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BORRADOR.
ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL EXCMO.
AYUNTAMIENTO PLENO EL DIA VEINTICINCO DE FEBRERO DE DOS MIL
ONCE.
En las Casas Consistoriales de la Muy Leal, Noble, Invicta y Muy Benéfica Ciudad,
Puerto y Plaza de Santa Cruz de Santiago de Tenerife, siendo las once horas y
treinta minutos del día veinticinco de febrero de dos mil once, bajo la presidencia
del Excmo. Sr. Alcalde D. Miguel Zerolo Aguilar, se reunió el Excmo. Pleno
Ayuntamiento, concurriendo los Ilmos. Señores Tenientes de Alcalde, D. Manuel
Parejo Afonso, D.ª María Isabel Oñate Muñoz, D. Jaime Hernández-Abad Amaral, D.
Hilario Rodríguez González, D. Juan Manuel Brito Arceo, D. ª Luz Reverón
González, D.ª Sheila Trujillo Méndez, D. Dámaso Norberto Plasencia Vizcaíno así
como los señores Concejales; D. José Alberto Díaz Estebanez de León, D.ª Begoña
Ortiz Lestón, D. Antonio Bello Paz, D.ª Esther Sarrautte González, D.ª Ángela Mena
Muñoz, D.ª Ilda Romana López Díaz, , D. Ramiro Cuende Tascón, D. ª Gloria Rivero
Alcover, D. José Angel Martín Bethencourt, D.ª Amaya Conde Martínez, D.
Florentino Guzmán Plasencia Medina, D.ª María Ana Franquet Navarro, D.ª Olga
María Barrera Trujillo , D. Ángel Llanos Castro, D. Alfonso Soriano Benítez de Lugo,
D. Guillermo Guigou Suárez, D. Ángel Isidro Guimerá Gil, D. Ignacio Manuel
González Santiago, D. Manuel Fernández Vega, Consejero de Gobierno, asistidos
por el Secretario General del Pleno D. Luis F. Prieto González y estando presente D.
José Galvez Conejo como interventor General, al objeto de celebrar la sesión
ordinaria convocada para este día y que tiene lugar de la forma siguiente:
ORDEN DEL DIA
PARTE RESOLUTIVA
ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS CENTRALES
1.- Aprobación si procede de las actas correspondientes a las sesiones de
los días 25 de febrero, 29 de julio, 5 y 26 de noviembre, 23 y 28 de diciembre de
2010 y 21 de enero de 2011………………………………………………………………………………………5
2.- Dación de cuenta de los Decretos y Resoluciones de Órganos
Unipersonales desde el día 21 de enero hasta la fecha…………………………………………….5
2
3.- Decreto del Excmo. Sr. D. Miguel Zerolo Aguilar, Alcalde-Presidente del
Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, de fecha 11/01/2011, relativo al
establecimiento de adaptaciones organizativas en la estructura y funciones de
órganos directivos y unidades administrativas municipales, a efectos de toma de
razón…………………………………………………………………………………………………………………………….5
4.- Expediente relativo al proyecto de modificación de la Ordenanza
General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, a
efectos de aprobación inicial……………………………………………………………………………………17
5.- Expediente relativo a aceptación de la cesión de acciones y solicitud de
cesión de terrenos de la Autoridad Portuaria que integran la sociedad “Parque
Marítimo de Santa Cruz S. A”, a este Ayuntamiento……………………………………………..24
6.- Expediente relativo a establecimiento de normas para la celebración del
sorteo para los componentes de las mesas electorales………………………………………….26
ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS PERSONALES
7.- Expediente relativo a la aprobación del I Plan y Carta de Mayores del
Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife…………………………………………………..28
ÁREA DE GOBIERNO DE CALIDAD AMBIENTAL Y SERVICIOS PÚBLICOS
8.- Expediente relativo a reconocimiento extrajudicial de créditos del
Servicio de Seguridad Ciudadana y Vial, por importe total de setenta y nueve mil
ciento cincuenta ocho euros con ochenta y ocho céntimos (79.158,88
€)………………………………………………………………………………………………………………………………125
PARTE DECLARATIVA
MOCIONES DE LOS GRUPOS POLÍTICOS
MOCIONES INSTITUCIONALES
9.- Moción institucional con objeto de colocar un busto o estatua de D.
Enrique González Bethencourt……………………………………………………………………………….138
ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS CENTRALES
10.- Moción que presenta el Grupo Municipal de Coalición Canaria sobre la
exención y la devolución del canon digital a los Ayuntamientos………………………….139
3
11.- Moción que presenta D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, Concejal
del Grupo Municipal Socialista, solicitando paneles informativos sobre los
personajes ilustres que dan nombre a nuestras calles………………………………………….140
ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS PERSONALES
12.- Moción que presenta D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, Concejal
del Grupo Municipal Socialista, solicitando la creación del mercadillo del arte en
Santa Cruz……………………………………………………………………………………………………………….141
13.- Moción que presenta D. ª Amaya Conde Martínez, Concejal del Grupo
Municipal Socialista, solicitando la creación de un espacio cultural polivalente……142
14.- Moción que presenta D. Guillermo Guigou Suárez, Concejal de
Ciudadanos de Santa Cruz, al objeto de solicitar información al Excmo. Cabildo
Insular sobre la puesta en marcha de la Casa Siliuto, como Casa de la
Juventud……………………………………………………………………………………………………………………142
15.- Moción que presenta D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, Concejal
del Grupo Municipal Socialista, solicitando que los programas solidarios incluyan
pañales y leche de continuidad para niños y niñas………………………………………………..143
16.- Moción que presenta D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, Concejal
del Grupo Municipal Socialista, solicitando la creación de la Escuela Municipal de
Restauración de Patrimonio…………………………………………………………………………………….144
ÁREA DE GOBIERNO DE CALIDAD AMBIENTAL Y SERVICIOS PÚBLICOS
17.- Moción que presenta D. ª Marián Franquet Navarro, Concejal del Grupo
Municipal Socialista, solicitando se gestionen con las empresas de radio taxis el
envío de SMS, para que puedan solicitar el servicio personas sordas…………………144
ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS TERRITORIALES
18.- Moción que presenta D. José Ángel Martín Bethencourt, Concejal del
Grupo Municipal Socialista, solicitando se estudie la legalidad, y en su caso se
insten las acciones necesarias, de las múltiples vallas publicitarias que se ubican a
los márgenes de las entradas tanto por la autopista del norte como la del sur a
Santa Cruz……………………………………………………………………………………………………………….145
PARTE DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN
19.- Pregunta que formula D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, Concejal
del Grupo Municipal Socialista, solicitando información sobre el programa de
educación ambiental referido a jardines y parques sostenibles de nuestro
municipio………………………………………………………………………………………………………………….146
4
20.- Pregunta que formula D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, Concejal
del Grupo Municipal Socialista, en relación a la moción llevada a pleno de diciembre
de 2009 solicitando medidas urgentes en el proyecto de rehabilitación del Templo
Masónico en la calle San Lucas……………………………………………………………………………….147
21.- Pregunta que formula D. ª Amaya Conde Martínez, Concejal del Grupo
Municipal Socialista, sobre la ubicación de la Escuela de Música………………………….148
22.- Pregunta que formula D. Guillermo Guigou Suárez, Concejal de
Ciudadanos de Santa Cruz, en relación con el servicio de absentismo
escolar………………………………………………………………………………………………………………………148
23.- Pregunta que formula D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, Concejal
del Grupo Municipal Socialista, en relación con los acuerdos plenarios sobre
rehabilitación del Parque Las Indias……………………………………………………………………….149
24.- Pregunta que formula D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, Concejal
del Grupo Municipal Socialista, en relación con los acuerdos plenarios sobre la
creación de una Red de Casas de la Juventud……………………………………………………….149
25.- Pregunta que formula D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, Concejal
del Grupo Municipal Socialista, en relación con los acuerdos plenarios relativos a la
creación de una Red de Escuelas Infantiles……………………………………………………………150
26.- Pregunta que formula D. José Ángel Martín Bethencourt, Concejal del
Grupo Municipal Socialista, sobre el estado financiero de la Corporación
Municipal…………………………………………………………………………………………………………………..150
27.- Pregunta que formula D. ª Marián Franquet Navarro, Concejal del Grupo
Municipal Socialista, sobre la introducción de criterios sociales en la contratación
pública………………………………………………………………………………………………………………………151
28.-Pregunta que formula D. ª Marián Franquet Navarro, Concejal del Grupo
Municipal Socialista, sobre las actuaciones realizadas en la Fuente de la Plaza
Weyler………………………………………………………………………………………………………………………152
29.- Pregunta que formula D. Ángel Isidro Guimerá Gil, Concejal de
Ciudadanos de Santa Cruz, sobre la situación financiera del Excmo.
Ayuntamiento……………………………………………………………………………………………………………153
30.- Pregunta que formula D. ª Amaya Conde Martínez, Concejal del grupo
Municipal Socialista, en relación con el campo de fútbol de Añaza……………………….153
ASUNTO FUERA DEL ORDEN DEL DÍA
1.-Reglamento Municipal Regulador de la Distribución Gratuita de Alimentos…….154
31.- Preguntas relativas a informaciones no facilitadas, en aplicación del art.
11.2 del Estatuto del Concejal y de los Grupos Políticos……………………………………….166
5
a) Sobre diversas facturas del Festival Arco Iris.
b) Sobre Residencias de Mayores.
32.- Ruegos y Preguntas………………………………………………………………………………167
ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS CENTRALES
1.- APROBACIÓN SI PROCEDE DE LAS ACTAS CORRESPONDIENTES A
LAS SESIONES DE LOS DÍAS 25 DE FEBRERO, 29 DE JULIO, 5 Y 26 DE
NOVIEMBRE, 23 Y 28 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 21 DE ENERO DE 2011.
Dada cuenta de las actas de las sesiones plenarias correspondientes a los días 25
de febrero, 5 y 26 de noviembre, 23 y 28 de diciembre de 2010 y 21 de enero de
2011, quedaron aprobadas por unanimidad.
2.- DACIÓN DE CUENTA DE LOS DECRETOS Y RESOLUCIONES DE
ÓRGANOS UNIPERSONALES DESDE EL DÍA 21 DE ENERO HASTA LA FECHA.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno queda enterado de los Decretos y Resoluciones de
los Órganos Unipersonales desde el día 21 de enero hasta la fecha.
3.- DECRETO DEL EXCMO. SR. D. MIGUEL ZEROLO AGUILAR,
ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE
TENERIFE, DE FECHA 11/01/2011, RELATIVO AL ESTABLECIMIENTO DE
ADAPTACIONES ORGANIZATIVAS EN LA ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE
ÓRGANOS DIRECTIVOS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS MUNICIPALES, A
EFECTOS DE TOMA DE RAZÓN.
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento, tomó razón del Decreto del Excmo. Sr. Don
Miguel Zerolo Aguilar, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz
de Tenerife, de fecha 11 de enero de 2011, relativo al establecimiento de
adaptaciones organizativas en la estructura y funciones de órganos y unidades
administrativas municipales, que a continuación se transcribe:
DECRETO ORGANIZATIVO DEL EXCMO. SR. DON MIGUEL ZEROLO AGUILAR,
ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE
TENERIFE /// EN SANTA CRUZ DE TENERIFE, A ONCE DE ENERO DE DOS
MIL ONCE.
ASUNTO: ESTABLECIMIENTO DE ADAPTACIONES ORGANIZATIVAS EN LA
ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE ÓRGANOS DIRECTIVOS Y UNIDADES
ADMINISTRATIVAS MUNICIPALES.
-ANTECEDENTES-
6
I.- Con motivo de la recesión y posterior confirmación de la situación de crisis
económica, por este Ayuntamiento se hace necesario adoptar una serie de medidas
operativas y organizativas. A tal fin, han de tomarse en consideración
determinados razonamientos y aspectos propuestos por el equipo constituido en el
seno de la Subcomisión Técnica creada por Decreto de esta Alcaldía, de 14 de julio
de 2010, para el estudio y propuesta de medidas estratégicas para el ahorro de
gasto en el sector público municipal. Esta necesidad de reestructuración
organizativa, que necesariamente debe pasar por una reordenación y simplificación
de las estructuras municipales y con una reducción del gasto en el sector público
municipal debe garantizar que no se produzca un menoscabo de la gestión
administrativa en los diferentes ámbitos de la organización municipal. Estas
circunstancias, consideradas en su conjunto, motivan la necesidad de adoptar una
primera serie de medidas organizativas que forman parte del presente Decreto, que
además resultarán completadas con otras que, estén o no directamente vinculadas
con dichos objetivos prioritarios, contribuyen a racionalizar el uso de los recursos
existentes, no suponiendo –en ningún caso- un incremento de los mismos, al tiempo que generan economías para este Ayuntamiento.
II.- A los fines expuestos, a través del presente Decreto se efectúa una
reestructuración que, en el nivel de Áreas de Gobierno, se singulariza en el ámbito
del Área de Calidad Ambiental, Seguridad y Servicios Públicos, en la que se
contempla la integración de las materias de infraestructura y obras. Ha de tenerse
en cuenta que mediante acuerdo plenario de 4 de marzo de 2002 se produjo una
revisión y adaptación de la estructura organizativa del entonces denominado Sector
Funcional de Servicios Territoriales, cuyo principal objetivo era concentrar en la
Gerencia Municipal de Urbanismo todas las competencias municipales relacionadas
con el desarrollo urbanístico del territorio y la realización de obras municipales, por
lo que, en consecuencia, la Gerencia Municipal de Urbanismo asumió todas las
materias que correspondían al Sector Funcional de Servicios Territoriales, integrado
por el Servicio de Proyectos Urbanos, Infraestructuras y Obras, al cuál se adscribió
el personal del Área de Infraestructura y Servicios que pasaba a desarrollar las
funciones incorporadas a dicho Organismo. De este modo, tal y como se señalaba
en dicho acuerdo plenario, el Servicio de Proyectos Urbanos, Infraestructuras y
Obras se configuraba como un servicio que “elabora propuestas, ejecuta y controla
proyectos urbanos de infraestructuras y obras”. Asimismo, se produjo la aprobación
de la estructura y funciones del entonces denominado Sector Funcional de Calidad
Ambiental, Seguridad y Servicios Públicos integrado, entre otros, por el Servicio de
Gestión de Servicios Públicos y por sus Secciones (Sección de mantenimiento de la
ciudad, Sección de edificios públicos y Sección de Transportes), que asumió las
funciones del hasta entonces Área de Infraestructura y Servicios, a excepción de las
funciones que correspondían a la realización de obras, que se trasladó al Sector de
Servicios Territoriales.
Todo ello conllevó las correspondientes modificaciones de los Estatutos de la
Gerencia Municipal de Urbanismo y de la Relación de Puestos de Trabajo de esta
Corporación por la que se adscribió al Servicio de Proyectos Urbanos,
Infraestructura y Obras del Sector de Servicios Territoriales el personal del antiguo
Área de Infraestructura y Servicios, manteniéndose como funcionarios del
Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, conforme a lo señalado en al Disposición
Transitoria Única de los modificados Estatutos del Organismo Autónomo.
La nueva modificación organizativa que se plantea en este Decreto viene
fundamentada, principalmente, en la existencia de una clara diferencia entre los
fines planificadores del Organismo Autónomo Gerencia Municipal de Urbanismo y
los fines ejecutivos del Servicio de Proyectos Urbanos, Infraestructuras y Obras, tal
y como se reconoce ya desde el acuerdo plenario de 4 de marzo de 2002, lo que ha
generado en la práctica ciertas disfunciones principalmente en el ámbito práctico y
7
operativo, que hacen necesaria la disgregación en estos momentos planteada;
asimismo, se regula en el Decreto una unificación en la gestión integral de las
materias de infraestructuras, obras y servicios públicos, diseñándose una
especialización de unidades de carácter técnico por una parte y administrativo por
otra, con la finalidad de racionalizar y ordenar los recursos necesarios y disponibles.
III.- Por otra parte, es objeto del presente Decreto afrontar una primera, y no
necesariamente definitiva, minoración del número de centros directivos, lo que ha
de hacerse en proporción a la nueva dimensión de las Áreas, agrupando funciones
directivas de naturaleza homogénea con criterios de eficiencia y economía de
medios; evitando la dispersión y duplicidad en el ejercicio de funciones directivas;
especializando las funciones directivas de naturaleza organizativa, planificadora,
coordinadora y transversal y las de naturaleza operativa y ejecutiva. Se adoptan
además decisiones que tienen por objeto integrar en un solo órgano colegiado a
todos los directivos municipales que deban proponer y ejecutar los criterios e
instrumentos de planificación establecidos y corresponsabilizar a los órganos
directivos de carácter ejecutivo y sectorial en la tarea de planificación, con el objeto
de garantizar el buen fin de los criterios e instrumentos planificadores.
Con la finalidad de adaptar la organización de las unidades administrativas
municipales a los objetivos expuestos, se efectúan en este Decreto las adaptaciones
necesarias, que incluyen supresión de cinco unidades administrativas, que se
completan con la supresión de determinadas Jefaturas de Oficina de Distrito y la
modificación de otras, creación de cuatro nuevas unidades y hasta un total de diez
modificaciones que afectan bien a la denominación, funciones específicas o
dependencia orgánica de aquéllas. En su conjunto, estas adaptaciones responden a
la necesidad y oportunidad de redefinir el soporte administrativo a determinados
órganos institucionales a través de una única Sección de Gestión; a la
rentabilización de los recursos de carácter técnico superior destinados a las Oficinas
de Distrito y, en general, a la simplificación y especialización de unidades que
puedan asumir funciones de carácter homogéneo. En particular, y en la
consideración de que tanto la materia de comunicación, en su más amplia
expresión, como la calidad y sus correspondientes planes, forman parte intrínseca
de las atribuciones del órgano directivo competente en materia de organización, se
regula en este Decreto la atribución directa al citado órgano de tal ejercicio,
asumiéndose de forma directa por aquél tales materias, lo que hace innecesario un
mayor desarrollo administrativo en unidades de naturaleza inferior en tanto que los
recursos precisos pueden serle asignados de forma directa.
-FUNDAMENTOS DE DERECHO-
I.- El artículo 124.4.k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de
modernización del gobierno local (en lo sucesivo, LRBRL), en relación con lo
dispuesto en el artículo 8.1 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la
Administración de este Excmo. Ayuntamiento (ROGA), determina que compete al
Alcalde establecer la organización y estructura de la Administración municipal
ejecutiva, sin perjuicio de las competencias del Pleno, y por tanto la creación,
modificación o supresión, en su caso, de los órganos directivos con rango de
Coordinador General, Director General o equivalente.
II.- El artículo 41 del ROGA, en su número 2, determina que las Direcciones
Generales u órganos asimilados podrán organizarse en Subdirecciones Generales,
Departamentos, Servicios, Secciones y otras unidades inferiores o asimiladas,
pudiendo depender también estas unidades administrativas directamente de los
Coordinadores Generales. Por su parte, de conformidad con lo establecido en el
artículo 8.2 del ROGA, las unidades administrativas de nivel inferior a
8
Departamento y los demás puestos de trabajo se crean, modifican o suprimen a
propuesta del titular del Área de Gobierno respectiva, a través de la relación de
puestos de trabajo (R.P.T.), que se aprobará de acuerdo con su regulación
específica –compete a la Junta de Gobierno de la Ciudad conforme a las previsiones
del artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de
modernización del gobierno local-. Resultarán igualmente de aplicación las
disposiciones establecidas al respecto en el Estatuto Básico del Empleado Público.
III.- De conformidad con lo que se establece en el artículo 42 del ROGA, que
regula la ordenación jerárquica de las Áreas:
- Los Concejales de Gobierno y Consejeros de Gobierno son los máximos
responsables del Área de Gobierno correspondiente. Los Concejales de
Coordinación y los Concejales Delegados dependen directamente de los
anteriores y ejercen la superior dirección en sus respectivos ámbitos.
- Los órganos directivos dependen de alguno de los anteriores y se ordenan
jerárquicamente del siguiente modo: Coordinador General, Director General y
los órganos asimilados a éstos.
- Excepcionalmente, cuando así se prevea en el propio ROGA o en los Decretos
del Alcalde de organización administrativa, un órgano directivo podrá depender
de otro órgano directivo del mismo rango.
IV.- El presente Decreto no está sometido a fiscalización previa de la Intervención
General, dada su naturaleza organizativa.
En virtud de todo ello,
DISPONGO:
PRIMERO.- Adaptaciones en el nivel de Áreas de Gobierno.-
I.- El Área de Gobierno de Calidad Ambiental, Seguridad y Servicios Públicos
modifica su denominación por la de Área de Gobierno de Calidad Ambiental,
Seguridad, Infraestructura y Servicios Públicos.
IV.- Se mantienen las Áreas de Gobierno de Servicios Centrales, de Servicios
Personales y de Servicios Territoriales con su actual denominación, sin perjuicio de
los restantes ajustes organizativos que se contemplan en el presente Decreto.
SEGUNDO.- Adaptaciones en el nivel de órganos directivos.-
I.- Se crea el Comité de Dirección en el ámbito del Área de Gobierno de Servicios
Centrales, en el que quedan integrados la totalidad de los órganos directivos del
Ejecutivo municipal.
II.- Se suprimen los siguientes órganos directivos:
1. Dirección General de Empleo.
2. Dirección General de Participación Ciudadana y Mujer.
3. Dirección General de Seguridad Ciudadana y Protección Civil.
4. Dirección General de Planificación Territorial.
III.- Se establecen las siguientes adaptaciones en relación con órganos directivos
existentes:
9
1. El órgano directivo denominado Dirección General de Organización, Planificación
Estratégica y Régimen Interno modifica tal denominación por la de Dirección
General de Organización, Planificación y Régimen Interno, en el ámbito del Área
de Gobierno de Servicios Centrales. Este órgano asumirá, además de aquellas
otras que se regulan en este Decreto, las atribuciones en materias de calidad y
comunicación hasta el momento asignadas a la Dirección General de Promoción
Tecnológica y Protección de Datos, así como la dirección de las tareas de apoyo
y soporte administrativo a la Alcaldía y a su Gabinete, hasta el momento
asignadas a la Dirección General de Administración y Soporte de Alcaldía.
2. El órgano directivo denominado Dirección General de Administración y Soporte
de Alcaldía modifica tal denominación por la de Dirección General de
Administración y Gestión de Recursos, en el ámbito del Área de Gobierno de
Servicios Centrales. Este órgano asumirá la dirección de las unidades
administrativas competentes en materia de Administración Interna, Patrimonio
y Contratación, así como las atribuciones propias de la Dirección General de
Empleo, órgano directivo que se suprime en virtud del presente Decreto, y
aquellas otras que se regulan en este Decreto, en especial las relacionadas con
la coordinación de sociedades municipales y de las Oficinas de Distrito.
3. El órgano directivo denominado Dirección General de Calidad Ambiental y
Servicios Públicos modifica tal denominación por la de Dirección General de
Calidad Ambiental, Infraestructura y Servicios Públicos, en el ámbito del Área de
Gobierno de Calidad Ambiental, Seguridad, Infraestructura y Servicios Públicos.
Este órgano asumirá la dirección de las unidades administrativas competentes
en materias de infraestructuras, obras, servicios públicos y calidad ambiental.
4. El órgano directivo denominado Coordinación General del Área de Servicios
Centrales modifica su denominación por la de Coordinación General de
Economía, Hacienda, Personal y Gestión de Recursos; en el ámbito del Área de
Gobierno de Servicios Centrales, ejercerá funciones de coordinación de los
órganos directivos competentes en las materias de economía, hacienda,
personal y administración y gestión de recursos.
5. El órgano directivo denominado Coordinación General del Área de Servicios
Personales modifica su denominación por la de Coordinación General de
Organismos Autónomos y Programas Transversales; en el ámbito del Área de
Gobierno de Servicios Personales ejercerá funciones de coordinación de los
organismos autónomos adscritos al Área y asumirá atribuciones de
coordinación de programas transversales provenientes de la Dirección General
de Participación Ciudadana y Mujer, órgano directivo que se suprime en virtud
del presente Decreto.
TERCERO.- Adaptaciones en el nivel de unidades administrativas.-
I.- Se suprimen las siguientes unidades administrativas:
1. La Oficina del Tribunal Económico-Administrativo Municipal. Los puestos
actualmente asignados a la Oficina pasan a integrarse en la Sección de Gestión
de la Secretaría General del Pleno.
2. La Sección de Servicios de Soporte, dependiente del Servicio de Organización,
Planificación y Régimen Interno. Los puestos actualmente asignados a la citada
Sección se integrarán en la unidad administrativa que se regula en el presente
Decreto.
10
3. La Sección de Planificación, dependiente del Servicio de Organización,
Planificación y Régimen Interno. Los puestos actualmente asignados a la citada
Sección se integrarán en la unidad administrativa que se regula en el presente
Decreto.
4. La Sección de Calidad y Comunicación Electrónica. Los puestos actualmente
asignados a la citada Sección se integrarán como puestos de apoyo específico a
la Dirección General de Organización, Planificación y Régimen Interno.
5. El Servicio de Mujer. Los puestos actualmente asignados al citado Servicio se
integrarán en la unidad administrativa que se regula en el presente Decreto.
II.- Se crean las siguientes unidades administrativas:
1. La Sección de Organización y Planificación, dependiente del Servicio de
Organización, Planificación y Régimen Interno (Dirección General de
Organización, Planificación y Régimen Interno, en el ámbito del Área de
Gobierno de Servicios Centrales). Se integrarán en ella los puestos asignados a
la suprimida Sección de Planificación.
2. La Sección de Régimen Interno, dependiente del Servicio de Organización,
Planificación y Régimen Interno (Dirección General de Organización,
Planificación y Régimen Interno, en el ámbito del Área de Gobierno de Servicios
Centrales). Se integrarán en ella los puestos asignados a la suprimida Sección
de Servicios de Soporte.
3. La Sección de Coordinación de Programas, dependiente del Servicio de
Coordinación de Distritos y Entes Instrumentales (Dirección General de
Administración y Gestión de Recursos, en el ámbito del Área de Gobierno de
Servicios Centrales).
4. La Sección de Soporte Técnico-Jurídico, dependiente del Servicio de
Coordinación de Distritos y Entes Instrumentales (Dirección General de
Administración y Gestión de Recursos, en el ámbito del Área de Gobierno de
Servicios Centrales).
III.- Se modifican en su denominación y/o dependencia orgánica las siguientes
unidades administrativas:
1. El Servicio de Promoción Tecnológica, Calidad y Protección de Datos modifica su
denominación por la de Servicio de Promoción Tecnológica y Protección de
Datos y, junto con su Sección de Informática y Telecomunicaciones, mantiene
su dependencia respecto de la Dirección General de Promoción Tecnológica y
Protección de Datos, en el ámbito del Área de Gobierno de Servicios Centrales.
2. El Servicio de Administración Interna, Patrimonio y Contratación y sus unidades
administrativas dependientes (Sección de Patrimonio, Sección de Servicios
Comunes y Negociado de Gestión del Archivo Municipal) pasan a depender de la
Dirección General de Administración y Gestión de Recursos, en el ámbito del
Área de Gobierno de Servicios Centrales.
3. El Servicio de Coordinación y Control de Organización y Gestión de Sociedades
Mercantiles modifica su denominación por la de Servicio de Coordinación de
Distritos y Entes Instrumentales. Este Servicio dependerá orgánicamente de la
Dirección General de Administración y Gestión de Recursos, en el ámbito del
Área de Gobierno de Servicios Centrales.
11
4. El Servicio para el Fomento de la Participación Ciudadana, Cooperación al
Desarrollo y Nueva Vecindad modifica su denominación por la de Servicio para
el Fomento de la Participación Ciudadana, Cooperación al Desarrollo, Nueva
Vecindad y Mujer, pasando a depender orgánicamente de la Coordinación
General de Organismos Autónomos y Programas Transversales, en el ámbito del
Área de Servicios Personales.
5. El Departamento de Coordinación y Gestión de Recursos del Área de Gobierno
de Servicios Centrales modifica su denominación por la de Sección de Soporte
Administrativo, bajo la dependencia de la Coordinación General de Economía,
Hacienda, Personal y Gestión de Recursos del Área de Servicios Centrales.
6. El Departamento de Coordinación y Gestión de Recursos del Área de Gobierno
de Servicios Personales modifica su denominación por la de Sección de Soporte
Administrativo, bajo la dependencia de la Coordinación General de Organismos
Autónomos y Programas Transversales del Área de Servicios Personales.
7. El Departamento de Coordinación y Gestión de Recursos del Área de Gobierno
de Calidad Ambiental, Seguridad y Servicios Públicos modifica su denominación
por la de Sección de Soporte Administrativo, bajo la dependencia del Servicio
Administrativo de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, dependiente de la
Dirección General de Calidad Ambiental, Infraestructura y Servicios Públicos, en
el ámbito del Área de Gobierno de Calidad Ambiental, Seguridad,
Infraestructura y Servicios Públicos.
8. El Servicio de Gestión y Control de Servicios Públicos modifica su denominación
por la de Servicio Administrativo de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos,
dependiente de la Dirección General de Calidad Ambiental, Infraestructura y
Servicios Públicos, en el ámbito del Área de Gobierno de Calidad Ambiental,
Seguridad, Infraestructura y Servicios Públicos.
9. El Servicio de Proyectos Urbanos, Infraestructura y Obras modifica su
denominación por la de Servicio Técnico de Infraestructura, Obras y Servicios
Públicos; tanto este Servicio como su unidad administrativa dependiente
(Sección de Proyectos Urbanos y Obras), actualmente adscritos al Organismo
Autónomo Gerencia Municipal de Urbanismo, se readscriben a la Administración
del Ayuntamiento, bajo la dependencia de la Dirección General de Calidad
Ambiental, Infraestructura y Servicios Públicos.
10. Las unidades con funciones de naturaleza primordialmente técnica actualmente
dependientes del Servicio de Gestión y Control de Servicios Públicos, en tanto
que este Servicio pasa a reconvertirse en un Servicio específicamente
administrativo, modifican tal dependencia, pasando a organizarse en el ámbito
del Servicio Técnico de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.
CUARTO.- Adscripción de las Sociedades de capital municipal.-
Con el objeto de fomentar los criterios e instrumentos de planificación, organización
y gestión, así como de mejorar los procesos de relación entre el Ayuntamiento y los
entes instrumentales en general, y de conformidad con las decisiones organizativas
que se contemplan en el Dispositivo SEGUNDO, apartado III.2 y TERCERO,
apartado III.3 del presente Decreto, la Sociedad de Desarrollo de Santa Cruz de
Tenerife, S.A. y la Sociedad Viviendas, Proyectos y Obras Municipales, S.A. quedan
vinculadas, en ambos casos y sin perjuicio del resto de relaciones operativas y
funcionales que deban existir respecto de las demás, al Área de Gobierno de
Servicios Centrales, materializándose sus relaciones administrativas y de
12
coordinación con la Administración Municipal a través del Servicio de Coordinación
de Distritos y Entes Instrumentales, dependiente de la Dirección General de
Administración y Gestión de Recursos.
QUINTO.- Actualización del esquema organizativo municipal.-
Se aprueba la actualización del esquema organizativo de los órganos y Áreas de
Gobierno municipales, con arreglo al siguiente contenido:
A.- ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS CENTRALES
ALCALDÍA-PRESIDENCIA
- Gabinete del Alcalde
PLENO
COMISIÓN ESPECIAL DE SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES
CONSEJO SOCIAL DE LA CIUDAD
TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL
- SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO
- DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON EL PLENO
- SECRETARÍA-DIRECCIÓN DEL TRIBUNAL ECONÓMICO
ADMINISTRATIVO MUNICIPAL
- Sección de Gestión de la Secretaría General del Pleno
A.1.- ÓRGANOS DIRECTIVOS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS (ALCALDÍA-
PRESIDENCIA):
DIRECCIÓN GENERAL DE ORGANIZACIÓN, PLANIFICACIÓN Y RÉGIMEN
INTERNO.
- Servicio de Organización, Planificación y Régimen Interno.
- Sección de Organización y Planificación.
- Sección de Régimen Interno.
- Sección de Atención e Información Ciudadana.
- Oficinas de Atención e Información al Ciudadano (OAIC).
- Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC).
- Negociado de Población y Demarcación Territorial.
DIRECCIÓN DEL SERVICIO JURÍDICO-ASESORÍA JURÍDICA.
- Sección de Asistencia y Defensa Jurídica.
DIRECCIÓN DE LA OFICINA DEL SECRETARIO DE LA JUNTA DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD.
13
A.2.- ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO Y DIRECCIÓN (ALCALDÍA-
PRESIDENCIA):
JUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD.
COMITÉ DE DIRECCIÓN
A.3.- ÓRGANOS DIRECTIVOS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS ÁREA:
COORDINACIÓN GENERAL DE ECONOMÍA, HACIENDA, PERSONAL Y
GESTIÓN DE RECURSOS
- Sección de Soporte Administrativo.
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS.
- Servicio de Recursos Humanos.
- Sección de Gestión de Recursos Humanos.
- Negociado de Prevención de Riesgos Laborales.
- Sección de Formación.
- Sección de Selección y Promoción.
- Sección de Coordinación y Planificación de Recursos Humanos.
- Sección de Organización de Recursos Humanos.
DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA.
TESORERÍA Y CONTABILIDAD
- Servicio de Hacienda.
- Sección de Gestión del Gasto.
- Sección de Caja y Pagos.
- Sección de Contabilidad.
- Servicio de Gestión Tributaria.
- Sección de Recaudación.
- Sección de Inspección Tributaria.
- Sección de Gestión de Ingresos.
- Negociado de Colaboración Catastral.
- Servicio de Gestión Presupuestaria.
- Gabinete Presupuestario.
INTERVENCIÓN GENERAL MUNICIPAL
- Servicio de Fiscalización.
- Sección de Control Interno Previo.
- Sección de Control Interno Posterior y Financiero.
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DE RECURSOS.
- Servicio de Coordinación de Distritos y Entes Instrumentales
- Sección de Coordinación de Programas
- Sección de Soporte Técnico-Jurídico
- Servicio de Administración Interna, Patrimonio y Contratación.
- Sección de Patrimonio.
- Sección de Servicios Comunes.
- Negociado de Gestión del Archivo Municipal.
- Museo - Biblioteca
- Banda Municipal de Música
14
DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN TECNOCLÓGICA Y PROTECCIÓN DE
DATOS.
- Servicio de Promoción Tecnológica y Protección de Datos.
- Sección de Informática y Telecomunicaciones.
DIRECCIONES TERRITORIALES DE DISTRITO
- Oficinas de Distrito.
A.4.- ÓRGANOS PARTICIPATIVOS ÁREA:
TAGOROS DE DISTRITO
A.5.- SOCIEDADES MUNICIPALES VINCULADAS AL ÁREA:
SOCIEDAD DE DESARROLLO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, S.A.
VIVIENDAS, PROYECTOS Y OBRAS MUNICIPALES, S.A.
B.- ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS PERSONALES
B.1.- ÓRGANOS DIRECTIVOS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS:
COORDINACIÓN GENERAL DE ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y PROGRAMAS
TRANSVERSALES
- Sección de Soporte Administrativo.
- Servicio para el Fomento de la Participación Ciudadana, Cooperación al
Desarrollo, Nueva Vecindad y Mujer.
B.2.- ORGANISMOS AUTÓNOMOS ADSCRITOS:
ORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO MUNICIPAL DE ATENCIÓN SOCIAL
ORGANISMO AUTÓNOMO DE CULTURA
ORGANISMO AUTÓNOMO DE DEPORTES
ORGANISMO AUTÓNOMO DE FIESTAS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS
B.3.- ÓRGANOS PARTICIPATIVOS:
- CONSEJO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES
- CONSEJOS MUNICIPALES DE SECTOR DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
- CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER
- CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL
C.- ÁREA DE GOBIERNO DE CALIDAD AMBIENTAL, SEGURIDAD,
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS.
C.1.- ÓRGANOS DIRECTIVOS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS (CALIDAD
AMBIENTAL, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS):
DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD AMBIENTAL, INFRAESTRUCTURA Y
SERVICIOS PÚBLICOS.
- Servicio de Control y Gestión Medioambiental.
- Sección de Evaluación Ambiental del Territorio.
- Negociado de Protección de Espacios Naturales y Litoral.
- Servicio Técnico de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.
- Sección de Proyectos Urbanos y Obras.
15
- Sección de Mantenimiento de la Ciudad.
- Negociado de Parques y Jardines.
- Sección de Edificios Públicos.
- Negociado de Mantenimiento.
- Sección de Transportes y Ciclo Integral del Agua.
- Servicio Administrativo de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.
- Sección de Soporte Administrativo.
C.2.- UNIDADES ADMINISTRATIVAS (SEGURIDAD):
- Servicio de Seguridad Ciudadana y Vial.
- Sección de Seguridad Vial y ordenación de la circulación.
- Negociado de Disciplina Vial.
- Sección de Protección Civil.
POLICÍA LOCAL
- Unidad de Intervención de la Policía Local-UNIPOL
D.- ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS TERRITORIALES
ORGANISMOS AUTÓNOMOS ADSCRITOS:
ORGANISMO AUTÓNOMO GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO
SEXTO.- Adaptación de atribuciones y funciones de órganos directivos y
unidades administrativas.-
Por la Dirección General de Organización, Planificación y Régimen Interno, en el
plazo de cinco días hábiles, se propondrá a esta Alcaldía la adaptación competencial
que, en materia de atribuciones y funciones, corresponderá a cada uno de los
órganos directivos y unidades administrativas municipales conforme a las
disposiciones organizativas que se contienen en este Decreto.
SÉPTIMO.- Subsistencias y equivalencias de órganos directivos y unidades
administrativas.-
I.- Se determina expresamente la equivalencia entre los órganos directivos
existentes hasta el día de la fecha que, conforme a lo previsto en el presente
Decreto, hayan sido modificados en su denominación, en relación con su nueva
definición, así como la subsistencia de aquéllos. En consecuencia, las subsistencias
y equivalencias quedan determinadas como sigue:
Denominación anterior. Denominación actualizada.
- Dirección General de Organización,
Planificación Estratégica y Régimen
Interno.
- Dirección General de Organización,
Planificación y Régimen Interno.
- Dirección General de Administración
y Soporte de Alcaldía.
- Dirección General Administración y
Gestión de Recursos.
- Dirección General de Calidad
Ambiental y Servicios Públicos.
- Dirección General de Calidad
Ambiental, Infraestructura y Servicios
Públicos.
- Coordinación General del Área de
Servicios Centrales.
- Coordinación General de Economía,
Hacienda, Personal y Gestión de
Recursos.
16
- Coordinación General del Área de
Servicios Personales.
- Coordinación General de Organismos
Autónomos y Programas
Transversales.
II.- Se determina expresamente la equivalencia entre las unidades administrativas
existentes hasta el día de la fecha que, conforme a lo previsto en este Decreto,
hayan sido modificados en su denominación, en relación con su nueva definición,
así como la subsistencia de aquéllas. En consecuencia, las subsistencias y
equivalencias quedan determinadas como sigue:
Denominación anterior. Denominación actualizada.
- Servicio de Coordinación y Control
de Organización y Gestión de
Sociedades mercantiles.
- Servicio de Coordinación de Distritos
y Entes Instrumentales.
- Servicio para el Fomento de la
Participación Ciudadana,
Cooperación al Desarrollo y Nueva
Vecindad.
- Servicio para el Fomento de la
Participación Ciudadana, Cooperación
al Desarrollo, Nueva Vecindad y
Mujer.
- Departamento de Coordinación y
Gestión de Recursos del Área de
Servicios Centrales.
- Sección de Soporte Administrativo
(Área de Servicios Centrales)
- Departamento de Coordinación y
Gestión de Recursos del Área de
Servicios Personales.
- Sección de Soporte Administrativo
(Área de Servicios Personales)
- Departamento de Coordinación y
Gestión de Recursos del Área de
Calidad Ambiental, Seguridad y
Servicios Públicos.
- Sección de Soporte Administrativo
(Área de Calidad Ambiental,
Seguridad, Infraestructura y Servicios
Públicos)
- Servicio de Gestión y Control de
Servicios Públicos.
- Servicio Administrativo de
Infraestructura, Obras y Servicios
Públicos.
- Servicio de Proyectos Urbanos,
Infraestructuras y Obras.
- Servicio Técnico de Infraestructura,
Obras y Servicios Públicos.
OCTAVO.- Adaptaciones de la Relación de Puestos de Trabajo.-
Las adaptaciones que pudieren derivar de cualesquiera previsiones reguladas en el
presente Decreto y que afecten a la Relación de Puestos de Trabajo vigente, se
harán efectivas una vez efectuados por la Dirección General de Recursos Humanos
los trámites procedimentales correspondientes que resulten de aplicación.
NOVENO.- Adaptaciones operativas.
Por la Dirección General de Hacienda se tramitarán las adaptaciones
presupuestarias que resulten necesarias para dar operatividad al contenido del
presente Decreto organizativo. En concreto, en relación con las competencias que
se readscriben a la Administración municipal relacionadas con la materia de
infraestructura y obras, así como con la especialización de unidades técnicas y
administrativas que se produce en relación con la gestión de dichas materias
conjuntamente con la de servicios públicos, tanto los aspectos presupuestarios
como aquellos otros de naturaleza contractual, operativa y organizativa en general
deben ser planteados y examinados conjuntamente por los diferentes órganos
directivos municipales bajo la coordinación de la Dirección General de Organización,
Planificación y Régimen Interno que, en su caso, propondrá a esta Alcaldía la
adopción de las medidas transitorias que resulten necesarias para dar ejecutividad
a este Decreto.
17
DÉCIMO.- Disposición derogatoria y normalización reglamentaria.
a) Quedan derogadas todas aquellas disposiciones que, contenidas en los
precedentes Decretos organizativos de esta Alcaldía, resulten contrarias o
contradigan las que se establecen en virtud del presente Decreto.
b) Por la Dirección General de Organización, Planificación y Régimen Interno se
tramitarán con la debida urgencia las modificaciones reglamentarias y
estatutarias que resulten procedentes para la adaptación a las disposiciones
organizativas que se establecen en el presente Decreto, entre las que se
incluirán las normas de organización y funcionamiento del Comité de Dirección.
DÉCIMOPRIMERO.- Vigencia, comunicación y publicación.-
a) Se establece la vigencia del presente Decreto desde la fecha de su firma, con
las siguientes excepciones:
1. La supresión de órganos directivos que se regula en el Dispositivo SEGUNDO
tendrá efectos de 31 de enero de 2011. Dicha fecha de efectos podrá aplazarse,
previa propuesta conjunta y razonada de la Dirección General de Recursos
Humanos y de la Dirección General de Organización, Planificación y Régimen
Interno. Este aplazamiento, de ser autorizado, llevará aparejado a el
aplazamiento, a su vez y con carácter parcial, de la asunción por parte de otros
órganos directivos receptores de las atribuciones y responsabilidades que,
provenientes de los órganos a suprimir, se regulan en este Decreto y en el que
se ha de dictar en su desarrollo respecto de la redistribución de atribuciones.
2. Las adaptaciones en el nivel de unidades administrativas que representen
modificaciones de la relación de puestos de trabajo entrarán en vigor tras la
aprobación de éstas por la Junta de Gobierno de la Ciudad, de conformidad con
lo establecido en el artículo 8.2 del ROGA, artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y disposiciones aplicables
previstas en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público.
b) El presente Decreto se comunicará a las Concejalías y órganos directivos y será
objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Intranet
municipal, así como de dación de cuenta a la Junta de Gobierno de la Ciudad y
al Pleno.
El pleno quedó enterado.
4.- EXPEDIENTE RELATIVO AL PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA
ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, A EFECTOS DE APROBACIÓN INICIAL.
Visto el expediente de referencia, en relación con el Proyecto de modificación de la
Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de
Tenerife, propuesto por la Dirección General de Organización, Planificación y
Régimen Interno, y previa aprobación del Proyecto por la Junta de Gobierno de la
Ciudad en sesión celebrada el día 26 de enero de 2011 se eleva la siguiente
PROPUESTA de modificación al Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de
Tenerife a efectos de su aprobación inicial:
18
“ASUNTO: Proyecto de modificación de la Ordenanza General de Subvenciones del
Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
En relación con el asunto de referencia, se informa lo siguiente:
ANTECEDENTES DE HECHO
I.- Con fecha 28 de julio de 2010 por el Organismo Autónomo Instituto Municipal de
Atención Social se remite a esta Dirección General el proyecto de referencia; con
fecha 11 de agosto de 2010 se emitió informe de régimen interno por parte de esta
Dirección General, remitiéndose el expediente a la Intervención General con fecha
16 de agosto de 2010, a efectos de emisión de informe preceptivo.
II.- Mediante diligencia de la Intervención General, fechada a 7 de octubre de 2010,
se procedió a la devolución del expediente a esta Dirección General a los efectos de
que se incorporara informe de la Asesoría Jurídica. Con fecha 13 de octubre de
2010 se procedió a solicitar la emisión de informe a la Asesoría Jurídica, que fue
evacuado con fecha 15 de octubre de 2010, no formulándose observaciones al
proyecto de modificación.
