradero, para que el día 25 de febrero de 1999, a las diez y diez horas de su mañana, comparezca en la Sala de audiencia de este Juzgad, sito en la calle Orense, número 22, segunda planta, de Madrid, a la celebración del juicio verbal civil, debiendo acudir con los documentos en que funde su derecho y que de no comparecer ni alegar justa. causa que se lo impidiere continuará el juicio en su rebeldía, parándole el per­juicio a que hubiere lugar en derecho.

y para que sirva de notificación y ci­tación al demandado don José Emilio Fernández Hidalgo, dado su paradero desconocido, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que firmo en Madrid, a 14 de enero de t999.-La se­cretaria judicial (firmado).-La magistra­da-juez de primera instancia (firmado).

(0211.671/99)

JUZGADO NUMERO 50 DE MADRID

EDIcrO

Por la presente, y en virtud de lo acor- ' dado en ejecutivo-otros títulos número 1.023 de 1995, seguidos en este Juzgado por "Caja de Ahorros de Madrid", re­presentada por el procurador don Argi­miro Vázquez Guillén, contra "Construc­ciones MisIa, Sociedad Limitada", don Cecilio Martín Rojo y don José Jiménez Pérez, se les notific la sentencia a los de­mandados "Construcciones Misia, Socie­dad Limitada", don Cecilio Martín Rojo y don José Jiménez Pérez, dado su ig­norado paradero, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que debo mandar y mando seguir ade­lante la ejecución despachada contra "Construcciones MisIa, Sociedad Limita-

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

da", don Cecilio Martín Rojo y don José Jiménez Pérez hasta hacer trance y re­mate de los bienes embargados, y con su producto, completo, entero y cumplido pago a la demandante de la suma de 22.494.220 pesetas de principal, más 11.200.000 pesetas calculadas provisional­mente como los intereses legales deven­gados y las costas causadas y que se cau­sen, las cuales expresamente impongo a los demandados.

Notifíquese esta sentencia a los deman­dados en la forma prevenida en la Ley si no se solicita la notificación personal.

Notifíquese a las partes la presente re­solución, haciéndose les saber que en el término de cinco días pueden interponer recurso de apelación, arite la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

y para que sirva de notificación a "Construcciones Misia, Sociedad Limita­da", don Cecilio Martín Rojo y don José Jiménez Pérez, dado su paradero desco­nocido, expido la presente para su inser­ción en el BOLETIN OFICIAL DE LA Co· MUNIDAD DE MADRID, a 19 de enero de 1999.-La secretaria judicial (firma­do).-La magistrada-juez de primera ins­tancia (firmado).

(02/1.827/99)

JUZGADO NUMERO 54 DE MADRID

EDIcro CEDULA DE NOTlFICACION

En el procedimiento de juicio ejecuti­vo número 374 de 1998, seguido en el Juzgado de primera instancia número 54 de Madrid, a instancia de "Banco Cen­tral Hispanoamericano, Sociedad Anóni­ma", contra "Almodóvar, Sociedad Anó­nima, Reformas y Construcciones", y "Promociones Luceo, Sociedad Limita­da", sobre juicio ejecutivo, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabe­zamiento y fallo es como sigue:

Sentencia

En Madrid, a 4 de septiembre de 1998.-La señora doña Ana Ruiz Bur­gos, magistrada-juez sustituta de primera instancia del número 54 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes au­tos de juicio ejecutivo número 374 de 1998, seguidos ante este Juzgado entre partes: de una, como demandante , "Ban­co Cen!ral Hispanoamericano, Sociedad Anónima", representada por el procura­dordon Alfonso Blanco Fernández y bajo la dirección de letrado y de otra, como demandados, "Almodóvar, Socie­dad Anónima, Reformas y Construccio­nes", y "Promociones Luceo, Sociedad Limitada", que figuran declaradas en re­beldía , en reclamación de cantidad; y

Pág. 83

Fallo

Debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada contra "Almo­dóvar, Sociedad Anónima, Reformas y Construcciones", y "Promociones Luceo, Sociedad Limitada", hasta hacer trance y remate de los bienes embargados, y con su importe, íntegro pago a "Banco Cen­tral Hispanoamericano, Sociedad Anóni­ma", de la cantidad de 2.244.021 pesetas y los intereses legales y costas causadas y que se causen, en las cuales expresamen­te condeno a dichas demandadas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.

Así por esta mi sentencia, que por la rebeldía de las demandadas se les notifi­cará en los estrados del Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, caso de que no se solicite su notificación personal, lo pronuncio, man-do y firmo. '

y con el fin de que sirva de notifica­ción en forma a la demandada "Almó­dovar, Sociedad Anónima, Reformas y Construcciones", extiendo y firmo la pre­sente en Madrid, a 2 de diciembre de 1998.-EI secretario (firmado).

(0211.634/99)

JUZGADO NUMERO 54 DE MADRID

EDIcrO CEDULA DE NOTlFICACION

En el procedimiento número 709 de 1997, se ha dictado la resolución del te-nor literal siguiente: .

,Propuesta de providencia de la secre­taria, doña Elena Conde Díaz.-En Ma­drid, a 19 de enero de 1999.

El precedente escrito ' del procurador señor Gandarillas Carmona, únase a los autos de su razón, y como se solicita, se decreta la ejecución de la sentencia firme dictada en los presentes autos, requirién­dose a la parte demandada para que en el término de ocho días desaloje y deje a la libre disposición de la parte actora la finca objeto del presente procedimiento, apercibiéndole que si no la desaloja en dicho plazo se procederá a laniarla sin prórroga ni consideración de ningún gé­nero y a su costa, notificánaosele esta providencia en los mismos términos en que se hizo su citación . Practíquese la di­ligencia de apercibimiento a la deman­dada doña Antonia Crespo Sánchez a través del Servicio Común de Notificacio­nes y Embargos, y al demandado don Antonio Guijarro Romero mediante edictos, los cuales serán publicados en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciéndose entrega del mismo al procurador de la parte actora, quien cuidará de su diligenciamiento y presen-

Pág. 84

tación de un ejemplar del mismo donde conste su publicaciQn.

Contra esta resolución cabe recurso de reposición en el plázo de tres días que se interpondrá por escrito ante este Juz­gado.

Lo que así se propone y firma. Doy fe.-La secretaria (firmado ).-Confor­me: ia magistrada-juez de primera instan­cia (firmado).

y como consecuencia del ignorado pa­radero de don Antonio Guijarro Rome­ro, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 20 de enero de 1999.-La secretaria (firmado).

(0211.674/99)

JUZGADO NUMERO SS DE MADRID

EDICTO

Doña M. Paloma Muñiz Carrión, secre­taria del Juzgado de primera instancia número 55 de Madrid y su partido. Hago saber: Que en el juicio ejecutivo

número 151 de 1996, se ha dictado sen­tencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 26 de noviembre de 1998.-EI señor don Angel Vicente IIIes­cas Rus, magistrado-juez de primera ins­tancia del número 55 de Madrid y su par­tido, habiendo visto los presentes autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía, seguidos al número 151-T de 1996, promovidos por la entidad mercan­til "Comus Española, Sociedad Anóni­ma", representada por el procurador don Francisco Moreno Ponce y dirigida por el letrado don Gonzalo Juste Ortega, frente a la entidad mercantil "Musical Audito­rium, Sociedad Anónima", que ha per­manecido en constante rebeldía; frente a don José María Izquierdo Pascual, don Eduardo Eraso Campuzano y don Felipe de los Toyos Palacios, que han. compa­recido representados por la procuradora doña Belén Aroca Flórez y dirigidos por letrado; frente a don Francisco Peña San Martín, que ha comparecido representa­do por la procuradora doña Alicia Casa­do Deleito, dirigido por letrado, en este procedimiento que versa sobre reclama­ción de cantidad y responsabilidad indi­vidual de administradores sociales, ha dictado la presente resolución fundada en los siguientes.

Fallo

En méritos de lo expuesto, en nombre de Su Majestad el Rey y por la autoridad conferida por la soberanía del pueblo es­pañol, y estimando la demanda inter­puesta por 'la entidad mercantil "Comus Española, Sociedad Anónima", represen­tada por el procurador don Francisco

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

Moreno Ponce y dirigida por el letrado don Gonzalo Juste Ortega, frente a la entidad mercantil "Musical Auditorium, Sociedad Anónima", que ha permaned­do en constante rebeldía; frente a don José María Izquierdo Pascual, don Eduardo Eraso Campuzano y don Felipe de los Toyos Palacios, que han compa­recido representados por la procuradora doña Belén Aroca F1órez y dirigidos por letrado, y frente a don Francisco Peña San Martín, que ha comparecido repre­sentado por la procuradora doña Alicia Casado Deleito y dirigido por letndo, debo condenar y condeno a la sociedad "Musical Auditorium, Sociedad Anóni­ma", y solidariamente con ella a los re­feridos codemandados don José María Iz­quierdo Pascual, don Eduardo Eraso Campuzano, don Francisco Peña San Martín y don Felipe de los Toyos Pala­cios, a pagar a la actora la cantidad de 10.593.395 pesetas, intereses legales de la misma desde la interpelación judicial e incrementados en dos puntos desde la fe­cha de la presente resolución hasta la de su completo pago, con imposición a la parte demandada vencida de las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles que contra la mis­ma cabe interponer en este órgano juris­diccional recurso de apelación en doble efecto dentro de quinto día, para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta sentencia, de la que se unirá certificación literal a las actuacio­

-nes originales para su notificación y cum­plimiento, lo pronuncio y firmo.

Para que sirva de notificación de sen­tencia a la demandada "Musical Audito­rium, Sociedad Anónima", se expide la presente, que se insertará en el BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y tablón de anuncios de este Juzgado.

En Madrid, a 18 de enero de 1999.-La secretaria (firmado).

(02/1.728/99)

JUZGADO NUMERO 60 DE MADRID

EDICTO CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento de menor cuantía número 335 del998, seguido en el Juz­gado de primera instancia número 60 de Madrid, a instancia de "Banco Atlántico, Sociedad Anónima", contra "Inversiones Gaifar, Sociedad Anónima", sobre me­nor cuantía, se ha dictado la sentencia que copiada en su .encabezamiento y fallo es como sigue:

En Madrid, a 12 de enero de 1999.-La señora doña Inmaculada Va­cas Hermida, magistrada-juez del Juzga­do de primera instancia número 60 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de menor ClIantía núme-

B.O.C.M. Núm. 32

ro 335 de 1998, seguidos ante este Juz­gado entre partes: de una, como' deman­dante, "Banco Atlántico, Sociedad Anó­nima", con procurador don Guillermo García San Miguel Hoover y. letrado, y de otra, como demandada, "Inversiones Gaifar, Sociedad Anónima", con procu~ rador y letrado, sobre menor cuantía

Fallo

Que estimando la demanda planteada por el procurador don Guillermo García San Miguel Hoover, en nombre y repre­sentación de "Banco Atlántico, Sociedad Anónima", contra "Inversiones Gaifar, Sociedad Anónima", declaro resuelto en contrato de arrendamiento financiero con opción de compra suscrito entre las par­tes por incumplimiento de la demanda y la cancelación de la inscripción registral del mismo, y condeno a la demandada a estar y pasar por esa declaración, a de­volver al actor la finca objeto del contra­to, a abonarle la suma de 10.060.000 pe­setas y los daños y perjuicios que se de­venguen a razón de 5.000 pesetas diarias desde la fecha de la demanda hasta la entrega del inmueble, imponiendo a la demandada el pago de las costas ocasio­nadas en el procedimiento.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.

y con el fin de que sirv de notificación en forma a la demandada "Inversiones Gaifar, Sociedad Anónima", extiendo y firmo la presente en Madrid, a 22 de enero de 1999.-El secretario (firmado).

