Carta de la FLASOG a la opinión pública de Bolivia sobre la Anticoncepción de Emergencia

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En respuesta al articulo por Franz Rafael Barrios González "Píldoras abortivas e ilegales" http://la-razon.com/opinion/columnistas/Pildoras-abortivas-ilegales_0_2307369242.html, la FLASOG escribió una defensa de la anticoncepción de emergencia asegurando que esta no es abortiva.

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  • Bogot D.C, 2 2 de julio de 2015

    Carta abierta a la opinin pblica de Bolivia

    La Federacin Latinoamericana de Sociedades de Obstetricia y Ginecologa (FLASOG) es una institucin

    cientfica afiliada a la FIGO, que es la Federacin Mundial de Ginecologa y Obstetricia con sede en

    Londres. La FLASOG est constituida por mdicos y mdicas Ginecoobstetras de todos los pases de

    Amrica Latina y El Caribe, la cual vela por la salud de las mujeres y tiene un Comit de Derechos

    Sexuales y Reproductivos que ha asumido la defensa de los derechos sexuales y reproductivos de las

    mujeres latinoamericanas consistentes en:

    - Derecho a una maternidad saludable y segura

    - Derecho a una vida sexual libre de violencia

    - Derecho a regular libremente su propia fecundidad, que incluye la anticoncepcin de

    emergencia

    - Derecho a interrumpir el embarazo por razones establecidas en la ley de cada pas

    - Derecho a recibir informacin sobre salud sexual y reproductiva y sobre sus derechos

    sexuales y reproductivos

    - Derecho a acceder a servicios de salud sexual y reproductiva

    La FLASOG y especialmente el Comit de Derechos Sexuales y Reproductivos ha desarrollado mltiples

    reuniones sobre salud sexual y reproductiva, siendo la Anticoncepcin de Emergencia (AE) uno de los

    tpicos tratados con mayor nfasis, por lo que hacemos pblica nuestra preocupacin por la publicacin

    en el Diario La Razn del 14 de julio de 2015, donde se asevera que la AE es abortiva.

    Al respecto, queremos aclarar algunos aspectos relacionados con la AE:

    1. En qu consiste: La Anticoncepcin de Emergencia (AE), mal denominada como pldora del

    da despus, se refiere a la ingesta de productos hormonales para prevenir un embarazo dentro

    de los 5 das (120 horas) siguientes a una relacin sexual no protegida. Cuanto ms rpido se toma,

    mayor es su efectividad. La AE es el nico recurso que las mujeres pueden usar para prevenir un

    embarazo en caso de violacin o despus de una relacin sexual no protegida, ya sea porque no se

    us un mtodo anticonceptivo u ocurri un accidente con el anticonceptivo usado: ruptura de

    condn, olvidos (pastillas, inyectables, anillos, parches, fechas de das frtiles en caso de mtodo del

    ritmo), expulsin de un dispositivo intrauterino, etc. El acceso de la poblacin a la AE es una

    contribucin importante desde el punto de vista personal, social y de salud pblica por la posibilidad

    de evitar un nmero importante de embarazos no planeados o no deseados, que de producirse,

    pueden terminar en abortos inducidos en condiciones inseguras, con las consecuencias

    negativas asociadas a este desenlace.

    2. Mecanismo de accin: el mecanismo de accin de la AE ha sido estudiado en mltiples

    investigaciones las cuales han arrojado los siguientes resultados:

    Interferencia con procesos previos a la fecundacin: En la mujer, los 6 das frtiles del ciclo menstrual

    son el da de la ovulacin y los 5 das precedentes. Los espermatozoides depositados en el tracto genital

    femenino deben antes prepararse (capacitarse) y luego pueden fecundar un vulo liberado desde el

    ovario hasta 5 das despus del coito. Este espacio de varios das, que pueden transcurrir entre un coito

  • y la ovulacin, hace posible que la AE acte interfiriendo con procesos previos a la fecundacin. La

    evidencia cientfica ha demostrado que la administracin de AE interfiere con la ovulacin y que puede

    disminuir la cantidad y movilidad de espermatozoides recuperados de la cavidad uterina.

    Interferencia con procesos posteriores a la fecundacin: Numerosas investigaciones se han realizado

    buscando posibles cambios histolgicos y fisiolgicos en las biopsias de la mucosa al interior del tero de

    mujeres tratadas con AE. El hecho que la efectividad de la AE disminuye cuando aumenta el intervalo

    entre la relacin sexual desprotegida y el tratamiento hace afirmar que la interferencia con la

    implantacin no es probable. Estudios recientes concluyen que no hay efectos destructores sobre los

    marcadores de implantacin, de manera que no es probable que la prevencin de embarazos se

    produzca por fallas en la implantacin. Tampoco se ha encontrado que la AE afecte la implantacin de

    embriones humanos in vitro.

    Quienes alegan lo contrario de lo anotado en los mecanismos de accin, no han podido hacer entrega de

    ningn estudio serio que haya demostrado sus afirmaciones. La AE es un mtodo aprobado por la

    Organizacin Mundial de la Salud (OMS) y la FIGO, y su acceso como opcin anticonceptiva de

    emergencia ha sido reconocido normativamente y en prctica en la mayora de los pases del mundo.

    Desinformar a la comunidad sobre su verdadero mecanismo de accin crea barreras al acceso a la AE,

    lo cual no solo atenta contra el derecho humano de decidir cuntos hijos o hijas tener y cuando hacerlo,

    sino que expone a las mujeres a embarazos no deseados y a abortos clandestinos e inseguros. El negar la

    AE viola principios ticos universales, como son la autonoma, la justicia y la equidad, dado que

    impedir a las personas tomar sus propias decisiones segn sus valores y afectar mayormente a las

    mujeres ms pobres y vulnerables.

    Para quienes nos dedicamos al cuidado de la salud sexual y reproductiva no sorprende que grupos

    conservadores se contrapongan a tales medidas, puesto que la misma oposicin mantienen frente al uso

    de cualquier anticonceptivo moderno, a la entrega de educacin sexual desde edades tempranas y al uso

    del condn como mtodo efectivo de control para el VIH/SIDA.

    Los Estados tienen la obligacin de atender las demandas de las mayoras en trminos de salud, sin

    discriminacin. Es por ello que desde nuestra institucin respaldamos plenamente la entrega de la AE,

    que no hace ms que reconocer los derechos sexuales y reproductivos de las personas, como parte de

    los Derechos Humanos.

    Esperamos que en Bolivia se reflexione sobre este tema, teniendo en cuenta el impacto negativo

    que el limitar la AE puede traer para la Salud Pblica, el bienestar y la calidad de vida de las mujeres.

    Pio Ivn Gmez Snchez. MD, MSc Ginecoobstetra Epidemilogo Magister en Salud Sexual y Reproductiva Coordinador Comit de Derechos Sexuales y Reproductivos FLASOG