III.- Con fecha 20 de octubre de 2010 fue remitido nuevamente el expediente a la
Intervención General a los efectos de emisión de informe; la Intervención General
emitió informe con fecha 9 de noviembre de 2010, en cuyo apartado cuarto se
realizaron una serie de observaciones en relación con el proyecto. Con fecha 12 de
noviembre de 2010 se dio traslado del contenido del informe de la Intervención
General al Organismo Autónomo Instituto Municipal de Atención Social a fin de que,
en su condición de promotor del proyecto de modificación, realizara las
manifestaciones que tuviera por oportunas en relación con las observaciones
efectuadas por la Intervención General. Mediante diligencia fechada a 23 de
noviembre de 2010 de la Gerente del Organismo Autónomo Instituto Municipal de
Atención Social, se remitió a esta Dirección General la reformulación del proyecto
de modificación de la Ordenanza General de Subvenciones, en el que se tomen en
consideración, en su totalidad, las observaciones realizadas por la Intervención
General.
IV.- Remitido nuevamente el expediente a la Intervención General con fecha 7 de
diciembre de 2010, se emitió por este órgano diligencia fechada a 13 de diciembre
de 2010 en la que se aduce a que teniendo en cuenta que el expediente ya fue
fiscalizado por esta Intervención, y visto que se ha procedido a la subsanación de
las deficiencias observadas, se devuelve el expediente para que continúe su
tramitación.
V.- Por otra parte, el artículo 18 de la vigente Ordenanza General de Subvenciones
de este Ayuntamiento, que regula el procedimiento ordinario de concesión de
subvenciones por concurrencia competitiva, regula en su número 3 que la
composición del órgano colegiado (competente para la emisión del informe
preceptivo con propuesta vinculante para el órgano concedente) será la que
establezcan las bases reguladoras, no pudiendo ser la misma inferior a cinco; no
obstante, en el párrafo siguiente dispone que “El mismo deberá estar compuesto
necesariamente por un Presidente, que será el Teniente de Alcalde responsable de
cada Área de Gobierno o persona en quien delegue, un Secretario, con voz pero sin
voto, figura que residirá en el Jefe de Servicio o funcionario en quien delegue y tres
vocales designados en las bases. Formarán parte en todo caso del órgano colegiado
el Secretario de la Corporación e Interventor o funcionarios en quienes deleguen.”
19
La redacción del artículo citado puede y debe ser modificada por las siguientes
razones:
a) Porque los responsables de las Áreas de Gobierno se regulan en el artículo
42 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración de este
Ayuntamiento bajo la figura de los Concejales o Consejeros de Gobierno,
pudiendo concurrir en los primeros, o no, el nombramiento de Teniente de
Alcalde.
b) Porque, en cualquier caso, el ejercicio de la presidencia de estos órganos
colegiados en el ámbito material de una competencia forma parte intrínseca
de las delegaciones conferidas a los Concejales (regulada en el Reglamento
Orgánico del Gobierno y de la Administración de este Ayuntamiento bajo la
denominación de Concejales Delegados).
c) Porque en el ámbito de la organización municipal, la unidad tramitadora de
subvenciones no tiene por qué ser necesariamente un Servicio.
d) Y, finalmente, porque la función de asesoramiento jurídico se encuentra
reservada por la Ley de Bases del Régimen Local, en su redacción dada por
la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de modernización del gobierno local, a
la Asesoría Jurídica, circunscribiéndose la competencia de los antiguos
Secretarios de la Corporación a la actual Secretaría General del Pleno.
Todas estas razones implican la necesidad de proponer una modificación de la
redacción de esta disposición.
OBJETO DEL PROYECTO DE MODIFICACIÓN
El proyecto de modificación de la Ordenanza General de Subvenciones de este
Excmo. Ayuntamiento tiene por objeto:
a) Incorporar al régimen jurídico al que se alude en la Ordenanza la referencia
al Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio), aprobado con posterioridad a la entrada
en vigor de la citada Ordenanza General de Subvenciones (modificación que
afecta al artículo 3.1 de la Ordenanza).
b) Incorporar a la Ordenanza todas las modalidades y formas de justificación
permitidas por la legislación vigente, y en particular, las modalidades de
“cuenta justificativa con aportación de informe de auditor” y la “cuenta
justificativa simplificada”, no contemplada en la Ordenanza Municipal vigente
(modificación que afecta a los artículos 27, apartados 1 y 4; 32 y 33 de la
Ordenanza).
c) Mejorar la referencia al régimen de garantías en relación a “pagos a cuenta”
o “abonos anticipados” (modificación que afecta al artículo 37.5 de la
Ordenanza).
d) Adaptar la composición del órgano colegiado competente para la emisión del
informe preceptivo con propuesta vinculante para el órgano concedente, que
ha de constituirse con motivo de la tramitación del procedimiento ordinario
para la concesión de subvenciones, a las denominaciones y marco
competencial de órganos y unidades administrativas, de conformidad con lo
20
previsto en la Ley de Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la
Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de modernización del gobierno local y en
el Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración de este
Ayuntamiento.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I.- El órgano competente para la aprobación de la modificación propuesta es el
Pleno de la Corporación [artículos 123.1 d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local], previa la aprobación del proyecto por
la Junta de Gobierno [artículo 127.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases de Régimen Local].
Resultan de aplicación a la tramitación del expediente las disposiciones que se
contienen en el Reglamento de procedimientos sobre materias de competencia del
Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife (BOP nº 74, de 19 de
mayo de 2006).
II.- En el expediente constan emitidos informes positivos por parte de la Asesoría
Jurídica (artículo 13.1.c del Reglamento del Servicio Jurídico del Excmo.
Ayuntamiento) y por parte de la Intervención General (artículo 4 del Real Decreto
1174/1987, de 18 de septiembre).
Tomando en consideración los antecedentes y fundamentos expuestos, se eleva a
la Junta de Gobierno de la Ciudad el siguiente PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE
LA ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, a efectos de aprobación del citado Proyecto, y
posterior elevación al Pleno de esta Corporación:
PRIMERO.- La modificación tiene por objeto:
A).- Se modifica la redacción del apartado 1 del artículo 3 de la Ordenanza, al
objeto de su actualización y jerarquía normativa, quedando redactado de la
siguiente manera:
“Artículo 3.- Régimen Jurídico.
1.- Las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife se
regirán por la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el
Reglamento de la Ley General de Subvenciones (Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio), la presente Ordenanza y por las Bases de Ejecución del Presupuesto y las
restantes normas de derecho administrativo.
(…)”.
B).- Se modifica la redacción del apartado 3 del artículo 18 de la Ordenanza,
quedando redactado de la siguiente manera:
“Artículo 18.- Procedimiento ordinario, la concurrencia competitiva
(...)
3.- La propuesta de concesión se formulará al órgano concedente por un órgano
colegiado a través del órgano instructor. El informe del órgano colegiado será de
emisión preceptiva y la propuesta que contenga vinculará al órgano concedente.
21
La composición del órgano colegiado será la que establezcan las bases reguladoras,
no pudiendo ser la misma inferior a cinco.
El mismo deberá estar compuesto necesariamente por un Presidente, que será el
Concejal o Consejero de Gobierno Delegado con facultades de dirección de la
unidad tramitadora del procedimiento o persona en quien delegue, un Secretario,
con voz pero sin voto, figura que residirá en el responsable administrativo de la
unidad tramitadora del procedimiento o funcionario en quien delegue y tres vocales
designados en las bases. Formarán parte en todo caso del órgano colegiado el
Asesor Jurídico o el Director del Servicio Jurídico y el Interventor General en el
ejercicio de sus respectivas funciones, o funcionarios en quienes deleguen.
(...).”.
C).- Se modifica la redacción de los apartados 1 y 4 del artículo 27 de la
Ordenanza, al objeto de incorporar todas las modalidades y formas de justificación
permitidas por la legislación vigente; en particular, las modalidades de “cuenta
justificativa con aportación de informe de auditor” y la “cuenta justificativa
simplificada”. La nueva redacción de dichos apartados que se modifican es la
siguiente:
“Artículo 27.- Justificación de las subvenciones públicas.
1.- La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la
consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención,
podrá revestir las siguientes modalidades:
a) Cuenta Justificativa.
b) Acreditación por módulos.
c) Presentación de estados contables.
(...)
4.- Los documentos justificativos deberán presentarse en el Registro General de la
Corporación y el plazo de justificación será como regla general de tres (3) meses
desde la terminación del plazo de ejecución de la actividad subvencionada, salvo
que en las bases reguladoras, o en la resolución de concesión, previa justificación,
se establezca otro plazo.”
D).- Con la misma finalidad expuesta en el apartado anterior, se modifica la
redacción del artículo 32 de la Ordenanza, quedando redactado de la siguiente
manera:
“Artículo 32.- Formas de documentar la justificación de subvenciones.
1.- La modalidad de justificación de subvenciones vendrá especificada en la
convocatoria de la subvención o en el texto del convenio de colaboración o de la
Resolución concediéndola y deberá revestir una de las siguientes formas:
a.- Cuenta justificativa del gasto realizado.
b.- Acreditación del gasto por módulos.
c.- Presentación de estados contables.
2.- La justificación mediante la modalidad de cuenta justificativa podrá adoptar
alguna de las siguientes formas:
a.- Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto
22
b.- Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor
c.- Cuenta justificativa simplificada
3.- En el caso de que ni la convocatoria, ni el convenio o resolución de concesión,
especifiquen la modalidad de justificación a emplear, se aplicará la modalidad de
cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto.”
E).- Se modifica el título del artículo 33 “Justificación mediante rendición de cuenta
justificativa del gasto realizado”, con la finalidad de identificarlo con mayor claridad
con la justificación en la modalidad de cuenta justificativa con aportación de
justificantes de gasto, a la que se dedica su contenido que permanece sin
modificación.
En consecuencia, la nueva redacción es la siguiente:
“Artículo 33.- Justificación mediante cuenta justificativa con aportación de
justificantes de gasto.”
F).- Se adiciona un nuevo artículo (33.bis) dedicado a la modalidad de justificación
mediante cuenta justificativa con aportación de informe de auditor, que no se
contempla en el texto de la Ordenanza que se modifica.
La redacción de esta nueva disposición es la siguiente:
“Artículo 33.bis.- Justificación mediante cuenta justificativa con aportación de
informe de auditor.
1. Las bases reguladoras de la subvención podrán prever una reducción de la
información a incorporar en la memoria económica a que se refiere el artículo
anterior de esta Ordenanza siempre que:
a) La cuenta justificativa vaya acompañada de un informe de un auditor de cuentas
inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente
del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas.
b) El auditor de cuentas lleve a cabo la revisión de la cuenta justificativa con el
alcance que se determine en las bases reguladoras de la subvención, y con sujeción
a las normas de actuación y supervisión que, en su caso, proponga el órgano que
tenga atribuidas las competencias de control financiero de subvenciones en el
ámbito de la administración pública concedente.
c) La cuenta justificativa incorpore, además de la memoria de actuaciones a que se
refiere el artículo anterior de esta Ordenanza, una memoria económica abreviada,
cuyo contenido se establecerá en las bases reguladoras de la subvención, si bien,
como mínimo contendrá un estado representativo de los gastos incurridos en la
realización de las actividades subvencionadas, debidamente agrupados, y en su
caso, las cantidades inicialmente presupuestadas y las desviaciones acaecidas.
2. En aquellos casos en que el beneficiario esté obligado a auditar sus cuentas
anuales por un auditor sometido a la Ley de Auditoria de Cuentas, la revisión de la
cuenta justificativa se llevará a cabo por el mismo auditor, salvo que las bases
reguladoras prevean el nombramiento de otro auditor.
3. En el supuesto en que el beneficiario no esté obligado a auditar sus cuentas
anuales, la designación del auditor de cuentas será realizada por él, salvo que las
bases reguladoras de la subvención prevean su nombramiento por el órgano
concedente. El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa podrá tener la
23
condición de gasto subvencionable cuando así lo establezcan dichas bases y hasta
el límite que en ellas se fije.
4. El beneficiario estará obligado a poner a disposición del auditor de cuentas
cuantos libros, registros y documentos le sean exigibles en aplicación de lo
dispuesto en el apartado f) del artículo 14.1 de la Ley General de Subvenciones, así
como a conservarlos al objeto de las actuaciones de comprobación y control
previstas en la Ley.
5. El contenido de la memoria económica abreviada se establecerá en las bases
reguladoras de la subvención, si bien como mínimo, contendrá un estado
representativo de los gastos incurridos en la realización de las actividades
subvencionadas, debidamente agrupados, y, en su caso, las cantidades inicialmente
presupuestadas y las desviaciones acaecidas.”
G).- Se adiciona un nuevo artículo (33.ter) dedicado a la modalidad de justificación
mediante cuenta justificativa simplificada, que no se contempla en el texto de la
Ordenanza que se modifica.
La redacción de esta nueva disposición es la siguiente:
“Artículo 33.ter.- Justificación mediante cuenta justificativa simplificada.
1. Para las subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000 euros, podrá
tener carácter de documento con validez jurídica para la justificación de la
subvención la cuenta justificativa regulada en este artículo, siempre que así se haya
previsto en las bases reguladoras de la subvención.
2. La cuenta justificativa contendrá la siguiente información:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades
realizadas y de los resultados obtenidos.
b) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su
caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un
presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas.
c) Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
d) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no
aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.
3. El órgano concedente comprobará, a través de las técnicas de muestreo que se
acuerden en las bases reguladoras, los justificantes que estime oportunos y que
permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la
subvención, a cuyo fin podrá requerir al beneficiario la remisión de los justificantes
de gasto seleccionados.”
H).- Se modifica la redacción del apartado 5 del artículo 37 de la Ordenanza
(procedimiento de aprobación del gasto y pago), al objeto de mejorar la referencia
al régimen de garantías en relación con “pagos a cuenta” o “abonos anticipados”.
La nueva redacción de dicho apartado es la siguiente:
“Artículo 37.-Procedimiento de aprobación del gasto y pago.
24
(…)
5.- Las bases reguladoras que contemplen la posibilidad de pagos a cuenta o
abonos anticipados podrán establecer un régimen de garantías de los fondos
entregados. El régimen de garantías correspondiente se regirá por lo establecido en
la Sección 7ª del Capítulo III del Título Preliminar del Reglamento de la Ley
38/2003, General de Subvenciones (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio),
quedando exonerados en todo caso:
a.- Las Administraciones públicas, sus organismos vinculados o
dependientes, sociedades mercantiles de capital público y fundaciones del
sector público.
b.- Los beneficiarios de subvenciones concedidas por importe inferior a
3.000 euros.
c.- Las entidades que por Ley estén exentas de presentación de cauciones,
finanzas o depósitos ante las Administraciones Públicas o sus organismos y
entidades vinculadas o dependientes.
d.- Las entidades no lucrativas, así como las federaciones, confederaciones o
agrupaciones de las mismas, que desarrollen proyectos o programas de
acción social.”
(...)”
SEGUNDO.- La publicación y entrada en vigor de la modificación se efectuará de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 56.1, 65.2 y 70.2 de la Ley
Reguladora de las Bases del Régimen Local y en la forma prevista en el artículo 15
del Reglamento de procedimientos sobre materias de competencia del Pleno del
Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
TERCERO.- Una vez producida la vigencia de las modificaciones a las que se refiere
el epígrafe PRIMERO de la propuesta que contiene el presente documento [que
habrán de ser aprobadas por el Pleno, en su condición de órgano competente al
respecto,], por razones operativas se deberá producir la aprobación y publicación
de un texto actualizado de la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo.
Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, que contemple todas las disposiciones
estatutarias que resultaran afectadas. En este caso, la aprobación del texto
actualizado compete a la Alcaldía, a través del oportuno Decreto, a cuyos efectos se
le faculta expresamente.”
Se aprueba por unanimidad.
5.- EXPEDIENTE RELATIVO A ACEPTACIÓN DE LA CESIÓN DE
ACCIONES Y SOLICITUD DE CESIÓN DE TERRENOS DE LA AUTORIDAD
PORTUARIA QUE INTEGRAN LA SOCIEDAD “PARQUE MARÍTIMO DE SANTA
CRUZ S. A”, A ESTE AYUNTAMIENTO
PRIMERO.- El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz
de Tenerife en sesión celebrada el día 23 de Diciembre de 2010 acordó, previo
informe de Puertos del Estado favorable a su viabilidad jurídica, autorizar la cesión
gratuita a favor de este Excmo. Ayuntamiento, de las acciones de la citada
Autoridad Portuaria, en la Sociedad Parque Marítimo Santa Cruz, S.A.
25
Este acuerdo ha sido notificado a la Corporación Municipal con fecha 15 de Febrero
corriente y del mismo se da cuenta en este acto.
En la misma fecha de 23 de Diciembre el Excmo. Ayuntamiento Pleno acordó, por
unanimidad:
“Se tramite, por medio de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, la
solicitud de desafectación por el Ministerio de Fomento de los terrenos incluidos en
la ordenación del Plan Especial del Parque Marítimo y definidos con esta
denominación por el vigente Plan de Utilización de los Espacios Portuarios, previa
declaración de innecesariedad por el Consejo de Administración de dicha Autoridad
y demás trámites que procedan, a fin de que se disponga la cesión gratuita de
dichos bienes al Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, conjuntamente
con la cesión, también gratuita, de las acciones representativas de la participación
de la Autoridad Portuaria en el capital social de la Sociedad Parque Marítimo Santa
Cruz, S.A. y reconocimiento expreso de que ambas Administraciones no tienen
nada que reclamarse recíprocamente como consecuencia de la ocupación del
dominio público portuario afecto a la explotación que constituía el objeto social de
la misma ni tampoco la propia Sociedad titular de la concesión que se extingue”.
Este acuerdo ha sido notificado, según resulta del expediente de su razón, a la
Presidencia de la Autoridad Portuaria con fecha 15 del actual mes de febrero.
SEGUNDO.- Por exigencias del art. 629 del Código Civil la cesión de las acciones
requiere para su eficacia la aceptación formal por parte del Ayuntamiento.
En los fundamentos de la propuesta que motivó el acuerdo municipal se prevé la
cesión gratuita de las acciones que ofrece la Autoridad Portuaria y se razona
textualmente que “la simple enajenación o transmisión al Ayuntamiento de las
participaciones que la A. P. posée de la Sociedad Parque Marítimo Santa Cruz, S.A.
no resuelve la cuestión principal que atañe a la viabilidad del servicio de utilidad
pública e interés social que a través de sus instalaciones se presta, pues uno de los
requisitos necesarios es la exención de la tasa por el uso privativo del dominio
público portuario, cuyo gravamen, siendo legalmente elemento necesario de la
concesión administrativa, provocaría la imposibilidad económica de la continuidad
del servicio público en su imprescindible caracterización social.”
TERCERO.- También se añade, en la propuesta aprobada por esta Excma.
Corporación, que la forma más sencilla y más acorde con la naturaleza de las cosas
es la prevista por el ordenamiento jurídico que, a la vista del cumplimiento de todos
los requisitos necesarios como examina la propuesta que fundamenta el acuerdo,
se concreta en la vía que marca el artículo 48 de la Ley 48/2003 al disponer que:
“Los bienes de dominio público que resulten innecesarios para el cumplimiento de
los fines de este carácter podrán ser desafectados por el Ministro de Fomento a
propuesta de Puertos del Estado, previa declaración de innecesariedad por el
Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria e informe de la Dirección
General de Costas, sobre las características físicas de dichos bienes a efectos de la
protección y defensa del dominio público marítimo-terrestre.
CUARTO.- A las circunstancias y requisitos que concurren en las actividades de
utilidad pública e interés social que en el parque marítimo se desarrollan, las cuales
dieron lugar a su creación de índole compensatoria debida a la ocupación por el
puerto de la práctica totalidad de los espacios de litoral de uso ciudadano, se unen,
actualmente, razones que demandan urgente decisión.
26
Por motivos de orden legal, ajenos al Ayuntamiento, no es viable el régimen de
coparticipación de la Autoridad Portuaria ni, en consecuencia, aplicable la fórmula
inicialmente prevista de capitalización del canon o tasa por el uso privativo de del
dominio público portuario aplicable a gran parte de los terrenos del parque
marítimo.
Por otra parte, en pocos meses estarán terminadas las obras que se realizan por el
Ayuntamiento para la adecuación de las piscinas a la normativa sanitaria y la
realización del concurso público, para la inmediata puesta en servicio de las
instalaciones, requiere la previa determinación del régimen de aplicación que será
determinante de un factor principal de los costes o gastos de de la explotación.
Se propone, con fundamento en los motivos y razones expuestas, se acuerde
manifestar a la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife:
Primero.- Se tenga por contestada la oferta de transmisión de las acciones
representativas de la participación de la referida Entidad en el capital social de la
Compañía PARQUE MARITIMO SANTA CRUZ, S.A. en el sentido de expresar su
aceptación condicionada a la cesión gratuita de los terrenos que ocupa el parque
marítimo y el reconocimiento expreso de que ambas Administraciones no tienen
nada que reclamarse recíprocamente como consecuencia de la ocupación del
dominio público portuario afecto a la explotación que constituía el objeto social de
la misma, ni tampoco la propia Sociedad titular de la concesión que se extinga.
Segundo.- Proceda, conforme se tiene interesado y con la urgencia que las
expuestas circunstancias demandan, a seguir el trámite conducente a la
desafectación por el Ministerio de Fomento de los terrenos incluidos en la
ordenación del Plan Especial del Parque Marítimo y definidos con esta denominación
por el vigente Plan de Utilización de los Espacios Portuarios.
Tercero.- Con el mismo carácter y, como cuestión previa al trámite que se
interesa, se someta por la Presidencia de la Autoridad Portuaria. en la primera
sesión que se celebre el Consejo de Administración de la misma, la previa
declaración de innecesariedad para los fines que le son propios de los terrenos que
se citan y la emisión de un informe favorable sobre la desafección y liquidación de
la concesión administrativa otorgada para la ocupación de los mismos y los demás
extremos inherentes a la separación de la Autoridad Portuaria de la Sociedad
PARQUE MARITIMO SANTA CRUZ, S.A.
Se aprueba por unanimidad.
6.- EXPEDIENTE RELATIVO A ESTABLECIMIENTO DE NORMAS PARA
LA CELEBRACIÓN DEL SORTEO PARA LOS COMPONENTES DE LAS MESAS
ELECTORALES.
Visto el expediente de referencia.
Resultando que en este año 2011 está prevista la celebración de las
elecciones Autonómicas y Locales. El próximo 22 de mayo.
Resultando que el articulo 26 de la L.O.R.E.G.5/1985 dispone que
corresponde a los Ayuntamientos la formación de las Mesas, bajo la supervisión de
la Junta Electoral de Zona, siendo designado el Presidente, los Vocales y sus
suplentes por sorteo público.
Resultando que de conformidad con los artículos 25 y 26de la
L.O.R.E.G.5/1985, cada Mesa Electoral estará formada por un Presidente y dos
Vocales, debiendo procederse en misma forma al nombramiento de dos suplentes
para cada uno de los miembros de la Mesa.
27
Con el fin de simplificar y agilizar el acto del sorteo público, el Excmo.
Ayuntamiento Pleno acuerda:
1. Aprobar las normas de procedimiento según ha venido establecida en
años anteriores que son las siguientes:
a) Se procederá para la designación de los titulares y suplentes de los
puestos que figuran a continuación, a la obtención por sorteo de
nueve números de electores del orden de la centena que se aplicarán
en todas las Mesas, sobre las listas electorales que sirvieron en la
exposición al público y en el mismo orden que viene especificado en
los impresos E.C.G.7.3. es decir:
TITULARES; PRESIDENTE
1º VOCAL
2º VOCAL
1º SUPLENTE DE PRESIDENTE
2ºSUPLENTE DE PRESIDENTE
1ºSUPLENTE DE 1º VOCAL
2ºSUPLENTE DE 1º VOCAL
1ºSUPLENTE DE 2º VOCAL
2ºSUPLENTE DE 2º VOCAL
b) Si en el momento de aplicar los números obtenidos en el sorteo
anterior a la relación de electores de cada Mesa, se observa que el
número aplicado sobrepasa al número de electores de la Mesa, se
suprimirá entonces la cifra correspondiente a la unidad de centena
del número obtenido, que quedará entonces en el orden de las
decenas, aplicándose la cifra de las decenas. Si en alguna Mesa por
excepción, el número de electores sobrepasa el millar, se sorteará
como unidad de millar sólo las cifras 0 y 1.
c) Si el elector resultante después de la aplicación de los números
obtenidos en cada Mesa no reúne las condiciones estipuladas en la ya
mencionada L.O.R.E.G.5/1985 en su artículo 26.2 (que señala que
habrán de ser menores de setenta años y saber leer y escribir; el
Presidente deberá tener título de Bachiller o el de Formación
Profesional de 2º grado o subsidiariamente el de Graduado Escolar o
equivalente) se designará al elector que ocupe el lugar siguiente en
dicha lista, hasta obtener un elector que reúna las condiciones
requeridas; si se agota la lista siguiendo ese orden y no se consigue
el elector adecuado, se reiniciará la operación comenzando desde el
principio de esa lista.
d) Para aquellos casos en que la Junta Electoral de Zona solicite la
propuesta de sustitución de alguno de los componentes de la Mesa ya
nombrados se pondrán como sustitutos los que figuran
inmediatamente después de los nombrados en las correspondientes
listas electorales siempre que reúnan los requisitos exigidos por la
legislación aplicable para los respectivos cargos y aplicando el
procedimiento descrito en el apartado c).
2. Del acto del sorteo, que se realizará en acto público y con invitación a
un representante de cada grupo Político Municipal, se dará la
difusión adecuada para la pública concurrencia.
Y el Excmo. Ayuntamiento Pleno, de conformidad con el dictamen de la
Comisión Informativa de Servicios Centrales, acordó aprobar las normas de
procedimiento para la designación por el sorteo informático de los miembros de las
Mesas electorales que quedan expuestas, dando cuenta a los Grupos políticos
28
representados en éste, para que designen al representante que ha de asistir al
acto público del sorteo. Del presente acuerdo se dará cuenta a la Junta Electoral de
Zona tan pronto se constituya para su conformidad.
Se aprueba por unanimidad.
ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS PERSONALES
7.- EXPEDIENTE RELATIVO A LA APROBACIÓN DEL I PLAN Y CARTA
DE MAYORES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE.
Visto el expediente arriba referenciado y de acuerdo con los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
1.- Que por la Jefa del Negociado de Mayores se informa con fecha 23 de
Diciembre del 2010 que:
2º.- En sesión Plenaria de fecha 18 de septiembre de 2009, se adoptó entre otros
el siguiente acuerdo “Redactar el Primer Plan Municipal para personas mayores en
Santa Cruz, Plan Multidisciplinar que de respuesta a todas las áreas de intervención
necesarias para hacer frente a las diferentes problemáticas de los mayores”
3º.- Para dar cumplimiento al acuerdo Plenario, desde la Concejalía de Cohesión y
Bienestar Social, se impulsa la elaboración del I Plan Estratégico Municipal para
las personas mayores del municipio
4º.- Para ello, y previa petición del Servicio de Atención Social con fecha 30 de julio
de 2010, D. Tomás Gonzalez Hernández (Geas7 Consultoria Social), presentó un
“Proyecto para la elaboración del Plan Estratégico Municipal para las personas
mayores” del municipio de Santa Cruz de Tenerife por importe de 16.700 euros
5º- Tras el estudio del proyecto citado en el punto anterior, con fecha 2 de agosto
de 2010, se encargó por el Sr. Presidente del Organismo Autónomo “Instituto
Municipal de Atención Social”, del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife,
la ejecución del contrato menor de “ Elaboración del Plan municipal para las
personas mayores del municipio de Santa Cruz de Tenerife” , a favor de D. Tomás
Domingo Gonzalez Hernández, con N.I.F nº 43.799.748 C, por importe de
16.700,00 € (dieciséis mil setecientos euros) con una vigencia el contrato de cinco
meses.
6º.- Durante la elaboración del Plan, el 28 de septiembre de 2010, se lleva al
Consejo Municipal de Servicios Sociales, en sesión ordinaria, Información
referente al Plan Municipal de Mayores, donde D. Tomas Domingo Gonzalez
Hernández, realiza una presentación referente a la elaboración del Plan.
7º.- Se recibe con fecha de registro de entrada del Excmo. Ayuntamiento de Santa
Cruz de Tenerife de 30 de noviembre de 2010 de D. Tomás Domingo Gonzalez
Hernández ( Geas7 Consultoria Social) los documentos denominados “Diagnóstico
del Plan Estratégico Municipal para las personas mayores y Documento del I Plan
Estratégico Municipal para las Personas Mayores de Santa Cruz de Tenerife.
8º.- El 9 de diciembre de 2010, en el Consejo Municipal de Servicios Sociales se
trató de nuevo en el punto 3º del orden del día : Información sobre el Plan
Municipal de Mayores y se entregó el documento presentado por la empresa
contratada, en formato Cd a cada uno de los componentes del Consejo
29
9º.- El 14 de diciembre se lleva al Consejo Rector del IMAS la presentación del Plan
donde el Jefe del Servicio hizo una breve exposición de los contenidos del citado
Plan
10º.- Posteriormente el 22 de diciembre se vuelve a llevar al Consejo Rector del
IMAS el Anteproyecto del I Plan Estratégico Municipal para las Personas Mayores
de Santa Cruz de Tenerife, en donde se recogieron las modificaciones elaboradas
por los/as técnicos/as del Servicio de Atención Social para su aprobación
11º.- El documento definitivo, es el resultado de la modificación de su contenido y
forma atendiendo a las diferentes aportaciones e indicaciones técnicas y las
instrucciones del Jefe del Servicio
12.-Que el precitado Negociado de Mayores emite informe asimismo relativo a la
carta de los derechos de las personas mayores del Municipio de Santa Cruz de
Tenerife del siguiente tenor:
“En relación al asunto de referencia se informa:
1º.- Desde la Concejalía de Cohesión y Bienestar Social, se impulsa la elaboración
de una Carta de Derechos de las personas mayores del municipio de Santa Cruz de
Tenerife en el contexto de elaboración y redacción del “I Plan Estratégico Municipal
de Atención a las Personas Mayores (2011-2014)”,
2º.- El 22 de diciembre se lleva al Consejo Rector del IMAS el Anteproyecto de la
Carta de los derechos de las Personas Mayores del Municipio de Santa Cruz de
Tenerife, elaborada por los/as técnicos/as del Servicio de Atención Social para
su aprobación
- El documento definitivo, es el resultado de la modificación de su contenido y
forma atendiendo a las indicaciones técnicas y las instrucciones del Jefe del
Servicio
En base a lo expuesto, se PROPONE:
Que se apruebe la carta de los derechos de las personas mayores del municipio de
Santa Cruz de Tenerife, cuyo tenor literal es el siguiente:
CARTA DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES DEL MUNICIPIO DE
SANTA CRUZ DE TENERIFE
Una de las acciones planteadas por esta Concejalía de Cohesión y Bienestar Social
fue la elaboración de una Carta de los Derechos de las Personas Mayores del
Municipio de Santa Cruz de Tenerife, y surge en el contexto de elaboración y
redacción del “I Plan Estratégico Municipal de Atención a las Personas Mayores
(2011-2014)”, para dar cumplimiento al acuerdo plenario y los compromisos
asumidos en el seno del Consejo Municipal de Servicios Sociales, promovido por el
Organismo Autónomo Instituto Municipal de Atención Social, IMAS.
Desde el inicio de la elaboración del I Plan Estratégico, se puso en marcha un
proceso de consulta que permitiese llegar a su redacción, para su posterior
30
consenso con los distintos agentes sociales y colectivos de las personas mayores
representadas en dicho proceso. Con respecto al apartado de la Carta de los
Derechos de las Personas Mayores, debe constituir la apuesta más importante que
esta Corporación municipal realice con respecto al reconocimiento, valoración y
garantía de los Derechos y Libertades que tienen las Personas Mayores de este
municipio.
Dicha Carta encaja asimismo en el principio de Colaboración Institucional, en la
búsqueda de la mayor eficacia posible de las Administraciones Públicas, como
responsables de velar por la correcta aplicación de tales derechos ciudadanos que,
en definitiva, son las responsables de nuestro grado de satisfacción como
ciudadanos, de nuestro bienestar individual y colectivo y del impulso y desarrollo de
nuestras libertades como seres humanos.
El formato Carta, en este caso una Carta de los Derechos de las Personas Mayores
de este municipio, es una forma ya habitual en las Administraciones más avanzadas
de detectar y ofrecer respeto a los intereses de la ciudadanía. Su concreción en
unos simples enunciados finales encuentra su verdadero valor en el desarrollo
posterior de las Cartas de Servicios que las mismas Administraciones deben ofrecer
posteriormente a la ciudadanía y que no son sino compromisos formales en cuanto
a los servicios que se han de prestar y el modelo de prestarlos. Compromisos, por
tanto, exigibles posteriormente como Derecho, aunque ya lo fuesen con
anterioridad.
Por otra parte, con la elaboración de esta propuesta para una Carta de los Derechos
de las Personas Mayores, el Servicio de Atención Social adscrito al Organismo
Autónomo Instituto Municipal de Atención Social- IMAS, desarrollará una de las
funciones implícitas en el referido Plan: hacer de observatorio y detector de las
necesidades y vigencia de la Carta de los Derechos de las Personas Mayores, para
dar traslado al Consejo Rector del Organismo Autónomo, las observaciones y
propuestas o recomendaciones para su aplicación en la mejora de los derechos del
colectivo de personas mayores.
El final de este proceso debe arrancar con la aprobación y difusión de esta Carta de
los Derechos de las Personas Mayores de este municipio, que nos permita disponer
de una visión a fondo de los derechos y libertades de este colectivo de personas, y
una guía práctica sobre como poder ejercer esos derechos y, por parte de la
Administración, con la responsabilidad de acometer de forma decidida la
elaboración de Cartas de Servicios que, en lo posible, recojan el espíritu del Código
de Buena Conducta y los contenidos de esta propuesta sobre una Carta de los
Derechos de las Personas Mayores del municipio de Santa Cruz de Tenerife.
La Carta se fundamenta en el Estatuto de Autonomía de Canarias, la Constitución
Española, la Declaración de los Derechos Humanos y la Carta de los Derechos
Fundamentales de la Unión Europea, y se construye sobre el concepto de la
autonomía personal, entendida como el derecho de ser libres en la toma de
decisiones, de mantener el propio proyecto de vida desde la identidad personal, así
como desde la responsabilidad de cumplir los compromisos adquiridos libremente
en el ejercicio de la ciudadanía.
El documento recoge los cinco principios temáticos propuestos por las Naciones
Unidas, descritas en los documentos de los derechos humanos para personas de
edad. Estos principios son los de dignidad, independencia, autorrealización,
asistencia y participación. Los tres primeros se refieren a la vertiente más individual
y personificable del ser humano. Los dos últimos principios permiten alcanzar la
autorrealización personal, basada en la independencia, aportando calidad y
dignidad humana.
31
Esta Carta debe ser un documento vivo que permite una revisión continuada y un
trabajo de información sobre los derechos de las personas mayores que favorezca
la concienciación sobre las responsabilidades de las personas mayores desde el
civismo. Por otra parte debe permitir a las personas mayores, como ciudadanos de
pleno derecho, tener los mismos derechos y deberes que el resto de ciudadanos, de
hacer una sociedad participativa y democrática en la cual se den oportunidades a
todas las edades, evitando que se produzcan situaciones de discriminación.
Por todo lo anteriormente expuesto se eleva la siguiente propuesta de establecer la
Carta de Derechos de las Personas Mayores de Santa Cruz de Tenerife, con el
siguiente contenido y articulado:
DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES DEL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ
DE TENERIFE
1. Derecho que se garantice a las personas mayores un trato digno
independientemente de la edad, sexo, discapacidad y condiciones
económicas
2. Derecho a una vivienda digna y adaptada, alimentación, vestimenta y
atención de salud adecuada para garantizar una vida autónoma e
independiente.
3. Derecho a ser respetada la capacidad de tomar decisiones e informadas en
los propios asuntos personales
4. Derecho a recibir pensiones con la cuantía económica que les permita vivir
dignamente
5. Derecho al transporte público accesible, adaptado al nivel adquisitivo de los
mayores
6. Derecho a disponer de espacios públicos accesibles y sin barreras,
facilitando el acceso a la comunicación a nivel auditivo y visual
7. Derecho a recibir información de los recursos y servicios del municipio y de
atención a las personas mayores y sus familiares
8. Derecho al respeto y la protección de los derechos de las personas mayores
como consumidoras
9. Derecho a la protección del patrimonio, seguridad ciudadana y
asesoramiento jurídico
10. Derecho a una imagen positiva del envejecimiento y a un trato digno y
respetuoso por parte de los medios de comunicación
11. Derecho al acceso a programas educativos adecuados y a la formación
continúa.
12. Derecho a acceder a la sociedad del conocimiento y al dominio de las nuevas
tecnologías
13. Derecho al acceso a la información de la oferta cultural del municipio
32
14. Derecho a la participación social y comunitaria de las personas mayores
como transmisoras de conocimientos y experiencia
15. Derecho a participar activamente en grupos de ayuda mutua, centros,
actividades intergeneracionales
16. Derecho a la participación y formación como voluntarios en acciones de
colaboración y solidaridad
17. Derecho a la participación en los procesos políticos
18. Derecho a la promoción y acceso a la actividad física como instrumento para
la mejora de la salud
19. Derecho a la promoción del envejecimiento activo
20. Derecho al disfrute y empleo del tiempo libre orientado al ocio activo y
participativo
21. Derecho a la atención a través de unos servicios sociales de calidad.
22. Derecho a la atención a las personas mayores en situación de dependencia
disponiendo de una oferta de recursos socio sanitaria especializados
23. Derecho al acceso de acciones preventivas para preservar la autonomía
personal
24. Derecho al apoyo y la formación psicosocial y material de las familias y/o
cuidadores de las personas mayores en situación de dependencia
25. Derecho a la mejora de los recursos y servicios que propicien la
permanencia en el entorno habitual de las personas mayores
26. Derecho a un alojamiento alternativo para cuando no se pueda permanecer
en el domicilio
27. Derecho a disponer y poder acceder a equipamientos gerontológicos
especializados, suficientes y adaptados a las condiciones económicas
28. Derecho a una atención sanitaria pública y de calidad que garantice la
continuidad de cuidados, atendiendo las necesidades específicas de las
personas mayores
29. Derecho a disponer de recursos de proximidad: centros de día, centros de
estancia diurna, talleres de estimulación cognitiva y psicomotriz.
30. Derecho a recursos sociales que respondan a las necesidades y demandas
independientemente de las condiciones económicas, contribuyendo en el
coste en función de los recursos económicos: ayuda a domicilio,
teleasistencia, arreglo de vivienda, ayudas técnicas, comida a domicilio.
31. Derecho al respeto, a la defensa de los derechos y libertades fundamentales
de las personas mayores en condiciones de igualdad en el marco de la
Constitución Española, el Estatuto de canarias y el resto del Ordenamiento
jurídico
33
32. Derecho a una atención social en caso de riesgo de maltrato y violencia
hacia las personas mayores
33. Derecho a potenciar la investigación en gerontología y en proyectos
innovadores que tengan un carácter preventivo
34. Derecho a que las Administraciones empleen recursos dirigidos a dar apoyo,
información, orientación e información a la sociedad para combatir posibles
situaciones de riesgo y dependencia, que puedan generar malos tratos,
abusos y actividades negligentes.
FUNDAMENTOS DE DERECHIO
PRIMERO.- En materia de Servicios Sociales la legislación de la Comunidad
Autónoma de Canarias atribuye a los Ayuntamientos entre otras las siguientes
competencias, correspondiendo al IMAS su ejecución y gestión sin exceder los
límites de las atribuciones delegadas, en su caso, en la Concejalía de Servicios
sociales por el Alcalde-Presidente:
a) Participación en el proceso de planificación de los Servicios Sociales que afecten
al ámbito municipal o comarcal.
b) Estudio y detección de las necesidades en su ámbito territorial.
c) Elaboración de los planes y programas de servicios sociales dentro del término
municipal, de acuerdo con la planificación global realizada por la Comunidad
Autónoma (Artículo 4 de los vigentes Estatutos del IMAS)
SEGUNDO.- Corresponden al Consejo Rector del organismo autónomo entre otras
las siguientes atribuciones:
a) La aprobación del plan de actuación anual, así como la programación general de
actividades y el seguimiento de su realización, bajo las directrices establecidas por
los órganos municipales competentes en materia de Organización, Planificación
Estratégica y Régimen Interno.
b) El conocimiento y la información sobre los estudios e informes y el control
interno sobre las actividades y servicios realizadoS (Artículo 7 de los Estatutos del
IMAS).
A la vista de los antecedentes y fundamentos jurídicos expuestos, El el Excmo.
Ayuntamiento Pleno, de conformidad con lo acordado por el Consejo Rector del
Instituto Municipal de Atención Social en sesión de fecha 22 de Diciembre del 2010
y previo dictamen de la Comisión informativa de Servicios Personales acordó:
PRIMERO.- Aprobar el I Plan Estratégico Municipal para las personas Mayores del
Municipio de Santa Cruz de Tenerife cuyo documento se anexa al presente Acuerdo.
SEGUNDO.- Aprobar la Carta de los Derechos de las personas Mayores del
Municipio de Santa Cruz de Tenerife.
ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO MUNICIPAL PARA LAS PERSONAS MAYORES DE SANTA
CRUZ DE TENERIFE.
INDICE
1. INTRODUCCIÓN
34
1.1 El I Plan Estratégico Municipal para las Personas Mayores de Santa Cruz
de Tenerife.
1.2. Definición de la misión y visión del I Plan Estratégico.
1.3. Estructura del I Plan.
2. ENFOQUE TEÓRICO-CONCEPTUAL
2.1. El envejecimiento cómo fenómeno demográfico.
2.2. Envejecimiento activo: Concepto y justificación.
2.3. El envejecimiento y la dependencia.
2.4. Las políticas de Envejecimiento Activo y Atención a la Dependencia.
2.5. Cambios sociológicos.
3. MARCO REFERENCIAL DEL PLAN
4. DIAGNÓSTICO
4.1. Ámbito demográfico.
4.2.Ámbito económico
4.3.Ámbito formativo
4.4.Ámbito sociosanitario
4.5.Ámbito residencial
4.6.Ámbito relacional
4.7.Ámbito de ciudadanía y participación
5. PRINCIPIOS Y PRIORIDADES
5.1.Principios.
A) Principios rectores.
B) Principios organizativos
C) Principios de actuación.
5.2. Prioridades.
6. EJES ESTRATÉGICOS. LÍNEAS DE ACTUACIÓN, OBJETIVOS Y ACTUACIONES
LÍNEAS DE ACTUACIÓN
6.1. EJE I. GARANTÍAS DE LOS DERECHOS, PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE
LAS PERSONAS MAYORES (DEPENDIENTES Y NO DEPENDIENTES)
1. GARANTÍA DE DERECHOS: PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIÓN POR
RAZÓN DE LA EDAD.
2. PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS MAYORES.
2.1. Accesibilidad:
35
2.2. Protección y seguridad ante diversas situaciones
2.3. Seguridad ante la protección de su imagen:
2.4. Protección y seguridad como personas consumidoras.
2.5. Protección y seguridad ante otras situaciones o ámbitos.
6.2.- EJE II. LA PARTICIPACIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS MAYORES
LÍNEAS DE ACTUACIÓN
1. EDUCACIÓN Y APRENDIZAJE DURANTE EL CICLO VITAL.
2. PROMOCION DEL ENVEJECIMIENTO ACTIVO DESDE LA PREPARACIÓN
PARA UN ENVEJECIMIENTO SALUDABLE.
3. LA PARTICIPACIÓN DESDE EL ASOCIACIONISMO.
4. SOLIDARIDAD Y VOLUNTARIADO COMO FORMA DE PARTICIPACIÓN Y
CONTRIBUCIÓN SOCIAL.
5. ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN POLÍTICA.
6. OCIO Y TIEMPO LIBRE
6.3. EJE III. ATENCIÓN A LAS PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE
DEPENDENCIA Y/O VULNERABILIDAD SOCIAL
LÍNEAS DE ACTUACIÓN
1. COLABORACIÓN EN EL DESARROLLO DEL SISTEMA DE PROMOCIÓN
DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN
SITUACIÓN DE DEPENDENCIA.
2. PREVENCIÓN ESPECÍFICA PARA LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE
DEPENDENCIA.
3. APOYO A LAS FAMILIAS DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE
DEPENDENCIA.
4. ATENCIÓN EN LA COMUNIDAD.
5. PROMOCIÓN DE ALOJAMIENTOS ALTERNATIVOS.
7. EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PLAN
7.1. Tipos de evaluación.
a) Evaluación de los objetivos y acciones contenidas en el Plan.
b) Evaluación de la Participación Institucional.
c) Satisfacción de la población y los/as agentes como destinatarios/as de la
acción.
7.2. Criterios en los que se basa la evaluación.
36
7.3. Metodología general y fases de la evaluación.
a) Fase I: Evaluación de la implementación.
b) Fase II: Evaluación de los resultados.
7.4. Seguimiento del Plan.
a) Comisión de Seguimiento del Plan.
b) Comisión Técnica de Seguimiento.
8. BIBLIOGRAFÍA.
1. INTRODUCCIÓN
Las virtudes de la planificación estratégica (PE) son más evidentes si el propósito
de la gestión en los servicios públicos va más allá de las prestaciones asistenciales
y se orienta hacia el logro de transformaciones significativas en la realidad social de
modo que las condiciones de vida de las personas mejoren de modo sostenible y
permanente.
