Certificacion y Recertificacion de Un Contador Publico

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  • 7/31/2019 Certificacion y Recertificacion de Un Contador Publico

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    Universidad

    Privada San Carlos

    Teora y Doctrinas Contables | Prof. Gmez Charaja, Aremy

    UPSCCERTIFICACIN Y RECERTIFICACIN DE UNCONTADOR PUBLICO

    Alumnos:

    - Meza Ramrez, Roci

    - Callata Colque, Victoria

    - Arque Espillico, Richard Hugo

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    RESUMEN

    La Certificacin y Recertificacin del contador pblico ha sido normada en el Per, por la Ley

    28740 Ley del Sistema Nacional de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de la Calidad

    Educativa (SINEACE) y su Reglamento el Decreto Supremo 018-2007-ED.

    La Certificacin y Recertificacin del Contador Pblico se constituye en una importante

    alternativa de certificar sus competencias profesionales y garantiza la prestacin de servicios

    de calidad.

    En ese contexto analizando la relacin contador pblico / administracin pblica y muy en

    especial, administracin tributaria; revelara una situacin de insatisfaccin que merece

    atencin y decisin sera por parte de nuestra profesin.

    Preguntas Clave

    1. La Certificacin y Recertificacin constituyen una alternativa importante para elaccionar del Contador Pblico?

    2. El actual accionar de la administracin pblica en especial de la administracintributaria estar respondiendo a ese nuevo reto del Contador Pblico Certificado?

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    ContenidoRESUMEN ...................................................................................................................................... 1

    INTRODUCCIN ............................................................................................................................ 3

    PRESENTACIN ............................................................................................................................. 3

    CAPITULO I: EL CONTADOR PBLICO COLEGIADO Y LA CERTIFICACIN ...................................... 4

    1.1. EJERCICIO PROFESIONAL INDIVIDUAL ................................................................................ 4

    1.2. COMPETENCIAS DEL CONTADOR PBLICO COLEGIADO .................................................... 4

    1.3. CERTIFICACIN Y RECERTIFICACIN .................................................................................. 5

    1.3.1. OBJETIVOS DE LA CERTIFICACIN ............................................................................... 6

    1.3.2. VENTAJAS DE LA CERTIFICACIN................................................................................ 6

    1.3.3. IMPORTANCIA DE LA CERTIFICACIN Y RECERTIFICACIN PROFESIONAL ................. 7

    1.3.4. SISTEMA DE CERTIFICACIN Y RECERTIFICACIN CONTABLE EN EL PER ................. 7

    1.3.5. EL EXAMEN UNIFORME DE CERTIFICACIN ................................................................ 8

    1.3.6. REAS DEL CONOCIMIENTO ........................................................................................ 8

    1.3.7. REQUISITOS PARA NACIONALES Y EXTRANJEROS ....................................................... 9

    1.3.8. PROCESO DE RECERTIFICACIN PROFESIONAL DEL CONTADOR PBLICO

    COLEGIADO CERTIFICADO ..................................................................................................... 9

    1.3.9. MAYORES EXIGENCIAS PARA CONTADORES ............................................................. 10

    1.4. EL EJERCICIO PROFESIONAL EN FORMA ASOCIADA ......................................................... 11

    CAPITULO II: DEFENSORIAS LIGADAS A LA ACTIVIDAD DEL CONTADOR PBLICO: .................... 12

    2.1. DEFENSORA DEL PUEBLO ................................................................................................ 12

    2.2. DEFENSORA DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIN

    TRIBUTARIA (SUNAT) ............................................................................................................... 13

    2.3. DEFENSORA DEL CONTRIBUYENTE Y DEL USUARIO ADUANERO DEPENDIENTE DEL

    MINISTERIO DE ECONOMA Y FINANZAS. ............................................................................... 13

    2.4. LA DEFENSORA DEL CONTRIBUYENTE DEL GOBIERNO LOCAL SERVICIO DE LA

    ADMINISTRACIN TRIBUTARIA DE PIURA (SATP) ................................................................... 14

    2.5. ACTIVIDAD PROFESIONAL DEL CONTADOR PBLICO ...................................................... 15

    2.6. CAMBIO DE ACTITUD ...................................................................................................... 16

    CAPITULO III: DEFENSORIA DEL CONTADOR PBLICO ............................................................... 17

    CONCLUSIONES........................................................................................................................... 18

    FUENTES ...................................................................................................................................... 19

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    INTRODUCCIN

    A medida que se desarrollan los pueblos, las actividades econmicas sociales, polticas, crecen,

    es deber de los hombres consolidarse, con este crecimiento para poder servir a la sociedad. El

    contador pblico certificado y auditor, es el profesional capacitado para presentar informacinfinanciera a travs de la aplicacin de adecuados principios de contabilidad y el dictamen que

    rinde de manera independiente ofrece este respaldo de credibilidad la contribucin del

    contador pblico certificado y auditor al bien comn deriva que es un experto en informacin

    y control en el rea contable y de auditoria.

