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SENA 7AV Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA Centro para la Biodiversidad y el Turismo del Amazonas Regional Amazonas INVITACIÓN PÚBLICA CBTA 034 de 2015. PROCEDIMIENTO DE MÍNIMA CUANTÍA Página 1 de 25 El Centro para la Biodiversidad y el Turismo del Amazonas, SENA, Regional Amazonas, está interesado en obtener propuestas para seleccionar en igualdad de oportunidades al proponente que ofrezca las mejores condiciones para contratar, a través de la modalidad de Selección de Mínima Cuantía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.1.5.2, Subsección V del Decreto 1082 de 2015, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 1150 y el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, el siguiente objeto contractual de conformidad con las especificaciones descritas a continuación. Para tal fin, los invitamos a presentar ofertas en los términos descritos en el presente documento. Para el desarrollo de la presente contratación, los proponentes podrán comunicarse con el SENA Regional Amazonas e informarse de todos los aspectos relacionados o solicitar aclaraciones al buzón de correo electrónico: contratacionamazonas©sena.edu.co. 1. Objeto: CONTRATAR LA INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, LEGAL, FINANCIERA, CONTABLE Y AMBIENTAL DEL CONTRATO DE OBRA QUE TIENE COMO OBJETO "ADECUACIÓN, INSTALACION Y PUESTA EN MARCHA DE DOS SISTEMAS DE POTABILIZACIÓN DE AGUA DE POZOS ARTESIANOS, SEDES LAGOS Y CENTRO Y ADECUACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE BATERÍA SANITARIA COMPLETA EN LA ZONA DEL CHIRCAL". De conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.5.1 numeral 2, del Decreto 1082 de 2015, La descripción del objeto a contratar con el cuarto nivel de Clasificación UNSPSC: Código UNSPSC 81101500 Producto :Ingeniería Civil a. OBJETIVO: Por consiguiente para el Desarrollo del Proyecto de conformidad a las normas que regulan la ejecución de este tipo de obras civiles, el Centro para la Biodiversidad y el Turismo del Amazonas deberán contratar la interventoría de la obra civil, cuyos objetivos generales serán: Realizar el seguimiento al ejercicio del cumplimiento obligacional por la entidad sobre las obligaciones a cargo del Contratista. Vigilar y hacer seguimiento al cumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato, procurando que se desarrollen dentro de los presupuestos de tiempo e inversión previstos originalmente, para proteger efectivamente los intereses del SENA. Acompañar a las partes para llegar a las soluciones pertinentes que aseguren la finalización de un contrato con éxito, facilitando la interacción entre las mismas. Verificar el cumplimiento de la normatividad vigente aplicable al contrato. Mantener informado al ordenador del gasto en forma continua, oportuna y periódica sobre el avance, presentado en el Desarrollo del Contrato, además de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner en riesgo el cumplimiento del Contrato o cuando tal incumplimiento se presente. Facilitar una óptima interacción entre las partes. Vigilar que las asignaciones presupuestales definidas dentro del contrato se cumplan tal y como fueron acordadas. Propender porque no se generen conflictos entre las partes y adoptar medidas tendientes a solucionar eventuales controversias. b. Especificaciones esenciales: De acuerdo al histórico de consumo en el Centro para la Biodiversidad y el Turismo del Amazonas y basados en el plan de acción de la entidad, el siguiente cuadro contiene la ficha técnica de los bienes o servicios requeridos durante el término del contrato: DESCRIPCION UNIDAD DE MEDIDA UNIAD INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, LEGAL, FINANCIERA, CONTABLE Y AMBIENTAL; control de calidad de las obras, calidad de los materiales utilizados, pertinencia en la ejecución del GLOBAL 1 Ministerio de Trabajo SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE Centro para la Biodiversidad y el Turismo del Amazonas — Regional Amazonas Vía Leticia los Lagos costado izquierdo del Aeropuerto Vásquez Cobo — Conmutador 5927626 — 5927966 www.sena.edu.co - Línea gratuita nacional: 01 8000 9 10 270

Código UNSPSC 81101500 Producto :Ingeniería Civilcontratacion.sena.edu.co/_file/procesos/2893_2.pdf · materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento

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El Centro para la Biodiversidad y el Turismo del Amazonas, SENA, Regional Amazonas, está interesado en obtener propuestas para seleccionar en igualdad de oportunidades al proponente que ofrezca las mejores condiciones para contratar, a través de la modalidad de Selección de Mínima Cuantía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.1.5.2, Subsección V del Decreto 1082 de 2015, en concordancia con el artículo 2 de la Ley 1150 y el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, el siguiente objeto contractual de conformidad con las especificaciones descritas a continuación. Para tal fin, los invitamos a presentar ofertas en los términos descritos en el presente documento.

Para el desarrollo de la presente contratación, los proponentes podrán comunicarse con el SENA Regional Amazonas e informarse de todos los aspectos relacionados o solicitar aclaraciones al buzón de correo electrónico: contratacionamazonas©sena.edu.co.

1. Objeto: CONTRATAR LA INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, LEGAL, FINANCIERA, CONTABLE Y AMBIENTAL DEL CONTRATO DE OBRA QUE TIENE COMO OBJETO "ADECUACIÓN, INSTALACION Y PUESTA EN MARCHA DE DOS SISTEMAS DE POTABILIZACIÓN DE AGUA DE POZOS ARTESIANOS, SEDES LAGOS Y CENTRO Y ADECUACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE BATERÍA SANITARIA COMPLETA EN LA ZONA DEL CHIRCAL".

De conformidad con el artículo 2.2.1.2.1.5.1 numeral 2, del Decreto 1082 de 2015, La descripción del objeto a contratar con el cuarto nivel de Clasificación UNSPSC:

Código UNSPSC 81101500 Producto :Ingeniería Civil

a. OBJETIVO: Por consiguiente para el Desarrollo del Proyecto de conformidad a las normas que regulan la ejecución de este tipo de obras civiles, el Centro para la Biodiversidad y el Turismo del Amazonas deberán contratar la interventoría de la obra civil, cuyos objetivos generales serán:

Realizar el seguimiento al ejercicio del cumplimiento obligacional por la entidad sobre las obligaciones a cargo del Contratista. Vigilar y hacer seguimiento al cumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato, procurando que se desarrollen dentro de los presupuestos de tiempo e inversión previstos originalmente, para proteger efectivamente los intereses del SENA. Acompañar a las partes para llegar a las soluciones pertinentes que aseguren la finalización de un contrato con éxito, facilitando la interacción entre las mismas. Verificar el cumplimiento de la normatividad vigente aplicable al contrato. Mantener informado al ordenador del gasto en forma continua, oportuna y periódica sobre el avance, presentado en el Desarrollo del Contrato, además de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner en riesgo el cumplimiento del Contrato o cuando tal incumplimiento se presente. Facilitar una óptima interacción entre las partes. Vigilar que las asignaciones presupuestales definidas dentro del contrato se cumplan tal y como fueron acordadas. Propender porque no se generen conflictos entre las partes y adoptar medidas tendientes a solucionar eventuales controversias.

b. Especificaciones esenciales:

De acuerdo al histórico de consumo en el Centro para la Biodiversidad y el Turismo del Amazonas y basados en el plan de acción de la entidad, el siguiente cuadro contiene la ficha técnica de los bienes o servicios requeridos durante el término del contrato:

DESCRIPCION UNIDAD DE

MEDIDA UNIAD

INTERVENTORÍA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA, LEGAL, FINANCIERA, CONTABLE Y AMBIENTAL; control de calidad de las obras, calidad de los materiales utilizados, pertinencia en la ejecución del

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contrato, cumplimiento del objeto contractual sin dilaciones según normatividad aplicada, vigilancia y control contable y financiera del contrato.

2. PERFIL E IDONEIDAD DEL PROPONENTE PARA EJECUTAR LA INTERVENTORÍA:

a.- El proponente debe ser profesional titulado en Ingeniería Civil o Arquitectura, con matricula profesional vigente, con una experiencia general profesional de mínimo diez (10) años contados a partir de la fecha de la fecha de expedición de la matrícula profesional o del certificado de inscripción profesional, y con experiencia especifica como interventor en obras de construcción de Plantas De Tratamiento De Agua Potable y Experiencia en adecuación y en construcción de obras civiles adquirida por contratos debidamente suscritos, ejecutados y liquidados, y que el valor de éstos contratos sumados sean iguales o superiores al valor del presupuesto oficial destinado para éste proceso. Para calcular el valor dela experiencia, se tomará el valor de los contrato en Salarios Mínimos de acuerdo a la fecha de ejecución del respectivo contrato.

Para la propuesta presentada por una persona jurídica, el representante legal debe ser profesional en INGENIERIA CIVIL o ARQUITECTURA, y adjuntando fotocopia de la tarjeta profesional respectiva y certificado de vigencia de la misma. (Ley 842 de 2003 Artículo 20). Para el caso de consorcios o uniones temporales, todos sus integrantes personas naturales deben ser profesionales en INGENIERIA CIVIL o EN ARQUITECTURA y contar con tarjeta profesional, allegando para el efecto la respectiva fotocopia y certificado de vigencia de la misma, para lo cual uno de sus integrantes Ingeniero Civil o Arquitecto debe tener más de 10 años de experiencia profesional.

El proponente debe además no estar incurso en ninguna causal de inhabilidad, incompatibilidad o sanción alguna.

• El PROPONENTE deberá anexar los soportes correspondientes que acrediten los estudios y experiencia solicitada en este proceso, (Títulos académicos, certificaciones de experiencia, copia de la tarjeta profesional COPNIA vigente, copia de antecedentes profesionales).

• Las certificaciones de experiencia deberán señalar las funciones ejecutadas. • Se requerirá acreditar y anexar copia de la TARJETA PROFESIONAL, matrícula profesional o

inscripción en el registro profesional respectivo, en el caso de aquellas profesiones que así lo requieran por la Ley para su ejercicio.

• La Experiencia Profesional certificada, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 842 de 2003 para el ejercicio de la ingeniería o de alguna de sus profesiones afines o auxiliares, solo se computará a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional o del certificado de inscripción profesional, respectivamente.