(0211.852/99)

JUZGADO NUMERO 61 DE MADRID

EDICTO CEDULA DE CITACION DE REMATE

En virtud de lo acordado en resolución de esta fecha en ·los autos número 180 de 1998, por la presente se cita de remate al demandado don José Luis Lagos Hernán­dez a fin de que dentro del término im­prorrogable de nueve días hábiles se oponga a la ejecución contra el mismo despachada, si le conviniere, personán­dose en los autos por medio de abogado que le defienda y procurador que le re­presente, apercibiéndole que de no veri­ficarlo será declarado en situación de re­beldía procesal, parándole con ello el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Se hace constar expresamente que por desconocerse el paradero del demandado se ha practicado embargo sobre los si­guientes bienes de su propiedad sin pre­vio requerimiento de pago:

1. Derechos de propiedad o cualquier otro que corresponda al demañdado so­bre los vehículos de su propiedad.

RO.C.M. Núm. 32

2 . . Saldos que en cuentas corrientes, depósitos e imposiciones a plazo fijo que , posea el demandado en "Caja Madrid".

3. Cantidades pendientes de percibir de la Agencia Tributaria en concepto de devoluciones de impuesto sobre valor añadido e impuesto sobre la renta de las personas físicas. ' , '

Principal: 4.415.077 pesetas. Intereses, gastos y costas: 2.200.000

pesetas. En Madrid, a 18 de enero de

1999.-EI secretario (firmado).

(0211.677/99)

JUZGADO NUMERO 62 DE MADRID

EDlcrO CEDULA DE CITACION DE REMATE

En virtud de lo acordado en resolución de esta fecha en los autos número 186 de 1998, por la presente se cita de remate a la demandada doña María Pilar Tavira Romero a fin de que dentro del término improrrogable de nueve días hábiles se oponga a la ejecución contra la 'misma despachada, si le conviniere, personán­dose en los autos por medio de agogado que le defienda y procurador que le re­presente, ' apercibiéndole que de no veri­ficarlo será declarada en situación de re­beldía procesal, parándole con ello el perjuicio a que hubiere 'lugar en derecho. Se hace constar expresamente que por desconocerse el paradero de la ' deman­dada se ha practicado embargo sobre bie­nes de su propiedad sin previo requeri-miento de pago. ' , .

Principal: 851.723 pesetas. Intereses, gastos y costas: 500.000 pe­

setas. '

Bienes objeto de embargp Derechos de crédito frente a la Ha­

ciend¡t Pública por devoluciones del im­puesto sobre la renta de las personas fí­sicas e impuesto sobre el valor añadido.

Saldos ' y depósitos que mantenga ,en "Caja Madrid", "Banco Hipotecario" y entidades financieras y de ahorro.

Derechos de propiedad sobre las si­guientes fincas:

Calle Encarnación , número 7, piso se­gundo D, y plaza de garaje numero 17, fincas números 66.476 y 66.425, respecti­vamente, del Registro de la Propiedad número 5 de Sevilla.

Avenida Manuel Siurot, sin número, portal 2, bajo F, finca número 22.989 del Registro de la Propiedad número 3 de Huelva.

Avenida Manuel Siurot, número 2, plaza de garaje número 26, finca número 22.989 del. Registro de la Propiedad nú­mero 3 de Huelva.

En Madrid, a 14 de enero de 1999.-EI secretario (firmado).

(02/1.354/99) ,

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

JUZGADO NUMERO 63 DE MADRID

EDlcrO

Don Pedro Ñíguez Rodríguez, secretario del Juzgado de primera instancia nú­mero 63 de Madrid y su partido. Hago saber: Que en el juicio ejecutivo

número 68 de 1998, se ha dictado senten­cia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 23 de noviembre de 1998.-La señora doña Cristina Esther Ruiz-Navarro Pinar, magistrada-juez sus­tituta de primera instancia del número 63 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes ' autos de juicio ejecutivo, seguidos ante este Juzgado entre partes: de una, como demandante, don Santos Muñoz Mora, representado ' por la pro­curadora doña Josefa Paz Landete Gar­cia, y de otra, como demanadaclos, "Agros Ibérica, Sociedad Anónima"; "Confecciones Carabanchel, Sociedad Li­mitada", y don José Chicote Gala, que figuran declarados en rebeldía, en recla- , mación de cantidad; y ,

Fallo Debo mandar y mando seguir adelante '

la ejecución despachada contra "Agros Ibérica, Sociedad Anónima"; ''Confec­ciones Carabanchel, Sociedad Limitada", y don José Chicote Gala hasta hacer trance y remate de los bienes embarga­dos y, con su importe, íntegro pago don Santos Muñoz Mora de la cantidad de 16.500.000 pesetas de principal y los in­tereses correspondientes y costas causa- ' das y que se causen, en las f;Uales eltpre­samente condeno a dichos demar,dados.

Así por esta mi sentencia, que por la rebeldía de los demandados se les notifi- , cará en los estrados del JUzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE

' MADRID, caso de que no se solicite su notificación personal, lo pronuncio, man-do y firmo. '

y para que silVa de notificación a las demandadas "Agros Ibérica,Sociedad Anónima", y "Confecciones ' Caraban­chel, Sociedad Limitada", se expide la presente que se insertará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

, Y tablón de anuncios de este Juzgado. En Madrid, a 15 de enero de

1999.-EI secretario (firmado).

(02/1.697/99)

JUZGADO NUMERO 63 DE MADRID

EDlcrO CEDULA DE NOTIFlCACION

En el procedimiento de menor cuantía número, 730 de 1997, seguido en este Juz­gado a instancia de doña Rosa María

Pág. 85

Prat Reig, doña María Teresa Bartrina Prat, doña Gloria Bartrina Prat, doña Sl,Isana Bartrina Prat y don Andrés Bar­,trina Prat, contra la entidad "Pulon, So­ciedad Limitada", se ha dictado la sen­tencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

En Madrid, a 11 de noviembre de 1998.-EI ilustrísmo señor don Pedro San Pastor Ortiz, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 63 de Madrid y su partido, por la autoridad que le confiere la Constitución española, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente .

Sentencia número 684 de 1998

Vistos los presentes autos de menor cuantía número 730 de 1997, seguidos ante este Juzgado entre partes: de una, como demandante, doña Rosa María Prat Reig, doña María Teresa Bartrina Prat, doña Gloria Bartrina Prat, doña Susana Bartrina Prat y don Andrés Bar­trina Prat , y de otra, como , demandada, "Pulon, Sociedad Limitada" , que figura declarada en situación de rebeldía pro­cesal , sobre menor cuantía; y

, Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por el procurador de los tri­bunales don Jesús Guerrero Laverat, en nombre y representación de doña Rosa María Prat Reig, en su propio ' nombre y en representación de sus hijos doña Ma­ría Teresa Bartrina prat, doña Gloria Bartrina Prat, dona Susana 8artrina Prat y ,don Andrés8artrina Prat, contra la so­ci'edad, "Pulon, Sociedad Limitada", y en su consecuencia debo declarar y de­claro resuelto el contrato de compraventa formalizado en escritura pública número 328, de fecha 2 de marzo del pasado año 1992, ante el notario de Madrid don An­tonio Huerta Troletz, por incumplimien­to de pago de la demandada y respecto a

, las fincas descritas en la misma que aquí se dan por , reproducidas, declarando a los demandantes propi,etarios de las mis­mas, debiéndose dar ' posesión de nom­bradas fincas, en legal forma, a los acto~ res y librarlos oportunos mandamientos a los Registros de la Propiedad donde consten inscritas rt;feridas fincas y a los efectos antes ordenados.

Asimismo debo' condenar y condeno a la demandada a . que satisfaga a los de­mandantes la cantidad de 500.000 pesetas en concepto de indemnización por los da­ñosy perjuicios causados, con más los in­tereses legales deven'gados por antes-di­cha suma, que podrá retener de la can­tidad recibida, y al pago de las costas causadas en este juicio.

Por la rebeldía de la demandada "Pu­Ión, Sociedad Limitada", notifíquesele ­esta sentencia en la forma que determina el artículo 769 de la Ley de Enjuicia­miento Civil si así lo pide la parte actora ,

. Pág. 86

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.

Así por esta mi sentencia, que será no­tificada a las partes con estricta obser­vancia de lo prevenido en el artículo 248:4 de la Ley Orgánica del Poder Ju~ dicial, y de la que se llevará testimoniQ. a los autos de su razón, lo pronuncio, man­do y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue .Ia anterior sen­tencia por el señor magistrado-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy fe en Madrid.

y con el fin de que sirva de notifica­ción el forma a la entidad demandada "Pulón, Sociedad Anónima", cuyo últi­mo domicilio conocido es en calle Prín­cipe de Vergara, número 35, de Madrid, extiendo y firmo la presente en Madrid, a 7 de enero de 1999.-La secretaria (fir-mado). .

(02/502199)

JUZGADO NUMERO 63 DE MADRID

EDICTO ·

Don Pedro Ñíguez Rodríguez, secretario del Juzgado de primera instancia nú­mero 63 de Madrid y su partido. Hago saber: Que en el 'juicio ejecutivo

número 368 de 1998, se ha dictado sen­tencia, cuyo encabezamiento.y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 15 de diciembre de 1998.-La señora doña Cristina Esther Ruiz-Navarro Pinar, magistrada-juez sus­tituta de primera instancia del número 63 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio ejecutivo, seguidos ante este Juzgado entre partes: de una, como demandante, "Bankinter, Sociedad Anónima", representada por la procuradora doña María del Rocío Sam­pere Meneses, y de otra, como deman­dado, don José Antonio Muñoz Aizpuru, que figura declarado en rebeldía, en re­clamación de cantidad; y

Fallo Debo mandar y mando seguir adelante

la ejecución despachada contra don José Antonio Muñoz Aizpuru hasta hacer trance y remate de los bienes embarga­·dos y, con su importe, íntegro pago a "Bankinter, Sociedad Aónima", de la cantidad de 45.812.584 pesetas de princi­pal y los intereses correspondientes y costas causadas y que se causen, en las cuales expresamente condeno a dicho de­mandado.

Así por esta mi sentencia, que por la .rebeldía de los demandados se les notifi-

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

cará en los estrados del Juzgado y en el BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, caso de que no se solicite su notificación personal, lo pronuncio, man­do y firmo.

y para que sirva de notificación al de- . mandado don José Antonio Muñoz Aiz­puru, se expide la presente que se inser­tará en el BOLETíN OFICIAL DE LA Co­MUNIDAD DE MADRI[) Y táblón de anun­cios de este Juzgado.

Queda facultado el portador del pre­sente para intervenir en su diligenciado y posterior reporte a este Juzgado de ejem­plar donde aparezca la presente publica­ción.

En Madrid, a 13 de enero de 1999.-EI secretario (firmado).

(0211.464/99)

JUZGADO NUMERO 63 DE MADRID

EDICTO

Don Pedro Ñíguez Rodríguez, secretario . del Juzgado de primera instancia nú­mero 63 de Madrid y su partido. Hago saber: Que en el juicio ejecutivo

número 761 de 1997, se ha dictado sen­tencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 2 de marzo de 1998.-El señor don Pedro de San Pastor Ortiz, magistrado-juez de primera instancia del número 63 de Madrid y su partido, ha­biendo visto los presentes autos de juicio . ejecutivo, seguidos ante este Juzgado en" tre partes: de una, como demandante, "Banco Bilbao Vizcaya, Sociedad Anó­nima", representada por el procurador don Esteban Jabardo Margareto, y de otra, como demandados, "Cocidecor, So­ciedad Limitada"; don Manuel Chillada Barranquero y doña María González García, que que figuran declarados en rebeldía, en reclamación de cantidad; y

Fallo Debo mandar y mando seguir adelante

la ejecución despachada contra "Cocide­cor, Sociedad Limitada"; don Manuel Chillada Barranquero y doña María Gon­

. zález García, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados y, con su im-porte, íntegro pago a "Banco Bilbao Viz­caya, Sociedad Anónima", de la cantidad de 6.380.793 pesetas de principal y los in­tereses correspondientes y costas causa­das y que se causen, en las cuales expre­samente condeno a dichos demandados.

