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1 BORRADOR. ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO PLENO EL DIA VEINTICINCO DE FEBRERO DE DOS MIL ONCE. En las Casas Consistoriales de la Muy Leal, Noble, Invicta y Muy Benéfica Ciudad, Puerto y Plaza de Santa Cruz de Santiago de Tenerife, siendo las once horas y treinta minutos del día veinticinco de febrero de dos mil once, bajo la presidencia del Excmo. Sr. Alcalde D. Miguel Zerolo Aguilar, se reunió el Excmo. Pleno Ayuntamiento, concurriendo los Ilmos. Señores Tenientes de Alcalde, D. Manuel Parejo Afonso, D.ª María Isabel Oñate Muñoz, D. Jaime Hernández-Abad Amaral, D. Hilario Rodríguez González, D. Juan Manuel Brito Arceo, D. ª Luz Reverón González, D.ª Sheila Trujillo Méndez, D. Dámaso Norberto Plasencia Vizcaíno así como los señores Concejales; D. José Alberto Díaz Estebanez de León, D.ª Begoña Ortiz Lestón, D. Antonio Bello Paz, D.ª Esther Sarrautte González, D.ª Ángela Mena Muñoz, D.ª Ilda Romana López Díaz, , D. Ramiro Cuende Tascón, D. ª Gloria Rivero Alcover, D. José Angel Martín Bethencourt, D.ª Amaya Conde Martínez, D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, D.ª María Ana Franquet Navarro, D.ª Olga María Barrera Trujillo , D. Ángel Llanos Castro, D. Alfonso Soriano Benítez de Lugo, D. Guillermo Guigou Suárez, D. Ángel Isidro Guimerá Gil, D. Ignacio Manuel González Santiago, D. Manuel Fernández Vega, Consejero de Gobierno, asistidos por el Secretario General del Pleno D. Luis F. Prieto González y estando presente D. José Galvez Conejo como interventor General, al objeto de celebrar la sesión ordinaria convocada para este día y que tiene lugar de la forma siguiente: ORDEN DEL DIA PARTE RESOLUTIVA ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS CENTRALES 1.- Aprobación si procede de las actas correspondientes a las sesiones de los días 25 de febrero, 29 de julio, 5 y 26 de noviembre, 23 y 28 de diciembre de 2010 y 21 de enero de 2011………………………………………………………………………………………5 2.- Dación de cuenta de los Decretos y Resoluciones de Órganos Unipersonales desde el día 21 de enero hasta la fecha…………………………………………….5

BORRADOR. ACTA DE LA SESION ORDINARIA … · establecimiento de adaptaciones organizativas en la estructura y funciones de ... de una Red de Casas de la ... Funcional de Calidad Ambiental,

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BORRADOR.

ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL EXCMO.

AYUNTAMIENTO PLENO EL DIA VEINTICINCO DE FEBRERO DE DOS MIL

ONCE.

En las Casas Consistoriales de la Muy Leal, Noble, Invicta y Muy Benéfica Ciudad,

Puerto y Plaza de Santa Cruz de Santiago de Tenerife, siendo las once horas y

treinta minutos del día veinticinco de febrero de dos mil once, bajo la presidencia

del Excmo. Sr. Alcalde D. Miguel Zerolo Aguilar, se reunió el Excmo. Pleno

Ayuntamiento, concurriendo los Ilmos. Señores Tenientes de Alcalde, D. Manuel

Parejo Afonso, D.ª María Isabel Oñate Muñoz, D. Jaime Hernández-Abad Amaral, D.

Hilario Rodríguez González, D. Juan Manuel Brito Arceo, D. ª Luz Reverón

González, D.ª Sheila Trujillo Méndez, D. Dámaso Norberto Plasencia Vizcaíno así

como los señores Concejales; D. José Alberto Díaz Estebanez de León, D.ª Begoña

Ortiz Lestón, D. Antonio Bello Paz, D.ª Esther Sarrautte González, D.ª Ángela Mena

Muñoz, D.ª Ilda Romana López Díaz, , D. Ramiro Cuende Tascón, D. ª Gloria Rivero

Alcover, D. José Angel Martín Bethencourt, D.ª Amaya Conde Martínez, D.

Florentino Guzmán Plasencia Medina, D.ª María Ana Franquet Navarro, D.ª Olga

María Barrera Trujillo , D. Ángel Llanos Castro, D. Alfonso Soriano Benítez de Lugo,

D. Guillermo Guigou Suárez, D. Ángel Isidro Guimerá Gil, D. Ignacio Manuel

González Santiago, D. Manuel Fernández Vega, Consejero de Gobierno, asistidos

por el Secretario General del Pleno D. Luis F. Prieto González y estando presente D.

José Galvez Conejo como interventor General, al objeto de celebrar la sesión

ordinaria convocada para este día y que tiene lugar de la forma siguiente:

ORDEN DEL DIA

PARTE RESOLUTIVA

ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS CENTRALES

1.- Aprobación si procede de las actas correspondientes a las sesiones de

los días 25 de febrero, 29 de julio, 5 y 26 de noviembre, 23 y 28 de diciembre de

2010 y 21 de enero de 2011………………………………………………………………………………………5

2.- Dación de cuenta de los Decretos y Resoluciones de Órganos

Unipersonales desde el día 21 de enero hasta la fecha…………………………………………….5

2

3.- Decreto del Excmo. Sr. D. Miguel Zerolo Aguilar, Alcalde-Presidente del

Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, de fecha 11/01/2011, relativo al

establecimiento de adaptaciones organizativas en la estructura y funciones de

órganos directivos y unidades administrativas municipales, a efectos de toma de

razón…………………………………………………………………………………………………………………………….5

4.- Expediente relativo al proyecto de modificación de la Ordenanza

General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, a

efectos de aprobación inicial……………………………………………………………………………………17

5.- Expediente relativo a aceptación de la cesión de acciones y solicitud de

cesión de terrenos de la Autoridad Portuaria que integran la sociedad “Parque

Marítimo de Santa Cruz S. A”, a este Ayuntamiento……………………………………………..24

6.- Expediente relativo a establecimiento de normas para la celebración del

sorteo para los componentes de las mesas electorales………………………………………….26

ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS PERSONALES

7.- Expediente relativo a la aprobación del I Plan y Carta de Mayores del

Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife…………………………………………………..28

ÁREA DE GOBIERNO DE CALIDAD AMBIENTAL Y SERVICIOS PÚBLICOS

8.- Expediente relativo a reconocimiento extrajudicial de créditos del

Servicio de Seguridad Ciudadana y Vial, por importe total de setenta y nueve mil

ciento cincuenta ocho euros con ochenta y ocho céntimos (79.158,88

€)………………………………………………………………………………………………………………………………125

PARTE DECLARATIVA

MOCIONES DE LOS GRUPOS POLÍTICOS

MOCIONES INSTITUCIONALES

9.- Moción institucional con objeto de colocar un busto o estatua de D.

Enrique González Bethencourt……………………………………………………………………………….138

ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS CENTRALES

10.- Moción que presenta el Grupo Municipal de Coalición Canaria sobre la

exención y la devolución del canon digital a los Ayuntamientos………………………….139

3

11.- Moción que presenta D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, Concejal

del Grupo Municipal Socialista, solicitando paneles informativos sobre los

personajes ilustres que dan nombre a nuestras calles………………………………………….140

ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS PERSONALES

12.- Moción que presenta D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, Concejal

del Grupo Municipal Socialista, solicitando la creación del mercadillo del arte en

Santa Cruz……………………………………………………………………………………………………………….141

13.- Moción que presenta D. ª Amaya Conde Martínez, Concejal del Grupo

Municipal Socialista, solicitando la creación de un espacio cultural polivalente……142

14.- Moción que presenta D. Guillermo Guigou Suárez, Concejal de

Ciudadanos de Santa Cruz, al objeto de solicitar información al Excmo. Cabildo

Insular sobre la puesta en marcha de la Casa Siliuto, como Casa de la

Juventud……………………………………………………………………………………………………………………142

15.- Moción que presenta D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, Concejal

del Grupo Municipal Socialista, solicitando que los programas solidarios incluyan

pañales y leche de continuidad para niños y niñas………………………………………………..143

16.- Moción que presenta D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, Concejal

del Grupo Municipal Socialista, solicitando la creación de la Escuela Municipal de

Restauración de Patrimonio…………………………………………………………………………………….144

ÁREA DE GOBIERNO DE CALIDAD AMBIENTAL Y SERVICIOS PÚBLICOS

17.- Moción que presenta D. ª Marián Franquet Navarro, Concejal del Grupo

Municipal Socialista, solicitando se gestionen con las empresas de radio taxis el

envío de SMS, para que puedan solicitar el servicio personas sordas…………………144

ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS TERRITORIALES

18.- Moción que presenta D. José Ángel Martín Bethencourt, Concejal del

Grupo Municipal Socialista, solicitando se estudie la legalidad, y en su caso se

insten las acciones necesarias, de las múltiples vallas publicitarias que se ubican a

los márgenes de las entradas tanto por la autopista del norte como la del sur a

Santa Cruz……………………………………………………………………………………………………………….145

PARTE DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN

19.- Pregunta que formula D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, Concejal

del Grupo Municipal Socialista, solicitando información sobre el programa de

educación ambiental referido a jardines y parques sostenibles de nuestro

municipio………………………………………………………………………………………………………………….146

4

20.- Pregunta que formula D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, Concejal

del Grupo Municipal Socialista, en relación a la moción llevada a pleno de diciembre

de 2009 solicitando medidas urgentes en el proyecto de rehabilitación del Templo

Masónico en la calle San Lucas……………………………………………………………………………….147

21.- Pregunta que formula D. ª Amaya Conde Martínez, Concejal del Grupo

Municipal Socialista, sobre la ubicación de la Escuela de Música………………………….148

22.- Pregunta que formula D. Guillermo Guigou Suárez, Concejal de

Ciudadanos de Santa Cruz, en relación con el servicio de absentismo

escolar………………………………………………………………………………………………………………………148

23.- Pregunta que formula D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, Concejal

del Grupo Municipal Socialista, en relación con los acuerdos plenarios sobre

rehabilitación del Parque Las Indias……………………………………………………………………….149

24.- Pregunta que formula D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, Concejal

del Grupo Municipal Socialista, en relación con los acuerdos plenarios sobre la

creación de una Red de Casas de la Juventud……………………………………………………….149

25.- Pregunta que formula D. Florentino Guzmán Plasencia Medina, Concejal

del Grupo Municipal Socialista, en relación con los acuerdos plenarios relativos a la

creación de una Red de Escuelas Infantiles……………………………………………………………150

26.- Pregunta que formula D. José Ángel Martín Bethencourt, Concejal del

Grupo Municipal Socialista, sobre el estado financiero de la Corporación

Municipal…………………………………………………………………………………………………………………..150

27.- Pregunta que formula D. ª Marián Franquet Navarro, Concejal del Grupo

Municipal Socialista, sobre la introducción de criterios sociales en la contratación

pública………………………………………………………………………………………………………………………151

28.-Pregunta que formula D. ª Marián Franquet Navarro, Concejal del Grupo

Municipal Socialista, sobre las actuaciones realizadas en la Fuente de la Plaza

Weyler………………………………………………………………………………………………………………………152

29.- Pregunta que formula D. Ángel Isidro Guimerá Gil, Concejal de

Ciudadanos de Santa Cruz, sobre la situación financiera del Excmo.

Ayuntamiento……………………………………………………………………………………………………………153

30.- Pregunta que formula D. ª Amaya Conde Martínez, Concejal del grupo

Municipal Socialista, en relación con el campo de fútbol de Añaza……………………….153

ASUNTO FUERA DEL ORDEN DEL DÍA

1.-Reglamento Municipal Regulador de la Distribución Gratuita de Alimentos…….154

31.- Preguntas relativas a informaciones no facilitadas, en aplicación del art.

11.2 del Estatuto del Concejal y de los Grupos Políticos……………………………………….166

5

a) Sobre diversas facturas del Festival Arco Iris.

b) Sobre Residencias de Mayores.

32.- Ruegos y Preguntas………………………………………………………………………………167

ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS CENTRALES

1.- APROBACIÓN SI PROCEDE DE LAS ACTAS CORRESPONDIENTES A

LAS SESIONES DE LOS DÍAS 25 DE FEBRERO, 29 DE JULIO, 5 Y 26 DE

NOVIEMBRE, 23 Y 28 DE DICIEMBRE DE 2010 Y 21 DE ENERO DE 2011.

Dada cuenta de las actas de las sesiones plenarias correspondientes a los días 25

de febrero, 5 y 26 de noviembre, 23 y 28 de diciembre de 2010 y 21 de enero de

2011, quedaron aprobadas por unanimidad.

2.- DACIÓN DE CUENTA DE LOS DECRETOS Y RESOLUCIONES DE

ÓRGANOS UNIPERSONALES DESDE EL DÍA 21 DE ENERO HASTA LA FECHA.

El Excmo. Ayuntamiento Pleno queda enterado de los Decretos y Resoluciones de

los Órganos Unipersonales desde el día 21 de enero hasta la fecha.

3.- DECRETO DEL EXCMO. SR. D. MIGUEL ZEROLO AGUILAR,

ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE

TENERIFE, DE FECHA 11/01/2011, RELATIVO AL ESTABLECIMIENTO DE

ADAPTACIONES ORGANIZATIVAS EN LA ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE

ÓRGANOS DIRECTIVOS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS MUNICIPALES, A

EFECTOS DE TOMA DE RAZÓN.

El Pleno del Excmo. Ayuntamiento, tomó razón del Decreto del Excmo. Sr. Don

Miguel Zerolo Aguilar, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz

de Tenerife, de fecha 11 de enero de 2011, relativo al establecimiento de

adaptaciones organizativas en la estructura y funciones de órganos y unidades

administrativas municipales, que a continuación se transcribe:

DECRETO ORGANIZATIVO DEL EXCMO. SR. DON MIGUEL ZEROLO AGUILAR,

ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE

TENERIFE /// EN SANTA CRUZ DE TENERIFE, A ONCE DE ENERO DE DOS

MIL ONCE.

ASUNTO: ESTABLECIMIENTO DE ADAPTACIONES ORGANIZATIVAS EN LA

ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE ÓRGANOS DIRECTIVOS Y UNIDADES

ADMINISTRATIVAS MUNICIPALES.

-ANTECEDENTES-

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I.- Con motivo de la recesión y posterior confirmación de la situación de crisis

económica, por este Ayuntamiento se hace necesario adoptar una serie de medidas

operativas y organizativas. A tal fin, han de tomarse en consideración

determinados razonamientos y aspectos propuestos por el equipo constituido en el

seno de la Subcomisión Técnica creada por Decreto de esta Alcaldía, de 14 de julio

de 2010, para el estudio y propuesta de medidas estratégicas para el ahorro de

gasto en el sector público municipal. Esta necesidad de reestructuración

organizativa, que necesariamente debe pasar por una reordenación y simplificación

de las estructuras municipales y con una reducción del gasto en el sector público

municipal debe garantizar que no se produzca un menoscabo de la gestión

administrativa en los diferentes ámbitos de la organización municipal. Estas

circunstancias, consideradas en su conjunto, motivan la necesidad de adoptar una

primera serie de medidas organizativas que forman parte del presente Decreto, que

además resultarán completadas con otras que, estén o no directamente vinculadas

con dichos objetivos prioritarios, contribuyen a racionalizar el uso de los recursos

existentes, no suponiendo –en ningún caso- un incremento de los mismos, al tiempo que generan economías para este Ayuntamiento.

II.- A los fines expuestos, a través del presente Decreto se efectúa una

reestructuración que, en el nivel de Áreas de Gobierno, se singulariza en el ámbito

del Área de Calidad Ambiental, Seguridad y Servicios Públicos, en la que se

contempla la integración de las materias de infraestructura y obras. Ha de tenerse

en cuenta que mediante acuerdo plenario de 4 de marzo de 2002 se produjo una

revisión y adaptación de la estructura organizativa del entonces denominado Sector

Funcional de Servicios Territoriales, cuyo principal objetivo era concentrar en la

Gerencia Municipal de Urbanismo todas las competencias municipales relacionadas

con el desarrollo urbanístico del territorio y la realización de obras municipales, por

lo que, en consecuencia, la Gerencia Municipal de Urbanismo asumió todas las

materias que correspondían al Sector Funcional de Servicios Territoriales, integrado

por el Servicio de Proyectos Urbanos, Infraestructuras y Obras, al cuál se adscribió

el personal del Área de Infraestructura y Servicios que pasaba a desarrollar las

funciones incorporadas a dicho Organismo. De este modo, tal y como se señalaba

en dicho acuerdo plenario, el Servicio de Proyectos Urbanos, Infraestructuras y

Obras se configuraba como un servicio que “elabora propuestas, ejecuta y controla

proyectos urbanos de infraestructuras y obras”. Asimismo, se produjo la aprobación

de la estructura y funciones del entonces denominado Sector Funcional de Calidad

Ambiental, Seguridad y Servicios Públicos integrado, entre otros, por el Servicio de

Gestión de Servicios Públicos y por sus Secciones (Sección de mantenimiento de la

ciudad, Sección de edificios públicos y Sección de Transportes), que asumió las

funciones del hasta entonces Área de Infraestructura y Servicios, a excepción de las

funciones que correspondían a la realización de obras, que se trasladó al Sector de

Servicios Territoriales.

Todo ello conllevó las correspondientes modificaciones de los Estatutos de la

Gerencia Municipal de Urbanismo y de la Relación de Puestos de Trabajo de esta

Corporación por la que se adscribió al Servicio de Proyectos Urbanos,

Infraestructura y Obras del Sector de Servicios Territoriales el personal del antiguo

Área de Infraestructura y Servicios, manteniéndose como funcionarios del

Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, conforme a lo señalado en al Disposición

Transitoria Única de los modificados Estatutos del Organismo Autónomo.

La nueva modificación organizativa que se plantea en este Decreto viene

fundamentada, principalmente, en la existencia de una clara diferencia entre los

fines planificadores del Organismo Autónomo Gerencia Municipal de Urbanismo y

los fines ejecutivos del Servicio de Proyectos Urbanos, Infraestructuras y Obras, tal

y como se reconoce ya desde el acuerdo plenario de 4 de marzo de 2002, lo que ha

generado en la práctica ciertas disfunciones principalmente en el ámbito práctico y

7

operativo, que hacen necesaria la disgregación en estos momentos planteada;

asimismo, se regula en el Decreto una unificación en la gestión integral de las

materias de infraestructuras, obras y servicios públicos, diseñándose una

especialización de unidades de carácter técnico por una parte y administrativo por

otra, con la finalidad de racionalizar y ordenar los recursos necesarios y disponibles.

III.- Por otra parte, es objeto del presente Decreto afrontar una primera, y no

necesariamente definitiva, minoración del número de centros directivos, lo que ha

de hacerse en proporción a la nueva dimensión de las Áreas, agrupando funciones

directivas de naturaleza homogénea con criterios de eficiencia y economía de

medios; evitando la dispersión y duplicidad en el ejercicio de funciones directivas;

especializando las funciones directivas de naturaleza organizativa, planificadora,

coordinadora y transversal y las de naturaleza operativa y ejecutiva. Se adoptan

además decisiones que tienen por objeto integrar en un solo órgano colegiado a

todos los directivos municipales que deban proponer y ejecutar los criterios e

instrumentos de planificación establecidos y corresponsabilizar a los órganos

directivos de carácter ejecutivo y sectorial en la tarea de planificación, con el objeto

de garantizar el buen fin de los criterios e instrumentos planificadores.

Con la finalidad de adaptar la organización de las unidades administrativas

municipales a los objetivos expuestos, se efectúan en este Decreto las adaptaciones

necesarias, que incluyen supresión de cinco unidades administrativas, que se

completan con la supresión de determinadas Jefaturas de Oficina de Distrito y la

modificación de otras, creación de cuatro nuevas unidades y hasta un total de diez

modificaciones que afectan bien a la denominación, funciones específicas o

dependencia orgánica de aquéllas. En su conjunto, estas adaptaciones responden a

la necesidad y oportunidad de redefinir el soporte administrativo a determinados

órganos institucionales a través de una única Sección de Gestión; a la

rentabilización de los recursos de carácter técnico superior destinados a las Oficinas

de Distrito y, en general, a la simplificación y especialización de unidades que

puedan asumir funciones de carácter homogéneo. En particular, y en la

consideración de que tanto la materia de comunicación, en su más amplia

expresión, como la calidad y sus correspondientes planes, forman parte intrínseca

de las atribuciones del órgano directivo competente en materia de organización, se

regula en este Decreto la atribución directa al citado órgano de tal ejercicio,

asumiéndose de forma directa por aquél tales materias, lo que hace innecesario un

mayor desarrollo administrativo en unidades de naturaleza inferior en tanto que los

recursos precisos pueden serle asignados de forma directa.

-FUNDAMENTOS DE DERECHO-

I.- El artículo 124.4.k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del

Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de

modernización del gobierno local (en lo sucesivo, LRBRL), en relación con lo

dispuesto en el artículo 8.1 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la

Administración de este Excmo. Ayuntamiento (ROGA), determina que compete al

Alcalde establecer la organización y estructura de la Administración municipal

ejecutiva, sin perjuicio de las competencias del Pleno, y por tanto la creación,

modificación o supresión, en su caso, de los órganos directivos con rango de

Coordinador General, Director General o equivalente.

II.- El artículo 41 del ROGA, en su número 2, determina que las Direcciones

Generales u órganos asimilados podrán organizarse en Subdirecciones Generales,

Departamentos, Servicios, Secciones y otras unidades inferiores o asimiladas,

pudiendo depender también estas unidades administrativas directamente de los

Coordinadores Generales. Por su parte, de conformidad con lo establecido en el

artículo 8.2 del ROGA, las unidades administrativas de nivel inferior a

8

Departamento y los demás puestos de trabajo se crean, modifican o suprimen a

propuesta del titular del Área de Gobierno respectiva, a través de la relación de

puestos de trabajo (R.P.T.), que se aprobará de acuerdo con su regulación

específica –compete a la Junta de Gobierno de la Ciudad conforme a las previsiones

del artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del

Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de

modernización del gobierno local-. Resultarán igualmente de aplicación las

disposiciones establecidas al respecto en el Estatuto Básico del Empleado Público.

III.- De conformidad con lo que se establece en el artículo 42 del ROGA, que

regula la ordenación jerárquica de las Áreas:

- Los Concejales de Gobierno y Consejeros de Gobierno son los máximos

responsables del Área de Gobierno correspondiente. Los Concejales de

Coordinación y los Concejales Delegados dependen directamente de los

anteriores y ejercen la superior dirección en sus respectivos ámbitos.

- Los órganos directivos dependen de alguno de los anteriores y se ordenan

jerárquicamente del siguiente modo: Coordinador General, Director General y

los órganos asimilados a éstos.

- Excepcionalmente, cuando así se prevea en el propio ROGA o en los Decretos

del Alcalde de organización administrativa, un órgano directivo podrá depender

de otro órgano directivo del mismo rango.

IV.- El presente Decreto no está sometido a fiscalización previa de la Intervención

General, dada su naturaleza organizativa.

En virtud de todo ello,

DISPONGO:

PRIMERO.- Adaptaciones en el nivel de Áreas de Gobierno.-

I.- El Área de Gobierno de Calidad Ambiental, Seguridad y Servicios Públicos

modifica su denominación por la de Área de Gobierno de Calidad Ambiental,

Seguridad, Infraestructura y Servicios Públicos.

IV.- Se mantienen las Áreas de Gobierno de Servicios Centrales, de Servicios

Personales y de Servicios Territoriales con su actual denominación, sin perjuicio de

los restantes ajustes organizativos que se contemplan en el presente Decreto.

SEGUNDO.- Adaptaciones en el nivel de órganos directivos.-

I.- Se crea el Comité de Dirección en el ámbito del Área de Gobierno de Servicios

Centrales, en el que quedan integrados la totalidad de los órganos directivos del

Ejecutivo municipal.

II.- Se suprimen los siguientes órganos directivos:

1. Dirección General de Empleo.

2. Dirección General de Participación Ciudadana y Mujer.

3. Dirección General de Seguridad Ciudadana y Protección Civil.

4. Dirección General de Planificación Territorial.

III.- Se establecen las siguientes adaptaciones en relación con órganos directivos

existentes:

9

1. El órgano directivo denominado Dirección General de Organización, Planificación

Estratégica y Régimen Interno modifica tal denominación por la de Dirección

General de Organización, Planificación y Régimen Interno, en el ámbito del Área

de Gobierno de Servicios Centrales. Este órgano asumirá, además de aquellas

otras que se regulan en este Decreto, las atribuciones en materias de calidad y

comunicación hasta el momento asignadas a la Dirección General de Promoción

Tecnológica y Protección de Datos, así como la dirección de las tareas de apoyo

y soporte administrativo a la Alcaldía y a su Gabinete, hasta el momento

asignadas a la Dirección General de Administración y Soporte de Alcaldía.

2. El órgano directivo denominado Dirección General de Administración y Soporte

de Alcaldía modifica tal denominación por la de Dirección General de

Administración y Gestión de Recursos, en el ámbito del Área de Gobierno de

Servicios Centrales. Este órgano asumirá la dirección de las unidades

administrativas competentes en materia de Administración Interna, Patrimonio

y Contratación, así como las atribuciones propias de la Dirección General de

Empleo, órgano directivo que se suprime en virtud del presente Decreto, y

aquellas otras que se regulan en este Decreto, en especial las relacionadas con

la coordinación de sociedades municipales y de las Oficinas de Distrito.

3. El órgano directivo denominado Dirección General de Calidad Ambiental y

Servicios Públicos modifica tal denominación por la de Dirección General de

Calidad Ambiental, Infraestructura y Servicios Públicos, en el ámbito del Área de

Gobierno de Calidad Ambiental, Seguridad, Infraestructura y Servicios Públicos.

Este órgano asumirá la dirección de las unidades administrativas competentes

en materias de infraestructuras, obras, servicios públicos y calidad ambiental.

4. El órgano directivo denominado Coordinación General del Área de Servicios

Centrales modifica su denominación por la de Coordinación General de

Economía, Hacienda, Personal y Gestión de Recursos; en el ámbito del Área de

Gobierno de Servicios Centrales, ejercerá funciones de coordinación de los

órganos directivos competentes en las materias de economía, hacienda,

personal y administración y gestión de recursos.

5. El órgano directivo denominado Coordinación General del Área de Servicios

Personales modifica su denominación por la de Coordinación General de

Organismos Autónomos y Programas Transversales; en el ámbito del Área de

Gobierno de Servicios Personales ejercerá funciones de coordinación de los

organismos autónomos adscritos al Área y asumirá atribuciones de

coordinación de programas transversales provenientes de la Dirección General

de Participación Ciudadana y Mujer, órgano directivo que se suprime en virtud

del presente Decreto.

TERCERO.- Adaptaciones en el nivel de unidades administrativas.-

I.- Se suprimen las siguientes unidades administrativas:

1. La Oficina del Tribunal Económico-Administrativo Municipal. Los puestos

actualmente asignados a la Oficina pasan a integrarse en la Sección de Gestión

de la Secretaría General del Pleno.

2. La Sección de Servicios de Soporte, dependiente del Servicio de Organización,

Planificación y Régimen Interno. Los puestos actualmente asignados a la citada

Sección se integrarán en la unidad administrativa que se regula en el presente

Decreto.

10

3. La Sección de Planificación, dependiente del Servicio de Organización,

Planificación y Régimen Interno. Los puestos actualmente asignados a la citada

Sección se integrarán en la unidad administrativa que se regula en el presente

Decreto.

4. La Sección de Calidad y Comunicación Electrónica. Los puestos actualmente

asignados a la citada Sección se integrarán como puestos de apoyo específico a

la Dirección General de Organización, Planificación y Régimen Interno.

5. El Servicio de Mujer. Los puestos actualmente asignados al citado Servicio se

integrarán en la unidad administrativa que se regula en el presente Decreto.

II.- Se crean las siguientes unidades administrativas:

1. La Sección de Organización y Planificación, dependiente del Servicio de

Organización, Planificación y Régimen Interno (Dirección General de

Organización, Planificación y Régimen Interno, en el ámbito del Área de

Gobierno de Servicios Centrales). Se integrarán en ella los puestos asignados a

la suprimida Sección de Planificación.

2. La Sección de Régimen Interno, dependiente del Servicio de Organización,

Planificación y Régimen Interno (Dirección General de Organización,

Planificación y Régimen Interno, en el ámbito del Área de Gobierno de Servicios

Centrales). Se integrarán en ella los puestos asignados a la suprimida Sección

de Servicios de Soporte.

3. La Sección de Coordinación de Programas, dependiente del Servicio de

Coordinación de Distritos y Entes Instrumentales (Dirección General de

Administración y Gestión de Recursos, en el ámbito del Área de Gobierno de

Servicios Centrales).

4. La Sección de Soporte Técnico-Jurídico, dependiente del Servicio de

Coordinación de Distritos y Entes Instrumentales (Dirección General de

Administración y Gestión de Recursos, en el ámbito del Área de Gobierno de

Servicios Centrales).

III.- Se modifican en su denominación y/o dependencia orgánica las siguientes

unidades administrativas:

1. El Servicio de Promoción Tecnológica, Calidad y Protección de Datos modifica su

denominación por la de Servicio de Promoción Tecnológica y Protección de

Datos y, junto con su Sección de Informática y Telecomunicaciones, mantiene

su dependencia respecto de la Dirección General de Promoción Tecnológica y

Protección de Datos, en el ámbito del Área de Gobierno de Servicios Centrales.

2. El Servicio de Administración Interna, Patrimonio y Contratación y sus unidades

administrativas dependientes (Sección de Patrimonio, Sección de Servicios

Comunes y Negociado de Gestión del Archivo Municipal) pasan a depender de la

Dirección General de Administración y Gestión de Recursos, en el ámbito del

Área de Gobierno de Servicios Centrales.

3. El Servicio de Coordinación y Control de Organización y Gestión de Sociedades

Mercantiles modifica su denominación por la de Servicio de Coordinación de

Distritos y Entes Instrumentales. Este Servicio dependerá orgánicamente de la

Dirección General de Administración y Gestión de Recursos, en el ámbito del

Área de Gobierno de Servicios Centrales.

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4. El Servicio para el Fomento de la Participación Ciudadana, Cooperación al

Desarrollo y Nueva Vecindad modifica su denominación por la de Servicio para

el Fomento de la Participación Ciudadana, Cooperación al Desarrollo, Nueva

Vecindad y Mujer, pasando a depender orgánicamente de la Coordinación

General de Organismos Autónomos y Programas Transversales, en el ámbito del

Área de Servicios Personales.

5. El Departamento de Coordinación y Gestión de Recursos del Área de Gobierno

de Servicios Centrales modifica su denominación por la de Sección de Soporte

Administrativo, bajo la dependencia de la Coordinación General de Economía,

Hacienda, Personal y Gestión de Recursos del Área de Servicios Centrales.

6. El Departamento de Coordinación y Gestión de Recursos del Área de Gobierno

de Servicios Personales modifica su denominación por la de Sección de Soporte

Administrativo, bajo la dependencia de la Coordinación General de Organismos

Autónomos y Programas Transversales del Área de Servicios Personales.

7. El Departamento de Coordinación y Gestión de Recursos del Área de Gobierno

de Calidad Ambiental, Seguridad y Servicios Públicos modifica su denominación

por la de Sección de Soporte Administrativo, bajo la dependencia del Servicio

Administrativo de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, dependiente de la

Dirección General de Calidad Ambiental, Infraestructura y Servicios Públicos, en

el ámbito del Área de Gobierno de Calidad Ambiental, Seguridad,

Infraestructura y Servicios Públicos.

8. El Servicio de Gestión y Control de Servicios Públicos modifica su denominación

por la de Servicio Administrativo de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos,

dependiente de la Dirección General de Calidad Ambiental, Infraestructura y

Servicios Públicos, en el ámbito del Área de Gobierno de Calidad Ambiental,

Seguridad, Infraestructura y Servicios Públicos.

9. El Servicio de Proyectos Urbanos, Infraestructura y Obras modifica su

denominación por la de Servicio Técnico de Infraestructura, Obras y Servicios

Públicos; tanto este Servicio como su unidad administrativa dependiente

(Sección de Proyectos Urbanos y Obras), actualmente adscritos al Organismo

Autónomo Gerencia Municipal de Urbanismo, se readscriben a la Administración

del Ayuntamiento, bajo la dependencia de la Dirección General de Calidad

Ambiental, Infraestructura y Servicios Públicos.

10. Las unidades con funciones de naturaleza primordialmente técnica actualmente

dependientes del Servicio de Gestión y Control de Servicios Públicos, en tanto

que este Servicio pasa a reconvertirse en un Servicio específicamente

administrativo, modifican tal dependencia, pasando a organizarse en el ámbito

del Servicio Técnico de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.

CUARTO.- Adscripción de las Sociedades de capital municipal.-

Con el objeto de fomentar los criterios e instrumentos de planificación, organización

y gestión, así como de mejorar los procesos de relación entre el Ayuntamiento y los

entes instrumentales en general, y de conformidad con las decisiones organizativas

que se contemplan en el Dispositivo SEGUNDO, apartado III.2 y TERCERO,

apartado III.3 del presente Decreto, la Sociedad de Desarrollo de Santa Cruz de

Tenerife, S.A. y la Sociedad Viviendas, Proyectos y Obras Municipales, S.A. quedan

vinculadas, en ambos casos y sin perjuicio del resto de relaciones operativas y

funcionales que deban existir respecto de las demás, al Área de Gobierno de

Servicios Centrales, materializándose sus relaciones administrativas y de

12

coordinación con la Administración Municipal a través del Servicio de Coordinación

de Distritos y Entes Instrumentales, dependiente de la Dirección General de

Administración y Gestión de Recursos.

QUINTO.- Actualización del esquema organizativo municipal.-

Se aprueba la actualización del esquema organizativo de los órganos y Áreas de

Gobierno municipales, con arreglo al siguiente contenido:

A.- ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS CENTRALES

ALCALDÍA-PRESIDENCIA

- Gabinete del Alcalde

PLENO

COMISIÓN ESPECIAL DE SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES

CONSEJO SOCIAL DE LA CIUDAD

TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL

- SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

- DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON EL PLENO

- SECRETARÍA-DIRECCIÓN DEL TRIBUNAL ECONÓMICO

ADMINISTRATIVO MUNICIPAL

- Sección de Gestión de la Secretaría General del Pleno

A.1.- ÓRGANOS DIRECTIVOS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS (ALCALDÍA-

PRESIDENCIA):

DIRECCIÓN GENERAL DE ORGANIZACIÓN, PLANIFICACIÓN Y RÉGIMEN

INTERNO.

- Servicio de Organización, Planificación y Régimen Interno.

- Sección de Organización y Planificación.

- Sección de Régimen Interno.

- Sección de Atención e Información Ciudadana.

- Oficinas de Atención e Información al Ciudadano (OAIC).

- Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC).

- Negociado de Población y Demarcación Territorial.

DIRECCIÓN DEL SERVICIO JURÍDICO-ASESORÍA JURÍDICA.

- Sección de Asistencia y Defensa Jurídica.

DIRECCIÓN DE LA OFICINA DEL SECRETARIO DE LA JUNTA DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD.

13

A.2.- ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO Y DIRECCIÓN (ALCALDÍA-

PRESIDENCIA):

JUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD.

COMITÉ DE DIRECCIÓN

A.3.- ÓRGANOS DIRECTIVOS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS ÁREA:

COORDINACIÓN GENERAL DE ECONOMÍA, HACIENDA, PERSONAL Y

GESTIÓN DE RECURSOS

- Sección de Soporte Administrativo.

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS.

- Servicio de Recursos Humanos.

- Sección de Gestión de Recursos Humanos.

- Negociado de Prevención de Riesgos Laborales.

- Sección de Formación.

- Sección de Selección y Promoción.

- Sección de Coordinación y Planificación de Recursos Humanos.

- Sección de Organización de Recursos Humanos.

DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA.

TESORERÍA Y CONTABILIDAD

- Servicio de Hacienda.

- Sección de Gestión del Gasto.

- Sección de Caja y Pagos.

- Sección de Contabilidad.

- Servicio de Gestión Tributaria.

- Sección de Recaudación.

- Sección de Inspección Tributaria.

- Sección de Gestión de Ingresos.

- Negociado de Colaboración Catastral.

- Servicio de Gestión Presupuestaria.

- Gabinete Presupuestario.

INTERVENCIÓN GENERAL MUNICIPAL

- Servicio de Fiscalización.

- Sección de Control Interno Previo.

- Sección de Control Interno Posterior y Financiero.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DE RECURSOS.

- Servicio de Coordinación de Distritos y Entes Instrumentales

- Sección de Coordinación de Programas

- Sección de Soporte Técnico-Jurídico

- Servicio de Administración Interna, Patrimonio y Contratación.

- Sección de Patrimonio.

- Sección de Servicios Comunes.

- Negociado de Gestión del Archivo Municipal.

- Museo - Biblioteca

- Banda Municipal de Música

14

DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN TECNOCLÓGICA Y PROTECCIÓN DE

DATOS.

- Servicio de Promoción Tecnológica y Protección de Datos.

- Sección de Informática y Telecomunicaciones.

DIRECCIONES TERRITORIALES DE DISTRITO

- Oficinas de Distrito.

A.4.- ÓRGANOS PARTICIPATIVOS ÁREA:

TAGOROS DE DISTRITO

A.5.- SOCIEDADES MUNICIPALES VINCULADAS AL ÁREA:

SOCIEDAD DE DESARROLLO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, S.A.

VIVIENDAS, PROYECTOS Y OBRAS MUNICIPALES, S.A.

B.- ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS PERSONALES

B.1.- ÓRGANOS DIRECTIVOS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS:

COORDINACIÓN GENERAL DE ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y PROGRAMAS

TRANSVERSALES

- Sección de Soporte Administrativo.

- Servicio para el Fomento de la Participación Ciudadana, Cooperación al

Desarrollo, Nueva Vecindad y Mujer.

B.2.- ORGANISMOS AUTÓNOMOS ADSCRITOS:

ORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO MUNICIPAL DE ATENCIÓN SOCIAL

ORGANISMO AUTÓNOMO DE CULTURA

ORGANISMO AUTÓNOMO DE DEPORTES

ORGANISMO AUTÓNOMO DE FIESTAS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS

B.3.- ÓRGANOS PARTICIPATIVOS:

- CONSEJO MUNICIPAL DE SERVICIOS SOCIALES

- CONSEJOS MUNICIPALES DE SECTOR DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

- CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER

- CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL

C.- ÁREA DE GOBIERNO DE CALIDAD AMBIENTAL, SEGURIDAD,

INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS.

C.1.- ÓRGANOS DIRECTIVOS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS (CALIDAD

AMBIENTAL, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS):

DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD AMBIENTAL, INFRAESTRUCTURA Y

SERVICIOS PÚBLICOS.

- Servicio de Control y Gestión Medioambiental.

- Sección de Evaluación Ambiental del Territorio.

- Negociado de Protección de Espacios Naturales y Litoral.

- Servicio Técnico de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.

- Sección de Proyectos Urbanos y Obras.

15

- Sección de Mantenimiento de la Ciudad.

- Negociado de Parques y Jardines.

- Sección de Edificios Públicos.

- Negociado de Mantenimiento.

- Sección de Transportes y Ciclo Integral del Agua.

- Servicio Administrativo de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.

- Sección de Soporte Administrativo.

C.2.- UNIDADES ADMINISTRATIVAS (SEGURIDAD):

- Servicio de Seguridad Ciudadana y Vial.

- Sección de Seguridad Vial y ordenación de la circulación.

- Negociado de Disciplina Vial.

- Sección de Protección Civil.

POLICÍA LOCAL

- Unidad de Intervención de la Policía Local-UNIPOL

D.- ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS TERRITORIALES

ORGANISMOS AUTÓNOMOS ADSCRITOS:

ORGANISMO AUTÓNOMO GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO

SEXTO.- Adaptación de atribuciones y funciones de órganos directivos y

unidades administrativas.-

Por la Dirección General de Organización, Planificación y Régimen Interno, en el

plazo de cinco días hábiles, se propondrá a esta Alcaldía la adaptación competencial

que, en materia de atribuciones y funciones, corresponderá a cada uno de los

órganos directivos y unidades administrativas municipales conforme a las

disposiciones organizativas que se contienen en este Decreto.

SÉPTIMO.- Subsistencias y equivalencias de órganos directivos y unidades

administrativas.-

I.- Se determina expresamente la equivalencia entre los órganos directivos

existentes hasta el día de la fecha que, conforme a lo previsto en el presente

Decreto, hayan sido modificados en su denominación, en relación con su nueva

definición, así como la subsistencia de aquéllos. En consecuencia, las subsistencias

y equivalencias quedan determinadas como sigue:

Denominación anterior. Denominación actualizada.

- Dirección General de Organización,

Planificación Estratégica y Régimen

Interno.

- Dirección General de Organización,

Planificación y Régimen Interno.

- Dirección General de Administración

y Soporte de Alcaldía.

- Dirección General Administración y

Gestión de Recursos.

- Dirección General de Calidad

Ambiental y Servicios Públicos.

- Dirección General de Calidad

Ambiental, Infraestructura y Servicios

Públicos.

- Coordinación General del Área de

Servicios Centrales.

- Coordinación General de Economía,

Hacienda, Personal y Gestión de

Recursos.

16

- Coordinación General del Área de

Servicios Personales.

- Coordinación General de Organismos

Autónomos y Programas

Transversales.

II.- Se determina expresamente la equivalencia entre las unidades administrativas

existentes hasta el día de la fecha que, conforme a lo previsto en este Decreto,

hayan sido modificados en su denominación, en relación con su nueva definición,

así como la subsistencia de aquéllas. En consecuencia, las subsistencias y

equivalencias quedan determinadas como sigue:

Denominación anterior. Denominación actualizada.

- Servicio de Coordinación y Control

de Organización y Gestión de

Sociedades mercantiles.

- Servicio de Coordinación de Distritos

y Entes Instrumentales.

- Servicio para el Fomento de la

Participación Ciudadana,

Cooperación al Desarrollo y Nueva

Vecindad.

- Servicio para el Fomento de la

Participación Ciudadana, Cooperación

al Desarrollo, Nueva Vecindad y

Mujer.

- Departamento de Coordinación y

Gestión de Recursos del Área de

Servicios Centrales.

- Sección de Soporte Administrativo

(Área de Servicios Centrales)

- Departamento de Coordinación y

Gestión de Recursos del Área de

Servicios Personales.

- Sección de Soporte Administrativo

(Área de Servicios Personales)

- Departamento de Coordinación y

Gestión de Recursos del Área de

Calidad Ambiental, Seguridad y

Servicios Públicos.

- Sección de Soporte Administrativo

(Área de Calidad Ambiental,

Seguridad, Infraestructura y Servicios

Públicos)

- Servicio de Gestión y Control de

Servicios Públicos.

- Servicio Administrativo de

Infraestructura, Obras y Servicios

Públicos.

- Servicio de Proyectos Urbanos,

Infraestructuras y Obras.

- Servicio Técnico de Infraestructura,

Obras y Servicios Públicos.

OCTAVO.- Adaptaciones de la Relación de Puestos de Trabajo.-

Las adaptaciones que pudieren derivar de cualesquiera previsiones reguladas en el

presente Decreto y que afecten a la Relación de Puestos de Trabajo vigente, se

harán efectivas una vez efectuados por la Dirección General de Recursos Humanos

los trámites procedimentales correspondientes que resulten de aplicación.

NOVENO.- Adaptaciones operativas.

Por la Dirección General de Hacienda se tramitarán las adaptaciones

presupuestarias que resulten necesarias para dar operatividad al contenido del

presente Decreto organizativo. En concreto, en relación con las competencias que

se readscriben a la Administración municipal relacionadas con la materia de

infraestructura y obras, así como con la especialización de unidades técnicas y

administrativas que se produce en relación con la gestión de dichas materias

conjuntamente con la de servicios públicos, tanto los aspectos presupuestarios

como aquellos otros de naturaleza contractual, operativa y organizativa en general

deben ser planteados y examinados conjuntamente por los diferentes órganos

directivos municipales bajo la coordinación de la Dirección General de Organización,

Planificación y Régimen Interno que, en su caso, propondrá a esta Alcaldía la

adopción de las medidas transitorias que resulten necesarias para dar ejecutividad

a este Decreto.