    PRESENTACIN

    La cotidiana actitud del profesional contable frente a todos y cada uno de los procedimientos,principalmente formales, que la administracin pblica y principalmente la tributaria exige,

    resulta no solamente un reto, si no la constante evaluacin de su vala y temple.

    En ese contexto el compromiso que asume un Contador Pblico Colegiado CERTIFICADO,

    deber tambin plantear la reflexin de que si se debe o no, mantener la actitud pasiva que

    evidencia su actual accionar o, si decide el cambio a una actitud pro-activa y dinmica que

    propicie, una profunda transformacin basada en tecnologa moderna, nuevo orden

    geopoltico y nuevo ambiente de los negocios e instituciones. Todo lo cual se conseguir con eldecidido y serio apoyo de su mximo organismo colegiado. Este con su accionar deber

    posibilitar tambin una actitud pro-activa, de consideracin y respeto para la profesin

    contable.

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    CAPITULO I: EL CONTADOR PBLICO COLEGIADO Y LA CERTIFICACIN

    1.1. EJERCICIO PROFESIONAL INDIVIDUAL

    El ejercicio profesional individual del Contador Pblico se encuentra delimitado por Ley N

    28951 que fue publicada en enero 2007. Esta Ley de Profesionalizacin del Contador Pblico

    indica que el ttulo profesional de Contador Pblico es otorgado por las universidades del pas

    creadas y reconocidas con arreglo a las leyes de la materia. Los ttulos profesionales otorgados

    en el extranjero son reconocidos conforme a ley.

    La colegiatura en el marco de esta Ley, resulta obligatoria para el ejercicio profesional del

    Contador Pblico.

    1.2. COMPETENCIAS DEL CONTADOR PBLICO COLEGIADOEl artculo 3 de la Ley N 28951 indica claramente que las competencias del Contador Pblico

    Colegiado son:

    a) Planificar, organizar, supervisar y dirigir la contabilidad general y de costos de lasactividades econmico-comerciales desarrolladas por personas naturales y/o jurdicas

    del mbito privado, pblico o mixto; y formular, autorizar y/o certificar los estados

    financieros correspondientes, incluidos los que se incorporen a las declaraciones

    juradas y otros para fines tributarios.

    b) Evaluar, asesorar y realizar consultora en sistemas de contabilidad computarizada y decontrol, y otros relacionados con el ejercicio de la profesin contable.

    c) Realizar auditora financiera, tributaria, exmenes especiales y otros inherentes a laprofesin de contador pblico.

    d) Efectuar el peritaje contable en los procesos judiciales, administrativos yextrajudiciales.

    e) Certificar el registro literal de la documentacin contable incluyendo las partidas oasientos contables de los libros o registros contables de las personas naturales y

    jurdicas.

    f) Formular valuaciones y tasaciones de naturaleza contable.g) Ejercer la docencia contable en sus diversas especialidades en todos los niveles

    educativos respectivos, de acuerdo a ley.

    h) Ejercer la investigacin cientfica sobre materias relacionadas a la contabilidad y a suejercicio profesional.

    i) Otras relacionadas con la profesin contable y sus especializaciones.

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    1.3. CERTIFICACIN Y RECERTIFICACIN

    La Certificacin y Recertificacin Profesional, debe ser entendida como una herramienta que

    es administrada para contribuir a la obtencin de niveles mnimos de competencia profesional,

    que se constituyan en garantas para los intereses de los usuarios de los servicios profesionales

    del Contador Pblico Colegiado.

    Ley N 28740 del SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA

    CALIDAD EDUCATIVA (SINEACE); precisa que la certificacin es el reconocimiento pblico y

    temporal de las competencias demostradas por las personas naturales, previa evaluacin de

    desempeo, las mismas que fueron adquiridas dentro o fuera de las instituciones educativas.

    El proceso es voluntario y se realiza de acuerdo a las normas dictadas por el rgano operador

    correspondiente, y luego de haber pasado satisfactoriamente la evaluacin del desempeo

    realizada por la entidad certificadora.