Así por esta mi sentencia, que por la rebeldía de 'los demandados se les notifi­cará en los estrados del Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, caso de que no se solicite su notificación personal, lo pronuncio,man-do y firmo. .

B.O.C.M. Núm. 32

y para que sirva de notificación a los demandados "Cocidecor, Sociedad Limi­tada"; don ManueLChillada Barranquero y doña María González García, se expide la presente, que se insertará en el Bo­LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y tablón. de anuncios de este Juzgado . .

Queda facultado el portador del pre­sente para intervenir en su diligenciado y posterior reporte a este Juzgado de ejem­plar donde aparezca la presente publica­ción.

En Madrid, a 19 de enero de 1999.-El secretario (firmado).

(0211.676/99)

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EINSTRUCCION

JUZGADO NUMERO 4 DE ALCALA DE HENARES

EDICTO

Don Jesús Valencia Sánchez, secretario del Juzgado de primera instancia e ins­trucción número 4 de Alcalá de He~ nares.

Hago saber: Que· en este Juzgado se siguen autos de divorcio número 226 de 1998, seguidos a instancia de doña Inés Membrado Rivas, representada por el procurador de los tribunales don José Ig­nacio Osset Rambaud, contra don Pedro Ramón Pérez Rodríguez, en situación procesal de rebeldía y en paradero des­conocido, en los cuales se ha dictado sen­tencia en fecha 11 de enero de 1999, cuyo tenor es el que sigue:

Sentencia

En Alcalá de Henares, a 11 de enero de 1999.-Vistos por mí, doña Emelina Santana Páez, magistrada-juez del Juz­gado de primera instancia número 4 de Alcalá de Henares, los presentes autos de proceso civil de divorcio número 226

. de 1998, a instancias de doña Inés Mem­brado Rivas, contra don Pedro Ramón

. Pérez Rodríguez, en virtud de las facul­tades que me han sido dadas por la . Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia:

Antecedentes de hecho, fundamentos de derecho.

Fallo Que estimando la demanda interpuesta

por el procurador de los tribunales don José Ignacio Osset Rambaud, en nombre y representación de doña Inés Membrado Rivas, fonnulada contra don Pedro Ra­món Pérez Rodríguez, en situación de re­beldía procesal; debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio de ambos cónyuges, adoptando como medi­das definitivas las siguientes:

B.O.C.M. Núm. 32

1.' La disolución del matrimonio de ambos cónyuges, cesando la presunción de convivencia conyugal.

2.' Quedan revocados los consenti­mientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado en favor del otro y cesa la posibilidad de vincular bie­nes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.

3.' Se declara extinguido el régimen económico del matrimonio hasta ahora subsistente, a cuya liquidación se proce­derá en ejecución de sentencia. Todo ello sin expresa imposición de costas cau­sadas,

Una vez firme esta resolución, notifí­quese de oficio al Registro Civil en que conste el matrimonio de los litigantes.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe interponer dentro del quinto día recurso de apelación ante la Audien­cia Provincial de Madrid, lo pronuncio, mando y firmo.

y para que sirva de notificación de la sentencia dictada al demandado don Pe­dro Ramón Pérez Rodríguez, en situa­ción procesal dt< rebeldía y en paradero ignorado, se expide el presente que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado, así como en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA­DRID, expidiéndose en Alcalá .de Hena­res, a 19 de enero de 1999.-El secreta­rio (firmado).

(03/2.381/99)

JUZGADO NUMERO 4 . DE ALCALA DE HENARES

EDICTO CEDULA DE NOTIFICACION

y EMPLAZAMIENTO

En autos número 125 de 1998 se ha dictado la resolución· del tenor literal si­guiente:

Providencia

Magistrada-juez de primera instancia, señora Alvarez-Castellanos.-Alcalá de Henares, a 29 de diciembre de 1998.

Dada cuenta; el anterior escrito, únase a los autos de su razón. Se admite; en su virtud se acuerda emplazar al demandado don . Juan Mendoza Carmona · mediante edictos, al ignorarse su paradero, que se publicarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETIN OFlCIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que en el improrrogable plazo de nueve días comparezca· en autos, concediéndole tres días más si se persona para contestar a la demanda.

y como consecuencia del ignorado pa­radero del demandado don Juan Mendo­za Ca.rmona, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y em-plazamiento. .

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

En Alcalá de Henares, a 29 de diciem­bre de 1998.-EI secretario (firmado).

(0211 .650/99)

JUZGADO NUMERO 5 DE ALCOBENDAS

EDICTO CEDULA DE NOTIFICACION

En virtud de lo acordado en juicio eje­cutivo número 15 de 1997, seguido en este Juzgado de primera instancia e ins­trucción número 5 de Alcobendas, a ins­tancia de "Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Segovia", representada por el procurador señor Mansilla García, contra don Baldomero Hemández de Pablo, en r~c1amación de 6.641.322 pesetas de prin­clpal, · más 2.000.000 de pesetas presu­puestadas para intereses pactados y cos­tas, por medio del presente se notifica a la esposa del referido demandado, doña María Dolores Mercedes Rodríguez Duarte, en ignorado paradero, la e¡cisten­cia del presente procedimiento a los efec­tos del artículo 144' del Reglamento Hi­potecario~ haciéndole saber que con fe­cha 15 de enero de 1997 se interpuso la demanda, dictándose auto despachando ejecución con fecha 3 de febrero de 1997, habiéndose trabado embargo sobre la siguiente finca: .

Chalé número 21 de la urbanización "Punta Galea", sita en la carretera de Burgos, kilómetro 30,800.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Colmenar Viejo, libro 389, folio 121, finca número 28.270 .

y .como consecuencia del ignorado pa­radero de doña María Dolores Me'rcedes Rodríguez Duarte, para su inserción el presente en Alcobendas, a 13 de enero de 1999.-E~ secretario (firmado),

(02/1.362/99)

JUZGADO NUMERO 1 DE COLLADO-VILLALBA

. Rectificación

En el BOI,.ETÍN OFICIAL DE LA COMU­NIDAD DE MADRID · número 22, de fecha 27 de enero de 1999, seinerta anuncio del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1, donde se ha detectado error material procediéndose a su rectificación:

Donde dice:

"Bienes que se sacan a subasta y su valor Usufructo vitalicio de la finca núme­

r<;J7.094, inscrita en el Registro de la Pro­piedad de Peñaranda de Bracamonte, sita en la carretera Moríñigo, sin número, Babi­lafuente (Salamanca).

yalor de tasación: 7.844.000. pesetas." Se ha ómitido, valor de tasación:

7.844.000 pesetas. Dicho anuncio se publicó bajo el número

02/28.775/98. Madrid, a 5 de febrero de 1999.

(03/3,239/99)

JUZGADO NUMERO 2 DE COLLADO VILLALBA

EDICTO

Pág. E7

Don Antonio Evaristo Gudín Rodríguez., Magariños, secretario del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Collado Villalba. .

Por la presente hago saber: Que en este · Juzgado de primera instancia núme" ro 2 de Collado Villalba se tramita el procedimiento de menor cuantía número 515 de 1993, a instancia de "Finamersa. Entidad de Financiación, Sociedad Anó-. nima", contra don José Manuel González Gómez y don Jesús González Fernández; en el que por resolución de esta fecha por el señor magistrado-juez don Jesús Lumeras Rubio, a propuesta de este se­cretario, se ha acordado sacar a pública subasta, por primera vez y término de veinte días, los bienes que luego se dirá, señalándose para que el acto del rematé tenga lugar en la Sala de audiencia de este Juzgado, el día 10 de marzo de 1999, a las doce horas, con las prevencio-nes siguientes: '

Primera Que no . se admitirán posturas que ne

cubran las dos terceras partes del avalúo,

Segunda Que los licitadores, para . tomar parte

en la subasta, deberán consignar previa­mente, en la cuenta de este Juzgado en el "Banco Bilbao Vizcaya", número 2372, una cantidad igual, por lo menos, a~ 20 por ~oo del valor de los bienes que sIrVa de tIpo, haciéndose constar el nú­mer~ y ano del procedimiento, sin cuyo reqUiSIto no serán admitidos, no aceptánc

dose entrega de dinero en metálico (} cheques.

Tercera

Unicamente el ejecutante podrá con currir con la calidad de ceder el remate a terceros.

Cuarta

En todas las subastas, desde el anuncio hasta su celebración, podrán hacerse pos' hiras por escrito en ,pliego cerrado, . ha­ciendo el depósito a que se ha hecho re­ferencia anteriormente.

Para el supuesto de que no hubiere postores en la primera subasta, se señala para la celebración de una segunda el día 17 de abril de 1999, a las doce horas, sir­viendo de tipo el 75 por 100 del señalado para la primera subasta, siendo de apli­cación las demás prevenciones de la pri-mera. .

Igualmente y para el caso de que tam­poco hubiere licitadores en la segunda

Pág. 88

subasta, se señala para la celebración de una" tercera el día 19 de mayo de 1999, a las doce horas, cuya subasta se celebrará sin sujeción a tipo, debiendo consignar quien desee tomar parte en la misma el 20 por 100 del tipo que sirvió de base para la segunda.

"Si por fuerza mayor o causas ajenas al Juzgado no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará el siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados. "

Bienes que se sacan " a subasta

Urban¡t número 26 .-Piso señalado con el número 8, sito en planta tercera

" del " edificio denominado bloque C, sito en el término de Collado Villalba, en la calle Ignacio González Serrano, núme­ro 27.

Inscrito en el Registro deJa Propiedad de Collado Villalba, al tomo 2.246, libro 353, folio 17, finca número 17.376.

Tipo del avalúo: 4.230.000 pesetas.

Dado en Collado Villalba, a 16 de oc­tubre de 1998.-EI secretario, Antonio

"Evaristo Gudín Rodríguez-Magariños.

(02/1.821/99)

JUZGADO-NUMERO 2 DE COLLADO VILLALBA

EOIero

En virtud de lo acordado por el señor magistrado-juez del Juzgado número 2 de los de CoJlado Villalba, don Jesús Lu­meras Rubio, en el procedimiento segui­do con el número 532 del año 1997, en providencia de esta fecha, por la presen­te se requiere a don Manuel Ramón Ca­sanova Blanco y doña Dolores Jiménez Ibáñez, deudores en este procedimiento, para que en el plazo de diez días hagan efectivo el importe de las responsabilida­des reclal1)adas en este procedimiento, cuyo importe asciende a la cuantía de 11.386.715 pesetas, y ello como conse­cuencia de la hipoteca que ha sido objeto del presente procedimiento, bajo la pre­vención que en caso de impago se pro­cederá a sacar a pública subasta la finca gravada, sita en Collado Villalba, apar­tamento primero C, tipo I1, con acceso por el portal, escalera derecha del bloque 3, en la urbanización denominada "Par­quesierra" .

y para que sirva de requerimiento en forma a los indicados deudores, se expi­de la presente en Collado Villalba, a 13 de enero de 1999.-EI secretario, Anto­nio Evaristo Gudín Rodríguez-Magari­ñ.os.

