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Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza Nº 33.701 - Ley Nº 2739 Reglamentada por Decreto Nº 964/08 - Director responsable: Sr. Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual Nº 569.966 - Departamento Boletines: Avenida de Mayo 525 (1084) Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Teléfonos: 4323-9625, E-mail: [email protected] - Consultas: Rivadavia 524 (1084) Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Horario de 10 a 18. Web: www.buenosaires.gov.ar 4568 28/01/2015

Boletín Oficial · Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza Nº 33.701 - Ley Nº 2739 Reglamentada

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Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

    Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza Nº 33.701 - Ley Nº 2739 Reglamentada por Decreto Nº 964/08 - Director responsable: Sr. PabloClusellas - Registro de la Propiedad Intelectual Nº 569.966 - Departamento Boletines: Avenida de Mayo 525 (1084) Ciudad Autónoma de BuenosAires - Teléfonos: 4323-9625, E-mail: [email protected] - Consultas: Rivadavia 524 (1084) Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Horario de 10 a 18. Web: www.buenosaires.gov.ar

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Sumario

Poder Legislativo

Ley

Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

Ley N° 5187Se declara Personalidad Destacada de la Ciudad en el ámbito de la Cultura a Simón Feldman........................ Pág. 14

Ley N° 5189Se extiende el mandato de los Miembros de las Juntas de Clasificación dispuestos en el                                               Artículo 10 de la Ordenanza N° 40.593................................................................................................................ Pág. 14

Ley N° 5200Se declara Personalidad Destacada de la Ciudad en el ámbito de la Cultura a Ana María Ramb...................... Pág. 15

Ley N° 5212Se establece que todas las instituciones inscriptas en el Registro Único de Instituciones                                                Deportivas que hayan cedido en más de dos oportunidades anuales un espacio de reunión a                                        su respectivo Consejo Consultivo Comunal, recibirán ese mismo año la distinción de Club                                             participativo........................................................................................................................................................... Pág. 16

Ley N° 5218Se declara Personalidad Destacada de la Ciudad en el ámbito de la Cultura a Fabián Casas........................... Pág. 16

Poder Ejecutivo

Decreto

Área Jefe de Gobierno

Decreto N° 49Se cesa a Ernesto José Ramón Anauati como Director Médico del Hospital de Oftalmología Dr.                                    Pedro Lagleyze y se designa a Fernando Scattini en su reemplazo.................................................................... Pág. 18

Resolución

Jefatura de Gabinete de Ministros

Resolución N° 29-SSTRANS/15Se autoriza a la Dirección General de Promoción Cultural a efectuar el corte total de Av. De                                          Mayo entre Bolívar y Piedras................................................................................................................................ Pág. 20

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Ministerio de Hacienda

Resolución N° 91-MHGC/15Se faculta a la Subsecretaria de Finanzas, a la Dirección General de Crédito Público y a la                                           Dirección General de Tesorería a dictar normas necesarias para aprobar Letras del Tesoro............................. Pág. 22

Ministerio de Justicia y Seguridad

Resolución N° 64-MJYSGC/15Se aprueba y adjudica la Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0812-LPU14............................................. Pág. 24

Resolución N° 11-SSSC/15Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 25

Resolución N° 12-SSSC/15Se autoriza la contratación de Maximiliano Cruz.................................................................................................. Pág. 26

Resolución N° 15-ISSP/15Se rectifica el Anexo de la Resolución Nº 243/ISSP/14........................................................................................ Pág. 27

Resolución N° 20-SSPDRC/15Se autoriza la contratación de agentes................................................................................................................. Pág. 28

Ministerio de Salud

Resolución N° 27-SSASS/15Se efectúa compensación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 30

Ministerio de Educación

Resolución N° 4386-MEGC/14Se designa a docentes de Planta Transitoria para atender las actividades vinculadas al plan                                         FinEs..................................................................................................................................................................... Pág. 31

Ministerio de Cultura

Resolución N° 270-MCGC/15Se aprueba el valor de las entradas para el espectáculo Presentación de Rubén Albarrán,                                            cantante de Café Tacuba, quien vuelve a la Argentina con su agrupación paralela Hoppo!................................ Pág. 33

Ministerio de Desarrollo Económico

Resolución N° 875-MDEGC/14Se autoriza pago a favor de UBATEC S.A............................................................................................................ Pág. 34

Resolución N° 1-COPIDIS/15Se establece la baja de becas de estudio y capacitación laboral asignadas a personas con                                           discapacidad......................................................................................................................................................... Pág. 35

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Resolución N° 110-MAYEPGC/15Se incrementa el subsidio concedido a la Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros                                     Limitada................................................................................................................................................................. Pág. 37

Resolución N° 127-MAYEPGC/15Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública Nacional e Internacional N° 49-SIGAF/15.......................... Pág. 40

Resolución N° 128-MAYEPGC/15Se aprueban pliegos y se llamasa Concurso Público Nacional e Internacional N° 2-SIGAF/15.......................... Pág. 42

Ministerio de Modernización

Resolución N° 40-MMGC/15Se designa a Adrián Fernando Pugliese como Subgerente Operativo de Entes                                                               Descentralizados Zona Sur................................................................................................................................... Pág. 45

Resolución N° 41-MMGC/15Se ratifica la continuidad de Sebastián Christian Martello como Subgerente Operativo de                                              Convenios............................................................................................................................................................. Pág. 46

Resolución N° 42-MMGC/15Se acepta la renuncia presentada por Silvana Noemí Villarreal........................................................................... Pág. 47

Resolución N° 1968-SSGRH/14Se transfiere a la agente Elizabeth Paramo.......................................................................................................... Pág. 48

Resolución N° 1969-SSGRH/14Se rectifica la Resolución N° 749/MMGC/14........................................................................................................ Pág. 48

Resolución N° 1970-SSGRH/14Se transfiere a la agente Beatriz Claudia Suárez................................................................................................. Pág. 49

Resolución N° 1971-SSGRH/14Se deja sin efecto la Disposición Nº 60/HNBM/14................................................................................................ Pág. 50

Resolución N° 1972-SSGRH/14Se acepta la renuncia presentada por Irma Mónica Iribarne................................................................................ Pág. 51

Resolución N° 1973-SSGRH/14Se otorga una extensión de licencia por maternidad sin percepción de haberes a la agente                                           María Nazarena Vargas........................................................................................................................................ Pág. 52

Resolución N° 1974-SSGRH/14Se otorga una extensión de licencia por maternidad sin percepción de haberes a la agente                                           Analía Verónica Sager.......................................................................................................................................... Pág. 52

Resolución N° 1975-SSGRH/14Se otorga una extensión de licencia por maternidad sin percepción de haberes a la agente                                           Andrea Verónica Báez.......................................................................................................................................... Pág. 53

Resolución N° 1976-SSGRH/14Se establecen designaciones............................................................................................................................... Pág. 54

Resolución N° 1977-SSGRH/14Se transfiere al agente Félix Jerónimo Altamirano............................................................................................... Pág. 55

Resolución N° 1978-SSGRH/14Se acepta la renuncia presentada por la agente Norma Alicia Valdez................................................................. Pág. 56

Resolución N° 1979-SSGRH/14Se acepta la renuncia presentada por la agente Agustina Micaela Supital.......................................................... Pág. 56

Resolución N° 1980-SSGRH/14Se transfiere al agente Paulo Osuna Jaureguibeit................................................................................................ Pág. 57

Resolución N° 1981-SSGRH/14Se acepta la renuncia presentada por la agente Mariela Alejandra Bonazzola.................................................... Pág. 58

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Resolución N° 1982-SSGRH/14Se acepta la renuncia presentada por el agente Manuel Negrin.......................................................................... Pág. 59

Resolución N° 1983-SSGRH/14Se acepta la renuncia presentada por Elisa Rosaura Alvarinhas......................................................................... Pág. 59

Resolución N° 1984-SSGRH/14Se transfiere a Silvana Vanesa Baragiotta........................................................................................................... Pág. 60

Resolución N° 1985-SSGRH/14Se transfiere al agente Ricardo Daniel Fucek....................................................................................................... Pág. 61

Resolución N° 1986-SSGRH/14Se transfiere a la agente Mariana Silvani............................................................................................................. Pág. 62

Resolución N° 1987-SSGRH/14Se acepta la renuncia presentada por María Ketelhohn....................................................................................... Pág. 63

Resolución N° 1988-SSGRH/14Se transfiere a Marcela Luján Florindo................................................................................................................. Pág. 63

Resolución N° 1989-SSGRH/14Se acepta la renuncia presentada por la agente María Inés Ávila........................................................................ Pág. 64

Resolución N° 1990-SSGRH/14Se transfiere a la agente Roberto Eduardo Almeida............................................................................................. Pág. 65

Resolución N° 1991-SSGRH/14Se transfiere al agente Leandro Martín Villariño................................................................................................... Pág. 66

Resolución N° 1992-SSGRH/14Se transfiere al agente Juan Manuel López Peña................................................................................................ Pág. 67

Resolución N° 1993-SSGRH/14Se transfiere al agente Carlos Roberto Corvalán................................................................................................. Pág. 68

Resolución N° 1994-SSGRH/14Se corrige el CUIL de Romero Basilio Ninaja....................................................................................................... Pág. 68

Resolución N° 1995-SSGRH/14Se transfiere al agente Mario Rodolfo Galli.......................................................................................................... Pág. 69

Resolución N° 1996-SSGRH/14Se transfiere a Paula Daniela Moreno.................................................................................................................. Pág. 70

Resolución N° 1997-SSGRH/14Se transfiere a Fernando Carlos Moroni............................................................................................................... Pág. 71

Resolución N° 1998-SSGRH/14Se transfiere a Ricardo Mario Suffioti................................................................................................................... Pág. 71

Resolución N° 1999-SSGRH/14Se cesa al agente Pedro Enrique Cahn................................................................................................................ Pág. 72

Secretaría Legal y Técnica

Resolución N° 51-SECLYT/15Se establece que la Dirección General de Gestión de Inversiones, la Dirección General de                                            Gestión de Inversiones, la Dirección General de Justicia Registro y Mediación y la Dirección                                         General de Defensa Civil deberán utilizar el módulo Registro Legajo Multipropósito ?del                                                Sistema de Administración de Documentos Electrónicos..................................................................................... Pág. 74

Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana

Resolución N° 10-SSEPUC/15Se aprueba y adjudica la Licitación Pública Nº 1491-SIGAF/14........................................................................... Pág. 76

Resolución N° 11-SSEPUC/15Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N° 1493-SIGAF/14........................................................................... Pág. 78

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Administración Gubernamental de Ingresos Públicos

Resolución N° 31-AGIP/15Se confirman agentes en diversos cargos............................................................................................................ Pág. 81

Resolución N° 32-AGIP/15Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 82

Resolución N° 40-AGIP/15Se establece a los contribuyentes que quedan incorporados al Sistema de Control Especial............................. Pág. 83

Agencia Gubernamental de Control

Resolución N° 245-AGC/14Se autoriza la contratación de personal................................................................................................................ Pág. 85

Resolución N° 38-AGC/15Se otorga licencia extraordinaria sin goce de haberes a Verónica Andrea De Filippe......................................... Pág. 86

Resolución N° 44-AGC/15Se designa por Concurso Público Abierto de Oposición y Antecedentes a Osvaldo José Simón                                     Alonso como Director General de Fiscalización y Control de Obras.................................................................... Pág. 87

Resolución N° 46-AGC/15Se encomienda la firma y el despacho del Director Ejecutivo al titular a cargo de la Dirección                                        General Legal y Técnica....................................................................................................................................... Pág. 89

Resolución N° 47-AGC/15Se asigna un adicional no remunerativo en concepto de Incentivo por Productividad a quienes                                      ocupan cargos de Directores Generales, de Titulares de Unidades y de Jefe de Gabinete................................ Pág. 90

Resolución N° 48-AGC/15Se encomienda la firma y despacho de la Dirección General de Fiscalización y Control de                                             Obras al titular a cargo de la Gerencia Operativa de Fiscalización y Control de Obras....................................... Pág. 91

Agencia de Sistemas de Información

Resolución N° 16-ASINF/15Se aprueba la modificación de partida presupuestaria......................................................................................... Pág. 93

Resolución N° 18-ASINF/15Se aprueba la modificación de partida presupuestaria......................................................................................... Pág. 94

Resolución N° 19-ASINF/15Se aprueba la modificación de partida presupuestaria......................................................................................... Pág. 95

Resolución N° 20-ASINF/15Se cesa a Emilio Massa........................................................................................................................................ Pág. 97

Ministerio de Modernización - Ministerio de Salud

Resolución N° 58-MMGC/15Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 278/HGAVS/14............................................................................. Pág. 99

Resolución N° 59-MMGC/15Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 52/HGAZ/14................................................................................ Pág. 100

Resolución N° 60-MMGC/15Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 162/HMOMC/14.......................................................................... Pág. 101

Resolución N° 61-MMGC/15Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 257/HGAT/14.............................................................................. Pág. 102

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Resolución N° 62-MMGC/15Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 389/HGAIP/14............................................................................. Pág. 103

Resolución N° 63-MMGC/15Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 268/HBR/14................................................................................ Pág. 104

Resolución N° 64-MMGC/15Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 228/HGAPP/14........................................................................... Pág. 105

Resolución N° 65-MMGC/15Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 243/HMOMC/14.......................................................................... Pág. 106

Resolución N° 66-MMGC/15Se convalida lo dispuesto por Disposición N° 117/HGARM/14.......................................................................... Pág. 107

Disposición

Ministerio de Justicia y Seguridad

Disposición N° 41-DGLO/14Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 108

Disposición N° 5-DGTALMJYS/15Se aprueba rendición final de gastos.................................................................................................................. Pág. 109

Disposición N° 6-DGTALMJYS/15Se aprueba rendición final de gastos.................................................................................................................. Pág. 110

Disposición N° 7-DGTALMJYS/15Se aprueba rendición final de gastos.................................................................................................................. Pág. 111

Disposición N° 8-DGTALMJYS/15Se aprueba rendición final de gastos.................................................................................................................. Pág. 112

Disposición N° 9-DGTALMJYS/15Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 114

Ministerio de Salud

Disposición N° 12-HGAP/15Se rescinde el Renglón 1 de la Orden de Compra N° 48.381-HGAP/14............................................................ Pág. 116

Disposición N° 13-HGAP/15Se rescinde sin cargo alguno el Renglón 4 y el Renglón 6 de la Orden de Compra N°                                                    42.696-HGAP/13................................................................................................................................................. Pág. 117

Disposición N° 19-DGADC/15Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N° 401-541-CME14..................................................... Pág. 118

Ministerio de Educación

Disposición N° 16-DGAR/15Se aprueba y adjudica la Contratación Directa Nº 15.157-SIGAF/14................................................................. Pág. 120

Disposición N° 44-DGAR/15Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Privada N° 5-SIGAF/15................................................................. Pág. 121

Disposición N° 63-DGPYCG/15Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Privada N° 2-SIGAF/15................................................................. Pág. 122

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Ministerio de Desarrollo Urbano

Disposición N° 2335-DGIUR/14Se considera factible el proyecto de Obra Nueva para el inmueble sito en Nicaragua 5571/73........................ Pág. 124

Disposición N° 2336-DGIUR/14Se autoriza localización de usos en el predio sito en Humberto I Nº 295/99...................................................... Pág. 125

Disposición N° 2337-DGIUR/14Se visa el Aviso de Obra de la fachada del inmueble sito en Av. Diagonal Roque Sáenz Peña                                       765/77................................................................................................................................................................. Pág. 128

Disposición N° 2338-DGIUR/14Se visa el Aviso de Obra del inmueble sito en Lavalle 941................................................................................ Pág. 129

Disposición N° 2339-DGIUR/14Se deja sin efecto la Disposición Nº 2333/DGIUR/14 y se considera factible el Proyecto de                                            Modificación y Ampliación con Demolición parcial en el inmueble sito en Arguibel 2860/62/66........................ Pág. 130

Disposición N° 2340-DGIUR/14Se considera factible el Proyecto de Obra para el inmueble sito en Uspallata s/Nº, Lavarden                                         247/49 y Los Patos s/Nº...................................................................................................................................... Pág. 132

Disposición N° 2341-DGIUR/14Se considera factible el proyecto de Demolición Total y Obra Nueva en los locales sitos en                                           Bogotá 3706........................................................................................................................................................ Pág. 134

Disposición N° 2342-DGIUR/14Se deja sin efecto la Disposición Nº 2221/DGIUR/14 y se autoriza localización de usos en el                                         local sito en California 2098................................................................................................................................ Pág. 136

Disposición N° 2343-DGIUR/14Se considera factible la ubicación de la Línea de Frente de Interno para la parcela sita en Salta                                    1173/75............................................................................................................................................................... Pág. 137

Disposición N° 2344-DGIUR/14Se autoriza localización de uso para el inmueble sito en San Martín 948.......................................................... Pág. 139

Disposición N° 2345-DGIUR/14Se visa la Ampliación de superficie y de rubro en el inmueble sito en Perú 1645/55......................................... Pág. 141

Disposición N° 2346-DGIUR/14Se autoriza localización de uso para el inmueble sito en 25 de Mayo Nº 371.................................................... Pág. 143

Disposición N° 2347-DGIUR/14Se autoriza en el edificio sito en Av. Rivadavia 1461/63/67/73.......................................................................... Pág. 144

Disposición N° 2348-DGIUR/14Se autoriza localización de uso para el inmueble sito en Uruguay 99................................................................ Pág. 145

Disposición N° 2349-DGIUR/14Se autoriza localización de uso en el inmueble sito en Av. General Iriarte 2572............................................... Pág. 146

Disposición N° 2350-DGIUR/14Se autoriza localización de uso en el inmueble sito en Luis María Drago 229/31.............................................. Pág. 148

Disposición N° 2351-DGIUR/14Se visa el proyecto de Obra Nueva con destino Vivienda Unifamiliar con Estudio Profesional                                         para el predio sito en Emilio Lamarca 224.......................................................................................................... Pág. 150

Disposición N° 2352-DGIUR/14Se autoriza localización de usos para el local sito en Jose A. Cabrera 5502..................................................... Pág. 152

Disposición N° 2353-DGIUR/14Se amplía la vigencia de la Disposición Nº 397/DGIUR/14................................................................................ Pág. 154

Disposición N° 2354-DGIUR/14Se autoriza localización de usos para el inmueble sito en Humboldt 1516........................................................ Pág. 155

Disposición N° 2397-DGIUR/14Se deja sin efecto la Disposición Nº 2392/DGIUR/14 y se autoriza localización de usos para el                                      inmueble sito en Av. Callao 1293........................................................................................................................ Pág. 157

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Disposición N° 37-DGIUR/15Se considera factible el proyecto de Ampliación para el predio sito en Echeverría                                                           3343/45/51/55/61 y Superí 2047/55.................................................................................................................... Pág. 158

Disposición N° 38-DGIUR/15Se considera factible el proyecto presentado para el inmueble sito en Av. Córdoba 2955................................ Pág. 160

Disposición N° 46-DGIUR/15Se autoriza localización de uso para el inmueble sito en Encarnación Ezcurra 365.......................................... Pág. 162

Disposición N° 47-DGIUR/15Se visa el plano de Modificación y Ampliación con Demolición Parcial para el inmueble sito en                                      Griveo 2322......................................................................................................................................................... Pág. 164

Disposición N° 48-DGIUR/15Se consideran aplicables las normas de completamiento de tejidos respecto del predio sito en                                      Bacacay 925....................................................................................................................................................... Pág. 167

Disposición N° 49-DGIUR/15Se autoriza localización de uso para el inmueble sito en Av. Belgrano 698....................................................... Pág. 169

Disposición N° 50-DGIUR/15Se considera factible la Redistribución de usos y Ampliación de Superficie en el predio sito en                                      Avenida Almafuerte 179/87/93/95/99 y Diógenes Taborda 170/78/84............................................................... Pág. 171

Ministerio de Desarrollo Económico

Disposición N° 12-DGCONC/15Se convoca a Licitación Pública con el objeto de otorgar la Concesión para la construcción y                                        explotación de una playa de estacionamiento subterránea vecinal ubicada entre las calles                                             Conde, Concepción Arenal, General Enrique Martínez y Av. Dorrego............................................................... Pág. 174

Ente de Turismo

Disposición N° 7-DGDYCOF/15Se aprueba la Contratación Directa por Exclusividad de la firma Castropol Comunicaciones                                          S.A...................................................................................................................................................................... Pág. 176

Disposición N° 2-DGPRT/15Se aprueba y adjudica la Contratación Directa Nº 9265-0019-CDI15................................................................ Pág. 177

Disposición N° 3-DGPRT/15Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 178

Disposición N° 4-DGPRT/15Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 179

Agencia de Sistemas de Información

Disposición N° 25-DGTALINF/15Se aprueba pago a favor de la empresa Unify Communications S.A................................................................. Pág. 181

Disposición N° 26-DGTALINF/15Se aprueba pago a favor de la empresa Infotecnia S.R.L.................................................................................. Pág. 182

Disposición N° 27-DGTALINF/15Se amplía la Orden de Compra Nº 27.430/14.................................................................................................... Pág. 183

Disposición N° 28-DGTALINF/15Se aprueba rendición de gastos......................................................................................................................... Pág. 186

Disposición N° 29-DGTALINF/15Se aprueba rendición de gastos......................................................................................................................... Pág. 188

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Secretaría de Desarrollo Ciudadano (AVJG)

Disposición N° 12-DGPJ/15Se designa personal para integrar el Comité de Selección del concurso obra terminada y el                                          Comité de Selección y Seguimiento del concurso proyecto a desarrollar en el ámbito de la                                            disciplina Artes Escénicas del Programa Bienal Arte Joven Buenos Aires 2015............................................... Pág. 190

Organos de Control

Resolución

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Resolución N° 9-PG/15Se instruye sumario administrativo..................................................................................................................... Pág. 192

Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Resolución N° 8-SGCBA/15Se acepta la renuncia presentada por Nahuel Martín Pollack............................................................................ Pág. 194

Resolución N° 9-SGCBA/15Se deja sin efecto la Resolución N° 108/SGCBA/14.......................................................................................... Pág. 195

Disposición

Ente Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de BuenosAires

Disposición N° 281-GA/14Se convalida la prórroga de la Orden de Compra N° 48/13................................................................................ Pág. 197

Comunicados y Avisos

Ministerio de Hacienda

Actuación N° 12153975-DGCYC/15................................................................................................................... Pág. 199

Ministerio de Modernización

Comunicados N° 117-DGPLC/15........................................................................................................................ Pág. 202Comunicados N° 118-DGPLC/15........................................................................................................................ Pág. 202

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Comunicados N° 119-DGPLC/15........................................................................................................................ Pág. 203Comunicados N° 120-DGPLC/15........................................................................................................................ Pág. 203Comunicados N° 121-DGPLC/15........................................................................................................................ Pág. 204Comunicados N° 122-DGPLC/15........................................................................................................................ Pág. 204Comunicados N° 123-DGPLC/15........................................................................................................................ Pág. 205Comunicados N° 124-DGPLC/15........................................................................................................................ Pág. 205Comunicados N° 125-DGPLC/15........................................................................................................................ Pág. 206Resolución N° 36-MMGC/15............................................................................................................................... Pág. 207Resolución N° 37-MMGC/15............................................................................................................................... Pág. 209Resolución N° 38-MMGC/15............................................................................................................................... Pág. 211Resolución N° 39-MMGC/15............................................................................................................................... Pág. 213

Licitaciones

Ministerio de Hacienda

Licitación - Preadjudicación N° 7-DGCYC/15.................................................................................................... Pág. 216

Ministerio de Salud

Licitación - Llamado N° 38-HNBM/15................................................................................................................ Pág. 218Expediente - Preadjudicación N° 15909805-HGACA/14................................................................................... Pág. 219

Ministerio de Educación

Licitación - Llamado N° 1-DGAR/15................................................................................................................... Pág. 221Licitación - Llamado N° 26-DGAR/15................................................................................................................. Pág. 221Expediente - Llamado N° 517435-DGAR/14...................................................................................................... Pág. 223Expediente - Llamado N° 17095136-DGAR/14.................................................................................................. Pág. 223Expediente - Preadjudicación N° 14423233-DGAR/14...................................................................................... Pág. 224

Ministerio de Desarrollo Urbano

Licitación - Llamado N° 1888-MDUGC/14......................................................................................................... Pág. 226Expediente - Prórroga N° 13723076-DGTALMDU/14........................................................................................ Pág. 227Expediente - Prórroga N° 15282589-DGTALMDU/14........................................................................................ Pág. 227

Ministerio de Cultura

Licitación - Llamado N° 60-DGFYEC/15............................................................................................................ Pág. 228Licitación - Llamado N° 69-DGFYEC/15............................................................................................................ Pág. 228Licitación - Fracaso N° 1873-EATC/14.............................................................................................................. Pág. 229

Ministerio de Desarrollo Económico

Licitación - Llamado N° 58-DGTALMDE/15....................................................................................................... Pág. 230Expediente - Llamado N° 12767343-DGCONC/14............................................................................................ Pág. 231

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Licitación - Llamado N° 2-MAYEPGC/15........................................................................................................... Pág. 232Licitación - Llamado N° 49-MAYEPGC/15......................................................................................................... Pág. 232

Banco Ciudad De Buenos Aires

Carpeta - Llamado N° 21739-BCOCIUDAD/15.................................................................................................. Pág. 234Carpeta - Llamado N° 21743-BCOCIUDAD/15.................................................................................................. Pág. 234Carpeta - Llamado N° 21749-BCOCIUDAD/15.................................................................................................. Pág. 235Carpeta - Prórroga N° 21644-BCOCIUDAD/15................................................................................................. Pág. 235

Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública y Servicios

Expediente - Llamado N° 74942-SSCYCG/13................................................................................................... Pág. 237

Edictos Oficiales

Ministerio de Justicia y Seguridad

Notificación N° 289-SSEMERG/14..................................................................................................................... Pág. 239Notificación N° 292-SSEMERG/14..................................................................................................................... Pág. 239Notificación N° 700-SSEMERG/14..................................................................................................................... Pág. 240

Ministerio de Salud

Notificación N° 16924815-HGNPE/14................................................................................................................. Pág. 241Expediente N° 1300419-HBR/09........................................................................................................................ Pág. 242Expediente N° 16901928-HGNPE/14................................................................................................................. Pág. 242Expediente N° 1288941-HGNPE/15................................................................................................................... Pág. 243

Ministerio de Educación

Notificación N° 6072470-GORHND/13............................................................................................................... Pág. 244Expediente N° 2760058-GORHND/12................................................................................................................ Pág. 245

Ministerio de Desarrollo Económico

Expediente N° 15953909-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 246Expediente N° 16248973-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 246Expediente N° 16249455-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 247Expediente N° 16249857-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 248Expediente N° 16275470-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 249Expediente N° 16450518-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 250Expediente N° 16453029-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 250

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Expediente N° 16626003-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 251Expediente N° 16658041-DGEMP/14................................................................................................................. Pág. 252

Ministerio de Ambiente y Espacio Público

Intimaciones N° 594576-DGCEM/15.................................................................................................................. Pág. 254

Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires

Notificación N° 858776-IVC/15........................................................................................................................... Pág. 255Notificación N° 859529-IVC/15........................................................................................................................... Pág. 255Notificación N° 860445-IVC/15........................................................................................................................... Pág. 256

Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Citación N° 1284440-DGS/09............................................................................................................................. Pág. 257

Ministerio Público Fiscal

Citación N° 867618-UFS/15................................................................................................................................ Pág. 258Citación N° 1723387-UFO/15............................................................................................................................. Pág. 258Citación N° 1725795-UFO/15............................................................................................................................. Pág. 259

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Poder Legislativo Ley Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires

LEY N.º 5187

Buenos Aires, 4 de diciembre de 2014

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Declárase personalidad destacada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de la Cultura al Sr. Simón Feldman, cineasta, crítico y docente en el campo de las artes audiovisuales. Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 16 de enero de 2015 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.187 (E.E. Nº 18.215.476/MGEYA-DGALE/2014), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 4 de diciembre de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día 9 de enero de 2015. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Clusellas

LEY N.º 5189

Buenos Aires, 4 de diciembre de 2014

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Extiéndese por única vez el mandato de los Miembros de las Juntas de Clasificación dispuestos en el artículo 10° de la Ordenanza N° 40.593, por el término de un (1) año, en cumplimiento del proceso de reorganización previsto en la Ley 4109.

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Art. 2°.- Los tres representantes de la Comisión de Registro y Evaluación de Antecedentes Profesionales (COREAP) serán designados por el Ministro de Educación, a propuesta de la Dirección General de Carrera Docente, hasta la normalización definitiva de los órganos que la componen conforme a los estándares fijados en el artículo 7° de la Ley 4109. Art. 3°.- Los miembros elegidos en el artículo 2° durarán un (1)año en sus funciones, y podrán ser renovados por un período consecutivo hasta la regularización las Juntas de Clasificación y Seguimiento de Concursos Docentes, conforme a lo establecido en el artículo 7° de la Ley 4109. Art. 4°.- La Comisión de Registro y Evaluación de Antecedentes Profesionales (COREAP), dependerá jerárquica y funcionalmente de la Dirección General de Carrera Docente Art. 5°.- Comuníquese. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.189 (Expediente Electrónico N° 18.216.854/MGEYA/DGALE/14), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 4 de diciembre de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día 9 de enero de 2015. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Clusellas

LEY N.º 5200

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2014

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Declárase Personalidad Destacada en el ámbito de la Cultura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Sra. Ana María Ramb. Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.200 (E.E. Nº 18.525.004-MGEYA-DGALE-2014), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 11 de diciembre 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día 15 de enero de 2015.

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Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Clusellas

LEY N.º 5212

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2014

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Todas las instituciones inscriptas en el Registro Único de Instituciones Deportivas (R.U.I.D.), creado por la Ley 1807 de Fomento y Promoción de Clubes de Barrio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que hayan cedido en más de dos oportunidades anuales, un espacio de reunión a su respectivo Consejo Consultivo Comunal, recibirán ese mismo año la distinción de "Club participativo" por parte de esta Legislatura. Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.212 (Expediente Electrónico N° 18.523.809/MGEYA-DGALE/14), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 11 de diciembre de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día 15 de enero de 2015. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Económico y a la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana. Cumplido, archívese. Clusellas

LEY N.º 5218

Buenos Aires, 11 de diciembre de 2014

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley Artículo 1°.- Declárase Personalidad Destacada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de la Cultura al Sr.Fabián Casas.

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Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.218 (Expediente Electrónico N° 18.526.082-MGEYA-DGALE-2014), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 11 de diciembre de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día 15 de enero de 2015. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Clusellas

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Poder Ejecutivo Decreto

DECRETO N.º 49/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Ordenanza Nº 41.455, y su Decreto Reglamentario Nº 2.745/87, el Decreto N° 375/13, las Resoluciones Nros. 1710/MSGC/13 1712/MSGC/13, 407/MSGC/14, 411/MSGC/14 y 431/MSGC/14, el Expediente Electrónico Nº 12903978/MGEYA-DGLTSSASS/2014, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto Nº 375/13 se llamó a Concurso Cerrado a todas las Unidades de Organización para la cobertura de cargos de Directores del Área Técnico Administrativa y Asistencial en los establecimientos asistenciales del Ministerio de Salud, y Directores del Área Técnico Sanitaria en el Nivel Central, en carácter de Titulares Transitorios, de la Carrera de Profesionales de la Salud, para cubrir los cargos con 44 horas semanales, en el marco del Artículo 10.1.2 Ordenanza Nº 41455 y el Decreto reglamentario Nº 2745/87 y modificatorios; Que por la Resolución Nº 1710/MSGC/13 se aprobaron las normas operativas e instrumentales relativas a los Concursos Cerrados arriba referidos, y mediante Resolución N° 1712/MSGC/13 se dispusieron los cargos a concursar en el marco del citado Decreto; Que la Ordenanza Nº 41.455 y modificatorias y su Decreto Reglamentario Nº 2.745/87 y modificatorios, en el Capítulo X -Del régimen de los concursos- artículo 10.8 prevé la integración de los Jurados y los requisitos exigidos a tal fin, estableciendo que se conformarán con dos (2) representantes designados por este Ministerio de Salud, tres (3) Profesionales elegidos por sorteo en acto público, y un (1) representante por cada una de las Asociaciones Profesionales; Que por la Resolución Nº 407/MSGC/14 a su vez se dispuso la realización de un nuevo sorteo el cual ha sido llevado a cabo el 04 de Abril de 2014 en acto público -tal como lo establece la mencionada Ordenanza; Que por Resolución Nº 411/MSGC/14 -rectificada por Resolución Nº 431/MSGC/14- se designaron los representantes de este Ministerio de Salud, se estableció la integración del Jurado y se estableció también, quién desempeñará la presidencia; Que concluidas las etapas del concurso convocado el presidente del Jurado requirió dar curso a la designación del Dr. Fernando Scattini, DNI 8.442.807, quien resultara primero en el orden de mérito del Concurso Cerrado para la cobertura del Cargo de Director del Hospital de Oftalmología "Dr. Pedro Lagleyze", señalando luego de realizar las notificaciones de rigor que no se han recibido impugnaciones al concurso referido, finalizando en consecuencia su actuación; Que, a tal efecto es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41.455, reglamentada por Decreto N° 2.745/87 y Resolución N° 375/SSySHyF/06, y modificatorias;

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Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DECRETA:

Artículo 1º.- Desígnase como Director Médico del Hospital de Oftalmología "Dr. Pedro Lagleyze" a Dr. Fernando Scattini, CUIL 20-08442807-9, con 44 horas semanales, partida 4026.0000.MS.16.002 (P.60), del Hospital de Oftalmología "Dr. Pedro Lagleyze", del Ministerio de Salud, con carácter de titular transitorio a partir de la aceptación del cargo y reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Jefe Unidad Especialidades Oftalmológicas, titular, con 40 horas semanales, partida 4026.0010.MS.16.014 (P.64), del Hospital Oftalmológico "Santa Lucía". Artículo 2º.- Cése el Dr. Ernesto José Ramón Anauati, CUIL 20-10133859-3, como Director Médico, con carácter interino, con 44 horas semanales, deja partida 4026.0000.MS.16.002 (P.60), del Hospital de Oftalmología "Dr. Pedro Lagleyze", del Ministerio de Salud, conforme lo dispuesto por el artículo 1, punto 1.8 de la Ordenanza N° 41455 y retomando el cargo de Jefe Sección Cirugía Vítreo-Retinal, titular, con 40 horas semanales, partida 4026.0000.MS.16.016 (P.65) del citado Hospital. Artículo 3°.- Agradécense al funcionario saliente los importantes servicios prestados. Artículo 4º.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, y remítase a la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud para la notificación fehaciente al profesional designado. Cumplido, archívese. MACRI - Reybaud - Rodríguez Larreta

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Resolución Jefatura de Gabinete de Ministros

RESOLUCIÓN N.º 29/SSTRANS/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: EL DECRETO Nº 660-GCABA-2011 Y EL EXPEDIENTE 00268765 DGPCUL/2015, Y CONSIDERANDO: Que dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Transporte se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio del poder de policía propio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por el Expediente mencionado, la Dirección General de Promoción Cultural solicita permiso para la afectación de Av. De Mayo entre Bolívar y Piedras, el día sábado 24 de enero de 2015, con motivo de la realización de un evento denominado "Bienvenido Carnaval"; Que la Dirección General de Planificación de la Movilidad ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo opinión favorable, respecto al corte solicitado; dejando a consideración de la Subsecretaria de Transporte para el dictado del acto administrativo respectivo, Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277.

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE

Artículo 1º.- Autorizar a Dirección General de Promoción Cultural, con presencia policial, a efectuar el corte total de Av. De Mayo entre Bolívar y Piedras, sin afectar bocacalles extremas, el día sábado 24 de enero de 2015 de 15.00 a 24.00 horas, con motivo de la realización de un evento denominado "Bienvenido Carnaval". Artículo 2º.- El transito que pretenda circular por las arterias afectadas deberá desviarse por las transversales inmediatas anteriores a los cortes y retomar por las calles paralelas más próximas que tengan el mismo sentido de circulación. Artículo 3º.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento

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en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148. Artículo 4º.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96. Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de validez. Artículo 6º.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las áreas correspondientes. Artículo 7.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Planificación de la Movilidad quien comunicará al solicitante, a la Policía, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y el Transporte, de Limpieza, de Rentas (Departamento de Otros Recursos), de Seguridad Vial, de Tránsito y Transporte y de Ordenamiento del Espacio Público. Dietrich

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Ministerio de Hacienda

RESOLUCIÓN N.° 91/MHGC/15

Buenos Aires, 26 de enero de 2015 VISTO la Ley Nº 70 de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad, el Decreto N° 74/09, la Resolución N° 331-MHGC/09, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70, en sus artículos 107, 108 y otros concordantes prevé la emisión de Letras del Tesoro como uno de los mecanismos idóneos para atender apropiadamente deficiencias transitorias de caja del Tesoro, dentro de los márgenes que específica y oportunamente fijen las respectivas leyes de Presupuesto General para cada ejercicio fiscal, facultando para ello al Ministro de Hacienda para la emisión de tales instrumentos; Que el artículo 107 de la Ley N° 70 faculta a la Tesorería General a emitir Letras del Tesoro para cubrir deficiencias estacionales de caja, hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General; Que en tal sentido, la Ley de Presupuesto Anual dispone el monto máximo autorizado al Ministerio de Hacienda para hacer uso, transitoriamente, del crédito a corto plazo a que se refieren los artículos 107 y 108 de la Ley Nº 70; Que a través del Decreto N° 74/09 se establece el marco normativo al que estarán sujetos los instrumentos de financiamiento en el mercado local, ya sea mediante la emisión y colocación de títulos, bonos u obligaciones de largo y mediano plazo conforme lo establece el inc. a) del artículo 85 de la Ley Nº 70, y/o de Letras del Tesoro, de conformidad con los lineamientos establecidos en los artículos 85 inc. b) y 107 de la misma Ley; Que el inciso 1) del artículo 3º del Decreto precedentemente citado faculta al Ministerio de Hacienda, a través de sus órganos competentes a la emisión y colocación de los instrumentos financieros definidos en el inciso b) del artículo 85 y en el artículo 107 de la Ley N° 70; Que de igual modo, la norma mencionada designa al Ministerio de Hacienda como autoridad de aplicación e interpretación de dicho Decreto, quedando facultado para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que fueren necesarias; Que la Resolución N° 331-MHGC/09 autoriza al Director General de Tesorería y al Director General de Crédito Público, en forma indistinta, a realizar todas las gestiones necesarias y a suscribir en nombre de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires toda la documentación pertinente ante las instituciones correspondientes a fin de llevar a cabo la emisión, colocación y liquidación de Letras del Tesoro. Que asimismo, y en virtud de la necesidad de otorgar mayor flexibilidad al proceso de licitación y colocación de dichos instrumentos, lo que permitiría obtener una mayor adecuación a las condiciones de mercado y mayores fondos para la Ciudad, resulta esencial facultar indistintamente a la Subsecretaría de Finanzas, a la Dirección General de Tesorería y a la Dirección General de Crédito Público a emitir resoluciones o disposiciones, según corresponda, aprobatorias de la emisión y colocación de Letras del Tesoro.

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Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención debida, conforme lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Ley Nº 1.218; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 74/09;

EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE:

Artículo 1°.- Facúltase indistintamente a la Subsecretaría de Finanzas, a la Dirección General de Crédito Público y/o a la Dirección General de Tesorería, todas dependientes de este Ministerio, a dictar las normas que resulten necesarias a fin de aprobar cada emisión de Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a determinar las condiciones particulares. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Crédito Público. Cumplido, archívese. Grindetti

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Ministerio de Justicia y Seguridad

RESOLUCIÓN N.º 64/MJYSGC/15

Buenos Aires, 16 de enero de 2015 VISTO: La Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764, el Decreto Reglamentario Nº 95/14, el Decreto N° 1145/09 y el Expediente Electrónico Nº 14088443/DGSPM/14, y CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto, tramita la contratación del servicio integral de limpieza de distintas instalaciones de la Policía Metropolitana; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que por Disposición Nº 396/DGCYC/14 la Dirección General de Compras y Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de contrataciones, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales; Que mediante Resolución Nº 215/SSAPM/14 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, y se realizó el llamado a Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0812-LPU14 para el día 17 de diciembre de 2014 a las 13:00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 31 concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de la Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764, el Decreto Reglamentario Nº 95/14, y el Decreto N° 1145/09; Que consta en las actuaciones de referencia la debida publicación del llamado a licitación; Que por Resolución N° 876/MJYSGC/11, modificada por Resolución N° 657/MJYSGC/13, se constituyó la Comisión de Evaluación de Ofertas y se designaron sus miembros permanentes; Que tal como luce en el Acta de Apertura de Propuestas se recibió una (1) oferta de la firma LX ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30669701639); Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la reglamentación; Que mediante Dictamen de Evaluación de Ofertas la Comisión Evaluadora de Ofertas recomendó adjudicar a la firma LX ARGENTINA S.A. la presente contratación, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 109 concordante con el Artículo 108 de la Ley 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764, el Decreto Reglamentario Nº 95/14, y el Decreto N° 1145/09; sus publicaciones conforme lo dispuesto en el Artículo 108 de la Ley 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764, el Decreto Reglamentario Nº 95/14, y el Decreto N° 1145/09; Que vencido el plazo para formular impugnaciones no fue recibida ninguna presentación en tal sentido; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete, de conformidad con lo previsto por la Ley Nº 1218; Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se aprueba y adjudica el presente procedimiento.

Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas por el art. de la Ley N° 2095 modificada por la Ley N° 4764, y reglamentado por el Anexo II del Decreto N° 95/GCBA/14,

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EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase la Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-0812-LPU14, realizada al amparo de lo establecido en el Artículo 31 concordante con el primer párrafo del Artículo 32 de la Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764, el Decreto Reglamentario Nº 95/14, y el Decreto N° 1145/09. Artículo 2.- Adjudícase la adquisición contratación del servicio integral de limpieza de distintas instalaciones de la Policía Metropolitana a la firma LX ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30669701639), por un monto total de pesos diecisiete millones novecientos cuarenta y nueve mil seiscientos ($ 17.949.600.). Artículo 3.- El gasto previsto en el Artículo precedente se imputará a la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día, exhíbase en el portal notifíquese a la empresa oferente, de acuerdo con los términos establecidos en los Artículos 60 y 61 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/97, aprobado por Resolución Nº 41-LCABA/98. Artículo 5.- Comuníquese a la Dirección General de Suministros de la Policía Metropolitana, y remítase a la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana para la prosecución de su trámite. Montenegro

RESOLUCIÓN N.° 11/SSSC/15

Buenos Aires, 8 de enero de 2015 VISTO: El Decreto Nº 752/10 y el Expediente Nº 196593/DGCYSB /2015, y CONSIDERANDO: Que por la referida actuación, tramita la aprobación del gasto originado por el Servicio de Seguridad Privada prestado en Subterráneos de Buenos Aires (SBASE) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante el mes de Diciembre de 2014 por la firma Lideres Consultores de Seguridad S.R.L., por un importe total de pesos trescientos veintisiete mil trescientos veintidós con 80/100 ($ 327.322,80); Que el Decreto Nº 752/10 en su Artículo 6º, faculta a aprobar los gastos relacionados con la prestación de bienes y servicios de carácter imprescindible cuando la operación sea de tracto sucesivo; Que la actuación en cuestión cumple los requisitos exigidos por el Artículo 7º incisos a), b) y c) del Decreto Nº 752/10. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 752/10,

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Artículo 1º.- Apruébase el gasto correspondiente al Servicio de Seguridad Privada prestado en Subterráneos de Buenos Aires (SBASE) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante el mes de Diciembre de 2014 por la firma Lideres Consultores de Seguridad S.R.L., por un importe total de pesos trescientos veintisiete mil trescientos veintidós con 80/100 ($ 327.322,80); Artículo 2º.- La presente erogación encontrará respaldo presupuestario en las partidas del presupuesto del presente ejercicio. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión y Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, a la Dirección General Contaduría y remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para la confección del respectivo parte de recepción definitiva. Cumplido, archívese. García RESOLUCIÓN N.° 12/SSSC/15

Buenos Aires, 26 de enero de 2015 VISTO: El Decreto N° 224/2013 y el Expediente 212426/2015; CONSIDERANDO: Que por la mencionada actuación se solicita la contratación de Cruz, Maximiliano DNI N° 25.059.284, para prestar servicios en la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana del Ministerio de Justicia y Seguridad por el período comprendido entre el 01/01/15 y el 31/12/15 Que el citado requerimiento encuadra en los términos del Decreto N° 224/2013, por el cual se establece el régimen para la contratación de personas físicas bajo la modalidad de locación de servicios y de obra; Que atento lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA RESUELVE

Artículo 1.- Autorizase la contratación de Cruz, Maximiliano DNI N° 25.059.284 para prestar servicios en la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana del Ministerio de Justicia y Seguridad, en el modo y forma que se detalla en el Anexo I IF N°01646928- SSSC-2015, que forma parte integrante de la presente. Artículo 2.- Delegase en el Subsecretario de Seguridad Ciudadana la suscripción del contrato autorizado por el Artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 3.- Autorizase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importantes mensuales, en una Orden de Pago. Artículo 4.- Los importes a abonarse se depositarán en la cuenta corriente o caja de ahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos serán comunicados por los contratados a la Dirección General de Tesorería.

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EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD CIUDADANA RESUELVE

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Artículo 5.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad y pase para su conocimiento y demás afectos pase a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. García

RESOLUCIÓN N.° 15/ISSP/15

Buenos Aires, 21 de enero de 2015 VISTO: La Resolución Nº 243/ISSP/14, el Expediente Electrónico N° 18011367/MGEYA/SGISSP/14, y CONSIDERANDO: Que la Resolución Nº 243/ISSP/14, en su Artículo 1 tuvo por aprobado el "Curso de Ascenso de Inspectores y Subinspectores" correspondiente al año 2014, para personal de la Policía Metropolitana, a los cursantes detallados como Aprobados en el Anexo IF-2014-18287691-ISSP, que forma parte integrante de la misma; Que por Nota Nº 15924117/SAISSP/14, se puso en conocimiento de la Jefatura de la Policía Metropolitana, que la Subinspectora Mariela Fernanda Bogado, D.N.I. Nº 25.706.689, permanecerá inscripto en el respectivo Curso de Ascenso en forma condicional, no pudiendo aprobar el mismo hasta tanto acredite haber superado todas las etapas que integran el "Plan Anual de Evaluación del Personal de la Policía Metropolitana"; Que por Resolución Nº 252/ISSP/14, se habilitó en forma excepcional, un período extraordinario del "III Plan Anual de Evaluación del Personal de la Policía Metropolitana", no encontrándose la Subinspectora Bogado en condiciones de ser evaluada en la materia "Tiro"; Que en ese entendimiento, toda vez que la Subinspectora Mariela Fernanda Bogado se encontraba inscripta en forma condicional en el respectivo curso de ascenso y no habiendo superado todas las instancias que integran el "Plan Anual de Evaluación del Personal de la Policía Metropolitana", corresponde dictar el acto administrativo pertinente, a los fines de rectificar el Anexo de la Resolución Nº 243/ISSP/14, en relación a la nombrada, donde deberá constar que "Debe Plan Anual"; Que se deja constancia que la suscripta firma la presente en su carácter de Rectora del Instituto Superior de Seguridad Pública, conforme lo dispuesto por Resolución Nº 628/MJYSGC/11, toda vez que debido a una falla en el Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), el cargo consignado en la firma electrónica no se corresponde con su real denominación. Por ello, en uso de las facultades que son propias,

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ANEXO

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Artículo 1.- Rectificar el Anexo que como IF-2014-18287691-ISSP forma parte integrante de la Resolución Nº 243/ISSP/14, en relación a la Subinspectora Mariela Fernanda Bogado, D.N.I. Nº 25.706.689, dejándose establecido que la nombrada "Debe Plan Anual". Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Sr. Ministro de Justicia y Seguridad, al Sr. Jefe de la Policía Metropolitana, a la Superintendencia de Coordinación y Planificación del Desarrollo

Policial de la de la Policía Metropolitana, a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de la Policía Metropolitana y a la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. De Langhe RESOLUCIÓN N.° 20/SSPDRC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: El Decreto Nº 224/13 y los Expedientes Nº 224629 /15, Nº 224528 /15, Nº 224447 /15, Nº 224283 /15, Nº 223401 /15, Nº 18190321 /14, Nº 18190357 /14, Nº 222763 /15, Nº 222684 /15, Nº 222201 /15, Nº 222176 /15, Nº 222044 /15, Nº 221945 /15, Nº 221896 /15, Nº 220328 /15, Nº 220313 /15, Nº 220240 /15, Nº 215011 /15, Nº 18190375 /14 y Nº 206699 /15 y; CONSIDERANDO: Que el Decreto Nº 224/13, establece el régimen para la contratación de personas físicas bajo la modalidad de locación de servicios y de obra; Que por la mencionada actuación se solicita la contratación de diversos agentes para prestar servicios en la Dirección General de Políticas de Prevención del Delito de la Subsecretaria de Prevención del Delito y Relación con la Comunidad del Ministerio de Justicia y Seguridad por el período comprendido entre el 01/01/2015 y el 31/12/2015; Que atento lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL SUBSECRETARIO DE PREVENCION DEL DELITO Y RELACION CON LA COMUNIDAD

RESUELVE Artículo 1.- Autorizase la contratación de diversos agentes para prestar servicios en la Dirección General de Políticas de Prevención del Delito de la Subsecretaria de Prevención del Delito y Relación con la Comunidad del Ministerio de Justicia y Seguridad, en el modo y forma que se detalla en el Anexo 1431925/15 que forma parte integrante de la presente. Artículo 2.- La suscripción de los contratos autorizados por el Artículo 1 de la presente Resolución estará a cargo del Sr. Director General de Políticas de Prevención del Delito. Artículo 3.- Autorizase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales, en una Orden de Pago.

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LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA RESUELVE

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Artículo 4.- Los importes a abonarse se depositarán en la cuenta corriente o caja de ahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos serán comunicados por los contratados a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, y pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Borrelli

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ANEXO

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Ministerio de Salud

RESOLUCIÓN N.° 27/SSASS/15

Buenos Aires, 19 de enero de 2015 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 660.706/2015, el informe elevado por la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto y; CONSIDERANDO: Que, por dicho Expediente se tramita una compensación presupuestaria a fin de adecuar los créditos correspondientes a diferentes unidades dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que en función de lo expuesto, este nivel considera que corresponde adoptar las acciones tendientes a dar curso a lo solicitado; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 4/GCBA/15, Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2015,

EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD RESUELVE:

Artículo 1º.- Efectuar una compensación presupuestaria, consistente en la disminución e incremento de los créditos correspondientes al Inciso 2.- Bienes de Consumo, 3.- Servicio No Personales y 4.- Bienes de Uso y 5.- Transferencias de diferentes Hospitales dependientes del Ministerio de Salud, de acuerdo al Comprobante de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias" obrante bajo Informe N° 664649/2015 que forma parte de la presente en todos sus efectos. Artículo. 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda. Guevara

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ANEXO

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Ministerio de Educación

RESOLUCIÓN N.º 4386/MEGC/14

Buenos Aires, 29 de diciembre de 2014 VISTO: La Resolución CFE Nº 66/08, la Resolución de Firma Conjunta Nº 720-MMGC/14, el Expediente Electrónico Nº 16.776.909/MGEYA-DGEGE/14, y CONSIDERANDO: Que por medio de la Resolución CFE Nº 66/08 se aprobó el Plan de Finalización de Estudios Primarios y Secundarios "FinEs"; Que por convenio Nº 942/08, los Ministerios de Educación de la Nación y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires asumieron el compromiso de aunar esfuerzos para el desarrollo del citado Plan en esta jurisdicción; Que, asimismo el Ministerio de Educación de la Nación se comprometió a brindar apoyo financiero para las acciones enmarcadas en el Programa citado; Que por Resolución Nº 8644-MEGC/08 se resolvió implementar dicho Plan en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires; Que por Resolución de Firma Conjunta-720-MMGC/14, se ha resuelto la creación de la Planta Transitoria Docente, para atender las actividades vinculadas al Plan de Finalización de Estudios Primarios y Secundarios "FinEs" durante el período 2014, a cargo de la Dirección de Educación de Adultos y de Adolescentes, a cargo de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal de la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica del Ministerio de Educación; Que por la norma reseñada se facultó al Señor Ministro de Educación a designar, cesar y reconocer servicios del personal del citado Plan; Que en consecuencia corresponde dictar la norma que autorice la liquidación de los docentes que se desempeñan en el Plan referenciado; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, en uso de las facultades establecidas en la Resolución de Firma Conjunta Nº 720-MMGC/14,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Desígnase a los docentes de Planta Transitoria para atender las actividades vinculadas al plan "FinEs", de conformidad con el Anexo (IF-17144663-2014-DGEGE) que a todos sus efectos forma parte integral de la presente resolución, y por los períodos allí detallados. Artículo 2.- Determínese que el personal designado tendrá carácter transitorio, carecerá de estabilidad, cesará automáticamente a la fecha de finalización de la Planta Transitoria y podrá disponerse su cese anticipado sin expresión de causa. Artículo 3.- Autorícese la liquidación de los Tutores comprendidos en el Anexo que a todos sus efectos forman parte integral de la presente Resolución, y por los períodos allí detallados.