Para abordar el diseño de un Plan Estratégico, es preciso tener una visión amplia y
a largo plazo de los cambios necesarios. El objeto de todo PE son precisamente
estos procesos de cambio a largo plazo para lograr aquellas transformaciones que
vayan introduciendo mejoras en las condiciones de vida de las personas. Modificar
la realidad social es un objetivo ambicioso y suficientemente complejo como para
requerir una ordenación de los procesos de cambio conforme a una planificación,
que permita integrar la actuación de actores públicos y sociales.
1.1 El I Plan Estratégico Municipal para las Personas Mayores de Santa
Cruz de Tenerife.
El proceso de elaboración del I Plan Estratégico Municipal para las personas
mayores de Santa Cruz de Tenerife, se ha basado en la elaboración de un
diagnóstico de necesidades a través del cual se intenta conocer la realidad social, la
estructura de carencias y de aquellos otros aspectos que estén en mejor condición.
El diagnóstico debe proporcionar un conocimiento de las necesidades que se
quieren atender, su dimensión social y su grado de urgencia.
Este diagnóstico, se ha realizado a través de instrumentos como los censos, las
estadísticas nacionales y locales, así como encuestas y grupos de discusión
específicamente diseñadas para tal fin, que, además de ofrecer una fotografía de la
realidad, pueden servir después de base para la prospectiva de futuro y para tomar
decisiones sobre actuaciones necesarias en el horizonte del Plan.
37
En el documento del diagnóstico se ha tratado de aunar los datos disponibles a
través de fuentes secundarias e informaciones de fuentes primarias para poder
dotar al Plan de una aproximación sobre la situación de la población mayor en este
territorio.
Está estructurado en varios apartados en donde se presentan tanto las estadísticas
oficiales como las conclusiones de los grupos de discusión con personas mayores de
cada uno de los distritos municipales. Además, se añaden las demandas de las
Asociaciones de Mayores y las percepciones de agentes clave que inciden en esta
temática. Así mismo, la visión desde la Corporación Municipal, su estructura y
organización, está presente como medio para poder articular las medidas a tomar
en el Plan Municipal.
Una vez elaborado el diagnóstico, la siguiente tarea que a su vez, es la principal en
el proceso de planificación estratégica, consiste en definir los objetivos estratégicos.
Los objetivos finales vendrían a ser aquellas mejoras que se quieren conseguir en
las condiciones de vida de las personas mayores.
La siguiente etapa es la implementación del plan. Ello incluye por tanto las tareas
más específicas de gestión de los recursos, organización de las actividades y la
implementación se desarrolla en distintas fases en función de la lógica exigida por
la aplicación coherente de las distintas actuaciones.
En la evaluación, se intentará establecer hasta qué punto se han logrado mejoras
en las condiciones de vida de las personas mayores. La idea básica en evaluación
es producir información sobre la medida en que se lograron los objetivos iniciales.
Pero la evaluación también persigue corregir y revisar la gestión ordinaria para
poder ir afinando actividades y servicios previstos. Por ello se habla de que la
evaluación se aplica tanto a los objetivos como a la implementación con el objeto
de determinar en qué etapas y actuaciones es preciso introducir modificaciones.
El principal objetivo es que la actuación pública produzca modificaciones en la
realidad social y que los recursos públicos aporten elementos que de forma
permanente y sostenible supongan mejoras substanciales en las condiciones de
vida de las personas mayores.
El Plan se presenta como una herramienta que aborda los compromisos políticos
que lo impulsan así como la metodología a aplicar para la consecución de un interés
general: mejorar las condiciones y calidad de vida de las personas mayores y de
las personas mayores en situación de dependencia y/o vulnerabilidad social y de
sus familiares.
Un propósito que está presente en todos los documentos e instrumentos que, desde
la Primera Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento celebrada por Naciones
Unidas en 1982, se han ido aprobando y desarrollando a nivel internacional y
nacional, y que no es otro que “lograr una calidad de vida que permita envejecer
con seguridad y dignidad y, paralelamente, garantizar a las personas mayores la
38
continuidad de su participación como ciudadanos con plenos derechos en sus
respectivas sociedades”1.
Un propósito que, como se recoge en el citado documento, se debe traducir en
“asegurar una serie de elementos objetivos relacionados con las necesidades
cotidianas de las personas mayores, tales como la seguridad de ingresos, el acceso
a los servicios sociales y sanitarios, el fortalecimiento de las redes apoyo social, los
entornos físicos favorables, entre otros; y aquellos relacionados con los intereses
estratégicos de la vejez, como la erradicación de la violencia y la discriminación, el
fomento de una imagen positiva del envejecimiento y el empoderamiento de las
personas mayores, entre otros”.
Para ello se han definido los principios que inspiran el plan, las líneas de actuación,
los objetivos estratégicos a conseguir en cada una de ellas, las actuaciones a
desarrollar para su consecución, los indicadores que hagan posible su seguimiento y
evaluación, un modelo de evaluación y un modelo organizativo para el desarrollo
del plan.
Se trata de definir un marco general de actuaciones, organizadas, estructuradas y
dirigido a abordar más áreas de necesidad e intereses de las personas mayores y
mejorar las existentes.
Este documento recoge los compromisos que asumirá el Pleno de la Corporación
Municipal del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife para la mejora de las
condiciones de vida de las personas mayores que residen en el municipio. Teniendo
en cuenta la situación actual de este colectivo, atendiendo no sólo a sus
necesidades sino también a las potencialidades y oportunidades que ofrece.
Este Plan nace en un momento propicio, en cuanto a producción de instrumentos
para impulsar políticas dirigidas a promover el envejecimiento activo, por ello
incorpora las cuestiones que en relación con el envejecimiento activo se están
trabajando en los diferentes ámbitos, a nivel Nacional y a nivel Europeo.
En ese sentido se han utilizado como referencia para el diseño del mismo por un
lado el Libro Blanco de Envejecimiento Activo de Andalucía; el Borrador del Libro
Blanco del Envejecimiento Activo de España, y la documentación de referencia que
a Nivel Europeo se está trabajando.
Recientemente se ha aprobado una medida de la Comisión Europea que pretende
poner en marcha una consulta sobre envejecimiento activo y saludable que
desarrollará a través de la Asociación Europea para la innovación sobre un
envejecimiento activo y saludable, esta medida forma parte de la estrategia «Unión
por la innovación» de la UE)2, esta asociación se pondrá en marcha en 2011 e
intentará alcanzar los siguientes objetivos:
1 Manual sobre indicadores de calidad de vida en la vejez. CEPAL. 2006. 2 «Unión por la innovación» de la UE, una de las iniciativas principales de Europa 2020, para convertir las ideas
en empleo, crecimiento ecológico y progreso social (IP/10/1288). La Unión por la innovación tiene un
objetivo triple: conseguir una Europa científica de altura mundial; revolucionar los métodos de colaboración
entre el sector público y el privado, sobre todo mediante asociaciones para la innovación, y eliminar las
trabas (por ejemplo, patentación costosa, fragmentación del mercado, lentitud en la fijación de normas y
carencias de cualificación) que impiden actualmente que las ideas accedan con rapidez al mercado.
39
mejorar la salud y la calidad de vida de las personas de la tercera edad,
permitiéndoles llevar unas vidas activas y autónomas.
contribuir a la sostenibilidad y eficiencia de los servicios sociales y de salud.
estimular la competitividad y las oportunidades de negocio.
La asociación europea para la innovación sobre un envejecimiento activo y
saludable aspira, como objetivo principal, a aumentar en dos años la vida útil sana
media en la UE para 2020. Intenta mejorar la calidad de vida de la tercera edad y
conseguir soluciones de atención más eficaces. Se centrará en la aplicación de la
innovación a escala más amplia que hoy en día en ámbitos tales como el fomento
de la salud, la prevención, el diagnóstico y tratamiento tempranos, los servicios
sociales y sanitarios integrados y en colaboración, la vida autónoma y las
tecnologías de apoyo a la tercera edad.
En relación con esta cuestión, se han producido dos declaraciones del comisario
europeo de Salud y consumidores y de la vicepresidenta de la Comisión
responsable de la Agenda digital:
John Dalli, Comisario europeo de Salud y Consumidores, ha declarado: «Europa
necesita prepararse para el futuro envejecimiento de su sociedad y el recurso a
la innovación será uno de los instrumentos a nuestra disposición. Por eso me
congratulo de que la primera de estas asociaciones sea sobre un envejecimiento
activo y saludable, porque supondrá una estrecha colaboración de distintas
políticas que abarcan la salud pública, la investigación, la política digital y la
industrial.».
Neelie Kroes, Vicepresidenta de la Comisión responsable de la Agenda Digital,
ha declarado lo siguiente: «Las personas viven ahora más tiempo y deberían
poder hacerlo de la forma más activa y autónoma posible, con la ayuda de
soluciones innovadoras tales como dispositivos de detección y prevención de
caídas, servicios de interacción social de fácil uso para paliar la soledad y una
utilización inteligente de las TIC en el hogar. Necesitamos las aportaciones de
las partes interesadas para velar por que la futura asociación para la innovación
pueda contribuir a hacer realidad estas ideas para los ciudadanos mayores de
Europa.».
1.2. Definición de la misión y visión del I Plan Estratégico.
La MISIÓN del I Plan Estratégico es la de establecer las líneas de actuación de
atención a las personas mayores del municipio de Santa Cruz de Tenerife que
permitan garantizar y promover la igualdad de derechos entre todas las personas
desarrollando los objetivos de protección, participación, desarrollo de la autonomía
personal y apoyo a las familias, así como mejorar permanentemente los recursos y
la prestación de servicios a través de sistemas de coordinación, seguimiento y
evaluación.
La VISIÓN es la de constituirse en un marco de referencia para las personas
mayores y sus familias, las y los profesionales y la comunidad en general, que
40
describa el modelo de la atención de personas mayores del municipio y sobre el que
se asienten la planificación, seguimiento y evaluación de las actuaciones para los
próximos años.
Con este Plan Municipal se pretende impulsar el cambio de un modelo de atención a
la población mayor con un carácter asistencialista a otro en el que la acción
asistencial sea un complemento de la prevención, la detección y la anticipación y en
el que las personas mayores sean verdaderas protagonistas de su vida. Un modelo
en el que estas personas tengan al mismo tiempo reconocido el derecho a la
satisfacción de sus necesidades y a que le sean respetados sus criterios y
preferencias. De forma que puedan ejercer el derecho de decidir sobre su propio
proyecto de vida y disfrutar de la vejez en su entorno habitual de una forma plena,
participativa y libremente escogida.
1.3. Estructura del I Plan.
Los objetivos generales que persigue el I Plan Estratégico de Personas Mayores de
Santa Cruz de Tenerife se desarrollaran a través de las líneas de actuación, los
objetivos estratégicos y acciones agrupadas en torno a los siguientes Ejes
estratégicos:
- Eje I.- Garantías de los derechos, protección y seguridad de las personas
mayores (dependientes y no dependientes).
- Eje II.- La participación social de las personas mayores.
- Eje III.- Atención a personas mayores en situación de dependencia y/o
vulnerabilidad social.
Los tres ejes hacen referencia de manera expresa a las necesidades e intereses de
los dos colectivos que conforman este heterogéneo sector de población (las
personas que mantienen un buen nivel de autonomía y la de aquellas personas que
se encuentran en situación de dependencia y/o vulnerabilidad social).
El primero de los Ejes, Garantía de derechos, protección y seguridad de las
personas mayores (dependientes y no dependientes), reúne los objetivos y
acciones encaminados a proteger y garantizar los derechos de las personas
mayores, tanto las que se encuentran en situación de dependencia como las que
mantienen la autonomía.
El segundo de los Ejes, La participación social de las personas mayores, recoge las
líneas, objetivos y acciones dirigidas a aquellas personas que encontrándose con un
nivel de salud razonablemente adecuado, abordan esta etapa de la vida con
expectativas de desarrollo personal y social. Para ellas, se han definido una serie de
actuaciones que van orientadas directamente a promover y/o posibilitar un
envejecimiento activo.
En términos generales y bajo una perspectiva preventiva, se proponen actuaciones
que pretenden promover actitudes activas ante la formación, la cultura, el disfrute
41
del tiempo libre, la salud, el mantenimiento de la calidad de vida, la solidaridad y la
participación, y el impulso del voluntariado de y para las personas mayores y el
apoyo del asociacionismo.
El tercero y último de los Ejes estratégicos, Atención a personas mayores en
situación de dependencia y/o vulnerabilidad social, se dirige específicamente a las
personas mayores que se encuentran en situación de dependencia (y sus
familiares) con discapacidades asociadas a la dependencia, y/o en situación de
vulnerabilidad social.
Considerando como tales, no sólo a las personas que se encuentran en situación de
dependencia (aquellas que necesitan de la ayuda de otras personas para realizar
las actividades básicas de la vida diaria) sino también a quienes están en situación
de vulnerabilidad social.
Por vulnerabilidad social se entiende aquellas situaciones a las que se ven
sometidas las personas mayores como soledad, falta o carencia importante de
recursos económicos, falta de habilidades personales para desenvolverse con
autonomía…, que pueden limitar en un momento determinado su autonomía o su
calidad de vida.
La perspectiva de género En todos los ejes, líneas y objetivos se incorpora de
manera transversal la perspectiva de género, es decir, las propuestas estratégicas y
operativas presentes en este Plan se han definido atendiendo a las diferentes
necesidades e intereses que presentan hombres y mujeres.
2. ENFOQUE TEÓRICO-CONCEPTUAL
2.1. El envejecimiento cómo fenómeno demográfico.
El envejecimiento de la población se considera como uno de los mayores triunfos de
la humanidad, que a su vez se ha convertido en uno de nuestros mayores desafíos.
El envejecimiento impone mayores exigencias a todos los niveles.
«El envejecimiento de la población es, ante todo y sobre todo, una historia del éxito
de las políticas de salud pública, así como del desarrollo social y económico...»3.
La Organización Mundial de la Salud sostiene que los países podrán afrontar el
envejecimiento si los gobiernos, las organizaciones internacionales y la sociedad
3 Gro Harlem Brundtland, Directora General de Organización Mundial de la Salud, 1999.
42
civil, promulgan políticas y programas de “Envejecimiento Activo” que mejoren la
salud, la participación y la seguridad de la ciudadanía de mayor edad. Más que un
lujo, una auténtica necesidad.
El espectacular incremento de la esperanza de vida que ha tenido lugar en las
últimas décadas en las sociedades occidentales y la mejora de la medicina moderna
se ha traducido en un importante alargamiento de la vejez.
Hay que diferenciar entre el proceso de envejecimiento y la vejez como etapa, con
circunstancias y momentos existenciales diferenciados. Sin perder de vista, que la
vejez y el envejecimiento son un proceso biológico y también una construcción
social, de igual forma que lo son la niñez, la juventud, etc. y cualquier otro hecho o
grupo social. Y en este sentido, aparecen dotados de diferentes elementos,
características, estereotipos, etc. según el momento y la sociedad de la que se
trate. Pueden “presentarse” como unos momentos marcados por las pérdidas y
limitaciones o por las oportunidades, o por una combinación de ambos.
El concepto envejecimiento se refiere a un proceso vital que en los últimos años ha
experimentado una gran transformación, marcado por el “rejuvenecimiento”, y
configurándose como un proceso cargado de vitalidad y expectativas, dejando atrás
el abandono y estatismo en el que presuntamente vivían las personas mayores de
antes.
Por su parte, el concepto vejez se refiere a un estado, que se podría catalogar,
como aparece en el texto ya citado Las dimensiones subjetivas del envejecimiento:
como “definitivo, irreversible y, sobre todo, carente de perspectivas de futuro, que
es lo que impide posibles transformaciones hacia el bienestar, abocando a quien lo
sufre a un deterioro final cuyo único resultado puede ser la muerte. Es éste un
estado cargado de las mismas connotaciones negativas y de los mismos temores y
rechazos que suscitaba el antiguo concepto de vejez, con la diferencia sustancial de
que se ha desplazado actualmente hacia los ochenta años de edad como frontera
cronológica (CIS, 2008), que en las representaciones sociales se corresponde con la
frontera real, que resulta mucho más circunstancial y directamente asociada a la
pérdida de autonomía del sujeto”.
Desde este Plan se pretende dar respuesta en mayor medida al envejecimiento
como proceso que a la vejez concebida como ese estado o etapa última. El
envejecimiento entendido “como un proceso complejo, dinámico y continuo que
está marcado por las biografías, las actitudes y las aptitudes de cada persona para
afrontarlo”4, por una parte, y, por otra, por los recursos propios y los que la
sociedad le ofrece.
2.2. Envejecimiento activo: Concepto y justificación.
El término «envejecimiento activo» fue adoptado por la Organización Mundial de la
Salud a finales de los años 90 con la intención de transmitir un mensaje más
4 Las dimensiones subjetivas del envejecimiento. Premio Imserso Infanta Cristina 2008. Colección Estudios.
Serie Personas Mayores.
43
completo que el de «envejecimiento saludable» y reconocer los factores que junto a
la atención sanitaria afectan a la manera de envejecer de los individuos y las
poblaciones (Kalache y Kickbusch, 1997).
El planteamiento del envejecimiento activo se basa en el reconocimiento de los
derechos humanos de las personas mayores y en los Principios de las Naciones
Unidas de independencia, participación, dignidad, asistencia y realización de los
propios deseos.
“Uno de los objetivos de las intervenciones dirigidas a las personas mayores debe
tener relación directa con el mejoramiento de su calidad de vida y, por ende, con la
seguridad en el ejercicio de sus derechos sociales. Esto significa reducir los riesgos
de discriminación -y consecuentemente de desigualdad- a causa de la edad, a
través del mejoramiento de la condición y la posición de las personas mayores. La
condición se refiere a un estado material que garantice el acceso y disfrute de
recursos y servicios para una vejez digna (ingresos, créditos, vivienda adecuada,
salud). La posición concierne a los aspectos estructurales que determinan la
ubicación de las personas mayores en el conjunto de la sociedad (imagen social,
solidaridad intergeneracional). Ambas considerando que la vejez no es una
categoría unitaria ni homogénea, sino compuesta por personas con intereses y
necesidades diversos”.
El envejecimiento activo es el proceso de optimización de las oportunidades de
salud, participación y seguridad, con el fin de mejorar la calidad de vida a medida
que las personas envejecen.
Este proceso se aplica tanto a los individuos como a los grupos de población y
permite a las personas realizar su potencial de bienestar físico, social y mental a lo
largo de todo su ciclo vital y participar en la sociedad de acuerdo con sus
necesidades, deseos y capacidades, mientras se les proporciona protección,
seguridad y cuidados adecuados cuando necesitan asistencia.
El término “activo” hace referencia a una participación continua en las cuestiones
sociales, económicas, culturales, espirituales y cívicas, no solo referidas a la
capacidad de estar físicamente activo. Las personas mayores que se retiran del
trabajo y las que están enfermas o viven en situación de discapacidad, pueden
seguir contribuyendo activamente con sus familias, semejantes., comunidades y
naciones. El envejecimiento Activo trata de ampliar la esperanza de vida saludable
y la calidad de vida para todas las personas a medida que envejecen, incluyendo
aquellas personas frágiles, discapacitadas o que necesitan asistencia.
El término “Salud” se refiere al bienestar físico, mental y social expresado por la
OMS en su definición de concepto de salud. Por lo tanto, en el marco de
Envejecimiento Activo, las políticas y los programas que promueven las relaciones
entre la salud mental y social son tan importantes como los que mejoran las
condiciones de salud física.
Mantener la autonomía y la independencia a medida que se envejece es un objetivo
primordial tanto para los individuos como para los responsables políticos, en donde
se considere una serie de elementos:
44
Autonomía: Capacidad de controlar, afrontar y tomar decisiones personales,
acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias así como
de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.
Independencia: Desempeñar las funciones relacionadas con la vida diaria, es
decir, la capacidad de vivir con independencia en la comunidad recibiendo poca
ayuda, o ninguna, de los demás.
Calidad de vida: Es la percepción individual de la propia posición en la vida
dentro del contexto del sistema cultural y de valores en que se vive y en
relación con sus objetivos, esperanzas, normas y preocupaciones. A medida que
las personas envejecen, su calidad de vida se ve determinada en gran medida
por su capacidad para mantener la autonomía y la independencia.
Esperanza de vida saludable: Esto podría homologarse como esperanza de vida
libre de discapacidad, en donde el marcador de salud pasa a ser la función
conservada más importante incluso que la presencia o no de enfermedad.
2.3. El envejecimiento y la dependencia.
Es un hecho, que el aumento de la longevidad acompañado con un importante
descenso de la fecundidad durante los últimos 30 años, ha generado una rápida
transición hacia una población envejecida que, de acuerdo con las proyecciones
demográficas, esta tendencia permanecerá durante décadas. Por tanto, nuestra
sociedad se encamina hacia una población envejecida, y esto está acarreando
cambios profundos en todas las generaciones y la mayoría de los ámbitos de
actividad social y económica. A medida que Europa entra en el siglo XXI, la
tendencia demográfica hacia una sociedad más envejecida se está convirtiendo en
un asunto más relevante para la protección social, mercado de trabajo, política,
diseño y tecnología, educación y cultura, en resumen, para toda la economía y la
sociedad.
Por supuesto que toda la vida han existido personas ancianas, pero es ahora
cuando “llegar a viejo” es un hecho normalizado y extendido. Tan importante es
llegar como el estado en el que se llega. Por tanto, debemos tener en cuenta las
dos caras que presenta: Por el lado positivo, el éxito que supone que la inmensa
mayoría de las personas que viven en la actualidad, disponen de una esperanza de
vida mucho mayor y por el lado negativo, el factor de la falta de salud y recursos
económicos, que condiciona la vida de muchas personas que viven hasta edades
muy avanzadas.
Respecto al primer aspecto, y siguiendo al demógrafo y sociólogo, Julio Pérez Díaz5
, “la democratización de la supervivencia mínima hasta edades muy avanzadas
(más de 80 años) es ya un factor de éxito reproductivo en sí misma (las
poblaciones son mucho mayores, aunque la fecundidad disminuya, porque sus
“inquilinos” pasan mucho más tiempo en ellas).
5PÉREZ DÍAZ, Julio (en prensa) ¿Envejecimiento demográfico o democratización de la supervivencia? en la
revista Metode de la Universidad de Valencia.
45
Como ejemplo, el porcentaje de personas que llegaba a alcanzar la edad de 65
años en 1900 era del 26%. En la actualidad, esta edad la alcanza más del 87 % de
la población.
Junto a esta visión global, y por el lado negativo, es necesario aportar otra que nos
muestre las limitaciones a la autonomía de las personas que conlleva la
dependencia. Este concepto definido por el Consejo de Europa como "un estado en
el que se encuentran las personas que por razones ligadas a la falta o la pérdida de
autonomía física, psíquica o intelectual, tienen necesidad de asistencia y/o ayudas
importantes a fin de realizar los actos corrientes de la vida diaria y de modo
particular, los referentes al cuidado personal", representa la parte menos amable
del proceso de envejecimiento social.
En esta definición de la dependencia se reflejan tres características fundamentales:
- La limitación o restricción física o cognitiva relacionada con un estadio
concreto de la vida.
- La incapacidad de realizar las actividades de la vida diaria.
- La necesidad de asistencia o cuidados por parte de una tercera persona.
La teoría clasifica en diversos grados esta problemática, desde la dependencia leve
hasta la severa. Aparece, también, la interrelación entre la figura de la persona
mayor que es cuidada y la persona que proporciona los cuidados. En la sociedad
actual, con los cambios acaecidos en la familia por la pérdida de su concepción de
institución permanente, la incorporación de la mujer al mercado de trabajo
(recordemos que siempre han sido las mujeres las dispensadoras de cuidados) la
movilidad geográfica de los miembros de la familia (por estudios, trabajo, etc.), la
variedad de modelos de familia existentes (hogares unipersonales familias
monoparentales, etc.), no se pueden cubrir las tareas de cuidados por parte de los
miembros de la familia, con lo cual se producen situaciones de soledad o de
aislamiento debido a problemas de movilidad, tanto por las características de las
discapacidades asociadas, como por las barreras internas y externas del domicilio.
2.4. Las políticas de Envejecimiento Activo y Atención a la Dependencia.
Siguiendo a Alan Walker6, experto en analizar las políticas públicas sobre el
envejecimiento en la Unión Europea, afirma que “uno de los mayores éxitos de la
segunda mitad del siglo XX ha sido el aumento de la longevidad, reflejando una
mejora de las condiciones sanitarias y de bienestar de la población en el seno de la
UE. El incremento de la esperanza de vida es un indicador de desarrollo social y
económico; el triunfo de la ciencia y la política social sobre muchas de las causas de
muerte que truncaron gran número de vidas prematuramente. Europa puede estar
orgullosa del hecho de que, en los últimos 50 años, su modelo de desarrollo ha
permitido incrementar el número de ciudadanos/as que llegan a edades avanzadas
y hacerlo en situación de relativa seguridad económica”.
6 2 Actitudes hacia el envejecimiento de la población en Europa. Walker, A. Universidad de Sheffield, Reino
Unido, julio 1999.
46
Históricamente, la sanidad y los servicios sociales han vivido separados en su
quehacer asistencial, lo que ha afectado negativamente a las personas con
dependencia, que necesitan servicios sanitarios y sociales de forma conjunta y
simultánea.
La aprobación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la
autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia, ha
supuesto un importante cambio en el contexto de la atención sociosanitaria, al
establecer un nuevo derecho universal de ciudadanía que pretende asegurar la
protección ante las situaciones de dependencia, que reducirá la tradicional
asimetría y desequilibrio existente entre los servicios sociales y el sistema sanitario
en lo referente a generación de derechos y disponibilidad de recursos.
A pesar de ello, estamos aún todavía lejos de haber logrado desarrollar un sistema
articulado de atención sociosanitaria satisfactoria, que garantice de forma efectiva y
generalizada la continuidad de los cuidados.
Como es sabido, el concepto de salud incluye tanto el bienestar físico como el
mental y social por lo que presta igual atención a los programas que mejoren las
condiciones de salud física como a aquellos que se centren en la relación entre
salud mental y social. El objetivo es incentivar que las personas mayores puedan
seguir manteniendo la autonomía y la independencia en base a mecanismos de
solidaridad intergeneracional. Así, el modo en que las generaciones más jóvenes
proporcionen la ayuda y soporte necesarios para los mayores determinará en gran
medida su calidad de vida.
El enfoque del envejecimiento activo se basa en el reconocimiento de los derechos
humanos de las personas mayores y en los principios de las Naciones Unidas que
reconocen a las personas mayores la igualdad de trato y de oportunidades en todos
los aspectos de la vida a medida que envejecen, además de ejercer su participación
en el proceso político y en otros aspectos de la vida comunitaria.
Las políticas de “envejecimiento activo” se fundamentan pues, en programas que
mejoren la salud, la seguridad y la participación. Según la OMS, el término “activo”,
además de referirse a la capacidad para estar físicamente activo, también hace
referencia a la participación en actividades sociales, culturales, y cívicas de la
comunidad, incluidas aquellas en situación de fragilidad, con discapacidades o que
precisen asistencia.
Un aspecto importante de la concepción del “envejecimiento activo” es el énfasis en
tomar en consideración todo el ciclo vital, en la medida que las condiciones en las
que se llegue a la ancianidad serán el resultado de las condiciones vividas con
anterioridad.
En todos los países del mundo, las enfermedades no transmisibles son las
principales causas de discapacidad y mortalidad a medida que las personas
envejecen. Pero muchas de estas enfermedades pueden prevenirse o retrasarse.
Las políticas en salud preventiva son por tanto esenciales para mejorar la calidad
de vida de los mayores y para reducir la necesidad de cuidados por las familias o
por servicios públicos. No prestar atención a las políticas preventivas supone
47
afrontar importantes costes humanos y de recursos que podrían destinarse a otros
fines además de suponer el deterioro de la calidad de vida de las personas
mayores.
2.5. Cambios sociológicos.
Las investigaciones sociológicas sobre la vejez y el envejecimiento ponen de
manifiesto que la realidad de las personas mayores es “una realidad mucho más
compleja y menos dramática de la que anunciaban los tópicos de los años ochenta.
Se ha ido haciendo evidente que estamos ante progresos innegables en la situación
socioeconómica de los mayores, y que los tópicos sobre la dependencia como
característica identificativa de la vejez son excesivos” (Pérez7, 2003).
Es evidente la necesidad y transcendencia de cambiar la imagen que la sociedad
tiene de las personas mayores como improductivas, dependientes, necesitadas de
asistencia, con escasa movilidad, etc. Las personas mayores son las actuales
cuidadoras por excelencia (también de las que ya tienen edades muy avanzadas).
Es de destacar las ayudas que proporcionan a sus familiares más jóvenes, hasta el
punto de haber hecho del “stress de las abuelas”, un tema de necesaria atención
política.
Quizá la consecuencia más revolucionaria del aumento de la supervivencia y del
cambio en el significado social del conjunto de edades es que las sociedades
avanzadas están ganando años de juventud, no de vejez. La cada vez mayor
presencia de personas en edades realmente avanzadas, la generalización de las
líneas de filiación familiar con presencia de tres generaciones primero, y hoy de
hasta cuatro, están convirtiendo en jóvenes a personas que hace no mucho
hubiesen sido ya maduras o mayores8.
3. MARCO REFERENCIAL DEL PLAN
En el presente apartado se recogen la legislación y los planes de atención en
los que se sustenta el Plan Estratégico, éstas se relacionan atendiendo al ámbito
europeo, estatal, autonómico, insular y municipal.
Atendiendo al marco del plan y su ámbito de actuación se cita aquella
normativa relacionada con las competencias en el área de mayores.
3.1. Marco legal y competencial de los servicios municipales para personas
mayores.
7 Pérez Díaz, J. (2003): La madurez de masas. Madrid, IMSERSO. 8 P Miret Gamundi, Pau y Pérez Díaz, Julio. Sociología de las edades, en La sociología en España, de Pérez
Yruela, Manuel, compilador. 2007. CIS.
48
Ley orgánica de 10/1982 de10 de agosto de Estatuto de Autonomía de
Canarias.
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
artículos 25, 26, 27 y 28.
Ley 9/1987 de 28 de Abril, de Servicios Sociales de Canarias
3.2 Marco legal y competencial en la atención a las personas mayores.
3.2.1. Europeo.
Carta Social Europea, aprobada el 18 de octubre de 1981, firmada por
España el 27 de abril de 1978 y ratificada el 6 de mayo de 1980.
Instrumento de Ratificación por parte de España del Protocolo Adicional a la
Carta Social Europea, hecho en Estrasburgo el 5 de mayo de 1988.
Resolución 46/91 de la Asamblea de las Naciones Unidas por la que se
aprueban los Principios de las Naciones Unidas a favor de las Personas
Mayores.
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, de 07/12/2000.
Se recogen los derechos civiles y políticos, económicos y sociales de la Unión
Europea y del consejo de Europa.
Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 18 de
marzo de 2002, titulada “La respuesta de Europa al envejecimiento a escala
mundial - Promover el progreso Económico y Social en un mundo en proceso
de envejecimiento. Contribución de la Comisión Europea a la Segunda
Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento”.
3.2.2. Estatal.
Constitución Española de 1978, de 29 de diciembre .
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad
Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad
Social prestaciones no contributivas.
Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
49
Ley 39/2006 de 14 de diciembre de 2006 de Promoción de la autonomía
personal y atención a las personas en situación de dependencia
3.2.3 Autonómica.
Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de
Canarias.
Ley 9/1987 de 28 de Abril, de Servicios Sociales de Canarias
Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias.
Ley 8/1995. de 6 de abril de Accesibilidad y Supresión de Barreras Físicas y
de la Comunicación
Ley 3/1996, de 11 de julio de Participación de las Personas Mayores y de la
Solidaridad entre Generaciones
Decreto 227/1997, 18 septiembre por el que se aprueba el reglamento de la
ley 8/1995, 6 de abril (BOC 50,24.4.95, BOE 122, 23.5.95 de Accesibilidad y
Supresión de Barreras Físicas y de la Comunicación
Comisión Tutelar del Mayor Legalmente Incapacitado (Decreto 100/1998).
Ley 4/1998, de 15 de mayo, de Voluntariado de Canarias.
Decreto 236/1998, 18 de diciembre, por el que se regulan las condiciones
de acceso y los criterios para el pago del servicio en centros de alojamiento
y estancia para personas mayores, públicos y privados, con participación de
la Comunidad Autónoma en su fin.
Plan de Integración Social contra la Pobreza y la Exclusión Social en
Canarias.
Servicio de Ayuda a Domicilio: Regulación (Decreto 5/1999)
Plan General de Servicios Sociales de Canarias, aprobado en el Consejo de
Gobierno el 21 de enero de 1999.
Acuerdo de Gobierno de 30 de julio de 2001. Programa Socio Sanitario de
Atención a las Personas Mayores de Canarias.
(Decreto 63/2000). Centros para Personas Mayores: ordenación,
autorización, registro, inspección y régimen de infracciones y sanciones.
Orden 18.12.2000 Centros y Servicios de atención social a las Personas
Mayores: Hojas de Reclamaciones y de Iniciativas y Sugerencias.
DECRETO 148/2001, de 9 de julio por el que se modifica el Decreto
227/1997, de 18 de septiembre, que aprueba el Reglamento de la Ley
8/1995, de 6 de abril, de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la
comunicación.
50
Decreto 113/2002, de 9 de agosto, de traspaso de funciones de la
Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los
Cabildos Insulares en materia de servicios sociales especializados a personas
mayores, minusválidos y mujeres.
Voluntariado de Canarias: Desarrollo (Decreto 13/2002).
Ley 1/2006 de 7 de febrero por la que se modifica la Ley 2/2003, de 30 de
enero, de Vivienda de Canarias.
Plan de Salud de Canarias 2003-2007.
ORDEN de 3 de junio de 2004 por la que se aprueba el Reglamento de
Régimen Interno de los Centros de día de atención social a personas
mayores cuya titularidad ostente la Administración Pública de la Comunidad
Autónoma de Canarias.
Acuerdo de Gobierno de 29 de julio de 2004.Programa Socio Sanitario de
Atención a la Discapacidad de Canarias.
Consejo Canario de los Mayores (Decreto 135/2007).
Reconocimiento de la situación de dependencia: Regulación Procedimiento.
(Decreto 54/2008).
Educación y Formación Permanente de Personas Adultas (Ley 13/2003).
Comisión Canaria para la Educación y Formación Permanente de personas
Adultas (Decreto 54/2006).
Comisión Interdepartamental para la Educación y Formación Permanente de
Personas Adultas (Decreto 90/2006).
Currículo de la Formación Básica para la Educación de las Personas Adultas.
(Decreto 79/1998).
Actualización del currículo de Formación Básica de Personas Adultas en la
C.A.C. (Orden 27/8/2010).
Programa senior para mayores UNED. TENERIFE
Ley 5/2010, de 21 de junio, Canaria de Fomento a la Participación
Ciudadana (BOC 127, de 30.6.2010).
3.2.4. Insular
Decreto 160/1997, de 11 de julio,
Plan Estratégico Insular de Servicios Sociales y Sociosanitarios de Tenerife.
2001-2010.
Traspaso de funciones a los Cabildos Insulares en materia de Servicios
Sociales Especializados a Personas Mayores, Minusválidos y
Mujeres (Decreto 113/2002).
51
4. DIAGNÓSTICO
A continuación se añaden las conclusiones más relevantes del Diagnóstico en el que
se basa el I Plan Estratégico Municipal para las Personas Mayores de Santa Cruz de
Tenerife9.
4.1. Ámbito demográfico.
Según la ONU, España podría ser en el año 2050 el país más envejecido del
planeta. Haciendo una comparación con el conjunto de la Unión Europea, España es
el quinto país más envejecido en cifras absolutas tras Alemania, Italia, Francia y
Reino Unido. Si se observan las cifras relativas es también el quinto detrás de
Italia, Suecia, Grecia y Bélgica.
Este escenario se debe al envejecimiento demográfico que sufre nuestro país,
debido fundamentalmente al aumento de la esperanza de vida, con la consiguiente
reducción de las tasas de mortalidad y a una drástica reducción de las tasas de
natalidad. Por tanto, las personas mayores de 65 años en España suponen ya el
16,70% de la población total, aproximadamente unos 7,3 millones de habitantes.
Canarias es, sin embargo, la comunidad autónoma (si exceptuamos a Ceuta y a
Melilla) con la población más joven, con una tasa de envejecimiento del 12,97%.
Sin embargo la distribución y estructura de edades de la población es desigual
según las islas, comarcas y municipios. En el caso de la isla de Tenerife, con un
índice de envejecimiento del 13,72% se encuentra a medio camino entre las islas
con población muy joven, como Fuerteventura, frente a una población muy
envejecida, como en El Hierro.
Respecto al municipio de Santa Cruz de Tenerife, se observa una tendencia hacia el
envejecimiento poblacional: baja natalidad, baja mortalidad y pérdida de población
joven, no siendo este proceso mitigado por la inmigración, como en otros
territorios. El crecimiento de la población de personas con 65 y más años en la
última década ha cambiado la estructura demográfica por edades. Actualmente,
hay más personas mayores de 65 años (35.842) que menores de 14 años en el
municipio, siendo su índice de envejecimiento del 15,78%
Finalmente, los 5 distritos del municipio presentan características demográficas
distintas, el índice de envejecimiento se distribuye territorialmente con la siguiente
pauta: va creciendo desde el Distrito de Suroeste (7,76%) hasta llegar a la tasa
máxima en el Distrito de Anaga (18,90%). Sin embargo, ordenaríamos de mayor a
9Para una consulta detallada, existe un documento a parte en el que se trata extensivamente la temática.
52
menor según el tamaño de su población de personas mayores de esta manera:
Ofra-Costa Sur, Centro-Ifara, Salud-La Salle, Suroeste y Anaga.
Población por grupos de edad, distritos municipales y total del municipio.
Distrito De 0 a 14 años De 15 a 64 años Con 65 y más años TOTAL
Anaga 1.443 9.753 2.610 13.806
Centro-Ifara 5.988 36.976 9.734 52.698
Salud-La Salle 5.494 31.813 7.966 45.273
Ofra-Costa Sur 7.438 48.625 11.853 67.916
Suroeste 8.493 35.236 3.679 47.408
Municipio 28.856 162.403 35.842 227.101
Fuente: Padrón Municipal de Habitantes , 2010. Elaboración propia
4.2. Ámbito económico.
Los ingresos en el hogar, según los estudios consultados, suelen venir o por
Ingresos primarios por trabajo y propiedades o bien Ingresos secundarios por
transferencias sociales y entre hogares. A medida que se compara las tasas entre
grupos de edad y entre mujeres y hombres, se obtienen por vías diferentes.
Obviamente, las personas mayores, tienen la tasa más baja por Ingresos primarios
por trabajo y propiedades y la más alta por Ingresos secundarios por transferencias
sociales y entre hogares. Pero se observa como las mujeres presentan tasas
inferiores en la franja de edad de 65 años frente a los hombres, respecto a ingresos
secundarios, esto es, no por salario o patrimonio. Por tanto, aquellas personas
mayores, más mujeres que hombres sin redes sociales de apoyo (familiar, amistad,
etc.) y que no perciban prestaciones sociales suficientes, ya que no han cotizado a
la Seguridad Social, tienden al empobrecimiento.
Las pensiones contributivas tienen importes medios, en la provincia de Santa Cruz,
en la pensión de incapacidad de 751,35 €, en la pensión de jubilación de 843,12 € y
en la pensión de viudedad de 563,05 €. Pero en el caso de Canarias, tras Ceuta y
Melilla, es la comunidad española con mayor número de prestaciones no
contributivas entre la población que recibe pensiones de jubilación o invalidez, con
cerca del 20% del total.
El total de PNNC del municipio de Santa Cruz de Tenerife es de 6.020, triplicando el
número de mujeres al número de hombres. Lo cual, hace que estimemos que 1 de
cada 4 personas mayores del municipio tiene ingresos por debajo de umbral de la
pobreza.
En líneas generales, las mujeres de cualquier grupo de edad tienen unas tasas de
pobreza superiores a los hombres, pero es en el grupo de edad de mayores de 65
años, donde la diferencia se agudiza más.
Desde 1996 el aumento de la tasa de pobreza en mujeres mayores ha pasado del
14,1 al 24,2. Frente a esta tendencia, los hombres han tenido tasas de pobreza
53
mayores superiores a la de las mujeres hasta el año 2000, periodo a partir del cual,
se produce un aumento elevado de la pobreza femenina.
Actualmente, en España se da una tendencia de incremento en la tasa de pobreza
relativa en la población menor de 16 años, ya que se ha pasado de un 24,1% en
2008 al 24,5% del 2010, frente a una bajada en la tasa de la población mayor, que
de un 27,5% en 2008 a descendido al 24,6% del 2010. Evidentemente, el aumento
en las cuantías de las pensiones es debido tanto a que las nuevas generaciones que
acceden a la jubilación tenían mejores condiciones laborales como a la subida en el
importe de las prestaciones, ha influido de manera decisiva.
Según la última encuesta de Condiciones Sociales de Canarias (2007), el 19% de
los hogares y el 18% de las personas del Área Metropolitana de Tenerife se
encontrarían bajo el umbral de la pobreza (inferior a 552€).
Las personas mayores (65 y más años) que se encontrarían en esta situación serían
el 24,5%, es decir 1 de cada 4.
Se destaca que la persona principal, es decir, el sustentador principal de los
hogares pobres se caracteriza en Canarias por:
- ser beneficiario de alguna pensión o jubilación (56% de los hogares pobres).
- estar ocupado, es decir, trabajando (25% de los hogares pobres)
- estar parado (13% de los hogares pobres)
Respecto a las diferencias entre áreas rurales y urbanas, se afirma que hay una
mayor predisposición a la pobreza en los municipios rurales, porque las rentas
agrarias son más reducidas y porque el proceso de envejecimiento de la población
es más intenso aquí (al haber mayor cantidad de inactivos los ingresos
disminuyen). Por eso el umbral de la pobreza aumenta en los municipios rurales
hasta el 31,7% de los hogares, y el 27,5% de la población, en ese ámbito. Aunque,
si se atiende a las cifras absolutas, 11.530 hogares y 32.376 personas pobres en el
ámbito rural, el volumen afectado no es el más destacado. Sin embargo, se señala
que la máxima concentración de pobreza se encuentra en los municipios
metropolitanos (43.300 hogares, 127.075 personas) y la menor presencia en los
municipios turísticos (9.597 hogares, 24.215 personas).
4.3. Ámbito formativo.
La población total del municipio posee un nivel educativo más elevado que los
ámbitos territoriales comparados.
Los niveles de población de personas analfabetas y sin estudios, son pequeños,
correspondiendo a las personas de 65 y más años, pues es similar a la proporción
de envejecimiento del municipio.
Si nos detenemos en las categorías medias (2º grado) el porcentaje de la población
que ha cursado estos estudios es superior a la media insular, autonómica y estatal.
En cuanto a estudios de FP Grado Medio o Superior, Santa Cruz de Tenerife llega a
superar la media autonómica en FP Medio y se acerca a esa tasa en FP Superior.
54
Finalmente, las categorías de educación superior, la población del municipio están
muy por encima de la media insular, canaria y española en cuanto a Diplomatura,
Licenciatura o Doctorado.
Municipio de
Santa Cruz de
Tenerife
65 o más años Total población
Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres Total
Analfabetas 4,93 10,88 8,47 7,47 8,10 7,80
Sin estudios 27,19 31,50 29,76 12,12 13,97 13,08
Primer grado 28,06 30,94 29,78 21,66 22,23 21,96
Segundo grado 28,39 22,13 24,66 45,43 42,42 43,86
Tercer grado 11,43 4,55 7,33 13,32 13,28 13,30
TOTAL 100,00 100,00 100,00 100,00 100,00 100,00
Fuente: INE, Censo 2001. Elaboración propia.
Como hemos podido constatar, la proporción de personas con 65 y más años, en
mayor medida las mujeres, sin alfabetizar o sin estudios es muy superior al total de
la población. Es muy evidente la diferencia entre la población de hombre mayores
con estudios universitarios (11,43%) frente a las mujeres mayores (4,55%).
Todo ello afecta a la autonomía de las personas mayores, pues muchas de ellas
apenas leen o usan las tecnologías de la información y la comunicación.
4.4. Ámbito sociosanitario.
Como conclusiones más destacadas, podemos señalar que Santa Cruz de Tenerife
presenta unas tasas de cobertura en los Servicios Sociales dirigidos a la población
mayor que son inferiores a la media canaria y española tanto en teleasistencia
como en el ámbito residencial y de Centros de Estancia Diurna. Sin embargo,
supera a la media canaria respecto al grado de cobertura en el Servicio de Ayuda a
Domicilio.
Índice de
cobertura
Tipo de Recurso
España Residencias Centros de
Estancia
Diurna
SAD Teleasistencia
4,44 0, 83 4,69 4,72
Canarias 4,29 0,79 3,58 1,2
Santa Cruz de
Tenerife
3,27 0,57 4,55 0,69
Fuente: IMSERSO, Las Personas Mayores en España, 2008. , datos de la D.G.
