CARTAS DE BATALLA

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CARTAS DE BATALLA. PRIMERA PARTE LA GRAMATICA DE LA GUERRA. -Historia del derecho constitucional -critica al derecho constitucional. -responde a las preguntas: por qu Colombia es las ms antiguas y estables repblicas constitucionales en el universo autoritario o militarista de los rgimenes polticos latinoamericanos? - Y cules son las caractersticas reales y no formales del constitucionalismo colombiano? Contradictoria historia colombiana: por un parte Colombia es el nico estado hispanoamericano controlado por los mismos partidos polticos desde 1849, ha tenido ms funcionarios electos, gobiernos civiles y estabilidad instucional que cualquier otro pas dentro del subcontinente. Por otra parte, golpes de estado durante 6 aos y medio desde 1830 -1836, 11 guerras civiles nacionales entre 1811 a 1958, la interminable batalla constitucional, abstencin electoral, legalidad marcial desde 1944, movimientos guerrilleros fragmentado desde hace 40 aos. Estadsticas constitucionales: - Quince constitituciones nacionales entre 1811y 1886. - sesenta y siete reformas entre 1886 y 1986. - la actual codificacin tiene 100 aos de edad, es la segunda ms antigua del hemisferio. Propsito del libro: plantear una teora alternativa del derecho visto como ingeniera poltica en el sistema colombiano, restituir el conjunto de la evolucin del discurso constitucional del pas con especial atencin a la formacin del estado nacional y el proceso constituyente del mismo. Se divide en tres partes: 1era. Marco terico sobre el despliegue histrico del constitucionalismo liberal. 2nd. construccin nacional de la llamada revolucin de independencia por Bolvar y Santander. 3era. sinopsis crtica de la historia constitucional. CAPITULO I EL DERECHO COMO CONTRATO SOCIAL El constitucionalismo es la provincia de las constituciones, estas describen lo que es un estado o un rgimen poltico, la realidad de este es de poder, relaciones, estrategias y tcticas de interpretacin de intereses sociales que constituyen conflictos o batallas regulados. Propsito del constitucionalismo: imponerle un orden racional a estos conflictos o batallas reguladas dentro de un esquema normativo de principios y procedimientos para la solucin de conflictos en todos los sectores de la sociedad. Las constituciones pueden ser creadas por la razn, el lengua por el cual estn escritas refleja un discurso de racionalidad que describe las cosas como deben ser y no como son; su energa o dinamismo central son los conflictos civiles ms que un contrato social . El derecho, se debe ver de unas maneras opuestas a los enfoques contractualitas y funcionalistas para poder dar cuenta de las relaciones sociales que el mismo derecho quiere concretar.

La filosofa del derecho, o jurisprudencia , es un discurso acadmico sobre la ley y el orden , que son a su vez el problema y las herramientas de prctica en el dominio jurista, es un hilo conductor en el interior de las teoras del derecho , la nocin legal es un ordenador y nivelador de lo social, lo social se ve desde su naturaleza como desordenado y desequilibrado , entonces se concibe el derecho como una forma armoniosa que introducir el orden, el sistema racional, y de reduccin del conflicto colectivo, este modelo consensual o funcional es el que se ve en todas las doctrinas filosficas del Dch. Lo jurdico es de naturaleza ideal que se opone a la realidad social y se propone como un fin para instaurar y Adm el orden en la sociedad. Historia: * Antigedad clsica: -Platn, la normatividad pertenece al mundo de las esencias o ideas puras. -Aristteles, pertenece a la realidad razonada y razonable. - Cultura romana, intercambio cvicos y mercantiles. - Epteto, Marco Aurelio y los estoicos, al sujeto moral heroico. Lo jurdico: instancia real o ideal pero siempre formal o racional, construida por el hombre para servir a ciertos propsitos altruistas, filantrpicos e inducir as cambios en la realidad a la cual se aplica. Existe una divisin en dos partes entre derecho y sociedad, entre orden jurdico (armnico) y realidad histrica (catico), para todo jurista es que lo normativo es lo nico que puede ordenar la sociedad. * Edad media: - la escolstica, combina el realismo aristotlico, el cristiano, y el moralismo estoico producen una filosofa del derecho, legitimando y defendiendo por primera vez los derechos del pueblo frente a las autoridades estatales, termina reiterando la tesis de la ley divina. (inspirado en la revelacin divina y promulgado por la gestin eclesial). * Iusnaturalismo: -renacimiento y barroco, postulados: 1) prehistoria del liberalismo: el individuo es el centro de la vida social y la comunidad es una invencin humana, de ac proviene el individualismo anglosajn y el igualitarismo francs, el romanticismo tico y poltico base de todo estado.( Rousseau : creador de la repblica o rgimen representativo fundado en la ficcin jurdica de la soberana nacional), la idea rusoniana es el concepto consensual y pacifista de lo jurdico , ya que parte del contrato social como voluntad general en accin de la soberana nacional convertida en estado. * Teoras de esa poca: realismo maquiavlico y no maquiavlico( se descubre el carcter blico de la actividad poltica, que es una lucha de intereses y no concierto de ideas, competencia del poder no bsqueda del orden), el pesimismo hobbesiano( teora del contrato social es la sustentacin de una republica autoritaria, que su punto de partida es la agresividad humana como la dinmica de la convivencia, hobbes opta por el orden y no por la libertad, postula la supremaca del estado , y el derecho como instrumento de suspensin de guerra que es la vida de relacin entre los hombres, postula la utopa liberal, una republica disciplinaria basada en la transparencia de los corazones y en la identificacin de las voluntades de todos con la voluntad general o nacional; Este voluntarismo jurdico es la base de la ideologa constitucionalista

liberal que alienta a las revoluciones XVIII y en las guerras de independencia de Hispanoamrica) * Socialismo: una nueva sociedad para la cual un nuevo derecho ser una condicin necesaria para que se pueda dar, a su vez existe una crtica a la ley como ideologa que implica una duda metdica de la norma frente al orden burgus. * Contradiccin: el rgimen capitalista tiene un derecho usado como arma de la ideologa dominante ya que hace ver como generales los intereses particulares o clasistas del capital, es un elemento superestructural que ser necesario ser transformado o destruido; Al mismo tiempo el rgimen socialista es necesaria la legalidad socialista, encontrando la contradiccin ya que es una crtica al viejo orden ya que es necesario un nuevo derechos basado en la polmica social , la ley de lucha de las clases un elemento superestructural. Marx: le da ms importancia a las clases que a su lucha. * Positivismo: lo normativo es una forma vaca que no importa qu contenido tenga para estructurar y jerarquizar las relaciones intersubjetivas, solo importa el respaldo que le d el estado de dicha norma tenga. -Kelsen: derecho es lo que el estado imponga por la fuerza de su imperio. Las grandes tradiciones iusfilosficas de occidente son una reflexin sobre la ley y el orden en la cual la normatividad resulta necesaria para gobernar, el derecho se concibe como una herramienta todo poderosa del espritu o del poder para disciplinar la insumisa energa humana proveniente desde el lugar del rey (arriba), de lo contrario si se concibe desde el lugar del ciudadano (abajo), sea abriran nuevas perspectivas de la funcin real del derecho, su funcin social efectiva. CAPITULO II EL DERECHO COMO GUERRA RITUAL El consenso del orden social est en crisis, y esta radica en la legitimacin democrtica del poder, esta no permite administrar la sociedad contempornea, no se accedido a la comunidad creada en condiciones ideales de igualdad, los seres humanos pertenecientes estn en una batalla perpetua, luchan consigo mismo y unos contra otros por el reconocimiento de supremaca y el derecho no es la estructura externa ideal para ese dinamismo social. Michel Foucault: el derecho se vierte desde arriba y desde afuera, en forma unvoca y jerrquica sobre la heterognea materia social que esta esta hecha de relaciones de poder. Analiza las instituciones de control social en la sociedad burguesa occidental, estn compuesta por un poder llamado disciplina, reflejado en la crcel del mundo liberal, estas se dan mediante tcnicas polticas y civilizadas donde no oprimen si no que explotan, no torturan si no que examinan que no segregan si no que normalizan; lo jurdico sigue siendo un elemento formal y pasivo ajeno al materialismo y activismo poltico dejndolo ajeno a la capacidad explicativa de la realidad. Fernando Trazegnies: tomas las ideas de Foucalt enfrentndolo a el mismo, el derecho no es una cosa sino un espacio donde suceden cosas, el derecho no es el resultado del poder si no una etapa de la formacin del poder y de su permanente cuestionamiento atravs de luchas microscpicas y guerras mayores.