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Artículo 4.- Establécese para el año 2014 en pesos doscientos treinta ($ 230) el valor de cada módulo (1 hora cátedra) de las Tutorías Académicas y de Orientación y Seguimiento, determinándose que tendrá carácter remunerativo y no bonificable y será proporcional a los módulos trabajados. Artículo 5.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, será afectado a la Fuente 14, Jurisdicción 55, Inc. 1, Partida Principal 2, quedando el pago de la retribución del personal que se designe de conformidad a lo establecido en la presente Resolución, sujeto a la transferencia del fondo correspondiente por parte de la Nación. Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a los agentes detallados en el anexo, efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, conforme con el Artículo 6 de la Resolución de Firma Conjunta Nº 720-MMGC/14 y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica del Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Bullrich

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ANEXO

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Ministerio de Cultura

RESOLUCIÓN N.º 270/MCGC/15

Buenos Aires, 19 de enero de 2015 VISTO: el Expediente Nº 378.202/2015, el Decreto Nº 145-GCBA-14 y de acuerdo a lo normado por la Ley Nº 4.013 (B.O.C.B.A. Nº 3.807), y CONSIDERANDO: Que, el citado Decreto faculta a este Ministerio de Cultura a fijar los precios de las entradas y de los cursos y talleres gestionados por diversos organismos que le dependen; Que, en consecuencia, la Dirección General del Centro Cultural General San Martín tramita la valorización de las entradas correspondientes al espectáculo "Presentación de Rubén Albarrán, cantante de Café Tacuba, quien vuelve a la Argentina con su agrupación paralela Hoppo!" que se llevará a cabo el día 25 de Enero de 2015, a las 20.00 horas, en la Usina del Arte, oportunidad en la que presentará "El Inmortal", tercer disco de la banda, con un concierto exclusivo; Que, el Centro Cultural General San Martín es el responsable administrativo transitorio del espacio cultural denominado Usina del Arte, dependiente del Ministerio de Cultura, de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución Nº 2415-MCGC-2012; Por ello, de acuerdo con las determinaciones establecidas por el Decreto Nº 145-GCBA-14 y lo normado por la Ley Nº 4.013 (B.O.C.B.A. Nº 3.807),

EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébese el valor de las entradas para el espectáculo "Presentación de Rubén Albarrán, cantante de Café Tacuba, quien vuelve a la Argentina con su agrupación paralela Hoppo!", que se llevará a cabo el día 25 de Enero de 2015, a las 20.00 horas, en la Usina del Arte, según Anexo (IF-2015-00381104-CCGSM), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Comuníquese a la Dirección General del Centro Cultural General San Martín, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la Página Web del Gobierno de la Ciudad. Fecho, gírese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi

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ANEXO

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Ministerio de Desarrollo Económico

RESOLUCIÓN N.º 875/MDEGC/14

Buenos Aires, 16 de diciembre de 2014 VISTO: El Convenio de Colaboración N° 6.410/10, la Resolución N° 304/MDEGC/13, el Expediente Electrónico N° 16.623.652/DGTALMDE/14, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Desarrollo Económico y UBATEC S.A. suscribieron el Convenio de Colaboración Nº 6.410/10, cuyo objeto es establecer lineamientos de cooperación para que UBATEC S.A. brinde al Ministerio servicios de índole técnica y administrativa para el cumplimiento de sus competencias; Que por la Resolución N° 304/MDEGC/13 se encomendó a UBATEC S.A. la administración de fondos destinados a la contratación de un servicio de consultoría para la elaboración de un diagnóstico abarcativo de las relaciones económicas internacionales en la República Argentina, teniendo como eje a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, en consecuencia, resulta necesario transferir a UBATEC S.A. los fondos necesarios para el cumplimiento de las tareas mencionadas, correspondientes al presente ejercicio; Que correlativamente UBATEC S.A. asume entre sus obligaciones, la de administrar los recursos financieros que otorgue el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, individualizar las erogaciones realizadas en sus registros contables, y demás obligaciones que surgen del referido Convenio de Colaboración; Que se faculta a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio con amplias atribuciones de control, auditoría y fiscalización estableciendo, a su vez, un mecanismo de evaluación y aprobación de rendición de cuentas de las erogaciones efectuadas. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias,

EL MINISTRO DE DESARROLLO ECONÓMICO RESUELVE

Artículo 1°.- Autorízase el pago a favor de UBATEC S.A. de la suma de pesos seiscientos noventa y nueve mil cuatrocientos ($ 699.400.-), que será destinada a cubrir los compromisos pendientes de la contratación encomendada por la Resolución N° 304/MDEGC/13. Artículo 2°.- Impútase el gasto a la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio en vigor. Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería. Cumplido, archívese. Cabrera

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RESOLUCIÓN N.º 1/COPIDIS/15

Buenos Aires, 6 de enero de 2015 VISTO: Los Decretos Nros. 697/08, 1006/08, 177/09, 660/11, 236/12, la Resolución N° 10/COPIDIS/14, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Nº 697/08, modificado por el Decreto 1006/08, se creó el Programa de Capacitación Laboral para Personas con Discapacidad, cuyo objetivo es la educación terciaria, universitaria, la formación profesional y la capacitación continua de las personas con discapacidad que tengan domicilio real en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su participación e inclusión plena y efectiva en la sociedad; Que por Decreto Nº 660/11 se aprobó la estructura organizativa del Ministerio de Desarrollo Económico dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad, un Organismo fuera de nivel dependiente de la Secretaría de Hábitat e Inclusión, cuyas misiones y funciones surgen de la mencionada normativa; Que por otro lado, el Decreto Nº 236/12 creó la Gerencia Operativa Registro de Aspirantes a Empleo Público que tiene por objeto entre otros, coordinar el Programa de Capacitación Laboral para personas con discapacidad; Que por su parte, el Decreto Nº 177/09 facultó a la Presidencia de la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad, a adaptar el Reglamento del Programa de Capacitación Laboral y el modelo de Convenio de Capacitación, aprobado por los Decretos mencionados precedentemente; Que en ese sentido, La Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad, otorga becas de estudio y capacitación laboral a las personas con discapacidad que residen en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de brindarles la posibilidad de acceder a distintas instancias de estudio y capacitación laboral ofrecidas por entidades e instituciones de demostrada trayectoria en el ámbito educativo; Que mediante la Resolución N° 10/COPIDIS/14, se aprobó el Reglamento del Programa de Capacitación Laboral para Personas con Discapacidad, que establece las obligaciones de las partes, la documentación requerida para acceder a la beca, el monto de éstas y las condiciones requeridas para continuar percibiendo el beneficio; Que el Artículo 5 del Anexo I de la mencionada Resolución estableció que una de las obligaciones para que los beneficiarios puedan conservar la beca es la acreditación mensual de la asistencia a los cursos de capacitación, ante la Gerencia Operativa Registro de Aspirantes a Empleo Público dependiente de esta Comisión; Que luego de intimados fehacientemente para que acrediten la asistencia a los cursos de capacitación otorgados, varios beneficiarios no han entregado las constancias que avalen su asistencia, por lo que corresponde proceder a dar la baja al Programa de las personas que figuran en el Anexo I de la presente; Que a su vez, las personas indicadas en el Anexo II de la presente, han manifestado por escrito su voluntad expresa de no continuar percibiendo el beneficio, por lo que corresponde resolver la baja del Programa a partir de la fecha de suscripción del acta correspondiente en cada caso; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

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EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN PARA LA PLENA PARTICIPACIÓN

E INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD RESUELVE

Artículo 1º.- Establécese la baja a partir del 1° de Julio de 2014 de las becas de estudio y capacitación laboral oportunamente asignadas a las personas con discapacidad detalladas en el Anexo I (IF-2015-107824-COPIDIS), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Establécese la baja de las becas de estudio y capacitación laboral asignadas a las personas con discapacidad detalladas en el Anexo II (IF-2015-108025-COPIDIS), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, por propia decisión de los beneficiarios, a partir de la fecha consignada en cada caso. Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y notifíquese a los interesados. Cumplido, archívese. Alonso

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ANEXO

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

RESOLUCIÓN N.º 110/MAYEPGC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: las Leyes Nros. 992, 1854, 4013, el Decreto Nro. 424/09, las Resoluciones Nros. 971- MAYEPGC/09, 1003-MAYEPGC/09, 1409-MAYEPGC/13, 734-MAYEPGC/14, 878-MAYEPGC/14, 2003-MAYEPGC/14, el Expediente Electrónico N° 592728-DGREC/15, y CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto, tramita la presentación efectuada por la Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada mediante la que solicita un nuevo incremento del monto del subsidio oportunamente otorgado en el marco del Subproyecto "Recuperador Ambiental", aprobado mediante Resolución N° 1409-MAYEPGC/13, vinculado al "Proyecto Reciclando Buenos Aires", aprobado por Resolución Nº 1003-MAYEPGC/09, ampliado posteriormente por diversos actos administrativos y prorrogada la vigencia del subsidio en cuestión por todo el año 2015 mediante Resolución N° 2003-MAYEPGC/14; Que, es dable citar como antecedente del caso, por la Ley N° 992, se declara Servicio Público a los Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se prevé la incorporación de los recuperadores de residuos reciclables al proceso de recolección diferenciada en el Servicio de Higiene Urbana vigente, así como el cumplimiento de los objetivos que específicamente la norma enumera; Que, en el particular, dicha norma creó el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR) y el Registro Permanente de Cooperativas y Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME); Que, asimismo, la citada Ley dispone la implementación de programas de actuación y capacitación destinados a todos los inscriptos en el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR), con el objeto de proteger la salud, la higiene y la seguridad laboral durante el ejercicio de la actividad, como así también, promocionar una adecuada planificación de la actividad, con miras a evitar que su desarrollo redunde en menoscabo de la limpieza e higiene de la Ciudad; Que, a su vez, mediante la Ley N° 1854, de "Gestión integral de residuos sólidos urbanos - Basura Cero", se estableció como uno de sus objetivos generales el de desarrollar instrumentos de planificación, inspección y control con participación efectiva de los recuperadores urbanos, que favorezcan la seguridad, eficacia, eficiencia y efectividad de las actividades de gestión de los residuos; Que, en el Capítulo XII de la citada norma, el artículo 43 determina que: "Tendrán garantizada la prioridad e inclusión en el proceso de recolección y transporte de los residuos sólidos urbanos secos y en las actividades de los centros de selección, los recuperadores urbanos, en los términos que regula la Ley N° 992, los que deberán adecuar su actividad a los requisitos que establece la presente, de acuerdo con las pautas que establezca la reglamentación, impulsando su adecuación y de acuerdo con los diferentes niveles de organización que ostenten, con la asistencia técnica y financiera de programas dependientes del Poder Ejecutivo";

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Que, a continuación, el artículo 44 dispone que "La Ciudad adoptará las medidas necesarias para establecer líneas de crédito y subsidios destinados a aquellas cooperativas de recuperadores urbanos inscriptas en el Registro Permanente de Cooperativas y de Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME)..."; Que en su artículo 48 la Ley N° 1854 dispone que "Es autoridad de aplicación de la presente el organismo de más alto nivel con competencia en materia ambiental que determine el Poder Ejecutivo"; Que el incremento del subsidio solicitado se enmarca en las previsiones del Decreto N° 424/09, mediante el cual se creó el "Programa para Entes dedicados a la Recuperación de Materiales Reciclables y Reutilizables, en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", destinado a subsidiar a los Recuperadores Urbanos inscriptos en el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR) y a las Cooperativas que se dediquen a la recuperación y al reciclado de productos y materiales dentro del ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, inscriptas en el Registro Permanente de Cooperativas y Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME), en todo lo que resulte necesario para el adecuado cumplimiento de la actividad principal por ellas desarrollada; Que por su parte, resulta oportuno mencionar que mediante Resolución N° 978-MAYEPGC/12 se reconoció a la Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada como prestadora del Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Secos en zona preexistente de conformidad con el artículo 7° del Pliego de Bases y Condiciones para el Concurso Público para la Contratación del Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Secos, aprobado mediante Decreto Nro. 636/2010; Que en este contexto, mediante Resolución N° 1.003-MAYEPGC/09, se aprobó el "Proyecto Reciclando Buenos Aires", presentado por la precitada Cooperativa; Que posteriormente, mediante Resolución N° 1409-MAYEPGC/13, se aprobó el Subproyecto "Recuperador Ambiental"; Que, mediante el actuado citado en el Visto, se presenta la Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada, solicitando un incremento en el monto del subsidio oportunamente otorgado a la Cooperativa en el marco del Subproyecto "Recuperador Ambiental", vinculado con el "Proyecto Reciclando Buenos Aires"; Que, en cumplimiento de la normativa vigente, mediante Informe Nº 675794-DGREC/14, la Dirección General Reciclado manifiesta que, luego de evaluar los fundamentos del requerimiento efectuado, la necesidad mencionada y analizar la viabilidad del pedido, procede admitirlo dentro de los límites y de acuerdo con las condiciones que allí propone, entendiendo que corresponde incrementar el subsidio solicitado en hasta la suma de PESOS UN MILLÓN VEINTE MIL ($1.020.000.-) mensuales, a partir del mes de Enero del 2015, haciendo un total mensual de hasta la suma de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL ($ 4.134.000.-) a partir de dicho mes; en la suma de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 645.000.-) mensuales a partir del mes de Febrero de 2015, haciendo un total mensual de hasta la suma de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL ($ 4.779.000.-), a partir de dicho mes; y en la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA MIL ($ 330.000.-) mensuales a partir del mes de

Marzo de 2015, haciendo un total mensual de hasta la suma de PESOS CINCO MILLONES CIENTO NUEVE MIL ($ 5.109.000.-), a partir de dicho mes;

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Que, asimismo, en el citado Informe se expresa que corresponde disminuir el monto del subsidio otorgado en concepto de incentivo a los Recuperadores Urbanos que se desempeñan en el marco del "Proyecto Reciclando Buenos Aires", aprobado por Resolución N° 1003-MAYEPGC/09, toda vez que aquellos asociados que se encontrarán comprendidos dentro del Subproyecto "Recuperador Ambiental", dejarán de percibir el incremento del mentado incentivo otorgado por medio de la Resolución N° 878-MAYEPGC/14; Que, en consecuencia de ello, expresa, se deberá sustraer, del monto total del subsidio concedido en concepto de incentivo a los Recuperadores Urbanos en el marco del "Proyecto Reciclando Buenos Aires", la suma de PESOS CIENTO SETENTA MIL ($ 170.000.-) a partir del mes de Enero de 2015, la suma de PESOS CIENTO SIETE MIL QUINIENTOS ($ 107.500.-) a partir del mes de Febrero de 2015, y la suma de PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL ($ 55.000.-), a partir del mes de Marzo de 2015; Que, a su vez, dicha Dirección General indica que la Cooperativa en cuestión ha cumplido con los requisitos formales establecidos en la Resolución N° 971/MAYEPGC/2009; Que, no obstante lo expuesto, cabe supeditar el efectivo desembolso del subsidio a la previa suscripción de una Addenda al convenio oportunamente suscripto entre este Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el Director General de Reciclado, y la Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada, mediante la cual se acuerden las condiciones que dicha Cooperativa deberá cumplir antes y después del otorgamiento efectivo del subsidio, así como otros aspectos vinculados con la operación; Que, conforme surge de las constancias agregadas en los presentes actuados, obra la debida intervención de la Subsecretaría de Higiene Urbana; Que se ha efectuado la imputación presupuestaria para hacer frente a la erogación en cuestión; Que, en alusión a lo expuesto, corresponde el dictado del presente acto administrativo. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 424/09,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

Artículo 1º.- Increméntase el subsidio concedido a la Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada, en el marco del Subproyecto "Recuperador Ambiental", vinculado al "Proyecto Reciclando Buenos Aires", aprobado mediante Resolución Nº 1409-MAyEPGC/2013, y prorrogada su vigencia por todo el año 2015 mediante Resolución Nº 2003-MAyEPGC/2014, en la suma de PESOS UN MILLÓN VEINTE MIL ($ 1.020.000.-) mensuales a partir del mes de Enero de 2015, haciendo un total mensual de hasta la suma de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL ($ 4.134.000.-) a partir de dicho mes, en la suma de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 645.000.-) mensuales a partir del mes de Febrero de 2015, haciendo un total mensual de hasta la suma de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL ($ 4.779.000.-), a partir de dicho mes, y en la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA MIL ($

330.000.-) mensuales a partir del mes de Marzo de 2015, haciendo un total mensual de hasta la suma de PESOS CINCO MILLONES CIENTO NUEVE MIL ($5.109.000.-), a partir de dicho mes.

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Artículo 2º.- Establécese el subsidio otorgado a la Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada en concepto de incentivos a los Recuperadores Urbanos que se desempeñan en el marco del "Proyecto Reciclando Buenos Aires", aprobado mediante Resolución N° 1003-MAYEPGC/09, modificado posteriormente mediante diversos actos administrativos, y prorrogada la vigencia del subsidio en cuestión por todo el año 2015 mediante la Resolución N° 2003-MAyEPGC/2014en la suma de hasta PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL ($ 4.749.000.-) mensuales a partir del mes de Enero de 2015, en la suma de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS ($4.641.500.-) mensuales, a partir del mes de Febrero de 2015; y en la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ($4.586.500.-) mensuales, a partir del mes de Marzo de 2015. Artículo 3º.- Supedítase la vigencia de lo dispuesto en el Artículo 1º de la presente Resolución a la suscripción de una Addenda al Convenio suscripto con la Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada a los efectos de acordar las condiciones en las que el aumento será efectivizado, así como su destino y las demás circunstancias que conciernen a su efectiva implementación. Artículo 4º.- A los efectos indicados en el Artículo 3º de la presente Resolución, apruébase el texto de la Addenda a ser suscripta por el Director General de Reciclado y la Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada, la que como Anexo I (Informe N° 1434100- DGREC/15) se agrega y forma parte integrante del presente Acto Administrativo. Artículo 5º.- Páguense oportunamente los importes del impuesto establecido por el Artículo 1º de la Ley Nacional Nº 25.413, en lo que específicamente se vincule con los montos totales que mensualmente corresponda depositar para el efectivo pago del subsidio precedentemente aprobado, así como las comisiones bancarias correspondientes. Artículo 6º.- El gasto que demande el aumento dispuesto se imputará a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio en vigor. Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Direcciones Generales Reciclado, Contaduría y Tesorería. Asimismo, notifíquese a la Cooperativa beneficiaria del subsidio. Cenzón

RESOLUCIÓN N.° 127/MAYEPGC/15

Buenos Aires, 27 de enero de 2015 VISTO: El Decreto N° 40/15, el Expediente Electrónico N° 16435289-DGTNT/14, y

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ANEXO

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Que, por el actuado indicado en el Visto, tramita la contratación del “Diseño, construcción, operación y mantenimiento de una Planta de Tratamiento Mecánico Biológico (MBT) de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)”, mediante el procedimiento de Licitación Pública Nacional e Internacional con financiamiento de la CAF – Banco de Desarrollo de América Latina; Que, por el Decreto N° 40/15, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para las contrataciones que requieren financiamiento de la CAF- Banco de Desarrollo de América Latina; Que, asimismo, por el aludido acto administrativo se delegó en el Sr. Ministro de Ambiente y Espacio Público la facultad de aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, de realizar los llamados a Licitación Pública, emitir circulares aclaratorias, con y sin consulta sobre la documentación licitatoria, como así también dictar todos los actos administrativos que fueran necesarios para la adjudicación de la pertinente Licitación Pública, y de aquellos que sean necesarios para la ejecución y control de la contratación desde su materialización y hasta su finalización y recepción definitiva incluyendo, en caso de corresponder, la ampliación y/o disminución del total adjudicado, modificaciones de obra, ampliaciones de plazo, la prórroga del plazo de duración, la aplicación de penalidades, como la rescisión del contrato suscripto, todo ello de conformidad con la normativa aplicable; Que, en este sentido, la Dirección General de Tratamientos y Nuevas Tecnologías de este Ministerio, en su carácter de órgano técnico, confeccionó el Pliego de Especificaciones Técnicas y sus respectivos Anexos, mientras que la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y su Anexo; Que, en el particular, el Presupuesto Oficial para la presente contratación, asciende a la suma de PESOS DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES ($2.156.000.000.-); Que, los Pliegos de Bases y Condiciones licitatorios serán obtenidos previo pago de una suma total de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000.-), ello en un todo de acuerdo al Informe N° 16635374-DGTALMAEP/2014 de la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio; Que, la Dirección General Redeterminación de Precios, dependiente del Ministerio de Hacienda, ha tomado intervención, mediante su Nota N° 16812053-DGRP/14; Que, la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se ha expedido conforme surge de su Dictamen Jurídico, Informe N° 18619591-PGAAPYF/14; Que, el gasto que se proyecta, queda sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado dentro del presupuesto, para el ejercicio o ejercicios

siguientes, para financiar las obligaciones derivadas del contrato; Que se procedió a realizar la imputación del gasto a las partidas presupuestarias correspondientes para hacer frente a la erogación en cuestión; Que, en alusión a lo expuesto, corresponde el dictado del presente acto administrativo. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 40/15,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

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CONSIDERANDO:

Artículo 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas, los que como Anexos I y II (PLIEG N° 1744028-

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MAYEPGC/2015 e IF N° 1742560-DGTNT/2015) se agregan y forman parte integrante de la presente Resolución, para la contratación del “Diseño, construcción, operación y mantenimiento de una Planta de Tratamiento Mecánico Biológico (MBT) de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)”, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de PESOS DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES ($2.156.000.000,00). Artículo 2°.- Llámase a Licitación Pública Nacional e Internacional N° 49-SIGAF/2015 cuya apertura se llevará a cabo el día 19 de Marzo de 2015 a las 12:00 horas, conforme lo establecido en el Decreto N° 40/15 y la documentación que se aprueba mediante el artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 3°.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de quince (15) días, en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en dos (2) diarios nacionales de publicación masiva por el término de dos (2) días. Asimismo, publíquese en el Sitio Web Oficial de la Ciudad, www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras, en la Cartelera de la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, y en la edición de Development Business o en el dg Market. Comuníquese a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (UAPE) y a la Cámara Argentina de Comercio. Artículo 4°.- Las erogaciones a que da lugar el servicio que se licita, serán imputadas a las partidas presupuestarias de los ejercicios correspondientes. Artículo 5°.- Desígnese como integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas a la Dra. Ariana Michelle Rozenek, D.N.I. N° 34.476.052, y a los Sres. Thierry Decoud D.N.I. N° 29.076.449, y Roberto Rubén Pagano, D.N.I N° 10.479.883, la que intervendrá sólo y especialmente en el presente proceso licitatorio. Artículo 6°.- Establécese que los pliegos licitatorios de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 49-SIGAF/15 tendrán un valor de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000.-). Artículo 7°.- Cúrsense las invitaciones y comunicaciones previstas en el artículo 93° de la Ley N° 2095, su modificatoria la Ley N° 4764 y su Decreto Reglamentario N° 95/ 14. Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Exhíbase copia de la presente Resolución en la Cartelera de la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio. Comuníquese a la Dirección General Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Limpieza de este Ministerio. Asimismo, notifíquese a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones

dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público, para la prosecución del trámite. Cenzón

RESOLUCIÓN N.° 128/MAYEPGC/15

Buenos Aires, 27 de enero de 2015 VISTO:

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ANEXO

La Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°

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2095, su modificatoria la Ley N° 4764, su Decreto Reglamentario N° 95/14, el Expediente Electrónico N° 16439788-DGTNT/14 y, CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto tramita el llamado a Concurso Público Nacional e Internacional para realización de un “Proyecto Integral para el diseño, construcción, operación y mantenimiento de una Planta de Tratamiento Mecánico Biológico (TMB o MBT) de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) en la Zona Norte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)” mediante el procedimiento de Concurso Público Nacional e Internacional; Que, cabe destacar que, por Disposición N° 396-DGCYC/14 la Dirección General Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, en su carácter de Órgano Rector, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales de acuerdo con lo establecido por el artículo 85° de la Ley N° 2095; Que la Dirección General de Tratamiento y Nuevas Tecnologías de este Ministerio, en su carácter de organismo técnico confeccionó el Pliego de Especificaciones Técnicas, mientras que la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares; Que, en el particular, el presupuesto oficial para la presente Licitación Pública asciende a la suma de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($ 2.496.800.000); Que los Pliegos de Bases y Condiciones que rigen la presente Licitación serán obtenidos previo pago de una suma total de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-), ello en un todo de acuerdo al Informe N° 16772343-DGTALMAEP/14 emitido por la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio; Que la Dirección General Redeterminación de Precios dependiente del Ministerio de Hacienda se ha expedido en un todo de acuerdo a lo prescripto en la Ley N° 2809, su modificatoria la Ley N° 4763 y su Decreto Reglamentario N° 127/14, tal como consta en la Nota N°16863303-DGRP/14; Que, el gasto que se proyecta, queda sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado dentro del presupuesto, para el ejercicio o ejercicios siguientes, para financiar las obligaciones derivadas del contrato; Que se procedió a realizar la imputación del gasto a las partidas presupuestarias correspondientes para hacer frente a la erogación en cuestión; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete de acuerdo a las facultades asignadas por la Ley N° 1.218, conforme surge de su Dictamen Jurídico N° 17312668-PG/14; Que, en alusión a lo expuesto, corresponde el dictado del presente acto administrativo. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13° de la Ley N° 4764, y reglamentado por el Anexo II del Decreto N° 95/14,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE

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Artículo 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y el Pliego de Especificaciones Técnicas, que como Anexos I y II (PLIEG N° 1744286-MAYEPGC/2015 e IF N° 1742637-DGTNT/2015) se agregan y forman parte integrante

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de la presente Resolución, correspondiente al “Proyecto Integral para el diseño, construcción, operación y mantenimiento de una Planta de Tratamiento Mecánico Biológico (TMB o MBT) de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) en la Zona Norte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)”, cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($ 2.496.800.000). Artículo 2°.- Llámase a Concurso Público Nacional e Internacional N° 2-SIGAF/15, cuya apertura se llevará a cabo el día 18 de Marzo de 2015 a las 12:00 horas, al amparo de lo establecido en los artículos 31°, 32 y 37°, de la Ley N° 2095, su modificatoria la Ley N° 4764 y su Decreto Reglamentario N° 95/14. Artículo 3°.- Publíquese el llamado aludido en el artículo 2° de la presente Resolución, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de tres (3) días, con nueve (9) días de antelación; en dos diarios de difusión internacional por el término de dos (2) días y en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 4°.- Desígnase como integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas a los Ingenieros Thierry Decoud, D.N.I. N° 29.076.449, y Alejandra Victoria Acosta, D.N.I. N° 29.318.317, y a la Dra. Agustina Rulli, D.N.I. N° 33.295.953, la que intervendrá sólo y especialmente en el marco del presente Concurso Público. Artículo 5°.- Establécese que los pliegos aprobados en el artículo 1° de la presente Resolución tendrán un valor de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-). Artículo 6°.- Cúrsense las invitaciones y comunicaciones previstas en el artículo 93° de la Ley N° 2095, su modificatoria la Ley N° 4764 y su Decreto Reglamentario N° 95/14. Artículo 7°.- Regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Exhíbase copia de la presente Resolución en la cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Comuníquese a la Dirección General de Tratamiento y Nuevas Tecnologías de este Ministerio y a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Asimismo, notifíquese a la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal para la prosecución de su trámite. Cenzón

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ANEXO

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Ministerio de Modernización

RESOLUCIÓN N.º 40/MMGC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Ley N° 4013, los Decretos Nros. 684/2009, 335/2011, 571/2011, 660/2011 y sus modificatorios, y el E.E.Nº 16904572/2014 (SSJUS) y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 684/2009, se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que sería de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente por Decreto Nº 335/2011, se modifica el artículo 3, del Decreto Nº 684/2009, el cual especifica que los cargos Gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que oportunamente por el artículo 4 del Decreto 571/2011, se autorizó al Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que por la Ley N° 4013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 660/2011 y modificatorios, fue aprobada la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo los cargos para los niveles de Gerentes y Subgerentes, entre otros, del Ministerio de Justicia y Seguridad; Que según surge de los presentes actuados el citado Ministerio propicia la designación a partir del 1 de octubre de 2014, del señor Adrián Fernando Pugliese, CUIL. 20-20008727-6, como Subgerente Operativo, de la Subgerencia Operativa Entes Descentralizados Zona Sur, dependiente de la Dirección General Administración de Infracciones, de la Subsecretaría de Justicia, en forma transitoria, hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad del personal propuesto para la cobertura del los cargo transitorio, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley Nº 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la persona propuesta para la cobertura del cargo Subgerencial transitorio en cuestión. Por ello,

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Artículo 1.- Designase a partir del 1 de octubre de 2014 con carácter transitorio, al señor Adrián Fernando Pugliese, CUIL. 20-20008727-6, como Subgerente Operativo, de la Subgerencia Operativa Entes Descentralizados Zona Sur, dependiente de la Dirección General Administración de Infracciones, de la Subsecretaría de Justicia, del Ministerio de Justicia y Seguridad, partida 2658.0022.W.09, de acuerdo con lo establecido por los Decretos Nros. 684/2009 y 335/2011, reteniendo sin percepción de haberes la partida 2658.0010.A.B.04.0145.150, de la Unidad Administrativa de Control de Faltas, de la citada Dirección General. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración de Infracciones, a la Subsecretaría de Justicia, al Ministerio de Justicia y Seguridad, y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ibarra

RESOLUCIÓN N.º 41/MMGC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: El E.E Nº 107654/2015 (DGTALMOD), y CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 223/MMGC/2014, se designó a partir del 1 de marzo de 2014, con carácter transitorio al señor Sebastián Christian Martello, CUIL. 20-30654527-3, como Subgerente Operativo, de la Subgerencia Operativa Convenios, de la Gerencia Operativa Coordinación Jurídica Institucional, de la Dirección General de Relaciones Institucionales, del Ministerio de Modernización; Que por Decreto N° 490/2014, se modificó la estructura organizativa del Ministerio de Modernización, teniendo en cuenta que la Subgerencia Operativa mencionada se transfirió de la ex Dirección General de Relaciones Institucionales a la Gerencia Legales, de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, citado Ministerio; Que como consecuencia de lo expresado, es dable destacar que la precitada Dirección General solicita ratificar la continuidad del desempeño, del nombrado; Que por lo expuesto y a efectos de regularizar la situación planteada; Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Ratifícase la continuidad de desempeño a partir del 16 de diciembre de 2014, con carácter transitorio al señor Sebastián Christian Martello, CUIL. 20-30654527-3, como Subgerente Operativo, de la Subgerencia Operativa Convenios, de la Gerencia Operativa Legales, de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, del Ministerio de Modernización, partida 6801.0071.W.09.

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 46

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

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Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ibarra

RESOLUCIÓN N.º 42/MMGC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: El Expediente Nº 2251652/2013, y CONSIDERANDO: Que la señora Silvana Noemí Villarreal, CUIL. 27-13655751-9, presentó a partir del 22 de octubre de 2013 su renuncia como Subgerente Operativa, de la Subgerencia Operativa de Enfermería, de la Subdirección Médica del Hospital Neuropsiquiátrico "Dr. José T. Borda", de la Dirección General de Salud Mental, de la Subsecretaría de Atención Integrada de Salud, del Ministerio de Salud; Que como consecuencia de lo expresado, el precitado establecimiento asistencial, eleva la renuncia a que nos hemos referido. Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente. Por ello,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1.- Acéptase a partir del 22 de octubre de 2013, la renuncia presentada por la señora Silvana Noemí Villarreal, CUIL. 27-13655751-9, como Subgerente Operativa, de la Subgerencia Operativa de Enfermería, de la Subdirección Médica del Hospital Neuropsiquiátrico "Dr. José T. Borda", de la Dirección General de Salud Mental, de la Subsecretaría de Atención Integrada de Salud, del Ministerio de Salud, deja partida 4123.0030.W.09, reintegrándosela a las partidas 4023.0028.P.B.04.0285.243 y 4022.0200.P.B.04.0285.243, de la citada Subdirección Médica, del Hospital de Oncología "María Curie", respectivamente ambos del precitado Ministerio. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Salud Mental, al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ibarra

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RESOLUCIÓN N.º 1968/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E. E. N° 16168120/2014 (ISC) y CONSIDERANDO: Que por Acta Paritaria Nº 4/2013, instrumentada por Resolución Nº 285/MHGC/2013 se creó el Programa de Capacitación y Movilidad (PROCAM), a cargo del Instituto Superior de la Carrera del Ministerio de Modernización; Que mediante Resolución Nº 75/MJGGC/2014, se dispuso la transferencia, entre otros, de la agente Elizabeth Paramo, CUIL 27-23382476-9, al citado Programa; Que según surge de los presentes actuados, el mencionado Instituto, solicita la transferencia de la involucrada al Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", dependiente del Ministerio de Salud; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido, de conformidad; Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Transfiérese a la agente Elizabeth Paramo, CUIL 27-23382476-9, al Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", dependiente del Ministerio de Salud, partida 4022.0900.S.A.01.0000, deja partida 6008.1000.S.A.01.0000, del Programa de Capacitación y Movilidad (PROCAM), dependiente del Instituto Superior de la Carrera, del Ministerio de Modernización. Artículo 2.- Déjase establecido que la agente Paramo percibirá el adicional de (1) salario neto por la transferencia efectiva, acorde a lo dispuesto en el apartado 2) del Acta Paritaria Nº 4/2013. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1969/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO:

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 48

El E.E. Nº 6519302/2013 (DGAYDRH) y

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CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 749/MMGC/2014, se efectuó la ratificación de los términos de la Resolución N° 1182/MSGC/2014, en la cual fueron designados con carácter de suplentes diversos profesionales, como Profesionales de Guardia Bioquímicos, para desempeñarse en diferentes días, en el Hospital General de Agudos "Dr. Enrique Tornú", del Ministerio de Salud; Que al tomar conocimiento de los términos de la Resolución citada en primer término, se detectaron anomalías en lo que respecta al nombre del establecimiento asistencial señalado en el Artículo 2 de la misma; Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal respectiva. Por ello, conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley Nº 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Rectifícase parcialmente el Artículo 2 de la Resolución N° 749/MMGC/2014, el que quedará redactado de la siguiente forma: "Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital General de Agudos Dr. Enrique Tornú", al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese". Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1970/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E.E. Nº 13226563/2014 (SSRII) y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados la Subsecretaria de Relaciones Internacionales e Institucionales, de la Secretaria General, solicita la transferencia de la agente Beatriz Claudia Suarez, CUIL. 23-17975248-4, proveniente de la Subsecretaria de Trabajo, Industrias y Comercio, del Ministerio de Desarrollo Económico; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados;

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Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese a la agente Beatriz Claudia Suarez, CUIL. 23-17975248-4, a la Subsecretaria de Relaciones Internacionales e Institucionales, de la Secretaria General, partida 2017.1000.A.A.01.0000, deja partida 6501.0030.A.A.01.0000, de la Subsecretaria de Trabajo, Industrias y Comercio, del Ministerio de Desarrollo Económico. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1971/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El E.E N° 6415219/2014 (DGAYDRH) y CONSIDERANDO: Que oportunamente, por Disposición N° 60/HNBM/2014, se dispuso la designación interina, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de un titular por concurso, del señor Pablo Jesús Pérez, D.N.I. 28.464.949, CUIL. 20-28464949-6, como Enfermero, del Hospital "Dr. Braulio Moyano", dependiente del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo establecido en el Escalafón General para Personal de Planta Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Decreto N° 986/2004 y las pautas de encasillamiento fijadas por Decreto N° 583/2005; Que según surge de los presentes actuados, la Dirección General de Administración Medicina del Trabajo, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, manifestó que el nombrado obtuvo el pronunciamiento negativo de aptitud médica, no cumplimentando el trámite de ingreso previsto en el artículo 3 de la precitada norma legal; Que como consecuencia de lo expresado, los organismos respectivos, dependientes de la precitada Subsecretaría, han tomado debida intervención al respecto; Que por lo expuesto, corresponde dejar sin efecto los términos de la Disposición mencionada en primer término, procediendo a dictar la norma legal pertinente. Por ello,

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EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Déjanse sin efecto los términos de la Disposición Nº 60/HNBM/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital "Dr. Braulio Moyano", al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1972/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El E.E. Nº 16105887/2014 (DGNYA), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Licenciada Irma Mónica Iribarne, CUIL. 27-10141848-6, presentó a partir del 1 de noviembre de 2014, su renuncia, perteneciente a la Dirección General Niñez y Adolescencia, del Ministerio de Desarrollo Social, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471; Que como consecuencia de lo expresado, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, del precitado Ministerio, eleva la renuncia a que nos hemos referido. Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente. Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Acéptase a partir del 1 de noviembre de 2014, la renuncia presentada por la Licenciada Irma Mónica Iribarne, CUIL. 27-10141848-6, perteneciente a la Dirección General Niñez y Adolescencia, del Ministerio de Desarrollo Social, deja partida 4596.0000.D.B.06. 0000.232, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

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RESOLUCIÓN N.º 1973/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El E. E. Nº 16079363/2014 (HGNRG), y CONSIDERANDO: Que oportunamente, la agente María Nazarena Vargas, CIL. 23-26733390-4, perteneciente al Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud, solicitó Licencia por Maternidad; Que según surge de los presentes actuados la nombrada, peticiona extender la licencia que nos ocupa, a partir del 24 de diciembre de 2014 y por el término de 1(un) mes sin percepción de haberes; Que Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, del Ministerio de Modernización, presta conformidad a lo antedicho, conforme lo prescripto por la Ley Nº 471 y sus modificatorios y el artículo 69 del Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Resolución Nº 2778/MHGC/2010; Que a tal fin, procede dictar la norma legal respectiva; Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Otórgase a partir del 24 de diciembre de 2014 y por el término de 1 (un) mes, una extensión de la Licencia por Maternidad, sin percepción de haberes, a la agente María Nazarena Vargas, CUIL. 23-26733390-4, del Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud, conforme lo prescripto por la Ley Nº 471 y sus modificatorias y el artículo 69 del Convenio Colectivo de Trabajo, aprobado por Resolución Nº 2778/MHGC/2010. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.º 1974/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El E. E. Nº 16955869/2014 (DGFSCIV), y

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Que oportunamente, la agente Analía Verónica Sager, CUIL. 27-30211025-0, perteneciente a la Dirección General de Fortalecimiento de la Sociedad Civil, de la Subsecretaría de Promoción Social, del Ministerio de Desarrollo Social, solicitó Licencia por Maternidad; Que según surge de los presentes actuados la nombrada, peticiona extender la licencia que nos ocupa, a partir del 26 de noviembre de 2014 y por el término de 3 (tres) meses sin percepción de haberes; Que Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, del Ministerio de Modernización, presta conformidad a lo antedicho, conforme lo prescripto por la Ley Nº 471 y sus modificatorios y el artículo 69 del Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Resolución Nº 2778/MHGC/2010; Que a tal fin, procede dictar la norma legal respectiva; Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Otórgase a partir del 26 de noviembre de 2014 y por el término de 3 (tres) meses, una extensión de la Licencia por Maternidad, sin percepción de haberes, a la agente Analía Verónica Sager, CUIL. 27-30211025-0, de la Dirección General de Fortalecimiento de la Sociedad Civil, de la Subsecretaría de Promoción Social, del Ministerio de Desarrollo Social, conforme lo prescripto por la Ley Nº 471 y sus modificatorias y el artículo 69 del Convenio Colectivo de Trabajo, aprobado por Resolución Nº 2778/MHGC/2010. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1975/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El E. E. Nº 15971837/2014 (HGARM), y CONSIDERANDO: Que oportunamente, la agente Andrea Verónica Báez, CUIL. 27-28488133-3, perteneciente al Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", del Ministerio de Salud, solicitó Licencia por Maternidad; Que según surge de los presentes actuados la nombrada, peticiona extender la licencia que nos ocupa, a partir del 26 de octubre de 2014 y por el término de 4(cuatro) meses sin percepción de haberes; Que la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, del Ministerio de Modernización, presta conformidad a lo antedicho, conforme lo prescripto por la Ley Nº 471 y sus modificatorios y el artículo 69 del Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Resolución Nº 2778/MHGC/2010;

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CONSIDERANDO:

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Que a tal fin, procede dictar la norma legal respectiva; Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Otórgase a partir del 26 de octubre de 2014 y por el término de 4 (cuatro) meses, una extensión de la Licencia por Maternidad, sin percepción de haberes, a la agente Andrea Verónica Báez, CUIL. 27-28488133-3, del Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", del Ministerio de Salud, conforme lo prescripto por la Ley Nº 471 y sus modificatorias y el artículo 69 del Convenio Colectivo de Trabajo, aprobado por Resolución Nº 2778/MHGC/2010. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1976/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: La Ordenanza N° 25702 y el E.E. N° 6867657/2013, (DGAyDRH) y CONSIDERANDO: Que por la precitada Ordenanza se delega en los señores funcionarios del Departamento Ejecutivo la facultad de intervenir en toda actuación administrativa relativa a rectificación de datos personales en los trámites de designaciones y/o contrataciones de personal, entre otros; Que oportunamente por Resolución N° 1595/MSGC/2014 fueron designados, entre otros, diversas Profesionales, en carácter de suplentes, en el Hospital General de Agudos "Dr. Enrique Tornú", del Ministerio de Salud; Que al tomar conocimiento de los términos de la precitada Resolución se detectaron anomalías en los datos personales; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Establécese que las designaciones dispuestas por Resolución Nº 1595/MSGC/2014, lo son tal se indican en el Anexo "I" (IF 2014-18091281-DGALP), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, quedando en tal sentido regularizado el acto administrativo pertinente.

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Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1977/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E.E. Nº 2548038/2014 (DGLIC) y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados la Dirección General de Licencias, de la Subsecretaría de Transporte, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, solicita la transferencia del agente Félix Jerónimo Altamirano, CUIL. 20-28813455-4, proveniente del Organismo Fuera de Nivel Ente de Mantenimiento Urbano Integral, de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese al agente Félix Jerónimo Altamirano, CUIL. 20-28813455-4, a la Dirección General de Licencias, de la Subsecretaría de Transporte, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, partida 2646.0000.A.A.01.0000, deja partida 3504.0000.A.A.01.0000, del Organismo Fuera de Nivel Ente de Mantenimiento Urbano Integral, de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

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ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 1978/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El E. E. Nº 3546635/2014 (DGDYPC), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la agente Norma Alicia Valdez, CUIL. 27-23436570-9, presentó a partir del 12 de marzo de 2014, su renuncia en la Dirección General de Defensa del Consumidor, de la Subsecretaría de Atención Ciudadana, de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471; Que como consecuencia de lo expresado, la citad Dirección General, eleva la renuncia a que nos hemos referido; Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Acéptase a partir del 12 de marzo de 2014, la renuncia presentada por la agente Norma Alicia Valdez, CUIL. 27-23436570-9, en la Dirección General de Defensa del Consumidor, de la Subsecretaría de Atención Ciudadana, de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, deja partida 6524.0000.A.A.01.0000, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1979/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El E.E. Nº 16235836/2014 (HGATA) y

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Que según surge de los presentes actuados, la agente Agustina Micaela Supital, CUIL. 27-34270341-6, presentó a partir del 01 de noviembre de 2014, su renuncia como Técnica/Administrativa, perteneciente al Hospital General de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez", del Ministerio de Salud, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471; Que como consecuencia de lo expresado, el precitado establecimiento asistencial, eleva la renuncia a que nos hemos referido. Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente. Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Acéptase a partir del 01 de noviembre de 2014, la renuncia presentada por la agente Agustina Micaela Supital, CUIL. 27-34270341-6, como Técnica/Administrativa, perteneciente al Hospital General de Agudos "Dr. Teodoro Álvarez", del Ministerio de Salud, deja partida 4022.0400.A.A.01.0001.347, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1980/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E.E. Nº 16958877/2014 (COMUNA1) y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados la Comuna 1, solicita la transferencia del agente Paulo Osuna Jaureguibeit, CUIL. 20-28593126-7, proveniente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, de la Jefatura de Gabinete de Ministros; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

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CONSIDERANDO:

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Artículo 1.-Transfiérese al agente Paulo Osuna Jaureguibeit, CUIL. 20-28593126-7, a la Comuna 1, partida 2178.0110.P.A.01.0000, deja partida 2101.0010.P.A.01.0000, de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1981/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El E.E. Nº 16251192/2014 (HGACD) y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la agente Mariela Alejandra Bonazzola, CUIL. 27-30400468-7, presentó a partir del 15 de octubre de 2014 su renuncia, perteneciente al Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", del Ministerio de Salud, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471; Que como consecuencia de lo expresado, el precitado establecimiento asistencial, eleva la renuncia a que nos hemos referido. Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente. Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Acéptase a partir del 15 de octubre de 2014, la renuncia presentada por la agente Mariela Alejandra Bonazzola, CUIL. 27-30400468-7, perteneciente al Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", del Ministerio de Salud, deja partida 4022.0600.T.A.01.0290.344, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 58

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

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RESOLUCIÓN N.° 1982/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El E.E. Nº 9426831/2014 (DGPDT) y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, el agente Manuel Negrin, CUIL. 20-26937498-6, presentó a partir del 01 de agosto de 2014 su renuncia como Asistente o Trabajador Social, perteneciente a la Dirección General de Protección del Trabajo, de la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471; Que como consecuencia de lo expresado, la precitada Dirección General, eleva la renuncia a que nos hemos referido. Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente. Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Acéptase a partir del 01 de agosto de 2014, la renuncia presentada por el agente Manuel Negrin, CUIL. 20-26937498-6, como Asistente o Trabajador Social, perteneciente a la Dirección General de Protección del Trabajo, de la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio, dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, deja partida 6551.0000.P.A.01.232, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1983/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El E.E. Nº 5584770/2014 (HBU) y

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Que según surge de los presentes actuados, la Dra. Elisa Rosaura Alvarinhas, CUIL. 27-22430044-7, presentó a partir del 01 de mayo de 2014, su renuncia como Especialista en la Guardia Medica (Gastroenterología), Titular, con 30 horas semanales, perteneciente al Hospital de Gastroenterología "Dr. Carlos Bonorino Udaondo", del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que como consecuencia de lo expresado, el precitado establecimiento asistencial, eleva la renuncia a que nos hemos referido. Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente. Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Acéptase a partir del 01 de mayo de 2014, la renuncia presentada por la Dra. Elisa Rosaura Alvarinhas, CUIL. 27-22430044-7, como Especialista en la Guardia Medica (Gastroenterología), Titular, con 30 horas semanales, perteneciente al Hospital de Gastroenterología "Dr. Carlos Bonorino Udaondo", del Ministerio de Salud, deja partida 4022.1700.MS.22.954, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1984/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el Expediente Nº 2480994/2012, y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados la Dirección General Región Sanitaria I, de la Subsecretaría de Atención Integrada de Salud, del Ministerio de Salud, solicita la transferencia de la señora Silvana Vanesa Baragiotta, CUIL. 27-31423228-9, proveniente de la Gerencia Operativa Administración y Normativa, de la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, del Ministerio de Modernización; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido;

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CONSIDERANDO:

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Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese a la señora Silvana Vanesa Baragiotta, CUIL. 27-31423228-9, a la Dirección General Región Sanitaria I, de la Subsecretaría de Atención Integrada de Salud, del Ministerio de Salud, partida 4001.0400.A.A.01.0000, deja partida 6012.0050.A.A.01.0000, de la Gerencia Operativa Administración y Normativa, la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes, del Ministerio de Modernización. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1985/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el Expediente Nº 2165088/2012 (UGIS), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados el Organismo fuera de Nivel Unidad de Gestión Intervención Social, de la Secretaría de Hábitat e Inclusión, del Ministerio de Desarrollo Económico, solicita la transferencia del agente Ricardo Daniel Fucek, CUIL. 20-11998602-9, proveniente de la Dirección General Economía Social, del Ministerio de Desarrollo Social; Que a tal fin, el involucrado se notificó en forma expresa que como consecuencia de su transferencia no continuará percibiendo el Suplemento Adicional Ministerio de Desarrollo Social; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

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Artículo 1.- Transfiérese al agente Ricardo Daniel Fucek, CUIL. 20-11998602-9, al Organismo fuera de Nivel Unidad de Gestión Intervención Social, de la Secretaría de Hábitat e Inclusión, del Ministerio de Desarrollo Económico, partida 6501.0070.T.A.01.0000.0000, deja partida 4518.0000.T.A.01.0000.0000, proveniente de la Dirección General Economía Social, del Ministerio de Desarrollo Social. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1986/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E. E. N° 17291447/2014 (ISC), y CONSIDERANDO: Que por Acta Paritaria Nº 4/2013, instrumentada por Resolución Nº 285/MHGC/2013 se creó el Programa de Capacitación y Movilidad (PROCAM), a cargo del Instituto Superior de la Carrera del Ministerio de Modernización; Que mediante Resolución Nº 914/MDSGC/2013, se dispuso la transferencia, entre otros, de la agente Mariana Silvani, CUIL 27-23332332-8, al citado Programa; Que según surge de los presentes actuados, el mencionado Instituto, solicita la transferencia de la involucrada a la Dirección General Redes y Programas de Salud, del Ministerio de Salud; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal accediendo a lo requerido, de conformidad; Por ello, y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Transfiérese a la agente Mariana Silvani, CUIL 27-23332332-8, a la Dirección General Redes y Programas de Salud, del Ministerio de Salud, partida 4004.0000.P.A.01.0000, deja partida 6008.1000.P.A.01.0000, del Programa de Capacitación y Movilidad (PROCAM), dependiente del Instituto Superior de la Carrera, del Ministerio de Modernización. Artículo 2.- Déjase establecido que la agente Silvani percibirá el adicional de (1) salario neto por la transferencia efectiva, acorde a lo dispuesto en el apartado 2) del Acta Paritaria Nº 4/2013.

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EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

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Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1987/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El E.E. Nº 16967918/2014 (SSGPM), y CONSIDERANDO: Que la señora María Ketelhohn, CUIL. 27-35427962-8, presentó a partir del 31 de octubre de 2014, su renuncia como Personal de la Planta de Gabinete, de la Dirección General de Modernización Administrativa, de la Subsecretaría de Gestión de Proyectos de Modernización, del Ministerio de Modernización; Que según surge de los presentes actuados la citada Dirección General, presta su respectiva conformidad; Que en consecuencia, resulta necesario dictar la norma legal pertinente; Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Acéptase a partir del 31 de octubre de 2014, la renuncia presentada por la señora María Ketelhohn, CUIL. 27-35427962-8, como Personal de la Planta de Gabinete, de la Dirección General de Modernización Administrativa, de la Subsecretaría de Gestión de Proyectos de Modernización, del Ministerio de Modernización, cuya designación fuera dispuesta por Resolución N° 180/MMGC/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1988/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E. E. Nº 16186496/2014 (UAIAPRA), y

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CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Unidad Auditoría Interna, de la Agencia de Protección Ambiental, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, solicita la transferencia de la señora Marcela Luján Florindo, CUIL. 27-17726722-3, proveniente de la Dirección General Obras de Ingeniería, de la Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo Arquitectura e Infraestructura, del Ministerio de Desarrollo Urbano; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Transfiérese a la señora Marcela Luján Florindo, CUIL. 27-17726722-3, a la Unidad Auditoría Interna, de la Agencia de Protección Ambiental, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, partida 3533.0050.A.A.01.0000, deja partida 3025.0030.A.A.01.0000, de la Dirección General Obras de Ingeniería, de la Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo Arquitectura e Infraestructura, del Ministerio de Desarrollo Urbano. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1989/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El E.E. Nº 2394286/2014 (HGARM), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la agente María Inés Ávila, CUIL. 27-26451094-0, presentó a partir del 12 de noviembre de 2013, su renuncia, como Técnica en Esterilización, perteneciente al Hospital General de Agudos "Dr. José Ramos Mejía", del Ministerio de Salud, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471; Que como consecuencia de lo expresado, el precitado establecimiento asistencial, eleva la renuncia a que nos hemos referido; Que por lo expuesto, procede dictar la norma legal pertinente.

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 64

Page 65: Boletín Oficial · Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza Nº 33.701 - Ley Nº 2739 Reglamentada

Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley Nº 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Acéptase a partir del 12 de noviembre de 2013, la renuncia presentada por la agente María Inés Ávila, CUIL. 27-26451094-0, como Técnica en Esterilización, perteneciente al Hospital General de Agudos "Dr. José Ramos Mejía", del Ministerio de Salud, deja partida 4022.1000.T.A.02.0290.334, conforme lo prescripto por el artículo 60 de la Ley Nº 471. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1990/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el Expte. Nº 3567095/2013 (DGPROYS) y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados el Hogar San Martín, de la Dirección General de Promoción y Servicios, de la Subsecretaría de la Tercera Edad, solicita la transferencia del agente Roberto Eduardo Almeida, CUIL. 20-16027463-9, proveniente de la Dirección General de Infraestructura Social, de la Subsecretaría de Administración, ambas dependientes del Ministerio de Desarrollo Social; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese a la agente Roberto Eduardo Almeida, CUIL. 20-16027463-9, al Hogar San Martín, de la Dirección General de Promoción y Servicios, de la Subsecretaría de la Tercera Edad, partida 4516.0330.T.A.01.0000.0000, deja partida 4563.0000.T.A.01.0000.0000, de la Dirección General de Infraestructura Social, de la Subsecretaría de Administración, ambas dependientes del Ministerio de Desarrollo Social.

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Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1991/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el Expte. Nº 15353790/2014 (DGDYCOF) y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta, dependiente del Ente de Turismo, solicita la transferencia del agente Leandro Martín Villariño, CUIL. 20-25537095-3, proveniente de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese al agente Leandro Martín Villariño, CUIL. 20-25537095-3, a la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta, dependiente del Ente de Turismo, partida 5008.0000.T.A.01.0000.0000, deja partida 2675.0000.T.A.01.0000.0000, de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

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RESOLUCIÓN N.° 1992/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E. E. Nº 8043241/2014 (SSGECP), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, de la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica, del Ministerio de Educación, solicita la transferencia del agente Juan Manuel López Peña, CUIL. 20-30662707-5, proveniente de la Dirección General Niñez y Adolescencia, de la Subsecretaría de Promoción Social, del Ministerio de Desarrollo Social; Que a tal fin, el involucrado fue notificado en forma expresa, que como consecuencia de su transferencia dejará de percibir el Suplemento del Ministerio citado en segundo término; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello, conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese al agente Juan Manuel López Peña, CUIL. 20-30662707-5, a la Gerencia Operativa Educación y Trabajo Conducción, de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, de la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica, del Ministerio de Educación, partida 5521.9018.A.A.01.0000, deja partida 4596.0000.A.A.01.0000, de la Dirección General Niñez Y Adolescencia, de la Subsecretaría de Promoción Social, del Ministerio de Desarrollo Social. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

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RESOLUCIÓN N.° 1993/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E.E. Nº 12592985/2014 (DGPEA) y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados la Subsecretaría de Tercera Edad, del Ministerio de Desarrollo Social, solicita la transferencia del agente Carlos Roberto Corvalán, CUIL. 20-12960411-6, proveniente de la Comuna N° 8; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese al agente Carlos Roberto Corvalán, CUIL. 20-12960411-6, a la Dirección General Promoción y Servicios, de la Subsecretaría de Tercera Edad, del Ministerio de Desarrollo Social, partida 4530.0000.A.A.01.0000, deja partida 2178.0800.A.A.01.0000, de la Comuna N° 8. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1994/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: La Ordenanza N° 25702 y el E.E. Nº 11795120/2014 (SSADM) y CONSIDERANDO: Que por la precitada Ordenanza se delega en los señores funcionarios del Departamento Ejecutivo la facultad de intervenir en toda actuación administrativa relativa a rectificación de datos personales en los trámites de designaciones y/o contrataciones de personal, entre otros;

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Que oportunamente por Resolución Nº 1248/MMGC/2014, se estableció que a partir del 1 de octubre de 2014, el personal que revista bajo el Régimen de Locación de Servicios, involucrado, queda comprendido en los términos del artículo 39 de la Ley N° 471 y el artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo, instrumentado por las Resoluciones Nros. 2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010 y 2779/MHGC/2010, con las remuneraciones que en cada caso se indican; Que según surge de los presentes actuados la Dirección General de Cementerios, de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público, del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, manifestó diferencias en el CUIL consignado al señor Romero Basilio Ninaja; Que por lo expuesto y habiéndose efectuado un análisis exhaustivo de dicho acto administrativo, resulta necesario dictar la norma legal que regularice la situación planteada; Por ello, conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley Nº 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Establécese que el CUIL correcto del señor Romero Basilio Ninaja, es 20-92576911-9, quedando en tal sentido regularizado el acto administrativo pertinente. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1995/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E.E. Nº 1368163/2013 (MJGGC) y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados la Dirección General Coordinación de la Gestión Política y Relaciones Institucionales, de la Subsecretaría de Asuntos Públicos, solicita la transferencia del agente Mario Rodolfo Galli, CUIL. 23-14996576-9, proveniente de la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural, ambas reparticiones dependientes de la Jefatura de Gabinete de Ministros; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

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EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese al agente Mario Rodolfo Galli, CUIL. 23-14996576-9, a la Dirección General Coordinación de la Gestión Política y Relaciones Institucionales, de la Subsecretaría de Asuntos Públicos, partida 2109.0200.S.A.01.0000, deja partida 2020.0000.S.A.01.0000, de la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural, ambas reparticiones dependientes de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1996/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E. E. Nº 8002379/2014 (COMUNA7), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Comuna Nº 7, solicita la transferencia de la señora Paula Daniela Moreno, CUIL. 27-23100172-2, proveniente de la Dirección General Mantenimiento y Talleres, de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Transfiérese a la señora Paula Daniela Moreno, CUIL. 27-23100172-2, a la Comuna Nº 7, partida 2178.0700.S.B.04.0403, deja partida 3522.0000.S.B.04.0403, de la Dirección General Mantenimiento y Talleres, de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 70

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RESOLUCIÓN N.° 1997/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E. E. Nº 16577954/2014 (ISC), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, el Instituto de la Carrera, dependiente del Ministerio de Modernización, solicita la transferencia del señor Fernando Carlos Moroni, CUIL. 20-20540293-5, proveniente de la Subsecretaría de Deportes, del Ministerio de Desarrollo Económico; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Transfiérese al señor Fernando Carlos Moroni, CUIL. 20-20540293-5, al Instituto de la Carrera, dependiente del Ministerio de Modernización, partida 6008.0000.P.A.01.0000, deja partida 6511.0000.P.A.01.0000, de la Subsecretaría de Deportes, del Ministerio de Desarrollo Económico. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1998/SSGRH/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO: El Decreto N° 73/2013 y el E.E. Nº 6599181/2014, (EMUI) y

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Que según surge de los presentes actuados el Organismo Fuera de Nivel Ente de Mantenimiento Urbano Integral, de la Subsecretaría de Mantenimiento de Espacio Público, solicita la transferencia del señor Ricardo Mario Suffioti, CUIL. 20-11498730-2, proveniente de la Dirección General Mantenimiento y Talleres, de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público, ambas reparticiones dependientes del Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que es de hacer notar, que la tramitación a que se hizo mención cuenta con el aval de los organismos involucrados; Que es dable destacar, que en la presente gestión se ha dado cumplimiento a lo prescripto por el artículo 3 del Capítulo 1, del Anexo del Decreto Nº 73/2013; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, accediendo a lo requerido; Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y los Decretos N° 660/2011 y sus modificatorios y el Decreto N° 73/2013,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.-Transfiérese al señor Ricardo Mario Suffioti, CUIL. 20-11498730-2, al Organismo Fuera de Nivel Ente de Mantenimiento Urbano Integral, de la Subsecretaría de Mantenimiento de Espacio Público, partida 3504.0000.P.B.04.0265.203, deja partida 3522.0000.P.B.04.0265.203, de la Dirección General Mantenimiento y Talleres, de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público, ambas reparticiones dependientes del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

RESOLUCIÓN N.° 1999/SSGRH/14

Buenos Aires, 23 de noviembre de 2014 VISTO: El E.E. N° 17710541/2014 (DGALP), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), peticiona el cese definitivo en las actividades, de la agente Pedro Enrique Cahn, CUIL. 07.608.558, para poder dar curso al retiro por jubilación; Que conforme los antecedentes obrantes en la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, el causante revista como Jefe División Infectología, titular, con 40 horas semanales, en el Hospital General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández", del Ministerio de Salud; Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios,

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CONSIDERANDO:

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EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS RESUELVE

Artículo 1.- Cese a partir del 31 de diciembre de 2014, el agente Pedro Enrique Cahn, CUIL. 20-07608558-8, Jefe División Infectología, titular, con 40 horas semanales, del Hospital General de Agudos "Dr. Juan A. Fernández", del Ministerio de Salud, partida 4022.0700.MS.26.011, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo XIV, artículo 59, Inc. c) de la Ley N° 471. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu

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Secretaría Legal y Técnica

RESOLUCIÓN N.° 51/SECLYT/15

Buenos Aires, 28 de enero de 2015 VISTO: Las Leyes Nº 3.304 y N° 4.013, los Decreto Nros. 589/09, 429/13 y 350/14 y el Expediente Nº 2015-01432476-SSGPM y CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 3.304 estableció el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a fin de encarar un proceso de modernización administrativa; Que la citada ley en el Capítulo III, Título II del Anexo I refiere a "Del Gobierno Electrónico y nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación"; Que en el punto 6.2 "Firma Electrónica y Digital" de dicho capítulo se expresa que el objetivo de la ley es "Agilizar la gestión de la administración pública... garantizando la autoría e integridad de los documentos electrónicos, emanados tanto de la administración como de los administrados, mediante el uso de la firma electrónica y la firma digital"; Que una de las medidas adoptadas en esta línea fue la aprobación, mediante el Decreto Nº 589/09, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE- como sistema de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley antes mencionada también fijó como uno de los objetivos el de "Registro electrónico: establecer mecanismos electrónicos de recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones a través de una sede electrónica u otros medios, de forma de facilitar la comunicación y debida constancia de los trámites y actuaciones"; Que en concordancia con todo lo supra indicado, mediante el Decreto N° 429/13, se implementó el módulo “Tramitación a Distancia“ TAD-, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE-, como un medio de recepción y remisión de presentaciones, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, entre otros; Que dicho módulo permite al ciudadano iniciar trámites contando con mecanismos electrónicos de recepción y remisión de tareas, solicitudes, escritos, notificaciones y comunicaciones, a través de un registro electrónico; Que la Ley citada en primer término también enuncia, entre las actividades a desarrollar: "Archivo Electrónico: reemplazar el archivo en soporte papel por archivos electrónicos, otorgándole valor jurídico y probatorio a la documentación existente y a la que se incorpore a los archivos de la ciudad, mediante la utilización de tecnología que garantice la estabilidad, perdurabilidad, inmutabilidad e inalterabilidad del soporte de guarda físico de la mencionada documentación"; Que, en esa inteligencia, mediante Decreto N° 350/14 se implementó el módulo "Registro Legajo Multipropósito" (RLM), del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), como único medio de administración de los registros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que permite cargar y actualizar

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la información contenida en un registro, de manera electrónica logrando así una mejor gestión de la información, haciéndola más accesibles para su control; Que en esta instancia del proceso de implementación del módulo indicado, corresponde establecer fechas y organismos que deberán comenzar a utilizarlo; Que, a fin de que los registros puedan continuar su tramitación en formato digital, los organismos a cargo de los registros indicados deberán digitalizar los archivos papel a fin de incorporarlos progresivamente al módulo RLM del SADE; Que la Resolución N° 130/SECLyT/14 aprobó el "Reglamento para la Gestión de Actuaciones Administrativas“, que, en su Anexo III, describe el procedimiento para la digitalización de documentos; Que la digitalización indicada debe llevarse adelante respetando los lineamientos establecidos por la Secretaría Legal y Técnica en la Resolución indicada; Que, el Decreto N° 350/14 antes citado instruyó a la Secretaría Legal y Técnica para que determine los organismos que progresivamente deberán utilizar el módulo RLM del SADE; Que, por lo expuesto, corresponde el dictado de la norma legal que establezca las fechas y los organismos que progresivamente deberán utilizar el módulo RLM del SADE. Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 350/14,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO RESUELVE:

Artículo 1°.- Establécese que a partir del 30 de enero del corriente las siguientes áreas del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán comenzar a utilizar el módulo Registro Legajo Multipropósito -RLM- del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-, para la administración de los registros indicados: - Dirección General de Gestión de Inversiones, dependiente de la Subsecretaría de Inversiones del Ministerio de Desarrollo Económico, para el Registro del Distrito de Diseño, creado por el artículo 5° de la Ley N°4.761. - Dirección General de Gestión de Inversiones, dependiente de la Subsecretaría de Inversiones del Ministerio de Desarrollo Económico, para el Registro del Distrito de las Artes, creado por el artículo 5° de la Ley N°4.353. - La Dirección General de Justicia Registro y Mediación, dependiente de la Subsecretaría de Justicia, del Ministerio de Justicia y Seguridad, para el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, creado por Ley N° 269/99. - La Dirección General de Defensa Civil, dependiente de la Subsecretaría de Emergencias del Ministerio de Justicia y Seguridad, para el Registro de Bomberos Voluntarios, creado por Disposición N° 1.368/DGDCIV/09. Artículo 2°.- Establécese que las dependencias a cargo de los registros indicados en el artículo 1° de la presente deberán digitalizar progresivamente los archivos papel correspondientes a los mencionados registros, teniendo en cuenta los lineamientos establecidos en la Resolución N° 130/SECLyT/14, a fin de incorporarlos progresivamente al módulo Registro Legajo Multipropósito -RLM- del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a todas los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones

con rango equivalente, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Mesa de Entradas, Salidas y Archivo de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archívese. Clusellas

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Secretaría de Gestión Comunal y Atención

Ciudadana

RESOLUCIÓN N.° 10/SSEPUC/15

Buenos Aires, 20 de enero de 2015 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, los Decretos Nº 1254-GCBA/08, Nº 590-GCBA/12, N° 127-GCBA/14 y N° 166-GCBA/14, y el Expediente Electrónico Nº 11.294.478/DGTALCIU/14; y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita la Licitación Pública Nº 1491/SIGAF/2014, para la contratación de la obra "Plaza Rodríguez Peña y Entorno", al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254-GCBA/08; Que por Resolución Nº 116-SSEPUC/14, se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares que rigen en la presente contratación, como así también los planos de aplicación, y se llamó a la citada Licitación Pública por un monto de pesos nueve millones ciento ochenta y cinco mil setenta y uno con 69/100 ($9.185.071,69), fijándose fecha de apertura de sobres para el día 27 de noviembre de 2014 a las 12:00 horas, y fecha de visita de obra el día 17 de noviembre de 2014; Que conforme se acredita con las constancias del actuado, se publicó la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Cartelera Oficial del Organismo licitante, se comunicó a CÁMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCIÓN, CÁMARA ARGENTINA DE COMERCIO, MERCADOS TRANSPARENTES, U.A.P.E. GUIA GENERAL DE LICITACIONES Y PRESUPUESTOS, SECRETARÍA GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA, SUBSECRETARÍA DE ESPACIO PÚBLICO COMUNAL, DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS, DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL estas cuatro últimas mediante Comunicación Oficial, y se invitó a doce (9) empresas del ramo; Que los Pliegos de aplicación fueron publicados en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que se acredita la intervención a los organismos pertinentes, en lo referente a la Ley N° 123; Que ante presentaciones formuladas por la empresa INDALTEC S.A. la Dirección General de Proyectos emite su informe, que fue notificado a dicha empresa; Que se encuentran agregadas las constancias de Retiro de Pliegos de la Licitación Pública que nos ocupa por quince (15) interesados y de recepción de cuatro (4) sobres correspondientes a las ofertas presentadas; Que con fecha 27 de noviembre de 2014 se llevó a cabo el acto de apertura de sobres conforme surge del Acta de Apertura Nº 2547/2014, donde constan las ofertas presentadas por las firmas: LESKO S.A.C.I.F.I.A (CUIT 30-52028252-8) por el monto de once millones doscientos noventa y siete mil seiscientos treinta y ocho con 18/100 ($11.297.638,18); EMACO S.A. (CUIT 30-51628422-2) por el monto de once millones cuatro mil trescientos cincuenta y uno con 19/100 ($11.004.351,19); MIAVASA S.A.