Bienestar Social del Gob.Can. e indicadores del IMAS. Elaboración propia. IC: nº
plaza o usuarios/población >65 años *100
55
Se observa como la demanda de servicios sociales dirigidos a las personas mayores
crece de manera exponencial y la oferta, aparte de la problemática derivada de la
puesta en marcha del Sistema de Autonomía Personal y de Atención a la
Dependencia en esta Comunidad Autónoma, en el municipio de Santa Cruz de
Tenerife presenta tres factores importantes:
1. Municipio con el mayor tamaño poblacional de personas mayores de la isla y
sin embargo los recursos son comarcales o insulares.
2. Un importante sector de población mayor con pocos recursos económicos.
3. Gran peso de la oferta privada.
Respecto a la salud, la autovaloración del estado de salud es peor en las personas
mayores que en el resto de grupos de edad, siendo mayor la tasa en las mujeres
que en los hombres. También según las fuentes consultadas, todas las respuestas
las tasas de respuestas que implican discapacidad, falta de autonomía para la
realización de actividades cotidianas, dolor o malestar, ansiedad o depresión, son
superiores en las mujeres mayores que en los hombres.
Tal y como la literatura científica preveía, existe una correlación entre edad elevada
y una mayor tasa de discapacidades asociadas a la dependencia. No obstante, es
cierto que esta puede aparecer a cualquier edad e incluso en poblaciones con un
índice de envejecimiento bajo. Sin embargo, la población de Canarias, presenta
unas tasas muy por debajo de la media estatal, siendo la número 14, ordenando de
mayor a menor prevalencia.
Existen además diferencias entre las dos provincias canarias, siendo Las Palmas,
con un 73,83 por 1.000 hab., la que posee una tasa mayor que la provincia de
Santa Cruz de Tenerife, con un 68,66 por 1.000 hab., siendo esta última, mucho
más envejecida.
Por tanto, ofrecemos dos cifras posibles en cuanto a la población mayor en
situación de dependencia. La primera, empleando el padrón municipal de habitantes
(01/01/2010) y la segunda las personas usuarias del Servicio Canario de la Salud
con tarjeta sanitaria en el municipio.
Estimación según
Padrón municipal
de Habitantes por
Rango de edad
De 6 a
64
años
De 65
a 79
años
De 80 y
más
años
Población
total de
mayores
dependientes
Población
Total
Población estimada
con discapacidades
asociadas a
dependencia en el
municipio
7.120 4.663 4.572 9.235 15.593
Tasa de
discapacidad
(respecto a su
rango de edad)
3,905
%
17,779
% 47,568% 25,7% 6,688%
56
Estimación según usuarios/as con
Tarjeta sanitaria del Servicio
Canario de la Salud por Rango de
edad
De 65 a
79 años
De 80 y
más años
Población
total de
mayores
dependientes
Población estimada con
discapacidades asociadas a
dependencia en el municipio
4.485 3.487 7.973
Tasa de discapacidad
(respecto a su rango de edad)
17,779
% 47,568% 25,7%
Hemos de señalar, que existe una diferencia de 4.046 personas con 65 y más años,
entre Padrón Municipal de Habitantes y el Registro de la Tarjeta Sanitaria del
Servicio Canario de la Salud.
Además de detectar esta diferencia entre personas usuarias del Servicio Canario de
la Salud y personas empadronadas, que puede influir a la hora de realizar
planificaciones, destacamos las diferencias en cuanto a la planificación territorial de
las Zonas Básicas de Salud, (ZBS), ya que en muchos casos la población atendida
no coincide con los límites de los términos municipales.
4.5. Ámbito residencial.
Santa Cruz de Tenerife es un municipio que presenta unas características
determinadas que le hacen diferente al resto de los municipios de la isla de
Tenerife.
Respecto a la geografía física, el municipio ofrece dos zonas contrastadas: la
abrupta topografía del Macizo de Anaga frente a la sueva pendiente de la rampa
lávica que desciende desde la altiplanicie lagunera hasta el mar.
El puerto está situado en la zona más próxima a las montañas de Anaga, y en torno
a él se fue configurando el núcleo urbano, aunque el gran crecimiento capitalino ha
hecho que la ciudad se haya estirado hacia el oeste y sudoeste, desbordando los
límites del municipio. En la actualidad conforma con el vecino municipio de La
Laguna, una línea de edificaciones continua, en donde el espacio urbano tiene
entidad propia, pero con problemas derivados de una gestión independiente en
cada Ayuntamiento.
Unida a los condicionantes físicos del territorio donde se asienta la población del
municipio, es un factor importante en este diagnóstico la edificación construida con
la explosión demográfica del siglo XX en donde la autoconstrucción de viviendas sin
supervisión urbanística que predominó hasta finales de los 80. La urbanización
caótica que sube por colinas sin accesos adecuados, llenas de escaleras y
callejuelas estrechas, además de viviendas con graves carencias, son la herencia de
la ausencia de control por parte de las Administraciones Públicas. Siendo este un
factor que determina en gran medida la prestación de servicios, la movilidad y las
relaciones,
57
Se afirma, tanto por parte de la población como de los equipos técnicos, que la
vivienda se convierte en la cárcel de muchas personas mayores con movilidad
reducida, al haber barreras físicas (escalones, escaleras, etc.) que les impiden salir
de las mismas.
Además, muchas partes de la ciudad no tienen una estructura viaria que facilite el
paseo a estas personas, no solo por el medio físico (cuestas) sino por cómo está
urbanizada. Es necesario mejorar aún más el entorno urbano, para proporcionar
autonomía a este colectivo, mediante una mejor planificación urbanística y lograr
una ciudad para todas las edades. También se destaca que debe mejorarse y
adaptarse los transportes públicos a los mayores, para que su utilización sea más
segura.
4.6. Ámbito relacional.
La estructura de los hogares del municipio presenta unas características que lo hace
diferente al resto de la isla. Tiene la tasa más elevada de la isla de Tenerife de
hogares multipersonales formados por madre con hijas/os, superando en casi 2
puntos la media insular.
Respecto a la categoría de Hogares Multipersonales con un núcleo y otras personas
emparentadas, tiene un porcentaje superior a la media insular, y desagregando los
datos, se observa una tasa muy elevada de madres o padres con hijas/os y otras
personas emparentadas. Junto a esto, presenta también una tasa inferior a la
media insular de Hogares Multipersonales de parejas con hijas/os.
La tendencia a la reducción en el tamaño de los hogares está constatada, por tanto,
aunque pervive la cohabitación de jóvenes mayores de edad y personas mayores
en el mismo hogar.
En relación a la composición de los hogares habitados por personas mayores,
tenemos que en el municipio presentan las siguientes características:
- Personas mayores viviendo solas: 4.773 (15% de la población total de
mayores de 65 años)
o Hogares con una mujer con 65 a más años viviendo sola: 3.721 (6,04%
de los hogares, el 77% de las personas mayores viviendo solas son
mujeres)
o Hogares con un hombre con 65 a más años viviendo solo: 1.052
(1,71% de los hogares)
- Viviendo en pareja, se encontraban 11.584, el 43,26 % de la población
mayor.
- En otra situación convivencial diferente a las anteriores, estaría 10.423, el
38,92%.
58
- La población en situación de institucionalización, ascendía a 150 personas, el
0,56% de la población de mayores del municipio.
En líneas generales, en nuestra sociedad se observa como el matrimonio, ya no es
la única forma de convivencia y de hecho, las tasas de divorcio y de nacimientos de
descendientes nacidos fuera del matrimonio siguen aumentando quedando casi a la
par.
Sin embargo, analizando el estado civil en las personas mayores, el porcentaje de
mujeres mayores solteras representan un 10% frente al 5% de los varones.
También las mujeres mayores viudas son el 48% frente al 13% de los varones
viudos. En cambio los varones mayores que permanecen casados ascienden al 78%
frente al 37% de las mujeres. Respecto a las personas mayores separadas o
divorciadas apenas representan un 3,6% y un 3% respectivamente.
La viudedad no es necesariamente un factor de riesgo en sí mismo, pues muchas
mujeres viudas, comienzan una nueva etapa vital, aunque si bien es cierto, además
de ser un factor psicológico de estrés, la muerte del cónyuge reduce la estructura y
el nivel de frecuencia de contactos de las redes sociales establecidas. Además, dada
la elevada cifra de pensionistas del municipio que cobra una Prestación No
Contributiva (PNC), se puede inferir que siendo la pensión de viudedad tan escasa,
nos podemos encontrar con cifras de pobreza muy altas en este segmento de la
población del municipio.
Las personas mayores, tienen más horas de tiempo libre que otros grupos de edad.
Es destacable que el 38% de los hombres mayores afirmen tener 8 y más horas
frente al 14% de la media de su sexo. Al ver la diferencia entre mujeres y hombres
mayores, se observa que disponen de menos horas de tiempo libre las mujeres que
los hombres mayores.
Estar con la familia a ocupar la primera posición en sus preferencias, ya que
consideran que el cuidado de los/as nietos/as, las reuniones y excursiones
familiares, el contacto, en definitiva, con los miembros de sus familias, les ocupa el
tiempo libre y el ocio del que disponen. Sin embargo, la TV, la radio y la lectura,
suelen ser la manera más usual de entretenerse, fuera de actividades concretas,
como manualidades o hacer punto.
Respecto a las tareas del hogar, según los estudios consultados, siguen siendo
mayoritariamente las mujeres las que las realizan. En el cuidado de niños y niñas,
se observa que por cada 5 mujeres hay 2 hombres que realizan siempre las tareas
que implican el cuidado de menores. La mayor parte de las personas cuidadoras de
personas mayores en situación de dependencia son mujeres entre 46 y 65 años,
siendo la tasa del 40% frente al 10% de los hombres de la misma edad.
Generalmente, muchas mujeres tienen que dejar su actividad profesional o en el
mejor de los casos, la comparten con servicios especializados, que suelen ser otras
mujeres, las que realizan este trabajo.
Respecto a la práctica deportiva en las personas mayores, las mujeres que nunca
practica deporte suponen el 80% frente al 72% del los hombres, mientras que la
práctica diaria la sigue un 18% de hombres frente al 11% de las mujeres. Lo cual
59
hace que existan dos subgrupos, en donde hay más mujeres mayores practicando
deporte diariamente frente a los hombres, pero también muchas más mujeres que
no realizan ningún ejercicio físico.
En relación a las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC), se
observa como las personas mayores tienen las tasas de menor uso. En este caso si
analizados las datos por sexo, podemos destacar como las mujeres mayores tienen
tasas de uso mayores que los hombres mayores.
4.7. Ámbito de ciudadanía y participación.
La pertenencia a alguna asociación por parte de la ciudadanía en Canarias es
minoritaria y siendo así, vemos como hay mayor presencia masculina que
femenina, aunque la brecha de género se sitúa en el 2%.
Según los datos de la última Encuesta de Mayores 2010, realizada por el IMSERSO,
a nivel nacional, el 72% de las personas encuestadas no pertenece a ninguna
organización, asociación, etc., mientras que el 28% sí pertenece a alguna. Afirman
que se da una escasa participación formal, detectando que participan más las
mujeres, las personas que residen en ámbitos urbanos y con mayor formación.
En relación a la tipología de entidad a la que se asocian, tenemos que las
Asociaciones de Mayores con un 5% y las Asociaciones de Voluntariado con un
4,5% son las que concentran mayor adhesión.
Se afirma que tanto las personas mayores como la sociedad en su conjunto creen
que las personas mayores deben tener una mayor presencia en todos los ámbitos
de la sociedad.
Cuadro resumen de conclusiones según ámbitos de exclusión social:
Cuadro resumen de conclusiones por Distrito Municipal:
60
ANAGA
• Demografía:
• El distrito con menor población total y el de menor tamaño de la
población de mayores. Es, sin embargo, el que posee el índice de
envejecimiento más elevado.
• Demanda de Servicios Sociales:
• La tasa más elevada en cuanto a SS en general y SS para Mayores.
• Servicios Sociales municipales para Mayores:
• SAD por debajo de la media.
• Teleasistencia por debajo de la media.
• Ausencia de Residencias y Centros de Día.
• Necesidades expresadas por la población de mayores:
• Prestaciones económicas.
• Adaptación y mejora de la accesibilidad de los barrios.
• Transporte adaptado.
• Necesidades expresadas por equipos técnicos:
• Adaptación y mejora de la accesibilidad de los barrios.
CENTRO-IFARA
• Demografía:
• El segundo distrito en población de personas mayor y con el segundo
índice de envejecimiento más elevado.
• Demanda de Servicios Sociales:
• La menor tasa en cuanto a SS en general y SS para Mayores.
• Servicios Sociales municipales para Mayores:
• SAD por debajo de la media.
• Teleasistencia por debajo de la media.
• Presencia mayoritaria de las Residencias y Centros de Día privados.
• Necesidades expresadas por la población de mayores:
• Mayor oferta formativa y estabilidad durante todo el año.
• Adaptación del transporte.
• Mejora de la limpieza y mobiliario urbano.
• Necesidades expresadas por equipos técnicos:
• Servicios Sociales para Mayores con pocos recursos.
SALUD-LA SALLE
• Demografía:
• El tercer distrito, tanto en población de personas mayor como por
índice de envejecimiento.
• Demanda de Servicios Sociales:
• La segunda mayor tasa en cuanto a SS en general y SS para
Mayores.
• Servicios Sociales municipales para Mayores:
• SAD por encima de la media.
• Teleasistencia por encima de la media.
• Presencia destacada de las Residencias y Centros de Día públicos.
• Necesidades expresadas por la población de mayores:
61
• Mayor oferta formativa y estabilidad durante todo el año.
• Mejora de los recursos destinados para mayores.
• Seguridad ciudadana.
• Necesidades expresadas por equipos técnicos:
• Adaptación del urbanismo de la ciudad a las personas mayores.
• Servicios Sociales para Mayores con pocos recursos.
OFRA-COSTA SUR
• Demografía:
• El primer distrito en población de personas mayores y el 4º índice de
envejecimiento.
• Demanda de Servicios Sociales:
• La cuarta mayor tasa en cuanto a SS en general y tercera para SS
para Mayores.
• Servicios Sociales municipales para Mayores:
• SAD por debajo de la media.
• Teleasistencia por debajo de la media.
• Presencia destacada de Centros Sanitarios públicos y Residencias
privadas.
• Necesidades expresadas por la población de mayores:
• Mayor oferta formativa y estabilidad durante todo el año.
• Seguridad ciudadana.
• Mejora de los recursos destinados para mayores.
• Necesidades expresadas por equipos técnicos:
• Problemas económicos.
• Servicios Sociales y actividades para Mayores.
SUROESTE:
• Demografía:
• El cuarto distrito en población de personas mayores y el menor índice
de envejecimiento.
• Demanda de Servicios Sociales:
• La tercera mayor tasa en cuanto a SS en general y cuarta para SS
para Mayores.
• Servicios Sociales municipales para Mayores:
• SAD por encima de la media.
• Teleasistencia por debajo de la media.
• Poca presencia de Centros y Residencias.
• Necesidades expresadas por la población de mayores:
• Seguridad ciudadana y programas de integración social.
• Mayor oferta formativa y estabilidad durante todo el año.
• Mejora de los recursos destinados para mayores.
• Necesidades expresadas por equipos técnicos:
• Problemas económicos.
• Servicios Sociales y actividades para Mayores.
5. PRINCIPIOS Y PRIORIDADES
62
5.1.Principios.
En este apartado se recogen los principios de referencia para el diseño de las
políticas de atención para las personas hacia las que el Plan Estratégico dirige sus
acciones (fundamentalmente las personas mayores y sus familias). La definición de
estos principios, es imprescindible para la determinación de los servicios y recursos
específicos para el colectivo. Su orden de presentación y correlación no implica,
prioridad alguna entre ellos.
Se han establecido tres niveles:
Principios rectores, se trata de aquellos principios que deberán inspirar o
impulsar toda actuación que se lleve a cabo en el municipio y que, de forma
directa o indirecta, se dirija a las personas mayores.
Principios Organizativos, están relacionados con la organización, asignación
y/o distribución de los recursos y servicios.
Principios o Criterios de Actuación, que reflejan aquellos aspectos operativos
y que determinarán la forma de aplicación de éstos.
En la formulación de los principios generales se han tomado como referencia:
Los principios de las Naciones Unidas en favor de las personas de edad
adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas (resolución
46/91) el 16 de diciembre de 1991.
II Asamblea Mundial sobre envejecimiento. Plan de Acción Internacional de
Madrid sobre el Envejecimiento 2002.
Los principios en los que se inspira la Ley 39/2006 de 14 de diciembre de
Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación
de Dependencia (LPAPAD), por lo que la aprobación de esta Ley, ha
supuesto para el sistema de atención a las personas mayores.
Participación de las Personas Mayores y de la Solidaridad entre Generaciones
(Ley 3/1996).
Los principios rectores contemplados en este Plan son:
1. Dignidad
2. Independencia
3. Autorrealización
4. Participación
5. Cuidados y Atención
A estos cinco principios se han añadido:
63
6. Respeto a la capacidad de decisión de las personas mayores
7. Reconocimiento de las diferencias
8. Universalidad
9. Equidad e Igualdad
10. Intergeneracionalidad y solidaridad
11. Normalización e integración
12. Promoción del envejecimiento Activo
Los principios organizativos son:
1. Colaboración, coordinación y cooperación
2. Transversalidad en las políticas de atención
3. Responsabilidad pública y sostenibilidad
4. Corresponsabilidad social
Los principios de actuación definidos son:
1. Perspectiva de Género
2. Perspectiva de edad
3. Conocimiento de la realidad
4. Atención integral e integrada
5. Personalización de la atención
6. Perspectiva familiar y comunitaria
7. Proximidad
8. Accesibilidad
9. Prevención de las situaciones de dependencia y promoción de la autonomía
10. Flexibilidad
11. Calidad
A) Principios rectores.
El Plan de Personas Mayores de Santa Cruz de Tenerife contempla como principios
básicos los cinco principios de la Naciones Unidas a favor de las personas mayores:
dignidad, independencia, autorrealización, participación y cuidados.
1. Dignidad
Las personas mayores deberán poder vivir con dignidad y seguridad y verse libres
de explotaciones y de malos tratos físicos o mentales. Deberán recibir un trato
digno, independientemente de la edad, sexo, raza o procedencia étnica,
discapacidad u otras condiciones, y han de ser valoradas independientemente de su
contribución económica.
2. Independencia
64
Las personas mayores tienen derecho a un alojamiento adecuado y poder residir
en su propio domicilio por tanto tiempo como sea posible; a tener la posibilidad de
vivir en entornos seguros; a tener acceso a programas educativos y de formación
adecuados; a poder participar en la determinación de cuándo y en qué medida
dejarán de desempeñar actividades laborales; a tener ingresos y apoyo de sus
familias que garanticen su autosuficiencia.
3. Autorrealización
Las personas mayores deberán poder aprovechar las oportunidades para desarrollar
plenamente su potencial; deberán tener acceso a los recursos educativos,
espirituales , culturales y recreativos de la sociedad, para poder desarrollar su
proyecto de vida.
4. Participación
Las personas mayores deberán permanecer integradas en la sociedad, participar
activamente en la formulación y la aplicación de las políticas que afecten
directamente a su bienestar y poder compartir sus conocimientos y habilidades con
las generaciones más jóvenes; poder buscar y aprovechar oportunidades de prestar
servicios a la comunidad y de realizar acciones de voluntariado en puestos
apropiados a sus intereses y capacidades; poder formar movimientos o
asociaciones de personas mayores.
5. Cuidados
Las personas mayores deberán poder disponer de los cuidados y la protección de la
familia y la comunidad, de conformidad con el sistema de valores culturales de cada
sociedad; tener acceso a servicios de atención de la salud, que los ayuden a
mantener o recuperar un nivel óptimo de bienestar físico, mental y emocional, así
como a prevenir o retrasar la aparición de la enfermedad; tener acceso a servicios
sociales y jurídicos que les aseguren mayores niveles de autonomía, protección y
cuidado; tener acceso a medios apropiados de atención institucional o que les
proporcionen protección, rehabilitación y estímulo social y mental en su entorno
humano y seguro; poder disfrutar de sus derechos humanos y libertades
fundamentales cuando residan en Residencias o Instituciones, con pleno respeto a
su dignidad, creencias, necesidades e intimidad, así como de su derecho a
participar en el funcionamiento del Centro y a adoptar decisiones sobre su cuidado
y sobre la calidad de su vida.
A estos cinco principios se han añadido:
6. Respeto a la capacidad de decisión de las personas mayores
Hay que impulsar el derecho de todas las personas mayores a realizar su propio
proyecto de vida, fortaleciendo las capacidades de decidir. Y ejercer de forma
voluntaria la libertad de pensamiento, opinión y expresión .
7. Reconocimiento de las diferencias
65
Las personas mayores lejos de formar un colectivo homogéneo y uniforme,
constituyen un grupo marcado por la diversidad y heterogeneidad como
cualquier otro grupo social (menores, jóvenes, personas adultas, etc.).
Con este principio se pretende reconocer la diversidad existente entre las
personas mayores y tratar con dignidad sus particularidades y especificidades y
las situaciones de desigualdad que existen entre los diferentes grupos de
mayores. Promoviendo el respeto a esta diversidad de opciones vitales,
sexuales, culturales, religiosas, etc.
8. Universalidad
Entendida como un principio operativo de los Servicios sociales, en virtud de la
cual se garantiza la igualdad de acceso a la totalidad de las personas y grupos
a los servicios sociales con independencia de las condiciones sociales,
económicas y territoriales. La garantía de este principio nace por la condicion de
igualdad de toda la ciudadanía.
9. Equidad e Igualdad
La igualdad en el trato, en el acceso a los servicios y recursos y, en definitiva, la
igualdad de oportunidades para todas las personas, independientemente de su
edad, lugar de origen y residencia, nivel de estudios, etc.
10. Intergeneracionalidad y solidaridad
Las relaciones entre las distintas generaciones constituyen un factor clave de la
cohesión social, en cualquier comunidad o sociedad, al mismo tiempo que
favorece un entorno inclusivo que hace posible la participación activa y en
igualdad de oportunidades de las personas mayores. El reconocimiento mutuo y
la solidaridad entre generaciones actúan contra las desigualdades y las
discriminaciones por razones de edad.
11. Normalización e integración
La atención a las personas mayores se ha de abordar en el marco de un modelo
que facilite la inserción y permanencia en los procesos de envejecimiento en el
entorno familiar y social habitual, eliminando las barreras que conducen a la
desigualdad y exclusión social.
12. Promoción del envejecimiento Activo
Es necesario promover en el marco del modelo del envejecimiento activo la
participación de las personas mayores en su comunidad, en las ofertas
socioculturales, en la expresión de demandas, en el tejido asociativo y
comunitario, en la elaboración de políticas y en la implementación de servicios.
Implementar medidas que garanticen la seguridad y la salud de las personas
mayores para posibilitar la permanencia en su entorno.
66
B) Principios organizativos
1. Colaboración, coordinación y cooperación
El cumplimiento de los objetivos previstos en el Plan será posible a través de la
colaboración, coordinación y cooperación entre las distintas áreas del
Ayuntamiento (intra-municipal) y con otras administraciones con competencias
en la atención a personas mayores (Cabildo y Gobierno Autónomo) y de éstas
con la iniciativa privada y social. Para ello habrán de definirse fórmulas y
procedimientos adecuados que permitan la coordinación de las diferentes áreas,
recursos y profesionales que se dedican a la atención de las personas mayores y
garanticen la coherencia y conexión de las actuaciones.
2. Transversalidad en las políticas de atención
Las políticas, programas y actuaciones dirigidas a las personas mayores no se
han de limitar a las de carácter específico, es decir, a las diseñadas
exclusivamente para este colectivo, sino que las decisiones y actuaciones
generales a llevar a cabo desde otras áreas del ayuntamiento también han de
tener en cuenta las necesidades e intereses de las personas mayores.
3. Responsabilidad pública y sostenibilidad
Un principio que debe plasmarse en la asignación de recursos financieros,
humanos y materiales y de los equipamientos necesarios acordes con los
objetivos recogidos en el presente Plan. Deberá garantizarse la planificación, el
control y la .continuidad de los servicios si se determina la necesidad.
4. Corresponsabilidad social
Hay que concienciar y promover la corresponsabilidad que en la atención a las
personas mayores tienen las propias personas mayores, sus familias, las
administraciones públicas, entidades privadas y el conjunto de la comunidad.
C) Principios de actuación.
1. Perspectiva de Género
Actuar desde la perspectiva de género implica el reconocimiento de que
hombres y mujeres tienen necesidades diferentes y específicas, y la voluntad de
trabajar para reducir las desigualdades de género y conseguir la igualdad real
entre ambos sexos.
2. Perspectiva de edad
67
Se trata de integrar esta perspectiva en la definición de las políticas y
actuaciones a desarrollar por las distintas áreas del Ayuntamiento, como una
forma de reconocer a las personas mayores como un colectivo que comparte
necesidades e intereses con otros grupos sociales y el conjunto de la ciudadanía.
3. Conocimiento de la realidad
Toda actuación que sea planificada ha de partir del conocimiento de la realidad
concreta sobre la que se pretende actuar. Analizar y valorar la situación de cada
persona o grupo, atendiendo a las necesidades, intereses y recursos disponibles
para que las propuestas de actuación sean adecuadas y eficaces.
4. Atención integral e integrada
En la vejez como etapa vital y en el envejecimiento como proceso están
presentes una multiplicidad de aspectos, ámbitos y dimensiones que deben
contemplarse en la planificación y desarrollo de las actuaciones para garantizar
la integralidad de las mismas. Hay que apostar por un modelo de atención
integral e interdisciplinar que garantice una atención continuada de calidad a las
personas mayores.
5. Personalización de la atención
El principio básico de “Reconocimiento de las diferencias” se ha de traducir en la
atención personalizada e individualizada, teniendo en cuenta de manera
especial a aquellas personas que precisan de mayor acción positiva como
consecuencia de tener mayor grado de discriminación y/o menor igualdad de
oportunidades. (Principio 6 de la LPAPAD).
6. Perspectiva familiar y comunitaria
Incorporar en las políticas y acciones dirigidas a las personas mayores una
perspectiva familiar y comunitaria, y no sólo individual. Como forma de favorecer
la integración de las personas mayores en su entorno.
7. Proximidad
Favorecer la cercanía física de los recursos y/o servicios al entorno residencial de
las personas mayores y sus familias.
8. Accesibilidad
Accesibilidad al entorno, los recursos y los servicios, tanto específicos como
generales, en condiciones de igualdad con respecto a otros grupos de población.
9. Prevención de las situaciones de dependencia y promoción de la
autonomía
68
Establecimiento de medidas adecuadas de prevención, rehabilitación, estímulo
social y mental, y promoción de condiciones que permitan a las personas el
mayor grado de autonomía posible. La participación de las personas en
situación de dependencia y, en su caso, de sus familias y entidades que les
representen en los términos previstos en la LPAPAD.
10. Flexibilidad
El presente Plan ha de estar marcado en su desarrollo por la flexibilidad, es
decir, este documento ha de concebirse como un instrumento abierto a los
cambios y propuestas que durante su implementación puedan surgir, de manera
que pueda dar respuesta a las nuevas necesidades, demandas e intereses que
puedan plantearse por parte de las personas mayores y otros colectivos.
11. Calidad
Establecer, promover y velar por el cumplimiento de niveles adecuados exigibles
de calidad en cada una de las actuaciones dirigidas a la atención de las
personas mayores.
5.2. Prioridades.
Las políticas y propuestas de envejecimiento activo deben adaptarse a cada perfil
de personas, atendiendo a su sexo, edad, estado civil, forma de convivencia,
hábitat, salud, posición económica y nivel de estudios.
Dentro del principio de reconocimiento de las diferencias habría que prestar una
atención especial a los grupos o colectivos que presentan una situación real o
potencial de mayor fragilidad social. Concretamente los perfiles de atención
prioritaria serían:
Personas mayores con escasos recursos económicos.
Personas mayores que se encuentran en situación de aislamiento o en riesgo
de padecerlo. (lo relacional; escasez de red relacional; familiar, rechazo).
Personas mayores residentes en núcleos urbanos deprimidos, con escasos
recursos.
Personas mayores con problemas de salud.
Personas mayores sin estudios.
Personas mayores de 80 años.
Personas mayores sin hogar.
Personas cuidadoras de mayores en situación de dependencia, especialmente
en aquellos casos en los que la persona cuidadora y la dependiente viven solas.
6. EJES ESTRATÉGICOS. LÍNEAS DE ACTUACIÓN, OBJETIVOS Y
ACTUACIONES
69
EJE I. GARANTÍAS DE LOS DERECHOS, PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE LAS
PERSONAS MAYORES (dependientes y no dependientes)
LÍNEAS DE ACTUACIÓN
1. GARANTÍA DE DERECHOS: PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIÓN POR
RAZÓN DE LA EDAD.
1.1. Derechos de las personas mayores. No discriminación por
razón de edad
1.2. Protección de las personas mayores en caso de incapacidad.
2. PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS MAYORES.
2.1. Accesibilidad:
a. Accesibilidad en las VIVIENDAS
b. Accesibilidad en los ESPACIOS PÚBLICOS
c. Accesibilidad en el TRANSPORTE
d. Accesibilidad a la INFORMACIÓN y SERVICIOS
e. Accesibilidad a la SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y LAS
COMUNICACIONES
2.2. Protección y seguridad ante las situaciones de:
a. Desamparo y maltrato
b. Delitos contra el patrimonio
c. Estafas y robos
2.3. Seguridad ante la protección de su IMAGEN:
a. Mejora en la percepción social y la autopercepción
b. Las personas mayores y su presencia en los medios de
comunicación
2.4. Protección y seguridad como personas CONSUMIDORAS.
2.5. Protección y seguridad ante otras situaciones o ámbitos.
a. Derechos frente a la administración
b. Seguridad económica
c. Seguridad vial
Desde el punto de vista de la planificación dirigida a las personas mayores el
enfoque predominante ha sido el de la consideración de la vejez como una etapa de
carencias de todo tipo (económicas, físicas y sociales).
En los últimos años, el cambio en la construcción social de la vejez (en la que se
resaltan las oportunidades frente a las limitaciones) se ha traducido en un cambio
70
en el modelo de atención a las personas mayores, incorporándose el enfoque de
derechos, “que promueve el empoderamiento de las personas mayores y una
sociedad más integrada desde el punto de vista de la edad” 10. Este cambio supone
el reconocimiento de las personas mayores como sujetos de derecho, y no
solamente como objetos de protección. Un reconocimiento que implica, además del
disfrute de ciertas garantías, la responsabilidad que las personas mayores tienen
respecto de sí mismas, su familia y su sociedad, con su entorno inmediato y con las
futuras generaciones.
Este enfoque enlaza con el paradigma de la calidad de vida, ya que tiene como
finalidad garantizar unas condiciones para un desarrollo integral.
Los derechos de las personas mayores hay que abordarlos de un modo integral,
desde una perspectiva social, de igualdad y basada en los valores que sustentan los
derechos humanos. Así mismo toda política social de atención integral de las
personas mayores debe proteger el derecho que éstas tienen a vivir libremente, en
su entorno y con el estilo de vida que deseen.
LÍNEA DE ACTUACIÓN 1. GARANTÍA DE DERECHOS: PRINCIPIO DE NO
DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE LA EDAD
El I Plan Estratégico Municipal para las Personas Mayores de Santa Cruz de Tenerife
define como uno de sus ejes estratégicos “la garantía de los derechos y la
protección de las personas mayores”, con ello se reconoce que alcanzar una
determinada edad no debe suponer una pérdida de derechos.
Como se ya se ha señalado en el diagnóstico que respalda este Plan, en la II
Asamblea Mundial de Naciones Unidas sobre Envejecimiento celebrada en 2002, se
aprobó el Plan de Acción Internacional y la declaración política de la misma, y en
ambos documentos se reitera la necesidad de que las personas de edad avanzada
tengan cada día un mayor reconocimiento de sus derechos ciudadanos, en general,
y de determinados específicos, por su condición de mayores.
Las personas mayores, jurídicamente, y a diferencia de lo que ocurre con las y los
niños, no son, a priori, incapaces, por lo que disfrutan de plena capacidad jurídica y
de obrar (salvo incapacitación formal). Históricamente las discriminaciones formales
directas a las personas mayores no han sido frecuentes pero sí se trata de personas
discriminados de hecho y de forma indirecta, hasta el punto de que se han incluido
en los Ordenamientos jurídicos normas que prohíben y sancionan (incluso penal-
mente) la discriminación por razón de edad11.
En este Plan, además de reconocer los derechos de las personas mayores, se
pretende hacerlos efectivos, incluyendo objetivos y propuestas de actuación
específicas. Se trata de hacer efectivos los derechos básicos fundamentales de las
10 Manual sobre indicadores de calidad de vida en la vejez. CEPAL. 2006. 11 “La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su potencial
aplicación a las personas mayores”. Informe Portal de Mayores. Nº 105- oct-2010.
71
personas mayores: la dignidad, la autonomía, la participación, y especialmente todo
lo que tiene relación con el conocimiento y la defensa de sus derechos.
La generalización de la llegada a los 60 y 70 años de la población y las
probabilidades cada vez mayores de alcanzar la denominada cuarta edad (a partir
de los ochenta), hace que muchas personas se planteen el problema de una posible
pérdida de las facultades mentales, ya sea como consecuencia de un proceso
degenerativo propio de las edades avanzadas o a causa de enfermedades
específicas (Alzheimer, Parkinson, etc.), y las consecuencias que se derivan del
mismo y que afectarán tanto a la esfera personal (cuidados, internamientos en
residencias y en hospitales, etc.) como a su esfera patrimonial (administración y
disposición de sus bienes). En este supuesto tendrá que ser otra persona quien
tome las decisiones pertinentes y, naturalmente, le preocupa quien será esa
persona que actúe por ella.
Es por ello, que se deben poner en marcha diversos mecanismos que garanticen la
protección de las personas mayores ante estas situaciones, entre las que hay que
destacar el ofrecer una información adecuada tanto a estas personas como a sus
familiares, definir protocolos o procedimientos que permitan detectar y actuar de
manera rápida y eficaz, etc.
En definitiva, se trata de dar protección ante la preocupación de muchas personas
mayores, especialmente las de edad muy avanzada, por la seguridad personal en el
caso de la imposibilidad de poder decidir por sí mismas.
LÍNEA DE ACTUACIÓN 2. PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS
MAYORES
Garantizar la protección y seguridad adecuadas ante situaciones de riesgo o
necesidad constituye uno de los ejes fundamentales del modelo de envejecimiento
activo. El enfoque de protección y seguridad que aquí se propone tiene un carácter
integral que abarca las distintas dimensiones o ámbitos: la vivienda, el entorno, los
transportes, las situaciones de desamparo y/o maltrato, los delitos contra su
patrimonio, su imagen, la administración, etc.
2.1. ACCESIBILIDAD
Una sociedad accesible es una sociedad donde las diferentes diversidades o las
diferentes situaciones circunstanciales (personas con discapacidad, personas
mayores, mujeres embarazadas, etc.) no encuentran barreras para ejercer una vida
independiente y en pleno disfrute de los derechos fundamentales.
Como se recoge en el Libro Blanco del Envejecimiento Activo de Andalucía, las
personas que no se ajustan en sus capacidades funcionales de movimiento,
percepción o comprensión a un patrón común o estándar, se enfrentan en su vida
cotidiana a barreras en el entorno, las cuales les impiden acceder y, en
72
consecuencia, participar de los bienes y servicios de la sociedad en igualdad de
condiciones con el resto de la población.
El concepto de accesibilidad ha pasado de considerarse exclusivamente como una
cuestión relativa al entorno físico y a las personas con discapacidad, ha ampliarse a
nuevos entornos (comunicaciones, productos, bienes y servicios) y a otros grupos
sociales, y personas sin discapacidad (personas mayores, extranjeras, mujeres
embarazadas…).
Las personas mayores forman parte del grupo de población que se encuentra
especialmente afectado por estas barreras del entorno. Debido tanto al progresivo
deterioro de sus capacidades funcionales, por el propio proceso de envejecimiento,
como a la aparición de discapacidades.
Como señala el Libro Blanco del Envejecimiento Activo de Andalucía, en la última
década en nuestro país el concepto de accesibilidad ha evolucionado notablemente
tanto en su consideración social como en su tratamiento jurídico. Se ha reconocido
como un “problema colectivo”, dejando de ser un “problema exclusivamente
individual”, en el que el “entorno” y no únicamente la persona aparece como un
agente responsable, es decir, ha cambiado su consideración social.
La accesibilidad universal se encuentra reconocida en el derecho español,
prácticamente viene configurada como un derecho subjetivo. El artículo 2 c) de la
Ley 51/2003 define a la accesibilidad como: “la condición que deben cumplir los
entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos o
instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y
practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de
la forma más autónoma y natural posible”.
El diseño para todas las personas se define como “la actividad por la que se
conciben o proyectan, desde el origen, y siempre que ello sea posible, entornos,
procesos, bienes, productos, servicios, objetos, instrumentos, dispositivos o
herramientas, de tal forma que puedan ser utilizados por todas las personas, en la
mayor extensión posible”.
Un número significativo de personas mayores tienen dificultades apreciables para
mantener las viviendas y su equipamiento en condiciones adecuadas. La
insuficiencia de las pensiones, en algunos casos, y las carencias físicas y
relacionales, en otros, constituyen importantes barreras para que las personas
mayores, sobre todo las de edad más avanzada, mantengan unos niveles mínimos
de adecuación de sus viviendas” (Ayala y Sastre, 2007: 223). Este tipo de
problemas pueden ser más graves cuando se trata de personas mayores que viven
solas.
Tal y como recoge el Libro Blanco del Envejecimiento Activo de España, en su
borrador para el debate de octubre de 2010, disponer de una vivienda digna es
imprescindible para poder envejecer con calidad de vida. Pero además es necesario
“que se creen espacios domésticos (tanto las viviendas como el entorno) abarcables
y seguros que faciliten la actividad cotidiana de manera que se maximice la
autonomía e independencia del usuario, se refuerce su identidad y se aseguren y
73
potencien sus capacidades, para que pueda ejercer su derecho integral a la
ciudadanía”.
Según los datos recogidos en el diagnóstico municipal, la mayoría de las demandas
de las Asociaciones y grupos de mayores manifiestan que muchas viviendas por su
estructura “confinan” a muchas personas mayores en su hogar y demandan más
esfuerzos y recursos por parte del ayuntamiento para mejorar la accesibilidad de
éstas y de la ciudad.
Las barreras en el transporte están incluidas en el conjunto de barreras
consideradas tradicionalmente, definidas éstas como impedimentos que presentan
las unidades de transporte particulares o colectivas (de corta, media y larga
distancia), terrestres, marítimas, fluviales o aéreas.
La accesibilidad en los transportes también constituye un elemento fundamental
para facilitar la participación de las personas mayores en la comunidad.
Al mismo tiempo, pueden desempeñar también un papel importante como factor de
promoción de la salud. Los problemas de salud derivados de los cambios
funcionales de origen fisiológico se agravan “por un diseño urbanístico y de los
medios de transporte que no está pensado para personas con déficit de movilidad,
proyectados por una sociedad acostumbrada a no pensar mucho en las personas
mayores y en sus déficits funcionales”12. Como ejemplo sirva la prevención de las
caídas, ya que las zonas de obras, barreras arquitectónicas (escaleras altas,
ausencia de barras laterales de agarre), subir y bajar de transportes públicos, etc.
suelen estar presentes en muchas de las caídas que sufren las personas mayores.
La importancia de la accesibilidad en el transporte público adquiere especial importancia en el caso de las
personas con escasos recursos, entre los que se encuentran un alto porcentaje de personas mayores que
tienden a utilizar menos vehículos privados y más el transporte público.
Por ello desde este Plan se pretende impulsar servicios de transporte público accesibles y económicos,
para que las personas mayores (sobre todo las que tienen dificultades de movilidad y escasos recursos)
puedan participar totalmente en la vida de la familia y la comunidad.
Con esta línea de actuación, se pretende poner a disposición de toda la ciudadanía,
información relativa a los servicios, recursos, ayudas, etc. previstas para las
personas mayores, que haga real y especialmente accesible el conocimiento de
dichos servicios a las personas de menos recursos, que son quienes habitualmente
menos información reciben.
Es necesario definir nuevas estrategias de acercamiento a la población mayor en
general y especialmente a las personas que no forman parte de dos de los grandes
grupos que conforman este sector: 1) las y los mayores que acuden a los servicios
sociales (generales o específicos) municipales, y 2) quienes forman parte de las
asociaciones y/o clubes de mayores. Estas personas habitualmente sí tienen acceso
a la información y servicios, sin embargo, queda fuera otro grupo: el de todas
aquellas personas que no son usuarias de los servicios y recursos municipales ni
12 Libro Blanco del Envejecimiento Activo de Andalucía. 2010. Junta de Andalucía.
74
participan en la asociaciones, y que constituyen la mayoría de este grupo de
población. Este grupo mayoritario lo integran diferentes perfiles: a) personas
mayores a las que no interesa o no necesitan los servicios ofertados por el
ayuntamiento y otras entidades; b) personas a las que sí puede interesar y/o
precisar de estos servicios pero a las que no les llega la información; c) personas en
situación de dependencia que permanecen en los hogares, etc.
El objetivo es el de garantizar la información de los recursos y servicios de atención
a las personas mayores, a la ciudadanía en general y, en particular a las personas
mayores, familias de mayores en situación de dependencia y a las y los
profesionales que desde los diferentes ámbitos trabajan con personas mayores.
Existe un consenso en cuanto a considerar la accesibilidad a las tecnologías de la
información y comunicación como una condición indispensable para garantizar los
derechos de la ciudadanía, de todos los grupos sociales, incluido el de las personas
mayores.
Como se reconoce en el Libro Blanco del Envejecimiento Activo de España, “la
nueva sociedad de tecnología, información y comunicación conlleva peligros y
oportunidades. La posibilidad de nuevos analfabetismos (informático, tecnológico,
técnico, científico, etc.) constituye un riesgo para las sociedades modernas al
incrementar la desigualdad, inequidad y exclusión entre sus miembros y
colectivos”. Una amenaza que se incrementa en determinados colectivos como es el
caso de las personas mayores, “por lo que es imprescindible dotarles de
oportunidades a través de la educación en igualdad de condiciones y de manera
apropiada”.
Las nuevas tecnologías pueden ser un gran apoyo para que las personas mayores
aumenten su autonomía personal y tengan acceso a nuevas oportunidades. Con
ellas se puede favorecer la comunicación y el acceso a los servicios.
La tecnología juega un doble papel en la reducción de desigualdades. Por una parte,
hay un tipo de tecnología que puede aportar o suplir parte de la función que se va
perdiendo, lo que sumado a la capacidad funcional restante da como resultado un
aumento de la autonomía personal. Por otro lado, la tecnología facilita la
comunicación y el acceso a la información, mediante las Tecnologías de la
Información y de la Comunicación (TIC).
Todo ello sin perder de vista el riesgo de generar nuevas desigualdades y/o
situaciones de exclusión, en determinados grupos de mayores, a partir de la
introducción de las TIC en las relaciones con la administración municipal y en otros
ámbitos.
2.2. PROTECCIÓN Y SEGURIDAD ANTE LAS SITUACIONES DE DESAMPARO,
MALTRATO Y OTROS HECHOS DELICTIVOS: DELITOS CONTRA EL
PATRIMONIO, ESTAFAS Y ROBOS.
75
Las personas mayores constituyen un colectivo especialmente vulnerable de cara a
convertirse en víctimas de delitos, tanto contra el patrimonio como contra la
persona. Los delitos más comunes de los que pueden ser víctimas se refieren tanto
al ámbito personal (malos tratos, abandono, etc.) como al ámbito patrimonial
(defraudaciones, abusos en el ámbito del consumo, etc.).
La prevención y detección de las situaciones de maltrato y desprotección o
desamparo que sufren las personas mayores, son objetivos de este Plan, tanto en
el caso de las personas que mantienen su autonomía y, especialmente, en el de las
que se encuentran en situación de dependencia.
Uno de los delitos de los que son víctimas las personas mayores, con relativa
frecuencia, son los relativos a su patrimonio. También son muy frecuentes las
estafas y fraudes que sufren las personas mayores, especialmente en relación con
productos y servicios que se ofrecen a través del teléfono. Otro tanto ocurre con la
adquisición de tarjetas bancarias que incluso a veces no saben usar.
2.3. SEGURIDAD ANTE LA PROTECCIÓN DE SU IMAGEN. MEJORA EN LA
PERCEPCIÓN SOCIAL Y LA AUTOPERCEPCIÓN. LAS PERSONAS MAYORES Y
SU PRESENCIA EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Los medios de comunicación juegan un papel fundamental en la configuración de la
imagen social de cualquier fenómeno, hecho o grupo social, de la realidad social en
definitiva. La imagen social de las y los mayores no es una excepción, la forma en
la que estos medios representan a las personas mayores condiciona la percepción
que se tiene de este colectivo y la autopercepción que tienen las propias personas
mayores.
Tal y como recoge el último documento presentado por el Ministerio de Sanidad y
Política Social para la elaboración del Libro Blanco del Envejecimiento Activo a nivel
estatal, la forma en la que los medios de comunicación representan a las personas
mayores es fundamental para promover su autonomía personal, social e
independencia.