    La Certificacin y Recertificacin de los Contadores Pblicos Colegiados en el Per, est a cargo

    de la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Pblicos del Per, en su calidad de mximo

    organismo representativo de la profesin contable dentro del pas y en el exterior, conforme a

    lo dispuesto por el Decreto Ley N 25892 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N

    008-93-JUS.

    Son muchas las ventajas de una certificacin y recertificacin profesional, sin embargo se

    pueden resumir en lo siguiente:

    1. El profesional acredita su experiencia y pericia.- Es decir puede demostrar que poseelos conocimientos suficientes, los cuales se encuentran actualizados, y la experiencia

    necesaria para desarrollar con alta calidad las actividades propias de su profesin.

    2. El usuario tiene la certeza de los servicios que recibe.- Se le garantiza la eficiencia delos servicios contratados y la tranquilidad de trabajar con personal de reconocida

    calidad profesional.

    3. Los Contadores Pblicos pueden desarrollar su Profesin en el mercado global.- Dadoque facilita el acceso del profesional contable al mercado externo de servicios

    profesionales, de tal forma que presta sus servicios ms all de las fronteras y acta en

    una economa mundial.

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    1.3.1. OBJETIVOS DE LA CERTIFICACIN

    Los objetivos que pretende alcanzar la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Pblicos

    del Per, con la implementacin de la Certificacin son sin duda:

    Elevar la calidad profesional de los Contadores Pblicos en un entorno competitivo. Establecer las bases de reciprocidad con otros pases, en materia de serviciosprofesionales relativos a la Contadura Pblica.

    Proteger el inters pblico o de la comunidad, basndose en la prestacin de serviciosde excelencia Perfeccionar la conducta tica del Contador Pblico en el ejercicio de las

    actividades profesionales que realiza

    El cumplimiento de las facultades delegadas por el Estado a los Colegios Profesionales. El fortalecimiento institucional de los Colegios de Contadores Pblicos. La recuperacin y consolidacin del prestigio de los Colegios de Contadores Pblicos y

    del profesional Contador Pblico Colegiado.

    El fomento de la motivacin para la capacitacin y actualizacin permanente delprofesional Contador Pblico Colegiado.

    La prestacin de servicios de calidad a los usuarios de los servicios del profesionalContador Pblico Colegiado.

    La ubicacin del Contador Pblico Colegiado Peruano dentro de los estndaresprofesionales internacionales.

    El otorgamiento de prestigio profesional y personal. El Fortalecimiento de la credibilidad y seguridad de su trabajo. Ampliar la visin profesional. Mejorar la calidad profesional del Contador Pblico. Establecer las bases de reciprocidad para el ejercicio profesional de la Contadura

    Pblica, entre los pases firmantes de tratados comerciales internacionales con Per.

    1.3.2. VENTAJAS DE LA CERTIFICACIN

    La Certificacin y Recertificacin Profesional, debe ser entendida como una herramienta que

    es administrada para contribuir a la obtencin de niveles mnimos de competencia profesional,

    que se constituyan en garantas para los intereses de los usuarios de los servicios profesionales

    del Contador Pblico Colegiado.

    Son muchas las ventajas de una certificacin y recertificacin profesional, sin embargo se

    pueden resumir en lo siguiente:

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    El profesional acredita su experiencia y pericia.- Es decir puede demostrar que poseelos conocimientos suficientes, los cuales se encuentran actualizados, y la experiencia

    necesaria para desarrollar con alta calidad las actividades propias de su profesin.

    El usuario tiene la certeza de los servicios que recibe.- Se le garantiza la eficiencia delos servicios contratados y la tranquilidad de trabajar con personal de reconocida

    calidad profesional.

    Los Contadores Pblicos pueden desarrollar su Profesin en el mercado global.- Dadoque facilita el acceso del profesional contable al mercado externo de servicios

    profesionales, de tal forma que presta sus servicios ms all de las fronteras y acta en

    una economa mundial.

    Constituirse en un factor determinante para la contratacin de sus servicios. Competir en mercados laborales restringidos para los Contadores Pblicos Certificados

    como es el caso de Estados Unidos y la expectativa que evidencia el Tratado de Libre

    Comercio con ese pas.

    Contribuir al ascenso profesional y demostrar su nivel profesional.1.3.3. IMPORTANCIA DE LA CERTIFICACIN Y RECERTIFICACIN PROFESIONAL

    La Certificacin y Recertificacin Profesional del Contador Pblico, son de suma importancia,

    ya que:

    Avala la actualizacin Profesional continua. Motiva a capacitarse. Otorga prestigio Profesional y Personal. Fortalece la credibilidad de su trabajo. Amplia la visin Profesional. Permite trabajar en los mercados laborales restringidos solo a Contadores Certificados. Da seguridad a sus clientes.