17

DÉCIMO.- Disposición derogatoria y normalización reglamentaria.

a) Quedan derogadas todas aquellas disposiciones que, contenidas en los

precedentes Decretos organizativos de esta Alcaldía, resulten contrarias o

contradigan las que se establecen en virtud del presente Decreto.

b) Por la Dirección General de Organización, Planificación y Régimen Interno se

tramitarán con la debida urgencia las modificaciones reglamentarias y

estatutarias que resulten procedentes para la adaptación a las disposiciones

organizativas que se establecen en el presente Decreto, entre las que se

incluirán las normas de organización y funcionamiento del Comité de Dirección.

DÉCIMOPRIMERO.- Vigencia, comunicación y publicación.-

a) Se establece la vigencia del presente Decreto desde la fecha de su firma, con

las siguientes excepciones:

1. La supresión de órganos directivos que se regula en el Dispositivo SEGUNDO

tendrá efectos de 31 de enero de 2011. Dicha fecha de efectos podrá aplazarse,

previa propuesta conjunta y razonada de la Dirección General de Recursos

Humanos y de la Dirección General de Organización, Planificación y Régimen

Interno. Este aplazamiento, de ser autorizado, llevará aparejado a el

aplazamiento, a su vez y con carácter parcial, de la asunción por parte de otros

órganos directivos receptores de las atribuciones y responsabilidades que,

provenientes de los órganos a suprimir, se regulan en este Decreto y en el que

se ha de dictar en su desarrollo respecto de la redistribución de atribuciones.

2. Las adaptaciones en el nivel de unidades administrativas que representen

modificaciones de la relación de puestos de trabajo entrarán en vigor tras la

aprobación de éstas por la Junta de Gobierno de la Ciudad, de conformidad con

lo establecido en el artículo 8.2 del ROGA, artículo 127 de la Ley 7/1985, de 2

de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y disposiciones aplicables

previstas en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado

Público.

b) El presente Decreto se comunicará a las Concejalías y órganos directivos y será

objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Intranet

municipal, así como de dación de cuenta a la Junta de Gobierno de la Ciudad y

al Pleno.

El pleno quedó enterado.

4.- EXPEDIENTE RELATIVO AL PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE LA

ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO

DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, A EFECTOS DE APROBACIÓN INICIAL.

Visto el expediente de referencia, en relación con el Proyecto de modificación de la

Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de

Tenerife, propuesto por la Dirección General de Organización, Planificación y

Régimen Interno, y previa aprobación del Proyecto por la Junta de Gobierno de la

Ciudad en sesión celebrada el día 26 de enero de 2011 se eleva la siguiente

PROPUESTA de modificación al Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de

Tenerife a efectos de su aprobación inicial:

18

“ASUNTO: Proyecto de modificación de la Ordenanza General de Subvenciones del

Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

En relación con el asunto de referencia, se informa lo siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO

I.- Con fecha 28 de julio de 2010 por el Organismo Autónomo Instituto Municipal de

Atención Social se remite a esta Dirección General el proyecto de referencia; con

fecha 11 de agosto de 2010 se emitió informe de régimen interno por parte de esta

Dirección General, remitiéndose el expediente a la Intervención General con fecha

16 de agosto de 2010, a efectos de emisión de informe preceptivo.

II.- Mediante diligencia de la Intervención General, fechada a 7 de octubre de 2010,

se procedió a la devolución del expediente a esta Dirección General a los efectos de

que se incorporara informe de la Asesoría Jurídica. Con fecha 13 de octubre de

2010 se procedió a solicitar la emisión de informe a la Asesoría Jurídica, que fue

evacuado con fecha 15 de octubre de 2010, no formulándose observaciones al

proyecto de modificación.

III.- Con fecha 20 de octubre de 2010 fue remitido nuevamente el expediente a la

Intervención General a los efectos de emisión de informe; la Intervención General

emitió informe con fecha 9 de noviembre de 2010, en cuyo apartado cuarto se

realizaron una serie de observaciones en relación con el proyecto. Con fecha 12 de

noviembre de 2010 se dio traslado del contenido del informe de la Intervención

General al Organismo Autónomo Instituto Municipal de Atención Social a fin de que,

en su condición de promotor del proyecto de modificación, realizara las

manifestaciones que tuviera por oportunas en relación con las observaciones

efectuadas por la Intervención General. Mediante diligencia fechada a 23 de

noviembre de 2010 de la Gerente del Organismo Autónomo Instituto Municipal de

Atención Social, se remitió a esta Dirección General la reformulación del proyecto

de modificación de la Ordenanza General de Subvenciones, en el que se tomen en

consideración, en su totalidad, las observaciones realizadas por la Intervención

General.

IV.- Remitido nuevamente el expediente a la Intervención General con fecha 7 de

diciembre de 2010, se emitió por este órgano diligencia fechada a 13 de diciembre

de 2010 en la que se aduce a que teniendo en cuenta que el expediente ya fue

fiscalizado por esta Intervención, y visto que se ha procedido a la subsanación de

las deficiencias observadas, se devuelve el expediente para que continúe su

tramitación.

V.- Por otra parte, el artículo 18 de la vigente Ordenanza General de Subvenciones

de este Ayuntamiento, que regula el procedimiento ordinario de concesión de

subvenciones por concurrencia competitiva, regula en su número 3 que la

composición del órgano colegiado (competente para la emisión del informe

preceptivo con propuesta vinculante para el órgano concedente) será la que

establezcan las bases reguladoras, no pudiendo ser la misma inferior a cinco; no

obstante, en el párrafo siguiente dispone que “El mismo deberá estar compuesto

necesariamente por un Presidente, que será el Teniente de Alcalde responsable de

cada Área de Gobierno o persona en quien delegue, un Secretario, con voz pero sin

voto, figura que residirá en el Jefe de Servicio o funcionario en quien delegue y tres

vocales designados en las bases. Formarán parte en todo caso del órgano colegiado

el Secretario de la Corporación e Interventor o funcionarios en quienes deleguen.”

19

La redacción del artículo citado puede y debe ser modificada por las siguientes

razones:

a) Porque los responsables de las Áreas de Gobierno se regulan en el artículo

42 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración de este

Ayuntamiento bajo la figura de los Concejales o Consejeros de Gobierno,

pudiendo concurrir en los primeros, o no, el nombramiento de Teniente de

Alcalde.

b) Porque, en cualquier caso, el ejercicio de la presidencia de estos órganos

colegiados en el ámbito material de una competencia forma parte intrínseca

de las delegaciones conferidas a los Concejales (regulada en el Reglamento

Orgánico del Gobierno y de la Administración de este Ayuntamiento bajo la

denominación de Concejales Delegados).

c) Porque en el ámbito de la organización municipal, la unidad tramitadora de

subvenciones no tiene por qué ser necesariamente un Servicio.

d) Y, finalmente, porque la función de asesoramiento jurídico se encuentra

reservada por la Ley de Bases del Régimen Local, en su redacción dada por

la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de modernización del gobierno local, a

la Asesoría Jurídica, circunscribiéndose la competencia de los antiguos

Secretarios de la Corporación a la actual Secretaría General del Pleno.

Todas estas razones implican la necesidad de proponer una modificación de la

redacción de esta disposición.

OBJETO DEL PROYECTO DE MODIFICACIÓN

El proyecto de modificación de la Ordenanza General de Subvenciones de este

Excmo. Ayuntamiento tiene por objeto:

a) Incorporar al régimen jurídico al que se alude en la Ordenanza la referencia

al Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real

Decreto 887/2006, de 21 de julio), aprobado con posterioridad a la entrada

en vigor de la citada Ordenanza General de Subvenciones (modificación que

afecta al artículo 3.1 de la Ordenanza).

b) Incorporar a la Ordenanza todas las modalidades y formas de justificación

permitidas por la legislación vigente, y en particular, las modalidades de

“cuenta justificativa con aportación de informe de auditor” y la “cuenta

justificativa simplificada”, no contemplada en la Ordenanza Municipal vigente

(modificación que afecta a los artículos 27, apartados 1 y 4; 32 y 33 de la

Ordenanza).

c) Mejorar la referencia al régimen de garantías en relación a “pagos a cuenta”

o “abonos anticipados” (modificación que afecta al artículo 37.5 de la

Ordenanza).

d) Adaptar la composición del órgano colegiado competente para la emisión del

informe preceptivo con propuesta vinculante para el órgano concedente, que

ha de constituirse con motivo de la tramitación del procedimiento ordinario

para la concesión de subvenciones, a las denominaciones y marco

competencial de órganos y unidades administrativas, de conformidad con lo

20

previsto en la Ley de Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la

Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de modernización del gobierno local y en

el Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración de este

Ayuntamiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- El órgano competente para la aprobación de la modificación propuesta es el

Pleno de la Corporación [artículos 123.1 d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,

Reguladora de las Bases de Régimen Local], previa la aprobación del proyecto por

la Junta de Gobierno [artículo 127.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora

de las Bases de Régimen Local].

Resultan de aplicación a la tramitación del expediente las disposiciones que se

contienen en el Reglamento de procedimientos sobre materias de competencia del

Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife (BOP nº 74, de 19 de

mayo de 2006).

II.- En el expediente constan emitidos informes positivos por parte de la Asesoría

Jurídica (artículo 13.1.c del Reglamento del Servicio Jurídico del Excmo.

Ayuntamiento) y por parte de la Intervención General (artículo 4 del Real Decreto

1174/1987, de 18 de septiembre).

Tomando en consideración los antecedentes y fundamentos expuestos, se eleva a

la Junta de Gobierno de la Ciudad el siguiente PROYECTO DE MODIFICACIÓN DE

LA ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO

DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, a efectos de aprobación del citado Proyecto, y

posterior elevación al Pleno de esta Corporación:

PRIMERO.- La modificación tiene por objeto:

A).- Se modifica la redacción del apartado 1 del artículo 3 de la Ordenanza, al

objeto de su actualización y jerarquía normativa, quedando redactado de la

siguiente manera:

“Artículo 3.- Régimen Jurídico.

1.- Las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife se

regirán por la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el

Reglamento de la Ley General de Subvenciones (Real Decreto 887/2006, de 21 de

julio), la presente Ordenanza y por las Bases de Ejecución del Presupuesto y las

restantes normas de derecho administrativo.

(…)”.

B).- Se modifica la redacción del apartado 3 del artículo 18 de la Ordenanza,

quedando redactado de la siguiente manera:

“Artículo 18.- Procedimiento ordinario, la concurrencia competitiva

(...)

3.- La propuesta de concesión se formulará al órgano concedente por un órgano

colegiado a través del órgano instructor. El informe del órgano colegiado será de

emisión preceptiva y la propuesta que contenga vinculará al órgano concedente.

21

La composición del órgano colegiado será la que establezcan las bases reguladoras,

no pudiendo ser la misma inferior a cinco.

El mismo deberá estar compuesto necesariamente por un Presidente, que será el

Concejal o Consejero de Gobierno Delegado con facultades de dirección de la

unidad tramitadora del procedimiento o persona en quien delegue, un Secretario,

con voz pero sin voto, figura que residirá en el responsable administrativo de la

unidad tramitadora del procedimiento o funcionario en quien delegue y tres vocales

designados en las bases. Formarán parte en todo caso del órgano colegiado el

Asesor Jurídico o el Director del Servicio Jurídico y el Interventor General en el

ejercicio de sus respectivas funciones, o funcionarios en quienes deleguen.

(...).”.

C).- Se modifica la redacción de los apartados 1 y 4 del artículo 27 de la

Ordenanza, al objeto de incorporar todas las modalidades y formas de justificación

permitidas por la legislación vigente; en particular, las modalidades de “cuenta

justificativa con aportación de informe de auditor” y la “cuenta justificativa

simplificada”. La nueva redacción de dichos apartados que se modifican es la

siguiente:

“Artículo 27.- Justificación de las subvenciones públicas.

1.- La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la

consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención,

podrá revestir las siguientes modalidades:

a) Cuenta Justificativa.

b) Acreditación por módulos.

c) Presentación de estados contables.

(...)

4.- Los documentos justificativos deberán presentarse en el Registro General de la

Corporación y el plazo de justificación será como regla general de tres (3) meses

desde la terminación del plazo de ejecución de la actividad subvencionada, salvo

que en las bases reguladoras, o en la resolución de concesión, previa justificación,

se establezca otro plazo.”

D).- Con la misma finalidad expuesta en el apartado anterior, se modifica la

redacción del artículo 32 de la Ordenanza, quedando redactado de la siguiente

manera:

“Artículo 32.- Formas de documentar la justificación de subvenciones.

1.- La modalidad de justificación de subvenciones vendrá especificada en la

convocatoria de la subvención o en el texto del convenio de colaboración o de la

Resolución concediéndola y deberá revestir una de las siguientes formas:

a.- Cuenta justificativa del gasto realizado.

b.- Acreditación del gasto por módulos.

c.- Presentación de estados contables.

2.- La justificación mediante la modalidad de cuenta justificativa podrá adoptar

alguna de las siguientes formas:

a.- Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto

22

b.- Cuenta justificativa con aportación de informe de auditor

c.- Cuenta justificativa simplificada

3.- En el caso de que ni la convocatoria, ni el convenio o resolución de concesión,

especifiquen la modalidad de justificación a emplear, se aplicará la modalidad de

cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto.”

E).- Se modifica el título del artículo 33 “Justificación mediante rendición de cuenta

justificativa del gasto realizado”, con la finalidad de identificarlo con mayor claridad

con la justificación en la modalidad de cuenta justificativa con aportación de

justificantes de gasto, a la que se dedica su contenido que permanece sin

modificación.

En consecuencia, la nueva redacción es la siguiente:

“Artículo 33.- Justificación mediante cuenta justificativa con aportación de

justificantes de gasto.”

F).- Se adiciona un nuevo artículo (33.bis) dedicado a la modalidad de justificación

mediante cuenta justificativa con aportación de informe de auditor, que no se

contempla en el texto de la Ordenanza que se modifica.

La redacción de esta nueva disposición es la siguiente:

“Artículo 33.bis.- Justificación mediante cuenta justificativa con aportación de

informe de auditor.

1. Las bases reguladoras de la subvención podrán prever una reducción de la

información a incorporar en la memoria económica a que se refiere el artículo

anterior de esta Ordenanza siempre que:

a) La cuenta justificativa vaya acompañada de un informe de un auditor de cuentas

inscrito como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas dependiente

del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas.

b) El auditor de cuentas lleve a cabo la revisión de la cuenta justificativa con el

alcance que se determine en las bases reguladoras de la subvención, y con sujeción

a las normas de actuación y supervisión que, en su caso, proponga el órgano que

tenga atribuidas las competencias de control financiero de subvenciones en el

ámbito de la administración pública concedente.

c) La cuenta justificativa incorpore, además de la memoria de actuaciones a que se

refiere el artículo anterior de esta Ordenanza, una memoria económica abreviada,

cuyo contenido se establecerá en las bases reguladoras de la subvención, si bien,

como mínimo contendrá un estado representativo de los gastos incurridos en la

realización de las actividades subvencionadas, debidamente agrupados, y en su

caso, las cantidades inicialmente presupuestadas y las desviaciones acaecidas.

2. En aquellos casos en que el beneficiario esté obligado a auditar sus cuentas

anuales por un auditor sometido a la Ley de Auditoria de Cuentas, la revisión de la

cuenta justificativa se llevará a cabo por el mismo auditor, salvo que las bases

reguladoras prevean el nombramiento de otro auditor.

3. En el supuesto en que el beneficiario no esté obligado a auditar sus cuentas

anuales, la designación del auditor de cuentas será realizada por él, salvo que las

bases reguladoras de la subvención prevean su nombramiento por el órgano

concedente. El gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa podrá tener la

23

condición de gasto subvencionable cuando así lo establezcan dichas bases y hasta

el límite que en ellas se fije.

4. El beneficiario estará obligado a poner a disposición del auditor de cuentas

cuantos libros, registros y documentos le sean exigibles en aplicación de lo

dispuesto en el apartado f) del artículo 14.1 de la Ley General de Subvenciones, así

como a conservarlos al objeto de las actuaciones de comprobación y control

previstas en la Ley.

5. El contenido de la memoria económica abreviada se establecerá en las bases

reguladoras de la subvención, si bien como mínimo, contendrá un estado

representativo de los gastos incurridos en la realización de las actividades

subvencionadas, debidamente agrupados, y, en su caso, las cantidades inicialmente

presupuestadas y las desviaciones acaecidas.”

G).- Se adiciona un nuevo artículo (33.ter) dedicado a la modalidad de justificación

mediante cuenta justificativa simplificada, que no se contempla en el texto de la

Ordenanza que se modifica.

La redacción de esta nueva disposición es la siguiente:

“Artículo 33.ter.- Justificación mediante cuenta justificativa simplificada.

1. Para las subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000 euros, podrá

tener carácter de documento con validez jurídica para la justificación de la

subvención la cuenta justificativa regulada en este artículo, siempre que así se haya

previsto en las bases reguladoras de la subvención.

2. La cuenta justificativa contendrá la siguiente información:

a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones

impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades

realizadas y de los resultados obtenidos.

b) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con

identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su

caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un

presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas.

c) Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad

subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

d) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no

aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.

3. El órgano concedente comprobará, a través de las técnicas de muestreo que se

acuerden en las bases reguladoras, los justificantes que estime oportunos y que

permitan obtener evidencia razonable sobre la adecuada aplicación de la

subvención, a cuyo fin podrá requerir al beneficiario la remisión de los justificantes

de gasto seleccionados.”

H).- Se modifica la redacción del apartado 5 del artículo 37 de la Ordenanza

(procedimiento de aprobación del gasto y pago), al objeto de mejorar la referencia

al régimen de garantías en relación con “pagos a cuenta” o “abonos anticipados”.

La nueva redacción de dicho apartado es la siguiente:

“Artículo 37.-Procedimiento de aprobación del gasto y pago.

24

(…)

5.- Las bases reguladoras que contemplen la posibilidad de pagos a cuenta o

abonos anticipados podrán establecer un régimen de garantías de los fondos

entregados. El régimen de garantías correspondiente se regirá por lo establecido en

la Sección 7ª del Capítulo III del Título Preliminar del Reglamento de la Ley

38/2003, General de Subvenciones (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio),

quedando exonerados en todo caso:

a.- Las Administraciones públicas, sus organismos vinculados o

dependientes, sociedades mercantiles de capital público y fundaciones del

sector público.

b.- Los beneficiarios de subvenciones concedidas por importe inferior a

3.000 euros.

c.- Las entidades que por Ley estén exentas de presentación de cauciones,

finanzas o depósitos ante las Administraciones Públicas o sus organismos y

entidades vinculadas o dependientes.

d.- Las entidades no lucrativas, así como las federaciones, confederaciones o

agrupaciones de las mismas, que desarrollen proyectos o programas de

acción social.”

(...)”

SEGUNDO.- La publicación y entrada en vigor de la modificación se efectuará de

conformidad con lo dispuesto en los artículos 56.1, 65.2 y 70.2 de la Ley

Reguladora de las Bases del Régimen Local y en la forma prevista en el artículo 15

del Reglamento de procedimientos sobre materias de competencia del Pleno del

Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

TERCERO.- Una vez producida la vigencia de las modificaciones a las que se refiere

el epígrafe PRIMERO de la propuesta que contiene el presente documento [que

habrán de ser aprobadas por el Pleno, en su condición de órgano competente al

respecto,], por razones operativas se deberá producir la aprobación y publicación

de un texto actualizado de la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo.

Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, que contemple todas las disposiciones

estatutarias que resultaran afectadas. En este caso, la aprobación del texto

actualizado compete a la Alcaldía, a través del oportuno Decreto, a cuyos efectos se

le faculta expresamente.”

Se aprueba por unanimidad.

5.- EXPEDIENTE RELATIVO A ACEPTACIÓN DE LA CESIÓN DE

ACCIONES Y SOLICITUD DE CESIÓN DE TERRENOS DE LA AUTORIDAD

PORTUARIA QUE INTEGRAN LA SOCIEDAD “PARQUE MARÍTIMO DE SANTA

CRUZ S. A”, A ESTE AYUNTAMIENTO

PRIMERO.- El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz

de Tenerife en sesión celebrada el día 23 de Diciembre de 2010 acordó, previo

informe de Puertos del Estado favorable a su viabilidad jurídica, autorizar la cesión

gratuita a favor de este Excmo. Ayuntamiento, de las acciones de la citada

Autoridad Portuaria, en la Sociedad Parque Marítimo Santa Cruz, S.A.

25

Este acuerdo ha sido notificado a la Corporación Municipal con fecha 15 de Febrero

corriente y del mismo se da cuenta en este acto.

En la misma fecha de 23 de Diciembre el Excmo. Ayuntamiento Pleno acordó, por

unanimidad:

“Se tramite, por medio de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, la

solicitud de desafectación por el Ministerio de Fomento de los terrenos incluidos en

la ordenación del Plan Especial del Parque Marítimo y definidos con esta

denominación por el vigente Plan de Utilización de los Espacios Portuarios, previa

declaración de innecesariedad por el Consejo de Administración de dicha Autoridad

y demás trámites que procedan, a fin de que se disponga la cesión gratuita de

dichos bienes al Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, conjuntamente

con la cesión, también gratuita, de las acciones representativas de la participación

de la Autoridad Portuaria en el capital social de la Sociedad Parque Marítimo Santa

Cruz, S.A. y reconocimiento expreso de que ambas Administraciones no tienen

nada que reclamarse recíprocamente como consecuencia de la ocupación del

dominio público portuario afecto a la explotación que constituía el objeto social de

la misma ni tampoco la propia Sociedad titular de la concesión que se extingue”.

Este acuerdo ha sido notificado, según resulta del expediente de su razón, a la

Presidencia de la Autoridad Portuaria con fecha 15 del actual mes de febrero.

SEGUNDO.- Por exigencias del art. 629 del Código Civil la cesión de las acciones

requiere para su eficacia la aceptación formal por parte del Ayuntamiento.

En los fundamentos de la propuesta que motivó el acuerdo municipal se prevé la

cesión gratuita de las acciones que ofrece la Autoridad Portuaria y se razona

textualmente que “la simple enajenación o transmisión al Ayuntamiento de las

participaciones que la A. P. posée de la Sociedad Parque Marítimo Santa Cruz, S.A.

no resuelve la cuestión principal que atañe a la viabilidad del servicio de utilidad

pública e interés social que a través de sus instalaciones se presta, pues uno de los

requisitos necesarios es la exención de la tasa por el uso privativo del dominio

público portuario, cuyo gravamen, siendo legalmente elemento necesario de la

concesión administrativa, provocaría la imposibilidad económica de la continuidad

del servicio público en su imprescindible caracterización social.”

TERCERO.- También se añade, en la propuesta aprobada por esta Excma.

Corporación, que la forma más sencilla y más acorde con la naturaleza de las cosas

es la prevista por el ordenamiento jurídico que, a la vista del cumplimiento de todos

los requisitos necesarios como examina la propuesta que fundamenta el acuerdo,

se concreta en la vía que marca el artículo 48 de la Ley 48/2003 al disponer que:

“Los bienes de dominio público que resulten innecesarios para el cumplimiento de

los fines de este carácter podrán ser desafectados por el Ministro de Fomento a

propuesta de Puertos del Estado, previa declaración de innecesariedad por el

Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria e informe de la Dirección

General de Costas, sobre las características físicas de dichos bienes a efectos de la

protección y defensa del dominio público marítimo-terrestre.

CUARTO.- A las circunstancias y requisitos que concurren en las actividades de

utilidad pública e interés social que en el parque marítimo se desarrollan, las cuales

dieron lugar a su creación de índole compensatoria debida a la ocupación por el

puerto de la práctica totalidad de los espacios de litoral de uso ciudadano, se unen,

actualmente, razones que demandan urgente decisión.

26

Por motivos de orden legal, ajenos al Ayuntamiento, no es viable el régimen de

coparticipación de la Autoridad Portuaria ni, en consecuencia, aplicable la fórmula

inicialmente prevista de capitalización del canon o tasa por el uso privativo de del

dominio público portuario aplicable a gran parte de los terrenos del parque

marítimo.

Por otra parte, en pocos meses estarán terminadas las obras que se realizan por el

Ayuntamiento para la adecuación de las piscinas a la normativa sanitaria y la

realización del concurso público, para la inmediata puesta en servicio de las

instalaciones, requiere la previa determinación del régimen de aplicación que será

determinante de un factor principal de los costes o gastos de de la explotación.

Se propone, con fundamento en los motivos y razones expuestas, se acuerde

manifestar a la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife:

Primero.- Se tenga por contestada la oferta de transmisión de las acciones

representativas de la participación de la referida Entidad en el capital social de la

Compañía PARQUE MARITIMO SANTA CRUZ, S.A. en el sentido de expresar su

aceptación condicionada a la cesión gratuita de los terrenos que ocupa el parque

marítimo y el reconocimiento expreso de que ambas Administraciones no tienen

nada que reclamarse recíprocamente como consecuencia de la ocupación del

dominio público portuario afecto a la explotación que constituía el objeto social de

la misma, ni tampoco la propia Sociedad titular de la concesión que se extinga.

Segundo.- Proceda, conforme se tiene interesado y con la urgencia que las

expuestas circunstancias demandan, a seguir el trámite conducente a la

desafectación por el Ministerio de Fomento de los terrenos incluidos en la

ordenación del Plan Especial del Parque Marítimo y definidos con esta denominación

por el vigente Plan de Utilización de los Espacios Portuarios.

Tercero.- Con el mismo carácter y, como cuestión previa al trámite que se

interesa, se someta por la Presidencia de la Autoridad Portuaria. en la primera

sesión que se celebre el Consejo de Administración de la misma, la previa

declaración de innecesariedad para los fines que le son propios de los terrenos que

se citan y la emisión de un informe favorable sobre la desafección y liquidación de

la concesión administrativa otorgada para la ocupación de los mismos y los demás

extremos inherentes a la separación de la Autoridad Portuaria de la Sociedad

PARQUE MARITIMO SANTA CRUZ, S.A.

Se aprueba por unanimidad.

6.- EXPEDIENTE RELATIVO A ESTABLECIMIENTO DE NORMAS PARA

LA CELEBRACIÓN DEL SORTEO PARA LOS COMPONENTES DE LAS MESAS

ELECTORALES.

Visto el expediente de referencia.

Resultando que en este año 2011 está prevista la celebración de las

elecciones Autonómicas y Locales. El próximo 22 de mayo.

Resultando que el articulo 26 de la L.O.R.E.G.5/1985 dispone que

corresponde a los Ayuntamientos la formación de las Mesas, bajo la supervisión de

la Junta Electoral de Zona, siendo designado el Presidente, los Vocales y sus

suplentes por sorteo público.

Resultando que de conformidad con los artículos 25 y 26de la

L.O.R.E.G.5/1985, cada Mesa Electoral estará formada por un Presidente y dos

Vocales, debiendo procederse en misma forma al nombramiento de dos suplentes

para cada uno de los miembros de la Mesa.

27

Con el fin de simplificar y agilizar el acto del sorteo público, el Excmo.

Ayuntamiento Pleno acuerda:

1. Aprobar las normas de procedimiento según ha venido establecida en

años anteriores que son las siguientes:

a) Se procederá para la designación de los titulares y suplentes de los

puestos que figuran a continuación, a la obtención por sorteo de

nueve números de electores del orden de la centena que se aplicarán

en todas las Mesas, sobre las listas electorales que sirvieron en la

exposición al público y en el mismo orden que viene especificado en

los impresos E.C.G.7.3. es decir:

TITULARES; PRESIDENTE

1º VOCAL

2º VOCAL

1º SUPLENTE DE PRESIDENTE

2ºSUPLENTE DE PRESIDENTE

1ºSUPLENTE DE 1º VOCAL

2ºSUPLENTE DE 1º VOCAL

1ºSUPLENTE DE 2º VOCAL

2ºSUPLENTE DE 2º VOCAL

b) Si en el momento de aplicar los números obtenidos en el sorteo

anterior a la relación de electores de cada Mesa, se observa que el

número aplicado sobrepasa al número de electores de la Mesa, se

suprimirá entonces la cifra correspondiente a la unidad de centena

del número obtenido, que quedará entonces en el orden de las

decenas, aplicándose la cifra de las decenas. Si en alguna Mesa por

excepción, el número de electores sobrepasa el millar, se sorteará

como unidad de millar sólo las cifras 0 y 1.

c) Si el elector resultante después de la aplicación de los números

obtenidos en cada Mesa no reúne las condiciones estipuladas en la ya

mencionada L.O.R.E.G.5/1985 en su artículo 26.2 (que señala que

habrán de ser menores de setenta años y saber leer y escribir; el

Presidente deberá tener título de Bachiller o el de Formación

Profesional de 2º grado o subsidiariamente el de Graduado Escolar o

equivalente) se designará al elector que ocupe el lugar siguiente en

dicha lista, hasta obtener un elector que reúna las condiciones

requeridas; si se agota la lista siguiendo ese orden y no se consigue

el elector adecuado, se reiniciará la operación comenzando desde el

principio de esa lista.

d) Para aquellos casos en que la Junta Electoral de Zona solicite la

propuesta de sustitución de alguno de los componentes de la Mesa ya

nombrados se pondrán como sustitutos los que figuran

inmediatamente después de los nombrados en las correspondientes

listas electorales siempre que reúnan los requisitos exigidos por la

legislación aplicable para los respectivos cargos y aplicando el

procedimiento descrito en el apartado c).

2. Del acto del sorteo, que se realizará en acto público y con invitación a

un representante de cada grupo Político Municipal, se dará la

difusión adecuada para la pública concurrencia.

Y el Excmo. Ayuntamiento Pleno, de conformidad con el dictamen de la

Comisión Informativa de Servicios Centrales, acordó aprobar las normas de

procedimiento para la designación por el sorteo informático de los miembros de las

Mesas electorales que quedan expuestas, dando cuenta a los Grupos políticos

28

representados en éste, para que designen al representante que ha de asistir al

acto público del sorteo. Del presente acuerdo se dará cuenta a la Junta Electoral de

Zona tan pronto se constituya para su conformidad.

Se aprueba por unanimidad.

ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS PERSONALES

7.- EXPEDIENTE RELATIVO A LA APROBACIÓN DEL I PLAN Y CARTA

DE MAYORES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE.

Visto el expediente arriba referenciado y de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

1.- Que por la Jefa del Negociado de Mayores se informa con fecha 23 de

Diciembre del 2010 que:

2º.- En sesión Plenaria de fecha 18 de septiembre de 2009, se adoptó entre otros

el siguiente acuerdo “Redactar el Primer Plan Municipal para personas mayores en

Santa Cruz, Plan Multidisciplinar que de respuesta a todas las áreas de intervención

necesarias para hacer frente a las diferentes problemáticas de los mayores”

3º.- Para dar cumplimiento al acuerdo Plenario, desde la Concejalía de Cohesión y

Bienestar Social, se impulsa la elaboración del I Plan Estratégico Municipal para

las personas mayores del municipio

4º.- Para ello, y previa petición del Servicio de Atención Social con fecha 30 de julio

de 2010, D. Tomás Gonzalez Hernández (Geas7 Consultoria Social), presentó un

“Proyecto para la elaboración del Plan Estratégico Municipal para las personas

mayores” del municipio de Santa Cruz de Tenerife por importe de 16.700 euros

5º- Tras el estudio del proyecto citado en el punto anterior, con fecha 2 de agosto

de 2010, se encargó por el Sr. Presidente del Organismo Autónomo “Instituto

Municipal de Atención Social”, del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife,

la ejecución del contrato menor de “ Elaboración del Plan municipal para las

personas mayores del municipio de Santa Cruz de Tenerife” , a favor de D. Tomás

Domingo Gonzalez Hernández, con N.I.F nº 43.799.748 C, por importe de

16.700,00 € (dieciséis mil setecientos euros) con una vigencia el contrato de cinco

meses.

6º.- Durante la elaboración del Plan, el 28 de septiembre de 2010, se lleva al

Consejo Municipal de Servicios Sociales, en sesión ordinaria, Información

referente al Plan Municipal de Mayores, donde D. Tomas Domingo Gonzalez

Hernández, realiza una presentación referente a la elaboración del Plan.

7º.- Se recibe con fecha de registro de entrada del Excmo. Ayuntamiento de Santa

Cruz de Tenerife de 30 de noviembre de 2010 de D. Tomás Domingo Gonzalez

Hernández ( Geas7 Consultoria Social) los documentos denominados “Diagnóstico

del Plan Estratégico Municipal para las personas mayores y Documento del I Plan

Estratégico Municipal para las Personas Mayores de Santa Cruz de Tenerife.

8º.- El 9 de diciembre de 2010, en el Consejo Municipal de Servicios Sociales se

trató de nuevo en el punto 3º del orden del día : Información sobre el Plan

Municipal de Mayores y se entregó el documento presentado por la empresa

contratada, en formato Cd a cada uno de los componentes del Consejo

29

9º.- El 14 de diciembre se lleva al Consejo Rector del IMAS la presentación del Plan

donde el Jefe del Servicio hizo una breve exposición de los contenidos del citado

Plan

10º.- Posteriormente el 22 de diciembre se vuelve a llevar al Consejo Rector del

IMAS el Anteproyecto del I Plan Estratégico Municipal para las Personas Mayores

de Santa Cruz de Tenerife, en donde se recogieron las modificaciones elaboradas

por los/as técnicos/as del Servicio de Atención Social para su aprobación

11º.- El documento definitivo, es el resultado de la modificación de su contenido y

forma atendiendo a las diferentes aportaciones e indicaciones técnicas y las

instrucciones del Jefe del Servicio

12.-Que el precitado Negociado de Mayores emite informe asimismo relativo a la

carta de los derechos de las personas mayores del Municipio de Santa Cruz de

Tenerife del siguiente tenor:

“En relación al asunto de referencia se informa:

1º.- Desde la Concejalía de Cohesión y Bienestar Social, se impulsa la elaboración

de una Carta de Derechos de las personas mayores del municipio de Santa Cruz de

Tenerife en el contexto de elaboración y redacción del “I Plan Estratégico Municipal

de Atención a las Personas Mayores (2011-2014)”,

2º.- El 22 de diciembre se lleva al Consejo Rector del IMAS el Anteproyecto de la

Carta de los derechos de las Personas Mayores del Municipio de Santa Cruz de

Tenerife, elaborada por los/as técnicos/as del Servicio de Atención Social para

su aprobación

- El documento definitivo, es el resultado de la modificación de su contenido y

forma atendiendo a las indicaciones técnicas y las instrucciones del Jefe del

Servicio

En base a lo expuesto, se PROPONE:

Que se apruebe la carta de los derechos de las personas mayores del municipio de

Santa Cruz de Tenerife, cuyo tenor literal es el siguiente:

CARTA DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES DEL MUNICIPIO DE

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Una de las acciones planteadas por esta Concejalía de Cohesión y Bienestar Social

fue la elaboración de una Carta de los Derechos de las Personas Mayores del

Municipio de Santa Cruz de Tenerife, y surge en el contexto de elaboración y

redacción del “I Plan Estratégico Municipal de Atención a las Personas Mayores

(2011-2014)”, para dar cumplimiento al acuerdo plenario y los compromisos

asumidos en el seno del Consejo Municipal de Servicios Sociales, promovido por el

Organismo Autónomo Instituto Municipal de Atención Social, IMAS.

Desde el inicio de la elaboración del I Plan Estratégico, se puso en marcha un

proceso de consulta que permitiese llegar a su redacción, para su posterior

30

consenso con los distintos agentes sociales y colectivos de las personas mayores

representadas en dicho proceso. Con respecto al apartado de la Carta de los

Derechos de las Personas Mayores, debe constituir la apuesta más importante que

esta Corporación municipal realice con respecto al reconocimiento, valoración y

garantía de los Derechos y Libertades que tienen las Personas Mayores de este

municipio.

Dicha Carta encaja asimismo en el principio de Colaboración Institucional, en la

búsqueda de la mayor eficacia posible de las Administraciones Públicas, como

responsables de velar por la correcta aplicación de tales derechos ciudadanos que,

en definitiva, son las responsables de nuestro grado de satisfacción como

ciudadanos, de nuestro bienestar individual y colectivo y del impulso y desarrollo de

nuestras libertades como seres humanos.

El formato Carta, en este caso una Carta de los Derechos de las Personas Mayores

de este municipio, es una forma ya habitual en las Administraciones más avanzadas

de detectar y ofrecer respeto a los intereses de la ciudadanía. Su concreción en

unos simples enunciados finales encuentra su verdadero valor en el desarrollo

posterior de las Cartas de Servicios que las mismas Administraciones deben ofrecer

posteriormente a la ciudadanía y que no son sino compromisos formales en cuanto

a los servicios que se han de prestar y el modelo de prestarlos. Compromisos, por

tanto, exigibles posteriormente como Derecho, aunque ya lo fuesen con

anterioridad.

Por otra parte, con la elaboración de esta propuesta para una Carta de los Derechos

de las Personas Mayores, el Servicio de Atención Social adscrito al Organismo

Autónomo Instituto Municipal de Atención Social- IMAS, desarrollará una de las

funciones implícitas en el referido Plan: hacer de observatorio y detector de las

necesidades y vigencia de la Carta de los Derechos de las Personas Mayores, para

dar traslado al Consejo Rector del Organismo Autónomo, las observaciones y

propuestas o recomendaciones para su aplicación en la mejora de los derechos del

colectivo de personas mayores.

El final de este proceso debe arrancar con la aprobación y difusión de esta Carta de

los Derechos de las Personas Mayores de este municipio, que nos permita disponer

de una visión a fondo de los derechos y libertades de este colectivo de personas, y

una guía práctica sobre como poder ejercer esos derechos y, por parte de la

Administración, con la responsabilidad de acometer de forma decidida la

elaboración de Cartas de Servicios que, en lo posible, recojan el espíritu del Código

de Buena Conducta y los contenidos de esta propuesta sobre una Carta de los

Derechos de las Personas Mayores del municipio de Santa Cruz de Tenerife.

La Carta se fundamenta en el Estatuto de Autonomía de Canarias, la Constitución

Española, la Declaración de los Derechos Humanos y la Carta de los Derechos

Fundamentales de la Unión Europea, y se construye sobre el concepto de la

autonomía personal, entendida como el derecho de ser libres en la toma de

decisiones, de mantener el propio proyecto de vida desde la identidad personal, así

como desde la responsabilidad de cumplir los compromisos adquiridos libremente

en el ejercicio de la ciudadanía.

El documento recoge los cinco principios temáticos propuestos por las Naciones

Unidas, descritas en los documentos de los derechos humanos para personas de

edad. Estos principios son los de dignidad, independencia, autorrealización,

asistencia y participación. Los tres primeros se refieren a la vertiente más individual

y personificable del ser humano. Los dos últimos principios permiten alcanzar la

autorrealización personal, basada en la independencia, aportando calidad y

dignidad humana.

31

Esta Carta debe ser un documento vivo que permite una revisión continuada y un

trabajo de información sobre los derechos de las personas mayores que favorezca

la concienciación sobre las responsabilidades de las personas mayores desde el

civismo. Por otra parte debe permitir a las personas mayores, como ciudadanos de

pleno derecho, tener los mismos derechos y deberes que el resto de ciudadanos, de

hacer una sociedad participativa y democrática en la cual se den oportunidades a

todas las edades, evitando que se produzcan situaciones de discriminación.

Por todo lo anteriormente expuesto se eleva la siguiente propuesta de establecer la

Carta de Derechos de las Personas Mayores de Santa Cruz de Tenerife, con el

siguiente contenido y articulado:

DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES DEL MUNICIPIO DE SANTA CRUZ

DE TENERIFE

1. Derecho que se garantice a las personas mayores un trato digno

independientemente de la edad, sexo, discapacidad y condiciones

económicas

2. Derecho a una vivienda digna y adaptada, alimentación, vestimenta y

atención de salud adecuada para garantizar una vida autónoma e

independiente.

3. Derecho a ser respetada la capacidad de tomar decisiones e informadas en

los propios asuntos personales

4. Derecho a recibir pensiones con la cuantía económica que les permita vivir

dignamente

5. Derecho al transporte público accesible, adaptado al nivel adquisitivo de los

mayores

6. Derecho a disponer de espacios públicos accesibles y sin barreras,

facilitando el acceso a la comunicación a nivel auditivo y visual

7. Derecho a recibir información de los recursos y servicios del municipio y de

atención a las personas mayores y sus familiares

8. Derecho al respeto y la protección de los derechos de las personas mayores

como consumidoras

9. Derecho a la protección del patrimonio, seguridad ciudadana y

asesoramiento jurídico

10. Derecho a una imagen positiva del envejecimiento y a un trato digno y

respetuoso por parte de los medios de comunicación

11. Derecho al acceso a programas educativos adecuados y a la formación

continúa.

12. Derecho a acceder a la sociedad del conocimiento y al dominio de las nuevas

tecnologías

13. Derecho al acceso a la información de la oferta cultural del municipio

32

14. Derecho a la participación social y comunitaria de las personas mayores

como transmisoras de conocimientos y experiencia

15. Derecho a participar activamente en grupos de ayuda mutua, centros,

actividades intergeneracionales

16. Derecho a la participación y formación como voluntarios en acciones de

colaboración y solidaridad

17. Derecho a la participación en los procesos políticos

18. Derecho a la promoción y acceso a la actividad física como instrumento para

la mejora de la salud

19. Derecho a la promoción del envejecimiento activo

20. Derecho al disfrute y empleo del tiempo libre orientado al ocio activo y

participativo

21. Derecho a la atención a través de unos servicios sociales de calidad.

22. Derecho a la atención a las personas mayores en situación de dependencia

disponiendo de una oferta de recursos socio sanitaria especializados

23. Derecho al acceso de acciones preventivas para preservar la autonomía

personal

24. Derecho al apoyo y la formación psicosocial y material de las familias y/o

cuidadores de las personas mayores en situación de dependencia

25. Derecho a la mejora de los recursos y servicios que propicien la

permanencia en el entorno habitual de las personas mayores

26. Derecho a un alojamiento alternativo para cuando no se pueda permanecer

en el domicilio

27. Derecho a disponer y poder acceder a equipamientos gerontológicos

especializados, suficientes y adaptados a las condiciones económicas

28. Derecho a una atención sanitaria pública y de calidad que garantice la

continuidad de cuidados, atendiendo las necesidades específicas de las

personas mayores

29. Derecho a disponer de recursos de proximidad: centros de día, centros de

estancia diurna, talleres de estimulación cognitiva y psicomotriz.

30. Derecho a recursos sociales que respondan a las necesidades y demandas

independientemente de las condiciones económicas, contribuyendo en el

coste en función de los recursos económicos: ayuda a domicilio,

teleasistencia, arreglo de vivienda, ayudas técnicas, comida a domicilio.

31. Derecho al respeto, a la defensa de los derechos y libertades fundamentales

de las personas mayores en condiciones de igualdad en el marco de la

Constitución Española, el Estatuto de canarias y el resto del Ordenamiento

jurídico

33

32. Derecho a una atención social en caso de riesgo de maltrato y violencia

hacia las personas mayores

33. Derecho a potenciar la investigación en gerontología y en proyectos

innovadores que tengan un carácter preventivo

34. Derecho a que las Administraciones empleen recursos dirigidos a dar apoyo,

información, orientación e información a la sociedad para combatir posibles

situaciones de riesgo y dependencia, que puedan generar malos tratos,

abusos y actividades negligentes.

FUNDAMENTOS DE DERECHIO

PRIMERO.- En materia de Servicios Sociales la legislación de la Comunidad

Autónoma de Canarias atribuye a los Ayuntamientos entre otras las siguientes

competencias, correspondiendo al IMAS su ejecución y gestión sin exceder los

límites de las atribuciones delegadas, en su caso, en la Concejalía de Servicios

sociales por el Alcalde-Presidente:

a) Participación en el proceso de planificación de los Servicios Sociales que afecten

al ámbito municipal o comarcal.

b) Estudio y detección de las necesidades en su ámbito territorial.

c) Elaboración de los planes y programas de servicios sociales dentro del término

municipal, de acuerdo con la planificación global realizada por la Comunidad

Autónoma (Artículo 4 de los vigentes Estatutos del IMAS)

SEGUNDO.- Corresponden al Consejo Rector del organismo autónomo entre otras

las siguientes atribuciones:

a) La aprobación del plan de actuación anual, así como la programación general de

actividades y el seguimiento de su realización, bajo las directrices establecidas por

los órganos municipales competentes en materia de Organización, Planificación

Estratégica y Régimen Interno.

b) El conocimiento y la información sobre los estudios e informes y el control

interno sobre las actividades y servicios realizadoS (Artículo 7 de los Estatutos del

IMAS).

A la vista de los antecedentes y fundamentos jurídicos expuestos, El el Excmo.

