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EL SISTEMA EL SISTEMA ARMONIZADO DE ARMONIZADO DE DESIGNACIDESIGNACIÓÓN Y N Y
CODIFICACICODIFICACIÓÓN DE N DE MERCANCMERCANCÍÍASAS
El principal instrumento utilizado para la clasificación de mercancías es el
Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA)
(desde 1988), y en el cual se basan la mayoría de las Tarifas arancelarias
INTRODUCCIÓNINTRODUCCIINTRODUCCIÓÓNN
del Mundo, incluyendo El Salvador
La OMA es el organismo dedicado a estudiar mercancías, desarrollar técnicas aduaneras y otros asuntos arancelarios, y es el encargado de mantener actualizado el SA.
Sede: Bruselas.
159 miembros activos
195 entidades usan la nomenclatura del SA
El Salvador la adoptó en su ley desde 7 de Mayo 1995
Albania Cape Verde Germany Lebanon Niger SwazilandAlgeria Central African Rep. Ghana Lesotho Nigeria SwedenAndorra Chile Greece Liberia Norway SwitzerlandAngola China Guatemala Libya Oman SyriaArgentina Colombia Guinea Lithuania Pakistan TajikistanArmenia Comoros Guyana Luxembourg Panama TanzaniaAustralia Congo (Dem. Rep.) Haiti Macau, China Paraguay ThailandAustria Congo (Rep. of) Hong Kong, China Madagascar Peru FYRO MacedoniaAzerbaijan Costa Rica Hungary Malawi Philippines TogoBahamas Côte d’Ivoire Iceland Malaysia Poland Trinidd &TobagoBahrain Croatia India Maldives Portugal TunisiaBangladesh Cuba Indonesia Mali Qatar TurkeyBarbados Cyprus Iran Malta Romania TurkmenistanBelarus Czech Rep. Iraq Mauritania Russia Uganda Belgium Denmark Ireland Mauritius Rwanda Ukraine
Bermuda Egypt Italy Moldova Saudi Arabia United KingdomBolivia Eritrea Jamaica Mongolia Senegal United StatesBotswana Estonia Japan Morocco Seychelles UruguayBrazil Ethiopia Jordan Mozambique Sierra Leone UzbekistanBrunei Darussal Fiji Kazakstan Myanmar Singapore Venezuela Bulgaria Finland Kenya Namibia Slovakia Vietnam Burkina Faso France Kyrgyzstan Nepal Slovenia YemenBurundi Gabon Korea (Rep. of) Netherlands South Africa YugoslaviaCambodia Gambia Kuwait Netherlands Antilles Spain ZambiaCameroon Georgia Latvia New Zealand Sri Lanka ZimbabweCanada Nicaragua Sudan
Benin Ecuador Israel Mexico Samoa Untd ArEmirates
EL SALVADOR
2
EL SISTEMA ARMONIZADOEL SISTEMA ARMONIZADO( ( NoviembreNoviembre de 2002 ) de 2002 )
4
NO MIEMBROSAPLICAN EL SA
NO APLICAN EL SAMIEMBROS
Lista, relación o catálogo de bienes agrupados en forma sistemática, de acuerdo a criterios tales como:
origen, grado de elaboración, usos, aplicaciones
y según su importancia comercial mundial
EL SISTEMA ARMONIZADOEL SISTEMA ARMONIZADOEL SISTEMA ARMONIZADO
El SA incluye todos los bienes,incluso los “no inventados”
Siempre que sean TangiblesMuebles
Se identifican con un códigonumérico común
Pero puede utilizarse para otros fines
Diseño de Reglas de OrigenPara registro estadístico
Identificar productos sujetos al cumplimiento de normas de calidad
Identificar bienes sujetos al pago de cuotas compensatorias
1212.99
Estructura del SA:
Las mercancías objeto de comercio se han agrupado en 97 Capítulos que corresponden a las actividades económicas más relevantes.
