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CONDICIONES PARTICULARES VIDA DEUDORES CONSUMO Y LIBRE INVERSIÓN
Póliza 1350836
1. TOMADOR: Compañía de Financiamiento S.A. NIT: 900.628.930-6
ASEGURADO: Deudores y/o Compañía de Financiamiento S.A
BENEFICIARIO: Deudores y/o Compañía de Financiamiento S.A. NIT: 900.628.930-6
2. VIGENCIA: Desde las 00:00 del 1 de Septiembre de 2018 Hasta las 00:00 del 1 de Septiembre de 2019
Prorrogable por un año
3. OBJETO DEL SEGURO
SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A. en adelante SURA, dará cobertura a los clientes de COMPAÑÍA DE FINANCIAMIENTO S.A. en adelante LA HIPOTECARIA en el riesgo de muerte de las personas amparadas, por cualquier causa, ocurrido durante la vigencia de la póliza, incluyendo homicidio, suicidio e incapacidad total y permanente, la aseguradora indemnizará al asegurado y/o beneficiario, el valor asegurado, cuando dentro de la vigencia de la póliza le sea diagnosticada una enfermedad, sufra lesiones orgánicas, o alteraciones funcionales que le originen una incapacidad total y permanente, que de por vida le impida a la persona desempeñar cualquier tipo de trabajo o actividad remunerada.
4. GRUPO ASEGURADO
Quedarán amparadas bajo el presente contrato de seguros todas las personas que hayan contraído deudas con LA HIPOTECARIA, bajo la figura de crédito de consumo y/o libre inversión con garantía hipotecaria.
5. TOMADOR Y PRIMER BENEFICIARIO
LA HIPOTECARIA adquiere en todos los casos la calidad de tomador y primer beneficiario, hasta el monto de las obligaciones y saldos, sin exceder el valor de la deuda; el valor remanente si lo hubiere, será entregado a los beneficiarios designados.
6. VIGENCIA DE LA COBERTURA INDIVIDUAL
La vigencia individual del seguro para cada deudor, iniciará desde el momento en que LA HIPOTECARIA realice el desembolso del crédito.
El seguro estará vigente hasta:
Hasta que el deudor finiquite sus obligaciones con LA HIPOTECARIA
Hasta la fecha que LA HIPOTECARIA defina, en caso de mora del deudor u otra situación.
A la terminación de la Vigencia del seguro, si este no se renueva
Se aclara que la vigencia del seguro se mantendrá hasta la fecha definida por LA HIPOTECARIA siempre que persista alguna obligación frente a la entidad. En cualquier caso debe cumplir con los requisitos de asegurabilidad detallados en la presente póliza.
7. VALOR ASEGURADO
El valor y/o riesgo asegurados será el valor del desembolso del crédito.
8. COBERTURAS
8.1. Vida:
Según condiciones generales, forma SURA F-02-83-323
Incluye suicidio, homicidio, desde el momento mismo en que se inicia la cobertura individual para cada asegurado.
8.2. Invalidez, Desmembración o Inutilización por Accidente o Enfermedad (Incapacidad Total y Permanente -ITP):
Según condiciones generales, forma SURA F-02-83-323.
Incluye tentativa de suicidio y homicidio desde el momento mismo en que se inicia la cobertura individual para cada asegurado.
Para todos los casos el siniestro para Invalidez se establece con fecha de estructuración y el valor asegurado se calcula a fecha pago.
9. EXCLUSIONES
Según condiciones generales forma SURA F-02-83-323, Sin embargo, se levanta la exclusión 5 del condicionado general.
10. EDADES PARA INGRESO Y PERMANENCIA POR COBERTURA
Cobertura Edad mínima de
ingreso Edad máxima de
ingreso Edad Máxima permanencia
Vida 18 años 70 años + 364 días Indefinida*
Invalidez 18 años 64 años + 364 días 70 años + 364 días
*Hasta terminar la deuda con LA HIPOTECARIA.
11. AMPARO AUTOMÁTICO PARA VIDA E ITP
El amparo automático se extiende a amparar a todos los asegurados nuevos que entren a formar parte del grupo asegurable, siempre y cuando su valor asegurado sea máximo de $300.000.000 y los deudores sean menores de 70 años de edad, en forma automática a partir de la fecha en que aparezca la novedad en los registros internos del tomador y hasta por los 30 días siguientes. En todo caso cada uno de los deudores que requiere ser asegurado, debe diligenciar la solicitud de asegurabilidad.
12. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
Exámenes:
TIPO A: Formato de declaración de Asegurabilidad.