Ayuntamiento Pleno, de conformidad con lo acordado por el Consejo Rector del

Instituto Municipal de Atención Social en sesión de fecha 22 de Diciembre del 2010

y previo dictamen de la Comisión informativa de Servicios Personales acordó:

PRIMERO.- Aprobar el I Plan Estratégico Municipal para las personas Mayores del

Municipio de Santa Cruz de Tenerife cuyo documento se anexa al presente Acuerdo.

SEGUNDO.- Aprobar la Carta de los Derechos de las personas Mayores del

Municipio de Santa Cruz de Tenerife.

ANEXO

PLAN ESTRATÉGICO MUNICIPAL PARA LAS PERSONAS MAYORES DE SANTA

CRUZ DE TENERIFE.

INDICE

1. INTRODUCCIÓN

34

1.1 El I Plan Estratégico Municipal para las Personas Mayores de Santa Cruz

de Tenerife.

1.2. Definición de la misión y visión del I Plan Estratégico.

1.3. Estructura del I Plan.

2. ENFOQUE TEÓRICO-CONCEPTUAL

2.1. El envejecimiento cómo fenómeno demográfico.

2.2. Envejecimiento activo: Concepto y justificación.

2.3. El envejecimiento y la dependencia.

2.4. Las políticas de Envejecimiento Activo y Atención a la Dependencia.

2.5. Cambios sociológicos.

3. MARCO REFERENCIAL DEL PLAN

4. DIAGNÓSTICO

4.1. Ámbito demográfico.

4.2.Ámbito económico

4.3.Ámbito formativo

4.4.Ámbito sociosanitario

4.5.Ámbito residencial

4.6.Ámbito relacional

4.7.Ámbito de ciudadanía y participación

5. PRINCIPIOS Y PRIORIDADES

5.1.Principios.

A) Principios rectores.

B) Principios organizativos

C) Principios de actuación.

5.2. Prioridades.

6. EJES ESTRATÉGICOS. LÍNEAS DE ACTUACIÓN, OBJETIVOS Y ACTUACIONES

LÍNEAS DE ACTUACIÓN

6.1. EJE I. GARANTÍAS DE LOS DERECHOS, PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE

LAS PERSONAS MAYORES (DEPENDIENTES Y NO DEPENDIENTES)

1. GARANTÍA DE DERECHOS: PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIÓN POR

RAZÓN DE LA EDAD.

2. PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS MAYORES.

2.1. Accesibilidad:

35

2.2. Protección y seguridad ante diversas situaciones

2.3. Seguridad ante la protección de su imagen:

2.4. Protección y seguridad como personas consumidoras.

2.5. Protección y seguridad ante otras situaciones o ámbitos.

6.2.- EJE II. LA PARTICIPACIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS MAYORES

LÍNEAS DE ACTUACIÓN

1. EDUCACIÓN Y APRENDIZAJE DURANTE EL CICLO VITAL.

2. PROMOCION DEL ENVEJECIMIENTO ACTIVO DESDE LA PREPARACIÓN

PARA UN ENVEJECIMIENTO SALUDABLE.

3. LA PARTICIPACIÓN DESDE EL ASOCIACIONISMO.

4. SOLIDARIDAD Y VOLUNTARIADO COMO FORMA DE PARTICIPACIÓN Y

CONTRIBUCIÓN SOCIAL.

5. ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN POLÍTICA.

6. OCIO Y TIEMPO LIBRE

6.3. EJE III. ATENCIÓN A LAS PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE

DEPENDENCIA Y/O VULNERABILIDAD SOCIAL

LÍNEAS DE ACTUACIÓN

1. COLABORACIÓN EN EL DESARROLLO DEL SISTEMA DE PROMOCIÓN

DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN

SITUACIÓN DE DEPENDENCIA.

2. PREVENCIÓN ESPECÍFICA PARA LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE

DEPENDENCIA.

3. APOYO A LAS FAMILIAS DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE

DEPENDENCIA.

4. ATENCIÓN EN LA COMUNIDAD.

5. PROMOCIÓN DE ALOJAMIENTOS ALTERNATIVOS.

7. EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PLAN

7.1. Tipos de evaluación.

a) Evaluación de los objetivos y acciones contenidas en el Plan.

b) Evaluación de la Participación Institucional.

c) Satisfacción de la población y los/as agentes como destinatarios/as de la

acción.

7.2. Criterios en los que se basa la evaluación.

36

7.3. Metodología general y fases de la evaluación.

a) Fase I: Evaluación de la implementación.

b) Fase II: Evaluación de los resultados.

7.4. Seguimiento del Plan.

a) Comisión de Seguimiento del Plan.

b) Comisión Técnica de Seguimiento.

8. BIBLIOGRAFÍA.

1. INTRODUCCIÓN

Las virtudes de la planificación estratégica (PE) son más evidentes si el propósito

de la gestión en los servicios públicos va más allá de las prestaciones asistenciales

y se orienta hacia el logro de transformaciones significativas en la realidad social de

modo que las condiciones de vida de las personas mejoren de modo sostenible y

permanente.

Para abordar el diseño de un Plan Estratégico, es preciso tener una visión amplia y

a largo plazo de los cambios necesarios. El objeto de todo PE son precisamente

estos procesos de cambio a largo plazo para lograr aquellas transformaciones que

vayan introduciendo mejoras en las condiciones de vida de las personas. Modificar

la realidad social es un objetivo ambicioso y suficientemente complejo como para

requerir una ordenación de los procesos de cambio conforme a una planificación,

que permita integrar la actuación de actores públicos y sociales.

1.1 El I Plan Estratégico Municipal para las Personas Mayores de Santa

Cruz de Tenerife.

El proceso de elaboración del I Plan Estratégico Municipal para las personas

mayores de Santa Cruz de Tenerife, se ha basado en la elaboración de un

diagnóstico de necesidades a través del cual se intenta conocer la realidad social, la

estructura de carencias y de aquellos otros aspectos que estén en mejor condición.

El diagnóstico debe proporcionar un conocimiento de las necesidades que se

quieren atender, su dimensión social y su grado de urgencia.

Este diagnóstico, se ha realizado a través de instrumentos como los censos, las

estadísticas nacionales y locales, así como encuestas y grupos de discusión

específicamente diseñadas para tal fin, que, además de ofrecer una fotografía de la

realidad, pueden servir después de base para la prospectiva de futuro y para tomar

decisiones sobre actuaciones necesarias en el horizonte del Plan.

37

En el documento del diagnóstico se ha tratado de aunar los datos disponibles a

través de fuentes secundarias e informaciones de fuentes primarias para poder

dotar al Plan de una aproximación sobre la situación de la población mayor en este

territorio.

Está estructurado en varios apartados en donde se presentan tanto las estadísticas

oficiales como las conclusiones de los grupos de discusión con personas mayores de

cada uno de los distritos municipales. Además, se añaden las demandas de las

Asociaciones de Mayores y las percepciones de agentes clave que inciden en esta

temática. Así mismo, la visión desde la Corporación Municipal, su estructura y

organización, está presente como medio para poder articular las medidas a tomar

en el Plan Municipal.

Una vez elaborado el diagnóstico, la siguiente tarea que a su vez, es la principal en

el proceso de planificación estratégica, consiste en definir los objetivos estratégicos.

Los objetivos finales vendrían a ser aquellas mejoras que se quieren conseguir en

las condiciones de vida de las personas mayores.

La siguiente etapa es la implementación del plan. Ello incluye por tanto las tareas

más específicas de gestión de los recursos, organización de las actividades y la

implementación se desarrolla en distintas fases en función de la lógica exigida por

la aplicación coherente de las distintas actuaciones.

En la evaluación, se intentará establecer hasta qué punto se han logrado mejoras

en las condiciones de vida de las personas mayores. La idea básica en evaluación

es producir información sobre la medida en que se lograron los objetivos iniciales.

Pero la evaluación también persigue corregir y revisar la gestión ordinaria para

poder ir afinando actividades y servicios previstos. Por ello se habla de que la

evaluación se aplica tanto a los objetivos como a la implementación con el objeto

de determinar en qué etapas y actuaciones es preciso introducir modificaciones.

El principal objetivo es que la actuación pública produzca modificaciones en la

realidad social y que los recursos públicos aporten elementos que de forma

permanente y sostenible supongan mejoras substanciales en las condiciones de

vida de las personas mayores.

El Plan se presenta como una herramienta que aborda los compromisos políticos

que lo impulsan así como la metodología a aplicar para la consecución de un interés

general: mejorar las condiciones y calidad de vida de las personas mayores y de

las personas mayores en situación de dependencia y/o vulnerabilidad social y de

sus familiares.

Un propósito que está presente en todos los documentos e instrumentos que, desde

la Primera Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento celebrada por Naciones

Unidas en 1982, se han ido aprobando y desarrollando a nivel internacional y

nacional, y que no es otro que “lograr una calidad de vida que permita envejecer

con seguridad y dignidad y, paralelamente, garantizar a las personas mayores la

38

continuidad de su participación como ciudadanos con plenos derechos en sus

respectivas sociedades”1.

Un propósito que, como se recoge en el citado documento, se debe traducir en

“asegurar una serie de elementos objetivos relacionados con las necesidades

cotidianas de las personas mayores, tales como la seguridad de ingresos, el acceso

a los servicios sociales y sanitarios, el fortalecimiento de las redes apoyo social, los

entornos físicos favorables, entre otros; y aquellos relacionados con los intereses

estratégicos de la vejez, como la erradicación de la violencia y la discriminación, el

fomento de una imagen positiva del envejecimiento y el empoderamiento de las

personas mayores, entre otros”.

Para ello se han definido los principios que inspiran el plan, las líneas de actuación,

los objetivos estratégicos a conseguir en cada una de ellas, las actuaciones a

desarrollar para su consecución, los indicadores que hagan posible su seguimiento y

evaluación, un modelo de evaluación y un modelo organizativo para el desarrollo

del plan.

Se trata de definir un marco general de actuaciones, organizadas, estructuradas y

dirigido a abordar más áreas de necesidad e intereses de las personas mayores y

mejorar las existentes.

Este documento recoge los compromisos que asumirá el Pleno de la Corporación

Municipal del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife para la mejora de las

condiciones de vida de las personas mayores que residen en el municipio. Teniendo

en cuenta la situación actual de este colectivo, atendiendo no sólo a sus

necesidades sino también a las potencialidades y oportunidades que ofrece.

Este Plan nace en un momento propicio, en cuanto a producción de instrumentos

para impulsar políticas dirigidas a promover el envejecimiento activo, por ello

incorpora las cuestiones que en relación con el envejecimiento activo se están

trabajando en los diferentes ámbitos, a nivel Nacional y a nivel Europeo.

En ese sentido se han utilizado como referencia para el diseño del mismo por un

lado el Libro Blanco de Envejecimiento Activo de Andalucía; el Borrador del Libro

Blanco del Envejecimiento Activo de España, y la documentación de referencia que

a Nivel Europeo se está trabajando.

Recientemente se ha aprobado una medida de la Comisión Europea que pretende

poner en marcha una consulta sobre envejecimiento activo y saludable que

desarrollará a través de la Asociación Europea para la innovación sobre un

envejecimiento activo y saludable, esta medida forma parte de la estrategia «Unión

por la innovación» de la UE)2, esta asociación se pondrá en marcha en 2011 e

intentará alcanzar los siguientes objetivos:

1 Manual sobre indicadores de calidad de vida en la vejez. CEPAL. 2006. 2 «Unión por la innovación» de la UE, una de las iniciativas principales de Europa 2020, para convertir las ideas

en empleo, crecimiento ecológico y progreso social (IP/10/1288). La Unión por la innovación tiene un

objetivo triple: conseguir una Europa científica de altura mundial; revolucionar los métodos de colaboración

entre el sector público y el privado, sobre todo mediante asociaciones para la innovación, y eliminar las

trabas (por ejemplo, patentación costosa, fragmentación del mercado, lentitud en la fijación de normas y

carencias de cualificación) que impiden actualmente que las ideas accedan con rapidez al mercado.

39

mejorar la salud y la calidad de vida de las personas de la tercera edad,

permitiéndoles llevar unas vidas activas y autónomas.

contribuir a la sostenibilidad y eficiencia de los servicios sociales y de salud.

estimular la competitividad y las oportunidades de negocio.

La asociación europea para la innovación sobre un envejecimiento activo y

saludable aspira, como objetivo principal, a aumentar en dos años la vida útil sana

media en la UE para 2020. Intenta mejorar la calidad de vida de la tercera edad y

conseguir soluciones de atención más eficaces. Se centrará en la aplicación de la

innovación a escala más amplia que hoy en día en ámbitos tales como el fomento

de la salud, la prevención, el diagnóstico y tratamiento tempranos, los servicios

sociales y sanitarios integrados y en colaboración, la vida autónoma y las

tecnologías de apoyo a la tercera edad.

En relación con esta cuestión, se han producido dos declaraciones del comisario

europeo de Salud y consumidores y de la vicepresidenta de la Comisión

responsable de la Agenda digital:

John Dalli, Comisario europeo de Salud y Consumidores, ha declarado: «Europa

necesita prepararse para el futuro envejecimiento de su sociedad y el recurso a

la innovación será uno de los instrumentos a nuestra disposición. Por eso me

congratulo de que la primera de estas asociaciones sea sobre un envejecimiento

activo y saludable, porque supondrá una estrecha colaboración de distintas

políticas que abarcan la salud pública, la investigación, la política digital y la

industrial.».

Neelie Kroes, Vicepresidenta de la Comisión responsable de la Agenda Digital,

ha declarado lo siguiente: «Las personas viven ahora más tiempo y deberían

poder hacerlo de la forma más activa y autónoma posible, con la ayuda de

soluciones innovadoras tales como dispositivos de detección y prevención de

caídas, servicios de interacción social de fácil uso para paliar la soledad y una

utilización inteligente de las TIC en el hogar. Necesitamos las aportaciones de

las partes interesadas para velar por que la futura asociación para la innovación

pueda contribuir a hacer realidad estas ideas para los ciudadanos mayores de

Europa.».

1.2. Definición de la misión y visión del I Plan Estratégico.

La MISIÓN del I Plan Estratégico es la de establecer las líneas de actuación de

atención a las personas mayores del municipio de Santa Cruz de Tenerife que

permitan garantizar y promover la igualdad de derechos entre todas las personas

desarrollando los objetivos de protección, participación, desarrollo de la autonomía

personal y apoyo a las familias, así como mejorar permanentemente los recursos y

la prestación de servicios a través de sistemas de coordinación, seguimiento y

evaluación.

La VISIÓN es la de constituirse en un marco de referencia para las personas

mayores y sus familias, las y los profesionales y la comunidad en general, que

40

describa el modelo de la atención de personas mayores del municipio y sobre el que

se asienten la planificación, seguimiento y evaluación de las actuaciones para los

próximos años.

Con este Plan Municipal se pretende impulsar el cambio de un modelo de atención a

la población mayor con un carácter asistencialista a otro en el que la acción

asistencial sea un complemento de la prevención, la detección y la anticipación y en

el que las personas mayores sean verdaderas protagonistas de su vida. Un modelo

en el que estas personas tengan al mismo tiempo reconocido el derecho a la

satisfacción de sus necesidades y a que le sean respetados sus criterios y

preferencias. De forma que puedan ejercer el derecho de decidir sobre su propio

proyecto de vida y disfrutar de la vejez en su entorno habitual de una forma plena,

participativa y libremente escogida.

1.3. Estructura del I Plan.

Los objetivos generales que persigue el I Plan Estratégico de Personas Mayores de

Santa Cruz de Tenerife se desarrollaran a través de las líneas de actuación, los

objetivos estratégicos y acciones agrupadas en torno a los siguientes Ejes

estratégicos:

- Eje I.- Garantías de los derechos, protección y seguridad de las personas

mayores (dependientes y no dependientes).

- Eje II.- La participación social de las personas mayores.

- Eje III.- Atención a personas mayores en situación de dependencia y/o

vulnerabilidad social.

Los tres ejes hacen referencia de manera expresa a las necesidades e intereses de

los dos colectivos que conforman este heterogéneo sector de población (las

personas que mantienen un buen nivel de autonomía y la de aquellas personas que

se encuentran en situación de dependencia y/o vulnerabilidad social).

El primero de los Ejes, Garantía de derechos, protección y seguridad de las

personas mayores (dependientes y no dependientes), reúne los objetivos y

acciones encaminados a proteger y garantizar los derechos de las personas

mayores, tanto las que se encuentran en situación de dependencia como las que

mantienen la autonomía.

El segundo de los Ejes, La participación social de las personas mayores, recoge las

líneas, objetivos y acciones dirigidas a aquellas personas que encontrándose con un

nivel de salud razonablemente adecuado, abordan esta etapa de la vida con

expectativas de desarrollo personal y social. Para ellas, se han definido una serie de

actuaciones que van orientadas directamente a promover y/o posibilitar un

envejecimiento activo.

En términos generales y bajo una perspectiva preventiva, se proponen actuaciones

que pretenden promover actitudes activas ante la formación, la cultura, el disfrute

41

del tiempo libre, la salud, el mantenimiento de la calidad de vida, la solidaridad y la

participación, y el impulso del voluntariado de y para las personas mayores y el

apoyo del asociacionismo.

El tercero y último de los Ejes estratégicos, Atención a personas mayores en

situación de dependencia y/o vulnerabilidad social, se dirige específicamente a las

personas mayores que se encuentran en situación de dependencia (y sus

familiares) con discapacidades asociadas a la dependencia, y/o en situación de

vulnerabilidad social.

Considerando como tales, no sólo a las personas que se encuentran en situación de

dependencia (aquellas que necesitan de la ayuda de otras personas para realizar

las actividades básicas de la vida diaria) sino también a quienes están en situación

de vulnerabilidad social.

Por vulnerabilidad social se entiende aquellas situaciones a las que se ven

sometidas las personas mayores como soledad, falta o carencia importante de

recursos económicos, falta de habilidades personales para desenvolverse con

autonomía…, que pueden limitar en un momento determinado su autonomía o su

calidad de vida.

La perspectiva de género En todos los ejes, líneas y objetivos se incorpora de

manera transversal la perspectiva de género, es decir, las propuestas estratégicas y

operativas presentes en este Plan se han definido atendiendo a las diferentes

necesidades e intereses que presentan hombres y mujeres.

2. ENFOQUE TEÓRICO-CONCEPTUAL

2.1. El envejecimiento cómo fenómeno demográfico.

El envejecimiento de la población se considera como uno de los mayores triunfos de

la humanidad, que a su vez se ha convertido en uno de nuestros mayores desafíos.

El envejecimiento impone mayores exigencias a todos los niveles.

«El envejecimiento de la población es, ante todo y sobre todo, una historia del éxito

de las políticas de salud pública, así como del desarrollo social y económico...»3.

La Organización Mundial de la Salud sostiene que los países podrán afrontar el

envejecimiento si los gobiernos, las organizaciones internacionales y la sociedad

3 Gro Harlem Brundtland, Directora General de Organización Mundial de la Salud, 1999.

42

civil, promulgan políticas y programas de “Envejecimiento Activo” que mejoren la

salud, la participación y la seguridad de la ciudadanía de mayor edad. Más que un

lujo, una auténtica necesidad.

El espectacular incremento de la esperanza de vida que ha tenido lugar en las

últimas décadas en las sociedades occidentales y la mejora de la medicina moderna

se ha traducido en un importante alargamiento de la vejez.

Hay que diferenciar entre el proceso de envejecimiento y la vejez como etapa, con

circunstancias y momentos existenciales diferenciados. Sin perder de vista, que la

vejez y el envejecimiento son un proceso biológico y también una construcción

social, de igual forma que lo son la niñez, la juventud, etc. y cualquier otro hecho o

grupo social. Y en este sentido, aparecen dotados de diferentes elementos,

características, estereotipos, etc. según el momento y la sociedad de la que se

trate. Pueden “presentarse” como unos momentos marcados por las pérdidas y

limitaciones o por las oportunidades, o por una combinación de ambos.

El concepto envejecimiento se refiere a un proceso vital que en los últimos años ha

experimentado una gran transformación, marcado por el “rejuvenecimiento”, y

configurándose como un proceso cargado de vitalidad y expectativas, dejando atrás

el abandono y estatismo en el que presuntamente vivían las personas mayores de

antes.

Por su parte, el concepto vejez se refiere a un estado, que se podría catalogar,

como aparece en el texto ya citado Las dimensiones subjetivas del envejecimiento:

como “definitivo, irreversible y, sobre todo, carente de perspectivas de futuro, que

es lo que impide posibles transformaciones hacia el bienestar, abocando a quien lo

sufre a un deterioro final cuyo único resultado puede ser la muerte. Es éste un

estado cargado de las mismas connotaciones negativas y de los mismos temores y

rechazos que suscitaba el antiguo concepto de vejez, con la diferencia sustancial de

que se ha desplazado actualmente hacia los ochenta años de edad como frontera

cronológica (CIS, 2008), que en las representaciones sociales se corresponde con la

frontera real, que resulta mucho más circunstancial y directamente asociada a la

pérdida de autonomía del sujeto”.

Desde este Plan se pretende dar respuesta en mayor medida al envejecimiento

como proceso que a la vejez concebida como ese estado o etapa última. El

envejecimiento entendido “como un proceso complejo, dinámico y continuo que

está marcado por las biografías, las actitudes y las aptitudes de cada persona para

afrontarlo”4, por una parte, y, por otra, por los recursos propios y los que la

sociedad le ofrece.

2.2. Envejecimiento activo: Concepto y justificación.

El término «envejecimiento activo» fue adoptado por la Organización Mundial de la

Salud a finales de los años 90 con la intención de transmitir un mensaje más

4 Las dimensiones subjetivas del envejecimiento. Premio Imserso Infanta Cristina 2008. Colección Estudios.

Serie Personas Mayores.

43

completo que el de «envejecimiento saludable» y reconocer los factores que junto a

la atención sanitaria afectan a la manera de envejecer de los individuos y las

poblaciones (Kalache y Kickbusch, 1997).

El planteamiento del envejecimiento activo se basa en el reconocimiento de los

derechos humanos de las personas mayores y en los Principios de las Naciones

Unidas de independencia, participación, dignidad, asistencia y realización de los

propios deseos.

“Uno de los objetivos de las intervenciones dirigidas a las personas mayores debe

tener relación directa con el mejoramiento de su calidad de vida y, por ende, con la

seguridad en el ejercicio de sus derechos sociales. Esto significa reducir los riesgos

de discriminación -y consecuentemente de desigualdad- a causa de la edad, a

través del mejoramiento de la condición y la posición de las personas mayores. La

condición se refiere a un estado material que garantice el acceso y disfrute de

recursos y servicios para una vejez digna (ingresos, créditos, vivienda adecuada,

salud). La posición concierne a los aspectos estructurales que determinan la

ubicación de las personas mayores en el conjunto de la sociedad (imagen social,

solidaridad intergeneracional). Ambas considerando que la vejez no es una

categoría unitaria ni homogénea, sino compuesta por personas con intereses y

necesidades diversos”.

El envejecimiento activo es el proceso de optimización de las oportunidades de

salud, participación y seguridad, con el fin de mejorar la calidad de vida a medida

que las personas envejecen.

Este proceso se aplica tanto a los individuos como a los grupos de población y

permite a las personas realizar su potencial de bienestar físico, social y mental a lo

largo de todo su ciclo vital y participar en la sociedad de acuerdo con sus

necesidades, deseos y capacidades, mientras se les proporciona protección,

seguridad y cuidados adecuados cuando necesitan asistencia.

El término “activo” hace referencia a una participación continua en las cuestiones

sociales, económicas, culturales, espirituales y cívicas, no solo referidas a la

capacidad de estar físicamente activo. Las personas mayores que se retiran del

trabajo y las que están enfermas o viven en situación de discapacidad, pueden

seguir contribuyendo activamente con sus familias, semejantes., comunidades y

naciones. El envejecimiento Activo trata de ampliar la esperanza de vida saludable

y la calidad de vida para todas las personas a medida que envejecen, incluyendo

aquellas personas frágiles, discapacitadas o que necesitan asistencia.

El término “Salud” se refiere al bienestar físico, mental y social expresado por la

OMS en su definición de concepto de salud. Por lo tanto, en el marco de

Envejecimiento Activo, las políticas y los programas que promueven las relaciones

entre la salud mental y social son tan importantes como los que mejoran las

condiciones de salud física.

Mantener la autonomía y la independencia a medida que se envejece es un objetivo

primordial tanto para los individuos como para los responsables políticos, en donde

se considere una serie de elementos:

44

Autonomía: Capacidad de controlar, afrontar y tomar decisiones personales,

acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias así como

de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.

Independencia: Desempeñar las funciones relacionadas con la vida diaria, es

decir, la capacidad de vivir con independencia en la comunidad recibiendo poca

ayuda, o ninguna, de los demás.

Calidad de vida: Es la percepción individual de la propia posición en la vida

dentro del contexto del sistema cultural y de valores en que se vive y en

relación con sus objetivos, esperanzas, normas y preocupaciones. A medida que

las personas envejecen, su calidad de vida se ve determinada en gran medida

por su capacidad para mantener la autonomía y la independencia.

Esperanza de vida saludable: Esto podría homologarse como esperanza de vida

libre de discapacidad, en donde el marcador de salud pasa a ser la función

conservada más importante incluso que la presencia o no de enfermedad.

2.3. El envejecimiento y la dependencia.

Es un hecho, que el aumento de la longevidad acompañado con un importante

descenso de la fecundidad durante los últimos 30 años, ha generado una rápida

transición hacia una población envejecida que, de acuerdo con las proyecciones

demográficas, esta tendencia permanecerá durante décadas. Por tanto, nuestra

sociedad se encamina hacia una población envejecida, y esto está acarreando

cambios profundos en todas las generaciones y la mayoría de los ámbitos de

actividad social y económica. A medida que Europa entra en el siglo XXI, la

tendencia demográfica hacia una sociedad más envejecida se está convirtiendo en

un asunto más relevante para la protección social, mercado de trabajo, política,

diseño y tecnología, educación y cultura, en resumen, para toda la economía y la

sociedad.

Por supuesto que toda la vida han existido personas ancianas, pero es ahora

cuando “llegar a viejo” es un hecho normalizado y extendido. Tan importante es

llegar como el estado en el que se llega. Por tanto, debemos tener en cuenta las

dos caras que presenta: Por el lado positivo, el éxito que supone que la inmensa

mayoría de las personas que viven en la actualidad, disponen de una esperanza de

vida mucho mayor y por el lado negativo, el factor de la falta de salud y recursos

económicos, que condiciona la vida de muchas personas que viven hasta edades

muy avanzadas.

Respecto al primer aspecto, y siguiendo al demógrafo y sociólogo, Julio Pérez Díaz5

, “la democratización de la supervivencia mínima hasta edades muy avanzadas

(más de 80 años) es ya un factor de éxito reproductivo en sí misma (las

poblaciones son mucho mayores, aunque la fecundidad disminuya, porque sus

“inquilinos” pasan mucho más tiempo en ellas).

5PÉREZ DÍAZ, Julio (en prensa) ¿Envejecimiento demográfico o democratización de la supervivencia? en la

revista Metode de la Universidad de Valencia.

45

Como ejemplo, el porcentaje de personas que llegaba a alcanzar la edad de 65

años en 1900 era del 26%. En la actualidad, esta edad la alcanza más del 87 % de

la población.

Junto a esta visión global, y por el lado negativo, es necesario aportar otra que nos

muestre las limitaciones a la autonomía de las personas que conlleva la

dependencia. Este concepto definido por el Consejo de Europa como "un estado en

el que se encuentran las personas que por razones ligadas a la falta o la pérdida de

autonomía física, psíquica o intelectual, tienen necesidad de asistencia y/o ayudas

importantes a fin de realizar los actos corrientes de la vida diaria y de modo

particular, los referentes al cuidado personal", representa la parte menos amable

del proceso de envejecimiento social.

En esta definición de la dependencia se reflejan tres características fundamentales:

- La limitación o restricción física o cognitiva relacionada con un estadio

concreto de la vida.

- La incapacidad de realizar las actividades de la vida diaria.

- La necesidad de asistencia o cuidados por parte de una tercera persona.

La teoría clasifica en diversos grados esta problemática, desde la dependencia leve

hasta la severa. Aparece, también, la interrelación entre la figura de la persona

mayor que es cuidada y la persona que proporciona los cuidados. En la sociedad

actual, con los cambios acaecidos en la familia por la pérdida de su concepción de

institución permanente, la incorporación de la mujer al mercado de trabajo

(recordemos que siempre han sido las mujeres las dispensadoras de cuidados) la

movilidad geográfica de los miembros de la familia (por estudios, trabajo, etc.), la

variedad de modelos de familia existentes (hogares unipersonales familias

monoparentales, etc.), no se pueden cubrir las tareas de cuidados por parte de los

miembros de la familia, con lo cual se producen situaciones de soledad o de

aislamiento debido a problemas de movilidad, tanto por las características de las

discapacidades asociadas, como por las barreras internas y externas del domicilio.

2.4. Las políticas de Envejecimiento Activo y Atención a la Dependencia.

Siguiendo a Alan Walker6, experto en analizar las políticas públicas sobre el

envejecimiento en la Unión Europea, afirma que “uno de los mayores éxitos de la

segunda mitad del siglo XX ha sido el aumento de la longevidad, reflejando una

mejora de las condiciones sanitarias y de bienestar de la población en el seno de la

UE. El incremento de la esperanza de vida es un indicador de desarrollo social y

económico; el triunfo de la ciencia y la política social sobre muchas de las causas de

muerte que truncaron gran número de vidas prematuramente. Europa puede estar

orgullosa del hecho de que, en los últimos 50 años, su modelo de desarrollo ha

permitido incrementar el número de ciudadanos/as que llegan a edades avanzadas

y hacerlo en situación de relativa seguridad económica”.

6 2 Actitudes hacia el envejecimiento de la población en Europa. Walker, A. Universidad de Sheffield, Reino

Unido, julio 1999.

46

Históricamente, la sanidad y los servicios sociales han vivido separados en su

quehacer asistencial, lo que ha afectado negativamente a las personas con

dependencia, que necesitan servicios sanitarios y sociales de forma conjunta y

simultánea.

La aprobación de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la

autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia, ha

supuesto un importante cambio en el contexto de la atención sociosanitaria, al

establecer un nuevo derecho universal de ciudadanía que pretende asegurar la

protección ante las situaciones de dependencia, que reducirá la tradicional

asimetría y desequilibrio existente entre los servicios sociales y el sistema sanitario

en lo referente a generación de derechos y disponibilidad de recursos.

A pesar de ello, estamos aún todavía lejos de haber logrado desarrollar un sistema

articulado de atención sociosanitaria satisfactoria, que garantice de forma efectiva y

generalizada la continuidad de los cuidados.

Como es sabido, el concepto de salud incluye tanto el bienestar físico como el

mental y social por lo que presta igual atención a los programas que mejoren las

condiciones de salud física como a aquellos que se centren en la relación entre

salud mental y social. El objetivo es incentivar que las personas mayores puedan

seguir manteniendo la autonomía y la independencia en base a mecanismos de

solidaridad intergeneracional. Así, el modo en que las generaciones más jóvenes

proporcionen la ayuda y soporte necesarios para los mayores determinará en gran

medida su calidad de vida.

El enfoque del envejecimiento activo se basa en el reconocimiento de los derechos

humanos de las personas mayores y en los principios de las Naciones Unidas que

reconocen a las personas mayores la igualdad de trato y de oportunidades en todos

los aspectos de la vida a medida que envejecen, además de ejercer su participación

en el proceso político y en otros aspectos de la vida comunitaria.

Las políticas de “envejecimiento activo” se fundamentan pues, en programas que

mejoren la salud, la seguridad y la participación. Según la OMS, el término “activo”,

además de referirse a la capacidad para estar físicamente activo, también hace

referencia a la participación en actividades sociales, culturales, y cívicas de la

comunidad, incluidas aquellas en situación de fragilidad, con discapacidades o que

precisen asistencia.

Un aspecto importante de la concepción del “envejecimiento activo” es el énfasis en

tomar en consideración todo el ciclo vital, en la medida que las condiciones en las

que se llegue a la ancianidad serán el resultado de las condiciones vividas con

anterioridad.

En todos los países del mundo, las enfermedades no transmisibles son las

principales causas de discapacidad y mortalidad a medida que las personas

envejecen. Pero muchas de estas enfermedades pueden prevenirse o retrasarse.

Las políticas en salud preventiva son por tanto esenciales para mejorar la calidad

de vida de los mayores y para reducir la necesidad de cuidados por las familias o

por servicios públicos. No prestar atención a las políticas preventivas supone

47

afrontar importantes costes humanos y de recursos que podrían destinarse a otros

fines además de suponer el deterioro de la calidad de vida de las personas

mayores.

2.5. Cambios sociológicos.

Las investigaciones sociológicas sobre la vejez y el envejecimiento ponen de

manifiesto que la realidad de las personas mayores es “una realidad mucho más

compleja y menos dramática de la que anunciaban los tópicos de los años ochenta.

Se ha ido haciendo evidente que estamos ante progresos innegables en la situación

socioeconómica de los mayores, y que los tópicos sobre la dependencia como

característica identificativa de la vejez son excesivos” (Pérez7, 2003).

Es evidente la necesidad y transcendencia de cambiar la imagen que la sociedad

tiene de las personas mayores como improductivas, dependientes, necesitadas de

asistencia, con escasa movilidad, etc. Las personas mayores son las actuales

cuidadoras por excelencia (también de las que ya tienen edades muy avanzadas).

Es de destacar las ayudas que proporcionan a sus familiares más jóvenes, hasta el

punto de haber hecho del “stress de las abuelas”, un tema de necesaria atención

política.

Quizá la consecuencia más revolucionaria del aumento de la supervivencia y del

cambio en el significado social del conjunto de edades es que las sociedades

avanzadas están ganando años de juventud, no de vejez. La cada vez mayor

presencia de personas en edades realmente avanzadas, la generalización de las

líneas de filiación familiar con presencia de tres generaciones primero, y hoy de

hasta cuatro, están convirtiendo en jóvenes a personas que hace no mucho

hubiesen sido ya maduras o mayores8.

3. MARCO REFERENCIAL DEL PLAN

En el presente apartado se recogen la legislación y los planes de atención en

los que se sustenta el Plan Estratégico, éstas se relacionan atendiendo al ámbito

europeo, estatal, autonómico, insular y municipal.

Atendiendo al marco del plan y su ámbito de actuación se cita aquella

normativa relacionada con las competencias en el área de mayores.

3.1. Marco legal y competencial de los servicios municipales para personas

mayores.

7 Pérez Díaz, J. (2003): La madurez de masas. Madrid, IMSERSO. 8 P Miret Gamundi, Pau y Pérez Díaz, Julio. Sociología de las edades, en La sociología en España, de Pérez

Yruela, Manuel, compilador. 2007. CIS.

48

Ley orgánica de 10/1982 de10 de agosto de Estatuto de Autonomía de

Canarias.

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

artículos 25, 26, 27 y 28.

Ley 9/1987 de 28 de Abril, de Servicios Sociales de Canarias

3.2 Marco legal y competencial en la atención a las personas mayores.

3.2.1. Europeo.

Carta Social Europea, aprobada el 18 de octubre de 1981, firmada por

España el 27 de abril de 1978 y ratificada el 6 de mayo de 1980.

Instrumento de Ratificación por parte de España del Protocolo Adicional a la

Carta Social Europea, hecho en Estrasburgo el 5 de mayo de 1988.

Resolución 46/91 de la Asamblea de las Naciones Unidas por la que se

aprueban los Principios de las Naciones Unidas a favor de las Personas

Mayores.

Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, de 07/12/2000.

Se recogen los derechos civiles y políticos, económicos y sociales de la Unión

Europea y del consejo de Europa.

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 18 de

marzo de 2002, titulada “La respuesta de Europa al envejecimiento a escala

mundial - Promover el progreso Económico y Social en un mundo en proceso

de envejecimiento. Contribución de la Comisión Europea a la Segunda

Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento”.

3.2.2. Estatal.

Constitución Española de 1978, de 29 de diciembre .

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad

Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad

Social prestaciones no contributivas.

Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio por el que se aprueba el

texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

49

Ley 39/2006 de 14 de diciembre de 2006 de Promoción de la autonomía

personal y atención a las personas en situación de dependencia

3.2.3 Autonómica.

Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de

Canarias.

Ley 9/1987 de 28 de Abril, de Servicios Sociales de Canarias

Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias.

Ley 8/1995. de 6 de abril de Accesibilidad y Supresión de Barreras Físicas y

de la Comunicación

Ley 3/1996, de 11 de julio de Participación de las Personas Mayores y de la

Solidaridad entre Generaciones

Decreto 227/1997, 18 septiembre por el que se aprueba el reglamento de la

ley 8/1995, 6 de abril (BOC 50,24.4.95, BOE 122, 23.5.95 de Accesibilidad y

Supresión de Barreras Físicas y de la Comunicación

Comisión Tutelar del Mayor Legalmente Incapacitado (Decreto 100/1998).

Ley 4/1998, de 15 de mayo, de Voluntariado de Canarias.

Decreto 236/1998, 18 de diciembre, por el que se regulan las condiciones

de acceso y los criterios para el pago del servicio en centros de alojamiento

y estancia para personas mayores, públicos y privados, con participación de

la Comunidad Autónoma en su fin.

Plan de Integración Social contra la Pobreza y la Exclusión Social en

Canarias.

Servicio de Ayuda a Domicilio: Regulación (Decreto 5/1999)

Plan General de Servicios Sociales de Canarias, aprobado en el Consejo de

Gobierno el 21 de enero de 1999.

Acuerdo de Gobierno de 30 de julio de 2001. Programa Socio Sanitario de

Atención a las Personas Mayores de Canarias.

(Decreto 63/2000). Centros para Personas Mayores: ordenación,

autorización, registro, inspección y régimen de infracciones y sanciones.

Orden 18.12.2000 Centros y Servicios de atención social a las Personas

Mayores: Hojas de Reclamaciones y de Iniciativas y Sugerencias.

DECRETO 148/2001, de 9 de julio por el que se modifica el Decreto

227/1997, de 18 de septiembre, que aprueba el Reglamento de la Ley

8/1995, de 6 de abril, de accesibilidad y supresión de barreras físicas y de la

comunicación.

50

Decreto 113/2002, de 9 de agosto, de traspaso de funciones de la

Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los

Cabildos Insulares en materia de servicios sociales especializados a personas

mayores, minusválidos y mujeres.

Voluntariado de Canarias: Desarrollo (Decreto 13/2002).

Ley 1/2006 de 7 de febrero por la que se modifica la Ley 2/2003, de 30 de

enero, de Vivienda de Canarias.

Plan de Salud de Canarias 2003-2007.

ORDEN de 3 de junio de 2004 por la que se aprueba el Reglamento de

Régimen Interno de los Centros de día de atención social a personas

mayores cuya titularidad ostente la Administración Pública de la Comunidad

Autónoma de Canarias.

Acuerdo de Gobierno de 29 de julio de 2004.Programa Socio Sanitario de

Atención a la Discapacidad de Canarias.

Consejo Canario de los Mayores (Decreto 135/2007).

Reconocimiento de la situación de dependencia: Regulación Procedimiento.

(Decreto 54/2008).

Educación y Formación Permanente de Personas Adultas (Ley 13/2003).

Comisión Canaria para la Educación y Formación Permanente de personas

Adultas (Decreto 54/2006).

Comisión Interdepartamental para la Educación y Formación Permanente de

Personas Adultas (Decreto 90/2006).

Currículo de la Formación Básica para la Educación de las Personas Adultas.

(Decreto 79/1998).

Actualización del currículo de Formación Básica de Personas Adultas en la

C.A.C. (Orden 27/8/2010).

Programa senior para mayores UNED. TENERIFE

Ley 5/2010, de 21 de junio, Canaria de Fomento a la Participación

Ciudadana (BOC 127, de 30.6.2010).

3.2.4. Insular

Decreto 160/1997, de 11 de julio,

Plan Estratégico Insular de Servicios Sociales y Sociosanitarios de Tenerife.

2001-2010.

Traspaso de funciones a los Cabildos Insulares en materia de Servicios

Sociales Especializados a Personas Mayores, Minusválidos y

Mujeres (Decreto 113/2002).

51

4. DIAGNÓSTICO

A continuación se añaden las conclusiones más relevantes del Diagnóstico en el que

se basa el I Plan Estratégico Municipal para las Personas Mayores de Santa Cruz de

Tenerife9.

4.1. Ámbito demográfico.

Según la ONU, España podría ser en el año 2050 el país más envejecido del

planeta. Haciendo una comparación con el conjunto de la Unión Europea, España es

el quinto país más envejecido en cifras absolutas tras Alemania, Italia, Francia y

Reino Unido. Si se observan las cifras relativas es también el quinto detrás de

Italia, Suecia, Grecia y Bélgica.

Este escenario se debe al envejecimiento demográfico que sufre nuestro país,

debido fundamentalmente al aumento de la esperanza de vida, con la consiguiente

reducción de las tasas de mortalidad y a una drástica reducción de las tasas de

natalidad. Por tanto, las personas mayores de 65 años en España suponen ya el

16,70% de la población total, aproximadamente unos 7,3 millones de habitantes.

Canarias es, sin embargo, la comunidad autónoma (si exceptuamos a Ceuta y a

Melilla) con la población más joven, con una tasa de envejecimiento del 12,97%.

Sin embargo la distribución y estructura de edades de la población es desigual

según las islas, comarcas y municipios. En el caso de la isla de Tenerife, con un

índice de envejecimiento del 13,72% se encuentra a medio camino entre las islas

con población muy joven, como Fuerteventura, frente a una población muy

envejecida, como en El Hierro.

Respecto al municipio de Santa Cruz de Tenerife, se observa una tendencia hacia el

envejecimiento poblacional: baja natalidad, baja mortalidad y pérdida de población

joven, no siendo este proceso mitigado por la inmigración, como en otros

territorios. El crecimiento de la población de personas con 65 y más años en la

última década ha cambiado la estructura demográfica por edades. Actualmente,

hay más personas mayores de 65 años (35.842) que menores de 14 años en el

municipio, siendo su índice de envejecimiento del 15,78%

Finalmente, los 5 distritos del municipio presentan características demográficas

distintas, el índice de envejecimiento se distribuye territorialmente con la siguiente

pauta: va creciendo desde el Distrito de Suroeste (7,76%) hasta llegar a la tasa

máxima en el Distrito de Anaga (18,90%). Sin embargo, ordenaríamos de mayor a

9Para una consulta detallada, existe un documento a parte en el que se trata extensivamente la temática.

52

menor según el tamaño de su población de personas mayores de esta manera:

Ofra-Costa Sur, Centro-Ifara, Salud-La Salle, Suroeste y Anaga.

Población por grupos de edad, distritos municipales y total del municipio.

Distrito De 0 a 14 años De 15 a 64 años Con 65 y más años TOTAL

Anaga 1.443 9.753 2.610 13.806

Centro-Ifara 5.988 36.976 9.734 52.698

Salud-La Salle 5.494 31.813 7.966 45.273

Ofra-Costa Sur 7.438 48.625 11.853 67.916

Suroeste 8.493 35.236 3.679 47.408

Municipio 28.856 162.403 35.842 227.101

Fuente: Padrón Municipal de Habitantes , 2010. Elaboración propia

4.2. Ámbito económico.

Los ingresos en el hogar, según los estudios consultados, suelen venir o por

Ingresos primarios por trabajo y propiedades o bien Ingresos secundarios por

transferencias sociales y entre hogares. A medida que se compara las tasas entre

grupos de edad y entre mujeres y hombres, se obtienen por vías diferentes.

Obviamente, las personas mayores, tienen la tasa más baja por Ingresos primarios

por trabajo y propiedades y la más alta por Ingresos secundarios por transferencias

sociales y entre hogares. Pero se observa como las mujeres presentan tasas

inferiores en la franja de edad de 65 años frente a los hombres, respecto a ingresos

secundarios, esto es, no por salario o patrimonio. Por tanto, aquellas personas

mayores, más mujeres que hombres sin redes sociales de apoyo (familiar, amistad,

etc.) y que no perciban prestaciones sociales suficientes, ya que no han cotizado a

la Seguridad Social, tienden al empobrecimiento.

Las pensiones contributivas tienen importes medios, en la provincia de Santa Cruz,

en la pensión de incapacidad de 751,35 €, en la pensión de jubilación de 843,12 € y

en la pensión de viudedad de 563,05 €. Pero en el caso de Canarias, tras Ceuta y

Melilla, es la comunidad española con mayor número de prestaciones no

contributivas entre la población que recibe pensiones de jubilación o invalidez, con

cerca del 20% del total.

