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EL ESTADO Y EL GOBIERNO DE LA NACION EL ESTADO Y EL GOBIERNO DE LA NACION Docente: Jorge L. Arroyo Reto

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EL ESTADO Y EL GOBIERNO DE LA NACIONEL ESTADO Y EL GOBIERNO DE LA NACION

Docente: Jorge L. Arroyo Reto

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚTITULO II: DEL ESTADO Y LA NACIÓN

Capitulo I Del Estado, La Nación Y El Territorio

CONSTITUCIÓNNORMA JURIDICA

CONSTITUCIÓNNORMA JURIDICA

TERRITORIO

NACIÓN

ESTADO

GOBIERNO

POBLACIÓN

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TITULO II: DEL ESTADO Y LA NACIÓNCAPITULO I DEL ESTADO, LA NACIÓN Y EL TERRITORIO

• Artículo 43.- La República del Perú es democrática, social, independiente y soberana. 

• El Estado es uno e indivisible. • Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el

principio de la separación de poderes.

• Artículo 44.- Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación.

• Asimismo, es deber del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras y promover la integración, particularmente latinoamericana, así como el desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la política exterior

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TITULO II: DEL ESTADO Y LA NACIÓNCAPITULO I DEL ESTADO, LA NACIÓN Y EL TERRITORIO

• Artículo 45.- El poder del Estado emana del pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las leyes establecen. 

• Ninguna persona, organización, Fuerza Armada, Policía Nacional o sector de la población puede arrogarse el ejercicio de ese poder.

• Hacerlo constituye rebelión o sedición.

• Artículo 46.- Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador, ni a quienes asumen funciones públicas en violación de la Constitución y de las leyes.

• La población civil tiene el derecho de insurgencia en defensa del orden constitucional.

• Son nulos los actos de quienes usurpan funciones públicas..

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TITULO II: DEL ESTADO Y LA NACIÓN

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TITULO II: DEL ESTADO Y LA NACIÓNCAPITULO I DEL ESTADO, LA NACIÓN Y EL TERRITORIO

• Artículo 47.- La defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos conforme a ley. El Estado está exonerado del pago de gastos judiciales.

• Artículo 52.- Son peruanos por nacimiento los nacidos en el territorio de la República. También lo son los nacidos en el exterior de padre o madre peruanos, inscritos en el registro correspondiente durante su minoría de edad. 

• Son asimismo peruanos los que adquieren la nacionalidad por naturalización o por opción, siempre que tengan residencia en el Perú.

• Artículo 53.- La ley regula las formas en que se adquiere o recupera la nacionalidad.• La nacionalidad peruana no se pierde, salvo por renuncia expresa ante autoridad

peruana.

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TITULO II: DEL ESTADO Y LA NACIÓNCAPITULO I DEL ESTADO, LA NACIÓN Y EL TERRITORIO

EL ESTADO

PUEBLO Parte importante de un Eº

PODER Es el orden jurídico al que está sometido los ciudadanos del EstadoTERRITORIO Espacio físico en donde se asienta la población.

Elemento fundamental del Eº. Condición de existencia, ya que sin territorio desaparece el Estado.

UNIDAD DE TERRITORIO: Un Estado puede tener varias porciones de terreno inconexas entre ellas e términos físicos,

puede tener regímenes administrativos y tributarios distintos pero el territorio formara jurídicamente una unidad.

LA INDIVISIBILIDADEl territorio no puede dividirse ni entregarse a otros Estados, admitir esto sería aceptar que el

gobernante es el titular del mismo y puede disponer a su arbitrio.

LA IMPENETRABILIDADEn la extensión del territorio de un Estado solo es posible la actuación de un centro de poder.

Ningún otro Estado puede imponer su autoridad en el territorio de otro.

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TITULO II: DEL ESTADO Y LA NACIÓNCAPITULO I DEL ESTADO, LA NACIÓN Y EL TERRITORIO

Territorio

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TITULO II: DEL ESTADO Y LA NACIÓNCAPITULO I DEL ESTADO, LA NACIÓN Y EL TERRITORIO

Nación

Sociedad natural de hombres a los que la unidad de territorio, de origen, de costumbres y de idioma, conduce a la comunidad de vida y conciencias sociales

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TITULO II: DEL ESTADO Y LA NACIÓNCAPITULO II DE LOS TRATADOS

Artículo 55.- Los tratados celebrados por el Estado y en vigor forman parte del derecho nacional.