Si un deudor declara una patología y/o tiene una edad o un valor asegurado superior al del amparo automático, la solicitud de ingreso deberá remitirse dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a SURA para proceder a evaluar al deudor y dar su concepto de ingreso o rechazo a la póliza.
TIPO B: Examen médico, exámenes de laboratorio (Glicemia, Colesterol total, Colesterol HDL, Triglicéridos), Creatinina.
TIPO C: Electrocardiograma, Prueba de Esfuerzo, VIH
*SURA informará si requiere o no exámenes en un máximo de 8 horas hábiles.
Cuando un cliente requiera exámenes, SURA dispondrá de cinco (5) días hábiles para emitir un concepto una vez cuente con la documentación completa según lo estipulado en el cuadro anterior.
Vigencia de los Exámenes
La declaración de asegurabilidad tendrá una vigencia de doce (12) meses contados a partir de la fecha de diligenciamiento de la misma. En caso de superar este plazo y no se haya desembolsado el crédito será necesario diligenciar una nueva declaración de asegurabilidad.
Exámenes médicos: doce (12) meses.
Vigencia de la declaración de asegurabilidad:
La declaración de asegurabilidad tendrá una vigencia de doce (12) meses contados a partir de la fecha de diligenciamiento de la misma. En caso de superar este plazo y no se haya desembolsado el crédito será necesario diligenciar una nueva declaración de asegurabilidad
VALOR ASEGURADO
RANGO DE EDAD 18 – 70 + 364 Días
Hasta $300.000.000
Amparo Automático: No se realizan exámenes ni evaluación médica, se diligencia formato de asegurabilidad (Tipo A).
Desde $300.000.001
Hasta $500.000.000
Diligenciar formato de asegurabilidad (Tipo A):
Si todas las respuestas son negativas:
El cliente tiene amparo automático
Si tiene alguna respuesta positiva
Validar padecimiento(s) declarado(s) en la tabla de cobertura especial (anexo1). Si no está, se debe consultar con SURA
el procedimiento a seguir. Mayor a
500.000.001 Diligenciar formato de asegurabilidad (Tipo A) y practicarse exámenes tipo B
y tipo C. *
13. COSTO DEL SEGURO:
VIDA
Las tasas están expresadas en valores por mil
14. CÁLCULO DE LA PRIMA:
La prima mensual de seguros se calcula así:
Prima mensual = Valor asegurado del deudor x la tasa de acuerdo al rango de edad/1000
15. SERVICIO DEL RECAUDO DE PRIMAS:
Suramericana mensualmente pagara a LA HIPOTECARIA 25% sobre el 100% de las primas recaudadas tanto para vida como para desempleo.
16. INTERMEDIARIO DE SEGUROS:
No se tendrá intermediario de Seguros. LA HIPOTECARIA realizara todas las labores que se realicen normalmente y según la ley por parte del corredor.
17. FORMA DE PAGO
La póliza se regirá bajo el sistema de declaraciones mensuales mes completo sin prorratas y el pago a la aseguradora lo realizará LA HIPOTECARIA más tardar dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recaudo.
18. CLAUSULAS ADICIONALES
Imposibilidad de revocatoria unilateral:
Si durante la vigencia del contrato el patrimonio técnico de la suramericana cae por debajo de los niveles mínimos legales exigidos por la Superintendencia Financiera de Colombia o se incumplen los requisitos de admisibilidad establecidos en el pliego de condiciones, LA HIPOTECARIA podrá dar por terminado el contrato unilateralmente con un preaviso mínimo de noventa (90) días calendario, fecha en la cual abrirá un nuevo proceso de licitación.
Las primas que se incluya en la postura no es modificable durante la vigencia del contrato, de conformidad con el parágrafo 4 del mencionado art. 2.36.2.2.16, esta restricción se entiende
RANGO AÑOS
TASA MENSUAL FALLEC.POR CUALQUIER
CAUSA (%o)
TASA MENSUAL INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE (%o)
TASA MENSUAL GLOBAL (%o)
20 - 30 0.0368 0.0045 0.0412
31 - 50 0.1083 0.0131 0.1214
51 - 60 0.3190 0.0387 0.3577
61 - 70 0.6554 0.0796 0.7349
aplicable a la tasa de cada rango y las tarifas del anexo de desempleo para el caso de seguros del ramo de vida.
De acuerdo a lo consagrado en el numeral 2.36.2.2.10 del Decreto número 2555 de 2010, se establece la imposibilidad de revocatoria unilateral por parte de Suramericana.
Cesión Del Contrato
Suramericana no podrá ceder a ningún título ni en todo ni en parte el Contrato Celebrado ni los contratos de seguro.
