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CLI. INFORME FINAL DE AUDITORÍA,
DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2014
1
ÓRGANO DESCONCENTRADO
CENTRO DE ATENCIÓN A EMERGENCIAS Y PROTECCIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
AUDITORÍA FINANCIERA
Capítulo 3000 “Servicios Generales”
Auditoría ASCM/25/14
ANTECEDENTES
El Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México
(CAEPCCM) ocupó el cuarto lugar respecto del presupuesto ejercido en 2014 por los
16 órganos desconcentrados del gobierno local (23,547,837.7 miles de pesos), con un monto
de 1,560,302.5 miles de pesos, de acuerdo con lo reportado en la Cuenta Pública del
Gobierno del Distrito Federal del mismo año. Ese importe representó el 6.6% del total erogado
por dichos órganos desconcentrados y fue inferior en 8.4% (143,015.1 miles de pesos)
al presupuesto asignado originalmente (1,703,317.6 miles de pesos).
Con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, el CAEPCCM ejerció 703,625.4 miles
de pesos (45.1% del total de su presupuesto ejercido), monto superior en 71.2%
(292,686.9 miles de pesos) al presupuesto original de dicho capítulo (410,938.5 miles de pesos).
OBJETIVO
El objetivo de la auditoría consistió en verificar que el presupuesto aplicado por el Centro
de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México en el capítulo
3000 “Servicios Generales”, se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado,
ejercido y pagado de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Esta auditoría se propuso según el siguiente criterio general de selección “Importancia
Relativa”, porque este capítulo contó con una asignación original de 410,938.5 miles de pesos
2
y ejerció un presupuesto de 703,625.4 miles de pesos, lo cual significó un incremento de
292,686.9 miles de pesos (71.2%) para el cumplimiento de objetivos y metas. Dicho criterio
general se encuentran contenido en el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad
de fiscalización.
Como resultado del criterio de selección específica se consideraron las partidas más representativas
en el ejercicio del gasto, entre las que destacó la 3161 “Servicios de Telecomunicaciones
y Satélites”, con una erogación por 613,736.0 miles de pesos, cifra que representó el 87.2%,
del total ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” (703,625.4 miles de pesos).
Dichos criterios generales y específicos se encuentran contenidos en el Manual de Selección
de Auditorías de esta entidad de fiscalización, con actualización vigente a partir del
15 de junio de 2015.
La auditoría se realizó con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; 122, apartado A,
fracción II, párrafos sexto, séptimo, octavo y noveno, en relación con el 74, fracción VI,
y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43
del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la
Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1o.; 2o., fracciones XIII y XXI, inciso a); 3o.; 8o.,
fracciones I, II, III, IV, V, VI, VIII, XIII y XIX; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XIV y XVII;
27; 28; 36, segundo párrafo, 95 párrafo segundo de la Ley de Fiscalización Superior de
la Ciudad de México; y 1o.;2o., fracciones V y VI; 16; 17; y 19 del Reglamento Interior de la
Auditoría Superior de la Ciudad de México.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
El gasto del CAEPCCM con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” fue de 703,625.4 miles
de pesos, y se ejerció en 21 partidas de gasto, mediante 194 Cuentas por Liquidar Certificadas
(CLC). Derivado de los trabajos en la fase de planeación de la auditoría y del estudio
y evaluación del sistema de control interno, se determinó revisar un monto de 205,399.8 miles
de pesos, ejercido mediante ocho CLC con cargo a la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones
y Satélites”, que representa el 29.2% del total ejercido en dicho capítulo, como se muestra
a continuación:
3
(Miles de pesos y por cientos)
Partida
Universo Muestra
Cantidad de CLC
Presupuesto ejercido
% Cantidad de CLC
Presupuesto ejercido
%
3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”
16 613,736.0 87.2 8 205,399.8 29.2
Otras 20 partidas 178 89,889.4 12.8 0 0.0 0.0
Total 194 703,625.4 100.0 8 205,399.8 29.2
Los criterios para determinar la muestra de las partidas sujetas a revisión fueron los siguientes:
1. Integrar las cifras consignadas en la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal
de 2014 y en la base de datos de las CLC que la Secretaría de Finanzas (SEFIN) proporcionó
a esta entidad de fiscalización.
2. Seleccionar la partida más representativa en relación con el presupuesto total ejercido
en el capítulo.
3. En su caso, elegir las erogaciones más representativas realizadas con cargo a la partida
seleccionada del rubro en revisión.
4. Considerar para la revisión de las CLC aquellos contratos en los que se hubiese presentado
alguna situación (sancionados y no sancionados) respecto a los pagos por los servicios
contratados del CAEPCCM.
5. Tomar en cuenta las observaciones realizadas por otros órganos fiscalizadores en cuanto
al ejercicio del rubro sujeto a revisión.
Los trabajos de auditoría se llevaron a cabo en la Coordinación Ejecutiva de Administración
e Implementación (ahora Dirección General de Administración) del Centro de Atención
a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México (actualmente Centro de
Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México)
y, en particular, en la Dirección de Recursos Financieros y Materiales del órgano desconcentrado.
La primera, por ser la unidad administrativa encargada de conducir las actividades de
planeación, coordinación, dirección y control, con base en los objetivos, políticas, estrategias
y normatividad vigente, establecidos para la atención de recursos financieros, materiales,
4
humanos, mantenimiento, servicios generales y sistemas de seguridad permanentemente;
la segunda, por ser la unidad administrativa encargada de coordinar, supervisar y dirigir,
con base en el presupuesto autorizado, las actividades de planeación, ejecución, y evaluación
en materia financiera, programática y presupuestal que permitan el adecuado funcionamiento
de las áreas, con base en los objetivos, políticas, estrategias y prioridades que se establezcan
en el órgano desconcentrado, así como coordinar, supervisar y dirigir, en materia de recursos
materiales y servicios generales, las actividades de planeación adquisición recepción y registro
de los materiales, equipos, bienes y servicios de apoyo necesarios para el adecuado
funcionamiento de las áreas, con base en los objetivos, políticas, estrategias y prioridades
que se establezcan en el CAEPCCM.
Dichas funciones están previstas en el Manual Administrativo del Centro de Atención
a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México vigente en 2014.
Evaluación del Control Interno
1. Se verificó que el CAEPCCM hubiese contado con mecanismos de control suficientes
para prevenir y minimizar el impacto de los riesgos que pudieran afectar la eficacia
y eficiencia de las operaciones, la obtención de información confiable y oportuna,
el cumplimiento de la normatividad aplicable al capítulo 3000 “Servicios Generales”
y la consecución de sus objetivos.
2. Se analizó el Manual Administrativo del Centro de Atención a Emergencias y Protección
Ciudadana de la Ciudad de México vigente en el ejercicio de 2014, para verificar que
correspondiera a la estructura orgánica aprobada y dictaminada, y que, junto con los
procedimientos aplicables al rubro revisado, hubiese sido autorizado por la Coordinación
General de Modernización Administrativa (CGMA), publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal y difundido entre el personal del sujeto fiscalizado. Además, se verificó
que el manual contara con procedimientos propios y que éstos estuvieran actualizados con
base en la normatividad aplicable al rubro revisado, y vigente en el ejercicio de 2014.
3. Se llevaron a cabo entrevistas y se aplicaron cuestionarios de control interno en la
Coordinación Ejecutiva de Administración e Implementación del CAEPCCM, así como
5
en las áreas administrativas que intervinieron en las actividades relacionadas con
el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo, ejercicio y pago de operaciones
realizadas por el órgano desconcentrado con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”.
4. Se examinó el sistema de control interno y se evaluó si los mecanismos establecidos
hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias a los que
estuvieron sujetas las operaciones revisadas.
Gasto Aprobado
1. Se analizaron el Programa Operativo Anual (POA), el Calendario Presupuestal, el
Analítico de Claves y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto de fiscalización,
todos correspondientes al ejercicio fiscal de 2014, con la finalidad de verificar si el techo
presupuestal reportado por el CAEPCCM se ajustó al autorizado por la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y al informado por la SEFIN.
2. Se analizaron las pólizas de diario en las que constan los movimientos del presupuesto
aprobado al CAEPCCM en el ejercicio de 2014, con la finalidad de verificar si la SEFIN
efectuó el registro, en tiempo y forma, del momento contable de la etapa del presupuesto
aprobado al órgano desconcentrado, y en las cuentas y por los importes correspondientes.
Gasto Modificado
1. Se revisaron 67 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el monto
asignado al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se verificaron las causas por las cuales se
incrementó dicho presupuesto, y se constató que se contara con la documentación
soporte de los cambios presupuestales efectuados.
2. Se analizaron las pólizas de diario en las que constan los movimientos del presupuesto
modificado con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales” del CAEPCCM en el ejercicio
de 2014, con la finalidad de verificar si la SEFIN efectuó, en tiempo y forma, el registro del
momento contable de la etapa del presupuesto modificado del órgano desconcentrado,
y en las cuentas y por los importes correspondientes.
6
Se efectuaron pruebas de control para comprobar que los procedimientos y la normatividad que
regula los gastos comprometido, devengado, ejercido y pagado se hubiesen aplicado durante
el período auditado, de acuerdo con lo siguiente:
Gasto Comprometido
1. Se analizaron los reportes mensuales de los recursos fiscales, crediticios y provenientes
de transferencias federales que se erogaron con cargo al rubro revisado, para conocer el
presupuesto comprometido del CAEPCCM del ejercicio de 2014 y se verificó que los
recursos correspondieran a obligaciones de pago respaldadas con documentos legales.
2. Se revisó que el CAEPCCM contara con la autorización expresa del servidor público
autorizado para llevar a cabo la contratación de servicios mediante procedimientos distintos
a la licitación pública; que la contratación de servicios se hubiese previsto en el Programa
Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS), autorizado,
y soportado con las solicitudes para la requisición de servicios, debidamente justificadas y
firmadas por el personal con atribuciones para autorizarlas; y que contara con suficiencia
presupuestal y, en su caso, con la aprobación del servidor público autorizado para ello.
3. Se verificó que la contratación de los servicios seleccionados como muestra se hubiesen
ajustado a los procedimientos de adjudicación o aquellos que prevé la normatividad
aplicable (adjudicación directa, invitación restringida a cuando menos tres proveedores
y licitación pública) y a los montos de actuación autorizados; y que se hubiera formalizado
en los plazos establecidos, mediante contratos que reunieran los requisitos previstos en
la normatividad, y con prestadores de servicios que no se encontraran inhabilitados
por la Contraloría General del Distrito Federal (CGDF) o por la Secretaría de la Función
Pública (SFP); y que los prestadores de servicios hubiesen presentado las garantías
aplicables en los plazos establecidos.
4. Se analizaron las pólizas de diario en las que constan los movimientos del presupuesto
comprometido con cargo a las partidas seleccionadas como muestra del capítulo 3000
“Servicios Generales” del CAEPCCM en el ejercicio de 2014, con la finalidad de verificar
si la SEFIN efectuó, en tiempo y forma, el registro del momento contable de la etapa
del presupuesto comprometido por el órgano desconcentrado y en las cuentas y por
los importes correspondientes.
7
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento,
la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades
Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno); la Ley de Presupuesto y
Gasto Eficiente del Distrito Federal; los contratos revisados; y demás normatividad aplicable,
vigentes en 2014.
Gasto Devengado
1. Se revisó que los servicios hubiesen sido recibidos por el CAEPCCM y que estuvieran
soportados con la documentación que contara con la firma del órgano desconcentrado, que
correspondieran a las especificaciones establecidas en las solicitudes para la requisición
de servicios y en los contratos respectivos, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal y demás normatividad aplicable, vigentes en 2014.
2. Se analizaron las pólizas de diario en las que constan los movimientos del presupuesto
devengado con cargo a las partidas seleccionadas como muestra del capítulo 3000
“Servicios Generales” del CAEPCCM en el ejercicio de 2014, con la finalidad de verificar si
la SEFIN efectuó, en tiempo y forma, el registro del momento contable de la etapa del
presupuesto devengado por el órgano desconcentrado, en las cuentas y por los importes
correspondientes.
Gasto Ejercido
1. Se constató que el prestador del servicio hubiese presentado comprobantes de pago
(facturas/recibos, informes o, en su caso, comprobantes fiscales digitales) a nombre
del gobierno local, y que éstos cumplieran los requisitos fiscales correspondientes;
que las CLC emitidas para cubrir erogaciones efectuadas por servicios recibidos conforme
a las especificaciones pactadas en los contratos respectivos hubieran sido debidamente
elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello;
que los pasivos correspondientes a las partidas del capítulo 3000 “Servicios Generales” se
hubiesen reportado en tiempo y forma a la SEFIN; y que los recursos no ejercidos o,
en su caso, los rendimientos obtenidos al 31 de diciembre de 2014 se hubiesen entregado
a la SEFIN en los plazos señalados.
8
2. Se verificó que, en su caso, se hubieran aplicado correctamente las penas convencionales
y sanciones al prestador del servicio por proporcionar de manera incompleta los servicios
contratados; que se hubiesen aplicado los descuentos procedentes en los pagos efectuados;
que se hubieran tramitado las CLC de operaciones ajenas, por el importe de las penas
convencionales o sanciones aplicadas al prestador del servicio; y que, en caso de
incumplimiento de los contratos, se hubieran hecho efectivas las garantías correspondientes.
3. Se analizaron las pólizas de diario en las que constan los movimientos del presupuesto
ejercido con cargo a las partidas seleccionadas como muestra del capítulo 3000 “Servicios
Generales” del CAEPCCM en el ejercicio de 2014, con la finalidad de verificar si la SEFIN
efectuó, en tiempo y forma, el registro del momento contable de la etapa del presupuesto
ejercido por el órgano desconcentrado, y en las cuentas y por los importes correspondientes.