El derecho es un juego de reglas manipulables pero a su vez estas reglas de obligatoriedad en sus individuos, lo manipulable se da en la realidad social y los obligatorio se da mediante el estado y su sistema de control y legalidad. La ley se hace no es, se construye a travs de las polmicas sociales, no es el propsito del derecho hacer la paz, es canalizar la energa agresiva y competitiva de la especie para extraer de su ejercicio contralado ciertos efectos de poder y saber. CAPITULO III EL CONSTITUCIONALISMO0 EN COLOMBIA 1. LA HISTORIA DEL CONSTITUCIONALISMO: A. Cinco etapas: 1) La guerra de independencia contra Espaa (1810-1819). 2) La gran Colombia (1819-1830). 3) La repblica de la nueva granada (1830-1858) 4) El perodo federal (1858-1886) 5) La repblica de Colombia (1886-1887). Crticas: -Idea del constitucionalismo como artesana jurdica y de las constituciones como instrumento de gobiernos y partidos para imponer el orden poltico y la paz social a los colombianos. - la historia del constitucionalismo est destinada a generar una actitud de solidaridad y a poyo a las clases dominante y sus partidos, en contra posicin de la necesidad de una historia alternativa del proceso constitucional debe ser polticamente consciente, objetivo, neutral y escptica. -Nuevo criterio: el proceso de la construccin nacional, el esfuerzo de las clases dominantes y los partidos gobernantes para fundar y consolidar un aparato institucional capaz de controlar la totalidad del territorio, mediante la importacin o imposicin de una ideologa del constitucionalismo. El acontecimiento central de Colombia durante dos siglos, ha sido la edificacin de un Estado-Nacin, o estado nacional, un proceso colectivo, material y en movimiento, todos los aspectos de la vida social son referidos a este proceso, las constituciones y las reformas son vistas como medios y fines, resultados para hacer de la vida cotidiana de los individuos e instituciones un ejercicio democrtico. Historia republicana de Colombia se ve en - Dos etapas de la construccin nacional: 1) Formacin del Estado nacional marcada por guerras civiles y cartas fundamentales desde 1810 (independencia) hasta, la unificacin del territorio y expedicin de la constitucin del 86. 2) Consolidacin del Estado nacional a travs de los procesos de industrializacin, urbanizacin y modernizacin hasta nuestros das. 2. CONSTANTES ESTRUCTURALES. No han sido alteradas o desplazadas de la fbrica del Estado. I. REPUBLICANISMO: Colombia ha apelado por el liberalismo (ideologa oficial de las democracias representativas), las revoluciones francesas y norteamericana influenciaron en la formacin del Estado nacin bajo la repblica liberal, la primera ms eficaz que la segunda. * Liberalismo: 1) uno viene de Atenas, la revolucin inglesa y la independencia de norteamericana, su libertad es individual dentro del contexto de restriccin gubernamental, riqueza e

ilustracin social. nica democracia posible para los anglosajones: individualismo, tolerancia religiosa, y la propiedad privada. * 2) Viene de Esparta, Roma, renacimiento florentino, la revolucin francesa y las guerras de independencia hispano americanas, la disciplina de la ley, el orden republicano bajo el dominio centralizado de la razn y el derecho, es una traduccin autoritaria al modelo europeo continental y los regmenes civiles latino americanos, intervencin estatal intensa por la ley nacional y la vida poltica, se distinguen por el gregarismo y la solidaridad. El rgimen colombiano es republicano: debido a su prolongada unin a la democracia representativa basada en el principio activo de la soberana nacional (def. contrato social Rousseau), la contradiccin de la estructura constitucional, radica en que la nacin puede establecer una organizacin polica soberna en Colombia, pero no acta por s misma si no atravs del congreso. II. CENTRALISMO: la forma de Estado es unitario o centralista pues el territorio nacional est dividido en departamentos que carecen de autonoma por cuanto estn sujetos al gobierno central. * Solo las autoridades nacionales pueden reformar la constitucin, aprobar leyes, establecer impuestos, adoptar el presupuesto, garantizar libertades etc. * Decisin tomada en 1810, se dio para enfrentar una reconquista espaola. * Herencia del periodo colonial, era un sistema burocratizado y jerarquizado impuesto a las colonias, era una cuestin diputada por las lites dominantes durante tres periodos: ->PATRIA BOBA (1810-1815), las provincias generaron pequeas repblicas, peleando entre federalista y centralistas, hecho que facilito la reconquista espaola -> LA GRAN COLOMBIA (1819-1830),constitucin nacional y republicana impuesta en, Colombia, Ecuador, Panam, y Venezuela. -> POCA FEDERAL (18581886), el liberalismo radical conduce a la confederacin granadina y los estados unidos de Colombia y luego la reaccin conservadora de la regeneracin , restaur el estado unitario mediante una poltica centralista, una guerra civil y una nueva constitucin III. PRESIDENCIALISMO: ejemplo Estados unidos. * Colombia disea una institucin axial de la republica centralista = presidencialismo. * Bipartidismo disciplinario * Presidente es el jefe de estado y de gobierno es la autoridad central, es un monarca escogido por voto popular cada cuatro aos * Poderes: nombrar ministros, embajadores, jefes de las entidades nacionales y gobernadores de los departamentos sin intervencin alguna del congreso. IV. CONFESIONALISMO: Imperio colonial caracterizado por la preocupacin moral y teolgica de las autoridades. * Influencia de la religin catlica viene desde tiempos coloniales cuando la iglesia era una fuerza progresista en la educacin de las lites, la defensa de los indios y negros, y una coartada legitimadora para los intereses latifundistas y burgueses.

* Guerra de independencia, e inicio de la repblica: la iglesia tena un papel doble, apoyo y ataque por dos lados a los realistas. * Gran Colombia: la jerarqua y el clero establecen una relacin de trabajo, se promulga una ley de patronato eclesistico (aprueba nombramientos eclesisticos, y acepta recolectar impuestos religiosos), se da la unin iglesia- estado, la religin catlica es la oficial del estado 86. Excepciones: rgimen federal en la ley expedida en la nueva granada. * En el prembulo de la constitucin del 86, Dios funda el poder del pueblo, el pueblo se convierte en la nacin y reconoce a los partidos polticos autoridad para gobernar, estos partidos polticos confieren a la religin catlica el carcter de piedra angular del establecimiento de la nacin, y la religin bendice el orden fundado constituido y gobernado. V. LIBERTADES PBLICAS: -Se le reconoce a los ciudadanos ciertas libertades y derechos gracias a la declaracin de los derechos del hombre y del ciudadano de la revolucin francesa (1793), la traduccin fue realizada en Colombia por el precursor de la independencia Antonio Nario. - punto de partida de la historia de las libertades pblicas: Titulo XII de la constitucin de Cundinamarca de 1811 donde se garantiza la igualdad, la libertad, la seguridad, la propiedad, el derecho al sufragio y a la garanta del debido proceso. 3. LA ESTRATEGIA DEL REFORMISMO CONSTITIUCIONAL. El proceso de construccin del estado nacional ha sido la realidad central en la historia constitucional de Colombia, y el republicanismo, el centralismo, el presidencialismo, el confesionalismo y el otorgamiento de libertades pblicas limitadas han operado como las constantes estructurales del rgimen a travs de la sucesin de textos fundamentales. * El reformismo constitucional es un dispositivo ideolgico enderezado a prevenir el cambio social y producir el consenso poltico. * Las constituciones, las reformas que se ven en la evolucin poltica nacional es vista como un premio o una autoproclamacin de la inteligencia legal de los colombianos, pero es todo lo contrario el reformismo opera como una manera de auto legitimacin a travs de los sectores dominantes han tratado crear un consenso y han logrado prevenir un cambio.-> no ha habido revolucin constitucional en Colombia. * Conclusiones: * El reformismo constitucional es un operador del continuismo poltico y social. * El reformismo constitucional es prevencin del cambio social, culto del orden. * A su vez es :Estabilidad institucional y continuidad poltica ( defensa de un orden por un orden) 4. LA BATALLA CONSTITUCIONAL. Las alteraciones y sustituciones del cdigo poltico han servido al desarrollo de movimientos populares, a enfrentar crisis institucionales, y a generar un campo de batalla mediante los conflictos de poder entre los rganos del estado y los partidos polticos, entre estas instancias y la poblacin civil.

EJEMPLOS: sentencias de 1978 y 1981. La corte suprema de justicia modifico su jurisprudencia de setena aos y declaro inconstitucionales las reformas constitucionales de 1977 y 1979 por vicios de procedimientos en su tramitacin y formacin. La constitucin es escrita con procedimiento rgido de reforma, su supremaca debe de ser asegurada puesto que se trata del contrato social, fuente de todo poder y de todo derecho, se logra preservando la jerarqua del orden jurdico (cspide: la norma fundamenta la ley suprema de todo territorio y la aplicacin de un procedimiento especial si se le hacen enmiendas a la constitucin, el encargado es el legislativo). * Control constitucional de la rama judicial: constitucin de 1853 en sentido amplio y desde la reforma de 1910 en sentido amplio. * 1910: convocacin para restaurar el estado de derecho tras el autoritario impuesto por Rafael Reyes, innovando con un nuevo esquema es ideado por Clmaco Caldern y Nicols Esguerra, llamado la accin pblica o popular de inexequibilidad.-> ejercida por cualquier ciudadano en cualquier tiempo, no requiere inters de parte ni supone juicio de hecho, ejercida a nombre del inters general y en defensa del orden jurdico , implica un juicio de derecho( confrontacin normativa entre la constitucin y una regla de inferior jerarqua), que resuelve la corte suprema de justicia por medio de una decisin inapelable. * Decretos del gobierno con fuerza de ley, leyes del congreso: pueden ser acusado de inconstitucionales. * Este mecanismo fue actualizado en 1945 cuando se dispuso que los actos administrativos o decretos gubernamentales ordinarios deban estar sujetos a control constitucional, por va de accin pblica ante el consejo de estado y en 1968 los decretos legislativos expedidos bajo estado de sitio o estado de emergencia econmica, los proyectos de ley, van a ser controlados por la corte suprema por va de revisin automtica en un caso y objecin presidencial en el otro. Sentencia de 1978: la corte suprema como tribunal constitucional, no aceptaba la accin pblica en razn que las enmiendas aprobadas por el congreso no eran leyes y escapaban, de su control. Enmienda de 1977: modificacin transitoria donde se pretende convocar una asamblea constitucional que modernizara la justicia y la administracin departamental y municipal en lugar del congreso. Se acusa ante la corte por la violacin del procedimiento de reforma de la carta que esta en el artculo 218. Se admite la demanda ciudadana, con en el argumento de que en todas las leyes, se deben considerar incluidos los actos legislativos y declara inexequible el acto legislativo# 2 de 1977 por violacin del artculo 218, ya que se intenta delegar lo que el congreso no puede delegar a saber de la reforma de la carta; Prohibi todo procedimiento de enmienda constitucional distinto al consagrado en el artculo 218. * La batalla que se libra es entre el gobierno y la posicin en cuanto la oportunidad y la orientacin de las reformas administrativa y judicial que permitan superar la mala situacin econmica y social del pas. Reforma de 1979: propona una reorganizacin del legislativo y de la justicia en una perspectiva definitivamente autoritaria, fue criticada por la izquierda y de los partidos gobernantes.