Las personas mayores, a través de sus organizaciones representativas hacen años
vienen denunciando el trato negativo que se les da en los medio de comunicación y
reclamando su derecho a una imagen social pertinente, es decir, una imagen que
refleje su realidad como colectivo que forma parte de la sociedad, que aún tiene
mucho que decir y hacer y que nunca ha dejado de aportar. En este sentido cabe
señalar una importante conclusión del III Congreso Estatal de Mayores de 2009 en
Madrid: “Se demanda de los medios de comunicación, tanto públicos como
privados, una mayor atención para las personas mayores y la actividades de sus
organizaciones representativas”.
Es necesario impulsar un cambio en las representaciones que los medios hacen de
las personas mayores, incrementando su presencia en éstos y mejorando su
imagen. Se trata de eliminar los estereotipos, reducir la imagen negativa, dar
información relacionada con diversos temas (culturales, sociales, salud, formación,
etc.), cambiar el enfoque de las noticias (eliminar las actitudes paternalistas hacia
76
estas personas y su tratamiento infantil, o sensacionalista, su presencia
frecuentemente vinculada a situaciones de precariedad o exclusión, etc.). En
definitiva, se trata de presentar a las personas mayores como parte de la sociedad,
integradas en su entorno que participan y desarrollan actividades diversas, como
cualquier otro grupo social.
2.4. PROTECCIÓN Y SEGURIDAD COMO PERSONAS CONSUMIDORAS
El espectacular crecimiento de la población mayor y el significativo incremento del
nivel económico de una parte de éste, ha convertido a este colectivo en uno de los
principales destinatarios de una gran variedad de productos y propaganda. Según
algunos estudios, se ha producido un cambio donde un grupo demográfico apenas
atendido ha pasado a ocupar una posición estratégica en las acciones de muchas
empresas. Cada vez más, en los medios de comunicación y en las acciones
publicitarias, las personas mayores se sitúan en un plano de importancia.
Este cambio pone de manifiesto la necesidad de proteger los derechos que tienen
las personas mayores como consumidoras y usuarias de prácticas de propaganda y
venta, con frecuencia, poco escrupulosas (tal y como recoge la OMS en su texto
Envejecimiento activo: un marco político de 2002, y el Libro Blanco del
Envejecimiento activo de Andalucía).
2.5. PROTECCIÓN Y SEGURIDAD ANTE OTRAS SITUACIONES O ÁMBITOS:
DERECHOS FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN, SEGURIDAD ECONÓMICA,
SEGURIDAD VIAL
Con frecuencia es la propia administración la que genera inseguridad y/o
desprotección entre la población en general y en espacial entre determinados
colectivos entre los que se encuentran las personas mayores. Las dificultades para
acceder a algunos servicios o recursos o incluso simplemente a la información, la
lentitud y complejidad en los procedimientos administrativos, de valoración, de
resolución, en la tramitación de los expedientes, etc. hace que muchas personas
mayores se sientan inseguras y desprotegidas ante la administración.
La seguridad económica como elemento clave para garantizar la calidad de vida es
incuestionable tanto para las personas mayores como para el conjunto de la
población.
El diagnóstico de la realidad de las personas mayores en Santa Cruz de Tenerife
nos presenta una imagen bastante pesimista en cuanto a la situación económica:
según cálculos realizados se estima que 1 de cada 4 personas mayores del
municipio tiene ingresos por debajo del umbral de la pobreza. En este sentido, se
demanda la atención prioritaria a estas personas, ya sea aumentando las
prestaciones o bonificando los servicios (servicios de transporte, ayuda para el
abono de gastos básicos como agua, luz, etc.).
77
Las personas mayores presentan una dimensión a la que, a veces, no se le presta
la atención necesaria. Se trata de su condición de conductores y conductoras y
peatonas.
Algunos datos justifican la necesidad de atender esta dimensión: cerca de 4
millones trescientas mil licencias de conducción pertenecen a personas mayores de
60 años, lo que representa el 16,6% del total cercana a los 25 millones y medio.
Según la Asociación Española de Carretera, el número de personas mayores de 65
años que conducen se ha duplicado desde 1995.
Las personas mayores de 65 años son el grupo de mayor riesgo, tanto en su
condición de conductoras como peatonas. Es uno de los grupos de mayor
accidentabilidad, sólo superado por el las y los conductores menores de 30 años. En
su condición de peatonas, las personas mayores representan el 50% del total de
peatonas fallecidas.
De estos datos, se desprende la necesidad de definir y poner en marcha
actuaciones encaminadas a mejorar la seguridad vial de las personas mayores del
municipio.
2.6. NUEVAS TECNOLOGÍAS
La creciente utilización de las nuevas tecnologías en la vida cotidiana de las
personas mayores supone un aumento en su calidad de vida, su salud y su
autonomía. Las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) también
permiten a este colectivo seguir activas en su comunidad.
Según los últimos datos de la Encuesta sobre equipamientos y Uso de Tecnologías
de la Información y Comunicación en los hogares (INE, 2007) la mitad de la
población de más edad (grupo de entre 65 a 74 años) utiliza el teléfono móvil de
manera habitual, un 12,8% declara haber utilizado alguna vez el ordenador y un
7,9% internet.
Las actuaciones políticas encaminadas a fomentar el uso de las nuevas tecnologías
resultan fundamentales para acercar estas herramientas a las personas mayores.
LÍNEA DE ACTUACIÓN 1. GARANTÍA DE DERECHOS: PRINCIPIO DE NO
DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE LA EDAD
Objetivo estratégico Línea de Actuación 1. Eje I.
Promover la garantía del respeto y la defensa de los derechos de las personas
mayores en condiciones de igualdad, en el marco de la Constitución Española, en el
78
Estatuto de Canarias y el resto del ordenamiento jurídico.
Objetivo específico 1 (no discriminación por razón de edad)
1. Proponer las medidas pertinentes a fin de que se garantice a las personas mayores un trato digno,
independientemente de la edad, sexo, procedencia étnica, discapacidad u otras condiciones.
Acciones
1.1. Impulsar la creación de un área de defensa de los derechos e intereses de
las personas mayores.
1.2. Facilitar a las personas mayores la información, asesoramiento y apoyo
necesario que les permita conocer sus derechos, la legislación que los
ampara y los recursos personales e institucionales a los que recurrir en caso
de vulneración.
1.3. Realizar campañas de sensibilización sobre las personas mayores dirigidas a
la sociedad en general, en las que se resalte su condición de ciudadanas y
ciudadanos de pleno derecho.
1.4. Elaboración y difusión de la “Carta de derechos de las personas mayores”
Objetivo específico 2 (protección en caso de incapacidad)
2. Desarrollar mecanismos efectivos para proteger los derechos de las personas mayores en situación de
incapacidad y promover la incapacitación de personas mayores, cuando proceda, para una mejor
defensa de sus derechos e intereses.
Acciones
2.1. Información dirigida a las y los familiares de personas mayores sobre la
protección jurídica de las personas mayores en situación de incapacidad.
2.2. Información y formación dirigida a las y los profesionales para dar a conocer
la normativa vigente en materia de protección jurídica de personas mayores
en situación de incapacidad.
2.3. Definir una propuesta técnica basada en protocolos y procedimiento que
permitan detectar y actuar en los procesos de incapacitación judicial de las
personas atendidas y/o de las personas que estén en una situación que
pueda ser objeto de esta defensa.
79
LÍNEA DE ACTUACIÓN 2. PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS
MAYORES
Objetivo estratégico línea 2. Eje I.
Garantizar la protección de las personas mayores con el fin de evitar la vulneración
de sus derechos, previniendo, detectando y dando solución a las situaciones de
riesgo y/o necesidad que se puedan producir.
Objetivo específico 1 (accesibilidad en las viviendas)
1. Impulsar la eliminación de barreras físicas y de la comunicación y la mejora en las condiciones de
habitabilidad de las viviendas de personas mayores con escasos recursos.
Acciones
1.1. Detección y elaboración de un registro de personas mayores que presentan
necesidades de eliminación de barreras y/o mejoras en las condiciones de
habitabilidad de sus viviendas. Al mismo tiempo, priorizar y canalizar los
casos detectados hacia las áreas competentes, interviniendo de forma
complementaria en los casos que proceda, en coordinación con otras áreas.
1.2. Difusión de las ayudas para las mejoras y adaptación de las viviendas de las
personas mayores con menos recursos.
1.3. Facilitar la adaptación de viviendas de personas mayores sin recursos
completando la oferta de subvenciones del Gobierno de Canarias y Cabildo
Insular y mediante el desarrollo de talleres de empleo o medidas similares
específicas para este fin.
Objetivo específico 2 (accesibilidad en las viviendas)
2. Facilitar el acceso de las personas mayores a una vivienda cuando las intervenciones de adaptación
en las propias no garantice unas condiciones de habitabilidad adecuadas.
Acciones
2.1. Favorecer el acceso de las personas mayores con escasos recursos a las
viviendas en alquiler ofertadas por la empresa municipal de viviendas de Santa
Cruz de Tenerife. Potenciando su condición de colectivo prioritario de actuación.
2.2. Proponer acciones de intermediación para la permuta de viviendas inaccesibles
de personas mayores, por otras en condiciones de accesibilidad, tanto en
régimen de compra-venta como de alquiler.
80
2.3. Crear programas de vivienda o alojamientos alternativos para colectivos con
especiales dificultades: viviendas tuteladas, viviendas transitorias, alojamientos
para personas solas
Objetivo específico 3 (accesibilidad en los espacios públicos)
3. Promover la adecuación de los espacios públicos donde residen las personas mayores a sus
necesidades, para desarrollar una vida autónoma e independiente.
Acciones
3.1. Detección de necesidades individuales o colectivas relacionadas con los
distintos ámbitos de la accesibilidad (urbanismo, arquitectura, transporte y
comunicación) y su traslado a las áreas correspondientes para la adopción de
las medidas correctoras convenientes.
3.2. Mejorar la accesibilidad física en todos los espacios públicos, y priorizando los
centros de atención específica a las personas mayores y aquellos centros que
son frecuentados habitualmente por este colectivo (centros sanitarios,
asociaciones y centros de día, etc.).
Objetivo específico 4 (accesibilidad en el transporte)
4. Impulsar servicios de transporte público accesibles y económicos, para que las
personas mayores (sobre todo las que tienen dificultades de movilidad y
escasos recursos), puedan participar totalmente en la vida familiar y
comunidad.
Acciones
4.1. Instar a la empresa insular de transporte para incrementar el número de
vehículos adaptados a personas con movilidad reducida.
4.2. Mejorar las ayudas al transporte público (tranvía y guaguas) para las
personas mayores con escasos recursos.
4.3. Realizar campañas de sensibilización dirigidas a las conductoras y
conductores de transporte público (guaguas y tranvías) para concienciar sobre
las posibles limitaciones en la movilidad de las personas mayores.
4.4. Informar sobre la línea de ayudas económicas para la adaptación de
vehículos privados.
Objetivo específico 5 (accesibilidad a la información y servicios)
81
5. Garantizar la información de los recursos y servicios de atención a las personas
mayores, a la ciudadanía en general y, en particular a las personas mayores,
familias de mayores en situación de dependencia y a las y los profesionales que
desde los diferentes ámbitos trabajan con personas mayores. Como instrumento
para asegurar el acceso de este colectivo.
Acciones
5.1. Elaboración y distribución de Guías Prácticas para Mayores sobre
prestaciones económicas, bonificaciones, servicios sociales y sanitarios, ocio y
cultura, derechos, etc., a nivel estatal, autonómico y local.
5.2. Realizar una campaña de información sobre el Plan Municipal de Mayores dirigida a las distintas
Concejalías y áreas municipales, y otras administraciones y asociaciones.
5.3. Constituir una Red de Informadoras e informadores Mayores Voluntarios. (Aprovechando las nuevas
tecnologías para redes sociales).
5.4. Elaboración y difusión de dípticos informativos específicos sobre cuestiones
de especial interés e importancia para las personas mayores y sus familias.
5.5. Difusión entre colectivos profesionales de información general y específica
relacionada con la atención a las personas mayores.
5.6. Realizar campañas de información sobre nuevos productos y servicios
pensados para las personas mayores para que éstas los conozcan y puedan
acceder a los mismos.
5.7. Asegurar el acceso a la información a los colectivos de mayores que se
encuentran en situación de vulnerabilidad, incorporando las nuevas tecnologías.
Objetivo específico 6 (accesibilidad a la sociedad de la información y las
comunicaciones)
6. Facilitar el acceso de las personas mayores a la sociedad del conocimiento y al
dominio de las nuevas tecnologías (TICs).
Acciones
6.1. Potenciar el uso de los recursos existentes dirigidos a favorecer el acceso de
las personas mayores a las nuevas tecnologías.
6.2. Puesta en marcha de sistemas de distribución de la información de las
personas mayores que se desarrollen a través de las nuevas tecnologías.
Acercar y/o adaptar a las y los mayores los sistemas de distribución ya creados
por el Ayuntamiento (por ejemplo el servicio “Información de la agenda a
través de sms”).
82
6.3. Realización de una guía de recursos para las personas mayores en formato
electrónico que será accesible a través de Internet.
6.4. Incluir en los distintos medios de comunicación digital un espacio específico
accesible para las personas mayores.
6.5. Apoyo para la compra o préstamo de ordenadores personales, línea ancha
para poder acceder a Internet desde sus hogares, o bien desde las asociaciones
de mayores.
6.6. Promover la realización de charlas dirigidas a las personas mayores sobre las
nuevas tecnologías, en las que se informe sobre las posibilidades que ofrece el
uso de las nuevas tecnologías
6.7. Realización de cursos sobre nuevas tecnologías, en las que se incluya:
utilización de los teléfonos móviles, de medios informáticos, cámaras de video,
fotos, etc.
Objetivo específico 7 (Protección y seguridad de las personas mayores
ante las situaciones de desamparo y/o maltrato)
7. Profundizar y mejorar las estrategias de prevención, atención social y acogida
en casos de riesgo y de violencia hacia las personas mayores.
Acciones
7.1. Estudio, diseño y desarrollo de protocolos de detección y derivación en el
marco de la coordinación Sociosanitaria: elaboración de un protocolo interno
donde se definan factores de riesgo de desatención o maltrato que faciliten a las
y los profesionales de servicios sociales y otros ámbitos la detección precoz. Así
como desarrollar los procedimientos que permitan actuar con agilidad y eficacia
ante situaciones de desamparo y maltrato, en el que se establezcan los
mecanismos de colaboración entre las instituciones implicadas.
7.2. Diseño, elaboración y desarrollo de un programa de prevención detección y
atención en situaciones de riesgo y maltrato en todos sus ámbitos de las
personas mayores adecuando los protocolos, en el marco de la coordinación con
las distintas áreas y administraciones.
7.3. Elaboración y difusión de dípticos informativos dirigidas a la población en
general sobre los derechos de las personas mayores y sobre las situaciones de
desamparo y maltrato en particular, y sobre el procedimiento y el teléfono para
denunciar estas posibles situaciones.
7.4. Elaboración de guías específicas para la detección del maltrato dirigida a las
personas mayores, familiares y profesionales (de servicios sociales, sanidad,
etc.).
83
7.5. Detección desde los Servicios Sociales y derivación al organismo competente
de casos de personas mayores que sufren maltrato independientemente del
espacio convivencial en el que se encuentren (solas en su domicilio, en unidad
de convivencia, residencia, etc.), y derivación al CAVD (Centro de Asistencia a
Víctimas del Delito).
7.6. Priorización en la concesión de los servicios de atención domiciliaria a
mujeres mayores víctimas de desamparo o maltrato.
7.7. Realización de cursos de formación dirigidos a las y los profesionales de los
Servicios Sociales Comunitarios acerca de los abusos y malos tratos a las
personas mayores.
7.8. Realizar un estudio sobre la incidencia y características de los abusos y los
malos tratos de las personas mayores en el municipio.
Objetivo específico 8 (Protección y seguridad de las personas mayores
ante las situaciones de delitos contra el patrimonio)
8. Promover medidas para Impedir los delitos contra el patrimonio de las personas
mayores por sus familiares o por terceras personas.
Acciones
8.1. Informar a las personas mayores de sus derechos y deberes sobre el
procedimiento y el teléfono para denunciar estas posibles situaciones.
8.2. Detección desde los Servicios Sociales de la necesidad de Asesoramiento
Jurídico y derivación al CAVD (Centro de Asistencia a Víctimas del Delito).
8.3. Proporcionar Asistencia Jurídica Municipal, o impulsar la suscripción de
convenios con entidades públicas o privadas para tal fin, a personas mayores
que lo precisen
8.4. Trasladar al Ministerio Fiscal los hechos indiciarios de expoliación del
patrimonio de los que se tenga conocimiento.
Objetivo específico 9 (Protección y seguridad de las personas mayores
ante las situaciones de estafas y robos)
9. Mejorar la seguridad ciudadana de las personas mayores, para favorecer su
integración y participación social.
Acciones
9.1. Campañas de información sobre las formas más frecuentes de robos y
estafas de la que son objeto las personas mayores, dirigidas a estas personas,
84
sus familias y la ciudadanía en general.
9.2. Realización y colaboración en acciones de sensibilización e información
dirigidas a las y los profesionales de la Policía Local y las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad del Estado sobre la problemática específica que afecta a las personas
mayores en materia de seguridad ciudadana.
9.3. Promover la creación de protocolos de actuación de detección y actuación
ante casos de robos y/o estafas de personas mayores, para prevenir y actuar de
forma coordinada por parte de las diferentes áreas y profesionales que trabajan
con este colectivo.
9.4. Detección desde los Servicios Sociales de la necesidad de Asesoramiento
Jurídico y derivación al CAVD (Centro de Asistencia a Víctimas del Delito).
9.5. Promover acciones de sensibilización e información y talleres de prevención
en colaboración con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad
Objetivo específico 10 (Seguridad en cuanto a la protección de su imagen:
mejora en la percepción social y la autopercepción)
10. Contribuir a mejorar la percepción que la sociedad en general tiene sobre el
proceso de envejecimiento y las personas mayores, así como la autopercepción
que las propias personas mayores tienen de esta etapa vital.
Acciones
10.1. Realización de una campaña de sensibilización social sobre el
envejecimiento, fomentando una imagen positiva del envejecimiento, su
visibilidad, destacando la aportación de este colectivo al ámbito familiar,
económico y a la sociedad en general, priorizando los valores de solidaridad
con las otras generaciones, presentando su diversidad y destacando la
presencia de mujeres mayores como protagonistas.
10.2. Promover un cambio en la percepción que las y los profesionales que
trabajan con las personas tienen de este grupo a través de campañas de
información y sensibilización en la que se resalten el respeto a sus derechos,
necesidades e intereses, y la necesidad de reorientar el enfoque de atención.
Objetivo específico 11 (Seguridad en cuanto a la protección de su imagen:
las personas mayores y su presencia en los medios de comunicación)
11. Favorecer una presencia “normalizada” de las personas mayores en los medios
de comunicación, junto a los demás grupos sociales.
85
Acciones
11.1. Difundir, a través de los medios de comunicación locales, información sobre
las personas mayores en general y del municipio en particular, en las que se
destaque su participación activa, su aportación a la comunidad, etc. para
eliminar la imagen negativa y los estereotipos que aparecen en los medios.
11.2. Impulsar la elaboración de un anuncio publicitario, para emitir en las
televisiones, radios y periódicos locales, en el que se destaquen los aspectos
positivos de envejecimiento.
11.3. Establecer una línea de colaboración con programas de radio, para promover
la participación de las y los mayores de Santa Cruz de Tenerife en dicho
programa, fomentando la incorporación de aspectos positivos del
envejecimiento y novedosos.
Objetivo específico 12 (Protección y seguridad como personas
consumidoras)
12. Garantizar el respeto y protección de los derechos de las personas mayores
como consumidoras.
Acciones
12.1. Elaborar dípticos y realizar talleres o actividades dirigidos específicamente a
difundir, de manera comprensible, los derechos de las personas mayores como
consumidoras, en especial de los bienes y servicios más básicos utilizados por
este sector.
12.2. Concienciar a la población en general y a las personas mayores en particular
de la necesidad de practicar un consumo informado, razonable y responsable.
A través de acciones formativas en materia de consumo dirigidas a las
Personas Mayores.
Objetivo específico 13 (derechos frente a la administración)
13. Promover la mejora de los servicios municipales de personas mayores que
permitan una atención de calidad y mejoren la satisfacción de las personas
mayores y sus familiares.
Acciones
13.1. Garantizar la dotación de medios materiales y recursos humanos técnicos y
administrativos, dedicados parcial o totalmente a la atención de las personas
mayores, promoviendo la atención descentralizada.
13.2. Disminuir el tiempo de resolución de expedientes y el tiempo de
86
permanencia en listas de esperas respecto a las solicitudes de prestaciones y
servicios municipales (S.A.D., Viviendas, Ayudas, peticiones en general, etc.).
13.3. Implantar sistemas de gestión de la calidad de las prestaciones y servicios
municipales para las personas mayores.
13.4. Fomentar la evaluación periódica de las prestaciones y servicios municipales.
13.5. Elaboración de la Carta de Servicios, de los servicios específicos prestados a
las personas mayores.
Objetivo específico 14 (seguridad económica)
14. Apoyar la seguridad económica a las personas mayores con escasos recursos.
Acciones
14.1. Facilitar recursos económicos, en forma de ayudas y/o prestaciones.
14.2. Promover bonificaciones y facilidades de pago sobre servicios básicos.
Objetivo específico 15 (seguridad vial)
15. Desarrollar acciones para garantizar la seguridad de las personas mayores en
el uso de la red viaria y del tráfico.
Acciones
15.1. Definir programas específicos de educación vial dirigidos a las personas
mayores.
15.2. Realizar campañas de concienciación en las que se pongan de manifiesto que
conductas insolidarias motivan problemas de movilidad a las personas mayores
respecto al uso de la red viaria y del tráfico y a otras personas en general
(aparcar en pasos de peatones, prisas y empujones en accesos a medios de
transporte).
EJE II. LA PARTICIPACIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS MAYORES
LÍNEAS DE ACTUACIÓN
1. EDUCACIÓN Y APRENDIZAJE DURANTE EL CICLO VITAL.
1.1. Participación en acciones formativas generales y específicas.
1.2. Preparación para el envejecimiento.
1.3. Participación en la educación como educadoras.
87
2. PROMOCION DEL ENVEJECIMIENTO ACTIVO DESDE LA
PREPARACIÓN PARA UN ENVEJECIMIENTO SALUDABLE.
2.1. Promoción de la salud y prevención de la dependencia.
3. LA PARTICIPACIÓN DESDE EL ASOCIACIONISMO.
3.1. Apoyo al asociacionismo de personas mayores desde el
Ayuntamiento.
3.2. Las asociaciones de personas mayores como mecanismo de
participación social.
3.3. Fomento del asociacionismo de personas mayores.
3.4. Mayor participación de los hombres en las asociaciones y mayor
participación de las mujeres en los órganos gestores.
4. SOLIDARIDAD Y VOLUNTARIADO COMO FORMA DE PARTICIPACIÓN
Y CONTRIBUCIÓN SOCIAL.
4.1. El voluntariado de las personas mayores.
4.2. El voluntariado hacia las personas mayores.
4.3. Reconocimiento de la contribución del voluntariado (en general y, en
especial, de las personas mayores).
5. ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN POLÍTICA.
5.1. Creación de órganos de representación de las personas mayores.
5.2. Presencia de las mujeres en los órganos de representación.
6. OCIO Y TIEMPO LIBRE
6.1. Participación cultural.
6.2. Fomento de la lectura.
6.3. Accesibilidad a la cultura.
6.4. Actividad física.
6.5. Ocio “productivo”.
El fomento de la participación social en todos sus ámbitos, desde la ciudadana, al
voluntariado o el apoyo informal, resulta muy importante para el desarrollo de
todas las sociedades. Todos los segmentos de población deben estar implicados en
estas funciones, pero sobre todo la población mayor, población con más tiempo
disponible y con unas capacidades inestimables gracias a la experiencia de vida que
acarrean. Las personas mayores son un recurso social imprescindible y necesario13.
El enfoque de la participación de las personas mayores va más allá del enfoque
hasta ahora predominante, que vendría a ser el de la participación entendida como
“la ocupación del tiempo libre”. Representa un cambio de políticas y actuaciones, se
pasa de promover la ocupación del tiempo libre por parte de las personas mayores
13 Las personas mayores en España. Informe 2008. IMSERSO.
88
a promover su participación en todos los ámbitos de la sociedad. De este modo, se
circunscribiría el considerado tiempo libre a las actividades de carácter más lúdico
y/o cultural.
El marco político para el envejecimiento activo se guía por los Principios de las
Naciones Unidas para las Personas Mayores, que son: independencia, participación,
asistencia, realización de los propios deseos y dignidad. Y requiere la acción sobre
tres pilares básicos: salud, participación y seguridad.
Como ya se ha señalado la OMS define envejecimiento activo como “el proceso de
optimización de las oportunidades de la salud, participación y seguridad con el fin
de mejorar la calidad de vida a medida que las personas envejecen”.
Desde ambos organismos, se habla de participación en los siguientes términos: las
personas mayores seguirán haciendo una contribución productiva a la sociedad en
actividades tanto remuneradas como sin remunerar cuando las políticas y los
programas sociales, laborales, de empleo, de la educación y sanitarios fomenten su
total participación en las actividades socioeconómicas, culturales y espirituales, de
acuerdo con sus derechos humanos básicos, capacidades, necesidades y
preferencias.
El Libro Blanco del Envejecimiento Activo de España, destaca la importancia de la
participación activa de las personas mayores en todos los ámbitos y niveles de la
sociedad en los siguientes términos: “la participación de las personas mayores ha
de fundamentarse en el reconocimiento de su papel protagonista, favoreciendo la
capacidad de elección en iniciativas y proyectos que enlacen con sus
preocupaciones diarias dentro de la ciudad o del barrio en el que viven o en
suposición como usuarios de servicios o simplemente como vecinos afectados de
problemáticas compartidas. Ello sin perjuicio de los mecanismos de participación
institucional, pensados para ellos o de contenido temático, territorial o transversal”.
Según la encuesta de personas mayores realizadas por el IMSERSO en este año
2010, un 43% de las personas mayores demandan tener un mayor nivel de
representatividad en los diferentes ámbitos de la sociedad, y además un 47% de la
sociedad española considera que la participación de las personas mayores debe
incrementarse.
La dimensión de la participación se configura como una vía de desarrollo del
carácter democrático de la sociedad a través de la cual las personas mayores
asumen y ejercen sus responsabilidades, se reconocen y son reconocidas como
ciudadanas y ciudadanos con derechos y deberes.
Por su parte, las propias personas mayores reivindican una participación más activa
y que abarque más sectores de la sociedad.
Ya en el II Congreso Estatal de personas mayores, celebrado en el año 2001, cuyo
título fue «Una sociedad para todas las edades», se acordaron unas propuestas
para acabar con todos los mitos y estereotipos que limitan la participación activa de
las personas mayores. Las medidas propuestas sitúan la participación social como
centro y pilar básico en la contribución de las personas mayores a la sociedad,
89
solicitándose «a las diferentes administraciones públicas la apertura de todos los
caminos posibles para que las personas mayores estén presentes activamente en
los ámbitos de opinión, participación, gestión y control de la gestión».
Unas propuestas que vuelven a ser reivindicadas en el III Congreso Estatal de
personas mayores, celebrado en 2009. En este Congreso se demandan la puesta en
marcha de estrategias para hacer posible una participación más activa, para que
sus organizaciones y representantes participen en la definición de los problemas y
soluciones que más les afectan.
Como se recoge en el estudio La participación social de las personas mayores,
realizado por el Imserso en 2008, la participación de las personas mayores en la
toma de decisiones de los distintos ámbitos sociales y políticos es un proceso
imprescindible tanto por el valor de su experiencia vital como por la necesidad de
una representación adecuada en términos cuantitativos.
Al mismo tiempo, la participación social de este grupo contribuye a su calidad de
vida. Diversos estudios relacionan la participación social con la calidad de vida
medida en índices de satisfacción, depresión, integración, etc.
El envejecimiento positivo tiene que ir más allá de la participación de las personas
mayores en iniciativas solidarias. La incorporación de otras dimensiones como
fuente de participación social es necesaria para que se visualice la realidad de las
personas mayores y su aportación a la sociedad.
Las políticas y estrategias de atención a las personas mayores, al igual que ocurre
con otros colectivos, con frecuencia están marcadas por la tendencia a parcializar o
segmentar la realidad, como si de compartimentos estancos se tratara. Se percibe,
analiza y planifican las actuaciones por sectores sociales (mayores, menores,
mujeres, jóvenes, etc.) olvidando que hay situaciones, intereses y necesidades
comunes a todos los grupos (no siempre los problemas de las personas mayores se
deben a su proceso de envejecimiento y no siempre les interesan las cosas que se
consideran de mayores). Esta tendencia se traduce en la planificación, por parte de
las y los profesionales, de actuaciones específicas para este colectivo que pretenden
dar respuesta a sus intereses (que se da por hecho son específicos), es decir,
“acciones de mayores sólo para mayores”.
En este Plan se plantea una propuesta de participación en sentido amplio e integral,
en este sentido, se habla de participación en la educación, promoción del
envejecimiento activo desde la preparación para un envejecimiento saludable,
asociaciones (no sólo de mayores), solidaridad y voluntariado como forma de
participación y contribución social, en la actividad política, en el ocio y tiempo libre.
1. EDUCACIÓN Y APRENDIZAJE DURANTE EL CICLO VITAL
La OMS resalta el papel importante que juega la educación, a lo largo de todo el
ciclo vital, como elemento que tiene la función de proporcionar oportunidades e
iniciativas que estimulen la participación activa en la sociedad según se va
envejeciendo
90
Tal y como recoge el Libro Blanco del Envejecimiento Activo de España, “el
aprendizaje a lo largo de la vida permite avanzar en el ejercicio de los derechos de
la persona de edad (libertad de pensamiento, de creencia y de acción), -
independientemente de sus dificultades o limitaciones- y, por tanto, acercará a las
generaciones de jóvenes y adultos a las de los más mayores”.
El Consejo Europeo (Lisboa, marzo de 2000), estableció la necesidad de la
educación a lo largo de toda la vida (entendida como la capacidad de aprendizaje
que tienen las personas de todas las edades del ciclo vital), como un derecho y una
de las claves del siglo XXI, siendo necesario que las instituciones sociales, políticas,
financieras, sanitarias y educativas, acomodasen sus objetivos y planteamientos a
la sociedad en la que están inmersas.
El aprendizaje es un proceso que posibilita la adquisición de conocimientos e
información para una vida satisfactoria, activa y de calidad a lo largo del ciclo vital.
En el Informe elaborado por el Imserso sobre la realidad de las personas mayores,
Las personas mayores en España. Informe 2008, se señala cómo el nivel de
instrucción es un factor sociocultural que delimita las capacidades y posibilidades de
actuación de las personas. Poseer un elevado nivel de formación incide
directamente en la práctica diaria de un determinado tipo de actividades, en el
supuesto contrario supone un hándicap imposible de superar para la realización de
otras. Una limitación con la que encuentran muchas personas mayores, ya que
diversas fuentes confirman que el nivel de formación de las personas mayores
actuales sigue siendo bajo.
La formación y el aprendizaje a lo largo de la vida son un objetivo político
prioritario, ya que suponen un recurso estratégico para poder desenvolverse en los
complejos entornos sociales que se configuran en las sociedades modernas
actuales.
Desde los programas de educación permanente de la Unión Europea se reconoce la
vital importancia que adquiere la educación para la participación social y el
desarrollo personal. Concretamente la Comisión Europea establece «la adquisición y
actualización continua de conocimientos, actitudes y competencias tienen la
consideración de una condición indispensable para el desarrollo personal de toda la
ciudadanía y de la participación en todos los ámbitos de la sociedad”.
El debate de la educación en las personas mayores reside en el contraste entre sus
bajos niveles educativos formales14 y la importancia de la educación informal
adquirida con la experiencia de los años. Es por ello que en el presente Plan, se
contemple esta doble dimensión y se hayan propuesto objetivos y actuaciones
encaminadas a atender su condición de personas mayores interesadas en formarse,
ampliar conocimientos, etc., es decir, como “educandas”, y su condición de
potenciales educadoras y transmisoras de conocimientos y experiencias.
14 Pérez, L. (2006) «Actividades, actitudes y valores». Informe de la personas mayores. IMSERSO.
91
2. PROMOCIÓN DEL ENVEJECIMIENTO ACTIVO DESDE LA PREPARACIÓN
PARA UN ENVEJECIMIENTO SALUDABLE
La Organización Mundial de la Salud, establece que el envejecimiento activo es “El
proceso de optimización de oportunidades para la salud, la participación y la
seguridad que permitan garantizar la calidad de vida de las personas a medida que
envejecen” (OMS, 2002:12).
De esta definición se desprende la importancia de envejecer activamente para la
promoción de la salud y la prevención de la enfermedad, permitiendo que las
personas en su proceso de envejecimiento mantengan un óptimo grado de calidad
de vida.
El envejecimiento activo contribuye al mantenimiento del bienestar de las personas
mayores, por tanto las acciones de promoción de la salud y prevención de la
dependencia deben ir encaminadas hacia la mejora de los niveles de salud, para
permitir un envejecimiento sano y saludable.
Existen diversos documentos e investigaciones en torno a la salud y la importancia
de ésta para las personas mayores, el documento de trabajo que servirá para la
elaboración del Libro blanco del envejecimiento activo15, presentado por el
Ministerio de Sanidad y Política Social, en octubre de 2010, establece que “la salud
es la principal preocupación de las personas mayores”.
Así mismo, establece que la persona “con su trayectoria vital y sus actitudes
personales, es agente principal en el proceso de su propio envejecimiento, que es
un proceso de toda la vida, que se inicia desde la infancia”, por tanto hay que
propiciar que cada ciudadano/a sea responsable de la promoción de su salud
durante todo su proceso de vida.
Diferentes estudios científicos, avalan la tesis de la posibilidad de disminuir la
incidencia, prevalencia e intensidad de la enfermedad, discapacidad y con ello la
dependencia, mediante acciones de prevención y promoción de la salud, y de la
prevención y control de las enfermedades crónicas, entre otras.
Dentro de las acciones de promoción de la salud y prevención de la dependencia, se
podrían incluir las dirigidas a:
Promover hábitos de vida saludables: fomentar la actividad física, evitar el
consumo de alcohol y tabaco, fomentar la alimentación saludable.
Fomentar la estimulación cognitiva, motora y sensorial.
Promover la participación en su entorno comunitario.
Evitar situaciones de vulnerabilidad social: Prevención de la soledad,
precariedad económica y de la vivienda.
Mejorar la seguridad del entorno, así como la prevención de accidentes.
15 Presentación y resumen del Libro Blanco del Envejecimiento Activo, temas para el debate, Madrid 2010.
92
En el planteamiento de los objetivos de esta 2ª línea estratégica del EJE II, es
importante considerar los datos obtenidos a través del diagnóstico municipal en
relación con los hogares.
El diagnóstico determina que un 15% de la población mayor vive sola (4.773), y
entorno a 3.721 son mujeres mayores viviendo solas, 1.052 serían hombres
viviendo solos.
La soledad es un factor de riesgo asociado a la edad, “La soledad se incrementa con
la edad, pero no debido a la edad per se sino al aumento de la discapacidad y al
debilitamiento de la integración social” (Jylhä, 2004: 166).
No cabe duda, que vivir en soledad no tiene por que ir aparejado a aislamiento
social, y que en ocasiones puede atender a una opción, no obstante es necesario
fomentar la integración y participación de las personas mayores que viven solas,
para prevenir situaciones de aislamiento, riesgo y vulnerabilidad que pueden
producirse como consecuencia de éste hecho.
Para que la participación social de las personas mayores sea una realidad, y puedan
hacerlo en las mejores condiciones, partimos de la necesidad de que mediante el
desarrollo de este I Plan se promueva la autonomía de las personas mayores
mediante un envejecimiento activo y saludable, persiguiendo un doble objetivo:
- Contribuir a elevar el nivel de salud de las personas mayores.
- Favorecer la conservación de la autonomía mediante la preparación para un
envejecimiento saludable.
Por tanto, es necesario definir un marco municipal de acciones de promoción de la
salud de las personas mayores, dirigidas a:
- Incrementar y diversificar, entre otros, los diferentes talleres que en ese sentido
se desarrollan desde el negociado de mayores, en el conjunto de distritos.
- Impulsar, en coordinación con la red de servicios de atención primaria de salud
acciones de promoción de la salud física, psíquica y social.
- Establecer una línea de acciones de promoción del envejecimiento saludable
desde enfoque de la prevención de la dependencia.
3. LA PARTICIPACIÓN DESDE EL ASOCIACIONISMO
El movimiento asociativo se configura como una herramienta clave de participación
social y activa para las personas mayores.
93
La realidad del movimiento asociativo actual de las personas mayores o las
características de la participación de las personas mayores en las asociaciones, a
nivel estatal, según se desprende del «Libro Verde de las PYMASs (Pequeñas y
Medianas Asociaciones) de Personas Mayores». IMSERSO, 2007, son:
posee unas cuotas significativas de participación, que se han incrementado
en los últimos años.
participan en diversidad de asociaciones, no sólo de mayores.
se está produciendo cambio en la demanda de actividades. Parece que las
políticas de envejecimiento activo tienen su reflejo en esta demanda se ha
producido un cambio significativo en las realizadas por las personas mayores
dentro de las asociaciones a las que pertenecen. De esta manera, se ha
dado paso a una propuesta de actividades, y con ello a un modelo de
asociacionismo, mucho más dinámico y activo que en épocas anteriores.
el papel de las asociaciones de personas mayores va más allá de la
realización de actividades
tienen dificultades en materia de recursos económicos y materiales
necesidad de mayor apoyo y colaboración por parte de las administraciones
correspondientes.
también consideran que la sociedad se sigue rigiendo por estereotipo y
mitos que desvalorizan el papel de las personas mayores, lo que implica un
grado de dificultad a la promoción de su movimiento asociativo.
A pesar de las dificultades señaladas, “las PYMAs se reconocen como entidades
llenas de un gran capital humano, con proyectos sociales relevantes y con un
tiempo disponible puesto al servicio de la comunidad”16.
4. SOLIDARIDAD Y VOLUNTARIADO COMO FORMA DE PARTICIPACIÓN Y
CONTRIBUCIÓN SOCIAL
La Asamblea de Naciones Unidas, en 1991, en sus Principios a favor de las
personas de edad subrayó que éstas “deberán poder buscar y aprovechar
oportunidades de prestar servicio a la comunidad y de trabajar como voluntarios en
puestos apropiados a sus intereses y capacidades”.
En el ámbito nacional, el Plan Estatal de Voluntariado 2005-2009, recoge en uno de
sus objetivos “proporcionar información a toda la sociedad acerca del valor, las
oportunidades y la necesidad de participación voluntaria, de acuerdo con las
características de cada grupo de edad y con los intereses de cada ciudadano”. En
este sentido, se insistía en las personas mayores como grupo central para
desarrollar una participación ciudadana activa dado su tiempo libre, sus
experiencias personales, su interés y dedicación, así como sus conocimientos17.
Desde las organizaciones, destaca la plataforma de Promoción del Voluntariado en
España que cuenta con un cuaderno de formación específico para el “voluntariado
en la tercera edad”.
16 La participación social de las personas mayores. Imserso. Colección Estudios. Serie Personas Mayores. N.º
11005. 2008. 17 Medina, M.E., Carbonel, C. «Las personas mayores y el voluntariado». 2006.
94
La participación continuada en grupos voluntarios es un factor de protección para el
bienestar psicológico de las personas adultas que comienzan a desarrollar
limitaciones funcionales (Greenfield y Marks, 2007). En el caso concreto de las
personas mayores “la relación generalmente positiva entre actividad y bienestar
depende de los recursos personales y sociales de la persona mayor” (Morrow-
Howell, Hinterlong, Rozario y Thang, 2003: 142) 18.
Estos últimos autores, apuntan algunos de los beneficios del voluntariado para las
personas mayores:
los beneficios positivos del voluntariado se producen incluso cuando el
tiempo dedicado al mismo es corto. Lo importante es implicarse, aunque sea
de forma modesta;
el voluntariado puede ser aún más beneficioso para las personas mayores
que tienen limitaciones funcionales y cierto grado de dependencia;
escoger un voluntariado preferido por la persona, que le guste, y que incluya
tareas significativas y que supongan un reto, parece ser importante a la
hora de maximizar los resultados positivos de la experiencia;
las personas mayores voluntarias reconocen sentirse más útiles, con mayor
autoestima, y están más protegidas contra la pérdida del rol social y el
aislamiento. Además, la labor como voluntarias les ayuda a estructurar su
tiempo, a contar con un propósito más en el día a día, a sentirse parte de
algo, a desarrollarse y a aumentar la significación en sus vidas.
5. ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN POLÍTICA
Promover la participación de las personas mayores en todos los ámbitos y niveles
de la sociedad incluye también el ámbito político. En este sentido, tal y como
recoge el Libro Blanco del Envejecimiento Activo de España (en su borrador de
octubre de 2010) se trata de “mejorar las formas e instancias de participación de
las personas mayores. Una participación que no sólo permita que se oiga su voz
específica, que se expresen sus demandas y puntos de vista, sino que asegure
también que se puede avanzar en la transformación y mejora de su calidad de
vida”.
Según diversos estudios, el interés y la actividad política de las personas mayores
se caracteriza por: registrar cuotas todavía más bajas que la población en general;
por diferencias significativas entre hombres y mujeres, mostrando ellos niveles más
altos que ellas; por que las cuotas van en disminución en función del aumento de la
edad; porque a mejor formación, mayores niveles de interés, al igual que las
personas mayores situadas en clases sociales más altas; por el contrario, las
personas mayores que residen en ámbitos rurales muestran menos interés político
(recogido en el estudio La participación social de las personas mayores. Imserso.
18Citado en el Libro Blanco del Envejecimiento Activo de Andalucía. 2010.
95
En este Plan se plantean objetivo encaminado a constituir órganos de
representación política de las personas mayores que hagan posible su participación
en los espacios de toma de decisiones de aspectos que les afecten directamente.
6. OCIO Y TIEMPO LIBRE
Como recoge el Informe de 2008 las personas mayores en España, elaborado por el
Imserso, el mantenimiento de una vida social activa, a través de las actividades de
ocio, garantiza un envejecimiento satisfactorio tanto a nivel cuantitativo como
cualitativo. Sin embargo, muchas personas mayores se encuentran, en muchos
casos, sin habilidades para la utilización del tiempo libre. Las personas mayores de
65 años “han tenido una trayectoria vital en la que la necesidad de afrontar el día a
día no les permitía ejercer la capacidad de elección sobre su tiempo libre. Este
estilo de vida ha delimitado su realidad y en la vejez. La cultura del ocio que impera
en la actualidad está muy lejos de la realidad que estas personas han vivido.
Tener los recursos necesarios para poder emplear el tiempo de manera
“productiva”, satisfactoria para las personas, influye significativamente en ámbitos
tanto afectivos como psicológicos y sociales, en definitiva en la calidad de vida de
las personas.
Las características sociodemográficas de este grupo, además de la ausencia de una
cultura de ocio, implican una utilización del tiempo libre algo limitada y, en muchos
casos, enfocada al ocio pasivo. Es por esto que las actividades que más destacan,
por ser realizadas entre un mayor número de personas, son las relacionadas con los
medios de comunicación (ver la televisión, escuchar la radio o leer).
Otra actividad predominante en la vejez es el ejercicio físico. La promoción para la
realización de actividades físicas por parte de las personas mayores resulta
fundamental para el desarrollo de un envejecimiento activo. Los resultados de un
estudio hecho por la Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria,
destacan que las personas que realizan actividades físicas de forma regular viven
tres años más de media, con mayor calidad de vida y autonomía personal que las
que no realizan esta actividad. Además del beneficio para la salud es importante
destacar su papel como favorecedor de las relaciones sociales.
Otras actividades, también de gran importancia en la vida de los mayores, son:
reunirse con las amistades fuera del hogar, salir a «tomar algo» con la pareja o la
familia, asistir actos religiosos, y, en las últimas décadas ha adquirido un papel
protagonista, el turismo.
96
LÍNEA DE ACTUACIÓN 1. EDUCACIÓN Y APRENDIZAJE DURANTE EL CICLO
VITAL
Objetivo estratégico Línea 1. Eje II.
Promover el ejercicio del derecho a la educación y/o formación de las personas
mayores con el fin de posibilitar su crecimiento personal y social. Y potenciar el
papel de las personas mayores como educadoras con otros grupos.
Objetivo específico 1 (participación en acciones formativas)
Fomentar la participación de las personas mayores en acciones formativas dirigidas al conjunto de la
sociedad, así como la organización de actividades específicas para este colectivo.
Acciones
1.1. Fomentar la incorporación de personas mayores a la programación anual de
actividades formativas de las distintas Concejalías (Bienestar Social,
Juventud, Participación Ciudadana, Educación, etc.).
1.2. Realización de actuaciones en colaboración con los diferentes Centros
Educativos del municipio y con la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento
de Santa Cruz de Tenerife, y otras entidades a través de los cuales se
posibiliten las relaciones intergeneracionales.
1.3. Promover la participación de las personas mayores en los programas de
educación de personas adultas y en el Programa de Universidad para
mayores.
1.4. Impulsar acciones formativas para personas mayores en cooperación con
entidades públicas y privadas en el campo de la informática, el acceso a
Internet y el uso de nuevas tecnologías
1.5. Promover acciones de formación impartidas por personas mayores dirigidas
a diversos colectivos (escolares, jóvenes, etc.).