(02/1.626/99)

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

JUZGADO NUMERO 3 DE COLLADO VILLALBA

EOIero " CEDULA DE CITACION DE REMATE

En virtud de lo acordado en resolución de esta fecha en los autos número 40 de 1997, por la presente se cita de remate a los demandados doña Isabel Garrido Bensy don José Muñoz Flores, a fin de que dentro del tértnino improrrogable de nueve días hábiles se opongan a la eje­cución contra los mismos " despachada, si les conviniere, personándose en los autos por medio de abogado que les defienda y procurador "que les represente, aperci­biéndoles que de no verificarlo serán de­clarados en situación de rebeldía proce­sal, parándoles con ello el perjuicio a que hubiere lugar en derecho. Se hace constar expresamente que por descono­cerse el paradero de los demimdados se ha practicado embargo sobre bienes de su propiedad sin previo requerimiento de pago. "

Como de la propiedad de doña Isabel' Garrido Bens: "

Parte proporcional de la pensión y de­más emolumentos que percibe del Insti­tuto Nacional de la Seguridad Social.

Saldos, cuentas y cualquier tipo de de­pósito que tenga a su fayor en las si­guientes entidades bancarias: "Banco Bil­bao Vizcaya", "Banco Español de Cré­dito", "Banco Santander", "Banco Po­pular Español", "Banco Central Hispa­noamericano", "Banco del Comercio", "Bankintei", "Barclays Bank", "Sol­bank", "Caja Madrid", "Ibercaja" y "ui Caixa". "

Como de. la propiedad de don José Muñoz Flores:

Parte proporcional del sueldo y demás emolumentos que percibe como adminis­trador solidario de la empresa "Barroso y Muñoz, Sociedad Limitada".

Acciones y participaciones, beneficios y demás emolumentos de los que sea ti­tular en la citada empresa.

Cantidades pendientes de devolución por la Agencia Estatal de la Administra­ción Tributaria en concepto de liquida­ción por el impuesto sobre la renta de personas físicas.

Saldos, cuentas y cualquier tipo de de­pósito a su favor en las siguientes enti­dades bancarias: "Banco Bilbao Vizca­ya", "Banco Español de Crédito", "Ban­co Popular Español", "Banco Santan­der", "Banco Central Hispanoamerica­no", ""Banco del Comercio~', "Barclays Bank", "Solbank", "Bankinter", "Caja Madrid", "Ibercaja" y "La Caixa".

Principal: 4.071.644 pesetas. Intereses, gastos y costas: 2.500.000

pesetas. En Collado Villalba, a 23 de noviem­

bre de 1998.-EI secretario (firmado).

(02/1.360/99)

B.O.C.M. Núm. 32

JUZGADO NUMERO 3 DE COLLADO VILLALBA

EOIero

Doña Mónica Guerrero Frail~, magistra­" da-juez de primera instancia e instruc­

ción del número 3 de Collado Vil/alba. Hago saber: Que en dicho Juzgado, y

con el número 425 de 1997, se tramita procedimiento judicial sumario al amparo del artículo 131 de la Ley Hipotecari!l, a instancia de "Caja de Ahorros y Pensio" nes de Barcelona" ("La Caixa"), contra don Evaristo Núñez-Milara Sánchez y doña _ Agustina Gómez Calvo, en recla­mación de crédito hipotecario, en el que por resolución de esta fecha se ha acor­dado sacar a pública subasta, por prime­ra vez y término de veinte días, los bie­nes que luego se dirá, señalándose para que el acto de remate tenga lugar en la Sala de audiencia de este Juzgado, el día 12 de marzo de 1999, a las'diez horas, con las prevenciones siguientes:

Primera Que no se admitirán posturas que no

cubran el tipo de la subasta.

Segunda Que los licitadores, para tomar parte

en la subasta, deberán consignar previa­mente, en la cuenta de este Juzgado en el "Banco Bilbao Vizcaya", número 2866, una cantidad igual, por lo menos, al 20 por 100 del valor de los bienes que sirva de tipo, haciéndose constar el nú- " mero y año del procedimiento, sin cuyo requisito no serán admitidos, no aceptán­dose entrega de dinero en metálico" o cheques en el Juzgado.

Tercera Podrán participar con la calidad de ce­

"der el remate a terceros.

Cuarta En todas las subastas, desde el anuncio

hasta su celebración, podrán hacerse pos­turas por escrito en pliego cerrado, ha­ciendo el depósito a que se ha hecho re­ferencia anteriormente.

Quinta

Los autos y la certificación del Regis­tro a que se refiere la regIa cuarta del artículo 131 de la Ley Hipotecaria están de manifiesto en la Secretaría del Juzga­do, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación exis­tente, y que las cargas o gravámenes an­teriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsis­tentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la res­ponsabilidad de los mismos, sin destinar- " se a su extinción el precio del remate.

Para .el supuesto de que no hubiere postores en la primera subasta, se señala para la celebración de una segunda el día " 12 de abril de 1999, alas diez y treinta

B.O.C.M. Núm. 32

horas, sirviendo de tipo el 75 por 100 del señalado para primera subasta, siendo de aplicación las demás prevenciones de la primera.

Igualmente y para el caso de que tam­poco hubiere licitadores en la segunda subasta, se señala para la celebración de una tercera el día 12 de mayo de 1999, a las diez horas, cuya subasta se celebrará sin sujeción a tiPo, debiendo consignar quien ~esee tomar parte en la misma el 20 por 100 del tipo que sirvió de base ' para la segunda.

Si por fuerza mayor o causas ajenas al Juzgado no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará el siguiente día hábil; a la misma hora, exceptuando los sábados.

El presente edicto servirá de notifica­ción a los deudores para el caso ' de no poder llevarse a efecto en la finca o , fin­cas subastadas.

Bienes que se sacan a subasta Finca número 7.-Local situado en

planta baja, señalado con el número 4 en ' el edificio, término de Collado Villalba, en travesía Batalla de Bailén, número 9, al sitio Tejeras de las Ventas y Ventas de Martín. ,

Finca número 27.521, tomo 2.676, fo­lio 5, inscrita en el Registro de la Propie­dad de Collado Villalba, inscripción ter­cera_

'Tipo de subasta: 18.338.250 pesetas. Dado en Collado Villalba, a 18 de di- . '

ciembré de 1998.~EI secretario (firma­do).-La magistrada-juez de primera ins­tancia e instrucción (firmado).

(02/1.535/99)

JUZGADO NUMERO 3 DE COLMENAR VIEJO

EDIcro

Doña Susana Martín Arranz, magistrada­juez sustituta del Juzgado de primera i'nstancia e instrucción número 3 de Colmenar Viejo. Hace saber: En este Juzgado de mi

cargo se sigue quiebra con el número 88 de 1998, a instancias de "Osborne Distri­buidora, Sociedad Anónima", contra "Adrián y Javier, Sociedad Limitada", en los que con fecha 21 de diciembre de 1998 se ha dictado auto, cuya partedis­positiva es del tenor literal siguiente: ,

Se declara en estado de quiebra nece­saria a "Adrián y Javier, Sociedad Limi­tada", retrotrayéndose los efectos de esta declaración, sin perjuicio de lo que en su día resultare al día 22 de diciembre de 1997. Se nombra comisaria de la quiebra , a doña Paloma de Diego Porto les y de­positario a don Enrique Fernández-Y rue­gas, ' hadéndoles saber su designación para que, sin demora, comparezcan en el Juzgado a fin de aceptar y jurar el cargo e inmediatamente proceder a ejercerlo.

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

Procédase a la ocupación general de los bienes de la quebrada y de los libros, pa­peles y docuinentos del giro y al inven­tario y depósito de aquéllos en la forma prevenida en el artíclllo 1.046 del Código de Comercio de 1829. Se declara la re­tención de la correspondencia postal y te­le~fica de la quebrada a los efectos ex­presados en el artículo 1.058 del Código de Comeréio de 1829, librando oficio al, señor director provincial de Comunica­ciones de Madrid.

Procédase a la publicación de esta de­claración de quiebra mediante edictos que se publicarán en el BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y se fi­jarán en el tablón de anuncios del Juz­gado, en los que se hará COnstar que la quebrada ha quedado inhabilitada por la administración y disposición de sus bie­nes, previniendo que nadie haga pagos ni entrega de bienes a la quebrada, debien­do certificarlo desde ahora al depositario­administrador y posteriormente a los se­ñores síndicos, con apercibimiento de no tenerles por descargados de sus obliga­ciones y previniéndose a todas aquellas personas en cuyo poder existen bienes pertenecientes a la quebrada para que hagan manifestación de ello, entregando notas al señor comisario de la quiebra, bajo apércibimiento de ser tenidos por ocultadores de biene,s y cómplices de la quebrada.

A fin de que se haga constar la inca­pacidad de la quebrada, líbrese manda­miento ,por duplicado al Registro Mer­cantil. Se decreta la acumulación a este juicio universal de las ejecuciones pen­dientes contra la quebrada, excepto aquell~ en que se persigan bienes espe­cialmente hipotecados, debiéndose parti­cipar por la solicitante a este Juzgado los procedimientos pendientes de tramitación epntra la quebrada para acordar lo pro­cedente.

• Una vez que el señor comisario pre­sente el estado o relación de los acree­dores se acordará lo procedente para ce­lebración de la junta para el nombra­miento de síndicos.

Con testimonio de la resolución, fór­mese las distintas piezas separadas del procepimiento.

Notifíqueseesta resolución a la que­brada; particípese la incoación de este , procedimiento al Fondo de Garantía Sa­larial a los fines prevenidos en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

y para que así conste y surta los efec­tos legales oportunos y su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo el presente en Colmenar Viejo, a 12 ' de enero de 1999.-El secretario judicial (firmado).

(02/1.820/99)

JUZGADO NUMERO 1 DE CQSLADA

EDICTO

Pág. 89 ..

CEDULA DE NOTlFICACION

En el procedimiento número 131 de 1998, seguido en el Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de COS" ' lada, a instancia de don Toinás Arcos de la Cruz y doña Antonia Sánchez Rodrí-' guez, contra "Viyienda, Industria, Cam'-· po y Urbanización, Sociedad Anónima" ("Vicusa"), sobre expediente de libera-' ción de cargas, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

En Coslada. a 29 de octubre de 1998.-La señora doña COilsolación González Sánchez, magistrada-juez titu­lar del Juzgado de primera instancia e' instrucción número 1 de Coslada, habien­do visto y oído el expediente de liberac'

ción de gravámenes' instado por el pro­curador don José Montalvo Torrijos, en representación de don Tomás Arcos de la Cruz y doña Antonia Sánchez Rodrí­guez, contra la titular de la carga "Vi­vienda, Industria, Campo y Urbaniza­ción, Sociedad Anónima" ("Vicusa"); y

, Fallo

Que estimando la solicitud formulada por el procurador don José Montalvo To­rrijos, en representación de don Tomás Arcos de la Cruz y doña Antonia Sán­chez Rodrígu'ez, para la liberación de la condición resolutoria a favor de "Vivien-, da, Industria, Campo y Urbanización, Sociedad. Anónima" ("Vicusa"), que pesa sobre la finca descrita en el hecho primero de esta resolución, se declara pr,escrita dicha carga, ordenándose su cancelación.

Firme esta sentencia, expídase testi~,

monio de la misma y entréguese a los s~. licitantes para que les sirva de título para, la cancelación.

Notifíquese esta sentencia a la titular de la carga en la forma prescrita en los, artículos 283 y 769 de la Ley de Enjuiciac , miento Civil.