Lo anterior, en cumplimiento del Código Fiscal de la Federación, de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio
Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, y demás normatividad
aplicable, vigentes en 2014.
Gasto Pagado
1. Se confirmaron operaciones con el prestador de servicios, a quien se le efectuaron pagos,
para verificar los procesos de contratación y pago, y se constató que los gastos se
hubiesen registrado en partidas acordes con su naturaleza, conforme al Clasificador
por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2014.
2. Se analizaron las pólizas de egresos en las que constan los movimientos del presupuesto
pagado con cargo a las partidas seleccionadas como muestra del capítulo 3000 “Servicios
Generales” del CAEPCCM en el ejercicio de 2014, con la finalidad de verificar si la
SEFIN efectuó, en tiempo y forma, el registro del momento contable de la etapa del
presupuesto pagado por las operaciones realizadas por el órgano desconcentrado,
y en las cuentas y por los importes correspondientes.
Los procedimientos sustantivos se efectuaron para verificar si en las operaciones relacionadas
con el rubro auditado se obtuvieron los resultados esperados, si se presentaron desviaciones
o deficiencias, o si existieron oportunidades de mejora.
9
Particularmente, los procedimientos consistieron en integrar por partida de gasto el presupuesto
ejercido con cargo al rubro sujeto a revisión y en verificar que las cifras presupuestarias
reportadas por el sujeto fiscalizado a la SEFIN coincidieran con las asentadas en la Cuenta
Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2014. También se verificó que el CAEPCCM
hubiese conservado la documentación original, justificativa y comprobatoria, de los pagos
realizados, y que hubieran contado con expedientes debidamente integrados con la documentación
legal y administrativa del prestador de servicios contratado; que el importe contabilizado
por la SEFIN correspondiera a la estructura del Plan de Cuentas del Manual de Contabilidad del
Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2014; y que los servicios se hubieran
contratado en cumplimiento de los programas, acciones y atribuciones del CAEPCCM.
El alcance a nivel de partida de gasto se señala a continuación:
Partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”
Se revisó el 29.2% (205,399.8, miles de pesos) del importe ejercido mediante 8 CLC, así
como su documentación justificativa y comprobatoria.
De nueve contratos adjudicados al prestador del servicio, se seleccionaron los dos más
representativos, en donde se ejercieron mayores recursos, y aquellos en los que se hubiese
presentado alguna situación (sancionados y no sancionados) respecto a los pagos por los
servicios contratados.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO
Con la finalidad de obtener una base para determinar la naturaleza, extensión y oportunidad de
las pruebas de auditoría, se analizaron el marco normativo y el Manual Administrativo del
Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México vigente
en 2014. Lo anterior, con el propósito de identificar la estructura orgánica, así como los objetivos,
funciones y atribuciones de las unidades administrativas que la integran, específicamente,
de las que intervinieron en el rubro objeto de la revisión. También se revisaron los manuales de
procedimientos, con el objeto de, por un lado, conocer los que fueron aplicados por las
unidades administrativas responsables del registro, aprobación, modificación, compromiso,
10
devengación, ejercicio y pago de las erogaciones efectuadas con cargo al capítulo 3000
“Servicios Generales” y, por otro, constatar si éstos garantizaron razonablemente el cumplimiento
de las leyes, reglamentos, normas, políticas y otras disposiciones de observancia obligatoria.
Se realizaron entrevistas y se aplicaron cuestionarios de control interno en la Coordinación
Ejecutiva de Administración e Implementación y en la Dirección de Recursos Financieros
y Materiales, ambas del CAEPCCM, en particular, a los servidores públicos que tuvieron
relación con el registro, aprobación, modificación, compromiso, devengación, ejercicio y pago
de operaciones realizadas por el CAEPCCM con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”.
Además, se verificó que los gastos hubiesen sido autorizados por los servidores públicos
facultados para ello y se identificaron los riesgos de las operaciones revisadas y los objetivos
específicos de control.
Una vez recopilada y analizada la información general de las áreas y operaciones sujetas
a revisión, a partir de su flujo general y de los objetivos específicos y mecanismos de control
identificados en cada proceso, se elaboró una matriz de control para evaluar si los mecanismos
establecidos hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias,
y si disminuyeron las debilidades detectadas.
Como resultado del estudio y evaluación del sistema de control interno, establecido por el
CAEPCCM para registrar, aprobar, modificar, comprometer, devengar, ejercer y pagar los
recursos del capítulo 3000 “Servicios Generales”, se determinó que contó con un razonable
ambiente de control, toda vez que las unidades administrativas del órgano desconcentrado
están estructuradas conforme a las funciones definidas en su manual administrativo;
y que se implantaron, de manera formal, mecanismos y actividades de control para promover y
supervisar el cumplimiento efectivo de los procedimientos establecidos, para registrar
y controlar la información generada en la operación de los recursos, para garantizar la
integridad, calidad, oportunidad, suficiencia y consistencia de la información y documentación
generada, y para propiciar la comunicación e interacción de las áreas involucradas.
No obstante lo anterior, se detectaron deficiencias de control interno, las cuales se señalan de
manera específica en el apartado de resultados de este informe.
11
RESULTADOS
Evaluación de Control Interno
1. Resultado
Mediante el oficio núm. C5/DGA/0025/2016 del 18 de enero de 2016, la Dirección General
de Administración (antes Coordinación Ejecutiva de Administración e Implementación) del
CAEPCCM (actualmente Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto
Ciudadano de la Ciudad de México) proporcionó un manual administrativo que estuvo vigente
en 2014, elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 1/2007, el cual
se integró por los manuales de organización y de procedimientos respectivos. Del análisis, se
desprende lo siguiente:
Estructura Orgánica
Mediante el oficio núm. CG/095/2010 del 11 de febrero de 2010, la CGDF, autorizó a la
Jefatura de Gobierno, en alcance al dictamen de estructura orgánica núm. 1/2007, la estructura
orgánica del CAEPCCM, vigente a partir del 1o. de febrero de 2010 (comunicada mediante
el oficio núm. OM/0061/2007 del 15 de enero de 2007). En este alcance se previó una
Dirección General y cuatro Coordinaciones Ejecutivas (de Operaciones, de Tecnologías
e Ingeniería, de Análisis Estratégico, y de Administración e Implementación).
Posteriormente se dictaminaron dos modificaciones a la estructura orgánica del dictamen
núm. 1/2007 de la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal, la primera mediante el
oficio núm. CG/DF/596/2013 suscritos por la Contraloría General del Distrito Federal
del 30 de abril de 2013 con vigencia a partir del 1o. de mayo de 2013.
La segunda mediante el oficio núm. OM/0193/2014 suscritos por la Oficialía Mayor, del
9 de junio de 2014, con vigencia a partir del 16 de junio de 2014, y en la que se previeron
áreas de nueva creación para la Dirección General y para las cuatro Coordinaciones Ejecutivas
(de Operaciones; de Tecnologías e Ingeniería; de Análisis Estratégico; y de Administración
e Implementación), las cuales reforzaron el desarrollo de las tareas encomendadas al CAEPCCM.
12
Manual Administrativo
El Manual Administrativo del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana
de la Ciudad de México, conformado por los manuales de organización y de procedimientos,
vigente en el ejercicio de 2014, se integra como se indica a continuación:
Apartado de organización
En 2014, el CAEPCCM dispuso de dos manuales de organización registrados por parte
de la CGMA con los núms. MA-01D03-1/07 y MA-103-1/07, comunicados a este órgano
desconcentrado mediante los oficios núms. CG/CGMA/DDO/1929/2011 y OM/CGMA/0079/2014
del 8 de abril de 2011 y 2 de abril de 2014, respectivamente.
Ambos manuales de organización (núms. MA-01D03-1/07 y MA-103-1/07) fueron publicados
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 25 de enero de 2012 y el 12 de mayo de 2014,
respectivamente.
Dichos manuales consideraron los objetivos, funciones, facultades y responsabilidades de
los servidores públicos adscritos a las unidades administrativas que conforman el órgano
desconcentrado; y estuvieron integrados por los apartados de presentación, antecedentes,
marco jurídico-administrativo, objetivo general, estructura orgánica, atribuciones, funciones
y organigrama.
Lo anterior, en cumplimiento del numeral 2.4.2 de la Circular Contraloría General para
el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación
y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del
Distrito Federal vigente en 2014.
Apartado de procedimientos
El CAEPCCM contó con un manual de procedimientos elaborado con base en el dictamen
de estructura orgánica núm. 1/2007, integrado por 94 procedimientos, los cuales fueron
registrados por la CGMA con el núm. MA-01D03-1/07, por medio del oficio
núm. CG/CGMA/DEDDEO/3394/2012 del 29 de noviembre de 2012. Los listados de los citados
13
procedimientos no fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Al respecto,
que mediante cuestionario aplicado el 3 de marzo como parte de las actividades establecidas
en la minuta de trabajo del 25 de febrero, ambos de 2016, y dentro de las pruebas de auditoría
realizadas, el CAEPCCM informó lo siguiente: “Cabe señalar que derivado de las recomendaciones,
de la entonces Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa, quien solicitó
actualizar el Manual de Procedimientos de este Órgano Desconcentrado, el Coordinador Ejecutivo
de Administración e Implementación mediante oficio N° CAEPCCM/DG/CEAI/0223/2012, de
fecha 11 de junio de 2012, solicitó a la Coordinación General de Modernización Administrativa
(CGMA) el inicio al proceso de dictaminación para la modificación de la Estructura Orgánica
y atender la modificación del Manual de Procedimientos del CAEPCCM, destacando que
en esas fechas aún no habían sido autorizados por parte de la CGMA. A fin de concluir
el trámite de autorización del Manual de Procedimientos, derivado de la estructura vigente
a partir del 1o. de febrero de 2010, la CGMA autorizó su registro el […] 29 de noviembre
de 2012, motivo por el cual no se solicitó su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal”.
Por no realizar la gestión correspondiente a la publicación del manual administrativo, en
su parte de procedimientos, el CAEPCCM incumplió los numerales 2.4.5 y 2.4.6.7 de la
Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo,
Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la
Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2014.
En la reunión de confronta, celebrada el 16 de mayo de 2016, mediante el oficio
núm. C5/DGA/0423/2016 del 13 de mayo de 2016, la Directora General de Administración
del CAEPCCM informó mediante la cédula de respuesta que, “con el propósito de dar atención,
se hace entrega del oficio C5/DGA/DRH/0516/2016 emitido por parte de la Dirección de
Recursos Humanos, mediante el cual se informa y se documenta la gestión realizada”.
Mediante el oficio núm. C5/DGA/DRH/0516/2016 del 13 de mayo de 2016 suscrito por el
Director de Recursos Humanos informó al Director de Recursos Financieros, Materiales
y Servicios Generales, en relación con la observación vertida en este resultado, lo siguiente:
“Respecto de la no publicación de los manuales vigentes durante 2014, hago de su
conocimiento que con oficio número ASCM/15/1194 de fecha 09 de noviembre de 2015,
14
el Dr. David M. Vega Vera, Auditor Superior de la Ciudad de México da por atendida
la recomendación ASC-172-12-01-CAEPCCM, misma que consistió en:
”‘Es necesario que el Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la
Ciudad de México emprenda acciones para que se publique en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal la relación de procedimientos de su Manual Administrativo, una vez obteniendo su
registro ante la Coordinación General de Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa,
y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal.’
”Por lo que hace al seguimiento y mecanismos de control implementados en este Centro,
hago de su conocimiento que con oficio número OM/0193/2014, de fecha 09 de junio de 2014,
el Oficial Mayor del Distrito Federal, hoy de la Ciudad de México, comunica la dictaminación
favorable a la modificación del Dictamen 1/2007 de la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal,
con vigencia a partir del 16 de junio de 2014.
”Posteriormente, con oficio número OM/268/2014, de fecha 11 de agosto de 2014, el entonces
Oficial Mayor del Distrito Federal hoy de la Ciudad de México comunica con Dictamen
OD-JGDF-CAEPCCM-16/010814, se dictamina favorablemente la Estructura Orgánica
del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México,
con vigencia a partir del 1o. de agosto de 2014.
”En consecuencia, esta Dirección General de Administración antes Coordinación Ejecutiva
de Administración e Implementación con oficios números CAEPCCM/DG/CEAI/1006, 1007,
1008, 1009, 1010, 1011, 1012 y 1013/2014 de fecha 22 de agosto de 2014, solicitó a las
diversas áreas del Centro de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad
de México CAEPCCM elaboración de su manual administrativo y envío a la Dirección de
Recursos Humanos, para su posterior tramitación ante la Coordinación General de Modernización
Administrativa CGMA.
”Con relación a la dictaminación con vigencia 16 de junio de 2014, con oficio número
OM/CGMA/0952/2014, de fecha 20 de agosto de 2014, el Coordinador General de Modernización
Administrativa CGMA, en atención a mi similar número CEAI/DG/CEAI/0893/2014, de fecha
14 de julio de 2014, con el que remití proyecto de manual administrativo; informa sobre diversas
15
observaciones agrupándolas en los rubros de consideraciones generales y observaciones
específicas por unidad administrativa. En seguimiento de las observaciones esta Dirección
General con oficios CAEPCCM/DG/CEAI/1047 y 1048/2014, de fecha 1 de septiembre de 2014,
dirigidos al Director de Recursos Humanos el primero de ellos, donde se le instruye se
realicen las acciones necesarias para que se coordine, revise e integre la documental que
integra el Manual Administrativo, mientras que en el segundo de ellos se informa a la CGMA
que el entonces Director de Recursos Humanos de este Centro ha sido designado para
establecer calendario de trabajo conjunto a efecto de que sean subsanadas las observaciones
al manual administrativo. Respecto de la necesidad de establecer un calendario de trabajo
en conjunto con la CGMA, esta Dirección General lo hizo del conocimiento de las diversas
áreas que integran el CAEPCCM con oficios números CAEPCCM/DG/CEAI/1040, 1041, 1042,
1043, 1044, 1045 y 1046/2014, de fecha 29 de agosto de 2014.