Artículo 56.- Los tratados deben ser aprobados por el Congreso antes de su ratificación por el Presidente de la República, siempre que versen sobre las siguientes materias:

• 1. Derechos Humanos.

 • 2. Soberanía, dominio o integridad del Estado.

• 3. Defensa Nacional.

• 4. Obligaciones financieras del Estado.

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TITULO II: DEL ESTADO Y LA NACIÓNCAPITULO II DE LOS TRATADOS

Las Atribuciones Presidenciales sobre los Tratados

•Artículo 57.- El Presidente de la República puede celebrar o ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso en materias no contempladas en el artículo precedente. En todos esos casos, debe dar cuenta al Congreso.

• Cuando el tratado afecte disposiciones constitucionales debe ser aprobado por el mismo procedimiento que rige la reforma de la Constitución, antes de ser ratificado por el Presidente de la República.

 • La denuncia de los tratados es potestad del Presidente de la República, con

cargo de dar cuenta al Congreso. En el caso de los tratados sujetos a aprobación del Congreso, la denuncia requiere aprobación previa de éste.

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ANÁLISIS DE UN CASO PRÁCTICO :CASO ANTAURO HUMALA

http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2013/02092-2012-HC.pdf

•TRABAJO GRUPAL

ANALIZAR EN BASE A LA CONSTITUCIÓN, DISCUTIR Y RESUMIR (PRESENTACIÓN)

20 MINUTOS

EXPOSICIÓN MÁXIMO 04 MINUTOS POR GRUPO

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• ¿QUÉ ENTIENDE POR ESTADO?

• ¿QUIENES CONFORMAN EL ESTADO?

• ¿CREES QUE EL DERECHO DE INSURGENCIA ES UN MECANISMO DE DEFENSA CONSTITUCIONAL? ¿Por qué?

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BIBLIOGRAFIA

• MARCIAL RUBIO CORREA / ENRIQUE BERNALES BALLESTEROS :• Constitución y sociedad política• BERNALES, Enrique: El Funcionamiento del Sistema Político en la Constitución de

1979. En La Constitución diez años después• GARCIA BELAUNDE, Domingo: Funciones Legislativas del Ejecutivo Moderno: El

Caso Peruano• PLANAS, Pedro: Rescate de la Constitución. Abril Editores-Impresores. Lima, 1992,• VALEGA GARCIA, César: La Responsabilidad Política del Gobierno en la

Constitución de 1993. En La Constitución de 1993, Análisis y Comentarios• CHIRINOS SOTO, Enrique: La nueva Constitución al alcance de todos. Editorial

Andina.Lima, 1979• Convención relativa a la protección del niño y a la cooperación en materia de

adopción internacional, adoptada en La Haya, el 29 de mayo de 1993 y aprobada en el Perú por Resolución Legislativa N° 26474, del13 de junio de 1995

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚTITULO III: DEL RÉGIMEN ECONÓMICO

• Docente: Jorge L. Arroyo Reto

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚTITULO III: DEL RÉGIMEN ECONÓMICOPRINCIPIOS GENERALES

• Constitución de 1979Constitución de 1979Art. 110ºArt. 110º

• Promover la creación de una sociedad justa, libre y culta, sin explotados ni explotadores, exenta de toda discriminación por razones de sexo, raza, credo o condición social, donde la economía esté al servicio del hombre y no el hombre al servicio de la economía; una sociedad abierta a formas superiores de convivencia y apta para recibir y aprovechar el influjo de la revolución científica, tecnológica, económica y social que transforma el mundo;

• Conscientes de la fraternidad de todos los hombres y de la necesidad de excluir la violencia como medio de procurar solución a conflictos internos e internacionales;

• Constitución de 1993Constitución de 1993Art. 58ºArt. 58º

• La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura.

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚTITULO III: DEL RÉGIMEN ECONÓMICOPRINCIPIOS GENERALES

• Constitución de 1979Constitución de 1979Art. 111ºArt. 111º

• El Estado formula la política económica y social mediante planes de desarrollo que regulan la actividad de los demás sectores. La planificación una vez concertada es de cumplimiento obligatorio.

