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Introducción al Estudio del Derecho………………………………………………………….Lic. Abraham Girón “VISIÓN CRÍTICA DE LA HISTORIA DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO” Luís Rodolfo Vigo CAPÍTULO I -EL DERECHO Y EL SABER JURÍDICO EN EL REALISMO CLÁSICO. Dos modos del pensar jurídico: a)- Clásica : Aristóteles, Roma y Santo Tomás de Aquino b)- Moderna : S. XVI Descartes, Kant 1)- EL DERECHO COMO “LO JUSTO” ANALOGICAMENTE ENTENDIDO. Grecia: Derecho= dikaion= lo justo. Analogía : a) De proporcionalidad : Se verifica cuando el término es atribuido a varios sujetos por realizarse en cada uno de ellos, aunque de manera diferente. b) De atribución : “…cuando un término lo atribuimos a varios sujetos a causa de sus diversas relaciones con otro llamado primer analogado, al cual dicho término conviene propia e intrínsecamente…” El derecho corresponde para el realismo clásico en primer lugar a “…las acciones, daciones y omisiones humanas por las que los hombres se relacionan entre si -ya directamente o a través de cosas entregadas o respetadas- de una manera conforme a la justicia…” PRIMER ANALOGADO= DERECHO= OBRA O CONDUCTA JUSTA 1

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VISIN CRTICA DE LA HISTORIA DE LA FILOSOFA DEL DERECHO

Introduccin al Estudio del Derecho.Lic. Abraham Girn

VISIN CRTICA DE LA HISTORIA DE LA FILOSOFA DEL DERECHO

Lus Rodolfo Vigo

CAPTULO I-EL DERECHO Y EL SABER JURDICO EN EL REALISMO CLSICO.

Dos modos del pensar jurdico:

a)- Clsica: Aristteles, Roma y Santo Toms de Aquino

b)- Moderna: S. XVI Descartes, Kant1)- EL DERECHO COMO LO JUSTO ANALOGICAMENTE ENTENDIDO.

Grecia: Derecho= dikaion= lo justo.Analoga:

a) De proporcionalidad: Se verifica cuando el trmino es atribuido a varios sujetos por realizarse en cada uno de ellos, aunque de manera diferente.

b) De atribucin: cuando un trmino lo atribuimos a varios sujetos a causa de sus diversas relaciones con otro llamado primer analogado, al cual dicho trmino conviene propia e intrnsecamenteEl derecho corresponde para el realismo clsico en primer lugar a las acciones, daciones y omisiones humanas por las que los hombres se relacionan entre si -ya directamente o a travs de cosas entregadas o respetadas- de una manera conforme a la justicia

PRIMER ANALOGADO= DERECHO= OBRA O CONDUCTA JUSTA(Es realismo porque el derecho es un objeto externo al sujeto, es un hecho social)Anlogos derivados:

a) La norma: encargada de prescribir cierta conducta justa.

b) La facultad jurdica: por cuanto exige lo justo debido

c) El saber jurdico: por cuanto es elucidacin y direccin de la operacin justa

d) El Juez: en cuanto autoridad encargada de determinar en el caso concreto lo justo.

DEFINICIN REALISTA CLASICA DE DERECHO:

El derecho es propiamente lo justo debido por alguien a favor de otro, por necesidad legal y con estricta igualdad, y, en consecuencia, la juridicidad de una realidad depender de que en ella podamos verificar dicha esencia del derecho.ANALISIS DE LA DEFINICIN:1.1 ALTERIDAD:

- El derecho es siempre en relacin a otro.

- La justicia puede indicarse como el bien del otro (bonum alterius).1.2 IGUALDAD:

- Todo derecho supone un dbito.

- Igualdad entre la prestacin del obligado y el ttulo del acreedor.

1.3 DEBIDO LEGALMENTE (O DEBIDO ESTRICTO):

- Debitun morale y debitum legale-D.M. exigibles por honestidad de la virud; D.L. exigibles por normas iuspositivas.2)- EL DERECHO O LO JUSTO Y SU RELACIN CON LA VIRTUD DE LA JUSTICIA.