Cada Capítulo se subdivide en grupos o especialidades (partidas; subpartidas).
El SA asume la forma de un código numérico de seis dígitos.
Estructura del SA:
Cabe destacar, que las subpartidas se dividen en “subpartidas de 1er. Y 2do. Nivel”, es decir,
subpartidas de un guión y subpartidas de dos guiones, respectivamente.
Y a su vez las subpartidas de 1er. Nivel o de un guión pueden estar desgosadas o no.
Estructura del SA:
Son de primer nivel, aquellas en las que el sexto número es cero (0) o que no tienen código; lo cual significa que han sido subdivididas en subpartidas de 2do. nivel.
Son de segundo nivel, aquellas en las que el sexto número es distinto de cero (0).
Sin embargo existen partidas que no se subdividen y la subpartida se identifica con un código numérico de doble cero (00).
ADEMÁS, HAY SUBPARTIDAS RESIDUALES DE PRIMER Y
SEGUNDO NIVEL, LAS CUALES CONTIENEN UN DÍGITO 9:
XXXX.XXXX.99YYXXXX.YXXXX.Y99 óXXXX.XXXX.9999
NO OLVIDAR
QUE
SE TRATA DE UNA SUBPARTIDASE TRATA DE UNA SUBPARTIDARESIDUAL.RESIDUAL.
Ejemplo:
con una capa adhesiva.
Partida
Subpartida
Los primeros seis dígitos de la clasificación deben ser idénticos para todos los países miembros de la OMA.
Capítulo
“curitas”
3005.10 - Apósitos y demás artículos,
subpartida: 3005.10
Los dos primeros números arábigos del código señalan el Capítulo en el que se ha agrupado la mercancía.Tercero y cuarto indican la partida, en el orden numérico que le corresponde dentro del Capítulo.(Una partida consta de cuatro dígitos).El quinto y sexto, agregados a los cuatro de la partida, identifican a la subpartida.
Cada país establece el nivel nacional de desglose conforme a
sus necesidades de identificación.
Añade al código del SA los dígitos, letras o cualquier otro
carácter necesarios para formar sus propias subdivisiones
arancelarias o estadísticas.
Ejemplo:
Partida
Subpartida
FRACCIÓN
Capítulo
en donde:
“curitas”
Fracción: 3005.10.00
3005.10.00 Venditas adhesivas.:
Caso El Salvador:
REGLAS GENERALES NOMENCLATURANOTAS LEGALESNOTAS EXPLICATIVASCRITERIOS DE CLASIFICACIÓNÍNDICE ALFABÉTICO DE PRODUCTOS
ADEMÁS EL SA SE COMPONE DE:ADEMADEMÁÁS EL SA SE COMPONE DE:S EL SA SE COMPONE DE:
1) CONTIENEN LA METODOLOGÍA DELSISTEMA ARMONIZADO.
2) ESTABLECEN LOS PRINCIPIOS DECLASIFICACIÓN.
3) DIRIGEN LA INTERPRETACIÓN DELA NOMENCLATURA.
REGLAS GENERALESREGLAS GENERALESREGLAS GENERALES
LA CLASIFICACIÓN ESTA DETERMINADA POR :
TEXTOS DE LAS PARTIDAS.NOTAS LEGALES.LAS OTRAS REGLAS, SIEMPRE QUE NO SEAN CONTRARIAS A LOS TEXTOS DE LAS PARTIDAS.LOS TÍTULOS, DE LAS SECCIONES Y CAPÍTULOS TIENEN SÓLO VALOR INDICATIVO
REGLA GENERAL # 1REGLA GENERAL # 1REGLA GENERAL # 1
REGLA PARA LA CLASIFICACIÓN DE ARTÍCULOS INCOMPLETOS O SIN TERMINAR, DESMONTADOS O DESENSAMBLADOS, Y DE ARTÍCULOS MEZCLADOS O CONSTITUIDOS POR DOS O MÁS MATERIAS:
a) COMO SI FUERAN ARTÍCULOS COMPLETOS, O ESTUVIESEN MONTADOS, INCLUSO LOS ESBOZOS, EXCEPTO CUANDO HAYA UNA PARTIDA(ESBOZOS DE TAPONES DE CORCHO: 45.02, NO 45.03).
b) COMO LA MATERIA QUE PREDOMINE EN LA MEZCLA.