• Constitución de 1993Constitución de 1993Art. 59ºArt. 59º

• El Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y la libertad de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad públicas. El Estado brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequeñas empresas en todas sus modalidades

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚTITULO III: DEL RÉGIMEN ECONÓMICOPRINCIPIOS GENERALES

• Constitución de 1979Constitución de 1979Art. 112ºArt. 112º

• El Estado garantiza el pluralismo económico. La economía nacional se sustenta en la coexistencia democrática de diversas formas de propiedad y de empresa. Las empresas estatales, privadas, cooperativas, autogestionadas, comunales y de cualquier otra modalidad actúan con la personería jurídica que la ley señala de acuerdo con sus características.

• Constitución de 1993Constitución de 1993Art. 60ºArt. 60º

• El Estado reconoce el pluralismo económico. La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa.

•  • Sólo autorizado por ley expresa, el

Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional.

•  • La actividad empresarial, pública o no

pública, recibe el mismo tratamiento legal.

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚTITULO III: DEL RÉGIMEN ECONÓMICOPRINCIPIOS GENERALES

• Constitución de 1979Constitución de 1979Art. 113ºArt. 113º

• El estado ejerce su actividad empresarial con el fin de promover la economía del país, prestar servicios públicos y alcanzar los objetivos de desarrollo.

• Constitución de 1993Constitución de 1993Art. 61ºArt. 61º

• El Estado facilita y vigila la libre competencia. Combate toda práctica que la limite y el abuso de posiciones dominantes o monopólicas. Ninguna ley ni concertación puede autorizar ni establecer monopolios.

•  • La prensa, la radio, la televisión y los

demás medios de expresión y comunicación social; y, en general, las empresas, los bienes y servicios relacionados con la libertad de expresión y de comunicación, no pueden ser objeto de exclusividad, monopolio ni acaparamiento, directa ni indirectamente, por parte del Estado ni de particulares.

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚTITULO III: DEL RÉGIMEN ECONÓMICOPRINCIPIOS GENERALES

• Constitución de 1979Constitución de 1979Art. 114ºArt. 114º

• Por causa de interés social o seguridad nacional, la ley puede reservar para el Estado actividades productivas o de servicios. Por iguales causas puede también el Estado establecer reservas de dichas actividades en favor de los peruanos.

• Constitución de 1993Constitución de 1993Art. 62ºArt. 62º

• La libertad de contratar garantiza que las partes pueden pactar válidamente según las normas vigentes al tiempo del contrato. Los términos contractuales no pueden ser modificados por leyes u otras disposiciones de cualquier clase. Los conflictos derivados de la relación contractual sólo se solucionan en la vía arbitral o en la judicial, según los mecanismos de protección previstos en el contrato o contemplados en la ley.

•  • Mediante contratos-ley, el Estado puede

establecer garantías y otorgar seguridades. No pueden ser modificados legislativamente, sin perjuicio de la protección a que se refiere el párrafo precedente.

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚTITULO III: DEL RÉGIMEN ECONÓMICOPRINCIPIOS GENERALES

• Constitución de 1979Constitución de 1979Art. 115ºArt. 115º

• La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. El Estado estimula y reglamenta su ejercicio para armonizarlo con el interés social.

• Constitución de 1993Constitución de 1993Art. 63ºArt. 63º

• La inversión nacional y la extranjera se sujetan a las mismas condiciones. La producción de bienes y servicios y el comercio exterior son libres. Si otro país o países adoptan medidas proteccionistas o discriminatorias que perjudiquen el interés nacional, el Estado puede, en defensa de éste, adoptar medidas análogas.

•  • En todo contrato del Estado y de las personas de

derecho público con extranjeros domiciliados consta el sometimiento de éstos a las leyes y órganos jurisdiccionales de la República y su renuncia a toda reclamación diplomática. Pueden ser exceptuados de la jurisdicción nacional los contratos de carácter financiero.

•  • El Estado y las demás personas de derecho público

pueden someter las controversias derivadas de relación contractual a tribunales constituidos en virtud de tratados en vigor. Pueden también someterlas a arbitraje nacional o internacional, en la forma en que lo disponga la ley.