El total de PNNC del municipio de Santa Cruz de Tenerife es de 6.020, triplicando el

número de mujeres al número de hombres. Lo cual, hace que estimemos que 1 de

cada 4 personas mayores del municipio tiene ingresos por debajo de umbral de la

pobreza.

En líneas generales, las mujeres de cualquier grupo de edad tienen unas tasas de

pobreza superiores a los hombres, pero es en el grupo de edad de mayores de 65

años, donde la diferencia se agudiza más.

Desde 1996 el aumento de la tasa de pobreza en mujeres mayores ha pasado del

14,1 al 24,2. Frente a esta tendencia, los hombres han tenido tasas de pobreza

53

mayores superiores a la de las mujeres hasta el año 2000, periodo a partir del cual,

se produce un aumento elevado de la pobreza femenina.

Actualmente, en España se da una tendencia de incremento en la tasa de pobreza

relativa en la población menor de 16 años, ya que se ha pasado de un 24,1% en

2008 al 24,5% del 2010, frente a una bajada en la tasa de la población mayor, que

de un 27,5% en 2008 a descendido al 24,6% del 2010. Evidentemente, el aumento

en las cuantías de las pensiones es debido tanto a que las nuevas generaciones que

acceden a la jubilación tenían mejores condiciones laborales como a la subida en el

importe de las prestaciones, ha influido de manera decisiva.

Según la última encuesta de Condiciones Sociales de Canarias (2007), el 19% de

los hogares y el 18% de las personas del Área Metropolitana de Tenerife se

encontrarían bajo el umbral de la pobreza (inferior a 552€).

Las personas mayores (65 y más años) que se encontrarían en esta situación serían

el 24,5%, es decir 1 de cada 4.

Se destaca que la persona principal, es decir, el sustentador principal de los

hogares pobres se caracteriza en Canarias por:

- ser beneficiario de alguna pensión o jubilación (56% de los hogares pobres).

- estar ocupado, es decir, trabajando (25% de los hogares pobres)

- estar parado (13% de los hogares pobres)

Respecto a las diferencias entre áreas rurales y urbanas, se afirma que hay una

mayor predisposición a la pobreza en los municipios rurales, porque las rentas

agrarias son más reducidas y porque el proceso de envejecimiento de la población

es más intenso aquí (al haber mayor cantidad de inactivos los ingresos

disminuyen). Por eso el umbral de la pobreza aumenta en los municipios rurales

hasta el 31,7% de los hogares, y el 27,5% de la población, en ese ámbito. Aunque,

si se atiende a las cifras absolutas, 11.530 hogares y 32.376 personas pobres en el

ámbito rural, el volumen afectado no es el más destacado. Sin embargo, se señala

que la máxima concentración de pobreza se encuentra en los municipios

metropolitanos (43.300 hogares, 127.075 personas) y la menor presencia en los

municipios turísticos (9.597 hogares, 24.215 personas).

4.3. Ámbito formativo.

La población total del municipio posee un nivel educativo más elevado que los

ámbitos territoriales comparados.

Los niveles de población de personas analfabetas y sin estudios, son pequeños,

correspondiendo a las personas de 65 y más años, pues es similar a la proporción

de envejecimiento del municipio.

Si nos detenemos en las categorías medias (2º grado) el porcentaje de la población

que ha cursado estos estudios es superior a la media insular, autonómica y estatal.

En cuanto a estudios de FP Grado Medio o Superior, Santa Cruz de Tenerife llega a

superar la media autonómica en FP Medio y se acerca a esa tasa en FP Superior.

54

Finalmente, las categorías de educación superior, la población del municipio están

muy por encima de la media insular, canaria y española en cuanto a Diplomatura,

Licenciatura o Doctorado.

Municipio de

Santa Cruz de

Tenerife

65 o más años Total población

Hombres Mujeres Total Hombres Mujeres Total

Analfabetas 4,93 10,88 8,47 7,47 8,10 7,80

Sin estudios 27,19 31,50 29,76 12,12 13,97 13,08

Primer grado 28,06 30,94 29,78 21,66 22,23 21,96

Segundo grado 28,39 22,13 24,66 45,43 42,42 43,86

Tercer grado 11,43 4,55 7,33 13,32 13,28 13,30

TOTAL 100,00 100,00 100,00 100,00 100,00 100,00

Fuente: INE, Censo 2001. Elaboración propia.

Como hemos podido constatar, la proporción de personas con 65 y más años, en

mayor medida las mujeres, sin alfabetizar o sin estudios es muy superior al total de

la población. Es muy evidente la diferencia entre la población de hombre mayores

con estudios universitarios (11,43%) frente a las mujeres mayores (4,55%).

Todo ello afecta a la autonomía de las personas mayores, pues muchas de ellas

apenas leen o usan las tecnologías de la información y la comunicación.

4.4. Ámbito sociosanitario.

Como conclusiones más destacadas, podemos señalar que Santa Cruz de Tenerife

presenta unas tasas de cobertura en los Servicios Sociales dirigidos a la población

mayor que son inferiores a la media canaria y española tanto en teleasistencia

como en el ámbito residencial y de Centros de Estancia Diurna. Sin embargo,

supera a la media canaria respecto al grado de cobertura en el Servicio de Ayuda a

Domicilio.

Índice de

cobertura

Tipo de Recurso

España Residencias Centros de

Estancia

Diurna

SAD Teleasistencia

4,44 0, 83 4,69 4,72

Canarias 4,29 0,79 3,58 1,2

Santa Cruz de

Tenerife

3,27 0,57 4,55 0,69

Fuente: IMSERSO, Las Personas Mayores en España, 2008. , datos de la D.G.

Bienestar Social del Gob.Can. e indicadores del IMAS. Elaboración propia. IC: nº

plaza o usuarios/población >65 años *100

55

Se observa como la demanda de servicios sociales dirigidos a las personas mayores

crece de manera exponencial y la oferta, aparte de la problemática derivada de la

puesta en marcha del Sistema de Autonomía Personal y de Atención a la

Dependencia en esta Comunidad Autónoma, en el municipio de Santa Cruz de

Tenerife presenta tres factores importantes:

1. Municipio con el mayor tamaño poblacional de personas mayores de la isla y

sin embargo los recursos son comarcales o insulares.

2. Un importante sector de población mayor con pocos recursos económicos.

3. Gran peso de la oferta privada.

Respecto a la salud, la autovaloración del estado de salud es peor en las personas

mayores que en el resto de grupos de edad, siendo mayor la tasa en las mujeres

que en los hombres. También según las fuentes consultadas, todas las respuestas

las tasas de respuestas que implican discapacidad, falta de autonomía para la

realización de actividades cotidianas, dolor o malestar, ansiedad o depresión, son

superiores en las mujeres mayores que en los hombres.

Tal y como la literatura científica preveía, existe una correlación entre edad elevada

y una mayor tasa de discapacidades asociadas a la dependencia. No obstante, es

cierto que esta puede aparecer a cualquier edad e incluso en poblaciones con un

índice de envejecimiento bajo. Sin embargo, la población de Canarias, presenta

unas tasas muy por debajo de la media estatal, siendo la número 14, ordenando de

mayor a menor prevalencia.

Existen además diferencias entre las dos provincias canarias, siendo Las Palmas,

con un 73,83 por 1.000 hab., la que posee una tasa mayor que la provincia de

Santa Cruz de Tenerife, con un 68,66 por 1.000 hab., siendo esta última, mucho

más envejecida.

Por tanto, ofrecemos dos cifras posibles en cuanto a la población mayor en

situación de dependencia. La primera, empleando el padrón municipal de habitantes

(01/01/2010) y la segunda las personas usuarias del Servicio Canario de la Salud

con tarjeta sanitaria en el municipio.

Estimación según

Padrón municipal

de Habitantes por

Rango de edad

De 6 a

64

años

De 65

a 79

años

De 80 y

más

años

Población

total de

mayores

dependientes

Población

Total

Población estimada

con discapacidades

asociadas a

dependencia en el

municipio

7.120 4.663 4.572 9.235 15.593

Tasa de

discapacidad

(respecto a su

rango de edad)

3,905

%

17,779

% 47,568% 25,7% 6,688%

56

Estimación según usuarios/as con

Tarjeta sanitaria del Servicio

Canario de la Salud por Rango de

edad

De 65 a

79 años

De 80 y

más años

Población

total de

mayores

dependientes

Población estimada con

discapacidades asociadas a

dependencia en el municipio

4.485 3.487 7.973

Tasa de discapacidad

(respecto a su rango de edad)

17,779

% 47,568% 25,7%

Hemos de señalar, que existe una diferencia de 4.046 personas con 65 y más años,

entre Padrón Municipal de Habitantes y el Registro de la Tarjeta Sanitaria del

Servicio Canario de la Salud.

Además de detectar esta diferencia entre personas usuarias del Servicio Canario de

la Salud y personas empadronadas, que puede influir a la hora de realizar

planificaciones, destacamos las diferencias en cuanto a la planificación territorial de

las Zonas Básicas de Salud, (ZBS), ya que en muchos casos la población atendida

no coincide con los límites de los términos municipales.

4.5. Ámbito residencial.

Santa Cruz de Tenerife es un municipio que presenta unas características

determinadas que le hacen diferente al resto de los municipios de la isla de

Tenerife.

Respecto a la geografía física, el municipio ofrece dos zonas contrastadas: la

abrupta topografía del Macizo de Anaga frente a la sueva pendiente de la rampa

lávica que desciende desde la altiplanicie lagunera hasta el mar.

El puerto está situado en la zona más próxima a las montañas de Anaga, y en torno

a él se fue configurando el núcleo urbano, aunque el gran crecimiento capitalino ha

hecho que la ciudad se haya estirado hacia el oeste y sudoeste, desbordando los

límites del municipio. En la actualidad conforma con el vecino municipio de La

Laguna, una línea de edificaciones continua, en donde el espacio urbano tiene

entidad propia, pero con problemas derivados de una gestión independiente en

cada Ayuntamiento.

Unida a los condicionantes físicos del territorio donde se asienta la población del

municipio, es un factor importante en este diagnóstico la edificación construida con

la explosión demográfica del siglo XX en donde la autoconstrucción de viviendas sin

supervisión urbanística que predominó hasta finales de los 80. La urbanización

caótica que sube por colinas sin accesos adecuados, llenas de escaleras y

callejuelas estrechas, además de viviendas con graves carencias, son la herencia de

la ausencia de control por parte de las Administraciones Públicas. Siendo este un

factor que determina en gran medida la prestación de servicios, la movilidad y las

relaciones,

57

Se afirma, tanto por parte de la población como de los equipos técnicos, que la

vivienda se convierte en la cárcel de muchas personas mayores con movilidad

reducida, al haber barreras físicas (escalones, escaleras, etc.) que les impiden salir

de las mismas.

Además, muchas partes de la ciudad no tienen una estructura viaria que facilite el

paseo a estas personas, no solo por el medio físico (cuestas) sino por cómo está

urbanizada. Es necesario mejorar aún más el entorno urbano, para proporcionar

autonomía a este colectivo, mediante una mejor planificación urbanística y lograr

una ciudad para todas las edades. También se destaca que debe mejorarse y

adaptarse los transportes públicos a los mayores, para que su utilización sea más

segura.

4.6. Ámbito relacional.

La estructura de los hogares del municipio presenta unas características que lo hace

diferente al resto de la isla. Tiene la tasa más elevada de la isla de Tenerife de

hogares multipersonales formados por madre con hijas/os, superando en casi 2

puntos la media insular.

Respecto a la categoría de Hogares Multipersonales con un núcleo y otras personas

emparentadas, tiene un porcentaje superior a la media insular, y desagregando los

datos, se observa una tasa muy elevada de madres o padres con hijas/os y otras

personas emparentadas. Junto a esto, presenta también una tasa inferior a la

media insular de Hogares Multipersonales de parejas con hijas/os.

La tendencia a la reducción en el tamaño de los hogares está constatada, por tanto,

aunque pervive la cohabitación de jóvenes mayores de edad y personas mayores

en el mismo hogar.

En relación a la composición de los hogares habitados por personas mayores,

tenemos que en el municipio presentan las siguientes características:

- Personas mayores viviendo solas: 4.773 (15% de la población total de

mayores de 65 años)

o Hogares con una mujer con 65 a más años viviendo sola: 3.721 (6,04%

de los hogares, el 77% de las personas mayores viviendo solas son

mujeres)

o Hogares con un hombre con 65 a más años viviendo solo: 1.052

(1,71% de los hogares)

- Viviendo en pareja, se encontraban 11.584, el 43,26 % de la población

mayor.

- En otra situación convivencial diferente a las anteriores, estaría 10.423, el

38,92%.

58

- La población en situación de institucionalización, ascendía a 150 personas, el

0,56% de la población de mayores del municipio.

En líneas generales, en nuestra sociedad se observa como el matrimonio, ya no es

la única forma de convivencia y de hecho, las tasas de divorcio y de nacimientos de

descendientes nacidos fuera del matrimonio siguen aumentando quedando casi a la

par.

Sin embargo, analizando el estado civil en las personas mayores, el porcentaje de

mujeres mayores solteras representan un 10% frente al 5% de los varones.

También las mujeres mayores viudas son el 48% frente al 13% de los varones

viudos. En cambio los varones mayores que permanecen casados ascienden al 78%

frente al 37% de las mujeres. Respecto a las personas mayores separadas o

divorciadas apenas representan un 3,6% y un 3% respectivamente.

La viudedad no es necesariamente un factor de riesgo en sí mismo, pues muchas

mujeres viudas, comienzan una nueva etapa vital, aunque si bien es cierto, además

de ser un factor psicológico de estrés, la muerte del cónyuge reduce la estructura y

el nivel de frecuencia de contactos de las redes sociales establecidas. Además, dada

la elevada cifra de pensionistas del municipio que cobra una Prestación No

Contributiva (PNC), se puede inferir que siendo la pensión de viudedad tan escasa,

nos podemos encontrar con cifras de pobreza muy altas en este segmento de la

población del municipio.

Las personas mayores, tienen más horas de tiempo libre que otros grupos de edad.

Es destacable que el 38% de los hombres mayores afirmen tener 8 y más horas

frente al 14% de la media de su sexo. Al ver la diferencia entre mujeres y hombres

mayores, se observa que disponen de menos horas de tiempo libre las mujeres que

los hombres mayores.

Estar con la familia a ocupar la primera posición en sus preferencias, ya que

consideran que el cuidado de los/as nietos/as, las reuniones y excursiones

familiares, el contacto, en definitiva, con los miembros de sus familias, les ocupa el

tiempo libre y el ocio del que disponen. Sin embargo, la TV, la radio y la lectura,

suelen ser la manera más usual de entretenerse, fuera de actividades concretas,

como manualidades o hacer punto.

Respecto a las tareas del hogar, según los estudios consultados, siguen siendo

mayoritariamente las mujeres las que las realizan. En el cuidado de niños y niñas,

se observa que por cada 5 mujeres hay 2 hombres que realizan siempre las tareas

que implican el cuidado de menores. La mayor parte de las personas cuidadoras de

personas mayores en situación de dependencia son mujeres entre 46 y 65 años,

siendo la tasa del 40% frente al 10% de los hombres de la misma edad.

Generalmente, muchas mujeres tienen que dejar su actividad profesional o en el

mejor de los casos, la comparten con servicios especializados, que suelen ser otras

mujeres, las que realizan este trabajo.

Respecto a la práctica deportiva en las personas mayores, las mujeres que nunca

practica deporte suponen el 80% frente al 72% del los hombres, mientras que la

práctica diaria la sigue un 18% de hombres frente al 11% de las mujeres. Lo cual

59

hace que existan dos subgrupos, en donde hay más mujeres mayores practicando

deporte diariamente frente a los hombres, pero también muchas más mujeres que

no realizan ningún ejercicio físico.

En relación a las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC), se

observa como las personas mayores tienen las tasas de menor uso. En este caso si

analizados las datos por sexo, podemos destacar como las mujeres mayores tienen

tasas de uso mayores que los hombres mayores.

4.7. Ámbito de ciudadanía y participación.

La pertenencia a alguna asociación por parte de la ciudadanía en Canarias es

minoritaria y siendo así, vemos como hay mayor presencia masculina que

femenina, aunque la brecha de género se sitúa en el 2%.

Según los datos de la última Encuesta de Mayores 2010, realizada por el IMSERSO,

a nivel nacional, el 72% de las personas encuestadas no pertenece a ninguna

organización, asociación, etc., mientras que el 28% sí pertenece a alguna. Afirman

que se da una escasa participación formal, detectando que participan más las

mujeres, las personas que residen en ámbitos urbanos y con mayor formación.

En relación a la tipología de entidad a la que se asocian, tenemos que las

Asociaciones de Mayores con un 5% y las Asociaciones de Voluntariado con un

4,5% son las que concentran mayor adhesión.

Se afirma que tanto las personas mayores como la sociedad en su conjunto creen

que las personas mayores deben tener una mayor presencia en todos los ámbitos

de la sociedad.

Cuadro resumen de conclusiones según ámbitos de exclusión social:

Cuadro resumen de conclusiones por Distrito Municipal:

60

ANAGA

• Demografía:

• El distrito con menor población total y el de menor tamaño de la

población de mayores. Es, sin embargo, el que posee el índice de

envejecimiento más elevado.

• Demanda de Servicios Sociales:

• La tasa más elevada en cuanto a SS en general y SS para Mayores.

• Servicios Sociales municipales para Mayores:

• SAD por debajo de la media.

• Teleasistencia por debajo de la media.

• Ausencia de Residencias y Centros de Día.

• Necesidades expresadas por la población de mayores:

• Prestaciones económicas.

• Adaptación y mejora de la accesibilidad de los barrios.

• Transporte adaptado.

• Necesidades expresadas por equipos técnicos:

• Adaptación y mejora de la accesibilidad de los barrios.

CENTRO-IFARA

• Demografía:

• El segundo distrito en población de personas mayor y con el segundo

índice de envejecimiento más elevado.

• Demanda de Servicios Sociales:

• La menor tasa en cuanto a SS en general y SS para Mayores.

• Servicios Sociales municipales para Mayores:

• SAD por debajo de la media.

• Teleasistencia por debajo de la media.

• Presencia mayoritaria de las Residencias y Centros de Día privados.

• Necesidades expresadas por la población de mayores:

• Mayor oferta formativa y estabilidad durante todo el año.

• Adaptación del transporte.

• Mejora de la limpieza y mobiliario urbano.

• Necesidades expresadas por equipos técnicos:

• Servicios Sociales para Mayores con pocos recursos.

SALUD-LA SALLE

• Demografía:

• El tercer distrito, tanto en población de personas mayor como por

índice de envejecimiento.

• Demanda de Servicios Sociales:

• La segunda mayor tasa en cuanto a SS en general y SS para

Mayores.

• Servicios Sociales municipales para Mayores:

• SAD por encima de la media.

• Teleasistencia por encima de la media.

• Presencia destacada de las Residencias y Centros de Día públicos.

• Necesidades expresadas por la población de mayores:

61

• Mayor oferta formativa y estabilidad durante todo el año.

• Mejora de los recursos destinados para mayores.

• Seguridad ciudadana.

• Necesidades expresadas por equipos técnicos:

• Adaptación del urbanismo de la ciudad a las personas mayores.

• Servicios Sociales para Mayores con pocos recursos.

OFRA-COSTA SUR

• Demografía:

• El primer distrito en población de personas mayores y el 4º índice de

envejecimiento.

• Demanda de Servicios Sociales:

• La cuarta mayor tasa en cuanto a SS en general y tercera para SS

para Mayores.

• Servicios Sociales municipales para Mayores:

• SAD por debajo de la media.

• Teleasistencia por debajo de la media.

• Presencia destacada de Centros Sanitarios públicos y Residencias

privadas.

• Necesidades expresadas por la población de mayores:

• Mayor oferta formativa y estabilidad durante todo el año.

• Seguridad ciudadana.

• Mejora de los recursos destinados para mayores.

• Necesidades expresadas por equipos técnicos:

• Problemas económicos.

• Servicios Sociales y actividades para Mayores.

SUROESTE:

• Demografía:

• El cuarto distrito en población de personas mayores y el menor índice

de envejecimiento.

• Demanda de Servicios Sociales:

• La tercera mayor tasa en cuanto a SS en general y cuarta para SS

para Mayores.

• Servicios Sociales municipales para Mayores:

• SAD por encima de la media.

• Teleasistencia por debajo de la media.

• Poca presencia de Centros y Residencias.

• Necesidades expresadas por la población de mayores:

• Seguridad ciudadana y programas de integración social.

• Mayor oferta formativa y estabilidad durante todo el año.

• Mejora de los recursos destinados para mayores.

• Necesidades expresadas por equipos técnicos:

• Problemas económicos.

• Servicios Sociales y actividades para Mayores.

5. PRINCIPIOS Y PRIORIDADES

62

5.1.Principios.

En este apartado se recogen los principios de referencia para el diseño de las

políticas de atención para las personas hacia las que el Plan Estratégico dirige sus

acciones (fundamentalmente las personas mayores y sus familias). La definición de

estos principios, es imprescindible para la determinación de los servicios y recursos

específicos para el colectivo. Su orden de presentación y correlación no implica,

prioridad alguna entre ellos.

Se han establecido tres niveles:

Principios rectores, se trata de aquellos principios que deberán inspirar o

impulsar toda actuación que se lleve a cabo en el municipio y que, de forma

directa o indirecta, se dirija a las personas mayores.

Principios Organizativos, están relacionados con la organización, asignación

y/o distribución de los recursos y servicios.

Principios o Criterios de Actuación, que reflejan aquellos aspectos operativos

y que determinarán la forma de aplicación de éstos.

En la formulación de los principios generales se han tomado como referencia:

Los principios de las Naciones Unidas en favor de las personas de edad

adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas (resolución

46/91) el 16 de diciembre de 1991.

II Asamblea Mundial sobre envejecimiento. Plan de Acción Internacional de

Madrid sobre el Envejecimiento 2002.

Los principios en los que se inspira la Ley 39/2006 de 14 de diciembre de

Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación

de Dependencia (LPAPAD), por lo que la aprobación de esta Ley, ha

supuesto para el sistema de atención a las personas mayores.

Participación de las Personas Mayores y de la Solidaridad entre Generaciones

(Ley 3/1996).

Los principios rectores contemplados en este Plan son:

1. Dignidad

2. Independencia

3. Autorrealización

4. Participación

5. Cuidados y Atención

A estos cinco principios se han añadido:

63

6. Respeto a la capacidad de decisión de las personas mayores

7. Reconocimiento de las diferencias

8. Universalidad

9. Equidad e Igualdad

10. Intergeneracionalidad y solidaridad

11. Normalización e integración

12. Promoción del envejecimiento Activo

Los principios organizativos son:

1. Colaboración, coordinación y cooperación

2. Transversalidad en las políticas de atención

3. Responsabilidad pública y sostenibilidad

4. Corresponsabilidad social

Los principios de actuación definidos son:

1. Perspectiva de Género

2. Perspectiva de edad

3. Conocimiento de la realidad

4. Atención integral e integrada

5. Personalización de la atención

6. Perspectiva familiar y comunitaria

7. Proximidad

8. Accesibilidad

9. Prevención de las situaciones de dependencia y promoción de la autonomía

10. Flexibilidad

11. Calidad

A) Principios rectores.

El Plan de Personas Mayores de Santa Cruz de Tenerife contempla como principios

básicos los cinco principios de la Naciones Unidas a favor de las personas mayores:

dignidad, independencia, autorrealización, participación y cuidados.

1. Dignidad

Las personas mayores deberán poder vivir con dignidad y seguridad y verse libres

de explotaciones y de malos tratos físicos o mentales. Deberán recibir un trato

digno, independientemente de la edad, sexo, raza o procedencia étnica,

discapacidad u otras condiciones, y han de ser valoradas independientemente de su

contribución económica.

2. Independencia

64

Las personas mayores tienen derecho a un alojamiento adecuado y poder residir

en su propio domicilio por tanto tiempo como sea posible; a tener la posibilidad de

vivir en entornos seguros; a tener acceso a programas educativos y de formación

adecuados; a poder participar en la determinación de cuándo y en qué medida

dejarán de desempeñar actividades laborales; a tener ingresos y apoyo de sus

familias que garanticen su autosuficiencia.

3. Autorrealización

Las personas mayores deberán poder aprovechar las oportunidades para desarrollar

plenamente su potencial; deberán tener acceso a los recursos educativos,

espirituales , culturales y recreativos de la sociedad, para poder desarrollar su

proyecto de vida.

4. Participación

Las personas mayores deberán permanecer integradas en la sociedad, participar

activamente en la formulación y la aplicación de las políticas que afecten

directamente a su bienestar y poder compartir sus conocimientos y habilidades con

las generaciones más jóvenes; poder buscar y aprovechar oportunidades de prestar

servicios a la comunidad y de realizar acciones de voluntariado en puestos

apropiados a sus intereses y capacidades; poder formar movimientos o

asociaciones de personas mayores.

5. Cuidados

Las personas mayores deberán poder disponer de los cuidados y la protección de la

familia y la comunidad, de conformidad con el sistema de valores culturales de cada

sociedad; tener acceso a servicios de atención de la salud, que los ayuden a

mantener o recuperar un nivel óptimo de bienestar físico, mental y emocional, así

como a prevenir o retrasar la aparición de la enfermedad; tener acceso a servicios

sociales y jurídicos que les aseguren mayores niveles de autonomía, protección y

cuidado; tener acceso a medios apropiados de atención institucional o que les

proporcionen protección, rehabilitación y estímulo social y mental en su entorno

humano y seguro; poder disfrutar de sus derechos humanos y libertades

fundamentales cuando residan en Residencias o Instituciones, con pleno respeto a

su dignidad, creencias, necesidades e intimidad, así como de su derecho a

participar en el funcionamiento del Centro y a adoptar decisiones sobre su cuidado

y sobre la calidad de su vida.

A estos cinco principios se han añadido:

6. Respeto a la capacidad de decisión de las personas mayores

Hay que impulsar el derecho de todas las personas mayores a realizar su propio

proyecto de vida, fortaleciendo las capacidades de decidir. Y ejercer de forma

voluntaria la libertad de pensamiento, opinión y expresión .

7. Reconocimiento de las diferencias

65

Las personas mayores lejos de formar un colectivo homogéneo y uniforme,

constituyen un grupo marcado por la diversidad y heterogeneidad como

cualquier otro grupo social (menores, jóvenes, personas adultas, etc.).

Con este principio se pretende reconocer la diversidad existente entre las

personas mayores y tratar con dignidad sus particularidades y especificidades y

las situaciones de desigualdad que existen entre los diferentes grupos de

mayores. Promoviendo el respeto a esta diversidad de opciones vitales,

sexuales, culturales, religiosas, etc.

8. Universalidad

Entendida como un principio operativo de los Servicios sociales, en virtud de la

cual se garantiza la igualdad de acceso a la totalidad de las personas y grupos

a los servicios sociales con independencia de las condiciones sociales,

económicas y territoriales. La garantía de este principio nace por la condicion de

igualdad de toda la ciudadanía.

9. Equidad e Igualdad

La igualdad en el trato, en el acceso a los servicios y recursos y, en definitiva, la

igualdad de oportunidades para todas las personas, independientemente de su

edad, lugar de origen y residencia, nivel de estudios, etc.

10. Intergeneracionalidad y solidaridad

Las relaciones entre las distintas generaciones constituyen un factor clave de la

cohesión social, en cualquier comunidad o sociedad, al mismo tiempo que

favorece un entorno inclusivo que hace posible la participación activa y en

igualdad de oportunidades de las personas mayores. El reconocimiento mutuo y

la solidaridad entre generaciones actúan contra las desigualdades y las

discriminaciones por razones de edad.

11. Normalización e integración

La atención a las personas mayores se ha de abordar en el marco de un modelo

que facilite la inserción y permanencia en los procesos de envejecimiento en el

entorno familiar y social habitual, eliminando las barreras que conducen a la

desigualdad y exclusión social.

12. Promoción del envejecimiento Activo

Es necesario promover en el marco del modelo del envejecimiento activo la

participación de las personas mayores en su comunidad, en las ofertas

socioculturales, en la expresión de demandas, en el tejido asociativo y

comunitario, en la elaboración de políticas y en la implementación de servicios.

Implementar medidas que garanticen la seguridad y la salud de las personas

mayores para posibilitar la permanencia en su entorno.

66

B) Principios organizativos

1. Colaboración, coordinación y cooperación

El cumplimiento de los objetivos previstos en el Plan será posible a través de la

colaboración, coordinación y cooperación entre las distintas áreas del

Ayuntamiento (intra-municipal) y con otras administraciones con competencias

en la atención a personas mayores (Cabildo y Gobierno Autónomo) y de éstas

con la iniciativa privada y social. Para ello habrán de definirse fórmulas y

procedimientos adecuados que permitan la coordinación de las diferentes áreas,

recursos y profesionales que se dedican a la atención de las personas mayores y

garanticen la coherencia y conexión de las actuaciones.

2. Transversalidad en las políticas de atención

Las políticas, programas y actuaciones dirigidas a las personas mayores no se

han de limitar a las de carácter específico, es decir, a las diseñadas

exclusivamente para este colectivo, sino que las decisiones y actuaciones

generales a llevar a cabo desde otras áreas del ayuntamiento también han de

tener en cuenta las necesidades e intereses de las personas mayores.

3. Responsabilidad pública y sostenibilidad

Un principio que debe plasmarse en la asignación de recursos financieros,

humanos y materiales y de los equipamientos necesarios acordes con los

objetivos recogidos en el presente Plan. Deberá garantizarse la planificación, el

control y la .continuidad de los servicios si se determina la necesidad.

4. Corresponsabilidad social

Hay que concienciar y promover la corresponsabilidad que en la atención a las

personas mayores tienen las propias personas mayores, sus familias, las

administraciones públicas, entidades privadas y el conjunto de la comunidad.

C) Principios de actuación.

1. Perspectiva de Género

Actuar desde la perspectiva de género implica el reconocimiento de que

hombres y mujeres tienen necesidades diferentes y específicas, y la voluntad de

trabajar para reducir las desigualdades de género y conseguir la igualdad real

entre ambos sexos.

2. Perspectiva de edad

67

Se trata de integrar esta perspectiva en la definición de las políticas y

actuaciones a desarrollar por las distintas áreas del Ayuntamiento, como una

forma de reconocer a las personas mayores como un colectivo que comparte

necesidades e intereses con otros grupos sociales y el conjunto de la ciudadanía.

3. Conocimiento de la realidad

Toda actuación que sea planificada ha de partir del conocimiento de la realidad

concreta sobre la que se pretende actuar. Analizar y valorar la situación de cada

persona o grupo, atendiendo a las necesidades, intereses y recursos disponibles

para que las propuestas de actuación sean adecuadas y eficaces.

4. Atención integral e integrada

En la vejez como etapa vital y en el envejecimiento como proceso están

presentes una multiplicidad de aspectos, ámbitos y dimensiones que deben

contemplarse en la planificación y desarrollo de las actuaciones para garantizar

la integralidad de las mismas. Hay que apostar por un modelo de atención

integral e interdisciplinar que garantice una atención continuada de calidad a las

personas mayores.

5. Personalización de la atención

El principio básico de “Reconocimiento de las diferencias” se ha de traducir en la

atención personalizada e individualizada, teniendo en cuenta de manera

especial a aquellas personas que precisan de mayor acción positiva como

consecuencia de tener mayor grado de discriminación y/o menor igualdad de

oportunidades. (Principio 6 de la LPAPAD).

6. Perspectiva familiar y comunitaria

Incorporar en las políticas y acciones dirigidas a las personas mayores una

perspectiva familiar y comunitaria, y no sólo individual. Como forma de favorecer

la integración de las personas mayores en su entorno.

7. Proximidad

Favorecer la cercanía física de los recursos y/o servicios al entorno residencial de

las personas mayores y sus familias.

8. Accesibilidad

Accesibilidad al entorno, los recursos y los servicios, tanto específicos como

generales, en condiciones de igualdad con respecto a otros grupos de población.

9. Prevención de las situaciones de dependencia y promoción de la

autonomía

68

Establecimiento de medidas adecuadas de prevención, rehabilitación, estímulo

social y mental, y promoción de condiciones que permitan a las personas el

mayor grado de autonomía posible. La participación de las personas en

situación de dependencia y, en su caso, de sus familias y entidades que les

representen en los términos previstos en la LPAPAD.

10. Flexibilidad

El presente Plan ha de estar marcado en su desarrollo por la flexibilidad, es

decir, este documento ha de concebirse como un instrumento abierto a los

cambios y propuestas que durante su implementación puedan surgir, de manera

que pueda dar respuesta a las nuevas necesidades, demandas e intereses que

puedan plantearse por parte de las personas mayores y otros colectivos.

11. Calidad

Establecer, promover y velar por el cumplimiento de niveles adecuados exigibles

de calidad en cada una de las actuaciones dirigidas a la atención de las

personas mayores.

5.2. Prioridades.

Las políticas y propuestas de envejecimiento activo deben adaptarse a cada perfil

de personas, atendiendo a su sexo, edad, estado civil, forma de convivencia,

hábitat, salud, posición económica y nivel de estudios.

Dentro del principio de reconocimiento de las diferencias habría que prestar una

atención especial a los grupos o colectivos que presentan una situación real o

potencial de mayor fragilidad social. Concretamente los perfiles de atención

prioritaria serían:

Personas mayores con escasos recursos económicos.

Personas mayores que se encuentran en situación de aislamiento o en riesgo

de padecerlo. (lo relacional; escasez de red relacional; familiar, rechazo).

Personas mayores residentes en núcleos urbanos deprimidos, con escasos

recursos.

Personas mayores con problemas de salud.

Personas mayores sin estudios.

Personas mayores de 80 años.

Personas mayores sin hogar.

Personas cuidadoras de mayores en situación de dependencia, especialmente

en aquellos casos en los que la persona cuidadora y la dependiente viven solas.

6. EJES ESTRATÉGICOS. LÍNEAS DE ACTUACIÓN, OBJETIVOS Y

ACTUACIONES

69

EJE I. GARANTÍAS DE LOS DERECHOS, PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE LAS

PERSONAS MAYORES (dependientes y no dependientes)

LÍNEAS DE ACTUACIÓN

1. GARANTÍA DE DERECHOS: PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIÓN POR

RAZÓN DE LA EDAD.

1.1. Derechos de las personas mayores. No discriminación por

razón de edad

1.2. Protección de las personas mayores en caso de incapacidad.

2. PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS MAYORES.

2.1. Accesibilidad:

a. Accesibilidad en las VIVIENDAS

b. Accesibilidad en los ESPACIOS PÚBLICOS

c. Accesibilidad en el TRANSPORTE

d. Accesibilidad a la INFORMACIÓN y SERVICIOS

e. Accesibilidad a la SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y LAS

COMUNICACIONES

2.2. Protección y seguridad ante las situaciones de:

a. Desamparo y maltrato

b. Delitos contra el patrimonio

c. Estafas y robos

2.3. Seguridad ante la protección de su IMAGEN:

a. Mejora en la percepción social y la autopercepción

b. Las personas mayores y su presencia en los medios de

comunicación

2.4. Protección y seguridad como personas CONSUMIDORAS.

2.5. Protección y seguridad ante otras situaciones o ámbitos.

a. Derechos frente a la administración

b. Seguridad económica

c. Seguridad vial

Desde el punto de vista de la planificación dirigida a las personas mayores el

enfoque predominante ha sido el de la consideración de la vejez como una etapa de

carencias de todo tipo (económicas, físicas y sociales).

En los últimos años, el cambio en la construcción social de la vejez (en la que se

resaltan las oportunidades frente a las limitaciones) se ha traducido en un cambio

70

en el modelo de atención a las personas mayores, incorporándose el enfoque de

derechos, “que promueve el empoderamiento de las personas mayores y una

sociedad más integrada desde el punto de vista de la edad” 10. Este cambio supone

el reconocimiento de las personas mayores como sujetos de derecho, y no

solamente como objetos de protección. Un reconocimiento que implica, además del

disfrute de ciertas garantías, la responsabilidad que las personas mayores tienen

respecto de sí mismas, su familia y su sociedad, con su entorno inmediato y con las

futuras generaciones.

Este enfoque enlaza con el paradigma de la calidad de vida, ya que tiene como

finalidad garantizar unas condiciones para un desarrollo integral.

Los derechos de las personas mayores hay que abordarlos de un modo integral,

desde una perspectiva social, de igualdad y basada en los valores que sustentan los

derechos humanos. Así mismo toda política social de atención integral de las

personas mayores debe proteger el derecho que éstas tienen a vivir libremente, en

su entorno y con el estilo de vida que deseen.

LÍNEA DE ACTUACIÓN 1. GARANTÍA DE DERECHOS: PRINCIPIO DE NO

DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE LA EDAD

El I Plan Estratégico Municipal para las Personas Mayores de Santa Cruz de Tenerife

define como uno de sus ejes estratégicos “la garantía de los derechos y la

protección de las personas mayores”, con ello se reconoce que alcanzar una

determinada edad no debe suponer una pérdida de derechos.

Como se ya se ha señalado en el diagnóstico que respalda este Plan, en la II

Asamblea Mundial de Naciones Unidas sobre Envejecimiento celebrada en 2002, se

aprobó el Plan de Acción Internacional y la declaración política de la misma, y en

ambos documentos se reitera la necesidad de que las personas de edad avanzada

tengan cada día un mayor reconocimiento de sus derechos ciudadanos, en general,

y de determinados específicos, por su condición de mayores.

Las personas mayores, jurídicamente, y a diferencia de lo que ocurre con las y los

niños, no son, a priori, incapaces, por lo que disfrutan de plena capacidad jurídica y

de obrar (salvo incapacitación formal). Históricamente las discriminaciones formales

directas a las personas mayores no han sido frecuentes pero sí se trata de personas

discriminados de hecho y de forma indirecta, hasta el punto de que se han incluido

en los Ordenamientos jurídicos normas que prohíben y sancionan (incluso penal-

mente) la discriminación por razón de edad11.

En este Plan, además de reconocer los derechos de las personas mayores, se

pretende hacerlos efectivos, incluyendo objetivos y propuestas de actuación

específicas. Se trata de hacer efectivos los derechos básicos fundamentales de las

10 Manual sobre indicadores de calidad de vida en la vejez. CEPAL. 2006. 11 “La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su potencial

aplicación a las personas mayores”. Informe Portal de Mayores. Nº 105- oct-2010.

71

personas mayores: la dignidad, la autonomía, la participación, y especialmente todo

lo que tiene relación con el conocimiento y la defensa de sus derechos.

La generalización de la llegada a los 60 y 70 años de la población y las

probabilidades cada vez mayores de alcanzar la denominada cuarta edad (a partir

de los ochenta), hace que muchas personas se planteen el problema de una posible

pérdida de las facultades mentales, ya sea como consecuencia de un proceso

degenerativo propio de las edades avanzadas o a causa de enfermedades

específicas (Alzheimer, Parkinson, etc.), y las consecuencias que se derivan del

mismo y que afectarán tanto a la esfera personal (cuidados, internamientos en

residencias y en hospitales, etc.) como a su esfera patrimonial (administración y

disposición de sus bienes). En este supuesto tendrá que ser otra persona quien

tome las decisiones pertinentes y, naturalmente, le preocupa quien será esa

persona que actúe por ella.

Es por ello, que se deben poner en marcha diversos mecanismos que garanticen la

protección de las personas mayores ante estas situaciones, entre las que hay que

destacar el ofrecer una información adecuada tanto a estas personas como a sus

familiares, definir protocolos o procedimientos que permitan detectar y actuar de

manera rápida y eficaz, etc.

En definitiva, se trata de dar protección ante la preocupación de muchas personas

mayores, especialmente las de edad muy avanzada, por la seguridad personal en el

caso de la imposibilidad de poder decidir por sí mismas.

LÍNEA DE ACTUACIÓN 2. PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS

MAYORES

Garantizar la protección y seguridad adecuadas ante situaciones de riesgo o

necesidad constituye uno de los ejes fundamentales del modelo de envejecimiento

activo. El enfoque de protección y seguridad que aquí se propone tiene un carácter

integral que abarca las distintas dimensiones o ámbitos: la vivienda, el entorno, los

transportes, las situaciones de desamparo y/o maltrato, los delitos contra su

patrimonio, su imagen, la administración, etc.

2.1. ACCESIBILIDAD

Una sociedad accesible es una sociedad donde las diferentes diversidades o las

diferentes situaciones circunstanciales (personas con discapacidad, personas

mayores, mujeres embarazadas, etc.) no encuentran barreras para ejercer una vida

independiente y en pleno disfrute de los derechos fundamentales.

Como se recoge en el Libro Blanco del Envejecimiento Activo de Andalucía, las

personas que no se ajustan en sus capacidades funcionales de movimiento,

percepción o comprensión a un patrón común o estándar, se enfrentan en su vida

cotidiana a barreras en el entorno, las cuales les impiden acceder y, en

72

consecuencia, participar de los bienes y servicios de la sociedad en igualdad de

condiciones con el resto de la población.

El concepto de accesibilidad ha pasado de considerarse exclusivamente como una

cuestión relativa al entorno físico y a las personas con discapacidad, ha ampliarse a

nuevos entornos (comunicaciones, productos, bienes y servicios) y a otros grupos

sociales, y personas sin discapacidad (personas mayores, extranjeras, mujeres

embarazadas…).

Las personas mayores forman parte del grupo de población que se encuentra

especialmente afectado por estas barreras del entorno. Debido tanto al progresivo

deterioro de sus capacidades funcionales, por el propio proceso de envejecimiento,

como a la aparición de discapacidades.

Como señala el Libro Blanco del Envejecimiento Activo de Andalucía, en la última

década en nuestro país el concepto de accesibilidad ha evolucionado notablemente

tanto en su consideración social como en su tratamiento jurídico. Se ha reconocido

como un “problema colectivo”, dejando de ser un “problema exclusivamente

individual”, en el que el “entorno” y no únicamente la persona aparece como un

agente responsable, es decir, ha cambiado su consideración social.

La accesibilidad universal se encuentra reconocida en el derecho español,

prácticamente viene configurada como un derecho subjetivo. El artículo 2 c) de la

Ley 51/2003 define a la accesibilidad como: “la condición que deben cumplir los

entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos o

instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y

practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de

la forma más autónoma y natural posible”.

El diseño para todas las personas se define como “la actividad por la que se

conciben o proyectan, desde el origen, y siempre que ello sea posible, entornos,

procesos, bienes, productos, servicios, objetos, instrumentos, dispositivos o

herramientas, de tal forma que puedan ser utilizados por todas las personas, en la

mayor extensión posible”.

Un número significativo de personas mayores tienen dificultades apreciables para

mantener las viviendas y su equipamiento en condiciones adecuadas. La

insuficiencia de las pensiones, en algunos casos, y las carencias físicas y

relacionales, en otros, constituyen importantes barreras para que las personas

mayores, sobre todo las de edad más avanzada, mantengan unos niveles mínimos

de adecuación de sus viviendas” (Ayala y Sastre, 2007: 223). Este tipo de

problemas pueden ser más graves cuando se trata de personas mayores que viven

solas.

Tal y como recoge el Libro Blanco del Envejecimiento Activo de España, en su

borrador para el debate de octubre de 2010, disponer de una vivienda digna es

imprescindible para poder envejecer con calidad de vida. Pero además es necesario

“que se creen espacios domésticos (tanto las viviendas como el entorno) abarcables

y seguros que faciliten la actividad cotidiana de manera que se maximice la

autonomía e independencia del usuario, se refuerce su identidad y se aseguren y

73

potencien sus capacidades, para que pueda ejercer su derecho integral a la

ciudadanía”.

Según los datos recogidos en el diagnóstico municipal, la mayoría de las demandas

de las Asociaciones y grupos de mayores manifiestan que muchas viviendas por su

estructura “confinan” a muchas personas mayores en su hogar y demandan más

esfuerzos y recursos por parte del ayuntamiento para mejorar la accesibilidad de

éstas y de la ciudad.

Las barreras en el transporte están incluidas en el conjunto de barreras

consideradas tradicionalmente, definidas éstas como impedimentos que presentan

las unidades de transporte particulares o colectivas (de corta, media y larga

distancia), terrestres, marítimas, fluviales o aéreas.

La accesibilidad en los transportes también constituye un elemento fundamental

para facilitar la participación de las personas mayores en la comunidad.