”Una vez llevadas a cabo las adecuaciones al manual administrativo, finalmente la CGMA
con oficio OM/CGMA/0398/2015, de fecha 03 de marzo de 2015, determina que el Manual
Administrativo de este Centro ha cumplido con todas las formalidades y requisitos, elementos
de contenido y criterios de conformación por lo que emite dictamen de procedencia a efecto de
continuar con el proceso para la obtención del registro del manual administrativo del Centro
de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México hoy Centro de
Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México.
”En consecuencia de lo anterior y ajustándose a los Lineamientos Generales para el Registro
de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del
Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal hoy de la Ciudad de México,
en los cuales en su artículo cuarto transitorio establece que los lineamientos serán aplicados en
forma retroactiva para aquellos manuales que se encuentren en proceso de revisión
y registro por parte de la CGMA; con oficio número CAEPCCM/DG/013/2015, de fecha
09 de marzo de 2015, el entonces Director General de este Centro, remite a la CGMA para
autorización y registro el manual administrativo (organización y procedimientos), siendo
que con oficio OM/CGMA/0475/2015, de fecha 20 de marzo de 2015, la CGMA considera
procedente otorgar el registro del manual administrativo del CAEPCCM con número
de registro MA-03/200315-OD-JGDF-CAEPCCM-16/010814.
16
”Finalmente, con oficio CAEPCCM/DG/016/2015, el entonces Director General de este Centro
solicita a la Directora General Jurídica y de Estudios Legislativos de la Consejería Jurídica
y de Servicios Legales la publicación del ‘MANUAL ADMINISTRATIVO DEL CENTRO DE
ATENCIÓN A EMERGENCIAS Y PROTECCIÓN CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
CON NÚMERO DE REGISTRO MA-03/200315-OD-JGDF-CAEPCCM-16/010814’, registrándose
dicha publicación en la Gaceta del día 09 de abril de 2015, tanto del ‘Aviso por el cual se
da a conocer el Manual Administrativo del Centro de Atención a Emergencias y Protección
Ciudadana de la Ciudad de México con Número de Registro MA-03/200315/OD-JGDF-
CAEPCCM-16/010814’, así como la integralidad del Manual Administrativo...”
Además, proporcionó evidencia documental, correspondiente a la aplicación y seguimiento
de la medida de control llevada a cabo por el CAEPCCM actualmente.
Cabe mencionar que en relación al hallazgo descrito se obvia la emisión de la
recomendación, toda vez que está directamente relacionada con una recomendación
núm. ASC-172-12-01-CAEPCCM emitida con anterioridad en la Cuenta Pública 2012 misma
que ha sido atendida recientemente y comunicada mediante oficio núm. ASCM/15/1194
por la ASCM.
Al examinar los 94 procedimientos, se determinó que 10 de ellos están relacionados con
el rubro auditado: “Elaboración del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación
de Servicios”, “Adquisiciones de Bienes, Arrendamientos y Prestación de Servicios por Adjudicación
Directa”, “Revisión de Facturas, Trámite y Aplicación de Penas Convencionales a Contratos”,
“Integración del ‘Informe de Avance Trimestral’”, “Registro Contable de Operaciones Financieras”,
“Elaboración de Conciliaciones Bancarias”, “Procedimiento para la Revisión Captura y Trámite
de Pago de Cuentas por Liquidar Certificadas”, “Afectaciones Programático Presupuestarias”,
“Captura, Revisión y Autorización de Documentos Múltiples de Notas de Observación de Glosa,
Cancelación, Comprobación y Reintegro de Recursos”, “Control del Presupuesto Comprometido”.
Con los oficios núms. CAEPCCM/DG/CEAI/0237/2011 al CAEPCCM/DG/CEAI/0244/2011,
todos del 28 de abril de 2011, se realizó la difusión del manual administrativo con registro
núm. MA-01D03-1/07 del 8 de abril de 2011 (en su parte de organización) entre las diferentes
unidades administrativas y personal responsable de su aplicación; en cuanto al manual
17
núm. MA-103-1/07 del 2 de abril de 2014 el CAEPCCM, acreditó su difusión mediante los
oficios núms. CAEPCCM/DG/CEAI/0536/2014 al CAEPCCM/DG/CEAI/0543/2014, todos
del 23 de abril de 2014.
En cuanto al manual administrativo, en su parte de procedimientos, mediante los oficios
CAEPCCM/DG/CEAI/0364/2012 al CAEPCCM/DG/CEAI/0372/2012, todos del 18 de diciembre
de 2012, el CAEPCCM realizó la difusión de dicho manual entre las diferentes unidades
administrativas y personal que lo integran.
Lo anterior en cumplimiento de lo establecido en el numeral 2.4.7.2 de la Circular Contraloría
General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización,
Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración
Pública del Distrito Federal vigente en 2014.
Cabe mencionar que durante las gestiones realizadas por el CAEPCCM ante la CGMA,
la Oficialía Mayor (OM) autorizó un nuevo dictamen de estructura orgánica
núm. OD-JGDF-CAEPCCM-16/010814 (comunicado mediante el oficio núm. OM/268/2014
del 11 de agosto de 2014) a favor del órgano desconcentrado, con vigencia a partir del
1o. de agosto de 2014, por lo que, atendiendo la normatividad, el CAEPCCM llevó a cabo
los trámites correspondientes para la actualización del manual administrativo; sin embargo, el
30 de diciembre de 2014 fueron publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los
Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de
Operación de la Administración Pública del Distrito Federal, los cuales, en su artículo cuarto
transitorio, establecen que los lineamientos serán aplicados de forma retroactiva para aquellos
manuales que se encuentren en proceso de revisión y registro por parte de la CGMA, por
lo que dicha actualización del manual administrativo fue autorizado y registrado el 20 de marzo
de 2015 y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de abril de 2015.
De lo anterior, se concluye que el CAEPCCM remitió a la autoridad administrativa competente
su manual de organización, actualizado con base en el dictamen de estructura orgánica
núm. 1/2007, además estableció controles internos que permitieron que los procedimientos
fueran publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
18
Revisión de la Adopción e Implantación de Normas emitidas
por el Consejo Nacional de Armonización Contable
2. Resultado
A fin de comprobar el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental
y los acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC),
mediante el oficio núm. ACF-A/15/0990 del 20 de octubre de 2015, la Auditoría Superior
de la Ciudad de México (ASCM) solicitó a la SEFIN un informe, al 31 de diciembre de 2014, al
respecto. En respuesta, mediante el oficio núm. DGCNP/4218/2015 de fecha 28 de octubre
de 2015, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN
proporcionó el oficio núm. DC/369/2015 del 27 de octubre de 2015, con el cual el Director
de Contabilidad de la SEFIN señaló que “se proporciona el informe al 31 de diciembre de 2014,
del cumplimiento en relación a la adopción de la Ley de Contabilidad Gubernamental y los
Acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable”.
En ese contexto, se comprobó que la SEFIN publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
las normas que, a su vez, emitió y publicó el CONAC con relación al ejercicio del gasto.
El desarrollo y operación del sistema contable del órgano desconcentrado para efectos
administrativos se concentra en la SEFIN, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 122
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2014, por tanto,
el CAEPCCM no emite información contable ni financiera.
Asimismo, mediante el oficio núm. ACF-A/16/0016 del 11 de enero de 2016, la ASCM solicitó
al CAEPCCM que informara de manera detallada sobre el cumplimiento de las disposiciones
establecidas por el CONAC. En respuesta, mediante el oficio núm. C5/DGA/0025/2016 del
18 de enero de 2016 y con la nota informativa, se destaca el contenido de los artículos 123
y 124 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, no obstante señala:
“... No obstante […] remite periódicamente la información financiera […] a la Dirección General
de Contabilidad, Normatividad e Integración de Cuenta Pública de la Secretaría de Finanzas,
esté en condiciones de establecer la contabilidad general del Gobierno del Distrito Federal.”
En consecuencia, no se emite ninguna observación en el presente resultado.
19
Gasto Aprobado
3. Resultado
Con objeto de verificar que la previsión de gasto para el CAEPCCM consignada en el Decreto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2014 se hubiese
asignado conforme a la normatividad aplicable y que la SEFIN hubiera efectuado el registro
del momento contable de la etapa del presupuesto aprobado al órgano desconcentrado,
se analizaron el techo presupuestal reportado, el Analítico de Claves, el POA, el Calendario
Presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del sujeto fiscalizado, correspondientes
al ejercicio fiscal de 2014; así como las pólizas de diario en las que constan los movimientos del
presupuesto aprobado en el ejercicio de 2014. Al respecto, se determinó lo siguiente:
1. Con el oficio núm. SFDF/SE/3709/2013 del 4 de noviembre de 2013, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN le comunicó al titular del CAEPCCM el techo presupuestal,
asignado por un monto de 924,317.6 miles de pesos, de los cuales 70,068.5 miles de pesos
correspondieron a servicios personales y 854,249.1 miles de pesos se destinaron a
otros gastos; y le informó que “los recursos comunicados a ese órgano desconcentrado en
el presente techo, deberá destinarlos en primer término a cubrir los conceptos estrictamente
indispensables para su operación, tales como servicios personales (nómina) y servicios
básicos (agua, energía eléctrica, servicios de vigilancia, entre otros)”.
Sin embargo, mediante el oficio núm. CAEPCCM/DG/CEAI/942/2013 del 20 de noviembre
de 2013, el CAEPCCM comunicó a la Subsecretaría de Egreso de la SEFIN que el techo
presupuestal era deficitario, toda vez que en el análisis de los requerimientos mínimos
para garantizar la operación de la infraestructura tecnológica, se registró un déficit
de 933,022.0, como se indica a continuación:
(Miles de pesos)
Capítulo de gasto Techo presupuestal Requerimiento Déficit
1000 70,069.0 78,827.0 8,758.0
2000 66,749.0 991,013.0 924,264.0
3000
5000 787,500.0 787,500.0 0.0
Total 924,318.0 1,857,340.0 933,022.0
20
Posteriormente, en atención a lo informado por el CAEPCCM, mediante el oficio
núm. SFDF/SE/0102/2014 del 6 de enero de 2014, la Subsecretaría de Egresos de la
SEFIN comunicó al titular del CAEPCCM el techo presupuestal aprobado, por un monto
de 1,703,317.6 miles de pesos, de los cuales 73,746.1 miles de pesos correspondieron
a servicios personales y 1,629,571.5 miles de pesos se destinaron a otros gastos.
Mediante el oficio núm. CAEPCCM/DG/CEAI/0942/2013 del 20 de noviembre de 2013,
con sello de recibido de esa misma fecha, la Coordinación Ejecutiva de Administración
e Implementación del CAEPCCM remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, en
forma impresa, el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del CAEPCCM para
el ejercicio de 2014, por un monto de 924,317.6 miles de pesos, en lugar de haberlo
enviado a más tardar el 19 de noviembre de 2013.
Por haber presentado a la SEFIN la versión del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos
fuera del plazo establecido, el CAEPCCM incumplió lo dispuesto en el apartado V.
Proceso de Formulación de Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2014 numeral 2
“Formulación General”, inciso c) “Generación de Reportes”, penúltimo párrafo, del Manual
de Programación y Presupuesto 2014, que establece:
“La fecha límite para que las unidades remitan los […] reportes debidamente firmados
por los titulares será el 19 de noviembre…”
En la reunión de confronta, celebrada el 16 de mayo de 2016, mediante el oficio
núm. C5/DGA/0423/2016 del 13 de mayo de 2016, la Directora General de Administración
del CAEPCCM entre otros, aportó elementos que subsanan la deficiencia observada, de
los cuales destaca que realizaron las acciones siguientes:
“… este Órgano Desconcentrado a través del Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales
(SAP GRP), solicitó de manera electrónica, el 11 de noviembre de 2013, el Módulo de Integración
por Resultados así como el 15 de noviembre de 2013 el Módulo de Integración Financiera
de conformidad con lo establecido en el Manual de Programación-Presupuestación para
la integración del Anteproyecto de Presupuesto de egresos 2014, tal y como se indica en
el oficio, CAEPCCM/DG/CEAI/0942/2013.
21
”Conforme a lo anterior, el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de este Órgano
Desconcentrado se capturó electrónicamente en Sistema de Planeación de Recursos
Gubernamentales (SAP GRP), realizándose vía sistema, la transmisión en tiempo y forma; no
obstante, con la finalidad de dar cumplimiento a las fechas establecidas conforme al Manual
de Programación-Presupuestación vigente, para el envío en forma impresa del Anteproyecto de
Presupuesto anualmente, este Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones
y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México, implementó el control denominado ‘Cédula
de Seguimiento a la Remisión de la Versión Impresa del Anteproyecto de Presupuesto de
Egresos a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México 2016-2018’ con el objetivo
de dar puntual seguimiento al proceso y emisión de dicho documento, para garantizar el envío
oportuno del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de cada ejercicio de este Órgano
Desconcentrado, de conformidad con el Manual de Programación-Presupuestación para
la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos aplicable.
”Dicha cédula contiene:
”1 Ejercicio.
”2 Fecha de Seguimiento a la Emisión del Manual de Programación-Presupuestación para
la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos.
”3 No. de Oficio de envío del Anteproyecto de Egresos.
”4 Fecha Límite de Entrega a la Subsecretaría de Egresos.
”5 Fecha Real de Entrega.
”6 Comentarios.