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(CUIT 30-67730386-3) por el monto de diez millones novecientos sesenta y seis ml seiscientos cuarenta con 00/100 ($10.966.640,00) e INDALTEC S.A. (CUIT 30-65098860-0), por el monto de diez millones cuatrocientos noventa y ocho mil setecientos sesenta y cuatro con 87/100 ($10.498.764,87); Que la Comisión de Evaluación de Ofertas, luego de evaluar los Informes Técnicos, informe financiera; las ofertas y la documentación presentada, aconsejó mediante Acta N° 89/2014, adjudicar a la empresa INDALTEC S.A. (CUIT 30-65098860-0), por el monto de diez millones cuatrocientos noventa y ocho mil setecientos sesenta y cuatro con 87/100 ($10.498.764,87) por ajustarse a los pliegos de la licitación y ser la primera en orden de mérito, designando a la empresa MIAVASA S.A., segunda en orden mérito sujeto al cumplimiento de la solicitud de documentación complementaria subsanable que pudiera ser requerida en caso de desistimiento de la empresa preadjudicataria mencionada anteriormente; Que asimismo aconsejó, desestimar la propuesta de LESKO S.A.C.I.F.I.A. por no resultar acorde al llamado realizado por superar en más de un veinte por ciento (20%) al presupuesto oficial, y a la firma EMACO S.A. por no cumplir con la Capacidad Financiera establecida en el Numeral 2.2.4. punto c) del Pliego de Condiciones Particulares; Que los términos del Acta emitida por la citada Comisión fueron notificados a todos los oferentes y publicados en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Cartelera del Organismo licitante, sin que se formularan impugnaciones a la misma; Que el gasto que genera la presente gestión cuenta con imputación presupuestaria con cargo al ejercicio correspondiente; Que ha tomado la intervención que le compete la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en el Ley 1218; Que en este estado del trámite corresponde dictar el acto administrativo que resuelve en definitiva la gestión que nos ocupa; Por ello, y en base a las competencias establecidas en el Anexo I del Decreto Nº 166-GCBA/14,

EL SUBSECRETARIO DE ESPACIO PÚBLICO COMUNAL RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública Nº 1491/SIGAF/2014, para la contratación de la obra "Plaza Rodríguez Peña y Entorno", al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254-GCBA/08. Artículo 2°.- Adjudícase la obra establecida en el artículo 1° de la presente a la firma INDALTEC S.A., CUIT 30-65098860-0, por el monto de diez millones cuatrocientos noventa y ocho mil setecientos sesenta y cuatro con 87/100 ($10.498.764,87) por ajustarse a los pliegos de la licitación y ser la primera en orden de mérito. Articulo 3º.- Desígnase a la firma MIAVASA S.A. segunda en orden mérito. Artículo 4º.- Desestímanse las propuestas de LESKO S.A.C.I.F.I.A. por no resultar acorde al llamado realizado por superar en más de un veinte por ciento (20%) al presupuesto oficial, y EMACO S.A. por no cumplir con la Capacidad Financiera establecida en el Numeral 2.2.4. punto c) del Pliego de Condiciones Particulares. Artículo 5º.- Apruébase el Proyecto de Contrata y Orden de Ejecución que obra en el expediente citado en el Visto.

Artículo 6º.- La erogación que demanda la presente gestión se imputa a la correspondiente partida presupuestaria con cargo al ejercicio correspondiente. Artículo 7º.- Delégase en la Dirección General Obras Comunales la facultad de suscribir el Contrato y Orden de Ejecución y la consecuente Orden de Comienzo de los trabajos con la empresa adjudicataria.

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Artículo 8º.- Publíquese en el Boletín Oficial, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Cartelera del Organismo Licitante, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, a la Dirección General de Obras Comunales y comuníquese a la Dirección General Contaduría. Villar

RESOLUCIÓN N.° 11/SSEPUC/15

Buenos Aires, 21 de enero de 2015 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, el Decreto Nº 1254-GCBA/08, y el Expediente Electrónico Nº 9.408.495/DGTALCIU/14; y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita la Licitación Pública Nº 1493/SIGAF/2014, para la contratación de la obra "Plaza Leandro N. Alem", al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254-GCBA/08; Que por Resolución Nº 98-SSEPUC/14, se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares que rigen en la presente contratación, como así también los planos de aplicación, y se llamó a la citada Licitación Pública por un monto de pesos cuatro millones ciento cincuenta y ocho mil seiscientos veintitrés con 42/100 ($4.158.623,42), fijándose fecha de apertura de sobres para el día 10 de Noviembre de 2014 a las 12:00 horas, y fecha de visita de obra el día 30 de octubre de 2014; Que conforme se acredita con las constancias del actuado, se publicó la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Cartelera Oficial del Organismo licitante, se comunicó a CÁMARA ARGENTINA DE LA CONSTRUCCIÓN, CÁMARA ARGENTINA DE COMERCIO, MERCADOS TRANSPARENTES, U.A.P.E.; GUIA GENERAL DE LICITACIONES Y PRESUPUESTOS, SECRETARÍA GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA, SUBSECRETARÍA DE ESPACIO PÚBLICO COMUNAL, DIRECCIÓN GENERAL PROYECTOS ( EX - DIRECCIÓN GENERAL COORDINACION MANTENIMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO COMUNAL), DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL estas cuatro últimas mediante Comunicación Oficial, y se invitó a once (11) empresas del ramo; Que los Pliegos de aplicación fueron publicados en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General Proyectos (ex Dirección General de Mantenimiento de Espacio Público Comunal) emitió la Circular Nº 1 sin consulta, la que fue publicada en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad y notificada a las empresas que habían retirado pliego; Que se encuentra incorporada el Acta de Visita en donde constan las empresas que participaron de la correspondiente visita de obra y a las cuales se les extendió el certificado exigido en el numeral 2.1.7 del Pliego de Condiciones Particulares; Que posteriormente la Dirección General mencionada precedentemente emite la Circular Nº 2 sin consulta, la que fue publicada en la página de Internet del Gobierno y notificada a los interesados que participaron de la visita de obra;

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Que se encuentran agregadas las constancias de Retiro de Pliegos de la Licitación Pública que nos ocupa por dieciséis (16) interesados y de recepción de cuatro (4) sobres correspondientes a las ofertas presentadas;

Que con fecha 10 de noviembre de 2014 se llevó a cabo el acto de apertura de sobres conforme surge del Acta de Apertura Nº 2421/2014, donde constan las ofertas presentadas por las firmas MANTENIMIENTOS Y SERVICIOS S.A. (CUIT 30-68299505-6) por el monto de cuatro millones trescientos cuatro mil quinientos cuarenta y cinco con 28/100 ($4.304.545,28), NAKU CONSTRUCCIONES S.R.L. (CUIT 30-57529217-4) por el monto de cuatro millones novecientos setenta mil novecientos once con 00/100 ($4.970.911,00); INSTALECTRO S.A. (CUIT 33-66162872-9) por el monto de cuatro millones novecientos sesenta y siete mil ochocientos setenta y tres con 46/100 ($4.967.873,46) y ERNESTO TARNOUSKY S.A. (CUIT 30-62897071-4) por el monto de cuatro millones setecientos ochenta y cinco mil ciento cuarenta y seis con 26/100 ($4.785.146,26); Que en el transcurso del análisis de ofertas, la Comisión de Evaluación de Ofertas requirió a la empresa INSTALECTRO S.A. una mejora de su oferta; Que la mencionada empresa presentó el día 05 de Diciembre de 2014 una mejora de su oferta, siendo el nuevo valor el de pesos cuatro millones novecientos sesenta y cuatro mil trescientos setenta y tres con 46/100 ($4.964.373,46); Que la Comisión de Evaluación de Ofertas, luego de evaluar los Informes Técnicos, el Informe Financiero; las ofertas y la documentación presentada, aconsejó mediante Acta N° 88/2014, adjudicar a la empresa INSTALECTRO S.A. (CUIT 33-66162872-9) por el monto de cuatro millones novecientos sesenta y cuatro mil trescientos setenta y tres con 46/100 ($4.964.373,46) por ajustarse a los pliegos de la licitación y ser la primera en orden de mérito; designando a la empresa NAKU CONSTRUCCIONES S.R.L. (CUIT 30-57529217-4), segunda en orden de mérito por ajustarse a los pliegos de la licitación pero sujeto al cumplimiento de documentación complementaria de carácter subsanable que pudiera ser requerida en caso de desistimiento de la oferta anterior; Que asimismo aconsejó, desestimar las propuestas de MANTENIMIENTOS Y SERVICIOS S.A. por no presentar la documentación requerida por la Comisión de Evaluación de Ofertas y ERNESTO TARNOUSKY S.A. por presentar una oferta técnicamente inválida y presentar precios de referencia que no son del INDEC tal como lo solicita el pliego de condiciones particulares; Que los términos del Acta emitida por la citada Comisión fueron notificados a todos los oferentes, publicados en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Cartelera del Organismo licitante, sin que se formularan impugnaciones formales a la misma; Que el gasto que genera la presente gestión cuenta con imputación presupuestaria con cargo al ejercicio correspondiente; Que en este estado del trámite corresponde dictar el acto administrativo que resuelve en definitiva la gestión que nos ocupa. Por ello, y en base a las competencias establecidas en el Anexo I del Decreto Nº 166-GCBA/14,

EL SUBSECRETARIO DE ESPACIO PÚBLICO COMUNAL RESUELVE:

Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 1493/SIGAF/2014, para la contratación de la obra "Plaza Leandro N. Alem", al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254-GCBA/08.

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Artículo 2°.- Adjudícase la obra establecida en el artículo 1° de la presente a la firma INSTALECTRO S.A. (CUIT 33-66162872-9) por el monto de cuatro millones novecientos sesenta y cuatro mil trescientos setenta y tres con 46/100 ($4.964.373,46) por ajustarse a los pliegos de la licitación y ser la primera en orden de mérito Articulo 3º.- Designase a la empresa NAKU CONSTRUCCIONES S.R.L. (CUIT 30-57529217-4), segunda en orden de mérito por ajustarse a los pliegos de la licitación pero sujeto al cumplimiento de documentación complementaria de carácter subsanable que pudiera ser requerida en caso de desistimiento de la oferta anterior. Artículo 4º.- Desestimanse las ofertas presentadas por las empresas MANTENIMIENTOS Y SERVICIOS S.A. por no presentar la documentación requerida por la Comisión de Evaluación de Ofertas y ERNESTO TARNOUSKY S.A. por presentar una oferta técnicamente inválida al acompañar precios de referencia que no son del INDEC tal como lo solicita el pliego de condiciones particulares. Artículo 5º.- Apruébase el Proyecto de Contrata y Orden de Ejecución que obra en el expediente citado en el Visto. Artículo 6º.- La erogación que demanda la presente gestión se imputa a la correspondiente partida presupuestaria con cargo al ejercicio correspondiente. Artículo 7º.- Delégase en la Dirección General de Obras Comunales la facultad de suscribir la Contrata y Orden de Ejecución y la consecuente Orden de Comienzo de los trabajos con la empresa adjudicataria. Artículo 8º.- Publíquese en el Boletín Oficial, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Cartelera del Organismo Licitante, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, a la Dirección General de Obras Comunales y comuníquese a la Dirección General Contaduría. Villar

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Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos

RESOLUCIÓN N.º 31/AGIP/15

Buenos Aires, 22 de enero de 2015 VISTO: LA LEY N° 2603 (BOCBA N° 2846), LA RESOLUCIÓN N° 500/AGIP/2008 (BOCBA Nº 3091) Y SUS MODIFICATORIAS Y LA RESOLUCIÓN Nº 421/AGIP/2014 (BOCBA Nº 4419), Y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 2603 faculta al Administrador Gubernamental de Ingresos Públicos a establecer la estructura orgánica de la referida Administración; Que mediante la Resolución N° 500/AGIP/2008 y sus modificatorias se aprobó la Estructura Orgánico Funcional de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos; Que por medio de la Resolución Nº 421/AGIP/2014 se procedió a la designación del agente Miguel Ángel Arata, F. C. Nº 360.453, como Jefe del Departamento Operativos dependiente de la Dirección Fiscalización Interna y Operativos Masivos de la Subdirección General de Fiscalización de la Dirección General de Rentas; Que asimismo, por medio de la citada norma se designó al agente Leonardo Ariel Correa, F. C. Nº 353.583, como Jefe de la División "A" y al agente Fernando César Gentile, F. C. Nº 353.695, como Jefe de la División "B", ambas dependientes del Departamento Operativos de la Dirección Fiscalización Interna y Operativos Masivos de la Subdirección General de Fiscalización de la Dirección General de Rentas; Que tales designaciones se efectuaron con carácter provisorio por un plazo de ciento veinte (120) días hábiles; Que los citados agentes desempeñan correctamente su cargo y cumplen acabadamente con los objetivos que esta Administración ha fijado, motivo por el cual resulta oportuno proceder a confirmar sus designaciones. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE

Artículo 1.- Confírmase, a partir del día 11 de Diciembre de 2014, al agente Miguel Ángel Arata, F. C. Nº 360.453, como Jefe del Departamento Operativos dependiente de la Dirección Fiscalización Interna y Operativos Masivos de la Subdirección General de Fiscalización de la Dirección General de Rentas. Artículo 2.- Confírmanse, a partir del día 11 de Diciembre de 2014, al agente Leonardo Ariel Correa, F. C. Nº 353.583, como Jefe de la División "A" y al agente Fernando César Gentile, F. C. Nº 353.695, como Jefe de la División "B", ambas dependientes del Departamento Operativos de la Dirección Fiscalización Interna y Operativos Masivos de la Subdirección General de Fiscalización de la Dirección General de Rentas. Artículo 3.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese al Ministerio de Hacienda, a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de

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Modernización y a todas las áreas dependientes de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos. Pase al Departamento Recursos Humanos de la Dirección Gestión Operativa y de Personal de la Subdirección General Técnica Administrativa y de Gestión Operativa dependiente de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, para la notificación fehaciente de los interesados. Cumplido, archívese. Walter

RESOLUCIÓN N.º 32/AGIP/15

Buenos Aires, 22 de enero de 2015 VISTO: El Decreto Nº 556/GCABA/10, su modificatorio Decreto Nº 752/GCABA/10, el Expediente Electrónico Nº 18.283.417/AGIP/14, y; CONSIDERANDO: Que la citada actuación se halla relacionada con la contratación del servicio de mantenimiento y soporte técnico de la instalación eléctrica de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, para los inmuebles sitos en las calles Viamonte 900 y Esmeralda 638 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que siendo éste un servicio de imperiosa necesidad para el normal funcionamiento de la Administración, resultó imprescindible la contratación del mismo durante los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre de 2014; Que por Expediente Electrónico Nº 688.014/AGIP/15 tramita la contratación del mencionado servicio de mantenimiento a través de los procedimientos vigentes en materia de compras y contrataciones, encontrándose actualmente en etapa de confección de pliego de especificaciones técnicas; Que el vencimiento de la Orden de Compra N° 2045/13 adjudicada a la empresa Roda Construcciones SRL por Licitación Pública N° 8618-0100-LPU13 por el servicio en cuestión operó en Septiembre de 2014; Que habiéndose solicitado tres presupuestos a empresas del rubro, en los que se constató el valor de mercado del servicio en cuestión, fue seleccionada la firma Roda Construcciones S.R.L. por ser la oferta más conveniente y ajustada a precio, por la suma mensual de PESOS CIENTO VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS ($ 129.500,00); Por ello, y en uso de las atribuciones otorgadas por Decreto Nro. 556/GCABA/10 y su modificatorio Decreto Nro. 752/GCABA/10;

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE Artículo 1º.- Apruébase el gasto originado por el servicio de mantenimiento y soporte técnico de la instalación eléctrica de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos brindado por la empresa "Roda Construcciones S.R.L." durante los meses de Octubre, Noviembre, y Diciembre de 2014, por un importe total trimestral de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS ($ 388.500,00.-). Artículo 2º.- Autorízase a la Dirección Administración mediante la División Seguimiento de Contratos a confeccionar el Parte de Recepción Definitiva.

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Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Dirección Administración dependiente de la Subdirección General Técnica Administrativa y de Gestión Operativa para la prosecución de su trámite, cumplido archívese. Walter

RESOLUCIÓN N.° 40/AGIP/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: LA RESOLUCIÓN N° 4191-DGR-2007 (B.O. N° 2840), LA RESOLUCIÓN N° 136/AGIP/2009 (B.O. N° 3133), LA RESOLUCIÓN N° 139/AGIP/2009 (B.O. N° 3133), LA RESOLUCIÓN N° 95/AGIP/2010 (B.O. N° 3372), LA RESOLUCIÓN N° 678/AGIP/2010 (B.O. N° 3554), LA RESOLUCIÓN N° 166/AGIP/2013 (B.O. N° 4115); LA RESOLUCIÓN N° 903/AGIP/2013 (B.O. N° 4291) Y EL EXPEDIENTE N° EX-2014-17772557-MGEYA-DGR Y CONSIDERANDO: Que en las normas precitadas, se establecieron las nóminas que conforman el actual universo de Grandes Contribuyentes administrado por el Sistema de Control Especial; Que el objetivo de esta Administración es establecer procesos de reorganización y control, optimizando la relación fisco contribuyente a fin de brindar atención directa y personalizada para facilitar el cumplimiento fiscal; Que la inclusión en el Sistema mencionado, implica el seguimiento del responsable para el conjunto de sus obligaciones tributarias ante la Dirección General de Rentas, estableciendo su accionar frente al incumplimiento de las mismas, con la finalidad de optimizar los niveles de recaudación; Que en virtud de las modificaciones sufridas en el estado de situación legal, judicial y/o fiscal de determinados responsables, se entiende oportuno actualizar el referido universo; Que en consecuencia se hace necesario, establecer la nómina de contribuyentes que por los montos que tributan o por las actividades que desarrollan, revisten mayor interés fiscal para el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Por ello y atento a las facultades conferidas por el artículo 3° del Código Fiscal (t.o. 2014) y modificatorias;

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE

Artículo 1.- Establécese que los contribuyentes y/o responsables detallados en el Anexo I de la presente Resolución, quedan incorporados al Sistema de Control Especial (S.C.E.). Artículo 2.- Los sujetos indicados en el artículo precedente, deberán ajustarse en lo sucesivo a las normas que dicte la Dirección General de Rentas, para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentra a cargo de este Organismo.

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Artículo 3.- En los casos de procesos de reorganización empresaria en los cuales intervengan contribuyentes comprendidos en el Anexo I y responsables no incluidos en el mismo, los sujetos continuadores formarán parte de este Sistema en forma automática. Artículo 4.- Los contribuyentes y/o responsables incorporados al Sistema de Control Especial (S.C.E.) deberán en lo sucesivo efectuar todas sus presentaciones y pagos de declaraciones juradas, a través de los aplicativos y formularios vigentes. Artículo 5°.- La presente resolución tendrá vigencia a partir del 12/01/2015. Artículo 6°.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Rentas y a la Subdirección General de Sistemas dependientes de esta Administración. Cumplido archívese. Walter

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ANEXO

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Agencia Gubernamental de Control

RESOLUCIÓN N.° 245/AGC/14

Buenos Aires, 30 de abril de 2014 VISTO: LAS LEYES N° 2.624, EL DECRETO 224/13, LAS RESOLUCIONES N° 168/AGC/08 Y Nº 457/AGC/12 Y EL EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 04206950/MGEYA-AGC/14, Y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 2.624, se creó esta Agencia Gubernamental de Control (AGC) como ente autárquico, dentro del ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la AGC cuenta con facultades legales de habilitación, contralor y fiscalización, ejerciendo funciones de poder de policía; Que la implementación efectiva del poder de policía, mediante funciones específicas de contralor y fiscalización, se concreta a través de los cuerpos de inspectores integrados por personal calificado que se incorpora al efecto; Que conforme la Resolución Nº 168/AGC/08 se aprobó el régimen de selección y capacitación aplicable a los postulantes a desarrollar funciones de inspección en el ámbito de las diversas áreas que conforman la AGC; Que mediante la Resolución Nº 457/AGC/12 se efectuó un llamado a convocatoria para cubrir puestos para desarrollar funciones de inspección en el ámbito de las diversas áreas que conforman la AGC en los términos de la Resolución N° 168/AGC/08; Que conforme surge de la actuación citada en el Visto, la Unidad de Coordinación Administrativa informa que el inspector cuya contratación se propicia en los presentes obrados, ha aprobado todas las etapas del procedimiento previsto en la Resolución Nº 168/AGC/08; Que por lo expuesto corresponde que el Director Ejecutivo de esta AGC, dicte el acto administrativo que autorice la contratación de la Inspectora Claudia Noemí Rozenblit; Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el Decreto Nº 224/13, y sus complementarios, por el cual se establece el régimen para la contratación de personas bajo la figura de locación de servicios y obras, dejándose constancia que todos los requisitos exigidos por la normativa vigente han sido cumplimentados y constan en el legajo personal del locador; Que la mencionada normativa faculta a efectuar contrataciones a personas físicas bajo los regímenes de locación de servicios y de obra hasta un monto máximo de pesos veinticinco mil ($ 25.000) mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades presupuestarias; Que tanto el mencionado decreto, como la Resolución Nº 3-SECLYT/11 establecen que la contratación bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios deberá tramitar por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos -SADE-; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC, ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 12 inciso e) de la Ley N° 2.624,

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EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE Artículo 1.- Autorízase la contratación de la persona que se detalla en el Anexo Nº IF-2014-04134131-AGC, para cumplir funciones de inspección, bajo la modalidad de locación de servicios, en la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras de esta AGC, y por el período consignado en dicho Anexo el cual forma parte integrante de la presente. Artículo 2.- Facúltase al titular de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC a suscribir el contrato correspondiente. Artículo 3.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría General del Ministerio de Hacienda a incluir los importes mensuales en una orden de pago. Artículo 4.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos perteneciente al Ministerio de Modernización y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, y para su conocimiento y demás efectos, remítanse a la Gerencia Operativa Administrativa y Financiera y a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos, ambas pertenecientes a la Unidad de Coordinación Administrativa de ésta AGC. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

RESOLUCIÓN N.° 38/AGC/15

Buenos Aires, 22 de enero de 2015 VISTO: LA LEY Nº 2.624, EL DECRETO Nº 1.550/08, EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 00574423/MGEYA/AGC/15, Y CONSIDERANDO: Que mediante el Expediente Electrónico citado en el VISTO tramita la solicitud de licencia sin goce de haberes por el término de un (1) mes, desde el 18 de febrero de 2015 al 18 de marzo de 2015, requerida por la Sra. Verónica Andrea De Filippe, CUIT 27-23541622-6, quién presta servicios en la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras esta Agencia Gubernamental de Control (AGC); Que la referida Dirección General de Fiscalización y Control de Obras prestó su conformidad con la solicitud efectuada; Que la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC a través de la Subgerencia Operativa de Administración de Personal, solicitó se emita el acto administrativo que autorice la licencia sin goce de haberes requerida; Que de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 1.550/08 la licencia sin goce de haberes no podrá exceder de 1 (un) año, renovable por un período similar;

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ANEXO

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Que si bien el referido Decreto Nº 1.550/08 establece que las licencias extraordinarias solo pueden ser otorgadas por funcionarios con jerarquía de Ministros del Poder Ejecutivo, la Procuración General ha pronunciado en causas análogas, que la Agencia - como ente autárquico - es administrada por un Director Ejecutivo, quién tiene a su cargo la superintendencia del personal dependiente de la AGC y en atención de ello no resulta necesaria la delegación, puesto que es una competencia propia del Director Ejecutivo conforme lo normado por la Ley Nº 2624; Que atento lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que otorgue la licencia sin goce de haberes solicitada por la Sra. Verónica Andrea De Filippe; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Que por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 7º inciso e) de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE Artículo 1.- Otórgase licencia extraordinaria sin goce de haberes a la Sra. Verónica Andrea De Filippe, CUIT 27-23541622-6, por el término de un (1) mes, desde el 18 de febrero de 2015 al 18 de marzo de 2015. Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras de esta AGC y pase a la Gerencia

Operativa de Recursos Humanos, dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC, quien deberá notificar a la interesada y posteriormente remitirlas al Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Gomez Centurión

RESOLUCIÓN N.° 44/AGC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: LA LEY N° 2624, LAS RESOLUCIONES N° 444/AGC/2014 Y N° 493/AGC/2014, LA DISPOSICIÓN N° 109/CAAGC/2014, Y EL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO N° 10851815-MGEYAAGC- 2014, Y CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución N° 444/AGC/2014 se aprobó el Reglamento General del procedimiento de Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para la selección y designación de los cargos de Directores Generales de esta Agencia Gubernamental de Control (AGC), así como los Formularios de Inscripción y Seudónimo correspondientes; Que posteriormente, a través de la Resolución N° 493/AGC/2014, se convocó a Concurso Público Abierto de Oposición y Antecedentes para cubrir el cargo de Director General de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, designándose a los integrantes titulares y suplentes del Comité de Selección;

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Que por su parte, la Unidad de Coordinación Administrativa (UCA) a través de la Disposición N° 109/CAAGC/2014 designó a los miembros del Comité Coordinador, y cursó asimismo invitación a la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos Aires (UBA) a fin de que actúe en calidad de veedor del mencionado concurso, todo ello de conformidad con los previsto en los artículos 9 y 10 del Anexo I de la Resolución N° 444/AGC/2014; Que asimismo, la convocatoria al presente Concurso Público ha sido debidamente publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en dos (2) diarios de masiva circulación, y difundida a través de la página web de esta AGC (www.buenosaires.gob.ar/agc); Que en esta instancia, se encuentran cumplidas las diversas etapas de evaluación del proceso concursal previstas en el Artículo 13 del Anexo I de la Resolución N° 444/AGC/2014, de conformidad con las constancias que lucen agregadas en el Expediente Electrónico citado en el VISTO; Que en tal contexto, el Comité de Selección emitió el Dictamen identificado como IF- IF-2014-18193726-CAAGC, estableciendo el Orden de Mérito Definitivo conformado por los Sres. Alonso, Osvaldo José Simón (DNI: 6.262.921.), Uberti, Sebastián Ariel (DNI: 24.497.056) y Franceschi, Luis Ignacio (DNI: 8.462.925), publicándose el respectivo Dictamen en el portal web de la AGC y notificándose a los respectivos a los postulantes; Que elevado a consideración del Director Ejecutivo el mencionado Orden de Mérito, entiende que quien reviste mayor idoneidad para cubrir el cargo es el Sr. Alonso, Osvaldo José Simón, CUIL 20-06262921-6; Que en virtud de los antecedentes expuestos, y de lo previsto por el 13 de la Ley Nº 2.624 que establece que "El Director Ejecutivo designará a los Directores Generales a través del procedimiento de concurso público", corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica ha tomado debida intervención. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 7 inc. c), 12 y 13 de la Ley N° 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE Artículo 1°.- Déjese sin efecto a partir del 22 de enero de 2015, la designación del Sr. Osvaldo José Simón Alonso (CUIL 20-06262921-6), dispuesta por la Resolución Nº 302/AGC/14. Artículo 2.- Desígnase por Concurso Público Abierto de Oposición y Antecedentes al Sr. Osvaldo José Simón Alonso (CUIL 20-06262921-6) como Director General de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras de la Agencia Gubernamental de Control, a partir del 23 de enero de 2015. Artículo 3.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y a todas las Direcciones Generales y Unidades de esta AGC. Cumplido, pase a la UCA para su notificación de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 13, punto 7, inciso "d" del Anexo I de la Resolución N° 444/AGC/14 y publicación de la presente en el portal web de la AGC. Cumplido, archívese. Gomez Centurión

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RESOLUCIÓN N.° 46/AGC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: LA LEY Nº 2.624, EL DECRETO Nº 530/GCABA/12, LAS RESOLUCIONES Nº66/AGC/13 Y Nº 144/AGC/13, Y CONSIDERANDO: Que por la Ley 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC), como ente autárquico en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que conforme lo dispuesto en la Resolución Nº 66/AGC/13 y sus modificatorias, se estableció la estructura orgánico funcional de la AGC, de conformidad con las previsiones legales de la Ley Nº 2.624; Que en virtud del Decreto Nº 530/GCABA/12, se designó a quien suscribe Juan José Gómez Centurión, DNI N° 12.522.145, CUIL N° 23-12522145-9, como Director Ejecutivo de la Agencia Gubernamental de Control, quien se ausentará por el período comprendido entre el día 26 de enero de 2015 y 30 de enero de 2015, ambos inclusive; Que de acuerdo con el Art. 12º inc. g) de la Ley Nº 2.624, el Director Ejecutivo se encuentra facultado para delegar, a través de los actos administrativos correspondientes, las facultades en los directores generales y personal superior de la Agencia; Que mediante la Resolución Nº 144/AGC/13, se designó a cargo de la Dirección General Legal y Técnica de ésta AGC, al Sr. Roberto Enrique Padilla (CUIT 23-16821984-9); Que en virtud de ello, resulta necesario encomendar la firma y el despacho de la Dirección Ejecutiva de la AGC desde el día 26 de enero de 2015 hasta el día 30 de enero de 2015, ambos inclusive, en la persona del Sr. Roberto Enrique Padilla (CUIT 23-16821984-9), a cargo de la Dirección General Legal y Técnica antes referida; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12 de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE Artículo 1.- Encomiéndase la firma y el despacho del Director Ejecutivo de la AGC, Sr. Juan José Gómez Centurión, al Sr. Roberto Enrique Padilla (CUIT 23-16821984-9), titular a cargo de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC, durante el período comprendido entre el día 26 de enero de 2015 hasta el día 30 de enero de 2015, ambos inclusive. Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las

Direcciones Generales y demás Unidades dependientes de esta AGC. Cumplido, archívese. Gomez Centurión

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RESOLUCIÓN N.° 47/AGC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: LAS LEYES N° 2.624, Nº 3304, Y EL EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 01412224/MGEYA/AGC/15, Y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC) como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que por su parte, a través de la Ley N° 3.304 se creó el Plan de Modernización de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, con el fin de encarar un proceso de modernización administrativa en la Ciudad; Que uno de los componentes del referido Plan es el "Sistema de gestión por resultados", orientado al logro de resultados en la Administración Pública, a través de diversos instrumentos de gestión que detallados por la norma en el Artículo 4 del Anexo I, y entre los que se encuentran los Convenios de Desempeño, los Planes Estratégicos de Gestión y los Planes Operativos Anuales; Que en virtud de tales previsiones, esta AGC y el Ministerio de Modernización han suscripto el Convenio de Desempeño correspondiente al año 2014 a través del Acta N° 23/14, y la correspondiente implementación del Premio por Productividad; Que en tal contexto, y no encontrándose comprendidos en el mencionado Convenio los Directores Generales, los Titulares de Unidades y el Jefe de Gabinete de esta AGC, la Unidad de Coordinación Administrativa (UCA) ha solicitado a través del Expediente Electrónico citado en el VISTO la asignación de un incentivo por productividad a quienes ocupan dichos cargos y cuyo detalle obra en el IF-2015-01036700-AGC, en concordancia con los términos y modalidades del Convenio de Desempeño Año 2014; Que por su parte, el artículo 7° de la ley de creación N° 2.624, establece que es facultad de esta entidad autárquica "administrar los recursos económicos que le son asignados, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con la normas legales vigentes", así como "establecer criterios de profesionalización de los recursos humanos comprendiendo la instrumentación de incentivos y premios y sanciones"; Que en el mismo sentido, el artículo 17 de la precitada ley dispone que "la Agencia podrá disponer de fondos para ser distribuidos entre todo el personal, con y sin funciones directivas, conforme a un sistema que premie la consecución de objetivos, calificando el rendimiento y la eficiencia de los agentes, a base de parámetros objetivos"; Que en virtud de los antecedentes expuestos, y dada la relevancia de las tareas, funciones y responsabilidades que recaen sobre quienes ocupan los cargos más altos de esta AGC, resulta propicio y equitativo que sean alcanzados por el "Premio por Productividad" establecido en el Convenio de Desempeño referido precedentemente, correspondiendo dictar en consecuencia el acto administrativo pertinente;

Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia, Por ello, en virtud de las facultades conferidas por los artículos 7° incisos f) y g) y 17 de la Ley N° 2.624.

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EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL, RESUELVE

Artículo 1º.- Asígnase un adicional no remunerativo en concepto de Incentivo por Productividad a quienes ocupan los cargos de Directores Generales, de Titulares de Unidades y de Jefe de Gabinete de esta AGC, cuyo detalle obra en el Anexo IF-2015-01036700-AGC que forma parte integrante de la presente, Artículo 2º.- Dispónese que el incentivo previsto en el Artículo 1 de la presente resolución, será determinado y aplicado de modo equivalente al porcentaje del Premio por Productividad establecido en el Convenio por Desempeño Año 2014 aplicable al personal de la Agencia Gubernamental de Control. Artículo 3º.- El gasto que demande la ejecución de la presente medida será afrontado con recursos presupuestarios de fuente de financiamiento propio. Artículo 4º.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización y a todas las Direcciones Generales y Unidades de esta AGC. Cumplido, gírese a la Unidad de Coordinación Administrativa. Fecho, archívese. Gomez Centurión

RESOLUCIÓN N.° 48/AGC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: LA LEY Nº 2.624, LAS RESOLUCIONES Nº 66/AGC/13 Y MODIFICATORIAS, N° 583/AGC/13, N° 44/AGC/15, EL EXPEDIENTE ELECTRONICO N° 01438309/MGEYA/AGC/15, Y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC), como ente autárquico en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que conforme lo dispuesto en la Resolución Nº 66/AGC/13 y sus modificatorias, se estableció la actual estructura orgánico funcional de la AGC, en comunión con las previsiones legales de la Ley Nº 2624; Que en virtud de la Resolución Nº 44/AGC/15, se designó a cargo de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras al Sr. Osvaldo José Simón Alonso (CUIL 20-06262921-6), quien se ausentará por el período comprendido entre el día 26 de enero de 2015 y el día 28 de enero de 2015, ambos inclusive; Que de acuerdo con el Art. 12º inc. g) de la Ley Nº 2624, el Director Ejecutivo se encuentra facultado para delegar, a través de los actos administrativos correspondientes, las facultades en los directores generales y personal superior de la Agencia;

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ANEXO

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Que mediante la Resolución Nº 583/AGC/13, se designó a cargo de la Gerencia Operativa de Fiscalización y Control de Obras de la mencionada Dirección General al Sr. Sebastián Ariel Uberti (CUIT Nº 20-24497056-8); Que en virtud de ello, resulta necesario encomendar la firma del despacho del Director General de Fiscalización y Control de Obras de la AGC desde el día 26 de enero de 2015 hasta el día 28 de enero de 2015, ambos inclusive, en la persona del Sr. Sebastián Ariel Uberti (CUIT 20-24497056-8), a cargo de la Gerencia Operativa de Fiscalización y Control de Obras dependiente de la mencionada Dirección General; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12 de la Ley Nº 2.624,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE Artículo 1.- Encomiéndase la firma y despacho de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras de la AGC, al Sr. Sebastián Ariel Uberti (CUIT 20-24497056-8), titular a cargo de la Gerencia Operativa de Fiscalización y Control de Obras de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras de esta Agencia Gubernamental de Control, durante el período comprendido entre el día 26 de enero de 2015 hasta el día 28 de enero de 2015, ambos inclusive.

Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y comuníquese las Direcciones Generales y Unidades de esta AGC. Cumplido, archívese. Gómez Centurión

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Agencia de Sistemas de Información

RESOLUCIÓN N.° 16/ASINF/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Ley Nº 70, Ley N° 2.689, la Ley Nº 5.239, el Decreto N° 531/GCABA/14, el Decreto N° 4/GCABA/2.015, el Expediente Electrónico N° 00862132-MGEYA-ASINF-2015, y CONSIDERANDO: Que a través del expediente indicado en el visto tramita la compensación presupuestaria detallada en el Requerimiento Nº 138/SIGAF/2.015 cuya finalidad es contar con crédito suficiente para las compras detalladas en el Informe N° 01057989-DGTALINF-2015 obrante bajo Orden N° 5; Que es función del suscripto "Administrar los recursos económicos asignados a la Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con la normas legales vigentes" (art. 10, inc. b, Ley Nº 2.689); Que por otro lado, la Ley Nº 70 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2º párrafo que "Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires"; Que por medio de la Ley Nº 5.239, promulgada por Decreto Nº 531/GCABA/14 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.015; Que así por Decreto Nº 4/GCABA/15, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.015", estableciendo en el artículo 9º del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de ese anexo; Que el Requerimiento Nº 138/SIGAF/2.015 se encuentran en estado "Pendiente OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que en consecuencia proceda arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2.015, aprobadas mediante Decreto N° 4/GCABA/2.015; Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información, ha tomado la debida intervención; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines de aprobar las modificaciones en las partidas presupuestarias que se propicia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2.689 y el Decreto Nº 4/GCABA/ 15,

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EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN RESUELVE

Artículo 1º.- Apruébase la modificación en la partida presupuestaria perteneciente a la Agencia de Sistemas de Información según el Anexo, registrado en SADE como IF-2015-01058024-DGTALINF, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Martínez

RESOLUCIÓN N.° 18/ASINF/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Ley Nº 70, Ley N° 2.689, la Ley Nº 4.809, el Decreto N° 2/GCABA/2.014, la Resolución Nº 18/ASINF/13 los Expedientes Electrónicos Nros. 18293321-MGEYA-ASINF-2.014 y 13401012-MGEYA-ASINF-2.014, y CONSIDERANDO: Que a través de los expedientes indicados en el visto tramita la compensación presupuestaria detallada en los Requerimientos Nros. 139 y 140/SIGAF/2.015 cuya finalidad es contar con crédito suficiente para imputar las compras detalladas en el IF-2015-01030680-DGTALINF, e IF-2015-01030647-DGTALINF; Que es función del suscripto "Administrar los recursos económicos asignados a la Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con la normas legales vigentes" (art. 10, inc. b, Ley Nº 2.689); Que por otro lado, la Ley Nº 70 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2º párrafo que "Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires"; Que por medio de la Ley Nº 5239, promulgada por Decreto Nº 531/GCABA/14 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.015;

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ANEXO

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Que así por Decreto Nº 4/GCABA/15, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.015", estableciendo en el artículo 9º del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de ese anexo; Que los Requerimientos Nros. 139 y 140/SIGAF/2.015 se encuentran en estado "Pendiente OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que en consecuencia proceda arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de buenos aires para el Ejercicio Fiscal 2.015, aprobadas mediante Decreto N° 4/GCABA/2.015; Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información, ha tomado la debida intervención; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines de aprobar las modificaciones en las partidas presupuestarias que se propicia.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2.689 y el Decreto Nº 4/GCABA/ 15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

RESUELVE Artículo 1º.- Apruébase la modificación en las partidas presupuestarias pertenecientes a la Agencia de Sistemas de Información según los Anexos, registrados en SADE como IF-2015-01018954-DGTALINF, e IF-2015-01018978-DGTALINF el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Martínez

RESOLUCIÓN N.° 19/ASINF/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Ley Nº 70, Ley N° 2.689, la Ley Nº 5.239, el Decreto N° 531/GCABA/14, el Decreto N° 4/GCABA/2.015, el Expediente Electrónico N° 00684663-MGEYA-ASINF-2015, y

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 95

ANEXO

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Que a través del expediente indicado en el visto tramita la compensación presupuestaria detallada en el Requerimiento Nº 129/SIGAF/2.015 cuya finalidad es contar con crédito suficiente para la reasignación de partidas y las compras detalladas en el Informe N° 00844997-DGTALINF-2015 obrante bajo Orden N° 4; Que es función del suscripto "Administrar los recursos económicos asignados a la Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con la normas legales vigentes" (art. 10, inc. b, Ley Nº 2.689); Que por otro lado, la Ley Nº 70 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2º párrafo que "Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires"; Que por medio de la Ley Nº 5.239, promulgada por Decreto Nº 531/GCABA/14 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.015; Que así por Decreto Nº 4/GCABA/15, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.015", estableciendo en el artículo 9º del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de ese anexo; Que el Requerimiento Nº 129/SIGAF/2.015 se encuentran en estado "Pendiente OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que en consecuencia proceda arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2.015, aprobadas mediante Decreto N° 4/GCABA/2.015; Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información, ha tomado la debida intervención; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines de aprobar las modificaciones en las partidas presupuestarias que se propicia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2.689 y el Decreto Nº 4/GCABA/ 15,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

RESUELVE Artículo 1º.- Apruébase la modificación en la partida presupuestaria perteneciente a la Agencia de Sistemas de Información según el Anexo, registrado en SADE como IF-2015-00845039-DGTALINF, el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Martínez

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CONSIDERANDO:

ANEXO

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RESOLUCIÓN N.° 20/ASINF/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Ley Nº 2689, la Ley 4013, el Decreto N° 638/GCABA/07, el Decreto N° 660/11, las Resoluciones Nros. 11/MJGGC/SECLYT/11, 24/ASINF/14, el Expediente Electrónico Nº 00517906-MGEYA-ASINF-2.015, y CONSIDERANDO: Que mediante Ley N° 2.689, se creó la Agencia de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ASI), como entidad autárquica en el orden administrativo, funcional y financiero; Que en este sentido en el artículo 10° de la Ley 2.689, establece las funciones y facultades del Director Ejecutivo de la Agencia de Sistemas de Información, entre ellas, "Inc. a) Organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánico-funcional, así como los aspectos organizativos, operativos y de administración."; Que la Ley de Ministerios N° 4.013 establece que la Agencia de Sistemas de Información (ASI) se encuentra bajo la órbita del Ministerio de Modernización del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Unidad Ministerial que, se encarga de supervisar su funcionamiento, en un todo conforme con dicha Ley, su Decreto Reglamentario N°660/11 y sus modificatorios; Que por Decreto N° 660/GCABA/11, se aprobó la estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que entre otras medidas, el Artículo 5 del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2011, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno; Que por Resolución 11/MJGGC/SECLYT/11 se aprueba el procedimiento aplicable a las designaciones en planta de gabinete; Que por Resolución 24/ASINF/2.012 se designó a partir del 1 de marzo de 2012, del señor MASSA, EMILIO, DNI 14.455.582, CUIL 20-14455582-2, como Personal de la Planta de Gabinete de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de información (ASI), con ocho mil quinientas (8.500) Unidades Retributivas Mensuales; Que mediante Nota Nº 00386970-DGTALINF-2.015 el Director General Técnico Administrativo y Legal solicitó el cese a partir del 31 de enero del 2015 del Sr. MASSA, EMILIO CUIL 20-14455582-2, como Planta de Gabinete de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información; Que ello así, mediante Nota Nº 00850869-DGTALINF-2.015 se rectificó la Nota mencionada ut-supra, siendo la fecha correcta de la Baja del Sr. MASSA, a partir del 01 de enero de 2015; Que en este sentido corresponde la liberación de ocho mil quinientas (8.500) Unidades Retributivas Mensuales en la Planta de Gabinete de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la ASI;

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Que dicho acto administrativo se efectúa teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el presente actuado de acuerdo a lo dispuesto por Resolución N° 698/MHGC/08 y sus modificatorias; Que la Gerencia Operativa de Legales de la ASI ha tomado la debida intervención; Que a tal fin resulta necesario dictar la normal legal que posibilite lo requerido. Por ello, conforme las facultades conferidas por el Artículo 1, del Decreto N° 638/GCABA/07,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION

RESUELVE Artículo 1º.- Cese a partir del 1 de enero del 2015, señor MASSA, EMILIO, DNI 14.455.582, CUIL 20-14455582-2, como Planta de Gabinete de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información (F/N) dependiente del Ministerio de Modernización, cuya designación fuera dispuesta por Resolución Nº 24/ASINF/12, liberándose ocho mil quinientas (8.500) Unidades Retributivas. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase Dirección General Técnica Administrativa y Legal de esta Agencia de Sistemas de Información, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Notifíquese al interesado. Cumplido, archívese. Martínez

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Ministerio de Modernización - Ministerio de

Salud

RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 58/MMGC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 4498140/2014, (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Dalmacio Vélez Sarsfield", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 278/HGAVS/2014 designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la Señora Estefanía Patricia Ortiz, D.N.I. 32.294.114, CUIL. 27-32294114-0, como Enfermera, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 278/HGAVS/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 59/MMGC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 133837/2014 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Abel Zubizarreta", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 52/HGAZ/2014, modificada por Disposiciones Nº 227/HGAZ/2014, Nº 393/HGAZ/2014, designó con carácter interino, a la Dra. Inés Milena Donis, D.N.I. 30.099.131, CUIL. 27-30099131-4, legajo personal 460.807, como Especialista en la Guardia Médica Asistente (Anestesiología), de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, cesa en su cargo de Especialista en la Guardia Médico Suplente (Anestesiología), del Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", del citado Ministerio; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase lo dispuesto por Disposición N° 52/HGAZ/2014, modificada por Disposiciones Nº 227/HGAZ/2014, Nº 393/HGAZ/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 60/MMGC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 3830255/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital de Oncología "María Curie", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 162/HMOMC/2014, designó con carácter interino al Dr. Fernando Gabriel Scarcella, D.N.I. 30.448.722, CUIL. 20-30448722-5, legajo personal 449.138, como Profesional de Guardia Farmacéutico Asistente, para el día sábado, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, cesando como Profesional de Guardia Farmacéutico, suplente, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 162/HMOMC/2014. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 61/MMGC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E. E. N° 5929949/2013 (DGAYDRH) y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Enrique Tornú", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 257/HGAT/2014, designó con carácter interino al Dr. Mariano Jorge Spotti, D.N.I. 27.779.070, CUIL. 20-27779070-0, como Médica de Planta Asistente (Hemoterapia), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 257/HGAT/2014. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 62/MMGC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 4803548/2014 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 389/HGAIP/2014, designó con carácter interino, al Dr. Esteban Rogelio Normando Díaz, D.N.I. 29.146.568, CUIL. 20-29146568-5, legajo personal 423.639, como Especialista en la Guardia Médico Asistente (Obstetricia), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, cesando como Profesional de Guardia Médica Médico, Suplente, del citado Hospital Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase, lo dispuesto por Disposición N° 389/HGAIP/2014, dejándose establecido que la designación efectuada por la misma en favor del Dr. Esteban Rogelio Normando Díaz, CUIL 20-29146568- 5, lo es cesando como Especialista en la Guardia Médico (Obstetricia), suplente, partida 4022.0906.Z.25.954, del Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", del Ministerio de Salud. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 103

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 63/MMGC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 1828507/2014 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital "Bernardino Rivadavia", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 268/HBR/2014, designó con carácter interino a la Dra. María Valeria Estrada, D.N.I. 22.190.435, CUIL. 23-22190435-4, legajo personal 432.473 como profesional de Guardia Médica Asistente Adjunto, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, cesando como Profesional de Guardia Médica, suplente, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 268/HBR/2014. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 104

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 64/MMGC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 6212301/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 228/HGAPP/2014, designó con carácter interino, a la señora Romina Daniela Volcovich, D.N.I. 26.157.099, CUIL. 27-26157099-3, como Bioquímica de Planta Asistente, Turno Vespertino, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase, en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 228/HGAPP/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 65/MMGC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 4894497/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital de Oncología "María Curie", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 243/HMOMC/2014, designó con carácter interino, a la Dra. Alicia Mercado, D.N.I. 26.054.372, CUIL. 27-26054372-0, como Médica de Planta Asistente (Oncología), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, cesando como Profesional de Guardia Médica, suplente, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase, en todos sus términos lo dispuesto por Disposición N° 243/HMOMC/2014,. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

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RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 66/MMGC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E. E. N° 3534918/2014 (DGAYDRH) y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 117/HGARM/2014, designó con carácter interino al Dr. Julio Eduardo Muniagurria, D.N.I. 14.014.516, CUIL. 20-14014516-6, como Médico de Planta Asistente (Clínica Médica), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura del cargo en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013,

LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN

Artículo 1.-Convalídase lo dispuesto por Disposición N° 117/HGARM/2014, dejándose establecido que la designación efectuada por la misma, en favor del Dr. Julio Eduardo Muniagurria, CUIL. 20-14014516-6, lo es como Médico de Planta Asistente Adjunto, para desempeñarse en el Servicio de Clínica Médica, con 30 horas semanales, partida 4022.1000.PS.25.024, del Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", del Ministerio de Salud. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra

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Disposición Ministerio de Justicia y Seguridad

DISPOSICIÓN N.º 41/DGLO/14

Buenos Aires, 29 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 18264126/2014, el Decreto 556/10 y EL Decreto 752/10 y CONSIDERANDO: Que, por la mencionada actuación tramita la adquisición de agua potable para ser suministrada durante los operativos de respuesta a las emergencias vinculadas a los cortes de suministro eléctrico. Que se trata de un servicio esencial que se requiere en forma urgente, por lo que dado los plazos involucrados no resulta posible efectuar la adquisición a través de los procedimientos previstos en los regímenes de compras y contrataciones vigentes; Que en función de la celeridad con la que se requiere contar con los elementos a adquirir se ha considerado oportuno flexibilizar las medidas de los envases originalmente previstas, permitiendo a los potenciales oferentes contar con mayores posibilidades de cumplir con la cantidad solicitada. Que atento a la premura requerida, se han efectuado las correspondientes invitaciones a cotizar mediante correo electrónico oficial, a tres firmas proveedoras que figuran inscriptas en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, en el correspondiente rubro. Que se ha recibido un única oferta por parte de la firma H2O SA, la que ha ofertado por la totalidad de los litros de agua requeridos en envases de 6 (seis) litros. Que en virtud de ello, y atento a que oportunamente se solicitara una parte del agua potable en envases de entre 1 a 2 litros y otra parte en envases de entre 5 a 6 litros, se considera oportuno adjudicar en forma parcial a la firma H2O, por la cantidad de litros solicitada en envases de 5 a 6 litros, dejándose sin efecto, por falta de oferentes, lo solicitado en envases de 1 a 2 litros. Que por lo tanto la cantidad de bidones de 6 litros a adjudicar a la firma H2O es de 2417 (dos mil cuatrocientos diecisiete). Que, en el Expediente de referencia, obra agregada la Solicitud de Gastos debidamente autorizada, con cargo al Presupuesto del Ejercicio 2014; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Los Decreto 556/10 y Decreto 752/10,

EL DIRECTOR GENERAL DE LOGÍSTICA

DISPONE Artículo 1: Apruébase el gasto a efectuar en concepto de adquisición de agua potable a la Firma H2O S.A, por la suma de pesos cincuenta y tres mil ciento setenta y cuatro ($ 53.174) Artículo 2: Póngase en conocimiento de la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Subsecretaría de Emergencias para la emisión de la correspondiente Orden de Compra a favor de la firma H2O (CUIT N° 30-70819052-3) Artículo 3: Regístrese. Publíquese. Notifíquese a la firma H2O S.A. Fuertes

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DISPOSICIÓN N.° 5/DGTALMJYS/15

Buenos Aires, 20 de enero de 2015 VISTO: El Decreto Nº 67/10, las Resoluciones Nº 51/MHGC/10,Nº 107/MHGC/14, Nº 413/MHGC/14 y Nº 182/MJYSGC/14, Disposición Nº 9/DGCG/10, y Nº 57/DGGAYE/14 y el Expediente Nº 2300708/DGGAYE/14, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto tramita la rendición de la Caja Chica parcial Especial otorgada en el marco del Decreto Nº 67/10, por Resolución Nº 182/MJYSGC/14 destinada a responder a emergencias y/o catástrofes que puedan acontecer o para efectuar gastos de prevención de emergencias y/o catástrofes que deban efectuarse para posibilitar una adecuada capacidad de respuesta de las áreas de emergencia del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que el organismo peticionante requirió la excepción del plazo de rendición de 30 días establecido en el punto 1 Anexo lll de la Disposición Nº 9/DGCG/2010 y del de 60días del articulo 20 Anexo l del Decreto 67/10; Que mediante Resolución Nº 413/MHGC/14 se exceptúa a la Dirección General Guardia de Auxilio y Emergencias esta de cumplimentar le establecido en el articulo Nro 20 Anexo i del Decreto 67/10, como asimismo de lo estipulado en el articulo 10 Anexo I de la Resolución Nº 51/MHGC/10 y en la Disposición Nº 10/DGCG/10 ratificada por Disposición Nº 38/DGCG/14; Que la Disposición Nº 9/DGCG/10 aprobó los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, estableciendo en su Anexo III el procedimiento para la rendición de dichos fondos; Que en las normas antes citadas expresamente se dispone que la oportunidad, mérito y conveniencia de las erogaciones es responsabilidad del titular de la repartición receptora de los fondos, las que son aprobadas por Acto Administrativo, y que la revisión por parte de la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal alcanza a las formalidades de los comprobantes, retenciones impositivas, cálculos aritméticos, imputación presupuestaria, topes por comprobante, en caso de corresponder, y verificación de la aprobación del gasto por la autoridad máxima de la repartición que rinde los fondos, y con ese alcance aprueba o desaprueba las mismas (Anexo III); Que por Disposición Nº 57/DGGAYE/14 el Director General Guardia de Auxilio y Emergencias aprobó las erogaciones correspondientes a la Caja Chica Especial en cuestión y las planillas correspondientes que como Anexo I, II y III la integran, por la suma total de pesos trescientos noventa y tres mil novecientos noventa y tres con 79/100 ($ 399.993,79), obrando en el expediente los correspondientes comprobantes respaldatorios; Que se procedido a la devolución de saldo no invertido por un importe de pesos seis con 21/100 ( $ 6.21); Que se ha efectuado la correspondiente registración presupuestaria de conformidad con lo dispuesto por el punto 3 del anexo III de la Disposición Nº 9/DGCG/10.