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚTITULO III: DEL RÉGIMEN ECONÓMICOPRINCIPIOS GENERALES

• Constitución de 1979Constitución de 1979Art. 116ºArt. 116º

• El Estado promueve y protege el libre desarrollo del cooperativismo y la autonomía de las empresas cooperativas. Asimismo estimula y ampara el desenvolvimiento de las empresas autogestionarias, comunales y demás formas asociativas.

• Constitución de 1993Constitución de 1993Art. 64ºArt. 64º

• El Estado garantiza la libre tenencia y disposición de moneda extranjera.

Economía social de mercado Libre iniciativa privada Libertad de acceso al mercado Libertad de contratación Derecho a la propiedad privada Libertad de competencia Principio de igualdad en las inversiones Contrato Ley

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚCAPITULO III: LA PROPIEDAD

La Constitución Política del Perú, establece que:• Toda persona tiene derecho a la propiedad.

•El derecho de propiedad es inviolable y el Estado lo garantiza (sobre la tierra, en forma privada o comunal o en cualquiera otra forma asociativa).

•Nadie puede ser privado de su propiedad sino exclusivamente por causa de seguridad nacional o necesidad pública declarada por ley y previo pago en efectivo de indemnización justipreciada.

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚCAPITULO III: LA PROPIEDAD

El actual Código Civil (CC), publicado en 1984, concibe a la propiedad como el poder jurídico que permite usar, disfrutar, disponer y reivindicar un bien. El derecho de propiedad debe ejercerse en armonía con el interés social y dentro de los límites de la ley.

Asimismo, el CC regula la transferencia de derechos de propiedad, la constitución de servidumbres, usufructo, compensación por el uso de tierras y demás derechos reales que regulan las actividades destinadas a la adquisición de tierras

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚCAPÍTULO IV DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO Y PRESUPUESTAL

• Facultad que posee el Estado

P. NATURALESP. NATURALES P. JURÍDICASP. JURÍDICAS

TRIBUTOS

Necesidades Colectivas

PODER TRIBUTARIOPODER TRIBUTARIO

ART. 74 TRIBUTOS, ARANCELES Y TASAS. EXCEPCIONES

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚCAPÍTULO IV DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO Y PRESUPUESTAL

• PODER TRIBUTARIO

• - ORIGINARIO Propio del Estado, la Cº lo confiere, a través de funciones legislativas.• - DERIVADO Ente territorial posee poder de tributación.

• Nación• Estado• Gobierno regionales y Locales

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚCAPÍTULO IV DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO Y PRESUPUESTAL

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚCAPÍTULO IV DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO Y PRESUPUESTAL

SENTENCIAS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN MATERIA TRIBUTARIA

Sentencia del TC Exp. N° 042-2004-AA/TCLa Potestad Tributaria del Estado y los Principios

Constitucionales Tributarios de Legalidad y Reserva de Ley.

Sentencias del TC Exp. N° 033-2004-AI/TCLos Principios Rectores de la Tributación en la Carta

Magna.

Sentencia TC Exp. N° 2727-2002-AA/TCEl principio de no Confiscatoriedad de los Tributos.

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚCAPÍTULO IV DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO Y PRESUPUESTAL

BIBLIOGRAFIA

• Landa Arroyo, César (2006) “Los Principios tributarios en la Constitución de 1993. Landa Arroyo, César (2006) “Los Principios tributarios en la Constitución de 1993. Una perspectiva constitucional” En: Una perspectiva constitucional” En: Jurisprudencia y Doctrina Constitucional Jurisprudencia y Doctrina Constitucional tributariatributaria. Gaceta Jurídica, Lima, pp. 251-263. Gaceta Jurídica, Lima, pp. 251-263

• Gamba Valega, César M. (2004) La Extensión de la Reserva de Ley en el Ámbito Gamba Valega, César M. (2004) La Extensión de la Reserva de Ley en el Ámbito Tributario. En: Revista Tributario. En: Revista Análisis TributarioAnálisis Tributario, mayo – junio. Lima – Perú, pp 20-21, mayo – junio. Lima – Perú, pp 20-21