• Las respectivas Certificaciones de experiencia (no se aceptarán experiencia como subcontratista) que deberán contener la siguiente información: ✓ Fecha de la certificación. ✓ Nombre de la entidad que reporta y número de identificación (NIT o documento que haga sus

veces conforme a la ley) ✓ Dirección y teléfono de la persona natural o jurídica contratante ✓ Nombre, número de identificación y cargo de la persona competente que reporta la

información. ✓ Nombre de la persona natural o jurídica proponente y número de identificación (NIT o

documento que haga sus veces conforme a la ley) ✓ Número del contrato, si lo tiene. ✓ Las fechas contractuales de iniciación, terminación y recibo final a satisfacción. ✓ Objeto del contrato. ✓ Valor del contrato. ✓ Indicador de cumplimiento del contrato. ✓ Firma del funcionario competente. ✓ Porcentaje de participación de los integrantes de consorcio o unión temporal, en el caso de

contratos ejecutados bajo estas figuras asociativas. De no informarse dicho porcentaje la certificación no será tenida en cuenta.

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• Solo se tendrán en cuenta las certificaciones de experiencia expedidas por entidades públicas o privadas sean personas jurídicas, naturales, consorcios y uniones temporales. No se aceptarán certificaciones de subcontratos.

• Competencia para firma de certificaciones: ✓ Para contratos públicos, el ordenador del gasto de la entidad o el funcionario competente. ✓ Para contratos privados suscritos con personas jurídicas, el representante legal o la persona

delegada o autorizada para suscribirlo. ✓ No se aceptarán certificaciones de experiencia suscritas por supervisores o interventores

externos a la Entidad contratante. ✓ No se aceptan certificaciones de experiencia en construcción, estudios y/o diagnósticos de

caracterización sectorial de Proyectos propios. ✓ No se aceptarán certificaciones de contratos en donde se acredite que el servicio o la obra se

realizó por intermedio de una cooperativa de trabajo asociado. • El ofertante que presente títulos académicos de pregrado otorgados en el exterior, deberá

acreditar la convalidación y homologación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional (para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites requeridos). Para los títulos de Postgrado (especializaciones, maestrías y doctorados), bastará la consularización o apostille según el caso del título de Postgrado respectivo, debidamente otorgado por la Universidad o Institución respectiva, tal como lo exige el parágrafo primero del artículo 7 de la ley 842 de 2003.

Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

El proveedor debe estar en capacidad permanente de proveer al SENA, de acuerdo a las cantidades requeridas y a los precios del mercado, los anteriores bienes o servicios. Solamente se recibe la presentación de una (1) oferta por proponente. No se acepta la presentación de ofertas parciales. Tampoco se aceptan ofertas alternativas ni con especificaciones técnicas inferiores o elementos diferentes a los señalados en la ficha técnica.

DEL EQUIPO TÉCNICO MINIMO REQUERIDO:

Además de lo anterior, el proponente debe contar con un equipo técnico mínimo requerido para la ejecución del objeto a contratar, el cual debe estar compuesto de la siguiente manera:

1. Director de Interventoría: Capacidad: El director debe ser un Profesional titulado en Ingeniería Civil, con Matrícula Profesional vigente. Experiencia Requerida: Mínimo 10 años de experiencia profesional contados a partir de la expedición de la Tarjeta Profesional y experiencia específica comprobada como Director en Interventoría y/o construcción de Obras Civiles. Dedicación: 50% del tiempo de ejecución.

El proponente debe anexar los documentos correspondientes a la capacidad, idoneidad y experiencia exigida.

2. Residente de Interventoría: Capacidad: Profesional titulado en ingeniería hidráulica, sanitaria o hidrosanitaria, con Matrícula Profesional vigente. Experiencia Requerida: Mínimo Cinco (05) años de experiencia profesional contados a partir de la expedición de la Tarjeta Profesional y experiencia comprobada como Residente de Interventoría en obras civiles de construcción y/o instalación de Plantas De Tratamiento De Agua Potable y/o Adecuación o construcción de baterías sanitarias. Dedicación: 100% del tiempo de ejecución.

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El proponente debe anexar los documentos correspondientes a la capacidad, idoneidad y experiencia exigida.

3. Inspector de Interventoría: Capacidad: El Inspector de Obra debe ser un Técnico en sistemas de potabilización o afines. Idoneidad: Título de Técnico o Tecnólogo. Experiencia Requerida: Mínimo cinco (05) años de experiencia contados a partir de la expedición de la Tarjeta Profesional como tecnólogo y experiencia comprobada en mínimo un (01) contratos con la construcción de planta de tratamiento de agua potable o construcción de baterías sanitarias. Dedicación: 100% del tiempo de ejecución.

El proponente debe anexar los documentos correspondientes a la capacidad, idoneidad y experiencia exigida.

2. Obligaciones:

Obligaciones Específicas:

Alcance General de la Interventoría

Actuar por cuenta de la entidad en los aspectos relacionados con la ejecución del contrato, lo que no lo habilita para introducir modificaciones a las cláusulas del mismo ni para contraer compromisos u obligaciones no pactadas a cargo de la entidad. En desarrollo de sus labores o actividades deberá tomar las medidas y decisiones que ordene la Ley y que propendan por el fin público buscado con la contratación de que se trate, actuando de conformidad con la normatividad aplicable sobre la materia, con sujeción a lo pactado en el contrato entre la entidad y el contratista ejecutor vigilado y observando los principios de transparencia, legalidad, economía, y responsabilidad, entre otros.

Solicitar a la oficina administrativa de la entidad la documentación e información necesaria para desarrollar adecuadamente la interventoría.

Realizar los recibidos a satisfacción con la calidad requerida respecto de las obligaciones contratadas, sin eximir al contratista de sus responsabilidades derivadas de la ejecución contractual.

Garantizar la eficiente y oportuna ejecución de las obligaciones establecidas en el contrato.

Garantizar una comunicación efectiva y rápida entre el contratista ejecutor vigilado y la entidad, como representante de esta en el control de la ejecución del contrato.

Tener conocimiento del contenido y alcance de los estudios previos que originaron las obligaciones contractuales entre la entidad y el contratista vigilado, la invitación pública, sus anexos, adendas y de todos los documentos que hacen parte integral de los mismos, así como del contrato y de la normatividad interna de la entidad contratante.

Estudiar los documentos e informaciones suministradas por la entidad que dieron origen al contrato, con el propósito de establecer criterios claros y precisos sobre el contrato, que le permitan adelantar con efectividad las labores encomendadas, solicitando a esta las aclaraciones del caso.

Propender porque no se generen conflictos entre las partes (entidad y contratista vigilado) y adoptar medidas tendientes a solucionar eventuales controversias.

Observar oportunamente las condiciones de los servicios prestados por el contratista. En especial el cumplimiento del programa, incluyendo el plan de calidad para todas y cada una de las obligaciones que deba cumplir el contratista vigilado. Este programa y el plan de calidad (Manual de proceso y procedimientos para cada obligación a cumplir por parte del

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contratista vigilado), es el parámetro o referente para dar por recibido a satisfacción las obligaciones pactadas con la entidad, siempre y cuando el contratista se ajuste estrictamente al mismo.

Velar porque se tomen todas las medidas de seguridad necesarias para garantizar la estabilidad o calidad de las ejecuciones durante el plazo, para lo cual velará porque el contratista realice un plan de intervención que garantice la integridad física. El Interventor tiene la responsabilidad para que la intervención se realice según el plan preestablecido.

Informar oportunamente a la entidad sobre los incumplimientos del contratista con el fin que la entidad tome los correctivos necesarios o en su efecto las medidas sancionatorias del caso y realice las reclamaciones a que haya lugar. Lo anterior con el alcance definido en la Ley 1474 de 2011.

Velar porque la ejecución del contrato no se interrumpa de forma injustificada, por acción u omisión en cumplimiento de las obligaciones que como vigilante debe observar.

Establecer mecanismos ágiles y eficientes para el cumplimiento de sus obligaciones en la función o actividad de vigilante a su cargo.

Cumplir y hacer cumplir durante el desarrollo del contrato lo establecido en las reglas de participación, referente a los requisitos exigidos de los perfiles profesionales del recurso humano y el tiempo de dedicación de los mismos al contrato (artículo 26 de la CP), así como el equipo exigido para la ejecución de los trabajos. Además de ser necesario puede exigir el cambio de personal o equipo, siempre y cuando esté de acuerdo con lo establecido por la entidad Contratante.

Agendar, programar y coordinar con el contratista vigilado y con la entidad (supervisor del contrato) las reuniones de seguimiento a la ejecución del contrato o convenio. En estas reuniones se presenta el estado de avance del contrato, así como también se tratan y analizan temas y problemas relacionados con el desarrollo del proyecto, acordando entre las partes soluciones prácticas y oportunas.

Mantener actualizada la documentación del contrato y el archivo del mismo.

Realizar cualquier otra actividad administrativa (soporte documental de cumplimiento de obligaciones que deba observar el contratista vigilado; llevar conjuntamente el libro diario o bitácora de ejecución, al igual que la correspondencia requerida para la correcta administración del contrato en los términos de la Ley 1474 de 2011).

Alcance Técnico de la Interventoría

Vigilar que el contratista en la ejecución del contrato se ciña a los plazos, términos, condiciones técnicas y demás condiciones pactadas.

Estudiar y emitir los conceptos técnicos del caso ante las sugerencias, consultas y reclamaciones presentadas por el contratista o cuando el SENA lo requiera. Para tal fin, deberá comunicar en forma inmediata al supervisor que la entidad nombre, sobre las inquietudes planteadas por el contratista vigilado, en especial cuando se requiere hacer modificaciones al contrato vigente entre el contratista vigilado y la entidad. Los conceptos, no son de obligatorio acatamiento por parte de la supervisión. En todo caso debe abstenerse el interventor de calificar a título de culpa cualquier previsibilidad que la entidad pudo haber incurrido.

Verificar el contenido de la elaboración de actas que presente el contratista vigilado, certificar la información que contenga y suscribirlas con la respectiva aceptación de cumplimiento de obligaciones o motivando la no aceptación de cumplimiento de obligaciones( decreto-ley 2150 de 1995 articulo 19 y numeral 34 del artículo 48 de la ley 734 de 2000), documento en el cual conste la obligación, de recibo o cumplimiento a

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satisfacción suscrita como requisitos suficientes para el pago de la obligación contraída con el contratista vigilado.