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Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Disposición Nº 9/DGCG/10,

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

DISPONE Artículo 1.- Apruébase la rendición final de gastos correspondientes a la Caja Chica Especial otorgada en el marco del Decreto Nº 67/10, y Resolución Nº 182/MJYSGC/14 destinada a responder a emergencias y/o catástrofes que puedan acontecer o para efectuar gastos de prevención de emergencias y/o catástrofes que deban efectuarse para posibilitar una adecuada capacidad de respuesta de las áreas de emergencia del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por un monto total de pesos Cuatrocientos Mil ($400.000). Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Paredes

DISPOSICIÓN N.° 6/DGTALMJYS/15

Buenos Aires, 20 de enero de 2015 VISTO: El Decreto Nº 67/10, las Resoluciones Nº 51/MHGC/10, Nº 551/MHGC/14,Nº 230/AGIP/12, y Nº 763/MJYSGC/14, Disposición Nº 9/DGCG/10, y Nº 58/DGGAYE/14 y el Expediente Nº 4015219/DGGAYE/14, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto tramita la rendición de la Caja Chica Especial otorgada en el marco del Decreto Nº 67/10, por Resolución Nº 763/MJYSGC/14 destinada a solventar los gastos por tareas de desmonte y peritaje en el deposito de la firma Iron Mountain Argentina S.A.; Que el organismo peticionante requirió la excepción del plazo de rendición de 30 días establecido en el punto 1, in fine, del Anexo lll de la Disposición Nº 9/DGCG/2010 y del de 60días del articulo 20 Anexo l del Decreto 67/10, asimismo se requiere que estos fondos sean eximidos de lo establecido en el articulo 10 de la Resolucion Nº 51/MHGC/10 permaneciendo vigente el imperativo de rendir los fondos antes del cierre presente ejercicio; Que la Disposición Nº 9/DGCG/10 aprobó los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, estableciendo en su Anexo III el procedimiento para la rendición de dichos fondos; Que en las normas antes citadas expresamente se dispone que la oportunidad, mérito y conveniencia de las erogaciones es responsabilidad del titular de la repartición receptora de los fondos, las que son aprobadas por Acto Administrativo, y que la revisión por parte de la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal alcanza a las formalidades de los comprobantes, retenciones impositivas, cálculos aritméticos, imputación presupuestaria, topes por comprobante, en caso de corresponder, y verificación de la aprobación del gasto por la autoridad máxima de la repartición que rinde los fondos, y con ese alcance aprueba o desaprueba las mismas (Anexo III);

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Que por Disposición Nº 58/DGGAYE/14 el Director General Guardia de Auxilio y Emergencias aprobó las erogaciones correspondientes a la Caja Chica Especial en cuestión y las planillas correspondientes que como Anexo I, II y III la integran, por la suma total de pesos Cuatrocientos Noventa y Nueve mil Setecientos Treinta y Cinco con 00/100 ($ 499.735,00), obrando en el expediente los correspondientes comprobantes respaldatorios; Que se ha procedido a la devolución de saldo no invertido por un importe de pesos Doscientos Sesenta y Cinco con 00/100 ($ 265,00); Que se ha efectuado la correspondiente registración presupuestaria de conformidad con lo dispuesto por el punto 3 del anexo III de la Disposición Nº 9/DGCG/10. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Disposición Nº 9/DGCG/10, LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DISPONE

Artículo 1.- Apruébase la rendición de gastos correspondientes a la Caja Chica Especial otorgada en el marco del Decreto Nº 67/10, y Resolución Nº 763/MJYSGC/14 destinada a afrontar los gastos por tareas de desmonte y peritaje de la firma Iron Mountain Argentina S.A. por un monto total de pesos Quinientos Mil ($500.000). Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Paredes

DISPOSICIÓN N.° 7/DGTALMJYS/15

Buenos Aires, 20 de enero de 2015 VISTO: El Decreto Nº 67/10, las Resoluciones Nº 51/MHGC/10, Nº 339/MHGC/14, 10/SECLYT/13, 268/MJYSGC/14 y n° 1738/MHGC/14, las Disposiciones Nº 9/DGCG/10, 183/DGCG/13 y Nº 413/DGCYSB/14, y el Expediente Nº 2600661/DGCYSB/14, y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el visto tramita la rendición final de la Caja Chica Especial otorgada en el marco del Decreto Nº 67/10, por Resoluciones N° 268/MJYSGC/14 y N° 1738/MHGC/14 destinada a afrontar los gastos dentro del marco que demandara la renovación de los certificados de Portación y Legítimo usuario de Armas ante el RENAR (aranceles anuales) correspondientes a certificados de reincidencia de los agentes de la Dirección General citada que cumplen funciones de custodia; Que la Disposición Nº 9/DGCG/10 y modificatorias aprobó los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, estableciendo en su Anexo III el procedimiento para la rendición de dichos fondos;

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Que en las normas antes citadas expresamente se dispone que la oportunidad, mérito y conveniencia de las erogaciones es responsabilidad del titular de la repartición receptora de los fondos, las que son aprobadas por Acto Administrativo, y que la revisión por parte de la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal alcanza a las formalidades de los comprobantes, retenciones impositivas, cálculos aritméticos, imputación presupuestaria, topes por comprobante, en caso de corresponder, y verificación de la aprobación del gasto por la autoridad máxima de la repartición que rinde los fondos, y con ese alcance aprueba o desaprueba las mismas (Anexo III); Que por Disposición Nº 413/DGCYSB/14 el Director General de Custodia y Seguridad de Bienes aprobó las erogaciones correspondientes a la Caja Chica Especial en cuestión y las planillas correspondientes que como Anexo I, II y III la integran, por la suma total de pesos ocho mil ciento tres con cuarenta y cuatro centavos ($ 8.103,44.-), obrando en el expediente los correspondientes comprobantes respaldatorios; Que se ha efectuado la correspondiente registración presupuestaria de conformidad con lo dispuesto por el punto 3 del Anexo III de la Disposición Nº 9/DGCG/2010. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Disposición Nº 9/DGCG/2010,

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

DISPONE Artículo 1.- Apruébese la rendición final de gastos correspondientes a la Caja Chica Especial otorgada en el marco del Decreto Nº 67/10, por Resoluciones Nº 268/MJYSGC/14 y N° 1738/MHGC/14 destinadas a solventar los gastos dentro del

marco que demandara la renovación de los certificados de Portación y Legítimo usuario de Armas ante el RENAR (aranceles anuales) correspondientes a certificados de reincidencia de los agentes de la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes que cumplen funciones de custodia por un monto total de pesos ocho mil ciento tres con cuarenta y cuatro centavos ($ 8.103,44.-) . Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Custodia y Seguridad de Bienes y a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Paredes

DISPOSICIÓN N.° 8/DGTALMJYS/15

Buenos Aires, 21 de enero de 2015 VISTO: El Decreto Nº 67/10, las Resoluciones Nº 51/MHGC/10,Nº 107/MHGC/14, Nº 232/MHGC/14 y Nº 200/MJYSGC/14, Disposición Nº 9/DGCG/10, y Nº 2/15/DGLO y el Expediente Nº 1663477/14, y

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Que por el Expediente citado en el visto tramita la rendición de la Caja Chica Especial otorgada en el marco del Decreto Nº 67/10, por Resolución Nº 200/MJYSGC/14 destinada a solventar la compra y alquiler de materiales, maquinarias, herramientas, equipos, agua, alimentos y demás elementos necesarios para responder para responder a emergencias y/o catástrofes incluidos aquellos simulacros y capacitaciones que deban efectuarse para posibilitar una adecuada capacidad de respuestas de las áreas de emergencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que el organismo peticionante requirió la excepción del plazo de rendición de 30 días establecido en el punto 1 Anexo lll de la Disposición Nº 9/DGCG/2010 y del de 60días del articulo 20 Anexo l del Decreto 67/10; Que la Disposición Nº 9/DGCG/10 aprobó los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones, estableciendo en su Anexo III el procedimiento para la rendición de dichos fondos; Que en las normas antes citadas expresamente se dispone que la oportunidad, mérito y conveniencia de las erogaciones es responsabilidad del titular de la repartición receptora de los fondos, las que son aprobadas por Acto Administrativo, y que la revisión por parte de la Dirección General, Técnica, Administrativa y Legal alcanza a las formalidades de los comprobantes, retenciones impositivas, cálculos aritméticos, imputación presupuestaria, topes por comprobante, en caso de corresponder, y verificación de la aprobación del gasto por la autoridad máxima de la repartición que rinde los fondos, y con ese alcance aprueba o desaprueba las mismas (Anexo III); Que por Disposición Nº 2/DGLO/15 el Director General de Logística aprobó las erogaciones correspondientes a la Caja Chica Especial en cuestión y las planillas correspondientes que como Anexo I, II y III la integran, por la suma total de pesos trescientos mil ($ 300.000), obrando en el expediente los correspondientes comprobantes respaldatorios; Que se ha efectuado la correspondiente registración presupuestaria de conformidad con lo dispuesto por el punto 3 del anexo III de la Disposición Nº 9/DGCG/10. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Disposición Nº 9/DGCG/10,

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

DISPONE: Artículo 1.- Apruébase la rendición final de gastos correspondientes a la Caja Chica Especial otorgada a la Dirección General de Logística en el marco del Decreto Nº 67/10, y Resolución Nº 200/MJYSGC/14 destinada a solventar la compra y el alquiler de materiales, maquinarias, herramientas, equipos, agua, alimentos y demás elementos necesarios para responder a emergencias y/o catástrofes, incluidos aquellos simulacros y capacitaciones que deban efectuarse para posibilitar una adecuada capacidad de respuesta de las áreas de emergencia del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por un monto total de pesos Trescientos Mil ($300.000). Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Paredes

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CONSIDERANDO:

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DISPOSICIÓN N.° 9/DGTALMJYS/15

Buenos Aires, 22 de enero de 2015 VISTO: El Decreto N° 556/10, modificado por el Decreto Nº 752/10, el Expediente Electrónico Nº 463617/MGEYA/DGTALMJYS/15, y CONSIDERANDO: Que por la referida actuación tramita la aprobación del gasto originado en la prestación de un Servicio de Servicio Informativo de Noticias por parte de la firma "Diarios y Noticias S.A." (DYN), CUIT Nº 30-59082789-0; por el período comprendido entre el 1º y el 31 de enero de 2015 por un monto de pesos seis mil novecientos ($ 6.900.-); Que, asimismo, se destaca que la precitada firma prestó el servicio mencionado, en el período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2014, cuya contratación fue aprobada mediante el dictado de la Resolución Nº 20-MJYSGC-2014 por un monto de pesos sesenta y tres mil seiscientos; Que por Expediente Electrónico Nº EX-2015-00544279-MGEYA-DGTALMJYS, se encuentra en trámite la Contratación Directa, en su modalidad de Contratación por Exclusividad Nº 282-0012-CDI15 para la contratación del servicio que se trata y a favor de la mencionada firma por el período comprendido entre el 1 de febrero de 2015 y el 31 de enero de 2016; Que la presente aprobación resulta necesaria y urgente, conforme surge del IF-2015-00410142-DGTALMJYS, toda vez que "DYN" resulta indispensable como herramienta para la toma de decisiones al ser informados de los acontecimientos de interés o inherentes a la actividad de este Ministerio a medida que los mismos ocurren, cubriendo noticias de la Ciudad y Nacionales, por lo que no puede ser discontinuada; Que la Empresa "DYN", se encuentra debidamente inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores; Que se encuentra agregada la Solicitud de Gastos Nº 6370/2015 correspondiente al ejercicio en vigor valorizada por el monto necesario para afrontar la presente erogación; Que encontrándose reunidos los requisitos previstos por los Art. 2 y 7 del Decreto 556/10 y su modificatorio Nº 752/10, se dicta la presente Disposición. Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD

DISPONE

Artículo 1.- Apruébase el gasto originado por la prestación de un Servicio Informativo de Noticias por parte por la firma "Diarios y Noticias S.A." (DYN), CUIT Nº 30-59082789-0; por el período comprendido entre el 1º y el 31 de enero de 2015 por un monto de pesos seis mil novecientos ($ 6.900). Artículo 2.- Dicho gasto será imputado a la partida presupuestaria correspondiente al presente ejercicio.

Artículo 3.- Emítase la correspondiente Orden de Compra.

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Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese a la Empresa "Diarios y Noticias S.A", comuníquese para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda, y pase a la Gerencia Operativa OGESE de esta Dirección General para la prosecución del trámite. Cumplido, archívese. Paredes

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Ministerio de Salud

DISPOSICIÓN N.° 12/HGAP/15

Buenos Aires, 12 de enero de 2015 VISTO: El E.E. 2014-13085854-MGEYA-HGAP y la Orden de Compra 48381-HGAP-2014 a favor de IPMAG S.A., y CONSIDERANDO: Que, la mencionada Orden de Compra fue emitida como consecuencia de la aprobación de la Contratación Directa N° 10001/2014, por Disposición N° 221-HGAP-2014 para el servicio de Neurocirugía. Que la dicha Orden de Compra tramitó la adquisición, según Renglón N° 1 de Prótesis para reconstrucción craneal en 3D customizada a medida, por un monto total de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA ($57980,00); para el paciente VILLARREAL LUIS DANIEL. Que el mencionado contrato fue perfeccionado el día 24/10/2014, y el vencimiento operaba el día 30/12/2014, no obstante el plazo de entrega correspondía a fecha de cirugía. Que, mediante nota presentada el día 10/12/2014 por el Dr. Marcelo A. Peirano, Jefe del Servicio de Neurocirugía, se manifiesta que: "... los materiales solicitados para el paciente Villarreal Luis Daniel, no serán utilizados dado que el paciente no se presentó a la consulta y es imposible su localización.". Que, por cuestiones de carácter operativo y administrativo de esta U.O.A. es menester proceder a la rescisión del contrato amparado por la antedicha Orden de Compra; Que el Sr. Director: “Dr. Gustavo San Martin“ se encuentra en uso de Licencia, por lo que la dirección está a cargo de la Subdirectora: Dra. Cristina Desiderio. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° de la Ley 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Autónoma Buenos Aires (BOCBA 2557), promulgada por Decreto 1772- GCBA-2006 (BOCBA 2557).

LA SUB DIRECTORA A CARGO DE LA DIRECCION DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "Dr. JOSE M. PENNA"

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE

Art. 1°.- Rescíndase sin cargo alguno el renglón N° 1 (Prótesis para reconstrucción craneal en 3D customizada) de la Orden de Compra N° 48381-HGAP-2014, adjudicada a la firma IPMAG S.A. CUIT N° 30-70802391-0 domiciliada en Tucumán 2133 Dpto. 6 (CP 1050) de esta capital, al amparo del artículo 9° y 122º de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones. Art. 2°.- Notifíquese fehacientemente a la firma IPMAG S.A. CUIT N° 30-70802391-0 de los términos de la presente conforme lo establecido por los artículos 60 y 61 del DNU N° 1510/GCBA/97 aprobado por la Resolución N° 41-LCBA-98, y publíquese en el Boletín Oficial y en la página WEB de acuerdo a lo establecido en la Disposición Nº 95/DGCYC/2012-BOCCA Nº 3915. Desiderio

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DISPOSICIÓN N.º 13/HGAP/15

Buenos Aires, 12 de enero de 2015 VISTO: El Exp. 536164/HGAP/2013 y la Orden de Compra 42696/HGAP/2013 a favor de BIOMERIEUX ARGENTINA S.A., y CONSIDERANDO: Que, la mencionada Orden de Compra fue emitida como consecuencia de la aprobación de la Licitación Pública N° 1587/2013, por Disposición N° 202/HGAP/2013 del día 26/08/2013. Que, la mencionada Orden de Compra tramitó la adquisición de insumos para el servicio de Laboratorio Central. Que, para dar por cumplido dicho Contrato restan entregar aún 12 cajas de Anticuerpo Anti IgG contra Toxoplasma Gondil correspondiente al renglón N° 4; y 30 determinaciones de Citomegalovirus (CMV/IgG) correspondiente al renglón N° 6. Que, por cuestiones de carácter operativo y administrativo de esta U.O.A. es menester proceder a la rescisión del contrato amparado por la antedicha Orden de Compra; Que el Sr. Director: “Dr. Gustavo San Martin“ se encuentra en uso de Licencia, por lo que la dirección está a cargo de la Subdirectora: Dra. Cristina Desiderio. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° de la Ley 2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Autónoma Buenos Aires (BOCBA 2557), promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA 2557).

LA SUB DIRECTORA A CARGO DE LA DIRECCION DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "Dr. JOSE M. PENNA"

EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES DISPONE

Art. 1°.- Rescíndase sin cargo alguno el renglón N° 4 (12 cajas de Anticuerpo Anti IgG contra Toxoplasma Gondil) y el renglón N° 6 ( 30 determinaciones de Citomegalovirus (CMV/IgG)) de la Orden de Compra N° 42696/HGAP/2013, adjudicada a la firma BIOMERIEUX ARGENTINA S.A.- CUIT N° 30-69437643-2 domiciliada en Congreso 1745 (CP 1428) de esta capital, al amparo del artículo 9° y 122º de la Ley N° 2095 de Compras y Contrataciones. Art. 2°.- Notifíquese fehacientemente a la firma BIOMERIEUX ARGENTINA S.A. CUIT N° 30-69437643-2 de los términos de la presente conforme lo establecido por los artículos 60 y 61 del DNU N° 1510/GCBA/97 aprobado por la Resolución N° 41-LCBA-98, y publíquese en el Boletín Oficial y en la página WEB de acuerdo a lo establecido en la Disposición Nº 95/DGCYC/2012-BOCCA Nº 3915. Desiderio

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DISPOSICIÓN N.º 19/DGADC/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Ley Nº 2.095 modificada por la Ley N° 4.764, los Decretos Reglamentarios Nº 95-GCABA/14 y Nº 1145-GCABA/09, Expediente Electrónico Nº 18.517.625/MGEYA-DGADC/2014, y CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto tramita la Contratación Menor N° 401-541-CME14, al amparo de lo establecido en el artículo 38 y concordantes de la Ley Nº 2.095, su modificatoria 4.764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario Nº 1145-GCABA/09, para la "Adquisición de Insumo para el Proyecto Morgues dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires"; Que obra registrada la Solicitud de Gastos debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva, por el monto estimado de la contratación que asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000,00.-) con imputación a la partida correspondiente; Que, por Disposición Nº 396/DGCyC/14, el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2.095, su modificatoria N° 4.764, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Disposición Nº 52/DGCG/10, se estableció como sede del Centro de Recepción de Documentación de Pagos, correspondiente a la Representación de la Dirección General de Contaduría ante el Ministerio de Salud, la oficina sita en la calle Carlos Pellegrini Nº 313, planta baja, de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires; Que se encuentran incorporados los pliegos que han de regir la contratación que se propicia; Que de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 395/GCABA/14, se prevé entre las Responsabilidades Primarias de la Dirección General Administrativa Contable, actuar como Unidad Operativa de Adquisiciones del Nivel Central del Ministerio de Salud, en aquellas contrataciones no asignadas a la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud. Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095 modificada por la Ley N° 4.764 y los Decretos Nº 95/GCBA/14 y Nº 1145-GCABA/09,

LA DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, registrados en el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales bajo N° PLIEG-2015-1430989-DGADC, que forma parte integrante de la presente Disposición, y el Pliego

registrado en el Portal de Compras www.buenosairescompras.gob.ar, para la “Adquisición de Insumo para el Proyecto Morgues dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires” por un monto de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000,00.-);

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Artículo 2º.- Llámase a Contratación Directa N° 401-541-CME14 bajo el régimen de Contratación Menor, al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2.095, su modificatoria N° 4.764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario Nº 1145-GCABA/09, en base a la documentación de la contratación aprobada por el Artículo 1º de la presente, y fíjase fecha de apertura de ofertas para el día 02 de Febrero de 2015 a las 11:00 horas. Artículo 3º.- Establécese que los Pliegos que rigen la presente contratación carecen de valor comercial. Artículo 4º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente Partida Presupuestaria. Artículo 5º.- Remítanse invitaciones de acuerdo con lo establecido en los artículos 38 de la Ley Nº 2.095 modificada por Ley N° 4.764 y los Decretos Reglamentarios Nº 95-GCABA/14 y Nº 1145-GCABA/09, y publíquese en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 6º.- Publíquese, para su conocimiento, comunicación y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones. Filippo

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ANEXO

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Ministerio de Educación

DISPOSICIÓN N.° 16/DGAR/15

Buenos Aires, 8 de enero de 2015 VISTO: La Ley N° 2.095 promulgada por el Decreto N° 1.772/GCABA/06, su modificatoria la Ley 4.764, el Decreto Reglamentario N° 95/14, y el Expediente Electrónico Nº 17108224/14, y CONSIDERANDO: Que por el actuado mencionado en el Visto tramita la contratación de un servicio de guarda y logística del stock de limpieza remanente de la compra efectuada a través de la Licitación Pública Nº 550-0535-LPU14 para ser utilizado por los distintos establecimientos educativos de este Ministerio, solicitada por Dirección General de Planeamiento y Control de Gestión; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada en su etapa preventiva de fondos; Que mediante Disposición Nº 1446/DGAR/2014, esta Dirección General aprobó los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y dispuso el llamado a Contratación Directa Nº 15157/SIGAF/14 para el día 07 de enero de 2015 a las 11:00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 28 inciso 5 de la Ley Nº 2.095, promulgada por el Decreto Nº 1.772/GCABA/06; Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 2/SIGAF/2015, se recibió la oferta de la firma "NIDECA SRL" (CUIT N° 30-71407794-1); Que se propicia la adjudicación del renglón Nº 1 a favor de la firma "NIDECA SRL" por un importe de pesos seiscientos mil ($ 600.000); Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 2.095 promulgada por el Decreto N° 1.772/GCABA/06, su Decreto Reglamentario N° 754/GCABA/08 y sus modificatorios Decreto Nº 232/GCABA/10, Decreto N° 109/GCABA/12 y Decreto N° 547/GCABA/12, la Ley 4764, y el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE

Artículo 1.- Aprobar la Contratación Directa Nº 15157/SIGAF/2014 al amparo de lo establecido por el Articulo 28 inciso 5 de la Ley Nº 2095 promulgada por el Decreto Nº 1.772/GCABA/06, la Ley 4764 y el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, realizada por la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones del Ministerio de Educación para tramitar la contratación de un servicio de guarda y logística del stock de limpieza remanente de la compra efectuada a través de la Licitación Pública Nº 550-0535-LPU14 para ser utilizado por los distintos establecimientos educativos de este Ministerio, solicitada por Dirección General de Planeamiento y Control de Gestión, y adjudicar el renglón N° 1 por única oferta y oferta más conveniente a favor de la firma NIDECA SRL (CUIT N° 30-71407794-1) por un importe de pesos seiscientos mil ($ 600.000). Artículo 2.- El gasto que demanda la presente fue imputado a la partida presupuestaria correspondiente.

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Artículo 3.- Emítase la respectiva Orden de Compra a favor de la firma NIDECA SRL (CUIT N° 30-71407794-1). Artículo 4.- Pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones que deberá publicar en la página Web del GCBA y para la continuidad de su trámite. Riobó

DISPOSICIÓN N.° 44/DGAR/15

Buenos Aires, 27 de enero de 2015 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, el Decreto Nº 481/GCBA/11 y su modificatorio N° 166/14, el Expediente Nº17564916/2014, y CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Infraestructura Escolar dentro del ámbito de su competencia, ha elaborado un informe técnico en el cual se señala la necesidad de realizar los Trabajos de Reparaciones Varias, para el CENTES Nº 2 D.E.Nº 9, sita en Juan Francisco Seguí 3755, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias alcanzadas por la Dirección General de Infraestructura Escolar, el presupuesto oficial para la realización de las tareas mencionadas en el Considerando precedente, asciende a la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS TRECE CON CUARENTA CENTAVOS ($527.813,40.); Que teniendo en cuenta el monto de la presente, corresponde regir el presente llamado por el procedimiento de Licitación Privada en los términos previstos por la Ley Nacional Nº 13.064 aplicable al ámbito de la Ciudad, el Decreto Nº 481/GCBA/11, publicando en la cartelera de la Dirección General de Administración de Recursos, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día, en el sitio de Internet por el mismo plazo e invitando a cinco (5) empresas del ramo; Que la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones ha procedido a confeccionar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, conforme el Decreto Nº 481/GCBA/11, con la finalidad de regir el procedimiento de selección del contratista y la ejecución de la obra a contratarse, todo conforme con la Ley Nacional de Obras Públicas 13.064; Que por lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo que apruebe los Pliegos de Bases y Condiciones proyectados y llame a Licitación Privada N° 5-SIGAF-15 (4-15) con el objeto de contratar, por el sistema de ajuste alzado, los trabajos de Reparaciones Varias, para el CENTES Nº 2 D.E.Nº 9 , sita en Juan Francisco Seguí 3755, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en razón del monto presupuestado no corresponde la intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires; Que el suscripto se encuentra facultado para suscribir el presente acto administrativo en razón de lo normado por el Decreto Nº 481/GCBA/11 y su modificatorio N° 166/14. Por ello,

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Artículo 1.-Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, planos y demás documentación que regirán la Licitación Privada N° 5-SIGAF-15 (4-15). Artículo 2.- Llámase a Licitación Privada N° 5-SIGAF-15 (4-15) con el objeto de

adjudicar los trabajos de Reparaciones Varias, para el CENTES Nº 2 D.E.Nº 9, sita en Juan Francisco Seguí 3755, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y fijando como presupuesto oficial la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTISIETE MIL OCHOCIENTOS TRECE CON CUARENTA CENTAVOS ($527.813,40.); Artículo 3.-Establécese como fecha de apertura de ofertas el día 5 de febrero de 2015, a las 12.00 hs. En Licitaciones del Ministerio de Educación, sito en Paseo Colón 255, Piso 2° frente, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 4.-Publíquese el llamado efectuado mediante el art. 2° de la presente en la Cartelera de Licitaciones del Ministerio de Educación sito en la Av. Paseo Colón 255 2º piso frente, en el Boletín Oficial por un (1) día, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, e invítese a cinco (5) empresas del ramo. Artículo 5.- Regístrese, publíquese conforme lo ordena la parte dispositiva y para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones. Riobó

DISPOSICIÓN N.° 63/DGPYCG/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, el Decreto Nº 481/11 y su modificatorio N° 166/14, el Expediente Nº 517435/2014, y CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Infraestructura Escolar dentro del ámbito de su competencia, ha elaborado un informe técnico en el cual se señala la necesidad de realizar los trabajos de Accesibilidad y baño para discapacitados en el edificio de la Escuela N° 18, sita en Federico Lacroze 3839 del Distrito Escolar Nº 14, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en virtud de las conclusiones técnico presupuestarias alcanzadas por la Dirección General de Infraestructura Escolar, el presupuesto oficial para la realización de las tareas mencionadas en el Considerando precedente, asciende a la suma de PESOS CIENTO TRES MIL DIECISEIS ($103.016); Que teniendo en cuenta el monto de la presente, corresponde regir el presente llamado por el procedimiento de Licitación Privada en los términos previstos por la Ley Nacional Nº 13.064 aplicable al ámbito de la Ciudad, el Decreto Nº 481/11 su modificatorio N° 166/14, publicando en la cartelera de la Dirección General de Administración de Recursos, en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día, en el sitio de Internet por el mismo plazo e invitando a cinco (5) empresas del ramo; Que la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones ha procedido a confeccionar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, conforme el Decreto Nº 481/GCBA/11, con la finalidad de regir el procedimiento de selección del contratista y la ejecución de la obra a contratarse, todo conforme con la Ley Nacional de Obras Públicas 13.064;

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EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS DISPONE

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Que por lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo que apruebe los Pliegos de Bases y Condiciones proyectados y llame a Licitación Privada N° 2-SIGAF-15 (03-14) con el objeto de contratar, por el sistema de ajuste alzado, los trabajos de Accesibilidad y baño para discapacitados en el edificio de la Escuela N° 18, sita en Federico Lacroze 3839 del Distrito Escolar Nº 14, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en razón del monto presupuestado no corresponde la intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires; Que por Resolución Nº 4458/MEGC/2014 le fue encomendada la firma del Sr. Director General de Administración de Recursos a la Sra. Directora General de Planeamiento y Control de Gestión entre los días 12 de enero y 23 de enero de 2015, ambos días inclusive. Que el suscripto se encuentra facultado para suscribir el presente acto administrativo en razón de lo normado por los Decretos Nº 481/GCBA/11 y su modificatorio N° 166/14. Por ello, EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION DE RECURSOS

DISPONE Artículo 1.-Apruébanse los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares, planos y demás documentación que regirán la Licitación Privada N° 2-SIGAF-15 (03-14). Artículo 2.- Llámase a Licitación Privada N° 2-SIGAF-15 (03-14) con el objeto de adjudicar los trabajos de Accesibilidad y baño para discapacitados en el edificio de la Escuela N° 18, sita en Federico Lacroze 3839 del Distrito Escolar Nº 14, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y fijando como presupuesto oficial la suma de PESOS CIENTO TRES MIL DIECISEIS ($103.016). Artículo 3.-Establécese como fecha de apertura de ofertas el día 2 de Febrero de 2015, a las 11:30 hs. En Licitaciones del Ministerio de Educación, sito en Paseo Colón 255, Piso 2° frente, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 4.-Publíquese el llamado efectuado mediante el art. 2° de la presente en la Cartelera de Licitaciones del Ministerio de Educación sito en la Av. Paseo Colón 255 2º piso frente, en el Boletín Oficial por un (1) día, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, e invítese a cinco (5) empresas del ramo. Artículo 5.- Regístrese, publíquese conforme lo ordena la parte dispositiva y para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones. Iturrioz

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Ministerio de Desarrollo Urbano

DISPOSICIÓN N.° 2335/DGIUR/14

Buenos Aires, 17 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 16.744.253/2014, por el que se consulta sobre el proyecto de "Obra Nueva", para el predio sito en la calle Nicaragua Nº 5.571/73, y; CONSIDERANDO: Que el predio en cuestión, se encuentran afectado a la zona 4 del Distrito U20 "Barrio Nuevo Colegiales" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449, ,modificado para este distrito por Ley Nº 2.567 (BOCBA Nº 2.829); Que la Gerencia Operativa Supervisión Interpretación Urbana, informó en el IF-2014-17832910-DGIUR, que por los presentes actuados y según plano obrante en PLANO-2014-16745796-DGROC; se consulta respecto de la propuesta de obra nueva para la parcela que nos ocupa; Que, respecto de la normativa vigente, se informa que la Ley Nº 2.930 "Plan Urbano Ambiental" (BOCBA Nº 3.091), constituye la ley marco a la que deberá ajustarse la normativa urbanística vigente y las obras públicas, para lo que reza en su Artículo 8º "Hábitat y vivienda" "...promover tipologías edilicias que no den lugar a situaciones de segregación social ni a disrupciones morfológicas..."; Que, asimismo en el Artículo 24º.- Instrumentos Normativos a) Código Urbanístico de la ya mencionada Ley Nº 2.930, se establece: "...se tendrá por objetivo guiar la conformación de la ciudad, incluyendo tanto los espacios públicos como los espacios privados y las edificaciones que en los mismos se desarrollen, considerando tanto las dimensiones ambientales, morfológicas y funcionales de la ciudad en su totalidad, como las particularidades de sus diversas zonas, barrios y sectores. Con respecto al tejido edilicio parcelario se otorgará especial importancia a los criterios morfológicos y a los de admisibilidad de usos, que contemplen a la manzana y a la cuadra como unidades primarias de configuración del tejido urbano, toda vez que se las aprecie como aspectos deseables de los sectores consolidados..."; Que, para el pertinente estudio se adjuntó documentación la que está compuesta por Memoria Descriptiva, Consulta Catastral y Relevamiento fotográfico del entorno, obrante en la Presentación Ciudadana RE-2014-16745147-DGROC; y Planos de la propuesta en plantas, corte y vista del frente en PLANO-2014-16745796-DGROC; Que, de la citada documentación surge que se trata de la Parcela 25, intermedia, sita en la manzana delimitada por las calles Fitz Roy, Soler, Humboldt y Nicaragua; Que, dicha parcela posee un frente de 7,64m sobre la calle Nicaragua, 28,65m y 28,61m sobre sus laterales y una superficie total de 221 m², de acuerdo a Consulta Catastral adjunta; Que, la propuesta consiste en un edificio de tipología "entre medianeras" destinado a "Vivienda Multifamiliar y Local Comercial", uso que resulta admitido en el Distrito de afectación; Que, se proyecta un volumen de 21,51m sobre Línea Oficial a NPT, + 2 pisos retirados a 27,51m a NPT +servicios; Que, en virtud del estudio realizado, la Gerencia Operativa de Interpretación Urbana

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considera factible acceder a la propuesta puesta a consideración en el presente, toda vez que la misma cumple con los parámetros urbanísticos del distrito, y por promover la nueva consolidación de una zona de renovación urbana; no eximiendo de las restantes normas de aplicación que no hayan sido contempladas en la presente, las que deberán ser verificadas oportunamente por los Organismos competentes. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Considerase factible desde el punto de vista urbanístico, en un todo de acuerdo a lo indicado en los considerandos de la presente, el proyecto de "Obra Nueva", con destino "Vivienda Multifamiliar y Local Comercial", según documentación obrante en PLANO-2014-16745796-DGROC, para el inmueble sito en la calle Nicaragua Nº 5.571/73, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 17, Sección 35, Manzana 72, Parcela 25, debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación. Artículo 2º.- Notifíquese al interesado que, lo consignado en el Artículo 1º no implica el registro de los planos de obra, ni exime del cumplimiento de las restantes disposiciones contenidas en los Códigos de Planeamiento Urbano y de la Edificación, en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese; entréguese la presente al interesado y copia visada de la documentación obrante en el PLANO-2014-16745796-DGROC de orden 4 del EE; publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 2336/DGIUR/14

Buenos Aires, 17 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 15.874.502/2014, por el que se solicita la localización de usos, en el predio sito en la calle Humberto I Nº 295/99, Planta Baja y Subsuelo, con una superficie de 89,00 m², y; CONSIDERANDO: Que, el predio en cuestión se encuentra afectado a la Zona 1a del Distrito APH1 - "San Telmo - Avda. De Mayo" de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449, texto ordenado Decreto Nº 1.181- GCBA-2007 (BOCBA Nº 2.772); y se encuentra catalogado con Nivel de Protección Cautelar;

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Que la Gerencia Operativa Grandes Proyectos Urbanos, indican en el IF-2014-17186358-DGIUR, que a través de los presentes según Declaración Jurada se solicita la posible localización de las actividades "Comercio minorista ropa confección, lencería, blanco, mantelería, textiles en general y pieles; De artículos de óptica y fotografía; de calzado en Gral. De artículos de cuero, talabartería, marroquinería; De artículos Personales y para regalos; Café bar; despacho de bebidas, whiskería y cervecería" en dicho inmueble; Que, en relación con la normativa vigente; el Distrito APH1-3d se regirá por: "Carácter: el distrito abarca ámbitos urbanos de alto significado patrimonial, ya que comprende parte del antiguo casco histórico, como así también el tradicional eje cívico-institucional de la ciudad, ambos articulados por la Plaza de Mayo, la que forma parte indisoluble de los mismos."; Que, a su vez el ítem 4.1 "Protección Especial" del Artículo 5.4.12 del mencionado código establece que los bienes con protección edilicia y ambiental se indican en los Planos Nº 5.4.12.1 b1 y 5.4.12.1 b2. Consultados los mismos, se advierte que este inmueble tiene nivel de Protección Cautelar y pertenece al ámbito San Telmo; Que, por su parte en el ítem 4.2.1.3 "Normas particulares por zona" se establecen las normas según las características del tejido. Así el inmueble de marras pertenece a la Zona 1, de densidad media baja; Que, de la observación del Cuadro de Usos Nº 5.4.12.1 el uso "Comercio minorista Textiles, pieles, cueros, artículos personales, del hogar y afines - Regalos", "Comercio minorista de artículos Personales y para regalos" y "Comercio minorista de calzado en Gral. De artículos de cuero, talabartería, marroquinería; De artículos de óptica y fotografía" se encuadra dentro del rubro "Textiles, pieles, cueros, artículos personales, del hogar y afines - Regalos" en Local Comercial Clase A y resultan afectados a la Referencia "P" es decir Permitido, debiendo cumplir además con la normativa de Tejido; Que, el uso "Comercio minorista de artículos de óptica y fotografía" se encuadra dentro del rubro" Óptica, fotografía. (Se admite como actividad complementaria un taller de reparación que integre la unidad de uso, sin superar el 20% del total de la superficie total de la unidad de uso, salvo que estuviera permitida como actividad independiente)" en Local Comercial Clase A y resulta afectado a la Referencia "100", es decir Permitido hasta 100m2 de superficie, debiendo cumplir además, con la normativa de Tejido; Que, los usos "Café bar, despacho de bebidas, whiskería, cervecería" se encuadra dentro del rubro "Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos" En Servicios Terciarios Clase A y resulta afectado a la Referencia "C" es decir: "...El Consejo efectuará en cada caso el estudio para determinar la conveniencia de la localización propuesta..." debiendo cumplir; además, con la normativa de Tejido; Que, para el pertinente estudio se adjuntó documentación, la que está compuesta por Plano registrado de obras; Plano permiso de uso; Contrato de Locación; Consulta Catastral; Relevamiento fotográfico; Memoria descriptiva; Que, del análisis de la documentación presentada se desprende que el local se desarrolla en planta baja y subsuelo y que la superficie cubierta que se pretende habilitar es de 89,00 m² ; Que, en las manzanas circundantes se desarrollan los usos viviendas y locales comerciales, y que la presente consulta es para un local existente; Que, respecto al reglamento de copropiedad, en la memoria descriptiva aclara que no esta dividido; Que, en el contrato de locación, en la Cláusula tercera dice " ... está prohibido realizar cualquier tipo de mejoras o modificaciones al inmueble....";

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Que, en función del estudio realizado, la Gerencia Operativa Grandes Proyectos Urbanos, entiende que no existen inconvenientes, en primera instancia y desde un punto de vista urbanístico y patrimonial, en acceder a la localización de los usos solicitados, solicitando la intervención del Consejo del Plan Urbano Ambiental, a los fines de su intervención de acuerdo a lo previsto por el Cuadro de Usos Nº 5.2.1 a) del Código de Planeamiento Urbano; Que, por su parte el citado consejo indica en el Dictamen Nº 294-CPUAM-2014, obrante en el IF-2014-17446808-CPUAM, que de acuerdo al análisis realizado en el IF-2014-17186358-DGIUR, considera admisible desde el punto de vista urbanístico, la localización del uso “Café-Bar, Despacho de Bebidas, whisquería, cervecería“, para la ubicación de marras, con una superficie de 89 m²; Que, la conformidad prestada no puede interpretarse como eximición del cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos y condiciones establecidas por los Códigos de Planeamiento Urbano, de la Edificación, de Habilitaciones y Verificaciones, Ley N° 962 y Ley N° 123, sus modificatorias y decretos reglamentarios, que no hayan sido expresamente considerados en la presente; Que, se visan los usos solicitados dejando constancia que dicho visado, no implica la habilitación de los mismos; Que, no se visa publicidad, toda vez que no ha sido solicitada en los presentes; Que, toda reforma posterior y/o modificación del inmueble, y/o tratamiento de la fachada, y/o pedido de publicidad, deberá ser consulta a esta Dirección General de Interpretación Urbanística. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorizase, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización de los usos "Comercio minorista ropa confección, lencería, blanco,

mantelería, textiles en general y pieles; De artículos de óptica y fotografía; de calzado en Gral. De artículos de cuero, talabartería, marroquinería; De artículos Personales y para regalos; Café bar; despacho de bebidas, whiskería y cervecería", en el predio sito en la calle Humberto I Nº 295/99, Planta Baja y 1Subsuelo, con una superficie hasta 89,00 m² (Ochenta y nueve metros cuadrados), debiendo dar cumplimiento con toda la normativa vigente que resulte de aplicación. Artículo 2º.- Hágase saber al interesado que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble, y/o tratamiento de la fachada, y/o pedido de publicidad, deberá ser consulta a esta Dirección General de Interpretación Urbanística Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese; entréguese la presente al interesado; publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

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DISPOSICIÓN N.° 2337/DGIUR/14

Buenos Aires, 17 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 16.156.261/2014 por el que se solicita el visado de Aviso de Obra, consistente en reparaciones en el hall de acceso de la Planta Baja de la fachada del inmueble sito en la Av. Diagonal Roque Sáenz Peña Nº 765/77 esquina calle Esmeralda, según se explica en Memoria Descriptiva obrante en Presentación Ciudadana del Registro Nº 16235671-DGIUR-2014, y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión está emplazado en el Distrito AE3 Distrito Av. Pte. Roque Sáenz Peña y Pte. Julio A. Roca y se encuentra catalogado con Nivel de Protección Cautelar; Ley Firme Nº 5093 de fecha 02/10/2014, publicado en B.O. Nº 4514 del 03/11/2014; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº 17748322-DGIUR-2014, indica que respecto a la documentación presentada se informa que en Presentación Ciudadana del Registro Nº 16235671-DGIUR-2014 obra Listado en el que se indican las siguientes reparaciones a realizar en el sector del hall de la planta baja del edificio: Colocación de herrerías Ejecución revestimientos vidriados Cielorrasos Modificación en la instalación eléctrica de poca importancia; Que en relación a lo previsto por la normativa vigente, se informa que: a. De acuerdo al Artículo 5.4.12 para el Nivel de protección Cautelar se admiten los Grados de Intervención 1 a 4. b. Lo establecido en el Grado de Intervención 2, indica: "Consolidación y mantenimiento de las fachadas exteriores e interiores de los edificios; de sus revoques, revestimientos, ornamentos, pinturas, carpinterías y balcones, etc. el tratamiento de fachadas deberá ser realizado de forma integral, respetando el diseño original y teniendo como base la documentación existente o en su defecto los elementos que se incorporen no alteraran la composición de sus partes ni su esquema original; se integrarán armónicamente con el conjunto siendo deseable que se distingan sus partes originales". c. Las tareas a realizar expuestas en la documentación adjunta en Registro Nº 16235671-DGIUR-2014 deberán cumplimentar la normativa vigente debiéndose observar lo siguiente: La ejecución de herrerías, y de elementos vidriados, si correspondieran a fachadas, deberá realizarse respetando materialidad y diseño existente; Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que resultaría factible acceder al Aviso de Obra solicitado para la fachada del inmueble sito en la Av. Diagonal Roque Sáenz Peña Nº 765/77; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

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Artículo 1º.- Vísase, desde el punto de vista del patrimonio urbano, el Aviso de Obra, consistente en reparaciones en el hall de acceso de la Planta Baja de la fachada del inmueble sito en la Av. Diagonal Roque Sáenz Peña Nº 765/77 esquina calle Esmeralda, según se explica en Memoria Descriptiva obrante en Presentación Ciudadana del Registro Nº 16235671-DGIUR-2014, debiendo cumplir con la normativa vigente para el Distrito en cuestión. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente y la Memoria Descriptiva obrante en Presentación Ciudadana del Registro Nº 16235671-DGIUR-2014 al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 2338/DGIUR/14

Buenos Aires, 17 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 15.558.895/2014 por el que se solicita el visado de Aviso de Obra, consistente en reparaciones en el interior del local y en la fachada del inmueble sito en la calle Lavalle Nº 941, según se explica en Memoria Descriptiva obrante en el Registro Nº 15558493-DGROC-2014, y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión se encuentra emplazado en el Distrito APH 52 Calle Lavalle, Ley Inicial de fecha 26/11/2009 publicada en Boletín Oficial Nº 3331 del 30/12/2009 y no se encuentra catalogado; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº 17735936-DGIUR-2014, indica que respecto a la documentación presentada se informa que en Informe Nº 15558601-DGIUR-2014 obra "Esquema de publicidad" y en el Registro Nº 15558493-DGROC-2014 obra un informe en el que se indican las siguientes tareas a realizar, las cuales consisten en: Cambio de cristales en vidrieras, cielorrasos, cambio luminarias e instalación eléctrica y pintura de muros. En fachada se indica pintura de muros y carpinterías y colocación de cartel publicitario. Dicho cartel consiste en letras corpóreas de chapa galvanizada iluminadas por detrás, asimismo se indican sus medidas aproximadas; Que en relación a lo previsto por la normativa vigente, se informa que las tareas a realizar se encuentran alcanzadas por la normativa de Protección General en el 4.2.1.2. "Normas generales de composición de fachadas"; Que en cuanto a la publicidad propuesta resulta comprendida por la normativa vigente ya que su superficie no excede el 5% de la superficie de fachada y se compone de letras de chapa iluminadas por detrás;

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EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

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Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que resultaría factible acceder a las tareas a realizar para los interiores y la fachada del inmueble sito en la calle Lavalle Nº 941. Asimismo se visa la propuesta de publicidad obrante en Informe Nº 15558601-DGIUR-2014; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Vísase, desde el punto de vista del patrimonio urbano, el Aviso de Obra, consistente en reparaciones en el interior del local y en la fachada del inmueble sito en la calle Lavalle Nº 941, según se explica en Memoria Descriptiva obrante en el Registro Nº 15558493-DGROC-2014, debiendo cumplir con la normativa vigente para el Distrito en cuestión. Artículo 2º.- Vísase el Esquema de Publicidad obrante en Informe Nº 15558601-

DGIUR-2014, toda vez que el mismo cumple con la normativa vigente. Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente, la Memoria Descriptiva obrante en el Registro Nº 15558493-DGROC-2014 y el Esquema de Publicidad obrante en Informe Nº 15558601-DGIUR-2014 al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 2339/DGIUR/14

Buenos Aires, 17 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 16.345.564/2014, por el que se consulta sobre el Proyecto de "Modificación y Ampliación con Demolición parcial" en el inmueble sito en la calle Arguibel Nº 2860/62/66, según los planos adjuntos en Plano Nº 17859427-DGIUR-2014, y CONSIDERANDO: Que la parcela en cuestión se localiza en un Distrito R2bI (Parágrafo 5.4.1.4 a)) de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº 18117664-DGIUR-2014, indica que en relación a la normativa vigente que resulta de aplicación, se informa que:

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a. La Ley Nº 2930 "Plan Urbano Ambiental" (BOCBA Nº 3091), constituye la ley marco a la que deberá ajustarse la normativa urbanística vigente y las obras públicas, para lo que reza en su Artículo 8º "Hábitat y vivienda": "...promover tipologías edilicias que no den lugar a situaciones de segregación social ni a disrupciones morfológicas..." b. Asimismo la Ley Nº 2930, en su Artículo 24º.- Instrumentos Normativos a) Código Urbanístico, establece: "...se tendrá por objetivo guiar la conformación de la ciudad, incluyendo tanto los espacios públicos como los espacios privados y las edificaciones que en los mismos se desarrollen, considerando tanto las dimensiones ambientales, morfológicas y funcionales de la ciudad en su totalidad, como las particularidades de sus diversas zonas, barrios y sectores. Con respecto al tejido edilicio parcelario se otorgará especial importancia a los criterios morfológicos y a los de admisibilidad de usos, que contemplen a la manzana y a la cuadra como unidades primarias de configuración del tejido urbano, toda vez que se las aprecie como aspectos deseables de los sectores consolidados...". c. La Ley Nº 3686, en su Artículo 4.13.2.2 Intervenciones Relativas al Uso, establece: "En los edificios existentes comprendidos en el Artículo 4.13.1. podrán desarrollarse, para la localización de los usos permitidos en los respectivos distritos de Zonificación General según el Cuadro de Usos 5.2.1 a), las obras y acciones detalladas en el 4.13.2.1, y no regirán las limitaciones de superficie máxima de parcela, FOS y ancho mínimo de parcela (...)"; Que de acuerdo a la documentación presentada a través del Registro Nº 16336239-DGROC-2014: "Plano de demolición parcial, modificación y ampliación de obra" de Plano Nº 17859427-DGIUR-20144; y la información extraída del sistema "Parcela Digital Inteligente" se informa que: a. Se trata de la Parcela 29d, situada en la manzana delimitada por las calles Báez, Arévalo, Arce y Andrés Arguibel. b. Dicha parcela posee 17,59 m. de frente sobre la calle Andrés Arguibel, y una profundidad de 41,19 m. y 49,89 m. sobre sus laterales izquierdo y derecho respectivamente, con una superficie total aproximada de 1074,98m². c. De acuerdo a lo declarado por el profesional actuante, se trataría de un edificio

preexistente, el cual cuenta con planos registrados adjuntos en Página 28 del Registro Nº 16336239-DGROC-2014, que se pretende modificar y ampliar para el desarrollo de los usos "vivienda multifamiliar con cocheras, estudios profesionales y garaje comercial". d. El edificio existente ocupa la totalidad de la parcela y consta de planta Baja y Primer Piso, alcanzando una altura total de +12,50 m. (a NPT), y cuenta con una superficie existente de 1922,47m². e. Las obras propuestas corresponden a la demolición parcial del edificio preexistente, e involucran la modificación y ampliación dentro de la volumetría que ocupaba la envolvente original, ejecutando entrepisos, ampliando la superficie e introduciendo modificaciones tendientes a la adecuación de los usos propuestos, lo que resultaría una superficie total construida de 7847,40m². f. Si bien el predio en consulta se encuentra afectado por el trazado de la L.F.I. (Línea de Frente Interno) establecida para el distrito de implantación; de acuerdo a documentación agregada en "Documentos de Trabajo" con Nº de Orden 3, el Centro libre de manzana presenta un alto grado de ocupación, por lo que, la obra propuesta no afectaría negativamente a su entorno, toda vez que reproduce la envolvente del edificio preexistente. g. El edificio en estudio se destinará al uso "Vivienda multifamiliar con cocheras, Estudios profesionales y garage comercial", los que resultan Usos admitidos en el distrito de localización;

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Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que no existen inconvenientes de carácter urbanístico en acceder al proyecto presentado según los planos adjuntos en Plano Nº 17859427-DGIUR-2014, dado que al tratarse de obras de ampliación a ejecutarse dentro de la envolvente preexistente, no alteran su integración respecto de los hechos existentes ni causarían un impacto negativo en su entorno, y contribuyen de esta forma a la renovación del sector; Que asimismo el presente caso se encuentra comprendido dentro de los alcances de la Ley Nº 2930 "Plan Urbano Ambiental", en sus Artículos 8º y 24º, y la Ley Nº 3686, en su Artículo 4.13.2.2 Intervenciones Relativas al Uso, precitadas. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Déjese sin efecto la Disposición Nº 2333-DGIUR-2014 de fecha 17 de Diciembre de 2014. Artículo 2º.- Considérese factible desde el punto de vista urbanístico, y en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente, el Proyecto de "Modificación y Ampliación con Demolición parcial" en el inmueble sito en la calle Arguibel Nº 2860/62/66, según los planos adjuntos en Plano Nº 17859427-DGIUR-2014, debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese; entréguese la presente y los planos adjuntos en Plano Nº 17859427-DGIUR-2014 al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del

Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 2340/DGIUR/14

Buenos Aires, 18 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 8.642.828/2014, por el que se consulta sobre el Proyecto de Obra, para el inmueble sito en la calle Uspallata s/Nº, Lavarden Nº 247/49, Los Patos s/Nº, según los planos adjuntos en Plano Nº 8642726-DGROC-2014, y CONSIDERANDO: Que la parcela en cuestión se localiza en un Distrito R2bII (Parágrafo 5.4.1.4 b) de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano y afectada a la Ley Nº 2972, de Promoción de las Empresas de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, de acuerdo a lo indicado en el Parágrafo 8.3.1.1.1 Área de Desarrollo Prioritario 1 - Sub-Área "Distrito Tecnológico" (ADP Nº 1 - SaDT);

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Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº 18116564-DGIUR-2014, indica que respecto del predio en cuestión, este Organismo se ha expedido oportunamente por Nota Nº 12827427-DGGI-2014 sobre una consulta de Prefactibilidad de Obra para dicho predio, en la que considera: "...el presente caso se encuentra comprendido dentro de los alcances del Artículo 5.2.4.3 "Edificios existentes desactivados", así como de la Ley Nº 2972, de "Promoción de las Empresas de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones..."; Que de acuerdo a la documentación presentada: a. Se trata de la Parcela Nº 2, situada en la manzana delimitada por las calles Los Patos, Uspallata y Lavarden. b. Dicha parcela posee 110,18 m. de frente sobre la calle Los Patos, y 112,72 m. de frente sobre la calle Lavarden y 116,30 m. de frente sobre la calle, con una superficie aproximada de 13898,04m². c. De acuerdo a la base de datos APH, la parcela posee un edificio preexistente que fue oportunamente estudiado según los parámetros de la Ley Nº 3056, siendo desestimada su catalogación por nota CAAP del 26/10/2010. d. De acuerdo a lo declarado por el profesional actuante, se trataría de un edificio preexistente de vieja data, el cual se pretende modificar y ampliar para el desarrollo de los usos "Oficinas con cocheras y Locales comerciales". e. Dicho edificio ocupa la totalidad de la parcela y consta de Planta Baja y 3 pisos que alcanzan una altura de +11,40 m. (a NPT) sobre la L.O. de las calles Los Patos, Lavardén y Uspallata y un cuerpo central que alcanza una altura total de +22,70 m. a nivel de la cumbrera, es decir +10,70 m. por encima del plano límite fijado para el distrito y cuenta con una superficie existente de 19631,98m². f. Las obras propuestas corresponden a la modificación y ampliación dentro de la envolvente del edificio preexistente, ejecutando entrepisos dentro de la envolvente del edificio preexistente, e introduciendo modificaciones tendientes a la adecuación de los usos propuestos, así como al cumplimiento de las normas de instalaciones Contra Incendio, y ampliando la superficie en 9296,02m² lo que resultaría una superficie total construida de 28928,00m², superando el FOT del distrito; Que en relación a los usos propuestos, se informa que: a. No encontrando variables entre la propuesta ya tratada, y su nueva presentación, se entiende que no existirían inconvenientes en la localización del complejo comercial y de servicio propuesto de estacionamiento, y oficinas relacionadas con las empresas TIC. b. Se hace saber que las oficinas comerciales se encuentran referenciadas en el Cuadro de Usos 5.2.1. a), con el Nº 39 para estacionamiento, para el rubro Actividades TIC (Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Clase "B" Servicios ocasionales, para empresas o industrias; hecho este que se deberá prever. c. En relación a los locales comerciales, los mismos quedarán enmarcados en los rubros admitidos en el Cuadro 5.2.1 a) para el Distrito de implantación, así como también, si el espacio indicado como "cocheras" fuera de explotación comercial, se deberá cumplimentar con los requerimientos indicados en dicho cuadro. d. El conjunto de actividades deberá responder, de acuerdo a su desarrollo, a lo normado en la Ley Nº 13.512; Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que no existen inconvenientes de carácter urbanístico en acceder al proyecto presentado según los planos adjuntos en Plano Nº 8642726-DGROC- 2014, toda vez que la propuesta no presenta un impacto negativo para con su entorno, contribuyendo a la renovación de un área urbanísticamente degradada y favoreciendo su desarrollo. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

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EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Considérese factible desde el punto de vista urbanístico, y en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente, el Proyecto de Obra, para el inmueble sito en la calle Uspallata s/Nº, Lavarden Nº 247/49, Los Patos s/Nº, según los planos adjuntos en Plano Nº 8642726-DGROC-2014 y debiendo cumplir con toda la normativa que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese; entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 2341/DGIUR/14

Buenos Aires, 18 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 17.469.531/2014, por el que se consulta por una demolición total y obra nueva y la localización de los usos "Comercio Minorista de ropa de confección, lencería, blanco, mantel, textil en general y pieles" en los locales sitos en la calle Bogotá Nº 3706, con una superficie a habilitar de 384,54m², y; CONSIDERANDO: Que, el inmueble en cuestión, se encuentra afectado al Distrito APH 53 "Floresta" (Parágrafo 5.4.12.53) de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 3507 Nº 4.464 (BOCBA Nº 3.496); Que, a través de los presentes, según páginas 1 y 2 del RE-2014-17470957-DGROC, el profesional y el propietario consultan respecto de la demolición total y obra nueva y localización de los usos "Comercio minorista: de ropa de confección, lencería, blanco, mantel, textil en general y pieles", en los locales sitos en la mencionada dirección, para una superficie de 384,54m2; Que, la Gerencia Operativa de Supervisión Interpretación Urbana toma intervención indicando, mediante el IF-2014-18215625-DGIUR, que se trata de un edificio existente con planos registrados de Obra, con destino Vivienda Unifamiliar, construcción ésta anterior al año 96, el cual estaría sujeta a demolición para la creación de nuevas instalaciones con destinos comerciales; Que en relación al destino se propone una construcción de Planta baja y Primer piso, las cuales suman una superficie total de uso de 384.54 m2; Que su distribución consiste en dos locales con acceso independiente, los cuales cuentan con salón de exposición y depósito complementario localizado en el contrafrente y primer piso;

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Que, en cuanto a la normativa vigente, para el presente caso, resulta de aplicación lo dispuesto en el parágrafo 4.2.1, del Código de Planeamiento Urbano, para el Distrito APH 53, el cual indica: "(...) Los predios del área no comprendidos en el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH53, Floresta, se regirán por las siguientes normas de tejido: a) Carácter: Zona destinada al uso residencial predominante con una densidad media y media-baja, conformada por viviendas individuales y colectivas. b) Delimitación: Según Plano de Zonificación. c) Tipología Edilicia: Sólo se permiten edificios entre medianeras. d) H Máxima: 9m por encima de la cota de la parcela determinada por la Dirección de Catastro, permitiéndose la construcción de un piso retirado a una distancia mínima de 3m desde la L.O. y por debajo de un plano inclinado de 45° desde la altura de 9m y con un plano límite horizontal a 12m de la cota de la parcela. e) F.O.S.: Se podrá ocupar la superficie de la parcela comprendida entre la L.O. y la L.F.I., salvo las limitaciones de F.O.S. establecidas en el Cuadro de Usos N° 5.2.1 para los Distritos R2b. Por debajo de la cota de la parcela se podrá ocupar la totalidad

de la superficie de la misma. f) Espacio urbano: se considera a partir de la cota -3,50m; Que, asimismo el punto 5.2: Usos en inmuebles no catalogados establece: Los inmuebles del área no comprendidos en el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH53, Floresta, se regirán por el Cuadro de Usos N° 5.2.1 del presente Código, correspondientes al Distrito de Zonificación R1bII (...)"; Que, según el Cuadro de Usos 5.2.1a), las actividades solicitadas se encuadran en el rubro: "Textiles, pieles, cueros, artículos personales, del hogar y afines. Regalos" en el agrupamiento COMERCIAL MINORISTA, CLASE A, LOCAL COMERCIAL con referencia "EE/SA" (Local o edificio preexistente al 31/12/1996 / Sólo se permite el uso en avenidas); Que en relación a los depósitos propuestos para ambos locales, los mismos no podrán superar el 60% de la superficie de cada unidad funcional, de acuerdo a lo indicado en el parágrafo 5.2.8 – Depósitos Complementarios; Que dadas las características de la propuesta, se deberá contar con un reglamento de copropiedad para la sectorización de las unidades funcionales; Que, en tal sentido el Área Técnica competente, considera que no existirían inconvenientes en acceder a la propuesta solicitada para el funcionamiento del rubro "Textiles, pieles, cueros, artículos personales, del hogar y afines. Regalos", para el inmueble sito en la calle Bogotá Nº 3706, con una superficie de 384,54m2. No obstante se deberá contar para su futuro funcionamiento, con el reglamento de copropiedad para identificar las unidades funcionales donde se localizarían las actividades propuestas, como así también deberá cumplir con lo normado en el parágrafo 5.2.8 - Depósitos Complementarios, y acreditar documentación (Planos de Obra) que indique el año de las construcciones anteriores al ´96; Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.-Considérese factible desde el punto de vista urbanístico, en un todo de acuerdo a lo indicado en los considerandos de la presente, el proyecto de "Demolición Total y Obra Nueva" para la localización de los usos "Comercio Minorista de ropa de confección, lencería, blanco, mantel, textil en general y pieles" en los locales sitos en la calle Bogotá Nº 3706, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 77, Manzana 108, Parcela 2, con una superficie a habilitar de 384,54m², debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación.