    1.3.4. SISTEMA DE CERTIFICACIN Y RECERTIFICACIN CONTABLE EN EL PER

    La Junta de Decanos de Colegios de Contadores Pblicos del Per, como mximo rgano

    representativo de la Profesin, se convierte en la Entidad Certificadora, que tiene como

    funcin la evaluacin de los Contadores Pblicos con fines de Certificacin y Recertificacin de

    las competencias profesionales, que es el proceso mediante el cual reconoce formalmente las

    competencias profesionales demostradas por los Contadores en la evaluacin de su

    desempeo Profesional.

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    La Certificacin y Recertificacin se traduce en la constancia que avala a los conocimientos,

    habilidades, destrezas y actitudes requeridos para el ejercicio de la profesin, de tal forma que

    el Contador Pblico Colegiado pueda cumplir exitosamente las actividades que componen una

    funcin laboral, segn estndares definidos o requerimientos de calidad esperados por el

    sector productivo (mercado laboral).

    En la evaluacin no solamente se deben tener en cuenta los conocimientos tericos sino

    tambin que tan capaces son los Contadores de aplicar estos conocimientos de manera

    analtica, practica contribuyendo al desarrollo y solucin de problemas cotidianos que se

    puedan presentar.

    La Certificacin y Recertificacin del Contador Pblico en el Per, son normados por el

    Reglamento de Certificacin y Recertificacin Profesional del Contador Pblico Colegiado

    emitido por la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Pblicos del Per el 30 de abril del

    2009 y que fue publicado en el diario oficial El Peruano el 25 de mayo del 2009.

    1.3.5. EL EXAMEN UNIFORME DE CERTIFICACIN

    Es el nico instrumento para proporcionar la certificacin profesional a los contadorespblicos peruanos.

    Tiene como objeto, medir el conjunto de conocimientos, habilidades y destrezas,basados en la experiencia y el juicio profesionales requeridos para el ejercicio eficiente

    de la Contadura Pblica.

    1.3.6. REAS DEL CONOCIMIENTO

    1. tica.2. Contabilidad.3. Costos4. Fiscal5. Derecho6. Finanzas7. Auditora

    La certificacin del contador pblico representa la responsabilidad y la voluntad de la

    profesin de la Contadura Pblica de servir a la sociedad, la necesidad de una sociedad

    demandante por lograr productos y servicios de excelencia ya est presente. La certificacin

    de los profesionistas es el resultado de esa demanda.

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    1.3.7. REQUISITOS PARA NACIONALES Y EXTRANJEROS

    Los licenciados en contadura, los contadores pblicos cada da forman parte ms activa en el

    desarrollo econmico de las empresas de este pas.

    Dentro de sus reas de actuacin, tradicionalmente encontramos las de registro contable, las

    de auditora, las de presupuesto y la muy caracterstica rea fiscal, misma que ha generado un

    desarrollo de especialidades en el mercado profesional.

    De igual forma, y con el desarrollo que ha tenido el dictamen fiscal ante las autoridades

    fiscales, el licenciado en contadura en su faceta de auditor ha desarrollado programas

    especficos para el quehacer de su actividad, valindose de las normas de auditora emitidas

    por el Colegio de Contadores Pblicos del Per.

    Tambin la autoridad ha puesto ciertos requisitos para poder llevar al cabo esta actividad

    profesional, con la bsqueda de que los profesionales que la desarrollan, estn perfectamente

    capacitados para poder llevar a cabo dicha funcin.

    A tales efectos la autoridad ha indicado ciertos requisitos mnimos que los auditores debern

    de cumplir para poder desempear su funcin como auditores fiscales. Ello significa auditores

    que podrn brindar una opinin de carcter fiscal a la autoridad y con ello la misma, deber de

    dar por correcto, salvo prueba en contrario, la opinin que brinda este profesional de la

    materia.

    1.3.8. PROCESO DE RECERTIFICACIN PROFESIONAL DEL CONTADOR PBLICO COLEGIADO

    CERTIFICADO

    Segn lo dispuesto en el artculo N 16 del Reglamento de Certificacin y Recertificacin del

    Contador Pblico Colegiado, vigente en el Pas, existen dos modalidades para la Recertificacin

    Profesional:

    a) La Actualizacin Profesional Continua o Permanente.- Mediante la cual elContador Pblico Colegiado Certificado, acreditar mediante los documentos o

    certificados respectivos, la capacitacin permanente que haya realizado durante

    los cuatro aos posteriores a su Certificacin Profesional, los cuales sern

    verificados y se les asignar el respectivo puntaje establecido en las tablas I, II, III

    y IV que se encuentran en el Reglamento correspondiente.