1.6. Promover la enseñanza de lectoescritura para las personas mayores sin
estudios.
Objetivo específico 2 (preparación para el envejecimiento)
2. Impulsar acciones encaminadas a la preparación para el envejecimiento como una etapa
97
enriquecedora, activa y llena de oportunidades para la persona.
Acciones
2.1. Sensibilizar a las empresas sobre la necesaria preparación de sus
trabajadores/as para la jubilación.
2.2. Propiciar el encuentro entre los grupos de personas mayores y el colectivo
de personas prejubiladas y/o que se acercan a los 65 años, estudiando la
posibilidad de aplicar las nuevas tecnologías creación de redes sociales.
Objetivo específico 3 (participación como educadoras)
3. Fomentar el papel de las personas mayores como educadoras, desarrollando acciones educativas y/o
formativas en las que las personas mayores sean las protagonistas.
Acciones
3.1. Promover y apoyar las actividades (tradicionales e innovadoras) de
asistencia mutua intergeneracionales dentro de la familia, la vecindad y la
comunidad.
3.2. Realización de jornadas, seminarios, charlas, grupos de debates, etc. sobre
diferentes temáticas dirigidas al conjunto de la comunidad y en las que las
personas mayores sean las protagonistas, tanto en la organización de las
mismas como en su desarrollo (participación activa como ponentes).
3.3. Organizar actuaciones para potenciar el papel de las personas mayores
como transmisoras de experiencia: de conocimientos, y tradiciones.
LÍNEA DE ACTUACIÓN 2. PROMOCIÓN DEL ENVEJECIMIENTO ACTIVO
DESDE LA PREPARACIÓN PARA UN ENVEJECIMIENTO SALUDABLE.
Objetivo estratégico Línea 2. EJE II.
Promover el envejecimiento activo para contribuir a elevar el nivel de salud de las
personas mayores y a favorecer la conservación de la autonomía mediante la
preparación para un envejecimiento saludable.
98
Objetivo específico 1 (promoción de la salud y prevención de la
dependencia)
1. Mejorar la calidad de vida de las personas mayores mediante la promoción de la salud y la
prevención de la dependencia.
Acciones
1.1. Promover hábitos de vida saludables entre la población mayor mediante el
desarrollo de actividades/talleres de deshabituación tabáquica; consumo
responsable de medicamentos, control de la medicación, nutrición y
alimentación, promoción de la actividad física.
1.2. Impartir talleres de estimulación sensorial, motora y cognitiva para el
mantenimiento de las capacidades funcionales.
1.3. Difundir información relacionada con el mantenimiento de la salud y
prevención de la dependencia.
1.4. Realizar acciones formativas sobre autocuidado y la salud dirigida a las
personas mayores y a las y los profesionales que trabajan con personas
mayores.
LÍNEA DE ACTUACIÓN 3. LA PARTICIPACIÓN DESDE EL ASOCIACIONISMO
Objetivo estratégico Línea 3. EJE II.
Fomentar espacios que faciliten la participación y el intercambio de las personas
mayores.
Objetivo específico 1 (apoyo al asociacionismo de personas mayores)
1. Facilitar, aumentar y agilizar los recursos del ayuntamiento para que las asociaciones de mayores
sigan fomentando la participación de las personas mayores.
Acciones
1.5. Realización de un estudio del movimiento asociativo de mayores en el
municipio: analizando el perfil de las personas mayores que participan en
los centros de mayores, la oferta de servicios que prestan y necesidades y
demandas que cubren, etc.
1.6. Colaborar en la búsqueda de vías de financiación alternativas para las
99
asociaciones de mayores, distintas a las ofertadas por las administraciones
públicas.
1.7. Creación de líneas de ayuda económica dirigidas a las asociaciones de
mayores para el desarrollo de programas coherentes con los objetivos de
este Plan.
Objetivo específico 2 (las asociaciones como mecanismo de participación)
2. Apoyar a las asociaciones de personas mayores de Santa Cruz de Tenerife para que éstas se
constituyan en un mecanismo de participación eficaz en los diferentes ámbitos de la sociedad.
Acciones
2.1. Desarrollo de actividades de formación dirigidos a las asociaciones para
mejorar la programación, gestión de programas y participación de sus
socias y socios, incidiendo en aspectos de su funcionamiento con criterios
de igualdad de género.
2.2. Impulsar la coordinación de actuaciones entre las asociaciones y de éstas
con otras entidades, que realicen actuaciones dirigidas a las personas
mayores
2.3. Incrementar y diversificar el número de personas que participan en las
asociaciones y clubes de mayores
2.4. Diversificar la oferta de servicios y adaptarla a los perfiles de personas
mayores cada vez más heterogéneo.
2.5. Dinamizar a los colectivos, asociaciones de personas mayores para el
diseño de programas de actividades que fomenten la promoción del
cuidado, la salud y hábitos de vida saludables.
2.6. Impulsar la participación de personas de otras edades en las asociaciones
de mayores, como una estrategia para favorecer las relaciones
intergeneracionales.
Objetivo específico 3 (fomento del asociacionismo de personas mayores)
3. Fomentar el asociacionismo de las personas mayores.
Acciones
3.1. Realización de una campaña para difundir entre las personas mayores los
beneficios del asociacionismo en la defensa de sus intereses y mejora de la
calidad de vida.
100
3.2. Estudio y consideración de diferentes formas de “asociacionismo” no
reglado.
Objetivo específico 4 (mayor participación de los hombres en las
asociaciones y mayor participación de las mujeres en los órganos
gestores)
4. Promover actuaciones específicas por sexo: promover una mayor participación de los hombres y
facilitar el acceso de las mujeres a los órganos gestores.
Acciones
4.1. Desarrollo de acciones informativas y de sensibilización que fomenten la
participación paritaria en los órganos de gobierno de las asociaciones de
mayores, y la adecuación de los estatutos para garantizar la paridad.
4.2. Desarrollar acciones para facilitar la participación e incorporación de las
mujeres mayores a los órganos de gobierno: Consejo Local de Mayores,
Juntas de Gobierno de los Centros de Mayores, etc. en colaboración con el
Consejo Municipal de la Mujer.
4.3. Realizar acciones para impulsar la participación de los hombres en las
asociaciones
LÍNEA DE ACTUACIÓN 4. SOLIDARIDAD Y VOLUNTARIADO COMO FORMA
DE PARTICIPACIÓN Y CONTRIBUCIÓN SOCIAL
Objetivo estratégico Línea 4. Eje II.
Incrementar y diversificar las formas de ejercer la solidaridad y el voluntariado con
y para las personas mayores.
Objetivo específico 1 (el voluntariado de las personas mayores)
1. Potenciar y articular la participación de las personas mayores como voluntarias.
Acciones
1.1. Diseñar estrategias para la captación de personas mayores para
desempeñar labores de voluntariado.
101
1.2. Desarrollar programas de formación del voluntariado dirigidos a las
personas mayores
1.3. Definir y poner en marcha actividades de voluntariado dirigidas por las
personas mayores con mejor estado de salud para que presten apoyo a
otras en situación de dependencia y a sus familiares
1.4. Elaboración y desarrollo de un proyecto de voluntariado cultural para la
difusión y transmisión de la cultura, la lectura y las tradiciones, con las
personas mayores como protagonistas.
1.5. Difundir entre las personas mayores el programa de Guías Voluntarios de la
Tercera Edad, en el que participa Organismo Autónomo de Museos y
Centros (en colaboración con la Confederación Española de Aulas de
Tercera Edad) para impulsar la participación en el programa.
Objetivo específico 2 (el voluntariado hacia las personas mayores)
2. Promover los programas de voluntariado hacia personas mayores, priorizando la atención a las y los
mayores que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
Acciones
2.1. Desarrollar acciones de voluntariado en el ámbito de las nuevas tecnologías
y el acompañamiento social.
2.2. Apoyar técnica y económicamente programas de voluntariado realizados
por asociaciones y otras entidades, dirigidos a la atención a personas
mayores que se encuentran en situaciones de soledad o con carencias
importantes de relaciones en su entorno, en situación de dependencia que
residen en su domicilio, etc.
2.3. Creación de un servicio de lectura a domicilio para las personas mayores
con dificultades de visión o ausencia de hábito de lectura, a través de
voluntariado, esta actuación también puede desarrollarse por otras
personas mayores.
Objetivo específico 3 (reconocimiento de la contribución del voluntariado)
3. Dar a conocer a la población la labor del voluntariado en general y las aportaciones de las personas
mayores en particular. Y reconocer socialmente esta labor.
Acciones
3.1. Hacer campañas divulgativas sobre los beneficios del voluntariado para las
personas mayores, y sobre cómo todas las personas pueden realizar
102
acciones de voluntariado.
3.2. Organizar formas de reconocimiento público de la labor voluntaria de las
personas mayores (entrega de premios al trabajo que realizan las personas
mayores por otras personas).
LÍNEA DE ACTUACIÓN 5. ORGANOS DE REPRESENTACION Y
PARTICIPACION POLITICA
Objetivo estratégico. Línea 5. Eje II.
Implicar a las personas mayores en los procesos políticos que afectan a sus
derechos a través de su participación en el diseño y desarrollo de la política social
dirigida a la mejora de la calidad de vida de este sector de población, y de la
comunidad en general.
Objetivo específico 1 (creación de órganos de representación de las
personas mayores)
1. Avanzar en la creación, desarrollo y democratización de órganos de representación y participación
en todas las instituciones y áreas municipales dedicadas a políticas de personas mayores.
Acciones
1.1. Realizar campañas de sensibilización sobre la importancia de la
participación de las personas mayores en las instituciones y en los órganos
políticos y sociales del municipio en particular y de la isla en general.
1.2. Impulsar la creación de las Comisiones técnicas o grupos de trabajo en el
Consejo Local de Mayores, que promueva el desarrollo, seguimiento y
evaluación del Plan de mayores.
1.3. Promover la creación de foros u otras fórmulas de participación que
permitan a las personas mayores transmitir a la Administración sus
necesidades y sugerencias o creación de foros en el ámbito del Consejo
Local o Municipal de Mayores para la participación en la actividad pública.
1.4. Crear los cauces adecuados para facilitar la participación de las personas
mayores dependientes y/o de sus familias.
Objetivo específico 2 (presencia de las mujeres en los órganos de
representación)
103
2. Definir actuaciones específicas dirigidas a las mujeres mayores para conseguir su participación
activa en los espacios de debate y toma de decisiones, especialmente en aquellos que le afecten
directamente.
Acciones
2.1. Promover la participación de las mujeres mayores en los ámbitos sociales
en los que no estén suficientemente representadas, especialmente en
aquellos en los que se toman decisiones que les afectan directamente
2.2. Impulso de la representación de las mujeres mayores en otros órganos de
participación que sean de interés para la población en general (el Consejo
Municipal de la Mujer, entre otros).
LÍNEA DE ACTUACIÓN 6. OCIO Y TIEMPO LIBRE
Objetivo estratégico 1 Línea 6. EJE II.
Propiciar y estimular que las personas mayores vivan el tiempo libre de forma
creativa y promover actuaciones específicas acordes con sus necesidades e
intereses.
Objetivo específico 1 (participación cultural)
1. Potenciar la participación cultural de las personas mayores.
Acciones
1.1. Creación de certámenes y concursos culturales (literarios y otros)
destinados a personas mayores y/o creación de una categoría específica
para mayores dentro de los concursos promovidos por el Ayuntamiento.
1.2. Difundir las obras artísticas realizadas por las personas mayores en los
diversos talleres que se llevan a cabo en los centros de día, los clubes de
mayores, etc., organizando exposiciones y otras muestras.
1.3. Mantener y ampliar en las programaciones actividades que desarrollen el
conocimiento de los bienes culturales, que incluyan salidas, excursiones y
viajes guiados
104
Objetivo específico 2 (fomento de la lectura)
2. Fomentar la lectura y el ocio a través de las nuevas tecnologías entre las personas mayores.
Acciones
2.1. Programación de visitas guiadas a las bibliotecas municipales.
2.2. Creación de Clubes de lectura e impulso para la participación en los
existentes en las bibliotecas y en otras entidades municipales.
2.3. Impulso y apoyo para la creación de un servicio de préstamo a domicilio de
material audiovisual y bibliográfico para personas mayores con dificultades
de movilidad.
2.4. Dar a conocer a las personas mayores las posibilidades de ocio que ofrecen
las nuevas tecnologías (por ejemplo, el juego de la wii y otros. Estos juegos
trabajan a nivel físico (la lateralidad, el equilibrio, el movimiento,..etc.) , a
nivel cognitivo y por supuesto el ocio).
Objetivo específico 3 (accesibilidad a la cultura)
3. Facilitar el acceso de las personas mayores a las manifestaciones culturales que se desarrollen en
Santa Cruz de Tenerife y en otros municipios de la isla.
Acciones
3.1. Difundir entre las personas mayores la oferta cultural de Santa Cruz de
Tenerife y de otros municipios.
3.2. Facilitar a las personas mayores con movilidad reducida, su participación en
conciertos, exposiciones y cualquier otra actividad cultural a través de del
convenio con alguna entidad que proporcione el transporte adaptado.
3.3. Estudio de la viabilidad de acceso a las actividades culturales (gratuidad o
bonificación para mayores de 65 años).
3.4. Realizar campañas de información y concienciación sobre todos los
beneficios que aporta el ejercicio o actividad física (tanto para la salud
como para mejorar las relaciones sociales). Primando como espacios para
su difusión los centros de salud, los centros de servicios sociales, los
medios de comunicación, etc.
105
Objetivo específico 4 (actividad física)
4. Promover la actividad física entre las personas mayores como instrumento para la mejora de la
salud.
Acciones
4.1. Aumentar el bienestar físico y psíquico de las personas mayores, mediante
la incorporación de la actividad física y la participación en actividades
específicas de estimulación.
4.2. Facilitar el acceso de las personas mayores a programas de ejercicio físico,
independientemente de su condición física, psicológica, social y económica,
promoviendo la organización de programas de ejercicio físico para todas las
edades y circunstancias.
4.3. Adecuar nuevos espacios que permitan la práctica del ejercicio o bien la
adecuación de espacios cerrados que permitan dicha práctica.
Objetivo específico 5 (ocio “productivo”)
5. Promover la oferta de actividades para la ocupación del tiempo libre orientadas a un ocio
“productivo”.
Acciones
5.1. Estudio de la puesta en práctica de proyectos orientados al desarrollo
sostenible.
5.2. Realización de cortometrajes, videos, donde se ponga de manifiesto el valor
de las personas mayores en nuestra sociedad.
106
EJE III. ATENCIÓN A LAS PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE
DEPENDENCIA Y/O VULNERABILIDAD SOCIAL.
LÍNEAS DE ACTUACIÓN
1. COLABORACIÓN EN EL DESARROLLO DEL SISTEMA DE PROMOCIÓN
DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN
SITUACIÓN DE DEPENDENCIA.
1.1. Promoción del desarrollo del Sistema de Promoción de la Autonomía
Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
1.2. Coordinación y colaboración interadministrativa.
1.3. Coordinación con los programas de educación para la salud de
atención primaria.
2. PREVENCIÓN ESPECÍFICA PARA LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE
DEPENDENCIA.
2.1. Preservación de la autonomía personal.
2.2. Control de riesgos en los procesos de dependencia.
3. APOYO A LAS FAMILIAS DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE
DEPENDENCIA.
3.1. Apoyo formal a las familias de personas en situación de dependencia.
3.2. Participación en la comunidad de las personas cuidadoras.
3.3. Autocuidado y promoción de la salud de las personas cuidadoras.
3.4. Apoyo a las personas cuidadoras.
3.5. Apoyo específico a las mujeres cuidadoras.
4. ATENCIÓN EN LA COMUNIDAD.
4.1. Ampliación de la cobertura de recursos y servicios municipales.
4.2. Adaptación de la intensidad de los servicios a las necesidades de la
población.
5. PROMOCIÓN DE ALOJAMIENTOS ALTERNATIVOS.
5.1. Alojamientos alternativos.
El tercer eje estratégico, se dirige a las personas mayores que presentan
limitaciones para mantener una calidad de vida adecuada. Considerando como
tales, no sólo a aquellas personas que se encuentran en situación de dependencia
(necesitan de la ayuda de otras personas para realizar las actividades de la vida
107
diaria) sino también a quienes están en situación de vulnerabilidad social (que, sin
llegar a sufrir esta dependencia, están próximas a ella).
Por vulnerabilidad social se entiende aquellas situaciones a las que se ven
sometidas las personas mayores como soledad, falta o carencia importante de
recursos económicos, falta de habilidades personales para desenvolverse con
autonomía… que pueden limitar en un momento determinado su autonomía o su
calidad de vida.
Varios aspectos caracterizan a este grupo de personas vulnerables:
pueden seguir viviendo de forma autónoma si se les facilita un contexto
adecuado, desde una concepción ecológica del envejecimiento.
desean vivir en sus propios entornos antes que ingresar en un centro
residencial, si se mantienen niveles adecuados de calidad de vida.
la soledad es uno de los principales problemas que les afectan.
no existe un entorno familiar cercano u otra fuente de apoyo informal
adecuados.
residen en muchas ocasiones en núcleos rurales.
En esta área se planifican acciones tendentes a:
• Desarrollar e incrementar recursos de apoyo domiciliario, teleasistencia, ayudas
para la adaptación de los entornos, promoción de la integración social, etc.,
dirigidos a facilitar espacios y entornos que posibiliten la autonomía y las
interacciones sociales.
• Apoyar a las familias de personas mayores dependientes, especialmente para
compatibilizar la vida familiar y laboral. Como principales novedades se plantea un
incremento significativo en la concertación de plazas de estancias diurnas y el
Programa Concilia.
• La atención residencial, que con el fin de mejorar la red existente, prevé el
incremento de la concertación de plazas en aquellos lugares más necesarios junto a
un Plan de Calidad en los Centros propios de la Gerencia de Servicios Sociales que
permita modernizar y mejorar la atención de los mismos. Uno de los grandes fines
será facilitar el acceso de los mayores a plazas con un “precio social” similar al que
se establece para las plazas públicas.
1. COLABORACIÓN EN EL DESARROLLO DEL SISTEMA DE PROMOCIÓN DE
LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN
DE DEPENDENCIA
La Ley 39/2006 de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía Personal y
Atención a la Dependencia establece un derecho subjetivo de ciudadanía mediante
108
el reconocimiento de un grado y nivel de dependencia y el derecho al acceso a una
cartera de prestaciones y servicios.
Dicha Ley, recoge entre sus principios el de la cooperación interadministrativa,
como instrumento facilitador del adecuado despliegue de la Ley. En ese sentido las
entidades locales tienen un importante papel, en el marco de sus competencias,
para contribuir a su desarrollo.
Así mismo en su artículo 12, establece para las entidades locales, lo siguiente:
“Artículo 12. Participación de las Entidades Locales.
1. Las Entidades Locales participarán en la gestión de los servicios de atención a las
personas en situación de dependencia, de acuerdo con la normativa de sus
respectivas Comunidades Autónomas y dentro de las competencias que la
legislación vigente les atribuye.
2. Las Entidades Locales podrán participar en el Consejo Territorial del Sistema
para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la forma y condiciones que el
propio Consejo disponga”.
El diagnóstico del Plan Estratégico Municipal, establece una estimación para el
municipio de Santa Cruz de Tenerife, de un total de 16.359 personas en situación
de dependencia, de las cuáles 9.236, son mayores de 65 años (el 56%).
2. PREVENCIÓN ESPECÍFICA PARA LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE
DEPENDENCIA
Así mismo, será necesario desarrollar medidas de prevención específica para las
situaciones de dependencia, mediante acciones de mantenimiento de las
capacidades y de la autonomía personal.
La prevención de los malos tratos, y la detección de las situaciones de
desprotección que sufren las personas mayores en situación de dependencia, debe
ser otro eje de actuación de este Plan, es necesario incidir en este hecho, para
evitar las situaciones de abandono, pero sobre todo prevenir e intervenir
precozmente.
3. APOYO A LAS FAMILIAS DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA
En la actualidad, según el estudio: Cuidados en la familia de personas mayores
en situación de dependencia, IMSERSO 2004, en más de 1.600.000 hogares
españoles se presta ayuda a personas mayores. El perfil medio de quienes cuidan a
las personas mayores en España puede sintetizarse en la fórmula “género
femenino, número singular”: siendo una amplia mayoría del total de cuidadoras/es
mujeres.
En cuanto a la edad, también se confirma para España lo que sucede en otros
lugares, es decir, que el intervalo de edad del potencial cuidador se sitúa entre los
45 y los 69 años (la edad media de los personas cuidadoras está en torno a los 50
109
años). Las tres cuartas partes de estas personas cuidadoras no desarrollan
actividad laboral externa alguna.
Por otro lado, y considerando que los cuidados de las personas mayores en
situación de dependencia se asumen mayoritariamente en el ámbito familiar y los
realizan prioritariamente las mujeres (Libro Blanco de Atención a la Dependencia),
es importante dirigir acciones específicas tendentes a garantizar su calidad de vida
y desarrollar acciones de apoyo hacia las personas cuidadoras.
Así mismo, la atención a las personas mayores dependientes debe ser una
labor compartida que no ha de recaer exclusivamente en el entorno familiar, por lo
que las administraciones deberán desarrollar programas de apoyo; de respiro, etc.,
que permitan a las personas cuidadoras prestar una atención de calidad a sus
familiares, y contar con espacios de respiro y apoyo para desarrollar su labor.
Igualmente, es importante orientar a las familias, y concretamente a las
personas cuidadoras sobre las posibilidades de atención para sus familiares y la
corresponsabilidad de las administraciones en el cuidado de las personas en
situación de dependencia, para que en la toma de decisiones puedan optar
libremente por las diferentes opciones o modelos de atención, y pueda convertirse
en una verdadera opción para ellas (en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, el
75% de las personas cuidadoras son mujeres y pertenecen al núcleo familiar de la
persona mayor dependiente, el 49% son hijas; el 38% esposas…).
Otro aspecto relevante, en lo que a la atención a las personas mayores
dependientes se refiere, es la existencia de un elevado número de mujeres
inmigrantes, como cuidadoras profesionales y asistentes en los domicilios, que en
ocasiones se encuentran en situaciones de vulnerabilidad social, y asumen sin la
formación necesaria y/o suficiente el cuidado de las personas mayores, con el
consecuente riesgo.
Según diversos autores, la contratación de inmigrantes -mayoritariamente
mujeres para el cuidado en los hogares es un mecanismo de atención cada vez más
utilizado en nuestro país, donde la mujer inmigrante está sirviendo de relevo a la
española en parte de las tareas domésticas y cuidado de las personas dependientes
(Izquierdo 2003). Éste fenómeno está sujeto a una doble opacidad: (1) la que
deriva de una relación laboral informal que no pasa por el mercado, y (2) la que
resulta de la privacidad del ámbito familiar19.
4. ATENCIÓN EN LA COMUNIDAD
Es necesario dotar de herramientas que permitan la prestación de unos
cuidados profesionales y de calidad a las personas mayores dependientes del
municipio de Santa Cruz de Tenerife, así como ofrecer un apoyo estable a las
19 El cuidado de las mujeres inmigrantes a las personas mayores: una aproximación desde su uso del tiempo.
110
familias y a las personas responsables de los cuidados como instrumentos que
garanticen la prolongación de los cuidados en el domicilio familiar el máximo tiempo
posible y en óptimas condiciones.
Diferentes estudios, e investigaciones determinan que las personas mayores
desean permanecer el máximo tiempo posible en su entorno o domicilio, para que
esto pueda ser una realidad, es necesario implementar medidas dirigidas a adaptar
los servicios a las necesidades de las personas mayores y sus familias,
estableciendo las intensidades adecuadas para que se constituyan en verdaderos
servicios de apoyo y garanticen la atención.
5. PROMOCIÓN DE ALOJAMIENTOS ALTERNATIVOS
La atención a las personas en situación de vulnerabilidad social, es clave para poder
garantizar la permanencia en el entorno, el acceso a los servicios y prestaciones, la
protección necesaria en esta etapa de la vida.
Canarias, representa la tasa más elevada de España en población mayor de 65
años, protegida con Prestaciones no contributivas de jubilación, la pensión no
contributiva de jubilación para el año 2010 se sitúa en 339, 70 euros mensuales.
El diagnóstico municipal en relación con la situación de las personas mayores,
establece que casi el 50% de los hogares cuya persona principal es mayor de 65
años, está en situación de pobreza.
Por tanto es necesario contar con recursos y servicios que puedan cubrir las
situaciones de necesidad de las personas mayores en situación de vulnerabilidad, y
diseñar protocolos de actuación conjunta entre las diferentes áreas competentes del
municipio y otras administraciones, ante situaciones de emergencia o para atender
situaciones graves.
LÍNEA DE ACTUACIÓN 1. COLABORACIÓN EN EL DESARROLLO DEL
SISTEMA DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A
LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA.
Objetivo estratégico línea 1 Eje III.
111
Impulsar la implantación de la Ley de Dependencia en el municipio de Santa Cruz
de Tenerife.
Objetivo específico 1 (Promoción del desarrollo del Sistema de Promoción
de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de
Dependencia)
1. Promover el desarrollo del sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas
en situación de dependencia.
Acciones
1.1. Informar sobre la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y atención a
la Dependencia mediante acciones formativas específicas para la ciudadanía
y para los/as profesionales en colaboración con el personal de las
administraciones públicas correspondientes.
1.2. Detectar aquellas situaciones susceptibles de acceder al sistema de
dependencia y promover la presentación de la solicitud.
1.3. Impulsar y ampliar el desarrollo de servicios específicos de prevención y
promoción de la autonomía personal.
1.4. Potenciar y articular el conjunto de servicios de proximidad y de atención
domiciliaria como base de apoyo para la permanencia en el entorno habitual,
tanto para las personas mayores como para las personas cuidadoras.
Objetivo específico 2 (Coordinación y colaboración interadministrativa)
2. Establecer mecanismos formales de coordinación y colaboración interadministrativa para el
funcionamiento del sistema.
Acciones
2.1. Promover el establecimiento de mecanismos de coordinación y acceso a los
recursos para la atención a las personas mayores en situación de
dependencia conjuntamente con la Administración de la Comunidad
Autónoma y de otras administraciones.
Objetivo específico 3 (coordinación con los programas de educación para la
salud de atención primaria)
3. Establecer fórmulas de coordinación con los programas de educación para la salud de atención
primaria.
112
Acciones
3.1. Diseñar acciones de promoción de la salud y los cuidados en coordinación
con atención primaria de salud.
3.2. Fomentar el intercambio de información con los programas de atención
primaria de salud.
3.3. Promover la coordinación entre los programas de ayuda a domicilio y
atención domiciliaria de salud.
LÍNEA DE ACTUACIÓN 2. PREVENCIÓN ESPECÍFICA PARA LAS PERSONAS
EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA
Objetivo estratégico línea 2 Eje III.
Desarrollar actuaciones de prevención específica para las personas en situación de
dependencia en colaboración con las administraciones públicas correspondientes.
Objetivo específico 1 (Preservación de la autonomía personal)
1. Impulsar acciones de tipo preventivo dirigidas a preservar la autonomía personal.
Acciones
1.1. Desarrollo de programas de estimulación cognitiva específica para el
mantenimiento de las capacidades en los domicilios y la comunidad.
1.2. Desarrollo de programas de animación domiciliaria estimulativa.
1.3. Prevenir el empeoramiento de las situaciones de dependencia de la persona
mayor.
1.4. Promover el acceso a programas de fisioterapia y rehabilitación.
Objetivo específico 2 (Control de riesgos en los procesos de dependencia)
2. Controlar la aparición de riesgos asociados a los procesos de dependencia.
Acciones
2.1. Desarrollar programas de estimulación física, psicoemocional, cognitiva y
113
social.
2.2. Coordinar acciones con los servicios de Atención Primaria de Salud para el
desarrollo de actuaciones de prevención específica para personas mayores
en situación de dependencia.
2.3. Información sobre las asociaciones de personas enfermas y ongs que
realizan programas estimulativos.
LÍNEA DE ACTUACIÓN 3. APOYO A LAS FAMILIAS Y/O CUIDADORAS/ES DE
PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA
Objetivo estratégico línea 3 Eje III.
Facilitar a las familias y a las personas cuidadoras el apoyo necesario para
mejorar su calidad de vida como garantía de la atención adecuada en el proceso de
envejecimiento.
Objetivo específico 1 (Apoyo formal a las familias de personas en situación
de dependencia)
1. Establecer líneas de apoyo formales a las familias de personas mayores en situación de dependencia.
Acciones
1.1. Promover la creación de programas de respiro familiar.
1.2. Contemplar prestaciones económicas para apoyar a las familias con personas
mayores en situación de dependencia.
1.3. Promover una atención de urgencia ante situaciones de emergencia familiar.
Objetivo específico 2 (Participación en la comunidad de las personas
cuidadoras)
2. Crear espacios de apoyo y ayuda mutua para la persona cuidadora de la persona mayor dependiente.
Acciones
114
2.1. Fomentar el asociacionismo entre colectivos de familias cuidadoras del
municipio.
2.2. Promover el intercambio de experiencias entre las personas cuidadoras de
personas mayores dependientes y de estas con otros colectivos constituidos
en el municipio.
2.3. Realizar actividades de ocio que fomenten la participación en la comunidad
de las personas responsables del cuidado de la persona mayor dependiente.
Objetivo específico 3 (Autocuidado y promoción de la salud de las personas
cuidadoras)
3. Promover el autocuidado y la promoción de la salud de la persona cuidadora de la persona mayor
dependiente.
Acciones
3.1. Impulsar acciones de promoción de la salud de la persona cuidadora
mediante la realización de talleres informativos, y acciones específicas sobre
autocuidado.
3.2. Realizar acciones formativas sobre la planificación de los cuidados en el
ámbito familiar, y sobre el autocuidado
3.3. Detectar e intervenir en aquellas situaciones de “queme” que se producen en
el colectivo de personas cuidadoras.
Objetivo específico 4 (apoyo a las personas cudiadoras)
4. Garantizar el apoyo a las personas cuidadoras de personas en situación de dependencia, como
elemento fundamental para favorecer su permanencia en el entorno habitual
Acciones
4.1. Prestar apoyo psicológico para familiares ante el cuidado de la persona en
situación de dependencia.
4.2. Promover la formación para facilitar conocimientos a las familias y personas
cuidadoras sobre las situaciones de dependencia y el abordaje desde el
ámbito familiar, acerca de sus necesidades, el autocuidado, la atención de
calidad.
4.3. Desarrollar actuaciones de ayuda psicosocial y acompañamiento a las
familias con personas mayores en situación de dependencia.
115
4.4. Elaboración y distribución de material sobre cuidados a personas mayores
dependientes.
Objetivo específico 5 (apoyo específico a las mujeres cuidadoras)
5. Desarrollar medidas específicas dirigidas a las mujeres como principales proveedoras de cuidados.
Acciones
4.1. Diseñar acciones específicas que promuevan la salud de la mujer como
principal proveedora de cuidados.
4.2. Diseñar un programa de acciones específicas para mujeres cuidadoras de
personas mayores dependientes y de otros/as familiares (nietas/os...), que
les permitan compatibilizar estas funciones con la participación en su
entorno.
4.3. Realizar una campaña de sensibilización para la visibilización del papel
desempeñado por las mujeres como proveedoras de cuidados en la familia.
LÍNEA DE ACTUACIÓN 4. ATENCIÓN EN LA COMUNIDAD
Objetivo estratégico línea 4 Eje III.
Mejorar la red de recursos y servicios para propiciar la permanencia en el entorno y
una adecuada atención en la propia comunidad de la persona mayor dependiente
en colaboración con las administraciones públicas correspondientes.
Objetivo específico 1 (ampliación de la cobertura de recursos y servicios)
1. Ampliar la cobertura actual de recursos y servicios en el Municipio
Acciones
1.1. Promover el acceso a los recursos/servicios de atención diurna.
1.2. Adaptar los actuales modelos de servicio de ayuda a domicilio y de
teleasistencia a las especificidades de la atención a la dependencia.
116
Objetivo específico 2 (adaptación de la intensidad de los servicios)
2. Adaptar la intensidad de los servicios a las necesidades de las personas mayores y de las personas
mayores dependientes.
Acciones
2.1. Incrementar la intensidad en los servicios de proximidad para garantizar la
atención adecuada y la permanencia en el entorno.
2.2. Incrementar el número de personas usuarias de teleasistencia
LÍNEA DE ACTUACIÓN 5. PROMOCIÓN DE LOS ALOJAMIENTOS
ALTERNATIVOS PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE
DEPENDENCIA Y/O VULNERABILIDAD SOCIAL
Objetivo estratégico línea 5 Eje III.
Promover el incremento en el número de plazas de alojamiento para personas mayores en situación de
dependencia y/o vulnerabilidad social.
Objetivo específico 1 (alojamientos alternativos)
1. Impulsar o promover la mayor dotación de alojamientos alternativos atendiendo a las la demanda
potencial de personas usuarias.
Acciones
1.1. Promover la ampliación de la cobertura de la red de recursos para el
alojamiento de las personas en situación de vulnerabilidad, garantizando el
acceso inmediato a la misma en aquellos casos que los servicios de
proximidad no garanticen su atención adecuada, su permanencia en el
entorno o simplemente como medida de prevención del sinhogarismo.
1.2. Diseñar líneas de actuación específicas dirigidas a apoyar económicamente a
las personas en situación de vulnerabilidad social para el acceso a la
vivienda o alojamientos alternativos.
1.3. Fomentar la creación de nuevas modalidades de alojamiento:
Alojamientos tutelados
Alojamientos supervisados
Viviendas de alquiler
Viviendas compartidas
117
1.4. Fomentar la creación de nuevas viviendas tuteladas, en los distintos distritos
a fin de facilitar que el alojamiento de las personas mayores que residen en
ellos se desenvuelva en su entorno habitual de vida
1.5. Crear programas de vivienda o alojamientos alternativos para colectivos con
especiales dificultades: viviendas tuteladas, viviendas transitorias,
alojamientos para personas solas.
7. EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PLAN
La evaluación, supone un proceso reflexivo que permite exponer y medir los
resultados de las acciones realizadas.
Tiene como fin “mejorar”. En ella se siguen ciertos criterios de tipo positivista como
el análisis sistemático, las medidas objetivas, los objetivos operativos, observables
y medibles que garanticen la objetividad y la precisión.
“La evaluación no debe ser un fin en sí misma, sino un medio para mejorar
sistemáticamente el proceso sociocultural y para hacer un uso más adecuado de los
recursos disponibles y para cambiar, si fuera necesario, el curso de la acción20”.
Los principios que deben orientar el proceso de evaluación, son entre otros:
El carácter procesual y continuo, debe estar presente durante todo el
proceso de intervención y debe ser continua en el tiempo.
Debe ser contextualizada, adecuada a las singularidades del lugar en el que
se desarrolla y de las personas a las que se dirige el plan y que participan en
este.
Debe ser abierta, de manera que facilite la suma de todas las áreas implicadas
en el proceso.
Debe ser holística, en el sentido de tener presente la totalidad de los
elementos que forman parte de la intervención.
El modelo de evaluación del I Plan, está orientado hacia una evaluación continua
durante todo el proceso de desarrollo del Plan, considerando el antes y el después,
para poder valorar el impacto real de la implementación de éste.
20 Gloria Pérez Serrano. Elaboración de Proyectos Sociales. Casos Prácticos. Narcea, S.A, de Ediciones.
118
Para ello, es fundamental la evaluación de los objetivos y acciones; de la
participación de las áreas implicadas y del grado de satisfacción de la población y
las/os agentes como sujetos de la acción.
7.1. Tipos de evaluación.
a) Evaluación de los objetivos y acciones contenidas en el Plan.
Para ello se analizará el grado de ejecución y cumplimiento del Plan,
valorando en qué proporción se han llevado a cabo las acciones planteadas.
Igualmente, se efectuará un seguimiento del plan mediante la elaboración
de una memoria de las acciones realizadas y la medición de los resultados
de la ejecución de las mismas.
b) Evaluación de la Participación Institucional.
Nos permitirá conocer el grado de participación de las diferentes áreas
responsables participantes en la ejecución de los ejes contemplados en el
Plan.
Recabar la información sobre las actividades realizadas por cada área,
analizando su implicación en el Plan durante su vigencia, esta información se
recogerá, en fichas diseñadas para la sistematización de la información.
c) Satisfacción de la población y las/os agentes como destinatarias/os de
la acción.
Durante el proceso de implementación del Plan, así como al finalizar éste se
evaluará el grado de satisfacción de la población y de los/agentes
participantes en el Plan sobre las líneas establecidas.
Para el análisis nos apoyaremos en instrumentos como encuestas dirigidas
a la población, así como a los/as agentes implicados en el Plan.
7.2. Criterios en los que se basa la evaluación.
Las reglas que guiarán la evaluación son las siguientes:
Idoneidad: Capacidad del plan para promover el envejecimiento activo y la
mejora de la calidad de vida de las personas mayores en el Municipio de
Santa Cruz de Tenerife.
Eficacia: Nivel de cumplimiento de los objetivos estratégicos propuestos.
Eficiencia: Evaluación de los recursos empleados con relación a los
resultados obtenidos con el desarrollo del Plan.
119
Efectividad: Conocer si el plan ha tenido algún impacto positivo en la
población hacia la que se dirigen las acciones y en la sociedad en su
conjunto.
Impacto: Medida en que el Plan ha tenido consecuencias sobre el conjunto
del entorno sea desde el punto de vista técnico, económico, sociocultural,
institucional, ambiental.
Sostenibilidad: Grado en que las personas beneficiarias pueden y quieren
continuar formando parte del plan y de los objetivos que se persiguen en
este.
7.3. Metodología general y fases de la evaluación.
Es necesario realizar una evaluación continua durante todo el proceso de
vida del Plan, durante el proceso de implementación y al finalizar la implementación
del plan.
a) Fase I: Evaluación de la implementación.
Esta etapa de la evaluación nos va a permitir conocer si el desarrollo de las
actuaciones que contempla el Plan, está resultando como se había previsto, y si
está siendo acorde con la temporalidad propuesta.
El objetivo de esta fase es el de conocer cómo se está poniendo en marcha el Plan,
para poder determinar si se producen incongruencias entre lo que se está haciendo
y lo que se había diseñado en el Plan.
Es un elemento fundamental en el desarrollo de cualquier intervención social, dado
su carácter corrector del quehacer profesional, y es ahí principalmente donde radica
la importancia de este tipo de evaluación.
b) Fase II: Evaluación de los resultados.
En esta fase, se determina si con el desarrollo del Plan se han logrado los objetivos
formulados en su diseño en términos de resultados y efectos sobre la población, y
las distintas áreas de intervención.
Para esta etapa se utilizarán diversos instrumentos:
Ficha de Análisis de los Objetivos Estratégicos.
Esta ficha es la herramienta para representar el grado de consecución de los
objetivos estratégicos propuestas, en función del número de acciones desarrolladas
de cada línea, estableceremos unos indicadores de medida:
NIVEL GRADO DE EJECUCIÓN
Máximo 100% de las acciones desarrolladas
Medio 50% de las actuaciones desarrolladas
Mínimo 15% de las acciones ejecutadas
120
Se tomará como referencia, en aquellas líneas en las que sea posible, un dato
de partida previo al desarrollo del Plan, que nos permitirá por un lado fijar una
meta, y por otro lado medir las variaciones que se produzcan en cuanto a número
de actividades, satisfacción de las personas mayores y sus familias, participación,
etc., respecto de ese dato de partida.
Ficha de Seguimiento y Registro de las acciones. Es una herramienta
indispensable en la que se apoyará el sistema de evaluación, en ellas deberá
sistematizarse la información del desarrollo de las acciones contempladas en
el Plan para un posterior análisis, que determine si existen desviaciones con
respecto a lo planificado.
7.4. Seguimiento del Plan.
a) Comisión de Seguimiento del Plan.
El Consejo Municipal de Servicios Sociales asumirá las funciones de seguimiento
del Plan.
Se encarga de supervisar la optimización de los recursos de gestión del plan,
garantizar la aplicación de los principios del plan, contribuir a la mejora y
corrección de cuantas medidas necesarias.
Funciones.
Análisis del grado de ejecución del plan.
Acordar medidas.
Ratificar los informes técnicos de seguimiento.
El seguimiento del desarrollo del I Plan Estratégico Municpal para las
Personas Mayores de Santa Cruz de Tenerife, se tratará en las sesiones del Consejo
Municipal de Servicios Sociales según se establezca en el calendario anual
b) Comisión Técnica de Seguimiento.
Es la constituida en el marco del Consejo Municipal de Servicios Sociales: la
Comisión Técnica de Mayores y Discapacidad.
Las funciones:
Realizar el seguimiento sobre el grado de cumplimiento de los objetivos y
efectuar propuestas de mejora.
Supervisar la sistematización de las acciones que se van desarrollando y los
resultados obtenidos.
Supervisar las memorias parciales y anuales de resultados.
121
Elevar al Consejo Municipal de Servicios Sociales los informes de evaluación
del plan y resultados, a efectos de la reformulación si esta fuera necesaria,
así como de incidir en determinadas cuestiones que en base a la evaluación
se vean necesarias.
8. BIBLIOGRAFÍA
ALVIRA MARTÍN F. (1991) Metodología de la evaluación de programas. Ed. Cis.
Madrid.
ANDER-EGG E. y AGUILAR IBÁÑEZ M. J.: Cómo elaborar un proyecto. Guía para
diseñar proyectos sociales y culturales. Editorial Lumen. Buenos Aires
BALLESTER BARGE, L. (1999). Las necesidades sociales. Teoría y conceptos
básicos, Ed. Síntesis, Madrid.
BRADSHAW, J. (1981). Una tipología de la necessitat social, Instruments de
Prospecció de Serveis Socials, nº 1, Barcelona.
CASADO, D. CEMBRANOS, F. y otros (1996). Animación sociocultural. Una
propuesta metodológica, Editorial Popular, Madrid
CASTELL, M. (1996). La Sociedad Red, La Era de la Información, Volumen 1,
Alianza.
DIAZ MARTINEZ, J.A. (2000). Prospectiva y planificación estratégica en
servicios sociales, en Varios, Nuevas perspectivas de los servicios sociales.
UNED.
FERNÁNDEZ-BALLESTEROS, R. (1996). Evaluación de programas. Una guía
práctica en ámbitos sociales, educativos y de salud. Ed. Síntesis Psicología.
FERNÁNDEZ-BALLESTEROS, R. (2000). Gerontología Social. Ed. Pirámide.
FORNI, F. (1988). Formulación y evaluación de proyectos sociales. Buenos
Aires: Humanitas.
GALLEGO GALLEGO, A. (1996). Modelos organizativos de intervención en
servicios sociales en el medio rural en Varios, La intervención Integral en
municipios menores de 20.000 habitantes, Valladolid.
GARCIA ROCA, J. (1987). Metodología de la Intervención Social. Revista de
Estudios sociales y de Sociología Aplicada 69, 27-52.
http://www.juntadeandalucia.es/gobernacionyjusticia/opencms/portal/com/bin/
portal/Voluntariado/ContenidosEspecificos/FORMACION/manualdeproyectos.pdf
Intergeneracionalidad y envejecimiento activo de las personas mayores.
Aportación de los programas intergeneracionales. En MARTÍNEZ, A., GIL, L.,
SERRANO, P. y RAMOS, J.M. (coords.).
Manual formulación, evaluación y monitoreo de proyectos sociales. Ernesto
COHEN RODRIGO MARTÍNEZ. División de Desarrollo Social CEPAL.
Manual sobre indicadores de calidad de vida en la vejez. CEPAL. 2006.
MASLOW, A. (1975). Motivación y Personalidad. Barcelona: Sagitario.
MAX NEEF, M. (1993). El desarrollo a escala humana. Santiago de Chile:
CEPAUR.
MEJIA, F. (1993). Manual de Identificación, preparación y evaluación de
proyectos sociales. Santiago de Chile: CEPAL-ILPES.
MIRET GAMUNDI, P. y PÉREZ DÍAZ, J.. Sociología de las edades, en La
sociología en España, de PÉREZ YRUELA, Manuel, compilador, (2007). CIS.
PASCUAL I ESTEVE, J. M., (1991). "Indicadores". Las necesidades sociales, Rev.
De Servicios Sociales y Política Social, nº 21, Madrid.
122
PASCUAL I ESTEVE, J.M., (1996). Planificación integral en el ámbito del
bienestar social, en Varios, La intervención Integral en municipios menores de
20.000 habitantes, Valladolid.
PÉREZ DÍAZ, J.: ¿El envejecimiento demográfico o democratización de la
supervivencia? Revista Metode. Universidad de Valencia.
PEREZ JUSTE, R. (1992). Evaluación de programas educativos. Policopiado.
PEREZ SERRANO, G. (1994). Elaboración de Proyectos Sociales. Casos
prácticos. Madrid: Narcea.
PINEAULT, R. y otros, (1987). La planificación sanitaria, Ed. Masson, Barcelona.
RED VEGA, N. DE LA (2000). La planificación social, en AA.VV. Manual de
sociología, Universidad de Valladolid.
RUEDA ESTRADA, J.D., (1988). La dimensión institucional del trabajo social,
Consejo General de Trabajadores sociales, Madrid.