La sentencia del 3 de noviembre de 1981, consolido la nueva interpretacin de la corte declarando inexequible esta reforma por su tramitacin inconstitucional en el congreso, el mensaje de la corte estaba dirigido hacia el funcionamiento central de la democracia representativa colombiana: los representantes del pueblo no son libres para ejercer su poder constituyente porque existe un nico procedimiento de enmienda del articulo 218 y como esta es una disposicin que integra la carta suprema no puede ser violado incluso si esa en contra del soberano delegado o el poder constituido. CONCLUSIN: Las enmiendas de 1977 y 1979 se consideraron superfluas, antidemocrticas y las sentencias de 1978 y 1981 que las invalidaron, son la fortificacin y los dispositivos de batalla en defensa de los fueros colombianos. Contribuciones sobre la compleja situacin constitucional: habr siempre una tensin dialctica entre control constitucional y democracia, la jurisdiccin constitucional debe garantizar procesos legtimos y no resultados legtimos.

SEGUNDA PARTE -LA FORMACION DEL ESTADO NACIONAL. CAPITULO IV- LA INDEPENDENCIA COMO PROBELA Y COMO PROYECTO El estado nacional encarna, la racionalidad democrtica. Las races del estado nacional vienen del renacimiento carolingio, la burguesa es la ms importante en una cultura racional y secular, la economa es acumulativa y expansiva, la poltica individualizadora y normalizadora, la revolucin norteamericana y la revolucin francesa apoyan estas empresas histricas. -Antigedad clsica y edad media: ciudad-estado y la comunidad universal. -Renacimiento: el estado nacional, es la forma de ejercicio del poder poltico. -Absolutista y monrquico: fase formativa del estado nacional. - finales de siglo XVII: se torna constitucionalista y republicano, es la fase de ascenso y consolidacin, Las relaciones de poder cambian a la horizontalidad y la coercin legal en la repblica liberal. Diferencia entre los procesos de construccin nacional del viejo mundo y el nuevo mundo desde el punto de vista filosfico: * EUROPA: La evolucin de varios siglos forma una nacin o comunidad nacional asentada en un territorio nacional, la unidad nacional es un subproducto lento de desarrollo histrico que se termina con la construccin del estado nacional * AMERICA: los estados nacionales son el resultado jurdico y poltico de una ruptura violenta en la vida de la sociedad, llamada Independencia nacional. se da en medio de la revolucin y guerra ( revolucin norteamericana y las guerras de independencia hispanoamericanas) * Mitologa de la independencia nacional - tiene un da de independencia, donde se funda legtimamente el rgimen organizado y administrado por la poblacin dentro del territorio nacional, en el caso del estado nacional es por medio de la ideologa liberal. *importante en las decisiones de los estados nacionales modernos por legitimar esta ideologa.

*Indispensable para el constitucionalismo ya que los estados recurren a la historiamito para legitimar los regmenes, ya que no es suficiente, pues la prctica estatal resulta ineficaz frente a la ciudadana no satisface sus necesidades y expectativas no tienen esa identificacin emocional con la realidad. * El constitucionalismo es un discurso mtico que opera como lenguaje para mistificar la realidad social. Una solucin lgica a un problema extralgico. * 1776 y 1789: papel central sobre las constituciones en todas las democracias y repblicas, es necesario que cualquier orden aspire a ser nacional y racional, la 1era constitucin tiene un carcter mtico como la declaracin de independencia ya que son encarnaciones del espritu de los padres fundadores, ellos son los que construyen el estado nacional El acontecimiento central de la historia de Colombia: construccin del estado nacional como republica liberal. Fuente mtica de legitimidad: independencia. 1. PROBLEMA O PROYECTO? 20 DE JULIO DE 1810: declaracin de la independencia por los lderes criollos de santa fe de Bogot No exista en 1810 un consenso en torno a la necesidad de romper con espala y alcanzar la independencia completa, solo unos pocos queran la autonoma absoluta respecto al imperio espaol: Antonio Nario. -1793: defiende el derecho de los colombianos para ejercer las libertades proclamadas en la asamblea nacional constituyente de Francia. - exiliado y encarcelado en Espaa. -liberado en el motn de santa fe. - vicepresidente de la gran Colombia. - muri en villa de Leiva. - hizo un intento de constitucin para la repblica de los estados equinocciales de Colombia liberalismo romntico Procesos colectivos de la guerra, movilizacin popular, durante catorce aos que van desde el acta de independencia de Santa Fe en julio 1810 hasta la batalla de Ayacucho en diciembre 9 de 1824, como se llena un vaco generado por la desunin de la metrpoli y el rechazo del orden colonial. 2. LLENAR EL VACIO. La verdad de la independencia colombiana: - el proteccionismo metropolitano era bsicamente dirigido a la compasin por los aborgenes y la sabidura, fue cambiado por un liberalismo manipulado por los nuevos intereses mercantiles. * Vacio generado por el rechazo del orden colonial permanencia inclusa. * Las instituciones espaolas sirvieron a la realidad nacional ms eficazmente que las estructuras liberales que las sustituyeron. * Se impusieron unas ideas, estructuras y normas ajenas a una realidad mestiza e insumisa que ha permanecido inestable y conflictiva. * Sndrome del vaco: todo estado es siempre dominante pero no siempre tiene que ser hegemnico para prevalecer por la fuerza, en este caso se presenta una crisis de hegemona pues el estado es incapaz de producir un discurso eficaz que confiera legitimidad a las clases dirigentes y a los partidos gobernantes, el estado da un orden tico, el estado es verdadero cuando expresa la razn desarrollada histricamente por

la sociedad, razn social representada por la hegemona de una clase, se da una crisis cuando no hay una razn social que interiorizada por todos funde un orden comn. * Las instituciones burguesas su imposicin e importacin son necesarias para llenar el vaco de la independencia resulta decisiva para comprender y trascender el constitucionalismo colombiano 3 .EL CLIMA IDEOLOGICO. El dispositivo ideolgico se ve en el periodo de formacin del estado nacional, el intercambio intelectual se daba en la nueva granada de 1790-1800. * La injusticia tributaria, pleitos, proliferantes, literatura panfletaria y descontento popular se gesto la psicloga independista. * No hubo eleccin libre del modelo liberal de la democracia constitucional para llenar el vaco institucional producido por el proceso de independencia. * La idea republicana estaba como mito en la opinin nacional, como alternativa para fundar el estado nacional y dotarlo de una regla de derecho. * La ideologa del modelo liberal edifico completamente la nacin. * El republicanismo fue escogido forzadamente, se evalu la herencia colonial y se distingui las dos tradiciones liberales de la poca. * La herencia colonial mostraba una poblacin, pobre, desorganizada y un gobierno ineficaz para organizar la administracin pblica, ni para asegurar la defensa de la revolucin. * El orden colonial repudiado lo haca totalmente malo y el orden republicano adoptado e importado era enteramente bueno. * Modelo federal norteamericano durante la guerra de independencia, y despus del congreso de Ccuta fueron los modelos del rgimen revolucionario francs. * Influencia de la constitucin estadounidense en Colombia: - la ley fundamental americana se tomaba como las saba bajo el cielo, por Camilo torres, el federalismo norteamericano es exaltado por su excelente poltica, y su heroica revolucin tomada como ejemplo para formar nuestra propia repblica federal, por miguel Pombo. * El acta de confederacin de las provincias unidad de la nueva granada de 1811 redactada por Torres, muestra la influencia directa del constitucionalismo de la Amrica inglesa: la estructura de las trece colonias * La constitucin de estados unidos es la ms perfecta pero Colombia no estamos con las condiciones de aplicarla. Att: Nario. * 1810-1830: se ve la influencia del rgimen americano del norte sobre la cultura cvica colombiana, principalmente como retorica. Ni estados unidos ni la gran Bretaa quisieron arriesgar la aventura de luchar contra los espaoles para conquistar o actuar a la par con los gobernadores de Colombia. * La gran Colombia fue la primera republica cuya independencia reconoci el gobierno norteamericano. * Existi influencia normativa, mediante la extraccin de las ideologas europeas y de estados unidos por parte de Nario, Bolvar y Santander. * Pars y filadelfia determinaron un modelo de orden estatal estratgico para el proyecto nacional hispanoamericano. CAPITULO V LA ESTRUCTURA BOLIVARIANA