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    b) El Examen nico de Competencias.- Es la prueba escrita de los cursos designadosen las directivas respectivas, para demostrar el conocimiento adquirido en el

    desarrollo de la actividad profesional.

    El proceso de Recertificacin Profesional del Contador Pblico Colegiado Certificado se realiza

    cada cuatro aos, a partir de la Certificacin o Recertificacin Profesional.

    La actualizacin continua o permanente, es el proceso que consiste en la revisin y evaluacin

    de los documentos que acreditan dicha actualizacin Profesional, en eventos acadmicos

    organizados nicamente por la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Pblicos del Per

    y/o de los Colegios Regionales o Departamentales de Contadores Pblicos, o en las

    Instituciones educativas inscritas y reconocidas por la Junta de Decanos de Colegios de

    Contadores Pblicos del Per para otorgar diplomas o certificados vlidos para la

    Recertificacin Profesional, de conformidad con las Tablas de Puntaje respectivas que

    consideran:

    Tabla I.- Certmenes de la Profesin, que tiene 100 puntos como mximo.

    Tabla II.- Post Grados y Segunda Especialidad, que tiene 40 puntos como mximo.

    Tabla III.- Actividad Institucional, que tiene 15 puntos como mximo.

    Tabla IV.- Otras Actividades, que tiene 15 puntos como mximo.

    El puntaje mnimo para obtener la Recertificacin Profesional mediante la Actualizacin

    Continua o Permanente es de 70 (setenta) puntos en el periodo de vigencia de los cuatro aos

    posteriores a la Certificacin o Recertificacin respectiva.

    Los Contadores Pblicos Colegiados Certificados, pierden definitivamente el derecho de la

    Recertificacin Profesional mediante la modalidad de la Actualizacin Continua o Permanente,

    si en uno de los cuatro aos de vigencia de la Certificacin o Recertificacin Profesional no

    alcanzara un mnimo de 10 (diez) puntos, en cuyo caso para obtener la Recertificacin

    Profesional se tendrn que someter al Examen nico de Competencias (EUC), debiendo

    obtener en dicho examen la nota mnima de 13 puntos.

    1.3.9. MAYORES EXIGENCIAS PARA CONTADORES

    A partir del ejercicio, toda persona que quiera ser auditor para efectos fiscales, adicionalmente

    tendr que obtener el registro de contador certificado, para lo cual deber de aprobar los

    exmenes de certificacin que para tal efecto celebran los colegios profesionales autorizados

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    para emitir dicha certificacin, y de igual forma tener cuando menos tres aos de experiencia

    profesional.

    Por ltimo cabe mencionar que tambin podrn dictaminar, las personas extranjeras que de

    acuerdo con los tratados internacionales que Per tenga otorgados y se les faculte para ello.

    1.4. EL EJERCICIO PROFESIONAL EN FORMA ASOCIADA

    Las Sociedades de Auditoria estarn conformadas por Contadores Pblicos Colegiados e

    inscritas en el Registro de Sociedades de los Colegios de Contadores Pblicos. Se constituirn

    bajo cualquiera de las formas establecidas en la Ley General de Sociedades.

    La Ley General de Sociedades establece como formas de sociedad:

    La Sociedad Civil Ordinaria. Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada.

    De esta manera se pone en evidencia, la seria responsabilidad que la Certificacin Profesional

    le atribuye al profesional contable.

    Sin embargo todo el esfuerzo que realiza el Estado y la Junta de Decanos de los Colegios de

    Contadores Pblicos del Per en la implementacin de la Certificacin del Contador Pblico

    Peruano, resultara vano si no se tiene una instancia responsable y seria que coadyuve aafianzar su actuar profesional.

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    CAPITULO II: DEFENSORIAS LIGADAS A LA ACTIVIDAD DEL CONTADOR

    PBLICO:

    DIAGNOSTICO

    De manera genrica en la actualidad, se conocen 4 Defensoras ligadas a la actividad

    profesional del contador pblico:

    La defensora del Pueblo. La defensora del contribuyente y del usuario aduanero. La defensora del contribuyente de SUNAT. La defensora del contribuyente del gobierno local: SATP.

    A continuacin se efecta una somera verificacin de lo que cada una de las Defensoras

    realiza:

    2.1. DEFENSORA DEL PUEBLO

    Entidad autnoma con rango constitucional, creada por ley orgnica y el Defensor es

    designado por el Congreso con el voto de los dos tercios (2/3) de su nmero legal (81 votos).