Indemnidad
Suramericana Indemnizará, saldrá en defensa y mantendrá indemne a LA HIPOTECARIA de y contra cualesquiera reclamaciones, demandas, que resulten de, surjan, estén asociadas a las acciones u omisiones de la Suramericana en cumplimiento del Contrato Celebrado, y que sean atribuibles a Suramericana.
Responsabilidad
Suramericana será responsable frente a LA HIPOTECARIA por los daños y perjuicios directos, legalmente establecidos, causados por acciones u omisiones imputables a Suramericana, sus empleados, contratistas y subcontratistas hasta por culpa leve, en la ejecución del contrato celebrado o con ocasión al mismo.
Cláusula de arbitramento:
Toda diferencia que ocurra con ocasión de la celebración, interpretación, ejecución, terminación o desarrollo de las obligaciones de este ACUERDO, que no pueda solucionarse por acuerdo directo entre las Partes en un plazo que no podrá exceder de treinta días (30) días calendario, prorrogables de común acuerdo entre las Partes, contados a partir de la fecha en que una Parte manifieste a la otra por escrito la ocurrencia a su juicio de una diferencia, será resuelta por un Tribunal de Arbitramento que será convocado, integrado y sesionará, de conformidad con las normas del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, D.C. El Tribunal será institucional y estará integrado por un (1) árbitro designado de común acuerdo por las Partes, si la cuantía de la disputa o controversia es igual o superior a quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes, el tribunal estará integrado por tres árbitros designados de común acuerdo por las Partes, o en su defecto por el mencionado Centro, quien(es) será(n) abogado(s) en ejercicio y fallará(n) en derecho, con aplicación de la ley sustancial colombiana.
Cobertura de preexistencias:
Se cubren los siniestros causados por enfermedades, padecimientos y condiciones de salud preexistentes al inicio de la cobertura del presente seguro de la siguiente manera:
Para casos enmarcados dentro del amparo automático se cubrirán las preexistencias del cliente, es decir, se cubren todas las preexistencias cuando la cobertura afectada sea Vida. Para la cobertura de Invalidez no se cubre invalidez por padecimientos, enfermedades, anomalías, malformaciones que sean conocidas por el asegurado antes del inicio del crédito. Lo anterior, respecto a la cobertura de
Invalidez se establece de esta manera, pues cubrir una enfermedad o condición médica conocida por el asegurado correspondería a un hecho cierto.
Continuidad de la cobertura
Suramericana se acoge a lo estipulado en el pliego de condiciones en el presente numeral, en lo referente a aceptación de riesgos y continuidad de cobertura sin ninguna restricción ya que se presume que fueron incluidos bajo las condiciones que aplicaban a cada licitación.
19. DOCUMENTACION PARA EL PAGO DEL SINIESTRO
Para Diligenciamiento del formato de reclamación.
Vida:
Diligenciamiento del formato de reclamación.
Copia de la solicitud de asegurabilidad donde respondió si tenía o no una enfermedad terminal al momento de la solicitud del crédito.
Registro civil de defunción del asegurado
Fotocopia de la cédula de ciudadanía del asegurado.
Fotocopia de la cedula de ciudadanía de los Beneficiarios
Fotocopia Historia clínica completa del asegurado
Fotocopia del Acta del Levantamiento del cadáver, si la muerte es accidental o violenta.
Fotocopia del protocolo de Necropsia si la muerte es accidental o violenta.
Certificado del saldo insoluto de la deuda expedido por LA HIPOTECARIA a la fecha del fallecimiento del deudor.
En este contrato en caso de siniestro a LA HIPOTECARIA se le cancela el saldo adeudado en el crédito al momento del siniestro y la diferencia se cancela a los beneficiarios asignados por el deudor en la solicitud de asegurabilidad o a los beneficiarios de ley de acuerdo con el caso.
ITP
Diligenciamiento del formato de reclamación.
Fotocopia de la cédula de ciudadanía del asegurado.
Copia de la Historia Clínica donde conste la causa, naturaleza, evolución, diagnóstico de la Incapacidad.
Copia de la resolución en la que se le declare Total y Permanentemente incapacitado, expedida por la Junta de Calificación de Invalidez.
valoración de la pérdida de la capacidad laboral a través de una entidad competente.
Certificado del saldo de la deuda expedido por el Tomador a la fecha de la estructuración de la Incapacidad Total y Permanente del deudor, emitido por el tomador.
Se debe dar noticia de la ocurrencia del siniestro a SURAMERICANA dentro de los Treinta (30) días calendario siguientes a la fecha en que lo haya conocido o debido conocer.