Independencia: solucin militar para un problema militar, librar una guerra para expulsar las instituciones y autoridades espaolas del suelo americano. Mayor merito de Bolvar: planteo el trmino de estado-nacin, de unidad nacional y orden central. * Mejor Padre fundador, se dio cuenta del que el problema era el hecho que no haba una nacin con bases en las que se pudiera construir un estado y menos a un una repblica. * Se deba construir un estado antes que la nacin y de l extraer la nacin. * Era necesario imponer e importar las formas europeas y norteamericanas de estado-nacin y democracia constitucional a fin de crear una unidad nacional, orden poltico y estabilidad legal a las colonias liberadas. * Cuando las instituciones estuvieran establecidas la integracin cultural y econmica ser factibles. * Todo esto dara el resultado: un rgimen republicano legtimo. * Le dio un fundamento poltico que no fuera dependiente de las divisiones sociales y sus realidades. 1. ROUSSEAU EN EL PODER. Principal diseador de la arquitectura poltica que sustenta los rgimenes contemporneos, creo la ficcin de la soberana nacional. Intenta construir y desarrollar la legitimidad del poder, evaluando la monarqua teocrtica mostrndola como una coartada a la nueva clase dominante. Le intenta dar un inters a la dignidad del derecho y a la utilidad de la virtud. El pacto poltico no es una experiencia histrica si no una necesidad lgica, la nueva sociedad liberal debe de tener un fundamento racional de origen jurdico. La repblica contractual tiene un origen popular, se le ofrece una alternativa radical al orden monrquico y teocrtico por medio de su republica disciplinaria y su disciplina republicana. El libertador se transforma en legislador, creando el proyecto de constitucin y poder moral rechazada en el congreso de angostura * Empresa histrica de Bolvar: a travs de un proceso de edificacin nacional se busca la fundacin de una repblica disciplinada y virtuosa, copia de el modelo romano en los andes suramericanos. * BOLIVAR ES UN RUSIANO PURO: mezcla el racionalismo y romanticismo y resalta el optimismo y voluntarismo por la poltica, busca una moralidad pblica que actu en nombre del soberano y garantice la transparencia de las prcticas sociales, esta moral se impone mediante el poder poltico y se expresa en la ley. * Cuerpo de 41 miembros llamado arepago que ejerce una autoridad plena e independiente sobre las costumbres polticas y sobre la primera educacin. * SIN MORAL FORMAL NO HAY POLITICA REAL. * LA POLITICA NO ES OTRA COSA QUE LA POLITICA DEL ALMA. 1ER BORRADOR: fracaso debido a su radicalismo 2. ROMA EN LOS ANDES. 2NDO BORRADOR: se da 7 aos ms tarde] (1825)

Bolvar crea la constitucin de la repblica bolvar (alto del Per), se adopta en 1826, se sacan copias a Amrica y Europa, la adopcin solo se da en Bolivia y en el Per donde rige cerca de un ao y es rechazada por todas las naciones emancipadas. En Colombia es tomada como una disposicin tirnica, sin importar el compromiso de tocaima y se aumenta el rechazo la convencin constituyente de Ocaa, a su vez se generan hostilidades entre santanderistas y bolivarianos, tal rechazo genero que el libertador expidiera el decreto orgnico de dictadura que es un golpe de estado constitucional y el grupo de Santander atenta contra su vida. Fuentes y caractersticas de la constitucin bolivariana: 1. Inspiracin :cartas imperiales resultantes de la revolucin francesa donde se sanciona la republica imperial napolenica y la constitucin haitiana (1801-1804) 2. Carcter napolenico. 3. Republica centralista 4. Presidencia vitalicia 5. Vicepresidencia hereditaria 6. Legislativo tricameral de eleccin directa y restringida 7. Una declaracin de derecho y dispositivos de legalidad marcial. 8. El estado se divide en cuatro poderes: electoral legislativo ejecutivo y judicial 9. Soberana atribuida al pueblo pero su ejercicio se le atribuye a los poderes pblicos. 10. Rgimen indirecto o representativo. El primer presidente es elegido por la pluralidad absoluta del legislativo, el vicepresidente debe ser confirmado por la legislatura y es responsable del funcionamiento del gobierno. La declaracin de derechos: reconoce las garantas de la libertad civil, opinin, prensa, locomocin, inviolabilidad del domicilio... Libertades pblicas: manumisin automtica de todos los esclavos y la accin popular (recurso del ciudadano contra la arbitrariedad de magistrados y jueces, gobernadores y alcaldes. Legalidad marcial: mecanismo autodestructivo dentro de la tradicin constitucional latinoamericana, es una excepcin a la regla general de la republica que es la ley civil se puede nombrar un dictador cuando el pas de ve amenazado desde su interior o el exterior, se puede suspender la constitucin y traslada funciones legislativas y judiciales al ejecutivo encubriendo una dictadura. Se emplea en la roma republicana y se emplea en las leyes de Bolivia. CAPITULO VI EL ESTILO SANTANDERISTA. S la estructura constitucional de Colombia es autoritaria pero liberal es santanderistas, se da con la sutil manipulacin de las reformas y normas legales con propsito ideolgico, un manejo de la constitucin y las leyes como retorica de orden y unidad, un nominalismo jurdico que eventualmente se convierte en un culto nacional. 1. EL HOMBRE DE LAS LEYES Francisco de Paula Santander, naci en la nueva granada, nunca crey en el sueo bolivariano de una repblica extensa entre ecuador y Venezuela. Vicepresidente de la gran Colombia en el congreso de Ccuta de 1821. Abogado, administrador

Exiliado por Bolvar. Reacciono nacionalista y federalista a la vez Proyecto menos autoritario, permisivo en materia civiles, poltica econmica. Desarrollo medios para ganar las guerras civiles, darle servicios pblicos como la educacin a la poblacin civil. Consolid la repblica de la nueva granada. Legalidad constitucional, u hombre de las leyes. Le tena fe al derecho como Rousseau y Jeremy Bentham, el legalismo santanderistas era una ideologa que le confiere a la tarea gubernamental una apariencia de legalidad y racionalidad, a su vez era la encarnacin de la suprema democracia constitucional Conclusin: Colombia tiene una estructura bolivariana y un estilo santanderistas, un marco autoritario y un carcter legalista o un esquema rosoniano y jacobiano y una manera benthamista. 2. LA BATALLA DE BENTHAM. Influencia de Bentham en la nueva granada y en Santander. * Utilitarista ingles, propuso constituciones, cdigos y leyes y sistemas penitenciaros en Espaa. ultramaria * Los textos penales de Bentham, fueron usados en las facultades de derecho por decreto de Santander. * Ley 3 de octubre de 18126: implanto plan de estudios basado en las leyes espaolas. * El curso de principios de legislacin universal fue suprimido despus de la conspiracin septembrina. * Santander restableci la enseanza, se inicio una guerra ideolgica donde surgen los partidos polticos actuales. * 1880 cae el Olimpo radical. La cada del sector federalista del partido liberal, el debate del utilitarismo quedo en segundo plano, en el acadmico. * Bentham, no crea en la democracia le otorgo a Santander y a otros la filosofa racionalista y una tica burguesa fundadas ambas en el valor supremo de la seguridad. * Conclusin: el benthamismo fue una ingeniera poltica para Santander y las dos primeras generaciones de liberales, defini el estilo y la dinmica de la nueva granada TERCERA PARTE LAS GUERRAS CONSTITUCIONALES. CAPITULO VII CARTAS DE BATALLA: CONSTITUCIONES Esta parte le quiere dar un sentido a las caractersticas reales del constitucionalismo colombiano, estas son extradas de los materiales legales e histricos por medio de una critica ideolgica, con base en las ideas: derecho como gramtica de la guerra y en la visin de la independencia como la creacin del estado antes de la nacin y sin la nacin, de una manera autoritaria y legalista. Se ver la continuidad y la discontinuidad de las 15 constituciones que marca el proceso de formacin nacional de la independencia a la regeneracin. 1. LAS CONSTITUCIONES DE LA INDEPENDENCIA 20 de julio de 1810 en Santa Fe de Bogot, se dividi el liderazgo neogranadino: el partido centralista dirigido por Nario y el partido federalista acaudillado por Camilo Torres, este conflicto se ve reflejado en la patria boba, en las dos constituciones del