Elaborar las actas de reunión y diligenciar la suscripción de las mismas por quienes actuaron de manera oportuna al terminar cada reunión.

Cumplir con la entrega de los informes en los tiempos propuestos y requeridos por la entidad en los cuales se presente el estado de ejecución, avance y terminación del contrato.

Suscribir las actas de inicio, recibo parcial de obligaciones, seguimiento al contrato, preparar y presentar para conocimiento del supervisor de la entidad las posibles modificaciones de cantidades y precios no previstos propuestos por el contratista; elaborar y suscribir el acta de recibo final, al igual certificar las obligaciones no cumplidas por el contratista vigilado motivando o justificando su ejecución o inejecución; presentar los documentos suscritos por el interventor durante la ejecución del contrato que sirvan de base para la liquidación del contrato que deba preparar el supervisor de la entidad con el fin de ser suscritas por las partes capaces y competentes(Representante legal de la entidad y representante legal del contratista o representantes legales de los integrantes de las modalidades de asociación).

Coordinar con el supervisor de la entidad, la elaboración del borrador de liquidación del contrato y remitir al SENA para su consideración, incluyendo los soportes documentales.

Recibir las solicitudes de adición en valor y/o prórrogas, modificaciones, suspensiones, etc., del plazo de ejecución del contrato, requeridas, hecha por el contratista ejecutor vigilado y pronunciarse técnicamente sobre la oportunidad y necesidad de ejecutarse o realizarse. Una vez actuado deberá remitir oportunamente e inmediatamente para su estudio y aprobación a la oficina administrativa para su aprobación final o rechazo; las cuales deben estar suficientemente justificadas.

Estudiar las sugerencias, consultas y reclamaciones presentadas por el contratista y emitir un concepto técnico y remitirlo oportuna e inmediatamente al supervisor.

Verificar que la localización de los trabajos y de las condiciones técnicas para iniciar y desarrollar el objeto del contrato, igualmente constatar - según el caso - que la misma corresponde con planos, diseños, licencias, autorizaciones, estudios, cálculos, especificaciones y demás consideraciones técnicas que estime necesarias para suscribir el acta de iniciación y la ejecución del objeto pactado; al igual que revisar los planos y aprobarlos (previa consulta con el autor intelectual del proyecto).

Controlar que el contratista cuente con la infraestructura física y el recurso humano suficiente para adelantar la implementación de los requerimientos exigidos por las entidades competentes a través de las licencias y/o permisos otorgados para el desarrollo del contrato.

Verificar las cantidades de obligaciones establecidas en el contrato, a partir de la información suministrada y presentar un informe al SENA sobre los aspectos que repercutan en el normal desarrollo del contrato y que puedan implicar modificaciones al contrato.

Verificar que el Contratista cumpla las normas y especificaciones técnicas establecidas por el el SENA para el desarrollo del contrato. En caso de identificación de cambios en las especificaciones, deberá informar al SENA para su evaluación y aprobación.

Controlar e inspeccionar permanentemente la calidad de las obligaciones cumplidas por el ejecutor vigilado, equipos, materiales, bienes, insumos y productos. Para lo anterior, el Interventor exigirá al Contratista efectuar los ensayos de laboratorio o pruebas necesarias para el control de calidad de los mismos, así como realizará los ensayos de laboratorio o pruebas requeridas para verificar y aprobar que el contratista esté cumpliendo con las

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normas y especificaciones técnicas establecidas para el contrato (Sin perjuicio del plan de calidad presentado por el ejecutor, como requisito para elaborar el acta de inicio).

Velar por el cumplimiento del cronograma y flujo de inversión del contrato, efectuando controles periódicos de las actividades programadas, así mismo recomendar los ajustes a los que haya lugar. En caso de incumplimiento, el Interventor deberá informar oportunamente al SENA y sugerir si es el caso la aplicación de los procedimientos sancionatorios establecidos en el contrato.

Estudiar y decidir los requerimientos de orden técnico que no impliquen modificaciones al contrato. En caso de requerir modificaciones, éstas deberán someterse al estudio del SENA, previo concepto de la Interventoría.

Recibir y estudiar los análisis de precios unitarios de ítems no previstos presentados por el contratista. El interventor debe soportar la revisión efectuada a los análisis de precios unitarios de los ítems no previstos con mínimo tres cotizaciones. Una vez se revisen por parte del interventor los precios no previstos, éste debe remitir al supervisor del contrato el concepto de revisión de método de elaboración de ítems y precios no previstos, cuadro comparativo de los mismos y los respectivos análisis unitarios, para que éste efectúe las gestiones necesarias de acuerdo a lo establecido con los manuales y procedimientos internos del SENA. En caso que el SENA presente observaciones a los análisis de precios unitarios de ítems no previstos, el Interventor deberá informar al ejecutor que debe efectuar las correcciones del caso.

En los casos de obligaciones adicionales o mayores cantidades de estas, que impliquen mayores costos, el interventor deberá solicitar la autorización del SENA, y ordenar su ejecución cuando verifique la existencia del contrato adicional en el cual se legalice el valor adicional al valor inicial del contrato.

Controlar permanentemente el cumplimiento del contratista de los requerimientos exigidos en las licencias y / o permisos, normas y leyes que le apliquen para el desarrollo del proyecto.

Abrir, diligenciar y tener la custodia el libro o bitácora para registrar en él las novedades, órdenes e instrucciones impartidas durante el plazo del contrato, registro que se deberá llevar a diario.

Alcance Socio-Ambiental de la Interventoría

Vigilar que el contratista observe las normas, especificaciones, permisos, resoluciones y demás requisitos indispensables para el desarrollo normal del contrato, mediante la observancia de la aplicación en campo de los compendios de normas, especificaciones, permisos, resoluciones y normatividad ambiental vigente que se exigen.

Propender que el contratista gestione oportunamente los permisos por uso y aprovechamiento de recursos naturales ante las autoridades ambientales, con el fin de que el proyecto se ejecute en el plazo establecido.

Verificar que el contratista vigilado cumpla con los requerimientos establecidos por la autoridad ambiental competente, así como las normas de salud ocupacional y seguridad industrial y lo establecido por las entidades competentes a través de los requerimientos indicados en las licencias o permisos expedidos.

Verificar y certificar que el contratista se ajusta la normatividad ambiental vigente y Manual de Buenas Prácticas Ambientales del PDA del Amazonas, para luego remitir a la oficina responsable de la contratación, para su aval, el plan de manejo ambiental presentado por el contratista ejecutor vigilado (cuando aplique).

Velar por el estricto cumplimiento por parte del contratista ejecutor vigilado de la normatividad ambiental y del plan de manejo ambiental. para el efecto deberá contar en

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lugar de ejecución con un compendio impreso de las normas vigentes aplicables según el tipo de proyecto que se ejecute, y con el PMA avalado por la entidad.

Hacer cumplir los requerimientos sociales y ambientales establecidos para el proyecto. exigir la ejecución de las medidas de manejo que aparecen en el PMA, en actos administrativos expedidos por la autoridad ambiental competente, o en la resolución de licencia ambiental otorgada por la entidad competente cuando aplique.

Verificar que el contratista elabore los monitoreos ambientales (agua, aire, ruido, inventarios) a que haya lugar estipulados en el PMA, en actos administrativos expedidos por la autoridad ambiental competente, o en la respectiva licencia ambiental o frente al trámite y solicitud y requerimiento.

Diligenciar y preparar los informes mensuales y final de índole ambiental, y demás que sean requeridos por la entidad y que deba cumplir el contratista vigilado, a efectos de verificar el cumplimiento de las directrices ambientales para la ejecución del objeto contractual.

- Coordinar en conjunto con el contratista ejecutor vigilado, las actividades de socialización que sean requeridas para la divulgación y conocimiento del proyecto en las comunidades beneficiarias.

Vigilar que el contratista evite, prevenga conductas, hechos o actividades consideradas infracciones que atenten contra el medio ambiente o que sean violatorias de la normatividad vigente, en especial el código de recursos naturales renovables decreto-ley 2811 de 1974, la ley 99 de 1993, la ley 165 de 1994, y en las demás disposiciones que las sustituyan o modifiquen. con el fin de evitar hacerlo acreedor de las acciones preventivas y sancionatorias establecidas por la ley 1333 de 2009.

Ante el incumplimiento del contratista de alguna de las anteriores informar inmediatamente y por escrito al supervisor de la entidad.

Funciones u obligaciones Administrativas del Interventor

- Solicitar al SENA la documentación e información necesaria para desarrollar adecuadamente la interventoría.

Establecer mecanismos ágiles y eficientes para el desarrollo de la interventoría a su cargo.

Revisar y estudiar los documentos e información suministrados por el SENA que dieron origen al contrato, con el propósito de establecer criterios claros y precisos sobre el contrato, que le permitan adelantar con efectividad las labores encomendadas, solicitando al SENA las aclaraciones del caso.

Verificar que existan las licencias, autorizaciones y/o permisos necesarios para la ejecución del contrato, así mismo revisar los requisitos exigidos por las entidades competentes a través de dichos permisos con el fin de garantizar su implementación antes del inicio del contrato. No se debe dar orden de inicio sin los permisos pertinentes.

Cumplir y hacer cumplir durante el desarrollo del contrato lo establecido en las reglas de participación, referente a los requisitos exigidos de los perfiles profesionales del recurso humano y el tiempo de dedicación de los mismos al contrato, así como el equipo exigido para la ejecución de los trabajos. Además de ser necesario puede exigir el cambio de personal o equipo siempre y cuando esté de acuerdo con lo establecido por el SENA.

Programar y coordinar con el contratista y con el SENA las reuniones de seguimiento a la ejecución del contrato. En estas reuniones se presenta el estado de avance del contrato, así como se tratan y analizan temas y problemas relacionados con el desarrollo del proyecto, acordando entre las partes soluciones prácticas y oportunas.

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Elaborar, revisar, suscribir y radicar las actas y demás documentos necesarios para la ejecución del contrato.

Mantener actualizada la documentación de los contratos y el archivo de los mismos.

Cumplir y hacer cumplir al contratista en que todo el personal a su cargo se encuentre afiliado al Sistema General de Seguridad Social (Salud, pensiones y riesgos profesionales) de acuerdo con lo dispuesto en la ley, así como el cumplimiento de pago de obligaciones parafiscales.