Al mismo tiempo, pueden desempeñar también un papel importante como factor de

promoción de la salud. Los problemas de salud derivados de los cambios

funcionales de origen fisiológico se agravan “por un diseño urbanístico y de los

medios de transporte que no está pensado para personas con déficit de movilidad,

proyectados por una sociedad acostumbrada a no pensar mucho en las personas

mayores y en sus déficits funcionales”12. Como ejemplo sirva la prevención de las

caídas, ya que las zonas de obras, barreras arquitectónicas (escaleras altas,

ausencia de barras laterales de agarre), subir y bajar de transportes públicos, etc.

suelen estar presentes en muchas de las caídas que sufren las personas mayores.

La importancia de la accesibilidad en el transporte público adquiere especial importancia en el caso de las

personas con escasos recursos, entre los que se encuentran un alto porcentaje de personas mayores que

tienden a utilizar menos vehículos privados y más el transporte público.

Por ello desde este Plan se pretende impulsar servicios de transporte público accesibles y económicos,

para que las personas mayores (sobre todo las que tienen dificultades de movilidad y escasos recursos)

puedan participar totalmente en la vida de la familia y la comunidad.

Con esta línea de actuación, se pretende poner a disposición de toda la ciudadanía,

información relativa a los servicios, recursos, ayudas, etc. previstas para las

personas mayores, que haga real y especialmente accesible el conocimiento de

dichos servicios a las personas de menos recursos, que son quienes habitualmente

menos información reciben.

Es necesario definir nuevas estrategias de acercamiento a la población mayor en

general y especialmente a las personas que no forman parte de dos de los grandes

grupos que conforman este sector: 1) las y los mayores que acuden a los servicios

sociales (generales o específicos) municipales, y 2) quienes forman parte de las

asociaciones y/o clubes de mayores. Estas personas habitualmente sí tienen acceso

a la información y servicios, sin embargo, queda fuera otro grupo: el de todas

aquellas personas que no son usuarias de los servicios y recursos municipales ni

12 Libro Blanco del Envejecimiento Activo de Andalucía. 2010. Junta de Andalucía.

74

participan en la asociaciones, y que constituyen la mayoría de este grupo de

población. Este grupo mayoritario lo integran diferentes perfiles: a) personas

mayores a las que no interesa o no necesitan los servicios ofertados por el

ayuntamiento y otras entidades; b) personas a las que sí puede interesar y/o

precisar de estos servicios pero a las que no les llega la información; c) personas en

situación de dependencia que permanecen en los hogares, etc.

El objetivo es el de garantizar la información de los recursos y servicios de atención

a las personas mayores, a la ciudadanía en general y, en particular a las personas

mayores, familias de mayores en situación de dependencia y a las y los

profesionales que desde los diferentes ámbitos trabajan con personas mayores.

Existe un consenso en cuanto a considerar la accesibilidad a las tecnologías de la

información y comunicación como una condición indispensable para garantizar los

derechos de la ciudadanía, de todos los grupos sociales, incluido el de las personas

mayores.

Como se reconoce en el Libro Blanco del Envejecimiento Activo de España, “la

nueva sociedad de tecnología, información y comunicación conlleva peligros y

oportunidades. La posibilidad de nuevos analfabetismos (informático, tecnológico,

técnico, científico, etc.) constituye un riesgo para las sociedades modernas al

incrementar la desigualdad, inequidad y exclusión entre sus miembros y

colectivos”. Una amenaza que se incrementa en determinados colectivos como es el

caso de las personas mayores, “por lo que es imprescindible dotarles de

oportunidades a través de la educación en igualdad de condiciones y de manera

apropiada”.

Las nuevas tecnologías pueden ser un gran apoyo para que las personas mayores

aumenten su autonomía personal y tengan acceso a nuevas oportunidades. Con

ellas se puede favorecer la comunicación y el acceso a los servicios.

La tecnología juega un doble papel en la reducción de desigualdades. Por una parte,

hay un tipo de tecnología que puede aportar o suplir parte de la función que se va

perdiendo, lo que sumado a la capacidad funcional restante da como resultado un

aumento de la autonomía personal. Por otro lado, la tecnología facilita la

comunicación y el acceso a la información, mediante las Tecnologías de la

Información y de la Comunicación (TIC).

Todo ello sin perder de vista el riesgo de generar nuevas desigualdades y/o

situaciones de exclusión, en determinados grupos de mayores, a partir de la

introducción de las TIC en las relaciones con la administración municipal y en otros

ámbitos.

2.2. PROTECCIÓN Y SEGURIDAD ANTE LAS SITUACIONES DE DESAMPARO,

MALTRATO Y OTROS HECHOS DELICTIVOS: DELITOS CONTRA EL

PATRIMONIO, ESTAFAS Y ROBOS.

75

Las personas mayores constituyen un colectivo especialmente vulnerable de cara a

convertirse en víctimas de delitos, tanto contra el patrimonio como contra la

persona. Los delitos más comunes de los que pueden ser víctimas se refieren tanto

al ámbito personal (malos tratos, abandono, etc.) como al ámbito patrimonial

(defraudaciones, abusos en el ámbito del consumo, etc.).

La prevención y detección de las situaciones de maltrato y desprotección o

desamparo que sufren las personas mayores, son objetivos de este Plan, tanto en

el caso de las personas que mantienen su autonomía y, especialmente, en el de las

que se encuentran en situación de dependencia.

Uno de los delitos de los que son víctimas las personas mayores, con relativa

frecuencia, son los relativos a su patrimonio. También son muy frecuentes las

estafas y fraudes que sufren las personas mayores, especialmente en relación con

productos y servicios que se ofrecen a través del teléfono. Otro tanto ocurre con la

adquisición de tarjetas bancarias que incluso a veces no saben usar.

2.3. SEGURIDAD ANTE LA PROTECCIÓN DE SU IMAGEN. MEJORA EN LA

PERCEPCIÓN SOCIAL Y LA AUTOPERCEPCIÓN. LAS PERSONAS MAYORES Y

SU PRESENCIA EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Los medios de comunicación juegan un papel fundamental en la configuración de la

imagen social de cualquier fenómeno, hecho o grupo social, de la realidad social en

definitiva. La imagen social de las y los mayores no es una excepción, la forma en

la que estos medios representan a las personas mayores condiciona la percepción

que se tiene de este colectivo y la autopercepción que tienen las propias personas

mayores.

Tal y como recoge el último documento presentado por el Ministerio de Sanidad y

Política Social para la elaboración del Libro Blanco del Envejecimiento Activo a nivel

estatal, la forma en la que los medios de comunicación representan a las personas

mayores es fundamental para promover su autonomía personal, social e

independencia.

Las personas mayores, a través de sus organizaciones representativas hacen años

vienen denunciando el trato negativo que se les da en los medio de comunicación y

reclamando su derecho a una imagen social pertinente, es decir, una imagen que

refleje su realidad como colectivo que forma parte de la sociedad, que aún tiene

mucho que decir y hacer y que nunca ha dejado de aportar. En este sentido cabe

señalar una importante conclusión del III Congreso Estatal de Mayores de 2009 en

Madrid: “Se demanda de los medios de comunicación, tanto públicos como

privados, una mayor atención para las personas mayores y la actividades de sus

organizaciones representativas”.

Es necesario impulsar un cambio en las representaciones que los medios hacen de

las personas mayores, incrementando su presencia en éstos y mejorando su

imagen. Se trata de eliminar los estereotipos, reducir la imagen negativa, dar

información relacionada con diversos temas (culturales, sociales, salud, formación,

etc.), cambiar el enfoque de las noticias (eliminar las actitudes paternalistas hacia

76

estas personas y su tratamiento infantil, o sensacionalista, su presencia

frecuentemente vinculada a situaciones de precariedad o exclusión, etc.). En

definitiva, se trata de presentar a las personas mayores como parte de la sociedad,

integradas en su entorno que participan y desarrollan actividades diversas, como

cualquier otro grupo social.

2.4. PROTECCIÓN Y SEGURIDAD COMO PERSONAS CONSUMIDORAS

El espectacular crecimiento de la población mayor y el significativo incremento del

nivel económico de una parte de éste, ha convertido a este colectivo en uno de los

principales destinatarios de una gran variedad de productos y propaganda. Según

algunos estudios, se ha producido un cambio donde un grupo demográfico apenas

atendido ha pasado a ocupar una posición estratégica en las acciones de muchas

empresas. Cada vez más, en los medios de comunicación y en las acciones

publicitarias, las personas mayores se sitúan en un plano de importancia.

Este cambio pone de manifiesto la necesidad de proteger los derechos que tienen

las personas mayores como consumidoras y usuarias de prácticas de propaganda y

venta, con frecuencia, poco escrupulosas (tal y como recoge la OMS en su texto

Envejecimiento activo: un marco político de 2002, y el Libro Blanco del

Envejecimiento activo de Andalucía).

2.5. PROTECCIÓN Y SEGURIDAD ANTE OTRAS SITUACIONES O ÁMBITOS:

DERECHOS FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN, SEGURIDAD ECONÓMICA,

SEGURIDAD VIAL

Con frecuencia es la propia administración la que genera inseguridad y/o

desprotección entre la población en general y en espacial entre determinados

colectivos entre los que se encuentran las personas mayores. Las dificultades para

acceder a algunos servicios o recursos o incluso simplemente a la información, la

lentitud y complejidad en los procedimientos administrativos, de valoración, de

resolución, en la tramitación de los expedientes, etc. hace que muchas personas

mayores se sientan inseguras y desprotegidas ante la administración.

La seguridad económica como elemento clave para garantizar la calidad de vida es

incuestionable tanto para las personas mayores como para el conjunto de la

población.

El diagnóstico de la realidad de las personas mayores en Santa Cruz de Tenerife

nos presenta una imagen bastante pesimista en cuanto a la situación económica:

según cálculos realizados se estima que 1 de cada 4 personas mayores del

municipio tiene ingresos por debajo del umbral de la pobreza. En este sentido, se

demanda la atención prioritaria a estas personas, ya sea aumentando las

prestaciones o bonificando los servicios (servicios de transporte, ayuda para el

abono de gastos básicos como agua, luz, etc.).

77

Las personas mayores presentan una dimensión a la que, a veces, no se le presta

la atención necesaria. Se trata de su condición de conductores y conductoras y

peatonas.

Algunos datos justifican la necesidad de atender esta dimensión: cerca de 4

millones trescientas mil licencias de conducción pertenecen a personas mayores de

60 años, lo que representa el 16,6% del total cercana a los 25 millones y medio.

Según la Asociación Española de Carretera, el número de personas mayores de 65

años que conducen se ha duplicado desde 1995.

Las personas mayores de 65 años son el grupo de mayor riesgo, tanto en su

condición de conductoras como peatonas. Es uno de los grupos de mayor

accidentabilidad, sólo superado por el las y los conductores menores de 30 años. En

su condición de peatonas, las personas mayores representan el 50% del total de

peatonas fallecidas.

De estos datos, se desprende la necesidad de definir y poner en marcha

actuaciones encaminadas a mejorar la seguridad vial de las personas mayores del

municipio.

2.6. NUEVAS TECNOLOGÍAS

La creciente utilización de las nuevas tecnologías en la vida cotidiana de las

personas mayores supone un aumento en su calidad de vida, su salud y su

autonomía. Las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) también

permiten a este colectivo seguir activas en su comunidad.

Según los últimos datos de la Encuesta sobre equipamientos y Uso de Tecnologías

de la Información y Comunicación en los hogares (INE, 2007) la mitad de la

población de más edad (grupo de entre 65 a 74 años) utiliza el teléfono móvil de

manera habitual, un 12,8% declara haber utilizado alguna vez el ordenador y un

7,9% internet.

Las actuaciones políticas encaminadas a fomentar el uso de las nuevas tecnologías

resultan fundamentales para acercar estas herramientas a las personas mayores.

LÍNEA DE ACTUACIÓN 1. GARANTÍA DE DERECHOS: PRINCIPIO DE NO

DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE LA EDAD

Objetivo estratégico Línea de Actuación 1. Eje I.

Promover la garantía del respeto y la defensa de los derechos de las personas

mayores en condiciones de igualdad, en el marco de la Constitución Española, en el

78

Estatuto de Canarias y el resto del ordenamiento jurídico.

Objetivo específico 1 (no discriminación por razón de edad)

1. Proponer las medidas pertinentes a fin de que se garantice a las personas mayores un trato digno,

independientemente de la edad, sexo, procedencia étnica, discapacidad u otras condiciones.

Acciones

1.1. Impulsar la creación de un área de defensa de los derechos e intereses de

las personas mayores.

1.2. Facilitar a las personas mayores la información, asesoramiento y apoyo

necesario que les permita conocer sus derechos, la legislación que los

ampara y los recursos personales e institucionales a los que recurrir en caso

de vulneración.

1.3. Realizar campañas de sensibilización sobre las personas mayores dirigidas a

la sociedad en general, en las que se resalte su condición de ciudadanas y

ciudadanos de pleno derecho.

1.4. Elaboración y difusión de la “Carta de derechos de las personas mayores”

Objetivo específico 2 (protección en caso de incapacidad)

2. Desarrollar mecanismos efectivos para proteger los derechos de las personas mayores en situación de

incapacidad y promover la incapacitación de personas mayores, cuando proceda, para una mejor

defensa de sus derechos e intereses.

Acciones

2.1. Información dirigida a las y los familiares de personas mayores sobre la

protección jurídica de las personas mayores en situación de incapacidad.

2.2. Información y formación dirigida a las y los profesionales para dar a conocer

la normativa vigente en materia de protección jurídica de personas mayores

en situación de incapacidad.

2.3. Definir una propuesta técnica basada en protocolos y procedimiento que

permitan detectar y actuar en los procesos de incapacitación judicial de las

personas atendidas y/o de las personas que estén en una situación que

pueda ser objeto de esta defensa.

79

LÍNEA DE ACTUACIÓN 2. PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS

MAYORES

Objetivo estratégico línea 2. Eje I.

Garantizar la protección de las personas mayores con el fin de evitar la vulneración

de sus derechos, previniendo, detectando y dando solución a las situaciones de

riesgo y/o necesidad que se puedan producir.

Objetivo específico 1 (accesibilidad en las viviendas)

1. Impulsar la eliminación de barreras físicas y de la comunicación y la mejora en las condiciones de

habitabilidad de las viviendas de personas mayores con escasos recursos.

Acciones

1.1. Detección y elaboración de un registro de personas mayores que presentan

necesidades de eliminación de barreras y/o mejoras en las condiciones de

habitabilidad de sus viviendas. Al mismo tiempo, priorizar y canalizar los

casos detectados hacia las áreas competentes, interviniendo de forma

complementaria en los casos que proceda, en coordinación con otras áreas.

1.2. Difusión de las ayudas para las mejoras y adaptación de las viviendas de las

personas mayores con menos recursos.

1.3. Facilitar la adaptación de viviendas de personas mayores sin recursos

completando la oferta de subvenciones del Gobierno de Canarias y Cabildo

Insular y mediante el desarrollo de talleres de empleo o medidas similares

específicas para este fin.

Objetivo específico 2 (accesibilidad en las viviendas)

2. Facilitar el acceso de las personas mayores a una vivienda cuando las intervenciones de adaptación

en las propias no garantice unas condiciones de habitabilidad adecuadas.

Acciones

2.1. Favorecer el acceso de las personas mayores con escasos recursos a las

viviendas en alquiler ofertadas por la empresa municipal de viviendas de Santa

Cruz de Tenerife. Potenciando su condición de colectivo prioritario de actuación.

2.2. Proponer acciones de intermediación para la permuta de viviendas inaccesibles

de personas mayores, por otras en condiciones de accesibilidad, tanto en

régimen de compra-venta como de alquiler.

80

2.3. Crear programas de vivienda o alojamientos alternativos para colectivos con

especiales dificultades: viviendas tuteladas, viviendas transitorias, alojamientos

para personas solas

Objetivo específico 3 (accesibilidad en los espacios públicos)

3. Promover la adecuación de los espacios públicos donde residen las personas mayores a sus

necesidades, para desarrollar una vida autónoma e independiente.

Acciones

3.1. Detección de necesidades individuales o colectivas relacionadas con los

distintos ámbitos de la accesibilidad (urbanismo, arquitectura, transporte y

comunicación) y su traslado a las áreas correspondientes para la adopción de

las medidas correctoras convenientes.

3.2. Mejorar la accesibilidad física en todos los espacios públicos, y priorizando los

centros de atención específica a las personas mayores y aquellos centros que

son frecuentados habitualmente por este colectivo (centros sanitarios,

asociaciones y centros de día, etc.).

Objetivo específico 4 (accesibilidad en el transporte)

4. Impulsar servicios de transporte público accesibles y económicos, para que las

personas mayores (sobre todo las que tienen dificultades de movilidad y

escasos recursos), puedan participar totalmente en la vida familiar y

comunidad.

Acciones

4.1. Instar a la empresa insular de transporte para incrementar el número de

vehículos adaptados a personas con movilidad reducida.

4.2. Mejorar las ayudas al transporte público (tranvía y guaguas) para las

personas mayores con escasos recursos.

4.3. Realizar campañas de sensibilización dirigidas a las conductoras y

conductores de transporte público (guaguas y tranvías) para concienciar sobre

las posibles limitaciones en la movilidad de las personas mayores.

4.4. Informar sobre la línea de ayudas económicas para la adaptación de

vehículos privados.

Objetivo específico 5 (accesibilidad a la información y servicios)

81

5. Garantizar la información de los recursos y servicios de atención a las personas

mayores, a la ciudadanía en general y, en particular a las personas mayores,

familias de mayores en situación de dependencia y a las y los profesionales que

desde los diferentes ámbitos trabajan con personas mayores. Como instrumento

para asegurar el acceso de este colectivo.

Acciones

5.1. Elaboración y distribución de Guías Prácticas para Mayores sobre

prestaciones económicas, bonificaciones, servicios sociales y sanitarios, ocio y

cultura, derechos, etc., a nivel estatal, autonómico y local.

5.2. Realizar una campaña de información sobre el Plan Municipal de Mayores dirigida a las distintas

Concejalías y áreas municipales, y otras administraciones y asociaciones.

5.3. Constituir una Red de Informadoras e informadores Mayores Voluntarios. (Aprovechando las nuevas

tecnologías para redes sociales).

5.4. Elaboración y difusión de dípticos informativos específicos sobre cuestiones

de especial interés e importancia para las personas mayores y sus familias.

5.5. Difusión entre colectivos profesionales de información general y específica

relacionada con la atención a las personas mayores.

5.6. Realizar campañas de información sobre nuevos productos y servicios

pensados para las personas mayores para que éstas los conozcan y puedan

acceder a los mismos.

5.7. Asegurar el acceso a la información a los colectivos de mayores que se

encuentran en situación de vulnerabilidad, incorporando las nuevas tecnologías.

Objetivo específico 6 (accesibilidad a la sociedad de la información y las

comunicaciones)

6. Facilitar el acceso de las personas mayores a la sociedad del conocimiento y al

dominio de las nuevas tecnologías (TICs).

Acciones

6.1. Potenciar el uso de los recursos existentes dirigidos a favorecer el acceso de

las personas mayores a las nuevas tecnologías.

6.2. Puesta en marcha de sistemas de distribución de la información de las

personas mayores que se desarrollen a través de las nuevas tecnologías.

Acercar y/o adaptar a las y los mayores los sistemas de distribución ya creados

por el Ayuntamiento (por ejemplo el servicio “Información de la agenda a

través de sms”).

82

6.3. Realización de una guía de recursos para las personas mayores en formato

electrónico que será accesible a través de Internet.

6.4. Incluir en los distintos medios de comunicación digital un espacio específico

accesible para las personas mayores.

6.5. Apoyo para la compra o préstamo de ordenadores personales, línea ancha

para poder acceder a Internet desde sus hogares, o bien desde las asociaciones

de mayores.

6.6. Promover la realización de charlas dirigidas a las personas mayores sobre las

nuevas tecnologías, en las que se informe sobre las posibilidades que ofrece el

uso de las nuevas tecnologías

6.7. Realización de cursos sobre nuevas tecnologías, en las que se incluya:

utilización de los teléfonos móviles, de medios informáticos, cámaras de video,

fotos, etc.

Objetivo específico 7 (Protección y seguridad de las personas mayores

ante las situaciones de desamparo y/o maltrato)

7. Profundizar y mejorar las estrategias de prevención, atención social y acogida

en casos de riesgo y de violencia hacia las personas mayores.

Acciones

7.1. Estudio, diseño y desarrollo de protocolos de detección y derivación en el

marco de la coordinación Sociosanitaria: elaboración de un protocolo interno

donde se definan factores de riesgo de desatención o maltrato que faciliten a las

y los profesionales de servicios sociales y otros ámbitos la detección precoz. Así

como desarrollar los procedimientos que permitan actuar con agilidad y eficacia

ante situaciones de desamparo y maltrato, en el que se establezcan los

mecanismos de colaboración entre las instituciones implicadas.

7.2. Diseño, elaboración y desarrollo de un programa de prevención detección y

atención en situaciones de riesgo y maltrato en todos sus ámbitos de las

personas mayores adecuando los protocolos, en el marco de la coordinación con

las distintas áreas y administraciones.

7.3. Elaboración y difusión de dípticos informativos dirigidas a la población en

general sobre los derechos de las personas mayores y sobre las situaciones de

desamparo y maltrato en particular, y sobre el procedimiento y el teléfono para

denunciar estas posibles situaciones.

7.4. Elaboración de guías específicas para la detección del maltrato dirigida a las

personas mayores, familiares y profesionales (de servicios sociales, sanidad,

etc.).

83

7.5. Detección desde los Servicios Sociales y derivación al organismo competente

de casos de personas mayores que sufren maltrato independientemente del

espacio convivencial en el que se encuentren (solas en su domicilio, en unidad

de convivencia, residencia, etc.), y derivación al CAVD (Centro de Asistencia a

Víctimas del Delito).

7.6. Priorización en la concesión de los servicios de atención domiciliaria a

mujeres mayores víctimas de desamparo o maltrato.

7.7. Realización de cursos de formación dirigidos a las y los profesionales de los

Servicios Sociales Comunitarios acerca de los abusos y malos tratos a las

personas mayores.

7.8. Realizar un estudio sobre la incidencia y características de los abusos y los

malos tratos de las personas mayores en el municipio.

Objetivo específico 8 (Protección y seguridad de las personas mayores

ante las situaciones de delitos contra el patrimonio)

8. Promover medidas para Impedir los delitos contra el patrimonio de las personas

mayores por sus familiares o por terceras personas.

Acciones

8.1. Informar a las personas mayores de sus derechos y deberes sobre el

procedimiento y el teléfono para denunciar estas posibles situaciones.

8.2. Detección desde los Servicios Sociales de la necesidad de Asesoramiento

Jurídico y derivación al CAVD (Centro de Asistencia a Víctimas del Delito).

8.3. Proporcionar Asistencia Jurídica Municipal, o impulsar la suscripción de

convenios con entidades públicas o privadas para tal fin, a personas mayores

que lo precisen

8.4. Trasladar al Ministerio Fiscal los hechos indiciarios de expoliación del

patrimonio de los que se tenga conocimiento.

Objetivo específico 9 (Protección y seguridad de las personas mayores

ante las situaciones de estafas y robos)

9. Mejorar la seguridad ciudadana de las personas mayores, para favorecer su

integración y participación social.

Acciones

9.1. Campañas de información sobre las formas más frecuentes de robos y

estafas de la que son objeto las personas mayores, dirigidas a estas personas,

84

sus familias y la ciudadanía en general.

9.2. Realización y colaboración en acciones de sensibilización e información

dirigidas a las y los profesionales de la Policía Local y las Fuerzas y Cuerpos de

Seguridad del Estado sobre la problemática específica que afecta a las personas

mayores en materia de seguridad ciudadana.

9.3. Promover la creación de protocolos de actuación de detección y actuación

ante casos de robos y/o estafas de personas mayores, para prevenir y actuar de

forma coordinada por parte de las diferentes áreas y profesionales que trabajan

con este colectivo.

9.4. Detección desde los Servicios Sociales de la necesidad de Asesoramiento

Jurídico y derivación al CAVD (Centro de Asistencia a Víctimas del Delito).

9.5. Promover acciones de sensibilización e información y talleres de prevención

en colaboración con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad

Objetivo específico 10 (Seguridad en cuanto a la protección de su imagen:

mejora en la percepción social y la autopercepción)

10. Contribuir a mejorar la percepción que la sociedad en general tiene sobre el

proceso de envejecimiento y las personas mayores, así como la autopercepción

que las propias personas mayores tienen de esta etapa vital.

Acciones

10.1. Realización de una campaña de sensibilización social sobre el

envejecimiento, fomentando una imagen positiva del envejecimiento, su

visibilidad, destacando la aportación de este colectivo al ámbito familiar,

económico y a la sociedad en general, priorizando los valores de solidaridad

con las otras generaciones, presentando su diversidad y destacando la

presencia de mujeres mayores como protagonistas.

10.2. Promover un cambio en la percepción que las y los profesionales que

trabajan con las personas tienen de este grupo a través de campañas de

información y sensibilización en la que se resalten el respeto a sus derechos,

necesidades e intereses, y la necesidad de reorientar el enfoque de atención.

Objetivo específico 11 (Seguridad en cuanto a la protección de su imagen:

las personas mayores y su presencia en los medios de comunicación)

11. Favorecer una presencia “normalizada” de las personas mayores en los medios

de comunicación, junto a los demás grupos sociales.

85

Acciones

11.1. Difundir, a través de los medios de comunicación locales, información sobre

las personas mayores en general y del municipio en particular, en las que se

destaque su participación activa, su aportación a la comunidad, etc. para

eliminar la imagen negativa y los estereotipos que aparecen en los medios.

11.2. Impulsar la elaboración de un anuncio publicitario, para emitir en las

televisiones, radios y periódicos locales, en el que se destaquen los aspectos

positivos de envejecimiento.

11.3. Establecer una línea de colaboración con programas de radio, para promover

la participación de las y los mayores de Santa Cruz de Tenerife en dicho

programa, fomentando la incorporación de aspectos positivos del

envejecimiento y novedosos.

Objetivo específico 12 (Protección y seguridad como personas

consumidoras)

12. Garantizar el respeto y protección de los derechos de las personas mayores

como consumidoras.

Acciones

12.1. Elaborar dípticos y realizar talleres o actividades dirigidos específicamente a

difundir, de manera comprensible, los derechos de las personas mayores como

consumidoras, en especial de los bienes y servicios más básicos utilizados por

este sector.

12.2. Concienciar a la población en general y a las personas mayores en particular

de la necesidad de practicar un consumo informado, razonable y responsable.

A través de acciones formativas en materia de consumo dirigidas a las

Personas Mayores.

Objetivo específico 13 (derechos frente a la administración)

13. Promover la mejora de los servicios municipales de personas mayores que

permitan una atención de calidad y mejoren la satisfacción de las personas

mayores y sus familiares.

Acciones

13.1. Garantizar la dotación de medios materiales y recursos humanos técnicos y

administrativos, dedicados parcial o totalmente a la atención de las personas

mayores, promoviendo la atención descentralizada.

13.2. Disminuir el tiempo de resolución de expedientes y el tiempo de

86

permanencia en listas de esperas respecto a las solicitudes de prestaciones y

servicios municipales (S.A.D., Viviendas, Ayudas, peticiones en general, etc.).

13.3. Implantar sistemas de gestión de la calidad de las prestaciones y servicios

municipales para las personas mayores.

13.4. Fomentar la evaluación periódica de las prestaciones y servicios municipales.

13.5. Elaboración de la Carta de Servicios, de los servicios específicos prestados a

las personas mayores.

Objetivo específico 14 (seguridad económica)

14. Apoyar la seguridad económica a las personas mayores con escasos recursos.

Acciones

14.1. Facilitar recursos económicos, en forma de ayudas y/o prestaciones.

14.2. Promover bonificaciones y facilidades de pago sobre servicios básicos.

Objetivo específico 15 (seguridad vial)

15. Desarrollar acciones para garantizar la seguridad de las personas mayores en

el uso de la red viaria y del tráfico.

Acciones

15.1. Definir programas específicos de educación vial dirigidos a las personas

mayores.

15.2. Realizar campañas de concienciación en las que se pongan de manifiesto que

conductas insolidarias motivan problemas de movilidad a las personas mayores

respecto al uso de la red viaria y del tráfico y a otras personas en general

(aparcar en pasos de peatones, prisas y empujones en accesos a medios de

transporte).

EJE II. LA PARTICIPACIÓN SOCIAL DE LAS PERSONAS MAYORES

LÍNEAS DE ACTUACIÓN

1. EDUCACIÓN Y APRENDIZAJE DURANTE EL CICLO VITAL.

1.1. Participación en acciones formativas generales y específicas.

1.2. Preparación para el envejecimiento.

1.3. Participación en la educación como educadoras.

87

2. PROMOCION DEL ENVEJECIMIENTO ACTIVO DESDE LA

PREPARACIÓN PARA UN ENVEJECIMIENTO SALUDABLE.

2.1. Promoción de la salud y prevención de la dependencia.

3. LA PARTICIPACIÓN DESDE EL ASOCIACIONISMO.

3.1. Apoyo al asociacionismo de personas mayores desde el

Ayuntamiento.

3.2. Las asociaciones de personas mayores como mecanismo de

participación social.

3.3. Fomento del asociacionismo de personas mayores.

3.4. Mayor participación de los hombres en las asociaciones y mayor

participación de las mujeres en los órganos gestores.

4. SOLIDARIDAD Y VOLUNTARIADO COMO FORMA DE PARTICIPACIÓN

Y CONTRIBUCIÓN SOCIAL.

4.1. El voluntariado de las personas mayores.

4.2. El voluntariado hacia las personas mayores.

4.3. Reconocimiento de la contribución del voluntariado (en general y, en

especial, de las personas mayores).

5. ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN POLÍTICA.

5.1. Creación de órganos de representación de las personas mayores.

5.2. Presencia de las mujeres en los órganos de representación.

6. OCIO Y TIEMPO LIBRE

6.1. Participación cultural.

6.2. Fomento de la lectura.

6.3. Accesibilidad a la cultura.

6.4. Actividad física.

6.5. Ocio “productivo”.

El fomento de la participación social en todos sus ámbitos, desde la ciudadana, al

voluntariado o el apoyo informal, resulta muy importante para el desarrollo de

todas las sociedades. Todos los segmentos de población deben estar implicados en

estas funciones, pero sobre todo la población mayor, población con más tiempo

disponible y con unas capacidades inestimables gracias a la experiencia de vida que

acarrean. Las personas mayores son un recurso social imprescindible y necesario13.

El enfoque de la participación de las personas mayores va más allá del enfoque

hasta ahora predominante, que vendría a ser el de la participación entendida como

“la ocupación del tiempo libre”. Representa un cambio de políticas y actuaciones, se

pasa de promover la ocupación del tiempo libre por parte de las personas mayores

13 Las personas mayores en España. Informe 2008. IMSERSO.

88

a promover su participación en todos los ámbitos de la sociedad. De este modo, se

circunscribiría el considerado tiempo libre a las actividades de carácter más lúdico

y/o cultural.

El marco político para el envejecimiento activo se guía por los Principios de las

Naciones Unidas para las Personas Mayores, que son: independencia, participación,

asistencia, realización de los propios deseos y dignidad. Y requiere la acción sobre

tres pilares básicos: salud, participación y seguridad.

Como ya se ha señalado la OMS define envejecimiento activo como “el proceso de

optimización de las oportunidades de la salud, participación y seguridad con el fin

de mejorar la calidad de vida a medida que las personas envejecen”.

Desde ambos organismos, se habla de participación en los siguientes términos: las

personas mayores seguirán haciendo una contribución productiva a la sociedad en

actividades tanto remuneradas como sin remunerar cuando las políticas y los

programas sociales, laborales, de empleo, de la educación y sanitarios fomenten su

total participación en las actividades socioeconómicas, culturales y espirituales, de

acuerdo con sus derechos humanos básicos, capacidades, necesidades y

preferencias.

El Libro Blanco del Envejecimiento Activo de España, destaca la importancia de la

participación activa de las personas mayores en todos los ámbitos y niveles de la

sociedad en los siguientes términos: “la participación de las personas mayores ha

de fundamentarse en el reconocimiento de su papel protagonista, favoreciendo la

capacidad de elección en iniciativas y proyectos que enlacen con sus

preocupaciones diarias dentro de la ciudad o del barrio en el que viven o en

suposición como usuarios de servicios o simplemente como vecinos afectados de

problemáticas compartidas. Ello sin perjuicio de los mecanismos de participación

institucional, pensados para ellos o de contenido temático, territorial o transversal”.

Según la encuesta de personas mayores realizadas por el IMSERSO en este año

2010, un 43% de las personas mayores demandan tener un mayor nivel de

representatividad en los diferentes ámbitos de la sociedad, y además un 47% de la

sociedad española considera que la participación de las personas mayores debe

incrementarse.

La dimensión de la participación se configura como una vía de desarrollo del

carácter democrático de la sociedad a través de la cual las personas mayores

asumen y ejercen sus responsabilidades, se reconocen y son reconocidas como

ciudadanas y ciudadanos con derechos y deberes.

Por su parte, las propias personas mayores reivindican una participación más activa

y que abarque más sectores de la sociedad.

Ya en el II Congreso Estatal de personas mayores, celebrado en el año 2001, cuyo

título fue «Una sociedad para todas las edades», se acordaron unas propuestas

para acabar con todos los mitos y estereotipos que limitan la participación activa de

las personas mayores. Las medidas propuestas sitúan la participación social como

centro y pilar básico en la contribución de las personas mayores a la sociedad,

89

solicitándose «a las diferentes administraciones públicas la apertura de todos los

caminos posibles para que las personas mayores estén presentes activamente en

los ámbitos de opinión, participación, gestión y control de la gestión».

Unas propuestas que vuelven a ser reivindicadas en el III Congreso Estatal de

personas mayores, celebrado en 2009. En este Congreso se demandan la puesta en

marcha de estrategias para hacer posible una participación más activa, para que

sus organizaciones y representantes participen en la definición de los problemas y

soluciones que más les afectan.

Como se recoge en el estudio La participación social de las personas mayores,

realizado por el Imserso en 2008, la participación de las personas mayores en la

toma de decisiones de los distintos ámbitos sociales y políticos es un proceso

imprescindible tanto por el valor de su experiencia vital como por la necesidad de

una representación adecuada en términos cuantitativos.

Al mismo tiempo, la participación social de este grupo contribuye a su calidad de

vida. Diversos estudios relacionan la participación social con la calidad de vida

medida en índices de satisfacción, depresión, integración, etc.

El envejecimiento positivo tiene que ir más allá de la participación de las personas

mayores en iniciativas solidarias. La incorporación de otras dimensiones como

fuente de participación social es necesaria para que se visualice la realidad de las

personas mayores y su aportación a la sociedad.

Las políticas y estrategias de atención a las personas mayores, al igual que ocurre

con otros colectivos, con frecuencia están marcadas por la tendencia a parcializar o

segmentar la realidad, como si de compartimentos estancos se tratara. Se percibe,

analiza y planifican las actuaciones por sectores sociales (mayores, menores,

mujeres, jóvenes, etc.) olvidando que hay situaciones, intereses y necesidades

comunes a todos los grupos (no siempre los problemas de las personas mayores se

deben a su proceso de envejecimiento y no siempre les interesan las cosas que se

consideran de mayores). Esta tendencia se traduce en la planificación, por parte de

las y los profesionales, de actuaciones específicas para este colectivo que pretenden

dar respuesta a sus intereses (que se da por hecho son específicos), es decir,

“acciones de mayores sólo para mayores”.

En este Plan se plantea una propuesta de participación en sentido amplio e integral,

en este sentido, se habla de participación en la educación, promoción del

envejecimiento activo desde la preparación para un envejecimiento saludable,

asociaciones (no sólo de mayores), solidaridad y voluntariado como forma de

participación y contribución social, en la actividad política, en el ocio y tiempo libre.

1. EDUCACIÓN Y APRENDIZAJE DURANTE EL CICLO VITAL

La OMS resalta el papel importante que juega la educación, a lo largo de todo el

ciclo vital, como elemento que tiene la función de proporcionar oportunidades e

iniciativas que estimulen la participación activa en la sociedad según se va

envejeciendo

90

Tal y como recoge el Libro Blanco del Envejecimiento Activo de España, “el

aprendizaje a lo largo de la vida permite avanzar en el ejercicio de los derechos de

la persona de edad (libertad de pensamiento, de creencia y de acción), -

independientemente de sus dificultades o limitaciones- y, por tanto, acercará a las

generaciones de jóvenes y adultos a las de los más mayores”.

El Consejo Europeo (Lisboa, marzo de 2000), estableció la necesidad de la

educación a lo largo de toda la vida (entendida como la capacidad de aprendizaje

que tienen las personas de todas las edades del ciclo vital), como un derecho y una

de las claves del siglo XXI, siendo necesario que las instituciones sociales, políticas,

financieras, sanitarias y educativas, acomodasen sus objetivos y planteamientos a

la sociedad en la que están inmersas.

El aprendizaje es un proceso que posibilita la adquisición de conocimientos e

información para una vida satisfactoria, activa y de calidad a lo largo del ciclo vital.

En el Informe elaborado por el Imserso sobre la realidad de las personas mayores,

Las personas mayores en España. Informe 2008, se señala cómo el nivel de

instrucción es un factor sociocultural que delimita las capacidades y posibilidades de

actuación de las personas. Poseer un elevado nivel de formación incide

directamente en la práctica diaria de un determinado tipo de actividades, en el

supuesto contrario supone un hándicap imposible de superar para la realización de

otras. Una limitación con la que encuentran muchas personas mayores, ya que

diversas fuentes confirman que el nivel de formación de las personas mayores

actuales sigue siendo bajo.

La formación y el aprendizaje a lo largo de la vida son un objetivo político

prioritario, ya que suponen un recurso estratégico para poder desenvolverse en los

complejos entornos sociales que se configuran en las sociedades modernas

actuales.

Desde los programas de educación permanente de la Unión Europea se reconoce la

vital importancia que adquiere la educación para la participación social y el

desarrollo personal. Concretamente la Comisión Europea establece «la adquisición y

actualización continua de conocimientos, actitudes y competencias tienen la

consideración de una condición indispensable para el desarrollo personal de toda la

ciudadanía y de la participación en todos los ámbitos de la sociedad”.

El debate de la educación en las personas mayores reside en el contraste entre sus

bajos niveles educativos formales14 y la importancia de la educación informal

adquirida con la experiencia de los años. Es por ello que en el presente Plan, se

contemple esta doble dimensión y se hayan propuesto objetivos y actuaciones

encaminadas a atender su condición de personas mayores interesadas en formarse,

ampliar conocimientos, etc., es decir, como “educandas”, y su condición de

potenciales educadoras y transmisoras de conocimientos y experiencias.

14 Pérez, L. (2006) «Actividades, actitudes y valores». Informe de la personas mayores. IMSERSO.

91

2. PROMOCIÓN DEL ENVEJECIMIENTO ACTIVO DESDE LA PREPARACIÓN

PARA UN ENVEJECIMIENTO SALUDABLE

La Organización Mundial de la Salud, establece que el envejecimiento activo es “El

proceso de optimización de oportunidades para la salud, la participación y la

seguridad que permitan garantizar la calidad de vida de las personas a medida que

envejecen” (OMS, 2002:12).

De esta definición se desprende la importancia de envejecer activamente para la

promoción de la salud y la prevención de la enfermedad, permitiendo que las

personas en su proceso de envejecimiento mantengan un óptimo grado de calidad

de vida.

El envejecimiento activo contribuye al mantenimiento del bienestar de las personas

mayores, por tanto las acciones de promoción de la salud y prevención de la

dependencia deben ir encaminadas hacia la mejora de los niveles de salud, para

permitir un envejecimiento sano y saludable.

Existen diversos documentos e investigaciones en torno a la salud y la importancia

de ésta para las personas mayores, el documento de trabajo que servirá para la

elaboración del Libro blanco del envejecimiento activo15, presentado por el

Ministerio de Sanidad y Política Social, en octubre de 2010, establece que “la salud

es la principal preocupación de las personas mayores”.

Así mismo, establece que la persona “con su trayectoria vital y sus actitudes

personales, es agente principal en el proceso de su propio envejecimiento, que es

un proceso de toda la vida, que se inicia desde la infancia”, por tanto hay que

propiciar que cada ciudadano/a sea responsable de la promoción de su salud

durante todo su proceso de vida.

Diferentes estudios científicos, avalan la tesis de la posibilidad de disminuir la

incidencia, prevalencia e intensidad de la enfermedad, discapacidad y con ello la

dependencia, mediante acciones de prevención y promoción de la salud, y de la

prevención y control de las enfermedades crónicas, entre otras.

Dentro de las acciones de promoción de la salud y prevención de la dependencia, se

podrían incluir las dirigidas a:

Promover hábitos de vida saludables: fomentar la actividad física, evitar el

consumo de alcohol y tabaco, fomentar la alimentación saludable.

Fomentar la estimulación cognitiva, motora y sensorial.

Promover la participación en su entorno comunitario.

Evitar situaciones de vulnerabilidad social: Prevención de la soledad,

precariedad económica y de la vivienda.

Mejorar la seguridad del entorno, así como la prevención de accidentes.

15 Presentación y resumen del Libro Blanco del Envejecimiento Activo, temas para el debate, Madrid 2010.

92

En el planteamiento de los objetivos de esta 2ª línea estratégica del EJE II, es

importante considerar los datos obtenidos a través del diagnóstico municipal en

relación con los hogares.

El diagnóstico determina que un 15% de la población mayor vive sola (4.773), y

entorno a 3.721 son mujeres mayores viviendo solas, 1.052 serían hombres

viviendo solos.

La soledad es un factor de riesgo asociado a la edad, “La soledad se incrementa con

la edad, pero no debido a la edad per se sino al aumento de la discapacidad y al

debilitamiento de la integración social” (Jylhä, 2004: 166).

No cabe duda, que vivir en soledad no tiene por que ir aparejado a aislamiento

social, y que en ocasiones puede atender a una opción, no obstante es necesario

fomentar la integración y participación de las personas mayores que viven solas,

para prevenir situaciones de aislamiento, riesgo y vulnerabilidad que pueden

producirse como consecuencia de éste hecho.

Para que la participación social de las personas mayores sea una realidad, y puedan

hacerlo en las mejores condiciones, partimos de la necesidad de que mediante el

desarrollo de este I Plan se promueva la autonomía de las personas mayores

mediante un envejecimiento activo y saludable, persiguiendo un doble objetivo:

- Contribuir a elevar el nivel de salud de las personas mayores.

- Favorecer la conservación de la autonomía mediante la preparación para un

envejecimiento saludable.

Por tanto, es necesario definir un marco municipal de acciones de promoción de la

salud de las personas mayores, dirigidas a:

- Incrementar y diversificar, entre otros, los diferentes talleres que en ese sentido

se desarrollan desde el negociado de mayores, en el conjunto de distritos.

- Impulsar, en coordinación con la red de servicios de atención primaria de salud

acciones de promoción de la salud física, psíquica y social.

- Establecer una línea de acciones de promoción del envejecimiento saludable

desde enfoque de la prevención de la dependencia.

3. LA PARTICIPACIÓN DESDE EL ASOCIACIONISMO

El movimiento asociativo se configura como una herramienta clave de participación

social y activa para las personas mayores.

93

La realidad del movimiento asociativo actual de las personas mayores o las

características de la participación de las personas mayores en las asociaciones, a

nivel estatal, según se desprende del «Libro Verde de las PYMASs (Pequeñas y

Medianas Asociaciones) de Personas Mayores». IMSERSO, 2007, son:

posee unas cuotas significativas de participación, que se han incrementado

en los últimos años.

participan en diversidad de asociaciones, no sólo de mayores.

se está produciendo cambio en la demanda de actividades. Parece que las

políticas de envejecimiento activo tienen su reflejo en esta demanda se ha

producido un cambio significativo en las realizadas por las personas mayores

dentro de las asociaciones a las que pertenecen. De esta manera, se ha

dado paso a una propuesta de actividades, y con ello a un modelo de

asociacionismo, mucho más dinámico y activo que en épocas anteriores.

el papel de las asociaciones de personas mayores va más allá de la

realización de actividades

tienen dificultades en materia de recursos económicos y materiales

necesidad de mayor apoyo y colaboración por parte de las administraciones

correspondientes.

también consideran que la sociedad se sigue rigiendo por estereotipo y

mitos que desvalorizan el papel de las personas mayores, lo que implica un

grado de dificultad a la promoción de su movimiento asociativo.

A pesar de las dificultades señaladas, “las PYMAs se reconocen como entidades

llenas de un gran capital humano, con proyectos sociales relevantes y con un

tiempo disponible puesto al servicio de la comunidad”16.