periodo: carta de Cundinamarca y el acta de confederacin de las provincias unidas de la nueva granada expedidas en 1811. * CENTRALISTAShablaban por los burcratas y los abogados de la capital. * FEDERALISTAS hablaban por los terratenientes y comerciantes de la provincia 1811: fracasa la negociacin entre los dos partidos, los centralistas transformaron la junta suprema de Santa Fe en el colegio constitucional de Cundinamarca, ella sanciona la primera constitucin el 30 de marzo de 1811, la redacto Jorge Tadeo Lozano y Luis Eduardo de Azuola, la ms extensa de toda la historia del pas. * Reconoce al rey Fernando VII exiliado como el soberano. * Divisin del estado en tres ramas del poder. * Reconoce derechos civiles, elecciones indirectas, la adopcin de un sistema semijudicial de defensa de la constitucin. * Era una unin personal de estados: combinacin de monarqua y repblica, rgimen independiente que reconoce a su soberano ceremonial al jefe de estado de otro rgimen independiente que pertenece a la comunidad britnica de naciones. * Establece un jefe de gobierno: presidente de la representacin nacional (s, el monarca no poda gobernar en persona), no puedo entonces Lozano era el gobernante interino de Cundinamarca durante la vigencia de esa constitucin. * Reconoce al catolicismo como la religin de la nacin. * Se puede vetar leyes y promover la suspensin de las normas constitucionales en caso de amenaza a la seguridad nacional. * Audiencias pblicas para juzgar a los ex funcionarios del estado. * Abolicin de la tortura y el reconocimiento de las garantas a un debido proceso. * Nario, derroto a Lozano y fue elegido presidente de Cundinamarca por la representacin nacional. * Dos reformas: la 1era, se adopto la estructura republicana, se adhieran tres pequeas provincias, la 2nda, se aprob una revisin administrativa. 1811- noviembre 27: el congreso de las provincias unidas de la nueva granada se rene, los federalistas promulgan la segunda constitucin, el acta de confederacin. * Era una estructura constitucional dentro de un tratado negociado y suscrito por los representantes de cinco provincias (Antioquia, Cartagena, Neiva, Pamplona y Tunja). * la constitucin de la confederacin de los estados unidos y el acta de confederacin de la nueva granada era muy similar en sus artculos: son unas constituciones provisionales ya que se libraban dos guerras simultneamente, una entre patriotas y realistas y la otra entre centralistas y federalistas. * Los autores de la carta, fueron Camilo Torres y Tenorio. * Se disea un rgimen federal, centrado en el congreso todo poderoso pero desarticulado que puede designar autoridades ejecutivas o no. * Afirma la independencia absoluta. * Creencias republicanas * Reconoce las antiguas leyes espaolas como normas aplicables hasta que no se expidieran nuevas disposiciones * Silencio sobre las libertades pblicas. Hubo otras provinciales: El socorro, Tunja, Antioquia, Cartagena, Mariquita, Neiva = siguieron el camino de las dos constituciones de 1811, y tuvieron pocos efectos

prcticos por las guerras de las pocas: la guerra constitucional la guerra civil, y la guerra de la independencia. La emancipacin casi se pierde por las creencias federalistas de los padres fundadores. Consecuencia de la patria boba: los lideres neogranadinos, cuando tuvieron que escribir constituciones de nuevo optaron por: Bolvar: dominacin y hegemona como la repblica disciplinaria- Santander: la legalidad utilitaria. 45 aos despus paso lo mismo. 2. LAS CONSTITUCIONES DE LA GRAN COLOMBIA: 1819: Segundo congreso de Angostura: la 1era sesin hablo Bolvar, sobre su patria Grande, no se creo nada; La 2nda sesin se expidi la (1) ley fundamental de la repblica de Colombia la ley fundamental de Angostura * La primera verdadera carta nacional y republicana en la historia de Colombia y uno de los 5 textos fundamentales de la Gran Colombia. * Era una ley provisiona * Tiene catorce artculos. * Estable la unin de las republicas : la repblica de Venezuela y la Nueva Granada * Estable un poder ejecutivo tanto para Colombia como para sus tres departamentos. * Esta es la base para la constitucin definitiva. * Despus de Angostura y antes de Ccuta, se expidi un decreto sobre la abolicin de la esclavitud, pero en el congreso de Ccuta se aprob la ley de libertad de vientres y partos y la esclavitud sobrevivi. LA ASAMBLEA DE CCUTA(1821), proclamo una (2) ley fundamental de la unin de los pueblos de Colombia, ratificando la ley de Angostura y anticipando la carta permanente. La ley, consta de 14 artculos, 7 de los cuales son idnticos a los de la ley de angostura, Venezuela y la nueva granada serian un solo cuerpo y nacin, y su gobierno ser popular y representativo. 1821: (3) Tercera carta del periodo y quinta de la historia. * Nacional y republicana. * Completa y permanente. * Basada en los textos anteriores y la constitucin espaola de Cdiz. * Declara la libertad e independencia * Establece constantes estructurales y la soberana en la nacin. * Gobierno popular y representativo. * El pueblo solo esta autorizado para intervenir en las elecciones primarias, se funda en republica ms no en democracia. * Restringe la participacin popular. * Legislacin bicameral senado y congreso ( cmara de representantes) * El poder ejecutivo, reside en el presidente elegido por las asambleas electorales de las provincias en un periodo de 4 aos, la reeleccin est prohibida despus de un segundo trmino consecutivo, el presidente tiene derecho a ejercer la ley marcial * Problema central de la gran Colombia: extremo centralismo, poltico y administrativo, fue la causa principal del fracaso del sueo bolivariano, (las provincias y los departamentos no tienen poderes solo es una divisin

administrativa), adems de las diferencias nacionales que son se plegaron al supranacionalismo bolivariano. * Contiene un catalogo de derechos * El congreso tiene la facultad de reformar e interpretar la carta cuando lo estime conveniente, genero una lucha entre aquellos que queran imponer la constitucin bolivariana y los hombres del vicepresidente que queran promover la constitucin santanderistas. CONVENCION DE OCAA no expidi una nueva carta o de reformar la que regia, la republica esta aun ms dividida, Bolvar expidi el decreto orgnico de la dictadura, la faccin santanderistas intento asesinar al libertado y el hombre de las leyes fue desterrado al exilio por aos. DECRETO ORGANICO (4) acto de arbitrariedad y su solo adopcin deroga la constitucin de Ccuta (la norma en vigor), era una regla auto limitante, concentra todas Las funciones relevantes al jefe del estado y establecer un consejo de ministros y un consejo de estado para asistir al presidente, suprime la vicepresidencia. Estuvo vigente desde 1828-1830. Jos Mara Crdoba, se alzo en armas contra la monarqua, fue asesinado 1830: Quinta constitucin grancolombia y sptima nacional, reducida vigencia, expedida por la representacin nacional convocada por Bolvar en el decreto orgnico, fue la fuente de inspiracin de la constitucin de 1886. * Republica unitaria. * Presidencialista * Legislativo bicameral. * Sistema electoral indirecto. * Estatuto de libertades controladas * El gobierno aprueba los nombramientos clericales y recauda los impuestos religiosos. * Periodo presidencial 8 aos. * Consejo de estado es el rgano consultivo * Se crea el procurador general de la nacin o jefe de ministro pblico. * Se establecen cmaras de distrito y consejos municipales. * Declaracin de derechos compresivos y progresistas. Termina la gran Colombia con esta constitucin, dentro del mes siguientes Venezuela y Ecuador proclamaron su independencia de Colombia y departamento central volvi a ser una nacin, la nueva Granada, se dio con conflicto. * 7 cartas en 20 aos. 3. LAS CONSTITUCIONES DE LA NUEVA GRANADA. *55 aos: de experimentacin social, cambios econmicos y luchas legales. *Los 28 aos: le corresponden a la nueva Granada, 1830- 1858 la minora se divide en los dos partidos tradicionales o gobernantes. (1847-1854) 4 constituciones: la ley fundamental de la nueva granada 1831, y las tres constituciones neogranadinas Rafael Urdaneta, le usurpo el gobierno a Domingo Caicedo, gobern a la nueva granada de septiembre de 1830 a abril de 1831, le devolvi la presidencia a Caicedo a travs de un acuerdo. Caicedo expidi la constitucin de la Nueva Granada en (1)1831:

* -las provincias del centro de Colombia van a formar un estado con el nombre de Nueva granada. * se fijaran las fronteras. * Se manifiesta una buena voluntad haca Venezuela. * Decreto (1831): observancia de la constitucin de 1830 hasta que no se adoptara una que la sustituyese. * Presidente constitucional para 1832-1837: Santander. * La constitucin de (2) 1832, es una copia idntica de la elaborada por el congreso admirable en 1830, salvo: administracin territorial, los departamentos son remplazados por las provincias y las cmaras provinciales y los consejos municipales tendrn facultades para intervenir en los nombramientos de gobernadores y jueces y en las elecciones de senadores y representantes para promover el progreso y el bienestar. Una legalidad marcial limitada. La segunda administracin de Santander se vio afectada por la ausencia de Bolvar, ese vaco lo llenaron burcratas y masones. * La administracin se dedico a la educacin pblica y al fomento agrcola. * Plantacin de caf y tabaco pilares del comercio de Colombia Santander le entrega la presidencia, a Jos Ignacio Mrquez quien gobern hasta 1842, en su mandato se genero el conflicto entre bolivarianos y anti bolivarianos, los primeros estaban a favor de Santander y eran leales a Mrquez y los segundos estn a la izquierda de Santander y se oponan a Mrquez. Se inicio la guerra civil de los conventos, cuando se clausuraron 5 conventos y se dieron al uso pblico, se volvi la rebelin de los supremos, los herederos santanderistas motivados por la iglesia queran recuperar el gobierno, esta tercera guerra civil fue ganada por el gobierno, pero los supremos sobrevivieron y tomaron las riendas del poder durante 25 aos. Pedro Alcntara Herrn (1er supremo al poder), el nuevo presidente propuso una revisin a la constitucin del 1831, ideas derechistas, reforma de la educacin confiada en la iglesia. 1843 (3): nueva constitucin redactada por Mariano Ospina R., copia de la de 1832, es ms breve y sobria, especificaba las regulaciones del congreso, convierte a los gobernadores provinciales en agentes personales del presidente. Innovaciones: establecimiento de un designado por el congreso para suceder al presidente y al vicepresidente en caso de ausencia, la introduccin del trmino del acto legislativo para denominar un proyecto de reforma constitucional. 1853 (4): en los 10 aos que pasaron se dio la crisis del medio siglo, se da en 18471854, emergencia de una nueva clase social: comerciantes, y exportadores de materias primas del sector agropecuario, creando su propio partido, el LIBERAL, controla el gobierno y forma una nueva lite llamada el Olimpo radical, hace reformas para terminar la guerra de independencia, estos cambios llevaban al pas al capitalismo, al liberalismo radical o radicalismo a la colombiana y al federalismo. Esta crisis fue el resultado de la tentativa de modernizar la sociedad colombiana abortndola de todo elemento pre-capitalista, pre-liberal, pre-republicano que