    El Defensor del Pueblo, de acuerdo a su ley orgnica, defiende los derechos constitucionales y

    fundamentales de la persona y la comunidad; supervisa el cumplimiento de los deberes de lasentidades pblicas y la prestacin de servicios.

    De acuerdo a la Ley N 26520, Ley Orgnica de la Defensora del Pueblo, el Defensor del

    Pueblo puede, en ejercicio de sus funciones, iniciar y perseguir de oficio o a peticin de parte

    cualquier investigacin conducente al esclarecimiento de los actos y resoluciones de la

    Administracin Pblica y sus agentes que implicando el ejercicio ilegtimo, defectuoso,

    irregular, moroso, abusivo o excesivo, arbitrario o negligente de sus funciones, afecte la

    vigencia plena de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la

    Comunidad.

    Estas atribuciones se extienden a todo el mbito de la Administracin Pblica, lo cual no slo

    abarca las administraciones tributarias, llamase SUNAT, gobiernos locales, gobiernos

    regionales sino incluso a cualquier organizacin o entidad del Estado que ostente poder

    tributario.

    Actualmente la titular de la Defensora del Pueblo es la Dra. Beatriz Merino, quien en su

    momento fue la Superintendente Nacional de la Administracin Tributaria.

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    2.2. DEFENSORA DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LA

    ADMINISTRACIN TRIBUTARIA (SUNAT)

    En 2001 al modificarse la estructura de SUNAT mediante la Ley N 28951 que fue publicada en

    enero 2007; se cre la Defensora del Contribuyente, como la instancia encargada de recibir ysolucionar todas las quejas de los contribuyentes.

    En su momento SUNAT puso en funcionamiento 47 unidades receptoras de quejas a nivel

    nacional con el objetivo principal de garantizar el respeto a los derechos de los contribuyentes

    y reducir los costos que demanda el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

    En esencia la misin de la Defensora del Contribuyente es salvaguardar los derechos de los

    contribuyentes, atendiendo sus quejas y canalizando su descontento en una constante mejora

    de los servicios a los que tiene derecho.

    En la prctica esta Defensora del Contribuyente no estara cumpliendo a cabalidad con los

    objetivos para los cuales fue diseada, puesto que quiera o no se convierte en juez y parte.

    Esto se deduce por la reiterada queja de los usuarios contribuyentes si no tambin de los

    contadores.

    2.3. DEFENSORA DEL CONTRIBUYENTE Y DEL USUARIO ADUANERO

    DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE ECONOMA Y FINANZAS.

    En el ao 2004 se cre la Defensora del Contribuyente y del Usuario Aduanero. Desde esa

    poca el contribuyente tiene otra instancia de defensora, designada y dependiente del

    Ministerio de Economa de Finanzas.

    Este organismo fue creado en el mes de febrero de 2004 en mrito a la duodcima disposicin

    final del Decreto Legislativo N. 953; para garantizar los derechos de los administrados en las

    actuaciones que realicen o que gestionen ante las Administraciones Tributarias y el Tribunal

    Fiscal.

    El Defensor deber ser un profesional en materia tributaria de reconocida solvencia moral, con

    no menos de diez (10) aos de ejercicio profesional.

    Mediante el Decreto Supremo N 050-2004-EF del 15/04/2004 se establecieron las funciones

    del Defensor del Contribuyente y del Usuario Aduanero como sigue:

    a) Recibir y atender las quejas y sugerencias de los contribuyentes.

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    b) Recabar la informacin de SUNAT, las municipalidades y del Tribunal Fiscal para "unamejor dilucidacin" de las quejas y sugerencias que reciba.

    c) Proponer al Ministerio de Economa y Finanzas las modificaciones normativas yprocesales que afecten derechos del contribuyente.

    d) Velar por que las actuaciones de los diversos rganos de la administracin Tributaria yel Tribunal Fiscal, se cumplan sin excesos y dentro del marco normativo vigente.

    e) Informar al Ministerio de Economa y Finanzas si procede o no que SUNAT interpongademandas contencioso - administrativas contra las resoluciones del Tribunal Fiscal.

    (Este inciso fue sustituido por el Decreto Supremo N 167-2004-EF publicado el 01/12/2004)

    por el siguiente:

    Informar al MEF, sobre los recursos de queja a que refiere el inciso b) del artculo 155 del TUO

    del Cdigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo N 135-99-EF, previa evaluacin de los

    descargos que debe presentar la entidad quejada;

    Las dems funciones que le sean encargadas dentro del marco de su competencia.Es evidente sin embargo que esta Defensora est limitada no solo econmicamente, pues

    cuenta con poco personal; si no tambin por que los ltimos dispositivos tributarios emitidos

    en marzo de 2007 le limitaron a que solamente pueda atender la defensa de contribuyentes

    que tengan quejas contra la administracin tributaria SUNAT y no como en un inicio que se le

    facultaba a atender quejas, tambin de otras administraciones tributarias como la de los

    gobiernos locales.