Contra esta sentencia cabe recurso de. apelación para ante la Audiencia Provin­cial en término de quinto día.

y con el fin de que sirva de notifica'-. ción en forma al titular de la carga, ex­tiendo y firmo la presente en Coslada, a 16 de enero ,de 1999.-EI secretario (fir­mado),

(0211.485/99)

JUZGADO NUMERO 2 DE COSLADA

EDICTO CEDULA DE NOTlFlCACION

En el procedimiento de menor cuantía número 327 de 1996, seguido en el Juz~ gado de primera instancia e instrucción

Pág. 90

. número 2 de Coslada, a instancia de "Ematel, Empresa Madrileña de Teleco­municación, Sociedad Limitada", contra "Atalaya Network Systems, Sociedad Li­mitada"; doña María Isabel Peláez Hi­dalgo, doña María Almudena de Artiña­no Rodríguez de Torres, don José Luis Martín Sánchez y don Francisco Luis Pe­láez Caballero,' sobre menor cuantía, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento X fallo es como sigue:

Sentencia

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

procedimiento judicial sumario al amparo del artículo 131 de la Ley Hipotecaria, a instancia de don Jesús Sevillano Crespo, contra don Crescencio Corral Merino y doña María Luisa Rodríguez Torralba, en reclamación de crédito hipotecario, en el que por resolución de esta fecha ~ ha acordado sacar a pública subasta,' por primera vez y término de veinte días, los bienes que luego se dirá, señalándose para que el acto de remate tenga lugar en la Sala de' audiencia de este Juzgado, el día 25 de marzo de 1999, a las diez

, horas, Con las prevenciones siguientes: En Costada, a 23 de diciembre, de 1998.-EI señor don Carlos Nogales Ro-

J Primera meo, magistrado-juez sustituto del uz-gado de primera instancia e instrucción Que no se admitirán posturas que no número 2 de Coslada y su partido, ha- cubran el tipo de la subasta. biendo visto los presentes autos de me- " Segunda Dor cuantía número 327 de 1996, segui­dos ante este Juzgado' entre partes: de una, como demandante, "Ematel, Em­presa Madrileña de Telecomunicación, Sociedad Limitada" con procurador don José Montalvo Torrijos, y de otra, como demandados, "Atalaya Network Systems, Sociedad Limitada" ; doña María Isabel Peláez Hidalgo, doña María Almudena de Artiñano Rodríguez de lorres, don José Luis Martín Sánchez y don Francis­co Luis Peláez Caballero; sobre menor cuantía.

Fallo Que estimando como estimo la deman­

da interpuesta por el procurador don J,osé Montalvo Torrijos, en nómbre y re­presentación de la entidad "Ematel, Em­presa Madrileña de Telecomunicación, Sociedad Limitada", contra la entidad "Atalaya Network Systems, Sociedad , Li­mitada"; doña María Almudena de Arti­ñano Rodríguez de Torres , don José Luis , Martín Sánchez, doña María Isabel Pe­láez Hidalgo y don Francisco Luis Peláez Caballero, debo condenar y condeno a los referidos demandados a abonar soli-

, , dariamente a la parte actora la cantidad de 19.431.931 pesetas, más el interés le­gal, así como al pago de las costas.

y con el fin de que sirva de notifica­ción en forma a los demandados "Atala­'ya Network Systems, Sociedad Limita­da"; doña María Isabel Peláez Hidalgo y don Francisco Luis Peláez Caballero, ex­, teindo y firmo la presente en Coslada, a 12 de enero de 1999.-EI secretario (fir-,mado).' '

, (0211.484/99)

JUZGADO NUMERO 2 DE FUENLABRADA

EOlITO

, Don Eladio de Dios Morales, secretario de primera instancia del número 2 de Fuenlabrada. Hago saber: Que en dicho Juzgado, y

, con el número 245 de 1998, se tramita

Que los licitadores, para tomar parte en la subasta, deberán consignar previa­mente, en 'la cuenta de este Juzgado en el "Banco Bilbao Vizcaya", número 2374, una cantidad igual, por lo menos , al 20 por 100 del valor de los bienes que sirva de tipo, haciéndose constar el nú­mero y año del procedimiento, sin cuyo requisito no serán admitidos, no aceptán­dose entrega de dinero en metálico ,o cheques en el Juzgado.

Tercera Podrán participar con la calidad de ce­

der el remate a terceros.

Cuarta En todas las subastas, desde el anuncio

hasta su celebración, podrán hacerse pos­turas por escrito en pliego cerrado, ha­ciendo el depósito a que se ha hecho re­ferencia anteriormente.

Quinta

Los autos y la certificación del Regis­tro a que se refiere la regla cuarta del artículo 131 de la Ley Hipotecaria están de manifiesto en la Secretaría del Juzga­do, entendiéndose que todo licitadO'r acepta como bastante la titulación exis­tente, y que las cargas o gravámenes an­teriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsis­tentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la res­ponsabilidad de los mismos, sin ~stinar­se a su extinción el precio del remate. , Para el supuesto de que no hubiere postores en la primera subasta, se señala para la celebración de una segunda el día 27 de abril de 1999, a las diez horas, sir­viendo de tipo el 75 por 100 del señalado para primera subasta, siendo de aplica­ción las demás prevenciones de la pri­mera.

Igualmente y para el caso de que tam­poco hubiere licitadores en la segunda subasta, se señala para la celebración de una tercera el día 25 de mayo de 1999, a las diez horas, cuya subasta se celebrará sin sujeción a tipo. debiendo consignar

B.O.C.M. Núm. 32

quien desee tomar parte en la misma el 20 por 100 del tipo que sirvió de base para la segunda. , Si por fuerza mayor o causas ajenas al

Juzgado no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará el siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

El presente edicto servirá de notifica­ción a los deudores para el caso de no poder llevarse a efecto en la finca o fin­cas subastadas.

Bienes que se sacan a , subasta

Urbana número 26.-Piso sexto, letra B, del bloque número 2 de la urbaniZa­ción "F-XII", en término de Fuenlabra­da, hoy calle Mónaco, número 2.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Fuenlabrada, libro 193 del tomo 1.274, folio 149, finca 16.913, ins­cripción segunda de 7 de abril de 1997.

Tipo de subasta: el tipo de la primera subasta es el de '10.000.000 de pesetas.

Dado en , Fuenlabrada.-El secretario (firmado).

(0211 ,836/99)

JUZGADO NUMERO 6 DE FUENLABRADA

EOlITO

En los autos número 94 de 1998, se ha dictado la siguiente resolución:

El ilustrísimo señor don Joaquín Mar­tín Delgado, magistrado-juez de primera inst.ancia del número 6 de Fuenlabrada. Por el presente se , hace público que en este Juzgado, con el número 94 de 1998, se siguen autos, de juicio universal de quiebra voluntaria de la sociedad mer­cantil "Prodemobil", con domicilio social en Humanes de Madrid', polígono indus~ tri al "Wells", calle Atenas, número ' 17, dedicada a la venta de construcción y venta de mobiliario, babiéndose acorda­do por auto de esta fecha declarar a la entidad referida en estado de quiebra vo­luntaria, en la que se ha designado co­misario de la quiebra a don Martín Mar­tín y depositario de la misma a don Be­nito Agüera Marín, comerciantes de esta localidad, retrotrayéndose, sin perjuicio de tercero; los efectos de la quiebra al día 24 de noviembre de 1998.

Se advierte a las personas que tuvieran en su poder bienes pertenecientes a );1 quebrada que deberán hacer manifesta­ción de ellas al comisario, bajo apercibi­miento de complicidad, y aquellas otras que adeuden cantidades a la , quebrada hagan entrega de ellas al depositario, bajo apercibimiento de no reputarse le­gítimo el pago.

Se ha decretado la acumulación a este juicio universal de quiebra todos los plei­tos y ejecuciones que hubiere, con excep­ción de los que la Ley excluye. '

B.O.C.M. Núm. 32

Asimismo se ha acordado la retención de la correspondencia.

Dado en Fuenlabrada, a 31 de diciem­bre de 1998.-EI secretario (firmado).

(0211.623/99)

JUZGADO NUMERO 1 DE GETAFE

EDICTO

En virtud de lo acordado en autos de juicio declaratiyo de menor cuantía nú­mero ~3 de 1997, seguidos a instancia de "A.F.A~ P.V.c., Sociedad Limitada", contra "Comercial Baleares, Sociedad Cooperativa Limitada"; don José Luis Sanz Galeote, don José Antonio Flores Sánchez y don Juan José Esteban Ontal­va, en providencia de esta fecha se em­plaza al demandado don Juan José Este­ban Ontalva para que en el plazo de diez días comparezca en autos, personándose en legal forma, con la prevención de que si no comparece será declarado rebelde y le parará el perjuicio a lJue hubiera lugar en derecho.

y para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y BOLETíN OFI­CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y que sirva de emplazamiento al demanda­do don Juan José Esteban Ontalva, ex­pido el presente edicto en Getafe, a 16 de diciembre de 1998.-La secretaria (firmado)'.

(0211.824/99)

JUZGADO NUMERO 5 DE GETAFE

EDICTO

Doña EsperanZa Rosa Sanz Alvaro, se­cretaria del Juzgado de primera instan­cia e instrucción número 5 de Getafe. Por medio del presente hago saber:

Que en este Juzgado<!e mi cargo se tra­mita expediente de dominio sobre exceso de cabida numero 26 de 1997, seguido a instancia de don Francisco Santofimia Cerecinos y doña Milagros del Yerro Alonso, sobre la finca:

Rústica.-Tierra en término municipal de Getafe, al sitio conocido como la "Ventosa y Santa Paula", de caber tres fanegas, seis celemines y quince estada­les, equivalente a una hectárea, veintiún áreas y ' trece centiáreas, según el título, y según el catastro una hectárea, cuaren­ta y tres áreas y ochenta centiáreas. Lin­da: Norte, don Pablo Gutiérrez; Sur, he­rederos de don Mateo Lorenzo Serrano; Este, doña Segunda Butragueño, y Oes­te, conde de Orgaz y marqués de la Vega. Es la parcela número 417 del po­lígono 24 de Getafe.

Y para que conste y sirva de ~itación a cuantas personas ignoradas pueda perju­dicar la 'in~ripción pretendida, así como a don Perfecto Pérez Lorenzo, y para su

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado, tablón de anuncios del Ayunta­miento de Gelafe y BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo la presente en Getafe, a 21 de sep­tiembre de 1998.-La secretaria (firma­do).

(02/1.614/99)

JUZGADO NUMERO 4 DE LEGANES

EDICTO .

En los autos número . 340 de 1997, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

En Leganés, a 9 de diciembre de 1998.-El señor don José Luis de Mesa Gutiérrez, magistrado-juez de primera instancia del número 4 de Leganés y su partido, 'habiendo visto los presentes au­tos de menor cuantía número 340 de 1997~ seguidos ante este Juzgado entre partes: de una, como demandante, "In­muebles y Logística, Sociedad Anóni­ma", con procurador don Manuel Díaz Alfonso, y de otra, corno demandados, don Antonio José Ceballos Segovia, don Juan Pedro Rodríguez Muñoz y "Logi­press, Sociedad Limitada", sobre menor cuantía. .

Fallo Que estimando como estimo la deman­

da planteada por el procurador señor Díaz Alfonso, en nombre y representa~ ción de "Inmuebles y Logística, Sociedad Anónima", contra "Logipress, Sociedad Limitada"; don Antonio José Ceballos Segovia y don Juan Pedro Rodríguez Muñoz, todos en rebeldía, debo declarar y declaro: . ,

1. Que "Logipress, Sociedad Limita­da", adeuda a "Inmuebles y Logística, Sociedad Anónima", la cantidad de 2.859.778 pesetas~

2. La responsabilidad solidaria de los administradores don Antonio José Geba­\los Segovia y don Juan Pedro Rodrfguez Muñqz.

3. Que debo condenar y condeno a dichQs administradores al pago solidario de la deuda que aparece reflejada en el p~nto número 1 de este fáIlo.

4. Que debo condenar igualmente a todos ellos III pago de ,los intereses lega­les de la cantidad de 2.859.778 pesetas desde la fecha de presentación de la de­manda.

5. Que igualmente les condeno al pago solidario de las costas del procedi-miento. '

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.-Jose Luis de Mesa Gu­tiérrez (firmado y rubricado) .

Pág. 91 ·

Y para que sirva de notificación a los demandados "Logipress, Sociedad Limi­tada"; don Antonio José Geballos Sego­via y don Juan Pedro Rodríguez Muñoz , declarados en rebeldía y en paradero desconocido, se expide el presente en Leganés, á 22 de diciembre de 1998.-EI secretario (firmado).