estuviera en la sociedad 40 aos despus de romper el vnculo colonial, esto fue un proyecto de hegemona o auto legitimacin. Las constituciones reformadas y establecidas han tenido tres proyectos de hegemona: 1ero proyecto liberal = Olimpo radical en la crisis del medio siglo, 2ndo influenciados por los gobiernos de Bolvar, Mrquez y Herrn, se da en la regeneracin (1886- 1903) y en la hegemona conservadora (1946-1953) y 3ero proyecto liberal-conservador en el frente nacional. Solo se da a partir de 1850, existen las condiciones materiales para tener una modernizacin tradicionalista. 1847: el factor que desencadeno la crisis fue la adopcin de una nueva poltica econmica de libre cambio por Toms Cipriano de Mosquera que sucedi a Herrn, esta tuvo impacto devastador en la economa artesanal ya que no tuvo como responder a la competencia internacional. Los artesanos formaron el primer sindicato llamado sociedades democrticas. 1848: se publico artculo en el aviso por Ezequiel Rojas llamado la razn de mi voto, esto se tomo como la fundacin del partido liberal. El Olimpo radical se fundamento en el credo santanderista liberal, gano las elecciones en 1849, Jos Hilario Lpez un supremo fue el 1er presidente decreto varias reformas que culminaron con una nueva constitucin 1853-1857: Jos Mara Obando, asumi la presidencia de la nueva granada, se sanciona la cuarta constitucin * Anti colonia * Preludio de la etapa federalista * Cambios a los derechos civiles. * Poder judicial * Rgimen municipal. * Se define el rgimen Colombiano como una democracia ( diferencia con la de Ccuta) * Libertades pblicas que incluyen el derecho a votar directamente por el presidente y el vicepresidente, magistrados de la corte suprema, procurador general, senadores, representantes y gobernadores de las provincias 1854: golpe de estado dirigido por el general Jos Mara Melo depuso a Obando, Melo lo apoyaban los artesanos de la capital, y quera restaurar la economa a favor de ellos, fue derrocado por una coalicin de liberales y conservadores. Despus de 5 aos de fundacin, los partidos polticos arreglaron sus diferencias y apelaron a la estrategia de la coalicin, conclusin: las relaciones entre estos dos partidos son como un pndulo, se pueden unir o pelear entre ellos dependiendo de la situacin. La cuarta constitucin no consigui crear democracia poltica pero introdujo en la estructura jerrquica de la sociedad colombiana una fuerza centrifuga que condujo al pas al federalismo. 4 .LAS CONSTITUCIONES FEDERALES. Un presidente conservador apoyado por un legislativo conservador fue el que adopto el federalismo formal y material como una nueva estructura en nueva Granada en 1858.

Los conservadores se lucraban del federalismo Las cartas de 1858-1861 y 1863 = proyecto liberal para convertir el estado en federalista, laico, libertario y librecambista 1855: la provincia de Panam, tomo los estatutos de estado soberano 1856: Antioquia. Dentro de un estado unitario 1857: presidente Mariano Ospina R. = afronto una crisis constitucional, dentro de un estado unitario haban 5 estados soberanos y 23 provincias. 1858: por medio de un acto legislativo se acord un cambio de rgimen y el congreso de la nueva granada aprob la constitucin de la confederacin granadina. * Sistema federal. * Establece 8 estados soberanos: ANTIOQUIA, BOLIVAR, BOYACA, CAUCA, CUNDINAMARCA, MAGDALENA, PANAM Y SANTANDER. * Cuentan con clausulas de poderes residuales o intersticiales. * Gobierno general con jurisdiccin limitada * El presidente si falta ser remplazado por tres miembros del congreso. * Los derechos tienen un carcter libertario y progresivo. Mosquera se tomo en armas contra el gobierno en general en 1861, guerra civil que duro un aos, donde ganaron los rebeldes. * -Expuls a los jesuitas, tuicin de cultos, desamortizacin de bienes de manos muertas o expropiacin de latifundios eclesisticos. * Bogot sera el distrito capital * Se adopto como estados unidos de Colombia como nuevo nombre de la repblica. * Pacto de la unin: constitucin provisional que legitimara el poder de Mosquera y asegurara la transicin a una fase superior del federalismo. * Se aade Tolima, Antioquia y panam a la unin. * Pacto transitorio: se reconoce a Mosquera como presidente provisorio hasta la prxima convencin nacional. * La convencin nacional se instalo en 1863 en rionegro 1863: La constitucin de rionegro. Rigi 23 aos desde 1863-1886. Es una constitucin que se diferencia de las dems, ya que es una codificacin de una doctrina, el liberalismo radical, en su forma ms pura. LAS CONSTITUCIONES GRANCOLOMBIANAS Y NEOGRANADINAS: son campos de batalla, porque son arreglos estratgicos de ideologas, fuerzas polticas e intereses econmicos en conflicto. LAS CONSTITUCIONES FEDERALES: en especial a la de Rionegro, son luchas en un sentido diferente, ya que plantean un desafo doctrinal a su adversario, la oposicin debe convertirse no slo en gobierno sino tambin en constitucin para durar un largo plazo. LA LEGITIMIDAD QUE CONOCE EL SISTEMA POLITICO ES LA DEL CONSTITUCIONALISMO, LA VIOLENCIA, LA LUCHA ENTRE PARTIDOS LA CONSTITUCION DE RIONEGRO: plante al pas ms problemas que los que ella poda resolver, es decir la secularizacin de la sociedad, la liberacin de las prcticas sociales y el establecimiento de una poltica econmica eran metas muy excesivamente ambiciosas para la Colombia de 1860, no exista un lugar nacional para que se pudiera dar. * Invoca el pueblo como fuente de autoridad, no Dios como en todas las anteriores.

* Libertades pblicas ilimitadas. * Abolicin de la pena de muerte * Reduccin de penas de prisin * Libertad de tener armas , municiones y comerciarlas * Prohibicin de la retroactividad de la ley. * Se declara abolido el latifundio eclesistico * Redujo el periodo presidencial a dos aos * La constitucin fue derogada por consecuencia de la guerra civil. 4. LA CONSTITUCION DE 1886. Estrategia denominada regeneracin, esta es una restauracin, es una reaccin para desmantelar el estado federal y su constitucin radical si no tambin restaurar la estructura original del rgimen construido por bolvar : el centralismo, el presidencialismo, la religin oficial, el proteccionismo econmico y el autoritarismo en materia de libertades pblicas. Es una versin mejorada de los textos de 1821-1830-1843. Creada por Rafael Nez el regenador , era liberal y gan con una parte del partido conservador, bajo el partido nacional. 1era administracin: poltica centralizadora, creacin del banco central y la ley para guardar el orden publico de los estados soberanos al gobierno general. 2ndo mandato: quera aumentar el tiempo de mandato, pero los radicales se alzaron en armas, convoco a un consejo nacional de delegatarios de los nuevos estados soberanos en 1885. Se expidi un acuerdo sobre la reforma constitucional se llevo a los consejos municipales y fue aceptada, este se toma como la fundamentacin autentica de la repblica del 86. Caractersticas: * Soberana nacional e indivisible. * Divisiones territoriales de carcter administrativo. * Orden publico al cuidado de la nacin * Legislacin civil, penal, comercial, electoral de minas y de procedimiento a cargo de la nacin. * Instruccin pblica nacional, religin oficial, libertad religiosa limitada, libertad de pensamiento * Pena de muerte para delitos militares y atroces * Senado y cmara de representantes * Presidente y vicepresidente elegido por sufragio restringido e indirecto por un periodo de 6 aos. * Constantes estructurales: REUNIFICACION DEL TERRITORIO( restauracin del centralismo se logro atravs de la formacin de los estados en departamentos o divisiones administrativas despojadas de toda facultad significativa y atravs de la concentracin de las funciones decisorias en la nacin y en el ejecutivo), LA CONSOLIDACION DEL PRESIDENCIALISMO( es una consecuencia necesaria cuando se retorna al centralismo), EL REGRESO AL CONFESIONALISMO( piedras fundamentales de caro, elemento esencial del orden social de la nacin ) Y EL RESTABLECIMIENTO DEL AUTORITARISMO ( regresan la ley suprema en dos reas: libertades pblicas(