20. PLAZO PARA PAGO DE LA INDEMNIZACION
Suramericana dará respuesta para el pago de siniestros dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde la entrega de la documentación completa para la formalización del reclamo en el ramo de Vida, incluyendo los reclamos del anexo de desempleo.
21. EXCLUSION RECARGO DE FRACCIONAMIENTO
La facturación se hará en forma mensual vencida sin recargo por fraccionamiento.
22. DEFINICIÓN DEL PROCESO OPERATIVO PARA LA INCLUSIÓN, EXCLUSIÓN DE NUEVOS CLIENTES A LA PÓLIZA, RECLAMACIÓN Y PAGO DE SINIESTROS:
Según lo acordado en anexo Acuerdos de operación ANS, estipulados en licitacion.
23. OTRAS CONDICIONES PARTICULARES Y DEFINICIONES:
Condiciones generales: Forma SURA F-02-83-323.
Compañías aseguradoras: Seguros de Vida SURA S.A: 100%
SARLAFT: según requisitos del capítulo II, Circular 026 del 2008 de la Superfinanciera. (Referente al SARLAFT)
SMMLV: Salario Mínimo Mensual Legal Vigente; SMDLV: Salario Mínimo Diario Legal Vigente
ANEXO 1: TABLA DE CONDICIONES PARA LA COBERTURA ESPECIAL
Esta tabla solo aplica para créditos entre $300.000.001 y $500.000.000.
Se debe buscar en la tabla la enfermedad declarada y aplicar la extraprima que le corresponda. Así mismo según la enfermedad se otorga o no el amparo de Invalidez, como se indica en la tabla.
Si para el padecimiento se indica “Evaluación médica”, se deberá enviar a SURA la Historia clínica del(los) padecimiento(s) declarado(s) y practicarse exámenes médicos TIPO B.
Si tiene 2 o más padecimientos se debe enviar a evaluación SURA.
Si tiene algún padecimiento adicional no incluido en esta tabla se debe enviar a evaluación SURA.
Se debe revisar lo estipulado en edades, según la cobertura: Vida /ITP.
La extraprima aplicara por crédito solicitado, no por cumulo del asegurado.
SISTEMAS AFECTADOS
ENFERMEDADES % EXTRA PRIMA
ITP VALOR
ASEGURADO MÁXIMO
OJOS
Catarata, cirugía de cataratas, cirugía de córnea 0 SI 500.000.000
Ceguera uni o bilateral, pérdida de un ojo en accidente 0 NO 500.000.000
Cirugía de ojos por defectos de refracción (miopía, astigmatismo, hipermetropía) 0 SI 500.000.000
Daltonismo 0 SI 500.000.000
Desprendimiento de retina 0 SI 500.000.000
Glaucoma, glaucoma de ángulo abierto 0 SI 500.000.000
Orzuelo y/o Chalazion 0 SI 500.000.000
Presbicia 0 SI 500.000.000
Terigio 0 SI 500.000.000
OIDOS
Hipoacusia (disminución de la audición sin ser sordera) 0 NO 500.000.000
Neurinoma del acústico Se requiere historia clínica
Otitis 0 SI 500.000.000
Sordomudo 0 NO 500.000.000
Sordera total (uni o bilateral) 0 NO 500.000.000
NEURO- LOGICO
Aneurisma, hemorragias, Infarto cerebral, Accidente Cerebrovascular, Derrame cerebral, isquemia
100 NO 300.000.000
Apnea de sueño 50 SI 300.000.000
Epilepsia 50 NO 500.000.000
Esclerosis Múltiple 100 NO 300.000.000
Guillan Barre (Antecedente) 0 NO 500.000.000
Guillan Barre (Presente) Se requiere historia clínica
Hidrocefalia 100 NO 300.000.000
Migraña, jaquecas, cefaleas, dolores de cabeza 0 SI 500.000.000
Parálisis facial 0 NO 500.000.000
Parkinson 50 NO 300.000.000
Polio, poliomielitis (padecida en la infancia) 0 NO 500.000.000
Quiste coloide Se requiere historia clínica
Trauma de cráneo sin secuelas neurológicas. 50 NO 500.000.000
PSIQUIÁTRICO Depresión, ansiedad, trastorno psiquiátrico 75 NO 500.000.000
Trastorno bipolar, Esquizofrenia, autismo, retraso mental Se requiere historia clínica
CARDIO-VASCULAR
Arritmia, taquicardia, bradicardia 50 SI 500.000.000
Fibrilación auricular, fibrilación ventricular, mapeo por Ablación 50 NO 300.000.000
Arterioesclerosis Se requiere historia clínica
Cierre de Comunicación interauricular congénita - cirugía (menor a un año) Se requiere historia clínica
Cierre Comunicación interauricular congénita - cirugía (mayor a un año y sin complicaciones)