(02/1.627199)

JUZGADO NUMERO 5 DE LEGANES

EDICTO

Doña Pilar Rasillo López, magistrada: juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Leganés. Hago saber: . Que en este Juzgado se

siguen autos de juicio de menor cuantía número 68 de 1998, seguidos a instancia de "Menicon Europe", representada por el procurador señor Blanco Femández, contra la mercantil "Sowners, Sociedad Anónima", hoy en de~onocido parade­ro, en los cuales se ' ha acordado citar a la demandada a fin de que comparezca a la práctica de la prueba de confesión ju­dicial el día 8 de marzo de 1999, a las diez horas, en primera, y en caso de que no compareciere, con los apercibimientos legales de ser tenida por confesa, el día 9de marzo de 1999, a las diez horas, en segunda, en la Sala de audiencia de este Juzgado.

Y para que sirva de citación en h:gal fOfJlla a la mercantil "Sowners, Sociedad Anónima", expido la presente en Lega­nés, a 22 de enero de 1999.-La secre­taria (firmado).-La magistrada-juez de primera instancia e instrucción (firmado).

(02/1.835/99)

JUZGADO NUMERO 5 DE LEGANES

EDICTO

Doña p,lar Rasillo López, magistrada­juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Leganés. Hago saber: Que en este Juzgado se

siguen autos de suspensión de pagos n6-mero 97 de 1997, a instancia de "P. Sis­temáticos, 'Sociedad Limitada", en los cuales se ha dictado auto, cuya parte dis­positiva es del tenor literal siguiente:

Su señoría decide: Sobreseer este ex­pediente de suspensión de pagos en el es­tado en que se encuentra. Comuníquese esta resolución por medio de oficio a los demás Juzgados de igual clase de esta lo­calidad, así como al Registro Mercantil de Madrid, mediante mandamiento pOr duplicado. Publíqúese esta resolución por medio de edictos en el BOLE11N OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y en ·uno de los periódicos de mayor circulación en ésta, fijándose un ejemplar de esos edic­tos en el tablón de anuncios de este Juz-

Pág. 92

gado. Tómese nota en los libros de su razón. Llévese testimonio de esta resolu­ción a la pieza de calificación dimanante de este expediente para acordar en ella lo que proceda. Cesen los interventores nombrados en el plazo fijado en el pe­núltimo párrafo del artículo 13 de dicha Ley. Y verificado todo ello, archívese este expediente. Expídase testimonio de la presente para su .unión a autos y ar- . chívese el original en el libro de senteq­cias.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno. .

Así lo acuerda, manda y firma . Doy fe "(firmado y rubricado).

y para que se haga público el mismo, expido el presente en Leganés, a 21 de enero de 1999.--,-La secretaria (firma­do).-La magistrada-juez de primera ins­tancia e instrucci?n (firmado).

(02/1 .831/99)

JUZGADO NUMERO 2 DE MAJADAHONDA .

EDIcrO

Doña Mercedes de Mesa García, magis­trada-juez de primera instancia e ins­trucción del número 2 de Majadahon­da. Hago saber: Que en dicho Juzgado, y

cOn el número 27 de 1994, se tramita procedimiento judicial sumario al amparo del artículo 131 de la Ley Hipotecaria, a instancia de "Ceija de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid", contra <,ion Sergio Sánchez-Quiñones: Pérez y doña Ana María Barros Gigoux, en reclamación de crédito hipotecario, en el que por reso­lución de esta fecha se ha acordado sacar a pública subasta, por primera vez y tér­mino de veinte días; los bienes que luego se dirá, señalándose para que el acto de remate tenga lugar en la Sala de audien­ciá de este Juzgado, el día 18 de marzo de 1999, a las once horas, con las pre­venciones siguientes:

Primera Que no se admitirán posturas que no

cubran el tipo de la subasta.

' Segunda Que los licitadores, para tomar parte

en la subasta, deberán consignar previa­mente, en la cuenta de este Juzgado en el "Banco Bilbao Vizcaya", número 24ú3/0000/18/0027/94, una cantidad igual, por lo menos, al 20 por 100 del valor de los bienes que sirva de tipo, haciéndose constar el número y año del procedi­miento, sin cuyo requisito no serán ad­mitidos; no aceptándose entrega de di­nero en metálico o cheques en el Juz­gado.

Tercer~

' . Podrán participar con la calidad de ce­der el remate a terceros.

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

Cuarta

En todas las subastas, desde el anuncio hasta Su celebración, podrán hacerse pos­turas. por escrito en pliego cerrado, ha­ciendo el depósito a que se ha hecho re­ferencia anteriormente.

Quinta

Los autos y la. certificación del Regis­tre! a que se refiere la regla cuarta del artículo 131 de la Ley Hipotecaria están de manifiesto en la Secretaría del Juzga­do, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación exis­tente, y que las cargas o gravámenes an­teriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsis­tentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la res­ponsabilidad de los mismos, sin destinar­se a su extinción el precio del remate . .

Para el supuesto de que no hubiere postores en la primera subasta, se señala para la celebración de una segunda el día 22 de abril de 1999, a las once horas, sir­viendo de tipo el 75 por 100 del señalado para primera subasta, siendo de aplica­ción las demás prevenciones de la pri-mera.

Igualmente y para el caso de que tam­poco hubiere licitadores en .la segunda subasta, se señala para la celebración de una tercera el día 27 de mayo de 1999, a las once horas, cuya subasta se celebrará sin sujeción a tipo, debiendo consignar quien desee tomar parte en la misma el 20 ' por 100 del tipo que sirVió de base para la segunda.

Si por fuerza mayor o causas ajenas al Juzgado no pudiera celebrars.e la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará el siguiente día hábil, a la misma hora , exceptuando los sábados.

El presente edicto servirá de notifica­ción a los deudores don Sergio Sánchez­Quiñones Pérez y doña Ana María Ba­

. rros Gigoux para el caso de no poder lle­varse a efecto en la finca o fincas subas­tadas.

Bienes que se sacan a subasta

Piso primero, letra A, urbanización "Los Verdiales", número 6, del término municipal de Majadahonda.

Inscrito en el Registro de la Propiedad de Majadahonda, al tomo 1.652, libro 195 de Majadahonda, folio 3, finca regis­tral número 11.038, inscripción quinta, con una superficie aproximada de 122 metros y 33 decímetros cuadrados, inclui­dos los elementos comunes.

Tipo de subasta: 19.000.000 de pese­tas.

Dado en Majadahonda, a 24 de ' no­viembre de 1998.-El secretario (firma­do) .-La magistrada-juez de primera ins­

. tancia e instrucción (firmado).

(0211.817/99)

B.O.C.M. Núm. 32

JUZGADO NUMER,O 4 DE MAJADAHONDA

EDIcrO CEDULA DE NOTIFlCACION

y EMPLAZAMIENTO

En autos de menor cuantía seguidos al número 36 de 1997, a instancia de co­munidad de propietarios "Balsaín" (pre­sidente don Sixto García), contra don Enrique Jove Pal, doña María. de lo,s An­geles Gutiérrez González y doña María de los Angeles Oómez Pérez, sobre me­nor cuantía, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Providencia Magistrada-juez de primera instancia,

doña María Dolores Moure Jimé­nez.-En Majadahonda, a 18 de enero de 1999. .

Dada cuenta, y vistos los escritos pre­sentados poI: el procurador don Marceli­no Bartolomé Garretas, en nombre y re­presentación de la actora, únanse, yen ' cuanto al primero de los mismos, téngan­se por hechas las manifestaciones conte­nidas en el mismo. Y encoñtrándose los demandados don Enrique Jove Pal y doña María Angeles Gutiérrez · González en ignorado paradero, se acuerda sean emplaZados para que, si les conviniere, se personen en los autos dentro del tér­mino de veinte días por medio de abo­gado que les defienda y procurador que les represente, y contesten a la demanda, ba jo apercibimiento que de no verificarlo serán declarados en situación legal de re­beldía procesal, dándose por precluido el trámite de contestación a la demanda, por edictos a publicar en el tablón de anuncios .de este Juzgado y BOLETíN OFI­CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Líbrese oportuno oficio y entréguense al procurador para que cuide de su diligen­ciado.

Lo acuerda y firma su señoría. Doy fe. y como consecuencia del ignorado pa­

radero de los demandados don Enrique Jove Pal y doña María de los Angeles Gutiérrez González, se extiende la pre­sente para que sirva de cédula de notifi­cación y emplazamiento.

En Majadahonda, a 18 de enero de 1999.-El secretario (firmado).

(02/1 .680/99)

JUZGADO NUMER,O 1 DE MOSTOLES .

. EDIcrO

Doña Matilde Aparicio Femández, ma­gistrada-juez de primera instancia del número 1 de Móstoles. Hago saber: Que en dicho Juzgado, y

con el número. 82 de 1998, se tramita procedimiento judicial sumario al amparo del artículo 131 de, la Ley Hipotecaria, a instancia de "Banco Hipotecario de Es-

B.O.C.M. Núm. 32

paña, Sociedad Anónima", contra "Ciu­dad Residencial Santo Cristo de Lezo, Sociedad Anónima", en reclamación de crédito hipotecario, en el que por reso­lución de esta fecha se ha acordado sacar a pública subasta, por primera vez y tér­mino de veinte días, los bienes que luego se dirá, señalándose para que el acto de remate tenga lugar en la Sala de audien­cia de este Juzgado, el día 12 de marzo de 1999, a las doce horas, con las pre­venciones siguientes: ·

Primera

Que no se admitirán posturas que no . cubran el tipo de la subasta.

Segunda

Que los licitadores, para tomar parte en la subasta, deberán consignar previa­mente, en la cuenta de este Juzgado en el "Banco Bilbao Vizcaya", número 2673, una cantidad igual, por lo menos, al 20 por 100 del valor de los bienes que sirva de tipo, haciéndose constar el nú­mero y afio del procedimiento, sin cuyo requisito no serán admitidos , no aceptán­doseentrega de dinero en metálico o cheques en el Juzgado.

Tercera

Podrán participar con la calidad de ce­der el remate a terceros.

Cuarta

En todas las subastas, desde el anuncio hasta su celebración, podrán hacerse pos­turas por escrito en pliego cerrado, ha­ciendo e! depósito a que se ha hecho re­ferencia anteriormente.

Quinta

Los autos y la certificación del Regis­tro a que se refiere la regla cuarta de! artículo 131 de la Ley Hipotecaria están de manifiesto en la Secretaría del Juzga­do, entendiéndose que todo licitador acepta como bastante la titulación eXis­tente, . y que las cargas o gravámenes an­teriores y los preferentes, si los ,hubiere, al crédito del actor continuarán subsis­tentes, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la res­ponsabilidad de los mismos, sin destinar­se a su extinción el precio del remate.

Para el supuesto de que no hubiere postores en la primera subasta, se señala para la celebración de una segunda el día 16 de abril de 1999, a las doce horas, sir­viendo de tipo el 75 por 100 del señalado para primera subasta, siendo de aplica­ción las demás prevenciones de la pri­mera.

Igualmente y para el caso de que tam­poco hubiere licitadores en la segunda subasta, se señala para la celebración de una tercera el día 14 de mayo de 1999, a las doce horas, cuya subasta se celebrará sin sujeción a tipo, debiendo consignar quien desee tomar parte en la misma el

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

20 por 100 del tipo que sirvió de base para la segunda.

Si por fuerza mayor o causas ajenas al Juzgado no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará el siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

El presente edicto servirá de notifica­ción a la deudora para el caso de no po­der llevarse a efecto en la finca o fincas subastadas.