Cumplir con la entrega de los informes en los tiempos propuestos y requeridos por el SENA en los cuales se presente el estado de ejecución, avance y terminación del contrato.

Realizar cualquier otra actividad administrativa requerida para la correcta administración del contrato.

Verificar y exigir que se otorguen las garantías exigidas y velar porque estas permanezcan vigentes de acuerdo con las condiciones estipuladas en el contrato.

Suscribir las actas de inicio, recibo parcial de obra, seguimiento a los contratos, modificación de cantidades y precios no previstos, recibo final y proyecto de liquidación que se produzcan con ocasión de la ejecución del contrato.

Cumplir y hacer cumplir al contratista las obligaciones laborales que se generen con relación al contrato suscrito.

Estudiar las sugerencias, consultas y reclamaciones presentadas por el contratista y emitir un concepto técnico y financiero al SENA para la resolución final de las mismas, adjuntando los respectivos soportes.

Si es necesario suspender el contrato de ejecución, o si se establece posteriormente ampliar el plazo pactado para la suspensión, la interventoría deberá emitir un concepto técnico previo sobre la suspensión.

Revisar las solicitudes de adición en valor y/o prórrogas, modificaciones, suspensiones, etc., del plazo de ejecución del contrato, requeridas por el contratista y emitir un concepto técnico al respecto al SENA. Además elaborar, revisar y remitir oportunamente para su aprobación dichas solicitudes al SENA para su aprobación final; las cuales deben estar suficientemente justificadas, indicando el monto por adicionar y /o el tiempo por prorrogar el contrato.

Verificar y adelantar las acciones pertinentes para que las adiciones y prórrogas se realicen oportunamente antes del vencimiento del contrato.

Velar por el oportuno trámite de las solicitudes y peticiones que hagan los particulares o las autoridades en relación con el desarrollo del contrato.

Revisar permanentemente la vigencia de las pólizas del contrato y realizar al contratista los requerimientos del caso, cuando sea necesario ampliar las mismas en valor o en plazo. En caso de que el contratista no realice las ampliaciones a que haya lugar, el Interventor deberá informar al SENA de este evento, con el fin de que se tomen las medidas a que haya lugar.

En caso de cualquier tipo de incumplimiento del contrato, el Interventor deberá enviar al SENA copia de los requerimientos realizados al contratista, de los cuales siempre se deberá allegar copia a la Compañía Aseguradora, igualmente debe presentar el informe donde conste dicho incumplimiento.

Elaborar el proyecto de liquidación del contrato y remitir al SENA para aprobación final junto con la totalidad de los soportes.

su revisión y

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- Verificar que el contratista obtenga todos los paz y salvos a los que haya lugar según la naturaleza del contrato.

- Cada vez que se produzca un documento soporte del contrato, debe entregar al SENA o quien esté a cargo del expediente para que las archive, folie y ordene cronológicamente, con el propósito de facilitar la labor de supervisión y fiscalización de los entes de control.

- Las demás actuaciones que de conformidad con la normatividad vigente y con su naturaleza correspondan a la función de Interventoría.

Funciones u obligaciones Financieras y Contables del Interventor

- Verificar que el contratista cumpla con los requisitos exigidos por el SENA para la entrega del anticipo o pago anticipado pactado. Constatar la correcta inversión del anticipo, para este efecto deberá exigir según corresponda la programación de los trabajos, el flujo de inversión del contrato y el plan de inversión del anticipo.

- Deberá atender lo dispuesto con respecto a la amortización del anticipo del contrato cuyo objeto es ADECUACIÓN, INSTALACION Y PUESTA EN MARCHA DE DOS SISTEMAS DE POTABILIZACIÓN DE AGUA DE POZOS ARTESIANOS, SEDE LAGOS Y CENTRO, Y ADECUACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE BATERÍA SANITARIA COMPLETA EN LA ZONA DEL CHIRCAL. El Interventor debe verificar y aprobar mensualmente los informes de buen manejo de los recursos y remitirlos al SENA. Igualmente, tratándose de contratos de cuantía inferior a la menor cuantía para la entidad contratante, el interventor verificará que el contratista abra la cuenta separada de sus otras cuenta no conjunta para el manejo de los recursos de anticipo entregado para la ejecución de la obra a nombre del contratista, el objeto y número del contrato, de conformidad con el artículo 2.2.1.1.2.4.1 del decreto 1082 de 2015.

- En el caso que se requiera el interventor debe calcular los ajustes económicos de acuerdo a lo indicado en las cláusulas contractuales.

- Verificar que se mantenga el equilibrio financiero del contrato.

- Efectuar el balance económico de ejecución del contrato para efectos de la liquidación del mismo.

- Revisar las solicitudes de adición en dinero y en tiempo requeridas por el contratista y emitir un concepto técnico al respecto.

Obligaciones Generales.

• Desarrollar el objeto contractual en condiciones de eficiencia, oportunidad y calidad de conformidad a los parámetros establecidos en el SENA.

• Ejecutar el objeto del contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas, contables y ambientales estipuladas en las cláusulas correspondientes y de acuerdo con su oferta y la invitación pública los cuales hacen parte vinculante del contrato.

• Cumplir cabalmente los deberes que le impone la Constitución, la ley y los reglamentos internos, en calidad de contratista del Estado, los cuales deberá conocer sin que por ello adquiera la calidad de trabajador oficial o servidor público.

• El CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por su propia cuenta y riesgo sin que el SENA adquiera responsabilidad ni solidaridad alguna por dichos actos.

• Avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos del SENA. De hacer caso omiso a esta obligación deberá responder por los daños y perjuicios que se causen al SENA como consecuencia.

• Avisar al SENA, dentro del día hábil siguiente a conocida su existencia, la causal de incompatibilidad o inhabilidad sobreviniente.

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• En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, el ofertante deberá efectuar el pago oportuno de sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral parafiscales y contratación de aprendices durante todo el tiempo de ejecución del contrato y presentar la certificación de encontrarse a paz y salvo como requisito previo para cada pago que se le vaya a efectuar. Así mismo deberá asumir respecto de su personal los honorarios o salarios y demás prestaciones según lo ordenado por la Ley y que se causen durante la ejecución del contrato.

• Vigilar y salvaguardar los bienes y valores que le han sido encomendados y cuidar que sean utilizados debida y racionalmente, para los fines que les fueron entregados de conformidad con el objeto del contrato suscrito. Si el contratista debe administrar, manejar, custodiar, controlar o usar bienes que hagan parte del patrimonio del SENA, de otras entidades o de particulares puestos al servicio de la entidad, están sujetos a control y vigilancia. Por lo tanto, deberán dar cuenta de su gestión al supervisor y/o interventor del contrato y/o a los órganos de control fiscal y disciplinario.

• Proveer la consulta de Óptima calidad • Las demás contempladas en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993 y las que se deriven directamente

del objeto contractual.

c. Lugar de ejecución: El contratista deberá ejecutar el objeto del contrato en la ciudad de Leticia, SENA en el Centro para la Biodiversidad y el Turismo además de hacer entrega de los documentos correspondientes a su ejecución contractual al SENA Regional Amazonas.

3. .

d. Plazo de ejecución: El plazo de la ejecución del contrato será por el término de la ejecución de los contratos de cobra cuyo objeto es ADECUACIÓN, INSTALACION Y PUESTA EN MARCHA DE DOS SISTEMAS DE POTABILIZACIÓN DE AGUA DE POZOS ARTESIANOS, SEDE LAGOS Y CENTRO, Y ADECUACIÓN Y CONSTRUCCIÓN DE BATERÍA SANITARIA COMPLETA EN LA ZONA DEL CHIRCAL, es decir Setenta (75) días calendario.

NOTA: La ejecución de la INTERVENTORIA producto del presente proceso de selección estará ligada a la ejecución de los contratos de obra, de tal manera que si éste llegare a suspenderse, prorrogarse o terminarse, el contrato de INTERVENTORIA producto del presente proceso, será suspendido prorrogado o terminado anticipadamente, según sea el caso , sin otra motivación distinta a la aquí expuesta, sin que el interventor pueda alegar algún tipo de indemnización o compensación como quiera que no se generará daño alguno en razón a la circunstancia que aquí se anuncia y que es de conocimiento de los interesados.

4. Presupuesto oficial o valor estimado: Presupuesto Estimado: Se fija como presupuesto oficial del contrato hasta la suma de Treinta y dos millones de pesos ($ 32.000.000), incluidos todos los costos directos e indirectos derivados del contrato (exceptuando el 4 por mil).

Certificado de disponibilidad presupuestal: Se hará con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 6815 de fecha 28 de agosto de 2015 — Rubro: C-111-704-1-0-2045110 Adecuaciones y Construcciones.

5. Forma de pago: El SENA pagará al CONTRATISTA el valor del contrato de la siguiente manera: El valor de la Interventoría será cancelado mediante un primer pago del 40% cuando se encuentre el 50% de la obra ejecutada siempre que la interventoría lo acredite y el supervisor corrobore y el 60% cuando se encuentre el 100% de la obra ejecutada siempre que la interventoría lo acredite y el supervisor corrobore, previa aprobación por parte de la Supervisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al recibo a satisfacción de El SENA, previa certificación emitida por el supervisor del contrato y la presentación de la factura por parte del contratista (cuando esta se deba expedir de acuerdo a la Ley).// Para la realización de cualquier pago el contratista deberá acreditar previamente encontrarse al día en el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Aportes parafiscales. // Si las facturas no han sido bien elaboradas o no se acompañan de los documentos que la respalden, los términos anteriores solo empezarán a contarse desde la fecha en que quede corregida la cuenta o factura o desde aquella en que se haya aportado el último de los documentos. // Todas las demoras que se presente por estos conceptos serán de responsabilidad del PROVEEDOR, quien no tendrá por ello

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derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza. // El SENA efectuará al CONTRATISTA las retenciones que, en materia tributaria tenga establecida la Ley y respecto de las cuales sea su obligación efectuar la retención. En los demás casos, el contratista deberá cumplir con el pago de los impuestos, tasas o contribuciones que se deriven de la presente contratación. El pago de este contrato está sujeto a la disponibilidad de PAC.

NOTA: El SENA no desembolsará anticipo en la presente contratación.