0 SI 500.000.000
Comunicación interventricular congénita (no cirugía) -Foramen oval (corazón) 100 NO 300.000.000
Coartación de ahorta corregida 150 NO 300.000.000
Coartación de ahorta sin corregir 200 NO 300.000.000
Disautonomia (Baja tensión, baja presión arterial) 0 SI 500.000.000
Enfermedad de válvulas cardíacas, soplos, prolapso válvula mitral 100 NO 300.000.000
Estenosis aórtica (esclerosis severa de la válvula aortica) 150 NO 300.000.000
Hipertensión (hipertensión arterial) 0 SI 500.000.000
Hipertensión + colesterol elevado 0 SI 500.000.000
Hipertensión + triglicéridos elevados 0 SI 500.000.000
Hipertensión + colesterol elevado + triglicéridos elevados 25 SI 500.000.000
Colesterol (colesterol elevado, hipercolesterolemia) (dislipidemia) 0 SI 500.000.000
Triglicéridos (triglicéridos altos, hipertrigliceridemia) 0 SI 500.000.000
Colesterol elevado + triglicéridos elevados 0 SI 500.000.000
Hipertensión + diabetes 75 NO 500.000.000
Infarto, infarto de miocardio, enfermedad coronaria o arteriocoronaria, stent coronaro, angina inestable, insuficiencia cardíaca, obstrucción de arterias, cirugía de corazón abierto - Diagnóstico realizado hace más de 6 meses - Paro Cardiaco
150 NO 300.000.000
Infarto, infarto de miocardio, enfermedad coronaria o arteriocoronaria, stent coronario, angina inestable, insuficiencia cardíaca, obstrucción de arterias, cirugía de corazón abierto - Diagnóstico realizado hace 6 meses o menos - Paro Cardiaco
250 NO 300.000.000
Marcapasos hace menos a 6 meses Se requiere historia clínica
Marcapasos hace más de 6 meses y hasta 2 años (si ha tenido complicaciones se debe enviar a evaluación)
100 NO 500.000.000
Marcapasos hace más de 2 años (si ha tenido complicaciones se debe enviar a evaluación)
50 NO 500.000.000
Síncope Neurocardiogénico benigno 0 NO 500.000.000
Sincope Vasovagal 0 SI 500.000.000
Síndrome de QT Corto ( Alteración Electrocardiograma) Se requiere historia clínica
Trombosis en extremidades (brazos y/o piernas) 50 NO 500.000.000
Várices de miembros inferiores, varicocele 0 SI 500.000.000
Vasculitis 50 NO 500.000.000
Vegetación cardiaca (Endocarditis infecciosa) 100 NO 300.000.000
ENDOCRINO E INMUNO-LOGICO
Anemia 25 SI 500.000.000
Antecedente de cáncer (carcinoma) CON metástasis. (Cáncer en cualquier parte del cuerpo, melanoma, leucemia, linfoma, tumores malignos)
Se requiere historia clínica
Antecedente de cáncer (carcinoma) SIN metástasis. (Cáncer en cualquier parte del cuerpo, melanoma, leucemia, linfoma, tumores malignos)
150 NO 300.000.000
Bocio multinodular 0 NO 500.000.000
Diabetes, miastenia gravis 50 NO 500.000.000
Extracción de tiroides, Lobotomía de tiroides, tiroidectomía. Practicada hace más de 5 años
50 NO 500.000.000
Extracción de tiroides, Lobotomía de tiroides, tiroidectomía. Practicada hace menos de 5 años
100 NO 300.000.000
Fibromialgia 0 NO 500.000.000
Gliobastoma (mayor a 10 años de finalizado el tratamiento) 100 NO 500.000.000
Gliobastoma (actual o menor a 10 años) Se requiere historia clínica
Gota, Acido úrico alto (hiperuricemia) 0 SI 500.000.000
Hepatitis A o Hepatitis de la niñez 0 SI 500.000.000
Hepatitis B, C Y D 100 NO 300.000.000
Hipertiroidismo 25 SI 500.000.000
Hipotiroidismo, Hipoglicemia 0 SI 500.000.000
Intolerancia a carbohidratos, prediabetes 25 NO 500.000.000
Lupus Eritematoso Sistémico (LES) 50 NO 500.000.000
pancreatitis (diagonstico hace mas de 4 años) 0 SI 500.000.000
pancreatitis (diagonstico hace menos de 4 años o sin especificar fecha) 50 SI 500.000.000
Policitemia Se requiere historia clínica
Quiste mediastino Se requiere historia clínica
Sida, VIH positivo Se requiere historia clínica
OSTEO-MUSCULAR
Pérdida funcional o anatómica de miembros inferiores o superiores 0 NO 500.000.000