REGLA GENERAL # 2REGLA GENERAL # 2REGLA GENERAL # 2
REGLA PARA LA CLASIFICACIÓN DE ARTÍCULOS QUE PODRÍAN CLASIFICARSE EN DOS O MÁS PARTIDAS, DEBIDO A SUS CARACTERÍSTICAS:
3 POSIBILIDADES DE CLASIFICACI3 POSIBILIDADES DE CLASIFICACIÓÓN:N:
EN LA PARTIDA MÁS ESPECÍFICA.EN LA QUE SE DESCRIBE EL CARÁCTER ESENCIAL DEL BIEN.EL ÚLTIMO LUGAR DE ENTRE LOS POSIBLES.
REGLA GENERAL # 3REGLA GENERAL # 3REGLA GENERAL # 3
REGLA PARA LA CLASIFICACIÓN DE ARTÍCULOS QUE NO PUEDEN SER CLASIFICADOS USANDO LAS REGLAS ANTERIORES
CLASIFICACIÓN CON LOS BIENES CONLOS QUE GUARDEN MAYOR ANALOGÍA.
REGLA GENERAL # 4REGLA GENERAL # 4REGLA GENERAL # 4
REGLA PARA LA CLASIFICACIÓN DE ENVASES, EMBALAJES Y CONTENEDORES:
5a ENVASES Y CONTENEDORES DISEÑADOS PARA RECIBIRUN ARTÍCULO O UN SURTIDO, PARA SU VENTA.
5b EMBALAJES NORMALMENTE UTILIZADOS PARATRANSPORTAR O ALMACENAR LAS MERCANCÍAS.
CONDICIONES: .— SUSCEPTIBLES DE USO PROLONGADO.— QUE SE PRESENTEN JUNTO AL ARTÍCULO.
EJEMPLOS: ESTUCHES DE DE JOYERÍA, JABÓN DE LUJO, GAFAS,INSTRUMENTOS.NO APLICA A: CAJAS DE TÉ, DE PLATA, CON TÉ,COPAS DE PORCELANA CON DULCES, RECIPIENTESCRIOGÉNICOS.
REGLA GENERAL # 5REGLA GENERAL # 5REGLA GENERAL # 5
REGLA PARA LA CLASIFICACIÓN DE ARTÍCULOS EN LAS SUBPARTIDAS (6 DÍGITOS) UNA VEZ DETERMINADA LA PARTIDA APLICABLE:
SE UTILIZAN LAS REGLAS ANTERIORES (1 A 4, POR EXCLUSIÓN), ENTRE LAS SUBPARTIDAS POSIBLES.
NO DEBEN COMPARARSE SUBPARTIDAS DE DIFERENTE NIVEL.
REGLA GENERAL # 6REGLA GENERAL # 6REGLA GENERAL # 6
CONSTITUYEN TEXTOS LEGALESQUE NO ADMITEN INTERPRETACIÓN
DELIMITAN, DEFINEN, EJEMPLIFICAN, EXCLUYEN, AMPLÍAN O ACOTAN :
SECCIONESCAPÍTULOSPARTIDASSUBPARTIDAS.