Causales de rechazo de la oferta:

a) Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad establecida en la Constitución o la Ley, esto generara rechazo de plano, lo cual no será subsanable.

b) Cuando el proponente al momento de la presentación de la oferta no haya cumplido con la renovación mercantil ante la Cámara de Comercio.

c) Cuando la oferta sea presentada por persona jurídicamente incapaz para obligarse o que no cumpla con las calidades y condiciones de participación.

d) Cuando el objeto social del proponente que sea persona jurídica o natural, no guarde relación con el objeto contractual.

e) Cuando el proponente No aporte la carta de presentación de la propuesta o aportarla suscrita por persona diferente del Representante Legal, sin que medie autorización alguna. y no subsane en el tiempo establecido para ello.

f) Cuando la validez o vigencia de la propuesta sea por un plazo menor al exigido. Esto generara rechazo de plano, lo cual no será subsanable.

g) Cuando para este mismo proceso se presenten varias ofertas por el proponente, por sí o por interpuesta persona, en un consorcio, unión temporal, individualmente o a través de una persona jurídica. Esto generara rechazo de plano, lo cual no será subsanable.

h) Cuando no se suscriba la oferta económica por la persona natural proponente o por el representante legal de la persona jurídica proponente o del consorcio o unión temporal.

i) Cuando el representante legal de la persona jurídica, consorcio o unión temporal, tenga limitaciones para contratar y no tenga la autorización expresa del órgano social competente para presentar oferta y/o celebrar el contrato, de acuerdo con los estatutos sociales o con el documento de integración del consorcio o unión temporal.

j) Cuando la oferta se presente en lugar, día y hora diferente a las establecidas en la presente invitación pública. (Única hora válida para éste proceso contractual es la del sistema interno del SENA, aplicativo ONBASE) esto generara rechazo de plano, lo cual no será subsanable.

k) Cuando se compruebe que el proponente ha influido o presionado ilícitamente sobre el estudio de las ofertas. esto generara rechazo de plano, lo cual no será subsanable.

I) Cuando se compruebe que los documentos presentados por el proponente contienen información que no es veraz o no corresponden con la realidad.

m) Cuando el proponente (Persona Natural o Persona Jurídica empleador) a la fecha de presentación de la propuesta, no se encuentre al día en el pago de aportes parafiscales de sus empleados relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, como también la persona natural independiente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1670 de 2007 del Ministerio de Protección Social, el enciso segundo y el parágrafo 1° del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, y Ley 1150 de 2007 y no subsane en el tiempo establecido para ello.

n) Cuando el oferente no cumpla dentro del término establecido para subsanar con los documentos faltantes o incompletos, así como con la información que, a juicio del evaluador, sea inexacta o imprecisa y que admita ser subsanada.

o) Cuando a la fecha de presentación de la propuesta, el proponente se encuentre reportado como deudor, con respecto a obligaciones de FIC, multas del Ministerio de Trabajo y Contratos de Aprendizaje, de conformidad con la información suministrada por la Oficina de Relaciones Corporativas del SENA y no subsane en el tiempo establecido, para ello debe estar a paz y salvo por estos conceptos al momento de la presentación de la oferta.

p) Cuando el proponente o su oferta no reúna los requisitos habilitantes u obligatorios para participar que se encuentran señalados en la presente invitación pública, o no presente cualquiera de los documentos generales y específicos para cada caso aquí establecidos, y no

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los subsane dentro del término señalado en la presente invitación pública de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015.

q) Cuando exista o se advierta enmendadura o corrección que dé lugar a confusión en los documentos obligatorios presentados, y el proponente no lo haya advertido, subsanado oportunamente o hecho la salvedad con su firma al pie de la corrección.

r) Cuando se presente tanto la oferta técnica y la oferta económica en un solo formato pero esta no cumple con las especificaciones técnicas exigidas en la invitación o adenda correspondiente será causal de rechazo; o cuando éstas sean presentadas en diferentes formatos a los suministrados por la entidad o incumpliendo las reglas fijadas en la invitación pública, de tal manera que no permitan una comparación en condiciones de igualdad o una selección objetiva de las ofertas, esto generara rechazo de plano, lo cual no será subsanable.

s) Cuando la oferta económica supere el presupuesto oficial o sea presentada en moneda diferente a los pesos colombianos, esto generara rechazo de plano, lo cual no será subsanable.

t) Cuando estando prohibido en la invitación pública, se presente oferta parcial o alternativa, o en condiciones técnicas inferiores a las mínimas requeridas por la entidad. esto generara rechazo de plano, lo cual no será subsanable.

u) Cuando la oferta presente deficiencias e inexactitudes que no puedan ser aclaradas y que impidan compararla, cuando no se coticen todos los ítems, cuando las especificaciones técnicas y cantidades ofertadas sean diferentes a las solicitadas, cuando se presenten errores matemáticos en su elaboración. Esto genera rechazo de plano de la oferta, lo cual no será subsanable.

v) Cuando el proponente señale su desacuerdo o imposibilidad de cumplir las obligaciones, condiciones y requisitos previstos en la invitación pública, o condicione su oferta a factores, situaciones, modalidades o especificaciones diferentes a las requeridas por la entidad. esto generara rechazo de plano, lo cual no será subsanable.

w) Cuando siendo el caso, no se presente el documento de constitución del consorcio o unión temporal, o uno o varios de los integrantes del mismo no suscriban el respectivo documento de constitución. esto generara rechazo de plano, lo cual no será subsanable.

x) Cuando, en atención a lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015 (oferta con valor artificialmente bajo), el oferente no explique - dentro del término previsto por la entidad - las razones que sustenten el valor por él ofertado, o cuando oídas las explicaciones el comité evaluador recomiende el rechazo explicando sus razones (teniendo en cuenta que procederá la recomendación de continuidad de la oferta en el proceso de selección, cuando el valor de la misma responde a circunstancias objetivas del proponente y su oferta, que no ponen en riesgo el proceso, ni el cumplimiento de las obligaciones contractuales en caso de que se adjudique el contrato a dicho proponente.

y) Cuando se compruebe confabulación entre los proponentes, entendida ésta como el acto de ponerse de acuerdo dos o más proponentes para perjudicar a terceros o al SENA Regional Amazonas. esto generara rechazo de plano, lo cual no será subsanable.

z) Cuando la oferta no cumple con las condiciones técnicas exigidas por la entidad estatal. esto generara rechazo de plano, lo cual no será subsanable.

aa) Los demás casos expresamente establecidos en el presente documento.

ESPACIO EN BLANCO

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7. Etapas y cronograma del proceso de selección:

DETALLE LUGAR HASTA

Correo electrónico: [email protected] co

Fecha máxima para expedición de adendas

Portal único de contratación www.colombiacompra.gov.co

01 de Septiembre de

2015

07 de septiembre de 2015 De 8:00

a.m a las 12:00 m

04 de Septiembre de

2015 04 de

Septiembre de 2015

04 de Septiembre de

2015

07 de septiembre de

2015 Hasta 02:00 p.m a las 4:00 p.m

Publicación Estudios Previos e Invitación Pública

Observaciones a la Invitación Pública

Portal único de contratación www.colombiacompra.gov.co

Presentación de ofertas y Cierre de recepción de ofertas

En sobre cerrado en la oficina de administración de documentos en la Sede ubicada en el Km 0,5 vía los lagos al lado izquierdo del Aeropuerto Vasquez Cobo o al correo electrónico institucional contratacionamazonasasena.edu. co

01 de . Septiembre de

2015

01 de Septiembre de

2015

07 de Septiembre de 2015 a las 4:30

08 de Septiembre de

2015

Despacho Subdirección del Centro, Diligencia de Apertura de en la Sede ubicada en el Km 0,5 las ofertas. vía los lagos al lado izquierdo del

,Aeropuerto Vasquez Cobo.

Evaluación de las ofertas ;Grupo de Apoyo Administrativo Mixto

07 de Septiembre de 2015 hasta las

5:00 p.m

08 de Septiembre de

2015

Publicación del Informe de evaluación

Observaciones a la evaluación

- Respuestas a las observaciones - Comunicación de Aceptación de la Oferta o de Declaratoria de Desierta - Registro presupuestal

- Cumplimiento requisitos de Ejecución por el contratista

Portal único de contratación www.colombiacompra.gov.co

Correo electrónico: [email protected]. co

Portal único de contratación 'www.colombiacompra.gov.co; ;correo electrónico del proponente Il'seleccionado

Sede ubicada en el Km 0,5 vía los lagos al lado izquierdo del Aeropuerto Vasquez Cobo.

09 de Septiembre de

2015

10 de Septiembre de

2015

11 de Septiembre de

2015

14 de Septiembre de

2015

09 de Septiembre de

2015

10 de Septiembre de

2015

11 de Septiembre de

2015

14 de Septiembre de

2015

Etapas y cronograma del proceso de selección (EN CASO DE SUBSANACIÓN):

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- Observaciones a la evaluación - Entrega y radicación de la documentación a subsanar

Correo electrónico: [email protected]. co - Oficina de administración de documentos en la Sede ubicada en el Km 0,5 vía los lagos al lado izquierdo del Aeropuerto Vasquez Cobo.

Publicación del Informe de Portal único de contratación www.colombiacompra.gov.co

evaluación de Subsanación

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Publicación del Informe de evaluación

- Respuestas a las observaciones - Comunicación de Aceptación de la Oferta o de Declaratoria de Desierta - Registro presupuestal

Cumplimiento requisitos de Ejecución por el contratista

Portal único de contratación www.colombiacompra.gov.co

Portal único de contratación www.colombiacompra.gov.co; correo electrónico del proponente seleccionado

Sede ubicada en el Km 0,5 vía los lagos al lado izquierdo del lAeropuerto Vasquez Cobo.

09 de Septiembre de

2015

10 de septiembre de

2015

11 de septiembre de

2015

14 de septiembre de

2015

15 de septiembre de

2015

09 de Septiembre de

2015

10 de septiembre de

2015

11 de septiembre de

2015

14 de septiembre de

2015

15 de septiembre de

2015

NOTA 1: Tenga en cuenta que su propuesta la debe entregar en el plazo y en el horario establecido en el cronograma de la invitación, razón por la cual el Oferente deberá llegar con la debida anticipación al sitio indicado en el mismo previendo que existen medidas establecidas para recepcionar los documentos, solamente es válida la hora de recibido del aplicativo del SENA ONBASE y la hora registrada de envío al correo electrónico del SENA contratacionamazonasasena.edu.co (No se aceptará recibido físicamente, a no ser una causa extrema que lo permita).