4. SOLIDARIDAD Y VOLUNTARIADO COMO FORMA DE PARTICIPACIÓN Y

CONTRIBUCIÓN SOCIAL

La Asamblea de Naciones Unidas, en 1991, en sus Principios a favor de las

personas de edad subrayó que éstas “deberán poder buscar y aprovechar

oportunidades de prestar servicio a la comunidad y de trabajar como voluntarios en

puestos apropiados a sus intereses y capacidades”.

En el ámbito nacional, el Plan Estatal de Voluntariado 2005-2009, recoge en uno de

sus objetivos “proporcionar información a toda la sociedad acerca del valor, las

oportunidades y la necesidad de participación voluntaria, de acuerdo con las

características de cada grupo de edad y con los intereses de cada ciudadano”. En

este sentido, se insistía en las personas mayores como grupo central para

desarrollar una participación ciudadana activa dado su tiempo libre, sus

experiencias personales, su interés y dedicación, así como sus conocimientos17.

Desde las organizaciones, destaca la plataforma de Promoción del Voluntariado en

España que cuenta con un cuaderno de formación específico para el “voluntariado

en la tercera edad”.

16 La participación social de las personas mayores. Imserso. Colección Estudios. Serie Personas Mayores. N.º

11005. 2008. 17 Medina, M.E., Carbonel, C. «Las personas mayores y el voluntariado». 2006.

94

La participación continuada en grupos voluntarios es un factor de protección para el

bienestar psicológico de las personas adultas que comienzan a desarrollar

limitaciones funcionales (Greenfield y Marks, 2007). En el caso concreto de las

personas mayores “la relación generalmente positiva entre actividad y bienestar

depende de los recursos personales y sociales de la persona mayor” (Morrow-

Howell, Hinterlong, Rozario y Thang, 2003: 142) 18.

Estos últimos autores, apuntan algunos de los beneficios del voluntariado para las

personas mayores:

los beneficios positivos del voluntariado se producen incluso cuando el

tiempo dedicado al mismo es corto. Lo importante es implicarse, aunque sea

de forma modesta;

el voluntariado puede ser aún más beneficioso para las personas mayores

que tienen limitaciones funcionales y cierto grado de dependencia;

escoger un voluntariado preferido por la persona, que le guste, y que incluya

tareas significativas y que supongan un reto, parece ser importante a la

hora de maximizar los resultados positivos de la experiencia;

las personas mayores voluntarias reconocen sentirse más útiles, con mayor

autoestima, y están más protegidas contra la pérdida del rol social y el

aislamiento. Además, la labor como voluntarias les ayuda a estructurar su

tiempo, a contar con un propósito más en el día a día, a sentirse parte de

algo, a desarrollarse y a aumentar la significación en sus vidas.

5. ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN Y PARTICIPACIÓN POLÍTICA

Promover la participación de las personas mayores en todos los ámbitos y niveles

de la sociedad incluye también el ámbito político. En este sentido, tal y como

recoge el Libro Blanco del Envejecimiento Activo de España (en su borrador de

octubre de 2010) se trata de “mejorar las formas e instancias de participación de

las personas mayores. Una participación que no sólo permita que se oiga su voz

específica, que se expresen sus demandas y puntos de vista, sino que asegure

también que se puede avanzar en la transformación y mejora de su calidad de

vida”.

Según diversos estudios, el interés y la actividad política de las personas mayores

se caracteriza por: registrar cuotas todavía más bajas que la población en general;

por diferencias significativas entre hombres y mujeres, mostrando ellos niveles más

altos que ellas; por que las cuotas van en disminución en función del aumento de la

edad; porque a mejor formación, mayores niveles de interés, al igual que las

personas mayores situadas en clases sociales más altas; por el contrario, las

personas mayores que residen en ámbitos rurales muestran menos interés político

(recogido en el estudio La participación social de las personas mayores. Imserso.

18Citado en el Libro Blanco del Envejecimiento Activo de Andalucía. 2010.

95

En este Plan se plantean objetivo encaminado a constituir órganos de

representación política de las personas mayores que hagan posible su participación

en los espacios de toma de decisiones de aspectos que les afecten directamente.

6. OCIO Y TIEMPO LIBRE

Como recoge el Informe de 2008 las personas mayores en España, elaborado por el

Imserso, el mantenimiento de una vida social activa, a través de las actividades de

ocio, garantiza un envejecimiento satisfactorio tanto a nivel cuantitativo como

cualitativo. Sin embargo, muchas personas mayores se encuentran, en muchos

casos, sin habilidades para la utilización del tiempo libre. Las personas mayores de

65 años “han tenido una trayectoria vital en la que la necesidad de afrontar el día a

día no les permitía ejercer la capacidad de elección sobre su tiempo libre. Este

estilo de vida ha delimitado su realidad y en la vejez. La cultura del ocio que impera

en la actualidad está muy lejos de la realidad que estas personas han vivido.

Tener los recursos necesarios para poder emplear el tiempo de manera

“productiva”, satisfactoria para las personas, influye significativamente en ámbitos

tanto afectivos como psicológicos y sociales, en definitiva en la calidad de vida de

las personas.

Las características sociodemográficas de este grupo, además de la ausencia de una

cultura de ocio, implican una utilización del tiempo libre algo limitada y, en muchos

casos, enfocada al ocio pasivo. Es por esto que las actividades que más destacan,

por ser realizadas entre un mayor número de personas, son las relacionadas con los

medios de comunicación (ver la televisión, escuchar la radio o leer).

Otra actividad predominante en la vejez es el ejercicio físico. La promoción para la

realización de actividades físicas por parte de las personas mayores resulta

fundamental para el desarrollo de un envejecimiento activo. Los resultados de un

estudio hecho por la Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria,

destacan que las personas que realizan actividades físicas de forma regular viven

tres años más de media, con mayor calidad de vida y autonomía personal que las

que no realizan esta actividad. Además del beneficio para la salud es importante

destacar su papel como favorecedor de las relaciones sociales.

Otras actividades, también de gran importancia en la vida de los mayores, son:

reunirse con las amistades fuera del hogar, salir a «tomar algo» con la pareja o la

familia, asistir actos religiosos, y, en las últimas décadas ha adquirido un papel

protagonista, el turismo.

96

LÍNEA DE ACTUACIÓN 1. EDUCACIÓN Y APRENDIZAJE DURANTE EL CICLO

VITAL

Objetivo estratégico Línea 1. Eje II.

Promover el ejercicio del derecho a la educación y/o formación de las personas

mayores con el fin de posibilitar su crecimiento personal y social. Y potenciar el

papel de las personas mayores como educadoras con otros grupos.

Objetivo específico 1 (participación en acciones formativas)

Fomentar la participación de las personas mayores en acciones formativas dirigidas al conjunto de la

sociedad, así como la organización de actividades específicas para este colectivo.

Acciones

1.1. Fomentar la incorporación de personas mayores a la programación anual de

actividades formativas de las distintas Concejalías (Bienestar Social,

Juventud, Participación Ciudadana, Educación, etc.).

1.2. Realización de actuaciones en colaboración con los diferentes Centros

Educativos del municipio y con la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento

de Santa Cruz de Tenerife, y otras entidades a través de los cuales se

posibiliten las relaciones intergeneracionales.

1.3. Promover la participación de las personas mayores en los programas de

educación de personas adultas y en el Programa de Universidad para

mayores.

1.4. Impulsar acciones formativas para personas mayores en cooperación con

entidades públicas y privadas en el campo de la informática, el acceso a

Internet y el uso de nuevas tecnologías

1.5. Promover acciones de formación impartidas por personas mayores dirigidas

a diversos colectivos (escolares, jóvenes, etc.).

1.6. Promover la enseñanza de lectoescritura para las personas mayores sin

estudios.

Objetivo específico 2 (preparación para el envejecimiento)

2. Impulsar acciones encaminadas a la preparación para el envejecimiento como una etapa

97

enriquecedora, activa y llena de oportunidades para la persona.

Acciones

2.1. Sensibilizar a las empresas sobre la necesaria preparación de sus

trabajadores/as para la jubilación.

2.2. Propiciar el encuentro entre los grupos de personas mayores y el colectivo

de personas prejubiladas y/o que se acercan a los 65 años, estudiando la

posibilidad de aplicar las nuevas tecnologías creación de redes sociales.

Objetivo específico 3 (participación como educadoras)

3. Fomentar el papel de las personas mayores como educadoras, desarrollando acciones educativas y/o

formativas en las que las personas mayores sean las protagonistas.

Acciones

3.1. Promover y apoyar las actividades (tradicionales e innovadoras) de

asistencia mutua intergeneracionales dentro de la familia, la vecindad y la

comunidad.

3.2. Realización de jornadas, seminarios, charlas, grupos de debates, etc. sobre

diferentes temáticas dirigidas al conjunto de la comunidad y en las que las

personas mayores sean las protagonistas, tanto en la organización de las

mismas como en su desarrollo (participación activa como ponentes).

3.3. Organizar actuaciones para potenciar el papel de las personas mayores

como transmisoras de experiencia: de conocimientos, y tradiciones.

LÍNEA DE ACTUACIÓN 2. PROMOCIÓN DEL ENVEJECIMIENTO ACTIVO

DESDE LA PREPARACIÓN PARA UN ENVEJECIMIENTO SALUDABLE.

Objetivo estratégico Línea 2. EJE II.

Promover el envejecimiento activo para contribuir a elevar el nivel de salud de las

personas mayores y a favorecer la conservación de la autonomía mediante la

preparación para un envejecimiento saludable.

98

Objetivo específico 1 (promoción de la salud y prevención de la

dependencia)

1. Mejorar la calidad de vida de las personas mayores mediante la promoción de la salud y la

prevención de la dependencia.

Acciones

1.1. Promover hábitos de vida saludables entre la población mayor mediante el

desarrollo de actividades/talleres de deshabituación tabáquica; consumo

responsable de medicamentos, control de la medicación, nutrición y

alimentación, promoción de la actividad física.

1.2. Impartir talleres de estimulación sensorial, motora y cognitiva para el

mantenimiento de las capacidades funcionales.

1.3. Difundir información relacionada con el mantenimiento de la salud y

prevención de la dependencia.

1.4. Realizar acciones formativas sobre autocuidado y la salud dirigida a las

personas mayores y a las y los profesionales que trabajan con personas

mayores.

LÍNEA DE ACTUACIÓN 3. LA PARTICIPACIÓN DESDE EL ASOCIACIONISMO

Objetivo estratégico Línea 3. EJE II.

Fomentar espacios que faciliten la participación y el intercambio de las personas

mayores.

Objetivo específico 1 (apoyo al asociacionismo de personas mayores)

1. Facilitar, aumentar y agilizar los recursos del ayuntamiento para que las asociaciones de mayores

sigan fomentando la participación de las personas mayores.

Acciones

1.5. Realización de un estudio del movimiento asociativo de mayores en el

municipio: analizando el perfil de las personas mayores que participan en

los centros de mayores, la oferta de servicios que prestan y necesidades y

demandas que cubren, etc.

1.6. Colaborar en la búsqueda de vías de financiación alternativas para las

99

asociaciones de mayores, distintas a las ofertadas por las administraciones

públicas.

1.7. Creación de líneas de ayuda económica dirigidas a las asociaciones de

mayores para el desarrollo de programas coherentes con los objetivos de

este Plan.

Objetivo específico 2 (las asociaciones como mecanismo de participación)

2. Apoyar a las asociaciones de personas mayores de Santa Cruz de Tenerife para que éstas se

constituyan en un mecanismo de participación eficaz en los diferentes ámbitos de la sociedad.

Acciones

2.1. Desarrollo de actividades de formación dirigidos a las asociaciones para

mejorar la programación, gestión de programas y participación de sus

socias y socios, incidiendo en aspectos de su funcionamiento con criterios

de igualdad de género.

2.2. Impulsar la coordinación de actuaciones entre las asociaciones y de éstas

con otras entidades, que realicen actuaciones dirigidas a las personas

mayores

2.3. Incrementar y diversificar el número de personas que participan en las

asociaciones y clubes de mayores

2.4. Diversificar la oferta de servicios y adaptarla a los perfiles de personas

mayores cada vez más heterogéneo.

2.5. Dinamizar a los colectivos, asociaciones de personas mayores para el

diseño de programas de actividades que fomenten la promoción del

cuidado, la salud y hábitos de vida saludables.

2.6. Impulsar la participación de personas de otras edades en las asociaciones

de mayores, como una estrategia para favorecer las relaciones

intergeneracionales.

Objetivo específico 3 (fomento del asociacionismo de personas mayores)

3. Fomentar el asociacionismo de las personas mayores.

Acciones

3.1. Realización de una campaña para difundir entre las personas mayores los

beneficios del asociacionismo en la defensa de sus intereses y mejora de la

calidad de vida.

100

3.2. Estudio y consideración de diferentes formas de “asociacionismo” no

reglado.

Objetivo específico 4 (mayor participación de los hombres en las

asociaciones y mayor participación de las mujeres en los órganos

gestores)

4. Promover actuaciones específicas por sexo: promover una mayor participación de los hombres y

facilitar el acceso de las mujeres a los órganos gestores.

Acciones

4.1. Desarrollo de acciones informativas y de sensibilización que fomenten la

participación paritaria en los órganos de gobierno de las asociaciones de

mayores, y la adecuación de los estatutos para garantizar la paridad.

4.2. Desarrollar acciones para facilitar la participación e incorporación de las

mujeres mayores a los órganos de gobierno: Consejo Local de Mayores,

Juntas de Gobierno de los Centros de Mayores, etc. en colaboración con el

Consejo Municipal de la Mujer.

4.3. Realizar acciones para impulsar la participación de los hombres en las

asociaciones

LÍNEA DE ACTUACIÓN 4. SOLIDARIDAD Y VOLUNTARIADO COMO FORMA

DE PARTICIPACIÓN Y CONTRIBUCIÓN SOCIAL

Objetivo estratégico Línea 4. Eje II.

Incrementar y diversificar las formas de ejercer la solidaridad y el voluntariado con

y para las personas mayores.

Objetivo específico 1 (el voluntariado de las personas mayores)

1. Potenciar y articular la participación de las personas mayores como voluntarias.

Acciones

1.1. Diseñar estrategias para la captación de personas mayores para

desempeñar labores de voluntariado.

101

1.2. Desarrollar programas de formación del voluntariado dirigidos a las

personas mayores

1.3. Definir y poner en marcha actividades de voluntariado dirigidas por las

personas mayores con mejor estado de salud para que presten apoyo a

otras en situación de dependencia y a sus familiares

1.4. Elaboración y desarrollo de un proyecto de voluntariado cultural para la

difusión y transmisión de la cultura, la lectura y las tradiciones, con las

personas mayores como protagonistas.

1.5. Difundir entre las personas mayores el programa de Guías Voluntarios de la

Tercera Edad, en el que participa Organismo Autónomo de Museos y

Centros (en colaboración con la Confederación Española de Aulas de

Tercera Edad) para impulsar la participación en el programa.

Objetivo específico 2 (el voluntariado hacia las personas mayores)

2. Promover los programas de voluntariado hacia personas mayores, priorizando la atención a las y los

mayores que se encuentran en situación de vulnerabilidad.

Acciones

2.1. Desarrollar acciones de voluntariado en el ámbito de las nuevas tecnologías

y el acompañamiento social.

2.2. Apoyar técnica y económicamente programas de voluntariado realizados

por asociaciones y otras entidades, dirigidos a la atención a personas

mayores que se encuentran en situaciones de soledad o con carencias

importantes de relaciones en su entorno, en situación de dependencia que

residen en su domicilio, etc.

2.3. Creación de un servicio de lectura a domicilio para las personas mayores

con dificultades de visión o ausencia de hábito de lectura, a través de

voluntariado, esta actuación también puede desarrollarse por otras

personas mayores.

Objetivo específico 3 (reconocimiento de la contribución del voluntariado)

3. Dar a conocer a la población la labor del voluntariado en general y las aportaciones de las personas

mayores en particular. Y reconocer socialmente esta labor.

Acciones

3.1. Hacer campañas divulgativas sobre los beneficios del voluntariado para las

personas mayores, y sobre cómo todas las personas pueden realizar

102

acciones de voluntariado.

3.2. Organizar formas de reconocimiento público de la labor voluntaria de las

personas mayores (entrega de premios al trabajo que realizan las personas

mayores por otras personas).

LÍNEA DE ACTUACIÓN 5. ORGANOS DE REPRESENTACION Y

PARTICIPACION POLITICA

Objetivo estratégico. Línea 5. Eje II.

Implicar a las personas mayores en los procesos políticos que afectan a sus

derechos a través de su participación en el diseño y desarrollo de la política social

dirigida a la mejora de la calidad de vida de este sector de población, y de la

comunidad en general.

Objetivo específico 1 (creación de órganos de representación de las

personas mayores)

1. Avanzar en la creación, desarrollo y democratización de órganos de representación y participación

en todas las instituciones y áreas municipales dedicadas a políticas de personas mayores.

Acciones

1.1. Realizar campañas de sensibilización sobre la importancia de la

participación de las personas mayores en las instituciones y en los órganos

políticos y sociales del municipio en particular y de la isla en general.

1.2. Impulsar la creación de las Comisiones técnicas o grupos de trabajo en el

Consejo Local de Mayores, que promueva el desarrollo, seguimiento y

evaluación del Plan de mayores.

1.3. Promover la creación de foros u otras fórmulas de participación que

permitan a las personas mayores transmitir a la Administración sus

necesidades y sugerencias o creación de foros en el ámbito del Consejo

Local o Municipal de Mayores para la participación en la actividad pública.

1.4. Crear los cauces adecuados para facilitar la participación de las personas

mayores dependientes y/o de sus familias.

Objetivo específico 2 (presencia de las mujeres en los órganos de

representación)

103

2. Definir actuaciones específicas dirigidas a las mujeres mayores para conseguir su participación

activa en los espacios de debate y toma de decisiones, especialmente en aquellos que le afecten

directamente.

Acciones

2.1. Promover la participación de las mujeres mayores en los ámbitos sociales

en los que no estén suficientemente representadas, especialmente en

aquellos en los que se toman decisiones que les afectan directamente

2.2. Impulso de la representación de las mujeres mayores en otros órganos de

participación que sean de interés para la población en general (el Consejo

Municipal de la Mujer, entre otros).

LÍNEA DE ACTUACIÓN 6. OCIO Y TIEMPO LIBRE

Objetivo estratégico 1 Línea 6. EJE II.

Propiciar y estimular que las personas mayores vivan el tiempo libre de forma

creativa y promover actuaciones específicas acordes con sus necesidades e

intereses.

Objetivo específico 1 (participación cultural)

1. Potenciar la participación cultural de las personas mayores.

Acciones

1.1. Creación de certámenes y concursos culturales (literarios y otros)

destinados a personas mayores y/o creación de una categoría específica

para mayores dentro de los concursos promovidos por el Ayuntamiento.

1.2. Difundir las obras artísticas realizadas por las personas mayores en los

diversos talleres que se llevan a cabo en los centros de día, los clubes de

mayores, etc., organizando exposiciones y otras muestras.

1.3. Mantener y ampliar en las programaciones actividades que desarrollen el

conocimiento de los bienes culturales, que incluyan salidas, excursiones y

viajes guiados

104

Objetivo específico 2 (fomento de la lectura)

2. Fomentar la lectura y el ocio a través de las nuevas tecnologías entre las personas mayores.

Acciones

2.1. Programación de visitas guiadas a las bibliotecas municipales.

2.2. Creación de Clubes de lectura e impulso para la participación en los

existentes en las bibliotecas y en otras entidades municipales.

2.3. Impulso y apoyo para la creación de un servicio de préstamo a domicilio de

material audiovisual y bibliográfico para personas mayores con dificultades

de movilidad.

2.4. Dar a conocer a las personas mayores las posibilidades de ocio que ofrecen

las nuevas tecnologías (por ejemplo, el juego de la wii y otros. Estos juegos

trabajan a nivel físico (la lateralidad, el equilibrio, el movimiento,..etc.) , a

nivel cognitivo y por supuesto el ocio).

Objetivo específico 3 (accesibilidad a la cultura)

3. Facilitar el acceso de las personas mayores a las manifestaciones culturales que se desarrollen en

Santa Cruz de Tenerife y en otros municipios de la isla.

Acciones

3.1. Difundir entre las personas mayores la oferta cultural de Santa Cruz de

Tenerife y de otros municipios.

3.2. Facilitar a las personas mayores con movilidad reducida, su participación en

conciertos, exposiciones y cualquier otra actividad cultural a través de del

convenio con alguna entidad que proporcione el transporte adaptado.

3.3. Estudio de la viabilidad de acceso a las actividades culturales (gratuidad o

bonificación para mayores de 65 años).

3.4. Realizar campañas de información y concienciación sobre todos los

beneficios que aporta el ejercicio o actividad física (tanto para la salud

como para mejorar las relaciones sociales). Primando como espacios para

su difusión los centros de salud, los centros de servicios sociales, los

medios de comunicación, etc.

105

Objetivo específico 4 (actividad física)

4. Promover la actividad física entre las personas mayores como instrumento para la mejora de la

salud.

Acciones

4.1. Aumentar el bienestar físico y psíquico de las personas mayores, mediante

la incorporación de la actividad física y la participación en actividades

específicas de estimulación.

4.2. Facilitar el acceso de las personas mayores a programas de ejercicio físico,

independientemente de su condición física, psicológica, social y económica,

promoviendo la organización de programas de ejercicio físico para todas las

edades y circunstancias.

4.3. Adecuar nuevos espacios que permitan la práctica del ejercicio o bien la

adecuación de espacios cerrados que permitan dicha práctica.

Objetivo específico 5 (ocio “productivo”)

5. Promover la oferta de actividades para la ocupación del tiempo libre orientadas a un ocio

“productivo”.

Acciones

5.1. Estudio de la puesta en práctica de proyectos orientados al desarrollo

sostenible.

5.2. Realización de cortometrajes, videos, donde se ponga de manifiesto el valor

de las personas mayores en nuestra sociedad.

106

EJE III. ATENCIÓN A LAS PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE

DEPENDENCIA Y/O VULNERABILIDAD SOCIAL.

LÍNEAS DE ACTUACIÓN

1. COLABORACIÓN EN EL DESARROLLO DEL SISTEMA DE PROMOCIÓN

DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN

SITUACIÓN DE DEPENDENCIA.

1.1. Promoción del desarrollo del Sistema de Promoción de la Autonomía

Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.

1.2. Coordinación y colaboración interadministrativa.

1.3. Coordinación con los programas de educación para la salud de

atención primaria.

2. PREVENCIÓN ESPECÍFICA PARA LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE

DEPENDENCIA.

2.1. Preservación de la autonomía personal.

2.2. Control de riesgos en los procesos de dependencia.

3. APOYO A LAS FAMILIAS DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE

DEPENDENCIA.

3.1. Apoyo formal a las familias de personas en situación de dependencia.

3.2. Participación en la comunidad de las personas cuidadoras.

3.3. Autocuidado y promoción de la salud de las personas cuidadoras.

3.4. Apoyo a las personas cuidadoras.

3.5. Apoyo específico a las mujeres cuidadoras.

4. ATENCIÓN EN LA COMUNIDAD.

4.1. Ampliación de la cobertura de recursos y servicios municipales.

4.2. Adaptación de la intensidad de los servicios a las necesidades de la

población.

5. PROMOCIÓN DE ALOJAMIENTOS ALTERNATIVOS.

5.1. Alojamientos alternativos.

El tercer eje estratégico, se dirige a las personas mayores que presentan

limitaciones para mantener una calidad de vida adecuada. Considerando como

tales, no sólo a aquellas personas que se encuentran en situación de dependencia

(necesitan de la ayuda de otras personas para realizar las actividades de la vida

107

diaria) sino también a quienes están en situación de vulnerabilidad social (que, sin

llegar a sufrir esta dependencia, están próximas a ella).

Por vulnerabilidad social se entiende aquellas situaciones a las que se ven

sometidas las personas mayores como soledad, falta o carencia importante de

recursos económicos, falta de habilidades personales para desenvolverse con

autonomía… que pueden limitar en un momento determinado su autonomía o su

calidad de vida.

Varios aspectos caracterizan a este grupo de personas vulnerables:

pueden seguir viviendo de forma autónoma si se les facilita un contexto

adecuado, desde una concepción ecológica del envejecimiento.

desean vivir en sus propios entornos antes que ingresar en un centro

residencial, si se mantienen niveles adecuados de calidad de vida.

la soledad es uno de los principales problemas que les afectan.

no existe un entorno familiar cercano u otra fuente de apoyo informal

adecuados.

residen en muchas ocasiones en núcleos rurales.

En esta área se planifican acciones tendentes a:

• Desarrollar e incrementar recursos de apoyo domiciliario, teleasistencia, ayudas

para la adaptación de los entornos, promoción de la integración social, etc.,

dirigidos a facilitar espacios y entornos que posibiliten la autonomía y las

interacciones sociales.

• Apoyar a las familias de personas mayores dependientes, especialmente para

compatibilizar la vida familiar y laboral. Como principales novedades se plantea un

incremento significativo en la concertación de plazas de estancias diurnas y el

Programa Concilia.

• La atención residencial, que con el fin de mejorar la red existente, prevé el

incremento de la concertación de plazas en aquellos lugares más necesarios junto a

un Plan de Calidad en los Centros propios de la Gerencia de Servicios Sociales que

permita modernizar y mejorar la atención de los mismos. Uno de los grandes fines

será facilitar el acceso de los mayores a plazas con un “precio social” similar al que

se establece para las plazas públicas.

1. COLABORACIÓN EN EL DESARROLLO DEL SISTEMA DE PROMOCIÓN DE

LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN

DE DEPENDENCIA

La Ley 39/2006 de 14 de diciembre de Promoción de la Autonomía Personal y

Atención a la Dependencia establece un derecho subjetivo de ciudadanía mediante

108

el reconocimiento de un grado y nivel de dependencia y el derecho al acceso a una

cartera de prestaciones y servicios.

Dicha Ley, recoge entre sus principios el de la cooperación interadministrativa,

como instrumento facilitador del adecuado despliegue de la Ley. En ese sentido las

entidades locales tienen un importante papel, en el marco de sus competencias,

para contribuir a su desarrollo.

Así mismo en su artículo 12, establece para las entidades locales, lo siguiente:

“Artículo 12. Participación de las Entidades Locales.

1. Las Entidades Locales participarán en la gestión de los servicios de atención a las

personas en situación de dependencia, de acuerdo con la normativa de sus

respectivas Comunidades Autónomas y dentro de las competencias que la

legislación vigente les atribuye.

2. Las Entidades Locales podrán participar en el Consejo Territorial del Sistema

para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la forma y condiciones que el

propio Consejo disponga”.

El diagnóstico del Plan Estratégico Municipal, establece una estimación para el

municipio de Santa Cruz de Tenerife, de un total de 16.359 personas en situación

de dependencia, de las cuáles 9.236, son mayores de 65 años (el 56%).

2. PREVENCIÓN ESPECÍFICA PARA LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE

DEPENDENCIA

Así mismo, será necesario desarrollar medidas de prevención específica para las

situaciones de dependencia, mediante acciones de mantenimiento de las

capacidades y de la autonomía personal.

La prevención de los malos tratos, y la detección de las situaciones de

desprotección que sufren las personas mayores en situación de dependencia, debe

ser otro eje de actuación de este Plan, es necesario incidir en este hecho, para

evitar las situaciones de abandono, pero sobre todo prevenir e intervenir

precozmente.

3. APOYO A LAS FAMILIAS DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA

En la actualidad, según el estudio: Cuidados en la familia de personas mayores

en situación de dependencia, IMSERSO 2004, en más de 1.600.000 hogares

españoles se presta ayuda a personas mayores. El perfil medio de quienes cuidan a

las personas mayores en España puede sintetizarse en la fórmula “género

femenino, número singular”: siendo una amplia mayoría del total de cuidadoras/es

mujeres.

En cuanto a la edad, también se confirma para España lo que sucede en otros

lugares, es decir, que el intervalo de edad del potencial cuidador se sitúa entre los

45 y los 69 años (la edad media de los personas cuidadoras está en torno a los 50

109

años). Las tres cuartas partes de estas personas cuidadoras no desarrollan

actividad laboral externa alguna.

Por otro lado, y considerando que los cuidados de las personas mayores en

situación de dependencia se asumen mayoritariamente en el ámbito familiar y los

realizan prioritariamente las mujeres (Libro Blanco de Atención a la Dependencia),

es importante dirigir acciones específicas tendentes a garantizar su calidad de vida

y desarrollar acciones de apoyo hacia las personas cuidadoras.

Así mismo, la atención a las personas mayores dependientes debe ser una

labor compartida que no ha de recaer exclusivamente en el entorno familiar, por lo

que las administraciones deberán desarrollar programas de apoyo; de respiro, etc.,

que permitan a las personas cuidadoras prestar una atención de calidad a sus

familiares, y contar con espacios de respiro y apoyo para desarrollar su labor.

Igualmente, es importante orientar a las familias, y concretamente a las

personas cuidadoras sobre las posibilidades de atención para sus familiares y la

corresponsabilidad de las administraciones en el cuidado de las personas en

situación de dependencia, para que en la toma de decisiones puedan optar

libremente por las diferentes opciones o modelos de atención, y pueda convertirse

en una verdadera opción para ellas (en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, el

75% de las personas cuidadoras son mujeres y pertenecen al núcleo familiar de la

persona mayor dependiente, el 49% son hijas; el 38% esposas…).

Otro aspecto relevante, en lo que a la atención a las personas mayores

dependientes se refiere, es la existencia de un elevado número de mujeres

inmigrantes, como cuidadoras profesionales y asistentes en los domicilios, que en

ocasiones se encuentran en situaciones de vulnerabilidad social, y asumen sin la

formación necesaria y/o suficiente el cuidado de las personas mayores, con el

consecuente riesgo.

Según diversos autores, la contratación de inmigrantes -mayoritariamente

mujeres para el cuidado en los hogares es un mecanismo de atención cada vez más

utilizado en nuestro país, donde la mujer inmigrante está sirviendo de relevo a la

española en parte de las tareas domésticas y cuidado de las personas dependientes

(Izquierdo 2003). Éste fenómeno está sujeto a una doble opacidad: (1) la que

deriva de una relación laboral informal que no pasa por el mercado, y (2) la que

resulta de la privacidad del ámbito familiar19.

4. ATENCIÓN EN LA COMUNIDAD

Es necesario dotar de herramientas que permitan la prestación de unos

cuidados profesionales y de calidad a las personas mayores dependientes del

municipio de Santa Cruz de Tenerife, así como ofrecer un apoyo estable a las

19 El cuidado de las mujeres inmigrantes a las personas mayores: una aproximación desde su uso del tiempo.

110

familias y a las personas responsables de los cuidados como instrumentos que

garanticen la prolongación de los cuidados en el domicilio familiar el máximo tiempo

posible y en óptimas condiciones.

Diferentes estudios, e investigaciones determinan que las personas mayores

desean permanecer el máximo tiempo posible en su entorno o domicilio, para que

esto pueda ser una realidad, es necesario implementar medidas dirigidas a adaptar

los servicios a las necesidades de las personas mayores y sus familias,

estableciendo las intensidades adecuadas para que se constituyan en verdaderos

servicios de apoyo y garanticen la atención.

5. PROMOCIÓN DE ALOJAMIENTOS ALTERNATIVOS

La atención a las personas en situación de vulnerabilidad social, es clave para poder

garantizar la permanencia en el entorno, el acceso a los servicios y prestaciones, la

protección necesaria en esta etapa de la vida.

Canarias, representa la tasa más elevada de España en población mayor de 65

años, protegida con Prestaciones no contributivas de jubilación, la pensión no

contributiva de jubilación para el año 2010 se sitúa en 339, 70 euros mensuales.

El diagnóstico municipal en relación con la situación de las personas mayores,

establece que casi el 50% de los hogares cuya persona principal es mayor de 65

años, está en situación de pobreza.

Por tanto es necesario contar con recursos y servicios que puedan cubrir las

situaciones de necesidad de las personas mayores en situación de vulnerabilidad, y

diseñar protocolos de actuación conjunta entre las diferentes áreas competentes del

municipio y otras administraciones, ante situaciones de emergencia o para atender

situaciones graves.

LÍNEA DE ACTUACIÓN 1. COLABORACIÓN EN EL DESARROLLO DEL

SISTEMA DE PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y ATENCIÓN A

LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA.

Objetivo estratégico línea 1 Eje III.

111

Impulsar la implantación de la Ley de Dependencia en el municipio de Santa Cruz

de Tenerife.

Objetivo específico 1 (Promoción del desarrollo del Sistema de Promoción

de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de

Dependencia)

1. Promover el desarrollo del sistema de promoción de la autonomía personal y atención a las personas

en situación de dependencia.

Acciones

1.1. Informar sobre la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y atención a

la Dependencia mediante acciones formativas específicas para la ciudadanía

y para los/as profesionales en colaboración con el personal de las

administraciones públicas correspondientes.

1.2. Detectar aquellas situaciones susceptibles de acceder al sistema de

dependencia y promover la presentación de la solicitud.

1.3. Impulsar y ampliar el desarrollo de servicios específicos de prevención y

promoción de la autonomía personal.

1.4. Potenciar y articular el conjunto de servicios de proximidad y de atención

domiciliaria como base de apoyo para la permanencia en el entorno habitual,

tanto para las personas mayores como para las personas cuidadoras.

Objetivo específico 2 (Coordinación y colaboración interadministrativa)

2. Establecer mecanismos formales de coordinación y colaboración interadministrativa para el

funcionamiento del sistema.

Acciones

2.1. Promover el establecimiento de mecanismos de coordinación y acceso a los

recursos para la atención a las personas mayores en situación de

dependencia conjuntamente con la Administración de la Comunidad

Autónoma y de otras administraciones.

Objetivo específico 3 (coordinación con los programas de educación para la

salud de atención primaria)

3. Establecer fórmulas de coordinación con los programas de educación para la salud de atención

primaria.

112

Acciones

3.1. Diseñar acciones de promoción de la salud y los cuidados en coordinación

con atención primaria de salud.

3.2. Fomentar el intercambio de información con los programas de atención

primaria de salud.

3.3. Promover la coordinación entre los programas de ayuda a domicilio y

atención domiciliaria de salud.

LÍNEA DE ACTUACIÓN 2. PREVENCIÓN ESPECÍFICA PARA LAS PERSONAS

EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA

Objetivo estratégico línea 2 Eje III.

Desarrollar actuaciones de prevención específica para las personas en situación de

dependencia en colaboración con las administraciones públicas correspondientes.

Objetivo específico 1 (Preservación de la autonomía personal)

1. Impulsar acciones de tipo preventivo dirigidas a preservar la autonomía personal.

Acciones

1.1. Desarrollo de programas de estimulación cognitiva específica para el

mantenimiento de las capacidades en los domicilios y la comunidad.

1.2. Desarrollo de programas de animación domiciliaria estimulativa.

1.3. Prevenir el empeoramiento de las situaciones de dependencia de la persona

mayor.

1.4. Promover el acceso a programas de fisioterapia y rehabilitación.

Objetivo específico 2 (Control de riesgos en los procesos de dependencia)

2. Controlar la aparición de riesgos asociados a los procesos de dependencia.

Acciones

2.1. Desarrollar programas de estimulación física, psicoemocional, cognitiva y

113

social.

2.2. Coordinar acciones con los servicios de Atención Primaria de Salud para el

desarrollo de actuaciones de prevención específica para personas mayores

en situación de dependencia.

2.3. Información sobre las asociaciones de personas enfermas y ongs que

realizan programas estimulativos.

LÍNEA DE ACTUACIÓN 3. APOYO A LAS FAMILIAS Y/O CUIDADORAS/ES DE

PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA

Objetivo estratégico línea 3 Eje III.

Facilitar a las familias y a las personas cuidadoras el apoyo necesario para

mejorar su calidad de vida como garantía de la atención adecuada en el proceso de

envejecimiento.

Objetivo específico 1 (Apoyo formal a las familias de personas en situación

de dependencia)

1. Establecer líneas de apoyo formales a las familias de personas mayores en situación de dependencia.

Acciones

1.1. Promover la creación de programas de respiro familiar.

1.2. Contemplar prestaciones económicas para apoyar a las familias con personas

mayores en situación de dependencia.

1.3. Promover una atención de urgencia ante situaciones de emergencia familiar.

Objetivo específico 2 (Participación en la comunidad de las personas

cuidadoras)

2. Crear espacios de apoyo y ayuda mutua para la persona cuidadora de la persona mayor dependiente.

Acciones

114

2.1. Fomentar el asociacionismo entre colectivos de familias cuidadoras del

municipio.

2.2. Promover el intercambio de experiencias entre las personas cuidadoras de

personas mayores dependientes y de estas con otros colectivos constituidos

en el municipio.

2.3. Realizar actividades de ocio que fomenten la participación en la comunidad

de las personas responsables del cuidado de la persona mayor dependiente.

Objetivo específico 3 (Autocuidado y promoción de la salud de las personas

cuidadoras)

3. Promover el autocuidado y la promoción de la salud de la persona cuidadora de la persona mayor

dependiente.

Acciones

3.1. Impulsar acciones de promoción de la salud de la persona cuidadora

mediante la realización de talleres informativos, y acciones específicas sobre

autocuidado.

3.2. Realizar acciones formativas sobre la planificación de los cuidados en el

ámbito familiar, y sobre el autocuidado

3.3. Detectar e intervenir en aquellas situaciones de “queme” que se producen en

el colectivo de personas cuidadoras.

Objetivo específico 4 (apoyo a las personas cudiadoras)

4. Garantizar el apoyo a las personas cuidadoras de personas en situación de dependencia, como

elemento fundamental para favorecer su permanencia en el entorno habitual

Acciones

4.1. Prestar apoyo psicológico para familiares ante el cuidado de la persona en

situación de dependencia.

4.2. Promover la formación para facilitar conocimientos a las familias y personas

cuidadoras sobre las situaciones de dependencia y el abordaje desde el

ámbito familiar, acerca de sus necesidades, el autocuidado, la atención de

calidad.

4.3. Desarrollar actuaciones de ayuda psicosocial y acompañamiento a las

familias con personas mayores en situación de dependencia.

115

4.4. Elaboración y distribución de material sobre cuidados a personas mayores

dependientes.

Objetivo específico 5 (apoyo específico a las mujeres cuidadoras)

5. Desarrollar medidas específicas dirigidas a las mujeres como principales proveedoras de cuidados.

Acciones

4.1. Diseñar acciones específicas que promuevan la salud de la mujer como

principal proveedora de cuidados.

4.2. Diseñar un programa de acciones específicas para mujeres cuidadoras de

personas mayores dependientes y de otros/as familiares (nietas/os...), que

les permitan compatibilizar estas funciones con la participación en su

entorno.

4.3. Realizar una campaña de sensibilización para la visibilización del papel

desempeñado por las mujeres como proveedoras de cuidados en la familia.

LÍNEA DE ACTUACIÓN 4. ATENCIÓN EN LA COMUNIDAD

Objetivo estratégico línea 4 Eje III.

Mejorar la red de recursos y servicios para propiciar la permanencia en el entorno y

una adecuada atención en la propia comunidad de la persona mayor dependiente

en colaboración con las administraciones públicas correspondientes.

Objetivo específico 1 (ampliación de la cobertura de recursos y servicios)

1. Ampliar la cobertura actual de recursos y servicios en el Municipio

Acciones

1.1. Promover el acceso a los recursos/servicios de atención diurna.

1.2. Adaptar los actuales modelos de servicio de ayuda a domicilio y de

teleasistencia a las especificidades de la atención a la dependencia.

116

Objetivo específico 2 (adaptación de la intensidad de los servicios)

2. Adaptar la intensidad de los servicios a las necesidades de las personas mayores y de las personas

mayores dependientes.

Acciones

2.1. Incrementar la intensidad en los servicios de proximidad para garantizar la

atención adecuada y la permanencia en el entorno.

2.2. Incrementar el número de personas usuarias de teleasistencia

LÍNEA DE ACTUACIÓN 5. PROMOCIÓN DE LOS ALOJAMIENTOS

ALTERNATIVOS PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE

DEPENDENCIA Y/O VULNERABILIDAD SOCIAL

Objetivo estratégico línea 5 Eje III.

Promover el incremento en el número de plazas de alojamiento para personas mayores en situación de

dependencia y/o vulnerabilidad social.

Objetivo específico 1 (alojamientos alternativos)

1. Impulsar o promover la mayor dotación de alojamientos alternativos atendiendo a las la demanda

potencial de personas usuarias.

Acciones

1.1. Promover la ampliación de la cobertura de la red de recursos para el

alojamiento de las personas en situación de vulnerabilidad, garantizando el

acceso inmediato a la misma en aquellos casos que los servicios de

proximidad no garanticen su atención adecuada, su permanencia en el

entorno o simplemente como medida de prevención del sinhogarismo.

1.2. Diseñar líneas de actuación específicas dirigidas a apoyar económicamente a

las personas en situación de vulnerabilidad social para el acceso a la

vivienda o alojamientos alternativos.

1.3. Fomentar la creación de nuevas modalidades de alojamiento:

Alojamientos tutelados

Alojamientos supervisados

Viviendas de alquiler

Viviendas compartidas

117

1.4. Fomentar la creación de nuevas viviendas tuteladas, en los distintos distritos

a fin de facilitar que el alojamiento de las personas mayores que residen en

ellos se desenvuelva en su entorno habitual de vida

1.5. Crear programas de vivienda o alojamientos alternativos para colectivos con

especiales dificultades: viviendas tuteladas, viviendas transitorias,

alojamientos para personas solas.

7. EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PLAN

La evaluación, supone un proceso reflexivo que permite exponer y medir los

resultados de las acciones realizadas.

Tiene como fin “mejorar”. En ella se siguen ciertos criterios de tipo positivista como

el análisis sistemático, las medidas objetivas, los objetivos operativos, observables

y medibles que garanticen la objetividad y la precisión.

“La evaluación no debe ser un fin en sí misma, sino un medio para mejorar

sistemáticamente el proceso sociocultural y para hacer un uso más adecuado de los

recursos disponibles y para cambiar, si fuera necesario, el curso de la acción20”.

Los principios que deben orientar el proceso de evaluación, son entre otros:

El carácter procesual y continuo, debe estar presente durante todo el

proceso de intervención y debe ser continua en el tiempo.

Debe ser contextualizada, adecuada a las singularidades del lugar en el que

se desarrolla y de las personas a las que se dirige el plan y que participan en

este.

Debe ser abierta, de manera que facilite la suma de todas las áreas implicadas

en el proceso.

Debe ser holística, en el sentido de tener presente la totalidad de los

elementos que forman parte de la intervención.

El modelo de evaluación del I Plan, está orientado hacia una evaluación continua

durante todo el proceso de desarrollo del Plan, considerando el antes y el después,

para poder valorar el impacto real de la implementación de éste.

20 Gloria Pérez Serrano. Elaboración de Proyectos Sociales. Casos Prácticos. Narcea, S.A, de Ediciones.

118

Para ello, es fundamental la evaluación de los objetivos y acciones; de la

participación de las áreas implicadas y del grado de satisfacción de la población y

las/os agentes como sujetos de la acción.

7.1. Tipos de evaluación.

a) Evaluación de los objetivos y acciones contenidas en el Plan.

Para ello se analizará el grado de ejecución y cumplimiento del Plan,

valorando en qué proporción se han llevado a cabo las acciones planteadas.

Igualmente, se efectuará un seguimiento del plan mediante la elaboración

de una memoria de las acciones realizadas y la medición de los resultados

de la ejecución de las mismas.

b) Evaluación de la Participación Institucional.

Nos permitirá conocer el grado de participación de las diferentes áreas

responsables participantes en la ejecución de los ejes contemplados en el

Plan.

Recabar la información sobre las actividades realizadas por cada área,

analizando su implicación en el Plan durante su vigencia, esta información se

recogerá, en fichas diseñadas para la sistematización de la información.

c) Satisfacción de la población y las/os agentes como destinatarias/os de

la acción.

Durante el proceso de implementación del Plan, así como al finalizar éste se

evaluará el grado de satisfacción de la población y de los/agentes

participantes en el Plan sobre las líneas establecidas.

Para el análisis nos apoyaremos en instrumentos como encuestas dirigidas

a la población, así como a los/as agentes implicados en el Plan.

7.2. Criterios en los que se basa la evaluación.

Las reglas que guiarán la evaluación son las siguientes:

Idoneidad: Capacidad del plan para promover el envejecimiento activo y la

mejora de la calidad de vida de las personas mayores en el Municipio de

Santa Cruz de Tenerife.

Eficacia: Nivel de cumplimiento de los objetivos estratégicos propuestos.