NOTAS LEGALESNOTAS LEGALESNOTAS LEGALES
REGLAS GENERALES 6NOTAS DE SECCIÓN 38NOTAS DE CAPÍTULO 240NOTAS DE SUBPARTIDA 35SECCIONES XXICAPÍTULOS 97PARTIDAS 1241
NO SUBDIVIDIDAS 310TOTAL DE SUBPARTIDAS 5210
ESTRUCTURA GENERAL DEL SISTEMA ARMONIZADO
ESTRUCTURA GENERAL DEL ESTRUCTURA GENERAL DEL SISTEMA ARMONIZADOSISTEMA ARMONIZADO
Como se mencionó, el SA esta estructurado de acuerdo al origen, grado de elaboración, usos, aplicaciones, según su importancia comercial mundial, de tal forma se tiene que por origen, se entiende que es de acuerdo a los reinos de la naturaleza: Reinos animal, vegetal y mineral,
EL SISTEMA ARMONIZADOEL SISTEMA ARMONIZADOEL SISTEMA ARMONIZADO
Por ejemplo:Del Capítulo 1 al 5, Animales vivos y productos del reino animal.Del Capítulo 6 al 14, Productos del Reino Vegetal.Del Capítulo 24 al 27, Productos minerales
EL SISTEMA ARMONIZADOEL SISTEMA ARMONIZADOEL SISTEMA ARMONIZADO
Por grado de elaboración:Del Capítulo 15 al 24, Grasas y aceites de animales y vegetales, y productos de la industria alimentaria.En el Capítulo 52, de la partida 52.01 a la 52.03, fibras de algodón; de la 52.04 a la 52.07, sus hilados y de 52.08 a 52.12, Tejidos (telas).
EL SISTEMA ARMONIZADOEL SISTEMA ARMONIZADOEL SISTEMA ARMONIZADO
Por uso o función:En el Capítulo 84, las partidas 84.02 a 84.24 agrupan las máquinas y aparatos que están comprendidos en ellas principalmente por su función.
EL SISTEMA ARMONIZADOEL SISTEMA ARMONIZADOEL SISTEMA ARMONIZADO
Por aplicación:En el Capítulo 84, las partidas 84.25 a 84.78 agrupan las máquinas y aparatos que se clasifican en ellas por razón de la industria o rama de la actividad que las utiliza.
EL SISTEMA ARMONIZADOEL SISTEMA ARMONIZADOEL SISTEMA ARMONIZADO
CONJUNTO DE DISPOSICIONES LEGALES EXPEDIDAS PARA:
OTORGAR SUSTENTO JURÍDICO A LA NOMENCLATURA A NIVEL NACIONAL.ESTABLECER EL MARCO OPERATIVO DE LA TARIFA.
MÉXICO TIENEN REGLAS COMPLEMENTARIAS PARA LA
APLICACIÓN DE LA TARIFA
MMÉÉXICO TIENEN REGLAS XICO TIENEN REGLAS COMPLEMENTARIAS PARA LA COMPLEMENTARIAS PARA LA
APLICACIAPLICACIÓÓN DE LA TARIFAN DE LA TARIFA
Para Latinoamérica se ha desarrollado una Versión Única en
Español(VUESA).
El “Convenio Internacional sobre el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías” está escrito únicamente en inglés y francés.
Cada país miembro de la OMA hace su traducción. Las traducciones presentan diferencias entre sí
Los expertos aduaneros de la ALADI, la SIECA, países sudamericanos, España y México, elaboraron una versión conjunta en español,
ImportaciImportacióónn
Total de FraccionesTotal de Fracciones 11,90011,900
2005
TARIFA 2002- 2005:TARIFA 2002TARIFA 2002-- 2005:2005:
SECRETARSECRETARÍÍA DE ECONOMIAA DE ECONOMIAEs la instancia oficial que recibe Es la instancia oficial que recibe
las solicitudes, tanto del sector las solicitudes, tanto del sector privado como del privado como del
gubernamental, para modificar gubernamental, para modificar la TIGIE, en lo que se refiere a la TIGIE, en lo que se refiere a
fracciones arancelariasfracciones arancelarias
SECRETARSECRETARÍÍA DE ECONOMIAA DE ECONOMIAPara solicitar una modificaciPara solicitar una modificacióón en n en
la TIGIE, el promovente debe la TIGIE, el promovente debe presentar un Cuestionario ex presentar un Cuestionario ex profeso para tal efecto, el cual profeso para tal efecto, el cual serseráá analizado y resuelto, en analizado y resuelto, en
primera estancia, por las primera estancia, por las ááreas reas ttéécnicas de la Secretarcnicas de la Secretaríía.a.