”Cédula de Seguimiento a la Remisión de la Versión Impresa del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México 2016-2018
Ejercicio
Fecha de Seguimiento a la Emisión del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos
No. de Oficio de envío del Anteproyecto de Egresos
Fecha Límite de Entrega a la Subsecretaría de Egresos
Fecha de Oficio Fecha Límite
Fecha Real de Entrega
Comentarios
2016 del 1o al 5 de noviembre CAEPCCM/DG/CEAI/0956/2015 19/11/2015 19/11/2015 19/11/2015 Envío en tiempo y forma […]
22
”Cabe destacar que mediante los oficios C5/DGA/0429/2016 C5/DGA/DRFMSG/0335/2016
C5/DGA/DRFM/SPP/070/2016, emitidos por la Dirección General de Administración, la Dirección
de Recursos Financieros, Materiales y Servicios Generales, así como por la Subdirección de
Programación y Presupuesto respectivamente, se realizaron las acciones necesarias para
el seguimiento respecto de la implementación de la “Cédula de Seguimiento a la Remisión
de la Versión Impresa del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos a la Secretaría de Finanzas de
la Ciudad de México 2016-2018” para el fortalecimiento de los mecanismos de control
que garantizan el envío oportuno del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de cada
ejercicio correspondiente este Órgano Desconcentrado, de conformidad con el Manual
de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de
Egresos aplicable (se adjunta evidencia documental).
”Se adjunta con sus anexos, el oficio CAEPCCM/DG/CEAI/0956/2015 del 19 de noviembre
de 2015, correspondiente al envío oportuno del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del
ejercicio 2016, a la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México, en atención al
oficio SFDF/SE/4178/2015, lo anterior, se ve reflejado en la cédula implementada.
”Respecto, del ‘Resultado 3’, con el mecanismo de control implementado y la evidencia documental
que acredita su funcionamiento, se garantiza el envío oportuno del Anteproyecto de Presupuesto
de Egresos de cada ejercicio correspondiente a este Órgano Desconcentrado, de conformidad
con el Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto
de Presupuesto de Egresos aplicable.”
No obstante que el CAEPCCM aporto elementos el cual refiere que cuenta con mecanismos
de control, que permite el eficiente desempeño de las funciones del sujeto fiscalizado, no
se prevé la permanencia del seguimiento de una supervisión a dicho proceso, por lo que se
concluye que la causa primaria que originó el hallazgo no ha sido controlada y en consecuencia
evite su ocurrencia posterior, por lo que se confirma la presente observación.
2. En la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2013 se publicó
el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2014,
en cuyo artículo 5o. se estableció que el CAEPCCM se le asignó un presupuesto
de 1,703,317.6 miles de pesos.
23
3. Con el oficio núm. SFDF/SE/0102/2014 del 6 de enero de 2014, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN comunicó al titular del CAEPCCM el Analítico de Claves y el
Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2014,
correspondientes al presupuesto aprobado por la ALDF, por 1,703,317.6 miles de pesos, de los
cuales 73,746.1 miles de pesos se destinaron a servicios personales y 1,629,571.5 miles
de pesos a otros gastos.
4. Con el oficio núm. SFDF/SE/0493/2014 del 28 de enero de 2014, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN remitió al titular del CAEPCCM el Calendario Presupuestal
y el POA definitivos para el ejercicio de 2014, y le indicó que ambos documentos
“corresponden a los montos aprobados por el Órgano Legislativo a través del Decreto
de Presupuesto de Egresos para el presente ejercicio, así como al Techo Presupuestal
comunicado […] y a la capacidad financiera del Distrito Federal”.
5. En el Analítico de Claves, se asignaron recursos a 21 partidas de gasto que, en conjunto,
suman el presupuesto original del capítulo 3000 “Servicios Generales” (410,938.5 miles
de pesos), el cual fue reportado en el Informe de Cuenta Pública de 2014 del CAEPCCM.
Cabe mencionar que cuatro partidas de gasto no fueron presupuestadas originalmente
y otras cuatro, a las que sí se les habían asignado recursos, no los ejercieron.
6. En cuanto al registro presupuestal del momento contable de la etapa del presupuesto
aprobado, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,
por medio del oficio núm. DGCNCP/0207/2016 del 28 de enero de 2016, proporcionó
la póliza de diario con número de evento 1000000071 del 1o. de febrero de 2014, por
medio de la cual la SEFIN realizó el registro presupuestal en cuentas de orden
presupuestarias del presupuesto de egresos aprobado al CAEPCCM, como sigue:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 1,703,317.6
8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 1,703,317.6
Total 1,703,317.6 1,703,317.6
24
Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.1.1.0.0.0.0.0.0 “Presupuesto de Egresos Aprobado
Sector Central” y 8.2.2.1.0.0.0.0.0.0 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central”,
así como el asiento con el cual se realizó el registro del presupuesto aprobado, son
los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central
vigente en 2014; y se registraron mediante el Sistema de Planeación de Recursos
Gubernamentales (GRP-SAP).
Por lo anterior se concluye que el CAEPCCM estimó originalmente recursos para 21 partidas
del capítulo 3000 “Servicios Generales”, ejerció recursos con cargo a 21 de ellas, y se ajustó
al techo presupuestal asignado por 410,938.5 miles de pesos y, posteriormente, mediante
afectaciones programático-presupuestales, aumentó su presupuesto en 292,686.9 miles
de pesos, para quedar con un presupuesto modificado y ejercido de 703,625.4 miles de pesos,
conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la
Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2014; y que la SEFIN realizó el registro
presupuestal del momento contable de la etapa del presupuesto aprobado de acuerdo con
lo señalado en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central
vigente en 2014. Además, contó con controles internos que permiten actualmente que
la versión impresa de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos se remita a la SEFIN
en el plazo establecido para tal efecto.
Recomendación ASCM-25-14-1-C5
Es conveniente que el Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto
Ciudadano de la Ciudad de México (C5) (anteriormente “Centro de Atención a Emergencias
y Protección Ciudadana de la Ciudad de México”) por conducto de la Dirección General de
Administración, implemente mecanismos que garanticen contar con controles de supervisión
que permitan la entrega del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos en el plazo establecido,
a efecto de dar cumplimiento a lo establecido al Manual de programación y presupuesto 2014.
25
Gasto Modificado
4. Resultado
En la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2014, el CAEPCCM reportó
en el capítulo 3000 “Servicios Generales” un presupuesto original de 410,938.5 miles de pesos,
el cual fue objeto de los siguientes movimientos presupuestales: 110 ampliaciones compensadas,
por un monto de 682,944.0 miles de pesos; 11 adiciones compensadas, por un monto de
6,008.1 miles de pesos; 3 adiciones líquidas, por un monto de 259,472.0 miles de pesos;
130 reducciones compensadas, por un monto de 644,498.6 miles de pesos; y 17 reducciones
líquidas, por un monto de 11,238.6 miles de pesos. En consecuencia, el presupuesto
original fue incrementado en 292,686.9 miles de pesos, para quedar en 703,625.4 miles
de pesos, importe que fue ejercido en su totalidad por el sujeto fiscalizado, como se muestra
a continuación:
(Miles de pesos)
Concepto Importe
Parcial Subtotal Total
Presupuesto original
410,938.5
Afectaciones presupuestales
Más:
Ampliaciones compensadas (110) 682,944.0
Adiciones compensada (11) 6,008.1
Adiciones líquidas (3) 259,472.0
Subtotal
948,424.1
Menos:
Reducciones compensadas (130) (644,498.6)
Reducciones Líquidas (17) (11,238.6)
Subtotal
(655,737.2)
Modificación neta
292,686.9
Presupuesto modificado y ejercido
703,625.4
Dichos movimientos se amparan con 67 afectaciones presupuestarias que autorizó la SEFIN
por conducto de la Subsecretaría de Egresos, cuando se trató de afectaciones líquidas, y por
medio de la Dirección General de Egresos “B” de la Subsecretaría de Egresos, en el caso
de afectaciones compensadas, en cumplimiento de los artículos 34, fracción IX; y 70, fracción VI,
del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y los numerales 77
26
y 79 del apartado A, “Adecuaciones Presupuestarias Compensadas”, 80 y 83 del apartado B,
“Adecuaciones Presupuestarias Líquidas”, de la Sección Tercera “Afectaciones Presupuestarias”,
del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración
Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre
de 2012, ambos vigentes en 2014.
Se analizaron las afectaciones programático-presupuestarias y se determinó que las principales
causas por las que se modificó el presupuesto asignado al capítulo 3000 “Servicios
Generales” fueron las siguientes:
1. Las ampliaciones compensadas, por un importe de 682,944.0 miles de pesos, se debieron
principalmente a compromisos establecidos por la contratación del servicio de enlaces
SHDSL 2MPS de comunicación de los sensores de captación de imágenes, voz y datos
y transmisión vía alámbrica para el Centro de Control, Comunicaciones, Cómputo y Comando,
Información, Inteligencia e Integración (c4i4) y 5 C2 (oriente, poniente, norte, sur y centro)
del Proyecto Bicentenario “Ciudad Segura”; de agua potable; y energía eléctrica; por
la impresión de carteles informativos con teléfonos de emergencia; y por servicios de
vigilancia requerida por el CAEPCCM.
2. Las adiciones compensadas, por un importe de 6,008.1 miles de pesos, se efectuaron
principalmente para cubrir pagos por concepto de servicios de vigilancia y de limpieza,
en los diversos C2 y en el C4; para cubrir la impresión de calcomanías (balizado) para
los vehículos del CAEPCCM; para la adquisición de una lona para los operativos
del C2 móvil en diversas demarcaciones.
3. Las adiciones líquidas, por un importe de 259,472.0 miles de pesos, se llevaron a cabo
para cubrir el pago del sistema de enlace SHDSL 2MPS, que tiene por objetivo transportar
los datos y el video de los 8,088 STV´S (sistema tecnológico de video-vigilancia) hasta
el C2 de destino, a través de la infraestructura de última milla (tramo final de una vía de
comunicación), y el acceso y transporte de la empresa que presta el servicio, con la
finalidad de continuar el apoyo a las instituciones policiales de prevención y de investigación.
27
4. Las reducciones compensadas, por un monto de 644,498.6 miles de pesos, tuvieron por
objeto, principalmente, reorientar el recurso presupuestal de acuerdo con las necesidades
del CAEPCCM.
5. Las reducciones líquidas, por un monto de 11,238.6 miles de pesos, se solicitaron como
resultado de economías y disponibilidades por recursos no ejercidos debido a trabajos
no realizados.
6. En cuanto a las afectaciones analizadas, se corroboró que el rubro “Justificación” no
corresponde a los movimientos realizados, como se muestra a continuación:
Número de afectación
Movimiento efectuado Justificación descrita
4674 Adición compensada Ampliación compensada
7815 Ampliación compensada al capítulo 2000 Ampliación compensada al capítulo 3000
15086 Adición compensada Ampliación compensada
16423 Adición compensada Ampliación compensada
17797 Adición compensada Ampliación compensada
20093 Reducción compensada al capítulo 3000 Reducción compensada al capítulo 1000
Adición compensada Ampliación compensada
Por no haber efectuado las justificaciones conforme a los movimientos efectuados en
las adecuaciones presupuestales, el CAEPCCM incumplió el artículo 92 del Reglamento
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2014, que
establece:
“En todos los casos las Unidades Responsables del Gasto deberán justificar las Adecuaciones
Presupuestarias, señalándose I. […] la propuesta de reducción al presupuesto […]
señalando las acciones que se verán afectadas, derivadas de la disminución de recursos
o bien […] II. Por lo que se refiere a los movimientos de ampliación del presupuesto […]
se deberán incorporar los elementos que motivan la ampliación de recursos…”
En la reunión de confronta, celebrada el 16 de mayo de 2016, mediante el oficio
núm. C5/DGA/0423/2016 del 13 de mayo de 2016, la Directora General de Administración
del CAEPCCM informó lo siguiente:
28
“Con el objetivo de fortalecer los procesos relativos a la elaboración de las Adecuaciones
Presupuestarias, este Órgano Desconcentrado implementó la ‘Cédula de Seguimiento
Mensual a las justificaciones de las Afectaciones Programático-Presupuestarias’ a efecto
de garantizar que las Adecuaciones Presupuestarias se elaboran de manera correcta,
atendiendo lo dispuesto en el artículo 92 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal, vigente. Esta cédula permite revisar la afectación y particularmente
su justificación, previamente a la captura en el sistema, lo cual optimiza el proceso correspondiente.
Dicha cédula contiene:
”1. No. Consecutivo
”2. Fecha
”3. Número de Afectación
”4. Movimiento Efectuado
”5. Justificación Descrita
”6. Fecha de Revisión del Movimiento a efectuar respecto de la Justificación
”7. Fecha de Captura en el Sistema
”8. Comentarios
”Cabe destacar que mediante los oficios C5/DGA/0430/2016 C5/DGA/DRFMSG/0333/2016
C5/DGA/DRFM/SPP/071/2016, emitidos por la Dirección General de Administración, la Dirección
de Recursos Financieros, Materiales y Servicios Generales, así como por la Subdirección de
Programación y Presupuesto respectivamente, se realizaron las acciones necesarias para
el seguimiento respecto de la implementación de la ‘Cédula de Seguimiento a las Justificaciones
de las Afectaciones Programático-Presupuestarias’ a efecto de garantizar que las Adecuaciones
Presupuestarias se elaboren de manera óptima, atendiendo lo dispuesto en el artículo 92
del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente.
29
”Respecto del ‘Resultado 4.’, con el mecanismo de control implementado se garantiza la
correcta elaboración de las Adecuaciones Presupuestarias, atendiendo lo dispuesto en el
artículo 92 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto eficiente del Distrito Federal,
vigente.”
No obstante que el CAEPCCM aporto elementos que refieren que cuenta con mecanismos
de control los cuales permiten el eficiente desempeño de las funciones del sujeto fiscalizado;
no se prevé la continuidad de la supervisión a dicho proceso, por lo que se concluye
que la causa primaria que originó el hallazgo no ha sido controlada y en consecuencia se
evite su ocurrencia posterior, por lo que se confirma la presente observación.