Dos modos de justicia: A) Como virtud (le importan al moralista)B) Como cualidad objetiva y exterior del acto justo (le importan al jurista); iustum imperfectum.Justicia: (Ulpiano, Tomas de Aquino) Constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo

3)- LO JUSTO NATURAL Y LO JUSTO POSITIVO.- Lo justo no radica en el sujeto, sino en la realidad externa de la conducta y esa relacin de igualdad.- Lo justo puede tener origen natural (iustum naturale) o social (iustum positivum).

- Derechos Naturales:A) Primarios u originarios: Por su misma naturaleza ptica, son objetivos y absolutos

B) Derivados u subsiguientes: Inferidos de los anteriores. Son inferidos por la razn

-Lo justo o derecho positivo (iustum positivum): alude al puesto por el hombre, a los suyos atribuidos y medidos segn decisiones dispuestas o concertadas por los hombres en un tiempo y espacio determinado.- Derecho Positivo:A) Por accidente: Contiene al derecho natural, pero que ha sido aprobado por los hombres.

B) De por s: Contenido indiferente al derecho natural, pero que es obligatorio porque ha sido sancionado y promulgad por los hombres.

- Toms de Aquino: Si algo tiene de por s repugnancia al derecho natural, no puede hacerse justo por voluntad humana.

4)- RELACION ENTRE LA LEY O NORMAS Y LO JUSTO O DERECHO.- Ley natural (lex ethica naturalis) procede de Dios. - Ley positiva procede de la voluntad de los hombres- La Ley para Toms de Aquino se puede entender como preceptos o prescripciones que dicen y mandan dar o respetar lo suyo de cada uno.

- Toms de Aquino: Lex statuir ius = La ley estatuye el derecho (positivo). Pero afirma: la ley no es el derecho mismo, propiamente hablando, sino cierta razn del derecho.

- Ley Inicua= es una norma que carece de justicia interna.

5)- LO JUSTO GENERAL, DISTRIBUTIVO Y CONMUTATIVO.A)- Lo justo general: (Una parte para con el todo). Justicia del bien comn, en donde los obligados son los particulares para con el todo social. Relaciones de los individuos para con el todo social (ordo partum ad totum)- JUSTICIAB)- Lo justo particular: Lo suyo de los miembros de la comunidad; segn los destinatarios puede ser:

B.1)- Conmutativa: Igualdad aritmtica. El requerido por la justicia, es una parte del todo social. Su materia es intercambiar derechos y cargas. (Parte con parte) Relaciones de los particulares entre si (ordo partium ad partes)B.2)- Distributiva. funcin el orden de las relaciones del todo Social para con los particulares, de manera que stos reciban parte de los bienes comunes y cargas sociales, proporcionalmente a sus mritos, capacidades y necesidades. El requerido por la justicia es el todo social. Su materia es repartir derechos y cargas. (El todo con la parte) Relaciones del todo social para con las partes (ordo totius ad partes)6)- LAS CAUSAS DEL DERECHO.- Conocer cientficamente es conocer las cosas desde sus causas.

- No quedarse en el factum y buscar el verum.

- La Causa eficiente del derecho= la ley natural o positiva.

7)- EL SABER JURDICO.

A)- Terico

- La razn humana

B)- Prctico

- El conocimiento prctico presupone el terico. El conocimiento terico por extensin se hace prctico (Aristteles)- La finalidad del conocimiento jurdico es mostrar normas que regulen, no se limita a la contemplacin, se proyecta al deber ser:

A)- Filosfico: Dilucidacin de causas primeras.

- Niveles del Conocimiento Jurdico:B)- Cientfico: Causas segundas o prximas.

C)- Prudencial: Sobre la direccin de la conducta justa aqu

y ahora.9)- PRESUPUESTOS FILOSOFICOS DEL REALISMO JURDICO CLASICO.9.1)- Metafsica: Estudia el ser en cuanto ser. - El ser es lo primero que conocemos (Toms de Aquino)

- Se interesa por el ser mismo de los entes.

- Estudia la esencia de todo ser

9.2)- Gnoseologa o Crtica del Conocimiento:

A) Realismo: Todo conocimiento parte del ente, o sea, lo intuible. - Clases de entendimiento:Comienza en los sentidos y termina en la razn.