Amputación dedos o extremidades por accidente 0 NO 500.000.000
Amputación dedos o extremidades por enfermedad 75 NO 300.000.000
Artritis, osteoartritis, artrosis, Enfermedad degenerativa de los huesos, Artritis reumatoidea, Espondilitis anquilosante
100 NO 500.000.000
Artroscopia de rodilla 0 SI 500.000.000
Cirugia de alargamiento de Tibia 0 NO 500.000.000
cirugía de columna, Descomprensión medular 0 NO 500.000.000
cirugía de rodilla (de ligamentos cruzados, meniscos, rótula, condromalacia) 0 NO 500.000.000
Cirugía Maxilofacial 0 SI 500.000.000
Cuadriplejia Se requiere historia clínica
Displasia congénita de cadera, pinzamiento de cadera 0 NO 500.000.000
Epicondilitis lateral del codo 0 NO 500.000.000
Espondilolistesis 50 NO 500.000.000
Espondilósis 50 NO 500.000.000
Fractura en metatarso 0 NO 500.000.000
Fractura de Fémur 0 NO 500.000.000
Fractura De Tibia Y Peroné 0 NO 500.000.000
Fracturas del extremo superior del humero (EPIFISIS) 0 NO 500.000.000
Hernia umbilical, hernia inguinal, hernia epigástrica, hernia femoral, Hernorrafia (cirugía para corregir la hernia)
0 SI 500.000.000
Hernias de columna o Hernia discal, escoliosis, hernia de núcleo pulposo, radiculopatía, problemas de columna
0 NO 500.000.000
juanete, hallux valgus 0 SI 500.000.000
Paraparesia espástica 100 NO 300.000.000
Paraplejia, afección médula ósea 100 NO 300.000.000
Politraumatismo 25 NO 500.000.000
Prótesis articulares 0 NO 500.000.000
Prótesis (Trasplante ) cadera 0 NO 500.000.000
Sindrome del tunel carpiano, sindrome manguito rotador 0 NO 500.000.000
Síndrome del opérculo torácico (SOT) 0 NO 500.000.000
Trastorno de disco lumbar 0 NO 500.000.000
GASTRO-INTESTINAL
apendicectomia, apendicitis, cirugia de apendice 0 SI 500.000.000
Bypass gástrico > 18 meses de cirugía 50 NO 300.000.000
Bypass gástrico< 18 meses de cirugía 100 NO 300.000.000
Cirrosis 300 NO 300.000.000
Cirugia de Vesicula (Colecistectomia) por colecistitis (Inflamación de la vesícula) o por cálculos en la vesícula
0 SI 500.000.000
Colitis bacteriana o amebiana 0 SI 500.000.000
Colitis ulcerativa, Enfermedad de Crohn 75 NO 300.000.000
Esplenomegalia por enfermedad 100 NO 300.000.000
Gastritis, Helicobacter pilory, gastroenteritis, hernia hiatal, reflujo, duodenitis, colon irritable, hemorroides, cálculos vesícula, esplenomegalia por accidente, absceso hepático
0 SI 500.000.000
Higado graso 0 SI 500.000.000
Para parecía espástica 100 NO 300.000.000
Programación de cirugía de bypass gástrico Se requiere historia clínica
Sleeve gástrico (manga gástrica o tubulización gástrica) hace más de 5 años 0 SI 300.000.000
Sleeve gástrico (manga gástrica o tubulización gástrica) hace menos de 5 años. (si no especificacn el tiempo, aplicar esta extraprima)
25 SI 300.000.000
Úlceras, ulcera gástrica o ulcera duodenal, divertículos (diagnostico hace mas de 5 años)
0 SI 500.000.000
Úlceras, ulcera gástrica o ulcera duodenal, divertículos (diagnostico hace menos de 5 años o sin especificar fecha)
25 SI 500.000.000
URINARIO - RENAL
Cálculos, infecciones urinarias a repetición, Litiasis urinaria 0 SI 500.000.000
Glomerulonefritis 50 NO 300.000.000
Hematuria, ectasia renal Se requiere historia clínica
Hidrocele (con sospecha de malignidad) 150 NO 300.000.000
Hidrocele (sin sospecha de malignidad) 0 SI 500.000.000
Insuficiencia renal con diálisis , Pérdida de ambos riñones por enfermedad 200 NO 300.000.000
Insuficiencia renal sin diálisis o enfermedad renal crónica, perdida de un riñon por enfermedad
100 NO 300.000.000
Nefrectomía Se requiere historia clínica
Pérdida de riñón (por accidente, o desde nacimiento), o donación del riñon, vejiga caída
0 SI 500.000.000
Trasplante renal (es receptor, recibe el riñon) 200 NO 300.000.000
PIEL Dermatitis 0 SI 500.000.000
Esclerodermia con compromiso de órganos internos 150 NO 500.000.000