En cuanto al registro presupuestal del momento contable de la etapa del presupuesto
modificado, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,
mediante el oficio núm. DGCNCP/0207/2016 del 28 de enero de 2016, proporcionó
67 pólizas de diario por medio de las cuales la SEFIN realizó el registro presupuestal en
cuentas de orden de las modificaciones al presupuesto aprobado en el capítulo 3000
“Servicios Generales” del CAEPCCM, como sigue:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 703,625.4 410,938.5
8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 292,686.9
Total 703,625.4 703,625.4
Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.2.1.0.0.0.0.0.0 “Presupuesto de Egresos por
ejercer Sector Central” y 8.2.3.1.0.0.0.0.0.0 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado
Sector Central”, así como los asientos con los cuales se realizó el registro de las modificaciones
al presupuesto aprobado en el capítulo 3000 “Servicios Generales” del CAEPCCM, son
los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central
vigente en 2014; y se registraron mediante el sistema establecido GRP-SAP.
En el análisis de las afectaciones programático-presupuestarias, se determinó que fueron
elaboradas, justificadas, autorizadas y tramitadas por los servidores públicos facultados
30
para ello; y que contribuyeron al cumplimiento de objetivos y metas programadas por el
órgano desconcentrado, en cumplimiento de los artículos 77 y 78 de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2014, como se expone en las principales
causas por las que se modificó el presupuesto asignado al capítulo, y que la SEFIN realizó
el registro presupuestal del momento contable de la etapa del presupuesto modificado de
acuerdo con lo señalado en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal
Sector Central vigente en 2014.
Recomendación ASCM-25-14-2-C5
Es conveniente que el Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto
Ciudadano de la Ciudad de México (C5) (anteriormente “Centro de Atención a Emergencias
y Protección Ciudadana de la Ciudad de México”) por conducto de la Dirección General de
Administración, implemente mecanismos que garanticen contar con controles de supervisión
que permitan que la elaboración de las justificaciones en las adecuaciones presupuestarias
correspondan a los movimientos efectuados, a efecto de dar cumplimiento a lo establecido en
Ley de Presupuesto y Gasto eficiente del Distrito Federal.
Variaciones Financieras por Vertiente de Gasto
5. Resultado
En el formato “ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” del Informe de Cuenta
Pública de 2014 del CAEPCCM, se reportó que fueron asignados recursos al capítulo 3000
“Servicios Generales”, por 410,938.5 miles de pesos que corresponde al presupuesto original,
importe 71.2% inferior (292,686.9 miles de pesos) al presupuesto ejercido (703,625.4 miles
de pesos).
La distribución de recursos por posición presupuestal de gasto del capítulo 3000 “Servicios
Generales”, de acuerdo con la Evolución del Presupuesto de Egresos por Clave Presupuestal
de la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2014, se muestra a continuación:
31
(Miles de pesos y por cientos)
Fondo / Posición presupuestal
Presupuesto Variación
Original
(1)
Ejercido
(2)
%
(3)
Absoluta (2) – (1)
(4)
% (4) / (1)
(5)
1110 39811100 0.0 204.5 0.0 n.a. n.a.
1110 34511200 8,000.0 10,363.0 1.5 2,363.0 0.3
1110 39811200 1,546.7 1,371.7 0.2 (175.0) (0.1)
1110 39691200 1,000.0 0.0 0.0 (1,000.0) (1.0)
1110 35811100 3,000.0 4,580.6 0.7 1,580.6 0.5
1110 33211100 0.0 19.5 0.0 19.5 n.a.
1110 33811160 0.0 181.4 0.0 181.4 n.a.
1110 31611100 106,000.0 114,985.4 16.3 8,985.4 0.1
1110 37221100 1.0 0.0 0.0 (1.0) (1.0)
1110 31811100 0.0 0.5 0.0 0.5 n.a.
1110 31911200 100.0 120.0 0.0 20.0 0.2
1110 35311100 400.0 14.0 0.0 (386.0) (1.0)
1110 39211100 60.0 114.4 0.0 54.4 0.9
1110 33811200 8,860.8 0.0 0.0 (8,860.8) (1.0)
1110 33411200 40.0 0.0 0.0 (40.0) (1.0)
1110 35911100 271.0 285.3 0.0 14.3 0.1
1110 31121200 24,705.1 48,376.9 6.9 23,671.8 1.0
1110 35521100 250.0 102.3 0.0 (147.7) (0.6)
1110 31311260 0.0 81.4 0.0 81.4 n.a.
5M20 31611100 244,000.0 244,000.0 34.7 0.0 0.0
1110 33621100 0.0 196.2 0.0 196.2 n.a.
1110 34111100 0.0 0.5 0.0 0.5 n.a.
1110 35211100 100.0 83.4 0.0 (16.6) (0.2)
1110 35611100 500.0 0.0 0.0 (500.0) (1.0)
1110 33411100 0.0 40.0 0.0 40.0 n.a.
1110 35111100 506.8 1,540.5 0.2 1,033.7 2.0
1110 31411200 50.0 0.0 0.0 (50.0) (1.0)
1110 31311200 114.8 135.4 0.0 20.6 0.2
1110 33911100 10,368.5 10,544.0 1.5 175.6 0.0
1110 39821100 1,043.8 1,242.2 0.2 198.4 0.2
5MD3 31611100 0.0 115,278.6 16.4 115,278.6 n.a.
5O13 31611100 0.0 86,568.5 12.3 86,568.5 n.a.
1113 31611100 0.0 52,903.5 7.5 52,903.5 n.a.
1110 33411200 20.0 0.0 0.0 (20.0) (1.0)
1110 33811100 0.0 10,291.8 1.5 10,291.8 n.a.
Total del capítulo 3000 410,938.5 703,625.4 100.0 292,686.9
n.a. No aplicable.
32
Como se observa, el 34.7% del presupuesto ejercido se concentró en la posición presupuestal
31611100, que corresponde a la vertiente de gasto 1.7 “Asuntos de Orden Público y de Seguridad
Interior”, Eje 2 “Gobernabilidad, Seguridad y Protección Ciudadana”. De igual forma, el gasto se
incrementó para cubrir los servicios del sistema de comunicación, a través de los enlaces
SHDSL. 2MPS, enlace satelital y conexiones diversas, indispensables para la operación
del sistema multidisciplinario con sensores para los Centros de Control, Comando Comunicación
y Cómputo, Inteligencia, Información e Integración SMSC4i4 (video-vigilancia).
Respecto al destino de gasto en la vertiente 1.7 “Asuntos de Orden Público y de Seguridad
Interior”, en la revisión del formato “AIR Avance en los Indicadores de los Resultados de
las Actividades Institucionales Realizadas” del Informe de Cuenta Pública de 2014 del
CAEPCCM, se detectó que el gasto se orientó al proyecto “Ciudad Segura SMSC4i4”, con
objeto de proporcionar los diversos apoyos solicitados por las diferentes áreas que lo
conforman. Adicionalmente, se corroboró, mediante el formato “ARF Aplicación de Recursos
de Origen Federal”, que el proyecto mencionado contó con el ejercicio y aplicación de los
recursos del “Fondo de Capitalidad” y “Fondo de Contingencias Económicas”.
De la revisión de la apertura programático-presupuestal y las explicaciones de las variaciones
financieras por vertiente de gasto incluidas en la Cuenta Pública de 2014, se concluye que
el órgano desconcentrado destinó los recursos a cubrir gastos relacionados con los procesos de
adquisición de bienes y contratación de servicios generales para cubrir los requerimientos
propios, mediante los cuales se logró el funcionamiento y la operación del CAEPCCM
durante el ejercicio de 2014. En consecuencia, no se emite ninguna observación en el presente
resultado.
Conciliación de Cifras Programático-Presupuestales
6. Resultado
En la revisión de los reportes mensuales (conciliaciones) relativos al cierre programático-
presupuestal del capítulo 3000 “Servicios Generales”, se determinó que fueron elaborados
por la Subdirección de Programación y Presupuesto del CAEPCCM, y destinados a la Dirección
de Análisis Sectorial “F” de la SEFIN, y que los reportes de los meses de enero a diciembre
se presentaron con desfases de 6 a 31 días naturales, como se muestra a continuación:
33
Mes
Oficio de envío Plazo límite de entrega
Días de desfase
Número Fecha
Emisión Entrega
Enero CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/023/2014 3/III/14 3/III/14 10/II/14 21
Febrero CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/032/2014 18/III/14 19/III/14 10/III/14 9
Marzo CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/048/2014 28/IV/14 28/IV/14 10/IV/14 18
Abril CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/055/2014 16/V/14 19/V/14 12/V/14 8
Mayo CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/077/2014 30/VI/14 1/VII/14 10/VI/14 21
Junio CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/084/2014 14/VII/14 16/VII/14 10/VII/14 6
Julio CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/130/2014 9/IX/14 10/IX/14 11/VIII/14 30
Agosto CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/137/2014 19/IX/14 22/IX/14 10/IX/14 12
Septiembre CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/178/2014 27/X/14 28/X/14 10/X/14 18
Octubre CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/226/2014 9/XII/14 11/XII/14 10/XI/14 31
Noviembre CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/004/2015 7/1/15 7/1/15 10/XII/14 28
Diciembre CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/023/2015 20/1/15 22/1/15 10/I/15 12
Con lo anterior, se incumplió el artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del
Distrito Federal vigente en 2014; y se concluye que el CAEPCCM no cuenta con controles
que permitan la supervisión de las operaciones respecto a la elaboración y entrega
del reporte de referencia que realiza el CAEPCCM a la SEFIN, por lo que se incumplió el
artículo 136 del mismo ordenamiento, que establece lo siguiente:
“Las Dependencias, Órganos Desconcentrados […] deberán proporcionar a la Secretaría
la siguiente información: I. Mensualmente, dentro de los primeros diez días del mes siguiente.
a) Conciliación del ejercicio presupuestal…”
En la reunión de confronta, celebrada el 16 de mayo de 2016, mediante el oficio
núm. C5/DGA/0423/2016 del 13 de mayo de 2016, la Directora General de Administración
del CAEPCCM informó lo siguiente:
“Con referencia al ‘Resultado 6.’ emitido por el Órgano Fiscalizador, en lo referente a las
cédulas de conciliación de cifras programático-presupuestales al ejercicio 2014, específicamente
al cierre de cifras programático-presupuestal; para su oportuna emisión mensual, este Centro
de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad
de México C5, ha implementado la ‘Cédula de Seguimiento a las Conciliaciones del Ejercicio
Presupuestal’ la cual contiene lo siguiente:
34
”1 Ejercicio.
”2 Mes.
”3 Emisión del Cierre Mensual Evolución Presupuestal (Último día hábil de cada mes).
”4 Fecha de Recepción del oficio emitido por la Dirección General de Política Presupuestal
SFGDF o de Ingreso en el SAP-GRP del ‘Cierre Programático Presupuestal’ (durante los primeros
10 días del mes inmediato posterior).
”5 Análisis y Elaboración de la Conciliación Presupuestal durante los primeros 8 días
del mes inmediato posterior).
”6 Recepción del Oficio de envío de la conciliación en la Dirección de Análisis sectorial ‘F’
de la SFGDF (a más tardar el día 10 del mes inmediato posterior).
”Cabe destacar que mediante los oficios C5/DGA/0428/2016 C5/DGA/DRFMSG/0334/2016
C5/DGA/DRFM/SPP/072/2016, emitidos por la Dirección General de Administración, la
Dirección de Recursos Financieros, Materiales y Servicios Generales, así como por la Subdirección
de Programación y Presupuesto respectivamente, se realizaron las acciones necesarias
para el seguimiento respecto de la implementación de la ‘Cédula de Seguimiento a las
Conciliaciones del Ejercicio Presupuestal’ para fortalecer y dar seguimiento a los mecanismos de
control de este Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano
de la Ciudad de México, a efecto de garantizar el cabal cumplimiento en la entrega del resultado de
las conciliaciones mensuales del ejercicio presupuestal en el plazo que fija el artículo 136,
fracción I inciso a) de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente.
Lo anterior, en virtud de que el pasado 20 de agosto de 2015, la Dirección de Recursos Financieros
y Materiales, con el oficio CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/0508/2015, instruyó a la Jefatura
de Unidad Departamental de Integración Programática Presupuestal, la implementación
de la cédula denominada ‘Cédula de Seguimiento a las Conciliaciones del Ejercicio Presupuestal’,
para el fortalecimiento de los mecanismos de control. […]
”La cédula implementada, contiene las fases y los plazos para efectuar el envío oportuno
de las conciliaciones programático presupuestales a la Secretaría de Finanzas, con lo cual
35
se han tomado las medidas pertinentes garantizando el proceso, conforme al artículo 136
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
”Respecto del ‘Resultado 6.’, con el mecanismo de control implementado se está garantizando
que las cédulas de conciliaciones programático-presupuestales se remitan a la Secretaría
de Finanzas en los plazos que fija la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, de
manera mensual de abril de 2015 y hasta la fecha, como se puede apreciar en el cuadro
de ‘Cédula de Seguimiento a las Conciliaciones del Ejercicio Presupuestal’ implementado.”
No obstante que el CAEPCCM aporto elementos que refieren que cuenta con mecanismos
de control los cuales permiten el eficiente desempeño de las funciones del sujeto fiscalizado; no
se prevé la continuidad de la supervisión a dicho proceso, por lo que se concluye que la
causa primaria que originó el hallazgo no ha sido controlada y en consecuencia se evite
su ocurrencia posterior, por lo que se confirma la presente observación.
Por lo anterior, se concluye que el CAEPCCM reportó a la SEFIN las cédulas de conciliación de
cifras programático-presupuestales correspondientes al ejercicio de 2014, específicamente
en lo referente al cierre programático-presupuestal; y que no contó con controles internos
regulados que permiten actualmente que los reportes se elaboren y presenten dentro del
plazo establecido en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente.