Eficiencia: Evaluación de los recursos empleados con relación a los

resultados obtenidos con el desarrollo del Plan.

119

Efectividad: Conocer si el plan ha tenido algún impacto positivo en la

población hacia la que se dirigen las acciones y en la sociedad en su

conjunto.

Impacto: Medida en que el Plan ha tenido consecuencias sobre el conjunto

del entorno sea desde el punto de vista técnico, económico, sociocultural,

institucional, ambiental.

Sostenibilidad: Grado en que las personas beneficiarias pueden y quieren

continuar formando parte del plan y de los objetivos que se persiguen en

este.

7.3. Metodología general y fases de la evaluación.

Es necesario realizar una evaluación continua durante todo el proceso de

vida del Plan, durante el proceso de implementación y al finalizar la implementación

del plan.

a) Fase I: Evaluación de la implementación.

Esta etapa de la evaluación nos va a permitir conocer si el desarrollo de las

actuaciones que contempla el Plan, está resultando como se había previsto, y si

está siendo acorde con la temporalidad propuesta.

El objetivo de esta fase es el de conocer cómo se está poniendo en marcha el Plan,

para poder determinar si se producen incongruencias entre lo que se está haciendo

y lo que se había diseñado en el Plan.

Es un elemento fundamental en el desarrollo de cualquier intervención social, dado

su carácter corrector del quehacer profesional, y es ahí principalmente donde radica

la importancia de este tipo de evaluación.

b) Fase II: Evaluación de los resultados.

En esta fase, se determina si con el desarrollo del Plan se han logrado los objetivos

formulados en su diseño en términos de resultados y efectos sobre la población, y

las distintas áreas de intervención.

Para esta etapa se utilizarán diversos instrumentos:

Ficha de Análisis de los Objetivos Estratégicos.

Esta ficha es la herramienta para representar el grado de consecución de los

objetivos estratégicos propuestas, en función del número de acciones desarrolladas

de cada línea, estableceremos unos indicadores de medida:

NIVEL GRADO DE EJECUCIÓN

Máximo 100% de las acciones desarrolladas

Medio 50% de las actuaciones desarrolladas

Mínimo 15% de las acciones ejecutadas

120

Se tomará como referencia, en aquellas líneas en las que sea posible, un dato

de partida previo al desarrollo del Plan, que nos permitirá por un lado fijar una

meta, y por otro lado medir las variaciones que se produzcan en cuanto a número

de actividades, satisfacción de las personas mayores y sus familias, participación,

etc., respecto de ese dato de partida.

Ficha de Seguimiento y Registro de las acciones. Es una herramienta

indispensable en la que se apoyará el sistema de evaluación, en ellas deberá

sistematizarse la información del desarrollo de las acciones contempladas en

el Plan para un posterior análisis, que determine si existen desviaciones con

respecto a lo planificado.

7.4. Seguimiento del Plan.

a) Comisión de Seguimiento del Plan.

El Consejo Municipal de Servicios Sociales asumirá las funciones de seguimiento

del Plan.

Se encarga de supervisar la optimización de los recursos de gestión del plan,

garantizar la aplicación de los principios del plan, contribuir a la mejora y

corrección de cuantas medidas necesarias.

Funciones.

Análisis del grado de ejecución del plan.

Acordar medidas.

Ratificar los informes técnicos de seguimiento.

El seguimiento del desarrollo del I Plan Estratégico Municpal para las

Personas Mayores de Santa Cruz de Tenerife, se tratará en las sesiones del Consejo

Municipal de Servicios Sociales según se establezca en el calendario anual

b) Comisión Técnica de Seguimiento.

Es la constituida en el marco del Consejo Municipal de Servicios Sociales: la

Comisión Técnica de Mayores y Discapacidad.

Las funciones:

Realizar el seguimiento sobre el grado de cumplimiento de los objetivos y

efectuar propuestas de mejora.

Supervisar la sistematización de las acciones que se van desarrollando y los

resultados obtenidos.

Supervisar las memorias parciales y anuales de resultados.

121

Elevar al Consejo Municipal de Servicios Sociales los informes de evaluación

del plan y resultados, a efectos de la reformulación si esta fuera necesaria,

así como de incidir en determinadas cuestiones que en base a la evaluación

se vean necesarias.

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Villasante, T. (1997). Socio-praxis para la liberación. Máster en Investigación,

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www.urbal10mayores.org.

Se aprueba por unanimidad.

125

ÁREA DE GOBIERNO DE CALIDAD AMBIENTAL Y SERVICIOS PÚBLICOS

8.- EXPEDIENTE RELATIVO A RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE

CRÉDITOS DEL SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA Y VIAL, POR

IMPORTE TOTAL DE SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA OCHO

EUROS CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS (79.158,88 €)

Visto el expediente del enunciado, y

Resultando que, debido al cierre del ejercicio contable del año 2009, no se

ha podido finalizar la tramitación del abono de diversos gastos, que más adelante

se relacionan, por lo que el Servicio de Seguridad Ciudadana y Vial propone su

reconocimiento extrajudicial de crédito.

Resultando que los mencionados gastos han sido objeto del preceptivo

informe de la Intervención de Fondos, que ha resultado conforme con su

reconocimiento extrajudicial.

Considerando lo dispuesto en los artículos 176.2.b y 182.3 del R.D.L.

2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las

Haciendas Locales, por el cual se podrán aplicar a los créditos del presupuesto

vigente las obligaciones derivadas de compromisos de gastos debidamente

adquiridos en ejercicios anteriores, previa incorporación de los créditos;

Considerando que el órgano al que corresponde el reconocimiento

extrajudicial de créditos es el Excmo. Ayuntamiento Pleno, conforme recoge

expresamente el art. 50, en su apartado 12) del R.D. 2568/86, de 28 de

noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento

y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Considerando lo dispuesto en el art. 38 de las vigentes Bases de Ejecución

del Presupuesto.

Por cuanto antecede, el Excmo. Ayuntamiento Pleno, de conformidad con la

propuesta del Servicio de Seguridad Ciudadana y Vial y el dictamen de la

Comisión Informativa de Servicios Centrales, acordó reconocer los presentes

gastos, que tendrán aplicación a la partida que se indica:

TOTAL CAPITULO 2: Importe 79.158,88 euros.

Nº FACTURA FECHA TERCERO DESCRIPCION APLICACIÓN OPER. DEFINITIVA IMPORTE

COD.

32 FRT0905038 31/07/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR SUMINISTRO DE REPUESTOS PARA EL VEH.

6342-CGT DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 22116 41000 220090019921 515,56

3,4

33 FTT0902986 06/07/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. E1224-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090019922 800,76

3,4

126

34 FTT0902988 06/07/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 1530-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090019922 207,57

3,4

35 FTT0902989 06/07/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 1641-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090019922 431,25

3,4

36 FTT0903077 10/07/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 1946-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090019922 1.516,60

3,4

37 FTT0903078 10/07/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 1584-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090019922 1.073,66

3,4

38 FTT0903398 31/07/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 8858-CTH DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090019922 778,87

3,4

39 FTT0903773 25/08/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 6355-CGT DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090019930 491,17

3,4

40 FTT0903772 25/08/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 1105-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090019930 1.140,43

3,4

41 FTT0903764 25/08/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 2180-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090019930 847,86

3,4

42 FTT0903680 20/08/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 2068-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090019930 179,04

3,4

127

43 FTT0903679 19/08/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 6440-CGT DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090019930 935,64

3,4

44 FRT0905780 31/08/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPUESTOS DE VEHICULOS POLICIA LOCAL

04170 132RX 22116 41000 220090019931 242,91

3,4

45 FRT0902852 30/04/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR LA COMPRA DE UNA BATERIA PARA EL VEHICULO MATRICULA 1179-CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090020653 142,00

3,4

46 FTT0901528 06/04/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. 6440CGT.

04170 132RX 21400 41000 220090020653 840,20

3,4

47 FTT0901529 06/04/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACURA POR REPARACION VEHICULO MATRICULA Nº. 1036CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090020653 252,36

3,4

48 FTT0901530 06/04/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR REPARACION DE VEHICULO MATRICULA 1378CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090020653 463,31

3,4

49 FTT0901531 06/04/2009

CANARIOALEMANA

DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR REPARACION VEHICULO

MATRICULA Nº. 1466-CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090020653 648,93

3,4

50 FTT0901532 06/04/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR REPARACION VEHICULO MATRICULA Nº. 1327-CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090020653 711,54

3,4

51 FTT0901652 16/04/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR REPARACION VEHICULO MATRICULA Nº. 6481-CGT.-

04170 132RX 21400 41000 220090020653 777,59

3,4

52 FTT0901830 27/04/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR REPARACION VEHICULO MATRICULA Nº. 1105-CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090020653 601,57

3,4

53 FTT0901831 27/04/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR REPARACION VEHICULO MATRICULA Nº. 2180-CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090020653 453,39

3,4

128

54 FTT0901836 27/04/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR REPARACION VEHICULO MATRICULA Nº. 6457-CGT.-

04170 132RX 21400 41000 220090020653 745,87

3,4

55 FTT0901837 27/04/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR REPARACION VEHICULO MATRICULA Nº. 6317-CGT.-

04170 132RX 21400 41000 220090020653 1.076,91

3,4

56 FTT0901881 29/04/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR REPARACION VEHICULO MATRICULA Nº. 1419-CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090020653 2.533,82

3,4

57 FTT0904451 01/10/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE

FRA. POR REPARACION DE VEHICULO MATRICULA 1105CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090020660 779,55

3,4

58 FTT0904452 01/10/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DE VEHIUCLO MATRICULA 1378 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090020660 1.101,26

3,4

59 FTT0904527 06/10/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DE VEHIUCLO MATRICULA 2068 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090020660 315,95

3,4

60 FTT0904528 06/10/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DE VEHIUCLO MATRICULA 1530 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090020660 792,50

3,4

61 FTT0904779 21/10/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DE VEHIUCLO MATRICULA 1036 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090020660 551,18

3,4

129

62 FTT0904780 21/10/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DE VEHIUCLO MATRICULA 6342 CGT, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090020660 641,77

3,4

63 FTT0904781 21/10/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DE VEHIUCLO MATRICULA 1277CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090020660 331,96

3,4

64 FRT0907195 31/10/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S

SL

ABONO DE FRA. POR LA ADQUISICIÓN DE REPUESTOS PARA EL VEHICULO 1179 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA

LOCAL

04170 132RX

22116 41000 220090020661 47,33

3,4

65 FTT0902414 02/06/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 6328-CGT DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090020707 126,44

3,4

66 FTT0902415 02/06/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 1327-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090020707 418,89

3,4

67 FTT0902499 05/06/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 8858-CTH DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090020707 251,90

3,4

68 FTT0902500 05/06/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 8843-CTH DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090020707 342,22

3,4

69 FTT0902574 10/06/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 6306-CGT DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090020707 832,98

3,4

130

70 FTT0902575 10/06/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 1277-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090020707 108,12

3,4

71 FTT0902576 10/06/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 1764-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090020707 255,56

3,4

72 FTT0902736 19/06/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 1466-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090020707 173,92

3,4

73 FTT0902737 19/06/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 2118-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090020707 813,82

3,4

74 FTT0901952 06/05/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1378-CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090021233 75,86

2,3

75 FTT0901967 07/05/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1705-CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090021233 2.802,98

2,3

76 FTT0901988 08/05/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1179-CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090021233 859,08

2,3

77 FTT0902267 25/05/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1277CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090021233 477,66

2,3

78 FTT0902268 25/05/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-6355-CGT.-

04170 132RX 21400 41000 220090021233 223,46

2,3

79 FTT0902308 27/05/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE

FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1999-CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090021233 337,24

2,3

131

80 FTT0901049 11/03/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DE VEHICULO MATRICULA Nº. E-6355-CGT

04170 132RX 21400 41000 220090021234 125,24

2,3

81 FTT0901050 11/03/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1999-CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090021234 2.379,21

2,3

82 FTT0901051 11/03/2000

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1530-CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090021234 2.298,48

2,3

83 FTT0901052 11/03/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1224-CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090021234 978,66

2,3

84 FTT0901053 11/03/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. TF-2202-AU.-

04170 132RX 21400 41000 220090021234 10,44

2,3

85 FTT0900720 17/02/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1419-CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090021235 198,05

2,3

86 FTT0900721 17/02/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE

FACTURA POR REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-6306-CGT.-

04170 132RX 21400 41000 220090021235 1.515,43

2,3

87 FTT0900818 25/02/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-6342-CGT.-

04170 132RX 21400 41000 220090021235 692,13

2,3

88 FTT0900819 25/02/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DE VEHICULO MATRICULA Nº. E-1466-CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090021235 887,63

2,3

89 FTT0900174 15/01/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN

DEL VEHICULO MATRICULA 1327 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021236 2.679,09

2,3

132

90 FTT0900177 15/01/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACT. POR REPARACIÓN DEL VEHICULO MATRICULA 1946CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021236 195,98

2,3

91 FTT0900435 30/01/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACT. POR REPARACIÓN DEL VEHICULO MATRICULA 1378 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021236 2.459,68

2,3

92 FTT0900438 30/01/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FRA. POR REPARACIÓN DEL VEHICULO MATRICULA 6317 CGT, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021236 1.296,19

2,3

93 FTT0900439 30/01/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FRA. POR REPARACIÓN DEL VEHICULO MATRICULA 1224 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021236 531,86

2,3

94 FTT0900440 30/01/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEHICULO MATRICULA 6355 CGT, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021236 496,73

2,3

95 FTT0901187 18/03/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION

DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-1764-CTL.--

04170 132RX 21400 41000 220090021237 1.151,03

2,3

96 FTT0901188 18/03/2009

CANARIOALEMANA

DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO

MATRICULA Nº. E-2118-CTL.-

04170 132RX 21400 41000 220090021237 2.385,72

2,3

133

97 FTT0901189 18/03/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-6504-CGT.--

04170 132RX 21400 41000 220090021237 145,97

2,3

98 FTT0901190 18/03/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FACTURA POR LA REPARACION DEL VEHICULO MATRICULA Nº. E-2068-CTL.--

04170 132RX 21400 41000 220090021237 2.295,77

2,3

99 FRT0908605 30/12/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

Abono de Fra. por suministro de repuestos para distintos vehículos de la Policía Local

04170 132RX 22116 41000 220090021241 279,83

3,4

100 FTT0905508 02/12/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1277 CTL ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021245 2.496,40

3,4

101 FTT0905509 02/12/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 6504CGT ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021245 914,46

3,4

102 FTT0905546 03/12/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S

SL

ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 2118 CTL ADSCRITO A LA POLICIA

LOCAL.

04170 132RX

21400 41000 220090021245 342,25

3,4

103 FTT0905547 03/12/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 6317CGT ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021245 168,02

3,4

104 FTT0905609 10/12/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 6457CGT ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021245 703,78

3,4

134

105 FTT0905610 10/12/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1224CTL ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021245 417,34

3,4

106 FTT0905780 21/12/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1277 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021245 1.067,96

3,4

107 FTT0905781 21/12/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1466 CTL

ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021245 660,47

3,4

108 ftt0905782 21/12/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1036 CTL ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021245 805,39

3,4

109 FTT0905783 21/12/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1530 CTL ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021245 179,38

3,4

110 FTT0905785 21/12/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1705CTL ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021245 677,72

3,4

111 FTT0905879 29/12/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1105 CTL ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021245 792,23

3,4

135

112 FTT0905880 29/12/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1179 CTL ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021245 816,52

3,4

113 FTT0905881 29/12/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 6370 CGT ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021245 2.044,85

3,4

114 FTT0905903 30/12/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 2068CTL

ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021245 917,44

3,4

115 FTT0905922 30/12/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO DE FRA. POR REPARACION DEL VEHICULOS MATRICUAL 1764 CTL, ADSCRITO A LA POLICIA LOCAL.

04170 132RX 21400 41000 220090021245 833,15

3,4

116 FTT0903965 03/09/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. TF-9660-AJ DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021416 57,96

3,4

117 FTT0903966 03/09/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN

DEL VEH. 6370-CGT DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021416 36,11

3,4

118 FTT0903967 03/09/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. TF-9656-AJ DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021416 828,58

3,4

119 FTT0903968 03/09/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 6355-CGT DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021416 274,47

3,4

136

120 FTT0903969 03/09/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 1946-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021416 961,66

3,4

121 FTT0903970 03/09/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 1224-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021416 844,26

3,4

122 FTT0904047 09/09/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 2118-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021416 36,53

3,4

123 FTT0904048 09/09/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 1036-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021416 56,19

3,4

124 FTT0904049 09/09/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 6481-CGT DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021416 406,71

3,4

125 FTT0904050 09/09/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACION DEL VEH. 1584-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021416 62,62

3,4

126 FTT0904151 15/09/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 1224-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021416 38,84

3,4

127 FTT0904152 15/09/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 6355-CGT DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021416 486,86

3,4

128 FTT0904209 18/09/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 1179-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021416 1.332,05

3,4

137

129 FTT0904210 18/09/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA POR REPARACIÓN DEL VEH. 1764-CTL DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021416 162,61

3,4

130 FTT0904211 18/09/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 6481-CGT DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021416 849,62

3,4

131 FRT0904232 30/06/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DE VARIAS MOTOS DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 22116 41000 220090021546 225,58

3,4

132 FTT0904971 02/11/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DE DIVERSOS VEHICULOS DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021599 955,80

3,4

133 FTT0904972 2/11/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA POR REPARACIÓN DE DIVERSOS VEHICULOS DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021599 737,17

3,4

134 FTT0904974 02/11/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA.POR REPARACION DE DIVERSOS VEHICULOS DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021599 698,42

3,4

135 FTT0905410 26/11/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA

.POR REPARACION DE DIVERSOS VEHICULOS DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021599 724,72

3,4

136 FTT0905409 26/11/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACION DE DIVERSOS VEHICULOSDE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021599 428,17

3,4

137 FTT0905129 11/11/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR REPARACIÓN DEL VEH. 6457-CGT DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021599 875,10

3,4

138 FTT0905130 11/11/2009

CANARIOALEMANA DE AUTOMOVILE S SL

ABONO FRA. POR

REPARACIÓN DE DIVERSOS VEHICULOS DE LA POLICIA LOCAL

04170 132RX 21400 41000 220090021599 167,93

3,4

TOTAL CAPITULO 2 79.158,88

138

Se aprueba por diecisiete votos a favor (CC-PNC, PP, CCN) y siete en contra (PSOE,

CSC).

PARTE DECLARATIVA

MOCIONES DE LOS GRUPOS POLÍTICOS

MOCIONES INSTITUCIONALES

9.- MOCIÓN INSTITUCIONAL CON OBJETO DE COLOCAR UN BUSTO O

ESTATUA DE D. ENRIQUE GONZÁLEZ BETHENCOURT.

Se da cuenta de la moción presentada que literalmente dice..” El Ayuntamiento de

Santa Cruz de Tenerife desea expresar, tras su nombramiento como Hijo Predilecto

de la ciudad, su reconocimiento a la figura de Don Enrique González Bethencourt,

fundador y director durante más de cincuenta años de la Afilarmánica Ni Fú Ni Fá.

En esta ocasión, la corporación quiere hacerse eco y constituirse en canal de la

petición espontáneamente surgida en una red social para establecer un recuerdo

físicamente reconocible de una de las personas más relevantes de la historia del

Carnaval de Santa Cruz de Tenerife y, por ende, de la historia misma de la ciudad.

Dicha petición defiende la ubicación de un busto o estatua que permita recordar a

Don Enrique González e informar a futuras generaciones de chicharreros, así como

a visitantes y amantes del Carnaval, de su relevancia y su esfuerzo por convertirlo

en el más reconocido de Europa.

El punto elegido por aquellos que se han mostrado a favor de la ubicación de una

escultura del histórico director de “la Fufa” es uno de los enclaves neurálgicos del

Carnaval chicharrero, la Plaza del Príncipe, escenario de las tradicionales

actuaciones de la Afilarmámica Ni Fú Ni Fá cada martes de Carnaval.

Enrique González Bethencourt nació el 23 de septiembre de 1924 en El Toscal,

concretamente en la calle San Miguel. Completó sus estudios de aparejadores en la

Escuela Politécnica de La Laguna, y pronto comenzó a trabajar junto a Enrique

Rumeu de Armas, arquitecto municipal.

Producto de ello, se bagaje profesional ofrece actuaciones de notable relevancia

como su participación en las obras del Hotel Mencey. También ha quedado

documentada y reflejada en la prensa local su colaboración con Enrique Marrero

Regalado, director de la construcción de la basílica de La Candelaria, inaugurada en

1959.

Posteriormente se formó en la Academia de Bellas Artes de Nicolás Granados, en la

que entabló contactos con personalidades destacadas del sector. Se introduce en la

exposición de obras a partir d e1944, con especial éxito en la producción de

pinturas de contenido marino.

El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife decide premiar su carrera como pintor y

estandarte del Carnaval, al ser designado como autor del cartel anunciador de las

Fiestas en su edición de 1991.

139

La Afilarmónica Ni Fú Ni Fá nace en 1951, aún sin nombre, producto de la común

pasión carnavalera de un gruupo de amigos, entre los cuales se encuentra Enrique

González, que había tomado contacto con el Carnaval desde los años treinta,

debido a su participación en la murga infantil Los Guanchi.

En 1961 se erige en Fundador y director de Ni Fú-Ni Fá, y la lleva a lograr los cinco

primeros premios de los concursos de murgas celebrados entre 1961 y 1965. Auizá

su experiencia en Los Guanchi lleva al “maestro” a ser también figura clave, a

principios de la década de los setenta, en el nacimiento del concurso de murgas

infantiles, así coo en la recuperación del entierro de la sardina.

Enrique González ha sido, por tanto, una figura esencial en el universo carnavalero

de Santa Cruz de Tenerife, con una influencia esencial en el desarrollo y devenir del

Carnaval durante la segunda mitad del siglo XX y primero del XXI.

Por todo ello, el Pleno del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife acuerda:

1. Dar inicio a los trámites administrativos destinados a encargar la creación de

un busto o estatua de Don Enrique González para su ubicación en la Plaza

del Príncipe de nuestra ciudad.

2. Que el Ayuntamiento acuerde con la familia de Don Enrique González y con

los miembros de la Afilarmónica Ni Fí Ni Fá el punto exacto y la tipología de

la creación, busto o estatua.

3. Acompañar la escultura de algún motivo informativo que permita dar a

conocer y perpetuar la vida y obra de Don Enrique González.

Se aprueba por unanimidad.

ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS CENTRALES

10.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL DE COALICIÓN

CANARIA SOBRE LA EXENCIÓN Y LA DEVOLUCIÓN DEL CANON DIGITAL A

LOS AYUNTAMIENTOS.

Se da cuenta de la moción presentada que literalmente dice..” D. José Alberto Díaz-

Estébanez León, Concejal del Área de Promoción Tecnológica, Calidad y Protección

de Datos Personales, somete a la consideración del Pleno de esta Corporación la

siguiente moción:

El llamado “Canon Digital” consiste en añadir una carga económica adicional

al precio de todos los aparatos destinados a la copia y grabación de documentos

audiovisuales. Este importe es cobrado de manera arbitraria por determinadas

entidades, independientemente de que esos aparatos se usen o no para copiar

documentos con derechos de propiedad intelectual.

Muchas han sido las corporaciones que han manifestado públicamente su

desacuerdo con respecto a la aplicación de dicho canon digital y que han

denunciado públicamente el abuso al que son sometidas por la Sociedad General de

Autores y Editores (SGAE), cuyas elevadas tarifas hacen un flaco favor a todos los

Ayuntamientos canarios, máxime si tenemos en cuenta la delicada situación

económica que atraviesan éstos.

140

Del mismo modo, no debemos olvidar que las agendas culturales de cada

Ayuntamiento promueven la difusión y promoción de la cultura para que ésta sea

asequible y accesible a todos y cada uno de los ciudadanos, y por supuesto, sin

contemplar el afán de lucro.

La SGAE se define como una entidad gestora de los derechos de autor sin

ánimo de lucro; afirmación que, a todas luces, resulta contradictoria con el cobro

del canon digital a las corporaciones municipales. En otras palabras, el material

usado en la administración local está destinado al almacenamiento de información y

documentación que no están sujetos a derechos de propiedad intelectual y, por

tanto, debe estar exento del pago de canon digital.

Es por ello, que desde el Pleno de esta Corporación, solicitamos que se

aplique de oficio el Artículo 25.7 del RDL 1/1996 del 12 de Abril, por el que se

aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, por el que se

establece que el Gobierno pueda excepcionar el pago del canon digital, cuando

quede suficientemente demostrado que el uso final de estos aparatos no sea el

hacer copia de obras protegidas por derechos de autor.

Se eleva la siguiente moción, según lo dispuesto en el artículo 97.4 y 82.3

del RD 2568/1986 del Régimen Jurídico, Organización y Funcionamiento de las

Entidades Locales.

ACUERDO:

1. Instar al Gobierno de España a la modificación de la Ley de la Propiedad

Intelectual, con el fin de que eximir a las Administraciones Públicas del

pago del Canon Digital.

2. Comenzar los trámites para solicitar formalmente la devolución del canon

digital abonado por esta Corporación a la Sociedad General de Autores

(SGAE) tras la entrada en vigor de la orden PRE/1743/2008, que

establece los importes y dispositivos afectados.

3. Que al igual que han hecho otros Ayuntamientos de Canarias, se remita

esta moción a la Federación Canaria de Municipios (FECAM), a la

Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y a la Delegación

del Gobierno.

Se aprueba por unanimidad.

11.- MOCIÓN QUE PRESENTA D. FLORENTINO GUZMÁN PLASENCIA

MEDINA, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOLICITANDO

PANELES INFORMATIVOS SOBRE LOS PERSONAJES ILUSTRES QUE DAN

NOMBRE A NUESTRAS CALLES.

Se da cuenta de la moción presentada que literalmente dice..” D. Florentino

Guzmán Plasencia Medina, Concejal del Grupo Municipal Socialista, al amparo de lo

dispuesto por el vigente Reglamento Orgánico del Pleno, somete a la consideración

del Pleno de la Corporación la siguiente MOCIÓN:

ANTECEDENTES

El Grupo Municipal Socialista han podido comprobar como diversas calles de

nuestra ciudad llevan el nombre de personas ilustres de nuestra historia que por

141

diversos motivos en su momento los chicharreros decidierón que deberían ser

recordados dando el nombre a alguna calle con su nombre.

Sin embargo el nombre de algunos de ellos se han convertido en algo desconocido

para un buena parte de la ciudadanía de Santa Cruz y también para sus visitantes.

Creemos que la instalación en estas calles de unos paneles informativos que

expliquen a los turistas, visitantes y ciudanos los datos mas relevantes de las

personalidades que dan nombre a estas calles.

Por lo expuesto y argumentado, el Grupo Municipal Socialista propone al Pleno de

la Corporación Municipal la adopción del siguiente:

ACUERDO

1. El Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife

acuerda iniciar el correspondiente expediente administrativo a los efectos

de que se ejecute el proyecto de instalación de paneles informativos en

relación con las personas ilustres que dan nombre a distintas calles de

nuestra ciudad.

Se aprueba por unanimidad.

ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS PERSONALES

12.- MOCIÓN QUE PRESENTA D. FLORENTINO GUZMÁN PLASENCIA

MEDINA, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOLICITANDO

LA CREACIÓN DEL MERCADILLO DEL ARTE EN SANTA CRUZ.

Se da cuenta de la moción presentada que literalmente dice..” D. Florentino

Guzmán Plasencia Medina, Concejal del Grupo Municipal Socialista, al amparo de lo

dispuesto por el vigente Reglamento Orgánico del Pleno, somete a la consideración

del Pleno de la Corporación la siguiente MOCIÓN:

ANTECEDENTES

1. Santa Cruz de Tenerife cuenta con numerosas personas y entidades que

desean exponer y vender sus obras, libros, antigüedades… y es por ello que

debería existir un lugar donde poder realizarlo, como un mercadillo.

2. En otros lugares se realizan mercadillos una vez a la semana o una vez al

mes y con el paso del tiempo pasan a ser un lugar de referencia para la

adquisición de pequeñas y grandes obras de arte, un lugar en el que el arte

es el centro de atención con un gran abanico de artículos y precios.

3. Una vez más esta iniciativa atraería a personas interesadas en el mundo del

arte a nuestro municipio y por tanto habría mayor afluencia a la zona en la

que fuera ubicado, por lo que podrá reactivarse zonas como la Plazas y

Espacios Públicos de nuestro municipio.

142

Por lo expuesto y argumentado, el Grupo Municipal Socialista propone al Pleno de

la Corporación Municipal la adopción del siguiente:

ACUERDO

“El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife acuerda la

creación del espacio del arte de Santa Cruz.”

Se aprueba por unanimidad.

13.- MOCIÓN QUE PRESENTA D. ª AMAYA CONDE MARTÍNEZ,

CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOLICITANDO LA

CREACIÓN DE UN ESPACIO CULTURAL POLIVALENTE.

Se queda sobre la mesa.

14.- MOCIÓN QUE PRESENTA D. GUILLERMO GUIGOU SUÁREZ,

CONCEJAL DE CIUDADANOS DE SANTA CRUZ, AL OBJETO DE SOLICITAR

INFORMACIÓN AL EXCMO. CABILDO INSULAR SOBRE LA PUESTA EN

MARCHA DE LA CASA SILIUTO, COMO CASA DE LA JUVENTUD.

Se da cuenta de la moción presentada que literalmente dice..” Los Concejales de

“Ciudadanos de Santa Cruz”, D. Guillermo Guigou Suárez y D. Ángel Isidro Guimerá

Gil, integrantes del Grupo Municipal CIUDADANOS DE SANTA CRUZ, al amparo de

lo dispuesto en el vigente Reglamento, presenta al Pleno del Ayuntamiento de

Santa Cruz de Tenerife, la siguiente MOCIÓN para su debate y aprobación, si

procede, de acuerdo con la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El 3 de diciembre de 2002, el Consejo de Administración de la Gerencia

Municipal de Urbanismo, en sesión extraordinaria, acordó “la adquisición, a título

oneroso, del inmueble conocido como Casa Siliuto”, por un importe de 612.777,78

euros, teniendo como finalidad esta compra el destinar el inmueble a ser futura

sede de la Casa Insular de la Juventud, incluida dentro del Programa Insular de

Casas de la Juventud de la Isla de Tenerife.

Dicho inmueble está inscrito en el inventario del Patrimonio Municipal desde

el 3 de febrero de 2003, bajo la nomenclatura de “Proyecto para la Casa Insular de

la Juventud”.

En Enero de 2003, el Concejal de Educación y Cultura, Jeremías Rivero, y la

Consejera Delegada del Cabildo Insular de Educación, Empleo y Juventud, María

Josefa García Moreno, manifestaron, tras una reunión, que la Casa Siliuto era la

primera opción para construir la Casa Insular de la Juventud en la capital,

enmarcándola dentro de la Red Insular de Casas de la Juventud, aunque el

Ayuntamiento sería titular del inmueble y el promotor, además de su gestión.

Además de haberse anunciado por parte de ambos políticos que en un mes estaría

todo solucionado y que se redactaría el proyecto de la Casa Insular de la Juventud

en el año 2003.

Posteriormente, en el año 2007 se aseguró desde el Cabildo Insular que la

Casa Siliuto sería incluida dentro de la Red Insular de Centro de Juventud, pero a

143

día de hoy si se consulta la página web del Cabildo Insular por alguna Casa de la

Juventud dentro de la Red Insular en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, no se

encuentra ningún resultado al respecto. Pese a existir 28 Casas Insulares de la

Juventud distribuidas por toda la Isla.

Desde Ciudadanos de Santa Cruz hemos insistido en numerosas ocasiones

acerca de la necesidad de poner en marcha Casas de la Juventud en el municipio.

Ya lo hicimos el mandato pasado en varias ocasiones en relación a la puesta en

funcionamiento de la Casa de la Juventud de Ofra, ya que estos lugares de

encuentro para la juventud son imprescindibles para impedir que los jóvenes estén

las calles haciendo cosas indebidas, en lugar de aprovechar el tiempo libre en cosas

productivas, como aprender a revelar una foto en un taller de fotografía o a

manejar mejor todas las herramientas que ofrecen los ordenadores a través de

cursos de informática, etc. Pero desgraciadamente en el caso de la Casa Siliuto no

hemos obtenido ningún tipo de información ni desde el Cabildo Insular ni desde el

Ayuntamiento de Santa Cruz acerca de la situación en que se encuentra la inclusión

de la Casa Siliuto dentro de la Red Insular de Casas de la Juventud.

En virtud de lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal de Ciudadanos

de Santa Cruz propone al Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de

Tenerife, el siguiente:

ACUERDO

Conocer por parte del Cabildo Insular en que fase se encuentra la puesta en

marcha de la Casa Siliuto como Casa Insular de la Juventud.

Además de conocer si el proyecto ha sido redactado por parte de los técnicos

del Cabildo Insular.”.

Se aprueba por unanimidad.

15.- MOCIÓN QUE PRESENTA D. FLORENTINO GUZMÁN PLASENCIA

MEDINA, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOLICITANDO

QUE LOS PROGRAMAS SOLIDARIOS INCLUYAN PAÑALES Y LECHE DE

CONTINUIDAD PARA NIÑOS Y NIÑAS.

Se da cuenta de la moción presentada que literalmente dice..” Florentino Guzmán

Plasencia Medina, Concejal del Grupo Municipal Socialista, al amparo de lo

dispuesto por el vigente Reglamento Orgánico del Pleno, somete a la consideración

del Pleno de la Corporación la siguiente MOCIÓN:

ANTECEDENTES

El Grupo Municipal Socialista han podido comprobar como los programas de apoyo

que gestionan algunas ONGs como Cruz Roja, se prestan escasez de algunos

productos relativos a familias con lactantes tales como pañales o leches de

continuidad.

Por esta razón proponemos poner en marcha un programa específico en

conlaboración con las ONGs que se determinen, para que en las donaciones de los

ciudadanos para los programas solidarios incluyan pañales o leches de continuidad

para niñas y niños de corta edad.

Por lo expuesto y argumentado, el Grupo Municipal Socialista propone al Pleno de

la Corporación Municipal la adopción del siguiente:

144

ACUERDO

2. El Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife

acuerda la Potenciación del Programa específico para la donación de

pañales y leches de continuidad para niñas y niños de corta edad.”.

Intervenciones:

D. Ignacio González manifiesta que ya se están llevando a cabo programs de ese

tipo con lo cual ruega, que se sustituya la expresión puesta en marcha de un

programa por “ Potenciación del Programa”, acetandose así por el proponente.

Se aprueba por unanimidad.

16.- MOCIÓN QUE PRESENTA D. FLORENTINO GUZMÁN PLASENCIA

MEDINA, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOLICITANDO

LA CREACIÓN DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE RESTAURACIÓN DE

PATRIMONIO.

Queda sobre la mesa.

ÁREA DE GOBIERNO DE CALIDAD AMBIENTAL Y SERVICIOS PÚBLICOS

17.- MOCIÓN QUE PRESENTA D. ª MARIÁN FRANQUET NAVARRO,

CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOLICITANDO SE

GESTIONEN CON LAS EMPRESAS DE RADIO TAXIS EL ENVÍO DE SMS,

PARA QUE PUEDAN SOLICITAR EL SERVICIO PERSONAS SORDAS.

Se da cuenta de la moción presentada que literalmente dice..” D.ª Marián Franquet

Navarro, Concejala del Grupo Municipal Socialista, al amparo de lo dispuesto por el

vigente Reglamento Orgánico del Pleno, somete a la consideración del Pleno de la

Corporación la siguiente MOCIÓN:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1.- La accesibilidad a los servicios, públicos o privados, a personas con

discapacidad física, psíquica o sensorial, sigue siendo uno de los principales retos de nuestra sociedad.

2.- Son aún muy numerosas las barreras existentes, muchas de ellas físicas y otras

muchas, más complicadas de salvar, mentales por la falta de concienciación e implicación de la sociedad en general y de los poderes públicos en particular.

3.- Las personas sordas, y los colectivos en los que se agrupan para defender sus

derechos y garantizar la igualdad de oportunidades y la no discriminación por razón

de su discapacidad, han logado importantes avances en los últimos años. Entre

ellos, el reconocimiento en España de la lengua de signos como lengua oficial.

Aunque siguen reclamando su aplicación en todos los ámbitos, destacando el

educativo, el sanitario y todo aquello que tiene que ver con los servicios públicos

fundamentales.

145

3.- En este terreno, se pueden hacer muchas grandes cosas, y otras muchas

pequeñas, en su aplicación y coste, pero pueden significar grandes avances para la

integración social de las personas sordas y fomentar la autonomía personal de las mismas.

4.- Con esta moción pretendemos dar un paso más en la ruptura con las barreras

de la comunicación. En esta ocasión enfocada al acceso de las personas sordas al

transporte público, en este caso, a los taxis.

5.- El acceder a un servicio de radio taxi, para cualquier persona sin discapacidad,

es muy sencillo. Sólo hay que coger un teléfono y hacer una llamada. Obviamente,

esto no lo puede realizar una persona sorda y necesita la colaboración de un oyente

para la realizar la gestión.

6.- Las nuevas tecnologías, Internet o los teléfonos móviles, han supuesto una

herramienta eficaz a la hora de romper las barreras de la comunicación para las

personas sordas. Pretendemos utilizar estas herramientas para que, puedan

acceder a los servicios de radio taxis de una forma eficaz y económicamente de

bajo coste.

Por lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal Socialista propone la

adopción del siguiente:

ACUERDO.

1.- Que el Ayuntamiento de Santa Cruz, realice las gestiones necesarias con

las empresas de radio taxi para que, se establezca un sistema a través de sms de

móviles, por el que las personas sordas puedan solicitar, mandando un mensaje de

texto, un servicio de taxi.”.

Se aprueba por unanimidad.

ÁREA DE GOBIERNO DE SERVICIOS TERRITORIALES

18.- MOCIÓN QUE PRESENTA D. JOSÉ ÁNGEL MARTÍN

BETHENCOURT, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA,

SOLICITANDO SE ESTUDIE LA LEGALIDAD, Y EN SU CASO SE INSTEN LAS

ACCIONES NECESARIAS, DE LAS MÚLTIPLES VALLAS PUBLICITARIAS QUE

SE UBICAN A LOS MÁRGENES DE LAS ENTRADAS TANTO POR LA

AUTOPISTA DEL NORTE COMO LA DEL SUR A SANTA CRUZ.

Se da cuenta de la moción presentada que literalmente dice..” Don José Ángel

Martín Bethencourt, Concejal del Grupo Municipal Socialista, al amparo de lo

dispuesto por el vigente Reglamento Orgánico del Pleno, somete a la consideración

del Pleno de la Corporación la siguiente MOCIÓN:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1.- La polémica sobre si debe permitirse o no publicidad al margen de

nuestras carreteras, autovías o autopistas no es nueva. Desde la entrada en vigor

de la ley de carreteras en el año 1988, hemos visto como en multitud de lugares

de España han ido desapareciendo las vallas de las cercanías de la carretera a

consecuencia de la prohibición expresa que realiza el artículo 24 de la mencionada

ley.

146

2.- Lo cierto es que el Reglamento de Carreteras de Canarias es bastante

claro también en lo referido a la posibilidad de realizar publicidad en nuestras

carreteras:

“Artículo 59.-

1. Fuera de los tramos urbanos de las carreteras queda prohibido realizar cualquier

tipo de publicidad dirigida al usuario de la carretera (artº. 31.1 L.C.C)…”

3.- Si observamos los accesos de entrada a Santa Cruz, tanto desde la

Autopista del Norte, como desde la Autopista de Sur existen multitud de vallas

publicitarias, perfectamente visibles desde las autopistas, y que en apariencia

incumplen con la ley de carreteras de Canarias.

4.- Desde el Grupo Municipal Socialista no entendemos como es posible la

proliferación de estas vallas publicitarias cuando están expresamente prohibidas

tanto en la ley de carreteras estatal, como en la canaria y su reglamento.

5.- Los ejemplos más claros de estas vallas publicitarias que existen en los

accesos de Santa Cruz los tenemos; a la altura del Pancho Camurria en la autopista

del Norte, a ambos márgenes de la vía de conexión Santa Cruz- Laguna, o en los

márgenes de la vía de entrada a Santa Cruz desde la Autopista del Sur. Sin

mencionar todas las vallas que existen, y que son perfectamente visibles desde

cualquiera de las dos autopistas en barrios como, Chamberí, Añaza, o Santa María

del Mar.

6.- Todas estas vallas que mencionamos se encuentran en el ámbito

municipal de Santa Cruz, y aunque las vías mencionadas son de titularidad

Autonómica, y por tanto es de su competencia, nuestro Ayuntamiento debe hacer

un esfuerzo por que se cumpla todo precepto legal en nuestro término municipal.

Por lo anteriormente expuesto, el Grupo Municipal Socialista propone la

adopción del siguiente:

ACUERDO.

1.- Solicitar a nuestros servicios municipales informe sobre la legalidad o no

de las vallas publicitarias al que hace referencia la moción.

2.-En su caso, instar a las administraciones competentes para que procedan

a retirar aquellas vallas que incumplan la legalidad vigente.”.

Se aprueba por unanimidad.

PARTE DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN

19.- PREGUNTA QUE FORMULA D. FLORENTINO GUZMÁN PLASENCIA

MEDINA, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOLICITANDO

INFORMACIÓN SOBRE EL PROGRAMA DE EDUCACIÓN AMBIENTAL

REFERIDO A JARDINES Y PARQUES SOSTENIBLES DE NUESTRO

MUNICIPIO.

Se formula la pregunta siguiente..” D. Florentino Guzmán Plasencia Medina,

Concejal del Grupo Municipal Socialista, presenta la siguiente PREGUNTA:

147

ANTECEDENTES

1. En junio de 2010 el pleno del Ayuntamiento de Santa cruz aprobó una

moción del Grupo Municipal Socialista solicitando el desarrollo de un

programa de Educación Ambiental referido a jardines y parques sostenibles

de nuestro municipio denominado RUTAS VERDES. En dicha moción también

se recomendaba impulsar un programa de cursos y talleres de educación

ambiental donde se ofertarían conocimientos del medio ambiente urbano y

se fomentará una relación positiva entre los asistentes y su entorno.

Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista formula las siguientes preguntas:

1. ¿Estado de ejecución y grado de cumplimiento del acuerdo plenario?

2. Informe sobre medidas desarrolladas en la planificación, diagnostico integral

en la implantación de la iniciativa..”.

Ha sido contestada por escrito.

20.- PREGUNTA QUE FORMULA D. FLORENTINO GUZMÁN PLASENCIA

MEDINA, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, EN RELACIÓN A

LA MOCIÓN LLEVADA A PLENO DE DICIEMBRE DE 2009 SOLICITANDO

MEDIDAS URGENTES EN EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL TEMPLO

MASÓNICO EN LA CALLE SAN LUCAS.

Se formula la pregunta siguiente..” D. Florentino Guzmán Plasencia Medina,

Concejal del Grupo Municipal Socialista, presenta la siguiente PREGUNTA:

ANTECEDENTES

En diciembre 2009 el Grupo Municipal Socialista llevo a pleno una moción

solicitando una serie medidas urgentes a desarrollar en el BIC del Templo

Masónico como eran sacar a concurso público el proyecto de rehabilitación del

Templo Masónico en el plazo de un mes desde la aprobación por este pleno de

la moción presentada.

Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista formula la siguiente pregunta:

1. ¿En que estado se encuentra la tramitación de la moción aprobada el

mencionado pleno?

2. ¿Cuantas líneas o puntos aprobados en la moción se han desarrollado? ¿Qué

iniciativas se han llevado a cabo?

3. ¿Que partida presupuestaria se ha destinado a la ejecución de los

presupuestos 2010 de las diferentes líneas aprobadas en la moción?

¿Importe?

4. ¿Que Partida presupuestaria se tiene pensado destinar a dicho BIC para su

rehabilitación en los presupuestos 2011?..”.

148

Responde el Excmo. Sr. Alcalde que no se ha podido avanzar mas por

limitaciones presupuestarias, habiéndose redactado el proyecto técnico y realizado

las reparaciones necesarias en la cubierta.

21.- PREGUNTA QUE FORMULA D. ª AMAYA CONDE MARTÍNEZ,

CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOBRE LA UBICACIÓN DE

LA ESCUELA DE MÚSICA.