Esclerodermia sin compromiso de órganos internos 0 NO 500.000.000
Foliculitis 0 SI 500.000.000
Lupus discoide 0 SI 500.000.000
Psoriasis 0 SI 500.000.000
tumor benigno tejidos blandos 0 SI 500.000.000
GINECO-LOGICO
Embarazo 0 SI 500.000.000
Enfermedad fibroquística mamaria, quistes de ovario benignos, síndrome de ovario poliquístico (SOP)
0 SI 500.000.000
Histerectomía (extraccion de la matriz) hace mas de un año 0 SI 500.000.000
Histerectomía (extraccion de la matriz) hace menos de un año 50 NO 500.000.000
Miomas uterinos, embarazo, prolapsos genitales, endometriosis 0 SI 500.000.000
NIC I (Neoplasia intraepitelial cervical) o LIE bajo grado 0 SI 500.000.000
NIC II o III (Neoplasia intraepitelial cervical) o LIE medio o alto Se requiere historia clínica
Papiloma, PVH, virus del papiloma humano 0 SI 500.000.000
PULMONAR
Asma actualmente, Asma en la niñez 0 SI 500.000.000
Bronconeumonía, Bronquitis crónica 0 SI 500.000.000
Disnea Se requiere historia clínica
Enfisema pulmonar, EPOC 50 NO 300.000.000
Lesmaniasis (antecedente) 0 SI 500.000.000
Lesmaniasis (actualmente) Se requiere historia clínica
Tabaquismo 0 SI 500.000.000
Tuberculosis hace mas de 1 año 0 SI 500.000.000
Tuberculosis hace menos de un año o en tratamiento actual Se requiere historia clínica
Tromboembolismo pulmonar (menor a 6 meses) Se requiere historia clínica
Tromboembolismo pulmonar (6 meses o más) 50 SI 300.000.000
Toxoplasmosis pulmonar 0 SI 500.000.000
Toracotomía por hematoma benigno pulmonar o por trauma pulmonar, o por neumotórax o por hemotórax.
0 SI 500.000.000
OTRAS
Cirugía de nariz (tabique=septoplastia, cornetes=turbinoplastia, estéticas= rinoplastia)
0 SI 500.000.000
Cirugías odontológicas 0 SI 500.000.000
Disfonía Espástica 0 NO 500.000.000
Estenosis biliar 0 SI 500.000.000
Flebitis 0 NO 500.000.000
Hemofilia, púrpura trombocitopénica 50 NO 500.000.000
Hiperplasia prostática, prostatitis, prostata grande 0 SI 500.000.000
Protesis mamaria, reduccion mamaria, abdominoplastia, cirugía estética de abdomen (liposucción, lipoescultura)
0 SI 500.000.000
Rinitis, alergia congestiva 0 SI 500.000.000
Alcoholismo, drogadicción con rehabilitación mayor a 3 años 100 SI 500.000.000
Alcoholismo, drogadicción en la actualidad Se requiere historia clínica
Tumor benigno 0 SI 500.000.000
ANEXO 2
ANEXO DE DESEMPLEO
Cobertura de Desempleo Involuntario
Se entiende por desempleo involuntario, el estado en que se encuentra una persona que ha perdido su empleo remunerado como consecuencia inmediata de un despido sin causa justificada. Cuando el ASEGURADO, cuente con un contrato de trabajo a término fijo e indefinido y que haya permanecido empleado del mismo empleador por un periodo mínimo 12 meses, en jornada completa, sin recesos temporales ni contrataciones por temporadas, el cual haya solicitado un préstamo a LA HIPOTECARIA y cuya concesión haya sido aprobada por el contratante y haya sido debidamente aceptado por Suramericana como asegurado dentro de la póliza de seguro colectivo de vida de deudores. Teniendo una permanencia en la póliza de seis (6) meses. En todo caso, para tener derecho a la indemnización, debe transcurrir un período de espera de sesenta (60) días comunes contados a partir de la fecha de despido. Se aclara que a partir de los treinta (30) días calendarios contados a partir de la fecha de desvinculación, los deudores podrán iniciar los trámites de reclamación ante suramericana. El periodo máximo de indemnización será el pago mensual de la deuda hasta por tres (3) meses continuos o doce (12) mensualidades o cuotas discontinuas a los largo de la vida del préstamo, sin incluir aumentos de cuotas como consecuencia de la refinanciación de la deuda o capitalización de intereses morosos.