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Artículo 2º.- Notifíquese al interesado que, lo consignado en el Artículo 1º no implica el registro de los planos de obra, ni exime del cumplimiento de las restantes disposiciones contenidas en los Códigos de Planeamiento Urbano y de la Edificación, en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Artículo 3º.- Hágase saber que para su futuro funcionamiento, deberá contar con el reglamento de copropiedad para identificar las unidades funcionales donde se localizarían las actividades propuestas, como así también deberá cumplir con lo normado en el parágrafo 5.2.8 - Depósitos Complementarios, y acreditar documentación (Planos de Obra) que indique el año de las construcciones anteriores al ´96. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese; entréguese la presente al interesado y copia de las páginas 1 y 2 del RE-2014-17470957-DGROC y PLANO Nº 17471598-DGROC-14 de Nº de Orden 2 del EE; publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 2342/DGIUR/14

Buenos Aires, 18 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 15.901.739/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso "Local Comercial de venta de zapatillas y ropa deportiva", para el inmueble sito en la calle California Nº 2098 esquina Vieytes, Local comercial PB01, para una superficie total de 1140m2, superficie resultante de la sumatoria de superficies de los locales identificados como PB01, PB02, PB04, PB10, PB11, PB31 Y PB32 y CONSIDERANDO: Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en una parcela en esquina afectada al Distrito C3II de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano, resultando además frentista a un Distrito R2bIII; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 17047818-DGIUR-2014, indica que analizado lo solicitado y teniendo en cuenta el distrito de implantación, el Parágrafo 5.4.2.3 en el Punto b) para el Distrito C3II establece: "...Usos: Los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos Nº 5.2.1..."; Que respecto de la propuesta y del análisis de la documentación adjunta el expediente, s/ Nº Orden 2, RE-2014-16236086-DGROC: Memoria descriptiva, Consulta Catastral y Relevamiento fotográfico, y s/Nº Orden 3 "PLANO-2014-16236347-DGROC: Plano de modificación y ampliación"; y material de estudio del sistema Parcela Digital Inteligente, se informa que: a. Se trata de un local ubicado en la planta baja del edificio existente que se emplaza en la parcela Nº 4d, de la manzana delimitada por las calles Vieytes, California, Herrera e Iriarte;

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b. La actividad se desarrollaría un local de planta baja, con acceso independiente desde la vía pública, que cuenta con una superficie total de 114m² lo cual resulta de la sumatoria de superficie de los locales identificados como PB01, PB02, PB03, PB04, PB10, PB11, PB31 y PB32. Los mismos se distribuyen en salón de venta con vestidores, deposito, baño de discapacitados, sanitarios, racks, oficina y cocina. c. En relación a los usos solicitados "Local Comercial de venta de zapatillas y ropa deportiva", estos encuadran en el Cuadro de Usos Nº 5.2.1 a), dentro del Agrupamiento Comercial minorista, según los rubros "Artículos de deporte" y "Textiles, pieles, cueros, artículos personales, del hogar y afines", donde para el Distrito C3II, les corresponden la Referencia "P", es decir "Permitido"; Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que no existirían inconvenientes desde el punto de vista urbanístico en acceder a la localización de los rubros: "Artículos de deporte" y "Textiles, pieles, cueros, artículos personales, del hogar y afines"; rubros estos que incluyen las actividades solicitadas, en el local sito en la calle California Nº 2098, Planta Baja esquina Vieytes, para una superficie total de 1140m², que resulta de la sumatoria de superficies de los locales identificados como PB01, PB02, PB03, PB04, PB10, PB11, PB31 y PB32, graficados en el documento

s/Nº Orden 3 "PLANO-2014-16236347-DGROC" anexos. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Déjase sin efecto la Disposición Nº 2221-DGIUR-14 Artículo 2º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización de los usos: "Artículos de deporte" y "Textiles, pieles, cueros, artículos personales, del hogar y afines"; rubros estos que incluyen las actividades solicitadas, en el local sito en la calle California Nº 2098, Planta Baja esquina Vieytes, para una superficie total de 1140m² (Mil Ciento Cuarenta metros cuadrados), que resulta de la sumatoria de superficies de los locales identificados como PB01, PB02, PB03, PB04, PB10, PB11, PB31 y PB32, graficados en el documento s/Nº Orden 3 "PLANO-2014-16236347-DGROC" anexos, debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 2343/DGIUR/14

Buenos Aires, 18 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 17.065.536/2014, por el que se consulta sobre la regularización de la Línea de Frente Interno, que afecta a la parcela sita en la calle Salta Nº 1173/75, y;

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Que el predio en cuestión se encuentra afectado a un Distrito R2aI de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449, texto ordenado Decreto Nº 1181-GCBA-2007 (BOCBA Nº 2.772); Que en relación a la normativa que resulta de aplicación, la Gerencia Operativa de Grandes Proyectos Urbanos expresa en el Informe Nº 18236979-DGIUR-2014, que el presente caso se contempla en los términos de: El Artículo 4.2.3 - Interpretación Oficial; que establece: "...Línea coincidente con la proyección de los planos que determinan el espacio libre de manzana. Se sitúa paralelamente con respecto a cada L.O. o L.E. a una distancia (d) igual a ¼ (un cuarto) de la medida entre los puntos medios de las L.O. opuestas de la manzana. TRONERAS: En los ángulos del encuentro virtual de las dos trazas de la L.F.I., a una distancia a = 9m de aquél, éstas retrocederán hacia la L.O., con una perpendicular de longitud a' = 9m. Desde allí arrancarán sendas paralelas a las L.O. que en su encuentro definirán los límites del espacio libre de manzana..." "...En todos los casos inclusive en troneras, se garantiza a las parcelas una banda edificable mínima de 16m..." El Art.4.2.4. "Línea Interna de Basamento", que establece: "... La Línea Interna de Basamento para las manzanas cuadranculares será un polígono semejante al de la manzana que lo contiene, trazado mediante paralelas a las LO o LE a una distancia igual a 1/3 (un tercio) de la medida entre los puntos medios de la LO opuestas de la manzana..." El Parágrafo 5.4.1.3. Interpretación Oficial; que establece : "...a) R2 aI: Disposiciones Particulares: a) Edificios entre medianeras Tejido: Cumplirá con las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo a: R = h/d = 2.4..." "... d) FOT BASICO = 3 Se admitirán variaciones del FOT de acuerdo al ancho de la calle según se determine la siguiente función: FOT = 3 x A / 12.5..." Siendo A un número igual al ancho de la calle determinado por la Dirección de Catastro. En el caso que el ancho varíe en la cuadra, se adoptará el valor promedio. Para parcelas de esquina frentistas a calles de distinto ancho se podrá adoptar el FOT mayor. En las parcelas intermedias pasantes se aplicará el Parágrafo 4.2.7.2.e) FOS El que resulte de las normas de tejido salvo lo dispuesto en el Cuadro de Usos Nº5..2.1...". Que analizado el presente caso, y según la documentación adjunta, se desprende que se trata de una parcela, que pertenece a la manzana circunscripta por la Av San Juan y las calles: Salta, Humberto I y Santiago del Estero. Dicha Parcela se identifica con el N° 33; con un frente de 10.07m ; sobre la calle Salta y 60.30m de fondo; la Línea de Frente Interno de la manzana, se ubica a 28.74m de distancia de la Línea Oficial de la calle Salta, antes mencionada; Que la Parcela 33 en cuestión, resulta afectada por la extensión del espacio libre de manzana (comúnmente denominada Tronera), ubicada a 19.74m medidos desde la

Línea Oficial de la calle Salta, así como la Parcela 32ª; lindera izquierda y parte de la Parcela 34 de acuerdo con los gráficos adjuntos; Que de las fotografías adjuntas en las páginas 12 a 16 de la Presentación Ciudadana RE - 2014 -17065665; y la información surgida del Mapa Interactivo, surge que la manzana en cuestión posee un desigual proceso de consolidación; Que las Parcelas frentistas sobre la Av San Juan, resultaron afectadas al ensanche de dicha Avenida; Que de la observación de los gráficos adjuntos en las Páginas 10 y 11 de la Presentación Ciudadana RE - 2014 - 17065665, surge que el área edificable de la Parcela 33 se podría desarrollar hasta los 19.74m medidos desde la Línea Oficial de la calle Salta; Que el edificio sito en la Parcela 32ª; resulta consolidado y con uso "Garage Comercial" y no parecería de pronta renovación.;

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CONSIDERANDO:

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Que, de renovarse la Parcela 34; lindera derecha el edificio a construirse podría desarrollarse hasta los 28.74m medidos desde la Línea Oficial de la calle Salta, de acuerdo con los gráficos adjuntos; Que el objetivo de la extensión del espacio libre de manzana (Comunmente denominada Tronera), es el de vincular las parcelas de esquina con el Centro Libre de Manzana, dado el parcelamiento de las mismas; Que en este caso en particular, la conformación de la Tronera para la manzana donde se localiza la Parcela 33, no cumple esa función ya que la Parcela 30c se ubica en el frente sobre la Av San Juan ; la Parcela 32ª, posee un edificio con uso determinado y consolidado y la Parcela 34 resulta de pronta renovación; Que, por el contrario, de fijarse la Línea de Frente interno a 19.74m medidos desde la Línea Oficial de la calle Salta para la Parcela 33; se produciría una disrupción no deseada, en el tejido urbano de dicha manzana; Que en virtud de lo expuesto, el Área Técnica competente entiende que no existen inconvenientes de carácter urbanístico en fijar, para la Parcela 33; la ubicación de la Línea de Frente Interno a 28.74m medidos desde la Línea Oficial de la calle Salta, toda vez que no causaría un impacto urbano negativo, por el contrario consolidaría el centro libre de manzana, homogeneizando el tejido urbano en proceso de recambio; Que, se deja aclarado que el edificio a construirse en la Parcela 33; deberá cumplir taxativamente con el resto de los indicadores urbanísticos previstos para el Distrito en lo que hace a altura y capacidad constructiva; Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Considerase factible desde el punto de vista urbanístico, para la parcela sita en la calle Salta Nº 1173/75, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 12 Sección 14 Manzana 47, fijar, para la Parcela 33; la ubicación de la Línea de Frente Interno a 28.74m medidos desde la Línea Oficial de la calle Salta, debiendo cumplir con la restante normativa vigente que resulte de aplicación. Artículo 2º.- Hágase saber a los interesados que el edificio a construirse en la Parcela 33; deberá cumplir taxativamente con el resto de los indicadores urbanísticos previstos para el Distrito en lo que hace a altura y capacidad constructiva. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de

su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese; entréguese la presente al interesado y la documentación obrante en Páginas 10 y 11 de la Presentación Ciudadana RE Nº 17065665-DGROC-14; publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 2344/DGIUR/14

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2014 VISTO:

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El Expediente Nº 12.962.465/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de

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localizar el uso: "Empresa de Servicios de Seguridad sin depósito de armas ni municiones. Oficina" para el inmueble sito en la calle San Martín Nº 948, 6º Piso. UF Nº 49, con una superficie a habilitar de 176,03 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 1 Distrito APH 38 "Entorno Plaza Fuerza Aérea y Museo Ferroviario y Entorno Plaza San Martín" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007, los usos corresponden al Distrito de Zonificación C2; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 16703969-DGIUR-2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en la Zona 1 Distrito APH 38 "Entorno Plaza Fuerza Aérea y Museo Ferroviario y Entorno Plaza San Martín; Que los usos consignados permitidos son: "Empresa de Servicio de Seguridad, Empresas de Publicidad (en tanto no cuenten con depósito de armas, ni con depósitos de municiones, ni con polígono de tiro)"; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Empresa de Servicio de Seguridad, Empresas de Publicidad (en tanto no cuenten con depósito de armas, ni con depósitos de municiones, ni con polígono de tiro)", para el inmueble sito en la calle San Martín Nº 948, 6º Piso. UF Nº 49, con una superficie a habilitar de 176,03 m², (Ciento setenta y seis metros cuadrados con tres decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación

pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

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DISPOSICIÓN N.° 2345/DGIUR/14

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 17.685.685/2014 por el que se consulta sobre la ampliación de superficie y uso, en el inmueble sito en la calle Perú Nº 1645/55, Planta Baja, Subsuelo, 1º Piso y Planta 2 y 3 Entrepiso, con una superficie total a habilitar de 686,82m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble emplazado en el Distrito APH 1 "San Telmo- Av. de Mayo", de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano y el mismo, se encuentra catalogado con Nivel de Protección Cautelar; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº 18371066-DGIUR-2014, indica que para el presente estudio se adjuntó mediante Re-17686211-DGROC-14, Plano de la propuesta, Plano de subsistencia, Memoria Descriptiva, y Certificado de Habilitación; Que de dicha documentación se desprende que se trata de un inmueble existente localizado en la parcela 32 de la manzana delimitada por las calles Perú, Dr. Enrique Finochietto, Piedras y Av. Caseros; Que el mismo se encuentra ya habilitado con el rubro "Instituto de Sanidad Ganadera" (según Expte.247687-I-1953); Que dado que dicha actividad es industrial y mantiene relación con la producción, fabricación y envasado de productos medicinales y veterinarios, las ampliaciones propuestas deberán ser estudiadas en el marco de lo normado por el ClaNAE en su artículo 2423.2 "Fabricación de medicamentos de uso veterinario"; debiendo ser estudiadas por el Organismo de competencia; Que en lo que respecta a la propuesta de ampliación de uso, los sectores involucrados serán destinados a actividades relacionadas con el uso principal industrial y con actividades complementarias; Que, de acuerdo a lo graficado en los planos adjuntos, se observa que se propone la regularización de obras ejecutadas con una superficie de 585.80m2; las mismas desarrolladas en planta baja, primer piso, planta 2 y 3 entrepiso y planta azotea; Que con respecto a la propuesta de ampliación de superficie, la misma se realizaría en la planta azotea para una superficie total de 267.95, según planos presentados; Que dichas ampliaciones, deberán ser ejecutadas dando cumplimiento a lo normado por el Código de Planeamiento Urbano en el parágrafo 5.4.12 Distritos Áreas de Protección Histórica (APH), en el apartado 4.1.2.4 Grado de Intervención 4, que establece: "Toda propuesta de modificación por aumento de volumen de un edificio, deberá ser presentada previamente para su visado ante el Consejo, justificando un mejor uso social del volumen resultante y el resguardo de su calidad arquitectónica. Características: La intervención propuesta no afectará la conformación del edificio, debiendo integrarse con las características arquitectónicas predominantes del mismo. Deberá armonizar con elementos del coronamiento tales como cúpulas, flechas, mansardas, pináculos, y ornamentos en general, no debiendo visualizarse desde la vía

pública. Se permitirá la construcción de volúmenes que no se visualicen desde la vía pública, sin que se produzca alteración en las condiciones de los patios, los que deberán cumplir con la relación r = h/d = 2".

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Que las ampliaciones a realizar en planta azotea para las instalaciones de comedor, sanitarios, vestuarios y paneles acústicos (según se explica en memoria descriptiva) serán tratadas en lo normado por el parágrafo 5.2.4.2 "Ampliación de usos no conformes" del Código de Planeamiento Urbano, que establece: "Los edificios, parcelas, e instalaciones donde se desarrollen usos no conformes podrán ser ampliados en los siguientes casos: - Para la incorporación de instalaciones de prevención de la contaminación del medio ambiente con ajuste a las disposiciones del Código de Prevención de la Contaminación Ambiental (tratamiento de efluentes líquidos, emanaciones gaseosas, residuos sólidos, tratamiento de emisiones sonoras, vibraciones y radiaciones). - Para la mejora de las condiciones sociales y sanitarias del trabajador (guardería, comedor, vestuarios, baños, zonas de esparcimiento, consultorios médicos, guardabicicletas y motocicletas para el personal que se desempeña en el establecimiento). (...)" Que las superficies mencionadas en la Declaración Jurada y la determinada en los planos de la propuesta no resultan ser coincidentes debiendo rectificarse al momento del trámite ante el Organismo de competencia; Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que no existirían inconvenientes desde el punto de vista urbanístico, en acceder a la propuesta en el orden morfológico en relación a la ampliación del edificio existente sito en la calle Perú 1645/55; Que respecto a las obras ya materializadas se autoriza su regularización ante el Organismo de competencia; Que lo expresado precedentemente no exime del cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos y condiciones establecidas por los Códigos de Planeamiento Urbano, de la Edificación, de Habilitaciones y Verificaciones, Ley Nº 962 y Ley Nº 123, sus modificatorias y decretos reglamentarios, que no hayan sido expresamente considerados en la presente; Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Vísase, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, la "Ampliación de superficie y de rubro", con destino "Laboratorio para la preparación de productos Medicinales Veterinarios, Cámaras Frigoríficas, Bioterio" (con lugar para carga y descarga) en el inmueble sito en la calle Perú Nº 1645/55, Planta Baja, Subsuelo, 1º Piso y Planta 2 y 3 Entrepiso, con una superficie construida de 2078,36 m², una superficie a construir de 101,02 m², una superficie libre de 610,36 m² y una superficie a habilitar de 686,82m² debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes. De no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente y copia de

la página 65 del RE-17686211-DGROC-14, obrante en el Nº de Orden 2 del EE. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

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DISPOSICIÓN N.° 2346/DGIUR/14

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 17.632.495/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Oficina Comercial" para el inmueble sito en la calle 25 de Mayo Nº 371, con una superficie a habilitar de 2.806,02 m², y CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 51 "Catedral al norte" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra con Catalogación Cautelar; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 18403161-DGIUR-2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito; Que los usos consignados permitidos son: "Servicios Terciarios: Oficina Comercial - Oficina Consultora"; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que se exime de la obligación de cumplimentar los requerimientos de estacionamiento establecidos en el cuadro de Usos Nº 5.12.1. por aplicación del art. 5.3.4 "Casos Especiales"; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Servicios Terciarios: Oficina Comercial - Oficina Consultora", para el inmueble sito en la calle 25 de Mayo Nº 371, con una superficie a habilitar de 2.806,02 m², (Dos mil ochocientos seis metros cuadrados con dos decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente.

Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

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DISPOSICIÓN N.° 2347/DGIUR/14

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 1.726.357/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Oficina con Garage Privado", para el inmueble sito en la calle Rivadavia Nº 1461/63/67/73, con una superficie total de 3.273m², y CONSIDERANDO: Que el edificio del que se trata, se localiza en la Parcela 14 con frente sobre la calle Rivadavia y resulta afectado al Distrito AE 6 - Plaza Congreso y al Distrito APH 1 - Zona 11 e) del Código de Planeamiento Urbano. Desde un punto de vista Patrimonial, se trata de un edificio con Protección Cautelar; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través Dictamen Nº 1459-DGIUR-2014, indica que en relación con la normativa vigente, se informa que: a. El Parágrafo 5.4.12.1 Distrito APH1 establece: "... 1) Carácter: El distrito abarca ámbitos urbanos de alto significado patrimonial, ya que comprende parte del antiguo casco histórico, como así también el tradicional eje cívico-institucional de la ciudad, ambos articulados por la Plaza de Mayo, la que forma parte indisoluble de los mismos...". b. En relación con los usos, establece: "...El distrito se subdivide en áreas según el carácter predominante de cada una de ellas y los usos permitidos en las mismas son los que se detallan en el Cuadro de Usos Nº 5.4.12.1..." c. El Distrito AE 6 - Plaza Congreso "... queda delimitado por el Plano de Zonificación y el Plano Nº 5.4.7.6...." "... Usos: En todos los casos serán permitidos los usos que correspondan a los distritos de zonificación a los que se haya superpuesto el Distrito de Arquitectura Especial..." d. El Parágrafo 1.2.1.1.b) - Interpretación Oficial, define: "... b) Garage colectivo particular: Parcela o edificio o una de sus partes con acceso independiente en que cada cochera es ocupada única y exclusivamente por el vehículo del propietario de la cochera o por el usuario que bajo cualquier tipo de convenio autorice el propietario ..." e. Según el Cuadro de Usos Nº 5.4.12.1., el rubro: "Oficina Comercial, Oficina Consultora", resulta dentro de la Clase "B" y de la Descripción: "Servicios ocasionales para vecinos, empresas o industrias" y afectado por la Referencia "PA" para el Área e), es decir: "...Permitido planta alta..." f. Según el Cuadro de Usos Nº 5.4.12.1.; el rubro: "Garage colectivo particular"; resulta dentro de la Clase "A" y del Agrupamiento: Servicios Terciarios, y resulta un uso "Permitido" en el Área e); Que analizado el caso en cuestión, el Área Técnica competente informa que: a. Se trata de la localización del uso: "Oficina Comercial, Oficina Consultora" y "Garage colectivo particular", en el edificio sito en la manzana circunscrita por Rivadavia, Paraná, Bartolomé Mitre y Uruguay. b. A fs. 87 adjuntan "Plano de Ampliación y Modificación del Local para Garage". c. A fs. 88 adjuntan "Plano de Obras Ejecutadas Reglamentarias sin Permiso", en el cual se observa: Planta Baja: Se ubican accesos, depósitos, tableros, tanques

montacargas, vestuarios y el Estacionamiento. Primer Piso: Oficinas, Estacionamiento y Sanitarios. Segundo Piso: Oficinas, dependencias para el personal, depósitos, Sanitarios y Estacionamiento. Entrepiso: Sala de Máquinas y archivo.

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d. De la comparación de los citados planos, surgen diferencias y ajustes que deberán ser presentadas ante el Organismo de Competencia; Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que no existen inconvenientes desde un punto de vista Patrimonial y Urbanístico en la localización de los uso: "Oficina Comercial, Oficina Consultora" y "Garage colectivo particular", en el edificio sito en Av. Rivadavia Nº 1461/63/67/73, con una superficie total de 3.273m². No obstante, se aclara que deberá presentar las modificaciones realizadas ante el Organismo de Competencia, debiendo además cumplir con la totalidad de la normativa vigente; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Oficina Comercial, Oficina Consultora" y "Garage colectivo particular", en el edificio sito en Av. Rivadavia Nº 1461/63/67/73, con una superficie total de 3.273m² (Tres mil doscientos setenta y tres metros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Notifíquese al interesado que deberá presentar las modificaciones realizadas ante el Organismo de Competencia, debiendo además cumplir con la totalidad de la normativa vigente. Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 2348/DGIUR/14

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 14.989.796/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Comercio Minorista, Máquinas de Oficina, Cálculo, Contabilidad, Informática: Aparatos, Equipos y Artículos de Telefonía y Comunicación" para el inmueble sito en la calle Uruguay Nº 99 Planta Baja, con una superficie a habilitar de 32,40 m², y

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Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH 16 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra con Catalogación General; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 17467530-DGIUR-2014, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el Distrito; Que los usos admitidos para los inmuebles no catalogados, serán los que resulten de aplicar las disposiciones para el distrito C2, donde los usos “Comercio Minorista, Máquinas de Oficina, Cálculo, Contabilidad, Informática: Aparatos, Equipos y Artículos de Telefonía y Comunicación“, se encuentran permitidos; Que en el caso de tratarse de un edificio dividido en propiedad horizontal ,deberá estar admitido en el reglamento de copropiedad; Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Comercio Minorista, Máquinas de Oficina, Cálculo, Contabilidad, Informática: Aparatos, Equipos y Artículos de Telefonía y Comunicación", para el inmueble sito en la calle Uruguay Nº 99 Planta Baja, con una superficie a habilitar de 32,40 m², (Treinta y dos metros cuadrados con cuarenta decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de

su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 2349/DGIUR/14

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 5.807.146/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso "Estructura soporte de antena (tipo pedestal)", en el inmueble sito en la Av. General Iriarte Nº 2572, y

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CONSIDERANDO:

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CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado al Distrito C3II de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº 18059359-DGIUR-2014, informa que de acuerdo al Cuadro de Usos Nº 5.2.1.a) del mencionado Código, la actividad solicitada y a localizar, se encuentra contemplada en el agrupamiento "Servicios que pueden ocasionar molestias o ser peligrosos" dentro del rubro "Estación de Radio y/o Televisión, Telefonía móvil celular, Campo de antenas y Equipos de transmisión", resultando referenciado con el numeral "C", por lo que "el Consejo efectuará en cada caso el estudio para determinar la conveniencia de la localización propuesta y en su caso, el FOS correspondiente"; Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, a través del Acuerdo Nº 328-CPUAM-2009, vigente a partir del 10/11/2009, fecha de su publicación, establece las pautas de localización para el emplazamiento de las antenas de Telefonía móvil celular; Que el Artículo 4º del acuerdo mencionado precedentemente, describe los tipos de estructura y las zonificaciones que resultarían admitidas de cumplimentar con las restantes pautas del acuerdo. En el caso de los Distritos C3II se admiten pedestales sobre azotea; Que el Artículo 8º fija criterios morfológicos a tener en cuenta para la instalación del soporte de antenas. El Punto b) de dicho artículo establece que la altura máxima permitida de las estructuras soporte de antenas será de 6 m. por encima de la altura de la edificación existente. Ahora bien, el recurrente declara (adjunto en documentos de trabajo) 2 pedestal de 5,50 metros de altura, por lo que cumple con el artículo mencionado. Razón por la cual al no tener este organismo un método para constatar dicha altura, nos debemos guiar por el documentado de esta actuación presentada por el recurrente; Que se ha tenido en cuenta, la vigencia del Acuerdo Nº 328-CPUAM-2009, verificándose con el mismo, que la distancia del contenedor respecto de las fachadas del frente del edificio, cumple con la distancia mínima de 3 metros (Artículo 10º Punto a) (adjunto en documentos de trabajo); Que el recurrente ha presentado en Informe Nº 4627598-DGROC-2013: a. A Páginas 245-246, Autorización organismos competentes en comunicaciones del Gobierno Nacional. b. En Informe Nº 17540352-DGROC-2014 Autorización de Comisión Nacional de Comunicaciones. c. En Informe Nº 17540352-DGROC-2014 Autorización de Fuerza Aérea, quien le

aclara que deberá contar con señalamiento diurno e iluminación nocturna reglamentaria (Disposición Nº 156/00), Autorizando la instalación de un mástil de 5,5 m. sobre una edificación de 36 m. lo que totaliza 41,5 m. d. A Páginas 235-236, Perímetro y Ancho de calles. e. A Páginas 264-273, Contrato de locación vigente. f. A fs. 286-292, Consulta Catastral. g. Adjunto en documentos de trabajo, Corte del edificio declarando alturas autorizadas. h. Adjunto en documentos de trabajo, Edificio existente, detalle de azotea; Que dado que de la documentación aportada, surge que el emplazamiento propuesto responde con el Acuerdo Nº 328-CPUAM-2009, el Área Técnica competente considera factible hacer lugar a lo solicitado, en tanto no supere los niveles máximos permisibles de exposición poblacional de los seres humanos a las radiaciones no ionizantes, a declarar ante la autoridad competente en la materia, y hasta su desactivación, inhabilitación, demolición o desmantelamiento;

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Que estas instalaciones especiales, Estructuras soporte de Antena tipo pedestal, pueden superar el plano límite del distrito siempre y cuando respeten las normas urbanísticas incluidas en los Acuerdos que complementan el Código de Planeamiento Urbano; a estos efectos deben respetarse las alturas declaradas tanto en la Disposición referida a este sitio, como en la autorización de Fuerza Aérea y las mismas deberán corresponderse con el corte que se encuentra adjunto. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización del uso "Estructura soporte de antena (tipo pedestal)", en el inmueble sito en la Av. General Iriarte Nº 2572, debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes. De no hacerlo caducara de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente y el corte adjunto en documentos de trabajo al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 2350/DGIUR/14

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 4.627.638/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso "Estructura soporte de antena (tipo pedestal)", en el inmueble sito en la calle Luis Maria Drago Nº 229/31, y CONSIDERANDO: Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado al Distrito R2aII de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº 18055660-DGIUR-2014, informa que de acuerdo al Cuadro de Usos Nº 5.2.1.a) del mencionado Código, la actividad solicitada y a localizar, se encuentra contemplada en el agrupamiento "Servicios que pueden ocasionar molestias o ser peligrosos" dentro del rubro "Estación de Radio y/o Televisión, Telefonía móvil celular, Campo de antenas y Equipos de transmisión", resultando referenciado con el numeral "C", por lo que "el Consejo efectuará en cada caso el estudio para determinar la conveniencia de la localización propuesta y en su caso, el FOS correspondiente"; Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, a través del Acuerdo Nº 328-CPUAM-2009, vigente a partir del 10/11/2009, fecha de su publicación, establece las pautas de localización para el emplazamiento de las antenas de Telefonía móvil celular;

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Que el Artículo 4º del acuerdo mencionado precedentemente, describe los tipos de estructura y las zonificaciones que resultarían admitidas de cumplimentar con las restantes pautas del acuerdo. En el caso de los Distritos R2aII se admiten pedestales sobre azotea; Que el Artículo 8º fija criterios morfológicos a tener en cuenta para la instalación del soporte de antenas. El Punto b) de dicho artículo establece que la altura máxima permitida de las estructuras soporte de antenas será de 6 m. por encima de la altura de la edificación existente. Ahora bien, el recurrente declara en Página 64 del Informe Nº 4627598-DGROC-2013, 2 pedestales de 1,60 metros de altura, por lo que cumple con el artículo mencionado. Razón por la cual al no tener este organismo un método para constatar dicha altura, nos debemos guiar por el documentado de esta actuación presentada por el recurrente; Que se ha tenido en cuenta, la vigencia del Acuerdo Nº 328-CPUAM-2009, verificándose con el mismo, que la distancia del contenedor respecto de las fachadas del frente del edificio, cumple con la distancia mínima de 3 metros (Artículo 10º Punto a) (A Página 105 del Informe Nº 4627598-DGROC-2013); Que el recurrente ha presentado en Informe Nº 4627598-DGROC-2013: a. A Página 44, Autorización organismos competentes en comunicaciones del Gobierno Nacional. b. En Informe Nº 17540664-DGROC-2014, Autorización de Comisión Nacional de Comunicaciones. c. En Informe Nº 17540664-DGROC-2014, Autorización de Fuerza Aérea, quien le

aclara que deberá contar con señalamiento diurno e iluminación nocturna reglamentaria (Disposición Nº 156/00), Autorizando la instalación de un mástil de 10m sobre una edificación de 30 m. lo que totaliza 40 m. d. A Páginas 51 y 52, Perímetro y Ancho de calles. e. De Páginas 7 a 26, Contrato de locación vigente. f. De Páginas 46 a 50, Consulta Catastral g. A Página 64, Corte del edificio declarando alturas autorizadas. h. A Página 27, Edificio existente, detalle de azotea; Que dado que de la documentación aportada, surge que el emplazamiento propuesto responde con el Acuerdo Nº 328-CPUAM-2009, el Área Técnica competente considera factible hacer lugar a lo solicitado, en tanto no supere los niveles máximos permisibles de exposición poblacional de los seres humanos a las radiaciones no ionizantes, a declarar ante la autoridad competente en la materia, y hasta su desactivación, inhabilitación, demolición o desmantelamiento; Que estas instalaciones especiales, Estructuras soporte de Antena tipo pedestal, pueden superar el plano límite del distrito siempre y cuando respeten las normas urbanísticas incluidas en los Acuerdos que complementan el Código de Planeamiento Urbano; a estos efectos deben respetarse las alturas declaradas tanto en la Disposición referida a este sitio, como en la autorización de Fuerza Aérea y las mismas deberán corresponderse con el corte que se encuentra adjunto. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización del uso "Estructura soporte de antena (tipo pedestal)", en el inmueble sito en la calle Luis Maria Drago Nº 229/31, debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.

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Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación; dentro de este plazo, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes. De no hacerlo caducara de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente y la Página 64 del Informe Nº 4627598-DGROC-2013 al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 2351/DGIUR/14

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 4.406.883/2013, y la Disposición Nº 1.063-DGIUR-2014, y; CONSIDERANDO: Que, por la mencionada disposición se denegó desde el punto de vista urbanístico, el proyecto de Obra Nueva, para el inmueble sito en la calle Emilio Lamarca Nº 224, toda vez que el proyecto presentado a fs. 44 del Giro Documental, no encuadra dentro de la normativa vigente; Que, según nota de fecha 09/09/2014 y recepcionada el mismo día, obrante en Documentos de Trabajo en número de orden 6, los interesados solicitan Reconsideración de los términos de acto administrativo citado y a su vez presentan una nueva propuesta; Que, cabe indicar que la Disposición Nº 1.063-DGIUR-2014 ha sido fehacientemente notificada el 07/07/2014, según consta en el Informe Gráfico IF-2014-08477210-DGIUR, por lo que los plazos establecidos para la interposición de Recursos de Reconsideración y Jerárquicos en Subsidio, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 1.510-GCBA-1997, se encuentran totalmente vencidos; Que, el predio en cuestión se encuentra afectado al Distrito APH 53 - "Floresta" de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449, modificado para este distrito por Ley Nº 3.507 (BOCBA Nº 3.496); Que, en una nueva intervención la Gerencia Operativa de Interpretación Urbana indica en el IF-2014-18135307-DGIUR respecto de la normativa vigente, que el Parágrafo 5.4.12.53 Distrito APH53- Floresta establece en su punto 4): "(...) 4.2 Protección general 4.2.1 Normas para Obras en Baldíos o en Edificios no Sujetos a Protección Especial. Los predios del área no comprendidos en el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH53, Floresta, se regirán por las siguientes normas de tejido: a) Carácter: Zona destinada al uso residencial predominante con una densidad media y media-baja, conformada por viviendas individuales y colectivas. b) Delimitación: Según Plano de Zonificación. c) Tipología Edilicia: Sólo se permiten edificios entre medianeras. d) H Máxima: 9m por encima de la cota de la parcela determinada por la Dirección de Catastro, permitiéndose la construcción de un piso retirado a una distancia mínima de 3m desde la L.O. y por debajo de un plano inclinado de 45° desde la altura de 9m y con un plano límite horizontal a 12m de la cota de la parcela.

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e) F.O.S.: Se podrá ocupar la superficie de la parcela comprendida entre la L.O. y la L.F.I., salvo las limitaciones de F.O.S. establecidas en el Cuadro de Usos N° 5.2.1 para los Distritos R2b. (...) 5 Usos: (...) 5.2 Usos en inmuebles no catalogados: Los inmuebles del área no comprendidos en el Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH53, Floresta, se regirán por el Cuadro de Usos N° 5.2.1 del presente Código, correspondientes al Distrito de Zonificación R1bII. (...)" Que, en virtud de lo expuesto en el considerando que antecede y habiendo analizado la nueva propuesta de "Plano de Obra Nueva (plantas, corte y vista)", adjunta en

Informe Gráfico IF-2014-15820878-DGIUR, número de orden 31; dicha Gerencia Operativa informa que se trata de un proyecto de obra nueva con destino "Vivienda Unifamiliar con Estudio Profesional (anexo a vivienda)"; Que, dicho proyecto de ubica en la Parcela 25, intermedia, que posee un frente de 7,58m, con una superficie aproximada de 142,88 m²; emplazándose en la manzana delimitada por las calles Emilio Lamarca, Bogotá, San Nicolás y Bacacay; Que, respecto al entorno inmediato, se informa que el lindero izquierdo de la Parcela 24, de la calle Emilio Lamarca Nº 218, posee una vivienda unifamiliar en planta baja, sobre la Línea Oficial; y el lindero derecho de la Parcela 26, de la calle Emilio Lamarca Nº 232, posee una vivienda unifamiliar en planta baja sobre la Línea Oficial; Que, en relación a las normas urbanísticas previstas para el Distrito, se informa que se trata de la construcción de un edificio de planta baja + piso retirado a +4,20m (a NPT) de la Línea Oficial, construyéndose sobre el fondo de la parcela, dentro de los parámetros de altura establecidos para el distrito; Que, en cuanto al uso "Vivienda Unifamiliar con Estudio Profesional (anexo a vivienda)" resultaría un uso Permitido en el Distrito mencionado, con las pautas y condiciones que establece el Cuadro de Usos 5.2.1.a) del Código de Planeamiento Urbano; Que, de acuerdo al estudio realizado la Gerencia Operativa entiende, que la propuesta encuadra dentro de los parámetros urbanísticos pretendidos para el distrito, por lo que se considera factible acceder al proyecto presentado en IF-2014-15820878-DGIUR de número de orden 31 del EE; Que, dicho análisis no exime del cumplimiento de las restantes disposiciones contenidas en el Código de Planeamiento Urbano y de la Edificación que no hayan sido expresamente contempladas en el presente, así como las relacionadas con los usos a localizar, en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General Registro de Obras y Catastro; Que, toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada, deberá ser consulta a esta Dirección General de Interpretación Urbanística; Que, en relación al Recurso de Reconsideración interpuesto en nota de fecha 09/09/2014, se entiende que el mismo se encuentra desistido en función del nuevo proyecto de "Obra Nueva" presentado, independientemente que los plazos de su presentación se encontraban ampliamente vencidos. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

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Artículo 1º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, el proyecto de "Obra Nueva con destino Vivienda Unifamiliar con Estudio Profesional (anexo a

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vivienda)", para el predio sito en la calle Emilio Lamarca Nº 224, Planta Baja y 1º Piso, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 77, Manzana 124, Parcela 25, según plano obrante en el IF-2014-15820878-DGIUR, con una superficie de terreno de 143,26 m² (Ciento cuarenta y tres metros cuadrados con veintiséis decímetros cuadrados" y una superficie a construir de 177,37 m² (Ciento setenta y siete metros cuadrados con treinta y siete decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación. Artículo 2º.- Hágase saber al interesado que, lo consignado en el Artículo 1º no implica

el registro de los planos de obra, ni exime del cumplimiento de las restantes disposiciones contenidas en los Códigos de Planeamiento Urbano y de la Edificación, en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Artículo 3º.- Notifíquese al recurrente que toda reforma, modificación del inmueble, y/o tratamiento de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General de Interpretación Urbanística. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de su fecha de notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante él o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese, entréguese la presente al interesado y copia visado del plano obrante en el IF-2014-15820878-DGIUR en orden 31 del EE, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 2352/DGIUR/14

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 13.122.052/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso "Restaurant, cantina; Casa de lunch; Café-bar; Despacho de bebidas, disquería (sic) cervecería; Comercio minorista de elaboración y venta de pizza, fugazza, faina, empanadas, postres, flanes, churros, grill y parrilla", para el inmueble sito en la calle José Antonio Cabrera Nº 5502, Planta Baja, Planta Alta, con una superficie de 93,64m², y CONSIDERANDO: Que el predio se encuentra localizado en la Zona Z3 del Distrito U20 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449 Texto Ordenado Decreto Nº 1181 y que resulta frentista al Distrito E3; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 17189459-DGIUR-2014, indica que asimismo el Artículo 5.2.1. Usos del suelo urbano y su clasificación, establece que: "El Consejo podrá adecuar los cuadros de usos especiales de estos Distritos a los Cuadros de Usos 5.2.1.a) y 5.2.1b) correlacionando los distritos de zonificación general con los subdistritos o subzonas de las normativas especiales";

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Que en relación a los usos permitidos en la Zona 3: "...5.5 Usos permitidos: . Residencial: vivienda individual y colectiva, baulera . Comercio minorista: ídem Zona 2b, productos de abasto, ferretería . Servicios: Consultorio y estudios profesionales, garage comercial, playas de estacionamiento, lavandería - tintorería (recep.), personales directos, peluquería. Educación: preescolar - primaria; secundaria; guardería. . Sanidad: centro médico; casa de reposo; laboratorio médico . Esparcimiento: canchas de tenis y de frontón con raqueta. (Ver Resolución CPU A-46/982, B.M. Nº 16.885)." 5.1.4.1 Usos en parcelas frentistas a deslinde de distritos "...d) En los distritos de urbanización determinada (U) las parcelas frentistas a calles o avenidas cuyo eje sea deslinde entre zonas o subzonas dentro de éstos, se podrán admitir indistintamente los usos permitidos en cualquiera de ellos, previo dictamen favorable del Consejo, debiéndose respetar las normas de tejido de cada distrito, zona o subzona. El mismo criterio se aplicará a los deslindes con otros distritos..."; Que del estudio realizado por el Área Técnica competente se informa que: a. Se trata de una parcela de esquina. b. La superficie que se pretende habilitar es de aproximadamente 93,64m². c. Los usos solicitados: "Restaurante, cantina; casa de lunch; Comercio minorista de elaboración y venta de pizza, fugazza, faina, empanadas, postres, flanes, churros, grill y parrilla" se encuadra en el rubro "Alimentación en general, restaurante, cantina, pizzería, grill...", encontrándose permitido hasta una en el Distrito E3 y debiendo cumplimentar el Numeral 26 para estacionamiento. "Café-bar; despacho de bebidas, disquería (sic) cervecería" se encuadra en el rubro "Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos, heladería, etc." encontrándose permitido en el Distrito E3 y debiendo cumplimentar el Numeral 26 para estacionamiento; Que en tal sentido, el Área Técnica competente considera en primera instancia que la actividad a desarrollar no resulta incompatible con el entorno de implantación; Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, a través del Dictamen Nº 302-CPUAM-2014, indica que considera admisible desde el punto de vista urbanístico, la localización de los usos "Restaurante, cantina, casa de lunch, Bar - café, despacho de bebidas, cervecería; Comercio Minorista de elaboración y venta de pizzas, fugazza, faina, empanadas, postres, flanes, churros, grill y parrilla", para el local sito en la calle Jose A. Cabrera Nº 5502, con una superficie de 93,64m², dejando expresa constancia que no podrá desarrollar la actividad de música y/o canto, por encontrarse el local en un distrito residencial. Asimismo, por tratarse la superficie del local de 93,64m² no le corresponde la Referencia 26 de estacionamiento vehicular; Que el Área Técnica competente, mediante Informe Nº 117891206-DGIUR-2014, toma conocimiento de lo expuesto por el Consejo del Plan Urbano Ambiental. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización de los usos: "Restaurante, cantina, casa de lunch, Bar - café, despacho de bebidas, cervecería; Comercio Minorista de elaboración y venta de pizzas, fugazza, faina, empanadas, postres, flanes, churros, grill y parrilla", para el local sito en la calle Jose A. Cabrera Nº 5502, con una superficie de 93,64m² (Noventa y tres metros cuadrados con sesenta y cuatro decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente que no podrá desarrollar la actividad de música y/o canto, por encontrarse el local en un distrito residencial. Asimismo, por tratarse la superficie del local de 93,64m² no le corresponde la Referencia 26 de estacionamiento vehicular.

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Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 2353/DGIUR/14

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 7.378.082/2013 y la Disposición Nº 397-DGIUR-2014, y CONSIDERANDO: Que a través de la mencionada Disposición se visaron, desde el punto de vista del patrimonio urbano, los Planos de "Demolición parcial, modificación y ampliación", con destino "Hostal", para el inmueble sito en la calle Venezuela Nº 663/669/673, con una superficie de terreno de 1166,69m2, una superficie existente de 3386,33m², una superficie a demoler de 972,67m2, una superficie a construir cubierta de 334,96m2, una superficie a construir semicubierta de 62,42m2, una superficie libre de 343,78m2, una superficie total de 3783,71m2, según consta en los planos obrantes como Plano Nº 02935640-DGIUR-2014, Plano Nº 02936118-DGIUR-2014, Plano Nº 02936302-DGIUR-2014 y Plano Nº 02936678-DGIUR-2014; Que el inmueble en cuestión está emplazado en la Zona de Amortiguación del Distrito APH1 catalogado con Nivel de Protección "Cautelar", según Ley Nº 4464 del 13/12/2012 publicada en BOCBA Nº 4085 del 30/01/2013; Que por nota obrante en Página 1 del Informe Gráfico Nº 17785068-DGIUR-2014, el propietario solicita actualización de la Disposición Nº 397-DGIUR-2014, de fecha 11 de Marzo de 2014; Que dicha Disposición se encuentra vencida por haber transcurrido el plazo de 180 días para la presentación de la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; Que sobre el particular habiendo analizado la documentación presentada y toda vez que tanto la normativa con la cual fue estudiado el presente caso, como las condiciones que permiten la aplicación de la misma, no han sufrido modificaciones al día de la fecha, el Área Técnica competente, mediante Informe Nº 17906736-DGIUR-2014, considera atendible dicho pedido por lo que no existirían inconvenientes en acceder a la actualización de la mencionada Disposición Nº 397-DGIUR-2014, de fecha 11 de Marzo de 2014, respecto del visado de Planos de "Demolición parcial, modificación y ampliación" con destino "Hostal". Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

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Artículo 1º.- Amplíase la vigencia de la Disposición Nº 397-DGIUR-2014, por la cual se se visaron, desde el punto de vista del patrimonio urbano, los Planos de "Demolición parcial, modificación y ampliación", con destino "Hostal", para el inmueble sito en la calle Venezuela Nº 663/669/673, con una superficie de terreno de 1166,69m2 (Mil ciento sesenta y seis metros cuadrados con sesenta y nueve decímetros cuadrados), una superficie existente de 3386,33m² (Tres mil trescientos ochenta y seis metros cuadrados con treinta y tres decímetros cuadrados), una superficie a demoler de

972,67m2 (Novecientos setenta y dos metros cuadrados con sesenta y siete decímetros cuadrados), una superficie a construir cubierta de 334,96m2 (Trescientos treinta y cuatro metros cuadrados con noventa y seis decímetros cuadrados), una superficie a construir semicubierta de 62,42m2 (Sesenta y dos metros cuadrados con cuarenta y dos decímetros cuadrados), una superficie libre de 343,78m2 (Trescientos cuarenta y tres metros cuadrados con setenta y ocho decímetros cuadrados), una superficie total de 3783,71m2 (Tres mil setecientos ochenta y tres metros cuadrados con setenta y un decímetros cuadrados), según consta en los planos obrantes como Plano Nº 02935640-DGIUR-2014, Plano Nº 02936118-DGIUR-2014, Plano Nº 02936302-DGIUR-2014 y Plano Nº 02936678-DGIUR-2014, por un plazo de Noventa (90) días a partir de la notificación de la presente. Artículo 2º.- Dentro del plazo contemplado en el Artículo Primero, el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma DISPOSICIÓN N.° 2354/DGIUR/14

Buenos Aires, 22 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 17.131.837/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso "Comercio minorista: de cuadros, marcos, y espejos enmarcados", para el inmueble sito en la calle Humboldt Nº 1516, Planta Baja y Entrepiso, UF Nº 161, con una superficie de 111,00m², y CONSIDERANDO: Que el predio en cuestión se encuentra afectado al Distrito U20, Z3 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449 Texto Ordenado Decreto Nº1181; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 17131837-DGIUR-2014, indica que el Artículo 5.2.1. Usos del suelo urbano y su clasificación, establece que: "El Consejo podrá adecuar los cuadros de usos especiales de estos Distritos a los Cuadros de Usos Nº 5.2.1.a) y 5.2.1b) correlacionando los distritos de zonificación general con los subdistritos o subzonas de las normativas especiales";

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EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

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Que en relación a los usos permitidos en la Zona 3: "...5.5 Usos permitidos: Residencial: vivienda individual y colectiva, baulera . Comercio minorista: ídem Zona 2b, productos de abasto, ferretería . Servicios: Consultorio y estudios profesionales, garage comercial, playas de estacionamiento, lavandería - tintorería (recep.), personales directos, peluquería. . Educación: preescolar - primaria; secundaria; guardería. Sanidad: centro médico; casa de reposo; laboratorio médico. Esparcimiento: canchas de tenis y de frontón con raqueta. (Ver Resolución CPU A-46/982, B.M. Nº 16.885)..." 5.1.4.1 Usos en parcelas frentistas a deslinde de distritos "...d) En los distritos de urbanización determinada (U) las parcelas frentistas a calles o avenidas cuyo eje sea deslinde entre zonas o subzonas dentro de éstos, se podrán admitir indistintamente los usos permitidos en cualquiera de ellos, previo dictamen favorable del Consejo, debiéndose respetar las normas de tejido de cada distrito, zona o subzona. El mismo criterio se aplicará a los deslindes con otros distritos..."; Que conforme surge de la norma mencionada el carácter urbanístico del área está dado por la localización de vivienda de alta densidad, con equipamiento comercial y de servicios a nivel zonal, mientras que el uso solicitado en estos actuados no resulta mencionado en forma expresa; Que del estudio realizado por el Área Técnica se informa que: a. Se trata de una parcela intermedia con salida a dos calles. b. La superficie que se pretende habilitar es de aproximadamente 111,00m² c. El uso solicitado "Comercio minorista: de cuadros, marcos, y espejos enmarcados", se encuadra en el rubro "Comercio minorista: de cuadros, marcos, y espejos enmarcados". d. Ahora bien, dado que la parcela motivo de consulta se encuentra frentista al Distrito E3 , donde los usos "Comercio minorista: ferretería, herrajes, repuestos, materiales eléctricos; de artefactos de iluminación y del hogar, bazar, platería, cristalería; de

muebles en general productos de madera y mimbre, metálicos, colchones y afines" se encuentran permitido hasta 1500m², no existirían inconvenientes en acceder al uso solicitado; Que en tal sentido, el Área Técnica competente considera en primera instancia que la actividad a desarrollar no resulta incompatible con el entorno de implantación; Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, mediante Dictamen Nº 299-CPUAM-2014, indica que considera admisible desde el punto de vista urbanístico, la localización del uso "Comercio Minorista de: Cuadros, marcos y espejos enmarcados", para el local en cuestión, con una superficie de 111m², debiéndose dejar expresa constancia que previo al trámite de habilitación deberá adjuntar documentación que acredite la regularización de aquellas reformas sin declarar; Que el Área Técnica competente, a través del Informe Nº 17890775-DGIUR-2014, toma conocimiento de lo expuesto por el Consejo del Plan Urbano Ambiental. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización de los usos: "Comercio minorista: de cuadros, marcos, y espejos enmarcados", para el inmueble sito en la calle Humboldt Nº 1516, Planta Baja y Entrepiso, UF Nº 161, con una superficie de 111,00m² (Ciento once metros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente que previo al trámite de habilitación deberá adjuntar documentación que acredite la regularización de aquellas reformas sin declarar.

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Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 2397/DGIUR/14

Buenos Aires, 30 de diciembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 7.377.100/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Comercio Minorista: de helados (s/elaboración); de bebidas en general envasadas; Bar, lácteos; Café-Bar", para el inmueble sito en la Av. Callao Nº 1293 esquina Juncal Nº 1792, Planta Baja y Subsuelo, U.F Nº 2, con una superficie a habilitar de 276,63m², y CONSIDERANDO: Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en la Zona 2 del Distrito APH 50 "Av. Callao" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007 y el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección Estructural; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 17271367-DGIUR-2014, indica que los usos Permitidos son: "Comercio Minorista: Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio), (se opere o no por sistema de venta autoservicio) - Tabaco, productos de tabaquería y cigarrería; Que respecto a los usos solicitados: "Bar, Lácteos; Café-Bar" se encuadran dentro del Agrupamiento Servicios Terciarios, consignados como: "Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos, heladería, etc."; los cuales se encuentran afectados por la Referencia C para la Zona R2aI del Distrito APH 50, del Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano, debiendo tomar intervención el Consejo del Plan Urbano Ambiental; Que se exime de la obligación de cumplimentar los requerimientos de estacionamiento establecidos en el Cuadro de Usos Nº 5.12.1. por aplicación del Artículo 5.3.4 "Casos Especiales"; Que toda vez que los toldos y la publicidad presentados a Página 1, 2, 3 y 4 del Informe Gráfico (Nº 6 de Orden), cumplimentan la normativa en la materia, se considera que no existen inconvenientes en su localización;

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Que dicho Consejo del Plan Urbano Ambiental, a través del Dictamen Nº 301-CPUAM-2014, indica que considera admisible desde el punto de vista urbanístico la localización de los usos "Café-Bar; Comercio Minorista de Helados (sin elaboración), de Bebidas en general envasadas, Bar lácteo", en el inmueble sito en la Av. Callao Nº 1293 esquina Juncal Nº 1792, Planta Baja y Subsuelo, UF Nº 2, con una superficie de 276,63m². Se exime de la obligación de cumplimentar con el requerimiento de estacionamiento, Referencia 26, por aplicación del Parágrafo 5.3.4.1. b) "Casos Especiales" del Código de Planeamiento Urbano. Además deja constancia que no realizará el servicio de envío a domicilio (tal lo declarado en caratula de Plano de Uso), como así tampoco la actividad "música y/o canto"; Que el Área Técnica competente, mediante Informe Nº 18265785-DGIUR-2014, toma conocimiento de lo expuesto por el Consejo del Plan Urbano Ambiental; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Déjese sin efecto la Disposición Nº 2392-DGIUR-2014 de fecha 30 de Diciembre de 2014. Artículo 2º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización de los usos: "Comercio Minorista: de helados (s/elaboración); de bebidas en general envasadas; Bar, lácteos; Café-Bar", para el inmueble sito en la Av. Callao Nº 1293 esquina Juncal Nº 1792, Planta Baja y Subsuelo, U.F Nº 2, con una superficie a habilitar de 276,63m² (Doscientos setenta y seis metros cuadrados con sesenta y tres decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 37/DGIUR/15

Buenos Aires, 12 de enero de 2015 VISTO: El Expediente Nº 7.640.161/2014, por el que se consulta sobre la ampliación del inmueble sito en la calle Echeverría Nº 3.345/43/51/55/61 y Superí Nº 2.047/55, y;

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Que, el predio en cuestión se encuentra afectado al Distrito U28 “Belgrano R“ de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449; modificado para este distrito por Ley Nº 4.465 (BOCBA Nº 4.094), resultando de aplicación lo establecido en el punto 4.2.1 “Integración del Paisaje Urbano“ del Parágrafo 5.4.6.29 del mencionado Código; con el objeto de preservar las características predominantes de la morfología edilicia del barrio de "Belgrano R"; Que, a través del IF-2014-18602831-DGIUR la Gerencia Operativa de Interpretación Urbana analizó lo solicitado, de acuerdo a la documentación presentada que está compuesta por Consulta Catastral, fotografías del entorno, relevamiento de usos de la manzana y memoria descriptiva en Presentación Ciudadana; Planos de propuesta y Planos s/Ley 2189 en Plano-2014-7640040-DGROC-2014; nota de la Sociedad de Fomento "Belgrano R" en IF-2014-17203637-DGIUR; Que, según surge en la mencionada documentación se trata del proyecto de ampliación de superficie, para el inmueble destinado a "Escuela Primaria Privada y Escuela de Educación Media", sito en la Parcelas 13, 14, 17, 18 y 19 (unificación en trámite) de la manzana delimitada por las calles Juramento, Conde, Echeverría y Superí; Que, respecto a la propuesta de ampliación, y habiendo visto los planos de propuesta adjuntos, se evidencia que se propone una modificación y ampliación de un volumen con salida a la calle Superí, que se desarrollaría en planta baja + 3 pisos; en el cual se albergarían locales destinados a patios en planta baja, aulas y sanitarios en los pisos superiores; Que, además se proyecta una modificación en el primer piso del inmueble existente con ingreso por la calle Echeverría Nº 3.345, para la incorporación de un local destinado a "oficina administrativa"; Que, para el inmueble existente, con ingreso por la calle Echeverría Nº 3.361, cuyo destino actual es "Gimnasio" se propone la remodelación de áreas de servicios en la planta baja y la construcción de un entrepiso destinado a "depósito"; Que, según los "Planos de ampliación de superficie" adjuntos, se declara una superficie existente 4.487,28 m²; superficie a construir 619,21 m²; las cuales deberán ser constatadas por la Dirección General de Registro de Obras y Catastro (DGROC) al momento de la presentación de los planos para su registro; Que, en relación a la nota de la Sociedad de Fomento "Belgrano R", de fecha noviembre de 2014, adjunta en IF-2014-17203637-DGIUR, el Presidente y Secretario de la misma informan: "(...) Hemos analizado los planos, conjuntamente con las autoridades del colegio y la arquitecta responsable del proyecto.

Considerando las necesidades que exigen los nuevos planes de estudio, las medidas de seguridad para las escaleras y los sanitarios para ambos sexos por ser ahora una escuela mixta, entendemos la necesidad de la ampliación, que no implica un crecimiento en la matrícula. En este entendimiento, les solicitamos y se comprometieron a hacerlo que: Continuarán con la línea de retiro sobre Superí de la parte a ampliar en planta baja. Demolieran el muro de la propiedad que tienen sobre Echeverría, lindera al gimnasio para crear una zona de espera para alumnos y padres, de manera de descongestionar la vereda. Crear una zona de estacionamiento para bicicletas para los alumnos que utilizan este medio. Con estas condiciones damos nuestra aprobación. (...)" Que, en relación a las peticiones por parte de la Sociedad de Fomento antes expuestas, la Gerencia Operativa hace saber que no pone objeciones en concederlas, no obstante las obras sobre el retiro de la calle Superí serán admitidas siempre y cuando resulten ya ejecutadas y no obras de ampliación actual;

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CONSIDERANDO:

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Que, en virtud del estudio realizado la Gerencia Operativa de Interpretación Urbana no pone objeciones, desde el punto de vista urbanístico en la propuesta presentada, toda vez que las obras de ampliación y modificación responden a la nueva reglamentación de escuelas y para dar respuesta a la demanda de alumnos. Que, el presente análisis no implica el registro de los planos de obra, ni exime del cumplimiento de las restantes disposiciones contenidas en los Códigos de Planeamiento Urbano y de la Edificación, en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Considerase factible desde el punto de vista urbanístico, en un todo de acuerdo con lo indicado en los considerandos que anteceden, para el predio sito en la calle Echeverría Nº 3.343/45/51/55/61 y Superí Nº 2.047/55, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 16, Sección 39, Manzana 32, Parcelas 13, 14, 17, 18 y 19 (unificación en trámite), el proyecto de Ampliación con destino "Escuela Primaria Privada. Escuela de Educación Media", con una superficie de 4.487,28 m² (Cuatro mil cuatrocientos ochenta y siete metros cuadrados con veintiocho decímetros cuadrados) y una superficie a construir de 619,21 m² (Seiscientos diecinueve metros cuadrados con veintiún decímetros cuadrados); debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación. Artículo 2º.- Notifíquese al interesado, que lo consignado en el Artículo 1º no implica el registro de los planos de obra, ni exime del cumplimiento de las restantes disposiciones contenidas en los Códigos de Planeamiento Urbano y de la Edificación, en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese; entréguese la presente al interesado y copia visada de la documentación obrante de páginas 1 a 4 del Plano-2014-07640040-DGROC en orden 3 del EE; publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 38/DGIUR/15

Buenos Aires, 13 de enero de 2015 VISTO: El Expediente Nº 16.422.344/ 2014, por el que se consulta sobre un estudio de completamiento morfológico de la propuesta a materializarse en el predio sito en la Av. Córdoba 2955, con destino "Oficinas y Local Comercial", y;

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Que, el predio en cuestión, se encuentra emplazado en el Distrito C3I (parágrafo 5.4.2.3. a) de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449, texto ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007 (BOCBA Nº 2.772); Que la Gerencia Operativa de Supervisión Interpretación Urbana, mediante Informe Nº 239982-DGIUR-15 hace saber que para el presente caso, resulta de aplicación lo dispuesto en el parágrafo 5.4.2.3. a), en la figura 4.10 Completamiento de Tejido del Atlas del Código de Planeamiento Urbano y los Artículos 8º y 24º de la Ley 2930, Instrumentos Normativos a) Código Urbanístico - Plan Urbano Ambiental (BOCBA Nº 3091); Que para el pertinente estudio se adjunta documentación, mediante PLANO 16422028-DGROC-14, obrante en el Nº de Orden 3 del Expediente Electrónico (EE), consistente en Plantas, cortes, vistas, croquis de manzana y en RE-2014-16421896-DGROC del Nº de Orden 2: Consulta catastral; así como de documentación interna obtenida del sistema Parcela Digital Inteligente (PDI); Que de la documentación citada se desprende que se trata de un proyecto de Obra nueva, con destino "Oficinas y Local Comercial", a materializarse en la parcela N° 22, que posee un frente de 6,82m sobre Av. Córdoba y una profundidad de 25,12m en uno de sus lados, con una superficie total de 176,00m2; emplazándose en la manzana delimitada por la Av. Córdoba y calles Laprida, José Antonio Cabrera, y Dr. Tomas Manuel de Anchorena; Que de acuerdo a lo declarado por el profesional, dicha parcela resulta afectada por la Línea de Frente Interno de la manzana, que está ubicada a 18,46m de la Línea Oficial de la Av. Córdoba; Que, respecto al entorno inmediato, se observa que la parcela lindera derecha Nº 23, presenta un edificio de planta baja y 2 pisos, el cual por su bajo grado de consolidación, estaría sujeto a renovación; por otro lado la parcela lindera izquierda Nº 21 presenta un edificio entre medianeras de planta baja + 12 pisos + sala de máquinas, alcanzando una altura de +39,60m (a NPT) sobre la Línea Oficial y una altura total por todo concepto de +40,90m (a NPT), el cual por su alto grado de consolidación no tendería a una pronta renovación; Que en relación al entorno de la manzana, según se desprende del relevamiento fotográfico e información suministrada por sistema "PDI", se observa que existe un tejido mixto, con edificios de alta, media y baja densidad. Asimismo se observa un stock edilicio a sustituir a corto plazo en la manzana mencionada; Que en cuanto a lo propuesto para el predio en cuestión, se trata de una volumetría que se adosara al edificio entre medianeras de la parcela Nº 21, lindera izquierda,

alcanzando una altura de +40,50m (a NPT) sobre la Línea Oficial, más un volumen destinado a sala de máquinas, alcanzando una altura total por todo concepto de +44,04m (a NPT), asimilando el perfil proyectado para dicho lindero, dentro del perfil edificable del distrito, y previendo a su vez la futura renovación del lindero izquierdo de la Parcela Nº 23, a los fines de promover la consolidación y unidad morfológica de la Av. Córdoba; Que para el Factor de Ocupación del Suelo (FOS), se propone un basamento de ocupación total, y por encima de este, una línea de edificación de fondo ubicada a 18,46m, dentro del área edificable de la manzana; Que los usos propuestos "Oficinas y Local comercial", resultan permitidos en el distrito, con las pautas y condiciones que establece el Cuadro de Usos 5.2.1a) del Código de Planeamiento Urbano; Que, en virtud de lo expresado, la mencionada Gerencia Operativa opina, dentro de sus competencias, y de acuerdo a los criterios urbanísticos contemplados y manifestados en el Art. 24º.- Instrumentos Normativos

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CONSIDERANDO:

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a) Código Urbanístico de la Ley 2930 - Plan Urbano Ambiental precitado, que la propuesta analizada se encuentra en consonancia con dichos criterios, por promover la continuidad morfológica tanto de las masas consolidadas como de las previstas a consolidar, por lo que se considera factible acceder al proyecto presentado según documentación obrante en PLANO-2014-16422028-DGROC incluida mediante Nº de Orden 3 del EE; Que, el estudio realizado no exime del cumplimiento de las restantes disposiciones contenidas en el Código de Planeamiento Urbano y de la Edificación que no hayan sido expresamente contempladas en la presente, así como las relacionadas con los usos a localizar, en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General Registro de Obras y Catastro. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Considerase factible desde el punto de vista urbanístico, en consonancia con los criterios contemplados en la Ley Nº 2.930 - Plan Urbano Ambiental, en un todo de acuerdo a lo indicado en los considerandos que anteceden, el proyecto presentado para el inmueble sito en la Av. Córdoba Nº 2955, con destino "Oficinas y Local Comercial", Nomenclatura Catastral: Circunscripción 19, Sección 15, Manzana 113, Parcela 22, debiendo cumplir con la normativa vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la presente. Artículo 2º.- Notifíquese al interesado, que lo consignado en el Artículo 1º no implica el registro de los planos de obra, ni exime del cumplimiento de las restantes disposiciones contenidas en los Códigos de Planeamiento Urbano y de la Edificación, en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese; entréguese la presente al interesado y copia de la documentación obrante en PLANO-2014-16422028-DGROC del Nº de Orden 3 del EE; publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 46/DGIUR/15

Buenos Aires, 13 de enero de 2015 VISTO: El Expediente Nº 17.141.472/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Oficina Comercial", para el inmueble sito en la calle Encarnación Ezcurra Nº 357/65/75/85, 4º Piso, UF Nº 317, con una superficie total de uso de 243,33m2, y

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Que el inmueble objeto de esta consulta se encuentra afectado al Distrito U11 - "Puerto Madero", Subdistrito R2 - "Subdistrito Residencial R2" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449 Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº 109968-DGIUR-2015, indica que ahora bien, según el Cuadro de Usos 5.4.6.12, cuadro particularizado para este Distrito en cuestión, el rubro "Oficina Comercial" resulta permitido en el Subdistrito Residencial R2; Que respecto a la documentación, se informa que: a. Se trata de un inmueble existente afectado al Régimen de Propiedad Horizontal, ubicado en la manzana 1K delimitada por el Boulevard Rosario Vera Peñaloza, Olga Cossettini, Encarnación Ezcurra y Juana Manso (Según Consulta de Registro Catastral adjunta en Presentación Ciudadana del EE). b. La propuesta consiste en una oficina comercial a desarrollarse en la UF Nº 317 ubicada en el 4º Piso del mencionado inmueble para una superficie total de uso de 243,33m², según lo declarado en plano de uso adjunto en Plano Nº 18226786-DGROC-2014 del EE. c. De existir modificaciones internas, las mismas deberán ser regularizadas ante el Organismo de competencia; Que en tal sentido, el Área Técnica competente entiende que no existirían inconvenientes, desde el punto de vista urbanístico, en acceder a la localización del rubro "Oficina Comercial" para la UF Nº 317 ubicada en el 4º Piso del inmueble sito en la calle Encarnación Ezcurra, con ingreso por el Nº de puerta 365, con una superficie total de uso de 243,33m2, dejando expresa constancia que toda modificación o ampliación deberá contar con la autorización previa de este Organismo; Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico la localización del uso "Oficina Comercial", para el inmueble sito en la calle Encarnación Ezcurra Nº 365, 4º Piso, UF Nº 317, con una superficie total de uso de 243,33m2 (Doscientos cuarenta y tres metros cuadrados con treinta y tres decímetros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.