NOTA 2: Es responsabilidad del proponente verificar, en la página Web www.contratos.gov.co, la publicación de los diferentes documentos que hagan parte de las etapas: preparatorias, pre-contractual y contractual.

7.1 Procedimiento de selección y reglas para expedir adendas a la invitación:

7.1.1 Fundamentos jurídicos que soportan la modalidad de selección:

El régimen jurídico aplicable al presente proceso por tratarse de un contrato inferior al 10% de la menor cuantía de conformidad con "Numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, éste último modificado por el artículo 87 de la Ley 1474 de 2011, con fundamento en lo dispuesto por el numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 y adicionado por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 Reglamentado por el artículo 2.2.1.2.1.5.1 subsección V - Mínima Cuantía del Decreto 1082 de 2015, a través del cual se consagra que la escogencia recaerá sobre la oferta con el precio más bajo siempre cumpla con la capacidad jurídica.

El procedimiento de selección que se surtirá es el de Mínima Cuantía; valores que se relacionan en el literal b numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1150 del 2007 teniendo en cuenta el presupuesto anual de las entidades públicas expresado en salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalente a 100 SMLMV.

ESTÁ EXCEPTUADO DE LAS SIGUIENTES ACTUACIONES: • Exigencia del RUP (Decreto 1082 de 2015) • Garantía de seriedad de la oferta (Art. 2.2.1.2.1.5.4 Decreto 1082 de 2015) • Publicación del contrato en el Diario Único de contratación

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S E IMA,

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• No se aplica el trámite para lograr la convocatoria limitada a Mipymes. Ni procede la aplicación de criterios de ponderación favorables a la industria nacional; ni la aplicación de factores de desempate favorables a la industria nacional y a Mipymes. (artículo 2.2.1.2.4.2.2 Decreto 1082 de 2015)

7.1.2 Participantes:

Podrán participar personas naturales o jurídicas, consorcios y/o uniones temporales, cuyo objeto social sea concordante con el objeto contractual, quienes con la sola presentación de la propuesta manifiestan bajo la gravedad del juramento no encontrarse incursos en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la Constitución Política de Colombia y demás disposiciones legales vigentes, y deberán acreditar que su duración no será inferior al término de ejecución del contrato y un (1) año más, contado a partir de su suscripción (art. 6 inciso 2 de la Ley 80 de 1993).

7.1.3 Presentación de la oferta:

La oferta se debe entregar dentro del plazo fijado en el cronograma del proceso y en el lugar allí señalado. No se aceptarán ofertas presentadas en lugar distinto al que se señala en la presente invitación. La oferta deberá presentarse en idioma castellano y en medio mecánico impreso o digital sea el caso, firmado por el representante legal del proponente y/o por quien esté debidamente autorizado para ello, de acuerdo con el orden y requisitos establecidos en la presente invitación (con todos los anexos), debidamente foliada en estricto orden consecutivo y ascendente.

La oferta deberá ser presentada en sobre cerrado y/o en documento digital verificable, indicando expresamente lo siguiente:

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PROCEDIMIENTO DE MÍNIMA CUANTÍA No.:

FOLIOS

• IDENTIFICACIÓN DEL OBJETO DEL PROCESO:

• NOMBRE DEL OFERENTE: • DIRECCIÓN DEL OFERENTE: • TELEFONO: • CORREO ELECTRÓNICO:

• El SENA no se hará responsable por la no apertura de una propuesta, si no está correctamente dirigida y marcada como se especificó anteriormente.

• Solamente se recibe la presentación de una (1) oferta por proponente. • La oferta debe ser presentada sin tachones, enmendaduras o raspaduras que hagan dudar del

ofrecimiento, a menos que se efectúe la salvedad, la cual se entiende cumplida con la firma del proponente al pie de la corrección.

• Cualquier diferencia entre letras y números hará prevalecer la expresión en letras.

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• No se acepta la presentación de ofertas parciales. Tampoco se aceptan ofertas alternativas ni con especificaciones técnicas inferiores o elementos diferentes a los señalados en la ficha técnica.

• Para las ofertas presentadas en forma digital se tendrá en cuenta únicamente la hora de recibido de la documentación en el correo electrónico [email protected], en ningún caso la hora de salida del correo.

7.1.4 Validez de las ofertas: Con la sola presentación de la oferta esta tendrá una validez de quince (15) días. Cualquier manifestación en contrario se tendrá por no escrita.

7.1.5 Reglas para expedir adendas: Las adendas podrán ser expedidas por la entidad hasta el día fijado en el cronograma del presente proceso de selección. Si la adenda se expide para adicionar requisitos de participación en el presente proceso, el SENA extenderá el plazo para la presentación de las ofertas por un día hábil adicional al previsto inicialmente, para lo cual la respectiva adenda deberá señalar el nuevo cronograma del proceso. En caso que la adenda se expida simplemente para aclarar el alcance de algún numeral de esta invitación sin que ello incida en los requisitos de participación, no se extenderá el plazo para la presentación de la oferta.

7.1.6 Lugar y fecha del cierre: El cierre de recepción de ofertas se hará en la hora, fecha y lugar establecidos en el cronograma del proceso. Después de la fecha y hora establecidas para el cierre no se recibirán ofertas ni se aceptarán cambios en el contenido de las mismas, ni solicitudes de retiro de la oferta entregada.

Seguido el acto de cierre, se realizará la apertura de cada uno de los sobres. De tal acto se levantará un acta que contendrá la relación de los participantes en el proceso de selección, el número de folios por cada oferta presentada, el valor de las ofertas y el orden de radicación, haciendo la salvedad que durante la evaluación se verificará que aquella que contenga el precio más bajo cumpla con las especificaciones técnicas y jurídicas requeridas por la entidad en la presente invitación, de lo contrario se continuará de manera sucesiva con las demás ofertas en el orden que corresponda del menor al mayor valor ofertado. Dicha acta será publicada en el SECOP (Artículo 2.2.1.1.1.7.1 Decreto 1082 de 2015).

8. Contenido de la oferta:

8.1. REQUISITOS O DOCUMENTOS QUE CONSTITUYEN FACTORES DE ESCOGENCIA:

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OFERTA ECONÓMICA

8.1.1 Oferta económica:

• La validez mínima de la oferta económica deberá ser la señalada en la presente invitación.

• Deberá ser clara y verificable matemáticamente • En ella se deben establecer por separado los valores unitarios para cada ítem

ofrecido, discriminando cuales de estos están gravados con el IVA y porcentaje de IVA cuando a ello haya lugar. Igualmente se deberá señalar el valor total de la oferta económica.

• Deberá señalar si pertenece al régimen común o simplificado. En caso de no indicarlo, el valor del IVA no podrá ser reconocido por el SENA y el PROPONENTE deberá asumir el impuesto.

• Las cifras definitivas no podrán contener decimales, deberán ser aproximadas a la unidad más cercana.

• El impuesto a las transacciones financieras — 4xmil - estará a cargo de la entidad contratante, por lo cual no debe hacer parte de la propuesta ni del valor del contrato.

• El valor de la oferta, teniendo en cuenta todos los costos directos e indirectos que se deriven de la contratación, e incluyendo IVA cuando a ello haya lugar, no podrá superar el presupuesto oficial.

•Se verificarán los valores de los ítems contenidos en las ofertas, teniendo en cuenta los precios del mercado.

• El PROPONENTE deberá ofertar los ítems ofertados en la unidad de medida requerida para cada uno de los elementos requeridos por la entidad.

• El SENA solo pagará los precios contratados y por tanto, no reconocerá suma alguna por impuestos ni reajustes a los precios ofertados, a menos que el reajuste se deba efectuar como consecuencia de una acción directa de la entidad previamente formalizada de acuerdo a los procedimientos legales y presupuéstales que corresponda.

• El SENA efectuará al PROPONENTE las retenciones que, en materia tributaria tenga establecida la Ley y respecto de las cuales sea su obligación efectuar la retención. En los demás casos, el contratista deberá cumplir con el pago de los impuestos, tasas o contribuciones que se deriven de la presente contratación.

• Las devoluciones o exenciones a que crea tener derecho el PROPONENTE deberán ser tramitadas por éste ante la respectiva Administración de Impuestos, sin responsabilidad alguna por parte del SENA o costo para ella. Todos los impuestos, retenciones y gastos que se causen por razón de la legalización y ejecución del contrato, incluidas la constitución de la garantía en caso de que se le requiera, son de cargo exclusivo del contratista. por lo tanto, los precios que se propongan deberán considerar tales conceptos.

8.2. REQUISITOS O DOCUMENTOS HABILITANTES:

CAPACIDAD JURÍDICA

La oferta con el menor precio deberá cumplir los siguientes requisitos habilitantes. En caso de que ello no ocurra la oferta será declarada no hábil, y si no son subsanados los requisitos habilitantes dentro del término previsto, la oferta será rechazada.

8.2.1 Acreditación de existencia y representación legal: De estar obligado a estar inscrito.

En el evento en que el oferente sea una persona jurídica deberá presentar acreditación de su Existencia y Representación Legal, a través de certificación VIGENTE, y expedida por la autoridad u organismo competente de su domicilio principal (Certificado de Existencia y Representación Legal emitido por la Cámara de Comercio de la Jurisdicción o por el órgano competente). II Las personas legalmente obligadas a inscribirse en el Registro Mercantil, ya sean naturales o jurídicas, deberán presentar matrícula mercantil. Por ello se requiere igualmente que la matrícula mercantil debe estar renovada tanto para el proceso como para la firma del Contrato. II En todo caso, el documento jurídicamente idóneo con el que se acredite la existencia y representación legal debe estar vigente, haber sido expedido con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario contados

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retroactivamente desde la fecha de cierre de este proceso de Selección. En el evento en que la fecha de cierre sea prorrogada, se contará retroactivamente a partir de la primera fecha de cierre. // En dicho documento debe constar el nombre, NIT, domicilio, representación legal, duración de la persona jurídica (en caso de serlo) y la facultad del representante legal para suscribir el contrato. // En el caso en que el representante legal de la firma proponente tenga alguna limitación para suscribir la oferta o el contrato, se deberá anexar copia certificada del Acta de la Junta o Asamblea de Socios por la cual se le exima o levante la limitación aludida. // En dicho documento debe constar que la capacidad del oferente se circunscribe al desarrollo de la actividad prevista en su objeto social, que el objeto social esté directamente relacionado con el objeto contractual del presente proceso (art. 99 Co.Co.), y que su duración no es inferior al plazo del contrato y un (1) año más, contado a partir de su suscripción (art. 6 inciso 2 de la Ley 80 de 1993). // Si la oferta es presentada por una persona natural deberá adjuntar copia de la cédula, pasado judicial y certificado de antecedentes disciplinarios. // Este documento hace parte de la verificación jurídica.