Bienes que se sacan a subasta Piso sito en Móstoles (Madrid), urba­

nización "Parque Coimbra" , edificio 1, segundo C. . . Inscrito en el Registro de la Propiedad

número 3 de Móstoles, al tomo 1.309, li­bro 102, folio 42, finca 'registral número 8.882, inscripción segunda.

Tipo de subasta: 13.790.000 pesetas. Dado en Móstoles, a 17 de diciembre

de 1998.-El secretario (firmado ).-La magistrada-juez de primera instancia (fir­mado) .

(02/1 .438/99)

JUZGADO NUMERO · 4 DE MOSTOLES

EDIITO

CEDULA DE NOTlFICACION

Que en este Juzgado, al número 119 de 1998, se sigue expediente de liberación de cargas, a instancia de don César Rus Ber­nardo, en solicitud de liberación de grava­men consistente en la cantidad de 710.138 pesetas aplazadas mediante veintiséis pla­zos de 27.313 pesetas, con vencimiento mensual a partir del 7 de febrero de 1978, que grava la siguiente finca:

Registral número 15.226, antes número 57.260, tomo l.352,folio 17 del Registro de la Propiedad número 4 de Móstoles.

Por el presente, y en virtud de provi­dencia de esta fecha, se cita a "Supera" y don Ovidio Blanco López, col1lo titu­lares del gravamen cuya liberación se so­licita, para que dentro del . término de diez días a contar desde la publicación de este edicto puedan comparecer en el Juz­gado alegando lo que a su derecho con­venga, bajo apercibimiento de pararles el perjuicio a que haya lugar en derecho.

Dado en Mostoles, a 24 de julio de. 1998 .~El secretario (firmado).

(0211.412/99)

JUZGADO NUMERO 6 DE MOSTOLES

CEDULA DE NOTlFICACION

Que en este Juzgado, al número 282 de 1997, se sigue expediente de libera­ción de cargas, a instancia de don Emilio Gutiérrez Sánchez, en solicitud de libe­ración de gravamen consistente en una condición resolutoria pactada en la escri­tura de compraventa otorgada por los es-

Pág. 93

posos don José Pérez Peñáfiel y doña Mercedes Acha Aranguren a favor de los esposos don José Miguel ViIlar Rivera y doña María del Carmen Quizá y Domín­guez, que causó la inscripción tercera de la registral número 51.706, vivienda ur­bana número 17, piso primero derecha­izquierda, letra C, con acceso por el por­tal número 2 de la calle Veracruz, de Móstoles, finca registral número 5.472 (antes número 51.736), folio 103, libro 69 del tomo 1.230 del Registro de la Propie­dad número 2 de Móstoles.

Por el presente, y en virtud de provi­dencia de esta fecha, se cita a don José Pérez Peñafiel, don José Miguel ViIlar Rivera, doña María del Carmen QUizá y Domínguez y doña Mercedes Acha Aranguren, como titulares del gravamen cuya liberación se solicita, para que den~ tro del término de veinte días a contar desde la publicación de este edicto pue­dan comparecer en el · Juzgado alegando lo que a su derecho convenga; bajo aper­cibimiento de pararles el perjuicio a que haya lugar en derecho.

Dado en Móstoles, a 28 de diciembre de 1998.-El secretario (firmado).

(0211.407/99)

JUZGADO NUMERO 7 DE MOSTOLES

EOlITO

CEDULA DE NOTlFICACION

En el procedimiento número 223 de 1998, se ha dictado resolución por la q\le se admite a trámite la demanda de divor­cio presentada por doña Rosa María San­cho Timonel, emplazándose a la parte demandada, don Jeffrey Isiah Hodrick, a fin de que en el término de veinte días comparezca en forma en los presentes autos, haciéndole saber que en el caso de no verificarlo se le declarará en rebeldía, siguiendo los autos su curso sin volver a oírle ni citarle, salvo las que determine la Ley.

y como consecuencia del ignorado pa­radero de don Jeffrey Isiah Hodrick, se extiende la presente para que sirva de cé­dula de emplazamiento.

En Móstoles, a . 5 de enero de . 1999.-El secretario (firmado).

(021613/99)

JUZGADO NUMERO 8 DE MOSTOLES

EOlITO

CEDULA DE CITACION

Que en este Juzgado, al número 430 de 1998, se sigue expediente de libera­ción de cargas, a instancia de doña As­censión Alapont del Castillo, en solicitúd de liberación de gravamen consistente en condición resolutoria en garantía de 168.000 pesetas que quedan aplazadas y

, .pág. 94

serán satisfechas de la siguiente fonna: dieciocho plazos mensuales de 6.720 pe­setas, comenzando el día 15 de noViem- ' bre de 1975 y con último venciniiento el día 15 de abril 'de 1977, Y un plazo de ,64.800 pesetas con vencimiento el día 8 de octubre de 1976, que grava la siguien­te finca: . Urbana número 126.~Piso quinto, le­tra A, sito en la planta quinta, portal 5, 'bloque B del grupo de edificios en Mós­toles, con fachadas a la avenida del Dos de Mayo y a las calles del Coronel oe .palma y de nuevo trazado, sin número; 'actúalmente, está señalado con el número 47 de la avenida Dos de Mayo. Mide: 68 metros y 9 decímetros cuadrados útiles, y .84 metros y 26 decímetros cua,drados :construidos. Consta de diversas depen­dencias. Linda: frente, cOn descansillo, escalera, piso O del mismo portal y zona ,común; por la deIecha, entrando, con zona ajardinada; por la izquierda, con piso B del mismo portal, y por el fondo, ron casa o portal 6. Cuota: 584 milésimas por 100. Referencia catastral número 613870tVK2663B124. Calificada de vi­vienda de, protección oficial, grupo pri- ' 'mero. . Inscripción: inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Móstoles, al tomo 1.352, libro 158, folio 124, finca número 11.879, antes número 37..549.

Por el presente, y en virtud de provi­dencia de esta fecha, se cita a doña Au­rora Roda Lecha, doña Aurora Roset Roda, don José María García Royo, don AntQnio Roset Roda, doña Inge Drews, don Jaime Roset Roda; doña María del Pilar Domínguez Marrero y don Javier Roset Roda, como titulares del gravamen cuya liberación se solicita, para que den~ tro del ténnino de diez días a contar des­de, la publicación de este edicto puedan comparecer en el Juzgado alegando lo que a su derecho convenga, bajo aperci­bimiento de pararles el perjuicio a que haya lugar en derecho.

Dado en Móstóles, a 14 de enero de 1999.-El-secretario (finnado).

(0211.411/99)

JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña Pilar Fernández Yuste, secretaria de lo social del número 13 de los de Madrid y su provincia.

Hago saber: Que por providencia dictada en el ,día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de don Jesús Juan Rodríguez San Miguel y don José Luis Sánchez Galle­go, contra "Anthos, Sociedad Anónima", Universidad Complutense de Madrid y "Ferconsa", en reclamación por procedi­miento ordinario, registrado con el núme­

,ro D-779 de 1998, se ha acordado citar a

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

"Anthos, Sociedad AnÓnima", Universidad Complutense de Madrid, y "Ferconsa'" en ignorado paradero, a fin de que comparez­can el día 18 de febrero de 1999, a las once y quince horas de su mañana, para la cele­bración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social núme­ro 13, sito en la calle Hernani, número 59, tercero, debiendo comparecer personal­mente o mediante persona legalmente apo­derada y con todos los medios de prue~a de que intenten xalerse, con la advertenCIa de que es llnica convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injusti- ' ficada de asistencia.

y para que sirva de citación a "Anthos, Sociedad Anónima", Universidad Complu­tense de Madrid, y "Ferconsa", se expide la presente cédula para su publicación en, d BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y colocación en el tablón de anuncios.

Madrid, a 26 de enero de 1999.-La secretaria judicial (firmado).

(03/3.099/99)

JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 29 DE MADRID

EDIcrO

Doña Marta Jaureguízar Serrano, secreta­ria de lo social del número 29 de los de Madrid y su provincia.

, Hago saber: Que por providencia dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de la comunidad de propietarios de la calle Arturo Soria, número 241, contra don RobertoDomingo García, en reclama­ción por procedimiento ordinario, registra­

do con el número 0-775 de 1998, se ha acordado citar a don Roberto Domingo García, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 10 de febrero de 1999, a las nueve y treinta horas de su mañana, para la celebración de los actos de conci­liación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 29, sito en la calle Oren-

, se, número 22, segunda planta, debiendo comparecer personalmente o mediante per­sona legalmente ,apoderada y con todos los medios de prueba de que interite valerse, con la advertencia de que es única convo­catoria y que dichos actos no se suspen­derán por falta injustificada de asistencia.

y para que 'sirva de citación a don Rober­to Domingo García, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Y colocación en el tablón de anuncios.

Madrid, a 1 de febrero de 1999.-,-La secretaria judicial (firmado).

(03/3.219/99)

JUZGADO DE W SOCIAL NUMERO 35 DE MADRID

EDICTO

Don Fernando BenHez Benítez, secretario sustituto del Juzgado de lo social núme­ro 35 de los de Madrid .

B.O.C.M. Núm. ', 32

Por el presente remito a. usted edicto dimanante del procedimiento núme­ro 0-585 de 1994, ejecución número 127 de 1997 y acumulada 186 de 1998-B, ini­ciado a instancia de doña Amelia García San José y otros, contra "Piensos Españoles, Sociedad Anónima", haciendo constar que en ef día de la fecha se ha ,ordenado sacar a subasta los siguientes bienes embargados como propiedad de la parte demandada, cuya relación y tasación es la que se incluye a continuación, -así como las condiciones de las subastas.

Bienes que se subastan, con el corres­pondiente valor de tasación y justiprecio de los mismos:

Lote número 1: máquina eléctrica cro­matógrafo de gases, marca "Cromatix", modelo KNK-2000, tasada en 1.647.000 pesetas. '

Lote número 2: máquina eléctrica marca "Perkin-Elmer" 280 Atomic ' Absorption spectrophotometer, tasada en 1.235.000 pesetas.

Condiciones de la subasta

Tendrá lugar en la Sala de audiencia de este Juzgado, en primera subasta, el día 4 de marro de 1999; en segunda subasta, en su caso, el día 18 de marro de 1999, y en tercera subasta, también en su caso, el día 8 de abril de 1999, señalándose para todas ellas como hora la de las doce de la mañana, y se celebrarán bajo las condiciones siguien­tes:

' l." Que antes de verificarse el remate podrá el deudor librar los bienes, pagando principal, intereses y costas; después de celebrado quedará la venta irrevocable (ar­tículos 249 de la Ley de Procedimiento Laboral y 1.498 ¡:le la Ley de Enjuiciamiento Civil).

2." Los licitadores deberán acreditar previamente haber depositado el 20 por 100, al menos, del valor de los bienes que sirvan de tipo para la subasta, sin cuyo requisito no serán admitidos (artículo 1.500 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), y ello exclusivamente mediante resguardo acredi­tativo de depósito en la cuenta corriente número 2808-585-94, que este Juzgado tie­ne abierta en el "Banco Bilbao Vizcaya" de la calle Basílica,- número 19, de Madrid.

3." Los ejecutantes y quienes pudieran subrogarse legalmente en su lugar podrán tomar parte en las subastas y mejorar las posturas que ' se hiciesen sin necesidad de consignar la suma antes mencionada.

4." Podrán efectuarse posturas por escrito en pliego cerrado (artículos 1.499 V 1.503 de la Ley de Enjüiciamiento Civil).

5." La primera subasta tendrá como tipo el valor de tasación de los bienes, no admitiéndose posturas que no cubran las dos terceras partes del precio que sirve de tipo para esta subasta.

6." En segunda subasta, en su caso, los bienes saldrán con una , rebaja del 25 por 100 de la tasación, no admitiéndose pos­turas que no cubran las dos terceras partes del precio que sirve de tipo para esta subasta.