B) Idealismo: Entendimiento comienza y termina en la razn- Inteleccin: Acto por el que la inteligencia conoce su objeto, lo inteligible; intus-legible: Lo legible dentro.

A)- Esencial:- Aspectos que constituyen lo real:

B)- Existencial:- El concepto aprehende lo esencial.- Por el juicio se deducen los aspectos de la existencialidad

- El razonamiento deduce una verdad mediante una verdad ya conocida, de manera deductiva o inductiva.9.3)- Antropologa:

Boecio: Individuo sustancial de naturaleza racional

Toms de Aquino: individuo sustancial de naturaleza racional.

CAPTULO II-DESDE LA FILOSOFIA MODERNA A LA CIENCIA JURDICA MODERNA.

1)- PRECURSORES DE LA FILOSOFIA MODERNA.-GUILLERMO DE OCKHAN: Empirismo e idealismo

A)- Acenta separacin entre filosofa y teologa.

B)- Combate la escolstica

C)- Considera a la persona solo desde su aspecto ontico, como unidad indivisible.

D)- El conocimiento cientfico debe brindar experiencia sensible.

E)- Elimina lo metafsico de la ciencia, y con ello la bsqueda de la causa.

F)- Plantea nocin moderna de derecho subjetivo: no es el bien que corresponde conforme a justicia, sino el poder que se tiene sobre un bien.- REFORMA PROTESTANTE: Enfrentamiento directo entre la razn y la fe.

A) Martn Lutero

B) Juan Calvino- NICOLAS MAQUIAVELO: Ciencia independiente de la tica, y al servicio del poder.

- DESARROLLO DE LA FISICA MODERNA Y MATEMATICA

- FRANCIS BACON: Propone el nuevo mtodo de la ciencia basado en la observacin, la experiencia e induccin. Cuadro baconiano de las ciencias. Coloc el problema del mtodo como fundamental.

- GALILEO: El objeto de la ciencia es la ley, es decir, representar matemticamente las relaciones constantes entre fenmenos.-NEWTON:

A)- Absorbe la metafsica

B)- Categora nica, fundamental y absoluta del ser es la cantidad

C)- Sustancia, sustituido por funcin

- INFLUENCIA ESPAOLA O SEGUNDA ESCOLASTICA

A)- Francisco Suarez: derecho subjetivo: poder moral que cada uno tiene sobre lo suyo o sobre lo que se le debe Ley: imperium de la voluntad

1.1 Renato Descartes: (inicia filosofa moderna)- Traslada la atencin del ser, al conocer.

- Sistema catersiano es matematicista

- Reglas metdicas:

A) regla de la evidencia

B) regla del anlisis

C) regla de la sntesis

D) regla de la prueba

- Tres sustancias: sustancia es aquello que existe y no necesita nada mas para existir

A) La pensante (res cogitans) El alma tiene ideas innatas.

B) La extensa (res extensa)

C) La infinita

- Descartes olvida al ser, y se enfoca en los entes.- El hombre es la unin accidental de la res pensante y la res extensa.

- Produce bsicamente dos corrientes: Empirismo y Racionalismo.

1.2 Hugo Grocio: (Inicia la Escuela Moderna del Derecho Natural)- Independiente de la teologa moral, racionalmente deducido y su ncleo lo constituyen los derechos subjetivos.- Derecho: A) Natural. Dictado por la recta razn caracterizada por el instinto de sociabilidad (appetitus societatis).

B) Positivo o voluntario.

- La sociedad se constituye por un pacto social.

1.3 Tomas Hobbes: (Precursor del empirismo ingls)Su ontologa:

- La realidad son solo cuerpos, y esto es lo que se puede sumar o restar.- La res infinita y pensante son asimiladas por la res extensa.

Su gnoseologa:

- El conocimiento humano es mecanicista.

- La verdad no consiste en las cosas, sino en las palabras

- La ciencia parte de las experiencias pero queda al margen e ella.- Las palabras son propias (aplicadas a un solo individuo) y comunes (agrupan a conjunto de individuos)

- La ciencia es ordenar palabras, luego estas en juicio, y estos en razonamiento.