8.2.2 Documento de constitución de consorcio o unión temporal: Cuando el proponente sea un consorcio o unión temporal, deberá presentar el acta de constitución, señalando los términos y extensión del acuerdo celebrado (porcentaje de participación para uniones temporales), así como la designación de la persona que los representará. // En el formato deberá expresar claramente su denominación, conformación, las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, el grado de participación de cada uno de sus integrantes y su responsabilidad. Igualmente su deseo de participar en la presentación conjunta de la oferta y de suscribir el contrato, de conformidad con el artículo 7° de la Ley 80 de 1993. // En caso que el contrato le sea adjudicado a un consorcio o unión temporal, como requisito para el registro presupuestal del contrato deberá constituir y presentar al SENA, el RUT del respectivo consorcio o unión temporal.

8.2.3 Certificación sobre el cumplimiento de las obligaciones parafiscales, contratación de aprendices y pago de los aportes al sistema de seguridad social integral:

Para personas jurídicas anexar certificación del cumplimiento de sus obligaciones con el Sistema General de Seguridad Social en Salud, Pensiones, Riesgos Laborales y para aportes parafiscales (Sena, ICBF, y Cajas de Compensación en el evento de estar obligado, la Certificación de ser sujeto del CREE, suscrita por Contador Titulado o Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal, durante un lapso no inferior a los seis (6) meses anteriores a la presentación de la propuesta. De igual manera deberá anexar la última planilla asistida de pago de sistemas de seguridad social y parafiscal. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. // En todos los casos esta certificación deberá contener igualmente la constancia del cumplimiento en la contratación de aprendices o la manifestación expresa de no estar obligado (esta información será corroborada por el SENA). // La información presentada en desarrollo del presente numeral se entiende suministrada bajo la gravedad de juramento. Este documento hace parte de la verificación jurídica. Para Personas Naturales, Fotocopia del último desprendible de cotización y planilla asistida (pago del mes presentación de propuesta), en calidad de cotizante independiente al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones, o afiliación reciente (en caso de que no se encuentre afiliado como independiente). Y para los aportes parafiscales (SENA, ICBF y CAJAS DE COMPENSACION, en el evento de estar obligado por tener trabajadores a cargo, Certificación de ser sujeto pasivo del CREE, suscrita por Contador Titulado), igualmente la constancia del cumplimiento en la contratación de aprendices o la manifestación expresa de no estar obligado (esta información será corroborada por el SENA). // La información presentada en desarrollo del presente numeral se entiende suministrada bajo la gravedad de juramento. Este documento hace parte de la

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verificación jurídica

8.2.4 Registro único tributario — RUT: Los proponentes deberán aportar copia vigente del Registro Único Tributario -RUT expedido por la DIAN. Se deberá entregar el RUT completo, con todos los anexos que lo componen y que la actividad económica esté directamente relacionada con el objeto contractual. Este documento hace parte de la verificación jurídica.

8.2.5 Antecedentes de responsabilidad fiscal, disciplinario y judicial: La entidad en la evaluación verificará y dejará evidenciado a través de la impresión de los certificados, si el proponente se encuentra reportado o no en el Boletín de Deudores Morosos de la Contaduría General de la Nación; en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República y si tiene antecedentes judiciales de Policía Nacional, consultando los mismos en las páginas web de las respectivas entidades. El reporte del proponente en el Boletín de Responsables Fiscales inhabilita la oferta y es una causal de rechazo de la misma si no lo subsana oportunamente. Igualmente se verificará el certificado de antecedentes disciplinarios que arroja la página web de la Procuraduría.

8.2.6 Fotocopia cédula de ciudadanía y Libreta Militar del proponente, en caso de ser varón menor de 50 años.

8.2.7 Certificación Bancaria de cuenta de titularidad del ofertante junto con autorización escrita de consignar el valor del contrato a mencionada cuenta.

OFERTA TÉCNICA

Oferta técnica: Deberá cumplir con las especificaciones precisas requeridas por la entidad en la ficha técnica contenida en la presente invitación pública. Se verificará que los servicios ofertados contengan y cumplan las especificaciones técnicas y de calidad solicitadas en la invitación pública en cada uno de los ítems allí estipulados, en las unidades de medida y cantidades señaladas, y se ajuste a las necesidades de la entidad, de tal manera que la oferta que contenga los requerimientos señalados será ADMITIDA y las que no cumplan con las especificaciones técnicas serán RECHAZADAS.

EQUPO TÉCNICO

REQUERIDO

Director de Interventoría:

- Capacidad: El director debe ser un Profesional titulado en Ingeniería Civil, con Matrícula Profesional vigente.

- Experiencia Requerida: Mínimo 10 años de experiencia profesional contados a partir de la expedición de la Tarjeta Profesional y experiencia específica comprobada como Director en Interventoría y/o construcción de Obras Civiles.

- Dedicación: 50% del tiempo de ejecución.

El proponente debe anexar los documentos correspondientes a la capacidad, idoneidad y experiencia exigida.

Residente de Interventoría:

- Capacidad: Profesional titulado en ingeniería hidráulica, sanitaria o hidrosanitaria, con Matrícula Profesional vigente.

- Experiencia Requerida: Mínimo Cinco (05) años de experiencia profesional contados a partir de la expedición de la Tarjeta Profesional y experiencia comprobada como Residente de Interventoría en obras civiles de construcción y/o instalación de Plantas De Tratamiento De Agua Potable y/o Adecuación o construcción de baterías sanitarias.

- Dedicación: 100% del tiempo de ejecución.

El proponente debe anexar los documentos correspondientes a la

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capacidad, idoneidad y experiencia exigida.

Inspector de Interventoría:

Capacidad: El Inspector de Obra debe ser un Técnico en sistemas de potabilización o afines. Idoneidad: Título de Técnico o Tecnólogo. Experiencia Requerida: Mínimo cinco (05) años de experiencia contados a partir de la expedición de la Tarjeta Profesional como tecnólogo y experiencia comprobada en mínimo un (01) contratos con la construcción de planta de tratamiento de agua potable o construcción de baterías sanitarias. Dedicación: 100% del tiempo de ejecución.

El proponente debe anexar los documentos correspondientes a la capacidad, idoneidad y experiencia exigida.

9. Evaluación de las ofertas - Selección y adjudicación: La entidad seleccionará mediante comunicación de aceptación de la oferta al proponente con el precio más bajo, siempre y cuando cumpla con las condiciones señaladas en la invitación. La comunicación de aceptación contendrá los datos de contacto de la entidad y del supervisor y/o interventor designado, así como las condiciones de tiempo, modo y lugar para la ejecución del contrato.

De acuerdo al artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015, el MENOR PRECIO, determinará el orden de verificación de los requisitos habilitantes de los OFERTANTES, de la siguiente manera: 1) La escogencia recaerá sobre aquella oferta con el PRECIO MÁS BAJO, siempre que se encuentre

en condiciones de mercado y satisfaga las necesidades de la entidad (Que no supere el presupuesto oficial, no tenga un precio artificialmente bajo y cumpla las especificaciones técnicas y de calidad requeridas conforme a lo contenido en la invitación pública).

2) Los requisitos mínimos HABILITANTES, serán verificados únicamente en el oferente que tenga el precio más bajo. Para lo cual se tendrán en cuenta las reglas de subsanabilidad.

3) En caso que el ofertante con el precio más bajo (1°) no cumpla con los requisitos habilitantes exigidos, se podrá seleccionar el que haya presentado el segundo menor precio previa verificación de los requisitos habilitantes.

4) En caso de que el segundo (2°) ofertante con el precio más bajo tampoco cumpla con los requisitos habilitantes, se verificarán en quien presentó el tercer (3°) menor precio y así sucesivamente hasta obtener un oferente habilitado. En todo caso, la oferta finalmente seleccionada deberá encontrarse habilitada, en condiciones del mercado y satisfacer las necesidades de la entidad. De no lograrse lo anterior, se declarará desierto el proceso.

5) La entidad podrá adjudicar el contrato cuando sólo se haya presentado una oferta y esta cumpla con los requisitos habilitantes exigidos, siempre que la oferta satisfaga los requerimientos es decir, que se encuentre en condiciones de mercado, no supere el presupuesto oficial, satisfaga las necesidades técnicas y de calidad de la entidad y provenga de un oferente habilitado.

6) En virtud del literal 7 del artículo 2.2.1.2.1.5.2, en la Subsección V del Decreto 1082 de 2015, en caso de empate a menor precio, la entidad seleccionará a quien haya entregado primero la oferta entre los empatados, según el orden de entrega de las mismas.

7) Adicional a lo anterior, se observará el procedimiento establecido en el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082 de 2015, con relación a la propuesta de menor precio cuando se dé la hipótesis establecida en dicha disposición para las "ofertas con precios artificialmente bajos". En caso de que se rechace la oferta, la entidad podrá optar por adjudicar el contrato a quien haya ofertado el segundo mejor precio y así sucesivamente o por declarar desierto el proceso.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

RESULTADO

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FACTOR DE EVALUACIÓN

DEFINICIÓN

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ECONÓMICO

Se verificarán los valores de los ítems contenidos en las ofertas, teniendo en cuenta los precios del mercado. El valor global de la oferta, incluyendo todos los costos directos e indirectos que se deriven de la contratación, incluyendo IVA cuando a ello haya lugar, no podrá superar el presupuesto oficial. La oferta económica debe ser clara y verificable matemáticamente, en ella se deben establecer por separado los precios para cada ítem ofrecido, discriminando IVA cuando a ello haya lugar. Se seleccionará la oferta

Los requisitos mínimos habilitantes serán verificados . unicamente en el oferente que

tenga el precio más bajo siempre que se encuentre en

condiciones de mercado y satisfaga las necesidades de la

entidad y se verificable

matematicamente. Admitida/No admitida

con el PRECIO MÁS BAJO, de lo contrario será rechazada.