segn la moral cristiana y el orden publico) y democracia poltica( la soberana reside nicamente en la nacin y la nacin acta solamente por la mediacin del congreso ) CAPITULO VII BATALLAS POR LA CARTA: REFORMAS Las reformas constitucionales, se han insertado en los lugares apropiados del texto fundamental y no al final de l. Las reformas de la ltima constitucin es una lucha entre clases y las estrategias y tcticas del combate en el tiempo real constitucional. 1. LAS REFORMAS DE LA REPUBLICA CONSERVADORA.||| Periodo que va de la separacin de panam al comienzo de la republica liberal conocido como la republica conservadora. Enmienda de 1910. Estatuto de los caballos, hecho por Nez trataba a los adversarios como animales. Se dio en la presidencia de Caro, a su vez se dio la guerra de los mil das un enfrentamiento entre la coalicin conservadora y la oposicin radical se extendi desde 1899-1903. El 3 de noviembre de 1903 el departamento de Panam declar su independencia de Colombia, con la manifestacin de estados unidos. Rafael Reyes gobern de 1904-19010 dirigi una administracin autocrtica y reformo la constitucin del 86, se le acuso de fraude electoral, convoco a una asamblea constituyente que clausuro el congreso y se reformo por 5 aos. La reforma del quinquenio de REYES: son irrelevantes, autocrticas, despticas, y de dominacin del ejecutivo. * Se elimina el vicepresidente y el consejo de estado * Se prolonga el periodo presidencial por 10 aos * Lo nico que bueno: es la regla de representacin de las minoras o principio de la representacin proporcional que diversifico la poblacin poltica. 1909: se forma la coalicin de la unin republicana para deponer a reyes, renuncia el 13 marzo y abandono el pas Segunda enmienda acto legislativo, se restableci la asamblea departamental, se mejoro la institucin presidencial, de aboli la pena de muerte 2. LAS REFORMAS DE LA REPUBLICA LIBERAL Desarrollo capitalista en Bogot y las capitales provinciales, los sindicatos actan en el proletariado, creacin de infraestructura fsica con el dinero de la indemnizacin de panam, inversiones extranjeras en la industria petrolera y las nuevas ideas socialistas social democrticas, cubren las reformas liberales. 1926-1930: la crisis social, econmica y poltica abruma el pas, de inicia en 1930 la republica liberal. 1er presidente: Enrique Olaya herrera: ajusto la legislacin laboral 2ndo: Alfonso Lpez Pumarejo dos administraciones 1934-1938 y 1942 -1945, condujo la revolucin en marcha (Propuso un nuevo estado intervencionista) que es un reformismo que se concluye en las enmiendas constitucionales. Es la reforma ms ideolgica que ha tenido la constitucin del 86, afecta el estatuto de las libertades publicas * Introduce la nocin de intervencin de estado en el mercado con el fin de racionalizar la economa y dar el trabajador la proteccin que en justicia se les deba

* Se reconocen nuevas libertades econmicas y sociales : derecho de huelga y derecho de asistencia pblica, restauran las libertades de conciencia, de enseanza y reunin , el trabajo se define como obligacin social y debe de ser protegida por el estado * Propiedad privada: funcin social Tercer presidente: Eduardo santos 1938-1942 pausa administrativa- porque estaba prohibida la reeleccin inmediata despus de esto Lpez fue reelegido para 19421946, hubo acusaciones de corrupcin contra l y contra su hijo. Y tuvo un frustrado golpe militar, renuncio en 1945. Fue designado Alberto lleras Camargo. Entre Camargo y Lpez aprobaron una nueva enmienda: reforma de mediando alcance donde el presidente se fortalece suprimiendo el segundo designado para reemplazar al jefe de estado, crearon los departamentos administrativos y definieron las fuerzas armadas como no deliberantes ni votantes. * Innovacin: en control constitucional, revisin de actos administrativos ante la jurisdiccin contenciosa administrativa por va de accin pblica o ciudadana. 19436-1953: guerra civil la violencia , destruyo el pas debido a la dictadura de Rojas Pinilla ( 1953-1957), este periodo termino con una enmienda a la carta por la cual se adopto el bipartidismo obligatorio en todos los sectores del estado colombiano. 3. LAS REFORMAS DEL FRENTE NACIONAL. 1930: Presidente Olaya Herrera del rgimen conservador iniciado en 1946. 1948: se desato el Bogotazo, cuando Jorge Elicer Gaitn, fue asesinado 1949: Ospina Prez, clausur manu militari, el congreso, el partido liberal apel, la oposicin extraparlamentaria favoreci la creacin de guerrillas. Una guerra civil, interpartidista se convirti en una clasista bandidismo popular. Causas: frustracin de campesinos por la reforma agraria de la republica liberal, Laureano Gmez presidente (1950-1954), convoco a una asamblea constituyente ANAC, para reformar la constitucin para que pudiera lidiar con la violencia, se autoriza la reunin de la asamblea. 1953: se propone una enmienda basada en el estado corporativo de la Italia de Mussolini, la Espaa de franco, y la de Portugal, restricciones de sufragio, censura a la prensa, proscripcin al comunismo, supresin de la accin pblica de inexequibilidad, ms privilegios para la iglesia. Se dio un golpe de estado, encabezado por Gustavo rojas pinilla, un golpe de opinin de la clase dominante, el se legitimo con la ANAC, con el acto legislativo no3 de 1954 se garantiza el sufragio femenino en todo el pas. La violencia empeoro, el gobierno de rojas se volvi una dictadura-. 1956-1957: El ex presidente Lleras Camargo y Laureano Gmez propusieron el frente nacional por medio de un plebiscito, Rojas abandon la presidencia sin haberse resistido. 10 de mayo de 1957: Alberto Lleras Camargo asume la 1era presidencia del frente nacional de transicin Los acuerdos bipartidistas fueron transformados en un proyecto de reforma constitucional expedido por un decreto de estado de sitio y sometido a referendo, la mayor votacin de la historia, la primera participacin femenina, la participacin directa del constituyente primario, este pacto fue antidemocrtico sin importar la

trascendencia constitucional que tuvo, era excluyente y le prohibi cualquier nueva apelacin al constituyente primario. (Solo las reformas las podr hacer por el congreso) La enmienda plebiscitaria: nuevo prembulo, la ratificacin de la de la del 86, alteracin presidencial, paridad burocrtica y cooptacin judicial, restringe el estado de sitio, fomento la guerrilla ideolgica. Tercer presidente: Carlos Lleras Restrepo: modernizacin econmica del pas. Enmienda de 1968: la consolidacin de la presidencia, el desmonte del frente nacional y la modernizacin de los gobiernos regionales y locales, se reduce a los 18 aos la mayora de edad Conclusin del texto: no ha habido aun una respuesta constitucional al bloqueo poltico producido por la lucha guerrillera y la corte suprema, en su condicin de guardin de la carta, permanece distante como si no estuviera en el ojo del huracn. CAPITULO IX- EL CULTO AL ORDEN Colombia es una nacin sitiada o bloqueada por la retorica republicana incapaz de combatir el poder del estado y hacer una forma de desarrollo econmico. Conclusiones: 1) el derecho no es paz si no guerra ritual, el dominio del derecho es polmico, una retorica estratgica, un gramtica de guerra civil cotidiana. 2) el proceso de la construccin nacional ha sido reducido y ha absorbido por la tradicin constituyente y esta es una batalla entre lites, partidos, cartas y enmiendas. 3) para prevenir el cambio y generar el consenso constitucional, se da con la fundacin nacional y esta se asegura con la importacin e imposicin del constitucionalismo y republicanismo continentales. 4) el problema de la independencia es llenar el vaco ideolgico e institucional generado por la ruptura del vnculo colonial, se convierte en un proyecto: construir el estado antes de la nacin y luego extraer la nacin del estado segn bolvar y esto se debe hacer a travs del discurso normativo de Santander. 5)15 constituciones nacionales y 6 principales entre las 77 reformas constitucionales se agrupan en tres familias ideolgicas: 1) proyecto liberal 1853- 1886 y 1930-1946 2) proyecto conservador 1886-1930 y 1946-1953 3) proyecto liberal-conservador o frente nacionalista 1854-1880-19101930 y 1957 y 1986. 6) el sistema poltico ha sido gobernado por ms de 175 aos por los mismos grupos sociales y fuerzas polticas que han desarrollado un culto nacional a la estabilidad y al orden pblico 7) el culto al orden es apelar sin tregua y sin pausa al crculo vicioso del reformismo constitucional y bloquear as el acceso del pueblo y de fuerzas del estado. = ha transformado a Colombia, en pas violento que recurre a la guerra poltica en busca de participacin poltica, recursos, oportunidades y responsabilidades para todos, el formalismo jurdico se podra tomas como caudillismo. 8) la corte suprema de justicia interpreta la constitucin, el control constitucional es la nica forma abierta a la iniciativa comunitaria y que se encuentra relativamente libre a perjuicios bipartidista. 9) las reformas son vistas como una solucin providencial para complejos problemas de desarrollo democrtico.