• Sanabria Ortiz, Rubén (2001) Sanabria Ortiz, Rubén (2001) Derecho Tributario e Ilícitos TributariosDerecho Tributario e Ilícitos Tributarios. 5ta edición. . 5ta edición. Editorial Gráfica Horizonte. Lima. Editorial Gráfica Horizonte. Lima. Lectura: “El derecho constitucional y los principios que regulan la relación Lectura: “El derecho constitucional y los principios que regulan la relación tributaria” (pp. 358-371)tributaria” (pp. 358-371)

• Danós Ordóñez, Jorge (1994), “El Régimen Tributario en la Constitución: Estudio Danós Ordóñez, Jorge (1994), “El Régimen Tributario en la Constitución: Estudio Preliminar”. En: Revista Preliminar”. En: Revista THEMISTHEMIS. N° 29, Lima. pp. 131 a 145.. N° 29, Lima. pp. 131 a 145.

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚCAPÍTULO IV DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO Y PRESUPUESTAL

• Artículo 75ºEl Estado sólo garantiza el pago de la deuda pública contraída por gobiernos constitucionales de acuerdo con la Constitución y la ley.Las operaciones de endeudamiento interno y externo del Estado se aprueban conforme a ley.Los municipios pueden celebrar operaciones de crédito con cargo a sus recursos y bienes propios, sin requerir autorización legal.

Artículo 76ºLas obras y la adquisición de suministros con utilización de fondos o recursos públicos se ejecutan obligatoriamente por contrata y licitación pública, así como también la adquisición o la enajenación de bienes.La contratación de servicios y proyectos cuya importancia y cuyo monto señala la Ley de Presupuesto se hace por concurso público. La ley establece el procedimiento, las excepciones y las respectivas responsabilidades. 

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚCAPÍTULO IV DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO Y PRESUPUESTAL

• Artículo 77ºLa administración económica y financiera del Estado se rige por el presupuesto que anualmente aprueba el Congreso. La estructura del presupuesto del sector público contiene dos secciones: gobierno central e instancias descentralizadas. El presupuesto asigna equitativamente los recursos públicos, su programación y ejecución responden a los criterios de eficiencia de necesidades sociales básicas y de descentralización. Corresponden a las respectivas circunscripciones, conforme a ley, recibir una participación adecuada del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la explotación de los recursos naturales en cada zona en calidad de canon. (* Artículo modificado por Ley Nº 26.472 del 13 de junio de 1995.) 

Artículo 78ºEl Presidente de la República envía al Congreso el proyecto de Ley de Presupuesto dentro de un plazo que vence el 30 de agosto de cada año.En la misma fecha, envía también los proyectos de ley de endeudamiento y de equilibrio financiero.El proyecto presupuestal debe estar efectivamente equilibrado.Los préstamos procedentes del Banco Central de Reserva o del Banco de la Nación no se contabilizan como ingreso fiscal.No pueden cubrirse con empréstitos los gastos de carácter permanente.No puede aprobarse el presupuesto sin partida destinada al servicio de la deuda pública.

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚCAPÍTULO IV DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO Y PRESUPUESTAL

• Artículo 79ºLos representantes ante el Congreso no tienen iniciativa para crear ni aumentar gastos públicos, salvo en lo que se refiere a su presupuesto.El Congreso no puede aprobar tributos con fines predeterminados, salvo por solicitud del Poder Ejecutivo.En cualquier otro caso, las leyes de índole tributaria referidas a beneficios o exoneraciones requieren previo informe del Ministerio de Economía y Finanzas.Sólo por ley expresa, aprobada por dos tercios de los congresistas, puede establecerse selectiva y temporalmente un tratamiento tributario especial para una determinada zona del país.

• Artículo 80ºEl Ministro de Economía y Finanzas sustenta, ante el Pleno del Congreso, el pliego de ingresos. Cada ministro sustenta los pliegos de egresos de su sector. El Presidente de la Corte Suprema, el Fiscal de la Nación y el Presidente del Jurado Nacional de Elecciones sustentan los pliegos correspondientes a cada institución.Si la autógrafa de la Ley de Presupuesto no es remitida al Poder Ejecutivo hasta el treinta de noviembre, entra en vigencia el Proyecto de éste, que es promulgado por decreto legislativo.Los créditos suplementarios, habilitaciones y transferencias de partidas se tramitan ante el Congreso tal como la Ley de Presupuesto. Durante el receso parlamentario se tramitan ante la Comisión Permanente. Para aprobarlos, se requiere los votos de los tres quintos del número legal de sus miembros.