Recomendación ASCM-25-14-3-C5
Es conveniente que el Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto
Ciudadano de la Ciudad de México (C5) (anteriormente “Centro de Atención a Emergencias
y Protección Ciudadana de la Ciudad de México”) por conducto de la Dirección General de
Administración, implemente mecanismos que garanticen contar con controles de supervisión
que permitan que los reportes mensuales de cierre programático-presupuestal, se presenten
a la SEFIN en el tiempo establecido en cumplimiento a la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal.
36
Gasto Comprometido
7. Resultado
En la revisión de los reportes mensuales relativos a los recursos fiscales, crediticios y provenientes
de transferencias federales, destinados al capítulo 3000 “Servicios Generales”, que se
encontraban comprometidos a la fecha de su presentación, se determinó que fueron elaborados
y autorizados por la Dirección de Recursos Financieros y Materiales del CAEPCCM y
enviados a la Dirección de Análisis Sectorial “F” de la SEFIN en el plazo establecido, en
cumplimiento del artículo 56 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal vigente en 2014.
Por lo anterior, se concluye que el CAEPCCM informó a la SEFIN de su presupuesto
comprometido correspondiente al ejercicio de 2014, específicamente en lo referente
a los compromisos en los que existieron los documentos legales que le determinaron una
obligación de pago, los cuales se presentaron dentro del plazo establecido. En consecuencia,
no se emite ninguna observación en el presente resultado.
8. Resultado
En el análisis del PAAAPS correspondiente al ejercicio de 2014, que la Coordinación Ejecutiva
de Administración e Implementación (ahora Dirección General de Administración) del CAEPCCM
proporcionó a la ASCM mediante el oficio núm. C5/DGA/0025/2016 del 18 de enero de 2016,
se obtuvo lo siguiente:
1. Con el oficio núm. CAEPCCM/DG/CEAI/0071/2014 del 21 de enero de 2014, la Coordinación
Ejecutiva de Administración e Implementación del CAEPCCM remitió el PAAAPS del
órgano desconcentrado a la SEFIN para su validación y autorización; y, con el oficio
núm. CAEPCCM/DG/CEAI/0103/2014 del 27 de enero de 2014, remitió copia del PAAAPS
a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG) de
la OM, por lo que el órgano desconcentrado envió la versión definitiva del PAAAPS
a la DGRMSG de la OM, junto con la validación presupuestal, antes del 31 de enero
de ese ejercicio, en cumplimiento del numeral 4.2.1, párrafo segundo, de la Normatividad
37
en materia de Administración de Recursos para las Delegaciones de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno Bis) vigente en 2014.
2. Con el oficio núm. DGPP/0289/2014 del 23 de enero de 2014, la SEFIN comunicó la
aprobación del PAAAPS, con un total asignado de 1,602,844.6 miles de pesos.
De conformidad con el artículo 39 del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito
Federal para el Ejercicio Fiscal de 2014, los montos máximos de adjudicación directa
y de adjudicación mediante invitación restringida a cuando menos tres proveedores
aplicables al CAEPCCM ascendieron a 420.0 miles de pesos y 9,200.0 miles de pesos,
en ese orden, para el ejercicio de 2014.
3. El PAAAPS fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de enero de 2014,
en cumplimiento del artículo 19, segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el
Distrito Federal vigente en 2014.
4. En el apartado “Resumen Presupuestal” del PAAAPS, se asentó que se contaba con
una asignación de 382,468.0 miles de pesos para contratar diversos servicios con cargo
al capítulo 3000 “Servicios Generales”, correspondientes a 15 de las 21 partidas de
gasto para las que se habían estimado originalmente recursos en el techo presupuestal
autorizado al CAEPCCM. Las seis partidas restantes (3112 “Servicio de Energía Eléctrica”,
3131 “Agua Potable”,3921 “Impuestos y Derechos”, 3969 “Otros Gastos por Responsabilidades”,
3981 “Impuesto sobre Nóminas” y 3982 “Otros Impuestos derivados de una Relación
Laboral”), a las que se asignaron 28,470.5 miles de pesos, no se relacionan con servicios
regulados por la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal ni están incluidas en el
Anexo 1, “Partidas del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación
de Servicios”, de los Lineamientos para la Elaboración del Programa Anual de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios 2014, emitidos por la DGRMSG de la OM,
vigentes en 2014.
5. En el apartado “Concentrado por Partida Presupuestal” del PAAAPS, correspondiente
al capítulo 3000 “Servicios Generales”, se asentó la asignación de recursos para
15 partidas de gasto, por un total de 382,468.0 miles de pesos, que corresponde
al techo presupuestal autorizado al órgano desconcentrado para 2014.
38
6. En el apartado “Analítico por Bien o Servicio” del PAAAPS, se desagregaron los servicios
por contratar por partida de gasto del capítulo 3000 “Servicios Generales”, cuyos importes
coinciden con los de los apartados señalados, con los del techo presupuestal autorizado
y con los del Presupuesto de Egresos del CAEPCCM para el ejercicio de 2014.
7. En 2014, el CAEPCCM reportó a la DGRMSG de la OM las modificaciones trimestrales
de su PAAAPS de 16 partidas de gasto (entre las cuales se encontró contemplada la
partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”), en cumplimiento del
artículo 14, segundo párrafo, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal vigente en 2013; y los numerales 3.1 y 3.2 de los Lineamientos para la Elaboración
del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios,
vigentes en 2014.
Por lo expuesto, se concluye que el CAEPCCM envió oportunamente la versión definitiva
del PAAAPS junto con la validación presupuestal a la DGRMSG de la OM, y se ajustó al
plazo establecido en la normatividad aplicable para la publicación de su PAAAPS y reportó
a la DGRMSG de la OM las modificaciones trimestrales de dicho programa derivadas de la
asignación adicional de recursos a 21 partidas de gasto. En consecuencia, no se emite
ninguna observación en el presente resultado.
9. Resultado
En 2014, el CAEPCCM ejerció un monto de 613,736.0 miles de pesos con cargo a la
partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”, por medio de 16 CLC. De dicho
monto, se seleccionó para su revisión un importe ejercido de 205,399.8 miles de pesos (33.5%
de lo erogado en la partida), ejercidos mediante ocho CLC (núms. 01-CD-03 con terminaciones
100574, 100575, 100576, 100585, 100628, 100629, 100630 y 100631) expedidas por el Centro
de Atención a Emergencias y Protección Ciudadana de la Ciudad de México para pagar
los servicios del sistema de comunicación, a través de los enlaces SHDSL. 2MPS, enlace satelital
y conexiones diversas, indispensables para la operación del Sistema Multidisciplinario
con sensores para los Centros de Control, Comando Comunicación y Cómputo, Inteligencia,
Investigación, Información e Integración SMSC4i4, “Ciudad Segura” proporcionado por Teléfonos
de México, S.A.B. de C.V. (TELMEX).
39
Con el fin de verificar si el ejercicio de los 211,614.2 miles de pesos (comprometido) fue
resultado de la formalización de instrumentos jurídicos con terceros para la contratación
de servicios citados, se analizó el proceso de adjudicación y formalización de dos contratos. Al
respecto, se determinó lo siguiente:
1. Para ofrecer a la población mayores niveles de confianza y seguridad, el gobierno local
implementó el Proyecto Bicentenario “Ciudad Segura”, el cual consistió en un sistema
de video vigilancia de alta tecnología operado desde los Centros de Comando y Control “C2”,
Centro de Comando y Control Móvil “C2 Móvil” y el Centro de Control, Comando,
Comunicación y Computo, Inteligencia, Investigación, Información e Integración, C4i4,
mediante 8,088 cámaras instaladas en las calles de todas las Delegaciones de la Ciudad
de México.
2. Como parte del proyecto Bicentenario “Ciudad Segura”, se creó el CAEPCCM mediante
decreto del 18 de junio de 2009 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
22 de junio de 2009, como órgano desconcentrado adscrito a la Jefatura de Gobierno.
3. Como parte de dicho proyecto, se suscribieron los contratos núms. CAEPCCM/2/028/2014
y CAEPCCM/2/036/2014.
4. Dichos contratos tienen por objeto “Prestar al Centro de atención los servicios del sistema
de comunicación, a través de los enlaces SHDSL 2MBPS, enlace satelital y conexiones
diversas, para la operación del sistema multidisciplinario con sensores para los Centros de
Control, Comando, Comunicación y Cómputo, Inteligencia, Investigación, Información
e Integración SMSC4i4, “Ciudad Segura”.
5. Mediante los contratos núms. CAEPCCM/2/028/2014 y CAEPCCM/2/036/2014, se llevó
a cabo la formalización de los servicios entre la empresa TELMEX y el CAEPCCM
por los períodos del 1o. de septiembre al 31 de octubre y del 1o. noviembre al
31 de diciembre, ambos de 2014, respectivamente.
6. Como parte de dicho compromiso, la empresa TELMEX, para garantizar los servicios
ofrecidos, presentó la documentación requerida por el CAEPCCM, consistente en acta
constitutiva, poder notarial del representante legal, Registro Federal de Contribuyentes,
40
identificación oficial del representante legal, constancia de no adeudo emitida por la
Administración Tributaria del Gobierno Local, garantía de cumplimiento del contrato y formato
denominado información para depósitos interbancarios en cuentas de cheques.
7. El CAEPCCM reportó un presupuesto comprometido de 211,614.2 miles de pesos
(por ambos contratos); para dicha erogación contó con el apoyo de recursos federales
como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Tipo de recursos Contratos
CAEPCCM/S/028/2014 CAEPCCM/S/036/2014
Fiscales 6,324.7 14,504.8
Fondo de Capitalidad** 32,385.9* 4,733.9*
Fondo de Contingencias Económicas** 67,096.5* n.a.
Fondo de Participaciones** n.a. 86,568.5
Total 105,807.1 105,807.1
* Ramo 23. ** Recursos Federales. n.a. No aplicable.
De dicho presupuesto comprometido se ejerció un importe de 205,399.8 miles de pesos,
de los cuales 89.6 miles de pesos corresponden a saldo no ejercido (por concepto de sanciones
manifestadas en notas de crédito por 45.4 miles de pesos y 44.2 miles de pesos).
Para el caso del saldo no ejercido, el CAEPCCM solicitó a la SEFIN el reintegro de los
recursos no devengados a la Tesorería de la Federación (TESOFE), lo cual acreditó mediante
los oficios núm. CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/0026/2015 y CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/0028/2015
del 9 y 13 enero de 2015, respectivamente, signados por la Dirección de Recursos Financieros
y Materiales del CAEPCCM, en cumplimiento del oficio circular núm. SFDF/SPF/DGAF/0001/2014
del 31 de diciembre de 2014, suscrito por la SEFIN.
8. El proceso de solicitud del servicio y la autorización de su contratación se realizaron
como sigue:
a) Por medio de las requisiciones de servicios núms. 106 y 133 (con fechas de recepción
del 19 de agosto y 16 de octubre, ambas de 2014, por la Jefatura de Unidad
41
Departamental de Adquisiciones del CAEPCCM) la Dirección de Equipamiento Misión
Crítica solicitó la contratación de servicios de telecomunicaciones y satélites, referente
a los servicios del sistema de comunicación a través de los enlaces SHDSL 2MBPS,
enlace satelital y conexiones diversas indispensables para la operación del sistema
multidisciplinario con sensores para Centros de Control, Comando, Comunicación,
Cómputo, Inteligencia, Investigación, Información e Integración SMSC4i4 “Ciudad Segura”.
El formato no acreditó 9 de 21 registros (correspondientes a los numerales 6 al 10,
12 al 14, y 20) establecidos en su instructivo de llenado para la requisición, proporcionado a
la ASCM mediante el oficio núm. C5/DGA/0152/2016 del 26 de febrero de 2016, como
se muestra a continuación:
Numeral Concepto
6 Tipo de evento a realizarse, mediante el Servicio y/o Arrendamiento Solicitado
7 Período de servicio a realizarse
8 Hora de inicio del servicio y/o arrendamiento
9 Fecha y hora a realizar
10 Dirección del lugar en donde se llevará a cabo el servicio y/o arrendamiento
12 Tiempo en el que se prestará el servicio y/o arrendamiento solicitado
13 Precisar si se trata de un servicio
14 Precisar si se trata de un arrendamiento
20 El monto estimado será proporcionado por la Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, de acuerdo al sondeo de mercado
Debido a que el formato de requisición no fue elaborado correctamente, se determinó
que el CAEPCCM no cuenta con controles que permitan supervisar las operaciones
producto de su presupuesto con base en lo establecido en el artículo 44 de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.
En la reunión de confronta, celebrada el 16 de mayo de 2016, mediante el oficio
núm. C5/DGA/0423/2016 del 13 de mayo de 2016, la Directora General de Administración
del CAEPCCM indicó lo siguiente:
“… sobre el particular, se informa que el formato establecido para solicitar los servicios
y/o arrendamientos, ‘Solicitud de Servicios’ tiene la modalidad de ser multifuncional,
es decir, que es utilizado para diversos servicios los cuales dependiendo su naturaleza
42
y alcances, algunos campos no aplican por lo cual se dejan en blanco. En razón de
ello, en las Solicitudes de Servicios números 106 y 133 con fecha de recepción
19 de agosto y 16 de octubre ambas del 2014; existen campos en blanco, formatos
mediante los cuales la ‘Dirección de Equipamiento y Misión Crítica’, solicitó la contratación
de los ‘Servicios del Sistema de Comunicación, a través de los Enlaces SHDSL
2MPS, Enlace Satelital y Conexiones diversas, indispensables para la operación del
Sistema Multidisciplinario con Sensores para los Centros de Control, Comando,
Comunicaciones y Cómputo, Inteligencia, Investigación, Información e Integración SMSC4i4,
Ciudad Segura’.