    2.4. LA DEFENSORA DEL CONTRIBUYENTE DEL GOBIERNO LOCAL SERVICIO DE

    LA ADMINISTRACIN TRIBUTARIA DE PIURA (SATP)

    A continuacin se incluyen las atribuciones que le asiste a la Defensora del Contribuyente del

    Servicio de Administracin Tributaria de Piura (SATP).

    a) Asesorar y brindar informacin adecuada a las consultas que tengan incidenciatributaria municipal.

    b) Dirigir la recepcin y tramitacin de las quejas y/o sugerencias de los administrados enrelacin con las actuaciones del SATP que vulneren sus derechos, a fin de resolverlas

    en coordinacin con las reas involucradas.

    c) Desarrollar relaciones de confianza con los administrados.

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    d) Aprobar y canalizar los informes y recomendaciones a la Gerencia General en relacincon las quejas y sugerencias presentadas por los contribuyentes y administrados, a fin

    de prevenir la ocurrencia de nuevas quejas.

    e) Dirigir las propuestas de modificaciones normativas de acuerdo con la casusticapresentada.

    f) Absolver consultas legales respecto a todo lo referente a papeletas administrativas ypapeletas de infraccin de trnsito, en casos especficos.

    g) Dar a conocer al contribuyente sobre el trmite de los reclamos a fin de evitar erroresen el inicio de los procedimientos.

    h) Informar al contribuyente sobre el procedimiento para presentar recurso de apelacinante la Administracin Tributaria.

    i) Asesorar a los contribuyentes ante la inconformidad con la informacin brindada porel SATP o cuando considere que se estn vulnerando sus derechos.

    j) Poseer las ltimas modificaciones de la ley y mantener actualizado el Cdigo Tributarioy la Ley de Tributacin Municipal D.L. 776 en su base de datos.

    k) Crear un registro de contribuyentes asesorados e indicar la solucin brindada.l) Emitir un reporte al final del da y un informe semanal en el que se indique

    resumidamente los casos que se atendieron.

    m) En el caso de ser necesario brindar informacin adicional a los contribuyentes,comunicarse telefnicamente con ellos y completar la informacin.

    Como puede observarse existen 4 instancias relacionadas a la Defensora del Contribuyente y

    cada una de ellas muy ligada a la actividad profesional que desarrolla el Contador Pblico.

    Estas defensoras si bien constituyen instituciones que pretenden posibilitar una prctica

    tributaria justa y razonable, por parte de las administraciones tributarias, en la realidad salvo

    contadas excepciones, no logran tal cometido.

    2.5. ACTIVIDAD PROFESIONAL DEL CONTADOR PBLICO

    La actividad profesional del contador pblico; que es detallada con amplitud en el tem 1.2 de

    este trabajo, constituye una actividad maravillosa para todas y cada una de las personas que

    optamos por seguir esta carrera, sin embargo en nuestro accionar cotidiano tenemos que lidiar

    no solamente entre nosotros como colegas, aunque ello no es tema a tratar en esta ocasin, si

    no que adems debemos enfrentar conductas a veces inmaduras y hostiles de funcionarios

    que amparados en la potestad que tiene el estado, al cual representan, arremeten contra el

    profesional o sus clientes de manera temeraria.

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    2.6. CAMBIO DE ACTITUD

    En la actualidad la relacin contador pblico/ administracin tributaria, evidencia una

    sensacin de inconformidad, descontento, impotencia y una lamentable e impotente actitud

    pasiva por parte de un gran nmero de colegas, frente al accionar de la administracin pblica

    y en especial de la administracin tributaria.

    A mi criterio esta realidad, debe propiciar un inmediato cambio de actitud y por tal motivo

    planteo a continuacin la propuesta siguiente: (Ver Capitulo III)

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    CAPITULO III: DEFENSORIA DEL CONTADOR PBLICO

    PROPUESTA

    La actuacin responsable y comprometida de la profesin contable en el marco de la

    Certificacin y Recertificacin necesita con suma urgencia, el asumir una postura que

    garantice una verdadera defensora acorde con el momento actual. Por tal motivo presento a

    vuestra consideracin, la creacin de una DEFENSORA DEL CONTADOR PBLICO con

    atribuciones y funciones especficas que garanticen una real y eficiente defensora del colega

    frente al accionar de la administracin pblica en general y de manera especial de la

    administracin tributaria.