Artículo 2º.- Hágase saber que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o de la publicidad y/o de los toldos y/o tratamiento de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

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CONSIDERANDO:

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DISPOSICIÓN N.° 47/DGIUR/15

Buenos Aires, 13 de enero de 2015 VISTO: El Expediente Nº 17.304.904/2014, por el que se solicita el visado de Plano de "Modificación y Ampliación con Demolición Parcial" con destino "Vivienda Multifamiliar y Cocheras" para el predio sito en la calle Habana Nº 4.285, y; CONSIDERANDO: Que, el predio en cuestión se encuentra afectado al Distrito de Zonificación R2bII de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano, y el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección Cautelar (RESOLUCION Nro.318-SECPLAN-13 del 21/07/14; BO Nro.4451 del 04/08/14); Que, a través del IF-2015-343243 el Área Técnica competente de esta Dirección General, hace saber que de la lectura del IF. Nº 18423312 - DGIUR - 2014 se desprende que en páginas 3 a 5 obra el Proyecto "Plano de Modificación y Ampliación con Demolición Parcial"; Que en pág. 15 obra la Memoria descriptiva para el proyecto a construirse en la parcela en cuestión. Allí se declara textualmente: "... Se ejecutara una obra nueva de un total aprox. de 590,00 m² con destino vivienda multifamiliar y cocheras, en un lote 17,13 m x 37,07 mts. El complejo constara de 10 departamentos y 10 cocheras dividido en dos bloques que se conectaran por medio de un puente de acceso donde se ubicaran tanto la escalera como el ascensor. En Planta baja se encontrara uno departamento de 4 ambiente con patio y fondo. En primer piso habrá tres departamentos de 3 ambientes con balcones aterrazados. En el segundo nivel se ubicaran 4 unidades de 2 ambientes con balcón al frente y estar en doble altura y hacia el fondo se proyectan dos unidades con las mismas características... Exteriormente se mantendrá la Fachada original del edificio, preservando el frente histórico que contratara con el volumen nuevo que emerge de la parte posterior con un juego de yuxtaposición entre materiales nuevos y antiguos... Buscamos a través de esta propuesta la consolidación del entorno inmediato existente y de la arquitectura de la ciudad. Haciendo coincidir patios y espacios comunes con una altura controlada, revalorizando una cierta estética en relación a la historia y a esos fragmentos de ciudad, en donde lo antiguo y lo nuevo conviven en armonía"; Que de acuerdo a los Parámetros establecidos para los Edificios Catalogados con Nivel de Protección Cautelar se informa que: "... 5.4.12 DISTRITOS ÁREAS DE PROTECCIÓN HISTÓRICA - APH (Ver Acuerdo N° 265/COPUA/2003) 4) Protección Especial 4.1 Protección edilicia 4.1.1 Niveles de protección: Se definen 3 niveles de protección edilicia: 4.1.1.3 Protección cautelar: Se encuentran afectados a este nivel los edificios cuyo valor reconocido es el de constituir la referencia formal y cultural del área, justificar y dar sentido al conjunto. Protege la imagen característica del área previniendo actuaciones contradictorias en el tejido y la morfología. 4.1.2 Grados de intervención: Para cada nivel de protección edilicia se admiten los grados de intervención señalados en el Cuadro N° 5.4.12, a saber: 4.1.2.1 Grado de intervención 1: Comprende las obras y/o acciones dirigidas a restituir las condiciones originales del

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edificio o aquellas que a lo largo del tiempo hayan sido agregadas y formen parte integral del mismo. Características: Restitución de partes alteradas y restauración de elementos originales. En los casos donde falten elementos arquitectónicos originales y no exista documentación que acredite sus características, se realizará la consulta. Recuperación de elementos estructurales, espacios interiores, cubiertas, cielorrasos, pisos, fachadas exteriores e interiores con sus revoques, ornamentos, pinturas, carpinterías en formas y dimensiones, con eliminación de todo elemento agregado que esté fuera de contexto. Reparación, sustitución e incorporación de instalaciones, sistemas de aislación hidrófuga y térmica que no alteren la fisonomía de los edificios. Reforma en los locales sanitarios, para adaptarlos en su totalidad a las necesidades actuales. No se permiten modificaciones en el volumen de la edificación, superficie construida, entrepisos, entresuelos existentes ni la ocupación de patios interiores con construcciones. Se admitirán trabajos de consolidación y mantenimiento. Cualquier aporte de nuevo diseño deberá tener el visado previo del Consejo. 4.1.2.2 Grado de intervención 2: Comprende las obras o acciones dirigidas a adecuar el espacio interior de los edificios a condiciones de uso nuevas, respetando los elementos tipológico - formales y estructurales de los mismos. Características: Se permiten todas las obras enunciadas en grado 1. Ampliación de superficie por medio de entresuelos retirados de los muros y fachadas para permitir el accionar de las carpinterías, sin alterar la tipología del edificio. Consolidación y mantenimiento de las fachadas exteriores e interiores de los edificios; de sus revoques, revestimientos, ornamentos, pinturas, carpinterías y balcones, etc. El tratamiento de fachadas deberá ser realizado de forma integral, respetando el diseño original y teniendo como base la documentación existente o en su defecto los elementos que se incorporen no alteraran la composición de sus partes ni su esquema original; se integrarán armónicamente con el conjunto siendo deseable que se distingan sus partes originales. Si por razones de cambio de uso fuera necesario modificar aspectos de la fachada, se deben respetar las líneas rectoras de la misma y su alineación con los vanos de otros niveles. Esta propuesta será motivo de estudio y decisión por parte del Consejo. El tratamiento de las plantas bajas intervenidas será acorde al de las plantas altas, a los efectos de la lectura integral de los edificios. En los casos de edificios que originalmente tuvieran plantas unificadas y posteriormente fueran subdivididas, las carpinterías, toldos, carteles, tendrán un criterio unitario que permita conservar la unidad del edificio y la lectura integral del mismo. Los paramentos o partes de ellos que se visualicen desde la vía pública serán objeto de tratamiento arquitectónico con materiales de color y textura apropiados para su integración con el conjunto. En el caso de instalaciones de acondicionadores de aire, climatizadores o calefactores ya existentes que acusen al exterior o de la colocación nueva de éstos en fachadas existentes o muros visibles desde la vía pública serán dispuestos de manera que no alteren la composición básica de la fachada ni destruyan ornamentos ni molduras. La colocación y/o reubicación de cajas de conexiones, de medidores u otras instalaciones de las empresas de servicios públicos debe contar con la aprobación del Consejo quien gestionará ante las mismas la adecuación de la normativa sobre estas instalaciones. Los tanques de agua, chimeneas, conductos, antenas y demás construcciones complementarias instaladas en azoteas de edificios públicos y/o privados visibles desde cualquier ángulo de la vía pública deberán tratarse adecuadamente. Modificación o introducción de nuevas instalaciones con el objeto de adecuar el funcionamiento del edificio a las necesidades originadas por el uso asignado. Ampliación, reubicación y adaptación de los locales

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sanitarios. Conservación de cielorrasos y pisos: En caso de modificaciones serán objeto de un estudio particularizado sometido a la aprobación del Consejo. Se permite el cambio de destino de los locales que ventilan a patio, según la normativa vigente al momento de la construcción del edificio, no siendo obstáculo que el patio hoy Resulte antirreglamentario. En los casos de viviendas de interés social la flexibilización de las presentes normas, y las del Código de la Edificación será resuelta en cada caso por el Consejo. No se permiten modificaciones en el volumen de la edificación ni en la ocupación de los patios, salvo con cubiertas transparentes que mantengan las condiciones actuales de iluminación y ventilación de los locales que den a los mismos. Se requerirá para su aprobación, visado previo del Órgano de Aplicación. 4.1.2.3 Grado de intervención 3: Comprende las obras y/o acciones dirigidas a la adecuación y mejora de las condiciones de habitabilidad del edificio mediante la reforma y/o transformación del espacio interior, que mantengan básicamente las fachadas y el volumen del edificio. Características: Obras permitidas en los grados de intervención 1 y 2. Modificación en los patios, previo estudio particularizado sometido a consideración del Consejo si se producen mejoras en condiciones de iluminación y ventilación, debiendo cumplir con la relación r = h/d = 2; y/o cubiertas transparentes que no perjudiquen las condiciones antes citadas de los locales que dan a los mismos. Renovación y sustitución de elementos estructurales con incorporación de soluciones de nuevo diseño compatibles con el mantenimiento de las fachadas exteriores. Ampliación de superficie por medio de entresuelos o entrepisos. Los entrepisos deberán resolverse sin alterar el funcionamiento de las carpinterías. Los entresuelos se retirarán de las fachadas y muros de manera de permitir accionar las carpinterías. Deberán cumplir con lo establecido en el Art. 4.6.2.4 del Código de la Edificación (AD 630.25). 4.1.2.4 Grado de intervención 4: Toda propuesta de modificación por aumento de volumen de un edificio, deberá ser presentada previamente para su visado ante el Consejo, justificando un mejor uso social del volumen resultante y el resguardo de su calidad arquitectónica. Características: La intervención propuesta no afectará la conformación del edificio, debiendo integrarse con las características arquitectónicas predominantes del mismo. Deberá armonizar con elementos del coronamiento tales como cúpulas, flechas, mansardas, pináculos, y ornamentos en general, no debiendo visualizarse desde la vía pública. Se permitirá la construcción de volúmenes que no se visualicen desde la vía pública, sin que se produzca alteración en las condiciones de los patios, los que deberán cumplir con la relación r = h/d = 2...". Que, en función del estudio realizado la Gerencia Operativa entiende que, desde el punto de vista del Patrimonio Urbano, sería factible acceder al Visado de "Plano de Modificación y Ampliación con Demolición Parcial" con destino "Vivienda Multifamiliar y Cocheras" y el visado de "Memoria descriptiva de trabajos solicitados de IF Nº 18423312 - DGIUR - 2014", para el inmueble sito en la calle Griveo Nº 2322, con una superficie de terreno de 492,00 m², una superficie construida existente de 344,90 m², una superficie a construir de 590,00 m², lo que suma una superficie total de m², de acuerdo a planos de fs. 3; Que, lo indicado en los considerandos que anteceden no exime del cumplimiento de las restantes disposiciones contenidas en el Código de Planeamiento Urbano y de la Edificación, así como las relacionadas con los usos a localizar, en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General Registro de Obras y Catastro; Que, toda reforma, modificación del inmueble, y/o tratamiento de la fachada, deberá ser consultada a esta Dirección General de Interpretación Urbanística. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

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Artículo 1º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, el plano de "Modificación y Ampliación con Demolición Parcial" con destino "Vivienda Multifamiliar y Cocheras", para el inmueble sito en la calle Griveo Nº 2322, con una superficie de terreno de 492,00 m², una superficie construida existente de 344,90 m², una superficie a construir de 590,00 m², lo que suma una superficie total de m², según documentación adjunta mediante Plano 17456134-DGROC obrante en Nº de Orden 3 y Memoria descriptiva obrante en IF Nº 18423312 - DGIUR - 2014, debiendo dar cumplimiento con toda la normativa vigente que resulte de aplicación. Artículo 2º.- Notifíquese al interesado, que toda reforma, modificación del inmueble, y/o tratamiento de la fachada, deberá ser consultada a esta Dirección General de Interpretación Urbanística. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese; entréguese la presente al interesado y copia visada de la documentación obrante en PLANO-2014-17456134-DGROC con número de orden 03 del EE y paginas 3, 4, 15 y 16 obrantes en IF Nº 18423312 - DGIUR - 2014; publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma DISPOSICIÓN N.° 48/DGIUR/15

Buenos Aires, 14 de enero de 2015 VISTO: El Expediente Nº 3.290.997/2013, por el que se consulta sobre la construcción de un edificio con destino "Vivienda Multifamiliar, Estudios Profesionales y Espacios Guardacoches", en el predio sito en la calle Bacacay Nº 925, y; CONSIDERANDO: Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en un Distrito R2aII, de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley Nº 449, texto ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007 (BOCBA Nº 2.772); Que el Área Técnica, a través del Dictamen Nº 5-DGIUR-2015 informa que, se solicita la factibilidad de realizar un completamiento de tejido, de acuerdo a lo dispuesto en el Capitulo 4.10 de dicho código, toda vez que la predio objeto de consulta cuenta con edificios linderos en altura, cumpliendo con las condiciones previstas para hacer lugar a lo solicitado, en lo normado en el Artículo 4.10.2 "Parcelas flanqueadas por edificios de distintas alturas" para el Tipo B del mismo código; Que para el presente estudio, se adjunta a fs. 1a 6: Plantas, corte y vista del proyecto; a fs. 10 y 11: Relevamiento Fotográfico; y de fs. 12 a 14: imágenes del proyecto y axonométricas; Que se trata de la Parcela 32, ubicada en la manzana típica delimitada por las calles Rojas; Bogotá; Dr. Nicolás Repetto; y Bacacay; Que dicho predio posee 7,48 m de frente por 26,02 m y 26,12 m en cada uno de sus lados respectivamente, con una superficie total aproximada de 190,34 m2;

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EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

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Que la mencionada Parcela linda, por un lado con la Parcela 31; de la calle Bacacay 931/33 que posee un edificio existente "Entre Medianeras", con una altura de +20,50 m (a NPT) sobre la Línea Oficial y una altura total de +23,30 m (a NPT), sobre planta azotea; Que por otro lado, linda con la Parcela 33, de la calle Bacacay 919/21, que también posee un edificio existente "Entre Medianeras" con una altura de + 20 m (a NPT) sobre la Línea Oficial, y una altura total de + 25,60 m (a NPT), sobre planta azotea, según se desprende de planos de mensura (MH) adjuntos de fs. 7 a 9; Que el edificio se destinará a los usos “Vivienda Multifamiliar, Estudios Profesionales y Espacios Guarda coches", los cuales resultan usos permitidos en el Distrito que se trata, debiendo cumplir con lo establecido en el Artículo 5.2.1.c), respecto de la coexistencia de usos en distritos residenciales; Que en virtud del estudio realizado y dadas las condiciones analizadas, el presente caso resulta encuadrable dentro los criterios establecidos en el Capitulo 4.10 ¨Completamiento de tejido¨, y para el Tipo "B", de acuerdo a los siguientes lineamientos urbanísticos: a. La altura predominante de los volúmenes que lindan con la parcela objeto de “enrase“: El lindero sito en la Parcela 31, de PB + 6 pisos + 1 retiro + servicios, que presenta una altura de +20,50 m (a NPT) sobre la Línea Oficial, y una altura total de +23,30 m (a NPT), sobre planta azotea, más sala de máquinas . El lindero sito en la

Parcela 33, de Planta Baja + 6 pisos + 2 retiros + servicios, que presenta una altura de + 20,00 m (a NPT) sobre la Línea Oficial, y una altura total de +25,60 m (a NPT), sobre planta azotea, más sala de máquinas. Es decir, que al tratarse de una parcela flanqueada por edificios de diferentes alturas, se admitirá alcanzar sobre la Línea Oficial, la altura de +20,00 m (a NPT), similar a la altura de ambos edificios linderos, más un retiro a + 22,80 m (a NPT), acompañando el perfil de los mismos. A partir de ese punto se admitirá materializar un volumen superior semi-libre hasta llegar a una altura de +28,80 m, similar a la altura del edificio lindero más alto de la parcela 33, acompañando también el perfil de este último. b. Con respecto a la ocupación del suelo (FOS): será de aplicación la franja edificable permitida en el Distrito R2aII, para la manzana que se trata, no pudiendo sobrepasar el plano de enrase con los linderos. c. De acuerdo con lo previsto por el Capítulo 4.10.“Com¬pletamiento de Tejidos“, no resulta de aplicación el Factor de Ocupación Total (FOT). Que el Área Técnica considera que el presente caso encuadra dentro de las normas previstas en el Capítulo 4.10 "Completamiento de Tejido", Artículo 4.10.2 "Parcelas flanqueadas por edificios de distintas alturas", del Código de Planeamiento Urbano; Que corresponde aclarar que, los lineamientos urbanísticos antes indicados, no exime del cumplimiento de las restantes disposiciones vigentes contenidas en los Códigos de Planeamiento Urbano y de la Edificación, que no hayan sido expresamente contempladas en la presente, así como las relacionadas con los usos a localizar, en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General Registro de Obras y Catastro, la que deberá constatar que dicha presentación se ajuste a los lineamientos urbanísticos consignados anteriormente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

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Artículo 1º.- Considérese aplicable desde el punto de vista urbanístico, respecto del predio sito en la calle Bacacay Nº 925, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 7, Sección 45, Manzana 16, Parcela 32, las normas de completamiento de tejidos previstas en el Capítulo 4.10. “COMPLETAMIENTO DE TEJIDOS“, cuyas condiciones permiten encuadrarlo en el Tipo B “PARCELAS FLANQUEADAS POR EDIFICIOS DE DISTINTAS ALTURAS“, del Código de Planeamiento Urbano, si y sólo si se da cumplimiento a los siguientes lineamientos urbanísticos: a. La altura predominante de los volúmenes que lindan con la parcela objeto de “enrase“: El lindero sito en la Parcela 31, de PB + 6 pisos + 1 retiro + servicios, que presenta una altura de +20,50 m (a NPT) sobre la Línea Oficial, y una altura total de +23,30 m (a NPT), sobre planta azotea, más sala de máquinas . El lindero sito en la Parcela 33, de Planta Baja + 6 pisos + 2 retiros + servicios, que presenta una altura de + 20,00 m (a NPT) sobre la Línea Oficial, y una altura total de +25,60 m (a NPT), sobre planta azotea, más sala de máquinas. Es decir, que al tratarse de una parcela flanqueada por edificios de diferentes alturas, se admitirá alcanzar sobre la Línea Oficial, la altura de +20,00 m (a NPT), similar a la altura de ambos edificios linderos, más un retiro a + 22,80 m (a NPT), acompañando el perfil de los mismos. A partir de ese punto se admitirá materializar un volumen superior semi-libre hasta llegar a una altura de +28,80 m, similar a la altura del edificio lindero más alto de la parcela 33,

acompañando también el perfil de este último. b. Con respecto a la ocupación del suelo (FOS): será de aplicación la franja edificable permitida en el Distrito R2aII, para la manzana que se trata, no pudiendo sobrepasar el plano de enrase con los linderos. c. De acuerdo con lo previsto por el Capítulo 4.10.“Com¬pletamiento de Tejidos“, no resulta de aplicación el Factor de Ocupación Total (FOT). Artículo 2º.- Notifíquese al interesado, que lo consignado en el Artículo 1º no implica el registro de los planos de obra, ni exime del cumplimiento de las restantes disposiciones que no hayan sido expresamente contempladas en la presente, contenidas en los Código de Planeamiento Urbano y de la Edificación, y las relacionadas con los usos a localizar en la oportunidad de la presentación de la documentación de obra ante la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, la que deberá constatar que dicha documentación se ajuste a los lineamientos urbanísticos mencionados en el artículo que antecede. Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese, entréguese la presente al interesado y la documentación obrante de fs. 4 a 6, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

DISPOSICIÓN N.° 49/DGIUR/15

Buenos Aires, 14 de enero de 2015 VISTO: El Expediente Nº 4.175.163/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso: "Banco", para el inmueble sito en la Av. Belgrano Nº 698 Planta Baja y Subsuelo, U.F.Nº1, con una superficie a habilitar de 362,30 m², y

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EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

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CONSIDERANDO: Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 5d Distrito APH 1 "Área de Amortización" de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007; Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº 330524-DGIUR-2015, considera que desde el punto de vista urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el Cuadro de Usos 5.4.12.1.del Código de Planeamiento Urbano y resultan Permitidos en el Distrito de Zonificación APH1, Zona 5d; Que los usos consignados Permitidos son: "Banco, Oficinas crediticias, financieras y cooperativas." Permitido, con referencia para estacionamiento "1" (1 Módulo cada 160m² de la superficie total construida); Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta alguna, por lo que no corresponde su visado; Que se advierten modificaciones en el Plano de Uso presentado respecto al último Plano Registrado. Se deberán oportunamente registrar las mismas ante el organismo correspondiente; Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización del uso: "Banco, Oficinas crediticias, financieras y cooperativas", para el inmueble sito en la Av. Belgrano Nº 698 Planta Baja y Subsuelo, U.F.Nº1, con una superficie a habilitar de 362,30 m², (Trescientos sesenta y dos metros cuadrados con treinta decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso. Artículo 2º.- Hágase saber, que deberán registrar ante el organismo correspondiente las modificaciones que se observan en el Plano de Usos. Artículo 3º.- Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma, modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser consultada a esta Dirección General. Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de pleno derecho lo autorizado precedentemente. Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente al recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido archívese. Ledesma

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DISPOSICIÓN N.° 50/DGIUR/15

Buenos Aires, 14 de enero de 2015 VISTO: El Expediente Nº 15.560.509/2014, por el que se consulta sobre la ampliación de uso DE "Estación de Servicio, combustibles líquidos", en el predio sito en la Avenida Almafuerte Nº 179/87/93/95/99; Diógenes Taborda Nº 170/78/84 Planta Baja, Pisos 1º y 2º, con una superficie a habilitar de 690 m², y; CONSIDERANDO: Que, se trata de un inmueble afectado a un Distrito C3II de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, texto ordenado Decreto Nº 1.181-GCBA-2007 (BOCBA Nº 2.772); Que, la Gerencia Operativa Grandes Proyectos Urbanos a través del IF-2015-00136473-DGIUR, analizó lo solicitado indicando que en la Memoria Descriptiva adjunta explican "... se moverá una pared de un lateral de dicho sector y habrá modificaciones internas de orden y distribución de sectores y una ampliación en el 1º piso y la realización de un 2º piso nuevo de oficinas..."; Que, de acuerdo a la normativa vigente, para el Distrito C3II se establece: "...1) Carácter: Son las zonas destinadas a la localización del equipamiento administrativo, comercial, financiero e institucional, a escala barrial ..." " 4) Tipología edilicia: Se permiten basamentos, edificios entre medianeras, edificios de perímetro libre y edificios de perímetro semi libre de altura limitada..." "...Disposiciones particulares a) Basamento Altura máxima: 5m por encima de la cota de la parcela. Área edificable: Podrá ocupar la superficie de la parcela comprendida entre la L.E. y la L.I.B., salvo lo dispuesto en el Cuadro de Usos N° 5.2.1. b) Edificios entre medianeras Tejido: Cumplirá con las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo con: Avenidas o calles de ancho menor a 17,50m: Altura máxima = 15m R = h/d = 2,4 Avenidas o calles de ancho igual o mayor a 17,50m: Altura máxima = 24m R = h/d = 2 c) Edificios de perímetro libre Tejido: Cumplirá con las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo con: Avenidas o calles de ancho menor a 17,50m: Altura máxima = 15m R = h/d = 3 r = h'/d' = 5 Avenidas o calles de ancho igual o mayor a 17,50m: Altura máxima = 24m R = h/d = 2,4 r = h'/d' = 5 d) Edificios de perímetro semilibre Tejido: Cumplirá con las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo con: Altura máxima de fachada: Avenidas o calles de ancho menor a 17,50m: Altura máxima= 15m R = h/d = 2,4 r = h'/d' = 5 Avenidas o calles de ancho igual o mayor a 17,50m: Altura máxima = 24m R = h/d = 2 r = h'/d' = 5 e) F.O.S.: El que resulte de la aplicación de las normas de tejido, salvo lo dispuesto en el Cuadro de Usos N° 5.2.1. ..." "...5) Usos: Los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.2.1."; Que, el rubro "Estación de Servicio: Combustibles líquidos y/o GNC"; Ley Nº 123 C.R.E. pertenece a la Clase "C"; dentro de la descripción: "SERVICIOS QUE PUEDEN OCASIONAR MOLESTIAS O SER PELIGROSOS", y resulta un uso afectado al numeral "C" para el Distrito C 3; es decir "...El Consejo efectuará en cada caso el

estudio para determinar la conveniencia de la localización propuesta, y en su caso, el FOS correspondiente...";

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Que, el rubro "Oficina Comercial, Oficina Consultora"; pertenece a la Clase "B"; dentro de la descripción SERVICIOS OCASIONALES PARA EMPRESAS O INDUSTRIAS; resulta un uso Permitido (P), en el Distrito C3II de localización; de acuerdo con los alcances de la Ley Nº 123; está Categorizado "S.R.E." (Sin Relevante Efecto) debiendo cumplir con la norma de tejido y afectado por la Referencia 31 para el Estacionamiento, es decir: (un módulo cada 120m2 de superficie total construida.); Que, analizado el caso en cuestión, se informa que se trata del edificio existente sito en la Parcela 7a ; de la manzana atípica circunscrita por la Avenida Almafuerte, y las calles Diógenes Taborda y Tte Coronel Gregorio Pomar, y en la cual recayó la Resolución Nº 2352 - DGFOC - 84; Que, el Plano de Obra Nueva adjunto; con una Superficie a Construir de 472,20 m²; se desarrolla según lo siguiente: Planta Baja: Sector Playa de Maniobras, Sanitarios, Sala de Máquinas, Engrase y Lavadero. Planta Alta: Depósito, vestuario y Oficinas; Que, de la observación del "Plano de Redistribución de Uso y Ampliación de Superficie", surge que la Superficie Total resulta = 690m² y las modificaciones son las siguientes: Planta Baja: Sector de Playa de Maniobras, Sanitarios, Control, dos pequeños depósitos y el Local de Ventas. Planta 1º Pº = Vestuario, Sanitarios y Oficina. Planta 2º Pº = Office, Sanitarios y Oficina; Que, la ampliación propuesta cumple con el área edificable, ya que se trata de una manzana afectada por la Resolución Nº 2352 - DGFOC - 84; resulta por debajo de la altura permitida en el Distrito y en relación con la capacidad constructiva, no resulta de aplicación el Factor de Ocupación Total, FOT en el Distrito C3II de localización; Que, de la observación del "Plano de Redistribución de Uso y Ampliación de Superficie" surge que las modificaciones propuestas, de acuerdo con lo graficado tienen como objetivo la redistribución de usos en la Planta Baja y no se modificaría la superficie con destino "Estación de Servicio", de acuerdo con la Memoria Descriptiva adjunta; Que, la ampliación de superficie se propone en el Primero y Segundo Piso, con destino "Oficina", que resulta un uso "Permitido" en el Distrito de localización; Que, de acuerdo al estudio realizado, la Gerencia Operativa Grandes Proyectos Urbanos entiende que no existen inconvenientes desde un punto de vista urbanístico en acceder a la Redistribución de usos y Ampliación de Superficie para el edificio motivo de consulta toda vez que en la Planta Baja se realizará una redistribución de los usos existentes y la ampliación de la superficie se propone en el Primer y Segundo Piso con destino "Oficina"; uso "Permitido" en el Distrito de localización. Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA DISPONE

Artículo 1º.- Considerase factible desde el punto de vista urbanístico, la Redistribución de usos y Ampliación de Superficie, en el predio sito en la Avenida Almafuerte Nº 179/87/93/95/99; Diógenes Taborda Nº 170/78/84 Planta Baja, Pisos 1º y 2º; con una Superficie a construir de 217,80 m² (Doscientos diecisiete metros cuadrados con ochenta decímetros cuadrados), una superficie construida de 472,20 m² (Cuatrocientos setenta y dos metros cuadrados con veinte decímetros cuadrados) y Superficie total de 690 m².(Seiscientos noventa metros cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación. Artículo 2º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de su fecha de notificación. Dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación pertinente ante el o los organismos correspondientes, de no hacerlo caducarán de pleno derecho lo autorizado precedentemente.

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Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese, entréguese la presente al interesado; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Ledesma

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Ministerio de Desarrollo Económico

DISPOSICIÓN N.º 12/DGCONC/15

Buenos Aires, 26 de enero de 2015 VISTO: Las Leyes Nº 2.095 y Nº 4764, su Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/2014, los Decretos Nº 45/GCBA/2010, Nº 29/AJG/2015, la Resolución Nº 34/MDEGC/2015 y el Expediente Nº 12.767.343/MGEYA/DGCONC/2014, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 45/GCBA/2010, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para el otorgamiento de permisos y concesiones de uso de los bienes de dominio público de la Ciudad de Buenos Aires, mediante el procedimiento de licitación pública; Que mediante el Decreto Nº 29/AJG/2015, obrante en el Expediente mencionado en el Visto, se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que regirán el llamado Licitación Pública para el otorgamiento mediante Concesión de Obra Pública para la Construcción y Explotación de una Playa de Estacionamiento Subterránea Vecinal ubicada entre las calles Conde, Concepción Arenal, General Enrique Martínez y Av. Dorrego, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo el régimen de Concesión de Obra Pública; Que por el Artículo 3º del referido Acto Administrativo se delegó en el Ministro de Desarrollo Económico, o en quien éste designe, las facultades para aprobar el Pliego de Especificaciones Técnicas de la presente Licitación Pública; dictar los actos administrativos necesarios para materializar la contratación; adjudicar la concesión para el uso y explotación; suscribir el pertinente contrato, así como dictar todos los actos administrativos necesarios para el control del uso y de la explotación, y de la ejecución del contrato; y para el caso de corresponder, rescindir el contrato..."; Que a través de la Resolución Nº 34/MDEGC/2015, el Ministro de Desarrollo Económico delega a esta Dirección General las facultades para aprobar el Pliego de Especificaciones Técnicas de la presente Licitación Pública; realizar el llamado a Licitación Pública, emitir las aclaraciones con o sin consulta respecto de la documentación cuya aprobación se propicia, suscribir el pertinente contrato, dictar los actos administrativos necesarios para materializar la contratación, así como también todos los que sean menester para la ejecución del mismo; Que el presente Acto Administrativo se dicta de conformidad con las prescripciones del Artículo 3º de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por ello,

EL DIRECTOR DE LA LA DIRECCION GENERAL DE CONCESIONES DISPONE:

Artículo 1º.- Convócase a Licitación Pública con el objeto de otorgar la Concesión para la construcción y explotación de una playa de estacionamiento subterránea vecinal,

ubicada entre las calles Conde, Concepción Arenal, General Enrique Martínez y Av. Dorrego, bajo el régimen de la Ley 17.520, por el término de treinta (30) años.-

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Artículo 2º.- Determínase que la presentación de ofertas se realizará en la Dirección General de Concesiones, sita en la Av. de Mayo 575, 4º piso, oficina Nº 408, de la Ciudad de Buenos Aires, hasta las 11:30 horas del día 12 de marzo de 2015.- Artículo 3º.- Fijase la apertura de las ofertas para el día 12 de marzo de 2015, a las 14:30 horas, en el Microcine del Palacio Gubernamental, ubicado en la Av. de Mayo 525, Planta Baja, de la Ciudad de Buenos Aires.- Artículo 4º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a los Ministerios de Desarrollo Económico y de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Astarloa

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Ente de Turismo

DISPOSICIÓN N.° 7/DGDYCOF/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: Las Leyes N º 2.627, 4.685, y N º 2.095 y sus modificatorias, el Decreto N º 95/14, las Resoluciones Nº 17-ENTUR/14 y Nº 2.316/SHYF/00, el Expediente N º 1.295.918- DGDYCOF/15 y, CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2.627 creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que la Ley Nº 4.685 modificó la Ley N º 2.627 con el propósito de dotar a dicho organismo de una mayor autarquía respecto de la administración central en miras de perfeccionar el marco de abordaje de las políticas públicas en materia de turismo; Que mediante Resolución N ° 17-ENTUR/14 se le asigna a la Dirección General de Desarrollo y Competitividad de la Oferta la función de Entender en la elaboración de planes de acción para el desarrollo, actualización, puesta en valor y modernización de la oferta turística de la Ciudad; Que la feria "Buenos Aires Market" es organizada por la firma "Castropol Comunicaciones S.A.", CUIT N º 30-68300575-0, con el objeto de difundir y popularizar el consumo de alimentos saludables del tipo "orgánicos"; Que esta Dirección General consideró necesario contar con la presencia del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la mencionada feria, habiéndose efectuado la locación de un espacio en la misma; Que a tal fin, resulta necesaria la contratación de la firma "Castropol Comunicaciones S.A.", CUIT 30-68300575-0, por la locación de un espacio en los eventos efectuados en los meses de Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre del año 2014, por la suma de PESOS TRECIENTOS CINCUENTA MIL ($350.000.-); Que para atender el presente gasto se han previsto los créditos presupuestarios necesarios en el ejercicio 2014, cuya vigencia ha concluido, resultando en consecuencia la aplicación de lo dispuesto en la Resolución N º 2.316/SHYF/00 Que en vista de los fundamentos vertidos, y siendo la firma Castropol Comunicaciones S.A., CUIT 30-68300575-0 la organizadora del evento "Buenos Aires Market", es que corresponde efectuar su contratación de conformidad con el inciso 5º del artículo 28 de la Ley 2.095 y modificatorias; Por ello, conforme a las facultades emergentes de la Leyes 2.095, 2.627 y la Resolución N º 17/ENTUR/2014

LA DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO Y COMPETITIVIDAD DE LA OFERTA

DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DISPONE:

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Artículo 1°.- Apruébase la Contratación Directa por Exclusividad de la firma Castropol

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Comunicaciones S.A., CUIT 30-68300575-0, de conformidad con el inciso 5º del artículo 28 de la Ley 2.095 y su Decreto Reglamentario Nro. 95/14, por un total de PESOS TRECIENTOS CINCUENTA MIL ($350.000.-); Articulo 2°.- Dicho gasto se imputará a la correspondiente Partida del Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos, comuníquese a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Tesorería. Cumplido, archívese. Karavaitis

DISPOSICIÓN N.° 2/DGPRT/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Ley N° 2.095, su modificatoria Ley N° 4764, el Decreto Reglamentario N° 95/14, las Resoluciones Nº 596-MHGC/11 y 1.160-MHGC/11, la Contratación Directa Nº 9265-0019-CDI15, el Expediente BAC N° 2015-00430486-MGEYA-DGTALET y, CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 95/14, de compras y contrataciones establece las normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras y contrataciones de bienes y servicios; Que la Resolución Nº 596-MHGC/11 aprobó las políticas, términos y condiciones de uso del sistema electrónico de adquisiciones y contrataciones - Buenos Aires Compras (BAC); Que la Resolución Nº 1.160-MHGC/11 aprobó las normas de procedimiento de compras y contrataciones que realiza el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del portal denominado Buenos Aires Compras -BAC, aplicable al procedimiento cuya aprobación se dispone; Que por Expediente mencionado en el visto, tramita la Contratación Directa Nº 9265-0019-CDI14, para la producción general del evento en el marco "Campaña de Verano 2015" que se desarrolla entre el 15 de Enero y el 15 de Febrero del año en curso en las Provincias de Santa Fe, Entre Ríos y Córdoba, ello de conformidad con el inciso 1º del artículo 28, de la Ley Nº 2.095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/2014, habiéndose efectuado la correspondiente solicitud de gastos y su correspondiente afectación presupuestaria con cargo al presente ejercicio; Que conforme luce en el Acta de Apertura de Ofertas, la única propuesta fue presentada por FEDERICO JORDAN TODESCHINI, CUIT Nº 23-24784055-9 por un monto total de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO ($ 1.874.821); Que la Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones comunicó el resultado de la preadjudicación al oferente, como así también procedió a su publicación en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no habiéndose recibido impugnaciones. Que se ha confeccionado el proyecto de Orden de Compra y realizado el compromiso presupuestario definitivo para hacer frente a la erogación en cuestión;

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Por ello, de conformidad con el procedimiento establecido por la Ley 2.095 y su Decreto Reglamentario,

EL DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE: Articulo 1°.- Apruébase la Contratación Directa Nº 9265-0019-CDI15, en los términos de lo establecido en el inciso 1º del artículo Nº 28, de la Ley Nº 2.095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/14; Articulo 2º.- Adjudícase la Contratación Directa Nº 9265-0019-CDI15 a la firma FEDERICO JORDAN TODESCHINI, CUIT Nº 23-24784055-9, por resultar la única oferta presentada y ajustada a los requisitos Económico-Financieros, Técnicos y Administrativos, por un importe total de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO ($ 1.874.821); Articulo 3º.-Impútese la suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO ($ 1.874.821) a la partida presupuestaria correspondiente al ejercicio en vigor; Articulo 4°- Autorizase a la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a efectuar la pertinente Orden de Compra, a favor de la firma FEDERICO JORDAN TODESCHINI, CUIT Nº 23-24784055-9, por la suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO ($ 1.874.821); Artículo 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en la cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires y en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones, de Contaduría, a la Unidad de Auditoria Interna, y para su intervención y posterior trámite, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Cumplido, archívese. Díaz Gilligan

DISPOSICIÓN N.° 3/DGPRT/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: Las Leyes Nº 2.627, 4.685, 2.095 y modificatorias, la Resolución Nº 17-ENTUR/2014, los Expedientes Nº 3.332.144-ENTUR/2014 y N° 5.120.097-DGTES/2014 y; CONSIDERANDO: Que la Ley 2.627 creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley Nº 4.685 modificó la Ley Nº 2.627 con el propósito de dotar al organismo de una mayor autarquía respecto de la administración central en miras de perfeccionar el marco de abordaje de las políticas públicas en materia de turismo;

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Que conforme las facultades emergentes de las Leyes 2.095, 2.627 y la Resolución Nº17 ENTUR/2014, se ha aprobado mediante Disposición N° 16-DGTALET/2014 la Contratación Directa de las firmas "Sportaccord", y "Serenas Uluslar Arasi Turizm Kongre Organizasyon A.S.", de conformidad con el inciso 5º del artículo 28 de la Ley 2.095, por la suma total de $160.034.- (PESOS CIENTO SESENTA MIL TREINTA Y CUATRO); Que con fecha 8 de abril de 2014, la Dirección General de Tesorería ha realizado la liquidación de la operación de transferencia al beneficiario SPORTACCORD por $ 124.209 (PESOS CIENTO VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS NUEVE); Que, en relación a ello, se ha generado una diferencia de cambio de $0,05 (PESOS CINCO CENTAVOS); Que con fecha 6 de mayo de 2014, la Gerencia Operativa de Registro de Recursos y Conciliación ha remitido a la Dirección General de Crédito Público extracto bancario correspondiente y orden de pago; Que, con fecha 15 de mayo de 2014, la Dirección General de Crédito Público ha remitido a la Dirección General de Contaduría el expediente con N° 5.120.097-DGTES/2014 atento a que la diferencia de cambio no pertenece a transferencias efectuadas por esa Dirección General; Que con fecha 19 de diciembre la Dirección General de Contaduría ha remitido al Ente de Turismo la solicitud de trámite de la Orden de Pago N° 51.975/2014 a fines de regularizar la diferencia de cambio antedicha, por corresponder a esta Unidad de Organización, a los fines de que sirva realizar la reserva presupuestaria pertinente al Beneficiario N° 50.644 "GCBA - Diferencia de Cambio" y su posterior acto administrativo; Que a los fines de la regularización del gasto en cuestión se ha realizado la registración contable pertinente;

EL DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE: Artículo 1°.- Apruébase el gasto producido por la diferencia de cambio generada en la liquidación correspondiente al pago de a favor de SPORTACCORD de fecha 8 de abril de 2014, por $0,05 (PESOS CINCO CENTAVOS); Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a la Partida del Presupuesto correspondiente al ejercicio en vigor; Artículo 3º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda y a la Unidad de Auditoría Interna. Cumplido, archívese. Díaz Gilligan

DISPOSICIÓN N.° 4/DGPRT/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: Las Leyes Nº 2.627, 4.685, 2.095 y modificatorias, la Resolución Nº 17-ENTUR/2014, los Expedientes Nº 5.434.731-ENTUR/2014 y N° 14.970.813-DGTES/2014 y;

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Que la Ley 2.627 creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Ley Nº 4.685 modificó la Ley Nº 2.627 con el propósito de dotar al organismo de una mayor autarquía respecto de la administración central en miras de perfeccionar el marco de abordaje de las políticas públicas en materia de turismo; Que conforme las facultades emergentes de las Leyes 2.095, 2.627 y la Resolución Nº17-ENTUR/2014, se ha aprobado mediante Disposición N° 15-DGPRT/2014 la Contratación Directa de la firma MEISSNER EXPO Gmbh, de conformidad con el inciso 5º del artículo 28 de la Ley 2.095, por la suma de $124.126,34 (PESOS CIENTO VEINTICUATRO MIL CIENTO VEINTISEIS CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS); Que con fecha 24 de junio de 2014, la Dirección General de Tesorería ha realizado la liquidación de la operación de transferencia al citado beneficiario por EUROS 11.257,40 (EUROS ONCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON CUARENTA CENTAVOS); Que, en relación a ello, se ha generado una diferencia de cambio de $ 542,61 (PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y DOS CON SESENTA Y UN CENTAVOS); Que con fecha 17 de octubre de 2014, la Subsecretaría de Finanzas ha remitido a la Dirección General de Crédito Público extracto bancario correspondiente y orden de pago; Que, con fecha 23 de octubre de 2014, la Dirección General de Crédito Público ha remitido a la Dirección General de Contaduría el expediente con N° 14.970.813-DGTES/2014 atento a que la diferencia de cambio no pertenece a transferencias efectuadas por esa Dirección General; Que con fecha 17 de noviembre la Dirección General de Contaduría ha remitido al Ente de Turismo la solicitud de tramite de la Orden de Pago N° 105.570/2014 a fines de regularizar la diferencia de cambio antedicha, por corresponder a esta Unidad de Organización, a los fines de que sirva realizar la reserva presupuestaria pertinente al Beneficiario N° 50.644 "GCBA - Diferencia de Cambio" y su posterior acto administrativo; Que a los fines de la regularización del gasto en cuestión se ha realizado la registración contable pertinente;

EL DIRECTOR GENERAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE: Artículo 1°.- Apruébase el gasto producido por la diferencia de cambio generada en la liquidación correspondiente al pago de a favor de MEISSNER EXPO Gmbh de fecha 24 de julio de 2014, por $ 542,61 (PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y DOS CON SESENTA Y UN CENTAVOS); Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a la Partida del Presupuesto correspondiente al ejercicio en vigor; Artículo 3º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda y a la Unidad de Auditoría Interna. Cumplido, archívese. Díaz Gilligan

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CONSIDERANDO:

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Agencia de Sistemas de Información

DISPOSICIÓN N.° 25/DGTALINF/15

Buenos Aires, 26 de enero de 2015 VISTO: El Decreto N° 556/GCABA/10, el Decreto N° 752/GCABA/10, la Resolución Nº 230/ASINF/12, la Resolución N° 242/ASINF/12, el Expediente Nº 2210531/MGEYA/ASINF/2.012, y CONSIDERANDO: Que por el expediente indicado en el visto tramita la aprobación del pago por la diferencia del monto en dólares estadounidenses correspondientes a la Orden de Compra Nº 60062/12, Contratación Directa N° 8867/12; Que en primer lugar, por Resolución N° 230/ASINF/12 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas por el "Servicio de Mantenimiento Integral de diferentes sistemas de Telefonía Siemens“; Que por Resolución Nº 242/ASINF/12, se aprobó la Contratación Directa por Exclusividad Nº 8867/SIGAF/2.012 y se adjudicó el Renglón Nro. 1 por la suma de pesos seis millones quinientos veintinueve mil ciento cuarenta con 00/100 ($ 6.539.140,00.-) a la empresa SIEMENS ENTERPRISE COMMUNICATIONS S.A., actualmente UNIFY COMMUNICATIONS S.A.; Que por Informe Nº 01411546/ASINF/2015, el Gerente Operativo de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de ésta Agencia de Sistemas de Información solicitó se apruebe el pago por la diferencia de cambio referente a la Orden de Compra N° 60062/12 del Expediente N° 2210531-MGEYA-ASINF-12; Que en este sentido señaló que la empresa UNIFY COMMUNICATIONS S.A. inició la presentación del reclamo por dicha diferencia a través del P.A. N°: 008 EX-2210531/12; Que ello así, informó que la diferencia de cambio asciende a pesos cuatrocientos cinco mil novecientos treinta y nueve con 00/100 ($ 405.939,00.-); Que el artículo 1º, inciso d) del Decreto Nº 556/GCABA/10 faculta a funcionarios a "Aprobar gastos de imprescindible necesidad en cada Jurisdicción, los cuales justificadamente no pudieron ser gestionados a través de los procedimientos vigentes en materia de compras y contrataciones del Estado o mediante la respectiva caja chica, según el cuadro de competencias que como Anexo I se adjunta al presente y, a todos sus efectos, forma parte integrante del mismo"; Que por el artículo 2º del Decreto N° 752/GCABA/10 se modificaron los Cuadros A y B de competencia del Anexo I citado en el considerando anterior; Que obra la Solicitud de Gastos Nº 73.970/SIGAF/2.014 y el Registro de Compromiso Definitivo N° 499.325/2014 a los efectos de hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al Ejercicio 2014; Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente que apruebe el pago por la diferencia del monto en dólares estadounidenses correspondientes a la Orden de Compra Nº 60.062/12 emitido a la empresa UNIFY COMMUNICATIONS S.A.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 1°, Inc. d) del Decreto Nº 556/GCBA/10 (modificado por el artículo 2º del Decreto Nº 752/GCABA/10),

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EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE Artículo 1º.- Apruébase el pago por la diferencia del monto en dólares estadounidenses correspondiente a la contratación del “ Servicio de Mantenimiento Integral de diferentes sistemas de Telefonía Siemens“, Orden de Compra Nº 60.062/12 por la suma de pesos cuatrocientos cinco mil novecientos treinta y nueve con 00/100 ($ 405.939,00.-) a favor de la empresa UNIFY COMMUNICATIONS S.A. (Ex – Siemens Enterprise Communications S.A.). Artículo 2º.- Dicho gasto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto 2014. Artículo 3º.- Emítase el parte de recepción definitiva. Artículo 4º.- La Dirección General de Contaduría emitirá la orden de pago correspondiente contra presentación en forma legal de la factura respectiva en el Centro de Documentación de Pagos. Artículo 5º.- Notifíquese fehacientemente a la firma UNIFY COMMUNICATIONS S.A. Artículo 6º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remítase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de esta Agencia de Sistemas de Información y para su conocimiento, comuníquese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Dacharry

DISPOSICIÓN N.° 26/DGTALINF/15

Buenos Aires, 26 de enero de 2015 VISTO: El Decreto N° 556/GCABA/10, el Decreto N° 752/GCABA/10, la Resolución Nº 78/ASINF/11, la Resolución N° 131/ASINF/11, el Expediente Nº 1236417/MEGEYA/ASINF/2.011, y CONSIDERANDO: Que por el expediente indicado en el visto tramita la aprobación del pago por la diferencia del monto en dólares estadounidenses correspondientes a la Orden de Compra Nº 55413/11, Licitación Pública N° 1870/11; Que en primer lugar por Resolución 78/ASINF/2011 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas por el "Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo en la modalidad 7x24 de los equipos alojados en el Centro de Datos de la Agencia de Sistemas de Información por un plazo de treinta y seis (36) meses“; Que por Resolución Nº 131/ASINF/11, se aprobó la Licitación Pública Nº 1870/SIGAF/2.011 y se adjudicó el Renglón Nro. 2 por la suma de dólares estadounidenses ciento once mil quinientos veintiocho con 00/100 (u$s 111.528,00.-) a la empresa INFOTECNIA S.R.L; Que por Informe Nº 01411643/ASINF/2015, el Gerente Operativo de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de ésta Agencia de Sistemas de Información solicitó se apruebe el pago mencionado ut-supra; Que ello así, informó que la diferencia de cambio asciende a pesos treinta y nueve mil novecientos dieciocho con 00/100 ($ 39.918,00.-);

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Que el artículo 1º, inciso d) del Decreto Nº 556/GCABA/10 faculta a funcionarios a "Aprobar gastos de imprescindible necesidad en cada Jurisdicción, los cuales justificadamente no pudieron ser gestionados a través de los procedimientos vigentes en materia de compras y contrataciones del Estado o mediante la respectiva caja chica, según el cuadro de competencias que como Anexo I, a todos sus efectos, forma parte integrante del mismo"; Que por el artículo 2º del Decreto 752/GCABA/10 se modificaron los Cuadros A y B de competencia del Anexo I citado en el considerando anterior; Que obra la Solicitud de Gastos Nº 73967/SIGAF/2.014 y el Registro de Compromiso Definitivo Nº 499333/2014 a los efectos de hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al Ejercicio 2014; Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente que apruebe el pago por la diferencia del monto en dólares estadounidenses correspondientes a la Orden de Compra Nº 55.413/11 emitido a la empresa INFOTECNIA S.R.L Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 1°, Inc. d) del Decreto Nº 556/GCBA/10 (modificado por el artículo 2º del Decreto Nº 752/GCABA/10), EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL

DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN DISPONE

Artículo 1º.- Apruébase el pago por la diferencia del monto en dólares estadounidenses correspondiente a la contratación del “Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo en la modalidad 7x24 de los equipos alojados en el Centro de Datos de la Agencia de Sistemas de Información por un plazo de treinta y seis (36) meses“, Orden de Compra Nº 55.413/11 por la suma de pesos treinta y nueve mil novecientos dieciocho con 00/100 ($ 39.918,00.-) a favor de la empresa INFOTECNIA S.R.L. Artículo 2º.- Dicho gasto será imputado a la partida correspondiente del presupuesto 2014. Artículo 3º.- Emítase el parte de recepción definitiva. Artículo 4º.- La Dirección General de Contaduría emitirá la orden de pago correspondiente contra presentación en forma legal de la factura respectiva en el Centro de Documentación de Pagos. Artículo 5º.- Notifíquese fehacientemente a la firma INFOTECNIA S.R.L. Artículo 6º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, remítase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones de esta Agencia de Sistemas de Información y para su conocimiento, comuníquese a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Dacharry

DISPOSICIÓN N.° 27/DGTALINF/15

Buenos Aires, 26 de enero de 2015 VISTO: La Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764, el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14, la Resolución Nº 16/ASINF/10, las Disposiciones Nros. 144/DGTALINF/2.014, 176/DGTALINF/2.014, el Expediente Electrónico N°05806631-MGEYA-ASINF-2.014, y

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CONSIDERANDO: Que por el Expediente indicado en el visto tramita la contratación para la "Provisión de Servicios Profesionales para la Evaluación y Diagnóstico Técnico, la aplicación de Mejoras y Optimizaciones, Aseguramiento de la Calidad en el Ciclo de Vida de Desarrollo, Testing No funcional y Soporte en la Migración de Aplicaciones para el Ecosistema SADE del GCABA y todos sus módulos asociados"; Que por Disposición Nº 144/DGTALINF/2.014 (Orden Nº 10) se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas a regir en la contratación en cuestión y se llamó a Contratación Directa por exclusividad Nº 4177/SIGAF/2.014 para el día 29 de mayo de 2014 a las 11:00 horas al amparo de lo establecido en el artículo 28 inc. 4 de la Ley N° 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14; Que en este sentido, por Disposición N° 176/ASINF/2014 obrante bajo Orden Nº 33 se aprobó la referida contratación adjudicándose el Renglón Nº 1 por la suma de PESOS UN MILLÓN OCHO MIL CON 00/100 ($ 1.008.000,00.-) a la empresa CONSENSUS ARGENTINA S.A.; Que a través del Informe N° 14966714-DGISIS-14 obrante bajo Orden Nº 65, la Directora General de Integración de Sistemas de esta Agencia de Sistemas de Información, solicitó la ampliación de la Orden Compra Original N° 27430/2014, en un 50% del total de horas perteneciente a la Contratación Directa por Exclusividad N° 4177/SIGAF/2014 del expediente de la referencia, adjudicado a la empresa CONSENSUS ARGENTINA S.A. en el marco de lo normado por el Art. 117 de la Ley 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764, y su Decreto Reglamentario Nº 95/ASINF/2014; Que asimismo dejó constancia que dichos servicios son prestados por la empresa CONSENSUS ARGENTINA S.A., según la Orden de Compra antes citada y por medio de la cual se contrataron 2880 (dos mil ochocientas ochentas) horas para el renglón 1, por un valor de pesos un millón ocho mil con 00/100 ($ 1.008.000,00.-); Que ello así, informó que la presente solicitud de ampliación reviste suma importancia, ya que le aseguramiento del óptimo funcionamiento del Ecosistema se ha transformado en un factor crítico, debido a la gran cantidad de módulos y componentes que lo conforman, la incorporación de nuevas funcionalidades y el incremento de usuarios y volumen de datos; Que por lo antedicho, resulta necesario dar continuidad a dichos servicios, con el fin de lograr minimizar los errores y optimizar al máximo el desempeño del Ecosistema; Que mediante Cédula Nº 275/ASINF/2014 obrante bajo Orden 89, se informó a la empresa CONSENSUS ARGENTINA S.A., que se hará uso de la facultad de

ampliación, de acuerdo con lo establecido en el art. 117 Inc.1, de la Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14; Que ello así, bajo Orden Nº 70 luce la conformidad de la firma CONSENSUS ARGENTINA S.A.; Que en este sentido por Informe Nº 01411362-ASINF-2015 (Orden Nº 92), el Gerente Operativo de Compras, Contrataciones y Servicios de esta Agencia de Sistemas de Información informó que en virtud de lo solicitado por la Dirección General Integración de Sistemas mediante IF-2014-14966714-DGISIS, resulta necesaria la Ampliación de la Orden de Compra Original Nº 27430/2014, empresa CONSENSUS ARGENTINA S.A., perteneciente a la Contratación Directa por Exclusividad Nº 4177/2014, del expediente de referencia en un total del 50 % en el marco de lo normado por el Art. 117 Inc. I de la Ley 2095, modificatoria y Decreto Reglamentario, y hasta la finalización de la citada Orden de Compra; Que asimismo manifestó la Ampliación de la Orden de Compra Original Nº 27430/2014, para el Renglón Nº 1 en mil cuatrocientos cuarenta (1440) horas;

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Que por último señaló que la erogación total del presente gasto asciende a la suma de pesos quinientos cuatro mil con 00/100 ($ 504.000,00.-); Que en relación a la ampliación solicitada se encuadra dentro de lo previsto por el artículo 117, inc. 1) de la Ley Nº 2.095 modificada por la Ley Nº 4.764 establece que "Una vez perfeccionado el contrato, el organismo contratante puede: I) Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un veinte (20 %) de su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos respectivos. El aumento o la disminución puede incidir sobre uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra, siempre y cuando el total resultante no exceda los porcentajes previstos, según corresponda"; Que asimismo el artículo mencionado ut-supra, señala que: "En los casos en que resulte imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución podrán exceder el veinte por ciento (20%), y se deberá requerir la conformidad del cocontratante. Si ésta no fuera aceptada, no generará ningún tipo de responsabilidad al proveedor ni será pasible de ningún tipo de penalidad o sanción. En ningún caso las ampliaciones o disminuciones podrán exceder del cincuenta por ciento (50%) del monto total del contrato, aun con consentimiento del cocontratante"; Que por su parte, el artículo 117 del Decreto Nº 95/GCABA/14 dispone en su inciso I que "El acto administrativo que autorice el aumento o disminución es suscripto por el funcionario que resulte competente de acuerdo con los niveles de decisión y cuadro de competencias aprobado en el artículo 2º del presente Decreto o el que en el futuro lo reemplace, y según el monto del aumento, disminución correspondiente, individualmente considerados. El total del aumento o la disminución del monto adjudicado del contrato puede incidir sobre uno, varios o todos los renglones de la Orden de Compra o Venta o instrumento respectivo, según corresponda..."; Que la ampliación cumple los parámetros del artículo de la ley citada, toda vez que no supera los porcentajes allí previstos; Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información, ha tomado la debida intervención; Que por lo expuesto, resulta pertinente dictar el acto administrativo a efectos de ampliar el Renglón Nº 1 de la Orden de Compra Nº 27430/2014, perteneciente a la Contratación Directa por Exclusividad N° 4177/SIGAF/2014, para la "Provisión de Servicios Profesionales para la Evaluación y Diagnóstico Técnico, la aplicación de

Mejoras y Optimizaciones, Aseguramiento de la Calidad en el Ciclo de Vida de Desarrollo, Testing No funcional y Soporte en la Migración de Aplicaciones para el Ecosistema SADE del GCABA y todos sus módulos asociados"; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 117 inciso I) de la Ley Nº 2.095 y su modificatoria Ley Nº 4.764 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14;

EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE

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Artículo 1°.- Amplíase el Renglón Nº 1 de la Orden de Compra Nº 27430/2014, perteneciente a la Contratación Directa por Exclusividad N° 4177/SIGAF/2014, para la "Provisión de Servicios Profesionales para la Evaluación y Diagnóstico Técnico, la

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Artículo 2º.- La erogación que demanda la presente gestión será imputada a la partida correspondiente al presupuesto del Ejercicio 2015. Artículo 3°.- Notifíquese fehacientemente a la empresa CONSENSUS ARGENTINA S.A de conformidad con los artículos 60 y 61 del Decreto 1510/GCABA/97. Artículo 4º.- Emítase la orden de compra. Artículo 5°.- Publíquese en la página web del Gobierno de la Ciudad. Artículo 6°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y remítase a la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de la Agencia de Sistemas de Información para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Dacharry

DISPOSICIÓN N.° 28/DGTALINF/15

Buenos Aires, 26 de enero de 2015 VISTO: El Decreto Nº 67/GCABA/10, las Resoluciones Nros. 51/MHGC/10, 50/ASINF/14, 14/ASINF/2015, las Disposiciones Nros.181/DGCG/10, 9/DGCG/10, 183/DGCG/13, el Expediente Electrónico Nº 00346241-MGEYA-ASINF-2014, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto Nº 67/GCABA/10 se aprobó el "Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 16 del Anexo I del mencionado Decreto corresponde al titular de la Unidad de Organización receptora de los fondos aprobar los gastos mediante acto administrativo, siendo responsable de la oportunidad, mérito y conveniencia de dichas erogaciones; Que en este sentido, tal cual surge del artículo 17 del Anexo I del Decreto Nº 67/GCABA/10, la revisión de las rendiciones por parte de las Direcciones Técnicas Administrativas y Legales, solo se centraran en las formalidades de los comprobantes, retenciones impositivas, cálculos aritméticos e imputación presupuestaria y deberán ser aprobadas mediante acto administrativo de la autoridad competente revisora; Que por Resolución Nº 51/MHGC/10, se aprobó la reglamentación del citado Decreto; Que mediante la Disposición Nº 9/DGCG/10, se estableció el procedimiento para la asignación en concepto de caja chica, caja chica especial y fondos; Que asimismo mediante Disposición Nº 183/DGCG/13 se modificó los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, X y XI de la Disposición Nº 9/DGCG/10;

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aplicación de Mejoras y Optimizaciones, Aseguramiento de la Calidad en el Ciclo de Vida de Desarrollo, Testing No funcional y Soporte en la Migración de Aplicaciones para el Ecosistema SADE del GCABA y todos sus módulos asociados", a favor de la empresa CONSENSUS ARGENTINA S.A., por un importe de PESOS QUINIENTOS CUATRO MIL CON 00/100 ($ 504.000,00.-), conforme los términos del artículo 117 inc. I) de la Ley Nº 2.095, modificada por la Ley Nº 4.764 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14.