”Cabe aclarar que dada la naturaleza de la solicitud de servicio que son requeridos,
el área solicitante envía mediante oficio adicional al formato que nos ocupa, un anexo
técnico en el cual contempla toda la información necesaria suficiente para la contratación
del servicio, derivado a la magnitud de información que se trata. Con la finalidad de sustentar
lo dicho se anexa ejemplo de oficio número CAEPCCM/DG/CETI/049/2015.
”En dicho anexo contempla entre otros datos la siguiente información:
”El objetivo específico de la contratación, en el cual especifique el propósito que se
persigue y quiere lograrse con la contratación y la periodicidad con la que deben
brindarse los servicios.
”La cantidad de los servicios a contratarse y la especificación de cada uno de sus rubros
en la cual solicita se precise la información técnica necesaria y suficiente para la
prestación de los servicios.
”La ubicación precisa de dónde se requieren los servicios, direcciones exactas.
”La calidad en el servicio que debe brindarse.
”Una relación detallada de todos los entregables que deberá contemplar el proveedor
que brinde el servicio contemplando cada Rubro (Informes, manuales, reportes,
cuadernillos de trabajo, memorias, según lo que corresponda).
”Garantía que deberá otorgar de los servicios brindados.
43
”Lo anterior, se presenta con la finalidad de muestra (sic) que esta Unidad Responsable
del gasto, sí cuenta con sistemas de control, registro e información que contribuyen
al cumplimiento de los objetivos y metas. Es decir, la información solicitada a través
del formato de ‘Solicitud de Servicios’ es complementada de manera detallada y específica
con el anexo técnico que acompaña la Solicitud antes mencionada, lo cual favorece
que la información sea suficiente para la correcta contratación de los servicios requeridos.
”No obstante lo anterior, y a efecto de demostrar que el Centro de Comando, Control,
Cómputo, Comunicaciones y Contacto Ciudadano de la Ciudad de México ya cuenta
con un mecanismo que permite subsanar lo vertido en el Resultado 9 en su numeral 8
de la Auditoría que nos ocupa, con fecha 7 de enero del presente año la Subdirección de
Recursos Materiales y Servicios Generales, ahora Subdirección de Recursos Materiales,
envió mediante los oficios números C5/DGA/DRFM/SRMSG/5/2016,
C5/DGA/DRFM/SRMSG/6/2016, C5/DGA/DRFM/SRMSG/7/2016,
C5/DGA/DRFM/SRMSG/8/2016, C5/DGA/DRFM/SRMSG/9/2016,
C5/DGA/DRFM/SRMSG/11/2016 a todas las Direcciones Generales y/o Direcciones que
conforman el Centro, el Formato de ‘Solicitud de Servicio’ así como el instructivo en
el cual se detalla la forma en que deben requisitarse dichas solicitudes, a efecto que sean
difundido a su personal, lo anterior, con la finalidad de contar con un mayor control
y claridad para el llenado de las Solicitudes de Servicios y/o arrendamientos.”
Además, proporcionó documentación de la aplicación y origen del control correspondiente
a los formatos, instructivo de llenado y difusión al personal que integra el órgano
desconcentrado.
En relación al hallazgo descrito, se obvia la emisión de la recomendación, toda vez
que la deficiencia ha sido controlada mediante un mecanismo de control que permite el
eficiente desempeño de las funciones del sujeto fiscalizado, mediante su formalización
(formato, instructivo de llenado y difusión al personal), se constató su debida observancia.
b) La contratación contó con la justificación del titular de la Dirección de Equipamiento
Misión Crítica y del Coordinador Ejecutivo de Tecnologías e Ingeniería del CAEPCCM,
en la cual se fundaron y motivaron las causas que acreditaron la contratación de
44
los servicios profesionales bajo el procedimiento de adjudicación directa. El documento
está firmado por el servidor público que solicitó y justificó la contratación (Dirección
de Equipamiento Misión Crítica), y por quienes llevaron el control procedimental,
otorgaron el visto bueno y dieron la autorización correspondiente (la Dirección de
Recursos Financieros y Materiales, y la Subdirección de Programación y Presupuesto,
respectivamente), de conformidad con el artículo 40, segundo párrafo, de la Ley
de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Sector Público,
vigente en 2014.
c) El CAEPCCM contó con el sondeo de mercado elaborado con la información
solicitada a diversas empresas, como se muestra a continuación:
Número de contrato Número de oficio Fecha Empresa
CAEPCCM/S/028/2014 CAEPCCM/DG/CEAI/1020/2014 26/VIII/14 Maxcom Telecomunicaciones, S.A. de C.V.
CAEPCCM/DG/CEAI/1021/2014 26/VIII/14 Axtel, S.A.B. de C.V.
CAEPCCM/DG/CEAI/1022/2014 26/VIII/14 Teléfonos de México, S.A.B. de C.V.
CAEPCCM/S/036/2014 CAEPCCM/DG/CEAI/1244/2014 22/X/14 Maxcom Telecomunicaciones, S.A. de C.V.
CAEPCCM/DG/CEAI/1245/2014 22/X/14 Axtel, S.A.B. de C.V.
CAEPCCM/DG/CEAI/1246/2014 22/X/14 Teléfonos de México S.A.B. de C.V.
Con lo anterior se cumplió el al artículo 26, párrafo sexto, de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y el apartado 4.8.1, fracción II,
de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,
Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal
(Circular Uno), ambos vigentes en 2014.
d) Mediante el oficio núm. CAEPCCM/DG/CETI/0238/2013 del 23 de diciembre de 2013,
el Coordinador Ejecutivo de Tecnologías e Ingeniería solicitó al Director General
de Gobernabilidad de Tecnologías de la Información y Comunicaciones la opinión
favorable del “Proyecto de Contratación de los Servicios de Comunicación de Ciudad
Segura”, en cumplimiento de la fracción III del artículo 111 del Reglamento Interior
de la Administración Pública del Distrito Federal.
45
e) Con los oficios núms. CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/118/2014
y CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/SPP/184/2014 del 27 de agosto y 30 de octubre,
ambos de 2014, respectivamente, emitidos por la Subdirección de Programación
y Presupuesto, se otorgó la asignación de suficiencia presupuestal, por un importe
de 211,614.2 miles de pesos, con cargo a la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones
y Satélites”.
Lo anterior muestra que la contratación del servicio se realizó con la autorización de
suficiencia presupuestal emitida por la Subdirección de Programación y Presupuesto,
de acuerdo con el artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal.
f) Mediante los acuerdos núms. 07/07EXT/14 y 08/08EXT/14 del 29 de agosto
y 31 de octubre de 2014, respectivamente, el pleno del Subcomité de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios autorizó al CAEPCCM la celebración
del procedimiento de adjudicación directa para la contratación de los servicios de
los contratos núms. CAEPCCM/S/028/2014 y CAEPCCM/S/036/2014.
9. El 1o. de septiembre y el 1o. de noviembre 2014, se suscribieron los contratos de prestación
de servicios núms. CAEPCCM/S/028/2014 y CAEPCCM/S/036/2014, respectivamente, para
la contratación de servicios de telecomunicaciones y satélites, referente a los servicios
del sistema de comunicación a través de los enlaces SHDSL 2MBPS, enlace satelital
y conexiones diversas indispensables para la operación del sistema multidisciplinario
con sensores para Centros de Control, Comando, Comunicación, Cómputo, Inteligencia,
Investigación, Información e Integración SMSC4i4 “Ciudad Segura”, por un importe
de 105,807.1, cada uno, y con vigencia del 1o. de septiembre al 31 de octubre, y del
1o. de noviembre al 31 de diciembre de 2014, respectivamente.
10. Los expedientes de las operaciones de los contratos seleccionados como muestra se
integraron con las documentales derivadas de su proceso de contratación, en copia, acta
constitutiva, poder notarial del representante legal, RFC, identificación oficial del representante
legal, constancia de no adeudo emitida por la Administración Tributaria del Gobierno
Local, garantía de cumplimiento del contrato y formato denominado información para
depósitos interbancarios en cuentas de cheques, así como formato del Servicio de
Administración Tributaria correspondiente a la opinión de cumplimiento de obligaciones
fiscales, y contrato original.
46
En cuanto al registro presupuestal del momento contable de la etapa del presupuesto
comprometido, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la
SEFIN, mediante el oficio núm. DGCNCP/0207/2016 del 28 de enero de 2016, remitió las
pólizas de diario por medio de las cuales la SEFIN realizó el registro en cuentas de orden
presupuestarias del presupuesto de egresos comprometido con cargo a la partida 3161
“Servicio de Telecomunicaciones y Satélites” del CAEPCCM, por un importe de 211,614.2
miles de pesos, como sigue:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 211,614.2
8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 211,614.2
Total 211,614.2 211,614.2
Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.2.1.0.0.0.0.0.0 “Presupuesto de Egresos por Ejercer
Sector Central” y 8.2.4.1.0.0.0.0.0.0 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central”,
así como el asiento con el cual se realizó el registro del presupuesto comprometido,
son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector
Central, vigente en 2014, y se registraron mediante el GRP-SAP.
Por lo anterior, se concluye que la suscripción de los contratos con cargo a la partida 3161
“Servicio de Telecomunicaciones y Satélites” se llevó a cabo de acuerdo con la Ley de
Adquisiciones y Arrendamientos del Sector Público, que el CAEPCCM contó con facultades
para suscribir dichos instrumentos jurídicos, y que la SEFIN realizó el registro presupuestal del
momento contable de la etapa del presupuesto comprometido de acuerdo con lo señalado
en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central vigente en 2014.
Gasto Devengado
10. Resultado
Con el propósito de verificar que el CAEPCCM tuviera a su disposición la evidencia
documental del gasto que refleja el reconocimiento de una obligación de pago a favor
de terceros por la recepción de los servicios contratados por los servicios del sistema de
47
comunicación, a través de los enlaces SHDSL. 2MPS, enlace satelital y conexiones diversas,
indispensables para la operación del sistema multidisciplinario con sensores para los Centros
de Control, Comando, Comunicación y Cómputo, Inteligencia, Investigación, Información
e Integración SMSC4i4, “Ciudad Segura” (seleccionados como muestra), y que la SEFIN
hubiera efectuado el registro del momento contable de la etapa del presupuesto devengado
de la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”, se revisó la documentación
que soporta su cumplimiento. Al respecto, se determinó lo siguiente:
1. Mediante acta administrativa de entrega-recepción de los servicios del sistema
de comunicación, a través de los enlaces SHDSL. 2MPS, enlace satelital y conexiones
diversas, indispensables para la operación del sistema multidisciplinario con sensores
para los Centros de Control, Comando, Comunicación y Cómputo, Inteligencia, Investigación,
Información e Integración SMSC4i4, “Ciudad Segura”, del 3 de octubre, 4 de noviembre
(contrato núm. CAEPCCM/S/028/2104); 4 de diciembre de 2014 y 2 enero de 2015 (contrato
núm. CAEPCCM/S/036/2104), se corroboró la entrega-recepción de dichos servicios entre
la Coordinación Ejecutiva de Tecnologías e Ingeniería y el prestador de servicios TELMEX.
2. De acuerdo con lo informado por el CAEPCCM por medio del oficio núm. C5/DGA/0152/2016
del 26 de febrero de 2016, en relación con los contratos seleccionados como muestra,
se estableció que el consumo por los servicios con cargo a la partida 3161 “Servicios
de Telecomunicaciones y Satélites” se llevaría a cabo conforme a lo siguiente:
(Miles de pesos)
Concepto Cantidad Costo
unitario Costo
mensual Importe
por contrato
Enlaces SHDSL STV 2MBPS 8088 5.4 43,372.4 86,744.8
Enlaces SHDSL ANPR 2mbps 59 5.4 316.4 632.8
Enlaces SHDSL 2MBPS (Dependencias)
6 5.4 32.2 64.4
Enlace SHDSL Fibra Conect TELCEL (APN) y Directorio Inverso
3 5.4 16.1 32.2
Enlace Satelital 16mbps 1 1,592.2 1,592.2 3,184.4
Cobertura 3G (328) 1 277.3 277.3 554.5
Subtotal
91,213.0
IVA
14,594.1
Total
105,807.1
48
De conformidad con la metodología de cálculo establecida en los contratos seleccionados
como muestra (núms. CAEPCCM/S/028/2014 y CAEPCCM/S/036/2014), se consideraron la
herramienta Network Node Manager, mediante protocolo ICMP, y los reportes emitidos
por la empresa TELMEX, y se verificó la disponibilidad del servicio prestado el servicio
no prestado al CAEPCCM. Al respecto, se aplicaron las sanciones y descuentos
correspondiente, como se muestra a continuación:
(Miles de pesos)
Núm. CAEPCCM/S/028/2014 Núm. CAEPCCM/S/036/2014
No prestados1 Sanción
2 No prestados
3 Sanción
4
Cantidad Importe Días Importe Cantidad Importe Días Importe
567 3,040.6 772 41.4 407 2,182.6 743 39.9
9 48.3 19 1.0 10 53.6 23 1.2
2 10.7 56 3.0 4 21.4 58 3.1
Total 3,099.6
45.4
2,257.6
44.2
1 Facturas núms. ELT44178 y ELT44179.
2 Notas de crédito núms. NLT29204 y NLT29205.
3 Facturas núms. ELT45189 y ELT45930.
4 Notas de crédito núms. NLT30119 y NLT30741.
Lo anterior, de conformidad con lo asentado en los anexos técnicos de los contratos
núms. CAEPCCM/S/028/2014 y CAEPCCM/S/036/2014 y la cédula del cálculo de sanciones
llevado a cabo entre el CAEPCCM y la empresa TELMEX.