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚCAPÍTULO IV DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO Y PRESUPUESTAL

• Artículo 81ºLa Cuenta General de la República, acompañada del informe de auditoría de la Contraloría General, es remitida por el Presidente de la República al Congreso en un plazo que vence el quince de noviembre del año siguiente al de ejecución del presupuesto.La Cuenta General es examinada y dictaminada por una comisión revisora dentro de los noventa días siguientes a su presentación. El Congreso se pronuncia en un plazo de treinta días. Si no hay pronunciamiento del Congreso en el plazo señalado, se eleva el dictamen de la Comisión Revisora al Poder Ejecutivo para que éste promulgue un decreto legislativo que contiene la Cuenta General.

• Artículo 82ºLa Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su ley orgánica. Es el órgano superior del Sistema Nacional de Control. Supervisa la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control.El Contralor General es designado por el Congreso, a propuesta del Poder Ejecutivo, por siete años. Puede ser removido por el Congreso por falta gra

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚCAPÍTULO IV DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO Y PRESUPUESTAL

• ¿LOS GOBIERNOS REGIONALES Y MUNICIPALES, TIENEN AUTONOMÍA EN MATERIA TRIBUTARIA?

• ¿LA PROPIEDAD ESTA PROTEGIDA POR EL ESTADO? ¿COMO?

• QUIEN APRUEBA EL PRESUPUESTO DE LA REPÚBLICA Y QUIEN LO PUBLICA? ¿PUEDE SER OBSERVADA?¿POR QUIEN?

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚCAPÍTULO V DE LA MONEDA Y LA BANCA

ENTIDADES DE REGULACIÓN Y ENTIDADES DE REGULACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL SISTEMA SUPERVISIÓN DEL SISTEMA FINANCIEROFINANCIERO

2.1 El Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) (ART. 83 Y 84 CPP)

2.2 La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) (ART. 87 CPP)

2.3 La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV)

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚCAPÍTULO V DE LA MONEDA Y LA BANCA

• Banco Central de Reserva del Perú (BCRP)

La Constitución Política del Perú (1993) establece dos aspectos fundamentales sobre el BCRP:

• La autonomía del Banco en el marco de su Ley Orgánica (Ley 26123)

• La preservación la estabilidad monetaria (cuidar que no haya inflación).

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚCAPÍTULO V DE LA MONEDA Y LA BANCA

• Funciones del BCRPCumple las siguientes funciones:

• Regular la moneda y el crédito del sistema financiero.

• Administrar las reservas internacionales.

• Emitir billetes y monedas.

• Informar sobre las finanzas nacionales

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚCAPÍTULO V DE LA MONEDA Y LA BANCA

• Administración de las Reservas Internacionales• Las reservas internacionales son las divisas que todo Banco Central (de cada país)

invierte en el exterior y que pueden ser fácilmente convertidos en medios de pago. • Las reservas internacionales representan la disponibilidad

de divisas para situaciones extraordinarias del país.

Emisión de billetes y monedas: otra función del BCRP• A fin de facilitar la fluidez de las transacciones en efectivo que realice el público, se

debe tener en cuenta: cantidad, calidad y denominaciones de los billetes y monedas.  

• La demanda de billetes y monedas del público tiene dos componentes:

- Demanda para Transacciones (depende la economía- e inflación).- Demanda para Reposición (reemplazo de billetes y - monedas deteriorados).

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚCAPÍTULO V DE LA MONEDA Y LA BANCA

CASO PARA SU ANÁLISIS

El Gobierno quiere financiar un proyecto ferroviario que unirá a todas las regiones del país, por ello, ha solicitado al BCRP financiar parte del proyecto.

¿Se podría utilizar las Reservas Internaciones Netas - RIN?

2. Debido al buen desempeño de la economía peruana en los tres últimos años, numerosos inversionistas del exterior traen sus dólares al Perú para comprar soles; en este escenario, el tipo de cambio comienza a caer fuertemente.

¿El BCR podría utilizar las RIN, para salir a comprar dólares al mercado para detener la caída de su precio?

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