- El espritu es un cuerpo ms y en consecuencia tiene extensin y movimiento.

- El conocimiento se construye desde las sensaciones (reacciones mecnicas de nuestros sentidos) y la razn queda supeditada a ellas, pues se limita a nombrar las sensaciones.

Su tica:

- No hay ni bien ni mal objetivo, sino dependiente de la necesidad sensorial de utilidad individual y egosta.Su poltica:

-Niega el instinto de sociabilidad (de Grocio, insociabilidad belicosa hobbesiana), sino que el hombre es dueo de todo, pero para poder sobrevivir, por virtud de la razn opta por renunciar a su libertad y entregarla a un ente para que imponga condiciones de paz (ESTADO ABSOLUTISTA) debiendo imponer orden, seguridad y razn.- El Estado (Dios mortal o leviatn) est por encima de todas las leyes positivas, su poder es exclusivo, indivisible y excluyente.- El Estado determina lo justo e injusto, lo bueno y lo malo.1.4) John Locke: (Ensayo sobre el entendimiento humano)

Su gnoseologa:- El alma no tiene ideas innatas (opuesto a Descartes) pues toda idea proviene de la experiencia.

Externa: de los sentidos (sensacin)

-Experiencia:

Interna: de los estados psquicos producidos por los sentidos (reflexin).- Todas las ciencias se reducen a la piscologa.

Derecho:- Las cosas son buenas o malas dependiendo del placer o dolor que producen.

A) Divina, determina el pecado

- Leyes:

B) Civil, impuesta por el legislador humano

C) Filosfica, equivale a la opinin pblica y a la costumbre.

- Hay derechos naturales pre-estatales irrenunciables y de derecho privado1.5 Nicols Malebranche. (Racionalista)- Mezcla la razn y la fe.- Lo nico objetivo y universal es la idea y no el sentimiento.

- Dios es el primer objeto de la inteligencia.

- Rechaza el innatismo de Descartes, pues un espritu finito no puede tener ideas propias, sino solo derivadas.

- El objeto del conocimiento es la extensin inteligible que es comprendida por Dios.

- La causa de todo es Dios, quien pone en movimiento todo mecanismo y toda accin. Niega el realismo tomista, criticando la causalidad, e indicando que todo es por razn del ocasionalismoSu antropologa:- El cuerpo y alma son dos sustancias incomunicadas.Su moral:

- El hombre no debe interferir en la voluntad divina

1.6 Baruch Spinoza:

Su metafsica:- Sustancia: aquello que es en si y se concibe por si, la cual limita solamente a la res infinita. (opuesto a Descartes que la concibe para todos los res)- Dios es la nica realidad, la sustancia nica, absoluta, perfecta y verdadera.- La sustancia infinita debe poseer infinidad de atributos, pero la mente finita del hombre solo le permite conocer dos: la extensin y el pensamiento.

- Ideas y alma, son modos del atributo divino del pensamiento.- Cuerpos o cosas individuales son modos del atributo divino de la extensin.

Modo de Idea

Atributo de pensamiento

Modo de alma

- Sustancia Infinita

Natura naturans

Natura naturanta

Atributo de extensin

Modo de cuerpos- Ciencia intuitiva: Contemplacin de Dios.- Las cosas son modos de la sustancia infinitaSu antropologa:

- El hombre es un modo de la nica sustancia, el cuerpo es un modo del atributo divino de extensin, y su alma un modo del atributo divino del pensamiento.-Las acciones humanas carecen de liberta, pues solo Dios es libre.

Su poltica y derecho: (Influencias de Maquiavelo y Hobbes)

- El estado natural del hombre es de avaricia, egosmo, poder y fuerza.- el derecho de cada uno se extiende slo hasta all donde llega su determinado poder

- El Estado surge para otorgar seguridad y tranquilidad.

1.7 Samuel Pufendorf: (1632-1694)

- Busca elaborar una ciencia sobre los problemas morales y jurdicos valindose del mtodo matemtico.-Logra construir un sistema de derecho natural totalizador, separado de la teologa y con la sola ayuda de la razn.

