8
17-6-2015 Diseño Mecánico I Código NSPE de Ética para Ingenieros Morales García José Ismael Rolon Madrigal Manuel Catedrático: Ing. Jonás García Ramos

Código de ética para ingenieros.pdf

Embed Size (px)

Citation preview

  • 17-6-2015

    Diseo Mecnico I Cdigo NSPE de tica para

    Ingenieros

    Morales Garca Jos Ismael Rolon Madrigal Manuel

    Catedrtico:

    Ing. Jons Garca Ramos

  • Prembulo

    La ingeniera es una profesin importante y culta. Como miembros de esta profesin, se

    esperan que los ingenieros expongan las normas ms altas de honestidad e integridad. La

    ingeniera tiene un impacto directo y vital sobre la calidad de vida para toda la gente. En

    consecuencia los servicios proporcionados por ingenieros requieren la honestidad, la

    imparcialidad, la imparcialidad, y la equidad, y deben ser dedicados a la proteccin de la

    salud pblica, la seguridad, y el bienestar. Los ingenieros deben funcionar bajo un

    estndar de comportamiento profesional que requiere la adhesin a los principios ms

    altos de conducta tica.

    I. Cnones Fundamentales

    Ingenieros, en el cumplimiento de sus deberes profesionales, deber:

    1. Mantenga primordial la seguridad, la salud y el bienestar del pblico.

    2. Realizar servicios slo en reas de su competencia.

    3. Emitir declaraciones pblicas solamente de una manera objetiva y veraz.

    4. Ley para cada empleador o cliente como agentes fieles o fideicomisarios.

    5. Evitar actos engaosos.

    6. Comportarse con honor, con responsabilidad, tica y legalmente a fin de mejorar el

    honor, la reputacin, y la utilidad de la profesin.

    II. Reglas de Prctica

    a) Los ingenieros sostendrn supremo la seguridad, la salud, y el bienestar del pblico.

    1. Si el juicio de los ingenieros es invalidado en las circunstancias que ponen en peligro la vida o la propiedad, ellos notificarn a su patrn o cliente y tal otra autoridad como puede ser apropiado.

    2. Los ingenieros aprobarn slo aquellos documentos de la ingeniera que son conforme a normas aplicables.

    3. Los ingenieros no revelarn hechos, datos, o la informacin sin el consentimiento previo del cliente o el patrn excepto como autorizado o requerido por la ley o este Cdigo.

  • 4. Los ingenieros no permitirn al empleo de su nombre o se asociarn en empresas comerciales con cualquier persona o firma que ellos creen es contratado en la empresa fraudulenta o deshonesta.

    5. Los ingenieros no ayudar o encubrir a la prctica ilegal de la ingeniera por una persona o empresa.

    6. Los ingenieros que tengan conocimiento de cualquier supuesta violacin del presente Cdigo informarn al respecto a los colegios profesionales correspondientes y, en su caso, tambin a las autoridades pblicas, y cooperar con las autoridades competentes en el suministro de dicha informacin o ayuda que sea necesaria.

    b) Los ingenieros realizarn servicios slo en las reas de su competencia.

    1. Los ingenieros emprendern asignaciones slo cuando calificado por la educacin o experimentarn en los campos especficos tcnicos complicados.

    2. Los ingenieros no pondrn sus firmas a ningn proyecto o documentos que tratan con la materia en la cual ellos carecen de la competencia, ni a cualquier plan o documento no listo bajo su direccin y control.

    3. Ingenieros pueden aceptar las tareas y asumir la responsabilidad de coordinacin de un proyecto y signo y sello de la ingeniera segmento de documentos est firmado y sellado por los ingenieros calificados que para todo el proyecto, a condicin de que cada tcnica preparado el segmento.

    c) Ingenieros debern emitir declaraciones pblicas nicamente de manera objetiva y veraz.

    1. Declaraciones de los ingenieros, sern o testimonio. Ser objetivo y veraz deber incluir en el profesional todos los informes pertinentes, y la informacin pertinente en tales informes, declaraciones o testimonios, que debe llevar la fecha que indica cuando era actual.

    2. Ingenieros pueden expresar opiniones pblicamente tcnicas que se basan en el conocimiento de los hechos y la competencia en la materia.

    3. Ingenieros emitir declaraciones, crticas ni discusiones sobre cuestiones tcnicas que son inspiradas o pagadas por los interesados, a menos que han precedido sus comentarios identificando explcitamente los interesados en cuyo favor habla, y revelando la existencia de intereses pueden tener los ingenieros en la materia.