RUEDA PALENZUELA, J.M. (1993). Programar, implementar proyectos, evaluar.
Instrumentos para la acción, INTRESS, Barcelona.
SANCHEZ ALONSO, M. (1991). La participación. Metodología y Práctica. Madrid:
Editorial Popular.
SEN, A. (1995). Nuevo examen de la desigualdad. Madrid: Alianza.
SPELGLER, O. (2002). La Decadencia de Occidente. Espasa Calpe.
SUBIRATS, J.: Guía metodológica para la elaboración de un plan estratégico
local en el marco de las políticas de envejecimiento activo. Proyecto
urbal10mayores.
TEZANOS, J.F. (2004). Tendencias en Desigualdad y Exclusión Social. Sistema.
WALKER, A. (1999). Actitudes hacia el envejecimiento de la población en
Europa. Universidad de Sheffield, Reino Unido.
Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento 2002 de
Naciones Unidas.
Foro Mundial de ONG sobre el Envejecimiento: declaración final y
recomendaciones.
Planes y Programas de la Administración General del Estado
Plan de Acción para las Personas Mayores. 2003-2007. Ministerio de Trabajo y
Asuntos Sociales.
Presentación y resumen del Libro Blanco del Envejecimiento Activo, temas para
el debate, Ministerio de Sanidad y Política Social. 2010.
Planes y Programas de otras Comunidades Autónomas
I Plan Integral de Personas Mayores. La Rioja.
II Plan de Atención a las Personas Mayores en Castilla-La Mancha.
III Plan Municipal para las Personas Mayores 2006 – 2009. Ayuntamiento de
Córdoba.
Libro Blanco del Envejecimiento Activo. Junta de Andalucía. 2010.
Plan de Acción para la Promoción del Envejecimiento Activo en Bizkaia.
Plan de Acción Social para las Personas Mayores de Almería 2.008/2.010
Plan Estratégico de Acción Social 2008-2011. Diputación Foral de Bizkaia.
Planes y Programas de la Comunidad Autónoma de Canarias:
Programa Municipal para las Personas Mayores 2006-2010. Ayuntamiento de
Barcelona.
- Plan General de Servicios Sociales De Canarias.
123
- Plan de Salud de Canarias 2004-2008.
- Plan de Vivienda.
Planes y Programas del Cabildo Insular de Tenerife
Plan Estratégico Insular de Servicios Sociales y Sociosanitarios de Tenerife
Programa ANSINA.
Programa de Dinamización Social de Centros y Asociaciones de Personas
Mayores.
Programa de Participación y Ciudadanía.
Planes del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
- Plan de Integración Social del Área Metropolitana de Tenerife.
- Plan Operativo Anual 2004.
- Plan Municipal de Acción Social.
- II Plan de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres.
Informes
(2009/2205(INI)) Comision de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género
Ponente: Sirpa Pietikainen.
“La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad y su potencial aplicación a las personas mayores”. Informe Portal
de Mayores. Nº 105- oct-2010.
Consejo Económico y Social de Canarias. “La situación de las personas mayores
en Canarias”.2007.
FAO, Guía para la elaboración de Proyectos participativos en Nutrición. Capítulo
1 y 2. http://www.fao.org/docrep/v1490s/v1490s01.htm#TopOfPage
González Hernández, T.D.: Análisis Demográfico de Mayores de Santa Cruz de
Tenerife, 2005. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
González Hernández, T.D.: El envejecimiento en el municipio de Santa Cruz de
Tenerife. 2005. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife: Proyecto
urbal10mayores.
González Hernández, T.D.: Estimaciones sobre la población de personas
mayores en situación de dependencia en el municipio de Santa Cruz de
Tenerife, 2005. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife: Proyecto
urbal10mayores.
González Hernández, T.D.: Informe sobre la población de personas mayores del
municipio de Santa Cruz de Tenerife. 2004. Ayuntamiento de Santa Cruz de
Tenerife: Proyecto urbal10mayores.
González Hernández, T.D.: La Pobreza en la población de personas mayores:
Estimaciones para el municipio de Santa Cruz de Tenerife, 2005. Ayuntamiento
de Santa Cruz de Tenerife: Proyecto urbal10mayores.
HelpAge Internacional: Estado mundial de las personas mayores, 2002.
IMSERSO. Las Personas Mayores en España: Informe 2008.
INFORME sobre el papel de la mujer en una sociedad que envejece
(2009/2205(INI)) Comision de Derechos de la Mujer e Igualdad de Genero
Ponente: Sirpa Pietikainen
Informe sobre el papel de la mujer en una sociedad que envejece (Parlamento
Europeo, Comisión de derechos de la mujer en una sociedad que envejece).
INFORME sobre el papel de la mujer en una sociedad que envejece.
Nuevas miradas sobre el envejecimiento (pp. 298-311). Madrid: IMSERSO.
Organización Mundial de la Salud: Envejecimiento Activo: Un Marco Político.
124
Pérez, L. (2006) «Actividades, actitudes y valores». Informe de la personas
mayores. IMSERSO.
Proyecto urbal10mayores: IDIA. Instrumento de Identificación y Análisis, 2005.
Sancho, T. y Rodríguez P.: Envejecimiento y Protección Social de la
Dependencia en España, 20 años de Historia y una Mirada hacia el Futuro.
IMSERSO.
Villasante, T. (1997). Socio-praxis para la liberación. Máster en Investigación,
Gestión y Desarrollo Local. UCM.
Estadísticas y encuestas
Anuarios de Estudios de Caja España.
Censo de Población y Viviendas de 2001. Instituto Nacional de Estadística,
2004. (Resultados detallados).
Encuesta de Condiciones Sociales de Canarias. Istac, 2007.
Encuesta de Salud de Canarias. Servicio Canario de la Salud e Istac, 2004.
Encuesta Mayores 2010. IMSERSO.
Encuesta sobre Discapacidad, Autonomía Personal y Situaciones de Dependencia
2008. INE.
Estadísticas de Género. Istac, 2004.
Estudio nº 2442 de enero de 2002 del Centro de Investigaciones Sociológicas.
Panel de Hogares de la Unión Europea (PHOGUE), INE: años 1996 a 2001.
Webs
www.administración.es
www.cabtfe.es
www.gobcan.es
www.gobcan.es/istac
www.iass.es
www.imsersomayores.csic.es/
www.imsersomayores.csic.es/documentacion/biblioteca/registro.htm?id=57570
www.ine.es
www.sctfe.es
www.segg.es
www.sociedad-desarrollo.com
www.ull.es
www.un.org/spanish/
www.urbal10mayores.org.
Se aprueba por unanimidad.
125
ÁREA DE GOBIERNO DE CALIDAD AMBIENTAL Y SERVICIOS PÚBLICOS
8.- EXPEDIENTE RELATIVO A RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE
CRÉDITOS DEL SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA Y VIAL, POR
IMPORTE TOTAL DE SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA OCHO
EUROS CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS (79.158,88 €)
Visto el expediente del enunciado, y
Resultando que, debido al cierre del ejercicio contable del año 2009, no se
ha podido finalizar la tramitación del abono de diversos gastos, que más adelante
se relacionan, por lo que el Servicio de Seguridad Ciudadana y Vial propone su
reconocimiento extrajudicial de crédito.
Resultando que los mencionados gastos han sido objeto del preceptivo
informe de la Intervención de Fondos, que ha resultado conforme con su
reconocimiento extrajudicial.
Considerando lo dispuesto en los artículos 176.2.b y 182.3 del R.D.L.
2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, por el cual se podrán aplicar a los créditos del presupuesto
vigente las obligaciones derivadas de compromisos de gastos debidamente
adquiridos en ejercicios anteriores, previa incorporación de los créditos;
Considerando que el órgano al que corresponde el reconocimiento
extrajudicial de créditos es el Excmo. Ayuntamiento Pleno, conforme recoge
expresamente el art. 50, en su apartado 12) del R.D. 2568/86, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento
y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Considerando lo dispuesto en el art. 38 de las vigentes Bases de Ejecución
del Presupuesto.
Por cuanto antecede, el Excmo. Ayuntamiento Pleno, de conformidad con la
propuesta del Servicio de Seguridad Ciudadana y Vial y el dictamen de la
Comisión Informativa de Servicios Centrales, acordó reconocer los presentes
gastos, que tendrán aplicación a la partida que se indica:
TOTAL CAPITULO 2: Importe 79.158,88 euros.
Nº FACTURA FECHA TERCERO DESCRIPCION APLICACIÓN OPER. DEFINITIVA IMPORTE
COD.
32 FRT0905038 31/07/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR SUMINISTRO DE REPUESTOS PARA EL VEH.
6342-CGT DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 22116 41000 220090019921 515,56
3,4
33 FTT0902986 06/07/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. E1224-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090019922 800,76
3,4
126
34 FTT0902988 06/07/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 1530-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090019922 207,57
3,4
35 FTT0902989 06/07/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 1641-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090019922 431,25
3,4
36 FTT0903077 10/07/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 1946-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090019922 1.516,60
3,4
37 FTT0903078 10/07/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 1584-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090019922 1.073,66
3,4
38 FTT0903398 31/07/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 8858-CTH DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090019922 778,87
3,4
39 FTT0903773 25/08/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 6355-CGT DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090019930 491,17
3,4
40 FTT0903772 25/08/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 1105-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090019930 1.140,43
3,4
41 FTT0903764 25/08/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 2180-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090019930 847,86
3,4
42 FTT0903680 20/08/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 2068-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090019930 179,04
3,4
127
43 FTT0903679 19/08/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 6440-CGT DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090019930 935,64
3,4
44 FRT0905780 31/08/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPUESTOS DE VEHICULOS POLICIA LOCAL
04170 132RX 22116 41000 220090019931 242,91
3,4
45 FRT0902852 30/04/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR LA COMPRA DE UNA BATERIA PARA EL VEHICULO MATRICULA 1179-CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090020653 142,00
3,4
46 FTT0901528 06/04/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. 6440CGT.
04170 132RX 21400 41000 220090020653 840,20
3,4
47 FTT0901529 06/04/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACURA POR REPARACION VEHICULO MATRICULA Nº. 1036CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090020653 252,36
3,4
48 FTT0901530 06/04/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR REPARACION DE VEHICULO MATRICULA 1378CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090020653 463,31
3,4
49 FTT0901531 06/04/2009
CANARIOALEMANA
DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR REPARACION VEHICULO
MATRICULA Nº. 1466-CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090020653 648,93
3,4
50 FTT0901532 06/04/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR REPARACION VEHICULO MATRICULA Nº. 1327-CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090020653 711,54
3,4
51 FTT0901652 16/04/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR REPARACION VEHICULO MATRICULA Nº. 6481-CGT.-
04170 132RX 21400 41000 220090020653 777,59
3,4
52 FTT0901830 27/04/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR REPARACION VEHICULO MATRICULA Nº. 1105-CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090020653 601,57
3,4
53 FTT0901831 27/04/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR REPARACION VEHICULO MATRICULA Nº. 2180-CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090020653 453,39
3,4
128
54 FTT0901836 27/04/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR REPARACION VEHICULO MATRICULA Nº. 6457-CGT.-
04170 132RX 21400 41000 220090020653 745,87
3,4
55 FTT0901837 27/04/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR REPARACION VEHICULO MATRICULA Nº. 6317-CGT.-
04170 132RX 21400 41000 220090020653 1.076,91
3,4
56 FTT0901881 29/04/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR REPARACION VEHICULO MATRICULA Nº. 1419-CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090020653 2.533,82
3,4
57 FTT0904451 01/10/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE
FRA. POR REPARACION DE VEHICULO MATRICULA 1105CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090020660 779,55
3,4
58 FTT0904452 01/10/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DE VEHIUCLO MATRICULA 1378 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090020660 1.101,26
3,4
59 FTT0904527 06/10/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DE VEHIUCLO MATRICULA 2068 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090020660 315,95
3,4
60 FTT0904528 06/10/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DE VEHIUCLO MATRICULA 1530 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090020660 792,50
3,4
61 FTT0904779 21/10/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DE VEHIUCLO MATRICULA 1036 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090020660 551,18
3,4
129
62 FTT0904780 21/10/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DE VEHIUCLO MATRICULA 6342 CGT, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090020660 641,77
3,4
63 FTT0904781 21/10/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DE VEHIUCLO MATRICULA 1277CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090020660 331,96
3,4
64 FRT0907195 31/10/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S
SL
ABONO DE FRA. POR LA ADQUISICIÓN DE REPUESTOS PARA EL VEHICULO 1179 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA
LOCAL
04170 132RX
22116 41000 220090020661 47,33
3,4
65 FTT0902414 02/06/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 6328-CGT DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090020707 126,44
3,4
66 FTT0902415 02/06/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 1327-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090020707 418,89
3,4
67 FTT0902499 05/06/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 8858-CTH DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090020707 251,90
3,4
68 FTT0902500 05/06/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 8843-CTH DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090020707 342,22
3,4
69 FTT0902574 10/06/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 6306-CGT DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090020707 832,98
3,4
130
70 FTT0902575 10/06/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 1277-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090020707 108,12
3,4
71 FTT0902576 10/06/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 1764-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090020707 255,56
3,4
72 FTT0902736 19/06/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 1466-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090020707 173,92
3,4
73 FTT0902737 19/06/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 2118-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090020707 813,82
3,4
74 FTT0901952 06/05/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1378-CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090021233 75,86
2,3
75 FTT0901967 07/05/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1705-CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090021233 2.802,98
2,3
76 FTT0901988 08/05/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1179-CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090021233 859,08
2,3
77 FTT0902267 25/05/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1277CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090021233 477,66
2,3
78 FTT0902268 25/05/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-6355-CGT.-
04170 132RX 21400 41000 220090021233 223,46
2,3
79 FTT0902308 27/05/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE
FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1999-CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090021233 337,24
2,3
131
80 FTT0901049 11/03/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DE VEHICULO MATRICULA Nº. E-6355-CGT
04170 132RX 21400 41000 220090021234 125,24
2,3
81 FTT0901050 11/03/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1999-CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090021234 2.379,21
2,3
82 FTT0901051 11/03/2000
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1530-CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090021234 2.298,48
2,3
83 FTT0901052 11/03/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1224-CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090021234 978,66
2,3
84 FTT0901053 11/03/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. TF-2202-AU.-
04170 132RX 21400 41000 220090021234 10,44
2,3
85 FTT0900720 17/02/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1419-CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090021235 198,05
2,3
86 FTT0900721 17/02/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE
FACTURA POR REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-6306-CGT.-
04170 132RX 21400 41000 220090021235 1.515,43
2,3
87 FTT0900818 25/02/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-6342-CGT.-
04170 132RX 21400 41000 220090021235 692,13
2,3
88 FTT0900819 25/02/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DE VEHICULO MATRICULA Nº. E-1466-CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090021235 887,63
2,3
89 FTT0900174 15/01/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN
DEL VEHICULO MATRICULA 1327 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021236 2.679,09
2,3
132
90 FTT0900177 15/01/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACT. POR REPARACIÓN DEL VEHICULO MATRICULA 1946CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021236 195,98
2,3
91 FTT0900435 30/01/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACT. POR REPARACIÓN DEL VEHICULO MATRICULA 1378 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021236 2.459,68
2,3
92 FTT0900438 30/01/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FRA. POR REPARACIÓN DEL VEHICULO MATRICULA 6317 CGT, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021236 1.296,19
2,3
93 FTT0900439 30/01/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FRA. POR REPARACIÓN DEL VEHICULO MATRICULA 1224 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021236 531,86
2,3
94 FTT0900440 30/01/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEHICULO MATRICULA 6355 CGT, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021236 496,73
2,3
95 FTT0901187 18/03/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION
DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1764-CTL.--
04170 132RX 21400 41000 220090021237 1.151,03
2,3
96 FTT0901188 18/03/2009
CANARIOALEMANA
DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO
MATRICULA Nº. E-2118-CTL.-
04170 132RX 21400 41000 220090021237 2.385,72
2,3
133
97 FTT0901189 18/03/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-6504-CGT.--
04170 132RX 21400 41000 220090021237 145,97
2,3
98 FTT0901190 18/03/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-2068-CTL.--
04170 132RX 21400 41000 220090021237 2.295,77
2,3
99 FRT0908605 30/12/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
Abono de Fra. por suministro de repuestos para distintos vehículos de la Policía Local
04170 132RX 22116 41000 220090021241 279,83
3,4
100 FTT0905508 02/12/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1277 CTL ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021245 2.496,40
3,4
101 FTT0905509 02/12/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 6504CGT ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021245 914,46
3,4
102 FTT0905546 03/12/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S
SL
ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 2118 CTL ADSCRITO A LA POLICIA
LOCAL.
04170 132RX
21400 41000 220090021245 342,25
3,4
103 FTT0905547 03/12/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 6317CGT ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021245 168,02
3,4
104 FTT0905609 10/12/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 6457CGT ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021245 703,78
3,4
134
105 FTT0905610 10/12/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1224CTL ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021245 417,34
3,4
106 FTT0905780 21/12/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1277 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021245 1.067,96
3,4
107 FTT0905781 21/12/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1466 CTL
ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021245 660,47
3,4
108 ftt0905782 21/12/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1036 CTL ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021245 805,39
3,4
109 FTT0905783 21/12/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1530 CTL ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021245 179,38
3,4
110 FTT0905785 21/12/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1705CTL ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021245 677,72
3,4
111 FTT0905879 29/12/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1105 CTL ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021245 792,23
3,4
135
112 FTT0905880 29/12/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1179 CTL ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021245 816,52
3,4
113 FTT0905881 29/12/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 6370 CGT ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021245 2.044,85
3,4
114 FTT0905903 30/12/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 2068CTL
ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021245 917,44
3,4
115 FTT0905922 30/12/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1764 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.
04170 132RX 21400 41000 220090021245 833,15
3,4
116 FTT0903965 03/09/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. TF-9660-AJ DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021416 57,96
3,4
117 FTT0903966 03/09/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN
DEL VEH. 6370-CGT DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021416 36,11
3,4
118 FTT0903967 03/09/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. TF-9656-AJ DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021416 828,58
3,4
119 FTT0903968 03/09/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 6355-CGT DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021416 274,47
3,4
136
120 FTT0903969 03/09/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 1946-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021416 961,66
3,4
121 FTT0903970 03/09/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 1224-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021416 844,26
3,4
122 FTT0904047 09/09/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 2118-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021416 36,53
3,4
123 FTT0904048 09/09/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 1036-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021416 56,19
3,4
124 FTT0904049 09/09/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 6481-CGT DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021416 406,71
3,4
125 FTT0904050 09/09/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 1584-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021416 62,62
3,4
126 FTT0904151 15/09/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 1224-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021416 38,84
3,4
127 FTT0904152 15/09/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 6355-CGT DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021416 486,86
3,4
128 FTT0904209 18/09/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 1179-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021416 1.332,05
3,4
137
129 FTT0904210 18/09/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA POR REPARACIÓN DEL VEH. 1764-CTL DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021416 162,61
3,4
130 FTT0904211 18/09/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 6481-CGT DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021416 849,62
3,4
131 FRT0904232 30/06/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DE VARIAS MOTOS DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 22116 41000 220090021546 225,58
3,4
132 FTT0904971 02/11/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DE DIVERSOS VEHICULOS DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021599 955,80
3,4
133 FTT0904972 2/11/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA POR REPARACIÓN DE DIVERSOS VEHICULOS DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021599 737,17
3,4
134 FTT0904974 02/11/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA.POR REPARACION DE DIVERSOS VEHICULOS DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021599 698,42
3,4
135 FTT0905410 26/11/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA
.POR REPARACION DE DIVERSOS VEHICULOS DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021599 724,72
3,4
136 FTT0905409 26/11/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACION DE DIVERSOS VEHICULOSDE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021599 428,17
3,4
137 FTT0905129 11/11/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 6457-CGT DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021599 875,10
3,4
138 FTT0905130 11/11/2009
CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL
ABONO FRA. POR
REPARACIÓN DE DIVERSOS VEHICULOS DE LA POLICIA LOCAL
04170 132RX 21400 41000 220090021599 167,93
3,4
TOTAL CAPITULO 2 79.158,88
138
Se aprueba por diecisiete votos a favor (CC-PNC, PP, CCN) y siete en contra (PSOE,
CSC).
PARTE DECLARATIVA
MOCIONES DE LOS GRUPOS POLÍTICOS
MOCIONES INSTITUCIONALES
9.- MOCIÓN INSTITUCIONAL CON OBJETO DE COLOCAR UN BUSTO O
ESTATUA DE D. ENRIQUE GONZÁLEZ BETHENCOURT.
Se da cuenta de la moción presentada que literalmente dice..” El Ayuntamiento de
Santa Cruz de Tenerife desea expresar, tras su nombramiento como Hijo Predilecto
de la ciudad, su reconocimiento a la figura de Don Enrique González Bethencourt,
fundador y director durante más de cincuenta años de la Afilarmánica Ni Fú Ni Fá.
En esta ocasión, la corporación quiere hacerse eco y constituirse en canal de la
petición espontáneamente surgida en una red social para establecer un recuerdo
físicamente reconocible de una de las personas más relevantes de la historia del
Carnaval de Santa Cruz de Tenerife y, por ende, de la historia misma de la ciudad.
Dicha petición defiende la ubicación de un busto o estatua que permita recordar a
Don Enrique González e informar a futuras generaciones de chicharreros, así como
a visitantes y amantes del Carnaval, de su relevancia y su esfuerzo por convertirlo
en el más reconocido de Europa.
El punto elegido por aquellos que se han mostrado a favor de la ubicación de una
escultura del histórico director de “la Fufa” es uno de los enclaves neurálgicos del
Carnaval chicharrero, la Plaza del Príncipe, escenario de las tradicionales
actuaciones de la Afilarmámica Ni Fú Ni Fá cada martes de Carnaval.
Enrique González Bethencourt nació el 23 de septiembre de 1924 en El Toscal,
concretamente en la calle San Miguel. Completó sus estudios de aparejadores en la
Escuela Politécnica de La Laguna, y pronto comenzó a trabajar junto a Enrique
Rumeu de Armas, arquitecto municipal.
Producto de ello, se bagaje profesional ofrece actuaciones de notable relevancia
como su participación en las obras del Hotel Mencey. También ha quedado
documentada y reflejada en la prensa local su colaboración con Enrique Marrero
Regalado, director de la construcción de la basílica de La Candelaria, inaugurada en
1959.
Posteriormente se formó en la Academia de Bellas Artes de Nicolás Granados, en la
que entabló contactos con personalidades destacadas del sector. Se introduce en la
exposición de obras a partir d e1944, con especial éxito en la producción de
pinturas de contenido marino.
El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife decide premiar su carrera como pintor y
estandarte del Carnaval, al ser designado como autor del cartel anunciador de las
Fiestas en su edición de 1991.
139
La Afilarmónica Ni Fú Ni Fá nace en 1951, aún sin nombre, producto de la común
pasión carnavalera de un gruupo de amigos, entre los cuales se encuentra Enrique
González, que había tomado contacto con el Carnaval desde los años treinta,
debido a su participación en la murga infantil Los Guanchi.
En 1961 se erige en Fundador y director de Ni Fú-Ni Fá, y la lleva a lograr los cinco
primeros premios de los concursos de murgas celebrados entre 1961 y 1965. Auizá
su experiencia en Los Guanchi lleva al “maestro” a ser también figura clave, a
principios de la década de los setenta, en el nacimiento del concurso de murgas
infantiles, así coo en la recuperación del entierro de la sardina.
Enrique González ha sido, por tanto, una figura esencial en el universo carnavalero
de Santa Cruz de Tenerife, con una influencia esencial en el desarrollo y devenir del
Carnaval durante la segunda mitad del siglo XX y primero del XXI.
Por todo ello, el Pleno del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife acuerda:
1. Dar inicio a los trámites administrativos destinados a encargar la creación de
un busto o estatua de Don Enrique González para su ubicación en la Plaza
del Príncipe de nuestra ciudad.
2. Que el Ayuntamiento acuerde con la familia de Don Enrique González y con
los miembros de la Afilarmónica Ni Fí Ni Fá el punto exacto y la tipología de
la creación, busto o estatua.
3. Acompañar la escultura de algún motivo informativo que permita dar a
conocer y perpetuar la vida y obra de Don Enrique González.
Se aprueba por unanimidad.
ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS CENTRALES
10.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE COALICIÓN
CANARIA SOBRE LA EXENCIÓN Y LA DEVOLUCIÓN DEL CANON DIGITAL A
LOS AYUNTAMIENTOS.
Se da cuenta de la moción presentada que literalmente dice..” D. José Alberto Díaz-
Estébanez León, Concejal del Área de Promoción Tecnológica, Calidad y Protección
de Datos Personales, somete a la consideración del Pleno de esta Corporación la
siguiente moción:
El llamado “Canon Digital” consiste en añadir una carga económica adicional
al precio de todos los aparatos destinados a la copia y grabación de documentos
audiovisuales. Este importe es cobrado de manera arbitraria por determinadas
entidades, independientemente de que esos aparatos se usen o no para copiar
documentos con derechos de propiedad intelectual.
Muchas han sido las corporaciones que han manifestado públicamente su
desacuerdo con respecto a la aplicación de dicho canon digital y que han
denunciado públicamente el abuso al que son sometidas por la Sociedad General de
Autores y Editores (SGAE), cuyas elevadas tarifas hacen un flaco favor a todos los
Ayuntamientos canarios, máxime si tenemos en cuenta la delicada situación
económica que atraviesan éstos.
140
Del mismo modo, no debemos olvidar que las agendas culturales de cada
Ayuntamiento promueven la difusión y promoción de la cultura para que ésta sea
asequible y accesible a todos y cada uno de los ciudadanos, y por supuesto, sin
contemplar el afán de lucro.
La SGAE se define como una entidad gestora de los derechos de autor sin
ánimo de lucro; afirmación que, a todas luces, resulta contradictoria con el cobro
del canon digital a las corporaciones municipales. En otras palabras, el material
usado en la administración local está destinado al almacenamiento de información y
documentación que no están sujetos a derechos de propiedad intelectual y, por
tanto, debe estar exento del pago de canon digital.
Es por ello, que desde el Pleno de esta Corporación, solicitamos que se
aplique de oficio el Artículo 25.7 del RDL 1/1996 del 12 de Abril, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, por el que se
establece que el Gobierno pueda excepcionar el pago del canon digital, cuando
quede suficientemente demostrado que el uso final de estos aparatos no sea el
hacer copia de obras protegidas por derechos de autor.
Se eleva la siguiente moción, según lo dispuesto en el artículo 97.4 y 82.3
del RD 2568/1986 del Régimen Jurídico, Organización y Funcionamiento de las
Entidades Locales.
ACUERDO:
1. Instar al Gobierno de España a la modificación de la Ley de la Propiedad
Intelectual, con el fin de que eximir a las Administraciones Públicas del
pago del Canon Digital.
2. Comenzar los trámites para solicitar formalmente la devolución del canon
digital abonado por esta Corporación a la Sociedad General de Autores
(SGAE) tras la entrada en vigor de la orden PRE/1743/2008, que
establece los importes y dispositivos afectados.
3. Que al igual que han hecho otros Ayuntamientos de Canarias, se remita
esta moción a la Federación Canaria de Municipios (FECAM), a la
Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y a la Delegación
del Gobierno.
Se aprueba por unanimidad.
11.- MOCIÓN QUE PRESENTA D. FLORENTINO GUZMÁN PLASENCIA
MEDINA, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOLICITANDO
PANELES INFORMATIVOS SOBRE LOS PERSONAJES ILUSTRES QUE DAN
NOMBRE A NUESTRAS CALLES.
Se da cuenta de la moción presentada que literalmente dice..” D. Florentino
Guzmán Plasencia Medina, Concejal del Grupo Municipal Socialista, al amparo de lo
dispuesto por el vigente Reglamento Orgánico del Pleno, somete a la consideración
del Pleno de la Corporación la siguiente MOCIÓN:
ANTECEDENTES
El Grupo Municipal Socialista han podido comprobar como diversas calles de
nuestra ciudad llevan el nombre de personas ilustres de nuestra historia que por
141
diversos motivos en su momento los chicharreros decidierón que deberían ser
recordados dando el nombre a alguna calle con su nombre.
Sin embargo el nombre de algunos de ellos se han convertido en algo desconocido
para un buena parte de la ciudadanía de Santa Cruz y también para sus visitantes.
Creemos que la instalación en estas calles de unos paneles informativos que
expliquen a los turistas, visitantes y ciudanos los datos mas relevantes de las
personalidades que dan nombre a estas calles.
Por lo expuesto y argumentado, el Grupo Municipal Socialista propone al Pleno de
la Corporación Municipal la adopción del siguiente:
ACUERDO
1. El Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
acuerda iniciar el correspondiente expediente administrativo a los efectos
de que se ejecute el proyecto de instalación de paneles informativos en
relación con las personas ilustres que dan nombre a distintas calles de
nuestra ciudad.
Se aprueba por unanimidad.
ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS PERSONALES
12.- MOCIÓN QUE PRESENTA D. FLORENTINO GUZMÁN PLASENCIA
MEDINA, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOLICITANDO
LA CREACIÓN DEL MERCADILLO DEL ARTE EN SANTA CRUZ.
Se da cuenta de la moción presentada que literalmente dice..” D. Florentino
Guzmán Plasencia Medina, Concejal del Grupo Municipal Socialista, al amparo de lo
dispuesto por el vigente Reglamento Orgánico del Pleno, somete a la consideración
del Pleno de la Corporación la siguiente MOCIÓN:
ANTECEDENTES
1. Santa Cruz de Tenerife cuenta con numerosas personas y entidades que
desean exponer y vender sus obras, libros, antigüedades… y es por ello que
debería existir un lugar donde poder realizarlo, como un mercadillo.
2. En otros lugares se realizan mercadillos una vez a la semana o una vez al
mes y con el paso del tiempo pasan a ser un lugar de referencia para la
adquisición de pequeñas y grandes obras de arte, un lugar en el que el arte
es el centro de atención con un gran abanico de artículos y precios.
3. Una vez más esta iniciativa atraería a personas interesadas en el mundo del
arte a nuestro municipio y por tanto habría mayor afluencia a la zona en la
que fuera ubicado, por lo que podrá reactivarse zonas como la Plazas y
Espacios Públicos de nuestro municipio.
142
Por lo expuesto y argumentado, el Grupo Municipal Socialista propone al Pleno de
la Corporación Municipal la adopción del siguiente:
ACUERDO
“El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife acuerda la
creación del espacio del arte de Santa Cruz.”
Se aprueba por unanimidad.
13.- MOCIÓN QUE PRESENTA D. ª AMAYA CONDE MARTÍNEZ,
CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOLICITANDO LA
CREACIÓN DE UN ESPACIO CULTURAL POLIVALENTE.
Se queda sobre la mesa.
14.- MOCIÓN QUE PRESENTA D. GUILLERMO GUIGOU SUÁREZ,
CONCEJAL DE CIUDADANOS DE SANTA CRUZ, AL OBJETO DE SOLICITAR
INFORMACIÓN AL EXCMO. CABILDO INSULAR SOBRE LA PUESTA EN
MARCHA DE LA CASA SILIUTO, COMO CASA DE LA JUVENTUD.
Se da cuenta de la moción presentada que literalmente dice..” Los Concejales de
“Ciudadanos de Santa Cruz”, D. Guillermo Guigou Suárez y D. Ángel Isidro Guimerá
Gil, integrantes del Grupo Municipal CIUDADANOS DE SANTA CRUZ, al amparo de
lo dispuesto en el vigente Reglamento, presenta al Pleno del Ayuntamiento de
Santa Cruz de Tenerife, la siguiente MOCIÓN para su debate y aprobación, si
procede, de acuerdo con la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El 3 de diciembre de 2002, el Consejo de Administración de la Gerencia
Municipal de Urbanismo, en sesión extraordinaria, acordó “la adquisición, a título
oneroso, del inmueble conocido como Casa Siliuto”, por un importe de 612.777,78
euros, teniendo como finalidad esta compra el destinar el inmueble a ser futura
sede de la Casa Insular de la Juventud, incluida dentro del Programa Insular de
Casas de la Juventud de la Isla de Tenerife.
Dicho inmueble está inscrito en el inventario del Patrimonio Municipal desde
el 3 de febrero de 2003, bajo la nomenclatura de “Proyecto para la Casa Insular de
la Juventud”.
En Enero de 2003, el Concejal de Educación y Cultura, Jeremías Rivero, y la
Consejera Delegada del Cabildo Insular de Educación, Empleo y Juventud, María
Josefa García Moreno, manifestaron, tras una reunión, que la Casa Siliuto era la
primera opción para construir la Casa Insular de la Juventud en la capital,
enmarcándola dentro de la Red Insular de Casas de la Juventud, aunque el
Ayuntamiento sería titular del inmueble y el promotor, además de su gestión.
Además de haberse anunciado por parte de ambos políticos que en un mes estaría
todo solucionado y que se redactaría el proyecto de la Casa Insular de la Juventud
en el año 2003.
Posteriormente, en el año 2007 se aseguró desde el Cabildo Insular que la
Casa Siliuto sería incluida dentro de la Red Insular de Centro de Juventud, pero a
143
día de hoy si se consulta la página web del Cabildo Insular por alguna Casa de la
Juventud dentro de la Red Insular en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, no se
encuentra ningún resultado al respecto. Pese a existir 28 Casas Insulares de la
Juventud distribuidas por toda la Isla.
Desde Ciudadanos de Santa Cruz hemos insistido en numerosas ocasiones
acerca de la necesidad de poner en marcha Casas de la Juventud en el municipio.
Ya lo hicimos el mandato pasado en varias ocasiones en relación a la puesta en
funcionamiento de la Casa de la Juventud de Ofra, ya que estos lugares de
encuentro para la juventud son imprescindibles para impedir que los jóvenes estén
las calles haciendo cosas indebidas, en lugar de aprovechar el tiempo libre en cosas
productivas, como aprender a revelar una foto en un taller de fotografía o a
manejar mejor todas las herramientas que ofrecen los ordenadores a través de
cursos de informática, etc. Pero desgraciadamente en el caso de la Casa Siliuto no
hemos obtenido ningún tipo de información ni desde el Cabildo Insular ni desde el
Ayuntamiento de Santa Cruz acerca de la situación en que se encuentra la inclusión
de la Casa Siliuto dentro de la Red Insular de Casas de la Juventud.
En virtud de lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal de Ciudadanos
de Santa Cruz propone al Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de
Tenerife, el siguiente:
ACUERDO
Conocer por parte del Cabildo Insular en que fase se encuentra la puesta en
marcha de la Casa Siliuto como Casa Insular de la Juventud.
Además de conocer si el proyecto ha sido redactado por parte de los técnicos
del Cabildo Insular.”.
Se aprueba por unanimidad.
15.- MOCIÓN QUE PRESENTA D. FLORENTINO GUZMÁN PLASENCIA
MEDINA, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOLICITANDO
QUE LOS PROGRAMAS SOLIDARIOS INCLUYAN PAÑALES Y LECHE DE
CONTINUIDAD PARA NIÑOS Y NIÑAS.
Se da cuenta de la moción presentada que literalmente dice..” Florentino Guzmán
Plasencia Medina, Concejal del Grupo Municipal Socialista, al amparo de lo
dispuesto por el vigente Reglamento Orgánico del Pleno, somete a la consideración
del Pleno de la Corporación la siguiente MOCIÓN:
ANTECEDENTES
El Grupo Municipal Socialista han podido comprobar como los programas de apoyo
que gestionan algunas ONGs como Cruz Roja, se prestan escasez de algunos
productos relativos a familias con lactantes tales como pañales o leches de
continuidad.
Por esta razón proponemos poner en marcha un programa específico en
conlaboración con las ONGs que se determinen, para que en las donaciones de los
ciudadanos para los programas solidarios incluyan pañales o leches de continuidad
para niñas y niños de corta edad.
Por lo expuesto y argumentado, el Grupo Municipal Socialista propone al Pleno de
la Corporación Municipal la adopción del siguiente:
144
ACUERDO
2. El Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
acuerda la Potenciación del Programa específico para la donación de
pañales y leches de continuidad para niñas y niños de corta edad.”.
Intervenciones:
D. Ignacio González manifiesta que ya se están llevando a cabo programs de ese
tipo con lo cual ruega, que se sustituya la expresión puesta en marcha de un
programa por “ Potenciación del Programa”, acetandose así por el proponente.
Se aprueba por unanimidad.
16.- MOCIÓN QUE PRESENTA D. FLORENTINO GUZMÁN PLASENCIA
MEDINA, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOLICITANDO
LA CREACIÓN DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE RESTAURACIÓN DE
PATRIMONIO.
Queda sobre la mesa.
ÁREA DE GOBIERNO DE CALIDAD AMBIENTAL Y SERVICIOS PÚBLICOS
17.- MOCIÓN QUE PRESENTA D. ª MARIÁN FRANQUET NAVARRO,
CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOLICITANDO SE
GESTIONEN CON LAS EMPRESAS DE RADIO TAXIS EL ENVÍO DE SMS,
PARA QUE PUEDAN SOLICITAR EL SERVICIO PERSONAS SORDAS.
Se da cuenta de la moción presentada que literalmente dice..” D.ª Marián Franquet
Navarro, Concejala del Grupo Municipal Socialista, al amparo de lo dispuesto por el
vigente Reglamento Orgánico del Pleno, somete a la consideración del Pleno de la
Corporación la siguiente MOCIÓN:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1.- La accesibilidad a los servicios, públicos o privados, a personas con
discapacidad física, psíquica o sensorial, sigue siendo uno de los principales retos de nuestra sociedad.
2.- Son aún muy numerosas las barreras existentes, muchas de ellas físicas y otras
muchas, más complicadas de salvar, mentales por la falta de concienciación e implicación de la sociedad en general y de los poderes públicos en particular.
3.- Las personas sordas, y los colectivos en los que se agrupan para defender sus
derechos y garantizar la igualdad de oportunidades y la no discriminación por razón
de su discapacidad, han logado importantes avances en los últimos años. Entre
ellos, el reconocimiento en España de la lengua de signos como lengua oficial.
Aunque siguen reclamando su aplicación en todos los ámbitos, destacando el
educativo, el sanitario y todo aquello que tiene que ver con los servicios públicos
fundamentales.
145
3.- En este terreno, se pueden hacer muchas grandes cosas, y otras muchas
pequeñas, en su aplicación y coste, pero pueden significar grandes avances para la
integración social de las personas sordas y fomentar la autonomía personal de las mismas.
4.- Con esta moción pretendemos dar un paso más en la ruptura con las barreras
de la comunicación. En esta ocasión enfocada al acceso de las personas sordas al
transporte público, en este caso, a los taxis.
5.- El acceder a un servicio de radio taxi, para cualquier persona sin discapacidad,
es muy sencillo. Sólo hay que coger un teléfono y hacer una llamada. Obviamente,
esto no lo puede realizar una persona sorda y necesita la colaboración de un oyente
para la realizar la gestión.
6.- Las nuevas tecnologías, Internet o los teléfonos móviles, han supuesto una
herramienta eficaz a la hora de romper las barreras de la comunicación para las
personas sordas. Pretendemos utilizar estas herramientas para que, puedan
acceder a los servicios de radio taxis de una forma eficaz y económicamente de
bajo coste.
Por lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal Socialista propone la
adopción del siguiente:
ACUERDO.
1.- Que el Ayuntamiento de Santa Cruz, realice las gestiones necesarias con
las empresas de radio taxi para que, se establezca un sistema a través de sms de
móviles, por el que las personas sordas puedan solicitar, mandando un mensaje de
texto, un servicio de taxi.”.
Se aprueba por unanimidad.
ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS TERRITORIALES
18.- MOCIÓN QUE PRESENTA D. JOSÉ ÁNGEL MARTÍN
BETHENCOURT, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA,
SOLICITANDO SE ESTUDIE LA LEGALIDAD, Y EN SU CASO SE INSTEN LAS
ACCIONES NECESARIAS, DE LAS MÚLTIPLES VALLAS PUBLICITARIAS QUE
SE UBICAN A LOS MÁRGENES DE LAS ENTRADAS TANTO POR LA
AUTOPISTA DEL NORTE COMO LA DEL SUR A SANTA CRUZ.
Se da cuenta de la moción presentada que literalmente dice..” Don José Ángel
Martín Bethencourt, Concejal del Grupo Municipal Socialista, al amparo de lo
dispuesto por el vigente Reglamento Orgánico del Pleno, somete a la consideración
del Pleno de la Corporación la siguiente MOCIÓN:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1.- La polémica sobre si debe permitirse o no publicidad al margen de
nuestras carreteras, autovías o autopistas no es nueva. Desde la entrada en vigor
de la ley de carreteras en el año 1988, hemos visto como en multitud de lugares
de España han ido desapareciendo las vallas de las cercanías de la carretera a
consecuencia de la prohibición expresa que realiza el artículo 24 de la mencionada
ley.
146
2.- Lo cierto es que el Reglamento de Carreteras de Canarias es bastante
claro también en lo referido a la posibilidad de realizar publicidad en nuestras
carreteras:
“Artículo 59.-
1. Fuera de los tramos urbanos de las carreteras queda prohibido realizar cualquier
tipo de publicidad dirigida al usuario de la carretera (artº. 31.1 L.C.C)…”
3.- Si observamos los accesos de entrada a Santa Cruz, tanto desde la
Autopista del Norte, como desde la Autopista de Sur existen multitud de vallas
publicitarias, perfectamente visibles desde las autopistas, y que en apariencia
incumplen con la ley de carreteras de Canarias.
4.- Desde el Grupo Municipal Socialista no entendemos como es posible la
proliferación de estas vallas publicitarias cuando están expresamente prohibidas
tanto en la ley de carreteras estatal, como en la canaria y su reglamento.
5.- Los ejemplos más claros de estas vallas publicitarias que existen en los
accesos de Santa Cruz los tenemos; a la altura del Pancho Camurria en la autopista
del Norte, a ambos márgenes de la vía de conexión Santa Cruz- Laguna, o en los
márgenes de la vía de entrada a Santa Cruz desde la Autopista del Sur. Sin
mencionar todas las vallas que existen, y que son perfectamente visibles desde
cualquiera de las dos autopistas en barrios como, Chamberí, Añaza, o Santa María
del Mar.
6.- Todas estas vallas que mencionamos se encuentran en el ámbito
municipal de Santa Cruz, y aunque las vías mencionadas son de titularidad
Autonómica, y por tanto es de su competencia, nuestro Ayuntamiento debe hacer
un esfuerzo por que se cumpla todo precepto legal en nuestro término municipal.
Por lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal Socialista propone la
adopción del siguiente:
ACUERDO.
1.- Solicitar a nuestros servicios municipales informe sobre la legalidad o no
de las vallas publicitarias al que hace referencia la moción.
2.-En su caso, instar a las administraciones competentes para que procedan
a retirar aquellas vallas que incumplan la legalidad vigente.”.
Se aprueba por unanimidad.
PARTE DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN
19.- PREGUNTA QUE FORMULA D. FLORENTINO GUZMÁN PLASENCIA
MEDINA, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOLICITANDO
INFORMACIÓN SOBRE EL PROGRAMA DE EDUCACIÓN AMBIENTAL
REFERIDO A JARDINES Y PARQUES SOSTENIBLES DE NUESTRO
MUNICIPIO.
Se formula la pregunta siguiente..” D. Florentino Guzmán Plasencia Medina,
Concejal del Grupo Municipal Socialista, presenta la siguiente PREGUNTA:
147
ANTECEDENTES
1. En junio de 2010 el pleno del Ayuntamiento de Santa cruz aprobó una
moción del Grupo Municipal Socialista solicitando el desarrollo de un
programa de Educación Ambiental referido a jardines y parques sostenibles
de nuestro municipio denominado RUTAS VERDES. En dicha moción también
se recomendaba impulsar un programa de cursos y talleres de educación
ambiental donde se ofertarían conocimientos del medio ambiente urbano y
se fomentará una relación positiva entre los asistentes y su entorno.
Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista formula las siguientes preguntas:
1. ¿Estado de ejecución y grado de cumplimiento del acuerdo plenario?
2. Informe sobre medidas desarrolladas en la planificación, diagnostico integral
en la implantación de la iniciativa..”.
Ha sido contestada por escrito.
20.- PREGUNTA QUE FORMULA D. FLORENTINO GUZMÁN PLASENCIA
MEDINA, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, EN RELACIÓN A
LA MOCIÓN LLEVADA A PLENO DE DICIEMBRE DE 2009 SOLICITANDO
MEDIDAS URGENTES EN EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL TEMPLO
MASÓNICO EN LA CALLE SAN LUCAS.
Se formula la pregunta siguiente..” D. Florentino Guzmán Plasencia Medina,
Concejal del Grupo Municipal Socialista, presenta la siguiente PREGUNTA:
ANTECEDENTES
En diciembre 2009 el Grupo Municipal Socialista llevo a pleno una moción
solicitando una serie medidas urgentes a desarrollar en el BIC del Templo
Masónico como eran sacar a concurso público el proyecto de rehabilitación del
Templo Masónico en el plazo de un mes desde la aprobación por este pleno de
la moción presentada.
Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista formula la siguiente pregunta:
1. ¿En que estado se encuentra la tramitación de la moción aprobada el
mencionado pleno?
2. ¿Cuantas líneas o puntos aprobados en la moción se han desarrollado? ¿Qué
iniciativas se han llevado a cabo?