    LA DEFENSORA DEL CONTADOR PBLICO DEBER ASUMIR LAS FUNCIONES SIGUIENTES:

    - Que nuestra profesin elija un Defensor Nacional del Contador Pblico y un Defensorpor cada Colegio profesional a quienes previamente se les deber fijar sus atribuciones

    y funciones.

    - Que la Defensora del Contador Pblico cuente con recursos humanos y materialesasignados por cada Colegio, para que cumpla con las funciones encomendadas de

    manera diligente y oportuna; que evidencie total independencia, que sea capaz de

    exigir incluso que el mal accionar de un funcionario o funcionarios de la

    administracin, sean pausibles de destitucin si el caso as lo ameritara.

    - Que la Defensora del Contador Pblico cautele que la informacin sobre proyectosnormativos que tiene la administracin pblica en general y la tributaria en especial

    que tengan incidencia directa en su actuacin, sea debida y oportunamente analizada

    por nuestros organismos colegiados y que garanticen pronunciamientos debidos y

    oportunos.

    - Que en merito a ese accionar, nuestro mximo organismo colegiado propongaoportuna y debidamente, las modificaciones normativas (leyes, reglamentos, etc.) que

    atenten contra los principios de contabilidad y normas internacionales relacionadas a

    su actuar profesional (Ejemplo: no aceptar como gasto ni costo las liquidaciones de

    compras que hayan sido emitidas a usuarios que hayan o tengan nmero de RUC.)

    - Que propenda la unificacin de las defensoras tributarias que ahora existen y que seconcrete su accionar de manera eficiente y eficaz.

    - Que las Defensoras del Contribuyente instaladas en las diferentes instituciones delestado, en tanto no se unifiquen, se constituyan en una instancia totalmente

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    soberana, autnoma e imparcial; cuyo accionar sea cautelado por el Defensor del

    Contador Pblico de una manera real y efectiva.

    - Que el Defensor del Contador Pblico lleve el control estadstico de las quejas que sepresentan al defensor del contribuyente, con fines de una sana prctica de crtica

    constructiva y motivadora de una mejor gestin por administraciones tributarias y

    deber publicitarse de manera peridica.

    - Que la Defensora del Contador Pblico sea capaz de evaluar la gestin que realiza laadministracin tributaria y analizar la informacin que permanentemente reporta

    como resultado de su gestin, puesto que segn parece, no existe en el pas una

    entidad que realice esa funcin.

    - Las dems funciones que se le encomiende.

    CONCLUSIONES

    La Certificacin del Contador Pblico constituye una valiosa alternativa para que la prestacin

    de los servicios del profesional contable, sean garanta de calidad.

    La actuacin del profesional Contador Pblico Colegiado est muy ligada a la administracin

    pblica y de manera especial a la administracin tributaria como parte del servicio profesional

    que ofrece a sus clientes.

    En la actualidad la relacin contador pblico / administracin pblica, y de manera especial la

    administracin tributaria, evidencia una situacin que requiere de manera urgente un cambio

    de actitud.

    La Defensora del Contador Pblico, representada por una o un colega como titular de la

    misma, cuya propuesta ha sido planteada en este trabajo seria la garanta de una verdadera

    defensora en su cotidiano accionar.

    Las Defensoras Tributarias que han implementado las administraciones tributarias y el

    Ministerio de Economa y Finanzas, estaran demostrando una actuacin unilateral y no

    siempre eficiente.

    La unificacin de las defensoras tributarias constituira, garantizara y coadyuvara a una real,

    seria, responsable y eficiente prestacin de los servicios del profesional contable.

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    FUENTES

    - Ley N 28951 Ley de Profesionalizacin del Contador Pblico publicada en enero 2007.- Ley N 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluacin, Acreditacin y Certificacin de

    la Calidad Educativa y su reglamento DECRETO SUPREMO N 018-2007-ED.- Ley N 26520 ley de defensora del pueblo.- Resolucin N 012-2001 SUNAT. Enero 2001.Defensora Tributaria.- Duodcima Disposicin Final Decreto Legislativo 953 Febrero 2004.- Decreto supremo 167-2004-EF. Diciembre 2004.- Defensora del Contribuyente Gobiernos Locales SATP PIURA.- Normas relacionadas a la Certificacin y Recertificacin emitidas por la JUNTA DE

    DECANOS DE LOS COLEGIOS DE CONTADORES PUBLICOS DEL PERU