  • d) Los ingenieros actuarn para cada empleador o cliente como fieles agentes o consejeros.

    1. Ingenieros debern revelar todos conocidos o potenciales conflictos de inters

    que podran influir o parecen influir en su juicio o la calidad de sus servicios. 2. Ingenieros no aceptar compensacin financiera o de otra manera, de ms de

    una parte para servicios en un mismo proyecto o servicios pertenecientes a un mismo proyecto, a menos que las circunstancias son plenamente reveladas y acordado por todas las partes interesadas.

    3. Ingenieros no solicitar ni aceptar valor financiero o de otra consideracin, directa o indirectamente, de los agentes exteriores en conexin con el trabajo para el cual son responsables.

    4. En el servicio pblico como miembros, asesores o empleados de un cuerpo gubernamental o casi gubernamental o Departamento deber no participar en las decisiones con respecto a los servicios solicitados o proporcionados por ellos o sus organizaciones en la prctica de ingeniera pblica o privada.

    5. Ingenieros no debern solicitar o aceptar un contrato de un gubernamental cuerpo en la que un director o funcionario de su organizacin sirve como un miembro. e) Ingenieros debern evitar actos engaosos.

    1. Ingenieros no falsificar sus calificaciones ni permiso falsa de calificaciones

    de su o sus asociados. No falsear o exagerar su responsabilidad en o para la objeto de asignaciones anteriores. Folletos u otras presentaciones incidentes a la solicitud de empleo no debern tergiversar hechos pertinentes relativos a los empleadores, empleados, asociados, partcipes conjuntas o los logros del pasado.

    2. Ingenieros no ofrecer, dar, solicitar o recibir, ya sea directamente o indirectamente, cualquier aporte para influir en la adjudicacin de un contrato por autoridad pblica, o que puedan interpretarse razonablemente por el pblico como teniendo el efecto o la intencin de influir en la adjudicacin de una contrato. No ofrecern ningn regalo u otro valioso examen para asegurar trabajo. No pagar un Comisin, porcentaje o cuota de corretaje para asegurar trabajo, excepto a un empleado de buena fe o bona fide establecido organismos comerciales o marketing retenidos por ellos.

    III. Obligaciones profesionales

    1. Ingenieros se guiarn en todas sus relaciones con los ms altos estndares de honestidad e integridad. a. Ingenieros debern reconocer sus errores y no distorsionar o alterar los

    hechos. b. Ingenieros deben aviso a sus clientes o empleadores cuando creen un

    proyecto no tendr xito.

  • c. Ingenieros no aceptar exterior empleo en detrimento de la su trabajo regular o inters. Antes de aceptar cualquier ajeno empleo ingeniera, notificar a los empleadores.

    d. Ingenieros no tratar de atraer a un ingeniero de otro empleador por pretensiones falsas o engaosas.

    e. Ingenieros no deben promover sus propios intereses a expensas de la dignidad y la integridad de la profesin.

    2. Ingenieros se esfuerzan en todo momento servir el inters pblico. a. Ingenieros se animan a participar en asuntos cvicos; carrera gua para

    jvenes; y trabajo para la promocin de la seguridad, salud y bienestar de su comunidad.

    b. Ingenieros no completar, firmar ni sello de planos o especificaciones que no son conforme a la ingeniera aplicable normas. Si el cliente o empleador insiste en tal conducta un profesional, debern notificar a las autoridades apropiadas y retirarse ms servicio en el proyecto.

    c. Ingenieros se anima a ampliar el conocimiento pblico y la apreciacin de la ingeniera y sus logros.

    d. Ingenieros se anima a adherirse a los principios de desarrollo sostenible con el fin de proteger el medio ambiente para las generaciones futuras.

    3. Ingenieros debern evitar toda conducta o prctica que engaa al pblico. a. Ingenieros debern evitar el uso de declaraciones que contiene un material falsedad del hecho u omisin de un hecho material. b. Reclutamiento constante de personal con lo anterior, los ingenieros pueden anunciar para c. Consistente con lo anterior, los ingenieros pueden preparar artculos para la prensa laica o tcnica, pero estos artculos no implica crdito a el autor por el trabajo realizado por otros.