7." En tercera subasta, s¡' fuera nece­sario celebrarla, la postura mínima deberá

~.O.C.M. Núm. 32

exceder del 25 por 100 de la cantidad en que están tasados los bienes. Si hubiere pos­tor que ofrezca suma superior se aprobará el remate. De resultar desierta la tercera subasta, los ejecutantes o, en su defecto, los responsables legales solidarios y subsi­diarios tendrán el derecho a adjudicarse los bienes por el 25 por 100 del avalúo, dán­doseles a tal fin el plazo común de diez días; de no hacerse uso de este derecho se alzará el embargo (artículo 262 de la Ley de Procedimiento Laboral).

8.a De quedar desierta la primera subasta, el ejecutante podrá pedir la adju­dicación de ·Ios bienes por las dos terceras partes de su aval~o,.o que se s~quen de nuevo a subasta pubhca con rebaja d<?1 25 por 100 de la tasación. Al resultar deSIerta la segunda subasta, los actores podrán pedir o la adjudicación de los bienes por las dos terceras partes del precio que hubiere ser­vido de tipo para esta segunda 'Subasta, o

. que se la entreguen en administración para aplicar sus productos al pago de los mte­reSes y extinción del capital.

9. a Que el precio del remate deberá cumplirse dentro de los tres días siguientes a la aprobación del mismo. '.

10. , Sólo las posturas realizadas por los ejecutantes o por los responsables legales solidarios o subsidiarios podrán hacerse en calidad de ceder el remate a un tercero (ar­tículo 264 de la Ley de Procedimiento Laboral).

11. Si la adquisición en subasta se rea­liza en favor de parte de los ejecutantes yel precio de adjudicación !la es suficiente para · cubrir todos los crédItos de los res­tantes acreedores, los créditos de los adju­dicatarios. sólo se extinguirán hasta la con­currencia de la ' suma que sobre el precio de adjudicación deberá series atribuida en el reparto proporcional. De ser inferior al precio deberán los acreedores adjudicata­rios abonar el exceso en metálico (artícu­lo 263 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Los bienes embargados se encuentran en la carretera de Navalcamero a Chinchón, kilómetro 37,500, no existiendo actual depositario de los mismos.

y para que sitva de notificación al-públi­co en gene~al y a las partes de este proceso en particular, en cumplimiento dI! lo esta­blecido en la vigente legislación procesal, se expide el presente en Madrid, a 27 de enero de 1999.-EI secretario judicial (fir­mado).

(0111.207/99)

JUZGADO DE W SOCIAL NUMERO 37 DE MADRID

EDlcrO

Don Angel Luis del Olmo Torres, secre­tario de lo social del número 37 de los de Madrid y su provincia,

Hago saber: Que por providencia dictada en el día de la fecha, en el proceso sejUlido

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999

a instancia de don Ahmioü Lahlah, contra don Virgilio Ameijeirás Domínguez y Fon­do de Garantía Salarial, en reclamación por procedimiento ordinario, registrado con el número D-9 de 1999, se ha acordado citar a don Virgilio Ameijeiras Domínguez, en ignorado paradero, a fin de que comparezca 'el día 15 de febrero de 1999, a las once cuarenta y cinco horas de su mañana, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 27, sito en la calle Orense, núme­ro 22, segunda planta, debiendo compare­cer . personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convo­catoria y que dichos actos no se suspen­derán por falta injustificada de asistencia.

y para que sirva de citación a don Vir­gilio Ameijeiras Domínguez, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETíN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

Madrid, a 25 de enero de 1999.-La secretaria judicial (firmado).

(03/3.223/99)

JUZGADO DE W SOCIAL NUMERO 2 DE ALICANTE

EDlCfO

Doña Carmen López Rodríguez, secretaria del Juzgado de lo social número 2 de los de Alicante.

Hago saber: Que en este Juzgado, y con el número 678 de 1998, se sigue procedi­miento en reclamación por cantidad, a ins~ tancia de doña Lourdes Muñoz Mula, con­tra "Distribuciones Marlex, Sociedad Limi­tada", en cuyas actuaciones se ,ha señalado

para que tenga lugar el acto de )uicio. el día 15 de febrero de 1999, a las dIez y dIez horas, e ignorándose el actual paradero de la demandada "Distribuciones Marlex, Sociedad Limitada", cuyo último domicilio conocido fue en la calle F1orencio García, número 59, piso segundo, de Madrid, y par­tida Fontcalent, cafetería-restaurante de la prisión de A1ica,nte, ' por el I?r~~nte se le cita para dicho dla y hora, advlrtlendole que deberá comparecer al mismo con los medios de prueba de que intente vale.rse, con la prevención de que sino compareciere le pararán los perjuicios a que hubiera lugar en derecho, pudiéndole tener por confesa en la sentencia y con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de empla­zamiento.

Dado en Alicante, a 22 de enero de 1999.-Ante mí, la secretaria (firmado).

(03/2.552/99)

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JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO S DE ALICANTE

EDlcrO

Doña Mera Gorrachategui, magistra­da-juez sustituta del Juzgado de lo social del número 5 de los de Alicante.

Hago saber: Que en este Juzgado, y con el número 17 de 1999, se sigue procedi" miento en reclamación por despido, a ins­tancia de doña María Grande López, contra "Telgelmann España, Sociedad Anónima", en cuyas actuaciones se ha señalado pata que tenga lugar el juicio el día 16 de febrero de 1999, a las diez y veinte horas, e igno­rándose el actúal paradero de la empresa 'Telgelmann España, Sociedad Anónima", cuyo último domicil;o conocido fue en el paseo de la Castellana, número 40, 28046 Madrid, por el presente se la cita para dichó día y hora, con la prevención de que si no compareciese le pararán los perjuicios a que hubiere lugar en derecho. Con la adver~ tencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, según el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. .

Dado en Alicante, a 18 de enero de 1999.-La secre~aria . (firmado ).-La magistrada-juez sustituta de lo social (fir~ mado).

(03/2.265/99)

JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 1 DE LUGO

Por la presente yen virtud de 10.acQrdado en resolución de esta fecha, dictada en los autos de juicio número 2 de.1999, que se tramitan a instancia de don Domingo Gon­ziílez Postigo, contra el Institut? Social.de la Marina y otros, sobre convenIo espeCIal, se cita a la empresa "Lauria Shipping Cor­poration Ltd.", en ignorado parad<;ro, para que a la hora de las once del dla 24 de marzo de 1999 comparezca en la Sala de audiencia de este Juzgado, sita en ronda da Muralla, número 58,piso segundo, de Lugo, al objeto de celebrar el act? de co~­ciliación, y de no haber avenenCia, segui­damente el juicio, previniéndole que al acto. para el que se la cita deberá concurrir con todos los medios de prueba de que intente valerse y que la falta de asistencia al mismo no suspenderá su celebración, parándole el perjuicio a que hubiete lugar en derecho, con el apercibimiento que recoge él artícu­lo 59 de la Ley de Pr~dimento Laboral, a efectos de hacer posteriores comunica­ciones.

y para que sirva de ci~ación a la empresa "Lauria Shipping Corporation Lt~.",en ignorado paradero, ,expido y firmo ,la pre­sente para su inserCión en el BOLETIN OFI­CIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Lugo, a 16 de enero de 1999.-EI secretario, Rafael González Alió, .

(D. G.-163) (03/2.266/99)

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Notaría de don Jos~ lucas Fernández

EDICTO

Yo, José Lucas Fernández, notario de Madrid, pongo en conocimiento que en esta notaría se sigue procedimiento de ejecución de prenda conforme al artículo 1.872 del Código Civil sobre 189.996 aCciones nomi­nativas, no cotizables y completamente libe­radas, de las números 1 a la 189.996, ambos inclusive, de la '''Mercantil Oli Maroc,

. Sociedad Anónima", de nac'iónalidad marroquí, de 100,00 dirhams de valor nomi: nal cada úna de', eIJa , cuya . titula­ridad corresponde a la mercantil "Frint España, Sociedad Anónima", siendo el pre­cio de salida de 554.459.762 pesetas (3.332.370,28 euros).

, Se ha señalado la primera subasta para el día 2 de marzo de 1999, a las dieciocho horas, y. la segunda para el día 9 de marzo de 1999, a las dieciocho horas, ambas en .el local de esta notaría, sito en la calle Aya­la, número 17, primero C-D; donde están a disposición de los interesados las bases de la subasta . .

En Madrid, a 5 de febrero de 1999.-El notario (firmado) .

(02/2.674/99)

Sociedad Española de E,pdocrinología Pediátrica

La Sociedad Española de Endocrinología Pediátrica convoca el premio "Novo .Nor­disk de Crecimiento 1999".

Objetivo.- EI principal objetivo de este premio es el de estimular el desarrollo de

LUNES 8 DE FEBRERO DE 1999 B.O.C.M. Núm. 32·

v. OTROSANUNCIOS

la investigación básica o clínica sobre cre­cimiento u otro tema de endocrinología pediátrica, entre profesionales españoles, de a~uerdo con las siguientes bases: '

Bases 1." El premio se concederá a un pro­

yecto de trabajo sobre aspectos relaCiona­dos cOn la investigación básica y/o con la investigación clinicoasistencial del ' creci­miento normal o patológico, o cualquier tema de endocrinología pediátrica,

2." A este premio podrán optar los pro­fesionales españoles que desarrollen su tra­bajo en el área de endocrinología ~

3." El trabajo objeto de la convocatoria deberá ser realizado en E;spaña.

. 4." Se presentará una memoria que incluirá los siguientes apartados:

--,- Nombre del investigador principal, colaboradores, institución( es) y dirección.

- Currículum vitae resumido del inves-tigador principal.

- Título del proyecto, - Objetivos y justificación del trabajo. - ' Metodología a aplicar.

5." Las solicitudes y la documentación se dirigirá a:

"Premio Novo Nordisk de Crecimiento 1999", .calle Caleruega, número 102, 28033 Madrid.

La fecha límite para la presentación de las solicitudes será el día 15 de marzo de 1999. .

6." El premio se concederá mediante votación entre un jurado de cinco miembros designados por la junta directiva de la Sociedad Española de Endocrinología Pediátrica, actuando como secretario · del jurado, con voz pero sin voto, un mie~bro

designado por Novo Nordisk. Los nombres de los miembros del jurado se harán públi­cos una vez otorgado el premio.

7." El galardonado recibirá el premio, consistente en 1.000.000. de pesetas en metálico y un objeto conmemorativo, en el Congreso ' de la SoCiedad Española de

. Endocrinología Pediátrica a celebrar en Palma de Mallorca durante los días 13, 14 Y 15 de mayo de 1999.

8." El galardonado deberá exponer el proyecto objeto del premio en el Congreso de la Sociedad Española de Endocrinología Pediátrica a celebrar en Palma de Mallorca en 1999. Los resultados obtenidos del tra­bajo se expondrán en el congreso anual de la sociedad del año 2000 .

9." En el caso de que el premio quedara desierto, el jurado transferirá sus compe­tencias a la junta directiva de la sociedad, la cual destinará su importe a apoyar acti­vidades científicas que se consideren de interés para la sociedad.

10. Toda publicación posterior del tra­bajo deberá hacer mención al premio "No­vo Nordisk de Crecimiento".

11 . . La participación enla convocatoria del premio implica la aceptación de estas bases, así como el fallo inapelable del jurado.

'12. Los trabajos que opten a este pre­mio no podrán ser presentados a otros.pre­mios de la Sociedad Española de Endocri­nología Pediátrica en este mismo año.

Madrid, 1999.-EI presidente de la Sociedad Española de Endocrinología Pediátrica (firmado).

(02/2.599/99)

www.comadrid.es/bocm Valportillo Primera, 9 28108 Alcobendas (Madridl

Atención al público: Fortuny, 51 . 28010 Madrid Teléfs. 913 198 025 - 913195154 Fax 913 081 683 - 913 195055

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