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Que este sentido el punto 1 del Anexo III de la Disposición Nº 183/DGCG/13, reglamentaria del Decreto en cuestión, establece que en dichos actos administrativos se deberán aprobar como anexo las planillas 2 y 3 del Anexo V de la misma; Que también, el artículo 1º de la Disposición Nº 181/DGCG/10 establece que "Las rendiciones de Fondos regulados por el Decreto 67/10 que efectúen las reparticiones del Ministerio de Hacienda y los Organismos Descentralizados que le dependan y que gestionen por el SIGAF, deberán acompañar a partir del 1° de octubre de 2010 a las mismas, las constancias del registro en el Módulo de Bienes del SIGAF del alta patrimonial de los bienes adquiridos con los fondos que se rinden"; Que por Resolución Nº 50/ASINF/2014 se asignaron a la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Sistemas de Información, Fuera de Nivel del Ministerio de Modernización, fondos en concepto de Caja Chica Especial por la suma de Pesos un millón doscientos mil con 00/100 ($1.200.000,00.-) a hacerse efectiva en cuatro (4) entregas parciales trimestrales, de pesos trescientos mil con 00/100 ($ 300.000,00.-) destinadas a la capacitación del personal y a la realización de eventos por parte de esta Agencia de Sistemas de Información; Que a través de la Resolución Nº 14/ASINF/2015 el Director Ejecutivo de esta Agencia de Sistemas de Información aprobó el gasto de la Caja Chica Especial Nº 4 (cuatro) de esa Dirección Ejecutiva de la Agencia de Sistemas de Información por un importe de pesos cuatrocientos catorce mil ochenta y nueve con 98/100 ($ 414.089,98.-) y las

planillas anexas a dicha rendición de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 67/GCABA/10, la Resolución Nº 51/MHGC/10 y la Disposición Nº 183/DGCG/13, registradas en SADE bajo Anexo Firma Conjunta (IF-00595421-ASINF-2.015) y Anexo Firma Conjunta (IF-00595301-ASINF-2.015); Que mediante Informe Nº 16114090-ASINF-2014, se remitió la rendición de la Caja Especial Nº 4 de la Dirección Ejecutiva de esta Agencia de Sistemas de Información, y se observaron los siguientes comprobantes: 2,3,4,5,6,7,9,22,23,63,101 y 102 (eventos Wifi), 61 (combustible para generador Wifi), 25,48 y 131(lavado de auto realizado por necesidad y urgencia ya que estos gastos deben realizarse por Flota Automotor), 75 (repuesto Partner Wifi realizado por necesidad y urgencia ya que estos gastos deben realizarse por Flota Automotor) Que parte de los bienes adquiridos con los fondos que se rinden en la presente no resultan inventariables; Que de acuerdo con la normativa vigente, corresponde el archivo de la rendición en la Contaduría General (sin intervención del Departamento Responsables); Que por ello resulta necesario aprobar la rendición de los gastos efectuados en la Caja Chica Especial Nº 4 (cuatro) de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Sistemas de Información por un importe de pesos cuatrocientos catorce mil ochenta y nueve con 98/100 ($ 414.089,98.-) y las planillas anexas a dicha rendición de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 67/GCABA/10, la Resolución Nº 51/MHGC/10 y la Disposición Nº 183/DGCG/13, registradas en SADE bajo Anexo Firma Conjunta (IF-00595301-ASINF-2.015) y Anexo Firma Conjunta (IF- 00595421-ASINF-2.015). Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 16 del Decreto Nº 67/GCABA/10 y la Disposición Nº 183/DGCG/13,

EL DIRECTOR GENERAL TECNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 187

Artículo 1°.- Apruébanse la rendición de los gastos efectuados oportunamente por la

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Caja Chica Especial Nº 4 (cuatro) de la Dirección Ejecutiva de la Agencia de Sistemas de Información por un importe de pesos cuatrocientos catorce mil ochenta y nueve con 98/100 ($ 414.089,98.-) y las planillas anexas a dicha rendición de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 67/GCABA/10, la Resolución Nº 51/MHGC/10 y la Disposición Nº 183/DGCG/13, registradas en SADE bajo Anexo Firma Conjunta (IF-00595301-ASINF-2.015) y Anexo Firma Conjunta (IF- 00595421-ASINF-2.015). Artículo 2°.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Dirección General Contaduría del Ministerio de Hacienda para la prosecución de su trámite. Dacharry

DISPOSICIÓN N.° 29/DGTALINF/15

Buenos Aires, 26 de enero de 2015 VISTO: El Decreto Nº 67/GCABA/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, la Resolución N° 59/ASINF/14, la Resolución N° 69/ASINF/2014, la Disposición N° 9/DGCG/10, la Disposición N° 183/DGCG/13, la Disposición N° 2/DGIASINF/2015, el Expediente Electrónico N° 01609679-MGEYA-ASINF-2014, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto Nº 67/GCABA/10 se aprobó el "Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 16 del Anexo I del mencionado Decreto corresponde al titular de la Unidad de Organización receptora de los fondos aprobar los gastos mediante acto administrativo, siendo responsable de la oportunidad, mérito y conveniencia de dichas erogaciones; Que en este sentido, tal cual surge del artículo 17 del Anexo I del Decreto Nº 67/GCABA/10, la revisión de las rendiciones por parte de las Direcciones Técnicas Administrativas y Legales, solo se centraran en las formalidades de los comprobantes, retenciones impositivas, cálculos aritméticos e imputación presupuestaria y deberán ser aprobadas mediante acto administrativo de la autoridad competente revisora; Que por Resolución Nº 51/MHGC/10, se aprobó la reglamentación del citado Decreto; Que mediante la Disposición Nº 9/DGCG/10, se estableció el procedimiento para la asignación en concepto de caja chica, caja chica especial y fondos; Que asimismo mediante Disposición Nº 183/DGCG/13 se modificó los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, X y XI de la Disposición Nº 9/DGCG/10; Que este sentido el punto 1 del Anexo III de la Disposición Nº 183/DGCG/13, reglamentaria del Decreto en cuestión, establece que en dichos actos administrativos se deberán aprobar como anexo las planillas 2 y 3 del Anexo V de la misma; Que también, el artículo 1º de la Disposición Nº 181/DGCG/10 establece que "Las rendiciones de Fondos regulados por el Decreto 67/10 que efectúen las reparticiones del Ministerio de Hacienda y los Organismos Descentralizados que le dependan y que gestionen por el SIGAF, deberán acompañar a partir del 1° de octubre de 2010 a las mismas, las constancias del registro en el Módulo de Bienes del SIGAF del alta patrimonial de los bienes adquiridos con los fondos que se rinden";

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 188

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Que por Resolución Nº 59/ASINF/2014 y su rectificatoria Resolución Nº 69/ASINF/2014 se asignaron a la Dirección General de Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información, Fuera de Nivel del Ministerio de Modernización, fondos en concepto de Caja Chica Especial por la suma de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000) a hacerse efectiva en cuatro (4) entregas parciales trimestrales de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 250.000,00.-); Que a través de la Disposición Nº 2/DGIASINF/2015 el Director General de Infraestructura de esta Agencia aprobó el gasto de la Caja Chica Especial Nº 4 (cuatro) de esa Dirección General de Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información por un importe de pesos doscientos cincuenta mil sesenta y ocho con

76/100 ($ 250.068,76.-) y las planillas anexas a dicha rendición de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 67/GCABA/10, la Resolución Nº 51/MHGC/10 y la Disposición Nº 183/DGCG/13, registradas en SADE bajo Anexo Firma Conjunta (IF-2015-00289930-DGIASINF) y Anexo Firma Conjunta (IF- 2015-00289934-DGIASINF); Que parte de los bienes adquiridos con los fondos que se rinden en la presente resultan inventariables; Que de acuerdo con la normativa vigente, corresponde el archivo de la rendición en la Contaduría General (sin intervención del Departamento Responsables); Que en este sentido bajo el número de Orden N° 187 y 188 lucen los Anexos Firma Conjunta Nros. (IF-2015-00289930-DGIASINF) e (IF-2015-00289934-DGIASINF), mediante el cual el Director General de Infraestructura y el Sr. Jorge Gerardi, Gerente Operativo Infraestrutura, suscribieron los Resumen de Comprobantes por Fecha y por Imputación, correspondiente a la Caja Chica Especial Nº 4 de la Dirección General de Infraestructura de esta Agencia de Sistemas de Información; Que por ello resulta necesario aprobar la rendición de los gastos efectuados en la Caja Chica Especial Nº 4 (cuatro) de la Dirección General de Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información por un importe de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL SESENTA Y OCHO con 76/100 ($ 250.068,76.-) y las planillas anexas a dicha rendición de acuerdo a los establecido en el Decreto Nº 67/GCABA/10, la Resolución Nº 51/MHGC/10 y la Disposición Nº 183/DGCG/13; Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 67/GCABA/10 y sus normas reglamentarias,

EL DIRECTOR GENERAL TECNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébanse la rendición de los gastos efectuados oportunamente por la Caja Chica Especial Nº 4 (cuatro) de la Dirección General de Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información asignados por la Resolución Nº 59/ASINF/2014 y su rectificatoria Resolución N° 69/ASINF/2014, por un importe de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL SESENTA Y OCHO con 76/100 ($ 250.068,76.-) y las planillas anexas a dicha rendición de acuerdo a los establecido en el Decreto Nº 67/GCABA/10, la Resolución Nº 51/MHGC/10 y la Disposición Nº 183/DGCG/13, registradas en SADE bajo Anexo Firma Conjunta ((IF-2015-00289930-DGIASINF) y Anexo Firma Conjunta (IF-2015-00289934-DGIASINF). Artículo 2°.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y remítase a la Dirección General Contaduría del Ministerio de Hacienda para la prosecución de su trámite. Dacharry

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 189

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Secretaría de Desarrollo Ciudadano (AVJG)

DISPOSICIÓN N.º 12/DGPJ/15

Buenos Aires, 21 de enero de 2015 VISTO: Las resoluciones N° 8-AVJG-2013, N° 26-AVJG-2013, las Disposiciones N° 126-DGPJ-2014, N° 127-DGPJ-2014 y CONSIDERANDO: Que a través del Art. 1° de la Resolución N° 8-AVJG-2013 se creó el Programa “Bienal Arte Joven Buenos Aires“ en el ámbito de la Dirección General de Políticas de Juventud, cuyo funcionamiento se establece en los Lineamientos Generales detallados en el Anexo de dicha norma; Que debido a la experiencia positiva recogida durante la edición 2013/2014 de dicho programa y a la amplia recepción por parte de los jóvenes artistas y el público en general, se dictó la Resolución N° 26-AVJG-2014 sustituyendo el Anexo del artículo 1° de la Resolución N° 8-AVJG-13; Que en la mencionada Resolución se facultó a esta Dirección General a dictar las normas instrumentales, interpretativas y complementarias y todo acto administrativo que fuera menester para la implementación del Programa “Bienal Arte Joven Buenos Aires“; Que en este entendimiento se dictó la Disposición N° 126-DGPJ-2014, aprobando las bases y condiciones del Concurso de obra terminada en Artes Escénicas; Que en el anexo del citado acto administrativo establece en su punto VII "Las postulaciones serán evaluadas por un Comité de Selección integrado por 5 (cinco) profesionales de destacada trayectoria, designado por LA BIENAL"; Que asimismo a través de la Disposición N° 127-DGPJ-2014, se aprobaron las bases y condiciones del Concurso de Proyectos a Desarrollar en Artes Escénicas; Que en el anexo de la misma, en el apartado VIII "Las postulaciones serán consideradas por un Comité compuesto por seis (6) miembros, designado por LA BIENAL"; Que de la interpretación armónica de las previsiones citadas, surge la necesidad de constituir un (1) Comité de Selección del concurso de obra terminada, y un (1) Comité de Selección y Seguimiento del concurso de proyecto a desarrollar, todos ellos de la disciplina Artes Escénicas; Que esta Dirección General ha decidido seleccionar profesionales de destacada trayectoria en la disciplina, entendiéndoselo como un requisito de idoneidad propio de este tipo de ámbitos de selección; Que en función de lo expuesto, corresponde el dictado de un acto administrativo designando a quiénes integrarán los mencionados Comités de Selección del concurso obra terminada y el comité de Selección y Seguimiento del concurso proyecto a desarrollar de la disciplina Artes Escénicas; Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 190

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Artículo 1°.- Desígnase para integrar el Comité de Selección del concurso obra terminada, en el ámbito de la disciplina Artes Escénicas del Programa Bienal Arte Joven Buenos Aires 2015, a las personas que a continuación se mencionan: a) Sr. Federico Ruben Irazabal, DNI 23.818.518 b) Sr. Marcelo Alejandro Minino, DNI 25.406.502 c) Sra. Roxana Grinstein, DNI 11.450.809 d) Sra. Mariana Chaud, DNI 25.940.489 e) Sr. Matías Nicolas Feldman, DNI 25.772.872 Artículo 2°.- Desígnase para integrar el comité de Selección y Seguimiento del concurso proyecto a desarrollar, en el ámbito de la disciplina Artes Escénicas del Programa Bienal Arte Joven Buenos Aires 2015, a las personas que a continuación se mencionan: a) Sra. Andrea Silvia Garrofe, DNI 22.644.957 b) Sr. Nelson Fernando Valente, DNI 18.253.505 c) Sr. Alejandro Gabriel Catalan, DNI 22.471.779 d) Sr. Gustavo Lesgart, DNI 18.562.129 e) Sra. Ana Maria Alvarado, DNI 13.388.887 f) Sr. Walter Alfredo Jakob, DNI 24.445.621 Artículo 3°.- Notifíquese, regístrese y publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, Archívese. Blasco

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 191

LA DIRECTORA GENERAL DE POLÍTICAS DE JUVENTUD DISPONE

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Organos de Control Resolución Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.º 9/PG/15

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 15.832.515-MGEYA-PG-2014 y; CONSIDERANDO: Que por la actuación del visto tramita la desaparición de dos elementos de computación: un monitor Coradir S/N y un CPU Sentey 1155, inventariados por la Dirección General Técnica Administrativa Legal de esta Procuración General el 30 septiembre de 2013 bajo los números 1680-M y 1680-C, los cuales, a ésa fecha, se encontraban en el interior de unas cajas de cartón ubicadas en el suelo de la oficina 192 del 9º piso de la Dirección General de Información Jurídica y Extensión General debido a que no se utilizaban; Que la Jefa de Departamento de Extensión de la citada Dirección General detectó el faltante a fines del mes de marzo de 2014 cuando necesitó reponer un teclado y, al consultar con el Departamento Mesa de Ayuda y Redes dependiente de la Dirección de Tecnología y Procesos de la Dirección Técnica Administrativa Legal y el sector a cargo del mobiliario de esta Procuración General no pudieron localizar los elementos en cuestión; Que en virtud de ello, la autoridad mencionada, con fecha 30 de octubre de 2014 efectuó la pertinente denuncia por ante la Comisaría Nº 3 de la Policía Federal Argentina donde se labraron actuaciones caratuladas "Hurto Calificado", objeto del delito: "Apoderamiento Indebido" con intervención de la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 22, Secretaría Nº 1; Que la Dirección General de Sumarios al tomar la intervención que le compete opinó que, a fin de deslindar responsabilidades respecto a la observancia del deber de cuidado y conservación de bienes pertenecientes al patrimonio de esta Procuración General, correspondía instruir un sumario administrativo; Que de conformidad con lo expuesto, en el marco de las atribuciones conferidas por el artículo 134 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 1218, y el artículo 2 del Decreto 3360/MCBA/68;

EL PROCURADOR GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 192

Artículo 1º Instrúyase sumario administrativo a fin de investigar la desaparición de los elementos de computación detallados en los considerando (monitor Coradir S/N y una

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CPU Sentey 1155 inventariados con los números 1680-M y 1680-C) que se encontraban en el interior de unas cajas de cartón ubicadas en el suelo de la oficina 192 sita en el piso 9º de la sede de esta Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Uruguay 440/466; episodio detectado a fines del mes de marzo del año 2014, con la finalidad de deslindar y/o atribuir las responsabilidades que pudieran corresponder en orden al deber de cuidado y conservación de los bienes

pertenecientes al patrimonio de esta Administración; todo ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 inciso g) de la ley 471, artículo 4 del anexo del Decreto 263/10 y, el artículo 8 inciso e) del anexo de la Disposición 82/DGCG/10. Artículo 2º Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y a los fines indicados en el artículo precedente remítase copia autenticada de la presente a la Dirección General de Sumarios. Conte Grand

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 193

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Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

RESOLUCIÓN N.° 8/SGCBA/15

Buenos Aires, 22 de enero de 2015 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes Nº 70 (BOCBA Nº 539) y N° 471 (BOCBA N° 1.026), la Resolución Conjunta N° 1.639-SGCBA-MMGC/14 (BOCBA N° 4.550), el Expediente Electrónico Nº 377.427-MGEYA-SGCBA/15, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera; Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a; Que la Ley Nº 70, en su artículo 130, inciso 2), otorga al/la Síndico/a General las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de personal; Que asimismo, el inciso 5) le otorga las atribuciones de "Designar a su personal, así como promover, aceptar renuncias, disponer cesantías, exoneraciones y otras sanciones disciplinarias..."; Que la Ley N° 471 regula las relaciones laborales de la administración pública de la Ciudad de Buenos Aires, y en su artículo 39 prevé la prestación de servicios de carácter transitorio o eventual; Que por Resolución N° 1.639-SGCBA-MMGC/14 se incorporó, entre otras personas, al Sr. Nahuel Martín POLLACK (DNI N° 34.870.497 - CUIL Nº 20-34870497-5) al Régimen de Planta Transitoria previsto en el artículo 39 de la Ley Nº 471; Que según surge del expediente citado en el Visto, el Sr. Nahuel Martín POLLACK (DNI N° 34.870.497 - CUIL Nº 20-34870497-5) presentó la renuncia al mencionado régimen, a partir del día 12 de enero de 2015; Que en tal sentido corresponde proceder a aceptar la renuncia presentada; Que la Gerencia Operativa Legal ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 889.439-SGCBA/15. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130, incisos 2) y 5) de la Ley Nº 70,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE:

Artículo 1º.- Acéptase la renuncia presentada por el Sr. Nahuel Martín POLLACK (DNI N° 34.870.497 - CUIL Nº 20-34870497-5), al Régimen de Planta Transitoria previsto en el artículo 39 de la Ley Nº 471, a partir del día 12 de enero de 2015. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Capital Humano y de Administración y Liquidación de Haberes de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 194

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dependiente del Ministerio de Modernización, notifíquese al interesado, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Rial

RESOLUCIÓN N.° 9/SGCBA/15

Buenos Aires, 22 de enero de 2015 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley Nº 70 (BOCBA Nº 539), los Decretos N° 1.444/93 y N° 131/96 (BOCBA N° 28), las Resoluciones N° 31-SGCBA/12 (BOCBA N° 3.879), N° 76-SGCBA/14 (BOCBA N° 4.436), N° 108-SGCBA/14 (BOCBA N° 4.506) y N° 136-SGCBA/14, el Expediente Electrónico N° 861.366-MGEYA-SGCBA/15, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera; Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a; Que la Ley N° 70, en su artículo 130, inciso 2), otorga al/la Síndico/a General las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de personal; Que por Decreto N° 1.444/93 se instituyó la figura de Auxiliar de Funcionario, como así también su nivel remunerativo; Que por Decreto N° 131/96 se modificó la dotación y nivel jerárquico del personal que desempeña tareas como Auxiliar de Funcionario; Que por Resoluciones N° 31-SGCBA/12 y N° 108-SGCBA/14 se asignó el adicional por Auxiliar de Funcionario a la Srta. Milagros RODRIGUEZ (DNI N° 32.301.238 - Ficha N° 452.026) y al Sr. Gustavo Ángel ORONOZ (DNI N° 92.553.206 - Ficha N° 458.114), respectivamente; Que por Resolución N° 76-SGCBA/14 se adecuó la Estructura Orgánico Funcional de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires; Que por Resolución N° 136-SGCBA/14 se autorizó la Comisión de Servicios de la Srta. Milagros RODRIGUEZ (DNI N° 32.301.238 - Ficha N° 452.026) a la Unidad de Auditoría Interna del Ente de Turismo de la Ciudad de Buenos Aires; Que, por cuestiones técnicas, el adicional por Auxiliar de Funcionario asignado por Resolución N° 108-SGCBA/14 no pudo hacerse efectivo; Que por ello, y por razones funcionales corresponde dejar sin efecto las asignaciones mencionadas y efectuar un nuevo nombramiento en la planta de Auxiliares de Funcionarios de esta Sindicatura General, a partir del día 1° de enero de 2015; Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Que la Gerencia Operativa Legal ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 875.193-SGCBA/15. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130 inciso 2) de la Ley Nº 70,

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 195

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EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE: Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 108-SGCBA/14. Artículo 2°.- Déjase sin efecto el adicional por Auxiliar de Funcionario, que fuera dispuesto por Resolución N° 31-SGCBA/12, de la persona detallada en el Anexo I, Informe N° IF 890.865-SGCBA/15, que forma parte integrante de la presente, en el modo y forma en que allí se consigna, a partir del día 1° de enero de 2015. Artículo 3°.- Asígnase el adicional por Auxiliar de Funcionario a la persona detallada en el Anexo II, Informe N° IF 890.847-SGCBA/15, que forma parte integrante de la presente, en el modo y forma en que allí se consigna, a partir del día 1° de enero de 2015. Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Modernización, notifíquese a los interesados, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Rial

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 196

ANEXO

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Disposición Ente Regulador de los Servicios Públicos de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DISPOSICIÓN N.° 281/GA/14

Buenos Aires, 29 de diciembre de 2014 VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, la Ley N° 2095 y su Decreto Reglamentario Nº 95/2014, normas complementarias y modificatorias, la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3/EURSPCABA/14 del 6 de marzo de 2014, el expediente N°: 001954/E/2013, y CONSIDERANDO: Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, creó el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal; Que, por los presentes actuados se tramita la Licitación Privada N°: 11/2013 para la contratación de dos tramas de conexión telefónica, con destino al Organismo; Que, la presente contratación se encuentra incluida en el Plan Anual de Compras y Contrataciones del ejercicio 2014 del ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES aprobado por el Directorio a través de la Resolución Nº 4-ERSP/2014 del 12 de marzo de 2014; Que, por Disposición 116/GA/2014, la Gerente de Administración del EURSPCABA aprobó la contratación y adjudicó la misma a la empresa Telmex Argentina S.A.; Que, se emitió la Orden de Compra N° 48/13 a favor de Telmex Argentina S.A. para la contratación de dos tramas de conexión telefónica y dos Pack de 80K Mins Locales por el período de un (1) año, con destino al Organismo, por la suma de pesos cincuenta y seis mil trescientos ochenta y nueve con 20/100 ($56.389,20.-), la cual finalizó el 14 de noviembre de 2014; Que, del monto adjudicado corresponde al Renglón N° 1 por el servicio de la sede de Bmé. Mitre 760 9° Piso, la suma de pesos veintiocho mil ciento noventa y cuatro con 60/100 ($28.194,60) e igual valor al Renglón N° 2 por el servicio de la sede de Rivadavia 1170; Que atento a la necesidad del Organismo de no interrumpir el servicio para la sede de Bmé. Mitre 760 9° Piso, el adjudicatario continuó de conformidad con la prestación pertinente al Renglón N°1 en las mismas condiciones del contrato original; Que, a través de la Resolución Nº 164/EURSPCABA/2009, artículo 4º, el Directorio del Organismo designó a la Gerente de Administración como titular de la Unidad Operativa de Adquisiciones; Que en tal sentido, resulta conveniente efectuar la convalidación de la prórroga de la Orden de Compra N° 48/13 hasta el día 30 de junio de 2015 para el Renglón N°1; en el marco de los Artículos 117, inc. III, Articulo 7 inc. V y de la Ley 2095/06, su modificatoria y correspondiente Decreto Reglamentario; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en base a la estimación del gasto; Que la Asesoría Legal ha tomado la intervención de su competencia;

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Que, las atribuciones para el dictado del presente acto emergen del Artículo 11 inc. i) de la Ley 210, la Ley 2095, su Decreto Reglamentario N° 95/2014 y la Resolución del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3/EURSPCABA/14; Por ello,

LA GERENTE DE ADMINISTRACIÓN DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE:

Artículo 1º.- Convalidar la prórroga de la Orden de Compra N° 48/13 para el Renglón N° 1, hasta el día 30 de junio de 2015, por la suma de pesos diecisiete mil seiscientos veintiuno con 63/100 ($17.621,63). Artículo 2°.- Autorizar al Área Administración Financiera a emitir la respectiva Orden de Compra. Artículo 3º.- El gasto que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Disposición será imputado a la partida presupuestaria del ejercicio 2014 y del 2015 según corresponda. Artículo 4º.- Registrar. Notificar de la presente Disposición a la firma Telmex Argentina S.A. Comunicar al Área Administración Financiera. Publicar en el Boletín Oficial y en la Cartelera Oficial del EURSPCABA por un día. Cumplido, archívese. Colombo

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Trimestrales

MINISTERIO DE HACIENDA - Cuarto Trimestre Año 2014

Atento lo dispuesto por el art. 34 de la Ley N° 4471

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Comunicados y Avisos Ministerio de Hacienda

MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Elementos destinados para donación Comunicación - Exp. N° 12153975-MGEYA-DGCYC/14 y otros Se comunica a todas las entidades de bien público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debidamente reconocidas, Organismos Nacionales, Gobiernos Provinciales y Municipales que se ofrecen en donación los elementos localizados en la calle Francisco Fernández de la Cruz 1753, Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se detallan a continuación:

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7 AGITADOR TIPO VERTEX 1 ASPIRADOR CON MOTOR 1 ANAFE A GAS 1 ANAFE ELECTRICO MEGA EXPRES 3 ANAFE WINCO (A.63/11) 1 AIRE ACONDICIONADO 2 ARMARIO CHICO METALICO 2 PUERTAS 2 AIRE ACONDICIONADO 1 ANAFE ELECTRICO 1 HORNALLA MARCA WINCO 1 ARMARIO DE METAL 12 PUERTAS CHICAS 2 ARMRIO DE METAL 2 PUERTAS 1 ANAFE 1 HORNALLA B. GAS 1 ARMARIO DE METAL 2 PUERTAS DE 70 X180 CM 1 AIRE ACONDICIONADO MARCA VGH 1 ACONDICIONADOR DE AIRE 1 ARMARIO DE METAL 6 PUERTAS 3 ARMARIO DE METAL 4 PUERTAS 2 ARMARIO DE METAL 9 PUERTAS 1 ARMARIO DE METAL 2 PUERTAS 1 ARMARIO DE METAL 4 PUERTAS 3 ARMARIO DE METAL 3, 4 Y 6 PUERTAS 1 ARMARIO DE METAL 4 PUERTAS 1 ARMARIO DE METAL 10 PUERTAS 1 AUTOANALIZADOR RAXT MARCA TECHNION Nº DE SERIE A0365 1 AGITADOR DE TUBOS MODELO P60 MCA. PRESV.AC 1 ARMARIO DE METAL 4 PUERTAS 1 ARMARIO DE METAL 2 PUERTAS DE 0,70 X 180 CM 1 AIRE ACONDICIONADO

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1 AIRE ACONDICIONADO 3 AIRE ACONDICIONADO 1 ARMARIO METALICO DE 1,80 X 0,99 X 0,48 MTS 1 BANQUETA DE METAL TAPIZADA 1 BALANZA PEDIATRICA 1 BALANZA PARA BEBE 1 BALANZA PARA BEBE DE 15 KG 1 BALUSTRIN MARCA NESTLER 1 BANQUETA DE METAL TAPIZADA 2 BOMBAS IMPULSORAS 5 BUTACAS SILLA CAJERA

11 BUTACAS SILLA REG. NEUMATICA CON APOLLA BRAZOS 5 CABALLETES DE HIERRO 1 CALEFACTOR ELECTRICO MARCA HEARTCRAF Nº 3 1 CAJA DE HERRAMIENTAS PLASTICA 1 CAJA DE ABDOMEN Nº 4 1 CAJA CROMADFA DE CIRUGIA CESARIAS Nº1 1 CAJA CROMADA Nº 5 CESARIA 1 CAJA CROMADE DE CIRUGIA Nº7 CESARIA 1 CAJA DE MASTECTOMIA 1 CAJA DE VIA BAJA Nº10 1 CAJA DE LEGRADO Nº21 1 CAJA DE SEPARADORES Nº2 1 CAJA DE VIA BAJA Nº 17 1 CAJA CROMADA

20 CAJON DE DINERO 1 CALEFACTOR GAS NATURAL TIPO BALANCEADO MARCA ESKABE 5 CAMAS METALICAS ORTOPEDICAS 1 CAMILLA DE METAL TAPIZADA 1 CAMILLA DE METAL TAPIZADA UNIVERSAL 1 CAMILLA DE METAL TAPIZADA GINECOLOGICA 1 CARRO DE METAL RODANTE 1 ESTANTE 1 DETECTOR FETAL MARCA EKHOSON Nº 3580 1 DETECTOR FETAL MEDIX Nº 282 2 DESTORNILLADORES 1 ESCALERA DE METAL Y FORMICA 2 PELDANIOS 2 ESCRITORIOS METAL TAPA FORMICA 1 ESCRITORIO METAL 2 CAJONES 2 EQUIPOS DE LUMINOTERAPIA DE METAL 1 ESPIROMETRO MARCA BARNEY 3 ESTETOSCOPIO

2 ESTRIBO CHICOS KRISCHENER 2 ESTRIBO GRANDE 1 ESCALIMETRO 3 FORMONES DE 16 CM 5 FRONTOLUX 2 HELADERAS 1 PUERTA 1 INCUBADORA MODELO 301

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Victoria Rodríguez Quintana Directora General de Compras y Contrataciones

CA 29 Inicia: 28-1-2015 Vence: 28-1-2015

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6 MANGOS PARA BISTURI Nº 4 6 MARTILLOS CARPINTERIA 1 MESA CHICA DE METAL 1 ESTANTE DE 30X 30 CM 1 MESA 2,50 X 0,60X 0,75 CM 1 MESA PARA MAQUINA DE ESCRIBIR DE METAL Y FORMICA

33 MESA RODANTE PARA COMER DE METAL Y FORMICA 11 MESA PARA COMER EN CAMA METAL Y FORMICA 14 MESITA DE COMER EN CAMA 2 OXIMETRO PULSO 7 REPOSERA

136 SILLA METALICAS TAPIZADAS 3 SIERRA 3 SILLON TAPIZADO 2 SILLON CON APOLLA BRAZOS 1 SOLDADOR ELECTRICO 1 RADIOMETRO MEDICO 2 TABURETE DE METAL

11 TIRA DE SILLAS DE METAL TAPIZADAS 3 TENSIOMETRO ANEROIDES 1 TENSIOMETRO DE PIE 2 TENSIOMETRO DE PARED 2 TALADRO MANUAL 2 TALADRO ELECTRICO 1 TALADRO DE 13 MM 4 NEGATOSCOPIO 1 VENTILADOR DE PIE 1 VITRINA DE METAL 1 VAPORIZADOR DE ALOTANO AREJ. Nº DE SERIE 0755

1 SILLA ESTRUCTURA METALICA C/ RESPALDO Y ASIENTO TAP.

4 SILLA GIRATORIA, REGULABLE, CON RUDAS, AZUL FRANCIA

2 MESAS PATAS DE HIERRO 1 ESCRITORIO METALICO, 4 CAJONES DE 110 X 0,75

1 MESAS DE ESCRITORIO METALICO 2 CAJONES DE 115 X 0,75 1 FICHERO METALICO, 2 CAJONES 1 SILLA METALICA DE ASIENTO RETAPIZADO 1 LUSTRASPIRADORA YELMO 2 SILLAS APILABLES CON GANCHO, COLOR BEIGE 7 SILLAS SILLAS 1 ESCRITORIO METALICO 3 CAJONES GRIS DE 147 X 0,80 1 ESCRITORIO FORMICA , PATAS METALICAS DE 150 X170 1 ESCRITORIO HIERRO Y FORMICA DE 135 X 0,75 DE 2 CAJONES 1 ESCRITORIO METAL Y FORMICA DE 120 X 0,70 DE 2 CAJONES 1 SILLA TAPIZADA 1 ARMARIO METALICO 2 PUERTAS 5 ESTANTERIAS METALICAS

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Ministerio de Modernización

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicación N° 117 - Resolución Nº 719/MMGC/14 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 719/MMGC/14 para cubrir el cargo Subgerencia Operativa Administración de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio Modernización, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre; Documento de Identidad Atencio, Mirtha Gladys; DNI 13.757.883 Petrocelli, Pablo; DNI 20.263.841 Tripodi Loduevijks, Maria Celeste; DNI 92.671.754

Julia Domeniconi Directora General

CA 16 Inicia: 27-1-2015 Vence: 28-1-2015

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicación N° 118 - Resolución Nº 721/MMGC/14 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 721/MMGC/14 para cubrir el cargo Subgerencia Operativa Planeamiento de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre; Documento de Identidad Bugni, Maximiliano Facundo; DNI 26.257.634

Julia Domeniconi Directora General

CA 17 Inicia: 27-1-2015 Vence: 28-1-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 202

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MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicación N° 119 - Resolución Nº 722/MMGC/14 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 722/MMGC/14 para cubrir el cargo Subgerencia Operativa Mesa de Entradas, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre; Documento de Identidad Hipoliti, Maria Cecila; DNI 26.435.891 Benger, Viviana Andrea; DNI 28.710.830 Ramirez, Zulema Raquel; DNI 28.620.340

Julia Domeniconi Directora General

CA 18 Inicia: 27-1-2015 Vence: 28-1-2015

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicación N° 120 - Resolución Nº 716/MMGC/14 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 716/MMGC/14 para cubrir el cargo Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio Modernización, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre; Documento de Identidad De Tommaso De Eborall, Maria Cristina; DNI 10.263.252 Belén, Gabriela Alejandra; DNI 14.857.789 Modarelli, Guillermo; DNI 10.894.371

Julia Domeniconi Directora General

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 203

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CA 19 Inicia: 27-1-2015 Vence: 28-1-2015

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicación N° 121 - Resolución Nº 718/MMGC/14 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 718/MMGC/14 para cubrir el cargo Subgerencia Operativa Contabilidad y Patrimonio, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre; Documento de Identidad Falco, Cecilia; DNI 22.366.321 Cardozo, Elba Del Carmen; DNI 13.924.702 Coto, Matías Gabriel; DNI 31.662.393

Julia Domeniconi Directora General

CA 20 Inicia: 27-1-2015 Vence: 28-1-2015

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicación N° 122 - Resolución Nº 717/MMGC/14 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 717/MMGC/14 para cubrir el cargo Subgerencia Operativa Bienes y Servicios, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio Modernización, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre; Documento de Identidad Maida, Maria; DNI 12.394.904 Dos Santos, Romina; DNI 27.710.074 González, Daniel Oscar; DNI 11.774.561

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 204

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Julia Domeniconi Directora General

CA 21 Inicia: 27-1-2015 Vence: 28-1-2015

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicación N° 123 - Resolución Nº 782/MMGC/14 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 782/MMGC/14 para cubrir el cargo Gerencia Operativa Control Interno, dependiente de la Gerencia Unidad Auditoría Interna del Instituto de Vivienda de la Ciudad del Ministerio de Desarrollo Económico, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre; Documento de Identidad Defelippe, Oscar Eduardo; DNI 17.836.704 González, Fernando; DNI 12.619.023

Julia Domeniconi Directora General

CA 22 Inicia: 27-1-2015 Vence: 28-1-2015

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicación N° 124 - Resolución Nº 783/MMGC/14 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 783MMGC/14 para cubrir el cargo Subgerencia Operativa Planeamiento de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre; Documento de Identidad Amorin, Noelia; DNI 29.600.598 Delor, Jorge Julio; DNI 7.598.967 Garcia, Verónica Laura; DNI 29.698.402

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Julia Domeniconi Directora General

CA 23 Inicia: 27-1-2015 Vence: 28-1-2015

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicación N° 125 - Resolución Nº 772/MMGC/14 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 772/MMGC/14 para cubrir el cargo Subgerencia Operativa Administración de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre; Documento de Identidad Tourn, Maria Alicia; DNI 20.680.297 Gómez, Valeria; DNI 21.838.174

Julia Domeniconi Directora General

CA 24 Inicia: 27-1-2015 Vence: 28-1-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 206

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Ministerio de Modernización

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN RESOLUCIÓN N.º 36/MMGC/15 Se llama a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Políticas para la Prevención del Delito dependiente de la Dirección General Políticas de Prevención del Delito, de la Subsecretaría Prevención del Delito y Relación con la Comunidad, del Ministerio de Justicia y Seguridad

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 471, 1502 y 4013, los Decretos Nros. 812/05, 684/09, 571/11, 658/11, 226/13 y modificatorios, la Resolución Nº 1040/SECRH/11, el Anexo IF-2015-01390461-MMGC y el EX-2015-660217-MGEYA-DGPLC, y CONSIDERANDO: Que el artículo 34 de la Ley Nº 471 establece que para la selección de los cargos más altos de la Administración Pública se deberá utilizar el procedimiento de Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición; Que mediante el Decreto Nº 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, autorizando la cobertura transitoria de dichos puestos, hasta tanto se sustancien los Concursos Públicos y Abiertos correspondientes; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en el análisis de legalidad de los procesos de selección vinculados al Régimen Gerencial mediante Dictamen Nº PG- 79.976/10; Que por Decreto Nº 571/11 se encomendó a la Secretaría de Recursos Humanos la reglamentación que resulte necesaria para la implementación de los concursos del Régimen Gerencial de la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires; Que en este sentido, por Resolución Nº 1040/SECRH/11 se aprobó el texto ordenado del Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por la Ley de Ministerios N° 4013 se creó el Ministerio de Modernización, cuyos objetivos se encuentran establecidos en el Capítulo XI; Que por Decreto Nº 490/14 se modificó parcialmente la estructura organizativa del Ministerio de Modernización; Que el Ministerio de Justicia y Seguridad ha remitido a este Ministerio una Comunicación Oficial en la que requiere se convoque a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para la cobertura del cargo Gerencia Operativa Políticas para la Prevención del Delito dependiente de la Dirección General Políticas de Prevención del Delito de ese Ministerio; Que a fin de dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 7º del Anexo de la Resolución Nº 1040/SECRH/11, la convocatoria a Concurso Público Abierto de

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Antecedentes y Oposición deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y como mínimo en un (1) diario de masiva circulación; Que se ha informado fehacientemente a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) sobre el presente proceso de selección, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Ley Nº 1502 y en el Decreto N° 812/05. Por ello, y en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 4013, los Decretos Nros. 571/11, 226/13 y por el artículo 5º del Anexo de la Resolución Nº 1040/SECRH/11,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1º.- Llámase a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Políticas para la Prevención del Delito dependiente de la Dirección General Políticas de Prevención del Delito, de la Subsecretaría Prevención del Delito y Relación con la Comunidad, del Ministerio de Justicia y Seguridad, conforme las modalidades y requisitos para el cargo contenidos en el Anexo IF-2015-01390461-MMGC que forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Desígnanse como integrantes titulares del Comité de Selección a los Sres. Martín Diago, DNI N° 23.605.061; Daniel del Sol, DNI Nº 20.601.986 y Daniel Agustín Presti, DNI N° 20.174.124; y como integrantes suplentes a los Sres. Mario Ernesto Troiani, DNI N° 5.511.945; y Marcelo Palavecino, DNI N° 14.617.064. Artículo 3º.- Fíjase el día 10 de febrero de 2015, a partir de las 00:01 hs., como fecha de inicio de las inscripciones electrónicas al presente concurso público abierto de antecedentes y oposición, las que deberán realizarse completando los formularios electrónicos incluidos en el portal web www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos. Los formularios electrónicos estarán activos para realizar la inscripción hasta el día 24 de febrero de 2015, a las 23:59 hs. Artículo 4º.- Publíquese el aviso de llamado al presente Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición, en el portal web (www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 5º.- Una vez finalizado el concurso, encomiéndase a la Dirección General Planeamiento de Carreras la instrumentación de las acciones necesarias para proceder a la publicación de la terna final y a la notificación fehaciente de cada uno de los postulantes. Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de dos (2) días y comuníquese a la Sindicatura General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS). Oportunamente pase a las Direcciones Generales Planeamiento de Carreras y Técnica, Administrativa y Legal dependientes del Ministerio de Modernización, a la Dirección General Políticas de Prevención del Delito, de la Subsecretaría Prevención del Delito y Relación con la Comunidad, del Ministerio de Justicia y Seguridad, a la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Modernización en prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Ibarra

Andrés H. Ibarra

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ANEXO

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Ministro CA 25 Inicia: 28-1-2015 Vence: 28-1-2015

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN RESOLUCIÓN N.º 37/MMGC/15 Se llama a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Gestión de Operaciones dependiente de la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Transporte dependiente de la Subsecretaría de Transporte de la Jefatura de Gabinete de Ministros

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 471, 1502 y 4013, los Decretos Nros. 812/05, 684/09, 571/11, 658/11, 226/13 y modificatorios, la Resolución Nº 1040/SECRH/11, el Anexo IF-2015-01390813-MMGC y el EX-2015-660299-MGEYA-DGPLC, y CONSIDERANDO: Que el artículo 34 de la Ley Nº 471 establece que para la selección de los cargos más altos de la Administración Pública se deberá utilizar el procedimiento de Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición; Que mediante el Decreto Nº 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, autorizando la cobertura transitoria de dichos puestos, hasta tanto se sustancien los Concursos Públicos y Abiertos correspondientes; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en el análisis de legalidad de los procesos de selección vinculados al Régimen Gerencial mediante Dictamen Nº PG- 79.976/10; Que por Decreto Nº 571/11 se encomendó a la Secretaría de Recursos Humanos la reglamentación que resulte necesaria para la implementación de los concursos del Régimen Gerencial de la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires; Que en este sentido, por Resolución Nº 1040/SECRH/11 se aprobó el texto ordenado del Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por la Ley de Ministerios N° 4013 se creó el Ministerio de Modernización, cuyos objetivos se encuentran establecidos en el Capítulo XI; Que por Decreto Nº 490/14 se modificó parcialmente la estructura organizativa del Ministerio de Modernización;

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Que la Jefatura de Gabinete de Ministros ha remitido a este Ministerio una Comunicación Oficial en la que requiere se convoque a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para la cobertura del cargo Gerencia Operativa Gestión de Operaciones dependiente de la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Transporte de esa Jefatura; Que a fin de dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 7º del Anexo de la Resolución Nº 1040/SECRH/11, la convocatoria a Concurso Público Abierto de

Antecedentes y Oposición deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y como mínimo en un (1) diario de masiva circulación; Que se ha informado fehacientemente a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) sobre el presente proceso de selección, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Ley Nº 1502 y en el Decreto N° 812/05. Por ello, y en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 4013, los Decretos Nros. 571/11, 226/13 y modificatorios y por el artículo 5º del Anexo de la Resolución Nº 1040/SECRH/11,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1º.- Llámase a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Gestión de Operaciones dependiente de la Dirección General Cuerpo de Agentes de Control del Tránsito y Transporte dependiente de la Subsecretaría de Transporte de la Jefatura de Gabinete de Ministros, conforme las modalidades y requisitos para el cargo contenidos en el Anexo IF- 2015-01390813-MMGC que forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Desígnanse como integrantes titulares del Comité de Selección a los Sres. Alejandro J.E. Roldán, DNI N° 12.691.988; Mariano Alberto Ferreiros, DNI N° 26.587.990; y Pierre Louis Chapar, DNI N° 10.650.306; y como integrantes suplentes a los Sres. Mario Ernesto Troiani, DNI N° 5.511.945; y Marcelo Palavecino, DNI N° 14.617.064. Artículo 3º.- Fíjase el día 10 de febrero de 2015, a partir de las 00:01 hs., como fecha de inicio de las inscripciones electrónicas al presente concurso público abierto de antecedentes y oposición, las que deberán realizarse completando los formularios electrónicos incluidos en el portal web www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos. Los formularios electrónicos estarán activos para realizar la inscripción hasta el día 24 de febrero de 2015, a las 23:59 hs. Artículo 4º.- Publíquese el aviso de llamado al presente Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición, en el portal web (www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 5º.- Una vez finalizado el concurso, encomiéndase a la Dirección General Planeamiento de Carreras la instrumentación de las acciones necesarias para proceder a la publicación de la terna final y a la notificación fehaciente de cada uno de los postulantes.

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Artículo 6º.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de dos (2) días y comuníquese a la Sindicatura General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS). Oportunamente pase a las Direcciones Generales Planeamiento de Carreras y Técnica, Administrativa y Legal dependientes del Ministerio de Modernización, a la Dirección General Cuerpos de Agentes de Control del Tránsito y el Transporte, dependiente la Subsecretaría de Transporte de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Dirección General de Administración y

Liquidación de Haberes del Ministerio de Modernización en prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Ibarra

Andrés H. Ibarra

Ministro CA 26 Inicia: 28-1-2015 Vence: 28-1-2015

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN RESOLUCIÓN N.º 38/MMGC/15 Se llama a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Estadísticas sobre la Prevención del Delito dependiente de la Dirección General Políticas de Prevención del Delito, de la Subsecretaría Prevención del Delito y Relación con la Comunidad, del Ministerio de Justicia y Seguridad

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 471, 1502 y 4013, los Decretos Nros. 812/05, 684/09, 571/11, 658/11, 226/13 y modificatorios, la Resolución Nº 1040/SECRH/11, el Anexo IF-2015-01391207-MMGC y el EX-2015-660263-MGEYA-DGPLC, y CONSIDERANDO: Que el artículo 34 de la Ley Nº 471 establece que para la selección de los cargos más altos de la Administración Pública se deberá utilizar el procedimiento de Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición; Que mediante el Decreto Nº 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, autorizando la cobertura transitoria de dichos puestos, hasta tanto se sustancien los Concursos Públicos y Abiertos correspondientes;

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ANEXO

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Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en el análisis de legalidad de los procesos de selección vinculados al Régimen Gerencial mediante Dictamen Nº PG- 79.976/10; Que por Decreto Nº 571/11 se encomendó a la Secretaría de Recursos Humanos la reglamentación que resulte necesaria para la implementación de los concursos del Régimen Gerencial de la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires; Que en este sentido, por Resolución Nº 1040/SECRH/11 se aprobó el texto ordenado del Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por la Ley de Ministerios N° 4013 se creó el Ministerio de Modernización, cuyos objetivos se encuentran establecidos en el Capítulo XI; Que por Decreto Nº 490/14 se modificó parcialmente la estructura organizativa del Ministerio de Modernización; Que el Ministerio de Justicia y Seguridad ha remitido a este Ministerio una Comunicación Oficial en la que requiere se convoque a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para la cobertura del cargo Gerencia Operativa Estadísticas sobre la Prevención del Delito dependiente de la Dirección General Políticas de Prevención del Delito de ese Ministerio; Que a fin de dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 7º del Anexo de la Resolución Nº 1040/SECRH/11, la convocatoria a Concurso Público Abierto de

Antecedentes y Oposición deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y como mínimo en un (1) diario de masiva circulación; Que se ha informado fehacientemente a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) sobre el presente proceso de selección, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Ley Nº 1502 y en el Decreto N° 812/05. Por ello, y en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 4013, los Decretos Nros. 571/11, 226/13 y modificatorios y por el artículo 5º del Anexo de la Resolución Nº 1040/SECRH/11,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1º.- Llámase a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Estadísticas sobre la Prevención del Delito dependiente de la Dirección General Políticas de Prevención del Delito, de la Subsecretaría Prevención del Delito y Relación con la Comunidad, del Ministerio de Justicia y Seguridad, conforme las modalidades y requisitos para el cargo contenidos en el Anexo IF-2015-01391207-MMGC que forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Desígnanse como integrantes titulares del Comité de Selección a los Sres. Martín Diago, DNI N° 23.605.061; Daniel del Sol, DNI Nº 20.601.986 y Daniel Agustín Presti, DNI N° 20.174.124; y como integrantes suplentes a los Sres. Mario Ernesto Troiani, DNI N° 5.511.945; y Marcelo Palavecino, DNI N° 14.617.064. Artículo 3º.- Fíjase el día 10 de febrero de 2015, a partir de las 00:01 hs., como fecha de inicio de las inscripciones electrónicas al presente concurso público abierto de antecedentes y oposición, las que deberán realizarse completando los formularios electrónicos incluidos en el portal web www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos. Los formularios electrónicos estarán activos para realizar la inscripción hasta el día 24 de febrero de 2015, a las 23:59 hs.

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Artículo 4º.- Publíquese el aviso de llamado al presente Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición, en el portal web (www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 5º.- Una vez finalizado el concurso, encomiéndase a la Dirección General Planeamiento de Carreras la instrumentación de las acciones necesarias para proceder a la publicación de la terna final y a la notificación fehaciente de cada uno de los postulantes. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de dos (2) días y comuníquese a la Sindicatura General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS). Oportunamente pase a las Direcciones Generales Planeamiento de Carreras y Técnica, Administrativa y Legal dependientes del Ministerio de Modernización, a la Dirección General Políticas de Prevención del Delito, de la Subsecretaría Prevención del Delito y Relación con la Comunidad, del Ministerio de Justicia y Seguridad, a la Dirección General de Administración y

Liquidación de Haberes del Ministerio de Modernización en prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Ibarra

Andrés H. Ibarra

Ministro CA 27 Inicia: 28-1-2015 Vence: 28-1-2015

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN RESOLUCIÓN N.º 39/MMGC/15 Se llama a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Relaciones con la Comunidad dependiente de la Dirección General Políticas de Prevención del Delito de la Subsecretaría Prevención del Delito y Relación con la Comunidad, del Ministerio de Justicia y Seguridad

Buenos Aires, 23 de enero de 2015 VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros. 471, 1502 y 4013, los Decretos Nros. 812/05, 684/09, 571/11, 658/11, 226/13 y modificatorios, la Resolución Nº 1040/SECRH/11, el Anexo IF-2015-01391441-MMGC y el EX-2015-660185-MGEYA-DGPLC, y

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 213

ANEXO

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CONSIDERANDO: Que el artículo 34 de la Ley Nº 471 establece que para la selección de los cargos más altos de la Administración Pública se deberá utilizar el procedimiento de Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición; Que mediante el Decreto Nº 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, autorizando la cobertura transitoria de dichos puestos, hasta tanto se sustancien los Concursos Públicos y Abiertos correspondientes; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en el análisis de legalidad de los procesos de selección vinculados al Régimen Gerencial mediante Dictamen Nº PG- 79.976/10; Que por Decreto Nº 571/11 se encomendó a la Secretaría de Recursos Humanos la reglamentación que resulte necesaria para la implementación de los concursos del Régimen Gerencial de la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires; Que en este sentido, por Resolución Nº 1040/SECRH/11 se aprobó el texto ordenado del Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por la Ley de Ministerios N° 4013 se creó el Ministerio de Modernización, cuyos objetivos se encuentran establecidos en el Capítulo XI; Que por Decreto Nº 490/14 se modificó parcialmente la estructura organizativa del Ministerio de Modernización; Que el Ministerio de Justicia y Seguridad ha remitido a este Ministerio una Comunicación Oficial en la que requiere se convoque a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para la cobertura del cargo Gerencia Operativa Relaciones con la Comunidad dependiente de la Dirección General Políticas de Prevención del Delito de ese Ministerio; Que a fin de dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 7º del Anexo de la Resolución Nº 1040/SECRH/11, la convocatoria a Concurso Público Abierto de

Antecedentes y Oposición deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y como mínimo en un (1) diario de masiva circulación; Que se ha informado fehacientemente a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS) sobre el presente proceso de selección, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 43 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Ley Nº 1502 y en el Decreto N° 812/05. Por ello, y en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 4013, los Decretos Nros. 571/11, 226/13 y modificatorios y por el artículo 5º del Anexo de la Resolución Nº 1040/SECRH/11,

EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE

Artículo 1º.- Llámase a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Relaciones con la Comunidad dependiente de la Dirección General Políticas de Prevención del Delito de la Subsecretaría Prevención del Delito y Relación con la Comunidad, del Ministerio de Justicia y Seguridad, conforme las modalidades y requisitos para el cargo contenidos en el Anexo IF-2015-01391441-MMGC que forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Desígnanse como integrantes titulares del Comité de Selección a los Sres. Martin Diago, DNI N° 23.605.061; Daniel del Sol, DNI Nº 20.601.986 y Daniel Agustín Presti, DNI N° 20.174.124; y como integrantes suplentes a los Sres. Mario Ernesto Troiani, DNI N° 5.511.945; y Marcelo Palavecino, DNI N° 14.617.064.