10) al mejor manera de encontrar la constitucin no es en ella, es en la gente, no en el derecho si no en la vida, CUARTA PARTE- DE LA CONSTITUCION DE 1991. Es un tratado de paz u otra carta de batalla? 1. EL PROCESO CONSTITUYENT DE 1989 A 1991. Se consolido el movimiento de opinin pblica a favor de una revisin ms o menos amplia de la constitucin del 86, con la participacin del llamado poder constituyente primario. Este movimiento surgi efecto en las universidades privadas de Bogot, una revolucin que tomo iniciativa por el asesinato de Luis Carlos galn, esto motivo a favor de la votacin de la sptima papeleta en las elecciones del 90 esta la auto convocacin del constituyente primario, se da con la intervencin de sectores marginales y fuerzas no tradicionales en la formacin del estatuto. 1991: se declara en guerra el gobierno del presidente barco contra el cartel de Medelln, a raz del magnicidio de Galn, la constitucin del 91 tiene caractersticas trgicas: asesinatos, secuestros, bombas. La crisis poltica estuvo en el origen y trasfondo del momento constituyente de 19891990, esto no fue resuelto con el reformismo normativo de los movimientos estudiantiles: la 7ptima papeleta no estaba afiliada a ningn partido poltico, la coalicin arcoris no sobrevivi, la constitucin se ha mantenido en un limbo poltico y jurdico, el discurso legal carece del poder para transformar el mundo o cambiar la vida. 6 decisiones importantes: dos decretos de estado de sitio, dos sentencias de la corte suprema y dos votaciones generales (quebrantaron la tradicin constitucional). 1er decreto reconoci el carcter constituyente del pronunciamiento electoral, la corte lo reviso mediante una consulta general de la ciudadana. 1era sentencia. 1era votacin general Eleccin general en la cual se escogi el nuevo presidente, y el respaldo a la convocacin de una asamblea constituyente. 2ndo decreto contena el temario limitado y ciertas prohibiciones para reformar. La corte decidi: histricamente, que la asamblea no poda tener restricciones pues su mandato provena del soberano y dispuso que ella misma fijara su agenda y regulase sus deliberaciones. 2nda votacin general convocaron e integraron el rgano constituyente con 72 delegatarios. Segn Bruce Ackerman: hubo un autentico momento constitucional en 1989-1991 ya que hubo una movilizacin ciudadana para la restauracin de la democracia, hubo cambios profundos en la opinin popular. (Poltica constitucional) La corte constitucional: guardiana de la carta, en una democracia constitucional con revisin judicial o control constitucionalidad el tribunal supremo es la razn publica puesto que solo los jueces a diferencia de los legisladores y los gobernantes deben justificar sus decisiones con fundamento a la interpretacin razonable de la ley suprema, y la razn publica es el idioma de la democracia. 2. LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE DE 1991. El mismo da en que los colombianos votaron para convocar e integrar el cuerpo de delegatarios den su nombre y representacin de la asamblea, el ejrcito nacional bombardeo y asalto el campamento central de las FARC, en la ciudad se votaba para el

cambio de la constitucin del 86 y la otra parte del pas estn en conflictos internos armados bajo el constitucionalismo ha sido la guerra civil. 1991: se instalo la asamblea constituyente, asamblea de minoras en la cual ningn grupo poltico tradicional o de oposicin se poda imponer uno frente al otro Se hicieron alianzas: conservadores, ex guerrilleros del M19, liberales, independientes de etnias y comunidades religiosas no catlicas. El cubrimiento de prensa escrita, radio, y televisin alcanzo a saturarse pero contribuyo con la legitimacin del ejercicio del constituyente mismo y ayudo a preparar la opinin pblica. No haba hegemona bipartidista, ni proyecto poltico triunfante, ni esquema ideolgico homogneo, el rgano constituyente primario hizo una codificacin trascendental, para el cambio. Las constituciones decimo nicas al igual que sus enmiendas, fueron creadas por un solo partido o coalicin, la constitucin del 91, se da de un multipartidismo momentneo de la asamblea y proviene de una redaccin colectiva. La carta se formo de de afuera hacia adentro y de abajo hacia arriba, y la jurisprudencia de la corte constitucional se deduce que acta con racionalidad directiva en la ley suprema y que ella tiene que ver ante todo con estado social y democrtico de derecho. 3. LA DECIMOSEXTA CONSTITUCIN NACIONAL. 440 artculos, es extensa y compleja, con alta legitimidad desde su origen, con rico contenido normativo tiene caractersticas estructurales: eclctica, analtica y abierta. ECLECTICISMO: origen transaccional, viene de la voluntad pactista de una corporacin electiva que representa a un pas dividi en guerra civil de baja intensidad, no formulaba un instrumento doctrinario sino ms bien un documento de conciliacin y reconciliacin. El documento: tiene ideas liberales, conservadoras, nacionalistas, internacionalistas, autoritarias, democrticas y socialdemcratas, expresa la sociedad plural colombiana. ESTRUCTURA FORMAL ANALITICA: se divide en sinttica y analtica, las primeras solo recogen las reglas bsicas relativas a la organizacin estatal y a la coalicin ciudadana, lo dems se lo confa al desarrollo legislativo y a la interpretacin judicial, se les considera abiertas: estn llenas de ambigedades. = modelo constitucin norteamericana de 1787. Las segundas ANALITICAS, son extensas y complejas con vocacin de cdigo o enciclopedia, regula por completo las dos materias la separacin de poderes y las libertades pblicas, son cerradas y autrquicas = modelo constitucin brasilea de 1988. La del 91 es analtica, Pero abierta por la heterogeneidad que maneja y la extensin de su articulado, todo esto se ve compensado por la exigencia del desarrollo legal y jurisprudencial que se le debe dar a las norma. ( Como se ve en la interpretacin que se le debe hacer a la tratados internacionales o derechos humanos) La energa poltica de la constitucin del 91, su capacidad de gobernar el estado y la sociedad civil con una coherencia jurdica, poltica y mora, se ven tres procesos pblicos: LA PARTICIPACION, LA DESCENTRALIZACION Y LA FISCALIZACION. LO QUE PRETENDE: es hacer ms participativa la vida poltica( con los diete mecanismo de participacin popular, voto plebiscito, referendo, consulta popular,

cabildo abierto, iniciativa legislativa, y revocatoria de mandato) profundizar la descentralizacin de competencias y recursos de la nacin de las entidades territoriales( no se da por el clientelismo de la poltica electoral) y fortalecer los controles intraorganicos y interorganicos de la gestin pblica. Modernizacin democrtica: la carta de los derechos y sus mecanismo de proteccin, los mecanismos de participacin ciudadana, el rgimen de descentralizacin, las relaciones entre el ejecutivo, legislativo y el rgimen del congreso y de los congresistas. Incorporo las tres generaciones de derechos humanos, las herramientas para una democracia, con un amplio mecanismo de proteccin: seis mecanismo de proteccin general consagracin constitucional, la prevalencia del derecho internacional de los derechos humanos en el orden interno, la aplicacin absoluta de los derechos internacionales humanitarios en los estados de excepcin , los organismos de control y vigilancia con funciones en materia de derechos, la jurisdiccin constitucional y mecanismo de participacin popular. Tres mecanismos de proteccin especifica la accin de tutela o amparo colombiano, la accin de cumplimiento y las acciones populares. Representacin popular: investida por tres funciones estratgicas 1) reformar la constitucin. 2) hacer leyes. 3) ejercer el control poltico frente el gobierno y la adm. Nocin de censura * El presidente ser remplazado, por el vicepresidente (ministro delegatario, remplaza al presidente en visita oficial al exterior y carece de funciones especficas.) * Justicia: reorganizacin de la rama jurisdiccional( la corte constitucional, la corte suprema , el consejo de estado, y el consejo superior de la adjudicatura) y en la creacin de la fiscala general de la nacin ( sistema acusatorio sui generis, carece de justicia penal efectiva. * El organismo de control y vigilancia: ha sido enriquecido y fortalecido. * La procuradura general de la nacin: en cabeza del ministro pblico: est en crisis. Graves problemas de legitimidad y de eficacia. * Defensora del pueblo: sigue los pasos de la procuradura. * Caractersticas negativas: fuerzas armadas duras * Justicia militar: notorio foco de impunidad * Privatizacin de los recursos pblicos , recorte del gasto social * Injusticia socio econmica * Divisin entre el funcionamiento constitucional con la vida cotidiana de los ciudadanos. 4. LA CONYONTURA CONSTITUCIONAL: EL Gran peligro actual, que recae sobre la constitucin es la contrarreforma autoritaria o frondista. Se abre la discusin eterna sobre el reformismo constitucional, que opera como una eficaz estrategia y auto-legitimacin y econmicos travs de los cuales los partidos tradicionales y los grupos sociales intentan crear consenso para prevenir un cambio

Colombia es el pas que ha cambiado mas su aparato normativo y menos sus instituciones polticas que Colombia Reformas: 1990-1996 se han tramitado y aprobado 6 enmiendas, reajustes que incrementan los poderes discrecionales judiciales y atenan las responsabilidades polticas, subordinan los organismos de control y vigilancia, reducen el pluralismo del congreso. Ya no se reconoce despus de 5 aos de promulgacin la constitucin del 91, el tratado de paz que se los constituyentes primarios negociaron, suscribieron en nombre y representacin del pueblo colombiano. La constitucin no tiene quien la defienda, en excepcin de la corta constitucional , no hay ninguna institucin, gobierno, partido liberal, ni el m-19 o la oposicin, ni la sociedad civil o el movimiento popular que halla hecho de la carta su proyecto orgnico , ni ha asumido la defensa ni la aplicacin de la constitucin como un tratado de paz o como programa de modernizacin democrtica, como no es asi esta constitucin se arriesga a convertirse e una carta de batalla.