3. ¿Que partida presupuestaria se ha destinado a la ejecución de los
presupuestos 2010 de las diferentes líneas aprobadas en la moción?
¿Importe?
4. ¿Que Partida presupuestaria se tiene pensado destinar a dicho BIC para su
rehabilitación en los presupuestos 2011?..”.
148
Responde el Excmo. Sr. Alcalde que no se ha podido avanzar mas por
limitaciones presupuestarias, habiéndose redactado el proyecto técnico y realizado
las reparaciones necesarias en la cubierta.
21.- PREGUNTA QUE FORMULA D. ª AMAYA CONDE MARTÍNEZ,
CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOBRE LA UBICACIÓN DE
LA ESCUELA DE MÚSICA.
Se formula la pregunta siguiente..” D. ª Amaya Conde Martínez, concejala del
Grupo Municipal Socialista, presenta las siguientes PREGUNTAS:
ANTECEDENTES
En relación a la ubicación de la Escuela Municipal de Música, la Concejala de Cultura
anunció que ésta se trasladaría a la Casa Sixto Machado durante el periodo de
Navidad, esto no ha sido así, por lo que el Grupo Municipal Socialista formula las
siguientes:
PREGUNTAS
1.- ¿Por qué no se ha procedido a su traslado?
2.- ¿Qué ubicación definitiva pretende darse a la Escuela Municipal de Música?
3.- ¿Cuándo se prevé cambiar de sitio?..”.
Ha sido contestada por escrito.
22.- PREGUNTA QUE FORMULA D. GUILLERMO GUIGOU SUÁREZ,
CONCEJAL DE CIUDADANOS DE SANTA CRUZ, EN RELACIÓN CON EL
SERVICIO DE ABSENTISMO ESCOLAR.
Se formula la pregunta siguiente..” En el Pleno celebrado el 5 de noviembre
de 2010, este Grupo Municipal trajo una moción acerca de la situación del Servicio
de Absentismo Escolar y la deuda que este Ayuntamiento tenía con la empresa
Psicoform.
Durante estos meses la Área de Gobierno de Servicios Personales, a través
de la Dirección General de Participación Ciudadana y Mujer y del Servicio para el
Fomento de la Participación Ciudadana, Cooperación al Desarrollo y Nueva Vecindad
sacó Concurso el Servicio de Prevención y Atención del Absentismo Escolar, y
adjudicándoselo de manera provisional a la Empresa Eulen Servicios
Sociosanitarios, pese a existir todavía una deuda con la anterior empresa
adjudicataria. Además de tener conocimiento de que dicha adjudicación provisional
a la Empresa Eulen se encuentra en suspensión.
Ante esto, el Grupo Municipal de Ciudadanos de Santa Cruz pregunta al
Pleno del Ayuntamiento lo siguiente:
¿Se han subsanado los problemas en la adjudicación del Servicio de
Absentismo Escolar?
¿Se han abonado las cantidades pendientes a la anterior Empresa
adjudicataria, Psicoform?
Ha sido contestada por escrito.
149
23.- PREGUNTA QUE FORMULA D. FLORENTINO GUZMÁN PLASENCIA
MEDINA, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, EN RELACIÓN
CON LOS ACUERDOS PLENARIOS SOBRE REHABILITACIÓN DEL PARQUE
LAS INDIAS.
Se formula la pregunta siguiente..” D. Florentino Guzmán Plasencia Medina,
Concejal del Grupo Municipal Socialista, presenta la siguiente PREGUNTA:
ANTECEDENTES.
En febrero de 2009 el Pleno del Ayuntamiento de Santa Cruz aprobó una moción
del Grupo Municipal Socialista que trasladaba una serie de iniciativas para el
desarrollo de un proyecto de rehabilitación del parque Las Indias.
Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista formula las siguientes preguntas:
1.- ¿Estado de tramitación de dicha moción?
Ha sido contestada por escrito.
24.- PREGUNTA QUE FORMULA D. FLORENTINO GUZMÁN PLASENCIA
MEDINA, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, EN RELACIÓN
CON LOS ACUERDOS PLENARIOS SOBRE LA CREACIÓN DE UNA RED DE
CASAS DE LA JUVENTUD.
Se formula la pregunta siguiente..” D. Florentino Guzmán Plasencia Medina,
Concejal del Grupo Municipal Socialista, presenta la siguiente PREGUNTA:
ANTECEDENTES.
En julio de 2008 el Pleno del Ayuntamiento de Santa Cruz aprobó una moción del
Grupo Municipal Socialista que trasladaba una serie de iniciativas para el impulso
de un Plan Local de creación de una red de Casas de La Juventud.
Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista formula las siguientes preguntas:
1.- ¿Estado de tramitación de dicha moción?
Ha sido contestada por escrito.
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25.- PREGUNTA QUE FORMULA D. FLORENTINO GUZMÁN PLASENCIA
MEDINA, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, EN RELACIÓN
CON LOS ACUERDOS PLENARIOS RELATIVOS A LA CREACIÓN DE UNA RED
DE ESCUELAS INFANTILES.
Se formula la pregunta siguiente..” D. Florentino Guzmán Plasencia Medina,
Concejal del Grupo Municipal Socialista, presenta la siguiente PREGUNTA:
ANTECEDENTES.
En diciembre del 2007 el Pleno del Ayuntamiento de Santa Cruz aprobó una moción
del Grupo Municipal Socialista que trasladaba una serie de iniciativas para el
impulso de un Plan Local de Escuelas Infantiles.
Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista formula las siguientes preguntas:
1.- ¿Estado de tramitación de dicha moción?
Ha sido contestada por escrito.
26.- PREGUNTA QUE FORMULA D. JOSÉ ÁNGEL MARTÍN
BETHENCOURT, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOBRE EL
ESTADO FINANCIERO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL.
Se formula la pregunta siguiente..” D. José Ángel Martín Bethencourt, Concejal del
Grupo Municipal Socialista, presenta la siguiente PREGUNTA:
ANTECEDENTES
2. El pasado día 9 de febrero, y en declaraciones de la actual candidata a la
alcaldía de la ciudad por el Partido Popular Doña Cristina Tavío a la cadena
COPE, afirmó que el ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife se encontraba
en “inminente quiebra técnica.” En la misma comparecencia, advertía que
las empresas adjudicatarias de los diferentes servicios municipales
pretenden subir sus tarifas.
3. La candidata popular afirmó que “desde luego, llego en el peor momento
porque el Ayuntamiento de Santa Cruz está en ruina y, desgraciadamente,
gracias a las empresas de servicios que siguen realizando sus labores.”
Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista formula las siguientes preguntas:
- ¿Es cierto o no que el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife está en
Inminente quiebra técnica?..”.
Intervenciones:
D. Jaime Hernández Abad Amaral reconoce que la situación económica es muy
complicada, aunque no más que la de otros municipios, destacando además una
mejora en los indicadores económicos que nos permiten mirar al futuro con cierta
tranquilidad.
151
El Excmo. Sr. Alcalde por su parte insiste en que la situación económica de la
corporación sin ser buena es comparativamente mucho mejor que la mayoría de las
corporaciones locales y que eso va a permitir a l Ayuntamiento hacer frente a sus
obligaciones sin ningún género de dudas.
D. Ángel Isidro Guimerá insiste en los argumentos señalados en la pregunta,
reiterando D. Jaime Hernández lo ya señalado anteriormente.
27.- PREGUNTA QUE FORMULA D. ª MARIÁN FRANQUET NAVARRO,
CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOBRE LA INTRODUCCIÓN
DE CRITERIOS SOCIALES EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Se formula la siguiente pregunta..”En el mandato anterior, el concejal
socialista José Ángel Martín, ponía a consideración del pleno de la corporación
municipal una moción en la que se solicitaba que se incluyera en los pliegos de
condiciones de los concursos públicos que se realizaran por el Ayuntamiento,
cláusulas sociales que contribuyan a la sostenibilidad económica de las políticas
sociales y que aumentan la rentabilidad social de la inversión pública al posibilitar la
igualdad de oportunidades y el desarrollo de iniciativas de economía solidaria, así
como favorecer la corresponsabilidad de los agentes sociales que desarrollan este
tipo de iniciativas como son las empresas de inserción socio laboral, los centros
especiales de empleo, asociaciones, fundaciones y cooperativas.
Esta iniciativa fue aprobada, informada jurídicamente para garantizar su viabilidad
pero nunca ejecutada.
El 18 de junio de 2010, ante la pasividad del grupo gobernante a la hora de
materializar el acuerdo y, convencidos de la necesidad aún más grave si cabe, de
tomar medidas de acción positiva que favorezca la inserción laboral de las personas
y/o colectivos en riesgo de exclusión, se volvió a presenta una moción, que fue
aprobada por unanimidad y cuyo acuerdo dice los siguiente:
“Expresar y desarrollar el compromiso político y la implicación de todos los
concejales del gobierno municipal para que, en las distintas áreas y siempre que se
realice un concurso público, se incorporen las cláusulas sociales que tratamos aquí.
En segundo lugar, realizar una formación adecuada sobre esta materia para que las
personas responsables del desarrollo de los concursos públicos cuenten con las
herramientas y los conocimientos básicos”.
Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista formula las siguientes preguntas:
1. ¿Se ha realizado la formación acordada en el Pleno a los funcionarios o
personal que intervienen en los procesos de los concursos públicos?
2. ¿Se han incorporado las “cláusulas sociales” en algún concurso de cualquier
área del Ayuntamiento, Organismo Autónomo o Sociedad del mismo?
¿Cuántas y cuáles?..”
D. Norberto Plasencia contesta que ya se están incluyendo en todos los pliegos de
condiciones del servicio de infraestructuras.
D. ª Esther Sarrautte por su parte indica que según le han informado se van a
incluir también en todos los pliegos de condiciones.
152
28.-PREGUNTA QUE FORMULA D. ª MARIÁN FRANQUET NAVARRO,
CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOBRE LAS ACTUACIONES
REALIZADAS EN LA FUENTE DE LA PLAZA WEYLER.
Se formula la pregunta siguiente..” Dentro de las obras incluidas por el Consistorio
en el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local 2009, conocidas como
obras del Plan E, se encontraba la “Restauración de la fuente de la Plaza Weyler”.
La obra del genovés Achille Canessa se encontraba en un visible mal estado de
conservación debido a los agentes externos y al agua.
Es fuente, es una de las señas de identidad de la capital y a través de distintos
medios de comunicación pudimos conocer con cierto grado de detalle la
intervención realizada en la misma y encantábamos afirmaciones tales como “toda
la fuente se ha limpiado a mano con unos cepillos que han dejado el monumento
como nuevo…”
Los trabajos de restauración ascendieron a unos 135.000 €
Ya en consejo rector de la gerencia de urbanismos expresamos nuestra sorpresa
por el mal estado en el que se encuentra la fuente sin que, en aquel momento, no
hubiera transcurrido un año de su restauración.
Este mal estado, se traduce a que el mármol vuelve a estar de un color amarillento,
más acentuado, si cabe, que antes de la restauración de la fuente.
En el mencionado consejo rector, se instó al los concejales responsables a que se
valorara el estado de la fuente, se estudiara el porqué de esta situación y se
valorara la posibilidad de pedir responsabilidades a la empresa adjudicataria de la
obra por la evidente mala calidad de las acciones realizadas
Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista formula las siguientes preguntas:
3. ¿Qué empresa fue la responsable de la rehabilitación de la fuente de la Plaza
Weyler? Y ¿Cuál fue el importe final exacto de la intervención?
4. ¿Ha tendido alguna relación el arquitecto redactor del proyecto presentado
y financiado con la ejecución del mismo?
5. ¿Se ha estudiado las causas del estado de la fuente y la posible
responsabilidad del mismo de la empresa adjudicataria de la obra?...”.
Intervenciones:
D. Norberto Plasencia informa sobre el coste y modo de ejecución de las obras de
restauración de la citada fuente, destacando que se realizaron en todo momento de
acuerdo con las indicaciones de los técnicos, y que el resto parece ser un problema
de limpieza.
D. Alfonso Soriano insiste en que se ha malversado, que la obra no se ha ejecutado
correctamente y que no se han atendido las indicaciones del autor del proyecto.
D. ª María Isabel Oñate por su parte manifiesta que le problema según el arquitecto
municipal es que no se ha proyectado un aljibe para depuración del agua con lo
cual hay una discrepancia entre los técnicos.
153
Para finalizar el Excmo. Sr. Alcalde opina que deben verlo los técnicos y buscar
una solución.
29.- PREGUNTA QUE FORMULA D. ÁNGEL ISIDRO GUIMERÁ GIL,
CONCEJAL DE CIUDADANOS DE SANTA CRUZ, SOBRE LA SITUACIÓN
FINANCIERA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO.
Se formula la pregunta siguiente..” El pasado día 5 de Enero, y en un medio de
comunicación local, el Concejal de Hacienda, D. Jaime Hernández Abad, criticaba
duramente a este Concejal, tildando de “disparate” mis afirmaciones acerca de un
Informe de la Intervención en la que se aludía a un riesgo de bancarrota del
Consistorio, afirmaciones apoyadas, por otra parte, en un documentado estudio del
que dispone mi Grupo municipal en relación con la crítica situación financiera de
este Consistorio.
El Sr. Hernández Abad manifestaba también que mis declaraciones eran
“innecesarias e irresponsables” porque lo que hacían eran generar desconfianza en
un momento de crisis económica general.
Pues bien, recientemente la Presidenta del Partido Popular en Santa Cruz de
Tenerife, Dña. Cristina Tavío, en declaraciones a la Cadena COPE, y refiriéndose a
la situación económica del Ayuntamiento, advierte que el mismo se encuentra en
una “inminente quiebra técnica”, añadiendo que “ella llega en el peor momento
porque el Ayuntamiento de Santa Cruz está en ruina…”
Ante tales declaraciones, procede formular al Concejal de Economía y
Hacienda, la siguiente pregunta:
1ª.- ¿Comparte y hace suyas el Sr. Concejal de Economía y Hacienda las
declaraciones de la Presidenta de su Partido, Dña. Cristina Tavío, donde manifiesta
que “el Ayuntamiento de Santa Cruz se encuentra en una inminente quiebra
técnica”, y que “en estos momentos está en ruina…”?...”.
Fue respondida conjuntamente con la número 26.
30.- PREGUNTA QUE FORMULA D. ª AMAYA CONDE MARTÍNEZ,
CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, EN RELACIÓN CON EL
CAMPO DE FÚTBOL DE AÑAZA.
Se formula la pregunta siguiente..” D. ª Amaya Conde Martínez, concejala del
Grupo Municipal Socialista, presenta las siguientes PREGUNTAS:
ANTECEDENTES
´
El campo de fútbol de Añaza, hasta hace poco estaba abierto y se podía acceder a
él sin ningún problema. Desde hace unas semanas se ha procedido a cerrar la verja
con llave.
Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista formula las siguientes:
PREGUNTAS
1- ¿cuáles han sido los motivos para proceder al cierre del campo?
2- ¿quién se encarga de abrir y cerrar el campo, personal del OAD o es una
externalización?
3- ¿qué medidas se han tomado para facilitar a las y los posibles usuarios de Añaza
el uso de esta instalación?..”.
Ha sido contestada por escrito.
154
ASUNTO FUERA DEL ORDEN DEL DÍA.
Previa declaración de urgencia por unanimidad al no estar incluido el asunto en el
orden del día, de conformidad con lo que establece el art. 82 del RD 2568/1986 de
28 de octubre se pasa a tratar el siguiente asunto.
1.- REGLAMENTO MUNICIPAL REGULADOR DE LA DISTRIBUCIÓN
GRATUITA DE ALIMENTOS.
Visto el expediente relativo a propuesta de aprobación del proyecto de Reglamento
Municipal Regulador de la Distribución Gratuita de Alimentos, con base en los
siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Excmo. Sr. Alcalde mediante Decreto de fecha 11 de mayo de 2009
procede a declarar la situación de emergencia social en el municipio y la adopción
de medidas urgentes al respecto, atendiendo a la grave crisis económica de alcance
mundial, con consecuencias directas en un número creciente de familias en este
municipio cuya situación socio-económica se ha agravado de manera alarmante.
SEGUNDO.- Atendiendo a los expedientes obrantes en el Servicio de Cohesión y
Bienestar social, en el que se ponen de manifiesto la proliferación de puntos de
reparto de alimentos, no solamente por parte de instituciones y organizaciones no
gubernamentales, sino por particulares o asociaciones sin ánimo de lucro, se hace
indispensable el establecimiento de una regulación de dicha actividad al objeto de
garantizar el cumplimiento de las garantías sanitarias que le son exigidas por la
normativa vigente, considerándose prioritaria la plena y correcta aplicación de la
legislación en vigor.
TERCERO.- El Servicio de Control y Gestión Medioambiental, elabora en estrecha
colaboración con el Servicio de Cohesión y Bienestar Social, atendiendo a las
funciones y competencias propias de cada uno, un proyecto de Reglamento
Municipal Regulador de la Distribución Gratuita de Alimentos; todo ello de
conformidad con las indicaciones recibidas por los Concejales Delegados en ambas
materias.
CUARTO.- Remitido el expediente a la Asesoría Jurídica Municipal, fue devuelto con
observaciones que han sido subsanadas por el Servicio gestor.
QUINTO.- La Intervención de Fondos Municipal informa el expediente en fecha 3
de febrero de 2011, significando que “visto el expediente del enunciado, así como el
informe propuesta del Servicio de Control y Gestión Medioambiental de fecha 15 de
noviembre de 2010, no tienen contenido económico alguno, se devuelve el
expediente a la dependencia de origen a los efectos oportunos.”
155
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO: La Constitución Española en su artículo 43, reconoce el derecho a la
protección de la salud, competiendo a los poderes públicos organizar y tutelar la
salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios
necesarios. Asimismo, en su artículo 51, señala que los poderes públicos
protegerán, mediante procedimientos eficaces, la seguridad y salud de los
consumidores.
SEGUNDO: En coherencia con estos parámetros constitucionales, el artículo 25 de
la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, establece que el municipio
ejercerá en todo caso, competencias, en los términos de la legislación del Estado y
de las Comunidades Autónomas, en materia de protección de la salubridad pública,
lo que debe ponerse en relación con aquellas otras competencias en las que de
alguna manera está también presente la dimensión sanitaria.
TERCERO: El artículo 55 de del Texto Refundido de las Disposiciones Legales
Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, establece que: “En la esfera de su competencia, las
Entidades Locales podrán aprobar Ordenanzas y Reglamentos, y los Alcaldes dictar
Bandos...”
CUARTO: El art. 7 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales,
aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955, establece que “las disposiciones
acordadas por las Corporaciones Locales para regir con carácter general revestirán
la forma de Ordenanza o Reglamento.”
QUINTO: El art. 56 del citado Decreto Legislativo 781/1986 dispone que “la
aprobación de las Ordenanzas y Reglamentos se ajustará al procedimiento
establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril”.
SEXTO: El art. 127.1.a) de la citada Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del
Régimen Local dispone, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de
diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local atribuye a la Junta
de Gobierno Local la competencia para la “aprobación de los proyectos de
ordenanzas y de los reglamentos, incluidos los orgánicos, con excepción de las
normas reguladoras del Pleno y sus comisiones”.
SÉPTIMO: El art. 122.2.d) de la citada Ley 7/1985, atribuye al Pleno la
competencia para la “aprobación y modificación de las Ordenanzas y Reglamentos
municipales”.
En virtud de lo expuesto, y previo dictamen favorable de la comisión de calidad
ambiental, seguridad y servicios públicos. El Excmo. Pleno Acordó:
PRIMERO: La aprobación inicial del Reglamento Municipal Regulador de la
Distribución Gratuita de Alimentos, del siguiente tenor literal:
REGLAMENTO MUNICIPAL REGULADOR DE LA DISTRIBUCIÓN GRATUITA DE
ALIMENTOS.
156
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
Las dificultades económicas por las que atraviesan muchos vecinos de Santa Cruz
de Tenerife han propiciado que entidades y ciudadanos hayan puesto en marcha
programas de distribución gratuita de alimentos. La proliferación de puntos de
reparto permanente de alimentos por los diferentes barrios del municipio hace
necesaria su regulación con el objetivo de garantizar que el servicio se realice con
las garantías sanitarias exigidas a la actividad de aprovisionamiento,
almacenamiento, manipulación y reparto de alimentos.
Además, es interés del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife coordinar la
actuación de las diferentes organizaciones para optimizar el reparto de alimentos
entre los colectivos más desfavorecidos del municipio, por lo que el Instituto
Municipal de Atención Social, tiene la intención de crear una red estable de
entidades y personas colaboradoras que complementen su oferta.
La dispersión normativa fruto de los múltiples ámbitos a considerar en cuanto a
esta materia, puede convertirse en un obstáculo para su conocimiento y, en
consecuencia, para su plena efectividad. De este modo, la normativa que recoge el
presente Reglamento hace una labor de refundición y aclaración de la normativa
aplicable existente, actualizando e incorporando los cambios producidos por el
ordenamiento jurídico e introduciendo otros nuevos en consonancia con los
objetivos que se pretenden.
La finalidad del presente Reglamento consiste en establecer, por lo tanto, una base
normativa esencial para poder ofrecer a los habitantes y vecinos de este municipio
respuesta a sus demandas de ayudas de subsistencia y, en consecuencia, una
mejora en su calidad de vida.
TÍTULO PRELIMINAR.
OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN, MARCO NORMATIVO Y DEFINICIONES.
Artículo 1. Objeto.
El objeto del presente Reglamento es la regulación de la actividad de reparto de
alimentos de forma gratuita en el municipio de Santa Cruz de Tenerife.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Este Reglamento es de aplicación a las entidades y personas que desarrollen la
actividad objeto del presente Reglamento en el municipio de Santa Cruz de
Tenerife.
Articulo 3. Marco normativo.
La Constitución Española en su artículo 43, reconoce el derecho a la protección de
la salud, competiendo a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a
través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.
Asimismo, en su artículo 51, señala que los poderes públicos protegerán, mediante
procedimientos eficaces, la seguridad y salud de los consumidores.
Para garantizar la seguridad e higiene de los alimentos y productos alimentarios, la
Unión Europea ha condensado en dos reglamentos la normativa básica en esta
materia: el Reglamento (CE) 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19
de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios y el Reglamento
157
853/2004 (CE) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril, por el que se
establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal. El
primero de ellos establece también las adecuadas condiciones para el transporte de
alimentos.
La Ley 14/86 de 25 de abril, General de Sanidad regula este derecho y confiere a los
Ayuntamientos competencias en materia de higiene de los alimentos en el artículo 42,
apartados 3.c y 3.d.
De la misma manera, se contemplan estas atribuciones de las Corporaciones Locales
en la Ley 11/1994 de Ordenación Sanitaria de Canarias, promulgada al amparo del
Estatuto de Autonomía de Canarias. En su artículo 47.1.d, la Ley de Ordenación
Sanitaria de Canarias otorga a los Ayuntamientos el control sanitario de la distribución
y suministro de alimentos, bebidas y demás productos relacionados con el uso o
consumo humano, así como los medios de su transporte.
El Real Decreto 168/1985, de 6 de febrero, por el que se aprueba la Reglamentación
Técnico-Sanitaria sobre condiciones generales de almacenamiento frigorífico de
alimentos y productos alimentarios, el RD 706/1986, de 7 de marzo, por el que se
aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria cobre condiciones generales de
almacenamiento no frigorífico de alimentos y productos alimentarios, modificado
por Real Decreto 1112/1991, todos ellos en vigor al no contravenir la normativa de
rango superior antes señalada, especifican las condiciones de almacenamiento,
distribución y transporte de alimentos que debe cumplir la actividad que se
pretende regular.
El Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Santa Cruz
de Tenerife, aprobado por acuerdo plenario de 21 de enero de 2005, modificado por
acuerdo del mismo órgano de fecha 27 de julio de 2007 y 18 de septiembre de 2009,
publicado en BOP. Nº 044/2010 de 5 de marzo de 2010, que tiene por objeto la
regulación de los medios, formas y procedimientos de participación de la vecindad
del municipio de Santa Cruz de Tenerife en la gestión municipal, así como de las
Entidades Ciudadanas del mismo, conforme a lo previsto en la Constitución y las
Leyes; asimismo, tiene por objeto la regulación de las relaciones con el
Ayuntamiento de aquellas otras Entidades, de cualquier ámbito territorial, cuya
actividad y objeto social se encuentre revestida de una utilidad pública declarada o
responda a razones humanitarias o de interés público, que se materialicen a través
de actuaciones concretas, desarrolladas en el Municipio de Santa Cruz de Tenerife
y que redunden en beneficio de la ciudadanía.
Artículo 4. A los efectos del presente Reglamento se entenderá por:
a) Higiene de los productos alimenticios (en adelante “higiene”): el conjunto de
medidas necesarias para garantizar la seguridad y salubridad de los productos
alimenticios; dichas medidas abarcarán las fases de recepción, almacenamiento,
transporte, distribución, manipulación y suministro al consumidor.
b) Entidades colaboradoras: las que ostenten esta condición de conformidad con lo
establecido en el Título I del presente Reglamento.
TÍTULO I. DE LAS ENTIDADES Y LAS PERSONAS COLABORADORAS
Artículo 5. De las entidades colaboradoras.
Las asociaciones de vecinos, fundaciones, asociaciones juveniles, asociaciones de
mayores, asociaciones culturales, clubes deportivos y otros colectivos, sea cual sea
su forma jurídica, que repartan alimentos de forma gratuita en el municipio de
Santa Cruz de Tenerife, podrán ser considerados como entidades colaboradoras del
158
Instituto Municipal de Atención Social, IMAS, si cumplen los requisitos establecidos
en este Reglamento.
Artículo 6. De las personas colaboradoras.
Las personas que repartan alimentos de forma gratuita en el municipio de Santa
Cruz de Tenerife podrán ser consideradas como personas colaboradoras del IMAS,
si cumplen los requisitos establecidos en este Reglamento.
Artículo 7. Del Registro de Entidades y Personas Colaboradoras del IMAS.
Las entidades y personas colaboradoras deberán estar inscritas en el Registro de
Entidades y Personas Colaboradoras del IMAS.
Las entidades y personas que pretendan su inscripción en el Registro de Entidades
y Personas Colaboradoras del IMAS solicitarán dicha inscripción mediante instancia
presentada ante el Presidente del organismo autónomo.
Artículo 8. De la certificación de entidad o persona colaboradora del IMAS.
El presidente del IMAS, previamente al otorgamiento de la calificación como entidad
o persona colaboradora, solicitará a la Concejalía de Sanidad un informe sobre las
condiciones en las que se realiza la actividad de reparto de alimentos.
El Presidente del IMAS podrá extender certificaciones provisionales a las entidades
y las personas colaboradoras, con un único efecto administrativo, mientras éstas
realizan las mejoras propuestas por la Concejalía de Sanidad.
La certificación definitiva como entidad o persona colaboradora del IMAS dará lugar
a su inscripción en el Registro de Entidades y Personas Colaboradoras del IMAS.
Artículo 9. De las obligaciones de las entidades y personas colaboradoras.
Las entidades y personas colaboradoras inscritas en el Registro del IMAS deberán
presentar una memoria explicativa de la actividad durante el primer trimestre de
cada ejercicio que recoja los siguientes apartados:
Datos del titular de la actividad.
Lugar donde se realiza.
Proveedores que les suministran habitualmente los alimentos.
Número de beneficiarios atendidos y procedencia.
Instalaciones y medios con los que cuenta para la actividad.
Las entidades y personas colaboradoras deberán suministrar alimentos a los
usuarios que les derive el IMAS.
Las entidades y personas colaboradoras permitirán el acceso a sus instalaciones de
los técnicos de la Concejalía de Sanidad y del IMAS.
TITULO II. DE LOS REQUISITOS SANITARIOS DE LA ACTIVIDAD
Capítulo I. Disposiciones comunes.
Artículo 10.
159
Los titulares de la actividad a que se refiere el presente Reglamento, deberán
implantar un sistema de autocontrol que contenga al menos los siguientes apartados:
Plan de limpieza, Plan de desinfección, desinsectación y desratización, Plan de
eliminación de residuos, Plan de transporte, Plan de higiene personal, Plan de
formación de los manipuladores, registro de control de temperaturas y Listado de
proveedores.
Capítulo II. De los locales.
Artículo 11.
Los locales destinados a los productos alimenticios deberán conservarse limpios y en
buen estado de mantenimiento.
Artículo 12.
La disposición, el diseño, la construcción, el emplazamiento y el tamaño de los locales
destinados a los productos alimenticios:
a) Permitirán un mantenimiento, limpieza y/o desinfección adecuados, evitarán
o reducirán al mínimo la contaminación transmitida por el aire y dispondrán de un
espacio de trabajo suficiente que permita una realización higiénica de todas las
operaciones.
b) Evitarán la acumulación de suciedad, el contacto con materiales tóxicos, el
depósito de partículas en los productos alimenticios y la formación de condensación o
moho indeseable en las superficies.
c) Permitirán unas prácticas de higiene alimentaria correctas, incluida la
protección contra la contaminación, y en particular el control de plagas.
d) Cuando sea necesario, ofrecerán unas condiciones adecuadas de
manipulación y almacenamiento a temperatura controlada y capacidad suficiente para
poder mantener los productos alimenticios a una temperatura apropiada que se pueda
comprobar y, si es preciso, registrar.
Artículo 13.
Deberá haber un número suficiente de inodoros de cisterna conectados a una red de
evacuación eficaz. Los inodoros no deberán comunicar directamente con las salas en
las que se manipulen los productos alimenticios.
Artículo 14.
Deberá haber un número suficiente de lavabos situados convenientemente y
destinados a la limpieza de manos. Los lavabos para la limpieza de manos deberán
disponer de agua corriente caliente y fría, así como de material de limpieza y secado
higiénico de aquellas. En caso necesario, las instalaciones destinadas al lavado de los
productos alimenticios deberán estar separadas de las destinadas a lavarse las
manos.
Artículo 15.
Deberá disponerse de medios adecuados y suficientes de ventilación mecánica o
natural. Deberán evitarse las corrientes de aire mecánicas desde zonas contaminadas
a zonas limpias. Los sistemas de ventilación deberán estar construidos de manera que
pueda accederse fácilmente a los filtros y a otras partes que haya que limpiar o
sustituir.
Artículo 16.
160
Los huecos de ventilación deberán estar protegidos por mallas para impedir la
entrada de insectos.
Artículo 17.
Los locales destinados a los productos alimenticios deberán disponer de suficiente luz
natural o artificial.
Artículo 18.
Las redes de evacuación de aguas residuales deberán ser suficientes y estar
concebidas y construidas de modo que se evite todo riesgo de contaminación.
Artículo19.
Deberán aplicarse procedimientos adecuados de lucha contra plagas. Deberán
aplicarse asimismo procedimientos adecuados para evitar que los animales
domésticos puedan acceder a los locales.
Artículo 20.
Los productos de limpieza y desinfección no deberán almacenarse en las zonas en las
que se manipulen productos alimenticios.
Capítulo III. De los equipos.
Artículo 21.
Todos los artículos, instalaciones y equipos que estén en contacto con los productos
alimenticios:
a) Deberán limpiarse perfectamente y, en caso necesario, desinfectarse. La
limpieza y desinfección se realizarán con la frecuencia necesaria para evitar cualquier
riesgo de contaminación.
b) Su construcción, composición y estado de conservación y mantenimiento
deberán reducir al mínimo el riesgo de contaminación.
c) A excepción de los recipientes y envases no recuperables, su construcción
composición y estado de conservación y mantenimiento deberán permitir que se
limpien perfectamente y, en caso necesario, se desinfecten.
d) Su instalación permitirá la limpieza adecuada del equipo y de la zona
circundante.
Artículo 22.
Si fuese necesario, los equipos deberán estar provistos de todos los dispositivos de
control adecuados para garantizar el cumplimiento de los objetivos de la normativa
vigente sobre seguridad e higiene de los alimentos.
Capítulo IV. Del personal.
Artículo 23.
Todas las personas que trabajen en una zona de manipulación de productos
alimenticios deberán mantener un elevado grado de limpieza y deberán llevar una
161
vestimenta adecuada, limpia y, en su caso, protectora. Deberán acreditar la adecuada
formación en higiene de los alimentos.
Artículo 24.
Las personas que padezcan o sean portadoras de una enfermedad que pueda
transmitirse a través de los productos alimenticios, o estén aquejadas de heridas
infectadas o enfermedades cutáneas, llagas o diarrea, no deberán manipular los
productos alimenticios ni entrar en la zona de manipulación.
Capítulo V. Del transporte.
Artículo 25.
Los receptáculos de vehículos o contenedores utilizados para transportar los productos
alimenticios deberán mantenerse limpios y en buen estado a fin de proteger los
alimentos de la contaminación y deberán diseñarse y construirse, en caso necesario,
de forma que permitan una limpieza o desinfección adecuadas.
Artículo 26.
Los receptáculos de vehículos o contenedores no deberán utilizarse para transportar
más que productos alimenticios cuando éstos puedan ser contaminados por otro tipo
de carga.
Artículo 27.
Cuando se usen vehículos o contenedores para el transporte de cualquier cosa
además de productos alimenticios a la vez, deberá existir, en caso necesario, una
separación efectiva de los productos.
Artículo 28.
Los productos alimenticios a granel en estado líquido, granulado o en polvo deberán
transportarse en receptáculos, contenedores o cisternas reservados para su
transporte.
Artículo 29.
Cuando se hayan utilizado receptáculos de vehículos o contenedores para el
transporte de otros productos que no sean productos alimenticios o para el transporte
de productos alimenticios distintos, deberá realizarse una limpieza eficaz entre las
cargas para evitar el riesgo de contaminación.
Artículo 30.
Los productos alimenticios cargados en receptáculos de vehículos o en contenedores
deberán colocarse y protegerse de forma que se reduzca al mínimo el riesgo de
contaminación.
Artículo 31.
Cuando sea necesario, los receptáculos de los vehículos o contenedores utilizados
para el transporte de productos alimenticios deberán ser capaces de mantener los
productos alimenticios a la temperatura adecuada y de forma que se pueda controlar
dicha temperatura.
162
Capítulo VI. De los desperdicios.
Artículo 32.
Los desperdicios de productos alimenticios, los subproductos no comestibles y los
residuos de otro tipo deberán retirarse con la mayor rapidez posible de las salas en las
que estén depositados alimentos para evitar su acumulación.
Artículo 33.
Los desperdicios de los productos alimenticios y los residuos de otro tipo deberán
depositarse en contenedores provistos de cierre. Dichos contenedores deberán
presentar unas características de construcción adecuadas, estar en buen estado y ser
de fácil limpieza, y en caso necesario, de fácil desinfección.
Artículo 34.
Deberán tomarse medidas adecuadas para el almacenamiento y la eliminación de los
desperdicios de productos alimenticios y otros desechos. Los depósitos deberán
diseñarse y tratarse de forma que puedan mantenerse limpios y, en su caso, libre de
animales y organismos dañinos.
Artículo 35.
Todos los residuos deberán eliminarse higiénicamente y sin perjudicar el medio
ambiente con arreglo a la Ordenanza Municipal de Recogida de Residuos Sólidos.
TITULO III. INFRACCIONES Y SANCIONES.
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 36.
Constituyen infracciones administrativas, las acciones y omisiones tipificadas como
tales en la Ley 14/1986 de 25 de abril, General de Sanidad, en concordancia con la Ley 11/ 1994, de Ordenación Sanitaria de Canarias
Las infracciones en materia de sanidad serán objeto de las sanciones
administrativas correspondientes, previa instrucción del oportuno expediente, sin
perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que puedan concurrir.
En los supuestos en que las infracciones pudieran ser constitutivas de delito, la
Administración pasará el tanto de culpa a la jurisdicción competente y se abstendrá
de seguir el procedimiento sancionador mientras la autoridad judicial no dicte
sentencia firme.
De no haberse estimado la existencia de delito, la Administración continuará el
expediente sancionador tomando como base los hechos que los Tribunales hayan considerado probados.
163
Las medidas administrativas que hubieran sido adoptadas para salvaguardar la
salud y seguridad de las personas se mantendrán en tanto la autoridad judicial se pronuncie sobre las mismas.
Artículo 37.
El procedimiento sancionador se ajustará a los principios de la potestad
sancionadora contenidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común,
así como el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento
para el ejercicio de la potestad sancionadora, sin perjuicio de las normas autonómicas y municipales que sean de aplicación.
Artículo 38
En ningún caso se impondrá una doble sanción por los mismos hechos y en función
de los mismos intereses públicos protegidos, si bien deberán exigirse las demás
responsabilidades que se deduzcan de otros hechos o infracciones concurrentes.
Artículo 39.
Las infracciones se califican como leves, graves y muy graves, atendiendo a los
criterios de riesgo para la salud, cuantía del eventual beneficio obtenido, grado de
intencionalidad, gravedad de la alteración sanitaria y social producida, generalización de la infracción y reincidencia
CAPÍTULO II. Disposiciones comunes
Artículo 40. Competencias sancionadoras
1 La imposición de las sanciones previstas para las infracciones contenidas en el
presente Reglamento, en relación con lo dispuesto por la Ley14/86, de 25 de abril,
General de Sanidad y la Ley 11/94 de Ordenación Sanitaria de Canarias
corresponderá:
a) al Alcalde, hasta 12.020,24 €..
b) al Consejero/a competente en materia de Sanidad, hasta 60.101,21 €.
c) al Gobierno de Canarias desde 60.101,22 €.
2. Las competencias previstas en el apartado anterior podrán ser objeto de
desconcentración en órganos inferiores en el seno de las respectivas
Administraciones
3. Este Excmo. Ayuntamiento instruirá, en cualquier caso, los expedientes
infractores y los elevará a la autoridad administrativa competente para su
resolución.
CAPÍTULO III. Procedimiento
Artículo 41.
El incumplimiento de las infracciones que se establecen en el Capítulo IV de este
Título, dará origen a la incoación del correspondiente procedimiento sancionador
que se tramitará de acuerdo con las reglas y principios contenidos en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás disposiciones
164
concordantes, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales en que puedan
incurrir.
Artículo 42.
Las sanciones se graduarán especialmente en función del incumplimiento de
requerimiento previos, criterios de riesgo para la salud, bienes o servicios afectados
por la infracción, naturaleza de los perjuicios causados a los consumidores,
volumen de ventas, cuantía del beneficio obtenido, grado de intencionalidad o
negligencia y posible reincidencia.
Artículo 43.
La imposición de sanciones pecuniarias se hará de manera que la comisión de las
infracciones no resulte más beneficiosa para el infractor que el cumplimiento de la
norma infringida, siempre con respeto al principio de proporcionalidad,
guardándose la debida adecuación entre la gravedad del hecho constitutivo de la
infracción y la sanción a imponer.
Artículo 44.
Por razón de ejemplaridad podrá procederse a la publicación de sanciones en los
medios de comunicación, siempre que concurra alguna circunstancia de riesgo para
la salud o seguridad de los consumidores o se haya producido reincidencia o
acreditada intencionalidad en la infracción y estas hayan adquirido firmeza en vía
administrativa, pudiéndose publicar, asimismo, con nombre y apellidos o
denominación social.
Artículo 45
No tendrá carácter de sanción la clausura de los establecimientos que no cuenten
con las autorizaciones preceptivas, ni la suspensión del funcionamiento de la
actividad hasta que se subsanen las deficiencias observadas y se adopten las
medidas correctoras que por razones de sanidad, higiene o seguridad se puedan
exigir.
Las medidas provisionales que pudieran aplicarse serán las establecidas en la
normativa sectorial de especial aplicación y, en todo caso, deberán ser
proporcionales al daño que se pretenda evitar y se mantendrán exclusivamente el
tiempo necesario para la realización
Capítulo IV. INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 46
Se entenderán, a los efectos de este Reglamento, como infracciones sanitarias, las
tipificadas como tales en la Ley 14/1986 de 25 de abril, General de Sanidad, en
concordancia con la Ley 11/ 1994, de Ordenación Sanitaria de Canarias y que se establecen a continuación:
A) Infracciones leves.
1.ª Las simples irregularidades en la observación de la normativa
sanitaria vigente, sin trascendencia directa para la salud pública.
2.ª Las cometidas por simple negligencia, siempre que la alteración o
riesgo sanitarios producidos fueren de escasa entidad.
165
3.ª Las que, en razón de los criterios contemplados en este artículo,
merezcan la calificación de leves o no proceda su calificación como
faltas graves o muy graves.
B) Infracciones graves.
1.ª Las que reciban expresamente dicha calificación en la normativa
especial aplicable en cada caso.
2.ª Las que se produzcan por falta de controles y precauciones
exigibles en la actividad, servicio o instalación de que se trate.
3.ª Las que sean concurrentes con otras infracciones sanitarias leves,
o hayan servido para facilitarlas o encubrirlas.
4.ª El incumplimiento de los requerimientos específicos que formulen
las autoridades sanitarias, siempre que se produzcan por primera vez.
5.ª La resistencia a suministrar datos, facilitar información o prestar
colaboración a las autoridades sanitarias o a sus agentes.
6.ª Las que, en razón de los elementos contemplados en este artículo,
merezcan la calificación de graves o no proceda su calificación como
faltas leves o muy graves.
7.ª La reincidencia en la comisión de infracciones leves, en los últimos
tres meses.
C) Infracciones muy graves.
1ª Las que reciban expresamente dicha calificación en la normativa
especial aplicable en cada caso.
2ª Las que se realicen de forma consciente y deliberada, siempre que
se produzca un daño grave.
3ª Las que sean concurrentes con otras infracciones sanitarias graves,
o hayan servido para facilitar o encubrir su comisión.
4ª El incumplimiento reiterado de los requerimientos específicos que
formulen las autoridades sanitarias.
5ª La negativa absoluta a facilitar información o prestar colaboración
a los servicios de control e inspección.
6ª La resistencia, coacción, amenaza, represalia, desacato o cualquier
otra forma de presión ejercida sobre las autoridades sanitarias o sus
agentes.
7ª Las que, en razón de los elementos contemplados en este artículo
y de su grado de concurrencia, merezcan la calificación de muy graves
o no proceda su calificación como faltas leves o graves.
8ª La reincidencia en la comisión de faltas graves en los últimos cinco
años.
Artículo 47
1. Las infracciones en materia de sanidad serán sancionadas con multas de acuerdo
con la siguiente graduación, y atendiendo a lo establecido mediante Resolución de
la Subsecretaría de Sanidad y Consumo de 19 de noviembre de 2001, por la que se
convierten en euros las cuantías de las sanciones:
a) Infracciones leves, hasta 3.005,06 euros.
166
b) Infracciones graves, desde 3.005,07 euros a 15.025,30 euros,
pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor
de los productos o servicios objeto de la infracción.
c) Infracciones muy graves, desde 15.025,31 euros a 601.012 euros,
pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor
de los productos o servicios objeto de la infracción.
2. Además, el Gobierno de Canarias podrá acordar en los supuestos de infracciones
muy graves, el cierre definitivo o temporal del establecimiento, instalación o
servicio por un plazo máximo de cinco años. En tal caso, será de aplicación lo
previsto en la legislación sobre infracciones y sanciones de orden social.
3. Las cuantías reseñadas anteriormente deberán ser revisadas y actualizadas
periódicamente por el Gobierno de Canarias, teniendo en cuenta la variación de los
índices de precios para el consumo.
Artículo 48.
El incumplimiento de las medidas establecidas en el presente reglamento municipal,
significa la perdida del reconocimiento como entidad colaboradora en esta materia de
los servicios sociales, además de las sanciones anteriormente establecidas.
SEGUNDO.- La exposición pública y audiencia de los interesados durante el plazo
de 30 días para la presentación de reclamaciones y sugerencias, haciéndose constar
que en el caso de que no se presente ninguna se entenderá definitivamente
aprobado el presente reglamento, todo ello de conformidad con lo que establece el
art. 49 de la Ley 7/1985 de 2 de abril y arts. 14 y 15 del Reglamento de
Procedimientos sobre Materias de Competencias del Pleno.
D. Guillermo guigou justifica la abstención de su grupo en la necesidad de ser muy
cautelosos ya que puede favorecer a determinadas asociaciones que no se dedican
habitualmente a estas finalidades y penalizar a ONG’s que si lo hacen.
Se aprueba por diecisiete votos a favor (CC-PNC, PP, CNN, PSOE) y dos
abstenciones (CSC).
31.- PREGUNTAS RELATIVAS A INFORMACIONES NO FACILITADAS,
EN APLICACIÓN DEL ART. 11.2 DEL ESTATUTO DEL CONCEJAL Y DE LOS
GRUPOS POLÍTICOS.
A) SOBRE DIVERSAS FACTURAS DEL FESTIVAL ARCO IRIS.
Ha sido contestada por escrito.
B) SOBRE RESIDENCIAS DE MAYORES.
Ha sido contestada por escrito.
167
32.- RUEGOS Y PREGUNTAS.
- Los Portavoces de CSC y PSOE ruegan se retrase unos días el Pleno del
Presupuesto para poder estudiar mejor la documentación.
- D. Ramiro Cuende ruega que se restaure o retire definitivamente la
escultura de Martín Chirino de la Plaza de Europa.
En este punto y cuando son las 15.15 horas del mismo día se da por finalizada la
sesión, levantándose de todo ello la presente acta que con el VB del Sr. Alcalde es
autorizada por mí, el Secretario General del Pleno que certifico.