SECRETARSECRETARÍÍA DE ECONOMIAA DE ECONOMIAPosteriormente, se elabora una Posteriormente, se elabora una
ficha tficha téécnica, con los cnica, con los argumentos del promovente y argumentos del promovente y
consideraciones de la consideraciones de la autoridad, que se presentarautoridad, que se presentaráá a a opiniopinióón de los miembros de la n de los miembros de la
ComisiComisióón de Comercio n de Comercio Exterior (COCEX)Exterior (COCEX)
COMISION DE COMERCIO COMISION DE COMERCIO EXTERIOR (COCEX)EXTERIOR (COCEX)
Es la instancia dedicada al Es la instancia dedicada al estudio y diseestudio y diseñño de las o de las
medidas arancelarias y no medidas arancelarias y no arancelarias.arancelarias.
La COCEX como La COCEX como óórgano de consulta rgano de consulta obligatoria de la Administraciobligatoria de la Administracióón Pn Púública en blica en materia de normatividad de comercio exterior:materia de normatividad de comercio exterior:Emite opiniEmite opinióón en los asuntos relacionados con n en los asuntos relacionados con la entrada, salida, regulacila entrada, salida, regulacióón y restriccin y restriccióón de las n de las mercancmercancíías.as.Revisa periRevisa perióódicamente la normatividad dicamente la normatividad establecida en materia de comercio exterior, establecida en materia de comercio exterior, a fin de recomendar las modificaciones a fin de recomendar las modificaciones necesarias para perfeccionarla.necesarias para perfeccionarla.
En MEn Mééxico, la Ley de Comercio Exterior xico, la Ley de Comercio Exterior dispone que las regulaciones que se dispone que las regulaciones que se impongan a la importaciimpongan a la importacióón o exportacin o exportacióón de n de mercancmercancíías se deben identificar en tas se deben identificar en téérminos rminos de la fraccide la fraccióón arancelaria que conforme a la n arancelaria que conforme a la Tarifa de importaciTarifa de importacióón y de exportacin y de exportacióón, la n, la COCEX analiza conjuntamente con las COCEX analiza conjuntamente con las Dependencias del gobierno que poseen Dependencias del gobierno que poseen facultades normativas en la materia, los facultades normativas en la materia, los ajustes que deben efectuarse a las ajustes que deben efectuarse a las disposiciones que identifican fracciones disposiciones que identifican fracciones sujetas a regulacisujetas a regulacióón (barreras no n (barreras no arancelarias).arancelarias).
En las reuniones de la COCEX se someten a En las reuniones de la COCEX se someten a consideraciconsideracióón de sus miembros los proyectos n de sus miembros los proyectos para establecer, modificar o eliminar:para establecer, modificar o eliminar:
Aranceles o preferencias arancelarias a la Aranceles o preferencias arancelarias a la importaciimportacióón o exportacin o exportacióón de mercancn de mercancíías.as.Prohibiciones o permisos previos a la importaciProhibiciones o permisos previos a la importacióón n o exportacio exportacióón.n.Medidas de regulaciMedidas de regulacióón o restriccin o restriccióón no n no arancelarias a la importaciarancelarias a la importacióón o exportacin o exportacióón.n.Medidas para regular o restringir la circulaciMedidas para regular o restringir la circulacióón o n o trtráánsito de mercancnsito de mercancíías objeto de comercio as objeto de comercio exterior.exterior.