Su metafsica:

- Distingue entre entes fsicos (entia physica, estudiados por las ciencias fsicas y de indiferencia axiolgica) y morales (entia moralia, proceden de la voluntad divina y humana: son ciertos modos que los seres inteligentes sobreaaden a las cosas naturales o movimientos fsicos, a fin de dirigir o restringir la libertad de las acciones voluntarias del hombre para poner algn orden

- De ambos entes pueden deducirse sus leyes.

A) Por la razn: deberes generales del hombre (Derecho natural)- Fuentes para conocer deberes:B)Mandamientos legislador: deberes ciudadanos (Derecho positivo)

C) Revelacin divina: deberes cristianos. (Teologa moral)

- La fuente del derecho natural, es la razn, aplicado al mundo terrenal sobre las conductas externas, y de la teologa moral, la revelacin, ocupado del campo supraterrenal sobre las conductas internas.

- Derecho perfecto: acompaados de sancin y generalmente fundados en un pacto; y derecho imperfecto: son incoactivos y se fundan en la conciencia de cada uno.

- Ley: voluntad de un superior por la cual impone a los que dependen de l la obligacin de obrar de cierta manera que l les prescribe

- El hombre en su estado natural se encuentra desamparado (imbecilitas), y para superar esa condicin, crea a la sociedad y Estado.

- Derecho: recta aplicacin de las acciones de la persona.1.8 Godofreo Guillermo Leibniz: (1646-1716)

- Fue un reconocido matemtico.

- Trata de sintetizar la filosofa antigua y la moderna.

- Pretende matematizar el conocimiento.

Su metafsica:

- Dos verdades primitivas: A) El principio de contradiccin.

B) Nada existe sin razn.

- Existencia de infinitas sustancias: mnadas= sustancia simple, que forma parte de los compuestos; simple es decir, sin partesson los verdaderos tomos de la naturalezalos elementos de las cosas.

- La esencia de las mnadas es la fuerza, la dynamis.

- El origen de las mnadas es Dios.

- Las cosas estn compuestas por la res cogitans.

- Espacio: el orden de coexistentes; Tiempo: el orden de los sucesivos.

Su antropologa:

- El cuerpo es un conjunto de mnadas vivas que se organiza en torno a la mnada-reina (alma)

Su gnoseologa:

A) De Razn: a priori, necesarias, inmutables, refieren a las esencias y se fundan en el principio de identidad y contradiccin

- Verdades:

B) De Hecho: son contingentes, se apoyan en la experiencia, refieren a las existencias, y se fundan en el principio de razn suficiente.

Derecho:

- No se pueden desligar al derecho, de la moral y la teologa.

- El Derecho se remonta a Dios a que es origen y fin de la justicia, pero ese Dios es fundamentalmente racionalidad suprema y perfecta.

A) Universal: Piedad y amor

- JusticiaB) Distributiva: o equidad

C) Conmutativa: derecho estricto. no causar dao a nadie.

-Impulsa la codificacin: nuevo cdigo breve, claro y suficiente

1.9 Christian Thomasio: (1655-1728) Uno de los fundadores del historicismo

- Lleva el psicologismo y empirismo ingls a Alemania. Influenciado por racionalismo catersiano, sensismo de Locke, e influjo de Grocio y Pufendor.

- Rompe completamente la relacin Derecho-Moral.

- Conducta humana debe ajustarse a lo honesto, decoroso y justo.

A) Forum externum: del decoro y derecho.

- Conducta

B) Forum internum: de la moral.

- Las reglas de derecho impiden el mal mximo y promueven el bien medio

- Los nicos deberes exigibles son los jurdicos por razn de coercibilidad exclusiva estatal.

- Coercibilidad, nota distintiva y esencial de lo jurdico. (Aparece por primera vez)

- El D.N se conoce mediante el razonamiento de nimo sereno.

- El D.N por no ser coercible no es jurdico.

1.10 Christian Wolf: (1679-1754)

- Tena un espritu sistematizador.