REQUISITOS HABILITANTES

REQUISITOS HABILITANTES DEFINICIÓN RESULTADO

CAPACIDAD JURÍDICA

Para la verificación jurídica se tendrá en cuenta el cumplimiento de los requisitos legales establecidos y el cumplimiento de la presentación delos documentos v

' acreditaciones exigidas. Se verificará que no esté incursa en las causales de rechazo contenidas en la invitación pública. Será HABILITADA aquella oferta que cumpla con dichos requisitos.

El resultado es de HABILITADA o NO HABIL o RECHAZADA

VERIFICACIÓN TÉCNICA

(SATISFACCIÓN DE LAS

NECESIDADES DE LA

ENTIDAD)

Se verificará que los bienes ofertados contengan y cumplan las especificaciones técnicas y de calidad solicitadas en la invitación pública en cada uno de los ítems allí estipulados, en las unidades de medida y cantidades señaladas, y se ajuste a las necesidades de la entidad, de tal manera que la oferta que contenga los requerimientos señalados será ADMITIDA y las que no cumplan con las especificaciones técnicas serán RECHAZADAS.

Los requisitos mínimos habilitantes serán verificados

únicamente en el oferente que tenga el precio más bajo

siempre que se encuentre en

condiciones de mercado y satisfaga las necesidades de la

entidad. Admitida/No admitida

EQUIPO TÉCNICO

REQUERIDO

Director de Interventoría:

- Capacidad: El director debe ser un Profesional titulado en Ingeniería Civil, con Matrícula Profesional vigente.

- Experiencia Requerida: Mínimo 10 años de experiencia profesional contados a partir de la expedición de la Tarjeta Profesional y experiencia específica comprobada como Director en Interventoría y/o construcción de Obras Civiles.

- Dedicación: 50% del tiempo de ejecución.

El proponente debe anexar los documentos correspondientes a la capacidad, idoneidad y experiencia exigida.

El resultado es de HABILITADA o NO HABIL (o RECHAZADA).

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Residente de Interventoría:

- Capacidad: Profesional titulado en ingeniería hidráulica, sanitaria o hidrosanitaria, con Matrícula Profesional vigente.

- Experiencia Requerida: Mínimo Cinco (05) años de experiencia profesional contados a partir de la expedición de la Tarjeta Profesional y experiencia comprobada como Residente de Interventoría en obras civiles de construcción y/o instalación de Plantas De Tratamiento De Agua Potable y/o Adecuación o construcción de baterías sanitarias.

- Dedicación: 100% del tiempo de ejecución.

El proponente debe anexar los documentos correspondientes a la capacidad, idoneidad y experiencia exigida.

Inspector de Interventoría:

- Capacidad: El Inspector de Obra debe ser un Técnico en sistemas de potabilización o afines.

- Idoneidad: Título de Técnico o Tecnólogo.

- Experiencia Requerida: Mínimo cinco (05) años de experiencia contados a partir de la expedición de la Tarjeta Profesional como tecnólogo y experiencia comprobada en mínimo un (01) contratos con la construcción de planta de tratamiento de agua potable o construcción de baterías sanitarias.

- Dedicación: 100% del tiempo de ejecución.

El proponente debe anexar los documentos correspondientes a la capacidad, idoneidad y experiencia exigida.

RESULTADO FINAL: La adjudicación se condiciones de mercado,

realizará a la oferta con el precio más bajo, siempre que se encuentre en satisfaga las necesidades técnicas de la entidad, y resulte habilitada. No

se realizará adjudicación parcial.

Garantías para la ejecución del contrato en caso de ser adjudicado: El contratista deberá constituir a su costa y a favor del SENA, una garantía de cumplimiento, en los términos señalados en el Decreto 1082 de 2015 para amparar el cumplimiento de las obligaciones legales y las surgidas en el contrato, la cual se mantendrá vigente durante el plazo de la ejecución del contrato y liquidación del mismo y se ajustará a los limites, existencia y extensión de los siguientes amparos: 1. De cumplimiento: Equivalente al 20% del valor

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INVITACIÓN PÚBLICA CBTA 034 de 2015. PROCEDIMIENTO DE MÍNIMA CUANTÍA

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total del contrato, con una vigencia igual al término de duración del contrato y seis (6) meses más. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista de las obligaciones emanadas del contrato garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de la cláusula penal pecuniaria como las multas o los perjuicios derivados de la declaratoria de caducidad. 2. De calidad del servicio: Equivalente al 20% del valor total del contrato, con una vigencia igual al término de duración del contrato y seis (6) meses más. Por medio de este amparo la entidad se precave contra los perjuicios derivados por la mala calidad de los bienes entregados o servicios prestados. 3. Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones del personal que haya de utilizar para la ejecución del contrato: Equivalente al 10% del valor total del contrato, con una vigencia igual al término de duración del contrato y tres (3) años más. Que cubra a la entidad de los perjuicios que se ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que este obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato cubriendo hasta el pago de aportes de seguridad social y parafiscales a que hubiere lugar. En todo caso las garantías y sus efectos se regirán por lo establecido en el Decreto 1082 de 2015. Tal garantía deberá constituirse dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al registro presupuestal del contrato. En caso de prórroga el contrato, el CONTRATISTA deberá a su vez prorrogar la vigencia de la garantía. EL CONTRATISTA se compromete a reponer las garantías aquí previstas, cuando por razón de las modificaciones, multas impuestas o siniestros ocurridos, éstas se disminuyeren o agotaren. Para tal efecto, EL CONTRATISTA deberá solicitar a la compañía aseguradora el certificado de modificación respectivo y entregarlo al SENA dentro de los dos (2) días hábiles, siguientes a la firma del acta. De igual forma debe asumir lo referente a seguridad social conforme en lo establecido en las normas que regulan la materia. La aprobación de la garantía por parte de la entidad es un requisito previo para la ejecución del contrato.

GARANTÍA LEGAL: Adicional a lo anterior en el contrato se podrá dar aplicación a las disposiciones contenidas en el decreto 0735 de 2013, por el cual se reglamenta la efectividad de la garantía prevista en los artículos 7 y siguientes de la ley 1480 de 2011, con el fin de hacer efectivos los derechos del SENA en calidad de consumidor.

10. Estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico del contrato: De conformidad a lo establecido en el documento CONPES Nro. 3714 "Del riesgo previsible en el marco de la política de la contratación pública" y Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública — Colombia Compra Eficiente — en desarrollo del literal a) del numeral 2 del artículo 2.2.1.2.5.2 del Decreto 1082 de 2015, se determinó la siguiente matriz de riesgo para la presente contratación, la cual se encuentra identificada.

11. Declaratoria desierta: El Servicio Nacional de Aprendizaje — SENA podrá declarar desierta la convocatoria únicamente por motivos o causas que impidan la selección objetiva, la cual se hará mediante acto administrativo expedido por el ordenador del gasto, en el que se señalará en forma expresa y detallada las razones que han conducido a esa decisión, en cumplimiento de los dispuesto por el numeral 18 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993. De conformidad con las normas de contratación administrativa no procederá la declaratoria de desierta del proceso de selección cuando sólo se presente una oferta hábil y esta pueda ser considerada como favorable para la entidad, de acuerdo con los criterios legales de selección objetiva.

12. Multas y declaratoria de incumplimiento A. MULTAS: En caso de mora o de incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales a cargo del CONTRATISTA, éste autoriza expresamente, mediante la suscripción del contrato, al SENA para imponer, tasar y cobrar, previa la ejecución del debido proceso señalado en el Artículo 86 de la Ley 1474 del 12 de septiembre de 2011, multas diarias sucesivas del uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin que éstas sobrepasen del 10% del valor total del mismo. La liquidación de las multas la efectuará el supervisor o interventor en las actas parciales y en el acta final y/o de recibo de los bienes o servicios, según sea el momento en que se ocasionen, y su cobro se efectuará mediante compensación de las sumas adeudadas al CONTRATISTA descontando el valor de las mismas en los pagos parciales y/o final, según sea del caso. En el evento en que no puedan ser descontadas oportunamente o no sean pagadas por parte del CONTRATISTA dentro del mes siguiente a su tasación, se incluirán en la liquidación efectuada, la cual prestará mérito ejecutivo, y su cobro podrá efectuarse con cargo a la garantía de

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cumplimiento, o cualquier otro medio para obtener el pago, incluyendo el de la jurisdicción coactiva. De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, esta decisión deberá estar precedida de audiencia del afectado que deberá tener un procedimiento mínimo que garantice el derecho al debido proceso del CONTRATISTA (Artículo 86 de la Ley 1474 del 12 de septiembre de 2011) y procede sólo mientras se halle pendiente la ejecución de las obligaciones a cargo del contratista. De las multas tasadas, impuestas y cobradas, se informará a la Cámara de Comercio.

B. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: Si se llegare a suceder el evento de incumplimiento total de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, deberá pagar a título de cláusula penal pecuniaria, el valor correspondiente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. Se hará efectiva directamente por el SENA, pudiendo acudir para el efecto entre otros a los mecanismos de compensación de las sumas adeudadas al contratista, cobro de la garantía, o a cualquier otro medio para obtener el pago, incluyendo el de la jurisdicción coactiva. De acuerdo a lo dispuesto en los artículos 17 de la Ley 1150 de 2007 y 86 de la Ley 1474 del 12 de septiembre de 2011, la entidad así mismo podrá declarar el incumplimiento con el propósito de hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria.

C. DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO: la entidad podrá declarar el incumplimiento del contrato en los términos de los artículos 17 de la Ley 1150 de 2007 y 86 de la Ley 1474 de 2011.

El presente documento y los anexos que se consideren necesarios serán publicados en el SECOP a través de la página Web www.contratos.gov.co y en la página web de contratación de la Entidad, conforme lo dispuesto en el artículo 2.2.2.1.4.6 del Decreto 1082 de 2015.

Leticia, (Amazonas), a los primero 01) s de septiemb de 2015.

Vo. Bo. Miguel Angel Ramírez-Coordinador Administrativo rú

Revisó: Alan Anaya — Abogado Externo

Elaboró: María Shirley Noriega Flórez - Líder de Contratación itr.

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