La COCEX opina el establecimiento, La COCEX opina el establecimiento, modificacimodificacióón o eliminacin o eliminacióón de:n de:
Medidas de salvaguarda.Medidas de salvaguarda.Disposiciones en materia aduanera que afecten el Disposiciones en materia aduanera que afecten el comercio exterior.comercio exterior.Medidas de simplificaciMedidas de simplificacióón y eficiencia n y eficiencia administrativa en materia de comercio exterior.administrativa en materia de comercio exterior.Otras medidas administrativas, en coordinaciOtras medidas administrativas, en coordinacióón n con las otras Dependencias, que tengan como con las otras Dependencias, que tengan como proppropóósito regular o restringir el comercio exterior, sito regular o restringir el comercio exterior, y la circulaciy la circulacióón o trn o tráánsito de mercancnsito de mercancíías as extranjeras.extranjeras.
La COCEX tambiLa COCEX tambiéén opina sobre:n opina sobre:Acuerdos para identificar las mercancAcuerdos para identificar las mercancíías as sujetas al cumplimiento de normas de sujetas al cumplimiento de normas de calidad, de salud, ecolcalidad, de salud, ecolóógicas, etc., en el gicas, etc., en el punto de entrada al papunto de entrada al paíís.s.Los procedimientos de asignaciLos procedimientos de asignacióón de cupos n de cupos de importacide importacióón o exportacin o exportacióón, a propuesta n, a propuesta de la autoridad competente.de la autoridad competente.Proyectos de resoluciProyectos de resolucióón final en n final en investigaciones de prinvestigaciones de práácticas desleales de cticas desleales de comercio exterior y cuotas compensatorias.comercio exterior y cuotas compensatorias.
La COCEX ha recomendado la La COCEX ha recomendado la expediciexpedicióón de las siguientes Leyes, n de las siguientes Leyes, Decretos y Acuerdos:Decretos y Acuerdos:
Leyes de los Impuestos Generales Leyes de los Impuestos Generales de Importacide Importacióón, y de Exportacin, y de Exportacióón.n.Decretos que establecen el esquema Decretos que establecen el esquema arancelario de transiciarancelario de transicióón al rn al réégimen gimen comercial general del pacomercial general del paíís, en la s, en la franja fronteriza norte, y en la franja fronteriza norte, y en la regiregióón fronteriza. n fronteriza.
Acuerdos que identifican fracciones Acuerdos que identifican fracciones arancelarias para los siguientes efectos:arancelarias para los siguientes efectos:Disposiciones de etiquetado (informaciDisposiciones de etiquetado (informacióón n comercial).comercial).Permisos previos de importaciPermisos previos de importacióón.n.Cuotas compensatorias.Cuotas compensatorias.Cumplimiento de las otras regulaciones no Cumplimiento de las otras regulaciones no arancelarias en materia ecolarancelarias en materia ecolóógica, de salud, gica, de salud, de proteccide proteccióón nacional, para el Control y uso n nacional, para el Control y uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias TTóóxicas, de productos que degradan la capa xicas, de productos que degradan la capa de ozono, etc.de ozono, etc.
REGULACIONES DEREGULACIONES DELA SECONLA SECON
Esquemas de transiciEsquemas de transicióón de la n de la frontera (3 Decretos).frontera (3 Decretos).Permisos Previos.Permisos Previos.Normas Oficiales Mexicanas (incluye Normas Oficiales Mexicanas (incluye disposiciones de etiquetado)disposiciones de etiquetado)
REGULACIONES DE OTRAS REGULACIONES DE OTRAS DEPEDENCIAS:DEPEDENCIAS:
Autorizaciones previas de importaciAutorizaciones previas de importacióón por n por SAGARPA.SAGARPA.MercancMercancíías sujetas al pago de cuotas as sujetas al pago de cuotas compensatorias.compensatorias.Autorizaciones previas de importaciAutorizaciones previas de importacióón por SS.n por SS.Autorizaciones previas de importaciAutorizaciones previas de importacióón por n por SEMARNAT.SEMARNAT.Autorizaciones previas de importaciAutorizaciones previas de importacióón por n por SDN.SDN.