    4. Ingenieros no revelar, sin relacin con los asuntos de negocios o procesos

    tcnicos de cualquier presentan o consienten, informacin confidencial ex cliente o

    empleador o entidad pblica en la que sirven.

    a. Ingenieros no, sin el consentimiento de todas las partes interesadas, promover o solicitar empleo o prcticas en relacin con un proyecto especfico para que el ingeniero ha adquirido conocimiento particular y especializado.

    b. Ingenieros, sin el consentimiento de todas las partes interesadas, participar en ni representan el inters del adversario con respecto a un proyecto especfico o procedimiento en el que el ingeniero ha ganado particular especializado en nombre de un ex cliente o empleador.

  • 5. ingenieros no ser influenciados en sus deberes profesionales por conflicto de intereses.

    a. ingenieros no aceptar consideraciones financieras o de otras, incluyendo gratis ingeniera diseos, de los proveedores de material o equipo para especificar su producto.

    b. Ingenieros no aceptar comisiones o asignaciones, directa o indirectamente, de contratistas u otras partes que trata con clientes o empleadores del ingeniero con respecto a que el ingeniero es responsable del trabajo.

    6. Ingenieros no tratar de obtener empleo o promocin o compromisos

    profesionales criticando otros ingenieros, o por otros mtodos incorrectos o dudosos.

    a. Ingenieros no solicitar, proponer ni aceptar una Comisin sobre una base contingente en circunstancias en que su juicio puede verse comprometido.

    b. Ingenieros en posiciones asalariados aceptar trabajo a tiempo parcial de ingeniera slo en la medida compatible con las polticas del empleador y de acuerdo con consideraciones ticas.

    c. Ingenieros no podr, sin consentimiento, utilizar instalaciones de equipos, insumos, laboratorio u oficina de un empleador ejercer prctica privada fuera.

    7. Ingenieros no tratar de herir, maliciosamente o falsamente, directa o

    indirectamente la reputacin profesional, perspectivas, prcticas o empleo de otros ingenieros. Ingenieros que creen que otros son culpables de prcticas no ticas o ilegales debern presentar dicha informacin a la autoridad apropiada para la accin.

    a. Ingenieros en la prctica privada no revisar el trabajo de otro ingeniero

    para el mismo cliente, excepto con el conocimiento de tal Ingeniero, o a menos que la conexin de tal ingeniero con el trabajo ha terminado.

    b. Ingenieros empleado gubernamental, industrial o educativo tienen derecho a revisar y evaluar el trabajo de otros ingenieros cuando ello sea necesario por sus funciones de empleo.

    c. Ingenieros en venta o industrial empleo tienen derecho a hacer comparaciones ingeniera de productos representados con productos de otros proveedores.

    8. Ingenieros debern aceptar responsabilidad personal por sus actividades

    profesionales, sin embargo, que los ingenieros pueden buscar indemnizacin por servicios derivados de su prctica para que bruto negligencia, donde los intereses del ingeniero de lo contrario no pueden ser protegidos.

    a. Ingenieros cumplirn con las leyes de registro del estado en la prctica de

    la ingeniera.

  • b. Ingenieros no utilizar la asociacin con un ingeniero, una corporacin o sociedad como una "capa" para actos poco ticos.

    9. Ingenieros dar crdito para obra a aquellos a quien crdito merece la

    ingeniera y reconocer los intereses propietarios de los dems.

    a. Ingenieros, siempre que sea posible, nombrar a la persona o personas que pueden ser individualmente responsables de diseos, invenciones, escritos u otros logros.

    b. Ingenieros utilizando diseos suministrados por el cliente reconocen que los diseos son propiedad del cliente y no pueden ser duplicados por el ingeniero de otros sin permiso expreso.

    c. Ingenieros, antes de emprender el trabajo de otros en relacin con que el ingeniero puede hacer mejoras, planes, diseos, invenciones u otros documentos que puedan justificar los derechos de autor o patentes, deben entrar en un acuerdo positivo con respecto a la propiedad.

    d. Ingenieros diseos, datos, registros y notas refirindose exclusivamente al trabajo de un empleador son propiedad del empleador. El empleador debe indemnizar al ingeniero para el uso de la informacin para cualquier propsito que no sea el propsito original.

    e. Ingenieros deber continuar su desarrollo profesional a lo largo de su carrera y deben mantener actualizados en sus campos de especialidad por participar en la prctica profesional, participando en cursos de educacin continua, leer en la literatura tcnica y asistir a reuniones profesionales y seminarios.