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 214

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Artículo 3º.- Fíjase el día 10 de febrero de 2015, a partir de las 00:01 hs., como fecha de inicio de las inscripciones electrónicas al presente concurso público abierto de antecedentes y oposición, las que deberán realizarse completando los formularios electrónicos incluidos en el portal web www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos. Los formularios electrónicos estarán activos para realizar la inscripción hasta el día 24 de febrero de 2015, a las 23:59 hs. Artículo 4º.- Publíquese el aviso de llamado al presente Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición, en el portal web (www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 5º.- Una vez finalizado el concurso, encomiéndase a la Dirección General Planeamiento de Carreras la instrumentación de las acciones necesarias para proceder a la publicación de la terna final y a la notificación fehaciente de cada uno de los postulantes. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de dos (2) días y comuníquese a la Sindicatura General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS). Oportunamente pase a las Direcciones Generales Planeamiento de Carreras y Técnica, Administrativa y Legal dependientes del Ministerio de Modernización, a la Dirección General Políticas de Prevención del Delito, de la Subsecretaría Prevención del Delito y Relación con la Comunidad, del Ministerio de Justicia y Seguridad, a la Dirección General de Administración y

Liquidación de Haberes del Ministerio de Modernización en prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Ibarra

Andrés H. Ibarra

Ministro CA 28 Inicia: 28-1-2015 Vence: 28-1-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 215

ANEXO

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Licitaciones Ministerio de Hacienda

MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRACIONES Preadjudicación - Expediente Electrónico Nº 151.718/15 Licitación Pública Nº 623-0007-LPU15. Expediente Electrónico Nº 151.718/15. Rubro: Convenio Marco de Compras para la Adquisición de Elementos de Blanquería con destino a las áreas dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Observaciones: Reunida la Comisión de Evaluación de Ofertas de la Licitación de referencia, designada a tal fin mediante Disposición Nº 13/DGCyC/15, con la presencia de la Dra. María Victoria Charalambous, el Sr. Pablo Converso y la Srta. Ángela Ciorciari a fin de proceder con la evaluación de la presentación efectuada por las empresas: Roberto Oscar Schvarz, Alberto Jacinto Kanoore Edul, Alberto y Vicente S.R.L., Mariano Alcantara, y Artful S.A. A tal efecto, habiendo efectuado el pertinente análisis de los aspectos formales, legales, económicos, forma de cotización, esta Comisión de Evaluación de Ofertas aconseja: No se considera: Alberto y Vicente S.R.L. (Of. 3): Renglón 1 (Opción alternativa) por no ajustarse a las especificaciones técnicas solicitadas en el Pliego de Bases y Condiciones, Renglones 2 y 5 (Opciones alternativas) por no presentar muestras acorde lo solicitado en la Cláusula N° 17 del pliego de cláusulas particulares, Renglón 6 alternativa 2 por no ajustarse a las especificaciones técnicas solicitadas en el pliego de bases y condiciones, Renglón 7 (Opción básica) por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Renglón Nro. 7 (Opción Alternativa) por no ajustarse a las especificaciones técnicas solicitadas en el Pliego de Bases y Condiciones. Mariano Alcantara (Of. 4): Renglón 2 por considerar el precio cotizado no conveniente a los intereses del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Se aconseja adjudicar a favor de: Roberto Oscar Schvarz (Of. 1): Renglones 2/4 y 6 en la suma total de hasta pesos seiscientos ochenta y nueve mil doscientos ($ 689.200,00). Alberto Jacinto Kanoore Edul (Of. 2): Renglones 1/7 en la suma total de hasta pesos quinientos cuarenta y cinco mil setenta y cinco ($ 545.075,00). Alberto y Vicente S.R.L. (Of. 3): Renglones 1/2 (Opciones básicas), 3/4 y 5/6 (Opciones básica) en la suma total de hasta pesos quinientos setenta y ocho mil ochocientos veinte ($ 578.820,00). Artful S.A. (Of. 5): Renglones 1/7 en la suma total de hasta pesos quinientos noventa y tres mil ciento dos ($ 593.102,00). La adjudicación aconsejada lo ha sido por ofertas más convenientes en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 108 de la Ley N° 2.095 modificada por la Ley 4.764 y el Decreto N° 95/14, en concordancia con el artículo 28 de la Resolución Nº 1.160/MHGC/11.

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 216

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María V. Rodríguez Quintana Directora General

OL 287 Inicia: 28-1-2015 Vence: 28-1-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 217

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL NEUROPSIQUIÁTRICO “DR. BRAULIO MOYANO” Adquisición de Autoanalizadores, Ion Selectivo - Expediente Electrónico BAC Nº 836.039/15 Llámase a Licitación Pública Nº 422-0038-LPU15, cuya apertura se realizará el día 5/2/15, a las 10 hs., para la adquisición de Autoanalizadores, Ion Selectivo para Laboratorio de Análisis Clínicos”. Autorizante: Disposición N° 4/HNBM/15. Repartición destinataria: Hospital N. B. Moyano. Valor del pliego: $ 0.00. Consulta de pliego: en la web: www.buenosairescompras.gov.ar. Lugar de apertura: en Departamento de Compras y Contrataciones, sito en Brandsen 2570, Capital Federal, 1° piso.

Norma Derito Directora Médica

Luisa Gavechesky Gerente Operativo

OL 288 Inicia: 28-1-2015 Vence: 28-1-2015

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. COSME ARGERICH” Preadjudicación - Expediente N° 15.909.805/14 Licitación Pública N° 412-0892-LPU14. Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 28 de enero de 2.015. Clase: etapa única Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: Provisión de Insumos (Agar lisina hierro, etc.) con destino a Laboratorio. Firmas preadjudicadas: Lab. Britania S.A. Renglón: 1 - 3 u - precio unitario: $ 1.510,00 - total renglón: $ 4.530,00. Renglón: 2 - 1 u - precio unitario: $ 1.100,00 - total renglón: $ 1.100,00. Renglón: 3 - 1 u - precio unitario: $ 544,00 - total renglón: $ 544,00. Renglón: 4 - 4 u - precio unitario: $ 435 - total renglón: $ 1.740,00. Renglón: 6 - 3 u - precio unitario: $ 825,00 - total renglón: $ 2.475,00. Renglón: 7 - 3 u - precio unitario: $ 955,00 - total renglón: $ 2.865,00. Renglón: 8 - 3 u - precio unitario: $ 1.040,00 - total renglón: $ 3.120,00. Renglón: 9 - 4 u - precio unitario: $ 441,00 - total renglón: $ 1.764,00. Renglón: 10 - 1 u - precio unitario: $ 1.010,00 - total renglón: $ 1.010,00. Renglón: 11 - 3 u - precio unitario: $ 701,00 - total renglón: $ 2.103,00. Renglón: 12 - 2 u - precio unitario: $ 343,00 - total renglón: $ 686,00. Renglón: 13 - 3 u - precio unitario: $ 855,00 - total renglón: $ 2.565,00. Renglón: 14 - 1 u - precio unitario: $ 760,00 - total renglón: $ 760,00. Renglón: 15 - 1 u - precio unitario: $ 864,00 - total renglón: $ 864,00. Renglón: 16 - 1 u - precio unitario: $ 575,00 - total renglón: $ 575,00. Renglón: 17 - 1 u - precio unitario: $ 315,00 - total renglón: $ 315,00. Renglón: 18 - 2 u - precio unitario: $ 805,00 - total renglón: $ 1.610,00. Renglón: 19 - 1 u - precio unitario: $ 580,00 - total renglón: $ 580,00. Renglón: 20 - 1 u - precio unitario: $ 650,00 - total renglón: $ 650,00. Renglón: 21 - 2 u - precio unitario: $ 740,00 - total renglón: $ 1.480,00. Renglón: 23 - 2 u - precio unitario: $ 2.175,00 - total renglón: $ 4.350,00. Renglón: 35 - 200 u - precio unitario: $ 255,00 - total renglón: $ 51.000,00. Renglón: 39 - 1 u - precio unitario: $ 65,00 - total renglón: $ 65,00. Renglón: 41 - 8 u - precio unitario: $ 1.410,00 - total renglón: $ 11.280,00. Renglón: 42 - 8 u - precio unitario: $ 1.410,00 - total renglón: $ 10.140,00. Renglón: 55 - 8 u - precio unitario: $ 1.410,00 - total renglón: $ 11.280,00. Renglón: 59 - 25000 u - precio unitario: $ 2,78 - total renglón: $ 69.500,00. Química Erovne S.A. Renglón: 28 - 10.000 u - precio unitario: $ 11,99 - total renglón: $ 119.900,00. Renglón: 29 - 20.000 u - precio unitario: $ 11,99 - total renglón: $ 239.800,00. Renglón: 31 - 400 u - precio unitario: $ 39,00 - total renglón: $ 15.600,00. Renglón: 32 - 6 u - precio unitario: $ 198,00 - total renglón: $ 1.188,00. Renglón: 33 - 8.000 u - precio unitario: $ 21,50 - total renglón: $ 172.000,00.

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Renglón: 34 - 2.500,00 u - precio unitario: $ 45,00 - total renglón: $ 112.500,00. Renglón: 49 - 6 - CJS - Precio Unitario $ 1.690,00 - total renglón: $ 10.140,00. Renglón: 51 - 4 - u - precio unitario: $ 4.280,00 - total renglón: $ 17.120,00. Renglón: 52 - 2 - u - precio unitario: $ 3.452,00 - total renglón: $ 6.904,00. Renglón: 53 - 4 - u - precio unitario: $ 6.140,00 - total renglón: $ 24.560,00. Renglón: 54 - 3 - u - precio unitario: $ 5.310,00 - total renglón: $ 15.930,00. Alfredo Alberto, Gutiérrez Renglón: 30 - 20.000 u - precio unitario: $ 12,00 - total renglón: $ 24.000,00. Medisistem S.R.L. Renglón: 57 - 18.000 u - precio unitario: $ 2,95 - total renglón: $ 53.100,00. Renglón: 62 - 100 u - precio unitario: $ 4,70 - total renglón: $ 470,00. Renglón: 63 - 12.000 u - precio unitario: $ 2,12 - total renglón: $ 25.440,00. Renglón: 64 - 350 u - precio unitario: $ 12,55 - total renglón: $ 4.392,50. Renglón: 65 - 250 u - precio unitario: $ 9,72 - total renglón: $ 2.430,00. Poggi, Raúl Jorge León Renglón: 58 - 100 u - precio unitario: $ 43,00 - total renglón: $ 4.300,00. Renglón: 60 - 10 u - precio unitario: $ 329,00 - total renglón: $ 3.290,00. Eglis S.A. Renglón: 66 - 1.500 u - precio unitario: $ 0,85 - total renglón: $ 1.275,00. Total preadjudicado: pesos un millón doscientos sesenta mil cuatrocientos treinta con cincuenta centavos ($ 1.260.430,50). Renglones desiertos: 5, 24, 25, 27, 36, 37, 40, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 50, 56 y 61. Fundamento de la preadjudicación: Dra. Marta Ferraris - Lic. Lilia Vazquez - Dr. Shigeru Kozima - Dra. Nydia Silva Vencimiento validez de oferta: 10/3/15. Lugar de exhibición del acta: Hospital General de Agudos “Dr. Cosme Argerich”, División Compras y Contrataciones, Av. Almirante Brown 240, planta baja, por 1 día a partir del 28/1/15.

Néstor Hernández Director

Leonardo Rodríguez Mormandi

Gerente Operativo

OL 284 Inicia: 28-1-2015 Vence: 28-1-2015

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA OPERATIVA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Adquisición de Mochilas Técnicas - Expediente Electrónico Nº 1.037.929/MGEYA-DGAR/15 Llámase a Licitación Pública Nº 1/15, cuya apertura se realizará 5 de febrero de 2015 a las 11 hs., para la adquisición de Mochilas Técnicas destinadas a distintas Escuelas Técnicas ubicadas en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Repartición destinataria: Establecimientos escolares. Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliegos: Se consultará a través de la página web del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y/o en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, Departamento de Compras del Ministerio de Educación, sito en la Av. Paseo Colón 255, 2º piso frente. Lugar de apertura: Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, Departamento de Compras del Ministerio de Educación, sito en la Av. Paseo Colón 255, 2º piso frente. Acto Administrativo: Resolución Nº 15/SSGEFYAR/15.

Graciela M. Testa Gerente Operativa

OL 289 Inicia: 28-1-2015 Vence: 29-1-2015

MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA OPERATIVA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Contratación de un servicio para cubrir las necesidades de artículos de limpieza - Expediente Electrónico Nº 13.634.248/MGEYA-DGAR/14 Llamar a Licitación Pública Nº 550-0026-LPU15 para el día 5 de febrero de 2015 a las 15 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 31 de la Ley N° 2.095, promulgada por Decreto N° 1.772/GCABA/06, para la contratación de un servicio para cubrir las necesidades de artículos de limpieza, así como su logística y distribución para 1587 (mil quinientos ochenta y siete) establecimientos educativos dependientes de este Ministerio y 12 (doce) edificio centrales del Ministerio, por un plazo de 10 (diez) meses. Repartición destinataria: Diferentes establecimientos. Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliegos: Se consultará a través del portal Buenos Aires Compras (www.buenosairescompras.gob.ar). Lugar de apertura: Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones - Departamento de Compras del Ministerio de Educación, sito en la Av. Paseo Colón 255, 2º piso frente.

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Acto Administrativo: Resolución N° 16/SSGEFYAR/15.

Graciela M. Testa Gerente Operativa

OL 283 Inicia: 28-1-2015 Vence: 29-1-2015

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de accesibilidad y baño para discapacitados - Expediente N° 517.435/14 Licitación Privada Nº 2/SIGAF/15 (N° 3/14). Expediente N° 517.435/14. Objeto del llamado: Trabajos de Accesibilidad y baño para discapacitados en la Escuela Nº 18, D.E. N° 14 sita en Federico Lacroze 3839 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante: Disposición Nº 63/DGPYCG/15. Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: Gratuito. Presupuesto oficial: $ 103.016 (pesos ciento tres mil dieciséis). Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 2 de febrero de 2015, a las 11.30 hs. Fecha/hora de visita a obra: Los interesados deberán combinar con la coordinadora del área de accesibilidad de la DGIES la visita de obra de las escuelas llamando al 4304-9256 o enviando un mail a [email protected] Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 60 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

Gonzalo L. Riobó Director General

OL 282 Inicia: 28-1-2015 Vence: 28-1-2015

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de Obra Civil para la Instalación de Módulos en Casa Amarrilla - Expediente N° 17.095.136/14 Licitación Pública Nº 6/SIGAF/14 (N° 33/14). Expediente N° 17.095.136/14.

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Autorizante: Disposición N° 47/DGPYCG/15. Objeto del llamado: Trabajos de Obra Civil para la Instalación de Módulos en Casa Amarrilla, sita en Martin Rodríguez, Juan Manuel Blanes y Wenceslao Villafañe S/N, de la Cuidad de Buenos Aires. Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: gratuito. Presupuesto oficial: $ 5.328.668,90 (pesos cinco millones trescientos veintiocho mil seiscientos sesenta y ocho con noventa centavos). Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones, Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha/hora de apertura: Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. 4 de Febrero de 2015, a las 13 hs. Fecha/hora de visita a obra: 30 de enero de 2015 a las 15.30 hs. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires. Plazo de mantenimiento de oferta: 30 días hábiles, prorrogados automáticamente por 30 días hábiles, excepto que el oferente comunique la caducidad de la Oferta. Plazo de ejecución de las obras: 240 días corridos, computados a partir de la fecha del Acta de Inicio.

María Molina Iturrioz Director General

OL 196 Inicia: 23-1-2015 Vence: 29-1-2015

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Preadjudicación - Expediente N° 14.423.233/14 Contratación Directa N° 14.334/SIGAF/14 (N° 13/14). Acta de Preadjudicación de Ofertas Nº 3 de fecha 26 de enero de 2015. En la Ciudad de Buenos Aires a los 27 días del mes de enero de 2015, se reúnen los integrantes de la Comisión de Preadjudicaciones, creada por la Resolución Nº 231/SSGEFyAR/14, con el objeto de realizar la preadjudicación de la Contratación Directa Nº 14334/SIGAF/14, que tramita por Expediente Nº 14.423.233/2014, autorizada por Providencia Nº 14604058/DGAR/14, para el edificio del Jardín de Infantes S/Nº D.E. Nº 5 (Comuna 4), sita en Manuel García 370, de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo con lo establecido por la Ley de Obras Públicas Nº 13.064. Que corresponde la intervención de esta Comisión, en razón de la normativa precedentemente citada. Que se presentaron tres (3) ofertas correspondientes a los siguientes oferentes: Aparo Pablo Gustavo, Kopar S.A y Cis S.A. Que en función del informe técnico legal y contable que corresponde al análisis de la oferta se recomienda:

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1. Declarar admisibles las ofertas presentadas por las empresas: Aparo Pablo Gustavo, Kopar S.A y Cis S.A. 2. Preadjudicar al oferente Aparo Pablo Gustavo, por la suma de pesos un millón ciento ochenta y nueve mil ciento cuarenta y seis con nueve centavos ($ 1.189.146.09), para la ejecución de los trabajos de Obra Nueva Primera Etapa en el edificio del Jardín de Infantes S/Nº D.E. Nº 5 (Comuna 4), sita en Manuel García 370, de la Ciudad de Buenos Aires, en razón de ser la oferta más conveniente entre las admisibles, la cual supera en un 18,96% el presupuesto oficial, siendo el mismo de pesos novecientos noventa y nueve mil seiscientos dieciséis con cincuenta y ocho centavos ($ 999.616,58). Miembros de la Comisión de Preadjudicación según Resolución N° 231/SSGEFyAR/14 Graciela Testa - Martina Ruiz S. - José P. Di Iorio - Ignacio Curti Lugar de exhibición del acta: En Licitaciones dependiente de la Dirección Operativa de Compras y Contrataciones sita en Paso Colón 255, 2° piso (frente) a partir del 28/1/15 al 28/1/15

Gonzalo L. Riobó Director General

OL 285 Inicia: 28-1-2015 Vence: 28-1-2015

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Ministerio de Desarrollo Urbano

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra “Red de captación Pluvial V - Ramal Austria” - Expediente N° 164.425.504/DGINFU/14 Llámese a Licitación Pública Nº 1888/2014, Obra “Red de captación Pluvial V - Ramal Austria”. Resolución Llamado N° 2/MDUGC/15. Valor del pliego: Gratuito. Consulta y descarga de pliegos: En el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev. php Presentación de ofertas y fecha de apertura: Hasta las 13 hs., del día 5 de febrero de 2015 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano.

Fernando Codino Director General

OL 78 Inicia: 8-1-2015 Vence: 8-1-2015

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Ministerio de Desarrollo Urbano

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Prórroga - Expediente N° 13.723.076/14 Licitación Pública N° 1816/14 Postérgase para el día 30 de enero de 2015 a las 15 hs. la apertura de las ofertas de la Licitación Pública N° 1816/14, que tramita la Obra “Obra Civil Oficinas Palacio Lezama”.

Fernando Codino Director General

OL 270 Inicia: 27-1-2015 Vence: 29-1-2015

MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Prórroga - Expediente N° 15.282.589/14 Postérgase para el día 18 de febrero de 2015 a las 13 hs. la apertura de las ofertas de la Licitación Pública N° 1876/14, que tramita la Obra “Viviendas Villa Olímpica - Licitación 1 - UG1 - P9 y UG7 P3 - P4”.

Fernando Codino Director General

OL 207 Inicia: 22-1-2015 Vence: 28-1-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 227

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Ministerio de Cultura

MINISTERIO DE CULTURA F/N DIRECCIÓN GENERAL FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Servicio de traducción y subtitulado electrónico para BAFICI – Expediente Electrónico Nº 1.431.278/15 Licitación Pública Nº 507-0060-LPU15. Objeto: Contratación del servicio de traducción y subtitulado electrónico para BAFICI. Rubro comercial: Servicios. Autorizante: Disposición Nº 52/DGFYEC/15. Repartición destinataria: F/N Dirección General Festivales y Eventos Centrales. Valor del pliego: sin valor económico. Adquisición y consultas de pliegos: Los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) www.buenos airescompras.gob.ar. Fecha y lugar de apertura: 10 de febrero de 2015 a las 14 hs. a través de Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar

Viviana Cantoni Directora General

OL 279 Inicia: 28-1-2015 Vence: 29-1-2015

MINISTERIO DE CULTURA F/N DIRECCIÓN GENERAL FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Servicio de tránsito internacional y despacho de aduana para BAFICI - Expediente Electrónico Nº 1.697.260/15 Licitación Pública Nº 507-0069-LPU15. Objeto: Contratación del servicio de tránsito internacional y despacho de aduana para BAFICI. Rubro comercial: Servicios. Autorizante: Disposición Nº 53/DGFYEC/15. Repartición destinataria: F/N Dirección General Festivales y Eventos Centrales. Valor del pliego: sin valor económico. Adquisición y consultas de pliegos: Los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) www.buenos airescompras.gob.ar. Fecha y lugar de apertura: 11 de febrero de 2015 a las 14 hs. a través de Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar.

Viviana Cantoni Directora General

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OL 280 Inicia: 28-1-2015 Vence: 29-1-2015

MINISTERIO DE CULTURA ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN Fracaso - Expediente N° 18.324.696/DGTALEATC/14 Licitación Pública Nº 1873/14. Título: Maderas Varias. Firmantes: Jorge Negri, Marcela Alejandra Sosa, Ana Lucía Guerín La contratación se ha declarado fracasada. Lugar de consulta del Acta: Oficina de la Unidad Operativa de Adquisiciones sita en Cerrito 624, C.A.B.A., de lunes a viernes en el horario de 11 a 16 hs.

ANEXO

Marcos Padilla Director General, Técnico, Administrativo y Legal

Ariel Castillo

Subgerente Operativo

OL 286 Inicia: 28-1-2015 Vence: 28-1-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 229

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Ministerio de Desarrollo Económico

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES Servicio de organización de evento “La Ciudad de Moda 2015 – Primera Edición” Expediente Electrónico N° 1.405.186/DGTALMDE/15. Llámase a Licitación Pública N° 650-0058-LPU15, para el día 4 de febrero de 2015, a las 14 horas para el servicio de organización de evento “La Ciudad de Moda 2015 – Primera Edición”, solicitado por la Dirección General de Industrias Creativas, dependiente de la Subsecretaría de Economía Creativa, conforme el régimen establecido por la Ley de Compras y Contrataciones N° 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764 y su Decreto Reglamentario. Norma autorizante: Disposición N° 12/DGTALMDE/2015 Valor del Pliego: Sin valor Consultas y/o Retiro de Pliegos: Los Pliegos de Bases y Condiciones pueden ser consultados en la página de Buenos Aires Compras (BAC). Por cualquier consulta comunicarse de lunes a viernes en el horario de 12 a 19 horas, tel. 4131-5952 Subgerencia Operativa Compras y Contrataciones de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico. Fecha, Hora de Apertura: La apertura se realizará automáticamente en el sistema operativo Buenos Aires Compras (BAC) se llevará a cabo el día 4 de febrero de 2015 a las 14 horas.

Juan Martín Barrailh Ortiz Director General

OL 292 Inicia: 28-1-2015 Vence: 29-1-2015

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Ministerio de Desarrollo Económico

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE CONCESIONES Concesión de obra pública para la construcción y explotación de playa de estacionamiento subterránea vecinal - Expediente Electrónico Nº 12.767.343/MGEYA/DGCONC/14 Licitación Pública para la Concesión de Obra Pública para la Construcción y Explotación de una Playa de Estacionamiento Subterránea Vecinal ubicada entre las calles Conde, Concepción Arenal, Gral. Enrique Martínez y Av. Dorrego, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.” Valor de los pliegos: pesos cinco mil ($ 5.000). Consulta de los pliegos: En la Dirección General de Concesiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sita en Av. de Mayo Nº 575, piso 4º, oficina 408, de lunes a viernes hábiles en horario de 12.30 a 15 horas, y en internet en: www.buenosaires.gov.ar-area Ministerio de Desarrollo Económico. Adquisición de los pliegos: Dirección General de Concesiones, sita en Av. de Mayo 575, piso 4º, oficina 408, Ciudad de Buenos Aires, de lunes a Viernes hábiles, de 12.30 a 14.30 horas, Tel/Fax 4323-9502/9510, desde el día 28 de enero hasta 19 de febrero 2015. Presentación de ofertas: Desde las 10 horas del día 28 de enero de 2015 hasta las 11.30 horas del día 12 de marzo de 2015, en la Dirección General de Concesiones. Fecha de apertura: El día 12 de marzo de 2015, a las 14.30 horas, en el “Microcine” del Palacio de Gobierno, sito en Av. de Mayo 525, P.B., Ciudad de Buenos Aires.

Gabriel Astarloa Director General

OL 281 Inicia: 28-1-2015 Vence: 29-1-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 231

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO Proyecto Integral para el diseño, construcción, operación y mantenimiento de una Planta de Tratamiento Mecánico Biológico (TMB o MBT) de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) en la Zona Norte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) - Expediente Electrónico Nº 16439788-DGTNT/14 Llámase, en un todo de acuerdo a la Resolución N° 128/MAYEPGC/15, a Concurso Público Nacional e Internacional N° 2-SIGAF/2015 para el día 18 de marzo de 2015, a las 12:00 horas, al amparo de lo establecido en los artículos 31°, 32 y 37°, de la Ley Nº 2095, su modificatoria la Ley N° 4764 y su Decreto Reglamentario Nº 95/14, para la realización de un “Proyecto Integral para el diseño, construcción, operación y mantenimiento de una Planta de Tratamiento Mecánico Biológico (TMB o MBT) de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) en la Zona Norte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)”. Consulta y Adquisición de Pliego: Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones sita en Av. Roque Sáenz Peña Nº 570, Piso 5° - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Horario de 10 a 15 horas, hasta CINCO (5) días hábiles antes de la fecha prevista para la celebración del Acto de Apertura de Ofertas. Valor del Pliego: $ 200.000.- (Pesos Doscientos Mil).- Lugar de presentación de las ofertas y Apertura: Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones sita en Av. Roque Sáenz Peña Nº 570, Piso 5° - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Edgardo D. Cenzón Ministro

OL 290 Inicia: 28-1-2015 Vence: 30-1-2015

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO Diseño, construcción, montaje, puesta en marcha, operación y mantenimiento de una Planta de Tratamiento Mecánico Biológico (TMB o MBT) de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)- Expediente Electrónico N° 16.435.289-DGTNT/14

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Llámase, en un todo de acuerdo a la Resolución N° 127/MAYEPGC/15, a Licitación Pública Nacional e Internacional N° 49-SIGAF/2015 para el día 19 de marzo de 2015, a las 12:00 horas, de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 40/15 y la documentación que se aprueba mediante el artículo 1° de la referida Resolución, para la contratación de un “Diseño, construcción, montaje, puesta en marcha, operación y mantenimiento de una Planta de Tratamiento Mecánico Biológico (TMB o MBT) de Residuos Sólidos Urbanos (RSU) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA)”. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires está tramitando con el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) un préstamo para financiar parcialmente el costo del Proyecto. Consulta de los Pliegos: Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones sita en Av. Roque Sáenz Peña N° 570, Piso 5° - Ciudad Autónoma de Buenos Aires-, en el horario de 10 a 15 horas, en el Sitio Web Oficial de la Ciudad, www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras y en el sitio Web de las Naciones Unidas denominado UN Development Business.- Adquisición de los Pliegos: Los Pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su adquisición en la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones sita en Av. Roque Sáenz Peña N° 570, Piso 5° - Ciudad Autónoma de Buenos Aires-, en el horario de 10 a 15 horas hasta quince (15) días hábiles antes de la fecha prevista para el Acto de Apertura según lo establecido en el artículo 8 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares licitatorio.- Valor del Pliego: $ 200.000.- (PESOS DOSCIENTOS MIL).- Lugar de presentación de las Ofertas: Las ofertas deberán ser presentadas en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones sita en Av. Roque Sáenz Peña N° 570, Piso 5° - Ciudad Autónoma de Buenos Aires-, hasta el día 19 de Marzo de 2015 a las 12:00 horas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.- Lugar de Apertura de Ofertas: Las ofertas serán abiertas en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones sita en Av. Roque Sáenz Peña N° 570, Piso 5° - Ciudad Autónoma de Buenos Aires-, el día 19 de Marzo de 2015 a las 12:00 horas.

Edgardo D. Cenzón Ministro

OL 291 Inicia: 28-1-2015 Vence: 19-2-2015

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Banco Ciudad De Buenos Aires

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Contratación de estudio para realizar las tramitaciones y dirección de obra de nueva Sucursal - Carpeta de Compra N° 21.739 Llámese a licitación pública (Carpeta de Compra N° 21.739) con referencia a la “Contratación de un estudio para realizar las tramitaciones y dirección de obra de la nueva Sucursal del Banco, sita en la Av. Santa Fe 1235/37, Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe”, con fecha de Apertura el día 20/2/15 a las 13 horas. Valor del pliego: $ 0,00 (pesos sin cargo). Consulta y descarga de pliegos: Página web del Banco Ciudad de Buenos Aires,www.bancociudad.com.ar / licitaciones. Fecha tope de consultas: 12/2/15.

Leandro D. Biondo Jefe de Equipo

Equipo Remodelaciones y Adecuaciones Edilicias BC 21 Inicia: 27-1-2015 Vence: 29-1-2015

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Servicio de Consultoría y Mesa de Ayuda en la Materia de Liquidación de Haberes y SIRADIG - Carpeta de Compras N° 21.743 Llámase a licitación pública (Carpeta de Compras N° 21.743) que tramita la carpeta de compra mencionada, cuya apertura se realizará el día 19/2/15 a las 11 hs. Objeto de la contratación: “Servicio de Consultoría y Mesa de Ayuda en la Materia de Liquidación de Haberes y SIRADIG del Banco”. Valor del pliego de condiciones: $ 0,00 (cero y 00 / 100). Adquisición y consulta de pliegos: el pliego de bases y condiciones particulares podrá ser consultado u obtenido desde la página web del Banco www.bancociudad.com.ar en el link Licitaciones a partir del día 26/1/15. Fecha tope de consultas: 11/2/15. Lugar de apertura: Sala 1 - Sala Principal, 7º piso, Sarmiento 611, Capital Federal.

Nicolás Pepe Gerente de Compras

BC 18 Inicia: 27-1-2015 Vence: 29-1-2015

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BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Adquisición y Renovación de Licencias Websense Gateway - Carpeta de Compras N° 21.749 Llámase a Licitación Pública que tramita la carpeta de compra mencionada, cuya apertura se realizará el día 13/2/15 a las 11 hs. Objeto de la contratación: “adquisición y renovación de licencias websense gateway” (C.C. Nº 21.749). Valor del pliego de condiciones: $ 0,00 (cero y 00/100). Adquisición y consulta de pliegos: el pliego de bases y condiciones particulares podrá ser consultado u obtenido desde la página web del Banco www.bancociudad.com.ar en el link Licitaciones a partir del día 26/1/15. Fecha tope de consultas: 9/2/15. Lugar de apertura: Sala 1 - Sala Principal, 7º piso, Sarmiento 611, Capital Federal.

Nicolás Pepe Gerente de Compras

BC 19 Inicia: 26-1-2015 Vence: 28-1-2015

BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Postergación - Carpeta de Compras N° 21.644 Se comunica a los Sres. Oferentes que la fecha de apertura de licitación pública de referencia (Carpeta de Compras N° 21.644), prevista para el día 30/1/15 a las 12 hs., ha sido postergada para el día 9/2/15 a las 12 hs. Objeto de la contratación: “Contratación de Servicios para Migración de Exchange Server 2007 a la versión 2010 con Servicio de Mantenimiento On Site por 12 meses”. Los respectivos pliegos de condiciones se encuentran a disposición de los interesados, en la página web del Banco (www.bancociudad.com.ar / licitaciones). Lugar de apertura de ofertas: Gerencia de Compras, sita en Florida 302, 7° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecha límite de consultas: 3/2/15.

Diego Arduini Jefe de Equipo Sistemas y Tecnología

Mario Selva

Coordinador de Compras

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BC 21 Inicia: 28-1-2015 Vence: 28-1-2015

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Ministerio de Planificación Federal

Inversión Pública y Servicios

MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Rescate y puesta en valor del monumento Histórico Nacional Iglesia de San Pedro Telmo - Expediente Nº S01: 74.942/13 Licitación Pública Nacional Nº 1/2015 OP. Ejercicio: 2015/2016. Expediente Nº S01:0074942/13. Objeto de la contratación: “Rescate y puesta en valor del monumento Histórico Nacional Iglesia de San Pedro Telmo”, sito en la calle Humberto 1° N° 340 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Clase: de etapa única. Modalidad: ajuste alzado. Presupuesto oficial: Para la obra de referencia a licitar, se ha previsto un Presupuesto oficial - Precio Tope: de cincuenta y cinco millones de pesos ($ 55.000.000). Plazo de obra: veinte (20) meses. Valor del pliego: veinte mil ($ 20.000). Garantía de oferta: quinientos cincuenta mil pesos ($ 550.000). Retiro de pliego: hasta el 4 de marzo de 2015. Lugar/dirección: Unidad Operativa de Compras sita en la calle Hipólito Yrigoyen 250, piso 11, Oficina 1141, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes de 10 a 13 horas. Visita a las instalaciones: Coordinar con la Dirección Nacional de Arquitectura sita en la calle Esmeralda 255, piso 3º, Oficina 301 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tel. (011) 5071-9964/9641, de lunes a viernes de 10 a 14 horas. Consulta al pliego, lugar/dirección: Unidad Operativa de Compras sita en la calle Hipólito Yrigoyen 250, piso 11, Oficina 1141, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Plazo y horario: hasta el día 24 de febrero de 2015 de 10 a 16 horas. Los pliegos de bases y condiciones de esta Licitación podrán ser consultados con el fin de presentarse a cotizar, en la dirección antes citada o ingresando en el sitio web de la Secretaría de Obras Públicas, www.obraspublicas.gov.ar Presentación de ofertas, lugar/dirección: Salón Negro - Hipólito Yrigoyen 250, piso 9º, Oficina 930, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Día y hora: 10 de marzo de 2015 de 9.30 a 11 horas. Acto de apertura, lugar/dirección: Salón Negro - Hipólito Yrigoyen 250, piso 9º - Oficina 930 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Día y hora: 10 de Marzo de 2015 a las 12 horas.

Luis Vitulio Director General

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OL 224 Inicia: 26-1-2015 Vence: 13-2-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 238

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Edictos Oficiales Ministerio de Justicia y Seguridad

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS Notificación - Resolución N° 289/SSEMERG/14 El Sr. Subsecretario de Emergencias, hace saber que mediante la Resolución Nº 289-SSEMERG/14, el administrado que se detalla a continuación: Gutierrez Gustavo Fabian DNI 25.370.660, se le ha denegado la solicitud de subsidio por inundación DNU 1/13. Asimismo, se le informa que conforme los términos del Art. 60, del Decreto Nº 1510/1997, el interesado podrá interponer recurso de Reconsideración y/o Jerárquico, atento lo dispuesto por los Arts. 103 y 109 del citado decreto, dentro de los 10 y 15 días, respectivamente, de notificado. El acto administrativo que se notifica NO agota la instancia administrativa. Queda usted debidamente notificado.

Néstor Nicolás Subsecretario

EO 103 Inicia: 27-1-2015 Vence: 29-1-2015

MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS Notificación - Resolución N° 292/SSEMERG/14 El Sr. Subsecretario de Emergencias, hace saber que mediante la Resolución Nº 292-SSEMERG/14, a la administrada que se detalla a continuación: Fernandez Segovia Bibiana DNI 94.784.219, se le ha denegado la solicitud de subsidio por inundación DNU 1/13. Asimismo, se le informa que conforme los términos del Art. 60, del Decreto Nº 1510/1997, la interesada podrá interponer recurso de Reconsideración y/o Jerárquico, atento lo dispuesto por los Arts. 103 y 109 del citado decreto, dentro de los 10 y 15 días, respectivamente, de notificado. El acto administrativo que se notifica NO agota la instancia administrativa. Queda usted debidamente notificada.

Néstor Nicolás Subsecretario

EO 102 Inicia: 27-1-2015 Vence: 29-1-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 239

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MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS Notificación - Resolución N° 700/SSEMERG/14 El Sr. Subsecretario de Emergencias, hace saber que mediante la Resolución Nº 700-SSEMERG/14, a la administrada que se detalla a continuación: Blanco Paola Noemi DNI 33.781.528, se le ha denegado la solicitud de subsidio por inundación DNU 1/13. Asimismo, se le informa que conforme los términos del Art. 60, del Decreto Nº 1510/1997, la interesada podrá interponer recurso de Reconsideración y/o Jerárquico, atento lo dispuesto por los Arts. 103 y 109 del citado decreto, dentro de los 10 y 15 días, respectivamente, de notificado. El acto administrativo que se notifica NO agota la instancia administrativa. Queda usted debidamente notificada.

Néstor Nicolás Subsecretario

EO 104 Inicia: 27-1-2015 Vence: 29-1-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 240

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS “PEDRO DE ELIZALDE” Notificación - Expediente Nº 16.924.815-MGEYA-HGNPE/14 Se informa a Ud., Dra. Calabrese, Adriana Marcela Ficha Nº 397.204 C.U.I.L. 23-17152870-4, que deberá comparecer dentro de los tres días hábiles de recibida la presente, ante el Departamento Recursos Humanos de este Hospital, de lunes a viernes en el horario de 08 a 15 hs., a fin de regularizar su situación administrativa con respecto a las inasistencias incurridas sin justificar, a partir del 21-05-2.014. Caso contrario se encontraría en los alcances previstos en el artículo 48 inc. b) de la Ley Nº 471/00 (Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), causal de cesantía. Queda ud. notificada

Ángel J. Bonina Subdirector Médico

EO 99 Inicia: 27-1-2015 Vence: 29-1-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 241

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Ministerio de Salud

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL “BERNARDINO RIVADAVIA “ Notificación - Expediente Nº 1300419/09 El Director del Hospital Bernardino Rivadavia, notifica al agente Alejandro Elpidio Lerda F. C. Nº 393.969, que mediante Expediente Nº 1300419/09 e inc. que tramita su Cesantía, la Sra. Ministra de Salud resuelve Sancionarlo con Cesantía mediante Resolución Nº 1983-MSGC-2014, por haber insistido injustificadamente el 12/07/2008 y a partir del 02/08/2008 hasta la fecha, en su carácter de Médico de Guardia de los días Sábados, en violación a lo dispuesto a los artículos 10 inc. a) de la Ley Nº 471 en función de lo estipulado en el Art. 48 inc. a) del mismo cuerpo legal. Asimismo se lo notifica que de conformidad con lo establecido en el Art. 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510-GCBA-97 (BOCBA Nº 310), dejando constancia que el presente acto administrativo puede ser reconsideración contra todo acto administrativo definitivo o que impida totalmente la tramitación del reclamo o pretensión del administrado y contra los interlocutorios o de mero tramite, que lesionen un derecho subjetivo o un interés legítimo. Deberá interponerse dentro de los (10) días de notificado el acto ante el mismo órgano de lo dictó, el cual será competente para resolver lo que corresponda conforme a lo dispuesto por el artículo 101. Art. 108 Recurso Jerárquico: El recurso jerárquico procederá contra todo acto administrativo definitivo o que impida totalmente la tramitación del reclamo o pretensión del administrado. No será necesario haber deducido previamente recurso de reconsideración; si se le hubiere hecho, no será indispensable fundar nuevamente el jerárquico, sin prejuicio de lo que dictó el acto impugnado dentro de los quince (15) días de notificado y ser elevado dentro del término de cinco (5) días y de oficio al Ministerio o funcionario competente del Jefe de Gobierno en cuya jurisdicción actúe el órgano emisor del acto. Los Ministros o Subsecretarios del Jefe de Gobierno resolverán definitivamente el recurso; cuando el acto impugnado emanare de un Ministro o Subsecretario del Jefe de Gobierno, el recurso será resuelto por el órgano ejecutivo agotándose en ambos casos la instancia administrativa.

Eduardo A. Fernandez Rostello Director Médico

EO 100 Inicia: 26-1-2015 Vence: 28-1-2015

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS “PEDRO DE ELIZALDE” Notificación - Expediente Nº 16.901.928-MGEYA-HGNPE/14

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 242

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Se notifica Ud., notificación agente Lavagnino, Julieta Constanza, Ficha Nº 405.324 D.N.I. Nº 28.369.439, atento las inasistencias incurridas a partir del 07 de Octubre de 2.014, se encontraría incursa en causal de cesantía, de acuerdo al artículo 48 Inc a) de la Ley 471 (B.O 1.026). Queda ud. Notificada.

Ángel J. Bonina Subdirector Médico

EO 97 Inicia: 27-1-2015 Vence: 29-1-2015

MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS “PEDRO DE ELIZALDE” Notificación - Expediente Nº 1.288.941-MGEYA-HGNPE/15 Se informa a Ud., agente Cordero, Emilce Betina, Ficha Nº 393.393 C.U.I.L. 27-25530972-8, que deberá comparecer dentro de los tres días hábiles de recibida la presente, ante el Departamento Recursos Humanos de este Hospital, de lunes a viernes en el horario de 08 a 15 hs., a fin de regularizar su situación administrativa con respecto a las inasistencias incurridas sin justificar. Caso contrario se encontraría en los alcances previstos en el artículo 48 inc. b) de la Ley Nº 471/00 (Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), causal de cesantía. Queda ud. notificada

Ángel J. Bonina Subdirector Médico

EO 96 Inicia: 27-1-2015 Vence: 29-1-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 243

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE GERENCIA OPERATIVA DE RECURSOS HUMANOS NO DOCENTES Notificación - Expediente Electrónico Nº 6072470/13 "La Gerencia Operativa de Recursos Humanos No docente, dependiente de la Dirección General de Personal Docente y No Docente del Ministerio de Educación, notifica a la agente Escobar Zulma (auxiliar de portería), DNINº 17832904, que dentro del tercer día hábil deberá comparecer ante la Escuela Nº 28 del Distrito Escolar 04º y formular el descargo por las inasistencias incurridas desde el 09/09/2013, en razón de encontrarse por tal circunstancia en la causal de cesantía prevista en el Art. 48º inc. a) de la Ley 471, tramitada mediante Expediente Electrónico Nº 6072470/2013 Queda UD. notificada.

Nilda M. Meynier Gerente Operativa

EO 98 Inicia: 26-1-2015 Vence: 28-1-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 244

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Ministerio de Educación

MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE GERENCIA OPERATIVA DE RECURSOS HUMANOS NO DOCENTES Notificación - Expediente N° 2760058/12 La Gerencia Operativa de Recursos Humanos No docente, dependiente de la Dirección General de Personal Docente y No Docente del Ministerio de Educación, notifica al agente Vallina Héctor Daniel (auxiliar de portería), DNINº 25.251.659, que dentro del tercer día hábil deberá comparecer ante la Sede del Distrito Escolar 05º y formular el descargo por las inasistencias incurridas desde el 02/11/2012, en razón de encontrarse por tal circunstancia en la causal de cesantía prevista en el Art. 48º inc. a) de la Ley 471, tramitada mediante Expediente Nº 2760058/2012 Queda UD. notificado.

Nilda M. Meynier Gerente Operativa

EO 115 Inicia: 28-1-2015 Vence: 30-1-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 245

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Ministerio de Desarrollo Económico

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 15953909/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. Maria Laura Morelli que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/trabajoBA. El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: • OE Nº 2: Vicente López 2050 • OE Nº 3: Junín 521 • OE Nº 4: Av. Suarez 2032 • OE Nº 5: Carlos Calvo 3307 • OE Nº 6: Patricias Argentinas 277 • OE Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) • OE Nº 9: Directorio 4344 • OE Nº 11: Francisco Beiró 4680 • OE Nº 12: Miller 2751 • OE Nº 13: Cabildo 3067 • OE Nº 15: Av. Córdoba 5690 • OE Zona Sur: Lacarra 3035 1º Piso c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 106 Inicia: 28-1-2015 Vence: 30-1-2015

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 16248973/MGEYA-DGEMP/14

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 246

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Notifícase a la Sra. Claudia Andrea Perez que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/trabajoBA. El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: • OE Nº 2: Vicente López 2050 • OE Nº 3: Junín 521 • OE Nº 4: Av. Suarez 2032 • OE Nº 5: Carlos Calvo 3307 • OE Nº 6: Patricias Argentinas 277 • OE Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) • OE Nº 9: Directorio 4344 • OE Nº 11: Francisco Beiró 4680 • OE Nº 12: Miller 2751 • OE Nº 13: Cabildo 3067 • OE Nº 15: Av. Córdoba 5690 • OE Zona Sur: Lacarra 3035 1º Piso c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 107 Inicia: 28-1-2015 Vence: 30-1-2015

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 16249455/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase al Sr. Rubén Glasserman que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/trabajoBA. El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: • OE Nº 2: Vicente López 2050

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 247

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• OE Nº 3: Junín 521 • OE Nº 4: Av. Suarez 2032 • OE Nº 5: Carlos Calvo 3307 • OE Nº 6: Patricias Argentinas 277 • OE Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) • OE Nº 9: Directorio 4344 • OE Nº 11: Francisco Beiró 4680 • OE Nº 12: Miller 2751 • OE Nº 13: Cabildo 3067 • OE Nº 15: Av. Córdoba 5690 • OE Zona Sur: Lacarra 3035 1º Piso c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 108 Inicia: 28-1-2015 Vence: 30-1-2015

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 16249857/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase al Sr. Juan Franco Trichilo que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/trabajoBA. El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: • OE Nº 2: Vicente López 2050 • OE Nº 3: Junín 521 • OE Nº 4: Av. Suarez 2032 • OE Nº 5: Carlos Calvo 3307 • OE Nº 6: Patricias Argentinas 277 • OE Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) • OE Nº 9: Directorio 4344 • OE Nº 11: Francisco Beiró 4680 • OE Nº 12: Miller 2751 • OE Nº 13: Cabildo 3067 • OE Nº 15: Av. Córdoba 5690 • OE Zona Sur: Lacarra 3035 1º Piso

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 248

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c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 109 Inicia: 28-1-2015 Vence: 30-1-2015

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 16275470/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. Jimena Perez Ferrara que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/trabajoBA. El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: • OE Nº 2: Vicente López 2050 • OE Nº 3: Junín 521 • OE Nº 4: Av. Suarez 2032 • OE Nº 5: Carlos Calvo 3307 • OE Nº 6: Patricias Argentinas 277 • OE Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) • OE Nº 9: Directorio 4344 • OE Nº 11: Francisco Beiró 4680 • OE Nº 12: Miller 2751 • OE Nº 13: Cabildo 3067 • OE Nº 15: Av. Córdoba 5690 • OE Zona Sur: Lacarra 3035 1º Piso c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 111 Inicia: 28-1-2015 Vence: 30-1-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 249

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MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 16450518/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. Norma Beatriz Lucentini que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/trabajoBA. El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: • OE Nº 2: Vicente López 2050 • OE Nº 3: Junín 521 • OE Nº 4: Av. Suarez 2032 • OE Nº 5: Carlos Calvo 3307 • OE Nº 6: Patricias Argentinas 277 • OE Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) • OE Nº 9: Directorio 4344 • OE Nº 11: Francisco Beiró 4680 • OE Nº 12: Miller 2751 • OE Nº 13: Cabildo 3067 • OE Nº 15: Av. Córdoba 5690 • OE Zona Sur: Lacarra 3035 1º Piso c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 112 Inicia: 28-1-2015 Vence: 30-1-2015

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 16453029/MGEYA-DGEMP/14

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 250

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Notifícase al Sr. Joel Esteban Bravo Rivas que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/trabajoBA. El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: • OE Nº 2: Vicente López 2050 • OE Nº 3: Junín 521 • OE Nº 4: Av. Suarez 2032 • OE Nº 5: Carlos Calvo 3307 • OE Nº 6: Patricias Argentinas 277 • OE Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) • OE Nº 9: Directorio 4344 • OE Nº 11: Francisco Beiró 4680 • OE Nº 12: Miller 2751 • OE Nº 13: Cabildo 3067 • OE Nº 15: Av. Córdoba 5690 • OE Zona Sur: Lacarra 3035 1º Piso c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 110 Inicia: 28-1-2015 Vence: 30-1-2015

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 16626003/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. Gisela Belén Carrozaz que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/trabajoBA. El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: • OE Nº 2: Vicente López 2050

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 251

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• OE Nº 3: Junín 521 • OE Nº 4: Av. Suarez 2032 • OE Nº 5: Carlos Calvo 3307 • OE Nº 6: Patricias Argentinas 277 • OE Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) • OE Nº 9: Directorio 4344 • OE Nº 11: Francisco Beiró 4680 • OE Nº 12: Miller 2751 • OE Nº 13: Cabildo 3067 • OE Nº 15: Av. Córdoba 5690 • OE Zona Sur: Lacarra 3035 1º Piso c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 113 Inicia: 28-1-2015 Vence: 30-1-2015

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 16658041/MGEYA-DGEMP/14 Notifícase a la Sra. Mariana Karina Plaza que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad www.buenosaires.gob.ar/trabajoBA. El mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: • OE Nº 2: Vicente López 2050 • OE Nº 3: Junín 521 • OE Nº 4: Av. Suarez 2032 • OE Nº 5: Carlos Calvo 3307 • OE Nº 6: Patricias Argentinas 277 • OE Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) • OE Nº 9: Directorio 4344 • OE Nº 11: Francisco Beiró 4680 • OE Nº 12: Miller 2751 • OE Nº 13: Cabildo 3067 • OE Nº 15: Av. Córdoba 5690 • OE Zona Sur: Lacarra 3035 1º Piso

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 252

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c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral.

Ezequiel Jarvis Director General

EO 114 Inicia: 28-1-2015 Vence: 30-1-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 253

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Ministerio de Ambiente y Espacio Público

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS Intimación - Nota Nº 594.576-DGCEM/15 Intímase a Don Antonio Ferrari, Doña Elvira Tinto De Trucco, don Osvaldo Ernesto y Don Jorge Alberto Trucco y Tinto, don Emilio Americo Bava y Giachetti y/o herederos de la bóveda ubicada en las Sepulturas 1, 2 y 3, del tablón 43, de la misma sección 3 del Cementerio de la Recoleta para que en el plazo de diez (10) días comparezcan en la Dirección General de Cementerios, Departamento Obras y Mantenimiento, sita en la calle Guzmán 730, 1º Piso, en el horario de 8 a 12 horas, a fin de realizar los trabajos necesarios, a los efectos de restablecer las condiciones de seguridad y acondicionamiento de la referida bóveda, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento y/o incomparecencia, del proceder efectuar las tareas necesarias por administración a costa de los titulares y/o herederos de la referida concesión, como así también de declarar su caducidad y de reclamar judicialmente el cobro de los gastos ocasionados, en los términos del artículo 75 de la Ley Nº 4977.

Eduardo Rafaela Somoza Directo General

EO 74 Inicia: 21-1-2015 Vence: 28-1-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 254

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Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos

Aires

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Notificación - Expediente Nº 858.776/IVC/15 El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber al Sr. Maquina Bazoalto, Epifanio (DNI 92.918.705), que por Resolución Nº 108/SS/03 de fecha 05/03/2003, se ha procedido a dejar sin efecto la Resolución Nº 387/SS/02, en su Anexo I, en cuanto dispone adjudicar en venta a dicha persona, correspondiente a la U.C. Nº 90.231, ubicada en la Mza 2R, Parcela 1, Block 2, Piso 1º, Dto. "C", unidad de tres/cuatro (3/4) dormitorios de la Obra de la Villa 1-11-14 Capital Federal. Asimismo, se le hace saber a el interesado que la referida Resolución es susceptible de impugnación por via de los Recursos de Reconsideración y/o Jerárquico en Subsidio que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente de la notificación respectiva prevista en los art. 62 del decreto Nº 1510/CABA/97, de conformidad a lo establecido en los arts. 103, 107 y subsiguientes y concs. de la misma norma, quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá a su exclusivo criterio, interponer Recurso de Alzada conforme lo dispuesto en el art. 113 del mencionado Decreto. La presente notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días, computados desde el día siguiente al de la última publicación (art 62 del Decreto citado).

Juan M. Lanusse

Gerencia Regularización Dominial y Notarial EO 116 Inicia: 28-1-2015 Vence: 30-1-2015

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Notificación - Expediente Nº 859.529/IVC/15 El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber al Sr. Cardoso, Francisco Emilio (C.I. 6.928.488), que por Resolución Nº 030/SS/98 de fecha 13/01/1998, se ha procedido a rescindir el Boleto de Compraventa correspondiente a la U.C. Nº 25.927, ubicada en el Block 16, Piso 11º, Dto. "E" del Conjunto Urbano Cnal. Copello, por transgredir su titular, las Clausulas 4º y 10º en los términos de la 9º y 11º del citado instrumento.

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 255

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Asimismo, se le hace saber a el interesado que la referida Resolución es susceptible de impugnación por via de los Recursos de Reconsideración y/o Jerárquico en Subsidio que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente de la notificación respectiva prevista en los art. 62 del decreto Nº 1510/CABA/97, de conformidad a lo establecido en los arts. 103, 107 y subsiguientes y concs. de la misma norma, quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá a su exclusivo criterio, interponer Recurso de Alzada conforme lo dispuesto en el art. 113 del mencionado Decreto. La presente notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días, computados desde el día siguiente al de la última publicación (art 62 del Decreto citado).

Juan M. Lanusse

Gerencia Regularización Dominial y Notarial EO 117 Inicia: 28-1-2015 Vence: 30-1-2015

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Notificación - Expediente Nº 860.445/IVC/15 El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber al Sr. Hancen, Osvaldo Daniel (DNI 6.674.057), que por Resolución Nº 89/SS/03 de fecha 26/02/2003, se ha procedido a rescindir el Boleto de Compraventa correspondiente a la U.C. Nº 47.119, ubicada en el Nudo 6-, Block 43, Piso 1º, Local "B", Barrio Villa Soldati, por transgredir su titular, las Clausulas 4º y 10º, en las condiciones establecidas por las Clausulas 9º y 11º del mismo. Asimismo, se le hace saber a el interesado que la referida Resolución es susceptible de impugnación por via de los Recursos de Reconsideración y/o Jerárquico en Subsidio que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente de la notificación respectiva prevista en los art. 62 del decreto Nº 1510/CABA/97, de conformidad a lo establecido en los arts. 103, 107 y subsiguientes y concs. de la misma norma, quedando así agotada la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá a su exclusivo criterio, interponer Recurso de Alzada conforme lo dispuesto en el art. 113 del mencionado Decreto. La presente notificación se tendrá por cumplida a los cinco (5) días, computados desde el día siguiente al de la última publicación (art 62 del Decreto citado).

Juan M. Lanusse

Gerencia Regularización Dominial y Notarial EO 118 Inicia: 28-1-2015 Vence: 30-1-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 256

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Procuración General de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

PROCURACIÓN GENERAL DIRECCIÓN GENERAL DE SUMARIOS DIRECCIÓN DE SUMARIOS DE REGÍMENES ESPECIALES Citación - Expediente Nº 1284440/09 Se cita por tres (3) DIAS a la ex agente María Carolina Comaleras Crespin, DNI N° 14.604.036 a fin que concurra a la Actuaría a cargo de la Dra. Corina Lediuk de la Dirección de Sumarios de Regímenes Especiales, dependiente de la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. Córdoba 1345, 8° “A”, de la Ciudad de Buenos Aires, T.E. 4811-3733, interno 117, a prestar declaración indagatoria dentro de los cinco días hábiles a partir de la última publicación entre las 9,00 y 11,00 hs., en el Sumario N° 311/09, que se instruye mediante el Expediente N° 1284440/2009 e incorporado, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de proseguir las actuaciones de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 del Decreto 3360/68. Asimismo se la hace saber que podrá concurrir asistido por un abogado si lo creyere conveniente.

Liliana Accorinti Directora

EO 101 Inicia: 26-1-2015 Vence: 28-1-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 257

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Ministerio Público Fiscal

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL FISCALÍA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 33 – UNIDAD FISCAL SUR Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 867618/MGEYA/2015) Carátula: “CASO N° 19803/14 SEGUIDO CONTRA OSCAR DARÍO FRETES” EDICTO: VALERIA ANDREA LANCMAN, FISCAL TITULAR A CARGO DE LA FISCALÍA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS NRO. 33 DE LA UNIDAD FISCAL SUR, sita en la Av. Paseo Colon 1333 Piso 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Tel nro. 5299-4400, interno 4577, en el caso nro. 19803/14 seguido contra Oscar Darío Fretes por el delito previsto y reprimido en el artículo 183 del Código Penal. CITA Y EMPLAZA: a Oscar Darío Fretes, titular del DNI 94.673.613, con último domicilio conocido en la calle Ancón 4623 González Catan provincia de Buenos Aires, por el término de CINCO DIAS a partir de la presente publicación, para que dentro de ese plazo comparezca ante este Ministerio Público Fiscal de acuerdo a lo normado por el artículos 63 del Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires bajo apercibimiento de solicitar su rebeldía. El auto que ordena el presente reza: “Buenos Aires, 15 de enero de 2014. Atento al estado de autos, cítese a Oscar Darío Fretes, titular del DNI 94.673.613, con último domicilio conocido en la calle Ancón 4623 de González Catan provincia de Buenos Aires, mediante edictos para que comparezca dentro del quinto día de notificado ante este Ministerio Público Fiscal de acuerdo a lo normado en el art.63 del Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo apercibimiento de solicitar su rebeldía”. Fdo: Valeria Lancman, Fiscal. Ante mí: Carola María Bottini, Prosecretaria Coadyuvante. Buenos Aires, 16 de enero de 2015.

Carolina Bottini Prosecretaria Coadyuvante

OJ 5 Inicia: 22-1-2015 Vence: 28-1-2015

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL UNIDAD FISCAL OESTE – UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 1723387/MGEYA/2015) Carátula: “S/NOMBRE – ART: 92, 93, 96”

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 258

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EDICTO: El Dr. Néstor Maragliano, Titular de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 25 de la Unidad Fiscal Oeste, con asiento en Av. Paseo Colón 1333, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (5299-4400 Int. 4450/4501/4502), en el marco del Legajo de investigación MPF 48917 caratulado “s/Nombre - Art: 92, 93, 96” cita y emplaza a Juan José Juárez, DNI 20.859.686, con último domicilio en la calle Mariotti entre las calles Nazca y Santos Vega en la localidad de Pablo Nogués, Pcia. de Bs As, a fin de que comparezca a la sede de esa Fiscalía dentro del quinto día hábil de notificado, en el horario de 9 a 14 horas, a efectos de recibirle declaración conforme el art. 41 LPC, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada de requerir su declaración de rebeldía y su posterior captura. Se deja constancia que la contravención que motiva el proceso se encuentra prevista en los arts.92, 93 y 96 del Código Contravencional. Publíquese por (5) días.

Sebastián Arturo Rusconi Secretario

OJ 7 Inicia: 28-1-2014 Vence: 3-2-2015

MINISTERIO PÚBLICO FISCAL UNIDAD FISCAL OESTE – UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 1725795/MGEYA/2015) Carátula: “S/NOMBRE – ART: 92, 93, 96” EDICTO: El Dr. Néstor Maragliano, Titular de la Fiscalía de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 25 de la Unidad Fiscal Oeste, con asiento en Av. Paseo Colón 1333, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (5299-4400 Int. 4450/4501/4502), en el marco del Legajo de investigación MPF 48917 caratulado “s/Nombre - Art: 92, 93, 96” cita y emplaza a Mariano Javier Chavez, DNI nro. 27.065.217, con último domicilio en la calle Yerbal nro. 470, Torre 1, B, edificio 3, escalera 2 de la localidad de Boulogne, Pcia. de Bs. As., a fin de que comparezca a la sede de esa Fiscalía dentro del quinto día hábil de notificado, en el horario de 9 a 14 horas, a efectos de recibirle declaración conforme el art. 41 LPC, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada de requerir su declaración de rebeldía y su posterior captura. Se deja constancia que la contravención que motiva el proceso se encuentra prevista en los arts. 92, 93 y 96 del Código Contravencional. Publíquese por cinco (5) días.

Sebastián Arturo Rusconi Secretario

OJ 6 Inicia: 28-1-2015 Vence: 3-2-2015

Nº 4568 - 28/01/2015 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 259

Page 260: Boletín Oficial · Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza Nº 33.701 - Ley Nº 2739 Reglamentada

LEY Nº 2.739

4323-9625 / 4323-9501

E-mail: [email protected] / [email protected]

Jefe de Gobierno

Mauricio Macri

Secretaría Legal y TécnicaSecretaría Legal y Técnica

Dirección General de Coordinación LegalDirección General de Coordinación Legal

Gerencia Operativa Boletín y RegistroGerencia Operativa Boletín y Registro

Secretaría Legal y Técnica

Dirección General de Coordinación Legal

Gerencia Operativa Boletín y Registro

Dr. Pablo Clusellas

Dra. Guadalupe Triviño Valdez

Sra. Patricia Bonavena

BOLETÍN OFICIAL

La publicación del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma y condiciones y con las garantías que establecerá la reglamentación, tiene carácter oficial y auténtico, y produceiguales efectos jurídicos que su edición impresa.

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