24. EDADES PARA INGRESO Y PERMANENCIA POR COBERTURA
Cobertura Edad mínima de
ingreso Edad máxima de
ingreso Edad Máxima permanencia
Desempleo 20 Años 62 años + 364 días 64 años + 364 días
25. COSTO DEL SEGURO
DESEMPLEO
RANGO DE EDAD AÑOS
TARIFA MENSUAL SEGURO DE DESEMPLEO (%)
20 - 50 2%
51 - 70 2.25%
Las tasas están expresadas en valores porcentaje
26. RETORNO
Suramericana mensualmente pagara a LA HIPOTECARIA 19% en concepto de retorno para el anexo de Desempleo.
27. CÁLCULO DE LA PRIMA:
La prima mensual de seguros se calcula así: Ejemplo 1 Un deudor: Para un deudor de 35 años y con una cuota mensual de $772.502 por mes (incluyendo seguro de vida e incendio pero sin incluir la tarifa del seguro de desempleo). La tarifa a cancelar por el (los) cliente(s), se calcula de la siguiente manera:
Tarifa de Seguro de Desempleo = 772.502 x 2% = $15.450. Ejemplo 2 Dos deudores: Para dos deudores con la misma cuota mensual anterior, el cálculo se realiza de la siguiente manera: (Un deudor de 35 años y otro de 55 años.)
Tarifa de Seguro de Desempleo para asegurado de 35 años = 772.502 x 2% = $15.450.
Tarifa de Seguro de Desempleo para asegurado de 55 años = 772.502 x 2.25% = $17.381
Total prima de los dos asegurados $32.831, este valor se divide entre el número de asegurados. Total a pagar por cada asegurado = $16.416.
28. EXCLUSIONES
Contratos con provisionalidad.
Los docentes ocasionales de tiempo completo o tiempo parcial y de cátedra de acuerdo con los artículos 74 y 75 de la ley 30 de 1992, de acuerdo con la cual no se consideran éstos como trabajadores públicos ni oficiales y sus ingresos son recibidos con base a una resolución.
Si el deudor es auto empleado, socio o posee una participación de más del 30% del capital de la empresa para la cual trabaja.
Terminación del contrato de trabajo por justa causa de acuerdo con la normatividad legal vigente.
Desvinculación durante o a la finalización del período de prueba por cualquier motivo.
Renuncia o retiro voluntario del cargo, terminación de la relación contractual, legal o reglamentaria de mutuo acuerdo sin pago de bonificación o indemnización de cualquier tipo.
Huelga o paro general de actividades.
Terminación del plazo o período para el cual fueron elegidos o nombrados, en caso de tratarse de servidores públicos.
Si el desempleo ocurre como consecuencia de despido justificado, por cierre de operaciones del empleador, o por cualquier razón que no sea un despido sin causa justificada.
Terminación del contrato de trabajo por expiración del plazo pactado.
Terminación de la relación contractual, legal o reglamentaria por muerte del trabajador o servidor público.
Terminación de obra o labor contratada.
Terminación de la relación laboral en cargos públicos de libre nombramiento y remoción.
Si el desempleo ocurre dentro de los primeros 6 meses de vigencia del préstamo.
Si el desempleo ocurre a un deudor que se encuentra jubilado o pensionado.
No se considera desempleado al trabajador que se encuentra en licencia sin sueldo, licencia por maternidad y gravidez y sus consecuencias.
29. DOCUMENTACION PARA EL PAGO DEL SINIESTRO
Para la atención oportuna de un siniestro, éste debe contener la siguiente Información:
Carta dirigida a la Aseguradora solicitando el beneficio de desempleo involuntario para deudores, indicando el tipo de contrato que poseía, la antigüedad laboral y fecha de desvinculación.
Copia de la cédula del asegurado
Copia del contrato laboral
Carta extra juicio aclarando el estado laboral actual
6 meses de desprendibles de nómina
Copia de la carta de cancelación del contrato, del arreglo laboral y conciliación administrativa de las que deduzca claramente la terminación de la relación laboral.
Copia autenticada de liquidación de salarios y prestaciones sociales.