3. En cuanto al registro contable y presupuestal del momento contable de la etapa del
presupuesto devengado, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta
Pública de la SEFIN, mediante el oficio núm. DGCNCP/0207/2016 del 28 de enero de 2016,
remitió ocho pólizas de diario por medio de las cuales la SEFIN realizó los registros,
en cuentas contables y de orden presupuestarias, del presupuesto devengado de la partida
3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”, por un importe de 205,399.8 miles
de pesos, como sigue:
49
a) Registro contable:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
2112100001 “Proveedores Nacionales” (2120300001) 205,310.2
2117100175 “Descuentos y Percepciones a Favor de Terceros” 89.6
5131131611 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites G1” 205,399.8
Total 205,399.8 205,399.8
b) Registro presupuestal:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 205,399.8
8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 205,399.8
Total 205,399.8 205,399.8
Las cuentas contables y las de orden presupuestarias de referencia, así como los asientos
con los cuales se realizaron los registros del presupuesto de egresos devengado, son
los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central
vigente en 2014, y los registros se efectuaron mediante el GRP-SAP.
Por lo anterior, se concluye que el CAEPCCM recibió el servicio del sistema de comunicación
a través de los enlaces SHDSL. 2MPS, que su consumo fue determinado de conformidad
con la metodología de cálculo establecida en los anexos técnicos de los contratos, y que
la SEFIN realizó los registros contable y presupuestal del momento contable de la etapa del
presupuesto devengado de la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”
del CAEPCCM de acuerdo con lo señalado en el Manual de Contabilidad del Gobierno del
Distrito Federal Sector Central vigente en 2014.
50
Gasto Ejercido
11. Resultado
Con la finalidad de verificar si el CAEPCCM emitió CLC debidamente elaboradas, revisadas
y aprobadas por los servidores públicos facultados para ello, y soportadas con la documentación
comprobatoria del gasto; y si la SEFIN efectuó el registro del momento contable de la
etapa del presupuesto ejercido, se revisaron ocho CLC, por 205,399.8 miles de pesos,
y las pólizas de diario en las que constan los movimientos del presupuesto ejercido en 2014.
Del análisis de dicha documentación, se obtuvo lo siguiente:
1. Ocho CLC (núms. 01-CD-03 con terminaciones 100574, 100575, 100576, 100585, 100628,
100629, 100630 y 100631), por un importe total de 205,399.8 miles de pesos, expedidas
por el CAEPCCM con cargo a la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones
y Satélites”, para pagar servicios del sistema de comunicación, a través de los
enlaces SHDSL. 2MPS, enlace satelital y conexiones diversas, indispensables para la
operación del sistema multidisciplinario con sensores para los Centros de Control, Comando,
Comunicación y Cómputo, Inteligencia, Investigación, Información e Integración SMSC4i4,
“Ciudad Segura”, están soportadas con cuatro facturas núms. ELT44178, ELT44179,
ELT45189 y ELT45930, en las que se consignaron dichos servicios y el monto erogado por
el CAEPCCM, y con el oficio mediante el cual la Subdirección de Recursos Materiales
y Servicios Generales, adscrita a la Dirección de Recursos Financieros y Materiales de la
Coordinación Ejecutiva de Administración e Implementación, tramitó el pago a TELMEX
mediante el GRP-SAP en el ejercicio de 2014.
2. Los contratos de prestación de servicios núms. CAEPCCM/S/028/2014 y CAEPCCM/S/036/2014
están soportadas con cuatro facturas emitidas por TELMEX, a nombre del Gobierno
del Distrito Federal. Dichas facturas incluyen la descripción de los servicios prestados
y reúnen los requisitos fiscales y administrativos establecidos en los artículos 29 y 29-A del
Código Fiscal de la Federación y el numeral 15 del apartado A, “Disposiciones Generales”,
de la Sección Primera, “Cuenta por Liquidar Certificada”, del capítulo III, “Registro de
Operaciones Presupuestarias”, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio
Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes en 2014.
51
3. Por medio del oficio núm. CAEPCCM/DG/CEAI/DRFM/0032/2015 del 14 de enero de 2015,
así como de sus anexos respectivos, la Dirección de Recursos Financieros y Materiales
del CAEPCCM informó a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN del pasivo circulante
reportado con cargo a las partidas del capítulo 3000 “Servicios Generales” por el ejercicio
de 2014.
Al respecto, se constató que el pasivo correspondió a los compromisos no cubiertos
durante el ejercicio de 2014 y que se reportó dentro de los plazos establecidos en el oficio
circular núm. SFDF/SE/4067/2014 del 14 de octubre de 2014, firmado por la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN, en cumplimiento de los artículos 60 y 70 de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2014.
4. En cuanto al registro presupuestal del momento contable de la etapa del presupuesto
ejercido, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN,
mediante el oficio núm. DGCNCP/0207/2016 del 28 de enero de 2016, proporcionó
ocho pólizas de diario por medio de las cuales la SEFIN realizó el registro presupuestal en
cuentas de orden del presupuesto ejercido en la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones
y Satélites”, seleccionadas como muestra, por un importe de 205,399.8 miles de pesos,
como sigue:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 205,399.8
8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 205,399.8
Total 205,399.8 205,399.8
Las cuentas de orden presupuestarias 8.2.5.1.0.0.0.0.0.0 “Presupuesto de Egresos Devengado
Sector Central” y 8.2.6.1.0.0.0.0.0.0 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central”, así
como el asiento con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto ejercido, son
los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector
Central vigente en 2014, y los registros se efectuaron mediante el GRP-SAP.
Con base en lo anterior, se concluye que el CAEPCCM contó con la documentación
comprobatoria de los pagos efectuados por los servicios recibidos y que cumplió los requisitos
52
establecidos en la normatividad aplicable; y que la SEFIN realizó el registro presupuestal
del momento contable de la etapa del presupuesto ejercido de la partida 3161 “Servicios de
Telecomunicaciones y Satélites” del CAEPCCM, seleccionada como muestra, de acuerdo
con lo señalado en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector
Central vigente en 2014.
Gasto Pagado
12. Resultado
Se verificó que los pagos al prestador de servicio TELMEX (de la muestra seleccionada), se
hubiesen realizado para cancelar total o parcialmente las obligaciones a cargo del CAEPCCM
durante los períodos del 1o. de septiembre al 31 de octubre, y del 1o. de noviembre al
31 de diciembre, ambos de 2014.
Al respecto, con el oficio núm. ACF-A/16/0231 del 25 de febrero de 2016, reiterado con el
núm. ACF-A/16/0307 del 11 de marzo de 2016, la ASCM solicitó a TELMEX información
de los contratos o convenios celebrados con el órgano desconcentrado; de las facturas
emitidas, con el detalle de los conceptos, montos y fechas de expedición; y, en su caso,
de las garantías de cumplimiento entregadas. En la revisión, se obtuvo lo siguiente:
1. Mediante el oficio sin número del 31 de marzo de 2016, TELMEX informó acerca de la
metodología y determinación del consumo por los servicios contratados por el CAEPCCM
en 2014, así como de las facturas, que detallan las fechas, conceptos y montos de los
servicios prestados en ese año al órgano desconcentrado.
Además, proporcionó copia de los contratos núms. CAEPCCM/S/028/2014
y CAEPCCM/S/036/2014, suscritos con el CAEPCCM en 2014 y de los reportes de
movimientos históricos realizados en favor del prestador de servicios por el órgano
desconcentrado en 2014.
En la respuesta de la confirmación de operaciones, se identificó el momento del pago
por medio de las transferencias bancarias en relación con las CLC emitidas con cargo
al presupuesto del CAEPCCM, como se muestra a continuación:
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(Miles de pesos)
CLC Institución bancaria
Transferencia bancaria
Fecha Número Importe Número de transferencia
Importe
19/XII/14 100574 6,324.7 BBVA Bancomer 0005346804 044 6,324.7
19/XII/14 100575 32,385.9 BBVA Bancomer 0005200591 044 32,385.9
19/XII/14 100576 63,455.6 BBVA Bancomer 0005250870 044 63,455.6
22/XII/14 100585 51,812.3 BBVA Bancomer 0005116939 044 51,812.3
31/XII/14 100628 34,712.0 BBVA Bancomer 0005116880 044 34,712.0
31/XII/14 100629 4,733.9 BBVA Bancomer 0005243203 044 4,733.9
31/XII/14 100630 3,527.1 BBVA Bancomer 0005116944 044 3,527.1
31/XII/14 100631 8,358.8 BBVA Bancomer 0005116882 044 8,358.8
Total 205,310.2
2. Mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/1427/2016 del 4 de abril de 2016,
la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN
proporcionó a la ASCM copia de los movimientos de transferencias bancarias realizadas
a TELMEX. Con ellos se corroboraron los pagos realizados por los servicios contratados
por el CAEPCCM durante el ejercicio de 2014, como se detalla a continuación:
(Miles de pesos)
Sociedad Nombre sociedad
Número documento
Ejercicio Banco
pagador Cuenta pago
Importe
01D3 CAEPCCM 100574 2014 SCTBN* 88410 6,324.7
01D3 CAEPCCM 100575 2014 SCTBF* 91964 32,385.9
01D3 CAEPCCM 100576 2014 SCTBF* 91964 63,455.6
01D3 CAEPCCM 100585 2014 SCTBN* 88410 51,812.3
01D3 CAEPCCM 100628 2014 SCTBN* 88410 34,712.0
01D3 CAEPCCM 100629 2014 SCTBF* 91964 4,733.9
01D3 CAEPCCM 100630 2014 SCTBN* 88410 3,527.1
01D3 CAEPCCM 100631 2014 SCTBN* 88410 8,358.8
Total 205,310.2
* Scotiabank.- SCTBN, SCTBF.
3. En la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria se verificó la emisión
de los comprobantes fiscales presentados por TELMEX al CAEPCCM, y se constató
que las facturas que expedidas al órgano desconcentrado fueron autorizadas por el
Servicio de Administración Tributaria.
54
Cabe mencionar que por medio de los oficios de presentación de facturas con números
de referencia JFAJ-395-14 y JFAJ-445-14, del 9 y 19 de diciembre de 2014, respectivamente,
(ambos suscritos por el Representante Legal de TELMEX), se constató que las facturas
de septiembre a noviembre se presentaron con un desfases de 10 a 44 días hábiles al
CAEPCCM, como se muestra a continuación:
Número de factura
Mes facturado Fecha límite
Fecha de entrega
Días de desfase
ELT44178 Septiembre 7/X/14 9/XII/14 44
ELT44179 Octubre 7/XI/14 9/XII/14 21
ELT45189 Noviembre 5/XII/14 19/XII/14 10
En la reunión de confronta, celebrada el 16 de mayo de 2016, la Directora General de
Administración del CAEPCCM no presentó información relacionada con la presente
observación, por lo que ésta se confirma.
Por presentar las facturas fuera del plazo establecido se incumplió la cláusula IV,
“Forma de Pago”, segundo párrafo, de los contratos núms. CAEPCCM/S/028/2014
y CAEPCCM/S/036/2014, que establece:
“LAS PARTES convienen que […] las facturas […] deberán presentar al CAEPCCM,
dentro de los primeros cinco días hábiles del mes calendario siguiente a la fecha en
que se haya realizado el servicio…”
4. El registro del pago de los contratos núms. CAEPCCM/S/028/2014 y CAEPCCM/S/036/2014
con cargo a la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites” se realizó conforme
al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, en cumplimiento del artículo 44
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2014.
5. En cuanto al registro contable y presupuestal del momento contable de la etapa del
presupuesto pagado, la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta
Pública de la SEFIN, mediante el oficio núm. DGCNCP/0207/2016 del 28 de enero de 2016,
proporcionó 8 pólizas de egresos, por medio de las cuales la SEFIN realizó los registros en
cuentas contables y de orden presupuestarias del presupuesto de egresos pagado
55
con recursos del órgano desconcentrado para extinguir las obligaciones de pago contraídas con
cargo a la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites”, por un monto
de 205,310.2 miles de pesos, como sigue:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
2112100001 “Proveedores Nacionales (2120300001)” 205,310.2
1112106073 “Egresos Transferencias” 104,734.9
1112106200 “Pago CLC´s de Recursos de Origen Federal” 100,575.3
Total 205,310.2 205,310.2
Las cuentas 1 (Activo) y 2 (Pasivo), en las cuales se realizó el registro contable del
presupuesto de egresos pagado por las operaciones sujetas a revisión llevadas a cabo por
el CAEPCCM, son las que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito
Federal Sector Central vigente en 2014.
El registro presupuestal del presupuesto de egresos pagado se realizó como sigue:
(Miles de pesos)
Cuenta Importe
Debe Haber
8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 205,310.2
8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 205,310.2
Total 205,310.2 205,310.2
Las cuentas contables y las de orden presupuestarias de referencia, así como el asiento
con el cual se realizó el registro presupuestal del presupuesto de egresos pagado,
son los que señala el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector
Central vigente en 2014 y los asientos se efectuaron mediante el sistema GRP-SAP.
Con base en lo anterior, se concluye que TELMEX recibió el pago por los servicios prestados,
que éste fue registrado por el CAEPCCM conforme a la naturaleza del gasto y que la SEFIN
realizó los registros (contable y presupuestal) del momento contable de la etapa del presupuesto
pagado de la partida 3161 “Servicios de Telecomunicaciones y Satélites” del CAEPCCM,
56
de acuerdo con lo señalado en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal
Sector Central vigente en 2014; sin embargo, TELMEX remitió las facturas al CAEPCCM
fuera del plazo establecido en las cláusulas de los contratos respectivos.
Recomendación ASCM-25-14-4-C5
Es conveniente que el Centro de Comando, Control, Cómputo, Comunicaciones y Contacto
Ciudadano de la Ciudad de México (C5) (anteriormente “Centro de Atención a Emergencias
y Protección Ciudadana de la Ciudad de México”), por conducto de la Dirección General
de Administración, servicios contratados, sean presentadas en el plazo que fijen las cláusulas de
los contratos implemente acciones para garantizar que las facturas de los prestadores
de formalizados.