- Divisin de la Filosofa:

-Lgica

1. Ontologia

2. Psicologa racional

A) Especulativa (metafsica)3. Cosmologa

4. Teologa racional

Filosofa propiamente dicha:

1. Parte general (D.N)

B) Prctica

a. tica

2. Parte especial b. Poltica

c. Economa

- Derecho, ley permisiva compuesta solo por facultades, y la moral, por deberes.

1.11 Juan Jacobo Rosseau: (1712-1778)

- Precursor del romanticismo, filosofas antirracionalistas y sentimentales.

- Alaba la libertad y con ello la incertidumbre.

- La naturaleza ha establecido la igualdad entre los hombres, mientras que estos han instituido la desigualdad.

- Con la propiedad inicia la desigualdad.

- El hombre pierde su igualdad por los saberes y artes sociales.

- El hombre ha nacido libre, y por doquier esta lleno de cadenas

- Clausula fundamental del contrato social: la enajenacin total de cada asociado con todos sus derechos a toda la comunidad

- Con la unin de voluntades, se genera una voluntad general que tiende al bien comn.

- La ley es la expresin de la voluntad general y es siempre justa, recta y promotora del bien comn.

- Voluntad general = soberana.

- La libertad es la obediencia a la ley que se ha prescrito

- La ley convierte en derecho civiles a los derechos naturales.

- La soberana es inalienable e indivisible, por lo cual no hay divisiones de poder.

- Los gobernantes son simples mandatarios del pueblo soberano (principe).

- Dictadura mayoritaria ilimitada.

- Subsume el derecho natural en el derecho positivo.

- Cuanto ms saben los hombres, ms se engaan. El nico medio para evitar el error es la ignorancia.

1.12 Jorge Berkeley: (1685-1753)

- Obispo protestante, profundo sentido religioso, combate materialismo y ateismo.

- Niega la materia y establece que solo Dios y las ideas existen.

- Las cualidades del ser primarias y secundarias solamente son sensaciones o ideas.

- No hay extensin ni materia.

- Las ideas y sensaciones no son representaciones de las cosas, son las cosas mismas.

- Empirismo espiritual.

1.13 David Hume: (1711-1776)

- Tratado de la naturaleza humana.

- Niega toda sustancia, tanto material como espiritual.

- Niega ideas innatas y asevera que todas las ideas son producto de impresiones.

A) Impresiones: sensaciones actuales que afectan los sentidos externos.

- Impresiones: Gneros:

B) Ideas: Representaciones internas dbiles y plidas que afectan los sentidos internos, a la memoria, imaginacin y entendimiento.

- Toda experiencia proviene de experiencia sensible interior.

A) Simples

- Impresiones: B) Complejas

A) Semejanza y desemejanza

- Asociacin de Ideas: Principios:

B) Contigidad en el tiempo y el espacio

C) Relacin de causa y efecto

- Niega valor ontolgico y objetivo de la sustancia.- El yo es incognoscible.

- Niega completamente el causalismo.

- Fenmeno: aparicin de no se sabe qu, a no se sabe quin; o bien, la manifestacin de nada a nadie.- Se aparta del contractualismo, y se basa en la va instintiva y emocional.

1.14. Immanuel Kant: (1724-1804)Racionalismo de Wolff indicando la imposibillidad de conocer las cosas en s por razn pura.- Superar

Empirismo de Hume,

-Idealismo trascendental: Trascendental: todo conocimiento que se ocupa, no de los objetos, sino de nuestros conceptos a priori de los objetos. O conjunto de leyes del espritu que condicionan la experiencia, es decir, no son las experiencias las que condicionan al espritu, sino viceversa.

A)- Fundamentar conocimientos cientfico y la no posibilidad del conocimiento metafsico. (Crtica de la razn pura)- Objetivos de su filosofa:B)- Fundamentar moral autnoma y formal que satisfaga exigencias metafsica. (Crtica de la razn prctica)

C)- Representar teolgicamente el universo y conciliar as la necesidad natural, con la liberta moral. (Crtica del juicio)- Crtica de la razn pura: No estudia los objetos, sino el pensamiento.

- La ciencia est conformada por juicios sintticos a priori (universales y necesarios). PAGE 15