Se formula la pregunta siguiente..” D. ª Amaya Conde Martínez, concejala del

Grupo Municipal Socialista, presenta las siguientes PREGUNTAS:

ANTECEDENTES

En relación a la ubicación de la Escuela Municipal de Música, la Concejala de Cultura

anunció que ésta se trasladaría a la Casa Sixto Machado durante el periodo de

Navidad, esto no ha sido así, por lo que el Grupo Municipal Socialista formula las

siguientes:

PREGUNTAS

1.- ¿Por qué no se ha procedido a su traslado?

2.- ¿Qué ubicación definitiva pretende darse a la Escuela Municipal de Música?

3.- ¿Cuándo se prevé cambiar de sitio?..”.

Ha sido contestada por escrito.

22.- PREGUNTA QUE FORMULA D. GUILLERMO GUIGOU SUÁREZ,

CONCEJAL DE CIUDADANOS DE SANTA CRUZ, EN RELACIÓN CON EL

SERVICIO DE ABSENTISMO ESCOLAR.

Se formula la pregunta siguiente..” En el Pleno celebrado el 5 de noviembre

de 2010, este Grupo Municipal trajo una moción acerca de la situación del Servicio

de Absentismo Escolar y la deuda que este Ayuntamiento tenía con la empresa

Psicoform.

Durante estos meses la Área de Gobierno de Servicios Personales, a través

de la Dirección General de Participación Ciudadana y Mujer y del Servicio para el

Fomento de la Participación Ciudadana, Cooperación al Desarrollo y Nueva Vecindad

sacó Concurso el Servicio de Prevención y Atención del Absentismo Escolar, y

adjudicándoselo de manera provisional a la Empresa Eulen Servicios

Sociosanitarios, pese a existir todavía una deuda con la anterior empresa

adjudicataria. Además de tener conocimiento de que dicha adjudicación provisional

a la Empresa Eulen se encuentra en suspensión.

Ante esto, el Grupo Municipal de Ciudadanos de Santa Cruz pregunta al

Pleno del Ayuntamiento lo siguiente:

¿Se han subsanado los problemas en la adjudicación del Servicio de

Absentismo Escolar?

¿Se han abonado las cantidades pendientes a la anterior Empresa

adjudicataria, Psicoform?

Ha sido contestada por escrito.

149

23.- PREGUNTA QUE FORMULA D. FLORENTINO GUZMÁN PLASENCIA

MEDINA, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, EN RELACIÓN

CON LOS ACUERDOS PLENARIOS SOBRE REHABILITACIÓN DEL PARQUE

LAS INDIAS.

Se formula la pregunta siguiente..” D. Florentino Guzmán Plasencia Medina,

Concejal del Grupo Municipal Socialista, presenta la siguiente PREGUNTA:

ANTECEDENTES.

En febrero de 2009 el Pleno del Ayuntamiento de Santa Cruz aprobó una moción

del Grupo Municipal Socialista que trasladaba una serie de iniciativas para el

desarrollo de un proyecto de rehabilitación del parque Las Indias.

Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista formula las siguientes preguntas:

1.- ¿Estado de tramitación de dicha moción?

Ha sido contestada por escrito.

24.- PREGUNTA QUE FORMULA D. FLORENTINO GUZMÁN PLASENCIA

MEDINA, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, EN RELACIÓN

CON LOS ACUERDOS PLENARIOS SOBRE LA CREACIÓN DE UNA RED DE

CASAS DE LA JUVENTUD.

Se formula la pregunta siguiente..” D. Florentino Guzmán Plasencia Medina,

Concejal del Grupo Municipal Socialista, presenta la siguiente PREGUNTA:

ANTECEDENTES.

En julio de 2008 el Pleno del Ayuntamiento de Santa Cruz aprobó una moción del

Grupo Municipal Socialista que trasladaba una serie de iniciativas para el impulso

de un Plan Local de creación de una red de Casas de La Juventud.

Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista formula las siguientes preguntas:

1.- ¿Estado de tramitación de dicha moción?

Ha sido contestada por escrito.

150

25.- PREGUNTA QUE FORMULA D. FLORENTINO GUZMÁN PLASENCIA

MEDINA, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, EN RELACIÓN

CON LOS ACUERDOS PLENARIOS RELATIVOS A LA CREACIÓN DE UNA RED

DE ESCUELAS INFANTILES.

Se formula la pregunta siguiente..” D. Florentino Guzmán Plasencia Medina,

Concejal del Grupo Municipal Socialista, presenta la siguiente PREGUNTA:

ANTECEDENTES.

En diciembre del 2007 el Pleno del Ayuntamiento de Santa Cruz aprobó una moción

del Grupo Municipal Socialista que trasladaba una serie de iniciativas para el

impulso de un Plan Local de Escuelas Infantiles.

Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista formula las siguientes preguntas:

1.- ¿Estado de tramitación de dicha moción?

Ha sido contestada por escrito.

26.- PREGUNTA QUE FORMULA D. JOSÉ ÁNGEL MARTÍN

BETHENCOURT, CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOBRE EL

ESTADO FINANCIERO DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL.

Se formula la pregunta siguiente..” D. José Ángel Martín Bethencourt, Concejal del

Grupo Municipal Socialista, presenta la siguiente PREGUNTA:

ANTECEDENTES

2. El pasado día 9 de febrero, y en declaraciones de la actual candidata a la

alcaldía de la ciudad por el Partido Popular Doña Cristina Tavío a la cadena

COPE, afirmó que el ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife se encontraba

en “inminente quiebra técnica.” En la misma comparecencia, advertía que

las empresas adjudicatarias de los diferentes servicios municipales

pretenden subir sus tarifas.

3. La candidata popular afirmó que “desde luego, llego en el peor momento

porque el Ayuntamiento de Santa Cruz está en ruina y, desgraciadamente,

gracias a las empresas de servicios que siguen realizando sus labores.”

Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista formula las siguientes preguntas:

- ¿Es cierto o no que el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife está en

Inminente quiebra técnica?..”.

Intervenciones:

D. Jaime Hernández Abad Amaral reconoce que la situación económica es muy

complicada, aunque no más que la de otros municipios, destacando además una

mejora en los indicadores económicos que nos permiten mirar al futuro con cierta

tranquilidad.

151

El Excmo. Sr. Alcalde por su parte insiste en que la situación económica de la

corporación sin ser buena es comparativamente mucho mejor que la mayoría de las

corporaciones locales y que eso va a permitir a l Ayuntamiento hacer frente a sus

obligaciones sin ningún género de dudas.

D. Ángel Isidro Guimerá insiste en los argumentos señalados en la pregunta,

reiterando D. Jaime Hernández lo ya señalado anteriormente.

27.- PREGUNTA QUE FORMULA D. ª MARIÁN FRANQUET NAVARRO,

CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOBRE LA INTRODUCCIÓN

DE CRITERIOS SOCIALES EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA.

Se formula la siguiente pregunta..”En el mandato anterior, el concejal

socialista José Ángel Martín, ponía a consideración del pleno de la corporación

municipal una moción en la que se solicitaba que se incluyera en los pliegos de

condiciones de los concursos públicos que se realizaran por el Ayuntamiento,

cláusulas sociales que contribuyan a la sostenibilidad económica de las políticas

sociales y que aumentan la rentabilidad social de la inversión pública al posibilitar la

igualdad de oportunidades y el desarrollo de iniciativas de economía solidaria, así

como favorecer la corresponsabilidad de los agentes sociales que desarrollan este

tipo de iniciativas como son las empresas de inserción socio laboral, los centros

especiales de empleo, asociaciones, fundaciones y cooperativas.

Esta iniciativa fue aprobada, informada jurídicamente para garantizar su viabilidad

pero nunca ejecutada.

El 18 de junio de 2010, ante la pasividad del grupo gobernante a la hora de

materializar el acuerdo y, convencidos de la necesidad aún más grave si cabe, de

tomar medidas de acción positiva que favorezca la inserción laboral de las personas

y/o colectivos en riesgo de exclusión, se volvió a presenta una moción, que fue

aprobada por unanimidad y cuyo acuerdo dice los siguiente:

“Expresar y desarrollar el compromiso político y la implicación de todos los

concejales del gobierno municipal para que, en las distintas áreas y siempre que se

realice un concurso público, se incorporen las cláusulas sociales que tratamos aquí.

En segundo lugar, realizar una formación adecuada sobre esta materia para que las

personas responsables del desarrollo de los concursos públicos cuenten con las

herramientas y los conocimientos básicos”.

Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista formula las siguientes preguntas:

1. ¿Se ha realizado la formación acordada en el Pleno a los funcionarios o

personal que intervienen en los procesos de los concursos públicos?

2. ¿Se han incorporado las “cláusulas sociales” en algún concurso de cualquier

área del Ayuntamiento, Organismo Autónomo o Sociedad del mismo?

¿Cuántas y cuáles?..”

D. Norberto Plasencia contesta que ya se están incluyendo en todos los pliegos de

condiciones del servicio de infraestructuras.

D. ª Esther Sarrautte por su parte indica que según le han informado se van a

incluir también en todos los pliegos de condiciones.

152

28.-PREGUNTA QUE FORMULA D. ª MARIÁN FRANQUET NAVARRO,

CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, SOBRE LAS ACTUACIONES

REALIZADAS EN LA FUENTE DE LA PLAZA WEYLER.

Se formula la pregunta siguiente..” Dentro de las obras incluidas por el Consistorio

en el Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local 2009, conocidas como

obras del Plan E, se encontraba la “Restauración de la fuente de la Plaza Weyler”.

La obra del genovés Achille Canessa se encontraba en un visible mal estado de

conservación debido a los agentes externos y al agua.

Es fuente, es una de las señas de identidad de la capital y a través de distintos

medios de comunicación pudimos conocer con cierto grado de detalle la

intervención realizada en la misma y encantábamos afirmaciones tales como “toda

la fuente se ha limpiado a mano con unos cepillos que han dejado el monumento

como nuevo…”

Los trabajos de restauración ascendieron a unos 135.000 €

Ya en consejo rector de la gerencia de urbanismos expresamos nuestra sorpresa

por el mal estado en el que se encuentra la fuente sin que, en aquel momento, no

hubiera transcurrido un año de su restauración.

Este mal estado, se traduce a que el mármol vuelve a estar de un color amarillento,

más acentuado, si cabe, que antes de la restauración de la fuente.

En el mencionado consejo rector, se instó al los concejales responsables a que se

valorara el estado de la fuente, se estudiara el porqué de esta situación y se

valorara la posibilidad de pedir responsabilidades a la empresa adjudicataria de la

obra por la evidente mala calidad de las acciones realizadas

Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista formula las siguientes preguntas:

3. ¿Qué empresa fue la responsable de la rehabilitación de la fuente de la Plaza

Weyler? Y ¿Cuál fue el importe final exacto de la intervención?

4. ¿Ha tendido alguna relación el arquitecto redactor del proyecto presentado

y financiado con la ejecución del mismo?

5. ¿Se ha estudiado las causas del estado de la fuente y la posible

responsabilidad del mismo de la empresa adjudicataria de la obra?...”.

Intervenciones:

D. Norberto Plasencia informa sobre el coste y modo de ejecución de las obras de

restauración de la citada fuente, destacando que se realizaron en todo momento de

acuerdo con las indicaciones de los técnicos, y que el resto parece ser un problema

de limpieza.

D. Alfonso Soriano insiste en que se ha malversado, que la obra no se ha ejecutado

correctamente y que no se han atendido las indicaciones del autor del proyecto.

D. ª María Isabel Oñate por su parte manifiesta que le problema según el arquitecto

municipal es que no se ha proyectado un aljibe para depuración del agua con lo

cual hay una discrepancia entre los técnicos.

153

Para finalizar el Excmo. Sr. Alcalde opina que deben verlo los técnicos y buscar

una solución.

29.- PREGUNTA QUE FORMULA D. ÁNGEL ISIDRO GUIMERÁ GIL,

CONCEJAL DE CIUDADANOS DE SANTA CRUZ, SOBRE LA SITUACIÓN

FINANCIERA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO.

Se formula la pregunta siguiente..” El pasado día 5 de Enero, y en un medio de

comunicación local, el Concejal de Hacienda, D. Jaime Hernández Abad, criticaba

duramente a este Concejal, tildando de “disparate” mis afirmaciones acerca de un

Informe de la Intervención en la que se aludía a un riesgo de bancarrota del

Consistorio, afirmaciones apoyadas, por otra parte, en un documentado estudio del

que dispone mi Grupo municipal en relación con la crítica situación financiera de

este Consistorio.

El Sr. Hernández Abad manifestaba también que mis declaraciones eran

“innecesarias e irresponsables” porque lo que hacían eran generar desconfianza en

un momento de crisis económica general.

Pues bien, recientemente la Presidenta del Partido Popular en Santa Cruz de

Tenerife, Dña. Cristina Tavío, en declaraciones a la Cadena COPE, y refiriéndose a

la situación económica del Ayuntamiento, advierte que el mismo se encuentra en

una “inminente quiebra técnica”, añadiendo que “ella llega en el peor momento

porque el Ayuntamiento de Santa Cruz está en ruina…”

Ante tales declaraciones, procede formular al Concejal de Economía y

Hacienda, la siguiente pregunta:

1ª.- ¿Comparte y hace suyas el Sr. Concejal de Economía y Hacienda las

declaraciones de la Presidenta de su Partido, Dña. Cristina Tavío, donde manifiesta

que “el Ayuntamiento de Santa Cruz se encuentra en una inminente quiebra

técnica”, y que “en estos momentos está en ruina…”?...”.

Fue respondida conjuntamente con la número 26.

30.- PREGUNTA QUE FORMULA D. ª AMAYA CONDE MARTÍNEZ,

CONCEJAL DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, EN RELACIÓN CON EL

CAMPO DE FÚTBOL DE AÑAZA.

Se formula la pregunta siguiente..” D. ª Amaya Conde Martínez, concejala del

Grupo Municipal Socialista, presenta las siguientes PREGUNTAS:

ANTECEDENTES

´

El campo de fútbol de Añaza, hasta hace poco estaba abierto y se podía acceder a

él sin ningún problema. Desde hace unas semanas se ha procedido a cerrar la verja

con llave.

Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista formula las siguientes:

PREGUNTAS

1- ¿cuáles han sido los motivos para proceder al cierre del campo?

2- ¿quién se encarga de abrir y cerrar el campo, personal del OAD o es una

externalización?

3- ¿qué medidas se han tomado para facilitar a las y los posibles usuarios de Añaza

el uso de esta instalación?..”.

Ha sido contestada por escrito.

154

ASUNTO FUERA DEL ORDEN DEL DÍA.

Previa declaración de urgencia por unanimidad al no estar incluido el asunto en el

orden del día, de conformidad con lo que establece el art. 82 del RD 2568/1986 de

28 de octubre se pasa a tratar el siguiente asunto.

1.- REGLAMENTO MUNICIPAL REGULADOR DE LA DISTRIBUCIÓN

GRATUITA DE ALIMENTOS.

Visto el expediente relativo a propuesta de aprobación del proyecto de Reglamento

Municipal Regulador de la Distribución Gratuita de Alimentos, con base en los

siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- El Excmo. Sr. Alcalde mediante Decreto de fecha 11 de mayo de 2009

procede a declarar la situación de emergencia social en el municipio y la adopción

de medidas urgentes al respecto, atendiendo a la grave crisis económica de alcance

mundial, con consecuencias directas en un número creciente de familias en este

municipio cuya situación socio-económica se ha agravado de manera alarmante.

SEGUNDO.- Atendiendo a los expedientes obrantes en el Servicio de Cohesión y

Bienestar social, en el que se ponen de manifiesto la proliferación de puntos de

reparto de alimentos, no solamente por parte de instituciones y organizaciones no

gubernamentales, sino por particulares o asociaciones sin ánimo de lucro, se hace

indispensable el establecimiento de una regulación de dicha actividad al objeto de

garantizar el cumplimiento de las garantías sanitarias que le son exigidas por la

normativa vigente, considerándose prioritaria la plena y correcta aplicación de la

legislación en vigor.

TERCERO.- El Servicio de Control y Gestión Medioambiental, elabora en estrecha

colaboración con el Servicio de Cohesión y Bienestar Social, atendiendo a las

funciones y competencias propias de cada uno, un proyecto de Reglamento

Municipal Regulador de la Distribución Gratuita de Alimentos; todo ello de

conformidad con las indicaciones recibidas por los Concejales Delegados en ambas

materias.

CUARTO.- Remitido el expediente a la Asesoría Jurídica Municipal, fue devuelto con

observaciones que han sido subsanadas por el Servicio gestor.

QUINTO.- La Intervención de Fondos Municipal informa el expediente en fecha 3

de febrero de 2011, significando que “visto el expediente del enunciado, así como el

informe propuesta del Servicio de Control y Gestión Medioambiental de fecha 15 de

noviembre de 2010, no tienen contenido económico alguno, se devuelve el

expediente a la dependencia de origen a los efectos oportunos.”

155

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO: La Constitución Española en su artículo 43, reconoce el derecho a la

protección de la salud, competiendo a los poderes públicos organizar y tutelar la

salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios

necesarios. Asimismo, en su artículo 51, señala que los poderes públicos

protegerán, mediante procedimientos eficaces, la seguridad y salud de los

consumidores.

SEGUNDO: En coherencia con estos parámetros constitucionales, el artículo 25 de

la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, establece que el municipio

ejercerá en todo caso, competencias, en los términos de la legislación del Estado y

de las Comunidades Autónomas, en materia de protección de la salubridad pública,

lo que debe ponerse en relación con aquellas otras competencias en las que de

alguna manera está también presente la dimensión sanitaria.

TERCERO: El artículo 55 de del Texto Refundido de las Disposiciones Legales

Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo

781/1986, de 18 de abril, establece que: “En la esfera de su competencia, las

Entidades Locales podrán aprobar Ordenanzas y Reglamentos, y los Alcaldes dictar

Bandos...”

CUARTO: El art. 7 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales,

aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955, establece que “las disposiciones

acordadas por las Corporaciones Locales para regir con carácter general revestirán

la forma de Ordenanza o Reglamento.”

QUINTO: El art. 56 del citado Decreto Legislativo 781/1986 dispone que “la

aprobación de las Ordenanzas y Reglamentos se ajustará al procedimiento

establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril”.

SEXTO: El art. 127.1.a) de la citada Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del

Régimen Local dispone, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de

diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local atribuye a la Junta

de Gobierno Local la competencia para la “aprobación de los proyectos de

ordenanzas y de los reglamentos, incluidos los orgánicos, con excepción de las

normas reguladoras del Pleno y sus comisiones”.

SÉPTIMO: El art. 122.2.d) de la citada Ley 7/1985, atribuye al Pleno la

competencia para la “aprobación y modificación de las Ordenanzas y Reglamentos

municipales”.

En virtud de lo expuesto, y previo dictamen favorable de la comisión de calidad

ambiental, seguridad y servicios públicos. El Excmo. Pleno Acordó:

PRIMERO: La aprobación inicial del Reglamento Municipal Regulador de la

Distribución Gratuita de Alimentos, del siguiente tenor literal:

REGLAMENTO MUNICIPAL REGULADOR DE LA DISTRIBUCIÓN GRATUITA DE

ALIMENTOS.

156

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.

Las dificultades económicas por las que atraviesan muchos vecinos de Santa Cruz

de Tenerife han propiciado que entidades y ciudadanos hayan puesto en marcha

programas de distribución gratuita de alimentos. La proliferación de puntos de

reparto permanente de alimentos por los diferentes barrios del municipio hace

necesaria su regulación con el objetivo de garantizar que el servicio se realice con

las garantías sanitarias exigidas a la actividad de aprovisionamiento,

almacenamiento, manipulación y reparto de alimentos.

Además, es interés del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife coordinar la

actuación de las diferentes organizaciones para optimizar el reparto de alimentos

entre los colectivos más desfavorecidos del municipio, por lo que el Instituto

Municipal de Atención Social, tiene la intención de crear una red estable de

entidades y personas colaboradoras que complementen su oferta.

La dispersión normativa fruto de los múltiples ámbitos a considerar en cuanto a

esta materia, puede convertirse en un obstáculo para su conocimiento y, en

consecuencia, para su plena efectividad. De este modo, la normativa que recoge el

presente Reglamento hace una labor de refundición y aclaración de la normativa

aplicable existente, actualizando e incorporando los cambios producidos por el

ordenamiento jurídico e introduciendo otros nuevos en consonancia con los

objetivos que se pretenden.

La finalidad del presente Reglamento consiste en establecer, por lo tanto, una base

normativa esencial para poder ofrecer a los habitantes y vecinos de este municipio

respuesta a sus demandas de ayudas de subsistencia y, en consecuencia, una

mejora en su calidad de vida.

TÍTULO PRELIMINAR.

OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN, MARCO NORMATIVO Y DEFINICIONES.

Artículo 1. Objeto.

El objeto del presente Reglamento es la regulación de la actividad de reparto de

alimentos de forma gratuita en el municipio de Santa Cruz de Tenerife.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Este Reglamento es de aplicación a las entidades y personas que desarrollen la

actividad objeto del presente Reglamento en el municipio de Santa Cruz de

Tenerife.

Articulo 3. Marco normativo.

La Constitución Española en su artículo 43, reconoce el derecho a la protección de

la salud, competiendo a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a

través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.

Asimismo, en su artículo 51, señala que los poderes públicos protegerán, mediante

procedimientos eficaces, la seguridad y salud de los consumidores.

Para garantizar la seguridad e higiene de los alimentos y productos alimentarios, la

Unión Europea ha condensado en dos reglamentos la normativa básica en esta

materia: el Reglamento (CE) 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19

de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios y el Reglamento

157

853/2004 (CE) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril, por el que se

establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal. El

primero de ellos establece también las adecuadas condiciones para el transporte de

alimentos.

La Ley 14/86 de 25 de abril, General de Sanidad regula este derecho y confiere a los

Ayuntamientos competencias en materia de higiene de los alimentos en el artículo 42,

apartados 3.c y 3.d.

De la misma manera, se contemplan estas atribuciones de las Corporaciones Locales

en la Ley 11/1994 de Ordenación Sanitaria de Canarias, promulgada al amparo del

Estatuto de Autonomía de Canarias. En su artículo 47.1.d, la Ley de Ordenación

Sanitaria de Canarias otorga a los Ayuntamientos el control sanitario de la distribución

y suministro de alimentos, bebidas y demás productos relacionados con el uso o

consumo humano, así como los medios de su transporte.

El Real Decreto 168/1985, de 6 de febrero, por el que se aprueba la Reglamentación

Técnico-Sanitaria sobre condiciones generales de almacenamiento frigorífico de

alimentos y productos alimentarios, el RD 706/1986, de 7 de marzo, por el que se

aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria cobre condiciones generales de

almacenamiento no frigorífico de alimentos y productos alimentarios, modificado

por Real Decreto 1112/1991, todos ellos en vigor al no contravenir la normativa de

rango superior antes señalada, especifican las condiciones de almacenamiento,

distribución y transporte de alimentos que debe cumplir la actividad que se

pretende regular.

El Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Santa Cruz

de Tenerife, aprobado por acuerdo plenario de 21 de enero de 2005, modificado por

acuerdo del mismo órgano de fecha 27 de julio de 2007 y 18 de septiembre de 2009,

publicado en BOP. Nº 044/2010 de 5 de marzo de 2010, que tiene por objeto la

regulación de los medios, formas y procedimientos de participación de la vecindad

del municipio de Santa Cruz de Tenerife en la gestión municipal, así como de las

Entidades Ciudadanas del mismo, conforme a lo previsto en la Constitución y las

Leyes; asimismo, tiene por objeto la regulación de las relaciones con el

Ayuntamiento de aquellas otras Entidades, de cualquier ámbito territorial, cuya

actividad y objeto social se encuentre revestida de una utilidad pública declarada o

responda a razones humanitarias o de interés público, que se materialicen a través

de actuaciones concretas, desarrolladas en el Municipio de Santa Cruz de Tenerife

y que redunden en beneficio de la ciudadanía.

Artículo 4. A los efectos del presente Reglamento se entenderá por:

a) Higiene de los productos alimenticios (en adelante “higiene”): el conjunto de

medidas necesarias para garantizar la seguridad y salubridad de los productos

alimenticios; dichas medidas abarcarán las fases de recepción, almacenamiento,

transporte, distribución, manipulación y suministro al consumidor.

b) Entidades colaboradoras: las que ostenten esta condición de conformidad con lo

establecido en el Título I del presente Reglamento.

TÍTULO I. DE LAS ENTIDADES Y LAS PERSONAS COLABORADORAS

Artículo 5. De las entidades colaboradoras.

Las asociaciones de vecinos, fundaciones, asociaciones juveniles, asociaciones de

mayores, asociaciones culturales, clubes deportivos y otros colectivos, sea cual sea

su forma jurídica, que repartan alimentos de forma gratuita en el municipio de

Santa Cruz de Tenerife, podrán ser considerados como entidades colaboradoras del

158

Instituto Municipal de Atención Social, IMAS, si cumplen los requisitos establecidos

en este Reglamento.

Artículo 6. De las personas colaboradoras.

Las personas que repartan alimentos de forma gratuita en el municipio de Santa

Cruz de Tenerife podrán ser consideradas como personas colaboradoras del IMAS,

si cumplen los requisitos establecidos en este Reglamento.

Artículo 7. Del Registro de Entidades y Personas Colaboradoras del IMAS.

Las entidades y personas colaboradoras deberán estar inscritas en el Registro de

Entidades y Personas Colaboradoras del IMAS.

Las entidades y personas que pretendan su inscripción en el Registro de Entidades

y Personas Colaboradoras del IMAS solicitarán dicha inscripción mediante instancia

presentada ante el Presidente del organismo autónomo.

Artículo 8. De la certificación de entidad o persona colaboradora del IMAS.

El presidente del IMAS, previamente al otorgamiento de la calificación como entidad

o persona colaboradora, solicitará a la Concejalía de Sanidad un informe sobre las

condiciones en las que se realiza la actividad de reparto de alimentos.

El Presidente del IMAS podrá extender certificaciones provisionales a las entidades

y las personas colaboradoras, con un único efecto administrativo, mientras éstas

realizan las mejoras propuestas por la Concejalía de Sanidad.

La certificación definitiva como entidad o persona colaboradora del IMAS dará lugar

a su inscripción en el Registro de Entidades y Personas Colaboradoras del IMAS.

Artículo 9. De las obligaciones de las entidades y personas colaboradoras.

Las entidades y personas colaboradoras inscritas en el Registro del IMAS deberán

presentar una memoria explicativa de la actividad durante el primer trimestre de

cada ejercicio que recoja los siguientes apartados:

Datos del titular de la actividad.

Lugar donde se realiza.

Proveedores que les suministran habitualmente los alimentos.

Número de beneficiarios atendidos y procedencia.

Instalaciones y medios con los que cuenta para la actividad.

Las entidades y personas colaboradoras deberán suministrar alimentos a los

usuarios que les derive el IMAS.

Las entidades y personas colaboradoras permitirán el acceso a sus instalaciones de

los técnicos de la Concejalía de Sanidad y del IMAS.

TITULO II. DE LOS REQUISITOS SANITARIOS DE LA ACTIVIDAD

Capítulo I. Disposiciones comunes.

Artículo 10.

159

Los titulares de la actividad a que se refiere el presente Reglamento, deberán

implantar un sistema de autocontrol que contenga al menos los siguientes apartados:

Plan de limpieza, Plan de desinfección, desinsectación y desratización, Plan de

eliminación de residuos, Plan de transporte, Plan de higiene personal, Plan de

formación de los manipuladores, registro de control de temperaturas y Listado de

proveedores.

Capítulo II. De los locales.

Artículo 11.

Los locales destinados a los productos alimenticios deberán conservarse limpios y en

buen estado de mantenimiento.

Artículo 12.

La disposición, el diseño, la construcción, el emplazamiento y el tamaño de los locales

destinados a los productos alimenticios:

a) Permitirán un mantenimiento, limpieza y/o desinfección adecuados, evitarán

o reducirán al mínimo la contaminación transmitida por el aire y dispondrán de un

espacio de trabajo suficiente que permita una realización higiénica de todas las

operaciones.

b) Evitarán la acumulación de suciedad, el contacto con materiales tóxicos, el

depósito de partículas en los productos alimenticios y la formación de condensación o

moho indeseable en las superficies.

c) Permitirán unas prácticas de higiene alimentaria correctas, incluida la

protección contra la contaminación, y en particular el control de plagas.

d) Cuando sea necesario, ofrecerán unas condiciones adecuadas de

manipulación y almacenamiento a temperatura controlada y capacidad suficiente para

poder mantener los productos alimenticios a una temperatura apropiada que se pueda

comprobar y, si es preciso, registrar.

Artículo 13.

Deberá haber un número suficiente de inodoros de cisterna conectados a una red de

evacuación eficaz. Los inodoros no deberán comunicar directamente con las salas en

las que se manipulen los productos alimenticios.

Artículo 14.

Deberá haber un número suficiente de lavabos situados convenientemente y

destinados a la limpieza de manos. Los lavabos para la limpieza de manos deberán

disponer de agua corriente caliente y fría, así como de material de limpieza y secado

higiénico de aquellas. En caso necesario, las instalaciones destinadas al lavado de los

productos alimenticios deberán estar separadas de las destinadas a lavarse las

manos.

Artículo 15.

Deberá disponerse de medios adecuados y suficientes de ventilación mecánica o

natural. Deberán evitarse las corrientes de aire mecánicas desde zonas contaminadas

a zonas limpias. Los sistemas de ventilación deberán estar construidos de manera que

pueda accederse fácilmente a los filtros y a otras partes que haya que limpiar o

sustituir.

Artículo 16.

160

Los huecos de ventilación deberán estar protegidos por mallas para impedir la

entrada de insectos.

Artículo 17.

Los locales destinados a los productos alimenticios deberán disponer de suficiente luz

natural o artificial.

Artículo 18.

Las redes de evacuación de aguas residuales deberán ser suficientes y estar

concebidas y construidas de modo que se evite todo riesgo de contaminación.

Artículo19.

Deberán aplicarse procedimientos adecuados de lucha contra plagas. Deberán

aplicarse asimismo procedimientos adecuados para evitar que los animales

domésticos puedan acceder a los locales.

Artículo 20.

Los productos de limpieza y desinfección no deberán almacenarse en las zonas en las

que se manipulen productos alimenticios.

Capítulo III. De los equipos.

Artículo 21.

Todos los artículos, instalaciones y equipos que estén en contacto con los productos

alimenticios:

a) Deberán limpiarse perfectamente y, en caso necesario, desinfectarse. La

limpieza y desinfección se realizarán con la frecuencia necesaria para evitar cualquier

riesgo de contaminación.

b) Su construcción, composición y estado de conservación y mantenimiento

deberán reducir al mínimo el riesgo de contaminación.

c) A excepción de los recipientes y envases no recuperables, su construcción

composición y estado de conservación y mantenimiento deberán permitir que se

limpien perfectamente y, en caso necesario, se desinfecten.

d) Su instalación permitirá la limpieza adecuada del equipo y de la zona

circundante.

Artículo 22.

Si fuese necesario, los equipos deberán estar provistos de todos los dispositivos de

control adecuados para garantizar el cumplimiento de los objetivos de la normativa

vigente sobre seguridad e higiene de los alimentos.

Capítulo IV. Del personal.

Artículo 23.

Todas las personas que trabajen en una zona de manipulación de productos

alimenticios deberán mantener un elevado grado de limpieza y deberán llevar una

161

vestimenta adecuada, limpia y, en su caso, protectora. Deberán acreditar la adecuada

formación en higiene de los alimentos.

Artículo 24.

Las personas que padezcan o sean portadoras de una enfermedad que pueda

transmitirse a través de los productos alimenticios, o estén aquejadas de heridas

infectadas o enfermedades cutáneas, llagas o diarrea, no deberán manipular los

productos alimenticios ni entrar en la zona de manipulación.

Capítulo V. Del transporte.

Artículo 25.

Los receptáculos de vehículos o contenedores utilizados para transportar los productos

alimenticios deberán mantenerse limpios y en buen estado a fin de proteger los

alimentos de la contaminación y deberán diseñarse y construirse, en caso necesario,

de forma que permitan una limpieza o desinfección adecuadas.

Artículo 26.

Los receptáculos de vehículos o contenedores no deberán utilizarse para transportar

más que productos alimenticios cuando éstos puedan ser contaminados por otro tipo

de carga.

Artículo 27.

Cuando se usen vehículos o contenedores para el transporte de cualquier cosa

además de productos alimenticios a la vez, deberá existir, en caso necesario, una

separación efectiva de los productos.

Artículo 28.

Los productos alimenticios a granel en estado líquido, granulado o en polvo deberán

transportarse en receptáculos, contenedores o cisternas reservados para su

transporte.

Artículo 29.

Cuando se hayan utilizado receptáculos de vehículos o contenedores para el

transporte de otros productos que no sean productos alimenticios o para el transporte

de productos alimenticios distintos, deberá realizarse una limpieza eficaz entre las

cargas para evitar el riesgo de contaminación.

Artículo 30.

Los productos alimenticios cargados en receptáculos de vehículos o en contenedores

deberán colocarse y protegerse de forma que se reduzca al mínimo el riesgo de

contaminación.

Artículo 31.

Cuando sea necesario, los receptáculos de los vehículos o contenedores utilizados

para el transporte de productos alimenticios deberán ser capaces de mantener los

productos alimenticios a la temperatura adecuada y de forma que se pueda controlar

dicha temperatura.

162

Capítulo VI. De los desperdicios.

Artículo 32.

Los desperdicios de productos alimenticios, los subproductos no comestibles y los

residuos de otro tipo deberán retirarse con la mayor rapidez posible de las salas en las

que estén depositados alimentos para evitar su acumulación.

Artículo 33.

Los desperdicios de los productos alimenticios y los residuos de otro tipo deberán

depositarse en contenedores provistos de cierre. Dichos contenedores deberán

presentar unas características de construcción adecuadas, estar en buen estado y ser

de fácil limpieza, y en caso necesario, de fácil desinfección.

Artículo 34.

Deberán tomarse medidas adecuadas para el almacenamiento y la eliminación de los

desperdicios de productos alimenticios y otros desechos. Los depósitos deberán

diseñarse y tratarse de forma que puedan mantenerse limpios y, en su caso, libre de

animales y organismos dañinos.

Artículo 35.

Todos los residuos deberán eliminarse higiénicamente y sin perjudicar el medio

ambiente con arreglo a la Ordenanza Municipal de Recogida de Residuos Sólidos.

TITULO III. INFRACCIONES Y SANCIONES.

Capítulo I. Disposiciones generales

Artículo 36.

Constituyen infracciones administrativas, las acciones y omisiones tipificadas como

tales en la Ley 14/1986 de 25 de abril, General de Sanidad, en concordancia con la Ley 11/ 1994, de Ordenación Sanitaria de Canarias

Las infracciones en materia de sanidad serán objeto de las sanciones

administrativas correspondientes, previa instrucción del oportuno expediente, sin

perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden que puedan concurrir.

En los supuestos en que las infracciones pudieran ser constitutivas de delito, la

Administración pasará el tanto de culpa a la jurisdicción competente y se abstendrá

de seguir el procedimiento sancionador mientras la autoridad judicial no dicte

sentencia firme.

De no haberse estimado la existencia de delito, la Administración continuará el

expediente sancionador tomando como base los hechos que los Tribunales hayan considerado probados.

163

Las medidas administrativas que hubieran sido adoptadas para salvaguardar la

salud y seguridad de las personas se mantendrán en tanto la autoridad judicial se pronuncie sobre las mismas.

Artículo 37.

El procedimiento sancionador se ajustará a los principios de la potestad

sancionadora contenidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común,

así como el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, que aprueba el Reglamento

para el ejercicio de la potestad sancionadora, sin perjuicio de las normas autonómicas y municipales que sean de aplicación.

Artículo 38

En ningún caso se impondrá una doble sanción por los mismos hechos y en función

de los mismos intereses públicos protegidos, si bien deberán exigirse las demás

responsabilidades que se deduzcan de otros hechos o infracciones concurrentes.

Artículo 39.

Las infracciones se califican como leves, graves y muy graves, atendiendo a los

criterios de riesgo para la salud, cuantía del eventual beneficio obtenido, grado de

intencionalidad, gravedad de la alteración sanitaria y social producida, generalización de la infracción y reincidencia

CAPÍTULO II. Disposiciones comunes

Artículo 40. Competencias sancionadoras

1 La imposición de las sanciones previstas para las infracciones contenidas en el

presente Reglamento, en relación con lo dispuesto por la Ley14/86, de 25 de abril,

General de Sanidad y la Ley 11/94 de Ordenación Sanitaria de Canarias

corresponderá:

a) al Alcalde, hasta 12.020,24 €..

b) al Consejero/a competente en materia de Sanidad, hasta 60.101,21 €.

c) al Gobierno de Canarias desde 60.101,22 €.

2. Las competencias previstas en el apartado anterior podrán ser objeto de

desconcentración en órganos inferiores en el seno de las respectivas

Administraciones

3. Este Excmo. Ayuntamiento instruirá, en cualquier caso, los expedientes

infractores y los elevará a la autoridad administrativa competente para su

resolución.

CAPÍTULO III. Procedimiento

Artículo 41.

El incumplimiento de las infracciones que se establecen en el Capítulo IV de este

Título, dará origen a la incoación del correspondiente procedimiento sancionador

que se tramitará de acuerdo con las reglas y principios contenidos en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás disposiciones

164

concordantes, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales en que puedan

incurrir.

Artículo 42.

Las sanciones se graduarán especialmente en función del incumplimiento de

requerimiento previos, criterios de riesgo para la salud, bienes o servicios afectados

por la infracción, naturaleza de los perjuicios causados a los consumidores,

volumen de ventas, cuantía del beneficio obtenido, grado de intencionalidad o

negligencia y posible reincidencia.

Artículo 43.

La imposición de sanciones pecuniarias se hará de manera que la comisión de las

infracciones no resulte más beneficiosa para el infractor que el cumplimiento de la

norma infringida, siempre con respeto al principio de proporcionalidad,

guardándose la debida adecuación entre la gravedad del hecho constitutivo de la

infracción y la sanción a imponer.

Artículo 44.

Por razón de ejemplaridad podrá procederse a la publicación de sanciones en los

medios de comunicación, siempre que concurra alguna circunstancia de riesgo para

la salud o seguridad de los consumidores o se haya producido reincidencia o

acreditada intencionalidad en la infracción y estas hayan adquirido firmeza en vía

administrativa, pudiéndose publicar, asimismo, con nombre y apellidos o

denominación social.

Artículo 45

No tendrá carácter de sanción la clausura de los establecimientos que no cuenten

con las autorizaciones preceptivas, ni la suspensión del funcionamiento de la

actividad hasta que se subsanen las deficiencias observadas y se adopten las

medidas correctoras que por razones de sanidad, higiene o seguridad se puedan

exigir.

Las medidas provisionales que pudieran aplicarse serán las establecidas en la

normativa sectorial de especial aplicación y, en todo caso, deberán ser

proporcionales al daño que se pretenda evitar y se mantendrán exclusivamente el

tiempo necesario para la realización

Capítulo IV. INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 46

Se entenderán, a los efectos de este Reglamento, como infracciones sanitarias, las

tipificadas como tales en la Ley 14/1986 de 25 de abril, General de Sanidad, en

concordancia con la Ley 11/ 1994, de Ordenación Sanitaria de Canarias y que se establecen a continuación:

A) Infracciones leves.

1.ª Las simples irregularidades en la observación de la normativa

sanitaria vigente, sin trascendencia directa para la salud pública.

2.ª Las cometidas por simple negligencia, siempre que la alteración o

riesgo sanitarios producidos fueren de escasa entidad.

165

3.ª Las que, en razón de los criterios contemplados en este artículo,

merezcan la calificación de leves o no proceda su calificación como

faltas graves o muy graves.

B) Infracciones graves.

1.ª Las que reciban expresamente dicha calificación en la normativa

especial aplicable en cada caso.

2.ª Las que se produzcan por falta de controles y precauciones

exigibles en la actividad, servicio o instalación de que se trate.

3.ª Las que sean concurrentes con otras infracciones sanitarias leves,

o hayan servido para facilitarlas o encubrirlas.

4.ª El incumplimiento de los requerimientos específicos que formulen

las autoridades sanitarias, siempre que se produzcan por primera vez.

5.ª La resistencia a suministrar datos, facilitar información o prestar

colaboración a las autoridades sanitarias o a sus agentes.

6.ª Las que, en razón de los elementos contemplados en este artículo,

merezcan la calificación de graves o no proceda su calificación como

faltas leves o muy graves.

7.ª La reincidencia en la comisión de infracciones leves, en los últimos

tres meses.

C) Infracciones muy graves.

1ª Las que reciban expresamente dicha calificación en la normativa

especial aplicable en cada caso.

2ª Las que se realicen de forma consciente y deliberada, siempre que

se produzca un daño grave.

3ª Las que sean concurrentes con otras infracciones sanitarias graves,

o hayan servido para facilitar o encubrir su comisión.

4ª El incumplimiento reiterado de los requerimientos específicos que

formulen las autoridades sanitarias.

5ª La negativa absoluta a facilitar información o prestar colaboración

a los servicios de control e inspección.

6ª La resistencia, coacción, amenaza, represalia, desacato o cualquier

otra forma de presión ejercida sobre las autoridades sanitarias o sus

agentes.

7ª Las que, en razón de los elementos contemplados en este artículo

y de su grado de concurrencia, merezcan la calificación de muy graves

o no proceda su calificación como faltas leves o graves.

8ª La reincidencia en la comisión de faltas graves en los últimos cinco

años.

Artículo 47

1. Las infracciones en materia de sanidad serán sancionadas con multas de acuerdo

con la siguiente graduación, y atendiendo a lo establecido mediante Resolución de

la Subsecretaría de Sanidad y Consumo de 19 de noviembre de 2001, por la que se

convierten en euros las cuantías de las sanciones:

a) Infracciones leves, hasta 3.005,06 euros.

166

b) Infracciones graves, desde 3.005,07 euros a 15.025,30 euros,

pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor

de los productos o servicios objeto de la infracción.

c) Infracciones muy graves, desde 15.025,31 euros a 601.012 euros,

pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor

de los productos o servicios objeto de la infracción.

2. Además, el Gobierno de Canarias podrá acordar en los supuestos de infracciones

muy graves, el cierre definitivo o temporal del establecimiento, instalación o

servicio por un plazo máximo de cinco años. En tal caso, será de aplicación lo

previsto en la legislación sobre infracciones y sanciones de orden social.

3. Las cuantías reseñadas anteriormente deberán ser revisadas y actualizadas

periódicamente por el Gobierno de Canarias, teniendo en cuenta la variación de los

índices de precios para el consumo.

Artículo 48.

El incumplimiento de las medidas establecidas en el presente reglamento municipal,

significa la perdida del reconocimiento como entidad colaboradora en esta materia de

los servicios sociales, además de las sanciones anteriormente establecidas.

SEGUNDO.- La exposición pública y audiencia de los interesados durante el plazo

de 30 días para la presentación de reclamaciones y sugerencias, haciéndose constar

que en el caso de que no se presente ninguna se entenderá definitivamente

aprobado el presente reglamento, todo ello de conformidad con lo que establece el

art. 49 de la Ley 7/1985 de 2 de abril y arts. 14 y 15 del Reglamento de

Procedimientos sobre Materias de Competencias del Pleno.

D. Guillermo guigou justifica la abstención de su grupo en la necesidad de ser muy

cautelosos ya que puede favorecer a determinadas asociaciones que no se dedican

habitualmente a estas finalidades y penalizar a ONG’s que si lo hacen.

Se aprueba por diecisiete votos a favor (CC-PNC, PP, CNN, PSOE) y dos

abstenciones (CSC).

31.- PREGUNTAS RELATIVAS A INFORMACIONES NO FACILITADAS,

EN APLICACIÓN DEL ART. 11.2 DEL ESTATUTO DEL CONCEJAL Y DE LOS

GRUPOS POLÍTICOS.

A) SOBRE DIVERSAS FACTURAS DEL FESTIVAL ARCO IRIS.

Ha sido contestada por escrito.

B) SOBRE RESIDENCIAS DE MAYORES.

Ha sido contestada por escrito.

167

32.- RUEGOS Y PREGUNTAS.

- Los Portavoces de CSC y PSOE ruegan se retrase unos días el Pleno del

Presupuesto para poder estudiar mejor la documentación.

- D. Ramiro Cuende ruega que se restaure o retire definitivamente la

escultura de Martín Chirino de la Plaza de Europa.

En este punto y cuando son las 15.15 horas del mismo día se da por finalizada la

sesión, levantándose de todo ello la presente acta que con el VB del Sr. Alcalde es

autorizada por mí, el Secretario General del Pleno que certifico.